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Ley 130 de 8 de mayo de 1945, seg enmendada , su administración y aplicación según enmendada, administración y aplicación Univ. Interamericana de PR Recinto de Fajardo Preparado por Ana Trujillo Material del Examen 1 1

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L ey 130 de 8 de mayo de 1945, seg enmendada , su administración y aplicación según enmendada, administración y aplicación. Univ . Interamericana de PR Recinto de Fajardo. La Ley Núm. 130 del 8 de mayo de 1945, según enmendada. - PowerPoint PPT Presentation

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Material del Examen 1 1

Ley 130 de 8 de mayo de 1945, seg enmendada , su administración y

aplicación según enmendada, administración y aplicación

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Material del Examen 1 2

La Ley Núm. 130 del 8 de mayo de 1945, según enmendada

• Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico, es el marco legal de la Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico

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Material del Examen 1 3

Funciones de la Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico

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Material del Examen 1 4

1. Proteger los derechos estatutarios de los trabajadores a organizarse, a colaborar con las organizaciones obreras y a negociar colectivamente ente mediante sus representantes exclusivos.

2. Investigar las controversias de representación, y reconocer al representante, designado o elegido legítimamente por una e mayoría de los trabajadores.

3. Estructurar las unidades apropiadas para la negociación colectiva.

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Material del Examen 1 5

4. Clarificar las unidades para la negociación colectiva cuando las partes así lo soliciten.

5. Investigar los casos de prácticas ilícitas del trabajo para asegurarse de que la negociación colectiva se efectúa con los legítimos representantes de los trabajadores.

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Material del Examen 1 6

6. Evitar que se ejerza coerción o intimidación sobre los trabajadores y que tanto los patronos como las uniones no violen los términos de los convenios colectivos.

7. Ayudar a poner en vigor los laudos de arbitraje e instar los procedimientos judiciales ante los tribunales del país para el cumplimiento de los mismos.

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Material del Examen 1 7

Administración de la Ley y Estructura de la Junta de Relaciones del Trabajo

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Material del Examen 1 8

• La Junta de Relaciones del Trabajo es un organismo cuasi-judicial, integrada por un Presidente y dos miembros asociados, nombrados por el Gobernador con el consejo y consentimiento del Senado de Puerto Rico, por término de 10 años.

• El Presidente es el funcionario ejecutivo y administrativo de la Junta. – Dos miembros de la Junta constituyen quórum

para la toma de decisiones.

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Material del Examen 1 9

Estructura

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Material del Examen 1 10

• La Junta de Relaciones del Trabajo se compone de – la Oficina del Presidente; – la Oficina de Asesoramiento Legal; – la Secretaría; – la División de Investigaciones; – la División Legal; – la División de Oficiales Examinadores – la Oficina de Servicios Administrativos

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Material del Examen 1 11

Divisiones de la Junta

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Material del Examen 1 12

• Para realizar sus funciones cuasi-judiciales, la Junta se compone de tres divisiones principales que intervienen en la investigación, litigación y adjudicación de los casos.

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Material del Examen 1 13

División de Investigaciones

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Material del Examen 1 14

• Investiga los cargos de prácticas ilícitas de trabajo.

• Recibe peticiones de representación para la certificación de representantes para la negociación colectiva e investiga sus méritos.

• Celebra y supervisa elecciones para seleccionar representantes para la negociación colectiva.

• Gestiona el cumplimiento de las decisiones y órdenes emitidas por la Junta.

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Material del Examen 1 15

División Legal

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Material del Examen 1 16

1. Expide las querellas para casos de prácticas ilícitas del trabajo; prepara los casos para las audiencias públicas; presenta mociones, interroga y contra interroga testigos; y, somete evidencia para el récord.

2. Representa al Interés Público en las audiencias audiencias.

3. Redacta Memorandos de derecho, alegatos; y demás escritos necesarios para la adecuada representación de los querellantes; y presenta ante la Junta su posición en cuanto a la disposición final de los casos.

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Material del Examen 1 17

4. Representa a la Junta ante los Tribunales de Puerto Rico y ante otros foros que haya que acudir en la tramitación de las diversas etapas de los casos

5. Recibe y analiza las solicitudes para que se cumplan los laudos de dos arbitraje y recomienda a la Junta la acción que debe tomarse. Además, podrá acudir ante los Tribunales en representación de la parte peticionaria.

6. Colabora con el Departamento de Justicia en todo caso en que la Junta delegue su representación legal a dicho organismo gubernamental.

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Material del Examen 1 18

División de Oficiales Examinadores

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Material del Examen 1 19

1. Celebra audiencias públicas para ventilar casos en los cuales se alegue la comisión de prácticas ilícitas.

2. Prepara los informes presentando conclusiones de hechos y derecho y recomendaciones en cuanto a la acción que la Junta deberá tomar para descargar las funciones impuestas por la Ley de Relaciones del Trabajo.

3. Celebra audiencias públicas que han sido ordenadas para investigar y resolver controversias relativas a la representación de empleados.

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Material del Examen 1 20

4. Prepara y mantiene un expediente que refleje en la forma más fiel posible los planteamientos levantados durante la audiencia.

5. Cita testigos con el propósito de interrogar y contra interrogar los mismo; además, hace la entrada en los récord la evidencia documental o de cualquier otra índole.

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Material del Examen 1 21

6. Realiza investigaciones legales en torno a las distintas doctrinas prevalecientes en ese campo.

7. Decide las cuestiones de derecho y los incidentes procesales que se presentan durante las audiencias p públicas.

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Material del Examen 1 22

Jurisdicción de la Junta de Relaciones del Trabajo

de Puerto Rico

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Material del Examen 1 23

• La Junta asume jurisdicción normalmente sobre los siguientes empleados:

• Empleados agrícolas • Empleados no agrícolas que no caen bajo la

jurisdicción de la Junta Nacional de Relaciones del Trabajo o sobre los cuales, ésta asume jurisdicción.

• Empleados de las corporaciones públicas del Gobierno o de las agencias, que se dedican a negocios que tengan como propósito un beneficio pecuniario.

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Material del Examen 1 24

Exclusiones de la Ley

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Material del Examen 1 25

• La Ley N Núm. 130 no le aplicará –a las personas empleadas por sus

padres o cónyuges, –ni a las que trabajan en el servicio

doméstico. –Tampoco le es de aplicación a aquellas

personas que ocupan puestos o tienen funciones de supervisores o ejecutivos.

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Material del Examen 1 26

Protección que la Junta de Relaciones del Trabajo ofrece a los

empleados

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Material del Examen 1 27

1. Evita, previene o remedia la comisión de prácticas ilícitas del trabajo, ya sean por parte de los patronos o de las organizaciones obreras.

2. Celebra elecciones para determinar el representante exclusivo de los empleados.

3. Estructura y clarifica unidades apropiadas para la negociación colectiva.

4. Ayuda a poner en vigor laudos de arbitraje.

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Material del Examen 1 28

Prácticas Ilícitas de los Patronos

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Material del Examen 1 29

• La Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico prohíbe a los patronos cometer once (11) prácticas ilícitas de trabajo.

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Material del Examen 1 30

1. Intervenir, restringir o ejercer coerción a sus empleados en el ejercicio de los derechos garantizados por la Ley en su Art Artículo 4.– Los derechos garantizados por el Art Artículo 4 de

la Ley son: organizarse entre s sí, constituir o ayudar a organizaciones obreras, negociar colectivamente a través de representantes por ellos seleccionados; y dedicarse a actividades concertadas con el propósito de promover la negociación colectiva.

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Material del Examen 1 31

2. Intervenir con la formación o administración de una organización obrera o brindar asistencia económica ilegal a ella.

3. Discriminar con los empleados en relación a la tenencia u otros términos o condiciones de empleo, por haber llevado a cabo actividades gremiales.

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Material del Examen 1 32

4. Negarse a negociar de buena fe con el representante de una mayoría de a los empleados de una unidad apropiada.

5. Negociar con una organización obrera que no representa la mayoría de sus a empleados.

6. Violar los términos de un convenio colectivo o de un acuerdo, en el que se comprometa a aceptar un laudo de arbitraje.

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Material del Examen 1 33

7. Dejar de mantener una actitud neutral, antes o durante una eleccción.

8. Discriminar contra un empleado porque éste radique cargos o testifique ante la Junta.

9. Rehusar emplear o reponer en su puesto a un empleado que haya sido despedido de la matrícula de una unión injustificadamente.

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Material del Examen 1 34

10.Discriminar contra un supervisor porque éste se niegue a participar en la comisión de una práctica ilícita de trabajo.

11.Suspenda o demuestre la intención de suspender los pagos por concepto de seguros y planes médicos de los empleados y dependientes de éstos, mientras se estén negociando un nuevo convenio colectivo o durante una huelga.

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Material del Examen 1 35

Prácticas Ilícitas de las Organizaciones Obreras

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Material del Examen 1 36

• La Ley de Relaciones del Trabajo prohíbe a las Organizaciones be Obreras cometer dos tipos de prácticas ilícitas.

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Material del Examen 1 37

1. Violar los términos de un convenio colectivo o un acuerdo en que se comprometa a aceptar un laudo de arbitraje.

2. Excluir o suspender de su matrícula injustificadamente a un empleado, en cuya representación la organización obrera haya firmado un convenio de afiliación total o de mantenimiento de matrícula de la unión.

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Material del Examen 1 38

¿Cómo previene la Junta la comisión de prácticas ilícitas de trabajo?

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Material del Examen 1 39

• La Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico utiliza los si siguientes procedimientos para prevenir las prácticas ilícitas de trabajo.

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Material del Examen 1 40

• Cuando una organización obrera, un patrono o un empleado presenta un cargo en la Junta, la División de Investigaciones lleva a cabo una investigación.

• En esta etapa inicial, los casos pueden arreglarse informalmente; retirarlos sin perjuicio; o ser desestimados por el Presidente, mediante un Aviso de Desestimación de Cargo.

• Este n último, se emite cuando la investigación preliminar nos lleva a concluir que no existen los elementos necesarios constitutivos de una práctica ilícita, según definidas en la Ley.

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Material del Examen 1 41

• Si el Presidente encuentra que existe causa suficiente para e expedir querella y no se logra un arreglo informal entre las partes, le ordena a la División Legal a expedir una querella formal contra la parte querellada, la cual tendrá veinte (20) días para contestar la misma presentando todas las defensas afirmativas que apliquen.

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Material del Examen 1 42

• Luego de expedida la querella formal y de presentarse la contestación a la misma, se celebran audiencias públicas ante un Oficial Examinador, quién rendirá un Informe a las partes y a la Junta. – Dicho Informe contendrá conclusiones de hechos

y de derecho, así como aquellas recomendaciones pertinentes sobre los remedios y lo que pueda la Junta resolver en el caso.

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Material del Examen 1 43

• Una vez transcurra el término para que las partes presenten excepciones al informe del oficial examinador, la Junta considerará el expediente completo del caso y decidirá la controversia.

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Material del Examen 1 44

• De entender la Junta en Pleno que cualquier persona, patrono u organización obrera ha cometido una práctica ilícita de trabajo, la expondrá sus conclusiones de hechos y de derecho y expedirá la la correspondiente Decisión y Orden remediativa.

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Material del Examen 1 45

• Mediante dicha Orden se le podrá requerir al querellado que cese y requerir desista de incurrir en la práctica ilícita de trabajo; y, además, que tome la, acción afirmativa que permita hacer cumplir los propósitos de la Ley, incluyendo entre otros, pagas atrasadas, reposición, intereses y fijación de ‘‘Avisos’’.

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