V Convocatoria de Ayudas LEADER

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V CONVOCATORIA DE AYUDAS V CONVOCATORIA DE AYUDAS BAJO ENFOQUE LEADER BAJO ENFOQUE LEADER 19 diciembre 2012-19 marzo 2013 CHARLA INFORMATIVA CHARLA INFORMATIVA CHARLA INFORMATIVA CHARLA INFORMATIVA Casa de la Cultura de Alía, 14 de febrero de 2013 PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL VILLUERCAS IBORES JARA 2007-2013 Asociación para la Promoción y el Desarrollo Rural de la Comarca de Villuercas Ibores Jara Asociación para la Promoción y el Desarrollo Rural de la Comarca de Villuercas Ibores Jara Calle Zorrilla, 1. 10136 Calle Zorrilla, 1. 10136-CAÑAMERO (Cáceres). Tel: 927 369 429 Fax: 927 369 196 CAÑAMERO (Cáceres). Tel: 927 369 429 Fax: 927 369 196 www.aprodervi.com e www.aprodervi.com e-mail: [email protected] mail: [email protected]

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Contenido charlas informativas V Convocatoria de ayudas LEADER en el Geoparque de Villuercas Ibores Jara

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V CONVOCATORIA DE AYUDAS V CONVOCATORIA DE AYUDAS BAJO ENFOQUE LEADERBAJO ENFOQUE LEADER

19 diciembre 2012-19 marzo 2013

CHARLA INFORMATIVACHARLA INFORMATIVACHARLA INFORMATIVACHARLA INFORMATIVACasa de la Cultura de Alía, 14 de febrero de 2013

PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL VILLUERCAS IBORES JARA 2007-2013

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ÍndiceÍndice

1. Ámbito territorial2. Medidas y submedidas3. Beneficiarios. Requisitos y obligaciones4 Naturaleza y tipo de proyectos4. Naturaleza y tipo de proyectos5. Gastos subvencionables6. Gastos no subvencionables

T it ió D t ió7. Tramitación. Documentación

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ÁMBITO TERRITORIAL

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MEDIDAS Y SUBMEDIDAS

Medida 413. Estrategias de desarrollo local: Mejora de la calidad de vida y de la economía en las zonas rurales, que engloba a las siguientes submedidas:

Submedida 311. Diversificación hacia actividades no agrícolas.S b did A d l ió d ll d iSubmedida 312. Ayudas a la creación y desarrollo de microempresas.Submedida 313. Fomento de actividades turísticasSubmedida 321. Servicios básicos para la economía y la población ruralrural.Submedida 322. Renovación y desarrollo de poblaciones rurales.Submedida 323. Conservación y mejora del patrimonio rural

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BENEFICIARIOS. REQUISITOS Y OBLIGACIONES

Submedida 311: Diversificación actividades agrícolas•Miembros de la unidad familiar ligados a explotación agrícola (titulares de la explotación o familiar hasta el segundo grado)(titulares de la explotación o familiar hasta el segundo grado)•Comunidades de bienes u otras entidades comunales

Submedida 312: Creación y desarrollo de microempresa3 y pPersonas físicas o jurídicasComunidades de bienes u otras entidades comunales

Submedida 313: Fomento de actividades turísticasSubmedida 313: Fomento de actividades turísticasPersonas físicas o jurídicasComunidades de bienes u otras entidades comunales.Asociaciones de empresarios del sector turístico.Asociaciones de empresarios del sector turístico.Entidades locales (Ayuntamientos y Mancomunidades)

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BENEFICIARIOS. REQUISITOS Y OBLIGACIONES

Submedida 321: Servicios básicos para la economía•Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.•Entidades locales (Ayuntamientos y Mancomunidades)•Entidades locales (Ayuntamientos y Mancomunidades)

Submedida 322: Renovación y desarrollo de pueblos•Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro•Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.•Entidades locales (Ayuntamientos y Mancomunidades)

S b did C ió j t i i lSubmedida 323: Conservación y mejora patrimonio rural•Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.•Entidades locales (Ayuntamientos y Mancomunidades)

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BENEFICIARIOS. REQUISITOS Y OBLIGACIONES

RequisitosRequisitos yy obligacionesobligaciones generalesgenerales para serbeneficiario de las ayudas:beneficiario de las ayudas:

Estar al corriente de pagos con la S. Social y las Haciendas (autonómica y regional).

Realizar la inversión en cualquier municipio, entidad local menor o pedanía de la comarca.

Mantener el destino de la inversión 5 años después de su finalización.

Someterse a los controles públicos de las ayudas

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NATURALEZA Y TIPO DE PROYECTO

PROYECTOS PRODUCTIVOS Generan ingresos crean oPROYECTOS PRODUCTIVOS.- Generan ingresos, crean omantienen empleo y se financian como mínimo en un 25% por elpromotor.

PROYECTOS NO PRODUCTIVOS.- Son proyectos tendentes a mejorar la calidad de vida en las zonas rurales y la cooperación, y no se obtienen beneficios económicos.

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NATURALEZA Y TIPO DE PROYECTO

CLASIFICACIÓN DE PROYECTOS PRODUCTIVOS

— Proyectos de nueva creación. Son aquellos que den origen al inicio de una actividadempresarial y generen además nuevos puestos de trabajo. Los proyectos de nueva creación han deser necesariamente finalistas, de forma tal que con las inversiones previstas la actividad puedadesarrollarse en toda su integridad.

— Proyectos de ampliación. Son aquellos que supongan una ampliación de las instalaciones oProyectos de ampliación. Son aquellos que supongan una ampliación de las instalaciones oestablecimiento existente o la diversificación de la producción a nuevos productos adicionales,siempre que incrementen y/o mantengan el nivel de empleo.

— Proyectos de modernización o mejora, aquellos que incremente el nivel de productividad def ibl j l i l d i t bi t l i li d i i ió d iforma sensible o mejoren el nivel de impacto ambiental y que impliquen adquisición de equipos contecnología avanzada e incrementen y/o mantengan el nivel de empleo existente.

— Proyectos de traslado, serán aquellos que planteen el desmontaje, traslado y montaje deempresas desde el exterior de la zona de aplicación hasta el interior, o dentro de la propia zona,p p , p p ,siempre y cuando realicen nuevas inversiones en activos fijos en el nuevo emplazamiento, quesupongan mejora sustancial en la productividad y/o en la calidad medioambiental, e incrementeny/o mantengan el nivel de empleo.

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NATURALEZA Y TIPO DE PROYECTO

¿QUÉ SE ENTIENDE POR CREACIÓN DE EMPLEO?

— El incremento neto del número de empleados con contrato de carácterindefinido y a jornada completa o parcial, de socios trabajadores o detrabajadores autónomos vinculados a la empresa de que se trate, comparadocon el nivel de plantilla indefinida con que contara la empresa en la fecha depresentación de la solicitud de subvenciónpresentación de la solicitud de subvención.

— En el caso de los trabajadores con contratos fijos discontinuos y/otemporales, se considera creación de empleo el incremento neto del númerod b j d é i UTA (U id d d T b j A l)de trabajadores en términos UTA (Unidad de Trabajo Anual), con respecto ala media en los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud deayuda.

No se considera creación de empleo el mero traspaso de trabajadores entreempresas vinculadas.

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GASTOS SUBVENCIONABLES

1 Obra civil e instalaciones:1. Obra civil e instalaciones:Traídas y acometidas de los servicios necesarios para la actividad siempre que queden en propiedadde la empresa beneficiaria, y que no sean objeto de cesión a Ayuntamientos o empresas desuministros.Urbanización adecuada a las necesidades del proyecto, ejecutada sobre terrenos propiedad delbeneficiario y que no sean objeto de cesión.Obra civil e instalaciones (eléctrica, contra incendios, etc.) acordes con las necesidades delproyecto.Quedan expresamente excluidas las inversiones en inmuebles que pudieran tener la consideraciónde viviendade vivienda

2. Maquinaria y equipamiento:Bienes de equipo en maquinaria de proceso, generadores térmicos, elementos de transporteinterno, equipos de medida y control, medios de protección del medio ambiente, mobiliario y

i d i f ió bi d i li d lenseres, equipos para proceso de información y otros bienes de equipo ligados al proyecto.

Los elementos de transporte interno serán subvencionables siempre que se destinen únicamente alfin para el que se proponen y reúnan las características técnicas que impidan su uso para otro fin ysea un elemento imprescindible para el desarrollo de la actividad.sea u e e e to p esc d b e pa a e desa o o de a act v dad.

Queda expresamente excluido el material normalmente amortizable en un año (botellas, embalajes,material fungible de laboratorio y similares, menaje, utillaje, etc.).

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GASTOS SUBVENCIONABLES

3. Otras inversiones y gastos:

Los gastos en inmovilizado inmaterial, tales como compra de patentes, aplicaciones informáticas,licencias de explotación o derechos de traspaso de negocio, hasta un máximo del 12% del importetotal de los gastos subvencionables de la operación, salvo en el caso de aplicaciones y elementosinformáticos que supongan una inversión inherente al objeto de la actividad empresarial.

Los gastos de honorarios de redacción de proyecto y dirección de obras, estudios de viabilidad,asesoría jurídica o financiera gastos notariales y registrales si están directamente relacionados conasesoría jurídica o financiera, gastos notariales y registrales, si están directamente relacionados conla actividad subvencionada y son indispensables para la ejecución de la misma, hasta un máximodel 20% del importe total de los gastos subvencionables de la operación. En los gastos de redacciónde proyecto técnico, estudios de viabilidad, adquisición de patentes y licencias podrán ser previos ala solicitud de ayuda siempre que se hayan producido dentro de los seis meses anteriores a la fechad l d i i idel acta de no inicio.

En los proyectos de obra civil ejecutada por contrata, los Gastos Generales y Beneficio Industrialasociados a los presupuestos de ejecución material serán elegibles hasta el máximo del 13% y 6%respectivamenterespectivamente

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GASTOS NO SUBVENCIONABLES

Los intereses deudores, salvo que sean objeto de ayudas en forma de bonificación de interesesde conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.5 del Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo, de20 de septiembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del fondo Europeo Agrícola deDesarrollo Rural (FEADER).Los gastos financieros, excepto los inherentes a los préstamos con interés bonificado a que seLos gastos financieros, excepto los inherentes a los préstamos con interés bonificado a que serefiere el punto anterior.El Impuesto sobre el Valor Añadido recuperable o, en su caso, el Impuesto General IndirectoCanario recuperable, ni el soportado por los entes públicos que presten servicios sincontraprestación o mediante contraprestación de naturaleza tributaria.L i i dLa vivienda.Los impuestos personales o sobre la renta y las contribuciones a cualesquiera regímenes deprevisión social.Los intereses de demora, los recargos, multas coercitivas y sanciones administrativas y penales.Los gastos de procedimientos judiciales.g p jEn el caso de inversiones en explotaciones agrarias, los gastos de adquisición de derechos deproducción, de animales y de plantas anuales y su plantación. No obstante, la compra deanimales podrá ser subvencionable cuando tenga por objeto tenga por objeto la reconstrucción delpotencial productivo afectado por daños catastróficos.

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GASTOS NO SUBVENCIONABLES

En la adquisición de bienes y servicios mediante contratos públicos:Los pagos efectuados por el contratista a la administración en concepto de tasa dedirección de obra o de control de calidad.Cualesquiera otros conceptos que supongan ingresos o descuentos que se deriven de laejecución del contrato.Los pagos efectuados por el beneficiario que se deriven de modificaciones de contratosLos pagos efectuados por el beneficiario que se deriven de modificaciones de contratospúblicos mientras que no se admita su subvencionalidad por la autoridad de gestión.

Los gastos relativos a los siguientes subcontratos:Los que aumenten el coste de ejecución de la operación sin un valor añadido.L l b d i t di i l l i t t j d lLos celebrados con intermediarios o asesores en los que el pago consista en un porcentaje delcoste total de la operación, a no ser que el beneficiario justifique dicho pago por referencia alvalor real del trabajo realizado o los servicios prestados.

Las inversiones que se limiten a sustituir un edificio o una máquina existentes, o parte de losq q , pmismos, por un edificio o unas máquinas nuevos y modernos, sin ampliar la capacidad deproducción en más de un 25%, sin introducir cambios fundamentales en la naturaleza de laproducción o la tecnología correspondiente. No se considerarán inversiones sustitutivas lademolición total de un edificio agrario de 30 años o más y su sustitución por otro moderno ni larenovación general de un edificio Una renovación se considerará general cuando su coste supongarenovación general de un edificio. Una renovación se considerará general cuando su coste supongacomo mínimo el 50% del valor del edificio nuevo.

Las aportaciones en especie y Bienes de equipo de segunda mano.

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TRAMITACIÓN. DOCUMENTACIÓN

Solicitud en modelo normalizado, cumplimentada en todos sus apartados, debidamente firmada porel solicitante de la ayuda y acompañada de la documentación que se exige para cada caso.

Documentos acreditativos de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representaciónque ostenta. Así, si el solicitante es una persona física, presentará la fotocopia compulsada de su NIF,mientras que en el caso que sea una persona jurídica, presentará fotocopia compulsada del CIF, junto condocumentación justificativa de la personalidad jurídica (Estatutos y Escritura de constitución),documento en que conste el acuerdo de iniciar la acción para la que se solicita la ayuda (certificado delórgano competente de la entidad aprobando la solicitud de la ayuda) y documento en que se delegue elórgano competente de la entidad aprobando la solicitud de la ayuda) y documento en que se delegue elpoder de representación al representante de la persona jurídica (documento acreditativo de larepresentación que ostenta la persona física que realiza las gestiones y autorización para la firma decuantos documentos sean necesarios en relación con la ayuda), junto con una fotocopia compulsada de suNIF.

Igualmente el solicitante presentará un documento acreditativo de su capacidad técnica: antecedentes,experiencia, formación, etc., en relación con la actividad propuesta.

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TRAMITACIÓN. DOCUMENTACIÓN

Proyecto o Memoria descriptiva de la actuación y de los objetivos previstos, donde se explicaránlos siguientes aspectos:Descripción de la inversión o actividad a desarrollar.Descripción de la contribución que al desarrollo de la comarca supone.Presupuesto de los gastos a efectuar.Presupuesto de los gastos a efectuar.Impacto ambiental previsto.

Cuando el proyecto implique la realización de obra civil, y así lo requiera el Ayuntamiento para elotorgamiento de la correspondiente licencia, deberá presentarse un proyecto realizado por técnico

t t i d l C l i f i l d E l d b i il l tcompetente, visado por el Colegio profesional que corresponda. En el caso de obra civil, el presupuestovendrá desglosado por capítulos y partidas y acompañado de sus correspondientes planos. Endeterminados casos, que deberá fijar el CEDER, la presentación del proyecto visado podrá demorarsehasta la firma del contrato de ayuda, adjuntándose entonces a la solicitud sólo una memoria valorada ouna copia no visada del proyecto.p p y

Facturas pro-forma originales o fotocopias compulsadas correspondientes a la adquisición demaquinaria, equipamiento y en general, de todas las inversiones o gastos, que no precisen proyectotécnico. El IVA figurará separado en todos los presupuestos. En todo caso y para la realización deinversiones y adquisición de bienes de equipos se deberán solicitar tres ofertas a que se refiere el art 31 3inversiones y adquisición de bienes de equipos, se deberán solicitar tres ofertas a que se refiere el art. 31.3de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones salvo que por las especialescaracterísticas de los gastos subvencionables no existan en el mercado suficiente número de entidades quesuministren o presten

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TRAMITACIÓN. DOCUMENTACIÓN

Plan de viabilidad financiera y económica del proyecto referido a cinco años.Plan de viabilidad financiera y económica del proyecto referido a cinco años.Mercado actual y/o potencial.Volumen anual de negocio y balance, acreditado con la presentación de fotocopia compulsada de

la última declaración del impuesto de sociedades y el resumen anual del IVA o la declaración de la rentade las personas físicas.

Ni l d l i t t ( dit d di t C tifi d d Vid L b l d l f idNivel de empleo existente (acreditado mediante Certificado de Vida Laboral de la empresa, referido,como mínimo, a los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda) ydeterminación del empleo que se vaya a crear.

Permisos, inscripciones y registros, y/o cualesquiera otros requisitos que sean exigibles por laComunidad Autónoma y/o Municipio, para el tipo de mejora o actividad de que se trate o, en su caso,y/ p p p j qacreditación de la solicitud de los mismos. Todos estos documentos, junto con el proyecto de obra si fuerael caso, serán en todo caso exigibles en el momento de la suscripción del contrato de ayuda, salvo que,concurriendo causa que justificare la imposibilidad de presentación de los mismos, el Grupo de AcciónLocal autorice expresamente y de forma individualizada (haciéndolo constar en las CondicionesParticulares del Contrato de Ayuda) su presentación posterior que en todo caso habrá de efectuarse conParticulares del Contrato de Ayuda), su presentación posterior que, en todo caso, habrá de efectuarse conanterioridad a la fecha límite de ejecución del proyecto fijada en el contrato de ayuda.

Documentación que acredite microempresa o pyme en su caso (Sólo medida 312)Acreditación de la propiedad o capacidad legal de uso y disfrute de los bienes del proyecto con

una duración mínima de cinco años desde la fecha de certificación final del expediente. Para ello deberápresentarse o bien Nota simple actual del Registro de la Propiedad o bien contrato de arrendamiento yautorización del propietario para realizar las inversiones previstas en el inmueble o terreno.

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TRAMITACIÓN. DOCUMENTACIÓN

Declaración de las ayudas obtenidas y/o solicitadas de otros Organismos y AdministracionesNacionales, Autonómicas o Locales.

Cualesquiera otros documentos que el Grupo de Acción Local estime necesarios para poder adoptarmotivadamente la correspondiente resolución.

Para las Comunidades de Bienes u otras entidades de tipo comunal, los comuneros nombraránun representante o apoderado único y en documento que se incorporará al expediente manifestarán susun representante o apoderado único y, en documento que se incorporará al expediente, manifestarán susrespectivas participaciones en la cosa común y asumirán su responsabilidad solidaria en las obligacionesderivadas del expediente.

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ACTUACIONES SUBVENCIONABLES POR SUBMEDIDAS

Submedida 311: Diversificación hacia actividades no agrícolas

Agroturismo: acondicionamiento y mejora de las instalaciones de la explotación agraria para sutili ió l j i t t í ti d id d d id (h t á i d l ) / tutilización como alojamiento turístico de capacidad reducida (hasta un máximo de 50 plazas), y/u otros

servicios turísticos complementarios dirigidos a los huéspedes alojados, tales como servicios derestauración, instalaciones deportivas, recreativas, formativas o didácticas o actividades complementarias(visitas o recorridos turísticos, degustaciones gastronómicas, etc.).

Actividades integradas en la explotación agraria asociadas a la valorización de los recursos patrimoniales,histórico-culturales, naturales o paisajísticos o a ecosistemas agrarios y / o forestales presentes en la zona.

Elaboración y venta en la explotación de productos de Artesanía.

Acondicionamiento, fabricación, transformación y comercialización de productos no incluidos en el AnexoI del Tratado con especial atención a los productos amparados en denominaciones de calidad.

Las actividades comerciales deberán incluir mayoritariamente productos no incluidos en el Anexo I delTratado.

Inversiones relativas a la obtención y comercialización de energías alternativas tales como instalacionespara la producción y venta de biomasa, biocombustibles, etc. La capacidad máxima será de 500 kilovatioso su medida equivalente

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o su medida equivalente.

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ACTUACIONES SUBVENCIONABLES POR SUBMEDIDAS

Submedida 312: Creación y desarrollo de microempresas

C t did t á d l ió d i ió li ió / t l d d id d d Con esta medida se prestará ayuda a la creación, modernización, ampliación y/o traslado de unidades de producción, distintas de las actividades agrarias y turísticas, ubicadas o que se ubiquen en las zonas de actuación de los Grupos de Acción Local.

Los ámbitos de actividad cubierto por esta medida son, entre otros, los siguientes:p , , g

Microempresas industriales, comerciales y de servicios.Iniciativas para la transformación, comercialización y promoción de productos locales excepto los agroindustriales.Empresas de artesanía localEmpresas de artesanía local.Empresas de servicios a la población (culturales, deportivas, sociales, asistenciales y de proximidad) y a los sectores de la actividad económica y comercial.

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ACTUACIONES SUBVENCIONABLES POR SUBMEDIDAS

Submedida 313: Fomento de actividades turísticas

La mejora de la calidad de la oferta del sector turístico en el medio rural.

La puesta en marcha de actividades complementarias y de turismo alternativo de carácter innovador ydiferenciado de la oferta existente, con especial atención a aquellas actuaciones de gestión conjunta deuno o varios servicios turísticos o al desarrollo de productos que integren una oferta combinada dediversos servicios turísticos en el medio rural (alojamiento restauración actividades de ociodiversos servicios turísticos en el medio rural (alojamiento, restauración, actividades de ocio,comercialización de productos locales y/o artesanales, etc).

La puesta en marcha de infraestructuras turísticas en el medio rural dirigidas a la información, atención,acogida y recepción del visitante (puntos de información y señalización turística, mejora de acceso alugares de interés turístico, centros de reserva turística, etc.)

Actuaciones que mejoren la comercialización y promoción de los productos y servicios turísticos,especialmente aquellas que aprovechen las ventajas de las nuevas tecnologías de la información y lacomunicación.comunicación.

Señalización de entornos y rutas de interés. Actividades de divulgación genéricasCreación, ampliación y mejora de alojamientos turísticos de capacidad reducida. (hasta un máximo de 50plazas)

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ACTUACIONES SUBVENCIONABLES POR SUBMEDIDAS

Submedida 321: Servicios básicos para la población y economía rural

Proyectos que faciliten el acceso de la población a los servicios telemáticos y nuevas formas de trabajodi t l d t l ímediante el uso de nuevas tecnologías.

Establecimientos de puntos de información orientados a empresas y a la población local.

Nuevas infraestructuras y el equipamiento necesario para la puesta en marcha y funcionamiento,y q p p p y ,relacionados con la:Prestación de servicios culturales, deportivos y de ocio.Prestación de servicios sociales o asistenciales y de proximidad a la población: guarderías, residencias demayores, atención domiciliaria, teleasistencia, etc.

Prestación de servicios económicos: mercados, básculas públicas, y otros.Proyectos no productivos que fomenten la realización de actividades culturales, deportivas, de prestaciónde servicios sociales y asistenciales y de proximidad a la población.

Quedan excluidas aquellas inversiones promovidas por las Entidades Locales relacionadas con laprestación de los servicios enumerados en el artículo 26 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de lasBases del Régimen Local así como las relacionadas con el ejercicio de actividades económicas para las queel artículo 86 de la citada ley declara la reserva a favor de las entidades locales.

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ACTUACIONES SUBVENCIONABLES POR SUBMEDIDAS

Submedida 322:Renovación y desarrollo poblaciones rurales

Actuaciones contempladas en esta medida son, entre otras, las siguientes:

Promover la concepción del medio rural como un espacio de cohesión social.

Promover la integración social y económica y el desarrollo de las poblaciones rurales.

Renovación de construcciones de interés popular para las Entidades Locales, tales como actuaciones de recuperación de la arquitectura tradicional de acuerdo con las normas urbanísticas de aplicación, la renovación y aplicación de edificios emblemáticos como sedes, teatros, centros de interés económico –social, etc.

Actuaciones derivadas de las medidas resultantes de la aplicación de la Agenda 21 y de los Planes Estratégicos de las Mancomunidades que supongan una mejora ambiental de los municipios y un valor añadido a su desarrollo socio-económico.

Quedan excluidas aquellas actuaciones relacionadas con la prestación de los servicios enumerados en el artículo 26 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local así como las relacionadas con el ejercicio de actividades económicas para las que el artículo 86 de la citada ley declara la reserva a favor de las entidades locales.

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ACTUACIONES SUBVENCIONABLES POR SUBMEDIDAS

Submedida 323: Conservación y mejora del patrimonio rural

Realización de aquellas acciones que supongan la puesta en valor de los recursos naturales y culturales decarácter local o comarcal, tales como Inversiones destinadas al mantenimiento, restauración, mejora ypuesta en valor del patrimonio rural.

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LÍMITES DE AYUDAS POR SUBMEDIDAS

SUBMEDIDA Título Porcentaje máximo Ayuda máxima

311 Diversificación haciai id d í l

50% productivos 200.000 €actividades no agrícolas

312 Desarrollo y creación de microempresas

50% productivos 200.000 €

313 Fomento de actividades 50 % productivos 200 000 €313 Fomento de actividades turísticas

50 % productivos100% no productivos

200.000 €

321 Servicios básicos para la economía y la población

50 % productivos100% no productivos

200.000 €

rural

322 Renovación y desarrollo poblaciones rurales

50 % productivos100% no productivos

200.000 €

323 Conservación y mejora del 50 % productivos 200 000 €323 Conservación y mejora del patrimonio rural

50 % productivos100% no productivos

200.000 €

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