Tutorial 2 dere autor
-
Upload
william-jimenez -
Category
Documents
-
view
279 -
download
3
description
Transcript of Tutorial 2 dere autor
COMPETENCIAS COMUNICATIVAS
Tutorial
Políticas de Derecho de Autor en la UNAD
Bogotá, Noviembre de 2012
William Hernán Jiménez Salgar
Tutor ECACEN
FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011
Derechos de Autor
FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011
En el medio académico, en desarrollo de actividades intelectuales y la entrega de estos productos a la comunidad, vale la pena reconocer las políticas que la UNAD tiene referente a los derechos de autor, pero,
¿Qué se entiende por derecho de autor?¹
“Es un conjunto de normas encaminadas a proteger a los autores y a los titulares de obras. Concede a éstos la facultad de controlar todo lo relativo al uso o explotación de su obra”.
¿Qué se entiende por autor?
“Es la persona natural que crea una obra. Aquella que realiza una labor intelectual y que efectivamente expresa y materializa sus ideas”.
¿Qué es obra?
“Es la creación intelectual original de una persona natural en el campo literario o artístico, susceptible de ser reproducida o divulgada”.
¹ Definiciones tomadas de Martínez. R, Robayo E. (2006). Lo que usted debe saber sobre el derecho de autor. Bogotá. Universidad de la Sabana.
Violaciones al derecho de autor
FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011
¿Cuándo hay plagio?
“Cuando, para cualquier fin, alguien se apropia de un todo o parte de una obra sin autorización del autor y/o titular del derecho, desconociendo al autor de la obra”.
¿Qué es la piratería?
“Es el proceder ilegal en cuanto al almacenamiento, bodegaje, reproducción, venta y transporte, entre otros, de una obra; es la copia no autorizada de una obra artística, científica o literaria, reproducida por cualquier medio, conocido o por conocerse, con el fin de distribuirla al público”.
Propiedad Intelectual en la UNAD
FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011
La UNAD al constituir el Estatuto de Propiedad Intelectual, promueve y protege la producción intelectual de los miembros de su comunidad, reconociendo los derechos morales y patrimoniales generados.
Como comunidad académica la UNAD protege y facilita la producción intelectual de todos sus miembros, docentes, tutores, consejeros, estudiantes, contratistas y administrativos, de acuerdo con la normatividad universitaria y nacional vigente.
Las obras de producción intelectual
FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011
De acuerdo con el Estatuto de Propiedad Intelectual de la UNAD “No son susceptibles de protección las ideas. Estas son libres y nadie puede apropiarse de ellas. Única y exclusivamente serán objeto de protección por parte del Derecho de Autor la materialización y concreción que el creador haga de ellas a través de obras literarias, artísticas o científicas que se logren de manera completa, acabada y unitaria”.
Así mismo “la utilización de una obra o producción protegida por el Derecho de Autor y, en general, cualquier creación protegida por la Propiedad Intelectual, sólo podrá realizarse con la autorización previa y expresa del titular de los derechos”.
A
Las obras de producción intelectual
FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011
En la UNAD los estudiantes son titulares de Derechos Morales cuando en la realización de su obra o creación “cuenta con la dirección de un docente, tutor o investigador, sin que esta actividad de dirección implique concreción, materialización y ejecución de tal creación. El estudiante deberá hacer mención de quien actuó como director, sin que tal mención implique reconocimiento de derechos a favor del director”.
Los estudiantes de la UNAD podrán ser titulares de derechos patrimoniales de una obra o creación “cuando se trate de creaciones intelectuales realizadas por los estudiantes en ejercicio de sus actividades académicas, y que hayan sido realizadas por su propia iniciativa, y que no implique vinculación con la Universidad a través de relación laboral, de prestación de servicios o como parte de un equipo de trabajo conformado por la Universidad para llevar a cabo un proyecto específico”.
A
Teniendo en cuenta el Estatuto de Propiedad Intelectual,
Trabajos Académicos
FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011
En la medida que los estudiantes desarrollan sus trabajos académicos deben ser suficientemente responsables para evitar plagiar obras de otros. El plagio en el ámbito académico se entiende como robo y no tener respeto por el trabajo ajeno.
Los estudiantes pueden evitar el plago referenciado adecuadamente el trabajo de otros mediante las citas, con el uso apropiado de las Normas APA ampliamente difundidas en la Universidad.
Dado que el plagio no es una conducta académica aceptable, existen en la UNAD penas por plagiar:
Cuando se demuestre que un estudiante ha cometido plagio en una de sus clases, recibirá cero puntos en la tarea o examen en cuestión y se informará a la coordinación de programa de su transgresión.
Referencias
FI-GQ-GCMU-004-015 V. 000-27-08-2011
Martínez. R, Robayo E. (2006). Lo que usted debe saber sobre el derecho de autor. Bogotá. Universidad de la Sabana.
UNAD. Acuerdo Número 006 del 26 de Agosto de 2008. Estatuto de Propiedad Intelectual.
UNAD. Acuerdo Número 008 del 26 de Octubre de 2006. Reglamento General Estudiantil.
UNAD. Acuerdo Número 015 del 13 de Diciembre de 2006. Reglamento Académico.
UNAD. Acuerdo Número 024 de 17 de Abril de 2012. Estatuto de Investigación.