Valoración aduanera

18
VALORACION ADUANERA

Transcript of Valoración aduanera

VALORACION ADUANERA

VALORACION ADUANERA

INTRODUCCINLa valoracin en aduana es el procedimiento aduanero aplicado para determinar el valor en aduana de las mercancas importadas.

IMPORTANCIAPermite establecer la base imponible para el pago de tributos y dems medidas impositivas aplicables a la importacin de las mercancas.

Permite determinar adecuadamente el precio de comercializacin en el mercado local.

Una incorrecta determinacin de la valoracin de la mercanca acarreara un ajuste de valor de la mercanca con el consecuente cobro de tributos dejados de pagar, intereses y multas.

VALORACIN ADUANERALa valoracin en aduana es el procedimiento aduanero aplicado para determinar el valor en aduana de las mercancas importadas. Si se aplica un derecho ad valorem, el valor en aduana es esencial para determinar el derecho pagadero por el producto importado.6

Para efectos de establecer si resulta o no de aplicacin el Mtodo del Valor de Transaccin, el importador y la autoridad aduanera deben verificar si se cumplen los requisitos establecidos en el artculo 1 del Acuerdo, esto es:Que no existan restricciones a la cesin o utilizacin de las mercancas por el comprador, con excepcin de las que: (i) impongan o exijan la ley o las autoridades del pas de importacin; (ii) limiten el territorio geogrfico donde puedan revenderse las mercancas; o (iii) no afecten sustancialmente al valor de las mercancas.b) Que la venta o el precio no dependan de ninguna condicin o contraprestacin cuyo valor no pueda determinarse con relacin a las mercancas a valorar.REQUISITOSc) Que no revierta directa o indirectamente al vendedor parte alguna del producto de la reventa o de cualquier cesin o utilizacin ulteriores de las mercancas por el comprador, a menos que pueda efectuarse el debido ajuste de conformidad con lo establecido en el artculo 8.d) Que no exista vinculacin entre el comprador y el vendedor o que, en caso de existir, el valor de transaccin sea aceptable a efectos aduaneros.

MTODOS DE VALORACINEn los casos en que no exista valor de transaccin o en que el valor de transaccin no sea aceptable como valor en aduana por haberse distorsionado el precio como consecuencia de ciertas condiciones, el Acuerdo establece otros cinco mtodos de valoracin en aduana, que habrn de aplicarse en el orden prescrito.

I MTODO Valor de Transaccin de las Mercancas ImportadasDefinido y normado por lo dispuesto en los Artculos 1, 8 y 15 del Acuerdo del Valor de la OMC y sus Notas Interpretativas.De acuerdo con este Mtodo, el precio de las mercancas corresponder al precio realmente pagado o por pagar por las mercancas importadas que el comprador ha realizado o va a efectuar, al vendedor o en beneficio de ste. Deben existir pruebas de la existencia de una venta para la exportacin a un importador en el territorio peruanoSi hay descuentos debe estar relacionado con la mercanca objeto de valoracin. Deben distinguirse en la factura o en el contrato de transaccin, documentos que debern ser presentados en el despacho de la importacin.Las regalas de manera adicional al pago de las mercancas, puede existir entre el importador y el proveedor tambin pagan tributos.

Documentos EsencialesFactura Comercial Lista de precios Transferencia bancaria Libros contables Contrato de compraventa Contrato de distribucin Importaciones anteriores

2 METODOValor de Transaccin de Mercancas IdnticasDefinido y normado por lo dispuesto en los Artculos 2 y 15 del Acuerdo del Valor de la OMC y sus Notas Interpretativas.Para que pueda aplicarse este mtodo, las mercancas deben haberse vendido al mismo pas de importacin que las mercancas objeto de valoracin. Deben tambin haberse exportado en el mismo momento que las mercancas objeto de valoracin, o en un momento aproximado.Se debe entender que mercancas idnticas son las que tienen las mismas caractersticas fsicas, calidad y prestigio comercial.

3 METODOValor de Transaccin de Mercancas SimilaresDefinido y normado por lo dispuesto en los Artculos 3 y 15 del Acuerdo del Valor de la OMC y sus Notas Interpretativas.

Toma como parmetro el valor de mercaderas similares que se hayan importado a tiempo o anteriores a la operacin de despacho aduanero que se desee efectuar. Este valor de transaccin de mercaderas similares deber contemplar los ajustes que prev el Acuerdo.4 METODOValor DeducidoDefinido y normado por lo dispuesto en el Artculo 5 del Acuerdo del Valor de la OMC y su Nota Interpretativa.Este mtodo consiste en obtener el valor de la mercadera a partir de las deducciones .El mayor nmero de unidades vendidas a un precio representa la mayor cantidad total, podrn utilizarse como base las ventas realizadas hasta 90 das despus de la importacin de las mercancas objeto de valoracin.ste mtodo es mas complejo de administrar. La informacin es proveda mayormente por el importador a efectos de valorar la mercanca.5 METODOValor ReconstruidoDefinido y normado por lo dispuesto en el Artculo 6 del Sistema Peruano de Informacin Jurdica Ministerio de Justicia acuerdo del Valor de la OMC y su Nota Interpretativa.Este Mtodo sigue el orden inverso al mtodo deductivo, reconstruyendo el valor en aduana a partir del costo de produccin de las mercaderas importadas, al que deben sumarse otros aspectos:Los beneficios que obtienen los productores de mercancas de la misma especie o clase, cuando las venden al mismo pas de importacin.Los costos de transporte, carga, manipulacin, descarga y seguro, cuando se valore sobre una base de costo, seguro y flete (CIF.)

Este mtodo parte de la estructura de costos del producto vendido, descomponiendo los distintos gastos en lo que se hubiere incurrido.

A la vez tambin este mtodo es muy difcil de administrar si no se tiene bases ciertas sobre los costos de produccin.6 METODODel ltimo RecursoDefinido y normado por lo dispuesto en el Artculo 7 del Acuerdo del Valor de la OMC y su Nota Interpretativa.Este se aplica sobre la base de la determinacin del valor por criterios razonables, compatibles con los principios y las disposiciones generales del Acuerdo y el Articulo VII del Acuerdo General, sobre la base de datos disponibles en el pas de importacin. Esta descripcin es muy amplia, veamos sus parmetros:Que se valore en base a precios de mercancas producidas en el pas de importacin.Que se valore en base al ms alto de dos valores posibles.Los valores arbitrarios o ficticios.Los valores mnimos.

DIFERENCIA CON EL VALOR COMERCIALLa valoracin aduanera se diferencia del valor comercial (precio pactado de comn acuerdo entre los contratantes) por la intervencin de la administracin aduanera interesada no solo en la contratacin internacional concertada, sino en las transacciones similares entre otros compradores y otros vendedores, pues tiene la obligacin de aplicar uniformemente los criterios de valoracin para determinar la base imponible de los derechos de importacin, que es el valor en aduana.