Tributacion de empresas por clasificacion en el Peru

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L Constitución y formalización de una empresa MODULO 02 CICLO 01 BANCA Y FINANZAS ADMINISTRACION GENERAL INSTITUTO SISE SJM AULA 203 «El cuello de botella es cualquier recurso cuya capacidad es menor que la demandada. Los cuellos de botella detienen todo ritmo de producción- TEORIA DE LAS RESTRICCIONES» Alumno: -Bryan Saavedra Paredes -Mirabal Rojas Lucia Milagros -Quinton Dolores Verónica -Max Brayan Lapa Puma -Cañabí Sánchez Katty -Yeferson Peve Flores Tema: Trabajo de investigación Grupo: “Proyecto en mente” Fecha de plazo del trabajo: 29/05/14 a 03/07/14 Objetivo: “Dar a conocer la información necesaria para

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Constitucion y formalizacion toda la info necesaria

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L

Constitución y formalización de una empresa

MODULO 02

CICLO 01

BANCA Y FINANZAS

ADMINISTRACION GENERAL

INSTITUTO SISE SJM

AULA 203

«El cuello de botella es cualquier recurso cuya capacidad es menor que la demandada. Los cuellos de botella detienen todo ritmo de producción-TEORIA DE LAS RESTRICCIONES»

Alumno: -Bryan Saavedra Paredes

-Mirabal Rojas Lucia Milagros

-Quinton Dolores Verónica

-Max Brayan Lapa Puma

-Cañabí Sánchez Katty

-Yeferson Peve Flores

Tema: Trabajo de investigación

Grupo: “Proyecto en mente”

Fecha de plazo del trabajo: 29/05/14 a 03/07/14

Objetivo: “Dar a conocer la información necesaria para formalizar y constituir una empresa en el Perú complementado con procesos y tramites”

Evaluador: Lic. Eduardo Martin Portal Rueda

Año: 2014 “Año de la promoción de la industria responsable y del compromiso climático”

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Para poder iniciar una empresa se recomienda la asesoría, ya que de esta constitución depende el futuro de una empresa.

1.1. Elaborar la Minuta de Constitución(es opcional reservar el nombre).

1.2. Escritura Pública.

1.3. Inscripción en los Registros Públicos.

1.4. Tramitar el REGISTRO ÚNICO DEL CONTRIBUYENTES (RUC) en la SUNAT. (Incluye selección de régimen tributario y solicitud de emisión de tickets, boletas y/o facturas.

1.5. Inscribir a los trabajadores en ESSALUD.

1.6. Solicitar permiso, autorización o registro especial ante el ministerio respectivo en caso lo requiera su actividad económica.

1.7. Obtener la autorización del Libro de Planillas ante el MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO.

1.8. Tramitar la licencia municipal de funcionamiento ante el municipio donde estará ubicado tu negocio

1.9. Legalizar los libros contables ante notario público. (Dependiendo del tipo de régimen tributario).

Una empresa puede estar constituida legalmente como Persona Natural o Persona Jurídica. Por lo que una decisión que debemos tomar al momento de constituir legalmente nuestra empresa es la de elegir si la constituiremos bajo la forma de Persona Natural o bajo la forma de Persona Jurídica. Veamos a continuación la definición de cada una de estas personerías, sus diferencias, y las ventajas y desventajas que presenta cada una de ellas:

2.1. Persona Natural

Persona Natural es una persona humana que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal.

Proyecto en mente 01

1) Constitución y formalización de una empresa en el Perú

2) Tipos de empresas en el Perú

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Al constituir una empresa como Persona Natural, la persona asume a título personal todas obligaciones de la empresa. Lo que implica que la persona asume la responsabilidad y garantiza con todo el patrimonio que posea (los bienes que estén a su nombre), las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa. Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, la persona deberá hacerse responsable por ella a título personal y, en caso de no pagarla, sus bienes personales podrían ser embargados.

2.1.1Ventajas Persona Natural

-la constitución de la empresa es sencilla y rápida, no presenta mayores trámites, la documentación requerida es mínima.

-la constitución de la empresa no requiere de mucha inversión, no hay necesidad de hacer mayores pagos legales.

-no se les exige llevar y presentar tantos documentos contables.

-si la empresa no obtiene los resultados esperados, el giro del negocio puede ser replanteado sin ningún inconveniente.

-las empresas constituidas bajo la forma de persona natural pueden ser liquidadas o vendidas fácilmente.

-la propiedad, el control y la administración recae en una sola persona.

-se puede ampliar o reducir el patrimonio de la empresa sin ninguna restricción.

-pueden acogerse a regímenes más favorables para el pago de impuestos.

2.1.2. Desventajas Persona Natural

-tiene responsabilidad ilimitada, es decir, el dueño asume de forma ilimitada toda la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, lo que significa que deberá garantizar dichas deudas u obligaciones con su patrimonio o bienes personales.

-capital limitado solo a lo que pueda aportar el dueño.

-presenta menos posibilidades de acceder a créditos financieros (los bancos o entidades financieras suelen mostrar poca disposición a conceder préstamos a Personas Naturales).

-falta de continuidad en caso de incapacidad del dueño.

2.2. Persona Jurídica

Persona Jurídica es una empresa que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de ésta. Al constituir una empresa como Persona Jurídica, es la empresa (y no el dueño) quien asume todas las obligaciones de ésta. Lo que implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, están garantizadas y se limitan solo a los bienes que pueda tener la empresa a su nombre (tanto capital como patrimonio).

Proyecto en mente 02

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Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, ésta se pagará solo con los bienes que pueda tener la empresa a su nombre, sin poder obligar al dueño o a los dueños a tener que hacerse responsable por ella con sus bienes personales.

2.2.1. Ventajas Persona Jurídica

-tiene responsabilidad limitada, es decir, el dueño o los dueños de la empresa asumen solo de forma limitada la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, las cuales solo se garantizan con los bienes, capital o patrimonio que pueda tener la empresa.

-mayor disponibilidad de capital, ya que éste pude ser aportado por varios socios.

-mayores posibilidades de acceder a créditos financieros (los bancos o entidades financieras suelen mostrar mayor disposición a conceder préstamos a Personas Jurídicas antes que a Personas Naturales).

-posibilidad de acceder a concursos públicos sin mayores restricciones.

-el propietario y los socios trabajadores de la empresa pueden acceder a beneficios sociales y seguros.

2.2.2. Desventajas Persona Jurídica

-mayor dificultad al momento de constituirla, presenta una mayor cantidad de trámites y requisitos.

-requiere de una mayor inversión para su constitución.

-se les exige llevar y presentar una mayor cantidad de documentos contables.

-la propiedad, el control y la administración pueden recaer en varias personas (socios).

-presenta una mayor cantidad de restricciones al momento de querer ampliar o reducir el patrimonio de la empresa.

-presenta una mayor dificultad para liquidarse o disolverse.

Tipos de empresa que se pueden constituir como Persona Natural

3.1.Al constituir una empresa como Persona Natural, el único tipo de empresa que podemos optar es el de una Empresa Unipersonal.

3.1.1.Empresa Unipersonal

En este caso el propietario de la empresa asume la capacidad legal del negocio, es decir, asume las obligaciones a título personal y de forma ilimitada.

Proyecto en mente 03

3) Tipos de sociedades

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Lo cual implica que asume la responsabilidad de las deudas u obligaciones que la empresa pueda contraer, y las garantiza con el patrimonio o los bienes personales que posea.Una Empresa Unipersonal tiene un solo propietario o dueño denominado micro empresario, el cual es responsable del manejo de la empresa. Ejemplos de Empresas Unipersonales se dan en el caso de las farmacias, bodegas, restaurantes, etc.

3.2.Tipos de empresa que se pueden constituir como Persona Jurídica

Al constituir una empresa como Persona Jurídica, los tipos de empresa que podemos elegir son:

3.2.1.Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L)

En este acaso la empresa cuenta también con un solo propietario o dueño, denominado titular, pero a diferencia de lo que sucede en una Empresa Unipersonal, las obligaciones se limitan al patrimonio de la empresa.Funciona bajo una razón social y/o denominación. Después de la razón social se deben constar las siglas E.I.R.L; por ejemplo, “Joyería el Diamante E.I.R.L”.Los órganos de mando son el Titular (propietario o dueño), que sería el órgano máximo de la empresa, y la Gerencia (órgano encargado de la administración y representación de la empresa) que puede estar conformado por el Titular mismo u otra persona.

3.2.2.Sociedad Colectiva (S.C)

Empresa asociativa constituida por más de un socio, los cuales están comprometidos a participar en la gestión de la empresa con los mismos derechos y obligaciones. Obligaciones que solo se limitan al aporte de capital que hayan realizado.Generalmente está conformada por grupos homogéneos unidos por intereses comunes. Existe en ella una relación familiar y de confianza.Funciona bajo una razón social, no tiene denominación. La razón social puede estar conformada por los nombres de todos o solo de algunos de los socios. En ambos casos, añadiendo las siglas S.C; por ejemplo, Arias y Villa S.C.El capital está conformado por participaciones sociales, no tiene acciones.El órgano de mando está compuesto solo por la Junta General de Socios, no tiene Directorio ni Gerencia. Todos los socios administran y representan la sociedad.

3.2.3.Sociedad Comanditaria o En comandita (S en C)

Empresa conformada por más de un socio en donde, igualmente, las obligaciones solo se limitan al patrimonio con que cuente la empresa.Funciona bajo una razón social, no tiene denominación.El capital está conformado por participaciones sociales o por acciones (Sociedad Comanditaria por acciones).El órgano de mando está compuesto solo por la Junta General de Socios, no tiene Directorio ni Gerencia. Los socios comanditos administran y representan la sociedad.

3.2.4.Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L)

Empresa constituida por un mínimo de 2 y un máximo de 20 socios en donde, igualmente, las obligaciones se limitan al capital aportado.Funciona bajo una razón social y/o denominación. Después del nombre deben seguir las siglas S.R.L; por ejemplo, “Restaurante el Taco S.R.L”.El capital está representado por participaciones (no tiene acciones) iguales, acumulables e indivisibles, las que no pueden ser incorporadas en títulos ni en valores.Los órganos de mando están compuestos por la Junta General y la Gerencia, no tiene Directorio. La administración y representación está a cargo de uno o más gerentes, pudiendo ser socios o no. Proyecto en mente 04

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3.2.5.Sociedad Anónima (S.A)

Se le denomina anónima no porque se desconozca quién es el titular o propietario de las acciones, sino porque como las acciones son negociables y transferibles, éstas pueden ser endosables o negociables una y otra vez.Está conformada por un mínimo de 2 socios, no tiene un número máximo de socios.Funciona bajo una razón social y/o denominación, seguido de las siglas S.A.El capital está conformado por acciones, no por participaciones sociales.Los órganos de mando están compuestos por la Junta General, el Directorio y la Gerencia. El presidente del Directorio es el representante legal, y la Gerencia General se encarga de la administración.

3.2.6.Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C)

Está constituida por un mínimo de 2 y un máximo de 20 socios.Funciona bajo una razón social y/o denominación, seguido de las siglas S.A.C.El capital está conformado por acciones, no por participaciones sociales.Los órganos de mando están compuestos por la Junta General, el Directorio (en este caso es opcional), y la Gerencia. El presidente del Directorio es el representante legal, y la Gerencia General se encarga de la administración.

4.1.Búsqueda y reserva del nombre de la empresa en los Registros Públicos

Debemos primero acudir a la Oficina de Registros Públicos, y verificar que no exista en el mercado un nombre (razón social) igual o similar al que le queremos poner a nuestra empresa. Al buscar los nombres existentes, debemos asegurarnos de que éstos no se parezcan ni suenen igual al que vamos a usar, debe haber un mínimo de 3 letras diferentes. Una vez realizada la búsqueda y confirmado de que no existen nombres iguales o similares al que vamos a usar, debemos reservar nuestra razón social para que otra empresa no pueda inscribirse con ese nombre, siendo efectiva la reserva por un plazo de 30 días.

4.2. MINUTA DE CONSTITUCION

Es el documento privado y firmado por un abogado, que contiene el Acto o contrato( constitución de la empresa)que debo presentar ante un notario para su elevación a escritura publica. En este documento se tiene que detallar el tipo de empresa que se ha decidido constituir los datos de los socios de la misma los estatutos (los que plantean las pautas direccionales así como sanciones Responsabilidades cargos direccionales,etc.

4.3.ESCRITURA PUBLICA

Es todo documento matriz incorporado al protocolo notarial, autorizado por el notario. Sirve para darle formalidad a la minuta y, posteriormente presentarla en Registros Públicos para su inscripción.La escritura pública es el documento en el que se hace constar un determinado hecho o derecho, contiene una o más declaraciones de las personas intervinientes, es autorizado por un fedatario público (Notario), que da fe sobre la capacidad jurídica de los otorgantes, el contenido del mismo y la fecha en que se realizó.

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4) Pasos de constitución

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En resumen sirve para darle formalidad a la minuta o acto constitutivo y, posteriormente presentarla en Registros Públicos.

4.4.REGISTRO PUBLICOS

Una vez que obtenga mi escritura pública de constitución, el notario o el titular o los socios tendrán que realizar la inscripción de la empresa en la Oficina Registral competente en el Registro de Personas Jurídicas de la SUNARP. La Persona Jurídica existe a partir de este paso, es decir, a partir de su inscripción en los Registros Públicos. A partir de los pasos siguientes empieza su registro de las persona juridicas que también son incluidas para las persona jurídicas.

4.5. INSCRIPCION EN LA SUNAT

Debo inscribirme en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la SUNAT. En donde , me identifican como contribuyente otorgándome de manera inmediata un numero de RUC.

Proceso:

PRIMER PASO: Obtener el Registro único de Contribuyentes en el Registro único de contribuyentes.

SEGUNDO PASO: Elegir un Régimen Tributario.

TERCER PASO: Solicitar autorización para impresión de comprobantes de pago:La SUNAT le brindara una clave Sol donde podra via Red pagar y presentar sus declaraciones ,solicitar autorización de impresión de comprobantes de pago a través de imprentas conectadas a este sistema, entre otros.

4.6.AUTORIZACION DE PLANILLA DE PAGO

Toda empresa que tenga uno o más trabajadores deberá registrar las planillas de pago. Las planillas de pago son un registro contable que brindan elementos que permiten demostrar, de manera transparente, ante la autoridad competente, la relación laboral del trabajador con la empresa, su remuneración y los demás beneficios que se le pagan. Se deben conservar las planillas de pago, el duplicado de las boletas y las constancias correspondientes, hasta cinco años después de efectuado el pago. Estos registros pueden ser llevados de forma física (libros u hojas sueltas) o de forma virtual.

4.7.INSCRIPCION DE TUS TRABAJDORES EN ESSALUD

Al contratar trabajadores tienes obligación de pagar el seguro a ESSALUD equivale a 9% de su sueldo. Deberá registrar a sus trabajadores en ESSALUD para que estos puedan recibir prestaciones de prevención, promoción y recuperación de la salud. El pago de la contribución y la declaración de trabajadores se efectúa en las entidades bancarias, conforme a la fecha de vencimiento establecida por la SUNAT.

4.8.TRAMITES ESPECIALES

Los permisos, autorizaciones y/o registros especiales se solicitan a los Ministerios y/ooficinas descentralizadas en las regiones según el giro y/o rubro del negocio, permiten certificar que se

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cumple con las normas de salud, de seguridad, de infraestructura, etc. Permiten que pueda operar el negocio garantizando sobre todo no poner en riesgo la vida humana.

Como por ejemplo:

MINEDU: Academias, centros educativos, CEOS

Dirección General de Salud Ambiental - DIGESA: Registro sanitario de alimentos, juguetes y útiles de escritorio, empresas comercializadoras de residuos sólidos;

Ministerio de Agricultura - MINAG: Empresas de procesamiento de flora y fauna silvestre, beneficios de ganado y aves.

4.9.LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO

La Licencia Municipal de Funcionamiento es una autorización que otorga una municipalidad distrital y/o provincial para el desarrollo de actividades económicas (comerciales, industriales o de prestación de servicios profesionales) en su jurisdicción, ya sea como persona natural o jurídica, entes colectivos, nacionales o extranjeras.Sólo permitirá la realización de actividades económicas, legalmente permitidas, conforme a la planificación urbana y bajo condiciones de seguridad.Permite acreditar la formalidad de su negocio, ante entidades públicas y privadas, favoreciendo su acceso al mercado.Garantiza el libre desarrollo de la actividad económica autorizada por la municipalidad

4.10. LEGALIZACION DE LOS LIBROS CONTABLES

En el caso que estés inscrito en el REGIMETN ESPECIAL O REGIMEN GENERAL del impuesto a la renta será necesario la compra y legalización de libros contables antes del inicio de tus actividades económicas. La legalización es la constancia, puesta por un notario, en la primera hoja útil del libro contable. Si uso registros por medio computarizado, esta constancia debe estar en la primera hoja suelta. Los libros contables (libros u hojas sueltas) puedo adquirirlos en cualquier librería y, para que tengan validez, deben ser legalizados por un notario público o un juez de paz letrado. A excepción del Libro de Planillas físico, que deberá ser autorizado por el Ministerio de Trabajo.

5.1. MINUTA

Es el documento privado, elaborado y firmado por un abogado, que contiene la declaración de voluntad de constituir la empresa. En este documento se tiene que detallar el tipo de modalidad empresarial que ha decidido constituir, los datos de los socios/accionistas de la misma, los estatutos (los que plantean las pautas direccionales así como sanciones, responsabilidades, cargos direccionales, etc.).

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5.2. REQUISITOS

5.2.1. La Reserva del nombre en la SUNARP. 5.2.2. Búsqueda de los índices.

5.2.3. Solicitar la Reserva del Nombre de la persona jurídica a constituir. 5.2.4. Documentos Personales.

5.2.5. Descripción de la Actividad Económica. 5.2.6. Capital de la Empresa. 5.2.7. Bienes Dinerarios.

5.2.8. Bienes no Dinerarios.

5.2. Notaria

En el proceso de constitución de nuestras empresas después de haber elaborado MINUTA nos dirigimos ante un NOTARIO para que este lo convierta en ESCRITURA PUBLICA. Podemos ir a cualquier NOTARIA cercana para que revisen si está completa nuestra MINUTA y en especial verificar que los socios o la persona individual confirme la constitución, que todos estén dispuesto a iniciar un negocio o empresa. Cabe resaltar que como persona jurídica tundras que pagar un importe por los trámites de persona JURIDICA.El NOTARIO al darle el visto bueno, el mismo, el titular o los socios deben ir a inscribirlo a la SUNARP para que registrado como persona jurídica.

6.1. RUS

Es el primer régimen donde se encuentran las personas o negocios de menor movimiento económico establecido dentro de los rangos establecidos por la SUNAT. Si nuestros ingresos son hasta 5000 tributamos el importe de 20 nuevos soles. Pueden acogerse a este Régimen: Personas Naturales y Sucesiones Indivisas que contemplen lo siguiente:

-Los Ingresos Brutos y el monto de las compras no sean mayor a S/ 360,000

-El valor de los activos fijos no sean mayor a S/ 70,000

-Deben realizar actividades en un solo establecimiento o sede productiva.

Tipo de Comprobantes a emitir:

-Boletas de Venta.

-Tickets

-Máquinas registradoras sin derecho al crédito fiscal.

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6) SUNAT: Régimen de constitución

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6.2. RER

El RER es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría.

Libros y Registros Contables: Registro de Compras y Registro de Ventas.

Tipo de Comprobantes que pueden emitir: Facturas, Boletas de venta y Tickets emitidos por máquinas registradoras que dan derecho al crédito fiscal.

Tributos Afectos al RER

I.G.V.: 18 % del valor de venta, con deducción del crédito fiscal.

Impuesto a la Renta: 1.5% de sus ingresos netos mensuales. El pago de esta cuota mensual es de carácter cancelatorio.

6.3. REGIMEN GENERAL DEL MPUESTO A LA RENTA

Es régimen con un impuesto que grava las utilidades: diferencia entre ingresos y gastos aceptados y es fuente generadora de renta: Capital y Trabajo

Comprobantes de Pago y otros Documentos que pueden emitir: Facturas, Boletas de venta, Tickets, Liquidación de compra,Notas de crédito, Notas de débito, Guías de remisión remitente Y Guías de remisión transportista.

Tributos Afectos

I.G.V.: 18 % del valor de venta, con deducción del crédito fiscal.Impuesto a la Renta: 30% sobre la renta neta.

7.1. PDT

El Programa de Declaración Telemática, es un medio informático desarrollado por la (SUNAT), el cual brinda mayor seguridad y facilita la elaboración de las declaraciones, así como el registro de información requerida. Asimismo, facilita la comunicación con la Administración Tributaria a través del uso de la tecnología informática. Es opcional para la empresa.

7.1.1. Declaraciones Determinativas:

Se determina la base imponible y, en su caso, la deuda tributaria a su cargo, de los tributos que administre la SUNAT o cuya recaudación se le encargue.

7.1.2. Declaraciones Informativas:

Son aquellas en las que el Declarante informa sus operaciones o las de terceros a solicitud de la Administración Tributaria y en las cuales no se determina ninguna deuda.

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7) PDT-CONCAR-SISCONT

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7.1.3. Contenido del PDT:

- Impuestos: IGV/Renta Mensual, Impuesto a las Transacciones Financieras, Impuesto Extraordinario para la Promoción y el Desarrollo Turístico Nacional, Impuesto Selectivo al Consumo, Casino y Máquinas. Trabajadores Independientes-Renta de 4ta Categoría. Impuesto Temporal a los Activos Netos.

- ESSALUD y ONP: Remuneraciones y Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.

- Retenciones y Percepciones

- Renta Anual: Tercera Categoría y de Persona Natural.

- Aplazamiento y/o Fraccionamiento de deuda.

- Regalías Mineras

7.2. CONCAR

El Software Contable CONCAR es una herramienta imprescindible en el sector empresarial por su versatilidad y flexibilidad en el registro y control de operaciones contables, financieras y económicas, generando la información de los estados financieros de forma diaria, semanal, quincenal, mensual o anual, para que la gerencia en coordinación con el área contable adopte nuevas decisiones

Está dirigido a empresas de todo giro de negocio. Principalmente sirve agilizar y simplificar el trabajo contable permitiendo obtener información gerencial, analítica, operativa y tributaria en tiempo real. Siendo lo más demandado CONCAR su costo de adquisición es un promedio de 300 a 3100.

7.3. SISCONT

Es un sistema integral para el área contable y financiera, SISCONT es un software de Contabilidad y Finanzas, doble moneda, con Gestión de Tesorería, Gestión de Caja Chica, Gestión de Créditos y Cobranzas. Con SISCONT todos los procesos son ejecutados en línea. Con SISCONT se puede llevar la contabilidad de tantas empresas como acorde a la capacidad que tenga su disco duro.

SISCONT permite la emisión de los principales reportes solicitados por las entidades auditoras, fiscalizadoras y financieras tales como los libros oficiales, registro de compras, ventas, retenciones y Estados Financieros, entre otros automáticamente. Además calcula las utilidades y pérdidas de las empresas con la que actualiza los estados financieros. Según la clase costea su precio entre 300 3542.

8.1. El RUC

Es el registro informático a cargo de la SUNAT donde se encuentran inscritos los contribuyentes de todo el país, así como otros obligados a inscribirse en él por mandato legal.

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8) RUC Y RUS

Page 12: Tributacion de empresas por clasificacion en el Peru

Contiene información como el nombre, denominación o razón social, el domicilio fiscal, la actividad económica principal y las secundarias de cada contribuyente. Asimismo recoge la relación de tributos afectos, teléfonos, la fecha de inicio de actividades y los responsables del cumplimiento de obligaciones tributarias. La información debe ser actualizada por los contribuyentes, cada vez que varíen sus datos, por ejemplo el domicilio fiscal, el tipo de actividad económica, a los representantes legales, También puede ser actualizada de oficio por la misma SUNAT.

Cada contribuyente es identificado con un número de 11 dígitos denominado número RUC. Este número es de carácter único y permanente. Este número debe utilizarse en todo trámite que se realiza ante la SUNAT.

8.2. El RUS

El Régimen Único Simplificado cumple facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los pequeños, contribuyentes además de propiciar que los pequeños contribuyentes aporten al fisco de acuerdo con su capacidad contributiva.

Se puede asociar a este régimen:

-Las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el país.

-Las personas naturales no Profesionales

- E.I.R.L. decretado en 2/07/13

Cabe definir que este régimen solo te obliga a rendir un monto mensual a la SUNAT que varia acorde a los ingresos. El RUS aclara que el cliente siempre serán consumidores finales y que emitirás boletas de ventas y tickets.

Es el conjunto de procedimientos y acciones que realiza el Órgano Ejecutante con el apoyo de los Inspectores Técnicos de Seguridad acreditados por el INDECI, con la finalidad de evaluar las condiciones de seguridad en materia de Defensa Civil que presentan las instalaciones de todo tipo en los que resida, trabaje o concurra público, a efecto de reducir los riesgos ante desastres que pudieran presentarse. Se debe contar con una Inspección Técnica de Seguridad de Defensa Civil, en caso de un evento en cualquier infraestructura o local de acuerdo al marco legal de las municipalidades.

PASO Nº1: Acondicionar, señalar la empresa con las condiciones básicas de seguridad que solicita Defensa Civil como:

A)Señalización de Seguridad: Debe ser colocada a una altura de 1.80mts sobre el nivel del piso

-Rutas de evacuación-Zona de seguridad-Extintor de incendios-Riesgo eléctrico

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9) Licencia de funcionamiento de defensa civil

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Es la autorización que otorgan las municipalidades para el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado, a favor del titular de las mismas. Cabe resaltar que el costo por licencia varía según la zona de tu negocio.

10.1. Existen dos licencias:

10.1.1. TEMPORAL: De un año, se adquiere por posible cambio de dirección o riesgo de baja demanda. Su pago es menor a la definitiva.

10.1.2. DEFINITIVA: Son de tiempo indeterminado y de carácter “para siempre” como en el caso de panaderías.

PROCESO: plazo 10 días

Determinar el tipo de Licencia de Funcionamiento que necesita de acuerdo a la actividad comercial a realizar solicitando información en Atención al Contribuyente de la Gerencia de Administración Tributaria. Solicitar y llenar el formato de Declaración Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad u obtener el Certificado de Defensa Civil según corresponda. Presentar la Solicitud de Licencia de Funcionamiento debidamente llenada adjuntado los requisitos establecidos en el TUPA del distrito en ventanilla de Trámite Documentario.

Los libros que obligatoriamente se debe legalizar por todo empresario son:

-El libro de inventario y cuentas anuales.

-El libro diario.

-El libro de actas.

-El libro registro de socios.

-El libro registro de acciones nominativas.

-El libro registro de la sociedad.

Cabe resaltar que se utilizaran acorde al régimen constituido. Su adquisición se puede dar en cualquier librería para luego ser autorizado su uso (firmado y sellado) por un notario.

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10) Licencia de funcionamiento

municipal

11) Libros legalizados

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12.1 La marca

Una marca es una identificación comercial con la que se ofrece un producto o servicio en el mercado. Una marca registrada da el uso exclusivo de ese nombre, permitiendo a su dueño:

•Otorgar licencias, franquicias y obtener regalías.

•Diferenciarse de la competencia.

•Protegerse frente a terceros que estén usando un nombre igual o similar, ejerciendo las acciones legales que correspondan.

•Proteger el nombre de Dominio en Internet

•Impedir que otros intenten registra una marca similar a la suya.

•Tener prioridad frente a terceros que quieran registrar su marca, en países en los cuales

usted no la tiene registrada.

12.2. El patente

Una patente es un derecho exclusivo concedido a una invención, que es el producto o proceso que ofrece una nueva manera de hacer algo, o una nueva solución técnica a un problema. Es importante registrar una patente porque brinda protección a los adelantos tecnológicos. Si usted es el titular de una patente, sólo usted podrá explotar comercialmente la invención. La protección por patente es una recompensa a la creación o perfeccionamiento de una invención. Las patentes sirven de estímulo a la creatividad y alientan a las empresas e individuos a seguir desarrollando la nueva tecnología para poder comercializarla. Las marcas y las patentes se legalizan ante la INDECOPI

13.1. Requisitos

-Copia del Documento de Identidad de los solicitantes.

-Última declaración Juradas Anuales solo para los clientes que se encuentren en el Régimen General.

COMPAÑIA DE SEGUROS -02

12) Marcas y Patentes

13) Obtención de financiamiento bancario

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-Copia de último recibo de servicios (luz, agua) del domicilio del solicitante o titular de la empresa (vigencia de 60 días). Para el caso de teléfono no es necesario presentar recibo, basta con adjuntar impresión de página web de Telefónica. No requiere estar cancelado.

-Licencia de funcionamiento para negocios dedicados al expendio y comercialización de combustible y los dedicados a elaborar o comercializar medicamentos y productos o insumos alimenticios y centros educativos.

-Adicional a la firma de contrato de préstamos o mutuo, firma de pagaré a la vista como respaldo de sus obligaciones. Para el caso de Personas Jurídicas, el representante legal de la empresa debe acreditar poderes para préstamos o mutuos o créditos en general.

-Para montos superiores a US$30M se requerirá documentación adicional para efectos de la constitución de la garantía hipotecaria.

13.2. FINANCIAMIENTO BANCARIO

Pueden solicitar el crédito las Personas Naturales de Negocio y Personas Jurídicas.

El negocio debe tener una antigüedad no menor a 6 meses.

El negocio debe generar ventas reales mayores o iguales a S/. 24 mil anuales, lo que será determinado en la evaluación crediticia.

El solicitante o titular del negocio debe tener entre 25 y 70 años de edad.

-Rubro: Matizados y pinturas -Dirección: Parque Industrial

-Nombre comercial: "EL NARIZON” - Dueño: Jaime Solís

-Edad: 46

-Empresa: Persona natural

-Negocio: Unipersonal

-Régimen: RUS (Régimen Único Simplificado)

-Colaboradores: Contador

-Libros: Registro de ventas y compras

-Comprobantes de pago: Boleta de ventas

-Tiempo de formalización: 10 días

-Tiempo en el mercado: 5 años

-Tributo: Monto acorde a sus ingresos (Mensual)

-Capital: 10000

COMPAÑIA DE SEGUROS -02 Mas informacion en powerpoint

14) Investigación de empresa