Unidad didactica ii

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UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE EDUCACIÓN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE PANAMÁ 2013 FUNDAMENTOS DE EDUCACIÓN II EVOLUCIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARÍA EN COLOMBIA Y PANAMÁ CARLOS AUUGUSTO GUARDIOLA GUARDO ANDREA TORRES ARRIETA

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UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE EDUCACIÓN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE

PANAMÁ

2013

FUNDAMENTOS DE EDUCACIÓN II EVOLUCIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARÍA EN

COLOMBIA Y PANAMÁ

CARLOS AUUGUSTO GUARDIOLA GUARDO

ANDREA TORRES ARRIETA

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BOGOTÁ CARACAS QUITO

REAL AUDIENCIA 1550 COMUNIDADES

RELIGIOSAS

FRANCISCANOS AUGUSTINOS DOMINICOS

MORAL POLÍTICA DISCIPLINA RELIGIÓN CONSERVADO

R

UNIVERSIDAD NACIONAL. Ley 66 22 de Sep. 1867.

CAMBIA

CARÁCTER

OFICIAL

PERDIDA

AUTONOMÍA

CONS. POLÍTICA

1886 CONCORDATO

REFORMAS

EDUCATIVAS

PROMULGADAS

POR LA IGLESIA

EDUCACIÓN SUPERIOR

EN COLOMBIA

NACE UNIVERSIDAD

CENTRAL REPÚPLICANA Ley

18 DE MARZO 1826

COLONIA

BOLIVAR-SANTANDER

REPÚBLICA

LIBERAL 1822 CONSEVATURISMO 1842

FUNDACIÓN

UNIVERSIDADES S. XVII 1605. COLEGIO SAN BARTOLOMÉ 1654. COL. UNIV. NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO 1623. UNIVERSIDAD JAVERIANA 1626. UNIVERSIDAD SANTO TOMAS

2da

MITAD S.XVIII NACE UNIVERSIDAD

PÚBLICA 1774

APERTURA A DOCTRINAS

INCORPORAN CIENCIAS APLICADAS

EXPROPIACIÓN BIENES IGLESIA

EXPEDICIÓN BOTÁNICA

EVOLUCIÓN CRONOLÓGICA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA.

Page 3: Unidad didactica ii

Nuevas tendencias

Pensamiento y ciencia

Administración y distribución de recursos.

SIGLO XX. PRIMERAS

DECADAS

REFORMA UNIVERSITARIA Ley 57 de 1923

GOBIERNOS

LIBERALES 1930-

1957

LEY ORGÁNICA

UNIVERSIDAD

NACIONAL 1935

ORGANIZACIÓN

ADMINISTRATIVA

CIUDADELA

UNIVERSITARIA

POLÍTICA

ORGANIZACIONAL-

AUTONOMÍA LIMITADA

ACADÉMIA-

INVESTIGACIÓN

PERIODO DE VIOLENCIA Y

REPRESIÓN (1948-1957)

SUPRESIÓN UNIVERSIDAD

PÚBLICA

AVANCE Y CONSOLIDACIÓN

UNIVERSIDAD PARTICULAR MEDIADOS DE SIGLO XX.

POLÍTICAS

GUBERNAMENTALES PARA

APOYO Y FOEMNTO A LA

EDUCACIÓN SUPERIROR

INS. COLOMBIANO DE CRÉDITO ICETEX 1968

ASOC COLOMB. DE UNIVERSIDADES ASCUN 1957

FONDO UNIVERSITARIO

NACIONAL 1954

FINAL SIGLO XX

CRISIS SOCIAL, POLÍTICA Y

ECONÓMICA

Decreto-Ley

080. 1980

ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA.INSPECCIÓN Y VIGILANCIA.

RECORTE DE SUBSIDIOS EDUCATIVOS, AUMENTO PRIVATIZACIÓN, DISMINUYE CALIDAD, DECAE

MOVIMIENTO ESTUDINATIL, FORMACIÓN CARÁCTER TECNOLOGICO EN AUGE. IES PRIVADAS SIN ANIMO

DE LUCRO

CONSTITUCIÓN

POLÍTICA 1991 Art 67. Educación como

derecho y bien público

Page 4: Unidad didactica ii

AUTONOMÍA INSPECCIÓN Y

VIGILANCIA CICLO DE VIDA IES PRIVADAS

LEY 30 DE 1992

NACIMIENTO POR CONSTITUCIÓN DE UNA ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO (Art. 633 y ss. Código Civil y art. 2 D. 1478 de 1994)

IES QUE PRESTAN EL SERVICIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

ESTÁNDARES MÍNIMOS DE CALIDAD

CREACIÓN DE PROGRAMAS ACADÉMICOS (D. 1403 de 1993, D. 836 y 837 de 1994, el registro calificado. Decretos de estándares mínimos: 792 y 2802 de 2001, 936-940, 1665 y

1576 de 2002)

CREACIÓN DE SECCIONALES (Art. 121 de la Ley 30 D. 1478 de 1994)

RATIFICACIÓN DE REFORMAS ESTATUTARIAS Art. 21 D. 1478 de 1994 Num. 2 art. 2 del D. 1176 de 1999, num 9, art. 15 del D. 2662 de 1999

ACREDITACIÓN VOLUNTARIA (Ley 115 de 1994, D. 2904 de 1994, D. 272 de 1998, D. 1605 de 2001)

EXTINCIÓN DE LAS IES (art. 104 de la Ley 30 7 g, Ley 30 de 1992)

Page 5: Unidad didactica ii

CARACTERÍSTICAS SIMILARES DE LA EVOLUCIÓN QUE HA TENIDO EL

SECTOR EN LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y PANAMÁ.

En este estudio sobre comparativo de los momentos relevantes de la evolución de

la educación superior entre Colombia y Panamá se considerará la época del

Reformismo de la Modernidad en la Universidad Colombiana años 1920 a 1992 en

contraposición con las Causas que impulsan la creación y crecimiento de las

instituciones de educación superior particular.

Este periodo es significativo pues traza una línea divisoria en la reciente

separación entre Colombia y Panamá, y porque los cambios de la geopolítica

continental, la economía mundial demandaban el ingreso a la modernidad

afectando el campo educativo.

Las reformas en Colombia tuvieron un fuerte impulso de los movimientos

estudiantiles a diferencia de Panamá. No se debe desconocer que los gobiernos

liberales dieron su incondicional apoyo a estas políticas y consolidaron la

modernidad del Estado y con ello la misma universidad

El 29 de julio de 1932 Germán Arciniega propone ante el Congreso de la época la

“Ley Orgánica de la universidad colombiana” y Pedro Nel Ospina expide la Ley 68

de 1935 en procura de autonomía administrativa y financiera. Esta normativa

aunque propone generar cambios en el territorio nacional sólo afecta la

Universidad Nacional sobre la que recae la función de aprobación de nuevas

universidades y programas ofertados por otras universidades, situación similar a la

acontecida con la Universidad de Panamá establecidos en la Ley 47 de 1946 y

posteriores decretos modificatorios.

Otro decreto, el 260 de 1936, volvía a poner a la Universidad Nacional como

modelo a seguir para las demás facultades oficiales y privadas, al disponer:

“En lo sucesivo las Facultades Universitarias oficiales y privadas que aspiren al

reconocimiento por parte del Gobierno de los títulos que expidan, deberán

sujetarse a los programas y planes de enseñanza mínimos de la Universidad

Page 6: Unidad didactica ii

Nacional, contar con la dotación material, científica y pedagógica que posea la

misma Universidad; someterse a los reglamentos que dicten al respecto el

Departamento Nacional de Higiene y la Comisión Nacional de Educación Física;

cumplir las disposiciones vigentes sobre segunda enseñanza en lo que a ella

atañe; sujetarse a los Reglamentos que sobre el particular acuerde el Ministerio de

Educación Nacional y aceptar la Inspección para vigilar el cumplimiento de lo

ordenado por el Presente Decreto”.

Durante la Intervención Estatal entre los años 1948-1957 el se presenta un

fenómeno de violencia política llamado “El Bogotazo” su influencia afecto

drásticamente la universidad colombiana. Los conservadores en el gobierno y la

iglesia contrarrestaron toda ideología tachada de comunista. Se crea un nuevo

organismo regulador del Estado Fondo Nacional Universitario, una nueva forma de

ejercer dominio sobre los tibios triunfos logrados con la autonomía.

La Asociación Colombiana de Universidades toma un notable impulso durante el

periodo denominado Frente Nacional, periodo de privatización y modernidad 1957-

1970. Los cambios políticos y administrativos fueron contundentes, según

muestran los informes del Plan ATCON emisario de La Alianza para el Progreso

para contrarrestar los movimientos marxistas y revolución cubana. Este consistía

en. Para los transmites de autorización de una universidad particular se recurre a

la participación de las universidades oficiales en Panamá, en Colombia esta

función ahora está en manos de la ASCUN, lo que desencadenó una proliferación

de universidades, pero siendo las mismas universidades privadas vigilando y

controlándose así mismas el resultado fue una gran cantidad de universidades de

garaje, con calidad académica deficiente.

Posteriormente se expidió la Ley 30 de 1992, que reglamentó la Educación

Superior. Esta reforma pretendía cambiar la relación que existía entre el Estado y

las IES de tal forma que la intervención del Estado en el sector fuera más

orientadora, selectiva y menos reglamentarista 5 La Ley 30 estableció los

parámetros de la Educación Superior y definió los siguientes temas: principios y

objetivos; los campos de acción; los programas académicos; los tipos de

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instituciones; los títulos y los exámenes de Estado; la autonomía de las

instituciones; el fomento y la inspección y vigilancia; el Consejo Nacional de

Educación Superior (CESU) y el Instituto Colombiano para el Fomento de la

Educación Superior (ICFES); los comités asesores (fusionados en la Comisión

Consultiva de las Instituciones de Educación Superior por el Decreto 1176 de

1999); las sanciones; el Sistema Nacional de Acreditación y el Sistema Nacional

de Información (SNIES); la naturaleza jurídica de las instituciones; el régimen

especial de las universidades del Estado, la organización y elección de las

directivas, el personal docente y administrativo; el régimen estudiantil, el Instituto

Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos (ICETEX), y el bienestar

universitario1.

En comparación con Ley 30 del 20 de julio de 2006 en Panamá y los decretos de

implementación que regulan el sistema nacional de educación superior de

Panamá a través de la creación del Sistema Nacional de Evaluación de la

educación superior y se crean entre otros entes, la Comisión Técnica de

Fiscalización y la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación de la educación

superior de Panamá (CONEAUPA).

Jorge Hernán Cárdenas y María Elena Gutiérrez en su informe a la UNESCO

sobre la educación superior privada destacan las diversas motivaciones que

impulsaron la creación de universidades privadas en Colombia: “violencia,

ideologías políticas y religiosas puede concluir que entran en juego muchos

actores que no están conformes con la educación imperante en un momento. En

este contexto hay propuestas de profesionales e intelectuales. Es muy interesante

por ejemplo el caso de la Universidad de los Andes, pues fue justamente en 1948,

en el momento de gran confrontación social, que un grupo de jóvenes que habían

estado expuestos a la educación de excelencia se da cuenta del rezago entre la

educación en Colombia y el resto del mundo. Igualmente el caso del Externado

donde se crea una institución para escapar el dogmatismo del momento y la

necesidad de ofrecer una educación no confesional (1891). En algunos casos

como la Universidad del Norte (1966) o la Universidad Autónoma de Bucaramanga

Page 8: Unidad didactica ii

(1952), entran en juego grupos empresariales, que no ven respuesta para sus

regiones y deciden incursionar en una propuesta que inicialmente tiene una

vocación de promoción y afirmación del desarrollo regional, pero que luego tiene

vocación de poder trascender este límite.

Hay universidades que tienen un fin religioso, científico y humanista, como puede

ser el caso de la Universidad Javeriana, con su refundación en 1930, o el caso de

la Universidad de la Sabana, de más reciente creación en 1961. En conclusión el

panorama es muy amplio y es muy diverso.”

1. La Educación Superior Privada en Colombia - Jorge Hernán Cárdenas S. DIGITAL OBSERVATORY FOR HIGHER

EDUCATION IN LATIN AMERICA AND CARIBBEAN IESALC Reports available at IESALC – UNESCO

Page 9: Unidad didactica ii

CONSTRUYA UN CUADRO COMPRENSIVO DE LAS DISTINTAS FECHAS Y

EVENTOS QUE DESCRIBEN LA EVOLUCIÓN LEGAL DE LA EDUCACIÓN

SUPERIOR EN COLOMBIA, HAGA UN ENSAYO COMPARATIVO DE AL

MENOS TRES PÁGINAS, COMPARANDO ESTE MARCO LEGAL CON EL

EXPERIMENTADO EN PANAMÁ Y DOS RECOMENDACIONES.

COLOMBIA

Virreinato y

Colonia

Siglo XVI el primer claustro universitario del país fue la

Universidad Tomasina. Posteriormente serían creadas la

Universidad Javeriana (1623), el Colegio mayor del Rosario (1645)

y la Universidad de San Nicolás de Mira (1703).

Patria Boba Se mantiene la estructura legislativa española heredada del

virreinato

La Gran

Colombia

Mediante la Ley del 18 de marzo de 1826, se crearon las

universidades públicas de Santa Fe, Quito y Caracas. El Decreto 3

de octubre de 1826 reglamentara el funcionamiento de las recién

creadas universidades.

La República

de la Nueva

Granada

El primero de diciembre de 1842 se expidió el decreto que

organizaba las universidades. Algunas modificaciones (decretos

de julio 25 de 1843, enero 10 de 1844. 15 de mayo y septiembre

10 de 1845. En 1843 se expide una nueva Constitución inspirada

en la de 1832, el plan de enseñanzas universitarias dominado por

tres ideas fundamentales: una severa disciplina, la introducción de

elementos religiosos y la introducción de elementos

conservadores, como el estudio del derecho romano.

El 8 de mayo 1848 se expidió la ley sobre la libertad de enseñanza

y habilitación de cursos. Para 1850, se impulsó una revolución de

profundo corte liberal, calificado de romántica. Con la Expedición

de la Ley de mayo 15 se derogó expresamente todas las normas

anteriores sobre educación instrucción pública.

Page 10: Unidad didactica ii

Confederación

Granadina

El 22 de septiembre de 1867 se aprueba la ley que organizaría

“una Universidad Pública en la Capital de la República de

Colombia, la que llevará el nombre de Universidad Nacional de los

Estados Unidos de Colombia”. Con ella regresarían las facultades

de jurisprudencia, medicina, filosofía y letras, y se crearían la

Escuela de Ciencias Naturales, la de Ingeniería y la de Artes y

Oficios.

La

Regeneración

La Ley 106 de 1880 autorizaba al ejecutivo para modificar la su

régimen orgánico. En uso de esas atribuciones se expidió el

Decreto 167 de 1881, que definió a la Universidad como “Una

institución de educación creada por la ley y sostenida con fondos

nacionales, para dar pública y gratuitamente educación secundaria

y profesional”.

En su parte pertinente decía el Concordato de 1887:

“Artículo 12. En las universidades y colegios, en las escuelas y en

los demás centros de enseñanza, la educación e instrucción

pública se organizará y dirigirá en conformidad con los dogmas y

la moral de la Religión Católica. La enseñanza religiosa será

obligatoria en tales centros, y se observarán en ellos las prácticas

piadosas de la Religión Católica.

En 1892 se promulgó la Ley 89 así como su Decreto

Reglamentario, el 349 del mismo año. Esta se conoció como Plan

Zerda de Instrucción, cuyo objetivo era unificar el sistema

educativo. Desarrollado por la legislación educativa de 1903 y

1904 su vida sería breve, pues se desencadenaría la Guerra de

los Mil Días.

En 1903 se inicia una nueva reforma educativa con la Ley 39 y su

decreto reglamentario, el 491 de 1904. Generó dispersión y el

desmembramiento de la universidad, separando sus facultades y

sometiéndolas al control de un consejo directivo compuesto por el

rector y cuatro profesores nombrados por el ejecutivo.

Page 11: Unidad didactica ii

Siglo XX

En 1905, el general liberal Rafael Uribe Uribe, presenta un

proyecto de ley “Sobre la reorganización de la Universidad

Nacional”, que fue apenas discutido, pero que contendría algunos

de los elementos que serán recogidos en la legislación

universitaria de 1935. Entre ellos se pueden citar:

democratización del gobierno universitario;

la noción de cátedra libre

el carácter nacional, científico y experimental de la universidad;

la idea de ligar la universidad a los problemas reales del país,

apareciendo así un esbozo de “extensión universitaria”;

la organización académica en una serie de facultades, que

combinen los saberes clásicos tradicionales con los modernos:

literatura y filosofía, agronomía y veterinaria, pedagogía,

humanidades, comercio y otras, ciencias jurídicas y sociales

Reforma

educativa años

20

El Decreto 1326 de 1922 reglamentaría lo relativo al

reconocimiento de personas jurídicas. Este sería adicionado por el

2272 de 1928 que fijaría los pénsumes y programa de estudio de

la Universidad Nacional como modelo a seguir. De manera que la

Ley 12 de 1934 ordenó dedicar a gastos educativos el 10% del

presupuesto nacional. La Ley 68 de 1935, que integró las

escuelas, ordenó la construcción de una Ciudad Universitaria y

concedió autonomía administrativa y académica a la institución.

El acceso a la educación se pretendió concretar en el Decreto

1283 de 1935 con el que se esperaba lograr educación para todos.

Uno de tales decretos, el 260 de 1936, volvía a poner a la

Universidad Nacional como modelo a seguir para las demás

facultades oficiales y privadas. Así mismo, se expidió la Ley 132

del 20 de febrero de 1936, sobre la igualdad de condiciones para

el ingreso a los establecimientos de educación superior la cual

prohibió todo forma de discriminación por sexo, raza o religión, a

pesar de ello la participación de mujer siguió siendo excepcional.

Page 12: Unidad didactica ii

La Ley 143 de 1948 volvería sobre el tema de la enseñanza

técnica, a la que definiría como “la parte esencialmente práctica de

la educación destinada a orientar hacia el trabajo racionalizado

toda ocupación o actividad que no necesite de una cultura general

académica”. También en 1950 el entonces Presidente, Laureano

Gómez, modificó la Ley 68 de 1935, la cual definía la estructura de

la Universidad Nacional. Hay prioridad a una orientación técnica,

para ello crearía varias instituciones que aun hoy forman parte del

sistema educativo, tales como Colciencias, la ESAP, el SENA y el

Fondo Nacional Universitario, a partir del cual nacería el ICFES. El

Fondo Nacional Universitario se crearía con el Decreto 3686 de

1954. Con respecto a esas instituciones también le sería

asignadas funciones de Inspección y Vigilancia. En 1957 el Fondo

se transformaría en la Asociación Colombiana de Universidades

(ASCUN), organización de carácter privado que agrupó tanto a

instituciones oficiales como privadas y en la que el gobierno

nuevamente delegó las funciones de inspección y vigilancia de la

educación superior.

Se expide el Decreto 277 de 1958. En su artículo primero dispone

que “las Universidades Oficiales Departamentales “serán personas

jurídicas autónomas”. En el Gobierno de Guillermo León Valencia

se expiden los decretos 1464 de 1963, por el cual se establecían

normas para la fundación, aprobación e inspección de entidades

no universitarias de educación superior y 1297 de 1964, por el cual

se reglamentaba la educación superior en las universidades y en

otros institutos.

El Plan Básico

de la

Educación

Superior 1967

El documento se ocupa de la acreditación, en los siguientes

términos:

“10.1 Entiéndase por acreditación el proceso permanente de

estudio de evaluación y asesoría a una universidad, a un instituto

universitario, a un programa de estudios de acuerdo con las

Page 13: Unidad didactica ii

respectivas normas o requisitos mínimos aprobados. Por su medio

se da crédito o se otorga confianza o se le niega a una institución

o programa educativo. Tal acto y proceso los realiza

periódicamente la autoridad educativa competente.

10.2. La acreditación será institucional y por programas.

10.3. La entidad competente para la acreditación será la Comisión

Nacional de la Educación Superior”.

La Reforma

Constitucional

de 1968

Este mismo año, con el Decreto 3156 de 1968, se reorganizó el

Fondo Universitario Nacional, que pasó a llamarse Instituto

Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES).

Como finalidad, el instituto tendría la de “servir de órgano auxiliar

del Ministerio de Educación Nacional en lo relativo a la inspección

y vigilancia de la Educación Superior, otorgar asistencia técnica,

económica y administrativa a las universidades, dentro del respeto

a su autonomía legal, y prestar aquellos servicios que sean

necesarios para el mejoramiento cuantitativo y cualitativo de la

misma, en consonancia con los requerimientos del progreso

armónico de la Nación”. En materia de exámenes, los exámenes

nacionales de admisión, a partir de este año pasaron a llamarse

Exámenes de Estado para ingreso a la Educación Superior a partir

de este momento se aplicaron de manera ininterrumpida y

constituyen requisito obligatorio para dicho propósito.

Reforma

Universitaria

de 1980

El 24 de enero de 1979 se expidió la Ley 8ª, “ por la cual se

otorgan una facultades extraordinarias para establecer la

naturaleza, características y componentes del Sistema de

Educación Post-secundaria, se fijan requisitos para la creación y

funcionamiento de instituciones públicas y privadas de educación

post-secundaria, para organizar la Universidad Nacional de

Colombia y las demás Universidades e institutos Oficiales de nivel

post-secundario y para expedir las normas sobre Escalafón

Nacional para el Sector Docente y derogar unas normas”.

Page 14: Unidad didactica ii

Ley 30 de 1992

La Ley 30 de 1992 estableció los parámetros de la Educación

Superior y definió los siguientes temas: principios y objetivos; los

campos de acción; los programas académicos; los tipos de

instituciones; los títulos y los exámenes de Estado; la autonomía

de las instituciones; el fomento y la inspección y vigilancia; el

Consejo Nacional de Educación Superior (CESU) y el Instituto

Colombiano para el Fomento de la Educación Superior (ICFES);

los comités asesores (fusionados en la Comisión Consultiva de las

Instituciones de Educación Superior por el Decreto 1176 de 1999);

las sanciones; el Sistema Nacional de Acreditación y el Sistema

Nacional de Información (SNIES); la naturaleza jurídica de las

instituciones; el régimen especial de las universidades del Estado,

la organización y elección de las directivas, el personal docente y

administrativo; el régimen estudiantil, el Instituto Colombiano de

Crédito Educativo y Estudios Técnicos (ICETEX), y el bienestar

universitario.

Page 15: Unidad didactica ii

EDUCACIÓN SUPERIOR EN COLOMBIA Y PANAMÁ. EVOLUCIÓN

HISTÓRICA FRENTE A LA DEMANDA DE CALIDAD

En este análisis se abordará la evolución histórica de la gesta de los procesos

evolutivos de la educación superior en Colombia y Panamá desde el ámbito

legislativo enmarcado en los aspectos sociales, políticos y culturales hasta la

época actual.

El marco legal de educación en Colombia es muy amplio en comparación con el

establecido en Panamá, conclusión de lógica común puesto que la historia

panameña es reciente, su origen inicia con la separación de Colombia el 3 de

Noviembre de 1903. Cronológicamente cualquier comparación del marco

legislativo educativo de ambas naciones es posible cotejarlo en los inicios del siglo

XX como se referenciara a continuación.

La universidad de Panamá fue la primera universidad en este país y al

promulgarse la nueva Constitución se constituye en fiscalizadora del sistema de

educación superior, esto por mandato constitucional.

En el desarrollo histórico de la educación superior y particular en Colombia se

implementaron diversas reformas que buscaban amoldar a la población a las

necesidades coyunturales de la cada época en la que nación vivió su proceso de

maduración desde la colonia, pasando por la gestas independentistas, la

formación de la republica, la alternancia de hegemonía bipartidista liberal y

conservadora, cada una permeando de acuerdo a sus deseos los principios

constitutivos de la universidad, la continua influencia del poder eclesiástico y la

pugna entre el carácter oficialista y privado de la misma universidad.

La Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación establece en su título primero los

principios, fines y normas de la educación, en ella la Educación de consagra como

un derecho y no tiene cabida ninguna forma de discriminación para negarlo.

Page 16: Unidad didactica ii

El marco legislativo de esta ley en Panamá es similar al de la Ley Orgánica de

Colombia por cuanto ambos dan herramientas a las universidades centrales de

sus respectivos países para vigilar, aprobar y controlar las nuevas universidades

que se crearan en esos momentos. Aunque es de no se puede obviar que en el

caso Colombiano el énfasis sobre la autonomía es muy fuerte como se explica a

continuación.

La autonomía para el caso de las universidades en Colombia es un caso de vieja

data, en el que todavía no es posible desligarse de esta herencia que nace desde

la creación de la primera universidad oficial en este país, la Universidad Nacional

ubicada en la capital y fundada en 1867, se concibió como el punto neurálgico de

la reforma (Ley Orgánica) y modelo a emular por las demás universidades del

país.

El país ha creado políticas a lo largo de su cambiante y convulsionada historia

para fortalecer el sistema educativo y algunas has sido beneficiosas pero otras por

el contario han sido retrogradas involucionando completamente lo alcanzado por

las anteriores, una verdaderas política de Estado en cuanto al ordenamiento

jurídico sería ideal.

El aseguramiento de la calidad es una característica muy afín entre los Estados

Colombianos y Panameños, la acreditación en Colombia se estableció desde la

reforma de 1967 en procura de establecer requisitos mínimos para elevar el

rendimiento académico de los programas universitarios y sobre todo para la

asesoría y vigilancia permanente, luego la Ley 30 de 1992 lo retoma y la fortalece,

al igual que la ley 30 de Panamá en donde su estructura inicial contempla lo

referente al mismo aspecto. Ambas coinciden que el siguiente objetivo: mejorar la

calidad de las universidades y que rindan cuentas a través de procesos que gocen

de credibilidad y confianza por los grupos de interés.

Pero el llegar a estas leyes ha sido una necesidad para ponerse en línea con las

tendencias y necesidades de un mercado global, en el caso especifico de Panamá

el estudio realizado por Mariana A. de McPherson: Innovaciones en procesos

Page 17: Unidad didactica ii

de acreditación institucional universitaria: Caso Panamá. Se detalla que

Panamá se encuentra en evidente crecimiento económico desde hace varios

años. Ha disminuido el desempleo a niveles de 5.6% y aumentado el Producto

Interno Bruto de manera sostenida a pesar de la crisis económica mundial (Foro

Económico Mundial) (The Global Competitiveness Report 2009-2010, 2009 World

Economic Forum).

También plantea que pesar de lo anterior, existen indicadores en los cuales

Panamá no califica bien y que son requisitos para que el crecimiento económico

sea sostenido y sostenible y pueda traducirse en desarrollo. Entre estos últimos

indicadores se destacan los relacionados con educación en todos sus niveles.

En lo que se refiere a educación superior, la Universidad de Panamá estuvo por

muchos años ejerciendo la función de fiscalizar las universidades ya aprobadas, la

cual se le ha dado por mandato constitucional. Esto fue así porque, al crearse la

constitución, la única universidad estatal era ésta. Al mismo tiempo, la Universidad

de Panamá asumió la función de recomendar al Órgano Ejecutivo, a través del

Ministerio de Educación, el otorgamiento el permiso provisional de funcionamiento

a universidades nuevas.

A partir de la promulgación de la Ley 30 de 20 de julio de 2006, se crea la

Comisión Técnica de Fiscalización, la cual está constituida por la Universidad de

Panamá en coordinación con las otras universidades estatales. Otro de los

antecedentes relevantes señala que, el rendimiento de los estudiantes ha bajado,

según estadísticas universitarias y son poco exigentes los requisitos de ingreso a

las universidades, salvo en programas de ciencias de la salud e ingeniería. Si esta

información se suma al incremento en la satisfacción de los empleadores con

respecto a las competencias de los egresados de las universidades en Panamá,

puede colegirse que existe un problema de control de calidad en este nivel

educativo, especialmente si se compara el número de universidades (42) con el

hecho de que la población del país no alcanza los cuatro (4) millones de

habitantes.

Page 18: Unidad didactica ii

Colombia inició su experiencia del mejoramiento cualitativo de la educación

superior a través de la acreditación de alta calidad que aparece en la Ley 30 de

1992. Dadas las exigencias de la acreditación, la comunidad académica y el

gobierno se percataron pronto del largo tiempo que tomaría a las instituciones

llenar los requisitos para la acreditación, así que se actuó para sumar, al

mecanismo de acreditación, el mecanismo de registro calificado, no registro

simple, que permitiese asegurar que los programas técnicos, tecnológicos y

profesionales se ofrecerían con condiciones mínimas de calidad. Fue así como se

legisló para exigir estándares o condiciones mínimas que significan que las

instituciones ofrecen idóneamente los programas. Deben satisfacerse estas

condiciones para obtener el registro calificado. El paso siguiente, la acreditación

de alta calidad, se estableció como práctica voluntaria, dados los altos estándares

requeridos para su obtención. Hoy el total de universidades acreditadas no supera

las 12 y aun el proceso continúa.

RECOMENDACIONES

1. Establecer una política de Estado para generar estabilidad al sistema

educativo colombiano para evitar que las condiciones ideológicas, políticas

y socioeconómicas perturben su normal desarrollo.

2. Fortalecer los acuerdos internacionales para unificar lineamientos

curriculares de las instituciones universitarias para facilitar la cualificación

de los programas académicos para que los procesos de homologación de

títulos y convalidaciones sean más eficientes.

3. Que los ministerios de educación de los pises de la región creen un órgano

regional que permita armonizar la legislación de los Estados en cuanto al

tema educativo para que las instituciones de educación superior puedan

facilitar la oferta en otros territorios, ello mejoraría la competitividad y

disminuiría los costos educativos.

Page 19: Unidad didactica ii

BIBLIOGRAFÍA

1. Carlos Patiño Millán. Apuntes para una historia de la educación en

Colombia. Escuela de Comunicación Social, CELYC, Universidad del

Valle. 2010

2. Colombia, Ministerio de Educación Nacional, 1992, Ley 30 de

Educación Superior, Bogotá, Ministerio de Educación Nacional.

3. DIGITAL OBSERVATORY FOR HIGHER EDUCATION IN LATIN

AMERICA AND THE CARIBBEAN IESALC Reports available at

www.iesalc.unesco.org.ve

4. Evolución Legislativa de la educación superior en Colombia.

Educación culpable, educación redentora IESALC - UNESCO

5. Haydée Franco. ESTUDIO SOBRE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

UNIVERSITARIA PRIVADA EN PANAMÁ.

6. ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMÉRICANOS. Situación de la

educación superior en Colombia 2006. Sitio

http://www.oei.es/quipu/colombia/index.html#legi. Consultado 4 de

Abril de 2013

7. Cifras Economía de Panamá

http://espanol.doingbusiness.org/data/exploreeconomies/panamá/).

8. Mariana A. de McPherson. Consejo Nacional de Evaluación y

Acreditación Universitaria de Panamá, CONEAUPA, Panamá, Panamá.

Innovaciones en procesos de acreditación institucional universitaria:

Caso Panamá