Vedas

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FACULTAD DE JURISPRUDENCIA DERECHO MARÍTIMO Y AERONÁUTICO REALIZADO POR: CASTRO LUCAS GEOCONDA DOCENTE: DR. DUMAR RIVERA CURSO: TERCERO “B” CONSULTA DE VEDAS AÑO LECTIVO: 2012 - 2013

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FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

DERECHO MARÍTIMO Y AERONÁUTICO

REALIZADO POR:CASTRO LUCAS GEOCONDA

DOCENTE:DR. DUMAR RIVERA

CURSO:TERCERO “B”

CONSULTA DE VEDAS

AÑO LECTIVO:

2012 - 2013

MANTA – MANABÍ – ECUADOR

¿CUÁNTOS TIPOS DE VEDAS A HABIDO O VAN HABER EN ESTE AÑO, DE QUE TIPO DE ESPECIE Y DE QUE TIEMPO SON ESTAS VEDAS?

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El riesgo de extinción de algunas especies marinas ha obligado a las autoridades a incrementar el número de vedas. En la actualidad la restricción de pesca, por época, se aplica a 18 especies.

Así, el 2012 inició con tres vedas: la del camarón marino, la langosta y el cangrejo. Este último recurso es uno de los que más preocupa, pues su captura y consumo tienden a ser masivos en los últimos años. El director regional de Pesca (DRP), pidió a la ciudadanía acatar la prohibición de su consumo que servirá para conservar las especies.

Existe 2 tipos de vedas que son las indefinidas y las temporales, a continuación damos los casos en Ecuador para cada una:

VEDAS INDEFINIDAS Spondylus: Prohibida su captura permanentemente.

Larva de camarón: prohibición de uso de redes larveras para su captura.

Pepino de mar: Prohibición de captura, extracción, transporte, procesamiento y venta (nacional e internacional).

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Tortugas marinas

Ballenas

Tiburón

Mantarrayas.

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VEDAS TEMPORALES Concha prieta: Durante la reproducción y luego prohibición de captura de menos

de 4.5 cm. Del 15 febrero al 31 marzo de cada año.

Cangrejo: Veda durante la reproducción y la muda. Del 15 Enero al 15 febrero y del 15 agosto al 15 septiembre de cada año.

Langosta: Veda total de extracción, tenencia y comercialización. Del 16 Enero al 16 junio de cada año.

Sardinas,   carita,   cherna,   hojita   y   otros   pelágicos   pequeños: Veda total de extracción, tenencia y comercialización. Durante todo Septiembre.

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Dorado:  Veda total de extracción, tenencia y comercialización. Del 1º de julio al 7 de octubre de cada año. Veda permanente para ejemplares de menos de 80 cm.

Camarón marino: Veda total de extracción, tenencia y comercialización. Del 1º de enero al último día de febrero de c/año.

Camarón pomada: Veda total de extracción, tenencia y comercialización. Del 1º de febrero al 31 de marzo de cada año.

Atún: Vedas parciales de captura: Del 29 de julio al 28 de septiembre y del 18 de noviembre al 18 de enero de cada año.

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¿QUIÉNES SON LOS QUE ACUERDAN REALIZAR ESTAS VEDAS Y EN QUE SE BASAN PARA HACERLAS?

Consumo masivo de especies marinas y su inminente extinción, obliga a las autoridades a decretar más vedas, por ello la Subsecretaría de Recursos Pesqueros del MAGAP, garantiza los controles para el cumplimiento de las mismas,

La Subsecretaría de Recursos Pesqueros (SRP) determina vedas para un manejo sustentable de las especies marinas, dice en las consideraciones. Pero biólogos y ambientalistas consultados refieren que estas vedas se incumplen ante un escaso control de las autoridades de pesca, y el consumo irresponsable de estas especies en los periodos cuando se prohíbe su captura y comercialización.

¿QUÉ AUTORIDADES CONTROLAN QUE SE CUMPLAN ESTAS VEDAS Y EL QUE NO LAS CUMPLE QUE SANCION EXISTE?La veda establecida para las especies pelágicas pequeñas se mantendrá desde el 1 al 30 de marzo del 2012, como lo estableció la Subsecretaría de Recursos Pesqueros para su conservación. Los Inspectores de Pesca, con el apoyo de la Marina Mercante, controlan y monitorean vía terrestre y marítima que se cumpla con el Acuerdo Ministerial N.º 047, que establece la veda por un mes para las especies como sardina o pinchagua, carita, hojita, chaza, cherna, lechuza y otras especies juveniles. 

En caso de incumplimiento, la autoridad lo considera un delito ambiental. La prisión puede ir de 30 a 60 días o se impondrá una multa económica, en caso de reincidencia. (LZR)

No rompas las vedas de conservación. RECUERDA que los infractores, cómplices y encubridores, pueden ser puestos a órdenes de los Fiscales y se los sancionará de conformidad con el Código Penal Ecuatoriano.