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UP HOLDING S.A.S ACTA DE ASAMBLEA NRO 02-2021 POR MEDIO DEL SE ORDENA EL GASTO CON CARGO A LOS RECURSOS ASIGNADOS AL PROYECTO DE INVERSIÒN FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES DE CTEI PARA LA INNOVACIÓN EDUCATIVA EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA, MEDIANTE USO DE TIC EN INSTITUCIONES OFICIALES DEL DEPARTAMENTO DE CHOCÓ CON CODIGO BPIN 2020000100628 Y SE JUSTIFICA LA CONTRATACIÓN DIRECTA DE PRESTACIÒN DE SERVICIOS PROFESIONALES” EL REPRESENTANTE LEGAL DE UP HOLDING S.A.S, Martín Agudelo Carantón con cédula 1.053.860.433, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, las conferidas por el artículo 160 de la Ley 2056 del 30 de septiembre de 2020, y CONSIDERANDO 1.El Acto legislativo 05 del 26 de diciembre de 2019, por el cual se modifica el artículo 361 de la Constitución Política, indica en su artículo 1°, que dentro de la distribución de los ingresos corrientes del Sistema General de Regalías destinarán un “10% para la inversión en ciencia, tecnología e innovación, a través de convocatorias públicas, abiertas, y competitivas, en los términos que defina la ley que desarrolle el Sistema, de los cuales, mínimo dos (2) puntos porcentuales se destinarán a investigación o inversión de proyectos de ciencia, tecnología e innovación en asuntos relacionados o con incidencia sobre el ambiente y el desarrollo sostenible”. 2. Que la Ley 2056 del 30 de septiembre de 2020, por medio del cual se regula lo previsto en el artículo 361 de la Constitución Política relativo a los programas y proyectos de inversión que se financiarán con recursos de la Asignación para la Ciencia, Tecnología e Innovación del SGR, definió en su artículo 54 que los proyectos de inversión en que pretendan ser financiados con los recursos de la Asignación para la Ciencia, Tecnología e Innovación, podrán ser presentados por las entidades públicas o privadas que hagan parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. 3. Que el artículo 56 de la citada Ley señala “La aprobación de los términos de referencia de las convocatorias públicas, abiertas y competitivas, la viabilidad, priorización y aprobación de los proyectos de inversión de la Asignación para la Ciencia, Tecnología e

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UP HOLDING S.A.S ACTA DE ASAMBLEA NRO 02-2021 “POR MEDIO DEL SE ORDENA EL GASTO CON CARGO A LOS RECURSOS ASIGNADOS AL PROYECTO DE INVERSIÒN FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES DE CTEI PARA LA INNOVACIÓN EDUCATIVA EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA, MEDIANTE USO DE TIC EN INSTITUCIONES OFICIALES DEL DEPARTAMENTO DE CHOCÓ CON CODIGO BPIN 2020000100628 Y SE JUSTIFICA LA CONTRATACIÓN DIRECTA DE PRESTACIÒN DE SERVICIOS PROFESIONALES” EL REPRESENTANTE LEGAL DE UP HOLDING S.A.S, Martín Agudelo Carantón con cédula 1.053.860.433, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, las conferidas por el artículo 160 de la Ley 2056 del 30 de septiembre de 2020, y

CONSIDERANDO

1.El Acto legislativo 05 del 26 de diciembre de 2019, por el cual se modifica el artículo 361 de la Constitución Política, indica en su artículo 1°, que dentro de la distribución de los ingresos corrientes del Sistema General de Regalías destinarán un “10% para la inversión en ciencia, tecnología e innovación, a través de convocatorias públicas, abiertas, y competitivas, en los términos que defina la ley que desarrolle el Sistema, de los cuales, mínimo dos (2) puntos porcentuales se destinarán a investigación o inversión de proyectos de ciencia, tecnología e innovación en asuntos relacionados o con incidencia sobre el ambiente y el desarrollo sostenible”. 2. Que la Ley 2056 del 30 de septiembre de 2020, por medio del cual se regula lo previsto en el artículo 361 de la Constitución Política relativo a los programas y proyectos de inversión que se financiarán con recursos de la Asignación para la Ciencia, Tecnología e Innovación del SGR, definió en su artículo 54 que los proyectos de inversión en que pretendan ser financiados con los recursos de la Asignación para la Ciencia, Tecnología e Innovación, podrán ser presentados por las entidades públicas o privadas que hagan parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. 3. Que el artículo 56 de la citada Ley señala “La aprobación de los términos de referencia de las convocatorias públicas, abiertas y competitivas, la viabilidad, priorización y aprobación de los proyectos de inversión de la Asignación para la Ciencia, Tecnología e

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Innovación, estarán a cargo del Órgano Colegiado de Administración y Decisión de Ciencia, Tecnología e Innovación”. 4. Que el artículo 37 Ibidém, indica en su parágrafo primero “El ejecutor garantizará la correcta ejecución de los recursos asignados al proyecto de inversión, así como el suministro y registro de la información requerida por el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control”. 5. Que el artículo 27 Ibidém, establece “Giro de las regalías. Los órganos y demás entidades designadas como ejecutoras de recursos del Sistema General de Regalías deberán hacer uso del Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías (SPGR) para realizar la gestión de ejecución de estos recursos y ordenar el pago de las obligaciones legalmente adquiridas directamente desde la cuenta única del Sistema General de Regalías a las cuentas bancarias de los destinatarios finales” (…) “PARÁGRAFO PRIMERO. Cuando las entidades designadas como ejecutoras de los proyectos de inversión de los recursos provenientes de la Asignación para la Ciencia, Tecnología e Innovación sean de naturaleza jurídica privada, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e innovación autorizará el giro de los recursos” 6. Así mismo, el artículo 2.1.1.3.6 del Decreto 1821 de 2020 define que “Mediante acto administrativo del jefe de las entidades a que se refiere el artículo 141 de la Ley 2056 de 2020 o la entidad designada como ejecutora del proyecto se incorporará al respectivo capítulo presupuestal independiente con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías. Esta incorporación se adelantará en un capítulo independiente del presupuesto del respectivo órgano o entidad, una vez se asignen los recursos con cargo al porcentaje destinado para el funcionamiento del Sistema o cuando se acepte la designación como ejecutor de un proyecto, designación que será adelantada por la instancia correspondiente. Los ingresos y gastos incorporados en el capítulo independiente del presupuesto de cada órgano o entidad designada como ejecutora tendrán para todos los efectos fiscales, una vigencia igual a la del presupuesto bienal del Sistema General de Regalías. Así mismo,

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utilizarán la estructura del capítulo presupuestal independiente definida en el catálogo de clasificación presupuestal al que se refiere el presente Decreto” 7. Que teniendo en cuenta que la entidad UP HOLDING S.A.S es una entidad de naturaleza jurídica privada, corresponde adelantar la incorporación de recursos a través de un acta de la junta o asamblea o el órgano que haga sus veces, de conformidad con lo señalado por el inciso 4 del artículo 160 de la Ley 2056 de 2020. 8. Que considerando que mediante artículo N° 40 del Acuerdo N° 103 del día 18 de Diciembre de 2020, el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) de Ciencia, Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías (SGR), viabilizó, priorizó y aprobó el proyecto de inversión identificado con código BPIN 2020000100628 denominado “Fortalecimiento de capacidades de CTel para la innovación educativa en educación básica y media, mediante uso de TIC en instituciones oficiales del departamento de Chocó”, así mismo designó como entidad ejecutora a UP HOLDING S.A.S, con el siguiente esquema financiero:

9. Que mediante acta de junta directiva Nº01-2021, se incorporaron recursos de la asignación de CTeI del SGR en un capítulo independiente del presupuesto de UP HOLDING S.A.S para el bienio 2021-2022, comprendido entre el 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022, por valor de $ 5.600.096.200,00, en el ingreso y en el gasto, correspondiente a los

FUENTE ENTIDAD VALOR Asignación para la CTeI - Departamento de Chocó

MINCIENCIAS $ 299.903.800,00

Asignación para la CTeI - Departamento de Chocó

UP HOLDING

$ 5.600.096.200,00

Up Holding S.A.S. - Contrapartida en especie

$ 80.757.784,00

Rentic S.A.S. - Contrapartida en especie

$ 154.844.442,00

Secretaria de Educación de Quibdó -Contrapartida en especie

$ 53.838.520,00

TOTAL $6.189.440.746,00

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recursos CTeI del SGR aprobado al proyecto de inversión BPIN 2020000100628, viabilizado, priorizado y aprobado por el OCAD de CTeI.

10. Que el proyecto de inversión FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES DE CTEI PARA LA INNOVACIÓN EDUCATIVA EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA, MEDIANTE USO DE TIC EN INSTITUCIONES OFICIALES DEL DEPARTAMENTO DE CHOCÓ CON CODIGO BPIN 2020000100628”, tiene como objetivo Mejorar capacidades en innovación educativa basadas en TIC, que permitan la oferta educativa de calidad y pertinente en los establecimientos educativos oficiales del Departamento de Chocó en el marco de la emergencia sanitaria por Covid-19

11:Que El proyecto “Fortalecimiento de capacidades de CTeI para la innovación educativa en educación básica y media, mediante uso de TIC en instituciones oficiales del departamento de Chocó.” tiene como objeto principal “Mejorar capacidades en innovación educativa basadas en TIC, que permitan la oferta educativa de calidad y pertinente en los establecimientos educativos oficiales del Departamento de Chocó en el marco de la emergencia sanitaria por Covid-19” y así proponer estas capacidades como alternativa para lograr transformar hacia escenarios digitales los procesos de formación en las sedes educativas de Chocó, esto debido al contexto nacional que parte de la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social, teniendo en cuenta que “el COVID 19 tiene un comportamiento similar a los coronavirus del Síndrome Respiratorio de Oriente Medio (MERS) y el Síndrome Respiratorio Agudo Grave (SARS).

12. Que en el contexto de esta problemática se deben adoptar medidas tales como la promoción de la modalidad de trabajo académico en casa y el retorno progresivo a la modalidad presencial en medio de la emergencia sanitaria, lo cual demanda la reorganización del servicio educativo al interior de las instituciones y sus entornos, atendiendo a los requerimientos para garantizar la continuidad del proceso educativo de la población estudiantil y adoptar las medidas y recomendaciones de las autoridades en salud pública que priorizan el cuidado de la salud y las prácticas de higiene y distanciamiento físico, para prevenir el contagio del COVID-19 . Sin embargo, cabe aclarar que los lineamientos bajo esquema de alternancia resultan una guía y acompañamiento a las entidades territoriales certificadas, las cuales ejercerán su autonomía de poner tal esquema en práctica o no, según el análisis que hagan del contexto del territorio y sus instituciones educativas.

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13. Que con el fin de atender estas problemáticas se plantea este proyecto que busca fortalecer las capacidades de las instituciones educativas, por medio de dos componentes que se articulan entre sí para fomentar la innovación en la comunidad educativa por medio del uso y aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, por esta razón los componentes se desagregan de la siguiente manera:

• Espacios de innovación educativa: Este componente dejará las bases necesarias para poder desarrollar actividades de innovación en el contexto educativo del municipio, por lo que es necesario tener las condiciones necesarias en términos infraestructura en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Por tal motivo este componente busca instalar infraestructura tecnológica para proveer conectividad a las sedes educativas beneficiarias, dotar las sedes educativas con terminales e implementar ambientes de aprendizaje.

• Innovación educativa: En este componente se espera desarrollar actividades de innovación basadas en metodologías agiles que permitan desarrollar diferentes iniciativas desde la comunidad educativa que den respuesta a las necesidades locales y regionales de los servicios de educación en el marco de la emergencia, para esto se buscará como resultado en CTeI la generación y uso del conocimiento orientado a transformar y potenciar los procesos educativos en el Departamento

14. Que el proyecto de inversión denominado “FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES DE CTEI PARA LA INNOVACIÓN EDUCATIVA EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA, MEDIANTE USO DE TIC EN INSTITUCIONES OFICIALES DEL DEPARTAMENTO DE CHOCÓ CON CODIGO BPIN 2020000100628”, contribuye al plan de Desarrollo Nacional de la siguiente forma:

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15. Por otro lado, está el “Plan Nacional Decenal de Educación 2016-2026. El camino hacia la calidad y la equidad” en el que se propone avanzar hacia un sistema educativo de calidad que promueva el desarrollo económico y social del país, y la construcción de una sociedad con justicia, equidad, respeto y reconocimiento de las diferencias. Busca que el sector educativo impulse el desarrollo económico y la transformación social mediante estrategias, planes y políticas educativas durante la próxima década. Compromete en esto al Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y locales, la comunidad educativa, el sector privado, y la sociedad en general. De igual manera se busca formar a los docentes en el uso pedagógico en las diversas tecnologías y orientarlos para poder aprovechar las herramientas otorgadas.

16. Que esto permitirá la incorporación de las diversas tecnologías y estrategias establecidas en el proyecto como unos instrumentos en el proceso de aprendizaje Los lineamientos estratégicos del plan desde la enseñanza son:

• Fomentar los aprendizajes de tecnología que respondan a las necesidades de los diferentes contextos y a los nuevos retos de la sociedad digital.

• Garantizar el seguimiento y acompañamiento a los planes de incorporación TIC de las instituciones del Sector Educativo.

• El proceso de incorporación de las TIC en la educación básica, media y superior tendrá en cuenta no solo el uso de estas como herramienta pedagógica, sino la actualización de los contenidos curriculares pertinentes que permitan a los estudiantes afrontar los retos de la sociedad y la economía digitales, tales como: seguridad e integridad personal en la red, derechos y deberes en internet, comercio electrónico, riesgos en internet, entre otros.

• Promover la construcción e implementación de contenidos educativos digitales apropiados y pertinentes que mediante el uso racional de las TIC favorezcan las prácticas pedagógicas transformativas que impacten positivamente el aprendizaje de los estudiantes.

• Promover el desarrollo y divulgación de contenidos educativos digitales y herramientas tecnológicas que respondan a los lineamientos de datos abiertos y de accesibilidad.

• Desarrollar las competencias comunicativas de los estudiantes, a través del uso y apropiación crítica de las tecnologías

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17. Que el proyecto de inversión denominado “FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES DE CTEI PARA LA INNOVACIÓN EDUCATIVA EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA, MEDIANTE USO DE TIC EN INSTITUCIONES OFICIALES DEL DEPARTAMENTO DE CHOCÓ CON CODIGO BPIN 2020000100628”, contribuye al plan de Desarrollo Departamental de la siguiente forma:

18. El plan de desarrollo Departamental tiene como resultado final la igualdad de oportunidades para todos, por medio de una política social moderna orientada a lograr la inclusión social y la inclusión productiva de los colombianos, y que se centra en las familias como los principales vehículos para la construcción de lazos de solidaridad y de tejido social. Bajo este pacto, se desarrollarán proyectos que mejoren el nivel de bienestar socioeconómico del Chocó respeto de otros departamentos con los mejores indicadores. Además de tener pactos con directrices específicas:

• Pacto por la transformación digital de Colombia: Gobierno, empresas y hogares conectados con la era del conocimiento.

• Pacto por una gestión pública efectiva. El proyecto está encaminado a contribuir al desarrollo humano, involucrando las dimensiones económicas, sociales y culturales del país, en el que se busque favorecer la reducción de la inequidad en la sociedad colombiana y el cierre de las brechas regionales respecto a la calidad integral que se ha visto afectada por la crisis sanitaria. De acuerdo con el sistema de información SIMAT, en el 2019 se registró una matrícula de 104.626 niños, niñas y jóvenes en el Departamento del choco. Se pretende alcanzar un porcentaje significativo de esta población educativa.

19. Que la tasa de analfabetismo para el Departamento del Chocó es de 9.9% la cual se encuentra por encima del promedio nacional, sin embargo, en el 2019 tuvo una disminución de 0,4 puntos comparadas la vigencia anterior. En cuanto a calidad educativa, el departamento del Chocó se encuentra por debajo del promedio nacional, con 192 y

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Colombia con 253, con relación a los resultados de las pruebas saber 11 del 2019. Es importante tener en cuenta que la construcción de la Política Nacional de Infancia y Adolescencia 2018-2030 hace honor a lo “público”. La Política, como instrumento, espera aportarle al país y a las distintas entidades, instancias y niveles de gobierno elementos sobre los cuales puedan forjar las bases sociales, económicas e institucionales que se requieren para construir un país como lo merecen todos y cada una de nuestras niñas, niños y adolescentes.

20. Que un país en paz, que reconoce sus derechos como prevalentes y en consecuencia asume el interés superior como el elemento orientador de todas las acciones, y desde la subsidiariedad, complementariedad y concurrencia responde al goce efectivo de sus derechos como condiciones fundantes del Estado Social de Derecho. Asimismo, es prioritario mejorar las condiciones materiales para la correcta adaptación de la situación que hoy vivimos, pues se requiere una implementación progresiva de inclusión social y fortalecimiento de las herramientas tecnológicas en las zonas del departamento. De manera que con los parámetros se establecen directrices a un fin en común teniendo en cuenta los pactos establecidos por el Plan de Desarrollo Departamental, pues el proyecto se centra en la construcción y mejoramiento de herramientas tecnológicas para la reactivación de la educación.

21. Que la dotación tecnológica es una de las iniciativas impulsadas por el gobierno nacional, cuyo propósito es contribuir al mejoramiento de la calidad educativa bajo un modelo sostenible a través del uso de las TIC1.Se enmarcan en las competencias definidas para la prestación del servicio público educativo, en sus niveles preescolar, básico y medio.

22. Que la Ley 715 de 2001, estableció las competencias en materia de calidad educativa para los departamentos, distritos y los municipios certificados y no certificados, así:

Artículo 6°. Competencias de los departamentos. Sin perjuicio de lo establecido en otras normas, corresponde a los departamentos en el sector de educación las siguientes competencias: (…)

6.2. Competencias frente a los municipios no certificados.

6.2.1. Dirigir, planificar; y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica, media en sus distintas modalidades, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, en los términos definidos en la presente ley. (…)

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6.2.4. Participar con recursos propios en la financiación de los servicios educativos a cargo del Estado, en la cofinanciación de programas y proyectos educativos y en las inversiones de infraestructura, calidad y dotación. Los costos amparados con estos recursos no podrán generar gastos permanentes a cargo al Sistema General de Participaciones. (…)

6.2.9. Promover la aplicación y ejecución de planes de mejoramiento de la calidad

Artículo 7°. Competencias de los distritos y los municipios certificados.

1 Específicamente, el programa “Computadores para Educar” es una asociación integrada por la Presidencia de la República, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el Ministerio de Educación Nacional, el Fondo TIC y el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, para promover las TIC como un factor de desarrollo equitativo y sostenible en Colombia.

7.1. Dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media, en condiciones de equidad, eficiencia y calidad, en los términos definidos en la presente ley. (…)

7.5. Podrán participar con recursos propios en la financiación de los servicios educativos a cargo del Estado y en la cofinanciación de programas y proyectos educativos y en las inversiones de infraestructura, calidad y dotación. Los costos amparados con estos recursos no podrán generar gastos permanentes a cargo al Sistema General de Participaciones. (…)

Artículo 8°. Competencias de los municipios no certificados. A los municipios no certificados se les asignarán las siguientes funciones:

8.1. Administrar y distribuir los recursos del Sistema General de Participaciones que se le asignen para el mantenimiento y mejoramiento de la calidad. (…)

8.3. Podrán participar con recursos propios en la financiación de los servicios educativos a cargo del Estado y en las inversiones de infraestructura, calidad y dotación. Los costos amparados por estos recursos no podrán generar gastos permanentes para el Sistema General de Participaciones.

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23.Que el CONPES 3988: establece que “Tecnologías para aprender: son la política nacional para impulsar la Innovación en las prácticas educativas a través de las tecnologías digitales”, busca Impulsar la innovación en las prácticas educativas a través de las tecnologías digitales, para el desarrollo de competencias en los estudiantes de educación preescolar, básica y media del sector oficial, que les permita consolidar su proyecto de vida, así como enfrentar los retos y aprovechar las oportunidades de la sociedad digital.

Esta política establece las acciones para transformar y complementar el enfoque del programa Computadores para Educar (CPE) para estructurar, articular y ejecutar las apuestas institucionales necesarias con el fin de impulsar la innovación en las prácticas educativas a partir de las tecnologías digitales.

Lo anterior para el desarrollo de competencias en estudiantes de educación preescolar, básica y media del sector oficial. Para lograr este objetivo, las acciones de esta política se enmarcan en cuatro pilares:

(i) Aumentar el acceso a las tecnologías digitales para la creación de espacios de aprendizaje innovadores.

(ii) Mejorar la conectividad a Internet de las instituciones educativas oficiales.

(iii) Promover la apropiación de las tecnologías digitales en la comunidad educativa.

(iv) Fortalecer el monitoreo y la evaluación del uso, acceso e impacto de las tecnologías digitales en la educación. Estos cuatro pilares, implementados de forma integral, permiten enfrentar las principales barreras que han impedido que las tecnologías digitales hayan impulsado de manera sistemática la innovación en las prácticas educativas.

24. Que teniendo en cuenta que el ejecutor cumplió con los requisitos previos de ejecución, para atender la necesidad, se requiere celebrar los contratos de prestación de servicios profesionales conforme a lo establecido en la MGA, el documento técnico y rubro del presupuesto de administrativos y talento humano del proyecto, para que se adelanten las actividades contempladas en él, así como el logro de la ejecución del mismo, demostrando idoneidad y experiencia directamente relacionada con desarrollo de proyecto.

25. Que para satisfacer la necesidad antes descrita para el cumplimiento de los objetivos del proyecto y el de las metas del plan de Desarrollo Departamental 2020 – 2023,

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“GENERANDO CONFIANZA”, se requiere realizar la contratación de prestación de servicios profesionales con cargo al rubro de talento de humano y administrativos del proyecto de inversión CON CODIGO BPIN 2020000100628” para una correcta e idónea ejecución del mismo.

26. Que existe el certificado de disponibilidad Presupuestal N° 121 del 12 de mayo de 2021. expedida por el representante legal de UP HOLDING SAS con cargo al rubro presupuestal número 00TI-3903-1000-2020-00010-0628 “FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES DE CTEI PARA LA INNOVACIÓN EDUCATIVA EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA, MEDIANTE USO DE TIC EN INSTITUCIONES OFICIALES DEL DEPARTAMENTO DE CHOCÓ CON CODIGO BPIN 2020000100628”

27..Que el valor estimado para la contratación directa de la prestación servicios profesionales del proyecto “FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES DE CTEI PARA LA INNOVACIÓN EDUCATIVA EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA, MEDIANTE USO DE TIC EN INSTITUCIONES OFICIALES DEL DEPARTAMENTO DE CHOCÓ CON CODIGO BPIN 2020000100628”, para todos los efectos legales y fiscales es la suma de: SETECIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS CON VEINTE CENTAVOS M/CTE ($773.695.564,20) Discriminados de la siguiente manera:

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TALENTO HUMANO SGR - FCTeI

CARGO ESPECIFICO

FORMACIÓN ACADEMICA / FUNCIONES

AÑOS DE EXPERIENCIA

CANT DEDICACIÓN

(h/sem) MESES

VALOR POR MES

Efectivo

Gerente del proyecto

Profesional en ciencias administrativas o profesional en ingeniería Industrial con especialización en proyectos, con alta capacidad de liderazgo, trabajo en equipo y orientación a resultados FUNCIONES -Estructuración de la definición de alcance, tiempo, calidad y costo del proyecto -Creación de el plan de ejecución del proyecto teniendo en cuenta su alcance, tiempo, calidad y costo del proyecto -Asignación de tareas y control de personal enfocados al cumplimiento de las metas del proyecto y asegurando la calidad de todas las actividades que se desarrollan. -Control de la ejecución con respecto al alcance, tiempo, calidad y costo del proyecto definido inicialmente

a) Experiencia mínima de (5) A (10) años como coordinador o gerente de proyectos con recursos del estado.

1 48 18 $ 8.602.469,40 $ 154.844.449

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Coordinador técnico del proyecto

Profesional con título de especialización, en áreas a fines de ingeniería, ciencias económicas o administrativas, con alta capacidad de liderazgo, trabajo en equipo y orientación a resultado. FUNCIONES ✓Coordinar técnicamente el proyecto, teniendo en cuenta el cumplimiento de las labores de las personas en los municipios a intervenir y asignación de metas a los enlaces regionales ✓ Coordinar la ejecución y control de las actividades técnicas del proyecto ✓ Presentación de informes técnicos y avances del proyecto, es el encargado por velar el cumplimiento de las metas. ✓ Coordinar con proveedores el cumplimiento en técnico y de calidad de las actividades ✓Soportar las actividades técnicas de manejo de equipo y software

a) Experiencia en procesos de coordinación empresarial en torno a la innovación entre 1 a 5 años.

1 48 18 $ 5.047.367,25 $ 90.852.611

Asesor Junior

Innovación Educativa para sedes educativas

Profesional en ciencias básicas, económicas, administrativas o ingenierías, preferiblemente en Ingeniería de sistemas, software, Informática, Ingeniería de telecomunicaciones, con capacidad de liderazgo Cada asesor junior tendrá a cargo 7 Sedes educativas beneficiarias del proyecto FUNCIONES

a) Experiencia previa en procesos de acompañamiento entre 3 y 5años. b) Experiencia en asesoría y/o consultoría empresarial o profesionales vinculados a grupos de investigación asociados a la temática de innovación.

3 48 18 $ 3.511.212,00 $ 189.605.448

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✓Apoyar en la coordinación para la ejecución del proyecto ✓Servir de enlace con la región y la comunidad educativa frente a los alcances y beneficios del proyecto ✓Apoyar la logística en las actividades planteadas por el proyecto ✓Gestionar la asistencia de los beneficiarios del proyecto ✓Realizar seguimiento a cada uno de las IE beneficiarias en todas las actividades que se realizan en el proyecto ✓Acompañar y atender las sedes educativas frente a el desarrollo del proyecto ✓Gestionar los espacios y para las diferentes actividades a ejecutarse

Comunicador del proyecto

Profesional comunicación, con alta capacidad de liderazgo, trabajo en equipo y orientación a resultados. FUNCIONES ✓Establecer la estrategia de comunicación del proyecto interna y externa ✓Desarrollar y diseñar los formatos, modelos y documentos necesarios para la realización de comunicación interna y externa del proyecto ✓Realizar plan de comunicación externa por diferentes medios de comunicación ✓Ejecutar y controlar la estrategia de comunicación del proyecto

a)Experiencia entre 1 a 3 años con capacidad de trabajo en equipo y excelente manejo de relaciones públicas y con medios de comunicación.

1 48 18 $ 3.511.212,00 $ 63.201.816

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Diseñador del proyecto

Profesional Diseño gráfico, con alta capacidad de liderazgo, trabajo en equipo y orientación a resultados. FUNCIONES ✓Establecer manual de imagen del proyecto ✓Desarrollar los diseños requeridos para soportar las estrategias de comunicación del proyecto ✓Realizar piezas de los resultados del proyecto

a)Experiencia entre 1 a 3 años con capacidad de trabajo en equipo y excelente manejo de herramientas digitales.

1 48 18 $ 3.511.212,00 $ 63.201.816

TOTAL $ 561.706.139,70

DESCRIPCIÓN Y CUANTIFICACIÓN DE COSTOS ADMINISTRATIVOS SGR

Efectivo

COSTOS ADMINISTRATIVOS

JUSTIFICACIÓN FORMACIÓN ACADÉMICA

EXPERIENCIA Y/O AÑOS DE EXPERIENCIA

DEDICACIÓN (HORAS/SEMANA)

CANTIDAD UNIDAD

DE MEDIDA

VALOR UNITARIO

Coordinador Administrativo

Profesional en ciencias administrativas o en Ingeniería Industrial, con especialización ocupará el cargo de Asistente Administrativo del proyecto por lo cual tendrá las siguientes funciones asignadas: ✓ Realizar el apoyo, gestión y actualización en el sistema de GESPROY para

Profesional en ciencias administrativas o en Ingeniería Industrial con especialización en proyectos

Entre 5 hasta 10 años.

48 18 Meses $

6.583.523 $

118.503.405,00

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el reporte de avance administrativo del proyecto. ✓ Acompañar procesos de gestión de recursos humanos, pagos y archivo de documentos administrativos ✓ Realizar actividades de gestión interna y tramites dentro de la entidad ejecutora, cumpliendo los procesos y procedimientos planteados por esta entidad

Contador del proyecto

Carto contador del proyecto tendra que (Unidad medida en 18 meses 8 horas por dia habil) ✓ Realización de registro de gastos, ingresos y costos del proyecto ✓ Entregar los movimientos financieros actualizados por mes para la gerencia y el asistente financiero ✓ Realización actividades contables de todo el proyecto

Profesional en contaduría pública

Entre 1 hasta 5 años

48 18 Meses $

3.511.212,00 $

63.201.816,00

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Profesional Juridico

✓ Realizar y asesorar los procesos de contratación que se realicen durante toda la ejecución del proyecto, procesos de contratación de talento humano y prestadores de servicios. ✓ Diseñar los procesos jurídicos de contratación, participar en la construcción de términos de referencias para los procesos de contratación ✓ Seguimiento de cada uno de los contratos realizados para las actividades administrativas y técnicas del proyecto. ✓ Revisar las acciones jurídicas para los diferentes procesos legales que se enfrente el proyecto durante el proceso de ejecución.

Profesional en derecho con especializacion

Entre 1 hasta 5 años

Demostrar experiencia

en contratación

publica

48 6 Meses $

5.047.367,25 $

30.284.203,50

TOTAL $

211.989.424,50

28: Que UP HOLDING SAS para la determinación del valor atendió de manera taxativa lo establecido en la Metodología General Ajustada (MGA) del proyecto y el acuerdo N° 40 del Acuerdo N° 103 del día 18 de diciembre de 2020, expedida por el OCAD. Por lo expuesto en la parte motiva,

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RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Se ordena el gasto con cargo a los recursos asignados al proyecto de inversión FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES DE CTEI PARA LA INNOVACIÓN EDUCATIVA EN EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA, MEDIANTE USO DE TIC EN INSTITUCIONES OFICIALES DEL DEPARTAMENTO DE CHOCÓ CON CODIGO BPIN 2020000100628, por la suma SETECIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS CON VEINTE CENTAVOS M/CTE ($773.695.564,20) correspondientes al rubro del talento humano y administrativos descritos en el numeral 27 de la parte considerativa del acta de asamblea Nº 02/2021, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1.2.1.2.22 del Decreto 1821 de 2020".

ARTÍCULO SEGUNDO: DECLARAR justificado el proceso de selección del contratista para la prestación de servicios profesionales del proyecto de inversión financiado con recursos del Sistema General de Regalías -SGR fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación, mediante la modalidad de Contratación Directa de conformidad con lo dispuesto Artículo 7 del manual de contratación de UP HOLDING S.A.S, por los motivos expuestos en la parte considerativa. El presente documento se suscribe el documento el doce (12) de mayo de 2021. ___________________________________ Martín Agudelo Carantón Representante Legal Up Holding S.A.S