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XLV. I NFORME FINAL DE A UDITORÍA, DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2015

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XLV. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,

DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

DE LA CIUDAD DE MÉXICO CORRESPONDIENTE

AL EJERCICIO DE 2015

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ÓRGANO POLÍTICO-ADMINISTRATIVO

DELEGACIÓN AZCAPOTZALCO

AUDITORÍA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO

Destino de Gasto 65 “Presupuesto Participativo”

Auditoría ASCM/41/15

FUNDAMENTO LEGAL

La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, fracción II, sexto

y séptimo párrafos, en relación con el 74, fracción VI, y 79 de la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1;

2, fracciones XIII y XXI, inciso a); 3; 8, fracciones I, II, IV, VI,VII,VIII, IX y XIX; 9; 10, incisos a)

y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36, primer

párrafo; y 37, fracción II, de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México; y 1; 4; 5,

fracción I, inciso b); 6, fracciones V y VIII, y 30 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior

de la Ciudad de México; y de acuerdo con el Programa General de Auditoría aprobado.

ANTECEDENTES

En la Cuenta Pública de la Ciudad de México correspondiente a 2015, se informó que el total

de los recursos ejercidos por los 16 órganos político-administrativos con destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo” ascendió a 769,403.4 miles de pesos, monto inferior en 54,558.1 miles

de pesos (6.6%) al asignado originalmente de 823,961.5 miles de pesos.

En el párrafo tercero del artículo 23 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de

diciembre de 2014, se dispone que, “conforme a lo establecido en el artículo 83 de la Ley

de Participación Ciudadana el presupuesto participativo para el ejercicio fiscal 2015 corresponde

a 823,961,505 pesos, los cuales se encuentran comprendidos en las erogaciones previstas

en el artículo 7 del Decreto y distribuidos conforme a los montos establecidos en el Anexo II”.

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Según el Anexo II del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2015, a la Delegación Azcapotzalco se le asignó un presupuesto anual de

1,356,274.3 miles de pesos, de los cuales 40,688.2 miles de pesos correspondieron al destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo” y representaron el 3.0% del monto asignado

a la Delegación Azcapotzalco. Dicho presupuesto se distribuiría entre los 111 Comités Ciudadanos

y Consejos de los Pueblos de la Delegación Azcapotzalco, a razón de 366.5 miles de pesos

para cada uno.

La Delegación Azcapotzalco ejerció un presupuesto de 37,498.1 miles de pesos que, respecto

al presupuesto participativo original (40,688.2 miles de pesos), representó una disminución

de 7.8% (3,190.1 miles de pesos).

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Delegación

Azcapotzalco, con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, se haya registrado,

aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado, de conformidad con la

normatividad y ordenamientos aplicables. Asimismo, verificar que éstos recursos correspondan

a los fines y parámetros establecidos en la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal

vigente en 2015, y que su aplicación se destine a los proyectos que derivan de la consulta

ciudadana.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La selección de esta auditoría se hizo con base en los criterios generales siguientes, incluidos

en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de fiscalización:

“Propuesta e Interés Ciudadano”, debido a que, por su naturaleza e importancia en el ámbito

social, el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, tiene un mayor impacto y trascendencia

para la ciudadanía.

“Exposición al Riesgo”, por estar expuesto a riesgos de errores y propenso a ineficiencias e

incumplimiento de metas y objetivos, así como para dar seguimiento a las deficiencias

detectadas en la revisión de ejercicios anteriores.

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ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Se integró por partida el presupuesto original y ejercido por la Delegación Azcapotzalco

con destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”. Se revisó, en cuanto a los elementos

que integran el objetivo de la auditoría, de manera enunciativa más no limitativa lo siguiente:

Registrado: Se verificó que las operaciones del sujeto fiscalizado se encuentren registradas contable

y presupuestalmente, que reflejen las operaciones de cada uno de los momentos contables

del gasto y que expliquen la evolución del ejercicio presupuestal.

Aprobado: Se verificó que el proceso de programación, presupuestación, integración (Módulos

de integración por Resultados y de Integración Financiera), y autorización del presupuesto

se haya ajustado a la normatividad aplicable; que se encuentre identificado el monto

por colonia, la difusión y capacitación en los términos de la Ley de Participación Ciudadana

vigente en el ejercicio de revisión; y que exista congruencia entre la documentación soporte,

como el Programa Operativo Anual, el Techo Presupuestal, el Anteproyecto de Presupuesto

de Egresos y la autorización de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Modificado: Se verificó la procedencia de las afectaciones presupuestales al tratarse de un recurso

etiquetado. En su caso, que el origen y destino materia de las afectaciones al presupuesto,

se haya tramitado, justificado y autorizado para el cumplimiento de metas y objetivos del rubro

sujeto a revisión, en apego a la normatividad aplicable.

Comprometido: Se verificó que los recursos del rubro sujeto a revisión, sean comprometidos

para ejecutar los proyectos ganadores derivados de la consulta ciudadana, que se haya

realizado el estudio de la viabilidad técnica, financiera y legal de los proyectos; y que

los procesos de solicitud, autorización, adjudicación, contratación, u otro que justifique

el compromiso, y reporte de las operaciones a las instancias correspondientes, se hayan

realizado en cumplimiento de la normatividad aplicable. Asimismo, en caso de que no se haya

ejecutado proyecto alguno, o el que resultó ganador en la consulta, se verificaron sus causas.

Devengado: Se verificó que los bienes, obras y servicios se hayan recibido efectivamente

por el sujeto fiscalizado en los tiempos establecidos y condiciones pactadas, y sean entregados

a la comunidad beneficiada conforme al proyecto ganador, de conformidad con la normatividad

aplicable y en cumplimiento de los instrumentos jurídicos formalizados en cada caso.

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Ejercido: Se verificó que se haya expedido y resguardado la documentación soporte comprobatoria

del gasto por las acciones emprendidas del sujeto fiscalizado en el rubro sujeto a revisión,

reúna los requisitos establecidos; y en caso de subejercicios, se verificó sus causas, y

los recursos remanentes se apliquen a los proyectos subsecuentes conforme a la consulta

ciudadana, asociados al Presupuesto Participativo conforme lo señala la normatividad aplicable.

Pagado: Se verificó que las obligaciones a cargo del sujeto fiscalizado se hayan extinguido

mediante el pago debidamente acreditado y realizado en cumplimiento de los contratos

celebrados y la normatividad aplicable. En su caso, se practicaron las compulsas y confirmaciones

necesarias para ello.

Cumplimiento: Se verificó que las acciones emprendidas con cargo al rubro sujeto a revisión

por el sujeto fiscalizado, se destinen al cumplimiento de las metas y objetivos establecidos,

y se hayan sujetado a la normatividad aplicable.

La muestra de auditoría se determinó como resultado de los trabajos del estudio y evaluación

preliminar del sistema de control interno que se lleven a cabo en la fase de planeación

de la auditoría.

La auditoría se llevó a cabo en las áreas administrativas de la Delegación Azcapotzalco

que se encargan de registrar las operaciones del rubro sujeto a revisión; y los procedimientos

de auditoría se aplicarán en las áreas e instancias que hayan intervenido en su operación.

La muestra se determinó conforme a los criterios establecidos en la Norma Internacional

de Auditoría (NIA) 530 “Muestreo de Auditoría” de las Normas de Auditoría para Atestiguar,

Revisión y otros Servicios Relacionados, emitidas por la International Federation of Accountants

y adoptadas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.

En 2015, la Delegación Azcapotzalco ejerció recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo” con cargo a los capítulos 2000 “Materiales y Suministros”, por 7,161.7 miles de

pesos; 3000 “Servicios Generales”, por 4,236.4 miles de pesos; 4000 “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas”, por 4,171.7 miles de pesos; 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles”, por 8,156.1 miles de pesos; y 6000 “Inversión Pública”, por 13,772.1 miles

de pesos. Para determinar la muestra de auditoría, se consideraron los siguientes criterios:

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1. Se integraron las cifras consignadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México 2015

y en la base de datos de la CLC que la SEFIN proporcionó a esta entidad de fiscalización.

2. Se seleccionaron aquellas partidas del rubro en revisión que presentaron riesgos

de operación durante el estudio y evaluación del sistema de control interno.

Por lo anterior, la muestra sujeta a revisión se integró como se indica a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Capítulo / Partida

Universo Muestra

Cantidad

Presupuesto ejercido %

Cantidad

Presupuesto ejercido

%

respecto al total

ejercido CLC DM

CLC DM

2411 “Mezcla Asfáltica” 8 - 5,347.7 14.3 - - - -

2421 “Cemento y Productos de Concreto” 2 - 145.1 0.4 - - - -

2461 “Material Eléctrico y Electrónico” 3 - 211.8 0.6 - - - -

2471 “Artículos Metálicos para

la Construcción” 1 - 40.3 0.1 - - - -

2491 “Otros Materiales y Artículos

de Construcción y Reparación” 3 - 1,416.8 3.8 - - - -

Subtotal capítulo 2000 “Materiales y Suministros” 17 - 7,161.7 19.2 - - - -

3471 “Fletes y Maniobras” 8 - 437.7 1.2 - - - -

3571 “Instalación, Reparación

y Mantenimiento de Maquinaria,

Otros Equipos y Herramienta” 1 - 538.7 1.4 - - - -

3591 “Servicios de Jardinería y Fumigación” 3 - 3,260.0 8.7 - - - -

Subtotal capítulo 3000 “Servicios

Generales” 12 - 4,236.4 11.3 - - - -

4419 “Otras Ayudas Sociales

a Personas” 13 - 4,171.7 11.1 - - - -

Subtotal capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” 13 - 4,171.7 11.1 - - - -

5191 “Otros Mobiliarios y Equipos

de Administración” 1 - 359.6 1.0 - - - -

5221 “Aparatos Deportivos” 20 - 3,649.3 9.7 - - - -

5291 “Otro Mobiliario y Equipo

Educacional y Recreativo” 6 - 1,098.8 2.9 - - - -

5411 “Vehículos y Equipo Terrestre

para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública y Atención

de Desastres Naturales” 9 - 3,048.5 8.1 - - - -

Subtotal capítulo 5000 “Bienes Muebles,

Inmuebles e Intangibles” 36 - 8,156.1 21.7 - - - -

6121 “Edificación no Habitacional” 69 - 3,606.8 9.6 - - - -

6141 “División de Terrenos y Construcción

de Obras de Urbanización” 151 - 10,165.3 27.1 53 - 9,390.6 25.0

Subtotal capítulo 6000 “Inversión Pública” 220 - 13,772.1 36.7 - - - -

Total 298 - 37,498.1 100.0 53 9,390.6 25.0

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Se determinó revisar una muestra inicial de cinco contratos, por un monto de 9,390.6 miles

de pesos, que fue ejercido mediante 53 CLC. La muestra seleccionada fue del capítulo 6000

“Inversión Pública”, partida 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización”;

representó el 25.0% de lo erogado en el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

RESULTADOS

Evaluación del Control Interno

1. Resultado

Con objeto de identificar las unidades administrativas de la Delegación Azcapotzalco que

estuvieron relacionadas con el destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, y para conocer

sus funciones, objetivos y actividades, se analizaron los dictámenes de estructura orgánica

y los manuales administrativos del órgano político-administrativo, vigentes en 2015. Al respecto,

se determinó lo siguiente:

Estructura Orgánica

En 2015, la Delegación Azcapotzalco contó con el dictamen de estructura orgánica núm. 9/2012,

dictaminado favorablemente por la Coordinación General de Modernización Administrativa

(CGMA), y por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF) y notificado con el oficio

núm. CG/467/2012 del 1o. de octubre de 2012, vigente a partir de esa fecha.

En el dictamen de estructura orgánica núm. 9/2012 se previó una Oficina de la Jefatura

Delegacional y siete Direcciones Generales (Jurídica y de Gobierno, de Administración,

de Obras y Desarrollo Urbano, de Servicios Urbanos, de Desarrollo Social, de Desarrollo

Económico y de Participación Ciudadana).

Manual Administrativo

En relación con los manuales administrativos de la Delegación Azcapotzalco vigentes

en 2015, que reflejan las atribuciones, misión, objetivos y funciones de los puestos de mandos

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medios y superiores que integran la organización, así como los procedimientos que realizan

las unidades administrativas, se observó lo siguiente:

1. El manual de organización de la Delegación Azcapotzalco fue registrado por la CGMA,

con el núm. MA-302-9/12, y notificado mediante el oficio núm. CG/CGMA/1561/2013

del 3 de septiembre de 2013; correspondió al dictamen de estructura orgánica núm. 9/2012;

y fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 1o. de octubre de 2013,

con vigencia a partir de esa fecha.

Dicho manual está integrado por los apartados de presentación, antecedentes, marco

jurídico, objetivo general, estructura orgánica, atribuciones, funciones y organigramas.

Posteriormente, la Delegación Azcapotzalco actualizó su manual administrativo, conforme

al mismo dictamen de estructura orgánica núm. 9/2012, el cual fue registrado por

la CGMA con el núm. MA-16/170715-OPA-AZCA-9/2012, y notificado mediante el oficio

núm. OM/CGMA/1329/2015 del 20 de julio de 2015, publicado en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 12 de agosto de 2015, con vigencia a partir del 13 de agosto de 2015.

Dicho manual está integrado por los apartados de presentación, antecedentes, marco

jurídico de actuación, atribuciones, misión, visión y objetivos institucionales, estructura

orgánica, descripción de funciones, glosario y firma de aprobación del manual administrativo.

2. En 2015, la Delegación Azcapotzalco contó con 204 procedimientos elaborados

conforme al dictamen de la estructura orgánica núm. 9/2012, que la CGMA registró con

el núm. MA-302-9/12, y notificado por medio del oficio núm. CG/CGMA/1099/2014

del 29 de agosto de 2014. El listado de los 204 procedimientos se publicó en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 30 de septiembre de 2014.

El órgano político-administrativo también contó con 164 procedimientos que la CGMA

registró con el núm. MA-16/170715-OPA-AZCA-9/2012, y notificado mediante el oficio

núm. OM/CGMA/1329/2015 del 20 de julio de 2015; y se publicaron en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal el 12 de agosto de 2015.

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De los 368 procedimientos (204 registrados con el núm. MA-302-9/12 y 164 registrados

con el núm. MA-16/170715-OPA-AZCA-9/2012), 26 están relacionados con el destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo” (“Elaboración del Programa Operativo Anual de

la Delegación”; “Recepción de Formatos para la Autorización de Alta de Proveedores

en el Catálogo de Cuentas Bancarias de Proveedores del Gobierno del Distrito Federal”;

“Pago a Proveedores con Recursos de Aplicación Automática”; “Recepción de Requisiciones

de Compra y/o Servicio para Verificar, Autorizar y Otorgar Suficiencia Presupuestal”;

“Elaboración y Trámite de Cuentas por Liquidar Certificadas”; “Elaboración de Adecuaciones

Presupuestales”; “Conciliaciones Presupuestales”; “Elaboración de la Cuenta Pública”;

“Recepción, Registro y Despacho de Bienes Adquiridos por la Delegación, Verificación

de Remisión y Factura para Trámite de Pago y Emisión de Listado y Reporte de

Movimientos y Existencias en Almacén”; “Recepción y Autorización de Vales de Salida

del Almacén para la Entrega de Bienes Adquiridos por la Delegación y Elaboración de

Reportes de Salida de Almacén”; “Planeación, Programación, Presupuestación

y Contratación de Obra Pública y/o Servicios por Contrato”; “Trámite y Revisión

de Estimaciones de Obra Pública por Contrato”; “Control y Seguimiento de Ejecución de

la Obra Pública por Contrato”; “Trámite y Revisión de Estimaciones de Obra Pública

con Supervisión Externa”; “Trámite y Revisión de Estimaciones de Obra Pública con

Supervisión Interna”; “Revisión de Propuestas de Concursos mediante el Procedimiento de

Licitación Pública e Invitación Restringida”; “Trámite para la Autorización de los Ajustes

de Costos en los Contratos de Obra Pública”; “Trámite para la Construcción, Conservación

y/o Mantenimiento de Banquetas y Guarniciones”; “Solicitud y Trámite para el Registro

de Terminación de Obra”; “Solicitud y Trámite para la Expedición de Registro de Obra

Ejecutada”; “Solicitud y Trámite para Romper el Pavimento o Hacer Cortes en Banquetas

y Guarniciones de la Vía Pública”; “Programación y Realización de Recorridos de Trabajo

Jefatura Delegacional en Colonias de la Demarcación”; “Programación y Realización

de Foros en Materia de Participación Ciudadana”; “Programación y Realización de Consulta

Ciudadana”; “Programación y Realización de Audiencias Públicas Semanales en

las Colonias de la Delegación Azcapotzalco” y “Programación y Aplicación de los Recursos

del Presupuesto Participativo Anual con los Comités Ciudadanos de la Delegación

Azcapotzalco”) y se encuentran actualizados con las operaciones o actividades sustantivas

que tienen a su cargo las unidades administrativas involucradas.

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3. La Delegación Azcapotzalco difundió entre su personal su manual administrativo,

apartados de organización y de procedimientos, registrados con el núm. MA-302-9/12,

mediante los oficios circulares núms. 11 y 004/2014, respectivamente, de fechas 10

de septiembre de 2013 y 29 de agosto de 2014, en cumplimiento de la normatividad aplicable.

Si bien, su manual administrativo registrado con el núm. MA-16/170715-OPA-AZCA-9/2012

fue difundido entre su personal, mediante el oficio circular núm. 002/2015 del 12

de agosto de 2015, el órgano político-administrativo no acreditó haberlo incorporado

en su normateca para consulta.

Por no incorporar el manual administrativo en su normateca para consulta de los servidores

públicos, la Delegación Azcapotzalco incumplió el lineamiento cuadragésimo de los Lineamientos

Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación

de la Administración Pública del Distrito Federal vigentes en 2015, que establece lo siguiente:

“Cuadragésimo. Los Órganos de la Administración […] deberán asegurar que la información

relacionada con […] su Manual Administrativo […] se encuentren incorporados en formato

PDF en su normateca y a disposición de los servidores públicos de la organización para

su consulta.”

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de diciembre de 2016, mediante el oficio

núm. DEL-AZCA/DGA/2016-1389 de fecha 5 de diciembre de 2016, el Director General

de Administración proporcionó el oficio núm. DEL-AZCA/JD/CCS/2016-338 del 29 de

noviembre de 2016, con el cual el Coordinador de Comunicación Social informó: “El Manual

Administrativo registrado con el núm. MA-16/170715-OPA-AZCA-9/2012, fue incorporado

a la normateca para consulta de los Servidores Públicos de esta dependencia de gobierno

con fecha 28 de enero de 2016”.

Del análisis a la documentación presentada, se determinó que con la publicación del manual

administrativo se subsana lo observado; por ello no se emite recomendación.

Por lo anterior, se concluye que el control interno de la Delegación Azcapotzalco proporciona

un nivel de seguridad razonable para administrar los riesgos de irregularidades e ineficiencias,

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toda vez que sus unidades administrativas están estructuradas conforme a las funciones

definidas en su respectivo manual de organización y estableció de manera formal, mecanismos

y actividades de control para promover y supervisar la aplicación de los procedimientos

implementados, garantizar la integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de

la información y documentación generadas y propiciar la comunicación e interacción de las

áreas involucradas.

Consulta Ciudadana

2. Resultado

Con objeto de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley

de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente en 2015 respecto a que los proyectos

se ubicaran dentro de los rubros específicos en que se aplicarían los recursos del presupuesto

participativo, de acuerdo con los resultados de la consulta ciudadana que sobre la materia

remitió el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF).

La Delegación Azcapotzalco contó con 111 Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos

para efectos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” 2015.

En la consulta ciudadana celebrada los días 3 al 9 de noviembre de 2014; por Internet,

módulos de opinión y mesas receptoras de opinión (constancias de validación de resultados

revisadas), se eligieron 111 proyectos específicos en los que se aplicaron recursos con cargo

al presupuesto participativo de la Delegación Azcapotzalco, ejercicio 2015, por un importe

de 40,688.2 miles de pesos (3% del presupuesto total de 1,356,274.3 miles de pesos). Los

recursos fueron distribuidos entre 111 Comités Ciudadanos de la demarcación territorial

y a cada uno le correspondieron 366.6 miles de pesos.

Los proyectos seleccionados se distribuyeron entre los diferentes rubros de la siguiente

manera: 59 en obras y servicios, 31 en infraestructura urbana, 11 en prevención del delito,

5 en equipamiento y 5 en los que promuevan las actividades recreativas, deportivas

y culturales, de acuerdo con la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, vigente

durante 2015.

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Atendiendo lo señalado en la base sexta, “De la entrega de resultados de la consulta”, de

la convocatoria dirigida a los ciudadanos del Distrito Federal para participar en el proceso

de elección de los Comités Ciudadanos y los Consejos de los Pueblos 2015, la Delegación

Azcapotzalco proporcionó, en medio electrónico, copia de 111 constancias de validación

de resultados (proyectos ganadores) de la consulta ciudadana, emitidas por las Direcciones

Distritales III y V del Instituto Electoral del Distrito Federal, en las que se hicieron constar

los resultados para elegir los proyectos prioritarios por colonia y pueblo originario.

La Delegación Azcapotzalco cumplió los artículos 2, 12, 13, 14 y 83 de la Ley de Participación

Ciudadana del Distrito Federal vigente en 2015, por lo que no se presenta observación alguna.

Capacitación

3. Resultado

Para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Participación

Ciudadana del Distrito Federal vigente en 2015, relativo a promover entre los servidores

públicos cursos de formación y sensibilización para dar a conocer los instrumentos

de participación ciudadana; así como la realización de campañas informativas y formativas,

y programas para la ciudadanía para el mejoramiento de vida, se realizó lo siguiente:

Mediante el oficio núm. ACF-B/16/0824 del 6 de julio de 2016, la ASCM solicitó a la Delegación

Azcapotzalco evidencia documental (cédulas de inscripción, programa con número de horas

y constancias de participación) de los cursos de capacitación impartidos a los servidores

públicos de la Delegación y a los integrantes de los Comités y Consejos de los Pueblos,

en materia de participación ciudadana y presupuesto participativo.

En respuesta, mediante el oficio núm. DEL-AZCA/DGA/2016-0727 del 4 de agosto de 2016,

el Director General de Administración envió nota informativa del 29 de julio de 2016, con

la cual el Jefe de Unidad Departamental de Seguimiento al Presupuesto Participativo informó:

“En esta Jefatura de Unidad Departamental de Seguimiento al Presupuesto Participativo

no obra evidencia documental alguna de cursos impartidos para los servidores públicos

de esta demarcación”.

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Por lo anterior, la Delegación Azcapotzalco incumplió el artículo 15 de la Ley de Participación

Ciudadana del Distrito Federal que establece lo siguiente:

“... Las autoridades están obligadas a promover entre los servidores públicos cursos de

formación y sensibilización para dar a conocer los instrumentos de participación ciudadana

y los órganos de representación ciudadana; la cooperación y acercamiento con la ciudadanía y

la cultura de la participación ciudadana en general, como un espacio cívico de convivencia

social y de una mejor gobernanza.

”Las autoridades promoverán entre los habitantes, ciudadanos y vecinos del Distrito Federal,

a través de campañas informativas y formativas, programas de: formación para la ciudadanía,

mejoramiento de la calidad de vida, representación y promoción de los intereses generales,

sectoriales y comunitarios, promoción y desarrollo de los principios de la participación

ciudadana, fomento a las organizaciones ciudadanas, instrumentos de participación ciudadana

y órganos de representación ciudadana.”

Con el fin de confirmar las acciones realizadas por la Delegación Azcapotzalco, la ASCM

solicitó al IEDF, mediante el oficio núm. ACF-B/16/1248 del 14 de octubre de 2016, diversa

información para validar la capacitación de los servidores públicos de la Delegación

Azcapotzalco, como se indica a continuación:

1. Copia del oficio mediante el cual el IEDF invitó durante 2015 a personal de la Delegación

Azcapotzalco a cursos de capacitación en materia de participación ciudadana y presupuesto

participativo.

2. Evidencia documental de los servidores públicos de la Delegación Azcapotzalco que

asistieron a los cursos de participación ciudadana y presupuesto participativo durante 2015.

3. Indicación del nombre, duración y resultados que obtuvieron los servidores públicos

de la Delegación Azcapotzalco en los cursos de capacitación en materia de participación

ciudadana y presupuesto participativo durante 2015.

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4. Copia de las constancias de los cursos de participación ciudadana y presupuesto

participativo impartidos por el IEDF, que acreditaron los servidores públicos de la Delegación

Azcapotzalco durante 2015.

En respuesta, con el oficio núm. IEDF-DDV/0392/2016 del 24 de octubre de 2016, el Coordinador

Distrital informó que “en el archivo de la Dirección Distrital no se cuenta con respuesta

del Órgano Político Administrativo”. Con lo cual se ratifica lo observado por la ASCM, de que

en sí, no se promovió la capacitación de los servidores públicos e integrantes de los Comités

Ciudadanos y Consejos de los Pueblos.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de diciembre de 2016, mediante el oficio

núm. DEL-AZCA/DGA/2016-1389 del 5 de diciembre de 2016, el Director General de

Administración proporcionó el oficio núm. DEL-AZCA/DGPC/2016-974 del 2 de diciembre

de 2016, mediante el cual la Directora de Promoción y Vinculación Ciudadana informó:

“En el año 2015 no se realizaron foros de capacitación”, por lo cual la observación persiste.

Recomendación ASCM-41-15-1-AZT

Es necesario que la Delegación Azcapotzalco implemente mecanismos de control para

promover entre sus servidores públicos los cursos de formación y sensibilización de participación

ciudadana que imparte el Instituto Electoral del Distrito Federal y garantizar su asistencia

a ellos; y para difundir entre los habitantes de la Delegación, por medio de campañas

informativas y formativas de programas de desarrollo de los principios de participación

ciudadana, fomento a las organizaciones ciudadanas, instrumentos de participación ciudadana

y órganos de representación ciudadana, en cumplimiento de la Ley de Participación

Ciudadana del Distrito Federal.

Informes

4. Resultado

Con la finalidad de comprobar que las operaciones realizadas por la Delegación Azcapotzalco

con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” se encontraran registradas

y que hubieran sido informadas a las unidades administrativas correspondientes, se determinó

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14

analizar el cumplimiento en cuanto a plazo de presentación, contenido vinculado con

el presupuesto participativo, situación real del sujeto fiscalizado, veracidad y congruencia

de los siguientes informes:

1. Informes Pormenorizados sobre el Ejercicio del Destino

de Gasto 65 “Presupuesto Participativo”

Mediante el oficio núm. ACF-B/16/0824 del 6 de julio de 2016, la ASCM solicitó

a la Delegación Azcapotzalco los informes pormenorizados sobre el ejercicio del presupuesto

participativo 2015, correspondientes a los siguientes comités ciudadanos: Parques

y Fuentes de Azcapotzalco, Pueblo San Miguel Amantla, Coltongo, U.H. Cuitláhuac 3 y 4,

Obrero Popular, U.H. Pemex Prados del Rosario, Santa Inés, Ampliación del Gas, Ángel

Zimbrón, U.H. El Rosario “B”, U.H. El Rosario “C”, La Preciosa, La Raza, Liberación,

Petrolera, Pro-Hogar I, Pro-Hogar II, Providencia, Pueblo San Andrés de las Salinas,

Barrio San Andrés, Ampliación San Pedro Xalpa I, Trabajadores del Hierro, Pueblo Santa

María Malinalco, Tezozomoc, Tierra Nueva y U.H. Tlatilco. En respuesta, mediante

el oficio núm. DEL-AZCA/DGA/2016-0727 del 4 de agosto de 2016, el Director General

de Administración envió nota informativa del 29 de julio de 2016, firmada por el Jefe de

Unidad Departamental de Seguimiento al Presupuesto Participativo, mediante la cual

informó lo siguiente: “En esta Jefatura de Unidad Departamental de Seguimiento

al Presupuesto Participativo no obran dichos informes. Los informes en comento no fueron

entregados a los coordinadores de los comités ciudadanos ya que no se realizaron en

su momento”.

Por lo cual, la Delegación Azcapotzalco incumplió el primer y segundo párrafos, del

artículo 54, de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, que establece

lo siguiente:

“Los habitantes de la Ciudad tienen el derecho de recibir de las autoridades señaladas en

las fracciones I a III del artículo 14 de esta Ley, los informes generales y específicos acerca

de la gestión de éstas y, a partir de ellos, evaluar la actuación de sus servidores públicos.

Asimismo, las autoridades locales del gobierno rendirán informes por lo menos una vez

al año y al final de su gestión para efectos de evaluación sobre su desempeño por parte

de los habitantes del Distrito Federal.

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15

”Cuando se trate de la aplicación de los recursos públicos establecidos en los artículos 83

y 84 de la presente ley, los órganos político administrativos deberán enviar a cada Comité

Ciudadano y Consejo de los Pueblos a través de su coordinador, un informe pormenorizado

sobre el ejercicio del presupuesto participativo, el cual deberá ser enviado en un plazo

no mayor a treinta días naturales posterior a su ejecución.”

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de diciembre de 2016, mediante el oficio

núm. DEL-AZCA/DGA/2016-1389 del 5 de diciembre de 2016, el Director General

de Administración proporcionó el oficio núm. DEL-AZCA/DGPC/2016-973 del 2 de

diciembre de 2016, con el cual la Directora de Promoción y Vinculación Ciudadana

informó que “las acciones a realizar son las de solicitar a las Direcciones Generales

encargadas de ejecutar los recursos del Presupuesto Participativo de manera constante

informe los avances de ejecución, así como, las fichas técnicas. Se generan informes

mensuales para llevar un mejor control de avance de trabajos por colonia. Nota: Se

informa que a la fecha no se han enviado a esta Dirección General los informes

pormenorizados de los trabajos que ya se ejecutaron”, por lo cual la observación persiste.

En el Informe Final de Auditoría con clave ASCM/41/14 practicada a la Delegación

Azcapotzalco, resultado núm. 4, recomendación ASCM-41-14-1-AZT, se considera la

implementación de mecanismos de control para garantizar que sea entregado a cada

Comité Ciudadano y Consejo de los Pueblos el informe pormenorizado sobre el ejercicio

del presupuesto participativo aplicado, de conformidad con la normatividad correspondiente,

por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento

a la recomendación citada.

2. Reporte de los Recursos Comprometidos sobre los Recursos Fiscales

La Delegación Azcapotzalco remitió en tiempo y forma a la SEFIN, mediante los oficios

núms. DEL-AZCA/DGA/390/2015 del 10 de febrero 2015, DEL-AZCA/DGA/593/2015

del 10 de marzo 2015, DEL-AZCA/DGA/0793/2015 del 10 de abril 2015,

DEL-AZCA/DGA/1030/2015 del 8 de mayo de 2015, DEL-AZCA/DGA/1257/2015 del 10 de

junio 2015, DEL-AZCA/DGA/1595/2015 del 10 de junio 2015, DEL-AZCA/DGA/1858/2015

del 10 de agosto 2015, DEL-AZCA/DGA/2097/2015 del 10 de septiembre 2015,

DEL-AZCA/DGA/2015/2320 del 9 de octubre 2015, DEL-AZCA/DGA/2015/2551 del 10

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16

de noviembre 2015, DEL-AZCA/DGA/2015/2685 del 10 de diciembre de 2015

y DEL-AZCA/DGA/2016-017 del 8 de enero de 2016, los reportes de los recursos

comprometidos sobre los recursos fiscales, de acuerdo con el artículo 56 de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, por lo que no se genera observación

alguna.

3. Informe de Pasivo Circulante 2015 pagado en 2016

La Delegación Azcapotzalco remitió a la SEFIN, mediante el oficio

núm. DEL-AZCA/DGA/2016-015 del 8 de enero de 2016, en tiempo y forma, el monto

y las características del pasivo circulante delegacional 2015 y no realizó pagos

por concepto de adeudos de ejercicios anteriores con recursos del destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente para el ejercicio 2015, y de

lo cual se cuenta con el soporte documental correspondiente (formato del pasivo circulante

con cifras al 31 de diciembre de 2015).

4. Informes Trimestrales sobre el Compromiso y Ejecución de los Recursos Correspondientes

al Presupuesto Participativo por Proyecto en cada Colonia y Pueblo Originario

Mediante el oficio núm. ACF-B/16/824 del 6 de julio de 2016, la ASCM solicitó

a la Delegación Azcapotzalco los informes internos o externos que se generaron durante

2015; en respuesta, mediante el oficio núm. DEL-AZCA/DGA/2016-0727 del 4 de agosto

de 2016, el Director General de Administración informó lo siguiente: “le envío la siguiente

información”.

Al analizar la documentación presentada (informe general, resumen por tipo de proyectos,

resumen de proyectos ejecutados y concentrado de opiniones por colonia o pueblo),

se identificó que la Delegación Azcapotzalco presentó en tiempo y forma, los Informes

Trimestrales sobre el Compromiso y Ejecución de los Recursos correspondientes

al Presupuesto Participativo, de conformidad con lo establecido en el primero y segundo

párrafos, del artículo Décimo Quinto transitorio, del Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal, correspondiente al ejercicio fiscal 2015. Asimismo, en dichos reportes,

se incluyeron los 59 proyectos del rubro “obras y servicios”.

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17

5. Programa Anual de Obra Pública

Mediante el oficio núm. ACF-B/16/0824 del 6 de julio de 2016, la ASCM solicitó

a la Delegación Azcapotzalco el Programa Anual de Obras Públicas de la Delegación

Azcapotzalco para el ejercicio de 2015, las modificaciones a éste y los anexos

correspondientes, así como los oficios de envío y autorización respectiva y evidencia

documental de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

En respuesta, mediante el oficio núm. DEL-AZCA/DGA/2016-0727 del 4 de agosto

de 2016, el Director General de Administración proporcionó la información requerida.

Del análisis a la documentación proporcionada, se identificó que la Delegación Azcapotzalco

contempló las obras elegidas por los Comités Ciudadanos con relación al destino

de gasto 65 “Presupuesto Participativo” 2015 y publicó el Programa Anual de Obra Pública

para el ejercicio 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal núm. 21 del 30 de enero

de 2015, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley de Obras Públicas del

Distrito Federal vigente en 2015, no existiendo modificaciones al Programa Anual

de Obras Públicas, por lo cual no se presenta observación alguna.

Momentos Contables

5. Resultado

Con objeto de verificar el registro contable y presupuestal en cumplimiento de lo establecido

en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, en la Ley General de

Contabilidad Gubernamental, así como en lo dispuesto en el Acuerdo por el que se emitieron

las Normas y Metodología para la determinación de los Momentos Contables de los Egresos,

se solicitó diversa información y documentación con los resultados siguientes:

Registro Contable y Presupuestal

Se comprobó que la Delegación Azcapotzalco suministró a la SEFIN la información contable

y presupuestal emanada del sistema informático de planeación de recursos gubernamentales,

mediante las afectaciones presupuestarias y Cuentas por Liquidar Certificadas autorizadas.

Page 20: XLV. I F A R C P C M E

18

Asimismo, se constató, mediante la revisión de las pólizas de diario y egresos proporcionadas

por la SEFIN, el registro de las operaciones realizadas de cada uno de los momentos

contables del gasto, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 7, 121, 123, 124 y 130

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015; y 33, 36, 37

y 38 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y al Acuerdo por el que se emiten

las Normas y Metodología para la determinación de los Momentos Contables de los Egresos,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 11 de septiembre de 2009, vigente

en 2015.

Respecto a las operaciones realizadas con cargo al destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, se constató que las cuentas utilizadas para el registro contable y presupuestal

de dichas operaciones, se realizó de acuerdo con los capítulos III, “Plan de Cuentas”; IV,

“Instructivo de Manejo de Cuentas”; y VI, “Guía Contabilizadora”, del Manual de Contabilidad

Gubernamental, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre

de 2010. Asimismo, se confirmó el adecuado registro de las operaciones a la partida 6141

"División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización" y capítulo correspondiente,

de acuerdo con lo dispuesto en el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, todos

vigentes en 2015.

Aprobado

De acuerdo con el Anexo II “Presupuesto Participativo por Delegación”, del Decreto por el que

se expide el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 22 de diciembre de 2014,

a la Delegación Azcapotzalco se le asignó un presupuesto total anual de 1,356,274,338 pesos,

de los cuales 40,688,266 pesos correspondieron al destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, esto es, el 3% de su presupuesto de egresos para ese ejercicio fiscal. Dicho

presupuesto se distribuiría entre los 111 Comités Ciudadanos y Consejo de los Pueblos

que integran la Delegación Azcapotzalco, a razón de 366,561 pesos para cada uno.

Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0013/2015 del 5 de enero de 2015, la Subsecretaría

de Egresos comunicó al Jefe Delegacional en Azcapotzalco el techo presupuestal aprobado,

el calendario presupuestal y el Programa Operativo Anual definitivos para el ejercicio fiscal 2015.

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19

Derivado de lo anterior, se constató que la Delegación Azcapotzalco contó con la aprobación

de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) respecto de los recursos con cargo

al rubro destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, de acuerdo con el Anexo II,

“Presupuesto Participativo por Delegación”, del Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015.

Asimismo, con el oficio núm. ACF-B/16/0857 del 6 de julio de 2016, la ASCM solicitó

a la Delegación Azcapotzalco el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2015.

En respuesta, mediante el oficio núm. DEL-AZCA/DGA/2016-0728 del 4 de agosto de 2016,

el Director General de Administración proporciono el oficio núm. DGA/2799/2014 del 24

de noviembre de 2014, con el cual se envió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN

el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos correspondiente al ejercicio fiscal 2015, en virtud

de que quedó registrado en el Sistema “SAP-GRP”, el cual contempla los recursos que

se considerarían para la ejecución de los proyectos ganadores en la consulta, por lo cual no

existe observación alguna.

Por lo anterior, se constató que la Delegación Azcapotzalco dio cumplimiento a lo dispuesto

en las fracciones I, II, III, IV y V del artículo 203 de la Ley de Participación Ciudadana

del Distrito Federal.

Modificado

Con objeto de verificar que el presupuesto modificado de los recursos del destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo” se encontrara soportado con las afectaciones programático-

presupuestarias autorizadas, se realizó lo siguiente:

Según el Anexo II del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el Ejercicio Fiscal 2015, aprobado por la ALDF, el Presupuesto Participativo se ubicó

en 40,688.2 miles de pesos que corresponde al 3% del total aprobado para la Delegación

Azcapotzalco, el cual fue modificado mediante 35 afectaciones programático-presupuestarias.

El presupuesto modificado disminuyó 3,190.1 miles de pesos (7.8%) respecto al presupuesto

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20

aprobado, para quedar en un presupuesto ejercido de 37,498.1 miles de pesos, como se

detalla a continuación:

(Miles de pesos)

Aprobado* Modificado Ejercido Variación %

40,688.2 37,498.1 37,498.1 (3,190.1) (7.8)

* Anexo II. Presupuesto Participativo por Delegación.

Por lo anterior, mediante el oficio núm. ASCM/41/15-01 del 19 de agosto de 2016, la ASCM

solicitó a la Delegación Azcapotzalco la aclaración correspondiente a las economías

presentadas en el ejercicio de los recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”.

En respuesta, mediante notas informativas del 29 de agosto y del 12 de octubre, ambas

de 2016, el Director de Recursos Financieros informó lo siguiente:

“El presupuesto asignado para el año 2015 fue de $40,688,266; se ejerció un importe de

$37,498,130.77, por lo que se realizó una afectación líquida por el remanente por un total

de $3,190,135.23.

”La disminución de recursos corresponde a 1 Reducción Líquida que afectaron Partidas

con Destino de Gasto 65.

”De acuerdo al artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, este tipo de Recursos no

se Reintegra a la Secretaría de Finanzas [sic] y […]

”Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración

Pública del Distrito Federal en su sección tercera, adecuaciones presupuestarias, que

en su numeral 69, que dispone lo siguiente:

”69. Las URG’s podrán realizar adecuaciones a sus presupuestos autorizados a través

de los documentos denominados AP’s, las cuales pueden ser compensadas o líquidas, en las

que se realizarán operaciones de reducción presupuestaria, ampliación y/o adición de

las estructuras presupuestarias aprobadas por la Asamblea y/o los calendarios de gasto.

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21

”En razón de que el monto requerido fue menor al presupuestado, se cumplieron las metas

establecidas en el POA 2015, en cada capítulo.

”Capítulo 2000 “Materiales y Suministros” señalando que las necesidades materiales de

las áreas operativas y administrativas fueron cubiertas de acuerdo a los procesos, en partidas

centralizadas se cubrieron con las necesidades solicitadas para el ejercicio 2015.

”Capítulo 3000 “Servicios Generales” señalando que los servicios adquiridos cubrieron

las necesidades de la delegación, se cubrieron impuestos, en partidas centralizadas se cumplió

con todas las necesidades solicitadas para el ejercicio 2015.

”Capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” señalando que

se cumplieron con las metas de los programas sociales establecidos en el POA 2015.

”Capítulo 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” se realizaron los proyectos

de inversión que permitieron mejorar el desempeño de las áreas operativas y administrativas,

en el presupuesto participativo se otorgó a las colonias, los bienes probados y publicados en

la Gaceta del 22 de diciembre de 2014.

”Capítulo 6000 “Inversión Pública” en el Presupuesto Participativo se cumplió con los proyectos

aprobados y publicados en la gaceta del 22 de diciembre de 2014.”

Respecto a las disminuciones antes mencionadas en relación con el destino de gasto 65

“Presupuesto Participativo”, al no ejercer total o parcialmente el recurso destinado a esos

proyectos y no cumplir con las metas y objetivos, la Delegación Azcapotzalco incumplió

lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal,

para el ejercicio fiscal 2015, que establece lo siguiente:

“Cuando se dé el supuesto de que en las colonias y pueblos en los que exista imposibilidad

física, técnica, financiera o legal para la ejecución de los proyectos y acciones seleccionadas,

así como los casos en que exista un remanente presupuestal, una vez que se haya ejecutado

el mismo, el Jefe Delegacional podrá llevar a cabo la ejecución de los otros proyectos o acciones

seleccionadas en la colonia o pueblo de que se trate, respetando en todo momento la prelación

determinada en la consulta ciudadana.”

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22

Cabe mencionar que no se ejercieron los recursos por 3,190.1 miles de pesos derivado

a que hubo remanentes de diversos proyectos, no así, por una imposibilidad física, técnica,

financiera y legal.

Al revisar el resto de las afectaciones, no se presenta observación alguna. Por lo tanto,

la formulación de las adecuaciones cumplió con los artículos 77 y 78 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de diciembre de 2016, la Delegación Azcapotzalco

no presentó documentación alguna, por lo que la observación persiste.

En el Informe Final de Auditoría con clave ASCM/41/14, practicada a la Delegación

Azcapotzalco, resultado núm. 5, recomendación ASCM-41-14-4-AZT, se considera

la implementación de mecanismos de control para garantizar que cuando se dé el supuesto

de que en las colonias y pueblos en los que exista imposibilidad física, técnica, financiera

o legal para la ejecución de los proyectos y acciones seleccionadas, así como los casos

en que exista un remanente presupuestal, una vez que se haya ejecutado dicho proyecto, el

Jefe Delegacional podrá ejecutar otros proyectos o acciones seleccionadas en la colonia

o pueblo de que se trate, respetando en todo momento la prelación determinada en la consulta

ciudadana, de acuerdo con la normatividad correspondiente, por lo que se dará tratamiento

a dicha circunstancia como parte del seguimiento a la recomendación citada.

Comprometido

Al revisar los cinco contratos seleccionados como muestra de la auditoría, se identificó

lo siguiente:

1. Contrato núm. 30001058/LP/001/2015 del 10 de marzo

de 2015, por un monto de 6,731.4 miles de pesos

La asignación del contrato núm. 30001058/LP/001/2015 se llevó a cabo por licitación

pública nacional; contó con el dictamen de fallo de adjudicación de contrato de

obra pública; el precio a pagar por los trabajos objeto del contrato, las fechas de inicio

y terminación de los trabajos, el porcentaje del anticipo, los plazos, forma y lugar de pago

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23

de las estimaciones de trabajos ejecutados o ministraciones para el supuesto de los

contratos a precio alzado, el establecimiento de penas convencionales, la descripción

pormenorizada de los trabajos que se deben ejecutar, los plazos para la verificación

de terminación y recepción de la obra pública, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 46 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente para el ejercicio 2015.

Asimismo, contó con la garantía de cumplimiento correspondiente, la cual fue verificada

en su portal de internet donde aparece registrada, según la cláusula octava del contrato

celebrado.

En dicho contrato, se consideró como objeto la “Rehabilitación de banquetas y guarniciones

en las colonias: U.H. El Rosario ‘B’, U.H. El Rosario ‘C’, La Preciosa, Petrolera,

Ampliación San Pedro Xalpa I, Tezozomoc, Tierra Nueva, La Raza, Liberación,

Pro-Hogar I, Pro-Hogar II, Pueblo San Andrés de las Salinas, Pueblo Santa María

Malinalco, U.H. Tlatilco, Trabajadores del Hierro, Ampliación del Gas, Ángel Zimbrón,

Barrio San Andrés y Providencia; dentro del perímetro delegacional, cuyos trabajos

consisten a grandes rasgos en: trazo y nivelación, cortes con sierra, demoliciones,

excavaciones por medios mecánicos, entre otras”.

El contrato se registró en la partida 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras

de Urbanización” y se observó que coincidió con los 19 proyectos ganadores de la muestra

seleccionada agrupados dentro de los rubros generales “Infraestructura Urbana” y “Obras

y Servicios”.

2. Contrato núm. DA/DGODU/IR/004/2015 del 3 de julio

de 2015, por un monto de 1,193.0 miles de pesos

La asignación del contrato núm. DA/DGODU/IR/004/2015 se realizó por invitación

restringida a cuando menos tres concursantes; fue autorizado por la Directora General

de Obras y Desarrollo Urbano y contó con el dictamen de fallo de adjudicación de

contrato de obra pública; el precio a pagar por los trabajos objeto del contrato, las fechas

de inicio y terminación de los trabajos, los plazos, forma y lugar de pago de las

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24

estimaciones de trabajos ejecutados o ministraciones para el supuesto de los contratos

a precio alzado, el establecimiento de penas convencionales, la descripción pormenorizada

de los trabajos que se deben ejecutar, los plazos para la verificación de terminación

y recepción de la obra pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente para el ejercicio 2015. Asimismo, contó

con la garantía de cumplimiento correspondiente, la cual fue verificada en su portal

de internet donde aparece registrada, de conformidad con la cláusula octava del contrato

celebrado.

En dicho contrato, se consideró como objeto la “Rehabilitación de banquetas, guarniciones

y rampas en la U.H. Pemex Prados del Rosario; mantenimiento y rehabilitación

de banquetas y guarniciones en las colonias Santa Inés, Obrero Popular; dentro del

perímetro delegacional, los trabajos que son entre otros”.

El contrato se registró en la partida 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras

de Urbanización”, y se observó que coincidió con los tres proyectos ganadores de

la muestra seleccionada y que se encuentran dentro de los rubros “Infraestructura Urbana”

y “Obras y Servicios”.

En el análisis del contrato núm. DA/DGODU/IR/004/2015, se identificó que su importe

de 1,028.5 miles de pesos (sin IVA) no superó el monto máximo para adjudicaciones por

excepción a la licitación pública, establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Número de contrato Monto sin IVA Máximo establecido

invitación restringida*

DA/DDGODU/IR/004/2015 1,028.5 5,530.0

* Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015.

Por lo anterior, la Delegación cumplió el artículo 55 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal vigente en 2015.

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25

3. Contrato núm. DA/DGODU/AD/015/2015 del 10 de septiembre

de 2015, por un monto de 733.1 miles de pesos

La asignación del contrato núm. DA/DGODU/AD/015/2015 se llevó a cabo por

Adjudicación Directa; fue autorizado por la Directora General de Obras y Desarrollo

Urbano y contó con el dictamen de fallo de adjudicación de contrato de obra pública;

el precio a pagar por los trabajos objeto del contrato, las fechas de inicio y terminación

de los trabajos, los plazos, forma y lugar de pago de las estimaciones de trabajos

ejecutados o ministraciones para el supuesto de los contratos a precio alzado,

el establecimiento de penas convencionales, la descripción pormenorizada de los trabajos

que se deben ejecutar, los plazos para la verificación de terminación y recepción de

la obra pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Obras Públicas

del Distrito Federal, vigente para el ejercicio 2015. Asimismo, contó con la garantía de

cumplimiento correspondiente, la cual fue verificada en su portal de internet donde aparece

con registro, de conformidad con la cláusula octava del contrato celebrado.

En dicho contrato, se consideró como objeto el “Mantenimiento, conservación

y rehabilitación de banquetas y guarniciones en la colonia Coltongo y en la U.H.

Cuitláhuac 3 y 4 dentro del perímetro delegacional cuyos trabajos consisten a grandes

rasgos en: trazo y nivelación, cortes, demoliciones, cortes con sierra en pavimento,

excavaciones, carga y acarreo, banquetas y guarniciones de concreto hidráulico, entre otros”.

El contrato se registró en la partida 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras

de Urbanización” y se observó que coincidió con los dos proyectos ganadores de

la muestra seleccionada y que se encuentran dentro del rubro general de “Obras y Servicios”.

En el análisis del contrato núm. DA/DGODU/AD/015/2015, se identificó que su importe

de 632.0 miles de pesos (sin IVA) no superó el monto máximo para adjudicaciones

por excepción a la licitación pública, establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, como se muestra a continuación:

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26

(Miles de pesos)

Número de contrato Monto sin IVA Máximo establecido

adjudicación directa*

DA/DGODU/AD/015/2015 632.0 690.0

* Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015.

Por lo anterior, la Delegación cumplió el artículo 55 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal vigente en 2015.

4. Contrato núm. DA/DGODU/AD/002/2015 del 10 de abril

de 2015, por un monto de 366.5 miles de pesos

La asignación del contrato núm. DA/DGODU/AD/002/2015 se llevó a cabo por adjudicación

directa; fue autorizado por la Directora General de Obras y Desarrollo Urbano y contó

con el dictamen de fallo de adjudicación de contrato de obra pública; el precio a pagar

por los trabajos objeto del contrato, las fechas de inicio y terminación de los trabajos,

los plazos, forma y lugar de pago de las estimaciones de trabajos ejecutados o ministraciones

para el supuesto de los contratos a precio alzado, el establecimiento de penas

convencionales, la descripción pormenorizada de los trabajos que se deben ejecutar,

los plazos para la verificación de terminación y recepción de la obra pública, de acuerdo

con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente

para el ejercicio 2015. Asimismo, contó con la garantía de cumplimiento correspondiente,

la cual fue verificada en su portal de internet donde aparece registrada, de conformidad

con la cláusula octava del contrato celebrado.

En dicho contrato, se consideró como objeto la “Pavimentación con concreto hidráulico

Fuentes-Parques de Azcapotzalco (U.H.) [sic] dentro del perímetro delegacional, cuyos

trabajos consisten a grandes rasgos en: trazo y nivelación, cortes, demoliciones, cortes

con sierra en pavimento, excavaciones, carga y acarreo, mejoramiento concreto hidráulico,

renivelaciones de tapas, entre otros”.

El contrato se registró en la partida 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras

de Urbanización” y se observó que coincidió con el proyecto ganador de la muestra

seleccionada y que se encuentran dentro del rubro general de “Infraestructura Urbana”.

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27

En el análisis del contrato núm. DA/DGODU/AD/002/2015, se identificó que su importe

de 316.0 miles de pesos (sin IVA) no superó el monto máximo para adjudicaciones

por excepción a la licitación pública, establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Número de contrato Monto sin IVA Máximo establecido

adjudicación directa*

DA/DGODU/AD/002/2015 316.0 690.0

* Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015.

Por lo anterior, la Delegación cumplió el artículo 55 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal, vigente en 2015.

5. Contrato núm. DA/DGODU/AD/003/2015 del 10 de abril

de 2015, por un monto de 366.6 miles de pesos

La asignación del contrato núm. DA/DGODU/AD/003/2015, se llevó a cabo por adjudicación

directa; fue autorizado por la Directora General de Obras y Desarrollo Urbano y contó

con el dictamen de fallo de adjudicación de contrato de obra pública; el precio a pagar por

los trabajos objeto del contrato, las fechas de inicio y terminación de los trabajos, los plazos,

forma y lugar de pago de las estimaciones de trabajos ejecutados o ministraciones para

el supuesto de los contratos a precio alzado, el establecimiento de penas convencionales,

la descripción pormenorizada de los trabajos que se deben ejecutar, los plazos para la

verificación de terminación y recepción de la obra pública, de acuerdo con el artículo 46

de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente para el ejercicio 2015. Asimismo,

contó con la garantía de cumplimiento correspondiente, la cual fue verificada en su portal

de internet donde aparece registrada.

En dicho contrato, se consideró como objeto el “Alcantarillado y drenaje en el pueblo

San Miguel Amantla dentro del perímetro delegacional, cuyos trabajos consisten a grandes

rasgos en: trazo y nivelación, excavaciones, carga y acarreo, colocación de malla,

colocación de tepetate, tubo de polietileno, cama de arena, construcción de registros”.

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28

El contrato se registró en la partida 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras

de Urbanización”, en el cual se observó que coincidió con el proyecto ganador de

la muestra seleccionada y que se encuentra dentro del rubro general de “Infraestructura

Urbana.

En el análisis del contrato núm. DA/DGODU/AD/003/2015, se identificó que su importe

de 316.0 miles de pesos (sin IVA) no superó el monto máximo para adjudicaciones por

excepción a la licitación pública, establecido en el Decreto de Presupuesto de Egresos

del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos)

Número de contrato Monto sin IVA Máximo establecido

adjudicación directa*

DA/DGODU/AD/003/2015 316.0 690.0

* Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015.

Por lo anterior, la Delegación cumplió el artículo 55 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal, vigente en 2015.

(Miles de pesos)

Contrato Fecha Monto Procedimiento Objeto Comités

Ciudadanos

30001058/LP/001/2015 10/III/15 6,731.4

Licitación pública

nacional

Rehabilitación de banquetas

y guarniciones 19

DA/DGODU/IR/004/2015 3/VII/15 1,193.0 Invitación restringida

Rehabilitación de banquetas,

guarniciones y rampas

3

DA/DGODU/AD/015/2015 10/IX/15 733.1 Adjudicación

directa

Mantenimiento, conservación y rehabilitación de banquetas

y guarniciones

2

DA/DGODU/AD/002/2015 10/IV/15 366.5 Adjudicación

directa

Pavimentación

con concreto hidráulico 1

DA/DGODU/AD/003/2015 10/IV/15 366.6 Adjudicación directa

Alcantarillado y drenaje 1

Como prueba adicional y con el fin de verificar la relación laboral de los trabajadores

(cláusula décimo tercera de los contratos celebrados) con los contratistas, y con base

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29

en los trabajos realizados con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”

2015, mediante el oficio núm. ASCM/41/15-08 del 3 de octubre de 2016, la ASCM solicitó

a la Delegación Azcapotzalco lo siguiente:

1. La relación de los trabajadores que realizaron las obras (2015) indicando nombre, RFC

y número de seguridad social, relacionados con los contratos núms. 30001058/LP/001/2015,

DA/DGODU/IR/004/2015, DA/DGODU/AD/015/2015, DA/DGODU/AD/002/2015

y DA/DGODU/003/2015.

2. Las altas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de los trabajadores

relacionados con los contratos indicados en el punto anterior.

3. Los registros patronales de los siguientes contratistas […]

Con nota informativa del 14 de octubre de 2016, el Jefe de Unidad Departamental de

Seguimiento y Evaluación a Auditorías envió el oficio núm. DEL-AZCA/DGODU/2016-4701

del 7 de octubre de 2016, mediante el cual el Director General de Obras y Desarrollo Urbano

indica “que la información requerida en los numerales 1 y 2 del mencionado oficio se encuentra

fuera del alcance de esta Dirección a mi cargo, en virtud de ser información confidencial

de la empresa y su relación laboral con sus trabajadores, asimismo me permito enviar anexos

al presente los documentales descritos en el numeral 3”.

Al analizar dicha documentación, se identificó que corresponde a tres tarjetas de identificación

patronal de los años 2010, 2013 y 2015, únicamente.

Por lo anterior, la Delegación Azcapotzalco incumplió lo dispuesto en el último párrafo

del artículo 51 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente para

el ejercicio 2015, que establece lo siguiente:

“Las […] Delegaciones […] al contraer compromisos deberán observar, además de las

disposiciones legales aplicables, lo siguiente:

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30

”Las […] Delegaciones […] en ningún caso contratarán obra pública, […] con personas físicas

o morales que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales

tanto las de carácter local como las derivadas de los ingresos federales coordinados con base

en el Convenio de colaboración administrativa en materia fiscal celebrado con el Gobierno

Federal.”

También, la Delegación Azcapotzalco incumplió el segundo párrafo, del artículo 65, de la Ley

de Obras Públicas del Distrito Federal, vigente para el ejercicio fiscal 2015, que establece:

“Las […] delegaciones […] conservarán toda la documentación comprobatoria de dichos

actos y contratos por un lapso de cinco años, contados a partir de la fecha de su recepción.

En la misma forma los contratistas deberán conservar por igual lapso la documentación a que

se hace referencia en este artículo”.

Además, la Delegación Azcapotzalco incumplió el artículo 9 de la Ley de Fiscalización

Superior de la Ciudad de México, que establece: “Los sujetos de fiscalización deben

proporcionar a la Auditoría Superior contratos, convenios, documentos, datos libros, archivos,

información y/o documentación justificativa y comprobatoria de la Cuenta Pública relativa

al ingreso, gasto público y cumplimiento de los objetivos de los programas de los sujetos

de fiscalización, así como la demás información que resulte necesaria para la revisión

y fiscalización de la Cuenta Pública; para tal efecto se encuentran obligados a conservarla

en original y/o copia certificada durante los términos que determinen las leyes y normas que

regulan la conservación y preservación de archivos públicos”.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de diciembre de 2016, mediante el oficio

núm. DEL-AZCA/DGA/2016-1389 del 5 de diciembre de 2016, el Director General

de Administración proporcionó el oficio núm. DEL-AZCA/DGODU/2016-5553 del 28 de

noviembre de 2016, con el cual el Director General de Obras y Desarrollo Urbano informó:

“Se dio respuesta a lo solicitado con Nota Informativa del 14 de octubre de 2016 y oficio

núm. DEL-AZCA/DGODU/2016-4701 del 7 de octubre de 2016, haciendo del conocimiento

que la información requerida en los numerales 1 y 2 del mencionado oficio se encuentra fuera

del alcance de esa Dirección, en virtud de ser información confidencial de la empresa

y su relación laboral con sus trabajadores”. Por lo anterior, la observación persiste.

Page 33: XLV. I F A R C P C M E

31

Asimismo, la ASCM revisó que los tres contratistas no estuvieran inhabilitados por la Contraloría

General de la Ciudad de México y la Secretaría de la Función Pública, y que estuvieran

al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales (mensuales y anuales)

de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 51 de la Ley de Presupuesto

y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente para el ejercicio fiscal 2015.

Devengado

Se verificó que la Delegación Azcapotzalco contara con la evidencia documental del gasto

devengado, lo cual se validó al comprobar la recepción de las obras; con fotografías y actas

entrega-recepción de las obras recibidas por parte de la Delegación Azcapotzalco, que reflejan

el reconocimiento de una obligación de pago en favor de terceros por la recepción de las

obras y bienes pagados con recursos del rubro destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”

2015, asimismo, de la evidencia proporcionada por la delegación y de la inspección física

realizada por la ASCM, se observó que la ciudadanía utiliza las obras (guarniciones

y banquetas, rampas, pavimentación con concreto hidráulico, alcantarillado y drenaje)

realizadas con recursos del presupuesto participativo, lo que permite tener un control sobre

la recepción oportuna de los proyectos dando cumplimiento al artículo 69 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente para el ejercicio 2015.

Ejercido

Se verificó que el registro en auxiliares presupuestales correspondiera al presupuesto ejercido

y reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2015; que las

53 CLC tuvieran las autorizaciones de suficiencia presupuestal correspondientes; así como

que se contara con la documentación justificativa y comprobatoria (hoja control de estimación,

factura, estimación de obra autorizada, resumen de la estimación, acumulado de estimación, hojas

generadoras), que incluyera los requisitos fiscales correspondientes, de conformidad con

el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en 2015. Asimismo, se revisó que

las facturas estuviesen registradas en el portal electrónico del SAT, sin observación alguna.

Las operaciones fueron registradas presupuestalmente en la partida 6141 “División de

Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización”, que le corresponde conforme

a la naturaleza del gasto, en atención al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal,

vigente para el ejercicio fiscal 2015.

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32

Pagado

Mediante la revisión de 53 pólizas de egresos proporcionadas por la Dirección General de

Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, se comprobó el registro

presupuestal del momento contable del gasto pagado; y con 17 facturas y 53 CLC que

avalaron el monto de la muestra revisada y que fueron pagadas a tres contratistas

mediante transferencia electrónica con lo cual se comprobó la extinción del pago, se

verificó que contaron con suficiencia presupuestal y requisitos fiscales de los contratistas

con los que la Delegación Azcapotzalco celebró los contratos núms. 30001058/LP/001/2015,

DA/DGODU/IR/004/2015, DA/DGODU/AD/015/2015, DA/DGODU/AD/002/2015 y

DA/DGODU/AD/003/2015, con los cuales se extinguió la obligación del pago conforme

a las condiciones pactadas.

De igual manera, la ASCM realizó tres confirmaciones de operaciones con los contratistas

correspondientes, en las cuales no se identificaron diferencias con la documentación

proporcionada.

Recomendación ASCM-41-15-2-AZT

Es necesario que la Delegación Azcapotzalco implemente mecanismos de control para verificar

que los contratistas con que se establezca alguna relación contractual se encuentren

al corriente en el pago de cuotas de los trabajadores que realicen las obras o presten sus

servicios ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo con la normatividad aplicable.

Destino de los Recursos

6. Resultado

Con objeto de verificar las obras realizadas con el destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo”, se realizó entre otras pruebas de auditoría, la inspección física de las obras,

con los resultados siguientes:

Partida 6141 “División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización”

Con cargo a esta partida, se ejerció un presupuesto de 10,165.2 miles de pesos (27.1%)

del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” 2015 (37,498.1 miles de pesos), de lo cual

Page 35: XLV. I F A R C P C M E

33

se revisó lo aplicado en 26 Comités Ciudadanos (9,005.7 miles de pesos); dentro del

perímetro delegacional, dando cumplimiento a los rubros generales “Infraestructura Urbana”

y “Obras y Servicios”, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley de Participación

Ciudadana del Distrito Federal, vigente en 2015 y a las principales cláusulas (objeto,

monto, plazo, garantías, penas y recepción y liquidación de los trabajos) de los contratos

núms. 30001058/LP/001/2015, DA/DGODU/IR/004/2015, DA/DGODU/AD/015/2015,

DA/DGODU/AD/002/2015 y DA/DGODU/AD/003/2015.

Derivado de lo anterior, se realizó, los días 13, 14, 19 y 20 de septiembre de 2016, por parte

de la ASCM, en coordinación con personal de la Dirección Técnica en la Dirección General de

Obras y Desarrollo Urbano, verificaciones físicas a las obras más representativas relativas al

ejercicio del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo”, con el fin de validar el cumplimiento

de los conceptos plasmados en los contratos celebrados, dentro de los cuales se identificó:

1. En la rehabilitación de banquetas y guarniciones en las colonias La Preciosa, Petrolera,

La Raza, U.H. El Rosario “B”, U.H. El Rosario “C”, Ampliación San Pedro Xalpa I,

Tezozomoc, Tierra Nueva, Liberación, Pro-Hogar I, Pro-Hogar II, Pueblo San Andrés

de las Salinas, Pueblo Santa María Malinalco, U.H. Tlatilco, Trabajadores del Hierro,

Ampliación del Gas, Ángel Zimbrón, Barrio San Andrés y Providencia, se pudo identificar

que fueron realizados los trazos y nivelación de terreno a mano para reparación de

banquetas, faltando las guarniciones. Asimismo, se constató que las obras no cuentan

con distintivo alguno (grabado en banquetas) que indique que los trabajos se realizaron con

recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” 2015.

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de diciembre de 2016, mediante el oficio

núm. DEL-AZCA/DGA/2016-1389 del 5 de diciembre de 2016, el Director General de

Administración proporcionó el oficio núm. DEL-AZCA/DGPC/2016-0593 del 25 de agosto

de 2016, con el cual el Director General de Participación Ciudadana solicitó al Director

General de Obras y Desarrollo Urbano que : “gire sus apreciables instrucciones a quien

corresponda, para que en el Presupuesto Participativo 2016 asignado a esa Dirección

General a su cargo, se consideren medidas para la clara identificación del tipo de recursos

ejercidos (presupuesto participativo) con el que se llevaron a cabo las intervenciones

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34

en todas y cada una de las colonias con asignación del Destino de Gasto 65”, por lo que

la observación persiste.

Por otra parte, en el Informe Final de Auditoría con clave núm. ASCM/41/14 practicada

a la Delegación Azcapotzalco, en el resultado núm. 6, recomendación ASCM-41-14-5-AZT,

se establece la implementación de mecanismos de control para garantizar que en las

obras realizadas por la Delegación se identifique el tipo de recursos (Presupuesto

Participativo) con el que fue construida y el año al que corresponde, por lo que se dará

tratamiento a dicha circunstancia como parte del seguimiento a la recomendación citada.

2. En la rehabilitación de banquetas, guarniciones y rampas en la colonia U.H. Pemex

Prados del Rosario; el mantenimiento y rehabilitación de banquetas y guarniciones en

las colonias Santa Inés, Obrero Popular, el mantenimiento, conservación y rehabilitación

de banquetas y guarniciones en las colonias Coltongo y U.H. Cuitláhuac 3 y 4, se pudo

identificar que fueron realizados los trazos y nivelación a mano para reparación de

banquetas, faltando las guarniciones. Asimismo, se constató que las obras no cuentan con

distintivo alguno (grabado en banquetas) que indique que los trabajos se realizaron

con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” 2015.

Por lo anterior, la Delegación Azcapotzalco incumplió el artículo 50 de la Ley de Obras

Públicas del Distrito Federal vigente en 2015, que establece: “Las […] delegaciones […]

establecerán la residencia de supervisión con anterioridad a la fecha de iniciación

de la obra o del proyecto integral, y esta residencia será la responsable directa de

la supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos, así como de la previa

autorización de los programas detallados de ejecución, suministros de materiales

y equipo de instalación permanente, utilización de mano de obra, maquinaria y equipo

de construcción de los trabajos, mismos que deberán ser acordes a los alcances de los

trabajos por ejecutar conforme a los procedimientos constructivos y a los tiempos de

las actividades solicitadas y propuestos en la licitación, por lo que en ningún caso podrá

variarse significativamente el programa con montos de la misma; de igual manera será

responsable de la aprobación de las estimaciones presentadas por los contratistas,

de acuerdo con los alcances específicos del trabajo solicitado”.

Page 37: XLV. I F A R C P C M E

35

De igual manera, incumplió el artículo 57 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal,

vigente en 2015, que dispone lo siguiente:

“El contratista comunicará por escrito a la […] delegación […] la terminación de

los trabajos que le fueron encomendados y ésta verificará que los trabajos estén

debidamente concluidos dentro del plazo que se pacte expresamente en el contrato.

”Una vez que se haya considerado la terminación de los trabajos en términos del párrafo

anterior, […] la delegación […] procederá a su recepción dentro del plazo que para

tal efecto se haya establecido en el propio contrato. Al concluir dicho plazo sin que la […]

delegación haya recibido los trabajos, éstos se tendrán por recibidos.”

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de diciembre de 2016, mediante el oficio

núm. DEL-AZCA/DGA/2016-1389 del 5 de diciembre de 2016, el Director General

de Administración proporcionó el oficio núm. DEL-AZCA/DGODU/2016-5584 del 29 de

noviembre de 2016, con el cual el Director General de Obras y Desarrollo Urbano

proporcionó lo siguiente: “Anexo los oficios de asignación de residente de obra de

los contratos DA/DGODU/IR/004/2015 y 30001058/LP/001/2015”, por lo que la observación

persiste.

Asimismo, la Delegación Azcapotzalco incumplió el segundo párrafo del numeral I

de la Norma 14 de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración

Pública del Distrito Federal, que establece lo siguiente: “La identificación física de

los bienes […] se realizará mediante una placa o etiqueta que contendrá las siglas GDF,

denominación o siglas de la Delegación o clave ejecutora del gasto…”.

3. En la pavimentación con concreto hidráulico en la colonia U.H. Fuentes-Parques

de Azcapotzalco; el alcantarillado y drenaje en la colonia San Miguel Amantla, se pudo

identificar que fueron realizados el suministro y colocación de concreto hidráulico

de resistencia normal y que fue realizado el alcantarillado y drenaje. Asimismo, no cuentan

con distintivo alguno (grabado en las obras) que indique que los trabajos se realizaron con

recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” 2015.

Page 38: XLV. I F A R C P C M E

36

Por lo anterior, la Delegación Azcapotzalco incumplió el segundo párrafo, del numeral I,

de la Norma 14, de las Normas Generales de Bienes Muebles de la Administración

Pública del Distrito Federal.

Con el oficio núm. ASCM/41/15-03 del 2 de septiembre de 2016, la ASCM solicitó

a la Delegación Azcapotzalco citar formalmente a los integrantes de los 26 Comités

Ciudadanos, con el fin de aplicar un cuestionario, con el cual se verificó que en las obras

que se llevaron a cabo en su colonia con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo” 2015; sólo fueron terminadas las banquetas, cumplieron con el fin solicitado

por los vecinos de la colonia o pueblo y volverían a participar en la consulta ciudadana

para la votación de proyectos.

Mediante el oficio núm. ACF-B/16/0824 del 6 de julio de 2016, la ASCM solicitó a la

Delegación Azcapotzalco la validación del padrón de los integrantes de los comités

ciudadanos, con la finalidad de saber si alguno laboró durante 2015 en la Delegación

Azcapotzalco. En respuesta, mediante el oficio núm. DEL-AZCA/DGA/2016-1193 del 13 de

octubre de 2016, el Director General de Administración envió lo siguiente: “el resultado del

cruce de la base de datos del padrón de integrantes de los Comités Ciudadanos y Consejos

de los Pueblos emitido por el Consejo Federal Electoral [sic], con las nóminas del ejercicio

2015 de la Delegación”.

En el análisis del listado, se identificó que durante 2015 laboraron en la Delegación

Azcapotzalco 64 personas que formaron parte de los Comités Ciudadanos y Consejos

de los Pueblos, sin que ninguna de ellas tuviera el nivel de enlace o superior; por lo tanto,

no se infringió el artículo 95 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal,

vigente para el ejercicio fiscal 2015.

Recomendación ASCM-41-15-3-AZT

Es necesario que la Delegación Azcapotzalco implemente mecanismos de control para verificar

que se realicen y supervisen hasta su conclusión las obras plasmadas en los contratos

celebrados con los diferentes contratistas, de acuerdo con la normatividad correspondiente.

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37

Transparencia y Rendición de Cuentas

7. Resultado

Con el fin de verificar lo plasmado en los artículos 10 y 197 de la Ley de Participación

Ciudadana del Distrito Federal vigente para el ejercicio 2015, se realizó lo siguiente:

De la revisión al portal de internet de la Delegación Azcapotzalco sobre las obras y servicios

realizados con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” 2015, se identificó

que no existe información alguna.

Derivado de lo antes expuesto, con el oficio núm. ACF-B/16/0824 del 6 de julio de 2016,

la ASCM solicitó a la Delegación Azcapotzalco: “Evidencia documental de la difusión de las

acciones que se llevaron a cabo con recursos del destino de gasto 65 “Presupuesto

Participativo” 2015 en el portal de internet de la Delegación”. Al respecto, mediante el oficio

núm. DEL-AZCA/DGA/2016-0727 del 4 de agosto de 2016, el Director General de

Administración proporcionó nota informativa del 29 de julio de 2016, con la cual el Jefe

de Unidad Departamental de Seguimiento al Presupuesto Participativo informó lo siguiente:

“En esta Jefatura de Unidad Departamental de Seguimiento al Presupuesto Participativo

no obran los documentos que soporten la difusión en la página de internet de la Delegación

sobre los trabajos que se realizaron con Presupuesto Participativo, debido a que el área

de Comunicación Social se encargaba de la difusión”.

Por lo anterior, la Delegación Azcapotzalco incumplió lo dispuesto en el artículo 10, fracción

VI, de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente en 2015, que establece:

“Además de los derechos que establezcan otras leyes, los habitantes del Distrito Federal

tienen derecho a:

”VI. Ser informados y tener acceso a toda la información relacionada con la realización

de obras y servicios de la Administración Pública del Distrito Federal, las cuales serán publicadas

en los sitios de internet de cada delegación, y proporcionados a través de los mecanismos

de información pública establecidos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública del Distrito Federal.”

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38

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de diciembre de 2016, la Delegación Azcapotzalco

no presentó documentación alguna, por lo que la observación persiste.

Por otra parte, en el Informe Final de Auditoría con clave ASCM/41/14, practicada

a la Delegación Azcapotzalco, resultado núm. 7, recomendación ASCM-41-14-9-AZT, se

considera la implementación de mecanismos de control para garantizar que la información

correspondiente al presupuesto participativo se encuentre en la página de internet del órgano

político-administrativo, conforme a la normatividad aplicable, por lo que se dará tratamiento

a dicha circunstancia como parte del seguimiento a la recomendación citada.

Mediante el oficio núm. ACF-B/16/0824 del 6 de julio de 2016, la ASCM solicitó a la Delegación

Azcapotzalco “los informes generales y específicos de gestión (2015) que se presentaron

referentes al destino de gasto 65 “Presupuesto Participativo” 2015, de acuerdo con el artículo 197

de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal vigente para el ejercicio fiscal 2015,

así como los oficios mediante los cuales se enviaron dichos informes a los Comités

y Consejos Ciudadanos”. En respuesta, con el oficio núm. DEL-AZCA/DGA/2016-0727 del 4

de agosto de 2016, el Director General de Administración proporcionó nota informativa del 29 de

julio de 2016, firmada por el Jefe de Unidad Departamental de Seguimiento al Presupuesto

Participativo, mediante la cual informó lo siguiente: “En esta Jefatura de Unidad Departamental

de Seguimiento al Presupuesto Participativo no obran dichos informes. Los informes en comento

no fueron entregados a los Coordinadores de los Comités Ciudadanos ya que no se realizaron

en su momento”.

Por lo anterior, la Delegación Azcapotzalco incumplió lo dispuesto en el artículo 197 de la Ley

de Participación Ciudadana del Distrito Federal, vigente en 2015, que establece lo siguiente:

“El […] los Jefes Delegacionales están obligados a rendir informes generales y específicos

sobre su gestión.

”Los informes generales se rendirán en forma anual, constarán por escrito y serán entregados

a los Comités Ciudadanos a más tardar en la primera quincena de febrero de cada año

y corresponderán al año fiscal inmediato anterior.

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39

”Los informes específicos constarán por escrito y serán presentados por las autoridades

a los Comités Ciudadanos cuando consideren que la trascendencia de un tema o asunto así

lo ameriten, o cuando medie solicitud por escrito de algún o algunos Comités Ciudadanos. En

este último caso la solicitud debe ser aprobada por el pleno del o de los Comités. La autoridad

contará con un plazo de 30 días naturales para enviar el informe específico al Comité

o Comités solicitantes.

”La omisión en lo preceptuado en el presente artículo será hecha del conocimiento de

la Contraloría General del Distrito Federal y sancionada en términos de la Ley Federal

de Responsabilidades de los Servidores Públicos.”

En la reunión de confronta, celebrada el 8 de diciembre de 2016, mediante el oficio

núm. DEL-AZCA/DGA/2016-1389 del 5 de diciembre de 2016, el Director General

de Administración proporcionó los oficios núms. DEL-AZCA/DGPC/2016-0587,

DEL-AZCA/DGPC/2016-0588, DEL-AZCA/DGPC/2016-0589, DEL-AZCA/DGPC/2016-0590

y DEL-AZCA/DGPC/2016-0591 todos del 25 de agosto de 2016, con los cuales el Director

General de Participación Ciudadana solicitó a los Directores Generales de la Delegación

“un informe por colonia del ejercicio del presupuesto participativo 2015, a efecto de integrar

los informes generales y pormenorizados a los que refiere dicha disposición”, por lo que

la observación persiste.

En el Informe Final de Auditoría con clave ASCM/41/14, practicada a la Delegación

Azcapotzalco, resultado núm. 7, recomendación ASCM-41-14-10-AZT, se considera la

implementación de mecanismos de control para garantizar que el Jefe Delegacional rinda

los informes generales y específicos sobre su gestión a los Comités Ciudadanos, de acuerdo

con la normatividad aplicable, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte

del seguimiento a la recomendación citada.