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TUPA Y COSTEO DE PROCEDIMIENTOSIng. LUIS HERRERA VALUISConsultor en Gestin Pblica y Sistemas [email protected] Telfonos 9-9721-2364 382-5678 482-7506

Licenciado en Administracin

ELABORACIN DEL TUPA

(Artculos 5, 6 y 7 Decreto Supremo 079-2007-PCM)

RESPONSABILIDADES EN LA ELABORACIN DEL TUPA

El TUPA se elabora a travs de un equipo de trabajo, y en estricta coordinacin con los diversos rganos. La conduccin del proceso de formulacin del TUPA y la elaboracin del sustento tcnico, corresponde al rgano de Planeamiento o quien haga sus veces. El rgano de Asesora Jurdica o similar, deber sustentar ante el rgano conductor, la base legal de los procedimientos contenidos en el TUPA y su calificacin, en cada caso. El rgano de Administracin y Finanzas o quien haga sus veces, deber sustentar ante el rgano conductor, los costos de cada procedimiento, excepto de los que tengan la condicin de gratuitos.

METODOLOGIA DE FORMULACION DEL TUPAInicio1.Inventario de Procedimientos 2.Simplificacin de Procedimientos 3.Calificacin de Procedimientos 4.Costeo de Procedimientos

5.Conformidad de rganos

6.Aprobacin y Publicacin

Fin

Paso 1: INVENTARIO DE PROCEDIMIENTOSEl inventario puede levantarse a partir del TUPA vigente e incluye todos los procedimientos administrativos sustantivos y adjetivos que tengan las siguientes caractersticas: - Que sean solicitados por los propios administrados. - Que los requisitos cuenten con respaldo legal, que se sealar en el TUPA, con indicacin de la fecha de publicacin en el Diario Oficial; y - Que requieran de un acto administrativo o pronunciamiento de cualquier rgano de la entidad.

Paso 1: INVENTARIO DE PROCEDIMIENTOSSe identificar tambin a los servicios prestados en exclusividad, precisndose: - Los requisitos - Los derechos a pagar- La unidad de recepcin documental

- La autoridad competente para resolver; y- Los formularios a emplear

Paso 1: INVENTARIO DE PROCEDIMIENTOSPara los servicios no prestados en exclusividad, las entidades, mediante resolucin del titular, establecern: Estos servicios no se incluyen en el TUPA, pero la resolucin que los contiene debe publicarse en la misma fecha en que se publica el TUPA, y ser de conocimiento pblico.- Los requisitos, y - Los costo

Paso 1: INVENTARIO DE PROCEDIMIENTOSEJEMPLOS DE IDENTIFICACIN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOSTipo Procedimientos y servicios identificados

1.

Procedimientos administrativos

- Permiso de pesca en embarcaciones pesqueras comerciales (en una Direccin Regional de Pesquera) - Autorizacin de funcionamiento de farmacias y boticas (en una Direccin Regional de Salud) - Inspecciones tcnicas de operatividad de embarcaciones pesqueras (en una Direccin Regional de Pesquera). - Control de calidad y fecha de vencimiento de frmacos (en una Direccin Regional de Salud) - Atencin de parto (en un Hospital Regional). - Alquiler de maquinaria pesada (en un Gobierno Regional). - Venta de arena (en una Municipalidad) - Transporte fluvial de pasajeros y carga (en un Gobierno Regional).

2. Servicios prestados en exclusividad

3. Servicios no prestados en exclusividad

Paso 2: SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOSCules son los elementos de un procedimiento administrativo que se simplifican? Son: - Requisitos - Costo - Flujo - Tiempo - Formularios Estos son elementos claves de todo procedimiento, contenidos en los TUPA y MAPRO, y tiles en los trabajos de anlisis de procedimientos.

Paso 2: SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOSSe suprimirn aquellos procedimientos: a) Que se encuentren duplicados al interior de una entidad o que tambin los brinden otras entidades diferentes. Ejemplo: En vez de tener dos (02) procedimientos, tales como: - Compatibilidad de uso, y - Certificado de zonificacin Se tiene uno solo (Certificado de zonificacin) y se elimina el otro.

Paso 2:SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOSLa idea es evitar duplicidades de esfuerzos y el encarecimiento de los costos del procedimiento. La PCM est facultada por el artculo 48 de la Ley 27444, a proponer las medidas correctivas en los casos de duplicidad de procedimientos.

b) c)

Que no tengan respaldo legal de una norma expresa. Ejemplo: Autorizacin Municipal de Funcionamiento Provisional Se modificarn tambin aquellos procedimientos, cuyos derechos de trmite que se venan cobrando hayan sido declarados improcedentes por rgano competente a nivel nacional. Ejemplo: Los recursos administrativos, que ahora son gratuitos.

Paso 2:SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOSCriterios para establecer requisitos(Art. 39 - Ley 27444)

Exigir slo la documentacin relevante para emitir el pronunciamiento requerido. No exigir documentacin prohibida Incluir los documentos sucedneos en reemplazo de la documentacin original. Tener en cuenta la capacidad real de la entidad para procesar la informacin exigida.

Paso 2:SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOSDocumentacin prohibida de solicitar(Art. 40 - Ley 27444)

Aquella que la entidad solicitante posea o deba poseer en virtud de algn trmite anterior del administrado, siempre que los datos no hayan variado. Aquella que haya sido expedida por la misma entidad o por otra, en cuyo caso corresponde recabarla a la propia entidad a solicitud del administrado. Presentacin de 2 o ms ejemplares de un mismo documento, salvo que sea necesario notificar a otros interesados.

Paso 2:SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOSDocumentacin prohibida de solicitar(Art. 40 - Ley 27444)

Fotografas, salvo para obtener documentos de identidad personal o por razones de seguridad. Documentos o copias nuevas, cuando sean presentadas otras, no obstante haber sido producidas para otra finalidad, salvo que sen ilegibles. Constancia de pago realizado ante la propia entidad por algn trmite. En este caso, slo se indicar el da de pago y el nmero del comprobante.

Paso 2:SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOSDocumentacin sucednea que reemplaza a la documentacin oficial(Art. 41 - Ley 27444)

Copias simples o autenticadas por los fedatarios institucionales, en reemplazo de documentos originales o copias legalizadas notarialmente. Traducciones simples con la indicacin y suscripcin de quien oficie como traductor, en lugar de traducciones oficiales. Declaraciones juradas en reemplazo de certificado de antecedentes policiales, certificado de buena conducta, de domicilio, de supervivencia, de orfandad, de viudez, y de prdida de documentos, entre otros.

Paso 2:SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOSDocumentacin sucednea que reemplaza a la documentacin oficial(Art. 41 - Ley 27444)

Instrumentos privados, boletas notariales o copias simples de las escrituras pblicas. Constancias originales suscritas por profesionales independientes en reemplazo de certificaciones oficiales acerca de las condiciones especiales del administrado o sus intereses, tales como certificados de salud o planos arquitectnicos, entre otros. Los profesionales sern colegiados slo si la norma lo exige. Copias fotostticas de formatos oficiales o una reproduccin particular de ellos para el suministro de datos.

Paso 2:SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOSCasos en que se deben simplificar o eliminar costos

Los cobrados sin el amparo de una norma con rango de ley. Los cobrados por procedimientos iniciados de oficio. Los cobrados en los casos de peticin graciable o denuncia. Los cobrados ms de una vez, dividiendo los procedimientos en etapas Si la entidad hubiera generado excedentes en el ejercicio anterior por este concepto, hay la obligacin de reducir los derechos de tramitacin

(Ley 27444, Art. 44)

Paso 2:SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOSCasos en que se deben simplificar o eliminar costos

Si la entidad establece pagos diferenciados para: - Preferir una solicitud distinguindola de las dems de su mismo tipo. - Discriminar en funcin al tipo de administrado. Los cobrados por la presentacin de Recursos Administrativos. Los cobrados por el empleo de formularios que deben ser de libre reproduccin y distribucin gratuita. Aquellos costos fijo imputados indebidamente al procedimiento, por no tener ninguna relacin con ste.

(Ley 27444, Art. 44)

Paso 2:SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOSCriterios para simplificar el Flujo Principio de celeridad.1. Debe dotarse al trmite de la mxima dinmica posible, evitando actuaciones procesales que dificulten su desenvolvimiento o constituyan meros formalismos (En reingeniera equivale a actividades que no dan valor agregado, y que deben eliminarse) 2. Debe buscarse una decisin en tiempo razonable.(Ley 27444, Art. IV)

Paso 2:SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOSCriterios para simplificar el Flujo Principio de simplicidad.3. Los trmites debern ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria. Criterio de Unidad de vista 4. Los procedimientos se desarrollan de modo sencillo y eficaz, sin reconocer formas determinadas, fases procesales, momentos procedimentales rgidos para realizar determinadas actuaciones o responder a precedencia entre ellas.(Ley 27444, Art. IV)

Criterios para simplificar el Flujo(Ley 27444, Art. IV)

Criterio de Unidad de Vista Este criterio es similar al principio de reingeniera de ejecucin lgica y natural de los procesos, de Hammer y Champy (Un proceso se ejecuta en secuencia lgica o natural en funcin de lo que es necesario hacer antes o despus).

Criterio de Unidad de vistaProceso Tradicional Inicio Paso 1 Paso 2 Paso 3 Paso 4 FinNadie puede empezar el paso 2 sin concluir el paso 1 Paso 1 slo es necesario para paso 4. Entonces pasos 2 y 3 pueden hacerse paralelamente.

Proceso Rediseado Inicio Paso 1 Paso 2

Paso 4 Fin

Paso 3

Paso 2:SIMPLIFICACION DE PROCEDIMIENTOS Criterio de los Plazos Mximos(Ley 27444, Art. 132)

Para recepcin y derivacin de documento a unidad competente: dentro del mismo da. Para actos de simple trmite y tomar decisiones sobre eso: 3 das Para emitir dictmenes, peritajes, informes y similares: 7 das, ms 3 das si hay que trasladarse o se requiere la asistencia de terceros Para actos de cargo del administrado requeridos por la autoridad, como entrega de informacin y respuesta a asuntos materia del pronunciamiento: 10 das.

Paso 3. CALIFICACION DE LOS PROCEDIMIENTOSLa calificacin, se basar estrictamente en lo establecido en:La Ley 29060 y El artculo 31 de la Ley 27444.

(Artculo 31- Ley 27444) Implica la aprobacin de la solicitud en el mismo momento en que se presenta, siempre que la documentacin est completa segn el TUPA. No se emite ningn pronunciamiento expreso, debiendo realizar slo la fiscalizacin posterior. Sin embargo, si el administrado necesita que se le expida un documento para hacer efectivo su derecho, podr presentar la Declaracin Jurada a que hace referencia el Art. 3 - Ley 29060, la misma que constituye una resolucin de aprobacin ficta.

1. Procedimientos de aprobacin automtica

Paso 3. CALIFICACION DE LOS PROCEDIMIENTOS2. Procedimientos de evaluacin previa con aplicacin del silencio positivo Supuestos en que se aplica(Artculo 1- Ley 29060) En las Solicitudes cuya aprobacin habilite para el ejercicio de derechos preexistentes o para el desarrollo de actividades econmicas que requieran autorizacin previa del Estado En los recursos destinados a cuestionar la desestimacin de una solicitud o algn acto administrativo anterior En los procedimientos en los que la decisin final no repercuta directamente en administrados distintos a los solicitantes.

Ejemplos de Procedimientos Sujetos a Silencio Administrativo Positivo1. 2.

3.

4.

Renovacin en el Registro de Empresas Fumigadoras (En el Ministerio de Agricultura) Autorizacin para realizar pruebas en proyectos que utilizarn gas natural (En el Ministerio de Energa y Minas) Apelacin en el Registro de Entidades Autorizadas para elaborar planes de cierre de minas (En el Ministerio de Energa y Minas) Autorizacin de programas a empresa administradora de fondos colectivos (CONASEV)

Paso 3. CALIFICACION DE LOS PROCEDIMIENTOS3. Procedimientos de evaluacin previa con aplicacin del silencio negativo(1ra. y 7ma. Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales, Ley 29060)

Su aplicacin es excepcional, y slo cuando afecte significativamente el inters pblico. En consecuencia, los procedimientos con aplicacin del SAN, debern ser especialmente justificados por afectar precisamente el inters pblico. En conclusin, se debe reducir el mbito de aplicacin del SAN.

Ejemplos de Procedimientos Sujetos a Silencio Administrativo Negativo1. 2.

3. 4.

Nivelacin de pensionistas (En SEDAPAL) Autorizacin para la importacin de productos e insumos qumicos controlados y fiscalizados (En el Ministerio de la Produccin) Emisin de Informe Tcnico favorable para funcionamiento de Refineras (En el OSINERG) Inscripcin de ttulo de propiedad de local comercial en registros pblicos (En SUNARP)

EJEMPLOS DE CALIFICACIN DE PROCEDIMIENTOSTipo de Procedimiento 1. De aprobacin automtica ProcedimientosOtorgamiento de constancia de ingreso (en una Universidad pblica) Suspensin de pensin por reingreso al servicio del Estado (en un Ministerio) Cambio de nombre o razn social de usuario en recibo (en una empresa de servicio de agua) Legalizacin de firmas en diplomas de grados acadmicos, ttulos profesionales y otros expedidos por instituciones de educacin superior, correspondiente a ciudadanos peruanos (En el Ministerio de RR.EE)

EJEMPLOS DE CALIFICACIN DE PROCEDIMIENTOSTipo de Procedimiento1. De evaluacin previa con silencio administrativo (+)

ProcedimientosAutorizacin para reanudacin de estudios (en una Universidad pblica) Otorgamiento de licencia de construccin Revalidacin de ttulo profesional (en una universidad publica) Autorizacin de funcionamiento para la fabricacin de armas y municiones (en un Ministerio) Modificacin de categora de usuario (en una empresa de servicios de agua) Autorizacin para operar casino de juegos y mquinas tragamonedas (en una Municipalidad)

2. De evaluacin previa con silencio administrativo (-)

Trabajos en equipo1. Elaboracin de listados de procedimientos administrativos, servicio prestados en exclusividad, y servicios no prestados en exclusividad 2. Elaboracin de listados de procedimientos sujetos a silencio administrativo positivo 3. Elaboracin de listados de procedimientos sujetos a silencio administrativo negativo 4. Aplicacin de formato de declaracin jurada del silencio administrativo positivo

Paso 4. COSTEO DE PROCEDIMIENTOS1. Base Legal Especfica1.1 Decreto Supremo N 079-2007-PCM Lineamientos para Elaboracin y Aprobacin del TUPA y Cumplimiento de Ley del Silencio Administrativo 1.2 Directiva N 001-95 INAP/DTSA Pautas Metodolgicas para la fijacin de costos de los Procedimientos Administrativos, aprobada por Resolucin Jefatural N 087-95-INAP/DTSA 2.1 Ley N 247444 del Procedimiento Administrativo General, Art. 44

2. Base Legal General

Naturaleza de los derechos de tramitacin(Decreto Supremo N 079-2007-PCM, Art. 13)

Monto de los derechos de tramitacin

Costo derivado de actividades dirigidas a resolver lo solicitado (Costos variables)

= Costo marginal (Costo directo)

+Gastos de operacin y mantenimiento de la infraestructura asociada a cada procedimiento (Costos fijos asociados)

CONCEPTOS BASICOS DE REFERENCIA1. COSTEO DIRECTO.- Llamado tambin costeo variable o marginal, es un mtodo de costeo que evala el procedimiento en funcin de sus costos variables de prestacin. Requiere de la separacin plena y definida de los costos en fijos y variables. Los costos variables son los costos del procedimiento y los costos fijos son los costos del periodo.

CONCEPTOS BASICOS DE REFERENCIA1. COSTEO DIRECTO.El adjetivo directo indica la relacin de los elementos del costo con el procedimiento cuya prestacin se est tramitando. Incluye slo los costos primos o directos (mano de obra y materiales) y los costos fijos asociados con el procedimiento. A estos ltimos se les conoce tambin como costos indirectos relacionados con el procedimiento.

CONCEPTOS BASICOS DE REFERENCIAde desgaste o disminucin del valor de un activo fijo (bien, mquina o equipo) en el tiempo. Objetivos desde el punto de vista contable Reflejar en los resultados la prdida de valor del activo, y Crear un fondo interno para financiar la adquisicin de un nuevo activo al finalizar la vida del antiguo. Sin embargo, en la mayora de los casos, no hay una salida efectiva de dinero por este concepto.

2. DEPRECIACIN.- Es el costo

CONCEPTOS BASICOS DE REFERENCIA2. DEPRECIACIN.Mtodo de mayor aplicacinMtodo de depreciacin lineal.- En este mtodo se disminuye el valor de un activo en una cantidad fija, cada cierto tiempo, hasta dejarlo en cero. Frmula:VA - VR n D=

Paso 4. COSTEO DE PROCEDIMIENTOSPara qu sirve el costeo de procedimientos? Las autoridades pueden establecer polticas de precios para ciertos segmentos de la poblacin. La estructura de costos de los procedimientos permite sustentar los montos que se cobran en el TUPA.

Paso 4. COSTEO DE PROCEDIMIENTOSDescribir y representar en un Flow Chart, el procedimiento a costear previamente simplificado. Establecer costos variables que intervienen directamente en el procedimiento Determinar y distribuir los costos fijos asociados al procedimiento (Incluido la depreciacin y el criterio de nmero de personas por reas), a travs del Margen de contribucin para costos fijos Sumar costos parciales y determinar estructura de costos.

Metodologa

Metodologa1.Establecer los costos variables que intervienen directamente en el procedimiento, una vez simplificado. Los referidos costos variables son: - Lo proporciona el rea de Personal - El monto de la remuneracin se calcula a base de los tiempos de cada paso del procedimiento en los que interviene el trabajador.

Remuneraciones

1.Establecer los costos variables que intervienen directamente en el procedimiento, una vez simplificadoPara el efecto se utiliza la siguiente frmula:Remuneraciones por minuto = Remuneracin Mensual + Beneficios+Aportaciones del Empleador 8horas * 30 das * 60minutos (es decir 14,400 minutos)

- El costo de la mano de obra de cada paso del procedimiento se estimaas:Remuneracin por paso = Remuneracin x Tiempo utilizado en cada paso por minuto

- Para hallar el costo total de remuneraciones por cada procedimiento sesuma el costo de cada uno de sus pasosCosto total de remuneraciones de cada procedimiento = Costo de remuneraciones del paso 1 + Costo de remuneraciones del paso 2 + etc. + Costo de remuneraciones del paso n.

1.Establecer los costos variables que intervienen directamente en el procedimiento, una vez simplificado

Materiales - La cantidad y los precios se extraen de

las PECOSAS utilizadas por los rganos de la entidad desde enero a diciembre del ao, proporcionadas por la Unidad de Logstica. El clculo de este costo se halla multiplicando un coeficiente de uso por el precio unitario del bien.

Coeficientes de uso para costeo de materiales

-

Material que se usa

Precio unitario

Tasa de uso promedio

Porcentaje de uso

Costo total

Materiales Fungibles -Papel Bond T/A4 -Papel continuo -Folder - Faster y cofaster - Formato de cartn para certificado 0.03 0.15 0.50 0.50 2.00 5 unid/ trmite 2 unid/trmite 1 unid/ trmite 1 unid/ trmite 1 unid/ trmite 100% 100% 100% 100% 100% 0.15 0.30 0.50 0.50 2.00

Coeficientes de uso para costeo de materialesTrmites/mes: 80 Material que se usa Precio unitario (S/) 190.00 2.00 8.00 7.00 5.00 3.00 1.00 Tasa de uso promedio Porcentaje de uso Costo unitario (S/) 2.38* 0.03 0.02** 0.01 0.03 0.04 0.01

Materiales No Fungibles - Tner para Impresora Lser HP 1200 - Bolgrafo - Fechador - Tampn - Corrector - Resaltador - Borrador mixto

1 unid/ mes 1 unid/ mes 1 unid/ 5 meses 1 unid/ 6 meses 1 unid/ 2 meses 1 unid/ mes 1 unid/ 2 meses

100% 100% 20% 17% 50% 100% 50%

* 190/80=2.38

** 8x0.20=1.60/80=0.02

Coeficientes de uso para costeo de materialesTrmites/mes: 80 Material que se usa Precio unitario (S/) Tasa de uso promedio Porcentaje de uso Costo unitario (S/)

Materiales No Fungibles -Sello de madera -Cuaderno empastado -Regla - Archivador de palanca - Diskett

10.00 8.00 1.50 9.00 1.00

1 unid/ 8 meses 1 unid/ mes 1 unid/ 3meses 1 unid/4 meses 1 unid/ mes

13% 100% 33% 25% 100%

0.02 0.01 0.01 0.03 0.01

Costo total mximo de materiales por procedimiento

6.05

ANEXO 1 (Decreto Supremo N 079-2007-PCM) DETERMINACIN DE COSTOS DIRECTOSI. INFORMACIN BSICA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

II. COSTO DIRECTO DE MANO DE OBRA

III. COSTO DIRECTO DE MATERIALES

2.Determinar y distribuir los costos fijos asociados al procedimiento Los costos fijos o costos indirectos asociados o relacionados con el procedimiento, son: - Los proporciona el rea de Administracin o similar. - En este rubro se consideran los gastos de luz, agua, telfono, Internet, alquiler, seguridad, etc. , desde enero a diciembre del ao o el periodo de costeo que se establezca.

Servicios Pblicos

2.Determinar y distribuir los costos fijos asociados al procedimiento

Ejemplo:Clculo del costo de servicios pblicos por mesCosto total Servicios Pblicos ao 2007 - Luz S/3.600 -Agua 2.000 -Telfono 4.000 -Internet 3.000 -Alquiler 20.000 -Seguridad 6.000 S/38,600

Costo total mensual (n= 12) 38,600/12= S/3, 217

2.Determinar y distribuir los costos fijos asociados al procedimiento

- En la Administracin Pblica se utiliza

Depreciacin de Activos

el mtodo de depreciacin lineal, con valor residual cero. - Se calcula multiplicando un porcentaje de depreciacin o agotamiento del activo establecido a travs del MEF, por el valor de adquisicin del activo.

2.Determinar y distribuir los costos fijos asociados al procedimientoEjemplo de clculo del costo de depreciacin mensual -Si se tienen tres equipos de cmputo por un valor total de S/6,300, y se les aplica el porcentaje de depreciacin anual de 25% establecido por el Art. 6 de la Resolucin de Contadura N 1842005-EF/93.01, se tiene la siguiente depreciacin: -Depreciacin anual: 0.25xS/6,300= S/1,575 (25% de depreciacin significa que las mquinas se agotan en 4 aos) -Depreciacin mensual: 1,575/12 = S/131.

Depreciacin de Activos

2.Determinar y distribuir los costos fijos asociados al procedimiento

Determinacin de los costos fijos totalesServicios Pblicos S/3,217 Depreciacin de Activos + S/131 = Total de Costos Fijos S/3,348

2.Determinar y distribuir los costos fijos asociados al procedimientoDistribucin de los costos fijos de S/3,348 entre los rganos, ponderando el nmero de personas.Si son 3 rganos, cada uno con 20, 12 y 4 personas respectivamente, entonces un primer prorrateo del costo total de costos fijos mensuales, ponderando el nmero de personas, ser: rgano A B C Valor Base 20 12 4 36 Tasa S/93 93 93 Distribucin S/1,860 1,116 372 S/3,348

3,348 X X= S/ 93

36 personas 1 persona

2.Determinar y distribuir los costos fijos asociados al procedimientoDistribucin de los costos fijos del rgano A (S/1,860) entre sus procedimientos a base del tiempo, y clculo del margen de contribucin por mtodo de la demandaN 1 2 3 4 5 Procedimiento Administrativo a b c d e Total Tiempo 120(2 h) 180(3 h) 10 960(16 h=2d) 1,440(24 h=3d) 2,710 Tasa de Distribucin S/0.6863 * 0.6863 0.6863 0.6863 0.6863 Costo Fijo Asignado S/ 82.36 123.54 6.86 658.85 988.28 S/1,860 Cantidad de Trmites por mes 30 25 15 12 10 Margen de Contribucin(CFA/Trmites)

S/2.74** 4.94 0.46 54.90 98.82

2,710 1*

S/1,860 x x= S/0.6863

** 82.36/30=S/ 2.74

3. Sumar costos parciales y determinar estructura de costosEl costo total unitario se calcula sumando los costos parciales que intervienen en cada uno de los procedimientos, como se observa en la siguiente:

Estructura de costos del procedimiento a Costos Variables S/ 21.30 -Remuneraciones *15.25 -Materiales 6.05 Margen de contribucin 2.74 para costos fijos Costo total del Procedimiento S/ 24.04

* Supuesto

ANEXO 2* N 079-2007-PCM) (Decreto Supremo N 079-2007-PCM) DETERMINACIN DETERMINACIN DE COSTOS FIJOS DEL PERIODO

-

1. Determinacin de costos fijos Cuadro-Costos fijos del periodo- Ejercicio ____ Monto- S/

2. Cuadro de costos fijos por procedimiento administrativo segn mtodo de niveles de demanda (*) N Procedimiento Administrativo Tiempo Tasa de Distribucin Costo Fijo Asignado Cantidad de Trmites por mes Margen de Contribucin(CFA/Trmites)

* Corregido por LHV

Trabajos en equipo1. 2. 3. 4.

Simplificacin y flow Chart de los procedimientos Determinacin de los costos variables Determinacin y distribucin de los costos fijo asociados Costo o precio total del procedimientos segn estructura de costos.

La participacin de los diversos rganos en la formulacin del TUPA, facilita una rpida aprobacin. Este paso asegura que los rganos incluidos en el TUPA conozcan los procedimientos rediseados que van a atender, y se sientan ms comprometidos. Si hubieran sugerencias adicionales, stas deben ser de trascendencia y estar sujetas a los principios del procedimiento administrativo.

Paso 5. CONFORMIDAD DE RGANOS

Paso 6. APROBACIN Y PUBLICACINSe realiza mediante: DECRETO SUPREMO del sector correspondiente, en el caso de los Ministerios e Instituciones Pblicas Descentralizadas. NORMA DE MAXIMO NIVEL DE LAS AUTORIDADES REGIONALES, en el caso de los Gobiernos Regionales. ORDENANZA MUNICIPAL, en el caso de las Municipalidades; RESOLUCION DEL TITULAR, en el caso de organismos constitucionalmente autnomos. El TUPA se publicar cada dos (02) aos. Se podr publicar antes, si las modificaciones lo ameritan. El plazo se computar a partir de la ltima fecha de publicacin.

Paso 6. APROBACIN Y PUBLICACINAPROBACIN DEL TUPA EN GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES Previamente a la aprobacin del TUPA, se deber contar con la opinin favorable de la Gerencia Regional y de la Gerencia Municipal, respectivamente. Para fines de la opinin previa a la aprobacin del TUPA, se deber requerir la documentacin completa.

MODIFICACIONES DEL TUPAToda modificacin del TUPA, menos: La creacin de nuevos procedimientos El incremento de los derechos de tramitacin; y El incremento de requisitos

Se debe aprobar, segn el nivel de gobierno respectivo, por:

Resolucin ministerial del sector Norma regional de rango equivalente Decreto de Alcalda; o Resolucin del titular del organismo autnomo conforme a la Constitucin

FALTAS ADMINISTRATIVAS SANCIONABLES DE LAS AUTORIDADES Y PERSONAL(Art. 239- Ley 27444) Faltas administrativas1. Negarse a recibir injustificadamente solicitudes, recursos, declaraciones, informaciones o expedir constancia sobre ellas. No entregar dentro del trmino legal los documentos recibidos a la autoridad que debe decidir u opinar sobre ellos. Demorar injustificadamente la remisin de datos actuados o expedientes solicitados para resolver un procedimiento o la produccin de un acto procesal sujeto a plazo determinado Resolver sin motivacin alguna asunto sometido a su competencia.

Sanciones Amonestacin

Base legal

2.

3.

4.

Ley 27444, Suspensin Cese, o art. 239 Destitucin Ley En el rgimen del D.Leg. 276, 29060, se aplica el proceso art. 4 administrativo disciplinario, slo Decreto para los ceses temporales sin Legislativo remuneracin hasta por 12 meses y en la destitucin. En los 276, art. 26 casos de amonestacin verbal o escrita, la sancin la ejecuta el Decreto jefe inmediato. Y en la Supremo suspensin sin remuneracin 005-90hasta por 30 das, la sancin se PCM, art. aplica por resolucin del jefe de 156,158 personal. y159

FALTAS ADMINISTRATIVAS SANCIONABLES DE LAS AUTORIDADES Y PERSONAL REFERIDAS AL TUPA (Art. 239- Ley 27444) Faltas administrativas5. 6. Intimidar de alguna manera a quien desee plantear queja administrativa o contradecir sus decisiones Difundir de cualquier modo o permitir el acceso a la informacin confidencial a que se refiere el numeral 160.1 de la Ley 27444.

Sanciones

Base legal

Las mismas

7. 8.

Otras faltas

La negligencia en el desempeo de las funciones El abuso de autoridad, la prevaricacin o el uso de la funcin con fines de lucro.

Decreto Legislativo 276, art. 28

*

GRACIAS