VIAJE DE BODAS - - Dirección de Bienestar del Personal de ... · fecha de boda ·Afiliado Titular...

2

Transcript of VIAJE DE BODAS - - Dirección de Bienestar del Personal de ... · fecha de boda ·Afiliado Titular...

Los beneficios se otorgan a partir de la aprobación de “Beneficios Unificables” – Nota Nº 00135 Sec.

Gral./IOSFA/2016.

Los beneficios/reservas para todas las unidades turísticas IOSFA, se tramitarán según las condiciones

generales de reservas hoteleras vigentes para IOSE, DIBA, DIBPFA, debiendo canalizarse las mismas

a través de la Obra Social de origen del requirente.

A diferencia del viaje de bodas, los beneficios tendrán vigencia por UN (1) año a partir de la fecha de

aniversario, a excepción de fines de semana largos y temporada alta.

Los beneficios no serán acumulativos ni fraccionables.

En todos los casos, la reserva deberá realizarse con TREINTA (30) días de anticipación y estará sujeta a

disponibilidad y apertura de los hoteles.

Será requisito presentar copia de Acta de Matrimonio para el otorgamiento de beneficios por viaje o

aniversario de bodas.

Será requisito presentar copia de Recibo de sueldo en la que se acredite antigüedad/años de servicio,

para el otorgamiento del beneficio pertinente (25/30 años).

Los beneficios se otorgan a partir de la aprobación de “Beneficios Unificables” – Nota Nº 00135 Sec.

Gral./IOSFA/2016.

Los beneficios/reservas para todas las unidades turísticas IOSFA, se tramitarán según las condiciones

generales de reservas hoteleras vigentes para IOSE, DIBA, DIBPFA, debiendo canalizarse las mismas

a través de la Obra Social de origen del requirente.

A diferencia del viaje de bodas, los beneficios tendrán vigencia por UN (1) año a partir de la fecha de

aniversario, a excepción de fines de semana largos y temporada alta.

Los beneficios no serán acumulativos ni fraccionables.

En todos los casos, la reserva deberá realizarse con TREINTA (30) días de anticipación y estará sujeta a

disponibilidad y apertura de los hoteles.

Será requisito presentar copia de Acta de Matrimonio para el otorgamiento de beneficios por viaje o

aniversario de bodas.

Será requisito presentar copia de Recibo de sueldo en la que se acredite antigüedad/años de servicio,

para el otorgamiento del beneficio pertinente (25/30 años).

VIAJE DE BODAS

ANIVERSARIOS DE BODAS

·Afiliado Titular y Cónyuge·10 noches de alojamiento con desayuno·Cualquier época del año·Válido por 90 días subsiguientes a la fecha de boda

·Afiliado Titular y Cónyuge ·50% DE DESCUENTO en la tarifa de alojamiento con desayuno

·7 noches de alojamiento ·Beneficio por un año a partir de la fecha de aniversario

·Afiliado Titular y Cónyuge ·7 noches de alojamiento con desayuno·Beneficio por un año a partir de la fecha de aniversario

·Afiliado Titular y Cónyuge ·7 noches de alojamiento con desayuno·Beneficio por un año a partir de la fecha de aniversario

BODAS DE 10/15/20 AÑOS

BODAS DE PLATA Y BODAS DE ORO

ANIVERSARIO 55 AÑOS DE CASADOS Y SUCESIVAMENTE CADA 5 AÑOS

MILITAR RETIRADO

CIVIL JUBILADO

PENSIONADO

POR AÑOS DE SERVICIO

CUMPLEAÑOS Nº 65

·Afiliado Titular, acompañante e

hijos a cargo

·10% DE DESCUENTO en la tarifa de

alojamiento con desayuno

·Afiliado Titular (Militar – Civil)

·25 años continuos de servicio

·30 años interrumpidos de servicio

·7 noches de alojamiento con

desayuno

·Beneficio por un año a partir de la

fecha de aniversario

·Afiliado Titular y acompañante

·3 noches de alojamiento con

desayuno

·Beneficio por un año a partir

de la fecha de cumpleaños