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XM S.A. E.S.P. SOLICITUD DE OFERTAS FORMAL 751 AUDITORIA VERIFICACIÓN DEL PARÁMETRO SUMINISTRO DE COMBUSTIBLES Y TRANSPORTE DE GAS NATURAL, PARA LAS UNIDADES CARTAGENA 1,2,3 Y/O PAIPA 1,2 Y 3 Y/O PAIPA 4 Y/O ZIPA 2, 3, 4 Y 5 Y/O LA CENTRAL TERMOVALLE CAPITULO 1 DATOS GENERALES 1.1 INVITACIÓN XM COMPAÑÍA DE EXPERTOS EN MERCADOS S.A. E.S.P, en adelante LA EMPRESA, los invita a presentar oferta dentro del proceso de Solicitud de Ofertas número 751 cuyo objeto se describe en el numeral 1.2 del presente documento. Las ofertas deberán ser presentadas el día 9 de octubre de 2019, a más tardar a las 4:00 p.m., hora de la Republica de Colombia. Los documentos que conforman las ofertas y sus anexos se presentarán como mensaje de datos, y deberán estar firmados en original, garantizándose su integralidad y disponibilidad. Para la suscripción de las ofertas y sus anexos, los proponentes deberán tener en cuenta que LA EMPRESA admitirá la firma digital (si el proponente cuenta con ella, con estricta sujeción a las normas legales) o la firma electrónica, entendiendo por ésta última los códigos, contraseñas, datos biométricos o claves criptográficas privadas, que permitan identificar a una persona, en relación con un mensaje de datos. Para efectos del presente proceso de contratación, perfeccionamiento del acuerdo de voluntades y ejecución del contrato, las Partes entenderán por firma electrónica original la firma manuscrita del representante legal del proponente o quien tenga facultad legal para obligarlo, escaneada sobre los documentos que conforman la oferta y los documentos contractuales, los que deberán provenir exclusivamente del código de usuario y contraseña asignado por la herramienta ARIBA al Proponente, a través de la dirección de correo electrónico indicada por el representante legal de éste en el proceso de registro de proveedores o en la herramienta ARIBA, como la única fuente válida de información de carácter vinculante para el Proponente. Para mayor información podrá consultar el instructivo para acceder a ARIBA en el mini sitio de proveedores publicado en la página web www.isa.com.co o en la siguiente ruta: http://www.isa.co/es/Paginas/proveedores.aspx Cuando LA EMPRESA lo estime conveniente, podrá prorrogar el plazo para presentar Ofertas, antes de la fecha límite para el recibo de las mismas. En tal caso, ARIBA generará un comunicado mediante el cual se informará la nueva fecha y hora en la cual deberán ser presentadas las Ofertas.

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XM S.A. E.S.P.

SOLICITUD DE OFERTAS FORMAL 751

AUDITORIA VERIFICACIÓN DEL PARÁMETRO SUMINISTRO DE COMBUSTIBLES Y TRANSPORTE DE GAS NATURAL, PARA LAS UNIDADES CARTAGENA 1,2,3 Y/O PAIPA 1,2 Y 3 Y/O PAIPA 4 Y/O ZIPA 2, 3, 4 Y 5 Y/O LA CENTRAL TERMOVALLE

CAPITULO 1

DATOS GENERALES

1.1 INVITACIÓN XM COMPAÑÍA DE EXPERTOS EN MERCADOS S.A. E.S.P, en adelante LA EMPRESA, los invita a presentar oferta dentro del proceso de Solicitud de Ofertas número 751 cuyo objeto se describe en el numeral 1.2 del presente documento. Las ofertas deberán ser presentadas el día 9 de octubre de 2019, a más tardar a las 4:00 p.m., hora de la Republica de Colombia. Los documentos que conforman las ofertas y sus anexos se presentarán como mensaje de datos, y deberán estar firmados en original, garantizándose su integralidad y disponibilidad.

Para la suscripción de las ofertas y sus anexos, los proponentes deberán tener en cuenta que LA EMPRESA admitirá la firma digital (si el proponente cuenta con ella, con estricta sujeción a las normas legales) o la firma electrónica, entendiendo por ésta última los códigos, contraseñas, datos biométricos o claves criptográficas privadas, que permitan identificar a una persona, en relación con un mensaje de datos. Para efectos del presente proceso de contratación, perfeccionamiento del acuerdo de voluntades y ejecución del contrato, las Partes entenderán por firma electrónica original la firma manuscrita del representante legal del proponente o quien tenga facultad legal para obligarlo, escaneada sobre los documentos que conforman la oferta y los documentos contractuales, los que deberán provenir exclusivamente del código de usuario y contraseña asignado por la herramienta ARIBA al Proponente, a través de la dirección de correo electrónico indicada por el representante legal de éste en el proceso de registro de proveedores o en la herramienta ARIBA, como la única fuente válida de información de carácter vinculante para el Proponente. Para mayor información podrá consultar el instructivo para acceder a ARIBA en el mini sitio de proveedores publicado en la página web www.isa.com.co o en la siguiente ruta: http://www.isa.co/es/Paginas/proveedores.aspx Cuando LA EMPRESA lo estime conveniente, podrá prorrogar el plazo para presentar Ofertas, antes de la fecha límite para el recibo de las mismas. En tal caso, ARIBA generará un comunicado mediante el cual se informará la nueva fecha y hora en la cual deberán ser presentadas las Ofertas.

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Si por causas imputables al proveedor de ARIBA, no es posible presentar las Ofertas en el tiempo límite establecido, éstas podrán ser enviada dentro de las 3 horas hábiles siguientes a la hora límite de entrega, al correo electrónico [email protected]. La transmisión a través de este medio, en todo caso, estará sujeta a verificación por parte de LA EMPRESA con el proveedor de ARIBA quien deberá certificar la existencia de un error que imposibilitaba la transmisión de los datos a través de la misma. De no existir dicha verificación, la presentación de las ofertas por este medio, no será válida y como consecuencia las ofertas así presentadas serán rechazadas. Las ofertas presentadas por fuera de la fecha y hora señaladas, serán rechazadas. La persona de contacto designada por La Empresa para atender este proceso de contratación es Alejandra Ortega Aguirre, teléfono: 315 77 84 en Medellín. 1.2 OBJETO DE LA SOLICITUD El objeto de la presente solicitud es la prestación de servicios para la verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural para las centrales y/o unidades de generación térmica descritas en el alcance, conforme al presente documento. 1.3 ALCANCE DE LA SOLICITUD El alcance de la presente solicitud comprende: AUDITORIA UNIDADES CARTAGENA 1, 2 Y 3 La presentación de servicio de auditoría para realizar la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, que para el caso es el suministro de combustible líquido, aplicando el procedimiento y validando los requisitos estipulados en el numeral 6.3. del Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de 2006 y las normas que la complementen, modifiquen o sustituyan, para las unidades CARTAGENA 1, 2 y 3. La vigencia para la cual el Contratista deberá determinar si los contratos respaldan las asignaciones de Obligaciones de Energía Firme (OEF) asignadas, dependerá de la vigencia de los contratos enviados por EMGESA S.A. E.S.P. a la CREG, con un máximo de veinte (20) años, en adelante llamada "Vigencia a Auditar". Para establecer si los Contratos presentados contienen la obligación de suministro en firme de combustibles, el Contratista deberá verificar que con dicho combustible se respalde las Obligaciones de Energía Firme (OEF) asignadas a las unidades CARTAGENA 1, 2 y 3 para la Vigencia a Auditar. Adicionalmente, en esta auditoria el CONTRATISTA deberá verificar que el contrato tiene la cláusula de compensación según lo definido en el Artículo 3, numeral 1 de la Resolución CREG 181 de 2010.

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Para la presentación del servicio, el contratista deberá presentar un informe final claro, preciso y detallado con la verificación del parámetro el cual deberá contener al menos, una introducción, el objeto, el alcance, el procedimiento seguido para la verificación, la conclusión y los Anexos (informe técnico y documentación de soporte). Adicionalmente, el informe deberá explicar y relacionar todos los antecedentes, estudios, métodos, memorias de cálculo, exámenes, experimentos e investigaciones que sirvieron de base para dictaminar respecto de determinadas plantas y/o unidades y discrepancias en el valor de los parámetros reportados. Para el efecto, no se admitirán informes ambiguos. Previo a la entrega del informe final, el Contratista elaborará y entregará a EMGESA S.A. E.S.P. y a XM una versión preliminar del Informe final detallado, que contenga la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, para la central objeto de la verificación, dando acceso a las memorias de cálculo, a más tardar en catorce (14) días calendario contados a partir de la orden inicio, para efectos de recibir los comentarios y observaciones con respecto al desarrollo de la verificación y los resultados, por parte de EMGESA S.A. E.S.P. y las observaciones de XM respecto al cumplimiento del Objeto y Alcance del Contrato, las cuales deben ser consideradas en el informe final, el cual debe ser entregado a la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, al Centro Nacional de Despacho -CND- y a EMGESA S.A. E.S.P. a más tardar en veintiún (21) días calendario contados a partir de la orden inicio. La Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, con base en el informe, procederá a expedir o no, la certificación de que trata el inciso 3º, del artículo 15, del Reglamento de Garantías para el Cargo por Confiabilidad. Toda la información requerida por el Contratista para un adecuado desarrollo de la verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, deberá ser solicitada por éste a quien corresponda, según lo indicado en el procedimiento establecido para este parámetro en el numeral 6.3. del Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de 2006 y las normas que la complementen, modifiquen o sustituyan. La CREG entregará al contratista copia de los contratos de suministro de combustibles líquidos que le fueron entregados por EMGESA S.A. E.S.P., lo mismo que los valores declarados por éste, tal como lo establece el procedimiento. El Contratista será responsable de asumir todos los gastos en que incurra para llevar a cabo los trabajos, incluyendo, pero sin limitarse, costos de personal, asesores, suministros, equipos, honorarios, alojamiento, alimentación, trasporte aéreo y terrestre, más los que el Contratista considere convenientes, ya que por fuera de ella no habrá ningún reconocimiento de XM al Contratista. Cualquier duda que tenga el Contratista con respecto a la aplicación de la reglamentación expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG- o de los Acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Operación del Sector Eléctrico -CNO-, debe ser consultada por el Contratista directamente ante la entidad correspondiente. La orden de inicio estará sujeta a la entrega de los contratos de suministro de combustible por parte de EMGESA S.A. E.S.P. a la CREG.

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Dentro de los seis (6) días hábiles siguientes a la firma del contrato de Prestación de servicios, los empleados del contratista y sus subcontratistas deberán suscribir el acuerdo de confidencialidad que hace parte de la solicitud de oferta, y presentarlo a XM S.A. E.S.P. como requisito para expedir la orden de inicio. AUDITORIA UNIDADES PAIPA 1, 2 Y 3 La presentación de servicio de auditoría para realizar la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural aplicando el procedimiento y validando los requisitos estipulados en el numeral 6.3. del Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de 2006 y las normas que la complementen, modifiquen o sustituyan, para las unidades Paipa 1, 2 y 3. La vigencia para la cual el Contratista deberá determinar si los contratos respaldan las asignaciones de Obligaciones de Energía Firme (OEF) asignadas, dependerá de la vigencia de los contratos enviados por GESTION ENERGÉTICA S.A. E.S.P. a la CREG, con un máximo de veinte (20) años, en adelante llamada "Vigencia a Auditar". Para establecer si los Contratos presentados contienen la obligación de suministro en firme de combustibles, el Contratista deberá verificar que con dicho combustible se respalde las Obligaciones de Energía Firme (OEF) asignadas a las unidades Paipa 1, 2 y 3 para la Vigencia a Auditar. Para la presentación del servicio, el contratista deberá presentar un informe final claro, preciso y detallado con la verificación del parámetro el cual deberá contener al menos, una introducción, el objeto, el alcance, el procedimiento seguido para la verificación, la conclusión y los Anexos (informe técnico y documentación de soporte). Adicionalmente, el informe deberá explicar y relacionar todos los antecedentes, estudios, métodos, memorias de cálculo, exámenes, experimentos e investigaciones que sirvieron de base para dictaminar respecto de determinadas plantas y/o unidades y discrepancias en el valor de los parámetros reportados. Para el efecto, no se admitirán informes ambiguos. Previo a la entrega del informe final, el Contratista elaborará y entregará a GESTION ENERGETICA S.A. E.S.P. y a XM una versión preliminar del Informe final detallado que contenga la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, para la central objeto de la verificación, dando acceso a las memorias de cálculo, a más tardar en catorce (14) días calendario contados a partir de la orden inicio, para efectos de recibir los comentarios y observaciones con respecto al desarrollo de la verificación y los resultados, por parte de GESTION ENERGETICA S.A. E.S.P. y las observaciones de XM respecto al cumplimiento del Objeto y Alcance del Contrato, las cuales deben ser consideradas en el informe final, el cual debe ser entregado a la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, al Centro Nacional de Despacho -CND- y a GESTION ENERGÉTICA S.A. E.S.P. a más tardar en veintiún (21) días calendario contados a partir de la orden inicio.

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La Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, con base en el informe, procederá a expedir o no, la certificación de que trata el inciso 3º, del artículo 15, del Reglamento de Garantías para el Cargo por Confiabilidad. Toda la información requerida por el Contratista para un adecuado desarrollo de la verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, deberá ser solicitada por éste, a quien corresponda según lo indicado en el procedimiento establecido para este parámetro en el numeral 6.3. del Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de 2006 y las normas que la complementen, modifiquen o sustituyan. La CREG entregará al contratista copia de los contratos de suministro de combustibles que le fueron entregados por GESTION ENERGÉTICA S.A. E.S.P., lo mismo que los valores declarados por éste, tal como lo establece el procedimiento. El Contratista será responsable de asumir todos los gastos en que incurra para llevar a cabo los trabajos, incluyendo, pero sin limitarse, costos de personal, asesores, suministros, equipos, honorarios, alojamiento, alimentación, trasporte aéreo y terrestre, más los que el Contratista considere convenientes, ya que por fuera de ella no habrá ningún reconocimiento de XM al Contratista. Cualquier duda que tenga el Contratista con respecto a la aplicación de la reglamentación expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG- o de los Acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Operación del Sector Eléctrico -CNO-, debe ser consultada por el Contratista directamente ante la entidad correspondiente. La orden de inicio estará sujeta a la entrega de los contratos de suministro de combustible por parte de GESTION ENERGETICA S.A. E.S.P. a la CREG. Dentro de los seis (6) días hábiles siguientes a la firma del contrato de Prestación de servicios, los empleados del contratista y sus subcontratistas deberán suscribir el acuerdo de confidencialidad que hace parte de la solicitud de oferta, y presentarlo a XM S.A. E.S.P. como requisito para expedir la orden de inicio. AUDITORIA UNIDAD PAIPA 4 La presentación de servicio de auditoría para realizar la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural aplicando el procedimiento y validando los requisitos estipulados en el numeral 6.3. del Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de 2006 y las normas que la complementen, modifiquen o sustituyan, para la unidad Paipa 4. La vigencia para la cual el Contratista deberá determinar si los contratos respaldan las asignaciones de Obligaciones de Energía Firme (OEF) asignadas, dependerá de la vigencia de los contratos enviados por COMPAÑÍA ELÉCTRICA DE SOCHAGOTA S.A. E.S.P. a la CREG, con un máximo de veinte (20) años, en adelante llamada "Vigencia a Auditar". Para establecer si los Contratos presentados contienen la obligación de suministro en firme de combustibles, el Contratista deberá verificar que con dicho combustible se respalde las

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Obligaciones de Energía Firme (OEF) asignadas a la unidad Paipa 4 para la Vigencia a Auditar. Para la presentación del servicio, el contratista deberá presentar un informe final claro, preciso y detallado con la verificación del parámetro el cual deberá contener al menos, una introducción, el objeto, el alcance, el procedimiento seguido para la verificación, la conclusión y los Anexos (informe técnico y documentación de soporte). Adicionalmente, el informe deberá explicar y relacionar todos los antecedentes, estudios, métodos, memorias de cálculo, exámenes, experimentos e investigaciones que sirvieron de base para dictaminar respecto de determinadas plantas y/o unidades y discrepancias en el valor de los parámetros reportados. Para el efecto, no se admitirán informes ambiguos. Previo a la entrega del informe final, el Contratista elaborará y entregará a COMPAÑÍA ELÉCTRICA DE SOCHAGOTA S.A. E.S.P. y a XM una versión preliminar del Informe final detallado que contenga la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, para la central objeto de la verificación, dando acceso a las memorias de cálculo, a más tardar en catorce (14) días calendario contados a partir de la orden inicio, para efectos de recibir los comentarios y observaciones con respecto al desarrollo de la verificación y los resultados, por parte de COMPAÑÍA ELÉCTRICA DE SOCHAGOTA S.A. E.S.P. y las observaciones de XM respecto al cumplimiento del Objeto y Alcance del Contrato, las cuales deben ser consideradas en el informe final, el cual debe ser entregado a la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, al Centro Nacional de Despacho -CND- y a COMPAÑÍA ELÉCTRICA DE SOCHAGOTA S.A. E.S.P. a más tardar en veintiún (21) días calendario contados a partir de la orden inicio. La Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, con base en el informe, procederá a expedir o no, la certificación de que trata el inciso 3º, del artículo 15, del Reglamento de Garantías para el Cargo por Confiabilidad. Toda la información requerida por el Contratista para un adecuado desarrollo de la verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, deberá ser solicitada por éste, a quien corresponda según lo indicado en el procedimiento establecido para este parámetro en el numeral 6.3. del Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de 2006 y las normas que la complementen, modifiquen o sustituyan. La CREG entregará al contratista copia de los contratos de suministro de combustibles que le fueron entregados por COMPAÑÍA ELÉCTRICA DE SOCHAGOTA S.A. E.S.P., lo mismo que los valores declarados por éste, tal como lo establece el procedimiento. El Contratista será responsable de asumir todos los gastos en que incurra para llevar a cabo los trabajos, incluyendo, pero sin limitarse, costos de personal, asesores, suministros, equipos, honorarios, alojamiento, alimentación, trasporte aéreo y terrestre, más los que el Contratista considere convenientes, ya que por fuera de ella no habrá ningún reconocimiento de XM al Contratista. Cualquier duda que tenga el Contratista con respecto a la aplicación de la reglamentación expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG- o de los Acuerdos

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emitidos por el Consejo Nacional de Operación del Sector Eléctrico -CNO-, debe ser consultada por el Contratista directamente ante la entidad correspondiente. La orden de inicio estará sujeta a la entrega de los contratos de suministro de combustible por parte de COMPAÑÍA ELÉCTRICA DE SOCHAGOTA S.A. E.S.P. a la CREG. Dentro de los seis (6) días hábiles siguientes a la firma del contrato de Prestación de servicios, los empleados del contratista y sus subcontratistas deberán suscribir el acuerdo de confidencialidad que hace parte de la solicitud de oferta, y presentarlo a XM S.A. E.S.P. como requisito para expedir la orden de inicio. AUDITORIA CENTRAL TERMOVALLE La presentación de servicio de auditoría para realizar la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, que para el caso es el suministro de combustible líquido, aplicando el procedimiento y validando los requisitos estipulados en el numeral 6.3. del Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de 2006 y las normas que la complementen, modifiquen o sustituyan, para la central TERMOVALLE. Teniendo en cuenta que TERMOVALLE optó por el esquema de incentivos de entrada temprana establecido en el Resolución CREG 104 de 2018, y que la duración de los contratos de suministro de combustible puede ser mayor a un (1) año, el Contratista deberá determinar las vigencias para las cual los contratos presentados respaldan la energía equivalente a las asignaciones de Obligaciones de Energía Firme (OEF) asignadas a la central TERMOVALLE para la vigencia 2022-2023. Adicionalmente, en esta auditoria el CONTRATISTA deberá verificar que el contrato tiene la cláusula de compensación según lo definido en el Artículo 3, numeral 1 de la Resolución CREG 181 de 2010. Para la presentación del servicio, el contratista deberá presentar un informe final claro, preciso y detallado con la verificación del parámetro el cual deberá contener al menos, una introducción, el objeto, el alcance, el procedimiento seguido para la verificación, la conclusión y los Anexos (informe técnico y documentación de soporte). Adicionalmente, el informe deberá explicar y relacionar todos los antecedentes, estudios, métodos, memorias de cálculo, exámenes, experimentos e investigaciones que sirvieron de base para dictaminar respecto de determinadas plantas y/o unidades y discrepancias en el valor de los parámetros reportados. Para el efecto, no se admitirán informes ambiguos. Previo a la entrega del informe final, el Contratista elaborará y entregará a TERMOVALLE S.A.S E.S.P. y a XM una versión preliminar del Informe final detallado que contenga la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, para la central objeto de la verificación, dando acceso a las memorias de cálculo, a más tardar en catorce (14) días calendario contados a partir de la orden inicio, para efectos de recibir los comentarios y observaciones con respecto al desarrollo de la verificación y los resultados, por parte de TERMOVALLE S.A.S E.S.P. y las observaciones de XM respecto al cumplimiento del Objeto y Alcance del Contrato, las cuales deben ser consideradas en el

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informe final, el cual debe ser entregado a la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, al Centro Nacional de Despacho -CND- y a TERMOVALLE S.A.S E.S.P. a más tardar en veintiún (21) días calendario contados a partir de la orden inicio. La Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, con base en el informe, procederá a expedir o no, la certificación de que trata el inciso 3º, del artículo 15, del Reglamento de Garantías para el Cargo por Confiabilidad. Toda la información requerida por el Contratista para un adecuado desarrollo de la verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, deberá ser solicitada por éste, a quien corresponda según lo indicado en el procedimiento establecido para este parámetro en el numeral 6.3. del Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de 2006 y las normas que la complementen, modifiquen o sustituyan. La CREG entregará al contratista copia de los contratos de suministro de combustibles líquidos que le fueron entregados por TERMOVALLE S.A.S E.S.P., lo mismo que los valores declarados por éste, tal como lo establece el procedimiento. El Contratista será responsable de asumir todos los gastos en que incurra para llevar a cabo los trabajos, incluyendo, pero sin limitarse, costos de personal, asesores, suministros, equipos, honorarios, alojamiento, alimentación, trasporte aéreo y terrestre, más los que el Contratista considere convenientes, ya que por fuera de ella no habrá ningún reconocimiento de XM al Contratista. Cualquier duda que tenga el Contratista con respecto a la aplicación de la reglamentación expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG- o de los Acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Operación del Sector Eléctrico -CNO-, debe ser consultada por el Contratista directamente ante la entidad correspondiente. La orden de inicio estará sujeta a la entrega de los contratos de suministro de combustible por parte de TERMOVALLE S.A.S E.S.P. a la CREG. Dentro de los seis (6) días hábiles siguientes a la firma del contrato de Prestación de servicios, los empleados del contratista y sus subcontratistas deberán suscribir el acuerdo de confidencialidad que hace parte de la solicitud de oferta, y presentarlo a XM S.A. E.S.P. como requisito para expedir la orden de inicio. AUDITORIA UNIDADES ZIPA 2, 3, 4 y 5. La presentación de servicio de auditoría para realizar la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural aplicando el procedimiento y validando los requisitos estipulados en el numeral 6.3. del Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de 2006 y las normas que la complementen, modifiquen o sustituyan, para las unidades Zipa 2, 3, 4 y 5. La vigencia para la cual el Contratista deberá determinar si los contratos respaldan las asignaciones de Obligaciones de Energía Firme (OEF) asignadas, dependerá de la vigencia

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de los contratos enviados por EMGESA S.A. E.S.P. a la CREG, con un máximo de veinte (20) años, en adelante llamada "Vigencia a Auditar". Para establecer si los Contratos presentados contienen la obligación de suministro en firme de combustibles, el Contratista deberá verificar que con dicho combustible se respalde las Obligaciones de Energía Firme (OEF) asignadas a las unidades Zipa 2, 3, 4 y 5 para la Vigencia a Auditar. Para la presentación del servicio, el contratista deberá presentar un informe final claro, preciso y detallado con la verificación del parámetro el cual deberá contener al menos, una introducción, el objeto, el alcance, el procedimiento seguido para la verificación, la conclusión y los Anexos (informe técnico y documentación de soporte). Adicionalmente el informe deberá explicar y relacionar todos los antecedentes, estudios, métodos, memorias de cálculo, exámenes, experimentos e investigaciones que sirvieron de base para dictaminar respecto de determinadas plantas y/o unidades y discrepancias en el valor de los parámetros reportados. Para el efecto, no se admitirán informes ambiguos. Previo a la entrega del informe final, el Contratista elaborará y entregará a EMGESA S.A. E.S.P. y a XM una versión preliminar del Informe final detallado que contenga la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, para la central objeto de la verificación, dando acceso a las memorias de cálculo, a más tardar en catorce (14) días calendario contados a partir de la orden inicio, para efectos de recibir los comentarios y observaciones con respecto al desarrollo de la verificación y los resultados, por parte de EMGESA S.A. E.S.P. y las observaciones de XM respecto al cumplimiento del Objeto y Alcance del Contrato, las cuales deben ser consideradas en el informe final, el cual debe ser entregado a la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, al Centro Nacional de Despacho -CND- y a EMGESA S.A. E.S.P. a más tardar en veintiún (21) días calendario contados a partir de la orden inicio. La Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG-, con base en el informe, procederá a expedir o no, la certificación de que trata el inciso 3º, del artículo 15, del Reglamento de Garantías para el Cargo por Confiabilidad. Toda la información requerida por el Contratista para un adecuado desarrollo de la verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, deberá ser solicitada por éste, a quien corresponda según lo indicado en el procedimiento establecido para este parámetro en el numeral 6.3. del Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de 2006 y las normas que la complementen, modifiquen o sustituyan. La CREG entregará al contratista copia de los contratos de suministro de combustibles que le fueron entregados por EMGESA S.A. E.S.P., lo mismo que los valores declarados por éste, tal como lo establece el procedimiento. El Contratista será responsable de asumir todos los gastos en que incurra para llevar a cabo los trabajos, incluyendo, pero sin limitarse, costos de personal, asesores, suministros, equipos, honorarios, alojamiento, alimentación, trasporte aéreo y terrestre, más los que el Contratista considere convenientes, ya que por fuera de ella no habrá ningún reconocimiento de XM al Contratista.

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Cualquier duda que tenga el Contratista con respecto a la aplicación de la reglamentación expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas -CREG- o de los Acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Operación del Sector Eléctrico -CNO-, debe ser consultada por el Contratista directamente ante la entidad correspondiente. La orden de inicio estará sujeta a la entrega de los contratos de suministro de combustible por parte de EMGESA S.A. E.S.P. a la CREG. Dentro de los seis (6) días hábiles siguientes a la firma del contrato de Prestación de servicios, los empleados del contratista y sus subcontratistas deberán suscribir el acuerdo de confidencialidad que hace parte de la solicitud de oferta, y presentarlo a XM S.A. E.S.P. como requisito para expedir la orden de inicio. 1.4 ADJUDICACIÓN La adjudicación del contrato se hará mediante comunicación escrita, dentro de los sesenta (60) días calendario, siguientes a la fecha de recibo de las ofertas. Este plazo podrá ser prorrogado por XM S.A E.S.P. antes del vencimiento del plazo inicial. El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a XM S.A E.S.P. y al adjudicatario. Por tratarse de un objeto que incluye la auditoria de las siguientes unidades de generación o centrales, estas se encuentran agrupados así:

• Grupo 1: Cartagena 1, 2 y 3

• Grupo 2: Paipa 1,2 y 3

• Grupo 3: Paipa 4

• Grupo 4: Zipa 2, 3, 4 y 5

• Grupo 5: Termovalle

Se debe tener en cuenta que la presente invitación podrá dar lugar a la celebración de uno (1) o más contratos, los cuales serán suscritos con los proponentes que se encuentren en el primer lugar del orden de elegibilidad para cada uno de los grupos. Los proponentes podrán presentar oferta para uno (1) o para los cinco (5) grupos de unidades. Una vez seleccionadas las firmas auditoras, se suscribirán tantos contratos como sea necesario y en cada uno de ellos se establecerá el alcance del contrato, señalando una o varias plantas o unidades de generación con asignaciones de OEF para la vigencia 2022-2023, cuyos parámetros serán objeto de auditoria. 1.5 LEGISLACIÓN El Proponente y el Contratista deberán someterse en todo a las leyes vigentes que sean aplicables en los aspectos laborales, de seguridad y salud en el trabajo, gestión ambiental, tributarios, de industria y comercio, de contratación, de importación y exportación, de

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transportes, de seguros, de aportes a los sistemas de seguridad social, al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto legalmente para la contratación estatal, a las normas que reglamentan las actividades relacionadas con la prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo, con el boletín de responsabilidad fiscal, protección de datos personales, inmigración, etc. LA EMPRESA no aceptará como causal de reclamo o incumplimiento la ignorancia de la ley aplicable. En general, las normas legales aplicables serán las estipuladas en este documento, en los reglamentos internos de LA EMPRESA a los cuales se adhiere el Proponente posible Contratista con la presentación de la oferta, y las propias de los negocios entre particulares en la República de Colombia. 1.6 IDIOMA El idioma oficial será el castellano, por tanto, todos los documentos e información de cualquier índole deberán ser redactados en este idioma, a menos que expresamente se autorice la utilización de otro. 1.7 MODIFICACIONES Y ACLARACIONES Dentro del plazo previsto para la elaboración y presentación de la oferta, el posible Proponente puede hacer consultas, usando para ello la opción “Mensajes” del sistema de información ARIBA. Este trámite podrá llevarse a cabo siempre y cuando las consultas se formulen hasta el 4 de octubre de 2019. Si como resultado de tales consultas LA EMPRESA decide hacer modificaciones o aclaraciones, lo hará también usando el formato denominado anexo y enviándolo a través de la opción “Mensajes” del sistema de información ARIBA. Por iniciativa propia, LA EMPRESA podrá realizar aclaraciones o modificaciones y si es del caso ampliará el plazo para la presentación de las ofertas, antes de la fecha límite para dicha entrega, mediante una modificación del evento en el sistema de información ARIBA que le será informada oportunamente a los proponentes usando la opción “Mensajes”. Todas las aclaraciones o modificaciones que sean enviadas por LA EMPRESA a través del sistema de información ARIBA, con anterioridad a la fecha límite para la presentación de las ofertas, deberán ser tenidas en cuenta y formarán parte de los términos y condiciones de la presente invitación. No se aceptarán reclamos de posibles proponentes que se fundamenten en el desconocimiento de alguna de las aclaraciones o modificaciones expedidas y dadas a conocer por LA EMPRESA, a través del sistema de información ARIBA, antes de la fecha y hora establecidas para la presentación de las ofertas.

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1.8 OFERTA BÁSICA, DESVIACIONES Y ALTERNATIVAS 1.8.1 OFERTA BÁSICA Es la Oferta que se ajusta a todos los aspectos y estipulaciones del documento de Solicitud de Ofertas y que será comparada en la evaluación con todas las demás Ofertas recibidas por LA EMPRESA. De acuerdo con lo anterior, cada Proponente deberá presentar una Oferta básica. No se permitirá la presentación de desviaciones y alternativas. Si el Proponente presenta desviaciones o alternativas, su Oferta será rechazada o se entenderán por no escritas, respectivamente. 1.9 VALIDEZ DE LAS OFERTAS Las Ofertas tendrán validez por un término de sesenta (60) días calendario contados a partir de la fecha de su presentación. Vencido este plazo si no se hubiere realizado la adjudicación, La Empresa podrá solicitar a los proponentes la prórroga de sus Ofertas. Los proponentes podrán ratificar sus Ofertas o retirarlas, mediante comunicación enviada como mensaje de datos. 1.10 CONVENIENCIA DE LAS OFERTAS LA EMPRESA desestimará por inconvenientes las Ofertas presentadas por Proponentes que durante el desarrollo del respectivo proceso de selección de contratistas y antes de la suscripción del contrato, hayan incurrido en conductas que constituyan violación del Código de Ética o del Código Antifraude. Así mismo, LA EMPRESA podrá desestimar por inconvenientes todas las propuestas o, cancelar en cualquier momento el proceso de contratación o, adjudicar en todo o en parte a uno o a varios Proponentes, cuando el objeto sea divisible. En cualquier caso, los proponentes no tendrán derecho a indemnización alguna por estos conceptos. Cualquier intento de un Proponente para influenciar a LA EMPRESA en el proceso de evaluación y comparación de Ofertas y en las decisiones concernientes a la adjudicación del Contrato, puede dar como resultado la desestimación de la oferta por inconveniencia. En caso de presentarse una (1) sola Oferta LA EMPRESA considerarla conveniente, podrá adjudicar el Contrato y terminar con ello el proceso de selección objetiva. 1.11 CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Tanto La Empresa como el posible proponente se obligan a cumplir a cabalidad con lo dispuesto en las normas sobre protección de datos personales. Así mismo, se obligan a guardar reserva de la información que les sea entregada o a la que tenga acceso en con ocasión del presente proceso de contratación, con independencia del medio en el cual se encuentre soportada. En cumplimiento de la obligación de reserva deberán: a. Utilizar la

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información suministrada exclusivamente para los fines propios del proceso de contratación; comprometerse, además, a utilizar todos los medios a su alcance para garantizar la más estricta confidencialidad respecto de dicha información, y hacer extensivo dicho deber de confidencialidad a cualquier persona que por su relación con él, deba tener acceso a dicha información, para el correcto cumplimiento de sus obligaciones. b. Abstenerse de reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros la información objeto del presente compromiso, sin previa autorización escrita de quien la reveló. La Empresa y el posible proponente reconocen que la información entregada por la otra parte le pertenece a ésta o al tercero que haya autorizado a la parte receptora para suministrar la información confidencial. Por ello, se obligan mutuamente a resarcir los perjuicios por daño emergente y/o lucro cesante que llegare a ocasionar la revelación, divulgación o utilización realizada de cualquier forma distinta a la definida en el presente Documento de Solicitud de Ofertas, ya sea de forma dolosa o culposa. El presente compromiso de confidencialidad tendrá vigencia desde la recepción de la invitación a presentar ofertas y hasta cinco (5) años más después. Se podrá revelar o divulgar la Información Confidencial en los siguientes eventos: a. En desarrollo o por mandato de una ley, decreto, sentencia u orden de autoridad competente en ejercicio de sus funciones legales. En este caso, la Parte receptora se obliga a avisar inmediatamente haya tenido conocimiento de esta obligación a la Parte reveladora, para que pueda tomar las medidas necesarias para proteger la Información Confidencial, y de igual manera se compromete a tomar las medidas necesarias para atenuar los efectos de tal divulgación y se limitará a divulgar únicamente la información efectivamente requerida por la autoridad competente; b. Cuando la Información Confidencial esté o llegue a estar a disposición del público o sea de dominio público por causa diferente a un acto u omisión de la parte receptora; c. Cuando la Información Confidencial haya estado en posesión de la Parte receptora antes de que hubiese recibido la misma por medio de la parte reveladora o que no hubiese sido adquirida de la parte reveladora, o de cualquier tercero que tuviere un compromiso de confidencialidad con respecto a la parte reveladora. 1.12 PAGINA WEB PROVEEDORES XM

XM, filial de ISA, pone a su disposición la página de proveedores de XM http://www.xm.com.co/corporativo/Paginas/Proveedores/noticias-proveedores.aspx donde podrá encontrar noticias relevantes para su gestión, plataforma de servicios de consultas de pagos, certificados de retención, solicitudes de oferta y documentos tales como el estatuto de contratación, el código de ética, el plan de compras, informes de sostenibilidad, evaluación de proveedores, la política de adquisición de bienes y servicios, la política de pronto pago, entre otra información que puede ser de su interés. Para XM es muy importante fortalecer el relacionamiento con sus proveedores y los lazos de comunicación a través de los diferentes canales disponibles. 1.13 CÓDIGO DE ÉTICA

XM, filial de ISA, pone a su disposición el Código de Ética de ISA y sus empresas, como un marco de referencia basado en los valores corporativos de la Organización. Su fin es

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orientar las decisiones de ISA y sus empresas, que puedan afectar a las personas que hacen parte de sus grupos de interés, lo que implica un relacionamiento fundado en valores, políticas y compromisos que fortalecen la identidad corporativa y la coherencia institucional. Usted puede consultar el Código de Ética de ISA y sus empresas en la página web de XM (www.xm.com.co), siguiendo esta ruta: Nuestra empresa/Gobiernos Corporativo/Marco de Actuación/ Código de Ética ISA y sus Empresas. 1.14 LÍNEA ÉTICA

Con el ánimo de seguir promoviendo la transparencia como uno de los atributos éticos de XM, hemos puesto a disposición de nuestros grupos de interés una Línea Ética como medio de contacto para que tengan la posibilidad de realizar consultas, reportes y denuncias sobre violaciones reales o potenciales al Código de Ética. La línea está disponible en los siguientes canales: - Página web de XM: Pestaña “Contáctenos”, opción “Denuncias por corrupción” - Línea telefónica: 018000 52 00 50 - Correo electrónico: [email protected] 1.15 OBLIGACIONES LABORALES, DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y SALUD OCUPACIONAL. Durante el desarrollo del contrato, y mientras dure la relación laboral, el Contratista y sus Subcontratistas, en caso de que se permitan, deben cumplir con todas las obligaciones legales en materia Laboral, de Seguridad Social Integral y de Salud Ocupacional. El contratista deberá cumplir los requisitos de Seguridad y Salud en el Trabajo establecidos en el documento técnico 0501DOT10 y sus anexos, los cuales se encuentran publicados en la página web de XM en el siguiente link: http://www.xm.com.co/corporativo/Paginas/Proveedores/requisitos-sst.aspx XM S.A E.S.P. se reserva el derecho de visitar las instalaciones u oficinas del Contratista, con el fin de verificar el cumplimiento de todas las obligaciones legales y contractuales en materia Laboral, de Seguridad Social Integral y Salud Ocupacional. El Contratista o Subcontratista pondrá a disposición de XM todos los documentos de soporte correspondientes para la verificación de dichas obligaciones y se responsabiliza ante XM y las entidades de control y vigilancia del cumplimiento de las mismas. XM no efectuará pago alguno si el Contratista o Subcontratista no cumple con las obligaciones legales en materia Laboral, de Seguridad Social Integral y Salud Ocupacional. En el evento que el Contratista utilice personal extranjero para la ejecución de los trabajos objeto del Contrato, acreditará que tiene cubiertos los riesgos inherentes a los trabajos a ejecutar.

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CAPITULO 2

ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 2.1 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN – NO SUBSANABLES Se considerarán las ofertas de personas jurídicas, consorcios o uniones temporales, que cumplan los requisitos que en esta sección se indican y que deberán cumplir los proponentes: 2.1.1 LISTAS C.N.O. El (los) proponentes interesados en participar en esta Solicitud de Ofertas directamente o mediante, Consorcio, unión temporal, agrupación de empresas o cualquier otra forma de colaboración empresarial, deberá(n) estar relacionados en la lista de firmas que pueden ser seleccionadas para la auditoría en cuestión, por el Consejo Nacional de Operación –CNO- mediante Acuerdo 1166 de abril 4 de 2019 o en el que lo modifique o sustituya a más tardar hasta la fecha de presentación de la oferta. Para el caso de Consorcio, unión temporal, agrupación de empresas, por lo menos uno de los miembros deberá estar relacionado en la lista de firmas que pueden ser seleccionadas para la auditoría en cuestión, por el Consejo Nacional de Operación –CNO- 2.1.2 LISTAS OFAC, CLINTON Y ONU No se permitirá la participación de Proponentes personas naturales o personas jurídicas cuyos miembros de Junta Directiva, Directorio, Asamblea General o Junta de Socios (según aplique para el tipo societario), sus Representantes Legales o su Revisor Fiscal, se encuentren incluidos en algunas de las listas establecidas a nivel nacional o internacional para el control de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

2.1.3 EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO

No serán tenidas en cuenta las ofertas de proponentes, que han prestado sus servicios a XM con anterioridad y cuya evaluación del desempeño del contratista en XM haya sido inferior a 60 puntos. De acuerdo con los lineamientos vigentes en XM. Para los proponentes que no hayan tenido contratos con XM ni con el grupo ISA, se asumirá para este proceso de contratación una calificación de 100 puntos en la evaluación de desempeño. Si se trata de un proveedor de varias empresas del Grupo ISA, cuyo desempeño en una de las empresas ha sido inaceptable, podrá aceptarse la oferta, siempre y cuando haya presentado un plan de mejoramiento a la empresa con la cual tuvo un desempeño inaceptable.

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2.1.4 EVALUACIÓN DE PROVEEDORES RELACIONADA CON EL CÓDIGO DE ÉTICA O CÓDIGO ANTIFRAUDE

No serán tenidas en cuenta Ofertas presentadas por Proponentes que, hayan obtenido dentro del proceso de evaluación de proveedores del grupo ISA, calificación cero (0) por conductas violatorias del Código de Ética o del Código Antifraude de ISA, adoptados por XM, o cuando durante el desarrollo del proceso de contratación y antes de la comunicación escrita mediante la cual se acepta la Oferta, XM compruebe que el Proponente incurrió en conductas que constituyan violación de dichos Códigos empresariales La Oferta presentada sin el cumplimiento de los anteriores requisitos de participación, será rechazada. 2.2 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN – SUBSANABLES

2.2.1 INFORMACIÓN GENERAL - FORMULARIOS A. La elaboración y presentación de las Ofertas deberán hacerse de acuerdo con las instrucciones y formularios que se detallan en este Capítulo y las Ofertas deberán acompañarse de los documentos que se exigen. Los costos que se causen por la preparación de las Ofertas, serán de cargo exclusivo de los Proponentes y LA EMPRESA en ningún caso reconocerá costos por este concepto. Los proponentes deberán diligenciar los Formularios A.1 y A.2, de acuerdo con las siguientes instrucciones:

2.2.2 Carta de presentación - Formulario A.1. La Carta de Presentación deberá ser elaborada de acuerdo con el modelo que se adjunta y estar suscrita con firma electrónica original por el Representante Legal del Proponente, como mensaje de datos. Para el diligenciamiento del Formulario A1 – Carta de Presentación- los proponentes deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:

1. En el evento que el Representante Legal no tenga facultad para presentar la oferta y perfeccionar el contrato, por exceder a las atribuciones o cuantías señaladas en los respectivos estatutos, deberá acompañar copia del documento en el que conste la correspondiente autorización del órgano social o de administración competente para dicho fin.

2. Si el Proponente confiere poder a una persona natural o jurídica para que presente la oferta en su nombre y representación, deberá presentar con la oferta el documento que lo autoriza para tal acto autenticado ante la autoridad competente, y acreditar la existencia y representación legal del apoderado, si éste último es una persona jurídica.

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3. Cuando los Estatutos de la(s) persona(s) jurídica(s) sean modificados durante el

tiempo transcurrido entre la presentación de la Oferta y la adjudicación del contrato, el adjudicatario deberá informarlo de inmediato a LA EMPRESA, so pena de asumir la responsabilidad pertinente y la indemnización por reclamaciones de terceros.

4. LA EMPRESA se reserva el derecho a exigir al adjudicatario la actualización de

documentos con los que se acredita la existencia y representación legal para la adjudicación del contrato.

5. En este formulario el proponente deberá hacer una declaratoria consistente en que no está incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades, previstas legalmente para la contratación estatal, en la Constitución Nacional y las demás leyes que regulan la materia, ni está incurso en alguna situación que implique conflicto de interés, y que en su contra no se ha dictado fallo con responsabilidad fiscal, según lo indicado en el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000, ni fallo sancionatorio fiscal y/o disciplinario.

2.2.2.1 Conflicto de Interés Se entiende por Conflicto de Interés toda situación en que los intereses personales, profesionales y/o económicos directos o indirectos de la firma que realizará la auditoría, estén enfrentados con los intereses de la empresa propietaria o representante de la planta o unidad de generación objeto de auditoría, o con las empresas de su grupo empresarial, de manera tal que interfieran con sus deberes y motiven un actuar contrario al recto cumplimiento de sus obligaciones. Se entiende que existe conflicto de interés, sin limitarse a, en las siguientes situaciones:

1. Tener vigente o haber celebrado dentro del año inmediatamente anterior a la presentación de la oferta, contrato de colaboración, asociación o prestación de servicios con el propietario o representante de la planta o unidad de generación objeto de auditoría.

2. Ser accionista directa o indirectamente, que posea más del 1% del capital suscrito

de las personas jurídicas interesadas, de las empresas generadoras o su grupo empresarial, que hayan resultado con asignación de obligaciones de energía firme del cargo por confiabilidad.

3. Que el representante legal o el grupo de trabajo de la empresa oferente hayan sido

miembros de la junta directiva o directivo(s) dentro del año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la oferta, de la empresa generadora propietaria o representante de la planta o unidad de generación objeto de auditoría o de las empresas que conforman su grupo empresarial.

4. Que el representante legal o el grupo de trabajo de la empresa oferente hayan sido

durante el año inmediatamente anterior a la presentación de la oferta, empleado,

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consultor, asesor o contratista de la empresa generadora propietaria o representante de la planta o unidad de generación objeto de auditoría. Lo anterior, cuando el servicio tuvo relación directa con la planta o unidad de generación que será objeto de la auditoría.

5. Ser socio, accionista o empleado de asociaciones o sociedades que reciban de la

empresa generadora propietaria o representante de la planta o unidad de generación objeto de auditoría o de las empresas que conforman su grupo empresarial, ingresos que representen el diez por ciento (10%) o más, de sus ingresos operacionales anuales.

6. El representante legal de la firma oferente así como los profesionales

independientes propuestos para participar en el grupo de trabajo, no podrán ser titulares de un derecho en litigio en contra de la sociedad propietaria o representante de la planta o unidad de generación objeto de auditoría, o de empresas de su grupo empresarial, ni en contra de XM S.A. E.S.P. o su accionista mayoritario y/o quiénes actúen o hayan actuado como apoderado, defensor, perito, o testigo del demandante durante el tiempo que duren tales procesos.

7. Toda empresa que tenga activos de generación que hagan parte del Sistema Interconectado Nacional o participación directa o indirecta en empresas generadoras que hagan parte del Sistema Interconectado Nacional.

8. Cualquier otra situación que a juicio del proponente constituya una causal de conflicto de interés, teniendo en cuenta la definición de Conflicto de Interés antes desarrollada.

PARÁGRAFO: Quién sea cónyuge, compañero (a) permanente, pariente dentro del tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil de personas que se encuentren incursas en las causales anteriormente expresadas. Causales de conflicto de interés sobrevinientes: De presentarse una de las anteriores situaciones con posterioridad a la presentación de la oferta, la adjudicación o celebración del contrato, la empresa deberá informarlo de inmediato a XM y será causal de terminación de la relación contractual entre estos. 2.2.2.1 DISPOSICIONES PARA OFERENTES QUE SE PRESENTEN BAJO FIGURAS DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL Las ofertas presentadas bajo figuras de colaboración empresarial deberán cumplir con los siguientes requisitos: a. Diligenciamiento Formulario A.1 y demás Formularios de la Oferta. El Formulario

A.1 -Carta de Presentación- del presente documento de Solicitud de Ofertas, deberá ser suscrito con firma electrónica original y como mensaje de datos, por el representante

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de la respectiva figura de colaboración empresarial. Adicionalmente, deberán adjuntar, por cada una de las empresas que integren la figura de colaboración empresarial, un formulario A-1 con firma manuscrita del representante legal o de quien tengan facultad legal para obligarlas, escaneada sobre dicho formulario, enviado como mensaje de datos.

b. Autorización expresa. Es imprescindible que cada uno de los Representantes Legales de las sociedades miembros, en el Certificado de Existencia y Representación Legal o documentos equivalentes según las leyes de su país de origen, estén expresamente autorizados para responder solidariamente con otras personas naturales o jurídicas, en la ejecución de proyectos o en la prestación de servicios; si no se expresa esta facultad en dichos documentos, deberá acompañarse copia del documento en el que conste la correspondiente autorización por el Órgano Social o de Administración competente para dicho fin.

c. Documento de conformación. Deberá anexarse el documento de conformación de la

figura de colaboración empresarial, donde se indique:

• La denominación o razón social de los miembros.

• El objeto y si la participación de los miembros es a título de Consorcio, Unión Temporal o cualquier otra forma de colaboración empresarial.

• La vigencia, la cual deberá ser por el término del contrato.

• Los términos y extensión de la participación de cada miembro conforme a la propuesta presentada. En el evento que se acredite la experiencia con un miembro en particular, éste deberá en el documento de asociación tener las responsabilidades asociada a dicha experiencia certificada. Cualquier modificación de las responsabilidades, durante la vigencia del contrato para la prestación de este servicio, deberá ser aprobado previamente por XM.

• Designación del representante legal de la empresa que representará en conjunto al Consorcio, Unión Temporal o a las partes del Acuerdo de Colaboración Empresarial, y sus facultades, de forma que se entienda que tiene amplias facultades para suscripción de todos los documentos que formalizan y materializan la invitación contractual.

• Porcentaje de participación de cada integrante en la unión temporal o en el consorcio.

• Las reglas de participación en la facturación del valor del contrato. En el evento, que sea el Consorcio o la Unión Temporal la que efectuará la facturación, deberán aportar el RUT y en este caso deberá indicar el porcentaje o el valor del ingreso de cada uno los miembros, y su nombre o razón social, y en todo caso, cumplir con los requisitos de facturación de la legislación tributaria vigente. De lo contrario, cuando sean las sociedades que integran el consorcio o unión temporal estas deberán facturar de acuerdo con su porcentaje de participación, y así deberá expresarse en el documento de asociación. Igualmente, en el caso que sea uno de los miembros que realice la facturación conjunta, en el documento de asociación deberá quedar constancia expresa del mandato otorgado por los miembros para estos efectos. En cualquier evento, se aplicarán las normas tributarias para efectos del IVA.

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• En todo caso, se deberá sujetar a los procedimientos que se tiene establecido en materia contable para este tipo de acuerdos empresariales conforme a la legislación colombiana.

• Las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y deberá indicar expresamente la responsabilidad solidaria entre los miembros a favor de XM S.A. E.S.P. para el cumplimiento de sus obligaciones, incluida el pago de multas, cláusulas penales y descuentos derivadas del contrato con XM S.A. E.S.P. y el pago de los perjuicios que puedan causarse por incumplimientos contractuales.

• La firma de todos los representantes legales de las personas jurídicas integrantes.

Si el adjudicatario del proceso de selección es un consorcio o Unión Temporal, deberá presentar previo a la facturación, copia del NIT del Consorcio o Unión Temporal, en caso que aplique. El adjudicatario se obliga a realizar todos los esfuerzos conducentes para obtener el NIT. Las personas jurídicas que hagan parte del consorcio o unión temporal o Acuerdo de Colaboración deberán pactar responsabilidad solidaria para el cumplimiento de los contratos que se celebren con XM. La responsabilidad solidaria de los integrantes del Consorcio o unión temporal o del Acuerdo de Colaboración no podrá ser modificada durante la vigencia del contrato que se suscriba con XM. Por tanto, sin perjuicio del porcentaje de participación que les corresponda, los integrantes del Consorcio o unión temporal o Acuerdo de Colaboración responderán frente a XM por la totalidad de las obligaciones derivadas de la presentación de la Oferta Técnica, de la Oferta Económica y del contrato.

Es responsabilidad de los integrantes del Consorcio o unión temporal o del Acuerdo de Colaboración cumplir con la totalidad de las obligaciones derivadas de la ejecución del contrato que se adjudique como resultado del presente proceso de contratación. Las garantías que se constituyan para asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la presentación de la oferta y del contrato que se adjudique como resultado del presente proceso de contratación, deberán tener en calidad de asegurado a cada uno de los integrantes del Consorcio o unión temporal o del Acuerdo de Colaboración Empresarial por la totalidad del valor asegurado.

Finalmente, los PROPONENTES podrán participar en consorcio o en unión temporal o mediante cualquier Acuerdo de Colaboración, siempre que los objetos sociales de cada empresa comprendan por lo menos una de las actividades a ser desarrolladas en virtud de la presente invitación y reúnan los requisitos legales para participar que más adelante se enumeran.

d. Registro. El requisito establecido en el numeral 2.2.3 –Registro- deberá ser cumplido

por cada uno de los integrantes que conforman la figura de colaboración empresarial. Si uno de los miembros no cumple con dichos requisitos, la Oferta será rechazada.

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e. Evaluaciones del proveedor. Las evaluaciones establecidas en los numerales 2.1.3 –Evaluación de desempeño-, 2.1.4 –Evaluación de proveedores relacionada con el Código de Ética o Código Antifraude- serán verificadas para cada uno de los miembros que integran la figura de colaboración empresarial. Si uno de los miembros no cumple con dichos requisitos, la Oferta será rechazada.

f. Listas OFAC, Clinton y ONU. No se permitirá la participación de consorcios, unión temporal o cualquier Acuerdo de Colaboración cuyos miembros de Junta Directiva, Directorio, Asamblea General o Junta de Socios (según aplique para el tipo societario), sus Representantes Legales o su Revisor Fiscal, se encuentren incluidos en algunas de las listas establecidas a nivel nacional o internacional para el control de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

2.2.3 Certificado de vinculación proveedores - PAR SERVICIOS INTEGRALES S.A. El proponente interesado deberá manifestar su interés de participación al buzón [email protected], registrase en el Sistema de Información de Proveedores de LA EMPRESA y aportar el Certificado de Vinculación vigente en el momento de la presentación de la oferta en la categoría PAR SERVICIOS en la subcategoría: AUDITORÍAS ESPECIALIZADAS código 019090019, donde consta el registro como proveedor de XM S.A E.S.P., realizado ante PAR SERVICIOS INTEGRALES S.A. Esta certificación deberá estar vigente en el sistema al momento de presentar cada oferta. Para la realización del registro el proponente deberá ingresar a la siguiente dirección electrónica: https://www.parservicios.com/isa/, donde encontrará el instructivo y la documentación requerida para la gestión del registro como proveedor: INTEGRAL. NOTA: SI SU CERTIFICADO DE VINCULACIÓN ESTA VIGENTE EN EL MOMENTO DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA, NO ES NECESARIO REALIZAR UN NUEVO REGISTRO, SALVO QUE SE HAYA PRODUCIDO ALGÚN CAMBIO EN LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA O EN LA DOCUMENTACIÓN APORTADA. LO ANTERIOR SIN PERJUICIO QUE EN CUALQUIER MOMENTO, INCLUSO PARA LA ADJUDICACIÓN XM S.A E.S.P. SOLICITE LAS ACLARACIONES Y/O DOCUMENTOS PERTINENTES. Si tiene inquietudes o desea orientación sobre el proceso de inscripción en PAR SERVICIOS puede contactarnos vía correo electrónico a [email protected], a la Línea Única de Atención (571)7437001 Opción 3, o puede acercar se a la sede ubicada en la Calle 125 # 21a – 70 Oficina 502 Barrio Santa Bárbara en Bogotá D.C. O en XM por favor contactar a Alejandra Ortega Aguirre, Analista Adquisiciones de XM, al teléfono: 315 77 84 en Medellín. El proponente entiende que el registro de su información es realizado ante la empresa PAR SERVICIOS S.A., por lo tanto, exonera de cualquier responsabilidad a XM S.A. E.S.P. por el uso de dicha información que realice PAR SERVICIOS S.A. El proponente autoriza a XM S.A. E.S.P. para realizar el tratamiento de sus datos personales conforme al manual de

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políticas de tratamiento y protección de datos personales. El proponente garantiza que toda la información suministrada, incluida la suministrada a PAR SERVICIOS S.A., es veraz, exacta y suficiente. Una vez diligenciado el formulario de registro y adjuntada toda la documentación requerida que se especifica en la Guía de Inscripción, PARSERVICIOS INTEGRALES, emitirá un Certificado de Registro del Proponente en el Sistema de Información de Proveedores de ISA, en un plazo aproximado de dos (2) días hábiles, motivo por cual el Proponente deberá realizar bajo su cuenta y riesgo este trámite, con la antelación suficiente para el cumplimiento de este requisito. XM S.A E.S.P. validará que el Proponente cuenta con el correspondiente certificado de registro en el Sistema de Información de Proveedores, antes de la presentación de los documentos solicitados. Las ofertas presentadas por proponentes no registrados serán rechazadas.

2.2.4 Pago de aportes a la seguridad social y parafiscales. Formulario A.2 El Formulario A.2 debe ser suscrito por el Revisor Fiscal cuyo nombramiento se encuentre debidamente inscrito en el Registro Mercantil y como consecuencia conste en el Certificado de Existencia y Representación legal o en caso de no tenerlo, por el Representante Legal. A través de este Formulario el Proponente persona jurídica, acreditará el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, durante los seis (6) meses anteriores a la presentación de la oferta. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. Si el Proponente es un Consorcio, una Unión Temporal, una Agrupación de Empresas o cualquier otra forma de colaboración empresarial, el Formulario A.2, debe ser presentado por cada una de las personas jurídicas que la integran, con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el párrafo anterior.

2.2.5 Matricula profesional para poder ejercer legalmente la Ingeniería, sus profesiones afines o sus profesiones auxiliares en el territorio nacional. (Ley 842 de 2003 y ley 51 de 1986):

Todo trabajo relacionado con el ejercicio de la Ingeniería, deberá ser dirigido por un ingeniero inscrito en el registro profesional de ingeniería y con tarjeta de matrícula profesional en la rama respectiva. Lo anterior incluye los estudios, la dirección técnica, la ejecución de los trabajos o la interventoría. Los proponentes nacionales deberán anexar una copia de la respectiva tarjeta de matrícula profesional del personal profesional que proponen para la ejecución de los trabajos, expedido por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería-COPNIA, o por el Consejo Profesional Nacional de Ingenierías eléctrica, mecánica y profesiones afines, según se trate.

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En caso de proponentes o profesionales del exterior, como requisito para la expedición de la orden de inicio, el proponente al cual se le adjudique el contrato deberá anexar copia del permiso temporal de los ingenieros, profesionales auxiliares o afines domiciliados en el exterior, del personal profesional que proponen para la ejecución de los trabajos y que ejerzan temporalmente la profesión en el territorio nacional, expedido por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería -COPNIA, o la licencia especial expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingenierías eléctrica, mecánica y profesiones afines, según se trate.

2.2.6 Experiencia de los profesionales propuestos. Formulario A.3 El Proponente deberá diligenciar el Formulario A,3, incluyendo la información solicitada, acreditando los estudios académicos solicitados y deberá anexar copia de los diplomas que acrediten dichos estudios y copia de la matricula profesional que acredite el ejercicio de la ingeniería en el caso que aplique para el rol de especialista en Plantas Térmicas. El Proponente deberá garantizar un (1) especialista en Plantas Térmicas, que deberá tener como mínimo título profesional en Ingeniería civil, mecánica, eléctrica o afines, con mínimo de diez (10) años de experiencia asociada con una o varias de las siguientes actividades: - Operación y/o mantenimiento de plantas térmicas de generación de electricidad - Aspectos técnicos de la cadena de abastecimiento de combustibles de plantas térmicas

de generación de electricidad - Auditoría y/o verificación de parámetros técnicos de plantas térmicas de generación de

electricidad, tales como: Consumos térmicos específicos netos, Capacidad efectiva, Suministro de Combustibles y Transporte de Gas Natural, almacenamiento de Carbón.

La experiencia deberá ser relacionada, estrictamente, en meses y con el año respectivo (mm-aaaa), en forma descendente, desde la más actual hasta la más antigua. La experiencia que no cumpla con el formato establecido no será considerada. La experiencia será contabilizada a partir de la fecha de obtención del título profesional. El proponente deberá adjuntar al Formulario A.3 una constancia escrita y debidamente firmada por el representante legal del proponente o por el responsable de la firma donde el profesional presto sus servicios, la cual deberá contener como mínimo la siguiente información: - Nombre de la empresa - Responsabilidades a cargo del profesional relacionadas con las actividades solicitadas. - Tiempo de dedicación en cada una de las actividades desarrolladas. (preferiblemente

fecha de inicio y fecha de fin) - Nombre y número telefónico de un contacto en la empresa para confirmar experiencia. En caso de presentarse la Oferta sin el cumplimiento de los requisitos o documentos de participación exigidos en los numerales 2.2 -REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN - SUBSANABLES, se dará un término para subsanar los requisitos faltantes; de no ser

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subsanados los requisitos en el tiempo oportuno o de manera satisfactoria, la oferta será rechazada. 2.3 INFORMACIÓN TÉCNICA – CRITERIOS DE EVALUACIÓN. FORMULARIOS B –

NO SUBSANABLES

ENTENDIMIENTO DE LA NECESIDAD 2.3.1 ENFOQUE Y METODOLOGÍA – FORMULARIO B.1 Para cada una de las actividades definidas con base en lo estipulado en el numeral 6.3. del Anexo 6, verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, de la Resolución CREG 071 de 2006 y las normas que la complementen, modifiquen o sustituyan, el Proponente deberá describir detalladamente los objetivos, los procedimientos y metodologías a emplear para el desarrollo de cada una de las actividades, de tal forma que haya absoluta claridad sobre la manera como se ejecutarán para cumplir con el Alcance.

En caso de que el Proponente utilice asesoría individual o subcontratos para la ejecución parcial o total de las actividades, en esta descripción de los trabajos deberá indicar claramente, por actividad, el alcance de la asesoría o subcontrato que propone. 2.3.2 ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO – FORMULARIO B.2 El Proponente deberá presentar una descripción completa y detallada de la organización que piensa darle a los trabajos con su correspondiente justificación.

En caso de que el Proponente piense utilizar asesoría individual o subcontratos para la ejecución parcial o total de las actividades, en esta descripción de los trabajos deberá indicar claramente, por actividad, el alcance de la asesoría o subcontrato que propone. 2.3.3. CRONOGRAMA DE TRABAJO – FORMULARIO B.3 El Proponente deberá entregar con su Oferta un cronograma de trabajo, teniendo en cuenta los plazos definidos, las especificaciones y condiciones de este documento y en general todo factor que pueda afectar el desarrollo de los trabajos. El cronograma deberá incluir, como mínimo, las actividades indicadas en el alcance de la presente solicitud de oferta. 2.3.4. EXPERIENCIA DE LA FIRMA – FORMULARIO B.4 El proponente deberá relacionar su experiencia, adquirida en los últimos cinco (5) años, período comprendido entre octubre de 2014 y septiembre de 2019, en la realización de trabajos relacionados con una o varias de las actividades abajo enunciadas y que están relacionadas con el objeto y alcance de esta solicitud de Oferta:

• Operación y/o mantenimiento de plantas térmicas de generación de electricidad.

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• Aspectos técnicos de la cadena de abastecimiento de combustibles de plantas térmicas de generación de electricidad.

• Auditoría y/o verificación de parámetros técnicos de plantas térmicas de generación de electricidad, tales como: Consumos térmicos específicos netos, Capacidad efectiva, Suministro de Combustibles y Transporte de Gas Natural, Almacenamiento de Carbón.

Dicha experiencia deberá ser relacionada en meses y con el año respectivo (mm-aaaa), en forma descendente, desde la más actual hasta la más antigua. La experiencia que no cumpla con el formato establecido no será considerada. Se contabilizará de manera independiente la experiencia en aquellos trabajos que se hayan desarrollado en el mismo lapso de tiempo en forma paralela. La falta de los documentos descritos en el numeral 2.3 – INFORMACIÓN TÉCNICA no será subsanable. 2.4 INFORMACIÓN COMERCIAL– FORMULARIOS C 2.4.1 Oferta económica de suma global. Formulario C.1 El Proponente deberá presentar una Oferta de suma global fija por la cual ejecutará el informe detallado para la(s) unidad(es) de generación y deberá incluir en la misma cualquier gasto que considere conveniente, diligenciando el Formulario C.1. El Proponente, deberá presentar el precio de su Oferta sólo en pesos colombianos. El valor acordado no será reajustable. La suma global indicada por el Proponente en este Formulario no debe incluir el Impuesto sobre las Ventas (IVA). Serán de cuenta del Proponente, posible Contratista, el pago de los salarios del personal que necesite para la realización de los trabajos, de todas las prestaciones sociales e indemnizaciones laborales, de cualquier remuneración adicional o prestación social extralegal que pague a su personal, del transporte de su personal ya que XM no suministrará en ningún momento el transporte de los empleados del Proponente, posible Contratista, a la sede de XM, de los impuestos, tasas y contribuciones de carácter nacional, departamental o municipal, de las primas de las pólizas de seguros y de las garantías y el pago del ciento por ciento (100%) del Impuesto de Timbre Nacional, pagos por los cuales el Proponente, posible Contratista, no tendrá derecho a ningún reembolso por parte de XM. En el valor ofertado se consideran incluidos todos los costos, gastos e inversiones que demanden la ejecución del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el presente Documento de Solicitud de Ofertas y sus anexos. Así mismo, se consideran en dicho valor el costo de presentación de la Oferta que será de cargo exclusivo del proponente y los gastos que origine el perfeccionamiento del contrato, de conformidad con la normatividad aplicable.

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2.4.2 Descuentos Ofrecidos El Proponente podrá incluir libremente en su Oferta los descuentos que considere convenientes. Sin embargo, deberá tener en cuenta que para efectos de evaluación de la Oferta y adjudicación del Contrato respectivo, dichos descuentos serán aplicados sobre los precios unitarios o la suma global, así los haya ofrecido en otra forma. Los precios unitarios o la suma global así obtenida será el precio básico del correspondiente Contrato. 2.5 OTRA INFORMACIÓN. FORMULARIOS D 2.5.1 Subcontratación de servicios. Formulario D.1 En este Formulario se detallarán todos los subcontratistas que espera utilizar el Proponente, indicando el objeto del subcontrato correspondiente y el porcentaje (%) que será subcontratado con respecto al total de la Oferta. XM sólo le aceptará al Contratista hasta el segundo nivel de subcontratación (es decir, que el subcontratista sólo puede subcontratar a su vez una sola vez). En todo caso el contrato se hace exclusivamente entre XM y el contratista, y cuando se subcontrate alguno de los anteriores puntos mencionados el posible contratista debe de adjuntar el contrato o una carta de compromiso con la firma que lo realice. Se debe tener en cuenta que todas las obligaciones legales y contractuales en materia Laboral, Salud Ocupacional, Seguridad Social Integral y Ambiental, también aplican para los subcontratos que celebre el Proponente. XM no aceptará Subcontratistas -personas naturales, jurídicas, consorcios, uniones temporales, o cualquier otra agrupación de empresas-, en las que sus miembros de Junta Directiva o Junta de Socios, sus Representantes Legales o su Revisor Fiscal, estén incluidos en las listas establecidas a nivel local o internacional para el control de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. 2.6 FORMULARIOS DE LA OFERTA Formularios A - INFORMACIÓN GENERAL Formulario A.1 Carta de presentación Formulario A.2 Pago de aportes a la seguridad social y parafiscales. Formulario A.3 Experiencia de los profesionales propuestos Formularios B - INFORMACIÓN TÉCNICA Formulario B.1 Enfoque y metodología Formulario B.2 Organización del trabajo Formulario B.3 Cronograma de trabajo Formulario B.4 Experiencia de la Firma

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Formularios C - INFORMACIÓN COMERCIAL Formulario C.1 Oferta económica de suma global

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CAPÍTULO 3

EVALUACIÓN DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 3.1 ASPECTOS GENERALES La selección del Contratista será objetiva. Es objetiva la selección en la cual la escogencia se hace al ofrecimiento más favorable a LA EMPRESA y a los fines que se buscan, sin tener en consideración factores de afecto o de interés personal y en general, cualquier clase de motivación subjetiva. El proceso de análisis y evaluación de las ofertas tendrá como primer paso la verificación del cumplimiento de los requisitos de participación y la información general contenida en los Formularios A, en segundo lugar se evaluarán los aspectos técnicos y en tercer lugar los aspectos comerciales. LA EMPRESA se reserva el derecho de admitir ofertas que presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, entendiendo por tales aquellos errores patentes, de bulto, que saltan a la vista y que no dejan duda sobre su condición de error. Para garantizar el cumplimiento de la finalidad del proceso de contratación y el tratamiento igualitario entre los proponentes, LA EMPRESA podrá solicitar por escrito a cualquiera de ellos, aclaraciones, informaciones o documentos adicionales, en cualquier momento del análisis y evaluación de las ofertas, sobre cualquiera de los elementos que las integran, e inclusive, condicionar la evaluación a la presentación de tales aclaraciones, informaciones o documentos adicionales, dentro de los plazos que LA EMPRESA defina. Sin embargo, en ningún caso la aclaración, información o documento solicitado podrá ser pretexto para que el proponente mejore su oferta técnica o económica o cumpla requisitos de participación exigidos. De cualquier forma, las aclaraciones, informaciones o documentos adicionales solicitados por LA EMPRESA no modificarán las bases de la solicitud. Dicha aclaración, información o documento adicional será solicitado por medio de un mensaje del sistema de información Ariba y deberá ser devuelto por el mismo medio. 3.2 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN La oferta que no cumpla los requisitos de participación será rechazada y en consecuencia, no se le realizará evaluación técnica ni comercial ni la verificación de la información general siendo retirada del proceso; la oferta que cumpla los requisitos de participación pero no cumpla técnicamente será rechazada y en consecuencia, no se le realizará la evaluación comercial ni la verificación de la información general. 3.3 EVALUACIÓN DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 3.3.1 ASPECTOS GENERALES

El proceso de evaluación de las ofertas se realizará teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

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• Cumplimiento de Requisitos Legales, Técnicos y Administrativos.

• Evaluación de Criterios Técnicos

• Evaluación de la Oferta Económica.

3.3.2. REQUISITOS LEGALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS Este estudio consiste en el análisis de lo consignado en las secciones 2.2 Requisitos de participación subsanables (que darán lugar al rechazo de la oferta) y en los Formularios A.1, A.2 y A.3. 3.3.3 EVALUACIÓN DE CRITERIOS TÉCNICOS Para la evaluación Técnica se considera la documentación solicitada en la sección 2.3. Información Técnica y en los Formularios B.1, B.2, B.3 y B.4. Enfoque y Metodología – Formulario B.1: se evaluarán por lo menos los siguientes aspectos:

• Identificación adecuada de los documentos base establecidos en el procedimiento del numeral 6.3 Procedimiento para la Verificación de Parámetros del Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de 2006, con la cual se deberá llevar a cabo la verificación.

• Identificación de a quién debe solicitar la información requerida para la verificación, establecida como documentos base.

• Descripción de las actividades a desarrollar para el logro del alcance de la auditoria.

• Claridad en torno a quien consultar en caso de dudas sobre Regulaciones o Acuerdos C.N.O.

• Claridad en el resultado esperado del objeto y alcance de la auditoria. Para cada aspecto, si cumple, se asignará el máximo puntaje posible, si no cumple la puntuación será de cero (0). Organización del trabajo – Formulario B.2: Aquí se evaluará la descripción completa y detallada de la organización que piensa darle a los trabajos, la conformación de los grupos de trabajo, las relaciones entre ellos, los niveles de responsabilidad y jerarquía de la organización propuesta, los cargos que se proponen y la descripción de funciones de todos los cargos. A las ofertas que contemplen todos estos aspectos se les asignará el máximo posible y las ofertas que no presenten todos los aspectos obtendrán cero (0). Se podrán asignar valores entre cero (0) y el máximo para el caso de cumplimientos parciales. Cronograma de trabajo – Formulario B.3: Aquí se evalúa la programación propuesta, es decir, la duración y secuencia lógica de las actividades a realizar. Las ofertas que cumplan con las necesidades por actividad obtendrán el máximo puntaje posible y las ofertas que no cumplan completamente lo requerido obtendrán cero (0). Para cumplimientos parciales, se asignará un puntaje entre cero (0) y el máximo, dependiendo del número de actividades del alcance relacionadas en el cronograma.

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Experiencia de la Firma – Formulario B.4: Aquí se evaluará la experiencia en actividades relacionadas con: operación y/o mantenimiento de plantas térmicas de generación de electricidad, aspectos técnicos de la cadena de abastecimiento de combustibles de plantas térmicas de generación de electricidad, auditoría y/o verificación de parámetros técnicos de plantas térmicas de generación de electricidad, tales como: consumos térmicos específicos netos, Capacidad efectiva, Suministro de Combustibles y Transporte de Gas Natural, Almacenamiento de Carbón. Se asignará el máximo puntaje posible a la firma que cumplan con la mayor experiencia en trabajos realizados en los últimos cinco (5) años que estén relacionados con el objeto y alcance de la solicitud de ofertas y de ahí para abajo proporcionalmente. En este punto se valorará toda la experiencia presentada. 3.3.4 EVALUACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA

Para la evaluación económica se considerará el valor total ofertado por cada propone en el Formulario C.1. El puntaje económico se basará en la relación del valor total de la Propuesta en evaluación y el valor total de la Propuesta con el menor valor económico o el valor del presupuesto asignado por XM si este es menor que las ofertas presentadas, conforme a la siguiente expresión:

100min

xVi

VPEi =

Donde,

PEi: Puntaje Económico de la Propuesta i Vi: Valor resultante de la Propuesta en evaluación Vmin: Valor total de la Propuesta con el menor valor económico o valor del presupuesto asignado por XM si este es menor que las ofertas presentadas.

Los resultados del PEi serán presentados con dos números decimales. 3.3.5 Errores aritméticos Las Ofertas serán analizadas para constatar si se han cometido errores en las operaciones aritméticas o en la transcripción de datos en el formulario, en cuyo caso tales errores serán corregidos para efectos de evaluación. 3.3.6 Descuentos ofrecidos En caso de que un proponente haya ofrecido algún descuento, éste se aplicará sobre los precios unitarios o la suma global corregida, así haya ofrecido el descuento en otra forma. Los precios unitarios o la suma global así obtenida constituirán el valor base del Contrato.

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3.3.9 Factores de desempate En caso de presentarse empate en la evaluación de ofertas, se seleccionará el proponente con mayor puntaje técnico. 3.4 DISPONIBILIDAD DEL INFORME DE EVALUACIÓN LA EMPRESA informará mediante mensaje del sistema de información ARIBA a los proponentes el resultado del proceso. 3.5 AJUSTE Y NEGOCIACIÓN Previamente a la adjudicación y en caso de considerarse necesario, XM S.A. E.S.P. en cabeza del Directivo competente para suscribir el contrato, podrá llevar a cabo una etapa de ajuste y negociación de la oferta. Se adelantará con los proponentes según el orden de elegibilidad que resulte en la evaluación de las ofertas; iniciando con el que obtenga el primer lugar para cada grupo de unidades de generación. En caso de no llegarse a un acuerdo con éste, se podrá realizar la etapa de ajuste y negociación con el proponente que obtuvo el segundo lugar y así sucesivamente. En esta etapa se validará el entendimiento de la solicitud de oferta, se realizarán los ajustes técnicos si se requiere, y se negociará la oferta económica. Esto sin afectar o modificar el puntaje de la evaluación inicial. En la actuación y en el resultado de la negociación se deberá buscar que se cumplan los fines de la empresa al disponer la contratación. Todo lo acordado con el proponente respectivo deberá quedar estipulado en el Contrato y regirá durante la ejecución del mismo. Durante la etapa de ajuste y negociación, ningún proponente podrá introducirle modificaciones a su oferta, que la hagan más desfavorable. Cuando se acuerden cambios solo económicos, estos se ingresarán en el sistema de información ARIBA. Cuando se acuerden cambios adicionales a los económico, las partes elaborarán un acta en la que consten los detalles del acuerdo, la cual deberá contar con firma de ambas partes y archivarse en el sistema de información ARIBA. Este documento formará parte integral del Contrato y en este sentido primará sobre la Oferta del proponente. Cuando el Directivo competente para suscribir el contrato sea el Gerente General de XM, este podrá delegar en el Directivo de la Dirección interesada en la adquisición del bien o servicio, la etapa de ajuste y negociación, y por parte del Proponente, el acta podrá ser firmada por el representante legal o la persona autorizada por este.

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3.6 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO La comunicación de adjudicación, enviada como mensaje de datos, constituye aceptación de la Oferta del Proponente y el perfeccionamiento del Contrato. La invitación a ofertar y sus Adendos, la Oferta presentada por el Proponente y la comunicación de adjudicación configuran el contrato en el que se plasma el acuerdo de voluntades. Para que se pueda iniciar la ejecución del contrato, LA EMPRESA expedirá una Orden de iniciación en donde le fijará al Contratista la fecha a partir de la cual se contarán los plazos de ejecución. Si El Proponente ejecuta actividades previamente a la fecha que la EMPRESA le señale para la ejecución del contrato, lo hará bajo su exclusiva responsabilidad y en consecuencia, LA EMPRESA, no se obliga a reconocerle pago alguno por los mismos.

Sí el adjudicatario incumple en cualquier forma el compromiso contraído con LA EMPRESA por el hecho de la presentación de la Oferta o no cumple los requisitos para que LA EMPRESA pueda expedir la orden de iniciación, según lo estipulado en el numeral 3.7 -Orden de iniciación- de este documento, LA EMPRESA podrá adelantar las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados por el Proponente. 3.7 ORDEN DE INICIACIÓN LA EMPRESA expedirá dicha orden de inicio una vez se cumpla los siguientes requisitos dependiendo del tipo de negocio jurídico:

• Que el contratista haya suscrito el contrato respectivo.

• Que los empleados del contratista hayan firmado el acuerdo de confidencialidad

• Que el Proponente haya constituido y LA EMPRESA haya aprobado las Garantías exigidas.

Todos los anteriores requisitos, deben cumplirse dentro de los seis (6) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del negocio jurídico; el no cumplimiento de los requisitos dentro del plazo aquí estipulado facultará a LA EMPRESA, para dar por terminado el Contrato, sin lugar a reconocimiento alguno en favor del Proponente. 3.8 SEGUNDA ADJUDICACIÓN POR RESOLUCIÓN DEL NEGOCIO JURÍDICO En el evento de que el negocio jurídico adjudicado según los pasos descritos anteriormente sea resuelto por aplicación en cualquier tiempo de la condición resolutoria expresa o de la terminación anticipada acordada entre las partes, LA EMPRESA podrá adjudicar un nuevo contrato al proponente ubicado en el segundo lugar dentro del orden de elegibilidad, sin necesidad de agotar otro proceso de contratación, lo cual desde ya aceptan los proponentes y en este caso se requiere previo acuerdo con el nuevo Contratista de las condiciones que hayan podido variar entre la presentación de la oferta y la adjudicación, siempre que éstas se ajusten a las del mercado y sean convenientes para los intereses de LA EMPRESA.

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CAPÍTULO 4

TÉRMINOS PARTICULARES 4.1 Plazo El plazo para la ejecución total de los trabajos objeto del presente contrato, es de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha señalada por XM S.A. E.S.P. en la orden de iniciación escrita de los mismos. Este plazo podrá ser modificado por acuerdo entre las partes, mediante Cláusula Adicional. 4.2 Valor El valor del Contrato es la suma de __________ (COP$XXXXXX). El anterior valor no incluye el Impuesto sobre las Ventas (IVA). 4.3 Reajuste El valor acordado no será reajustable. 4.4 Forma y condiciones de pago

El Contratista presentará factura por el cien por ciento (100%) del valor del contrato, una vez entregado(s) el/los informes, de acuerdo con el valor estipulado en el Anexo 1 – Valor de los servicios. Todas las facturas deberán presentarse en las oficinas de XM S.A. E.S.P. en la ciudad de Medellín y tramitarse acompañadas de la constancia de pago del aporte a la seguridad social y al Servicio Nacional de Aprendizaje, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Cajas de Compensación Familiar, cuando a ello haya lugar expedida por el representante legal o por la persona debidamente autorizada para el efecto y de la constancia de recibo expedida por el ordenador del gasto del área a cargo del contrato. En caso de que XM realice un cambio del ordenador del gasto a cargo del contrato, se lo comunicará por escrito al CONTRATISTA, para los efectos del contrato y especialmente para efectos de la expedición de la constancia de recibo a satisfacción que debe acompañar las facturas para el trámite del pago. Las facturas serán canceladas a los cuarenta y cinco (45) días calendario, siguientes a la fecha de su radicación en las oficinas de XM S.A. E.S.P. en Medellín. En aplicación de la ley 1.231 de julio de 2008, el Contratista podrá optar por emitir factura título valor o simple factura. XM S.A. E.S.P. al momento de recibir la factura verificará que la misma cumpla con los requisitos de título valor o de simple factura, según sea el caso.

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En aplicación de la ley 1.231 de julio de 2008, el Contratista podrá optar por emitir factura título valor o simple factura. XM S.A. E.S.P. al momento de recibir la factura verificará que la misma cumpla con los requisitos de título valor o de simple factura, según sea el caso. Si la factura presentada no es título valor, su original será radicado en XM S.A. E.S.P. Si la factura es título valor, el Contratista la presentará en original y dos (2) copias, acompañada de los documentos que se exigieren en esta cláusula. En el original y en las copias de la factura se colocará un sello de “RECIBIDO”, que indicará fecha, hora y firma de quién recibió. El original y una copia de la factura se devolverán al Contratista, y la otra copia quedará en XM S.A. E.S.P. El documento de aceptación de la factura como título valor, se enviará al Contratista dentro de los diez (10) días calendario, siguientes a la fecha de recepción de la factura, firmado por el ordenador del gasto del área a cargo del contrato. Cualquiera sea, la factura presentada debe cumplir con todos los requisitos exigidos en la ley y la omisión de alguno de ellos tendrá como consecuencia su rechazo. El Contratista declara conocer los requisitos establecidos en la ley para la facturación de bienes o servicios. Cuando el Contratista endose la factura título valor, el legítimo tenedor del título para su pago deberá presentar en las oficinas de XM S.A. E.S.P. en Medellín, como mínimo con tres (3) días calendario de anticipación a la fecha de pago, el original de la factura, acompañada de los siguientes documentos: 1. Persona natural: fotocopia simple de su cédula de ciudadanía. Persona jurídica:

original o fotocopia simple del Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por el organismo competente con una antelación no superior a noventa (90) días calendario, con respecto a la fecha de su presentación ante XM S.A. E.S.P.

2. Comunicación suscrita por el legítimo tenedor o por su representante legal si éste es persona jurídica, en la que se indique el nombre del Banco, tipo de cuenta (ahorros, corriente u otras), número de la cuenta, teléfono y ciudad.

XM S.A. E.S.P. sólo recibirá la factura de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 4:30 p.m. XM S.A. E.S.P. pagará a sus Contratistas y tenedores de títulos valores en la fecha de vencimiento de la factura o el primer día hábil siguiente al vencimiento. Si el Original de la factura título valor es remitido por correo, se radicará en XM S.A. E.S.P. y junto con el documento de aceptación correspondiente, sólo se entregará personalmente al emisor, a su Representante Legal o a su apoderado para el efecto. Cuando XM S.A. E.S.P. no cancele el valor de la factura en el plazo estipulado en esta cláusula, reconocerá sobre el saldo y proporcional al tiempo de la mora, la tasa DTF a noventa (90) días efectiva anual, vigente a la semana de inicio del período moratorio.

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4.5 Impuestos Las retenciones en la fuente a que hubiere lugar y todo impuesto, tasa o contribución directa o indirecta, Nacional, Departamental o Municipal que se cause por razón de la celebración, ejecución y pago de este Contrato serán a cargo del sujeto pasivo que la Ley definida. El Contratista discriminará el Impuesto sobre las Ventas (IVA) en cada factura cuando dicho impuesto sea aplicable, y XM S.A. E.S.P. se lo pagará de acuerdo con las normas y tarifas vigentes para el mismo en el momento de su causación. El contratista discriminará el valor facturado por municipio donde prestó el servicio o suministró el bien, con el fin de practicar la retención del impuesto de industria y comercio donde aplique. La factura debe contener los requisitos establecidos en el Artículo 617 del Estatuto Tributario. El Contratista declara conocer las normas tributarias colombianas vigentes aplicables. 4.6 Garantías, fianzas y seguros EL CONTRATISTA acepta incorporarse al Programa de Mitigación de Riesgos en la Contratación adoptado por XM, en virtud del cual XM se constituirá como tomador, asegurado y beneficiario, de las pólizas descritas a continuación, a través de una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, a efectos de constituir al CONTRATISTA como afianzado. EL CONTRATISTA a través del Corredor de Seguros de XM, hará entrega de los documentos e información requeridos para la expedición de las pólizas, por parte de la Compañía de Seguros dentro de los tres (3) días calendario siguientes contados a partir de la suscripción del Contrato. Dentro de los documentos se encuentran SARLAFT y sus anexos, presentación y experiencia de la compañía, la suscripción de la(s) contragarantía(s) necesarias, entre otros. Las solicitudes, requerimientos y consultas podrán realizarse a Elizabeth Machado a través del correo electrónico [email protected] o a través del teléfono de contacto 606 99 02 en Medellín. a. Garantía de Cumplimiento del Contrato El Contratista se obliga a constituir a su costo y a favor de XM S.A. E.S.P., una garantía de cumplimiento del contrato, expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, y cuyas garantías hayan sido puestas en depósito ante la Superintendencia Financiera de Colombia. La garantía deberá ser en favor de Empresas de Servicios Públicos (E.S.P.), y deberá tener anexa la certificación de pago de la prima o el certificado que diga que la póliza no expirará por falta de pago de prima expedida por la aseguradora. Mediante esta garantía se amparan las obligaciones que contrae el contratista por la celebración del Contrato, y su vigencia será por el plazo del contrato, contado a partir de la

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fecha de inicio de la vigencia de la garantía y por un valor asegurado equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato. No podrá incluirse la “Cláusula de Proporcionalidad” u otra similar, conforme a la cual el valor asegurado ampara los perjuicios derivados del incumplimiento total del contrato garantizado y de presentarse incumplimiento parcial del mismo, la indemnización de perjuicios a cargo del asegurador no excederá de la proporción del valor asegurado equivalente al porcentaje incumplido de las obligaciones garantizadas. Esta Garantía deberá presentarse dentro de los seis (6) días hábiles siguientes a la firma del Contrato. b. Garantía de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones El Contratista deberá constituir una Garantía de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones, expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, y cuyas garantías hayan sido puestas en depósito ante la Superintendencia Financiera de Colombia. La garantía deberá ser en favor de Empresas de Servicios Públicos (E.S.P.), y deberá tener anexa la certificación de pago de la prima o el certificado que diga que la póliza no expirará por falta de pago de prima expedida por la aseguradora. Mediante esta garantía responde por el pago de salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones del personal empleado en la ejecución del objeto del Contrato. Esta Garantía deberá constituirse junto con la Garantía de Cumplimiento y deberá estar vigente antes de la fecha de orden de inicio del Contrato y su vigencia será por el plazo del contrato, más tres (3) años; contados a partir de la fecha de inicio de la vigencia de la garantía y por un valor asegurado equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato. Esta Garantía deberá presentarse dentro de los seis (6) días hábiles siguientes a la firma del Contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: En atención a la obligación del CONTRATISTA de presentar los documentos que sean requeridos para la expedición de las pólizas, éste se hará responsable civil y penalmente por la veracidad de los mismos, y se obligará a indemnizar a LA EMPRESA, por cualquier perjuicio que se pueda derivar por la presentación de los mismos, en especial por el incumplimiento de las obligaciones contractuales derivadas del contrato de seguro, incluidas pero sin limitarse a las objeciones que la Compañía de Seguros pueda alegar por la reticencia o inexactitud en la declaración del estado real del riesgo, así como cualquier otra que le corresponda. PARÁGRAFO SEGUNDO: La contratación de las pólizas a la que se refiere el presente numeral por parte de LA EMPRESA no exonera al CONTRATISTA de su obligación de indemnizar a ésta por todos los perjuicios derivados del incumplimiento del contrato que no fuesen cubiertos por la póliza mencionada o en exceso de esta. PARÁGRAFO TERCERO: EL CONTRATISTA se compromete a pagar por su propia cuenta, el monto total de las primas que se causen con ocasión de la expedición de las pólizas, así como las que se causen posteriormente con motivo de modificaciones,

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renovaciones, prórrogas o cualquier otro anexo que se expida con fundamento en las pólizas. Dicho pago deberá hacerse por parte DEL CONTRATISTA a favor de la compañía de seguros en un solo contado, lo anterior en consideración a que la mora en el pago de la prima, genera la terminación automática del contrato de seguro. EL CONTRATISTA deberá aportar el recibo de caja o comprobante de pago emitido por la compañía de seguros al Corredor de Seguros. PARÁGRAFO CUARTO: En el evento que por capacidad financiera, listas de riesgos y/o siniestralidad con las Compañías de Seguros del Programa EL CONTRATISTA no pueda incorporarse a las pólizas tomadas por LA EMPRESA, EL CONTRATISTA se obliga y se compromete a tomar y constituir a favor de LA EMPRESA, por conducto de una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia y aceptable para LA EMPRESA, unas pólizas con los mismos amparos, vigencias, condiciones generales y valores asegurados aludidos en la presente cláusula, en la que figure como beneficiario LA EMPRESA. El CONTRATISTA deberá junto con las pólizas presentar el recibo oficial del pago de la prima. Las pólizas mencionadas en este parágrafo deberán ser constituidas de la siguiente manera: Como condiciones particulares y/o coberturas adicionales que apliquen a todos los amparos de la póliza de Cumplimiento, se deberán incluir los siguientes:

• Inaplicabilidad de la cláusula de proporcionalidad.

• Irrevocabilidad del seguro y no modificación de los términos del seguro sin consentimiento de LA EMPRESA.

• No terminación automática del seguro.

• Amparo automático hasta de 30 días para prorrogas.

• Renuncia expresa al derecho de subrogación de la aseguradora contra LA EMPRESA, y sus filiales.

• Inoponibilidad de excepciones de la compañía de seguros al asegurado.

• Improcedencia de la figura de la agravación del estado del riesgo, respecto al deber de informar por parte de LA EMPRESA.

• No se requerirá declaratoria judicial para demostrar el incumplimiento. En caso de existir modificaciones, se deberá realizar la respectiva actualización o adición de cobertura. En ningún caso los seguros anteriormente solicitados en su condicionado puedan tener como objeto el siguiente texto o un texto que exprese algo similar como se muestra a continuación: “indemnizar al asegurado original respecto de su responsabilidad legal declarada por un juez competente, mediante sentencia debidamente ejecutoriada, proveniente del desarrollo de sus operaciones en la prestación de servicios”. En las pólizas deberá contar como único Beneficiario LA EMPRESA.”

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PARÁGRAFO QUINTO: EL CONTRATISTA autoriza de forma expresa al CONTRATANTE a consultar, recibir y dar trámite a la información de la que trata la ley 1266 de 2008, así como validar en las centrales de riesgos, toda aquella información que considere pertinente.” PARÁGRAFO SEXTO: Las garantías y seguros de que trata esta cláusula, son accesorios al Contrato y el hecho que se contraten no limitará, alterará o afectará en forma alguna la responsabilidad civil y las obligaciones contraídas por el CONTRATISTA en virtud de este Contrato. Para las garantías y seguros que no puedan ser expedidas a través del Programa de Mitigación de Riesgos en la Contratación, no pueden ser cancelados por el Contratista sin autorización escrita de LA EMPRESA. En caso de revocación de una garantía o un seguro por parte de una entidad financiera o una compañía de seguros, el Contratista se obliga a informar a LA EMPRESA, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que le sea notificado este hecho por parte de la entidad financiera o de la aseguradora. El Contratista debe mantener vigentes las garantías y seguros y serán de su cargo todas las primas y erogaciones para su constitución, prórroga o adición cuando fuere necesario, así como los deducibles aplicables en caso de siniestro. PARÁGRAFO SÉPTIMO: Si el CONTRATISTA no cumple con los requisitos establecidos para la expedición oportuna de las garantías y seguros asociados al contrato en los términos aquí estipulados y dentro del plazo establecido para ello, LA EMPRESA podrá aplicar los términos de la Cláusula que regula la “TERMINACIÓN ANTICIPADA”. Las garantías y seguros expedidos por fuera del Programa de Mitigación de Riesgos en la Contratación de la EMPRESA que aquí se mencionan deben recibir visto bueno del CORREDOR DE SEGUROS del programa de mitigación de riesgos en la contratación y aprobación de LA EMPRESA, para lo cual se efectuará una revisión de las coberturas, valores, condiciones generales, condiciones particulares y constancia de pago de la prima, de acuerdo a lo establecido en la guía institucional vigente de garantías y seguros. PARÁGRAFO OCTAVO: Para contratos de plazo superior a sesenta (60) meses, el Contratista podrá presentar garantías y seguros por vigencias anuales o superiores y renovables, hasta la finalización del plazo contractual. PARÁGRAFO NOVENO: El CONTRATISTA se obliga a informar al Corredor de seguros, cualquier modificación al contrato, así esta no implique cambio de plazo o valor. PARÁGRAFO DÉCIMO: Las garantías de seguros y los seguros de los contratos celebrados en pesos colombianos, se constituirán en esta moneda. Las garantías de seguros y los seguros de los contratos celebrados en monedas diferentes al peso colombiano, se constituirán en dólares de los Estados Unidos. La moneda en que se contrata las garantías bancarias debe ser la misma del contrato base o principal que la origina. Si el Beneficiario exige la garantía en otra moneda diferente al contrato base, debe estipularse claramente cómo se cubrirá el riesgo de tipo de cambio, generado por la diferencia entre la moneda del bien o servicio contratado, y la moneda de la garantía que ampara dicho contrato.

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PARÁGRAFO DÉCIMO PRIMERO: En el caso de Consorcio, Unión Temporal, Agrupación de Empresas o cualquier otra forma de colaboración empresarial, las garantías y seguros deben tener como afianzado la Unión Temporal, el Consorcio, la Agrupación de Empresas o cualquier otra forma de colaboración empresarial e identificar claramente todos los miembros que lo conforman. 4.7 Retenciones En ejercicio del principio de la autonomía de la voluntad las partes acuerdan que en caso de mora en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, LA EMPRESA podrá retener el uno por ciento (1%) del valor del contrato, por cada día calendario de mora, hasta por el valor establecido en la cláusula de Descuento Compensatorio. PARÁGRAFO PRIMERO: La retención se hará efectiva sobre la factura más próxima a la ocurrencia del hecho que motivó la retención y que LA EMPRESA deba pagarle al CONTRATISTA con ocasión de la ejecución de presente contrato, luego de hacer las deducciones legales a que haya lugar. PARÁGRAFO SEGUNDO: Cuando hayan sido superadas las causas que originaron la retención y El Contratista se encuentre al día en sus obligaciones, si esto resulta posible, LA EMPRESA efectuará la devolución de los valores retenidos. PARÁGRAFO TERCERO: Por el hecho de hacerse efectiva la retención, no se exonera El Contratista del cumplimiento de las obligaciones principales y accesorias derivadas del presente contrato ni de la indemnización de los perjuicios que LA EMPRESA haya sufrido, ni de la calificación negativa de su desempeño como CONTRATISTA. PARÁGRAFO CUARTO: A la finalización de cada año de prestación del servicio, LA EMPRESA realizará la evaluación de los servicios prestados. En caso de que la evaluación de los servicios no sea satisfactoria, se podrá dar por terminado en forma anticipada, sin que haya lugar a indemnización o reclamación alguna por parte de El Proponente por otro concepto adicional. 4.8 Recomposición del contrato Si durante la ejecución del contrato se hiciera recurrente la aplicación de retenciones o descuentos, LA EMPRESA podrá optar por: (a) exigir al CONTRATISTA el cumplimiento del mismo, procediendo las partes a recomponerlo en lo que resulte necesario para asegurar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el CONTRATISTA; (b) acordar la cesión de la posición contractual del CONTRATISTA en favor de un tercero aprobado por LA EMPRESA, cuando el CONTRATISTA no se encuentre en condiciones que le permitan terminar de ejecutar cabalmente sus obligaciones; en ambos casos, con la correspondiente indemnización del perjuicios en favor de LA EMPRESA.

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4.9 Condición resolutoria expresa / resolución de pleno derecho En ejercicio de la autonomía de la voluntad las partes acuerdan que en caso de que el CONTRATISTA no cumpla la obligación principal contraída con ocasión del perfeccionamiento del contrato, LA EMPRESA en su condición de contratante cumplido, estará facultada para resolver anticipadamente el presente negocio jurídico, en forma automática y de pleno derecho. En caso de incumplimiento por parte de LA EMPRESA el CONTRATISTA podrá aplicar la Condición Resolutoria Tácita, en los términos definidos por la legislación aplicable. En todo caso, el Contratista deberá efectuar la entrega o devolución de los bienes que sean de propiedad de La Empresa, así como las obras que haya estado ejecutando con ocasión del Acuerdo de Voluntades, hasta el momento de aplicación de la Condición Resolutoria. 4.10 Causales de aplicación de la condición resolutoria expresa En ejercicio de la autonomía de la voluntad las partes acuerdan que en caso de que el CONTRATISTA no cumpla la obligación principal contraída con ocasión del perfeccionamiento del contrato, LA EMPRESA en su condición de contratante cumplido, estará facultada para resolver anticipadamente el presente negocio jurídico, en forma automática y de pleno derecho. En caso de incumplimiento por parte de LA EMPRESA el CONTRATISTA podrá aplicar la Condición Resolutoria Tácita, en los términos definidos por la legislación aplicable. En todo caso, el Contratista deberá efectuar la entrega o devolución de los bienes que sean de propiedad de La Empresa, así como las obras que haya estado ejecutando con ocasión del Acuerdo de Voluntades, hasta el momento de aplicación de la Condición Resolutoria. 4.11 Descuento compensatorio En ejercicio de la autonomía de la voluntad las partes acuerdan que en caso de materialización de la Condición Resolutoria Expresa en los términos indicados en el presente documento, El CONTRATISTA deberá cancelar en favor de LA EMPRESA, como tasación anticipada de perjuicios, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor total acordado, lo que la EMPRESA podrá hacer efectivo mediante la ejecución de la carta fianza otorgada por el CONTRATISTA para tal fin, la cual será considerada como pago parcial, pero no definitivo de los perjuicios causados a LA EMPRESA sin perjuicio del derecho de LA EMPRESA, de perseguir la indemnización plena de perjuicios por la vía prejudicial o judicial. Así mismo, las partes convienen que el valor acordado como descuento compensatorio podrá ser deducido directamente por LA EMPRESA de los dineros que adeude al CONTRATISTA, en caso de haberlos, o deberá ser girado por El CONTRATISTA a la cuenta bancaria que LA EMPRESA le indique, en caso de no haber saldos pendientes de pago. PARÁGRAFO PRIMERO: Los valores retenidos por LA EMPRESA al CONTRATISTA a título de retención, se imputarán como abono a la suma que constituya el descuento compensatorio.

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PARÁGRAFO SEGUNDO: El CONTRATISTA manifiesta expresamente que faculta a LA EMPRESA para que retenga las sumas a su favor y las compense contra el valor de presente cláusula, en caso de que se llegara a hacer exigible. 4.12 Responsabilidad La responsabilidad del CONTRATISTA estará limitada de manera global al ciento por ciento (100%) del valor total del Contrato. Esta limitación de responsabilidad no será de aplicación en caso de dolo o negligencia grave por parte del CONTRATISTA, caso en el cual LA EMPRESA podrá perseguir la indemnización plena de los perjuicios sufridos. 4.13 Cesión Ni la oferta, ni el contrato que surja con ocasión de la oferta podrá ser cedido total o parcialmente por El CONTRATISTA, sin previa autorización expresa y escrita de LA EMPRESA. 4.14 Eximente de responsabilidad / fuerza mayor.

El CONTRATISTA quedará exento de toda responsabilidad por cualquier daño o demora en la ejecución del Contrato, como resultado de causas constitutivas de fuerza mayor, caso fortuito o hechos de terceros debidamente comprobados, casos en los cuales tendrá derecho a la modificación de los plazos, pero no al reconocimiento de indemnización alguna por parte de la EMPRESA. Dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al momento en que el CONTRATISTA se vea obligado a suspender la ejecución del Contrato debido a la ocurrencia de un hecho constitutivo de fuerza mayor, caso fortuito o hechos de terceros, deberá comunicar el hecho a la EMPRESA, señalando las causas que obligan a la suspensión. Una vez comprobado el hecho, la EMPRESA podrá tomar alguna o algunas de las siguientes alternativas: a. Ampliar el plazo del Contrato. b. Disminuir o ampliar el alcance del Contrato. c. Acordar con el CONTRATISTA la terminación bilateral anticipada del Contrato. 4.15 Suspensión temporal del contrato En ejercicio de la autonomía de la voluntad o por circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito o hechos de terceros, las Partes de común acuerdo pueden suspender la ejecución del Contrato, suscribiendo un acta de suspensión, en donde conste el evento y se acuerden las condiciones de la misma. Para efectos del plazo del Contrato, no se tendrá en cuenta el tiempo de suspensión y se deberán actualizar las pólizas. Para reanudar la ejecución del Contrato, las Partes suscribirán un acta de reanudación, en la que se indicará la forma en que deberá contarse el plazo a partir del reinicio de las actividades objeto del Contrato. 4.16 Confidencialidad y protección de datos personales LAS PARTES se obligan a cumplir a cabalidad con lo dispuesto en las normas sobre protección de datos personales. Así mismo, cada una de LAS PARTES se obliga a guardar reserva de la información que le sea entregada por la otra parte, o a la que tenga acceso

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en desarrollo del presente Contrato, con independencia del medio en el cual se encuentre soportada. En cumplimiento de la obligación de reserva cada parte deberá: a. Utilizar la información suministrada por la otra parte para la labor encomendada; comprometerse, además, a utilizar todos los medios a su alcance para garantizar la más estricta confidencialidad respecto de dicha información, y hacer extensivo dicho deber de confidencialidad a cualquier persona que, por su relación con él, deba tener acceso a dicha información, para el correcto cumplimiento de sus obligaciones. b. Abstenerse de reproducir, modificar, hacer pública o divulgar a terceros la información objeto del presente compromiso, sin previa autorización escrita de la parte que se la reveló. LAS PARTES reconocen que la información entregada por la otra parte le pertenece a ésta o al tercero que haya autorizado a la parte receptora para suministrar la información confidencial. Por ello, se obligan mutuamente a resarcir los perjuicios por daño emergente y/o lucro cesante que llegare a ocasionar la revelación, divulgación o utilización realizada de cualquier forma distinta a la definida en el presente Contrato, ya sea de forma dolosa o culposa. El presente compromiso de confidencialidad tendrá vigencia desde la fecha de la firma del Contrato y hasta cinco (5) años más después de la terminación del mismo. Se podrá revelar o divulgar la Información Confidencial en los siguientes eventos: a. En desarrollo o por mandato de una ley, decreto, sentencia u orden de autoridad competente en ejercicio de sus funciones legales. En este caso, la Parte receptora se obliga a avisar inmediatamente haya tenido conocimiento de esta obligación a la Parte reveladora, para que pueda tomar las medidas necesarias para proteger la Información Confidencial, y de igual manera se compromete a tomar las medidas necesarias para atenuar los efectos de tal divulgación y se limitará a divulgar únicamente la información efectivamente requerida por la autoridad competente; b. Cuando la Información Confidencial esté o llegue a estar a disposición del público o sea de dominio público por causa diferente a un acto u omisión de la parte receptora; c. Cuando la Información Confidencial haya estado en posesión de la Parte receptora antes de que hubiese recibido la misma por medio de la parte reveladora o que no hubiese sido adquirida de la parte reveladora, o de cualquier tercero que tuviere un compromiso de confidencialidad con respecto a la parte reveladora. En relación con los datos personales que deba suministrar con ocasión del proceso de contratación y el contrato que surja con ocasión de la adjudicación, autorizo para su tratamiento conforme las políticas que tiene LA EMPRESA, lo que incluye el almacenamiento de datos a nivel nacional o internacional y en especial para la finalidad de ser contactado y/o notificado de cualquier información de interés de LA EMPRESA; así mismo declaro que en el caso que me deban suministrar datos personales que se requieran para la ejecución del contrato que surja con ocasión de la adjudicación, entiendo y acepto que en calidad de encargado cumpliré las políticas de tratamiento de datos personales de LA EMPRESA y no usaré dichos datos para fines comerciales propios o de terceros, esto es, con el fin de lograr una protección efectiva del Derecho Fundamental de Habeas Data, El CONTRATISTA se compromete a: i) No hacer ningún uso o difusión de los datos personales suministrados para ejecutar el contrato, sin contar con la debida autorización del titular de dichos datos. Dicha obligación subsistirá aún finalizada la relación contractual. ii) Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

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4.17 Propiedad intelectual y derechos de autor. El CONTRATISTA declara que es titular o que tiene los derechos de explotación de la propiedad intelectual y/o derechos patrimoniales de autor que están inmersos en la ejecución del contrato que surja con ocasión de la adjudicación. Igualmente, LA EMPRESA no autoriza al uso de sus elementos de propiedad intelectual ni a la explotación de los derechos patrimoniales de autor del que sean titulares con la sola adjudicación, para lo cual se requerirá autorización escrita. En caso que la ejecución conlleve una prestación de servicios, se entiende que todos los resultados, obras, signos distintivos, nuevas creaciones y en general las creaciones elaborados en virtud o con ocasión del contrato que se perfecciona con la adjudicación serán de propiedad y titularidad exclusiva de LA EMPRESA. 4.18 Cumplimiento en seguridad social El Proponente se obliga a afiliar y cotizar mensualmente por sus trabajadores que participan en la ejecución de este Contrato, al Sistema de Seguridad Social Integral (pensiones, salud y riesgos laborales) y realizar el pago de los aportes parafiscales, para ello presentará a LA EMPRESA el listado de trabajadores que participan en la ejecución del contrato que surja con ocasión de la adjudicación de la oferta, junto con las constancias de la afiliación y mensualmente constancias de pagos a la Seguridad Social Integral, Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y Cajas de Compensación Familiar (CCF), cuando corresponda. LA EMPRESA no efectuará pago alguno hasta tanto se demuestre el cumplimiento de esta obligación. PARÁGRAFO PRIMERO: El Proponente deberá entregar a cada uno de sus trabajadores, cada mes, copia de la Planilla Integrada de Liquidación (PILA), para que estos la tengan en su sitio de trabajo. PARÁGRAFO SEGUNDO: En el evento que El Proponente contrate laboralmente en Colombia trabajadores extranjeros para la ejecución de este negocio jurídico, deberá aplicarse lo indicado en el numeral 1, salvo la obligación de afiliación y cotización al Sistema General de Pensiones, en el evento que acredite que ese trabajador extranjero tiene cubiertos los riesgos inherentes a la vejez, invalidez y muerte de origen común, por algún régimen de su país de origen o cualquier otro. En caso de autorizarse la subcontratación, El Proponente será completamente responsable por los subcontratistas, aceptando que los mismos no tienen ninguna relación jurídica o comercial, ni ningún contrato verbal o escrito con la EMPRESA y que ésta no es responsable ni garantiza el desempeño de ningún deber que El Proponente pueda verse obligado a cumplir con respecto a dichos subcontratistas, incluyendo, pero sin limitarse al pago de una compensación o indemnización. El Proponente será responsable frente a la EMPRESA por todos los perjuicios derivados de los actos u omisiones de los subcontratistas, sin que se afecte la responsabilidad del Proponente frente a la EMPRESA por la prestación de los servicios objeto del presente Contrato. Por tanto, no podrá predicarse que la EMPRESA es solidariamente responsable por el pago de los salarios, prestaciones e indemnizaciones a que el mismo tenga derecho.

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El Proponente se compromete con la EMPRESA a mantenerlo indemne contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que se cause o surja por reclamaciones de El Proponente, así como de reclamaciones laborales de cualquier índole, relacionadas con el objeto de este contrato. En caso de que se entable una reclamación o demanda o acción legal contra la EMPRESA, El Proponente será notificado por la EMPRESA lo más pronto posible para que por su cuenta adopte las medidas que sean necesarias para mantener indemne a la EMPRESA y adelante las gestiones a fin de solucionar el diferendo e incluso podrá ser llamado en garantía. En caso de que la EMPRESA sea condenada por este concepto, podrá repetir contra El Proponente por las sumas que tenga que pagar en virtud de la condena y cobrar además cualquier perjuicio adicional que le sea causado. Lo anterior de acuerdo con la información publicada en la página web de XM en el siguiente link: http://www.xm.com.co/corporativo/Paginas/Proveedores/requisitos-sst.aspx 4.19 Renuncia a requerimientos para constitución en mora El CONTRATISTA renuncia expresamente a los requerimientos para la constitución en mora, por lo que no se requerirá de pronunciamiento judicial para que LA EMPRESA pueda aplicar directamente retenciones o descuentos, hacer efectiva en forma automática y de pleno derecho la cláusula denominada “condición resolutoria expresa / resolución de pleno derecho”, o el cumplimiento del contrato junto con la correspondiente indemnización de los perjuicios padecidos, en los términos aquí pactados. 4.20 Cambios Toda adición, modificación o reforma del contrato que surja con ocasión del contrato deberá realizarse mediante la suscripción de una cláusula adicional. El retardo o la omisión de las partes en hacer efectivo cualquier derecho, facultad o privilegio no tendrá el efecto de una renuncia, a dicho derecho, facultad o privilegio. 4.21 Mérito ejecutivo El contrato de las partes integrado por medio de la solicitud, la oferta y la comunicación de adjudicación presta mérito ejecutivo para todos los efectos legales. En consecuencia, para hacer efectivos todos los derechos y obligaciones en él contenidos y en los términos aquí pactados, bastará con la presentación de los documentos que lo integran. 4.22 Solución de controversias Todas las controversias que se susciten en ejecución del presente contrato deberán ser resueltas mediante acuerdo directo entre las partes, el cual se adelantará en un término máximo de veinte (20) días hábiles, contados desde el momento en que una parte informa a la otra la existencia de una controversia, y la solución acordada a la misma constará en un Acuerdo Formal de Transacción suscrito por ambas partes. De no lograrse acuerdo entre las partes, la diferencia se resolverá en primera instancia, por el mecanismo de Conciliación

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prejudicial y de no haber acuerdo, se ejercerá la acción contractual ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa. 4.23 Listas de vigilancia internacionales El CONTRATISTA declara que no se encuentra en las Listas OFAC (Clinton) y ONU; así mismo, se responsabiliza ante la EMPRESA porque sus miembros de Junta Directiva o Junta de Socios, sus Representantes Legales o su Revisor Fiscal, tampoco se encuentren en dichas Listas. El CONTRATISTA acepta que la inobservancia de la presente disposición podrá dar lugar a la resolución del contrato en los términos de la Cláusula que regula la “CONDICIÓN RESOLUTORIA EXPRESA” de este Contrato. 4.24 Inhabilidad o Incompatibilidad / Conflicto de Interés

El Contratista está en la obligación de declarar oportunamente y por escrito a XM S.A. E.S.P., la configuración de cualquier causal de inhabilidad o incompatibilidad o situación que implique un conflicto de interés, que llegare a sobrevenir con posterioridad a la celebración del presente Contrato, caso en el cual, el CONTRATISTA podrá ceder el contrato a un tercero, previa autorización expresa y escrita por parte de XM. Si ello no fuese posible, el CONTRATISTA renunciará a la ejecución del contrato, dando lugar a la terminación del mismo. 4.25 Capacidad técnica El CONTRATISTA aplicará la capacidad técnica y administrativa que sea indispensable para la correcta y eficiente ejecución del objeto del Contrato, pudiendo LA EMPRESA exigir que se apliquen los correctivos necesarios para el cabal cumplimiento del mismo. El CONTRATISTA debe garantizar la idoneidad del personal con el cual va a ejecutar los trabajos contratados y velar por su permanente formación. 4.26 Administración del contrato. LA EMPRESA realizará control a la ejecución del presente Contrato, haciendo seguimiento técnico, administrativo, jurídico, financiero y contable al cumplimiento de sus propias obligaciones y de las adquiridas por el CONTRATISTA mediante la suscripción del mismo. La administración del contrato se hará por la EMPRESA o terceros designados por ésta para tal efecto. Los defectos en la administración o falta de esta no atenuarán ni eximirán al CONTRATISTA frente al cumplimiento del objeto contratado. 4.27 Indemnidad de la empresa El CONTRATISTA mantendrá indemne a LA EMPRESA, a sus empleados, agentes y representantes: a. Por razón de cualquier reclamación, demanda, acción legal o costos que surjan o se le causen a LA EMPRESA como resultado del uso por parte del CONTRATISTA, de patentes, diseños, derechos de autor que sean propiedad de terceros, durante el desarrollo del

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Contrato o posteriormente durante el uso por parte de LA EMPRESA, de los bienes o servicios suministrados. b. Contra toda reclamación, demanda, acción legal, sanción judicial o administrativa o costos que surjan o se le causen a LA EMPRESA, por daños a los bienes y/o lesiones a terceros, al personal del CONTRATISTA o al personal de LA EMPRESA, por razones imputables al CONTRATISTA. Se consideran como imputables al CONTRATISTA todas las acciones u omisiones del personal a su servicio o bajo su dependencia. c. Por todas las reclamaciones o demandas laborales presentadas por acreedores o trabajadores de sus subcontratistas. En caso que se entable una reclamación, requerimiento, demanda o acción legal contra LA EMPRESA por asuntos que sean de responsabilidad del CONTRATISTA o de sus subcontratistas y dependientes en general, éste será comunicado en un término máximo de setenta y dos (72) horas contados a partir del recibo de la solicitud, para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas en la Normatividad Aplicable, para mantener indemne a LA EMPRESA y adelante las acciones necesarias para llegar a un arreglo del conflicto. 4.28 Derecho de contradicción. Para garantizar el derecho de contradicción y mantener a salvo la equivalencia prestacional, las partes acuerdan agotar el siguiente conducto regular para la aplicación de retenciones o descuentos, resolución, terminación anticipada del contrato y devoluciones por eximentes de responsabilidad: LA EMPRESA comunicará por escrito al CONTRATISTA su intención de aplicar retenciones, resolver o terminar anticipadamente el contrato, y la causal que lo justifica. b. Recibida la comunicación, el CONTRATISTA contará con tres (3) días hábiles para explicar por escrito los motivos eximentes de su responsabilidad en relación con la causal invocada por LA EMPRESA y explicará las soluciones que propone para garantizar el cumplimiento inmediato de sus obligaciones. c. LA EMPRESA analizará la propuesta de cumplimiento que le formule el CONTRATISTA, determinará y le informará por escrito, si continúa con la ejecución del Contrato y en qué términos, si procede a la aplicación de la retención o descuento, según el caso; o si decide hacer efectiva la resolución o la terminación anticipada del mismo, según aplique en los términos pactados, debiendo en este último caso, procederse al cruce de cuentas del Contrato. d. Si posterior a la aplicación de retenciones o descuentos, el CONTRATISTA acredita la existencia de situaciones que lo exoneren de responsabilidad, LA EMPRESA (le devolverá los dineros deducidos, debidamente actualizados mediante la aplicación del IPC certificado, acumulado anualmente, entre la fecha de la deducción y la de la devolución 4.29 Trabajo Infantil El Contratista conoce y se compromete a que ni él ni sus subcontratistas o sus proveedores, contratarán o harán uso de mano de obra infantil* o trabajo forzado, en la ejecución de cualquier contrato de su responsabilidad. El incumplimiento de esta obligación constituirá causa de terminación unilateral del contrato.

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4.30 Terminación anticipada. En ejercicio de la autonomía de la voluntad, las partes acuerdan que el proceso de contratación terminará conforme al estatuto de LA EMPRESA y que el contrato que surja con ocasión de la adjudicación podrá darse por terminado anticipadamente en los siguientes casos: a. Por incumplimiento con el plazo, de cualquiera de las obligaciones de El Proponente y por la declaración falsa o inexacta de cualquier declaración establecidas en la Solicitud, sus anexos o adendos. b. Por no aportar El Proponente los requisitos para que LA EMPRESA pueda expedir la orden de inicio, dentro de los seis (6) días hábiles siguiente a la adjudicación. c. Por conductas del Proponente violatorias del Código de Ética o del Código Antifraude adoptado por LA EMPRESA, o cuando se compruebe que El Proponente cometió una falta que implica violación de la Declaración de Derechos Humanos, siempre que, en este último caso, medie pronunciamiento en firme de autoridad competente que así lo indique, o cuando se compruebe que el Proponente, sus subcontratistas o sus proveedores, contrataron o hicieron uso de mano de obra infantil o trabajo forzado, en la ejecución de cualquier contrato de su responsabilidad. d. Que el CONTRATISTA, sus miembros de Junta Directiva o Junta de Socios, sus Representantes Legales o su Revisor Fiscal se encuentren en las Listas OFAC (Clinton) y ONU. e. El actuar del Proponente que dé lugar a que LA EMPRESA incumpla una obligación de carácter regulatorio o legal. f. Si sobreviene alguna de las causales de conflicto de interés del numeral 2.2.2.1 del documento de solicitud de oferta formal 751 con posterioridad a la celebración del contrato. g. Las demás establecidas en los documentos contractuales. PARÁGRAFO: Para la terminación del contrato en los términos previstos en la presente cláusula, las partes procederán a las restituciones mutuas, quedando a salvo el derecho que le asiste a LA EMPRESA de perseguir en la vía extrajudicial o judicial la indemnización de los perjuicios. Igualmente, y con la finalidad que no se vea afectado el interés de LA EMPRESA, el CONTRATISTA acepta ceder el contrato a un tercero, previa autorización expresa y escrita por parte de LA EMPRESA. 4.31 Condición resolutoria no expresa / Resolución de pleno derecho.

En ejercicio de la autonomía de la voluntad las partes acuerdan que en caso de que el CONTRATISTA no cumpla la obligación principal contraída con ocasión del perfeccionamiento del contrato, LA EMPRESA en su condición de contratante cumplido, estará facultada para resolver anticipadamente el presente negocio jurídico, en forma automática y de pleno derecho. En caso de incumplimiento por parte de LA EMPRESA el CONTRATISTA podrá aplicar la Condición Resolutoria Tácita, en los términos definidos por la legislación aplicable. En todo caso, el Contratista deberá efectuar la entrega o devolución de los bienes que sean de

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Solicitud de Ofertas Formal 751 48

propiedad de La Empresa, así como las obras que haya estado ejecutando con ocasión del Acuerdo de Voluntades, hasta el momento de aplicación de la Condición Resolutoria. 4.32 Documentos Regulan, complementan, adicionan y determinan las condiciones del presente Contrato, los documentos que se citan a continuación: a. Los Anexos del Contrato b. El texto del Documento de Solicitud de Ofertas Formal 751 __________ y sus anexos, con los Adendos de _____ a _____. c. La oferta de ________________ (incluir el nombre del CONTRATISTA), incluidos sus anexos. d. La comunicación de LA EMPRESA al CONTRATISTA, para la iniciación de las actividades objeto del Contrato. e. La(s) Garantía(s) y Seguro(s) que se exigen en este Contrato, debidamente aceptadas por LA EMPRESA. f. El cronograma de actividades. g. Los Acuerdos de Niveles de Servicios – ANS – h. Las actas, demás acuerdos, correspondencia y los documentos que se produzcan y suscriban por las partes durante la ejecución de este Contrato. Todos los documentos mencionados obligan jurídicamente y son parte esencial e integral del Contrato. En casos de conflictos o discrepancias entre las disposiciones contenidas el Contrato, incluidos sus Anexos y las disposiciones contenidas en los demás documentos señalados, prevalecerán las disposiciones del Contrato, sus Anexos y Cláusulas Adicionales. De manera similar, en caso de conflictos o discrepancias entre las disposiciones del Contrato y las disposiciones contenidas en las resoluciones, decretos y normas legales aplicables al presente Contrato, prevalecerán las normas de mayor jerarquía. 4.33 Domicilio y normatividad aplicable Las Partes acuerdan como domicilio contractual la ciudad de_____________, y para todos sus efectos se regirán por las leyes de la República de _____________, por las disposiciones comerciales y civiles y especialmente por el _________________, expedido por ___________________________, al cual, con la presentación de la oferta, el CONTRATISTA se adhirió aceptando que las disposiciones contenidas en el mismo rigen la contratación con LA EMPRESA, así como las disposiciones que lo modifiquen, adicionen, sustituyan o complementen. Anexos: Anexo 1 - Valor de los Servicios Anexo 2 – Acuerdo de Confidencialidad del Trabajador *Sobre trabajo infantil: Se prohíbe contratar, directamente o por medio de terceros, trabajadores menores de quince (15) años. Si se contrata trabajadores menores de 18 años de edad, entre 15 y 17 años de edad, deberán contar con la autorización de la autoridad respectiva y respetar la jornada máxima que establece la ley para cada uno de ellos. (Los adolescentes mayores de 15 y menores de 17 años, sólo podrán trabajar en jornada diurna máxima de seis horas diarias y treinta horas a la semana y hasta

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las 6:00 de la tarde. Los adolescentes mayores de diecisiete (17) años, sólo podrán trabajar en una jornada máxima de ocho horas diarias y 40 horas a la semana y hasta las 8:00 de la noche). En todo caso ninguna persona menor de 18 años podrá ser empleada o realizar trabajos que impliquen peligro o que sean nocivos para su salud e integridad física o psicológica o los considerados como peores formas de trabajo infantil, de acuerdo a la clasificación que realice el Ministerio de Trabajo en colaboración con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

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CAPÍTULO 5 – FORMULARIOS

XM S.A E.S.P.

SOLICITUD DE OFERTAS FORMAL 751

FORMULARIO A.1

CARTA DE PRESENTACIÓN

Nombre del Proponente: _____________________________ Hoja ____ de ____

_________________________ Lugar y fecha EMPRESA Ciudad, País De acuerdo con su invitación para la Solicitud de Ofertas No. 751, el suscrito se compromete, por los precios ofrecidos a ejecutar el objeto contractual, de acuerdo con los requisitos especificados en la Solicitud. Esta Oferta es válida por sesenta (60) días calendario, contados a partir de la fecha y hora de cierre de la Solicitud de Ofertas. El suscrito se obliga a aceptar el Contrato correspondiente a esta Oferta, en caso de ser aceptada. Dentro de los seis (6) días hábiles siguientes a la celebración de dicho Contrato, se obliga a constituir las garantías y los seguros especificados y a llenar los requisitos de ejecución que me sean exigidos. En caso que se me adjudique el Contrato, el suscrito también se compromete a ejecutar el objeto del mismo, dentro del plazo estipulado. Así mismo, declaro bajo la gravedad del juramento que: 1. La empresa que represento y el equipo de trabajo que desarrollará las actividades del

contrato, no está incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades, previstas legalmente para la contratación estatal, en la Constitución Nacional y las demás leyes que regulan la materia, ni está incurso en alguna situación que implique conflicto de interés, de acuerdo con lo detallado en el numeral 2.2.2.1 y que en su contra no se ha dictado fallo con responsabilidad fiscal, según lo indicado en el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000, ni fallo sancionatorio fiscal y/o disciplinario.

2. La entidad que representa, sus miembros de Junta Directiva o Junta de Socios,

accionistas o socios con participación mayor al 5%, sus Representantes Legales, su Revisor Fiscal y quien suscribe esta comunicación, no están incluidos en las listas OFAC (Clinton) y ONU y en ninguna lista de las establecidas a nivel local o internacional para el control de lavado de activos y financiamiento del terrorismo; para

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Solicitud de Ofertas Formal 751 51

lo cual autoriza la verificación de esta situación ante cualquier persona natural o jurídica, privada o pública, desde ahora y por el tiempo que se mantenga alguna relación comercial con LA EMPRESA en su calidad de contratista.

3. Los recursos con los cuales se constituyó esta sociedad no provienen de ninguna

actividad ilícita de las contempladas en la legislación del país en el cual está domiciliado LA EMPRESA. Adicionalmente, declara que la sociedad que representa, dispone de los recursos suficientes para ejecutar el contrato en caso de que le sea adjudicado, y que dichos recursos han sido obtenidos en operaciones no provenientes de ninguna actividad ilegal.

4. Conoce y se adhiere al Reglamento para la Adquisición de Bienes y Servicios

adoptado por la Junta Directiva mediante el Estatuto de Contratación publicado en la página web de XM, y en consecuencia, acepta que las disposiciones contenidas en el mismo, rijan la contratación.

5. Conoce, comparte y acepta el Código de Ética de ISA adoptado por la Junta

Directiva de ISA en especial la Sección I -Proveedores- y la declaración de derechos humanos, publicados en su página web www.isa.com.co, y se compromete a cumplirlos y hacerlos cumplir durante la ejecución de los trabajos y/o servicios objeto de este proceso de contratación. Así mismo, se acoge al Código Antifraude de ISA adoptado por la Junta Directiva de ISA y acepta ser evaluado por el cumplimiento de éste, así como del Código de Ética, en cualquier momento en que LA EMPRESA lo estime procedente, así como las consecuencias que puedan derivarse de dicha evaluación.

6. Que ha cancelado TODAS las obligaciones laborales que por ley este obligado a pagar.

Atentamente, Firma, nombre y título de la persona autorizada para firmar la Oferta Ingeniero que avala la oferta Nombre, profesión, número de matrícula profesional la cual deben adjuntar a este formulario

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FORMULARIO A.2

PAGO DE APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES

Nombre del Proponente: _____________________________ Hoja ____ de ____

__________________________ Lugar y fecha XM S.A. E.S.P. Medellín, Colombia En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, certifico que <NOMBRE DEL PROPONENTE>, de la cual soy su (Revisor Fiscal cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o el Representante Legal a falta de aquel), ha pagado los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, durante un lapso de seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato (o durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad.

En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de su fecha de constitución).

Atentamente, Nit y Nombre del Proponente

Si el Proponente tiene Revisor Fiscal, este formulario tendrá que ser suscrito por el Revisor Fiscal. Sólo en el evento de no tener Revisor Fiscal, podrá ser firmado por el Representante Legal.

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FORMULARIO A.3

EXPERIENCIA DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS - ESPECIALISTA PLANTAS

TÉRMICAS Nombre del Proponente: ___________________________________________

NOMBRE INGENIERO ____________________________________________________ MATRICULA PROFESIONAL Nº: _____________________________________________ FECHA EXPEDICIÓN MATRICULA PROFESIONAL: ______________________________ PROFESIONAL DE LA FIRMA ( ) POR CONTRATAR ( ) FORMACIÓN ACADÉMICA: (1)

NOMBRE DEL ESTABLECIMIENTO

FECHA DE GRADO MM –AAAA

DURACIÓN ESTUDIO

(MM)

TITULO OBTENIDO

EXPERIENCIA LABORAL: en unidades de generación hidráulicas.

NOMBRE DE LA

EMPRESA (2)

ALCANCE DEL PROYECTO

(3)

ROL DENTRO DEL

PROYECTO (4)

DURACIÓN (5) Contacto especifico de la empresa para

verificar información, con su respectivo número telefónico

DE MM-

AAAA

A MM-

AAAA

Totalizar en

meses

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NOTAS: (1) Deberá relacionar los estudios de pregrado, postgrado y/o maestría con título certificado. La duración

se indicará en meses. (2) Deberá indicar sólo aquellas empresas donde haya realizado proyectos o contratos relacionados con:

operación y/o mantenimiento de plantas térmicas de generación de electricidad, aspectos técnicos de la cadena de abastecimiento de combustibles de plantas térmicas de generación de electricidad, auditoría y/o verificación de parámetros técnicos de plantas térmicas de generación de electricidad, tales como: Consumos térmicos específicos netos, Capacidad efectiva, Suministro de Combustibles y Transporte de Gas Natural, almacenamiento de Carbón.

(3) Se refiere al alcance de cada uno de los proyectos realizados, que tengan relación con lo solicitado en la Solicitud de Ofertas.

(4) Rol desempeñado durante el Contrato respectivo. (5) Tiempo de ejecución del rol en el proyecto relacionado.

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FORMULARIO B.1

ENFOQUE Y METODOLOGÍA Nombre del Proponente: ___________________________________________

En este formulario el proponente deberá exponer el enfoque y la metodología para la ejecución del contrato, el cual permitirá evidenciar el entendimiento que se tuvo del alcance de la solicitud, lo anterior de acuerdo con lo estipulado en el numeral 2.3.1 del presente documento

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FORMULARIO B.2

ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO Nombre del Proponente: ___________________________________________

En este formulario el proponente deberá presentar la organización que le dará a la ejecución del contrato, el cual permitirá evidenciar el entendimiento que se tuvo del alcance de la solicitud, lo anterior de acuerdo con lo estipulado en el numeral 2.3.2 del presente documento.

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FORMULARIO B.3

CRONOGRAMA DE TRABAJO Nombre del Proponente: ___________________________________________

En este formulario el proponente deberá presentar el Cronograma, el cual permitirá evidenciar el entendimiento que se tuvo del alcance de la solicitud, lo anterior de acuerdo con lo estipulado en el numeral 2.3.3 del presente documento.

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FORMULARIO B.4 - EXPERIENCIA DE LA FIRMA

Nombre del Proponente: ____________________________________ Hoja ____ de ____

Empresa Contratante:

Nombre Contacto:

Cargo: Teléfono(s): E-mail:

OBJETO DEL CONTRATO*

V/r. de los servicios suministrados (Millones $)

% de participación (Si es consorcio, unión temporal o

cualquier otra agrupación de

empresas)

Contacto especifico de la empresa para verificar información

Plazo del Contrato

Observaciones Fecha Inicio

(mm-aaaa)

Fecha Final

(mm-aaaa)

Totalizar en

meses

*El objeto de contrato deberá ser en trabajos relacionados con verificación, procesamiento de información, conocimiento de parámetros técnicos de las unidades de generación térmica, hidráulica e hidrología.

Por favor indicar si se le han aplicado sanciones por incumplimiento. Especificar el número de sanciones, motivo y el año de ocurrencia de cada una.

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FORMULARIO C.1

OFERTA ECONÓMICA DE SUMA GLOBAL

Nombre del Proponente: _________________________________________

GRUPO DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS UNIDAD DE

MEDIDA VALOR COP$

1

Informe final detallado que contenga la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, que para el caso es combustible líquido, para las unidades CARTAGENA 1, 2 Y 3

Suma Global

2

Informe final detallado que contenga la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, que para el caso es combustible líquido, para las unidades PAIPA 1,2 Y 3

Suma Global

3

Informe final detallado que contenga la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, que para el caso es combustible líquido, para la unidad PAIPA 4

Suma Global

4

Informe final detallado que contenga la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, que para el caso es combustible líquido, para las unidades ZIPA 2, 3, 4 Y 5

Suma Global

5

Informe final detallado que contenga la Verificación del parámetro Suministro de combustibles y transporte de Gas Natural, que para el caso es combustible líquido, para la central TERMOVALLE

Suma Global

Notas:

• Los anteriores valores no deben incluir el Impuesto sobre las Ventas (IVA).

• En caso de requerirse, los valores ofertados deben considerar los gastos de transporte viáticos y los que se deriven por concepto de esta oferta.

• En caso de no presentar oferta para un grupo, el proponente deberá diligenciar en Ariba el campo correspondiente al VALOR COP$ con el número cero (0)

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SOLICITUD DE OFERTAS FORMAL 751

FORMULARIO D.1

SUBCONTRATISTAS

Hoja ____ de ____

Se proponen como subcontratistas para la ejecución de los trabajos, los siguientes:

Nombre y dirección Objeto del subcontrato (1)

Porcentaje con respecto al total

Contacto especifico de la empresa para verificar información

(1) Especificar claramente el objeto del subcontrato

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ANEXO 2 - ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD DEL TRABAJADOR

Entre los suscritos a saber, de una parte, _____________(NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL CONTRATISTA), identificado con la cédula _____________, quien, en su calidad de Representante Legal, obra en nombre y representación de ________________(NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL CONTRATISTA), que en adelante se denominará EL EMPLEADOR y de otra parte, XXXX, identificada con la cédula de ciudadanía número XXXXX, obrando en nombre propio, que en adelante se denominará EL TRABAJADOR, se celebra el presenta acuerdo de confidencialidad, previas las siguientes Consideraciones: PRIMERA: Que el XX de XXX de XXX, se celebró entre ______________y XM COMPAÑÍA DE EXPERTOS EN MERCADOS S.A. E.S.P., el contrato No. XXXXXXX, cuyo objeto es <colocar el objeto del contrato>. SEGUNDA: Que para la ejecución del referido contrato, <NOMBRE DEL PROFESIONAL>, en calidad de CONTRATISTA de XM S.A. E.S.P., se obliga a: a. Mantener la reserva profesional sobre la información, que en virtud del desarrollo del Contrato referido en la cláusula primera del presente documento llegare a conocer; b. No hacer uso directo, próximo ni remoto, de ningún dato concreto o referencial que pudiere comprometer la seguridad de XM S.A. E.S.P., ni utilizar ésta información para generar beneficios a terceras personas; y c. Firmar convenios individuales con su personal de planta o externo contratado, que participe en la ejecución del Contrato, en los cuales se establezca la obligación de dicho personal de mantener la confidencialidad y la reserva profesional sobre toda la información que en virtud de la ejecución del Contrato llegare a conocer. TERCERA: Que el TRABAJADOR declara que conoce íntegramente el texto del numeral 4.16 Confidencialidad y protección de datos personales del presente documento y las obligaciones que de ella se derivan y las consecuencias que origina el incumplimiento de la misma y manifiesta que se compromete a acatarla en su integridad. Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, las partes celebran el presente ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD, que se rige por las siguientes cláusulas: PRIMERA: Con fundamento en lo establecido en el numeral 4.16 Confidencialidad y protección de datos personales del presente documento, el TRABAJADOR se obliga durante la vigencia del contrato y cinco años después a mantener y asegurar la confidencialidad y abstenerse de divulgar, compartir, comunicar, entregar, permitir el acceso o que se conozca de cualquier forma, la información de propiedad de XM o de terceros conocida en el cumplimiento de su servicio. SEGUNDA: El TRABAJADOR utilizará la información únicamente para los fines establecidos en el contrato de prestación de servicios. TERCERA: La INFORMACIÓN es y seguirá siendo propiedad exclusiva de XM S.A. E.S.P., en los casos respectivos, y el TRABAJADOR no adquirirá ningún derecho sobre la misma por el solo hecho de conocerla.

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CUARTA: El incumplimiento de las obligaciones especiales contraídas por el TRABAJADOR en el presente documento, será una falta grave y constituirá justa causa para dar por terminado el contrato de trabajo, sin perjuicio de las responsabilidades que de índole penal y civil se deriven de este acto. QUINTA: Las obligaciones especiales contraídas por el TRABAJADOR en el presente documento, se mantendrán vigentes aún después de ocurridas las siguientes circunstancias: a) El retiro del TRABAJADOR de ___________. por cualquier causa y b) La terminación del contrato No. __________ celebrado entre XM S.A. E.S.P. y ______________. SEXTA: Este anexo hace parte integral del contrato de trabajo y entrará en vigor al ser firmado por el TRABAJADOR. Del presente acuerdo se han expedido en dos (2) ejemplares del mismo contenido, uno para XM S.A. E.S.P. y otro para el TRABAJADOR. Para constancia se firma a los XX días del XXXXXXXXXX de 2019. _________________________________ XXXXXXX C.C. XXXX de Medellín