TRIPTICO de PLAN de Manejo de Residuos Peligrosos

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¿Qué es el trámite de Plan de Manejo? Es un instrumento que tiene por objeto Minimizar la generación de los Residuos y Maximizar la valorización de los que se generan, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social. ¿Quiénes deben elaborarlo y presentarlo? Mediante el trámite SEEMARNAT-07-024. Registro de planes de manejo 1.- Productos que al desecharse se convierten en residuos peligrosos: Productores, Importadores, Distribuidores y exportadores de los siguientes productos que al desecharse se convierten en residuos peligrosos: Aceites lubricantes usados; Disolventes orgánicos usados; Convertidores catalíticos de vehículos automotores; Acumuladores de vehículos automotores conteniendo plomo; Baterías eléctricas a base de mercurio o de níquel-cadmio; Lámparas fluorescentes y de vapor de mercurio; Aditamentos que contengan mercurio, cadmio o plomo; Fármacos; Plaguicidas y sus envases que contengan remanentes de los mismos; Compuestos orgánicos persistentes como los bifenilos policlorados. 2.- Grandes Generadores de Residuos Peligrosos: Todos los grandes generadores de residuos peligrosos, tanto de los listados y de las mezclas de residuos peligrosos con otros, como de los contenidos en la NOM- 052-SEMARNAT-2005 3.- Condiciones particulares de manejo: Todos los generadores que incorporen condiciones particulares de manejo en el plan; una vez registradas, tendrán efectos de autorización. 4.- Adhesión o incorporación Cualquier generador de residuos peligrosos que previo acuerdo con la empresa que tiene registrado el Plan de Manejo desee incorporarse al mismo. 5.- Residuos de la industria minero-metalúrgica Todos los generadores de residuos provenientes del minado y tratamiento de minerales, así como los residuos generados en los procesos metalúrgicos que contempla el artículo 32 de Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, NOM-052-SEMARNAT-2005 y demás normas específicas. ¿Cuáles son los requisitos? Presentar formato de solicitud debidamente requisitado, acompañado de los documentos y anexos que corresponda: Identificación oficial y documento que acredite al representante legal. Documento que contenga el Plan de Manejo y su copia electrónica. Instrumentos celebrados para la implementación del Plan de Manejo. Instrumentos celebrados para la adhesión o incorporación al Plan de Manejo (aplica solo para el punto 4). Escrito mediante el cual el sujeto obligado acepta la incorporación (aplica solo para el punto 4). Escrito con la información de las modificaciones al Plan de Manejo (Aplica únicamente para el trámite de Modificación a los registros y autorizaciones de residuos peligrosos SEMARNAT 07-031-A. ¿Existe información adicional que debe conocer el usuario? Los contenidos de los Planes de Manejo deben considerar lo siguiente: Medios de difusión para que el consumidor devuelva los residuos a los proveedores o centros de acopio (solo para el punto 1). Mecanismos para el manejo y precauciones a seguir por el consumidor para la devolución de los residuos a los proveedores o centros de acopio (solo para el punto 1). La forma en que se realizará la prevención minimización, valorización o aprovechamiento de los residuos. Indicando metas u objetivos cuantificables de reducción para cada residuo. Los procedimientos para su almacenamiento, transporte, acopio y envío a reciclaje, tratamiento o disposición final que se prevén utilizar, incluyendo el nombre y copia de la autorización de las empresas prestadoras de servicios, verificando que sus autorizaciones estén vigentes y puedan recibir los residuos. Los mecanismos para que otros sujetos obligados puedan incorporarse al Plan de Manejo. Los mecanismos de evaluación y mejora del Plan de Manejo. ¿Dónde se presenta el trámite y cuál es la unidad responsable de dar respuesta? En el Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) de la Subsecretaria de Gestión para la Protección Ambiental (SGPA) en la Ciudad de México, y en las Delegaciones Federales de la SEMARNAT en las entidades federativas del país. La Unidad Administrativa responsable de resolver el trámite es la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas (DGGIMAR). ¿Cuáles son las claves de pago y los montos para realizar el trámite? SEMARNAT-07-024 400213 $ 560.55 Para el punto 2 SEMARNAT-07-024 No aplica Para los puntos 1, 3, 4 y 5 SEMARNAT-07-031-A No aplica

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Page 1: TRIPTICO de PLAN de Manejo de Residuos Peligrosos

¿Qué es el trámite de Plan de Manejo? Es un instrumento que tiene por objeto Minimizar la generación de los Residuos y Maximizar la valorización de los que se generan, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social.

¿Quiénes deben elaborarlo y presentarlo? Mediante el trámite SEEMARNAT-07-024. Registro

de planes de manejo

1.- Productos que al desecharse se convierten en residuos peligrosos:

Productores, Importadores, Distribuidores y exportadores de los siguientes productos que al desecharse se convierten en residuos peligrosos: Aceites lubricantes usados; Disolventes orgánicos usados; Convertidores catalíticos de vehículos automotores; Acumuladores de vehículos automotores conteniendo plomo; Baterías eléctricas a base de mercurio o de níquel-cadmio; Lámparas fluorescentes y de vapor de mercurio; Aditamentos que contengan mercurio, cadmio o plomo; Fármacos; Plaguicidas y sus envases que contengan remanentes de los mismos; Compuestos orgánicos persistentes como los bifenilos policlorados.

2.- Grandes Generadores de Residuos Peligrosos:

Todos los grandes generadores de residuos peligrosos, tanto de los listados y de las mezclas de residuos peligrosos con otros, como de los contenidos en la NOM-052-SEMARNAT-2005

3.- Condiciones particulares de manejo:

Todos los generadores que incorporen condiciones particulares de manejo en el plan; una vez registradas, tendrán efectos de autorización.

4.- Adhesión o incorporación

Cualquier generador de residuos peligrosos que previo acuerdo con la empresa que tiene registrado el Plan de Manejo desee incorporarse al mismo. 5.- Residuos de la industria minero-metalúrgica

Todos los generadores de residuos provenientes del minado y tratamiento de minerales, así como los residuos generados en los procesos metalúrgicos que contempla el artículo 32 de Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, NOM-052-SEMARNAT-2005 y demás normas específicas.

¿Cuáles son los requisitos? Presentar formato de solicitud debidamente requisitado, acompañado de los documentos y anexos que corresponda:

Identificación oficial y documento que acredite al representante legal.

Documento que contenga el Plan de Manejo y su copia electrónica.

Instrumentos celebrados para la implementación del Plan de Manejo.

Instrumentos celebrados para la adhesión o incorporación al Plan de Manejo (aplica solo para el punto 4).

Escrito mediante el cual el sujeto obligado acepta la incorporación (aplica solo para el punto 4).

Escrito con la información de las modificaciones al Plan de Manejo (Aplica únicamente para el trámite de Modificación a los registros y autorizaciones de residuos peligrosos SEMARNAT 07-031-A.

¿Existe información adicional que debe conocer el usuario?

Los contenidos de los Planes de Manejo deben considerar lo siguiente:

Medios de difusión para que el consumidor devuelva los residuos a los proveedores o centros de acopio (solo para el punto 1).

Mecanismos para el manejo y precauciones a seguir por el consumidor para la devolución de los

residuos a los proveedores o centros de acopio (solo para el punto 1).

La forma en que se realizará la prevención minimización, valorización o aprovechamiento de los residuos. Indicando metas u objetivos cuantificables de reducción para cada residuo.

Los procedimientos para su almacenamiento, transporte, acopio y envío a reciclaje, tratamiento o disposición final que se prevén utilizar, incluyendo el nombre y copia de la autorización de las empresas prestadoras de servicios, verificando que sus autorizaciones estén vigentes y puedan recibir los residuos.

Los mecanismos para que otros sujetos obligados puedan incorporarse al Plan de Manejo.

Los mecanismos de evaluación y mejora del Plan de Manejo.

¿Dónde se presenta el trámite y cuál es la unidad responsable de dar respuesta?

En el Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) de la Subsecretaria de Gestión para la Protección Ambiental (SGPA) en la Ciudad de México, y en las Delegaciones Federales de la SEMARNAT en las entidades federativas del país.

La Unidad Administrativa responsable de resolver el trámite es la Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas (DGGIMAR).

¿Cuáles son las claves de pago y los montos para

realizar el trámite?

SEMARNAT-07-024 400213 $ 560.55 Para el punto 2

SEMARNAT-07-024 No aplica Para los puntos 1, 3, 4 y 5

SEMARNAT-07-031-A No aplica

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¿Cuáles son los plazos de respuesta?

SEMARNAT-07-024 Punto 1

*Se registra en el momento de presentación. Es de resolución inmediata.

Punto 2 45 días hábiles.

Punto 3 30 días hábiles.

Punto 4 3 meses.

Punto 5 45 días hábiles.

SEMARNAT-07-031 3 meses

*Solamente si la dependencia cuenta con el sistema

electrónico correspondiente. De lo contrario el tiempo de respuesta será de 45 días hábiles. En caso de aplicar formas de manejo contrarias a la legislación, el Plan de Manejo no deberá aplicarse.

Para mayor Información dirigirse a:

Espacio de Contacto Ciudadano (ECC) de la SEMARNAT ubicado en Av. Revolución No. 1425, Col. Tlacopac,

Delegación Álvaro Obregón, C. P. 01040. El ingreso al ECC es por la parte posterior del edificio (calle

José de Teresa).

Teléfonos

En el D.F. y Área Metropolitana 56 24 35 51 y 56 24 34 95

Conmutador

5624 3300 ext. 6007

Interior de la república 01 800 0000 247

Correos electrónicos

[email protected] [email protected]

Instrucciones de acceso a los trámites de Registro de Plan de Manejo de

Residuos Peligrosos y su Modificación

En el portal de la SEMARNAT

www.semarnat.gob.mx,

Dirigirse a la opción en el centro de la página: “Trámites y Servicios”

Elegir el submenú: “Requisitos”

En el recuadro derecho:

Elegir el submenú: “Residuos Peligrosos” Seleccionar la opción:

“Registros”

Identificar en el centro y escoger el título: [SEMARNAT-07-024] - Registro plan de manejo

Pare el caso de la Modificación del Registro del

Plan de Manejo

Elegir el submenú: “Residuos Peligrosos” Seleccionar la opción:

“Modificaciones”

Identificar en el centro y escoger el título: [SEMARNAT-07-031] - Modificación a registros

o autorizaciones

Los archivos se pueden abrir o guardar en su computadora.

Registro de Plan de Manejo de

Residuos Peligrosos y su Modificación

COFEMER:

SEMARNAT-07-024 Y

SEMARNAT-07-031-A