TRÁMITES ANTE EL IMSS - Entorno Corporativo · TRÁMITES ANTE EL IMSS El pasado 23 de octubre de...

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1 Newsletter Entorno TRÁMITES ANTE EL IMSS El pasado 23 de octubre de 2014, el IMSS dio a conocer mediante ACUERDO ACDO.SA2.HCT.270814/185.P.DPES dictado por el H. Consejo Técnico publicado en Diario Oficial de la Federación; los datos, documentos y forma- tos específicos que se deben proporcionar y presentar para la gestión de los trámites en materia de presta- ciones en dinero. en Materia de Prestaciones en Dinero

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Newsletter Entorno

TRÁMITES ANTE EL IMSS

El pasado 23 de octubre de 2014, el IMSS dio a conocer mediante ACUERDO ACDO.SA2.HCT.270814/185.P.DPES dictado por el H. Consejo Técnico publicado en Diario O�cial de la Federación; los datos, documentos y forma-tos especí�cos que se deben proporcionar y presentar para la gestión de los trámites en materia de presta-ciones en dinero.

en Materia de Prestaciones en Dinero

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Solicitud de Pensión de Invalidez

Solicitud de Pensión de Cesantía en Edad Avanzada o Vejez

Solicitud de Pensión de Viudez

Viuda esposa o concubina

Viudo esposo o concubinario

Solicitud de Pensión de Orfandad

Hijo menor de 16 años

Hijo mayor de 16 años y hasta 25 años estudiante

Hijo mayor de 16 años incapacitado

Solicitud de Pensión de Ascendientes

Solicitud de Pensión de Incapacidad Permanente

Solicitud de Pensión de Retiro

Solicitud de Pensión de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez

Solicitud de modi�cación de pensión por �niquito

Finiquito por contraer nuevas nupcias

Finiquito de hijo huérfano por cumplir supuestos de Ley

Solicitud de modi�cación de pensión por hechos que inciden en el

cálculo o en el monto del pago de la misma

Régimen de pensión previsto en la Ley del Seguro Social de 1973

Régimen de pensión previsto en la Ley del Seguro Social de 1997

Solicitud para el pago de mensualidades no cobradas o reclamo de

diferencias relativas a la pensión

Por el pensionado

Por terceros en caso de fallecimiento del pensionado

Solicitud para préstamo a cuenta de pensión del Régimen de la Ley

del Seguro Social 1973

Solicitud de ayuda para gastos de matrimonio

Solicitud de ayuda para gastos de funeral

Solicitud de celebración de convenio de pago indirecto y reembolso

de subsidios

12 días hábiles

12 días hábiles

12 días hábiles

12 días hábiles

12 días hábiles

12 días hábiles

12 días hábiles

12 días hábiles

12 días hábiles

22 días hábiles

45 días hábiles

12 días hábiles

El mismo dia en que se

presenta la solicitud

12 días hábiles

12 días hábiles

20 días hábiles

TRÁMITES PLAZO MÁXIMO DE RESOLUCIÓN

La vigencia del documento en cuestión iniciará a partir del 01 de enero de 2015, a continuación se presenta un extracto de los trámites y plazos máximos de resolu-ción.

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C.P. Oscar Hiram García FloresGerente de Seguridad Social y Contribuciones Estatales

O�cinas Corporativas: Av. Cuauhtémoc no. 1217 Col. Sta. Cruz Atoyac, Del. Benito Juárez, México, D.F., C.P. 03310 Tel. 4170 0380

Dentro de las reglas generales cabe resaltar las siguientes:

- Todos los documentos que presenten los solici-tantes deben ser legibles, no contener tachaduras ni enmendaduras y estar vigentes en los términos que se establezca para el trámite de que se trate.

- Si el solicitante se encuentra impedido física-mente para �rmar o estampar su huella digital en la solicitud del trámite, podrá designar a una persona para que �rme a su ruego. Invariablemente, también se requerirá identi�cación o�cial de la persona que �rma a ruego, la cual deberá ser mayor de edad.

- Los documentos originales que se solicitan en cada trámite, se devolverán al solicitante una vez que se haya cotejado con la copia simple que al efecto proporcione éste, salvo los que expresamente se indique que se quedarán en el expediente.

- Los trámites de solicitud de pensión podrán presentarse en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción de 8:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación.

Al conocer las características de cada trámite los dere-chohabientes tendrán la posibilidad de hacer un proceso más e�ciente ante las unidades del Instituto; y en caso de no ser atendido conforme al lineamiento, el recurso de queja podrá ser más efectivo.

Fuente de Consulta: Diario O�cial de la Federación publi-cado el 23 de octubre de 2014