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Quibdó, noviembre 30 de 2017 Señores VICEMINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR Despacho Ref. Justificación del incremento del valor de la matrícula y de otros derechos pecuniarios por encima del índice de inflación Cordial y atento saludo. Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 122 de la ley 30 de 1992, concordante con el artículo 9º de la resolución 20434 de 2016, modificado por el artículo 3º de la resolución 19591 de 2017, que establece la obligación para las instituciones de educación superior de justificar el incremento del valor de los derechos pecuniarios por encima del índice de inflación del año inmediatamente anterior, de presentar un informe y como anexo el documento que contenga la justificación aprobada por el órgano competente. Que en sesión extraordinaria de fecha 29 de noviembre de 2017, el Consejo Superior aprobó el incremento de los derechos pecuniarios por encima del índice de inflación, con el fin de destinar recursos para ofrecer un servicio con altos estándares de calidad a nuestros estudiantes.

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Quibdó, noviembre 30 de 2017

Señores VICEMINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIORDespacho

Ref. Justificación del incremento del valor de la matrícula y de otros derechos pecuniarios por encima del índice de inflación

Cordial y atento saludo.

Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 122 de la ley 30 de 1992, concordante con el artículo 9º de la resolución 20434 de 2016, modificado por el artículo 3º de la resolución 19591 de 2017, que establece la obligación para las instituciones de educación superior de justificar el incremento del valor de los derechos pecuniarios por encima del índice de inflación del año inmediatamente anterior, de presentar un informe y como anexo el documento que contenga la justificación aprobada por el órgano competente.

Que en sesión extraordinaria de fecha 29 de noviembre de 2017, el Consejo Superior aprobó el incremento de los derechos pecuniarios por encima del índice de inflación, con el fin de destinar recursos para ofrecer un servicio con altos estándares de calidad a nuestros estudiantes.

A continuación, se enuncian los proyectos que en el marco del mejoramiento continuo adelantará la Uniclaretiana, para el año 2018 en la sede principal Quibdó:

Construcción del campus Universitario de la Fundación Universitaria Claretiana. Para el año 2018 se tiene prevista la construcción de la primera etapa que tiene un costo de SEIS MIL MILLONES DE PESOS ($6000.000.000). Esta etapa comprende:

ETAPA 1AulasBaterías sanitariasCancha multifuncionalVías y parqueaderos en afirmadoPortería Plazoleta en concreto circulaciones abiertas

puente entre aulas EscalerasMovimiento de tierra Planta tratamiento de agua residual (capacidad 6,000 estudiantes, incluye redes)Planta tratamiento de agua potable (capacidad 6,000 estudiantes, incluye redes)Conexión redes eléctricas (Incluye transformador)

ETAPA 2

El valor anteriormente indicado, solo está destinado a la fase de construcción, por tal motivo, adicional a lo anterior se requiere la dotación de los espacios, que asciende a un valor aproximado de DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($200.000.000), de los cuales se destinarán del valor recaudado por concepto de derechos pecuniarios la suma de CIENTO VEINTICINCO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIDÓS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($125.822.292,87).

Atentamente,

JOSÉ ÓSCAR CÓRDOBA LIZCANORector

Elaboró Daniza L. Hinestroza Revisó José O. Córdoba Aprobó José O. Córdoba.