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    Ocupacin predial.

    Constructibilidad

    = 65%

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    Lneas.

    Clculo de supericies

    0%

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    Requerimientos para presentar unproyecto ante la D.O.M.

    1.- Proyecto que cumple con las normas urbanisticasELABORACION DE CARPETA PLANOS Y ANTECEDENTES2.- aprobacin del proyecto: Cclulo de derechosESTABLECER EL TIPO Y CLASE DE EDIFICACIN

    3.- estadstica de edificacinCOMPLETAR FORMULARIO UNICO DE ESTADISTICAS

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    Identificacin del propietarioY de la propiedad

    Identificacin del tipo deTrmite y fechas

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    Caractersticas de la infraestructurade la propiedad

    Caractersticas segn uso y clase dela construccin

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    Datos de los profesionales oencargados

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    1.1.- CONSTRUCCIN TRADICIONAL

    A.- Construcciones de estructura resistente de Acero,entrepisos de perfiles de acero y losas de hormign armadosegn NCH 427B.- Construcciones de estructura resistente de hormign

    armado, o con estructura mixta de acero con hormignarmado. Entrepisos de losas de hormign armado, segnNCh 429 y NCh 430.C.- Construcciones con muros soportantes de albailera deladrillo y/o bloques de cemento confinados entre pilares ycadenas de hormign armado.Entrepisos de losas de hormign armado o entramados demadera, segn NCh 2123.

    D.- Construcciones de albailera armada segn NCh 1928 yconstrucciones con muros de albailera de piedra u otros,confinados entre pilares y cadenas de hormign armado.Entrepisos de losas de hormign armado o entramadosmetlicos o de madera.E.- Construcciones con estructura soportante de madera.Paneles de madera, de fibrocemento, de yeso cartn o

    similares, incluidas las tabiqueras de adobe o quincha.Entrepisos de entramados de madera.F.- Construcciones de adobe, tierra cemento u otrosmateriales livianosaglomerados con cemento (escoria, piedra pmez, etc.).Entrepisos deentramados de madera.

    El instructivo, luego establece un cuestionario para establecerla calidad segn atributos de las categoras y conformar un

    calculo de derechos munici ales

    Definiciones para las clasificaciones en

    construcciones denominadas otras .

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    1.2.- CONSTRUCCIN PREFABRICADA.

    Estructura Tipo de Panel

    G.- Metlica Panel exterior: madera corriente, prefabricados de hormign,fibrocemento o similares.

    Panel interior: madera corriente o aglomerada, yeso-cartn osimilares.

    H.- Madera Panel exterior: madera corriente, fibrocemento o similaresPanel interior: madera corriente o aglomerada, yeso-cartn osimilares.

    I.- Construcciones de placas o paneles prefabricados. Placas o panelesmonolticos de hormign liviano, fibrocemento u otro.

    Se incorporan a esta clasificacin los sistemas constructivos conestructura de malla metlica, alma de poliestireno o equivalente yrecubrimiento de mortero proyectado.

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    A.2. CLASE:

    Corresponde al material predominante de la estructura vertical de las construcciones.Se aplican los siguientes cdigos y definiciones segn el cuadro precedente

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    2.- DETERMINACIN DE CATEGORAS DE LA EDIFICACIN

    2.1- Las categoras 1, 2 y 3 de una construccin se determinarn a travsde un cuestionario que evala los atributos positivos que posee unaconstruccin. En la determinacin de los atributos se ha considerado laincorporacin de nuevas tecnologas y materiales de construccin, actualizando

    los criterios de clasificacin existentes.

    2.2. Procedimiento para determinar las categoras:Este procedimiento entrega como resultado la categora final de unaconstruccin, la que se clasifica en orden descendente con las denominaciones1 , 2 , 3 , 4 y 5.Las categoras 1 , 2 y 3 se obtienen a travs del cuestionario de atributos y

    las categoras 4 y 5, por medio de definiciones generales.

    El anlisis de atributos positivos se descompone en cuatro partidas que son:DISEO,ESTRUCTURA,TERMINACIONES eINSTALACIONES.las que son evaluadas separadamente a fin de obtener las categoras parciales

    de cada una de ellas, utilizando para esto la

    Tabla de Categoras

    Establecidas las categoras parciales, la categora final se determinadirectamente mediante la utilizacin de una

    Matriz de Combinacin de Categoras Parciales

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    Anexo beneficio tributario D.F. L. n2 de 1959

    Corresponde a una rebaja o exencin (solo las viviendas sociales hasta 70

    m2 con sucesivas ampliaciones) de contribuciones a las viviendas

    econmicas por un plazo determinado y de acuerdo a la superficie

    construida:

    -las construcciones de hasta 70 m2 gozarn de esta franquicia por un

    plazo de 20 aos.-Entre 71 y 100 m2, quedan exentas por un plazo de 15 aos.-Sobre 100 m2 y hasta 140 m2 la franquicia del 50% ser por 10 aos.

    Otras rebajas estn dadas en el cobro de Honorarios de conservadores y

    Notarios, que corresponde el 50% del valor normal de cada transaccin

    inscrita o redactada.

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    Adosamiento: la edificacin no subterrnea que se ubica contigua a los deslindes, o bien aqullainscrita en la envolvente que describen los puntos que se sealan a continuacin:

    1.La longitud del adosamiento no podr exceder del 40% de la longitud total del deslindecomn con el vecino. Cuando la edificacin existente sea pareada o continua, a la longitudtotal de dicho deslinde debe descontarse el tramo ocupado por la parte pareada ocontinua. El adosamiento no podr en ningn caso ocupar el antejardn. El PlanRegulador Comunal podr determinar la distancia mnima de los adosamientos respectode la lnea de edificacin. El porcentaje de adosamiento podr excederse, tanto paraconstrucciones nuevas como para regularizaciones, con autorizacin expresa delpropietario del predio vecino, suscrita ante Notario.

    2. La altura del adosamiento en el deslinde no sobrepasar los 3,5 m. No obstante,cuando el adosamiento coincida con una edificacin existente aprobada, de mayor altura,ubicada en el predio vecino a partir del deslinde comn, se podr contemplar una mayoraltura y longitud para dicho adosamiento, siempre que no sobrepase la de la edificacinvecina existente.

    3. Las alturas se medirn desde el nivel del suelo natural. Si el nivel de los predios fuere

    inclinado, la altura mxima permitida deber medirse desde el punto promedio entreaquellos en que los extremos de la construccin que se adosa corten al deslinde a nivelde terreno natural. Si los predios no se encontraren en un mismo plano, la altura mximapermitida se medir desde el punto que fije la diferencia media de altura entre los predios.El adosamiento deber inscribirse dentro de un ngulo no superior a 45 gradossexagesimales, aplicado en el deslinde comn, desde la altura mxima de adosamiento

    permitida

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    Los distanciamientos medidos en cada una de las alturas de laedificacin que se sealan en la siguiente tabla, consideradasseparadamente, sern:

    En las fachadas en que existan tramos con vanos y otros sin vanos losdistanciamientos se aplicarn a cada tramo por separado.

    Los vanos incorporados a techumbres o planos inclinados deberncumplir con los distanciamientos indicados en la tabla anterior, salvoaquellos cuyo nivel inferior est a ms de 1,8 m de altura con respecto alpiso que sirven.Sin perjuicio del cumplimiento de las rasantes, a las techumbres deviviendas unifamiliares les sern aplicables los distanciamientos slorespecto de los vanos.

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    EL SITIO

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    EL PLANO DE PROYECTO

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    LA OBRA CONSTRUIDA

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