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e 1.1.11111111111111nI UN NUEVO MARCO PARA LA ENSEÑANZA Y EL APRENDIZAJE DE IDIOMAS FRANCISCO MENO BLANCO (*) RESUMEN. La Ley Orgánica de Calidad de la Educación aborda entre otros retos el de dar respuestas a los planteamientos sociales que consideran necesario mejorar el aprendizaje de idiomas. La Unión Europea y el Consejo de Europa proporcionan unas líneas muy definidas de política lingüística en lo que se refiere a las necesi- dades no sólo educativas sino también laborales en lenguas extranjeras. El apren- dizaje de idiomas se entiende como una competencia básica que han de adquirir los ciudadanos europeos. La Ley expande la presencia de la enseñanza de idiomas a todas las etapas de la edu- cación. En el desarrollo de las enseñanzas especializadas de idiomas reconoce la ne- cesidad y establece las bases para la formación en idiomas a lo largo de la vida. MentAcr. The Organic Lawfor the Quality of Education tackles among other cha- Ilenges that of giving responses to social approaches that consider the improve- ment of language learning as something necessary. The European Union and the Council of Europe provide sharp lines of linguistic policy regarding educational and working needs in foreign languages. Language learning is understood as a ba- sic competence that European citizens should acquire. The Lau extends language teaching to all stages of education. In the development of specialized language teaching the Law establishes the bases for language trai- ning throughout life. INTRODUCCIÓN Las reflexiones sobre el nuevo marco que la Ley Orgánica de Calidad de la Educa- ción proporciona para la enseñanza de las lenguas extranjeras en España se estructu- ran en los siguientes puntos: Saber idiomas es una competencia básica Política lingüística europea Las lenguas extranjeras en la Ley Orgánica de Calidad de la Educa- ción Desarrollo de la Ley Orgánica de Calidad de la Educación Todo ciudadano europeo para poder participar en la sociedad del conocimiento ha de saber idiomas, por lo que este cono- cimiento se considera una competencia básica que deben adquirir todos. Europa (*) Director de la E01 (Organización de Estados Iberoamericanos). Revista de Educación, núm. 329 (2002), pp. 257-269 257 Fecha de entrada: 01-12-2002 Fecha de aceptación: 28-12-2002

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UN NUEVO MARCO PARA LA ENSEÑANZAY EL APRENDIZAJE DE IDIOMAS

FRANCISCO MENO BLANCO (*)

RESUMEN. La Ley Orgánica de Calidad de la Educación aborda entre otros retos elde dar respuestas a los planteamientos sociales que consideran necesario mejorarel aprendizaje de idiomas. La Unión Europea y el Consejo de Europa proporcionanunas líneas muy definidas de política lingüística en lo que se refiere a las necesi-dades no sólo educativas sino también laborales en lenguas extranjeras. El apren-dizaje de idiomas se entiende como una competencia básica que han de adquirirlos ciudadanos europeos.La Ley expande la presencia de la enseñanza de idiomas a todas las etapas de la edu-cación. En el desarrollo de las enseñanzas especializadas de idiomas reconoce la ne-cesidad y establece las bases para la formación en idiomas a lo largo de la vida.

MentAcr. The Organic Lawfor the Quality of Education tackles among other cha-Ilenges that of giving responses to social approaches that consider the improve-ment of language learning as something necessary. The European Union and theCouncil of Europe provide sharp lines of linguistic policy regarding educationaland working needs in foreign languages. Language learning is understood as a ba-sic competence that European citizens should acquire.The Lau extends language teaching to all stages of education. In the developmentof specialized language teaching the Law establishes the bases for language trai-ning throughout life.

INTRODUCCIÓN

Las reflexiones sobre el nuevo marco quela Ley Orgánica de Calidad de la Educa-ción proporciona para la enseñanza de laslenguas extranjeras en España se estructu-ran en los siguientes puntos:

• Saber idiomas es una competenciabásica

• Política lingüística europea

• Las lenguas extranjeras en la LeyOrgánica de Calidad de la Educa-ción

• Desarrollo de la Ley Orgánica deCalidad de la Educación

Todo ciudadano europeo para poderparticipar en la sociedad del conocimientoha de saber idiomas, por lo que este cono-cimiento se considera una competenciabásica que deben adquirir todos. Europa

(*) Director de la E01 (Organización de Estados Iberoamericanos).

Revista de Educación, núm. 329 (2002), pp. 257-269 257

Fecha de entrada: 01-12-2002 Fecha de aceptación: 28-12-2002

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se caracteriza por la diversidad cultural ylingüística. El plurilingüismo facilita lamovilidad, la cooperación y el intercambiode ideas de los ciudadanos europeos. Me-nos del treinta por ciento de los europeosafirma conocer dos lenguas. Los Estadosmiembros deben poner los medios paraque los ciudadanos empiecen a aprenderidiomas a la edad más temprana posible.El aprendizaje de idiomas es un procesoque se desarrolla a lo largo de la vida,debe haber, por lo tanto, una continuidadentre niveles educativos y el aprendizajeno formal. Hay que establecer niveles decompetencia y sistemas de certificación,para establecer con claridad objetivos yevaluaciones fiables mediante pruebas ho-mologadas. El alumno ha de ser el prota-gonista de su aprendizaje, el profesorasume el papel de mediador y tutor en unaprendizaje autónomo.

La Unión Europea y el Consejo de Eu-ropa siguen unas líneas muy definidas depolítica lingüística que proporcionan unmarco de referencia inestimable para apo-yar el desarrollo de la ciudadanía europeaa través de los sistemas de educación y for-mación de los distintos países miembros,sistemas en los que el aprendizaje de idio-mas ha de jugar un papel primordial.

La Ley Orgánica de Calidad de la Edu-cación aborda, entre otros retos, el de res-ponder a la necesidad de fomentar elaprendizaje de idiomas desde una edadtemprana, y reconoce el conocimiento deidiomas como competencia básica presen-te en todas las etapas de la educación y de-sarrolla las enseñanzas de idiomas derégimen especial.

Las enseñanzas especializadas de idio-mas se desarrollan para establecer nivelesde competencia comunicativa lingüísticahomologables con el Consejo de Europa,para responder a la necesidad de forma-

ción en idiomas a lo largo de la vida y ofer-tar la posibilidad de que se reconozca elaprendizaje de idiomas en cualquier ámbi-to mediante el establecimiento de pruebashomologadas para la certificación oficial.

Sin embargo, en los futuros desarrollosde la Ley se ha de garantizar también quelas enseñanzas comunes favorezcan la di-versidad lingüística facilitando el aprendi-zaje de al menos dos lenguas extranjeras.Se han de organizar ofertas flexibles paraque los adultos puedan iniciar, actualizar yperfeccionar sus conocimientos de idio-mas. En las enseñanzas comunes se ha derecoger la posibilidad de adquirir compe-tencias parciales y especializadas. Para quetodos los ciudadanos puedan tener reco-nocido su aprendizaje de lenguas se esta-blecerán niveles de competencia ysistemas de evaluación basados en las pro-puestas del Consejo de Europa.

SABER IDIOMAS ES UNA COMPE1ENCIABÁSICA

El conocimiento de idiomas está incluidoen el catálogo de nuevas competencias bá-sicas que menciona el Memorándum sobreel aprendizaje permanente', citando lasConclusiones de Lisboa (punto 26): «lasnuevas aptitudes básicas son las cualifica-ciones en materia de TIC, idiomas, culturatecnológica, espíritu empresarial y habili-dades para la socialización».

Se trata, como añade el Memorandum,de «competencias, todas ellas interdisciplina-rias: aprender idiomas, por ejemplo, implicala adquisición de capacidades técnicas, cul-turales y estéticas para comunicarse, actuary apreciar». Con las consecuencias quetodo ello implica en la formación de losciudadanos.

Para una sociedad del conocimiento,como es la europea, todos los ciudadanostienen el derecho de alcanzar las compe-

(1) Memorándum sobre el aprendizaje permanente. Documento de trabajo de los servicios de la Comi-

sión. Bruselas, 30.10.2000.

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tencias básicas. El Libro blanco Enseñar yaprender. Hacia la Sociedad del conoci-miento insiste en que «ya no es posible reser-var el conocimiento de idiomas extranjeros auna elite o a quienes los aprenden gracias asu movilidad« y en concreto es preciso po-ner los medios para que los europeos al-cancen el Cuarto objetivo general: »Hablartres lenguas comunitarias«.

El Libro Blanco insiste además en laimportancia de saber idiomas para la vidalaboral: «En cuanto a la formación profe-sional, inicial y continua, debe muy espe-cialmente dar cabida al aprendizaje de laslenguas«

Por otra parte, como estímulo y conse-cuencia en el Memorándum se reconoceque entre los ciudadanos se está dandouna «demanda de aprendizaje reconocidomucho mayor que nunca». »Los títulos, cer-tificados y cualificaciones son una refer-encia importante tanto para los empresarioscomo para los trabajadores, en el mercadode trabajo y en la empresa», también en elámbito de la enseñanza y aprendizaje deidiomas.

La Resolución de 14 de febrero de 2002destaca que «el conocimiento de lenguases una de las capacidades básicas quecualquier ciudadano debe poseer para par-ticipar en la sociedad europea del conoci-miento» y, asimismo, «el conocimiento delenguas desempeña un papel importantede cara al fomento de la movilidad tantoen el contexto educativo como en el profe-sional, y por razones culturales y personales».Se reconoce también que »el conocimiento delenguas constituye una ventaja para la cohe-sión europea a la luz de la ampliación dela Unión Europea».

El Consejo Europeo de Barcelona pro-pone como objetivos avanzar hacia el ple-no empleo y lograr más y mejores puestosde trabajo, así como promover las cualifi-

caciones profesionales y la movilidad en laUE. En la Cumbre Social previa se abogabapor el desarrollo permanente de compe-tencias y cualificaciones

Entre los objetivos del área de educa-ción, que se considera clave en el procesode construcción de Europa, se incide en«promocionar el aprendizaje de una segun-da lengua y avanzar hacia la transparenciade diplomas y cualificaciones en 2003».

Con el objeto de mejorar los empleosy hacer posible la movilidad profesional ygeográfica, se destaca la necesidad de faci-litar la formación continua y superar barre-ras lingüísticas y culturales, así como lasbarreras creadas por la carencia de homo-geneidad y transparencia en las cualifica-ciones.

Esta preocupación por fortalecer unaidea de Europa que facilite la movilidad delas personas y el intercambio de ideas sedebe reflejar en la homologación de los pla-nes de estudios en los Estados miembros.

NECESIDAD DE MEJORAR LA ENSEÑANZA YEL APRENDIZAJE DE IDIOMAS

El Informe sobre los futuros objetivos de lossistemas de educación y formación delConsejo de Educación _vluventud 2 consideraque uno de los objetivos para el próximo de-cenio es «abrir los sistemas de educación yformación mejorando el aprendizaje deidiomas para fortalecer los lazos con lavida laboral y la investigación».

La Unión Europa manifiesta su preo-cupación ante datos como los siguientes:un elevado número de ciudadanos sin titu-lación, abandonan la escuela un 18,5% entre16 y 24 años; sólo un 8% de los europeos en-tre 25 y 64 años participaron en el año 2000en la educación y formación continua.

Si bien es verdad que los sistemas deformación y educación se plantean comoobjetivo preparar a los jóvenes para conti-

(2) Informe sobre las futuros objetivos de Ice sistemas de educación y formación del Consejo - Educacióny Juventud, Bruselas, 12 de febrero de 2001.

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nuar estudios superiores, insertarse en lavida profesional y participar en la forma-ción continua, la preparación en idiomasde los españoles que acceden al mundo la-boral no siempre es la mas adecuada. Sinembargo, un gran número de empresas re-quiere conocimientos de idiomas comoparte de las competencias y aptitudes quehan de poseer los candidatos a los puestosde trabajo.

El informe Infoempleo 2002,3 elabora-do por Círculo de Progreso a partir delanálisis de 160.000 ofertas de empleo, con-cluye que «La formación de postgrado y elconocimiento de idiomas facilitan el acce-so al mercado laboral».

El conocimiento de idiomas está pre-sente en el 35% de las ofertas, siendo lalengua inglesa requerida en el 69% de lasofertas. Señala también que, además delinglés, las empresas demandan otros idio-mas, «en concreto el alemán está ganandoposiciones», y que -este año ha aumentadotambién la demanda de las lenguas auto-nómicas-.

En los procesos de selección de perso-nal saber un idioma -es determinante en laprimera criba de candidatos; luego se valo-ran más las capacidades personales. En lapromoción del personal dentro de la em-presa saber un idioma facilita el ascenso».

Empresas como Andersen puntualizanque «Dominar el inglés u otro idioma aña-de valor, pero no es determinante. Seapuesta por otras capacidades intrínsecasal individuo, como la capacidad de trabajoen equipo. Poder comunicarse en otra len-gua es importante para conseguir un pro-yección profesional en la empresa y, paralos menos capacitados en este aspecto, dis-ponemos de un centro de formación queles aporta el nivel necesario».

Dominar un segundo idioma se estáconvirtiendo en un valor diferencial alacceder al mercado laboral. Países como

Alemania o Francia ocupan los primerospuestos dentro del mercado internacionalen el campo de las telecomunicaciones ydistintos sectores de la industria y la inge-niería y demandan perfiles con un segun-do o tercer idioma.

Por ejemplo, en el sector de la auto-moción el conocimiento de una segundalengua extranjera, como el francés o el ale-mán, se valora en más del 25% de la ofertade empleo.

En el Informe Pigmalión, elaboradopor la empresa «Técnicos de Empleo Glo-balemedia» para 5 universidades públicas,sobre la base de entrevistas a 3000 univer-sitarios (último curso y graduados) durante3 años en las ferias de empleo de las cincouniversidades en las que han colaborado78 empresas, concluye que «es escaso elnivel de idiomas: 1,7 % de los testados do-mina inglés con fluidez».

Una rápida mirada sobre la oferta deidiomas en el sistema educativo españolnos muestra que, pese a la importanciaque en la sociedad se da al conocimientode idiomas, en la práctica los resultados noson los que cabría esperar.

En la enseñanza de Régimen Generalhay quienes alegan, entre otras, las si-guientes causas explicativas de que los re-sultados no sean demasiado buenos:

La actual estructura y contenidos de la en-señanza de lenguas extranjeras, por ejem-plo la desproporción de los contenidosentre ESO y Bachillerato. El recurso a unametodología inapropiada para los objeti-vos de un enfoque comunicativo. Sistemasde evaluación y niveles de exigencia ina-decuados. La falta de recursos ante las dis-tintas actitudes y aptitudes de los alumnosante el aprendizaje de lenguas.

En lo que respecta a las enseñanzas cleRégimen Especial, éstas podrían contribuirde manera más decidida a facilitar elaprendizaje de idiomas a lo largo de la

(3) Expansión, 5 julio 2002.

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vida, atender las necesidades específicas enidiomas de los adultos, formar profesionalesy titulados en búsqueda de empleo y com-plementar las enseñanzas de régimen gene-ral para atender la demanda de unaverdadera diversidad lingüística en la forma-ción de los ciudadanos. Por otra parte, la ad-ministración educativa debería facilitar elreconocimiento del aprendizaje de idiomasmediante la certificación oficial que avale ni-veles de competencia homologables.

POLÍTICA LINGÜÍSTICA EUROPEA

Con el objeto de desarrollar una ciudada-nía europea y proteger el patrimonio lin-güístico y cultural, tanto la Unión Europeacomo el Consejo de Europa abogan porpromover el plurilingüismo y pluricultura-lismo.

UNIÓN EUROPEA

La Unión Europea ha reflejado en distintosdocumentos y acciones su interés por laenseñanza y aprendizaje de idiomas, asícomo por la diversidad lingüística, desdesu papel de apoyar y completar la actua-ción de los Estados miembros en las políti-cas de educación y formación de losciudadanos europeos. Se citan algunos delos más significativos desde la óptica de laslenguas extranjeras.

— Resolución del Consejo, de 31 demarzo de 1995, relativa a la mejorade la calidad y la diversificación delaprendizaje y de la enseñanza delas lenguas en los sistemas educati-vos de la Unión Europea (los alum-nos deben tener la posibilidad deaprender dos lenguas de la Unióndistintas de la o las lenguas mater-nas)

— Libro Blanco de la Comisión de1995: -Enseñar y aprender: hacia lasociedad del conocimiento». Cuartoobjetivo general: «Hablar tres len-guas comunitarias»

— Resolución del Consejq de 16 de di-ciembre de 1997, relativa a la ense-ñanza precoz de las lenguas de laUnión Europea

— Conclusiones de la Presidencia delConsejo Europeo de Lisboa, de 23 y24 de marzo de 2000 (lenguas ex-tranjeras en relación con un marcoeuropeo para la definición de lascualificaciones básicas)

— Informe del Consejo de Educaciónde 12 de febrero de 2001 al ConsejoEuropeo de Estocolmo «Futuros obje-tivos precisos de los sistemas deeducación y formación» (planteaexplícitamente como objetivo lamejora del aprendizaje de idiomas)

—Memorandum de la Comisión de2000 sobre el aprendizaje perma-nente (estrategias para el aprendi-zaje permanente, entre otros para elaprendizaje de idiomas)

— Recomendación del Parlamento Eu-ropeo y del Consejo, de 10 de julio de2001, relativa a la movilidad en laComunidad

— Resolución de 14 de febrero de 2002relativa a la promoción de la diver-sidad lingüística y el aprendizaje delenguas en el marco de la realiza-ción de los objetivos del Año Euro-peo de las Lenguas 2001

— Consejo Europeo de Barcelona, 15-16 de marzo de 2002, (Acciones•mejorar el dominio de las compe-tencias básicas, en particular me-diante la enseñanza de al menosdos lenguas extranjeras desde unaedad muy temprana; establecimien-to de un indicador de competencialingüística en 2003 ...»)

Destacamos, a continuación, algunasde las líneas de la política lingüística de laUnión Europea:

— El dominio de lenguas extranjerases una competencia básica quedebe perfeccionarse a lo largo de lavida

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— Se promoverá el dominio de variaslenguas, el aprendizaje temprano yse facilitará un abanico más ampliode lenguas en los currículos

— Se fomentarán medidas para mejo-rar la calidad en la formación dedocentes

Como muestra de la importancia quetiene la enseñanza y la difusión de lenguasextranjeras en la Unión Europea me limitoa mencionar los programas Sócrates y Leo-nardo, así como la publicación, entreotros, del Libro Blanco, la declaración ArioEuropeo de las Lenguas 2001 y la institu-ción del Sello Europeo.

Además, en la Unión Europea se apo-yan iniciativas relativas al desarrollo delaprendizaje de otras materias en una lenguaextranjera, de la comprensión plurilingüe.Se trabaja en indicadores de calidad y sis-temas de calidad para la evaluación y el di-seño de programas y materiales deaprendizaje/enseñanza de idiomas.

CONSEJO DE EUROPA

Destacamos como documentos de in-terés internacional:

— Marco común de referencia paralas lenguas: aprendizaje, enseñan-za, evaluación (traducción al espa-ñol, 2002)

—Portfolio europeo de las lenguas— Recomendación (98) 6 del comité

de ministros (17.03.1998) a los Esta-dos miembros relativa a las lenguasmodernas

En cuanto a las líneas de política lin-güística se pueden mencionar:

— El aprendizaje de idiomas es unanecesidad y un derecho de todos losciudadanos (no de una elite). Sedebe empezar antes con este apren-dizaje y mantenerlo por más tiempo

— No basta con aprender en la escue-la, hay que conservar y desarrollar

los conocimiento y competencias alo largo de la vida adulta

El Consejo de Europa invita a abordarnuevas definiciones de objetivos en los di-ferentes niveles, aplicar las nuevas tecno-logías, organizar estancias y visitas a lospaíses cuya lengua se estudia, aplicar es-trategias de aprender a aprender, desarro-llar sistemas fiables y objetivos para laevaluación de la competencia, así comogarantizar la formación inicial y continuade los profesores.

En política lingüística se cuenta conuna cooperación internacional de insti-tuciones como Comisión y Consejo enla Unión Europea, Consejo de Europa,UNESCO.

LAS LENGUAS EXTRANJERAS EN LALEY ORGÁNICA DE CALIDAD DELA EDUCACIÓN

La política de la Administración educativaen España se encuentra con un marco delíneas directrices establecidas por las políti-cas educativas en materia de lenguas extran-jeras de la Unión Europea y el Consejo deEuropa. Políticas que proponen como me-dios básicos para mejorar el aprendizaje:

— Enseñanza temprana, adelantar elaprendizaje de Lenguas Extranjeras

— Enseñanza a lo largo de la vida, ini-ciar, actualizar y perfeccionar losconocimientos (adultos, necesida-des específicas)

— Reconocimiento del aprendizaje,certificaciones del aprendizaje

— Formación de profesores

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

De la Presentación del Proyecto de LOEllevada a cabo por el Ministerio de Educa-ción, Cultura y Deporte destacamos los si-guientes puntos relacionados con LenguasExtranjeras desde la perspectiva de la polí-tica lingüística europea:

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— Como objeto fundamental en el ámbi-to de las lenguas extranjeras se persi-gue la calidad de los contenidoseducativos mediante la mejora y eladelanto de la enseñanza de lenguasextranjeras al mismo tiempo que sepostula la clarificación de los objetivosde los diversos niveles educativos.

— En la Educación Infantil se promo-verá la iniciación en el estudio deuna lengua extranjera

— La Educación Primaria (6-12) tendrácomo finalidad: facilitar los aprendi-zajes de expresión oral, lectura y es-critura (tanto en lengua castellanacomo en lenguas cooficiales y len-guas extranjeras). Se actualizaránlos currículos de las enseñanzasmínimas potenciando las lenguasextranjeras (se adelantará el apren-dizaje de una lengua extranjera alPrimer Curso de Primaria, que hoyempieza en Tercero)

— En el Bachillerato (16-18) la lenguaextranjera será asignatura común alas tres modalidades. Para obtenerel Título de bachiller será necesarioaprobar todas las asignaturas y su-perar una Prueba General de Bachi-llerato, la prueba correspondiente ala lengua extranjera incluirá unaparte oral y otra parte escrita.

— Atención a alumnos con necesida-des educativas especiales: Con res-pecto a los alumnos extranjeros sedesarrollarán programas de aprendi-zaje para facilitar su incorporación alsistema educativo. Se introducen pro-gramas específicos de lengua y cultu-ra para la población inmigrante enedad adulta

— Formación del profesorado median-te la actualización permanente deconocimientos, entre otros, median-te programas intensivos de forma-ción y actualización lingüística, encolaboración con las Escuelas Ofi-ciales de Idiomas

El Preámbulo de la Ley Orgánica deCalidad de la Educación expone los moti-vos de la nueva regulación de las enseñan-zas impartidas en las Escuelas Oficiales deIdiomas:

El Titulo II regula las enseñanzas especia-lizadas de idiomas, que se organizan entres niveles, con el fin de dotarlas de unamayor capacidad de adaptación a las nece-sidades de los alumnos que las cursan yprocurar una mejor adecuación a los gra-dos de aprendizaje de idiomas estableci-dos en los países de la Unión Europea.Asimismo, y de acuerdo con esa vocaciónde flexibilidad, la Ley prevé que las Escue-las Oficiales de Idiomas ofrezcan a las per-sonas adultas y, especialmente a losprofesores, enseñanzas de actualización deconocimientos de idiomas. Además, se esta-blecen posibilidades de obtener las corres-pondientes certificaciones oficiales a losalumnos que estén cursando enseñanzas deBachillerato o de Formación Profesional

ARTICULADO

En el articulado de la Ley Orgánica10/2002, de 23 de diciembre, de Calidadde la Educación se recogen, destacandoepígrafes de la política lingüística europea,las siguientes disposiciones relativas a laslenguas extranjeras.

ENSEÑANZAS De RÉGIMEN GENERAL

— Aprendizaje de Lenguas extranjeras.Adelanto del aprendizaje (Educa-ción Infantil 3-6 años). Artículo 12,3 promover incorporación de unalengua extranjera en los aprendiza-jes, especialmente en el último año

— Extensión a toda la Educación Pri-maria (Primaria, 6-12 años). Artículo16, (organización) 2. Áreas que secursarán: 0 lengua extranjera

— Continuidad de la oferta en las eta-pas restantes: Secundaria (12-16años), Artículo 23, 1, asignaturas 1)lenguas extranjeras. Bachillerato

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(16-18 años), artículo 35, 5, asigna-turas comunes: g) lengua extranjera

Objetivos y coordinación de etapas— Cap. IV de la educación primaria

Art.16, 6 para garantizar la continui-dad del proceso de formación delos alumnos se establecerán los per-tinentes mecanismos de coordina-ción con la Enseñanza SecundariaObligatoria

— Ed. Primaria, 6-12 años— art. 15, Objetivos 2, h) adquirir en

una lengua extranjera la competenciacomunicativa necesaria para desen-volverse en situaciones cotidianas

— Ed. Secundaria, 12-16— art. 22, Objetivos 2, g) desarrollar la

competencia comunicativa paracomprender y expresarse en una omás lenguas extranjeras de maneraapropiada, a fin de facilitar el acce-so a otras culturas

— Bachillerato, 16-18— art. 34, Objetivos, 2, h) expresarse

con fluidez en una o más lenguasextranjeras

Evaluación

— Artículo 97 prueba general de eva-luación en primaria y secundariacomo pruebas de diagnóstico sobreadquisición competencias básicas

Prueba General de Bachillerato

— Artículo 37, 2 La prueba (para obte-ner el Título de Bachiller) versará,en todo caso, sobre las asignaturascomunes y específicas de las distin-tas modalidades del bachillerato. Laparte correspondiente a la LenguaExtranjera incluirá un ejercicio oraly otro escrito.

Inserción de extranjeros

— Artículo 42, 1, para los alumnos quedesconozcan la lengua y cultura espa-ñolas las administraciones educativasdesarrollarán programas específicosde aprendizaje con la finalidad de

facilitar su integración en el nivelcorrespondiente

ENSEÑANZAS ESPECIALIZADAS De IDIOMAS

EE00II enseñanza especializada:

— Artículo 49, 1. Las Escuelas Oficialesde Idiomas son centros, que impar-ten enseñanzas especializadas deidiomas

— Artículo 50, 4 las EOI podrán desa-rrollar planes de investigación e in-novación

Homologación de niveles

— Artículo 49, 2. La estructura básicade estas enseñanzas se adecuará alos siguientes niveles: nivel básico,nivel intermedio y nivel avanzado

Certificaciones— Artículo 49, 2. «... en la determina-

ción de las enseñanzas comunescorrespondientes a los niveles delas diferentes lenguas, se establece-rán los efectos de los certificadoscorrespondientes»

— Artículo 49, 5 alumnos no escolari-zados en las EOI certificados me-diante superación de pruebas queorganicen las administraciones edu-cativas de conformidad con los re-quisitos básicos que establezca elgobierno

— Certificación voluntaria de los nive-les de la ES. Artículo 51. Las admi-nistraciones educativas facilitarán larealización de pruebas homologa-das para obtener la certificación ofi-cial del conocimiento de laslenguas extranjeras cursadas por losalumnos de Educación Secundariay Formación Profesional

Enseñanza a lo largo de la vida— Artículo 50, 2 cursos para la actuali-

zación de conocimientos de idio-mas y para la formación de laspersonas adultas y del profesorado

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—Artículo 50, 3. Las Administracioneseducativas fomentarán también la en-señanza de idiomas a distancia. Estaoferta podrá integrarse en las EOI

Diversidad lingüística—Artículo 50, 1 se fomentará el estu-

dio de las lenguas oficiales de losEstados miembros de la Unión Eu-ropea, el de las lenguas cooficialesexistentes en el Estado, así como laenseñanza del español como len-gua extranjera

FORMACIÓN DE LOS PROFESORES

Formación inicial— Maestros Especialistas. Artículo 19,

profesorado: La enseñanza de losidiomas extranjeros serán imparti-das por maestros con las especiali-dades correspondientes. (Título deespecialización didáctica] y perma-nente del profesorado)

—Artículo 58 Formación inicial, 1.Para impartir las enseñanzas de laEducación Secundaria, de la Forma-ción Profesional de grado superiory las enseñanzas de régimen espe-cial, ademas de las titulacionesacadémicas correspondientes, seránecesario estar en posesión de untítulo profesional de especializacióndidáctica

—Artículo 58, 7 En el caso de las Ense-ñanzas de Formación Profesional, Ar-tísticas y de Idiomas, los estudiosrequeridos para la obtención del títulode Especialización Didáctica se adap-tarán a las características de estas ense-ñanzas según se establezca en lacorrespondiente normativa básica

Formación permanente— Preámbulo, la Ley prevé que las Es-

cuelas Oficiales de Idiomas ofrezcan

a las personas adultas y, especial-mente a los profesores, enseñanzasde actualización de conocimientosde idiomas

DESARROLLO DE LA LEY ORGÁNICADE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN

La Ley de Calidad aborda medidas quecontribuyen a la mejora de la enseñanzade lenguas extranjeras como, por ejemplo,la posibilidad de iniciar el aprendizaje deidiomas a una edad más temprana, organi-zar evaluaciones externas sobre competen-cias básicas del currículo, fomentar laformación inicial específica y permanentede los profesores de lenguas extranjeras,establecer niveles de enseñanzas homolo-gables en la Unión Europea.

En algunos otros aspectos, sin embar-go, no establece esta Ley la puesta en mar-cha de medidas necesarias para mejorar laenseñanza de lenguas.

APRENDER DOS LENGUAS ADEMÁS DELA LENGUA MATERNA

Se estima en el Informe sobre los jUturosobjetivos de los sistemas de educación yfor-mación del Consejo de Educación _y juven-tud' que »en la línea de la Resolución delConsejo de Ministros de Educación de 31de marzo de 1995, es necesario permitir acada uno, sea cual sea su trayectoria aca-démica o de formación, adquirir o mante-ner la capacidad de comunicarse en, almenos, dos lenguas comunitarias distintasde su lengua materna».

Si se estableciera una 2 2 lengua extran-jera como obligatoria se apoya la políticade diversificar el conjunto de lenguasaprendidas por los europeos. No parecesuficiente establecer el estudio de una se-gunda lengua extranjera como asignaturaoptativa (Artículo 23, 3: entre las asignatu-

(4) Informe sobre los futuros objetivos de los sistemas de educación yformación del Consejo de Educacióny Juventud, Bruselas, 12 de febrero de 2001

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ras optativas los centros ofrecerán obligato-riamente una segunda lengua extranjera).

El Consejo de Educación y Juventud,Bruselas 12-02-2001, propone como objeti-vo «aumentar el número de alumnos queaprenden lenguas en Educación Primaria,Secundaria y Formación Profesional: al fi-nalizar deben saber 2 lenguas».

Distinta consideración ha de tener laenseñanza y aprendizaje de la lengua ofi-cial propia de la Comunidad Autónoma, sies el caso. En los distintos países de Euro-pa se aplican políticas de enseñanza de laslenguas oficiales del Estado y se vienen fo-mentando las lenguas minoritarias (desdela inclusión en el currículo hasta la inmer-sión total). Por otra parte, se realizan pro-gramas de integración de niños de lenguamaterna extranjera: fomento de la lenguaoficial del país de residencia — proteger yfortalecer la lengua materna y la cultura delos alumnos.

DIVERSIDAD uNGtrisricA

La oferta actual de idiomas en la enseñan-za pública incluye los siguientes idiomas:

—Alemán, francés, inglés, italiano,portugués (enseñanzas de régimengeneral y de régimen especial)

— Euskera, gallego, catalán (Comuni-dades Autónomas y enseñanzas derégimen especial)

— Árabe, chino, danés, español comolengua extranjera, griego, japonés,neerlandés, rumano, ruso (enseñan-zas de régimen especial)

Si bien el abanico de lenguas extranje-ras en el sistema escolar llega hasta 6 len-guas, es indiscutible el predominio absolutodel inglés en la oferta y en la demanda. Sinembargo, habría que arbitrar medidas paraponer en práctica la directiva de la UniónEuropea de formar a los ciudadanos en ladiversidad lingüística sobre la base del res-peto a todas las culturas y lenguas de Eu-ropa, Resolución de 14 de febrero de 2002,«todas las lenguas europeas poseen desde

un punto de vista cultural el mismo valor ydignidad y son parte integrante de la cultu-ra y la civilización europeas»

Por otra parte, un planteamiento de di-versidad lingüística podría pasar por pro-gramar como objetivos en la enseñanza yaprendizaje alcanzar competencias parcia-les en el uso de tales lenguas.

RECURSOS

INCREMENTAR EL GASTO PÚBLICO

Para que los ciudadanos aprendan a comu-nicarse en varias lenguas, los Estados hande aumentar los recursos en la enseñanzade idiomas, se ha de diversificar la ofertade idiomas y los cursos han de ser flexiblesde manera que puedan alcanzarse compe-tencias parciales y se reconozca el conoci-miento de las lenguas mediante exámenesoficiales. Estos objetivos sólo se pueden al-canzar si se incrementa el gasto público eneducación, tal como expone el Consejo deEuropa en su Recomendación (98) 6.

Adelantar el comienzo del aprendizajede lenguas extranjeras y aumentar la ofertaimplica más profesores en primaria y pro-fesores especialistas.

El Informe PISA (OCDE) considera elincremento del gasto público como uno delos ejes de actuación para mejorar el niveleducativo.

FORMACIÓN DE PROFESORES

La formación del profesorado debe adap-tarse a las nuevas necesidades mediante:

— Más especialistas en primaria— Formación inicial para todos los

profesores que incluya en los cu-rrículos: lengua, cultura y didácti-ca, psicología del aprendizaje yteoría de adquisición de lenguasextranjeras

— Formación permanente: actualiza-ción del dominio de lenguas extran-jeras y cursos de metodología

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Cualquier medida de mejora ha de pa-sar por la formación de profesores, comorecoge el Informe PISA; La formación per-manente se considerará obligatoria.

La formación inicial de los futuros pro-fesores ha de incluir aspectos como estra-tegias para un aprendizaje autónomo delos alumnos, recursos para asumir los pro-fesores un nuevo papel en la enseñanzacomo mediadores y motivadores de losalumnos. La medida de renovar el título deespecialización didáctica supone un pasodecidido en esta dirección.

Las Administraciones educativas hande poner los medios para atraer profesio-nales a las áreas educativas y diseñar carre-ras docentes atractivas.

Las Administraciones educativas hande prestar especial atención en regular laposibilidad de contar con profesores nati-vos en las aulas tanto como profesores es-pecialistas como en calidad de ayudantesde conversación. Estas medidas que regu-larían acuerdos para prácticas docenteshan de ser tomadas independientementede las acciones contempladas en progra-mas de intercambio puesto por puesto oprogramas de formación europeos como elLingua.

COORDINACIÓN ENTRE APRENDIZAJESDE LENGUAS EXTRANJERAS

El proceso de aprendizaje de lenguas es unproceso para toda la vida. Esta competen-cia básica se debe perfeccionar siempre. Seha de garantizar la continuidad en el pro-ceso entre etapas del sistema escolar (in-fantil, primaria y secundaria) entre losregímenes general y especial, y entre siste-mas formales y no formales.

Se han de establecer las enseñanzascomunes de manera que los objetivos dedesarrollo de competencias generales yde la competencia comunicativa quedenespecificados en la educación primaria ysecundaria. En la enseñanza de adultoshabría que centrarse en necesidades más

específicas por intereses, ámbitos o espe-cializaciones.

ESPECIFICACIÓN DE OBJETIVOSEN LAS ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN GENERAL

La Ley estipula que en las enseñanzas co-munes se establecerán las áreas (primaria)y asignaturas (secundaria) que se imparti-rán en cada uno de los ciclos (EducaciónPrimaria, art. 16,3) y cursos (Educación Se-cundaria, art. 23,2).

En consonancia con la importanciaque tienen la enseñanza de lenguas ex-tranjeras en la educación obligatoria, debeser considerada instrumental para adquirirotros conocimientos e impartirse en todoslos cursos.

Un aspecto básico para mejorar los re-sultados en el aprendizaje de idiomas con-siste en ampliar el tiempo de estudio de losalumnos o incrementar la enseñanza delenguas extranjeras en el periodo escolarcomo reconoce el Informe PISA al conside-rar este incremento uno de los ejes de ac-tuación para mejorar el nivel educativo.Esta ampliación se materializa en la ofertade una enseñanza más temprana, en la po-sibilidad de especialización »rama de Len-guas Extranjeras» (centros especializados),y en el aumento de la carga lectiva en to-dos los niveles. Una de las propuestas másfrecuentes es la convertir la lengua extranjeraen lengua vehicular para el aprendizaje deotras asignaturas. Un buen aprendizaje de lalengua materna facilita el aprendizaje deuna segunda lengua y a la inversa, y unbuen aprendizaje de una segunda lenguafacilita el aprendizaje de la lengua maternay de otras lenguas extranjeras (intercomu-nicación).

Por otra parte, se establecen como ob-jetivos de los currículos la comunicación yel acceso a la cultura de las Lenguas Ex-tranjeras. El aprendizaje de idiomas no esun aprendizaje formal, sino adquisición deconocimientos, actitudes y aptitudes prác-

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ticas necesarias para comunicarse en las si-tuaciones de la vida real.

La aplicación del enfoque comunicati-vo, actividades en las 4 destrezas y en elque la gramática se convierte en mediopara lograr la competencia comunicativa,requiere la organización de unos recursosde espacios, tiempos y niveles no siempredisponibles.

Es importante, como expone el Conse-jo de Europa en la recomendación (98) 6,que en las enseñanzas comunes se clarifi-quen objetivos, criterios y procesos parafacilitar la comparación de certificados y lamovilidad.

La diversidad lingüística puede versefavorecida si en los currículos se planteacomo objetivo alcanzar competencias par-ciales en varias lenguas más que el domi-nio excelente de una sola.

ESPECIALIZACIÓN EN LAS ENSEÑANZASDE IDIOMAS DE RÉGIMEN ESPECIAL

El aprendizaje de lenguas extranjeras es unproceso de por vida, que requiere dispo-ner de oportunidades y exige que los siste-mas y estructuras sean coherentes.

En las enseñanzas de idiomas de régi-men especial se establecen nuevos nivelesy se regula la certificación oficial de cono-cimientos de idiomas también a quienesno son alumnos de las EE00II, lo cual faci-lita la implantación del portfolio o documen-to personal para acreditar el conocimientode idiomas.

Debe recogerse en las enseñanzas co-munes el desarrollo de una oferta flexibleque atienda también las necesidades de es-pecialización y adquisición de competen-cias parciales, así como una evaluación decompetencias de acuerdo a los niveles es-tablecidos.

Por otra parte, queda pendiente la re-gulación de la formación en idiomas de losadultos, la colaboración en la actualizacióndel uso del idioma por los profesores, así

como la oferta de estas enseñanzas en lamodalidad a distancia.

En la DECISIÓN del Parlamento Euro-peo y del Consejo: Año Europeo de las Len-guas 2001 la Comisión destaca laimportancia del «aprendizaje permanentede idiomas y la adquisición de competen-cias lingüísticas como son la traducción yla interpretación», porque «Las competen-cias lingüísticas constituyen un factoresencial de la capacidad de inserción la-boral de la persona y de la competitividadde las empresas y el conjunto de la econo-mía europea ... No cabe esperar que todoel mundo domine los idiomas de todos susposibles contactos comerciales, por lo quetambién es importante desarrollar y pro-mocionar las habilidades y tecnologías quepermitan comunicarse a quienes no com-prenden el idioma de sus interlocutores».

El Consejo de Europa señala que losniveles avanzados Cl y C2 están orienta-dos al uso especializado del idioma. Losnuevos niveles de enseñanza y aprendizajede idiomas deben recoger, además de laadquisición de todas las destrezas básicasgenerales, la posibilidad de atender necesi-dades de especialización en las diversasdestrezas: desarrollo de destrezas parcia-les, aprendizaje de idiomas para fines es-pecíficos y adquisición de competenciasen traducción e interpretación.

EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN

En la formación inicial de los profesores esfrecuente no abordar todo lo que sería preci-so los aspectos que afectan a la evaluación.Sin embargo, los sistemas de educación yformación además de la enseñanza han deproceder a establecer y evaluar niveles deadquisición de competencias en lenguas ex-tranjeras.

En la Resolución de febrero de 2002 seinvita a los países miembros a crear siste-mas para homologar las competencias lin-güísticas sobre la base del marco ami:ineuropeo de referencia para las lenguas ela-

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borado por el Consejo de Europa y se esti-mula la cooperación europea para fomen-tar la transparencia de las cualificaciones yla garantía de la calidad en la enseñanzade lenguas.

El Marco común europeo permiteconstatar niveles de competencia sobre labase de unas mismas escalas y categoríasdescriptivas. Facilita la comparación de sis-temas y resultados en el ámbito regional,nacional y europeo.

El Portfolio europeo de las lenguas,por otra parte, sería el instrumento quepermite al ciudadano planificar su trayec-toria de aprendizaje de lenguas y las perti-nentes certificaciones como reconocimientodel aprendizaje.

El desarrollo de las enseñanzas comu-nes de las enseñanzas especializadas deidiomas y los certificados correspondientes,va a facilitar un instrumento de evaluaciónadaptado al Marco. Lo cual significa queprofesionales de la enseñanza, ciudadanosy administraciones educativas pueden con-tar con un referente claro y coherente paraelaborar programas de enseñanza y apren-dizaje y preparar exámenes para evaluar elprogreso en el aprendizaje, y los distintosniveles de competencia.

Las empresas y, en especial, las admi-nistraciones públicas pueden «reconocer» ydar por válidos estos sistemas de acredita-

ción de conocimientos de lenguas en susprocesos de selección de personal, en lu-gar de recurrir a los muchas veces improvi-sados exámenes de idiomas que nodefinen muy bien lo que quieren medir.

Cualquier instancia examinadora decompetencia en idiomas, si quiere contarcon un aval de credibilidad y calidad, de-bería diseñar sus exámenes de acuerdo alos niveles del Marco, pero la Administra-ción debe garantizar que los sistemas deevaluación son fiables y válidos, que res-ponden de facto a los niveles del Marco.

Estas propuestas de desarrollo respon-den a la necesidad de abordar la enseñan-za y aprendizaje de idiomas desde laóptica de competencia básica plurilingüeque ha de adquirir el ciudadano para par-ticipar en la sociedad del conocimiento.

El escritor Amin Maalouf estima:

El único camino posible (para una Europade las lenguas y las culturas) es el de unaacción deliberada que consolide la diversi-dad lingüística... Es obvio que, hoy, todoel mundo necesita tres idiomas. El primeroes el que forma parte de su identidad; eltercero, el inglés. Entre ambos, es impres-cindible fomentar el conocimiento de unsegundo idioma 1...1, que sería la lenguaadoptiva, la lengua elegida...

(Identidades asesinas, 1998).

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