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www.ts.ucr.ac.cr XVII Seminário Latinoamericano de Escuelas de Trabajo Social Titulo CONSEJOS MUNICIPALES DE POLITICAS Y DIRECHOS : UNA EXPERIENCIA EN CAPACITACIÓN Nombre y apellido de los autores: Lívia Prado Penin - PROPONENTE - Brasil – Consejo Municipal de Direchos Del Niño y Adolescente de Teresópolis. Asociación de Asistentes Sociales de Teresópolis Deise Antunes – Brasil – Consejo Municipal de Asistencia Social de Tersópolis Asociación de Asistentes Sociales de Teresópolis Terlane Pinto Ribeiro – Brasil - Consejo Municipal de Asistencia Social de Magé Correio eletronico: [email protected] Eye y mesa de trabalho: Participación y governo Local Descentalizacuón y participación Palabras chaves: descentralización, democracia, participación. Consejos, capacitación

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XVII Seminário Latinoamericano de Escuelas de Trabajo Social

Titulo CONSEJOS MUNICIPALES DE POLITICAS Y

DIRECHOS : UNA EXPERIENCIA EN CAPACITACIÓN

Nombre y apellido de los autores:

• Lívia Prado Penin - PROPONENTE - Brasil – Consejo Municipal

de Direchos Del Niño y Adolescente de Teresópolis.

Asociación de Asistentes Sociales de Teresópolis

• Deise Antunes – Brasil – Consejo Municipal de Asistencia Social de

Tersópolis

Asociación de Asistentes Sociales de Teresópolis

• Terlane Pinto Ribeiro – Brasil - Consejo Municipal de Asistencia

Social de Magé

Correio eletronico: [email protected]

Eye y mesa de trabalho: Participación y governo Local

Descentalizacuón y participación

Palabras chaves: descentralización, democracia, participación. Consejos,

capacitación

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RESUMEN

Tras 20 años de caudillismo, en la segunda década del 80, empieza en

Brasil un proceso de democratización. Nuevas relaciones Estado-sociedad

se establecen, posibilitando participación de la sociedad civil con la creación

de mecanismos institucionales de participación popular en el proceso de

formulación y realización de políticas sociales, apuntando hacia la ruptura

con la tradicional forma de poder en el ámbito federal y del Estado.

Legalmente, se rompe la centralización de las decisiones y recursos en el

nivel federal, conferindo más autonomía a cada nivel constitutivo de la

Federación y definindo formas de actuación articulada.

En este contexto, los Consejos Municipales de Política y Derechos,

sin embargo espacios contradictorios y no únicos, son creados como

instancias formales y instrumentos privilegiados, de debate político,

representando la posibilidad de control social, de publicitación a respecto

del contenido de las políticas sociales y de los instrumentos utilizados a su

viabilización.

Nuestro trabajo discute nuestra experiencia con los Consejos Municipales,

en especial el Consejo de Asistencia Social y el Consejo de Derecho del Niño y

Adolescente, relatando la experiencia que hemos tenido, sus características,

dificultades, limitaciones y el proceso de capacitación, realizando a través de

un curso, presentando su desarollo y resultado.

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Título: CONSEJOS DE POLÍTICAS Y DE DERECHOS – RELATO

DE UNA EXPERIENCIA DE CAPACITACIÓN

Presentación

Después de 20 años de dictadura militar, es en la segunda mitad de la

década del 80’, que en Brasil empieza el proceso de democratización. Nuevas

relaciones Estado-Sociedad se establecen, posibilitando una mayor

colaboración de la sociedad civil en la creación de mecanismos institucionales

de participación popular en el proceso de formulación e implantación de

políticas sociales, apuntando hacia la ruptura con la tradicional forma de poder

en el ámbito federal y en el ámbito del Estado. Legalmente, se rompe con la

centralización de las decisiones y recursos en el nivel federal, atribuyendo más

autonomía a cada nivel constitutivo de la Federación y definindo formas de

actuación articulada. Fueron asseguradas formas de participación popular en

las decisiones gubernamentales. En el proceso de regulamentación de la

Constituición de 88’, se asumen como principios las categorías

descentralización y participación popular, sin embargo, los dos términos

abriguen concepciones e intereses políticos, económicos y de clase distintas y

divergentes.

Dentro de esta concepción, los Consejos Municipales de Políticas y de

Derechos son creados como instancias formales y son instrumentos

privilegiados, sin embargo no únicos, de debate político, representando la

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posibilitad del control social, de publicitación sobre el contenido de las políticas

sociales y de los instrumentos utilizados para su viabilización, aunque muchas

veces la práctica de estas políticas no corespondan al que legalmente fue

establecido. En cambio la sociedad civil se encuentra poco movilizada y sin

consciencia de los diferentes mecanismos de participación popular y control

social.

Aunque sea indiscutible la importancia de los Consejos y la necesidad

de refuerzo a esta forma de participación y control social, no se puede olvidar

que estos Consejos son espacios contradictórios, de luchas políticas y que

estan directamente relacionados con el significado de las categorías

mencionadas, en el contexto de las acciones gubernamentales en el cual

vengan inserirse. Dependen en gran parte de la voluntad de los poderes

ejecutivos y del conjunto de fuerzas políticas que ocupan el poder. Pueden

inserirse en la lógica de la política neoliberal, o pueden tornarse espacios

meramente administrativos, elementos para repase de recursos federales

cumpliendo solamente una formalidad legal o siendo uno de los instrumentos

de construcción de una efetiva democracia pública.

Se torna, en este contexto, fundamental fortalecer estos espacios de

negociación colectiva, para que sean efetivamente espacios de resistencia al

proyecto neoliberal y envolver los actores sociales que se identifican con la

política social, de forma que garanticen derechos y aseguren la democracia,

volvendo la gestión de la cosa pública más permeable a las aspiraciones,

deseos y necesidades de la mayoría.

Con el objetivo de constribuir para esto fortalecimiento, una vez

inseridos en el Consejo Municipal de Asistencia Social y Consejo Municipal de

los Derechos del Niño y del Adolescente de la ciudad de Teresópolis (Rio de

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Janeiro-Brasil), levantando como hipótesis que el desconocimiento de

éstos a respecto de su importancia y atribuiciones, comprometen su papel en

el control social, realizamos una pesquisa con los diferentes consejeros,

visando detectar sus limitaciones y necesidades.

El trabajo que presentamos discute nuestra experiencia con los

Consejos Municipales de Políticas y de Derechos, en especial con el Consejo

de Asistencia Social y Consejo de Derecho del Niño y Adolencentes de

Teresópolis, con el proceso de capacitación, consequencia de la pesquisa

anteriormente mencionada, realizada a través de un curso, del cual presento

su desarollo y resultado.

I – Los Consejos Municipales de Asistencia Social y de Derechos del Niño

e del Adolescente

En Brasil la década de 80’ despierta el debate a respecto de las políticas

sociales en la emergencia de las luchas contra la dictadura militar y de los

esfuerzos de construccione democrática del Estado y de la sociedad.

En este proceso de redefinición de las relaciones entre Estado y Sociedad

Civil, se discute la necesidad de democratización de los procesos decisorios

que definen prioridades y nuevas formas de gestión de políticas y programas

sociales, que vienen a culminar en el proceso constituyente del cual resultó la

Constituición de 88’.

Con la crisis de la dictadura y el agravamiento de la cuestión social, se

intensifica la lucha por la democracia en el Brasil, haciendo con que a partir de

85’, varios actores sociales participen de esta construcción comprometidos con

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el proceso de participación política y en la redefinición de las relaciones

Estado-Sociedad.

La Constituición Federal de 88’, instituye instrumentos de democracia

directa (Plebiscito, Referendos y Proyecto de iniciativa popular) así como,

consejos de gestión sectorial de las Políticas Públicas, de naturaleza

deliberativa y paritaria.

La yá citada Constituición de 88’ garantizó la participación de la populación

en el control social y gestión de las políticas públicas, a través de sus artículos:

Artículo 10 – “Es asegurado la participación de los trabajadores y empleadores

en los colegiados de los órganos públicos en que sus intereses profisionales o

previdenciarios sean objeto de discusión y deliberación.”

Artículo 194 inciso VII – “carácter democrático y descentralizado de la gestión

administrativa, con la participación de la comunidad, en especial de los

trabajadores, empresarios y jubilados.”

Artículo 198 inciso III – “participación de la comunidad.”

Artículo 204 inciso II – “participación de la populación, por medio de

organizaciones representativas, en la formulación de las políticas y en el

control de las acciones en todos niveles.”

Artículo 206 inciso VI – “gestión democrática de la enseñanza pública, en la

forma de la ley.”

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Cabe resaltar que a partir del texto constitucional, la categoría

descentralización puede asumir diferentes significados de acuerdo con el

contexto considerado. En lo que se refiere a la reinvidicación de los

movimentos populares y de la Sociedad Civil organizada, la descentralización

es asumida como una ruptura con una tradición de centralización de

decisiones en el nivel federal, posibilitando el control popular sobre las

acciones del Poder Público y fortaleciendo la democracia. Ya para las clases

dominantes, descentralización y participación popular estan inseridas en el

contexto de implementación del proyecto neoliberal, favorecendo la defensa de

un Estado mínimo

En el contexto neoliberal, la descentralización ha significado la transferencia

de responsabilidad del nivel federal para el nivel estadual y sobretodo

municipal, sin la necesaria transferencia de recursos y poderes y sin que los

municipios sean capacitados tecnicamente para asumir las nuevas

responsabilidades.

Las legislaciones que regulamentaron la Constituición abrieron espacio

legal para la creación de Consejos colegiados, en general, paritarios y

deliberativos. La paridad garantiza un igual número de representantes de la

sociedad civil y del gobierno. El caráter deliberativo, determina si será

competencia del Consejo dictar la operacionalización de las políticas públicas.

Hoy, los consejos son un hecho en los municipios brasileños, por fuerza de

leyes municipales, estaduales y federales.

Los Consejos, en los tres niveles citados, surgieron en el comienzo de la

década de 90’, después la promulgación de leyes orgánicas de cada área.

La Ley Orgánica de Asistencia Social nº 8.742 de 07/12/93, la Política

Nacional de Asistencia Social y la Norma Operacional Básica, publicadas en el

Diario Oficial de la Unión el 16/04/99, regulamentaron la política de Asistencia

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Social, asumiendo principios como seletividad y universalidad en garantía de

los beneficios y servicios, gratuidad y no-contributividad para aceso a los

derechos y descentralización y participación cuanto a su forma de organización

político-institucional.

El Estatuto del Niño y Adolescente, Ley 8069 del 13 de julio de 1990, es la

primera ley aprovada de acuerdo con la Convención Internacional de los

Derechos del Niño defendiendo el paradigma de la proteción integral y

considerando el niño y el adolescente como sujetos de derechos con prioridad

absoluta y como ser en formación. Determina que la política de atendimento al

niño y adolescente se realize a través de un conjunto de acciones

gubernamentales y no-gubernamentales (Unión, Estados y Municipios),

previendo la creación de consejos en los tres niveles, creación y manutención

de programas específicos, la manutención de fondos y la articulación entre

Ministerio Público, Defensoría Pública y Asistencia Social, obedecendo al

principio de descentralización preconizado por la Constituición de 88’.

Desta forma los consejos como espacios de organización social están en la

contra mano del proyecto neoliberal asumido por el Estado brasileño.

Su función básica es la de garantizar los principios de participación de la

sociedad en el proceso de definición, operacionalización de las políticas

públicas emanadas en la Constituición. Son institucionalmente reconocidos,

tienem competencias estatutarias y son considerados canales formales de

participación social.

Unos de los méritos de actuación de los Consejos es de constituirse en un

mecanismo de transferencia de parcelas del poder del Estado para la sociedad

civil organizada. Se trata, en verdad, de considerar la cosa pública como

realmente pública, en una perspectiva que se convencionó llamar de

publicización de las Políticas Públicas. El que existía anteriormente a la

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Constituición de 1988 era la administración del fondo público siendo realizada

sin reglas generales y sin control de la Sociedad Civil, o sea, el público siendo

tratado como privado, favoreciendo relaciones de tutela, clientelismo y

corrupción.

Aunque importante, este fenómeno se desenrolla lleno de ambigüedad y

contradicciones, a medida que se cuestiona si las experiencias de los consejos

en curso van de hecho a contribuir e impulsionar la construcción de la esfera

pública en la ampliación de los derechos sociales y de ciudadanía.

Con relación a los Consejos Munipales de Asistencia Social y de Derechos

del Niño y Adolescente, foco de estudo de este trabajo, obedecen algunos

criterios para su estrutura, organización y funcionamiento.

Cuanto a la Implantación:

Es atribuición del Ejecutivo Municipal elaborar proyecto de Ley y

encaminarlo para el Legislativo para su aprovación. Cabe a la Sociedad

provocar y sensibilizar el poder ejecutivo para esta iniciativa. En caso de

omisión del Ejecutivo Municipal, el Ministerio Público podrá instaurar inquérito

civil. En este proyecto de ley deverá constar la composición de los

representantes de la administración pública, de los prestadores de servicio, de

los profisionales del área y de los usuarios.

Cuanto a la Estrutura:

El Consejo deve ser compuesto por un plenario integrado y por una

secretaría ejecutiva. La Secretaría deve tener sus atribuiciones definidas en su

regimento interno y acompañar la ejecución de las deliberaciones del Consejo,

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además de servir de apoyo administrativo a sus atividades. Además ,

puede contar en su estrutura, con comisiones técnicas tales como: divulgación,

finanzas, visitas, entre otras. El funcionamiento de los consejos será basado en

el Regimento Interno, que deverá ser elaborado y aprovado por el propio

consejo. El regimento define el tiempo del mandato de la directoría, define

criterios para las reuniones y votación de propuestas y deliberaciones. Las

reuniones devem ser abiertas al público.

Cuanto a la Composición:

No existem límites cuanto al número de miembros del consejo, desde

que haya paridad entre el sector gubernamental y la Sociedad Civil y esté de

acuerdo con lo determinado por la ley de creación. Cuanto a los

representantes gubernamentales, éstos pertenecen en su mayoría, a la esfera

municipal de gobierno. Son órganos con envolvimiento en el área de actuación

del consejo y sus miembros son indicados por el Poder Ejecutivo. Órganos de

la esfera estadual, sediados en el municipio podrán componer el Consejo

Municipal desde que, actúen directa o indirectamente en la promoción de

derechos relacionados al segmento, y este caso también deverá estar definido

en la ley de creación.

Los representantes de la Sociedad Civil son representantes de ornanismos

o entidades privadas, o de movimentos comunitarios, organizados como

personas jurídicas, con actuación expresiva en la defensa de la asistencia

social y de los derechos de niños y adolescentes. Deven ser indicados por los

sindicatos, asociaciones y movimentos comunitarios, devendo estos ser

escogidos en foro propio.

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Cuanto a la Competencia:

Entre otras, se pueden destacar, actuar en la formulación y control de la

ejecución de la Política de Asistencia Social y del Niño y Adolescente, el

registro de entidades y inscrición de programas de atendimento en el área de

Asistencia Social y Niño y Adolescente, constituición de comisiones,

elaboración de Plan de Acción y Plan de Aplicación, fiscalización y gestión del

Fondo Municipal de Asistencia Social y del Niño y Adolescente,

proponer medidas para el perfeccionamiento de la organización y

funcionamiento de los servivios prestados, fiscalización de los órganos

públicos y privados prestadores de servicios en el área.

Aunque sea incuestionable el avance de la legislación brasileña en lo que

se refiere a la participación social, en la práctica, el funcionamiento de los

consejos levantan una serie de cuestiones que comprometen su eficacia y su

competencia en lo que tange a la tomada de decisiones. Desta forma, algunas

condiciones se tornan necesarias para que los consejos desempeñen

efetivamente sus atribuiciones, viabilizando la superación de algunos entraves

vivenciados. Podemos relacionar:

Ø Más voluntad política, por parte de los Gobiernos, en el nombramiento de los

representantes gubernamentales;

Ø Más relación entre representantes y representados, en el ámbito de la

sociedad civil. Es fundamental que la participación en los consejos sea

acompañada por la organización de la populación en foros de discuciones que

ofrezcan soporte a las posiciones de los representantes de la sociedad civil;

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Ø Conscientización de la Sociedad Civil Organizada cuanto a la existencia e

importancia de los consejos;

Ø Estimular la creación de foros como espacio de reflección y articulación de

propuestas comprometidas con la democracia;

Ø Articulación entre consejos, foros y movimientos sociales para discusión de las

políticas publicas;

Ø Aceso a informaciones necesarias al ejercicio de participación en los consejos;

Ø Aceso a recursos;

Ø Infra-estructura adecuada para su funcionamiento que por ley deve ser

ofrecida por el Poder Ejecutivo Municipal;

Ø Garantía de medios eficazes de comunicación para divulgación y

democratización de las informaciones a respecto del papel de los consejos, así

como para la mobilización de la sociedade civil y de las entidades

representativas;

Ø Capacitación de los consejeros en la perspectiva crítica y propositiva.

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II – Curso de Capacitación

1 - Pesquisa Inicial

En un universo de aproximadamente 100 consejeros (titulares y

suplentes), fueron aplicados 50 cuestionarios entre los frecuentadores de las

reuniones de los consejos existentes en Teresópolis: Consejo Municipal de

Salud, Consejo Municipal de Asistencia Social, Consejo Municipal de

Educación, Consejo Municipal de los Derechos del Niño y Adolescente y

Consejo Municipal Antidrogas. El objetivo era conocer las faltas de

conocimiento de los participantes cuanto a sus actribuiciones, papel de los

consejos, sus principales dudas y cuanto al interés en participar de un curso

de capacitación.

El análisis de las respuestas confirmó la hipótesis de que tanto los

consejeros gubernamentales como la sociedad civil tienen limitados

conocimientos a respecto de estos foros de negociación coletiva y además se

señaló el interés por una capacitación.

De los cincuenta cuestionarios contestados, cuarenta y ocho declaraban

el deseo de participar de un curso de capacitación y los dos restantes

señalaron que tambiém estarían interesados, sin embargo condicionado al

tiempo disponible. Cuanto a los asuntos considerados importantes que

deberían ser abordados en el curso, se quedaron distribuidos de la seguiente

forma, considerandose que el entrevistado podría señalar más de una opción:

o Políticas Sociales – 40

o Legislación del consejos – 40

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o LOAS - 32

o ECA – 31

o Funcionamiento – 28

o Presupuesto – 26

o Fundos – 20

o Diagnóstico - 10

o LDB – 10

o Seguridad Social – 10

o Historia de la creación – 10

o Derechos de la Mujer – 06

o Reforma Sanitaria – 05

o Derechos de los Mayores – 05

o Neoliberalismo – 02

De goce de esos dados, elaboramos un programa de curso que pudiera

atender a tales expectativas y necesidades sin la pretención de que éste sea

por si solo suficiente como estrategia de fortalecimiento.

2 - Proyecto: Curso de capacitación de consejeros municipales

2.1 – Objetivos

• Capacitar a los Consejeros Municipales de Teresópolis para un mejor

desempeño de los Consejos en el ámbito municipal; en una perspectiva crítica

y propositiva;

• Conscientizar a los Consejeros Municipales de la importancia de la

participación popular en la implementación de políticas públicas y en el control

social.

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2.2 – Metas

• Capacitar 40 consejeros municipales de los consejos existentes em

Teresópolis;

• Elaborar un relatorio con los resultados/colecta de dados de la Capacitación

para presentación a los Consejos;

• Colectar dados sobre los Consejos Municipales;

• Elaborar mecanismos de multiplicación del proceso de capacitación.

2.3 – Productos Esperados

• Que como mínimo dos Consejos Municipales presenten una propuesta de

política pública para el año de 2002, en su área de actuación;

• Que como mínimo dos Consejos Municipales presenten una propuesta

presupuesto para la gestión del mismo, en el próximo año.

2.4 – Clientela objetivo

Consejeros Municipales que representen la sociedad civil y

gubernamental en los Consejos Municipales. En el momento de la matrícula,

habiendo desponibles 40 lugares, será dada prioridad a la inscripción de

consejeros del CMAS y CMDCA, sin embargo, existe también la propuesta de

participación de otros miembros de los Consejos Municipales. El único criterio

de seleción será la efetiva participación en las reuniones de sus respectivos

Consejos.

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2.5 – Procedimientos didácticos pedagógicos

El curso será realizado en 08 clases, siendo una clase semanal, con

duración de tres horas con momentos expositivos, debates y dinámicas

grupales, conforme el criterio del profesor. Está pronosticada entre éstas, una

clase inaugural a respecto de Políticas Sociales y Consejos.

Se espera que al final del curso los alumnos presenten un trabajo que

evidencíe tanto el aprendizaje del contenido propuesto cuanto provea

subsidios para el diagnóstico de la estructura y funcionamento actual de los

Consejos existentes, dando inicio a una pesquisa en el ámbito de la Región de

Serranía.

Está pronosticada una mesa redonda, con participación de

representantes de los diferentes Consejos en ámbito estadual y federal, de

forma a darle a los participantes una visión general a respecto de la existencia

de los Consejos en Brasil.

2.6 – Cronograma

Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio

Pesquisa inicial x x

Planificación x x x

Capacitación x x x x

Evaluación x x x x x

Elab.pres.de informe x x x

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2.7 – Programa de curso

Clase inaugural: Políticas Sociales y Consejos.

1ª clase: Historia de las Políticas Sociales en Brasil.

2ª clase: El Proceso de Redemocratización y la Constituición de 88’: las

Políticas de Seguridad Social.

3ª clase: Mesa Redonda

- participación de consejos de distintas esferas;

- inicio de distribuición de material para presentación del trabajo final.

4ª clase: Consejos de Políticas y de Derechos: historia, formación, estructura y

composición, importancia.

5ª clase: Consejos de Políticas Públicas y de Derechos: límites y posibilidades,

cuestiones que permean funcionamiento, impases.

6ª clase: Gestión y Financiación de las Políticas Públicas

7ª clase: Gestión y Financiación de las Políticas Públicas

8ª clase: Presentación de trabajos – síntesis de los resultados

- evaluación del curso – confraternización.

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3 - Desarrollo del curso

3.1 – Inscripciones

El curso tuvo inicio el 26 de abril del 2001 y fue realizado conforme

pronosticado en clases semanales con duración de tres horas, con la

presencia de profesores de universidades públicas de Rio de Janeiro (UERJ y

URFJ). La previsión de 40 inscripciones necesitó ser ampliada. Devido a la

demanda aceptamos 45. Siendo 02 del Consejos Municipales Anti-drogas, 04

del Consejo Municipal de Educación, (01 del Consejo del FUNDEF), 06 del

Consejo Municipal de Salud, 13 del Consejo Municipal de Asistencia Social, 09

del Consejo Municipal del Derecho del Niño y del Adolescente, 01 asesor de la

Secretaría del Desarrollo Social de Teresópolis, 02 Asistentes Sociales de la

Vara de la Niñez y Juventud de la comarca de Teresópolis, 05 del Consejo

Municipal de Asistencia Social de Magé y 02 del Consejo Municipal de

Asistencia Social de São José do Vale do Rio Preto y 01 del Consejo Municipal

de Derechos del Niño y Adolencente del referido municipio.

3.2 – Clase Inaugural

Conforme planeado fue realizada una clase inaugural abierta a la

participación de toda comunidad, donde compareceron 120 personas,

representantes de instituiciones de la sociedad civil, ong’s, órganos

gubernamentales y del Poder Legislativo, Ejecutivo y Judiciario.

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3.3 – Trabajo de reflexión crítica

Fue solicitado a los participantes un trabajo que podría ser hecho

individualmente o en grupo. Dimensión máxima 5 laudas.

Identifique y analise en el Consejo de Política y de Derecho en el cual usted

actua (o pretende actuar) las seguientes cuestiones:

1) ¿Cuál fue la forma de creación del Consejo pesquisado? ¿Iniciativa popular?

¿Iniciativa gubernamental?

(Histórico de la creación)

2) ¿El Consejo es paritario? ¿Sí? ¿No? ¿Por qué? ¿Cómo es su composición?

3) ¿Cómo es la composición del Consejo entre los representantes de la sociedad

civil? Entidades y actores sociales presentes ( busque identificar si son

movimientos sociales, entidades filantrópicas, ONG’s u otro tipo de

organización social).

4) ¿Estos representantes fueron indicados al Consejo de qué forma?¿A través de

foros? ¿Fueron elegidos democraticamente? ¿Fueron designados sin

discución coletiva con sus bases?

5) ¿Los representantes del gobierno en el Consejo fueron indicados de qué

forma? ¿Cuáles fueron los critérios? (Políticos, técnicos, etc.).

6) ¿Cuáles son los límites/dificuldades de actuación de este Consejo?

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7) ¿Cuáles son las estrategias que ustedes sugieren para enfrentar dichas

dificuldades?

8) ¿La gestión político-administrativa y el financiación son debatidos en el

Consejo? ¿Se discute la política municipal en el área qué compite al Consejo?

¿Cuál es la posición de la mayoría? ¿Hay un diagnóstico de la realidad social

elaborada que subsidie el plan municipal referente a la política?

3.4 -Análisis de las respuestas:

Algunos aspectos a respecto del funcionamiento y caracteristicas de los

consejos que tuvieron representantes en el Curso de Capacitación fueron

levantados a través del análisis de las respuestas de los trabajos presentados.

Constatamos que la mayoría de los consejos fue creada por ley municipal,

aunque algunos fueron motivados por iniciativa popular. En la totalidad son

paritarios... cumpriendo la determinación legal. Las instituiciones

representantes de la sociedad civil y los representantes del sector

gubernamental estan ubicados en órganos que tienen relación con el área de

actuación del consejo. Con relación a opción de las entidades de la sociedad

civil, fueron elegidas en Foro propio, aunque si siempre la designación de los

representantes tengan ocurrido en discuciones con las bases.

Otra observación es de que las personas designadas se repiten en diferentes

consejos, limitando de alguna forma el universo de participación.

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Cuanto a los representantes gubernamentales, se percibe que ni siempre

fueron selecionados a través de criterios como capacidad técnica, real

envolvimiento con la causa o tenendo disponibilidad de tiempo, proporcionando

solamente el cumprimento de la indicación legal.

Hay límites para el funcionamiento de este, que pasan por dificuldades en la

infraestructura (falta de local, falta de apoyo técnico, falta de materia como

dificuldades estruturales, falta de discuciones profundas a respecto de las

políticas públicas, morosidad en la operacionalización o de decisiones,

rotinización de las acciones, falta de armonía con el Ejecutivo y con el

Ministerio Público, no valorización de este espacio de proposición y lucha)

Como ya señala BOBBIO, no es suficiente la existencia de las leyes y decretos

para el funcionamiento efetivo de los espacios democráticos. La democracia en

un país donde la dictadura imperó por un largo periodo. Es una conquista

lenta, donde se torna necesario el aprendizaje y el ejercicio de la participación

social.

III - Consideraciones Finales

La realidad de los consejos municipales es, desde luego, bastante

compleja. Se perciben fragilidades de órden política, cultural, teórica, técnica...

Hay siempre uma existencia contradictória entre lo que es legalmente

esblecido y lo real, impedindo que los consejos se vuelvan instancias

deliberativas y propositivas. Sabemos que la capacitad técnica y teórica es

solamente una de estas fragilidades, pero por el desarrollo del curso

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reafirmamos la importancia de la capacitación, no solamente por los

conocimientos teóricos que fueron adquiridos, pero también por el espacio de

reflexión que proporciona y por el ejercício de elaboración de alternativas.

Cientes de que algunas de las metas establecidas se sitúan em medio plazo,

quedó evidente el interés y participación de los consejeros durante el

transcurso de la capacitación. Percibimos que la capacitación propositiva de

los consejeros, fue despertada y señalamos, incluso, algunas propuestas de

acción oriundas de las clases realizadas. Destacamos entre ellas:

• Creación del Foro de Políticas Sociales de la sociedad civil como estrategia de

mobilización de la misma;

• Nuevas capacitaciones incluso para gestores, en formas de pequeños cursos

en las siguientes temáticas: neoliberalismo, Consejos de Políticas e de

Derechos y su articulación con el Ministerio Público;

• Visitas a las comunidades para conferencias;

• Democratización de informaciones a través de publicaciones diversas;

Ante la experiencia proporcionada por el curso, permanecen nuestras

inquietudes frente al desafío de desenrollar y aprimorar acciones que

contribuyan para el fortalecimiento de ese espacio, en el cual sujetos históricos

puedan, independentes de sus intereses, crear alternativas para la contrucción

de una sociedad más justa y democrática.

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