William Parra - Regulación dela Cobranza, los Honorarios y la Seguridad de la Información

11
PROYECTO DE LEY

description

Alarmas y Desafíos de la Regulación de la Cobranza, los Honorarios y la Seguridad de la Información William Parra - Presidente Sistemcobro

Transcript of William Parra - Regulación dela Cobranza, los Honorarios y la Seguridad de la Información

PROYECTO DE LEY

PROYECTO DE LEY No. 132 de

2.011

Regular los gastos por concepto

de gestiones jurídicas, cobros

extra proceso o cobro persuasivo

para créditos ordinarios,

microcréditos y créditos de

consumo.

Orlando Clavijo Clavijo

Presidente Comisión 3 de Cámara

de Representantes

Los gastos de la cobranza por

cuenta del deudor previamente

ordenados por un Juez de la

Republica en relación con las

costas judiciales y agencias del

derecho.

Modifica el artículo 1629 del Código

Civil

TEMA CENTRAL

REPRESENTANTE

PONENTE

O B J E T O

PROYECTO DE LEY No. 146 de

2.011

Establecer normas que regulen la

actividad de cobranza extrajudicial

en Colombia y otras normas.

Juan Carlos Martínez Gutiérrez

Miembro de la Comisión 6 de

Cámara de Representantes

Reglamentar la actividad de

Gestión de Recuperación de

cartera que se realiza por fuera de

un proceso judicial, cuyo objeto es

respetar la dignidad, derechos

fundamentales del deudor y de su

entorno familiar y social.

TEMA CENTRAL

REPRESENTANTE

PONENTE

O B J E T O

COMENTARIOS

Se extiende a las actividades de promoción, telemercadeo, difusión o publicidad que se realicen por comunicación dirigida al deudor o consumidor.

Excluye las actividades de cobranza de entidades del sector público en relación con obligaciones tributarias.

Identifica prácticas abusivas, si se realiza gestión diferente a lo que se menciona a continuación:

PRACTICAS ABUSIVAS

• Horario de llamada entre las 8 am y 6 pm, lunes a viernes.

• El deudor debe autorizar un horario diferente y documentarlo.

• Coaccionar al deudor con amenaza de cobro judicial.

• Mensajes a terceras personas diferentes al deudor.

• Amenazar la vida, buen nombre o algún derecho constitucional del ciudadano.

• Efectuar visitas sin previo aviso al deudor por escrito.

• Visita pública donde se dé a conocer que se es deudor.

• Publicar listas negras o públicas en cualquier medio.

• Comunicaciones donde no se fije un plazo para el pago menor a 10 días hábiles.

• Utilizar lenguaje no convencional.

• Debe llevarse a cabo la cobranza previo soporte documental.

PRACTICAS ABUSIVAS

• Visitas o llamadas al lugar de trabajo sin previa autorización del deudor.

• El gestor de cobranza debe estar comunicado al deudor para que se acepte la actividad que desarrolla.

• Utilizar información engañosa para lograr el pago

• Llamar o enviar comunicación más de una vez al deudor al día.

• Adelantar acciones judiciales cuando el acreedor es consciente de no lograr resultado.

• Realizar acuerdos de pago para lograr notificación por conducta concluyente.

• Se debe identificar en la llamada, con nombre, cargo, ciudad nombre del acreedor, e informar como debe consultar el documento que soporta la obligación vencida.

PRACTICAS ABUSIVAS

• Se sanciona si la información anterior no se entrega a solicitud del deudor.

• Si se demanda no se puede adelantar ninguna gestión adicional, salvo que se rebajen intereses y capital que permitan el pago en cuotas u otra facilidad.

• No se puede adelantar gestión de cobranza si esta ha sido solicitada por escrito por parte del deudor.

• Utilizar información desactualizada en relación con la localización del deudor.

SOLICITUD DE INFORMACION ADICIONAL DEL DEUDOR

Se debe informar al deudor que la información se requiere para actualización.

No se puede indicar en la comunicación verbal o escrita que se trata de una obligación en mora.

Se debe realizar por una sola vez

La comunicación que se envíe no debe incluir Símbolos o Logos

COMUNICACIONES AL DEUDOR

Veraz y Respetuosa ajustada a patrones culturales y sociales del deudor.

Deben ser dirigidas en forma objetiva.

Deben soportarse los valores en forma discriminada y detallada.

• Si el gestor es Abogado titulado se considera falta disciplinaria

• Responsabilidades Penales.

• Multas sucesivas de 1 hasta 7.000 salarios mínimos mensuales

• Cierre Temporal o definitivo del establecimiento

• Inhabilidad para ejercer el comercio del acreedor y sus representantes

• Cancelación de los contratos realizados

• Dos o más sanciones terminación inmediata de los contratos de servicio.

SANCIONES

• Superintendencia Financiera.

• Superintendencia de Industria y Comercio.

ORGANISMOS DE CONTROL

•¡¡!! GRACIAS ¡¡!!