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MODELO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN MARCO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID Y (EMPRESA O ADMINISTRACIÓN PÚBLICA) PARA LA REALIZACIÓN DE UNA TESIS DOCTORAL CON MENCIÓN DE DOCTORADO INDUSTRIAL REUNIDOS De una parte, la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID (en adelante UVa) con C.I.F. Q4718001C y sede en Valladolid, Plaza de Santa Cruz nº 8, y en su nombre y representación, el Sr. D. ANTONIO LARGO CABRERIZO, en calidad de Rector Magnífico de la Universidad de Valladolid, nombrado por Acuerdo 30/2018, de 10 de mayo, de la Junta de Castilla y León (BOCYL nº 90, de 11 de mayo), cuya competencia para la firma de convenios deriva de lo dispuesto en los artículos 90 y 93.i de los Estatutos de la Universidad de Valladolid, aprobados por el Acuerdo 104/2003, de 10 de julio, de la Junta de Castilla y León (BOCYL nº 136, de 16 de julio). Y, de otra parte, Nombre Empresa o Administración Pública con C.I.F xxxxxxx y sede en Localidad, Domicilio Social y en su nombre y representación, el/la Sr/Sra. D./Dña. Nombre del Firmante , en calidad de Cargo del Firmante , [Acreditación de la representación que se ostenta - en virtud de delegación conferida por acuerdo de / facultado para la firma en virtud del acuerdo / en el ejercicio de las atribuciones definidas mediante… (Si se trata de Administración Pública)] . Las partes intervinientes afirman y se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente y vigencia de sus respectivas facultades para celebrar el presente convenio, y a tal efecto, EXPONEN PRIMERO.- Que la UVa es una Institución de derecho público encargada

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MODELO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN MARCO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID Y (EMPRESA O ADMINISTRACIÓN PÚBLICA) PARA LA REALIZACIÓN DE UNA TESIS DOCTORAL CON

MENCIÓN DE DOCTORADO INDUSTRIAL

REUNIDOS

De una parte, la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID (en adelante UVa) con C.I.F. Q4718001C y sede en Valladolid, Plaza de Santa Cruz nº 8, y en su nombre y representación, el Sr. D. ANTONIO LARGO CABRERIZO, en calidad de Rector Magnífico de la Universidad de Valladolid, nombrado por Acuerdo 30/2018, de 10 de mayo, de la Junta de Castilla y León (BOCYL nº 90, de 11 de mayo), cuya competencia para la firma de convenios deriva de lo dispuesto en los artículos 90 y 93.i de los Estatutos de la Universidad de Valladolid, aprobados por el Acuerdo 104/2003, de 10 de julio, de la Junta de Castilla y León (BOCYL nº 136, de 16 de julio).Y, de otra parte, Nombre Empresa o Administración Pública con C.I.F xxxxxxx y sede en Localidad, Domicilio Social y en su nombre y representación, el/la Sr/Sra. D./Dña. Nombre del Firmante, en calidad de Cargo del Firmante, [Acreditación de la representación que se ostenta - en virtud de delegación conferida por acuerdo de / facultado para la firma en virtud del acuerdo / en el ejercicio de las atribuciones definidas mediante… (Si se trata de Administración Pública)].Las partes intervinientes afirman y se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente y vigencia de sus respectivas facultades para celebrar el presente convenio, y a tal efecto,

EXPONEN

PRIMERO.- Que la UVa es una Institución de derecho público encargada del servicio público de la educación superior, que desarrolla actividades docentes, de estudio y de investigación en el ámbito de sus competencias, que está interesada en colaborar con otras entidades públicas y privadas para la promoción de estas actividades.SEGUNDO.- Que la (entidad firmante: EMPRESA, ADMON. PUBLICA) tiene por objeto y fines.........................................................................................................................

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...........TERCERO.- Que ambas instituciones consideran que la colaboración mutua puede contribuir a la mejor realización de las actividades propias de cada una de ellas, así como a la optimización de sus recursos materiales y humanos. Y que para poner en práctica esta colaboración, ambas partes han acordado la firma del presente convenio de colaboración marco conforme a lo estipulado en el artículo 15 bis. Doctorado Industrial del Real Decreto 99/2011 de 28 de enero por el que que se regulan las enseñanzas oficiales de Doctorado.En virtud de todo ello, ambas partes prestan su consentimiento y están de acuerdo en suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO.

El objeto del presente convenio es la colaboración en un Doctorado Industrial, que supone la realización de una tesis doctoral en el marco de un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental desarrollado en colaboración entre la empresa o Administración Pública y la Universidad de Valladolid. Así, se propiciará a los doctorandos participantes su formación en un entorno dual, empresarial y académico, a los efectos de optar a la mención de doctorado industrial en el título de doctor.SEGUNDA.- DESARROLLO DE LA TESIS.

Las tesis doctorales se desarrollarán dentro del marco de este convenio de colaboración con arreglo a las especificaciones recogidas en el anexo de cláusulas particulares de cada caso. TERCERA.- SELECCIÓN DE DOCTORANDOS

Los doctorandos serán seleccionados conjuntamente por los responsables del proyecto en la empresa o Administración Pública y en la UVa. Los doctorandos deberán estar admitidos en un programa de doctorado de la UVa, de acuerdo con los requisitos de acceso y admisión de la misma. Así mismo deberán matricularse en dicho programa todos los cursos académicos y a todos los efectos les resultará de aplicación la normativa y reglamento interno de la Escuela de Doctorado de la Universidad de Valladolid. Contarán con los mismos derechos y obligaciones que el resto de doctorandos de la UVa.CUARTA.- CONTRATO.

Deberá existir un contrato laboral o mercantil de la empresa o Administración

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Pública con el doctorando. Las condiciones específicas del contrato laboral o mercantil se recogerán en el anexo de cláusulas particulares a este convenio marco, en donde como mínimo se habrá de reflejar la duración del mismo.QUINTA.- PERSONAS RESPONSABLES DEL DOCTORANDO.

El doctorando contará con un tutor de la UVa designado por la Comisión Académica del Programa de Doctorado y un responsable designado por parte de la empresa o Administración Pública. Así mismo contará con director/es de tesis, designado/s por dicha Comisión Académica en las condiciones dispuestas por la normativa vigente, que podrán ser tanto de la UVa como de la empresa o Administración Pública. Las personas responsables se reflejarán en el anexo de cláusulas particulares.

SEXTA.- CONCESIÓN MENCIÓN “DOCTORADO INDUSTRIAL”.

Una vez se haya defendido la tesis doctoral de acuerdo con lo establecido en este convenio, se otorgará al doctorando la mención “doctorado industrial” si a juicio de la Comisión de Doctorado se cumplen los demás requisitos exigidos por el artículo 15 bis del Real Decreto 99/2011 y la normativa al respecto de la UVa.SÉPTIMA.- FORMACIÓN Y MOVILIDAD.

Ambas partes deberán facilitar la movilidad del doctorando para asistencia a actividades formativas, congresos, jornadas y similares que puedan favorecer la calidad de la tesis y la internacionalización del proyecto. En el anexo de cláusulas particulares se podrán reflejar las medidas a adoptar para tal fin.OCTAVA.- FINANCIACIÓN DEL PROYECTO.

En el caso de que sea necesario reflejar las condiciones de financiación de esta colaboración, éstas se recogerán en el anexo de cláusulas particulares.NOVENA.- CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN INTERCAMBIADA.

Cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún medio, la información científica o técnica perteneciente a la otra entidad a la que haya podido tener acceso en el marco del desarrollo del proyecto objeto de este convenio. El párrafo anterior no afectará cuando:

a. La parte receptora pueda demostrar que conocía previamente la información recibida.

b. La información recibida sea de dominio público.c. La parte receptora adquiriese esta información de un tercero sin

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compromiso de confidencialidad.d. La información deba ser divulgada por mandato expreso de ley, orden de

la autoridad competente, decreto, reglamento u otra norma legal.En tal sentido, cada parte asume la obligación de confidencialidad respecto a la información recibida de la otra parte, sin que pueda la receptora transmitir a terceros dicha información y documentación, bajo ningún concepto, sin autorización expresa, escrita, y con carácter previo de la emisora, en cuyo caso la receptora deberá trasladar a dichos terceros idéntica obligación de confidencialidad.La información confidencial no será utilizada para propósitos distintos a los indicados en el presente convenio. Como consecuencia de lo anterior, las partes se comprometen a que todo el personal participante en el proyecto conozca y observe el compromiso de confidencialidad regulado por esta cláusula. Las partes se autorizan a dar información pública de la firma de este convenio en la cual se podrá incluir: título, reseña básica de su contenido, presupuesto y plazo de realización del proyecto.DÉCIMA.- CONFIDENCIALIDAD DE LOS RESULTADOS.

Tanto la UVa como la empresa o Administración Pública se comprometen a no difundir, bajo ningún concepto, las informaciones científicas o técnicas obtenidas en el desarrollo del proyecto de investigación objeto de este convenio, mientras esas informaciones no sean de dominio público. Los datos e informes obtenidos durante la realización de los proyectos conjuntos, así como los resultados (parciales o finales), tendrán carácter confidencial. Cuando una de las partes desee utilizar los resultados parciales o finales, en parte o en su totalidad, para su publicación como artículo, conferencia, etc. deberá solicitar la conformidad de la otra parte, en caso de que pudiese verse afectada por dicha publicación, mediante escrito dirigido al responsable de la misma en el seguimiento del proyecto. Dicha parte deberá responder, en un plazo máximo de treinta días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad sobre la información contenida en el artículo o conferencia. Transcurrido el plazo señalado sin obtener respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión.UNDÉCIMA.- CONOCIMIENTOS PREVIOS.

Cada parte seguirá siendo propietaria de los conocimientos previos aportados al proyecto. No se entienden cedidos a la otra parte, en virtud del presente convenio, ninguno de los conocimientos previos al proyecto.

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DUODÉCIMA.- RESULTADOS DEL PROYECTO.

A los efectos del presente convenio, se considerarán resultados del proyecto las patentes, otros derechos de propiedad industrial e intelectual, saber hacer y, en general, cualquier información o material susceptible o no de protección, generado por cada participante a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo y de conformidad con lo establecido en la memoria cientifíco-técnica del proyecto.DECIMOTERCERA.- PROPIEDAD DE LOS RESULTADOS DEL PROYECTO.

La propiedad de los resultados será compartida. El porcentaje de propiedad será determinado en función, a título enunciativo y no limitativo, de la contribución económica, aportación de trabajo y/o de conocimiento previo de cada parte copropietaria.Las partes implicadas se pondrán de acuerdo, en el menor plazo posible, para establecer las reglas para su protección y uso en acuerdos específicos al efecto. Hasta tanto dicho acuerdo no se consiga, ninguna de las partes podrá utilizar y/o licenciar dicho resultado conjunto sin el consentimiento previo de las partes que hubieran participado en su obtención. No obstante, hasta tanto no se alcance el acuerdo mencionado en el párrafo anterior, las partes podrán utilizar el resultado obtenido conjuntamente para fines internos de investigación.Si una de las partes involucrada en la obtención de los resultados del proyecto no tuviera interés en la protección y consiguiente explotación, la otra podrá solicitar la protección previa renuncia expresa de la parte no interesada.DECIMOCUARTA.- EXPLOTACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL PROYECTO.

La UVa y la empresa o Administración Pública negociarán las condiciones para explotar los resultados del proyecto. Dichas condiciones se plasmarán en un acuerdo específico suscrito entre las partes al efecto. DECIMOQUINTA.- PROTECCIÓN DE DATOS

Las partes se obligan respecto a la protección de los datos de carácter personal que puedan recabarse y tratarse para hacer efectivo el presente convenio, al cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos- Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa que resulte de aplicación. Del tratamiento de los datos de carácter personal se dará la correspondiente información a los interesados, con el contenido que contempla la legislación

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referenciada de protección de datos de carácter personal. Cada parte será responsable de sus correspondientes tratamientos de datos de carácter personal y del absoluto respeto a la normativa de protección de datos.DECIMOSEXTA.- MECANISMO DE SEGUIMIENTO

Estará formado por el tutor de la UVa y el responsable del doctorando designado por la empresa o Administración Pública que velarán por el seguimiento y control del cumplimiento de todo lo dispuesto en el presente convenio hasta la extinción del mismo. DECIMOSÉPTIMA.- DENUNCIA, MODIFICACIÓN, EXTINCIÓN, EFECTOS Y RESOLUCIÓN.Las partes podrán denunciar o modificar el presente documento en cualquier momento por mutuo acuerdo. Con independencia del derecho que asiste a las partes para los supuestos de incumplimiento, en el caso de que tanto la UVa como la empresa o Administración Pública decidieran la terminación anticipada de este convenio deberán comunicarlo por escrito a la otra parte con la antelación de un mes. El convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. Son causas de resolución:a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo y en todo caso en la fecha de defensa de la Tesis.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable de la otra/s partes/s de la Comisión Mixta de Seguimiento. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

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La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la exigencia de la correspondiente indemnización de los perjuicios causados, si concurren las circunstancias legales establecidas, que se calculará de acuerdo con los criterios fijados en el artículo 34 LRJSP.d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.El cumplimiento y la resolución del convenio darán lugar a la liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes, en los términos establecidos en el artículo 52 LRJSP. Respecto de las actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta del Mecanismo de Seguimiento, podrán acordar su continuación y finalización, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismasDECIMOCTAVA.- VIGENCIA

Este convenio entrará en vigor a partir de la firma del mismo por ambas partes y tendrá vigencia durante cuatro años. En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente y de forma expresa su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción. En todo caso, el convenio deberá estar vigente hasta el momento del depósito de la tesis doctoral.Al finalizar la vigencia del presente convenio, todos los pactos contenidos en el mismo dejarán de estar en vigor, excepto los pactos sobre los que haya sido estipulado específicamente lo contrario, en especial los relativos a la confidencialidad y los derechos de propiedad intelectual e industrial.DECIMONOVENA.- JURISDICCIÓN COMPETENTE

El presente convenio tiene carácter administrativo, con sometimiento a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de las posibles cuestiones litigiosas surgidas sobre su contenido y aplicación. Previamente ambas partes se comprometen a intentar resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pueda surgir en el cumplimiento de este convenio. VIGÉSIMA.- IGUALDAD DE GÉNERO

Conforme a los valores asumidos por la UVa, todas las denominaciones que en este documento hacen referencia a responsables académicos o miembros de la comunidad universitaria y se efectúan en género masculino se entenderán hechas indistintamente en ambos géneros.

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Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes firman el presente convenio por duplicado en el lugar y fecha indicados.

En Valladolid, a de de 20 .

Por la Universidad de ValladolidEL RECTOR

Fdo. D.: Antonio Largo Cabrerizo

Por (entidad firmante)

Fdo. D.:

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MODELO DE ANEXO DE CLÁUSULAS PARTICULARES AL CONVENIO DE COLABORACIÓN MARCO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID Y

(EMPRESA O ADMINISTRACIÓN PÚBLICA) PARA LA REALIZACIÓN DE UN DOCTORADO INDUSTRIAL

COMPARECEN

De una parte, el Vicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia de la Universidad de Valladolid, D. Óscar Sacristán Martínez,Y, de otra parte, el/la Sr/Sra. D./Dña. Nombre del Firmante, actuando en representación de Nombre Empresa o Administración pública en calidad de Cargo del Firmante

Las partes intervinientes afirman y se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente y vigencia de sus respectivas facultades para suscribir el presente anexo, y a tal efecto,

EXPONEN

Este documento se firma al amparo del convenio marco firmado entre la Universidad de Valladolid y la entidad ( Nombre Empresa o Administración pública) con fecha……………………………………. y con objeto de fijar las condiciones específicas para la realización de un doctorado con Mención Industrial.

DATOS DEL DOCTORANDO

Nombre: …………………………………………………………………………….DNI /Pasaporte…………………………….

CONDICIONES DEL CONTRATO ENTRE EL DOCTORANDO Y LA EMPRESA O ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Las condiciones específicas del contrato laboral o mercantil son las siguientes: Duración del contrato………………………………….Fecha de comienzo…………………………………….

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DEDICACIÓN DEL DOCTORANDO

La tesis doctoral se realizará en régimen de tiempo completo o parcial de acuerdo con la normativa de doctorado vigente:Dedicación………….………

(en caso que parezca conveniente) La forma en que se distribuirá el tiempo de trabajo de tesis del doctorando entre el entorno académico y empresarial será la siguiente:Universidad…………………% Empresa……………………..%

DATOS DEL PROGRAMA DE DOCTORADO

Programa de Doctorado……………………………. Coordinador del Programa de Doctorado………………………

PERSONAS RESPONSABLES DEL DOCTORANDO

Tutor: …………………………………………………..Responsable empresa/administración pública:………………..………………………………………….Director o directores de tesis: ……………………………………………………

FORMACIÓN y MOVILIDAD

Especificar en su caso las medidas adoptadas para facilitar la formación/movilidad del doctorando: acciones concretas formativas y de movilidad previstas/contempladas.

FINANCIACIÓN

Para el desarrollo de la tesis doctoral, las partes firmantes asumirán las siguientes obligaciones económicas:

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1. La entidad contratante se hará cargo de los siguientes gastos:- Los derivados de la contratación del doctorando, de acuerdo con lo

establecido en el presente anexo.- Los costes derivados de la ejecución específica del proyecto de

investigación (material fungible, equipamientos, etc.). En concreto: [Enumeración de los conceptos]. (Se deberá referir si el proyecto dispone de fuentes de financiación adicionales para cualquiera de los conceptos, por ejemplo, si se enmarca en un proyecto europeo o en un proyecto de mayor alcance).

2. La UVa se hará cargo de:- Las ayudas otorgadas por la UVa para la asistencia a cursos, congresos y

jornadas relevantes, así como las ayudas para estancias breves, en el desarrollo de tesis doctorales, siempre que el doctorando resulte beneficiario de las mismas.

- Los costes derivados de la ejecución específica del proyecto de investigación (material fungible, equipamientos, etc.) En concreto: [Enumeración de los conceptos en su caso]. (Se deberá referir si el proyecto dispone de fuentes de financiación adicionales para cualquiera de los conceptos, por ejemplo, si se enmarca en un proyecto europeo o en un proyecto de mayor alcance).

(Es necesario distribuir y prever cualquier financiación adicional que se requiera para el desarrollo ordinario del proyecto (fungibles, equipamientos, personal de apoyo a la investigación, etc.).

3. En relación con la realización de actividades formativas en competencias de interés común, la UVa y la entidad contratante se harán cargo de los gastos derivados de la siguiente manera: (Se deberá especificar, en su caso, cuál es la financiación asociada a la formación, qué gastos correrán a cargo de la entidad contratante y cuáles a cargo de la UVa, si fuera necesario que la misma ofertase actividades formativas especiales).

La entidad contratante:[Enumeración de los gastos]La UVa:Sufraga las actividades formativas transversales y específicas del programa de doctorado.

OBLIGACIONES DE LAS PARTES

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En virtud de la firma del presente anexo al convenio, la entidad contratante se obliga a lo que sigue:a) Realizar todas las gestiones necesarias para la contratación del doctorando,

de acuerdo con lo expuesto en el presente anexo.b) La UVa y la empresa acordarán qué instalaciones pueden ser visitadas por el

doctorando y las personas de la UVa que intervengan directamente en el desarrollo del proyecto.

c) Aportar la supervisión científica del proyecto por parte de la entidad contratante, mediante el responsable designado al efecto en el presente anexo.

d) Facilitar al doctorando el material fungible, infraestructuras e instalaciones indispensables para desarrollar las tareas derivadas del proyecto de investigación.

e) Facilitar al doctorando la información y formación necesarias en materia de prevención de riesgos laborales para asegurar que realizará sus tareas en las condiciones idóneas de seguridad dentro de las instalaciones de la entidad contratante, así como a las personas de la UVa que deban participar activamente en el desarrollo de alguna o todas las tareas del proyecto en sus instalaciones.

f) Facilitar al doctorando la realización de actividades formativas transversales y específicas a propuesta del tutor, el/los director/es de tesis, y/o el responsable de la entidad contratante, que permitan una evaluación anual positiva de la Comisión académica del programa de doctorado.

g) Facilitar las acciones de movilidad (asistencia a congresos, seminarios, estancia en una sede internacional de la entidad contratante o grupo de investigación internacional) que el doctorando proponga a lo largo de su formación doctoral y sean aceptadas.

h) Velar porque en el momento del depósito de la tesis se cumplan los requerimientos de calidad de la tesis especificados en la normativa para la presentación y defensa de la tesis doctoral en la UVa.

i) Velar por el cumplimiento de las obligaciones indicadas en el presente anexo y en el convenio marco.

j) Asumir las obligaciones económicas establecidas en el presente anexo y en el convenio marco.

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En virtud de la firma del presente anexo al convenio, la UVa se obliga a lo que sigue:a) Garantizar el acceso del doctorando a sus instalaciones durante toda la

duración del proyecto de investigación y vigencia del convenio al que se refiere el presente anexo.

b) Aportar la supervisión científica académica del proyecto, mediante las personas designadas al efecto en el presente anexo.

c) Facilitar a la entidad contratante, bajo su responsabilidad y en el caso que corresponda, la información necesaria sobre la persona o personas, previo su consentimiento, que requerirán acceder a sus instalaciones para la realización de alguna tarea del proyecto.

d) Facilitar al doctorando el material fungible, infraestructuras e instalaciones indispensables para desarrollar las tareas derivadas del proyecto de investigación.

e) Proponer actividades formativas transversales y específicas de interés para el doctorando

f) Facilitar al doctorando la realización de actividades formativas transversales y específicas a propuesta del tutor, el/los director/es de tesis, y/o el responsable de la entidad contratante, que permitan una evaluación anual positiva de la Comisión académica del programa de doctorado.

g) Facilitar las acciones de movilidad (asistencia a congresos, seminarios, estancia en una sede internacional de la entidad contratante o grupo de investigación internacional) que el doctorando/a proponga a lo largo de su formación doctoral y sean aceptadas.

h) Velar porque en el momento del depósito de la tesis se cumplan los requerimientos de calidad de la tesis especificados en la normativa para la presentación y defensa de la tesis doctoral en la UVa.

i) Velar por el cumplimiento de las obligaciones indicadas en el presente anexo y en el convenio marco.

j) Asumir las obligaciones económicas que se indican en el presente anexo y en el convenio marco.

Añadir aquellos aspectos específicos que sean pertinentes.

En Valladolid, a de de 20

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Por la Universidad de ValladolidVicerrector de Investigación, Innovación y Transferencia

Fdo.: Óscar Sacristán Martínez

Por (entidad firmante)

Fdo.: D.

Conforme,El doctorando

Fdo.: D.