TtAOUEPAOU E - Transparencia Tlaquepaque

5
TtAOUEPAOU E DECLARA "EL MUNICIPIO": l. El Municipio de San Pedro Tlaquepaque, es una entidad pública ce DECLARACIONES CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO PARA LA CREACIÓN Y DIFUSIÓN DE CONTENIDO EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DE INTERNET, DERIVADO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL LTE 01/2018 QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL LA C. MARÍA ELENA LIMÓN GARCÍA, EL SÍNDICO MUNICIPAL LIC. JUAN DAVID GARCÍA CAMARENA, EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO MTRO. JOLUIS SALAZAR MARTÍNEZ, l EL TESORERO MUNICIPAL L.C.P. JOSÉ ALEJANDRO RAMOS ROSAS, A 'QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO "EL MUNICIPIO" Y POR OTRA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA "CONSORCIO UREBIA S.A. DE C.V." REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU ADMINISTRADOR GENERAL ÚNICO EL C. JOSÉ DE JESÚS CHÁVEZ PEÑA, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DOMINARÁ COMO "EL PRESTADOR", EL CUAL CELEBRAN DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: 1 ANTECEDENTES I 1 Con fecha 22 veintidós de enero del año 2018 dos mil dieciocho, el municipio dan Pedro Tlaquepaque, convocó a la Licitación Pública Estatal L TE 01/2018 con e¡ fin de adquirir el servicio de creación y difusión de contenido exclusivamente a ) través de internet. ; 2.- El 23 veintitrés de enero de la presente anualidad, se llevó a cabo la inscripció ·· y e trega de. las· bases para la licitación L TE 01/2018, en la Dirección d rove duría del Ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque. 3.- Pfst riorment el día 26 eintiséis de enero del 20'.8 dos mil diec!och , se llev., i a cabo la recepcion por escrito de preguntas para la Junta aclaratoria, misma quq /! tuvovérificatrvo el día 29 veintinueve del mismo mes y año. 4.- Con cha 01 primero de febrero del año en curso, se realizó la entrega de / sobres con documentación Legal, proposiciones técnica y económica, así como la · apertura de los dos.primeros sobres. ¿::., . rf> , -i} . 5.- El 7 iete de febrero del añ_o. 2018 dos il. dieciocho, se realizó el dicti )j[-::i}i : legal,_ t nico, apertura de pr?ps1c1ones econorrucas y fallo por parte del Comí - 1 i\1tlf Adqursrcrones, el cual fue adjudicado a la Empresa CONSORCIO UREBIA, S.A.§"FJLt. · C.V., para la prestación del servicio de creación y difusión de contema··",::::,;.exclusivamente a través de internet. - SNE 1;!(fJlHH\

Transcript of TtAOUEPAOU E - Transparencia Tlaquepaque

Page 1: TtAOUEPAOU E - Transparencia Tlaquepaque

TtAOUEPAOU E

DECLARA "EL MUNICIPIO":

l. El Municipio de San Pedro Tlaquepaque, es una entidad pública ce

DECLARACIONES

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO PARA LA CREACIÓN Y DIFUSIÓN DE CONTENIDO EXCLUSIVAMENTE A TRAVÉS DE INTERNET, DERIVADO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL LTE 01/2018 QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO TLAQUEPAQUE, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL LA C. MARÍA ELENA LIMÓN GARCÍA, EL SÍNDICO MUNICIPAL LIC. JUAN DAVID GARCÍA CAMARENA, EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO MTRO. JOSÉ LUIS SALAZAR MARTÍNEZ,

l EL TESORERO MUNICIPAL L.C.P. JOSÉ ALEJANDRO RAMOS ROSAS, A 'QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ COMO "EL MUNICIPIO" Y POR OTRA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA "CONSORCIO UREBIA S.A. DE C.V." REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU ADMINISTRADOR GENERAL ÚNICO EL C. JOSÉ DE JESÚS CHÁVEZ PEÑA, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DOMINARÁ COMO "EL PRESTADOR", EL CUAL CELEBRAN DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

1

ANTECEDENTES I 1 Con fecha 22 veintidós de enero del año 2018 dos mil dieciocho, el municipio d�

an Pedro Tlaquepaque, convocó a la Licitación Pública Estatal L TE 01/2018 con e¡ fin de adquirir el servicio de creación y difusión de contenido exclusivamente a

) través de internet. ;

2.- El 23 veintitrés de enero de la presente anualidad, se llevó a cabo la inscripció ·· y e trega de. las· bases para la licitación L TE 01/2018, en la Dirección d

rove duría del Ayuntamiento de San Pedro Tlaquepaque.

3.- Pfst riorment�el día 26 �eintiséis de enero del 20'.8 dos mil diec!och�, se llev., i a cabo la recepcion por escrito de preguntas para la Junta aclaratoria, misma quq /! tuvovérificatrvo el día 29 veintinueve del mismo mes y año.

4.- Con �cha 01 primero de febrero del año en curso, se realizó la entrega de / sobres con documentación Legal, proposiciones técnica y económica, así como la

· apertura de los dos.primeros sobres. ¿::., . �

rf> , �-i} . 5.- El �7 �iete de febrero del añ_o. 2018 dos �il. dieciocho, se realizó el dicti )j[-::i�}i

: legal,_ t��nico, apertura de pr?p�s1c1ones econorrucas y fallo por parte del Comí -1 i�\1tlf • Adqursrcrones, el cual fue adjudicado a la Empresa CONSORCIO UREBIA, S.A.�§"FJLt�

. · C.V., para la prestación del servicio de creación y difusión de contema�··",::::,;.�� exclusivamente a través de internet. - S�NE 1;!(fJlHH\

Page 2: TtAOUEPAOU E - Transparencia Tlaquepaque

/ Que se encuentra inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes como persona moral, bajo el número MT J850101 C4A, al corriente en todas sus

J obligaciones fiscales, teniendo su domicilio en la calle Independencia número , 58 cincuenta y ocho, Colonia Centro, C.P. 45500, en San Pedro i ./

Tlaquepaque, Jalisco.

Que es su voluntad la suscripción del presente contrato, en los términos y / ·

condiciones, descritos y estipulados en las declaraciones y cláusulas que se ; establecen. . 1

.¡ '.•

1 ¡ i '' . "·· 1 ¿--=���.'.'.'if.:i\ó:'.'��--?::- TLAQUEPAQUE \ 11. Que sus representantes tienen facultades para suscribir el presente contrato � · y en términos de lo dispuesto por los artículos 38 fracción 11, VII, 48 fracción \ IV, 52 fracción 11, 61, 62, 64 y 66 de la Ley de Gobierno y Administración \ Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como los artículos 27, 28, 32, 33, ;

\ fracción IV 37, 38 y 194 del Reglamento del Gobierno y de la Administración \ Pública del Ayuntamiento Constitucional de San Pedro Tlaquepaque.

111. Que el presente instrumento tiene su fundamento en los artículos 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 75, 76 y 77 de la Ley de Compras Gubernamentales Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios, así como lo dispuesto por los numerales 3, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 45, 55, 56 y 59 Reglamento de Adquisiciones Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios para el Municipio de San Pedro Tlaquepaque.

111. Que tiene su domicilio Fiscal en la Avenida de la Paz #2591 quinientos noventa y uno, Colonia Arcos Vallarta, Guadalajara,

Decla)a "EL PRESTADOR"· \ . . \

l. ·_ Oue es una Sociedad Anónima de Capital Variable, que se constituyó conformé a la Escritura Pública No. 7,885 siete mil ochocientos ochenta y cinco, de fecha 12 doce de mayo del 2014 dos mil catorce, bajo la denominación CONSORCIO UREBIA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, pasada ante la fe del notario público Licenciado Álvaro Guzmán Merino, Notario Público número 126 ciento veintiséis de la municipalidad de / Guadalajara, registrada bajo el folio merca _ ntil 84430*1 de fecha 26 veintiséis. j de septiembre de 2014 dos mil catorce, en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de este estado.

�-� 1��� 11. Que su represent��te se encuentra p)e�amente facultado ya qu� cuenta -��·b2J(Jl'

el cargo de Administrador General Unico, el que le fue conferido media}� líl;,11- Es�ritura Públi_ca No. 7,885 siete mil <:>chocientos ochenta y ci�J!�"f'"'=' senalada anteriormente, expresando que tiene facultades para comP.arecer -- en este instrumento y obligar a su representada en la forma y térmir1fA'fct J(r URA mismo, declarando bajo protesta de decir verdad que a la fecha fhoAJ'eP · �:f:-1 r .AWJEPAQUi: sido modificadas ni revocadas de forma alguna. ·

V

_____ ,,/'

:ATURA I TLAOUEPAQUE

Page 3: TtAOUEPAOU E - Transparencia Tlaquepaque

,¿· __ :��·:;:,:s\J�:�-- �- T lAOUEPAQU E infraestructura necesaria para dar cabal cumplimiento a las obligaciones que del presente se deriven.

CLÁUSULAS:

P;RIMERA.- OBJETO: "EL PRESTADOR" se obliga con "EL MUNICIPIO" brindar el servicio de creación y difusión de contenido exclusivamente a través de internet, conforme a las siguientes especificaciones:

;

GUNDA.- PRECIO: "EL MUNICIPIO" pagará a "EL PRESTADOR" la cantidad/ de $162,400.00 (ciento sesenta y dos· mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.Y imp esto al valor agregado incluido, de manera mensual hasta el término d�

1

I te contrato. 1

Fn i,:::::::i.l c:11n11.ac-t" ,... .. r'\ ,_,... ---�=-=-- -•- "�' -----·---·-

2 ; .. &�. • QUINTA.- INFORMES: "EL PRESTADOR" se compromete a enviar al titular de Q]['{{J;

· Coordina_ción de Comunicación Socia! y Análisis Estratéqicos _P�,rteneciente _ {� !r�f Ayuntamiento d_e San Pedro Tlaquepaque, para su r��epc1on y r�v�s1on, el maten��:%i: documentos o informes de resultados de la prestación del servrcio, dentro C\;j�·--·· ��-- prime�os ?,5 cin�o días de ca?� mes, _con el fin de _q_ue _el titular d5i: 'W���:� ... _ 1 Uk.A Coordinación, valide que el servicio se sujeta a las especificaciones señala� s'I e' ' l.c,00:'J;r.,,q, las bases de la licitación y sea realizado a entera satisfacción de "EL MUNICIP ·

I . CUARTA.- VIGENCIA: El presente contrato, los derechos y obligaciones que de ¡ · mismo se derivan, para cada una de las partes estarán vigentes, hasta el término

de la presente administración, siendo el 30 treinta de septiembre de 2018 dos · mil dieciocho.

/ /

1 'T HCBRA.- GARANTÍA; Se establece que "EL PRESTADOR" deberá entregar I / gar ntia establecida en los términos del punto número 11 once, de las bases d�

licita -�n mismas que solo podrá ser cancelada por el Municipio de San PedJo Tlaq1,.1e�aque, Jalisco. Garantía que ampara el cumplimiento del contrato, así corrjo

. la calida�; defecto y vicios ocultos de los bienes y/o servicios ofertados, en Mone a Nacional,' por el importe del 10% (diez por ciento) del monto total del contrato con I Impuesto al Valor Agregado incluido, a través de cheque certificado o fian a contratada con una· afianzadora legalmente constituida, misma que deberá incluir a leyenda • de que "solo podrá cancelarse por parte del Municipio de San Ped

.Tlaquepaque" .

Manejo de contenido en Facebook, Twiter y Youtube, todo en tiempo real, optimizando cuentas, creación de contenidos, creación de imagen, mensajes promocionales, diseño de publicaciones, noticias relacionadas, Engagement con int acción de usuarios, respuesta de consultas, comentarios privados, diseño de

st ategias de campañas, creación de agenda de trabajo, diseño gráfico sonalizado, producción de video, reportes de estadística e impacto, atención a la ,

ci dadanía, cobertura en actividades de campo referentes a trabajos de servicios y I o�ras públicas. /

�··

':::S

URA QUEPAQUE

Page 4: TtAOUEPAOU E - Transparencia Tlaquepaque

-�-��,;;lJ-":�_::s. TlAQUEPAQUE SEXTA.- CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES: "EL PRESTADOR", no podrá ceder los derechos y obligaciones derivados de éste contrato sin consentimiento de "EL MUNICIPIO", de lo contrario, cualquier contrato, convenio o instrumento suscrito para estos efectos, será nulo.

SÉPTIMA.-RESPONSABILIDADES LABORALES: Todo el personal en que "EL PRESTADOR" se apoye para el ejercicio de sus actividades dependerá exclusivamente de éste, sin que se establezca ningún vínculo entre "EL MUNICIPIO" y los mismos, quedando a cargo de "EL PRESTADOR" todas las obligaciones derivadas entre él y su personal; por lo tanto, bajo ninguna circunstancia y en ningún caso, se considerará a "EL MUNICIPIO" como patrón sustituto ni responsable solidario de dichas obligaciones laborales, por ser ajeno a ese vínculo obrero patronal y no existir subordinación de su parte.

-OCTAVA.- DAÑOS Y PERJUICIOS: Queda expresamente convenido que la falta de cumplimiento a cualquiera de las obligaciones que aquí se contraen, y aquellas otras que dimanan del Código Civil vigente para el Estado de Jalisco, será motivo de rescisión del presente contrato, y generará el pago de los daños y perjuicios que el incumplimiento cause a la contraparte cumplida.

DÉCIMA PRIMERA.-TERMINACIÓN:

NOVENA.- CONFIDENCIALIDAD: "EL MUNICIPIO" proporcionará la informació necesaria para el óptimo desarrollo de los servicios a realizar por "E PRESTADOR", por lo que ambas partes se obligan a adoptar todos los medios

, sistemas de seguridad necesarios para preservar la confidencialidad de I I información y su acceso restringido, con el fin de que no sea susceptible de ro1,

manipulación o alteración alguna por parte de terceros. Las partes se oblig,an a tratar y ponderar la información recibida por su contrapa e como propia y a resguardarla con toda la diligencia y cuidado que ese carác r

· requiere, así como con la estricta observancia a las obligaciones que las leyes en la' materia establezcan, por lo que se prohíbe la divulgación de dicha información a cualquier persona ajena.

· Ínicos casos en los que la información no será considerada confidencial pa a fectos de este contrato son: (1) aquella legalmente del dominio público; ( 1)

��.a que el receptor adquirió legalmente por medio de un tercero autorizado pa a , co ocer y, en su caso, transmitir dicha información; (111) aquella cuya divulgació

a obligatoria en cumplimiento a una orden de autoridad judicial o administrativ petente.

En so de vencimiento o terminación anticipada del presente instrumento, a. --=�joo�- ,rarte s�, obligan a realizar lo n_ecesario par� h�cer entrega a _la otr�. toó( R �r lf'lform cion, documentos o material dE: cualquier tipo, que haya sido ut1hzadÜ-º·0c?.-5_4

cu; lquiera de las partes para el cumplimiento de las obligaciones de este coJJt\1}�u, . r ;. �H..,_ ,11-. ;fU u �rol

. DÉ MA.- DERECHOS DE PROPIEDAD.- Todo el contenido generado Yfpél 1éff "'-' AiJuEPt>.QUE

por" PRESTADOR" es exclusivo y propiedad de "EL MUNICIPIO". . . "----·

1

rURA :\QUEPAQUE

Page 5: TtAOUEPAOU E - Transparencia Tlaquepaque

:;;;:j;

: , ,;·'1 1 ·;. i,:

TLAQUEPAOUE e) En caso de que los bienes y/o servicios que se proporcionen no se ajusten a

las especificaciones establecidas en las bases de la Licitación y/o del contrato.

Las partes acuerdan, de conformidad a lo estipulado en el punto número 1 O diez (firma del contrato), de las bases de la licitación que "EL MUNICIPIO", queda facultado para rescindir unilateralmente el contrato, sin responsabilidad a su cargo debiendo notificar a "EL PRESTADOR" personalmente o por conducto de su representante legal, con una anticipación de 8 ocho días naturales previstos a la fecha de suspensión de la entrega de los bienes, en el caso de que se determine proceder a la rescisión.

DÉCIMA SEGUNDA.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de este Primer Partido Judicial con sede en la ciudad de Zapopan, Jalisco, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro.

Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes del contenido y alcances de todas y cada una de las cláusulas que en el mismo se precisan, lo firman en 6 seis tantos en el Municipio de San Pedro, Tlaquepaque, Jalisco a 16 dieciséis de febrero de 2018 d mil dieciocho.

L.

FIRMA POR1 "E[-PREST Al)"Oil"- : _______,,

Cuadro de Texto
Firma
Cuadro de Texto
Se suprimen los datos correspondientes a la firma, por ser información que hace identificable al ciudadano; lo anterior, en los términos señalados por los artículos 20 y 21 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados del Estado de Jalisco; y, el punto quincuagésimo octavo de los Lineamientos Generales para la Protección de la Información Confidencial y Reservada.