Unidad 1 , Actividad 9

2
Derecho Romano II Unidad 1 Con base en las lecturas, complete el siguiente cuadro sinóptico acerca de los modos de extinción de las obligaciones. Bialostosky, Panorama del derecho romano, p. 117-136 Margadant, El derecho privado romano, p. 304-379 Ventura, Derecho romano. Curso de derecho privado, p. 269-301

description

xz

Transcript of Unidad 1 , Actividad 9

Derecho Romano II

Unidad 1

Con base en las lecturas, complete el siguiente cuadro sinptico acerca de los modos de extincin de las obligaciones.

CONTRARIUS ACTUS

IPSO IURE

OPE

EXCEPTIONIS

MODOS DE EXTINCIN DE LAS

OBLIGACIONES

Para que una deuda se extinguiera era menester, adems de cumplir con la obligacin, un acto de cancelacin formal exactamente contrario a aquel que lo haba generado (contrarius actus). As, si se obligaba nexi se extingua nexi liberatio, etctera. Volterra considera que la obligacin que se haba contrado verbis deba extinguirse por una acceptatio si se haba contrado litteris, slo se liberaba el deudor de la obligacin por un acto per aes et librara. A partir del Derecho clsico, desaparecido ya al principio del contrarius actus, encontramosque los modos de extincin de las obligaciones pueden dividirse en dos grupos:ipso iure y ope exceptionis.

Estos modos de extincin encuentran su fuente en el Derecho civil; destruyen directa y totalmente las obligaciones y todas las relaciones accesorias que de la misma dependen y pueden invocarse en cualquier momento del proceso. Los modos que operan de pleno Derecho son: a) El pago. b) La dacin en pago (datio in solutum). c) La remisin de deuda (acceptilatio). d) La novacin (novatio). e) La confusin (confussio). f) Concurso de dos causas lucrativas (concursus causa rem lucrativarum). g) La prdida del objeto debido. h) La muerte o capitis deminutio. i) Mutuo desistimiento. j) La sentencia.

Estos modos de extincin encuentran su fuente en el Derecho honorario, particularmente en el pretorio. Al travs de ellos, el deudor puede detener, mediante una excepcin, la accin de cobro intentada por el acreedor. Para que dichas excepciones sean eficaces, deben ser insertados en la frmula (a partir del procedimiento extraordinario este requisito deja de tener importancia). a) El pacto b) La compensacin c) Modalidades extintivas. d) Lapraescriptio longi temporis.

Bialostosky, Panorama del derecho romano, p. 117-136

Margadant, El derecho privado romano, p. 304-379

Ventura, Derecho romano. Curso de derecho privado, p. 269-301