Unidad 4 Actividad 9

6
Metodología jurídica Unidad 4 Tipos de positivismo jurídico ¿Cuántos tipos de positivismo jurídico existen? Para que responda a esta pregunta lea el texto de: García Máynez, Eduardo. Positivismo jurídico, realismo sociológico y iusnaturalismo, páginas 9-23. Posteriormente responda a lo que se le solicita a continuación: 1. Distinga los diferentes tipos de positivismo jurídico que aparecen en el texto y escríbalos en la columna: Tipos de positivismo, de acuerdo con la definición que se muestra. Tipos de positivismo Definición EL POSITIVISMO JURÍDICO Es el positivismo jurídico que se caracteriza por la clara Entre el derecho que es y el derecho que debe ser, y por la convicción de que el derecho del cual debe ocuparse el jurista es el primero, y no el segundo. POSITIVISMO JURÍDICO COMO TEORÍA Es el positivismo jurídico referente a la estructura de todo el ordenamiento jurídico. Es decir, las normas jurídicas, la supremacía de la ley como fuente del derecho, etcétera. EL POSITIVISMO JURÍDICO COMO IDEOLOGÍA Es el positivismo que representa la creencia en ciertos valores, por lo que el derecho positivo, por ser emanado de la voluntad general, es justo. 2. Explique con sus propias palabras qué se entiende por naturalismo jurídico.

description

cd

Transcript of Unidad 4 Actividad 9

Tipos de positivismo jurdico

Metodologa jurdica

Unidad 4

Tipos de positivismo jurdico

Cuntos tipos de positivismo jurdico existen? Para que responda a esta pregunta lea el texto de:

Garca Mynez, Eduardo. Positivismo jurdico, realismo sociolgico y iusnaturalismo, pginas 9-23.Posteriormente responda a lo que se le solicita a continuacin:

1. Distinga los diferentes tipos de positivismo jurdico que aparecen en el texto y escrbalos en la columna: Tipos de positivismo, de acuerdo con la definicin que se muestra.Tipos de positivismoDefinicin

EL POSITIVISMO JURDICOEs el positivismo jurdico que se caracteriza por la clara Entre el derecho que es y el derecho que debe ser, y por la conviccin de que el derecho del cual debe ocuparse el jurista es el primero, y no el segundo.

POSITIVISMO JURDICO COMO TEORAEs el positivismo jurdico referente a la estructura de todo el ordenamiento jurdico. Es decir, las normas jurdicas, la supremaca de la ley como fuente del derecho, etctera.

EL POSITIVISMO JURDICO COMO IDEOLOGAEs el positivismo que representa la creencia en ciertos valores, por lo que el derecho positivo, por ser emanado de la voluntad general, es justo.

2. Explique con sus propias palabras qu se entiende por naturalismo jurdico.

Es una corriente que se funda en el en la naturaleza del hombre, evolucionando a la par de este, para esta corriente, el derecho como objeto de estudio se reduce al derecho natural o justo que asienta el contenido del derecho; es decir al derecho intrnsecamente justo, cuya validez es imparcial o material caracterizado por ser anterior y superior al ordenamiento jurdico positivo y al derecho fundado en la costumbre.3. Seale cul es el modelo epistemolgico que subyace al naturalismo jurdico. Exponga brevemente la forma en que este modelo epistemolgico determina, a su vez, la manera de entender el Derecho.

Dentro del iusnaturalismo existen dos corrientes principales:

El iusnaturalismo ontolgico: mantiene que el Derecho natural es el ser del Derecho, de tal forma que el Derecho positivo, para ser Derecho, tiene que ajustarse al Derecho natural.

El iusnaturalismo deontolgico: afirma que el Derecho natural es el deber ser del Derecho positivo, el modelo de moralidad que deben respetar las leyes positivas. El Derecho positivo debe encaminarse al natural, pero no le niega validez jurdica si no lo hace. Es una postura ms moderada y no esencialista.

El iusnaturalismo tiene tres ramas que son el iusnaturalismo teolgico, el iusnaturalismo racionalista y el iusnaturalismo racionalista historicista manejando esta ltima rama una relacin directa entre derecho divino, el derecho moral y la justicia humana. Se defiende el hecho de que por encima del positivismo se encuentra esteEl iusnaturalismo teolgico (Sto. Tomas de Aquino), sostiene que este derecho natural proviene de Dios, formando parte del orden eterno establecido por el y asequible a la razn humana. Segn estos, ningn orden jurdico tiene fuerza obligatoria si no cumple con los principios de derecho natural.

Segn V. Cathrein, el derecho natural, encuentra su fundamento en la absoluta necesidad para la sociedad humana. Adems se trata de un derecho universal, es decir, aplicable a todos los hombres y a todos los tiempos, y necesario.

Segn esta concepcin, las leyes positivas deben obtenerse por conclusin del derecho natural, o deben tener la funcin de determinacin aproximativa, precisando los postulados generales del derecho natural. Tambien deben hacer efectivas los mandatos del derecho natural.

El iusnaturalismo racionalista (Kant ) surgen en Europa en los siglos XVII y XVIII. Segn esta concepcin, el derecho natural, no deriva de los mandatos de Dios, sino de la estructura de la razn humana.

Esta corriente iusnaturalista, intentaron formular detallados sistemas de derecho natural, cuyas normas bsicas, constituan axiomas autoevidentes para la razn humana.

Los presupuestos del racionalismo, influyeron en la configuracin de la dogmtica jurdica, modalidad de la ciencia del derecho que prevalece en los pases de tradicin continental europea.

El iusnaturalismo historicista (Savigny) pretende inferir normas universalmente validas a partir del desarrollo de la historia humana. El criterio de discernir entre lo bueno y lo malo lo constituye la direccin de la historia.

Otra corriente iusnaturalista ms moderna, que se funda en la naturaleza de las cosas (Welzel). Esta corriente sostiene que existen ciertos aspectos de la realidad que poseen fuerza normativa, y constituyen una fuente de derecho a la cual debe adecuarse el derecho pos4. Explique con sus propias palabras qu se entiende por realismo jurdico.

Es una doctrina en donde se entiende que la caracterstica definitoria del Derecho es la eficacia. Se opone radicalmente a la opinin manifestada por el positivismo jurdico. Para el realismo jurdico el ncleo fundamental del Derecho no son las leyes, sino los hechos.5. Lea cuidadosamente las definiciones que se le presentan en la tabla y escriba en los espacios los tipos de realismo jurdico segn corresponda.

Tipos de realismo jurdicoDefinicin

Realismo psicolgico Es aquel que considera que la realidad del derecho consiste en hechos psicolgicos. De acuerdo con esta modalidad, para conocer si una regla es derecho vigente, corresponde efectuar investigaciones socio-psicolgicas, pues lo decisivo es si la regla es aceptada por la conciencia popular.

Realismo conductista Es aquel que considera que la realidad del derecho se encuentra en las acciones de los tribunales. De acuerdo con esta postura, una norma jurdica est vigente si hay fundamentos suficientes para suponer que ser aceptada por los tribunales como base de sus decisiones.

6. Seale cul es el modelo epistemolgico que subyace al realismo jurdico. Exponga brevemente la forma como este modelo epistemolgico determina, a su vez, la manera de entender el Derecho.

La corriente del Realismo jurdico, como modelo epistemolgico, concibe al derecho como objeto de estudio, no solo exclusivamente conformado por normas sino por hechos. El derecho no es otra cosa que una experiencia de realidades relativa a la conducta humana y al cumplimiento efectivo de las normas jurdicas en los fenmenos sociales.El realismo jurdico entiende que la seguridad jurdica no puede lograrse a travs de los mtodos normativistas tradicionales, sino a travs de la adecuacin a las exigencias y aspiraciones de los ciudadanos que viven inmersos en una realidad social en constante cambio. De esta manera, un Derecho dinmico, flexible, adaptable a la realidad social de cada lugar y de cada momento puede proporcionar ms seguridad que un conjunto de normas anquilosadas y petrificadas por la dificultad para su adecuacin a las necesidades de cada momento.

Podemos distinguir 2 corrientes de este realismo jurdico:

Realismo americano: el Derecho se contienen en las decisiones concretas de los jueces y funcionarios que resuelven los litigios y los fallos que se planteen. Se trata de un derecho judicial del caso concreto, donde el precedente judicial se convierte en la norma orientadora para posteriores decisiones judiciales.

Realismo escandinavo: no existe otro Derecho que el que realmente aplican los jueces de facto, siempre que las reglas sean realmente vividas como obligatorias por los jueces.

7. Explique con sus propias palabras qu se entiende por iusmarxismo.

El iusmarxismo es el conjunto de movimientos polticos, sociales, econmicos y filosficos derivados de la obra de Karl Marx.Marx considera al Derecho como una de esas superestructuras, lo consideraba como un mero prejuicio burgus, detrs del cual se ocultaban los intereses de la burguesa, para perpetuar su poder y mantener sometida a la clase oprimida y que el derecho desaparecera en una sociedad comunista.

Para Marx, las tesis en el campo del derecho se refieren a ste como una superestructura que se deriva de la estructura econmica sobre la que descansa la sociedad.PAGE