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Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana CAFTA-DR VERSIÓN AMIGABLE Fundación Internacional para el Desafío Económico Global (FIDEG)

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Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica,Estados Unidos y República Dominicana

CAFTA-DRV E R S I Ó N A M I G A B L E

Fundación Internacional para el Desafío Económico Global (FIDEG)

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Fundación Internacional para el Desafío Económico Global(FIDEG)

Adela Delgado CIsolda Espinosa G

Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica,Estados Unidos y República Dominicana

CAFTA-DRV E R S I Ó N A M I G A B L E

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2 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Con el apoyo de:Forum Syd

Agenda Económica de las Mujeres

Edición:Irene Agudelo

Ruth Largaespada

Fotografías:Oscár Navarrete

Diseño y diagramación:Lluiman Morazán

Impresión:Copy Express, S.A.

N

382.9

E 77 Espinosa, Isolda

Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica,

Estados Unidos y República Dominicana. CAFTA-DR

versión amigable / Isolda Espinosa, Adela

Delgado. -- 1a ed. -- Managua : FIDEG, 2008.

112 p.

ISBN : 978-99924-0-717-2

1. AMERICA CENTRAL-TRATADOS COMERCIALES

2. ESTADOS UNIDOS-TRATADOS COMERCIALES

3. REPUBLICA DOMINICANA-TRATADOS

COMERCIALES 4. LIBRE COMERCIO

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3Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Agradecimientos 5

Presentación 7

Introducción 9

Capítulo 1 ¿Qué es la Organización Mundial de Comercio? 11

Capítulo 2 ¿Cuál es la política comercial de Nicaragua? 21

Capítulo 3 ¿Qué es el CAFTA-DR? 31

Capítulo 4 El acceso a mercado. Venta y compra de productos 39

Capítulo 5 La desgravación 45

Capítulo 6 Las medidas de salvaguardia 53

Capítulo 7 Medidas sanitarias y fi tosanitarias (MSF) 59

Capítulo 8 La entrada al mercado de productos primarios o productos agropecuarios y derivados 69

Capítulo 9Reglas de origen ¿en qué consisten? 79

Bibliografía 89

Índice3

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4 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Anexo 1Acerca de la declaración de DOHA 93

Anexo 2Principales leyes en que se sustenta la política comercial 99

Anexo 3 Acuerdos comerciales vigentes 100

Anexo 4 Canastas de desgravación arancelaria 103

Anexo 5 ¿cómo ubico la forma en que quedó negociado un producto? 105

Anexo 6 Cambio o salto arancelario 107

Anexo 7 Medidas de salvaguardia consideradas en el CAFTA-DR 109

Anexo 8 Elaboración de fi chas producto mercado 110

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5Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

La Fundación Internacional para el Desafío Económico Global (FIDEG)

agradece los aportes de productores, productoras, empresarios y em-

presarias y a los multisectores que durante el proceso de validación del

libro brindaron sus valiosos aportes, para que se pudiera transformar en

una versión más amigable y pudiera ser utilizada por diversos sectores

en su quehacer cotidiano.

En ese sentido, merecen especial reconocimiento los grupos metas de

análisis abordados por el Programa Observatorio, por constituir el prin-

cipal insumo y razón para la creación de esta versión amigable: produc-

toras de granos de Nueva Guinea, las artesanas de cuero y tejido de la

comunidad Chile-Zapote-Matagalpa; las artesanas de barro de Ducuale

Grande-Condega Estelí; y los productores de hortalizas del Quebranta-

dero Chontales.

La Fundación Internacional para el Desafío Económico Global (FIDEG)

extiende este agradecimiento a los especialistas en temas comerciales

por su invaluable aporte a la revisión de los borradores que antecedieron

a este documento fi nal.

De manera particular se agradece la participación de la Msc. Gloria Ca-

rrión por su invaluable aporte a la revisión de este documento; así como

a Msc. Jennifer Zapata por sus aportes metodológicos.

Finalmente, FIDEG agradece a la Agenda Económica de las Mujeres

(AGEM), y en especial al Forum Syd, sin cuyo apoyo no hubiera sido

posible que existiera una versión resumida y luego una versión amigable,

sobre este tema de tanto interés tanto para los grupos metas de FIDEG,

como para la sociedad en general.

Agradecimientos5

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6 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

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7Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

La Fundación Internacional para el Desafío Económico Global (FI-

DEG) tiene el gusto de presentar a los pequeños, las pequeñas,

los medianos y las medianas productores y productoras, así como

a los empresarios y las empresarias del campo y la ciudad, la versión

amigable del documento Identifi cación de oportunidades y amenazas en el CAFTA-DR, para los productores y las productoras y MIPYME de Nicaragua, que elaboró en el marco del programa Observatorio de la apertura económica y comercial, con el apoyo de Forum Syd y la

Agenda Económica de las Mujeres (AGEM).

El objetivo de esta iniciativa es facilitar a pequeños, pequeñas, medianos

y medianas productores y productoras, así como empresarios y empre-

sarias herramientas básicas que les permitan:

• Identifi car las oportunidades que les ofrece el CAFTA-DR para inser-

tarse y competir en el mercado internacional.

• Reconocer las amenazas que conlleva su aplicación, de forma que

puedan incidir para que en la Agenda complementaria se incorporen

sus intereses y necesidades particulares.

• Constatar que el CAFTA-DR incide de distinta manera en los pro-

ductores y las productoras y en los empresarios y las empresarias,

debido a las desigualdades de género existentes. Y que para po-

tenciar las oportunidades y minimizar las amenazas del CAFTA-DR

es fundamental avanzar en la construcción de relaciones de género

más equitativas, especialmente a nivel del hogar.

Sin duda, el esfuerzo de combinar el enfoque de empoderamiento de los

pequeños, las pequeñas y los medianos y las medianas productores y

productoras, así como empresarios y empresarias, y el de género en el

análisis de las oportunidades y amenazas del CAFTA-DR es el principal

valor agregado de la versión amigable, que, además, marca la diferencia

de otras iniciativas sobre el tema.

La versión amigable tiene como antecedente inmediato el documento

Identifi cación de oportunidades y amenazas en el CAFTA-DR, para los productores y las productoras y MIPYME de Nicaragua, elabora-

do por el especialista en comercio internacional Alejandro Aráuz y publi-

cado por FIDEG en enero de 2007 con el poyo de la AGEM. En él se resu-

Presentación7

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8 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

me y analiza el contenido de los capítulos del CAFTA-DR seleccionados

por representantes de los principales gremios de la pequeña y mediana

producción agropecuaria y MIPYME, a saber: acceso a mercados, reglas

de origen, salvaguardias, medidas sanitarias y fi tosanitarias, derechos

de propiedad intelectual, inversiones, laboral, ambiental, administración

aduanera y facilitación del comercio y contratación pública.

Considerando el interés y la necesidad de pequeños, pequeñas, media-

nos y medianas productores y productoras, así como empresarios y em-

presarias de conocer todo lo relacionado con el acceso a mercados, en

esta oportunidad, la versión amigable se ha centrado en dichos temas.

En base a las lecciones aprendidas de esta experiencia se espera, en un

futuro cercano, presentar la versión amigable de los restantes capítulos

del CAFTA-DR.

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9Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Durante el proceso de negociación del CAFTA-DR se habló mucho

sobre sus posibles efectos en la economía nacional. Sus promo-

tores aseguraban que la fi rma del CAFTA-DR benefi ciaría al país,

en tanto aseguraría la entrada de los productos nicaragüenses libres de

aranceles a un mercado tan grande como el de Estados Unidos. Y que

al abrir las fronteras nacionales a los productos estadounidenses se be-

nefi ciarían los consumidores y las consumidoras, ya que podrían com-

prarlos a menores precios. En cambio, sus detractores alegaban que la

aprobación del CAFTA-DR signifi caría la quiebra de las micro, peque-

ñas y medianas empresas, urbanas y rurales, cuya producción no podría

competir con las empresas estadounidenses. Sobre todo en el caso de

la producción agropecuaria que en Estados Unidos goza de signifi cati-

vas subvenciones.

Después de la fi rma y aprobación del CAFTA-DR no se ha oído hablar

más de él, ni de sus posibles efectos. Como si no hubiera nada más qué

hacer. Sin embargo, con la ratifi cación del CAFTA-DR por parte de la

Asamblea Nacional, recién se inició una nueva etapa, la de su puesta en

marcha en la que hay mucho por hacer.

Durante la etapa de puesta en marcha del CAFTA-DR es indispensable

que los pequeños, las pequeñas y medianos y medianas productores y

productoras, así como empresarios y empresarias del campo y la ciudad

conozcan su contenido, para identifi car las oportunidades y amenazas

que presenta, de forma que puedan aprovechar las primeras y minimizar

las segundas. El proceso adquiere gran relevancia en el marco del actual

modelo de desarrollo, que asigna a las exportaciones el rol de fuerza mo-

triz para el crecimiento de los países, y convierte a los tratados de libre

comercio en una estrategia fundamental para impulsar las mismas.

Esa identifi cación debe hacerla cada productor, productora, empresario

o empresaria a partir de su realidad particular, ya que las oportunidades

y amenazas dependerán de qué se produce, cómo, cuánto, para quién,

con qué tecnología y calidad, dónde, con cuáles costos, a través de qué

canales se vende la producción, cómo se distribuye el trabajo en el ho-

gar del productor, productora, empresario o empresaria, etc.

Introducción9

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10 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Por todo lo antes dicho, FIDEG, con el apoyo de Forum Syd y la AGEM,

se ha abocado a la difícil tarea de elaborar la presente versión amigable

de los capítulos del CAFTA-DR relacionados con el acceso a mercados,

la que pone a disposición de los gremios y cualquier otra organización

de la sociedad civil interesada en el tema. El propósito es que esta ver-

sión amigable pueda ser utilizada por los cuadros intermedios de las

organizaciones gremiales como una herramienta de trabajo que facilite

la democratización del conocimiento sobre el CAFTA-DR y el análisis de

sus implicaciones.

Para ello, se partió y se retomó parte del contenido del documento

Identifi cación de oportunidades y amenazas en el CAFTA-DR, para los productores y las productoras y MIPYME de Nicaragua (FIDEG,

2007), elaborado por el doctor Alejandro Aráuz, explicándolo de la forma

más sencilla posible, pero manteniendo el rigor técnico. Con el ánimo

de contribuir a que los productores y las productoras y empresarios y

empresarias se familiaricen y apropien del lenguaje que caracteriza a la

temática del libre comercio, se mantuvieron a lo largo del documento los

términos técnicos, agregando las respectivas defi niciones en un lengua-

je “amigable” —generalmente al margen del documento— además de

ejemplos prácticos sobre los mismos.

La versión amigable consta de nueve capítulos y una separata, estructu-

rados en tres partes. En la primera (capítulos 1 al 3) se presenta el marco

general (OMC y política comercial de Nicaragua) en que se ubican los

tratados de libre comercio y particularmente el CAFTA-DR. En la segunda

parte (capítulos 4 al 9) se aborda en detalle lo negociado por Nicaragua

en los temas de acceso a mercados, salvaguardias, medidas sanitarias

y fi tosanitarias y reglas de origen. Y la separata propone una guía para el

análisis —individual y colectivo— de las oportunidades y amenazas del

CAFTA-DR desde una perspectiva productiva y de género.

Los capítulos se han redactado de forma tal que puedan ser leídos de

manera independiente, en función del interés y necesidad particular de

cada productor, productora, empresario o empresaria. Aunque siempre

es recomendable efectuar al menos una lectura rápida de todo el docu-

mento, a fi n de tener una visión integral de todas las áreas negociadas,

dada la interrelación existente entre ellas.

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11Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

La Organización Mundial de Comercio (OMC) es la institución que di-

rige y controla el Sistema Multilateral de Comercio; o sea que es la

encargada de regular las relaciones comerciales entre los 151 países

que la integran. Lo que no es nada despreciable, pues estos países reali-

zan el 98 por ciento de las transacciones comerciales del mundo.

La OMC entró en vigencia el 1° de enero de 1995 y tiene su sede en Gi-

nebra, Suiza. Es la sucesora del Acuerdo General sobre Aranceles Adua-

neros y Comercio (GATT)1, establecido después de la Segunda Guerra

Mundial. Es decir que, aunque la OMC tiene pocos años de vida, el Sis-

tema Multilateral de Comercio, que se estableció con el GATT, tiene más

de 50 años de existencia.

1 Por sus siglas en inglés: General Agreement on Tariffs and Trade (GATT).

Capítulo 1¿Qué es la Organización Mundial de Comercio?

11

Sistema Multilateral de

Comercio es el integrado por

los 151 países que forman

actualmente la OMC. Este

sistema es regulado por la

OMC. Se habla de multilateral

en vez de global o mundial

debido a que algunos pocos

países no son parte del

sistema.

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12 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

¿Cuáles son los objetivos de la OMC?

Con el fi n de saber un poco más sobre la OMC, se debe comenzar por

conocer sus objetivos:

1. Eliminar todas las barreras al comercio.

2. Establecer un marco institucional común para las relaciones comer-

ciales y lograr el libre acceso a los mercados, eliminando las distor-siones comerciales y barreras comerciales.

3. Promover la liberación absoluta del comercio a nivel mundial y la

reducción o desmantelamiento de los aranceles.

4. Protección del medio ambiente, defensa de los derechos laborales,

consideraciones especiales para los países en vías de desarrollo.

¿Cuáles son las funciones de la OMC?

Para lograr sus objetivos la OMC realiza las siguientes funciones:

• Administrar los acuerdos comerciales de la OMC.

• Ser un espacio de negociaciones comerciales.

• Resolver las diferencias comerciales que surjan entre países.

• Supervisar las políticas comerciales nacionales.

• Proveer asistencia técnica y cursos de formación a los países en de-

sarrollo.

• Cooperar con el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Mun-

dial (BM) y los organismos regionales de las Naciones Unidas, para

que el comercio sea un motor de crecimiento y de desarrollo.

¿En qué principios se basa el Sistema Multilateral de Co-mercio de la OMC?

El Sistema Multilateral de Comercio que dirige la OMC se basa en cin-

co principios, que es necesario manejar para entender la lógica de sus

acuerdos, asumirlos o criticarlos. Estos principios son:

• Comercio sin discriminaciones.

• Comercio más libre.

• Comercio previsible mediante la consolidación y la transparencia.

• Comercio más competitivo, más leal.

• Comercio más ventajoso para los países menos adelantados.

Cabe destacar que los dos primeros son fundamentales. A continuación

se explica brevemente el signifi cado de cada uno de ellos.

1. Comercio sin discriminaciones

Un país debe darle a todos los países con los que tiene relaciones co-

merciales la condición de Nación Más Favorecida (NMF) aunque se

El trato de Nación Más

Favorecida signifi ca tratar

a los socios comerciales de

forma igualitaria.

Como regla general los países

miembros de la OMC no

pueden discriminarse entre sí

en las actividades comerciales

que realizan. Si se da a un

país una ventaja especial

(por ejemplo, la reducción

del arancel o impuesto de

importación a uno de sus

productos), se tiene que

hacer lo mismo con todos los

demás miembros de la OMC.

Una distorsión del

comercio se da cuando,

debido a los obstáculos

a la importación o a las

subvenciones, los precios

son más elevados o más

bajos de lo normal y cuando

las cantidades producidas,

compradas y vendidas

son también superiores o

inferiores a lo “normal”. Y se

considera “normal” el nivel

de producción o de precios

que existiría en un mercado

competitivo.

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13Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

permiten algunas excepciones, en circunstancias sumamente restringi-

das como las siguientes:

• Las ventajas de acceso a mercados que se establecen en los trata-dos de libre comercio (TLC).

• El acceso especial a mercados que se puede otorgar a los países en

desarrollo, como Nicaragua.

• Los obstáculos que un país puede poner a los productos proceden-

tes de países específi cos, por considerar que son objeto de un co-

mercio desleal.

Un país tampoco debe discriminar entre sus propios productos, servicios

o ciudadanos y los productos, servicios o ciudadanos de otros países;

sino que, por el contrario, debe otorgarles Trato Nacional.

El Trato Nacional sólo se aplica una vez que el producto, el servicio o la

obra de propiedad intelectual ha entrado en el mercado. Por lo tanto, la

aplicación de aranceles a las importaciones no constituye una transgre-

sión del Trato Nacional, aunque a los productos fabricados en el país no

se les aplique un impuesto equivalente.

2. Comercio más libre, de manera gradual, mediante negociaciones

Deben reducirse los obstáculos al comercio a través de negociaciones.

Estos obstáculos incluyen los aranceles y los contingentes.

Pero, ¿qué son los aranceles?

Los aranceles son los impuestos que los países cobran por la importa-

ción de productos. A estos impuestos también les dicen derechos de

aduana. Los aranceles, al encarecer los productos extranjeros, tienen el

objetivo de proteger la producción nacional, siendo además una fuente

de ingresos para el Estado que los cobra.

¿Y los contingentes?

Los contingentes o cuotas de importación o exportación son medi-

das que limitan la cantidad de determinado producto que un país puede

importar o exportar con un arancel o impuesto de importación menor al

establecido. A las cantidades importadas o exportadas por encima de

ese límite se les aplica el arancel normal.

Por ejemplo, en el CAFTA-DR se estableció un contingente de exporta-

ción de Nicaragua hacia Estados Unidos de 875 toneladas métricas de

queso, con un aumento de la cuota de 5 por ciento anual. Esto signifi -

ca que el primer año de puesta en marcha del CAFTA-DR, Nicaragua

puede exportar a Estados Unidos 875 toneladas métricas de queso con

cero arancel. Cualquier cantidad de queso exportada por encima de esa

cantidad deberá pagar el arancel correspondiente. El segundo año de

El Trato Nacional quiere

decir que se debe dar a los

extranjeros el mismo trato

que a los nacionales, una vez

que el producto, el servicio

o la obra de propiedad

intelectual han entrado en el

mercado nacional.

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14 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

puesta en marcha del tratado, el contingente o cuota aumenta a 918.75

toneladas métricas, y así sucesivamente.

El CAFTA-DR también incluye un contingente de importación a Nicara-

gua desde Estados Unidos de 68,250 toneladas métricas de maíz amari-

llo, con un aumento de la cuota de 5 por ciento anual. Es decir, que du-

rante el primer año de vigencia del tratado, Nicaragua no cobrará ningún

arancel por el maíz amarillo importado de Estados Unidos dentro de la

cuota de 68,250 toneladas métricas. Igual que en el caso anterior, cual-

quier cantidad importada por encima de la cuota deberá pagar el arancel

establecido.

Los acuerdos de la OMC reconocen que la apertura de los mercados exige

una adaptación y por ello permiten que los países introduzcan cambios gra-

dualmente, mediante una liberalización progresiva. Por lo general, los países

en desarrollo disponen de plazos más largos para cumplir con la obligación

de liberalizar su comercio.

3. Comercio previsible mediante la consolidación y la transparencia

Las empresas, los inversionistas y los gobiernos extranjeros deben con-

fi ar en que no se establecerán arbitrariamente obstáculos comerciales,

que incluyen los aranceles y los obstáculos no arancelarios.

¿Qué son los obstáculos no arancelarios?

Los obstáculos no arancelarios son todos aquellos obstáculos al comer-

cio no relacionados con el cobro de mayores impuestos a la importación.

Los más importantes son:

• Contingentes o cuotas de importación.

• Control de cambios, que comprende tanto las limitaciones a la libre

compra de dólares como el uso de tipos de cambio diferentes según

el producto a importar.

• Subvenciones a la producción nacional, que reducen el precio de

venta del producto nacional y por tanto desincentivan su importa-

ción.

• Requisitos administrativos que obstaculizan la entrada de productos

extranjeros.

• El establecimiento unilateral de determinadas medidas sanitarias o

fi tosanitarias.

Los países deben informar a la OMC los aranceles máximos que co-

brarán a un producto o grupo de productos. A esto se le llama consoli-

dación. Ésta es importante en vista de que los acuerdos de la OMC se

negocian en base a los aranceles consolidados.

En los países desarrollados los aranceles efectivamente aplicados y los

consolidados tienden a ser iguales. En cambio, la mayoría de los países

La liberalización

progresiva consiste en

la reducción gradual de

los aranceles o impuestos

a la importación y otros

obstáculos al libre comercio,

de forma que los países se

adapten poco a poco a ellos

y se minimicen sus efectos

negativos.

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15Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

en desarrollo aplican aranceles inferiores a los aranceles consolidados.

A la diferencia entre ambos se le llama “espacio de política”. Si, por

ejemplo, la importación de leche en polvo amenaza la producción nica-

ragüense de leche líquida, el gobierno puede incrementar el arancel apli-

cado (sin exceder el arancel consolidado) para encarecer la importación

del primer producto.

4. Comercio más competitivo, más leal

Desalentar las prácticas desleales de comercio, como las subvenciones

a la exportación y el dumping.

¿Qué es una subvención?

El Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (SMC) es-

tablece las condiciones en que se considera que existe una subvención.

En primer lugar, debe haber una “contribución fi nanciera de un gobierno

o de cualquier organismo público”. Las diversas formas de transferencia

fi nanciera que se incluyen en la defi nición son:

• Las transferencias directas de fondos, incluidas las potenciales (ga-

rantías de préstamos).

• Los ingresos públicos sacrifi cados que de otro modo el Gobierno

habría recibido (exoneración de impuestos).

• Los bienes o servicios proporcionados por instituciones públicas

—que no sean de infraestructura general.

También se considera que hay subvención cuando un gobierno enco-

mienda a una entidad privada una o varias de las funciones descritas

anteriormente, o le ordena que las lleve a cabo.

Igualmente se incluye en la defi nición de subvención toda forma de sos-

tenimiento de los ingresos o de los precios que tenga por efecto aumen-

tar las exportaciones de un producto cualquiera de un miembro o reducir

las importaciones de ese producto en su territorio.

¿Todas las subvenciones están prohibidas?

En el Acuerdo SMC se establecen dos categorías básicas de subvencio-

nes: subvenciones prohibidas y subvenciones recurribles (es decir, que

pueden ser objeto de impugnación en la OMC o dar lugar a la aplicación

de medidas compensatorias).

El Acuerdo SMC prohíbe dos categorías de subvenciones: subvenciones

a la exportación y subvenciones al contenido nacional.

Las primeras están ligadas al logro de resultados de exportación, como

condición única o entre otras varias condiciones. Las segundas están

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16 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

vinculadas al empleo de productos nacionales con preferencia a los im-

portados, como condición única o entre otras varias condiciones.

Ejemplo de subvenciones

Ley de Seguridad Agrícola (Farm Bill), fi rmada en mayo de 2002 por el

presidente de Estados Unidos, favorece a los productores de granos,

legumbres, miel, algodón, lana y leche.

Esta ley mantiene los programas de apoyo a la producción, a la comer-

cialización y a la exportación de legislaciones anteriores, y establece

nuevas modalidades de pagos directos, anticíclicos, de asistencia a la

comercialización y a las exportaciones.

Los programas de productos básicos (commodities) comprenden el pago

directo de montos fi jos por tonelada de producto, basados en los niveles

históricos de siembra; pagos de subvenciones al precio efectivo de los

productores bajo un precio meta del Gobierno; préstamos de asistencia

para la comercialización y pagos para cubrir insufi ciencias de préstamos

(subvenciones a los productores cuando los precios caen por debajo de

la tasa a la que se hizo un préstamo).

Además, existen programas de apoyo según sectores y productos espe-

cífi cos, que proveen respaldo para productos lácteos, maní, azúcar, lana,

angora, miel, garbanzos y lentejas, manzanas, frutas y vegetales.

Según el Banco Mundial, las subvenciones agrícolas en los países inte-

grantes de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económi-

cos tienen por efecto estimular la superproducción en países ricos con

costos elevados y excluir los productos potencialmente más competiti-

vos de los países pobres.

¿En qué consiste el dumping?

El dumping es la exportación de productos a un precio inferior a su va-

lor normal; es decir, a un precio inferior a aquel al que se venden en el

mercado interno o en los de terceros países o al costo de producción. Es

una práctica de comercio desleal en tanto causa daño a una rama de la

producción nacional existente o retrasa la creación de una rama.

Por ejemplo, los agricultores estadounidenses pueden exportar a Ni-

caragua maíz amarillo a un precio menor que el que los productores y

las productoras nicaragüenses cobran por el maíz blanco, debido a las

subvenciones que reciben. Esto probablemente provocará que la mayor

parte de la población prefi era el maíz amarillo en vez del blanco, que los

productores y las productoras nicaragüenses tengan difi cultades para

vender su producto y que, fi nalmente, se reduzca o desaparezca la pro-

ducción de maíz blanco en Nicaragua.

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17Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Una de las tantas contradicciones de la OMC es que permite a Estados

Unidos y a la Unión Europea las prácticas desleales de comercio gene-

radas por las subvenciones que están prohibidas o merecen sanciones

compensatorias. Esto se debe en parte a que en el marco del acuerdo

de agricultura, negociado durante la Ronda de Uruguay, los países con-

vinieron la continuación de estas distorsiones.

En Estados Unidos muchos de los programas de apoyo a la producción,

comercialización y exportación de productos agropecuarios existen des-

de la década de los 30. Pero, lejos de reducir o eliminar estos programas,

en cumplimiento de los principios y acuerdos de la OMC, el Gobierno de

Estados Unidos los amplió a través de la Ley de Seguridad Agrícola.

5. Comercio más ventajoso para los países menos adelantados

Los acuerdos de la OMC otorgan a los países en desarrollo, y especial-

mente a los más pobres o “menos adelantados”, más tiempo, mayor

fl exibilidad y privilegios especiales para adaptarse a las disposiciones

menos conocidas y más difíciles de la OMC.

No obstante, muchos de ellos han planteado su disposición a asumir las

obligaciones que se imponen a los países desarrollados. Este es el caso

de Nicaragua.

¿Qué son los acuerdos de la OMC? ¿Quiénes y cómo los toman?

Los acuerdos de la OMC son esencialmente contratos que obligan a

los gobiernos a mantener sus políticas comerciales dentro de los límites

convenidos. Con frecuencia esto ha implicado que los Estados miem-

bros “adecuen” sus leyes y reglamentos comerciales, y no comerciales,

a lo establecido por la OMC.

El cuerpo completo de acuerdos de la OMC consta de unas 30,000 pá-

ginas, que recogen alrededor de 30 acuerdos, así como las respectivas

“listas de compromisos” contraídos por los distintos miembros en esfe-

ras específi cas.

Estos acuerdos son negociados y fi rmados por la mayoría de los países

que participan en el comercio mundial. En la OMC todas las decisiones

importantes son adoptadas normalmente por el consenso de la totalidad

de sus miembros, a través de sus ministros (que se reúnen por lo menos

una vez cada dos años) o por embajadores o delegados (que se reúnen

regularmente).

Sin embargo, el proceso de toma de decisiones de la OMC no garantiza

que los acuerdos benefi cien a todos los Estados miembros. Los países

con más poder económico y político disponen de los recursos necesa-

rios para incidir en la posición de los demás miembros, de forma que las

decisiones se inclinen a favor de sus intereses.

La mayoría de los países

tiene una misión diplomática

en Ginebra. La cantidad

de funcionarios que integra

cada misión ante la OMC

depende de la capacidad

económica de los países, e

incide en las posibilidades

reales de seguimiento en

incidencia a las numerosas

negociaciones que se

desarrollan de forma

simultánea.

Page 19: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

18 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Los países pequeños, como Nicaragua, pueden aumentar su poder de

negociación formando alianzas con otros países con los mismos inte-

reses. Por ello tiene gran relevancia que un país defi na con claridad su

política comercial y su estrategia de negociaciones multilaterales.

¿Cuál es el contenido de los acuerdos de la OMC?

Los acuerdos de la OMC son documentos extensos y complejos porque

se trata de textos jurídicos que, a diferencia de los acuerdos anteriores,

abarcan no solo la esfera del comercio de bienes sino también las del

comercio de servicios y propiedad intelectual.

Los acuerdos que corresponden a cada esfera amplia de comercio son:

Bienes Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y

Comercio (GATT)

Servicios Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios

(AGCS)

Propiedad

intelectual

Aspectos de los Derechos de Propiedad

Intelectual relacionados con el Comercio

(ADPIC)

El contenido de los acuerdos se puede resumir así:

• Principios generales en los que se basa la liberalización comercial de

la esfera correspondiente (bienes, servicios o propiedad intelectual),

así como las excepciones permitidas.

• Compromisos contraídos por los distintos países de reducir los aran-

celes y otros obstáculos al comercio y de abrir y mantener abiertos

los mercados de servicios.

• Procedimientos para la solución de diferencias.

• Trato especial para los países en desarrollo que incluye, por ejemplo,

plazos más largos para aplicar los acuerdos y cumplir los compromisos,

o medidas destinadas a aumentar sus oportunidades comerciales.

• En la Declaración de Doha los gobiernos de los países miembros

convinieron en examinar todas las disposiciones sobre trato especial

y diferenciado con miras a reforzarlas y hacerlas más precisas.

• Exigencias a los gobiernos para que den transparencia a sus polí-

ticas mediante la notifi cación a la OMC de las leyes en vigor y las

medidas adoptadas.

Además del GATT, AGCS y ADPIC existen dos acuerdos plurilaterales

no fi rmados por todos los miembros, uno relativo al comercio de aerona-

ves civiles y otro sobre la contratación pública.

Los acuerdos

plurilaterales son los

fi rmados por varios países

miembros de la OMC, pero

no por todos.

Page 20: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

19Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

¿Cuál es la relación entre la OMC y los otros organismos internacionales?

La OMC forma parte de un sistema mundial más amplio que incluye

al FMI, el BM y a los organismos regionales de las Naciones Unidas.

Este sistema impulsa la integración de las políticas macroeconómicas,

fi nancieras y comerciales a escala mundial, regional y nacional, las que

tienen impactos diferenciados en los países y sectores de acuerdo a su

nivel de desarrollo. La tendencia es que los países y sectores menos de-

sarrollados sean los más afectados, ya sea porque deben competir con

los países desarrollados siguiendo las mismas reglas, a pesar de las des-

igualdades existentes entre ellos, o porque no cuentan con los recursos

necesarios para paliar los costos sociales de algunas de esas políticas.

Los acuerdos de la OMC, al ser instrumentos jurídicos, son vinculantes

con las funciones propias del FMI y el BM. De forma que si un gobierno

no cumple un compromiso de la OMC, el FMI y el BM pueden adoptar

medidas de presión política contra el mismo. Por su parte, en los temas

de comercio, deuda y fi nanzas, la OMC se inclina por “reforzar la cohe-

rencia de las políticas comerciales y fi nancieras internacionales, con mi-

ras a salvaguardar el sistema multilateral de comercio frente a los efectos

de la inestabilidad fi nanciera y monetaria”.

¿Qué es la Ronda de Doha? ¿Y el Programa de Doha para el Desarrollo?

Como se recordará de lo dicho antes, la OMC es la sucesora del GATT,

el que funcionó sobre la base de rondas de negociaciones comerciales.

Desde la creación del GATT se han realizado ocho rondas de negocia-

ciones comerciales.

Actualmente está en curso una novena ronda de negociaciones, la Ron-da de Doha, iniciada por acuerdo de los gobiernos de los países miem-

bros de la OMC, en la Cuarta Conferencia Ministerial, celebrada en Doha

(Qatar) en noviembre de 2001.

En la Declaración de Doha se enumeran 21 temas, entre los que desta-

can los siguientes:

• Agricultura

• Comercio de servicios

• Acceso a los mercados para productos no agrícolas

• Los ADPIC y la salud pública

• Acuerdos comerciales regionales

• Comercio y medio ambiente

• Pequeñas economías

• Comercio y transferencia de tecnología

• Cooperación técnica y creación de capacidades

• Países menos adelantados

• Trato especial y diferenciado.

Los problemas de

aplicación son aquellos

con que se enfrentan los

países en desarrollo al aplicar

los actuales acuerdos de

la OMC, en vista de que

éstos no consideran sus

condiciones particulares

como por ejemplo: niveles de

pobreza, capacitación de la

fuerza de trabajo, capacidad

de las instituciones.

Page 21: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

20 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Muchos de estos temas implican negociaciones; otros incluyen trabajos

en materia de aplicación, análisis y vigilancia de los acuerdos. El conjun-

to se denomina Programa de Doha para el Desarrollo. En el Anexo 1 de

este documento se presenta un resumen de los temas antes detallados.

Suspensión temporal de las negociaciones de Doha

La posición de los miembros más infl uyentes de la OMC —Estados Uni-

dos, Unión Europea y Japón— sobre las subvenciones a la agricultura

provocó que las negociaciones de Doha se suspendieran hasta 2007

cuando se retomaron. Sin embargo, no se ha avanzado mucho debido a

que implican costos políticos muy altos.

Según datos de la OMC el comercio agrícola representa el 8 por ciento

del comercio mundial. Este comercio es relevante para la producción de

alimentos y es un sector muy sensible para los países ricos y pobres, ya

que más del 70 por ciento de los pobres del mundo vive en áreas rurales

y está ligado a actividades agropecuarias.

Es muy difícil que las negociaciones puedan tener éxito si no se logra

que los países desarrollados reduzcan sensiblemente, y eventualmente

eliminen, sus subvenciones a la agricultura, como ya lo hicieron la gran

mayoría de países en desarrollo e incluso los menos adelantados o más

pobres, en el marco de las políticas de ajuste estructural.

De igual forma se demanda que los países desarrollados reduzcan los

impuestos a la importación de productos agropecuarios, a fi n de que

los países en desarrollo y menos adelantados mejoren su acceso a esos

mercados.

Hasta ahora, las propuestas de reducción de subvenciones hechas por

los países desarrollados han sido percibidas como insufi cientes por par-

te de los países en desarrollo.

Page 22: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

21Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Para enfrentar los problemas económicos que aquejan al país, los

diferentes gobiernos han aplicado, desde 1991, varios programas

de ajuste estructural, con el propósito de transformar el sistema

económico e impulsar un nuevo modelo de desarrollo orientado al mer-

cado internacional y no al mercado nacional o interno. Por tanto, se privi-

legia la producción de bienes y servicios para la exportación y la apertura

comercial.

En este contexto, la política comercial se ha orientado a lograr que

Nicaragua tenga una inserción más efi ciente en la economía internacio-

nal, para lo cual se ha priorizado la apertura comercial unilateral y

la suscripción de acuerdos de libre comercio en diferentes momentos.

Adicionalmente, se ha ofrecido un marco legal favorable para la inversión

nacional y extranjera.

¿De qué se trata la apertura unilateral?

Se habla de apertura comercial unilateral, porque Nicaragua tomó la ini-

ciativa de reducir los aranceles o impuestos a la importación sin negociar

nada a cambio, ya fuera la adopción de medidas similares por parte de

sus principales socios comerciales o recibir recursos de las instituciones

Capítulo 2¿Cuál es la política comercial de Nicaragua?

21

La política comercial es un

conjunto de recursos jurídicos

—leyes y reglamentos—

y administrativos que se

mantienen en cambio

continuo, por lo que es

necesario que los gremios,

y particularmente los de las

MIPYME, le den seguimiento

de forma periódica.

Nicaragua no tiene una

política comercial por sectores

o ramas de la economía.

Page 23: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

22 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

fi nancieras internacionales (IFI) como el BM, para compensar el daño

causado por la apertura a los sectores económicos menos desarrolla-

dos.

En efecto, en 1991 Nicaragua inició un proceso de apertura comercial

con la reducción generalizada de los aranceles o impuestos a la im-

portación, sin recibir compensaciones externas para enfrentar el fuerte

impacto en los sectores de menor desarrollo y con menores ventajas competitivas; y sin un plan de transición que ayudara a los sectores

económicos a enfrentar los desafíos de reinsertar al país en la comuni-

dad internacional.

Adicionalmente, en el marco del proceso de integración centroameri-

cana, se establecieron acuerdos para la desgravación arancelaria de

forma conjunta y unifi cada, aunque hasta ahora no se ha logrado.

¿Qué es desgravación arancelaria?

La desgravación arancelaria es la reducción y eventual eliminación de

aranceles o impuestos a la importación. Ésta, generalmente, se acuerda

entre dos o más países que han logrado un entendimiento comercial en

materia de acceso a mercados.

En 2005 el promedio del arancel o impuesto de NMF a terceros países

era del 5.8 por ciento, debido en buena medida a la continuación del

proceso de armonización del arancel externo común (AEC) a nivel de

los países centroamericanos.

Por otro lado, Nicaragua consolidó sus aranceles en la OMC a un tipo

máximo del 40 por ciento para la inmensa mayoría de los productos (es-

pecifi có 64 excepciones a la consolidación del tipo máximo). En conse-

cuencia, Nicaragua es el país con el promedio de protección arancelaria

más bajo de América Latina, después de Chile y México.

El arancel promedio aplicado, que en 1989 era del 43 por ciento, se re-

dujo al 15.2 por ciento en 1990 y a sólo 5 por ciento en 2000. En otras

palabras, entre 1989 y 1990 Nicaragua redujo 65 por ciento el arancel

promedio aplicado. Mientras que Chile y México realizaron reducciones

similares en tres y cuatro años respectivamente.

El proceso de la apertura unilateral de Nicaragua la ha involucrado en

diversos problemas que tienen que ver con la modernización y reorgani-

zación del aparato productivo y comercial en consonancia con la com-

petencia internacional. Al abrirse la economía se expuso a los produc-

tores y las productoras y empresarios y empresarias locales a competir

con empresas internacionales de mayores dimensiones y ventajas de

especialización.

Ventaja competitiva es la

característica de la empresa

que le genera una ganancia

por encima de la que en

promedio obtienen las otras

empresas de la rama de

actividad económica a la que

pertenece.

Ejemplos de características

de las empresas que pueden

constituir una fuente de

ventaja competitiva:

orientación al cliente;

calidad superior del producto;

valor de marca acumulado

y buena reputación de la

compañía;

técnicas de producción de

bajo costo;

posesión de patentes y

derechos de autor; monopolio

protegido por el Gobierno;

equipo profesional altamente

califi cado.

Page 24: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

23Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

La rapidez con que se realizó la apertura no permitió a los productores

y las productoras adaptarse a las nuevas condiciones de competencia,

llevando a muchos de ellos y ellas a la quiebra. Esto ha profundizado la

crisis social en los sectores menos desarrollados, que se ha expresado en

el aumento del subempleo y la migración, y la persistencia de la pobreza.

El sector industrial ha sido uno de los más afectados con la fuerte y rápi-

da reducción de los aranceles, registrando crecimiento cero en algunos

años (excluyendo la producción de las zonas francas). Según la Cámara

de Industria, muchas industrias, como las de cigarrillos, jabones y empa-

ques han cerrado defi nitivamente.

Suscripción de acuerdos de libre comercio

Desde 1997 a la fecha, la política comercial ha tenido como eje la promo-

ción de las exportaciones a través de la suscripción de acuerdos de libre

comercio y asociación política con los principales socios.

En efecto, el 72 por ciento de las exportaciones se dirige hacia países

con los que se tienen acuerdos y tratados comerciales, y en contraparte,

el 52 por ciento de las importaciones provienen de esos países.

Adicionalmente se debe de añadir el creciente desarrollo de zonas fran-

cas cuyas exportaciones en su totalidad se dirigen al mercado de Esta-

dos Unidos. El valor bruto (sin ninguna deducción) de las exportaciones

de zonas francas en el año 2006 ascendió a alrededor de 896.4 millones

de dólares.

Sin embargo, el número de tratados de libre comercio (TLC) fi rmados por

Nicaragua más los que están en proceso de negociación, es un factor de

preocupación por el alto costo que puede representar su administración.

En muchos casos, la puesta en marcha y administración de TLC requie-

ren cambios en el marco jurídico e institucional, lo que incluye defi nir,

entre otros temas: quién es el ente responsable de su administración;

cómo se maneja la coordinación interinstitucional; cómo se compatibili-

za el cumplimiento de diferentes niveles de disciplinas asumidas en los

TLC y a nivel multilateral; cómo se enfrentan los retos de contar con los

expertos requeridos para el manejo de temas de alta complejidad; qué

tipo de apoyo brindar a los exportadores nacionales cuando enfrentan

difi cultades en los mercados externos. Esta problemática tiende a multi-

plicarse con el número de TLC suscritos.

Otra amenaza que conllevan los procesos de integración económica es

la desviación de comercio.

En la actualidad se busca desarrollar la integración comercial de todos

los países de Centroamérica, así como fortalecer los acuerdos comer-

ciales vigentes y establecer nuevos acuerdos con otros países. Se trata

de obtener un mayor grado de reciprocidad entre países con respecto a

La armonización

del arancel externo

común entre los países

centroamericanos es el

proceso mediante el cual

se han ido y se continuarán

igualando gradualmente

los impuestos que cada

uno de ellos cobra a las

importaciones de otros países

fuera de la región.

La desviación de comercio es

el reemplazo de productores

externos a un acuerdo de

libre comercio, que son más

efi cientes, por productores

dentro del acuerdo que son

menos efi cientes.

Page 25: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

24 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

los temas de desarrollo y la necesaria urgencia de políticas complemen-

tarias, para enfrentar la transición hacia zonas de libre comercio, como

están planteadas en los tratados de libre comercio (TLC) fi rmados.

La reciente incorporación de Nicaragua al acuerdo regional denominado

Alternativa Bolivariana para América (ALBA) y la negociación en marcha

de un acuerdo de asociación con la Unión Europea (UE), podrían implicar

una ampliación de la política comercial. Ésta incluiría, además de trata-

dos de libre comercio, acuerdos que según sus promotores se basan en

principios de cooperación, solidaridad y complementariedad, que pue-

den ser suplementarios.

¿En qué leyes se sustenta la política comercial?

El Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC) es la institución

encargada de la formulación, dirección y seguimiento de la Política Co-

mercial de Nicaragua.

Existe un conjunto de leyes y reglamentos en que se sustenta la política

comercial, las más importantes de ellas se detallan en el Anexo 2.

Las leyes y reglamentos anteriores son mecanismos de aplicación que

se derivan de normas acordadas en la OMC y otros organismos inter-

nacionales con los que Nicaragua ha establecido acuerdos y ratifi cado

compromisos.

La legislación de Nicaragua en materia de inversiones extranjeras ha

sido construida en base a convenios internacionales bilaterales, multi-

laterales y regionales, a través de los cuales se procura dar garantía y

protección a los inversionistas con instrumentos de protección jurídica,

tales como los contratos de inversión. En este orden, Nicaragua se ad-

hirió a sistemas internacionales de garantías, como el Organismo Multi-

lateral de Garantía de Inversiones (OMGI) del Banco Mundial y al Centro

Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI),

la Convención de Naciones Unidas sobre Reconocimiento y Ejecución

de Laudos Arbítrales Extranjeros, y la Convención Interamericana sobre

Arbitraje Internacional Comercial. Todos estos instrumentos constituyen

garantías y seguridad para los inversionistas.

Aplicación de acuerdos de la OMC

A continuación se resumen los principales resultados de la aplicación de

los acuerdos de la OMC:

En Nicaragua, el promedio de protección arancelaria aplicado en el •

sector agrícola era del 8.5 por ciento en 2005; no obstante, en el

caso de algunos trozos de pollo los niveles llegaban hasta el 170 por

ciento. El promedio de los aranceles efectivamente aplicados al sec-

tor de minas y canteras es del 2.2 por ciento. En el sector manufac-

Las zonas de libre

comercio están reguladas

por el GATT y son una de

las excepciones permitidas

al trato de la Nación Más

Favorecida. Las zonas de

libre comercio constituyen

acuerdos de liberalización

programada del comercio

de mercancías entre los

países signatarios. Las dos

características esenciales de

este tipo de esquema son:

• La liberalización debe

abarcar lo sustancial del

comercio.

• El programa de

liberalización no

puede extenderse

indefi nidamente, sino que

debe alcanzar su objetivo

en un término “razonable”.

Page 26: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

25Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

turero la protección arancelaria es del 5.7 por ciento, en la industria

textil y del vestido es del 3.4 por ciento.

Nicaragua brinda preferencias arancelarias a los otros cuatro paí-•

ses miembros del Mercado Común Centroamericano (MCCA), así

como a México, República Dominicana, Estados Unidos y Taiwán.

A la fecha no existen otros socios comerciales que reciban acceso preferencial al mercado nicaragüense.

En cumplimiento de los compromisos asumidos en la OMC y en el •

MCCA, Nicaragua ha adoptado el Reglamento centroamericano so-

bre valoración en aduana.En la Ronda de Uruguay, 1986-1994, Nicaragua no contrajo compro-•

misos específi cos para reducir la ayuda fi nanciera a los productores

agrícolas; por tanto, se atiene a las normas generales del acuerdo

de la OMC sobre la agricultura relativas a la ayuda interna y las sub-

venciones a la exportación. No obstante, en el marco del proceso de

ajuste estructural se eliminaron todas las subvenciones directas que

podían ser objeto de compromisos de reducción.

Desde 1995, Nicaragua ha notifi cado anualmente a la OMC la ayuda •

del compartimento verde que presta a los productores agrícolas;

este tipo de ayuda está excluida de los compromisos de reducción

en la OMC.

Nicaragua aplica contingentes a la importación de arroz en granza, •

maíz amarillo, leche en polvo, azúcares, harina de soya y cortes es-

peciales de algunos tipos de carne.

Por otro lado, establece determinadas prohibiciones a la exportación •

de madera preciosa sin procesar, así como a la de las langostas en la

fase reproductiva y los camarones de estuario en la fase larvaria.

Además, ha utilizado las disposiciones de • salvaguardia especial del

acuerdo sobre la agricultura de la OMC para el caso del arroz en el

período 2002-2003.

Ciertas categorías de productos están sujetas a un régimen de li-•

cencias o autorizaciones previas de importación, que se aplica por

motivos de protección del interés público o nacional y no con el pro-

pósito de restringir las importaciones.

Nicaragua ha notifi cado a la OMC un número signifi cativo de nuevas •

medidas sanitarias y fi tosanitarias, así como de reglamentos técni-

cos.

Nicaragua no ha recurrido a medidas anti-dumping o compensato-•

rias desde 1999.

De conformidad con sus obligaciones en el MCCA, Nicaragua no •

aplica el trato de Nación Más Favorecida (NMF) en relación con los

servicios fi nancieros, según el artículo II del AGCS, que prevé la libre

transferencia de capital.

Mediante la Ley de Promoción de Inversiones Extranjeras que entró •

en vigor en el año 2000, el régimen de inversión de Nicaragua está

abierto al capital privado, incluso extranjero, excepto en las activida-

des reservadas al Estado —como la transmisión de energía eléctri-

ca y el sistema de abastecimiento de agua— o aquellas que están

Nicaragua no cuenta con una

ley de comercio exterior que

delimite los alcances de las

negociaciones comerciales

y establezca parámetros y

espacios de participación

ciudadana efectivos.

Los países que integran

el Mercado Común

Centroamericano (MCCA)

son Guatemala, El Salvador,

Honduras, Nicaragua y Costa

Rica.

Acceso Preferencial a

un determinado mercado

es el que se obtiene por

la aplicación de menores

aranceles o impuestos a la

importación.

Page 27: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

26 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

sujetas a ciertas restricciones, tales como el fondo de pensiones,

las zonas fronterizas y algunas esferas específi cas del transporte.

Nicaragua confi ere el Trato Nacional a las empresas extranjeras en la

concesión de incentivos a la inversión.

Nicaragua ha sucrito acuerdos bilaterales de inversión con diversos •

países, que complementan los principios generales de no-discrimi-

nación y garantías a la inversión consagrados en la Constitución Po-

lítica de Nicaragua.

Se conceden incentivos fi scales, en la forma de exoneraciones de •

impuestos nacionales y municipales, a las exportaciones, fundamen-

talmente bajo el régimen de zonas francas.

Nicaragua ha aprobado diversas leyes para armonizar sus normas •

internas con las disposiciones del acuerdo sobre Aspectos de los

Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio

(ADPIC). Asimismo, como condición para la entrada en vigor del

CAFTA-DR, en 2006, Nicaragua reforzó su legislación sobre paten-

tes, derechos de autor, marcas y otros signos distintivos, y diseños

industriales.

Tratados comerciales vigentes y en agenda

En el contexto internacional Nicaragua ha suscrito diferentes tipos de

acuerdo que defi nen su estatus y participación en los mercados interna-

cionales.

A partir de 1999, Nicaragua, junto con los otros países miembros del

Mercado Común Centroamericano (MCCA), ha completado las siguien-

tes negociaciones:

Tratado de Libre Comercio con la República Dominicana, que está en •

vigor.

Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, que entró en vigen-•

cia para Nicaragua en abril de 2006.

Tratado de Libre Comercio con Taiwán (China Taipei), recién apro-•

bado.

Se están negociando acuerdos similares con Canadá, Chile y •

Panamá.

En 2007 se iniciaron las negociaciones con la Unión Europea (UE) •

para la suscripción de un acuerdo de asociación, que consta de tres

componentes: diálogo político, cooperación y libre comercio.

Nicaragua también participó en el proceso de negociaciones del Área de

Libre Comercio de las América (ALCA), iniciativa lanzada por el Gobierno

de Estados Unidos en diciembre de 1994, con el propósito de eliminar

progresivamente las barreras al comercio de bienes y servicios dentro del

hemisferio occidental, y cuya conclusión estaba prevista para 2005. Sin

embargo, las negociaciones están estancadas y con un futuro incierto.

La valoración en aduana

establece los criterios

y procedimientos para

determinar el valor de

los productos antes de

entrar al país. En base

al valor establecido se

calculan los aranceles o

impuestos que deberán

pagar los importadores y las

importadoras.

El compartimento verde

está integrado por las

medidas relacionadas con

la agricultura que no tienen

efectos de distorsión del

comercio o cuyos efectos de

distorsión son mínimos.

El compartimento azul

comprende las medidas

de ayuda vinculadas a

la producción que están

permitidas, pero que están

sujetas a limitaciones relativas

a la producción, por lo que

tienen efectos mínimos de

distorsión al comercio.

Page 28: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

27Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Nicaragua es benefi ciaria de tres Sistemas Generalizados de Preferen-cias (SGP) con la Unión Europea (UE), Canadá, y Japón. Y desde 1989

participa en el Sistema Global de Preferencias Comerciales entre paí-ses en desarrollo (SGPC).

En el Anexo 3 se presentan de forma resumida los acuerdos comerciales

que Nicaragua ha suscrito a la fecha.

La jerarquía jurídica que poseen los tratados internacionales no está ex-

presamente referida en la Constitución Política: en el Arto.10 se recono-

cen las obligaciones internacionales contraídas, pero en el Arto. 182 se

establece su supremacía sobre leyes, tratados, órdenes o disposiciones

que se le opongan o alteren sus disposiciones. Es por ello que para

ser reconocidos jurídicamente, los convenios y tratados deben seguir el

mismo trámite que cualquier ley, es decir, deben ser aprobados por la

Asamblea Nacional.

La posición de Nicaragua en la Ronda de Doha

La posición de un país en las negociaciones comerciales depende de

su política comercial interna, de su legislación y de su estrategia econó-

mica. A la vez, la estrategia comercial interna y externa depende fuerte-

mente de los procesos de negociación y los resultados que se obtengan

en las rondas de negociaciones de la OMC. También afecta el logro de

los objetivos propuestos, la capacidad de incidencia y negociación del

país y su política de alianzas.

Nicaragua fundamenta su política comercial internacional “…en el de-

sarrollo de un sistema multilateral de comercio justo y equitativo que

benefi cie el crecimiento del comercio, fortalezca la economía nacional y

facilite el incremento de la producción, el comercio de bienes y servicios

y los ingresos reales para alcanzar el desarrollo económico que permi-

ta la superación de la pobreza”. También apoya el proceso de reforma

y liberalización de las políticas comerciales, para lograr que los países

en desarrollo y países menos adelantados mejoren su participación efectiva en el Sistema Multilateral de Comercio y logren una integra-ción provechosa y signifi cativa en la economía mundial.

En base a lo anterior, la posición de Nicaragua en la Ronda de Doha se

enmarca en los siguientes ejes:

Reducción de todas las formas de subvención a la exportación, con •

miras a su eliminación progresiva.

Disminución sustancial y eventual eliminación de las ayudas inter-•

nas causantes de distorsiones del comercio de los países desarro-

llados.

Que los miembros, y en especial los de mayor poder de negociación, •

se dispongan a que el Programa de Doha para el Desarrollo (PDD)

El compartimento ámbar

incluye las medidas de apoyo

sujetas a compromisos de

reducción, por considerarse

que tienen efectos de

distorsión al comercio.

Las salvaguardias son

medidas de urgencia ante la

amenaza o el daño causado

a una o varias ramas de la

economía nacional, por el

aumento de las importaciones

de determinados productos.

Las medidas de salvaguardia

que generalmente se

adoptan son: suspensión de

concesiones u obligaciones,

restricción de las cantidades

a importar y aumento de los

impuestos de importación

por encima de los tipos

consolidados.

Page 29: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

28 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

cumpla con sus objetivos de alcanzar un comercio abierto y no dis-

criminatorio.

Ampliación de la ayuda para el comercio, con el objetivo de que los •

países en desarrollo y menos adelantados aumenten su oferta ex-

portable y la infraestructura que necesitan para ampliar su comercio

exterior.

Demandar recursos adicionales para dotar al país de capacidades •

que incrementen su competitividad a niveles que le permitan cumplir

con sus compromisos y aprovechar las oportunidades que brinda el

comercio. Esta ayuda se traduciría, entre otros, en el desarrollo de

servicios de transporte, telecomunicaciones y energía, así como en

desarrollo tecnológico.

Que se solventen los problemas que enfrentan los países en desa-•

rrollo y menos adelantados en el acceso a los mercados, y obtengan

mejoras sustanciales en el marco de las actuales negociaciones de

Doha.

Mantener que el trato especial y diferenciado para los países en de-•

sarrollo debe ser otorgado a un país miembro de la OMC, y se in-

corporarán los nuevos compromisos de los países y las normas y

disciplinas pertinentes, nuevas o revisadas en las negociaciones de

Doha.

¿Cuál ha sido la participación de la sociedad civil en la formulación de la política comercial?

Salvo algunos sectores privilegiados, los representantes y las represen-

tantes de los principales gremios y sectores populares han tenido una

limitada incidencia en el proceso de formulación de la política comercial

del país a pesar de que se trata de una estrategia que involucra a la

economía nacional y, en general, empuja a los sectores económicos a

participar en el proceso de apertura comercial y competencia en el mer-

cado internacional.

En la formulación de la política comercial, la participación activa la han

tenido los sectores productivos de mayor poder económico, que han

orientado el proceso en función de sus intereses. El Estado no ha podido

equilibrar el sesgo que tiene la política comercial a favor de los grandes

productores y empresarios, con los intereses y la situación de los peque-

ños y las pequeñas productores y productoras y empresarios y empre-

sarias, del campo y la ciudad.

Por ejemplo, a fi nales de 2003, la administración Bolaños presentó ofi -

cialmente su propuesta de Plan Nacional de Desarrollo (PND), formulado

con un enfoque empresarial a partir de las críticas que el Consejo Supe-

rior de la Empresa Privada (COSEP) había hecho a la Estrategia Refor-

zada de Crecimiento Económico y Reducción de la Pobreza (ERCERP).

Posteriormente, se conformaron mesas sectoriales como espacios de

diálogo y coordinación entre las instituciones públicas, organizaciones

El Sistema Generalizado

de Preferencias (SGP)

es una iniciativa en la que

solo una de las partes

(país desarrollado) otorga

preferencias arancelarias

—cero impuestos de

importación— a la otra (país

en desarrollo), sin recibir un

trato recíproco.

Page 30: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

29Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

de la sociedad civil (OSC) y la cooperación internacional. Como resul-

tado del funcionamiento de las mesas sectoriales se formularon PRO-

COMPETITIVIDAD, PRORURAL y PROMIPYME, entre otros.

Si bien el Gobierno estuvo abierto a incorporar a estas mesas a las OSC

que lo solicitaran, los primeros convocados fueron los representantes

de las distintas cámaras que integran el COSEP. Según algunos repre-

sentantes de OSC, sus posibilidades de incidencia en las decisiones de

las mesas no han dependido de su capacidad de negociación y gestión.

Consideran que el Gobierno estuvo más abierto a incorporar las pro-

puestas de los grandes productores, muchas de las cuales se negocia-

ron bilateralmente.

Estructura y tendencia del comercio internacional de Nicaragua

La característica más visible del comercio internacional de Nicaragua es

su concentración en el destino de las exportaciones y el origen de las

importaciones.

En efecto, más del 80 por ciento de las exportaciones tiene como des-

tino el continente americano, y el 78 por ciento de sus importaciones

también provienen de ese continente.

Casi el 70 por ciento de las exportaciones y el 44 por ciento de las im-

portaciones se realiza con países con los que se han fi rmado acuerdos

comerciales o tratados de libre comercio: México, Estados Unidos, Cen-

troamérica, República Dominicana y Taiwán. Adicionalmente el 20 por

ciento de las exportaciones y el 10 por ciento de las importaciones se

realiza con países con los cuales se tiene contemplado formalizar algún

acuerdo comercial como son: Canadá, Panamá, Chile y la Unión Eu-

ropea. Es decir, que es probable que en un futuro próximo el 90 de las

exportaciones y el 60 de las importaciones estén desarrollándose dentro

de tratados de libre comercio.

A pesar de lo anterior, existe la posibilidad de abrir más y nuevos mer-cados en una lista bastante diversifi cada de países. El hecho de que se

comercialice en cantidades pequeñas brinda la posibilidad de conocer

esos mercados de cara a la realización de futuras exportaciones y/o im-

portaciones.

De ahí la necesidad de que el área de política comercial del MIFIC reen-

foque su estrategia de estudios para que éstos generen un mayor valor

agregado para los pequeños y las pequeñas productores y productoras

y MIPYME que carecen de información y de capacidades técnicas y re-

cursos humanos para desarrollar dichos estudios.

La participación de los

diferentes sectores de la

sociedad civil organizada en

la formulación y aplicación de

la política comercial ha sido

casi nula.

Es recomendable que las

organizaciones de la sociedad

civil defi nan su gestión en el

Gobierno, especialmente en

la Dirección de Organismos

Internacionales (DOI) del

MIFIC, área que acopia toda

la información relevante que

se genera en la OMC.

Muchos de los estudios

deberían estar dirigidos a la

investigación y descubrimiento

de nuevos mercados,

estudios puntuales sobre

eslabones de las cadenas

de valor y particularmente

las vinculadas a procesos

agroindustriales.

Page 31: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

30 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Page 32: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

31Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

El Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Uni-

dos y República Dominicana (CAFTA-DR) fue ratifi cado por Esta-

dos Unidos en julio de 2005 y por Nicaragua en octubre del mismo

año. A partir de abril de 2006, momento en que entró en vigencia para

Nicaragua, fue eliminado un elevado porcentaje de aranceles a los pro-

ductos centroamericanos con posibilidades de ingreso al mercado esta-

dounidense, y el resto de los aranceles se irá reduciendo gradualmente

durante la siguiente década.

Sin embargo, hay que destacar que el CAFTA-DR es más que un sim-

ple acuerdo comercial, pues contiene temas fundamentales en la esfera

de las inversiones, servicios, derechos laborales y ambientales. Todos

estos temas están abordados a través del establecimiento de normas

exclusivas.

La parte normativa de cada tema contiene las reglas comunes que lo

regulan en igualdad de condiciones para los países fi rmantes del tra-tado. Por ejemplo, la parte de acceso a mercados contiene los compro-

misos que Nicaragua y Estados Unidos adquirieron para la eliminación

gradual de los aranceles o impuestos de importación y las restricciones

al comercio mutuo de bienes y servicios, que aparecen como anexos al

Capítulo 3¿Qué es el CAFTA-DR?

31

Un tratado de libre comercio es un acuerdo

internacional negociado

entre Estados, de forma

escrita, con base en el

derecho internacional.

Habitualmente no solo

se negocia la eliminación

progresiva de aranceles o

impuestos a la importación,

sino también lo relacionado

con inversiones, compras

del Gobierno, derechos

de propiedad intelectual,

políticas de competencia,

legislación laboral y ambiental,

entre los principales. Su

aplicación supone cambios

de fondo en los programas,

políticas y estructuras socio-

económicas de los Estados

fi rmantes, especialmente los

de economías más débiles,

como Nicaragua.

Page 33: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

32 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

documento ofi cial del tratado: Anexo 3.3 Lista de Nicaragua y Anexo 3.3

Lista de Estados Unidos de América.

¿Cuáles son los objetivos del CAFTA-DR?

De acuerdo con el texto del tratado los objetivos del CAFTA-DR son los

siguientes:

Estimular la expansión y diversifi cación del comercio entre los países •

miembros del tratado.

Eliminar los obstáculos al comercio y facilitar la circulación de mer-•

cancías y servicios entre los territorios de los países miembros del

tratado.

Promover condiciones de competencia leal en la zona de libre co-•

mercio.

Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los te-•

rritorios de los países miembros del tratado.

Proteger en forma adecuada y efi caz y hacer valer los derechos de •

propiedad intelectual en el territorio de cada país miembro del tra-

tado.

Crear procedimientos efi caces para la aplicación y el cumplimiento •

del tratado, para su administración conjunta, y para la solución de

controversias o desacuerdos.

Establecer lineamientos para la • cooperación bilateral, regional, y

multilateral dirigida a ampliar y mejorar los benefi cios de este tra-

tado.

Los objetivos que motivaron al Gobierno de Nicaragua para negociar el

CAFTA-DR fueron:

Consolidación y ampliación de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe. •

Diversifi cación de la oferta exportable de Nicaragua.•

La atracción de la Inversión Extranjera Directa (IED).•

Benefi ciar al consumidor nacional mediante la disponibilidad de •

productos más baratos, resultante de la apertura comercial.

Mejoramiento de las condiciones de importación de bienes y servi-•

cios.

Eliminación de barreras no arancelarias al comercio hacia Estados •

Unidos.

Ampliación de contingentes, es decir el establecimiento de mayores •

volúmenes de exportación de carne, azúcar, etc., al mercado de Es-

tados Unidos.

Fortalecimiento de la aplicación de leyes internas. •

Profundización de la integración centroamericana. •

Encadenamiento de otros tratados de libre comercio.•

Inclusión de República Dominicana al CAFTA-DR.•

Facilitación del comercio intra-regional centroamericano.•

Cooperación bilateral es

la que se da entre dos partes

o países. La cooperación multilateral es la que se

desarrolla entre varias partes

o países.

Page 34: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

33Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Como puede observarse, la lista de objetivos que persigue el Gobierno

de Nicaragua se relaciona con aspectos comerciales y productivos de

bienes primarios, y no se mencionan temas tan fundamentales para los

pequeños y las pequeñas productores y productoras y propietarios y

propietarias de MIPYME como son la creación de capacidades en dere-

chos de propiedad intelectual, inversiones, medio ambiente, derechos

laborales y una estrategia de cooperación complementaria para la recon-

versión de los sectores en desventaja. Todo ello desde una perspectiva

de género y de cadenas de valor que promueva la inserción del país en

los eslabones de mayor valor agregado. En este aspecto, los objetivos

del Gobierno se quedaron cortos y sesgados al tema comercial y a las

preferencias a las inversiones extranjeras.

Por otro lado, el que los países centroamericanos negociaran bilateral-

mente el CAFTA-DR con Estados Unidos difi cultará que avance la inte-

gración regional por medio de la unión aduanera.

Objetivos específi cos de algunos temas importantes del CAFTA-DR

El CAFTA-DR es un documento extenso que aborda muchos temas que

se entrecruzan entre ellos guiados por los objetivos básicos que se de-

tallaron antes.

Del conjunto de temas que contiene el tratado, a continuación se explica

brevemente el contenido de aquellos que se consideran más relevantes

para pequeños y medianos productores y productoras y las MIPYME,

sectores donde las mujeres tienen una alta participación.

Acceso a mercadosEliminación de aranceles y otros impuestos o cobros que afectan las •

exportaciones de los países de Centroamérica; consolidar y ampliar

los benefi cios comerciales establecidos en la Iniciativa de la Cuenta

del Caribe (ICC) y el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP).

Eliminación de barreras no arancelarias y otras medidas que restrin-•

jan las exportaciones de la región.

Establecimiento de mecanismos efectivos de cooperación con Esta-•

dos Unidos para lograr la efectiva aplicación de los acuerdos sobre

barreras técnicas al comercio y medidas sanitarias y fi tosanitarias de

la OMC.

ServiciosBuscar incentivos para la expansión y el desarrollo de crecientes •

fl ujos de comercio transfronterizo de servicios, a través del estable-

cimiento de un marco normativo claro y preciso, que garantice que

los prestadores de servicios de Centroamérica y Estados Unidos re-

cibirán el mismo trato que Nicaragua concede a sus nacionales para

proveer un servicio.

La Iniciativa de la Cuenca del Caribe (ICC) es en

esencia un sistema de

preferencias comerciales

para los países de la Cuenca

del Caribe. La ICC entró en

vigencia en enero de 1984

y otorga unilateralmente

un tratamiento comercial

preferencial —ya sea libre

comercio o aranceles más

bajos que los aplicables—

para la mayoría de los

productos importados

de los 24 países de la

Cuenca del Caribe que

han sido designados como

benefi ciarios.

Page 35: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

34 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

El CAFTA-DR abarca todos los servicios que son objeto de comercio •

internacional, excepto los servicios estatales suministrados en forma

de monopolio estatal, el transporte aéreo, los servicios fi nancieros,

los subsidios y las donaciones.

El comercio transfronterizo de servicios comprende la compra-venta •

de servicios entre países, que no requiere presencia local. Por ejem-

plo, un usuario de Nicaragua puede recibir servicios de consultoría,

investigación de mercado o capacitación a distancia de otros países

miembros del CAFTA-DR a través de su infraestructura de telecomu-

nicaciones o correo.

InversionesFomentar el desarrollo de crecientes fl ujos de inversión hacia los paí-•

ses de la región a través del establecimiento de un marco normativo

que proteja la inversión y promueva un clima de negocios estable y

seguro.

El acuerdo establece que Nicaragua otorgará libertad para que los •

inversionistas decidan la forma de establecimiento, adquisición, ex-

pansión, administración, conducción y operación de su inversión.

Asimismo se garantiza la libertad para que el inversionista disponga

la forma de comercializar sus bienes y servicios.

Además, compromete a los miembros del CAFTA a proteger los de-•

rechos de propiedad de los inversionistas, para que reciban un valor

justo en caso de expropiación.

Se prohíbe que un país imponga requisitos tales como: exigir que un •

inversionista adquiera bienes y servicios en el país, que actúe como

proveedor exclusivo de un mercado específi co, exigir al inversionista

que exporte un determinado porcentaje de mercancías o servicios,

entre otros, como condición para realizar una inversión en Nicara-

gua.

Se garantiza la libre transferencia de utilidades, dividendos, o ganan-•

cias relacionadas con una inversión cubierta por el acuerdo CAFTA.

El acuerdo garantiza el acceso al mecanismo de arbitraje internacio-•

nal para resolver las controversias que se puedan presentar en caso

de una violación al acuerdo.

En resumen, el CAFTA-DR prohíbe condicionar las inversiones al es-•

tablecimiento de encadenamientos hacia atrás, transferencia tecno-

lógica y contenido local, entre otros, lo que cercena gran parte del

positivo efecto multiplicador que tradicionalmente ha caracterizado

a la inversión.

Comercio electrónicoPromover, a través de reglas y principios generales, un entorno fa-•

vorable para la expansión del comercio electrónico, que sirva como

instrumento para facilitar y abrir nuevas oportunidades comerciales;

y en general, como medio para fomentar el desarrollo, moderniza-

ción y competitividad a favor del sector productivo y los consumido-

res. Este punto es muy importante para los pequeños y las pequeñas

El problema era por un lado,

que la ICC concluye en 2008.

Y por otro, que al ser una

iniciativa unilateral, temporal

y discrecional Estados

Unidos podía suspenderla

en cualquier momento. En

cambio, con el CAFTA-DR se

logró convertir los benefi cios

de la ICC en un compromiso

formal y permanente, y

ampliarlo a otros productos.

Page 36: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

35Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

y medianos y medianas productores y productoras, las MIPYME y

sus organizaciones.

Compras gubernamentalesEstablecimiento de un marco de normas y principios generales que •

garanticen el acceso efectivo y recíproco al mercado de compras del

sector público a los productos y proveedores de la otra parte miem-

bro del tratado, como medio para promover el intercambio econó-

mico.

Lo negociado en el CAFTA-DR aplica a las contrataciones para la •

adquisición de mercancías y servicios que realicen instituciones del

nivel central (ministerios), sub-central (municipalidades) y otras enti-

dades (entes descentralizados).

El tratado cubre las contrataciones de mercancías y servicios con un •

valor igual o mayor a los US$58,550.00; y contratos de construcción

con un valor igual o mayor a los US$6,725,000.00.

Ante los relativamente elevados valores de las contrataciones pú-•

blicas cubiertas por el CAFTA-DR, las MIPYME nicaragüenses difí-

cilmente podrán competir —al menos en el corto plazo— dado su

limitado nivel de operación.

Propiedad intelectualSe busca el establecimiento de disciplinas que aseguren una ade-•

cuada y efectiva protección de los derechos de propiedad intelectual

de conformidad con la legislación vigente.

Este tema tiene particular relevancia para Nicaragua y sus MIPYME, •

ya que podrían aprovechar algunas de sus ventajas, aun consideran-

do las diferencias de tamaño y desarrollo en relación con las restan-

tes economías centroamericanas y de Estados Unidos.

Por ejemplo, transformar sus inventos en activos rentables, prote-•

giéndolos a través de las patentes. Y desarrollar estrategias de co-

mercialización en base a los derechos de propiedad intelectual. Con-

siderando el tamaño y dispersión de las MIPYME es fundamental la

asociatividad, al menos en áreas clave, como la creación de marcas

colectivas o el registro de denominaciones de origen.

No obstante lo anterior, los derechos de propiedad intelectual tam-•

bién presentan algunas amenazas para los productores y las pro-

ductoras y empresarios y empresarias nicaragüenses, dadas las di-

ferencias de tamaño, desarrollo y poder (asimetrías) existentes entre

Nicaragua y Estados Unidos.

Hasta hace algunos años se patentaban los productos que eran fruto •

de la creatividad humana. Criterio que dejaba por fuera la posibili-

dad de patentar recursos genéticos, especies vegetales y especies

animales. Pero, en la actualidad, la tendencia es patentar los pro-

cedimientos mediante los cuales se aíslan las propiedades de esos

recursos genéticos, especies vegetales y especies animales. Lo cual

es una grave amenaza a la biodiversidad y al uso de tales recursos a

costos reducidos en benefi cio de la población.

Page 37: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

36 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Derechos laboralesSe pretende que el marco de normas y principios adoptados en •

materia laboral no constituya un obstáculo al comercio, ni permita

la adopción de medidas que afecten el comercio entre los países

miembros del tratado.

En otras palabras, se trata de que los países centroamericanos no •

reduzcan sus estándares laborales para reducir el precio de los pro-

ductos exportados y hacerlos más competitivos (que los de Estados

Unidos, principalmente). Y que por el contrario, mantengan y apli-

quen su respectiva legislación laboral.

Medio ambienteSe trata de que el marco de normas y principios adoptados en ma-•

teria ambiental, el cumplimiento de las políticas y leyes ambientales

y los procedimientos de aplicación de las normas ambientales no

constituyan, ni permitan la adopción de medidas que afecten el co-

mercio entre los países miembros del tratado.

Por ejemplo, para reducir sus costos y por tanto su precio de venta •

para ser más competitivas, las empresas pueden decidir no invertir

en el tratamiento de las aguas residuales de su proceso de produc-

ción, y dejarlas correr contaminando el suelo y/o cuerpos de agua

aledaños.

Al igual que en el caso de los derechos laborales, Estados Unidos •

puede demandar al Estado de Nicaragua por competencia desleal,

si no cumple con su legislación ambiental.

Medidas de salvaguardiaA través del uso de medidas de salvaguardia se busca la protección •

transitoria de sectores o industrias cuando se enfrenten situaciones

de daño grave o de amenaza de daño grave, a consecuencia del in-

cremento de las importaciones de mercancías provenientes del otro

socio comercial.

Por ejemplo, en el caso del arroz oro Nicaragua otorgó un contingen-•

te o cuota de 13,650 toneladas métricas, con un crecimiento de 5

por ciento cada año, y una Salvaguardia Agrícola Especial (SAE) que

se activará cuando se importe más del 10 por ciento de la cuota.

En otras palabras, durante el primer año de vigencia del CAFTA-DR, •

Nicaragua podrá importar hasta 13,650 toneladas métricas de arroz

oro sin pagar arancel. Cualquier importación por encima de esa can-

tidad deberá pagar el arancel respectivo. Pero, si las importaciones

totales de arroz oro llegan a 15, 015 (13,650 más 1,365, que es el 10

por ciento de la cuota), Nicaragua puede restringir temporalmente

dichas importaciones.

En el CAFTA-DR se negociaron medidas de • salvaguardia globales, bilaterales y especiales tanto para productos agrícolas sensi-bles como para textiles. En el Capítulo 6 y en el Anexo 7 del pre-

sente documento puede verse la defi nición de cada tipo de medida

de salvaguardia.

La convergencia o alineación de parámetros fundamentales, es parte

del proceso de globalización,

y consiste en la tendencia

a que los diferentes países

y economías se rijan por las

mismas reglas y usen similares

referentes de desempeño. Por

ejemplo, se esperaría que los

trabajadores y las trabajadoras

nicaragüenses tengan una

productividad similar a la

de los de cualquier país

desarrollado, sin considerar

las diferencias en cuanto a

la califi cación de la mano de

obra, ni el nivel tecnológico.

Establecer las mismas reglas

y referentes de desempeño

para países con condiciones

no solo diferentes sino

desiguales, es injusto.

Page 38: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

37Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Medidas sanitarias y fi tosanitariasCon estas medidas se busca proteger la vida y salud de las perso-•

nas, de los animales y de los vegetales y también la creación y fun-

cionamiento de comités de asuntos sanitarios y fi tosanitarios.

Estos comités tendrán una función importante para asegurar el pro-•

cedimiento de aplicación de las normas y evitar que estas medidas

se conviertan en obstáculos al comercio.

Por ejemplo, la pitahaya nicaragüense tiene libre acceso al mercado •

de Estados Unidos. Pero, para poder exportar, los productores o

comercializadores nacionales de pitahaya deberán demostrar que

ésta no es hospedera de la mosca del Mediterráneo, una plaga de

Europa que ataca las frutas y que todavía no ha llegado a Estados

Unidos. Para eso, deberán costear investigaciones por varios años y

hacerlas validar por una universidad norteamericana.

Solución de controversiasEstablecimiento de medios que faciliten y fomenten el uso del arbi-•

traje y otros medios alternativos de solución de diferencias sin eleva-

dos costos para Nicaragua.

Creación de la zona libre de comercio

El CAFTA-DR va mas allá de la creación de una zona libre de aranceles

o impuestos a la importación entre la región centroamericana, República

Dominica y Estados Unidos. Es un acuerdo que aspira a alcanzar o a

formar una zona de libre comercio de “segunda generación”. Es decir,

una zona que va más allá del comercio de bienes, pues incluye servicios

y derechos de propiedad intelectual. En consecuencia, el CAFTA-DR in-

duce a los países de Centroamérica a hacer reformas estructurales más

intensas y generalizadas.

El proceso de reducción de aranceles o impuestos a la importación es

apenas un elemento para la creación de una zona de libre de comercio

después de los 15 ó 20 años de la entrada en vigencia del TLC. También,

hay otros mecanismos no arancelarios (como las cuotas y las licencias

de importación, las prohibiciones temporales y de temporada de impor-

taciones, la obligación de incorporar insumos nacionales en la fabrica-

ción de un producto) que constituyen barreras al comercio y que está

previsto sean reducidos para que exista más facilidad para el comercio

entre los países que lo fi rmaron.

Sin embargo, el CAFTA-DR, como un conjunto o cuerpo total de reglas

y medidas, estaría empujando a las economías de la región, y a Nica-

ragua en particular, a un estado de convergencia o de alineación de parámetros fundamentales como son: los precios, las tasas de interés,

reglas institucionales, etc.

La alineación del mercado nicaragüense y centroamericano bajo las re-

glas enunciadas antes, estaría conduciendo a algunos sectores produc-

Los costos de transacción

representan el tiempo y los

recursos gastados para

lograr que una determinada

transacción se lleve a cabo:

búsqueda de información,

negociación, vigilancia y

ejecución del intercambio.

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38 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

tivos y comerciales a trabajar con parámetros de productividad y efi cien-

cia internacionales que no se corresponden con sus precarias condicio-

nes de producción.

Para competir en el mercado internacional los productores y las produc-

toras, así como los empresarios y las empresarias nicaragüenses deben

vender productos con la misma calidad que sus homólogos y homólogas

estadounidenses y a precios similares los que a pesar de que tengan

costos de producción más altos por la menor productividad de la mano

de obra, el uso de tecnología menos sofi sticada, el pago de tasas de

interés y de tarifas de servicios públicos mucho más altas y mayores

costos de transacción por la inefi ciencia de las instituciones públicas.

Por otro lado, en este contexto las oportunidades de incorporación de

las mujeres al mercado laboral son sumamente desiguales: ellas conti-

núan siendo las principales responsables de las tareas domésticas y del

cuidado de la niñez; a pesar de que tienen un mayor nivel de instruc-

ción que los hombres tienden a insertarse principalmente en los sectores

económicos de baja productividad (sector informal) debido en parte a

las desigualdades de acceso a los recursos productivos (tierra, crédito,

asistencia técnica y capacitación) y a la necesidad de combinar la gene-

ración de ingresos con las tareas domésticas; ganan en promedio 20 por

ciento menos que los hombres, según las estadísticas de FIDEG (2008).

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39Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Parte de lo negociado en el marco del CAFTA-DR tiene que ver con

el acceso a mercados, es decir con las condiciones acordadas

para que los productos de un país fi rmante del tratado puedan

entrar a otro (también signatario del tratado) sin pagar impuestos a la

importación, inmediatamente o en unos años más.

Importaciones y exportaciones: las dos caras de la mis-ma moneda

Como resultado de las negociaciones existe una lista de productos (bie-

nes y servicios) que pueden ser exportados o importados. Además, en

el documento del tratado para cada caso se explican los “diferentes

pagos de impuestos” que se deben realizar con el fi n de tener el derecho

de llevar a cabo las diferentes transacciones comerciales.

Hay que mencionar que en la lista de productos (bienes y servicios) que

se negociaron aparecen también algunos otros para los cuales no es ne-

cesario hacer pago de arancel para que puedan ser comercializados.

Habrá que agregar que para poder hacer efectivas las operaciones de

exportación o importación se deberá cumplir con los requisitos de pro-

Capítulo 4El acceso a mercados, venta y compra de productos

39

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40 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

ducción establecidos para cada producto en el CAFTA-DR, para lo cual

es imprescindible conocer toda la información relacionada.

Esta información técnica, debido a la importancia que tiene, debe ser

conocida por todas las partes interesadas en cada uno de los países,

debiéndose retomar como un requisito que de manera obligatoria habrá

que cumplir. Esta información se relaciona tanto con el origen de los

insumos y materiales utilizados en la fabricación del producto, como con

la calidad, forma, tipo de envoltura o empaque, la forma de transporte,

etc. A este tipo de información relacionada con la producción de los bie-

nes y productos es a lo que en el CAFTA-DR se llama reglas y normas sanitarias y fi tosanitarias.

Cabe mencionar que toda esta información se encuentra también rela-

cionada con todos los requisitos para el desempeño de los contingentes

de importación y exportación. Para una mejor comprensión de los temas

mencionados estos se abordarán y desarrollarán en los próximos capítu-

los del presente documento.

Todas las personas (hombres y mujeres) e instituciones interesadas en

exportar o importar, tanto en Nicaragua como en Estados Unidos, ne-

cesitan conocer además del nombre, el código con el cual se clasifi ca e

identifi ca cada uno de los productos que integran la lista que se elaboró

y aprobó en el CAFTA-DR. Para esto es necesario recurrir al Sistema Armonizado de Clasifi cación (SA).

¿Qué signifi ca el Sistema Armonizado de Clasifi cación? ¿Para qué sirve?

Cada bien y producto tiene un nombre o código el cual lo identifi ca en

todo el mundo. Esta modalidad que se empleó es lo que se conoce como

el Sistema Armonizado de Clasifi cación (SA), el cual ha sido utilizado

por la OMC para el tema del comercio de bienes y productos. Es así que

los diferentes países miembros de la OMC (entre ellos Nicaragua) usan

dicho sistema de códigos, relacionándolo con el pago de aranceles pero

además con otros tipos de actividades ligadas al tema del comercio, por

ejemplo, transporte y seguro de los bienes o productos.

La clasifi cación se realiza a 6 dígitos, siendo los dos primeros los corres-

pondientes a capítulos, los dos segundos a partidas y los dos últimos a

sub partidas En base a este código, los países pueden clasifi car los pro-

ductos de acuerdo a sus propios sistemas o nomenclaturas, asignando

asimismo los aranceles de importación que aplican a cada código.

Hay que mencionar que el Sistema Armonizado (SA) el cual es usado

en todos los países de la región centroamericana incluyéndose así a Ni-

caragua, agrupa los productos en 91 capítulos los que a su vez forman

21 secciones. El SA cuenta con 5,018 grupos de productos. Además

El Sistema Armonizado

de Clasifi cación es una

herramienta única reconocida

en todo el mundo para la

clasifi cación de productos.

Dicha clasifi cación sirve tanto

para productos y bienes que

se pueden comercializar

como para aquellos que no

son objeto de intercambio a

niveles internacionales.

Esta manera de clasifi cación

de los productos fue

aceptada por todos los países

(miembros de la OMC) que

compran y venden entre ellos

bienes, productos o servicios.

S ---------- Sistema

A --------- Armonizado de

C --------- Clasifi cación

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41Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

se encuentra formado por un total de 1,241 partidas. La sub Partida identifi ca los primeros 6 dígitos de un código arancelario.

Todos los miembros de la OMC han armonizado hasta el nivel de sub-

partida (6 números), lo que signifi ca que los códigos y la descripción son

los mismos para todos ellos. En el caso de Centroamérica se maneja el

Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), el que a este momento se

encuentra armonizado respecto al código y a la descripción de los pro-

ductos.

Un ejemplo de clasifi cación en la lista arancelaria para entrar a Nicaragua

es el siguiente:

Lista arancelaria para entrar a Nicaragua

CÓDIGO SA DESCRIPCIÓN ARANCEL BASE CATEGORÍA SALVAGUARDIA

0709902000 Chayotes 15 por cien-

to

B

Lista arancelaria para entrar a Estados Unidos

CÓDIGO SA DESCRIPCIÓN ARANCEL BASE CATEGORÍA SALVAGUARDIA

1029020 Cows im-

ported

specially for

dairy purpo-

ses (ganado

bovino para

propósitos

lácteos, va-

cas)

Free (libre) G

Fuente: Tomo II del CAFTA-DR. Anexo 3.3 CAFTA-DR

¿Qué nos dice la tabla anterior?

La columna 1: Expresa el código asignado al producto dentro del Siste-

ma Armonizado de Clasifi cación (SA).

¿De qué estamos hablando? Tomemos el ejemplo del producto chayote

La primera columna nos dice que este producto CHAYOTE se en-•

cuentra ubicado en el Capítulo 7 del Sistema Armonizado (SA), ya

que los primeros dos dígitos, nos dice el capítulo, se relacionan con

“Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios”.

El código • 07.09. nos dice a qué partida pertenece en dicho capítulo

correspondiendo la misma a las “…demás hortalizas (incluso silves-

tres), frescas o refrigeradas”.

Por su sigla se resume como

SAC. En el documento del

tratado se utilizan solamente

las dos primeras letras de la

siglas, es decir SA.

El SA fue elaborado

respetando desde su

creación una forma lógica y

ordenada de todos los bienes

y productos que fueron

tomados en cuenta.

Los diferentes países deben

usar el sistema respetando

el orden que se estableció,

es decir, sin agregarle ni

quitarle nada ya que esto es

de carácter legal y de estricto

cumplimiento. Un aspecto

importante respecto a este

sistema es que solamente se

utiliza para categorizar bienes

tangibles, es decir bienes o

productos que se pueden

tocar.

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42 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Apoyándonos en el Sistema Armonizado (SA), buscamos y encon-•

tramos que este capítulo pertenece a la sección II, la cual está rela-

cionada con los “Productos del reino animal” .

Siempre apoyados en el SA, corroboramos que el código 07.09.90. •

está relacionado con el producto yogur, pudiendo ser considerada

ésta como una sub partida relacionada con “las demás”. Recorde-

mos que las sub partidas son consideradas hasta los 6 dígitos.

Entonces se puede leer: sección II, capítulo 7, partida 07.09., sub-•

partida 07.09.90.

Vemos que corresponde el código 07.09.90.20.00 al producto • cha-yote.

El mismo SA nos refl eja que el arancel base o impuesto para este •

producto es del 15 por ciento.

Se recomienda en todo momento recurrir al Sistema Armonizado para

poder, como punto de partida, ubicar todos los productos sobre los cua-

les estemos interesados en encontrar información. Esta se puede ver

entrando a la página Web del MIFIC: www.mifi c.gob.ni

La columna 2: Identifi ca el nombre del bien o producto en cuestión.

La columna 3: Identifi ca el porcentaje de pago de arancel base, es decir

el porcentaje de impuesto a las importaciones con el cual se parte para

iniciar el proceso de desgravación en cada caso.

La columna 4: Identifi ca la categoría o tipo de desgravación (la cual

se expresa con una letra del abecedario), es decir el plazo en años que

debe transcurrir para que el arancel o impuesto a la importación desapa-

rezca.

La columna 5: Identifi ca si para el producto se defi nió alguna medida de

salvaguardia. Hay que mencionar que para algunos productos no apare-

ce ninguna medida de salvaguardia y quedan solamente con validez las

que pueden ser aplicadas tal como lo tiene establecido la OMC.

Toda esta interpretación con la lista arancelaria se debe hacer de igual

forma para el caso de las importaciones de Estados Unidos, pero em-

pleando el código arancelario de ese país.

También hay productos que pueden ser comercializarlos entre ambos

países (tanto para llevar a Estados Unidos como para traer a Nicaragua)

libres de arancel.

Otras medidas tomadas en el marco del CAFTA-DR para el comercio de los productos entre los países fi rmantes

Como ya se vio, en el marco de los acuerdos fi rmados en el tratado

(CAFTA-DR) hay productos (oferta de productos agrícolas) que a partir

de la entrada en vigencia del tratado se pueden comercializar pero con

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43Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

aranceles o impuestos a la importación y otros para los cuales no se

deben pagar aranceles o impuestos para ser llevados a Estados Unidos

o bien traídos a Nicaragua. Esta situación es muy favorable ya que co-

nociéndose dicha información, esto permite que todos los productores

y productoras en Nicaragua logren realmente insertarse en el comercio

internacional de dichos productos.

Como ya vimos, hay productos que son libres de comercializar (tanto

hacia Nicaragua como para Estados Unidos), pero también a otros pro-

ductos, para poder ser comercializados entre todos los países fi rmantes

del tratado, se les aplicaron algunas otras medidas.

De estas medidas veremos las más importantes en relación con el acce-

so de los bienes y productos al mercado, las cuales desarrollaremos a

lo largo de los diferentes capítulos del presente documento. Ahora, en

esta parte del documento lo que haremos es un resumen muy breve de

dichas medidas, solamente con el objetivo de poder ubicarnos, dando

una visión mas completa de todos los acuerdos fi rmados en el tratado y

respecto al aspecto del mercado anteriormente mencionado, presentan-

do en cada una de las partes que se abordan algunos ejemplos que nos

permitan una mejor comprensión de tales medidas. Esto se hace con el

fi n de hacer más fácil la tarea de insertar a todos y todas los productores

y productoras y MIPYME que así lo deseen, en el comercio de los pro-

ductos negociados en el marco del CAFTA-DR

De tal manera, entre las medidas que tienen que ver con la oferta agrí-cola o de productos primarios están las siguientes:

a) Algunos productos (específi camente relacionados con la oferta agrí-

cola de Nicaragua para Estados Unidos) se pueden llevar a ese país,

pero para poder hacerlo se defi nieron cuotas (llamadas en el tratado

contingentes). Además de defi nir las cantidades de estas cuotas de

productos se dijo también cómo es que las mismas deberán ir cre-

ciendo (en porcentajes) a lo largo del tiempo.

b) Otros productos (específi camente relacionados con la oferta agrícola de Estados Unidos para Nicaragua) se pueden traer a

nuestro país:

Con cero arancel o impuesto a la importación pero hasta des-•

pués de 5 ó 10 años y algunos otros entre 15 y 18 años.

Otros, llamados • productos sensibles (debido a la importancia

que tienen en la vida de los nicaragüenses) se pueden traer pero,

para los mismos fue defi nido el proceso a lo largo del cual en

el tiempo van a ir desapareciendo los aranceles o impuestos a

la importación, para quedar después del tiempo que se defi ne

con cero arancel entrando libremente al país. También quedaron

muy claros los períodos de gracia o cantidad de años después

de los cuales para cada producto tomado en cuenta inicia el

proceso para que dichos impuestos desaparezcan (en el marco

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44 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

del tratado a este proceso se le llama desgravación, siendo este

un tema que se aborda con más profundidad en el capítulo No. 5

del presente documento).

Además, para algunos de los productos (al igual que para la oferta de

productos agrícolas de Nicaragua para ese país), se defi nieron volúme-

nes o cuotas (contingentes) en los cuales pueden ser traídos, así como

también se dijo el crecimiento (en porcentajes) que dichas cuotas deben

tener en el tiempo, defi niéndose además algunas medidas en los casos

de no cumplir con el volumen de la cuota establecida. Así, fueron plan-

teados también los porcentajes después de los cuales el aumento en los

volúmenes de los productos activa la medida. En capítulos posteriores

se ven algunos ejemplos sobre este tema.

También se negociaron otros productos que tienen que ver sobre todo con

el tratamiento de textiles y confección lográndose que desde el primer día

de vigencia del tratado todos los productos ingresen a Estados Unidos

con cero aranceles o impuestos. Este tratamiento rige únicamente para

los productos elaborados con algodón y fi bra sintética. Respecto a esta

medida, un aspecto importante es que Nicaragua podrá usar durante 10

años telas de países que están fuera de la región del CAFTA-DR las que

puede adquirir a más bajo costo.

Esto se convierte en una gran oportunidad ya que esta eliminación arance-

laria da un nuevo impulso a la inversión productiva, a mejoras tecnológicas

y al aumento de exportaciones que abren mayores posibilidades de gene-

ración de empleo por ser intensivo este sector de la industria en el uso de

la mano de obra.

Para concluir esta parte, se puede señalar que para la identifi cación de

cualquier producto (sin importar la situación en que haya quedado en

la negociación del CAFTA-DR), se debe recurrir al Sistema Armonizado de Clasifi cación (SA), el que se encuentra armonizado hasta los seis

dígitos con el Sistema Arancelario Centroamericano (SAC).

En el Anexo 5 del presente documento se puede ver cómo ubicar la forma en que quedó negociado un producto. En este anexo se puede

ver el procedimiento a seguir en la búsqueda de los documentos que en

el marco del tratado nos brindan la información respecto a cada produc-

to y los acuerdos conseguidos respecto a los mismos.

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45Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

¿Qué es? ¿Cómo debe entenderse?

En el marco del tratado se establecen diferentes condiciones de ingre-

so a los productos importados de Estados Unidos, que van desde libre

comercio a la entrada en vigencia del tratado hasta períodos de veinte

años para productos considerados extremadamente sensibles como por

ejemplo el arroz, el maíz amarillo y la leche en polvo. La desgravación de

un bien o producto se debe entender como el plazo, o período de tiempo

en el que el pago de arancel base o impuesto a la importación estableci-

do va desapareciendo hasta alcanzar cero.

El arancel base refl ejado en el programa de desgravación es en principio

el vigente al 1 de enero de 2003, salvo las modifi caciones rea lizadas con

posterioridad y aceptadas como resultado del proceso de negociación,

como es el caso de Nicaragua que tiene unas mo difi caciones efectuadas

en mayo de 2003.

El programa de desgravación en el marco del CAFTA-DR se estableció a

partir de la caracterización de diversas canastas (bloques o conjunto de

productos) en dependencia de la voluntad de proteger los llamados pro-

ductos más sensibles. (En el Anexo 4 se puede apreciar la clasifi ca-

Capítulo 5La desgravación

45

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46 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

ción de las diferentes canastas construidas para el corto, mediano y largo plazo). La construcción de los diferentes tipos de canasta que se

han mencionado se llevó a cabo relacionando los mismos con el cálculo lineal o no lineal del proceso de desgravación en cuestión.

El cálculo lineal: Es cuando el porcentaje que se defi nió para eliminar

el arancel o impuesto a la importación se suprime a lo largo del periodo

establecido pero de manera proporcional en cada año. Por ejemplo, para

el caso de los cueros preparados después de curtidos, se da un tipo

de desgravación el cual corresponde a una canasta que fue clasifi cada

como de corto plazo. En este caso se estableció que el arancel llegaría a

cero por ciento en cinco años, es decir, se deben realizar 5 cortes iguales

a lo largo de todo ese periodo; es por ello que se dice que el proceso de

desgravación es lineal.

El cálculo no lineal: Es cuando el porcentaje defi nido para eliminar el

arancel o impuesto a la importación se suprime a lo largo del periodo

establecido pero de acuerdo a porcentajes estipulados al momento del

diseño en el cálculo de la canasta. Por ejemplo, en el caso del maíz amarillo se defi nió un tipo de desgravación el cual corresponde a una

canasta que fue clasifi cada como de largo plazo. En este caso se defi nió

que el impuesto a la importación se eliminaría en 15 años, es decir se deben dar quince cortes pero no todos son iguales o proporciona-les cada año, como en el caso anterior; en este sentido se dice que el

cálculo del proceso de desgravación no es lineal es decir en unos años

se corta más el arancel y en otros menos. En el caso del ejemplo que

estamos analizando se puede decir que se dieron:

Seis años de gracia, comenzando a contar estos desde el primer año •

de vigencia del tratado, es decir, que en todo este periodo el arancel

base no disminuirá en ningún porcentaje.

En los siguientes 4 años el arancel disminuirá 8.25 por ciento anual, •

hasta sumar 33 por ciento en todo el periodo.

Al llegar al año 11 hasta el último día del año 14 el arancel de impor-•

tación se reducirá un 67 por ciento , es decir, un 13.4 por ciento cada

año. Ya a partir del primer día del año15 después de la entrada en

vigencia del tratado, el bien deberá estar libre de arancel.

Se puede decir que la principal diferencia entre una desgravación lineal

y una no lineal ra dica en que en el segundo caso se alarga el período de

protección al inicio, desgraván dose de forma más rápida al fi nal, con el

objetivo de proteger lo más que se pueda el pro ducto en cuestión.

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47Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

La información del programa de desgravación se indica por una letra del

abecedario siendo su signifi cado el siguiente:

LETRATIPO DE

DESGRAVACIÓNALCANCE

A Desgravación

inmediata

Corresponde a los bienes a los cuales el arancel o impues-•

to a la importación se elimina en la fecha en que entra en

vigencia el tratado.

B Desgravación

lineal

Corresponde a los bienes a los que el impuesto a la im-•

portación se eliminará en cinco años (5 cortes proporcio-

nales).

Uno cada año, a partir de la entrada en vigencia del trata-•

do (se reduce una quinta parte del porcentaje base cada

año).

El bien estará libre de arancel a la importación el primer •

día del año quinto después de la entrada en vigencia del

tratado.

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48 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

LETRATIPO DE

DESGRAVACIÓNALCANCE

C Desgravación

lineal

Corresponde a bienes a los que el impuesto a la importa-•

ción se eliminará en diez años (10 cortes proporcionales).

Uno cada año, a partir de la entrada en vigencia del trata-•

do (se reduce una décima parte del porcentaje base cada

año).

El bien estará libre de arancel a la importación el primer •

día del décimo año después de la entrada en vigencia del

tratado.

D Desgravación

lineal

Corresponde a bienes a los que el impuesto a la importa-•

ción se eliminará en quince años (15 cortes proporciona-

les).

Uno cada año a partir de la entrada en vigencia del tratado. •

El bien deberá estar libre de arancel a la importación el •

primer día del décimo quinto año después de la entrada

en vigencia del tratado.

E Desgravación

no lineal

Corresponde a los bienes a los que el impuesto a la impor-•

tación se eliminará en quince años (15 cortes)

Bajo esta categoría el porcentaje base permanecerá sin •

disminución durante los primeros 6 años de vigencia del

tratado (año de gracia). A partir del primer día del séptimo año después de la entra-•

da en vigencia del tratado y hasta el último día del décimo

año el arancel a la importación se reducirá en un 33 por

ciento del porcentaje base, es decir, 8.25 por ciento a lo

largo de estos 4 años.

A partir del primer día del año 11 y hasta el último día del •

año 14 el arancel de importación se reducirá en un 67 por

ciento, es decir 13.4 por ciento cada año.

El bien deberá estar libre de aranceles a la importación a •

partir del primer día del año 15 después de la entrada en

vigencia del tratado.

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49Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

LETRATIPO DE

DESGRAVACIÓNALCANCE

F Sin cambios

en el arancel

base

Corresponde a los bienes a los que el impuesto a la impor-•

tación permanece sin cambios desde la entrada en vigen-

cia hasta el último día del año 10 después de la entrada en

vigencia del tratado.

A partir del primer día del décimo primer año después de •

la entrada en vigencia del tratado y hasta el último día del

año 19 después de la entrada en vigencia del tratado el

arancel a la importación se reducirá un décimo anual de tal

forma que el primer día del año 20 después de la entrada

en vigencia del tratado el bien en cuestión deberá estar

libre de arancel a la importación.

G Arancel base

0 por ciento

Corresponde a los bienes que a la entrada en vigencia del •

tratado el arancel a la importación que se les aplique es 0

por ciento.

H Excluido (no

tiene ningún

programa de

desgrava-

ción)

Corresponde a los bienes que no tienen ningún programa •

de desgravación

M Desgravación

no lineal

Corresponde a los bienes que se desgravan en 10 etapas •

no lineales. A la entrada en vigencia los dos primeros años

el arancel base se reduce en un 2 por ciento.

Del tercero al sexto año el arancel base se reduce 6 por •

ciento (cada año).

Del séptimo al noveno año (cada uno) el arancel base se •

reduce un 16 por ciento de tal forma que el 1 de enero del

décimo año el bien en cuestión deberá estar libre de aran-

cel a la importación.

N Desgravación

lineal

Se debe entender que el producto dejará de pagar el aran-•

cel en 12 años de manera lineal.

P Desgravación

no lineal

Desgravación en 18 años, con un período de gracia de 10 •

años.

Del año 11 al 14 el arancel base se reduce 8.25 por ciento •

anual.

Del año 15 al 19 el arancel base se reduce 16.75 por cien-•

to anual.

Q Desgravación

no lineal

Desgravación en 15 años, 15 por ciento de arancel al ini-•

cio, 3 años de gracia.

Reducciones anuales de 6.6 por ciento del año 4 al 8. •

Del año 9 al 14, reducciones anuales de 9.6 por ciento.•

Fuente: Anexo 3.3 CAFTA-DR

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50 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

¿Cuales son los aranceles y el programa de desgravación que se aplicará a los productos?

Para conocer los aranceles y el programa de desgravación aplicado a

los productos debemos recurrir al Anexo 3.3. del tratado, en el cual

aparece la lista de desgravación del arancel tanto para los productos

que se desee importar a Nicaragua como para los que se quiere expor-

tar a Estados Unidos. Dicha lista se deberá leer de izquierda a derecha.

Tomaremos como ejemplo parte de la lista de productos pertenecientes

a Nicaragua.

SA DESCRIPCIÓNARANCEL

ACTUAL

SÍMBOLO Y CATEGORÍA

DE DESGRAVACIÓN

FORMA DE

DESGRAVACIÓN

0207279000 Pechugas de pollo

deshuesadas

15 A Inmediata

2106909020 Masa de maíz 15 A Inmediata

2106909030 Tortilla de maíz 15 A Inmediata

0802500000 Pistachos 0 G Inmediata

4112000000 Cueros preparados después de

curtidos

5 B 5 años Lineal

0704900010 Repollos 15 C 10 años Lineal

0707000010 Pepinos 15 C 10 años Lineal

3920921400 Productos de polímeros 5 M 10 años No lineal

8703230012 Coches de turismo y vehículos

tipo familiar c/ tracción en cua-

tro ruedas

10 M 10 años No lineal

0706100010 Zanahorias 15 N 12 años Lineal

0804400000 Aguacates (paltas) 15 N 12 años Lineal

0710100000 Papas (patatas) 15 D 15 años Lineal

1701990010 Azúcar de caña 55 D 15 años Lineal

0901111000 Café sin benefi ciar (café cereza) 10 D 15 años Lineal

0901112000 Café pergamino 15 D 15 años Lineal

0901113000 Café oro 5 D 15 años Lineal

0901120000 Café descafeinado 15 D 15 años Lineal

0901210010 Café molido 15 D 15 años Lineal

1005902000 Maíz amarillo 15 E 15 años No lineal y 6 años

de gracia

0202300010 Lomos y fi letes 30 Q 15 años No lineal y 3 años

de gracia

1006200000 Arroz descascarillado 62 P 18 años No Lineal y 10

años de gracia

0403100000 Yogur 40 F 20 años Lineal y 10 años

de gracia

1005903000 Maíz blanco 10 H Excluido

Fuente: Anexo 3.3 CAFTA-DR

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51Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

¿Cómo debe ser leída la tabla anterior?

La columna 1: Explica el código arancelario con el que se identifi ca cada

producto. En el caso del programa de desgravación de Nicaragua se se-

ñala el código que utiliza el Sistema Armonizado de Clasifi cación (SA).

La columna 2: Identifi ca el bien o producto específi co.

La columna 3: Identifi ca el porcentaje o arancel base con el que se inicia

la reducción arancelaria o programa de desgravación. Este es el arancel

que de manera normal se debe aplicar a la importación del producto que

se identifi ca.

La columna 4: Identifi ca la categoría de desgravación con una letra del

abecedario. Además esta columna expone en cuánto tiempo el arancel a

la importación será cero por ciento o bien si el mismo es excluido debido

al nivel de sensibilidad con el que fue clasifi cado. Con esto se pretende

alargar el período de protección de dicho producto los primeros años.

La columna 5: Identifi ca la forma de desgravación, especifi cando si la

misma es una desgravación lineal o no lineal. También se expresa si

para el producto se defi nieron años de gracia para dar inicio al proceso de desgravación.

Veamos en la práctica cómo sería el caso concreto de un producto. To-

memos por ejemplo el yogur el cual analizaremos a partir de la informa-

ción que nos da la tabla anterior:

La primer columna nos dice que este producto yogur se encuentra •

ubicado en el Capítulo 4 del Sistema Armonizado (SA), ya que

los primeros dos dígitos son el capítulo, relacionándose éste con

“Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos

comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en

otra parte”.

El código • 04.03. nos dice a qué partida pertenece en dicho capítulo

correspondiendo la misma a “Suero de mantequilla (manteca), leche

y nata (crema), cuajadas, yogur, kefi r y demás leches y natas (cremas)

fermentadas o acidifi cadas, incluso concentradas, con adición de

azúcar u otro edulcorante, aromatizadas o con frutas u otros frutos

o cacao”.

Apoyándonos en el • Sistema Armonizado (SA), buscamos y encon-

tramos que este capítulo pertenece a la Sección I, la cual está rela-

cionada con los “Animales vivos y productos del reino animal”.

Pudiendo ser considerada ésta como una • sub partida.Entonces se puede leer • Sección I, Capítulo 4, Partida 04.03., Sub-partida 04.03.10. Recordemos que las sub partidas son considera-

das hasta los 6 dígitos.

Siempre apoyados en el • SA, corroboramos que el código del producto

yogur es el 04.03.10.00.00.

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52 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

El mismo SA, nos refl eja que el arancel o impuesto para este produc-•

to en el marco del CAFTA es de 40 por ciento.

En el programa de desgravación al • producto yogur le asignaron la

letra F es decir, no se dan cambios en el arancel base. En el marco

del CAFTA-DR se deja con el mismo arancel base del 40 por ciento.

La modalidad de cálculo para la desgravación fue defi nida de forma •

lineal y a un plazo de 20 años, contando además con 10 años de

gracia.

¿Qué signifi ca lo anterior? Primero que, debido al período de gracia

defi nido, deberán pasar 10 años desde la fi rma del tratado para que se

comience con la reducción del arancel al producto. Así el arancel del 40

por ciento que tiene el producto yogur permanece sin ninguna reducción

hasta el último día del año 10 después de la entrada en vigencia del tra-

tado.

A partir del primer día del décimo primer año después de entrada en vi-

gencia del tratado (es decir el año 11) y hasta el último día del año 19 el

arancel a la importación se reducirá un décimo anual, de tal forma que al

primer día del año 20 el producto yogur deberá estar libre del arancel a la

importación, es decir, el mismo deberá haber llegado a ser cero arancel.

Otro ejemplo puede ser el maíz amarillo:

La primera columna en la tabla anterior nos dice el • código del pro-

ducto maíz amarillo en el Sistema Armonizado (SA).La columna 2 nos dice el nombre del producto: maíz amarillo.•

A partir de la columna 3 sabemos que el arancel actual (en el marco •

del CAFTA) es de 15 por ciento.

La columna 4 nos dice la letra del abecedario designada dentro del •

programa de desgravación, es decir, la letra E, la cual signifi ca que el

impuesto a la importación se eliminará en quince años (15 cortes)

Bajo esta categoría el porcentaje base (el cual es el arancel actual) •

permanecerá sin disminución durante los primeros 6 años de vigen-

cia del tratado. Estos son los años de gracia.

A partir del primer día del séptimo año después de la entrada en •

vigencia del tratado y hasta el último día del décimo año el arancel a

la importación del maíz amarillo se reducirá en un 33 por ciento del

porcentaje base, es decir, 8.25 por ciento a lo largo de los 4 años.

A partir del primer día del año 11 hasta el último día del año 14 el •

arancel de importación del maíz amarillo se reducirá en un 67 por

ciento, es decir 13.4 por ciento cada año.

El producto • maíz amarillo deberá estar libre de aranceles a la im-

portación a partir del primer día del año 15 después de la entrada en

vigencia del tratado.

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53Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

¿Cómo deben entenderse?

Las medidas de salvaguardia son disposiciones de urgencia de tipo tem-

poral. Es decir, cuando en algún momento se presentan problemas rela-

cionados con el aumento en los volúmenes de importación o cantidades

de bienes y productos que entran al país, aumento que puede darse

como resultado de la reducción o eliminación de un pago de arancel,

de un bien o producto similar a otro que también se produce en el país,

la medida que se aplica persigue ayudar a hacer correcciones o ajustes

con el fi n de mejorar tal situación.

Las medidas de salvaguardia constituyen uno de los tres tipos de medida

especial de protección del comercio (los otros dos ya han sido anterior-

mente mencionados en el presente documento, estos son las medidas

antidumping y las medidas compensatorias).

Existen principios que rigen la aplicación de estas medidas: 1) tienen que

ser temporales; 2) sólo pueden imponerse cuando se determine que las

importaciones causan o amenazan causar un daño grave a una rama de

producción nacional competidora; 3) se aplican (generalmente) de manera

no selectiva es decir bajo el régimen de Nación Más Favorecida (NMF).

Capítulo 6Las medidas de salvaguardia

53

Las salvaguardias son las medidas o restricciones que aplica un país cuando las importaciones de un producto (agrícola o textil considerado sensible) es decir, los volúmenes o cantidades en que entran a ese país aumentan en tal cantidad que provocan daño a la producción. Puede ser que solamente se conozca que causará el daño. Este daño tiene que ser grave. En primer lugar lo que el país hace es establecer un alto temporal en la entrada de ese producto. En tal situación se aplican las medidas de salvaguardia. En resumen la salvaguardia no consiste sino en las medidas que se toman para vigilar que la producción se desarrolle normalmente sin problemas. En el marco del tratado se defi nieron y se acordaron medidas de salvaguardia para algunos productos.

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54 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

¿Cómo se debe proceder para activar las medidas de sal-vaguardia?

La medida solo se puede activar o aplicar:

En el caso de que un país considere que la producción o fabricación •

de algún bien o producto está en peligro debido a un incremento en

los volúmenes de entrada de un producto similar; o bien

con solamente considerar que existe la posibilidad de que la entrada •

de dicho producto cause un daño serio o sea una real amenaza que

afecte, así, la producción o industria nacional de un producto similar

dentro del país.

Ante esta situación el país debe hacer un informe de carácter técnico el

cual es recomendado por una autoridad investigadora competente y por

último se decide sobre si se aplica o no la medida.

Para el caso de Centroamérica existe un reglamento o normativa común

que incluye a otros países, es decir, que el problema puede enfrentarse

con este mecanismo o medida no solamente si se diera entre Nicaragua

y Estados Unidos sino también cuando esté originado por otros países.

Esto aparece también incluido en el documento del tratado. Se negocia-

ron también medidas de salvaguardia globales, bilaterales y especia-les tanto para productos agrícolas sensibles como para textiles.

En el Anexo 7 del presente documento puede verse la defi nición de cada

tipo de medida de salvaguardia. En esta parte del documento, y debido

a la importancia que tienen, se verán solamente dos de ellas: la medida de Salvaguardia Agrícola Especial (SAE) y la Salvaguardia Especial para el Sector Textil.

La Salvaguardia Agrícola Especial

Hay que mencionar respecto a las salvaguardias agrícolas especiales

que estas son específi cas para proteger algunos productos agrícolas

identifi cados como sensibles. En relación a esto es necesario revisar al-

gunos aspectos a nivel de algunos productos. Por ejemplo en la tabla

siguiente se pueden ver para Nicaragua los productos que por su nivel

de sensibilidad son objeto de contingentes y además de salvaguardias

agrícolas especiales:

Page 56: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

55Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

PRODUCTOS OBJETOS DE CONTINGENTES Y SAE

PRODUCTOS PORCENTAJE PARA LA ACTIVACIÓN DE LA SAE

Pollos: muslos, piernas

incluso unidos

130 por ciento del contingente

Mantequilla 130 por ciento del contingente

Queso 130 por ciento del contingente

Helados 130 por ciento del contingente

Otros productos lácteos 130 por ciento del contingente

Maíz amarillo 130 por ciento del contingente

Arroz en granza 130 por ciento del contingente

Arroz pilado 130 por ciento del contingente

¿Qué signifi ca contingentes y SAE al mismo tiempo?

Que todos los productos de la tabla anterior pueden importarse de •

Estados Unidos dentro del monto o volumen fi jado para el contin-

gente en cada año y gozarán de arancel 0 por ciento. A las importa-

ciones por encima del volumen fi jado se aplicará un pago de aran-

cel fuera de contingente. Ante un aumento de las importaciones por

encima de los montos especifi cados en el tratado, se activa la SAE

que consiste en sumar el pago de arancel aplicado de conformidad

con la categoría de desgravación correspondiente más el pago de

arancel adicional establecido (el 30 por ciento adicional).

Por otro lado, hay productos a los cuales se les aplica solamente la •

Salvaguardia Agrícola Especial (SAE). En la tabla siguiente se pue-

den ver tales productos.

PRODUCTOS QUE SON OBJETO DE SAE ÚNICAMENTE

PRODUCTOS NIVEL DE ACTIVACIÓN TASA DE CRECIMIENTO ANUAL

Carne de bovino 300 TM 10 por ciento

Leche fl uida 50 TM 10 por ciento

Cebollas 450 TM 10 por ciento

Frijoles 700 TM 10 por ciento

Sorgo 1,000 TM 10 por ciento

Jarabe de maíz con

alto contenido de fruc-

tuosa

75 TM 10 por ciento

De tal manera la carne de bovino, leche fl uida, cebollas, frijoles, sor-•

go y jarabe de maíz con alto contenido de fructosa son los únicos

con esta medida. Estos productos tienen una tasa de crecimiento

en volumen del 10 por ciento anual y la activación de la SAE se da

conforme exceden los volúmenes negociados.

Un país miembro de la OMC

como Nicaragua puede

aplicar medidas especiales,

es decir salvaguardias

especiales, sobre todo

para la agricultura

ante el incremento real

de importaciones de un

producto. Estas medidas

ya han sido defi nidas en el

marco de dicha organización

internacional.

Si en el marco del CAFTA-DR

el producto estuviere sujeto a

una sal vaguardia especial, se

tiene que buscar información

en el documento del tratado,

específi camente en el Anexo

3.15 del mismo, Capítulo 3

Trato Nacional y acceso al

mercado, lista de Nicaragua.

Allí se encuentran los niveles

de activación y la forma de

calcular el arancel adicional

que se debe imponer a dicho

producto.

Como ya se ha mencionado

anteriormente, una regla

general de los países

miembros de la OMC es

que no pueden establecer

discriminaciones entre sí en

las actividades comerciales

que realizan.

Page 57: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

56 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Cabe señalar que las importaciones de maíz blanco fueron excluidas •

del programa de desgravación arancelaria, lo que es un procedimien-

to técnico, por lo que su pago de arancel se mantiene en el tiempo

sin sufrir ninguna reducción, pues se negoció un volumen determina-

do de importaciones (arancel de 0 por ciento) el cual se incrementa

a lo largo de 20 años hasta llegar a 7,000 toneladas métricas. Dicho

volumen se mantendrá por el tiempo en vigor del tratado y estará

sujeto también a la aplicación de SAE.

La Salvaguardia Especial para el Sector Textil

Esta medida para el sector textil funciona durante un período de 5 años

a partir de la vigencia del tratado.

Se aplica solamente si, como resultado de la disminución o elimina-•

ción de un pago de derecho o pago de arancel estipulado en el tra-

tado, las importaciones de una mercancía textil o vestido de un país

miembro del tratado se dieran en cantidades tales que causen un

perjuicio grave o amenaza real a una rama de producción nacional

productora de una mercancía similar o directamente competidora.

Nicaragua podrá, en la medida necesaria para evitar o remediar di-•

cho perjuicio y para facilitar el ajuste, aplicar una medida de salva-

guardia textil a esa mercancía, en la forma de un aumento en la tasa

arancelaria para ella. Es decir, un aumento en el pago de derecho o

pago de arancel para que la mercancía entre al país.

De esta forma se protege de importaciones en los rubros de textiles •

que crezcan de tal forma que causen daño o amenacen causar daño,

aunque la misma, una vez que se aplica, no puede durar más de 3

años.

Lo anterior implica que si la aplicación de la medida de salvaguardia •

se da en el tercer año de entrada en vigencia del tratado, esta se

puede mantener únicamente por un periodo de dos años.

¿Cuáles son las normas para la aplicación de una medida de salvaguardia?

En el CAFTA-DR se establecieron normas básicas para la aplicación de

una medida de salvaguardia (Arto. 8.2).

En el caso de las SAE se aplica, como se vio anteriormente, por •

volumen (volumen de activación). En Nicaragua corresponde a adua-

nas aplicarla automáticamente en frontera una vez que se llegue al

volumen de activación negociado, por lo que esta SAE se activará

una vez que las importaciones superen los montos de activación

establecidos en la negociación.

La medida no puede aplicarse por más de 4 años y debe expirar •

cuando fi naliza el período de transición. El período de aplicación de

la medida de salvaguardia se puede extender pero sólo cuando la

autoridad investigadora competente determina, de conformidad con

Page 58: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

57Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

los procedimientos estipulados en el Artículo 8.3, que la medida si-

gue siendo necesaria para evitar o remediar un daño grave y para

facilitar el ajuste.

Se estipula también que, “… para cualquier medida de salvaguardia •

superior a un año, el país que aplica la medida la liberará progresiva-

mente, a intervalos regulares, y que no la podrá aplicar más de una

vez con respecto a la misma mercancía”.

Administración de los procedimientos en la aplicación de las medidas de salvaguardia

En el marco del tratado se acordaron procedimientos de investigación,

defi niéndose además requisitos de transparencia para la administración

de procedimientos de salvaguardia, indicando las sanciones contenidas

en el texto y en un anexo al Artículo 8.3. En dicho anexo del documento

se incluyen los siguientes puntos:

Disposiciones para iniciar un procedimiento de aplicación de la salva-•

guardia.

El contenido preciso de una solicitud o queja por parte del sector •

que percibe el daño.

Los requisitos de notifi cación para una audiencia pública.•

La obligación de convocar a una audiencia pública donde se les per-•

mita a las partes interesadas y a los consumidores expresar sus inte-

reses y puntos de vista relativos a la medida propuesta.

Los procedimientos relativos a la confi dencialidad de la información.•

Las pruebas de evidencia de daño grave y relación causal.•

Las disposiciones sobre la deliberación y publicación de los resulta-•

dos de la investigación en un informe fi nal.

La notifi cación y consulta para la aplicación de medidas de salvaguardia

En el marco del CAFTA-DR se acordaron diferentes tipos de notifi cación

que se deben hacer entre dos o varios países (Arto. 8.4):

Por un lado la notifi cación al inicio de un procedimiento de salva-•

guardia.

La determinación de la existencia de daño grave, o una amenaza de •

daño.

Notifi cación sobre la decisión de aplicar o prorrogar una medida de •

salvaguardia aplicada previamente.

También se estipula que un país proporcionará a los otros países una

copia del informe fi nal para lo que, “… deberá haber consultas entre

todos los países cuando se recibe una notifi cación relativa al inicio de

un procedimiento o cuando se determina que hubo daño grave o una

amenaza de daño, o cuando existe un informe fi nal como resultado de

una investigación”.

Page 59: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

58 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Page 60: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

59Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

En materia de defensa comercial existen diversas medidas entre

ellas las antidumping y los derechos compensatorios así como

las medidas de salvaguardia. Pero, además, existen otras tales

como las medidas sanitarias (seguridad humana y animal) y medidas fi tosanitarias (seguridad de plantas), todas ellas sustentadas en acuer-

dos establecidos en el marco de la OMC.

Todos los países aplican las medidas sanitarias y fi tosanitarias (MSF) para

garantizar la inocuidad (esto signifi ca que los mismos no hacen daño y

que son inofensivos a la salud) de los productos alimenticios destinados al

consumo humano y para evitar la propagación de plagas o enfermedades

entre los animales y los vegetales. Se aplican tanto a los bienes alimenti-

cios de producción nacional como a las enfermedades locales de anima-

les y vegetales y a los productos procedentes de otros países.

En el marco del tratado se necesita:

Garantías por parte de los productores sobre la calidad sanitaria de •

los productos.

Los procesos de producción y los productos mismos deben ser ve-•

rifi cables, es decir, que se proporcione información transparente en

torno a su producción y origen.

Capítulo 7Medidas sanitarias y fi tosanitarias (MSF)

59

Medidas de defensa

comercial son aquellas

acciones que un país realiza

en el marco del derecho

internacional para rechazar

toda práctica desleal de

comercio internacional que:

• Cause o amenace

causar algún daño

importante a una rama de

la producción nacional

existente en el territorio; o

• retrase de manera

importante la creación

de una rama de

producción nacional a

través de la importación

de mercancías en

condiciones de

discriminación de precios

o de subvenciones

(o subsidios) del país

exportador.

Page 61: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

60 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

El capítulo Medidas sanitarias y fi tosanitarias tiene como fi nalidad:

Proteger la vida y salud de las personas, de los animales y de los •

vegetales en el territorio de las partes.

Impulsar la puesta en marcha del Acuerdo de Medidas Sanitarias y •

Fitosanitarias AMSF.

Proporcionar un foro en el que se discutan y se resuelvan los asuntos •

sanitarios y fi tosanitarios integrado por representantes con respon-

sabilidad en este tema de cada una de las partes.

Impulsar la cooperación técnica y facilitar el intercambio comercial •

entre las partes.

¿Qué dice el documento del Tratado en relación a las MSF?

El alcance y cobertura del Capítulo 6 del documento del CAFTA-DR se

aplica a todas las medidas sanitarias y fi tosanitarias de los países que di-

rectamente afectan el comercio entre los países fi rmantes de los acuer-

dos que conforman el tratado; y ningún país “… recurrirá al mecanis-

mo de solución de controversias establecido en el tratado” para ningún

asunto que surja en el tema MSF.

Con la entrada en vigencia del CAFTA-DR se establece la creación de un

Comité sobre Asuntos Sanitarios y Fitosanitarios que guía el estable-

cimiento de medidas sanitarias y fi tosanitarias. Dicho comité está con-

formado con la participación de los delegados de los países miembros

del tratado. En el Anexo 6.3 del CAFTA-DR se defi nen los representantes

titulares de los organismos y/o ministerios de cada parte que formarán el

comité. En el caso de Nicaragua, les corresponde integrarlo al Ministe-

rio de Industria y Fomento (MIFIC) y al Ministerio Agropecuario y Forestal

(MAGFOR).

Las principales funciones del comité:

Ayudar a cada país miembro del tratado a poner en marcha el Acuer-•

do MSF.

Impulsar la cooperación entre los países miembros del tratado, a tra-•

vés de recomendaciones sobre programas específi cos que puedan ser

atendidos por el comité, para la creación de capacidades relacionadas

con el comercio.

Facilitar la respuesta de un país miembro del tratado a la solicitud •

de información de otro país miembro del tratado, con mínimos re-

trasos.

Celebrar consultas sobre la aplicación de medidas sanitarias y fi to-•

sanitarias que afecten o pudieran afectar el comercio entre las paí-

ses miembros del tratado.

Promover la comunicación y las relaciones entre las agencias y mi-•

nisterios competentes de los países miembros del tratado y estable-

cer grupos de trabajo de medidas sanitarias y fi tosanitarias.

En el documento del tratado,

en el Capítulo 8 (CAFTA-DR)

aparece todo lo relacionado

con el tema de defensa

comercial, es decir, lo

relacionado con las medidas

de salvaguardia localizadas

en la Sección A y las medidas

antidumping y derechos

compensatorios en la

Sección B.

Page 62: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

61Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

¿Cuáles son las condiciones, ventajas y requisitos de las medidas sanitarias y fi tosanitarias (MSF) en el marco del CAFTA-DR?

Todos los pequeños productores agropecuarios y MIPYME deben saber

que los mercados internacionales funcionan con una serie de requisitos

técnicos y normas que todos los productores y exportadores nacionales

tienen que cumplir para sus productos en sus mercados objetivos.

En el marco de los acuerdos fi rmados por Nicaragua, estas normas y

requisitos pueden ser obligatorios con el fi n de que temas tales como

salud, seguridad, protección del medio ambiente o del consumidor se

cumplan conforme a normas que están establecidas en la legislación del

país importador.

Quienes compran pueden también imponer requisitos. En este caso

también se espera que los productos cumplan las normas defi nidas en

el país importador. Además, los exportadores tienen que demostrar, a

través de la evaluación de conformidad del reglamento (certifi cación,

pruebas, inspección), que sus productos cumplen los requisitos esta-

blecidos en los reglamentos técnicos, en normas y medidas sanitarias y

fi tosanitarias del país importador. Las normas o requisitos técnicos para

diversos productos son diferentes de un país a otro, y eso constituye lo

que se denomina obstáculos no arancelarios, que difi cultan el acceso

de los exportadores a los mercados.

Con el objeto de facilitar el comercio de productos agropecuarios espe-

cífi cos entre los países miembros del tratado, se creó en forma separada

al comité un grupo de trabajo para la resolución de problemas sanitarios

y fi tosanitarios que afectan a las exportaciones de los países miembros

del tratado.

Actualmente este comité está trabajando para lograr obtener la autori-

zación o admisibilidad para productos lácteos, vegetales y otros que les

permita ingresar al mercado estadounidense. Sin embargo, la moderni-

zación del régimen sanitario y fi tosanitario de Nicaragua requiere de apo-

yo y cooperación internacional y algunos organismos como el BID, BCIE,

USFDA, FAO y USDA entre otros pueden cooperar en este tema.

Los sectores productivos nicaragüenses deben estar conscientes de

que la inocuidad de los alimentos no es sólo una cuestión de salud pú-

blica crucial para los consumidores, sino también un tema cada vez más

importante para el comercio internacional de alimentos de origen animal

y vegetal.

Los productores deben tener claro que la apertura comercial del CAFTA-

DR para Nicaragua también la tendrán otros países de la región y del

El AMSF establece que

los miembros de la OMC

tienen el derecho de tomar

las medidas sanitarias y

fi tosanitarias necesarias para

la protección de la vida o la

salud humana, animal o de

las plantas, siempre y cuando

estas medidas no introduzcan

elementos discriminatorios

entre los miembros en donde

reinan condiciones idénticas

o similares, incluso entre su

propio territorio y el de otros

miembros. Las MSF no se

deben aplicar de manera que

se puedan constituir en un

obstáculo para el desarrollo

del comercio internacional.

En el caso de Nicaragua,

el Comité sobre Asuntos

Sanitarios y Fitosanitarios lo

conforma el MIFIC, MAGFOR

y el Ministerio de Salud. Este

Comité tiene como guía lo

establecido en el CAFTA-DR y

el Reglamento Centroamericano

sobre Medidas y

Procedimientos Sanitarios y

Fitosanitarios (El Reglamento

Centroamericano de MSF está

publicado en:

http://www.sieca.org.gt/SIECA.htm).

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62 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

continente que aventajan a Nicaragua en tecnología y experiencia co-

mercial, en infraestructura y en capacidad productiva instalada.

Pero también este tema no sólo es de obligatorio desarrollo para los pro-

ductores de alimentos en general, desde su fase primaria en el campo

agrícola, sino que también hay una gran responsabilidad del Gobierno

para crear y mantener una constante presencia en ello.

En efecto, en el Acuerdo MSF ratifi cado por los países miembros de la

OMC, se reconocen específi camente las reglas elaboradas por la Orga-

nización Mundial de Sanidad Animal (OIE), la Comisión del Codex y la

Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) como refe-

rentes internacionales en materia de sanidad animal, humana y vegetal.

Es importante que los respectivos programas, acciones y trabajos de

inocuidad alimentaria nacionales estén bien coordinados por el Gobierno

para evitar contradicciones en relación a este tema.

Otro aspecto importante lo constituyen las exigencias crecientes de los

mercados y en especial el de Estados Unidos de América, que han que-

dado establecidas a través del CAFTA-DR además de otras normas que

puede emitir este país para protección de su territorio. Tal es el caso de

la Ley de Bioterrorismo.

En este contexto es recomendable que los productores, las organiza-

ciones cooperantes y el Gobierno a través de las instancias apropiadas

contribuyan rápidamente a generar y a difundir guías técnicas de pro-ducción y comercialización2 para productores como una primera etapa

de un proceso aún más largo que incluye la producción agroindustrial,

para que los sectores productivos, con la especial participación oportu-

na e incluyente de la mujer, contribuyan a saber cómo producir y expor-

tar a los mercados internacionales.

El contenido recomendable de la guía técnica es información para ubi-

car el producto o la mercancía frente a los parámetros de competencia

internacional, es decir una guía técnica que debe llevar, al menos, infor-

mación sobre temas tales como:

Especifi caciones técnicas del producto. •

Fechas recomendadas para la siembra.•

Variedades recomendadas por rendimiento, mercados y calidades. •

Manejo agrotécnico.•

Manejo integrado de plagas y enfermedades.•

Estándares de calidad. •

Estándares de empaque. •

Transporte. •

2 Por sus siglas en inglés: General Agreement on Tariffs and Trade (GATT). Una institución pionera en esta labor ha sido el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura

(IICA). Ver: http://www.iica.int.ni/Library/Guias_De_Exportacion.html Bilateral Investment Treaties (BIT).

Los obstáculos no

arancelarios tienen que ver

con diversas cuestiones

burocráticas o jurídicas

que podrían constituirse en

obstáculos al comercio de

los productos o mercancías.

Entre algunos de estos

se pueden mencionar los

Procedimientos para el trámite

de licencias de importación,

las normas para la valoración

de las mercancías en aduana,

la Inspección previa a la

expedición: nuevos controles

de las importaciones, las

normas de origen: fabricado

en…¿que país? las medidas

en materia de inversiones……

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63Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Comercio o mercados. •

Trámites nacionales para la exportación.•

Requisitos para cumplir con los requerimientos establecidos en la •

Ley de Bioterrorismo de Estados Unidos.

Experiencias en Nicaragua y/u otros países.•

Cabe señalar que en Nicaragua se torna un poco difícil el acceso a este

tipo de información. No obstante, a través del MIFIC se pueden obtener

fi chas para el caso de algunos productos. Dichas fi chas contienen gran

parte de la información anteriormente señalada. Buscar para ello en la

hoja web: www.mifi c.gob.ni

Como ejemplo tomaremos el caso de la miel natural. El índice del conte-

nido de la fi cha podemos verlo en el Anexo 8 del presente documento.

Específi camente relacionados con diversas medidas (reglas sanitarias,

técnicas y demás) en torno a la miel natural se pueden retomar de la

fi cha respectiva algunos elementos tales como los siguientes:

En primer lugar identifi camos su clasifi cación arancelaria de acuerdo al

SA, el cual es el 04.09.00. equivalente en el mismo a la miel natural.

Respecto a su comercialización en el mercado de los Estados Unidos

el producto debe cumplir con las normas establecidas por el Departa-

mento de Agricultura, Regulaciones de productos procesados. Estas

implican el cumplimiento de los estándares internacionales resumidos

como:

Color:• Será variable desde casi incolora hasta pardo oscuro, pero

siendo uniforme en todo el volumen del envase que la contenga.

Sabor y aroma:• Deberá tener sabor y aroma característicos y estar

libre de sabores y aromas impropios del producto.

Consistencia:• Podrá ser fl uida, viscosa o cristalizada total o parcial-

mente.

La Ley de Bioterrorismo

A raíz de los atentados de 2001 en EE.UU., el Gobierno estadounidense

ha desarrollado iniciativas para mejorar e incrementar sus acciones de

control al ingreso de personas y mercancías. Es así como el 12 de junio

de 2002, se promulgó la Ley de Seguridad en la Salud Pública, Prepa-

ración y Respuesta Contra el Bioterrorismo. Con ella se ayudará al FDA,

organismo a quien se ha delegado la administración de la ley, a rastrear

alimentos comestibles que estén implicados en cualquier emergencia fu-

tura, incluso por contaminación relacionada con el bioterrorismo.

Los requerimientos de esta legislación norteamericana implican que los

productores, procesadores, manufacturadores, transportistas, almace-

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64 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

nadores y acopiadores de productos alimenticios lleven un minucioso y

detallado control del proceso de transporte y manipulación que recibe un

producto desde que sale de una fi nca o punto de producción o acopio

hasta que llega a Estados Unidos.

La nueva ley obliga a los exportadores a mantener un minucioso proceso

de documentación que tiene que ser puesta a la orden de las autorida-

des norteamericanas en todo momento. Sino, la empresa estaría incu-

rriendo en algún delito y le podrían rechazar el producto, suspender el

permiso para vender en ese país o hasta ir a la cárcel si se encuentran

alteraciones o agentes patógenos en la mercadería.

Hasta el momento la Ley Antibioterrorismo no ha sido usada como ba-

rrera no arancelaria que restrinja la actividad comercial entre Estados

Unidos y un país determinado. Con la entrada en vigencia de la Ley An-

tibioterrorismo, la trazabilidad se ha impuesto como una medida obliga-

toria. Estas exigencias imponen conocer los mecanismos y operatividad

de la trazabilidad de toda la producción para poder comercializar com-

petitivamente en el mundo. Para mayor información se sugiere buscar

en www.fda.gov/oc/bioterrorism/bioact.html

Restricciones de cuarentena y posibles soluciones

No se presentan restricciones de cuarentena para productos melí-•

feros, sin embargo las autoridades de Estados Unidos supervisan

aleatoriamente la calidad del producto, especialmente con relación

a factores como, niveles excesivos de hidroximetilfurfural (HMF) y

humedad, uniformidad de color y niveles, residuos u otros aspectos

similares.

Para evitar posibles restricciones cuarentenarias se recomienda que •

la producción se realice bajo los estándares mundiales, tomando

como base las normas del Codex Alimentarius, que deben servir de

base para desarrollar una norma nacional para la producción de miel

de abejas.

Reglas sanitarias

El producto debe cumplir con todas las normas previstas y publicadas

por la Administración de Alimentos y Medicamentos (Food and Drugs

Administration/FDA por sus siglas en inglés), en especial las correspon-

dientes a las reglas generales de:

Etiquetado, nutrición y educación (NL&E Act).•

Empaque y etiquetado en ferias (FPL&Act).•

Reglas básicas de producción • (GMP).

La trazabilidad es un conjunto

de acciones, medidas y

procedimientos técnicos que

permite identifi car y registrar

cada producto desde su

nacimiento hasta el fi nal de la

cadena de comercialización.

La trazabilidad permite

rastrear la cadena de

producción y otorga a los

productores la posibilidad

de colocar sus productos

en mercados específi cos

más rentables, que exigen

la certeza del origen y de las

distintas etapas del proceso

productivo.

La Ley de Bioterrorismo

y la efi ciencia en los

procesos productivos hacen

indispensable conocer

la trazabilidad de toda la

producción para seguir

siendo competitivos. En la

producción moderna no se

concibe un producto sin sus

datos de trazabilidad.

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65Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

La Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) ha establecido

un calendario para exigir a sus proveedores de miel que cuenten con

sistemas de aseguramiento de la calidad en sus empresas.

Estados Unidos pedirá que se realice el plan de monitoreo de los apiarios

a fi n de controlar el uso de sustancias prohibidas en el control de enfer-

medades de las abejas.

Niveles de tolerancia

Producto: Hidroxim etilfurfural (HMF). •

Tolerancia (mg/kg): 80.•

Fuente: Codex Alimentarius.•

Manejo del producto

Métodos de transporte utilizados para las importaciones:

Vía marítima en contenedor seco hasta el país de destino.•

Transporte terrestre (camión refrigerado) hasta almacenes y estable-•

cimientos detallistas.

Certifi cación de productos

Para certifi car productos agroindustriales e industriales existen instan-

cias gubernamentales específi cas.

En Nicaragua, para productos agropecuarios la instancia encargada es la

Dirección General de Protección y Sanidad Agropecuaria del MAGFOR,

específi camente el área de inocuidad agroalimentaria, la misma que

coordina, facilita y ejecuta la inspección ofi cial higiénico-sanitaria de

alimentos de origen animal y vegetal.

También supervisa, inspecciona y certifi ca la condición sanitaria de ras-

tros, plantas procesadoras de productos y sub-productos de origen ani-

mal y vegetal destinados al consumo nacional e internacional, así como

empacadoras, medios de transporte y otros, para producir alimentos

inocuos y seguros para el consumo externo e interno. Detalles adiciona-

les se pueden conocer en la siguiente dirección:

http://www.dgpsa.gob.ni.

Para la exportación de productos industriales se deben llenar los requisitos

establecidos por normativas establecidas por el MINSA y el MIFIC. Estos

datos e información se pueden leer en la dirección electrónica:

http://www.cetrex.com.ni/.

La llamada Ley de

Bioterrorismo, dictada por

el Gobierno Federal de

Estados Unidos, surge como

consecuencia de los ataques

que sufrió ese país el 11 de

septiembre de 2001 y tiene

como fi n prevenir el ingreso

de alimentos que podrían

estar contaminados. Esta

ley entró en vigencia el 12

de diciembre de 2003 y su

cumplimiento está a cargo

de la Administración de

Alimentos y Medicamentos

(Food and Drugs

Administration, FDA en

inglés) y de las aduanas de

Estados Unidos.

Los requerimientos que

impone esta ley afectan las

exportaciones de muchos

países a Estados Unidos

de América porque aún

los exportadores no están

preparados adecuadamente

para cumplir tales exigencias,

aplicables a insumos

alimenticios, suplementos

dietéticos, frutas y vegetales

frescos, productos lácteos,

pescados y mariscos,

bebidas, licores, animales

vivos a ser procesados como

alimentos y comida para

animales.

Page 67: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

66 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

En el caso del CETREX, entre algunos de los requisitos para exportacio-

nes de productos agrícolas se encuentran los siguientes:

1. Exportación de productos agrícolasFormulario Declaración de Mercancías de Exportación o •

FAUCA.

Factura de exportación. •

Permiso de importación (opcional). •

Constancia de certifi cación fi tosanitaria emitida por los servicios •

regionales del MAGFOR.

Análisis de afl atoxina (frijol y maíz) / Costa Rica. •

Certifi cado de fumigación (tabaco en rama). •

2. Exportación de carne con fi nes comercialesFormulario FAUCA o Declaración de Mercancías de Exportación. •

Factura de exportación. •

Certifi cado ofi cial de inspección de carnes emitida por el médico del •

matadero.

Constancia emitida por el médico veterinario ofi cial. •

3. Exportación de carne sin fi nes comercialesFactura de compra de matadero autorizado por el MAGFOR.•

4. Exportación de otros animales vivosFormulario FAUCA o Declaración de Mercancías de Exportación. •

Factura de exportación. •

Certifi cado CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de •

Especies amenazadas de Flora y Fauna Silvestre) en el caso de aves,

anfi bios, reptiles y arácnidos.

Certifi cado de médico veterinario privado.•

Emisión de Certifi cado Fitosanitario de Exportación

Este certifi cado avala la calidad fi tosanitaria de los productos a exportar.

El valor del formato va incluido en la tarifa que se paga según el valor

FOB de la exportación.

Requisitos:

Estar registrado en el CETREX como exportador (en esta misma par-•

te del documento ver más abajo los requisitos para registrarse como

exportador).

Certifi cado de fumigación emitido por OIRSA si el país consignatario •

lo requiere (fríjol, cacao, madera, tabaco en rama, láminas de

plywood, otros).

Certifi cado CITES (madera aserrada de caoba). •

Constancia de certifi cación fi tosanitaria emitida por los servicios re-•

gionales de sanidad vegetal (café, frutas y vegetales). Para todos

aquellos trámites que se realizan a nivel central y Chinandega.

El CETREX es el Centro de

Tramites de las Exportaciones.

Este es una entidad pública

que brinda servicio al sector

exportador.

Fue creado mediante el

Decreto Presidencial 30-94,

del 28 de junio de 1994.

Se estableció con el objeto

de centralizar la ejecución

de las funciones específi cas

de las entidades públicas

que atienden los trámites

requeridos por exportadores.

Está adscrito a la Comisión

Nacional de Promoción de

Exportaciones (CNPE).

Page 68: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

67Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Emisión de Certifi cado CAFTA-DR

Este certifi cado de origen sirve para la certifi cación de productos con

destino a Estados Unidos y estos deben de cumplir con las condiciones

del país importador.

Requisitos:

Estar registrado en CETREX como exportador. •

Declaración de Mercancías de Exportación (antes FUE).•

Factura defi nitiva. •

Instructivo para el llenado del certifi cado CAFT• A.

Certifi cado de Origen CAFTA-D• R.

Requisitos para registrarse como exportador en el CETREX, tanto para las personas naturales como para las jurídicas. Toda esta in-formación se debe actualizar (tanto datos como fi rmas autorizadas) una vez al año.

Personas naturales:Fotocopia de RUC. •

Constancia de contribuyente DGI. •

Registro de fi rmas. •

Identifi cación del exportador y sus representantes si los tiene. •

Poder especial ante CETREX, notariado para las agencias aduaneras •

(si lo desea).

Llenar hoja de solicitud de inscripción autenticada por un abogado. •

Personas jurídicasFotocopia de RUC. •

Constancia de contribuyente DGI. •

Registro de fi rmas. •

Escritura de constitución original y fotocopia debidamente inscrita •

en el registro mercantil.

Poder general de administración debidamente inscrito en el registro •

mercantil.

Las cooperativas deben presentar La Gaceta con la prueba de que •

se les otorgó la personería jurídica.

Siempre respecto al tema de MSF el Gobierno y, específi camente, el

Comité Sobre Asuntos Sanitarios y Fitosanitarios de Nicaragua, son los

responsables de difundir la información esencial que necesitan los ex-

portadores, por ejemplo, sobre las condiciones que deben cumplir las

exportaciones para que se permita su acceso al país importador, y traba-

jar para desarrollar una estrategia coherente de acceso a los mercados

utilizando como marco el Acuerdo MSF.

Cuando las medidas sanitarias y fi tosanitarias nacionales cumplen los

requisitos del Acuerdo OMC/MSF, se vuelve más difícil que los expor-

CITES son las siglas de

la Convención sobre el

Comercio Internacional de

Especies Amenazadas de

Fauna y Flora Silvestres.

Page 69: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

68 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

tadores sean cuestionados por otros países alegando obstáculos ile-

gítimos al comercio. Esto permite a productores y comercializadores

tener confi anza en que no estarán expuestas a competencia extranjera

no prevista. Además, estas medidas sanitarias y fi tosanitarias nacionales

no estarían sujetas a disputas comerciales que son costosas para ambas

partes.

En esta línea, y siempre en relación con el ejemplo de la miel natural, se

encuentra información en la fi cha del MIFIC.

El principal elemento que se debe tener en cuenta para el correcto •

mercadeo de la miel es su certifi cación por origen botánico, es decir,

la base fl oral del néctar utilizado por las abejas.

Así, es conveniente obtener dicha certifi cación ya que, de acuerdo •

a la fl ora de la cual provienen las mieles, las propiedades y caracte-

rísticas varían notablemente, pudiendo ser mieles monofl oras, en el

caso de que provengan de néctares de un solo tipo de fl or, o multi-

fl oras.

En EEUU prefi eren las mieles multifl oras silvestres y las monofl oras de

alfalfa y trébol básicamente.

Los compradores buscan así proveedores cuyos productos tengan •

la alta calidad y el sabor fuerte que dan las mieles multifl oras.

Los factores de consideración dentro del proceso de compra de miel •

son calidad, confi abilidad y seguridad en el despacho, y reputación

del proveedor.

En todos los casos, compradores potenciales demandarán el envío •

de muestras a evaluar antes de iniciar un proceso formal de nego-

ciaciones.

Se debe tener presente la calidad del producto y producir de acuerdo a

los estándares que demanda el mercado.

Page 70: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

69Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

En el marco de las negociaciones del tratado, Nicaragua logra, en

términos generales, que un 100 por ciento de la producción expor-

table agrícola e industrial entre a territorio de Estados Unidos con

cero arancel a la importación, es decir sin pagar impuestos.

El 80 por ciento de éstos con un acceso a lo inmediato, es decir, •

desde el momento en que se pone en vigencia el tratado en abril de

2006. El 80% de la producción agrícola puede entrar sin pagar im-

puestos en el mercado estadounidense.

A la vez el restante 20 por ciento de los productos que se pueden •

vender en el mercado de Estados Unidos, (20 de cada 100 unidades

físicas de un producto) se puede vender pero a través de contin-

gentes arancelarios (lo que en el tratado también es conocido como

arancel-cuota), es decir, en base a cuotas.

La lista de productos que a partir de la vigencia de este tratado es-•

tán entrando al mercado de Estados Unidos a través del sistema de

cuotas representa casi un 23 por ciento de las exportaciones nacio-

nales, es decir 23 de cada 100 unidades físicas

Capítulo 8La entrada al mercado de productos primarios

69

El contingente arancelario es un acceso mínimo garantizado para un producto, que permite el ingreso de cierto volumen de mercancías por un periodo determinado con un arancel preferencial. En el marco del tratado se negociaron tanto contingentes de importación como de exportación. Tanto para las importaciones como para las exportaciones se permitió para un año base la introducción o salida de volúmenes preestablecidos de productos haciéndolo con aranceles preferenciales, es decir en este caso con cero arancel. Por encima de esa cantidad o valor, cualquier cantidad de producto que se sume puede ser importado pagando los derechos o aranceles normales.

o productos agropecuarios y derivados

Page 71: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

70 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

CUOTAS DE CONTINGENTES O CUOTAS DE EXPORTACIÓN NICARAGUA PUEDE EXPORTAR A ESTADOS UNIDOS

PRODUCTOS CANTIDAD (TONELADAS

MÉTRICASa/)

AUMENTO DE LA CUOTA

POR AÑO

Maní 10,000 10 por ciento, a partir

de 5 años

Mantequilla de maní 280 10 por ciento

Azúcar 22,000 2 por ciento

Carne bovina 10,000 5 por ciento

Crema ácida y yogur 250 5 por ciento

Quesos 875 5 por ciento

Helados 275 5 por ciento

Otros lácteos 100 5 por ciento

a/ Tonelada métrica (TM): equivale aproximadamente a 2,204.6 libras.

Fuente: Texto CAFTA-DR

Las cuotas de productos que Nicaragua obtuvo en el mercado esta-

dounidense deben cumplir con una serie de pasos previos para poder

entrar, debiéndose cumplir con trámites exigidos (trámites generales y

específi cos). Todos estos pasos para cada producto deben ser llevados

a cabo en las instituciones públicas de Nicaragua.

Hay que mencionar que en la elaboración de los diferentes productos

que aparecen en la lista para poder ser importados con el sistema de

cuotas o cuotas de Importación participan diferentes tipos de produc-

tores.

Al mercado de Estados Unidos llegan a vender sus productos desde

Nicaragua solamente unos pocos vendedores o exportadores, siendo

estos quienes lo conocen y lo dominan. ¿Qué signifi ca esto? Que las

ventas en ese país no las realiza la gran masa de productores y produc-

toras nicaragüenses de forma directa sino que lo hacen pocas personas

o empresas que llevan a cabo la comercialización de dichos productos.

Estos comercializadores lo que hacen es comprar el producto a los pro-

ductores y las productoras en Nicaragua para después llevarlo al merca-

do de Estados Unidos convirtiéndose así en grandes comercializadores

o intermediarios. Tal situación es compleja ya que deja en evidencia

que dichos actores poseen todo el conocimiento y experiencia para el

comercio de tales productos en el mercado internacional.

No obstante, frente a tal situación el aspecto mas relevante es llevar a

cabo esfuerzos por parte de las organizaciones, gremios y demás orga-

nizaciones privadas y gubernamentales para revertirla, contribuyéndose

así para que los productores y las productoras y las MIPYME en Nicara-

gua enfoquen sus esfuerzos para agruparse y/o asociarse con el fi n de

Así, los importadores que

deseen benefi ciarse de los

contingentes arancelarios

o cuotas tienen que hacer

una solicitud, con arreglo a

los requisitos, los cuales se

establecen en el tratado y en

las leyes nacionales.

Algunos elementos

importantes en relación a

los contingentes

Las mercancías que ingresan

dentro del monto que se fi ja

para el contingente cada año,

no pagan arancel.

Por encima de dichas

cantidades, se aplica el

programa de desgravación de

Nicaragua.

Ya concluido el periodo

de desgravación, es decir

cuando el producto alcance

el libre comercio, deja de

aplicarse el contingente

arancelario (se excluye en

este caso el maíz blanco: para

éste se continúa aplicando

el contingente arancelario de

manera indefi nida).

Page 72: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

71Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

negociar en mejores condiciones con dichos intermediarios o exporta-

dores la búsqueda de contratos favorables. Esta, por supuesto, no es la

única salida. Todo esto debe verse traducido necesariamente en esfuer-

zos de búsqueda de diferentes alternativas, conocimientos, experiencias

y acciones que permitan realizar actividades diferentes que lleven a una

verdadera y real inserción de los pequeños/as y medianos productores

en el comercio internacional de sus productos.

Para esto los productores y las productoras deben aprovechar toda la

información que en el marco del tratado existe con el fi n de conocer las

mejores condiciones en el mercado de dichos productos. Por ejemplo,

la fi rma del tratado Nicaragua permitió a Estados Unidos:

Libre comercio inmediato para el 80 por ciento de los productos in-•

dustriales que se pueden traer a Nicaragua, es decir, 80 de cada 100

unidades físicas de productos industriales que entren a Nicaragua lo

pueden hacer con cero arancel.

El otro 20 por ciento de las importaciones que en el marco del tra-•

tado Nicaragua negocia y ofrece a Estados Unidos (20 de 100 uni-

dades físicas que entran a Nicaragua) se relaciona con los llamados

productos sensibles (lácteos, muslos y partes negras de pollo, arroz

en granza). Estos son los productos que por su naturaleza e impor-

tancia entran en el programa de desgravación lo cual ya ha sido ex-

plicado en el capítulo 5. La labor es entonces aprovechar el proceso

del programa de desgravación y dirigir esfuerzos para el fomento o

reconversión de la producción, fomentando la transformación de di-

ferentes productos con el fi n de aprovechar las oportunidades para

el libre comercio de ciertos artículos libres de aranceles o pago de

impuestos para su respectivo intercambio.

Cabe mencionar que también se le concedió a Estados Unidos el •

libre acceso para el 55 por ciento del comercio agrícola actual con

ese país, más el acceso a través de contingentes de importación o arancel-cuota para un 25 por ciento de las importaciones agrícolas

actuales. Además, se le permitió el acceso a un valor equivalente

de un 5 por ciento del comercio actual a través de contingentes en

leche, cerdo y maíz.

En total Nicaragua ofreció a Estados Unidos el acceso inmediato •

para un 85 por ciento de su comercio actual con ese país.

Algunos de los productos que fueron considerados sensibles o impor-

tantes para sectores populares en Nicaragua fueron por ejemplo el maíz

blanco, el cual quedó fuera del programa de desgravación. Lo único que

se hizo fue acordar un volumen de importación a Nicaragua de 5,100

toneladas métricas (TM). Estas fueron negociadas como importaciones

especiales. Los productos que entraron en la negociación son los si-

guientes:

Page 73: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

72 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

CUOTAS DE CONTINGENTES O CUOTAS DE IMPORTACIÓNESTADOS UNIDOS PUEDE EXPORTAR A NICARAGUA

PRODUCTOS CANTIDAD (TONELADAS

MÉTRICASa/)

AUMENTO DE LA CUOTA

POR AÑO

Arroz granza 92,700 5 por ciento

Arroz oro 13,650 5 por ciento

Cerdo 1,100 10 por ciento

Helados 72,815 litros 5 por ciento

Leche en polvo 650 5 por ciento

Maíz amarillo 68,250 5 por ciento

Maíz blanco 5,100 2 por ciento

Mantequilla 150 5 por ciento

Otros lácteos 50 5 por ciento

Pollo: muslos, piernas 300 Hasta 5 por ciento de

producción

Quesos 575 5 por ciento

a/ Tonelada métrica(TM): equivale aproximadamente a 2,204.6 libras

Fuente: Texto CAFTA-DR

De tal manera las importaciones de todos los productos acordados en

el marco de las negociaciones del tratado están reguladas por “normas internas”. En el marco del tratado existe un tratamiento especial para

los identifi cados productos agrícolas sensibles el cual fue negociado

y acordado en el marco del “programa de desgravaciones no lineal de

largo plazo”.

Al mismo tiempo, atendiendo el particular nivel de sensibilidad de ciertos

productos, se agregaron en el marco del tratado algunos mecanismos de

transición especiales de protección. Estos mecanismos son:

Importaciones bajo la forma de contingentes de importación y • exportación: con el fi n de garantizar que volúmenes negociados de

productos tanto para entrar como para salir lo hagan con un arancel

especial o preferencial.

Aplicación de Salvaguardias Agrícolas Especiales (SAE)• con el

objetivo de permitir que después de cierto volumen de producto im-

portado, se proceda a elevar el arancel con lo que se protege aún

más a los productos, sobre todo los llamados sensibles.

Los productos que se benefi ciaron de esos mecanismos son: carne de

cerdo, maíz blanco, maíz amarillo y arroz en granza. La Salvaguardia

Agrícola Especial (SAE), se activa automáticamente cuando el volumen

acordado de importación en el marco del tratado se supera. Esta Salva-

guardia Agrícola Especial (SAE) deberá ser aplicada durante el programa

de desgravación.

Recordemos que las

Salvaguardias Agrícolas

Especiales (SAE) son un

mecanismo que permite a

Nicaragua elevar el arancel

de un producto cuando las

importaciones del mismo se

incrementan por encima del

volumen de activación que se

negocia. Se pueden aplicar en

forma de arancel adicional. Se

aplican por volumen.

Page 74: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

73Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

TRATAMIENTO A PRODUCTOS SENSIBLES PARA NICARAGUA

PRODUCTO DESGRAVACIÓN CUOTA VOLUMEN DE

ACTIVACIÓN DE

SALVAGUARDIA

PERÍODO DES-

GRAVACIÓN

PERÍODO DE

GRACIAINICIAL (TM) CRECIMIENTO

Arroz 18 años 10 años 103,000 3 por ciento

(lineal)

10 por ciento

sobre volumen

de cuotas

Maíz amarillo 15 años 6 años 65,000 5 por ciento

(lineal)

15 por ciento

sobre volumen

de cuotas

Maíz blanco Exento Exento 5,000 2 por ciento

(lineal)

n/a

Fructuosa

y jarabe de

maíz

15 años n/a 0 n/a 75 TM con 10

por ciento creci-

miento

Sorgo 15 años n/a 0 n/a 1,000 TM con

10 por ciento

crecimiento

Carne

bovina

15 años 3 años 0 n/a 300 TM con 10

por ciento creci-

miento

Cebolla 15 años n/a 0 n/a 450 TM con 10

por ciento creci-

miento

Frijol 15 años n/a 0 n/a 700 TM con 10

por ciento creci-

miento

Pollo 18 años 10 años 300 Hasta 59

por ciento de

producción

30 por ciento

sobre volumen

de cuota

Leche en

polvo

20 años 10 años 650 5 por ciento

(compuesto)

30 por ciento

sobre volumen

de cuota

¿Cómo debe ser interpretada la tabla anterior?

En la tabla anterior se refl eja el tratamiento especial que se negoció para

algunos productos. En esta tabla se refl eja:

En la • primera columna el nombre del producto.

La • segunda columna explica el período a lo largo del cual fue acor-

dado que se diera la desgravación en cada uno de los productos,

defi niéndose además el período o años de gracia para dar inicio a la

desgravación.

La • tercera columna explica las cuotas de inicio en los volúmenes de

importación así como el porcentaje de crecimiento o incremento que

en el volumen de dichas importaciones puede darse.

¿Qué ocurre con la SAE

si ya el producto es

objeto de contingente de

importación?

Lo que se hace es que se

manejan tres niveles de

aranceles distintos para estos

productos:

Arancel dentro de

contingente: este es igual

al 0 por ciento durante todo

el periodo de transición del

producto.

Arancel fuera de

contingente, pero sin

salvaguardia: es el arancel

aplicado antes de que se

active la SA. Se aplica si el

volumen de importaciones

del producto excede la

del volumen defi nido en el

contingente.

Arancel de salvaguardia:

es el arancel de la

desgravación más el arancel

adicional que se aplicará a

todas las importaciones del

producto que superen los

niveles ya negociados.

Page 75: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

74 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

En la • última columna se explica el nivel o porcentaje de incremento

en los volúmenes de importación a partir de los cuales se activa la

medida de salvaguardia especial (SAE).

¿Cómo quedaron algunos productos a partir de la infor-mación de la tabla anterior?

Maíz blanco

Como ya se dijo el maíz blanco no fue incluido en el programa de •

desgravación. Nicaragua le permitió a Estados Unidos el libre co-

mercio de maíz blanco pero solo con una cuota de 5,100 toneladas

métricas (TM), con un crecimiento del volumen de importaciones del

2 por ciento cada año.

Otra parte se asigna a importadores históricos. Estados Unidos por •

su parte permite el libre comercio sin restricciones al maíz que llega

de Nicaragua, es decir que no exige ningún tipo de requisito para

que el maíz entre al país.

Se deberán revisar todas las alternativas que existen para que los •

productores de maíz nicaragüense logren aprovechar esta oportuni-

dad que se presenta en el marco del tratado.

Lácteos

En Nicaragua la actividad en el sector lácteo es muy importante. En •

el marco del tratado, y especialmente para proteger a los peque-

ños, pequeñas, medianos y medianas productores y productoras,

se estableció una protección para la leche en polvo con un período

de desgravación no lineal de 20 años y un período de gracia de 10

años. Esto signifi ca que durante los primeros 10 años no habrá

modifi cación del nivel arancelario que se da actualmente. Para el

caso de la leche en polvo se acordó una cuota inicial de 650 TM.

Esta cuota se planteó para ir creciendo hasta tanto se llegue al libre

comercio

También hay que mencionar que en este caso se defi nió la aplicación •

de una Salvaguardia Agrícola Especial (SAE). Es decir, que si hay

un efecto de daño grave en el sector lácteo en Nicaragua originado

por las importaciones al pasar del 30 por ciento del volumen defi ni-

do entonces se activa automáticamente la medida de salvaguardia

especial (SAE).

Arroz

En el caso del arroz se acordó un período de desgravación no lineal •

de 18 años. El período de gracia que se acordó para que se iniciara

la desgravación fue de 10 años. También se acordó el libre comercio

después de dos cuotas crecientes.

Una de las cuotas crecientes que se defi nió fue para el arroz en gran-•

za con un nivel de 92,700 TM. La otra, es decir la segunda cuota

Page 76: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

75Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

creciente acordada, fue para el arroz procesado o arroz oro la cual

se dejó en 13,650 TM. Se garantizó la activación de una medida de

salvaguardia especial (SAE). Se acordó mantener los requisitos de

desempeño para el caso del arroz en granza y para el arroz oro du-

rante un período de transición, después los dos quedan libres para

su comercialización.

Cabe señalar que la producción y comercialización del arroz en gran-•

za se encuentra en manos de pequeños y medianos productores y

este es el tipo para el cual se acordó mayor liberalización en com-

paración con el arroz oro el cual se encuentra en manos de grandes

productores en sociedad con empresas transnacionales.

Maíz amarillo

Con el maíz amarillo se acordó una desgravación no lineal de 15 •

años, iniciándose con una cuota de importación de 68,250 TM y un

porcentaje de crecimiento de la misma del 5 por ciento anual. Fina-

lizado este período de desgravación la entrada de maíz amarillo a

Nicaragua es libre.

Este tratamiento al maíz amarillo tiene el fi n de proteger al sorgo •

durante un período de desgravación lineal de 15 años. A lo largo de

todo ese período se podrán activar medidas de Salvaguardia Agrí-

cola Especial (SAE).

Respecto al caso del maíz amarillo se hace necesario revisar todas •

las oportunidades que se dan a niveles de la demanda y producción

de etanol.

Otros aspectos importantes en la negociación del acceso de los bienes al mercado en el marco del CAFTA-DR

1. El tratamiento de textiles y confecciónEn el marco del CAFTA-DR se lograron acuerdos importantes para el •

sector textil y confección de los cuales se dice que no tienen com-

paración ninguna con otros acuerdos fi rmados. Estos acuerdos be-

nefi cian sobretodo al sector de la industria nicaragüense.

Además de que Nicaragua se ve benefi ciada por todos los privilegios •

otorgados a los países de la región Centroamericana, logra ser el

único país que recibió el benefi cio de poder exportar dichas prendas

de vestir y textiles sin el pago de aranceles a la importación y que

está exenta de cumplir con la regla de origen negociada en el tratado

por un periodo de 10 años.

Lo anterior lo logra a través de un mecanismo (TPL) que le permite •

importar hilos y telas de cualquier parte del mundo hasta un equiva-

lente de cien millones de metros cuadrados.

TPL son siglas en inglés que signifi can ni veles de tarifas preferencia-•

les. Este es un es quema que los países desarrollados otorgan a los

países menos adelantados para produc tos sujetos a cuotas, evitando

en ciertos nive les el cumplimiento de las reglas de origen acordadas

Page 77: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

76 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

en los TLC. En el caso del CAFTA-DR estas se apli can únicamente a

prendas de vestir. Es un mecanismo que permite, sujeto a esa cuota

(100 000 000,00 m2 equivalente), impor tar materias primas textiles

de países que no forman parte del tratado, para que sean incorpo-

radas a las prendas, de tal manera que no pierdan la preferencia del

acuerdo, en vista de que el criterio de origen para es tos productos

es de que el hilo, tela, corte, ensamble y cosido debe hacerse en el

país de exportación. Si no se utiliza dicho esque ma, nuestros países

estarían imposibilitados de poder exportar por efecto de la falta de

cumplimiento de la regla de origen.

Este mecanismo impacta de manera positiva en la industria ya que •

contribuirá a que a lo largo de un período de transición se puedan

invertir esfuerzos en la línea de crear plantas de hilado y tejido. Esto

además ayudará a generar empleo e infl uirá en el aumento del valor

agregado para la economía del país. Otro benefi cio es la búsqueda

de una industria integrada que pueda asumir la producción de la

prenda y todos sus componentes. Además con esto como se ha

dicho se incentivan las inversiones tanto en régimen de zona franca

como en las MIPYME normales.

Se espera atraer inversiones ya que el sector de confección tiene un •

gran dinamismo (esto a partir de su comportamiento en los últimos

años) en el país, considerándose que los acuerdos alcanzados pro-

mueven los incentivos para atraer la misma.

2. Subsidio a las exportacionesUn acuerdo muy importante en el marco de las negociaciones del •

Tratado fue el compromiso tanto de Estados Unidos como de los

países miembros del tratado de hacer desaparecer los subsidios a

la exportación en el comercio mutuo, es decir en las actividades de

compra y venta de bienes y productos entre todos ellos.

Hay que señalar que Estados Unidos es el único país miembro del •

tratado que concede subsidios directos a sus productores y a la ex-

portación de bienes y productos. En este convenio se dispuso hacer

desaparecer esos subsidios a la exportación. Esto es congruente

con las posiciones que Estados Unidos tiene y se está planteando en

el marco de las negociaciones de la Ronda de Doha en la OMC.

Cabe señalar que este tema de los subsidios es una de las principa-•

les preocupaciones de los países del istmo y es un problema que

en la OMC todavía sigue provocando fuertes discusiones. Se estima

que Estados Unidos otorga 18 mil millones de dólares anualmente

en subsidios, tanto internos como para la exportación, planteándose

que estos no son más que una exportación de impuestos a los dife-

rentes mercados.

Hay acuerdos para reducir los subsidios a las exportaciones •

pero no a las ayudas internas, que son el principal enemigo de la

competitividad (es decir la capacidad de una organización públi-

ca o privada, lucrativa o no, de mantener sistemáticamente ven-

tajas —habilidades, recursos, conocimientos, atributos— que

Page 78: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

77Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

le permitan alcanzar, sostener y mejorar una determinada posi-

ción en el entorno socioeconómico) agropecuaria internacional.

A pesar de todo no existen garantías sobre las medidas que

la región pueda aplicar para protegerse ya que no quedó to-

talmente claro el mecanismo de su puesta en práctica. En

este sentido la OMC es clara al presionar por la eliminación

de los subsidios, pero no establece el calendario para hacerlo.

Por otro lado, es importante mencionar que uno de los principales

benefi cios que se logró con la fi rma del CAFTA-DR es la seguridad

que Nicaragua tiene para exportar productos primarios y manufac-

turados al mercado de Estados Unidos. Éstos se benefi ciaban de

programas unilaterales de preferencias concedidas por Estados Uni-

dos, como son los programas de la Iniciativa de la Cuenta del Ca-

ribe (ICC) y el Sistema Generalizado de Preferencias (SGP). Ambos

programas se otorgaban a Nicaragua y Centroamérica bajo ciertas

condiciones políticas.

Actualmente, con el tratado se pueden exportar libres de decisiones uni-

laterales. El problema que se da con los esquemas unilaterales es que

el país otorgante, en este caso Estados Unidos, puede modifi car, sus-

pender o eliminar en cualquier momento las preferencias arancelarias sin

que los países benefi ciarios puedan reclamar, debido a que no se trata

de un derecho sino de una concesión. Ahora con el tratado todas estas

preferencias están aseguradas.

Page 79: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

78 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Page 80: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

79Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Las reglas de origen juegan un papel fundamental en el intercambio

comercial de los países, ya que mediante éstas se especifi can los

requisitos mínimos de transformación que deben cumplir los mate-

riales para producir los bienes fi nales en un país. Con ellas se tuvo como

fi n reconocer los procesos productivos de la región. Con esto se preten-

de evitar a los productores y las productoras la necesidad de cambiar de

proveedores de insumos y materia prima para elaborar sus productos

fi nales.

Así, las reglas de origen consisten en determinar el país al cual se le atri-

buirá la fabricación de una mercancía. Esto se hace con el objetivo de

verifi car si ésta está o no sujeta a la aplicación de desgravación arance-

laria en el marco del tratado.

Así, una mercancía es considerada como originaria de la región cuando se

trate de:

Productos obtenidos en su totalidad o producidos enteramente en el •

territorio de los países fi rmantes del tratado. Esto es cuando hayan

sido elaborados:

a partir de • insumos o materiales producidos en los países fi r-

mantes y;

Capítulo 9Reglas de origen ¿en qué consisten?

79

En el texto del tratado,

Capítulo No 4, el tema Reglas

de Origen se encuentra

dividido en Reglas de Origen

Específi cas, Reglas de Origen

Especiales, Reglas de Origen

y Procedimientos de Origen.

En este capítulo hay un Anexo

sobre reglas específi cas que

incluye los requisitos que

cada producto debe cumplir

para ser considerado como

originario (Anexo 4.1).

Los anexos sobre reglas

específi cas se inician con

el titulo Reglas de Origen

Especiales (Apéndice 3.3.6)

donde se describen las notas

originales interpretativas.

Page 81: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

80 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

a partir de insumos o materiales no producidos por los países •

fi rmantes (siempre que se demuestre que el producto contiene al

menos el 45 por ciento de materia originaria, debiendo demos-

trarse el cambio en la clasifi cación arancelaria).

En sentido más práctico las reglas de origen son los requisitos mínimos

de producción, fabricación, elaboración y transformación que deben

cumplir los insumos o materiales para producir las mercancías fi nales en

uno o más países fi rmantes del acuerdo con el fi n de poder gozar de las

preferencias arancelarias establecidas en el tratado.

¿Cuales son las reglas de origen acordadas que genera-rán mayores benefi cios para Nicaragua?

Entre éstas tenemos las de los acuerdos relacionados con:

Especies:• se permitirá importar especies (vegetales) de cualquier

parte del mundo, pudiendo ser procesadas (triturado y molido) en

el país, lo que generará mayores oportunidades a los productores

nacionales.

Café soluble: • para que este producto goce de las preferencias aran-

celarias acordadas deberá ser elaborado a partir de cafés cultivados

en Centroamérica o en Estados Unidos.

Jugos:• se permitirá la importación de los siguientes concentrados:

guayaba, manzana, pera, melocotón, mango, uva o guanábana de

cualquier parte del mundo.

Plásticos:• se logró un valor de contenido regional menor al general,

lo que permite a las empresas utilizar más insumos de terceros paí-

ses.

Manufactura de papel y cartón: • se permitirá la importación de ma-

teria prima de terceros países para un gran número de mercancías.

Textiles y confección: • se permitirá una simple transformación para

los boxers, brasieres, ropa de dormir y pijamas de tejido plano, es

decir, se permite importar los tejidos de cualquier parte del mundo y

cortar y coser.

Calzado: • se permitirá la importación de la capellada de cualquier

parte del mundo.

Hierro y acero y sus manufacturas:• importar insumos de terceros

países, lo que hace que esta norma de origen se caracterice por ser

una regla muy fl exible.

Lápices, bolígrafos, marcadores: • se permitirá importar insumos de

cualquier parte del mundo cumpliendo con un valor de contenido

regional menor que el valor general.

Alcohol:• se permitirá su ingreso al mercado de Estados Unidos libre

de arancel desde el primer día de vigencia de TLC, con diferentes

niveles de fl exibilidad en las reglas de origen.

El tema se distribuye en

varias secciones: Reglas

de origen bilaterales con

República Dominicana;

los procedimientos para

determinar el valor de las

mercancías, materiales,

la acumulación, “de

minimis” y demás normas

y procedimientos de

administración.

En los anexos se incluyen

aspectos de origen de

productos textiles y vestuario

(Sección G del Capítulo No.3:

Trato Nacional y Acceso a

Mercados). De igual manera,

ciertos procedimientos

aduaneros relacionados

con el origen se ven de

una manera general junto

con otros procedimientos

aduaneros en el Capítulo No.

5 (Administración aduanera)

del tratado.

Además, la Lista de

mercancías en escaso abasto

del Anexo 3.25, contiene una

lista de insumos no originarios

que, en el caso de problemas

de abastecimiento entre los

países fi rmantes del tratado

(partes), se pueden importar

para formar parte de las

mercancías y considerarlas

originarias de la región.

Page 82: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

81Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Es importante resaltar que el tratado reconoce la existencia de dos mo-

dalidades de libre comercio establecidas, una se da en el marco de la

integración económica centroamericana y otra en el del tratado fi rmado

con Estados Unidos. En este sentido, si un exportador solicita el trato pre-

ferencial bajo las reglas de origen contenidas en la integración centroame-

ricana, debe utilizar el Formulario Aduanero Único Centroamericano (FAUCA) y gozará de libre comercio entre los países centroamericanos.

Pero si él solicita trato preferencial bajo las reglas de origen del tratado

con Estados Unidos, debe utilizar el certifi cado de origen cuyo conte-

nido se especifi ca en el tratado, debiendo pagar el arancel que corres-

ponde según el programa de desgravación negociado en el tratado de

libre comercio.

El tema del origen de las mercancías se vuelve un aspecto muy impor-

tante ya que esto permite a los países establecer políticas nacionales de

protección e innovación comercial e industrial con fi nes de identifi car o

determinar la procedencia, producción y control del fl ujo de mercancías,

lo que contribuirá a la protección de una industria o bien al desarrollo de

cadenas productivas a través de inversiones nacionales o extranjeras.

De tal forma el uso común de reglas de origen, hace que estas reglas

adquieran una gran importancia como apoyo o complemento de instru-

mentos de política económica.

En el marco del funcionamiento de la OMC el tema reglas de origen for-

ma parte del Acuerdo de Normas de Origen de la OMC en el que se es-

tablecen las leyes, reglamentos y decisiones administrativas de carácter

general aplicados por sus miembros para determinar el país de origen

de los productos.

Las reglas de origen en el documento del tratado se escriben en un

anexo denominado Anexo de Reglas de Origen Específi cas, y para escri-

birlas se utiliza el Sistema Armonizado para la Designación y Codifi -cación de Mercancías (SA), instru mento que, como ya se ha explicado

en capítulos anteriores del presente documento, ha sido adoptado por

los países a nivel inter nacional para clasifi car las mercancías obje to de

comercio internacional, cuya versión nicaragüense es el Sistema Aran-

celario Cen troamericano (SAC); de ahí el concepto de cambio o salto de clasifi cación arancelaria. Importante es mencionar que un criterio

universal para interpretar y escribir las reglas de origen es el de cambios

de clasifi cación arancelaria de la materia prima o lo que usualmente se

conoce como saltos arancelarios. Este tema de cambio o salto arancela-

rio se aborda aún más al fi nal del presente capítulo.

Así, para interpretar una regla de origen de una mercancía se hace necesa-

rio formularse las siguientes preguntas: ¿Qué es? ¿De qué está hecho? ¿Cómo se fabrica? Para escribirla también es necesario preguntarse:

¿Qué es? ¿De qué está hecho? ¿Cómo se fabrica? Luego hay que in-

terrelacionarlas entre sí.

Page 83: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

82 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Respecto al Sistema Arancelario Centroamericano o SAC recordaremos,

para una mejor comprensión de las reglas de origen, que el mismo está

integrado por seccio nes, capítulos (dos dígitos), partidas (cuatro dígitos),

subpartidas (seis dígitos) e incisos (ocho o diez dígitos) que van de un

menor grado de elaboración a un mayor grado de elaboración. Así por

ejemplo:

La Sección I (del SAC) comprende los productos del reino animal, •

capítulos 1 al 5,

La Sección II comprende los productos del reino vegetal, capítulos 6 •

al 14, la Sección III son los aceites y grasas de origen vegetal y ani-

mal, etc.

Ahora bien, si por ejemplo profundizamos a nivel de las secciones:

En la sección I del SAC, tenemos que:•

el capítulo 1 se relaciona con los animales vivos,•

el capítulo 2 con los productos de los animales vivos,•

el capítulo 3 con los peces y pescados, •

el capítulo 4 con lácteos (subproductos de los animales vivos), •

etc.

Ahora, si por ejemplo nos vamos al capítulo 20 del SAC (preparacio-•

nes de frutas y hortalizas), se clasifi can las preparaciones elabora-

das a base de materias de los capítu los de la sección II, ya que han

sufrido un mayor grado de elaboración; o sea que las frutas frescas

del Capítulo 8 han sufrido un proceso de producción (cambio o salto

de clasifi cación arancelaria) para ser converti das en una conserva o

jugo del Capítulo 20.

Cuando nos referimos a cambio o salto de clasifi cación arancelaria es

necesario especi fi car el nivel o cuantía del cambio o salto. Tomamos

como ejemplo el jugo para el cual tenemos varias opciones: jugo ela-

borado a partir de la fruta fresca (fruta en adelante) o a base del jugo

concentrado (concentrado en adelante) o una camisa a partir de la fi bra,

o la hilaza o tejido. El cambio o salto de clasifi cación arancela ria siempre

está asociado a la importación de la materia prima.

Finalmente, para tener claro el nivel o pro fundidad del cambio o salto

arancelario, es muy importante tener en cuenta la clasifi ca ción de la ma-

teria prima y de la mercancía. Cabe señalar que en el documento del

CAFTA-DR en el Anexo 4.1 relacionado con las Reglas de Origen Especí-

fi cas se indica entre qué secciones, capítulos, partidas o subpartidas se

pueden dar los cambios arancelarios para efecto de ser benefi ciado con

las ventajas acordadas en cuanto a las reglas de origen y así fi nalmente

gozar de la desgravación arancelaria.

En el Apéndice 4.1-B, bajo

ciertas condiciones se

permite la acumulación de

productos textiles del Capítulo

62 del tratado entre México,

Estados Unidos de América

y Canadá (TLCAN). El Anexo

4.6 se refi ere a excepciones

del artículo sobre “de

minimis”.

Con relación a la entrada

de República Dominicana al

tratado, están incorporados

algunos anexos y

apéndices que se aplican

exclusivamente al comercio

entre los países de América

Central y República

Dominicana.

El Apéndice 3.3.6, Reglas

de origen Especiales,

comprende un conjunto

de reglas de origen para

cada una de las partidas

arancelarias que son

diferentes de las que contiene

el Anexo 4.1 de las reglas

específi cas mencionadas

anteriormente.

En el Capítulo No 4 y anexos

se establecen los criterios

y requisitos para conceder

origen nacional, regional

(Centroamérica) y de Estados

Unidos de América a una

mercancía.

Page 84: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

83Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Para una mejor comprensión veremos algunos ejemplos:

Apoyados en el • Sistema Armonizado/SAC nos ubicamos en la Sec-

ción 1 del mismo, el cual corresponde a los “Animales vivos y pro-

ductos del reino animal”, dentro de este encontramos por ejemplo el

Capítulo 3 el cual corresponde a “Pescado y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos”.

Específi camente, dentro de este Capítulo 3, encontramos la Partida •

03.02. relacionada con los “pescados frescos o refrigerados, ex-cepto fi letes y demás carnes de pescados” de la Partida 03.04. Dentro de esta partida, además, encontramos la Sub partida 03.02.69 “Pargos dorados, curvina y tilapias”

Luego, buscamos en el Anexo 4.1 del CAFTA-DR relacionado con •

las Reglas de Origen Específi cas y éstas dicen específi camente res-

pecto al Capítulo 3, en una nota del Capítulo 3, textualmente: “… se considerarán como productos originarios: los peces, pescados crustáceos, moluscos y otros invertebrados acuáticos aunque hayan sido cultivados a partir de alevines (pre-larvas) o larvas no originarias es decir provenientes de otros países”.

A la vez en este mismo Capítulo 3 y relacionada con los productos •

que aparecen entre los códigos 03.01 y 0.3.07 la regla de origen específi ca dice que se pueden dar cambios en dichas partidas siem-

pre que la materia prima venga de un producto de cualquier otro ca-pítulo. Siempre deberá recurrirse al Anexo 4.1.: Reglas de Origen Específi cas en el documento del tratado. Esto con el fi n de conocer-

las para el caso de cada producto en el cual estemos interesados.

Esta es una labor que siempre se deberá realizar apoyados también •

en el Sistema Armonizado (SA), ya que será aquí donde inicialmen-

te identifi caremos el producto para luego relacionarlo buscándolo

con el mismo código en el anexo en cuestión (Reglas de Origen Específi cas). Siguiendo la regla de origen específi ca acordada en

el CAFTA-DR, cualquier cambio o salto arancelario se puede hacer

con lo cual el producto fi nal será considerado como un producto

originario de los países fi rmantes del tratado y así tener la posibilidad

de ser benefi ciarios de la desgravación arancelaria.Otro ejemplo lo tomamos siempre de la Sección 1 del SAC: “Anima-•

les vivos y productos del reino animal”.

En el • Capítulo 4 del SAC relacionado con la “Leche y productos lác-

teos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen

animal, no expresados ni comprendidos en otra parte”, encontramos

la Sub partida 04.09.00 relacionada con el código de la miel naturalBuscamos en el • Anexo 4.1 del CAFTA-DR relacionado con las Re-glas de Origen Específi cas y éstas dicen específi camente respecto

al Capítulo 4, partidas de la 04.07 a la 04.10 que éstas pueden dar un

cambio pero desde cualquier otro capítulo.

Un salto arancelario es el

que da un material cuando,

como resultado de un

proceso productivo, cambia

sus características de modo

que el producto resultante se

clasifi ca en otro ítem o lugar

arancelario dentro del Sistema

Armonizado (SA) ya que dicho

material se convierte en un

bien fi nal.

Page 85: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

84 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Otro ejemplo siempre en la Sección 1 del SAC: “Anima-les vivos y productos del reino animal”

Revisamos el Capítulo 4: Leche y productos lácteos; huevos de ave; •

miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados

ni comprendidos en otra parte.

Ahí, encontramos la Partida 04.06. • Queso y requesón. Buscamos en el • Anexo 4.1 del CAFTA-DR relacionado con las Re-glas de Origen Específi cas y éstas dicen específi camente respecto

al Capítulo 4, Partida 04.06. que se puede dar un cambio en la parti-

da con productos provenientes de cualquier otro capítulo excepto de

la Sub partida 19.01. la cual tiene que ver con leche modifi cada.

Otro ejemplo tiene que ver con la Sección 8: Pieles, cue-ros, peletería, manufacturas de estas materias; artícu-los de talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; ma-nufacturas de tripas

Encontramos en el • Capítulo 42: Manufacturas de cuero; artícu-los de talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de tripa.La • Partida 42.01: Artículos de talabartería o guarnicionería para to-

dos los animales (incluidos los tiros, traíllas, rodilleras, bozales, suda-

deros, alforjas, abrigos para perros y artículos similares) de cualquier

materia.

Si buscamos en el • Anexo 4.1 del CAFTA-DR relacionado con las

Reglas de Origen Específi cas, éstas dicen específi camente res-

pecto a la Partida 42.01: que se puede dar un cambio en esta parti-da viniendo los productos de cualquier otra partida.

¿Qué especifi ca el CAFTA-DR en materia de reglas de origen?

Todos los países que cumplan con las condiciones y requisitos de las re-

glas de origen de las mercancías producidas y exportadas por los países

participantes y fi rmantes del tratado se benefi ciarán de las preferencias

arancelarias que se acordaron en el Capítulo III del mismo (Trato nacio-

nal y acceso de bienes a mercados). Esto desde el momento en que

importen desde cualquiera de los territorios de los países integrantes del

acuerdo.

Page 86: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

85Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

¿Qué especifi ca el CAFTA-DR en materia de reglas de origen específi camente en relación con textiles y confec-ción?

A continuación nos referiremos a puntos importantes logrados respecto

a esto en el tratado:

Se mejoran las preferencias de la ICC (Iniciativa de la Cuenca del •

Caribe) ya que a través del tratado cualquier prenda elaborada en la

región, con hilaza regional, entrará de inmediato a Estados Unidos

sin pago de aranceles.

La regla específi ca de origen que se negoció permite, en la mayoría •

de los casos, importar la fi bra (materia prima) para procesarla.

Se podrán exportar productos cortados y confeccionados a partir de •

tela de Estados Unidos, la cual puede haber sido formada con hilaza

de cualquier parte del mundo.

Se permitirá que insumos de México y Canadá, es decir telas de •

tejido plano provenientes de estos países, se consideren como origi-

narios de los países fi rmantes del tratado.

Se acordó fl exibilidad al sector productivo a través de la transforma-•

ción substancial, posibilitando la utilización de insumos de cualquier

parte del mundo, siempre que el ensamble de los mismos se realice

en la región.

Es importante mencionar que los benefi cios del tratado tienen retroacti-

vidad en Estados Unidos a partir del 01 de enero de 2004, de tal forma

que exportadores nicaragüenses podrán, si no lo han hecho aún, pedir

devolución de aranceles pagados durante todo 2004 por la exportación

de productos de los que se demuestre el cumplimiento de las reglas de

origen acordadas en el tratado.

¿Cuál es el procedimiento para defi nir el origen de la mercancía?

Si se habla del procedimiento de origen es el importador el responsable

de cumplir con los requisitos que se establecieron en el capítulo. Así,

todo el proceso de certifi cación, declaración y acreditación del origen de

la mercancía se lleva a cabo:

En un primer momento a través de una certifi cación que se realiza en •

el formato Certifi cado de origen. Este debe ser llenado y fi rmado

por el importador de la mercancía.

Luego, se debe llevar a cabo una declaración por parte del importa-•

dor en un documento de importación basándose en el conocimiento

de que la mercancía es originaria o bien a través de una certifi cación

escrita o electrónica por parte del exportador. En esta declaración

se deben mencionar datos mínimos para identifi car la mercancía,

exportador, importador y su procedencia.

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86 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

¿Cuales son los requisitos para otorgar origen a una mercancía?

Los requisitos son:

Mercancías obtenidas totalmente en el territorio.•

Mercancías en las que las materias primas no originarias cumplen •

con un cambio de clasifi cación arancelaria, es decir producción de

la mercancía a partir de insumos o materiales originarios.

Valor de contenido regional de 35 por ciento como norma general, •

incorporándose casos especiales en los cuales el porcentaje es me-

nor (20 por ciento-25 por ciento), sumando ajustes a los valores de

los materiales al tomar en cuenta gastos de transporte, seguro y

otros gastos.

Acumulación entre los países del tratado específi camente relacio-•

nada con los productos clasifi cados en el Capítulo 62 del Sistema

Armonizado (prendas de vestir, complementos y accesorios excepto

los de punto).

Dicho tratamiento se limita a mercancías importadas al territorio de Es-

tados Unidos desde Centroamérica hasta cierto límite total especifi cado

en el tratado, estrechamente relacionado con el sector textil.

Cambio de clasifi cación arancelaria

Un criterio universal para interpretar y escribir las reglas de origen es

el de cambios de clasifi cación arancelaria de la materia prima o lo que

usualmente se conoce como saltos arancelarios.

Es por ello que para interpretar una regla de origen de una mercancía se

hace necesario formularse las siguientes preguntas: ¿Qué es? ¿De qué está hecho? ¿Cómo se fabrica? Para escribirla también es necesario

preguntarse: ¿Qué es? ¿De qué está hecho? ¿Cómo se fabrica? Lue-

go hay que interrelacionarlas entre sí.

Cuando la regla de origen exige cambio de clasifi cación y un producto

no la cumple, el tratado establece que se logrará incorporar un mecanis-

mo de fl exibilidad denominado “de minimis” que permite que el produc-

to fabricado sea considerado como originario y goce de libre comercio

si demuestra que los materiales usados no superan el 10 por ciento de

valor del producto. (En el Anexo 6 aparece un ejemplo en relación al

cambio o salto arancelario).

También en el marco de las reglas de origen se acordó un Mecanismo de Consultas y Modifi caciones con el fi n de garantizar que el conteni-

do del capítulo Reglas de origen y procedimientos de origen sea admi-

nistrado de manera efectiva, uniforme y de conformidad con el espíritu

y los objetivos del tratado, así como para solicitar modifi caciones de las

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87Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

reglas de origen específi cas tomando en cuenta cambios en los pro-

cesos productivos, desabastecimiento de materiales originarios u otros

factores relevantes.

Mediante estas disposiciones técnicas en el tratado se especifi can los

requisitos mínimos de transformación que deben cumplir los insumos y

materiales a lo largo del proceso productivo para elaborar con ellos las

mercancías fi nales que tienen como destino el mercado formado por los

países miembros del tratado, a efecto de poder gozar de las preferencias

arancelarias establecidas en el mismo.

En general, las reglas de origen específi cas acordadas en el tratado son

un poco más fl exibles que las negociadas por Estados Unidos de Amé-

rica dentro del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN

o NAFTA, según sus siglas en inglés), y las que Nicaragua fi rmó con

México.

Cabe señalar que en el documento del tratado se especifi can también,

en relación con las reglas de origen, las obligaciones respecto a las ex-

portaciones e importaciones, las disciplinas y los medios para realizar un

proceso de verifi cación del origen, en caso de duda. Todo este proceso

está documentado por el MIFIC, que por ley está obligado a divulgar y

administrar el proceso de forma coordinada junto con Aduanas.

Finalmente se puede expresar que para una empresa industrial, agro-

pecuaria o para las MIPYME dejar de lado las reglas de origen podría

generar grandes difi cultades en el comercio de sus productos solamen-

te por el desconocimiento de cómo funcionan los procedimientos para

determinar todos los aspectos técnicos y demás que debe cumplir un

producto o mercancía para ser aceptado en un mercado extranjero; más

aún cuando existen de por medio acuerdos o requisitos para ingresar a

ese mercado.

En el caso de las MIPYME con determinadas capacidades de inversión

conjunta, es importante destacar que en el tratado se establecen algu-

nas pautas de producción conjunta entre países de la región centroame-

ricana, México, Canadá y EE.UU. Se considera que Nicaragua es parte

del esquema de integración regional y se puede utilizar el libre comercio

de mercancías originarias entre los países centroamericanos. De esta

forma, el tratado permite actividades de coproducción, es decir, bajo

este esquema se permite que una mercancía producida en un país cen-

troamericano con la utilización de insumos de Estados Unidos pueda

gozar de un trato arancelario preferencial de acuerdo a la regla de origen

y que cumpla los requisitos establecidos en el tratado.

Las MIPYME pueden desarrollar actividades productivas exitosas consi-

derando el cumplimiento de las reglas de origen específi cas que el trata-

do establece; ejemplos importantes se detallan a continuación:

Page 89: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

88 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

1. Productos alimenticios (jugos, bebidas, etc.) naturales o procesados

con materia prima nacional.

2. Productos de plástico: se permite la importación de materia prima

de terceros países y además para algunas manufacturas se logró un

valor de contenido regional menor que el general (25%).

3. Manufacturas o productos de papel y cartón. Se permite la importa-

ción de materia prima de terceros países.

4. Para el sector de textiles y confección. Se permite una transforma-

ción simple (cortar y coser), pudiéndose importar telas de cualquier

país miembro del tratado para confeccionar boxers, brasieres, ropa

de dormir, pijamas de tejido plano y vestidos de niña y más manufac-

turas.

5. Para el sector de calzado y cuero. Está establecida una regla de ori-

gen fl exible para el producto o bien de la parte superior (capellada),

que permite importar esta materia prima de los países miembros del

tratado.

6. Manufactura de hierro y acero. Se permite importar los insumos de

terceros países.

7. Productos escolares como lápices, bolígrafos y marcadores: se per-

mite importar insumos de cualquier país miembro del tratado y de

los países del resto del mundo cumpliendo con un valor de conteni-

do regional, que atiende la realidad productiva nacional.

8. Diferentes tipos de especies. Se permite importar especies de cual-

quier país miembro del tratado y del resto del mundo, pudiendo ser

procesadas (triturado y molido) en el país.

9. Café soluble. Se permite la elaboración a partir de café cultivado en

Centroamérica o en Estados Unidos.

10. Productos alimenticios extractos y jugos. Se permite la importación

desde cualquier país del mundo, miembro de un TLC con Estados

Unidos, de los siguientes concentrados: guayaba, manzana, pera,

melocotón, mango, uva o guanábana.

11. Manufacturas de aluminio. Se permite la importación de insumos de

terceros países.

12. Manufacturas de joyería, empaques de plástico o cartoncillo recu-

biertos de tela o impresos: se podrán utilizar insumos de cualquier

país miembro del tratado y del resto del mundo.

13. Hay una lista de manufacturas con reglas de origen específi cas fl exi-

bles: arneses, conductores eléctricos, cierres de cremallera o zi-

ppers, etanol carburante, abonos, fertilizantes, pinturas, productos

de cartón, refrigeradoras y cocinas, entre otros.

El tema reglas de origen se complementa con los aranceles y es un me-

canismo técnico usado en el comercio internacional para proteger o es-

timular sectores de una industria. En el presente documento ya han sido

abordados algunos elementos básicos respecto a las reglas de origen

pero se sugiere que las diferentes organizaciones que trabajan con MI-

PYME les apoyen para estudiar con más profundidad este tema el cual

se torna medular en el comercio de los productos o mercancías.

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93Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

ANEXO 1Acerca de la declaración de DOHA

A continuación se resume lo establecido en la Declaración de Doha so-

bre los principales temas abordados.

1. Agricultura

Se confi rma el objetivo de largo plazo, ya convenido en el actual Acuerdo

sobre la Agricultura, de establecer un sistema de comercio equitativo y

orientado al mercado mediante un programa de reforma fundamental.

Los gobiernos de los países miembros se comprometieron a celebrar

amplias negociaciones encaminadas a lograr:

Mejoras sustanciales en el acceso a los mercados.•

Reducción de todas las formas de • subvención a la exportación, con

miras a su eliminación progresiva.

Reducción sustancial de las • subvenciones causantes de distorsio-

nes del comercio.

Se establece que el trato especial y diferenciado para los países en desarrollo será parte integrante de todos los elementos de las nego-

ciaciones y se incorporará a los nuevos compromisos de los países, así

como a las normas que corresponda, nuevas o revisadas. El resultado

deberá ser efectivo en la práctica y deberá permitir a los países en desa-

rrollo atender sus necesidades, particularmente las referidas a la seguri-

dad alimentaria y el desarrollo rural.

2. Comercio de servicios

La Declaración de Doha confi rma lo establecido en el Acuerdo General

sobre el Comercio de Servicios (AGCS), con respecto a la obligación de

los gobiernos de los países miembros de la OMC de celebrar negocia-

ciones sobre cuestiones específi cas y entablar sucesivas rondas de ne-

gociación para liberalizar progresivamente el comercio de esta esfera.

3. Acceso a los mercados para productos no agrícolas

Se acordó iniciar negociaciones para reducir los aranceles o impuestos

de importación a todos los productos no agrícolas. La fi nalidad es reducir

o eliminar los aranceles, incluida la reducción o eliminación de las cres-tas arancelarias, los aranceles elevados y la progresividad arancela-ria, así como los obstáculos no arancelarios, en particular respecto de

los productos cuya exportación interesa a los países en desarrollo.

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94 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

¿Qué son crestas arancelarias?

Las crestas arancelarias son aranceles o impuestos de importación re-

lativamente elevados (por encima del nivel medio) que suelen aplicarse a

productos sensibles. En el caso de los países industrializados, se consi-

deran por lo general crestas arancelarias los aranceles o impuestos a la

importación iguales o superiores al 15 por ciento.

¿Y la progresividad arancelaria?

La progresividad arancelaria consiste en la aplicación de impuestos

de importación más elevados a los productos semielaborados que a las

materias primas, e impuestos aún más altos a los productos acabados.

Esa práctica protege a las industrias nacionales de transformación y difi -

culta el desarrollo de las actividades de transformación en los países de

los que son originarias las materias primas.

En las negociaciones sobre acceso a mercados para productos no agrí-

colas, la Declaración de Doha afi rma que se tendrán plenamente en

cuenta las necesidades e intereses especiales de los países en desa-rrollo y los países menos adelantados. Se reconocerá que estos paí-

ses no tienen que igualar los compromisos de reducción arancelaria o de impuestos a la importación de otros participantes, ni asumir compromisos que signifi quen una reciprocidad plena.

4. Los ADPIC y la salud pública

En la Declaración de Doha se subraya la importancia de que el Acuerdo

sobre los ADPIC se aplique e interprete de manera que apoye la salud

pública, promoviendo tanto el acceso a los medicamentos existentes

como la creación de nuevos medicamentos.

La Declaración aparte sobre los ADPIC y la Salud Pública tiene el propó-

sito de responder a las preocupaciones sobre las posibles consecuencias

del Acuerdo sobre los ADPIC para el acceso a los medicamentos. En ella

se hace hincapié en que el Acuerdo sobre los ADPIC no impide, ni debe

impedir, que los gobiernos miembros adopten medidas para proteger la

salud pública y se afi rma el derecho de éstos a utilizar las fl exibilidades

previstas en el acuerdo.

Se aclaran también algunas de las formas de fl exibilidad disponibles, en

particular las licencias obligatorias y las importaciones paralelas.

La Declaración aparte sobre los ADPIC y la Salud Pública prorroga has-

ta el 1° de enero de 2016 el plazo de que disponen los países menos

adelantados para aplicar las disposiciones relativas a las patentes de

productos farmacéuticos.

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95Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

¿Qué son las licencias obligatorias?

Las licencias obligatorias son aquellas que conceden las autoridades a

empresas o personas distintas del titular de una patente para que fabri-

quen, usen, vendan o importen el producto protegido por dicha patente,

sin el consentimiento de la empresa o persona titular de la patente.

¿En qué consisten las importaciones paralelas?

Las importaciones paralelas consisten en comprar un producto (me-

dicamento de marca o genérico) fabricado legalmente en otro país, en

lugar de hacerlo directamente a la fábrica, y sacar ventaja del hecho de

que las compañías a veces ofrecen precios signifi cativamente más bajos

a un país que a otro. Desde la creación de la OMC, el Gobierno de Es-

tados Unidos se ha opuesto de forma muy agresiva a las importaciones

paralelas.

¿Qué es una patente?

Una patente es un título legal otorgado por el Gobierno a una empresa

o persona para permitirle, por un período, el monopolio o exclusividad

absoluta para la producción y venta de un invento o descubrimiento rea-

lizado por ella.

En el Consejo de los ADPIC se está examinando el artículo el ADPIC que

trata de la patentabilidad o no patentabilidad de las invenciones rela-

cionadas con plantas o animales y de la protección de las obtenciones

vegetales.

En la labor sobre cualquier cuestión relativa a la aplicación del ADPIC se

deberá tener en cuenta:

La relación entre el Acuerdo sobre los ADPIC y el Convenio de las •

Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica.

La protección de los conocimientos tradicionales y el folclore. •

Otros nuevos hechos pertinentes señalados por los gobiernos de los •

países miembros en el examen del Acuerdo sobre los ADPIC.

5. Acuerdos comerciales regionales

Las normas de la OMC disponen que los acuerdos comerciales regio-

nales tienen que reunir determinadas condiciones. No obstante, la in-

terpretación del contenido de esas normas ha resultado polémica. Ello

constituye actualmente un importante problema, especialmente cuando

la casi totalidad de los gobiernos miembros son parte en acuerdos re-

gionales, los están negociando o están considerando la posibilidad de

negociarlos.

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96 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

La declaración orienta la celebración de negociaciones encaminadas a

aclarar y mejorar las normas y procedimientos previstos en las disposi-

ciones vigentes de la OMC, aplicables a los acuerdos comerciales re-

gionales. En las negociaciones se tendrán en cuenta los aspectos de los

acuerdos comerciales regionales relativos al desarrollo.

6. Comercio y medio ambiente

Se acordó iniciar negociaciones sobre la relación entre las normas vigen-

tes de la OMC y las obligaciones comerciales específi cas establecidas

en los acuerdos multilaterales sobre el medio ambiente.

Se convino en celebrar negociaciones sobre la reducción o eliminación

de los obstáculos arancelarios y no arancelarios a los bienes y servicios

ecológicos.

La Declaración de Doha orienta que al realizar cualquier trabajo sobre

comercio y medio ambiente se preste especial atención a lo siguiente:

El efecto de las medidas ambientales en el acceso a los mercados, •

especialmente para los países en desarrollo.

Ganancia en los tres frentes, es decir, cuando la eliminación o reduc-•

ción de las restricciones y las distorsiones del comercio benefi cia al

comercio, al medio ambiente y al desarrollo.

La relación entre el Acuerdo sobre los ADPIC y el Convenio sobre la •

Diversidad Biológica, tema que se debe continuar aclarando.

Examinar los efectos del etiquetado ecológico en el comercio y si las •

actuales normas de la OMC constituyen un obstáculo a las políticas

de etiquetado ecológico.

Identifi car las normas de la OMC vinculadas con los asuntos antes •

mencionados que requieren aclaración.

La importancia que tienen para los países en desarrollo los progra-•

mas de asistencia técnica y creación de capacidades en la esfera del

comercio y el medio ambiente animándose a los países miembros a

compartir sus conocimientos técnicos y su experiencia con respecto

a los exámenes ambientales realizados en el plano nacional.

7. Pequeñas economías

Se orienta examinar los problemas específi cos que enfrentan las peque-

ñas economías en su participación en el comercio mundial, y formular

recomendaciones sobre qué medidas relacionadas con el comercio po-

drían mejorar la integración de estas economías.

8. Comercio y transferencia de tecnología

En Doha los países miembros de la OMC decidieron establecer un grupo

de trabajo para examinar cómo se da en la práctica la transferencia de

tecnología entre los países desarrollados y los países en desarrollo, y si

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97Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

cabría adoptar medidas específi cas en el marco de la OMC para fomen-

tar las corrientes de tecnología.

9. Cooperación técnica y creación de capacidad

En la Declaración de Doha los gobiernos de los países miembros de la

OMC reafi rmaron los compromisos en materia de cooperación técnica y

creación de capacidades y agregaron algunos nuevos de carácter gene-

ral, que se presentan a continuación:

Animar a los países en desarrollo miembros de la OMC a considerar •

el comercio como uno de los principales elementos para reducir la

pobreza y a incluir medidas comerciales en sus estrategias de de-

sarrollo.

El programa establecido en la Declaración de Doha da prioridad a •

las economías pequeñas, vulnerables y en transición, así como a los

miembros y observadores que no disponen de delegación perma-

nente en Ginebra.

La asistencia técnica de la OMC y de otras organizaciones interna-•

cionales pertinentes debe prestarse dentro de un marco de políticas

coherentes.

El Consejo General de la OMC adoptó en 2001 un nuevo presupuesto,

que aumentó en 80 por ciento la fi nanciación de la asistencia técnica

a los países en desarrollo. Con este mismo propósito se estableció el

Fondo Fiduciario Global del Programa de Doha para el Desarrollo, con

un presupuesto anual de 24 millones de francos suizos.

Los diferentes sectores económicos pueden optar a los programas de

asistencia técnica y capacitación que brinda la OMC.

10. Países menos adelantados

En la Declaración de Doha los gobiernos de los países miembros de la

OMC expresan su compromiso con el objetivo de acceso a los merca-

dos, libre de impuestos y de contingentes, para los productos origina-

rios de los países menos adelantados o más pobres y se comprometen

asimismo a considerar medidas adicionales para mejorar el acceso a los

mercados de las exportaciones de esos países.

11. Trato especial y diferenciado

Los acuerdos de la OMC contienen disposiciones especiales en las que

se confi eren derechos especiales a los países en desarrollo. Esas dispo-

siciones especiales incluyen, por ejemplo, plazos más largos para aplicar

los acuerdos y cumplir los compromisos, o medidas destinadas a au-

mentar las oportunidades comerciales de los países en desarrollo.

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98 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

En la Declaración de Doha los gobiernos de los países miembros con-

vienen en examinar todas las disposiciones sobre trato especial y dife-

renciado con miras a reforzarlas y hacerlas más precisas. Más concreta-

mente, la declaración ordena se identifi que cuáles de esas disposiciones

sobre trato especial y diferenciado son obligatorias y se estudien las

consecuencias que tendría dar carácter obligatorio a las que actualmen-

te no son vinculantes.

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99Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

ANEXO 2Principales leyes en que se sustenta la política comercial

1. Comercio Exterior. Código Aduanero Uniforme Centroamericano.

2. Régimen de Aduanas. Reformas e Incorporaciones al Decreto Nº 88-

2000, Reglamento a la Ley Creadora de la Dirección de Servicios

Aduaneros y de Reforma a la Ley Creadora de la Dirección General

de Ingresos, Ley Nº 339.

3. Exenciones Aduaneras. Ley Nº 382, Ley de Admisión Temporal para

Perfeccionamiento Activo y de Facilitación de las Exportaciones.

4. Medidas Anti-dumping y Compensatorias. Reglamento Centroame-

ricano sobre Prácticas Desleales de Comercio.

5. Aspectos de Fiscalidad en el Comercio. Ley N° 453, Ley de Equidad

Fiscal.

6. Contratación Pública. Ley Nº 323: Ley de Contrataciones del Estado

(enmendada por la Ley Nº 349).

7. Inversión Extranjera. Ley Nº 344: Ley de Promoción de Inversiones

Extranjeras.

8. Zonas Francas. Decreto Nº 46-91: Ley de Zonas Francas Industriales

de Exportación, Decreto Nº 21-2003: Reforma del Decreto N° 31-92,

Reglamento del Decreto de Zonas Francas Industriales de Exporta-

ción.

9. Normas y otros requisitos técnicos:

Ley Nº 219: Ley de Normalización Técnica y Calidad, •

Ley Nº 225: Ley sobre Metrología,•

Ley Nº 291: Ley Básica de Salud Animal y Sanidad Vegetal.•

10. Derechos de propiedad intelectual.

Ley Nº 312: Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos,•

Ley Nº 354: Ley de Patentes de Invención, Modelo de Utilidad y •

Diseños Industriales,

Ley Nº 380: Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos.•

Page 101: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

100 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

ANEXO 3Acuerdos comerciales vigentes

Acuerdos multilateralesOMC Miembro: 3 de septiembre de 1995

GATT País miembro del tratado contratante: mayo 28, 1950

Uniones aduanerasMCCA: Mercado Común Centroamericano

Tratado General de Integración Centroamericana

Fecha de fi rma: 13 de diciembre de 1960

Entrada en vigor: 4 de junio de 1961

Acuerdos de libre comercioCentroamérica – Chile

Acuerdo de libre comercio

Fecha de fi rma: 18 de octubre de 1999

Entrada en vigor: Pendiente

Costa Rica-Chile: 15 de febrero de 2002

El Salvador-Chile: 3 de junio de 2002

Centroamérica-EE.UU y República Dominicana (CAFTA-RD)

Fecha de fi rma: 5 de agosto de 2004

Fechas de ratifi cación:

El Salvador: 17 de diciembre de 2004

Estados Unidos: 27 de julio de 2005

Honduras: 3 de marzo de 2005

Guatemala: 10 de marzo de 2005

Nicaragua: 10 de octubre de 2005

Costa Rica: 21 de noviembre de 2007

Vigencia para Nicaragua: abril de 2006

Centroamérica - República Dominicana

Fecha de fi rma: 16 de abril de 1998

Entrada en vigor:

Costa Rica-República Dominicana: 7 de marzo de 2002

Nicaragua-República Dominicana: 4 de octubre de 2001

El Salvador-República Dominicana: 4 de octubre de 2001

Guatemala-República Dominicana: 4 de octubre de 2001

Honduras-República Dominicana: 19 de diciembre de 2001

Centroamérica – Panamá

Fecha de fi rma: 6 de febrero de 2002

Nicaragua – México

Tratado de libre comercio

Fecha de fi rma: agosto de 1992

Entrada en vigor: 1o. de julio de 1998

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101Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Acuerdos de complementación económica, libre comercio e intercambio preferencial y alcance parcial

Nicaragua – Colombia

Acuerdo de Complementación Económica No. 6

Fecha de fi rma: 2 de marzo de 1984 | Entrada en vigor:

Decreto Nº 2500, 02/09/1985

Nicaragua - Panamá (en Inglés)

Free and Preferential Trade Agreement

Fecha de fi rma: 26 de julio de 1973

Entrada en vigor: 18 de enero de 1974

Nicaragua – Venezuela

Acuerdo de Alcance Parcial no. 25

Fecha de fi rma: 15 de octubre de 1986

Tratados o acuerdos bilaterales de inversión (BIT3) 1 República de Italia 2004

2 República de Finlandia 2003

3 República Checa 2002

4 Reino de los Países Bajos 2000

5 Ecuador 2000

6 Corea del Sur 2000

7 Chile 1999

8 Suecia 1999

9 El Salvador 1999

10 Suiza 1998

11 Argentina 1998

12 Francia 1998

13 Reino Unido de Gran Bretaña 1996

14 Alemania 1996

15 Reino de Dinamarca 1995

16 Estados Unidos de América 1995

17 Reino de España 1994

18 República de China, Taiwán 1992 Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores-MIFIC.

Las uniones aduaneras, están reguladas por el GATT, y consisten en

otra de las excepciones toleradas al trato de la Nación Más Favorecida.

Las uniones aduaneras se defi nen como zonas de libre comercio a las

que se adiciona la concertación de políticas comerciales externas comu-

nes, de modo que los países miembros de una unión aduanera unifi can

su política comercial internacional, en primer lugar mediante un arancel

externo común, pero también mediante el conjunto de las políticas co-

3. Bilateral Investment Treaties (BIT).

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102 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

merciales y administrativas que se requieran para esa unifi cación (código

aduanero, percepción y distribución de las rentas aduaneras, adopción

uniforme de todas las medidas para-arancelarias y no-arancelarias en el

comercio frente a terceros países, etc.).

Los acuerdos de complementación económica, o acuerdos de al-cance parcial son instrumentos de índole técnica o administrativa que

no están sujetos a la ratifi cación del poder legislativo. Su objetivo es pro-

mover el intercambio de productos agropecuarios, asegurar la compe-

tencia en igualdad de condiciones e impulsar el desarrollo equilibrado y

armónico de los países miembros. Pueden ser bilaterales o unilaterales;

y tienen por lo general una duración de 3 años.

Los acuerdos bilaterales de inversión tienen como objetivo fomentar

las inversiones y determinar las reglas de trato y protección a las mis-

mas. Brindan así un elemento esencial en la decisión del inversionista: la

estabilidad en la vigencia de unas mínimas garantías para la realización

de inversiones extranjeras.

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103Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

ANEXO 4Canastas de desgravación arancelaria

En el caso del CAFTA, el programa de desgra vación establece desgra-

vaciones lineales y no lineales, con períodos de gracia, siendo caracte-

rizado por diversas canastas que se detallan a continuación:

Canastas de corto plazo:

En estas se ubican las canastas A y G que implican libre co mercio, sea

que a la entrada en vigor se des grave inmediatamente a cero el producto

o que ya gozaba de libre comercio el producto antes de la entrada en

vigor del tratado. La canasta B representa la canasta de desgra vación

lineal más sencilla, dado que en un período de 5 años, de forma propor-

cional, se desgrava a cero el producto para tener libre comercio.

Canastas de mediano plazo:

En este caso se ubican desgravaciones de 10 años de ma nera lineal y no

lineal. A este rubro pertene cen los productos industriales. La diferencia

entre una desgravación lineal y una no lineal ra dica en que en el segun-

do caso se alarga el período de protección al inicio, desgraván dose de

forma más abrupta al fi nal, con la fi nalidad de proteger lo más posible el

pro ducto en cuestión.

Canastas de largo plazo:

Se ubican períodos de desgravación de 12 a 15 años, lineales y no li-

neales.

En otras categorías:

En esta categoría se ubica la exclusión presente en el CAFTA para Ni-

caragua, que sería maíz blanco (canasta H) que por su sensibilidad no

será sujeta al programa de desgravación sino que mantendrá el aran-

cel presente al 2003 en los años de vigencia del CAFTA. Ubicamos los

productos más sensibles, como los productos lácteos, que gozan de un

período de desgravación de 20 años, con un período de gracia de 10

años durante el cual no se desgrava el arancel que luego será desgra-

vado paulatinamente con forme lo indica su respectiva canasta (canas ta

F) o productos como el arroz en granza que se desgrava a 18 años, con

período de gracia de 10 años y una desgravación no li neal que pretende

alargar el período de pro tección en los primeros años.

Fuente: MIFIC.

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104 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

El cuadro presentado a continuación ilustra sobre las dife rentes canastas de des-gravación que componen el programa de desgravación aplicado a Nicara gua bajo

el CAFTA-DR

Corto plazo: Libre comercio inmediato (canastas A y G)

Desgravación en 5 años, de manera lineal (canasta B)

Mediano plazo: Desgravación en 10 años, de manera lineal (canasta C)

Desgravación en 10 años, de manera no lineal –2 por ciento años 1 y

2; 8 por ciento

años 3 al 6 y 16 por ciento del año 7 al 9- (canasta M)

Largo plazo: Desgravación en 12 años, de manera lineal (canasta N)

Desgravación en 15 años,de manera lineal (canasta D)

Desgravación en 15 años, de manera no lineal –6 años de gracia, del

año 7 al 10: 8.25 por ciento anual y del año 11 al 14: 13.4 por ciento

anual (canasta E)

Otras categorías:

Exclusión (canasta H)

Desgravación lineal en 20 años, con un período de gracia de 10 años

(canasta F )

Desgravación en 15 años, no lineal, especial. 15 por ciento arancel al

inicio, 3 años de gracia, reducción de 6.6 por ciento del año 4 al 8. Del

año 9 al 14, reducciones anuales de 9.6 por ciento. (canasta Q)

Desgravación en 18 años, de manera no lineal, con un período de gra-

cia de 10 años. Del año 11 al 14: 8.25 por ciento; y del año 15 al 19:

16.75 por ciento. (canasta P)Fuente: MIFIC.

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105Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

ANEXO 5¿Cómo ubico la forma en que quedó negociado un producto?

Para el caso de la importación de bienes y productos que vienen de Estados Unidos

Investigar o conocer el código arancelario del pro ducto en el Siste-•

ma Armonizado (SA).

En el documento • NI Anexo Listado de Desgravación se ubica el

código que se ha investigado, la descripción del producto, arancel

base, la categoría de desgravación a aplicarse y si el mismo está su-

jeto a una salva guardia especial para las importaciones procedentes

de Estados Unidos.

Si en la columna de categoría, a la mer cancía se aplica una categoría •

entre la A a la H, se debe buscar el signifi cado de la letra expresado

en el tratamiento dado al producto, en el Anexo 3.3 del Ca pítulo 3

Trato Nacional y Acceso al Mercado.

Si en la columna de categoría, a la mer cancía se aplica una categoría •

entre la I a la Q, se debe buscar el signifi cado de la letra expresado

en el tratamiento dado al producto, en el documento NI No tas Ge-nerales. Si el producto está sujeto a una sal vaguardia especial, en el Anexo •

3.15 del Capítulo 3 Trato Nacional y acceso a mercados, Lista de Nicaragua encontra rá los niveles de activación y la forma de calcu-

lar el arancel adicional a imponer a dicho producto.

Para el caso de las exportaciones hacia Estados Unidos

Si es un producto que se pretende exportar hacia Estados Unidos •

(después de haber investigado el código arancelario del producto),

se busca en el documento US Anexo Listado de Desgravación y

se ubica dicho código, la descripción del producto, arancel base, la

categoría de desgravación a aplicarse y si el mismo está sujeto a una

salva guardia especial para poder exportarlo hacia ese país.

Si en la columna de categoría, a la mer cancía se aplica una categoría •

entre la A a la H, se debe buscar el signifi cado de la letra expresado

en el tratamiento dado al producto, en el Anexo 3.3 del Capí tulo 3

Trato Nacional y acceso a mer cados.

Si en la columna de categoría, a la mer cancía se aplica una categoría •

entre la I a la L, se debe buscar el signifi cado de la letra expresado

en el tratamiento dado al producto, en el documento US No tas Ge-nerales.

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106 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Si el producto está sujeto a una sal vaguardia especial, en el Anexo •

3.15 del Capítulo 3 Trato Nacional y acceso a mercados, Lista de Nicaragua encontra rá los niveles de activación y la forma de calcu-

lar el arancel adicional a imponer a dicho producto.

Para el comercio con • República Domi nicana, a excepción de los

productos lis tados en el Anexo 3.3.6.4 (productos excluidos) y

Anexo 3.3.6 (tratamien to especial) del Capítulo Trato Nacional y ac-

ceso a mercados, todas las mercan cías gozarán de libre comercio.

Fuente: Documento Explicativo. CAFTA-DR. MIFIC. 2005.

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107Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

ANEXO 6Cambio o salto arancelario

Para tener claro el nivel o profundidad del cambio o salto arancelario, del

cual se habla en la parte de las reglas de origen, es muy importante tener

en cuenta la clasifi cación de la materia prima y la mercancía. Para una

mejor comprensión tomaremos como ejemplo, el caso del queso.

El producto queso se clasifi ca dentro del Sistema Armonizado • de Clasifi cación (SA), en el capítulo 4, específi camente en la par-tida 04.06. (recordemos que el Sistema Armonizado (SA) agrupa

los productos en 91 capítulos, los que a su vez forman 21 secciones.

El SA cuenta con 5,018 grupos de productos. Además contiene un

total de 1,241 partidas y que la sub partida identifi ca los primeros 6

dígitos del código arancelario).

La materia prima leche • se clasifi ca en la Partida 04.01., siendo esta la leche fresca. La leche en polvo ya es la Partida 04.02• La materia prima leche modifi cada se clasifi ca en la Partida • 19.01

Si la regla de origen habla de un cambio a la Parti da 04.06 (queso) desde cualquier otro capítulo, signifi ca que se podrán importar las le ches modifi cadas para producir queso, no así la leche fresca y en polvo, debido a que estas están en el mismo capítulo.

Si la regla de origen habla de un cambio a la Partida 04.06 desde cualquier otro capítulo, ex cepto de la Partida 19.01; signifi ca que no se podrán importar la leche fresca y en polvo ni las leches modifi -cadas para producir queso, debido a que la leche fresca y en polvo están en el mismo ca pítulo y se ha hecho la excepción de la partida donde se clasifi ca la leche mo difi cada.

Si la regla de origen habla de un cambio a la Parti da 04.06 desde cual-

quier otra partida; signifi ca que se podrán importar la le che fresca, en

polvo y las leches mo difi cadas para producir queso, debido a que la

leche fresca y en polvo están en la Partida 04.01, 04.02 y 19.01, respecti-

vamente.

Si la regla de origen habla de un cambio a la Partida 04.06 desde cual-

quier otra partida, ex cepto de la Partida 04.01, 04.02 y 19.01; signifi ca

que no se podrán importar la leche fresca, en polvo y las leches mo-

difi cadas para producir queso, debido a que la leche fresca y en polvo

están en la Partida 04.01, 04.02 y 19.01, respecti vamente.

El cambio o salto arancelario siempre está asociado con la impor-tación de materia prima. En el Capítulo 4 del documento del trata-do hay un anexo sobre reglas específi cas que incluye los requisitos

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108 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

que cada producto debe cumplir para ser considerado como origi-nario (Anexo 4.1). De tal forma pueden darse diversas situaciones las cuales son planteadas para cada ocasión o sea cuando se lea un cambio en el capítulo desde cualquier otro capítulo, signifi ca que los materiales del capítulo se podrán importar para elaborar cualquier producto del capítulo según corresponda.

Fuente: Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, Nicaragua .

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109Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

ANEXO 7Medidas de salvaguardia consideradas en el CAFTA-DR

En materia de medidas de salvaguardia a continuación se defi nen en

detalle todas las que fueron consideradas en el marco del Tratado.

Medidas de salvaguardia globales:• son aquellas que se aplican

de conformidad con el Acuerdo de Salvaguardias en el marco de la

OMC. En este sentido se acordó conservar sus derechos y obliga-

ciones conforme a las disciplinas sobre salvaguardias del sistema

multilateral.

Medidas de salvaguardia bilaterales:• se dispone que una investi-

gación se inicie para todas las importaciones independientemente

de su procedencia, pero contempla un procedimiento de exclusión

de las importaciones de Centroamérica, cuando la investigación la

inicie un país de Centroamérica; asimismo permite la aplicación de

una medida por cuatro años, por una sola vez para el mismo produc-

to, durante el programa de desgravación. Es preciso señalar que las

salvaguardias globales y las bilaterales no podrán ser aplicadas de

forma simultánea.

Salvaguardia Agrícola Especial:• Es el mecanismo por medio del

cual se protege a ciertos productos agrícolas identifi cados por los

países fi rmantes del tratado, de importaciones que pudieran causar

daño a los productores locales. Para el caso del TLC, la misma se

activará por volumen y de manera automática.

Salvaguardia Textil:• Es un mecanismo transitorio (5 años a partir

de la entrada en vigencia del TLC), por medio del cual los países

fi rmantes se protegen de importaciones en los rubros de textiles que

crezcan de tal forma que causen daño o amenacen causarlo, aunque

la misma, una vez que se aplica, no puede durar más de 3 años. Lo

anterior signifi ca que si la aplicación de la salvaguardia se da en el

tercer año de entrada en vigencia del tratado, esta se puede mante-

ner únicamente por un período de dos años.

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110 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

ANEXO 8Elaboración de fi chas producto mercado

Ministerio de Fomento Industria y ComercioSecretaría Técnica de la Comisión Nacional de Promoción de

ExportacionesProyecto de Fortalecimiento de la Gestión de Comercio Exterior

Producto: MIEL NATURALMercados:

Estados Unidos•

Unión Europea•

CONTENIDO DE LA FICHANOMBRE DEL PRODUCTO

Nombre común en español•

Nombre común en inglés•

Nombre técnico•

PRINCIPALES VARIEDADES Y SUS USOSCLASIFICACIÓN ARANCELARIA (No. HS)DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTOOBSERVACIONESCOMERCIO EXTERIOR

Consumo aparente•

Balanza comercial•

Principales importaciones mensuales por país en $ (2004)•

Importaciones anuales por principales países de origen (Ton, $)•

Principales importaciones anuales por país americano•

Parte del mercado de principales países exportadores ( por ciento)•

MEDICIÓN Y PRONÓSTICO DE LA DEMANDADisponibilidad del producto•

Ventana de oportunidad•

Oportunidades de mercado•

Histórico de precios•

Precios actuales por puntos de entrada. Fluctuaciones de los pre-•

cios y tendencias

Principales puntos de entrada•

CARACTERÍSTICAS Y EXIGENCIAS DEL MERCADO DE DESTINOCanales de distribución•

Empaque comercial•

Embalaje para el transporte•

Etiquetado•

Obstáculos para la importación•

Restricciones de cuarentena y posibles soluciones•

Reglas sanitarias•

Nivel de tolerancia de los pesticidas (o sustancias químicas)•

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111Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

MANEJO DEL PRODUCTOMétodos de transporte utilizados para las importaciones•

Costos de transporte hacia principales mercados•

Condiciones de almacenamiento y transporte•

ASPECTOS DE MERCADOTECNIALa estrategia de precios•

Principales elementos de mercadotecnia que deben respetar expor-•

tadores Nicaragüenses

Organización de las ventas y condiciones de crédito•

Tendencias de consumo y estrategia de promoción•

NICHOS DE MERCADO Y/O CONTACTOS COMERCIALESNombre de la empresa, dirección, nombre del comprador, teléfono/•

fax/email, comentarios

IMPACTO EN EL PAÍS DE ORIGENVIABILIDAD FINANCIERA CAPTACIÓN DE LA INVERSIÓNDOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS

Fuente: Ministerio de Industria y Fomento. MIFIC.

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112 Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República Dominicana • CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

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1Guía para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Guía para el análisis de las implicaciones del

CAFTA-DRV E R S I Ó N A M I G A B L E

Fundación Internacional para el Desafío Económico Global (FIDEG)

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3Guía para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

¿Cuáles son los objetivos de esta guía?

Como su nombre lo indica, la presente guía tiene como propósito sugerir un conjunto

de pasos y herramientas de análisis que orienten la identifi cación de los efectos

—posibles o efectivos— del CAFTA-DR en los pequeños, pequeñas, medianos y

medianas productores y productoras agropecuarios, así como en los propietarios y

las propietarias de MIPYME, desde una perspectiva productiva y de género.

Esto signifi ca que el análisis debe abarcar no sólo los efectos en las unidades

económicas o productivas, sino también en las condiciones de vida de hombres y

mujeres, en sus posibilidades de ejercer sus derechos humanos.

Se pretende que a partir del análisis de los efectos del CAFTA-DR, los pequeños, pe-

queñas, medianas y medianos productores agropecuarios, así como los propietarios

y las propietarias de las MIPYME logren identifi car las medidas necesarias para apro-

vechar las oportunidades y minimizar las amenazas.

Estas medidas pueden ser tanto a nivel de la fi nca, de la empresa o del hogar, como a

nivel de políticas públicas, municipales o nacionales.

¿A quiénes está dirigida la guía?

La guía se ha elaborado pensando en que su aplicación sea facilitada por dirigentes

gremiales o comunales. Para conseguirlo, tendrán que trabajar con productores,

productoras, empresarios y empresarias pues, como se dijo antes, ellos o ellas son

quienes primeramente deben identifi car las oportunidades y amenazas que representa

el CAFTA-DR.

¿Cuáles son los pasos y herramientas propuestos?

Actividades preparatorias

a) El dirigente o la dirigente gremial o comunal interesado en aplicar la Guía para

el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR, como primer paso deberá leer

detenidamente toda la versión amigable.

b) Seleccionar uno o dos rubros o productos con el propósito de analizar en ellos las

implicaciones del CAFTA-DR.

La selección puede hacerse en función de la importancia que los rubros tienen

para la economía del territorio, el trabajo que se realiza o la percepción de que

serán los más afectados por el CAFTA-DR o que tienen más oportunidades.

No es recomendable trabajar más de dos rubros o productos a la vez, porque

el número total de participantes no puede ser muy grande y se pretende cierta

representatividad por rubro para que las conclusiones que se extraigan tengan

sustento.

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4 Guía para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

c) Identifi car a los productores, las productoras, los empresarios o las empresarias

más representativos y representativas del rubro o producto seleccionado, ya sea

por los años que tienen en la actividad, por la calidad de sus productos o por la

cantidad que producen. La cantidad de productores, productoras, empresarios y

empresarias a identifi car debe oscilar entre 15 y 20 máximo.

En este punto es necesario hacer un alto. Para los fi nes de esta guía se debe

considerar productor, productora, empresario o empresaria a la persona que

está al frente de la actividad, aunque no sea el dueño o dueña de los medios de

producción (tierra, máquinas o herramientas). Se debe tener presente que muchas

actividades las realizan tanto hombres como mujeres, de forma que lo ideal sería

que la mitad de quienes participan sean mujeres. Pero considerando que en

algunos rubros y territorios la presencia de las mujeres es limitada, la meta es que

haya un mínimo de 5 ó 6 mujeres productoras o empresarias, según sea el total de

participantes 15 ó 20.

d) Programar un taller con los productores, las productoras, los empresarios y las

empresarias identifi cados, para lo cual habrá que defi nir día, hora y lugar.

Para garantizar la presencia de todas las personas invitadas habrá que considerar

sus compromisos de trabajo y mejor aún, hacer una consulta previa. Esto es

especialmente importante en el caso de las mujeres que tienen responsabilidades

familiares que generalmente no tienen los hombres.

El número ideal de participantes en el taller es de 15 productores y productoras

o empresarios y empresarias, pero siempre es bueno invitar más previendo que

algunas personas no puedan asistir.

e) Garantizar que se cuenta con el material de apoyo a utilizar durante el taller: copia

del Anexo 1 de esta guía para entregar a los productores y las productoras o

empresarios y empresarias, papelógrafos y marcadores.

Aplicación de la guía

f) El taller con productores, productoras, empresarios y empresarias se debe iniciar

explicando los objetivos de la reunión, para lo cual puede encontrarse ayuda en lo

dicho en la introducción de la versión amigable y en los objetivos de esta guía.

Después se debe presentar el programa propuesto, invitándoles a sugerir

cualquier modifi cación que contribuya de mejor forma a alcanzar los objetivos de

la reunión.

g) Los productores y las productoras o los empresarios y las empresarias asistentes

se deben organizar en grupos de 5 ó 6 personas. Si se está trabajando con pro-

ductores, productoras, empresarios y empresarias de dos rubros o productos di-

ferentes es conveniente que queden en un mismo grupo las personas que realizan

una misma actividad.

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5Guía para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

h) A cada grupo de productores, productoras, empresarios y empresarias se le

asignará la lectura de uno de los capítulos de la versión amigable del CAFTA-DR,

considerando únicamente los capítulos del 4 al 9. El Capítulo 8: La entrada al

mercado de productos primarios o productos agropecuarios y derivados no deberá

asignarse a ningún grupo si no se está trabajando con productores y productoras

o empresarios y empresarias de la rama agropecuaria.

i) Si el grupo está conformado por integrantes de MIPYME relacionadas con textiles

y confección se le deberá entregar el Capítulo 8, pero solamente la parte referida

a: “… otros aspectos importantes en la negociación del acceso de los bienes al

mercado en el marco del CAFTA-DR. El tratamiento de textiles y confección”.

j) Luego, en plenaria, uno o varios integrantes de cada grupo hará la explicación,

con sus propias palabras, del contenido del capítulo leído.

El dirigente o la dirigente gremial o comunal que asuma el rol de facilitador o

facilitadora del taller deberá estar muy atento o atenta a las explicaciones de los

grupos, a fi n de hacer las aclaraciones o correcciones que sean necesarias.

En el caso extremo de que el grupo manifi este no haber entendido nada del capítulo

leído, corresponderá al facilitador o facilitadora explicar al plenario el contenido

del mismo.

k) Una vez compartido en plenario lo leído y entendidos por cada grupo los capítulos

de la versión amigable del CAFTA-DR, es recomendable hacer un breve receso

antes de proseguir.

l) Al volver del receso los productores, productoras, empresarios y empresarias

participantes dispondrán de un tiempo prudencial para leer las preguntas que se

presentan en el Anexo 1 y responderlas mentalmente.

m) Inmediatamente después los productores, las productoras, empresarios y empresarias

de un mismo sexo y que además producen el mismo bien o servicio formarán gru-

pos para completar las matrices que constituyen la Herramienta 2, con las respuestas

de cada productor, productora, empresario y empresaria a las preguntas formuladas.

Para ello deberán copiar en papelógrafos las matrices de la Herramienta 2.

Se debe tener cuidado de anotar en las matrices toda la información esencial

relacionada con la pregunta formulada.

n) Cada grupo deberá presentar en plenario el contenido de sus matrices. Cuando

hayan expuesto todos los grupos se deberá analizar la información generada,

apoyándose en las Pistas para el análisis (Herramienta 3).

Page 119: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

Herramienta 1

Herramienta 2

Herramienta 3

6 Guía para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

HERRAMIENTA 1: PREGUNTAS PARA EL ANÁLISIS

Características de la actividad económica

1. ¿Cuál es el principal bien o servicio que produce el negocio o empresa en la que

trabaja?

2. ¿Cuánto tiempo lleva realizando esta actividad?

3. ¿Cómo decidió producir ese bien o servicio?

4. ¿Quién es la o las personas propietarias del negocio o empresa?

5. ¿Quién o quiénes toman las decisiones sobre el negocio o empresa? ¿Por qué?

6. Además de usted, ¿cuántas personas más trabajan de forma permanente en el

negocio o empresa? ¿Cuántas de ellas son familiares suyos?

7. ¿Cuál es el tipo de tecnología con la que trabaja?

a) Actividades agropecuarias

Tecnología tradicionalLa tecnología tradicional se caracteriza por la utilización intensiva de mano de obra

familiar y el uso extensivo de la tierra (pocas plantas o animales por manzana) y la

aplicación nula o esporádica de algún insumo químico, entregado por organismos

públicos y no gubernamentales para atender cultivos o actividades específi cas de

producción.

Por lo general, en este nivel tecnológico no se utilizan semillas mejoradas, y el

instrumento de labranza suele ser el espeque o el arado egipcio. La mayor parte de

la producción que utiliza tecnología tradicional se ubica en suelos en pendiente y

erosionados. Los subsistemas de explotación varían dependiendo de las condiciones

agro-climáticas; pueden ser monocultivos, mixtos o en relevo y algunos manejan

pequeños hatos bovinos para el autoconsumo.

Tecnología semi-tecnifi cadaSe distingue por un uso más intensivo de la tierra, que el de la tecnología tradicional,

y en la mayor realización de actividades culturales ya que la mano de obra familiar se

complementa con mano de obra contratada.

Se utilizan semillas mejoradas y agroquímicos, pero en niveles mínimos. El principal

elemento de preparación del suelo es el arado egipcio con tracción animal y algunas

veces utilizan la mecanización en terrenos planos. Los subsistemas principales son:

monocultivos, algunas veces mixtos o en relevo y desarrollan también la actividad

bovina de crianza con énfasis en el auto-consumo.

Tecnología tecnifi cadaEste nivel tecnológico se sustenta en una alta disponibilidad de recursos productivos:

tierra, insumos, maquinaria agrícola, infraestructura de riego y mano de obra contratada

que son utilizados en forma intensiva. Esto permite efectuar más y mejores actividades

culturales, bajo la supervisión de los especialistas que brindan asistencia técnica.

Page 120: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

Herramienta 1

Herramienta 2

Herramienta 3

7Guía para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

b) Actividades no agropecuarias

Tecnología tradicionalLa tecnología tradicional se distingue por la utilización intensiva de mano de obra,

la nula o mínima división del trabajo y el uso de herramientas básicas (no existe

mecanización o empleo de maquinaria). De forma que el trabajador o la trabajadora

es un artesano o artesana que elabora manual e íntegramente el producto.

Las técnicas de producción difi eren según cada trabajador y la producción varía en

función del ritmo de trabajo y destreza del artesano o artesana. Las condiciones de

trabajo son muy precarias y riesgosas y los niveles de productividad bajos.

Tecnología semi-tecnifi cadaEn este nivel tecnológico, llamado manufactura, se mantiene el uso intensivo del

trabajo manual, artesanal, pero se agrega la división del trabajo mediante la cual

los trabajadores y las trabajadoras se especializan en determinadas operaciones y

aumentan signifi cativamente su productividad.

Tecnología tecnifi cadaLa tecnología tecnifi cada o mecanizada se caracteriza por la profundización de la

división del trabajo y el perfeccionamiento de las herramientas (lo que llevó fi nalmente

a la sustitución del trabajo manual por el que realizan las máquinas).

En algunos casos las máquinas, que inicialmente eran operadas por los trabajadores

y las trabajadoras, han pasado a funcionar de forma automática mediante el uso de la

electrónica y la informática.

8. ¿A qué mercado están dirigidos los productos del negocio o empresa? ¿Local?

¿Departamental? ¿Nacional? ¿Internacional?

9. ¿Tiene posibilidades de vender en mercados más grandes?

10. Según su criterio, ¿por qué sus clientes prefi eren sus productos?

11. ¿Dónde compra los materiales necesarios para el negocio o empresa? ¿En la

misma comunidad? ¿En otra ciudad? ¿En Managua?

12. ¿Quién o quienes hacen estas compras?

13. ¿Conoce cuáles son los mejores proveedores de materiales? ¿Los utiliza? ¿Por

qué no?

14. ¿Sabe cuáles son los mejores canales de venta? ¿Los usa?

Si la respuesta es negativa: ¿Por qué no?

15. ¿Quién o quiénes entregan o venden los productos? ¿Por qué?

Page 121: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

Herramienta 1

Herramienta 2

Herramienta 3

8 Guía para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

16. ¿Sabe usted cuánto son sus costos? ¿Y sus ganancias?

Si la respuesta es afi rmativa:

a) ¿Tiene montado su sistema de contabilidad? (balance general y estado de

pérdidas o ganancias).

b) ¿Lleva un registro de ingresos y gastos?

Identifi cación de oportunidades y obstáculos

17. ¿Conoce cómo quedó su principal producto en el CAFTA-DR? ¿Desgravación

inmediata, a 10 ó 15 años, etc.?

18. ¿Conoce los requisitos que establece el CAFTA para exportar su producto a los

Estados Unidos: reglas de origen, medidas sanitarias y fi tosanitarias?

19. Sabiendo que entre los productos que hoy mismo pueden entrar al mercado de

Estados Unidos (Canasta A) se encuentran los siguientes:

Flores (rosas, crisantemos, ginger, ave del paraíso, calas, lirios, etc.), hortalizas,

papayas, sandías, grosellas, guanábana, granadilla, mangos, semilla de lino,

bambú, ceras vegetales, carne de res, concentrado de tomate, hígados de aves

salados o en salmuera, caballas (macarelas), artículos de hilados, tiras o formas

similares, látex de caucho natural.

Para dedicarse a producir para exportar estaría dispuesto o dispuesta a efectuar

cambios necesarios, tales como:

a) Cambiar de actividad.

b) Introducir nuevas variedades (por ejemplo, frijol negro por frijol rojo).

c) Realizar cambios tecnológicos para mejorar la calidad del producto.

d) Contar con una marca, mejorar la presentación y el empaque del producto.

e) Cumplir con las medidas sanitarias.

Si la respuesta fue negativa:

¿Por qué no está dispuesto o dispuesta? ¿Qué obstáculos identifi ca?

20. Desde su punto de vista, ¿cuáles son las fortalezas que tiene para dedicarse a

producir para exportar a Estados Unidos? Por ejemplo, ¿cuenta con una marca,

registro sanitario, experiencia previa, etc.?

21. ¿Cree usted que tiene la capacidad de producir los volúmenes necesarios para

exportarlos? Si no tiene capacidad, ¿qué necesita en el corto plazo para poder

hacerlo?

22. ¿Conoce las condiciones que tienen los productores y las productoras que produ-

cen lo mismo que usted en Estados Unidos o en los otros países de Centroamé-

rica?

Si la respuesta es positiva:

En comparación con sus condiciones, ¿cómo diría que son? ¿Mejores, iguales o

peores?

23 ¿Qué necesitaría para producir en iguales condiciones que ellos?

Page 122: Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados ...simas.org.ni/media/DR-CAFTA amigable 72dpi.pdfTratado de Libre Comercio entre Centroamérica, Estados Unidos y República

Herramienta 1

Herramienta 2

Herramienta 3

9Guía para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

Características del productor, productora, empresario o empresaria y su hogar

24. Usted, concretamente, ¿qué hace en el negocio o empresa?

25. Normalmente, ¿cuántos días a la semana dedica a este negocio o empresa? ¿Y

cuántas horas por día?

26. ¿Dedica tiempo a otro negocio o empresa?

Si la respuesta es afi rmativa:

¿Qué se produce o vende en ese otro negocio o empresa?

27. ¿Cuántos días a la semana le dedica al otro negocio o empresa? ¿Cuántas horas

por día?

28. ¿Realiza alguna tarea doméstica, incluyendo el cuidado de niños y niñas, personas

enfermas o adultos y adultas mayores?

Si la respuesta es afi rmativa: ¿Cuántos días a la semana las realiza? ¿Cuántas

horas diarias le dedica generalmente a estas actividades?

29. ¿Otras personas de su hogar hacen también tareas domésticas, incluyendo

cuidado de niños y niñas, personas enfermas o adultos y adultas mayores? Si la

respuesta es sí: ¿Cuál es el parentesco que tienen con usted?

30. ¿Cuántos días a la semana las realizan? ¿Cuántas horas al día le dedican

generalmente estas personas a estas actividades?

31. El dinero que obtiene por su trabajo, generalmente, ¿en qué lo gasta?

a) ¿Lo ahorra? ¿Lo reinvierte en el negocio?

b) ¿En mejoras de la vivienda?

c) ¿En gastos de salud y educación?

d) ¿En alimentación y/o servicios básicos (agua, luz, teléfono)?

e) Otro (especifi que).

32. En su hogar, ¿quién o quiénes toman las decisiones? ¿Por qué?

33. ¿Está usted organizado u organizada en alguna cooperativa o asociación? ¿Por

qué?

34. ¿Realiza actividades económicas conjuntamente con otros productores y produc-

toras o empresarios y empresarias (comprar insumos, vender productos, transfor-

mar productos)?

35. ¿Qué instituciones, públicas o privadas, le han apoyado para desarrollar su negocio

o empresa?

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Herramienta 1

Herramienta 2

Herramienta 3

10 Guía para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

HERRAMIENTA 2: Matriz para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR (1)

Producto (1):________________________________________ Sexo: __________

TEMA PERSONA 1 PERSONA 2 PERSONA 3 PERSONA 4

Características de la actividad económica

Antigüedad (2)

Decisión qué producir (3)

Propiedad negocio (4)

Toma de decisiones (5)

Generación empleo (6)

Tecnología (7)

Mercado (8)

Otros mercados (9)

Característica competitiva producto principal (10)

Proveedores (11-13)

Comercialización (14 y 15)

Costos y ganancias (16)

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Herramienta 1

Herramienta 2

Herramienta 3

11Guía para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

HERRAMIENTA 2: Matriz para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR (2)

Producto (1):________________________________________ Sexo: __________

TEMA PERSONA 1 PERSONA 2 PERSONA 3 PERSONA 4

Identifi cación de oportunidades y amenazas

Conoce la desgravación de su producto en CAFTA (17)

Conoce los requisitos de exportación (18)

Disposición al cambio (19)

Actividada)

Nuevas b) variedades

Mejorar c) calidad

Mejorar d) empaque

Medidas e) sanitarias

Fortalezas para exportar (20)

Volúmenes sufi cientes (21)

Condiciones de otros productores (22)

Requerimientos para igualar condiciones (23)

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Herramienta 1

Herramienta 2

Herramienta 3

12 Guía para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

HERRAMIENTA 2: Matriz para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR (3)

Producto (1):________________________________________ Sexo: __________

TEMA PERSONA 1 PERSONA 2 PERSONA 3 PERSONA 4

Características del productor, productora, empresario o empresaria y su hogar

Lo que hace (24)

Tiempo dedicado al negocio (25)

Otros negocios o empresas (26)

Tiempo dedicado a otros negocios (27)

Tiempo total dedicado a los negocios (25+27)

Tiempo dedicado a tareas domésticas y cuidado (28)

Parentesco de los miembros del hogar que hacen tareas domésticas y cuidado (29)

Tiempo dedicado a una actividad = Número de días a la semana x cantidad de horas diarias.

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Herramienta 1

Herramienta 2

Herramienta 3

13Guía para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

HERRAMIENTA 2: Matriz para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR (4)

Producto (1):________________________________________ Sexo: __________

TEMA PERSONA 1 PERSONA 2 PERSONA 3 PERSONA 4

Características del productor, productora, empresario o empresaria y su hogar

Tiempo dedicado a tareas domésticas y cuidado por otras personas del hogar (29 y 30)

Destino de los ingresos (31)

Ahorro o a) reinversión

Viviendab)

Salud y c) educación

Alimentaciónd)

Otros, ¿cuál?e)

Toma de decisiones del hogar (32)

Organización gremial y alianzas (33 y 34)

Instituciones, públicas o privadas, de apoyo al negocio o empresa (35)

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Herramienta 1

Herramienta 2

Herramienta 3

14 Guía para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

HERRAMIENTA 3: PISTAS PARA EL ANÁLISIS

En base al contenido de las matrices presentado por cada uno de los grupos se

debe tratar de establecer si existen diferencias entre los productores y productoras o

empresarios y empresarias según:

El sexo.•

El tamaño de sus negocios. .•

El tipo de tecnología empleada para desarrollar el rubro o la actividad económica •

(tradicional o artesanal, semi-tecnifi cada o tecnifi cada).

El país donde trabajan: Estados Unidos, Nicaragua y otros países de •

Centroamérica.

Y si estas diferencias infl uyen en sus posibilidades de aprovechar las oportunidades

del CAFTA-DR.

Para contribuir a realizar este análisis, a continuación se presentan algunas pistas

(preguntas y sugerencias) que no pretenden ser exhaustivas. De forma que las personas

que participan puedan agregar al análisis las dimensiones que tengan a bien.

1. ¿Los productores o empresarios tienen las mismas condiciones de trabajo que las

productoras o empresarias?

Considere las respuestas sobre la propiedad del negocio, la toma de decisiones,

mercado y tiempo dedicado a los negocios (días a la semana y horas por día).

2. ¿Cuáles pueden ser las causas de estas diferencias?

3. ¿Quiénes dedican más tiempo a las tareas domésticas y al cuidado de la niñez,

personas enfermas o de la tercera edad? ¿Los hombres o las mujeres?

Analice el total de días a la semana y horas por día que le dedican los productores

y las productoras o empresarios y empresarias, hombres y mujeres, a estas

actividades.

4. ¿La responsabilidad y el tiempo que dedican al trabajo doméstico y al cuidado

de la niñez, personas enfermas o de la tercera edad puede estar afectando las

posibilidades de crecimiento de los negocios de las mujeres?

Compare la cantidad de tiempo (días a la semana y horas por día) que dedican a

estas actividades y a los negocios.

¿Puede esta situación estar determinando el mercado para el que se produce, los

proveedores y canales de comercialización que se usan, la disposición a vender a

mercados más grandes o a exportar?

5. ¿La responsabilidad y el tiempo dedicado a estas mismas actividades pueden

también estar infl uyendo en las posibilidades de que las mujeres formen parte de

alguna organización gremial?

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Herramienta 1

Herramienta 2

Herramienta 3

15Guía para el análisis de las implicaciones del CAFTA-DR • VERSIÓN AMIGABLE

¿Los productores o empresarios tienen las mismas facilidades y difi cultades que

las productoras o empresarias para organizarse?

6. ¿Los ingresos que generan las productoras o empresarias a quiénes benefi cian?

¿Sólo a ellas? ¿A ellas y a personas que integran su hogar? ¿Sólo a las personas

integrantes de su hogar? ¿Cómo serían las condiciones de los hogares si no

contaran con el ingreso de las mujeres?

Revise lo que respondieron sobre el destino de sus ingresos y compárelo con las

respuestas de los hombres.

7. En los casos en que todas las personas integrantes del hogar se benefi cien de los

ingresos de las mujeres, ¿contribuyen a reducir su carga de trabajo doméstico?

¿Por qué? ¿Es eso justo?

Considere las respuestas sobre la participación de otras personas del hogar en

las tareas domésticas y cuidado de la niñez, personas enfermas o de la tercera

edad.

8. Considerando todo lo anterior, ¿quiénes están en mayor desventaja para competir?

¿Los productores o empresarios, o las productoras o empresarias?

9. Para aprovechar algunas de las oportunidades del CAFTA-DR habría que introducir

algunos cambios en el negocio o empresa. ¿Quiénes presentan mayor disposición

a realizar esos cambios para aprovechar esas oportunidades? ¿Los hombres o las

mujeres? ¿Los productores y las productoras o empresarios y empresarias con

más o con menos recursos? ¿Cómo se puede explicar ese comportamiento?

10. ¿Todos conocen los requisitos básicos que deben cumplir para poder exportar a

Estados Unidos? ¿Quiénes tienen mejor información los hombres o las mujeres?

¿A qué se puede deber esto?

11. En base a los problemas o carencias identifi cados, ¿qué cambios es necesario

introducir para mejorar la competitividad de sus productos y las condiciones de

vida de hombres y mujeres?

Identifi que los cambios necesarios a nivel personal, del hogar, del negocio y de las

políticas públicas del municipio y de la nación.

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