UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL PERÚ Derecho Civil I

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL PERÚ

Derecho Civil I

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COMPETENCIA DE LA ASIGNATURA

Examina la Teoría General del Acto Jurídico para lograr una adecuada interpretación

de las instituciones del Derecho civil para la solución de casos tipo propuestos, con

actitud ética.

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Al finalizar la asignatura, el estudiante de manera colaborativa sustenta un ensayo

argumentativo aplicando los componentes de la Teoría General del Acto Jurídico con

responsabilidad, teniendo como parámetro el Objetivo de Desarrollo Sostenido N° 10:

Reducción de las Desigualdades, demostrando responsabilidad.

RESULTADO DE APRENDIZAJE

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SESIÓN N°13

VICIOS DE LA VOLUNTAD

EL ERROR

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Al finalizar la sesión, el estudiante debate en el foro la presentación de casosprácticos sobre los vicios de la voluntad por error, en el marco de un trabajocolaborativo.

RESULTADO DE APRENDIZAJE POR SESIÓN

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Los vicios de la

voluntad son

situaciones que

inducen al sujeto a

declarar una

voluntad que no

corresponde a sus

verdadera

intención.

Lo ideal es que en la celebración

de un negocio jurídico exista

correspondencia entre lo deseado

y lo expresado, entre la

voluntad y lo manifestado. La

voluntad o el

consentimiento pueden ser

viciados por error, dolo o

violencia.

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Constituye un

desencuentro

entre lo que es el

objeto materia de

conocimiento y de

juicio, y el

conocimiento que

se adquiere de él.

Todo error

constituye una

negación de lo

que es o

afirmación de lo

que no es.

El error no sólo

proviene de un

defecto o

insuficiencia de

conocimiento,

sino de un

razonamiento o

juicio equivocado,

que cree como

cierto aquello que

no es tal.

La ignorancia

es distinta del

error, pero

jurídicamente

similar, porque

en uno y otro

caso el agente

celebra un

negocio que no

concluirá como

cierto, o que

celebraría en

condiciones

distintas.

EL ERROR

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CLASES DE ERROR

ERROR DE DERECHO

Consiste en la ignorancia absoluta de la ley, sea por su falso

conocimiento o por su falsa interpretación. El error del derecho

es la falsa representación de la ley o su falsa interpretación,

mientras que la ignorancia es el desconocimiento de la ley.

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CLASES DE ERROR

ERROR DE HECHO:

i) ERROR OBSTATIVO.

Se produce cuando las partes declarantes no coinciden en cuanto a la

identidad

del negocio (error in negotio) o a la identidad del objeto (error in corpore).

Cualquiera de las partes puede pedir su invalidez.

El Código lo reconoce como un error en la declaración y no como error

obstativo. En el primer caso, podría tratarse de la celebración de un

usufructo, creyendo que es un arrendamiento; en el segundo caso, se

puede citar como ejemplo que en lugar de comprar el caballo Santorín

se compra el caballo Rocinante.

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ERROR DE HECHO:

ii) Error en la persona. V.gr.: Cuando se contrae matrimonio con una

persona a quien se considera soltera, pero en realidad está casada.

iii) Error en la transmisión de la declaración. V.gr.: En el documento

dice 100 toneladas de papas, en lugar de decir solo 10.

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ERROR INDIFERENTE

► Cuando por su propio texto o por las circunstanciasque lo han rodeado se puede identificar a lapersona o al objeto, no se anulará el negociojurídico; es decir, la ley prevé el caso en que el errorse pueda corregir, sea por el propio texto de ladeclaración o por la concurrencia de circunstanciasque permiten identificar a la persona u objeto encuya identidad o nombre hubo error.

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Error de cálculo:

Regulado en el articulo 204°

del Código CIvil. El error de

cálculo es susceptible de ser

corregido por operaciones

matemáticas, por ello solo da

lugar a su rectificación, sin

necesidad de invalidar el

negocio jurídico

Error en el motivo. Cuando

no haya sido expresamente

comunicado, ni haya sido razón

determinante de la realización

del negocio, el negocio jurídico

mantendrá su vigencia.

LAS FORMAS DE ERROR INDIFERENTE

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EVIDENCIA DE APRENDIZAJE

Carpeta de resultado de aprendizaje: Presentación de casos prácticos

RESULTADO DE APRENDIZAJE

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CONCLUSIONES

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REFERENCIA ELECTRÓNICA

Cassagne, J. (1974). El acto administrativo. Vicios de la voluntad. (pp. IX 1 - IX 64)

Lex (5 de marzo de 2020). Acto jurídico. Los vicios de la voluntad. Bien explicado. Lp Pasión por el Derecho.

Recuperado de: https://lpderecho.pe/acto-juridico-vicios_voluntad/

Taboada, L. (2002). Acto Jurídico, Negocio Jurídico y Contrato. Grijley E.I.R.L. [Versión electrónica].

Recuperado de: https://andrescusi.files.wordpress.com/2020/05/acto-juridico-taboada.pdf

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