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UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA JOSÉ SIMEON CAÑAS DESCENTRALIZACiÓN DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE Y SUS IMPACTOS EN EL DESARROLLO LOCAL EN EL SALVADOR TRABAJO DE GRADUACiÓN PREPARADO PARA LA FACULTAD DE CIENCIAS DEL HOMBRE Y DE LA NATURALEZA PARA OPTAR AL GRADO DE MAESTRIA EN DESARROLLO LOCAL POR MARíA EUGENIA ALFARa HELENA JaSE ANGEL ALVAREZ GALAN SAN SALVADOR, MAYO 2005 Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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UNIVERSIDAD CENTROAMERICANAJOSÉ SIMEON CAÑAS

DESCENTRALIZACiÓN DE LOS SISTEMAS DE AGUA POTABLE YSUS IMPACTOS EN EL DESARROLLO LOCAL EN EL SALVADOR

TRABAJO DE GRADUACiÓN PREPARADO PARA LA FACULTADDE CIENCIAS DEL HOMBRE Y DE LA NATURALEZA

PARA OPTAR AL GRADO DE MAESTRIA EN DESARROLLOLOCAL

POR

MARíA EUGENIA ALFARa HELENAJaSE ANGEL ALVAREZ GALAN

SAN SALVADOR, MAYO 2005

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UNIVERSIDAD CENTROAMERICANAJOSÉ SIMEON CAÑAS

RECTORLIC. JaSE MARíA TOJEIRA, S.J

SECRETARIO GENERALLIC. RENE ALBERTO ZELAYA

DECANAFACULTAD DE CIENCIAS DEL HOMBRE Y LA NATURALEZA

LIC. SILVIA DE FERNÁNDEZ

DIRECTORA DE LA MAESTRIA EN DESARROLLO LOCALFLORA BLANDaN DE GRAJEDA

ASESOR

DIEGO SALCEDO MOORE

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1.

1.1.

1.2.

1.2.1.

1.2.2.

1.3.

1.4.

1.5.

1.5.1.

1.6.

1.7.

1.8.

1.9.

2.

2.1.

2.2.

2.2.1.

2.2.1.1.

2.2.1.2.

2.2.1.3.

2.3.

2.3.1.

2.3.2.

2.3.3.

INDICE

Pág.

INTRODUCCiÓN 1

OBJETIVOS 5

OBJETIVO GENERAL 5

Objetivos específicos 6

Marco conceptual 7

¿Qué es el desarrollo local? 7

Descentralización en el contexto del desarrollo local 7

Definición de descentralización 7

Objetivos de la descentralización 8

¿Cómo descentralizar? 9

¿Cuáles son los pasos a seguir para planificar el proceso de 11

descentralización?

Condiciones para la descentralización 12

Prerrequisitos para la descentralización de los servicios públicos 13

La participación ciudadana en los procesos de descentralización 13

La gestión del agua 14

Marco Legal 16

Impactos de la descentralización 17

Metodología de investigación 18

Tipo de estudio 18

Universo 18

Muestra 18

Población 18

Criterio de inclusión 18

Período de investigación de campo 19

Métodos de recopilación de datos 19

Instrumentos utilizados 19

Procedimiento logístico 20

Prueba piloto 20

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2.4.

3.

3.1.

3.2.

3.2.1.

3.2.2.

3.2.3.

3.2.4.

3.2.5.

3.2.6.

3.2.7.

3.2.8.

3.2.9.

3.3.

4.

4.1.

4.2.

4.2.1.

4.2.2.

4.2.3.

4.2.4

4.2.4.1.

4.2.4.2.

4.2.4.3.

4.3.

4.4.

5.

5.1.

5.2.

5.3.

Variable 20

Estudio de caso 20

Plan piloto de descentralización de agua potable 20

Referencias generales del municipio de Suchitoto 24

Ubicación 24

Extensión 24

Límites 25

Hidrología 25

Población 25

Recurso hídricos 25

Agua potable 26

Alcantarillado sanitario 27

Aguas Lluvias 28

Antecedentes de incorporación del municipio de Suchitoto al plan 28

piloto de descentralización.

Presentación de resultados 29

Cumplimiento de requisitos previos a la implementación del plan 29

piloto de descentralización

Análisis de marco legal 32

En el ámbito nacional 32

En el ámbito local: análisis de convenio entre ANDA y EMASA 36

Análisis de cláusulas de delegación de funciones 38

Operativización del convenio según EMASA 44

Procedimientos administrativos 44

Procedimientos legales 46

Procedimientos técnicos 48

Análisis de cumplimiento de objetivos de la descentralización 49

Impactos en el desarrollo local SO

Conclusiones 53

No se cumplieron los requisitos previos 53

Se cumple con los objetivos 53

Existen impactos a nivel local 54

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6. Recomendaciones y propuestas 55

6.1. Recomendaciones 55

6.2. Como descentral iza r 55

6.3. Propuesta de marco legal 60

Anexos 61

Bibliografía 63

Personas entrevistadas 66

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SIGLAS Y ABREVIATURAS UTILIZADAS

ANDA: Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados

BID: Banco Interamericano de Desarrollo

CND: Comisión Nacional de Desarrollo

D.O: Diario Oficial

DIGESTYC: Dirección Nacional de Estadística y Censos

EDUCO: Programa de Educación con Participación de la Comunidad

EMASA: Empresa Municipal Administradora Suchitotense de Acueductos y

Alcantari liados

ENADE :Encuentro Nacional de la Empresa Privada

FISDL: Fondo de Inversión Social para El Desarrollo Local

FODEL: Proyecto de Fortalecimiento Democrático Local

IOV: Indicador Objetivamente Verificable

LHD: Litros/Hora/Día

MARN: Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales

OEDA: Oficina Especializada del Agua

ONG: Organización No Gubernamental

PCI: Project CONCERNT Internacional

PNUD: Programa de la Naciones Unidas para el Desarrollo

PRISMA: Programa Salvadoreño de Investigación Sobre Desarrollo y Medio

Ambiente

RTI: Research Triangle Institute

SASA: Sistema Automatizado de Servicio de Agua Potable

SN ET: Sistema Nacional de Estudios Territoriales

USAID: Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos

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INTRODUCCiÓN.

Según Carrión, (2003) la descentralización inicia en Europa a fines de los años 40,

en el siglo XX, luego de la segunda guerra mundial. Desde ese momento y de

manera escalonada, todos los países de Europa han ido entrando paulatinamente a

esta lógica, extendiéndose la descentralización por todo el continente. Es importante

señalar que la descentralización en Europa no es un proceso heterogéneo en cuanto

al origen y a las características que asume en cada país. "Inicialmente fueron

Alemania e Italia los que impulsaron esa tendencia, aunque lo hicieron bajo

modalidades distintas de descentralización. En Alemania, Estado Federal, la

descentralización tiende a profundizar las autonomías de los «Landers» (Estados).

En Italia, Estado Unitario, se fortalece la tendencia regional de organización de su

Estado. Es decir en los dos casos la descentralización se da sobre la base de

estructu ras pre-existentes.

Esto significa que en los dos tipos de organización estatal (Federal y Unitario) y en

las dos formas de organización territorial (regional y estatal), la descentralización se

produjo con un factor común: el fortalecimiento de un nivel intermedio de gobierno.

Un segundo momento de relanzamiento de la temática se produce en los años 70-80

cuando nuevos países entran en el proceso. En Francia, gracias a la victoria

socialista, recibe un gran impulso el proceso a través de los consejos regionales, los

departamentos (como administración periférica del estado) y la ampliación de las

competencias de los gobiernos locales.

En Inglaterra, luego de haber hecho un gran esfuerzo en las administraciones locales

durante el período de la Señora Thatcher, comienza la devolución de los poderes a

Gales y Escocia y posteriormente, a Ulster; procesos que conducen en 1999 a la

elección de los primeros parlamentos autónomos en la historia de Escocia y Gales.

España lo hace a raíz de la caída de la dictadura de Franco, para procesar el

enfrentamiento de las «dos Españas»: La centralista católica, monárquica y

capitalista con la federal, laica, republicana y socialista ,,1

1 CalTión. F, (EdY-Procesos de descentralización en la comunidad Andina". 1 era Edic. Ekseption Publicidad,

Quito, Ecuador. 2003.Pág. 20-21

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La Descentralización en América Latina.

El surgimiento de la cuestión local en América Latina tiene lugar a fines de la década

del setenta y principios de los ochenta, en el contexto de la redemocratización que se

vive en la región, con décadas de retraso comparado con Europa. La reforma del

Estado puso al orden del día el debate sobre la descentralización, en donde se

inscribe el tema de lo local. De aquella época para acá, se perciben dos etapas en el

proceso descentralizador.

Una primera, caracterizada como la vía municipal de fortalecimiento de lo local, a

partir de la transferencia de recursos y competencias, así como de la ampliación de

su base social de sustentación a través de la participación y la representación.

Este proceso desencadena una marcada bipolarización entre lo local y lo central, lo

que produce algunos efectos, entre ellos: a) el debilitamiento del contenido, riqueza y

visión de lo nacional; b) la pérdida de la importancia del nivel intermedio, llámese

provincia, departamento o región.

En este período la temática regional, tan importante en la década anterior, ha cedido

ante el peso de lo municipal, debido en gran medida a las siguientes causas: a) la

desorganización del conjunto de la estructura estatal, b) la hegemonía del poder

municipal en la escena local y e) los diversos efectos que produce la globalización en

el territorio.

En América Latina los procesos más radicales de municipalización fueron el

Boliviano y el Colombiano; en el primer caso a través de la creación de múltiples

municipios yen el otro, mediante una propuesta institucional general.

La segunda etapa se caracteriza por el regresar la mirada hacia el nivel intermedio

de gobierno con el fin de remediar el vacío que produjo el excesivo peso sobre lo

municipal. Algunos países se encuentran en un momento de redefinición de estas

estructuras provinciales o departamentales, con miras a establecer vínculos entre lo

local y lo nacional (ejemplos de ella son: Brasil, Argentina, México y Venezuela)

(Carrión, 2003)

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La Descentralización en El Salvador

Con la firma de los Acuerdos de Paz en 1992, la vida de los salvadoreños en todos

sus aspectos se vio afectada y las medidas orientadas a finalizar la guerra armada

en el país involucraron lo económico, político, social y cultural. En este contexto las

medidas en lo político y económico fueron las que iniciaron sus transformaciones en

el corto plazo, no así los cambios sociales que buscaban reducir las desigualdades

que habían desencadenado la guerra. En esta etapa existía herencia de un Estado

intervencionista y autoritario que había dado muestras que el Centralismo no era la

solución en nuestras latitudes, y había llevado al Estado a alejarse de las

necesidades de los ciudadanos. Casi inmediatamente después de la firma de los

Acuerdos de Paz surge la primera propuesta denominada Estrategia de

Descentralización y Fortalecimiento Municipal, durante la Administración del

Presidente Alfredo Félix Cristiani Burcard. Las propuestas continuaron y para 1994 el

Programa de la Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) apoya al Ministerio de la

Presidencia en la elaboración de un documento de fortalecimiento para el

mencionado ministerio, en el cual señala que para que el gobierno realice su proceso

de modernización debe afrontar reformas que requieren de un diseño estratégico,

que finalmente comprenderá la política que permita cambios y realizar

razonablemente la descentralización, teniendo en cuenta las particularidades de El

Salvador.

El Presidente Calderón Sol impulsó durante su período una modalidad de

"descentralización funcional" que transfirió funciones de administración educativa a

entidades de las mismas comunidades, tal es el caso del Programa de Educación

con Participación de la Comunidad (EDUCO).

Asimismo, durante 1997 se crea por Decreto Presidencial el Consejo Nacional para

el Desarrollo Sostenible y a instancias de la Secretaría de la Presidencia, la Comisión

Nacional de Desarrollo (CND) que sentaría las Bases del Plan de Nación.

Para 1999, con las bases del Plan de Nación y la Alianza solidaria del plan de

Gobierno del Presidente Francisco Flores Pérez, éste se compromete a fortalecer la

Participación Local y Descentralización de la Gestión Gubernamental, convertir a los

gobiernos locales en aliados claves del desarrollo nacional, transfiriendo en forma

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directa, gradual y concertada, competencias y recursos financieros hacia las

municipalidades e incorporando como práctica la corresponsabilidad y efectividad en

el uso de los recursos. Se observa en este período que el tema ha sido compartido

por más agentes, incorporada también en las agendas de organizaciones no

gubernamentales así como en las plataformas electorales de los otros partidos

políticos.

Por otra parte, en el tercer Encuentro Nacional de la Empresa Privada (ENADE2002)

los empresarios salvadoreños propusieron dentro de la modernización del Estado el

impulso de una política de descentralización y desconcentración.

Es en ese contexto que ocurren los terremotos de enero y febrero de 2001 en donde

se da un enfrentamiento directo entre el Ejecutivo y los Gobiernos Municipales ya

que ambos demandan desarrollar su papel: las municipalidades como instituciones

cercanas a la gente, como forma de potenciar su rol tanto en la toma de decisiones y

el manejo de los fondos para la reconstrucción; y el Estado como ente nacional y

receptor de la ayuda internacional.

En este ambiente, el 21 de marzo del 2004 se elige al nuevo presidente de El

Salvador para el período 2004-2009, encontrándose con una serie de retos para su

próximo gabinete y el pueblo en general. El régimen que preside el Sr. Elías Antonio

Saca es el cuarto período en el poder para su partido poi ítico y por las deudas

existentes en el tema social hoy se habla de acercamiento a la población y sus

necesidades más sentidas, lo cual requiere de una fuerte inversión en el tema social

y que él ofrece llevar a cabo.

Los cambios necesarios y la modernización del Estado que necesita efectuar este

gobierno son planteados en su plataforma política para llevar a cabo la

descentralización de la gestión gubernamental y fortalecer la participación local y

con ello mejorar la prestación de los servicios. A esto, según el gobierno, se le dará

un fuerte impulso. Precisamente, cuando se habla de los servicios brindados por el

Estado y las necesidades de la población surge el tema del abastecimiento de agua

potable a la ciudadanía. Y es debido al desabastecimiento, la presión demográfica, la

presión de la ciudadanía, la mala calidad en la prestación del servicio, la mala calidad

del agua, entre otros, que desde 1994 surgen en El Salvador iniciativas tendientes a

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la "descentralización" de los servicios de agua potable que sirven a la población

urbana del país y cuya administración ha estado en manos de la Administración

Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA). En el siguiente gráfico se muestra

como en el tiempo se han venido abordando las propuestas claves de

descentralización, durante los últimos doce años.

Figura No.1: Proceso de la descentralización en El Salvador

Estado del Proceso de descentralización

Gratico No. 1

2005

2000

1995

19\}O

1985

Estado Pl"Opuesta

Antes de las propuestas PNUD

Fuente: Elaboración propia en base a datos PNUD y CND

DEFINICiÓN DE PROBLEMA

Propuesta C~f) Política de

ModcrniLación

¿Puede considerarse como descentralización --desde la visión del Desarrollo

Local-- el proceso iniciado por ANDA, al delegar la administración de los sistemas de

Agua Potable?

OBJETIVOS

Objetivo General

Analizar el proceso de descentralización de los sistemas de agua potable

implementado por el gobierno central a través de la unidad ejecutora de

descentralización y reconstrucción de la Administración Nacional de

Acueductos y Alcantarillados y sus impactos en el ámbito local.

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Objetivos específicos

• Analizar si se cumplieron los requisitos previos para implementar el plan piloto,

en el proceso de Descentralización de los sistemas de agua potable.

• Analizar si se cumplen los objetivos de la descentralización en el proceso de

delegación para la administración de los sistemas de agua potable.

• Analizar si el plan piloto de la Administración de Recursos Hídricos llevado a

cabo por el Gobierno de El Salvador a través de ANDA ha producido

impactos a nivel local.

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1- MARCO CONCEPTUAL

1.1 Qué es el Desarrollo Local:

Partir de una definición exacta de lo que es el Desarrollo local se vuelve complicado,

tomando en cuenta los diversos enfoques sobre lo que debe o no considerarse

desarrollo local, ya que dependen de la óptica y la dimensión (económica, social,

cultural, política, etc) desde la cual se analice. Sin embargo, para fines de esta

investigación se considera desarrollo local como "un proceso participativo que genera

y fortalece las capacidades socioeconómicas en espacios determinados dentro del

territorio, para mejorar la calidad de vida de las presentes y futuras generaciones.

Esto requiere, por una parte, procesos de concertación entre los agentes que tienen

interacción dentro de un territorio determinado y por otra, una articulación de políticas

y programas de desarrollo nacionales, regionales y municipales, así como la

conservación del patrimonio cultural yecológico.,,2

Esta definición lleva implícito las reflexiones sobre variables tales como territorio,

participación ciudadana, capacidades, sustentabilidad y sostenibilidad en los

procesos.

1.2 Descentralización en el contexto del Desarrollo Local

En el análisis de la descentralización ocurre en términos generales la misma

disyuntiva que con el desarrollo local, por las diversas interpretaciones que genera.

No obstante para fines de análisis se realiza una definición de la descentralización

desde la visión del Desarrollo Local.

1.2.1 Definición de descentralización:

"Proceso ordenado y progresivo de transferencias de competencias,

responsabilidades, poder de decisión y recursos desde el gobierno central a

2PNUD. "Informe de Desarrollo Humano 200I"Cap. (1 lmp;//,,<,,<w.desarroIlohumano.

org.sv/indcx.php?modu1c. (Enero 2004).Pág. I

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las entidades estatales subnacionales, así como la apertura de éstas a la

participación activa de la sociedad civil3" el cual es el expresado por el

PNUD en su informe del tema de Descentralización y Desarrollo Local del

año 2001.

1.2.2. Objetivos de la descentralización

Se consideran como objetivos los siguientes (PNUD, 2001):

Aproximar la gestión pública a la ciudadanía: El proceso de

descentralización permite al ciudadano la cercanía necesaria para conocer

en primera instancia cómo se realiza la administración de los servicios

públicos.

Fortalecer la gobernabilidad democrática: Propicia el espacio para

establecer relaciones con los administradores de los servicios y la

ciudadanía.

Mejorar la calidad de la administración pública: uno de los objetivos

principales de la descentralización es el hecho de lograr que los servicios

públicos sean prestados con mayores niveles de eficiencia y calidad.

Además la ciudadanía empoderada y conocedora de sus derechos ejerce

contraloría hacia los administradores de los servicios.

Volver más eficiente al Estado: La participación de la ciudadanía y otros

prestadores de los servicios disminuye la burocracia y costos debido a la

simplificación de los procesos.

Fortalecimiento del capital social en los espacios locales: El desarrollo

de nuevas capacidades y habilidades por la participación en los niveles de

decisión y gestión en la administración de los servicios públicos.

, Idel11

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1.3. Cómo descentralizar

La descentralización pretende establecer una relación entre la sociedad civil y las

instituciones para lograr el fortalecimiento en los ámbitos político, social y económico

para que se cumpla la finalidad de que este proceso sea motor para el desarrollo de

la sociedad. A lo anterior debe sumarse que dicho proceso tiene un enfoque integral

que incluye dimensiones económicas, sociales y políticas que hacen de éste un

instrumento de concertación entre los distintos actores que participan.

Debe señalarse que la descentralización como tal es un proceso eminentemente

político que incluye dimensiones de aplicación de distintos tipos, entre ellos:

Descentralización Administrativa: Se entenderá como tal al hecho de transferir

competencias a niveles inferiores horizontalmente integrados. Esta acción de

transferir facultades administrativas y financieras a una determinada organización de

gobierno local no quiere decir que todo lo que se haga en esa comunidad sea

decidido localmente. En última instancia el órgano de gobierno local siempre

responderá ante el gobierno central, en éste tipo de descentralización las autoridades

encargadas de la administración local pueden ser elegidas por los pobladores o

designadas por el gobierno central. .. {Galíndez Figueroa)

Descentralización Política: Se entenderá como tal al hecho de transferir campos de

decisión y recursos a unidades territoriales de gobiernos regionales o locales

caracterizados porque su legitimidad proviene de elecciones distintas a las

nacionales y de su autonomía política.

Se presenta como requisito para llevar a cabo una descentralización política, el

hecho de que las autoridades a las cuales se hará la transferencia de facultades

sean elegidas por los pobladores de la región, y no simplemente designadas por el

gobierno central. Las competencias transferidas en una descentralización política

serán ejercidas de forma autónoma por los gobiernos locales (u organismos a los

cuales se transfiera las competencias), respondiendo en última instancia a los

pobladores que los eligieron y no al gobierno central. Y desde el enfoque de la

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provisión de bienes públicos, afirma Finot: "...sólo habrá descentralización política

cuando se decide (por parte de los gobiernos locales) qué, cuánto y con qué

recursos proveer.. ." .(Galíndez Figueroa)

Descentralización Fiscal: una descentralización fiscal traslada el manejo y/o

problemas de la política fiscal hacia los diferentes gobiernos subnacionales,

reduciendo significativamente la discrecionalidad o el ámbito de maniobra del

gobierno central con el objeto de estabilizar la economía. Haciendo que los gobiernos

subnacionales puedan tener a través de sus operaciones fiscales importantes efectos

sobre los ajustes y estabilidad macroeconómica" . "La descentralización fiscal se da

cuando los gobiernos subnacionales tienen la facultad constitucional o legal para

recaudar sus propios tributos y desarrollar sus funciones de gastos".(Cabrera,2001)

Para el caso de El Salvador los primeros pasos que se han dado sugieren que se

está en proceso de una descentralización en términos administrativos.

Ahora bien, hablar sobre descentralización administrativa ha implicado tomar en

cuenta las modalidades que efectivamente se han implementado en busca del logro

de este fin. Las modalidades generalmente aplicadas son4:

Desconcentración: Relativa a la redistribución de la capacidad decisoria en el

manejo de recursos y prestación de servicios entre diferentes niveles de organización

del Gobierno Nacional.

Delegación: Transferencia total o parcial de funciones, recursos y capacidades de

decisión del Gobierno Nacional a otros entes no controlados totalmente pero

responsables ante éste por sus propias leyes o por convenios o contratos de gestión.

Devolución: Transferencia definitiva de poderes del Gobierno Nacional a los

Gobiernos Locales para prestar servicios, obtener recursos y decidir

independientemente.

4 Liévano de Marques, M.y Síntesis Consultores Intemacionales. Opciones para la Descentralización de losServicios Públicos.Abril del 200 l. Pág. 7

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1.4. ¿Cuáles son los pasos a seguir para planificar el proceso de

descentralización?

Analizando y observando las diferentes iniciativas que se han aplicado en América

Latina, si bien no existe una receta o un protocolo a seguir, sí puede observarse

puntos en común y lógicos que dan un marco referencial de cómo descentralizar, a

continuación lo analizado y sugerido(ldrovo, 2003):

1· Análisis de competencias

Como paso inicial del proceso es indispensable realizar el análisis de las áreas de

responsabilidad del Estado las cuales usualmente son:

a) De soberan ía

b) Económicas

c) De educación y cultura

d) Fiscales

e) De Gobierno Interior y Política

f) De Infraestructura y equipamiento social

g) Sociales

h) De educación y cultura

2· Definición de principios a seguir

Una vez definidas las competencias del Estado deben establecerse los principios que

deben regir el proceso a seguir. Para este caso se establecen las de

SUBSIDIARIEDAD, FLEXIBILIDAD y GRADUALlDAD entendidas las mismas como:

a) SUBSIDIARIEDAD5: Competencias que ejecutan una organización local con

mayor efectividad, corresponden con más propiedad a ellas que a una organización

central, aunque la justificación de prestar el servicio la tiene el nivel superior.

b) FLEXIBILlDAD6: Es una respuesta a la heterogeneidad de la realidad, que

tiende a romper el uniformismo, ya reconocer la diversidad.

5 Tomado de exposición de Módulo de Descentralización, Maestría en Desarrollo Local, Ing. Jaime Id1'Ovo, 2003

(, CalTión, F. "Criterios para la descentralización" Instituto Latinoamericano de Doctlina y Estudios SocialesILADES. Pág. 60

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c) GRADUALlDAD: Criterio vinculado directamente a la necesidad de realizar la

descentralización como un proceso ordenado y progresivo de transferencia.

3- Criterios de asignación de competencias

Para la asignación de competencias debe establecerse las atribuciones para cada

una. Para fines de esta investigación se utilizan cinco atribuciones:

a) Políticas: Formulación de políticas y estrategias generales

b) Control: Expedición de normas y reglamentos, aplicación de las normas y

reg lamentos J fiscalización

c) Financiamiento: Provisión de recursos financieros demandados

d) Planificación: Diseño previo a la ejecución o prestación del servicio

e) Ejecución: Implementación de la actividad y/o prestación del servicio.

4- Qué competencias transferir

Una vez realizado el análisis de las competencias del Estado y las atribuciones en

cada caso, puede procederse a definir que competencias pueden y deben

descentralizarse. Acá debe realizarse el análisis de aquellas competencias que por

su naturaleza son intransferibles.

humanos J

territoriales

estructuras

las nuevas

1.5. Condiciones para la descentralización

• Condiciones Políticas (ldrovo J 2003): Toma de decisiones y

promulgación de leyes y reglamentos, para operativizar el proceso de

descentralización. Es decir, establecer marcos legales referenciales

para el proceso que se llevará a cabo.

• Condiciones administrativas: Readecuación de las

administrativas institucionales para establecer

competencias.

• Condiciones económicas: Redistribución de recursos

financieros y de logística, hacia los ámbitos

correspondientes.

12Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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1.5.1. Prerrequisitos para la descentralización de los servicios públicos

Cuando hablamos de descentralizar las funciones del Estado para fines de

esta investigación se considera específicamente la descentralización de los

servicios públicos, para lo cual deben cumplirse los siguientes requisitos?

a) Que la demanda surja de la población

b) Definir claramente el rol de las entidades involucradas

c) Definir mecanismos de financiamiento y responsabilidades

d) Análisis de las capacidades locales

e) Propiciar la participación de los diferentes actores locales

f) Que se cuente con un sistema de rendición de cuentas y contraloría

social

g) Contar con el apoyo (económico, técnico, etc) del gobierno central para

fortalecer las capacidades locales.

h) Que se tome en cuenta diferencias territoriales para la operativización

del proceso de descentralización.

1.6. La participación ciudadana en los procesos de descentralización

Cuando se analiza las implicaciones y aciertos de procesos como el de la

descentralización es indispensable que se observe de manera específica el

tema de la participación ciudadana. En el caso de la descentralización del

agua la participación ciudadana juega un papel primordial ya que uno de sus

objetivos es el acercar los servicios a la población y hacerla partícipe de la

gestión.

Cómo todo proceso que involucre la intervención directa de la población se

hace necesario que se establezcan los mecanismos a través de los cuales la

población y sus diferentes representaciones puedan directamente participar en

la toma de decisiones sobre los servicios que los afectan (empoderamiento de

7 Se hace notar que se ha realizado revisión de distintos autores acerca dd tema de los requisitos a cumplir parallevar a cabo la descentl'alización y el equipo de investigación organiza d listado de los mismos de acuerdo a sucriterio, eliminando algunos en los cuales no coinciden e incrementando algunos que no han sido considerados.

13Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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la ciudadanía). Para el caso de la descentralización del agua deben

establecerse:

a) Los actores locales involucrados (vinculado a la revisión de los distintos

actores en el territorio): los beneficiarios directos (usuarios, industria,

comercio, iglesia, gobierno local, etc)

b) La representación de la población. Establecer mecanismos para que

existan la representación de todos los actores en el proceso de

descentralización).

e) Los procesos de representatividad de los actores. Establecer los modos de

representación y participación en el proceso

1.7. La Gestión del Agua

El marco institucional debe ser claro referente a los roles que debe jugar el gobierno

central y los gobiernos locales. Estos últimos deben tener voz y voto en la toma de

decisiones tanto en la definición de políticas como en la gestión de los servicios en

sus respectivas localidades. En ese sentido, es necesario crear un organismo

responsable de definir los lineamientos de política para el aprovechamiento del

recurso hídrico; es necesario coordinar la investigación, el uso, manejo y la

conservación; así como dictaminar sobre los aspectos fiscales del aprovechamiento y

de las medidas necesarias para fomentar su conservación y controlar la

contaminación.

Para fines de análisis se toma como base la investigación de Brigitte Biesinger

"Paraguay Agua Potable y Saneamiento"(Biesinger, 1998). Sin embargo es

importante señalar que se ha realizado adecuaciones a la misma en aras de

acercarlo a la coyuntura de este servicio en El Salvador, sin perder de vista las

lecciones aprendidas en otras experiencias para fortalecer y mostrar mayor claridad

de los procesos a seguir.

14Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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Un proceso de descentralización, específicamente en el tema del subsector de agua

potable y alcantarillado, implicaría:

1) Creación de la Comisión Nacional para la Descentralización del Estado (este

proceso debe incluir la comisión a cargo de la descentralización del agua)

2) Creación del Consejo para la Descentralización del Agua: Este consejo a

cargo del diagnóstico del sector agua potable y alcantarillado, de desarrollar

un proyecto estratégico para la concesión del servicio público y de formular un

proyecto de ley general del marco regulatorio y tarifario del sector público de

provisión de agua potable y alcantarillado sanitario

3) Definición y creación de las instancias a cargo de ejercer labores de rectoría y

contraloría para la descentralización del agua para la aplicación de leyes y

reglamentos especiales.

4) Creación de entes coordinadores para los diferentes usos del recurso agua.

Figura. No. 2 Trilogía de la Gestión Eficiente del Agua Potable

Creación de la Ley de aguas

Creación del rector recurso

Agua potable

15

Creación del controlador

de gestión del agua potable

Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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1.8. Marco legal8:

El marco jurídico para la gestión del agua debe ser enfocado en la concepción de

considerar al agua como un bien común necesario para la conservación de la vida

humana, por lo que requiere ser gestionado de manera sustentable, distribuido con

justicia y aprovechado eficientemente. En ese marco se deben formular leyes que

garanticen el manejo sustentable de la misma y constituya el marco normativo

necesario para implementarlas. Desde este punto es importante señalar que se

requiere de la aprobación de un marco jurídico que actualice, simplifique, integre y

vuelva eficiente el ordenamiento legal, esto incluye:

Aprobación de la política y plan nacional del recurso hídrico.

Aprobación de la Ley General de Agua

Aprobación de la Ley del Subsector Agua Potable y Saneamiento

Para el logro del marco jurídico eficiente del recurso agua potable para fines de esta

investigación se hacen las siguientes consideraciones: 9

¿Por qué la regularización es necesaria?

a) Proteger al usuario

b) Definir un marco claro que sirva como base de decisión

e) Aspecto de salud pública, social y ambiental del servicio

d) Mejorar las condiciones del servicio

¿Quiénes son los protagonistas?

a) Titular del servicio

b) Ente regulador

c) Prestadores

d) Usuarios

¿Qué tiene que ser regulado/definido?

~ Iban·a, A., et Al HPropue~tas Bá~icas para elaborar una política nacional hídrjca". Unidad EcológjcaSalvadorefía (UNES). Servicios Litográficos de El Salvador. El Salvador, San Salvador. 2001

9 Para tines de investigación se toma como base la investigación de Biesinger, Brigitte. "Paraguay Sector Agua

Potable y Saneamiento". Julio de 199R. Imp:/íwww.stp.gob.Py.

16Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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a) Las condiciones esenciales del servicio (continuidad, calidad, regularidad,

generalidad, igualdad)

b) La competencia de cada sujeto que interviene en la prestación de servicio

separando claramente las facultades de regulación y supervisión de las de

prestación del servicio.

c) La creación, funcionamiento y financiamiento del ente regulador

d) Los derechos, obligaciones, facultades y atribuciones de los protagonistas

e) La supervisión de los prestadores de servicio

f) La prestación del servicio (alcance, calidad, régimen tarifario, pago de los

servicios, servidumbres, normas ambientales, bienes del servicio)

g) La resolución de conflictos

h) La protección de los usuarios

i) La protección de los recursos naturales

j) Las reglas del juego en cuanto a la planificación y coordinación sectorial

k) Las modalidades de transición.

1.9. Impactos de la descentralización

Para el análisis de los impactos de la descentralización en el desarrollo local

se establece el siguiente proceso de análisis:

a) Análisis de las actividades desarrolladas para el proceso de

descentralización: esto incluye el análisis de los diagnósticos, evaluación

de alternativas y modalidades

b) Análisis de la propuesta operativizada

c) El uso y la utilidad que tiene para los beneficiarios o la sociedad

d) Análisis de los efectos que producen en el desarrollo local las propuestas

implementadas

e) Siguiendo la cadena de cambios producidos por el proceso de la

descentralización se concluye en los impactos que produce en cuanto al

desarrollo local.

17Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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Para fines de esta investigación se presenta una manera gráfica de establecer

el análisis de la cadena de impactos:

Figura. No. 3: Análisis de la cadena de impactos

Fuente: Elaboración propia

2. METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN

2.1. Tipo de estudio: Estudio de caso

2.2. Universo. 20 municipios integrantes del Plan Piloto de Descentralización

de los sistemas de agua potable en El Salvador.

2.2.1.Muestra: Un municipio participante del plan piloto de descentralización

2.2.1.1. Población: Número de habitantes del Municipio de Suchitoto,

según ultimo censo nacional (1992)13,850 y según la Dirección

Nacional de Estadística y Censos (DIGESTYC), proyección 2003 igual a

16,362.

2.2.1.2. Criterio de inclusión: Un municipio que cumpla con los

requisitos establecidos por el equipo para la investigación:

IRDigitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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- Cumplir con el criterio de ser una empresa municipal descentralizada

Formar parte del plan piloto de descentralización ya que esta figura

contempla la participación de la ciudadanía y el gobierno local

- Haber aceptado y cumplir con los compromisos establecidos en el

convenio de delegación suscrito con ANDA

- Tener establecido un sistema de participación ciudadana incluyente

- Contar con el apoyo de la contraparte del gobierno municipal.

- Receptividad, interés, accesibilidad y apertura a la investigación que

se realiza.

2.2.1.3. Período de investigación de campo: 7 de noviembre del 2004

al 31 de abril del 2005.

2.3. Métodos de recopilación de datos.

2.3.1. Instrumentos utilizados: Guía de entrevista estructurada y

revisión documental (Ver anexo 1)

Para efectos de estudio de campo la guía de entrevista se ha distribuido en

tres partes:

Parte 1: Análisis de Convenio de Delegación de Funciones, situación que

responde a los principios que debe regir el proceso de descentralización.

Parte 11: Preguntas relacionadas al cumplimiento de los objetivos que se

consideran deben cumplirse para llevar a cabo la descentralización. A esta

parte se le definen preguntas relacionadas a la empresa municipal y su

entorno.

Parte 111: Preguntas relacionadas con la percepción de los administradores

locales de las empresas municipales y su relación con los impactos y

efectos a nivel local.

19Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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2.3.2. Procedimiento logístico:

a) Revisión Documental de los procesos en ANDA para efectuar la

descentralización.

b) Revisión documental y entrevistas de campo para realizar análisis de los

convenios concedidos por ANDA a las empresas municipales.

c) Para la evaluación de los impactos resultantes del Plan Piloto de

Descentralización se realizará investigación de campo en la muestra de un

proyecto piloto.

2.3.3. Prueba piloto, resumen de resultados cuatro modificaciones a

instrumentos(Ver anexo 2 y 3 entrevistas prueba piloto)

2.4 Variables analizadas de acuerdo a los objetivos planteados en la

investigación

A- Conceptuales

B- Objetivos

C- Principios

D-Impactos

3. ESTUDIO DE CASO:

3.1. Plan piloto de descentralización de agua potable

Según datos oficiales de la ANDA en el año 2000, se tenía una cobertura del

suministro de agua potable de un 60.36% a nivel nacional. Del dato anterior, el

93.47% corresponde a población urbana y apenas el 26.17% a la zona rural, siendo

éste último el nivel más bajo de cobertura rural del agua potable en Centroamérica y

uno de los bajos en América latina. lO

1iJ Cnc. "La situación del recmso hídrico en El Salvador", El agua no es una mercancía. 7de Octubre del2üü2.Pág.2

20Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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Por otro lado, poblaciones enteras reclaman por el desabastecimiento del vital

líquido, otras se quejan de la mala calidad, el elevado costo de las tarifas, etc. Ante

esta serie de demandas y la presión de las instituciones financieras internacionales,

ANDA inicia en 1999 su plan piloto para la descentralización que contempla las

siguientes 12 iniciativas:

1- Asociación para Manejo de Aguas de Concepción de Ataco y Apaneca

2- Empresa Municipal del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de

Tacuba

3- Empresa Municipal de Acueductos y Alcantarillados de San Isidro,

Cabañas

4- Empresa Municipal de Aguas de Nueva Concepción

5- Empresa Municipal de Agua Potable de Comalapa

6- Empresa Municipal Administradora Suchitotense de Acueductos y

Alcantarillados

7- Empresa Villanueva Sociedad de Economía Mixta de Capital Variable

8- Asociación de Empresarios y Vecinos de la Zona Industrial La Laguna

9- Empresa Municipal de Agua Potable de Santiago de la Frontera

10-Alcaldía Municipal de Caluco

11-Consejo Microregional de Alcalde de Juayúa, Salcoatitán, Santa

Catarina Masahuat y Nahuizalco.

12-Tetralogía, Sociedad de Economía Mixta de C.V.

Si bien el proyecto contempla varias modalidades de administración, al inicio solo

contemplaba la modalidad de sociedades por economía mixta. Sin embargo, gracias

al apoyo técnico de Research Triangle Institute (RTI Internacional), éste promovió

que se tomara en cuenta la posibilidad de incluir otras modalidades, incluyendo la

modalidad de empresas municipales.

Los proyectos iniciados en el plan piloto de ANDA incluye 21 municipios del país; en

todos los casos se ha firmado convenio de delegación de funciones; el tipo de

administración de los sistemas incluyen: 2 asociación de usuarios, 6 empresas

21Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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municipales, 1 administrada directamente por la municipalidad, 2 sociedades por

acciones de economía mixta y 1 asociación de municipios (microregión).

En cuanto a los sistemas de distribución: seis casos son por gravedad, 5 por bombeo

y en uno de los casos no se tiene información. Con relación a la población atendida

en su mayoría es de la zona urbana de los municipios.

A continuación se presentan los proyectos considerados en el plan piloto de

descentralización y sus principales características:

22Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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RepúblIca de El SalvadorMapa de ub¡cae!ón de Sueh¡toto

Para efectos de investigación se toma para el estudio de caso el Municipio de

Suchitoto.

3.2. Referencias generales del municipio de Suchitoto12

3.2.1. Ubicación

El Municipio de Suchitoto se encuentra

localizado en el Departamento de Cuscatlán, en

la zona paracentral del país a 46 kilómetros al

norte de San Salvador.

3.2.2. Extensión

La extensión geográfica del Municipio de

Suchitoto es de 329.2 km. 2, de los cuales 3.13

km. 2 corresponden al área urbana. El Municipio

comprende 28 cantones y 77 comunidades.

FUENTE: Plan ti" D",armllo Turj,tjc'o y ti" Cfln~"f\'a"i{,n tid l\fllnj~jpifl ti" SU<:hitfltO. Fa,,, ti" Djagnó,tiul, 1999.

12 Tomado de Plan de DesalTollo Municipal de Suchítoto, 2000

24Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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3.2.3. Límites

Está delimitado al Norte por el Embalse del Cerrón Grande, al Sur a través de los

relieves geográficos del Cerro Guazapa y el Cerro Tecomatepec. Además, limita con

los municipios de San José Guayabal, Oratorio de Concepción y Tenancingo; al Este

con el municipio de Cinquera y al Oeste con los municipios de Aguilares y Guazapa.

3.2.4. Hidrología

El norte del municipio colinda con el Embalse del Cerrón Grande, cuya extensión

aproximada es de 3000 manzanas. En esta zona se localizan los ríos caudalosos

como el Lempa, Los Limones, Chalchigüe, Quezalapa y Sinacapa. Adicionalmente,

existen potenciales hidrológicos en la zona alta y

baja del municipio. ~

3.2.5. Población

A 1992, la población total del municipio de

Suchitoto era de 13,850 habitantes, de los cuales

el 69% se localizaba en el área rural y, el resto

en el área urbana.

• La disposición de desechos Iiquidos del

Área Metropolitana de San Salvador que

contaminan al río Acelhuate.

Estos recursos sin embargo están

contaminados por las sucesivas descargadas

de aguas negras a lo largo de su recorrido.

Los casos más críticos son:

lUO('()NC-l:p('lON

RIOS o QI'FrJR/\DA"

- LTMTTT:S DEL AR FAr 'RnANA

M,mRrél

los ríos

Limones,

3.2.6 Recursos hídricos

En el municipio se localizan

importantes: Lempa, Los

Chalchigüe, Quezalapa y Sinacapa.

-.- I'IMn'ES DE AREA "RnANA FiJnJRA

lllirn. ZONASDLURI3ANIl:AClON r'l:rURA

lllirn ZONAS VERDES

25Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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• Los residuos que vierten los ingenios azucareros de la región.

• Los agroquímicos que se transportan producto de la erosión y el tipo de prácticas

agrícolas.

Los cerros de Guazapa y Tecomatepe representan la principal fuente de recarga de

los mantos acu íferos localizados en la zona baja de los cantones La Bermuda, El

Molino, Palacios, Milingo, San Lucas, Haciendita, Buena Vista, Zapote,

Consolidación, Platanares y Delicias. No existe manejo adecuado de éstas cuencas,

lo que ocasionará impactos en el mantenimiento de los acuíferos.

3.2.7 Agua potable

Área Urbana.- El 96% del área es atendida con el servicio domiciliar a través de

EMASA y el 4% no posee el servicio, ya que son asentamientos informales y son

abastecidos mediante chorros públicos13. En al actualidad se facturan 1,387

usuarios

Área Rural.- El 13% de la población posee el

servicio domiciliario a través de proyectos

comunales, el 29.8% es abastecido por medio

de tanques de captación y chorros públicos; el

26.2% mediante nacimientos de aguas, ríos o

quebradas; el 26.7% se abastece mediante la

recolección de aguas lluvias, el 3.5% se

abastece mediante pozos individuales. La

mayoría de estas formas de abastecimiento no

poseen tratamiento adecuado.

H Pineda, Enrique. Entrevista personaL 23 de abril del 2005.

26

Servicios de agu a potable.Zona Rural

Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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3.2.8 Alcantarillado sanitario

Zona Urbana.- el 80 14% de los habitantes del área urbana cuentan con un sistema

de drenaje y tratamiento de aguas negras, este está ubicado en un terreno de dos

manzanas propiedad de la municipalidad, pero administrado por EMASA.

Área Rural.- A través del Fondo de Inversión Social para el Desarrollo Local (FISDL)

y entidades no gubernamentales se han realizado programas de construcción de

letrinas en algunas comunidades del sector.

ALCANTARILLADO SANITARIO.AREA URBANA

14 .Idem.

20%

80%

• Sin red

• Cobertur

a con red

27Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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3.2.9. Aguas lluvias

Área Urbana.- El centro urbano cuenta con un sistema de escorrentías supetiiciales.

Las aguas son descargadas directamente a las quebradas que delimitan la ciudad.

Áreas Rurales.- En el área rural no existe ningún sistema para el manejo de las

aguas lluvias, lo que ocasiona que en la estación invernal se deterioren las vías de

comunicación.

3.3. Antecedentes de incorporación del municipio del municipio de Suchitoto al

plan piloto de descentralización

En el mes de octubre del año 2000, los habitantes del municipio de Suchitoto,

agobiados por problemas de un servicio costoso y deficitario y ante la necesidad de

recibir atención inmediata a su problemática, se organizan alrededor de esta temática

y junto al gobierno local demandan ser incluidos en el plan piloto de

descentralización del agua potable, iniciado previamente y que contemplaba a

municipios con poblaciones menores a los 25,000 habitantes.

Este proceso de participación de la población en la demanda ante la institución

autónoma ANDA conllevó la realización de la convocatoria durante dos meses de un

proceso ampliado de organización, que da como fruto un grupo gestor inicial

conformado entre representantes de la población y la Municipalidad quienes son los

que dialogan con los representantes de ANDA.

Ante esto AN DA envía a sus delegados y la población decide escuchar las

modalidades propuestas por ANDA para la administración de los sistemas, ya que la

situación es tan crítica que deciden optar por ingresar a éste.

El proceso organizativo señalado previamente fue apoyado por la ONG RTI quien

desarrolla el Proyecto de Fortalecimiento Democrático Local (FODEL), realizando

además el estudio de prefactibilidad para la incorporación del municipio al plan piloto.

Después de explicado el proceso por parte de la ANDA, la comunidad de Suchitoto ­

apoyada por la voluntad política de la municipalidad- acordaron suscribir un convenio

de delegación de funciones entre la entidad normadora y la empresa municipal de

administración de agua por cinco años, iniciando las operaciones en febrero del

2RDigitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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2001. Asimismo, la población del municipio, junto con su gobierno municipal, se

comprometen a crear la entidad administradora de agua "descentralizada". Para ello

hubo un acuerdo municipal de crear la figura de la "Empresa Municipal

Administradora Suchitotense de Acueductos" (EMASA), formando a la junta directiva

integrada por nueve miembros de los cuales 5 son propietarios y 4 suplentes, 3

pertenecen al concejo municipal y el resto conformado por personas de barrios y

colonias, obteniendo además su personería jurídica (Ver anexo 4).

4. PRESENTACiÓN DE RESULTADOS

4.1 Cumplimiento de requisitos previos a la implementación del plan piloto de

descentralización.

El analizar el proceso de descentralización aplicado en la descentralización del agua

potable y alcantarillado en el Municipio de Suchitoto conllevó estudiar los orígenes

del mismo y los procesos previos a nivel de Gobierno Central, y en particular la

Política de Descentralización elaborada por la Secretaría Técnica de la Presidencia

de la República y la Unidad de Modernización (Ver anexo 5).En dicha política la

descentralización es considerada un área de vital importancia en la modernización

del sector público, definiendo a la descentralización como" el proceso mediante el

cual se transfieren competencias, recurso y capacidad de decisión entre diferentes

niveles de organización del Gobierno Nacional y desde éste a otras entidades o a

otros niveles de gobierno"15, y toman como modalidades de la misma la

desconcentración, la delegación y la devolución. Al respecto cabe señalar que esta

política no contempla la privatización como una de sus modalidades. Sin embargo,

en la práctica se ha observado su implementación.

Con respecto a los principios que deben regir la descentralización, la política

contempla nueve, los cuales coinciden con los requisitos que se han establecido en

esta investigación como criterios para descentralizar los servicios públicos. Estos

principios se presentan a continuación:

13 Secretada Técnica de la Presidencia, "Política de Descentralización". 1999.Pág.l

29Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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Cuadro No.2. Principios para la descentralización16

1- Partir de realidades y proximidad al Es la población misma la que ha

ciudadano. solicitado se descentralice el servicIo,

debido a la ineficacia con la cual ha sido

prestado el servicio por el Gobierno

Central

2- Incrementar y hacer efectiva

participación ciudadana

3-Subsidiaridad

la El Gobierno Central no ha facilitado los

mecanismos para incrementar la

participación ciudadana, sino más bien

han sido los gobiernos locales quienes

han estado incentivando esta

participación.

Tal como lo plantea la política, son las

instancias municipales las más cercanas

a la población en la prestación del

servicio de agua potable.

4- Claridad de roles y complementariedad Este criterio no ha sido aplicado

entre el nivel nacional y local del gobierno adecuadamente, ya que no ha existido

claridad ni coordinación entre ambos

niveles del Estado.

S-Flexibilidad y gradualidad

1(, Idem

La política contempla diseñar un

programa especialmente diseñado para el

fortalecimiento o creación de capacidades

administrativas, técnicas y financieras

para desarrollar o ejecutar las nuevas

funciones, sin embargo el proceso inició

sin ejecutar este criterio oportunamente.

30Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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Fuente: Elaboraclon propia con extracclOn de la polltlca de descentrallzaclon de la Secretaria Tecnlca

de la Presidencia y análisis propio.

Con respecto a las condiciones que deben cumplirse para llevar a cabo la

descentralización se tiene:

6-Eficiencia y eficacia en el uso de los Este criterio es aplicado por las empresas

recursos y en la calidad de los servicios descentralizadas haciendo un uso

prestados. eficiente de los recursos.

7- Equidad La implementación del plan piloto y la

ampliación de la cobertura del servicio a

casi el 100% de la población, ha

permitido una mayor equidad en la

prestación del mismo.

8- Sostenibilidad Los proyectos no han recibido los

recursos técnicos, legales, ni financieros

necesarios que permitan asumir sus

funciones adecuadamente.

9-Transparencia Este criterio ha sido aplicado por los

proyectos descentralizados.. , . . .. . ,

Condiciones Políticas: Considerando que la descentralización es un proceso

eminentemente político, este tema aún no ha sido abordado políticamente con la

importancia que conlleva el realizar la planeación de la descentralización del Estado

y sus implicaciones. Por el momento, sólo se ha contemplado la descentralización de

una manera sectorial y más bien ha sido a través del nivel ejecutivo que se han

aplicado los procesos.

Una tarea pendiente en el proceso de descentralización y específicamente en el caso

del agua potable es la de establecer el marco legal e institucional de aplicación en

este proceso.

Condiciones administrativas: Las adecuaciones de las instancias que deberían de

asumir las nuevas tareas que implican la descentralización del agua potable no

31Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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fueron establecidas. Ejemplo: Creación de ente contralor, regulador y unidades

institucionales a cargo

Condiciones económicas: Esta condición no ha sido cumplida ya que no se han

reasignado recursos económicos que fortalezcan el proceso de descentralización a

los territorios.

4.2 Análisis del Marco Legal

4.2.1. En el ámbito nacional

En El Salvador existe un marco legal que en nada ha abonado en aclarar la gestión

sustentable para el aprovechamiento del recurso hídrico, y ha creado una serie de

instancias que muestran poca claridad al delegar funciones y competencias

concurrentes que le restan coherencia a la política que el Estado debe establecer

para el recurso.

Entre la legislación relevante para la gestión del agua en El Salvador se toma para el

caso como referencia la presentada por el Programa Salvadoreño de Investigación

Sobre Desarrollo y Medio Ambiente (PRISMA)17:

La Constitución Política declara de interés social la protección, restauración,

desarrollo y aprovechamiento de los recursos naturales. Entre los motivos de

expropiación por causa de utilidad pública, establece el objetivo de

aprovisionamiento de agua.

El Código Municipal hace referencia a la competencia de los municipios para el

incremento y protección de los recursos renovables y no renovables y le da

atribuciones y jurisdicción en su territorio a través de las ordenanzas, incluyendo la

gestión de los recursos naturales.

El Código Penal establece penas a quien contamine, envenene, adultere o

corrompiere de modo peligroso, los recursos hídricos.

17 Programa Salvadoreño de Investigación sobre Desarrollo y Medio Ambiente, PRISMA. "Los desafíos delagua y la refollna dd sector hídrico en El Salvador: la respuesta ínstitucíonal", 2001. Pág. 7

32Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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El Código de Salud determina la norma de calidad del agua, el control de vertidos y

las zonas de protección. Le otorga al Ministerio de Salud la atribución para

desarrollar programas de saneamiento ambiental, abastecimiento de agua potable

para comunidades, disposición adecuada de excretas yaguas servidas, así como la

eliminación y control de contaminación del agua.

La Ley de Riego y Avenamiento establece que las aguas superficiales y subterráneas

son propiedad del Estado. Norma la extracción de agua para riego, sin aclarar cómo

se planifica, regula y adjudica el uso del agua para demandas competitivas entre

agua potable yagua para riego, tanto para uso público como privado.

La Ley Forestal declara de utilidad pública la conservación e incremento de los

recursos forestales para la prevención de la erosión, la protección de cuencas

hidrográficas y prohíbe cortar, destruir, dañar o arrancar árboles o arbustos de los

bosques, tierras forestales y de las zonas protectoras del suelo, cualquiera que sea

el régimen de propiedad a que estén sujetos.

Bajo la Ley de la Administración de Acueductos y Alcantarillados, ANDA tiene la

potestad de regular toda extracción de agua en el país, pero al mismo tiempo es el

mayor usuario de éste recurso para consumo humano.

Según su Ley de Creación, la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa tiene

derechos sobre el uso del agua para generación de energía, concebidos sin atención

a los derechos de otros usuarios conferidos por ley.

En el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo se establecen competencias para los

ramos de Agricultura y de Obras Públicas, para la generación de mecanismos

legales de protección, conservación y uso racional del recurso hídrico, así como

investigación de condiciones geológicas, hidrológicas y sismológicas del territorio

nacional. El Ministerio de Agricultura se ha encargado de los aspectos normativos del

agua como recurso natural, fundamentalmente con orientación al riego y es

responsable de administrar la red hidrométrica. Actualmente esta se ha transferido al

Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN)/Sistema Nacional de

Estudios Territoriales (SNET)

El Ministerio de Obras Públicas tiene a su cargo el desarrollo de infraestructura de

regulación de caudales para control de inundaciones.

33Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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La Ley sobre Gestión Integrada de los Recursos Hídricos (1981) Y su reglamento

(derogado) es una especie de ley básica para poder legislar en detalle los diferentes

usos del agua: consumo humano, riego, industriales, comerciales, hidroeléctrica,

pesca, usos comunes, etc. Esta ley mandaba al Ministerio de Planificación a

coordinar los estudios y desarrollar las políticas hídricas para todos los usos del

recurso. Se creó la Oficina Especializada del Agua (OEDA) en el desaparecido

Ministerio de Planificación y luego reubicada en ANDA (ahora UEDA).

El Reglamento sobre la Calidad del Agua, el Control de Vertidos y las Zonas de

Protección (Decreto No. 50, 1987), tiene por objeto desarrollar los principios de la

Ley de Gestión Integrada de Recursos Hídricos y su Reglamento, y se orienta a

evitar, controlar o reducir la contaminación del agua por vertidos domésticos,

industriales o de cualquier índole, estableciendo normas sobre depuración y

tratamiento de aguas y sus respectivas sanciones.

La Ley de Creación de la Superintendencia General de Electricidad y

Telecomunicaciones incluye la función de asignar concesiones de agua para

hidroelectricidad, sin tomar en cuenta los demás usuarios. La aplicación de esta

normativa está prácticamente suspendida, pero añade otro factor de confusión a la

gestión del recurso.

La Ley del Medio Ambiente otorga competencia en la prevención y control de la

contaminación al Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, junto al Ministerio de

Salud Pública. Según la ley, para proteger el recurso hídrico debe promoverse el

manejo integrado de cuencas hidrográficas y la protección del medio costero-marino

de toda clase de vertidos y derrames. Corresponde al Ministerio del Ambiente

elaborar y proponer a la Presidencia de la República los reglamentos necesarios

para la gestión, uso, protección y manejo de las aguas y ecosistemas.

Reglamento Especial de Aguas Residuales: tiene por objeto velar porque las aguas

residuales no alteren la calidad de los medios receptores, para contribuir a la

recuperación, protección y aprovechamiento sostenibles del recurso hídrico respecto

de los efectos de la contaminación. Las disposiciones del reglamento serán

aplicables en todo el territorio nacional, independientemente de la procedencia y

destino de las aguas residuales.

34Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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Es importante acotar que además del marco legal nacional, nuestro país es firmante

de tratados y convenios internacionales referidos a esta temática los cuales deberán

hacerse efectivos en la legislación vigente, por ejemplo el Convenio sobre diversidad

biológica (Río de Janeiro, 1999), conferencia internacional sobre agua y medio

ambiente (Dublín, 1992) y convención sobre humedales (Ramser 1971).

Desde principios de 1980 a la fecha, han existido varios intentos de reforma, que por

el contexto de la guerra no se le dio continuidad en su debido momento y fue hasta la

post guerra que se retoma nuevamente. Al inicio se cuenta con el apoyo de la

Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID) y el Banco

Interamericano de Desarrollo (BID). Desde 1993 hasta 1998, casi al finalizar la

gestión del presidente Armando Calderón Sol, se elaboran cuatro propuestas, todas

encaminadas a la creación de una Ley general de aguas. De éstas cuatro la última

que se realizó, sirvió de base para un préstamo y dos cooperaciones técnicas no

reembolsables aprobadas por el BID en mayo de 1998. Como se puede observar hay

propuestas que posiblemente surgen por presiones de organismos internacionales o

condicionantes para la aprobación de préstamos y cooperaciones que han sido

elaboradas por firmas consultoras. Si bien es cierto en su contenido las firmas hablan

de la creación de entes rectores y reguladores, éstas no han sido discutidas a nivel

nacional, en especial por las administraciones de los gobiernos locales, quienes son

los más cercanos a la población usuaria del servicio.

En este marco se llega a la administración de Francisco Flores Pérez, el cual lejos de

dar continuidad a las propuestas ya presentadas, retrasa la presentación de la

propuesta de reforma, pues se contrata a una firma de consultores chilenos para que

elaboren nuevas propuestas. No obstante en su discurso de toma de posesión Flores

promete lograr un manejo sostenido e íntegro del agua e "iniciar la descentralización

racional y gradual de los sistemas de agua". Es en este marco, que arranca el Plan

Piloto de descentralización iniciado por la autónoma ANDA, quien traslada, mediante

convenios, la operación del agua potable y alcantarillado a algunas operadoras.

35Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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4.2.2 En el ámbito local: análisis del convenio entre ANDA y EMASA

De acuerdo a la investigación de campo realizada en el municipio de Suchitoto, en el

lugar se ha desarrollado un proceso de delegación de funciones, incluyendo la

formación de una empresa municipal para este caso (Ver anexo 6 y 7). Este

convenio que según ANDA se justifica básicamente en el Art. 2 Y 3 de la Ley de

Creación de la misma, le brindan la sustentación legal a la autónoma de poder

realizar este tipo de procesos que se enmarcan en la modernización del Estado (Ver

anexo 8). Considerando esto y la definición de descentralización utilizada para esta

investigación, se comprueba que el proceso iniciado por ANDA, si bien ha dado inicio

a la transferencia de competencias y responsabilidades, adeuda aún la transferencia

de poder de decisión y recursos a los depositarios del proceso de descentralización,

situación que aún no ha sido planteada en los niveles poi ítico- sociales que se

requieren.

Lo anterior señala la visión que aún guarda el Gobierno Central y las consideraciones

que están llevando a cabo para la descentralización del Estado, ya que la modalidad

implementada es la delegación de funciones que solo contempla la transferencia de

funciones operativas, de mantenimiento y comercialización de los servicios de

acueductos y alcantarillado sanitario. Sin embargo, no cuentan aún con la autonomía

para establecer sus propias tarifas de cobro de acuerdo a los costos de operación de

los sistemas, y la propiedad de los activos siguen siendo de la autónoma. Vale

aclarar que la modalidad aplicada es la misma en todos los municipios que forman

parte del plan piloto de descentralización suscritos con ANDA.

Con respecto al marco legal existente a nivel local, para el desarrollo de la

descentralización del agua potable en el Municipio de Suchitoto, con el propósito de

lograr una gestión sustentable del recurso hídrico en el territorio, la Municipalidad ha

emitido cuatro ordenanzas de protección ambiental y acciones reales para el

cumplimiento:

1- Ordenanza Municipal para la conservación y protección de bosques del

municipio de Suchitoto (D.O,No 157,27 de agosto de 2002)

36Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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2- Ordenanza municipal para los recursos hídricos del municipio de Suchitoto.

(D.O,No 157,27 de agosto de 2002)

3- Ordenanza municipal para el manejo adecuado de las aguas negras y la

planta de tratamiento del municipio de Suchitoto (D.O,No 157,27 de agosto de 2002)

4- Ordenanza para el tratamiento y disposición final de los desechos sólidos del

municipio de Suchitoto.(D.O. N° 108, tomo 347, del 12 de junio de 2000) (ver anexos

del 9 a112)

Lo anterior muestra los esfuerzos locales por establecer un marco regulatorio que

propicie el uso adecuado de los recursos, quedando pendiente el establecimiento de

sus propias tarifas de cobro del recurso, políticas de subsidio y actualización de

normas técnicas, debido a que actualmente es potestad de ANDA.

Las iniciativas de los gobiernos locales por establecer claridad en el uso de los

recursos hídricos puede caer en la dispersión de esfuerzos al no existir un ente rector

y contralor, tal como puede estar sucediendo en el caso de Suchitoto. Ante la

ausencia de una ley general de agua, la Municipalidad tiene entre sus proyecciones

elaborar su propia política hídrica del municipio. Según expresa el actual alcalde esto

se ha realizado "ante la tendencia mundial de privatización de los servicios públicos,

el deterioro de mantos acuíferos de la zona, la crisis económica nacional que

empobrece a la población usuaria del servicio como un factor que podría incrementar

los niveles de morosidad o de acceso al servicio"18.

En la actualidad, ANDA y EMASA negocian la continuidad de este tipo de procesos

entre si, ya que existe la propuesta de parte de la autónoma de un contrato de

servicios que solo le permitiría a la empresa cubrir sus costos de administración.

Siempre en el tema de la continuidad del proceso es importante mencionar que uno

de los puntos débiles en el caso de la delegación a las municipalidades es el hecho

que los gobiernos municipales tienen un período de gestión municipal muy corto y no

está garantizado su continuidad.

lN Presentación dd Sr. Isaías Sandoval, Alcalde Municipal de Suchitoto. en el foro mundial del agua organizadopor el Concejo Mundial dd Agua. Kioto, Japón y Foro de las Américas. 16-23 de Marzo 2003.

37Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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4.2.3. Análisis de cláusulas del convenio de delegación de funciones (Ver

anexo 7)

Cláusula primera: compromisos y actividades previas a la operación,

mantenimiento y comercialización de los servicios de acueductos y

alcantarillado sanitario de la ciudad de Suchitoto (referida a los compromisos

previos a la firma del convenio entre el operador y ANDA.)

Para esta fase se contó con el apoyo técnico de RTI y comprende 11 condiciones

administrativas-operativas por parte de EMASA. Cabe señalar que la misma ANDA

no ha cumplido con dichas condiciones mientras administraba directamente el

sistema en el Municipio. Como contraparte ANDA debe cumplir 3 condiciones sobre

suministro de información técnica que no cumplió en un 100%.

Cuadro No 3: Cumplimiento de condiciones primera cláusula.

CUrrlplim iel1tó CUmplimiel1to

1 Instalar oficina SI Proporcionar a NO

admin istrativa y de EMASA toda la

operaciones información técnica

2 Preparar plan operativo SI Proporcionar SI

catastro de usuarios

3 Contratación de personal SI Verificar que EMASA SI

cumpla sus

compromisos

previos.

4 Instalar software de SI

comercial ización

5 Definir tipo de colecturía SI

6 Establecer sistema SI

contable independiente

7 Definir cómo realizar el SI

mantenimiento de sistema

3RDigitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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CUmplimiento

8 Plan de mantenimiento SI

preventivo y correctivo

9 Formular el reglamento de SI

prestación de servicios

10 Impulsar campaña de SI

información a usuarios

CUmplimiento

11 Contratar

EMASA

gerente de SI

Fuente: Elaboración propia con información de convenio de delegación y entrevista personal con

administrador de EMASA.

RTI en el marco del apoyo del proyecto que ejecutaba en el muniCipiO, asumió

compromisos de capacitación, asistencia técnica, elaboración del software de

facturación denominado Sistema Automatizado de Servicio de Agua Potable,

(SASA) y colaboró en la organización, diagnóstico y asesoramiento sobre la

constitución de la empresa y las alternativas de administración del sistema.

Cláusula segunda: responsabilidades de las partes al iniciar las operaciones.

(referida a las responsabilidades de ANDA y EMA5A)

Esta cláusula plantea condiciones de tipo operativo-financiero que debieron ser

analizadas previamente a su aprobación por parte de la EMASA.

Entre los compromisos financieros y especialmente el planteado en el literal 11

requieren análisis financiero y de factibilidad, ya que plantea la sustitución de

tuberías deterioradas, ampliaciones de las redes de acueductos y alcantarillado

sanitario, instalar micro medición y macro medición en un 100% y la gestión para la

construcción de la planta de tratamiento de aguas negras. Todo lo anterior incluye

compromisos económicos que muchos de ellos son difíciles de cumplir a corto plazo.

Lo anterior, debido a que si bien es cierto son técnica y económicamente factibles de

solventar, en período de mediano y largo plazo, en sus primeros meses de vida

difícilmente podrían llevarse a cabo. Y es que debe tomarse en cuenta que se recibe

39Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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un sistema de distribución con treinta años de antigüedad y ni la misma ANDA en

todo el tiempo que administró el sistema ha tenido la capacidad financiera de

solventar.

Cláusula tercera: condiciones de la prestación del servicio

(Referida a la eficiencia] cobertura y factibilidades de nuevos servicios y a la

obligatoriedad de la prestación del servicio)

EMASA ha mostrado capacidad para el cumplimiento de esta cláusula prestando un

servicio con indicadores superiores a los brindados por ANDA, al momento y

después de firmado el convenio

Para muestra los siguientes indicadores que presenta EMASA:

Cuadro No. 4 Cuadro comparativo de Indicadores en la prestación del servicio

(Ver anexo 13)

Servicio de agua potable Dotación de LHD / 178 Litros/persona/d ía

Conexión

Frecuencia del servicio

Calidad del agua

Protección de la fuente

Días y horas de servicio 24 horas al día

mensual por sector

Cloración, análisis físicos 1-Cloración diaria de 0.5 a un 1 mg.

- químico y bacteriológico 2-Análisis físico-químico cada seis

meses.

3- Análisis bacteriológico mensual

Inversión en la protección Operaciones de limpieza, protección

de la fuente de pozos colectores y protección de

válvulas

Cobertura Catastro,

existentes

funcionando

conexiones Conexiones: 1387

medidores Micromedición:87%

Medidores funcionando: 1,207

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Nuevas conexiones Nuevas conexiones 460 del (del 2002 a marzo 2005)

Obligación de prestar el Producción y por fUente y Cobertura: 96%

servicio de agua potable Cobertura Producción por fuente:46,916.5 m319

Fuente: Elaboración propia con información de L. Mancada Gross y entrevista personal Lic. Enrique

Pineda, administrador EMA8A

Cláusula cuarta: régimen de bienes

(Referida a los bienes afectados al servicio y bienes no afectados al servicio)

Esta cláusula pone directamente de manifiesto la imposibilidad de transferir el

sistema a la EMASA y debe analizarse que el mantenimiento del sistema obsoleto

existente hace que los ingresos generados por el sistema no permitan invertir en

ampliaciones que permitan incluir al área rural ya que todos los esfuerzos se centran

en mantener funcionando el sistema.

EMASA, confirma que a la fecha se ha invertido cerca de $70,000 en el cambio en el

sistema de aducción, que es la línea de tubería que viene de la fuente a los ramales

principales2o.

Cláusula quinta: garantías y seguros

(Referida a las garantías de fiel cumplimiento y garantías por robo y estafa

Sobre las obligaciones que adquiere la empresa)

En esta cláusula ha existido una flexibilidad en cuanto al cumplimiento de la misma, y

a la vez esta ha permitido una mayor fiscalización en la prestación del servicio. En el

caso de Suchitoto que es un sistema manejado por gravedad, ha logrado solvencia

económica para cumplir con este requisito. No obstante, este no será el caso para

otras localidades que quieran descentralizar el servicio debido a que muchas de ellas

tienen sistemas de agua potable por bombeo, el cual requiere energía eléctrica,

cuyos costos vienen a sumarse para el funcionamiento del mismo. Es en estas

1~ Datos proporcionados por Lic. Enrique Pineda, Administrador EMASA La producción de la fuenteconsiderando el promedio de producción de diciembre 2004 a marzo 2005.2iI Entrevista con el Lie. Enrique Pineda Administrador de EMASA el día 23 de abril de 2005

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situaciones en las cuales el Estado tendrá que tomar el rol subsidiario en un servicio

tan vital como es el de llevar agua potable.

Cláusula sexta: régimen de tarifas

(Referida a la aplicación de tarifas de cobro según decreto 110 de ANDA) (Ver

anexo 14)

En el caso de Suchitoto, el plan tarifario vigente aún cubre los costos para brindar el

servicio, siempre y cuando no haya costos mayores de inversión en el sistema, pues

los costos de mantenimiento son elevados.

Cláusula séptima: control de la gestión

(Referida al monitoreo de la gestión de EMASA por parte de ANDA, en los

aspectos técnicos, cobro e inventarios y en especial los vinculados a la

prestación del servicio).

La descentralización en este caso ha permitido que ANDA ejerza la función de

controladora en la prestación del servicio. Sin embargo, es aún más importante que

la población misma ejerza esta controlaría, que es un tema delicado pero en el caso

de Suchitoto está avanzando, pues la población está pendiente de cómo y con qué

agilidad son resueltos los aspectos técnicos y administrativos, tales como el cobro en

función del consumo de agua. El cobro es uno de los reclamos más persistentes,

cuando en la factura las personas consumen más de 20m3 de agua ya que cobro se

incrementa en un 75%.

Cláusula octava: plazo y prórroga

(Referido al período de vigencia del convenio y la posibilidad de prórroga)

El plazo del convenio firmado con ANDA y la EMASA está estipulado en cinco años,

si bien es cierto en este período han existido avances en la gestión local en este

municipio, creemos que este período no es suficiente para afirmar que el proceso

cumpla y genere mejores expectativas a la población usuaria. Y es que el tema de la

sostenibilidad en la prestación del servicio no está garantizada, más aún cuando la

transferencia de recursos económicos, financieros y técnicos queda aún pendiente

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Cláusula novena: modificaciones al convenio

(Referido al proceso para las modificaciones al convenio suscrito).

En el caso específico con la empresa municipal de Suchitoto esta no ha incorporado

modificaciones al convenio.

Cláusula décima: finalización del contrato

(Referido a las circunstancias que causa finalización del convenio)

El presente convenio firmado entre ANDA y EMASA, finaliza hasta octubre del

2005, sin incluir ni estipular en el mismo las posibilidades de prórroga o continuidad.

Lo anterior genera incertidumbre en la empresa municipal, municipalidad y usuarios,

debido a que no está claro como se administrará después de finalizado el presente

convenio, las inversiones que se hayan realizado y el superávit financiero que se

haya generado.

La EMASA junto a los otros proyectos del plan piloto ya han recibido la oferta de

ANDA para continuar, pero ahora bajo la modalidad de contrato de prestaciones de

servicios de administración, la cual no es muy clara en su implementación.

Cláusula décima primera: anexos

(Referida a los indicadores de gestión y documentos de soporte integrantes del

convenio.)

Incluye los indicadores de : producción por fuente, día y horas de servicio mensual

por sector, protección de fuentes, catastro de usuarios, cobertura, micromedición,

agua no contabilizada, calidad del agua, nuevas conexiones, dotación de

Litros/Hora/Día (LHD) por conexión, medidores funcionando, costo de m3 producido

y macromedición. Estos datos se presentan en cuadro No 3

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Cláusula décima segunda: firma de ratificación (Referida a la firma del

convenio suscrito entre ANDA y la empresa EMASA).

Convenio firmado el 6 de octubre del 2000

En general se puede afirmar que el convenio ha sido cumplido en su mayoría por la

EMASA y ha dado frutos positivos para la población del municipio que ahora cuenta

con un servicio eficiente, cercano a la población, con espacios para la participación

de la ciudadanía y fortalecimiento de las capacidades locales. Por lo anterior, la

descentralización del sistema, si bien es cierto no es un proceso finalizado, sienta las

bases que permitirán analizar las lecciones aprendidas tanto para ANDA como para

EMASA.

4.2.4 Operativización del convenio según EMASA

A continuación se detallan los procedimientos administrativos, legales y técnicos

necesarios para la implementación del plan piloto de descentralización en el

municipio de Suchitoto.

4.2.4.1. Procedimientos admin istrativos

Para conocer cómo se llevó a cabo la descentralización del agua potable

municipio de Suchitoto es importante analizar administrativamente

procedimientos hubo que llevar a cabo y cómo estos se desarrollaron.

en el

qué

A fin de conocer el detalle de los procedimientos administrativos se decidió atender

las temáticas de: a) personal contratado, b) acondicionamiento físico de las oficinas,

materiales y equipos necesarios, y c) análisis financieros tomados en consideración

para llevar a cabo la descentralización de la Administración del Agua Potable.

a) Personal

Para llevar a cabo el convenio con la presidencia de ANDA se establecieron

requerimientos mínimos de personal que debía tener la empresa y se estableció que

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se contrataría a un administrador, un encargado de comercialización y una persona

de mantenimiento, dichas contrataciones, fueron realizadas en febrero del 2001.

Debido a la demanda de los servicios, en la actualidad se cuenta con siete personas

contratadas de manera permanente; entre ellos dos administrativos y cinco de

mantenimiento, así como tres personas eventuales (un administrativo y dos de

comercialización ).

Todo el personal fue contratado fuera del ámbito municipal, por lo cual no hubo

necesidad de realizar contrataciones a través de la municipalidad. En este punto la

colaboración de RTI fue valiosa en cuanto al apoyo en la selección del personal y

establecimiento de la estructura organizativa.

b) Acondicionamiento físico, recursos materiales mínimos y manuales de

funcionamiento.

Cuando EMA8A empieza su funcionamiento, la Municipalidad la apoyó

económicamente con $3,500 los cuales fueron luego reintegrados completamente

por la empresa. Además, la comuna prestó un local durante algunos meses para que

se instalaran, y luego se alquiló un local independiente de la Alcaldía.

El equipo mínimo necesario fue el siguiente: una computadora para emitir los recibos

de cobro, dos escritorios, dos archivos y una máquina de escribir. Todo esto fue

adquirido por EMA8A.

Para la elaboración de Manuales de Organización y Funciones EMA8A fue apoyada

por RTI.

c) Análisis financieros.

A fin de conocer sobre la factibilidad financiera del proyecto de descentralización del

agua potable, EMA8A recibió apoyo de la ONG RTI, quien colaboró en el

establecimiento de los costos y su factibilidad. Con lo anterior se dio inicio a las

operaciones de la empresa ya que mostraba que financieramente era viable.

Para el cobro de las tarifas de agua potable, como parte del convenio con ANDA se

establece de acuerdo a su plan tarifario (Decreto 110) Y se mide el consumo de

acuerdo a los medidores instalados en un 87% de los hogares de los consumidores y

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el restante 13% de acuerdo al consumo básico establecido. Con lo anterior los

usuarios están recibiendo el servicio de agua potable con un 30% menos del costo

que se pagaba cuando ANDA administraba el servicio, según datos de EMASA.

Analizando el estado de resultados y el balance general correspondiente al año 2003

se observa lo siguiente: Al 31 de diciembre del 2003 se observa que si bien la

empresa únicamente generó excedentes para ese año por $3,459.13, al observar los

excedentes de ejercicios anteriores existen valores de $70,862.38, que le da

solvencia económica para su sostenibilidad. Por otra parte se observa positivamente

la creación del fondo de protección de fuentes por un valor de $41,386.91 que da

muestras de la visión de EMASA en la sustentabilidad del recurso hídrico (Ver anexo

No 4)

Lo anterior ha mostrado que EMASA financieramente puede salir adelante en sus

esfuerzos por mantener funcionando a la empresa, además de contribuir en la tarea

de acercar los servicios a los usuarios. Es importante señalar que en los estatutos de

EMASA está definido el fin que deberá darse a los excedentes de los ingresos de la

empresa, que en su mayoría se dedica a reinvertirse en el sistema y el

mantenimiento del mismo.

4.2.4.2. Procedimientos legales

En cuanto a los procedimientos legales que se efectuaron, es importante mencionar

la aprobación del acuerdo municipal para la creación de la figura de empresa

municipal, la aprobación de los estatutos de EMASA, (ver anexo 6) permisos de

operación, firma de convenios y publicación en el Diario Oficial de su personería

jurídica.21

21 Ministelio del Intelio1'. Dial'Ío Oficial No. 222 Tomo No 353. 23 de noviembre del 2001

46Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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a) Acuerdo Municipal

El 23 de junio del año dos mil, según consta en las páginas 86 y 87 del libro de actas

y acuerdos municipales, se encuentra el acuerdo uno, inserto en acta número

veintidós, por lo cual se acordó formar la EMA8A.

b) Aprobación de Estatutos

Los estatutos de EMA8A crean a esta empresa municipal con participación directa

de los usuarios como una entidad Municipal Descentralizada, con autonomía en lo

operativo, administrativo y financiero, con personería jurídica y patrimonio propio

e) Convenio de delegación de funciones

Enmarcado en el proceso de modernización del Estado, uno de sus mecanismos es

la participación del sector privado, la participación de los Gobiernos Locales y la

comunidad usuaria. En el marco del Plan Piloto de Descentralización, ANDA estima

conveniente delegar en la empresa municipal las funciones operativas, de

mantenimiento y comercialización de los servicios de acueductos y alcantarillado

sanitario. El convenio suscrito tiene un plazo de cinco años inicialmente, con la

posibilidad de extenderse a solicitud de EMA8A pero no está clara bajo que

condiciones.

El convenio suscrito con ANDA especifica claramente en la cláusula segunda,

numeral 7 entre las responsabilidades "la ANDA en concepto de pago por los

servicios mencionados en el presente convenio cancelará a EMA8A una cantidad de

dinero, equivalente al cobro efectivo que ésta efectúe por la facturación de los

servicios de consumo de agua, cantidad que transferirá mensualmente a EMA8A por

medio de una cuenta bancaria especial,,22.

Para la realización de todos los procedimientos se contó con el acompañamiento del

Síndico Municipal.

2Z Convenio de Delegación de fimciones referentes a la operación, mantenimiento y comercialización del sistemade abastecimiento de agua potable y alcantarillado sanital'Ío de la Ciudad de Suchítoto, departamento deCuscatlán: celebrado entre la Administración Nacional del Acueductos y Alcantarillados y la empresa municipal.. administradora suchitotense de acueductos y alcantarillados"

47Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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4.2.4.3. Procedimientos técnicos

a) Personal Técnico

No hubo necesidad de contratación de personal técnico especializado en el manejo

del sistema sino que únicamente fontaneros que contaran con experiencia mínima en

el mantenimiento del sistema del tipo que ANDA utiliza para la distribución del agua

potable. ANDA en este aspecto ha contribuido con el proyecto en la implementación

de programas de capacitación para el equipo en temáticas de c1oración, operación y

mantenimiento del sistema.

b) Infraestructura

ANDA no entregó nada de equipo, material ni instalaciones donde operar, por lo que

en su primer mes de implantación, EMASA comenzó a ejercer funciones en el edificio

de la municipalidad, posteriormente se trasladaron al edificio que hoy arrendan23•

ANDA por su parte entregó a la empresa descentralizada (EMASA): la fuente con

caja de captación de una capacidad de 15x1 Ox1.20 m3, seis(6) cajas colectoras de

agua, que en principio arrojaba 18.5 litros por segundo (Ips), dos(2) tanques de

distribución, uno de 200m3 y otro de 260m3, las líneas de aducción de 9.5km de

tubería de 8" de diámetro, 5kms de ramales de distribución de diferentes diámetros y

según ANDA 925 conexiones a usuarios del sistema, ninguna con medidores.

EMASA se encarga de la identificación y corrección de fugas y reparaciones en la

red de distribución, en el sistema de válvulas y protección de cajas colectoras, así

como también realiza conexiones nuevas al sistema, actualización y registro de la

cartera de usuarios, se identifica y registran conexiones ilegales y por último en las

oficinas se atienden los reclamos.

e) Facturación

Para la facturación RTI donó el sistema de facturación SASA, además de colaborar

con la elaboración del Manual y Catálogo de Cuentas24. (Ver anexo 15)

Por su parte ANDA proporcionó el catastro de usuarios del sistema para efectos de

cobro.

2?, •Idem.

24 Bal'á de Zelaya, Eunice. Entl'evista per:>onaL 1 de febrero del 2005.

4RDigitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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4.3 Análisis de cumplimiento de objetivos de la descentralización

Cuadro No 5: Cumplimiento de objetivos

Acercar la

ciudadanía

gestión pública a la La población de Suchitoto actualmente

participa de la toma de decisiones que le

afectan y su relación es directa con los

administradores del sistema.

Anteriormente, simplemente eran

usuarios del sistema de distribución.

Fortalecer

democrática

la gobernabilidad La participación de la población de

Suchitoto en las asambleas generales

que se realizan dos veces al año y

conformar el 50% de la junta directiva

hace a la población partícipes de las

decisiones que emanan de EMASA.

Mejorar la calidad de la administración Efectivamente la cobertura del servicio de

pública distribución se ha elevado ya que

inicialmente ANDA facturaba a 925

usuarios del servicio y en la actualidad

existen 1,387 usuarios cubriendo con ello

el 96% de la población del casco urbano

del municipio y brindando niveles de

calidad de los más altos de los casos que

ANDA monitorea en el país.

Adicionalmente existe el 80% de

tratamiento de las aguas negras

generadas por los usuarios beneficiando

con ello a aproximadamente 15,000

habitantes. Esto se logró en coordinación

49Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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Volver más eficiente al Estado

con la alcaldía municipal, quien aportó

dos manzanas de terreno para la planta

de tratamiento. El tratamiento de aguas

negras no era proveído por ANDA. (Ver

anexo 16)

Con la delegación de funciones a la

EMA8A, la población del Municipio

resuelve los problemas que genera el

mismo sistema ya obsoleto directamente

con los administradores en su localidad y

encuentra soluciones a los mismos Sin

recurrir a procesos engorrosos.

Fortalecimiento del capital social en Con la creación de EMASA la

los espacios locales Municipalidad y la población ha

fortalecido sus conocimientos en relación

a la implementación de una empresa y su

manejo. En la actualidad han logrado

generar márgenes de ingresos que les

permiten invertir en el sistema de

distribución. Para lograr este crecimiento

ha sido de vital importancia el apoyo

técnico recibido por RTI, quien ha

fortalecido el nivel organizativo durante

los cuatro años anteriores.

Fuente: Elaboración propia con Información PNUD y entrevista LIc. Enrique Pineda

4.4. Impactos en el desarrollo local

• Participación ciudadana y desarrollo de capacidades locales

Un componente fundamental del proceso de descentralización lo constituye la

participación ciudadana. En el caso específico del municipio de Suchitoto la

participación civil y el apoyo del gobierno municipal han garantizado la transparencia

soDigitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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y el eficiente logro de la gestión del recurso en el municipio. Es así como por lo

menos dos veces al año se realiza una asamblea general de usuarios del sistema, lo

que permite rendir cuentas a la población y hacerlos partícipes de la toma de

decisiones sobre el destino que tendrán los recursos generados por la empresa

municipal.

Es importante recordar que la finalidad del desarrollo local siempre será mejorar la

calidad de vida de la población, en este caso nos encontramos con el fuerte apoyo

con el que se ha contado por parte de la población del municipio y el gobierno local

que han fortalecido sus capacidades y conocimientos en un tema que le era

completamente ajeno.

Como indicador de la participación de la población se tiene que la junta directiva de

EMASA esta formada por 3 miembros del Concejo Municipal y 7 representantes de

los usuarios, lo cual les da la mayoría en la toma de decisiones.

• Generación de empleo local

En el año 2003 se generó empleo local por un valor de $11,704.24 equivalente a

1,672 jornales días hombre de trabajo.25 En empleo permanente la misma empresa

tiene contratado a 7 empleados; además, durante todo el año contratan empleados

eventuales, para corregir algunas fallas en fugas, conexiones y otras.

Fotografía: Trabajadores eventuales en.-----------------------.En cuanto a los efectos indirectos de

generación de empleo, el contar con agua

potable y alcantarillado ha posibilitado la

inauguración del Centro Turístico Puerto

San Juan, que está impulsando el desarrollo

turístico en el Municipio. y generado

mayores posibilidades de empleo entre la

población local. Las cifras de oportunidades

de trabajo generadas por el centro turístico

se elevan a 35 fuentes de empleo directo y

10 fuentes de empleo indirecto(lancheros)

23 EMASA, Memoria de Labores 2003. Septiembre del2004EMASA

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Fotografía: Medio Ambiente

EMASA también ha impulsado los procesos

de protección del medio ambiente

incluyendo esfuerzos en la educación

ambiental para la protección del recurso, así

como labores de protección de las fuentes.

Adicionalmente, la municipalidad de

Suchitoto construyó con el apoyo de FISDL,

USAID y Project CONCERNT Internacional,

la planta de tratamiento de aguas negras

para disminuir la contaminación del medio

ambiente y en especial del Lago de

Suchitlán.

Salud

En cuanto a los impactos de que pueden percibir en la salud, de acuerdo a la Dra.

Irma Elena Aparicio, Epidemiologa del Hospital Nacional de Suchitoto puede

observarse que en el municipio la incidencia de las enfermedades gastro intestinales

han disminuido a partir del tercer año que la administración del agua potable está en

manos municipales ( Ver anexo 17,18 Y 19). Es importante aclarar que la disminución

de este tipo de enfermedades se debe al esfuerzo común que ha implicado el contar

con un servicio de agua potable con calidad, la conscientización de la población

sobre las medidas higiénicas y la labor de los promotores de salud26.

2(, Aparicio, Marta Elena. Entrevista PersonaL 22 de abril del 2005.

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5. CONCLUSIONES

5.1 No se cumplieron con los requisitos previos

En primer lugar debe señalarse que si bien no existen recetas para llevar a cabo la

descentralización de los Estados, existe una lógica de planificación a seguir que no

se ha cumplido, ya que a nivel del gobierno no se ha llevado a cabo un proceso de

descentralización en cuanto al cumplimiento del análisis de competencias, definición

de principios a seguir, criterios de asignación de competencias, qué competencias

transferir, a qué niveles descentralizar y qué atribuciones. Esto nos lleva a decir que

no se han cumplido las condiciones previas que deben existir para llevar a cabo la

descentralización. Más bien se observa que no han existido las condiciones políticas,

administrativas y económicas para facilitar la descentralización. En conclusión, quiere

decir que no ha existido el consenso e interés real en la temática de la

descentralización para lograr llevar a cabo el análisis de la misma y la promulgación

de las leyes, decretos y reglamentos que la viabilicen.

5.2 Se cumplen con los objetivos

Si se observa a nivel local, los objetivos propuestos para la llamada descentralización

en el municipio de Suchitoto, estos han mostrado ser aplicables al momento de

operativizar el proyecto de plan piloto. El cumplimiento de estos objetivos es

temporal ya que mientras no exista el marco legal y el procedimiento para

implementar un verdadero proceso de descentralización, éstos pueden no ser

sostenibles.

En este sentido, hasta el cumplimiento de los objetivos ha sido posible gracias a la

labor desarrollado por la administración descentralizada que se ha llevado en el

municipio por EMASA, con el apoyo del Gobierno Local, ONG"s (RTI) y, sobre todo,

por el apoyo y aceptación de la población del municipio que ha aprobado la gestión

del recurso que se ha llevado a cabo.

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5.3 Existen impactos a nivel local

Al observar el caso del Municipio de Suchitoto puede afirmarse que el proceso

implementado por ANDA ha producido efectos positivos en el desarrollo local y por

consiguiente en la calidad de vida de la población. Como hemos apuntado

anteriormente, muchos programas y proyectos lo han logrado, el tema está en

hacerlos sostenibles.

Es importante señalar que habrá que dar seguimiento y monitoreo al caso del

municipio de Suchitoto y sus impactos ya que éstos se consolidarán en la medida

que el proceso sea continuado.

CONCLUSiÓN GENERAL

La conclusión general que se encuentra es que no se ha llevado a cabo la

descentralización de los sistemas de agua potable, y que este proyecto de plan piloto

de descentralización del agua potable termina constituyéndose en una iniciativa

coyuntural, puntual sin sustentación legal, administrativa y financiera necesarios para

llevarlos a cabo. Con base a lo anterior se señala que no ha sido posible solventar un

problema estructural que subyace en la administración del Estado y que más bien

responde a compromisos con organismos internacionales27.

Si bien es cierto la ANDA pretende realizar la descentralización de los sistemas de

agua potable aún no se tiene claridad de los objetivos de este proceso ya que la

descentralización implica traslado de competencias y poder para la toma de

decisiones que la afectan, situación que no ha sido posible concretar.

En definitiva, sin menoscabo de lo anterior, es importante señalar que la población

ha recibido positivamente los esfuerzos, ya que han contado con los beneficios

directos de tener un servicio público más cercano y conocedor de sus necesidades.

Las valoraciones que realizan en el caso del municipio de Suchitoto no cuentan con

el aporte de la Unidad de Descentralización de ANDA ya que no se tuvo acceso a su

punto de vista como encargados de operativizar el plan piloto. (Ver Anexo 20)

Algunos factores de éxito del municipio de Suchitoto son:

27 Ver reglamento operativo préstamo BID No l102/0C-ES

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1- el apoyo de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, haciéndose

énfasis en el apoyo brindado por RTI quien acompaño el proceso desde el estudio de

prefactibilidad hasta el seguimiento de la operativización de la empresa municipal.

2- Sistema redistribución por gravedad lo cual reduce los costos de producción y

distribución de la empresa municipal.

3- El apoyo eficiente del gobierno municipal y el apoyo ciudadano en la participación

en la administración de EMASA, lo cual hace a la experiencia conjunta entre

gobierno municipal y ciudadanía.

S- El nivel de gestión del gobierno municipal tanto a nivel nacional como internacional

han logrado realizar inversiones en el sistema como ejemplo la construcción de la

planta de tratamiento de aguas negras en el municipio.

6. RECOMENDACIONES Y PROPUESTAS

6.1 Recomendaciones:

Cumplimiento de convenios internacionales relacionados con el tema

ambiental y específicamente con la protección y manejo del agua.

Con la existencia de un amplio marco legal referido al tema de la gestión del

agua es recomendable que este se haga claro, operativo y aplicable en sus

distintas competencias.

Fortalecimiento de las capacidades locales

6.2 Cómo descentralizar

Se propone dividir el proceso en dos momentos claves: uno el proceso a nivel

nacional y segundo el proceso a seguir a nivel local.

A nivel nacional:

a) Elaboración de plan de nación que plantee la visión de país que se pretende

(incluye estrategias y líneas de acción a seguir)

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b) Reforma al Código Municipal facultando a las municipalidades como la

primera opción a nivel local para la administración del recurso hídrico,

clarificando la dualidad de competencias y ambigüedades entre las distintas

instancias de gobierno.

c) Creación de la comisión a cargo de la descentralización y la comisión

específica para cada sector (incluida el sub sector agua potable). Esta

comisión a cargo del análisis de las competencias susceptibles de ser

descentralizadas y los principios que regirán el proceso.

d) Creación de la sub comisión del sector agua

1) Análisis del sector hídrico (distintos usos: industriales, de riego, consumo

público, comercial, etc).

m) Creación de la sub comisión en el sub sector agua potable y alcantarillado.

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Sub comisión sub sector agua potable a cargo de analizar y establecer las

atribuciones a ser descentralizadas ya qué niveles. En el caso del agua potable y

alcantarillado se propone el siguiente:

Cuadro No.6 Atribuciones y Niveles para la Descentralización

- ~ribuciones Polmca Control Financiamient Planificación Ejecución.........

Nivel O.·.·.·.·.·.·.·.·.·.·.·.·.·.·.·.·.·.·.·.·.·.·.·.· j................................................ l····························· 1

Establecer las Creació Gestián de Establecer

Nacional poi íticas a n de los recursos los planes

nivel nacional instanci financieros estratégicos

as necesarios de la visión

rectora para la de nación

s prestación de sobre el

servicios a los recurso.

distintos

niveles

Intermedio Establecer las

Autónomo poi íticas

CDA o locales

Canal

través

cual

a Planificación

del de los usos

se de los

gobernacion específicas

es por territorio(

conformación

microregiones

)

gestionan los recursos y su

recursos para sostenibilidad

los territorios ( (

microregiones microregione

Autónomo

Local

Establecer las

políticas

locales

específicas

por territorio

) s)

Planificación Operador

de los usos es de los

de los sistemas

recursos y su

sostenibilidad

Fuente: Elaboración propia.

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Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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A nivel local:

a) Solicitud de parte de comunidades, municipalidades o región para

descentralizar la administración del agua potable, basado en la eficiencia de la

prestación del servicio por parte de ANDA. Esta fase incluye el propiciar la

participación de todos los sectores involucrados en el municipio como por

ejemplo: Municipalidad, juntas de agua, representación de barrios, colonias,

comercio, industria, etc.

b) La institución a cargo de la descentralización elabora diagnóstico de

factibilidad para llevar a cabo la descentralización en el territorio.

c) Conformación de la figura receptora del servicio: Administración a cargo de la

Municipalidad, empresa municipal, juntas de agua o asociaciones sin fines de

lucro, según sea el caso.

d) Apoyo técnico para la legalización de la figura elegida para la administración

del servicio.

e) Establecer mecanismo para el traslado de recursos financieros y técnicos para

el manejo del servicio.

f) Establecer mecanismo de rendición de cuentas y evaluación con la

ciudadanía.

g) Monitoreo por parte del ente rector de la calidad del servicio brindado a la

población.

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Flujo para proceso de descentralización a nivel local del subsector agua

potable y alcantarillado

6.3. Propuesta Marco legal

a- Reforma a Código Municipal

b- Aprobación de la política y plan nacional del Recurso Hídrico

c- Aprobación de Ley General de Agua

d- Aprobación de la Ley del Subsector Agua Potable y Saneamiento

e- Creación del Ente Rector y Regulador a nivel nacional

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ANEXOS

1- Guía de entrevista

2- Entrevista Administrador EMASIC, Ing. Alejandro Andrade

3- Entrevista Administrador EMANC, Lic. Herbert Polanco

4- Informe de labores EMASA 2003

5- Política de Descentralización

6- Estatutos de creación de la empresa municipal "Administradora Suchitotense

de Acueductos y Alcantarillados (EMASA)

7- Convenio de delegación de funciones referente a la operación, mantenimiento

y comercialización del sistema de abastecimiento de agua potable y

alcantarillado sanitario de la Ciudad de Suchitoto, departamento de Cuscatlán.

8- Ley de Creación de ANDA. 1960

9- Ordenanza Municipal para la conservación y protección de bosques del

municipio de Suchitoto. (D.O,No 157,27 de agosto de 2002)

10- Ordenanza municipal para los recursos hídrico del municipio de

Suchitoto(D.O,No 157,27 de agosto de 2002)

11- Ordenanza municipal para el manejo adecuado de las aguas negras y la

planta de tratamiento del municipio de Suchitoto(D.O,No 157,27 de agosto de

2002)

12- Ordenanza para el tratamiento y disposición final de los desechos sólidos del

municipio de Suchitoto. (0.0. N° 108, tomo 347, del 12 dejunio de 2000)

13- Entrevista Administrador EMASA, Lic. Enrique Pineda, 23 de abril del 2005.

14- Decreto No 110. Tarifas por los servicios de Acueductos y Alcantarillados que

presta la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados.

15- Entrevista Administrador EMASA, Lic. Enrique Pineda. 18 de diciembre del

2004

16- Entrevista Ing. Eunice Bará de Zelaya. 1 de febrero del 2005.

17- Corredor Epidemiológico Diarrea, SIBASI Suchitoto 2005.

18- Primera Diez causas de morbilidad de consulta externa. Hospital Nacional de

61Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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Suchitoto, Enero-Diciembre 2004

19- Primeras diez causas de morbilidad de consulta de emergencia,

Hospital Nacional de Suchitoto, Enero-Diciembre 2004

20- Solicitud de entrevista con Ing. Juan Carlos González. Coordinador de la

Unidad de Descentralización de ANDA.

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BIBLIOGRAFíA

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"Descentralización: agua potable en El Salvador", El Salvador. San Salvador.

Mayo 2003.

63Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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18. Liévano de Marques, M, Síntesis Consultores Internacionales, "Del

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19. Liévano de Marques, M, Síntesis Consultores Internacionales, "Opciones para

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20. Ministerio del Interior. Diario Oficial No 222 Tomo 353. 23 de noviembre del

2001. Decreto No. 110

21.0PS/OMS, "Vulnerabilidad de los sistemas de abastecimiento de agua potable y

saneamiento en área rurales de El Salvador: http/www.ops.orq.sv. (Marzo

2005).

22. Pineda, Enrique. Entrevista personal. 23 de abril del 2005.

23. Pineda, Enrique. Información EMASA. [email protected] (4 de mayo

del 2005)

24. PNUD. "Informe de Desarrollo Humano 2001 "Cap. 6 y 7.

http://www.desarrollohumano.orq.sv/index.php?module . (Enero 2004)

25. Programa Salvadoreño de Investigación sobre desarrollo y medio ambiente,

PRISMA, " Los desafíos del agua y la reforma del sector hídrico en El Salvador:

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http://www.prisma.orq.sv (noviembre 2004)

64Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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26. Programa Salvadoreño de Investigación sobre desarrollo y medio ambiente,

PRISMA, " La reforma del sector hídrico en El Salvador; oportunidad para

avanzar hacia la gestión integrada del agua". El Salvador, San Salvador. 1999.

http://www.prisma.org.sv (noviembre 2004)

27. Programa Salvadoreño de Investigación sobre desarrollo y medio ambiente,

PRISMA, " Acceso al agua potable en El Salvador: tendencias, perspectivas y

desafíos". El Salvador, San Salvador. 2001.http://www.prisma.org.sv (noviembre

2004)

28. Programa Salvadoreño de Investigación sobre desarrollo y medio ambiente,

PRISMA, " Hacia un manejo alternativo de los conflictos socio-ambientales en El

Salvador: Caso del proyecto El Cimarrón". El Salvador, San Salvador.

2001.http://www.prisma.org.sv (noviembre 2004)

29. Red Africa-Europa, Fe y Alegría. La privatización del agua y de los servicios de

saneamiento en Africa. http://www.aefjn.org. (5 de abril del 2005)

30. Red para el desarrollo local, "Hacia la construcción del desarrollo local y la

descentralización del Estado". El Salvador, san Salvador. 2000

31. Research Triangle Institute, RTI Internacional, "Sistematización de las

experiencias de las empresas descentralizadas del servicio de agua potable y

alcantarillado de la república de El Salvador, Centroamérica". 2004

32. Restrepo, D. "De la descentralización al desarrollo económico local".

direstre@colomsatnetco. (Agosto 2004)

33. Secretaría Técnica de la Presidencia. Política de Descentralización.1999.

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PERSONAS ENTREVISTADAS

1- Lic. Enrique Pineda, Administrador EMASA

2- Ing. Eunice Bará de Zelaya, Coordinadora del area de servicios públicos,

RTI

3- Dra. Irma Elena Aparicio. Epidemiologa, Hospital Nacional de Suchitoto.

4- Ing. Alejandro Andrade, Administrador EMASIC

5- Lic. Herbert Polanco, Administrador EMANC

6- Reynaldo Antonio Pineda, Secretario Municipal Alcaldía Municipal de

Suchitoto.

7- Sr. José Israel Henríquez, Administrador EMSAGUAT

8- Srita. Ericka González, Administradora EMAPSAF

9- Encargada de comercialización EMASA

10-Sr. Lucio Galdámez, Presidente de EMACO.

11-Sr. Juan Felipe Guerra, Ex-administrador de EMACO

12-Sr. Samuel Alexander Galdámez, Administrador EMACO

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ANEXO 1

GUíA DE ENTREVISTACONVENIO

1- De quien es la iniciativa de incorporarse al Plan Pi loto de Descentral ización2- Quién sugiere o decide el tipo de modalidad de administración (Empresa Municipal, Economía

Mixta u otra)3- Cuales son las competencias que han sido tTansferidas a la Empresa Mmlicipal de este Municipio.4- Cuáles según el convenio son las responsabilidades de la Empresa Municipal5- Qué requisitos sugiere ANDA para firmar convenio6- Cuál es el período de vigencia del convenio firmado con ANDA7- En que fecha se firmó el convenio y cuando entró en vigencia8- ¿ANDA impuso controles de la calidad del agua potable? Realizan Uds, dicho evaluaciones.Tipo de Sistema9- Por gravedad o bombeo:10- Tienen medición de consmno por familia:11- Se les entregó diseno y planos de red y todo el sistema12- Hay controles de calidad:13- Cómo, cada cuanto y donde realizan los controles.14- Quien cubre los costos de estos análisis15- El sistema de distribución de acuerdo a convenio de quien es propiedad:16- Además de la administración del sistema existen compromisos para el manejO de sistema de

alcantarillado yaguas negras {residuales).

EMPRESA MUNICIPAL

17- Cuando se formó la Empresa Municipal administradora del agua potable18- Quienes integran la Empresa Municipal19- Que sectores de la sociedad civil participan20- Como esta confomlada la Jmlta Directiva21- Como se toman las decisiones en la Empresa Municipal22- Cada cuanto tiempo sc rindc intorma a la Sociedad Civila) Mensualb) Tri mestralc) Semestrald) Anuale) No rinden infonne23- Cuantas quejas se reciben al mes por el servicio de agua potable24- Existe subsidio para la población por el servicio de agua potable.25- Han realizado inversiones impoltantes en la infraestructura operada por la empresa municipal.26- La tarifa apl icada por la prestación del servicio es igual a la Aplicada por ANDA27- Tienen costo totales de operación del sistema28- Cuantas personas o empleados trabajan para la empresa29- Los componentes del sistema han sobre pasado su vida útil30- Que porcentaje de mora tienen los usuarios con la empresa municipal en el último año.31- Conoce Ud, si con la creación de la Empresa Municipal sean creado nuevas fuentes de u'abajo32- En que área se han surgido estas nuevas plazas y cuantas.a) Empresa Municipalb) Empresa Privadac) Maquilad) Comercio

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EFECTOS E IMPACTOS

33- Conoce Ud, si han smgido nuevos líderes en la comunidad a raíz de la implementación del planpiloto,

34- La empresa municipal capacita a sus miembros35- Que efectos positivos encuentra en la implementación de la descentralización del agua en este

mUniCIpIO.36- Que efectos negativos se han generado a raíz de la descentralización del agua en este municipio.37- Se ha analizado la sostenibilidad que tiene a futuro de continuar expandiendo la cobertma del

serVIcIO.33- Conoce Ud, si han disminuido la incidencia de enfermedades gastro intestina1cs en la población de

sus munJcJpJo.39- En su opinión como la descentralización de la administración del agua potable impulsa el

desarrollo local en su municipio.40- Cree que hay transparencia en el manejo del sistema por palie de la comunidad41- Hay mejor eficiencia y eficacia en la prestación del seIvicio (reparaciones, mejora de la cobertma,

calidad de ab,rua, número de horas, etc)42- Hay mejor equidad en la prestación del servicio43- Cree que la mejora de la prestación del servicio se debe a la proximidad de este a la ciudadanía44- Ha mejorado o desmejorado la atención al cliente

CAMBIOS REALTZADOS POSTERIOR A LA PRUEBA PILOTO

Posterior al análisis de la prueba piloto realizada en el caso de la guía de entrevista se dete1111inórealizar los sib,ruientes cuatro cambios:

1- Conoce la existencia de la Política de Descentralización: El conocimiento de la política como talfue nula y no existió mayor interés por parte de los administradores. El propósito de estasintenogantes estaban enfocadas al proceso de la finna del convenio y el análisis de la política serealizó paliiendo del análisis documental.

2- Los gastos de operación son por debajo o alTiba de la factmación mensual: esta preglUlta esrepetitiva ya que se preguntan los costos totales del sistema en preb,'lillta No 27 y puede extraerseesta información

3- Se han realizado análisis de costos de mantenimiento del sistema: esta pregunta es repetitiva yaque se preguntan los costos totales del sistema en pregunta No 27

4- Si el sistema es por bombeo existe subsidio por parte de la empresa de energía que sirve la zona:Los sistema de interés para efectos de la investigación se cenU'an en las empresas municipales lascuales son sistema por gravedad que necesitan el subsidio por consumo de energía eléctrica. Estapregunta carece de sentido práctico para la investigación.

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ANEXO 2

GUíA DE ENTREVISTA

Municipio: San Isidro CabañasIng. Alejandro Andrade, administrador del sistema

CONVENIO

1- De quien fue la iniciativa de incorporarse al Plan Piloto de Descentralización R/ lainiciativa surge de la municipalidad )r de RTI, qu en esos momento ya tenianconocimiento del proceso y de la problemática de agua en el municipio y esto fue en elaño 2000.

2- Conoce la existencia de la Política de Descentralización 1'/ DTCE CONOCERLA3- Quien sugirió o decide el tipo de modalidad de administración(Emp. Municipal, Econ.

Mixta u otra):R/ La municipalidad junto con [a población4- Cuales son las competencias que han sido transferidas a la Empresa Municipal de este

Municipio. R/ (ver convenio)5- Cuáles según el convenio son las responsabilidades de la Empresa Municipal R/ Ver

convemo6- Que requisitos sugiere ANDA para filmar convenio R/ ver convenio7- Cual eS el período de vigencia del convenio firmado con ANDA. R/ cinco años8- En que fecha se firmó el convenio y cuando entró en vigencia R/ en Junio del año 20019- ¿ANDA impuso controles de la calidad del agua potable? Realizan Uds., dicho

evaluaciones. R/ están en el convenio

Tipo de Sistema

10- Por gravedad o bombeo R/ el sistema es por gravedad11- Tienen medición de consumo por familia R/ un 84% cuenta con medición, ANDA no

proporcionó la información necesaria desde el principio y poca información historica aentregado

12- Se les entrego diseño y planos de red y todo el sistema R/ no la entregaron13- Hay controles de calidad R/ si realizan los analis bacteriológicos y fisico quimicos14- Cómo, cada cuanto y donde realizan los controles el bacteriológico es cada mes y el fisico

químico cada 5 meses15- Quien cubre los costos de estos análisis R/ los costos [os cubre la empresa16- El sistema de distlibución de acuerdo a convenio de quien es propiedad R/ ANDA17- Además de la administración del sistema existen compromisos para el manejo del sistema

de alcantarillado yaguas negras (residuales) R/ ANDA

EMPRESA MUNICIPAL

1- Cuando se formó la Empresa Municipal administradora del agua potable R/ en enero de2001 se eligió la primera junta directiva así como al personal que trabajará en esta.

2- Quienes integran la Empresa Municipal De la municipalidad y de la sociedad civil

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3- Que sectores de la sociedad civil participan R/ todos4- Como esta confonnada la Junta Directiva R/ son diez miembros 7 de la sociedad civil y 3

de la municipalidad, el presidente es el alcalde5- Como se toman las decisiones en la Empresa Municipala) Por Junta Directiva R/ sib) Consulta Ciudadana R/Sic) Emanan de ANDA R/ no

6- Cada cuanto tiempo se rinde informa a la Sociedad Civil R/ realizan asambleas deusualios, infomlan por medio de boletines inf01111ativos, pasan encuestas. Mensual

a) Trimestralb) Semestralc) Anuald) No rinden informe7- Cuantas quejas se reciben al mes por el servicio de agua potableR/ las quejas son a diario

pues hoy se tiene el agua las 24 horas y cuando realizan reparaciones siempre hay alguienque reclama.

8- Existe subsidio para la población por el servicio de agua potable. Este dato puedeobtenerse con la información del punto 13.R/ no

9- Han realizado inversiones importantes en la infraestlUctura operada por la empresamunicipal. R/ si se han realizado colocación de válvulas, cambio de diámetro en tuberíade distribución e aducción, construcción de caja colectora, medidores etc..

10- La tarifa aplicada por la prestación del servicio es igual a la aplicada por ANDA R/ plantarifatio de ANDA

11- Tienen costos totales de operación del sistema R/ si $2,485 egresos y perciben $3,520.0012- Cuantas personas o empleados trabajan para la empresa. R/ 4 empleados permanentes13- Los gastos de operación son por debajo o arriba de la facturación mensual R/ por debajo14- Los componentes del sistema han sobrepasado su vida útil. R/ si han sobrepasado15- Que porcentaje de mora tienen los usuarios con la empresa municipal en el último año.16- Conoce Ud, si con la creación de la Empresa Municipal se han creado nuevas fuentes de

trabajo. R/ si en la empresa17- En que área han surgido estas nuevas plazas y cuantas.a) Empresa Municipall sib) Empresa Privadac) Maquilad) Comercio

11-Se han realizado análisis de costos de mantenimiento del sistema R/ los egresos nada mas12- Se logra con los ingresos cubrir el total de egresos que genera la administración delsistema. R/ si

EFECTOS E IMPACTOS

1- Conoce Ud, si han surgido nUeVOS líderes en la comunidad a raíz de la implementacióndel plan piloto. R/ no

2- La empresa municipal capacita a sus miembros, por el momento no, pero hay planes

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2.1.En que área: administrativa3- Que efectos positivos encuentra en la implementación de la descentralización del agua en

este municipio.Incremento de la cobeliura en un 20%Aumento de la medición en un 67%Recuperación del 81 % de la mora delegada por ANDALa mora por la empresa es minimaEl sistema de c10ración es mas dicienteControl de cal idad es mensualServicio las 24 horasMejoras en el sistema(inversión)Las reparaciones Se realizan de inmediatoExcedentes de ingresos menos los gastos quedan en el mlillicipio para futurasmejorasTransparencia y rendición de cuentas a la población, en asambleas de usuarios,presentación de estados de cuenta e infOlmes financierosEl pago por el servicio se realiza en la ciudadLos empleados de la empresa viven e la ciudad

4- Que efectos negativos se han generado a raíz de la descentralización del agua en estemun1c1p10.R/ n1nguno

5- Se ha analizado la sostenibilidad que tiene a futuro de continuar expandiendo la coberturadel servicio. R/ si hay colonias y lotificaciones que van surgiendo y solicitan el servicio.

6- Conoce Ud, si han d1sm1nu1do la incidencia de enfermedades gastro-intestinales en lapoblación de sus municipio. R/ según la unidad de salud si

7- En su opinión como la descentralización de la administración del agua potable impulsa eldesanollo local en su municipio.R/ claro que sl

8- Si el sistema es por bombeo existe subsidio por parte de la empresa de energía eléctt1caque sirve en la zona ( no procede)

9- Cree que hay mas transparenc1a en el manejo del sistema por parte de la comunidadR/ sihay mas transparencia y controlaría, hay infOlmes

10- Hay mejor eficiencia y eficacia en la prestación del servicio( reparaciones, mejora decobertura, calidad del agua, numero de horas etc) R/ desde luego que si

11- Hay mejor equidad en la prestación del servicio. R/ si12- Cree que la mejora de la prestación del servicio se debe a la proximidad de este a la

ciudadanía R/ definitivamente13- HA mejorado o desmejorado la atención al cliente R/ mejorado, hoy se paga aquí y las

reparaciones son de inmediato

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ANEXO .3

GUíA DE ENTREVISTA

Municipio: Nueva Concepción ChalatenangoLic. Herbert Iván Palacios, administrador del sistema

CONVENTO

1- De quien fue la iniciativa de incorporarse al Plan Piloto de Descentralización ,R/ fUe de lacomunidad, al ver que el sistema estaba en estado deplorable, esta se organizó y llegó a lamLmicipalidad para plantear el problema, y con este apoyo fueron a la ANDA.

2- Conoce la existencia de la Política de Descentralización: R/ tenían nociones3- Quien sugirió o decide el tipo de modalidad de administración(Emp. Municipal, Econ.

Mixta u otra) la modalidad fue propuesta por la comunidad4- Cuales son las competencias que han sido transferidas a la Empresa Municipal de este

Municipio. Delegación de funciones5- Cuáles según el convenio son las responsabilidades de la Empresa Municipal, R/ están en

el convenio6- Que requisitos sugiere ANDA para firmar convenio R/ convenio7- Cual es el perlodo de vigencia del convenio firmado con ANDA. R/ 5 años8- En que fecha se fínnó el convenio y cuando entró en vigencia R/ 17 de abril de 20029- ¿ANDA impuso controles de la calidad del agua potable? Realizan Uds., dicho

evaluaciones. R/ Están en convenio

Tipo de Sistema

10- Por gravedad o bombeo R/ sistema por gravedad11- Tienen medición de consumo por familia R/ 30% micromedición12- Se les entrego diseño y planos de red y todo el sistema R / no les entregaron el diseño

actualizado, ya que el que tiene ANDA data desde 1971, si entregaron el catastro13- Hay controles de calidad, R/ si hay controles de calidad, se realizan seis pruebas de

cloración dialios14- Cómo, cada cuanto y donde realizan los controles R/ a diario15- Quien cubre los costos de estos análisis R/ los costos [os cubre la empresa16- El sistema de distlibución de acuerdo a convenio de quien es propiedad R/ ANDA, seglm

convel11017- Además de la administración del sistema existen compromisos para el manejo del sistema

de alcantatillado yaguas negras (residuales)R/ Si esta en el convenio.

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EMPRESA MUNICIPAL

1- Cuando se formó la Empresa Municipal administradora del agua potable, R/ comenzó aoperar el primero de sep de 2002

2- Quienes integran la Empresa Municipal R/ siete propietarios y tres suplentes, el alcaldees el presidente de JD, hay representación de los diferentes sectores y hay cuatrorepresentantes de la sociedad civil. Solo los usuarios son propuestos a formar parte de laJD y también tiene derecho a vos y voto, las demás personas son invitadas, aunque tienenderecho a vos pero no a voto.

3- Que sectores de la sociedad civil participan R/ todos4- Como esta confomIada la Junta Directiva Siete Propietarios y tres suplente, el Alcalde es

el presidente., cuatro de la sociedad civil, tienen mayoría.5- Como se toman las decisiones en la Empresa Municipal la junta directiva y en asamblea

generala) Por Junta Directiva R/ sib) Consulta Ciudadana R/ sic) Emanan de ANDA R/ no

6- Cada cuanto tiempo se rinde informa a la Sociedad Civila) Mensualb) Trimestralc) Semestrald) Anual R/ es anuale) No rinden informe7- Cuantas quejas se reciben al mes por el servicio de agua potable R/ no llega al 1 % Y esta

es por desconexión por mora8- Existe subsidio para la población por el servicio de agua potable. No9- Han realizado inversiones impOliantes en la infraestructura operada por la empresa

municipal. R/ hicieron un diagnóstico del sistema el cual anoja que esta obsoleto ynecesita mejoras

10- La tarifa aplicada por la prestación del servicio es igual a la aplicada por ANDA R/ siplan tarifario de ANDA

11- Tienen costos totales de operación del sistema R/ costos 40% hay una utilidad del 60%12- Cuantas personas o empleados trabajan para la empresa. R/ 6 tres administrativos y tres

operativos13- Los gastos de operación son por debajo o arriba de la facturación mensual R/ por debajo14- Los componentes del sistema han sobrepasado su vida útil. R/ si15- Que porcentaje de mora tienen los usuarios con la empresa municipal en el último año. R/

0.75%16- Conoce Ud, si con la creación de la Empresa Municipal se han creado nuevas fuentes de

trabajo. R/ los empleados que trabajan en el sistema17- En que área han surgido estas nuevas plazas y cuantas. R/ administrativos y operativosa) Empresa Municipalb) Empresa Privada

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c) Maquilad) Comercio

ll-Se han realizado análisis de costos de mantenimiento del sistema/ no12- Se logra con los ingresos cubrir el total de egresos que genera la administración delsistema. R/ si

EFECTOS E IMPACTOS

1- Conoce Ud, si han surgido nuevos líderes en la comunidad a raíz de la implementacióndel plan piloto. No sabe

2- La empresa municipal capacita a sus miembros R/ esta destinado el rubro pero todavía nose espera para este año

2.1.En que área3- Que efectos positivos encuentra en la implementación de la descentralización del agua en

este municipio. Cercano a la población, mejora del servicio, las reparaciones se hacen deinmediato

4- Que efectos negativos se han generado a raíz de la descentralización del agua en este. .. .

mlllilclplO. nmguno5- Se ha analizado la sostenibilidad que tiene a futuro de continuar expandiendo la cobertura

del servicio. R/ Hay gente que esta solicitando el servicio se esta valorando al idea6- Conoce Ud, si han disminuido la incidencia de enfetmedades gastro-intestinales en la

población de sus municipio. R/ Decimos que sí7- En su opinión como la descentralización de la administración del agua potable impulsa el

desanollo local en su municipio.8- Si el sistema es por bombeo existe subsidio por parte de la empresa de energía eléctrica

que sirve en la zona9- Cree que hay mas transparencia en el manejo del sistema por palie de la comunidad R/ si10- Hay mejor eficiencia y eficacia en la prestación del servicio( reparaciones, mejora de

cobertura, calidad del agua, numero de horas etc) R/ si11- Hay mejor equidad en la prestación del servicio R/ sí12- Cree que la mejora de la prestación del servicio se debe a la proximidad de este a la

ciudadanía R/ si13- HA mejorado o desmejorado la atención al cliente R/ a mejorado

OTRAS ANOTACIONES

Requisitos: tener oficina, equipo de computo, sistema de facturación ver convenioEl hospital monitorea el sistema.El 70% tiene cuota fija30% nohay 2000 usuariostienen plan tarifario de ANDAel sistema tiene 30 añossegún un diagnóstico que realizaron hay que sustituir un 90% de la redANDA les entregó un catastro

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Mas o menos ingresan 17,000.00 dolares y tienen costos en promedio de 8,000.00dolaresLas horas de servicio en promedio es de 18 horas solo en el area urbanaLa oficina mas cercana de ANDA estaba en GuazapaLas figuras que existen en la empresa son: Administrador, agente comercializadory apoyo administrativo.Limpian dos veces al año los pozos de visita de aguas negrasLa caja de captación se limpia bimensualmente.Las reparaciones las realizan de inmediato, porque están cercaEs una zona comercial de producción agrícola ganaderaProducen, arroz, maicillo, maíz, caña de azúcar

existe en la zona el Banco Salvadoreño, BFA, Bco. Cuscatlán, caja de créditola cuota o tarifa mínima es de 2.29 de dólarel promedio de cobro es de 6.00 dólares

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PRESENTACiÓN

Para finalizar, agradecemos a las instituciones por el apoyo técnico, capacitación yasesoriasrecibidas en ese periodo; entre las cuales tenemos: Unidad de Descentralización de ANDA(UDES-ANDA),RTllntemational,.ALCADIA MUNICIPAL DE.SUCHlTOTO, PCI, COMURES,Programa Promoción. de la Sosteniblidad de los. Procesos de Descentralización de Sistemas deAgua en El Salvador, de la Red de Agua de El SalVador (PROOESlRAS-ES).Agradecembsespecialmente la colaboración del Instituto Nacional de SuchJtotolNSU,RadioSuchJtJán,usuariOs y colaboradores en general.

Respetable· miembroasambleista:

Este dia, la JuntaDirectiva de la Empresa Municipal Adminístradora SuchitotensedeAcueductos y AtcantariUados,EMASA, se complace en presentar la presente MafORIA DELABORES sobre las acciones rnás relevantes desarrolladas durante al atio2003. Teniendocomo marco de trabajo, el Convenio de Delegación de Funciones entre ANDA yEMASA, quei1evayatJ,lcuartoatio de cumplimiento.

Agradecemos a nuestros miembros asambleístas, representantes de usuanosdebarrios ycotonias su presenela a .la •"1VASAMBLEA· .GENERAL".

Queremos mediante esta MEMORIA DE LABORES, agradecerel apoyo, confianza ycomprensión que hernosobtenido de la población usuaria, •miembros asambleístas de laempresa y población usuaria en general. Ha sido unatio dificil pero con muchos logros.

Agradecemos alpersonal administrativo, técnico y personaideapoyo por el entusiasmoesfuerzo y aporte dado con su trabajo al desarrollo de la empresa.

L

L Atentamente,

JUNTA DIRECTIvA DE EMASAPERlODO (2003..2005)

SegundoVocal Segundo SuplenteSr. José Antonio DoniUo Evora ElmerOthmaro FigueroaL

PrealdenteSr. lsalas Sandoval Alas

Vlce-Presideme,Sr. Hermes Díaz

Pri111st VocalSr. FlUberto Antonio Melgar

SUPLENTESPrimer SuplenteRene.Arévalo •Chicas

TesoreroSr. Francisco•Figueroa Pineda Tercer Vocal

Sr. José Fredy DuránSecretariaSra. Sonia LeonorAlas

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3.1 Actividades Permanentes

•••Actualización y registro de cartera y base de datos de usuarios y usuarias.

• •Actualizaci6n de· la base de datos en cada. facturaci6n.

•• •Administración.y registro de cartera de usuarios cada•mes..~.. ,

.....I!.... '

3.2 Resoluclón•••Petlclones, Quejas y Reclamos (PQR)

•. Se atendió durante el pertodo.1 06 casOS de usuartosque presentaron reclamosa la empresa. Alto consumo, fugas en el sistema interno, dudas sobra la nuevatarifa de ANDA defectos en 10s medidores; otros casos. "

• Se identificaron y registraron 2 conexiones que se encontraban ilegales.

L 3.3 instalación de Nuevos Sentlclos

L

L

En el periodo se.han •realizado 86 nuevas acometidas en barrios y colonias deSuchitoto;siendolos. nuevos servicios 78 acometidas de agua potable y8 deAguas.Negras.

• •Aun existen solicitudes•de nuevos servicios por atender en Colonia•NuevaSuchitoto etapas Uy del sector de la.Chacra

+ Durante. los últimos 12 meses de administración de EMASA,se ha•incrementadoen.un ·12%en·comparaci6n del ano 2002.

• Se realizó .Laconexión.domiciliarparala colonia Nuevo Suchitoto, etapa I Parauna cantidad de 138 usuarios. Para esta obra se contó con mano de Obra de lacomunidad y del apoyo de la Alcaldía para el costode la tubería principal delramal.

+ Ampliación de 578 Mts. de Red dedistribuci6ndej4'"de160 P.SJ.parainduirel servicio de agua para la Colonia Nuevo Suchitoto etapa Uy sector "LaChacra". Las conexionesdé seNlció ya están•en proceso.

·3

3.5' •CASOS PENDIENTES DERESOLUCIÓN

• Introducción de Aguas Negras, en sectores de Santa lucía, Col. ElMilagro yColonia Brisasde 8an.• José, '"

• Instalación de 65 acometidas domiciliares. en Colonia NuevoSuchitoto, etapa U(Actualmente en Proceso).

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L

L

3. CAPACITACiÓN y FORAtAC/ÓN

El personal de la empresa.ha recibido capacitaciones diversas como son:

• Sistemas Descentralizados en El salvador, Conferencia, RASES

• Manejo de Cuencas Hidrográficas. ANDA

• Motivación y Manejo de Personal

• Prevención y manejo de riesgos en sistemas de agua y saneamiento, ANDA

• Plan Estratégico y manejo financiero de presupuestos.

• Mantenimiento de.Redes delmpelencia yde Aducci6n.

• Intercambiaron otras instituciones y empresas.

4•••• AREA •TECNICA-OPERATIVA. (AfANTENIMIENTO)

Especfficamente en el. periodo del 2003•se tienen el·detaJlesíguiente:

"-

L

,-

DETALLE. DEACTIVIDAD

1.ConexionesdeAguaPotabJe

2.Conexi6n de AguasNegras

3.Medidores

Totales.Generales

RESUMEN

rOTALES78

8

201

287

ServicíoOirecto: 198 conexiones (sin medtdor); servicio Con Medidor: 1,105conexiones; Medldorp'arado: 33 conexlones.

Datos hasta DiCiembre 2003. s/g reporte de facturaCión.

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CUADRO DE ACTIVIDADES POR UNIDADES

3. Red de Distribuci6n (26), Reparaciones por fugas

2. Pozos de AguasNegras Limpieza de Pozos(79 pozos)

Cantidad ¡medición

(7) acdonesde Desairar y reparación de 1· tramode 6 Mts

(6h Reparaciones y desobstrucción

AREMJNIDAD

1.Red deAguas Negras

Durante el período de Enero a Diciembre de 2003, se reafizaron 60 aotividadesdemantentmientoy reparacíón, dístribuidosde la siguiente manera,

4, línea de Aducción

4.1. OPERACIONES DE MANTENIMIENTO y REPARACION

S,Tanques 2 limpiezas generales en elárea\.....

S.OTROS

6.1· Construcción de un pozo receptorAguas Negras.

4.2 InversionesI-.,;.

•.....

1

'-

Los valores invertidos en el área de Operación y Mantenimiento se realizaron así:

Il)•Inversi6nen red de Aducción $ 40,000.00, aporte EMASA

12) Inversión en Red de Aducción $55.000.00,aporte~~SDl

J2JMantenimiento de Instalaciones de aguas Negras yAgua Potable $5,300,06

'lJ. Trabajos en Fuente de Agua $ .998.87

rlI·Compra deAgua y Análisis.de laboratorio $925.00

IZICostos materialeS ymano de obra·por nuevas acometidas $ .19,680,00

Datos segun •Estados·Financieros que se anexan~

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4.3 Otro.

• Chapoday Limpieza a.10 largo de taredde adUCCión,.desde el Río El Molino.

• EMASA, actualmente realiza labores•de mantenimiento general de la Planta deTratamiento de Aguas Negras. tabor que realiza desde Junio 12002.

Generación de Empleo local

En•los trabajos realizados se genero mano de obra local por un·promedio de$11,704.24 equivalente a 1,672 jornales, días 1hombre de trabajo.

5••PROYECCIONES

Perforación·de un pozo, para·contar como una fuente alternativa para abastecerde agua a la ciudad.

Construcción de un tanqueauxiUar para abastecimiento de agua.

Extenderla cobertura de.servicio a zonasaledaf\as a la ciudad.

1. Gestión de Fondos.a travéS de BID..ANDA, •para rehabilitara •Kilómetros de redde agua•potable de ••a" desde Río El Molino hasta la.ciudad. (La Obra que hahecho EMASAson rehabilitación.de .12 tramos en .Ias partes aéreas y puentessobre quebradas).

2.,......

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6Digitalizado por: Biblioteca "P. Florentino Idoate, S.J." Universidad Centroamericana José Simeón Cañas

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EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA SUCHITOTENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS, EMASA

BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2003

ACTIVO.

PASIVq

CIRCULANTE

Efectivo .Cuentas y Documentos por Cobrar

Inventarios

Gastos Pagados por Anticipado

$ 63,478.46

$ 40,017.69

$ 13,891.72

$ 3,099.87

$120,481.14 CIRCULANTE

Cuentas por Pagar

Gastos Acumulados por Pagar

Retenciones Legales

Impuestos por Pagar

$ 11,051,86

$ 5,526.35

$ 3,547.39

$ 776.88

$ 1,207.24

ACTIVO FIJO

Maquinaria y Equipo

Depreciación Acumulada

Mobiliario y Equipo de Oficina

Depreciación Acumulada

Herramientas y Equipo Pequef'lo

Depreciación Acumulada

Otros

Depreciación Acumulada

$ 1,038.28

$ (216.06) $ 822.22

$ 6,546.66

$ (3,298.52) $ 3,248.14

$ 4,050.55

$ (1,692.12) $ 2,358.43

$ 237.14

$ (15.04) $ 222.10

$ 6,650.89 OTROS PASIVOS

Provisión para Obligaciones Laboralas

Fondo de Protección de Fuentes

PATRIMONIO

Patrimonio Municipal

Excedentes

Del Presente Ejercicio 2003

De Ejercicios Anteriores

$ 3,459.13

$ 70,862.38

$ 41,169.26

$ 372.35

$ 41,386.91

$ 14,321.51

$ 74,321.51

TOTAL ACTIVO $121,138.63 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO $127,138.63

F'del Emestd BonillaContador

-~"""á René Ventura Reyes

Auditor Externo

f1H_____Isa:'¡:~doval Alas

PresIdente

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EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA SUCHITOTENSE

DE ACUEDUCTOS V ALCANTARILLADOS,EMASA

ESTADO DE RESULTADOS DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2003

•VENTAS NETAS

Suministro de agua

Productos

$103,220,17

$33,936.24

$ 137,156.41

'--... - u-

$ 98,539.66

$ 38,616.75

$ 41,727.96

...$ (3.111~21)

$ 7,858.87

$ 81.29

$ 4,666.31

$: 1,207.24

$' 3,459.13

$ 98,539,66·

Menos:,

COSTOSCosto de Producción

UTILIDAD BRUTA

ImpUéStoSobre laRenta

Menos:

GASTOS' DEOPERACJóN

Gastos de Administración $ 41,727.96

PERDIDA. DE OPERACiÓN

Menos:

--

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SECRETARÍATÉCNICAOE LAPRESIDENCIA DE LAREPÓBUCA

UNIDAD. DE !'iODERNIZACIÓN">

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POLiTlCAtlE DESCENTRALIZACIÓN

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La j\~n¡Zaci6n del Sa......of Púbfk:o, tiene como lma áreade ~UmPQliend~ la descentraflzad6n, ya que intrCid'Jcecambios. sustanciales en la forma de9~$t¡ór~ . .Iasínstitudonespúbllcas yeonltibuye a transformar el rcl yestructura:;. de las rnlsmas, permitiendo que 1osservidoslleguen a.la pobtadónmásopor'tUl1(írr:(;nte ycon mejorcalidad.. Simultáneamente, . .déscentraliZaciónpoten<;lay fortale<:e lascapacidadeslocaJes y abre espacios alapartkipadón~dadar.aen.J;;,idenijikación dene<:esidadesy :roludones paree! propio desarroUo de ¡oca¡ída~s~

municipios, departamentos yregicnes¡ 'Z

~En este rnarc-o,IaPoka de Descentralizadón pt()pOfcioniOorientaciones básicas a ~a$ institudonesque deberárfl'iniciar o ('QoUnlJar con este proceso el •cual es uncompromiSó d~ presente Gobiemo, segúplineamientosestratégicos plasmados el 1999~2004,

A.··"CONCEPTO

Debido que d térmll1íj "descentrailadón~ e$. utiiizado condiferentes sigruficados' para.10$ fines de esta política sedeíinlrt\c:omo !Iel procesornedíante el cuaJse transfierencómpetent~s. recursos ycapaddadde decisioo entrediferentes. n1veles<k organl~ndel Ckbiemo Nacíonaly desde éste a óttas entidades oaotros niveles deGobierno,'!

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Para orientar este proceso. se hace neces.adoestablecerlapolibQ:) dedescentratizoc:i6h que comprende y preponeIassiguiente$moda¡idade5pan~ suaplicacl6r.;

o~':-"~""",,:;";"-:q;<\'%~_~' .""·"'"'''' '''''........ ----__- ....--- _, j, •••••• .......... ,>¡J~JlbA ¡'IWt"~~~ ••".~~

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la ~ntt<d~(i6I1debe, fadUtar los mecanismQs quepeJ:tnitan a las.muni~ _l<Is. orga~iOnes dela sociedad,dvUy~. los grupos ,comunitariostrab~~rcoo«J.jl}~~~JI~de la detecdónde nece$kiadesyplanteamiento dedemanOas. a fa formulación depropuestasviabfes y al~ implementadóndepl~l1esde

1ICdórl.

Si bien el reto es a~ntar Iosnivele$ dep~rt.idpadóndt1~,también debe bU$CMSe unamayorefedlW:iaddeiamisnUJ. ,propidandoel desarrollo dee5pacfos enliJ$ ,localidades, p~ra que, ,de f~rmacrdenada é~dalo$d~puedanopinar.~en. la toma de ded$bnesdel Gobierno L/XaJ y NadooaJ.Y ejercer la contraloría social sobre tas laboresgubemomenlaies.

2. Incrementar y hacermás efediVa fapartldpaclónciudadana.

t . Partir dereal~adesy proximidad ald~oo..!tatr~de <:orripetenci.Q .~, otrese:ntidcdf!S o nN'eJes;

de: gobiemoj .osS 0)l'110.14 .prestadén de blssenddosd~~eral0 que s.edemanchtya los~quese,tierwten el Me territQtiaI. Es Importante atender les~.soc~~loJclOOada~ como. por~agu4"tamlnos~ .salud,etc.~ya" que enesa medida ladescentralimclón «<'4rá •mayor. éXito..

Entremáseerce ,se encuentre la población al Hentel!r~biede la toma de decisioneS; éste tendrá unacapaddad de respuestan1ás4gn. más eficiente y eñ<:'ez;a losproblem~$ql)e .~ presenten en lalocl1SUdad.

B.PRiNCIPIOS QUE DEBEN REQfRELPROCESODE DESCENTRALlZACIÓN

.. DeVOludól1: Transfeten<:ia definitiva de poderes delGobierno Noclooafa los Gobiernos Locales PN8 .presWservidO'$., Qblener reCUl'S05 y decidlt. ihdepel'ld¡ente~mente., Ejemplo: caminos, si •aldefinfrse.claramentelascompetendasy cambiar el marco l~al ~tenbe.

se.uansfiereparte de la red de camb....CI$ rumies, consus cúrrespondlentesrocurscs, JasmunidpaUdadEsserian >las responsabl~ <1e $U rehabilitación yman­tenimiento.

* Desconcenhaoón: Re1atNaa la redistribooiÓiide lacapacidad dedsoríaenelmaneJodé recursos 'iprestación de seNidos entre difererJes niveJesdeorganización dclGobiemo NAdonalf:jemplo:oficit¡asdepartamentales o le~jonales de Mh'lísteriosoAutónomas, C'readaspara prestar servicios o focfli1.artrámites, evbndoelóe$phu.amíentó de las persOl1asa lacapit~l,comoesel caso de las OficinasDepartamentales de Educaoóo,

• . DetegadOO:Transferencia total o<pafcial de fuodon~!recursos ycapaddadde ~deH1cbiernoNacionala otros entes conlrolados totalmente peroresponsab1esanteéste pOfSUS propias leyes o porcorrí/enios ocontratosdege$tión. Esta modalidadiocroyec acuerdes deentídadesdel Gobierno Nadonalcon IasMu~jd~para q~ésta$ últimas, prestenservicios o realicen IhversioneS(juecorres.pondedanal Oobie,moNadonaL Ejemplo: dele9adónde laadmtl"l¡$tt~¡ótrde'·prr·'seMcioromo,etague.Q"uoo

empresa mixta~ torno es el caso de Tetralogía; ,elservido de educación a directivas de padres~ familiacerno en el caso. EDUCO yservidos de salud a$0'$cerno FOSALe¡fSanJulián, Soru.mnate.

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La descentralización .debe serc:oncebídacorno un, procesoen el que gradualmente se van transfiriendo nl..le've:s:respoosabUidades.

5. 'f1exibltldad Ygradualidad

De <:ualquier forma, sólo deben asumir aquellascom­~ ,pero las que esténen la capacidad. adminjstratM1,técnica y financiera. para desarrollar .una,gestión eficientey eficaz; por lotanto,habtá que considerarunpenodoPfepen!tOrio parai'JqlleJlos que no tengan esta capacidad,aefedóde que sean fortalecktos pare e~rcer1a en unplazo dar:amente~estipulado .

Debido a las diferen+.es car<;)(j.enstkes de los murndpios.depmtamentos o regiooes,en lo que sereñere a población.medio ambiente. tamaño, adlvidades.celídad de recursoshumanos, y ollos, proojf;maS" debenident¡fjcarse ,Ia$capockiBdesde gestián que poseen para ~rrnr las nuevas~iidadcsy ~~~efk:íe'l,ternenteloo recursos.

Algunos munkípios, locaMades o regiones podrán asumirdertas r~nsabUidadesmás temprano que otros,., enlamayaia<k 105 CMiOSse¿~f~erla.s~degesti6n de IQsentes receptore$, para que puedandesanoHafoejecutar las nuevas Junc¡ones yresponsabilidades•.

W~ IWI~' lió _~;-.,.¡,;,:; ~_~_-., __"_ 0\0 -,¡,¡;~ •

proo1ueveY$Upe~ sucumplirmento; defadJitador dela ~idad produd:íva. promotor de la sanacompeterlday el respeto de Jos derechos de lO$cQnsumidores; deJntegradorde esfueaosy polit:ka$ .para.q¡je~tael.nla)Qfgrada de armonía,posible en, el togrodelos objetivOsnadonales.l.os enJes~ent~ asumirán su nuevopapel,pm~e deejecUlOfes deacdooesope~y podr'n asumir. además un~ normadora nIWltocal.como es d caso ~. los Gobiernos MuniCipaJesconlasordenanzas munkipales, yen~ coo.las.norrnasy regulaciones' emanadas del Goblemo Nacional.

1l

j1Este prindploen esenda ptanteaque 'debe fometltarse y

aNmar~a qJJel1a4 unidades más pequeñas dentro de lasoCiedád (iooividuo, farrJUa, berrio1 canlón, ml,.lnlc;ipio,ete.).asurnan, hasta.donde les. sea posible,por sí mismasla~lIdad.de soIudOr,ar.sus.probkm1as'j~ede los 'recursos que requieren parasatlsraCel'SllSnecesidades y aspiracooe~ En~e sentido, el Gobiernosélo debería inteNenír enaque!l05casos en que estasunidades 00~,en suscondidonES actuales, resolverSllS problemas 11 provter5e de 105 medios parasatisf~ernecesidades 'laspiradonessoc!almenle válidas.

S~trate de darle areccionafldadal prQit~ní$mode losdudadanos en la búsqueda de mejerat sus condidones

3. Subsidiariedad.

4, Claridad de fQlesycomplementariedadenbeel nivel nacional Ylocal del gobiemo.

El proceso de descentralizadón!1por devo]ud6n" implicala transfefeftciade poder, (;ornpetencias y recursos delnivel nacional a los muniCipios, bajo el prindpio de quelas decisronesylapOlitJ01púbticase <ldopten yejectltenen el nivel que permita una relación más cercanaalapoblación.

Lo antera teqoiere que m deflna con claridadc~ $00los roles, las competendas)' losrecurSós ,que lecorrespond~n aJ nivel nacicnal'j loo que le correspondenal ~ladrninistrativo territorial; a fin de efect~rel tmsIadode responsabilidades. por la vía de (ompetendas ofl,Jocíon~ al mismo tiempo que se astgnen los recursospara hacerles fren.e.

El OoblernoNadonaI tendrá un rol fundamental de¡ normador. en el sentidoquedeftne normas, políticas. y

lI"m'H'"1""",-',"'-,'"'''''''''''''''' "....~;~;;~iI"1';"-:"';',1'j::~~:~:'" 'iII!'l-:~W-:~'~'~''''~~,-.'''''''1''''''''*"'<~--'

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Al~ como un pnxeso, se~ de unpro­gI1IlNl especialmente diseñado pma el fartaIedmiento O

creadón de c:apaddades~.~ yfinancieras de aquellasinstaneias receptoras de~fundooesy~~'éstas

~ depmtamentos yfrJ mooidpios.

M mismo. el prognvna deberá establecer estándan's de~Ya:iidad oon los cuales se debmíJ "rollarlas ft.Enciones~.La graduaIidad nodebe $m' uliIiztIira t:óRi).~'par¡

posponer indefinidamente la tran$ferenda de~ Bpmdpiodegradtllldad requierequese~pIams y etapas de impJ.emenlatión de une.poIIica de descentralzadón. las,.~pDotoD.bien~ son un instrumento valioso para~elprocesode~eneln-.n

del desan'oIb de este principio.

6. Efidenday eficacia en el uso de los recursosy en la calidad de los servidos prestados.

Cada rWeI~~ debe hacerse twgO deaquelasfunciona, c:ompetendas o serrido$ que puede~de una manera más ek:imte YéiaaYcon ~<::IIdad. ..' .Este prindpio de radooatidad en la asignación de los~ debe sereomplementado coo un aiterio deopdmizad6n, para hacer un uso pleno de la capaddad~yainstaladaYde lo quese transfiera en el procesode~.

7, Equidad

Partiendo Peje la premisa de: la experiencia de distintosniveles de desarrollo en el espado territoriaJ,ladescentrD1lmdón debe contribuir a un propósito de

..

eqtidad, para que las ionas más marginadas en el territorionacional. redban los recursos que permitan reducir estasdesIgualdades espadales, especialmente mediante laampladón de la ·robertura en iQs sef'Vicios sodaIes básk:os,y para la cons~i6ny protecdón del medio ambienta.

q

Esta compensadón no debe irreñklacon el plenteamientode que la distribud6n de competencias y recursos debeser adecuada a la capacidad que tengan 105 entesreceptores de estos recursos. De tal fo:rrna que aquellaslocandades que 00 presenten ta capaddad para asumircompeterx;ias o recursos, deberán ser sometidos a unproceso de fortalecimiento en áreas de ge3t.ión con fafIDaJided de que adquieran la eapaeidad.

8.5ostenibilidad

Para que. fll descentraflZadón sea sostenible, es necesarioque los entes receptores de competencias yresponsabilidades reciban los recursos técrúcos.legaJes.finanderos y admjnistrativos. que les permftan asumirordenadamente las atribuciones; sin embargo másimportante que los aspectos formales es la apropiacióndel proceso de descentralizacIón. Por lo tanto, en suimplementación es jnd~nsablele búsqueda de mayores

" .' nbl~le.~Lde:,partidpat;;iÓltdu.dadana, que permitanautogestión tanto para su operativización romo para sufinanciamiento en el largo plazo y el respaldo legalcorrespondiente.

9. Transparencia

El proceso de descentralización debe asegurar que lapoblacl6n tenga acceso a la información que enoscoosideren más relevante. eliminando Iidiscrec:ionaBdadoon la que lUnciona.rios de gobierno (tanto a f'liveI nacionalcomo local) manejan la ¡nformadón~ e impulsando unacultura de rendición de cuentas por paJte de los

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funcionarios. Aderrás. en k:ls mecanismos de partidpad6ndudadana debe .Incluirse, fomentarse y estructurar lasbases para la cootraloria sodaJ.

C. LJNEAMIENTOS GENERAl.ES DE LA POÚ11CADE DESCENTRAUZAClÓN

* Cacle institud61"1; durante el diseño de su p!ograma. de modemb'.adón.redefinifá las formas de prestad6ny entrega de los servidos. ·en~~.delas.~Udades de desc.entralizadón descritas en el literal A..

• El anáUsis para le definici6n deJos servicios· ocompetencias atnmsferir. bajo cua:Jquiua de las 'l11OÓfl~

lidade:s enunciadas en el literal A. deberá tomar encuenta los principios señalados en ef nteraJ B; lo cuaiobftga a una consulta permanente, durante el proceso.con ~~~.!~eptotes, así como a revisar y redefmirsu marco tegaJ-JnS(ftuaonarpara:~rar'Ias~"

de descentraflZación.

* Cada institución deOOrá:

- Definir fos criterios sobre las capacidades técnicas.administrativas, fu1arn:íeras~ etc., que 1ªsecn~4acfes

receptoras deben tener para proceder a la desconcen­tradón, delegación y devolución de compE1.endas.

-Difundr am.pOOmen1e !ichos crlte1ios para asegurarseque los receptores tengan acceso a dicha informadóny conozcan los requisitos requeridos para participaren elp~ de ~ntra!iuKión.

.. Cualquier opción de d~entralS3dónadoptada porcada instltución del Gobierno NadonaJ, deberá contarcon los instrumentos de preparación, capacitación,verificación y evaluación que permitan mantener yrn.ejorar el nivet de <:aIldad de los seMdos transferidos.

..

*En todas las i"I'lddalidades de desceníratizaclón serequiere que bs receptores de competendas 'J rea.JrSCS.actúen con eñdenday eficacia administrativa,

* El fortaIedrniento de la capacidad de gestiÓJ\ eriendidano solamente/en aspectos administrativos sino comoen negociaci6n y coordinad6n con otros actoresa nivef local, será prioritario para propiciar lacapacidad de asumir nuevas responsabUidades a finde mejorar las condiciones de vida de las c::.omunid6des.

,. Para los fines del ~sarroflo Io<:al. la d~entraüzadónsec~enun medio para qU€ 1M comunidadestengan.·mayor~e$O y reciban servicios con mayorprontitud y calirlad.

.. Cuando se adopte la modalidad de descentra1imr hadalas municipalidades se culdará de no replicar losesquemas de organización y formas de administredónque se intenta etirnmr en el Gobieno NadonaI. comoel exceso de OOroetat.lsmo a estructuras demasiadocomplejas..

'*' Se procurará que las munidpalidades in<:orporen elprincipio de corresponsebUidad y fomenten laasociatlvidad y la participación de organismos 00

~bemM1entaies,empresas privadas u organizadonescomunales "en fas acrNidadesque tes compete yenlas transferidas.

.. El proceso de traslado de competencias deberáconcertarse y ejecutarse en forma ordenada y gradualvaliéndose también para ello de las llexperienciaspiloto".

.. Con la descentralización se crean condiciones para• que 105 ciudadanos asuman actítudes m~s

compromaidas y responsables con respecto aldesarrolla de sus localidades. por lo que los entes

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LANEXO 6

ESTATUTOS DE CREACIONDE LA EMPRESA MUNICIPAL"ADMINISTRADORASUCHITOTENSE DE ACUEDUCTOS y ALCANTARILLADOS,E.M.A.S.A."

CONSIDERANDO:

l. Que. de conformidada.los·artículos 14·y17 del. Código· Municipal se faculta a·los Municipiospara que acuerden la creación de entidades descentralizadas, con autonomía, para laprestación de servicios relacionados con el aprovechamiento de recursos naturales, las cuales,de acuerdo al Art .16 del mismo Código tendrán personería jurídicapropía.

U. Que es prioridad para el Concejo Municipal garantizar que el servicio de agua potable yalcantaríllados.sea proporcionado a los pobladores del municipio de.manera.eficiente, efectiva,

... """"-' oportuna y transparente.

m. Que las condicionesaduales bajo las cuates seadminístra, opera y mannenedicho servicio,no garantizan plenamente•el cumplimientode los fines mencionados, dadas las limitaciones decobertura y•de recursos para tales propósitos, razón por la roal. es conveniente adoptar otrasmodalidades• institucionales y administrativas que asegUren una prestación apropiada ysostenible en desarrollo de esta competencia,

IV.Que para dar. respuesfaa·iaproblemática.planteada·y.habiendorea1izadolos estudios yanálisis. técnicos pertinentes, el Concejo •Municipal ha considerado conveniente descentralizarla atención de fas funciones antes mencionadas e instituir una Empresa MunicipalDescentralizada, que operando •• con la flexibilidad técnica, . financiera y administrativa quedemanda la presfaci6ndeéste servicio, asegure el suministro de agua potable ye!mantenimiento y reparación .dealcantaríllados de una.manera eficiente, efectiva, económica ytransparente.

"-

~ POR TANTO

LA MUNICIPALIDAD DE SUCHITOTO, DEL DEPARTAMENTO DE·CUSCATLAN,en uso de lasfacultades .que les confiere .el numeral 10 del Art. 30 del Código Municipal, relacionado· con· lacreación de entidades municipales descentralizadas y Jos Arts, 3 (numeral 3), 4 (numerales 8 y10),13, 14,15,16,31 (numeraI4) y 125 del mismo Código.

DECRETA:

l. LOS PRESENTES ESTATUTOS DE CREACION DE LA "EMPRE5A MUNICJPALADMINISTRADORA SUCHITOTENSE DEACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS "E.M.AS.A.

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...

--

TITULO.1

DE LA NATURALEZA.. DENOMINACION. FINES y DOMICILIO

CAPITULO UNICO

Art, 1 Crease la Empresa Municipal "Administradora Suchitotense de Acueductos yAlcantarillados", con participación directa de los usUarios como una Entidad MunicipalDescentralizada, con autonomía en lo operativo, administrativo y financiero, con personeríajurídica y patrimonio propio, y que en el texto de los presentes Estatutos se podrá denominar"EM.A.S.A."

Art. 2La finalidad de.EM.A.RA.es la prestación del servicio de agua·potable y alcantarillados enjurisdicción del Municipio de Suchitoto, debiéndose preservar y aumentaren todo sentídoelcaudal delosmantosacufferos existentes en la zona.

Art.3Parael CUmplimiento de sU finalidad EM.A.S.A tendrá corno funciones principales lassiguientes:

a) administrar, planificar, coordinar, dirigir, supervisar, regular y controlar la prestación delservicio de agua potable y alcantarillados;

b) proponer al Concejo Municipal·laemisión deonienanzasque permitan la regulación de lasáreas forestales, zonas de recarga y recursos hídricos que abastezcan los mantosacuíferos;

c) veJar·por ·elcumplimiento de· ·Ias. ordenanzas .que a . solicitud de E M.A.S.A. ,.. emita elConcejo Municipal para regular el servicio de agua potable y alcantarillados;

d)

.~

"- e)

.....f}

.....

g)

...

promover y apoyar toda forma de protecclón.de la flora y fauna del municipio, de acuerdocon .las.Ieyesyregulacionesexislentes en la materia;

realizar y apoyar el desarrollo de campañas para la preservación del medio ambiente yuso adecuado del.recurso agua;

elaborarlos.estudíostéCníCOS que se. requieran para normar, determinar costos o mejorarla prestación del servicio de agua potable y alcantarillados, así como para decidir suampliación.hacia otros.sectores no atendidos;

implementar los slstemasadministrativos y financieros que requiera EM.A.S.A.,generando los estados financieros que permitan conocer la situación económica yfinanciera de la misma,.con el fin de rendir cuentas oportunas a los usuarios;. y,

h) realizar todas las otras funciones relacíonadas con el área de su competencia,

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....

....

....

Art. 4, EM,AS,Atendrá SU domicilio en la ciudad de Suchitoto, Munlcipíode Suchitoto,Departamento de Cuscatlán.

Art.5.•Seentiende .por "Usuario" aquella persona, natural ojuridíca, que seb8neficía del serviciode agua potable y alcantarillado en la ciudad deSuchitoto, en la forma prescrita porEM.AS.Ayque además seeneuentraal día con el pago de la tarifa que le corresponde.

TITULO"

DE.LA.DIRECCION, ADM.NI5TRACION YORGANIZACION.- ...-~

CAPITULO I

DE.LA.DIRECCION y ADMINI5TRACION

Art. 6. La dirección y.administración.de EM.A.S.A. estará a cargo de losslguientes.órganos;.laAsamblea General, la Junta Directiva y la Gerencia General.

CAPITULan

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 7. La Asamblea General, formada por cinco asambleístas delegados de cada uno de losbarrios y colonias. de la ciudad de Suchitoto, legalmente convocados y reunidos, constituyen. laautoridad suprema de EM.A.S.A Las facultades que la Ley o el presente pacto social noatribuyan a otro órgano, serán de la competencia de la Asamblea General. La Asamblea Generalde Usuarios será Ordinaria '110 Extraordinaria yasu competencia exciusivacorresponderán losasuntos señalados por los presentes Estatutos.

En las Asambleas Generales los deiegadosasambleistas de barñosy colonias tendrán derecho avoz y voto. Podrán asistir los usuarios a las asambleas generales y presenciar los debates yparticipar eneUos, pero no tendrán derecho a voto.

Art. a.La Asamblea General Ordinaria se reunirápor lo menos una vez al año dentro de los tresmeses que sigan al cierre del ejercicio fiscal, en el domicilio principal de EM.AS,A. y conocerá detodo asunto que no sea materla· propia.de la Asamblea General Extraordinaria, Aunque· no esténincluidos en la Agenda, podrá conocer de los siguientes;

a) la Memoria de. Labores de la Junta Directiva, el BalanceGeneral,el.Estado de Pérdidas yGanaociBsy el Informe del.Auditor, a. fin de aprobar o improbar los •tres primeros .y tomarlas medidas que juzguen oportunas;

b) la elección de aqu~lIosmiembrosdela Junta Directiva que sean de su competencia;

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-

c) el nombramiento '1remoci6n del AucUtor, así como proveer a su vacante;

d) los emolumentos correspondientes al Auditor y Gerente;

e) la eleccj6n delosasambJeistas delegados de barrios y colonias;

f) el destino que se le daráa las ganancias de E.M.A.8.A.

Art9, Corresponderá ala Asamblea General Extraordinaria:

la modmcacián de los presentes estatutos;

la emisión de obligaciones negociables o bonos;

acordar la disolucIón y liquidación de E.MA.S.A.;,_,,"__ ~, t

acordar su fusión con otra u otras instituciones;

la autorizaci6nde las tarifas que cobrará la Empresa a los usuarios por la prestación desus.sarvicios;'1

en general, los. demás asuntos. que.deconforrnidad con la Ley. y los presentes•Estatutosdeban ser conocidos y resueltos eh AsarnbleaGeneral Extraordinaria.

Art.10. Laconvocaforia para celebrar Asamblea GeneralOrdinaria '110 Extraordinaria se hará porla Gerencia General, o a petición del setenta y cinco porciento del total deles usuarios o en casonecesario, •por el Auditor. Externo.. Si coincidieran •las convocatorias, se dará.preferencia a lahecha. por el Gerente General.ysa refundirán las. respectivas agendas. La convocatoria se hará.de·conocimiento de los .Usuarios por todos •los medios·de comunicación que estén al alcance deE.M.A.S.A.: perifoneo, notas escritas, periódico mural, etc. por lo menos con quince días deanticipación a la fecha señalada para la reunión.

Art. 11, La convocatoria a •Asamblea General de Usuarios deberá contener los requisitossiguientes;

a) la denominaoonde la Empresa;

b) la especie de Asamblea alaque se convoca;

c) la indicación del quórum necesario;

d) el lugar, día y horade la Asamblea;

e) la agenda de la sesión; y,

f) el nombre y cargo de quien o quienes firman la convocatoria.

Las. Asambleas en primera y segunda convocatoria se. anunciarán en un sólo aviso; entre unaconvocatoria y otradeberá mediar cuanto menos un lapso de una hora.

Art 12, Ala hora indicada en la convocatoria se levantará acta que contenga la Usta de losrepresentantes presentes si se trata de Asamblea General,. coníndicación de su nombre ysi fuereo no representado por otro ·Usuario.Antesdela primera votación, la listase exhibirá para suexamen yel aeta será firmada por el Presidente y el Secretario nombrados para tal efecto. Para

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a)'-

b)

c)

'-

d)

e)

.....

que la Asamblea General. Ordinaria se considere legalmente reunida en la prImera convocatoria,deberáon estar presentes por lo menos, la mitad más uoodelosasambleístas. las resolucionesserán válidas cuando se tomen por mayoría de \fOtos, es dedr,· el dncuenta porclentomás.unode· los asambleístas presentes o representados. Si la Asamblea General Ordinaria se reune· ensegunda convocatoria, se considerará válídamenteconstituida· cualquiera que sea el número deasambleístas presentes o •representados y sus. resoluciones se tomarán por mayoría de votos,. esdecir, el cincuenta por cIento más uno de los presentes o representados.

La Asamblea General Extfaordinariase regirá por las reglas siguientes:

a) el quórum necesario para celebrar sesión en primera convocatoria, será de las tres cuartaspartes de los asambleístas. y para tomar resolución se necesitará igual proporción;

b) el.quórurn necesario para celebrar sesión en segunda convocatoria, será la mitad mas unode los representantes y para tomar resolución en estos casos se requerirá de lastrescuartas partes de.los·votos;

c) encaso de que la sesión no haya podido celebrarse por falta de quÓfUm en ninguna de lasdos convocatorias,. se hará nuevacon\fOcatoria conforme a las reglas generales,lacual.nopodrá ser anunciada simultaneamente con las anteriores y ademas deberá expresar lacircunstancia de ser tercera· convocatoria y de que en consecuencia, la sesión será· válidacualquiera que sea el número de representantes presentes,. En este caso habrá resolucióncon la simple mayoría de votos de los asambleístas presentes,

Art13. la Agenda •deberá contenerla relación de los asuntos que serán sometidos a discusión yaprobación de la Asamblea General y será redactada por quien haga la convocatoria, Una mismaAsamblea podrá tratar asuntos de carácter ordinario y/o extraordinario si su convocatoria así loexpresa. Las Asambleas Generales, sean Ordinarias o Extraordinarias, serán presididas por unPresidente. de Debates, designadO por .Ios. asambleístas presentes; así mismo .se elegirá .unSecretario de la sesión,

Art. 14. Además de las anteriores, a la Asamblea General le son aplicables las siguientesdisposiciones:

a partir de la .fecha .de publicación .de la ·convocatoria, los líbrosy ·Ios· documentosrelacionados con losfínes de la Asamblea estarán en las oficinas principales deE.M.A5.A,a disposición de los Usuarios para que puedan enterarse de ellos;

tooo Usuarío tiene derecho a pedir en la Asamblea General, a quien corresponda, que sele den informes relacionados con los puntos en discusión;

la .desintegración del quórum de •presencia no será obstáculo para que la. AsambleaGeneral continúe y pueda adoptar acuerdos, si son votados por la mayoría.querequíera.laLey 0105 presentes Estatutos;

las resoluciones legalmente adoptadas por la Asamblea General son obligatorias paratodos los Usuarios, aún·para los ausentes o disidentes;

lasadas de la Asamblea General se asentarán en el Libro respectivo y deberán serfirmadas por el Presldenteyel5ecretario de laAsamblea, o por dos de los Asambleistasaquienes la Asamblea haya comisionado al efeeto;y,

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f) de cada Asamblea se. formará un expediente que contendrá los.documentos quejustifiquen que las convocatorias se hicieron con lasformalldades necesarias, el actaoriginal de quórum, las representaciones especiales dadas para la sesión y los demásdocumentos relacionados con la misma.

CAPITULO IU

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art 15. La Junta Directiva estará constituida por siete directores propietarios y tres suplentes. •Losdireetoresi'fOpietarios serán el Presidente, el Vice Presidente, el Secretario, el Tesorero y tresvocales.

La Asamblea General elegirá a cinco directores propietarios y dos suplentes y el ConcejoMunicipal de Suchitoto nombrará a dos directorespropíetarios y un suplente. Los cargosdirectivos de cada uno de los directores propietarios.serán estabJecidosde común. acuerdo entrelos directores propietarios electos.

Los míembroselectos parla Asamblea.General durarán en sus funciones un periodo de dos añosy podrán ser reelectos par iguales periodos; los representantes designados por el ConcejoMunicipal permanecerán en sus funciones mientras.ostenten. sus cargos. No obstante lo anteriOf,los miembros de la Junta Directiva continuarán en desempeño de sus funciones aún cuandoconcluya el plazo para el cual han sido designados, mientras no se elijan los sustitutos y losnombrados no tomen posesión de sus cargos.

Cualquiera de los miembros después de haber ajarcidodosperiodos continuos, podrá optar alcargo nuevamente si pasado un período o más sin ejercer los eligleran.nuevamente,

Art.16. La Junta Directiva tendrá a su cargo la dirección y administración de la Empresa con lasfacultades más amplías. En tormaespecial le corresponde cumplir y hacer cumplir lasdisposiciones de los presentesastatutos y los acuerdos de la Asamblea General y en generalrealízartodos los actos, contratos,. gestiones.y diligencíasyejercitartodas las accíonesque seannecesarias para curnpltrlosfines de E.M.AS.A

Art 17. La Junta Directiva se reunirá por lo menos una vez. al mes y será convocada con por lomenos tres días de anticipación, •celebrará sesión •válida con laasístencia. de .la mayoría de susmiembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de vatosda los presentes. La JuntaDirectiva.dejará.constancia de sus actuaciones en Actas que se asentarán•ene!.correspondienteLíbroy serán firmadas parlas Directores presentes.

Art. 18. En caso defallecimiento,renuncia, licencia, ausencia o cualquier impedimento temporal odefinitivo de cualquíera de los Directores Propietarios será sustituido por cualquiera de los tressuplentes, previamente designado parla Junta Directiva, hasta que se elija en AsambleaOrdinaria al nuevo Director Propietario. El primer .vocal tendrá las funciones de promover laconservación de! medio ambiente.

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Art19,Correspondeal Presidente y al Vice PresídentedelaJunta Directiva o a quienes hagansus veces, representar en fonnaconjunta o separadamente, judicial y extrajudicialmente a laEmpresa y el uso de.la. firma social yen tal. virtud, previo acuerdo de la Asamblea General, podráncelebrar contratos, contraer obligaciones, otorgar·escrituras· públicas o privadas,·otorgar poderesgenerales o especiales y revocarlos; enajenar o gravar inmuebles, muebles, valores o derechos yefectuar toda clase de actos.

Art. 20. La Junta Directiva nombrará a un Gerente General quien estará facultado paraadministrar ·Ia·Empresa, debiendo señalarle sus.atribuciones.

•· .... -w f TITULO ni

DEL REGIMEN OPERATIVO Y ADMINISTRATIVO

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CAPITULO UNICO

Art. 21. Paraelcumplímiento de los fines y atribuciones asignadas a la Empresa, laAdministración. con el. apoyo. de las unidadesoperatívas y.administrativas elaborará anualmenteun plan de trabajo orientado a prestar y mejorar el servicio de agua potable y alcantalillados,asícomo a •fortalecerla organización, incluyendo la determinación de los recursos necesarios parallevarlos a cabo.

El plan de trabajo anual deberá.eslar en concordancia con •las•proyecciones.de prestación de.Iosservicios a mediano y largo plazo, aprObadas por la Junta Oirectiva a propuesta de la Gerencia.

Art. 22. El Plan de Trabajo deberásometerse a aprobación de la Junta Directiva, a más tardar eltreinta de septiembre de cada.año·y constituirá .Iabase para formular y preparar el presupuestocorrespondiente. La Junta Directiva deberá ratificarlo o entregarlo con observaciones dentro delos quince días siguientes dehabenorecibidO.

Art.23. La prestación y ampliacióndelserviclo se enmarcará en los aspectos técnicos yregulacionesconlenidas en las ordenanzas municipales y leyes aplicables que en formaespecífica normen los.aspectos relacionados con el. servicio, incluyendo la•incidencia que lasmismas.tengan en la preservación.delrecurso.hídrico.y·la.capacidad·aclualdel mismo para> nosobrecargar el sistema.

ArL 24. Las tarifas a cobrara los Usuarios de los servicios de consumo de agua potable Yalcantarillados se harán transitoriamente, en base a las tarifas de ANDA, podrá hacer variacionesen ellas solamente. cuando logre la optimización operativa· de los sistemas, y. con. criterios desostenlbilidad .financiera· justifique la·modificación de las mismas. Así como las tarifas paraJasnuevas acometidas, conexiones y desconeXiones estarán integradas como.mínimo por los costosdeoperación,mantenlmiento y administración de tal manera que se puedan mantenerlasreservas que permitan efectuar las inversiOnes parasuauto-sostenibilidad. Para tal •efectoEM.A.S.A. deberá efectuar estudios .del costo del servicio que conduzcan.a la actualizaciónpeliódicade las tarifas 'laque no se podrá operar por debajo de los costos.

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Art. 25. No podrán ser empleados de E.M.A.S.A. o subcontratistas los cónyuges o parientesdentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los miembros del ConcejoMunicipal, de la Junta Directiva o del Gerente General, excepto en aquellos casos que pornecesidades del servicio o la naturaleza especializada del trabajo a realizar, lo autorice la JuntaDirectiva.

Art. 26. Las compras de bienes y servicios que demande el funcionamiento de la Empresa para laprestación del servicio se sujetarán a las asignaciones que sean autorizadas en el PresupuestoAnual y le corresponderá a la administración atender los procesos de solicitud, gestión,contratación, recepción, almacenamiento y suministro de los bienes y servicios adquiridos, deconformidad a un Reglamento de Compras que emita y apruebe la Junta Directiva.

TITULO IV

DEL REGIMEN FINANCIERO

CAPITULO 1

DEL PATRIMONIO DE LA EMPRESA

Art. 27. El patrimonio de la Empresa, estará constituido por:

a) los ingresos y derechos generados por la prestación de los servicios y por las rentas de lasoperaciones financieras que realice;

b) los bienes muebles e inmuebles que le transfiera la Municipalidad de Suchitoto o ANDA.

c) los bienes muebles o inmuebles que adquiera para la prestación de los servicios y sufuncionamiento.

d) el producto de la sanciones pecuniarias de toda índole, aplicadas por la administración deacuerdo a las ordenanzas respectivas,

e) las donaciones, legados y contribuciones en efectivo o en especie que gestione o reciba,previa autorización de la Junta Directiva; y,

f) las obligaciones legalmente adquiridas para el cumplimiento de sus atribuciones.

g) el capital de trabajo inicial que la municipalidad le proporcione a la empresa.

Art. 28. Los bienes patrimoniales de E.M.A.S.A. estarán destinados exclusivamente alcumplimiento de sus fines, y su administración corresponderá a la Junta Directiva, quien podrádelegar tal responsabilidad en el Gerente General, estableciendo los alcances correspondientes.

Art. 29. El manejo, custodia, control y preservación de los bienes patrimoniales de la Empresa sesujetará a lo que al efecto dispone el Código Municipal y otras leyes aplicables al quehacermunicipal.

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CAPITULO n

DE LOS INGRESOS y EGRESOS

Art30,Constituyen ingresos de La Empresa:

a) El producto del cobro de .las. tasas por servicios proporcionados y los productosfinancieros;

b) El producto de las sanciones pecuniarias de toda índole, aplicadas por la GerenciaGeneral de acuerdo a lasomenanzas respectivas;

c) Los aportes, donaciones y legados que reciba;

d) LosfOndós provenientes de los préstamos contratados y demás.operacionesfinancierasyde crédito que realice; y,

e) Cualquier olroquelegalmente te seapermitldo percibir,

Art. 31. De la Recaudación de Ingresos:

a) Las tasas que les corresponda pagar a los usuarios del Sistema de Agua Potable yAlcantarillado, deberán·ser recaudadas. a través de la tesorería .de ·Ia· empresa '110 de lasinstituciones bancarias autorizadas,yluego• deberán. .ser depositados en cuentasbancarias de laTesorería Municipal a favor de· EM,AS.A,

b) El encargado de tesorería deberá rendir fianza solidaria porel.montoque.defina.la.JuntaDirectiva,

Art. 32. Constituirán obligaciones de·la Empresa:

a) Las deudas legalmente contraídas para la atención de sus operaciones y derivadas de laejecución de su Presupuesto.

b) Las.deudas pendientes de la ejecución de Presupuestos fenecidos,reconocídasconformeal ordenamiento legal vigente;

c) Las deudas provenientes de préstamos y otros créditos contraidos y sus accesorios,autorizadas por la Junta Oíreetiva;y,

d) Otras deudas que legalmente esté obligada·a cancelar.

Art.33. Para que las erogaciones de fondos hechas porE.M;AS.Asean de legitimo abono, losdocumentos de pago deberán estar respaldados por los comprobantes respectivos y elActa de la

.... Junta Directiva. donde conste ·la aprobación del gasto, y contendrán la•firma· del funcionario. queautoríza el gasto, y el "PAGUESE" del Gerente, confirmando la existencia del créditopresupuestario ylaaplícación del gasto,

-Art. 34. Para atender gastos de escritorios y menudos, EMA.S.A creará la Caja Chicacorrespondiente. La Junta Directiva aprobará el monto razonable, e1 destino y procedimiento aaplícarse para su uso y reintegro.

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Art. 35. El manejo de los fondos lo realizará EM.ASA.a través de las cuentas bancarias queautorícela Junta Oírediva,y designará los funcionarios y empleados que tendrán firmasacreditadas para el manejo de las mismas, asrcomo las firmas solidarias,quienes deberáncaucionara satisfacción de la Junta Directiva, en la cuanUa que estabiezca cada caso. Con talpropósito fijara •los•montosa los cuales estarán autorizados.

Uno de los miembros elegidos seráel tesorero de la empresa quien automáticamente tendrá unadelastresfírmas para autorizarlos cheques; las otras estarán en manos del Presidente de laJunta Directiva y de un.Director nombrado por el Concejo Municipal

CAPITULO tu

DE LA CONTABILlDAD·YESTADOS FINANCIEROS

Art, 36. Trimestralmente se deberán elaborar los estados financíeros y presupuestarios, los cualesserán firmados por el Gerente.General. y remitidos. al Concejo.Municipal, previa aprobación de laJunta Directiva.

Los presupuestos y estados de liquidaciones o cierres anuales deberán ser presentados a losciudadanos en Asamblea General dentro de los dos primeros meses del año y cualquierinformación relacionada con •los•mismos se podrá proporcionar.en cualquier momento a losciudadanos quelosollciten por escrito.

Art 37. Dentro de los sesenta diasposteriores a la finalización de cada ejercicio fiscal deberáefectuarse el correspondiente cierre contable y prepararla liquidación anual del presupuesto,paraser presentados a las instancias mencionadas en elartfculo anterior, así como a la AsambleaGeneral.

Art 38. Enlaliquidacíón del presupuesto deberá reflejarse. daramente la Situación de superávit odéficit financiero. Encaso de obtenerse un superávit, podrá utí!izarse hasta un veinticinco porciento para equipamiento administrativo si así lo aprobare la Junta Directiva, yelremanentesedestinará a constituir las reservas de inversión para ampliaciones y mejoras de los servicios 'i lareposición de equipos de operación, en los porcentajes que al efecto establezca la JuntaDirectiva. Asf mismo deberáaperturarseuna cuenta bancaria especifica y restringida paradepositar mensualmente el fondOdedepreciacjón y reposición de equipo el cual será utilizadopara los fines mencionados.

Art. 39. Encomplementadón a los registros contables, EM.A.S.A.establecerá y llevará registrosauxiliares pera el control de<usuarios, cuentas por cobrar, cuentas por pagar, inventario deexistencias.y. de activos fijos y otros que considere.necesarios para el control de sus operacionesfinancieras y bienes patrimoniales.

Art 40. El.Concejo Municipal autorizará la creación de una·coledurfaa cargo de E.M.A.SA. pararecaudar los fondos que deba percibir legalmente.

Art. 41. Para.efectos de auditorfa yfiscalízaciónse llevarán y conservarán en forma. clasificada 'ien orden cronológico los'originales de los libros. contables, la dOCUmentación de respaldo de las

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operaciones registradas y los estados financieros y presupuestarios correspondientes, de acuerdoala normativa dictada por la Corte de Cuentas de la Republicay alas normas de contabilidadgeneralmente aceptadas.

CAPITULO IV

DEL CONTROL INTERNO y LAFISCAUZACION

'- Art. 42. Para garantizar el cumplimiento de los fines de ta Empresa y la confiabllidad, exactitud yveracidad de• sus. operaciones presupuestarías' y . financieras y.el .control de. los bienespatrimoniales, ¡ajunta Directiva, a propuesta de! Gerente General establecerá las normasespecificas;j'.!os mecanismos de control necesario, de conformidad a las Normas Técnicas deControllntemo emitidas por la Corte de Cuentas de la Republica ya lasnorrnas de COntabilidadgenera!mente aceptadas.

Art .43. La•vigencia de la•legalidad y veracidad de 'la gestión operativa, financiera y.administrativade laEmpresa,asi como<elseguimiento y evaluación de la efectividad de las normas ymecanismos de control. intemo, corresponderá al Auditor Extemo nombrado por.la AsambleaGeneral .yal •Auditor .Interno. de. ta .municipalidad. Los· informes de·auditoría deberán serproporcionados a los usuarios queasilo soliciten,

Art 44. La. Corte de Cuentas de la Repúb¡ica, de conformidad.a su. Ley Orgánica, .ejercerá.elcontrol yla fiscalización de la ejecución del presupuesto y patrimonio de la Empresa para lo cualaplicará la normativa ';1 las regulaciones conienidasen las leyes correspondientes.

TITULO V

DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS

-CAPITULO)

DISPOSICIONES,GENERALES

-Art. ·45. En. todo lo no.contemplado en.estos•Estatutos.se actuará •confonneló dispuesto. en elCódigoMunicipaly en otras leyes que fueren aplicables.

Art.46.CuandoeIConcajo Municipa!, basado' en los.análisis técnicos y. económicos.elaboradospor la Auditorta Extemay/o Interna,'determine que la continuación de la.Empresa noessosieniblepor razones contrarias a .los propósitos que. motivaron su creación,podrásolidtar a la AsambleaGeneral acordar su disoluCión yliquidadón,siguíendolosprocedimíentos de convocatoriaestablecidos; El· acuerdo que se emita sobre el particular comprenderá el nombramiento de tresliquidaoores, debiéndose incluir a.Ia AuditoriaExtema,.el plazo de liquidación a treinta dias a queestos deban sujetarse,·el plazo de la operación mencionada Ylos sueloos que se aSignena los

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que en eUa intervengan.. En todo. lo demas losliquídadores •se •sujetaran a las prescripcionescontenídasen el Código de Comercio en loque fueren aplicables.

Los bienes patrimoniales que resultaren de esa liquidación pasarán a formar parte del patrimoniode la Alcaldia Municipal.

CAPITULO n

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y VIGENCIA

Art. 47. Los derechos a cargo de ANDA, relacionados cenia prestación de los servicios de aguapotable y álcantarillados, se traspasarán a la Empresa.

Art.48. Durante el proceso de establecimiento y puesta en funcionamiento de los sistemasadministrativos y financieros, la Empresa podra convenir con la Municipalidad la atención dedeterminadas operaciones, mientras. logra. su •total implementación. Dicho período•no podrá sermayorde ciento ochenta días a partir de la fecha de vigencia de los presentes Estatutos,

Art. 49. La primera Junta.Directiva que durará en sus· funciones por un periodo de· dos añoscontados a partir de la publicación de estos Estatutos en el Diario Oficial, quedando lntegradodela.siguientes forma:

1. Presidente: lsajas Sandoval Alas

2. Vice-Presidente: Salvador Acosta Castro

3. Secretarío: Francisco Figueroa.Pineda

4. Tesorero: Juan Alfaro Fuentes

5. Primer Vocal: Efrain Antonio Contreras

9. Segundo Suplente: ElioLeón.Espinoza

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6. Segundo Vocal:

7. Tercer Vocal:

8. Primer Suplente:

Miguel Melgar Deras

José Fredy Duran

Helio Monge Acosta

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Art. 50.L05 presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el DiarioOficial.

DADO EN LA ALCALDIAMUNICIPAL DE SUCHITOTO,a los días del mes de__- delaño dos miL

~- 'O..-!ir

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J'rupurCIOl1tlfll E'\I:\.3,\ l{xlli!ainformaClón tó::mculal como: planos .ú;;. a<.,'ocdu"io5. p.hmos deah,;q.aW:HU"'J.... :i<lHIlan". \.iJlpd.., i<,.\>,;l\i",'-i!>, f~gi;'lt\Jt.Jc atláli~¡~ d:; a~ua "lll\; ,\NDA 'pos.;a dl;'laCiUdad de SUdlllüto

Pl'vpoI,.;:vnaf la tlUUllltil"~JIlldJlÍvu ala iúl.aHJm.l i./J.;la" ¡;;uClll.u.tJc Iv!> USWl(¡ú~¡J •...l ;;i:il;.;mn.pal".1

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r~ficrr; d IH':.!".tla!llcn",r y liprob¡¡rlos en un período dt:qWll(;t rnasluibtics Ji p-d:.!'llr de que esta~mpl'\'~'" lijs pt;;s.;nh: rW!l1¡¡lm\.:h¡~

CLAU§.UJ,A .SEG(!ND.\; fif.:SPONSAJ)fUDAD:!:S DE LAS PARTES AL INICiAR LAS"-..~ {W~HAtlUNKS:

1, úUI.¡nl>. Ju~ P'Hlh.fU;) JU\;\.' IJl\..;$";;'. Ú;.írJ U\.>éC:'v a E~tASA para que ~:-ilJ pueua ¡.¡U4u.iIirluslIccerorto~ de hpo csp::::ialqucllc-;Cl<ttcy 'luC no se encuentren en plaza oen clmct"¡¡do naclorlltl.;:-';11l;J ~'<c,r '-J¡';Ulp!Hau:,'~udm • ...k:~'1uipo" J..; í,,;lu(Yl.;ióll "f aeccs;)tiús~ta t.;p.tlr~c¡ua'.Cs I,;Jl lÍ1t..:n úcaaUCi,;WflCn dJanl(.:trr)~ mayor¡;s .,j.:. trí;spulgl:ldu$. c;utrccs1os: codos, lees. válv'J.Jas. juntas de~paradva, rl.'t!uCh)feS )":11 t~U<tl r,.ama ';l1~alkrias ,,;:,pccialcs;.l; hi;,;rro fum1ido 41.lúlaANOAimporta, la· ANDA para -:HOS dtxtos 'Jlliüani!u figura JI.HldiC'.t de dacion enpagu, P',lstt!Íonncntcal pl:dodu anICStlltll¡;;H.lllál.Íü. ri"íASA csl.afá;Jbll~ílJ.1 <IgC:>¡íOiliU laimporl.aóótlpt-;( .:;w; propios11ICilios ,

.:; DunlllJc lVÍ> ¡)dali.:tu:, dun' ¡Jk~>;;"Js.¡ni il"i.,.¡p¡¡,,;i,, ;';Il'C,uillllu ucúültukr, ;>a.nihUiu,; u..:tagua.rcalb,,"moc' amdíHS íhl\.;~unítlI:O!f J tr,j(,;krí'Jlógicl'~ eH iormup;;n6clka YCYl"iúrá las1\\,;vll¡,;:,J.¡l..H)'li.;, l':l.fIl~¡.tI, fI'.'( {;:i"rÍ\u ¡J E~\L.\SA

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L

N2 0654,0

3 Dulanfc!os pl1mnD~ doce m"\i:S· dar.iHSlstLnclu tC<:tÜca· y eupat'i1ltdónen.las ¡\rcusqmrEMASA.solid!C,

4. DurdfltC Jos pnmc!'tlsdO':'\: lltCH.'S dar.1 IH>lnt.;¡Üml',;nlQ ¡.;gm;ct¡vo¡¡la Untltdc i911cd{>n·cn dlm.IDO;;úmprcndido clcsdcla {;,~p!1l':íÚn iiii'Síi l~~. t<lm.¡u.:s de dist.ribudón,{oda vC<;. que ,1;cm~ as110n;qwcra. .. {1tJr<:fJH' L<.U PI ....¡/o:"t ';5<14' A Ú;(,41i.mfr"1 "l#~""-¡",¡{t~p .

;.. Durante los. pdmcrósdocc rncS\;$,afin .ue.>:sl.;;lbk;;cr unn;gjstró del rendimiento d~ lostTUtfll.mti¡¡1cs aprovcch.tdos.• 5e. rCl*l!zara :.¡fam~ tic l¡,¡ ptoüucci6ncn. la fuente "El Mo!tno"

6. Durante Ja\J¡¡,cn.;:ía Jet ,(¡nvenjü, ANDA rcalt,;arácl :nonHorcopcrmancnlcy sislc.lIDÍlicopat1l~I1HzIJr el cumpJürucnto d; los acu.;rdos suscritos. lu l,,'uaitambicn p::mtitinl ídcnHllcar lasnCt:~sjdad.;;s.d;; IlpoyO) rcadccuacl-:;o,;::; perLJtlcntcs

7, LaA.'lD,A, en ;.:ooceptodc pago purJosscrvi':íos lJl':!Kiol1ado~en d presente Convcniocam:dará aE1\1ASA. ,ala ~'<uH¡d,1d d;; illnc!o,cquh2klll~ alcv!Jrc efectivo que ':sladcdiIJ: }'X)T !afactura<.;lim

'de",!,!)'} scrVH;WS de cunswl10 dcagua, \:".mt..idad que nansfcrinimcnsua1mclll¡; a ElvIA.SA por[ill.:dí,) d;; U.na ,-:ucntJ hám;ana 0~¡x:dat

B. RESPONSA,BlLIDADES DE E"lASA:

L

1

ÜJlflOpfüm:t¡¡"jpUúll. ~"alu;'¡íá d IX,I:'Vltill qul.: :1"í¡,mtH1Cnl", In'lbllJápata iaA;'\¡DAcJl(bC sistelllay ·:kCliliniSl,mclll (;:()l1vcnH;ncia de su CQ!1tl ¡ltadÚn.

é'.cH,UH (;;;II;S!dC(L c\Jll\c¡¡j;;nlC'p:¡>.l.daj...star ;,;. 'lllpkni¡,;i!IJ:1l Huevos hvtadús ~ ui!>lr¡bu'::¡~m ".prodm:ó<m dcl11¡Stw. aCOJa':" l,t.Ull tUlcvuplan op:;rau'1;L

M...nlcm1r+Í una -:wJ¡iHa~¡¡cs...: ';llt,;,argu;;; dd m¡i,lIcnjnI10Jl10 pr>;v{;1!tho ,/cún,,;cultv,l.kb;JamcHkcquliYda,paraau::ndtTHCccsida...J;s ia..les comó fuga!, mS'talw;¡ón dcll'lI.:d!dorcs, susp.;nsióllYf':~Ú[i(:~Ó¡¡ dé IIcnkiü:" fcpataciull .J;;. t~béthl'ii ~n <:<11 ks. yilistribudólldc:l ¡,.::rv kio a;;;onk:al plWlop:mÜ'io,pw.hCllUQ '.:n~u ';¡I~G (Qnlnitat 11l1ilr..:mprCOiacspcCllUU:í.lda o¡::e.r~na5m~turaks qUépwporcionCll lv'J ;;C1\ ¡dos oc¡í.antcni/HieHlQ amcs mcudonaoo~,

6.

-/..

'1,

Mantcltdrú un tI.:mtr'J.l C01lUHUIJ ';n d iHCJ &: D¡stnu.;;,;1Óll y Produ!:cuJn. por nlcruo de l;upcrvisiÓI1tk,,;..mpv.

C.'p':raralC<Jo ClSI.,lema, r,ksdc ía"';aptí!dotl~!i';n e! m<lnatla! "El Mohuu'",la \:1:mducó6n,djSlflbu;;:JÓu. ha,;,) 13.,¡;;;-dj,Cl¿J¡Jej ¡yOi¡"Wli(' ,:.1(;1un,;';,Óll y ;,;ubru.

1(l,R¡;mJun¡ ·l1len~mdmcmc .a la A."-fU¡\ lniormauon .IcJ3'::lunailit •con Jo~. s¡gulcnt~s •indicadores. degl.:slióu,\uhmlCll d,; pn:x1uv.;ióll pvf fu-;¡¡[c, hUfa ~c $CnÍl,;íQpof scct¡Jr,hor~¡wJ.S de scni;,;iv

t

r:osto de metro cubico faCtUIlld'J t'. pl'í.ldutjdQ, consumo facturado por categt'rta, nUlncrodomcilldon::s fWl';:H.'lliinUc, r0C~ht4lCjl'liúc Ílt!# ¡.::,\)~ \Ajll r';~p.:(;ttHl ia faCIW'llclGn, éSíáUo~ fínallclc,¡'úSe lIHllC'lciorcs occuhdad d-;l ag~ll,

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.....

1L Acordca Wl flujo fimmClt'ttlrCaL en Ulll"CMOOQQc ~¡smcscs postcnoTCs al ínidtl dCf}pc:rut.:i~:m~s.

EMASA. prcJl;C~tar¡i}. ;Kórd#r;lcnn ANDA un phm prc!imin:uoc. invcrsíolll.:i ptl~ n:haoilililc16n >'lItcjorus ¡;niuÍracstructum de a¡;\t\;du<.:to yah.:untarjHado sallitalió:étltrc é:sta¡l1V'~rsloncs,COmQ

OOnlS td"'''VIlntc'S ':slilnan cúl15idcracllis:

11,4 Gestión p¡;¡í'a lIlCúrtslWt;;;ióa de planta de lral3Juknlo de aguas nC¡;rilS.

12. Mantendrá unaéamp'lJi!i':ducatt~·a sobre in !:uUwa dcl.i!gua";l1 forma pr.:rmancntc, fC:¡ldwndo.dvalor .;conómícQ ce la mi1>IM

CLA¡li94 TERCEM; CONDICIQNES DE LAPR.E5TA('IONDELSERVK10,

A. E I<'ICIENCIA.

El scmcio público úcOlbaSlccínllcmo d.J agun pv~bk ) ü.kat¡l4rillaoo 5anilario ddx :;¡;r. prestado encondkíoocsquegar.mt.lccosucap.w:íad, rrecucl1Cia y ...a!ida<i, <.tc·ma.ncr:1tal quo:: $e l!5I;:gtlrc su ,=fidcnt~

prcs:aiór¡ a los usunnQS yla proteCCIón d~la fucnl¡; de pn.K1ucdóncxis1Cl.l~.

U.COSEUTURA y FACTIBILUlADES DE NUEVO~ SERVICIOS.

ImdalmcnlC,cl serYJclú d(;a~u.u. potable estará disponible 11<J.n;llas wncxioncs. cxíSlcnt.:s de acucrdo alaSCllcntas dcusua,riosdc la ANDA,p>.ldicndo suminístt'oltSc adcnuis ¡:nlra..futuras.'¡;onexkn'!<;'símlividualcs, las cuales Sl:rá.tlcvaluadas y aulolÚa&s porEMA5A.

En lOli casos de SOllcll111::k:sd;,; f'¡¡J:llhdid,¡¡dcSCQlcc!Ívus para abastcccrcomulJí~, lotilka¡;ioncsonuCYos vrO)"cclOS urballislÍCús, ·cstas· serán ·cvillo.adaspor ·1Ula comisióndc factibilidades que ·cstariaihtq~{'ada porn:¡m;sctllJlntcs {kE1v!ASA.. ANDA y. una terc:eru rcprr.:scntación que podría ser del Fl5DLoddMSPAS,

C. OBLlGATORIEDADDELÁ PIU!:5TACION DEL SERViCIO.

L

1,

SMASA.toaave.r. l:"j"{..l facllb¡Hdád iécni¡;a yccúnó:mea. se cblíp a brindar el scnit.:iodc 3umínlstro,ií;uh'Ua poYhíc y alGmU1rlH...d{'~¡mH.urm ~. los usu<!rk's <ictuaks y pou:m::iaks que c!!tén ubitllÚQl' en, :.:1árCa con co&:rtunl 4,. KPj¡;iO"

EMASA. se· obliga. aacatatimi n1cdldl!s. nccc!i!l.nas. q1K" recomiende. d •Ñ!iniSICriO. de Salud. PúbHcayAsistc.nda $odatlll'ín de m8Jlh:ncria ~aliúadddaguu duranle 13 vigenda &! COihcnio.

EMASA podr<Ísuspcndcr el SClvi(Í<:l en Jos ¡;;1s\Jssiguicntce> cuando 10sUSWirios se cncucntn;ncfirnolil,crdoscasos de dcsmIcccUm délaflqucIL C2.I1IbíQdc tuberías)· acccsonos, oort<:1> pr{)~m.adosm:

~ncrgilildé,:trü:a,cn losítH!m~lS ucst.'jjl;eSse ót'ügaa {.'Omunicarl(l a lo:sllSUOUios por lQ menos con tresdlas dcantidpaClón,parl1 qUé CsI0sput."{bm abaslccerscoportunamcnlc, En los csSósck fuork3 tnayorl1olX'ntrolab1cs.qucdürá cx.::nto de ¡oda rcsponsí!bHidüd.

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N2 0654,2

L S(' \.iQlum.!em Dl~n~~

:iW,TJ,n.l;UO dealfú,;l, s;omt;¡nn t"~lrtc:oc(;¡cntc,s

t:MASA i.K'epta la rcs¡pün!1.,d:;¡.lic!:1dde cu~Hxil;¡,

u<;.;lu"i ~U\,l !it: n:l.."icn"'it I;;Vll .,1

a la bii;m:s de cuales

'i m::allcnülllcnIu de 10;, ?¡éW,;~ ¡¡Jecwdüs al servicIo Er.iASA septllpurnvnar se)!,unilild 11 1,¡S bu:!!>;> \¡fecI..ulIS ¡jl,t'Pdci" y ¡i p"'lporL'i(}nI:u!'.:lS d mantcniow:nHlde llL"UCldo a los temu!lu$ establecido,;; eH esle (;vílVC1111J,

~--'"

Sou que dilllllHc el de este cOlm:nio paro a¡:>oYllf o lU';;Jolur laIj¡;[ que n') ..id ~¡slcrn;J Ó!: ~ Y los

comncmíblcs que se utllí;;an para la pn:s!J;Klón dd :;;c¡-;I<.::o les cuales serán de pr;lrp:lc,jIJd de EMASA,

CLAU$~.QUINTA: GARAl"'iTlAS y SEGUROS,

ftl.tASA Yo' .k l:m~'>':l!IUr <:n uu HU \ndJ\lf de lfunla ili~ i.ull:'!lWno de'ioc 1;1 f!;'dlU <JI:fimUi dd CUfl\cmp, una niUl;l& que el fid oc lasadquulfj¡lS én d ';O¡)VelHO por m1 !l1{)!Hf; de ~n de! 'i>l1!ll111ísll'o de aguapol::1bl~ ;r Su ',"¡s~n":!ll dt.lbe:;í el ,1,,1 ,x.m'PllIÓ ITln~ ciento odl€l1til dlm¡; fltuua queJebi:ni :.1:1 ¡;uülidA ~,·"\t !H!,-i Bam.:arl"l, findJk!<::rd, JI;; SI;'l¡!,uro, u Aliantl!l!ma, dU~U'.iíli~ tmEl Salvador, y que cst611 al control de l¡i del Sistema Finaf¡l~lCrQ,

l::~~Li4'..J~~"--.. f'i;;;¡¡' vu.i...UP-W">i ~'\\:_v'-v u- {lI,j-"'IVl-~¡;:,jx fln.l"\.cftl> Q_ COJf<'úY d ... )'L~fDA prJ>! u-u n'V;J-,"'try. *"'l~p-ii"~ n"l> I,¡tll>t'ijh i't Iü Y...",="'1'1"tA."'P-;Ah

Hlt:ll:>l1llÍprumwtú tic lo Gtlkcl;It1U en les úllJfm¡" LfI:':, rne5l:~, ¡;¡~ta· ll<l:rvuu U;;: umuu :,uutslrcs,estafa y robo de los mgrcsos su deoc.,i comprender el plwo dcl comentO rtt<lst:le:mo cche:n!;,t ;;í¡;I).~" (¡¡;rh":3. que GiébCrá ,;,er cltllLl,i'l ¡:X;I Ullól luSUruCIÓI1 B;¡n(';lo". financie!:., (J,~ S,q~uro, o

Ah<l!u:e><lun., LkHUlt:Hiüuu:> -:u E1SuhuúvL ,t '1"''' "',.." :,Ujicl"" itÍGOllUol ,1;:; lu J,<;1Sí.,(¡;nm FrruJf!LiI;:IÓ)

E~IASA ímClalmeme 1<1 eslmctura de ¡meX;1S ¡¡ est¡c que St'm ¡llJ'¡I~;¡¡,i<.;;

!Xli ANDA. pmlra h¡¡<;t:r 'tanao,;mn(;;s ~n d¡¡,QsuJ¡¡m'~nl;;; ¡~llan¡Jo la uperalrra ti!; lus;<~_3t.LH4-L:) J "".i"JU \". .1 t!.-....A ¡V~ "\1\..' ~"- __f¡:íjj,.,_ '~.4~¡~~Ú..hl~ finu.p\.--H,-H.t- J~,¡,;)td"hiuv id, iHvU,ilt""U\"'t\.?u J.0 lI.t.:), AiÚ.3.l.H~.

f •• ~t ;;Í~_i J~ l1v_c-_"',,_:-~_-!,",l;r--.l~_:-,,':~"_-_ ••_~:!'-!"'l. ~rpFr-'...:¡;¡n""-lnt.;.,#-V$ nQ'y.n<..li.t-¡;,;:r><,¡\;, ;,.¡. 1~ BYt;¡,4~.t1 ,.1,,# L:~-L\~~"\,,,

en le;; ~¡y:;tos ,:11. .;j j:\rtH:csi." (!ce ,"vbr\! " mVi¡HWnOil y en "¡l"l<,uladus 3 lapn;:¡¡w,;ión del 2ClYlCío oc ill,iUil p;;lab!e ili¡;;¡:¡Il~ni¡<,,,i:J.>"n:,.UIO y;u¡¡ w~s cle;.in:, ~t:: i::i'::;1t.';:J.'~ ,m Ul"JIÚlun:u

"11 ';")~~c;,r., ~;¡,~f}""';"h4,",", i Á (; A "".i:}>ryJ~"'Kt .. _,--l,-, ..:;y.""l •• """.-i.,.",."..~ t:"_4._A..,v~"""",,¡:""''''' v=+."..,.w;J~~H"'''''''''' ,r,A!"'''''''''' __4"

n·)hel1rr,i,'nl:¡'. h,;¡.;. 't'\;,:;,ult~J......,::s ;J¡;,;. '~-.. uj"..lZ.J:c,·n:nc '" F,~TT.U;' '¡_~-(l¡';'~j,= i;) f~' _,,;~ ( , j~" r)y1 J;.tt pi.

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N2 06543.

El sistema de evaluaeión se har.! lomando di; rcfcl":nci.. los ind1Cf.ldotts de; gCS1ión que fom¡.an pune de esteconvcl;,'io.

ClAUSULA OCTAVA¡ PLAZO Y'PRORnOGA.

El ptU2'-O de este convenjo será por un periodo de cinco atlos, plazo que tonturo\ ¡¡ partir rJc la fecha de q\leEMASA reciba por eserilo de la ANDA 101 c¡)pia Jc;ga1i.t.atUl ..ld presente COMenio.

El p1~.o de! convenio podrJ ser prorrogaQo, cuando Sea solil.:itaJo por EMA5Ay (;onsiJcrotlloo POtril ello quelos resultados de la.<: cvaJt~ciom;;; de la gcsliÓJI admjní:;l1alhu que únaliLa S4.:an sauQfactortos; C$lOS·resultados se somctcráu a considcrilcióll di:: la Hononlblc Junta d~ Goblerno de ANDA. siendo i:stl.l illstam:iala que dará su aprobadóll ó dcsislirá :li rcsr.cclo.

En el cuso.~ ¡ntctrumpir el convenio de delegación antes de su periodo de flJ11llizlK-'ión por C:lususno \imputables ¡'l EMASA. ANDA reconoced a EMASA el monto de lás inversiones realizadas por esta última.según los corrcspondientes valores lIctuaLizados do libros cont~b1cs.

CLAUSULA NOYEN.6.i. MODl.lil,CACiONES AL CONVENiO.

Las parleS tcconoccn que el pr;;scl\[c cOfl,cniQ ¡'~OllStilllY¡; Lln plan piloto y por lo UUlIo. eslá sujeto ;l

perfeccionamiento. Por la anterior r:.l2.611, las pw1.<:s de común u'Cucrdc y por escritO, podrán ¡m~ir

modiIícacioncs al rnJsmo, lcndicnlc:s a optintí:.:ar y didcnli,;¡¡r ~! objelo y prcstadoncs de este convenio, parabeneficio oc les usuanos del sistema de agua potable yak:untarilludo s.anitarió- De existir conih..io en laadministración del presente convClllC. la parl;; que le ad,icr~a lo notHicaro por escrito al rcptc$Cntantc lCWllde la otro!, acción que bastará, para que a partir de diez dJas hábilC-li de la ootUicad6n, los rcprc5cntantcslc¡;alcs. de EMASA y la A.>.,¡DA nombré un delegado eon facullAdc-:> para que prcscnlcn soluciones ;;n unplazo pn1~ncial, 5i )1l1b'<l.S partes convienen tl"ptar!as se darú por solucionaOO el contlklo. Si no se logrurasolución alsuna. ambas parles acordamos somclcrnos a las Ic)'cS vigcnlcS en la RcpúbU¡:a y a1\)3 [riblUlalcsdd Distrito Judicial de San Salvador.

CLAUSUL.\ UECL~FlNAL1ZACION Ol';L CONTRATO.

La A.'-IDA podn\. dejar sin efeclo el presente b:¡¡lruIUen!Q en hlS sigui"'nlcs circunstancias: si EMASA l\O

cumple con los compromisos previos par.¡ la opcra"ióll del slslcmil, si EMA5A no <:umplc con lasrcspon~lidad~:; al inido de la operaciones, sj EMASA 1\0 cumple con Jos indicadores ck; gesti6n defiuidos .en este convenio y si cxi:lticrc ineumpHmiento en las condicmn.;s gcnc:rdies a la!! que se refiere el prescnteconvenio. Al finatiLar d cotllnllO las imcrsiOllcs rcalU¡¡das por EMASA provcnicnlcs de 135 uU¡¡da&.~ dd ..mancjQ ~,mrrn""TiifriéSirU¿tüi'ansKaaC amplmcl6u di::"1rt rca 1ft acucdíicto~1nvcnloncTcn-¿1Sl5l5[I(-.J.dé~arc!ñ!:arinadP saAi!¡.lti<Ly en prolccd;)~,?!.E:.~~ p¡t;;anll1 a formar parte de Jos aCJJv0tiOE AN..QA: SIn:-=-­Uíngunaf':1ribudón ~conótr'ic"" a carn'Qio; In invcrsionc!> rcalizacms con fonQos dífcu:ntcs ~ los provenicnt¿r&ímanéjo del sislcma serán tCl~os al Municipio segUn-valores aclualiL,ados de Hbros conlablcs. . .~_.._'... ,_...__c_.~.w---- .....---_-"_ __~__~ - ,,~~

De manera slmílar, si ANDA no t:umplc los comptomisos dd presellte convenio. iThlASA podrá. dejar sinefecto el prcscnlc instrumcnlo

CLAUSU1A UECIMA rIUME~\:ANEXOS.

Fonnun parte: integral del presente convenio o;;on pl¡;no 'valor probatorio los docturu:ntcs 5iguicntcs:

a) Las Actas de lnvcnlario de los bicne~ que serán traspasados para custodia de EMASA.

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01/21/2005 14: 2E. 3351b'31 EMASAo•• ,. ~,__.,_' I~"_-'_' .0··'·" ....··· ",- -

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LLl'll•

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e) Los indicadores de g,cslión e mlonn;ición rcqucnda por ANDA

d) Estructuro! de t.:mfas vigentes por scrvkias de a(."ucd~to5 y ~ka!ltarilliidln qw.: prcslll AJ.'-4DA

CLALJSU,LA DECLi\olA $f:Gl!NDA: FI.HJ\lJ\. DE aATU'lCAnON.

En C;,)n[ormídad COn d con.lcn¡do de ~slc docUD1c.:nlo. l1rma11l0S raLilicándolo, en la ciwiad de Sl.id¡Íioto,

Dcp;utam<:uto dI.: C\lSCUtiítll, a !!'!s ~C1S día" lid mes de ()ctubf'~ dd dos mil.

i!A~I.15 . .t, P rEMASA

DOY l'E: qUfl las firmas puuUJs al final Jet anterior escrito )1 qu, se leen IICarlosPerla" Ji 'WeglbJe ", son AUTENTICAS por haberlas puesto tln mi presencia de su puRoy letra los 3t!ñores Carlos Augu.sto Psrla, quien 68 de cuarenta y nueve Qñós de fldad.Ingeniero Qutmico, del domicilio de Antiguo Cu.rcatlán, Departamento de La libertad,p6Tsona a quifm conozr;OI portgdol' d(l 5U CiduJa de ldsntidad P8r3ona/ nÚltltlro cuatro ­$it:ttt - cero clfú.,."O mil cuatrocientos doce f? ¡sala:¡ SandOlla/ Alas. quien 's d_ cuarentQ ycinca afios tk edad. Agricultor, del domicilio de Sucmtoto, Dilparianrento de Cuscatlán.persona a quien hoy COnozco. portador de su CBdula Identidad PBr;.JQnal número diez ­cero dos - CSI"O diecinueve mIl dasci8ntos ochentay uno. San Salvador, a 103 once dias del11'118 de octubre d81 año dOJ mi!.

..

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N~ 06545.----...,...,...

/. /N[)fCWOlU:.'S DE (iEST/(Í,v

//

v/'/" PRODuCCIÓN ['f)R rU~NTE: p,mt ci CHldaí capulOo ~,; debe de reportar 11\ prooucción mt';nSUili ~n m3,.jda.ll~oov t:i lTI,,:!,_"Jo ¡J,~ mctli<.;ll~>ll. Ll pr,..dlJ'.LlÚlI m¡;',·"!,,, !J'_' údv" :;d'rt:pa~C1r b ~ar:Kidad 1';<';'J!!l'~u<iili;'''-'

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COSTO DE M3 PRODUCIDO: No ,.khcr<i ele ser superior lt ~ 1.6:-1, li! c1llpri;sa Jl.:bcn~ prcscJll.;,¡r en (i mcy~s apartir de la suscnpción dc.1l,;onvcnio un Sl~lcma de íCg.islro de coslcs.

~[ACRO!vIEDICrON: a un arlQ de firmado el convenio <kbcrá instalarse un sistcltt.l:l de maeromcdiciuu

2. INFORMACIÓN A REPORTAR MENSU.<\LMEt'I'T'E

NUt-.lERO DE CONEXI0NtS POR CAr~(jOR¡AS; Se d~bl.:r;Í. I.k: hacer énfasis en los altos !:Ollli!Jl1l.ü.llJr~sy'(;P\';'l.'lr la" cor:;:;üon;;;¡ ccr.:T,cilidor. Sl:l m~didor !' sin m~Jídor,

TNFORIvIE DE COSTOS. S~ debe de rcport~r los costo.s Lohllcs, inclu)cndo depreciación y gastosfinaltc.i~rgs.: por m3 de agua prcJucido.

INFOfu"iE DE DISTRIBUcrÓN: Dd.v;rá ¡"duir hürmios de servicios por sector, i\lcntHicaci6n de :lonas;;rüicas de ubaslccim.lCnlo. propucsl.4l de solución a ¡{lS mí!;iilIGS. ~¡,;ont;:\:i¡nic;;lQs importalll.l;:$ que af-:ctuu elSlTVlCio.

INFOR..'vfE DE MAN"fEMMtEN"fO: Ddxtá conkncr la,~ csllldislicas de: l<'ls Tcp¡¡mcjon~s rcali.:aOLls porcal(;~orfa y tnx:ucllcia de wturas y mU1ll\;lpios, Asimismo 5e deberá mdulr obr<lS rcuiizudas l;11 íl:lSin$la!aciml>::s de producción. ahn"l.:~n;;.rnknío y ad,¡ttiól1,

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ANEXO 8

Nombre: LEY DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE ACUEDUCTOS YALCANTARILLADOS

Materia: Derecho Administrativo Categoría: Derecho AdministrativoOrigen: DIRECTORIO CIVICOMILITARDEELSALVADOREstado: VIGENTENaturaleza•• :•••Oecreto••LeyN°: 341 Fechát7ft0l61D.••OfiCial:· ••191 TomO:·.193 Püblicación••DO: ••19/1.0f1961Reformas: (8) O. Ley N° 517, del 5 de diciembre de 1980, publicado en el 0.0.ND 230, Tomo 269, deiS de diciembre de 1980.Comentarios:

Contenido;LEY DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE ACUEDUCTOS YALCANTARILLADOS.

DECRETO N° 341.

EL DIRECTORIO CIVICO MILITAR DE EL SALVADOR,

en uso de las facultades legislativas que le confiere el Decreto N° 1, del veinticincode enero del año en curso, publicado en el Diario Oficial N° 17, Tomo 190, de lamisma fecha,

DECRETA, SANCIONA Y PROMULGA, la siguiente:

LEY DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE ACUEDUCTOS YALCANTARILLADOS.

CAPITULO I

Disposiciones Fundamentales

Art. 1.- Se crea por esta Ley la Administración Nacional de Acueductos yAlcantarillados que en el texto de esta Ley se denominará A.N.D.A., con carácterde Institución Autónoma de Servicio Público, con personalidad jurídica, y condomicilio en la capital de la República.

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El domicilio de la Institución podrá cambiarse si las necesidades lo requieren,teniendo A.N.D.A. la facultad de establecer delegaciones en regiones ocircunscripciones municipales de la República.

Art. 2.- A.N.D.A. tendrá por objeto proveer y ayudar a proveer a los habitantes dela República de "Acueductos" y "Alcantarillados", mediante la planificación,financiación, ejecución, operación, mantenimiento, administración, y explotaciónde las obras necesarias o convenientes.

Para los fines de esta Ley, se entiende por Acueducto el conjunto o sistema defuentes de abastecimiento, obras, instalaciones y servicios, que tienen por objetoel proveimiento de agua potable; tal conjunto o sistema comprende: las fuentes deabastecimiento, provengan éstas de aguas superficiales o subterráneas; lasplantas de tratamiento y de bombeo; los tanques de almacenamiento y dedistribución; las tuberías con sus accesorios, válvulas, hidrantes, etc., instaladaspara la conducción y distribución del agua; el suelo en el cual se encuentrenubicadas las fuentes, obras, instalaciones y servicios arriba indicados; y lasservidumbres necesarias. Y por Alcantarillado, el conjunto o sistema de obras,instalaciones y servicios que tienen por objeto la evacuación y disposición final delas aguas residuales; tal conjunto o sistema comprende: las alcantarillas sanitariascon sus pozos de visita; los colectores maestros y de descarga; las plantas detratamiento; el suelo en el cual se encuentren ubicadas las obras, instalaciones yservicios arriba indicados; y las servidumbres necesarias.

Art. 3.- Son facultades y atribuciones de la Administración Nacional de Acueductosy Alcantarillados:

a) Adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles por cualquier título o mediolegal, pudiendo retener, conservar, funcionar y administrar dichos bienes; ydisponer de aquellos que considere innecesarios.

b) Enajenar en un todo de acuerdo con las disposiciones pertinentes del CódigoCivil, aquellos bienes raíces y sus accesorios que sean innecesarios para los finesde la presente Ley.

c) Enajenar aquellos bienes muebles innecesarios para los fines de la presenteLey, a cualquiera de los títulos siguientes:

1.- Vendiéndolos a cualquier institución oficial;

2.- Vendiéndolos entre particulares al mejor postor;

3.- Dándolos en permuta, pago o como complemento de pago del precio de bienesmuebles por adquirirse; y

4.- Donándolos al Estado, o instituciones benéficas, o de servicio públicogubernamental.

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d) Dar y tomar en arrendamiento, comodato, o efectuar cualquiera otra transacciónsobre bienes raíces o muebles con el Estado, o con cualquiera institución oficial ocorporación de derecho público, o con personas jurídicas o naturales, e invertir elproducto de dichas operaciones en los fines que marca esta Ley, sin perjuicio delo dispuesto en el Art. 134 de la Constitución Poi ítica.

e) Aceptar donaciones o subsidios del Estado, o de cualquiera institución ocorporación de derecho público, o de personas particulares.

f) Instaurar las acciones que estime convenientes, transigir y celebrar arreglosjudiciales y extrajudiciales. No podrá ser demandada por daños y perjuicioscausados por la impureza, irregularidad o insuficiencia real o alegada del aguaproveída por ella, siempre que provenga por caso fortuito o fuerza mayor; nitampoco podrán embargarse ni venderse en pública subasta los bienes de laInstitución necesarios para el Servicio Público.

g) Celebrar contratos, formalizar todos los instrumentos y realizar todos los actos yoperaciones que fueren necesarios o convenientes para llevar a efecto lasfacultades y atribuciones que por esta Ley se le confieren o se le confieran porleyes posteriores; pero cuando se tratare de contraer obligaciones garantizadaspor el Poder Ejecutivo deberá obtenerse la autorización de la Asamblea Legislativaen la forma prescrita en el numeral 16D del Art. 47 de la Constitución Política.

h) Supervisar sus propiedades y actividades, incluyendo la de hacer y poner envigor, aquellas normas internas que sean necesarias para tales fines.

i) Entrar, previa autorización de sus dueños o poseedores o sus representantes,en inmuebles o cuerpos de agua, con el fin de hacer mensuras, sondeos yestudios. Cuando la autorización respectiva se solicitare por escrito y nocontestare dentro del tercero día ninguna de las personas arriba mencionadas, setiene por concedido el permiso; y si ésta se negare, se ocurrirá al Ministerio delInterior con las justificaciones pertinentes, quien dentro del tercero día podráconceder la autorización solicitada, oyendo previamente al interesado. Si hubieredaños, la Institución pagará la indemnización correspondiente.

j) Preparar o hacer preparar estudios, planos, diseños y presupuestos para laconstrucción, reconstrucción, expansión, mejora, ampliación y reparación decualquier obra necesaria para la realización de los fines que esta Ley leencomienda o que se le encomendaren por leyes posteriores, y modificar o hacermodificar, cuando fuere conveniente, tales planos, diseños y presupuestos.

k) Adquirir, utilizar, y tratar aguas superficiales o subterráneas y disponer de lasmismas para la provisión de las poblaciones y de zonas rurales.

1) Construir y reconstruir, mediante Contrato, previa licitación o bajo la dirección desus propios funcionarios, agentes o empleados, o por conducto o mediación de los

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mismos, toda clase de obras e instalaciones relacionadas con:

1.- El estudio, investigación, alumbramiento, captación, tratamiento, conducción,almacenamiento y distribución de aguas potables.

2.- El estudio, investigación, evacuación, tratamiento y disposición final de lasaguas residuales; y

3.- El mejoramiento, ampliación y mantenimiento de las instalaciones o serviciosexistentes relacionados con los dos numerales anteriores, que se encuentren bajosu jurisdicción.

m) Establecer industrias que tengan por objeto extraer o producir la materia primao los materiales elaborados necesarios para sus servicios, sin fines lucrativos.

n) Obtener préstamos directos, emitir y colocar bonos en los mercados internos yexternos y contraer otras obligaciones, actuando en todos estos casos con laaprobación previa del Poder Ejecutivo en el Ramo de Economía, y utilizar losfondos así obtenidos en la realización de sus fines, de acuerdo con susPresupuestos y con arreglo a la Ley.

Sin embargo, si se tratare de préstamos locales con vencimiento no mayor de unaño, destinados a atender necesidades financieras relacionadas con el giroordinario de sus operaciones, no se requerirá la aprobación del Poder Ejecutivo.

La Institución no podrá hipotecar, pignorar o gravar en cualquier otra forma susingresos, rentas, instalaciones y demás bienes, excepto en los casossiguientes:(6)(8)

a) Los gravámenes hipotecarios o prendarios que constituyan sobre una propiedadraíz o mueble al tiempo de su compra, para asegurar el pago del precio de lamisma; y (6)(8)

b) Gravámenes que se constituyan a favor del Estado, del Municipio o de lasInstituciones Oficiales Autónomas, para la consecución de sus fines.(6)(8)

o) Hacer las operaciones que se refiere el literal anterior con el objeto deconsolidar, convertir o refinanciar sus obligaciones, con sujeción a los requisitosque el mismo literal establece.

p) Someter a la aprobación del Poder Ejecutivo en el Ramo de Econom ía, tarifasrazonables por el uso de las facilidades de la Institución, o por los servicios deagua potable, alcantarillado u otros artículos o servicios vendidos, prestados osuministrados por ella y cobrar de acuerdo a las mismas, las que se aplicarán enel porcentaje y en la forma que la Junta de Gobierno determine.(6)(7)

Dichas tarifas deberán ser determinadas, a la vez que con un criterio de empresa

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autofinanciable, con un criterio de servicio público social; y deberán ser suficientespara cubrir y proveer con un margen de seguridad:

1.- Los gastos hechos por la Institución en la operación, mantenimiento,administración, mejoras, desarrollo y expansión de sus instalaciones ypropiedades; y

2.- El pago de capital, intereses y demás cargos sobre sus bonos y demásobligaciones, a fin de mantenerse en capacidad de cumplir con los términos de losconvenios celebrados con sus acreedores.

Ninguna autoridad podrá gravar adicionalmente los servicios ni las obrasnecesarias para obtenerlos cuando éstos se encuentren bajo la jurisdicción de

q) Participar en Sociedades de Economía Mixta que persigan el mismo objeto dela Institución; y (5)(6)

r) Formular y someter al Poder ejecutivo para su aprobación, el Reglamento de lapresente Ley y los demás que fueren necesarios, lo mismo que sus reformas.(6)

CAPITULO 11

PATRIMONIO

Art. 4.- A.N.D.A. contará con los recursos que se expresan a continuación:

a) Los fondos que obtenga de las subvenciones que el Estado le otorgueanualmente, no menores de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL COLONES ( ~

3,500.000.00), por un período de cuatro años a comenzar del ejercicio fiscal de1962. Esta aportación podrá comprender bienes muebles que sean útiles para elcumplimiento de sus fines.(1)

b) Las asignaciones posteriores de capital que el Estado le otorgue;

c) Los subsidios que el Estado le asigne para actividades u obras especificasdentro de las finalidades de esta Ley;

d) Los sistemas de Acueductos y Alcantarillados, los bienes y derechos poseídos yexplotados o controlados por el Estado y los Municipios, que son usados o útilesprincipalmente para el suministro o la disposición de aguas, después de que lesean legalmente traspasados;

e) Los demás bienes muebles e inmuebles que a cualquier titulo adquiera delEstado, de los Municipios, de entidades oficiales y de los particulares, que sedestinen al aumento de su capital;

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f) Las utilidades y rentas que perciba por la operación de los Acueductos yAlcantarillados, prestación de otros servicios o uso de sus propiedades, hastaconcurrencia de sus remanentes, después de cubrir los compromisos por créditosrecibidos, los gastos de explotación y las reservas que no sean de capital.

g) Los títulos de crédito emitidos a su favor; y

h) Los demás ingresos o adquisiciones que en alguna forma incrementen sucapital.

Art. 5.- Las aportaciones de capital a que se refiere el literal b) del Art. anterior enbeneficio de AN.D.A, se harán constar por medio de certificados o títulosequivalentes al capital aportado por el Estado.

Dichos certificados o títulos serán expedidos por A.N.D.A. en la forma que lodetermine el Ministerio de Hacienda, de acuerdo con la Corte de Cuentas de laRepública y se entregarán a la Dirección General de Tesorería contra entrega delos aportes del Estado, ya sea en dinero o en otros bienes, a medida que talesaportes se efectúen, previo valúo de estos últimos.

Se excluyen de lo anterior los recursos que el Estado aporte para fines específicosy cuyas obras no queden en propiedad de AN.D.A, por haber actuado comoagente constructor.

CAPITULO 111

ORGANIZACION, DIRECCION y ADMINISTRACION

Art. 6.- Las facultades y atribuciones que esta Ley confiere a la Institución, asícomo a la política general de la misma, los ejercerá y determinará una Junta deGobierno compuesta por un Presidente, cinco Directores Propietarios y cincoAdjuntos. El Presidente tendrá un Suplente. Dichos funcionarios serán nombradosen la siguiente forma: (5)

a) El Presidente y su Suplente, por el Presidente de la República; (3)(5)

b) Los cinco Propietarios y sus respectivos Adjuntos; por el Poder Ejecutivo en losramos de Obras Públicas, Interior, Salud Pública y Asistencia Social, ConsejoNacional de Planificación y Coordinación Económica y el quinto por la CámaraSalvadoreña de la Industria de la Construcción.(3)(5)

Inciso Segundo Derogado.(3)

Art. 7.- Derogado.(3)

Art. 8.- Derogado.(3)

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Art. 9.- El Presidente suplente asistirá a las sesiones de la Junta de Gobierno conderecho a voz pero sin voto y sustituirá al Presidente con todos sus derechos encaso de ausencia o impedimento temporal de éste. Si ambos no pudieran concurrira las sesiones la Junta de Gobierno designará entre sus miembros al que debapresidir la sesión.

Inciso Segundo Derogado.(5)

En caso de vacancia de cualquiera de los cargos anteriores, se hará nuevadesignación, por quien corresponda, para terminar el período comenzado.

Art. 10.- La Junta de Gobierno sesionará ordinariamente una vez por semana; yextraordinariamente, cuando los intereses u obligaciones de la Institución lorequieran.

El Presidente, o quien lo sustituya legalmente, convocará y presidirá las sesiones.

Art. 11.- Para que haya quórum en las sesiones de la Junta de Gobierno serequerirá la concurencia del Presidente, o de quien lo sustituya legalmente y la detres Directores, siempre que éstos no sean por el mismo ramo; las resoluciones setomarán por la mayoría de los asistentes con derecho a voto decisorio. En caso deempate, el Presidente tendrá doble voto.

Los Directores Adjuntos deberán asistir juntamente con los Propietarios a lassesiones, pero en presencia del respectivo titular tendrán voto ilustrativo pero novoto decisorio. En ausencia del Propietario, el voto del respectivo Adjunto serádecisorio.

Los Directores devengarán dietas por cada sesión a la que asistan y el monto delas mismas será igual para Propietarios yadjuntos.(5)

Art. 12.- El Presidente de la Junta de Gobierno, o quien haga sus veces, tendrá larepresentación judicial y extrajudicial de la A.N.D.A.

Para ser Presidente o Director de la Institución se requiere: (3)

1) Ser salvadoreño;

2) Mayor de 30 años;

3) De honorabilidad e instrucción notorias.

El Presidente y los Directores de la Institución durarán en sus cargos dos años,pudiendo ser reelectos.(3)

Art. 13.- La administración de los negocios de la Institución estará a cargo delPresidente de quien para el mejor desenvolvimiento de sus funciones,

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contará con la colaboración de un Gerente Técnico y de un Gerente Financiero,nombrados por él, cargos que serán a tiempo completo incompatibles concualesquiera otros remunerados y con el ejercicio de su profesión, excepto con laenseñanza.(6)

Para ser Gerente Técnico se requiere:

Ser Ingeniero Civil o Ingeniero Sanitario, en el ejercicio legal de la profesióndurante los dos años anteriores a su nombramiento.(5)(6)

Para ser Gerente Financiero se requiere:

Ser Economista o Administrador de Empresas o de reconocida competencia en lamateria.(5)(6)

En ambos casos la persona seleccionada para ocupar el cargo deberá sersalvadoreña, mayor de treinta años, con cinco años de experiencia en surespectivo campo y de reconocida competencia y honorabilidad.(5)(6)

El Gerente Técnico, el Gerente Financiero y el Asesor Jurídico, asistirán a lassesiones de la Junta de Gobierno con voz pero sin voto; con autorización delPresidente, representarán conjunta o separadamente a la Institución en todos losactos y contratos que celebre, de acuerdo con las instrucciones de la Junta deGobierno.(3)(5)(6)

Art. 14.- Corresponde al Presidente de la Junta de Gobierno de nombrarlos funcionarios, empleados, representantes y agentes, dentro y fuera del país,determinándoles, las facultades y deberes inherentes a sus cargos; y contratarConsultores, Superintendentes, Administradores, Abogados y otros expertos, seanpersonas naturales o jurídicas, necesarias para cumplir los fines de laInstitución.(6)

Art. 15.- La selección y nombramiento de los funcionarios y empleados deA.N.O.A.; y las promociones y ascensos de los mismos, se harán única yexclusivamente en personas de integridad moral, capacidad, méritos y eficiencia.

Art. 16.- No podrán ser miembros de la Junta de Gobierno o funcionarios de lainstitución: (3)

a) Los menores de veinticinco años de edad.(3)

b) Los extranjeros;

c) Los que sean acreedores, deudores o contratistas de la Institución;

d) Los que sean propietarios, accionistas, socios, directores, funcionarios oempleados de cualquier empresa que persiga los mismos fines de A.N.O.A.;

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e) Los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidadlegítima entre sí; y

f) Los que hubieren sido condenados en sentencia ejecutoriada por delitoscomunes en los cinco años anteriores a su elección o nombramiento.

Art. 17.- Las remuneraciones de los Miembros de la Junta de Gobierno, delGerente Técnico y Gerente Financiero y del personal de funcionarios y empleados,deberán establecerse en forma adecuada a la importancia de sus labores.

En ningún caso podrán establecerse remuneraciones que se relacionen con lasutilidades de la Institución.(3)(6)

Art. 18.- A. N. D.A. se regirá por un sistema especial de salarios que se presentarácomo anexo de su Presupuesto Especial y que se establecerá conforme a lasnormas siguientes:

a) Las remuneraciones del Presidente de la Junta de Gobierno y del GerenteTécnico y Gerente Financiero, se fijarán en el respectivo sistema especial desalarios. Las remuneraciones de los demás Directores de la Junta de Gobierno, seseñalarán sobre la base de dietas por cada sesión a que asistan.(3)(6)

b) Las remuneraciones del personal de funcionarios se determinarán porcontrato.(3)

c) Las remuneraciones del Personal de empleados permanentes, se determinaránconforme a las categorías de salarios que se señalen en el mismo anexo;

d) Las remuneraciones del personal técnico, del personal de empleadostemporales y de obreros en general, se fijarán por contratación individual deacuerdo con las leyes laborales; y

e) Las remuneraciones de los agentes de A.N.D.A. podrán ser a base de comisión,sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 2D del Art. 17.

Art. 19.- El Presidente de la Junta de Gobierno establecerá las normas internasrelativas a horarios de trabajo, trabajo extraordinario, permisos, licencias asuetos,vacaciones, aguinaldos, y demás prestaciones sociales en favor del personal,actuando de acuerdo con principios de equidad y con arreglo a las leyes laboralesaplicables a la empresa privada y fijará las normas para el nombramiento ypromoción de personal.(6)

Art. 20.- Las emisiones de bonos las acordará la Junta de Gobierno, quien tendráamplias facultades para especificar los términos y condiciones de los mismos, quesean usuales en los mercados internos y externos en que se proponga hacer laemisión; siendo entendido que deberá cumplirse con lo preceptuado en el literal o)

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del Art. 3 de esta Ley.

El Banco Central de Reserva de El Salvador será el Agente Fiscal en todas lasemisiones de bonos de AN.D.A y podrá realizar con ellos operaciones demercado abierto, de acuerdo con su Ley y Estatutos.

Art. 21.- Las emisiones de bonos y obligaciones contraídas por A.N.D.A.,garantizadas por el Poder Ejecutivo y autorizadas por la Asamblea Legislativa,serán pagadas preferentemente con los bienes de la Institución y subsidiariamentecon los del Estado.

Art. 22.- En los Contratos que AN.D.A celebre para realizar obras o adquirirbienes muebles o inmuebles, no intervendrán la Dirección General delPresupuesto, la Proveeduría General de la República, ni la Proveeduría Específicade Obras Públicas; ni estará la Institución sujeta a las disposiciones de la Ley deSuministros, ni a la Ley de Suministros para el Ramo de Obras Públicas. La Juntade Gobierno deberá en un plazo de treinta días emitir un Reglamento deSuministros, el cual deberá ser publicado en el Diario Oficial.

Dichas obras o suministros deberán someterse a licitación pública cuando el valorde los mismos exceda de VEINTICINCO MIL COLONES, salvo que se trate decasos de emergencia o urgencias comprobadas, a juicio de la Junta deGobierno.(5)

CAPITULO IV

Traspaso de Propiedades

Art. 23.- En virtud de esta Ley, se hace tradición de dominio en favor de AN.D.Ade:

a) Los bienes raíces y muebles pertenecientes al Estado y administrados por laDirección General de Obras Hidráulicas, dependiente del Ministerio de ObrasPúblicas, creada por Decreto Legislativo ND 102, de fecha 23 de diciembre de1950, publicado en el Diario Oficial N° 281, Tomo 149, de la misma fecha;

b) Los Acueductos y Alcantarillados, incluyendo los derechos, servidumbres ybienes útiles a tales servicios que sean propiedad del Estado, los Municipios, oinstituciones autónomas.

c) También traspásase a favor de la Administración Nacional de Acueductos yAlcantarilados DA), el dominio de todos los bienes inmuebles inscritos en losRegistros de la Propiedad Raíz de la República a favor de las Juntas de fomentoDepartamentales, Juntas de Aguas y demás Instituciones Autónomas suprimidasen el Art. 4° del Decreto Legislativo de 29 de abril de 1939, publicado en el DiarioOficial del 9 de mayo del mismo año, limitándose dicho traspaso, a los bienes quese hallan destinados inmediata y directamente al cumplimiento de sus fines.

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Los Registradores de la Propiedad Raíz de la República, efecturán los traspasosde los inmuebles a que se refieren los literales anteriores, libre de derechos.(2)

Art. 24.- Para los efectos del Artículo anterior serán transferidos todos los mapas,planos, proyectos, diseños, libros de contabilidad y de registro; los datosrelacionados con la construcción, extensión, mejoramiento o conservación de talessistemas; y los equipos, los archivos utilizados en la administración, conservacióny operación de los mismos.

Art. 25.- Las Municipalidades y demás corporaciones gubernamentales haránentrega material a AN.O.A de los Acueductos y Alcantarillados bajo suadministración o dominio, sin retribución o indemnización de parte de AND.A, enel entendido de que estos sistemas continuarán sirviendo a la comunidad.

Art. 26.- La entrega material de los bienes a que se refiere el Artículo 23, losolicitará AN.O.A por escrito al funcionario o funcionarios u organismos bajo cuyaadministración estuvieren dichos bienes, a medida que sus posibilidades se lopermitan; tales entregas se efectuarán mediante inventario y en las fechas que fijela Junta de Gobierno.

Art. 27.- Las descripciones de los bienes que aparezcan en las Resoluciones de laJunta de Gobierno, fijando las fechas en las cuales se llevarán a efecto lasentregas que por la presente Ley se proveen, identificarán la propiedad atransferirse.

Art. 28.- Los funcionarios u organismos bajo cuya administración estuvieren losbienes descritos en las resoluciones de la Junta de Gobierno, estarán obligados aentregarlos a AN.O.A en las fechas que ésta determine.

Art. 29.- AN.O.A asumirá, a partir de las fechas en que sean efectivas lasentregas materiales mencionadas, los derechos y obligaciones de cualquiernaturaleza que fueren sobre los bienes adquiridos.

CAPITULO V

Presupuestos y Rendición de Cuentas

Art. 30.- A.N.O.A estará sujeta a un Presupuesto Especial, que se preparará,votará, ejecutará y sobre el cual rendirá cuentas, conforme a las disposiciones quesiguen:

a) El primer Ejercicio Fiscal que empezó el primero de enero de 1962 será de dosaños y los siguientes de un año cada uno, que se contarán del primero de enero,en adelante, sin perjuicio de rendir cuentas anualmente respecto del primerpresupuesto de acuerdo con las leyes vigentes;(3)

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b) En el tercer trimestre del segundo año del primer Ejercicio Fiscal, la Junta deGobierno preparará el Presupuesto Especial que regirá las operaciones durante elEjercicio Fiscal siguiente. La preparación de los Presupuestos Especialessiguientes, se hará en el segundo trimestre de la vigencia del presupuestoanterior.(3)

c) El Presupuesto Especial contendrá en la parte de ingresos:

1) La estimación del superávit o déficit financiero incial;

2) La estimación de ingresos y rentas que provengan de la operación de susAcueductos y Alcantarillados, de la prestación de otros servicios y de la venta deproductos; así como del uso de sus instalaciones y otras propiedades;

3) Una partida de ampliación automática destinada a dar entrada al producto delos préstamos de corto plazo que la Institución contraiga con objeto de cubrirdeficiencias temporales en sus ingresos, entendiéndose como préstamos de cortoplazo los que tengan vencimiento no mayores de un año, ya sea que el plazo secumpla dentro del mismo Ejercicio Fiscal o en el siguiente;

4) Una partida de ampliación automática destinada a dar entrada a los recursosque el Estado asigne a AN.D.A para obras o actividades específicias; y

5) Cualquier otro recurso del que eventualmente AN.D.A pueda disponer;

d) El Presupuesto Especial contendrá en la parte egresos:

1) Las partidas que autoricen los gastos destinados a: estudio, investigación yplanificación; administración; operación y mantenimiento; conservación derecursos; y actividades diversas;

2) Una partida que autorice las inversiones en la adquisición, construcción,adiciones, ampliaciones y mejoras de bienes raíces y muebles y de las obras einstalaciones relacionadas con el cumplimiento de la presente Ley;

3) Una partida por la cantidad suficiente para atender el pago de lasamortizaciones de capital o la redención e intereses de los bonos, préstamos ydemás obligaciones legalmente contraídas por la Institución, incluyendo cargospor apertura de crédito, comisiones por venta de bonos, impresión, grabado ylitografiado de bonos, servicio de agencia fiscal y otros gastos de la misma índole;

4) Una partida destinada a la amortización y cancelación de préstamos de cortoplazo, ampliable automáticamente en relación con el importe de los préstamoscontraídos conforme al numeral 3) del literal c) de este Artículo; y

5) Una partida que autorice las erogaciones necesarias para obras o actividadesespecíficas que el Gobierno encomiende a AN.D.A. y para cuyo efecto la hubiere

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dotado con los recursos necesarios, ampliable automáticamente en las cuantíasque figuren en la Ley del Presupuesto General; y

e) Con el anteproyecto de Presupuesto Especial se acompañarán los estados,detalles y justificaciones que lo complementen.

Art. 31.- El anteproyecto de Presupuesto Especial deberá ser aprobado por laJunta de Gobierno, de acuerdo a lo prescrito en el Art. 11 de esta Ley.

Una vez aprobado el anteproyecto del segundo Presupuesto Especial, sesometerá a la consideración del Ministerio de Obras Públicas, a más tardar el 30de septiembre del segundo año de vigencia del primer Ejercicio Fiscal; y conrespecto a los Presupuestos Especiales posteriores al segundo Ejercicio Fiscal, talpresentación se hará, a más tardar, el 30 de junio del año fiscal que esté envigencia, todo ello con el fin de que el Poder Ejecutivo por medio del Ministerio deHacienda, los someta a la aprobación del Poder Legislativo. En caso de mora enla aprobación del Presupuesto, seguirá en vigencia el anterior, hasta tanto sepromulgue uno nuevo.(3)

Art. 32.- Una vez promulgado el Presupuesto, deberá ejecutarse de acuerdo consu naturaleza de presupuesto de competencia y con las correspondientesautorizaciones de la Junta de Gobierno.

Para todo gasto AN.D.A se regirá exclusivamente por sus Presupuestos, sinintervención de la Dirección General del Presupuesto.

Art.33.- Las transferencias de crédito entre partidas de un Presupuesto Especialserán acordadas por la Junta de Gobierno de conformidad a lo prescrito en el Art.11 de esta Ley; y para que surtan efecto deberán ser aprobadas por el PoderEjecutivo en el Ramo de Economía.

Art. 34.- La inversión de los recursos que AN.D.A obtenga mediante operacionesde crédito de largo plazo, se regirá por un Presupuesto Extraordinario; y lossuperávit que arrojen las liquidaciones de los Presupuestos Extraordinarios, seaplicarán al Presupuesto Especial vigente en el momento de la liquidación.

Art. 35.- Todos los fondos de la Institución deberán depositarse en el BancoCentral de Reserva de El Salvador o en otras instituciones bancarias que a juiciode la Junta de Gobierno merezcan confianza; con excepción de una cantidad quese fijará en los respectivos presupuestos y que podrá mantenerse en efectivo,para atender erogaciones de cuantía que no exceda el límite fijado.

Solamente los funcionarios o empleados designados por la Junta de gobierno,podrán retirar fondos de los bancos depositarios y para efectuar los pagos que lamisma Junta de Gobierno autorice de manera generala especial de acuerdo conlas disposiciones de esta Ley, así como para la adquisición de bonos u otrosvalores emitidos o garantizados por el Gobierno.

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Art. 36.- A.N.D.A. rendirá informe anual de sus actividades y con tal objeto,someterá al Poder Ejecutivo en los Ramos de Obras Públicas y Hacienda, dentrodel primer trimestre del año siguiente al cierre de un Presupuesto Especial, lacuenta de liquidación del Presupuesto, el balance general, el estado de pérdidas yganancias, la aplicación de utilidades, el informe de auditoría, y la memoria delabores correspondiente al año administrativo transcurrido; todo al 31 de diciembredel año próximo anterior.(3)

El Poder Ejecutivo en el Ramo de Obras Públicas deberá incluir en su informeanual a la Asamblea Legislativa, la información suficiente para que se conozca lagestión desarrollada por A.N.D.A.; quien a su vez, dentro del menor tiempoposible, publicará el texto de su memoria y documentos anexos.

CAPITULO VI

AUDITaRlA y FISCALlZACION

Art. 37.-A.N.D.A. estará sujeta a la inspección y vigilancia de un auditor o firma deauditores, nombrada por el Banco Central de Reserva de El Salvador, en sucarácter de Agente Fiscal, de acuerdo con la Junta de Gobierno.

El Auditor deberá ser Contador Público Certificado de reconocida honorabilidad ynotoria competencia.(3)

Art. 38.- El Auditor deberá: a) visar la cuenta de liquidación del presupuesto y losdemás documentos relativos a la gestión financiera de la Institución, que debenser presentados a la Junta de Gobierno o a las autoridades superiores; b)presentar anualmente a la Junta de Gobierno un informe sobre el estadofinanciero y la forma en que se hayan conducido las operaciones de la Institución,incluyendo las observaciones o sugerencias que a su juicio sean convenientespara mejorarla; y c) llevar a cabo las demás atribuciones que de acuerdo con losreglamentos y disposiciones de la Junta de Gobierno le correspondan.

Art. 39.- A.N.D.A. estará también sujeta a la fiscalización de la Corte de Cuentasde la República, a quien rendirá cuenta respaldada con los comprobantesrespectivos. La fiscalización se hará de manera adecuada a la naturaleza y finesde la Institución, conforme al régimen especial que a continuación se establece.(3)

a) Para los efectos de esta fiscalización la Corte de Cuentas nombrará unDelegado Permanente, quien en el ejercicio de sus funciones trabajará duranteaudiencia completa y en las propias oficinas de la Institución;

b) El Delegado Permanente tendrá las siguientes atribuciones:

1) Revisar la contabilidad de A.N.D.A., conforme a normas aceptadas de auditoría;

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2) Realizar los arqueos y comprobaciones que estime conveniente, examinar losdiferentes balances y estados y verificarlos con los libros, documentos yexistencias; y

3) Cerciorarse de que las operaciones de la Institución se hagan conforme a la Leyy los reglamentos; así como de que los gastos se ajusten a las previsiones de lospresupuestos.

El Delegado no tendrá facultad de objetar ni de resolver con base en estimacionessobre la conveniencia o inconveniencia de las operaciones o erogaciones queAN.D.A realice en la consecución de sus fines;

c) Cuando en el ejercicio de sus atribuciones el Delegado notare algunairregularidad o infracción, deberá informar por escrito al Presidente de AN.D.Adentro de 48 horas, sobre los hechos y circunstancias del caso; así como señalarun plazo prudencial para que la irregularidad o infracción de que se trate seasubsanada.

Si a juicio de la Junta de Gobierno no existiere irregularidad o infracción en el actoobservado por el Delegado, se lo hará saber por escrito y dentro del plazo queéste hubiere señalado, exponiendo las razones y explicaciones pertinentes.

Si el Delegado no estuviere satisfecho con las razones y explicaciones recibidas, ono obtuviere respuesta, elevará el caso al Presidente de la Corte de Cuentas,quien después de oir a la Junta de Gobierno resolverá lo que estime procedente;

d) Cuando la Junta de Gobierno lo estime conveniente, podrá someter cualquieracto, operación o erogación que se proponga efectuar a aprobación previa delDelegado Permanente; y si éste tuviere objeciones que hacer y aquella no lasacatare, se someterá el caso a decisión del Presidente de la Corte de Cuentas;

e) Cuando la Junta de Gobierno no se conformare con una resolución delPresidente de la Corte de Cuentas emitida en los casos a que alude el literalanterior, podrá elevar el caso a consideración del Poder Ejecutivo para suresolución en Consejo de Ministros, conforme a lo dispuesto en el Art. 129 de laConstitución Política.(3)

Literal f) DEROGADO.(3)

En todo lo no previsto en el presente artículo, tendrán aplicación las disposicionesde la Ley Orgáncia de la Corte de Cuentas.(3)

CAPITULO VII

DE LAS SERVIDUMBRES

Art. 40.- Cuando AN.D.A necesite que se constituya una servidumbre a su favor

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para la consecución de sus fines y no pudiere adquirirla por contratación directacon los propietarios o poseedores del predio sirviente, podrá hacerlo mediante elpreocedimiento de constitución de servidumbre que establece la presente Ley.

Art. 41.- La autoridad competente para conocer de los juicios de constitución deservidumbres lo será el Juez de Primera Instancia de lo Civil del domicilio deldueño del inmueble que sufrirá el gravamen o aquel en cuya jurisdicción seencuentre el predio.

Art. 42.- Para los efectos de constitución de servidumbres el representante deA.N.D.A., se presentará ante el Juez competente, a solicitar el derechocorrespondiente describiendo el predio que se ha de gravar, indicando lanaturaleza de la servidumbre o servidumbres que necesita, precisando suubicación o detallando el área del terreno en que se constituirá la servidumbre,nombre del propietario o poseedor del mismo, las obras que deban realizarse,acompañando planos descriptivos y las condiciones y formas de pago. Tambiénindicará el nombre o nombres de cualesquiera personas que tengan inscrito a sufavor en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, derechos reales opersonales que deban respetarse, con indicación de sus respectivos domicilios.

Si entre las personas antes indicadas hubieren ausentes o incapaces deberáexpresar los nombres y domicilios de sus representantes, si fueren conocidos.

Art. 43.- El Juez mandará oír dentro de tercero día a los propietarios o poseedoresy demás personas que señala el artículo anterior, o a sus legítimos represenantes;y si hubieren ausentes o incapaces que carecieren de representantes legales, elJuez les nombrará antes de conferir la audiencia, sin trámite alguno, un curadorespecial, para que los represente en el juicio.

Art. 44.- El Emplazamiento se hará por medio de un aviso que se publicará unasola vez en el Diario Oficial y en uno de los periódicos de mayor circulación en elpaís, y los tres días se contarán a partir de la última fecha en que aparezca lapublicación. El término de la distancia será de tres días en todos los casos.

Art. 45.- Concluidos los tres días de la audiencia, más el de la distancia, si hubieretenido lugar, y comparezca o no el demandado, se recibirá la causa a prueba porocho días improrrogables, dentro de los cuales recibirá el dictamen de dos peritosque el Juez nombrará de oficio, sobre la necesidad de constituir en el inmueble deque se trata el derecho de servidumbre solicitado, y el importe de laindemnización. Se recibirán además las otras pruebas que las partes tengan abien presentar.

Art. 46.- Vencido el término probatorio, dentro de los tres días siguientes, el Juezpronunciará sentencia definitiva, decretando la constitución de la servidumbre odeclarándola sin lugar, y, en el primer caso, determinará el valor de laindemnización y la forma y condiciones de pago. Para esto último se tomarán encuenta los derechos inscritos a favor de terceros.

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En todo caso la indemnización comprenderá el valor del terreno ocupado por laservidumbre sea cual fuere su naturaleza, así como el monto de los daños yperjuicios que se ocasionen por la construcción, custodia, conservación yreparación de la servidumbre y por las demás limitaciones a que queda sujeto elpredio gravado con ella.

Art. 47.- La sentencia podrá comprender uno o varios terrenos pertenecientes auno solo o varios propietarios o poseedores y no admitirá más recurso que el deresponsabilidad.

Art. 48.- Todas las actuaciones se practicarán en papel simple y las notificacionesy citaciones serán hechas por edictos que se fijarán en el tablero del Juzgado.

Art. 49.- Notificada la sentencia definitiva que decrete la constitución de laservidumbre, quedará constituída la misma a favor de AN.D.A y la certificación dela sentencia servirá de título de dominio del derecho de servidumbre, la cual seinscribirá en el Registro respectivo.

Si pasados tres días desde la notificación de la sentencia no se permitiere aAN.D.A, por oposición de los propietarios o poseedores de los predios, lainiciación de las obras pertinentes al ejercicio del derecho real de servidumbreestablecido, el Juez de la causa o un Juez de Paz que él comisione al efecto, daráposesión material al representante de la Institución con sólo el pedimento delmismo, aun cuando no se hubieren hecho las inscripciones correspondientes.

Art. 50.- El título de constitución de la servidumbre, ya sea que se hubiereotorgado voluntaria o forzadamente, contendrá:

a) Nombre, profesión y domicilio del constituyente;

b) Descripción del predio sujeto a la servidumbre, indicando su inscripción en elRegistro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, si la hubiere; y

c) Descripción de la faja sobre la cual se ejercerá la servidumbre según los planostopográficos levantados por AN.O.A

Art. 51.- Los títulos de constitución de las servidumbres a que se contrae lapresente Ley, se inscribirán a favor de AN.D.A:

a) Aunque los predios gravados carezcan de antecedente inscrito, siempre que lospropietarios o poseedores constituyentes no hayan sido perturbados en suposesión por medio de acciones posesorias o reivindicatorias o procedimientosadministrativos, durante los dos años anteriores a la constitución de laservidumbre, circunstancia que se acreditará en el Registro respectivo concertificaciones expedidas por el Alcalde Municipal o Juez de Primera Instancia delo Civil de la Jurisdicción;

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b) Aunque las colindancias no concuerden con los antecedentes, siempre queaquellas hayan sido tomadas de los planos topográficos levantados por A.N.O.A.;y

c) Aunque los otorgantes no estén solventes de los impuestos de Renta y Vialidad,ni de los de pavimentación y municipales.

Art. 52.- Asimismo a solicitud de A.N.O.A., se anotarán preventivamente en elRegistro competente los títulos de constitución de servidumbres. La anotaciónpreventiva se convertirá en definitiva si sesenta días después de verificada no sepresentare oposición formal por parte de la persona o personas que hubiereninquietado o perturbado la posesión de los constituyentes.

Art. 53.- A.N.O.A. podrá derribar arboledas en las parcelas sobre las cualesejercerá la servidumbre, sin necesidad de llenar los requisitos de la LeyForestal.(6)

Art. 54.- El propietario del predio sirviente no podrá efectuar plantaciones,construcciones u otras obras, ni realizar labores que perturben o dañen el ejerciciode las servidumbres constituídas de acuerdo con esta Ley.

Art. 55.- El dueño del predio sirviente estará obligado a permitir, bajoresponsabilidad de A.N.O.A., la entrada del personal de empleados y obreros deésta y la del material indispensable y elementos de transporte necesarios paraefectuar la construcción, revisión o reparación de las obras, instalaciones o líneasde tubería, en el predio sirviente.

Art. 56.- Las servidumbres a que se refiere esta Ley, confieren a A.N.O.A. lossiguientes derechos:

a) La ocupación del área del terreno sirviente necesario para la construcción delas obras de la servidumbre;

b) El de construcción sobre el área del terreno de la servidumbre de las obrasnecesarias para los fines de A.ND.A.;

c) El de cercar los terrenos que A.N.D.A. utilizará para la constitución de lasservidumbres; y

d) El de descarga de las aguas por los cauces existentes en el predio sirviente,siempre que las condiciones de éste lo permitan.

CAPITULO VIII

De las Expropiaciones

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Art. 57.- Siempre que A.ND.A. no pudiere adquirir por contratación directa con lospropietarios o poseedores, los terrenos que necesitare para la consecución de losfines que le han sido encomendados, podrá hacerlo por el sistema deexpropiación, mediante el procedimiento que establece la presente Ley.

Art. 58.- La autoridad competente para conocer en los juicios de expropiación quepromueva A.N.D.A. será el Juez de Primera Instancia de lo Civil del domicilio deldueño del inmueble que sufrirá el gravamen o aquel en cuya jurisdicción seencontrare el predio.

Art. 59.- El representante de A.N.D.A. se presentará a dicho Juzgado a solicitar sedecrete la expropiación, haciendo relación del inmueble o inmuebles que senecesite expropiar, así como del nombre o nombres de los propietarios oposeedores y de cualesquiera personas que tengan inscritos a su favor derechosreales o personales que deban respetarse, con expresión de sus respectivosdomicilios, y acompañará copia de los planos correspondientes al predio o prediosrespectivos.

Si entre las personas anteriormente indicadas hubiere ausentes o incapaces,deberá expresar los nombres y domicilios de sus representantes, si fuerenconocidos.

Si la expropiación fuere para el uso de aguas de propiedad privada con fines deabastecimiento, en la demanda se determinará además, el volumen de aguas quese necesitará.

Art. 60.- El Juez proveerá resolución mandando oír dentro de tercero día a lospropietarios o poseedores y demás personas que expresa el Artículo anterior, o asus legítimos representantes.

Si hubiere personas ausentes o incapaces que deban ser oídas y carecieren derepresentantes el Juez les nombrará antes de conferir la audiencia, sin trámitealguno, un curador especial para el juicio.

El emplazamiento se hará por medio de un aviso que se publicará una sola vez enel Diario Oficial y en tres de los períodicos de mayor circulación en la República, ylos tres días se contarán desde la última de las fechas en que se haga lapublicación. El término de la distancia será de tres días en todos los casos.

Art. 61.- Concluídos los tres días del emplazamiento, se abrirá a pruebas el juiciopor ocho días improrrogables, dentro de los cuales se recibirá el dictamen de dosperitos que el Juez nombrará de oficio sobre el aforo de las aguas y la necesidadde ocupar las mismas, el inmueble o inmuebles de que se trata, y sobre el importede la indemnización con respecto a cada uno de los mismos, y se recibirán laspruebas que tengan a bien presentar las partes.

Art. 62.- Dentro de los tres días siguientes a la conclusión del término se dictará la

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sentencia definitiva decretando la expropiación o declarándola sin lugar, y, en elprimer caso, determinando el valor de la indemnización con respecto a cadaterreno, y la forma y condiciones del pago. Para esto último se tomarán en cuentalos derechos inscritos a favor de terceros.

Si las necesidades de aprovisionamiento de aguas fueren urgentes, de acuerdocon la prueba vertida en el juicio, en la sentencia deberá acordarse que laindemnización podrá no ser previa a la entrega de los terrenos necesarios para lasobras que construirá AN.D.A. o por el uso de las aguas que se expropien y en talcaso, la entrega de unos u otras se ordenará que se efectúe el día siguiente denotificada la sentencia al dueño, poseedor o tenedor de los terrenos o aguas; paralo cual el Tribunal ocurrirá a la fuerza si fuere necesario y si su resolución no fuerecumplida en el menor tiempo posible, de acuerdo con lo prescrito en el Artículo1261, Pro

Art. 63.- La sentencia podrá comprender uno o varios terrenos pertenecientes auno solo o a diversos propietarios o poseedores y no admitirá más recurso que elde responsabilidad.

Art. 64.- Todas las actuaciones se practicarán en papel simple y las notificacionesy citaciones serán hechas por edictos que se fijarán en el tablero del Juzgado.

Art. 65.- Notificada la sentencia definitiva que decrete la expropiación, quedarátransferida la propiedad de los bienes a favor de AN.O.A y se inscribirá comotítulo de dominio y posesión la certificación de dicha sentencia.

En cuanto a los derechos inscritos a favor de terceros quedarán extinguidos porefecto de la expropiación.

Si pasados tres días desde la notificación de la sentencia, no hubiere recibidoAN.O.A por renuncia de los propietarios, poseedores u ocupantes algunos de losterrenos expropiados, el Juez de la causa o un Juez de Paz que él comisione alefecto, dará posesión material de los predios al representante de la Institución, consólo el pedimento del mismo, aun cuando no se hubieren hecho las inscripcionescorrespondientes.

Art. 66.- Los inmuebles que adquiera AN.O.A para el cumplimiento de su fines,sea en forma contractual o forzosa, podrán inscribirse a su favor en loscorrespondientes Registros de la Propiedad Raíz e Hipotecas, no obstante, quelos propietarios o poseedores carezcan de títulos inscritos o los tengandefectuosos, con tal que esas personas o sus antecesores no hayan sidoinquietados en su posesión, por medio de acciones posesorias o reivindicatorias oprocedimientos administrativos durante los dos años anteriores a la adquisición delinmueble.

Esta última circunstancia la hará constar el Juez o el Notario en la respectivasentencia o escritura, con vista de certificaciones extendidas en papel simple por

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los Jueces de Primera Instancia y Alcaldes Municipales de las respectivascomprensiones, o se acreditará oportunamente en el Registro con lascertificaciones indicadas.

Art. 67.- Tanto en las escrituras de adquisición contractual, como en las sentenciasde expropiación yen las inscripciones de los inmuebles que adquiera AN.D.A,deberá consignarse las descripciones y áreas de los mismos conforme a los datosproporcionados por ingenieros de dicha entidad, no obstante que talesdescripciones y áreas no coincidan con las expresadas en los antecedentesinscritos.

Para hacer las inscripciones se prescindirá, en su caso, de lo dispuesto en el Art.696 C.

CAPITULO IX

Exenciones y Beneficios

Art. 68.- AN.O.A gozará de:

a) Exención de toda clase de impuestos, tasas y contribuciones fiscales ymunicipales, directas e indirectas, establecidos o que se establezcan, que puedanrecaer sobre sus bienes muebles o raíces, rentas o ingresos de toda índole,incluyendo herencias, legados y donaciones, o sobre los actos jurídicos, contratoso negocios que celebre, siempre que corresponda a AN.D.A hacer el pago;

b) Franquicia para la importación de maquinaria, equipos, materiales deconstrucción, útiles y demás elementos necesarios para la instalación ymantenimiento de sus oficinas, plantas, dependencias y servicios, ya sea laInstitución propietaria o copropietaria de ellos, la importación de los efectosamparados por esta franquicia, se llevará a cabo con sujeción a las leyes vigentesen la materia y comprende la liberación de derechos y gastos que cause lavisación de los documentos exigibles para el registro aduanal;

c) Suprimido.(3)

AN.O.A deberá pagar el valor de los servicios que reciba de las Municipalidadesy de las Instituciones oficiales, autónomas o semi-autónomas, si estuvierenlegalmente tarifados.(5)

Art. 69.- La exención a que se refiere el literal a) del Artículo anterior, comprendetambién los impuestos de alcabala y transferencia de bienes; los de papel sellado,timbres y derechos de Registro.

Art. 70.- A.N.O.A. gozará de preferencia, para el uso o aprovechamiento decualquier cuerpo de aguas u otros bienes de propiedad nacional o privada, quesean considerados necesarios para abastecimiento de aguas de descarga de

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alcantarillados sanitarios, sobre cualquier derecho que con las mismas finalidadestuvieren o alegaren personas naturales o jurídicas, organismos oficiales osemioficiales.

Art. 71.- AN.D.A podrá gestionar ante las autoridades competentes, lasuspensión o cancelación de cualquier concesión, uso o aprovechamiento deaguas o recursos de propiedad nacional o privada, que se considere necesariopara abastecimiento de aguas o descarga de alcantarillados sanitarios.

Art. 72.- AN.D.A podrá usar sin pagar indemnizaciones, impuestos, tasas ocontribuciones de cualquier índole, los bienes nacionales de uso público, actuandoen cumplimiento de sus fines y con arreglo a las leyes.

Art. 73.- Los bienes muebles e inmuebles con sus accesorios, que la Junta deGobierno estime necesarios y convenientes para llevar a cabo los fines de laInstitución, se declaran de utilidad pública y podrán ser expropiados en la formaque la Ley determine, si no se obtuvieren en forma contractual directa.

Cuando se tratare de expropiar bienes para fines de aprovisionamiento de aguas,la indemnización podrá no ser previa.

Art. 74.- Los bonos emitidos por AN.D.A gozarán de los siguientes beneficios:

a) El capital, los intereses y demás accesorios de los bonos estarán exentos detoda clase de impuestos establecidos o que en el futuro se establezcan en ElSalvador, tanto fiscales como municipales, incluyendo específicamente losimpuestos sobre la Renta, de Vialidad, de Timbres, de Sucesiones y deDonaciones;

b) Serán aceptados por su valor nominal en garantía del pago de derechos deaduana y consulares, de impuestos directos y de cualquiera otros impuestos,tasas y contribuciones, ya sean en favor del Estado o de los Municipios, y seránasimismo admitidos a la par como garantía en cualquier caso en que, pordisposición de la Ley o de las autoridades judiciales o administrativas, se requierala rendición de fianza o de cualquiera otra clase de caución; y

c) Los cupones de intereses vencidos serán aceptados por el Gobierno, por suvalor nominal, para el pago de toda clase de impuestos, tasas y contribucionesfiscales.

CAPITULO X

Disposiciones Generales y Transitorias

Art. 75.- A.N.D.A se considera como una Institución del Estado, sin perjuicio de laautonomía que la presente Ley le concede. Las disposiciones de esta Leyconstituirán un régimen especial que se aplicará con preferencia a cualesquiera

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leyes y demás disposiciones, a menos que éstas expresamente se haganextensivas a AN.D.A

Art. 76.- Las certificaciones de los libros y registros de AN.D.A firmados ysellados por el Presidente y refrendados por el Gerente Técnico o GerenteFinanciero, tienen el valor de documentos auténticos.(6)

Art. 77.- El Presidente, el Gerente Técnico, el Gerente Financiero, el AsesorJurídico o quienes hagan sus veces, comprobarán su personería comorepresentantes de con la certificación o transcripción de su respectivonombramiento o con el testimonio del poder otorgado a su favor, en su caso.(6)

Art. 78.- AN.D.A, no prestará gratis ningún servicio; y los cargos por serviciosrendidos al Estado, a cualquiera de sus divisiones políticas ya los Municipios,serán considerados como gastos ordinarios en los respectivos presupuestos ydeberán ser pagados de asignaciones hechas para tales fines, excepto en loscasos de calamidad pública y para el riego de jardines, parques y cementeriosadministrados por las Municipalidades y el servicio de hidrantes, todo dentro de loslímites permitidos por los recursos hidráulicos disponibles.

Se podrán instalar pilas o grifos públicos, los cuales serán costeados por elEstado.

La instalación y supresión de dichas pilas o grifos se hará a solicitud del Ministeriodel Interior, el que designará quién habrá de administrarlas.(4)(5)

Art. 79.- En los contratos que AN.D.A. celebre, se establecerá siempre unacláusula penal que sancione el incumplimiento de las obligaciones delcorrespondiente contratista.

Art. 80.- Para el mejor cumplimiento de sus fines, A.N.D.A. puede becar ocomisionar a miembros de su personal, para que realicen estudios o prácticas deadiestramiento en el exterior yen cualquiera de las ramas técnicas utilizadas porella.

Art. 81.- Las disposiciones de esta Ley nunca estarán en contravención con lasnormas sanitarias dictadas por la Dirección General de Salud, en cuanto a lacalidad higiénica de las aguas de consumo y en cuanto al grado de depuración aque deberán someter las aguas residuales para la debida protección de los caucesnaturales y de los cuerpos de aguas superiiciales.(6)

Art. 82.- En todo lo que no estuviere previsto por la presente Ley, se aplicarán lasdisposiciones de la Ley común.

Art. 83.- La presente Ley entrará en vigencia, ocho días después de su publicaciónen el Diario Oficial.

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Art. 84.- TRANSITORIO.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 78, lasMunicipalidades quedan exoneradas de las deudas que con la tuvieren al31 de diciembre de 1967, por los servicios de agua potable prestados hasta esafecha por la Institución.(4)

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los diecisiete días del mes deoctubre de mil novecientos sesenta y uno.

ANIBAL PORTILLO.

FELlCIANO AVELAR.

MARIANO CASTRO MORAN.

Francisco Argüello Escolán,Subsecretario de Economía, Encargado del Despacho.

Julio Noltenius,Ministro de Obras Públicas.

Ruy César Miranda Lupone,Ministro del Interior.

D. Ley N° 341, del día 17 de octubre de 1961, publicado en el 0.0. N° 191, Tomo193, del 19 de octubre de 1961.

REFORMAS:

(1) D.L. N° 7, del 10 de febrero de 1962, publicado en el 0.0. N° 25, Tomo 194,del 7 de febrero de 1962.

(2) D.L. N° 130, del 17 de agosto de 1962, publicado en el 0.0. N° 168, Tomo 196,del 14 de septiembre de 1962.

(3) D.L. N° 342, del 3 de julio de 1963, publicado en el 0.0. N° 132, Tomo 200, del16 de julio de 1963.

(4) D.L. N° 523, del 4 de diciembre de 1967, publicado en el 0.0. N° 231 Tomo217, del 15 de diciembre de 1967.

(5) O.L. N° 161, del 24 de octubre de 1972, publicado en el 0.0. N° 204 Tomo 237,del 3 de noviembre de 1972.

(6) O.L. N° 386, del 30 de octubre de 1975, publicado en el 0.0. N° 213, Tomo249, del 17 de noviembre de 1975.

(7) O.L. N° 474, del 25 de marzo de 1976, publicado en el 0.0. N° 65, Tomo 251,

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del 2 de abril de 1976.

(8) D. Ley ND 517, del 5 de diciembre de 1980, publicado en el D.O. ND 230, Tomo269, del 5 de diciembre de 1980.

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DE PRIMERA PUBLICACIÓN

Carteles Nos. 19552,19534-Bis, 19446, 19449, 19450.194~4.19492.19495,19499.19500,19501,19529,19531.19532_ ¡9547. 19543. 19549,19550,19551, 19556, 19557,19551'.,19559, 195óo,J9566, 1956', 19516·'Bjs. 19498,19445. 19524.8i,. 19561. 19567. 19447. 19509. 19527, 19493.19513,19522.19535,19536,19537.19538,19539,19540, 19519, 19528.19491,19456.19503.19504.19517.19505.19521, 19526. 1954J.19544.19545,19546, J9455. 19502, 19457. 19460. 19462, 19507, J9686. 19828,17528, t7401, 17557. 17540, 19607·c' 1%08-C, 19609-C.1961G-C, 19611·C, 1%12·C, 19613-C. 19614-C. 19615·C. 19616-C, 19617-C, 19616-C,19616-C.19617-C.I9618·C. 1%19-C,I%2G-C, 19621-c' 19622·C.19623­C, 19624·C. 19625·C, 19626-C, 19627-C, 19628·C, 19629-C, 19630-C.196Jl·C, 19632-C. 1963J,C, 19634-C. 19635·[, 19669-c. 75.]00

Jl,llllij' ~ESJ

MINISTERIO DE EDUCACIÓNResolución No. 451. -Reposición de Título a favur de David

Alvarndo Alvarado. lOO

Carteles Nas. 19804-lv, 19807·lv, 19814-lv, 19818,lv. 19819-1 v, 19820­Iv. 19826-1v, 1ge21-1v. 19830-lv. 1983~lv, 198·m-lv. 19845-lv, 19853-lv,198:i4-lv, 19&55-1v, 19~58·Bis·tv. 19M1·]v, 19B87·lv, 19891-Iv, 19897-!v,J9902·1v.l99OJ-Iv.1979'f-1 v,¡9803-1 v,I988G-Iv,19865-1v, 19905-lv, 19824­Iv. 19833-1v. 19857-1v. 19858· j v. 19864-1v. 19896-lv. 19866-1v, 19867-!v,19878·lv, t9879-1v. 19800.19801.19808.19842, 19888.19890,19');14.19895.19884, 19829, 19832, 198B, 19854-Bi" 19894, 19R05, 19886, 19836. 19834,19863, 19815.19809.19802.19835,19837,19838,19849, 19846.19812.19821.19822,19883. 19831. 19830-Bis, 1988t. 19882, 19860, 19842·Bis, 19892, 19844,19889, 19857, ]9848. 19851, 19852. 19853-Bj,. 191'.56, 191'.68, 198M. 19870.19871.19872,19873, 19874, 19875, 19847, 1984t·C, -..... 28-53

DE SEGUNDA PUBÚCACJÓN

Carteles Nos. 19712,19720. 19591, 19592, 19593. 1959~, 19598.19600,19601.19502.19636. 1964ft 19642.19643.19670.19671,19672,196n. 19683.19692.1%93.19694.19701. 19702, 19703, t97H 19716.19721.19644,19645.19646,19647,19687,19688.19689,19691),19705,19708, 197\5, 19717. 19718. 19719. 19722, 19571. 19572. 19573. 1%41,19663,19713.19637.19730.19660,19661,19662,19665.190567.19576.19577,19578.19579.19588,19648,19649.19650,191>51,196,,"- 19673. 54-7419674.19676,19686, 1:n15, 19777·c' 19763·C, 19764-C ..

DE TERCERA PUBLICACIÓN

REPUBLICA A LOS SEÑORES ERNESTO ANGULO Pág.DELGADO, JOSE ARTURO MARTINEZ; RICARDOERNESTO LINDO; ANA MARIA GUZM:o\.N DEALVARENGA, FRANCISCO ALBERTO MAFTINEZMARTTNEZ, ARGELIA HERNANDEZ RIVERf., ANAGLADYS SILVA AVALOS, JOSE ALFREDO ABREGOZELADA, ARMANDO FONSECA MANelA, DANIELGOMEZ. FRANCISCA DEL CARMEN AVALOS VDA. DESILVA Y JAIME ERNESTO TURlSH MARTINEZ. (~lt). ..... 24.25

Cartel No. 754.• DECLARATORIA DE MUERTEPRESUNTA DEL SR. REXVIL ALFARO GOMEZ. (';.) ...... , 25

DE TERCERA PUBLICACIÓN. Carteles Nos. 728, 729, 730, 731 Y132.- ACEPTAOON

DE HERENCIAS A FAVOR DE LA SENaRA MARrA DELCARMEN CASTilLO VDA. DE MEDRANa; TERESA DEJESUS ROMERO VDA. DEFUNES; LEONCIA FERt'-lA!"IDEZ:HORTENSIA CALDERON y MENOR GABRlELA EDITHAPARICIO GRADY. (all). 2(j..27

Cartel No. 733.- TITULO DE DOMINIO A FAVOR DELA SRA. SANTOS LUISA ARANDA . (alt) " " 27

Cartel No 734,- TITULO DE PROPIEDAD A FAVOR DELA SRA. NAZARIA ROMERO DE CLAROS. (all). 27

22

24

22

Pág.

19-12

18-19

21·24

DIARIO OFICIAL

Dirección: 15 Av. Sur)' 4a. C. fre. # 829 S.S. TeL: 221-35<W -' Página Web: wlI'lI',gQberrwcw/l.gob.sv/áiDrio_oficial • Correo: diario.ofirw/@gobemacion,gob.sv

Acuerno No_ 15~0417. ~ Se autoriza laCreacíón, Nominación

f.r;;~e~~~~~~~~.~.~~..~.~~..~~~~~i.~.:'~~~~ .. I.~:'a.~.t.i.: ..~.i.ñ.~..:'~.~~~...d.e ;¡Acuerno No. 15.0762.- Se autoriza la Nominación del

Centro Eseo lar Cirilo Antonio Quintanilla Vargas. ... ......... ...... ;/

ANEXO 9

RAMO DE EDUCACION

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL'

DE PRIMERA PUBLICACiÓNCarteles Nos. 755. 756. 757, 758, 759 Y_760.­

DECLARATORlA DE HEREDEROS A FAVOR DE MARIAPEDRlNAHERNANDEZPENA DE HERNANDEZ;CARMENDURAN MONTOYA DE PENA Y OTROS; EVA ARIASVDA. DE VALLADARES Y OTROS. MARIA ROSASERVELLON VDA. DE GARCIA; TERESA DE JESUSALVARENGA, JUANlTA GUERRERO Y OTROS. (1 v. l....

CarrelesNos, 761, 762, 763. 764, 765, 766. 767. 768)'769.­ACEPTAClON DE HERE~CIAS A FAVOR OH lSOLINAESPTNOZA DE Z:\LDrvAR; MARIA DIONISIA DE LA CRUZDEGRANADOS; ANA JULIA SORIANO CRUZ; CRlSTOBALMENDOZA PEREZ; CAUXTO SANCHEZ; MAURAAZUCENA SERRANO DELGADO; MELANIA Y ANIRACASTILLO VDA. DE CARBAJAL; HEIDY JOHANNAMENDOZA LOPEZ, CINDY JUANITA CASTILLO GAMEZMENOR y OTROS. (alt) .

Cartel No. 770.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DESANTOS PORFlRIO RAMIREZ MELARA. , ,.,..

Carteles Nos. 771 v 772,- PUBLICA SUBASTA JOSEDA VTD BENITEZ U!'MUS CONTRA LA SOCIEDAD

,AGENTES DE EL SALVADOR,SA. DE CV; JORGEMAURICIO LOPEZ ARGUETA CONTRA LA SOCIEDADSERVICIOS PROFESIONALES. DE SEGURIDAD, S.A. DEC.V. (all), , .. ..

DE SEGUNDA PUBLICACiÓN

Carteles Nos. 736, 737,738.739 Y740.· ACEPTACIONDE HERENCIAS A FAVOR DE lOEL ADALBERTO ALASDERAS y OTRA. MARIA ,'\MALlA VASQUEZ; LUCIACHIQUILLO VDA. DE CHIQUILLO y. OTROS; NOR!VlAESMERALDA BENAVIDES Y MENOR; GLORIA ELBASANCHEZ. (alt) ~ .

Cartel No. 741.· TITULO SUPLETORIO A FAVOR DEJaSE COLOMBO ARGUETA, - .

Carteles Nos. 742, 743. 744.- EDICTOS DEEMPLAZAMIENTO DE LA CY)RTEDE CUENTAS DE LA

ALCALDíAS MUNICIPALES

'!c·:''';~DecletoNo:Lc Orl).enan7.a pai"aC~nsef'l.a~i?n~ .Pf,0t~e~~deJos Bosque.'! del MumClplO de Suchlloto ,.., ,..~ ]-7

.•.. ,i..pecretQNo:3'70rdenanZa,paraelManejo.Adecuado~11íitAgilas Negras yPlanta deTratJUJllento¡;IelMumclplodeSuchilotO. 8-11

._ .... .'@i$tóN~?~R~~~~~~a~;R~~~;ljfd~~gf~4~b1MuntdÍllode-SUchiloto_~, , ;.. ,............................... 11-17~', .0.' •

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l~

LL Ir~Dfil¡ff~i!••~111lrr~~MINISTERIO DE EDUCACIÓN

RAMO DE EDUCACION

LLLLLLLLLlL·l

ACUERDO No 15-0417.-

San Salvador, 24 de abril de 2002.

ElOrgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: 1) Que mediante Resolución No. 177 de fecha19de abril de 2Q92, emitida parlaDivisión de Acreditación, se aprobó la Creación y Funcionamiento del Centro Educativo Privado COlEGJO "JARDININFANTIL NINO JESUS DE PRAGA" ubicado en 33 Avenida Sur No. 4-11, Municipio de Nueva San Salvador, Depanamento de La Lihertad, paraque funcione el Nivel de Educación Parvularia, jornada diurna: Il) Que en la misma Resolución relacionada en el numeral anterior se reconoce comoDirectora a la Profesora Dinorl)ll Adilia Ramos de Aguijar, NIP No, 2106697, PDN2~ nI) Que se realizó inspección y se comprobó que cumple con lascondiciones adecuildss.parn que funcione como Centro Educativo; IV) Que seglln Cel1ificación de Acta No. 143, Punto IV, de fecha 4 de alJril de 2002,la Comisión Nominadora,de Centros Educativos aprobó la nominación del Centro Educativo referido en el considerando anterior com,> COLEGIO"JARDIN rNFANTIl. NINO JESUS DE PRAGA". Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación; POR TANTO. COIl base en lasrazones expuestas y a las facultades que I~ Ley le concede, ACUERDA: l) Autorizar a partir del 3 de enero de 2002, la Creación, Numinación yFuncionamiento del Centro Educativo Privado COLEGIO "JARDIN INFANTll...NINü .TESUS DEPRAGA", en el Nivel de Educación Parvo Iaria,jomadadiurna; 2) Reconocer como Directora a la Profesora Dinorah Adilia Ramos de Agui lar, NIP No. 2106697, PDN2; 3) S u infraestructura será idcntificada conel Código No. 21009. COMUNlQUESE. (Rubric~dopor el señor Presidente de la Rcpública). La Ministra de Educación, A E. JACIR S.

(Mandamiento de Ingreso No. 20304)

ACUERDO No. 15-0762.-

San Salvador, 2 de julio de 2002..

El Otgano Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que se ha tenido a la vista la Certificacióndel Acta Nn. 145, Punto IV. de fecha 3 de junio de 2002, de la Comisión Nominadora dc Centros Educativos, en la que consta que ésta aprobó laNominación del Celltro Educativo Oficial CENTRO ESCOLAR "DE CAROLINA", como CENTRO ESCOLAR "CIRILO ANTONIOQUINTANI­LLA VARGAS", ubicado en Barrio El Calvario, Municipio de Carolina, Depanamenfo de San Miguel, que estará funcionando con lo~ niveles )'aautorizados potelMinisterio de Educación y con el Código No. 12782; POR TANTO ACUERDA: Autorizar la nominación del Centro Educativo OficialCENTRO ESCOLAR "DE CAROLINA", con cl nombre de CENTRO ESCOLAR "CIRll..O ANTONIO QUINTANILLA VAROAS", El presenteAcuerdo surtirá efecto a partir del presente aiio. COMUNIQUESF', Rubricado por el Señor Presidente de la República, La Ministra de Educación, AEJACrn.S. .

ALCALDíAS MUNICIPALES

DECRETO No. DOS.-

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SUCHl'fOTO, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN,

II

I

CONSIDERANDO:

LLLl

l.

n.

m.IV,

Que de conformidad con el Art. 204 Numeral 5°, de la Constitución de la República de El Salvador, Art. 3 Numeral 5° y Art. 30 Numeral4° del Código Municipal, es facuItad de los Municipios en el ejercicio de su autonoJIÚa. DECRETAR ORDENANZA parael mejor desarrollo

de sus competencias.

Que dec~morinidadcon' el Art.·4 Numeral 10 YArt. 31 Numeral 6 Código Municipal. es competencia y obligación Municipal incrementary proteger los recursos naturales renóvahles y no renovables.

Que los Bosque~ son re~ursos~aturajesque constituyen a la conservación, incremento, y equilibrio de los demás recursOS naturales.,

Que es not~rioel deterioro ecológico ocasionado por la tala indiscriminada de árboles en los bosques de esta comprensión Municipal. si~éi6n'" .que arnerit.a la intervención de las autoridades legalmente constituidas para regular el uso y aprovechamiento de los bosques Y eVItar así .,

consecuencias mayores al Medio Ambiente.

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V. Que es necesario salvaguardar los bosques remanentes del Muiticipio y el área forestal de la subcuenca del Río.

VI. Que es necesario disponer del Instrumento Jurídico que regule todo lo relacionado con el incremento, protección y aprovechamiento de losbosques ubicados denITa de la jurisdicción de este Municipio.

POR TANTO:

El Concejo Municipal de Suchitoto. Departamento de Cuscatlán, en uso de las facultades establecidas en los Artfculos 204 Ordinal So, de laConstitución de la República y Artículos 30 Numeral 4 Art. J Numeral 5 del Código Municipal DECRETA la siguiente:

ORDENANZA PARA LA CONSERVACION y PROTECCION DE LOS BOSQUES DEL

MUNICIPIO DE SUCmTOTO, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN.

TITULO 1

OBJETO Y DEFINICIONES

CAPUULOI

DEL OBJETO, AMBITO DE APLICACTON y DEFINICIONES.

Objeto

Art. 1.- El objeto de Ia presente Ordenanza es el de regular el uso y aprovechamiento de los bosques, evitando el deten oda de los mis mas, así comoiricrementar] os y protegerlos.

Ambito de Aplicación

Art, 2.- Las presentes disposicio¿es serán de obligatorio cumplimiento para todos los habitantes del Municipio de Suchitoto, Departamento de .Cuscatlán y visitantes.

Definiciones

~.3.c Pnra el mejor entendirriiento de la presente Ordenanza y' para efectos de la misma se entenderá Por BOSQUE: Toda superficie de tierracubierta total o parcialmente por árboles o arbustos;'

FORE..'5TACION: Es el establecimiento de un bosque sobre terrenos en los q~e anles no había vegetación arlJorea: -

IllDROHALOFILA: Es toda clase de v~getadónen tierra húmeda yagua salobres. optan para la fore'stación e inadecuadas P'1Ia el cultivosagrícolas o pastoreo;

REFORESTACION: és el establecimiento de un bosque en forma natural o artificial, sobre terrenos en que la vegetación que abarca seainsuflciente o no elliste:

APROVECHAMIENTO FORESTAL SOSTENIDO: Es el uso racional de los bosques que garanticen su conservación pemianente;

RESERVA FORESTAL: Es la superficie de tierra cultivada de árboles o arbustos declarada oficialmente por el Gobierno Naciofl" 1o Municipal.como zona de reserva forestal, estas reservas gozan de la protección especial de todos los habitantes autoridades del Municipio y no podrán destinarsepara otros fines.

ZONAS PROTECTORAS: Son masas boscosas que tienen como fin la protección de lagos, manantiales, poblados y carreteras;

ZONAS VERDES: Son predi os cultivados de árboles y arbustos para el espnrcimiento y recreación de la población;

PARQUES NACIONALES: Son masas boscosas con fines creativos propiedad del Municipio.,¡ • • " • - - -

RECURSOS NATURALES: Renovables, son los que están deteriorados pero pueden renovarse a través de prácticas de recuperación., ,No reno~ables son los que han sufrido alto grado de deterioro y no es posible sU recuperación.

TITULO nCAPITULO UNICO

PERMISOS

DelPermi~o

Art' 4.c Toda aquella pe~ona que quisiera talar un árbol, deberásolicitar'el permiso respectivo de acuerdo a la Ley Forestal.

Requisitos para el permiso

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Art. 5.- Los requisitos y procedimiel1iOS a seguir serán los mismos que la Ley Forestal y el Servicio Forestal estipule, con conocimiento de lamunicipalidad.

TlTULOUl

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES

CAPITULO I

OBLIGACIONES

Obligaciones del propietario de inmueble

An. 6.- Es obligación de todo propietario de inmueble rustico, destinar una porción del terreno al cultivo de árboles.

Obligaciones de los.h~bitantes, .... ""'~. .Art. 7.- Todos los habitantes y autoridades del municipio están en la obligación de incorporarse a las campañas de protección y fomento de los'

bosques.

Laprotección de todos los recun;os naturales principalmente aquellos ubicados en terrenos de su pwpiedBd sean éstos: HJ'tlrico, flora o fauna;tomEllldo como criterio de protección que por árbol tajado deberá sembrar veinticinco y manlcner vigilado su crecimiento pur 10 menos añoy medio.

*. Es obligación de lodo propietario de tierras de vocación agrícola o forestal y con apoyo técnico, coostruir barreras vivas o muertas paraproteger el suelo de la erosión, en aquellos lugares qüe por su topografía lo ameriten..

A la persona que se. le autorice la tala de un árbol

Art. 8.- Estará obligada a la siembra de por lo menos veinticinco árboles.

bel aviso a autoridades

Art. 9,- El: obligación de todo ciudadano dar aviso a las autoridades del Municipio del conocimiento de daños que se esté causando a los bosques,parques y reservas forestales. Las autoridades procederán inmediatamente a realizar inspecciones para deducir responsabilidades.

Dueños de Ganado

Art. 10.- Los propietarios de ganado están en la obligación de evitar los daños que sus animales puedan causar a las zonas forestada~..

COIL~en'ación e incremento de los recursos forestales

Art. 11.- El Municipio, velará porque se dé cumplimiento al artículo 4 de la Ley Forestal; relativo a la conservación e mcremento de l0s recursos. forestales del Municipio y de todas aquellas actividades conexas o conducentes a dichos fines. tales como:

a) La prevención y combate de erosión de los suelos;

b) La protección de cuencas hidrográfica~y de las zonas altas de éstas, mediante la conservación, mejora o estableci míento de área~ forestaleso la repoblación forestal de las mismas;

c) r La conservación y embellecimiento de las zonas forestales turísticas O de recreación;

d) El fomento de conservación de cortinas rompe.,.ientos;

e) La fonnación de bosques en terrenos incultos y en los pantanos

f) .La ejecución de obras de forestación o reforestación destinadas a la protección y conservación de las carreteras, carninas y centro~ de recreoo esparcimiento; y

g) El establecimiento de reservas forestales y parques nacionales.

Zonas preferenciales para reforestar

Art. 12.- Es obligación de los habitMtes del Municipio, avisar a las autoridades del Gobierno Municipal la existencia de las zonas preferencialespara forestarlas, reforestarlas o CQnservarlas por su condición de bosques protectores.

Para Jos efectos del inciso anterior, s~ consideran ronas preferenciale.s aquellas que por su ubicación sirvan para: Proreger el suelo, carreteras.caminos, riberas de ríos, orillas de canales, y asequias; preverrir la erosión de terrenos con pendientes mayores del tre.inta porciento;defenderlos suelos

canrra la acción de inundaciones.

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Siemh~as de á~boles ornamentales

Art. 13.- El Municipio púr medio de la~ directivas de A~ociación comunal o grupo~ cívicos forestales. procederán a la siembra de árbolesomamentalés en áreas verdes, plazas, parques, calles, avenidas y pasajes de la ciudad y comunidades del Municipio.

La Unidad Ambiental procurará que las especies de árboles que se seleccionen sean apropiadas para tal fin, de modo que no causen daños a lascasas e infraestructuras.

Grupos Cívicos Fo~estales

Arl. 14.- El Gohierno Municipal propondrá al ServiCio forestal y de Fauna del Ministerio de Agrícultura yGanadería, lacreaci6nde Grupos Cívicosforestales, forrnados por personas particulares, con el objeto de que participen en todas aquellas actividades tendientes al incremento y protección delos recursos forestales de este Municipio, las cuales serán coordinadas por la Municipalidad.

, .De la taJa de árboles

CAPITULO nPROillBICIONES

Art. 15.- Se prohíbe a las personas Naturales o Jurídicas la tala y poda de árboles sin el permiso extendido por la autoridad competente, previa lainspección y condiciones pertinentes.

Arto 16.- Se prohíbe la tala de árboles sin el correspondiente permiso forestal, extendido por el Servicio Forestal y Fauna del Ministerio deAgricultura y Ganadería, lo cual no lo exime del pago de impuestos a la Municipalidad y de la obligación comprendida en el Art. 6 de esta Ordenanza.

De los o.orerraderos

Art. 17,- Queda terminantemente prohibida la ubicación de aserraderos en bosques sin el permiso extendido por la autoridad competente;previala inspección y condiciones pertinentes. . .

De las he~~amientas utiliZadas

Art. 18.- Prohibido i:l osod~motosierra y si se haya infrnganti, sedecomisarán; pnraque sea utilizada tendrán que solicitarpermiso a las Autoridades

competentes.

De las p~ácticas.dequemas'

Art. 19 Se prohíbe las prácticas de quema en los terrenos asícomo la instalación de establecimientos cuyo funcionamiento puedaprovocar incendios

forestales.

Transitar o acampar en bosques

Art. 20,- Se prohIbe acampar en los bosques, zonas protegidas de.reserva y parques nacionales declarados como reserva ecológica, sin elcorrespondiente permiso de las autoridades competentes.

De la explotación del rernrso bosque

Art. 21.- Los propietarios, arrendatarios, usufiucttlariOS o poseedores a cualquier título que contengan bosques o zonas protectoI1ls, no podráncJ(plotar este recurso natural sin la autorización de la autoridad correspondiente.

Del desmmite de tl~rra

. Art. 22.- El' desmonte de tierras para usos agrícolas o ganadería, no podrán realizarse sin la autorización'de las Autnridades Locales, Ministeriode Medio Ambiente y Recursos Naturales quienes deberán hacer los estudios e inspecciones correspondientes, a efecto de determinar si procede o no

la autorización.

De los Centros Turisticos '

Art 23 Las personas naturales d' jurídicas que establezca Centros Turísticos en lugares boscosos. deben obtener el permisocorre,pondiente ycomprometerse a no causar daños ?ue pueden poner en peligro de extinción los recursos naturales..

Se prohrbe el daño intencional a los árboles con el propósito de aprovecharlos posterinrmente.

* Se prohíbe que se exceda de la cantidad de árboles a talar establecida en el permiso correspondiente.

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TITULO IV

SANCIONES

CAPITULO UNICO

SANCIONES

De las sanciones

Art 24,- Sin perjuicio de ]as sanciones establecidas en otras leyes de la materia. a]as perso~asnaturales o jurídicas que infrinjan las disposicionesde la presente OITIcnanza Muniúpal, se les sancionará de acuerdo a lo estipulado en el presente capítulo, ,

De la Clasificación de las infracciones

Art 25,- Las infracciones serán clasificadas de la siguiente manera: Graves, menos graves y leves,

Infracciones 'tJrltves

Are 26.- Las INFRACCIONES GRAvES serán sancionadas con mu]tasde UN MIL COLONES A DIEZ MlL COLONF.s, embJeciéndose elmonto tomando en cuenla la capacidad económica del infractor y el daño causado,

SON INFRACCIONES GRAVES:

aJ Talar bosques sin el penniso correspondiente;

b) Aprovechamiento forestal en exceso de lo autorizado;

c) Incumplimiento de las condiciones pactadas al momento de obtener el permiso o autorización;

d) Cambiar el cultivo forestal por actividades ganaderas o turísticas;

e) Provocar incendios en los bosques, parques, o reservas forestales;

f) Instalar aserraderos, maquinaria, materiales, combustibles o explosivos en bosques y zonas forestales sin autorización pre'cia o requisitospreventivos;

g) Negarse a presentar a las autoridades y agentes auxiliares, los documentos que amparen ellransporte de madera, leña y otros productosderivados de los recursos forestales; y

h) Impedir las inspeCCIOnes que las autoridades en el cumplimiento de su deber realicen o pretenden realizar.

Infracriones Menos Graves

Art 27,- Las INFRACCIONES MENOS GRA VES serán sancionadas con multas de CIEN COLONES A QUINIENTOS COLONES Yseestablecerá el monto tomando en wenr.a la capacidad económica del infraclor y el dafío causado,

SON INFRACCIONES MENOS GRAVES:

a) Causar daño por cualquier medio a los recursos forestales;

b) [ncumplir las disposiciones de los Decretos:

e) Infringir las medidas para prevenir y combatir incendios forestales;

d) Ejecutar quemas. incendios accidentales en bosques y demás zonas forestales; y

e) Traspasar pennísos y autorizaciones o cederlos a cual título a otras personas, sin el consentimiento de la autoridad que lo e,dendió,

Infracciones Leves

Art. 28,- Las INFRACCIONES LEVES serán sancionadas con multas de CINCUENTA COLONES A CIEN COLONES Y se establecerá elmonto tomando en cuenta la capacidad económica del infractor y el daño causado.

SANCIONES LEVES

a) Talar árboles en forma aislada que por razones históricas o de índole especial debe~ ser conservados. salvl> el permiso correspondiente;

b) Mantener ganado mayor o menor dentro de los terreuos en reforestació~;

c) Podar árboles sin causa justificada. que ponga en peligro la vida de los mismos; y

d) Dejar abandonados materiales que por su naturaleza puedan provocar un incendio en lo~ bosques, parque~ y zonas de resef\a forestal,

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~~!!lJl!!llll~i~/li¡:r}'í~iDe la reincidencia

Art. 29.- Los actos de reinddencia de los casos mencionados en los artículos anteriores serán sancionados con una mulla equivalente al dnble delas misma~. sin sobrepasar el máximo de Diez Mil Colones.

De la inspección

Art. 30.- De lada infracción forestal, se hará la inspección correspondiente por Ins autoridades competentes y se levantará acta de la lnisma quequedará archivada en expediente de la Municipalidad.

~I acta de inspección

Art. 31.- Una copia del acta de inspección será remitida al infractor y aira al Cuerpo Auxiliar de Seguridad de] Municipio.

Del Procedimiento

Art. 32.- Cuando el Alcalde o Funcionario delegado tuviere conocimiento por cualquier medio que una persona ha cometido infnJcción a lasOrdenanzas Mun\c"'í¡mJés ioitiará el procedimiento y buscará las pruebas que considere necesarias.

De la prueba obtenida notificará en legal forma al infractor para que comparezca dentro de las cuarenta y ocho hora~ siguientes a la n'}titicación.Si compareciere o en su rebeldía abrirá a prueba por tres dfas y pasado eltemuno resolverá dentro de los dos días siguientes.

Para dictar sentencia, la autoridad adquirirá su convencimiento por cualquiera de los medios establecidos en la Ley.

La certificación de la resolución que imponga una multa tendrá fuerza ejecutiva.

Cuando los representantes de la autoridad detuviere'u UDa persona infragante. por infracción ulas ordenanzas municipales será cansi gnado a la ordendel Alcalde o puncionaría delegado y éste dará audiencia por veinticuatro horas al infractor y con lo establecido en el Código Municipal.

CAPITULO V

l\ilEDIDAS PREVENTIVAS

Art. 33.- La prevención y control de la erosión de los s"oelos, deberán ser promovidas por la autoridad competente sobre la materia para este efectodeberán evitarse: quemas y la tala indiscrimanada de los árboles.

Art. 34.- Toda persona natural o juridica que quisiera aprovechar los recursos forestales dentro de este Municipio, deberá contar con lus pennisosde la auturidad competente en coordinación con el gobiemo local y las disposiciones que establece la presente Ordenanza

CAPInJ1,OVl

DISPOSICIONES FlNALES y VIGENCIA

De lo no previsto

Art. 35.- Todo lo que no esté previsto en la presente Ordenanza, se regulará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Forestal y demás afines

Vigencia

Art. 36.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho dfas después de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL SALON DE SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SUCHITOTO, DEPARTAMENTO DECUSCATLAN, A LOS DOS DIAS DEL MES DE AGOSTO DOS MIL DOS.

ISAIAS SANDOVAL ALAS,

ALCALDE MUNICIPAL.

MODESTO ELlO LEON ESPINQZA,SINDICO MUNICIPAL.

EDUARDO GIRON MELGAI\,PRIMERO REGlDOR'-

Al'!A MAR] A MENJlVAR,SEGUNDO REGIDOR.

PEDRINA RIVERA HERNANDEZ.TERCER REGIDOR.

JOSE FREDY DUR'AN,

CUARTO REGIDOR.

JOSE TOMAS PORTILLO,QUINTO REGIDOR.

MARIO NELSON Ay ALA,SEXTO REGIDOR.

REYNALDO ANTONIO PINEDA,SECRETARIO MUNICIPAL.

(Mandamiento de Ingreso No. 2(269)

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10

CAPITIJLOI

ORDENANZA M1JNTCÍPAL PARA "PROTECCION DEL RECURSO IIJ1)RICO1 l~'''' .>:J,':_ ~;-,-,-,!, -- :~·ll"('.;' . -' q' •

DEL MUNICIPIO DE SUCIllTOTÓ, DEPARTAMENTO DE CUSCA"I1..ÁN,j., -.- ' ."-:'.,' - ,. -, _.,

Incrementar larecarga de los rnantusacuíferos y fuentes abaslecedoras de agua para consumo humano, fuentes de pesca, agrícolas e industrial;

La Administración de los si<tema,de agua potable estarán bajo laadministración de comités legalmenteconstitllidos,juntas deagua o empresa

de sf"rvjcios.

Prombyer la reforestaci6u, princ.ipalmente en las riberas'de los rfoS',qué1Jr;¡das, pozos, y otras fuentes de agua;... , •.c1··

Evitar la deforestaci6n de los bosques del municipio,

COlltrolar el lavado de bombas de fumigar y otrosu[ensilio~ que contengan algún tipo de sustancias tóxícas, dentro 'de cualquier fuente de

agua,

f.:Protege.. las cnencas Considerando; mantos acuíferos, ríns, quebradas, Lago Suchitlán, pozos de abastecimiento de agua, isla, etc, que se

'encuentran en el Municipio;

*

*

a)

* .La protección Ambiental para las fuentes onacímientos de agna, del territorio municipal, 70nas de proteccjón contra la contaminación. se

pmtegerán con Un radio de 300 metros y un radio de protección forestaL '

DISPOSICIONES GENERALES OBJETO

* Ríos: Se mantendrá como zona 'de protección inmedi3t., nn área forestal de 50 metros por lado,

* Tanques de captaci6ri: iJn rallio lIe protección forestal de 25 metros,

Poz ( broqueles ) de ahastecimiento de agua un radio de protección fore~t"l de 100 metros.

~< " -: -- -'- - '-. . "''-, ~.~, , '. . .'- .VI Que la coordinación entre las diferentes instituciones deGobierno y de otra naturaleza con el Concejo MunicipaL es de trascendental

importancia para optimizarrecursos y obt~ncj611 de meJore's resuJtaclúSen h consccuclón de objetivos, para alcanzar erdesarrollo sostenible

de este municipio.

Que de confonnidad con el Artículo 204, numeral 5 de la Constitución de la República, Art, 3 numeral 5 y 30 Artículo 4 del Códigr, Municipal,

es [~cultad de los municipios en el 'ejercicio de su autonomía decretar Ordenanzas, para el mejor desarrollo ~e sus competenc:a"

JI Que de conformidad con el Articulo 4, numeral 5, lO, 19 Y22 YArticulo 31 nwneral6 del Código'Muñicipal. es competencia;' obligación

M,micipal incrementar y proteger los recursos naturales,

III Que la cOlltaminación por desechos sólidos, la sobre explotación del medio ambiente y del recurso hídrico, en particular es Darte de los

principales' problemas del Mun ícipio de Suchítoto por lo'que se hac~ necesaria Ii! intervenc i<ln de his autoridades legalmente (onsti tuidas,

para regnlar y controlar las actividades que atcnten a la 'protección y,conscn>ación del mismo, evitando así consecuencias que ;,fecten a las

IlTeScntes;'y'futuras generaciones;

IV Que la deforestación afecta directamente la infiltración del agua a los marlios'acuiferos e incrementa la erosión del suelo, contribuyendo a

dislllmui r Ia calidad y cantidad de las diferentes fuen te,s de agua;

V 9ue la tJlla ilegal de bosques para uso agrícola, lotificacione~, construcción dCmt"raestructma yotros; pone en riesgo el equilibno ecológico

,del municipio, por lo que ~c vuelve necesario la particip~cióo de la población dc Sucrntoto, Municipios vc:inos, Instituciones d~ Gobierno,

ONGs Asociaciones Comunales Cooperativas y otros. Para la protección de los recursos.

b)

" En us(; de la.~ facultades constitucionales yMunicipales, este Concejo MLiniciral decreta 1asi guien:te:

CONSIDERANDO:

DECRETO NQ. CUATRO

EL CONCEJO ¡l¡lUNICIPAL DE SUCHITOTO, DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN.

Art, l.:PROTECCION DEL ÁlJUA

PüRTANTO:

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Ambito de Aplicación

Art. 2.- Las disposiciones de la presente Ordenanza se aplicarán dentro de los lfmites establecidos de laiurisd¡~Ci6DMunieipal de Suchit,to.

Competencia

Ari. J.' Compete al Concejo Municipal o su delegado. según el An. 4 del Código Municipal la aplicación de la presenle·ürdenam.a.

Definiciones

Arlo 4.- PSIa los efectos de la presente Ordenanza se con,ilieran la, definiciones siguientes:

Río corriente qe aguas contínuas más o menos caudalosas que van a desembocar en oLTa ° en el mar.

Medio Receptor: "f0do sitio, río, quebr.lda, lago, laguna, manantial, embalse, mar, estero, manglar, pantano y 'otros previamente autorindos, donde

se vierten aguas r~~i'JP.ales, ~xcluyendo el sistema de alcant.jlrillados.

'Rtciclajeo Recirculación: Es la utilización de todos los desechos sólidos, líquidos o gaseosos que pueden ser'utilizados nuevamente. ya .~ea en su

estado actual o por medio de tramformaciones ffsicas, químicas, mecánicas o biológicas. ":-:;'.. , .

Efluente: Descargas contaminadas al ambiente parcial o totalmente tratados en su estarlo natural>;""" .... "'.,'

.. Estero; Terreno inmcdiatos a las orillas de lo~ 'ríos, en que se extiende y mezclan las aguas dulces

Reu'so; Aprovechamiento de un efluente antes o en vez de su vertido.

Confami nación; Térmi 110 genérico que designa el efecto de la acción de contamin;¡ntes o agentes tóxicos'o infe.cciosa., en el a~lbiente, que molestan

o peljudican la vida, la salud y el bienestar de la población, la flora y la fauna, qlle degradan la calidad del ambiente y.en genera.! el equilibriO' ecolÓgiw.

Deforestación: Término aplicado a la separacióil o disminución de'las superficies cubiertas por bosques y selvas;hecho que tiende a, mmentar en

todo el mundo.

Mcdio Ambiente: El sistema de elementos bióticos, abi6ticos, socio económicos, cUI~rale.sy estéticos que interactúan entre sí, con lo; individuos

y con la comunidad en la que viven, detenlÚnando su re~3ción y sobrevivcnda en el tiempo y el :spac~? 'd~~o'-'-

Recursos Naturales: Elementos naturales qne el hombre puede aprovechar para satisfacer sus necesidades econ6micas, sociaies y culturales.

Con~ervación: Conjunto de actividades hllmanas para garantizar el uso sostenible riel ambiente, incluyendo las medidas para Sl1 protccción. el

mantenimiento, la rehabilitación, la restauración, el manejo y el mejoramiento de los recursos naturales y ecosistemas.

Bosques: Es toda superficie de tierm cubierta tota} o parcialmente por árboles, arbustos y matorrales,

Cuenca Hidrográfica: Es una área geográfica que se extiende por el territorio de uno o má.~ municipios determinado 11 definido por lá I("ea divisoria

del sistema hidrográfico, " sea, el parte aguas que delimita la escorrentia del agua, incluyendo las aguas superficiales y subterráneas que,'It'yen hecia

una salida común.

Aguas Subterráneas: Son,!as aguas que se-filtran en el terreno pudiendo aflorar en forma de manantiales. Esta se puede captarpor medio de poros

poco profundos. Esta agua sufre modificaciones, ya que al atravesar las capas terrestres absorbe ácido carbónico, se mineraliza, pierde oxigeno,

modificándose en muchos casos su olor,'sabor y color.

Elementos Abi6ticos; Organismos que tienen vida: animales, plantas, organismos micros~picosy hongos.

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~'.

Elementos Bióticos: Elementos físicos o químicos que no poseen vida y que forman parte de un ecosistema ejemplos: La luz, el viento, el suelo

Yotros.

Aguas Residual: Agua que harecibido un uso ycuya calidadha sido modificada por la incorporación de agentes cnntaminallles y venidas a un cuerpo

receptor. Ellas son de dos tipos: Ordinario y especial.

Agua Residual de Tipo Ordinario: Es aquélla generada por las actividades domésti eas de los seres humanos, tales como uso de servicio eanitarios,

Jabatorios, fregaderos, lavado de ropa y otras similares.

Agua Residual de Tipo Especial: Es la generada por actividades 'agroindustriales, industriales, hospitalarias y todas aquéll~s .Que no se c'lnsideran

de tipo ordinario.

Desarrollo Sostenible: Es el mejoramiento de la calidad de vida de las presentes generaciones, con desarroJ1o económico, democraci" política,eq~idad y equilibrio ecológico, sin menoscabo de la calidad de vida de las generaciones venideras.

Coordinación Institucional: Es la optimizaciún de tien1po yrecursos entre las distintas instituciones que trabajan en csfuerzos parecidos, p' lrellogro

.de un objetivo común.

Material Pémio: Material obtenido a partir de la disgregación del fondo de los nos de las rocas o piedras, entre [os que sobresalen graVGS, arena,

piedra de diferentes tarnaflos.

Material Seleáo: Material explotado de canteras naturales como la tierra bl!lllca y olIos.

CAPITULaII

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES

Art. 5.- Son obligaciones del Mnnicipio: ,;~~ . . . .

a)"" Coordinar con.las autoridades competentes las denuncias de los ilícitos cometidos en contra de la presente Ordenanza.

b) Coordinar con otras Municipalidades, Instituciones,de Gobierno yno gubernamentales la protección de los bosques y zonas ya declarasprotegidas. . . .

c) Coorumar can el Ministerio de Medio Ambiente y' Recursos naturales, y olIas instituciones, apoyo técnico para la implemen ación de

proyectos orientadas al reuso de las agua~ residuales,. separación de basura y otros, que ayuden a mejorar las' condiciones ambie'ltales delmunicipio. .

d) Controlar el vertido de aguas residuales de tipo ordinario yespeciál, en los ríos, quebradas u otras fuwtes de agua del municipic.

el Coordinar la ayuda técnica y económica con lnstituciones de Gobierno, Cooperaciún Internacional y otros. para.el tratamiento de aguas

residuales del municipio.

t) Coordinar con el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Autori dades locales del Ministerio de Educación, la Polic(a \1 acionalCivil, Agencias Forestales del MAG más cercana, Directivas Zonales, ADESCOS, ONGs, la labor de concientizar y programas educativos

afines a la presente Ordenanza

g) Orienfar, dirigir y fomentar la siembra de los árboles principalmente en las cuencas, orilla de los ríos, quebradas y otras fuentes de agua.

h) Supervisar que los propietarios de las tierras que colinden con los nas, que bradas, Lago Suchitián e islas para que respeten, far~enten la

vegetación de las riberas;

i) Sancionar a los que realicen actividades que deterioren 'el medio ambiente en general y el recurso hídrico en panicular

. OBLIGACIONES DE LOS PARTlCULARES

Art. 6.- Las obligaciones de los partiOlllares son las siguientes:

a) 'Yodos los habitantes y Directivas Comunales, Comités de Agua;Comités de Salud y Cooperativas del municipio estánen la oblipciún deincorporarse a las campañas de divulgación y cumplimiento de la presente Ordenanza para fomentar la protección de los recursos latllrales

y el medio ambiente, haciendo énfasis en ]a protección del recurso hídrico;

b) Todas las personas están en la obligación de proteger los suelos, las fuentes y corrientes deaguas en áreas de recarga aeuífera, y otros recursosque se encuentren en el murucipío, tomando las siguientes medidas:

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LIL

L1) Real izar cultivo, en CUn' as a nivel, en ti erras que así 10 requieran;

2) Hacer hnrda, y terrazas a nivel, vi vas o muertas. Realizar prácticas culturales sostenibles de conservación de suelos, bosque o c llltivos, paraman lener e incrementar el recurso hfdrico.

DE LAS PROHIBICIONES

Art. 7,- Queda Prohibido

al Derramar aceites y grasas provenientes de gasolineras, talleres aut(}motores y otros similares como aceites y grasas de origen veg.;!al o animalen aceras, cuneta, y calles, rfos, quebradas y otras fuentes de agua;

b) Lavar bombas de riego () cualquier otro tipo de utensilios que hayan conlenido tóxicos, dentro de los ríos, quebradas u otro tip) de fuentes;

c) Depositar desechos sólidos en los ríos, quebradas, ,fuentes, Lago Suchitlán, hroqueles y otros,

d) toda clase de pesca con veneno o explosivos;

Toda personanlllural o jurídicaque quisiere hacer.uso racionaldel recu~ohídrico co~ fmes de riego, pesca, avicultura, industria o cualquier

otro, deberá soliciiar el penniso respectivo a la Diri:cci6np~neral de Recursos Naturales Renovables y Ministerio de M~dio Ambiente y

Recursos naturales, síend~ necesario contar con la autoriz!,ci6n del gobierno local.. . ~ -. -, ~ --,:~~:_',c":',,>',~: ,.c"i.-, 'n:'~ ,''> .

Cualquier aprovechamiento de material pétreo o material pelccto, de quebrá~as,rfos u otro tipo de terreno, el interesado deberá contar con

los pennisos extendidos por las autoridades eomperentesyel pago delcori'espondiente arbitrio a esta Municipalidad.\ ,. ,~ ,

·?~il .';"\f~·~t;

1)

k)

."'.' ~ . ~

e) La explotación del materiaj~ Arena, piedra y otros, de los nos quebradas y otro tipo:de terreno sin los permisos y la correspondiente arbitrio

de la Municipalidad;

f) Obstaculizar cn fonna total o parcial el cauce naturaldelos .l'Íos quebrad,v; y otras fUentes de agua;

g),.~~~~tb~uee:~i:~e~ecci~~~l;é~~i~~co¿¡a,,~p~::I,ma~ts{~~Ot~t~uedan presentar;

h) bejar animales muertos a la intemperie o deposital:Iós-elt las n"beras Ce l~ríos u otrasruente, áe agua; todo animal muerto dehe ser enterrado.. _ ~' .'. "~;~~,~'<A*'~::;~::':';r~-\~: ~'~,;;:~~_7~':-' __ _.

~) Enterrar desechos peligrosos, sean éstos·químicos (l radiactivos Y.biológicos, considerándose agravante, si esta acción es realiza,da en lasriberas de los nos, quebradas u otra fuente de agua.' . /' ,ir;'. .:':~.; .

. ' .' _ _ ,'--'_ .: ..' "~o,~,:~,;;wt~~~~~~.~_- :' </;::.:,._ . _ ~.j) Se prolu'be la cOllstrucción de pozos en los lugares donde ya' exiSleJ:l)os sistemas d~ agua potable, a un radio de 2 Kilómetro~. Sin previa

autorización de las Autoridades competentes . . J\'~::. ,:.~~:,.::': .;".,. '::.;~::: . .

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DE LAS SANCIONES Y PROCEDIMIENTO., ',' .,. """>,,,:.:.: ~~i.:,<i:t;,'~ ;-' ·'-:~::-A_~_"~.'

Art. 8.• La, infracciones a I~ presente Ordenanza se cl;sífican.e~:',:~'i:.)i;f~~!':!.~~iP:~t'"

GAPrrULÓm-

.'.,.....'.,':':"

";<;.

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~~"",~~-, "" '::·T}~;:Jlnfracciones graves.

lnfraeciones menos gravesa)

b)

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Art. 10.- Comprenderán estas infracciones:

hasta míl colones. Las infracciones graves serán

.-,.".:..,..::.:.,.. '''',.''

Pescar con sustancias quimicos, tóxicos, explosivos,amperoscon mallas no autorizadas ,ppr la ley de Pesca;I "','.~:..;,':'~':--;,;},- ,.,;C';>:-:i-~:·. •... •

Lavar bombas de liego o cualquier otro tipo de utensilios que haya contenido tóxicos, dentro de los nos, quebradas u otro tipo de fuentes;

Enterrar dcsechos tóxicos y peligrosos dentro del·~u~iCi;{()'consid.+dosc¡agravanlt!., .• ,1 __,~~«,-:. '"¡.ro!. ,,;"

La, quema en terrenos forestales yen las áreas quecolind~.(;.o~.,~entesd~ca~~ y,ecosistemas acuáticos;

Venido de aguas residuales de tipo cspecial a las cuencas de los nos, quetiradas,lagos y presas de este municipio;

Derramar aceites y grasas de cualquier tipo en las aceras, ~~;~'.c~lIes. dos. quebradas, Lago Sucb.ítlán y ,Otras fuentes de agua;

El saen licio de animales en la via pública al igual que el depósito de las a&Uas servidas y los desechos de lo, mismos a la intemperie;

Dejar animales muertos a la intemperie o depositados en las riberas de.los nOS. quebradas u otras fuentes de agua;

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b)

d)

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Art. 9.· Las infracciones menos graves serán sancionadascnnmll1tas_;de,v~jntici1lc'o

sancionadas con multas de Un Mil basta Diez mil colones.:

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. ·~Ü.. 17 I..j5.

Art. 11.- El plazo para el pago de la multa será de tres dias calendario, a partir d~l dia de la notificaci6n de la resoluci6n.

Art. 12.- En toda ~anci6n impuesta se tomará en cuenta la gravedad de la infracci6n y la capacidad económica del infractor.

Art. 13.- En caso que el infractor no tuviere dinero para pagar la multa, ésta se permutará por arresto equivalente a la multa. de confJrmídad con

el Art. 14 de l.a Coostitución de la República.

Art.14.- Si el Concejo Municipal lo con~idera conveniente, estas multas se permutarán por servici~sa la municipalidad para resarcir de los daños

ocasionados.

Procedimientos

Art. 15.-Las Resoluciones que pronuncie o que dicte el Concejo Municipal deherán ser notificadas por el Secretario Municipal y seguimiento

"respectiva por el Sindico Municipal.

Art. 16.- Las personas naturales o jurídicas que violaren las disposiciones establecidas en esta Ordenanza seles iniciará un procedimiento de

confonnídad al Código Municipal

CAPITULO N

DISPOSICIONES FINALES Y VIGENCIA

Art. 17.- La Policía Municipal. Agen1es de la Policía Nacional Civil, Agentes forestale~, guardabosques, tendrán facultades para c:lpturar a los

transgresores infrngantien la cornisióil de la infraccl6n y recibir las denuncias d~ los hechos de que se trate.

. .Art 18.- Todo lo no pi-evi~to en la pre,ente Ordenanza, se regulará de acuerdo a lo dispuesto en el C6digo Municipal yen otras Leyes que velen

por la protección del recur~o hídricoy del medio ambiente en general.'.;,,~~,~

, . .~rt. 19.- La presente Ordenanzaen1rará en vigencia ~bodias después de su publicaci6n en el DiarioOficia1.

DADO EN EL SALON DE SESIONES DELCONCEJO MUNICIPAL DEL MUNT(:lPIO DESUCHITOTO,DEPARTAMENTODE Cr'SCATI..AN,A Los DOS OlAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DOS.

JSAIAS SANDOVAL ALAS.

ALCALDE MUNICJPAL.

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MODESTO ELlO LEON ESPINOZA,

SINDICO MUNICrPAL.

ANA MARIA MENJlVAR,SEGUNDO REOIDOR_

JaSE FREDY DURAN,

CUARTO REGIDOR

MARIO NELSQN AYALA,

SEXTO REGIDOR.

EDUARDO GIRaN MELGAR,

PRIMER REGIDOR.

PEDRlNA RIVERA HERNANDEZ,

TERCER REGIDOR.

JOSE TOMAS PORTTLLO,

QUINTO REGIDOR.

REYNANDO ANTONIO PINEDA,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Mandamiento de Ingreso No. 20268)

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CONSIDERANDO:

Que el Municipio de Suchitoto, en cumplimiento al Artículo 7 del Reglamento Especial de Aguas Residuales, el cual re gula que toda pernatural o jurídica, púb lica o privada. titular de una obra, proyecto o actividad responsable ,le producir o admi Ilislrar aguas residuale, y l

vertido en un medio receptor, deberá instalar y operar sistemas de tratamiento para que sus aguas residuales cumplan con las disposici·de la legislación pertinente.

IV.

L Que en el Munícipio exislen problemas por la contaminación de las Aguas Resido:JJes en el Lago de Suchi'lán.

JI. Que confonne al Artículo 204 Numeral 5° de la Constitución de la República, artículo 3 Numeral 5" del C0digo Municipal. es Cacuitlos Concejos Municipales en el ejercicio de su Autonomía, decretar Ordenanzas para el desarrollo de sus corrpetencias, así como el An

. 4 Numeral 5 y 10 le otorga competencia para la protecCión de los recursos naturales y el desarrollo del p~ogr;lma de saneamiento ambú

Ill. Que es competem:ia y obligación Municipal el Saneamiento Ambiental, la protección de Jos Recursos Naturales y la Regulación y cade los desechos Sólidos, de conformidad con el Artículo 4 Numerales 5, lO Y 19 del Código Municipal; así coma el maneja adecuado JIPlanta de trarauúento de Aguas Residuales y Aguas Negras en General; y

El Concejo Municipal de Suchitoto. Departamento de Cuscatlán.

DECRETO N" TRES.

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POR TANTO:

En uso de sns facultades ConstitucionaJes y Municipales, este Concejo,

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DECRETA:

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i¡LLA ORDENANZA MU¡,\ICIPAL PARA EL MANEJO ADECUADO DE LAS AGUAS NEGRAS Y PLANTA DE TRATAMIENTO D

MUNICIPIO DE SUCJllTOTO.

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TITULOI.

DISPOSICIONES GENERALES.

. CAPITULO UNICO.

.DEL OBJETO, ENTIDAD AUTORIZADA, A:.~!TODE APLICACION y DEFINICIONES.

Objeto:

_ La presente Ordenanza tiene por objeto, evitar la contaminación de.la población por causa de las Agoas Residuales. del Lago de Suchitlán. de: 'mantos acuíferos Yríos, pormedio de un manejo adecuado de ¡aFlanta de Tratamiento de dichas aguas, Así corno iniciarun proceso de cambio de condl

en' la población para mejorar el Medio Ambiente dei MUnÍcipio. -

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DeJa entidad Autorizada. ~

Art, L- La entidad autorizada para el manejo de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, será la Empresa "ADMINISTRADOSUCHITOTENSE DE ACUEDUCTOS YALCANTARlLLADOS E. M. A. S. A.", la que en adelante se podrá denomin <U" EMASA o en su defect'

Instancia que administre el servicio.

EMASA de conformidad a sus Estatutos es una Entidad Municipal Descentralizada, con autonomia en lo operativo, administrativo y financie

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Ambito de aplicación:

Art 2.- Las presentes disposiciones serán obligatorias para todos las habitantes del Municipio de Suchitoto, Depmamento de CuscatIán y

visitantes al mismo.

DefinicionH:

Art. 3.' Para el mejor entendimiento de los ténninos usados en la presente Ordenanza, se establecen las siguientes definiciones·

AGUA RES1DUAL: Agua que ha recibido un ~so y cuya calidad ha sido modificada por la incorporación de agentes contantinantes y vertid"

un cuerpo receptor,

CONTAMINACIPN: Térnúno genérico que d~igna el efecto de la acción de contaminan les o agentes tóJl.icas [} in fecciosos en el ambiente (molestan o peljudican la vida, la salud y el bienestar del ser humano, así como el medio ambiente,

AFORO: Medición de caudal de agua.

AtCANTARILLADO SANITARIO: Red de tuberías o canales que se utilizan para recolectar y transportar lali ag"as residuales hasta un pUl

de tratMniento y vertido.

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CAUDAL Volumen de agua ¡ior unidad de tiempo.

EFLUENTE: Caudalde aguas residuales que sale deIll últíma unidad de conducción.

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LMEDIO RECEF'TOR: Todo sitia, ¡fo, quebrada:'la'go, laguna, manantiiu, embalse, mar, estero, nuinglar,'pantano y oo-os previamente aurorizados,

.donde se víerten aguas residuales, excluyendo el sistema de alcantarillado. .' .

DESCARGA O VERTIDO: Efluente que proviene de un establecimiento doméstico, industrial. comerciaL agrícola o de una red de alcantarillado.J ! i ';.:- ..~--" >~'-•• _ •• '. • - • ' • ~-~' • '.'

AGUAS PLUVIALES: Son las que provIenen de la lluvia. . :. '.'"

REUSO: Aprovechamiento de un etluente antes o en vez de su'~~itid'o,, .,

..•, SISTEMA DE TRATAMIENTO: CODjunt()~e.f!u..cesos fisicos. qUí~50s obíológicos, qlle se aplic~Ul al agua residual con el fin de mejorar su./·,calidad. - . . . . -'-;~":,;;~" ~ :;:::. ,y. .;:---.:, .' . ---. .

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CAPITlJLO 1.

_.~ -~,._-, _. - .. ;. :--\>

DE tos VERTIDOS

..~.,¿,<, TITULO II

• ,,¡,,,,,~ ,;, ."'

: •... ·Art. 7.c'Ninguna dcscarg~ de vertidos a los diferentes medios acuáticos, alcantarillado sanitario y obras de tratamiento podrán ser ef"ctuadM sin--.-previa autorización del Concejo Municipal y el Pem1ÍsoAmbiemal correspondiente. . . '-

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r-~ ,.' _"~'::'~&é'3,;c." .. DE LOS VERTIDOS DlrSUSTANCIAS CONTAMINANTES. . .. ~ ..

'i~:i~:!~;7Y¿hl~~~:~~ci~'~~~tm,ri~~~:~~~~'::':Sr~tp:j~;~:~~m~';~;~~E:·}~~~~~3~!:;·~,~~;;i,:~~~]~]~j~7:'··~·'i":~".. '. ~ .'...L •... .Art "4,; Toda persona que ocasione veÍtidns de ~ustanciascontaminant¿s"enuncueq,óÍeceptor (, alcanüu-illado SRnitario, deberá tratarlas

pI:]?" .~:;::;~:f~;e~::~~~::a~l;:~¡::Ii~~:;:J¡JKr::{}asl~~i~::e~~b:~~: ~::~a~~~~!¿~:~~~o~a:~~:~ir~~J:%ral~!~8z~~¡~~--_. y Alcantarillados, que e~ adelante se denominarán lasA~tondades-Co~p,,:en[es--Sectoriales.-c-'.:< 'o~' .:';'-,,-_.;-, ~ .

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. CAPITULO UNlCO.

1TrtJLo ID.

DE LAS ZONAS PROTECTORAS.

N~evos Proyet:tos.

M. 8.- Para los'nuevos pmyectos de cualquierfndole, ya sean habitacionales. industriales, comerciale~ y otros, que deseen establec~rsedentro delos límiles temtoria!es del Municipio. deberán sujetarse a las disposiciones de la presente Ordenanza y cumplic con los requisitOs enella establecidos.

Zonas de Protección.

Art. 9.· Se consideran zonas'de protcc-eión ozonas criticas proteetoras'~el recursoagua las s,iguí.entes:

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-~;i~<:Í;·(~f;f~~~~:·' .- ~;i.~~:;~;-:~:_'·~~·'.:~'.~:.personaJ autorizado para realizar inspecciones.

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Are IlL- Para poder obtener el respectivo permiso de conexión. el interesado deberá de cumplír con los requisitos siguientel

DE LAS OBLIGACIONES Y PROHIRIClOI'!'"ES.

e) No hechar desechos sólidos al sistema.

TlT1JLO IV.

Hacer el previo análisis de factibilidad;

Participar en charlas educativ¡j$ sobre el uso del sistema;

Respetar las dispo~iciones de e.'ta Ordenanza Municipal y de EMASA;

N<J conectar aguas lluvias al sistema;

b)

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d)

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Art.l 0.- Los Delegados. empleados e inspectores de la Municipalidad. están facultodos apresentJ.rse enJos inmuebles depropied3d privado. cuandJ

para eJ debido cumplimiento a esta Ordenunza, tengan 'Jue reaJizar inspecciones en las mismos. debiendo para ello. presentar su credencial y guard~

el debido respeto a los bienes e instalaciones del inmueble y .actividad de que se (rate. íJ

Del cumpliendo de la legislación vigente.

Art. 14.'La Municipal ¡dad debe 3Segurarse, que toda Lotificación cumpla con Jo eSL!lhJecido vigente. para que se les exija las c,mexiones de tuberíhacia la planta de tratamiento que menciona la presente Ordenanza o hacia su propio sistema.

CAPITULan

OBLIGACIONES Y PROIllBICIONES DE LA POBLACION

Del conocimiento del Proyecío:

Art. [5.- La Municipalidad a través de laEmpresa EMASA, e'~tá en la ~hljgacióndéhacer del conocllniento de In poblnción, el Proyecto de la Plan

de Tratamiento de Aguas Residuales y darles a conocer el proceso adecuado para el mejor manejo del mismo.

De la gestión de Apoyo.

Art. 13.- La Municipalidad llene por obligación apoyar la gestión, para lograr la conexión en fmma paulatina de las tuberías necesarias para el huhncionamiento de la planta de tratamiento.

Del ~lJmplimientode la Ordenanza.

Art. 12.- La Municipalidad tiene la obligación de cumplir y hacer cumplir la presente Ordenanza MunicipaL

CAPITULO r.OBLIGACIONES y PROmnICIO~"ES DE LA MVNICIPALIDAD.

Obligaciones de la Municipalidad.

An. 11'.- La Municipalidad tendrá la obligación de velar porque EM ASA cumpla con Jo establecido en sus Estatutos. para el buen manejo de 1Planta de "fi:namlento de Aguas Residuales.

Requisitos para obtener el permiso.

Obligación cumplir con la Ordenanza.

'Art. 16.- La poblaci6n tiene la obllgación de cumplir con las regulaciones establecidas en la presente Ordenanza MunicivaL Del permiso de .conexión. I

Art. 17.- CUalq~ier persona narur,1] o jurídica está en la obligación de solicitar el permiso correspondiente a la Alcaldía Municipal y/a EMASA,¡t

para la conexión a las tuberías de la PJ31lta de Tratamiento, K

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IDe la distancia mínima entre luberí1l5.

Art. 19.- Cualquier persona natural "jurídjc~ que realice trabajos de tubería, deberá respetar una distancia adecuada de 30 centimetros, para que

no exista ningúo problema. si se llega a destruir algun~ de las conexiones,

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Prohibición de vaciar ciertos vertidos.

Art. 20.- Toda persona naoHal o juridica que realizare destaces, deberá además de tener el respectivo penniso de la Alcaldía Municip:d para estaactividad no deberá de vaciar grasas, sangre o cualquier otro producto deriv~dodel destace. en las tuberias de las aguas residuales: la misma rrohibiciónes para los que hagan venidos de cu:1lquier material que pudiera obstaculizaren forma significativa el nUJo libre del agua. formar vapores o ga,es tóxic{]~,

explosivos. inyección de gases, sustancias que causen mal olor o que pudieran deteriorar los matericies y equipos que conforman el sistema sanitanodel alcantarillado o que altere en forma significativa la calidad del cuerpo del agua o cualquier tipo de sólidos.

De la prohibición de conexi,Jn y ohstaculiz:lción.

Art. 21., Queda estrictamente prohibido conectar en las roberías de las aguas reSlduales las aguas lluvias

Art. 22.- Se prohíbe ohstaculizOI las roberías existentes que cOl)ducen aguas residuales. aguas negras yaguas pluviales: ya que ¿stas [asea fuerao dentro de Inmuebles prindos o públicos sin la amorización correspondiente.

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Dilución de liguas residuales.

Art. 23.- Se prohibe la dilución de aguas residuales con aguas no contaminadas, tales como aguas de abastecimiento. aguas de refrigerlción y laspmvE niemes de cuerpos narumles.

Vertidos de lodo.

Art. 24,- Se prollibe el vertido de lodo, proveniente de sistemas de tratamiento de aguas residuales y de tanques sépticos a los cuerpos de agua.

Art. 25.- Se prohíbe el uso de servicios lavable~, donde no haya si~temade descarga de aguas negras. sólo se autoriza en caso que haya fosa séptic(L

Del cuido de la Planta de Tntam.iento.

Art. 26.- Se prohI1Je terminantemente tirar alrededor de la planta de tratamiento cualquier clase de desechos sólidos o líquidos. así como realizarquemas de rastrojos, maleza o basura.

Art. 27.' Se prohibe hechar aguas servidas yaguas negras a las calles y terrenos vec inos.

TITULO V.

DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES.,,~

. '. ·Art. 28.- Corresponde al Concejo Municipal. conocer de las infracciones a la presente Ordenanza e imponer las sanciones respectivas, sil! perjuiciode la ac~ión penal correspondiente si los hechos revisten el carácter de delito o falta.

En toda sanción impuesta pore¡"Concejo Municipal, se tomará en cuenta la wavedad de ¡llinfracción así como lacapacidad econámicadei infractor.

De la clasificación de las infracciones.

Art. 29.- Las infracciones de la presente Ordenanza se clasificarán en graves y menos graves.

Infracciones Menos Graves,

Art. 30.- Las infracciones Menos Graves. serán sancionadas con multa~ de VEINTICINCO A UN MIL COLONES y serán:

a) Arroja< aceites. restos de cualquier material no degmdable y en general cualquier sustancia contaminante en la zona adyacente a uo medio

acuiticn~

b) No permitir el acceso de los, delegados, empleados e inspectores de la Municipalidad. a los inmuebles de propiedad privad" para elcumplimiento de las facultades y atribuciones que le confiere esta Ordcnanza;

c} Verter aguas pluviales al alcantarillado sanitario;

d) Verter lodos provenientes de s¡.temas de tratamiento de aguas residuales y ,anques septicas a los cuerpos de agua;

e) Verter cualquier materia que pudiere obstaculizar en fonna significativa ei flujo libre del agua, fonnar vapores o sustancias qoe c:\lIsen mal

olor;

f) Depositar alrededor de la planta de ~tamieato, cualquier desecho s6lido o ¡fquido.

g) Realizar alrededor de la Planta (je tratamiento quemas de rastrojos, maleza o basura;

h) Verter aguas negras Y,servid:ls a las calles o terrenos vecinos;

i) Descubrir tuberías; y

j) Cualquier otra infracción a la presente Ordenanza. que se encuentre dentro de las obligaciones de los particulares.

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De la reincidencia.

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j)

Infraccl"nes Grnves.

Art, 31.- Las infracciones Grnves sernn sancionadas eDil multa de UN MIL COLONES A DIEZ MIL COLONES Yserán;

Verter sustancias contaminantes a un cueIJlo receptor o alcantarillado sanitario, sin haberlas tratado prevümente,

Efectuar descargasde aguas residuales sin Id autorizacióndel Concejo Municipal y opinión favorable de las A lJtoridades competente S,respectiva.

Efectuar descargas de residuos liquidos u de otra índole ert los medio~ acuáticos;

Incumplir los lineamientos proporcionados por el Concejo Municipal para la realización de un proyecto, en una zona considerprotección o crítica del recurso agua; -:

Diluir aguas residuales con aguas no contaminadas, tajes como liguas de abastecimiento, aguas derefrigeracUn y las provenienres de c:naturales;

Realizar conexiones de tubenas sin el permiso correspondiente;

No respetar la distancia establecida en esta Ordenanza. para la conexión de tuberías con las tuberías de agl:a potable:

Conectar tuberías de aguas lluvias a las tuberías de aguas residuales,

No obstaculizar las tuberías existentes que conducen aguas residuales. negras o pluviales. ya sea que éstas pa:;en fuera o denuo de lnmlprivados o públicos, sin la amoriz:tci6n correspondiente; y

Cualquier otra infracción a la presente OrdenaÍlza... que s~ encuentre dentro de las obligaciolle's de los particulares._ _ "': • f

. .Art. 32,- Los actos de reincidencia de los Artículos anietiores serán sancionados con una multa equivalente al doble de las mismas; sin sobre

el máximo de Diez util coloues, ' - . '.' ,~.~ ,--"---_._. _ .

Dd procedimiento.

. Art. 33.- Los procedimientos a seguir serárJ los establecidos en los ~c'u1os 131 JlJ. 137 del Código Municipal.'

Del Producto de las sanciones;

.- An. 34.' De conformidad con el articulo 63 Nuroeral2 del Código Municipal, el producto de las sanciones son ingres os del Municipio y éste derealizar actividades de Saneamiento Ambiental. -,., ;¡-~.." - - --

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,\De¡duo pi-evlsto~ :.,-".';ii0:~!:ii~'::"·~ ,;:~ - .' ..

Art. 35.- Todo lo'que no esté previsto en la presente Ordenanza se regulará de acuerdo a lo dispuesto en la Ley del Medio Ambiente y demás),..__.afines.,-,-- ---- .

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Dado en el Salón de Sesione~del Concejo Municipal de la MunidpaUdad de Suchitoto, Departamento de Cuscatlán a los dos dfas del mes de Ag'~~.~~. .

Vigencia;

Art. 36.- La presente Ordenanza entrará en vigenCia ocho días después de su publicación el Diario Oficial.

(Mandamiento de' Ingreso N' 20267)

JOSE TOMAS PORTILLO,QUINTO REGIDOR.

REYNALDO ANTONIO ·PINEDA.SECRETARIO MUNICIPAL

PEDRlNA RIVERA HERNANDEZ,TERCER REGIDOR.

:;¡,

ISAIAS SANDOVAL ALAS,ALCALDE MUNICIPAL.

EDUARDO GIRON MELGAR.PRIMER REGIDOR.

JOSE FREDY DURAN,CUARTO REGIDOR.

ANA MARIA MENJNAR,SEGUNDO REGIDOR.

MARIO NELSON Ay ALA,SEXTO REGIDOR.

MODESTO ELlO LEON ESPINOZA.SINDICO MUNICIPAL. : ,

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Anexo 12

Nombfe: ORDENANZA REGULADORA DEL 8E.RVICIO DE ASeO, BARRIDO.DE CALLES,RECOLECCiÓN y DISPOSICIÓN FINAL DE LOS DESECHOSSCtLIDOSEN EL MUNICIPIODE SUCHITOTO¡. DEPARTAMENTO DE CUSCATLAN

<Mat",r¡a; Ambiental V SaludCategorla:· OrdemlnzuMunlclpalEl$Orlgel'l:.ALCAlDJA.MUNICIPAL·Estado:.VigenteNaturaleza, Decreto MunicipalN°: 2 Féc!1a'28/3f2000O.Qficlal:108 Tomo:347 Publicación DO 121Ot12000ReforJTlas:SJR' ... 'ComQnmnos: O.M. N!l2. del 28 de marzo de 2000, publlcadbenel 0.0. N° 108,101'80347,del 12 dé juniodé2000

ContenIdo;DECRETO N° DOS.

CONCE:JOMUNICIPAl DE SUCHITOTO,OEPARTAMENTO DE CUSCATlAN,

CONSIDERANDO:

l-Queda conformidad conelArt204 numeral 5".<DelaConstltuciónde<laRepúbUcadeEI Salvador,Art.3numeral 5 y<ArtSQ numeral 4áeiCódígoMunlcípal, es faculmddelos Municlpiosen el ejetdcid deslJautonomia. DECRETAR ORDENANZA para el mejocdesarrollodesuscompetenci¡¡¡s.

11* Quede conformidad con élArt 4, ntlmeral19es competéfIClay obligac!611 Municipal la prestación delservfciode aseo, barrido decaHss, recolección y dísposiCíón final de la basura,

m-Que elAít 13delCooigoMunicipalestableceQU6 el munlcipioTeQularálasmalerias de su competencia y laprestaciórlde lOS servíclos pt)rmedio de Ordenanzas yReglamentos.

IV-Que esobligac!ón delCooCéjC MunfclpaldeaooemoalArt<31 numeral 6 del Código Municipal, ·conmbulra lapreservaclondé !~saIUd ':1 el medio ambíente"en la comunidll1d

v- Qué elmul1icípio carece de una ORDENANZAespeeiflcaquaragule el servido de aseo (lJanidode calles.,recolecdón ydisposlciónfinalylraíamiento de desechos sólidos,"

VI- QUé dicha normativa es necesaria para reorientar alapoblaciónsobreelserviciode aseo qllepresta y elmaneJo de basura tanto en las viviendas, negocios, empreSJ!lS, talleres,. fábricas, calles, avenidas, parques,mercados, rastro, predios bakllosy otrossitiO$<públícnso pti\ltlldos.

PORTAfITO:

ErConcejoMunidpal de Suehitoto, DepartamenfodeCuscatláll,en uso de las facultades establéCidasen losartlculos 204 numeral5" de la Constituci6n de la Repubiica y artfculos30 numeral4y Att 3 numeral 5 delCódigo Munfcipal DECRETA la siguiente:

OODENANZA REGULADORA DEL SERVICíO DE ASEO, BARRlOO DE CALLES, RECOlECCIÓNYDISPOSIClúN FINAL DE lOS DESECHOS SúllDOS EN EL MUNICIPIODE SUCHITOTO, DEPARTAMENTODE CUSCARAN

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QRDENANZA REGULADORA DEL SERVIClO DE ASEO, Bft,RRIDO DE CALLES,RECOLECCiÓN Y DISPOSlCIÓNFINAL. DE·LOS DESECHOS SÓLlOOS EN EL MUNIOIPIODESUCHITOTO, DEPARTAMENTO DE CUSCARAN.

TITULO 1

CAPITULOONICO

Objeto

Al't 1.~.La presertéOrdl'll1anZa MunieipaLtíene por nbjetClevltarlacontfírrMlaClón delM,qp¡Pipio"fegulando el manejo íntegraldelos desectloss6Hdos, COn el propósito dem'3lclrarlas condiclones decSalud de¡apoblación 'l a la vez contríbuir alaprotecciÓfl del medioambiente y deta estética de lacn;dad

Ámbito apHcactón

Att 2.- Las presentes disposiciones serán de obligatorio cumplil'nientopar3 toooslO$habíí¡;mte$del' Munioip/Ode Suchltoto,.Departamenl{)deCu$Catl:an, yalQsV\sílantesalMumcipio

Definiciones

AI1.3." L~concéptosy suS COf,espondientes definlcionK émpleados eh esta Ordenanza.constituyen 16stermínosclaves para lainte!'Pretaciónde la mí13maY$El entenderén en elsentido osignificadoq",:eaoOf¡tjnoaciónse expresa

Accionderotenenemporalmente desecho, mientras nosonentregadosalseNiclO d(lrecoleet;IÓn sU di$PQslciónfinal

BaSUra

SoilfodOS aquellos sub prOductos Que quedan Osobran provenientes deprocesos naturales oactlvidades~ocíales. los,cuales pueden ser sólidos, llquid(l$ogal'le~os,

Desor::nc'S. S6Iidos:S6rlaquellosmaletiale'ShUlmano (). generados por la natur2ilezEL

$Ell' dss",utaido!s p)r la adMdad del serinmediata para su actua!

bl Los envoltonos y papeles procedertlesde los€Stab!eb!rrllern(l$indu5triales, eomerciales 'fpÚblicos cuando· puedan. ser recogl(jOO én·uh.sCIQ·recíp¡eí'l~e.

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Desechos Sólidos.no Domlci1ianoo: .son aquellos que renganlassiguientescaracter[$ticas.

bl· Los·desechos.de ·hospitales, .funerarias o. clínicas

'.-"".-;fi f

g}LosrestQsde mQbillaflo,jaroinerfaopcda de arboles, salvo lO <HspuemOen el artrculoantenor,Y

Desecho PeligroSo

Guaíc¡uiE~r mateMlsln uso directo ódeseartadbPemn:mentementeQue por suactividadqurmlcasus·características·corrosívasimnamables, .tóxicas,. eXploSIvaS, OXidantes, infecciosas,

radíoactívasu otr1i!Jazórlocasiomm peligro o porl8ll en desgolá salUd humanaoelam biehte,ya sea por sI solooalcontaetoeonotmdesecho

Escombroo

Sen tOdoS los rndterialesprocédentesdéeonstrucCícnes, derribe de edifíCíós, casa H ,".n" f¡",,,,,

oéedificadcne,'¡L

re¡;;¡rf:1X¡f cIertas materiales aS1Jsproo~osde origen, fundiéndolas y convirtiéndolos enotr,jsma,terialefS Slm!lares o diferentes asuestadoorormail1lCH3J(vidrlc, ¡jastlco,metal,papel

Recole6cí6n

Acción de tomar}' vaciar los recipiehtesooh desechosOtgánícosDírlOrganicbs er, e1traMpbrteutilizado;pafl:lsertmstadad(JSalsiüo~fIel cual::>e Integraran a otro proceso Oa su disposiciónfinaL

Es el sltloqlle esproyecfadO,construldoy operado rnédlarrtelaapHca~6n detéchl~s>d~

Ingeniería sanitaria yambieníal donde se deposllan, esparcen,acomcdarLCQmpaGtan \1cubren 0011 dJo<!riamenteloo desecllossólkios, contardo COfldréf'l{¡Je de gase:syUqUldosperooladoa

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Límpieza y Barridodeaccras

Art 4.- Se cor'sldetan materiales ydesechosprocedentesde'Hmpiez30Mrr1dode acerasaquellosquesebbtengan motivo de laadMOadde iimpiezadelasmismas, efectuando porlosparficulareso porl¡;¡ MunlclpaliOad en lapresente Ordenanza

TITULO 11

OBLlGACIONESYPRQHIBICIONES

CAPITUlOl

al EIsBNICio de récolecC¡óndeDesechos Sólidos Dom,cilialiOs,oorridcde Cálies, Ilmpieza dearriafescemrales, .barrancas, camifl(¡svecinaléE; Ydisposici00 final de basuras:

clConceder laa ufor!zaci(¡n oorrespcndientepara el depósilode íOS deSBchosprOVBnienlas delaS actívidadésnllmerádasel'\ elartldulo primerodela presente Ord.enanza previacaHficáclóndedichosdesi!!Chos· sólidos: 1y

dl Autorizar a personas narurales o Jurídicas, previa calificación '1 autorización del ConcejoMumcipaL para la preslaciónde IOSSlguientesserviC;¡os relaclonadosdirectémenlecon losdesacMsooHdCS:

Art 6.~p:ará la recolBcclól'i de desecMssólidosnOécmidliarios;.eICOl'íCejo Munic:ípa¡lpiOd¡·,;jestablecer el. correspofldient@·~it!("

El referídbservidó podrápré!>t<JtSe en cualquli:fa. de las formas legalmente e!>t<lblécidas indu~porooi1oos¡ón o convento

Art 7:" Tod<JPf:r~ona!n<ilh.lralo jurídica tiene laobligacíóflde m¡;mtenerPf:rmanentementeaseada laaCéta y aniates¡:')r¡todo el frenté del inmueble que ocUpa ya sea conro propietaríos,8rrendatanooposeodci acuaiQuiertftulo traniendQlas diariarnentedeescOmbros, malezas '1o!::e>i¡'3¡cu!os que Impidan ·ei·llbre trénsí!o.peatonal"

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Del barrido

Att a,- El barlidode las ac,erns Siehará enetsentídode~fueraMcídddentrodel Inmueble'!haCía producto Que deoorádlirposltarsejunto ccn ICE; dí~S€;cho$sólidos do,nic,l!fari6s

Art 9~.Laspersona5 Que ordenan cargar odescargarcualquief':;r¡¡¡se¡Je mercaderl¡¡¡somateriales ,<deberan barrer y retirarlos desechos sólidos que hayan quedado en publica,

sedesconccl~lfe laperscna que dio la orden se ;l<lr:3Te$ponsabU:aJ conductor oproplf:tariodel vehículo y á rafalta de la propiedad dondeefectuado iJ descarga

Materiales de construcción' .... '

En el caso de demollclóndeoolrlcaclones se terldraencUentá la seguridad de lds peatoné5 ladel propet¡;flo del if1mL€lble.

Cualquier ¡nstltuclónpública o pnv<adao si propietario del inmueble que Hevare a cabe trabajOen acera~ callé;; o ei1 cualquier ItJgarpúbilco, tendrá lá obllgaclófl{ie cOmpletarei lrabaJo y IjeUfTllJl,¡¡U 1::1 rípl".O·Ol:seoot:l;>.;;ólídos·que·i1ubíe::re ¡JIOO;1cldO dioha·(lbflit

,A,eL·11 ..'.Losvendeaores de frutas"! otrasespecle$similaríS$si!üadoser¡ !ugar€;s~¡úb¡[.c<~.

detleran tener dOhst¡¡¡nternente aseado lodo e! espaCID i:jue ocupan y sus airededores; eldep6¡¡¡jlo de basura o de cualquíerotro desecho proveniente de SU:1lcnv:daddeberáhaceméenbolsas p.!¿tícas Que retinan iosrequÍí:>!tos índicados en el articulo 29 de esta QrdenlilflZaEstaobligl'lci6ndeberá ser obsiSrvada<ademásporaquellas personasquese<decliquen a la ventade~lirhefltl;J'S,<gol(lsl[\asy olrosarticUlas e rnercaderl<l$,

Art Tcdopropietario de inmueble uroanoo rural slnedfficar o baldfo deberám$rnenerlOlimpio de maleza" t;asurauotrtlSóesechos.

casó de ndcumpUrse<C(¡n esta obligacioo prevenkalduel'\ode! inmueblepara que éste en un término de cuarenta floras cumpla ccn le establecIdoartloUló. encasocohtrarlo, la MunlclpaUd..dprocederá~ efectuar lImpitlzacarganáb el costo de

mjsmaala cuenta que por el Inmueble se registre. ma~la multacvrrespondiente, deLmísmomodo .se prccederaal 110 encontrarse ei duel'iodel inmueble

1$,~En tOOo eSt!apJecimientoquepornaturale'za d~ su actividad s'S<prQduzcaUM grancantidlild de papeles u otrosdesecho$, talesC\!lmo hoteles, restauralltes, cafeterra~ o de otros~;¡mllar~$debefanteOérrec¡piJ!:ntésaprCJiplados para qUé el~úbl¡c<;:dépbsiteenellbsdicnosdesperdldtlS

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Al¡;imismooeberár!omervarla obligad6n "miles se:ñaiad¡~, hJdc'si'ospn:lPi€~ta1rlo::¡ d!:!d€~rrrlin<!lles

de l.In!dadesde transporte púlD;'r.:Ollbl,:::acl[}S¡ en esl8t;OfllPrensió!i debel1'domflnll=n(;nim~¡fo

sector.oorrespond¡e'1ie.

Art 14,· Toda penx;na duei'íadeEmímalesdbmésticos. talesoomo perros, "",,,.,=,,,n<n,,,,,···tendrán la'obligación de llmp1ar ioóasl[}S¡sucierlades que éstos produzcan en !a viapublloa.recogerla basufé que haHa"dQsecolocadáen loo depóSitos adecuados, derramen en lasdiclera,scic.illle,SiC¡e !aCh.rdad.

Aslmísmotoda pe:rsona que Ir<;¡l1sp,ort1ó! gan:¡¡dosuciedades que éstós proH::lü:ZC~lf1"'rH;'v,'"

PROHIBICIONES

Prbhibíci6n

depoSitaren las C<!llles,sceras, acr~qtllaS¡,c¡aur!,esde fÍos o canalieS, as!parques)' ctlalqwetlugar pubHccr

EscQmbros,oopío

Art. 17~Se pn::Hlibeefe(rtuanrabajos !ay!a púol.icaqUf! 00 sean deemergencIa, otro trabajo que Impída el lltln: tránslto>peaíonal ovehiculaf,

Aguas Negras

EllPlótaciónes·Pecuari~

Art. 19,· Se proolbe élest;;:¡bh~cim¡ent()deexplotado!lespecuarias(cefdl}sbOl/ioosy rj;¡Íipar·t)sjen· láS zonas·orbanas

Art 20." prohibe botaren lasacera$, cunetas y calles restduosde aoeitesy grasas,provementes degaoo¡inér'as. talleres autQmbtoreslloiros s,mHares, asl comodlras gra$~Yaceitesde migen vegeta! o anjma!

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p!ohioola inln:xiuooiórt .transito,. distrlbuQón,hoeraciónyalmacenamlenlo desustanC¡a.!> ydereC!1OspeligroSMe""l !;;lnla r~5peCmla<ltltoriZael;}r¡muf1íc¡pal ydelasautorldadesccrnpetentes indicadas en el;;¡rticlllo 57 de la Ley de! Medio Ambiente.

prohloo¡laquBma de basurau otros desechos que puedan prclvocar corltalnir¡3Ción Q{jafiiúaml:íente.

TITULO 1lI

URBANAS Y RURALES

CAPITULO¡

RECOLECCiÓN

DE;SEC::HC)S SÓUDOS

Deseooos S6Hdos Domiciliarios

Art 23.~LaMuhlcipaUdadretirará los desechOs sólidos domic!lianos doméSticosenteM ien¡;¡cse portal laO,ue resultad!;; las perS<)na;.> en locaies habitados,asicomÓiÚs¡residuóSdelav¡dacaseray los proolldosdelos aseos de los

Tambléhretirará 100dt'RChOsprovií!i1i'ehtesdé lasadlvldadéS pOblíc<$, comercíales yagrícolas que no excedan de O.20metr05 cúblccsdecapacica<!.

El servicíode recolección de desectlos oomerciales !'<agriCQÍ<ii!s se efectuará de fonnape,iódica'l en ningrmcaso ,rregular

L~seITipresasparticulares queóes-een lapremadOn de dlclJosewiCi<ídebel'ánsoHcltarlooorescrito al menos con qulnce diasdeanúdpaciónalalniciaci6n<de aqUéL

nI RestosdeJardineria,pooa de árboles y los desechos result<:!l1tésdela limpieza de prediosba laics, <salvo que'*" trmede pequenas carnidades;

d)tostíesechbs prbvel1iénléSde lasactWldadesmenclOhadasene! inelsósegundc del~rt¡cUio

anfe60r que excedan de doS barriles;

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e} Los desechos patol6gleos prbvéhienlesde fa ats'!'1ciélf! deenf",rmosdeestabloolmlentos sirtll!¡ares tales como vendas,reSUltantes de frabaíosdelaOOratodosc!lnlros, fur'leran,is,.. ofrossem,eI2Intl::s;

Í)Tampoco serán objeto de prestacIón del cilf,QsíVl»,losHquídosaunqueestén envasados aquellos puedandar aqUé viertan efectuarse SU transporte ylosquesean~uSceptibiesde ¡xootlc1rmolest,,",;:; al Pl1lil:Hc~o{;orl o'~aslón de d,{'Ih<:¡Itr<mg,pcrte

Art25,~ Nosedeberan depositaro verter en losrecipientesbaldes o<oornenedor€:sdedesechQs materíalespol,grbsos,seanéstbs inflamables, éXPOSíVO$ radíoaCtIVos,volátíles,

i11Íit'íCé:íosos, conf<:.mínarnes, oorrosivos ocortantes,Slisceptil:;1eS de pufréfaccíóoodeprdOOcít Diores désagrad¡¡¡bleg o que porCllalqll¡erc<msa puedan const!tüirmolestlEls oIrn;;~~oold~ paralosusuaríQs deja vlapúblíca Q Vecl~

Ningunoonfel'1edotpodráser llllizado.omanipuladodemodoqtle ,SUCQntenídocalga enlaviapuhHca¡;¡pu~(iasedevantactoOl'.lsparCldo por el viento.

Del transporte

Art. '26.~ NInguna persona l1atural o juridícapodrádedlc<use a1 tIansporte o aprovechamrento100.d.~sech'J;;pfc;ven¡e'nt~"'(:lelasact:Mdades señaladaS éneL'ílrtTcuiosexfó de esta

ordenanza,sin previa autorízacl(¡n de la Munlcipandaa ¡a cual lndl~rá los requls,rrw que talespersonas ,deberán·cumpilr.

CAPITULo.n

ALMACENAMIENTO DELOS DESECHOS<SÓUDOSDOM letUARIOS

eH "",.""'''',''''''' de do':> o más p,s;os de altura, ed,hclosTyoompleJos,habltaCíonales laOOlsura dom1cl1laríase deb!::r¿ depositaren un lugar común. almacenáhdos€en reciplentesclbolsasqüe cum¡:ian COn los requisitos que el munidpío determine. debie!'ld6permanecereneint.eríon:le1 inmueblBhasta e! momento desu recolecci6n.

CAPITULO 111

DEL TRATAMIENTQYAPROVECHAMIENTO

La poblaCión tendrá la óblíg~ción de realízarrecrú1aJe, ha,::!eOO¡:Il.¡¡1 SE~pa'ra{~ló¡Hle$(1e

su casa de habttaciónseparando vidlio.papel,plastico y materlaorganlca.Mllniclpalidadse eXime de el cómprom,Só deréddlectar losdésecho""

La Municipalidad establecerá Cámpanasde educaoiÓH,ilTIoieníal páralápoblaGiÓn,pr0p6sito<{je generarunaactítudf3VOrabli:: enla comuni<:lacl pararelJtiiizaralgunos

material~oproouctos ~travésdel proceso de reclc1aje.

CAPITULO

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DE LA DIS?QSICIÓN FJNAL

Art30,~ La MUlllapalkladdeberªccntar\iOO un lugaradecuadodesechos sólidos, ene! ouaisectimpUráoonJos requisitos de un reJI!enosanilano,

Art 31,."',1,.,.. dis"'QSJción finaide los Oe$tlChosque se generende b"l';¡h.lf\¡cipalidad )'/0 deloR ooncesionarios que hubiere

Ait32~EI nHlenosal"litaríoseráel úfih:::olug¡;lr al!1Of¡za::!o paraiadíspnsÍciórlfmal de lOSde$ecnosdbmiclharios, Domerciales, loslltuc:ichales '1eXClusivamente por.ai MuniCIpio,

Art.33:~Para losdesechosgenerndospnr las industrias, dependiendo de.sunaturt:!!le:z:apr(;,oadIVa;ceberánsolicltarOOf1'anticl¡:;aci6n.a,la Municipalidad,

Art lamunic¡pahdad pardládispnslCJóntinal :S~'du.el

lugar sallevarim lasadívidadesdil!:A1macenamientodemall.erialesdt'.l rehusoreclclaje,pr"3'i1amente separadas desde la fu,entede origen. final de

desechos sólidos,

Ait35.- En elrelléoosanitarícno saaceptárán.pnrnlngúnmctiVo,desechOSpeligrosos.exbeptoqu~llilsln.l..ctOfles en un futllm sftan adecui'ldas. para permitir tlpcde desecnos

",''v'.,.,-...... dispo;~ic¡6n fina/de desecncss61ídos, ajenos al Mun!dpío.poorn realizarse. previaautoridades MuniCipales.

CAPlfULOV

RECIPIENfEPARA·D~SECHOss6LIDOS

DesechosSóliQos·Domici!iaríos

Art.3L Los desechos sólidos dom¡¿lliariosool0 podrá deposltarseenredplI!!f1tes de metal.plástico, caucho o e(,bólsasde piástico. evitand06een loposítlie el uso de cajas decarton,cajones de maderóLcanastos o paquetes envueltos en papel corriente.

la basura provenienl:e<de les áctividades iooustria!es,criMertiales,agrlcolas y pllblicas POdraser depOSItada en los recipientes mencionados en el mciSúanlerior no debiéndose utíllzarbarriles cuya capacldac>sea 02G metros c(¡rncos 'lcuyo pasotat,.! no exceda de 100libras.

Art3a.·Ltts recipientes antesmenciooadosdeberán lener [ormaquepermitasu lfmsn¡pUI;¡¡CIÓl1 toMarlos; por ningúl1Mof¡VOse

pel~mtitlffi que tengan bordescortant€Sapeligrosas

Art39". Lasbúlsas deplástícoHenada5 noexcederáilde 30 libras, su espesor lf resistenciaserán tales que 00 puedan romperse y provocar derramesetl usonormal.sucieHeserá sEgUroyadecutodo

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Art.

Art 40.· persona! MVt'UCIpal de aseo procederaa junto oon :.. basuratodos losrec:pjentes para desecros.que.no .cumplan COI11"I'H~x¡~Jerlc'EIS delapresente Ordenanza.

CAPiTULO VI

EVACUACIONDE DESECHOS vVl..'Vvv

Colocación de desechos

41-'losdesoohos del oomercío y otros, deoelran sl::'fc(l1c'cadcl~elnla

cf}:rrespclndierlte, trelma mlnutoSán'tesdel Mranosei'íaiado para el rec:oledo,r¡en los alefeCto.r¡dif;;3 lápresenteOrdenanza, debiendogüardarse

Responsabilidades• '"'~: .i

Art. Serán respcíOsabies del cllmpUmientode estas I1Ormasl05propietarios, arrenclat.;rk;¡s,opooeedores i.l cualqUIer oíro titulo de 105 Inmuebles. en el casa de edificiosqüecueníenoonel <:.:asede vivjenda~ ~ureoo¡;¡da~por habitadone::>,alem:;argadode la~sa,

LOt.di~sechcrs S')nCiCS no pOdrá oolocarseen lÓS redpienlés en forma laU:¡u& puedade!>bordarse nnJoolrábct:ar:;;e'~H;uelo. Aslcomotamb,;!nlos desechoss6lidos no deoorállser

rec:lpH;:nle'sa fin de que el '1¡;tC¡¡~dc'deé$tos pueda e!e<::íuarse PfC)gravcidao

Elexcedarn€ooloH, desechos indicados en esta Ordenanza deoorásertransportadcal relleno .sanltario.Municipal,

TITULO IV

SANCiONES

CAP¡TULO ÚNICO

SANCIONES

bl DesoargafdesechossQfidos en orro lugar que no sean el relleno sanitario

De las

Art 46· las MUlt<:l$que se impondrán a 10$ infractores de esta Ol'denanzaSéran de dieZoolones·como mínima mil como ·máxíma;.·a aquellas persona$< oue·COfl·$U

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MUNIC:IPli:J DE

infraccIón nodane la n¡a~ntecQfll",Vldade!os habilantesdclMunicipio elmonto sea!enólendca la gravedad de la illfracciÓf¡ y la capaCidad eoonormca del infractor.

41-AloS¡nfl'ad:Ol'é!sde esta Ordenal'~aqueocas:onendaño tenia saluda de las Personas'{atenten de estas se les aplicará multas minlrr:i'l'iHle áiezmi¡ colohes.

Esta mUlla.podrá perrnutarsepol" arrestoadmínlstratlVo etllaformaest~blecída·ene/CódigoMl.miclpaj :y laConsttucíón delaRepúbiíca

Del Procooimiento

Art4R· E1pl"xedirni~ntoseráelestablecidoeh loo articulbs 131 y sjgUientes del CódigoMunicipal.

Delíngtesode:las multas al FnndoMUnlClpal'--~-.--" .j

Las rt1ultas que se impongan;;:n virtud de esta Ordenanza íngrcaaran al FondoMunlcipaj·1 enalguni;)s CaSOS ¡;)oor<lnpermularseccn· arrestosquenoexceder~mdeQuínoedlas.

TITULO· IV

DISPOSICIONES FINALES YV!GENCIA

Autondad Públlca

Todo agente ele autoridad pública por el fiel cumpHm:enlode loes!ab:lecldc: er,la presente Ordenanza, .asícomo!ambien cuajqtiíer vécinodelaMuniclp3lidaddebéendo Q!;lr aViSO ,a lasaUíorídades Munlcjpalescorrespondlel'lles detod; infracci6nquetUVI{W" conOCimiento

Vigencia

Art51.- La presente Ordenanza ehtraráen vigencia v~.,~~".M~ después de su pubHcatlón en elDiario·Oficial

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES OEL CONCEJO MUNICIPALSUCHHOTO,DEP,\RTAMENTODECUSCATLAN.alosveintíocho rlla."d'1l!n)€s oema'zooeidos miL

Maria 01ellaLópa Marroquln.SindIco 'Municipal.

Jose Edual'da>Alas,SegundoRegidoL

José EstebanTercer Regido t

Juan Eraste Pintin.Cuarto Regidor.

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Juan de Jesus Chavez.QUinto Régidor.

Sexto Regidor

Réynaldó.ArltChlo Pinedil.Secretario MunicIpaL

D.M

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ANEXO 13

GUíA DE ENTREVISTA

Municipio: SuchitotoLic. Emique Pineda, administrador del sistemaFecha: 23 de ablil del 2005

CONVENIO

1- De quien fue la iniciativa de incorporarse al Plan Piloto de Descentral ización:

Como situación generalizada la falta de abastecimiento de agua potable el municipio de

Suchitoto no era la excepción, y estaba también siendo agobiado por problemas de un

servicio, costoso y deficitario. Los pobladores y en especial los 925 usuarios del sistema

pasaban hasta 20 días sin el servicio, tuberías rotas que no llegaban a repararlas. Y es que en

el municipio solo había un encargado de palie de la administración ANDA para cubrir la

demanda de esta población. La población tenía que pagar el servicio en el municipio vecino

de Cojutepeque, pues allí se encuentra una agencia bancaria a la cual recunían. Fue así que la

población junto con la municipalidad realizó asambleas de barrios y colonias las cuales

tomaron la iniciativa de recunir a la Administración Nacional de Acueductos y

Alcantarillados para que se les tomara en cuenta en el proceso. En este esfuerzo se involucró

1m Organismo no Gubemamentalllamado R.T.I 1., el cual estaba desanollando el Proyecto de

Desarrollo Municipal y Participación Ciudadana auspiciado por la auspiciado por Agencia de

los Estados Unidos para el Desanollo Intemacional (USAID) cuyo propósito era fortalecer la

participación de la población salvadoreña en el proceso democrático local y mejorar la

capacidad de las municipalidades para responder a las necesidades de sus ciudadanos, y

específicamente buscaba fortalecer a las municipalidades para impulsar el proceso de

descentralización de los servicios contribuyendo a la organización de la empresa en conjlmto

con los usuarios y la municipalidad. Fue así que ANDA envió a sus delegados al municipio y

explicaron el proceso, en ese momento se formó una directiva transitoria, todo esto se

desarrolló en Octubre del año 2000.

1- Conoce la existencia de la Política de Descentralización:2- Quien sugirió o decide el tipo de modalidad de administración:La modalidad es señalada por ANDA así como el tipo de convenio a firmarse entre las partes.

I RTI: Research Tríangul Institute

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3- Cuales son las competencias que han sido transferidas a la Empresa Mtmicipal de esteMunicipio:La operación, manteniendo y comercialización de los sistemas de acueducto yalcantarillado sanitario de la Ciudad de Suchitoto.

4- Cuáles según el convenio son las responsabilidades de la Empresa Municipal,

a)5- Que requisitos sugiere ANDA para fÍlmar convenio :2a) Instalar una oficina administrativa y de operacionesb) Prepara plan operativo preliminarc) Contratación de personal para la administración de los sistemasd) Software para realizar la gestión comerciale) Sistema contable independientef) Establecer la manera de realizar el mantenimiento de la red de distribucióng) Preparar un plan de mantenimiento correctivoh) FOlmular un reglamento de prestación de serviciosi) Impulsar una campaña de infOlmación a los usuariosj) Contratar un gerente para EMASA.6- Cual es el período de vigencia del convenio firmado con ANDA: En su primera etapa el

convenio es firmado por cinco años.7- En que fecha se firmó el convenio y cuando entró en vigencia: 6 de octubre del 2000 fue

finllado el conven10 y entró en vigencia en febrero del 2001.8- ¿ANDA impuso controles de la calidad del agua potable? Realizan Uds., dicho

evaluaciones? El convenio incluye controles que han sido cumplidos por EMASA

Tipo de Sistema

9- Por gravedad o bombeo: Por gravedad10- Tienen medición de consumo por familia : Se tiene micromedición en un 87% de los

usuanos.11- Se les entrego diseño y planos de red y todo el sistema: No ANDA no contaba con planos

actualizados.12- Hay controles de calidad: si: controles físico-químicos, controles bacteriológicos y control

de concentración de cloro.13- Cómo, cada cuanto y donde realizan los controlesControles físico-químicos dos veces al añoControles bactetiológicos una vez al mesControl de cloro todos los días.

En el caso de los controles de calidad se coordina para el cruce de información con el Ministeriode Salud.

14- Quien cubre los costos de estos análisis: Todos los costos de los controles de calidad sonasumidos por EMASA aún cuando en el primer año se recibió apoyo de ANDA.

15- El sistema de disttibución de acuerdo a convenio de quien es propiedad: De acuerdo alobjeto del convenio suscrito el sistema es propiedad de ANDA y se delega a lamunicipalidad para su administración.

2 Tomado de Convenio de Delegación de Funciones

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16- Además de la administración del sistema existen compromisos para el manejo del sistemade alcantarillado yaguas negras (residuales): Si existen, el convenio incluye acueductosy alcantarillados, por 10 que EMASA en cumplimiento construyo su planta de tratamientode aguas negras que cubre el 80% de los usuarios, con un costo aproximado $250,000.00que fue logrado por gestión de la Alcaldía Municipal de Suchitoto con el apoyo de *****.En el marco de este mismo esfuerzo se incluyó un vivero y la compra de un terreno de dosmanzanas y media para la instalación de la planta de tratamiento.

EMPRESA MUNICIPAL

1- Cuando se formó la Empresa Municipal administradora del agua potable:El 23 de junio del año dos mil, según consta en las páginas 86 y 87 del libro de actas y

acuerdos municipales, se encuentra el acuerdo uno, inserto en acta número veintidós, por lo

cual se acordó formar la EMASA.

2- Quienes integran la Empresa Municipal: Los estatutos de EMASA crean a esta empresa

mlmicipal con paliicipación directa de los usuarios como lma entidad Municipal

Descentralizada, con autonomía en lo operativo, administrativo y financiero, con

personería jmidica y pattimonio propio.

3- Que sectores de la sociedad civil participan R/ Se buscó una amplia participación de la

población lo cual incluyó a los usuarios del sistema.

4- Como esta conformada la Junta Directiva:La junta directiva esta integrada por nueve miembros de los cuales 5 son propietarios y 4 son

suplentes, 3 pertenecen al concejo municipal y el resto confonnado por personas de barrios y

colonias, obteniendo además su personería jurídica.

5- Como se toman las decisiones en la Empresa Municipal la junta directiva yen asambleageneral

a) Por Junta Directivab) Consulta Ciudadanac) Emanan de ANDA

Las decisiones de la EMASA son tomadas por la Junta Directiva y por el administrador de laempresa.6- Cada cuanto tiempo se rinde infomla a la Sociedad Civila) Mensualb) Trimestralc) Semestrald) Anuale) No rinden infOlme7- Cuantas quejas se reciben al mes por el servicio de agua potable:

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Por lo general se reciben de 15 a 20 al mes dependiendo de la temporada y si se ha realizadocortes por reparaciones.8- Existe subsidio para la población por el servicio de agua potable: existe una tarifa mínima

fija para los que consumen entre 1-10 metros cúbicos y el precio se alza al llegar a los 21metros cúbicos.

9- Han realizado inversiones importantes en la infraestrucmra operada por la empresamtmicipal: Al momento se han invertido cerca de $75,000.00 en el cambio del sistema deaducción, sin embargo por el momento solo continuarán realizando pequeños cambios yaque de acuerdo a publicación en el periódico FISDL licitará el cambio del sistema en elMunicipio.

10- La tarifa aplicada por la prestación del servicio es igual a la aplicada por ANDA: Deacuerdo al convenio firmado debe respetarse el plan tarifario establecido.

11- Tienen costos totales de operación del sistema

12- Cuantas personas o empleados trabajan para la empresa.13- Los gastos de operación son por debajo o arriba de la facturación mensual: Los gastos

están por debajo de la facturación mensual que es entre $6,000.00 y $6,200.00.14- Los componentes del sistema han sobrepasado su vida útil: El sistema data desde la

década de los setenta lo cual implica más de 30 años de existencia lo cual sobrepasa suvida útil.

15- Que porcentaje de mora tienen los usuarios con la empresa municipal en el último año: Elporcentaje de mora es de entre 3 y 4% de los usuarios; por 10 general quienes tienen morason instituciones como las escuelas y la PNC que no pagan mensualmente pero quereciben trato especial.

16- Conoce Ud, si con la creación de la Empresa Municipal se han creado nuevas fuentes detrabajo.

17- En que área han surgido estas nuevas plazas y cuantas. R/ administrativos y operativosa) Empresa Municipalb) Empresa Privadac) Maquilad) Comercio

EFECTOS E IMPACTOS

1- Conoce Ud, si han surgido nuevos líderes en la comunidad a raíz de la implementacióndel plan piloto.

2- La empresa municipal capacita a sus miembros3- En que área4- Que efectos positivos encuentra en la implementación de la descentralización del agua en

este municipio. Cercano a la población, mejora del servicio, las reparaciones se hacen deimllediato y las utilidades que generan son reinvertidos en el sistema.

5- Que efectos negativos se han generado a raíz de la descentralización del agua en este. .. .

mumClplO. mnguno6- Se ha analizado la sostenibilidad que tiene a futuro de continuar expandiendo la cobertura

del servicio.7- Conoce Ud, si han disminuido la incidencia de enfermedades gastro-intestinales en la

población de sus municipio.

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8- En su opinión como la descentralización de la administración del agua potable impulsa eldesalTollo local en su municipio.

9- Si el sistema es por bombeo existe subsidio por parte de la empresa de energía eléctricaque sirve en la zona: El sistema es por gravedad.

10- Cree que hay mas transparencia en el manejo del sistema por parte de la comunidad R/ si11- Hay mejor eficiencia y eficacia en la prestación del servicio( reparaciones, mejora de

cobertura, calidad del agua, numero de horas etc): En el pasado las personas tenían queesperar semanas para que íUeran atendidas sus quejas, el número de horas que recibían elservicio era reducido y no participaban directamente en la administración del sistema.

12- Hay mejor equidad en la prestación del servicio13- Cree que la mejora de la prestación del servicio se debe a la proximidad de este a la

ciudadanía14- HA mejorado o desmejorado la atención al cliente

OTRAS ANOTACIONES

PREGUNTAR:Fuga internaOficina de atención a usuariosVolumen del tanque de distribución y captaciónCapacidad de las fuentesTnversl0nes reallzadas por la empresa y la Mun1clpalidad.Edad del sistema de distTibución y población atendidaEducación a usuariosExisten manuales y reglamentos aprobados e lmplementadosCree que ANDA cumple con las obligaciones establecidas en el convenio.Costos Totales de operaciónProporcionar Decreto Tarifario

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At~EX014

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DeCRETO No. 110

El ÓRGANOE.lECunvoDE lA REPÚBUCADEElSAlVADOR,CONSIDERANDO:

I-Que mediante Decreto Ejec:utivo No. 65; de fecha 30 de noviembre de

" 0-" 1994, publlcadoen ·el Diario Oficial NQ. 226, Tomo No. 325del.6de

diciembre del mismo año, y reformado mediante Decreto Ejecutivo N°

5S¡ de fecha 26 de juníode 1995, pubHcadoenel Diario Oficial N°

116,Totno N° 327 de esa misma feCha, se aprobaronJas tarifas para los

Servíoosque sumln¡strala .Adminístración Nacional de •AcueductQsY

Alcantarillados, así como su reglamento deapIJcación;

11. Que la c:itadainstítuclónen Sus tarifas actuales incluye unsubsidío

generalizado para todos 10$ usuarios de la Irlstitución, el cual debe

focalizarse>alQs settoresde. ménoreslngresos;

IrI. Que con él actual esquema desubsídiO$ la Instituc¡6nno percíbe los

recursos necesaríosparasu normal operac¡6n y menos aun para el

mejoramiento y/a expansión del servicio;

IV. Que el nivel ylaestructuraactual de tarifas de agua potabfe y

alcantarWado no<condUCl?B la utiHzaclón racional del retursohíddcopor

parte>de los consumidores;

v. Que es necesario qU€5emantengancOndJc¡Onesfinancierasóptimasel1el paíS/a efeetoque ANDA pueda contInuar siendosüjetadecréditos

Internacionales, lo que se ttaduclráenuna mayor ymejor prestaciOnctel

servicl9 públíco de a9ua potable en beneficio >de lQsconsumídores dedicho servtdo.

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PORTANTO¡Con bage a las razor1f~S antes expuestas yde oonformldada ·'aJt;tra"p" del

Art. :loe la ley de la Admin¡stradónNadomU de Acueduct.os y AlcantarJilados1

DECRETA:Aprobar las siguientes Tarifas por los ServIcios de Acueductos 'ti

Alcantarilladas que presta la Admfnístracíón Nacional de Acveductos V

Art. 1. * Para efectos de aplicadóndelpreSente Decreto, se adoptan fos

siguientes conceptos;

1.1 Serv.ício, Se refiere a una Conexión a la red de acueducto eincll¡Y€

el alcantarillado a menos que se esoec¡flQuesuexdus¡ón Dara efectos deaplkac¡ón dela tarjfa,

Tanfa Base (t). la tarifa base se deftnecomo el costo por

m3

racturado basado en resultados financjeros de !aANDJ\.'

Este parámetro tiene los siguientes componenfes,

defimdüs

t J ;::; [Ostodepersonaf por mJracturado

~ costo de energftlpvr m3 facturadú

tJ c;:·otros custospor m3 facturado

fA. = costos f¡nancierospor mJ facturado

;;;. costo de protección de fuentes por mJfacturOOQ,

SenticioResidenclaL SetvÍ(lcJde ac:ueductOYe;lcantarmadoque ~,Presta pormedtO una cone.X!Ón domiciUartaa< un predio en donde residen unan famWa s',

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Las Instituciones públicas o pnvadas

como las escuelas y otras entidades

instituciones fines de lucro que presten

lA Instituciones especlales~

conslderadas del'beneflcio

edutatlvosr hospitales y otras

serviclosde salud.

1.5 Uswmo, La personanaturat o jurfdica que solicita y obtiene un

servlcio<o<conexióndeagua o alcantarmadO,

1.6 Suspensión. o€sconexion temporal del s€rvlcioporincumpltmlento

de las disposiCiones•reglamentarias.

1 Recone:(jón. Restablecimiento delservlc10aun inmueble al cual le

habla sidosuspendído.

L8 Desconexión, Retiro definitiyo·de los servicios.por· ¡ncumplimlento

de disposit1oneslegales¡porremodefadóñdela ¡nfraestrucruraurbana, a

solicitud del usuario, prev!c!sOIVeonil desusadeuoos y causas no previstas.

1,9 Reinstalación, Restablecimiento de los servicios, los cuareshabfan

sido·desconectados,

Art. 2.-LaAdminísbaclón Nacional de Acueáuctos y AlcantariUados en adefanb

llamada ANDAfaplicará tarífas correspondientes acuerdo con la síguient¡metodologl.;'l :

2,1 ' Tarifas Para reSidenCIaL la factura mensualpar,

los consumidoresresídencjales, conconsum05 rnáyores d!

10 m3 mensuales, se determ¡narápor medio de la:;iguientl

fórmula:

FACTURA: CF+(CB "'" COfF XCM + ser x CA) t

En donde:

FACTURA es el valor del consurnomensual porservicíoounidad família¡

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, ..... •.•.' •.•• ',', . .. •. •.•.• '"J"' •.-'.,:e: c'"",;;¡;,,:;

DlAR100I'fCIAL "SAIf"'VAIHJ"'~'"

ca es el consumo básico, es decir el .consuma definido como,un

máxImo de 20 m~ pOfservlclo pÓr mes.

COfF ese1coef¡oente de la; tarifa base que expresa el sobrecargoJ............."

apllcado al'oonsumoentre 2J Y40 mpOr5enll(IQ por mes,

CM ese! consumo medio, definido corneel rango de 21 hasta 40

SBC es el coefiCIente'de la tarifa base o sobrecargo apH~ado a los

consumos mayores de 40m3 por servIcio por mes,CA es el consumo adklooalalos 40 mJ por servicio por mes

t es la tar¡f~base definida para 1994.

1 Tarifa mífl¡me. Para consumos residenciales hasta de 10 m?

mensuales, se cobrara una tarjfaft]a deS 229 porm~s,

2.1 "2 "Tarífa Residencial para el Consumo Básico, Todos los consumtdore!

tesídenciaiescon un cónsumo mensual de 1 a 2Qm:' tendrán un subsidiO ,

pagarán la tarifa base (t) multlplítaaa porelcveficiente"s"máselcargo básico.2.1.3 Tanfa Resídencial Flara Comunidades Urbano Marglnales.

comunidades urbano marginales tendrán un subSidio definido porelcoelicíent"s"enlos primeros 20 rn1¡ndependientementedél consumo mensual. Paras

aplicación tomará de base ei IV Censo de .. Vivienda reaUzado porel.M.ínrster

de Economlaen 1992,

2.L4 Estimación del consumo paraservlcios·sin medidor, ElccnsUl

de los servjclos resldencialesQue no cuentan con medidor seráestirnadolbase en el numero de>D€rsonas que residan permanentemente en el pred¡oy

consumo por habitante de 15m) mensuales,Aesleconsumoseapllcalata

resldenClalcQr respondiel1te.

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EstlmaClóndelconsumo para s'irvkios multifamiliares.

consumo mensual de .loSservíciOS multlfamlUClres (mesanes,condomínic

residenciaJes) con un solo medldo(tp¿tr¡aefectosdefaduración, dWíde porl

número de< unidadesramjliares; a promedio se le aplica la tarifaresidenci¡

correspondiente yse mult¡plíG~ por el número de unIdades familiares par

determInar lafaetura mensualdefsےvjcio,

2,1;6 Taritapara ServiciQ colectivo de usoresidenc¡atLos consumldore

con acceso a una fuentéseITl!. -públical o <c¿mtarera, parau$Q residencia

limitado a los residentes de una comunidad ti conjunto resídencial pagarán li

tarifa base (t) multíplicada por coeficiente .Sm embarg01

la ANDA 51

reserva éidetecho delimItar las horas de sumínistro díarío adichos servícjos.

2,2 TaNas para servicios no· residenciales, los servicios n

residenciales, ¡nc1uyendo laínnU5ttía, e} comerCIO, y/as Instituciones publlcasprlvadas,pagarán una tarifa por m3 ¡guat a la tarifa base multip1kada¡:mr ti

coeficientel\.

2,3 Tarifas.para Instituciones especiales. Las Instituciones públicas

prívadascOnsideradas de "benefido socIal" {escuelasI hO:,ipítales) pagarántarifa base<multlplicada por un Coefíciente m,

204 TarIfa ResfdencialRegíonaL ' A la tatífaresídencJal del Interior dé

país se le aplicará un 20.Qo¡<roe SUDSj(j10 en la factura meosuaft>siempre queé

no rneT10r a$LOg,

2.5 Terifaporexplotaci6n privada, Toda explotación priveda>deberáregistrada· en la ANDA Y deberá reportar mensuafmentesuproducc¡ón.Ae

producción se le. aollcaráuna tanfa por m3 iQualalcomponente (lefa tarifa t:;para protección de .Ia fuente dei agua del sIstema. ( t5 ). t3ANDAOelJ

mantener un inventario actualizado de las expfotacjOnespHvadas yDroducclort

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't7 Tarifa por venteen lfenaderos. El agua queJa ANDA venda en sus

llenaderos se cúbraráa $ 1.38 por4J3 Otros precíosy cargas.

4.8,1 El cargo por conexión a la .red será de$68.57 por 5eNICIO en el

ámbito nadonal, más $ 11AJ €nconcepto·Oe trámite. El cargo enconceptetde

trámite para con€xlóna la red en esectoreSHO urbanizados será d~$ 11A3,

además del monto del presupuesto Que la ANDAdetermíne parlas abrasa*' .

realizar. El catgo por conexión alated no Seréeaplk:able .ef¡ afcaso deeproyectOS

de \nvieI1¡jasocial erealizadoSDOrel fonoode Inversión Social para el DesarrollL.

Loc.el de El Salvador; vivienda l.lrbano marginal y v!viendafinanciada PQrel Fondo

Nacional de Vivienda Popular; pero no estarán exentos del pago de trámite de$...

11.43.4.8.2 Servlciosespedales.La ANDA .. cobrarálossigüientes cargos:

RevlslÓr'ly aprobacIón de proyectos $ 0.06 por m2 del área delaurbanlzación;

prueha y recepción de instalaciones'$0.09 por rn2 delárecútli;expedlclón de

solventias$ 2,86; cambíode dimcc¡ónparaenviarfadura$ 1.14; sustltucl6nde

factUIaorlginaft $ IOspecclónporreclamo$ 2,86apartlr de la tercera

inspecciÓnsQlicitada; extensión de constancia de sen4cio$ L71; actuallzaoon

del nombre, $ 1.71" extensión de estado de cuenta $ LOO,

4,83 Costo oemedidQres, La ANDA suministrará un medidorecoMO parte

de todacQnexión nueva, reparaciones o ra sustitución del medjdorCuan,dO

haya sufrídodaño atribuible al usuarlo.. o.. por requerjmJento especial de este, la

-ANDA cobrará fos COstos de los servicios por cambia o manten!mlentoasf:

cambio de caja de medidor $.45.71; cambíode tapaderaS 22.86; instalaciónaE

vélvu1ade control $ 12.00; cambio e instalación de medidor $> 11A3;serviclo dE

detecci6nde fuga· mterna $ 22J36. Paraaitos consumos con .acometidas dE

d,arnetros d~la 4 pulgadas; los costos serán: camblo.decaJa de ,medidor ~

160.00; cambio de tapadera $ 72,OOj ínstalaciónde válvula de controí $&4.00;

cambio e insfalaclóndemed¡dor$.600.00,4,8.4 Multas, Si la factura no fuere cáncelada en la fecha de venclmientn

-"""'~"'," apllcará un recargo del 5°10 del valor de la misma,stempr8 y cual1d~

n~sultado no sea menor a $ L14, S¡éstep€~rmaneClereenmora más desesen

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días/se procederá asuspenderels€rvicio y si la cuenta permaneciera e

porrnás de s meses se procederá a suspen$lónespecial. La tar

reconexión será de $ 11.43 Ylo tarifa por reconex16n especfal sera· $98.perj~iciode Jo anterior¿despURs debO de<encontrarse en mora, ta.

cantídadésadeudadas a ANDA cornenzatlln a devengar u"intéteS mOl

equívalenteala tasa promedio activa que el Banco Central de Reserv3

Salvador haga publicar en pdndpalesmedlos de comunícaclÓn.la mI)

cada <conexión ilegal será de $ 114.29 COmO minililQ y $ 3,428.57

máXimo, ::segun establecido Reglamento sobre lnfracdonesFraudl

Cometidas· a los Servidos de Acueductos y Alcantarillados.

4.8.5 Construccíones nuevas. Toda construcción nueva pagará un

de <$ 069 por roL de área útíl en elámbito nacionaL

4.8.6 Servinos ad¡cionaJe5~ los usuarloscon servicio de acueduct

requíeranservinosodiCIOna!esen e!rrnsmo predio. poyaran $

más>el costo delllstalación en el ámbito nacionaL

Art. S.' Unidad de Tarifas. la ANDA mantendrá una. unídadencargadat

aetuahzaooel sJ5temade tarifas y mantener un control aproptado de! sisteArt.€>. - Deróganse IDS DecretosEjecutfvos Nos. 65, de fecha 30 denov

de 1994,·publícado en niario OfiCial. No. 226, Tomo 325, deiS de diderr

ese mismo año>yel N(l >55, derecha 26 de junio de 1995,pubflcaaoen elOficial No.116, Tomo N° de esa misma fecha,

Árt;.7. ··Elpresente DecretoentraraenvigenciaochodJasdespués

publ icaciónen DiariaOflcial

DADO EN CASA ·PRESIDENCIAL: SanSa1vador¡ .13105 veintitrésdfasd

de noviembre del año dos mI) uno.

CARtOSQUINTANllLA SCHMIDT

Presldentede id Repubií::a en Funciones,

MiGUEL lE, LACAYO

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Anexo 15

PROCESOS'ADl'vUNlSTRATIVOS 'CONTABLES

1- Que personal.seC(ll1treto cDnla deSCtlutra!ítRCi6n. del. agua .potab1e 'en, el .municipio?[)eacuerdo al :CQU''er¡jofumad(\ccnANDAhUli()la Ilccesidad de cmpleada'tludIlwtiEtrad{}J', ,unó.' t'!11c;:ngadó •de.crnnercíalitACíón y,un fOlll'anel'O,ya

admíní:>trat1\1JS' y<;omerciaJizaciól1).

cuentanCOIlIJcmQlla" €r'ilmtual,es (1 de adl1m¡l1straCI{;·n

2~ Hubo nece:OOad detealizar C'ambios ell procews adrnlnistnrllvoo enmmuuicípalíd1il:t

La:mmiclpalidad!lo sefueaf'L'Cfada dadoqué>la empresa llUlmclpalobtlJw super:;(meria juridicayen cuanto a 10 adrnitri:>trathu>estot!ilmentemdepcadlente y elaboró sus IllM\mlesprocernmienB

3- IlCcc:,idad deeqIlipar la" ÓfiCÍlla.<; admiIú"trativa¡;>para ,alenderalpúblico bllS'.lalÍos delos ren,.ioIDs.

LalIllltlicipafidad brind6rm espacio durantealgunoomeses para imciar con la opemción <lelaempra'la pero luego liubonecesídad de tenersnespado ,pn'tpio.• (alquilan'?)

1 (lün,plll,¡dora2eSCdtooos2'archNos

4· Jerárqilicamentelá admlni"Wciól1delagua¡romble depende deqilién.?E~{.""'SA deyt~nde jerárquic<mmutedesojwltadireeliwquce<ítifoITIlftdapor nuere rnrembrvs .tresrepresent,mtesdela Municipalidad y gelsdeioslmh,lnntes delcascD

5~ El area firlanciera realizó,~studi{)'de.c~spara l!l.ble~.lo" c~en •los Cllales in<mniría,lallumicipalidadadmilristnllldúel'agua.

6:. Si existió anWisiB de re"wwQnpt'SÍti\Q:Jpara la IDumcipalidad <:llletsenfido de qlie secOIl"ideool1 rentable omit,., bien.¡;e'cótlsidert! el ooneficiosociid a.las, cx>ffiunidadcs.

AJ rnülill'mto de :znoo amen"uares, los son en la pero robre k'íln debeC{\llsider~ elbeneficío que estful recibiendo'las.comllnidades.

7-

El prcsupllestv de Etv1ASAesaprClbadvpor d CQucej~) Municipalperoelu1tlflejó de fondos egtotalmente :Independiente

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delOSnUil\US serviclos seesrableeen mediante un pruce:ro de ,n"peCOiOIL.la empresa ae manera cuuveuciol1<llMúchos ú;;; k,;;'úSuanooal1lel'iotrrlel1te y con EMASA

\t~tl21rio,; h¡;¡u d¡¡;:mülU~d()arl'~maKqm~·:>e alj',;mle>í)p('mtnalll(:~nt\nnllnlecc:ridm:1es,

1.. Fuenecesariotonmracuerdomuni.cip<ll acerca de la deci:ri<"11 00 adrnims!nlr directamente elagua.J:.K'fuhle .en.la luurl.lcipalidarl'} {,,,,,nj"'" .1>""'''<'<'

La dooimóu> del CÓtlceJo MunicipallJ.lá la creacióll-de. "AJW¡¿'u Municip211. y EMA8Afue lnklCrim en¿1t',¡'¡'¡L¡,¿'LII;UI. e>inicia sus ·l'é[n'eltoael 200L La acrj;'lJ.lad econ<)mica I1lll'Ulltd

pr<!i'!aciot\·deser'l'icíos de acueducto;;. y aIC<l1Hl:llíiladüg,

2- elaboradaatgunaordcnanzl'l pl'lrala adminisrracióny cobro delservicio de agua potabre ysifue.l:lli1. en que. foohafuepublicada.eu.el·lJíario

Nodahomrordenil[lza Yif que decreto 101 u".L\y'u,cx. n111f'¡~,,,,j

Aqu¡enlefueencc!~ndadala t:areaderealizar los tnhniteslegale¡;paru laadrniIlislracronaguaputable,

4- Beol)ruvieron que otorga el MirlÍSterió M MedIO Ambiente y Af>oci¡:¡cll1IlNaclol1al.deAc«cdllctC';;. ji'.AleantitrinlKlúg·!ANDA)Fam·Ial'ldtnimmacióndel aglli"

El ,;lmerna de distribucloIl>yaestaba pOr ANDApor lo muto yaoontaba bontoooslo!)

7- El de di5UihuL"ÍÓU'ltre<Slll1llni-<tmel servícin es propiedadmlllÚdípaJ ohllbü I1elJ<!sHla(1

delnmstel'lra ANDAE1>istema e¡¡ propiedad de MuA pero durante cincóaiíós El\{ASA é&t:l facultada para' opera"luego ·de esteperíooo.seesiablecí:'lralá.pmpíedad·del·:iJi:ll:erna,

1- Huoo.necesidad.decontrntar peroonm.especiamta.para·el manejo.dd sistemau1sfonrnnerospamelmanejodela"rtema deben renerexperiencia e"llocializada en este rema,

aplrol:fadas'DOl tecnicv:;·dc·ANDA"Desde clíniciu·1lC contó.(:on.la.asc:rorla.de.•4NDA yde heeho·laasi:ll:enciaes~enteyexi'jlenl{)tlÍrnn;~ú paragar;mn1MqUi¡00 eontiriueoonlos f\!rtaIldarese¡itableddúsporellos,

·ElsÍSlt"n:lli el> eSOOodek.,~_ernm.q'Ue romple coo>este requiSlooal100% yde he;;:htH:!llgran mvdida a esro "e debe kiS excedefl~e5ñnan{;ierQsdeEMASA,

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establecen.cstandares·de ·calidad dclaguaque.:.e bOIl1b~ía

nn''''V7 mme" ;:te realíZllnCXaIl1CneE bacfcuológico, llno Q <lbs 1,'t;;~e3 al ann t,Xalm,~nelS tj&!(~o

qnílmcos y adiariQ·;;e·ijualiaul.lacloración. Al principio.del'pruyecIDlos llll;ili~~s'':lanrcaJljzild{!s..porANJJA.·grafuítarnenle, pero'lnegü huoo·quc.pagar·¡:u·como. Elnlorutorc,'.lorealiza MlNSAL

manejo.del.1tísterna.Laaoc:ooria y la capacitación por pm1edeANDAeseonstanlc, !1dl~I111¡$quenulc«l11aCQmO audi!üIdel íil!1cIDnamellln.de EMASA,cÜHiO.üpCr<lllonldclS!s!eIU!i.

OB::iER','ACIONES(iEN1BRALES y

cnla

enUItUUJiipl.o,('::;te fue incluido.UnavezírUcíado el proyeetolse ha procurado quelos,problemaspc1HiCQíi notcnganinllueIlcia enlalabor de·EMASA·tmllando en·e\l1mtaqu~ lalaoordelaempll~¡¡¡a,mpera·lo¡;probrema¡;lntemns

mencionarne qne lainicialiva aela· deooeutr..ilizaciónadl.nill;~lnlCi{\n,(lel·ag'tlap,ota bIe e"tilbl,~l{úl por·ANDAfue l11.iciauwdclBtD

proyecto, per(~a rmzde

oq~liZacJótl {li;l< EMASAfilelllu}'llnpbrtatl.te]áoofub6ración ql.leles [¡ruldó ·1'eltral()P';8lile dificil ('perdeRme" en CUento ne se

~dó eJlüS;![ traves de la

Direcri\'a(taltaJ ~ta por el alcalde nnmidpal,necesa.¡j"mente1iene ser de nlaner~Bsr~llmbnesool) el ad111inistradórde 1C''''t'',:Jft.··".,·

reWizan·Ulla.veZ.almes, momento.en el,cllal.sc· jnfonnusobn:,m .adtlmustrnclún dedato que resulta hecho Grle percibidt'3 el ",,,,,¡e,,,,

sundepf\sitaoo:nUUIR cn.mlUa nombre quiencumpliendo .con reql.l9toll. del. convenío, ·ttaslada nm:vamente '''''>'''" .....,''''R la CUlPl"l;sa.funcion<unifmto,·.Denlro·d~ los· requisitos Il~;;e!¡aI1'QSp'dl:a.~1 c'Jm'CllIlO "'U"l'U·'U,/"\

ubligación depa:¡¡;ar ~ ..~ ..~_,_adlnirtlsll'ali"n.Hasta elmÓnlellÚJ tiene cubi6rta la delnandade la población llroW1l;idel mmücipio y en

miz,'romedíción delotiusuanosll(\ cuenta CQfunedídQI" y d~a()uerdüa

cobra direero.AI1teesm dificultad "fIó"COI;l:0pOl'm,:;ul,jor oSj~1Ía enlre

1~ Pmufutu:rnsexperiencmen este tipo de élllpmliae¡¡ímporlanteoonooor otra:>experienclml, siexistcn y sinoTI;:<l!izar·lm,m3yornivel de ,acercanlÍtulúpür l"'l1loeJlos·cllel.pnmer <liio.denperat1lün,

2- E1exirtHleEMASAdesc<UlSaengran medíd"'ené'I:o;i,,temaderli:>tribUClón !Jneces lOO';ll pot

le La dellCentl:aJización en Nicaragua. Ortega uei~·M.rnuel2· l.a sittlacióllde!recurnorndriw en El Salvado!", Oc,t120lrl.,;- De!i<llmloLocal ynescentnilil",d61L PNUD. Cal)lnll>Jó,2ülJl4· Del m'demumentol>Fgal e'luatitueional parn la liescellu,lllzaCJl,"ll d.;; k,s servicios publico¡¡;

LievallO de. .M<.([xpLws,Nlu!l'<'i,.,I\bJat::(]025~

6-

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ANEXO 16GUíA DE ENTREVISTA

RTTrng. Eunice Bará de ZelayaCoordinadora del area de servicios públicosFecha 01 de Febrero de 200S

1. ¿Como surge el apoyo de RTT al plan piloto? R/ este se da en el marco del proyectoque RTI estaba desarrollando junto a la municipalidad de Suchitoto el cual sedenomina" Proyecto de fortalecimiento democrático local( FODEL) contrato:0519-c-00-03-00013-00 RTTIUSATD.

2. De quien es la iniciativa R/ es de la gente del municipio junto a la municipalidad3. En que a apoyado RTI a las empresas municipalidades R/ apoyo organizativo,

sistema de facturación, elaboración estatutos o escritura pública, negociación deconvenio con ANDA, elaboración de manuales administrativos, capacitación enadministración, contabilidad y comercialización

4. Que han coordinado con ANDA R/ lo que se enmarca en el convenioS. Es parte de un convenio con ANDA R/ si aparecemos en el convenio6. Es palie de un proyecto especitíco R/ si como dije antes esto se da en elmal'co de

un proyecto que nosotros ejecutábamos.7. Como ve el proceso RTT? R/ la verdad es que ANDA noO ha cumplido con 10 que se

establece en el convenio, ha dejado a las empresas municipales solas y ahíentmmos nosotms, nosotros hemos capacitado y dado seguimiento al proceso

8. ¿Cree RTT que la iniciativa es buena, regular o mala? R/ la iniciativa es de algunamanera buena, solo que no se han seguido los pasos y las empresas no podrán seguirsolas, nosotros terminamos el proceso en Febrero de 200S, es mas ya casi estamosterminando, hemos presentado suna propuesta de continuidad a la ANDA, pero nohemos tenido respuesta.

9. Se puede hablar de descentralización en este proceso? R!No claro que no desde mipunto de vista no.

10. Hay algím diagnóstico elaborado por RTI sobre el proceso y que piensa la poblaciónde este? R/ estamos elaborando una sistematización de la experiencia y tambiénhemos realizado una evaluación con algunas empresas. Específicamente en seisempresas en marzo del 2004 en el cual realizamos la metodología FüDA.. en el cualaparecen datos interesantes

Comentarios. Elmice: Le voy a proporcionar una sistematización que hemos realizado,también le mostmré el sistema de facturación que hemos implementado.

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'~~-~~~.. " "::,,.~ ~ ,

PRIMERAS DIEZ CAUSAS DE MORBILIDAD DE CONSULTA EXTERNAHospital Nacional de Suchitoto, Enero-Diciembre 2004

t

N° CAUSAS Cantidad %

1 Infección de Vías Respiratorias Superior 15,610 26

2 Diarrea I Gastroenteritis 2,009 3

3 Parasitismo Intestinal 1,183 2

4 Neumonía 611 1

5 Vulvovaginitis 538 1

6 Ansiedad 311 0.5

7 Conj untivitis 300 0.5

8 Lumbago 283 - 0.5

9 Hipertensión Arterial 236 0.4

10 Diabetes Mellitus Tipo 2 206 0.3

Subtotal 21,287 35

Otras Causas 37,672 65

Total General 58,959 100;

>2:

~o....00

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r-' ,- r-- r-- r- r- r- r-- r- r- r- Ir-- r-- r- ,...- ,-- r- r- r-

'~~~,,'

PRIMERAS DIEZ CAUSAS DE MORBILIDAD DE CONSULTA DEErJlERGENCIA :

Hospital de Suchitoto, Enero~Diciembre~004.

N° CAUSAS No %

1 Neumonía 478 10

2 Embarazo de Termino + Trabajo de Parto 526 11

3 Trauma y Fx 298 7

4 Diarreas I Gastroenteritis 207 5

5 Diabetes Mellitus Tipo 2 Descompensada 120 3

6 Cardiopatía Dilatada Descompensada 98 2

7 Sospecha de Dengue 94 2

8 Embarazo + Amenaza de Parto Prematuro 90 2

9 Crisis Hipertensiva 79 2

10 Abdomen Agudo 56 1

Sub Total 2,046 45

Otras Causas 2,559 55

Total 4,605 100

~~o....'oC

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ANEXO 20

San Salvador 17 de Marzo 2005Ing. Juan Carlos GonzálezCoordinador de DescentralizaciónAdministración Nacional de Acueductosy Alcantarillados ANDA.

Muy respetable rng. González.,

Reciba lo~"~as 'sinceros saludos, de parte de Ing. José Ángel Álvarez Galán y Lic. MariaEugenia Alfaro Helena

El motivo de la presente es para solicitar una cita con su persona, para saber de cerca sobreel proceso de descentralización implementado por ANDA a través de esta unidad,recopilar información básica que nos servirá para elaborar una investigación sobre el temade descentralización para optar al grado de Maestria en Desarrollo Local, en la UniversidadJosé Simeón Cañas (VCA), nos interesa conocer, cuantos sistemas de agua se encuentrahasta el momento administrando ANDA, así como su opinión acerca del proceso dedescentralización implementado. Decirle que nosotros ya hicimos nuestro trabajo deentrevistas en el campo con las administradoras locales del plan piloto y queremos conocerel punto de vista de la Autónoma a través de su coordinador.Informarle también que como caso de estudio nada mas nos ha interesado los sistemasadministrados bajo la modalidad de empresas municipales.

Su aporte al trabajo nuestro seria de gran ayuda, por lo que esperamos su atención a lapresente solicitud.

Anexo. Copia de la carta extendida por la dirección de la Maestria en la UniversidadCentroamericana José Simeón Cañas(UCA).

Atentamente,

"varez Galán

genia Alfaro Helena'¡"-~'-""-~"---._-~._,,-.

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