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 Derechos de las personas con discapacidad: implicaciones de la Convención Internaciona l de la ONU. Miguel Ángel Verdugo Alonso Salamanca, 16 de junio de 2009

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Derechos de las personas condiscapacidad: implicaciones de la

Convención Internacional de la

ONU.

Miguel Ángel Verdugo AlonsoSalamanca, 16 de junio de 2009

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M.A. Verdugo INICO, Universidad de Salamanca 2

ANTECEDENTES 1. Declaración Universal de los Derechos Humanos ONU (1948).2. Programa de Acción Mundial para las personas con discapacidad ONU

(1982).3. Convención sobre los Derechos del Niño ONU (1989).4. Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para Personascon Discapacidad ONU (1994).5. Declaración de Salamanca y marco de acción conferencia mundial

sobre necesidades educativas especiales, acceso y calidad. UNESCO,España (1994). + 2009 (15 años después) INICO E INCLUSIÓNINTERNACIONAL

6. Declaración del Milenio ONU (2000).

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M.A. Verdugo 3

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

¿Quién tiene discapacidad?

•  650 millones de personas en el mundo•  10% de la población

•  20% en los países más pobres•  30% de los jóvenes de la calle•  80% vive en países en desarrollo•  Si vives más de 70 años, 8 de ellos serás

persona con discapacidad, el 11,5% de tu vidaNaciones Unidas y UNICEF

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M.A. Verdugo 4

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

¿Quién tiene discapacidad?

•  La discapacidad es un concepto que evoluciona yque es el resultado de la interacción entre ladeficiencia de una persona y las barreras y actitudesde la sociedad

•  Las discapacidades incluyen deficiencias físicas,mentales, intelectuales y sensoriales tales comoceguera, sordera, deterioro de la movilidad ydeficiencias en el desarrollo

•  Las personas podrían llegar a tener algunadiscapacidad debido a lesiones físicas, enfermedadeso envejecimiento.

Naciones Unidas

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M.A. Verdugo 5

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

¿Porqué una Convención?Porque las Convenciones Internacionalestienen la misión de proteger los derechoshumanos de los grupos en especial riesgo de

discriminación, y a muchas personas condiscapacidad:

 –  Les impiden recibir educación –  Les impiden conseguir empleo –  Les impiden tener acceso a la información

 –  Les impiden obtener el adecuado cuidado médico –  Les impiden desplazarse –  Les impiden integrarse en la sociedad y ser aceptados 

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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

« El sistema de derechos humanos actual tienepor objeto promover y proteger los derechoshumanos de las personas con discapacidadpero las normas y los mecanismos existentesde hecho no proporcionan protecciónadecuada para los casos concretos depersonas con discapacidad. Evidentemente eshora de remediar ese defecto »

Comisionada de Derechos Humanos de las Naciones UnidasLouise Arbour 

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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

•  El 13 de diciembre de 2006, la Asamblea Generalde las Naciones Unidas adoptó la ConvenciónInternacional sobre los Derechos de lasPersonas con Discapacidad , tras lasnegociaciones que comenzaron en diciembre de2001 cuando se creó el Comité Ad Hoc(Resolución 56/583)

•  Resolución A/RES/61/106

•  La ceremonia de apertura para la firma de laConvención se realizó el 30 de marzo de 2007

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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

•  La Convención y el Protocolo Facultativo estánabiertos a la firma de todos los Estados y lasorganizaciones de integración regional desde el30 de marzo de 2007.

•  A 16 de junio de 2009: –  139 signatarios de la Convención –  82 signatarios del Protocolo Facultativo

 –  58 ratificaciones de la Convención –  36 ratificaciones del Protocolo

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•  http://www.un.org/disabilities/documents/maps/enablemap.jpg

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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Convención

•  Es el primer  tratado de Derechos Humanosque ha sido adoptado en el siglo XXI

•  Es un instrumento jurídico para hacer valer losderechos de 650 millones de personas, el 10%de la población mundial

•  Es el tratado internacional negociado de maneramás rápida en la historia

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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Convención•  Obliga a los países que la ratifican a revisar su normativa interna

sobre discapacidad y a adaptar la legislación vigente para cumplir con el contenido de la Convención

•  Texto flexible: consenso con tan diversos países

•  Se basa en el concepto de “diversidad” más que en laslimitaciones: El respeto por la diferencia y la aceptación delas personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas.

•  A. Palacios y J. Romanach (2007). El modelo de la diversidad.  La Bioética y los derechos

humanos como herramientas para alcanzar la plena dignidad en la diversidad funcional. Ediciones Diversitas (SID). 

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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Convención

•  Los países que se unen a la Convención secomprometen a elaborar y poner en prácticapolíticas, leyes y medidas administrativas para

asegurar los derechos reconocidos en laConvención y abolir las leyes, reglamentos,costumbres y prácticas que constituyendiscriminación (Artículo 4)

•  No crea un nuevo derecho

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M.A. Verdugo 13

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

¿Creará obligaciones para los Estados?

•  Sí. Los Estados se verán obligados a introducir medidas destinadas a promover los derechos de

las personas con discapacidad y a luchar contrala discriminación•  Eliminarán las leyes y prácticas que establecen

una discriminación hacia las personas condiscapacidad y les tendrán en cuenta en la

aprobación de nuevos programas o nuevaspolíticas

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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Protocolo Facultativo 

•  Protocolo Facultativo sobre comunicaciones quepermite presentar peticiones al Comité

•  Permitirá a los particulares y los grupospresentar sus reclamaciones sobre presuntasviolaciones de los derechos a un Comité deExpertos, una vez agotados los procedimientos

de recurso a escala nacional

•  18 artículos

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M.A. Verdugo 15

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

¿Cómo se ha llegado hasta aquí?

•  La Asamblea General estableció en 2001 unComité Especial para negociar la Convención: –  Gobiernos

 – Comisiones Nacionales de Derechos Humanos –  Organizaciones Internacionales

 –  Organizaciones No Gubernamentales•  Fue la primera vez que las organizaciones no

gubernamentales participaron en un tratado de protección alos derechos humanos

•  Primera reunión: agosto de 2002•  Redacción del texto: comenzó en mayo de 2004•  Acuerdo sobre el texto: agosto de 2006

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M.A. Verdugo 16

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Estructura de la Convención

• Preámbulo• 50 artículos

• Definiciones (Art. 2):• Comunicación• Lenguaje• Discriminación• Ajustes razonables• Diseño universal

• Creación de un Comité (Art. 34)• Publicación en formato accesible (Art. 49)

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M.A. Verdugo 17

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Preámbulo

• Recordando los principios de la Carta de las Naciones Unidas,el Programa de Acción Mundial y las Normas Uniformes sobre laIgualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad

• Reafirmando la universalidad, indivisibilidad, interdependencia e

interrelación de todos los derechos humanos y libertades

• Reconociendo que la discapacidad es un concepto queevoluciona y que resulta de la interacción entre las personas condeficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno

• Destacando la importancia de incorporar las cuestiones relativas

a la discapacidad como parte integrante del desarrollo sostenible

• Reconociendo la diversidad de las personas con discapacidad...

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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Articulado

Artículo 1. PropósitoArtículo 2. DefinicionesArtículo 3. Principios generales

Artículo 4. Obligaciones generalesArtículo 5. Igualdad y no discriminaciónArtículo 6. Mujeres con discapacidadArtículo 7. Niños y niñas con discapacidadArtículo 8. Toma de conciencia

Artículo 9. AccesibilidadArtículo 10. Derecho a la vida

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Artículo 1. Propósito 

•  El propósito de la presente Convención es promover,proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones deigualdad de todos los derechos humanos y libertadesfundamentales por todas las personas con discapacidad, ypromover el respeto de su dignidad inherente.

•  Las personas con discapacidad incluyen a aquellas quetengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales osensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversasbarreras, puedan impedir su participación plena y efectivaen la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

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Artículo 2. Definiciones 

•  La «comunicación» incluirá los lenguajes, la visualización de textos, el Braille, lacomunicación táctil, los macrotipos, los dispositivos multimedia de fácil acceso, así como el lenguaje escrito, los sistemas auditivos, el lenguaje sencillo, los medios devoz digitalizada y otros modos, medios y formatos aumentativos o alternativos decomunicación, incluida la tecnología de la información y las comunicaciones de fácilacceso;

•  Por «lenguaje» se entenderá tanto el lenguaje oral como la lengua de señas y otrasformas de comunicación no verbal;

•  Por «discriminación por motivos de discapacidad » se entenderá cualquierdistinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito

o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, enigualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentalesen los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todaslas formas de discriminación, entre ellas, la denegación de ajustes razonables;

•  Por «ajustes razonables» se entenderán las modificaciones y adaptacionesnecesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida,cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas condiscapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todoslos derechos humanos y libertades fundamentales;

•  Por «diseño universal » se entenderá el diseño de productos, entornos, programasy servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sinnecesidad de adaptación ni diseño especializado. El «diseño universal» no excluirá lasayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando senecesiten.

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Artículo 3. Principios generales 

•  El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual,incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y laindependencia de las personas;

•  La no discriminación;

•  La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad;

•  El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas condiscapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas;

•  La igualdad de oportunidades;

•  La accesibilidad;

•  La igualdad entre el hombre y la mujer;

•  El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñascon discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.

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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Artículo 11. Situaciones de riesgo y emergencias humanitariasArtículo 12. Igual reconocimiento como persona ante la leyArtículo 13. Acceso a la justiciaArtículo 14. Libertad y seguridad de la personaArtículo 15. Protección contra la tortura y otros tratos o penascrueles, inhumanas o degradantesArtículo 16. Protección contra la explotación, la violencia y elabusoArtículo 17. Protección de la integridad personalArtículo 18. Libertad de desplazamiento y nacionalidadArtículo 19. Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidadArtículo 20. Movilidad personal

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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Artículo 21. Libertad de expresión y de opinión, y acceso a lainformaciónArtículo 22. Respeto de la privacidadArtículo 23. Respeto del hogar y de la familia

Artículo 24. EducaciónArtículo 25. SaludArtículo 26. Habilitación y rehabilitaciónArtículo 27. Trabajo y empleoArtículo 28. Nivel de vida adecuado y protección socialArtículo 29. Participación en la vida política y pública

Artículo 30. Participación en la vida cultural, las actividadesrecreativas, el esparcimiento y el deporte

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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Artículo 31. Recopilación de datos y estadísticasArtículo 32. Cooperación internacionalArtículo 33. Aplicación y seguimiento nacionalesArtículo 34. Comité sobre los derechos de las personas con

discapacidadArtículo 35. Informes presentados por los Estados PartesArtículo 36. Consideración de los informesArtículo 37. Cooperación entre los Estados Partes y el ComitéArtículo 38. Relación del Comité con otros órganosArtículo 39. Informe del Comité

Artículo 40. Conferencia de los Estados Partes

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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Artículo 41. DepositarioArtículo 42. FirmaArtículo 43. Consentimiento en obligarseArtículo 44. Organizaciones regionales de integración

Artículo 45. Entrada en vigor Artículo 46. ReservasArtículo 47. EnmiendasArtículo 48. DenunciaArtículo 49. Formato accesible

Artículo 50. Textos auténticos:Árabe, chino, español, francés, inglés y ruso

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En España

•  El Gobierno autorizó la firma el 23 de marzo de 2007•  España firmó el primer día (30 marzo)

•  Aportaciones de la delegación española: –  Artículo 6: Mujeres con discapacidad –  Artículo 7: Niños con discapacidad

•  Real Patronato sobre Discapacidad y CERMI

•  Libro: “La discapacidad como una cuestión de derechos humanos: unaaproximación a la Convención Internacional sobre los Derechos de lasPersonas con Discapacidad” (Palacios A. y Bariffi F.) http://www.sid.usal.es 

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Resumen

•  El propósito de la Convención es promover, proteger ygarantizar el disfrute de los derechos humanos por laspersonas con discapacidad

•  Cubre una serie de ámbitos fundamentales: laaccesibilidad, la libertad de movimiento, la salud, laeducación, el empleo, la habilitación y rehabilitación, laparticipación en la vida política, y la igualdad y la nodiscriminación

•  Marca un cambio en el concepto de discapacidad,pasando de una preocupación en materia de bienestar social a una cuestión de Derechos Humanos

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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Cambio de paradigma•  Modelos: –  De la Prescindencia –  Rehabilitador  –  Social –  De los Derechos Humanos

•  Puig de la Bellacasa (1990): Modelo tradicional, Paradigma de la rehabilitación yParadigma de la autonomía personal

•  Casado: La integración utilitaria, La exclusión aniquiladora, La atención especializada ytecnificada y La accesibilidad

•  Con la Convención, la discapacidad es tratada en el ámbito delDerecho Internacional dentro del sistema internacional deprotección

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INSTITUCIONAL DE INTEGRACIÓN EN LA COMUNIDAD

¿Quién lo recibe? Paciente Cliente Ciudadano

¿Qué se planifica? Los cuidados Las habilidades El futuro

¿Quién toma lasdecisiones?

El especialista El equipo La persona con sucírculo de apoyos

¿Qué principiosguían?

Limpieza, salud yseguridad

Habilidades ysocialización

Autodeterminación,relaciones e

inclusión

¿Qué determinala calidad?La prácticaprofesional y el

nivel decuidados

La realizaciónde programas yobjetivos

La calidad de vidadel individuo

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DIMENSIONES DE CALIDAD DE VIDA (Schalock, 1996, 1997; Schalock y Verdugo, 2002/2003, 2007; Verdugo, 2006)

Bienestar Material

Desarrollo Personal

Bienestar Físico

Bienestar EmocionalRelaciones Interpersonales

Autodeterminación

Inclusión Social

Derechos 

Félix Ordóñez. Concurso de Fotografía del INICO-Fundación Grupo Norte 2006

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¿Qué va a permitir la convenciónde 2006? 

•  Reforzar las políticas inclusivasfavoreciendo su extensión

•  Nuevas regulaciones que garanticenderechos

•  Acoger demandas de colectivosdiscriminados

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M.A. Verdugo 36

Retos de la sociedad actual en relacióncon los derechos 

•  Escaso conocimiento de los documentosinternacionales

•  Desfase entre las leyes y su aplicación práctica

•  Las dificultades de aplicación permiten identificar lasnecesidades de mejora.

•  Hay que centrarse en la comprensión y aplicaciónde las normas y recomendaciones en forma debuenas prácticas, para evitar que las actitudes

inadecuadas sigan mermando la efectividad de laspolíticas. 

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http://inico.usal.es

http://sid.usal.es

¡¡¡Muchasgracias por vuestra

atención!!!