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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara. 1 Municipio de Tepatitlán [PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO PARA INFRAESTRUCTURA] Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

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Municipio de Tepatitlán

[PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO PARA

INFRAESTRUCTURA]

Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

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Contenido.

I. Datos Generales del Proyecto I. Tipo de acción urbanística a desarrollar II. Uso propuesto III. Giro específico

II. Antecedentes

I. Introducción II. Motivación III. Definiciones

III. Fundamentación y Bases jurídicas I. Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos II. Constitución Política del Estado de Jalisco III. Ley General de Asentamientos Humanos,

Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. IV. Ley Orgánica municipal del Estado de Jalisco V. Ley General del Equilibrio Ecológico y la protección

al ambiente VI. Reglamento de la LGEEPA en materia de Evaluación

de Impacto Ambiental VII. Ley Estatal del equilibrio ecológico y la protección al

ambiente VIII. Código Urbano para el Estado de Jalisco IX. Reglamento Estatal de Zonificación X. Norma Oficial Mexicana nom-003-secre-2011,

(Distribución de gas natural y gas licuado de petróleo por ductos.)

XI. PROY-NOM-007-SECRE-2015

IV. Marco de Planeación I. Plan Nacional de Desarrollo 2012-2018 II. Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018 III. Reforma Energética Nacional IV. Plan Sectorial de Energía V. Programa Sectorial de Energía VI. Plan Estatal de Desarrollo VII. Plan Regional de Desarrollo VIII. Plan Municipales de Desarrollo IX. Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población

de Tepatitlán de Morelos V. Las políticas y los objetivos que se persiguen

I. Políticas II. Objetivos

I. Objetivo General II. Objetivos específicos

VI. Fase de diagnóstico I. Delimitación del Área de Estudio (Plano Base) II. Delimitación del Área de Aplicación (Plano D-1 Área

de Aplicación). III. Análisis del Medio Social y Económico

I. Características demográficas I. Población Regional Servida II. Población Municipal III. Población Local IV. Distribución de la población por grupos de

edad II. Características socioeconómicas

I. Población Económicamente Activa II. Empleo

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III. Ingresos IV. Rezago Social

IV. Análisis del Medio Físico Natural I. Topografía

I. Elevación (Plano D-2-1) II. Pendientes (Plano D-2-2) III. Orientación de Pendientes (Plano D-2-3) IV. Sistema de Topoformas (Plano D-2-4)

II. Hidrología I. Hidrología Superficial (Plano D-2-5) II. Hidrología Subterránea (Plano D-2-6)

III. Vegetación y Uso Potencial del Suelo (Plano D-2-7)

IV. Edafología (Plano D-2-8) V. Geología (Plano D-2-9) VI. Climatología (Plano D-2-10) VII. Paisaje Natural (Plano D-2-11) VIII. Ordenamiento Ecológico Territorial del Estado

de Jalisco (Plano D-2-12) IX. Aspectos Ambientales

V. Análisis del Medio Físico Transformado I. Estructura Urbana y Tenencia del Suelo (Plano

D-3) II. Uso Actual del Suelo (Plano D-4) III. Vialidad y Transporte (Plano D-5) IV. Infraestructura (Plano D-6)

VI. Síntesis del Estado Actual (Plano D-7) VII. Bases y Criterios de Ordenamiento Territorial

I. Perspectivas de Crecimiento Demográfico II. Demanda de Suelo Urbano

III. Requerimientos de Equipamiento e Infraestructura

IV. Metas específicas del Plan Parcial de Desarrollo Urbano para Infraestructura

VIII. Estrategias. I. Estrategia de Desarrollo Urbano II. Delimitación del Centro de Población III. Clasificación de Áreas (Plano E-1)

I. Áreas de restricción a infraestructura o instalaciones especiales RI I. Áreas de restricción de instalaciones

de riesgo, clave RI-RG II. Áreas de restricción por paso de

instalaciones de electricidad, clave RI-EL

III. Áreas de restricción por paso de instalaciones de telecomunicación, clave RI–TL

IV. Áreas de restricción por paso de vialidades, clave RI-VL

II. Áreas de Conservación Ecológica I. Áreas de Protección a Cauces y

Cuerpos de Agua, clave CA IV. Acciones de Conservación, Mejoramiento y

Crecimiento I. Acciones de Conservación II. Acciones de Mejoramiento III. Acciones de Crecimiento

V. Utilización Particular del Suelo (Plano E-2) I. Áreas de restricción a infraestructura o

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instalaciones especiales RI I. Áreas de restricción de instalaciones

de riesgo, clave RI-RG II. Áreas de restricción por paso de

instalaciones de electricidad, clave RI-EL

III. Áreas de restricción por paso de instalaciones de telecomunicación, clave RI–TL

IV. Áreas de restricción por paso de vialidades, clave RI-VL

II. Áreas de Conservación Ecológica I. Áreas de Protección a Cauces y

Cuerpos de Agua, clave CA VI. Estructura Urbana (Plano E-3)

I. Estructura Territorial y Núcleos de Equipamiento

II. Estructura Vial IX. Propuestas de Acción Urbana

I. Planeación del Desarrollo Urbano II. Suelo Urbano y Reservas Territoriales III. Infraestructura IV. Movilidad Urbana Sustentable V. Equipamiento y Espacios Verdes VI. Impacto y Riesgo Ambiental VII. Atlas de Riesgos

X. Control de Usos y Destinos del Suelo XI. Derechos y Obligaciones Derivados del Plan Transitorios

Anexos

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I. DATOS GENERALES DEL PROYECTO:

1.1. TIPO DE ACCIÓN URBANÍSTICA A DESARROLLAR:

El siguiente plan parcial se elaboró bajo la modalidad de acción

urbanística de infraestructura para el “Gasoducto Villa de Reyes-

Aguascalientes-Guadalajara”, que contribuirá a satisfacer los

requerimientos de gas natural en las centrales de generación de

la CFE ubicadas en los estados de Aguascalientes y Jalisco, así

como en las regiones Centro y Occidente del país.

El Plan Parcial integra los elementos señalados en el artículo 122

del Código Urbano del Estado de Jalisco y contiene la expresión

de los resultados de los estudios técnicos de los medios físico,

natural y transformado, así como de los aspectos

socioeconómicos, relativos a la planeación, programación,

ordenamiento y regulación para el desarrollo urbano en su área

de aplicación.

I.2. USO PROPUESTO:

Se contempla que el uso sea de restricción por paso de

infraestructura, en virtud del tipo de instalación que se pretende

pasar por los predios del área de estudio y aplicación del plan.

I.3. GIRO ESPECÍFICO:

El giro específico es una línea de conducción de gas natural que

se utilizara para la generación de energía eléctrica

principalmente.

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II. ANTECEDENTES

II.1. INTRODUCCIÓN

En la última década la demanda de gas natural en el país se ha incrementado de manera sostenida, debido al precio de venta de primera mano vinculado al mercado de Norte América; las ventajas de eficiencia sobre los procesos industriales, la generación de electricidad y los altos precios del petróleo y sus derivados. Esta demanda de gas natural, aunada a la disminución en la producción nacional ha derivado en el incremento de las importaciones, lo que a su vez dificulta el abastecimiento de este combustible, principalmente en la zona centro-occidente del país, por las limitaciones en la capacidad de importación y transporte de gas natural. Esto ha llevado a comprometer la flexibilidad operativa del Sistema Nacional de Gasoductos (SNG), así como a recurrir a mayores importaciones de gas natural licuado, con el consecuente incremento en costos. Aunque se ha procurado aprovechar los bajos precios del gas

natural para reducir los costos de explotación en la generación

de energía eléctrica, sustituyendo el combustóleo y diésel por

gas natural. Desde hace algunos años se han emprendido una

serie de reformas al marco legal del sector del gas natural, en

temas encaminados a modernizar las actividades de esta

industria, principalmente en lo relativo al impulso de la

inversión privada en las actividades de transporte,

almacenamiento y distribución del hidrocarburo.

En lo referente al transporte, desde 1996 el desarrollo

de nueva infraestructura ha recaído en el sector privado, la

mayoría de los proyectos para cubrir las necesidades específicas

de Petróleos Mexicanos y de la Comisión Federal de Electricidad,

han sido auspiciados por ellos mismos. Sin embargo, esta

infraestructura ha sido insuficiente para atender

oportunamente el aumento de la demanda de gas natural, que

deriva de las políticas de sustitución de combustóleo por gas

natural, así como de la disminución en los precios relativos del

gas natural en Norte América.

Actualmente, las limitaciones en infraestructura tanto

de transporte como de importación de gas natural, han

provocado, que desde el año 2012 el Sistema Nacional de

Gasoductos enfrente condiciones críticas de operación

derivadas del exceso de extracciones del hidrocarburo en

proporción a las inyecciones. Lo anterior se ha traducido en la

declaración de “alertas críticas”, que han afectado el suministro

en regiones alejadas de los puntos de producción o importación

(principalmente en el centro-occidente del país); estas

situaciones han impactado en la actividad económica en la

industria de la transformación y del sector eléctrico, lo que ha

llevado a grandes consumidores a reemplazar el uso del gas

natural por combustibles de mayor precio, o bien, a limitar su

consumo.

Para atender la problemática en el abasto de gas

natural, a mediano y largo plazo, actualmente se encuentran en

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desarrollo proyectos de transporte, que permitirán ampliar la

infraestructura a regiones del país que actualmente no cuentan

con gas natural, o bien, que generarán redundancia en los

sistemas de transporte existentes. Estos proyectos, permitirán

aumentar la capacidad de importación de gas natural desde los

Estados Unidos, lo cual contribuirá a diversificar las fuentes de

suministro.

El Gobierno Federal implementó la Estrategia Integral de

Suministro de Gas Natural, la cual promueve un abasto del

hidrocarburo de forma segura y eficiente a precios

competitivos; en el corto plazo, permitiendo aumentar el

suministro de gas natural en el país.

En el corto y mediano plazo, se están realizando trabajos

técnicos y operativos para el desarrollo de nuevos gasoductos.

Uno de ellos corresponde al Plan Parcial de Desarrollo Urbano

“Gasoducto Villa de Reyes - Aguascalientes - Guadalajara”

Dónde a través del desarrollo de la nueva infraestructura, se

garantizará que el país cuente con los elementos que permitan

un abasto del gas natural seguro y eficiente de largo plazo, a

precios competitivos.

II.2. MOTIVACIÓN

Es un hecho innegable que el crecimiento de la

población en nuestro país es un fenómeno que trae consigo una

serie de necesidades que deben ser solucionadas de una

manera planeada y con visión de futuro, para poder generar

soluciones más eficientes que tiendan a revertir el deterioro que

el ser humano ha causado al medio. Una de estas necesidades

es el aumento de la demanda de energía eléctrica.

Es por este motivo que se presenta la generación del Plan Parcial

de Desarrollo Urbano “Gasoducto Villa de Reyes -

Aguascalientes - Guadalajara” que plantea el paso de una línea

de gas natural a través de tubería especialmente diseñada para

este fin.

Para cumplir con la normatividad es necesario contar con los

dictámenes favorables correspondientes de usos trazos y

destinos, pero las localidades por las que pasa la infraestructura,

no cuentan actualmente con planes o programas de desarrollo

urbano en los que se defina la zonificación específica de la cual

se pudiera especificar la compatibilidad o no del uso que se

pretende.

En el código urbano para el estado de Jalisco, en su artículo 252

establece que, cuando un centro de población no cuente con un

plan de desarrollo urbano de centro de población que ordene y

regule un área específica donde se pretendan realizar obras de

urbanización o cuando dichas áreas se encuentre fuera de los

límites de un centro de población, los interesados en su

urbanización deberán proponer y tramitar la aprobación de un

plan parcial de desarrollo urbano que regule las acciones

urbanísticas correspondientes.

El mismo código en su artículo 121 dice que los planes parciales

de desarrollo urbano, son los instrumentos para normar las

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acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento

previstas en los programas y planes de desarrollo urbano

aplicables al centro de población. Se formularán, aprobarán y

aplicarán conforme a las siguientes disposiciones:

I. El plan parcial de desarrollo urbano integra el conjunto de

normas específicas a efecto de precisar la zonificación y regular

los usos, destinos y reservas en los predios localizados en su área

de aplicación;

II. Sus disposiciones corresponderán con las del Plan de

Desarrollo Urbano de Centro de Población del cual es una parte

y, por lo tanto, deben guardar congruencia entre sí;

III. Su objeto principal será el precisar las normas de

zonificación, cuando por la magnitud de escala, intensidad de

las actividades, resulte insuficiente el plan de desarrollo urbano

de centro de población, el programa de ordenamiento ecológico

local o en su caso, el programa municipal de desarrollo urbano,

donde se integren las disposiciones de ordenamiento territorial

de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico local; e

Indicara las acciones de conservación, mejoramiento y

crecimiento, en función del ordenamiento territorial, sin

implicar la autorización de las mismas.

II.3. DEFINICIONES

Para los efectos del presente Plan Parcial se entiende por:

Acción urbanística: la urbanización del suelo comprendiendo

también la transformación de suelo rural a urbano; los cambios

de utilización, las subdivisiones y fraccionamientos de áreas y

predios para el asentamiento humano; la rehabilitación de

fincas y zonas urbanas; así como la introducción, conservación,

o mejoramiento de las redes públicas de infraestructura y la

edificación del equipamiento urbano;

Anexo gráfico: El conjunto de planos impresos y/o en archivos

digitalizados, que forman parte de este plan parcial;

Área: la porción de territorio que comparte los mismos grados

de ordenamiento y gestión pública, a efecto de planear y regular

las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento en la

misma; se tipifica, clasifica y delimita en función de las

características del medio físico natural y transformado que le

afectan;

Área de estudio: Se refiere a la zona de influencia del predio a

desarrollar y la delimitación del área de aplicación. Corresponde

a la zona geográfica de influencia que tiene el predio en el que

se pretende llevar a cabo una acción urbanística, esta área debe

quedar comprendida en los planos de diagnóstico (D-1, D-2 y D-

3) que se presenten como parte del anexo gráfico del Plan

Parcial de Urbanización propuesto, así como en las

descripciones.

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Área de aplicación del Plan Parcial “Gasoducto Villa de Reyes -

Aguascalientes - Guadalajara”: El área de aplicación del

presente plan, las áreas constituidas por las zonas urbanizadas,

las que se reserven para su expansión y las que se consideren no

urbanizables por causas de preservación ecológica, prevención

de riesgos y mantenimiento de actividades productivas dentro

de los límites de dicho plan parcial;

Áreas y predios de conservación ecológica: las tierras, aguas y

bosques que por sus características de valor científico,

ambiental o paisajístico deben ser conservadas. Su origen o

estado natural y su grado de transformación, motivarán su

preservación o nivel de conservación de conformidad con la

legislación en esta materia;

Áreas y predios rústicos: las tierras, aguas y bosques que son

susceptibles de explotación racional agropecuaria, piscícola,

minera o forestal; así como los predios comprendidos en las

áreas de reservas de un centro de población, donde no se hayan

realizado las obras de urbanización;

Áreas de restricción de instalaciones de riesgo (RI-RG): Son las

referidas a depósitos de combustible, gasoductos y redes de

distribución energéticos, gaseras, gasolineras, centros de

distribución de gas para vehículos automotores, industrias

peligrosas y demás usos de suelo que entrañan riesgos o peligro

para la vida o la salud en sus inmediaciones.

Áreas de restricción para vialidad (RI-VL): Son las superficies

que deberán de quedar libre de construcción para la ejecución

del sistema de vialidades establecidas para el ordenamiento

territorial y urbano conforme a los derechos de vía, que

establezcan las autoridades federales, estatales y municipales

competentes en la materia.

Áreas de restricción por paso de redes e instalaciones de

electricidad (EL): Corresponde a las franjas a lo largo de las

redes, por lo general sobre vías públicas y alrededor de las

instalaciones de electricidad, que se deben de dejar libres de

edificación para permitir el tendido, registro, reparación y

ampliación de las mismas, o como separador por el peligro que

representan, cuyo ancho señalará la autoridad municipal y la

CFE con relación al tipo de instalación.

Áreas de conservación ecológica (AC): Las tierras, aguas y

bosques que por sus características de valor científico,

ambiental o paisajístico deben ser conservadas. Su origen o

estado natural y su grado de transformación, motivarán su

preservación o nivel de conservación, de conformidad con la

legislación en esta materia. En estas áreas deberá respetarse lo

establecido en las Leyes Federal y Estatal del Equilibrio Ecológico

y Protección al Ambiente, estando bajo el control de las

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autoridades competentes, así mismo, estas áreas y sus zonas de

amortiguamiento podrán estar sujetas a un Plan de

Ordenamiento Ecológico Territorial, según lo dispuesto en las

mencionadas leyes.

Igualmente, se consideran áreas de conservación ecológica, las

áreas de preservación agrícola primaria, que son los terrenos

que, por la calidad de sus suelos, clasificados como de primera

clase en términos edafológicos, son de alto potencial de

productividad agrícola, debiendo preservarse para estos fines y

evitar su transformación en suelo urbano.

Área de protección a causes y cuerpos de agua (CA): Las

requeridas para la regularización y control de los cauces en los

escurrimientos y vasos hidráulicos tanto para su operación

natural, como para los fines de explotación agropecuaria, como

suministro a los asentamientos humanos.

Asentamiento humano: la radicación de un grupo de personas,

con el conjunto de sus sistemas de convivencia en un área

localizada, considerando en la misma los elementos naturales y

las obras materiales que la integran;

Centro de población: las áreas ocupadas por las instalaciones

necesarias para su vida urbana; las que se reservan para su

expansión futura; las constituidas por elementos naturales que

cumplen una función de preservación de sus condiciones

ecológicas; y las que se dediquen a la fundación del mismo,

conforme a las leyes aplicables. El centro de población integra

las áreas donde el Gobierno Municipal está obligado a promover

o realizar las obras de infraestructura básica y equipamiento, así

como administrar los servicios públicos; estas áreas y los predios

comprendidos en las mismas, tendrán la categoría de urbanos;

Código: el Código Urbano del Estado de Jalisco;

Crecimiento: la expansión de las áreas ocupadas con edificios,

instalaciones o redes que integran la infraestructura y el

equipamiento urbano de los centros de población; y la

expansión de los límites de los centros de población para

integrar áreas de reservas o de conservación;

Compatibilidad de uso del suelo: la capacidad para desarrollar

en vecindad y coexistencia, junto con otros usos, las actividades

a desempeñar con una utilización del suelo predominante

determinados en el Reglamento estatal de zonificación para el

estado de Jalisco, sin que ello represente un factor de riesgo

para quienes cohabitan en estas circunstancias;

Densidad de población: Concentración de habitantes o

viviendas permitidas en una superficie determinada del plan

parcial;

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Dependencia Municipal: la dependencia técnica y

administrativa que señale el Gobierno Municipal, competente

para expedir los dictámenes, acuerdos, autorizaciones, licencias

y permisos previstos en las fracciones XIX a XXVI del artículo 12

y demás disposiciones de la Ley de Desarrollo Urbano;

Desarrollo Regional: el aprovechamiento óptimo de las

potencialidades de una región mediante el proceso de

crecimiento económico y evolución social en un territorio

determinado, donde se garantice el mejoramiento de la calidad

de vida de la población, la preservación del ambiente, así como

la conservación y reproducción de los recursos naturales;

Desarrollo urbano: el conjunto armónico de acciones que se

realicen para ordenar, regular y adecuar los elementos físicos,

económicos y sociales de los centros de población y sus

relaciones con el medio ambiente natural y sus recursos; implica

el sistema de organización espacial que integra una sociedad o

comunidad en su desarrollo, condicionados por su medio físico

y su cultura, cuyos resultados son las formas y relaciones de los

asentamientos humanos;

Destinos: los fines públicos a que se prevea dedicar

determinadas zonas, áreas y predios de un centro de población;

Determinación de usos, destinos y reservas: son los actos de

derecho público que corresponde autorizar a los ayuntamientos

en los programas y planes de desarrollo urbano, a fin de

clasificar las áreas y predios de un centro de población y

establecer las zonas, donde se precisen los usos permitidos,

prohibidos y condicionados y sus normas de utilización, a las

cuales se sujetarán el aprovechamiento público, privado y social

de los mismos;

Documento técnico: El conjunto de documentos y lineamientos

que integran la información, conclusiones, recomendaciones y

propuestas relativas a los elementos del medio físico natural y

transformado, así como los aspectos socioeconómicos y

jurídicos, que constituyen las bases reales de la planeación,

programación, ordenamiento y regulación para el desarrollo

ecológico y urbanístico del área de estudio, objeto del presente

plan parcial;

Equipamiento: los edificios y espacios acondicionados de

utilización pública, general o restringida, en los que se

proporcionan a la población servicios de bienestar social.

Considerando su cobertura se clasifican en vecinal, barrial,

distrital y regional (cuando el equipamiento lo administra el

sector público este se considera un destino y cuando lo

administra el sector privado se considera un uso);

Infraestructura básica: las redes generales que permiten

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suministrar en las distintas unidades territoriales que integran

al corredor los servicios públicos de vialidad, agua potable y

alcantarillado;

Ley: la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco;

Ley General: la Ley General de Asentamientos Humanos,

Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.

Ley estatal: la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco;

Municipio: El municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco;

Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población: al Plan de

Desarrollo Urbano de Centro de Población de la ciudad de

Tepatitlán de Morelos;

Propiedad social: las tierras comunales; y las dotadas a los

núcleos de población ejidal o del régimen ejidal conforme las

disposiciones de la Ley Agraria, mismas que se dividen en tierras

para el asentamiento humano, de uso común y parceladas;

Reservas: áreas de un centro de población, que serán utilizadas

para su futuro crecimiento.

Reservas territoriales: las áreas de un centro de población de

población, que serán utilizadas para su futuro crecimiento y se

integren al dominio privado de la Federación, el Estado o los

Municipios;

Reglamento Estatal: al Reglamento Estatal de Zonificación;

Urbanización: el proceso técnico para lograr a través de la

acción material y de manera ordenada, la adecuación de los

espacios que el ser humano y sus comunidades requieren para

su asentamiento;

Usos: los fines particulares a que podrán dedicarse

determinadas zonas, áreas y predios de un centro de población;

en conjunción con los destinos determinan la utilización del

suelo;

Uso o destino predominante: el o los usos o destinos que

caracterizan de manera principal una zona, siendo plenamente

permitida su ubicación en la zona señalada;

Utilización del suelo: la conjunción de Usos y Destinos del suelo;

Zona: el aprovechamiento predominante de los usos o destinos;

Zonificación: la determinación de las áreas que integran y

delimitan un plan parcial las zonas que identifiquen sus

aprovechamientos predominantes, las reservas, usos y destinos,

así como la delimitación de las áreas de conservación,

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mejoramiento y crecimiento del mismo;

III. FUNDAMENTACIÓN Y BASES JURIDICAS

III.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS El Plan Parcial de Desarrollo Urbano para Infraestructura: Gasoducto Villa de Reyes – Aguascalientes - Guadalajara” en el municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco se fundamenta en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual establece en el artículo 27, la participación de la Nación en el ordenamiento y regulación de los asentamientos humanos en el país, la concurrencia de los tres niveles de gobierno en la materia, la facultad de los estados para expedir las leyes relativas al desarrollo urbano, y de los municipios para expedir los reglamentos y disposiciones administrativas de observancia general que se requieran. De igual manera en el artículo 115 de la misma ley, señala que los municipios en los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados entre varios aspectos para: Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; para participar en la creación y administración de sus reservas territoriales; para autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales; y para otorgar licencias y permisos para construcciones. La conducción de la política energética del país le corresponde a la Secretaría de Energía, como lo articula la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su artículo 33, además de que

le corresponde establecer y ejercer los derechos de la Nación en materia de petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos y gaseosos, de minerales radioactivos, así como respecto del aprovechamiento de los bienes y recursos naturales que se requieran para generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación del servicio público; conducir y supervisar la actividad de las entidades paraestatales sectorizadas en la Secretaría, y llevar a cabo la planeación energética a mediano y largo plazos, así como fijar las directrices económicas y sociales para el sector energético paraestatal.

III.2. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE JALISCO El Plan Parcial tiene sus bases jurídicas en la Constitución política

del Estado de Jalisco, en sus artículos 50 y 80 en donde se

confirma lo expuesto en la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos antes mencionada. En los artículos indican la

facultad de los municipios de expedir los reglamentos que

resulten necesarios para proveer la observancia de las leyes y

buen despacho de la administración pública (artículo 50,

fracción VIII), organizar y conducir la planeación del desarrollo

del Estado velando por la sostenibilidad de las finanzas públicas

y estableciendo los medios para la consulta ciudadana y la

participación social, además de ejercer en forma concurrente

con la federación y el Estado, las atribuciones en materia de

preservación y restauración del equilibrio ecológico y

protección del ambiente, el ordenamiento territorial de los

asentamientos humanos y desarrollo urbano (artículo 50°

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fracciones X y XXI).

Además, los municipios a través de sus ayuntamientos, en los

términos de las leyes federales y estatales relativas (artículo

80°), están facultados para: Formular, aprobar y administrar la

zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; Participar

en la creación y administración de sus reservas territoriales;

Controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones

territoriales; Otorgar licencias o permisos para urbanizaciones,

construcciones y condominios; Intervenir en la regulación de la

tenencia de la tierra urbana; Participar en la creación y

administración de zonas de reserva ecológica; y Organizar y

conducir la planeación del desarrollo del municipio y establecer

los medios para la consulta ciudadana y la participación social.

III.3. LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS,

ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO

La ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento

Territorial y Desarrollo Urbano, publicada en el Diario Oficial de

la Federación el 28 de noviembre de 2016; en su artículo 3 dice

que, para los efectos de esta Ley, se entenderá por: XXII.

Infraestructura: los sistemas y redes de organización y

distribución de bienes y servicios en los Centros de Población,

incluyendo aquellas relativas a las telecomunicaciones y

radiodifusión;

Además, en su artículo 8 da facultades a la Federación, a través de la Secretaría, para:

IX. Promover la construcción de obras de infraestructura y equipamiento para el Desarrollo Regional, urbano, y rural, en coordinación con los gobiernos estatales, municipales y las demarcaciones territoriales, y con la participación de los sectores social y privado, impulsando el acceso de todos y todas a los servicios, beneficios y prosperidad que ofrecen las ciudades; Recalca también en el artículo 22 que la planeación, regulación y evaluación del Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y del Desarrollo Urbano de los Centros de Población forman parte del Sistema Nacional de Planeación Democrática, como una política de carácter global, sectorial y regional que coadyuva al logro de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, de los programas federales y planes estatales y municipales. Dice además que los instrumentos de planeación referidos, deberán guardar congruencia entre sí, sujetándose al orden jerárquico que establece su ámbito territorial, y contando con los dictámenes de validación y congruencia que para ese fin serán solicitados y emitidos por los diferentes órdenes de gobierno, para su aplicación y cumplimiento. El artículo 41, trata sobre los Planes parciales y dice que las entidades federativas y los municipios promoverán la elaboración de programas parciales y polígonos de actuación que permitan llevar a cabo acciones específicas para el Crecimiento, Mejoramiento y Conservación de los Centros de Población.

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Por otra parte, el artículo 55 habla de las áreas no urbanizables en los planes o programas de Desarrollo Urbano y ordenamiento territorial, de conurbaciones o de zonas metropolitanas, que sólo podrán utilizarse de acuerdo a su vocación agropecuaria, forestal o ambiental, en los términos que determinan esta Ley y otras leyes aplicables. El artículo 67 especifica que. Los ductos y redes de infraestructura vial, hidráulica y de energía primaria (II); y las instalaciones de almacenamiento, confinamiento, distribución, venta o transformación de combustibles., cuando no exista regulación expresa (V), deberán contar con estudios de prevención de riesgo, tomando en cuenta su escala y efecto:

III.4. LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE JALISCO

La ley Orgánica del Estado de Jalisco regula la constitución,

fusión y extinción de los municipios; organización, función,

suspensión y desintegración de los cabildos. Es aplicable en

todos los municipios del Estado y en aquellos que llegaren a

constituirse. Ratifica la personalidad jurídica y patrimonio

propio del municipio establecido en el artículo 115

Constitucional y en los términos del Título Séptimo de la

Constitución Política del Estado de Jalisco.

El artículo 37 facultan a los cabildos para reglamentar entre

otras cosas la planeación y el Desarrollo Municipal. Además, los

Ayuntamientos de acuerdo a lo estipulado en el artículo 39,

establece la de:

• Ordenar y vigilar que las construcciones se realicen de conformidad a los planes de desarrollo urbano, las declaratorias de usos, destinos y reservas, las normas de los reglamentos de zonificación y el Reglamento de Construcción.

• Expedir los reglamentos y desarrollar las acciones de competencia municipal en materia de equilibrio ecológico y protección al ambiente, conforme las disposiciones de la legislación federal y estatal;

• Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal; ejercer el derecho de preferencia para adquirir los predios comprendidos en las declaratorias de reserva, participar en la creación y administración de zonas de reserva ecológica y en la constitución de reservas territoriales, en los términos de los ordenamientos federales y estatales aplicables; controlar y vigilar la utilización del suelo en sus jurisdicciones territoriales; otorgar licencias y permisos para construcciones e intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra, en los términos que señalen las leyes de la materia;

III.5. LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), Publicada en el diario oficial de la federación el 28 de enero de 1988; en el artículo 28, se establece que para la construcción del gasoducto requiere la presentación de una Manifestación de Impacto Ambiental. Asimismo, en el Art. 5 del Reglamento de la LGEEPA en Materia de Impacto Ambiental, se establece que quienes pretendan llevar a cabo alguna de las

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

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siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental:

• La Construcción de oleoductos, gasoductos, carboductos o poliductos para la conducción o distribución de hidrocarburos o materiales o sustancias consideradas peligrosas conforme a la regulación correspondiente, excepto los que se realicen en derechos de vía existentes en zonas agrícolas, ganaderas o eriales. Como se ha mencionado anteriormente, el gasoducto cruzará por los municipios de Tepatitlán de Morelos, y Teocaltiche, en el estado de Jalisco, por ello y de acuerdo con el Art. 11 del Reglamento de la LGEEPA en Materia de Impacto Ambiental, las manifestaciones de impacto ambiental se presentarán en la modalidad regional cuando se trate de:

• IV. Proyectos que pretendan desarrollarse en sitios en los que, por su interacción con los diferentes componentes ambientales regionales, se prevean impactos acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran ocasionar la destrucción, el aislamiento o la fragmentación de los ecosistemas.

Debido a la naturaleza del proyecto, se presenta la Manifestación de Impacto Ambiental en su Modalidad Regional debido a que por la longitud del Proyecto se presentarán impactos sinérgicos También el Art 30 menciona que para obtener la autorización a que se refiere el artículo 28 de esta Ley, los interesados deberán

presentar a la Secretaría una manifestación de impacto ambiental, la cual deberá contener, por lo menos, una descripción de los posibles efectos en el o los ecosistemas que pudieran ser afectados por la obra o actividad de que se trate, considerando el conjunto de los elementos que conforman dichos ecosistemas, así como las medidas preventivas, de mitigación y las demás necesarias para evitar y reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente. III.6. LEY ESTATAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE

No se encontraron datos referentes al proyecto en la ley estatal de protección al ambiente, sin embargo, en el artículo 3° menciona que, para los efectos de esta ley, se tomarán las definiciones de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente XII. Emisión contaminante: La generación o descarga de materia o energía en cualquier cantidad, estado físico o forma, que, al incorporarse, acumularse o actuar en los sistemas biótico y abiótico, afecte o pueda afectar negativamente su composición o condición natural. III.7. REGLAMENTO DE LA LGEEPA EN MATERIA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL El Reglamento en materia de Evaluación de Impacto Ambiental de la LGEEPA (“REIA”) en su capítulo II, Artículo 5o. dice que quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras

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o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental: [...] C) La Construcción de oleoductos, gasoductos, carboductos o poliductos para la conducción o distribución de hidrocarburos o materiales o sustancias consideradas peligrosas conforme a la regulación correspondiente, excepto los que se realicen en derechos de vía existentes en zonas agrícolas, ganaderas o eriales. [...] requerirán un estudio de Impacto Ambiental

ARTÍCULO 11.-Las manifestaciones de impacto ambiental se presentarán en la modalidad regional cuando se trate de: III. Un conjunto de proyectos de obras y actividades que pretendan realizarse en una región ecológica determinada,

Artículo 51. La Secretaría podrá exigir el otorgamiento de seguros o garantías respecto del cumplimiento de las condiciones establecidas en las autorizaciones, cuando durante la realización de las obras puedan producirse daños graves a los ecosistemas. Se considerará que pueden producirse daños graves a los ecosistemas, cuando: II. En los lugares en los que se pretenda realizar la obra o actividad existan cuerpos de agua, especies de flora y fauna silvestre o especies endémicas, amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial;

Siendo el caso del gasoducto, Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara, se presentará el documento del estudio ambiental

regional correspondiente a los predios por los que atraviesa la infraestructura. III.8. CÓDIGO URBANO PARA EL ESTADO DE JALISCO

Por su parte el código Urbano para el Estado de Jalisco,

publicado en el Periódico Oficial del “Estado de Jalisco” el 27 de

septiembre del 2008, en su artículo 10, fracción I, faculta a los

Ayuntamientos para formular, aprobar, administrar, ejecutar,

evaluar y revisar “el Programa Municipal de Desarrollo Urbano,

los planes de desarrollo urbano de centros de población y los

planes parciales de desarrollo urbano, atendiendo el

cumplimiento de las disposiciones ambientales aplicables”

El artículo 252 del Código Urbano para el Estado de Jalisco,

establece que: “cuando un centro de población no cuenta con

un Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población que

ordene y regule un área específica donde se pretendan realizar

obras de urbanización o cuando dichas áreas se encuentren

fuera de los límites de un centro de población, los interesados

en su urbanización deberán

proponer y tramitar la aprobación de un Plan Parcial de

Desarrollo Urbano que regule las acciones de crecimiento

correspondientes”.

Atendiendo a los artículos anteriores y debido a que el área por

donde se construirá el gasoducto no cuenta con un Plan de

Desarrollo Urbano específico, es que presentamos el presente

documento para que sea anexado a la legislación municipal

correspondiente.

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

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III.9. REGLAMENTO ESTATAL DE ZONIFICACIÓN

El Reglamento Estatal de Zonificación es necesario para la

formulación de los planes de desarrollo urbano, para que se

aplique a falta de disposición municipal, y para ser adoptado por

los Municipios como reglamento municipal cuando así lo

decidan establecer.

Tomando en cuenta lo anterior, el Estado tiene obligación (De

acuerdo con el artículo 25 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos) ser el rector del desarrollo en los

municipios.

El Reglamento Estatal de Zonificación, contiendo el conjunto de

normas técnicas y procedimientos, para formular la planeación

y regulación del ordenamiento territorial en el Estado de Jalisco.

El artículo 17. Nos marca las pautas para la clasificación de

áreas, además el apartado quinto da especial atención a las

áreas de restricción. especificando en su apartado, (F) que las

áreas de restricción de instalaciones de riesgo son las referidas

a depósitos de combustible, gasoductos y redes de distribución

de energéticos, gasolineras, gaseras, centros de distribución de

gas para vehículos automotores, cementerios, industrias

peligrosas y demás usos del suelo que entrañen riesgo o peligro

para la vida o la salud en sus inmediaciones, cuyas instalaciones

y las áreas colindantes deberán respetar las normas,

limitaciones y restricciones a la utilización del suelo que señale

al respecto.

Mientras que el Artículo 123, clasifica las zonas de instalaciones

especiales e infraestructuras, por su dimensión, radio de

cobertura, y grado de riesgo, se clasifican en urbanas y

regionales. El Artículo 124 norma los usos y destinos permitidos

en las zonas de instalaciones especiales e infraestructura son

los que se describen en la siguiente tabla, para el caso de estudio

revisaremos la siguiente tabla.

El artículo 125 del Reglamento de Zonificación estatal especifica

que los predios o terrenos y las edificaciones construidas en las

zonas de instalaciones especiales (IE), e infraestructura (IN),

estarán

sujetas al cumplimiento de los lineamientos marcados en el Plan

Parcial de Urbanización y se deberán indicar las restricciones

para instalaciones especiales, que se señalen por la legislación

vigente en la materia, aplicada por las instituciones

concurrentes, según el ámbito de su competencia.

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III.10. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-003-SECRE-2011,

(DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL Y GAS LICUADO DE

PETRÓLEO POR DUCTOS.)

La apertura de la industria del gas natural a la iniciativa privada,

en lo relativo al transporte, almacenamiento y distribución de

gas natural ha hecho necesario establecer las bases bajo las

cuales se debe garantizar la confiabilidad, la estabilidad, la

seguridad y la continuidad de la prestación del servicio de

distribución, en un entorno de crecimiento y cambios

tecnológicos en esta industria. Asimismo, el transporte y

distribución de gas L.P. por ductos, deben ser actividades que se

realicen bajo un mínimo de requisitos de seguridad. Por lo

anterior, resulta necesario contar con una Norma que

establezca y actualice permanentemente las medidas de

seguridad para el diseño, construcción, operación,

mantenimiento y protección de los sistemas de distribución.

Esta Ley, plantea las condicionantes para el diseño, la instalación

y construcción de ductos, mismas especificaciones que se

tomarán en cuenta de manera puntual para la construcción del

gasoducto, Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

III.11. PROY-NOM-007-SECRE-2015

Esta norma oficial mexicana es aplicable a los sistemas de

transporte de gas natural, etano, biogás y gas asociado al carbón

mineral (a los que indistintamente y en adelante se les llamará

Sistemas de Transporte de gas) por medio de ductos, localizados

en territorio nacional. Incluye todos aquellos Sistemas de

Transporte de gas que se encuentran en las fases de diseño,

construcción, operación y mantenimiento, e inclusive los que

están empacados e inertizados, y aquéllos que ya estando

construidos se modifiquen en su diseño original

Esta norma oficial mexicana se complementa con las siguientes

normas oficiales mexicanas o las que las sustituyan: NOM-001-

SECRE-2010, Especificaciones del gas natural, la NOM-003-

SECRE-2011, Distribución de gas natural y gas natural licuado del

petróleo por ductos. Y NOM-001-SEDE-2012 Instalaciones

Eléctricas (utilización).

INSTALACIONES ESPECIALES E INFRAESTRUCTURA

CLAVE ZONA (USO PREDOMINANTE

ACTIVIDADES O GIROS DE USO PREDOMINANTE

CATEGORIA USOS Y DESTINOS PERMITIDOS

IE-R INSTALACIONES ESPECIALES REGIONALES

Se incluyen las instalaciones especiales urbanas: · Ce, Re. So. Y Ce. Fe. Re.So. · Gasoductos. · Instalaciones militares y cuarteles. · Oleoductos.

Predominante Compatible Compatible

Instalaciones Especiales Regionales. Instalaciones Especiales Urbanas. Espacios verdes, Abiertos y Recreativos Regionales.

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

21

Esta ley se centra en la Puesta en operación, del diseño, los

requisitos generales, la selección de la ruta, su localización, las

franjas de seguridad y protección, conexiones, etc.

Especificaciones que se cumplirán de acuerdo a esta ley, ya que

para la empresa es de vital importancia el mantener el equilibrio

ecológico y la seguridad de la ruta propuesta para el gasoducto.

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

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IV. MARCO DE PLANEACIÓN

El Plan Parcial de Desarrollo Urbano para Infraestructura:

Gasoducto Villa de Reyes – Aguascalientes - Guadalajara” en el

municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, guarda congruencia

con los objetivos generales y estratégicos, así como las metas

establecidas y promovidas por los instrumentos de planeación a

nivel federal, estatal, regional y municipal de la siguiente

manera:

IV.1. PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2013-2018

La alineación que guarda al Plan Nacional de Desarrollo 2013-

2018 (PND), lo establece dentro del Eje 4, titulado: México

Próspero, en el que el objetivo de la meta nacional 4.6, habla de

abastecer de energía al país con precios competitivos, calidad y

eficiencia a lo largo de la cadena productiva.Se incluye también

la estrategia la cual habla de asegurar el abastecimiento de gas

natural de acuerdo a la demanda del país; así mismo en las

Líneas de acción marca la pauta para fortalecer el mercado de

gas natural mediante el incremento de la producción y el

robustecimiento de la infraestructura.

Cuadro N° de la alineación de los objetivos del Programa al PND

Meta Nacional Objetivo de la Meta Nacional

Estrategias del Objetivo de la Meta Nacional

Líneas de Acción

IV. México Próspero Mantener la estabilidad macroeconómica del país

4.6 Abastecer de Energía al país con precios competitivos, calidad y eficiencia a lo largo de la cadena productiva.

4.6.1 Asegurar el abastecimiento de petróleo crudo, gas natural y petrolíferos que demanda el país.

Fortalecer el mercado de gas natural mediante el incremento de la producción y el robustecimiento en la infraestructura de importación, transporte y distribución, para asegurar el abastecimiento de energía en óptimas condiciones de seguridad, calidad y precio.

4.6.2 Asegurar el abastecimiento racional de energía eléctrica a lo largo del país.

Impulsar la reducción de costos en la generación de energía eléctrica para que disminuyan las tarifas que pagan las empresas y las familias mexicanas. Homologar las condiciones de suministro de energía eléctrica en el país. Modernizar la red de transmisión y distribución de electricidad.

IV.2. PROGRAMA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA 2014-

2018

Derivado del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, se

encuentra el Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

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del cual se desprende el Sistema Nacional de Gasoductos, el cual

tiene contemplado la integración de 18 nuevos gasoductos,

entre los cuales se encuentra el Gasoducto Villa de Reyes –

Aguascalientes - Guadalajara”, tal como lo señala en los logros

el Programa Sectorial de Energía.

El desarrollo de estos proyectos es relevante para la industria

eléctrica del país porque, por un lado, representa el inicio de un

proceso de renovación de las fuentes de infraestructura para la

generación eléctrica, y, por otro representó también el inicio de

operaciones de la Comisión Federal de Electricidad en otros

países y bajo marcos normativos distintos.

El Programa Nacional de Infraestructura 2014-2018, muestra

congruencia con el Plan Parcial en:

Numeral 3.2.1: Existe capacidad suficiente para el

abastecimiento de energía eléctrica; sin embargo, destaca que

es necesaria la diversificación de las fuentes de generación de

energía, así como la renovación de las plantas de generación y

la ampliación de la red de gasoductos para contar con un

combustible más barato”.

IV. III. REFORMA ENERGÉTICA NACIONAL.

Las necesidades energéticas del país, las exigencias del entorno

internacional cada vez más competitivo y el notable incremento

en los riesgos y el monto de las inversiones requeridas para la

producción de hidrocarburos y el abasto eléctrico, hacen

prácticamente imposible que las empresas públicas, por

eficientes que resulten, sean capaces de hacerlo todo por sí

mismas. Por lo tanto, la apertura a la inversión privada debe

contribuir al desarrollo y a la consolidación de una industria

nacional en un entorno competitivo.

El marco constitucional anterior a la Reforma Energética

establecía que Pemex era la única empresa que podía extraer

los hidrocarburos del subsuelo. Por esta razón, la producción

nacional de gas natural decayó de forma significativa. Como

consecuencia de esta restricción, y para satisfacer la demanda

nacional de gas natural, hemos tenido que importar este

hidrocarburo a precios superiores de los que costaría producirlo

en México.

La Reforma Energética establece un nuevo modelo que permite

la participación de particulares en actividades de refinación,

pudiendo operar por su cuenta o en asociación con alguna

empresa productiva del Estado. Las leyes secundarias

contemplan que las empresas privadas que deseen participar en

esta actividad deberán contar con un permiso expedido por la

SENER.

La Reforma Energética dispone en el Artículo 8 Transitorio que

las actividades de exploración y extracción del petróleo y de los

demás hidrocarburos, así como el servicio público de

transmisión y distribución de la energía eléctrica, derivado de su

carácter estratégico, se consideran de interés social y orden

público, por lo que tendrán preferencia sobre cualquier otra que

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

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implique el aprovechamiento de la superficie y del subsuelo de

los terrenos afectos a aquéllas.

Con la modificación del Artículo 28 Constitucional para eliminar

la distinción artificial de petroquímica básica como actividad

estratégica. Pemex podrá asociarse en esta industria, con lo cual

podrá obtener recursos para modernizar su infraestructura y

elevar la producción de combustibles en el país, quedando

abierta la posibilidad de que particulares participen en el

transporte, almacenamiento y distribución del petróleo, gas

natural, petrolífera y petroquímica.

La Reforma Constitucional en Materia Energética creó el

organismo público descentralizado denominado Centro

Nacional de Control del Gas Natural (CENAGAS). Con base en la

Reforma, este Centro será el gestor y administrador

independiente del Sistema de Transporte y Almacenamiento

Nacional Integrado de Gas Natural, mismo que estará

conformado por la siguiente infraestructura:

1. Ductos de transporte e instalaciones de almacenamiento de gas natural, y

2. Equipos de compresión, licuefacción, descompresión, regasificación y demás instalaciones vinculadas a la infraestructura señalada en el numeral anterior.

La reforma constitucional parte de la necesidad de facilitar la

integración de la industria dedicada a la transformación y

procesamiento del petróleo y del gas, así como de la necesidad

de atraer mayor inversión y capacidad operativa específica para

diversificar las actividades de la industria y el reducir el riesgo

que asume el Estado.

IV.4. PLAN SECTORIAL DE ENERGÍA.

De acuerdo con el Plan Federal Sectorial de Energía, para dar

sustentabilidad al abastecimiento oportuno de gas natural, se

requiere involucrar al sector privado en la construcción de

infraestructura, que contribuya a alcanzar la seguridad

energética en el mercado de este combustible. Haciendo las

labores de ampliar la red de ductos en de la República, y mejorar

la red existente, para obtener mayor flexibilidad operativa que

junto con la creación de infraestructura de almacenamiento y

transporte, permita administrar adecuadamente los

desbalances regionales. Asimismo, se requerirá una

coordinación adecuada a fin de planear la expansión de la

infraestructura anticipando la demanda esperada de gas natural

conforme al crecimiento económico del país.

La CFE en coordinación con PEMEX, ha buscado invertir en

nuevos gasoductos con el objetivo de eliminar cuellos de

botella, mejorar el abasto del energético, e incorporar nuevas

centrales, esto permitirá tener flexibilidad para utilizar un

combustible más barato y apoyar a la disminución de los costos

de generación.

En el mediano y largo plazo, se están realizando trabajos

técnicos y operativos para el desarrollo de nuevos gasoductos.

Uno de ellos corresponde al proyecto “Gasoducto Villa de Reyes

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

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– Aguascalientes - Guadalajara”, con este y otros proyectos se

garantizará que el país cuente con los elementos que permitan

un abasto del gas natural seguro y eficiente de largo plazo, a

precios competitivos.

En lo que se refiere a las redes de distribución de gas natural,

desde el año 1995, experimentaron un crecimiento relevante

con base en el aprovechamiento de la infraestructura de

producción y de transporte. No obstante, en años recientes la

dinámica de crecimiento de infraestructura de distribución se

redujo de manera importante, lo que, a la fecha, se ha traducido

en una baja tasa de crecimiento en el número de usuarios de gas

natural en algunas zonas geográficas.

Con el objetivo de promover el aumento de la cobertura de los

servicios energéticos, recientemente se han retomado

proyectos para la creación de nuevas zonas de distribución en

centros de población relevantes. En buena medida, el éxito de

estos proyectos dependerá del aumento en la oferta de gas

natural y de la correspondiente capacidad de transporte.

En lo relativo al almacenamiento, México cuenta con tres

terminales de regasificación: Manzanillo, Altamira y Ensenada.

Las primeras dos, vinculadas al Sistema Nacional de Gasoductos,

se desarrollaron preponderantemente para atender

necesidades específicas del sector eléctrico. Si bien en una

visión sistémica, estos proyectos contribuyen a otorgar mayor

flexibilidad a dicho sistema de transporte, aun se requiere

desarrollar infraestructura de almacenamiento enfocada a

contribuir específicamente a la administración de los

desbalances entre la oferta y la demanda, por ejemplo,

mediante el desarrollo de proyectos de almacenamiento

subterráneo.

Por su parte, en cuanto al abasto de electricidad y no obstante

el crecimiento que ha tenido la red de transmisión, hay

situaciones operativas coyunturales que han resultado en

congestionamientos de la red troncal. Independientemente del

nivel del margen de reserva de generación del Sistema

Interconectado Nacional, estas situaciones limitan la capacidad

para compartir la capacidad de generación entre las diferentes

regiones, generando cuellos de botella y no permitiendo

aprovechar la capacidad de generación de aquellas regiones que

cuentan con excedentes. Por ello, uno de los retos más

importantes a los que se enfrenta el sector eléctrico, es

incrementar la eficiencia, disponibilidad, confiabilidad y

seguridad de los sistemas de transmisión y distribución de

energía eléctrica

IV.5. PROGRAMA SECTORIAL DE ENERGÍA 2013-2018

El Programa Sectorial de Energía es un importante avance en la

construcción de un México más competitivo, productivo e

incluyente. Su cumplimiento contribuirá a la consolidación del

sector energético. Para la elaboración de dicho programa se

tomó como punto de partida el Plan Nacional de Desarrollo

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2013-2018, así como la Estrategia Nacional de Energía 2013-

2027.

La CFE en coordinación con PEMEX, ha buscado invertir en

nuevos gasoductos con el objetivo de eliminar cuellos de botella

y mejorar el abasto del energético e incorporar nuevas

centrales, lo que permitirá tener flexibilidad para utilizar un

combustible más barato y apoyar a la disminución de los costos

de generación.

La congruencia de este programa sectorial con el Plan Parcial se

enmarca en los siguientes puntos:

Objetivo 3: Desarrollar la infraestructura de transporte que permita fortalecer la seguridad de provisión de energéticos, contribuyendo al crecimiento económico. Estrategia 3.2: Incrementar la capacidad de transporte de gas

natural.

Líneas de acción:

3.2.1: Aumentar la capacidad y flexibilidad del sistema nacional

de transporte de gas natural.

3.2.2: Promover acuerdos de colaboración con los gobiernos

estatales, municipales y la industria, para identificar

necesidades de infraestructura de gas natural.

3.2.3: Fortalecer la colaboración entre la CFE y PEMEX para

planear gasoductos que abastezcan nuevas centrales

eléctricas.

3.2.4. Desarrollar la infraestructura de transporte y

almacenamiento necesaria para asegurar el suministro

confiable de gas natural desde los puntos de producción o

internación.

Objetivo 4: Incrementar la cobertura de usuarios de

combustibles y electricidad en las distintas zonas del país.

Estrategia 4.2: Ampliar la cobertura de gas natural.

Líneas de acción:

4.2.1: Promover el uso de medios alternos de transporte para

ampliar la cobertura de gas natural en el país.

IV.6. PLAN ESTATAL DE DESARROLLO.

El Plan Estatal de Desarrollo 2013-2033 (PED), está alineado a

los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 en sus

cinco ejes, así como a los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

Dicho documento plasma sus 18 objetivos específicos con la

Política de Bienestar del Estado de Jalisco. La alineación con este

Plan parcial se manifiesta en los objetivos:

Objetivo de desarrollo OD3.

Mitigar los efectos del cambio climático con la promoción de

acciones que disminuyan la huella ecológica del desarrollo, así

como impulsar la innovación tecnológica para la generación y

uso de energías no renovables.

EstrategiaOD3O3. Aprovechar fuentes alternativas de energía

OD3O3E1. Implementar proyectos de energía alternativa y

eficiencia energética.

OD3O3E2. Aumentar la capacidad generadora de energía a

través de fuentes alternativas.

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OD3O3D3. Identificar las ventajas competitivas de cada región

para la posible producción de energía

OD3O3E4. Facilitar la dotación de los capitales (humano,

financiero, físico y social) en la implementación de

proyectos de generación de energía.

OD3O3E5. Implementar esquemas de incentivos para promover

la eficiencia energética e hídrica en edificaciones nuevas y

en funcionamiento.

Objetivo de desarrollo OD10: Impulsar un crecimiento

económico, sostenido, incluyente y económico entre las

regiones del estado, ampliando la inversión pública de

infraestructura urbana productiva y social.

Estrategia OD10O3. Aumentar la inversión en infraestructura

productiva, social y pública.

OD10O3E5. Incrementar la infraestructura para la generación

de energías renovables.

IV.7. PLAN REGIONAL DE DESARROLLO.

Plan de Desarrollo 2030 de la Región 03 Altos Sur integra una

agenda que despliega una gama de acciones y proyectos que

fueron planteados y revisados por los diversos actores que a

partir del 2010 forman parte de los miembros del Subcomité

Regional, mediante la participación de las instituciones del

sector público, privado y social. Este el plan se nutre y se vincula

al PED Jalisco 2030 en su segunda edición, a través de los sus

ejes estratégicos y propósitos generales del desarrollo,

Objetivo 6. Incrementar la producción, industrialización y

comercialización de huevo, leche y carne

• Estrategia 6.5 Modernizar y ampliar la infraestructura rural productiva y tecnológica

• Estrategia Transversal de Desarrollo

• Mejorar la Infraestructura Social y Productiva

IV.8. PLAN MUNICIPAL DE DESARROLLO.

El Plan Municipal de Desarrollo de Tepatitlán de Morelos

“Creciendo con Calidad de Vida, 2015-2040 es el documento

rector del municipio, y plantea los ejes estratégicos que servirán

de base para la estructuración de objetivos, estrategias y líneas

de acción, mismos que sirven de base para estructurar los

programas operativos anuales, mismos que se deberán de

considerar en los planes y programas correspondientes, este

documento está estructurado en 5 Ejes para el Desarrollo

Municipal.

Eje 1. Municipio Humano e Incluyente Eje 2. Municipio competitivo Eje 3. Municipio Seguro Eje 4. Municipio bien Administrado Eje 5. Municipio ordenado y sustentable

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

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En cada uno se presenta una visión de esta administración y una

guía programática que serán evaluados mediante un sistema de

indicadores de gestión.

Teniendo como misión “Lograr que Tepatitlán sea un municipio

con personalidad jurídica propia, que centre y articule sus

esfuerzos hacia la promoción del bienestar de sus habitantes a

través de la prestación de los servicios básicos con calidad y

calidez; busque constantemente el desarrollo social y

económico, y coadyuve con el Estado en el desarrollo de una

educación integral”.

Estando entre sus objetivos “Dirigir los recursos del municipio,

para fortalecer el desarrollo de la infraestructura, atendiendo a

sus potencialidades y características particulares; garantizando

la sustentabilidad el aprovechamiento y preservación de los

recursos, fortaleciendo la competitividad y el turismo,

impulsando a las empresas, incentivando las inversiones y

propiciando el desarrollo armónico dl municipio”

Objetivo que en el presente plan parcial de Desarrollo Urbano

se inserta plenamente

IV.9. PLAN DE DESARROLLO URBANO DE CENTRO DE

POBLACIÓN DE TEPATITLÁN DE MORELOS

La referencia al Plan de Desarrollo Urbano de Centro de

Población que se encuentra vigente en el Municipio de

Tepatitlán de Morelos, Jalisco, se desarrolla en el Artículo 14,

que habla sobre la clasificación de áreas en función de las

condiciones que resultan de sus características del medio físico

natural y transformado, que según su índole requieren de

diverso grado de control o participación institucional, para

obtener o conservar la adecuada relación ambiental, así como

para normar la acción urbanística que en dichas áreas se

pretenda realizar, en caso de ser factible.

Asimismo, en el inciso IV nos habla sobre:

Áreas de Restricción a Infraestructuras o Instalaciones

Especiales:

Que son las áreas próximas o dentro del radio de influencia de

instalaciones, que por razones de seguridad están sujetas a

restricciones en su utilización y condicionadas por los aspectos

normativos de las mismas, así como las franjas que resulten

afectadas por el paso de infraestructuras y es necesario

controlar y conservar por razones de seguridad y buen

funcionamiento de las mismas.

Áreas de Restricción de Instalaciones de Riesgo:

Son las referidas a depósitos de combustible, gasoductos y

redes de distribución de energéticos, gasolineras, gaseras,

centros de distribución de gas para vehículos automotores,

cementerios, industrias peligrosas y demás usos del suelo que

entrañen riesgo o peligro para la vida o la salud en sus

inmediaciones, cuyas instalaciones y áreas colindantes deberán

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

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respetar las normas, y restricciones a la utilización del suelo que

señale al respecto: I. En los casos de alto riesgo, por ser materia

federal, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales

(SEMARNAT), en base a la Ley General de Salud, Ley General del

Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y demás leyes y

reglamentos federales en la materia; y II. En los casos de

mediano y bajo riesgo, por ser materia local, la Secretaría de

Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable (SEMADES),

basándose en la Ley General de la Salud, Ley Estatal del

Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y demás leyes y

reglamentos estatales y municipales en la materia. Son las

señaladas en el plano de Clasificación de Áreas E-1 con las claves

RI-RG.1 a la RI-RG.37.

V. LAS POLÍTICAS Y LOS OBJETIVOS QUE SE PERSIGUEN;

V.1. POLÍTICAS:

Son Políticas generales para el Plan Parcial de Desarrollo Urbano

para Infraestructura: Gasoducto Villa de Reyes –

Aguascalientes - Guadalajara” en el municipio de Tepatitlán de

Morelos, Jalisco las siguientes:

Dar soporte a la realización de la infraestructura del Gasoducto

Villa de Reyes – Aguascalientes - Guadalajara, el cual se deriva

de un programa que ha orientado las acciones a la solución de

los obstáculos que limitan el abasto de energía, para promover

la construcción y modernización tanto de la estructura como de

la regulación de las actividades energéticas.

Así mismo el Plan Parcial forma parte de la transformación del

sector energético, el cual apoya a posicionar al país como un

referente de inversión atractivo y avanzar en la transformación

de la cadena de valor del sector a través de la reforma

energética.

De igual manera se establecen las bases para construir un sector

energético eficaz que permita llevar energía a todo el territorio

nacional de forma continua.

V.2. OBJETIVOS

V.2.1. OBJETIVO GENERAL:

El Objetivo principal del Plan Parcial de Desarrollo Urbano para Infraestructura: Gasoducto Villa de Reyes – Aguascalientes - Guadalajara” conforme al Artículo 121 del Código Urbano del estado de Jalisco, será: Normar las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento previstas en este documento. V.2.2. SON OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL PLAN:

Referente a los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, y a

manera de instituir la normatividad concreta para resguardar las

necesidades del territorio, son objetivos del Plan Parcial de

Desarrollo Urbano para Infraestructura: Gasoducto Villa de

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

30

Reyes – Aguascalientes - Guadalajara” los siguientes de

acuerdo a lo que establece el Código Urbano en sus artículos:

Artículo 120: I. Precisar la zonificación de las áreas que integran y delimitan

su área de aplicación. II. Regular las acciones de conservación, mejoramiento y

crecimiento previstas en los programas y planes de desarrollo urbano.

III. Determinar, los usos y destinos que se generen por efecto de las acciones urbanísticas

IV. Precisar las normas de utilización de los predios y fincas en su área de aplicación

V. VI. Regular en forma específica la urbanización y la edificación,

en relación con las modalidades de acción urbanística.

VII. Determinar las obligaciones a cargo de los titulares de predios y fincas, derivadas de las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento, y

VIII. El establecimiento de indicadores a fin de dar seguimiento y evaluar la aplicación y cumplimiento de los objetivos del plan.

Artículo 121: Precisar las normas de zonificación, cuando por

la magnitud de escala, intensidad de las actividades, resulte

insuficiente el plan de desarrollo urbano de centro de

población, el programa de ordenamiento ecológico local o en

su caso, el programa municipal de desarrollo urbano, donde

se integren las disposiciones de ordenamiento territorial de

desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico local e

indicará las acciones de conservación, mejoramiento y

crecimiento, en función del ordenamiento territorial, sin

implicar la autorización de las mismas.

Artículo 210: Definir el emplazamiento de las redes e instalaciones de infraestructura y determinar las franjas de protección de la infraestructura; Artículo 149: La determinación de los derechos de vía necesarios para la protección de la infraestructura y de los usuarios; Artículo 182: Definir las áreas de restricción. Así también se busca promover una mejor calidad de vida a los habitantes de la región centro occidente del país; Generar infraestructura segura y amigable con el ambiente, que permita el desarrollo sin comprometer el ecosistema y la seguridad social; Dotar al municipio de Tepatitlán de una nueva infraestructura que le imprima la seguridad necesaria sin comprometer su desarrollo y; Generar un equilibrio entre el uso de suelo y los equipamientos de infraestructura de gasoductos que optimice la mezcla adecuada de usos y actividades económicas.

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

31

VI. FASE DE DIAGNOSTICO

VI.1. DELIMITACIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO

La delimitación del área de estudio, se define conforme a lo

establecido en el artículo 122, fracción III del Código Urbano

para el Estado de Jalisco y el criterio establecido en el artículo 8,

fracción I del Reglamento Estatal de Zonificación, dicha

delimitación corresponde al polígono en el que se pretende

llevar a la acción urbanística y en el que se determinen los usos,

destinos y normas de control de la urbanización y de la

edificación para regular el aprovechamiento de las áreas y

predios.

El área de estudio se localiza en el municipio de Tepatitlán,

atravesando todo el municipio, dicha área cuenta con

1,024,039.62 m2, y una longitud de 23,030.07 m de la cual

corresponde al área geográfica de influencia que tiene el

polígono de aplicación y se determina en sus vértices, marcados

por coordenadas UTM, esta área queda integrada en los planos

de diagnóstico que se presentan en el anexo gráfico de este

documento.

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

32

Plano No.1. Mapa Base del municipio de Tepatitlán de Morelos Elaboración propia

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

33

Nodo Coordenada X Coordenada Y

0 727103.911 2311458.03

1 727082.344 2311469.02

2 727060.221 2311491.14

3 727046.017 2311519.02

4 727041.122 2311549.92

5 727046.017 2311580.82

6 727060.221 2311608.7

7 727082.344 2311630.82

8 727110.221 2311645.03

9 727139.095 2311649.6

10 727175.422 2311847.39

11 727277.264 2312896.49

12 727279.203 2312903.34

13 727322.16 2312991.21

Nodo Coordenada X Coordenada Y

14 727324.722 2312995.18

15 727328.143 2312998.44

16 727610.002 2313209.41

17 727612.594 2313211.05

18 727617.399 2313213.61

19 727618.847 2313214.31

20 727801.462 2313293.36

21 727878.709 2313368.47

22 728000.802 2313520.85

23 728077.486 2313740.14

24 728080.09 2313745.16

25 728263.208 2314001.55

26 728297.295 2314072.77

27 728299.603 2314076.49

Nodo Coordenada X Coordenada Y

28 728420.702 2314230.76

29 728425.574 2314235.2

30 728676.63 2314397.55

31 728976.907 2314627.13

32 728981.285 2314629.67

33 728986.16 2314631.03

34 729005.025 2314633.79

35 729004.478 2314637.24

36 729009.372 2314668.14

37 729023.576 2314696.02

38 729045.699 2314718.14

39 729073.576 2314732.35

40 729104.478 2314737.24

41 729135.38 2314732.35

Nodo Coordenada X Coordenada Y

42 729163.256 2314718.14

43 729185.38 2314696.02

44 729189.413 2314688.1

45 729487.121 2314834.4

46 729575.414 2314919.77

47 729564.07 2314942.03

48 729559.175 2314972.93

49 729564.07 2315003.83

50 729578.274 2315031.71

51 729600.397 2315053.83

52 729628.274 2315068.04

53 729659.175 2315072.93

54 729690.077 2315068.04

55 729715.415 2315055.13

Nodo Coordenada X Coordenada Y

56 729776.509 2315114.19

57 729844.379 2315317.11

58 729848.879 2315324.57

59 729897.373 2315375.37

60 729902.637 2315379.32

61 729981.145 2315420.01

62 730052.617 2315477.09

63 730068.14 2315530.86

64 730070.437 2315535.98

65 730074.065 2315540.26

66 730091.635 2315555.88

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

34

67 730096.947 2315559.28

68 730451.652 2315713.57

69 730456.871 2315715.04

Nodo Coordenada X Coordenada Y

70 730635.597 2315739.93

71 731397.032 2316045.77

72 731397.266 2316045.86

73 731614.153 2316129.83

74 731614.871 2316130.09

75 731813.669 2316198.44

76 731872.263 2316218.59

77 731893.611 2316237.43

78 731934.607 2316338.6

79 731937.902 2316344.04

80 731968.399 2316379.93

81 731997.056 2316554.59

82 731995.69 2316666.35

83 731997.718 2316675.37

Nodo Coordenada X Coordenada Y

84 732011.198 2316702.96

85 732016.866 2316709.95

86 732224.431 2316871.88

87 732250.69 2316896.32

88 732425.359 2317130.05

89 732492.434 2317316.45

90 732495.583 2317322.11

91 732518.203 2317350.63

92 732521.547 2317353.95

93 732936.685 2317678.84

94 732942.502 2317685.67

95 732942.811 2317686.03

96 733010.339 2317761.7

97 733215.209 2318006.1

Nodo Coordenada X Coordenada Y

98 733333.069 2318206.34

99 733333.821 2318207.52

100 733852.642 2318962.6

101 733948.031 2319313.05

102 734146.873 2320602.79

103 734176.372 2320802.7

104 734177.103 2320805.86

105 734338.246 2321311.38

106 734340.301 2321315.85

107 734737.244 2321956.38

108 734817.47 2322092.69

109 734802.927 2322107.23

110 734788.723 2322135.11

111 734783.829 2322166.01

Nodo Coordenada X Coordenada Y

112 734788.723 2322196.92

113 734802.927 2322224.79

114 734825.051 2322246.92

115 734852.927 2322261.12

116 734883.829 2322266.01

117 734914.731 2322261.12

118 734916.166 2322260.39

119 735363.061 2323019.71

120 735529.498 2323367.38

121 735630.965 2323692.31

122 735746.15 2325095.05

123 735747.23 2325100.09

124 735749.561 2325104.69

125 735832.828 2325226.75

Nodo Coordenada X Coordenada Y

126 735834.535 2325228.92

127 736064.949 2325482.98

128 736258.89 2325856.12

129 736262.218 2326130.44

130 736263.272 2326136.61

131 736266.18 2326142.15

132 736270.658 2326146.52

133 736276.267 2326149.29

134 736282.459 2326150.2

135 736288.627 2326149.14

136 736294.168 2326146.24

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

35

137 736298.538 2326141.76

138 736301.311 2326136.15

139 736302.215 2326129.96

Nodo Coordenada X Coordenada Y

140 736298.829 2325850.87

141 736296.576 2325841.89

142 736099.248 2325462.24

143 736096.317 2325458.03

144 735865.093 2325203.07

145 735785.584 2325086.51

146 735670.649 2323686.83

147 735669.807 2323682.51

148 735567.251 2323354.09

149 735566.199 2323351.41

150 735398.77 2323001.67

151 735397.967 2323000.16

152 734950.188 2322239.33

153 734964.731 2322224.79

Nodo Coordenada X Coordenada Y

154 734978.935 2322196.92

155 734983.829 2322166.01

156 734978.935 2322135.11

157 734964.731 2322107.23

158 734942.608 2322085.11

159 734914.731 2322070.91

160 734883.829 2322066.01

161 734852.927 2322070.91

162 734851.492 2322071.64

163 734771.601 2321935.89

164 734771.365 2321935.5

165 734375.605 2321296.88

166 734215.707 2320795.26

167 734186.435 2320596.88

Nodo Coordenada X Coordenada Y

168 734186.416 2320596.76

169 733987.392 2319305.84

170 733986.923 2319303.63

171 733890.346 2318948.82

172 733887.532 2318942.75

173 733367.185 2318185.45

174 733248.839 2317984.38

175 733246.93 2317981.68

176 733040.795 2317735.77

177 733040.391 2317735.3

178 732972.812 2317659.57

179 732965.835 2317651.37

180 732962.93 2317648.58

181 732548.068 2317323.92

Nodo Coordenada X Coordenada Y

182 732528.961 2317299.82

183 732461.986 2317113.7

184 732459.188 2317108.5

185 732281.654 2316870.94

186 732279.261 2316868.27

187 732251.048 2316842.01

188 732249.722 2316840.87

189 732045.111 2316681.25

190 732035.745 2316662.08

191 732037.075 2316553.32

192 732036.812 2316549.84

193 732006.972 2316367.97

194 732005.386 2316362.81

195 732002.477 2316358.26

Nodo Coordenada X Coordenada Y

196 731970.47 2316320.59

197 731928.913 2316218.04

198 731923.609 2316210.55

199 731895.751 2316185.97

200 731889.021 2316182.05

201 731826.675 2316160.62

202 731628.238 2316092.39

203 731411.824 2316008.61

204 730648.234 2315701.9

205 730643.538 2315700.65

206 730465.098 2315675.8

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

36

207 730115.83 2315523.87

208 730104.967 2315514.21

209 730089.284 2315459.89

Nodo Coordenada X Coordenada Y

210 730086.699 2315454.32

211 730082.55 2315449.81

212 730004.573 2315387.53

213 730001.295 2315385.4

214 729924.004 2315345.34

215 729880.897 2315300.18

216 729812.892 2315096.87

217 729810.844 2315092.55

218 729807.827 2315088.84

219 729742.937 2315026.1

220 729754.281 2315003.83

221 729759.175 2314972.93

222 729754.281 2314942.03

223 729740.077 2314914.15

Nodo Coordenada X Coordenada Y

224 729717.954 2314892.03

225 729690.077 2314877.83

226 729659.175 2314872.93

227 729628.274 2314877.83

228 729602.935 2314890.74

229 729512.665 2314803.46

230 729507.584 2314799.89

231 729202.465 2314649.95

232 729204.478 2314637.24

233 729199.584 2314606.34

234 729185.38 2314578.46

235 729163.256 2314556.34

236 729135.38 2314542.14

237 729104.478 2314537.24

Nodo Coordenada X Coordenada Y

238 729073.576 2314542.14

239 729045.699 2314556.34

240 729023.576 2314578.46

241 729015.224 2314594.85

242 728997.082 2314592.2

243 728700.299 2314365.29

244 728699.012 2314364.39

245 728450.102 2314203.43

246 728332.426 2314053.52

247 728298.537 2313982.71

248 728296.772 2313979.72

249 728114.3 2313724.24

250 728037.43 2313504.41

251 728034.159 2313498.51

Nodo Coordenada X Coordenada Y

252 727909.149 2313342.49

253 727907.484 2313340.66

254 727826.717 2313262.12

255 727820.72 2313258.11

256 727635.475 2313177.92

257 727632.739 2313176.46

258 727355.976 2312969.31

259 727316.727 2312889.03

260 727215.152 2311842.68

261 727214.917 2311841

262 727178.334 2311641.81

263 727199.901 2311630.82

264 727222.024 2311608.7

265 727236.228 2311580.82

Nodo Coordenada X Coordenada Y

266 727241.122 2311549.92

267 727236.228 2311519.02

268 727222.024 2311491.14

269 727199.901 2311469.02

270 727172.024 2311454.81

271 727143.15 2311450.24

272 727134.774 2311404.64

273 727134.328 2311402.74

274 727129.257 2311385.06

275 727125.191 2311377.53

276 727101.391 2311349.88

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

37

277 727003.648 2311236.31

278 726892.749 2310900.48

279 726890.673 2310896.08

Nodo Coordenada X Coordenada Y

280 726787.121 2310731.96

281 726782.439 2310726.81

282 726766.616 2310714.57

283 726760.301 2310711.29

284 726656.926 2310679.27

285 726647.341 2310671.78

286 726489.492 2310376.94

287 726448.066 2310278.28

288 726447.81 2310277.69

289 726101.019 2309520.24

290 726100.794 2309519.76

291 725963.192 2309238.95

292 725960.157 2309234.43

293 724699.127 2307820.79

Nodo Coordenada X Coordenada Y

294 724694.282 2307816.83

295 724688.451 2307814.56

296 724682.204 2307814.2

297 724676.152 2307815.79

298 724670.889 2307819.18

299 724666.928 2307824.02

300 724664.659 2307829.85

301 724664.302 2307836.1

302 724665.894 2307842.15

Nodo Coordenada X Coordenada Y

303 724669.277 2307847.41

304 725928.481 2309259.01

305 726064.759 2309537.13

306 726411.308 2310294.05

307 726452.975 2310393.29

308 726453.784 2310394.99

309 726614.067 2310694.37

310 726619.377 2310700.69

311 726635.176 2310713.04

312 726641.581 2310716.4

313 726745.011 2310748.43

314 726755.177 2310756.29

315 726855.535 2310915.35

316 726966.91 2311252.62

317 726970.742 2311259.39

318 727071.074 2311375.97

319 727092.016 2311400.3

320 727095.609 2311412.83

321 727103.911 2311458.03

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

38

VI.2. ÁREA DE APLICACIÓN:

El área de aplicación se define conforme a lo establecido en el

artículo 122, fracción III del Código Urbano para el Estado de

Jalisco y el criterio establecido en el artículo 8, fracción I del

Reglamento Estatal de Zonificación, dicha delimitación

corresponde al polígono en el que se pretende llevar a cabo la

acción urbanística y en el que se determinen los usos, destinos

y normas de control de la urbanización y de la edificación para

regular el aprovechamiento de las áreas y predios.

El área de aplicación corresponde a la franja de restricción de 20

metros ubicada a los lados del gasoducto, dentro del polígono

por donde pasa la infraestructura, y constituye su ámbito

territorial para regular el aprovechamiento de las áreas y

predios que lo integran, esto para efectos del artículo 110 inciso

I del Código. El área de aplicación cuenta con una superficie de

1,024,039.62 m2, y una longitud de 23,030.07 m, la cual se

describe en el siguiente cuadro de construcción:

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

39

Plano No. / D-1 Área de aplicación

Elaboración propia

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

40

Nodo Coordenada X Coordenada Y

0 727103.911 2311458.03

1 727082.344 2311469.02

2 727060.221 2311491.14

3 727046.017 2311519.02

4 727041.122 2311549.92

5 727046.017 2311580.82

6 727060.221 2311608.7

7 727082.344 2311630.82

8 727110.221 2311645.03

9 727139.095 2311649.6

10 727175.422 2311847.39

11 727277.264 2312896.49

12 727279.203 2312903.34

13 727322.16 2312991.21

Nodo Coordenada X Coordenada Y

14 727324.722 2312995.18

15 727328.143 2312998.44

16 727610.002 2313209.41

17 727612.594 2313211.05

18 727617.399 2313213.61

19 727618.847 2313214.31

20 727801.462 2313293.36

21 727878.709 2313368.47

22 728000.802 2313520.85

23 728077.486 2313740.14

24 728080.09 2313745.16

25 728263.208 2314001.55

26 728297.295 2314072.77

27 728299.603 2314076.49

Nodo Coordenada X Coordenada Y

28 728420.702 2314230.76

29 728425.574 2314235.2

30 728676.63 2314397.55

31 728976.907 2314627.13

32 728981.285 2314629.67

33 728986.16 2314631.03

34 729005.025 2314633.79

35 729004.478 2314637.24

36 729009.372 2314668.14

37 729023.576 2314696.02

38 729045.699 2314718.14

39 729073.576 2314732.35

40 729104.478 2314737.24

41 729135.38 2314732.35

Nodo Coordenada X Coordenada Y

42 729163.256 2314718.14

43 729185.38 2314696.02

44 729189.413 2314688.1

45 729487.121 2314834.4

46 729575.414 2314919.77

47 729564.07 2314942.03

48 729559.175 2314972.93

49 729564.07 2315003.83

50 729578.274 2315031.71

51 729600.397 2315053.83

52 729628.274 2315068.04

53 729659.175 2315072.93

54 729690.077 2315068.04

55 729715.415 2315055.13

Nodo Coordenada X Coordenada Y

56 729776.509 2315114.19

57 729844.379 2315317.11

58 729848.879 2315324.57

59 729897.373 2315375.37

60 729902.637 2315379.32

61 729981.145 2315420.01

62 730052.617 2315477.09

63 730068.14 2315530.86

64 730070.437 2315535.98

65 730074.065 2315540.26

66 730091.635 2315555.88

67 730096.947 2315559.28

68 730451.652 2315713.57

69 730456.871 2315715.04

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

41

Nodo Coordenada X Coordenada Y

70 730635.597 2315739.93

71 731397.032 2316045.77

72 731397.266 2316045.86

73 731614.153 2316129.83

74 731614.871 2316130.09

75 731813.669 2316198.44

76 731872.263 2316218.59

77 731893.611 2316237.43

78 731934.607 2316338.6

79 731937.902 2316344.04

80 731968.399 2316379.93

81 731997.056 2316554.59

82 731995.69 2316666.35

83 731997.718 2316675.37

Nodo Coordenada X Coordenada Y

84 732011.198 2316702.96

85 732016.866 2316709.95

86 732224.431 2316871.88

87 732250.69 2316896.32

88 732425.359 2317130.05

89 732492.434 2317316.45

90 732495.583 2317322.11

91 732518.203 2317350.63

92 732521.547 2317353.95

93 732936.685 2317678.84

94 732942.502 2317685.67

95 732942.811 2317686.03

96 733010.339 2317761.7

97 733215.209 2318006.1

Nodo Coordenada X Coordenada Y

98 733333.069 2318206.34

99 733333.821 2318207.52

100 733852.642 2318962.6

101 733948.031 2319313.05

102 734146.873 2320602.79

103 734176.372 2320802.7

104 734177.103 2320805.86

105 734338.246 2321311.38

106 734340.301 2321315.85

107 734737.244 2321956.38

108 734817.47 2322092.69

109 734802.927 2322107.23

110 734788.723 2322135.11

111 734783.829 2322166.01

Nodo Coordenada X Coordenada Y

112 734788.723 2322196.92

113 734802.927 2322224.79

114 734825.051 2322246.92

115 734852.927 2322261.12

116 734883.829 2322266.01

117 734914.731 2322261.12

118 734916.166 2322260.39

119 735363.061 2323019.71

120 735529.498 2323367.38

121 735630.965 2323692.31

122 735746.15 2325095.05

123 735747.23 2325100.09

124 735749.561 2325104.69

125 735832.828 2325226.75

Nodo Coordenada X Coordenada Y

126 735834.535 2325228.92

127 736064.949 2325482.98

128 736258.89 2325856.12

129 736262.218 2326130.44

130 736263.272 2326136.61

131 736266.18 2326142.15

132 736270.658 2326146.52

133 736276.267 2326149.29

134 736282.459 2326150.2

135 736288.627 2326149.14

136 736294.168 2326146.24

137 736298.538 2326141.76

138 736301.311 2326136.15

139 736302.215 2326129.96

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

42

Nodo Coordenada X Coordenada Y

140 736298.829 2325850.87

141 736296.576 2325841.89

142 736099.248 2325462.24

143 736096.317 2325458.03

144 735865.093 2325203.07

145 735785.584 2325086.51

146 735670.649 2323686.83

147 735669.807 2323682.51

148 735567.251 2323354.09

149 735566.199 2323351.41

150 735398.77 2323001.67

151 735397.967 2323000.16

152 734950.188 2322239.33

153 734964.731 2322224.79

Nodo Coordenada X Coordenada Y

154 734978.935 2322196.92

155 734983.829 2322166.01

156 734978.935 2322135.11

157 734964.731 2322107.23

158 734942.608 2322085.11

159 734914.731 2322070.91

160 734883.829 2322066.01

161 734852.927 2322070.91

162 734851.492 2322071.64

163 734771.601 2321935.89

164 734771.365 2321935.5

165 734375.605 2321296.88

166 734215.707 2320795.26

167 734186.435 2320596.88

Nodo Coordenada X Coordenada Y

168 734186.416 2320596.76

169 733987.392 2319305.84

170 733986.923 2319303.63

171 733890.346 2318948.82

172 733887.532 2318942.75

173 733367.185 2318185.45

174 733248.839 2317984.38

175 733246.93 2317981.68

176 733040.795 2317735.77

177 733040.391 2317735.3

178 732972.812 2317659.57

179 732965.835 2317651.37

180 732962.93 2317648.58

181 732548.068 2317323.92

Nodo Coordenada X Coordenada Y

182 732528.961 2317299.82

183 732461.986 2317113.7

184 732459.188 2317108.5

185 732281.654 2316870.94

186 732279.261 2316868.27

187 732251.048 2316842.01

188 732249.722 2316840.87

189 732045.111 2316681.25

190 732035.745 2316662.08

191 732037.075 2316553.32

192 732036.812 2316549.84

193 732006.972 2316367.97

194 732005.386 2316362.81

195 732002.477 2316358.26

Nodo Coordenada X Coordenada Y

196 731970.47 2316320.59

197 731928.913 2316218.04

198 731923.609 2316210.55

199 731895.751 2316185.97

200 731889.021 2316182.05

201 731826.675 2316160.62

202 731628.238 2316092.39

203 731411.824 2316008.61

204 730648.234 2315701.9

205 730643.538 2315700.65

206 730465.098 2315675.8

207 730115.83 2315523.87

208 730104.967 2315514.21

209 730089.284 2315459.89

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43

Nodo Coordenada X Coordenada Y

210 730086.699 2315454.32

211 730082.55 2315449.81

212 730004.573 2315387.53

213 730001.295 2315385.4

214 729924.004 2315345.34

215 729880.897 2315300.18

216 729812.892 2315096.87

217 729810.844 2315092.55

218 729807.827 2315088.84

219 729742.937 2315026.1

220 729754.281 2315003.83

221 729759.175 2314972.93

222 729754.281 2314942.03

223 729740.077 2314914.15

Nodo Coordenada X Coordenada Y

224 729717.954 2314892.03

225 729690.077 2314877.83

226 729659.175 2314872.93

227 729628.274 2314877.83

228 729602.935 2314890.74

229 729512.665 2314803.46

230 729507.584 2314799.89

231 729202.465 2314649.95

232 729204.478 2314637.24

233 729199.584 2314606.34

234 729185.38 2314578.46

235 729163.256 2314556.34

236 729135.38 2314542.14

237 729104.478 2314537.24

Nodo Coordenada X Coordenada Y

238 729073.576 2314542.14

239 729045.699 2314556.34

240 729023.576 2314578.46

241 729015.224 2314594.85

242 728997.082 2314592.2

243 728700.299 2314365.29

244 728699.012 2314364.39

245 728450.102 2314203.43

246 728332.426 2314053.52

247 728298.537 2313982.71

248 728296.772 2313979.72

249 728114.3 2313724.24

250 728037.43 2313504.41

251 728034.159 2313498.51

Nodo Coordenada X Coordenada Y

252 727909.149 2313342.49

253 727907.484 2313340.66

254 727826.717 2313262.12

255 727820.72 2313258.11

256 727635.475 2313177.92

257 727632.739 2313176.46

258 727355.976 2312969.31

259 727316.727 2312889.03

260 727215.152 2311842.68

261 727214.917 2311841

262 727178.334 2311641.81

263 727199.901 2311630.82

264 727222.024 2311608.7

265 727236.228 2311580.82

Nodo Coordenada X Coordenada Y

266 727241.122 2311549.92

267 727236.228 2311519.02

268 727222.024 2311491.14

269 727199.901 2311469.02

270 727172.024 2311454.81

271 727143.15 2311450.24

272 727134.774 2311404.64

273 727134.328 2311402.74

274 727129.257 2311385.06

275 727125.191 2311377.53

276 727101.391 2311349.88

277 727003.648 2311236.31

278 726892.749 2310900.48

279 726890.673 2310896.08

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44

Nodo Coordenada X Coordenada Y

280 726787.121 2310731.96

281 726782.439 2310726.81

282 726766.616 2310714.57

283 726760.301 2310711.29

284 726656.926 2310679.27

285 726647.341 2310671.78

286 726489.492 2310376.94

287 726448.066 2310278.28

288 726447.81 2310277.69

289 726101.019 2309520.24

290 726100.794 2309519.76

291 725963.192 2309238.95

292 725960.157 2309234.43

293 724699.127 2307820.79

Nodo Coordenada X Coordenada Y

294 724694.282 2307816.83

295 724688.451 2307814.56

296 724682.204 2307814.2

297 724676.152 2307815.79

298 724670.889 2307819.18

299 724666.928 2307824.02

300 724664.659 2307829.85

301 724664.302 2307836.1

302 724665.894 2307842.15

Nodo Coordenada X Coordenada Y

303 724669.277 2307847.41

304 725928.481 2309259.01

305 726064.759 2309537.13

306 726411.308 2310294.05

307 726452.975 2310393.29

308 726453.784 2310394.99

309 726614.067 2310694.37

310 726619.377 2310700.69

311 726635.176 2310713.04

Nodo Coordenada X Coordenada Y

312 726641.581 2310716.4

313 726745.011 2310748.43

314 726755.177 2310756.29

315 726855.535 2310915.35

316 726966.91 2311252.62

317 726970.742 2311259.39

318 727071.074 2311375.97

319 727092.016 2311400.3

320 727095.609 2311412.83

321 727103.911 2311458.03

VI.3. ANÁLISIS DEL MEDIO SOCIAL Y ECONÓMICO

ANÁLIS DEL MEDIO SOCIAL Y ECONÓMICO

Además del medio físico natural, se realiza un sencillo análisis

del medio social y económico de la población regional servida,

así como de la población local, en la que se distinguen varios

temas como: las características demográficas, la población, los

diferentes grupos de edad, la población económicamente

activa, su empleo y la distribución del ingreso, así como el

rezago social.

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45

VI.3.1. CARACTERÍSTICAS DEMOGRÁFICAS

a) POBLACIÓN REGIONAL SERVIDA

La Región Altos Sur está conformada por doce municipios, con

una extensión territorial de 6,604 kilómetros cuadrados, es la

sexta región con mayor superficie del estado y con una densidad

poblacional de 58 habitantes por km2.

En la región Altos Sur desde 1950 hasta el 2000 se fue

incrementando la tasa de crecimiento promedio anual, desde

un modesto 0.90 por ciento en el período 1950-1970, hasta un

1.74 por ciento en el período 1990-2000. Pero en el quinquenio

2000-2005 se da una disminución significativa del ritmo

crecimiento; con apenas una tasa promedio anual del 0.22 por

ciento, lo que implicó un aumento poblacional de apenas 4 mil

432 personas en tal período. mujeres, manteniendo el 5.2 por

ciento de la población total del estado.

Se estima que para el 2020 esta población aumentará a 436 mil

915 habitantes, donde 211 mil 710 son hombres y 225 mil 204

serán mujeres

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46

Región

Población

total 2010 Población

total 2015 Población 2020

Total Hombres Mujeres

03 Región

Altos Sur 384,144

399,724 436,915 211,710 225,204

Acatic 21,206 21,530 24,627 12,067 12,560

Arandas 72,812 77,116 84,966 41,140 43,826

Jalostotitlán 31,948 33,777 36,426 17,876 18,550

Jesús María 18,634 19,469 20,653 9,580 11,073

Mexticacán 6,034 5,088 6,283 2,936 3,346

San Julián 15,454 15,890 18,573 8,908 9,665

San Miguel el

Alto 31,166

32,960 36,617 17,707 18,910

Tepatitlán de

Morelos 136,123

141,322 153,678 74,833 78,845

Valle de

Guadalupe 6,705

6,924 7,559 3,809 3,750

Cañadas de

Obregón 4,152

4,110 4,411 2,157 2,254

Yahualica de

González Gallo 22,284

22,586 23,041 11,012 12,029

San Ignacio

Cerro Gordo 17,626

18,952 20,081 9,684 10,397

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47

En la representación de los municipios en la Región Altos Sur, el

municipio de Tepatitlán Morelos es considerado el más

importante ya que es el que tiene mayor superficie, mayor

crecimiento poblacional y mayor cantidad de población

económicamente activa.

De acuerdo con la Encuesta Intercensal de 2015, la región

contaba con ,399,724 habitantes, de los cuales 193 mil 7 son

hombres con el (48.3%) y 206 mil 717 son mujeres con el 51.7%,

dando como resultado que el número de mujeres supera al de

hombres en 13,710 personas. Esta población representa el 5.2%

de la población total del estado.

Tabla 1 Proyección de Crecimiento en la Región Altos Sur Fuente INEGI

b) POBLACIÓN MUNICIPAL

El municipio de Tepatitlán de Morelos, Jalisco, cuenta con una

población en el 2015 según la Encuesta Intercensal de 141 mil

322 personas; 48.9 por ciento hombres y 51.1 por ciento

mujeres, los habitantes del municipio representaban el 35.4 por

ciento del total regional. La tasa de crecimiento promedio anual

5,4

19,3

8,5

4,9

1,3

4

8,2

35,4

1,7

1

5,7

4,7

Acatic

Arandas

Jalostotitlán

Jesús María

Mexticacán

San Julián

San Miguel el A.

Tepatitlán

Valle de Gpe.

Cañadas de O.

Yahualica

San Ignacio

Representación de los municipios en la Región Altos Sur

193007

206717211710

225204

170.000

180.000

190.000

200.000

210.000

220.000

230.000

Hombres Mujeres

Proyección de crecimiento en la región Altos Sur

2015 2020

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

48

es del 0.75% con 5,199 ciudadanos más en comparación con el

año 2010.

Tabla 2 Crecimiento Poblacional Fuente INEGI

c) POBLACIÓN LOCAL

No existe ninguna localidad dentro del área de estudio, se

detectaron algunas comunidades rurales en un radio de un

kilómetro de distancia de la infraestructura que se realizará para

el gasoducto, las cuales son las siguientes:

NO. DE LOCALIDAD

NOMBRE DE LOCALIDAD

TIPO DE LOCALIDAD HABITANTES

DE LA LOCALIDAD

433 Los Terreros Rural 211- 119

182 Mazatitlán Rural 210 - 173

371 La Manga Rural 67

382 Los Cerritos Rural 201

175 Ojo de Agua Rural 5

214 Palo Dulce Rural 75

793 El Ombligo Rural 14

187 El Mezquite Rural 10

476 Baluarte Rural 24

406 Lagunilla Rural 17

801 La Piedrera Rural 46

484 Cerrito Alto Rural 5

307 El Saucillo Rural 48

41 Las Barrosas Rural 70

177 Los Magueyes Rural 67

395 Los Cedazos Rural 8

Tabla 3 Localidades a menos de 1km de distancia del gasoducto

El resto del área de estudio está integrada por terrenos que en

su mayoría son utilizados para el cultivo, donde pudimos

encontrar también algunas construcciones dispersas que no

llegan a conformar una localidad.

52.641 56.64263.748

78.36492.395

109.300119.197

126.625136.123141.332

1950 1960 1970 1980 1990 1995 2000 2005 2010 2015

Crecimiento de la Población de Tepatitlán de Morelos

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d) DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN POR GRUPOS DE EDAD

La mayor parte de la población se encuentra situada en los

grupos de menor edad que es de 0 a 19 años abarcando un total

de 54,690 personas, de 20 a 39 años con un total de 44,238, de

40 a 59 años 27,786 y de 60 y más años 14,608 personas.

VI.3.2. CARACTERÍSTICAS SOCIOECONÓMICAS

Clasificación de grupos por edad en el municipio de Tepatitlán, Jal.

Grupo quincenal Total Hombres Mujeres Porcentaje

Total 141,322 69,100 72,222 100.000

00-04 años 13,433 6,681 6,752 9.505

05-09 años 13,722 7,010 6,712 9.710

10-14 años 14,586 7,311 7,275 10.321

15-19 años 12,949 6,463 6,486 9.163

20-24 años 13,028 6,209 6,819 9.219

25-29 años 12,033 6,006 6,027 8.515

30-34 años 10,052 4,774 5,278 7.113

35-39 años 9,125 4,377 4,748 6.457

40-44 años 8,982 4,436 4,546 6.356

45-49 años 7,654 3,684 3,970 5.416

50-54 años 6,456 3,131 3,325 4.568

55-59 años 4,694 2,177 2,517 3.321

60-64 años 4,879 2,238 2,641 3.452

65-69 años 3,339 1,622 1,717 2.363

70-74 años 2,369 1,154 1,215 1.676

75 años y más 4,021 1,827 2,194 2.845

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a) POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA

Según la Encuesta Intercensal del INEGI 2015, en el municipio de

Tepatitlán la población económicamente activa es de 60,554

personas, equivalente al 55.68%, de la población de 12 años y

más, es decir Tepatitlán tiene un porcentaje mayor que el

estado con 2.36 puntos porcentuales, ya que éste marca una

Población económicamente activa del 53.32%, mientras que la

población no económicamente activa del municipio es del

44.12%, menor al estado con 2.29 puntos porcentuales, ya que

éste presenta el 46.41%, de la población que no labora.

De la población económicamente activa Tepatitlán ocupa el

segundo lugar dentro de los municipios de la región Altos Sur,

siendo el municipio de San Miguel el Alto, el que se sitúa en

primer lugar con el mayor porcentaje de Población

Económicamente Activa con un 56.86%, le sigue el municipio de

Tepatitlán con el 55.68% y en tercer lugar se ubica Acatic con un

54.44%.

Tabla 4. Población Regional Económicamente y no económicamente activa

Fuente INEGI

De la población económicamente activa en el municipio de

Tepatitlán, el 74.22% son hombres y el 38.29% son mujeres, de

ellos, la población ocupada en los varones es del 96.23% y en las

mujeres es del 98.32%, reuniendo un total de 58,723 personas

laborando activamente, y la población desocupada en los

varones se presenta con un 3.77% y en las mujeres con el 1.68%,

0,5568

0,4412

0,5332

0,4641

Población económicamente activa

Población no económicamente activa

Comparativo de la población económicamente activa y no activa

Estado de Jalisco Municipio de Tepatitlán

Región Altos Sur Población económicamente

activa

Población no económicamente

activa

Estado de Jalisco 53.32% 46.41% Tepatitlán 55.68% 44.12% Acatic 54.44% 45.19% Arandas 52.44% 47.51% Cañadas de Obregón

42.92% 56.98%

Jalostotitlán 53.31% 46.25% Jesús María 44.82% 55.04% Mexticacán 33.76% 66.14% San Julián 51.39% 48.50% San Miguel el Alto 56.86% 42.89%

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51

sumando un total de 1,833 personas desocupadas, que buscan

empleo.

b) EMPLEO DE LA POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA

En el último trienio, el municipio de Tepatitlán de Morelos ha

visto un crecimiento en el número de trabajadores asegurados

registrados ante el IMSS, lo que se traduce en un incremento de

sus grupos económicos. Para diciembre de 2015, el IMSS

reportó un total de 28,359 trabajadores asegurados, lo que

representa 3,330 trabajadores más que en diciembre de 2012.

En función de los registros del IMSS el grupo económico que más

empleos registró dentro del municipio de Tepatitlán, es la

Elaboración de alimentos que en diciembre de 2015 cuenta con

un total de 5,960 trabajadores asegurados concentrando el

21.02% del total de éstos en el municipio. Esta actividad registró

un aumento de 3,498 trabajadores asegurados de diciembre de

2012 a diciembre de 2015.

El segundo grupo económicos con más trabajadores asegurados

es la Ganadería, que para diciembre de 2015 registró 2,342

trabajadores asegurados que representan el 8.26% del total de

trabajadores asegurados a dicha fecha. De diciembre de 2012 a

diciembre de 2015 este grupo tuvo una pérdida de 2,671

empleos.

c) DISTRIBUCIÓN DEL INGRESO.

De la población económicamente activa ocupada en el

municipio que son 58,723 personas, el 78.53% son trabajadores

asalariados que comprende los empleados, obreros, jornaleros,

peones o ayudantes con pago, y el 20.07% son trabajadores no

asalariados que son los empleadores, trabajadores por cuenta

propia y trabajadores sin pago. De los 46,113(78.53%)

trabajadores asalariados 28,899 son hombres y 17,214 son

mujeres y de los 11,784 (20.07%) trabajadores no asalariados,

los hombres son 8,319 y las mujeres son 3,465.

Población ocupada

Trabajadores asalariados

Trabajadores no asalariados

Estado de Jalisco 3,136,363 74.99 23.83 Tepatitlán 58,723 78.53 20.07 Acatic 8,818 75.67 22.66 Arandas 30,293 75.75 23.59

66%

34%

Población Económicamente Activa en el municipio de Tepatitlán

Hombres Mujeres

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Cañadas de Obregón

1,377 69.72 28.61

Jalostotitlán 12,970 72.09 26.74 Jesús María 6,410 73.37 26.12 Mexticacán 1,287 68.30 30.54 San Julián 6,109 70.85 28.50 San Miguel el Alto 14,089 72.57 26.43

d) REZAGO SOCIAL

Tepatitlán de Morelos se ubica en la posición número 8 en el

índice de desarrollo municipal (IDM) del total de los 125

municipios del estado. Dentro de la región Altos Sur, Tepatitlán

de Morelos es el municipio con el índice más alto, mientras que

Mexticacán se ubica como el más bajo de la región, ocupando el

lugar 121 del total de municipios del estado.

El municipio de Tepatitlán de Morelos en el año 2010, según la

CONEVAL 47,872 individuos que significan el 34.1% del total de

la población, se encontraban en pobreza, de los cuales 43,341

(30.8%) presentaban pobreza moderada y 4,531 (3.2%) estaban

en pobreza extrema.

Así mismo la condición de rezago educativo al año 2010, afectó

al 28.3% de la población, lo que significa que 39,841 individuos

presentaron esta carencia social.

En el mismo año, el porcentaje de personas sin acceso a

servicios de salud fue de 37.3%, equivalente a 52,393 personas.

La carencia por acceso a la seguridad social afectó a 53.2% de la

población, es decir 74,723 personas se encontraban bajo esta

condición. La incidencia de la carencia por acceso a la

alimentación fue de 26.3%, es decir una población de 36,935

personas.

El porcentaje de individuos que reportó habitar en viviendas con

mala calidad de materiales y espacio insuficiente fue de 4.1%

(5,792 personas). Y el porcentaje de personas que reportó

habitar en viviendas sin disponibilidad de servicios básicos fue

de 9.1%, lo que significa que las condiciones de vivienda no son

las adecuadas para 12,772 personas.

VI.4. ANÁLISIS DEL MEDIO FÍSICO NATURAL

El Propósito de este apartado es describir en forma sintética las

condicionantes que presenta el medio físico natural para

0,3410,283

0,373

0,532

0,263

010.00020.00030.00040.00050.00060.00070.00080.000

En pobreza Rezago educativo

Sin acceso a servicios de

salud

Sin acceso a la seguridad

social

Carencia a la alimentación

Mala calidad

insuficiente

Población del municipio con rezago social

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desarrollar la acción urbanística, plasmada en varios planos que

serán el resultado del análisis de los aspectos del medio

ambiente natural tales como: topografía, elevación, hidrología,

uso actual, vegetación y uso potencial del suelo, geología,

edafología, climatología, etc.

Para realizar el análisis físico natural y de acuerdo a lo

establecido en el artículo 122, fracción IV del Código Urbano

para el Estado de Jalisco, describiremos el estado actual de las

zonas y predios comprendidos en el área de aplicación, y de la

misma manera su entorno inmediato al que nos referiremos

como área de estudio, analizando también su aprovechamiento

predominante y de la problemática que presenta.

Tomando como referencia el artículo 86 del propio Código que

recalca que los distintos instrumentos de desarrollo urbano y de

urbanización deberán someterse a una evaluación en materia

de impacto ambiental por la autoridad competente, es que

como parte complementaria del presente plan parcial se

presenta la correspondiente manifestación de Impacto

Ambiental en su Modalidad Específica, documento que forma

parte del presente documento como parte de sus anexos.

ANALISIS DE FACTORES NATURALES

VI.4.1 TOPOGRAFÍA

La topografía es la ciencia que estudia el conjunto de principios

y procedimientos que tienen por objeto la representación

gráfica de la superficie terrestre, con sus formas y detalles; tanto

naturales como artificiales. Para entender mejor la topografía

del municipio utilizaremos el sistema de representación de

planos acotados, mostrando la elevación del terreno a través de

curvas de nivel.

En el municipio de Tepatitlán, el perfil topográfico del área de

aplicación varía entre 1,820 y 2,135 metros sobre el nivel del

mar.

a) ELEVACIÓN.

La geomorfología de la zona muestra unidades muy definidas y

consistentes, con elevaciones que van desde los 1,820 a los

2,135 metros sobre el nivel medio del mar, siendo las principales

elevaciones las descritas a continuación:

1,820-1,880 msnm corresponde al 3.58 % del área de aplicación 1,880-1,950 msnm corresponde al 6.66% del área de aplicación 1,950-2,000 msnm corresponde al 38.20% del área de aplicación 1950-2,000 msnm se encuentra el 42.23% del área de aplicación 2,070-2,131 msnm se encuentra el 9.34% del área de aplicación

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Plano 1 Mapa D-2-1 Elevación Elaboración propia

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b) PENDIENTES

La pendiente en un punto del terreno se define como el ángulo

existente entre el vector normal a la superficie en ese punto y la

vertical; en el área de estudio encontramos pendientes que van

de 0 a 57%, gran parte el área por donde atraviesa el gasoducto

son campos utilizados para el cultivo, ubicados en valles,

mesetas, laderas y lomeríos que se encuentran a lo largo del

trayecto, este estudio nos permite comprender las diversas

situaciones que se presentarán durante la ejecución de la obra.

En el área de estudio predominan las pendientes que van desde

el 0 al 15% ubicadas en lomeríos que se encuentran por toda el

área de estudio, en su mayoría son pendientes someras y

consistentes, el 17.55 del terreno cuenta con terreno más

escarpado, donde las pendientes van del 15 al 57%. El análisis

de pendientes practicado al interior del área de estudio permite

generar las siguientes consideraciones en arreglo a los rasgos de

las mismas:

• El 82.44% del área de estudio tiene una pendiente de 0 a 15%, este rango de pendientes es apto para el desarrollo urbano al facilitar el diseño y operación de las redes de infraestructura, aunque pueden requerir mayores movimientos de tierra para su urbanización.

• o La recomendación para los suelos con pendientes cercanas al

0% es conservar el uso agrícola o forestal en su caso, o la implementación de zonas de conservación, para el emplazamiento de espacios verdes o de equipamientos que

requieran densidades menores de edificación, con lo cual se permita la infiltración y/o la regulación de aguas pluviales.

Las pendientes moderadas del 15 al 30%, ubicadas en las laderas de los lomeríos que se encuentran por toda el área de estudio, comprenden el 47.67% de la misma. Este rango de pendientes no apto para el desarrollo urbano, pero puede funcionar para la operación y diseño de redes de infraestructura, aunque pueden requerir mayores movimientos de tierra para su urbanización.

o Este tipo de suelos con pendientes pronunciadas presenta mayores restricciones para el desarrollo urbano ya que implica riesgos y requerimientos de mayores movimientos de tierra en el proceso de urbanización. En este tipo de zonas no se recomienda implementar procesos de urbanización debiendo preferentemente conservar el uso agrícola o forestal actual.

• Las pendientes de 30 a 45° representan solo el 1.11% del área que corresponden a las encontradas al centro del polígono, estas pendientes se observan en los tramos que están cerca de las localidades denominadas Los Terreros, Los Cerritos y Mazatitlán además de las localizadas en las inmediaciones con del Valle de Guadalupe.

Solo el 0.06% del polígono de estudio cuenta con pendientes entre 45 y 57° y se encuentran en las áreas más escarpadas del recorrido este tipo de pendientes deben principalmente a la erosión del terreno.

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Plano 2 Mapa D-2-2 Pendientes Elaboración propia

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En términos generales el área de aplicación se caracteriza por una predominancia importante de pendientes someras a moderadas, con ligeras porciones de suelos accidentados, debido a la presencia de escurrimientos naturales ubicados en algunas secciones del área de aplicación. Se considera que las pendientes prevalecientes dentro del área de aplicación no demuestran restricciones significativas a la urbanización, ya que en su mayor superficie presentan condiciones favorables para facilitar el drenaje superficial de agua pluvial. Los análisis de topografía, del modelo elevación y de

pendientes, para el área de aplicación en conjunto, permiten

concluir que debido a la baja intensidad de suelo que se

persigue, no se prevé la necesidad de realizar alteraciones

significativas en la topografía del sitio ya que la mayor parte de

la superficie no presenta restricción a la urbanización por efecto

de la topografía, lo anterior como consecuencia de que no se

detectan fracciones con alguna vulnerabilidad por eventos de

encharcamientos, suelos inestables o susceptibles de

deslizamientos.

c) ORIENTACIÓN DE LAS PENDIENTES

Los mapas combinados de pendiente y orientación de laderas

permiten representar simultáneamente, ambos conceptos bajo

un solo mapa y una sola trama de colores, este mapa nos

permite identificar la dirección de la pendiente, y esta es de vital

importancia para el desarrollo de infraestructura.

En el modelo digital de orientación del Plan Parcial “Gasoducto

Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara” las pendientes

se han representado en una escala de colores que van desde el

Norte (Rojo), variando progresivamente en sentido del horario

del reloj hasta llegar al azul que marca el sur.

Este estudio nos permite definir que el 63.33% de las pendientes

en el área de aplicación están orientadas de noreste a sur,

mientras que el 23.45% del total de las pendientes se orientan

en dirección suroeste al norte. Esto nos permite definir que la

orientación de la mayor fracción de pendientes se orienta al

suroeste.

Las pendientes se clasifican por colores en grados que van de 0°

al 360°

Rojo Norte (0° - 22.5°) 4.01% Naranja Noreste (22.5° - 67.5°) 10.83% Amarillo Este (67.5° - 112.5°) 18.64% Verde Sureste (112.5° - 157.5°) 21.98% Azul Sur (157.5° - 202.5) 11.88% Plumbago Suroeste (202.5° - 247.5°) 9.45% Marino Oeste (247.5 - .292.5°) 7.20% Morado Noroeste (292.5° - 337.5°) 3.99% Norte Rojo (337.5° - 360°) 3.99%

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Plano 3 Mapa D-2-3 Orientación de las pendientes Elaboración propia

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d) SISTEMA DE TOPOFORMAS

La mayor parte de la sub provincia de Los Altos de Jalisco, se

caracteriza por amplias mesetas de origen volcánico y presenta la

mayor densidad de topoformas degradativas, generadas por disección

hídrica y abundancia de valles profundos de laderas escarpadas a fines

de los caños de la Sierra Madre Occidental. se distinguen en ella los

siguientes sistemas de topoformas: Escudo-Volcanes Aislados o en

Conjunto, Pequeña Meseta asociada con lomeríos, Gran Meseta con

Cañadas, Meseta Lávica, Meseta Lávica asociada con lomeríos, Meseta

Escalonada, Lomerío de Colinas Redondeadas, Lomeríos Suave en

Arenisca Conglomerado, Valle de Laderas Escarpadas asociadas a

lomeríos, Valle con Terrazas, Cañón y Depresión.

El perfil topográfico de la región es muy variado, existen algunos

ex volcanes menores, como El Cerro, Pelón, Capulín, Campana y

Los Guajes. El gasoducto se asienta en una zona semiplana, que

topográficamente presenta una variedad de lomeríos suaves,

valles de laderas tendidas, mesetas basálticas escudos de

volcanes y lomeríos de basalto. El área estudio presenta un

recorrido variado, donde se encuentran cuatro topoformas bien

definidas,

La primera denominada Escudo de Volcanes, que, a diferencia

de los volcanes compuestos, que son muy altos y delgados; los

volcanes escudo son altos y anchos, con formas planas y

redondeadas. Tienen una estructura volcánica cónica

conformada por numerosos derrames que en conjunto presenta

un arreglo radial y que se caracterizan por su poca pendiente,

esta topoforma ocupa el 54.57 % del total del área de aplicación,

lo que representa una superficie de 558,811.32 m2

En orden de importancia, la Meseta Basáltica con Lomeríos, se

manifiesta en el 31.43% del área de aplicación, esta topoforma

se caracteriza por ser un área continua de la superficie terrestre

relativamente plana, a veces suavemente quebrada u ondulada,

sin elevaciones o depresiones prominentes con una extensión

en el área de intervención de 321,820.98 m2.

El 10.37% del área de aplicación está compuesta por Lomerío de

Basalto compuesto por lomas o colinas bajas, los lomeríos son

una buena elección para el desarrollo territorial de una región,

por su topoforma es adecuada a la explotación del uso de suelo,

sumando una extensión de 106,189.58 m2

Por último y con solo el 3.63 % del total del área de aplicación

se encuentra la topoforma denominada Valle de Laderas

Tendidas con una configuración suave de sus laderas y bases

extendidas. Puede presentarse en series o de manera aislada, la

superficie en el área de aplicación que presenta este tipo de

topoforma es de 37,217.74 m2.

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Plano 4 Mapa D-2-4 Sistema de Topoformas Elaboración Propia

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VI.4.2. HIDROLOGÍA

En la Región Altos Sur, se encuentra una de las cuencas más ricas

en recursos, la del Río Verde, cuenta con afluentes importantes

como lo son los Ríos Encarnación, Teocaltiche, Lagos,

Jalostotitlán y del Valle. En la región de acuerdo a la topografía

y características de precipitación, así como el alto

vocacionamiento de uso agropecuario de su superficie, genera

un importante número de embalses de almacenamiento, con un

alto número de aprovechamientos primarios y secundarios

(bordos y represas).

El municipio de Tepatitlán se encuentra localizado dentro de la

cuenca hidrológica Administrativa III Lerma-Santiago-Pacífico;

Región Hidrológica 12 Lerma-Santiago, Zona Hidrológica Rio

Santiago, en las cuencas hidrológicas Río Verde 2, Rio Santiago

1 y Rio Valle; Zona Hidrológica Lerma- Chapala en la cuenca

Hidrológica Rio Zula.

a) HIDROLOGÍA SUPERFICIAL

CUENCAS

Una Región Hidrológica es un área delimitada por una divisoria

que agrupa por lo menos dos cuencas hidrológicas, cuyas aguas

fluyen a un cauce principal, nuestra área de estudio se inserta

en la Región Hidrológica RH12I, Lerma Santiago,

específicamente en la subregión Hidrológica Lerma-Santiago. A

su vez participa totalmente de la cuenca RH 12-I Verde-Grande,

misma que comprende los municipios de: Acatic, Cuquio,

Ixtlahuacán del rio, Zapotlanejo, Tepatitlán de Morelos, San

Miguel el alto, Encarnación de Díaz, San Juan de los lagos,

Jalostotitlán, Teocaltiche, Villa Hidalgo, Villa de Guadalupe,

Mexticacán, Cañadas de Obregón, Yahualica de Gonzales Gallo,

San Julián, San Diego de Alejandría, Unión de San Antonio y

Lagos de Moreno.

El área de estudio se inserta en la Región Hidrológica RH12I,

Lerma Santiago, específicamente en la subregión Hidrológica

Altos-Santiago. A su vez participa totalmente de la cuenca

Verde-Santiago, área de presentando una superficie de

1’024,039.56 m2,

CUENCA SUBCUENCA AREA TRIBUTARIA DE

SUBCUENCA (Km2)

SUPERFICIE DENTRO DEL

AREA DE ESTUDIO (Km2)

R. Verde Grande

R. Verde Grande

3,063.89 73,285.1499

R. Verde Grande

R. Tepatitlán 466.2 522,043.544

R. Verde Grande

R. del Valle 1,047.53 428,710.868

Tabla 5 Áreas tributarias del área de estudio que aporta a cada

subcuenca. Fuente: Elaboración propia con base en el SIALT del INEGI

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Plano 5 Mapa D-2-5 Hidrología superficial

Elaboración propia

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SUBCUENCAS

Dentro del área de estudio se ubican tres subcuencas, la del Rio

Verde Grande (RH12Ic) a la que pertenece el 7.16% de la

superficie, la del Rio Tepatitlán (RH12Id) que representa el

50.98% de la superficie y la del Rio del Valle (RH12Ie) con el

41.86% del total del polígono de análisis.

CORRIENTES DE AGUA

Las corrientes principales en el municipio son los ríos:

Tepatitlán, Verde, Calderón y Los Arcos; además cuenta también

con los arroyos: Laborcilla, Milpillas, Juanacasco, San Pablo, el

Tecolote, Jesús María, Perón, Mezcala, Guayabo, La Vieja, El

Jihuite y El Ocote. Existen las presas de Carretas, Jihuite, La Red,

Calderón, La Vieja y El Pantano

Son 25 los escurrimientos que afectan el área de estudio todos

son de carácter intermitente, mismos que presentan un sentido

de flujo que obedece en buena medida a las pendientes

topográficas en torno a las elevaciones del área de estudio.

Como ya se mencionó anteriormente, el área de estudio se

encuentra afectada por tres subcuencas hidrológicas que

forman unidades de captación de aguas superficiales que captan

las aguas de 15 escurrimientos de temporal, y posteriormente

se alojan en 6 escurrimientos naturales detectados, de los

cuales 3 de ellos son de magnitud 3, los más importantes son La

Mina, Los Cedazos, Mazatitlán, El Guayabo, Ojo de Agua, Las

Barrosas, Los Azules

CLAVE SUBC

ENTIDAD CONDICION NOMRE ORDEN NIVEL

RH12Ie CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 3 2

RH12Ie CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 2 3

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 1 4

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 3 2

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 2 4

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE LA MINA 1 5

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 1 4

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 1 5

RH12Ie CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE LOS

CEDAZOS 1 4

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 1 4

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 1 4

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 1 5

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE MAZATITLÁN 2 3

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 1 3

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE EL GUAYABO 1 5

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 2 3

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 2 4

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RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 1 4

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE EL OJO DE

AGUA 1 5

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE LAS

BARROSAS 2 2

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 1 3

RH12Id CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 1 4

RH12Ie CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 3 2

RH12Ie CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE NINGUNO 1 2

RH12Ie CORRIENTE DE AGUA

INTERMITENTE LOS AZULES 3 3

Los arroyos que cruzan con el área de aplicación, cuentan con

una longitud total 23,024 m.

Concluimos que debido a la existencia de estos 25

escurrimientos naturales al interior del área de aplicación, se

hace necesario la implementación de medidas de conservación

y mitigación de posibles impactos del proyecto sobre los

mismos.

b) HIDROLOGIA SUBERRANEA

La hidrología subterránea o hidrografía, es la rama de la

hidrología que trata del agua subterránea, su yacimiento y

movimiento, sus recargas y descargas, de las propiedades de las

rocas que influyen en su ocurrencia y almacenamiento.

Un acuífero es cualquier formación geológica o conjunto de

formaciones geológicas hidráulicamente conectados entre sí,

por las que circulan o se almacenan aguas del subsuelo que

pueden ser extraídas para su explotación, uso o

aprovechamiento y cuyos límites laterales y verticales se

definen en La Ley de Aguas Nacionales, 2013

El país está dividido en 653 acuíferos, en Jalisco se identifican 59

de los que 26 están sobreexplotados y 33 sub-explotados (DOF;

2015). El Municipio de Tepatitlán se encuentra en los acuíferos

Altos de Jalisco, Tepatitlán, Valle de Guadalupe y Ocotlán.

El área de aplicación se encuentra dentro de dos acuíferos

delimitados por la CONAGUA, acuífero Tepatitlán, y acuífero

Valle de Guadalupe, siendo el acuífero Tepatitlán donde se

encuentra la mayor parte del área de aplicación.

Estudios realizados por CEAS Jalisco muestran que estos

acuíferos presentan un déficit de aguas subterráneas por lo que

actualmente no existe volumen disponible para nuevas

concesiones

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Plano 8. Mapa D-2-6 Hidrología subterránea Elaboración propia

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

66

VI.4.3. VEGETACIÓN Y USO POTENCIAL DEL SUELO

El objetivo del análisis del uso potencial del suelo es determinar

las posibilidades de uso de la tierra, según sea el caso en

actividades agrícolas, pecuarias, forestales, para el desarrollo

urbano y/o áreas para conservación de recursos naturales a

través de la evaluación de las condiciones ambientales que

conforman unidades homogéneas de tierra.

De forma particular, en el área de estudio se presentan 5 tipos

de vegetación de acuerdo con la clasificación de INEGI (USV

serie V INEGI).de las que el 77.76% del área de estudio el tipo de

uso de suelo predominante es el de la Agricultura de Temporal

Anual (TA), con una superficie de 139,231.9357 m2; por su parte

en orden de importancia el uso Vegetación Secundaria

Arbustiva de Selva Baja Caducifolia (VSa/SBC) alcanza el 13.60%

del área de intersección, de este mismo tipo de vegetación

tenemos hay un 3.69% extra en el área de aplicación, luego en

orden de importancia y ocupando el 3.10% del área de

aplicación está ocupada por vegetación secundaria arbustiva de

bosque de encino (VSa/BQ) .y el 1.96% de vegetación restante,

también corresponde a la vegetación secundaria arbustiva de

bosque de encino

De acuerdo con información del INEGI13 relativa al potencial de

uso de suelo para esta zona, es de uso agrícola y pecuario, con

vegetación representada por roble, blanco, pino, encino,

mezquite, fresno, palo dulce y pastizales. Y sus limitantes más

importantes son el espesor de la capa fértil, la topografía o

relieve, el fenómeno de erosión y el clima, este último

especialmente con referencia a la precipitación pluvial anual.

Agricultura de temporal (TA).

Tipo de agricultura en donde el ciclo vegetativo de los cultivos

que se siembran depende del agua de lluvia, por lo que su éxito

depende de la precipitación y de la capacidad del suelo para

retener el agua, su clasificación es independiente del tiempo

que dura el cultivo en el suelo, que puede llegar a más de diez

años, en el caso de los frutales, o bien son por periodos dentro

de un año como los cultivos de verano. Incluye los que reciben

agua invernal como el garbanzo. Estas zonas, para ser

clasificadas como de temporal deberán permanecer sembradas

al menos un 80% del ciclo agrícola. Pueden ser áreas de

monocultivo o de policultivo y pueden combinarse con

pastizales o bien estar mezcladas con zonas de riego, lo que

conforma un mosaico complejo, difícil de separar, pero que

generalmente presenta dominancia de los cultivos cuyo

crecimiento depende del agua de lluvia.

Vegetación secundaria arbustiva de selva baja caducifolia

(VSa/SBC).

Fase de vegetación secundaria.

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67

En las comunidades vegetales en forma natural existen

elementos de disturbio que alteran o modifican la estructura o

incluso cambian la composición florística de la comunidad, entre

alguno de esos elementos se puede citar: Incendios, huracanes,

erupciones, heladas, nevadas, sequías, inundaciones, deslaves,

plagas, variaciones climáticas, etcétera. Actualmente y a causa

de la actividad humana, la definición y determinación de

vegetación secundaria se ha vuelto más compleja, ahora las

áreas afectadas ocupan grandes superficies y variados

ambientes, ya no son tan localizadas y a veces la presión es tanta

que inhibe el desarrollo de la misma provocando una vegetación

inducida.

A causa de la complejidad de definir los tipos de fases

susecionales, dada su heterogeneidad florística y ecológica y su

difícil interpretación, aún en campo; se consideran con base en

las formas de vida presentes y su altura tres fases: a) Vegetación

Secundaria arbórea, b) Vegetación Secundaria arbustiva, c)

Vegetación Secundaria herbácea.

Selva baja caducifolia (SBC).

Se desarrolla en condiciones climáticas en donde predominan

los tipos cálidos subhúmedos, semisecos o subsecos. La

temperatura media anual oscila entre los 18 a 28°C. Las

precipitaciones anuales se encuentran entre 300 a 1 500 mm.

Con una estación seca bien marcada que va de 6 a 8 meses la

cual es muy severa. Se le encuentra desde el nivel del mar hasta

unos 1 900 m, rara vez hasta 2 000 m de altitud, principalmente

sobre laderas de cerros con suelos de buen drenaje.

Los componentes arbóreos de esta selva presentan baja altura,

normalmente de 4 a 10 m (eventualmente hasta 15 m). El

estrato herbáceo es bastante reducido y sólo se puede apreciar

después de que ha empezado claramente la época de lluvias y

retoñan o germinan las especies herbáceas. Las formas de vidas

crasas y suculentas son frecuentes, especialmente en los

géneros Agave, Opuntia, Stenocereus y Cephalocereus.

Bosque de encino (BQ).

Corresponde a comunidades vegetales distribuidas en los

macizos montañosos de México, como es el caso de la Sierra

Madre Occidental en el estado Jalisco. En climas cálidos,

templados húmedos, subhúmedos a secos, con temperaturas

anuales que van de los 10 a 26° c. y una precipitación media

anual que varía de 350 a 2 000 mm. Se desarrollan en muy

diversas condiciones ecológicas desde el nivel del mar hasta los

3000 m de altitud. Preferentemente se encuentra sobre la

exposición norte y oeste, pero se le puede encontrar en otras.

Este tipo de vegetación se ha observado en diferentes clases de

roca madre, tanto ígneas, sedimentarias y metamórficas, en

suelos profundos o someros como regosoles, leptosoles,

cambisoles, andosoles, luvisoles, entre otros.

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Plano 9. Mapa D-2-7 Vegetación y uso potencial del suelo Elaboración propia

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69

Estas comunidades están formadas por diferentes especies de

encinos o robles del género Quercus (más de 200 especies en

México); estos bosques generalmente se encuentran como una

transición entre los bosques de coníferas y las selvas, el tamaño

varía desde los 4 hasta los 30 m de altura desde abiertos a muy

densos. En general, este tipo de comunidad se encuentra muy

relacionada con los de pino, formando una serie de mosaicos

complejos. Son arboles perennifolios o caducifolios con un

periodo de floración y fructificación variable, pero

generalmente la floración se da en la época seca del año de

diciembre a marzo, y los frutos maduran entre junio y agosto.

En el plano anterior se muestra la ubicación del proyecto

respecto a las comunidades de uso de suelo y vegetación, (carta

serie V de INEGI), se aprecia la continuidad de la los usos

agrícolas de temporal anual..

VI.4.4. EDAFOLOGÍA

La edafología en el municipio de Tepatitlán de Morelos, está

conformado por suelos dominantes que pertenecen al tipo

Luvisol, Phaeozem y Planosol.

De acuerdo al Diagnóstico del Municipio del año 2017,

elaborado por el Instituto de Información Estadística y

Geográfica de Jalisco, el suelo predominante es el luvisol

(45.8%), se caracteriza por la acumulación de arcilla, son suelos

rojos o amarillentos, destinados principalmente a la agricultura

con rendimientos moderados y alta susceptibilidad a la erosión.

Tipo de suelo %

Luvisol 45.8

Feozem 23.7

Planosol 19.9

Cambisol 5.5

Litosol 3.4

Otros 1.7

De acuerdo al análisis del área de estudio en particular se

observan los siguientes grupos de suelo:

45,8

23,7

19,9

5,5

3,4 1,7

Tipo de suelos en el municipio de Tepatitlán

Luvisol

Feozem

Planosol

Cambisol

Litosol

Otros

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

70

CLAVE GRUP

O 1

CALIFS

G1

GRUP

O 2

CALI

FS

G2

GRU

PO 3

CAL

IFS

G3

CLAS

E DE

TEXT

URA

%

ÁR

EA

PHcr+LVcr/3 PHAEO

ZEM Crómico

LUVISO

L N N N Fina

13.8

46

LVcr+PHcr+LPha

/2

LUVISO

L Crómico

PHAEO

ZEM N

LEPTO

SOL

Hápi

co

Medi

a

38.3

03

PHlep+LVcrlep+L

Peuli/2

PHAEO

ZEM

Epiléptic

o

LUVISO

L

Cró

mico

LEPTO

SOL

Lític

o

Medi

a

20.7

43

PHsowskp+LVle

n+LPha/2r

PHAEO

ZEM

Epiesque

lético

LUVISO

L N

LEPTO

SOL

Hápi

co

Medi

a

5.26

7

LVcr+PHcrsow/3 LUVISO

L Crómico

PHAEO

ZEM

Cró

mico N N Fina

21.8

38

La clasificación y características de estos usos de suelo se

describen a continuación:

PHAEOZEM (PH): Es un suelo oscuro, rico en materia orgánica,

alta saturación de bases, poroso, fértil y es excelente tierra

agrícola. Se trata de suelos de apariencia obscura en su

horizonte superficial debido a un alto contenido en materia

orgánica. Son suelos fértiles y soportan una buena variedad de

cultivos, así como de pastizales. Estos tipos de suelos son

blandos de textura media y pedregosos en su superficie,

presentan buena drenabilidad, por lo que se consideran aptos

para el desarrollo urbano.

LUVISOL (LV): Es un suelo que tiene un incremento de

acumulación de arcilla en el subsuelo, tiene un horizonte Árgico,

el cual tiene arcillas de alta actividad y alta saturación de bases

a ciertas profundidades. Estos suelos tienen como

características su fina textura que, en combinación con terrenos

planos, puede ocasionar inundaciones debido a su mala

drenabilidad.

Crómico (cr): Suelos de color pardo o rojizo, en algunas

ocasiones amarillento. Son de fertilidad moderada y con alta

capacidad para proporcionar nutrientes a las plantas.

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Plano 10. Mapa D-2-8 Edafología Elaboración propia

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72

VI.4.5. GEOLOGÍA

Las características geológicas locales del área de estudio están

determinadas principalmente por rocas ígneas extrusivas de la

era cenozoica, periodo, terciario superior época Plioceno

cuaternario (Tpl-Q(B))

El Basalto con superficie de 907,747.683 m2 en el área de

estudio, representa el 88.64% del área de aplicación, es una roca

Ígnea Extrusiva Básica que se origina a partir de material fundido

en el interior de la corteza terrestre, la cual está sometida a

temperaturas y presiones muy elevadas, derramado a la

superficie terrestre a través de fisuras o conductos que se enfría

y solidifica, estando compuesta entre 45% y 52% de óxido de

sílice SiO2. Este tipo de roca es comúnmente utilizada como

material de construcción y es apta para la urbanización

Riolita-Toba ácida (Tom(R-Ta)) conformada por 106,259.729 m2

en el área de estudio, representa el 10.38% de la superficie del

área de aplicación, la riolita roca ígnea extrusiva, volcánica

félsica, de color gris a rojizo con una textura de granos finos o a

veces también vidrio y una composición química muy parecida

a la del granito se le considera el equivalente volcánico del

granito, lo que se agrega a otras evidencias que demuestran que

el granito se origina a partir de magma tal como lo hace la

riolita, solo que a mayor presión. La riolita es un tipo de roca

bastante común, aunque ocurre en volúmenes mucho menores

que el basalto

La Riolita-Toba ácida (Tom(R-Ta)) conformada por 106,259.729

m2 en el área de estudio, representa el 10.38% de la superficie

del área de aplicación, y en otro trayecto del área de estudio

10,030.4343 m2 aproximadamente cuenta con este mismo tipo

de rocas D2 GEOLOGIA 2

FALLAS Y FRACTURAS

Una fractura es una ruptura de la corteza en la que no ha habido

desplazamiento entre bloques, que en este caso coincide con el

paso del gasoducto, a la altura de la comunidad denominada

Mazatitlán esta fractura geológica definida que cuenta con una

longitud de 4,414.48 metros atraviesa el área de aplicación.

Cuando existe una falla geológica, existe de por vida y sabemos

que corre peligro todo tipo de construcción, también es zona

que se vuelve mas vulnerable en caso de sismo

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Plano 11. Mapa D-2-9 Geología Elaboración propia

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74

VI.4.6. CLIMATOLOGÍA

El municipio de Tepatitlán de Morelos, cuenta con un clima

semiseco con invierno y primavera secos, y semicálido, con

invierno benigno. La temperatura media anual es de 19º C, y

tiene una precipitación media anual de 874.7 milímetros con

régimen de lluvia en los meses de junio, julio y agosto. Los

vientos dominantes son de dirección sureste y el promedio de

días con heladas al año es de 9.5.

De acuerdo a la clasificación del INEGI, el clima dentro del área

de estudio se compone de dos tipos, el primero corresponde a

C(w1) (w) templado subhúmedo y el segundo a A(C)w0(w),

Semicálido, subhúmedo.

El primero se caracteriza por tener una humedad media de

verano con una temperatura media anual entre 12 y 18° C y cuyo

régimen de lluvias es de verano, es decir cuando el mes de

máxima precipitación cae dentro del período de mayo a octubre

y este mes recibe por lo menos diez veces mayor cantidad de

precipitación que el mes más seco del año.

El segundo se refiere al clima semicálido, subhúmedo con una

temperatura anual entre los 18 y 22°C; y cuyo régimen de lluvias

es de verano y presenta sequía en invierno.

VI.4.7. PAISAJE NATURAL

La vegetación en cualquier zona del mundo se encuentra

agrupada de acuerdo a la afinidad que presenta con factores

como el clima, sustrato geológico, suelo, humedad, etc. Dichas

agrupaciones se encuentran formadas por los mismos

elementos florísticos y éstos conforman los denominados tipos

de vegetación.

La riqueza natural con que cuenta el municipio está

representada por 4000 hectáreas de bosque donde predominan

especies de roble blanco, pino, encino, mezquite, fresno y palo

dulce principalmente.

Las condiciones como el clima, el sustrato geológico, suelo y

humedad que aquí se presentan son favorables para el

desarrollo pastizales naturales que ocupan junto con otro tipo

de vegetación gran parte del área de aplicación.

El paisaje natural se refiere a los lugares que por su riqueza

vegetal y belleza paisajística vale la pena conservar, a lo largo

del trayecto por el que se colocara la infraestructura se

encuentran pequeños montes de roble blanco que valdría la

pena conservar, principalmente los situados cerca de las

localidades, Los Terreros, Los Cerritos, Mazatitlán y en los

límites con el municipio de Valle de Guadalupe, donde la

vegetación se vuelve más espesa.

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75

Plano 12. Mapa D-2-10 Climatología Elaboración propia

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Plano 13. Mapa D-2-11 Paisaje Natural Elaboración propia

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

77

VI.4.8. EL ORDENAMIENTO ECOLOGICO TERRITORIAL

El Ordenamiento Ecológico Territorial del Estado de Jalisco

expedido mediante decreto publicado en el Periódico Oficial El

Estado de Jalisco el día 28 de julio de 2006, es el

instrumento de política ambiental cuyo objetivo

es introducir y regular el uso del suelo y las

actividades productivas, a fin de lograr la

protección del medio ambiente y la preservación

y el aprovechamiento sustentable de los

recursos naturales, a partir del análisis de las

tendencias de deterioro y las potencialidades de

aprovechamiento racional de los recursos

naturales, minimizando el deterioro a través de

la selección de sistemas productivos adecuados;

en un marco de equidad y justicia social.

Determinando la zona por la que pasa el ducto

como unidad de Gestión Ambiental (UGA) con la

clave Ff 3 165 P, con una extensión de

411,525.2595 m2 uso predominante Flora y

Fauna y un uso compatible Pecuario, con una

fragilidad ambiental media y una política

territorial de Protección son 612,519.4152 ha.

Comprendidas en el área de intervención que

pertenecen a la Unidad de Gestión Ambiental

(UGA) con la clave P 4 162 R cuyo uso

condicionado es Flora, Fauna, Asentamientos Humanos e

Infraestructura, que cuenta con uso compatible pecuario, y

fragilidad ambiental media con política territorial de

aprovechamiento.

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

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Plano 14. Mapa D-2-12 Ordenamiento ecológico territorial del Estado

Jalisco.

Elaboración propia

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

79

VI .4.9. ASPECTOS AMBIENTALES

Asimismo, el Instituto de Información Estadística y Geográfica

pone a consideración el índice de Medio Ambiente, que

contempla aspectos como la generación de residuos sólidos,

deforestación, explotación de acuíferos, cobertura forestal,

áreas naturales protegidas, entre otros.

Tepatitlán se ubica en el lugar 106 a nivel estatal, lo cual indica

un desarrollo Muy Bajo del medio ambiente en comparación al

resto de los municipios de la entidad, y la primera posición en la

región Altos Sur.

En el Índice Municipal de Medio Ambiente, 2015, destaca que

Tepatitlán de Morelos se ubica en un acuífero sobreexplotado,

sobre el cual se registra un total de 36,113 viviendas particulares

habitadas, de las cuales 98.46% tienen disponibilidad de agua

dentro de la casa o el terreno y 98.99% cuentan con drenaje

conectado a la red pública, fosa séptica u otros.

De acuerdo a datos del Observatorio Urbano Local de

Tepatitlán, las áreas verdes para el año 2010 oscilan en 7.14m2

por habitante, 0.7 más que en el año 2000, que era de 6.44;

abarcando una superficie de 972.81 km2. Aclarando que se

incluyen datos sólo de la cabecera municipal.

Existe un déficit de áreas verdes de 773,623 m2 a fin de cumplir

con el mínimo establecido por la Organización Mundial de la

Salud que es de 9m2 por habitantes, existiendo en la actualidad

3.56m2 por habitante.

De acuerdo a un estudio del Centro de Investigación y Asistencia

en Tecnología y Diseño del Estado de Jalisco A.C. (CIATEJ), en el

que estudiaron la caracterización de los residuos sólidos

urbanos para el municipio de Tepatitlán, proyectando los

siguientes datos: el municipio genera en promedio en cada una

de sus viviendas un total de 0.810 kilogramos por habitante por

día, aclarando que esta muestra es sólo de casas habitación.

El Municipio tiene una cobertura de 7.8% de bosques, 14.2% de

selvas y 68.3% destinada a la agricultura. En los últimos 25 años

el municipio ha recuperado 22.73 km2 de superficie con

vegetación natural y presenta 9.17% de la superficie con riesgo

de erosión. En el ordenamiento ecológico territorial, el 10.7% de

su territorio está bajo políticas ambientales de conservación. En

términos de residuos sólidos urbanos, el municipio participa con

el 1.47% del total estatal, equivalente a 110.260 toneladas

generadas por día.

El % de representación de reciclaje por el total de basura

generada es del 2.30% de acuerdo al material de reciclaje

recolectado por el Gobierno municipal en sus diferentes

dependencias.

VI.5. ANÁLISIS DEL MEDIO FÍSICO TRANSFORMADO

De acuerdo al Código Urbano para el Estado de Jalisco en sus

Art. 234 y 252, para el análisis del medio físico transformado del

Plan Parcial de Desarrollo Urbano para Infraestructura

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

80

Gasoducto Villa de Reyes-Aguascalientes-Guadalajara, es

fundamental establecer que la infraestructura a desarrollar se

encuentra fuera de los límites del centro de población. Por lo

que no es posible reconocer aspectos de sistemas urbanos

consolidados en el área de estudio del presente plan, ya que

como se expresó se ubica fuera de los límites del centro de

población y en base a esto el contenido del presente apartado

se limita a la descripción de los aspectos de medio físico que han

sido generados a partir de la intervención humana.

VI.5.1. ESTRUCTURA URBANA Y TENENCIA DEL SUELO

ELEMENTOS COMPONENTES DE LA ESTRUCTURA URBANA

Los proyectos de infraestructura de los sectores público y

privado de la industria de hidrocarburos se norman en el

Capítulo V de la Ley de Hidrocarburos, la cual menciona que se

deberán de atender los principios de sostenibilidad y respeto de

los derechos humanos de las comunidades y pueblos de las

regiones en los que se pretendan desarrollar; sin embargo esto

no aplica para este Plan parcial ya que no existen localidades en

el área de estudio y las distancias en ninguno de los casos pone

en riesgo o peligro a los habitantes de dichas localidades.

Sin embargo, se detectaron construcciones dispersas que no

llegan a conformar una localidad y que se encuentran en un

radio de un kilómetro de distancia de la infraestructura que se

realizará para el gasoducto entre las que se encuentran:

El resto del área de estudio está integrada por terrenos que en su mayoría son utilizados para el cultivo, por lo que podemos concluir que el área se encuentra en zonas rústicas de uso agropecuario

NO. DE LOCALIDAD

NOMBRE DE LOCALIDAD

TIPO DE LOCALIDAD

HABITANTES DE LA

LOCALIDAD

433 Los Terreros Rural 211- 119

182 Mazatitlán Rural 210 - 173

371 La Manga Rural 67

382 Los Cerritos Rural 201

175 Ojo de Agua Rural 5

214 Palo Dulce Rural 75

793 El Ombligo Rural 14

187 El Mezquite Rural 10

476 Baluarte Rural 24

406 Lagunilla Rural 17

801 La Piedrera Rural 46

484 Cerrito Alto Rural 5

307 El Saucillo Rural 48

41 Las Barrosas Rural 70

177 Los Magueyes Rural 67

395 Los Cedazos Rural 8

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

81

Plano 15. Mapa D3 Estructura urbana y tenencia del suelo Elaboración propia

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

82

En lo que respecta a los regímenes de tenencia de la tierra en el

área de aplicación es de pequeña propiedad. La pequeña

propiedad se sustenta en la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos, en su artículo 27, inciso XV en el que

menciona la superficie permitida en las pequeñas propiedades,

definidas estas como la extensión de tierra en manos de un solo

titular a la cual la ley le otorga diferentes beneficios con la

intervención de fomentar el desarrollo social.

De acuerdo al uso de suelo en el área de estudio que es

considerado como agropecuario, la pequeña propiedad agrícola

se considera por la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, como la propiedad que no exceda por individuo de

cien hectáreas de riego o humedad de primera o sus

equivalentes en otras clases de tierra.

Cabe mencionar que a pesar que en la delegación de Mezcala

de los Romero existen 2 ejidos registrados en el Registro Agrario

Nacional RAN, en el área de aplicación no existen ejidos y la

mayor parte de los predios son de propiedad privada y sólo los

casos de cruces con las vialidades se pueden considerar de

propiedad pública.

VI.5.2. USO ACTUAL DEL SUELO

Dentro del área de estudio, se encuentran 3 tipos de vegetación

recurrente

1. Vegetación Secundaria Arbustiva de Bosque de Encino (VSa/BQ) que comprende una superficie de 51,802.53 m3.

2. Agricultura de temporal anual, se encuentra en 795,235.38 m2. 3. Vegetación Secundaria Arbustiva de Selva Baja Caducifolia, que tiene una extensión de 177,001.62 m2. Por lo que podemos afirmar uso de suelo predominante para el área de aplicación es el de tipo agropecuario. Los recursos naturales de la región se aprovechan

principalmente para el cultivo de temporal, la porcicultura y la

avicultura.

ACTIVIDADES AGROPECUARIAS

La mayor parte del área de estudio y aplicación se encuentra en

zonas de actividad agropecuaria con zonas de pastoreo y zonas

agrícolas de temporal principalmente, aunque existen zonas sin

actividad productiva (Suelo ocioso) sobre todo en los límites con

el municipio con Valle de Guadalupe, donde el suelo es

especialmente escarpado, lo que dificulta las actividades

agropecuarias.

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Plano 16. Mapa D-4 Uso actual del suelo Elaboración propia

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VI .5.3 VIALIDAD Y TRANSPORTE

Dentro del área de aplicación el sistema vial se compone

principalmente de 2 carreteras, las cuales una es de jurisdicción

federal y otra estatal. La primera tiene una longitud de 199.63

con revestimiento tipo pavimento y se encuentra en operación

de dos carriles con derecho libre de transición; la segunda opera

a un carril con una longitud de 198.89, es considerada con

jerarquía vial de carácter regional por el Plan de Desarrollo

Urbano de Centro de Población.

Existen además dos carreteras que se encuentran en

revestimiento tipo terracería, una con una longitud de 198.51 y

otra con 206.92; las cuales se encuentra en operación.

Existen además algunas vialidades locales que brindan acceso a

otras comunidades, que se encuentran fuera del límite del área

de estudio, entre las que se encuentran 26 caminos definidos,

de ellos 15 son tipo vereda con una longitud de 1,160.24 y 11

son brechas las cuales tienen una longitud de 1,327.79m. Estos

caminos se interceptan y comunican con construcciones

dispersas a lo largo del área de estudio y aplicación.

La delimitación del área de estudio, al pretenderse llevar a cabo

una acción urbanística para la construcción de una

infraestructura, comprende la zona geográfica de influencia que

tienen los predios por los que pasara la misma, en función a las

vialidades próximas de mayor jerarquía ,y /o las áreas mínimas

de resguardo o seguridad que de acuerdo a la norma se deban

respetar, incluyendo los predios alojados frente a las mismas,

contando con una superficie de 1,024,039.62 m² formando un

polígono que corresponde también al área de aplicación y se

describe en el siguiente cuadro:

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Plano 17. Mapa D-5 Vialidad y transporte Elaboración propia

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VI .5.4. INFRAESTRUCTURA

AGUA POTABLE:

En el área de estudio, en materia de infraestructura de agua

potable, se destaca que no existe un sistema de redes de

conducción o de distribución de agua, debido especialmente a

que no existe un proceso de consolidación urbana en la zona.

DRENAJE:

En lo que respecta al drenaje sanitario, el área de estudio no

cuenta con infraestructura que otorgue este servicio, por lo que

se considera que está siendo solventado a través de sistemas

individuales de fosas sépticas y por sistemas de tratamiento de

aguas residuales.

TELÉFONOS Y TELÉGRAFOS

Dentro del área de aplicación cruza una línea de comunicación

telefónica en operación, esta línea tiene una longitud de

23,024.09 metros a través del área que comunica al municipio

de Tepatitlán con la Delegación de Mezcala de los Romero.

INSTALACIONES ESPECIALES Y RIESGOS URBANOS:

Por tratarse de una infraestructura alejada de la mancha

urbana, carece totalmente de instalaciones especiales que

pudieran causar cualquier tipo de riesgo urbano.

ELECTRICIDAD Y ALUMBRADO: Por el área de aplicación

atraviesan 4 líneas de transmisión, en potería sencilla que llevan

electricidad a las localidades que se localizan en las

inmediaciones del área de aplicación

PAVIMENTOS:

Las carreteras que se cruzan el área de aplicación son cuatro, 2

de terracería y dos pavimentadas, cuya longitud dentro del área

de aplicación suma 803.97 ml.

Loa caminos que cruzan por el área de aplicación se dividen en

15 veredas que suman una longitud dentro del área de 1,160.24

ml y 11 brechas con una con una longitud dentro del área de

aplicación de 1,327.80 metros de longitud en total.

ZONAS DE VALOR PATRIMONIAL HISTÓRICO Y FISONOMICO:

Por tratarse de una infraestructura de conducción y al no pasar

por localidades ni urbanas ni rurales, no aplica este rubro no

aplica

ASENTAMIENTOS IRREGULARES Y EN PROCESO DE

REGULARIZACIÓN:

En la zona de estudio y aplicación no se encuentran

asentamientos irregulares o que se encuentre en proceso de

regularización.

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Plano 18. Mapa -6 Infraestructura Elaboración propia

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VI .6. SINTESIS DEL ESTADO ACTUALL

Una vez analizados los elementos que conforman el medio físico

natural, se presenta un resumen de las condicionantes del

medio físico natural, las cuales concluyen que en general el área

de estudio presenta aptitud para el paso de la infraestructura,

existiendo las siguientes condiciones y restricciones:

El municipio, cuenta con un clima semiseco, con invierno y

primavera secos y semicálido, invierno benigno. La temperatura

media anual es de 19º C, y tiene una precipitación media anual

de 874.7 milímetros con régimen de lluvia en los meses de junio,

julio y agosto. Lo que facilita las obras de infraestructura.

Las características geológicas están determinadas por rocas

ígneas extrusivas de la era cenozoica, periodo, terciario superior

época Plioceno cuaternario (Tpl-Q(B)) que se origina a partir de

material fundido en el interior de la corteza terrestre, la cual

está sometida a temperaturas y presiones muy elevadas,

derramado a la superficie terrestre a través de fisuras o

conductos que se enfría y solidifica

Son 106,259.729 m2 en el área de estudio, los que están

conformados por riolita que roca ígnea extrusiva, volcánica

félsica, de color gris a rojizo con una textura de granos finos o a

veces también vidrio y una composición química muy parecida

a la del granito.

Por el área de aplicación atraviesa una fractura definida de

4,414.48, lo que convierte hay que tener cuidado por la

vulnerabilidad de este espacio de intersección entre la tubería y

la falla.

Los recursos Hídricos para la zona de aplicación se limitan casi

exclusivamente

El área de estudio se inserta en la Región Hidrológica RH12I,

Lerma Santiago, específicamente en la subregión Hidrológica

Altos-Santiago. A su vez participa totalmente de la cuenca

Verde-Santiago, área de presentando una superficie de

1’024,039.56 m2. Dentro del área de estudio se ubican tres

subcuencas, la del Rio Verde Grande (RH12Ic) a la que pertenece

el 7.16% de la superficie, la del Rio Tepatitlán (RH12Id) que

representa el 50.98% de la superficie y la del Rio del Valle

(RH12Ie) con el 41.86% del total del polígono de análisis.

Los 25 escurrimientos que afectan el área de estudio son todos

de carácter intermitente, siendo los más importantes los

arroyos La Mina, Los Cedazos, Mazatitlán, El Guayabo, Ojo de

Agua, Las Barrosas, Los Azules y en total tienen una longitud de

23,024 m.

Hay dos acuíferos 1) Tepatitlán, y acuífero 2) Valle de

Guadalupe, siendo el acuífero Tepatitlán donde se encuentra la

mayor parte del área de aplicación. Sin embargo, estos acuíferos

presentan un déficit de aguas subterráneas por lo que

actualmente no existe volumen disponible para nuevas

concesiones

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El Ordenamiento Ecológico del área de aplicación se encuentra

dentro de dos unidades de gestión ambiental, 411,525.2595 m2

son de uso predominante Flora y Fauna y uso compatible

Pecuario, fragilidad ambiental media y una política territorial de

Protección; Y 612,519.4152 m2. pertenecen a la Unidad de

Gestión Ambiental (UGA) cuyo uso condicionado es Flora,

Fauna, Asentamientos Humanos e Infraestructura, que cuenta

con uso compatible pecuario, y fragilidad ambiental media con

política territorial de aprovechamiento.

La geomorfología de la zona muestra unidades muy definidas y

consistentes, con elevaciones que van desde los 1,820 a los

2,135 metros sobre el nivel medio del mar, la mayoría del

terreno cuenta con pendientes moderadas del 0 al 15% que

representan el 82.44% del área de aplicación. Estas

consideraciones permiten concluir que debido a la baja

intensidad de suelo que se persigue, no se prevé la necesidad de

realizar alteraciones significativas en la topografía del sitio ya

que la mayor parte de la superficie no presenta restricción a la

urbanización por efecto de la topografía, lo anterior como

consecuencia de que no se detectan fracciones con alguna

vulnerabilidad por eventos de encharcamientos, suelos

inestables o susceptibles de deslizamientos.

Este estudio nos permite definir que el 63.33% de las pendientes

en el área de aplicación están orientadas de noreste a sur,

mientras que el 23.45% del total de las pendientes se orientan

en dirección suroeste al norte.

Fractura Geológica en sentido noreste-sureste. Una fractura es

una ruptura de la corteza en la que no ha habido

desplazamiento entre los bloques, que en este caso coincide con

la trayectoria del arroyo.

De acuerdo con información del INEGI13 relativa al potencial de

uso de suelo para esta zona, es de uso agrícola y pecuario, con

vegetación representada por roble, blanco, pino, encino,

mezquite, fresno, palo dulce y pastizales. Y sus limitantes más

importantes son el espesor de la capa fértil, la topografía o

relieve, el fenómeno de erosión y el clima, este último

especialmente con referencia a la precipitación pluvial anual.

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Plano 19. Mapa D-7 Síntesis del estado actual Elaboración propia

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VII. BASES Y CRITERIOS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

VII.1. PERSPECTIVAS DE CRECIMIENTO

Al no tratarse de un centro de Desarrollo Urano, es difícil

detectar el grado promedio de crecimiento urbano, pero si el

crecimiento general del municipio se reflejara de la misma

manera en las comunidades rurales y pequeños poblados que

se encuentran a un radio de 1 km. Del trazo del gasoducto

podríamos definir que, aunque el crecimiento de la población es

muy variable, se ha manifestado en los últimos 30 años un

aumento positivo de la población, mostrando un crecimiento

variable.

VII.2. DEMANDA DE SUELO URBANO

La acción urbanística que se promueve mediante la

modificación del uso de suelo en el área de aplicación

corresponde a RI y RG zonas de restricción por infraestructura

especial, por lo que no se tiene previsto algún incremento de

población en el corto, mediano o largo plazo.

La demanda de suelo urbano para el corto, mediano y largo

plazo se define en función de las previsiones de crecimiento

poblacional y la estrategia de densidad e intensidad de usos de

suelo dentro del área de aplicación. Dentro de la estrategia de

ordenamiento del presente Plan Parcial, daño que no se tiene

previsto un aumento de población, entonces la demanda de

suelo urbano se circunscribe específicamente al emplazamiento

del uso que se propone la acción de infraestructura que se

promueve, ello exclusivamente dentro del área de aplicación del

Plan con una superficie de 1,024,039.62 m2.

52.641 56.64263.748

78.36492.395

109.300119.197

126.625136.123141.332

1950 1960 1970 1980 1990 1995 2000 2005 2010 2015

Crecimiento de la Población de Tepatitlán de Morelos

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VII.3. REQUERIMIENTOS DE EQUIPAMIENTO E

INFRAESTRUCTURA

En materia de equipamiento urbano, el vocacionamiento del

uso que se promueve no implica un incremento en la demanda

de equipamiento urbano en los rubros de educación, salud,

recreación y deporte. Como se ha mencionado, se debe a que

los usos que se promueven mediante la expedición del presente

Plan Parcial son distintos al habitacional.

VII.4. METAS ESPECÍFICAS DEL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO

URBANO PARA INFRAESTRUCTURA

En base al diagnóstico obtenido de la situación actual del área

de estudio y aplicación en su medio físico natural y

transformado, además de los aspectos socio económicos, se

definen las metas específicas para el Plan Parcial.

I. La modificación del uso de suelo dentro del área de aplicación

en el que de ser una zona rústica de uso agropecuario pasa a ser

área de restricción por instalaciones especiales e

infraestructura.

II. Encausar la autorización del proyecto Plan Parcial de

Desarrollo Urbano para Infraestructura GASODUCTO VILLA DE

REYES-AGUASCALIENTES-GUADALAJARA y mediante ello

propiciar en el área de aplicación, las instalaciones de

infraestructura del gasoducto.

III. Desarrollar el proyecto GASODUCTO VILLA DE REYES-

AGUASCALIENTES-GUADALAJARA con la normatividad jurídica y

legal necesarias para que sea una infraestructura segura y

eficiente, la cual cumpla con lo estipulado en los lineamientos

federales de abastecer nuevas centrales eléctricas en el país.

IV. Promover la sustentabilidad de producción de energía en el

país, desarrollando nueva infraestructura, que garantice que el

país cuente con los elementos que permitan un abasto del gas

natural seguro y eficiente de largo plazo.

V. Definir las áreas necesarias para albergar la infraestructura

del gasoducto.

VI. Lograr los permisos necesarios para el uso de restricción por

paso de infraestructura e instalaciones especiales, tanto a nivel

municipal, estatal y federal.

VII. Apoyar en el fortalecimiento del mercado de gas natural

mediante el incremento de la producción y el robustecimiento

en la infraestructura de importación, transporte y distribución,

para asegurar el abastecimiento de energía en óptimas

condiciones.

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VIII. ESTRATEGIAS

VIII.1. ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO

ESTRATEGIAS PARA UN ORDENAMIENTO TERRITORIAL

SUSTENTABLE

En este apartado se proponen una serie de estrategias

encaminadas a lograr un crecimiento del territorio armónico y

ordenado, basando dichas estrategias en los resultados del

diagnóstico realizado en los apartados anteriores.

ESTRATEGIA 1: CONTINGENCIAS Y PREVENCIÓN DE RIESGOS Y

VULNERABILIDADES

Contar con zonificación básica del suelo en el municipio, que

estructure y oriente la conservación, aprovechamiento y

optimización de los recursos naturales.

ESTRATEGIA 2: ÁREAS GEOGRÁFICAS Y SECTORES PRIORITARIOS

Fomentar institucionalmente los criterios normativos de

sustentabilidad del desarrollo urbano.

ESTRATEGIA 3: EQUILIBRIO MUNICIPAL

Orientar, impulsar y atender los programas y acciones para el

desarrollo rural en coordinación con la Secretaría de Agricultura,

Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA).

Administración urbana eficaz y eficiente, mediante la

capacitación del personal y asesoría permanente con la

PRODEUR.

Control de usos de suelo para mejor desarrollo urbano, bajo la

observancia, seguimiento y control de los instrumentos de

planeación a través de las comisiones municipales.

Ordenamiento de los asentamientos humanos irregulares y

reservas territoriales, implementando acciones encaminadas a

la correcta aplicación del Código Urbano, así como la

constitución de reservas territoriales a mediano y largo plazo.

Incorporación del suelo como soporte del desarrollo urbano

mediante el programa de actualización catastral.

Vincular los programas de suministro de energía eléctrica a las

acciones derivadas de los Programas de Desarrollo Urbano.

VIII.2. DELIMITACIÓN DEL CENTRO DE POBLACIÓN

El área de aplicación donde se realizará la infraestructura está

lejos del centro de población, por lo que no presenta limitantes

para el bienestar de la población.

VIII.3. CLASIFICACIÓN DE ÁREAS

De acuerdo al capítulo III del Reglamento estatal de Zonificación,

las áreas de restricción son clasificadas y establecidas en el

plano E1, el cual establece las restricciones a las que debe

ajustarse el proyecto.

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VIII.3.1. ÁREAS DE RESTRICCIÓN A INFRAESTRUCTURA O

INSTALACIONES ESPECIALES

Estás áreas marcadas en el capítulo III inciso V, del Reglamento

de Zonificación para el estado de Jalisco, son las áreas próximas

o dentro del radio de influencia de instalaciones, que por

razones de seguridad están sujetas a restricciones en su

utilización y condicionadas por los aspectos normativos de las

mismas, así como las franjas que resulten afectadas por paso de

infraestructuras y es necesario controlar y conservar por

razones de seguridad y el buen funcionamiento de las mismas.

Se identifican con la clave (RI) y el número que las especifica.

En el área de estudios se establecieron las siguientes áreas de

restricción:

a) AREAS DE RESTRICCIÓN DE INSTALACIONES DE RIESGO (RI-

RG)

Son las referidas a depósitos de combustible, gasoductos y

redes de distribución energéticos, gaseras, gasolineras, centros

de distribución de gas para vehículos automotores, industrias

peligrosas y demás usos de suelo que entrañan riesgos o peligro

para la vida o la salud en sus inmediaciones.

En el área de aplicación, la restricción RG-RI-1 tiene una

superficie de 325,633.41m2.

b) AREAS DE RESTRICCIÓN POR PASO DE REDES E

INSTALACIONES DE ELECTRICIDAD (EL)

Corresponde a las franjas a lo largo de las redes, por lo general

sobre vías públicas y alrededor de las instalaciones de

electricidad, que se deben de dejar libres de edificación para

permitir el tendido, registro, reparación y ampliación de las

mismas, o como separador por el peligro que representan, cuyo

ancho señalará la autoridad municipal y la CFE con relación al

tipo de instalación.

La única área de restricción por el paso de redes e instalaciones

de electricidad ocupa una superficie total de 325,633.41m2.

c) ÁREAS DE RESTRICCIÓN POR PASO DE INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIÓN, CLAVE RI–TL

Corresponden a las franjas a lo largo de las redes, por lo general sobre las vías públicas y alrededor de las instalaciones de telefonía y telecomunicación, que se deben dejar libres de edificación para permitir el tendido, registro, reparación y ampliación de las mismas, cuyo ancho señalarán las autoridades municipales basándose en los criterios que precise el organismo operador, con relación al tipo de instalación. Se identifican con la clave de las áreas de restricción por paso de infraestructuras más la sub-clave (TL)

d) AREAS DE RESTRICCIÓN PARA VIALIDAD (RI-VL)

Son las superficies que deberán de quedar libre de construcción

para la ejecución del sistema de vialidades establecidas para el

ordenamiento territorial y urbano conforme a los derechos de

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Villa de Reyes – Aguascalientes – Guadalajara.

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vía, que establezcan las autoridades federales, estatales y

municipales competentes en la materia.

En el área de aplicación se encuentran dos restricciones para

vialidad; la primera con una superficie de 342,210.08 m2, la

segunda con un área de 7,950.71 m2.

VIII.3.2. AREAS DE CONSERVACIÓN ECOLÓGICA (AC)

las tierras, aguas y bosques que por sus características de valor

científico, ambiental o paisajístico deben ser conservadas. Su

origen o estado natural y su grado de transformación, motivarán

su preservación o nivel de conservación, de conformidad con la

legislación en esta materia. En estas áreas deberá respetarse lo

establecido en las Leyes Federal y Estatal del Equilibrio Ecológico

y Protección al Ambiente, estando bajo el control de las

autoridades competentes, así mismo, estas áreas y sus zonas de

amortiguamiento podrán estar sujetas a un Plan de

Ordenamiento Ecológico Territorial, según lo dispuesto en las

mencionadas leyes.

Igualmente, se consideran áreas de conservación ecológica, las

áreas de preservación agrícola primaria, que son los terrenos

que, por la calidad de sus suelos, clasificados como de primera

clase en términos edafológicos, son de alto potencial de

productividad agrícola, debiendo preservarse para estos fines y

evitar su transformación en suelo urbano.

a) ÁREA DE PROTECCIÓN A CAUSES Y CUERPOS DE AGUA (CA)

Las requeridas para la regularización y control de los cauces en

los escurrimientos y vasos hidráulicos tanto para su operación

natural, como para los fines de explotación agropecuaria, como

suministro a los asentamientos humanos.

En el área de aplicación existen 28 áreas de protección a cauces,

la suma total de la restricción de estos cauces es de 26,428.45

m2.

CLAVE ÁREA

CA-1 834.4352

CA-2 848.9692

CA-3 916.2858

CA-4 228.0878

CA-5 818.8578

CA-6 868.9394

CA-7 874.7326

CA-8 843.5524

CA-9 1250.1398

CA-10 897.026

CA-11 825.8904

CA-12 1376.1291

CA-13 823.1365

CA-14 942.7081

CA-15 1078.4715

CA-16 821.4749

CA-17 883.4477

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CA-18 811.1254

CA-19 1069.747

CA-20 831.1909

CA-21 961.7788

CA-22 812.8443

CA-23 950.7461

CA-24 1267.2697

CA-25 647.6343

CA-26 1116.5544

CA-27 946.6457

CA-28 1880.6324

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Plano 20. Mapa E-1 Clasificación de áreas Elaboración propia

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VIII.4. ACCIONES DE CONSERVACIÓN, MEJORAMIENTO Y

CRECIMIENTO.

Como parte de los trabajos a realizar vinculados al Plan Parcial de desarrollo es necesario realizar las siguientes acciones bajo la supervisión del gobierno municipal a través de la(s) dependencia(s) que para tales fines designe, así como también de las dependencias encargadas en materia riesgos y temas ambientales.

VIII.4.1. ACCIONES DE CONSERVACIÓN

CA 01. Áreas de Protección a Cauces y Cuerpos de Agua. Adecuar el proyecto ejecutivo respetando la demarcación de zona federal en torno a los escurrimientos naturales identificados

Con base en los estudios en materia de impacto ambiental, determinar las acciones específicas de conservación necesarias, para acreditar la viabilidad ambiental. VIII.4.2. ACCIONES DE MEJORAMIENTO

Acciones relativas al mejoramiento de los caminos que cruzan o dan acceso al proyecto de infraestructura al que nos referimos.

Presentar el estudio en materia de Impacto en el Tránsito, avalado por las áreas encargadas de la vialidad del municipio o

la dependencia encargada de los caminos rurales, según corresponda.

Integrar en el proyecto ejecutivo las acciones y el diseño de integración vial que determine la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y/o la Secretaría de Movilidad del Gobierno de Jalisco.

Integrar en el proyecto ejecutivo las acciones de mejoramiento a las vialidades rurales, que determine el proyecto autorizado por la dependencia técnica, relativas a señalización, alumbrado, dispositivos de seguridad vial, entre otros.

Ejecutar las acciones de mejoramiento, conforme a los lineamientos y proyectos específicos autorizados a través de la licencia de urbanización respectiva.

VIII.4.3. ACCIONES DE CRECIMIENTO

Tramitar ante la dependencia técnica el Dictamen de Trazo, Usos y Destinos Específicos, el cual deberá ser expedido con base en las determinaciones de usos y destinos, autorizadas mediante el presente Plan Parcial. Formular el Proyecto Ejecutivo tomando como base lo prescrito por el artículo 277 del Código Urbano para el Estado de Jalisco, así como las disposiciones del título segundo y título tercero del Reglamento Estatal de Zonificación. El Proyecto Ejecutivo, deberá ser acompañado por los estudios técnicos, avalados por las dependencias competentes:

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o Estudio en materia de impacto ambiental, conforme a lo que dictan: la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente y sus respectivos reglamentos.

Estudio en materia de Impacto en el Tránsito, avalado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y/o por la Secretaría de Movilidad del Gobierno de Jalisco, según corresponda. o Proyectos y memorias técnicas de infraestructura e instalaciones, sancionados por los organismos y dependencias competentes; en materia de agua potable, drenaje sanitario, drenaje pluvial, electricidad y alumbrado. Ejecutar las obras, conforme a los lineamientos y proyectos específicos autorizados a través de las licencias de construcción respectiva. Gestionar ante la dependencia técnica el procedimiento para obtener el dictamen favorable de habitabilidad de la obra, una vez que se acredite el cumplimiento de todos los requisitos legales y técnicos.

VIII.5. UTILIZACIÓN PARTICULAR DEL SUELO

VIII.5.1. ÁREAS DE RESTRICCIÓN A INFRAESTRUCTURA O

INSTALACIONES ESPECIALES RI

Zonas de Instalaciones Especiales e Infraestructura

Conforme se establece en el Capítulo XVI artículo 123 y 124 del Reglamento, comprende los usos que por su naturaleza son susceptibles de producir siniestros o riesgos urbanos, sin ser de tipo industrial, que se demandan dentro y fuera de las áreas urbanas, así mismo comprende instalaciones que por la infraestructura especial y la superficie extensiva necesaria, requieren áreas restrictivas a su alrededor además de las instalaciones requeridas para los centros generadores o controladores de infraestructura urbana. Siendo las siguientes

a) ÁREAS DE RESTRICCIÓN DE INSTALACIONES DE RIESGO, CLAVE RI-RG

Las referidas a depósitos de combustible, gasoductos y redes de distribución de energéticos, gasolineras, gaseras, centros de distribución de gas para vehículos automotores, cementerios, industrias peligrosas y demás usos del suelo que entrañen riesgo o peligro para la vida o la salud en sus inmediaciones, cuyas instalaciones y las áreas colindantes deberán respetar las normas, limitaciones y restricciones a la utilización del suelo que señale al respecto:

1. En los casos de alto riesgo, por ser materia federal, la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), en base a la Ley General de la Salud, Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y demás leyes y reglamentos federales en la materia; y

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2. En los casos de mediano y bajo riesgo, por ser materia local, la Secretaría de Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable (SEMADES), basándose en la Ley General de la Salud, Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y demás leyes y reglamentos estatales y municipales en la materia.

b) ÁREAS DE RESTRICCIÓN POR PASO DE INSTALACIONES DE ELECTRICIDAD, CLAVE RI-EL

Corresponden a las franjas a lo largo de las redes, por lo general sobre las vías públicas, y alrededor de las instalaciones de electricidad, que se deben dejar libres de edificación para permitir el tendido, registro, reparación y ampliación de las mismas, o como separador por el peligro que representen, cuyo ancho señalará la autoridad municipal y la Comisión Federal de Electricidad, con relación al tipo de instalación. Se identifican con la clave de las áreas de restricción por paso de infraestructuras más la sub-clave (EL)

c) ÁREAS DE RESTRICCIÓN POR PASO DE INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIÓN, CLAVE RI–TL

Corresponden a las franjas a lo largo de las redes, por lo general sobre las vías públicas y alrededor de las instalaciones de telefonía y telecomunicación, que se deben dejar libres de edificación para permitir el tendido, registro, reparación y ampliación de las mismas, cuyo ancho señalarán las autoridades municipales basándose en los criterios que precise el organismo operador, con relación al tipo de instalación. Se identifican con

la clave de las áreas de restricción por paso de infraestructuras más la sub-clave (TL)

d) ÁREAS DE RESTRICCIÓN POR PASO DE VIALIDADES, CLAVE RI-VL

Son las superficies que deberán de quedar libre de construcción para la ejecución del sistema de vialidades establecidas para el ordenamiento territorial y urbano conforme a los derechos de vía que establezcan las autoridades federales, estatales y municipales competentes en la materia. Se identifican con la clave de las áreas de restricción por paso de infraestructuras más la sub-clave (VL)

VIII.5.2. ÁREAS DE CONSERVACIÓN ECOLÓGICA

Las tierras, aguas y bosques que por sus características de valor científico, ambiental o paisajístico deben ser conservadas. Su origen o estado natural y su grado de transformación, motivarán su preservación o nivel de conservación, de conformidad con la legislación en esta materia. En éstas áreas deberá respetarse lo establecido en las Leyes Federal y Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, estando bajo el control de las autoridades competentes, así mismo, estas áreas y sus zonas de amortiguamiento podrán estar sujetas a un Plan de Ordenamiento Ecológico Territorial, según lo dispuesto en las mencionadas leyes.

Igualmente, se consideran áreas de conservación ecológica, las áreas de preservación agrícola primaria, que son los terrenos

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que por la calidad de sus suelos, clasificados como de primera clase en términos edafológicos, son de alto potencial de productividad agrícola, debiendo preservarse para estos fines y evitar su transformación en suelo urbano.

Estas áreas se señalarán en los planos delimitándose su perímetro con una línea gruesa a base de punto y raya, siendo identificadas con la clave (AC), y el número que las especifica.

Las áreas de conservación ecológica pueden ser generadoras de transferencia de derechos de desarrollo, siendo identificadas con la clave de las áreas de conservación ecológica, a la que se añade la sub-clave (GTD)

a) ÁREAS DE PROTECCIÓN A CAUCES Y CUERPOS DE AGUA, CLAVE CA

Las requeridas para la regulación y el control de los cauces en los escurrimientos y vasos hidráulicos tanto para su operación natural, como para los fines de explotación agropecuaria como de suministro a los asentamientos humanos. Estas áreas se señalarán en los planos delimitándose su perímetro con una línea punteada, siendo identificadas con la clave (CA) Estas áreas se subdividen en:

a) Áreas de protección a cuerpos de agua: las relacionadas con las aguas nacionales, en los términos de la Ley de Aguas Nacionales;

b) Áreas de protección a cauces: las relacionadas con el cauce de una corriente, de manera continua, en los términos de la Ley de Aguas Nacionales; y

c) Áreas de protección a escurrimientos: las relacionadas con el cauce de una corriente, de manera intermitente, en los términos de la Ley de Aguas Nacionales.

Para establecer dichas áreas de protección en los cuerpos de agua, cauces y escurrimientos se estará a lo establecido en la Ley de Aguas Nacionales, para lo cual la autoridad municipal solicitará a la Comisión Nacional del Agua el dictamen respectivo.

Estas áreas son del dominio de la nación y de utilidad pública, estando bajo jurisdicción federal según lo estipulado por la Ley Federal de Aguas y la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Así mismo, estas áreas y sus zonas de amortiguamiento podrán estar sujetas a un Plan de Ordenamiento Ecológico Territorial, según lo dispuesto en las leyes de la materia.

VIII.6. ESTRUCTURA URBANA

VIII.6.1. ESTRUCTURA TERRITORIAL Y NÚCLEOS DE

EQUIPAMIENTO

VIII.6.1. ESTRUCTURA VIAL

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Plano 21. Mapa E-3 Estructura urbana Elaboración propia

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IX. PROPUESTAS DE ACCION URBANA

Para la acción urbanística para infraestructura a la que hemos hecho mención identificamos las siguientes como acciones urbanas

necesarias que se derivan del plan parcial para infraestructura en el municipio de Jalostotitlán, Jalisco, las cuales se describen a

continuación de forma detallada, mencionando quien es el responsable de ejecutar la acción, la etapa a la que corresponde los plazos y

las acciones específicas a desarrollar.

IX.1. Planeación del Desarrollo Urbano

1. PLANEACIÓN DEL DESARROLLO URBANO PLAZOS

ACCIONES RESPONSABLES C.P. M.P. L.P.

1.1.- Aprobar el Plan Parcial de Desarrollo Urbano para infraestructura, del municipio de

Tepatitlán de Morelos, Jal.

Ayuntamiento X

1.2.- Aplicar el Plan Parcial de Desarrollo Urbano para Infraestructura, del municipio de

Tepatitlán de Morelos, así como las políticas de control que se determine en el mismo

Ayuntamiento X

Cuadro 16. Acciones de planeación del desarrollo urbano.

IX.2. Suelo Urbano y Reservas Territoriales

2. SUELO URBANO Y RESERVAS TERRITORIALES PLAZOS

ACCIONES RESPONSABLES C.P. M.P. L.P.

2.1.- Creación y consolidación de reservas urbanas para el ordenamiento y construcción de

infraestructura primaria que estimule la generación de energía eléctrica mas sustentable con

sistemas de combustible más innovadores y menos contaminantes.

Ayuntamiento X X X

Cuadro 17. Acciones de suelo urbano y reservas territoriales.

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IX.3. Infraestructura

3. INFRAESTRUCTURA PLAZOS

ACCIONES RESPONSABLES C.P. M.P. L.P.

3.1.- Promover la creación de infraestructura primaria en las zonas de reserva donde

se promueva su emplazamiento.

Ayuntamiento X

3.2. Sancionar y autorizar el proyecto ejecutivo de infraestructura de gasoducto que

forme parte del proyecto “

Ayuntamiento X

3.3. Vigilar que la ejecución de obras de infraestructura de la acción urbanística del

proyecto “

Ayuntamiento y

Promotor del Gasoducto

X

Cuadro 18. Acciones de infraestructura urbana.

IX.4. Movilidad Urbana Sustentable

4. MOVILIDAD URBANA SUSTENTABLE PLAZOS

ACCIONES RESPONSABLES C.P. M.P. L.P.

4.1. Sancionar y autorizar el proyecto de integración vial que forme parte del proyecto “ Ayuntamiento

Promotor del Gasoducto

X X X

4.2. Vigilar que la ejecución de obras de integración vial del proyecto “ Ayuntamiento Promotor del

Gasoducto

X

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4.3. Impulsar acciones de movilidad sustentable para el personal que labore en el

proyecto “

Entre ellas son factibles, la implementación de una ruta de transporte colectivo privado

para personal, la creación de incentivos para el uso compartido del automóvil, el uso de

medios alternativos como la bicicleta o incluso de vehículos de bajo cilindraje como las

motocicletas.

Promotor del Gasoducto X

Cuadro 19. Acciones de movilidad urbana sustentable.

IX.5. Equipamiento y Espacios Verdes

5. EQUIPAMIENTO Y ESPACIOS VERDES PLAZOS

ACCIONES RESPONSABLES C.P. M.P. L.P.

5.1.- Diseñar, equipar y hacer entrega de acciones de reforestación de las áreas donde

sea viable, conforme al proyecto ejecutivo autorizado por la dependencia técnica.

Promotor del Gasoducto X

Cuadro 20. Acciones para equipamiento y espacios verdes.

IX.6. Impacto y Riesgo Ambiental

6. IMPACTO Y RIESGO AMBIENTAL PLAZOS

ACCIONES RESPONSABLES C.P. M.P. L.P.

6.1. Realizar los estudios en materia de impacto ambiental en que se establezca la evaluación de

los activos ambientales del área de aplicación, las actividades en las etapas de preparación del sitio,

construcción y operación, así como su debido manejo, además de las medidas de mitigación,

compensación y de resiliencia adecuadas para garantizar la mejor integración del proyecto “

Promotor del

Gasoducto

X

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6.2. Sancionar, dictaminar y dar seguimiento a las acciones de mitigación, compensación

y de resiliencia en las etapas de preparación del sitio, construcción y operación del

proyecto “

Ayuntamiento X X X

6.3. Sancionar, dictaminar y dar seguimiento al programa de manejo de sustancias CRETIB,

residuos de manejo especial y residuos sólidos urbanos, que en su caso se manejen

durante las etapas de preparación del sitio, construcción y operación del proyecto, así

como su correcta disposición final.

Ayuntamiento X X X

6.4. Sancionar, dictaminar y dar seguimiento al programa de manejo (tratamiento,

reutilización, infiltración y disposición final) de aguas residuales de origen doméstico e

industrial durante las etapas de preparación del sitio, construcción y operación del

proyecto.

Ayuntamiento X X X

6.5. Sancionar, dictaminar y dar seguimiento al programa de control de emisiones de

partículas suspendidas durante las etapas de preparación del sitio, construcción y

operación del proyecto.

Ayuntamiento X X X

Cuadro 21. Acciones en materia de impacto y riesgo ambiental.

IX.7. Los riesgos para la zona de aplicación que establezca el Atlas de Riesgos

7. LOS RIESGOS PARA LA ZONA DE APLICACIÓN QUE ESTABLEZCA EL ATLAS DE RIESGOS PLAZOS

ACCIONES RESPONSABLES C.P. M.P. L.P.

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7.1.- Realizar los estudios en la materia en los que se establezca la evaluación

de los riesgos del área de aplicación, las actividades en las etapas de

preparación del sitio, construcción y operación, así como su debido manejo,

además de las medidas de mitigación, compensación y de resiliencia

adecuadas para garantizar la mejor integración del proyecto “

Ayuntamiento X

7.2. Sancionar, dictaminar y dar seguimiento a las acciones de mitigación de

riesgos, compensación y de resiliencia en las etapas de preparación del sitio,

construcción y operación del proyecto “

Ayuntamiento X X X

Cuadro 22. Acciones en materia de riesgos.

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X. CONTROL DE USOS Y DESTINOS DEL SUELO

La utilización de las áreas y predios comprendidos dentro de los

límites del área de aplicación del Plan Parcial de Desarrollo

Urbano sea cual fuere su régimen de tenencia de la tierra,

quedara sometidas a las disposiciones del presente Plan,

respetando las jurisdicciones establecidas en la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En toda obra de urbanización y edificación que emprendan las

dependencias y organismos federales, estatales y municipales,

así como los particulares, se deberán respetar y aplicar las

normas y disposiciones del presente Plan Parcial de Desarrollo

Urbano, conforme lo señalan los artículos 136, 191, 192, 228,

229 y 334, del Código como condición necesaria para aprobar

sus proyectos definitivos y expedir las licencias de urbanización

y edificación.

La Dependencia Municipal es la autoridad competente para

dictaminar respecto a la aplicación del Plan Parcial de Desarrollo

Urbano, interpretando sus normas con apoyo en los criterios

técnicos y administrativos aplicables, de conformidad con las

disposiciones de la legislación urbanística estatal y federal,

respetando la competencia que corresponde a la Secretaría de

Medio Ambiente y Desarrollo Territorial y a la Procuraduría de

Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco.

Para mejor proveer al cumplimiento de las disposiciones del

presente Plan Parcial de Desarrollo Urbano, conforme a la

demarcación, los señalamientos y modalidades contenidas en

este ordenamiento y en los artículos 124 y 126 del Código, a

través de la Dependencia Municipal, se procederá a notificar a

los propietarios o poseedores de los predios incluidos en la

zonificación que se aprueba, en los casos que sea necesario para

producir plenos efectos legales respecto de sus titulares y de

terceros, en relación con:

a) Delimitación de destinos para elementos de la

infraestructura, la vialidad y obras específicas de equipamiento

urbano.

XI. DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL PLAN

De conformidad con el Artículo 127. del Código, los programas

y planes que sean aprobados y publicados, serán obligatorios

para las autoridades, los organismos descentralizados o

paraestatales, los organismos de participación social y consulta,

los núcleos de población y en general, para toda aquella persona

física o jurídica que utilice o aproveche predios y fincas.

Su inobservancia implicará las sanciones administrativas y

penales que correspondan.

En la zona de aplicación del Plan Parcial de Desarrollo Urbano,

sólo deberán realizarse las obras de urbanización y edificación

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que sean autorizadas por el ayuntamiento respectivo, conforme

a los lineamientos autorizados en el mismo.

En caso de contravenir lo estipulado en el párrafo anterior se

procederá a aplicar las medidas de seguridad y sanciones

mencionadas en el Título Décimo Segundo del Código.

Los propietarios o poseedores a título de dueño de los predios

incluidos en el Plan Parcial de Desarrollo Urbano deberán

cumplir con las obligaciones derivadas del mismo; para este

efecto, podrán celebrar convenios entre sí, con terceros, con el

Gobierno Municipal o con el Gobierno del Estado.

TRANSITORIOS

Primero. Las disposiciones del presente Plan Parcial de Desarrollo Urbano, entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal.

Segundo. Una vez publicado el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, deberá ser inscrito en las oficinas del Registro Público de la Propiedad.

Tercero. El presente Plan Parcial de Desarrollo Urbano, así como los dictámenes o certificaciones que se expidan con fundamento en las disposiciones del mismo, tendrán vigencia indefinida, y se modificarán, substituirán o cancelarán, conforme a las disposiciones del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

Salón de Sesiones del H. Ayuntamiento.

Tepatitlán de Morelos, Jalisco, a ____de __________ del 2018.

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Anexos