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1 Universidad Autónoma de Nuevo León Facultad de Derecho y Criminología Maestría en Derecho Energético y Sustentabilidad Tesina: El Beneficio Social de la Energía Eólica. Presenta: Lic. Rosalveny Valencia Ossa. Que como requisito parcial para obtener el Grado de MAESTRO EN DERECHO CON ORIENTACIÓN EN DERECHO ENERGÉTICO Y SUSTENTABILIDAD. Asesora de Tesina: DR. MARIA DEL PILAR RODRIGUEZ IBAÑEZ. San Nicolas de los Garza, Nuevo León. Noviembre, 2019.

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Universidad Autónoma de Nuevo León

Facultad de Derecho y Criminología

Maestría en Derecho Energético y Sustentabilidad

Tesina:

“El Beneficio Social de la Energía Eólica”.

Presenta:

Lic. Rosalveny Valencia Ossa.

Que como requisito parcial para obtener el Grado de

MAESTRO EN DERECHO CON ORIENTACIÓN EN

DERECHO ENERGÉTICO Y SUSTENTABILIDAD.

Asesora de Tesina:

DR. MARIA DEL PILAR RODRIGUEZ IBAÑEZ.

San Nicolas de los Garza, Nuevo León. Noviembre, 2019.

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Agradecimientos.

Dedico esta tesina primeramente a Dios, que fue el que me permitió culminar con

éxito esta hermosa etapa de mi vida, etapa en la cual pude entender y valorar cada una de

las bendiciones con las cuales él me rodea.

Dentro de mi recorrido por la vida me pude dar cuenta de que hay muchas cosas para

las que soy buena, descubrí destrezas y habilidades que jamás pensé, se desarrollasen en

mí; pero lo realmente importante es que pude descubrir que por más que disfrute trabajar

sola, siempre obtendré un mejor resultado si lo realizo con la ayuda y compañía perfecta,

que dentro del desarrollo de esta tesina se presentaron muchos momentos en los cuales

pareciera que los deberes y compromisos fueran a acabar con la voluntad de seguir soñando

y preparándome académicamente, pero también entendí en ese justo momento de dificultad,

que la ayuda idónea siempre llega justo a tiempo.

Por esto mismo quiero dedicar esta tesina a mi esposo Dr. José de Jesús Villalobos

Luna, esa persona que estuvo apoyándome en cada decisión que tomara, esa persona que

tuvo paciencia y entrega para conmigo, a esa persona le dedico y agradezco, porque gracias

a ti hoy puedo con alegría presentar y disfrutar esta tesina.

A mi hijo Juan Esteban por ser el motor de mi vida por cada palabra de apoyo, por

cada momento en familia sacrificado para ser invertido en el desarrollo de esta, gracias por

entender que el éxito demanda algunos sacrificios y que el compartir tiempo en familia,

hacia parte de estos sacrificios.

Quiero expresar mi más grande y sincero agradecimiento a la Dra. Pilar Rodriguez

Ibáñez, principal colaboradora durante todo este proceso, quien con su dirección,

conocimiento, enseñanza y colaboración permitió́ el desarrollo de este trabajo.

De igual manera mis agradecimientos a la Universidad Autónoma de Nuevo León, a

la Facultad de Derecho, y a su director el Dr. Oscar P. Lugo Serrato por abrirme las puertas

de esta reconocida e ilustre institución y darme la oportunidad de poder cumplir mi sueño, a

mis profesores en especial al Dr. Manuel Acuña, al Dr. Oscar P. Lugo Serrato, Dra.

Alejandra Bueno, Dr. Jorge Canavatti, Dra. Cinthia Angulo L, Dr. Eduardo Guedes Pereira,

Dr. Julián Cárdenas, Dr. Mohammad Hosein Badii Zabeh, Dra. Amalia Guillen, quienes

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con la enseñanza de sus valiosos conocimientos hicieron que pueda crecer día a día como

profesional, gracias a cada una de ustedes por su paciencia, dedicación, apoyo

incondicional y amistad.

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INDICE

INTRODUCCIÓN. ............................................................................................................ 6

Antecedentes. ........................................................................................................ 6

Objetivo general de la investigación. ................................................................... 12

Objetivos específicos. .......................................................................................... 12

Pregunta general de la investigación. ................................................................... 12

Preguntas específicas. .......................................................................................... 12

Alcance de la investigación. ................................................................................ 13

Metodología de la investigación. ......................................................................... 13

Organización de la tesina. .................................................................................... 15

CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO. ................................................................................ 17

1.1. Antecedentes de la energía. ........................................................................... 17

1.2. Energía eólica. .............................................................................................. 18

1.3. Beneficio social de la energía eólica. ............................................................ 20

1.4. Casos internacionales de los beneficios sociales de la energía eólica. ............ 21

1.4.1. Dinamarca. ......................................................................................... 22

1.4.2. Alemania. ........................................................................................... 22

1.4.3. Estados Unidos. .................................................................................. 23

1.5. La energía eólica en México. ........................................................................ 23

1.6. Impacto social de la energía eólica en las comunidades. ................................ 27

1.7. Proyecciones de la energía eólica. ................................................................. 41

CAPÍTULO II. LA REGULACIÓN Y POLÍTICAS PÚBLICAS PARA MAYOR

BENEFICIO SOCIAL DE LA ENERGÍA EÓLICA EN MÉXICO. ...... 44

2.1. Marco regulatorio de la energía eólica con proyección económica y social en

especial de los grupos marginados. .............................................................. 44

2.1.1. Artículo 25, Constitución Nacional. .................................................... 44

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2.1.2. Ley de la Industria Eléctrica (LIE). ..................................................... 45

2.1.3. Ley de Transición Energética (LTE). .................................................. 45

2.1.4. Acuerdo de Paris................................................................................. 46

2.1.5. Ley de Desarrollo Rural Sustentable. .................................................. 47

2.2. Análisis los avances obtenidos respecto de la ejecución de las políticas

públicas en la implementación de la generación de energía eólica con

beneficio social. ........................................................................................... 48

2.3. La importancia de la energía eólica como recurso sustentable y de beneficio

ambiental, social y económico en las zonas rurales y marginadas en México.

.................................................................................................................... 48

2.4. Normatividad que regula el fomento del crecimiento económico y social de las

comunidades en relación con la generación de energía eólica en México. .... 49

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. ............................................................... 51

BIBLIOGRAFÍA ........................................................................................................... .53

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INTRODUCCIÓN.

Antecedentes.

A través del tiempo la humanidad ha empleado diversas fuentes de energía, las cuales

han sido reemplazadas a medida que se fueron descubriendo fuentes más eficientes. El sol

como principal fuente de energía de nuestro planeta, es quien posibilita el desarrollo de

toda forma de vida. La segunda fuente de energía no solar fue la misma energía humana al

desarrollar trabajo mecánico. Luego con el descubrimiento del fuego, empezó a usarse la

leña y posteriormente la domesticación de algunos animales para la utilización del sistema

de regadíos, cargas y trasporte en las tareas agrícolas.

Actualmente los beneficios sociales se han vuelto más relevantes, ya que la transición

energética hacia fuentes renovables requiere de un carácter social de la energía. Este

carácter social es vinculante entre diversos actores y deviene en mayores beneficios para la

sociedad y el ambiente (Vázquez Perales & Corona Jiménez, 2015).

Los recursos naturales deben ser orientados hacia un mismo fin, y es el beneficio

social al involucrarse los actores: Como la comunidad, empresas privadas y el mismo

Estado sin pretender un interés particular, podremos decir que dicho interés emerge en un

beneficio mutuo o social que es igual al respeto por los acuerdos que se hayan instituido.

La convergencia social no solo conlleva la creación de empresas que aporten empleo,

Es necesario que las comunidades más desfavorecidas sean beneficiadas con los servicios

domiciliarios como la energía eléctrica, el agua potable etc. Como lo describe Zahnd y

Mckay (Zahnd & Mckay, 2009): Las aldeas del Himalaya de Humala superior, en el

noroeste de Nepal, pertenecen a algunos de los 2.400 millones de personas que aún

dependen del uso de la biomasa tradicional para sus servicios energéticos diarios, tales

como cocinar, calentar y alumbrar. Estas actividades en chimeneas abiertas tienen un

impacto crónico directo en la salud y una esperanza de vida extremadamente baja para las

mujeres y los niños, junto con la devastadora deforestación. Podemos decir existe una

fuerte relación entre la prosperidad y el acceso a la electricidad.

A nivel mundial, las energías renovables es uno de los pilares en las políticas de

gobierno de la mayoría de los Países sobre el calentamiento global y daños ambientales

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ocasionados en gran medida por la quema de combustibles fósiles generadores del CO2, que

además repercute en la salud y vida de los humanos entre otros. Ejemplo de ello es el

acuerdo de los 195 países que conforman el convenio de Paris (Organización de las

Naciones Unidas, 2015). Durante dicho convenio la Unión Europea ha liderado el debate

sobre la energía eólica con la campaña Solution Wind, que se ha centrado no sólo en

explicar la eficacia de esta energía para ayudar a los países a cumplir sus compromisos en

la lucha contra el cambio climático, sino también en su rentabilidad y en las oportunidades

de negocio y desarrollo económico que ya genera.

La energía eólica, además de aportar beneficios al medio ambiente, trae consigo

desarrollo social y económico en los sectores donde se esté desarrollando esta energía.

Ejemplo de ello están los países que más han desarrollado esta tecnología como China,

India, Alemania, Dinamarca, Brasil, Estados Unidos, entre otros.

Para que se cumpla el objetivo del beneficio social y económico, hay que realizar

implementación de políticas públicas. Por ejemplo, las subastas nacionales y estatales en

India y Brasil, los créditos tributarios en Estados Unidos y las políticas favorables en Asia

contribuyeron al incremento en el número de empleos.

El impacto global de dichas políticas ha sido la creación de empleos en el mundo,

según el informe Energía renovable y empleos - Revisión anual 2019 (IRENA, 2019) se

han alcanzado 11 millones de empleos en 20181.

China ha creado 4.1 millones de empleos, la Unión Europea 2.1 millones, Brasil 1.1

millones, Estados Unidos 855 mil empleos, India, 719 mil y Japón 267 mil. En el informe

de IRENA, Costos de generación de energía renovable en 2017 (IRENA, 2018), destaca

que “la eólica terrestre ahora se contratan habitualmente a USD 4 centavos por kWh. El

rango de costos actual para la generación de energía con combustibles fósiles oscila entre

USD 5-17 centavos por kWh.” El objetivo de los gobiernos debe ser desarrollar un sistema

1 IRENA 2019, Renewable Energy and Jobs – Annual Review 2019,

www.irena.org/publications/2019/Jun/Renewable-Energy-and-Jobs-Annual-Review-2019

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sustentable, sostenible, eficiente y de bajo costo que garantice electricidad a zonas urbanas

y rurales en toda su extensión2.

En el actualizado informe de IRENA, Transformación energética global: una hoja de

ruta para 2050 (IRENA, 2019), IRENA diseñó un análisis de la huella socioeconómica que

profundiza en las implicaciones de la transición energética, proporcionando una medición

de la huella en términos de PIB, empleo y bienestar. La necesidad de políticas holísticas de

empleo y transición justa se destaca al analizar las implicaciones de la transición en la

economía total y los empleos en el sector energético. Los daños climáticos se han incluido

en el análisis macroeconómico, trayendo importantes consecuencias socioeconómicas3.

Los sistemas de energía y energía están integrados en el sistema socioeconómico más

amplio, que a su vez está integrado en la tierra y su clima. Para evitar resultados

disfuncionales, se necesita un marco de política holístico para enmarcar y apoyar la

transición. Para 2050, el PIB mundial aumentará hasta un 2,5% en relación con el negocio,

como es habitual. IRENA desglosa la evolución del PIB en cuatro motores principales:

comercio, gasto del consumidor debido a cambios en las tasas impositivas, gasto del

consumidor debido a efectos indirectos e inducidos, e inversión.

En términos de empleo en toda la economía, hay un aumento del 0.2% en

comparación con los negocios habituales. Además, dentro del propio sector energético, la

pérdida de empleos relacionados con combustibles fósiles se compensa con creces con el

aumento del empleo relacionado con la transición.

Por otra parte, la IRENA, presenta estudios sobre los beneficios locales de las energía

solar fotovoltaica (IRENA, 2017), la eólica terrestre (IRENA, 2017) y marina (IRENA,

2018), en donde evalúa la viabilidad informada de la adquisición de componentes y

servicios a nivel nacional en lugar de hacerlo desde el extranjero.

2 IRENA 2018, Renewable Power Generation Costs in 2017, www.irena.org/-

/media/Files/IRENA/Agency/Publication/2018/Jan/IRENA_2017_Power_Costs_2018.pdf

3 IRENA 2019, Global Energy Transformation: A Roadmap to 2050, www.irena.org/-

/media/Files/IRENA/Agency/Publication/2019/Apr/IRENA_Global_Energy_Transformation_2019.pdf

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En IRENA 2017, Renewable Energy Benefits: Leveraging Local Capacity for Solar

PV, menciona que las inversiones acumuladas en energía solar fotovoltaica4 pueden superar

los USD 6,6 billones para 2050, creando 9.1 millones de empleos en el proceso. El 56% de

la mano de obra para el despliegue de energía solar fotovoltaica se concentra en operación

y mantenimiento, mientras que el 17% está en instalación y conexión a la red. Impulsada

por políticas y costos decrecientes, la instalación se ha disparado en países como China e

India, dando como resultado la creación de empleos relacionados.

Los materiales locales que pueden aprovecharse para el desarrollo de energía solar

fotovoltaica incluyen vidrio, acero, hormigón y aluminio.

Para un país que despliega energía solar fotovoltaica, el potencial para generar

ingresos y crear empleos dependerá de la medida en que las industrias a lo largo de los

diferentes segmentos de la cadena de valor puedan emplear a las personas localmente,

aprovechar las actividades económicas existentes o crear otras nuevas.

En IRENA 2017, Renewable Energy Benefits: Leveraging Local Capacity for

Onshore Wind, menciona que las inversiones acumuladas en la energía eólica terrestre5

pueden llegar a USD 6,3 billones en 2050, creando 3.8 millones de empleos en el proceso.

Los requisitos de mano de obra para la energía eólica en tierra varían a lo largo de la cadena

de valor, con un 43% en operación y mantenimiento y un 30% en instalación y conexión a

la red, lo que contribuye a la creación de empleo local.

El hormigón, el acero, los polímeros y la fibra de vidrio son los principales

componentes utilizados para el desarrollo de un proyecto eólico terrestre.

4 IRENA 2017, Renewable Energy Benefits: Leveraging Local Capacity for Solar PV,

www.irena.org/-

/media/Files/IRENA/Agency/Publication/2017/Jun/IRENA_Leveraging_for_Solar_PV_2017.pdf

5 IRENA 2017, Renewable Energy Benefits: Leveraging Local Capacity for Onshore Wind,

www.irena.org/-

/media/Files/IRENA/Agency/Publication/2017/Jun/IRENA_Leveraging_for_Onshore_Wind_2017.pdf

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Para evaluar el caso de la participación de la industria nacional en el desarrollo de

parques eólicos en tierra, los responsables políticos deben analizar los requisitos de mano

de obra, materiales y equipos de cada segmento de la cadena de valor.

En IRENA 2018, Renewable Energy Benefits: Leveraging local capacity for offshore

wind, presenta el caso de las energías eólicas marinas6 donde los requisitos de mano de

obra varían en la cadena de valor, con un 59% en fabricación y adquisición. La fabricación

de equipos ofrece la mayor parte de las oportunidades laborales en el sector.

El acero, el cobre, el plomo y la fibra de vidrio se utilizan mucho para el desarrollo de

un proyecto eólico marino. En el camino, surgen amplias oportunidades para la creación de

valor local. La generación de ingresos locales y la creación de empleo en el sector pueden

maximizarse aprovechando las actividades económicas existentes y creando cadenas de

suministro nacionales. En particular, la energía eólica marina se puede beneficiar de las

muchas sinergias en habilidades y patrones ocupacionales que comparte con el sector de

petróleo y gas en alta mar.

En México, la CFE instalo por primera vez en 1994 el primer proyecto eólico

experimental (primero en América Latina) mediante el cual se comprobó el potencial eólico

de la región, trayendo consigo importantes inversiones para el desarrollo de nuevos parques

de generación de energía eólica. Según la AMDE (Asociación Mexicana de la Energía

Eólica) en 2016 se contaba con 42 parques eólicos en operación, con capacidad de 3,527

MW7. Al 2018 ascendió a 54 de parques eólicos y 4,935 MW en 13 Estados. Al cierre del

2019 se esperan 10 parques eólicos más. El Inventario Nacional de Energías Limpias

(INEL) menciona un potencial eólico probado en México de 25,821.43 GWh por año. El

cual es muy positivo para el país en el desarrollo de la energía eólica, que ha puesto sus

expectativas en esta área a futuro como mitigación del cambio climático y desarrollo

económico y social8.

6 IRENA 2018, Renewable Energy Benefits: Leveraging local capacity for offshore wind,

www.irena.org/-

/media/Files/IRENA/Agency/Publication/2018/May/IRENA_Leveraging_for_Offshore_Wind_2018.pdf

7 Infografía El Viento en Números, AMDE, 2016, www.amdee.org 8 Inventario Nacional de Energías Limpias, 2018, www.dgel.energia.gob.mx

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Objetivo general de la investigación.

Analizar a la energía eólica no solo como aporte al cambio climático y ambiental,

sino como un recurso sustentable, de desarrollo social y económico en las zonas donde se

desarrolla esta energía en México, generalmente en las zonas rurales y marginales.

Objetivos específicos.

1. Identificar el marco regulatorio donde se propongan políticas públicas direccionadas

al desarrollo de la energía eólica con proyección económica y social en especial de

los grupos marginados.

2. Analizar los avances obtenidos respeto de la ejecución de las políticas públicas en la

implementación de la generación de energía eólica con beneficio social.

Pregunta general de la investigación.

¿Cuál es la importancia de la energía eólica como recurso sustentable y de beneficio

ambiental, social y económico en las zonas rurales y marginales donde se desarrolla esta

energía en México?

Preguntas específicas.

¿Cuál es el marco regulatorio en el que se proponen políticas públicas direccionadas

al desarrollo de la energía eólica con proyección económica y social, en especial de los

grupos marginados?

¿Cuáles son los avances obtenidos respeto de la ejecución de las políticas públicas en

la implementación de la generación de energía eólica con beneficio social?

Justificación.

Más allá de los beneficios medio ambientales por la mitigación de emisiones de CO2,

el desarrollo del sector eólico debe conllevar beneficios económicos, sociales y el

fortalecimiento de las comunidades del lugar donde se desarrolle el proyecto, así como

suministrar energía eléctrica a comunidades marginadas a bajos costos. México tiene como

meta alcanzar para al año 2020, 12,000 MW eólicos, que instalados tendrían un impacto

acumulado en el PIB de cerca de 170,000 millones de pesos y la creación de más de 45,000

empleos.

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Para que el gobierno pueda cumplir con las metas propuestas debe seguir los

lineamientos de La Ley de Transición Energética9, cuyo objetivo es “regular el

aprovechamiento sustentable de la energía y las obligaciones en materia de energías

limpias, así como la reducción de los gases contaminantes de la industria eléctrica, Estas

energías definitivamente son renovables, como geotermia, solar eólica etc., y se trasforman

en electricidad para ser parte de las contingencias contra el cambio climático, consecuencia

de esto es que las proyecciones a mediano y largo plazo muestran una mayor inversión en

el sector eléctrico.

Son energías que se ajusten al equilibrio ecológico conservando la diversidad y la

productividad a lo largo del tiempo

Actualmente en México existen sectores de la población donde la energía eléctrica es

escasa o inexistente debido a los retos que impone la geografía nacional, así como el rezago

socioeconómico en el que se encuentran algunas poblaciones. Es por eso que se propone

que la implementación de la energía eólica como recurso sustentable aporte al desarrollo

económico y social de las regiones desfavorecidas.

Alcance de la investigación.

La presente investigación está enfocada en conocer los potenciales beneficios sociales

que la energía eólica puede brindar a las comunidades locales donde se desarrolle la misma

y a la vez conocer el alcance de la normatividad mexicana relacionada con las energías

renovables con el propósito de sentar bases y despertar el interés político y de la sociedad.

Metodología de la investigación.

En esta sección se establece la metodología que se implementó en este trabajo a fin de

poder alcanzar el objetivo general que se plantea en la introducción y responder a las

preguntas de investigación.

Fue utilizado un método cualitativo en la investigación, ya que el tema central que es

el Beneficio Social de la Energía Eólica requiere de un enfoque cualitativo para poder

resolver el problema de estudio.

9 Ley de Transición Energética.

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5421295&fecha=24/12/2015

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Se realizó el análisis utilizando la investigación documental a fin de poder definir el

marco teórico del documento, en el que se discuten las problemáticas y conflictos sociales

actuales derivados de la implementación de proyectos eólicos en el marco y contexto de la

Reforma Energética 2013 del gobierno de Enrique Peña Nieto, así como las brechas entre el

crecimiento de la producción eléctrica utilizando la energía eólica y los beneficios sociales

derivados de esta actividad.

Se utilizó una estrategia comparativa de casos Internacionales y Locales en donde se

coloca el Beneficio o Impacto Social como parte importante de la implementación de

energías limpias.

En base a este análisis se presentarán las conclusiones para contribuir a responder las

preguntas y problemas de investigación.

A. Tipo de Investigación

1. Según el tiempo de ocurrencia: prospectiva. La presente investigación

utilizara un enfoque cualitativo será el resultado del análisis de documentos

oficiales, conforme la técnica de revisión documental los cuales nos lleven a

proponer las acciones futuras encaminadas a incidir en la implementación

correcta y suficiente de la energía eólica en los sectores rezagados

energéticamente en México.

2. Según el alcance de los resultados o nivel de conocimiento: descriptiva. El

nivel de conocimiento alcanzado en el desarrollo de la presente investigación

permite el amplio dominio de los conceptos relacionados con la

implementación de la energía eólica, los aspectos técnicos, legales y

socioeconómicos.

3. Enfoque: cualitativo.

A raíz de la revisión bibliográfica, se cuenta con los elementos para realizar

comparaciones objetivas de la mayoría de los aspectos relacionados con la energía eólica

debido a que existen bastas fuentes de información y estadística, además de que existen

elementos bibliográficos suficientes para establecer argumentos sólidos que soportan la

hipó tesis de este trabajo, la energía eólica como recurso sustentable y de beneficio social,

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del que depende la política energética vinculada al desarrollo social de los grupos

vulnerables.

Organización de la tesina.

Esta tesina se encuentra organizada en una estructura de Introducción, Capítulo 1 y 2,

en los que se desarrollan los antecedentes de la energía eólica desde el punto de vista de los

impactos sociales a escala internacional y específicamente en México.

En la sección de Introducción se desarrollan los antecedentes, justificación, hipótesis,

objetivos generales y específicos, pregunta general y específica, así como metodología y

alcances de la investigación.

En el Capítulo 1, Marco Teórico, se desarrolla el estudio bibliográfico y referencial

actualizado y relacionados con los conceptos de las energías limpias, la energía eólica, el

beneficio social de la energía eólica, proyecciones de la energía eólica y la regulación en

políticas públicas orientadas al beneficio social. Todo lo anterior analizado desde el

contexto internacional la implementación de energías limpias para la reducción de la huella

de carbono y la reducción de emisión de gases contaminantes. Localmente los temas

referentes a México, se desarrollan los temas desde la perspectiva de la Reforma

Energética, los conflictos sociales derivados de la implementación de proyectos eólicos, así

como los compromisos internacionales para la protección del medio ambiente.

En el Capítulo 2, La Regulación y Políticas Públicas para Mayor Beneficio Social de

la Energía Eólica en México, se desarrolla la propuesta principal de esta tesis, en la que se

desarrolla el análisis de casos, de las estrategias, planes, acciones y regulaciones a nivel

internacional para impulsar el beneficio social y que generan un beneficio tangible en las

comunidades donde se desarrolla la actividad de generación eléctrica por energía eólica.

Basándose en las experiencias internacionales de países como Dinamarca, Alemania,

China, y Estados Unidos además de tomar en cuenta los conflictos y dinámicas sociales en

México se realizan propuestas concretas que puedan ser aplicables en la regulación y las

políticas públicas en México.

Finalmente, las Conclusiones y Recomendaciones detallan las limitaciones de este

trabajo de investigación, las recomendaciones generales y los trabajos a desarrollar a futuro

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sobre el impulso de estas estrategias e ideas en las políticas públicas para el beneficio

social.

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CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO.

1.1. Antecedentes de la energía.

En este capítulo se abordan los antecedentes de la energía y la importancia de la

misma en los seres humanos teniendo en cuenta que todos los seres vivos necesitan energía

para desarrollasen. Sin lugar a dudas la energía es vital para nuestras vidas, la ausencia de

ella impediría la realización de las actividades cotidianas como calentar los alimentos,

trasportarnos de un lugar a otro, las calefacciones de casas y edificios, la fabricación de

productos alimenticios, metalúrgicas etc.

A través del tiempo se han empleado diversas fuentes de energía, las cuales han sido

reemplazadas a medida que se fueron descubriendo nuevas fuentes más eficientes. El sol

como principal y primer fuente de energía de nuestro planeta, es quien posibilita el

desarrollo de toda forma de vida incluyendo a la humana. La segunda fuente de energía no

solar fue la misma fuerza humana. Luego con el descubrimiento del fuego, empezó a usarse

la leña, posteriormente la domesticación de algunos animales para la utilización del sistema

de regadíos, cargas y trasporte en las tareas agrícolas.

En la primera revolución industrial alcanzó gran importancia la utilización del carbón

para permitir el funcionamiento de las máquinas de vapor. Luego este fue reemplazado por

el petróleo, durante el segundo impulso industrial y hasta en la actualidad sigue siendo la

principal fuente energética. Durante siglo XXI y a finales del XX, se comenzó a utilizar las

importantes propiedades energéticas del gas natural. Pero estos recursos fueron

disminuyendo cada vez más, y fue así como a mediados de los años 70´s se comenzó a

enfatizar el concepto de Energía Renovable, como una alternativa a las fuentes energéticas

utilizadas, y con el estudio que indicaba un futuro agotamiento de los recursos petrolíferos.

Dentro de las energías renovables se encuentran las energías limpias

son aquellas producidas a partir de fuentes naturales no sujetas a agotamiento, como el sol,

el viento, las olas y las mareas, el poder del agua y el calor de la tierra. Desde aquí toman el

nombre de energía solar, energía hidroeléctrica, energía geotérmica y la energía eólica entre

otras.

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Otras ventajas de las energías limpias son:

- No contaminantes.

- Inagotables.

- Ayudan a detener el efecto invernadero.

- Ahorro de energía.

- Ahorros económicos.

- Sustentables

- Satisfacen la creciente demanda de energía.

1.2. Energía eólica.

Las primeras evidencias del aprovechamiento de la energía eólica datan de hace

unos 3.000 años, cuando los babilonios idearon los primeros sistemas de riesgo y

navegación a vela apoyados en el uso del viento como fuente de energía.

En la Edad Media, alrededor del siglo X aparecen los primeros molinos de viento,

que se popularizarían pocos siglos más tarde en zonas como Holanda. Sin embargo, habrá

que esperar hasta el siglo XX para ver los primeros molinos capaces de transformar la

energía del viento en electricidad, en la década de los años 30 en Estados Unidos.

De nuevo, durante la 2ª Guerra Mundial se produce un estancamiento en el desarrollo

de esta energía hasta que en los años 70´s se recupera el interés en ella. En estos últimos

tiempos el desarrollo ha sido evidente, con aerogeneradores cada vez más efectivos y

desarrollando nuevas formas de aprovechar la energía del viento, como la energía en tierra

y mar10.

La energía eólica es aquella obtenida a partir de las corrientes de aire. En el caso de

su aprovechamiento para la generación de electricidad, se recurre al uso de

aerogeneradores, estructuras con hélices que son impulsadas por acción del viento,

transformando el movimiento de las hélices en energía mecánica con ayuda de un

alternador.

10 Historia de la Energía Eólica, 2015, https://erenovable.com/historia-energia-renovable/

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La energía eólica conlleva un gran número de beneficios ambientales, económicos y

sociales en comparación a la generación de otras energías, teniendo en cuenta que dentro de

sus virtudes en una energía limpia.

- No produce gases tóxicos.

- No contribuye al efecto invernadero; pues no genera CO2.

- No destruye la capa de ozono.

- No crea lluvia ácida.

- No origina productos secundarios peligrosos.

- No origina residuos contaminantes que puedan afectar la salud de las personas y su

medio ambiente.

- Los costos para la infraestructura y la generación de energía han ido disminuyendo

con el paso del tiempo (Archer & Jacobson, 2005) de manera que en la actualidad

producir este tipo de energía llega a ser factible para las naciones.

- Debido a que la generación de energía eólica es a través de parques, el número de

trabajos que genera esta industria es muy significativo para las localidades donde

estos están establecidos.

- La generación de energía eólica se hace por lo general en lugares alejados de

ciudades urbanas donde predomina el campo, este hecho puede ser un beneficio

para los campesinos que viven en estas comunidades al convertirse en una fuente de

trabajo estable en lugares en los que estas oportunidades son muy escasas.

- Al producir este tipo de energías no es necesario pagar a los gobiernos derechos de

emisión de gas de efecto invernadero comunes en este rubro.

- Puede ser una opción viable para aquellas comunidades remotas en las que no existe

infraestructura para la provisión de algún otro tipo de energía, pues para la

generación de esta energía no se necesita cableado o transportación, basta con un

aerogenerador que en muchas comunidades es artesanal, una pila y un convertidor.

- La cantidad de almacenamiento de energía eólica es bastante predecible a través de

mecanismos de pronósticos de clima y vientos, teniendo en cuenta variables como

altura, posición, época, entre otras.

- La energía eólica es ampliamente aceptada por las personas que conocen su

mecanismo en comparación con otras clases de energía (Wolsink, 2000).

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- Es la fuente de energía cuya tecnología ha crecido más rápido en el mundo, pues se

han desarrollado diversos estudios para probar su técnica, confiabilidad, bajo costo,

escala económica y sin repercusiones al medio ambiente (Yazhou, 2003).

- Además, es la fuente de energía renovable que ha crecido más rápido en el mundo

(Archer & Jacobson, 2005).

- La energía eólica es un método factible para la obtención de energía eléctrica

debido a que la materia prima para obtener la energía eléctrica es el viento, una

fuente de energía inagotable y abundante en el ambiente.

- Su tecnología permite realizar otras actividades ya sean de pastoreo o ganadería que

se deseen practicar en el terreno en el que se establecen los aerogeneradores.

- Las turbinas eólicas solo necesitan agua para limpiar las aspas en áreas seca cuando

la lluvia no lo hace.

- Los aerogeneradores son de fácil mantenimiento, debido a que su mecanismo es

sencillo, emplean programas de mantenimiento simples, que hacen poco costoso y

simple su ejecución.

- La energía eólica contribuye también a reforzar el autoabastecimiento de energía

mediante recursos autóctonos.

1.3. Beneficio social de la energía eólica.

El beneficio social debe ser uno de los principales fines de cualquier tipo de recursos

que ostenten las comunidades, que al encontrarse bajo la rectoría del estado (nación, estado

o municipio), tiene la obligación de beneficiar a quienes participan facilitándolos para el

bien común, ya sea por acceso a sus tierras, recursos hidráulicos, etc.

Beneficio: Del latín “beneficium”, un beneficio es un bien que se hace o se recibe. El

termino también se utiliza como sinónimo de utilidad o ventaja, generalmente define todo

aquello que es bueno o resulta positivo para quien lo da o lo recibe. Un beneficio aporta a

quien lo recibe, felicidad, paz, tranquilidad y alegría, puesto que satisface la necesidad de

quienes lo desean.

Actualmente los beneficios sociales se han vuelto más relevantes, ya que la transición

energética hacia fuentes renovables requiere de un carácter social de la energía. Este

carácter social es vinculante entre diversos actores y deviene en mayores beneficios para la

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sociedad y el ambiente (Vázquez Perales & Corona Jiménez, 2015). A nivel local y

nacional puede haber una convergencia de intereses entre compañías privadas,

comunidades, consumidores y trabajadores siempre y cuando los actores sociales

encuentren condiciones de beneficio mutuo y lleguen a instituir acuerdos que sean

respetados (Ostrom, 2005). El beneficio social evalúa la importancia de esa convergencia

de intereses a través de la creación de fuentes de empleo más allá de la etapa de

construcción de una central energética, así como mediante el acceso a servicios básicos,

como el agua potable y la electricidad. La experiencia descrita por Zahad y Mckay en 2009

(Zahnd & Mckay, 2009), es útil para poner de relieve que el acceso a los servicios básicos

como la electrificación es a menudo el comienzo clave para el desarrollo de una comunidad

hacia un nivel de vida mejor. Generalmente las comunidades locales sin acceso al servicio

eléctrico identifican la iluminación, la cocina, la calefacción y el agua potable como sus

principales necesidades para mejorar sus condiciones de vida.

1.4. Casos internacionales de los beneficios sociales de la energía eólica.

Según el informe del Consejo Mundial de Energía Eólica (GWEC), la potencia eólica

mundial ya sobrepasa el medio millón de megavatios instalados y en Europa es la primera

tecnología de generación autóctona. En 2017, la potencia eólica ha alcanzado 539.581 MW.

Durante 2017, la potencia eólica mundial se ha incrementado en 52.573 MW, siendo esta

cifra la tercera más alta de megavatios instalados en un año, después de los años récord de

2015 y 2014. Con este crecimiento de la potencia eólica mundial en 2017, la energía eólica

ya cubre más del 5% de la demanda eléctrica mundial.

El informe Global Wind Energy Outlook (Global Wind Energy Council, 2016)

difundido en octubre de 2016 por el GWEC en Pekín (China) mencionan que la energía del

viento dominará el crecimiento del sector energético en el mundo y afirma que la eólica en

2030 puede suministrar hasta el 20% de la electricidad mundial.

Otras de las formas de beneficiar a las comunidades con los proyectos eólicos es la

inclusión de estas a participar del progreso económico proveniente del desarrollo eléctrico.

A continuación, se presentan casos de éxito internacionales en lo que al beneficio social

derivados de la energía eólica se refiere.

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1.4.1. Dinamarca.

Parque Eólico Offshore Milddegrunden. De las 20 turbinas que componen

Middelgrunden, 10 pertenecen a la empresa energética DONG Energy y el resto a una

cooperativa pública que se fundó cuando comenzó el proyecto. Dado que todas las

empresas elegidas son de propiedad danesa, todo el proyecto ha sido llevado a cabo por la

mano de obra danesa.

Con base en el Plan Climático de Copenhague (Municipio de Copenhague, 2009), la

empresa de servicios públicos de la ciudad planea construir más de 100 nuevas turbinas

eólicas para el año 2025. Las cooperativas locales podrán invertir en las turbinas.

1.4.2. Alemania.

Alemania inició el cambio hacia las energías renovables recurriendo a la energía

eólica a comienzos del decenio de 1990. A la fecha, la energía eólica en tierra es la fuente

más barata de la nueva energía renovable y, en 2016, equivalía a casi 12 % de la

producción de energía del país. Cabe señalar que el sector de energía eólica en tierra está,

en su mayoría, en manos de empresas medianas, cooperativas y pequeños inversionistas.

Dato curioso del mismo; es que han aparecido primeros informes señalando que numerosos

actores comerciales han burlado al sistema y, para competir como “proyectos ciudadanos”,

hacen que sus empleados actúen como ciudadanos inversionistas independientes. Ya que la

gran mayoría de la producción eólica está en manos de los ciudadanos, de esta manera

cuando la comunidad financia parte del parque eólico hay menos oposición lo que

consideraría una invasión a sus tierras.

Además de numerosos proyectos de plantas productoras de energía, también se

adquieren redes de energía de las grandes empresas que las operan, de forma que las

comunidades pueden tener mayor control de sus propias redes.

La Ley de Energías Renovables de Alemania “ENERGIEWNDE” (Morris & Pehnt,

2012) ha sido de las más destacadas a nivel mundial, tal es el caso del marco de la EEG los

propietarios de conjuntos solares (Solar Arrays) y parques eólicos tienen acceso

garantizado a la red. A los operadores de la red se les exige por ley comprar energía

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renovable, con la consecuente reducción en la producción de las plantas de energía

convencional.

En el proceso de la transición energética, la energía renovable compensa directamente

la energía convencional que se deja de producir. Así como, subir los impuestos a la energía

generados por los fósiles, con el lema “cobra impuestos a los malos no a los buenos”,

algunos de estos ingresos fueron destinados a un rubro presupuestario que financia energías

renovables, la mayor parte del ingreso fiscal por aquel concepto se utilizó para reducir el

impuesto a la nómina, debido a que el gobierno consideró que una condición que dañaba

particularmente a los negocios alemanes era el alto costo de la fuerza de trabajo alemana.

La cual dio muy buenos resultados, generando más 250 mil empleos a reducido el uso de

combustibles hecho competitivo internacionalmente a los trabajadores alemanes. y con la

reforma al Eco Impuesto, se determina aplicar impuestos a la energía y con ello compensar

el impuesto a la nómina de empleados. Es decir, no se cobra impuestos a los empleos.

1.4.3. Estados Unidos.

Estados Unidos11 busca mantener una energía renovable a precios competitivos y para

ello el alto nivel de la energía eólica en construcción y en desarrollo avanzado será factor

importante para cumplir con la meta de llegar en el 2020 con un 10% de electricidad

producto de esta energía, $85 millones de dólares en actividad económica y 50 mil nuevos

empleos (La energía eólica de Estados Unidos en construcción, en desarrollo avanzado, se

acerca a 30 GW, 2017).

1.5. La energía eólica en México.

México posee gran cantidad de vientos a lo largo y ancho de su territorio, siendo un

instrumento valioso para obtener energía eléctrica, ofreciendo resultados favorables a su

economía y al medio ambiente pues disminuye la quema de combustibles fósiles causantes

de la contaminación ambiental y el calentamiento global, en 2005 se creó la Asociación de

Energía Eólica, con el propósito de promover la trasformación energética en México.

11 La energía eólica de Estados Unidos en construcción, en desarrollo avanzado, se acerca a 30 GW.

www.evwind.com/2017/10/26/la-energia-eolica-de-estados-unidos-en-construccion-en-desarrollo-avanzado-

se-acerca-a-30-gw/

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En México, CFE instalo por primera vez en 1994 el primer proyecto eólico

experimental (primero en América Latina) mediante el cual se comprobó el potencial eólico

de la región, trayendo consigo importantes inversiones para el desarrollo de nuevos parques

de generación de energía eólica. Según la Asociación Mexicana de la Energía Eólica,

AMDE en 2016 se contaba con 42 parques eólicos en operación, con capacidad de 3,527

MW12. El Inventario Nacional de Energías Limpias, INEL menciona un potencial eólico

probado en México de 25,821.43 GWh por año. El cual es muy positivo para el país en el

desarrollo de la energía eólica, que ha puesto sus expectativas en esta área a futuro como

mitigación del cambio climático y desarrollo económico y social13.

De acuerdo a la Ley de Transición Energética14, México deberá usar como mínimo el

35% de energías limpias en la industria para el año 2024, dentro los objetivos de la ley de

transición energética son; disponer de políticas y medidas para impulsar el

aprovechamiento de los recursos renovables en energía eléctrica, disminuyendo la quema

de combustibles fósiles y disminución de residuos contaminantes en la industria eléctrica,

conservar la competitividad en los sectores productivos.

La ley fija como meta una participación mínima de energías limpias en todos los

procesos de generación eléctrica: 25% en 2018, 30% a 2021, 35% para 2024, 45% para

2036, y 60% en 2050.

Antecedentes de políticas públicas de eficiencia energéticas. Las políticas energéticas

propuestas por el presidente Felipe Calderón, en 2008 expidió la Ley para el

Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética

y dentro de sus propuestas estaba el programa de cambio de electrodomésticos llamado

“Cambia tu viejo por uno nuevo”, y un programa de cambio de focos ahorradores,

refrigeradores, aires acondicionados etc. Según información de la Procuraduría Federal del

Consumidor los refrigeradores consumen cerca de la tercera parte de la energía eléctrica

12 Infografía El Viento en Números, AMDE, 2016, www.amdee.org 13 Inventario Nacional de Energías Limpias, 2018, www.dgel.energia.gob.mx 14 Ley de Transición Energética.

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5421295&fecha=24/12/2015

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utilizada en los hogares y las unidades nuevas gastan hasta 60% menos energía que los

modelos con ocho o más años de antigüedad, aun cuando eran del mismo tamaño.

En el sector de la vivienda resaltan programas como la Hipoteca Verde de Infonavit,

la aplicación obligatoria de tecnologías orientadas al uso eficiente de energía en las

viviendas sujetas al subsidio que maneja la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI) y el

programa Eco Casa operado por la Sociedad Federal Hipotecaria (SHF) (CONAVI 2013;

Infonavit 2013; SHF 2017). Estos programas han permitido que varios cientos de miles de

viviendas nuevas integren uno o varios elementos de ahorro de energía a su diseño, ya sea

de manera aislada o integral.

Estos programas han sido creados como políticas de gobierno para incentivar a las

personas al ahorro de la energía disminuyendo además los pagos por facturación, entre

otros (de Buen, 2018).

Durante el gobierno de Enrique Peña Nieto (2012-2018), fueron apoyos importantes

los fondos sectoriales de la energía, CONACYT-SENER siendo instrumentos para impulsar

la investigación científica y tecnología aplicada, así como la adopción, innovación,

asimilación y desarrollo tecnológico y la formación de recursos humanos especializados en

aportes de ciencia y tecnologías. Este fondo fue creado para atender las principales

problemáticas y oportunidades en materia de sustentabilidad energética del país.

Otros fondos que fueron impulsados durante el gobierno del presidente Peña Nieto

fueron el Fondo Nacional de Infraestructura (FONADIN) y el Fondo Nacional de Turismo

(FONATUR) y el Fondo Nacional de Energías Limpias (FONAEL) impulsando

subsectores concretos y promocionando oportunidades de inversión en zonas clave del país.

Ahora bien, el plan Nacional de Desarrollo (PND) del Gobierno de Andrés Manuel

Lopez Obrador, presentado el 30 de abril, estableció que en 2018 se obtuvo la meta de

26.6% de energía eléctrica producida mediante fuentes limpias.

Para alcanzar esta meta, la tecnología eólica juega un rol fundamental, ya que en la

mayor parte de los países con metas similares la energía eólica ha sido responsable de

alrededor de dos tercios del objetivo total y México no puede ser la excepción ya que

cuenta excelentes potenciales eólicos en todo el país.

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Más allá de los beneficios medioambientes por la mitigación de emisiones de CO2, el

desarrollo del sector eólico debe conllevar beneficios económicos, sociales y el

fortalecimiento de las comunidades del lugar donde se desarrolle el proyecto, así como

suministrar energía eléctrica a comunidades marginadas a bajos costos.

México cuenta con la mayor parte de las materias primas, capacidades técnicas y

humanas necesarias para producir los distintos componentes de las turbinas, no solo

impulsaría el aprovechamiento de materias primas nacionales, sino que, apalancándose en

sinergias con sectores como el automotriz o el aeroespacial, se fortalecería la fabricación de

componentes que en la actualidad ya llevan a cabo empresas como Potencia Industrial o

Trinity Industries (Asociación Mexicana de Energía Eólica, 2015).

Teniendo en cuenta que el gobierno mexicano tiene como una de sus metas alcanzar

al año 2020, 12,000 MW eólicos, que instalados tendría un impacto acumulado en el PIB de

cerca de 170,000 millones de pesos y la creación de más de 45,000 empleos, para cumplir

con estas metas se debe seguir los lineamientos de La Ley de Transición Energética.

Que dentro de sus metas están las energías limpias y la eficiencia energética. Los

actores que deberán generar los reglamentos programas y demás lineamientos que detallen

las acciones e instrumentos para su correcta operación del sistema en estas áreas, son

principalmente: Secretaria de Energía (SENER), Comisión Reguladora (CRE), Centro

Nacional del Control de Energía (CENACE) y la Comisión Nacional para el Uso Eficiente

de la Energía (CONUEE).

Se establecen tres instrumentos de planeación. La estrategia de transición para

promover el uso de tecnologías y combustibles más limpios, el programa especial de

transición energética y el programa nacional para el aprovechamiento sustentable de la

energía (PRONASE). Adicionalmente se presenta un programa de redes eléctricas

inteligentes, la estrategia tendrá dos horizontes: uno a 15 años y otro a 30 años y es el

instrumento rector de la política nacional en materia de energías limpias, aprovechamiento

sustentable de la energía y mejora en la productividad energética. Los programas están

orientados de forma que se satisfagan las metas identificadas en la estrategia para la

administración pública federal.

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1.6. Impacto social de la energía eólica en las comunidades.

Ya que los proyectos eólicos se desarrollan en gran parte en las zonas agrarias del

país, hay que tener en cuenta los derechos indígenas, en especial el derecho a las tierras,

territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o utilizado (Organización

Internacional del Trabajo, 2016), ya que dentro de los elementos para la generación de

energía eólica no solo intervienen factores como tecnología, fuerza y la tierras; esta última

involucra lo que a derechos sobre la tierra se refiere y, en caso en particular, los derechos

sobre su territorio que tienen los pueblos indígenas. Para evitar los conflictos en los

proyectos energéticos en especial en proyectos de la energía eólica existen, como

herramientas o mecanismos de mediación, la Evaluación del Impacto Social (EIS) y la

Consulta Previa (CP) Libre e Informada para mitigar los efectos negativos en las

controversias generadas entre desarrolladores, estado y comunidades afectadas.

1.6.1. La evaluación del Impacto Social (EIS).

La inquietud de hacer una evaluación de impacto social surge de un pasado donde

grupos sociales denunciaban a las empresas de no informarlas, despojarlas de su propiedad

e incluso de alterar su entorno natural y social de manera negativa.

Son hechos reales que las comunidades indígenas oaxaqueñas han denunciado a

empresas transnacionales porque no generan empleos, desarrollo regional, y ningún

beneficio para las comunidades cercanas y que sólo les han acarreado violaciones a sus

derechos humanos, intimidaciones y despojo.

Los pueblos indígenas afectados son: los binnizaa, los ikoots, chontales, chinantecos,

mixes y zoques. Si hay alguna participación de los pueblos indígenas en proyectos para

mitigar el cambio climático, se deben reconocer y respetar los derechos contemplados en el

Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y en el Artículo 26 de la

Declaración de la ONU sobre los derechos indígenas, en especial el derecho a las tierras,

territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado u otra forma de utilización

(Organización Internacional del Trabajo).

El objetivo de evaluación de impacto social es terminar con malas prácticas sobre

todo de las empresas y de grupos disruptivos como los mencionados. La hipó tesis es que al

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incluir a la comunidad en los procesos que implica la realización de un proyecto energético,

se minimizarán descontentos, disminuyendo los riesgos al proyecto y garantizando que este

tenga el mayor impacto positivo posible. (Rodríguez, 2017)

Según estos grupos, la oposición a los proyectos de energía eólica surge de la

privación del recurso eólico, del despojo de sus tierras de propiedad comunal disfrazados de

contratos de arrendamientos ya que estos permiten acceder a sus terrenos con el fin de

explotarlos mediante los proyectos eólicos por 30 años o más ofreciendo pagos irrisorios a

los ejidatarios sin ninguna información veraz trasparente y pertinente respeto de los

distintos impactos producidos en sus tierras. A la vez que no existe igualdad de los

beneficios económicos de la operación de las centrales eólicas, que en conjunto han dado

pie a la generación de un conflicto entre las comunidades, el gobierno mexicano y las

compañías por la propiedad de la tierra y los usos del territorio.

Al incorporar la evaluación de impacto social como nuevo requisito en la

construcción de proyectos de infraestructura energética se basa en las directrices

internacionales en materia de consulta previa y respeto a derechos humanos de

comunidades impactadas. Los Artículos Constitucionales 1° y 25º y derivado de ello, la

LIE, establece que los proyectos de infraestructura de los sectores público y privado en la

industria eléctrica atenderán los principios de sostenibilidad y respeto de los derechos

humanos de las comunidades y pueblos de las regiones en los que se pretendan desarrollar.

Siendo un requisito su aprobación por la SENER para continuar los proyectos. Es un

proceso más que hay que realizar, desembocando en un plan de gestión social, Como marco

legal de control en las actividades futuras de las empresas. La EIS remite a la

sustentabilidad de los proyectos, basado en el respeto a los derechos humanos. Teniendo en

cuenta que los impactos están figurados según la escala que va desde los menos graves

hasta los más relevantes. Estos últimos según su dimensión en la ejecución del proyecto

puede provocar un peligro para la subsistencia física y cultural de la comunidad: remite al

principio precautorio o de precaución.

La SENER debe informar a los interesados en la ejecución de proyectos de

infraestructura en la industria eléctrica sobre la presencia de grupos sociales en situación de

vulnerabilidad en las áreas en que se llevarán a cabo las actividades para la ejecución de los

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proyectos, con el fin de que se implementen las acciones necesarias para salvaguardar sus

derechos.

Al incorporar la evaluación de impacto social como nuevo requisito en la

construcción de proyectos de infraestructura energética se basa en las directrices

internacionales en materia de consulta previa y respeto a derechos humanos de

comunidades impactadas. Los Artículos Constitucionales 1° y 25º y derivado de ello, la

LIE, establece que los proyectos de infraestructura de los sectores público y privado en la

industria eléctrica atenderán los principios de sostenibilidad y respeto de los derechos

humanos de las comunidades y pueblos de las regiones en los que se pretendan desarrollar.

Figura 1. Guía del trámite para solicitar la evaluación del impacto social (EIS)

de proyectos energéticos.

1.6.2. Disposiciones administrativas de carácter general sobre evaluación de impacto

social en el sector energético.

La secretaria de energía público el 1 de junio de 2018 en el diario oficial de la

federación, el acuerdo mediante el cual se establecen las disposiciones administrativas de

carácter general sobre la evaluación de impacto social en el sector energético.

La Evaluación de Impacto Social (EVIS) “aplica a la industria de hidrocarburos (Ley

de Hidrocarburos art,118 y 121) y de la industria eléctrica (LIE art, 4 fracción 3, 11

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fracción 8, art, 17 y 120), corresponde a la Secretaria de Energía salvaguardar los

principios de sostenibilidad y respeto de los derechos humanos de las comunidades y

pueblos donde se pretenda desarrollar los proyectos del sector energético, verificar que se

cumplan con las disposiciones del impacto social y desarrollo sustentables en dichos

ordenamientos y requiere las evaluaciones de impacto social a los interesados en obtener

un permiso o autorización”.

Conforme los artículos (79 y 81) del reglamento de la ley de hidrocarburos y (86, 87

párrafo 2) del reglamentos de la LIE cualquier interesado en obtener un permiso

o autorización para desarrollar proyectos del sector energético deberá presentar a la

Secretaría de Energía la Evaluación de Impacto Social, documento que deberá contener la

identificación de las comunidades y pueblos ubicados en el área de influencia de un

Proyecto, además de la identificación, caracterización, predicción y valoración de las

consecuencias a la población que podrían derivarse del mismo, y las medidas de

mitigación y los planes de gestión social.

El objeto de las disposiciones administrativas establecer los elementos para la

elaboración y la presentación de la Evaluación de Impacto Social, así como el

procedimiento que seguirá la Secretaría de Energía a través de la Dirección General de

Impacto Social y Ocupación Superficial para la emisión de la resolución correspondiente y,

de ser el caso, las recomendaciones a que haya lugar y su seguimiento. Asimismo,

comprende la metodología para la definición del área de influencia y para la

identificación, caracterización, predicción y valoración de los impactos sociales de los

Proyectos del sector energético.

Las disposiciones administrativas contendrán la guía y el formato para la presentación

de la Evaluación de Impacto Social, así como las metodologías para la definición del área

de influencia y para la identificación, caracterización, predicción y valoración de los

impactos sociales de los Proyectos del sector energético. Artículo (87 de la LIE) y 81 de la

ley de hidrocarburos

En una publicación del 01 de Junio del 2018, en Baker McKenzie, Nieto Vázquez y

Doen Castillo (Nieto-Vázquez & Doen-Castillo, 2018), explican en forma resumida el

objeto de las disposiciones administrativas. Específicamente, las disposiciones establecen

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que la EIS deberá presentarse en uno de sus cuatro formatos A, B, C, D dependiendo de las

actividades a realizar mismas que son las siguientes:

Formato A:

- Expendio al público de petrolíferos mediante estación de servicio de gasolinas y diésel.

- Expendio al público de gas natural y de gas licuado de petróleo mediante estación de

servicio, estación de servicio con fin específico o estación de servicio con fin múltiple.

- Expendio al público de gas natural y de gas licuado de petróleo mediante bodega de

expendio.

- Compresión y descompresión de gas natural.

- Servicio público de distribución de energía eléctrica (ampliaciones no mayores a un

radio de 2 kilómetros).

- Generación de energía eléctrica dentro de instalaciones industriales, productivas,

comerciales y/o de servicios en operación, cuya capacidad sea igual o menor a 10 MW.

Formato B:

- Exploración superficial sísmica terrestre no invasiva o que no implique infraestructura.

- Distribución por medio de ducto de gas natural y petrolíferos.

- Distribución de Petrolíferos mediante Planta de Distribución.

- Transporte por ducto de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos con longitud menor

o igual a 10 km.

- Distribución y transporte de hidrocarburos y petrolíferos por medios distintos a ductos.

- Servicio público de transmisión de energía eléctrica con ubicación en zonas o parques

industriales.

- Generación de energía eléctrica con capacidad igual o menor a 10 MW, excepto

proyectos hidroeléctricos; o proyectos de generación de energía eléctrica cuya

capacidad sea mayor a 10 MW, y menor a 250 MW, siempre que se ubiquen dentro de

instalaciones industriales, productivas, comerciales y/o de servicios en operación.

Formato C:

- Exploración superficial marítima.

- Exploración superficial sísmica terrestre invasiva o que implique infraestructura.

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- Servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica.

- Almacenamiento de Gas Natural y Petrolíferos.

- Licuefacción y regasificación de gas natural.

- Transporte por ducto de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos con longitud mayor

a 10 km y menor a 100 km.

- Generación de energía eléctrica mediante radiación solar con capacidad mayor a 10

MW y menor a 200 MW.

- Generación de energía eléctrica mediante central hidráulica con capacidad menor a 80

MW.

- Generación de energía eléctrica mediante central eólica con capacidad mayor a 10 MW

y menor a 100

- MW.

- Generación de energía eléctrica mediante central de cogeneración y térmica con

capacidad mayor a 10 MW y

- menor a 300 MW

- Generación de energía eléctrica que se ubique dentro de instalaciones industriales,

productivas, comerciales y/o de servicios en operación, cuya capacidad sea igual o

mayor

- a 250 MW.

- Otras actividades de generación de energía eléctrica mediante energías limpias con

capacidad mayor 10 MW y menor a 200 MW.

Formato D:

- Tratamiento y refinación de petróleo.

- Transporte por ducto de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos con longitud igual

o mayor a 100 km.

- Exploración y extracción de hidrocarburos en área contractual o área de asignación.

- Generación de energía eléctrica mediante radiación solar con capacidad igual o mayor a

200 MW.

- Generación de energía eléctrica mediante central hidráulica con capacidad igual o

mayor a 80 MW.

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- Generación de energía eléctrica mediante central eólica con capacidad igual o mayor a

100 MW.

- Generación de energía eléctrica mediante central de cogeneración y térmica con

capacidad igual o mayor a 300 MW.

- Otras actividades de generación de energía eléctrica mediante energías limpias con

capacidad igual o mayor a 200 MW.

La EIS deberá examinar todas las etapas del proyecto energético y deberá tener como

mínimo los apartados siguientes:

1. Información general del proyecto.

2. Área de influencia del proyecto.

3. Identificación, y caracterización de las comunidades y pueblos localizados en el

área de influencia del proyecto:

4. Identificación, caracterización y predicción de los impactos sociales positivos y

negativos del proyecto.

5. Plan de gestión.

Con respeto al procedimiento administrativo que debe seguir el promovente de la

EIS las disposiciones establecen que la misma deberá ser presentada a la Dirección General

de Impacto Social y Ocupación Superficial, La dirección general mediante escrito

preparado en término del título 3 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo al

que se le adjuntará la EVIS correspondiente en formato digital mediante dispositivo de

almacenamiento y una copia electrónica en versión consulta pública o escrito firmado por

el representante legal del promovente donde autorice a que la información de la EIS sea

manejada de forma pública.

La Dirección General, salvo excepciones tendrá un plazo de 90 días, contados a partir

del día siguiente de la recepción de la EIS correspondiente para emitir su resolución, para

proyectos en sector hidrocarburos, el plazo será contados en días hábiles, y para proyectos

del sector eléctrico dicho plazo será contado en días naturales, siempre y cuando la

Dirección General no hubiese emitido un requerimiento al respeto, con lo cual el plazo será

suspendido,

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Las DACGS entraron en vigencia el 2 de junio de 2018.

1.6.3. Consulta Previa (CP).

La otra modalidad cuando un proyecto eléctrico va a desarrollarse es realizar la

consulta previa, libre e informada y de buena fe, a todo el grupo social involucrado y no

solo a aquellos donde se sitúa físicamente el proyecto o las que recibirán algún incentivo

económico y/o social a partir de este, sino de todos los alrededores de una o varias

comunidades o pueblos indígenas o tribales. El derecho a la consulta previa esta consignado

en los artículos 6 y 7 y demás partes del convenio 169 (C169 - Convenio sobre pueblos

indígenas y tribales, 1989 (núm. 169), 1989) y se refiere a toda medida legislativa o

administrativa que el estado pueda dar susceptible de afectación directa.

Hay que tener en cuenta que la legislación nacional involucra al indígena como un

sujeto de derechos, es así como la autoridad competente que coadyuba en esta labor es La

Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos y autoridades de las comunidades

indígenas. Para definir el actor indígena conforme el artículo 2 de la Constitución Nacional

su conciencia y su identidad de indígena debe ser fundamental para determinar la

aplicación de las disposiciones sobre pueblos indígenas, yacen en ellos los derechos y

responsabilidades en definir su sentido de pertenencia a estos grupos, conforme el convenio

169 de la OIT, existen en ellos el derecho de auto identificarse.

El objeto de la consulta es identificar los impactos y determinar los precedentes

enfocándose en documentos confiables; con el fin de determinar las acciones para la

prevención o remediar las afectaciones, de esta forma poder aceptar el proyecto en sus

tierras.

Procedimiento de la consulta.

Procedimiento de consulta, la LIE señala que la SENER debe llevar a cabo los

procedimientos de consulta necesarios, con la finalidad de tomar en cuenta los intereses y

derechos de las comunidades indígenas. (Capítulo 1Titulo 3, artículos 86,87,88) del

reglamento de la ley de la industria eléctrica.

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Figura 2. Procedimiento de Consulta

Este proceso es de competencia de la SENER. No obstante, cualquier voz que

justifique un impacto derivado del proyecto -real o percibido- y que afirme que no fue

tomada en cuenta, podría invalidar la evaluación y retrasar el proyecto al no dársele cabida

a sus reclamos de manera oficial. Algunos movimientos y organizaciones podrían tomar

cuenta de ello y utilizarlo de manera negativa.

1.6.4. Los conflictos socioambientales de los proyectos energéticos en México a raíz de

la reforma energética de 2013.

En esta sección se presentan algunos de los hechos de conflicto social ocasionados

por la violación de los derechos humanos a las comunidades indígenas.

En muchos casos, los proyectos energéticos requieren obtener la licencia social o el

consentimiento social para poder desarrollarse. El término se refiere al consentimiento que

dan las comunidades a las empresas para que los proyectos se puedan desarrollar en sus

territorios.

Según Rodriguez 2017, “en el año 2014, después de decretada la legislación

secundaria de la reforma energética, se tenían conocimiento al menos 280 conflictos

socioambientales en el país, principalmente en comunidades indígenas. Para el año 2015 la

cifra fue de 420 conflictos, de los cuales: 120 estaban relacionados con la minería, 80 del

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sector energético y 75 del agua. En su informe de sustentabilidad (PEMEX) reportó 108

conflictos sociales durante el año 2014 y 79 conflictos durante el año 2015. La mayoría de

estos conflictos ocurrieron en los estados de Tabasco y Veracruz, y en lo que va del año

2017 se reportan 54, según el periódico el economista”.

A continuación, se ejemplifican algunos casos de conflictos solamente relacionados

con proyectos de energía eólica.

Caso de Juchitán Zaragoza Oaxaca

Juchitán, Oaxaca, un proyecto de energía eólica de la empresa Energía Eólica del Sur

fue detenido mediante amparo ya que “sólo se había consultado al 1 % de la población

impactada; consulta que se llevó a cabo sin el cumplimiento de los procedimientos legales

establecidos en el reglamento de la ley de la industria eléctrica , omitiendo los principios de

buena fe , libertad de información , pertinencia cultural, trasparencia y otros más

estipulados en la misma ley , requisitos de contenido y alcance del derecho humano a la

consulta previa libre e informada, que al ser vulnerados traen consigo detrimento de los

derechos de los pueblos y comunidades indígenas del lugar donde se desarrollan los

proyectos. Pro Desc y PODER. (Burnett, 2016).

Caso Unión Hidalgo, Oaxaca.

La comunidad indígena zapoteca de Unión Hidalgo en Oaxaca interpuso un amparo

para solicitar la protección de la justicia federal ante los Juzgados de Distrito con sede en

Salina Cruz, ya que la Comisión Reguladora de Energía (CRE), otorgó permisos a la

empresa Eólica de Oaxaca SAPI de CV filial de la transnacional EDF Energies Nouvelle

sin consultar a dicha comunidad. En el que se estipula que la “Central Eólica Gunaa Sicarú”

contará con 96 aerogeneradores, con una capacidad de 2.625 Megawatts cada uno para

generar un total de hasta 252 Megawatts. De igual forma, se estipula que la producción

anual estimada será de 825.7 Gigawatts hora por un tiempo de 30 años.

Estas acciones judiciales “sirve como antecedentes en futuros casos similares”, según

comunicado. Fundar, Serpa, Centro Prodh y otras consideraron que, a raíz de este caso no

aislado, la Primera Sala de la SCJN puede entrar a definir criterios importantes y necesarios

sobre los principios de la consulta a pueblos y comunidades indígenas, en especial sobre el

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carácter de “previo”, ya que implementar un proceso de consulta cuando el proyecto a

desarrollar ya está́ definido no es compatible con el Convenio 169 de la Organización

Internacional del Trabajo (OIT). (Matias, 2018)

Casos de consulta realizada fuera de tiempo en municipio de Ismo de Tehuantepec.

Las comunidades tanto del Juchitán, como de San Dionicio del Mar, San Mateo del

Mar, Álvaro Obregón y de otros municipios inicias un procedimiento legal al mismo

tiempo que refuerzan su movilización y organización social. El 30 de septiembre de 2015,

se otorga un amparo que suspende de manera provisional los permisos, licitaciones y

cambios de uso de suelo. El amparo fue interpuesto por 1,666 comuneros de la región y en

él, el juez argumenta que el proyecto pretende talar la totalidad de la selva tropical sin

proponer ninguna de compensación. Así mismo, señala que la MIA aprobada por la

Secretaria de Medio Ambiente, reconoce que el 80 por ciento de los impactos del proyecto

son negativos y sólo el 18 por ciento reconoce que son positivos. Por su parte, el proyecto

de consulta fue diseñado en enero de 2015 y se realizó de junio a noviembre de 2015 por

personal de la Secretaria de Energía. Es importante resaltar que la consulta se realizó

cuando ya estaban los permisos y las obras en proceso, es decir, no fue previa sino

posterior, como lo señala tanto la sentencia del 30 de septiembre de 2015, que otorga la

suspensión provisional, como la sentencia del 11 de diciembre del mismo año, que otorga la

suspensión definitiva.

Es importante resaltar que la consulta se realizó cuando ya estaban los permisos y las

obras en proceso, es decir, no fue previa sino posterior, Por haberse actuado de mala fe al

hacer la consulta posterior a la implantación del proyecto, sin darles cono cimiento de lo

que implicaba el proyecto y sus afectaciones.

La región del istmo de Tehuantepec es un territorio rico en recursos naturales y a su

vez es una zona estratégica para el comercio internacional. Dicha región, es la que presenta

mayor potencial para la generación de energía eólica en todo el territorio nacional. Por tal

razón, existe un gran número de empresas que quieren invertir en este recurso, entre ellas:

Endesa, Industria Peñoles, Gamesa y Unión Fenosa, Gas Natural Fenosa S.A. de C.V.,

Iberdrola, AccionaCemex, Fuerza Eólica del Istmo, Generadora de Energía de Oaxaca,

Acciona, Demex filial de Renovalia Energy, Energía Limpia de CISA-GAMESA, Vientos

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del Istmo, FEMSAMacquaire, Electricte de France EDF-EVM, Eolicatec del Istmo, Eólicas

del Sur, Zapotecas de Energía, Grupo Mar, Preneal, Energreen Power, entre otras que

participan en el denominado “corredor eólico del istmo”. Un corredor en el que, según

datos oficiales, se tiene invertido 4,318 millones de dólares en 21 parques eólicos que

cuentan con 1,668 aerogeneradores distribuidos en toda la región del Istmo de Tehuantepec.

Pero la región del istmo también es un territorio rico en historia y cultura. Las

comunidades de los diferentes pueblos indígenas que lo habitan tienen una larga tradición

de lucha y defensa de sus tierras, territorios, tradiciones y formas de gobierno (Olvera,

2018).

Caso de adecuada implementación de la consulta previa libre e informada Juchitán y

el Espinal Oaxaca.

La implementación del proceso de Consulta Previa, Libre e Informada para el

desarrollo del proyecto Eólica del Sur en las comunidades de Juchitán y el Espinal, en el

estado de Oaxaca, constituye el ejemplo más reciente del desafío que implica la puesta en

marcha de lo estipulado en su regulación, en concreto el artículo 119 de la Ley de la

Industria Eléctrica, los artículos 89 a 92 del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica,

el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la

Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Declaración de Naciones Unidas sobre

los Derechos de los Pueblos Indígenas.

De dicha consulta acordaron por su parte, la empresa se comprometió a destinar

anualmente un financiamiento equivalente a un aproximado del 10% del consumo

promedio anual de los usuarios de la Tarifa 1C, con el objetivo de reducir su factura

eléctrica. Asimismo, dará preferencia al municipio de Juchitán en la compra de bienes y

contratación de servicios relacionados al desarrollo del proyecto y cumplirá con sus

obligaciones en materia fiscal con el municipio, entre otros.

En lo que corresponde al gobierno Estatal, éste se comprometió a destinar hasta 130

millones de pesos para el financiamiento de proyectos de desarrollo estratégico comunitario

presentados por el municipio, mediante recursos del Fondo Regional 2015. Sin duda

alguna, los contenidos de este acuerdo no tienen precedentes en la región, y por ello

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representan un paso significativo para el sector energético. Sin embargo, su operación

reviste de una gran complejidad y conlleva efectos colaterales que pueden obstaculizar el

desarrollo de nuevos proyectos en la región.

En el istmo de Tehuantepec hay 27 parques eólicos y 12 de ellos están dentro de las

68.000 hectáreas de tierra comunal; los más conocidos son: Bii Hioxo, Eurus y Fuerza

Eólica del Itsmo.

Cuando no se reparten los beneficios de forma igualitaria entre los comuneros y con

falta de trasparencia también se genera conflictos entre las comunidades.

Cabe destacar que estos terrenos son de régimen agrario por lo que los contratos se

deben de firmar por asambleas conformadas por la misma comunidad con permiso de la

autoridad competente. Situación que la empresa desarrolladora omitió para fines de engaño

y manipulación a sus moradores para lograr su objetivo. Cual era apropiarse de dichos

terrenos. Este proceso aun continuo en los tribunales a la espera de ojalá una sentencia

favorable a los lugareños (Ramos, 2017).

En general, un proceso de consulta representa una vía para materializar el derecho de

los pueblos indígenas a establecer un diálogo intercultural con el Estado, en situaciones que

impliquen una afectación a sus derechos o intereses. Por lo tanto, es una obligación del

Estado garantizar el cumplimiento de este derecho, mediante procedimientos apropiados, a

través de sus instituciones representativas y con la finalidad de alcanzar un acuerdo u

obtener el consentimiento libre e informado sobre cierta cuestión.

Si bien es importante tener un plan de gestión social que aborde los impactos que

derivan del proyecto, también es necesario construir una agenda de riesgos que provengan

del entorno. Como se comenta en los puntos previos, la comprensión integral del éste y de

cómo se incrusta el proyecto dentro del mismo permitirá la generación de un plan de

mitigación de riesgos que incluya estrategias de relacionamiento (y de no relacionamiento)

con actores estratégicos, esquemas de protección y seguridad o protocolos de atención a

crisis, entre otros actores tenemos las instituciones financieras , estas son desarrolladores

importantes, a raíz de los (principios de Ecuador) las instituciones financieras

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Internacionales estimulan de forma definitiva el tema de la responsabilidad social

empresarial ofreciendo seguridad a la inversión.

A pesar de que este trámite puede generar costos financieros y de tiempo en el corto

plazo, permiten evitar algunos problemas futuros que podrían poner en peligro el proyecto,

su construcción y operación. Sin embargo, es necesario desarrollar una metodología más

integral, que aproveche los requerimientos de la evaluación y permita a la empresa obtener

un panorama holístico del entorno del proyecto, con el objetivo de asegurar su

sostenibilidad social y operativa tanto en el corto como en el largo plazo.

Por tal razón la importancia de la Licencia Social para Operar (LSO) en los proyectos

de energía eólica.

La LSO está arraigada en las creencias, percepciones y opiniones de la población

local y otros grupos de interés acerca del proyecto. Por lo tanto, la licencia es “otorgada”

por la comunidad. También es intangible, a menos que se lleven a cabo esfuerzos para

medir estas creencias, opiniones y percepciones. Finalmente, es dinámica y no permanente,

porque las creencias, opiniones y percepciones seguramente van a cambiar a medida que se

adquiera nueva información. Por lo tanto, la LSO, debe ser ganada y mantenida.

La credibilidad y confianza de los desarrolladores energéticos se basa en el respeto

mutuo, la honestidad, el diálogo abierto, la transparencia, el ofrecimiento de respuestas

oportunas a las inquietudes de la comunidad, la divulgación de información veraz y

oportuna, la constancia y el comportamiento ético de las compañías. La obtención de una

LSO es un factor esencial para reducir los riesgos de conflictos sociales y para mejorar la

reputación de la compañía.

Hay que tener en cuenta que el hecho de proporcionar bienes materiales “no es

necesariamente lo que las comunidades quieren o buscan para cumplir los objetivos de

sostenibilidad a largo plazo” y hay que “involucrar a la comunidad en la discusión sobre

los riesgos, costos y beneficios, reconocer las necesidades y oportunidades y discutir los

compromisos las empresas debe interactuar con comunidades, pueblos aborígenes,

organizaciones, grupos e individuos sobre la base del respeto, la inclusión y la participación

significativa.

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La falta de LSO está asociada con conflictos sociales, retrasos en los proyectos,

pérdida de maquinaria por actos de vandalismo y cierre de la mina. Todo daño a la

reputación de la empresa podría dificultar su capacidad para conseguir la mano de obra

requerida para proyectos actuales y futuros. Tales impactos negativos también tienen un

alto costo para las Empresas (Bustos & Rodriguez, 2016).

1.7. Proyecciones de la energía eólica.

El Consejo Global de la Energía Eólica (GWEC) publicó su principal

publicación Global Wind Report: Annual Market Update (Global Wind Energy Council,

2016) en Windergy el 25 de abril en Delhi. En 2016 se instalaron más de 54 GW de energía

eólica renovable y limpia, que ahora abarca más de 90 países, incluyendo 9 con más de

10.000 MW instalados y 29 que han superado la marca de 1.000 MW. La capacidad

acumulada creció un 12,6% para alcanzar un total de 486,8 GW.

El secretario general de GWEC Steve Sawyer declaró "estamos en un período de

cambios perturbadores, pasando de los sistemas de energía centrados en unas cuantas

plantas grandes y contaminantes hacia mercados cada vez más dominados por una gama de

fuentes de energía renovable ampliamente distribuidas. Tenemos que llegar a un sistema de

emisiones cero de energía antes de 2050 si queremos cumplir con nuestro cambio climático

y los objetivos de desarrollo".

Los niveles de penetración de la energía eólica continúan aumentando, liderados por

Dinamarca que empuja el 40%, seguido de Uruguay, Portugal e Irlanda con más del 20%,

España y Chipre alrededor del 20%, Alemania 16%; Y los grandes mercados de China,

Estados Unidos y Canadá obtienen 4, 5,5 y 6% de su energía de viento, respectivamente. El

pronóstico de cinco años de GWEC prevé casi 60 GW de nuevas instalaciones eólicas en

2017, llegando a un mercado anual de alrededor de 75 GW para el 2021, para llevar la

capacidad instalada acumulada de más de 800 GW a finales de 2021.

De acuerdo con el 2do Estudio Eólico de PwC (Asociación Mexicana de Energía

Eólica, 2015), en su resumen ejecutivo declaran que:

“México cuenta con un potencial eólico incuestionable. Si bien sólo se ha comenzado

a explotar en años recientes, el sector muestra ya un alto dinamismo y competitividad.

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Prueba de ello son los más de 1,900 MW en operación, en producción independiente y

autoabastecimiento, como los más de 5,000 MW en distintos niveles de desarrollo.

En producción independiente, proyectos como Oaxaca I-IV y Sureste II muestran que

la tecnología eólica es una solución eficaz para proveer de energía a los Suministradores de

Servicios Básicos mediante procesos de subastas de largo plazo, a un precio competitivo.

En autoabastecimiento, la apuesta por la energía eólica de más de 200 empresas de

múltiples sectores, incluyendo gran industria, son un claro ejemplo de que esta tecnología

deberá continuar siendo una solución competitiva para los Usuarios Calificados en el nuevo

esquema. El hecho de que empresas como Grupo Peñoles, Cemex, Bimbo o Walmart, entre

muchas otras, opten por esta tecnología para reducir sus costos hoy, y darle mayor

certidumbre a los de mañana, es otra muestra del valor que el recurso eólico en México

aporta a la economía nacional.

México tiene el compromiso de limitar la generación eléctrica por fuentes fósiles al

65% (de un 80% actual) para el año 2024. Lo anterior implica instalar más de 25,000 MW

de tecnología limpia en los próximos 10 años. Para alcanzar esta meta la tecnología eólica

juega un rol fundamental, ya que en la mayor parte de los países con metas similares la

energía eólica ha sido responsable de alrededor de dos tercios del objetivo total.

Por ello, con el fin de aprovechar el potencial eólico más eficiente con el que cuenta

el país y contribuir a la sustentabilidad y diversificación de la matriz de generación, la

nueva arquitectura del sector eléctrico debe de llevar a cabo una serie de acciones clave:

1. Establecer una hoja de ruta anual vinculante que dé certidumbre del volumen de nueva

capacidad limpia a instalar en el periodo 2016-2024. Con el fin de promover el

desarrollo sostenido de la industria eólica en México es clave establecer una ruta con

metas anuales vinculantes de nueva capacidad renovable.

2. Convocar subastas exclusivas para energía limpia, en línea con la hoja de ruta vinculante,

para la celebración de Contratos de Cobertura Eléctrica con los Suministradores de

Servicios Básicos. Lo anterior dará certidumbre sobre el cumplimiento de las metas

establecidas y permitirá la bancabilidad de los proyectos. Las subastas iniciales podrían

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aprovechar el elevado número de proyectos eólicos en desarrollo a fin de acelerar lo más

posible la ejecución de estas.

3. Establecimiento de un mecanismo de Certificados de Energía Limpia robusto que

permita la bancabilización de los proyectos, que considere la naturaleza de cada tipo de

tecnología, otorgando Certificados en función de la misma, y que defina penalidades al

incumplimiento de los objetivos vinculantes que incentiven la participación en el

mercado de todos los Suministradores y de los Usuarios Calificados Participantes en el

Mercado.

4. A través de las asociaciones y contratos permitidos a las Empresas Productivas

Subsidiarias del Estado para la actividad de transmisión de energía eléctrica, elaborar

mecanismos que fomenten la expansión y fortalecimiento de la red eléctrica hacia zonas

de alto potencial de energía eólica.

El desarrollo de las acciones antes señaladas permitirá cumplir con las metas en

materia de energía limpia y mitigación de emisiones de una manera más competitiva,

contribuyendo además a alcanzar la meta de 12,000 MW eólicos para el año 2020, definida

en consenso por el sector4.

A su vez, alcanzar los 12,000 MW instalados tendría un impacto acumulado en el PIB

de cerca de 170,000 millones de pesos y la creación de más de 45,000 empleos, además de

fortalecer el tejido industrial nacional”.

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CAPÍTULO II. LA REGULACIÓN Y POLÍTICAS PÚBLICAS PARA MAYOR

BENEFICIO SOCIAL DE LA ENERGÍA EÓLICA EN MÉXICO.

En el presente capítulo se desarrollan las principales ideas a modo de propuestas de

este trabajo de investigación las cuales pueden tener un mayor impacto en el beneficio

social derivados de la explotación regulada de la energía eólica.

Primeramente, se identifica el Marco Regulatorio donde se propongan políticas

públicas direccionadas al desarrollo de la energía eólica con proyección económica y social

en especial de los grupos marginados.

En segundo lugar, se analiza el avance en la ejecución de políticas públicas con

contenido de beneficio social en los proyectos eólicos implementados en México hasta la

fecha.

En tercer lugar, se plantea la importancia de la energía eólica como recurso

sustentable, de beneficio ambiental, social y económico en las zonas rurales y marginadas

de México.

Por último, se menciona, que aun que se cuenta con marcos regulatorios generales,

con directrices operativas y presupuestales, podemos decir que México aún adolece de un

marco legal direccionado a regular lo concerniente a las energías eólicas en relación con la

inversión social de los grupos marginados.

2.1. Marco regulatorio de la energía eólica con proyección económica y social en

especial de los grupos marginados.

En México no existe normas específicas para regular las energías eólicas por lo que

estas se rigen por las normas generales de que a continuación se anuncian.

2.1.1. Artículo 25, Constitución Nacional.

Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea

integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y

que, mediante el fomento del crecimiento económico, empleo y una más justa distribución

del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los

individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta constitución.

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Puesto que los proyectos de energía renovable sirven para la generación de energía

eléctrica, al fomentar su implementación contribuye al desarrollo sustentable en términos

de la CPEUM.

En ese orden de ideas, el fomento de las energías renovables (energía eólica) se

supeditan a un marco de planeación, programación y presupuestación general más no

específico ni con enfoques específicos de beneficio social o medio ambiental sino de

ejercicio discrecional bajo la responsabilidad de los organismos responsables del estado.

2.1.2. Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

La ley de la industria eléctrica tiene como finalidad promover el desarrollo

sustentable de la industria eléctrica, así como el cumplimiento de las obligaciones de

energías limpias y de reducción de emisiones contaminantes, entre otras cosas.

Para LIE, las actividades de trasmisión y distribución son denominadas de interés

social y orden público por lo tanto tienen preferencia sobre cualquier otra actividad que

implique el aprovechamiento de la superficie y del subsuelo de los terrenos afectos a

aquéllas.

En ese sentido, y considerando que dichas actividades pueden ser realizadas también

por particulares, se debe tener especial atención a las salvaguardas y cumplimiento de

derechos humanos de comunidades y personas situadas en la tierra y el territorio en los

cuáles se pretenda ampliar la Red Nacional de Transmisión.

Como ya se mencionó, dentro del marco de esta ley, se crearon la EIS y la Consulta

Pública, que buscan proteger las inversiones hechas y, a la vez, respetar y cumplir los

derechos humanos de las personas afectadas por la implementación de estos proyectos, de

forma que exista también viabilidad social para la realización de estos.

2.1.3. Ley de Transición Energética (LTE).

La Ley de Transición Energética, establece fondos destinados a la Transición

Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía que tienen como objeto captar

y canalizar recursos financieros públicos y privados, nacionales o internacionales, para

instrumentar acciones que sirvan para contribuir al cumplimiento de la Estrategia y apoyar

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programas y proyectos que diversifiquen y enriquezcan las opciones para el cumplimiento

de las Metas en materia de Energías Limpias y Eficiencia Energética.

Además, se creó el Financiamiento para el Aprovechamiento sustentable de la

energía, cuyo objeto es contribuir a la sustitución de equipos y aparatos energéticamente

ineficientes, realizar mejoras a edificaciones en las que se realice el consumo energético y

la instalación de equipos económicamente viables que permitan aprovechar a los hogares

las fuentes de energías renovables para la satisfacción de sus necesidades. Dicho

financiamiento se materializa a través de la firma de un convenio entre el financiador

(asesores, empresas comerciales o entidades financieras) y el usuario final.

2.1.4. Acuerdo de Paris.

Es un convenio entre 195 países celebrado en Paris en el año de 2015 por motivo de

los cambios climáticos que sufre la tierra, ocasionados por los gases de efecto invernadero,

derivados de la quema de combustible fósiles y la tala indiscriminada de los bosques entre

otros.

El objetivo principal del Acuerdo de Paris es reforzar la respuesta mundial a la

amenaza del cambio climático ya que el acuerdo propone reducir” 2 grados centígrados a la

temperatura del planeta” y realizar “esfuerzos para limitar ese aumento en 1,5 grados

“indicó el canciller Frances Laurent Fabius, y para ello se apoyara con un aporte

económico de 100.000 millones de dólares anuales parte de este aporte se entregara a los

países pobres o en vía de desarrollo a partir del 2020, para hacerle frente al calentamiento

global, monto que deberá ser revisado en el 2025 en el contexto del desarrollo sostenible y

de los esfuerzos por erradicar la pobreza.

El cambio climático es una amenaza innegable , exacerba los problemas económicos,

ambientales, sociales y como lo dijo el presidente del grupo intergubernamental de expertos

sobre cambio climático (IPCC) Housing Lee, durante la inauguración del Foro Político de

alto nivel sobre Desarrollo Sostenible “El cambio climático y el desarrollo sostenible son

inseparables; porque el calentamiento global tiene un gran impacto negativo en la

naturaleza y la humanidad, dificultando el avance hacia la consecución de los objetivos , de

ahí la nueva búsqueda de nuevas oportunidades económicas, sociales y ambientales que

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dependen de la cooperación internacional, la capacidad para desarrollar estrategias de

resiliencias y justicia social…para cumplir con los objetivos de reducción del calentamiento

global y la neutralidad del carbono a más tardar en 2050 se debe de precisar en el avance de

las tecnologías y establecer las condiciones del mercado, donde los precios incluyan los

costos sociales de las emisiones contaminantes y las inversiones en energías limpias sean

más rentables” (Organizacion de las Naciones Unidas, 2019).

2.1.5. Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Ley de orden público reglamentaria de la (fracción XX del artículo 27) de la

constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de la constitución política

mexicana.

Normatividad dirigida a promover el desarrollo rural sustentable que incluya la

planeación, organización y la producción agropecuaria, la industrialización y

comercialización y demás bienes y servicio, así como todas aquellas tendiente a elevar la

calidad de vida de la población rural. Y siendo acordes con la ley de cambio climático, en

su artículo (5 inciso VI), reza, fomentar la conservación y la biodiversidad y el

mejoramiento de la calidad de los recursos naturales, mediante su aprovechamiento

sustentable.

Y en su artículo (71, inciso 6) dice “Los apoyos que se otorguen deberán orientarse,

entre otros propósitos, para la adopción de tecnologías sustentables ahorradoras de energía.

Además, se incluirán todos los actores pertinentes para poder desarrollar las

actividades tendientes al buen funcionamiento del medio rural, bajo los criterios de equidad

social, integralidad, sustentabilidad, productividad e inclusión de género, donde

participarán los sectores privados y públicos.

Entre otros, se abre una brecha a los proyectos energéticos de energías limpias donde

podrán participar directamente las comunidades de dicho sector en pro del desarrollo

económico, social, cultural y ambiental. Conforme lo establecido en el artículo 60 de la ley

de desarrollo rural sustentable: “El Gobierno Federal promoverá la Capitalización de las

Actividades Productivas y de Servicios del Sector Rural.”

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2.2. Análisis de los avances obtenidos respecto de la ejecución de las políticas públicas

en la implementación de la generación de energía eólica con beneficio social.

La nueva regulación pretende establecer principios y reglas mínimas para definir los

impactos sociales; de tal manera que debía establecer las formas de documentarlos,

establecer los ámbitos de reparación y mitigación de los daños ocasionados o que se

llegasen a ocasionar con motivo del desarrollo energético. Con la intención de facilitar la

negociación entre las partes de una forma justa y equitativa se incentivan los diálogos entre

los diferentes actores teniendo en cuenta las diferentes propuestas para atender sus

demandas y perspectivas respeto del tema que los ocupa.

En la ley de Hidrocarburos y la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), se establecen los

principios enunciados anteriormente y son el principio de sostenibilidad y el principio de

los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas, principios que se

consolidan y aplican conforme el marco jurídico Nacional e Internacional suscrito por

México.

En el tema de derechos humanos no solo hacemos relevancia a la promoción, garantía

y respeto de estos, si además y con mucha relevancia la de prestar atención a los grupos

vulnerables como lo son las comunidades indígenas de los grupos tribales, ejidos y

comunidades agrarias de lugares en donde se vaya a realizar o se esté realizando proyectos

energéticos.

Por lo anterior, resultan imperativas las atribuciones dadas por la constitución y las

leyes establecidas en la Evaluación de Impacto Social y Consulta Previa que se ha venido

manejando a partir de la reforma energética, siendo esta la política social de más relevancia

hasta el día de hoy, teniendo en cuenta la evolución o desarrollo de la misma en el tiempo,

ya que en el pasado solamente se aplicaba ciertos puntos como requisitos para adquirir los

permisos sin que estos estuvieran regulados, ahora ya los procedimientos se encuentran

regulados en el DACGS sobre impacto social.

2.3. La importancia de la energía eólica como recurso sustentable y de beneficio

ambiental, social y económico en las zonas rurales y marginadas en México.

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La importancia de la energía eólica como recurso sustentable y beneficio ambiental

radica en que la energía eólica es una energía renovable y limpia que proviene del viento

como fuente natural no sujeta a agotamiento, preserva el medio ambiente frente a los

efectos contaminantes ocasionados por los combustibles fósiles, no produce gases tóxicos

ni contribuye al efecto invernadero.

Como lo establece la Comisión Mundial Sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de

las Naciones Unidas en su informe “Futuro Común, 1987”:

"El desarrollo sustentable es aquel que satisface las necesidades del presente sin

comprometer la capacidad de satisfacer las necesidades de futuras generaciones".

Los proyectos eólicos tienen como objetivo implícito abordar las problemáticas del

desarrollo sustentable, es decir, que tienen como objetivo la prosperidad económica, la

integridad del medio ambiente y la equidad social. También son proyectos que entienden

las dinámicas de las poblaciones involucradas y las interconexiones económicas existentes

para lograr soluciones sustentables, con una perspectiva de largo plazo, a la vez que

conocen los límites de los sistemas ambientales. En la práctica le resta sustentabilidad el

hecho de que la energía eólica responda a interés económicos de grandes empresas y de los

políticos de turno sin tener en cuenta del daño ecológico y social pues se omiten aplicar las

normas establecidas y le resta importa las violaciones de los derechos que en muchos

casos se emplea la violencia para que accedan a sus propios intereses, para que la energía

eólica sea completamente sustentable debe ir a la par con la justicia social y no generar

daños graves al medio ambiente.

2.4. Normatividad que regula el fomento del crecimiento económico y social de las

comunidades en relación con la generación de energía eólica en México.

Las políticas públicas mexicanas son impulsadas por organismos internacionales

entre ellas la OIT, que promueve el respeto por los pueblos indígenas y tribales y la

garantía de los derechos humanos, entre otros el derecho a la igualdad y al empleo, y al

hacer efectivo estos derechos las comunidades además tendrán las mismas oportunidades

de desarrollo económico y social que pueden ofrecer los desarrollos de empresas en sus

regiones o localidades.

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El artículo 25 Constitucional establece que corresponde al Estado la rectoría del

desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la

Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del

crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza,

permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases

sociales, cuya seguridad protege esta constitución. En este orden de ideas y como lo

expresa el mencionado artículo, la sustentabilidad es un todo de forma íntegra, que

encierra; la justa distribución del ingreso, la oportunidad del empleo y fomento al

crecimiento económico, dan lugar a un al desarrollo económico y social de todos los grupos

donde se genere las energías renovables en el caso que nos atañe, las energías eólicas.

Además de las diferentes normativas que México tiene, está la ley de transición

energética y dentro de su objetivo No, 4, dice impulsar la democratización del acceso a

servicios básicos y oportunidades económicas, además de proveer el servicio de energías a

aquellas poblaciones que actualmente no cuentan con este servicio, que regularmente son

aquellos grupos o comunidades más desprotegidos por el estado, en estas condiciones al

impulsar la producción de energías renovables como las eólicas se estaría fomentando el

desarrollo económico y social de estas localidades y sus habitantes.

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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES.

México cuenta con un marco jurídico para las energías renovables que de forma

general regula todo lo relacionado con este tema, pero no existe un marco legal regulatorio

especifico que regule los temas ambientales, sociales y económicos de los grupos

marginados en las energías eólicas. Debido a esto, para la energía eólica, se aplican las

regulaciones jurídicas de las energías renovables, normatividad que presenta muy poca

regulación respecto de los temas sociales y económicos de los grupos marginados o étnicos

de los lugares donde se desarrollan los proyectos energéticos.

Debido a la escasa regulación en materia de proyectos de energía renovable y en

específico proyectos de energía eólica, se presentan constantes controversias y

enfrentamientos entre los grupos sociales y los inversionistas lo que da lugar al retraso de

los proyectos y por consiguiente el retraso del beneficio social.

En la Reforma Energética del 2013 se han creado mecanismos, tales como la EIS y la

Consulta Pública, que buscan proteger las inversiones hechas, a la vez de respetar y cumplir

los derechos humanos de las personas afectadas por la implementación de estos proyectos,

de forma que exista también viabilidad social para la realización de estos.

Mas allá de los beneficios medioambientales, el desarrollo eólico en México debe

conllevar beneficios económicos y sociales a los grupos o comunidades del lugar donde se

desarrollen los proyectos y para ello se necesitan de directrices específicos para el caso

concreto una regulación de la energía eólica con carácter ambiental social y económica, lo

que conllevaría ser congruente con la sustentabilidad de la energía eólica y este ser un

objetivo primordial del país, que al cumplirse o ejecutarse, se mitigarían los conflictos

sociales y de grupos que perjudican a los proyectos energéticos y en especial a los eólicos,

así como también a los grupos sociales víctimas de las malas prácticas del desarrollo

energético.

En este orden de ideas se puede reconsiderar que sí es factible apostar por un

desarrollo energético más social justo y equitativo en la cual todas las partes involucradas

alcancen paz, desarrollo económico y social.

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Algunas de las mejores prácticas internacionales que pueden ser llevadas a cabo en

México basados en sus respectivos casos de éxito son:

- Involucrar a los individuos o comunidades a ser parte de los mismos desarrollos

eólicos.

Esto se pueden lograr con políticas públicas reales de inclusión y participación de las

comunidades donde se desarrollen estas energías, sabiendo que los lugares de operación

y generación son aquellos inhóspitos y alejados de las metrópolis, en el entendido que

quienes se favorecen con los beneficios son comunidades campesinas o grupos étnicos,

para que estos proyectos sean reales, el gobierno y las empresas privadas además de los

bancos tendrían que comprometerse, ya sea condonación de impuestos, subsidios,

créditos y micro créditos con términos de gracia y a muy bajos intereses.

- Autoempleo.

El autoempleo es cuando los mismos grupos sociales locales invierte en proyectos

energéticos eólicos, de tal manera que no solo son socios y propietarios de dicho

proyecto, sino que además generan empleo a sus familias y comunidades en general.

Generando de esta manera participación laboral y repartición de las ganancias

producidas por la generación de la energía eólica, que además participarían toda la

comunidad, teniendo como resultado un desarrollo sustentable en dicha región.

- Generación de profesionales especializados en generación de energías eólicas y

técnicos en la industria de las tecnologías limpias.

Impulsar la creación de programas educativos de nivel superior en temas orientados al

manejo, operación, administración, mantenimiento de la infraestructura eólica con

presupuestos federales dedicados a este rubro a través de las universidades de la región.

- Apoyos económicos en educación.

Ofrecer apoyos económicos, subsidios y becas para impulsar el nivel de educación de

las comunidades y orientarlas hacia el desarrollo sustentable de su comunidad.

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