Ventilación - Pliego de condiciones
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III.-Pliego de Condiciones
Instalacin de Ventilacin
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INSTALACION DE VENTILACION
PLIEGO DE CONDICIONES
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INSTALACIN DE VENTILACION
3. PLIEGO DE CONDICIONES.
3.1 - Objeto
3.2 Responsabilidades del instalador
3.3 Trabajos comprendidos, excluidos y materiales comprendidos
3.3.1 Trabajos comprendidos
3.3.2 Trabajos no comprendidos
3.3.3 Materiales complementarios comprendidos
3.4 Condiciones generales
3.4.1 Coordinacin del trabajo con otros oficios
3.4.2 Planos de montaje
3.4.3 Inspeccin de los trabajos
3.4.4 Modificaciones a los equipos materiales y especificaciones
3.4.5 Documentacin de equipos
3.4.6 - Calidades
3.4.7 Proteccin durante la construccin y limpieza final
3.4.8 Cdigo de colores
3.4.9 Normativas de obligado cumplimiento
3.4.10 Interpretacin del proyecto
3.4.11 Conexiones a los aparatos ya a otras instalaciones
3.5 - Montaje de los equipos
3.5.1 Condiciones acsticas
3.5.1.1 - General
3.5.1.2 Impacto en el exterior
3.5.1.3 Impacto en el interior
3.5.1.4 Medidas referentes a construccin del edificio
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3.5.1.5 - Ponderaciones
3.5.1.6 Ruidos areos. Medidas generales sobre las instalaciones
3.5.1.7 Medidas referentes a vibraciones
3.5.3 Distribucin de fluidos
3.5.4 - Conductos de aire
3.5.4.1 - Conductores rectangulares en baja velocidad
- Caractersticas
- Tipos de construccin, bridas y refuerzos
- Soportes de los conductos
3.5.4.2 - Aislamiento de conductos
3.5.4.3 - Conducto flexible
3.5.5 - Distribucin de aire
3.6 - Pruebas y ensayos
3.6.1 - General
3.6.2 - Ensayos e inspeccin en fbrica
3.6.3 - Ensayos parciales en obra
3.6.3.1 Ensayos de los materiales
3.6.3.2 Prueba de rutina de materiales
3.6.3.3 Prueba de montaje
3.6.4 - Documentacin final de obra
3.6.5 - Mediciones a realizar
3.6.6 - Criterios de las mediciones
3.6.6.1- Nmero de mediciones
- Mediciones elctricas
3.6.7 - Resultados obtenidos
3.6.8 - Limpieza y ajuste
3.6.9 - Pruebas finales de recepcin provisional
3.6.10 - Recepciones de obra
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3.6.11.1 Recepcin provisional
3.6.11.2 Recepcin definitiva
3.6.11.3 Certificado final de obra
3.7 - Garantas
3. PLIEGO DE CONDICIONES
3.1 - OBJETO
El presente documento tiene por objeto la definicin de los siguientes conceptos:
1 -Responsabilidades del instalador.
2 -Trabajos incluidos en el proyecto a realizar por el instalador de aire acondicionado.
3 -Trabajos que por sus especiales caractersticas y afectando al montaje del equipo,
ser realizado por otros.
4 -Materiales que por su normalizacin en este tipo de instalaciones no se relacionen
especficamente en el MEDICIONES CON SUS ESPECIFICACIONES TCNICAS Y PLIEGO
DE CONDICIONES, pero quedan incluidos en el suministro del instalador.
5 -Condiciones generales.
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6 -Calidad y montaje de los diferentes equipos y elementos auxiliares.
7 -Los ensayos a realizar durante la obra y en las recepciones parciales o referentes a
comprobaciones de calidades, documentacin de las instalaciones, montajes o estado
de funcionamiento y recepciones provisional y final.
8 -Las garantas que se exigen tanto en el equipo como el funcionamiento y su
ejecucin.
3.2 - RESPONSABILIDADES DEL INSTALADOR
El instalador es responsable de ejecutar correctamente el montaje de la instalacin,
siguiendo siempre las directrices y normas del director de obra, no pudiendo sin su
autorizacin variar trazados, cambiar materiales o introducir modificaciones al proyecto y
especialmente a este pliego de condiciones.
El instalador dispondr de la preceptiva y especfica autorizacin para la actividad del
Organismo oficial competente.
El instalador se hace responsable del proyecto, debiendo con anterioridad a la
adjudicacin, visitar la zona de da y conocer a fondo la situacin y circunstancias de la
misma y los lugares inmediatos y adyacentes.
Manifestar expresamente que encuentra el proyecto correcto o no. En su defecto se
entiende que el proyecto es conocido y ha sido debidamente estudiado y que lo
encuentra completo, correcto y acorde con las normativas oficiales vigentes en
toda su extensin, para obtener las caractersticas que se fijan en los documentos
de proyecto, de modo que lo pueda asumir como propio.
La oferta del instalador solo es vlida a efectos de contrato, exclusivamente en la
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aplicacin de precios unitarios y totales a la trascripcin de los materiales indicados en
los documentos de proyecto, lo que invalida otras clusulas, notas, aclaraciones, etc.,
que incluya el instalador en su oferta o impresos normalizados, atenindose en este
sentido a lo que indique el texto general del proyecto.
El instalador an lo expresado en puntos anteriores, si durante la ejecucin de los
trabajos encontrase falta, error u omisin en el proyecto, tendr la obligacin de
comunicarlo de inmediato a la Direccin Facultativa de Instalaciones, sin que por ello
pueda hacer ninguna reclamacin econmica o aducir retrasos de ningn tipo.
Es responsable de efectuar la instalacin cumpliendo fielmente la legislacin vigente,
especialmente el apartado de Seguridad e Higiene, as como la normativa
relacionada en este pliego de condiciones.
Es responsable de la confeccin en el modo, tiempo y forma de la documentacin
necesaria para la legalizacin del proyecto y Direccin Facultativa de Instalaciones, en
base al proyecto de instalaciones, as como de la mejor gestin ante los
organismos oficiales y compaas suministradoras, para obtener las
correspondientes aprobaciones a la documentacin presentada. La firma oficial de
los proyectos de legalizacin le corresponden a la Direccin Facultativa de Instalaciones
Es responsable de efectuar las pruebas mnimas exigidas por la legislacin, las
especificadas en el apartado correspondiente de este documento y aquellas otras que
el director de obra considere necesarias, asumiendo los costes de su realizacin.
Es responsabilidad del instalador asegurar al titular de la instalacin las garantas
especificadas y realizar las comprobaciones, reparaciones o sustituciones necesarias en
el plazo mnimo posible.
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El instalador es responsable de las averas, accidentes, daos o prdidas que sufra la
propiedad por falta o defectos de planificacin, mal montaje, falta de calidad,
sustracciones o desapariciones de material y equipos, errores de ejecucin en los
trabajos de instalacin o en la realizacin de las pruebas de funcionamiento a juicio de
la Direccin Facultativa de Instalaciones.
El instalador es responsable de realizar la limpieza durante la ejecucin de la obra de su
material, as como de una limpieza general de la obra al final de la misma, demoliendo
las instalaciones auxiliares innecesarias, retirando los escombros, piedras y materiales
que sobraran.
El instalador es responsable de realizar un correcto uso del proyecto, respetando la
propiedad intelectual del autor, no realizar copias sin autorizacin, y en todo caso
presentar las permitidas al director de obra para su visado. Asimismo se compromete a
no divulgar el contenido del proyecto con terceros y sin otro fin que no sea la ejecucin
del montaje.
El instalador se responsabilizar de conocer en todos sus extremos y totalidad el
proyecto, en base a lo cual lo asumir como completo, correcto y acorde con las
normativas y los fines previstos, asumiendo igualmente la responsabilidad de los
dimensionamientos, potencias, clculos e idoneidad de los sistemas.
Igualmente asumir las cantidades, extensin y definiciones de la relacin de materiales y
Mediciones con sus Especificaciones Tcnicas y Pliego de Condiciones, aceptando
estos como correctos y suficientes para la estricta ejecucin de la instalacin, segn
proyecto y sujeto en todo caso a la interpretacin que pueda realizar la Direccin
Facultativa de Instalaciones
El instalador es responsable del fiel cumplimiento de este pliego de condiciones y de
su aceptacin que expresar mediante firma al final de las mismas en una copia, que
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ser entregada al Director Facultativote las Instalaciones junto con un documento global
de la oferta de adjudicacin, antes del inicio de los trabajos.
Las propuestas que presenten los instaladores a los concursos que convoque la
Propiedad suponen la aceptacin por el instalador de todas y cada una de las
clusulas del presente Pliego de Condiciones.
Las normas y condiciones que se recogen en este documento, sern en todo caso de
obligado cumplimiento independientemente o no, de que lo sea en virtud de algn
precepto legal.
Las normas y condiciones que se recogen en este documento se aplicarn a la
totalidad de la obra, independientemente que esta sea contratada, a uno o
varios instaladores.
El instalador no podr alegar modificacin de las condiciones de contrato en base a los
datos contenidos en los documentos de proyecto, como por ejemplo, precios base de
personal, maquinaria y materiales.
Lo consignado en los documentos contractuales tiene la misma obligatoriedad, tanto si
figura en uno de ellos como en todos.
La Propiedad sealar al instalador los plazos de ejecucin de las distintas fases de la
obra y la fecha de comienzo de las mismas, que quedar supeditada a la obtencin de
los permisos correspondientes y servir para el cmputo de los plazos estipulados.
El instalador se compromete a realizar las obras en los plazos anteriormente indicadas y
con sujecin al orden general de realizacin de los trabajos que en el programa se
especifique.
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En el Contrato se consignar, las fechas en que el instalador se compromete a la total
terminacin de la obra y a la entrega de los locales que, con anterioridad a su completa
terminacin, pueda precisar la Propiedad para sus instalaciones.
Si el edificio fuese ocupado en parte por personal de la Propiedad o que efecte
trabajos por cuenta de la misma, en fecha anterior a la recepcin provisional del
mismo, el instalador estar obligado a proteger convenientemente por su cuenta,
aquellas partes de la obra que pudiera sufrir quebranto. Si a pesar de estas
protecciones, aprobadas por el la Direccin Facultativa de las Instalaciones, sufriera
perjuicios en la obra por culpa comprobada del personal de la Propiedad o del que
efecta estos trabajos por cuenta de la misma, el instalador quedar exento de
responsabilidad.
El instalador cumplir cualquier orden formal que reciba de la Direccin Facultativa
de las Instalaciones, siempre que no se aparten de los trminos del Contrato, pero podr
exigir que se lo ratifiquen en plazo breve, por carta o en el libro de rdenes, nicas
formas que tendrn valor como prueba. Cuando estime que estas rdenes se apartan
de los trminos del Contrato, podr recurrir ante la Propiedad, explicando
razonadamente en que consiste, a su juicio, la diferencia entre lo ordenado y las
estipulaciones contractuales. La Propiedad resolver sobre el particular, y su resolucin
ser inapelable.
No podr el instalador, so pena de resolucin del Contrato con prdida de las
retenciones establecidas, transmitir, ceder, traspasar o subarrendar todo o parte de
sus obligaciones contractuales sin consentimiento previo y expreso de la Propiedad y
an en este caso, la Propiedad continuar considerando al instalador como responsable
principal y directo frente a sus obreros, acreedores y la propia Propiedad.
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El instalador asumir en todo caso las siguientes responsabilidades:
- Por daos a personas, animales o cosas, por efecto directo o indirecto de las
obras y trabajos de su personal o de los vehculos, herramientas y materiales que utilice.
A dicho efecto quedar en libertad de escoger los medios de sealizacin, seguridad,
iluminacin, etc. que considere necesarios dentro de las normas y reglamentos vigentes.
- Por daos a cultivos que excedan de los que razonablemente deben causarse,
cuando el mayor dao sea consecuencia de un procedimiento inadecuado de trabajo,
negligencia o descuido.
- Por incumplimiento de sus obligaciones laborales, accidentes de trabajo,
incumplimiento de Leyes
Sociales y muy especialmente del Reglamento de Seguridad e Higiene en el trabajo,
en cuanto se refiera al personal por l utilizado directa o indirectamente, para el
cumplimiento de este contrato.
- De la calidad de los materiales que aporte, del dimensionamiento de los
mismos y de la correcta aplicacin de los mtodos de trabajo. En consecuencia tambin
de la repercusin que estas anomalas pueden tener en la obra realizada.
- Ante las respectivas autoridades del Estado, Comunidad, Provincia o
Municipio o de otros organismos por el incumplimiento de las disposiciones
emanadas de los mismos.
- Ante los respectivos organismos competentes o EICI u OCA, en relacin a la
gestin general de los procesos de registro, puesta en servicio e inspeccin de las
instalaciones y de la emisin de los certificados que le correspondan.
Independientemente de todo lo anteriormente expuesto, el instalador deber cumplir
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todo cuanto establecen las leyes a este respecto.
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3.3 - TRABAJOS COMPRENDIDOS, EXCLUIDOS Y MATERIALES
COMPLEMENTARIOS COMPRENDIDOS
3.3.1 - TRABAJOS COMPRENDIDOS
Es cometido del instalador el suministro de todo el material, mano de obra, equipo,
medios de elevacin y transporte, accesorios y la ejecucin de todas las operaciones
necesarias para el perfecto acabado y puesta a punto de las instalaciones de AIRE
ACONDICIONADO, CALEFACCIN Y VENTILACIN descrita en la memoria,
representada en los planos, relacionada en las Mediciones con sus Especificaciones
Tcnicas y Pliego de Condiciones.
Los 5 documentos, Memoria, Calculos, Mediciones con sus Especificaciones Tcnicas,
Pliego de Condiciones y Planos son parte del proyecto. Caso de una posible
discrepancia entre los anteriores, prevalecer el criterio que la Direccin Facultativa de
las Instalaciones determine.
Por tanto los precios que oferte el instalador para las distintas unidades que componen el
Mediciones con sus Especificaciones Tcnicas y Pliego de Condiciones, debern incluir
mano de obra, transporte y la parte proporcional del material accesorio y de fijacin
especificado, segn se indica en este documento, y en las especificaciones particulares
de montaje. Se facilitar por el instalador los precios unitarios desglosados en material,
mano de obra, gastos generales, seguros sociales, beneficio industrial, etc., si as fuera
requerido por la Propiedad o la Direccin Facultativa de las Instalaciones.
Todos los trabajos y materiales referidos, se entiende quedan incluidos dentro del precio
total de contratacin, siendo las exclusiones nicamente las indicadas en este
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documento. Cualquier exclusin incluida por el instalador en su oferta, no
comprendida en este documento, no tendr validez a no ser que en el contrato exista
una clusula especial y particular para la exclusin de referencia.
El instalador suministrar al Director de Obra una relacin de las exclusiones
aceptadas en su contrato de instalacin antes del inicio de la Obra, no siendo vlidas
dichas exclusiones si no se ha cumplido este punto.
Es cometido y responsabilidad del instalador el embornado en equipos de las lneas
elctricas de alimentacin de potencia, an si stas fueran realizadas por otros, as como
de las ltimas conexiones de suministro como pueden ser reposiciones de agua,
suministro de gasleo, gas, desages, etc. aunque igualmente fueran realizadas por
otros.
El instalador de aire acondicionado asesorar en todo momento a la contrata de
arquitectura y obra civil para la previsin necesaria de zanjas, huecos patinillos, chimeneas
o cualquier otro tipo de ayuda necesaria para la instalacin correspondiente, tanto en
fase de previsin como de ejecucin, por medio de asistencia a obra o reuniones y
preparacin de planos o croquis necesarios a juicio de la Direccin Facultativa de
las Instalaciones
Queda incluido cualquier trabajo, aunque no est especficamente indicado en el
presente Pliego de Condiciones o en los planos, pero que resulta necesario para
efectuar las obras completas y debidamente acabadas. Todos los trabajos sern
completos y sin dao o desperfecto alguno a su terminacin y aceptacin definitiva por
la Propiedad.
Iluminacin especfica de los puestos de trabajo, locales para almacenes, vestuarios,
comedor y aseos.
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Acometida de fuerza para maquinaria auxiliar de montaje, desde cualquier distancia del
puesto de trabajo.
Transporte vertical y horizontal de materiales y herramientas pesadas de montaje, desde
plataforma de camin hasta el emplazamiento definitivo, incluyendo gra, si fuera preciso
y peonaje.
Protecciones especficas de los lugares de trabajo de acuerdo con la Legislacin
vigente sobre seguridad e higiene en el trabajo.
Suministro y montaje de andamios para trabajos propios para alturas superiores a 4 m,
madera de andamios y torres de montaje.
Estructuras metlicas, as como soportacin especial no normalizada para la red de
conductos, tuberas, equipos, etc.
Recepcin, descarga, almacenaje y custodia de los equipos en obra hasta la iniciacin
del montaje.
Trabajos de restauracin y roturas, por deterioro de los materiales durante la fase de
obra: limpieza.
Gestin en nombre de la Propiedad de todos los conceptos relativos a RCD,
incluyendo la informacin a Organismos, las gestiones administrativas, la realizacin
del Plan de Gestin y la gestin en s de los residuos.
3.3.2 - TRABAJOS NO COMPRENDIDOS
1 - Bancadas de maquinaria construidas en hormign o relacionadas directamente
con la estructura del edificio, salvo que se indique especficamente en algn
documento del proyecto.
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2 - Excavaciones, rozas, penetraciones, etc. y dems obras auxiliares de albailera,
incluso andamiajes especiales exclusivos para estos, salvo que se indique
especficamente en algn documento de proyecto.
3 - Conductos de obra, zanjas, rozas, huecos en paramentos o
forjados y en general, todos aquellos trabajos normales de albailera y obra civil que
afecten al montaje de los equipos, salvo que se indique especficamente en algn
documento del proyecto.
5 - El visado por el Colegio de Ingenieros Industriales del Proyecto y Direccin
Facultativa de las Instalaciones as como sus gastos ni las tasas de registro, puesta
en servicio e inspeccin por organismo oficial competente o EICI u OCA, no ser
competencia del instalador.
Los siguientes trabajos son a realizar por cuenta del cliente, a excepcin de los
explcitamente aceptado que ya estn incluidos en nuestros precios:
Trabajos de albailera y construccin en general (excavaciones, rellenos,
perforaciones, huecos, rozas, recibido de anclajes, etc.). para el paso de conductos,
tuberas y canalizaciones etc; su cierre y estanqueidad. Cimentaciones, bancadas y losas
flotantes salvo indicacin en contra.
Aberturas para acceso de materiales y equipos y su cierre.
Aislamiento acstico de las salas de mquinas salvo indicaciones en contra.
Falsos techos registrables en los locales y pasillos que lo necesiten salvo indicacin en
contra
Trabajos para la aplicacin de programa de control de calidad no exigido por la
reglamentacin vigente.
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3.3.3 - MATERIALES COMPLEMENTARIOS COMPRENDIDOS
Adems de los materiales relacionados en las Mediciones con sus Especificaciones
Tcnicas y Pliego de Condiciones, comprende esta instalacin de forma no exhaustiva
entre otros de similar tipo:
a) Cualquier elemento complementario o accesorio, an no estando
especficamente definido en proyecto, requerido por la normativa aplicable o que se
entienda necesario a juicio de la Direccin Facultativa de las Instalaciones.
b) Patillas y estribos de sujecin de hierro para permitir la libre dilatacin de los
tubos.
c) Manguitos absorbentes de vibraciones en el paso de las paredes y forjados.
d) Liras de dilatacin verticales y horizontales.
e) Soportes y abrazaderas con manguitos antivibradores para la fijacin de
tuberas.
f) Bancadas metlicas, bastidores, apoyos, cuelgues o fijacin de equipos u otros
elementos.
g) Estructuras metlicas de cualquier tipo requeridas para el montaje de la
instalacin (temporales o
permanentes).
h) Oxgeno, acetileno, electrodos, pasta y cuantos materiales se necesiten para un
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perfecto acabado.
i) Pintura sinttica para los tubos y maquinaria, segn materiales y cdigo de
colores, a definir por la Direccin Facultativa de las Instalaciones. Las conducciones
en caso de ausencia de definicin estarn identificadas mediante colores
normalizados UNE con indicacin del sentido de flujo.
j) Canalizaciones y cableado elctrico de control, maniobra, seal o mando
incluso alimentacin de dicho sistema de control maniobra, seal y mando y sus fuentes
de alimentacin (excluidas las lneas de fuerza elctrica) necesarias, comprendido el
suministro desde el regleteado de control previsto en los cuadro elctricos hasta los
diferentes terminales, en calidades similares a la instalacin elctrica existente.
k) Cualquier otra obra o material relacionado con el montaje de equipos y
elementos especificados en las Mediciones con sus Especificaciones Tcnicas y Pliego de
Condiciones, excepto las indicadas en trabajos no comprendidos de este documento.
l) Cualquier gestin relacionada con la tramitacin correspondiente al registro,
puesta en servicio e inspeccin por EICI, OCA u organismo oficial competente, bajo la
supervisin de la Direccin Facultativa de Instalaciones
3.4. - CONDICIONES GENERALES
3.4.1 - COORDINACIN DEL TRABAJO CON OTROS OFICIOS
El instalador, coordinar perfectamente su trabajo con la empresa constructora y los
instaladores de otras especialidades tales como mecnicas, elctricas, etc., que pueden
afectar su instalacin y el montaje final de su equipo.
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La terminacin deber ser limpia y esttica, dentro del acabado arquitectnico del
edificio, esmerando principalmente el montaje de tuberas, conductos, elementos
de distribucin de aire, etc., de forma que respeten la lnea de acabado de suelos,
techos, falsos techos, paredes y dems elementos arquitectnicos.
El instalador ser responsable del posicionamiento coordinado, reglado y agrupado de
sus elementos vistos con los de otros instaladores, de forma esttica y a juicio de la
Direccin Facultativa de Instalaciones.
El instalador suministrar a la Direccin Facultativa de las Instalaciones, toda la
informacin y construccin concerniente a su trabajo, tal como situacin exacta de las
bancadas de hormign, anclajes, situacin de huecos en forjados, dimensiones,
materiales, pesos, soportes, chimeneas, etc., dentro del plazo de tiempo exigido para
no entorpecer el programa de acabado general por zonas o de los edificios
completos.
Todas aquellas bancadas de bombas, motores, compresores, etc., que soportan
equipos cuyas vibraciones puedan transmitirse a la estructura del edificio, debern
tratarse cuidadosamente para ser anuladas. Ser responsabilidad de instalador la
persecucin de las condiciones de montaje adecuados a dicho fin, an en el caso de
que dichos tratamientos no estuvieran especficamente incluidos en proyecto.
El instalador suministrar los planings y documentacin grfica necesaria o que se le
requiera, referida a su actividad para la coordinacin y planificacin general de la obra
El Instalador exigir a los industriales a quienes haya subcontratado parte o
partes de la obra, una colaboracin estrecha entre sus trabajos especficos y los de
otros oficios, debindose informar a la Direccin Facultativa de las Instalaciones respecto
a los requisitos de coordinacin con anterioridad al comienzo de los trabajos, los cuales
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sern inspeccionados y aprobados por la citada Direccin Facultativa de
Instalaciones, quien igualmente verificar las pruebas de los materiales y operaciones
mecnicas.
3.4.2 - PLANOS DE TALLER
El instalador preparar todos los planos de taller necesarios mostrando en detalle
las caractersticas de construccin de todo el equipo, tal como compresores, equipo de
control, diagramas de conexionado elctrico, bombas, climatizadores, detalles especiales
de paso de conductos , tuberas, bancadas, etc.
Todos estos planos slo tendrn validez, si estn aprobados por la Direccin Facultativa
de las Instalaciones, no efectundose ningn montaje si no existe el correspondiente
plano visado.
La aprobacin de los planos por la Direccin de las Instalaciones es general y no
relevar de modo alguno al instalador de la responsabilidad de errores y de la
necesidad de comprobacin de los planos por su parte.
En todo caso o circunstancia deber incluirse en cualquier plano de montaje o
documento grfico, el sello original del autor del proyecto, para su utilizacin en
aprobaciones para montaje de los mismos.
Deber incluirse igualmente en aquellos planos de detalle que se generen a partir de
otros durante la fase de montaje.
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3.4.3 - INSPECCIN DE LOS TRABAJOS
La Direccin Facultativa de Instalaciones, podr realizar todas las revisiones e
inspecciones, tanto en el edificio como en los talleres, fbricas, laboratorios, etc.,
donde el instalador se encuentre realizando los trabajos relacionados con esta
instalacin, siendo estas revisiones totales o parciales, segn criterios de la Direccin
Facultativa de las Instalaciones para la buena marcha de sta.
Tanto la Direccin Facultativa de las Instalaciones como la Propiedad podrn
disponer la suspensin de la obra cuando observara alguna anomala o considerara que
no se realiza con arreglo a lo proyectado, pudiendo la Direccin Facultativa de las
Instalaciones ordenar la demolicin de la obra ejecutada, siendo todos los gastos que
se originen por cuenta del Instalador.
3.4.4 - MODIFICACIONES A LOS EQUIPOS, MATERIALES Y ESPECIFICACIONES
Solo se admitirn modificaciones por los siguientes conceptos:
a) Mejoras en calidad, cantidad o montaje de los diferentes elementos a juicio de
la Direccin Facultativa de las Instalaciones, siempre que no afecte al presupuesto o
en todo caso disminuya de la posicin correspondiente, no debiendo nunca
repercutir el cambio en otros materiales.
b) Variaciones en la arquitectura del edificio, siendo la variacin de las
instalaciones definida por la Direccin Facultativa de Instalaciones o por el instalador
con la aprobacin de esta.
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Estas posibles variaciones, debern realizarse por escrito acompaadas por la causa,
material eliminado, material nuevo, modificaciones de precios correspondientes y
fechas de entrega, no pudindose efectuar ningn cambio si el anterior documento
no ha sido aprobado por la Propiedad y Direccin Facultativa de las Instalaciones.
3.4.5 - DOCUMENTACIN DE LOS EQUIPOS
Los productos llevarn el marcado CE, salvo excepcin a confirmar por la Direccin
Facultativa de Instalaciones, de conformidad con la Directiva 89/106/CEE de productos
de construccin, transpuesta por el Real Decreto 1630/1992 de 29 de Diciembre,
modificado por el Real Decreto 1328/1995 de 28 de Julio, y disposiciones de desarrollo
u otras Directivas europeas que les sean de aplicacin.
Antes de confirmar los pedidos de materiales y equipos a los proveedores el instalador
presentar una copia completa y con definicin detallada del pedido (sin incluir
precios ni condiciones econmicas) para su aprobacin por la Direccin Facultativa
de las Instalaciones.
El instalador exigir a los proveedores y ser responsable de presentar a la
Direccin Facultativa de Instalaciones la documentacin de todos los equipos y/o de
los que se solicite que incluir dimensiones y pesos, caractersticas generales y tcnicas,
esquemas elctricos y de conexionado, instrucciones de montaje, funcionamiento,
regulacin y mantenimiento, homologaciones exigidas u obtenidas.
El instalador tendr especial responsabilidad con la presentacin de las garantas de
calidad, seguridad y consumo de energa exigidas por la normativa vigente, certificados
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de rendimientos, pruebas de presin, de calentamiento, etc.
Igualmente se exigir al instalador y este a los fabricantes y suministradores, placas de
caractersticas de todos los equipos, solidariamente unidas a stos y de acuerdo con las
normativas especficas en cada caso.
En cualquier caso, el instalador facilitar toda aquella documentacin acerca de la
instalacin que pueda ser exigida en el proceso de registro, puesta en servicio e
inspeccin por la EICI, OCA u organismo oficial competente.
3.4.6 - CALIDADES
La maquinaria, materiales o cualquier otro elemento en el que sea definible una calidad,
ser el indicado en el proyecto. El precio fijado para los materiales es una referencia a la
calidad de los mismos. Si el instalador propusiese uno de calidad similar, presentar la
documentacin completa exigida en el apartado anterior. Slo la Direccin Facultativa de
Instalaciones, definir si es o no similar, por lo que todo elemento que no sea el
especficamente indicado en las Mediciones con sus Especificaciones Tcnicas y Pliego
de Condiciones, deber haber sido aprobado por escrito por aqulla, siendo
eliminado sin perjuicio a la Propiedad si no cumpliera este requisito.
3.4.7 - PROTECCIN DURANTE LA CONSTRUCCIN Y LIMPIEZA FINAL
Los aparatos, materiales y equipos que se instalen, se protegern durante el perodo de
construccin con el fin de evitar los daos que les pudiera ocasionar el agua, basura,
sustancias qumicas, mecnicas o de cualquier otra clase.
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El instalador gestionar la consecucin de un local de almacenamiento en obra para
proteccin de materiales y aparatos, debiendo en todo momento mantener un correcto
orden de apilamiento y almacenamiento en el mismo. En caso de no hallarse lugar
adecuado, deber proveerse de caseta prefabricada en volumen suficiente en la obra o
disponer de almacn prximo, siendo a su cargo los gastos de transporte necesarios.
Los equipos que por su tamao sea indispensable almacenar a la intemperie, estarn
perfectamente embalados sin tener ningn punto expuesto al exterior hasta su ubicacin
en su lugar de instalacin.
Los extremos abiertos de los tubos, se limpiarn por completo antes de su instalacin, as
como el interior de todos los sifones, vlvulas, tramos de tuberas, accesorios, etc. La
Direccin Facultativa de Instalaciones se reserva el derecho a eliminar cualquier material
que por inadecuado acopiaje o limpieza, juzgase defectuoso.
A la terminacin de los trabajos, el instalador proceder a una limpieza general del
material sobrante, recortes, desperdicios, etc., as como de todos los elementos
montados provisionalmente o de cualquier otro concepto relacionado directamente
con su trabajo. No podr alegar justificacin para la no realizacin de estos trabajos
(excepto causas de fuerza mayor). En ningn caso ser causa de afectacin de otros
oficios o
constructora.
El instalador proveer la calefaccin, refrigeracin y el control de humedad y
contaminacin en el caso de equipos con requisitos especiales durante el perodo de
almacenaje.
El instalador absorber a su cargo los daos y perjuicios que los equipos y materiales
pudieran sufrir, as como las averas o desperfectos que se ocasionen antes de la
-
III.-Pliego de Condiciones
Instalacin de Ventilacin
24
recepcin definitiva, bien por agentes atmosfricos u otros intrnsecos a la obra.
3.4.8 - CDIGO DE COLORES
En la instalacin general descrita en el proyecto ser utilizado un cdigo de colores
para distinguir las caractersticas de cada una de las instalaciones de que consta el
montaje.
Para identificacin de tuberas, canalizaciones y equipos se observar lo
dispuesto en los planos de normalizacin de acabado del proyecto. En caso de
ausencia de definicin se seguirn las identificaciones establecidas en la norma UNE al
respecto.
3.4.9 - NORMATIVAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
El instalador deber cumplir tanto en los equipos suministrados, como en el montaje de
la instalacin toda la normativa que afecte al cometido de sus trabajos en particular se
indica:
- Reglamento de Instalaciones Trmicas en los Edificios (RITE) y sus
Instrucciones Tcnicas complementarias ITE.
- Ordenanzas Municipales y de Comunidades Autnomas.
- Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigorficas.
- Reglamento de Aparatos a Presin.
-
III.-Pliego de Condiciones
Instalacin de Ventilacin
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- Reglamentos para utilizacin de productos petrolferos en calefaccin u otros
usos no industriales.
- Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
- Real Decreto 1.627/97 de 24 de Octubre de Seguridad y Salud durante la
ejecucin de las obras, Ley de Prevencin de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de
Noviembre, Real Decreto 39/1997 de 17 de Enero, Reglamento de los Servicios de
Prevencin y otras normativas relacionadas aplicables.
- Ley de Proteccin del Ambiente Atmosfrico.
- Real Decreto 1513/2005 de 16 de Diciembre, por el que se desarrolla la Ley
37/2003, de 17 de Noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluacin y gestin del
ruido ambiental.
- Reglamento Electrotcnico para Baja Tensin.
- Norma UNE 60.601/85. Instalaciones de calderas a gas para calefaccin y/o
agua caliente de potencia til superior a 70 KW (60.200 Kcal/h).
- R.D. 286/2006 de 10 de marzo, sobre la proteccin de la salud y la seguridad
de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposicin al ruido. BOE n
60 de 11 de marzo.
- Real Decreto 1427/1997 de 15 de Septiembre. Instruccin tcnica
complementaria MI-IP03. Instalaciones petrolferas para uso propio.
-
III.-Pliego de Condiciones
Instalacin de Ventilacin
26
- Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo, por el que se dictan las disposiciones de
aplicacin de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, 97/23/CE, relativa a
los equipos de presin y se modifica el Real Decreto 1244/1979 de 4 de abril que
aprob el Reglamento de aparatos a presin.
- Orden de 23 de Diciembre de 1998 por la que se modifican las
instrucciones tcnicas complementarias MI-IF002, MI-IF004 y MI-IF009 del
Reglamento de Seguridad para plantas e instalacin Frigorfica.
- Norma UNE-EN 10242. Recubrimientos galvanizados en caliente de
accesorios roscados de tuberas.
Es competencia y responsabilidad del instalador la revisin del proyecto, antes de
realizar ningn pedido ni ejecutar ningn montaje y su denuncia a la Direccin
Facultativa de Instalaciones, de cualquier concepto no compatible con la
correspondiente reglamentacin exigida. Esta comunicacin deber realizarse por escrito
y entregada en mano.
Una vez iniciados los trabajos, cualquier modificacin o complementacin que haya que
realizar por cumplimiento de normativas, se realizar con cargo total al instalador, sin
ningn coste a la propiedad, reservndose sta los derechos de reclamacin por daos y
perjuicios en la forma que se considere afectada.
En ningn caso el instalador podr justificar incumplimiento de normativas por
identificacin de proyecto o por instrucciones directas de la Direccin Facultativa de
Instalaciones
3.4.10 - INTERPRETACIN DEL PROYECTO
-
III.-Pliego de Condiciones
Instalacin de Ventilacin
27
La interpretacin del proyecto, en sus 4 documentos: Memoria, Planos, Mediciones con
sus Especificaciones Tcnicas y Pliego de Condiciones, es competencia exclusiva del
ingeniero autor o en su defecto de la Direccin Facultativa de Instalaciones.
3.4.11 - CONEXIONES A LOS APARATOS Y A OTRAS INSTALACIONES
El instalador suministrar todos los materiales y mano de obra necesarios para efectuar
las conexiones de los sistemas a todos los aparatos y equipos que lo requieran incluidos
en s y/o segn se indica en A.3.1.
Los valores mximos de emisin de ruidos al exterior expresados en dBA que
sern admitidos por la Direccin Facultativa de Instalaciones segn el rea en que se
ubique en obra, salvo indicacin en contra en algn documento del proyecto quedan
recogidos en la siguiente tabla:
Valor lmite expresado en dBA
rea de sensibilidad acstica
Tipo I (rea de silencio)
Tipo II (rea levemente ruidosa) Tipo III
(rea tolerablemente ruidosa) Tipo IV
(rea ruidosa)
Tipo V (rea especialmente ruidosa)
Periodo diurno Periodo nocturno
(de 8 a.m. a 22 p.m.) (de 22 p.m. a 8 a.m.)
50 40
55 45
65 55
70 60
75 65
La transmisin fnica mxima admisible a patios de luces y espacios similares se reduce
en 5 dBA respecto a valores anteriores.
3.5.1.3 - IMPACTO EN EL INTERIOR
-
III.-Pliego de Condiciones
Instalacin de Ventilacin
28
Los valores lmite de inmisin de ruido en el ambiente interior de los
recintos o edificios propios o colindantes son:
Valores lmites expresados en dBA
rea de Sensibilidad Uso del recinto
Acstica
Tipo VI (rea de trabajo) Sanitario
Tipo VI (rea de trabajo) Docente
Tipo VI (rea de trabajo) Cultural
Tipo VI (rea de trabajo) Oficinas
Tipo VI (rea de trabajo) Comercios
Tipo VI (rea de trabajo) Industria
Tipo VII (rea de vivienda) Residencial habitable
Tipo VII (rea de vivienda) Residencial servicios
Tipo VII (rea de vivienda) Hospedaje
Perodo diurno Perodo
nocturno
(de 8 a.m. a 22 p.m.)(de 22 p.m. a 8
a.m.)
40 30
40 40
40 40
45 45
50 50
60 55
35 30
40 35
40 30
-
III.-Pliego de Condiciones
Instalacin de Ventilacin
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Las siguientes tablas reflejan las curvas objetivo en ambiente interior silencioso y en
ambiente normal:
Ambiente silencioso: Curva NCB-20 que corresponde con un nivel de 30 dBA
FREC Hz 25 31.5 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000
EQ (dB) 68 63 58 54 49 45 41.5 38 35 33 30 28 27 26 24 23 22
Ambiente normal, Curva NCB-30 que corresponde con un nivel de 40 dBA, que
nicamente ser superado puntualmente por las unidades fancoil.
FREC Hz 25 39.5 40 50 63 80 100 125 160 200 250 315 400 500 630 800 1000
EQ (dB) 58 55 52 50 47 44 42 40 38 37 35 33 32
Otras curvas asimilables sern:
Curva NCB-35 que se corresponder con un nivel 45 dBA.
FREC Hz 16 31 63 125 250 500 1000 2000 4000 8000
EQ (dB) 83 71 58 51 44 40 37 33 30 27
Curva NCB-40 que se corresponder con un nivel 50 dBA.
FREC Hz 16 31 63 125 250 500 1000 2000 4000 8000
EQ (dB) 85 74 61 55 49 45 42 38 35 32
Curva NCB-45 que se corresponder con un nivel 55 dBA.
FREC Hz 16 31 63 125 250 500 1000 2000 4000 8000
EQ (dB) 87 77 65 59 53 50 47 43 40 37
-
III.-Pliego de Condiciones
Instalacin de Ventilacin
30
Curva NCB-50 que se corresponder con un nivel 60 dBA.
FREC Hz 16 31 63 125 250 500 1000 2000 4000 8000
EQ (dB) 89 80 68 63 58 55 52 48 45 42
Curva NCB-60 que se corresponder con un nivel 65 dBA.
FREC Hz 16 31 63 125 250 500 1000 2000 4000 8000
EQ (52dB) 91 86 76 71 67 65 63 58 55 53
Curva NCB-65 que se corresponder con un nivel 70 dBA.
FREC Hz 16 31 63 125 250 500 1000 2000 4000 8000
EQ (dB) 93 88 79 75 72 69 66 64 60 57
En los ambientes internos del edificio, no se superarn los niveles mximos
que segn se indica en la memoria y que se recomiendan en la NBE-CA
salvo en el interior de recintos y salas tcnicas de instalaciones.
En recintos correspondientes a habitaciones del hotel o recintos asimilables
a auditorios para el nivel de incidencia en el recinto, se aplicarn los criterios
NCB al ser ruido de origen mecnico y se exigir que el nivel de ruido en los
mismos no debe exceder NCB-20, equivalente a 30 dB(A) aproximadamente.
3.5.1.4 -MEDIDAS REFERENTES A CONSTRUCCIN DEL EDIFICIO
El instalador ser responsable de vigilar, perseguir y exigir en obras las
siguientes condiciones acsticas de los elementos de arquitectura y dar
cuenta a la Direccin Facultativa de Instalaciones de cualquier
deficiencia que estime oportuna.
-
III.-Pliego de Condiciones
Instalacin de Ventilacin
31
Los cerramientos exteriores del edificio se exigir que posean un
aislamiento acstico a ruido areo que proporcione una atenuacin global
al menos >35 dBA, superior a la mnima aceptada para los ruidos areos de
30 dBA, en el intervalo de frecuencias comprendidas entre 100 y 3.150 Hz
que igualmente satisface lo requerido por la NBE-CA establecido en 33 dBA,
requiriendo igualmente el aislamiento de las partes ciegas de dichos
cerramientos superior a 45 dBA.
Igualmente en cumplimiento del artculo 10 de la NBE-CA, se requerir que
las particiones interiores generales tendrn una capacidad de atenuacin de
ruido areo de al menos 35 dBA para usos distintos y 30 dBA para el mismo
uso.
De acuerdo al artculo 11 de la NBE-CA, se requerir que las medianeras
dispongan de un aislamiento acstico superior a 45 dBA. Una atenuacin de
55 dBA segn el artculo 17 es la que se debe requerir a las paredes
separadoras de zonas comunes interiores afectando por tanto a salas de
mquinas.
Sobre proteccin del ambiente interior de los recintos, se requerir que en
relacin con edificios adyacentes, los muros de separacin posean un
aislamiento acstico de al menos 45 dBA, lo que proporciona una
atenuacin global mnima para los ruidos areos y de impacto superior a
30 dBA.
3.5.1.6 -RUIDO AREO. MEDIDAS GENERALES SOBRE LAS INSTALACIONES
-
III.-Pliego de Condiciones
Instalacin de Ventilacin
32
Se instalarn silenciadores en todos los conductos de impulsin y retorno de
los climatizadores, por ser los ventiladores de estas unidades los que
requiriendo mayor nivel de presin tienen en consecuencia una mayor
generacin de ruido.
En el caso de ventiladores y extractores, se instalarn para cada uno de ellos
en caso de no cumplimiento de niveles, elementos silenciadores atenuadores
de conducto y/o rejillas acsticas a fin de conseguir los niveles exigidos. Esta
consideracin se realiza igualmente en la aspiracin y descarga al exterior de
climatizadores.
Los conductos de distribucin de aire se ejecutarn en general de forma
que el nivel de presin sonora no sobrepase los niveles estipulados.
Se utilizarn las tablas propuestas en el Captulo 46 Sound and Vibration
Control de Applications Handbook de ASHRAE 1999 para el clculo de la
atenuacin sonora en los conductos rectangulares y circulares.
Los conductos dimensionados en media/alta velocidad, dispondrn de cajas
de expansin en su conexin con los dimensionados en baja velocidad,
equipadas dichas cajas con los correspondientes silenciadores. La
velocidad en los conductos de baja, tramos terminales de tratamiento de
recintos, ser inferior a 7 m/s en impulsin o retorno, variando de 4 m/s a 7
m/s, salvo indicacin en contrario.
En el caso especial de auditorios o asimilables, la velocidad lmite, tanto para
conductos de impulsin, retorno o extraccin es de 4/5 m/s.
En las redes de tuberas la velocidad del fluido ser inferior a 2 m/s.
-
III.-Pliego de Condiciones
Instalacin de Ventilacin
33
El dimensionamiento de las rejillas difusoras y otros elementos de distribucin
de aire corresponder en todos los casos con niveles de ruido inferiores a 30
dBA, segn tabulaciones del fabricante, de forma que no se produce
regeneracin del ruido transmitido por los conductos en la
descarga/aspiracin de aire a travs de elementos o en el peor de los casos
el ruido resultante por regeneracin para aquellos ruidos transmitidos
inferiores a 30 dBA sea 33 dBA o el transmitido por el conducto.
Los grupos frigorficos ubicados en cubierta, estarn delimitados en todas
sus caras por paramentos que amortiguarn el ruido hacia espacios anexos
en 20 dBA resultando un nivel de ruido inferior al mximo admisible.
Si una vez ejecutada la instalacin se detectase algn punto donde se
superasen los valores establecidos por las normativas aplicables, el instalador
ser responsable de tomar las medidas correctoras complementarias
oportunas.
3.5.1.7 -MEDIDAS REFERENTES A VIBRACIONES
El instalador tomar las medidas adecuadas para que la transmisin de
vibraciones no sean superiores a los umbrales de percepcin de la vibracin.
Debindose cumplir que ninguna fuente vibrante transmita unos niveles al
ambiente interior cuyo ndice de percepcin vibratoria K supere los valores
establecidos en la siguiente tabla.
Valores lmites expresados en unidades K
rea de Sensibilidad Acstica
Tipo VI (rea de trabajo)
Tipo VI (rea de trabajo)
Tipo VI (rea de trabajo)
Tipo VI (rea de trabajo)
-
III.-Pliego de Condiciones
Instalacin de Ventilacin
34
Tipo VI (rea de trabajo)
Tipo VII (rea de vivienda)
Tipo VII (rea de vivienda)
Tipo VII (rea de vivienda)
Uso del recinto Perodo Perodo
diurno nocturno
Sanitario 1 1
Docente 2 2
Cultural 2 2
Oficinas 4 4
Comercios 8 8
Residencial habitable 2 1.4
Residencial servicios 4 2
Hospedaje 4 2
-
______________________________________________________________________________________
Pgina n 35
Para corregir la transmisin de vibraciones se tendrn en cuenta obligatoriamente por
el instalador los siguientes conceptos:
Todo elemento con rganos mviles se ajustar ptimamente en lo que se refiere a su
equilibrio dinmico y esttico, as como la suavidad de marcha de sus cojinetes o caminos
de rodadura.
No se realizar el anclaje directo de maquinaria y de los soportes de la misma o de cualquier
rgano mvil en las paredes, techos o forjados, as como en los elementos de la
estructura del edificio para lo que se dispondrn en todos los casos dispositivos
antivibratorios adecuados y en el caso de tuberas estas estarn aisladas de elementos
dinmicos por manguitos elsticos.
Todos los equipos susceptibles de transmitir vibraciones a la estructura del edificio, tales
como Grupos Frigorficos, Climatizadores, Grupos de Presin, Grupos electrobombas,
Torres de refrigeracin, etc., se instalan sobre bancadas flotantes (S.IC) y/o
amortiguadores de resorte y de caucho.
Todos los equipos dinmicos en el edificio sin excepcin debern apoyarse sobre
antivibradores mixtos de resorte de frecuencia media inferior o igual a 2,8 Hz (30 mm de
deflexin mnimo) y caucho elstico (6 mm de deflexin) no sobrecargado a ms del 66%
de su carga mxima nominal, salvo en el caso de calderas y grupos electrobombas donde
el apoyo ser exclusivamente en caucho elstico. Todas las tuberas y conductos
dispondrn en su apoyo de elementos elsticos de caucho para su aislamiento en cualquier
zona.
-
______________________________________________________________________________________
Pgina n 36
Si los equipos descansan sobre bancadas, el instalador ser responsable de exigir en
obra la ejecucin de stas, de las dimensiones que se indican en planos y de que su
ejecucin corresponda con una losa flotante (bancada) montada sobre una lmina de
elemento elstico o tacos precomprimidos o equivalente que la separarn del forjado
estructural de 10/15 cms. de altura y con un peso de 180/270 kg/m2. Por motivos de
limitacin de peso pueden definirse en proyecto que en su lugar las mquinas descansaran
en una estructura metlica que se apoyar directamente en las cabezas de los pilares
estructurales del Edificio que deben as mismo disponer de apoyos elsticos.
Los motores de las mquinas de arranque violento y las dotadas de rganos con
movimiento alternativo, dispondrn de su propia bancada, independiente y aisladas por
intermedio de dispositivos absorbentes de la vibracin. En cualquier caso se prev el
arranque por reguladores estticos en todos los motores de potencia igual o superior a 5
CV.
Los conductos por los que circulan fluidos lquidos o gases en forma forzada, conectados
directamente con mquinas que tengan rganos en movimiento, dispondrn de dispositivos
de separacin (manguitos elsticos), que impidan la transmisin de las vibraciones
generales en tales mquinas. Las bridas y soportes de los conductos dispondrn en su
apoyo de elementos antivibratorios de bandas elsticas de caucho. Las aberturas
de los muros para el paso de las conducciones se rellenarn con materiales absorbentes de
la vibracin.
Los circuitos del agua se equiparn de forma que no se presente el golpe de ariete, y
las secciones y disposicin de las vlvulas de regulacin sern tales que el fluido circule por
-
______________________________________________________________________________________
Pgina n 37
ellas en rgimen normal para los gastos nominales.
Las instalaciones de acondicionamiento de aire, se instalarn con las precauciones de
ubicacin y aislamiento que garanticen un nivel de transmisin sonoro no superior a los
lmites fijados.
Para el diseo de los apoyos elsticos por el instalador se deben tomar las medidas
adecuadas para que en cualquier caso los valores mximos de vibraciones no superen:
- En la zona de mxima proximidad al elemento generador de vibraciones = 30 pals.
- En el lmite del recinto en el que se encuentre ubicado el generador de vibraciones,
17 pals.
- Fuera de aquellos locales y en la va pblica, 5 pals.
3.5.3 - DISTRIBUCIN DE FLUIDOS
La distribucin del agua (agua fra y caliente) vendr determinada por los elementos exigidos
segn memoria y Mediciones con sus Especificaciones Tcnicas y Pliego de Condiciones, los
cuales se encuentran definidos en la siguiente relacin:
3.5.4 - CONDUCTOS DE AIRE
-
______________________________________________________________________________________
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5.4.1 - CONDUCTOS RECTANGULARES EN BAJA VELOCIDAD
CARACTERSTICAS
Los canales de aire de baja presin sern fabricados con chapa galvanizada de
primera calidad, de construccin engatillada, tipo Pitsburg, de dimensiones
indicadas en los planos.
Toda chapa utilizada en la fabricacin de conductos ser de la misma calidad,
composicin y fabricante, adjuntando en los envos los certificados de origen
correspondientes.
Los espesores de chapa sern los siguientes:
LADO MAYOR CONDUCTO ESPESOR CHAPA GALVANIZADA
(mm.) (mm.)
Conducto hasta 750 6/10
De 755 a 1.300 8/10
De 1.305 a 1.600 10/10
De 1.600 en adelante 12/10
-
______________________________________________________________________________________
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El material, construccin y montaje de los conductos se realizarn, segn normativa
ASHRAE, cumpliendo en cualquier caso los mnimos establecidos por I.T.E.
TIPOS DE CONSTRUCCIN, BRIDAS Y REFUERZOS
Las bridas para refuerzos de chapa hasta 600 mm. de lado sern del tipo de vaina y los
conductos sern construidos en secciones de 2 m. Las bridas para conductos de 600 a 1.500
mm. de lado, sern del tipo T y los conductos sern construidos en secciones de 1 m. Las
bridas para conductos mayores de 1.500 mm. de lado sern de angular laminado de 40 x
40 x 4, con una capa de pintura de imprimacin y los lados de los conductos sern
reforzados con angulares montados diagonalmente.
Todas las uniones de los conductos sern estancas y a prueba de fugas de aire, para lo
cual se proceder a aplicar sellador 3M en las esquinas de las uniones de los conductos.
Durante el montaje, todas las aperturas existentes en el conducto debern ser tapadas y
protegidas de forma que no permita la entrada de polvo u otros elementos extraos
en la parte ya montada. Segn se vaya conformando el conducto, se limpiar su
interior y se eliminarn rebabas y salientes.
Preferentemente no se abrirn huecos en los conductos para el alojamiento de rejillas y
difusores hasta que no se haya realizado la prueba de estanqueidad. Si por necesidad
hubiese que realizar aperturas, el tapado posterior de proteccin indicado en el
prrafo anterior, ser lo suficientemente estanco para realizar las pruebas.
-
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SOPORTES DE CONDUCTOS
Los conductos de chapa hasta 450 mm. de anchura sern suspendidos de los techos por
medio de pletinas galvanizadas de 1,5 mm., abrazando el conducto por su cara inferior y
fijadas al sistema por medio de pletinas galvanizadas de 1,5 mm., abrazando el conducto
por su cara inferior y fijadas al sistema por medio de tornillos Parker de rosca de chapa,
los conductos mayores de 450 mm. de anchura, sern suspendidos por medio de varillas
de acero laminado y angulares montados en cara inferior a los conductos.
Estos materiales llevarn una capa de pintura antioxidante.
Las partes interiores de los conductos que sean visibles desde las rejillas y difusores, sern
pintadas en negro. Todos los codos rectos indicados en los planos, sern provistos con aletas
de direccin de doble chapa.
Todas las embocaduras de rejillas de impulsin indicadas en los planos, sern provistas con
aletas deflectoras de aire para ser accionadas desde el frente de la rejilla.
La relacin del lado largo a lado corto del conducto ser como mximo de 4. Si por
necesidades de montaje se superase esta relacin, deber comunicarlo a la Direccin
Facultativa de Instalaciones y si sta lo considera oportuno los consecuentes separadores.
3.5.4.2 - AISLAMIENTO DE CONDUCTOS
El instalador suministrar y montar el aislamiento para todos aquellos conductos metlicos
-
______________________________________________________________________________________
Pgina n 41
en los que pueda existir una diferencia de temperatura entre el aire transportado y su
ambiente perifrico a 2C., a excepcin de los conductos de extraccin y los de aire exterior a
no ser que se indique lo contrario en el Mediciones con sus Especificaciones Tcnicas y Pliego
de Condiciones.
En los conductos de aire caliente se usar manta aisladora, compuesta de fibras de vidrio,
flexibles con una densidad de 30 Kg/m2. (10%) y un coeficiente de transmisin por pulgada
de espesor de 0,030 Kcal/h.mC., para una temperatura media del aire de 24C. El espesor
de la manta ser de 20 mm. si el conducto discurre por reas internas y de 45 mm. si fuera
por el exterior. La sujecin de la manta al conducto ser mediante
fajas de adhesivo de 15 cm. de anchura cada 60 cm. de conducto, uniendo los bordes del
aislador a tope y sellando las juntas con cinta de zuncho adherida sobre pintura.
Posteriormente se asegurar el aislamiento con malla metlica de 10 cm. mximo entre
nudos. Caso de estar el conducto a la intemperie deber llevar un acabado asfltico.
En los conductos de aire fro, el aislamiento y su montaje es similar, aadiendo a la manta
aislante, barrera de vapor, estando la superficie exterior acabada en hoja de papel de
aluminio. El sellado de reborde y juntas, ser con cintas o adhesivos de barrera contra-vapor.
El instalador deber proteger estos materiales durante la obra, rechazndose cualquier
material que a la hora de la entrega resultase defectuoso por rasgados, humedades, etc.
3.5.4.3 - CONDUCTO FLEXIBLE
El instalador suministrar y montar el conducto flexible segn la situacin indicada en los
planos.
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El conducto estar formado por tela plastificada, imputrescible, grapada al esqueleto de
espiral de acero, garantizando su estanqueidad para un mnimo de 1,5 veces la presin
nominal de trabajo. Su unin a los conductos o elemento a alimentar ser por medio de
abrazadera en acero galvanizado de tornillo. Entre el conducto y el elemento abrazado se
dispondr material comprensible de forma que la junta sea perfectamente
estanca. El material no debe ser afectado en ningn momento por temperaturas
comprendidas entre los -20C. y los 90C. El desarrollo del conducto flexible tendr una
longitud mnima del 20% superior a la distancia en lnea recta, es decir el desarrollo no ser
totalmente recto sino que permitir holguras de adaptacin.
3.5.5 - DISTRIBUCIN DE AIRE
El instalador suministrar y montar todos los elementos para la distribucin de aire, tales
como difusores, rejillas, rejas, etc., de las caractersticas, materiales y situacin indicadas
en los planos o en el apartado correspondiente del Mediciones con sus
Especificaciones Tcnicas y Pliego de Condiciones.
Todos los elementos tanto de impulsin como de retorno o extraccin, debern ir
provistos de mecanismos para regulacin del volumen del aire, con fcil control desde el
exterior.
Las rejillas, difusores o cualquier elemento terminal de distribucin de aire, una vez
comprobado su correcto montaje, debern protegerse en su parte exterior con papel
adherido al marco de forma que cierre y proteja el movimiento de aire por el elemento,
impidiendo entrada de polvo o elementos extraos. Esta proteccin ser retirada cuando se
prueben los ventiladores correspondientes.
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Junto con cada unidad deber suministrarse los marcos de madera, clips o tornillos,
varilla o angulares de sujecin y en general todos aquellos accesorios necesarios para que el
elemento quede recibido perfectamente tanto al medio de soporte como al conducto que le
corresponda. Asimismo, el instalador deber suministrar elementos reguladores de caudal en
las derivaciones principales de conductos para una mejor regulacin en el
sistema de distribucin de aire. Estas compuertas estarn montadas sobre bastidor, de
las dimensiones del conducto correspondiente, siendo de lamas opuestas, todo ello en
acero galvanizado. El mando de las mismas ser mecnico, por varilla, accionado desde el
exterior del conducto. Todas las tomas de aire exterior o extraccin sern suministradas
con tela metlica de proteccin y persiana vierteaguas. Cualquier modificacin
que por interferencia con los paneles de falso techo, puntos luz u otros elementos, exija
una nueva situacin de las unidades, deber ser aprobada por la Direccin Facultativa de
Instalaciones, segn plano de replanteo presentado por el instalador.
El material y su montaje cumplir los mnimos exigidos en I.T.E.
3.6 - PRUEBAS Y ENSAYOS
3.6.1 - GENERAL
El instalador garantizar despus de la terminacin de los trabajos bajo este contrato, que
todos los sistemas estn listos para una operacin perfecta, de acuerdo con todos los
trminos legales y restricciones y de conformidad con la mejor prctica.
Aquellas instalaciones cuyas pruebas y ensayos estn normalizadas por el Organismo oficial
correspondiente u otro organismo asimilable, se harn con arreglo a dichas normas.
-
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Pgina n 44
Adems de cualquier otra referencia indicada en este pliego de condiciones, con relacin a
pruebas y puesta en marcha, el instalador estar obligado por esta seccin de las
especificaciones, a probar, poner en marcha y dejar en perfecto orden de funcionamiento,
todos los sistemas y accesorios requeridos bajo el contrato de Instalaciones de aire
acondicionado.
3.6.2 - ENSAYOS E INSPECCIN EN FABRICA
La Direccin Facultativa de Instalaciones est autorizada a realizar todas las visitas de
inspeccin que estime necesarias a las fbricas donde se estn realizando trabajos
relacionados con esta instalacin.
En el curso de estas visitas se le facultar para presenciar las pruebas y ensayos propios
de cada caso, que estime conveniente, a fin de probar la bondad de la calidad de estos
trabajos.
El instalador incluir en precios unitarios en su oferta los importes derivados de la pruebas y
ensayos que sean necesarios realizar en los organismos oficiales, tales como pruebas
acsticas, mediciones de potencia en banco, etc., y las generales que se describen en
este pliego de condiciones.
Cualquier prueba acstica se realizar en el Laboratorio de Electro Acstica de la E.T.S.I.
Industriales de Madrid, o en aquel centro que a propuesta del instalador sea aceptado
por la Direccin Facultativa de Instalaciones.
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3.6.3 - ENSAYOS PARCIALES EN OBRA
Todas las instalaciones debern ser aprobadas por la Direccin Facultativa de Instalaciones,
con anterioridad a ser cubiertas por paredes, falsos techos, aislamientos, etc. Estas
aprobaciones se realizarn por zonas o circuitos sin haber sido conectado el equipo
principal. Se presentar por el instalador un plan de verificacin que deber tener la
aprobacin de la Direccin Facultativa de Instalaciones. Lo anterior no exime de la
realizacin de pruebas mnimas.
Por tanto durante el proceso de instalacin se deber realizar a criterio de la
Direccin Facultativa de Instalaciones las pruebas parciales contenidas en este pliego de
condiciones de los equipos e instalaciones montadas y que una vez finalizada la
instalacin es difcil probar individualmente o han quedado ocultas, tales como las
pruebas de presin y estanqueidad de tuberas y conductos. Se presentar a la Direccin
Facultativa de Instalaciones protocolo de resultados, identificando puntos medidos,
mediciones obtenidas, material utilizado y tiempo de realizacin.
3.6.3.1 - ENSAYOS DE MATERIALES
El instalador garantizar que todos los materiales y equipos han sido probados y/o
verificados antes de su instalacin final, cualquier material que presente deficiencias de
construccin o montaje ser reemplazado a expensas del instalador. Los ensayos de tipo
mecnico se llevarn a cabo en caso necesario en el Instituto Eduardo Torroja.
3.6.3.2 - PRUEBA DE RUTINA DE MATERIALES
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Tendr por objeto comprobar la calidad de los materiales que integran el conjunto de
la instalacin. Se realizarn a criterio de la Direccin Facultativa de Instalaciones.
3.6.3.3 - PRUEBA DE MONTAJE
Una vez terminado el montaje, antes de proceder a dar servicio, se comprobar
nuevamente las conexiones efectos de testimoniar la perfecta estanqueidad aislamiento
de las conducciones, despus de efectuada la instalacin.
3.6.4 - DOCUMENTACIN FINAL DE OBRA
Con anterioridad a la finalizacin de la obra y antes de la ejecucin de las pruebas
de recepcin de funcionamiento de la instalacin, el instalador presentar a la
Direccin Facultativa de Instalaciones la informacin que se relaciona a continuacin, a
parte de aquella que sea necesaria o requerida en el proceso de registro, puesta en servicio e
inspeccin por la EICI, OCA u organismo oficial competente.
- Manual de instrucciones (original y copia) que contendr a criterio de la Direccin
Facultativa de Instalaciones:
- Esquema de la instalacin con identificacin de equipos.
- Caractersticas, marcas y dimensiones de todos los elementos. Esquemas de
despiece.
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- Instrucciones de instalacin y desmontaje de equipos.
- Instrucciones de funcionamiento, regulacin, seguridad, operaciones de
conservacin y mantenimiento de equipos, incluyendo frecuencia y forma de
realizacin.
- Condiciones de alimentacin de energa, agua y otras fuentes necesarias.
- Hojas plastificadas con instrucciones de seguridad de equipos para su colocacin
junto a stos.
- Esquemas de control automtico y de maniobra.
- Esquema elctrico de fuerza y proteccin.
- Diagnosis de averas.
- Proyecto actualizado de la instalacin (original y copia) reflejando estrictamente
lo instalado y lugares exactos de ubicacin.
- Esquemas de principio y de control, coloreados, enmarcados y
plastificados para su ubicacin en sala de mquinas.
- Dossier con copias de la documentacin legal y autorizaciones administrativas.
El Director de Obra revisar la documentacin presentada para su aprobacin o para
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complementarla, si se estimase insuficiente.
En todo caso y circunstancia deber incluir en cualquier plano o documento grfico del
proyecto el sello original del autor del proyecto. En aquellos planos de detalle que se
generen a partir de otros generales, deber incluirse igualmente.
3.6.6 - MEDICIONES A REALIZAR
De forma general se realizarn, entre otras que puede definir la Direccin Facultativa de
Instalaciones, las que se relatan a continuacin, as como cualquier otra que pueda ser exigida
en el proceso de registro, puesta en servicio e inspeccin por la EICI, OCA u organismo oficial
competente.
3.6.7 - CRITERIOS DE LAS MEDICIONES
3.6.7.1 - NMERO DE MEDICIONES
Las mediciones indicadas son las mnimas exigidas, siendo optativo de la Direccin
Facultativa de Instalaciones otro tipo de mediciones o pruebas si lo considerara necesario
para la recepcin provisional, que puedan ser exigidas en el proceso de registro, puesta en
servicio por la EICI, OCA u organismo oficial competente.
Estas pruebas podrn realizarse conjuntamente con un representante de la Propiedad y
aquellas personas que la Direccin Facultativa de Instalaciones determine.
Las pruebas indicadas para calderas, grupos frigorficos o equipos de condensacin se
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realizarn dos veces como mnimo y a mximas potencias.
Las pruebas indicadas para ambientes acondicionados y temperaturas de fluidos se realizarn
tres veces al da durante 5 das como mnimo. Las correspondientes a los conceptos
cuantitativos y de consumo sern realizadas una vez como mnimo.
La forma de realizar las mediciones ser acorde con la norma ASHRAE.
MEDIDAS ELCTRICAS
Las mediciones se realizan con aparatos de medida independientes a los montados
permanentes, contrastando los posibles errores de medicin.
- Tensiones de alimentacin generales y parciales, a intensidad nominal o mxima.
- Frecuencia en cuadro general.
Las medidas de potencia en cada mquina, se realizarn en la prueba particular de cada una.
3.6.8 - RESULTADOS OBTENIDOS
Los resultados obtenidos sern presentados en el protocolo de pruebas correspondientes
dentro de los 15 das siguientes a la realizacin de las mismas.
La cuantificacin de estos resultados, sern salvo que se especifique otra cosa en otro
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documento del proyecto, los siguientes:
- Medidas de temperatura y humedad ambientales. Las indicadas en la memoria, para las
hiptesis de clculo consideradas, con variaciones admisibles de 1C. en temperatura seca y
5% en humedad relativa.
- Medidas de temperatura de fluidos. Las indicadas en las tablas de caractersticas con las
siguientes desviaciones admisibles:
Agua caliente: 2C.
Agua fra : 1C.
Aire caliente: 2C
Aire fro : 1C.
- Medidas cuantitativas de fluidos. Las indicadas en las tablas de caractersticas con una
desviacin mxima del 5%.
- Medidas acsticas y de vibracin. Dentro de los mrgenes que segn uso se indican en
I.T.E.
3.6.9 - LIMPIEZA Y AJUSTE
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Despus de terminar los trabajos, se limpiarn por completo todas las partes de la
instalacin (equipos, tuberas, vlvulas, accesorios, etc.). El instalador reparar sin coste
adicional alguno para la propiedad, cualquier decoloracin y otra clase de daos que se
pudiera haber causado a las partes del edificio o a su acabado o enseres, debido a su
descuido en no limpiar adecuadamente los sistemas.
Los sistemas de agua, tanto fra como de calor, se ajustarn para funcionar con una circulacin
uniforme. Las vlvulas de compuerta y regulacin y otros elementos de las
instalaciones, se ajustarn para un funcionamiento silencioso. Los dispositivos
automticos de control se ajustarn para un funcionamiento adecuado. Se ajustarn los
caudales y potencias para cada una de las bombas y motores que componen la
instalacin.
3.6.10 - PRUEBAS FINALES DE RECEPCIN PROVISIONAL
El instalador con antelacin superior a un mes a la realizacin de las pruebas, presentar al
Director de Obra el procedimiento y formulario de realizacin de las pruebas para su
aprobacin.
Una vez finalizado totalmente el montaje de la instalacin y habiendo sido regulada y
puesta a punto, el instalador proceder a la realizacin de las diferentes pruebas finales previas
a la recepcin provisional, segn se indica en los captulos siguientes. Estas pruebas sern
las mnimas exigidas salvo que la Direccin Facultativa de Instalaciones, si lo considerase
oportuno, dictaminase su reduccin u otras que tuviesen relacin con la verificacin de la
prestacin de la instalacin y con cargo al instalador.
Las pruebas sern realizadas por el instalador en presencia de las personas que
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determine la Direccin Facultativa de Instalaciones, pudiendo asistir a las mismas un
representante de la Propiedad. En cualquier caso la forma, interpretacin de resultados y
necesidad de repeticin es competencia exclusiva de la Direccin Facultativa de Instalaciones.
La prestacin de energa, agua y combustible, gases, aceites, refrigerantes, etc. necesarias
ser totalmente a cargo del instalador, salvo que el contrato de forma expresa lo contemple
de forma diferente, tanto para la realizacin de las pruebas como para la simulacin de las
condiciones nominales necesarias.
Todas las mediciones se realizarn con aparatos pertenecientes al instalador, previamente
contrastados y aprobados por la Direccin Facultativa de Instalaciones. En ningn caso
deben utilizarse los aparatos fijos pertenecientes a la instalacin, sirviendo asimismo las
mediciones para el contraste de stos.
El resultado de las diferentes pruebas se reunirn en un documento denominado
"PROTOCOLO DE PRUEBAS EN RECEPCIN PROVISIONAL" en el que deber indicarse
para cada prueba:
- Sistema ensayado, con identificacin en el mismo de los puntos medidos.
- Mediciones realizadas y su comparacin con las nominales.
- Incidencias o circunstancias que puedan afectar a la medicin o a su desviacin.
- Persona, hora y fecha de realizacin.
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3.6.11 - RECEPCIONES DE OBRA
3.6.11.1 - RECEPCIN PROVISIONAL
Una vez realizado el protocolo de pruebas por el instalador segn indicaciones de la
Direccin Facultativa de Instalaciones y acordes a la normativa vigente, aquel deber
presentar la siguiente documentacin:
- Documentacin especificada en documentacin final de obra.
- Copia del certificado de la instalacin presentado ante el EICI, OCA o Consejera de
Industria, segn aplicable en la Comunidad Autnoma.
- Certificados Protocolos de pruebas (original y copia).
- Libro oficial de mantenimiento.
- Libro registro de instalaciones frigorficas.
Ante la documentacin indicada, la Direccin Facultativa de Instalaciones emitir el acta
de recepcin correspondiente con las firmas de conformidad correspondientes de
instalador y propiedad. Es facultad de la Direccin Facultativa de Instalaciones adjuntar
con el acta, relacin de puntos pendientes, cuya menor incidencia permitan la recepcin
de la obra, quedando claro el compromiso por parte del instalador de su correccin en el
menor plazo.
Desde el momento en que la Direccin Facultativa de Instalaciones acepte la recepcin
provisional se contabilizarn los perodos de garanta establecidos, tanto de los elementos
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como de su montaje. Durante este perodo es obligacin del instalador, la reparacin,
reposicin o modificacin de cualquier defecto o anomala, (salvo los originados por uso
o mantenimiento) advertido, todo ello sin ningn coste a la propiedad y programado segn
sta para que no afecte al uso y explotacin del edificio.
3.6.11.2 - RECEPCIN DEFINITIVA
Transcurrido el plazo contractual de garanta y subsanados todos los defectos advertidos
en el mismo, el instalador notificar a la propiedad con 15 das mnimos de antelacin del
cumplimiento del perodo. Caso de que la propiedad no objetara ningn punto
pendiente o defecto advertido, la Direccin Facultativa de Instalaciones emitir el acta de
recepcin definitiva, quedando claro que la misma no estar realizada y por lo tanto, la
instalacin seguir pendiente de recepcin y en periodo de garanta hasta la emisin del
mencionado documento.
Si el Instalador no corrigiera a satisfaccin de la Propiedad los defectos encontrados
en la recepcin provisional y dentro del plazo fijado, se retrasar la recepcin definitiva
hasta que a juicio del Representante de la Propiedad y dentro del plazo que ste marque,
queden las obras en la forma y modo que determine el
Contrato y sus Anexos. En el caso de que el Instalador no cumpliese esta obligacin en el
plazo sealado perder la fianza retenida, a no ser que la Propiedad crea oportuno
concederle un nuevo plazo.
La Propiedad quedar facultada para ejecutar las obras por s misma o por otro Instalador,
cuando a su juicio y previa audiencia del Instalador y de los asesoramientos pertinentes,
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resultase que este no dispone de los medios suficientes para llevar a efecto el trabajo en
las debidas condiciones. Supuesto que la Propiedad hubiera adoptado el acuerdo de
rescindir el Contrato por esta causa, tal acuerdo tendr efecto ejecutivo que le permitir
hacerse cargo inmediatamente de la obra, cualesquiera que fueren los derechos o
acciones que invoque o ejercite el Instalador. A tales efectos se levantar la correspondiente
Acta a presencia del Instalador o, en su defecto, autorizada por Notario Pblico.
3.6.11.3 - CERTIFICADO FINAL DE OBRA
En el certificado final de obra, el la Direccin Facultativa de Instalaciones certificar
haber dirigido la ejecucin material de las obras y controlado cuantitativa y cualitativamente
la construccin y la calidad de lo edificado de acuerdo con el proyecto, la documentacin
tcnica que lo desarrolla y las normas de la buena
construccin.
La Direccin Facultativa de Instalaciones certificar que las instalaciones han sido
realizadas bajo su direccin, de conformidad con el proyecto objeto de licencia y la
documentacin tcnica que lo complementa, hallndose dispuesta para su adecuada
utilizacin con arreglo a las instrucciones de uso y mantenimiento.
Al certificado final de obra se le unirn en su caso como Apndices los siguientes
documentos:
a) Descripcin de las modificaciones que, con la conformidad del promotor y el titular
de la actividad, se hubiesen introducido durante la obra, haciendo constar su
compatibilidad con las condiciones de la licencia.
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b) Relacin de los controles realizados durante la ejecucin de la obra y sus resultados.
3.7 - GARANTAS
El instalador garantizar que todos los materiales utilizados en la ejecucin de las
instalaciones, son nuevos y libres de defectos.
Deber garantizar todos los materiales y montajes realizados por un perodo de un ao, a
partir de la fecha de recepcin general provisional de las instalaciones independientemente
de la fecha de puesta en servicio del equipo para pruebas, y se comprometer durante
este perodo a reemplazar libre de costo alguno para la propiedad, cualquier material o
montaje que resultase defectuoso.
No se podr modificar esta condicin aduciendo limitaciones de cualquier tipo que al
tiempo de garanta pudiera condicionar el fabricante, suministrador o subcontrata.
El instalador deber garantizar asimismo que el equipo suministrado es de la calidad y
potencia especificadas, siendo responsable adems de las otras obras y materiales que
forman parte de este pliego de condiciones, tales como tuberas, aparatos, aislamientos,
etc