UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO...

89
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESA Área de Ciencias y Humanidades Carrera de Derecho DETERMINACIÓN DEL GRADO DE APLICACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO POR EL AYUNTAMIENTO DE PUERTO PLATA EN SU GESTIÓN DEL 2013 Monografía para optar por el título de Licenciadas en Derecho PRESENTADA POR: SHEILA MARÍA TREJO CABRERA ARIANNE MARÍA DE LA CRUZ HERNÁNDEZ ASESORES: ARELYS ROMÁN, MA DR. MÁXIMO SANTANA San Felipe de Puerto Plata República Dominicana Abril, 2014

Transcript of UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO...

Page 1: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO

UTESA Área de Ciencias y Humanidades

Carrera de Derecho

DETERMINACIÓN DEL GRADO DE APLICACIÓN DEL PRESUPUESTO

PARTICIPATIVO POR EL AYUNTAMIENTO DE PUERTO PLATA EN

SU GESTIÓN DEL 2013

Monografía para optar por el título de

Licenciadas en Derecho

PRESENTADA POR:

SHEILA MARÍA TREJO CABRERA

ARIANNE MARÍA DE LA CRUZ HERNÁNDEZ

ASESORES:

ARELYS ROMÁN, MA

DR. MÁXIMO SANTANA

San Felipe de Puerto Plata

República Dominicana

Abril, 2014

Page 2: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

INDICE GENERAL

RESUMEN

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO I. ASPECTOS GENERALES DEL AYUNTAMIENTO

DE PUERTO PLATA

1.1 Historia de los Ayuntamientos

1.2 Ubicación geográfica

1.3 Funciones principales

1.4 Misión del Ayuntamiento

1.5 Visión del Ayuntamiento

1.6 Valores del Ayuntamiento

1.7 Base Legal del Ayuntamiento

CAPÍTULO II. ASPECTOS RELEVANTES DE LA LEY MUNICIPAL

NO. 176-07 2.1 Disposiciones Generales que contempla la Ley 176-07

2.2 Derechos y deberes de los Munícipes

2.3 Competencias del Ayuntamiento

2.4 Organización del Gobierno Municipal

2.5 El Concejo Municipal

2.6 La Sindicatura

CAPÍTULO III. LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO

PARTICIPATIVO

3.1 Concepto de presupuesto participativo

3.2 Objetivos del presupuesto participativo

3.3 Principios de la Ley

3.4 Organización de la Ley

3.5 Asambleas Comunitarias y Seccionales

3.6 Comités de Seguimiento y Control

3.7 Comité de Auditoría Social

CAPÍTULO IV. ANÁLISIS Y PRESENTACIÓN DE LOS

RESULTADOS

4.1 Matriz de las variables e indicadores del estudio

4.2 Instrumento aplicado a los funcionarios del Ayuntamiento de Puerto

Plata

4.3 Instrumento aplicado a los presidentes de las Juntas de Vecinos

Page 3: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

de Puerto Plata

HALLAZGOS

CONCLUSIONES

RECOMENDACIONES

APÉNDICE

BIBLIOGRAFÍA

Page 4: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

RESUMEN

La ley establece que se ejecute un presupuesto participativo que de no

llevarse a cabo la gestión sindical no sería posible. La población tiene la idea de

que la Gestión actual del ayuntamiento de Puerto Plata ha elaborado en los

últimos años su presupuesto sin contar con la participación, contribución o apoyo

de los actores principales, tales como: las comunidades, juntas de vecinos y

otros sectores representativos de la comunidad.

Esto produce cuestionamientos sobre si el ayuntamiento está elaborando un

presupuesto participativo que contribuya al mejoramiento de la calidad de vida

de los munícipes y a la sostenibilidad y desarrollo del municipio de Puerto Plata.

Este análisis es importante porque el Ayuntamiento del Municipio San

Felipe de Puerto Plata al ejecutar el presupuesto maestro contando con la

participación ciudadana puede planear objetivos, metas tangibles y alcanzables

para la efectiva operación del mismo con resultados de ingresos y gastos

obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto relevante en este estudio es

que, a pesar de que la Ley Municipal fue aprobada en el año 2007, no es sino en

los últimos dos años, que la población ha tenido un poco de conocimiento de lo

que ésta establece con respecto al presupuesto participativo y, por ende, es ahora

Page 5: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

cuando comienzan a exigir su aplicación y la integración de los munícipes en los

destinos de los fondos que recibe el ayuntamiento.

También es importante esta investigación porque mientras mayor sea el

grado de aplicación de la Ley 176-07 en cuanto al presupuesto participativo,

mayor serán los beneficios que recibe la comunidad, a través de la selección de

las obras más prioritarias que contribuyan al desarrollo del pueblo.

El Ayuntamiento del municipio San Felipe de Puerto Plata es un organismo

de gobierno, integrado en la actualidad por regidores, que constituyen el Concejo

Municipal, que es el cuerpo legislativo y de fiscalización; por el Síndico/a y el

Vice síndico/a. El Síndico o Alcalde es el ejecutivo del gobierno local.

El objetivo general de esta investigación es analizar la aplicación del

presupuesto participativo por el Ayuntamiento de Puerto Plata en cumplimiento

con la Ley 176-07.

En esta investigación se utilizaron varios tipos de metodología: descriptiva,

porque se analizó de qué forma se puede evidenciar el presupuesto participativo

en las obras educativas, culturales, deportivas y sociales en esta ciudad;

Page 6: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

bibliográfico, porque se recolectaron informaciones de la Constitución, la Ley

176-07 y trabajos realizados precedentemente sobre el tema; y de campo porque

se hicieron entrevistas a los funcionarios del Ayuntamiento Municipal de Puerto

Plata.

Es retrospectiva porque las investigadoras indagaron sobre hechos ocurridos

en el año 2013 y transversal porque se delimitó a cierto período de tiempo, sin

darle seguimiento a los resultados obtenidos.

El estudio reveló que el 57.0% de los funcionarios del Ayuntamiento de

Puerto Plata, manifiesta que la institución debió invertir en parques y en este

sentido, señalan que esta institución durante la gestión del año 2013 invirtió más

en la construcción de canchas deportivas.

Otra revelación importante es que el 71.4% de los entrevistados considera

que la comunidad participó entre un 85 a 99% en la elaboración del Presupuesto

Participativo del año 2013. En este sentido, entiende que con la aplicación del

presupuesto participativo hay una mayor transparencia en la gestión

administrativa.

Page 7: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Además, el 80.0% de los Presidentes de la Junta de Vecinos manifestó que

la sociedad civil participó presentando las necesidades prioritarias de la

comunidad, al tiempo que puntualizó que se puede mejorar la participación de la

sociedad civil en la mejor organización y distribución de los recursos.

Como conclusión de esta investigación se destaca que una de las ventajas

que tiene para el Ayuntamiento de Puerto Plata la ejecución del presupuesto

participativo es porque se integra la comunidad en la identificación de las

necesidades prioritarias, se planifican las inversiones y se lleva un seguimiento y

control sobre su acción; lo que contribuye al desarrollo de la población y

confirma que esta institución en su presupuesto participativo aplica la Ley

Municipal 176-07.

Page 8: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

INTRODUCCION

En el año 1999 se llevó a cabo por primera vez, en el país, el Presupuesto

Participativo en el municipio de Villa González. Este proceso tuvo el

acompañamiento y asesoría técnica de la Fundación Solidaridad.

Los avances de la aplicación del Presupuesto Participativo en la República

Dominicana han sido verdaderamente extraordinarios. En el 2003 apenas cuatro

municipios realizaron el Presupuesto Participativo; en el 2004, treinta

municipios; en el 2005 y 2006, cincuenta y nueve municipios; en el 2007, ciento

veinte; en el 2008, trescientos treinta; en el 2009, doscientos treinta y nueve y; en

el 2010, doscientos treinta y cuatro para un monto de más de dos mil millones de

pesos.

La rápida multiplicación de la experiencia se debe a una estrategia de

comunicación acertada, una aceptación ilimitada en el número de municipios, no

esperar tener condiciones ideales o deseadas, flexibilidad metodológica y una

voluntad política de las Autoridades Municipales.

Como antecedentes de esta investigación, el 22 de Junio del 2007 se

aprueba la Ley 170-07 sobre el Sistema del Presupuesto Participativo. El 12 de

Page 9: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Julio del 2007 se aprueba la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los municipios,

la cual incluye íntegramente la ley del Presupuesto Participativo. El 26 de enero

del 2010 se aprueba la nueva Constitución de la República, donde establece el

Presupuesto Participativo como mecanismo de gestión descentralizada.

Esta investigación se justifica porque debe ser del conocimiento y dominio

público la gestión de la alcaldía del Ayuntamiento de Puerto Plata del año 2013,

conocer si se aplicó el presupuesto participativo, de qué forma se hizo, qué

resultados tuvo, qué se puede mejorar para el 2014. Esto es importante porque

diversos sectores de la comunidad están aunando esfuerzos para mejorar la

infraestructura de Puerto Plata, el medio ambiente y el ámbito sociocultural.

Por otro lado, se justifica esta investigación porque la aplicación del

presupuesto participativo es una obligación para el Ayuntamiento, porque está

amparada en la Constitución de la República Dominicana y esta institución,

como administradora local de la cosa pública, tiene el deber de asumir el

compromiso de darle participación ciudadana en el presupuesto para lograr un

mejor desarrollo del municipio con la integración de sus habitantes.

Page 10: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Como resultado de este análisis sobre la aplicación del Presupuesto

Participativo del Ayuntamiento de Puerto Plata, esta institución tendrá en sus

manos un instrumento que le proporcionará los datos precisos para el

planeamiento de las obras sociales, culturales y deportivas que demanda la

comunidad, al mismo tiempo, que se ajustan a la Ley 176-07.

El objetivo general es analizar la aplicación del presupuesto participativo

por el ayuntamiento de Puerto Plata en cumplimiento con la Ley 176-07; y para

esto, también se han propuestos los siguientes objetivos específicos:

1) Verificar en cuáles áreas la institución invierte más recursos.

2) Determinar cuáles beneficios representa para el Ayuntamiento la ejecución de

un Presupuesto Participativo.

3) Determinar de qué forma se aplicó el presupuesto participativo en el año

2013.

Esta investigación se delimitó a determinar la aplicación que tuvo el

Ayuntamiento; en lo que respecta al presupuesto participativo que establece la

ley. En cuanto al espacio geográfico solamente abarcó el Ayuntamiento

Municipal del municipio San Felipe de Puerto Plata que está ubicado en la calle

Page 11: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

separación, frente al Parque Independencia cuyo alcalde es el Licenciado Walter

Musa. Se determinó que el período de investigación es el año 2013.

La población de esta investigación está compuesta por los siete (7)

principales funcionarios del Ayuntamiento Municipal de Puerto Plata, a quienes

se les aplicó un cuestionario con doce (12) preguntas cerradas; por otro lado,

están los Presidentes de las cinco (5) Juntas de Vecinos inscritas en el

Ayuntamiento, a quienes se les aplicó un cuestionario con siete (7) preguntas de

selección múltiple.

Se tuvo la limitación de la disponibilidad de tiempo de los funcionarios para

realizarles la entrevista.

La investigación se desarrollo en cuatro (4) capítulos:

En el capítulo 1, se presentaron los aspectos generales del Ayuntamiento de

Puerto Plata, historia, ubicación, funciones principales, misión, visión, valores y

su base legal.

En el capítulo 2, se analizaron los aspectos relevantes de la Ley

Municipal 176-07, disposiciones generales, derechos y deberes de los munícipes,

Page 12: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

competencias del Ayuntamiento, organización del gobierno municipal, el

concejo municipal y la sindicatura.

En el capítulo 3, se trató de la ejecución del presupuesto participativo,

concepto, objetivos, principios, organización, asambleas comunitarias, comités

de seguimiento y control; así como el comité de auditoría social.

En el capítulo 4, se presentó la matriz de las variables con sus respectivos

indicadores del estudio, los resultados de la investigación presentados en tablas y

gráficos.

Page 13: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

CAPITULO I. ASPECTOS GENERALES DEL AYUNTAMIENTO DE

PUERTO PLATA

Los términos ayuntamiento, alcaldía, corporación local, corporación

municipal, gobierno local y gobierno municipal se utilizan como distintos

nombres para la institución que realiza las funciones de órgano de gobierno o

administración local de un municipio. Los ayuntamientos en la República

Dominicana, como organismos de la administración pública que forman parte del

Estado son regidos por la Ley 176-07 que define de manera clara y coherente sus

bases políticas, administrativas e institucionales a los fines de garantizar la

participación democrática de sus habitantes.

1.1 Historia de los ayuntamientos

Demorizi (1975) indica que el 24 de abril de 1494, fue instalado el primer

Ayuntamiento del Nuevo Mundo en la Villa de La Isabela, en lo que hoy es el

municipio de La Isabela en la provincia de Puerto Plata, constituyendo el

principio del desarrollo en el nuevo continente, de la vida administrativa

municipal y comunitaria. Los Ayuntamientos o Cabildos durante la colonia

tenían funciones normativas, jurisdiccionales, impositivas y recaudadoras de

impuestos, arbitrios y tributos en general que engrosaban los fondos de la

Corona.

Page 14: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Cuando fue tomada la parte Oriental de la Española por Toussaint

Louverture en el año 1822, la Isla fue dividida en dos Departamentos: el Oriental

con su capital Santo Domingo, el del Norte o Cibao con su capital Santiago de

los Caballeros, y a los municipios se les cambió el nombre denominándolos

parroquias.

Según el Ayuntamiento del Distrito Nacional (2010) el 26 de julio del 1801,

la Asamblea Central vota por la ley para regular la administración municipal. En

ella se disponía que en cada territorio o parroquia existiera un Ayuntamiento que

estaría compuesto por un Alcalde y cuatro Regidores. El Alcalde tenía

atribuciones administrativas entre las cuales se encontraban: Administrar justicia

menor, que es lo que nuestra legislación actual llama infracciones de simple

policía y Registros Civiles que consistía en anotar los actos de registro y traspaso

de las propiedades y negocios realizados en el municipio.

Al proclamarse la Independencia de lo que hoy es la República

Dominicana, el 27 de febrero del 1844, y elaborarse la primera constitución, los

Trinitarios proponían que para la mejor y más pronta expedición de los negocios

públicos se distribuyera el Gobierno en: Poder Municipal, Poder Legislativo,

Poder Judicial y Poder Ejecutivo, sin importar el orden de principalía de los

Page 15: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

poderes del naciente Estado Dominicano. Para los fundadores de la República el

Municipio constituía un poder del Estado.

Diversas disposiciones legales han regido los Ayuntamientos a través de la

historia, hasta culminar en la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios,

de fecha 12 de julio del 2007 promulgada el 17 del mismo mes y año y

publicada en la Gaceta Oficial No.10426. Esta derogó en su totalidad todas las

disposiciones anteriores relativas al quehacer municipal. Amiama (1987) resalta

que la primera legislación municipal dominicana fue la ley No. 32 del 2 de mayo

del 1845. En ella se delega la Administración Comunal de los Ayuntamientos y

éstos ejercían el gobierno político y económico de las comunas.

En la constitución Dominicana nunca se ha consignado el municipio como

un poder del Estado, sino como una división política administrativa con un

organismo de gobierno denominado Ayuntamiento, cuyas funciones y

atribuciones del constituyente ha dejado abandonadas a que lo establezca el

legislador.

Leyes muy importantes fueron las Números 3455 y 3456 del 21 de

Diciembre de 1952 sobre Organización Municipal y del Distrito Nacional.

Aunque fueron modificadas en 1961 por la Ley No.5622, el hecho de haber

Page 16: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

permanecido vigentes por más de 40 años, demuestra que en su momento eran

legislaciones adecuadas, al grado de desarrollo que vivía el país.

La citada Ley No. 5622, trata sobre autonomía municipal. A partir de la

misma, los ayuntamientos comenzaron a funcionar como verdaderos gobiernos

locales sin que fuera necesaria la autorización del Presidente de la República o

cualquier otro funcionario para realizar sus actividades y así está consignado en

los Arts. 1 y 2 de esta ley que establece como normas inherentes a la autonomía

municipal, que los ayuntamientos no requerirán autorización del Presidente de la

República para realizar actos de las funciones que establecen la leyes 3455 y

3456.

No obstante, posteriormente se han dictado leyes que han cercenado la

autonomía municipal restringiéndole su capacidad de establecer arbitrios y tasas

por servicios, así como el requerimiento, excepto para el Ayuntamiento del

Distrito Nacional, de la aprobación de la Liga Municipal Dominicana para la

ejecución de proyectos, presupuestos y demás actos inherentes a sus

funciones.

La Ley 176-07 confiere amplia participación a la ciudadanía en la gestión

del municipio y obliga a las autoridades de los ayuntamientos a ajustar sus

Page 17: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

actuaciones a las normas legales. Además le otorga derecho de participar en la

formulación del presupuesto municipal y dar seguimiento al desarrollo de

proyectos y obras a construir.

También esta ley concede derechos y estimula al ciudadano a vigilar,

denunciar y someter a la justicia a quienes no cumplan con sus deberes y

funciones; promover su destitución si no reúnen las condiciones que exige la ley

para ejercer el cargo de síndico o regidor, o porque hayan incurrido en causas de

incompatibilidad.

El Ayuntamiento está considerado como una división Política

Administrativa. Es un organismo de gobierno, integrado en la actualidad por

regidores, de diversos partidos, que constituyen el Concejo Municipal, que es el

cuerpo legislativo y de fiscalización; por el Síndico/a y el Vice síndico/a. El

Síndico o Alcalde es el ejecutivo del gobierno local y es quien dirige las acciones

y actividades de esta institución. En el Ayuntamiento de Puerto Plata el Alcalde

es Walter Musa, quien fue elegido mediante al voto en mayo del 2010.

Page 18: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

1.2 Ubicación geográfica

El Ayuntamiento Municipal de Puerto Plata está ubicado en la calle

Separación frente al Parque de la Independencia en la ciudad de Puerto Plata.

1.3 Funciones principales

El ayuntamiento ejercerá para la gestión de sus intereses las competencias

propias, coordinadas y/o concurrentes atribuidas por la Constitución, la Ley 176-

07 y las leyes sectoriales para satisfacer las necesidades y aspiraciones de sus

respectivas comunidades y lograr su mayor bienestar, prosperidad y desarrollo.

Las mismas se ejecutarán conforme a los principios de descentralización,

subsidiariedad, coordinación, concurrencia, desconcentración, democracia local,

participación, concertación, solidaridad social y equidad de género.

Se considerarán como competencias propias, aquellas cuyo ejercicio le

corresponde exclusivamente a los municipios, de acuerdo a lo que especifique la

Constitución, las leyes sectoriales y las que rijan las relaciones

interadministrativas entre las diferentes instancias de la administración pública; y

como competencias coordinadas o compartidas, aquellas competencias en cuyo

ejercicio, los diferentes entes de la administración pública le corresponden fases

sucesivas o concurrentes, definiendo la ley la función específica, los reglamentos

Page 19: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

y los acuerdos entre los entes, la responsabilidad y financiación que corresponde

a cada nivel de gobierno; y se consideran como competencias delegadas,

aquellas que el Gobierno Central, previa aceptación, y con la garantía de la

suficiencia financiera, transfiere parcial o totalmente al ayuntamiento, para

asegurar mayor eficiencia, eficacia, transparencia y participación ciudadana en

su ejercicio.

1.4 Misión del Ayuntamiento

“Ser una institución facilitadora de la equidad, la calidad de vida y el

desarrollo humano”. (Manual de Inducción del Ayuntamiento de Puerto Plata,

2010). Esta misión se corresponde con algunas de las funciones principales del

Ayuntamiento como ente administrador de los fondos público en esta ciudad.

1.5 Visión del Ayuntamiento

“Ser reconocido como gobierno de la ciudad que satisface las demandas de

los y las munícipes y articula las intervenciones de los actores relevantes del

municipio San Felipe de Puerto Plata”. (Manual de Inducción del Ayuntamiento

de Puerto Plata, 2010). Lo que resalta esta visión es que los munícipes son la

parte esencial y central de la gestión local del Ayuntamiento y es por eso que las

acciones deben satisfacer sus necesidades.

Page 20: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

1.6 Valores del Ayuntamiento

El Ayuntamiento de Puerto Plata tiene los siguientes valores:

a) Recursos humanos altamente capacitados y confiables

b) Capacidad, experiencia y gerencia administrativa

c) Vocación de servicio

d) Compromiso con los munícipes

e) Integración de la sociedad

f) Involucramiento de los sectores productivos

1.7 Base Legal del Ayuntamiento

Los Ayuntamientos basan su existencia en la Constitución Dominicana.

Dentro de los artículos están:

Artículo 199.- Administración local. El Distrito Nacional, los municipios y

los distritos municipales constituyen la base del sistema político administrativo

local. Son personas jurídicas de Derecho Público, responsables de sus

actuaciones, gozan de patrimonio propio, de autonomía presupuestaria, con

potestad normativa, administrativa y de uso de suelo, fijada de manera expresa

por la ley y sujetas al poder de fiscalización del Estado y al control social de la

ciudadanía, en los términos establecidos por esta Constitución y las leyes.

Page 21: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Artículo 200.- Arbitrios municipales. Los ayuntamientos podrán establecer

arbitrios en el ámbito de su demarcación que de manera expresa establezca la

ley, siempre que los mismos no colidan con los impuestos nacionales, con el

comercio intermunicipal o de exportación ni con la Constitución o las leyes.

Corresponde a los tribunales competentes conocer las controversias que surjan

en esta materia.

Artículo 201.- Gobiernos locales. El gobierno del Distrito Nacional y el de

los municipios estarán cada uno a cargo del ayuntamiento, constituido por dos

órganos complementarios entre sí, el Concejo de Regidores y la Alcaldía. El

Concejo de Regidores es un órgano exclusivamente normativo, reglamentario y

de fiscalización integrado por regidores y regidoras. Estos tendrán suplentes. La

Alcaldía es el órgano ejecutivo encabezado por un alcalde o alcaldesa, cuyo

suplente se denominará vicealcalde o vicealcaldesa.

Artículo 202.- Representantes locales. Los alcaldes o alcaldesas del

Distrito Nacional, de los municipios, así como las y los directores de los distritos

municipales son los representantes legales de los ayuntamientos y de las juntas

municipales. Sus atribuciones y facultades serán determinadas por la ley.

Page 22: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Artículo 204.- Transferencia de competencias a los municipios. El Estado

propiciará la transferencia de competencias y recursos hacia los gobiernos

locales, de conformidad con esta Constitución y la ley. La implementación de

estas transferencias conllevará políticas de desarrollo institucional, capacitación

y profesionalización de los recursos humanos.

Artículo 205.- Ejecución presupuestaria municipal. Los ayuntamientos del

Distrito Nacional, de los municipios y las juntas de distritos municipales estarán

obligados, tanto en la formulación como en la ejecución de sus presupuestos, a

formular, aprobar y a mantener las apropiaciones y las erogaciones destinadas a

cada clase de atenciones y servicios, de conformidad con la ley.

Artículo 206.- Presupuestos participativos. La inversión de los recursos

municipales se hará mediante el desarrollo progresivo de presupuestos

participativos que propicien la integración y corresponsabilidad ciudadana en la

definición, ejecución y control de las políticas de desarrollo local.

Artículo 207.- Obligación económica de los municipios. Las obligaciones

económicas contraídas por los municipios, incluyendo las que tengan el aval del

Estado, son de su responsabilidad, de conformidad con los límites y condiciones

que establezca la ley.

Page 23: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

CAPITULO II. ASPECTOS RELEVANTES DE LA LEY MUNICIPAL

NO. 176-07

La Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios en la República

Dominicana, surge porque los ayuntamientos como organismos de la

administración pública que forman parte del Estado, deben contar para el

desarrollo de sus actividades con un marco regulatorio que defina, de manera

clara y coherente, las bases políticas, administrativas e institucionales a los fines

de garantizar la participación democrática de sus habitantes en la toma de

decisiones de los gobiernos locales. En este capítulo se señalarán los aspectos

más relevantes de esta ley.

2.1 Disposiciones Generales que contempla la Ley 176-07

La Ley 176-07 tiene por objeto, normar la organización, competencia,

funciones y recursos de los ayuntamientos de los municipios y del Distrito

Nacional, asegurándoles que puedan ejercer, dentro del marco de la autonomía

que los caracteriza, las competencias, atribuciones y los servicios que les son

inherentes; promover el desarrollo y la integración de su territorio, el

mejoramiento sociocultural de sus habitantes y la participación efectiva de las

comunidades en el manejo de los asuntos públicos locales, a los fines de obtener

como resultado mejorar la calidad de vida, preservando el medio ambiente, los

Page 24: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

patrimonios históricos y culturales, así como la protección de los espacios de

dominio público.

El artículo 2 de la Ley 176-07 (2007) define el ayuntamiento como “la la

entidad política administrativa básica del Estado dominicano, que se encuentra

asentada en un territorio determinado que le es propio. Como tal es una persona

jurídica descentralizada, que goza de autonomía política, fiscal, administrativa y

funcional, gestora de los intereses propios de la colectividad local, con

patrimonio propio y con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que

fueren necesarios y útiles para garantizar el desarrollo sostenible de sus

habitantes y el cumplimiento de sus fines en la forma y con las condiciones que

la Constitución y las leyes lo determinen”.

Este concepto presentado en la Ley señala de forma clara que el

ayuntamiento es el representante del Estado en una comunidad, y por ende, es

una entidad descentralizada, es decir, que tiene autonomía en su presupuesto y en

su administración.

Page 25: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

2.2 Derechos y deberes de los Munícipes

El artículo 14 de la Ley 176-07 (2007) señala que las y los munícipes son

los habitantes que tienen su residencia habitual en el territorio municipal. El

conjunto de personas que reside en un municipio constituye la población del

mismo.

Este artículo delimita quiénes son considerados parte de municipio, solo se

consideran lo que viven en la comunidad.

Los derechos y deberes del y de la munícipe son:

1º. Elegir y ser elegible de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución, la Ley

Electoral y esta ley.

2º. Hacer uso de los servicios públicos municipales en las condiciones

establecidas en las ordenanzas y reglamentos municipales.

3º. Exigir que las competencias propias, coordinadas y/o delegadas sean

prestadas con eficiencia, eficacia y transparencia ante el ayuntamiento, las

instancias de lo contencioso administrativo, instancias de control interno y

externo de la administración pública.

4º. Participar en la gestión municipal de acuerdo con lo dispuesto en las leyes y

reglamentos.

Page 26: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

5º. Consultar los archivos y registros de los ayuntamientos, así como obtener

copias y certificaciones de los documentos de dominio público municipal,

conforme lo establecido en la Ley de Libre Acceso a la Información Pública.

6º. Desarrollar y formar asociaciones destinadas a la defensa de los intereses

colectivos de ámbito comunitario.

7º. Reclamar ante los órganos de gobierno municipal contra los actos u

omisiones de éstos que les perjudiquen individual o colectivamente

8º. Cumplir con las ordenanzas y disposiciones municipales, con sus

obligaciones tributarias y denunciar los hechos y actos que lesionen el

patrimonio municipal.

9º. Todos aquellos otros derechos y deberes previstos en la Constitución y las

leyes.

2.3 Competencias del Ayuntamiento

El ayuntamiento ejerce para la gestión de sus intereses las competencias

propias, coordinadas y/o concurrentes atribuidas por la Constitución, la presente

ley y las leyes sectoriales para satisfacer las necesidades y aspiraciones de sus

respectivas comunidades y lograr su mayor bienestar, prosperidad y desarrollo.

Las mismas se ejecutarán conforme a los principios de descentralización,

Page 27: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

subsidiariedad, coordinación, concurrencia, desconcentración, democracia local,

participación, concertación, solidaridad social y equidad de género.

El ayuntamiento ejerce como propias o exclusivas la competencia en los

siguientes asuntos:

a) Ordenamiento del tránsito de vehículos y personas en las vías urbanas y

rurales.

b) Normar y gestionar el espacio público, tanto urbano como rural.

c) Prevención, extinción de incendios y financiación de las estaciones de

bomberos.

d) Ordenamiento del territorio, planeamiento urbano, gestión del suelo, ejecución

y disciplina urbanística;

e) Normar y gestionar el mantenimiento y uso de las áreas verdes, parques y

jardines.

f) Normar y gestionar la protección de la higiene y salubridad públicas para

garantizar el saneamiento ambiental.

g) Construcción de infraestructuras y equipamientos urbanos, pavimentación de

las vías públicas urbanas, construcción y mantenimiento de caminos rurales,

construcción y conservación de aceras, contenes y caminos vecinales.

h) Preservación del patrimonio histórico y cultural del municipio.

Page 28: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

i) Construcción y gestión de mataderos, mercados y ferias

j) Construcción y gestión de cementerios y servicios funerarios.

k) Instalación del alumbrado público.

l) Limpieza vial

m) Servicios de limpieza y ornato público, recolección, tratamiento y disposición

final de residuos sólidos.

n) Ordenar y reglamentar el transporte público urbano.

o) Promoción, fomento y desarrollo económico local

El ayuntamiento, por sí o asociado a otros, presta con carácter obligatorio

los servicios mínimos siguientes:

a) En todos los municipios: Cementerios y servicios fúnebres, recolección,

tratamiento y disposición final de los desechos sólidos urbanos y rurales,

limpieza vial, acceso a los núcleos de población, reconstrucción y mantenimiento

de calles, aceras, contenes y caminos rurales, plazas, parques públicos, biblioteca

pública, instalaciones deportivas, matadero, mercado, protección y defensa civil,

prevención y extinción de incendios, protección del medio ambiente,

planeamiento urbano y servicios sociales básicos. La construcción,

reconstrucción y mantenimiento de autopistas y carreteras intermunicipales son

responsabilidad del Gobierno Central

Page 29: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

2.4 Organización del Gobierno Municipal

El ayuntamiento es el órgano de gobierno del municipio y está constituido

por dos órganos de gestión complementarios, uno normativo, reglamentario y de

fiscalización que se denominará concejo municipal, y estará integrado por los

regidores/as, y un órgano ejecutivo o sindicatura que será ejercido por el

síndico/a, los cuales son independientes en el ejercicio de sus respectivas

funciones, y estarán interrelacionados en virtud de las atribuciones,

competencias y obligaciones que les confiere la Constitución de la República y

Ley 176-07.

De acuerdo a lo que establece el Artículo 32, la organización municipal

responde a las siguientes reglas:

a) Los ayuntamientos organizarán sus estructuras internas, y los puestos

correspondientes, de acuerdo con sus necesidades y conveniencias sin otros

límites que los establecidos en la ley.

b) Las leyes sectoriales podrán establecer una organización municipal

complementaria a la prevista en esta ley.

c) Las que definan las instancias de control interno de la administración pública.

Page 30: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

2.5 El Concejo Municipal

El artículo 62 de la Ley 176-07 señala que el concejo municipal es el

órgano colegiado del ayuntamiento, su rol es estrictamente normativo y de

fiscalización, en modo alguno ejerce labores administrativas y ejecutivas. Tiene

las siguientes atribuciones: La fiscalización de las unidades de gestión y

administración de las entidades territoriales adscritas al municipio, los

organismos autónomos que de él dependan y las empresas municipales

a) Conocer los acuerdos nacionales o internacionales relativos a la participación

en organizaciones supramunicipales e informes y resoluciones sobre la

modificación del territorio municipal, creación o supresión de municipios y de

las entidades que formen parte del mismo y la creación de órganos

descentralizados y desconcentrados.

b) Aprobación de delegaciones municipales a iniciativa de la sindicatura.

c) La aprobación de los planes de desarrollos operativos anuales y demás

instrumentos de ordenamiento del territorio, uso de suelo y edificación, que

presentará la sindicatura.

d) La aprobación del reglamento de funcionamiento interno del concejo.

e) La aprobación de la organización, estructura de la administración y servicios

del ayuntamiento y de las entidades y organismos que dependan del mismo, y

los puestos correspondientes, a iniciativa de la sindicatura.

Page 31: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

f) La aprobación de los reglamentos y ordenanzas municipales a iniciativa

propia, de la sindicatura y de las instancias sociales que esta ley u otra le

otorguen derecho a presentar iniciativas.

g) La aprobación y modificación del presupuesto municipal, el cual será

presentado a iniciativa de la sindicatura, y previa información pública de 15 días

de los documentos presentados para que la ciudadanía pueda presentar sus

consideraciones. Los bloques partidarios podrán presentar modificaciones en la

sesiones de discusión, cumpliendo con la información pública de 15 días, previa

a su discusión por el concejo municipal.

h) Ratificar el presupuesto formulado de los distritos municipales.

i) Evaluar los planes operativos anuales en correspondencia con el presupuesto a

los fines de que se garanticen la prestación de servicios de calidad a la

ciudadanía.

j) La aprobación de los egresos en los asuntos que no estén previstos en el

presupuesto.

k) La aprobación de las cuentas del ayuntamiento y las de las entidades,

organismos y empresas dependientes del mismo

l) Conocer y aprobar los informes periódicos de la sindicatura.

m) Solicitar, conocer y aprobar los informes del contralor interno.

n) Conocer y aprobar los informes trimestrales de los distritos municipales

Page 32: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

o) La aprobación de los empréstitos del municipio a iniciativa de la sindicatura.

p) La concesión de aplazamiento en el pago de los tributos, rentas, deudas e

ingresos de cualquier tipo que correspondan al municipio a iniciativa de la

sindicatura.

q) Nombrar, destituir y aceptar la renuncia de los funcionarios y empleados bajo

dependencia de las instancias organizativas propias del concejo municipal.

r) Aprobación de los nombramientos y renuncias de los funcionarios y

empleados bajo dependencia de la sindicatura, de acuerdo a la estructura

organizativa, organigrama, funciones y descripciones de puestos aprobada y

validada por el concejo municipal y las instancias de control interno de la

administración pública.

s) Nombrar al gerente financiero, tesorero/a y al contador, de acuerdo a

propuesta hecha por el síndico/a,

t) Nombrar y supervisar al contralor municipal.

u) Autorizar el ejercicio de acciones ante otros organismos o entidades y los

tribunales de justicia en función del interés del ayuntamiento y de la población

de sus respectivos municipios.

v) La aprobación de la regulación del aprovechamiento, administración y

explotación de los bienes del municipio a iniciativa de la sindicatura y propia.

Page 33: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

w) La adquisición o enajenación de bienes y derechos del ayuntamiento, salvo en

los casos en que legalmente se atribuyan a la sindicatura.

x) Aprobar la enajenación del patrimonio municipal, con las disposiciones

que establezcan esta ley, y cualquier otra legislación, reglamento o normativa

que aplique para la administración pública. Se requerirá el voto favorable de ¾

de la matrícula del concejo municipal y la información pública de por lo menos

15 días para que la ciudadanía exprese sus consideraciones.

y) Conocer y resolutar sobre las propuestas presentadas por la ciudadanía de

acuerdo a los procedimientos de la iniciativa popular en un plazo no menor de

45 días.

z) Aquellas otras que le deban corresponder por establecerlo así la ley, otras

legislaciones sectoriales de la administración pública o requerir su aprobación

una mayoría especial.

El presidente/a y vicepresidente/a del concejo municipal son elegidos

anualmente, pudiendo ser reelectos. El concejo municipal está compuesto por el

síndico y un número de regidores y regidoras que resulte de acuerdo a la

aplicación de la siguiente escala:

En los municipios de menos de veinticinco mil (25,000) habitantes, por

cinco (5) regidores.

Page 34: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

En los municipios de hasta cincuenta mil (50,000) habitantes, por siete

(7) regidores.

En los municipios de hasta setenta y cinco mil (75,000) habitantes, por

nueve (9) regidores.

En los municipios de hasta cien mil (100,000) habitantes, por once (11)

regidores.

En los de más de cien mil (100,000) habitantes, se incrementará el anterior

número con un (1) regidor por cada cincuenta mil (50,000) habitantes o

fracción superior a veinticinco mil (25,000)

2.6 La Sindicatura

La Ley 176-07 en su artículo 60 establece que la sindicatura es el órgano

ejecutivo del gobierno municipal cuyo desempeño es realizado por el síndico/a, a

quien corresponden las siguientes atribuciones:

a) Representar al ayuntamiento y presidir todos los actos públicos

organizados por éste.

b) Dirigir la administración del ayuntamiento y la organización de los

servicios municipales.

c) Asistir y participar con voz en las sesiones del concejo municipal.

Page 35: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

d) Nombrar y destituir a los funcionarios y empleados del Ayuntamiento, de

conformidad con la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa

vigente, la estructura organizativa, manual de funciones y descripción de

puestos aprobada por el concejo de regidores y la validación de las

instancias de control interno para la administración pública.

e) Ejecutar las ordenanzas y reglamentos municipales.

f) Dirigir, impulsar e inspeccionar las obras y servicios municipales.

g) Requerir a todos los que estén obligados al fiel cumplimiento de los

servicios u obligaciones de carácter público.

h) La concesión de licencias de apertura de establecimientos fabriles,

industriales, comerciales o de cualquier índole y de licencias de obras en

general, salvo que las ordenanzas o las leyes sectoriales, de acuerdo a la

normativa del Plan de Ordenamiento Territorial, planeamiento urbano y de

medio ambiente vigente en las leyes nacionales, y en los reglamentos y

ordenanzas propios del ayuntamiento.

i) Proponer al concejo municipal las solicitudes de expropiación de inmuebles

al Poder Ejecutivo con fines de utilidad pública y tramitarlas conforme a la

ley.

j) Suscribir en nombre y representación del ayuntamiento, contratos,

escrituras, documentos y pólizas de conformidad con la Ley de

Page 36: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Contrataciones Públicas que rige la materia, y velar por su fiel ejecución.

k) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones que se refieran a la

administración de los bienes municipales.

l) Velar por la conservación de los bienes y derechos del municipio y hacer

todos los actos conservatorios de urgencia a que hubiere lugar, dando

cuenta al concejo municipal en la primera sesión que celebre.

m) Llevar un registro de todos los contratos de arrendamiento en que haya

intervenido el ayuntamiento y velar por su cumplimiento y o rescisión

cuando los arrendatarios no cumplan con todas las cláusulas de sus

contratos contractuales.

n) Desempeñar la dirección superior de todo el personal al servicio de la

sindicatura y ejercer todas las funciones que no sean de la atribución del

concejo municipal.

o) Ejercer la dirección de la Policía Municipal, así como proponer el

nombramiento y sanción de sus miembros.

p) Dirigir y supervisar en el ejercicio de sus funciones a los inspectores que

designe el ayuntamiento y a los alcaldes pedáneos.

q) Formular el proyecto de presupuesto municipal y sus modificaciones.

r) Disponer gastos dentro de los límites de sus atribuciones y los

expresamente previstos en las normas de ejecución del presupuesto,

Page 37: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

ordenar todos los pagos que se efectúen con los fondos municipales y

autorizar los documentos que impliquen formalización de ingresos en la

tesorería del ayuntamiento.

s) Desarrollar la gestión económica municipal conforme al presupuesto

municipal aprobado, al ciclo de gestión del mismo y rendir cuentas al

concejo municipal de las operaciones efectuadas.

t) Organizar los servicios de tesorería y recaudación.

u) Asistir a los arqueos ordinarios y extraordinarios y darles su aprobación.

v) Aprobar las facturas que correspondan al desarrollo normal del

presupuesto y que hubiesen sido recibidas por la contraloría municipal.

w) Ejercer acciones judiciales y administrativas en caso de urgencia, dando

cuenta al concejo municipal en la primera sesión que celebre.

x) Sancionar las faltas del personal por infracción de las leyes ordenanzas y

reglamentos municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté

atribuida al concejo municipal.

y) Publicar las ordenanzas, reglamentos, resoluciones y acuerdos en general

aprobados por el concejo municipal.

z) Convocar las consultas populares municipales en los términos previstos en

esta ley y el período de exposición pública a la población de las

Page 38: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

resoluciones que lo ameriten y las que estén especificadas en la presente

ley o cualquier otra norma que defina obligaciones al respecto.

El síndico/a dará cuenta sucinta al concejo municipal en cada sesión

ordinaria, de las decisiones que hubiere adoptado desde la sesión anterior para

que las y los regidores conozcan el desarrollo de la administración municipal.

Además, ofrecerá los informes periódicos que defina esta ley, otras legislaciones

y normativas y las instancias de control interno de la administración pública y

cualquier otro que el concejo de regidores o un regidor considere pertinente.

Page 39: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

CAPÍTULO III. LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO

PARTICIPATIVO

El Presupuesto Participativo se constituye en un mecanismo de desarrollo

regional y local, a través de un conjunto de acciones que incluye la participación

de la población en el proceso de toma de decisiones, como elemento primordial.

En este capítulo se analizarán todos los aspectos relevantes del Presupuesto

Participativo.

3.1 Concepto de presupuesto participativo

La Ley 176-07 instituye el sistema de Presupuesto Participativo Municipal

para establecer los mecanismos de participación ciudadana en la discusión,

elaboración y seguimiento del presupuesto del municipio, especialmente en lo

concerniente al 40% de la transferencia que reciben los municipios del

Presupuesto nacional por la ley, que deben destinar a los gastos de capital y de

inversión, así como de los ingresos propios aplicables a este concepto.

Por otro lado, Rodríguez (2003) define el Presupuesto Participativo como

una potente herramienta de relación permanente del gobierno con la población,

un modelo de gestión pública democrática, donde la ciudadanía participa de

forma directa, voluntaria y universal. Esto lo que quiere decir, es que el

Page 40: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Presupuesto Participativo es un instrumento que permite a la ciudadanía

incidir o tomar decisiones sobre el presupuesto municipal.

Díaz (2005) define el Presupuesto Participativo como un proceso donde las

autoridades locales y la población organizada, deciden en conjunto, el destino y

la prioridad de los recursos. Esta concepción que hace el autor lo que relaciona

es alcalde con los munícipes en un esfuerzo en conjunto para invertir los recursos

de forma óptima y beneficiosa para todos.

3.2 Objetivos del presupuesto participativo

El presupuesto participativo tiene los siguientes objetivos, de acuerdo a la

Ley No. 176-07:

Contribuir a la elaboración del Plan participativo de Inversión municipal,

propiciando un balance adecuado entre territorios urbanos y rurales.

Fortalecer los procesos de autogestión local y asegurar la participación

protagónica de las comunidades en la identificación y priorización de las

ideas de proyecto.

Ayudar a una mejor consistencia entre las líneas, estrategias y acciones

comunitarias, municipales, provinciales y nacionales de desarrollo, de

reducción de la pobreza e inclusión social.

Page 41: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Garantizar la participación de todos los actores: comunidades, sectores,

instancias sectoriales y otras entidades de desarrollo local y que exprese

con claridad su compromiso con los planes de desarrollo municipales.

Identificar las demandas desde el ámbito comunitario, articulando en el

nivel municipal las ideas de proyectos prioritarios, lo que facilita la

participación directa de la población.

Permitir el seguimiento y control de la ejecución del presupuesto.

Realizar el mantenimiento preventivo de las obras públicas.

3.3 Principios de la Ley

De acuerdo a la Ley Municipal No. 176-07, el Presupuesto Participativo

Municipal garantiza el cumplimiento de los siguientes principios:

a. La representación del conjunto de intereses de los ciudadanos.

b. El acceso de todos los ciudadanos a las asambleas comunitarias en cada paraje

o comunidad, a las asambleas seccionales, de barrios o de bloques y al cabildo

abierto o Asamblea Municipal.

c. La promoción del debate y la participación de los ciudadanos en el proceso de

toma de decisiones.

d. El acceso a la información previa, precisa, completa y clara.

Page 42: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

e. De equidad de género, tanto en cuanto a la participación como en la inversión

que la debería favorecer.

3.4 Organización de la Ley

La misma Ley 176-07 establece la forma de organización para realizar el

Presupuesto Participativo tomando en cuenta las condiciones particulares de cada

municipio, se realizará sobre un procedimiento básico y general.

Primera Etapa: preparación, diagnóstico y elaboración de Visión

Estratégica de Desarrollo.

Las autoridades y las organizaciones se ponen de acuerdo sobre cómo

realizarán el Presupuesto Participativo Municipal y determinarán la cantidad de

dinero de inversión sobre la que planificarán los proyectos y obras que el

ayuntamiento ejecutará el año siguiente.

Esta cantidad de dinero se preasigna entre las secciones o bloques

del municipio según la cantidad de habitantes. En caso de que a una sección o

bloque le toque una preasignación muy baja, el Concejo de Regidores puede

transferirle más dinero por razones de solidaridad. Esto es considerado la

planificación de las estrategias de desarrollo.

Page 43: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Segunda Etapa: Consulta a la Población.

La población identifica sus necesidades más prioritarias y decide los

proyectos y obras que deberá el ayuntamiento ejecutar el año próximo mediante

la celebración de una secuencia de asambleas:

a) Asambleas comunitarias en cada paraje o comunidad con más de 30 familias.

b) Asambleas seccionales, de barrios o de bloques.

c) Cabildo Abierto o Asamblea Municipal.

Tercera Etapa: transparencia y seguimiento al Plan de Inversión

Municipal. Ejecución de las Obras.

Los proyectos y obras del Plan de Inversión Municipal del Presupuesto

Participativo Municipal se ejecutan a lo largo del año, siguiendo un calendario de

inicio de proyectos y obras. Las comunidades eligen un comité de obra o de

auditoría social para que le dé seguimiento a cada una de las obras y, cuando la

construcción de éstas concluya, se transforme en comité de mantenimiento.

Todos los meses el Comité de Seguimiento Municipal se reúne con la

sindicatura para revisar la ejecución de las obras y el gasto municipal. Dos veces

al año, el síndico o síndica rinde cuenta ante el Pleno de Delegados del

Page 44: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Presupuesto Participativo Municipal sobre el Plan de Inversión Municipal

y del gasto del presupuesto municipal.

3.5 Asambleas Comunitarias y Seccionales

Se realizarán Asambleas Comunitarias en todos los parajes y sectores del

municipio. En caso de que el número de pobladores del paraje o comunidad sea

muy reducido, se unirá al más cercano para efectuar esta asamblea.

Por otro lado, se harán asambleas seccionales, de barrios o de bloques que

es una reunión de las y los delegados escogidos por las Asambleas Comunitarias

donde se deciden los proyectos y obras de la sección o del bloque, siguiendo

diversos criterios, principalmente el de pobreza o carencia de servicios.

3.6 Comités de Seguimiento y Control

Se instituyen los Comités de Seguimiento y Control Municipal y

Seccionales mediante resolución municipal, con el mandato de contribuir a la

ejecución de las ideas de proyectos que fueron aprobadas por el Presupuesto

Participativo Municipal y que fueron incorporadas al presupuesto municipal del

año, y de supervisar que éstas se realicen en el orden de prioridad establecido,

con la mayor calidad, eficiencia y transparencia posibles, tomando en cuenta el

Page 45: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

estudio de factibilidad y el presupuesto previamente elaborados. En caso de que

en una sección quedara dinero del presupuestado, los Comités de Seguimiento y

Control velarán para que estos recursos sean asignados a las obras que

correspondan a la priorización hecha por las comunidades en la sección

correspondiente.

Funciones del Comité de Seguimiento y Control Municipal.

El Comité de Seguimiento y Control Municipal tendrá, entre otras, las

funciones siguientes:

a. Supervisar la marcha de la ejecución del Plan de Inversión Municipal

aprobado por el Presupuesto Participativo Municipal, así como evaluarlo

periódicamente y al final de cada año de ejecución presupuestaria.

b. Conocer los presupuestos de las obras y las cubicaciones y demás informes de

ejecución de las mismas. Para tales fines, las autoridades municipales y las

unidades de ejecución deberán facilitar al Comité toda la documentación

relacionada con el Plan de Inversión Municipal y de las obras a ser realizadas, y

rendirle informes periódicos sobre estos asuntos.

c. Revisar la ejecución del Presupuesto de forma general y en particular de cada

obra.

Page 46: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

d. Contribuir a que las comunidades participen en la ejecución de las obras y

aporten las contrapartidas que se comprometieron dar para la realización de

éstas.

e. Escoger entre sus miembros a los representantes de la comunidad en la Junta

de Compras y Contrataciones Municipales que es la unidad operativa

responsable de aprobar las compras y contrataciones que realice el ayuntamiento

según los montos establecidos por el Reglamento de Compras y Contrataciones

de Bienes y Servicios del Ayuntamiento.

f. Ayudar a difundir los informes emitidos por el ayuntamiento sobre el

gasto de la inversión municipal.

g. Fomentar y animar, junto a los Comités de Seguimiento y Control

Seccionales, la constitución de Comités de Auditoría Social o Comités

Comunitarios de Obras.

h. Denunciar los incumplimientos al Plan Participativo de Inversión Municipal

acordado en el proceso de Presupuesto Participativo Municipal.

Los Comités de Seguimiento y Control Seccionales tendrán las mismas

funciones del Comité de Seguimiento y Control Municipal dentro del ámbito

de la sección, excepto la letra e) del presente artículo.

Page 47: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

3.7 Comité de Auditoría Social

Se instituyen los Comités de Auditoría Social o Comités Comunitarios de

Obras como un mecanismo propio de la comunidad, con el objeto de vigilar los

proyectos y obras a cargo del ayuntamiento, definidas en el Plan de Inversión

Municipal del Presupuesto Participativo Municipal, de forma que las mismas se

realicen de acuerdo a lo planeado y presupuestado

Page 48: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

CAPITULO IV. ANALISIS Y PRESENTACION DE LOS RESULTADOS

En este cuarto capítulo se presenta la matriz que contiene las variables e

indicadores del estudio y la interpretación del instrumento aplicado a la

población que se ha seleccionado para esta investigación.

El objetivo general es analizar la aplicación del presupuesto participativo

por el ayuntamiento de Puerto Plata en cumplimiento con la Ley 176-07.

Desde hace algunos años, la idea de democracia participativa o presupuesto

participativo ha innovado las gestiones de gobiernos municipales en América

Latina y Europa generando discusiones sobre su efectividad y funcionamiento.

Para los países europeos ha significado la modernización en la unificación en el

proceso de democratización local donde alrededor de cincuenta países o regiones

han puesto en marcha el presupuesto participativo como parte esencial de las

gestiones municipales.

Rodríguez (2003) define el Presupuesto Participativo como una potente

herramienta de relación permanente del gobierno con la población, un modelo de

gestión pública democrática, donde la ciudadanía participa de forma directa,

voluntaria y universal. Esto lo que quiere decir, es que el Presupuesto

Page 49: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Participativo es un instrumento que permite a la ciudadanía incidir o tomar

decisiones sobre el presupuesto municipal.

A partir de la promulgación de la Ley 176-07, los ayuntamientos en la

República Dominicana, en lo que respecta al 40% de los fondos recibidos por el

Presupuesto Nacional, tienen la obligación de instaurar un sistema de

Presupuesto Participativo Municipal para establecer los mecanismos de

participación ciudadana en la discusión, elaboración y seguimiento del

presupuesto del municipio.

Sin embargo, esta disposición en algunas ocasiones no es implementada

por los ayuntamientos y es por esta razón, que se ha tomado la iniciativa de

analizar si el Ayuntamiento de Puerto lata está ejecutando este presupuesto

participativo. Para esto, se han planteado las siguientes preguntas de

investigación: ¿Cuáles son las inversiones en carreteras y caminos vecinales que

ha realizado este ayuntamiento? ¿Qué se invirtió en educación y centros

recreativos ejecutados durante este período? ¿Qué establece la ley sobre las

infraestructuras municipales? ¿Cómo la ley determina la participación de la

comunidad? ¿Cuáles son las inversiones que se pueden llevar a cabo cuando se

cuenta con un presupuesto participativo? ¿Cuál es el grado de control que

Page 50: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

establece la ley para la aplicación del Presupuesto Participativo? ¿De qué forma

la sociedad civil participó en la elaboración del presupuesto participativo? ¿Cuál

es el grado de participación que tuvo la comunidad en el presupuesto del año

2013? ¿Cuál es el nivel de satisfacción que tiene la sociedad civil sobre el

presupuesto participativo?

El Ayuntamiento de Puerto Plata está ubicado en la calle Separación frente

al parque de la Independencia de Puerto Plata, con el Lic. Walter Mussa como

Alcalde Municipal. Este ayuntamiento es una persona jurídica de Derecho

Público, responsable de sus actuaciones, goza de patrimonio propio, de

autonomía presupuestaria, con potestad normativa, administrativa y de uso de

suelo, fijadas de manera expresa por la ley y sujetas al poder de fiscalización del

Estado y al control social de la ciudadanía.

La población de esta investigación está compuesta por los siete (7)

principales funcionarios del Ayuntamiento de Puerto Plata, a quienes se les

aplicó un cuestionario con doce (12) preguntas de selección múltiple. Los

resultados son presentados en tablas y gráficos; y por otra parte, los cinco (5)

Presidentes de la Juntas de Vecinos inscritas en el ayuntamiento a quienes se les

aplicó un cuestionario con siete (7) preguntas cerradas.

Page 51: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

4.1 Matriz de las Variables e Indicadores del Estudio

Page 52: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Objetivos

Específicos

Variables Definición de

variables

Indicadores

Objetivos de los indicadores

Fuentes

1. Verificar en

cuáles de las

áreas la

institución

invierte más

recursos.

1.1 Principales

áreas de

inversión

1.1.1 Son las

diversas obras que

ejecutó la

administración de

esta institución

durante el año

2013.

1.1.1.1 Estructura Vial

1.1.1.2 Educación y

recreación.

1.1.1.3 Infraestructuras

municipales

1.1.1.1.1 Determinar las inversiones en

carreteras y caminos vecinales que ha

realizado este ayuntamiento.

1.1.1.1.2 Identificar la inversión en

educación y centros recreativos

ejecutados durante este período.

1.1.1.1.3 Analizar qué establece la Ley

sobre las infraestructuras municipales.

1.1.1.1.1.1 Instrumento aplicado a los

principales funcionarios del Ayuntamiento

del municipio San Felipe de Puerto Plata.

1.1.1.1.1.2 Instrumento aplicado a los

principales funcionarios del Ayuntamiento

del municipio San Felipe de Puerto Plata.

1.1.1.1.1.3 Instrumento aplicado a los

principales funcionarios del Ayuntamiento

del municipio San Felipe de Puerto Plata.

2. Determinar

cuáles

beneficios

representa para

el Ayuntamiento

la ejecución de

un Presupuesto

Participativo.

2.1 Beneficios 2.1.1 Son las

ventajas que tiene

para el

Ayuntamiento la

elaboración y

ejecución de un

presupuesto

participativo de

acuerdo a lo que

establece la Ley

176-07.

2.1.1.1 Participación

activa de la comunidad.

2.1.1.2 Mayores

Inversiones

2.1.1.3 Mejor control

presupuestario

2.1.1.1.1 Determinar cómo la ley

determina la participación de la

comunidad.

2.1.1.1.2 Identificar las inversiones que

se pueden llevar a cabo cuando se cuenta

con un presupuesto participativo.

2.1.1.1.3 Determinar el grado de control

que establece la ley para la aplicación del

Presupuesto Participativo.

2.1.1.1.1.1 Instrumento aplicado a los

principales funcionarios del Ayuntamiento

del municipio San Felipe de Puerto Plata.

2.1.1.1.1.2 Instrumento aplicado a los

principales funcionarios del Ayuntamiento

del municipio San Felipe de Puerto Plata.

2.1.1.1.1.3 Instrumento aplicado a los

principales funcionarios del Ayuntamiento

del municipio San Felipe de Puerto Plata.

3. Determinar

de qué forma se

aplicó el

presupuesto

participativo en

el año 2013.

3.1 Forma de

ejecución

3.1.1 Se refiere a

confirmar si la

sociedad civil

participó en la

elaboración del

presupuesto

participativo.

3.1.1.1 Forma de

participación

3.1.1.2 Nivel de

participación

3.1.1.3 Satisfacción de

la comunidad

3.1.1.1.1 Determinar la forma en que la

sociedad civil participó en la elaboración

del presupuesto participativo.

3.1.1.1.2 Analizar si el nivel de

participación que tuvo la comunidad en el

presupuesto del año 2013 se corresponde

con lo que establece la Ley 176-07.

3.1.1.1.3 Analizar el nivel de satisfacción

que tiene la sociedad civil sobre el

presupuesto participativo.

3.1.1.1.1.1 Instrumento aplicado a las

juntas de vecinos del municipio San Felipe

de Puerto Plata.

3.1.1.1.1.2 Instrumento aplicado a las

juntas de vecinos del municipio San Felipe

de Puerto Plata.

3.1.1.1.1.3 Instrumento aplicado a las

juntas de vecinos del municipio San Felipe

de Puerto Plata..

Page 53: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

4.2 Instrumento aplicado a los funcionarios del Ayuntamiento de Puerto

Plata

Tabla No. 1

Estructuras viales en los que se realizaron inversiones

Opciones Frecuencia Porcentaje

Pavimentación del centro ciudad - -

Asfalto en los barrios 5 71.4%

Caminos vecinales 2 28.6%

Acondicionamiento de las carreteras

principales

- -

Señalización de las calles - -

Total 7 100%

El 71.4% de los entrevistados señala que el asfalto en los barrios fue una de

las inversiones del ayuntamiento y el 28.6% señala que los caminos vecinales.

Page 54: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Tabla No. 2

Grado en que el Ayuntamiento cumple con estas inversiones

Opciones Frecuencia Porcentaje

En un 100% - -

Entre un 80 a 99% 5 71.4%

Entre un 60 a 79% 2 28.6%

Entre un 40 a 59% - -

Menos de un 40% - -

Total 7 100%

El 71.4% de los entrevistados considera que el Ayuntamiento cumple con

las inversiones en estructura vial entre un 80 a 99% y el 28.6% señala que entre

un 60 a 79%.

Page 55: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Tabla No. 3

Grado de prioridad en el reordenamiento del transporte

Opciones Frecuencia Porcentaje

Mucha prioridad 5 71.4%

Algo de prioridad - -

Poca prioridad 2 28.6%

No es prioritario - -

Total 7 100%

El 71.4% de los funcionarios del Ayuntamiento considera que es de mucha

prioridad el ordenamiento del transporte público urbano, mientras que el 28.6%

opina que es de poca prioridad.

Page 56: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Gráfico No. 1

Áreas educativas para invertir

El 57.0% de los funcionarios manifiesta que el Ayuntamiento debió invertir

en parques, mientras que el 43.0% opina que en construcción de canchas

deportivas.

Page 57: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Gráfico No. 2

Inversión realizada en el año 2013

El 57.0% de los entrevistados señala que el Ayuntamiento invirtió en la

construcción de canchas deportivas, el 29.0% manifiesta que en parques y el

14.0% en la construcción de escuelas, de canchas deportivas, parques y pago de

estudios.

Page 58: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Gráfico No. 3

Infraestructura Municipal en que se ha invertido más

El 57.0% de los funcionarios señala que se invirtió más en la preservación

del patrimonio histórico y cultural, el 29.0% opina que en los servicios de

limpieza y ornato público y el 14.0% en la construcción de las áreas verdes.

Page 59: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Tabla No. 4

Integración de la comunidad en el presupuesto

Opciones Frecuencia Porcentaje

Participación en las Asambleas

Comunitarias

1 14.3%

Presentación de las necesidades de la

comunidad

6 85.7%

Supervisar la ejecución del

presupuesto

- -

Todas las anteriores - -

Total 7 100%

El 85.7% de los entrevistados considera que la ley establece una

presentación de las necesidades de la comunidad, mientras que el 14.3%

manifiesta que la participación en las Asambleas Comunitarias.

Page 60: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Tabla No. 5

Grado de participación de la comunidad en el presupuesto participativo

Opciones Frecuencia Porcentaje

En un 100% 2 28.6%

Entre un 85 a 99% 5 71.4%

Entre un 70 a 84% - -

Entre un 50 a 69% - -

Menos de un 50% - -

Total 7 100%

El 71.4% de los entrevistados señala que la comunidad participó entre un 85

a 99% y el 28.6% en un 100%.

Page 61: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Tabla No. 6

Beneficios que representa la aplicación del presupuesto participativo

Opciones Frecuencia Porcentaje

Mayor diversidad de inversiones - -

Mayor control de los gastos - -

Mayor transparencia en la gestión

administrativa

5 71.4%

Participación de la comunidad 2 28.6%

Todas

Total 7 100%

El 71.4% de los funcionarios del Ayuntamiento considera que con la

aplicación del presupuesto participativo hay una mayor transparencia en la

gestión administrativa, mientras que el 28.6% señala que la participación de la

comunidad.

Page 62: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Gráfico No. 4

Áreas en que se puede hacer una mayor inversión

El 57.0% de los entrevistados considera que con un presupuesto

participativo se debe invertir en la organización del transporte vial, el 29.0% en

la construcción de infraestructura y el 14.0% en los servicios de limpieza y

ornato público.

Page 63: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Gráfico No. 5

Controles para garantizar la aplicación del presupuesto participativo

El 57.0% de los funcionarios del Ayuntamiento considera que con el

presupuesto participativo hay un mejor control en la rendición de cuentas por

parte del Síndico, mientras que el 43.0% señala que se garantiza la participación

de la comunidad.

Page 64: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Gráfico No. 6

Nivel de cumplimiento del Ayuntamiento en el presupuesto participativo

El 86.0% de los entrevistados manifiesta que el Ayuntamiento cumple entre

un 80 a 99% con el presupuesto participativo y el 14% señala que entre un 60 a

79%.

Page 65: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

4.3 Instrumento aplicado los presidentes de las Juntas de Vecinos de

Puerto Plata

Tabla No. 7

Forma en que la sociedad civil participó en el presupuesto participativo

Opciones Frecuencia Porcentaje

Participando en debates públicos 1 20.0%

Presentando las necesidades

prioritarias de la comunidad

4 80.0%

Elaborando propuestas acertadas y

necesarias

- -

Todas las anteriores - -

Total 5 100%

El 80.0% de los presidentes de la Junta de Vecinos manifiesta que la

sociedad civil participó presentando las necesidades prioritarias de la comunidad,

mientras que el 20.0% señala que participando en debates públicos.

Page 66: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Tabla No. 8

Formas en que se puede mejorar la participación

Opciones Frecuencia Porcentaje

Mejor organización y distribución de

los recursos

4 80.0%

Mayor acercamiento al Ayuntamiento - -

Mayor apertura por parte del

Ayuntamiento

1 20.0%

Integrando a miembros de la sociedad

civil

- -

Total 5 100%

El 80.0% de los entrevistados señala que se puede mejorar la participación

de la sociedad civil en la mejor organización y distribución de los recursos

mientras que el 20.0% opina que una mayor apertura por parte del

Ayuntamiento.

Page 67: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Tabla No. 9

Beneficios que se obtienen con la participación de la sociedad civil

Opciones Frecuencia Porcentaje

Mayor transparencia 1 20.0%

Mayor cumplimiento por parte del

Ayuntamiento

3 60.0%

Mayor inversión en obras necesarias 1 20.0%

Todas las anteriores - -

Total 5 100%

El 60.0% de los presidentes de la Junta de Vecinos manifiesta que la

participación de la sociedad civil tiene como beneficio el mayor cumplimiento

por parte del Ayuntamiento, el 20.0% señala que una mayor transparencia y el

20.0% una mayor inversión en obras necesarias.

Page 68: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Gráfico No. 7

Grado de participación de la sociedad civil

El 60.0% de los entrevistados considera que el grado de participación de la

sociedad civil en la elaboración del presupuesto participativo del año 2013 es

entre un 60 a 79%, el 20.0% manifiesta entre un 80 a 99% y el otro 20.0% entre

un 40 a 59%.

Page 69: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Gráfico No. 8

Conveniencia de una mayor participación de la sociedad civil

El 100% de los presidentes de las Juntas de Vecinos señala que siempre es

conveniente tener una mayor participación de la sociedad civil en la elaboración

del presupuesto participativo.

Page 70: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Gráfico No. 9

Nivel de satisfacción de la sociedad civil

El 60.0% de los entrevistados señala que el nivel de satisfacción de la

sociedad civil con la ejecución del presupuesto participativo es bajo, mientras

que el 40.0% señala que ni alto ni bajo.

Page 71: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Gráfico No. 10

Acciones del Ayuntamiento para satisfacer a la sociedad civil

El 60.0% de los entrevistados manifiesta que si se invierten los fondos en

las necesidades puntuales de la comunidad, la sociedad civil estaría más

satisfecha, mientras que el 40.0% considera que dándole participación a la

comunidad.

Page 72: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

HALLAZGOS

Luego de presentada la teoría de esta investigación y la interpretación de los

instrumentos aplicados, se presentan los principales hallazgos:

Con respecto al objetivo No. 1 “Verificar en cuáles de las áreas la

institución invierte más recursos”, el estudio reveló que el 71.4% de los

entrevistados señaló que el asfalto en los barrios fue una de las inversiones del

ayuntamiento, con un grado de cumplimiento entre un 80 a 99%. Así mismo, el

71.4% de los funcionarios manifiesta que es de mucha prioridad el ordenamiento

del transporte público urbano para la gestión del 2014.

Estos hallazgos se corresponden con una de las principales funciones de los

Ayuntamientos de acuerdo a la Ley 176-07 que es el ordenamiento del tránsito

de vehículos y personas en las vías urbanas y rurales.

Otro hallazgo es que el 57.0% de los funcionarios manifestó que el

Ayuntamiento debió invertir en parques y, en este sentido, señala que esta

institución durante la gestión del año 2013 invirtió más en la construcción de

canchas deportivas. Estos hallazgos tienen concordancia con la gestión

municipal del 2013 presentada en las memorias del Ayuntamiento en donde se

Page 73: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

destacan las grandes inversiones que realizó esta entidad en la construcción de

canchas deportivas y parques en toda la ciudad.

En cuanto a las infraestructuras municipales, el 57.0% de los funcionarios

señala que se invirtió más en la preservación del patrimonio histórico y cultural.

Esto no se corresponde con el Periódico el Faro (2013) que en una de sus

ediciones destacaba el trabajo que estaba haciendo el Ayuntamiento con los

servicios de limpieza y ornato público.

En lo que respecta al objetivo No. 2 “Determinar cuáles beneficios

representa para el Ayuntamiento la ejecución de un Presupuesto

Participativo”, la investigación reveló que el 85.7% de los entrevistados

consideraron que la ley establece una presentación de las necesidades de la

comunidad; considerando el 71.4% que la comunidad participó entre un 85 a

99%. Estas revelaciones se corresponden con lo que señala la Ley 176-07 de que

el Presupuesto Participativo tiene como uno de sus objetivos, fortalecer los

procesos de autogestión local y asegurar la participación protagónica de las

comunidades en la identificación y priorización de las ideas de proyecto.

Se reveló, además de que el 71.4% de los funcionarios del Ayuntamiento

considera que con la aplicación del presupuesto participativo hubo una mayor

Page 74: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

transparencia en la gestión administrativa. El 57.0% considera que con un

presupuesto participativo se pudo haber invertido en la

organización del transporte vial.

Estos hallazgos están de acuerdo con Rodríguez (2003) quien señala que el

Presupuesto Participativo es una potente herramienta de relación permanente del

gobierno con la población, un modelo de gestión pública democrática, donde la

ciudadanía participa de forma directa, voluntaria y universal.

Por otro lado, el estudio arrojó que el 57.0% de los funcionarios del

Ayuntamiento considera que con el presupuesto participativo hay un mejor

control en la rendición de cuentas por parte del Síndico; además, el 86.0%

manifiesta que el Ayuntamiento cumple entre un 80 a 99% con el presupuesto

participativo.

Estos hallazgos se relacionan con lo que establece la Ley 176-07 de que

existirá un comité de seguimiento y control municipal que, entre otras funciones,

tiene el deber de supervisar la marcha de la ejecución del Plan de Inversión

Municipal aprobado por el Presupuesto Participativo Municipal, así como

evaluarlo periódicamente y al final de cada año de ejecución presupuestaria.

Page 75: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

En el objetivo No. 3 “Determinar de qué forma se aplicó el presupuesto

participativo en el año 2013”, se reveló que el 80.0% de los presidentes de la

Junta de Vecinos manifiesta que la sociedad civil participó presentando las

necesidades prioritarias de la comunidad, manifestando que esta se puede en

cuanto a la organización y distribución de los recursos. De igual modo, la

investigación arrojó que el 60.0% de los presidentes de la Junta de Vecinos

manifiesta que la participación de la sociedad civil tiene como beneficio un

mayor cumplimiento por parte del Ayuntamiento.

Esto que se determinó demuestra una coincidencia con uno de los objetivos

del Presupuesto Participativo que establece la Ley 176-07 de fortalecer los

procesos de autogestión local y asegurar la participación protagónica de las

comunidades en la identificación y priorización de las ideas de proyecto y

garantizar la participación de todos los actores: comunidades, sectores, instancias

sectoriales y otras entidades de desarrollo local y que exprese con claridad su

compromiso con los planes de desarrollo municipales.

También se reveló que el 60.0% de los entrevistados considera que el

grado de participación de la sociedad civil en la elaboración del presupuesto

participativo del año 2013 es entre un 60 a 79%; y el 100% señala que siempre

Page 76: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

es conveniente tener una mayor participación de la sociedad civil en la

elaboración del presupuesto participativo.

Por último, la investigación reveló que el 60.0% de los entrevistados señala

que el nivel de satisfacción de la sociedad civil con la ejecución del presupuesto

participativo es bajo y que si se invierten los fondos en las necesidades puntuales

de la comunidad, la sociedad civil estaría más satisfecha.

A pesar de esto, los hallazgos revelaron que existe una concordancia con lo

que establece la Ley 176-07 en cuanto al Presupuesto Participativo que cuenta

con los mecanismos de participación ciudadana en la discusión, elaboración y

seguimiento del presupuesto del municipio, especialmente en lo concerniente al

40% de la transferencia que reciben los municipios del Presupuesto nacional por

la ley, que deben destinar a los gastos de capital y de inversión, así como de los

ingresos propios aplicables a este concepto.

Page 77: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

CONCLUSIONES

Luego de presentar los hallazgos más relevantes, se concluye de la siguiente

manera:

El Ayuntamiento de Puerto Plata, ubicado en la Calle Separación, frente al

Parque Independencia de esta ciudad y provincia, al igual que otros

ayuntamientos en el territorio nacional, se rige por la Ley 176-07, que dentro de

todas sus estipulaciones, contempla la aplicación del Presupuesto Participativo

en la gestión anual. Este presupuesto participativo se ha instituido con el

propósito de fomentar la participación ciudadana en el gobierno municipal,

acercar más el Ayuntamiento al pueblo, más eficacia y eficiencia de la inversión

municipal, la legitimación de las autoridades municipales y procurar el desarrollo

local.

Durante el año 2013 el Ayuntamiento de Puerto Plata elaboró un

presupuesto participativo de acuerdo a lo que establece la Ley Municipal No.

176-07, que tiene por objeto establecer los mecanismos de participación

ciudadana en la discusión, elaboración y seguimiento del presupuesto del

municipio, especialmente en lo concerniente al 40% de la transferencia que

recibe el municipio del Presupuesto Nacional por la Ley, que deben destinar a

Page 78: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

los gastos de capital y de inversión, así como de los ingresos propios aplicables a

este concepto.

Una de las áreas en las cuales el ayuntamiento invirtió más, es en el

asfaltado de los barrios con un grado de cumplimiento en más de un 80%, lo que

evidencia la prioridad que reviste para esta institución contar con un transporte

público urbano organizado de acuerdo a las necesidades de los munícipes.

Otras de las áreas favorecidas por el Presupuesto Participativo en la

construcción de parques y de canchas deportivas, al igual que la preservación del

patrimonio histórico y cultural del municipio. Estas inversiones revisten mucha

importancia porque se están enfocando los recursos en educación y recreación de

los jóvenes y adultos, lo que garantiza una población sana y alejada de los vicios.

Una de las ventajas que tiene para el Ayuntamiento de Puerto Plata la

elaboración y ejecución de un presupuesto participativo, es que la comunidad

participa de forma regular en la identificación de las necesidades prioritarias de

la ciudadanía, contribuyendo al desarrollo local. Esta participación de la

comunidad a través de las juntas de vecinos, clubes deportivos, congregaciones

Page 79: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

de iglesia, es muy relevante porque defiende los intereses comunes buscando un

desarrollo sostenible de la comunidad.

Otra de las ventajas que se observaron en esta investigación es que cuando

la sociedad civil participa en la elaboración del presupuesto participativo se

pueden incrementar las inversiones en las diversas áreas, culturales, deportes,

recreación, estructura vial e infraestructura especializada, dentro de las que se

podrían enumerar las funerarias, el arreglo del mercado modelo, de la estación de

bomberos y la construcción de una perrera municipal. Esta última, actualmente,

no existe en esta ciudad.

Así mismo, se concluye que el grado de participación que tuvo la

comunidad en la elaboración del presupuesto participativo superó el 85%, lo que

revela el interés del Ayuntamiento de Puerto Plata en la aplicación de la Ley

176-07 que fue promulgada desde el 2008 y que ha generado una acción

proactiva por parte de los diferentes sectores del municipio de Puerto Plata, lo

cual quedó evidenciado en este análisis que se planteó. Esta realidad es un paso

de avance hacia un gobierno local integrado por los diferentes sectores que

componen la sociedad puertoplateña.

Page 80: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

A pesar de los pasos de avance que el Ayuntamiento ha dado, en este tenor,

las investigadoras consideran que la sociedad civil debe tener una mayor

participación en el presupuesto participativo. Esto conllevará a que la misma

tenga un mayor nivel de satisfacción y que se pueda mejorar en este sentido,

invirtiendo los fondos en las necesidades puntuales de la comunidad. Esto a

considerar, la poca participación que tuvo la sociedad civil en el presupuesto del

2013, pues sus esfuerzos fueron limitados, ya que solo presentó las necesidades

prioritarias de la comunidad y elaboró propuestas acertadas y necesarias.

Por último, se concluye que el Ayuntamiento de Puerto Plata, a pesar de

que se ajustó a la Ley 176-07 en la preparación del presupuesto participativo,

tiene otras oportunidades de mejora en lo que respecta a la transparencia de la

ejecución de este presupuesto, en el seguimiento y el control de las inversiones

en los diferentes renglones como una forma de mantener la integración con la

sociedad civil y la transparencia de los fondos que se manejan allí.

Page 81: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

RECOMENDACIONES

Al finalizar esta investigación, se le recomienda lo siguiente:

Al Ayuntamiento Municipal de Puerto Plata:

Incentivar una mayor participación de la comunidad en la primera etapa

del presupuesto participativo que es la preparación, diagnóstico y

elaboración de visión estratégica del desarrollo para cumplir con la Ley y

con lo que espera la población de esta entidad.

Ampliar la cobertura de las inversiones, no solamente en las canchas de

deportes, sino en puentes peatonales, estación de bomberos, perrera

municipal y dispensarios médicos para cubrir todas las necesidades de la

población.

Transparentar la gestión municipal a través del diseño de una página en

internet para que los munícipes, puedan dar seguimiento y control a las

partidas del presupuesto participativo.

Presentar rendición por parte del Síndico, por lo menos semestralmente,

de los fondos recibidos y las inversiones realizadas en su gestión.

A la Sociedad Civil de Puerto Plata:

Ser más proactiva en la participación del Presupuesto Participativo

Municipal de Puerto Plata con una mejor organización para determinar

Page 82: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

las condiciones principales de cada municipio y sus prioridades.

Motivar la consulta a la población por parte del Ayuntamiento de Puerto

Plata a través de una secuencia de las asambleas comunitarias en cada

paraje o comunidad con más de 30 familias, tal y como lo establece la

Ley: las asambleas en barrios y la Asamblea Municipal.

Presentar con anticipación las necesidades puntuales de los barrios y

secciones de esta ciudad, para que se tomen en cuenta en la elaboración

del presupuesto participativo del año 2014.

Dar un mejor seguimiento y control a la ejecución del presupuesto

participativo en este ayuntamiento para garantizar la realización de los

proyectos que se han planteado.

Page 83: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

APENDICE

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO

(UTESA)

Recinto Puerto Plata

INSTRUMENTO APLICADO A LOS PRESIDENTES DE LAS JUNTAS

DE VECINOS INSCRITAS EN EL AYUNTAMIENTO DE PUERTO

PLATA

Somos estudiantes de la Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA) Recinto

Puerto Plata y estamos realizando una investigación como exigencia parcial para

optar por el título de Licenciadas en Derecho, por lo que agradecemos que usted

seleccione las respuestas correctas de este cuestionario.

Forma de participación

1) ¿De qué forma la sociedad civil participó en la elaboración del

presupuesto participativo del Ayuntamiento de Puerto Plata?

a. Participando en debates públicos

b. Presentando las necesidades prioritarias de la comunidad

c. Elaborando propuestas acertadas y necesarias

d. Todas las anteriores

e. Otras. Especifique ______________

2) ¿Cómo se podría mejorar la participación de la sociedad civil en la

elaboración del presupuesto participativo en este Ayuntamiento?

a. Mejor organización y distribución de los recursos

b. Mayor acercamiento al Ayuntamiento

c. Mayor apertura por parte del Ayuntamiento

d. Integrando a miembros de la sociedad civil en la ejecución del presupuesto

e. Todas las anteriores

f. Otras. Especifique. ____________________

3) ¿Qué beneficios considera usted se pueden obtener con la participación

de la sociedad civil en el presupuesto participativo tal y como lo establece la

Ley 176-07?

a. Mayor transparencia

b. Mayor cumplimiento por parte del Ayuntamiento

c. Mayor inversión en las obras necesarias

d. Todas las anteriores

Page 84: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

e. Otras. Especifique. _________________

Nivel de Participación

4) ¿Cuál es al grado de participación que tuvo la sociedad civil en la

elaboración del presupuesto participativo del 2013?

a. En un 100%

b. Entre un 80 a 99%

c. Entre un 60 a 79%

d. Entre un 40 a 59%

e. Menos de un 40%

5) ¿Cree usted que es conveniente que la sociedad civil tenga una mayor

participación en la elaboración y ejecución del presupuesto participativo?

a. Siempre

b. Casi siempre

c. Algunas veces

d. Pocas veces

e. Nunca

Satisfacción de la comunidad

6) ¿Qué nivel de satisfacción tiene la sociedad civil con la ejecución del

presupuesto participativo?

a) Muy alto

b) Alto

c) Ni alto ni bajo

d) Bajo

7) ¿Con qué acciones por parte del Ayuntamiento considera usted que la

sociedad civil estaría más satisfecha?

a. Dándola participación a la comunidad

b. Invirtiendo los fondos en las necesidades puntuales de la comunidad

c. Presentando un informe trimestral sobre la gestión llevada a cabo

d. Todas las anteriores

e. Otras. Especifique _______________________

Page 85: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO

(UTESA)

Recinto Puerto Plata

INSTRUMENTO APLICADO A LOS PRINCIPALES FUNCIONARIOS

DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO SAN FELIPE DE PUERTO

PLATA

Somos estudiantes de la Universidad Tecnológica de Santiago (UTESA) Recinto

Puerto Plata y estamos realizando una investigación como exigencia parcial para

optar por el título de Licenciadas en Derecho, por lo que agradecemos que usted

seleccione las respuestas correctas de este cuestionario.

Estructura Vial

1) ¿En cuales de las siguientes estructuras vial el ayuntamiento realizó

inversión en el año 2013?

a. Pavimentación del centro ciudad

b. Asfalto en los barrios

c. Caminos vecinales

d. Acondicionamiento de las carreteras principales

e. Señalización de las calles

2) ¿En qué grado cumple el Ayuntamiento de Puerto Plata con las

inversiones en carreteras y caminos vecinales?

a. En un 100%

b. Entre un 80 a 99%

c. Entre un 60 a 79%

d. Entre un 40 a 59%

e. Menos de un 40%

3) ¿Qué grado de prioridad tiene para el Ayuntamiento el ordenamiento del

transporte público urbano?

a. Mucha prioridad

b. Algo de prioridad

c. Poca prioridad

d. No es prioritario

Educación y Recreación

4) ¿En qué áreas educativas debe invertir el Ayuntamiento en virtud de lo

que establece la Ley 176-07?

a. Construcción de Escuelas

Page 86: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

b. Construcción de Canchas Deportivas

c. Parques

d. Pago de estudios

e. Todas

f. Otras. Especifique.________________________

5) ¿En cuál de ellas realizó inversión en su gestión del 2013?

a. Construcción de Escuelas

b. Construcción de Canchas Deportivas

c. Parques

d. Pago de estudios

e. Todas

f. Otras. Especifique.________________________

Infraestructuras Municipales

6) ¿De las siguientes estructuras municipales, en cuáles ha invertido más el

Ayuntamiento de Puerto Plata?

a. Construcción de cementerios y servicios funerarios

b. Preservación del patrimonio histórico y cultural del municipio

c. Mantenimiento de las áreas verdes

d. Construcción de estación de bomberos

e. Servicios de limpieza y ornato público

f. Todas

g. Otras. Especifique.___________________

Participación activa de la comunidad

7) ¿Qué establece la Ley 176-07 en cuanto a la integración de la comunidad

en el presupuesto participativo?

a. Participación en las Asambleas Comunitarias

b. Presentación de las necesidades de la comunidad

c. Supervisar la ejecución del presupuesto

c. Todas las anteriores

8) ¿En qué grado participó la comunidad en el presupuesto participativo del

año 2013?

a. 100%

b. De 85% a 99%

c. De 70% a 84%

d. De 50% a 69%

e. Menos de 50%Mayores inversiones

Mayores Inversiones

Page 87: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

9) ¿Cuáles beneficios representa la aplicación de un presupuesto

participativo en virtud de la Ley 176-07?

a. Mayor diversidad de inversiones

b. Mayor control de los gastos

c. Mayor transparencia en la gestión administrativa

d. Participación de la comunidad

e. Todas las anteriores

f. Otras. Especifique.______________

10) ¿En cuáles áreas puede el Ayuntamiento de Puerto Plata hacer una

mayor inversión cuando tienen un presupuesto participativo?

a. Construcción de infraestructuras

b. Organización del Transporte Vial

c. Servicios de limpieza y ornato público

d. Tratamiento de residuos sólidos

e. Otras. Especifique. _________________

Mejor control presupuestario

11) ¿Qué control establece la Ley 176-07 para garantizar la aplicación del

presupuesto participativo?

a. Participación de la comunidad

b. Acceso a los reportes de inversión

c. Promoción de debates

d. Rendición de cuentas por parte del Síndico

e. Todas las anteriores

f. Otras. Especifique. ________________

12) ¿Cuál es el nivel de cumplimiento que tiene el Ayuntamiento de este

municipio, sobre el presupuesto participativo?

a. En un 100%

b. Entre un 80 a 99%

c. Entre un 60 a 89%

d. Entre un 40 a 59%

e. Menos de un 40%

Page 88: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

BIBLIOGRAFIA

Amiama, A. (1987). Prontuario de legislación administrativa dominicana.

Santo Domingo, República Dominicana: Editorial Tiempo.

Ayuntamiento de Puerto Plata (2010). Manual de Inducción. Puerto Plata,

República Dominicana.

Constitución de la República Dominicana (2010). Santo Domingo, República

Dominicana.

Demorizi, E. (1975). Segunda Fundación de Puerto Plata. Santo Domingo,

República Dominicana. Editorial Montalvo.

De la Cruz, A. (2011). La inconstitucionalidad de la Ley 86-11. Artículo

publicado en el Listín Diario.

Díaz, J. (2005). Normas sobre el presupuesto participativo en los ámbitos

regional y local. El Salvador: Foro ciudades para la vida.

Ley 176-07 del Distrito Municipal y los Municipios. (2007). Santo Domingo,

República Dominicana.

Ley 170-07 Presupuesto Participativo. (2007). Santo Domingo, República

Dominicana.

La Ley de Presupuesto No.423-06, de fecha 4 de diciembre del 2006. Santo

Domingo, República Dominicana.

Ley 10-04 de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (2004)

Santo Domingo, República Dominicana.

Ley 106-03 sobre la participación de los Ayuntamientos en los ingresos del

Estado. (2003). Santo Domingo, República Dominicana.

Ley 200-04 General de Libre acceso a la Información Pública. (2004). Santo

Domingo, República Dominicana.

Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones (2006). Santo Domingo,

República Dominicana.

Page 89: UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE SANTIAGO UTESAmonografiadigital.com/wp-content/uploads/2016/10/Grado-de-aplicacion-del-presupuesto-p...obteniendo utilidades. De igual modo, un aspecto

Ley 3455 de Organización Municipal y del Distrito Nacional (1952). Santo

Domingo, República Dominicana.

La Ley 49, que crea la Liga Municipal Dominicana (1938). Santo Domingo,

República Dominicana.

Rodríguez, J. (2003). El Presupuesto Participativo. Colombia: Biblioteca

Virtual de Derecho y Economía.