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AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL ATLIXCO, PUE. 2014-2018 SECRETARIA GENERAL ACTA DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DEL DÍA VEINTICINCO DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE,DEL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE ATLIXCO, PUEBLA, 2014-2018. ESTANDO REUNIDOS LOS CIUDADANOS REGIDORES Y EL SÍNDICO MUNICIPAL EN EL SALÓN DE CABILDOS DEL PALACIO MUNICIPAL, EL CIUDADANO INGENIERO JOSÉ LUIS GALEAZZI BERRA, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, MANIFIESTA: PUNTO UNO Buenas tardes señoras, señores Regidores y Ciudadano Síndico Municipal, nos hemos reunido en este recinto oficial, con el objeto de celebrar la primera sesión ordinaria del Cabildo Municipal. Siendo las diecisiete horas del día veinticinco de febrero del año dos mil catorce, declaro la apertura de la primera sesión ordinaria de Cabildo. Para el desarrollo de esta sesión solicito a la Secretaria General del Ayuntamiento, proceda a realizar el pase de la lista de asistencia. PUNTO DOS La Secretaria General manifiesta: Gracias señor Presidente, Honorable Cabildo, buenas tardes a todos, procedo al pase de lista: Presidente Municipal Constitucional C. ING. JOSÉ LUIS GALEAZZI BERRA Página 1 de 95

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AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL

ATLIXCO, PUE.

2014-2018

SECRETARIA GENERAL

ACTA DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DEL DÍA VEINTICINCO DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE,DEL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE ATLIXCO, PUEBLA, 2014-2018.

ESTANDO REUNIDOS LOS CIUDADANOS REGIDORES Y EL SÍNDICO MUNICIPAL EN EL SALÓN DE CABILDOS DEL PALACIO MUNICIPAL, EL CIUDADANO INGENIERO JOSÉ LUIS GALEAZZI BERRA, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, MANIFIESTA:

PUNTO UNO

Buenas tardes señoras, señores Regidores y Ciudadano Síndico Municipal, nos hemos reunido en este recinto oficial, con el objeto de celebrar la primera sesión ordinaria del Cabildo Municipal.

Siendo las diecisiete horas del día veinticinco de febrero del año dos mil catorce, declaro la apertura de la primera sesión ordinaria de Cabildo.

Para el desarrollo de esta sesión solicito a la Secretaria General del Ayuntamiento, proceda a realizar el pase de la lista de asistencia.

PUNTO DOS

La Secretaria General manifiesta: Gracias señor Presidente, Honorable Cabildo, buenas tardes a todos, procedo al pase de lista:

Presidente Municipal Constitucional

C. ING. JOSÉ LUIS GALEAZZI BERRA

Regidores:

C. JORGE EDUARDO MOYA HERNÁNDEZ

C. GRACIELA CANTORÁN NÁJERA

C. JORGE MARIO BLANCARTE MONTAÑO

C. MARÍA AUXILIO MORALES HEREDIA

C. JUAN MANUEL AYESTARÁN NAVA

C. JESICA RAMÍREZ ROSAS

C. ERICH AMIGÓN VELÁZQUEZ

C. HAYDEE MUCIÑO DELGADO

C. RODOLFO CHÁVEZ ESCUDERO

C. ESPERANZA SÁNCHEZ PÉREZ

C. FÉLIX CASTILLO SÁNCHEZ; Y

Síndico Municipal:

C. JORGE GUTIÉRREZ RAMOS

Señor Presidente Municipal me permito informarle que se cuenta con la asistencia de once Regidores y el Síndico Municipal.

PUNTO TRES.

El Presidente Municipal manifiesta: En tal virtud existe quórum legal para el desarrollo de esta sesión ordinaria, por lo tanto queda legalmente constituida.

Le solicito ala Secretaria General del Ayuntamiento, proceda a dar lectura al proyecto del orden del día.

PUNTO CUATRO.

La Secretaria General del Ayuntamiento menciona: Honorable Cabildo, para el desarrollo de esta sesión ordinaria procedo a dar lectura al proyecto del:

ORDEN DEL DÍA:

1.- Apertura de la Sesión.

2.- Pase de lista de asistencia.

3.- Declaración del quórum legal.

4.-Lectura, discusión y en su caso aprobación del orden del día.

5.- Dictamen que presenta la Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal, Graciela Cantorán Nájera, para la autorización del organigrama de la estructura administrativa de este Ayuntamiento, así como la aprobación del tabulador de sueldos y salarios, lo anterior con fundamento en los artículos78 fracciones IV, XXIII, LVII, y 119 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla.

6.- Dictamen que presenta la Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal, Graciela Cantorán Nájera, para que se a pruebe la creación, integración e instalación del Comité de Adjudicaciones del Municipio de Atlixco.

7.- Dictamen que presenta la Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal, Graciela Cantorán Nájera, para que se apruebe la conformación del Comité de Obra Pública del Municipio de Atlixco.

8.- Dictamen que presenta el Ing. José Luis Galeazzi Berra, Presidente Municipal, para la designación del Director del Instituto Municipal de la Juventud Atlixquense.

9.- Dictamen que presenta el Ing. José Luis Galeazzi Berra, Presidente Municipal, para la designación de la Directora del Instituto Municipal de la Mujer.

10.- Dictamen que presenta el Regidor Presidente de la Comisión de Seguridad Pública y Gobernanza, Jorge Eduardo Moya Hernández, para autorizar la conformación de la Comisión Municipal de Plebiscitos (COMUPLE) y expedición de nombramientos.

11.- Dictamen que presenta el Regidor Presidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente Sustentable, Rodolfo Chávez Escudero, para que se elabore el Reglamento Interior del Cabildo del Municipio de Atlixco, Puebla.

12.-Asuntos Generales.

13.- Cierre de la Sesión

En uso de la palabra la Secretaria General menciona: Informo a los integrantes de este Honorable Cabildo, que hasta el día de hoy tengo listados cinco asuntos generales que son:

(AG.1).- Asunto General que lista el Regidor Presidente de la Comisión de Turismo, Cultura y Tradiciones, Erich Amigón Velázquez, para firma de convenio de colaboración con la Universidad Tecnológica de Izúcar de Matamoros.

(AG.2).- Asunto General que presenta el Regidor Presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, Félix Castillo Sánchez, para aprobar el pago de 170 becas cada una por la cantidad de $150.00 (ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.) mensualmente, para los meses de febrero a julio del 2014.

(AG.3).- Asunto General que presenta el Regidor Presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, Félix Castillo Sánchez para aprobar el pago de 30 becas cada una por la cantidad de $150.00 (ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.) mensualmente, para los meses de febrero a julio del 2014, para los hijos de los trabajadores del H. Ayuntamiento Municipal.

(AG.4).- Asunto General que presenta la Regidora Presidenta de la Comisión de Salud y Alimentación, Jesica Ramírez Rosas, para aprobar el Proyecto del Sector Salud denominado “Adolescentes en Movimiento” para evitar la obesidad en el Municipio de Atlixco.

(AG.5).- Asunto General que presenta la Regidora Presidenta de la Comisión de Salud y Alimentación, Jesica Ramírez Rosas, para aprobar el Proyecto del Sector Salud denominado “Prevención de accidentes en infantes”, en el Municipio de Atlixco.

El Presidente Municipal menciona: Honorables miembros del Cabildo, si no existe ningún otro asunto general que enlistar, les comento que se han desahogado los puntos uno, dos y tres, del orden del día por lo que solicito a la Secretaria General del Ayuntamiento proceda a tomar la votación correspondiente al orden del día.

La Secretaria General manifiesta: Honorable Cabildo, quienes estén por la afirmativa de aprobar el proyecto del orden del día, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

PUNTO CINCO.

El Presidente Municipal menciona: Honorable Cabildo el punto cinco del orden del día se refiere al dictamen que presenta la Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal, Graciela Cantorán Nájera, para la autorización del organigrama de la estructura administrativa de este Ayuntamiento, así como la aprobación del tabulador de sueldos y salarios, lo anterior con fundamento en los artículos78 fracciones IV, XXIII, LVII y 119 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla.

Por lo tanto, le solicito a la Regidora Graciela Cantorán Nájera proceda a dar lectura al dictamen.

La Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda manifiesta:

HONORABLE CABILDO

La que suscribe Lic. Graciela Cantorán Nájera, titular de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal, con fundamento en los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 105 y 107 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 78 fracciones III y LVIII; 118, 119 y 120 de la Ley Orgánica Municipal, y con las facultades conferidas por los ordenamientos antes mencionados, someto a su consideración y aprobación el presente dictamen basándome para tal efecto en los siguientes:

CONSIDERANDOS

I.- Que de acuerdo al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley, asimismo tendrán facultades para aprobar disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia.

II.- Que el artículo 105 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Puebla, establece las bases para estructurar orgánicamente la administración municipal para satisfacer las necesidades de sus habitantes en quienes ejercen su ámbito de competencia constitucional, partiendo del criterio de que la administración debe ser centralizada y paramunicipal.

Es decir, el municipio debe contar con una estructura de gobierno caracterizada por las relaciones de subordinación de los órganos centralizados.

III.-De esta manera la competencia constitucional que es otorgada a las autoridades del municipio, debe ser encausada con fines de la planeación y ejercida por las dependencias y entidades de la administración pública municipal.

IV.- Que el artículo 78 fracción III de la Ley Orgánica Municipal establece que es facultad de los ayuntamientos aprobar su organización y división administrativa, de acuerdo a las necesidades del municipio, mientras que la fracción LVIII, determina proveer lo conducente para la organización administrativa del gobierno municipal; ejerciendo las atribuciones que en el ámbito de la competencia de cada dirección les sean delegadas, con la finalidad de preparar y ejecutar los actos administrativos y de autoridad que son propios de sus áreas.

V.-Que el artículo 91 fracción LVI, de la Ley Orgánica Municipal determina que son facultades y obligaciones de los presidentes municipales:

“Fracción LVI, nombrar y remover libremente a los directores, jefes de departamentos y servidores públicos del ayuntamiento que no tengan la calidad de empleados de base”.

VI.- Que el artículo 119 de la Ley Orgánica Municipal, establece que el Ayuntamiento podrá crear dependencias y entidades que le estén subordinadas directamente así como fusionar, modificar o suprimir las ya existentes atendiendo sus necesidades y capacidad financiera.

VII.- Que el artículo 120 de la Ley Orgánica Municipal, dispone que las dependencias y entidades de la administración pública municipal, ejercerán funciones que se les asigne la propia ley, el reglamento respectivo o en su caso el acuerdo del Ayuntamiento con que se haya regulado su creación, estructura y funcionamiento.

VIII.- Que la organización administrativa tiene por objeto regular el funcionamiento interno del personal con carácter de confianza, directores, subdirectores, administradores, jefes de área y operativos, estableciendo disposiciones que sustenten la base para la organización interna, regulando el funcionamiento y atribuciones de la administración pública municipal cuyo objetivo primordial es la solución de los problemas emanados en el municipio.

En consecuencia, se propone que la estructura orgánica general del H. Ayuntamiento esté conformada por las direcciones generales, direcciones de área, subdirección, jefaturas de departamento, auxiliares, con las modificaciones en las designaciones de personal que constan en los organigramas que se presentan:

ORGANIGRAMA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 2014-2018.

ORGANIGRAMA DEL CABILDO MUNICIPAL.

ORGANIGRAMA DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO.

ORGANIGRAMA DE LA SINDICATURA MUNICIPAL.

ORGANIGRAMA DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL.

ORGANIGRAMA DE LA TESORERÍA MUNICIPAL.

ORGANIGRAMA DE LA PRESIDENCIA DEL DIF.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y PADRONES.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y GOBERNANZA.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO HUMANO Y ECONÓMICO CON INCLUSIÓN SOCIAL.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO COMERCIAL E INDUSTRIAL.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y COMUNITARIO.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y ARTICULACIÓN TURÍSTICA.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE ACTIVACIÓN FÍSICA Y RECREATIVA.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE CULTURA.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE SALUD COMUNITARIA.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO AGROPECUARIO.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE CALIDAD.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DE CALIDAD.

ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD.

Así mismo, exhibo el tabulador salarial, para cubrir los honorarios del personal del Honorable Ayuntamiento, en los siguientes términos:

PUESTO

SUELDO BRUTO QUINCENAL

PRESIDENTE MUNICIPAL

$42,500.00

SECRETARIO PARTICULAR

$10,000.00

PRESIDENTA DIF

$14,933.36

SINDICO MUNICIPAL

$20,500.00

REGIDORES

$18,500.00*

CARGO

SALARIO QUINCENAL DE

SALARIO QUINCENAL AL

DIRECTOR GRAL.

$ 20,000.00

$ 22,500.00

ASESOR "A"

$ 20,000.00

$ 22,500.00

ASESOR "B"

$ 10,000.00

$ 15,000.00

ASESOR "C"

$ 7,500.00

$ 10,000.00

DIRECTOR DE AREA "A"

$ 10,000.00

$ 15,000.00

DIRECTOR DE AREA "B"

$ 7,500.00

$ 10,000.00

DIRECTOR DE AREA "C"

$ 5,000.00

$ 7,500.00

JEFE DE DEPTO. "A"

$ 7,500.00

$ 10,000.00

JEFE DE DEPTO. "B"

$ 5,000.00

$ 7,500.00

JEFE DE DEPTO. "C"

$ 4,000.00

$ 5,000.00

AUXILIAR A

$ 2,858.52

$ 4,000.00

AUXILIAR B

$ 2,351.36

$ 2,808.14

AUXILIAR C

$ 1,800.00

$ 2,333.65

AUXILIAR D

$ 1,361.76

$ 1,788.16

Por lo anteriormente expuesto y con apego a los ordenamientos legales invocados, someto a consideración de este Honorable Cuerpo Edilicio el siguiente:

DICTAMEN

PRIMERO.- Se autorice el organigrama de la estructura administrativa de este Ayuntamiento, para el periodo comprendido del quince de febrero de dos mil catorce al catorce de octubre de dos mil dieciocho misma que se muestra al pleno del cabildo y que forma parte integrante del presente dictamen.

SEGUNDO.- Que se autorice la aprobación del tabulador de sueldos y salarios, para el ejercicio fiscal 2014mismo que forma parte integrante del presente dictamen.

TERCERO.- Que se instruya a la Secretaria General del Ayuntamiento, para la elaboración y expedición de los nombramientos respectivos.

CUARTO.-Que se instruya la Tesorera Municipal, para que realice los trámites contables y administrativos correspondientes.

Es cuanto señor presidente.

El Presidente Municipal menciona: Está a consideración de este Cuerpo Colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

Solicito a la Secretaria General del Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.

Honorable Cabildo, quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad.

PUNTO SEIS

El Presidente Municipal menciona: Honorable Cabildo el punto seis del orden del día se refiere al dictamen que presenta la Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal, Graciela Cantorán Nájera, para que se apruebe

la creación, integración e instalación del Comité de Adjudicaciones del Municipio de Atlixco.

Por lo tanto, le solicito a la Regidora Graciela Cantorán Nájera proceda a dar lectura a su dictamen.

La Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda menciona:

HONORABLE CABILDO

La que suscribe Lic. Graciela Cantorán Nájera, titular de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal, con fundamento en los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 102 y 103 fracción IV de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Puebla, 140, 141 fracción VI, artículo 150 y 171 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Puebla, presento a consideración de este Honorable Cabildo el presente dictamen por lo que:

CONSIDERANDO

Que en cada municipio los ayuntamientos contarán con un Comité de Adjudicaciones en materia de adquisiciones, el cual estará integrado conforme a la ley de la materia y siendo éste el responsable de las adquisiciones de acuerdo a lo que establece el artículo 171 de la Ley Orgánica Municipal vigente y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal.

Que para efectos de garantizar la eficacia y la transparencia en la adjudicación de las adquisiciones y prestaciones de servicios a cargo de las dependencias y entidades de la administración pública municipal, se crea el comité municipal de adjudicaciones, el cual tendrá su domicilio en esta cabecera municipal y se integrará por:

I.- Presidente: Ing. José Luis Galeazzi Berra, Presidente Municipal Constitucional;

II.- Secretario Ejecutivo: C.P. Leticia Areli García Páez;

III.- Secretario Técnico: Ángela Pérez Flores;

IV.-Vocales:

Vocal 1.- Lic. Graciela Cantorán Nájera;

Vocal 2. - Ing. Raúl López Zintle;

Vocal 3. - C.P. Sandra Camacho Ortega;

Vocal 4.- Mtra. Laura Flores Suñer;

Vocal 5.- María Del Carmen Pérez Muñoz;

Vocal 6.- Ignacio Lozano Torres;

V.-Comisario: Mtra. María Brenda Lorenzini Merlo, (acudirá a las sesiones con voz, pero sin voto, y ejercerá funciones de evaluación, control y vigilancia).

Que una vez conformado el comité de adquisiciones que se propone, éste tendrá las facultades que le confiere la propia Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Estatal y Municipal.

Por lo anteriormente expuesto a este cuerpo edilicio atentamente solicito:

DICTAMEN

Primero: Que se apruebe la instalación del comité de adjudicaciones en materia de adquisiciones en los términos solicitados.

Segundo.- Se instruya a la Secretaria del Ayuntamiento para que notifique a las dependencias que conforman esta administración municipal y realice los trámites legales correspondientes.

Es cuanto señor Presidente.

El Presidente Municipal menciona: Está a consideración de este Cuerpo Colegiado, el dictamen a que se ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

En uso de la voz el Regidor Presidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente Sustentable, Rodolfo Chávez Escudero manifiesta: Que aunque no creo que la opción que se nos ha dado sea mala, me hubiera gustado que nos dieran los nombres con anterioridad.

El Presidente Municipal manifiesta: Si no existe ningún otro comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento expresa: Honorable Cabildo, quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Se aprueba la propuesta por unanimidad de votos.

PUNTO SIETE

El Presidente Municipal manifiesta: Honorable Cabildo, el punto siete del orden del día se refiere al dictamen que presenta la Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda, para que se apruebe la creación del Comité de Obra Pública del Municipio de Atlixco, por lo tanto, le solicito a la Regidora Graciela Cantorán Nájera, proceda a dar lectura a su dictamen.

La Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal manifiesta:

HONORABLE CABILDO

La que suscribe Graciela Cantorán Nájera, titular de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal, con fundamento en los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 102 y 103 fracción IV de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Puebla, 70, 73, 92 fracciones I, II, V, VI y VII, 94, 96 fracción II, 140, 141 fracción VI, artículo 150 y 171 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Puebla, presento a consideración de este Honorable Cabildo el presente dictamen, por lo que:

CONSIDERANDO

Que en cada municipio los ayuntamientos contarán con un Comité de Obra Pública, el cual estará integrado conforme a la ley de la materia y siendo éste el responsable de la contratación de la obra pública en el municipio.

Alcance: que para efectos de garantizar la eficacia y la transparencia en la adjudicación de las obras públicas y servicios relacionados con las mismas, a cargo de las dependencias y entidades de la administración pública municipal, se crea el Comité Municipal de Obra Pública, el cual tendrá su domicilio en la

cabecera municipal y se integrará por los miembros que designe el ciudadano Presidente Municipal.

Que los cargos de los integrantes del comité serán honoríficos y por cada propietario se nombrará un suplente.

Que el Comité Municipal de Obra Pública se constituirá como un organismo desconcentrado del Ayuntamiento con fundamento en lo dispuesto por el artículo 171 de la Ley Orgánica Municipal y 6 de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Puebla, el cual tendrá las siguientes facultades:

I.-Establecer y promover las políticas, acciones y lineamientos que normarán las actividades en materia de adjudicación de obras públicas y servicios relacionados con las mismas;

II.-Disponer las acciones que sean necesarias para la celebración de procedimientos de adjudicación y de licitación de obras públicas y servicios relacionados con la misma, de acuerdo con las necesidades de las dependencias y entidades de la administración pública municipal;

III.-Emitir las convocatorias públicas para las licitaciones de obras públicas y servicios relacionados, a cargo de las dependencias y entidades de la administración pública municipal, estableciendo los requisitos a que deban sujetarse quienes se interesen en participar en dicho procedimiento;

IV.-Desahogar cada fase de los procedimientos de las licitaciones de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, cuya celebración le sean requeridos por las dependencias y entidades de la administración pública municipal;

V.-Verificar que quienes participen en los procedimientos de licitaciones, cumplan en tiempo y forma legal con los requisitos establecidos en las convocatorias respectivas, quedando facultados para negar la inscripción de aquellas personas físicas y jurídicas, que no cumplan con dichos requisitos

VI.-Adjudicar mediante los procedimientos legales establecidos, los contratos de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, a cargo de las dependencias y entidades administración pública municipal;

VII.-Integrar y operar el archivo de las obras públicas y los servicios relacionados con las mismas, a cargo de las dependencias y entidades de la administración

pública municipal, que incluya el catálogo y archivo de los estudios y proyectos de obra pública que se ejecute;

VIII.-Establecer la coordinación que se requiera con las dependencias y entidades de la administración pública municipal que deban celebrar los contratos de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, para efecto de su debida formalización;

IX.-Remitir el fallo correspondiente de cada procedimiento debidamente fundado y motivado, junto con la documentación técnica, económica y jurídica de la propuesta ganadora a la dependencia o entidad ejecutora a fin de formalizar la contratación correspondiente;

X.-Llevar y mantener actualizado un inventario de la maquinaria y equipo de construcción propiedad o al cuidado de las dependencias y entidades de la administración pública del municipio;

XI.-Implementar, instrumentar y verificar los procedimientos de licitación de las obras públicas y los servicios que con ella se relacionen, a cargo de las dependencias y entidades de la administración pública municipal, independientemente de la procedencia de los recursos con que éstas deban ejecutarse, pero debiendo sujetarse a la legislación que corresponda;

XII.-Llevar el listado de contratistas calificados y laboratorios de pruebas de calidad; y

XIII.-Las demás que le asigne la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado de Puebla y su reglamento o las demás disposiciones legales aplicables.

XIV.-Que para los efectos pretendidos se propone la conformación del comité de obra pública de la siguiente manera:

I.- Presidente: Ing. José Luis Galeazzi Berra, Presidente Municipal Constitucional;

II.- Secretario Ejecutivo: C.P. Leticia Areli García Páez;

III.- Secretario Técnico: Ángela Pérez Flores;

IV.- Vocales:

Vocal 1.-Lic. Graciela Cantorán Nájera, Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal;

Vocal 2.-Arq. Edgar Vélez Tirado;

Vocal 3.-Arq. Diana Canseco Mena;

V.- Comisario: Mtra. María Brenda Lorenzini Merlo, (acudirá a las sesiones con voz, pero sin voto, y ejercerá funciones de evaluación, control y vigilancia).

Por lo anteriormente expuesto a este Cuerpo Edilicio atentamente solicito la consideración del presente:

DICTAMEN

Primero.-Que se apruebe la conformación del Comité de Obras Públicas, en los términos solicitados.

Segundo.- Que se instruya a la Secretaria del Ayuntamiento para que notifique a las dependencias que conforman esta administración municipal y realice los trámites legales correspondientes.

Es cuanto señor Presidente.

El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

En uso de la voz el Regidor Presidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente Sustentable, Rodolfo Chávez Escudero manifiesta: Conforme a la ley creo que el perfil de nuestra Regidora de Hacienda no cumple el rango de obra, creo que es mucho mejor propuesta el Regidor de Obra Publica.

El Presidente Municipal expresa: Si de hecho originalmente lo habíamos hecho así.

La Secretaria del Ayuntamiento expresa: ¿Entonces ponemos a consideración la substitución?

El Presidente Municipal menciona: Sí, queda el Regidor de Obra.

Si no existe ningún comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento expresa: En el entendido de que se substituye a la Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal por el Regidor de Obras Públicas y Servicios de Calidad,quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad.

PUNTO OCHO

El Presidente Municipal manifiesta: Honorable Cabildo el punto ocho del orden del día se refiere al dictamen que presento para la designación del Director del Instituto Municipal de la Juventud Atlixquense.

Haciendo uso de la voz el Presidente Municipal solicita al Cabildo para dar mayor agilidad a la sesión, se autorice la omisión de la lectura de los cintillos de los dictámenes y se proceda a dar lectura a partir de los antecedentes o considerandos.

La Secretaria del Ayuntamiento expresa: Los que estén de acuerdo con la moción de orden sometida a consideración por el Presidente Municipal sírvanse levantar la mano.

Se aprueba por unanimidad.

El Presidente Municipal manifiesta: Solicito la Secretaria del Ayuntamiento proceda a darle lectura al dictamen de mérito.

La Secretaria del Ayuntamiento manifiesta:

HONORABLE CABILDO

José Luis Galeazzi Berra, en mi calidad de Presidente Municipal Constitucional de Atlixco, Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en concordancia con la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud en sus artículos 2, 3 fracción IV, 4 fracciones I, IV y VII y en la Ley de la Juventud para el Estado de Puebla, 105 y 107 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 2, 3, 78

fracciones I, XVIII, L y 91 de Ley Orgánica Municipal, someto a su consideración el presente dictamen basándome para tal efecto en los siguientes antecedentes y considerandos:

ANTECEDENTES

Que en sesión ordinaria de Cabildo de fecha cinco de mayo del dos mil once, la administración municipal, aprobó por mayoría de votos, la creación del Instituto Municipal de la Juventud Atlixquense, nombrando un titular al frente de dicho Instituto, mismo que cubrió el perfil idóneo para llevar tan significativa labor social con los jóvenes, teniendo como objetivo principal que fuera un medio que les proporcionara apoyo moral, organizara actividades y respaldara proyectos en temas del sector juvenil aplicando los siguientes lineamientos:

1. Procurar que los servicios del Instituto lleguen a todos los jóvenes del municipio.

2. Crear el padrón juvenil de Atlixco, incluyendo escuelas, Juntas Auxiliares, grupos organizados, deportivos, artísticos, recreativos, formativos, religiosos, asociaciones civiles, partidistas, empresas juveniles y en general a todos los jóvenes para tener una visión más real de la dimensión de su problemática y sus posibles soluciones.

3. Promover los valores de la paz, tolerancia y convivencia pacífica en sociedad, dentro del marco de respeto de diferencias culturales, religiosas, políticas o de cualquier índole.

4. Formular, recibir y canalizar propuestas, sugerencias e inquietudes, diseños e iniciativas de la juventud, tendientes a elevar la calidad de vida de la población joven residente en el municipio.

5. Reforzar la identidad atlixquense, poblana y mexicana.

6. Realizar, promover y difundir estudios e investigaciones de la problemática y características juveniles, consecuencias y posibles soluciones.

7. Auxiliar y asesorar cuando se le requiera a las demás dependencias municipales, e instancias en lo relacionado con los servicios y beneficios que brinde a la juventud.

8. Proponer programas de capacitación y formación en materia de desarrollo integral de la juventud.

9. Coordinar con los Institutos Poblano y Mexicano de la Juventud los programas que involucren a los jóvenes del municipio.

10. Vincular con otras instituciones gubernamentales, empresas, escuelas y universidades, asociaciones civiles, fundaciones y demás organizaciones para obtener beneficios para los jóvenes de Atlixco;

Por lo que:

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que resulta necesario que se nombre un nuevo titular al frente del Instituto Municipal de la Juventud Atlixquense, y que quien ocupe ese cargo sea un joven preparado académicamente, con liderazgo, que comparta la visión y valores del Instituto, además de que sea un vínculo con los jóvenes del municipio para generar proyectos que sean de notorio beneficio social para ese sector.

SEGUNDO: En ese sentido propongo para ocupar el cargo de titular del Instituto Municipal de la Juventud Atlixquense, a Samuel Eliud Gómez López.

Por lo anteriormente expuesto solicito a este Honorable cuerpo edilicio la aprobación del siguiente:

DICTAMEN

PRIMERO.- Que se ratifique el funcionamiento del Instituto Municipal de la Juventud Atlixquense.

SEGUNDO.- Se apruebe el nombramiento de Samuel Eliud Gómez López, como Director del Instituto Municipal de la Juventud Atlixquense, quien por su trayectoria curricular cuenta con el perfil idóneo para cubrir esa Dirección, a la vez que este

cuerpo edilicio le autorice la facultad de celebrar convenios relacionados con el Instituto.

TERCERO.- Que se instruya a la Secretaria del Ayuntamiento, para que elabore el nombramiento correspondiente.

CUARTO.- Que se instruya a la Tesorera Municipal para que en uso de sus facultades realice los trámites contables y administrativos correspondientes.

Es cuanto señor Presidente.

El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este cuerpo colegiado, el dictamen a que se ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

Si no existe ningún comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento proceda a recabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento expresa: Honorable Cabildo, quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

PUNTO NUEVE

El Presidente Municipal menciona: Honorable Cabildo el punto nueve del orden del día se refiere al dictamen que presento para la designación de la Directora del Instituto Municipal de la Mujer.

Solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a dar lectura al dictamen de mérito.

La Secretaria del Ayuntamiento manifiesta:

HONORABLE CABILDO:

José Luis Galeazzi Berra, en mi calidad de Presidente Municipal Constitucional de Atlixco, Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 105 y 107 de la

Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 2, 3, 78 fracciones I, XVIII, L, y 91 de Ley Orgánica Municipal, someto a su consideración el siguiente dictamen, basándome para tal efecto en los siguientes antecedentes y considerandos:

ANTECEDENTES

Que en sesión extraordinaria de Cabildo de fecha catorce de marzo del dos mil ocho, la administración municipal 2008-2011, aprobó la creación del Instituto Municipal de la Mujer, en base al acuerdo nacional para la igualdad entre hombres y mujeres, que encabezó el Presidente de la República, Lic. Felipe Calderón Hinojosa, el municipio de Atlixco, firmó el convenio de coordinación con el gobierno del Estado de Puebla, teniendo como objeto principal prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y el Instituto Municipal de la Mujer se comprometió a lo siguiente:

a) Brindar asesoría orientación y capacitación en desarrollo de proyectos al personal del municipio y funcionarios que sean parte integrante del Instituto Municipal.

b) Servir de apoyo con las diferentes instancias gubernamentales tales como el Sistema Municipal D.I.F y la Procuraduría del Ciudadano, entre otros.

c) De acuerdo a sus posibilidades financieras y materiales proporcionar material electrónico o documental.

d) Promover a través de los medios de difusión con que cuente el municipio, lo relacionado con la no discriminación entre mujeres y hombres en el ámbito: familiar, social, laboral etc.

e) Brindarles oportunidades en materia laboral, de salud, educación entre otros.

f) Atender las necesidades de las mujeres atlixquenses, que sufren o hayan sufrido violencia intrafamiliar.

g) Llevar a cabo programas de información a la población sobre la violencia contra las mujeres.

h) En coordinación con el Instituto Poblano de la Mujer, promover cursos de capacitación para las personas que atienden a mujeres que han sufrido violencia; e,

i) Impulsar programas educativos sobre la igualdad y equidad entre géneros.

El Instituto Municipal de la Mujer, requiere de una titular que cubra el perfil curricular idóneo para llevar tan importante labor hacia la ciudadanía, por lo que se somete a este cuerpo edilicio la propuesta para su designación, por lo que:

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que desde la creación del Instituto Municipal de la Mujer, ha tenido al frente como titular a una mujer que cubre el perfil idóneo que ha generado acciones que han redundado en múltiples beneficios para la mujer atlixquense, como lo son pláticas y talleres de superación personal, convenios para el descuento en bienes y servicios en diversos establecimientos del municipio, convenios para la impartición de diversos cursos y actividades que tuvieron un buen impacto entre las mujeres.

SEGUNDO: Que resulta necesario que esta nueva administración municipal 2014-2018, se designe una nueva titular para el Instituto Municipal de la Mujer y que quien ocupe ese cargo sea una mujer preparada académicamente y que comparta la visión de equidad de género y empoderamiento de la mujer, además de que continúe generando proyectos y actividades que tengan como finalidad la dignificación del rol femenino en todas las actividades del entorno social.

TERCERO: En ese sentido propongo a este Cuerpo Edilicio, que el nombramiento de la nueva titular del Instituto Municipal de la Mujer, corresponda a la Licenciada en Educación María Virginia Álvarez Alonso, quien cuenta con el perfil idóneo para ocupar dicho cargo.

Por lo anteriormente expuesto solicito a este cuerpo colegiado la consideración del siguiente:

DICTAMEN

PRIMERO.- Que se ratifique el funcionamiento del Instituto Municipal de la Mujer.

SEGUNDO.- Que se apruebe el nombramiento de la Licenciada María Virginia Álvarez Alonso, a la vez que este Cuerpo Edilicio la faculte para celebrar convenios relacionados con el Instituto.

TERCERO.- Que se instruya a la Secretaria del Ayuntamiento, para que elabore el nombramiento correspondiente y gire los oficios necesarios.

CUARTO.- Que se instruya a la Tesorera Municipal para que en uso de sus facultades realice los trámites contables y administrativos correspondientes.

Es cuanto señor Presidente.

El Presidente Municipal expresa: Está a consideración de este cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

Si no existe ningún comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento manifiesta: Honorable Cabildo, quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

PUNTO DIEZ.

El Presidente Municipal menciona: Honorable Cabildo el punto diez del orden del día se refiere al dictamen que presenta el Regidor Presidente de la Comisión de Seguridad Pública y Gobernanza, Jorge Eduardo Moya Hernández, para que se autorice la conformación de la Comisión Municipal de Plebiscitos (COMUPLE) y la expedición de sus nombramientos.

Le solicito al Regidor Presidente de la Comisión de Seguridad Pública y Gobernanza, Jorge Eduardo Moya Hernández proceda a dar lectura a su dictamen.

El Regidor Presidente de la Comisión de Seguridad Pública y Gobernanza expresa:

HONORABLE CABILDO

El que suscribe C. Jorge Eduardo Moya Hernández, titular de la Comisión de Seguridad Pública y Gobernanza, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 92, 224, 225, 226, 228, de la Ley Orgánica Municipal, someto a consideración de este Honorable Cuerpo Edilicio el presente dictamen basándome para tal efecto en los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO: El Municipio de Atlixco se compone por once Juntas Auxiliares, siendo las siguientes: San Diego Acapulco, Santo Domingo Atoyatempan, San Jerónimo Caleras, San Jerónimo Coyula, San Juan Ocotepec, Santa Lucia Cosamaloapan, La Magdalena Axocopan, San Miguel Ayala, San Pedro Benito Juárez, La Trinidad Tepango y Metepec, las cuales por mandamiento de ley se renovarán cada tres años.

SEGUNDO: El organismo encargado de la preparación, organización y conducción de los procesos electorales en las Juntas Auxiliares del Municipio de Atlixco es la Comisión Municipal de Plebiscitos (COMUPLE), que debe estar integrada por un Presidente, un Secretario Técnico y tres Vocales, quienes serán los encargados de la elaboración y publicación de la convocatoria y reglamento del proceso de elección de las 11 Juntas Auxiliares, y fungirán como el cuerpo técnico operativo del proceso de elección previamente citado.

CONSIDERANDOS

PRIMERO: Con fecha 14 de mayo del presente año, conforme a lo dispuesto por el artículo 226 de la Ley Orgánica Municipal concluye el periodo de gobierno 2011– 2014 de las Juntas Auxiliares que integran el municipio de Atlixco, Puebla.

SEGUNDO: Conforme lo dispone el artículo 225 de la Ley Orgánica Municipal el Honorable Ayuntamiento, en sesión de Cabildo acordará las bases que establezcan la convocatoria a las cuales darán cumplimiento los aspirantes a integrar las planillas para contender en la elección de las 11 Juntas Auxiliares.

TERCERO: Que la Ley Orgánica Municipal, en su artículo 225 señala:

“ARTÍCULO 225.- las Juntas Auxiliares serán electas en plebiscito, que se efectuara de acuerdo a las bases que establezca la convocatoria que se expida y publicite por el Honorable Ayuntamiento, con la intervención del Presidente

Municipal o su representante, así como del Agente Subalterno del Ministerio Público. El Congreso del Estado podrá enviar o nombrar un representante que presencie la elección”.

CUARTO.- Conforme a lo establecido por el artículo 226 de la Ley Orgánica Municipal la elección de las Juntas Auxiliares deberá llevarse a cabo el último domingo del mes de abril del año en curso.

QUINTO.- La Comisión Municipal de Plebiscitos, (COMUPLE), funcionará como parte técnica operativa, en el citado proceso de elecciones de los plebiscitos de las once Juntas Auxiliares que conforman el municipio de Atlixco, Puebla, así también fungirá como supervisora para que se lleven a cabo en armonía y tranquilidad dichas elecciones.

Por lo antes expuesto solicito a este cuerpo colegiado someto a su consideración el siguiente:

DICTAMEN

PRIMERO.-Que se apruebe la conformación de la Comisión de Plebiscitos (COMUPLE), integrándose de la siguiente manera:

PRESIDENTE:

C. JORGE EDUARDO MOYA HERNÁNDEZ

SECRETARIO TÉCNICO OPERATIVO

ING. JAVIER MACHUCA VARGAS

VOCALES:

C. ESPERANZA SANCHEZ PAREZ.

LIC. GRACIELA CANTORAN NAJERA

LIC. JORGE GUTIERREZ RAMOS

SEGUNDO: Que la COMUPLE, inicie sus labores con miras a las elecciones de las once Juntas Auxiliares, dentro de marco de la legalidad y transparencia, que garantice a la ciudadanía una jornada electoral tranquila.

TERCERO.- Que en su momento, realicen los trámites, gestiones y convenios necesarios, para el buen desempeño de su encargo.

Es cuanto señor Presidente.

El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este Cuerpo Colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura,¿alguien desea hacer uso de la palabra?

En uso de la voz la Regidora Presidenta de la Comisión de Salud y Alimentación expresa: Este Ayuntamiento es por un periodo de cuatro años ocho meses, quiero saber como va aplicar para el caso de juntas auxiliares.

El Regidor Presidente de la Comisión de Seguridad Pública y Gobernanza manifiesta: Por única ocasión habrá una homologación y la duración de las juntas auxiliares será de cuatro años cinco meses y las posteriores serán de tres años.

Si no existe ningún comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento expresa: Honorable Cabildo, quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen al que se ha dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad.

PUNTO ONCE

El Presidente Municipal manifiesta: Honorable Cabildo el punto once del orden del día consiste en el dictamen que presenta el Regidor Presidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente Sustentable, Rodolfo Chávez Escudero, para que se expida el Reglamento de sesiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Atlixco.

El Presidente Municipal menciona: Le solicito al Regidor Presidente de la Comisión Ecología y Medio Ambiente Sustentable, Rodolfo Chávez Escudero proceda a dar lectura a su dictamen.

El Regidor Presidente de la Comisión de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente

Sustentable manifiesta:

HONORABLE AYUNTAMIENTO

DEL MUNICIPIO DE ATLIXCO

P R E S E N T E.

El que suscribe, Rodolfo Chávez Escudero, Regidor de Ecología y Medio Ambiente Sustentable, del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Atlixco, Puebla, con las facultades que conceden los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 105 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 70, 78 fracción IV, 79y 80 fracción I de la Ley Orgánica Municipal y;

C O N S I D E R A N D O

I.- Que resulta indispensable contar con un conjunto normativo que regule el actuar de los ciudadanos en el desempeño de sus actividades cotidianas, para garantizar el funcionamiento de la sociedad y que éste se desarrolle en un ambiente de equidad, seguridad y tranquilidad.

II.- Que las actividades gubernamentales no están exentas de efectuarse con apego a las normas emitidas para tal fin, ya que como es bien sabido, las facultades que gozan las autoridades, deben fundarse y motivarse para que puedan surtir efectos frente a los demás, dicha garantía se encuentra consagrada en el artículo catorce de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

III.- El principio de legalidad mencionado en el considerando anterior, forma parte de las prerrogativas mínimas que los ciudadanos deben recibir por parte de sus autoridades, disposiciones que nos obligan como cuerpo colegiado a observar todas y cada una de las disposiciones aplicables a nuestra función.

IV.- Que las reglas para el funcionamiento de este Honorable Cabildo, se pueden adoptar mediante acuerdo de sus integrantes, sin embargo, nosotros contamos con la facultad de normar correctamente el funcionamiento de esta municipalidad, a través de un conjunto sistematizado de reglas, contenidas en un cuerpo normativo de carácter público y al alcance de todos.

V.- Que este Ayuntamiento representa a uno de los Municipios más importantes de la Entidad, por ser uno de los más grandes y con mayores oportunidades de crecimiento, motivos que deben hacernos reflexionar para tomar decisiones adecuadas e implementar las reglas que den continuidad a los trabajos iniciados por nuestros predecesores, pero sin duda para asegurarle a nuestros representados que en esta administración todo se realizará apegado a derecho respetando la normatividad vigente y garantizando que la reglamentación será la adecuada para satisfacer las necesidades reinantes en la actualidad.

VI.- Que en este sentido, este cabildo carece de dicha reglamentación para normar las sesiones que se realizarán a lo largo de esta administración, conocer los derechos, las obligaciones, los plazos y los términos con que contamos para someter las propuestas al interior de este honorable Cabildo, creará certeza en cada uno de los integrantes, al momento de impulsar algún proyecto, también, delimitará las tareas que nos corresponden y dotará de orden las Sesiones que se efectúen, por ello expedir el Reglamento para el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Atlixco, será el primer paso de esta administración hacia la legalidad y el respeto del Estado de Derecho que nos rige.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este honorable cuerpo colegiado el siguiente:

A C U E R D O

PRIMERO.- Se expide el Reglamento de Sesiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Atlixco.

SEGUNDO.- Se instituye la comisión especial redactora para la elaboración del Reglamento de Sesiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Atlixco, coordinada por el Presidente Municipal e integrada por el Síndico Municipal, la Secretaría General y el número de Regidores necesarios para su elaboración.

Es cuanto señor Presidente.

El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

En uso de la voz el Presidente Municipal manifiesta: Yo tengo una pregunta, ¿pide que se expida el reglamento interior de cabildo?

El Regidor Rodolfo Chávez Escudero responde: Primero se elabora y luego se expide, para que todos se enteren que existe este reglamento.

El Presidente Municipal manifiesta: Si no existe ningún otro comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento menciona: Honorable Cabildo, quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

PUNTO DOCE

El Presidente Municipal expresa: Honorable Cabildo el punto doce del orden del día se refiere a los asuntos generales que se listaron, por lo que solicito a la

Secretaria del Ayuntamiento pueda ponerlos a consideración y procederemos a desahogarlos con una breve exposición de quien los presenta.

El asunto General uno lo listó el Regidor Presidente de la Comisión de Turismo, Cultura y Tradiciones, Erich Amigón Velázquez, para firma de un convenio de colaboración con la Universidad Tecnológica de Izúcar de Matamoros y el H. Ayuntamiento de Atlixco, Puebla, para trasferencia de tecnologías, la realización de trabajos de investigación, estadías profesionales y resultados tangibles directos en la mejora de la problemática común con metodología científica.

Se le concede el uso de la palabra al Regidor Presidente de la Comisión de Turismo, Cultura y Tradiciones, Erich Amigón Velázquez, para que proceda a darle lectura a su dictamen.

El Presidente de la Comisión de Turismo, Cultura y Tradiciones, Erich Amigón Velázquez manifiesta:

HONORABLE CABILDO DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE ATLIXCO.

El que suscribe Mtro. Erich Amigón Velázquez titular de la Comisión de Turismo, Cultura y Tradiciones, con fundamento en el artículo 92 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal, la cual establece que son facultades de los regidores formular al Ayuntamiento las propuestas de ordenamientos en asuntos municipales y promover todo lo que crean conveniente al buen servicio público y con fundamento en los artículos: 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 103 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, artículos 2, 79, 80, 81, 82, 92 fracciones I, V, VII, 94, 96, 189, 190, y 191 de la Ley Orgánica Municipal del Estado Libre y Soberano de Puebla.

DERECHO

Como lo reza el artículo 3 de la Ley Orgánica Municipal el municipio se encuentra investido de personalidad jurídica y de patrimonio propio, su Ayuntamiento administrará libremente su hacienda y no tendrá superior jerárquico.

Que siendo facultades del honorable Ayuntamiento de Atlixco con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, 103 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, artículo 78 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado Libre y Soberano de Puebla, aprobar las disposiciones administrativas de observancia general en sus respectivas jurisdicciones.

Que se cuenta con las facultades necesarias para la suscripción de convenios, de conformidad con lo establecido en los artículos 102 y 103 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla.

Que conforme al artículo 78 fracción XVII de la Ley Orgánica Municipal del Estado Libre y Soberano de Puebla, que establece la atribución del Ayuntamiento para promover cuanto estime conveniente para el progreso económico, social y cultural del municipio.

Que en términos de lo establecido por el artículo 138 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado Libre y Soberano de Puebla, el Secretario del Ayuntamiento validará con su firma acuerdos y demás documentos oficiales emanados del Ayuntamiento de acuerdo al artículo 84° fracciones I , II, III, IV, V, VI, y VII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla, los Ayuntamientos, para aprobar Bandos de Policía y Gobierno, reglamentos y disposiciones administrativas de observancia general, que organicen la Administración Pública Municipal y dentro de sus respectivas jurisdicciones, que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia, asegurando la participación ciudadana y vecinal; llevarán a cabo el proceso reglamentario, que comprenderá las etapas de propuesta, análisis, discusión, aprobación y publicación.

Para la elaboración discusión aprobación y promulgación del dictamen así como de la adición o reforma a cualquier ordenamiento vigente, habrá de presentarse al cabildo, se aplicarán las reglas y disposiciones de los artículos 85, 86, 87, 88 y 89 la Ley Orgánica Municipal del Estado Libre y Soberano de Puebla.

ANTECEDENTES

La vinculación entre las instituciones de educación superior y los gobiernos en sus distintos órdenes, destaca el beneficio social aportando la experiencia generada en las universidades y la necesidad de contar con estudiantes capacitados que puedan contribuir al beneficio de la administración pública.

Es por ello que se propone celebrar un convenio general de colaboración entre la Universidad Tecnológica de Izúcar de Matamoros y el H. Ayuntamiento de Atlixco, para lo cual anexo copias simples del modelo de contrato general que se propone.

INTRODUCCIÓN

Para el H. Ayuntamiento de Atlixco y para la Universidad Tecnológica de Izúcar, de matamoros es muy  importante el  fortalecer las relaciones interinstitucionales a nivel nacional e internacional y establecer vínculos con los diferentes sectores de la sociedad dentro de un marco normativo.

Es por eso que la propuesta de vinculación a través de este instrumento jurídico se encargará de fortalecer las relaciones académicas, de trasferencia de tecnologías, la realización de trabajos de investigación, estadías profesionales y resultados tangibles directos en la mejora de la problemática común con metodología científica.

JUSTIFICACIÓN

Es importante establecer procesos fluidos de integración entre los diversos actores sociales, como pueden ser los organismos del Estado, las organizaciones profesionales, otras universidades e institutos de investigación. Esta integración debe responder fundamentalmente al desarrollo estratégico local, provincial, regional o nacional.

No es suficiente que el conocimiento sea transferible, sino que es preciso generar proyectos asociativos que respondan a temáticas con pertinencia regional y nacional y que posean alta capacidad de transferencia y mejora social palpable.

Para ello y por lo anteriormente expuesto someto a su consideración Honorable Cabildo lo siguiente:

UNICO: La firma del convenio de colaboración general entre la Universidad Tecnológica de Izúcar de Matamoros y el Honorable Ayuntamiento de Atlixco, Puebla.

Es cuanto señor Presidente.

El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

El Síndico Municipal expresa: Hemos analizado el convenio y comentaba que tiene algunos detalles de redacción y hay un punto en específico que es el término del convenio pues menciona que debe darse por terminado cuando así lo determinen las partes, pero debe tenerse como límite la duración de esta administración.

En uso de la voz el Regidor Jorge Eduardo Moya Hernández manifiesta: Que una vez que ya tenga las condiciones adecuadas si les pueden hacer llegar una copia para conocerlo bien y saber en cuáles de sus áreas puede incidir.

El Presidente Municipal expresa: Si ya no existe ningún comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.

Secretaria del Ayuntamiento manifiesta: Honorable Cabildo, quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad.

El Presidente Municipal manifiesta: El Asunto General Dos lo presenta el Regidor Presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, Félix Castillo Sánchez para aprobar el pago de 170 becas cada una por la cantidad de $150.00 (ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.) mensualmente, para los meses de febrero a julio del 2014.

Se le concede el uso de la palabra al Regidor Presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, Félix Castillo Sánchez, para que proceda a dar lectura a su dictamen.

El Presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte expresa:

HONORABLE CABILDO

El C. Prof. Félix Castillo Sánchez titular de la Comisión de Educación Juventud y Deporte los CC. Lic. María Auxilio Morales Heredia, Mtro. Erich Amigón Velázquez, integrantes de la misma, en base a lo que establecen los artículos 3, fracción II, inciso a y fracción III,115 de la Constitución General de la República, 102, 103 y 105 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, artículo 2, 78 fracción XV, 92 de la Ley Orgánica Municipal, someto a consideración de éste cuerpo edilicio el siguiente dictamen basándonos para tal efecto en los siguientes antecedentes y considerandos.

ANTECEDENTES

I. Que conforme a lo establecido el párrafo primero fracción II del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 103 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley.

II. Que conforme a lo establecido en la fracción XVII del artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla, es atribución del Ayuntamiento, promover cuanto estime conveniente para el progreso económico, social y cultural del municipio.

III. Que en artículo 92 de la Ley Orgánica Municipal indica que; son facultades y obligaciones de los regidores: fracción I: ejercer la debida inspección y vigilancia en los ramos a su cargo;

IV. Que son facultades y obligaciones de los regidores formular al Ayuntamiento las propuestas de ordenamiento en asuntos municipales, y prever todo lo que crean conveniente al buen servicio público, que el ayuntamiento para facilitar el despacho de los asuntos que le competen, nombrará comisiones permanentes o transitorias, siendo permanente la comisión de gobernación, justicia y seguridad pública, en términos de lo establecido por los artículos 94 y 96 fracción I de la Ley Orgánica Municipal.

V. Que el artículo 2 de la ley orgánica municipal refiere que el municipio es una entidad de derecho público base de la división territorial y de la organización políticas y administrativa del Estado de Puebla, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa, el cual tiene como propósito satisfacer en el ámbito de su competencia las necesidades colectivas de la población que se encuentra asentada en su circunscripción territorial: así como inducir y organizar la participación de los ciudadanos en la promoción del desarrollo integral de sus comunidades

VI. De acuerdo a la Ley General de Educación del capítulo I de las isposiciones generales, artículo 2: todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establecen las disposiciones generales aplicables.

VII. Que el artículo 32 de la Ley General de Educación establece: las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos. Dichas medidas estarán dirigidas, de manera preferente, a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrentan condiciones económicas y sociales de desventaja en términos de lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de esta ley y en la fracción VIII que dice…desarrollarán programas con perspectiva de género, para otorgar becas y demás apoyos económicos preferentemente a los estudiantes que enfrenten condiciones económicas y sociales que les impidan ejercer su derecho a la educación;

CONSIDERANDOS

1. Que el problema de la deserción a la educación recae cuando existe ésta misma a temprana edad, si bien existen muchos factores que ocasionan la misma, el más sobresaliente es el costo de oportunidad de estudiar en el tiempo, esto es, en el corto plazo los alumnos deciden desertar presumiblemente porque tienen problemas económicos, probablemente el mercado laboral les compensará más que el seguir estudiando, la cuestión enfatiza cuando no se tiene una idea clara de lo que pasará en el largo plazo. En el largo plazo esos alumnos que abandonan sus estudios, enfrentan problemas para integrarse al mercado y conseguir un trabajo más remunerado, a su vez, son menos productivos y finalmente generan un costo social que puede ser reflejado en bajo crecimiento económico, trampas de pobreza o bien desigualdades de los ingresos.

2. Con el objetivo de estimular a los niños y jóvenes con rendimiento académico y escasos recursos para que tenga acceso a la continuidad de su educación, considero se otorguen becas a los alumnos que cursen 3er, 4to, 5to,

6to grado de primaria y cualquier grado de secundaria en escuelas públicas y así los estudiantes tengan un incentivo adicional para finalizar su educación básica, para que no abandonen la escuela por razones económicas y que los que tienen un buen desempeño académico lo mantengan.

Por lo anteriormente expuesto sometemos a su consideración el siguiente

DICTAMEN:

PRIMERO: Que se apruebe el pago de 170 becas de $150.00 (ciento cincuenta pesos 00/100 m.n) cada una mensualmente, para los meses de febrero a julio del 2014, en que termina el próximo ciclo escolar a estudiantes con rendimiento escolar y alumnos de escasos recursos económicos en nivel básico, pertenecientes a este municipio, las cuales serán normadas por el programa municipal de becas contenido en la convocatoria respectiva.

SEGUNDO: Se instruya a la Tesorera Municipal C.P. Leticia Areli García Páez, para que en ámbito de su competencia, realice los trámites conducentes.

Es cuanto señor Presidente.

El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

Si no existe ningún comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento menciona: Honorable Cabildo, quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

El Presidente Municipal menciona: El Asunto General Tres lo presenta el Regidor Presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, Prof. Félix Castillo Sánchez para aprobar el pago de 30 becas cada una por la cantidad de $150.00 (ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.) mensualmente, para los meses de febrero a julio del 2014, para los hijos de los trabajadores del H. Ayuntamiento Municipal.

Se le concede el uso de la palabra al Regidor Presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, Félix Castillo Sánchez, para que proceda a darle lectura a su dictamen.

El Presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, Félix Castillo Sánchez expresa:

HONORABLE CABILDO

El C. Profr. Félix Castillo Sánchez titular de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, los CC. Lic. María Auxilio Morales Heredia, Mtro. Erich Amigón Velázquez, integrantes de la misma, en base a lo que establecen los artículos 3fracción II, inciso a y fracción III 115 de la Constitución General de la República, 102, 103, y 105 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, Artículo 2, 78 fracción XV, 92 de la Ley Orgánica Municipal someto a consideración de este cuerpo edilicio el siguiente dictamen basándonos para tal efecto en los siguientes antecedentes y considerandos.

ANTECEDENTES

I. Que conforme a lo establecido el párrafo primero, fracción II, del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 103 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley.

II. Que conforme a lo establecido en la fracción XVII del artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla, es atribución del Ayuntamiento, promover cuanto estime conveniente para el progreso económico, social y cultural del municipio.

III. Que en artículo 92 de la Ley Orgánica Municipal indica que; son facultades y obligaciones de los regidores: fracción I, ejercer la debida inspección y vigilancia, en los ramos a su cargo;

IV. Que son facultades y obligaciones de los regidores, formular al Ayuntamiento las propuestas de ordenamiento en asuntos municipales, y prever todo lo que crean conveniente al buen servicio público, que el Ayuntamiento, para facilitar el despacho de los asuntos que le competen, nombrará comisiones permanentes o transitorias, siendo permanente la comisión de gobernación, justicia y seguridad pública, en términos de lo establecido por los artículos 94 y 96 fracción I de la Ley Orgánica Municipal.

V. Que el artículo 2 de la Ley Orgánica Municipal refiere que el municipio es una entidad de derecho público base de la división territorial y de la organización políticas y administrativa del Estado de Puebla, integrado por una comunidad establecida en un territorio, con un gobierno de elección popular directa, el cual tiene como propósito satisfacer en el ámbito de su competencia, las necesidades colectivas de la población que se encuentra asentada en su circunscripción territorial así como inducir y organizar la participación de los ciudadanos en la promoción del desarrollo integral de sus comunidades

VI. Que de acuerdo a la Ley General de Educación del capítulo I de las disposiciones generales, artículo 2: todo individuo tiene derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establecen las disipaciones generales aplicables”

VII. Que el artículo 32 de la Ley General de Educación establece: las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos. Dichas medidas estarán dirigidas, de manera preferente, a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrentan condiciones económicas y sociales de desventaja en términos de lo dispuesto en los artículos 7o. y 8o de esta ley y en la fracción VIII que dice…desarrollarán programas con perspectiva de género, para otorgar becas y demás apoyos económicos preferentemente a los estudiantes que enfrenten condiciones económicas y sociales que les impidan ejercer su derecho a la educación;

CONSIDERANDO

Considerando que uno de los objetivos primordiales de esta administración es promover la educación en su municipio y como estímulo a trabajadores del H. Ayuntamiento se propone la asignación de 30 becas a hijos de trabajadores de alto rendimiento escolar que cursen 3ro, 4to, 5to. grado de primaria y cualquier grado de secundaria.

Por lo anteriormente expuesto sometemos a su consideración el siguiente

DICTAMEN:

PRIMERO: Que se apruebe el pago de 30 becas de $150.00 (ciento cincuenta pesos 00/100 m.n) cada una mensualmente, para los meses de febrero a julio de 2014 a estudiantes con alto rendimiento escolar, hijos de trabajadores en que cursen 3ro, 4to, 5to, grado de primaria y cualquier grado de secundaria, pertenecientes a este municipio, las cuales serán normadas por el prombetra contenido en la convocatoria respectiva.

SEGUNDO: instrúyase a la tesorera municipal C.P. Leticia Areli García Páez, para que en ámbito de su competencia, realice los trámites conducentes.

Es cuanto señor Presidente.

El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

El Regidor Erich Amigón Velázquez expresa: ¿qué considera de alto rendimiento?

El Regidor Félix Castillo Sánchez responde: ocho punto cinco.

El Regidor Erich Amigón Velázquez expresa: ¿Se considera hasta los hijos de trabajadores que estén en bachillerato?

El Regidor Félix Castillo Sánchez responde: No, esta es una convocatoria anterior, sería trabajo de una nueva convocatoria para determinar las bases.

La Regidora Haydee Muciño Delgado expresa: Sería importante incrementarlas para estimular a los hijos de los trabajadores.

El Presidente Municipal menciona: Si no existe ningún comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento expresa: Honorable Cabildo, quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad de votos.

El Presidente Municipal menciona: El Asunto General Cuatro, lo presenta la Regidora Presidenta de la Comisión de Salud y Alimentación, Jesica Ramírez Rosas, para aprobar el Proyecto del Sector Salud denominado “Adolescentes en Movimiento” para evitar la obesidad en el Municipio de Atlixco.

Se le concede el uso de la palabra a la Regidora Presidenta de la Comisión de Salud y Alimentación, Jesica Ramírez Rosas, para que proceda a dar lectura a su dictamen.

La Regidora Presidenta de la Comisión de Salud y Alimentación Jesica Ramírez Rosas manifiesta:

HONORABLE CABILDO

Con fundamento en lo establecido por los artículos 4 párrafo tercero y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 102, 103, y 105 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Puebla, 110 y 111 fracciones I, II y III, 112 de la Ley General de Salud, 92 fracciones I, IV, y V, y 94 de la Ley Orgánica Municipal, someto a consideración el siguiente dictamen, basándome para tal efecto en los siguientes:

ANTECEDENTES

1.- Que en tiempos recientes se ha incrementado el índice de masa corporal (sobrepeso y obesidad) en adolescentes, donde un porcentaje considerable presenta obesidad, la cual tiene orígenes diversos como son: la predisposición genética, la falta de información nutrimental, aumento en número de restaurantes de comida rápida, el tiempo que los adolescentes están frente al televisor, computadora o juegos de video, la falta de implementación de un programa de ejercicios para este sector juvenil, la dieta a base de alimentos con alto contenido calórico, entre otros.

2.- Que toda persona goza del derecho inalienable a la protección de la salud, siendo un derecho fundamental para el desarrollo de las potencialidades de los individuos, por lo que resulta necesario propiciar mejores condiciones de vida para la ciudadanía y obtener el mejor aprovechamiento de sus capacidades, implementando programas que sirvan para combatir estos efectos negativos y que con ello sus expectativas de vida se vean favorecidas, por lo que:

CONSIDERANDO

1.- Que el proyecto “adolescentes en movimiento”, para evitar la obesidad en el municipio de Atlixco; tiene como objetivo efectuar diversas acciones encaminadas a reducir el sobrepeso entre los adolescentes, siendo importante resaltar que este proyecto se encuentra bajo la modalidad peso a peso, en donde la Federación aporta un peso por cada peso que aporte el municipio, toda vez que el costo de este programa es de un millón de pesos, correspondería al Ayuntamiento de Atlixco aportar la cantidad $500,000.00 (quinientos mil pesos) y la Federación otros $500,000.00 (quinientos mil pesos).

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este Cuerpo Colegiado el siguiente:

DICTAMEN

PRIMERO.-Que se autorice al Ayuntamiento la aportación de la cantidad de $500,000.00 (quinientos mil pesos) para el programa “adolescentes en movimiento”, para evitar la obesidad en el municipio de Atlixco.

SEGUNDO.-Que se instruya a la Regidora de Salud y Alimentación, para que lleve a cabo el procedimiento a que haya lugar para obtener el proyecto mencionado en el punto inmediato anterior.

TERCERO.- Que se instruya a la Tesorera Municipal para efectos de que se disponga del recurso necesario para el cumplimiento de las obligaciones a cargo del erario municipal.

Es cuanto señor Presidente.

El Presidente Municipal menciona: Está a consideración de este cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

En uso de la voz el Presidente Municipal manifiesta: ¿Hay que presentarlo en alguna parte?

La Regidora Jesica Ramírez Rosas responde: Sí es un programa a concurso y tenemos hasta el día 10 de marzo pero si hay que hacer alguna corrección tendríamos cinco días para subsanar. Lo ejecuta el ayuntamiento y un 20% de ese recurso es para evaluar el programa.

El Regidor Erich Amigón Velázquez expresa: ¿Quién pone las reglas de operación?

La Regidora Jesica Ramírez Rosas responde: La Secretaría de Salud del Gobierno Federal.

El Presidente Municipal menciona:Si no existe ningún comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento expresa: Honorable Cabildo, quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad.

El Presidente Municipal manifiesta: El Asunto General cinco, lo presenta la Regidora Presidenta de la Comisión de Salud y Alimentación, Jesica Ramírez Rosas, para aprobar el Proyecto del Sector Salud denominado “Prevención de Accidentes en Infantes”, en el municipio de Atlixco.

Se le concede el uso de la palabra a la Regidora Presidenta de la Comisión de Salud y Alimentación, Jesica Ramírez Rosas, para que proceda a dar lectura a su dictamen.

La Regidora Presidenta de la Comisión de Salud y Alimentación Jesica Ramírez Rosas, menciona:

Con fundamento en lo establecido por los artículos 4 párrafo tercero y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 102, 103, y 105 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Puebla, 110 y 111 fracciones I, II y III, 112 de la Ley General de Salud, 92 fracciones I, IV y V, y 94 de la Ley Orgánica Municipal, someto a consideración el siguiente dictamen, basándome para tal efecto en los siguientes:

ANTECEDENTES

1.- Que toda persona goza del derecho inalienable a la protección de la salud, siendo un derecho fundamental para el desarrollo de las potencialidades de los individuos, por lo que resulta necesario propiciar mejores condiciones de vida para la ciudadanía y obtener el mejor aprovechamiento de sus capacidades, implementando programas que sirvan para combatir accidentes que pongan en peligro la vida de los infantes y que con ello sus expectativas de vida se vean truncadas.

CONSIDERANDO

1.- Que el proyecto “Prevención de Accidentes en Infantes en el Municipio de Atlixco”, tiene como uno de sus propósitos fundamentales el identificar de manera oportuna las causas de los accidentes en este sector de la sociedad, para así poder evitarlos, siendo importante resaltar que este proyecto tiene un costo de un millón de pesos pero se encuentra en la modalidad de peso a peso, en donde la Federación aporta un peso por cada peso que aporte el municipio. En ese sentido el Ayuntamiento de Atlixco, aportaría la cantidad $500,000.00 (quinientos mil pesos), y la Federación los otros $500,000.00 (quinientos mil pesos).

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este Cuerpo Colegiado el siguiente:

DICTAMEN

PRIMERO.- Que se autorice que al Ayuntamiento para que aporte la cantidad de $500,000.00 (quinientos mil pesos) para el programa de “Prevención de Accidentes en Infantes”, en el municipio de Atlixco.

SEGUNDO.-Que se instruya a la Regidora de Salud y Alimentación, para que lleve a cabo el procedimiento a que haya lugar para obtener el proyecto mencionado en el punto inmediato anterior.

TERCERO.- Que se instruya a la Tesorera Municipal para efectos de que se disponga del recurso necesario para el cumplimiento de las obligaciones a cargo del erario municipal.

Es cuanto señor Presidente.

El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien desea hacer uso de la palabra?

En uso de la voz el Regidor Erich Amigón Velázquez pregunta: ¿cómo se determinó que el programa de prevención de accidentes era el más adecuado?

La Regidora Jesica Ramírez Rosas responde: Salud a nivel estatal lleva las estadísticas de cuales son las enfermedades que más aquejan a los municipios.

El Presidente Municipal manifiesta: Si no existe ningún comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.

La Secretaria del Ayuntamiento menciona: Honorable Cabildo, quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen que se ha dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Se aprueba por unanimidad.

PUNTO TRECE

La Secretaria del Ayuntamiento manifiesta: Señor Presidente, informo a usted y al pleno que se ha dado cumplimiento al orden del día.

El Presidente Municipal expresa: Honorable Cabildo, se han agotado los temas listados en el orden del día, por lo tanto declaro el cierre de la presente sesión ordinaria de Cabildo, siendo las dieciocho horas con treinta y cinco minutos del día veinticinco de febrero de dos mil catorce, MUCHAS GRACIAS Y BUENAS TARDES A TODOS. ----------------------------------------------------------------------------------

Ing. José Luis Galeazzi Berra

Presidente Municipal Constitucional

Lic. Esther González Rodríguez

Secretaria General del Ayuntamiento

C. Jorge Eduardo Moya Hernández

Presidente de la Comisión

De Seguridad Pública y Gobernanza

C. Graciela Cantorán Nájera

Presidenta de la Comisión

de Patrimonio y Hacienda Municipal

C. Juan Manuel Ayestarán Nava

Presidente de la Comisión

de Desarrollo Urbano, Obras y Servicios

Públicos de Calidad

C. María Auxilio Morales Heredia

Presidenta de la Comisión

de Desarrollo Humano, Social y Económico

C. Rodolfo Chávez Escudero

Presidente de la Comisión

de Ecología y Medio Ambiente Sustentable

C. Esperanza Sánchez Pérez

Presidente de la Comisión

de Industria y Comercio

C. Jesica Ramírez Rosas

Presidente de la Comisión

de Salud y Alimentación

C. Félix Castillo Sánchez

Presidente de la Comisión

de Educación, Juventud y Deporte

C. Haydee Muciño Delgado

Presidente de la Comisión

de Grupos Vulnerables y Equidad entre Géneros

C. Erich Amigón Velázquez

Presidente de la Comisión de Turismo, Cultura

y Tradiciones

C. Jorge Mario Blancarte Montaño

Presidente de la Comisión

de Agricultura y Ganadería

C. Jorge Gutiérrez Ramos

Síndico Municipal.

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