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SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS Oficinas: Ronda de San Francisco, 5 · Edif. Julián Murillo Tel: 927 625 792 [email protected] D.L.: CC. 1-1958 Las inserciones en el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres estarán sujetas a lo establecido en el Reglamento de Gestión del Boletín Oficial de la provincia de Cáceres (B.O.P. nº 182 de 21 de septiembre de 2016). Viernes, 23 de junio de 2017 N.º 0118

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SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS EXCEPTO SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS

Oficinas:Ronda de San Francisco, 5 · Edif. Julián Murillo

Tel: 927 625 [email protected]

D.L.: CC. 1-1958

Las inserciones en el Boletín Oficial de la provincia de Cáceres estarán sujetas a lo establecido en el Reglamento de Gestión del Boletín Oficial de la provincia de Cáceres (B.O.P. nº 182 de 21 de septiembre de 2016).

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Sumario Sección I - Administración Local

Ayuntamientos Ayuntamiento de Alcántara

Ayuntamiento de Cachorrilla

Ayuntamiento de Casar de Cáceres

Ayuntamiento de Madrigal de la Vera

Ayuntamiento de Plasencia

Mancomunidades Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro

Mancomunidad Intermunicipal de la Vera

Aprobación bases concesión becas escolares curso 2017-2018. BOP-2017-2949

Aprobación Ordenanza tasa por prestación del servicio devisitas y actividades al Centro de Interpretación “Los Canchosde Ramiro”.

BOP-2017-2950

Delegacion para celebración de matrimonio civil. BOP-2017-2951

Cobertura de plaza de Juez de Paz Sustituto BOP-2017-2952

Convocatoria para la concesión de subvenciones destinadasa las asociaciones que desarrollen actividades a favor de lasmujeres y de la igualdad de género para el año 2017

BOP-2017-2953

Delegación de funciones de la Presidencia. BOP-2017-2954

Cuenta General 2016. BOP-2017-2955

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Sección I - Administración LocalAyuntamientos

Ayuntamiento de Alcántara ANUNCIO. Aprobación bases concesión becas escolares curso 2017-2018.  Visto que este Ayuntamiento concede anualmente becas escolares para la adquisición delibros de libros de texto. Visto que en el Presupuesto del año 2017 existe crédito habilitado para el otorgamiento de lamencionada subvención y teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el quese aprueba el Reglamento General de Subvenciones; por la presente HE RESUELTO; APROBAR las siguientes bases que han de regir la concesión de becas escolares para elCurso 2017/2018. BASE 1ª.- ACTIVIDAD OBJETO DE SER BECADA El Ayuntamiento de Alcántara convoca ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, parala adquisición de libros para el curso escolar 2017/2018, de conformidad con lo previsto en laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones. BASE 2ª.- BENEFICIARIOS DE LA SUBVENCIÓN y CRITERIOS DE VALORACION Podrán solicitar estas becas padres, madres o tutores de los escolares que residan en eltérmino municipal de Alcántara que cumplan los siguientes requisitos:

Estar empadronado en el municipio de Alcántara, este requisito será comprobado deoficio por el Ayuntamiento.Se mayor de edad o menor emancipado/a legalmente.No estar pendiente de justificar documentalmente prestaciones concedidas conanterioridad.No Ser beneficiario de prestaciones para el mismo fin por otra entidad pública.

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Estar cursando la Enseñanza Obligatoria o Educación Infantil en el Colegio PúblicoMiguel Primo de Rivera.No estar incurso en ninguna de las circunstancias que prohíben tener la condición debeneficiario, previstas en el párrafo 2º del artículo 13 de la ley 38/2003 de 17 denoviembre, General de Subvenciones.

BASE 3ª.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA. Los interesados deberán presentar, junto con su solicitud, según modelo que figura en ANEXOI, y cuya firma conlleva la declaración responsable de no estar incurso en ninguna de lascircunstancias que prohíben tener la condición de beneficiario previstas en el párrafo 2º delartículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el día 13de octubre de 2017:

A) Fotocopia del DNI o pasaporte del solicitante (padre, madre o tutor solicitante). B) Justificante acreditativo de no percibir otras ayudas para el mismo concepto, en sucaso. (Declaración jurada) C) Fotocopia de la factura de los libros adquiridos, así como documento acreditativo delpago de la misma. D) Certificado de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social

BASE 4ª-SUBSANACIÓN DE ERRORES. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con lo establecido en el artículo68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas, se concederá un plazo de diez días hábiles para subsanardeficiencias o falta de documentación, con indicación de que, si dentro del plazo concedido asíno lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términosprevenidos en el artículo 21 del mismo texto legal. BASE 5ª- RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá al examen y evaluación de lassolicitudes y documentación presentada y demás circunstancias que deban tenerse en cuenta. Los motivos de denegación pueden ser los siguientes:

Por no reunir cualquiera de los requisitos establecidos en la convocatoria.

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Por no subsanar la falta de documentación en la fecha y forma.Por falsear u omitir requisitos o información requeridos en esta convocatoria.Por no justificar las prestaciones económicas concedidas con anterioridad, por el mismoconcepto.Por haber presentado la solicitud fuera del plazo establecido.

Se elevará propuesta de resolución, en la que incluirá dos relaciones separadas, una primeracon los aspirantes subvencionados, y una segunda, con los aspirantes cuyas solicitudes hayansido denegadas, especificando las causas de denegación, concediéndose un plazo de 10 díaspara alegaciones. Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por los interesados, se formulará lapropuesta de resolución definitiva, y el Sr. Alcalde. Presidente dictará resolución en un plazomáximo de quince días a contar desde la elevación de la propuesta anterior. Las notificaciones con los resultados provisionales y definitivos de adjudicación de las becasserán publicadas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alcántara. El plazo máximo para resolver y notificar la Resolución final del procedimiento no podráexceder de seis meses, a contar a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria,transcurrido el cual la solicitud de concesión de la subvención se entenderá desestimada porsilencio administrativo. BASE 6ª.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA. Para financiar la becas escolares existe una dotación presupuestaria de 2.300 € en laaplicación presupuestaria 320.480,00 del vigente Presupuesto General de Gastos para esteejercicio 2017. El importe de la Beca será del 75% del importe de la compra de libros hasta un máximo de 60€. BASE 7ª.- PAGO DE LA BECA El pago de la Beca se realizará mediante ingreso en cuenta bancaria acreditada, debiendo elbeneficiario presentar, en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Alcántara antes del13 de octubre de 2017, justificación (factura emitida con todos los requisitos legales) de laadquisición de libros y material escolar del curso correspondiente por, al menos, el importe dela subvención recibida; en cumplimiento del artículo 30 de la Ley 38/2003, General deSubvenciones. El incumplimiento de la obligación de justificar adecuadamente la subvencióndará lugar al reintegro de la misma según lo establecido en la Ley 38/2003, General de

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Subvenciones. Se fija como obligatoria la compra de tantos libros como alcanzara el importe de la Beca. En el caso de no comprar libros por el importe de 60€, el importe de la ayuda será del 75% delcoste de adquisición. El Ayuntamiento solicitará al Colegio Público Miguel Primo de Rivera información, para lacomprobación de la veracidad de los datos de los padres de los alumnos solicitantes en lo quese refiere a duplicidad de ayudas en la misma materia. BASE 8ª.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES La interpretación de las dudas que puedan surgir en la aplicación de estas Bases correspondeal Órgano competente para la aprobación de las mismas, que queda autorizado para dictaraquellos actos que sean precisos para su desarrollo. BASE 9ª- RÉGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES. El régimen de infracciones y sanciones administrativas aplicables será el establecido en elTítulo IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BASE 10ª- DERECHO SUPLETORIO. Para todos aquellos extremos no previstos en las presentes Bases, será aplicable la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones así como el Real Decreto 887/2006,de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, ysupletoriamente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común delas Administraciones Públicas. ANEXO SOLICITUD DE BECAS DE LIBROS ESCOLARES PARA EDUCACIÓN INFANTIL YEDUCACIÓN OBLIGATORIA PARA EL CURSO 2017/2018 EN EL COLEGIO PÚBLICOMIGUEL PRIMO DE RIVERA DE ALCÁNTARA. Centro Escolar: CEIP “MIGUEL PRIMO DE RIVERA” Datos Alumno/a: Apellidos: _________________________________________ Nombre: ____________

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Fecha de nacimiento: _________________ Curso a realizar 2017/18: ______________ Datos del Padre/Madre o Tutor/a: Nombre y Apellidos: _______________________________ D.N.I./N.I.E.______________ Nombre y Apellidos: _______________________________ D.N.I./N.I.E.______________ Domicilio familiar: _______________________________________________________ Código Postal: _________ Teléfonos: ________________ / ___________________ Nº miembros Unidad Familiar: _____ AÑADIR NÚMERO DE CUENTA ________________________________________________________ DECLARACIÓN RESPONSABLE Declaro no estar incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones que impiden obtener la condición debeneficiario. Declaro bajo mi responsabilidad que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud. En Alcántara a ________de _____________________2017. Firma Padre/Madre Tutor Firma Padre/Madre Tutor DECLARACIÓN JURADA DE NO PERCIBIR AYUDAS PARA EL MISMO CONCEPTO. D.: /Dña.: _____________________________________________________________ Con D.N.I o Pasaporte _______________ con domicilio en ___________________ _______________________________________________ declaro bajo juramento que norecibo ningún tipo de beca/ayuda por el mismo concepto y para que así conste y surta losefectos oportunos firmo este documento en:

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En Alcántara a ________de _____________________2017. Firma: Nombre y apellidos: A/A. Sr. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE ALCÁNTARA. SOLICITUD DE BECAS DE LIBROS ESCOLARES PARA EDUCACIÓN INFANTIL YEDUCACIÓN OBLIGATORIA CURSO 2017/2018. COLEGIO MIGUEL PRIMO DE RIVERA DEALCÁNTARA (CÁCERES) INSTRUCCIONES Condiciones para solicitar estas becas:

Estar empadronado en el municipio de Alcántara (este requisito será comprobado deoficio por el Ayuntamiento de Alcántara).No ser beneficiario de prestaciones para el mismo fin por otra entidad pública.Estar cursando la Enseñanza Obligatoria o Educación Infantil en el Colegio PúblicoMiguel Primo de Rivera.

Documentación a presentar junto a las solicitudes:

Fotocopia del DNI del solicitante (padre, madre o tutor).Fotocopia de la factura de los libros adquiridos.Certificación sobre el cumplimiento de obligaciones tributarias con la AdministraciónGeneral del Estado y con la Seguridad Social.

Importe de la beca:

El importe de la Beca será del 75% del importe de la compra de libros hasta un máximode 60 euros.

Las solicitudes se presentarán en las dependencias del Ayuntamiento de Alcántara, hasta el 13de octubre de 2017.

Alcántara, 14 de junio de 2017

Luis Mario Muñoz NietoALCALDE

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Sección I - Administración LocalAyuntamientos

Ayuntamiento de Cachorrilla ANUNCIO. Aprobación Ordenanza tasa por prestación del servicio de visitas yactividades al Centro de Interpretación “Los Canchos de Ramiro”. El Ayuntamiento Pleno de Cachorrilla, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de2017, aprobó inicialmente la implantación de la tasa por prestación del servicio de visitas yactividades al Centro de Interpretación “Los Canchos de Ramiro”; y la correspondienteordenanza fiscal reguladora de la misma. Habiendo transcurrido el plazo de exposición pública de dicho acuerdo establecido legal yreglamentariamente, y en ausencia de reclamaciones, dicha aprobación se ha convertido endefinitiva. A tal efecto se publican las correspondientes ordenanzas reguladoras de las mismas, cuyotexto íntegro se publica a continuación. Lo que pone en conocimiento del público, en cumplimiento de los artículos 17 y 19 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, a los efectos de que los interesados en el expedientepuedan interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses,contados a partir del día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de laProvincia. Cachorrilla, a 6 de junio de 2017. EL ALCALDE, Rubén Morera Martín. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

DE VISITAS Y ACTIVIDADES AL CENTRO DE INTERPRETACIÓN “LOS CANCHOS DERAMIRO”.

ARTÍCULO 1.- Fundamento y Naturaleza.

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En uso de las facultades concedidas por los arts. 133.2 y 142 de la Constitución Española y porel art. 106 de la Ley 7/85, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y deconformidad con lo dispuesto en los artículos 20.4 p) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, este Ayuntamiento establece la establece la POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIODE VISITAS Y ACTIVIDADES AL CENTRO DE INTERPRETACIÓN “LOS CANCHOS DERAMIRO”, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas se atienen a loprevenido en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004. ARTÍCULO 2. Ámbito de Aplicación. La presente Ordenanza será de aplicación en el Centro de Interpretación “Los Canchos deRamiro” de Cachorrilla. ARTÍCULO 3. Hecho Imponible. Constituye el hecho imponible de la tasa, el servicio de visitas y actividades al Centro deInterpretación “Los Canchos de Ramiro” de Cachorrilla. ARTÍCULO 4. Sujeto Pasivo. Son sujetos pasivos de la tasa, todas aquellas personas físicas que soliciten el servicio devisitas y actividades del Centro de Interpretación “Los Canchos de Ramiro” de Cachorrilla. ARTÍCULO 5. Responsables. Todas aquellas personas físicas que accedan al servicio de visitas y actividades del Centro deInterpretación “Los Canchos de Ramiro” de Cachorrilla. ARTÍCULO 6. Exenciones y Bonificaciones. No se contemplan ARTÍCULO 7. Tarifas. Serán las siguientes:

CONCEPTO IMPORTE

Entradas al Centro, por persona Gratuitas

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ARTÍCULO 8. Devengo. La tasa se hará efectiva en metálico en el momento del acceso al Centro de Interpretación “LosCanchos de Ramiro” de Cachorrilla de la persona obligada al pago, a quien se entregará unrecibo numerado y sellado. ARTÍCULO 9. Normas de Gestión. La gestión, liquidación, inspección y recaudación de esta tasa se realizará según lo dispuestoen la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en las demás Leyes reguladorasde la materia, así como en las disposiciones dictadas para su desarrollo. ARTÍCULO 10. Infracciones y Sanciones. En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 dediciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 183 y siguientes, y las disposicionesque la desarrollen. DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA Para todo lo no previsto en la presente Ordenanza, será de aplicación lo establecido en el RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales; la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria;la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos; la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases de Régimen Local. DISPOSICION FINAL. La presente Ordenanza, que consta de siete artículos, una disposición adicional y otra final,entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres,permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Rutas guiadas, por persona 3 €

Talleres de actividades, por persona 5 €

Merchandising (Imanes) 2 €

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Cachorrilla, 6 de junio de 2017Rubén Morera Martín

ALCALDE

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Sección I - Administración LocalAyuntamientos

Ayuntamiento de Casar de Cáceres ANUNCIO. Delegacion para celebración de matrimonio civil. Por Resolución de Alcaldía de fecha 19 de junio de 2017 el Sr. Alcalde delega en el/laConcejal/a de este Ayuntamiento D. Antonio Royo Gutiérrez el ejercicio de la atribución paracelebrar el matrimonio civil entre D. Juan Antonio Ordiales Rey y Dª M.ª. De los AngelesHerrero Sánchez, que se llevará a efecto el próximo día 24/06/2017. Lo que se hace público para general conocimiento de acuerdo con lo dispuesto en el artículo44.2 del R.D. 2568/1986, de 28 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento deOrganización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Casar de Cáceres, 19 de junio de 2017

Rafael Pacheco RubioALCALDE PRESIDENTE

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Sección I - Administración LocalAyuntamientos

Ayuntamiento de Madrigal de la Vera ANUNCIO. Cobertura de plaza de Juez de Paz Sustituto Recibida en este Ayuntamiento el día ocho de junio de dos mil diecisiete notificación delPresidente del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, relativa a la renovación del cargode sustituto del Juez de Paz Titular de este Municipio. Corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Sustitutos delJuez de Paz de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de laLey Orgánica del Poder Judicial. Se abre un plazo de quince días hábiles desde la publicación del presente anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia para que las personas que estén interesadas, y reúnan lascondiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a la Alcaldía del Ayuntamiento. Caso de no haber solicitantes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando elacuerdo a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Lo que se publica para general conocimiento

Madrigal de la Vera, 20 de junio de 2017

Luis Carlos Ferreiro FernándezALCALDE

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Ayuntamiento de Plasencia ANUNCIO. Convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a lasasociaciones que desarrollen actividades a favor de las mujeres y de la igualdadde género para el año 2017 PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y NORMATIVA APLICABLE Es objeto de esta convocatoria la concesión, mediante concurrencia competitiva desubvenciones para el fomento de las Actividades previstas en el programa anual de lasasociaciones que lleven a cabo actividades a favor de las mujeres y de la efectiva implantaciónde la igualdad de género y que formen parte del Consejo Municipal de la Mujer,subvencionándose las actividades de desarrollo y promoción del movimiento asociativo y laparticipación de las mujeres, así como gastos de funcionamiento de dichas Asociaciones ycuyo ámbito de actuación sea el del término municipal de Plasencia. Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en las siguientes normas:

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LeyGeneral de Subvenciones.Ordenanza por la que se regula el Régimen General de Subvenciones del Ayuntamientode Plasencia, aprobada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinariacelebrada el día 30 de octubre de 2006 y publicada en el Boletín Oficial de la Provinciade Cáceres nº 30, de fecha 12 de febrero de 2007.

SEGUNDA.- CUANTÍA MÁXIMA Y CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS: El importe total de las subvenciones a conceder no excederá en su cuantía total de 7.000,00Euros. No obstante la Junta de Gobierno Local se reserva el derecho de no utilizar la totalidadde esa cantidad. El importe máximo de la subvención que podrá percibir cada asociación beneficiaria noexcederá en ningún caso de 3.000,00 euros; igualmente el porcentaje máximo de financiación

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A.

B.

C.D.

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por parte del Ayuntamiento de Plasencia, de los proyectos subvencionados no excederán del50 % del presupuesto total de los mismos. Existe crédito suficiente en la partida 0112-23115-48930 del presupuesto del ejercicio 2.017para hacer frente al gasto total que supone dicha convocatoria. TERCERA: ASOCIACIONES BENEFICIARIAS. Podrán concurrir a la siguiente convocatoria las Asociaciones que lleven a cabo actividades afavor de las mujeres y de la efectiva implantación de la igualdad de género y que reúnan lassiguientes condiciones:

Que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal deAsociaciones del Excmo. Ayuntamiento en el momento de la aprobación de lapresente Convocatoria.Que formen parte del Consejo Municipal de la Mujer, en el momento de la aprobaciónde la presente Convocatoria.Que su ámbito de actuación sea el del término municipal de Plasencia.Que hayan presentado justificación de gastos y memorias correspondientes a lassubvenciones recibida con anterioridad por el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.Que no estén incursas en alguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las asociaciones o entidades solicitantes deberán ejecutar de forma directa y por sí mismas losproyectos subvencionados. CUARTA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: Para solicitar la subvención, será necesario presentar la documentación que a continuación serelaciona: Deberá presentarse solicitud firmada por la persona que ostente la presidencia de laAsociación, a la que habrá de acompañarse:

Fotocopia compulsada del N.I.F. de la Asociación (nº de identificación fiscal), y del D.N.Ide su representante.Presupuesto de gastos de funcionamiento.Certificado del Secretario/a de la Junta Directiva de la Asociación, que acredite quequien firma la solicitud es el/la representante legal de la misma y que tiene capacidadpara realizar tal acto.

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Proyecto de actividades a desarrollar por la Asociación durante el año. El proyectodeberá estar cuantificado y presupuestado.Declaración responsable, otorgada ante autoridad administrativa o notaría pública, ysuscrita por la persona que ostente la presidencia de la Asociación o Entidad, en el quese haga constar que la misma no se halla incursa en ninguna de las circunstanciasrecogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General deSubvenciones, así como que se encuentra al corriente en el cumplimiento de lasobligaciones tributarias y frente a la Seguridad social, impuestas por las disposicionesvigentes.Fotocopias compulsadas del Libro de Actas, donde figure el nombramiento de la JuntaDirectiva y resumen previsto de ingresos y gastos de la Asociación durante el año asubvencionar.Documentación justificativa de la aplicación dada a las subvenciones concedidas por elExcmo. Ayuntamiento de Plasencia, en el ejercicio anterior.

QUINTA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN: Toda la documentación deberá ser presentada en el Registro General del Excmo.Ayuntamiento de Plasencia de 9,00 a 14,00 horas, en el plazo de veinte días hábiles a contardesde el siguiente a la publicación por la Base de Datos Nacional de Subvenciones del extractode la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y dirigida al Ilmo. Sr. Alcaldedel Excmo. Ayuntamiento de Plasencia. Las asociaciones o entidades interesadas podrán examinar el texto íntegro de estas Bases enla página WEB de la Base de Datos Nacional de Subvenciones dependiente de la IntervenciónGeneral del Estado, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres Si las solicitudes presentadas no reúnen los requisitos establecidos o no acompañan ladocumentación exigida en la presente convocatoria, se requerirá a la persona interesada paraque subsane la solicitud o aporte la documentación en el plazo máximo e improrrogable de 10días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud. SEXTA.- PROCEDIMIENTO Y RESOLUCIÓN: El procedimiento de concesión será el previsto en 23 y siguientes de la Ley General deSubvenciones, así como en los artículos 17 y siguientes de la Ordenanza por la que se regulael Régimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, aprobada por el Excmo.Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2006. La Instructora del procedimiento será la concejala delegada de Familia, Igualdad y

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Accesibilidad. Corresponden al órgano instructor las siguientes funciones:

Petición de los informes que se estimen necesarios.Evaluación de las solicitudes presentadas, de conformidad con la presenteconvocatoria, haciendo la correspondiente propuesta de Resolución provisional ydefinitiva a la Junta de Gobierno Local.Seguimiento de los proyectos subvencionados.

El órgano colegiado al que se refiere el artículo 16 de la Ordenanza por la que se regula elRégimen General de Subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia, estará integrado de lasiguiente forma:

Presidenta: Concejala delegada de Familia, Igualdad y Accesibilidad.Vocal: Concejal Delegado de Hacienda.Vocal: Una Agente de Igualdad del Ayuntamiento de Plasencia.Secretario: El Secretario General del Ayuntamiento o funcionario/a en quien delegue.

La resolución de los procedimientos de concesión exigirá, en todo caso, informe del órganocolegiado referido anteriormente, así como la formulación de la oportuna propuesta deresolución provisional y definitiva por parte de la Instructora. Una vez evaluadas las solicitudes, el órgano colegiado al que se refiere el artículo 16 de laOrdenanza General de Subvenciones, deberá emitir informe en el que se concrete el resultadode la evaluación efectuada. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará lapropuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá notificarse en la formaque establezca la convocatoria, y se concederá un plazo de 10 días para presentaralegaciones. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en procedimiento ni seantenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por losinteresados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva. Examinadas las alegaciones aducidas en su caso, se formulará la propuesta de resolucióndefinitiva, que deberá expresar el/la solicitante o la relación de solicitantes para los/las que sepropone la concesión de la subvención, y su cuantía, especificando su evaluación y los criteriosde valoración seguidos para efectuarla.

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El órgano competente para la resolución del procedimiento de concesión regido por laspresentes bases será la Junta de Gobierno Local. La resolución habrá de dictarse y notificarseen el plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de la presente convocatoria en elBoletín Oficial de la Provincia de Cáceres. La resolución de concesión de la ayuda conllevará el compromiso del gasto correspondiente. Se entenderá aceptada la subvención concedida transcurrido el plazo de diez días naturalescontados desde la publicación de la resolución de concesión sin que la persona beneficiariamanifieste expresamente lo contrario. Los actos administrativos que se dicen en relación con esta convocatoria, serán objeto depublicación en el tablón de anuncios de la Corporación, notificándose directamente a losinteresados en la forma establecida en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa El abono de la subvención por parte del Ayuntamiento, se realizará mediante la modalidad depago anticipado del 100 % del importe de la subvención concedida, sin que deban aportarsegarantías por parte de las personas beneficiarias. SÉPTIMA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES: La cuantía de las subvenciones que se otorguen para financiar actividades previstas en elprograma anual de las asociaciones de mujeres se determinará atendiendo a los siguientescriterios, con la ponderación que se detalla a continuación: 1.- Proyecto de actividades del año de solicitud. Se otorgarán hasta un máximo de 50 puntos a los proyectos de actividades presentados,dándose prioridad a aquellos proyectos que:

Impulsen acciones para la implantación de la Igualdad entre mujeres y hombres, ycontra la Violencia de Género.Se encaminen a la promoción de la salud y el bienestar de la mujer.Supongan la realización de actividades comunes entre dos o más entidades.Contribuyan a facilitar la inserción laboral.Faciliten alternativas saludables de Ocio y Tiempo Libre.Tengan un carácter innovador por el tipo de actividad.Posean una trascendencia social importante, y contribuyan a la eliminación de roles y

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estereotipos.

2.- Participación en convocatorias y actividades promovidas por el Ayuntamiento de Plasencia.Este apartado se valorará hasta un máximo de 40 puntos. 3.- Número de socios/as. Este apartado se valorará hasta un máximo de 10 puntos. OCTAVA: GASTOS SUBVENCIONABLES: Dentro de los proyectos objeto de subvención, se considerarán como gastos subvencionableslos siguientes: 1.- Se consideran gastos subvencionables:

a) Gastos de material fungible necesario para la realización de la actividad, tales comomaterial de oficina, gastos de correo, teléfono y otros similares que respondan demanera indubitada a la naturaleza de la actividad subvencionada. b) Gastos de manutención y alojamiento, siempre que guarden relación con la ejecucióndel proyecto. c) Gastos de Transportes relacionados con el proyecto. A estos efectos, sesubvencionarán los gastos de desplazamiento del personal que realice la actividad por elimporte del billete de transporte público y, en caso de utilizar el vehículo propio, el preciopor kilómetro que se subvencionará será de 0,19 €/km. d) Gastos de personal. A estos efectos, se considerará concepto subvencionable elimporte bruto de la nómina de dicho personal así como los gastos de Seguridad Social acargo de la empresa, debiendo quedar estos claramente identificados. Se subvencionarálos gastos del personal en proporción del tiempo de dedicación al proyecto,justificándose de conformidad con la legislación laboral o mercantil vigente. Se establececomo límite máximo computable por este concepto el 50% del importe total de lasubvención concedida. e) Gatos de alquiler y mantenimiento que correspondan, en todo caso, al período en queefectivamente se realiza la actividad, y siempre con el límite máximo del 50% del importetotal de la subvención concedida. f) Gastos de publicidad y difusión propios de la actividad g) Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos

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notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyectosubvencionado y los de administración específicos son subvencionables si estándirectamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para laadecuada preparación o ejecución de la misma.

2.- En ningún caso serán gastos subvencionables:

a) Los gastos inventariables (compra o adquisición de material informático mobiliario deoficina o similar). No obstante se admitirá el renting o leasing con un límite máximo del20 % de la subvención concedida. b) Los intereses deudores de las cuentas bancarias. c) Los gastos de procedimientos judiciales. d) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. e) Los impuestos personales sobre la renta f) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales

NOVENA.- LÍMITES DE SUBVENCIONES Y COMPATIBILIDAD DE LAS MISMAS. Las subvenciones que se concedan a las distintas asociaciones, o entidades, serán ÚNICASpara todas las actividades que esas asociaciones celebren en el año en curso y que esténprevistas en el programa o proyecto de la asociación o entidad, presentado para la obtenciónde la subvención. Así, concedida una subvención en el ejercicio 2.017 con cargo a esta convocatoria, en ningúncaso podrá solicitarse ni concederse nueva subvención por parte del Ayuntamiento, para elmismo proyecto o programa presentado. El importe máximo de la subvención que podrá percibir cada entidad u asociación beneficiariano excederá en ningún caso de 3.000,00 euros. Las subvenciones reguladas en estas bases serán compatibles con cualquier otra subvención,ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad u objeto, procedente de cualquieradministración o entes privados o públicos, nacionales, de la Unión Europea o de organismosinternacionales, sin que en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras, puedansuperar el importe de la actividad subvencionada.

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En el caso de que una asociación o entidad, solicite la subvención regulada en las presentesbases y hubiera sido beneficiaria de otra, con anterioridad o con posterioridad a la presentaciónde la presente solicitud, para la misma finalidad o concepto, deberá de comunicar dichacircunstancia al Ayuntamiento a los efectos de que se modifique la resolución de concesión, enel sentido de declarar la pérdida total o parcial a la subvención concedida y el reintegro en sucaso. DÉCIMA.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA: Una vez finalizado el proyecto y, en todo caso, antes del 31 de Diciembre de 2.017, laasociación o entidad beneficiada deberá presentar una memoria de actuación justificativa delcumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicaciónde las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, acompañando a dicha Memoria, undetalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada conindicación del importe y su procedencia. Asimismo habrán de justificarse la totalidad de los gastos para los que se concede lasubvención mediante la presentación de las facturas originales o fotocopias compulsadas,justificativas de los gastos satisfechos, en el plazo máximo de tres meses a partir de lafinalización del cobro de la subvención, o en su caso, desde el fin de la actividadsubvencionada. Las facturas que se presenten deben cumplir los siguientes requisitos (sin perjuicio de otrosque resulten exigidos por la legislación vigente):

Número de factura.Datos de la persona expedidora (nombre, apellidos, denominación social, NIF,domicilio).Datos de la persona destinataria (Asociación o Club).Lugar y fecha de emisión.

El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación insuficientellevará aparejado el reintegro de la subvención. UNDÉCIMA.- REINTEGRO. En caso de incumplimiento de las bases de la presente convocatoria, así como en los casosprevistos en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones, se requerirá a la asociación oentidad beneficiaria el reintegro de las cantidades percibidas y los intereses de demoracorrespondientes desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se

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acuerde la procedencia del reintegro, de acuerdo con lo dispuesto en la propia Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento 887/2006, de 21 de julio, por el quese aprueba Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza por la que seregula el régimen general de subvenciones del Ayuntamiento de Plasencia. DUODÉCIMA: PUBLICIDAD DE LAS ACTUACIONES En todas las actuaciones que se desarrollen en el marco de esta convocatoria se hará constarla colaboración del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, debiendo figurar la referencia a laConcejalía de Familia y el logotipo de la Concejalía. DÉCIMOTERCERA: PUBLICIDAD DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS. Serán objeto de publicación en el tablón de anuncios de la Corporación la totalidad de lassubvenciones concedidas, con expresión de la convocatoria, el programa y créditopresupuestario al que se imputen, entidad o asociación beneficiaria, cantidad concedida yfinalidad o finalidades de la subvención. Igualmente y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 8.b del artículo 20 de la Ley Generalde Subvenciones, en la redacción dada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, elAyuntamiento remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones las subvencionesconcedidas con indicación según cada caso, de la convocatoria, el programa y créditopresupuestario al que se imputen, entidad o asociación beneficiaria, cantidad concedida yobjetivo o finalidad de la subvención con expresión de los distintos programas o proyectossubvencionados. DÉCIMOCUARTA: EFICACIA DE LA CONVOCATORIA. De conformidad con lo establecido en la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de laIntervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso deregistro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en la Base de DatosNacional de Subvenciones (BDNS), en su apartado quinto, punto 2, la eficacia de la presenteconvocatoria quedará supeditada a la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de laProvincia de Cáceres. DÉCIMOQUINTA: RECURSOS. Contra la presente convocatoria, y contra la resolución definitiva de concesión o denegaciónque de la misma se deriven y ponga fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo establecidoen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, podrá

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interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Junta deGobierno Local, contado a partir del día siguiente al de la publicación, o directamente recursocontencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contado asimismo a partir de dichomomento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, reguladora de dicha jurisdicción. LA CONCEJALA DELEGADA DE FAMILIA, IGUALDAD Y ACCESIBILIDAD M.ª Teresa Díaz Hernández. DILIGENCIA. LA PONGO YO SECRETARIO, PARA HACER CONSTAR QUE LASPRESENTES BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA, HAN SIDO APROBADAS PORLA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, EN SESIÓN CELEBRADA EL DIA 16 DE JUNIO DE 2017. EL SECRETARIO

Plasencia, 20 de junio de 2017

Fernando Pizarro GarcíaALCALDE-PRESIDENTE

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ANEXO I

MODELO OFICIAL DE SOLICITUD PARA SUBVENCIONES

D/Dña...................................................................................................., mayor de

edad, natural de................................, residente en……………………..,

calle………………………………..., nº........, con DNI nº......................................................,

en representación de la Asociación......................................................, a V.I., con todo el

respeto y consideración, tiene a bien SOLICITAR UN SUBVENCIÓN ECONÓMICA POR

UN IMPORTE DE .................. Euros.

SOLICITA que, previos los trámites que estime necesarios, se sirva concederme

lo solicitado anteriormente,

Plasencia a……..... de ………………....de................................

Fdo.:.......................

ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PLASENCIA

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DATOS DE LA ASOCIACIÓN

Nombre..................................................................................................................,

dirección………………………………...., teléfono......................., nº de socios/as...........,

cuota establecida…………..., nº de C.I.F. (caso de poseerlo)……………………..., nº de

inscripción en el Registro de Asociaciones................................, entidad bancaria y nº de

C/c........................................................, ámbito territorial...................................................

DATOS DEL LA PERSONA QUE OSTENTA LA PRESIDENCIA

Nombre y apellidos...................................................., D.N.I. nº…………………....,

dirección............................................................................, teléfono...................................

DATOS DE LA SEDE SOCIAL (caso de poseerla)

Dirección…………………………………………., teléfono………………………….,

propiedad………………….., cedido por Ayuntamiento........., arrendada................

Otras circunstancias................................................................................................

Superficie en metros cuadrados.................

* Descripción de la misma (salas, despachos,

etc.)....................................................

* Relación de mobiliario existente..............................................................................

Uso: Exclusivo…..., compartido con otras Asociaciones...........................................

Vº.Bº.

EL/LA PRESIDENTE/A, EL/LA SECRETARIO/A,

(*) Relación aparte.

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ANEXO II

PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DURANTE EL AÑO…………..

PROGRAMA I

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

Alquiler local....................................

* Mantenimiento:

- Agua..............................................

- Gas...............................................

- Luz………………………………...

- Teléfono......................................

* Material de Oficina y otros gastos de Secretaría…………………………………………….

* Gastos funcionamiento orgánico......................................................................................

- Viajes de la Junta Directiva………………………………………………………………….....

TOTAL....................................

PROGRAMA II

GASTOS DE MATERIAL INVENTARIABLE

Relación de material inventariable adquirido en el año...............................

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TOTAL.........................................

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PROGRAMA III ACTIVIDADES

Relación de actividades y sus costos (adjuntar memoria explicativa de dichas

actividades):....................................................................................................................

TOTAL....................

Plasencia a.......de......................de....................

PROGRAMA IV DATOS ECONÓMICOS DEL AÑO.......

INGRESOS

Subvenciones previstas:

Ayuntamiento..........................................................

Diputación Provincial..............................................

Junta de Extremadura............................................

Otras Entidades......................................................

Cuotas de los socios..............................................

Otros ingresos..........................................................

TOTAL....................

Vº.Bº.

EL/LA PRESIDENTE/A, EL/LA SECRETARIO/A,

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ANEXO III

D/Dña....................................................................., Secretario/a de la Junta

Directiva de la Asociación.........................................................................,

CERTIFICA que D/Dña..............................................., es Presidente/a de la

Asociación……………………………………………….., como así consta en el acta de la

asamblea de esta Asociación celebrada con fecha..........................., y que por tanto tiene

capacidad para representar legalmente a dicha Asociación en aquellos actos que así lo

requieran.

Plasencia a.....de...........................de.....

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ANEXO IV

D/Dña………………………………………………., D.N.I. nº......................................,

como Presidente/a de la Asociación...................................................................................,

DECLARO bajo juramento que la Asociación a la que represento no se halla

incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del

artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como que se

encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a

la Seguridad social, impuestas por las disposiciones vigentes

Plasencia...........de.......................de............

DILIGENCIA:

Para hacer constar que en mi presencia formula la anterior declaración de

acuerdo con los previsto en el artículo 13.7 de la Ley 38/2003, General de

Subvenciones.

(Firma de la autoridad y sello de la entidad u organismo)

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Sección I - Administración LocalMancomunidades

Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro ANUNCIO. Delegación de funciones de la Presidencia. Por Decreto del Presidente de la Mancomunidad Integral "Sierra de San Pedro", de fecha 21 dejunio de 2017, el Sr. Presidente ha resuelto delegar la totalidad de sus funciones en elVicepresidente de la Mancomunidad, D. José María Mayor de Mato, desde el día 22 de junio de2017, hasta el día 2 de de julio de 2017, ambos incluidos, por motivos de viaje.

Valencia de Alcántara, 21 de junio de 2017

Alberto Piris GuapoPRESIDENTE

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Page 32: Viernes, 23 de junio de 2017 N.º 0118 - ab.dip-caceres.orgab.dip-caceres.org/export/sites/default/comun/galerias/... · Miguel Primo de Rivera. No estar incurso en ninguna de las

Sección I - Administración LocalMancomunidades

Mancomunidad Intermunicipal de la Vera EDICTO. Cuenta General 2016. Rendida la Cuenta General del Presupuesto correspondiente al año 2016, e informadadebidamente por la Comisión Especial de Cuentas de esta Mancomunidad, queda expuesta alpúblico, por plazo de quince días hábiles para que durante el mismo y ocho días más, puedanlos interesados presentar por escrito los reparos, observaciones y reclamaciones que estimenpertinentes.

Cuacos de Yuste, 15 de junio de 2017

Lucas Martín CastañoPRESIDENTE

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