Yáñez. J., Segovia., L y Marulanda J. Justicia, Guerra y Mundo Social.

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 SERIE: “COGNICIÓN, MORAL Y DESARROLLO PSICOLÓGICO” TOMO IV. JUSTICIA, GUERRA Y MUNDO SOCIAL Editores Jaime Yáñez-Canal Ph.D. Jaime Chaparro Parra. Laura Milena Segovia Nieto. Autores: Jaime Yáñez-Canal Ph.D. Juan Carlos Marulanda Laura Milena Segovia Nieto  Este texto es producto de un trabajo conjunto entre el grupo de invesgación “Estudios sobre Desarrollo Socio-moral” de la Universidad Nacional de Colombia, el grupo “Estudios en Psicologa Básica y Aplicada para el Desarrollo Social” de la Corporación Universitaria Minuto de Dios y la Universidad de Hannover (Alemania). Para el desarrollo de este convenio se contó con recursos de las tres instuciones y de la Convocatoria Nacional para el Fortalecimiento de A lianza s Estratégicas Instucionales de la Universidad Nacional de Colombia 2012 (modalidad 2).

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El libro que el lector tiene en sus manos es el cuarto de la serie Cognición, moral y desarrollo psicológico, adelantado en el convenio de trabajo conjunto entre el Programa de Psicología de la Corporación Universitaria Minuto de Dios y el grupo de investigación Estudios sobre Desarrollo Socio-Moral, del departamento de Psicología de la Universidad Nacional de Colombia. Los dos últimos volúmenes de la serie contaron con el apoyo financiero de la División de Investigación, sede Bogotá (DIB) de la Universidad Nacional de Colombia y de la Corporación Universitaria Minuto de Dios. Los temas trabajados en este convenio son cruciales en la psicología cognitiva y del desarrollo. En los volúmenes anteriores presentamos varias discusiones actuales sobre cognición, conciencia y nuevos modelos de desarrollo humano. En este tomo abordamos temas que complementan los otros textos, y presentamos perspectivas que pueden ofrecer nuevas miradas sobre el estudio psicológico. Ya que el volumen presente es parte de un trabajo de largo aliento, que se inscribe en un horizonte amplio de reflexión, debemos referirnos a las líneas de trabajo que conforman nuestra alianza, así como a los textos anteriores, lo que permitirá contextualizar los artículos que aquí se presentan.Los temas que trabajamos en nuestra alianza giran alrededor de las ciencias cognitivas y la psicología del desarrollo moral. Dentro de la línea de trabajo en las ciencias cognitivas abordamos el problema de la conciencia y la cognición corporizada. Estos problemas, que son parte de las discusiones más relevantes en este campo de estudios interdisciplinarios, representan un nuevo camino para entender al ser humano y para abordar una serie de fenómenos que habían sido olvidados en la psicología. La conciencia y la cognición corporizada nos posibilitan hablar de diferentes niveles donde la subjetividad se expresa y donde la identidad y la responsabilidad del sujeto se presentan más allá del reporte verbal que el mismo sujeto pueda ofrecer en su acción. Estas investigaciones en las ciencias cognitivas se emparentan con algunos puntos trabajados en nuestro grupo sobre la psicología del desarrollo. El desarrollo humano es abordado desde una perspectiva amplia, donde el ciclo vital es tematizado como eje central de análisis, donde cada momento se asocia a variados procesos de significación y de valoración.Las concepciones del ciclo vital en la psicología del desarrollo y los nuevos abordajes sobre la cognición y la conciencia que asumimos en nuestro grupo de trabajo, y que han sido presentados en los volúmenes anteriores, nos posibilitan ofrecer igualmente una nueva mirada sobre el desarrollo moral, sobre las emociones y sobre el concepto de responsabilidad. El desarrollo moral, tal como lo entendemos en nuestra perspectiva de la psicología del desarrollo, se extiende a lo largo de la vida y contempla los juicios que el sujeto ha desarrollado en su interacción social. Lo moral lo asumimos como la expresión de un desarrollo hacia la sabiduría y como un proceso de experticia social y de conocimiento contextual. De igual manera, esta concepción del desarrollo y de la cognición nos posibilita un nuevo abordaje sobre las emociones y su papel en el comportamiento moral.Las partes que componen este cuarto tomo son Moralidad y justicia en la guerra: reflexiones para un abordaje desde la psicología moral y El conocimiento y el desarrollo: perspectivas desde la psicología y la antropología.

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  • Serie: CogniCin, moral

    y deSarrollo pSiColgiCo

    Tomo iV. JuSTiCia, guerra

    y mundo SoCial

    editores Jaime Yez-Canal Ph.D. Jaime Chaparro Parra.

    Laura Milena Segovia Nieto.

    autores: Jaime Yez-Canal Ph.D. Juan Carlos Marulanda

    Laura Milena Segovia Nieto

    Este texto es producto de un trabajo conjunto entre el grupo de investigacin Estudios sobre Desarrollo Socio-moral de la Universidad Nacional de Colombia, el grupo Estudios en Psicologa Bsica y Aplicada para el Desarrollo Social de la Corporacin Universitaria Minuto de Dios y la Universidad de Hannover (Alemania). Para el desarrollo de este convenio se cont con recursos de las tres instituciones y de la Convocatoria Nacional para el Fortalecimiento de Alianzas Estratgicas Institucionales de la Universidad Nacional de Colombia 2012 (modalidad 2).

  • Corporacin Universitaria minuto de Dios UNIMINUTO. Todos los captulos publicados en el libro Justicia, guerra y mundo social, son seleccionados por el Comit Editorial de acuerdo con criterios establecidos. Est protegido por el Registro de Propiedad Intelectual. Los conceptos expresados en los artculos competen a sus autores, son su responsabilidad y no comprometen la opinin de UNIMINUTO. Se autoriza su reproduccin parcial en cualquier medio, incluido electrnico, con la condicin de ser citada clara y completamente la fuente, siempre y cuando las copias no sean usadas para fines comerciales.

    Primera Edicin: 2015300 ejemplares

    Corporacin Universitaria Minuto de Dios UNIMINUTO

    Diagonal 82c No 72B 85Bogot, D.C. - Colombia

    Impreso en Colombia Printed in Colombia

    presidente Consejo de FundadoresPadre Diego Jaramillo Cuartas, cjm

    rector general Sistema uniminuTo

    Leonidas Lpez Herrn

    Vicerrector general acadmico Lus Hernando Rodrguez Rodrguez

    rector Sede principal

    Padre Harold Castilla Devoz, cjm

    Directora General de Investigaciones Amparo Vlez Ramrez

    Vicerrectora acadmica Sede principal

    Luz Alba Beltrn A.

    Director de Investigaciones Sede Principal Padre Carlos Germn Juliao Vargas, cjm

    Coordinadora general de publicaciones Rocio del Pilar Montoya Chacon

    decano Facultad de Ciencias

    Humanas y Sociales Alirio Raigozo Camelo

    Directora del Programa de Psicologa Facultad de Ciencias Humanas y Sociales

    Claudia Cortes

    Coordinadora editorial Facultad de Ciencias Humanas y Sociales

    Gina Paola Barn Gonzlez

    editoresJaime Yez-Canal Ph.D. Jaime Chaparro Parra.

    Laura Milena Segovia Nieto.

    autores Jaime Yez-Canal Ph.D., Juan Carlos Marulanda y

    Laura Milena Segovia Nieto

    Corrector de estilo: Jorge Luis Alvis Castro

    Diseo y Diagramacin:

    Andrea Sarmiento B.

    Imagen de la portada. Cesar A. Corredor P.

    Preprensa e impresin:

    Panamericana Formas e Impresos S.A.

    Jaime Yez-Canal Ph.D Justicia, Guerra y Mundo Social. / Jaime Yez-Canal Ph.D., Juan Carlos Marulanda, Laura Milena Segovia Nieto. editores: Jaime Chaparro Parra. Bogot: Corporacin Universitaria Minuto de Dios. Facultad Ciencias Humanas y Sociales, 2014.

    (Cognicin, Moral y Desarrollo Psicolgico; No.4) p. : il. ISBN 1. tica Aspectos sociales 2. Guerra Aspectos morales y ticos 3. Desarrollo econmico y social Aspectos morales y ticos 4. autores: Marulanda, Juan Carlos, Segovia Nieto, Laura Milena, Jaime Yez-Canal Ph.D. 5. editores: Jaime Yez-Canal Ph.D. Juan Carlos Marulanda, Laura Milena Segovia Nieto

    CDD: 172.2 Y15j BRGH

    978-958-763-129-6

  • ConTenido

    Presentacin 7

    parTe i. moralidad y JuSTiCia en la guerra: REFLExIONES PARA UN ABORDAJE DESDE LA PSICOLOGA MORAL Juan Carlos Marulanda Hernndez y Jaime Yez-Canal 13

    La guerra justa: reflexiones desde la filosofa moral y poltica 18

    La moralidad de la guerra 23Hacia la construccin de una teora de

    la justicia para la guerra 25

    Transformacin y desarrollo histrico de la teora de la guerra justa 33

    La justicia de la guerra en la Antigedad 33Justicia de la guerra en el cristianismo

    primitivo y medieval 35La guerra justa en la filosofa moderna 39El realismo poltico 39El legalismo 42El reformismo 47La doctrina de la guerra justa en el siglo xx 49

    La teora de la guerra justa en la actualidad 52Justa causa y derecho a la guerra (ius ad bellum) 54La convencin blica y la conducta militar

    (ius in bellum) 57Reflexiones en torno a la posguerra (ius post bellum)

    62

  • Moralidad y legalidad en las guerras internas: Aportes para una reflexin en torno al conflicto armado colombiano 64

    Concepciones actuales sobre la guerra y los alcances de la teora de la guerra justa 64

    Moralidad y legalidad en el conflicto colombiano 71Antecedentes histricos 71El ius ad bellum en el conflicto colombiano:

    legitimacin y moralidad en el discurso de los actores armados 74

    El Estado colombiano y la fuerza pblica 76Las organizaciones armadas insurgentes 81Organizaciones paramilitares y de autodefensa

    86El ius in bello en el conflicto colombiano:

    estrategia militar, inmunidad y derecho internacional humanitario 89

    Justicia y moralidad en la guerra desde la perspectiva de la investigacin psicolgica 96

    Ciencia e ideologa: la filosofa y las ciencias sociales y humanas frente a los problemas de la moral y la justicia 97

    Abordajes empricos en la psicologa con respecto a la moral y la justicia en la guerra 102

    reFerenCiaS 119

  • parTe ii. el ConoCimienTo y el deSarrollo: PERSPECTIVAS DESDE LA PSICOLOGA Y LA ANTROPOLOGA 137

    el otro como preocupacin antropolgica 141

    Ubicacin histrica sobre las diferencias entre los hombres 141

    Las formas lgicas como modelo para la comparacin antropolgica 149

    Otras fuentes para la caracterizacin de lo racional 158

    La escuela relativista 163La funcin y la ausencia de un proceso comn 166Capacidad lgica universal 168

    el estudio del otro desde los otros 171

    De lo individual a lo social 176

    El nuevo papel del lenguaje 178

    Psicologa: la mente y su desarrollo 180

    La aparicin y desaparicin de lo cultural 181

    Modelos formales como modelos explicativos 185Formulaciones dicotmicas iniciales 186La idea de gnesis 191Versiones no evolucionistas 193

    El problema del significado y la subjetividad 196

  • el renacer de la cultura: subjetividad y significado 201Del individuo a lo social 207El lenguaje y los significados 209

    eplogo 213

    Referencias 217

    RESEA DE LOS AUTORES 227

    Jaime Yez-Canal 227 Laura Milena Segovia Nieto. 227 Juan Carlos Marulanda Hernndez 228

  • 7

    preSenTaCin

    El libro que el lector tiene en sus manos es el cuarto de la serie Cognicin, moral y desarrollo psicolgico, adelantado en el convenio de trabajo conjunto entre el Programa de Psicologa de la Corporacin Universitaria Minuto de Dios y el grupo de investigacin Estudios sobre Desarrollo Socio-Moral, del depar-tamento de Psicologa de la Universidad Nacional de Colombia. Los dos ltimos volmenes de la serie contaron con el apoyo financiero de la Divisin de Investigacin, sede Bogot (DIB) de la Universidad Nacional de Colombia y de la Corporacin Univer-sitaria Minuto de Dios. Los temas trabajados en este convenio son cruciales en la psicologa cognitiva y del desarrollo. En los volmenes anteriores presentamos varias discusiones actuales sobre cognicin, conciencia y nuevos modelos de desarrollo hu-mano. En este tomo abordamos temas que complementan los otros textos, y presentamos perspectivas que pueden ofrecer nuevas miradas sobre el estudio psicolgico. Ya que el volumen presente es parte de un trabajo de largo aliento, que se inscribe en un horizonte amplio de reflexin, debemos referirnos a las lneas de trabajo que conforman nuestra alianza, as como a los textos anteriores, lo que permitir contextualizar los artculos que aqu se presentan.

    Los temas que trabajamos en nuestra alianza giran alrede-dor de las ciencias cognitivas y la psicologa del desarrollo moral. Dentro de la lnea de trabajo en las ciencias cognitivas aborda-mos el problema de la conciencia y la cognicin corporizada. Es-tos problemas, que son parte de las discusiones ms relevantes en este campo de estudios interdisciplinarios, representan un nuevo camino para entender al ser humano y para abordar una serie de fenmenos que haban sido olvidados en la psicologa. La conciencia y la cognicin corporizada nos posibilitan hablar

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    de diferentes niveles donde la subjetividad se expresa y donde la identidad y la responsabilidad del sujeto se presentan ms all del reporte verbal que el mismo sujeto pueda ofrecer en su accin. Estas investigaciones en las ciencias cognitivas se empa-rentan con algunos puntos trabajados en nuestro grupo sobre la psicologa del desarrollo. El desarrollo humano es abordado desde una perspectiva amplia, donde el ciclo vital es tematizado como eje central de anlisis, donde cada momento se asocia a variados procesos de significacin y de valoracin.

    Las concepciones del ciclo vital en la psicologa del desarro-llo y los nuevos abordajes sobre la cognicin y la conciencia que asumimos en nuestro grupo de trabajo, y que han sido presen-tados en los volmenes anteriores, nos posibilitan ofrecer igual-mente una nueva mirada sobre el desarrollo moral, sobre las emociones y sobre el concepto de responsabilidad. El desarrollo moral, tal como lo entendemos en nuestra perspectiva de la psicologa del desarrollo, se extiende a lo largo de la vida y con-templa los juicios que el sujeto ha desarrollado en su interaccin social. Lo moral lo asumimos como la expresin de un desarrollo hacia la sabidura y como un proceso de experticia social y de conocimiento contextual. De igual manera, esta concepcin del desarrollo y de la cognicin nos posibilita un nuevo abordaje sobre las emociones y su papel en el comportamiento moral.

    Las partes que componen este cuarto tomo son: "Moralidad y justicia en la guerra: reflexiones para un abordaje desde la psicologa moral" y "El conocimiento y el desarrollo: perspectivas desde la psicologa y la antropologa".

    En la primera parte, "Moralidad y justicia en la guerra: reflexiones para un abordaje desde la psicologa moral", se discuten las conceptualizaciones sobre la guerra y la violencia. Usualmente, la psicologa ha abordado el problema moral en espacios estrechos donde se reclama el respeto al semejante y donde se condena toda agresin. Las posturas filosficas que han determinado el marco de accin de lo moral en la psico-loga han determinado esta forma de pensar. Lo moral, en las perspectivas rawlsianas o kantianas, se concentra en analizar las obligaciones de las personas con sus conciudadanos y las

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    demandas que se le pueden hacer a un determinado sistema de gobierno, en la proteccin de los derechos y necesidades de los habitantes de una nacin. Pero estas discusiones sobre lo moral no contemplan ni los fenmenos migratorios, ni las rela-ciones internacionales, ni los conflictos entre las obligaciones de los gobernantes con sus ciudadanos y el acatamiento a ciertas normas universales. Las ideas de justicia sobre las que ha girado la mayor parte de la conceptualizacin de la filosofa poltica y la psicologa moral contemplan el trato igualitario y la equidad entre personas que pueden demandar a un gobierno por sus derechos y por el cumplimiento de la justicia. De esta manera, al Estado se le otorga un poder que puede ejercer para garan-tizar algn derecho que se haya establecido como universal.

    En las relaciones internacionales, las normas morales no reciben necesariamente el mismo tratamiento. Por ejemplo, si todos reclaman como justo el derecho al trabajo, o, la atencin y cuidado de su salud, o, la libre circulacin y goce de los bienes producidos por una sociedad, es claro que el Estado puede restringir el usufructo de muchos beneficios solo a sus propios ciudadanos. El no otorgamiento de visas restringe el derecho a la movilidad, o, las dificultades para obtener un permiso de trabajo muestra que los derechos muchas veces se alteran por la prioridad que algunos de ellos tienen exclusivamente para los miembros de una sociedad. Este conflicto se hace ms patente en situaciones de crisis humanitarias en pases particulares. Las guerras generan tragedias de enormes proporciones sin que haya garanta de que los afectados puedan recibir asilo en otros pases del mundo. Las hambrunas y los riesgos contra la seguri-dad y bienes de las personas de otros pases no tienen especial consideracin, cuando de velar por la seguridad y el bienestar del propio pueblo se trata. Los Estados son autnomos en la aceptacin o rechazo de los inmigrantes.

    De igual manera, los conflictos entre los pases, o las guerras, demandan otras consideraciones que no siempre son similares a las que se le exigen a nuestros propios gobiernos. Las guerras han estado presentes en la mayor parte de la historia de la hu-manidad y no siempre han preocupado a los tericos de la moral y la poltica. Independientemente de las posturas que existan

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    alrededor de la moralidad o la justicia en la guerra, es claro que es un espacio donde la reflexin tica debe volcar su atencin.

    Este nuevo espacio para el estudio psicolgico de la moral no solo nos ofrece un nuevo problema de anlisis, sino que tambin nos incita a pensar en nuevas conceptualizaciones. Lo moral es solo una disciplina normativa que intenta regular las relaciones entre los hombres. Las relaciones entre Estados usualmente estaban exentas de todo control, ya que el gober-nante por encima de todo deba velar por el bienestar de sus gobernados. Solo hasta despus de las guerras mundiales del siglo pasado, este fenmeno ha empezado a ocupar un lugar fundamental. Las variables significaciones de cundo es vlido defender unos derechos, cundo se justifica ejercer la violencia sobre otros, cundo los intereses de la mayora deben hacerse respetar, nos muestran nuevas concepciones de lo tico y amplan la riqueza conceptual que demanda un rea de estas caractersticas. La simple concepcin de que los juicios ticos dependen de principios de fcil interpretacin es puesta en duda en espacios donde el poder y las diversas concepciones sobre el bienestar y el futuro de la humanidad se ponen en juego. Temas como la guerra nos obligan a cambiar nuestras concepciones de lo moral, o al menos a contemplar de manera crtica las es-trictas posturas deontolgicas usuales en el pensar psicolgico.

    La guerra, las relaciones entre Estados, as como muchos otros posibles temas que son abordados por el amplio campo de la tica, demandan una nueva manera de entender los juicios y el desarrollo humano. La riqueza y complejidad de muchos con-flictos humanos obliga a rescatar los lineamientos generales con que, bajo el rtulo de sabidura, muchos clsicos intentaron pensar los problemas ticos.

    En la segunda parte, "El conocimiento y el desarrollo: perspectivas desde la psicologa y la antropologa", se presenta una historia paralela de dos disciplinas hermanas, la psicologa y la antropologa. Los puntos comunes giran sobre el concepto de razn, la nocin de progreso y la recuperacin de aspectos sociales y culturales en la caracterizacin de lo humano. Los lmites entre estas dos disciplinas han sido bastante borrosos,

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    en cuanto sus preocupaciones investigativas y sus conceptos centrales, ya que han sido utilizados por autores que se matriculan en los dos campos disciplinares. Tanto Freud y Piaget, como otros pioneros de la psicologa, heredaron e hicieron propios trminos de la antropologa y de otras disciplinas y reflexiones cercanas. Por ejemplo, los conceptos de animismo, pensamiento mgico, artificialismo, finalismo, pensamiento prelgico, etc., fueron inicialmente utilizados por la antropologa para caracterizar culturas no occidentales y sostener una nocin de desarrollo relacionada con un proceso que conduca a formas ms abstractas y liberadas de lo accidental. Las primeras teorizaciones sobre el desarrollo psicolgico reeditaron tales conceptos y nociones de progreso. De la misma manera, los debates en contra de las ideas evolucionistas en la antropologa tuvieron sus formulaciones gemelas en la psicologa. Las crticas a los modelos formalistas de la razn, a la nocin unidireccional del desarrollo y la no consideracin de la cultura y el mundo social que en la antropologa es reconocida con los nombres de Geertz, Clifford, Turner, Durand, Eliade, se expres en la psicologa en las posturas del construccionismo social y en otros abordajes sociales.

    En este documento se ofrece una historia particular de las dos disciplinas que nos conduce a pensar en las repeticiones de los discursos sociales y en las mltiples vas que siguen los estudios sobre el hombre. Antes de ofrecer una nica va de desarrollo de las dos disciplinas sociales, queremos presentar una narracin que nos habr de conducir a pensar en la no linealidad de la historia, y en la persistencia de posturas en las reflexiones sobre lo humano que los discursos cientificistas no han podido erradicar. La historia es un camino de mltiples vas que muchas veces se pierden en los laberintos del recuerdo y en las reediciones de intuiciones que cclicamente reviven con la fuerza retrica de la novedad.

    En nuestras visiones del desarrollo las oposiciones entre lo individual y lo social demandan una reflexin explcita. Hemos presentado en otros textos de la serie ideas del desarrollo como un proceso de experticia y de desciframiento de las presuposicio-nes sociales, que implican una clara idea sobre lo social y sobre

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    las demandas que los colectivos humanos establecen sobre los individuos. En este proceso de clarificacin de las interacciones entre lo individual y lo social hemos explorado algunos caminos que se han dado en algunas disciplinas cercanas. Uno de estos caminos similares es abordado en esta segunda parte. Antes que ofrecer una salida a este pensar dicotmico, este documento presenta una historia que nos invita a continuar la reflexin y a buscar una mayor claridad sobre los posibles vnculos entre las disciplinas y sobre ese aspecto que nos une y nos distancia: las relaciones entre lo individual y lo social.

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    parTe i

    moralidad y JuSTiCia en la guerra:

    REFLExIONES PARA UN ABORDAJE DESDE

    LA PSICOLOGA MORAL

    Juan Carlos Marulanda Hernndez*

    Jaime Yez-Canal**

    * Magster en Psicologa de la Universidad Nacional de Colombia. Docente Corporacin Universitaria Minuto de Dios.

    ** Profesor asociado al Departamento de Psicologa de la Universidad Nacional de Colombia.

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    REFLExIONES PARA UN ABORDAJE DESDE LA PSICOLOGA MORAL

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    Posiblemente, el lector considere absurda la expresin guerra justa, ya que la guerra, como todo acto de violencia, se opone de manera espontnea a nuestro significado comn de lo tico y de lo justo. Usualmente, el trmino tico es asociado al respeto al semejante, a la no agresin, al no dao del otro, a la bsqueda del bienestar de los hombres, al concepto de justicia y a otros aspectos que se proponen a manera de tribunal para el buen obrar. Pero independientemente de que sta sea una delimitacin apropiada del concepto de lo tico, es claro que toda concepcin de la tica debe establecerse para dirimir conflictos entre los hombres y fijar parmetros que faciliten el entendimiento y el respeto mutuo. Es por ello que contempla la cuestin del uso correcto de la fuerza y la legtima defensa.

    Detengmonos un momento en lo que atae a la tica. Toda sociedad humana, de alguna manera, ha tenido la necesidad de establecer formas de regulacin entre los hombres y delegar funciones a sus miembros, que varan segn sea su respon-sabilidad y poder en la vida social. De esta manera, el trato al semejante, las maneras como se desenvuelven los intercambios comerciales, las formas de castigo al infractor, la participacin en las decisiones colectivas, el respeto a ciertas demandas de los otros son algunos puntos que todo cdigo tico debe plan-tearse con el nimo de garantizar legitimidad en las formas de gobierno y evitar conflictos irreconciliables entre sus miembros (Harman, 1996; Wolf, 1996). De acuerdo con esto, las institucio-nes polticas y los sistemas legales tienen que tener en cuenta lo que los sujetos habran de reconocer como justo y como una forma adecuada de convivencia social.

    Pero si lo tico es un intento de establecer normas para garantizar unos entendimientos entre los seres humanos, es claro que en este sistema normativo las reflexiones sobre con-flicto y la agresin deben ocupar un lugar especial (Papacchini, 2002). El sistema tico simplemente se establece para evitar que ciertos conflictos se salgan de control y se puedan delimitar aquellos aspectos que deben respetarse y deben reclamarse en las conductas de todos los miembros de una sociedad. Las normas y las demandas de los sujetos se pueden expresar de manera explcita, as como los campos de accin que competen

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    al sistema judicial o al poder ejecutivo, entes que garantizan el cumplimiento de esas normas acordadas como legtimas.

    Dentro de esas normas, el uso de la violencia se establece cuando un infractor ha causado un dao de manera lesiva a algn miembro o cuando un sujeto se ve obligado a reaccionar en legtima defensa. Todo sujeto puede alegar por la defensa de su vida u otro bien que la sociedad considere esencial haciendo uso de la fuerza. Pero los lmites y espacios donde la autodefensa puede esgrimirse como legtima, al igual que la responsabilidad de las personas segn su rol social, es parte de una polmica que no logra acuerdos fciles y que puede mostrar concepciones completamente irreconciliables.

    En este primer apartado nos tomamos la licencia de hacer unas reflexiones de manera poco rigurosa como estrategia introductoria a nuestro texto y como preparacin a ciertos argumentos que habrn de exponerse segn una larga y muy sistemtica tradicin de la filosofa poltica y tica. Como primera formulacin podemos reconocer que toda sociedad humana ha establecido o intentado establecer normas para garantizar unas mnimas condiciones de convivencia. El poder coercitivo de estas normas puede variar, al igual que el radio de su influencia1. Posiblemente el gobernante, o el poder ejecutivo, o el judicial2 gocen de algn poder especial para reglamentar las interacciones entre los miembros de una sociedad, al igual que para ejercer el castigo cuando ciertas normas no se cumplan (Wolff, 2001). Pero por ms poder que una sociedad otorgue

    1 Es irrelevante en esta introduccin informal establecer el poder coercitivo que puede asumir la religin, las costumbres o el sistema legal. Independientemente de quin o cmo se establezca el acatamiento a la norma, cada sociedad considera algunas conductas como adecuadas y justas y establece sistemas de control o instituciones para garantizar su cumplimiento.

    2 Es claro que estamos utilizando esta diferenciacin de poderes de manera funcional, ya que no todas las sociedades han gozado de esta diferenciacin de poderes. En otras palabras, hay algunos miembros, instituciones o poderes que gozan de ciertas potestades segn sea la sociedad analizada.

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    a una institucin o a un gobernante, deben existir lmites para el ejercicio de sus roles o funciones sociales. De la misma manera, el lmite del poder de accin de estas instituciones o de los particulares gobernantes est establecido dentro de los espacios geogrficos donde su reino o sociedad sea reconocida como una sola. Un gobernante, o una institucin encargada de ejercer la justicia penal, no puede condenar a personas fuera de su jurisdiccin, ni puede asumir acciones sobre otros pases o ciudadanos diferentes a aquellos que le otorgaron un determinado poder, a no ser que se esgriman justificaciones particulares. Este tipo de justificaciones deben ser diferentes a las que se pueden esgrimir cuando un gobernante acta sobre sus conciudadanos. El invadir a otro Estado, o reino que no acata las mismas normas debe justificarse de otras maneras (Walzer, 2001d; Orend, 2006), las cuales son las que a continuacin se presentarn.

    Sin desconocer la importancia de lograr una paz ecumnica, evitamos aceptar sin ms la condena indiscriminada del uso de la fuerza. Las circunstancias y caractersticas de las relaciones entre comunidades polticas pueden ser muy distintas de aquellas que se presentan al interior de las mismas. Aunque la guerra es siempre indeseable, en casos muy particulares puede ser el nico recurso disponible para la solucin de un conflicto, hacindose legtima e incluso moralmente justificable (Walzer, 2001d). Para sostener esta posicin apelamos a una nocin de justicia que opera exclusivamente para el caso de la guerra y que eventualmente dara lugar a la formulacin de un marco legal que regule y, a la vez, limite al mximo el uso de la fuerza (Walzer, 2001a; Rawls, 2001; Papacchini, 2002; Orend, 2006; Fotion, 2007; Bellamy, 2009). Nos concentraremos, entonces, en el problema de la justicia de la guerra y las consideraciones alrededor de la decisin de iniciar una guerra (ius ad bellum) y la manera de conducirla (ius in bello).

    El siguiente apartado se divide en tres partes. En la primera, trataremos los argumentos a favor de un abordaje moral para la guerra, que anteceden y dan forma a la teora de la guerra justa. En la segunda parte, el lector encontrar una breve exposicin del desarrollo y las transformaciones histricas de las nociones

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    de justicia en torno a la guerra. Finalmente, se presenta la teora de la guerra justa desde una visin contempornea.

    La guerra justa: reflexiones desde la filosofa moral y poltica

    La guerra es un hecho que deja a su paso horror y destruc-cin. Es por ello que, en palabras de Walzer (2001c), siempre que los hombres y mujeres han hablado de la guerra, lo han he-cho contraponiendo el bien y el mal (p.31); dicho de otro modo, siempre hemos juzgado la guerra con un lenguaje cargado de intenciones morales. Estos juicios morales acerca de la guerra se han ido desarrollando como parte de una tradicin filosfica que remonta a antiguos pensadores hindes, taostas y de la filosofa helenstica-romana, y se extiende hasta nuestros das (Strauss y Cropsey, 1993; Walzer, 2004; Orend, 2006; Fotion, 2007; Bellamy, 2009).

    Sin embargo, las doctrinas morales de la guerra solo han tenido una influencia significativa en el contexto internacional a partir de la segunda mitad del siglo xx. En pocas anteriores la postura imperante fue una forma de belicismo, denominada realismo pragmtico (Hartmann y Heuser, 2001; Walzer, 2001d; Papacchini, 2002). Para los realistas pragmticos, la guerra es algo que no necesita justificarse y mucho menos restringirse. La guerra consiste precisamente en algo que escapa a cualquier consideracin moral o legal. En casos extremos, simplemente se acept como un gran mal inevitable, como una calamidad de origen divino similar a la plaga (Toynbee, 1976).

    Desde el realismo se presentan varios argumentos en los que se basara este consentimiento perenne hacia la guerra. El primer argumento manifiesta la existencia de una agresividad latente, que es anterior a cualquier ley o poder soberano capaz de domearla (Hobbes, 1651; Freud, 1929; Ortega y Gasset, 1929; Caneiro y Vidarte, 2002). Al no existir una autoridad o de-recho que regule las relaciones en el plano internacional, dicha agresividad se manifiesta libremente.

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    Un segundo argumento, ligado al anterior, sostiene que la guerra es inherente a la dinmica de las relaciones sociales. Desde tiempos primitivos, la competencia por territorios y recursos ha constituido una fuente de constantes conflictos. Al no disponer de otros medios para garantizar la defensa y el bienestar de una comunidad, el enfrentamiento violento basado en la decisin y la organizacin colectiva se convirti en algo necesario (Hume, 1734; Bouthoul, 1971; Aron, 1985; Ehrenreich, 2000; Harris, 2004).

    De estos dos primeros argumentos se desprende la idea de la guerra como una parte de la naturaleza humana que encarna todo lo contrario a lo que representa la tica3. Esto se establece como la primera razn para considerar absurdo cualquier inten-to de juicio moral que pretenda detener o evitar la guerra4.

    El tercer argumento a favor del belicismo se trata de una de-fensa del fin histrico y poltico de la guerra (Maquiavelo, 1513; Hegel, 1807; Clausewitz, 1832; Arendt, 2005). En primer lugar, los partidarios de esta visin definen la importancia de la guerra en la conformacin y desarrollo del Estado como unidad poltica.

    3 Walzer (2001c) presenta el argumento realista bajo esta afirmacin: La guerra es un mundo aparte; un mundo en que est en juego la propia vida, en el que la naturaleza humana se ve reducida a sus formas elementales, en donde prevalece el inters propio y la necesidad. En un mundo semejante, los hombres y las mujeres no tienen ms remedio que hacer lo que hacen para salvarse a s mismos y a la comunidad a la que pertenecen, de modo que la moral y la ley estn fuera de lugar. Inter arma silente leges: cuando las armas hablan, callan las leyes (p. 31).

    4 Es claro que esta separacin de lo tico se ha dado sobre mltiples espacios y los lmites y relaciones que pueda tener con estos es parte de un debate que es innecesario abordar. La relacin de lo tico y lo poltico, de lo tico y las relaciones internacionales, el medio ambiente, etc., es parte de la historia de la tica que no necesariamente ha logrado acuerdos fciles. Una visin amplia de la tica debera abordar estas relaciones y las particularidades de cada contexto. Pero ya que nuestro inters no es ofrecer una perspectiva para organizar estas discusiones, simplemente seguiremos en algunos contextos una diferenciacin de discursos que faciliten nuestra exposicin. Y en esos momentos del texto opondremos la tica a cualquier forma de violencia.

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    Luego, bajo la consideracin de que la autonoma y la soberana constituyen condiciones necesarias para la permanencia del Estado, plantean que en ciertos casos la guerra se presenta como el nico recurso que permite garantizar el cumplimiento de dichas condiciones. Expuestas estas dos funciones de la guerra, como motor de la historia y como instrumento poltico en beneficio de la salud moral de una nacin, resulta inviable la creacin de un derecho internacional con capacidad coercitiva que pretenda, entre otras cosas, limitar las posibilidades de un gobernante para recurrir a la fuerza (Waltz, 1959; Ruiz, 1988).

    Bajo esta perspectiva realista, aun si contemplramos la posibilidad de construccin de un derecho internacional, enfrentaramos el problema de encontrar un lenguaje moral adecuado para juzgar la violencia entre Estados. Hobbes (1651, citado por Walzer, 2001a; Walzer, 2001d) defiende esta tesis a partir de dos consideraciones. La primera versa sobre un significado incierto de los trminos morales que componen nuestros juicios. Para Hobbes, el significado de la palabra guarda una estrecha relacin con la persona que la usa, de tal manera que lo bueno, lo justo, lo honroso o lo cruel, pueden cobrar un significado contrario o distinto de persona a persona, segn sus propsitos particulares. Por lo tanto, bajo todo discurso moral se enmascarara un inters particular que impide considerarlo como argumento vlido5.

    La segunda consideracin hobbesiana hace referencia al relativismo histrico subyacente en las teoras sobre la justicia y los principios morales. En este sentido, el conocimiento de lo moral depende de una comunidad y un contexto determinado

    5 Obviamente estamos tan solo exponiendo en este contexto una particu-lar concepcin de lo moral. Es claro que para esta visin realista lo moral se ve de manera relativista y sin ningn poder regulador de la accin de los Estados, que principalmente se rigen por la bsqueda del bienestar de sus ciudadanos. Las posibilidades de principios o acuerdos universa-les y el papel regulador de los discursos ticos, al igual que su utilidad, es parte de una conceptualizacin que no abordamos de manera directa, pero que puede inferirse en las particulares posiciones sobre la guerra que iremos presentando en el texto.

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    que conduce a la aparicin de distintos significados a travs del tiempo. La posibilidad de una moralidad para la guerra se ve, pues, minada por los nacionalismos y los cultos hacia el militaris-mo y las virtudes heroicas. Las costumbres de la guerra estaran basadas en una tica de aret o tica del guerrero. sta se caracteriza por otorgar mayor importancia a la fuerza, el valor, el sacrifico y el amor por la patria (Papacchini, 2002).

    A pesar de la aparente fuerza de sus argumentos, el influjo del realismo en la poltica exterior disminuy como consecuencia de los cambios histricos de los ltimos cien aos. El avance cientfico y tecnolgico que caracteriz el siglo xx dio lugar a una transformacin significativa de las sociedades humanas6. A pesar de los grandes beneficios aportados, la ciencia y la tecnologa pusieron a disposicin de las fuerzas armadas nuevos y mejores instrumentos para hacer la guerra. La Segunda Guerra Mundial fue el escenario ms terrible en cuanto a la violacin de principios morales y crmenes contra la humanidad, guerra que comenzara sin previa declaracin, guiada por la ambicin de la poltica fascista y totalitarista del rgimen Nazi. Ante la ausencia de un organismo internacional regulador, fueron repetidos los ataques indiscriminados, las masacres, la purga racial y el asedio a poblaciones indefensas; tambin, el uso de mtodos cada vez ms crueles y sofisticados para causar la muerte y el sufrimiento, la violacin a mujeres y el saqueo, entre muchos otros. Sin embargo, ninguno de estos hechos tiene comparacin con el ataque nuclear sobre Hiroshima y Nagasaki, que puso fin a la guerra en agosto de 19457.

    Terminada la Segunda Guerra Mundial inicia la que fue llamada Guerra Fra, una carrera armamentista entre las dos potencias armadas e ideolgicas ms grandes, la URSS y los Estados Unidos de Norteamrica, que se desarroll a travs de la estrategia de la disuasin nuclear, justificada en la legtima defensa. La Guerra Fra dara, a su vez, inicio a una serie de conflictos internos y externos a nivel mundial que

    6 Para una visin histrica completa del siglo xx, vase Hobsbawm (2010).7 En palabras de Higuera (1984) se inscribe ya, y para siempre, como p-

    gina negra en la historia de la humanidad (p. 12).

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    se desarrollaron a lo largo de las ltimas dcadas del siglo anterior8. Finalmente, durante los aos noventa estallaran la guerra de Irak y la guerra de los Balcanes, conflictos marcados nuevamente por el uso de armas tecnificadas y conducidos de forma deplorable. Por todo esto, el siglo xx sera catalogado como el siglo de la guerra total (Hobsbawm, 20009, 2010; Joas, 2005; Arendt, 200810).

    Las atrocidades de las ltimas guerras de la humanidad condujeron al sistema poltico internacional a establecer discursos y entidades con algn poder de control y algunas formas de fiscalizacin (Bellamy, 2009). Los diferentes estamentos internacionales se establecieron para limitar los discursos de las posturas realistas y para introducir algunos criterios del debate tico.

    La potencia destructiva de la guerra moderna nos acerca cada vez ms a la posibilidad de destruccin del mundo a manos del hombre. Este hecho parece suficiente para condenar el realismo absoluto. Surge as la necesidad e importancia de esta-blecer limitaciones ticas y legales a las decisiones y conductas de las naciones. Esta tarea demanda dos aspectos: de una parte, ofrecer una contraargumentacin a los supuestos planteados

    8 Algunos de estos conflictos fueron la guerra de Corea, la guerra de Viet-nam, las guerras civiles en Latinoamrica y frica y las guerras en Medio Oriente.

    9 Hobsbawm ha definido el siglo xx como un siglo corto, que nace con retraso en 1914, con el inicio de la primera guerra mundial y finaliza en 1991 con la cada de la URSS.

    10 Si bien Arendt (2005) ha reconocido la finalidad histrica de la guerra sealando que en la fuerza que nos impulsa a construir y destruir radica nuestra capacidad para crear mundo considera que aquello que el hombre produce puede ser destruido para construir algo nuevo, de manera que el poder destruir y el poder construir equilibran la balanza. Sin embargo, se muestra crtica ante las formas que cobr la guerra durante el siglo xx. No admite que la fuerza destructiva pueda operar ms all de aquello que ha sido producido por el hombre, a saber, [] el poco tangible, pero no por ello menos real, mbito de las relaciones humanas, surgidas de la accin en sentido amplio (Arendt, 2005, p. 185).

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    por el realismo11; de otra, plantear una teora de la justicia que fije criterios de moralidad y legalidad para la guerra.

    La moralidad de la guerra

    No podemos negar que la guerra conlleva la transgresin de ciertos preceptos ticos y legales que pretenden regular las relaciones entre los seres humanos (Walzer, 2001d). Por ello, hablar de una moralidad de la guerra puede considerarse como una contradiccin en los trminos (Papacchini, 2002). Pero esta visin restrictiva de la tica conduce al pesimismo y a la imposibilidad de establecer un discurso para la regulacin de los conflictos entre las naciones. La tica es solo un discurso que intenta establecer acuerdos que de alguna manera generen algn poder vinculante sin que tengan un carcter de absoluta obediencia12. Reconocer que la guerra es un evento en muchos casos inevitable y que en ella se cometen atrocidades no implica que no debamos esforzarnos por establecer cdigos para regular y hacer menos dramtico el ejercicio de la violencia entre Estados. En este discurso tico de la guerra debe introducirse la reflexin sobre cundo una guerra puede ser justificable y qu acciones son lcitas en ella. Por todo esto es necesario crear criterios que nos permitan diferenciar entre guerras defensivas y ofensivas, de dominacin o liberacin, o aquellas que son

    11 Podramos afirmar que los hechos del siglo xx son ya un argumento suficiente para rechazar al realismo y su postura belicista. Pero, a pesar de las consecuencias que ha dejado la guerra moderna, algunas naciones continan esgrimiendo argumentos realistas para justiciar sus guerras y complacer sus ambiciones.

    12 Al contrario de las visiones religiosas que establecan el discurso tico con carcter de obligatoriedad, las visiones laicas solo sugieren algunas reflexiones que los sujetos libres habran de aceptar por muy diversas razones. Al igual que el respeto de ciertos derechos y las normas de accin tienen un carcter de obligacin personal que no se invalidan porque existan acciones malas entre los hombres, el discurso sobre el derecho y la autodeterminacin de los pueblos impone ciertas normas que tienen un carcter orientador, sin que deban descalificarse por los juegos de poder y los intereses de algunos gobernantes o pases pode-rosos.

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    llevadas a cabo en favor del respeto a la dignidad humana (Papacchini, 2002, p. 21).

    Decir que la guerra es una actividad racional, regida por su propia lgica y finalidad, no la muestra distinta a otras activi-dades como la economa, la ciencia, el arte o la educacin. Si apoyamos la independencia de esta forma de accin poltica, tendramos que admitir que cualquier otra actividad humana se encuentra tambin por fuera del dominio moral (Papacchini, 2002); si la tica no participa en la regulacin de la violencia entre naciones, sera un discurso irrelevante y restringido a aspectos relacionados tan solo con las buenas maneras y los actos de cortesa. Independientemente del poder regulador y el compromiso vinculante que adquieran los Estados con las reflexiones ticas, este campo debe intentar establecer algunos principios y acuerdos para garantizar la supervivencia del ser hu-mano sobre la Tierra. La tica es una tarea que debe proponerse a largo plazo para que las diferentes poblaciones incorporen su discurso en su accionar diario. Al igual que las reflexiones so-bre aspectos ecolgicos se han logrado instaurar en contra de intereses particulares, el discurso de la tica de la guerra debe persistir para que al menos se den formas de regulacin y de legitimacin del actuar de los Estados.

    Que el discurso moral pueda contaminarse en muchas ocasiones por intereses de grupos polticos o de pases particulares no invalida, insistimos en ello, que este discurso deba ser desarrollado. Al igual que en los conflictos humanos no se pueden establecer acuerdos fciles, ni hay frmulas de general acatamiento, la reflexin moral sobre la guerra es parte de un ejercicio racional abierto y en permanente construccin. Al respecto, Walzer (1996, 2001a) manifiesta que no es posible reducir el discurso moral a un mundo proclive de la ideologa y la manipulacin verbal; no es posible traducir la moral en trminos de un discurso interesado. Por el contrario, los trminos morales hacen parte de un sentido moral compartido, una moral mnima, universal e independiente de lo que pueda dictar el inters particular de un individuo o de una sociedad (Walzer, 1996, 2001a). Por lo tanto, el significado del lenguaje moral en nuestros juicios no es el otorgado por el agente de

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    la accin, sino ms bien el que otorga la comunidad a partir de esas nociones mnimas compartidas. El supuesto de una moral mnima explicara por qu la guerra se da en diferentes grados, manteniendo un margen razonable de violencia y brutalidad, contrario a la idea de guerra absoluta formulada por Clausewitz (1832, citado por Walzer, 2001a).

    Ahora bien, podemos observar que a travs de la historia hemos juzgado moralmente las distintas actividades humanas, incluyendo la guerra (Walzer, 2001a). Esto permite afirmar que el discurso moral no es relativo, no es variable ni sometido a caprichos contingentes. Dicho de otra forma, poseemos un conocimiento acerca de lo moral, o por lo menos una mnima idea de lo que puede ser, y lo que de alguna manera se relaciona con el bienestar de la humanidad. De no ser as, los gobernantes no mostraran inters alguno en explicar por qu sus acciones e ideas son dignas de respeto o aprobacin. Pero por el contrario, elaboran todo el tiempo justificaciones de tipo moral13. Ms an, recurren constantemente a la hipocresa o la mentira para mostrar que sus guerras obedecen a causas justas, o con el nimo de transformar actos de sevicia y crueldad en expresiones de una moralidad ms elevada o en estrategias para satisfacer el bien comn (Papacchini, 2002).

    A partir de lo presentado, queda claro que, en tanto la guerra no ofrece una solucin al dao que ella misma causa, un intento de abordaje desde la moral no es solo pertinente sino necesario. Propuesto lo anterior podemos pasar al segundo aspecto previsto, el de la formulacin de una teora de la justicia para la guerra.

    Hacia la construccin de una teora de la justicia para la guerra

    Para empezar, resulta til precisar algunas cuestiones generales acerca de las teoras de la justicia. La pregunta por

    13 Aquellas cuyo contenido se caracteriza por el valor otorgado a cier-tos valores y principios, que permiten demostrar que sus intenciones van ms all de consideraciones de tipo econmico o material (Taylor, 1989/1996, citado por Echavarra y Vasco, 2006).

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    la justicia es una pregunta acerca de las disposiciones que rigen la vida humana. Estas disposiciones no son naturales, sino ms bien una invencin humana, condicionada por el contexto y el tiempo en que se dan las relaciones sociales. Es as como han surgido distintas teoras de la justicia, pues una teora de justicia es una teora acerca de los tipos de disposicin social que pueden defenderse (Barry, 1995, p. 19).

    El problema central de toda teora de la justicia es la defendibilidad de las relaciones desiguales entre las personas. En una sociedad hay diferencias en cuanto a poder poltico, posicin social y dominio de recursos econmicos (Barry, 1995). Una teora de la justicia expone argumentos y principios que permitiran justificar o no dichas diferencias o desigualdades. De esta manera, determina cules son las cualidades o circunstancias en las que, por ejemplo, una persona podra ostentar un lugar ms alto en la jerarqua social; tambin, bajo qu principios o criterios debera llevarse a cabo la reparticin de recursos o beneficios. Para responder a esta tarea, como seala Nussbaum (2007), las teoras de la justicia deben ser abstractas, deben tener un grado de generalidad y fuerza terica, para as poder ir ms all de los conflictos polticos de su tiempo, aunque tengan su origen en dichos conflictos. Pero tambin deben estar abiertas a modificar sus formulaciones y estructuras para responder a las problemticas propias de la actualidad.

    No nos corresponde aqu presentar de manera detallada las diversas perspectivas en torno al problema de la justicia. En su lugar, nos concentraremos en las dos teoras ms representativas, rivales entre s, y que de alguna manera rescatan los aspectos esenciales defendidos por otros enfoques (Barry, 1995). Ambas comparten la idea de que la justicia surge cuando hay un conflicto de intereses entre las personas o las comunidades. Tambin comparten la idea de que la justicia es aquello sobre lo que en principio cualquiera podra alcanzar un acuerdo racional. En consecuencia, ambos enfoques tericos conducen a una formulacin en trminos de algn tipo de contrato social, aunque el aparato contractual no es esencial y ambas teoras se han desarrollado en formas no contractuales.

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    La primera de estas teoras es una teora de corte utilitarista, llamada teora de justicia como ventaja mutua. Considera el autointers como el motivo para comportarse justamente. Segn este primer enfoque, se permite que el acuerdo refleje el mayor poder en la capacidad de negociacin de una de las partes. La solucin ms favorable es aquella que genera la mayor utilidad total y que permite a cada quien ganar tanto como pueda segn su inters y capacidad de negociacin.

    El segundo enfoque es llamado justicia como equidad. A diferencia del anterior, este enfoque sostiene que la gente no debera basarse solo en su punto de vista, sino encontrar una base de acuerdo que sea aceptable desde todos los puntos de vista. Propone que el acuerdo justo depende del descono-cimiento total o parcial de las caractersticas propias de cada una de las partes. Si las partes no estn guiadas por sus propios intereses, sern capaces de llegar a un acuerdo equitativo. Este enfoque, en el que se puede apreciar una influencia kantiana significativa, corresponde al presentado por Rawls (1995) en su libro Teora de la justicia14.

    Cabe decir que en un comienzo ambas teoras han sido pensadas para establecer normas y leyes que permitan regular el comportamiento de los ciudadanos y las obligaciones del Estado. Al aplicarse al campo internacional, las grandes teoras occidentales han propuesto el Estado-nacin como la unidad bsica que buscara lograr un acuerdo. De esta manera, el Estado es tratado como individuo que se encuentra frente a otros en un estado de naturaleza y busca llegar a un acuerdo

    14 Esta manera de presentar las concepciones sobre la justicia es bastante restrictiva, ya que dentro del utilitarismo la imparcialidad y la consideracin de todos los participantes en la solucin de un conflicto es considerada, al igual que la consideracin de los intereses es parte de la reflexin de Rawls. Utilizamos esta oposicin algo laxa de Barry (1995) para caracterizar las posturas divergentes en el campo de la justicia y poder avanzar en nuestra exposicin sobre los discursos en torno a la guerra. Una ampliacin de las ideas y mltiples versiones del utilitarismo, al igual que de las posturas deontolgicas, desbordara los propsitos de nuestro texto.

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    para gobernarse a s mismo a travs de la ley. Sin embargo, a pesar de las virtudes que presentan ambos enfoques, poseen defectos estructurales al momento de ser aplicadas al espacio de las relaciones internacionales y, por ende, al problema de la guerra (Nussbaum, 2007).

    Las objeciones presentadas hacia el enfoque de justicia como ventaja mutua sugieren principalmente que se da mayor importancia a la utilidad del resultado del acuerdo que a otros valores relacionados con el respeto y la dignidad humana (Papacchini, 2002). Este enfoque puede conducir a formas disimuladas del realismo: basados en las ventajas econmicas que puede traer la guerra para las partes involucradas, puede justificarse cualquier uso de la fuerza y tolerar, incluso, la violacin de principios humanitarios y el sufrimiento de inocentes. Solo si el costo es mayor que el beneficio se podra argumentar en contra de hacer la guerra. Por ello, resulta ms apropiado intentar tratar el tema de la justicia de la guerra desde otra perspectiva15.

    De otra parte, el enfoque de justicia como equidad acude al contrato de dos fases16 para explicar la manera en que debe-ran darse las relaciones entre Estados, incluyendo el tema de la guerra y la paz (Kant, 1795; Rawls, 1995, 2001; Barry, 1995; Nussbaum, 2007). La propuesta de un contrato de dos fases hace parte del planteamiento de Rawls (2001) en El derecho de gentes. All, el autor vuelve a considerar algunas reflexiones

    15 Escribe Nussbaum (2007): [] no podemos llegar a una teora adecuada de la justicia global si vemos la cooperacin internacional como un contrato para el beneficio mutuo entre partes que se encuentran en una situacin parecida al estado de naturaleza. Solo podremos producir una teora si pensamos en aquello que todos los seres humanos requieren para vivir una vida rica y humana un conjunto de derechos bsicos para todas las personas y desarrollamos una concepcin de la finalidad de la cooperacin social centrada tanto en la solidaridad como en el beneficio mutuo (p.229).

    16 El contrato de dos fases es una propuesta frecuente entre los tericos del contrato social. Ya haba sido utilizada por autores como Grocio, Kant y Punfendorf (Nussbaum, 2007).

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    sobre la justicia internacional ya tratadas en Teora de la justicia. El problema central que aborda es la manera de extrapolar la concepcin de una sociedad local, o domstica, a la interaccin entre varias sociedades. La solucin de Rawls (1995, 1999) con-siste en expandir los acuerdos del contrato de primer nivel, o aquel que es llevado a cabo por las personas que desean salir del estado de naturaleza, a travs de un segundo contrato, en el que los contratantes son ahora los Estados y sus representantes ubicados tambin bajo un velo de ignorancia17.

    La propuesta de contrato de dos fases llevara a la conformacin de una sociedad de naciones pacfica similar a la presentada por Kant (1795) en La paz perpetua. Por ello, para hablar de la legitimidad de la guerra, Rawls (1999) apela a la que llama teora no ideal, una teora alternativa a la del contrato de dos fases o teora ideal. De manera simple, Rawls sostiene que las democracias no se declaran la guerra entre s, porque los principios que guan su relacin estn basados en la idea de justicia como equidad, alcanzada mediante un contrato de primer orden entre sus ciudadanos. La teora no ideal explica aquel caso en que no todos los sistemas de gobierno son democrticos y por tanto no todos desean igualmente ser justos en sus relaciones. Algunos Estados pueden comportarse de

    17 En la discusin tica, las relaciones internacionales, al igual que el reconocimiento de las minoras, o el cuidado del ambiente, son de muy reciente consideracin. Por ejemplo, el cuidado del ambiente se hizo solo posible debido al poder destructor de la ciencia y la tcnica moderna. De la misma manera, el caso de las grandes migraciones y el peligro para la seguridad alimentaria de un pueblo que movilice grandes masas humanas a su territorio muestra los conflictos entre el derecho de las personas a movilizarse y el derecho de los pueblos para regular la entrada de extranjeros. El discurso tico planteado como un universal entra en conflicto igualmente con el poder de las instituciones para actuar solamente sobre sus propios ciudadanos y garantizar en ellos sus derechos. Nuevamente, estos detalles podran conducirnos a ciertas polmicas de la diferenciacin tan restrictiva de las posturas ticas presentadas en el texto, pero debido a nuestro eje argumental lo reiteramos nos tomamos ciertas licencias. Nuestra preocupacin central no es desarrollar un discurso preciso sobre las teoras de la justicia, sino presentar algunos debates ticos alrededor de la guerra.

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    manera hostil y apelar a la fuerza para satisfacer sus intereses. En este caso, las naciones democrticas tendran derecho a hacer la guerra para garantizar su defensa y soberana.

    En contraposicin a los enfoques utilitaristas, la teora no ideal de Rawls (1999) se propone como una mejor propuesta para tratar el tema de la justicia en la guerra. Empero, presenta an varias limitaciones. La reflexin sobre la justicia y la guerra no se reduce solo a las decisiones acerca de cundo comenzar o no una guerra, sino adems a las normas que limitan la conducta de los combatientes. Ambos aspectos deben ser considerados desde una reflexin tanto tica como poltica. En otras palabras, en una guerra no solo est en juego la soberana y autonoma de un Estado, sino que tambin pueden verse afectadas la vida de las personas, el bien comn y la dignidad humana. La teora de Rawls (2001) no va ms all del derecho de autodefensa y de la posibilidad de alianzas defensivas; no propone una reflexin extensa sobre la conducta de la guerra y limita el objetivo de la guerra al alcance de una paz justa y duradera (Nussbaum, 2007). Tampoco plantea con claridad la legitimidad de aquellas guerras de intervencin que tengan como propsito detener los crmenes de lesa humanidad al interior de un Estado y otros casos en que la guerra se ve respaldada por fuertes argumentos morales.

    Si bien son tiles los postulados que presentan en general las teoras sobre la justicia, las particularidades que ofrece el problema de la guerra exigen ir ms all de estos dos enfoques. La formulacin de una teora de la justicia que opere para la guerra debe plantearse sobre la base de un contrato interestatal, pero tambin sobre la base de nociones morales mnimas que permitan juzgar la conducta de Estados y combatientes tanto en el mbito internacional como en el mbito local18 (Walzer, 2001a, 2001b). Esta moral mnima corresponde al ethos de los derechos humanos, porque constituyen la tradicin normativa del principio moral que obliga a tratar a cada ser humano como una persona, con valor intrnseco y no instrumental. Valora la

    18 Arguye Walzer (2001a) que la guerra es una construccin social, y por tanto los individuos son los que determinan cundo y cmo debe darse, estable-ciendo una serie de acuerdos y prcticas sobre la base de una moral mnima.

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    libertad y la autonoma como una forma de realizacin personal y obliga a crear solidaridad entre sujetos igualmente vulnerables y necesitados 19 (Papacchini, 2002, p. 29).

    Sobre la base de los derechos humanos emerge una nocin de justicia que da lugar a la denominada teora de la guerra justa, una teora normativa20 que se plantea como finalidad proveer un marco tico y legal que reglamente el uso de la fuerza y permita juzgar las acciones de lderes polticos y combatientes. Empero, al usar la palabra justa no debe presumirse una defensa de la guerra o una consideracin de la guerra como algo bueno. Antes bien, como ya se ha sealado, se pretende reconocer la guerra como un hecho social que puede ser abordado desde una dimensin moral, permitindose as contribuir a una civi-lizacin o humanizacin del conflicto blico (Papacchini, 2002).

    La teora de la guerra justa debemos entenderla como una teora solo en el sentido amplio de la palabra. Sera ms preciso hablar de la tradicin de la guerra justa, porque cons-tituye ms bien una familia de teoras formuladas a travs de la historia de la filosofa moral y poltica, que aunque poseen argumentos y conceptos en comn, difieren mnimamente en su finalidad21 (Fotion, 2007; Bellamy, 2009). La teora contempor-

    19 Considera Papacchini (2002) que, tomando el fundamento de los derechos humanos, estos deberan ser compartidos por la mayora de individuos, pueblos y Estados, y deberan convertirse, a la vez, en la base y punto de referencia que permite rechazar algunos sistemas ticos.

    20 Entindase por teora normativa toda aquella teora que supone el descubrimiento y aplicacin de principios morales al campo de la relaciones polticas, o tambin como una teorizacin poltica de carcter prescriptivo o recomendatorio; es decir, toda teorizacin interesada en lo que debe ser, en tanto que opuesto a lo que es en la vida poltica (Berlin, citado por Migliori, 2005, p. 14).

    21 Walzer (2001a) se refiere a esta tradicin con el nombres de convencin de la guerra, entendida como el conjunto de normas, costumbres, cdigos, acuerdos, principios religiosos y filosficos que definen nuestra opinin de la conducta militar. La convencin de la guerra provee un marco justificatorio: un lenguaje que pueden usar polticos y soldados, amigos y enemigos, para comunicar la legitimacin de sus acciones o evaluar las pretensiones de los dems.

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    nea, fundamentada en principios humanitarios, no es ms que un resultado de esta larga tradicin en la que profundizaremos en el siguiente aparte.

    Importa aadir que los planteamientos tericos sobre la guerra justa no pueden ser tomados como un instrumento que permita juzgar o justificar cualquier tipo de violencia armada. Es claro que la guerra supone un tipo de contacto violento, pero esto excluye cualquier tipo de accin individual o grupal que no sea llevada a cabo en representacin de una entidad poltica ms amplia22 (Rousseau, 1762; Wright, citado por Ruiz, 1988). En virtud de lo anterior, la guerra debe entenderse como una si-tuacin de hecho caracterizada por la existencia de un conflicto desarrollado mediante la fuerza armada entre dos grupos dife-rentes y con cierta similitud [poltica] entre s (Ruiz, 1988, p. 49).

    Sin embargo, hay poca claridad en las caractersticas que definen a cada uno de los bandos que se involucran en una guerra. Tradicionalmente se delimit el concepto de guerra restringindolo nicamente a los conflictos entre Estados23 (Rousseau, 1762; Caneiro y Vidarte, 2002). Esto limita la po-sibilidad de aplicar la teora de la guerra justa para juzgar y aminorar el impacto de las guerras civiles o la violencia entre comunidades tnicas, por citar algunos ejemplos. Al tiempo, autores como Walzer (2004) y Bellamy (2009) arguyen a favor de extender el alcance de la teora bajo el supuesto de que la guerra supone algo ms que el enfrentamiento entre naciones, agrupando conflictos irregulares de tipo local y otros fenme-nos de violencia que a pesar de trascender las fronteras no pueden entenderse bajo la lgica de una sociedad interestatal.

    22 Rousseau (1762) aporta la siguiente definicin: La guerra no es, pues, una relacin de hombre a hombre, sino una relacin de Estado a Estado, en la cual los particulares son solo enemigos incidentalmente, no como hombres, ni aun siquiera como ciudadanos, sino como soldados; no como miembros de la patria sino como sus defensores [] (p. 42).

    23 En Caneiro y Vidarte (2002) se entiende como una organizacin poltico-social y, por tanto, militar que domina y controla una geografa poltica concreta y posee un determinado reconocimiento por parte de la comunidad internacional (p. 18). Esta definicin contiene una visin del Estado como la unidad poltica primordial, visin caracterstica del pensamiento poltico moderno.

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    Transformacin y desarrollo histrico de la teora de la guerra justa

    La justicia de la guerra en la Antigedad

    El origen de la tradicin de la guerra justa se remonta a las antiguas Grecia y Roma; sin embargo, algunas civilizaciones anteriores ya haban planteado lmites a la guerra. Los antiguos aztecas, egipcios, hebreos, chinos e hindes posean normas para llevar a cabo las contiendas y definir el trato de prisioneros y no combatientes24 (Orend, 2006; Fotion, 2007; Bellamy, 2009). Estas reglas eran generalmente trasmitidas en forma de manuales o cdigos del guerrero, utilizados para aminorar el impacto de la guerra y proteger a los guerreros. Pero su aplicabilidad se limitaba a las guerras internas y, de considerarse necesario, eran ignoradas.

    En la antigua Grecia, las primeras reglas de batalla se basaron en las virtudes heroicas o aret del guerrero de los poemas homricos (MacIntyre, 2001). Pero despus de la guerra del Peloponeso, estas reglas se formularon a partir de tratados escritos (Tucdides, 431-401 a.C/1976; Hartmann & Heuser, 2001; Bellamy, 2009). Los lmites fijados para la guerra tenan el propsito de satisfacer los intereses de las ciudades-estado griegas y preservar la sociedad helnica, por lo cual no era obligatorio su cumplimiento en las guerras contra los extranjeros.

    Los desastres ocasionados por las guerras de la poca motivaron las primeras reflexiones filosficas en torno a la justicia en la guerra. En Las leyes, Platn afirma que la guerra es un rasgo eterno de las sociedades que refleja la bondad y la maldad humana. Luego, afirma que no todas las guerras son igualmente deseables, sino solo aquellas que tienen el objetivo de doblegar

    24 Como ejemplo, en la China del siglo V a. C., Sunzi (2010) escribi uno de los tratados sobre la guerra ms conocidos de la historia. En El arte de la guerra, Sunzi aborda diversas temticas de carcter filosfico y estratgico: la poltica de la guerra, la conducta de los combatientes, el manejo del territorio, el uso del armamento, etc.

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    la maldad humana para alcanzar la paz (Strauss, 1993a; Caneiro y Vidarte, 2002; Orend, 2006). A partir del planteamiento de su maestro, Aristteles formula las primeras ideas acerca de las causas legtimas y emplea la expresin guerra justa. Considera cinco razones que pueden justificar la guerra: la autodefensa, la venganza ante un perjuicio, la ayuda a los aliados, la adquisicin de ventajas para la polis en forma de gloria o recursos, y poder gobernar a quienes eran incapaces de hacerlo por s mismos (Walzer, 2004; Orend, 2006; Bellamy 2009). Esta primera doctrina ser la base para la tradicin subsiguiente.

    El afn de expansin y dominio del Imperio Romano dio lugar a nuevas concepciones sobre la justicia en la guerra. Durante la Repblica, la guerra estuvo regida por el derecho fecial (ius fetiale), por lo que la nocin de justicia tuvo una connotacin religiosa25 (Bellamy, 2009). No obstante, fueron las ideas de Cicern las que lograron un mayor impacto en la tradicin de la guerra justa26. Cicern propone que el Estado debe preservar el equilibrio entre la naturaleza y el derecho para alcanzar la justicia y la felicidad (Holton, 1993; Orend, 2006). En este sentido, las guerras de conquista y expansin emprendidas por Roma estaban justificadas, porque su propsito era expandir la justicia alcanzada. A esto agrega dos condiciones (Bellamy, 2009): primero, que la guerra solo puede ser declarada por una autoridad designada y llevada a cabo por los soldados del Estado; segundo, que la conducta de los soldados tiene lmites: debe tenerse consideracin con las gentes de tierras conquistadas y con los soldados que se han rendido.

    25 Se segua el derecho fecial para agradar a los dioses y lograr sus favores en la guerra. Segn el derecho fecial, el Senado tena la obligacin de comunicar a sus enemigos las exigencias de Roma, que de ser rechazadas daban va libre para la declaracin de guerra. Claramente, el derecho fecial no cumpla con ningn sistema de equidad imparcial o sistema de justicia concebido filosficamente, por lo que desapareci rpidamente (Bellamy, 2009).

    26 Para los historiadores, Cicern comparte con Agustn de Hipona el crdito de ser fundador de la denominada teora de la guerra justa (Orend, 2006).

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    Muchas de las reglas romanas para la guerra no se cumplieron, pero de su formulacin se deriv la idea de que existen leyes que la naturaleza impone a todas las naciones. Nos referimos al ius gentium expuesto por Cicern (lvarez, 1980). El ius gentium se basa en el derecho natural que, a su vez, se deriva de la conciencia de la humanidad y, por lo tanto, tiene un carcter vinculante universal. El ius gentium permiti la aplicacin del derecho civil (ius civil) en aquellos casos en que la diversidad de pueblos y costumbres dentro de la antigua Roma era un problema. Tambin fue aplicado ms all de las fronteras romanas con el fin de mantener la paz, sentando las bases para las doctrinas posteriores sobre el derecho de los pueblos (Bellamy, 2009).

    Justicia de la guerra en el cristianismo primitivo y medieval

    Las primeras comunidades cristianas rechazaron de manera radical la guerra. Se mantuvieron alejados de la vida pblica porque aguardaban la segunda venida de Jesucristo y porque consideraban que la violencia contradeca los preceptos cristianos que los regan. Adems, se negaron a unirse al ejrcito porque esto implicaba guardar culto al emperador romano (Bellamy, 2009). Esta actitud pacifista cambiara despus de la conversin de Constantino al cristianismo.

    La doctrina de la guerra justa propuesta por los primeros pensadores cristianos se erige como una reformulacin de las concepciones de Aristteles y Cicern. El primero de estos pensadores fue Ambrosio de Miln, en el siglo IV d. C., quien considera que la guerra se hace justa si hay razones morales que la motiven o si obedece a un mandato divino; aunque toma la autodefensa como la razn principal que justifica la guerra (Bellamy, 2009). Pero fue Agustn de Hipona quien reflexion ms profundamente sobre el problema de la justicia en la guerra. Agustn parte del argumento de que los actos de guerra no pueden ser juzgados como buenos o malos en s mismos. Ms bien, a ojos de Dios y la ley divina, son las disposiciones internas del hombre las que le otorgan el carcter de maldad o bondad a dichos actos (Fortin, 1993a; Bellamy, 2009). Por ello,

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    la guerra no es mala por s misma, sino el odio, la ambicin, la codicia y el ansia de poder que la motivan; ergo, solo hay justicia en aquellas guerras impulsadas por el amor, el deseo de mantener o preservar la justicia y la paz (Fortin, 1993a; Walzer, 2004; Orend, 2006).

    En la doctrina de la justicia de la guerra o ius ad bellum de Agustn de Hipona se consideran cuatro razones que legitiman el uso de la fuerza (Bellamy, 2009). La autodefensa, el castigo de un dao ocasionado o la recuperacin de un territorio robado, la ordenanza divina y la bsqueda de la paz y la justicia. A todo esto aade la condicin de que la guerra debe ser declarada por un monarca o autoridad legtima. En cuanto a la conducta de los combatientes o ius in bello, Agustn de Hipona fue menos profundo y tan solo recomend el respeto de los acuerdos y el trato misericordioso hacia los enemigos e inocentes (Orend, 2006).

    Durante la Edad Media, la teora de la guerra justa se desarroll gracias a la constitucin del derecho cannico, el escolasticismo y el cdigo de caballera (Bellamy, 2009). El primer intento importante de los obispos por regular la guerra lo constituy el movimiento conocido como la paz de Dios en el siglo xI. Este movimiento mantuvo una resistencia ante el trato injusto del feudalismo contra los ms dbiles y contra la Iglesia. Tambin prohibi todo acto de guerra y saqueo contra clrigos, judos, mujeres y campesinos. Poco despus, en el mismo siglo, se cre el derecho cannico como forma de ratificar la independencia de la Iglesia de otras instituciones seculares. En el siglo xII toma forma con el Decretum de Graciano de Bolonia (Orend, 2006; Bellamy, 2009), quien retoma la doctrina del ius ad bellum de Agustn de Hipona. A la doctrina de Agustn aade Graciano la diferenciacin entre guerras justas, que son las ordenadas por las autoridades seculares, y guerras santas, o las ordenadas por Dios y las autoridades eclesisticas. Las Cruzadas en medio oriente fueron justificadas sobre la base de esta diferenciacin.

    Para el siglo xIII, la figura de Toms de Aquino, autor escolstico, resalta en el campo del problema de la guerra justa. Sus enseanzas ocupan un punto medio entre la teologa y la

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    filosofa. Aquino considera que las leyes divinas rigen los actos de los hombres; pero no los actos de los gobernantes, porque estos actan como funcionarios del Estado, organismo exento de cumplimento de dicha leyes. Esta condicin asegura que el gobernante pueda mantener la paz a travs de la espada, como nica solucin a la violencia entre los hombres (Fortin, 1993b; Caneiro y Vidarte, 2002; Walzer, 2004). Sin embargo, dado que en la guerra se cometen asesinatos, Aquino afirma que no hay guerra que pueda considerase justa. Pero s existen circunstancias que hacen justificable la guerra; esto es as solo si la injusticia causada constituye un mal menor en comparacin con la justicia lograda. Entonces, considera la autodefensa, que piensa es un derecho natural del hombre, como una de las circunstancias que justifican la guerra.

    El ius ad bellum de Tomas de Aquino rene tres condiciones: la autoridad legtima, la justa causa y la intencin correcta (Orend, 2006; Bellamy, 2009). Como justa causa propone el enmendar un dao, castigar a un agresor o recuperar un bien perdido. En cuanto a la intencin correcta, considera que el propsito de la guerra debe ser alcanzar el bien o evitar un mal mayor. A esto aade que, para que una guerra sea justa, debe evitarse el asesinato de no combatientes y promoverse la defensa de los inocentes.

    Terminada la Edad Media, en el siglo xVI, la propuesta de Tomas de Aquino es retomada por el neoescolasticismo de la escuela de Salamanca, a cargo de Francisco de Vitoria (Walzer, 2004; Orend, 2006; Bellamy, 2009). Vitoria fue reconocido como un crtico firme de las acciones y disposiciones de la monarqua espaola en Amrica. Tambin conden la Guerra Santa y las Cruzadas. Su aporte a la doctrina de la guerra justa emerge de sus reflexiones frente a estos temas. En principio, aunque considera legitima la permanencia de la Corona Espaola en Amrica, apelando al derecho de comercio que se fundamenta en el derecho natural, otorga a los indgenas el derecho a la legtima defensa y a la designacin de un soberano que declare la guerra. El derecho a la guerra es, entonces, algo que poseen todos los pueblos, pero que no aplica para resolver diferencias religiosas, tampoco para satisfacer la intencin de jurisdiccin

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    universal o las ambiciones personales de un gobernante. Siguiendo a Agustn de Hipona, propone que solo hay justicia27 si la guerra se hace para reparar un mal causado, en tanto este mal sea mayor que el mal que pueda ocasionar la guerra.

    Esta exigencia de proporcionalidad entre el mal causado y el mal de la guerra dan lugar a una doctrina del ius in bello en Vitoria. En lo referente a las reglas de combate, exige actuar con moderacin bajo la condicin de que el mal causado conduzca a un bien mucho mayor. A este supuesto aade el argumento del doble efecto, o derecho a dar muerte a inocentes indirectamente o como consecuencia accidental de una accin legitima de guerra.

    A pesar del aporte realizado por los tericos del derecho cannico y los pensadores escolsticos, en la Edad Media la con-ducta de los combatientes estuvo gobernada por los principios dictados por el cdigo de caballera (Bellamy, 2009). En el siglo xIII, la caballera conform toda una orden profesional al ser-vicio de la Iglesia, el clero y los pobres. La afiliacin a la Iglesia, el respeto a las mujeres y las virtudes de la lealtad y la justicia fueron parte de los preceptos consignados en las primeras rdenes de caballera. Los caballeros compartieron los criterios de legitimidad de la guerra propuestos por Agustn y Aquino. Sin embargo, al glorificar la idea del caballero se exalt la guerra misma sin preocuparse demasiado por controlar los actos de los combatientes. El estatus de caballero bast para justificar abu-sos y atrocidades contra aquellos considerados de nivel inferior. De igual manera, las proscripciones solo comprometieron las acciones de los caballeros y no las de los soldados comunes.

    27 En su reflexin sobre la justicia, Vitoria expone que la justa causa puede tener cualidades objetivas o subjetivas (Orend, 2006; Bellamy, 2009). Aunque en una guerra ambas partes actan de buena fe bajo la creencia de que su intencin es justa, en trminos objetivos, solo Dios puede saber de qu lado est la justicia. Sin embargo, la ignorancia, ya sea de hecho o de derecho, hace que la guerra sea justa tanto para quien tiene la justicia de su lado como para quien pretende actuar bajo una supuesta justicia. Basados en esta idea, Francisco de Vitoria y su discpulo Francisco Surez proponen que el soberano debe ser cuidadoso en sus decisiones y buscar consejo antes de iniciar una guerra.

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    La guerra justa en la filosofa moderna

    A partir del siglo xVI, la tradicin de la guerra justa se desarrolla gracias a tres corrientes de pensamiento que da-rn lugar a subtradiciones y conjuntos distintos de normas mediante las cuales se pretende definir la legitimidad de la guerra (Bellamy, 2009). Estas corrientes son el realismo, el le-galismo y el reformismo. De la primera, el realismo, se deriva la subtradicin poltica que da lugar al conjunto de normas constitucionales de la guerra28 (Aron, 1985; Bellamy, 2009). Como ya hemos sealado, en su forma ms radical la corrien-te realista ha impuesto barreras a cualquier tipo de abordaje moral para la guerra. No obstante, algunos de sus supuestos polticos fueron considerados por las tradiciones legalistas del siglo xIx y el siglo xx. A estos se suma que el realismo radical ser remplazado en el siglo xx por una forma moderada y ms acorde con las posturas legalistas y moralistas de la guerra.

    La corriente legalista propone lmites a la guerra sobre la base del derecho natural y el derecho positivo. Por su parte, el reformismo presenta una defensa pacifista apoyada en argumentos morales que condenan el uso de la fuerza. De la combinacin del legalismo basado en el derecho natural y el enfoque reformista emerge la subtradicin moral y el conjunto de normas morales de la guerra. De otro lado, la tradicin del derecho poltico dar lugar a la subtradicin legal que da forma al derecho positivo internacional moderno (Bellamy, 2009). A continuacin presentaremos el desarrollo durante la moderni-dad de estas tres corrientes de pensamiento.

    El realismo poltico

    La doctrina de la raison d'tat de Nicols Maquiavelo apa-rece como la primera propuesta realista en la modernidad. Para algunos el pensamiento de Nicols Maquiavelo constituye el punto de partida de la filosofa poltica moderna (Strauss, 1993b). Maquiavelo (1513) rechaz la influencia del escolas-

    28 La constitucionalidad se refiere a la interaccin del poder con los inte-reses en las relaciones polticas (Bellamy, 2009, p. 29).

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    ticismo y la teologa en la teora poltica, lo que condujo, a su vez, a una transformacin de la concepcin de la justicia en la guerra. El pensador florentino afirma una naturaleza humana malvola y egosta, que hace necesaria la autoridad de un prn-cipe capaz de domearla. Sin embargo, la violencia resultaba ser a su vez un medio provechoso para el cumplimiento de este propsito. Dicho de otro modo, un Estado necesita de justicia y armas para subsistir; justicia para controlar y corregir a sus ciudadanos y armas para protegerlos del ataque. Entonces, la raison d'tat permite justificar el uso de la fuerza por parte del prncipe (Maquiavelo, 1513; Strauss 1993b; Bellamy, 2009).

    El realismo de Maquiavelo se resume en la idea de que el prncipe, al estar por encima de las leyes, tiene la libertad de actuar como dicte la necesidad. Al tiempo, considerando que la justicia es algo que se limita al Estado y lo que est ms all es una anarqua sin control, los prncipes deben defender su comunidad guiados por principios de prudencia y necesidad y no de derecho o moralidad (Maquiavelo, 1513; Strauss, 1993b; Bellamy, 2009).

    La doctrina de la raison d'tat reaparece en el realismo de Thomas Hobbes (1651). A partir de su creencia en un estado de naturaleza previo a la sociedad civil, Hobbes propone que el derecho natural se limita al deseo de autopreservacin. Una vez los hombres han escapado del estado de naturaleza, la existencia de un soberano con poder absoluto se convierte en la condicin para la existencia del Estado (Hobbes, 1651; Strauss y Cropsey, 1993; Caneiro y Vidarte, 2002). Al igual que Maquiavelo, Hobbes considera que la existencia de varios Estados da lugar a un estado de naturaleza en el campo internacional. Si bien los soberanos pueden establecer tratados con otros Estados, no existe otra autoridad, ms all de la de los soberanos, capaz de garantizar su cumplimento (Caneiro y Vidarte, 2002; Bellamy, 2009). As, la ley natural de autopreservacin es la nica que domina el espacio internacional, anulando la posibilidad de cualquier sistema de derecho o normatividad que pueda limitar el uso de la fuerza.

    La doctrina representada por estos dos primeros autores

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    constituye un aporte significativo a la doctrina del Estado que alcanzar un punto lgido en el sistema hegeliano (Strauss y Cropsey, 1993). A finales del siglo xVII, los avances tecnolgicos posibilitaron la mejora del armamento, las comunicaciones y la logstica en la guerra. Pero la transformacin de las polticas impulsada por la Revolucin Francesa determin la manera en que se libraran las guerras modernas (Rousseau, 1762; Caneiro y Vidarte, 2002; Bellamy, 2009). Los ciudadanos adquirieron la obligacin de ir a la guerra en nombre del Estado, con lo cual se conformaron grandes ejrcitos nacionales. Durante los aos de las guerras napolenicas, fueron los Estados completos y no pequeos ejrcitos de mercenarios los que libraron la guerra.

    El concepto de Estado-nacin en Hegel (1807) constituye una mezcla del nacionalismo y el militarismo. Este concepto es central en su doctrina poltica, de la cual se desprende su actitud realista frente a la guerra (Hassner, 1993a, Bellamy, 20009). El Estado-nacin constituye una entidad completa, en donde la nacin existe como la unidad orgnica bsica y el Estado como el ethos de un pueblo, el cual posee un rol principal por cumplir en el proceso histrico (Hegel, 1807; Caneiro y Vidarte, 2002). En el Estado, el individuo abandona su espritu subjetivo para transformarse en un ser social o para hacer parte del espritu objetivo. En este sentido, el individuo tiene derecho a realizar su voluntad en tanto sea capaz de reconocer la voluntad de otros. El Estado se presenta como un fin en s mismo y, con el argumento de raison d'tat, la guerra constituye el medio para unificar la comunidad tica y probar que la nacin es capaz de autogobernarse (Ruiz, 1988). De all que Hegel conciba que solo existan dos tipos de guerras justificables: las de autodefensa y las de una civilizacin superior contra aquellas inferiores (Hegel, 1807; Bellamy, 2009).

    La doctrina hegeliana tuvo una fuerte influencia en el pensamiento de Marx y Engels. Para ambos pensadores la guerra es un hecho al que subyacen los cambios econmicos y polticos a travs del tiempo. El comunismo hace de la guerra un instrumento poltico con un fin histrico: en ella entran en enfrentamiento dos fuerzas, la primera inherente al Estado organizado y la segunda corresponde a la fuerza desorganizada

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    del pueblo; el fin de la guerra es el triunfo de la clase obrera y la conformacin de un gobierno comunista (Marx y Engels, 1848; Cropsey, 1993).

    Para finales del siglo xIx y principios del siglo xx, la raison d'tat se convirti en la idea rectora en la poltica internacional. Las principales restricciones a la guerra fueron las consideracio-nes polticas y morales de orden local, la prudencia y la unidad. Si bien con la raison d'tat se limitaron tipos de guerra como aquellas que pretendan preservar o restaurar la justicia, de otro lado se alent a los jefes de Estado a entrar en guerra para servir a sus intereses (Bellamy, 2009). Las guerras de la poca se hicieron utilizando pequeos ejrcitos de voluntarios, oficiales y mercenarios, sin afectar significativamente la vida interna de los Estados. La conducta de guerra se gui por razones utilitaristas, dando privilegio al pensamiento estratgico y militar sobre el moral y el legal. El planteamiento de Clausewitz constituye un reflejo de esta visin.

    Siendo un filsofo y militar destacado, Clausewitz (1832) concibe la guerra como un acto racional que emerge de la poltica, entendida esta, a su vez, como actividad guiada por la razn. Para este autor, la guerra es un conflicto de poder, no de fuerza, y en tanto se entienda como acto racional, su principal caracterstica ser la consecucin de fines (Gallie, 1978; Ruiz, 1988; Bellamy, 2009). Uno de estos fines lo constituye el dominio de la contraparte a travs de la fuerza: dado que ambas partes hacen lo posible por superar a la otra, se da lugar as a la guerra absoluta. Aunque pens que era poco posible que alguna guerra llegara a este punto, lo propone como el propsito exigido a tener en cuenta por el mando militar. De esta descripcin de la guerra deriva luego su funcin social elemental, a saber, la de ser una continuacin de la poltica por otros medios (Clausewitz, 1832, p. 37).

    El legalismo

    Los primeros representantes del legalismo moderno fueron Balthazar Ayala y Alberico Gentili, en el siglo xVI (Bellamy, 2009). Ambos autores aceptaron la idea de Maquiavelo de que los Es-

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    tados posean valor en s mismos, pero rechazaron que por ello se evitara la conformacin de una sociedad internacional que dictara leyes y normas para regular las relaciones mutuas.

    La doctrina de la guerra justa en Ayala toma como fundamento el criterio de la autoridad legtima. De manera similar a los realistas, sostiene que los soberanos tienen facultad para decidir cundo ir a la guerra; si el soberano crea que su causa era justa, deba ser tomada como tal (Bellamy, 2009). Una guerra puede ser justa para ambos contrincantes en tanto sea declarada por autoridades soberanas, por lo que el problema de la justicia se referira solo a la forma en que actan los combatientes de cada bando. Luego, el horror de la guerra solo es justificable contra un enemigo injusto. Por lo dems, la guerra debe tener siempre limitaciones.

    De otra parte, Gentili se aparta del criterio de autoridad legtima. Piensa que los soberanos estn por encima del derecho positivo, pero tambin son gobernados por el derecho natural e internacional (Bellamy, 2009). Concibe el derecho internacional como un derecho volitivo, basado en la ley escrita y la costumbre. Este derecho resuelve los conflictos entre los Estados, quienes pueden acudir a la fuerza solo como ltimo recurso o en situacin de extrema necesidad. Concibe tres casos legtimos de guerra defensiva y tres de guerra ofensiva (Bellamy, 2009). Menciona como justas causas de defensa la proteccin contra un ataque enemigo, la defensa del honor y la intervencin en otros Estados para apoyar a los sbditos extranjeros contra un soberano tirano. Este ltimo tipo de guerra est ligada al derecho natural, que obliga a los Estados a proteger a los individuos en otros Estados o a ayudar a un vecino contra la injuria. Entre las justas causas ofensivas, Gentili propone la necesidad, la conveniencia y el honor; aunque cada causa compromete la preservacin de derechos legales. Por lo tanto, es legal iniciar una guerra para recuperar territorios tomados injustamente, para vengarse de un agravio o castigar crmenes, para hacer cumplir derechos habituales y naturales, en caso de haber sido negados (Bellamy, 2009).

    A todo esto Gentili aade que la mayora de guerras no

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    son defensivas, sino que se hacen para imponer derechos legales discutidos. En razn de ello, la guerra casi siempre es justa para ambas partes y por ello pone mayor nfasis en el ius in bello (Bellamy, 2009). Sugiere que todas las estrategias que contribuyen de modo directo a alcanzar el objetivo son vlidas, aunque sugera el respeto a prisioneros y en general a los no combatientes mientras la contraparte acte con reciprocidad.

    En el siglo xVII, Hugo Grocio y Samuel Pufendorf vinculan al derecho internacional la teora de la guerra justa de Vitoria (Walzer, 2004). En De jure Belli ac Pacis (Cox, 1963; Walzer, 2004; Orend, 2006; Bellamy, 2009; Schneewind, 2009), Grocio arguye que solo hay justicia en la guerra si se respetan los preceptos dictados por el ius ad bellum y el ius in bello. De no cumplirse esta condicin, deberamos rechazar cualquier uso de la violencia. Su propuesta del ius ad bellum parte de la concepcin de que la guerra no es intrnsecamente correcta o incorrecta y que puede ser usada, como ltimo recurso, por seres racionales para preservar la sociedad. El cundo y cmo podemos recurrir de forma legtima a la guerra est determinado por el derecho internacional29.

    Una sociedad de Estados se constituye a partir de la ley. De all que, como otros legalistas, Grocio arguya que la principal causa justa para la guerra sea la injuria en un contexto en que los tribunales no sean efectivos o carezcan de jurisdiccin (Bellamy, 2009). De lo