VII. RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DEL...

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INSTITUTO NACIONAL DE CANCEROLOGíA MANUAL DE INTEGRACiÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ MIXTO EVALUADOR PARA LA PRODUCTIVIDAD Y EL DESEMPEÑO REV: 00 HOJA: 1 DE: 11 MANUAL DE INTEGRACiÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ MIXTO EVALUADOR PARA LA PRODUCTIVIDAD Y EL DESEMPEÑO CONTROL DE EMISiÓN Elaboró: Revisó: Autorizó: Nombre: Lic. Joshean Hernández Lic. Liliana Pérez Orihuela Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez Cargo-puesto: Jefe del Departamento de Relaciones LSle6rales y - - I-'ers"b l:) al Directc ra de Administración % - . , Fi rma : / .t. -=- ¿ Fecha: Marzo 2018 ---- .,.....--

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MANUAL DE INTEGRACiÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ MIXTO EVALUADOR PARA LA

PRODUCTIVIDAD Y EL DESEMPEÑO

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HOJA: 1

DE: 11

MANUAL DE INTEGRACiÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ MIXTO EVALUADOR PARA LA PRODUCTIVIDAD Y EL DESEMPEÑO

CONTROL DE EMISiÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Joshean Hernández ~';3varrete Lic. Liliana Pérez Orihuela Lic. Verónica Elena Rojas

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Cargo-puesto: Jefe del Departamento de

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MANUAL DE INTEGRACiÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ MIXTO EVALUADOR PARA LA

PRODUCTIVIDAD Y EL DESEMPEÑO

íNDICE

1. INTRODUCCION

11. MARCO JURíDICO

111. POLíTICAS Y/O NORMAS DE OPERACiÓN

IV. INTEGRACiÓN DEL COMITÉ

V. FUNCIONES DEL COMITÉ

VI. FACULTADES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ

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PÁGINA

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VII. RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ 9

VIII. OPERACiÓN DEL COMITÉ 9

IX. DISPOSICIONES GENERALES

X. INTEGRANTES

CONTROL DE EMISiÓN Elaboró: Revisó:

Nombre: Lic. Joshean Hernández , avarrete Lic. Liliana Pérez Orihuela

Cargo-puesto: Jefe del Departa énto de Relaciones orales

Firma:

Fecha: Marzo 2018

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Autorizó: Lic. Verónica Elena Rojas

Gutiérrez

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DEL COMITÉ MIXTO EVALUADOR PARA LA PRODUCTIVIDAD Y EL DESEMPEÑO

1. INTRODUCCION.

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Con fundamento en lo dispuesto en las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud y en el Reglamento de Productividad de la Secretaria de Salud , se establece la Integración y Funcionamiento del Comité Mixto Evaluador para la Productividad y el Desempeño del Instituto Nacional de Cancerología, por lo que el presente manual tiene por objeto precisar los aspectos que regulan a la Integración y Funcionamiento del Comité Mixto Evaluador para la Productividad y el Desempeño, así como las responsabilidades y funciones de cada uno de sus integrantes, con la finalidad de orientar los actos y procedimientos de afectación, con el más amplio sentido de responsabilidad de análisis de los asuntos que se sometan a su consideración .

11. MARCO JURíDICO.

El presente Manual de Integración y Funcionamiento del Comité Mixto Evaluador para la Productividad y el Desempeño en el Instituto Nacional de Cancerología, se encuentra sustentado en el siguiente marco jurídico-normativo:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

LEYES

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Ley de los Institutos Nacionales de Salud.

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Ley Federal de Archivos.

REGLAMENTOS

Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Reglamento de la Ley Federal de Archivos.

CONTROL DE EMISiÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Joshean Hernández Navarrete Lic. Liliana Pérez Orihuela Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Departamento de Su directora¡:rministración y Direc ora de Administración Relaciones Laborales , / @ esarro o ~\

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DECRETOS

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Decreto por el que se crea el Instituto Nacional de Cancerología.

Decreto por el que se establece la regulación en materia de Datos Abiertos.

ACUERDOS

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Acuerdo del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, por el que se aprueban los Lineamientos para la Organización y Conservación de los Archivos.

Acuerdo del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, por el que se emiten los Criterios para que los Sujetos Obligados Garanticen Condiciones de Accesibilidad que Permitan el Ejercicio de los Derechos Humanos de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales a Grupos Vulnerables.

Acuerdo del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, por el que se aprueban los lineamientos que deberán observar los sujetos obligados para la atención de requerimientos, observaciones, recomendaciones y criterios que emita el Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.

Acuerdo mediante el cual se aprueban los Lineamientos Generales que establecen los criterios para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia y acceso a la información a cargo de las personas físicas y morales que reciben y ejercen recursos públicos o realicen actos de autoridad.

Acuerdo del Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, por el que se aprueban los Lineamientos generales en materia de clasificación y desclasificación de la información, así como para la elaboración de versiones públicas.

Acuerdo que tiene por objeto emitir Disposiciones Generales en las materias de Archivos y de Gobierno Abierto para la Administración Pública Federal y su Anexo Único.

Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información y Protección de Datos personales, establece las bases de interpretación y aplicación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

DISPOSICIONES NORMATIVAS INTERNAS.

Manual de Organización Específico del Instituto Nacional de Cancerología.

Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Cancerología.

CONTROL DE EMISiÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Joshean HernándEl(Navarrete Lic. Liliana Pérez Orihuela Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Depa~ento de Relaciones orales

~l~ctor7~~ministración y 7esarÍ oU .E.e~I:I~;I! -",- Direct~ra de Ad,~rr=-

Firma: ~ rr;¡¡r. Il/~ ~ Fecha: / - L.b-

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OTRAS DISPOSICIONES LEGALES

Políticas de Transferencia de Tecnología del Instituto Nacional de Cancerología.

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Acuerdo por el que se modifica el diverso que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés.

Lineamientos generales para la organización y conservación de los archivos del Poder Ejecutivo Federal.

PLANES Y PROGRAMAS

Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.

111. POLíTICAS YIO NORMAS DE OPERACiÓN.

1. Invariablemente en cada sesión, se deberá contar con la asistencia del servidor público que funja como Secretario Técnico del Comité Mixto para que ésta se celebre.

2. Los invitados no deberán firmar ningún documento que contenga cualquier decisión inherente a las funciones del Comité.

3. En la primera sesión del ejercicio fiscal que efectúe el Comité Mixto, el Secretario Técnico deberá presentar el calendario de reuniones ordinarias.

4. La documentación correspondiente a las sesiones del Comité Mixto, deberá conservarse por un mínimo de dos años, en el Departamento de Relaciones Laborales.

5. Las resoluciones tomadas y sancionadas por el Comité son de carácter irrevocable.

CONTROL DE EMISiÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Joshean Hernández'Navarrete Lic. Liliana Pérez Orihuela Lic. Verónica Elena Rojas

I Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Departamento de Subdirectora~ Admi~tración y Dire tora de Administración

Relaciones Laporales tI) rtR.e H:: el'SO.Oe!. "-

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IV. INTEGRACiÓN DEL COMITÉ.

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El Comité Mixto Evaluador para la Productividad y el Desempeño, estará integrado por los servidores públicos que ocupen el puesto que a continuación se indican:

Con derecho a voz y voto

• Vocal: Director General y/o Suplente.

• Vocal: Dirección de Administración y/o Suplente.

• Vocal : Subdirección de Administración y Desarrollo de Personal y/o Suplente; así como,

• Vocal: Tres representantes del Comité Ejecutivo Seccional No. 83 del SNTSA.

Con derecho a voz y voto de calidad, en caso de empate.

• Secretario Técnico: Jefe del Departamento de Relaciones Laborales.

Con derecho a voz, pero sin voto.

• Invitados: Servidores públicos, cuya intervención permitirá la aclaración de aspectos legales, administrativos o de cualquier otro natural relacionado con los asuntos a tratar en las sesiones del comité.

V. FUNCIONES DEL COMITÉ.

El Comité Mixto Evaluador para la Productividad y el Desempeño, deberá:

1. Sujetarse a las Normas aplicables y al Manual de Integración y Funcionamiento.

2. Aprobar en la primera sesión ordinaria del año, el calendario de sesiones ordinarias.

3. Llevar a cabo el seguimiento del Programa Anual de Sesiones.

4. Analizar y aprobar los casos de excepción del personal que no resulte ser merecedor del estímulo.

5. Analizar las cédulas de evaluación sometidas a consideración del Comité Mixto Evaluador para la Productividad y el Desempeño.

Nombre:

Cargo-puesto:

Firma:

Fecha:

CONTROL DE EMISiÓN Elaboró: Revisó:

Lic. Joshean Hernández Navarrete Lic. Liliana Pérez Orihuela

Autorizó: Lic. Verónica Elena Rojas

Gutiérrez

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6. Revisar los factores dispuestos en la norma que regula la designación del empleado del mes emitida por la Secretaría de la Función Pública y el Reglamento para evaluar y estimular al personal de la Secretaría de Salud, por su productividad en el trabajo, en su articul015.

7. Dictaminar los listados del personal seleccionado a recibir el estímulo y aprobarlos.

8. Aprobar el otorgamiento de estímulos al personal que cubra todos los requisitos establecidos.

9. Aprobar los cambios y/o modificaciones que se considere pertinentes realizar al presente manual.

VI. FACULTADES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ.

SECRETARIO TÉCNICO

1. Elaborar las convocatorias a comité, de acuerdo al plazo estableció en el presente manual, así como las listas de asistencia para verificar la existencia del quorum requerido y el orden del día correspondiente a cada sesión.

2. Integrar las carpetas de forma impresa o electrónica, con la documentación soporte de los asuntos que sean sometidos a consideración del comité.

3. Recibir las cedulas de evaluación con la documentación soporte que resulte necesaria para su análisis correspondiente.

4. Coordinar las sesiones del Comité.

5. Emitir comentarios de los asuntos sometidos a consideración del comité.

6. Firmar las actas levantadas por cada sesión.

7. Emitir voto de calidad en caso de empate.

8. Elaborar el proyecto del acta correspondiente a cada sesión.

9. Gestionar las firmas de las actas de las sesiones del comité y distribuir copia simple a los asistentes en las mismas, dentro de los cuatro días hábiles siguientes a su formalización.

10. Registrar los acuerdos adoptados por el pleno del comité y dar puntual seguimiento hasta su total seguimiento.

CONTROL DE EMISiÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Joshean Hernándef¡ Navarrete Lic. Liliana Pérez Orihuela Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Departamento de m~tect~;@e Administración y Dire tora de Administración Relaciones L}lborales ,) - Desa rol º-.de ~al

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11 . Revisar que los asuntos a someter a consideración del Comité, se encuentren debidamente integrados con la información que resulte adecuada y suficiente, para ser evaluada.

12. Archivar y resguardar la documentación integrada con motivo funcionamiento del Comité.

13. Elaborar los informes solicitados por el Comité, de acuerdo con las directrices que éste señale ylo autorice.

14. Firmar los listados de las sesiones a las que hubiese asistido.

15. Elaborar y someter a consideración del comité, el proyecto del calendario de sesiones ordinarias a celebrar en el año.

16. Invitar a los servidores públicos que propongan los vocales del comité, siempre y cuando dicha intervención permita la aclaración de los aspectos legales, administrativos, o de cualquier otra naturaleza relacionada con los asuntos a tratar en las sesiones del comité.

17. Designar a su suplente quien asistirá a las sesiones del comité con derecho a voz, pero sin voto.

18. Recibir los oficios a través del cual se soliciten cambios o modificaciones al presente manual.

19. Asistir puntualmente a las sesiones del comité.

20. Llevar a cabo todas aquellas otras funciones que le encomienden los miembros del comité afines con las anteriormente señaladas.

VOCALES

1. Analizar el orden del día y los documentos de los asuntos a tratar, a efecto de emitir el voto correspondiente.

2. Firmar las listas de asistencia.

3. Emitir comentarios respecto de los asuntos a tratar en las sesiones.

4. Emitir su voto en los asuntos sometidos a consideración con base en los documentos soporte que se integren en la carpeta de la sesión correspondiente.

5. Revisar los proyectos de acta y emitir las observaciones y lo cometarios que consideren pertinentes.

6. Firmar las actas de las sesiones a las que hubiesen asistido.

CONTROL DE EMISiÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Joshean Hernández Navarrete Lic. Liliana Pérez Orihuela Lic. Verónica Elena Rojas Gutiérrez

Jefe del Departa~to de ~d~;ctora de Administración y ~ Cargo-puesto: Relaciones La90rales sarr~ ': Direct~al de~ Firma: / ~ -V-:. ....-

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7. Designar a un suplente en caso de ausencia justificada, el cual deberá de ser del nivel jerárquico inferior inmediato. De revocar los suplentes designados se deberá de notificar por escrito al secretario técnico.

8. Dar seguimiento a los acuerdos adoptados en el comité.

9. Proponer la invitación servidores públicos, cuya intervención se estime necesaria para aclarar aspectos legales, administrativos o de cualquier otra naturaleza relacionada con los asuntos a tratar en las sesiones del comité.

10. Asistir puntualmente a las sesiones del comité.

11. Realizar las demás funciones y actividades que les encomiende el Comité en pleno.

INVITADOS

1. Proporcionar o aclarar información de los asuntos a tratar.

2. Emitir opiniones y propuestas en el ámbito de su competencia sobre los puntos a tratar en las sesiones del comité.

3. Firmar las actas de cada sesión como constancia de participación.

VII. RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ.

La responsabilidad de cada integrante del Comité Mixto Evaluador para la Productividad y el Desempeño quedará limitada al voto o comentario que emita u omita, en lo particular, respecto al asunto sometido a su consideración, con base en la documentación que le sea presentada.

VIII. OPERACiÓN DEL COMITÉ

Las sesiones del Comité, se realizarán conforme lo siguiente:

1. Celebrar sesiones ordinarias mensualmente, y de acuerdo al calendario aprobado por partes de su miembro.

2. Las sesiones, se llevarán a cabo cuando asistan como mínimo la mitad más uno de los miembros con derecho al voto. En caso de no llevarse a cabo la sesión por falta de quórum o asistencia del secretario técnico y suplente, se levantará el acta de cancelación respectiva en la que se hará constar dicha situación.

Nombre:

Cargo-puesto:

Firma:

Fecha:

CONTROL DE EMISiÓN Elaboró:

Lic. Joshean Hernández Navarrete !

Jefe del Departamey to de Relaciones LagElrales

Revisó:

Lic. Liliana Pérez Orihuela

Subdirectora d.!~dministración y "'/~"'arropb }Ik! Personal

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~ Marzo 2018

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Autorizó: Lic. Verónica Elena Rojas

Gutiérrez

Directora de Administración

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3. Las decisiones y acuerdos del comité, se tomarán de manera colegiada y por la mayoría de votos de los integrantes con derecho a voz y voto presentes. En caso de empate el secretario técnico tendrá voto de calidad.

4. En ausencia del Secretario Técnico del Comité o de su suplente, las reuniones no podrán llevarse a cabo.

5. Las convocatorias correspondientes a cada sesión, así como las carpetas y asuntos a tratar, se entregará a los integrantes del Comité, cuando menos con dos días hábiles de anticipación para reuniones ordinarias. Esta información podrá ser remitida través de medios electrónicos en los plazos establecidos.

6. En el orden del día se deberá incluir un apartado de asuntos generales, en el cual sólo podrán incluirse asuntos informativos.

7. De cada sesión se instrumentará acta pormenorizada, misma que será remitida por el secretario técnico para su revisión.

8. Las actas deberán ser firmadas por todos los que hubiesen asistido a la sesión, previa revisión del proyecto de acta para hacer los comentarios que se estimen pertinentes. En caso de no recibir comentarios se dará por aprobada y se procederá a recabar las firmas correspondientes.

9. En cada sesión que celebre el comité, se levantará lista de asistencia, la cual contendrá las firmas de cada uno de los miembros presentes en la sesión.

10. Los invitados firmarán el acta como constancia de su asistencia y participación .

11 . En la primera sesión ordinaria del comité se presentará para aprobación de los miembros, el calendario de sesiones ordinarias a celebrar.

12. Los servidores públicos que participen en cal idad de suplentes, deberán tener pleno conocimiento y facultades de decisión del área que representan y respecto de los asuntos a tratar en la sesión.

IX. DISPOSICIONES GENERALES

1. Los cambios y/o modificaciones al presente manual que se consideren necesarios, deberán solicitarse por escrito para someterlos a consideración de los miembros del comité.

2. La vigencia del presente, manual iniciara a partir del día hábil siguiente de su aprobación del Comité de Mejora Regulatoria Interna del Instituto Nacional de Cancerología.

Nombre:

Cargo-puesto:

Firma:

Fecha:

CONTROL DE EMISiÓN Elaboró: ".--..

Lic. Joshean Hernández ~avarrete Jefe del Depa~:,-¡fnto de

Relacione~ l,Poorales

Revisó:

Lic. Liliana Pérez Orihuela

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Autorizó: Lic. Verónica Elena Rojas

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x. INTEGRANTES:

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DE: 11

Director General Vocal

Directora de Administración Vocal

Subdirectora de Administración y Desarrollo de Personal

Vocal

Representante del Comité Ejecutivo Seccional No. 83 del SNTSA

Jefe del Departamento de Relaciones Laborales Secretario Técnico

Representante del Comité Ejecutivo Seccional No. 83 del SNTSA

Representante del Comité Ejecutivo Seccional No. 83 del SNTSA

CONTROL DE EMISiÓN Elaboró: Revisó: Autorizó:

Nombre: Lic. Joshean Herná~z Navarrete Lic. Liliana Pérez Orihuela Lic. Verónica Elena Rojas

Gutiérrez

Cargo-puesto: Jefe del Depa~IfreAt-Eyde Relaciones borales

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Direct~a de Administración

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