triptico obligaciones
-
Upload
nadia-yiyi-seminario -
Category
Documents
-
view
219 -
download
2
Transcript of triptico obligaciones
Este puede ser un buen lugar para su mensaje de objetivos de empresa.
Puede usar este folleto de aspecto profesional tal como está o, si lo desea, puede personalizarlo fácilmente.
En la página siguiente hemos agregado varias sugerencias (como esta) que le ayudarán a comenzar. Para sustituir el texto de sugerencia por mensajes propios, basta con hacer clic y escribir.
(para sustituir un logotipo y usar uno propio, basta con hacer clic con el botón secundario y seleccionar Cambiar imagen)
[Dire
cció
n][C
iuda
d, c
ódig
o p
osta
l]
[Cor
reo
ele
ctró
nico
]T
el.
Fax
FACULTAD DE DERECHO
ESCUELA ACADÉMICA PROFESIONAL DE DERECHO
DERECHO CIVIL IV (OBLIGACIONES)
INTEGRANTES:
Guevara Chicoma, Miluska Mariel
Mendoza Gonzales, Junior
Rivera Bustamante, Jhonatan
Siesquén Ventura, Irene
Palomino Tarrillo, Araceli
Taboada Seminario, Nadia
¿Piensa que un documento con este aspecto es difícil de diseñar? Reconsidere su postura y piénselo bien.
• Hemos creado estilos que le
permitirán seleccionar el formato que se muestra en esta carta con un simple clic. Vaya a la galería Estilos que encontrará en la pestaña Inicio de la cinta de opciones.
• Compruebe lo fácil que es
personalizar el aspecto del documento con las galerías de Temas, Colores y Fuentes que encontrará en la pestaña Diseño de la cinta de opciones.
¿Tiene fuentes y colores propios de la marca de su empresa?
• ¡No hay problema! Estas galerías le
permiten agregar los suyos propios.
.El Dolo Aparece como un simple incumplimiento o mal cumplimiento de la obligación, causado, por una actitud consciente y deliberada del deudor.
Tradicionalmente el dolo esta caracterizado por los siguientes factores o elementos: a) La acción positiva de incumplir. b) El animus nocendi o la intención de causar daño. c) Conciencia de antijuridicidad en el actor de que obra contra el derecho o contra el deber.
La culpa
Culpa inexcusable:
Se reconoce en el artículo 1319 del codigo civil peruano
La culpa inexcusable es el grado más alto de la culpa. Es lo que se conoce también con el nombre de negligencia grave, y consiste en la omisión de algunos o algún deber de diligencia.
La culpa leve
Se reconoce en el artículo 1320 del codigo civil peruano
Tenemos a la culpa leve, la que se define como la omisión de aquella diligencia exigida por la naturaleza de la obligación y que corresponde a las circunstancias de las personas, del tiempo y del lugar.