TRABAJO: GOBIERNO EN LINEA

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA COLEGIO UNIVERSITARIO DE LOS TEQUES “CECILIO ACOSTA” LOS TEQUES – MIRANDA PARTICIPANTES: Aular, Yusnely C.I 15.256.130 Quiñones, Lisett C.I 17.050.083 Velásquez, Carlos C.I 12.414.571 Sección 6 FACILITADOR: Emil Michinel

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TRABAJO DE GOBIERNO EN LINEA ELABORADO POR: YUSNELY AULAR, LISETT QUIÑONES Y CARLOS VELASQUEZ.

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA

EDUCACIÓN UNIVERSITARIACOLEGIO UNIVERSITARIO DE LOS TEQUES

“CECILIO ACOSTA”LOS TEQUES – MIRANDA

PARTICIPANTES:

Aular, Yusnely C.I 15.256.130

Quiñones, Lisett C.I 17.050.083

Velásquez, Carlos C.I 12.414.571

Sección 6

Los Teques, Octubre 2012

FACILITADOR:Emil Michinel

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INTRODUCCION

Este trabajo fue realizado con el objeto de conocer sobre el desarrollo

del gobierno electrónico en Venezuela, el cual se impulsa con la entrada en

vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en

diciembre del año 1999.

En el desarrollo de esta publicación hemos destacado lo que es el

Gobierno en Electrónico en Venezuela, su importancia y fundamentación

legal y la manera como el Estado venezolano ha definido la importancia de la

organización y participación ciudadana en el proceso del uso de las TIC, a fin

de establecer políticas públicas, que respondan eficientemente a las

necesidades de la ciudadanía.

En este sentido el Centro Nacional de Tecnologías de Información

(CNTI) ha iniciado el Gobierno Participativo apoyado en Tecnologías de

Información como parte de una nueva estrategia para el desarrollo de

proyectos de Gobierno Electrónico.

El Gobierno en Línea es una herramienta de Gobierno Electrónico, el

cual ofrece diversos productos a la ciudadanía, a objeto de que tengan

acceso a la información y los servicios de la Administración Pública.

En el desarrollo de este trabajo conoceremos la definición de Gobierno

Electrónico, su importancia, su impacto en la ciudadanía, sus características,

sus bases legales y el Gobierno en Línea y sus servicios.

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LAS TIC

Según, Flores, P (2011) Las TIC, son un conjunto de herramientas y

almacenamiento de información, es decir se trata de medios de técnicas o

medios de comunicación como es el caso del internet, la telefonía móvil,

correo electrónico; que permiten a las personas comunicarse para dar,

recibir, adquirir o procesar información.

GOBIERNO EN LINEA

El portal Gobierno en Línea (http/:www.gobiernoenlinea.gob.ve) es

una herramienta de Gobierno Electrónico, el cual tiene como fin ofrecer

contenidos noticiosos, servicios y trámites a la ciudadanía, apoyado en las

Tecnologías de Información.

Según, La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico

(2008), en las década de los 60 y 70, las tic se utilizaban para mejorar la

comunicación y la obtención de información, mas tarde en los 90 se toman

las primeras iniciativas de gobierno electrónico, centrado en la producción y

la difusión de la información; esto dio como resultado una gran cantidad de

sitios web utilizados en los diferentes entes gubernamentales.

El gobierno electrónico ayuda significativamente en el desarrollo de un

gobierno bueno y receptivo, que proporciones excelentes servicios a la

ciudadanía.

Una definición amplia supone el gobierno electrónico como un modelo

de mejora del Estado, el cual se fundamenta en el uso de las tecnologías de

la información y la comunicación (TIC) en los procesos internos de gobierno

y externos de interacción entre el Estado y los ciudadanos, que conllevan al

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perfeccionamiento de los servicios públicos, fortalecimiento de la

responsabilidad administrativa, el aumento de la transparencia, la

democratización de la información, la participación ciudadana y la contraloría

social.

IMPORTANCIA DEL GOBIERNO ELECTRÓNICO

Pueden generar ahorros en la recolección y la transmisión de datos, el

suministro de información con los clientes.

El gobierno electrónico contribuye a reducir la corrupción, aumenta la

apertura y la confianza en el gobierno.

Contribuye al logro de los objetivos, económicos, sociales, políticos de

país.

El gobierno electrónico genera gastos menores en la administración

pública, mediante el empleo de programas específicos, así como

también mejoras en la productividad de las empresas.

Todo esto contribuye al logro de eficiencias significativas futuras.

EL GOBIERNO ELECTRÓNICO Y LA CIUDADANÍA

El gobierno electrónico se basa en el principio de habilitar una serie de

herramientas electrónicas para que los usuarios tengan acceso a la

información y los servicios de la administración, cuando y como ellos quieran,

(24 horas al día, 7 días de la semana), la idea y la intensión es que la

prestación de este servicio este basada en las necesidades de los usuarios

de servicio, cabe destacar que, no solo se espera la satisfacción de los

usuarios, sino que mejore notablemente el aumento de los canales de

comunicación.

Cardona, D (2009)

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Los usuarios cumplen una gran cantidad de roles y contribuyen al

momento de crear confianza entre el gobierno y los ciudadanos. Es

fundamental, para el logro de todos los objetivos propuestos, ya que esto

puede lograr:

Un gobierno directo y garante de las diferentes normativas y leyes.

Puede ayudar a que, una voz individual, pueda ser escuchada en un

debate global, es decir, que a través de las distintas páginas web,

los usuarios puedan expresar sus opiniones y estas a su vez ser

vistas en las distintas partes del mundo.

CARACTERÍSTICAS DEL GOBIERNO EN LÍNEA

Oportuno, en relación al tiempo

Idóneo, en relación a la adecuación

Seguro, con plataforma y usuarios.

Transparente, en cuanto a su Eficiencia y eficacia, así como en el

acceso a sus presupuestos y ejecuciones.

Responsable

Garantizar la Probidad

Satisfactorio al ciudadano, en cuanto a calidad y oportunidad

Implicaciones de los Diferentes Roles para el Gobierno Electrónico en el

Usuario

ROLELEMENTO CLAVE

DEL ROL

IMPLICACIONES

ORIENTADAS AL

USUARIO

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Cliente Transacción

Promover servicios

basados en la

satisfacción de las

necesidades de los

clientes

Sujeto de estado

Contribuyente

Ley y Orden

Hacer que sea sencillo

y eficiente el

cumplimiento de las

obligaciones, garantizar

la imparcialidad,

transparencia y uso

eficiente de los recursos

de los contribuyentes

Votante

Libre Ejercicio del

derecho

Asegurar la integridad,

responsabilidad y

legitimidad del proceso.

EL GOBIERNO ELECTRÓNICO VENEZOLANO

Según Gallegos, A. (2001) el Gobierno Electrónico en Venezuela significa

el aprovechamiento de las Tecnologías de Información y Comunicación para

aumentar la inclusión de amplios sectores que han estado al margen de la

acción social del Estado. Las Tecnologías de Información no sólo pueden

propiciar la transformación del Estado, maximizando la eficiencia de la

administración pública, también son un mecanismo para aumentar la

transparencia y garantizar la seguridad de la nación. Arturo Gallegos señala

los objetivos del gobierno electrónico Venezolano:

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Este portal tiene como objeto garantizar el fácil acceso a la

información y trámites de la administración pública, así como ofrecer

servicios y contenidos que buscan promover el uso de las

herramientas de gobierno electrónico del estado venezolano.

Apoyar la constitución de un nuevo modelo de Estado definido en el

nuevo marco constitucional y el nuevo modelo de gestión en el

proceso de transformación del Estado.

Propiciar el control social y establecer la corresponsalía como un

nuevo esquema de relación entre el ciudadano y el Estado.

Contribuir mediante el uso intensivo de las TIC a la racionalización de

las tramitaciones públicas, logrando a tal efecto una mayor celeridad

y funcionalidad.

Reducir los gastos operativos en que incurren los organismos públicos

y obtener así ahorros presupuestarios que permitan cubrir

insuficiencias de carácter fiscal, mejorando las relaciones

administración pública-ciudadano.

Establecer un modelo de arquitectura más horizontal, empírico y

endógeno, que vincule y permita el acceso y la interoperabilidad

sistémica de la información de las diferentes instituciones del

gobierno hacia el ciudadano.

Sistematizar la responsabilidad y transparencia en los procesos de la

Administración Pública.

Ser un país integrado, eficiente y competitivo en el ámbito regional e

internacional, que garantice a todos los ciudadanos en el territorio

nacional el acceso democrático a los beneficios y oportunidades que

la sociedad de la información, comunicaciones y las tecnologías

genere.

El portal Gobierno en Línea (www.gobiernoenlinea.gob.ve) es una

ventana de fácil acceso a la información del Estado venezolano,

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fundamentándose en la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela, la cual impulsa la democracia participativa y protagónica, la

construcción consecuente de la justicia social, así como la defensa de los

derechos y resguardo de la libertad de expresión.

Gobierno en Línea, además, ofrece a sus usuarios la posibilidad de

enriquecer los contenidos y servicios disponibles en el portal, mediante su

participación en la Red de Colaboradores, escribiendo a

http//[email protected]

El portal Gobierno en Línea, como una de las caras del Gobierno

Participativo apoyado en Tecnologías de Información (Gob-PaTi), ha definido

sus objetivos y alcance para optimizar las necesidades de los usuarios,

además de que busca la aplicación de una estrategia que apunte hacia la

inclusión ciudadana y el modelo colaborativo de gestión.

Gobierno en Línea presenta contenidos clasificados según el perfil de

los usuarios organizados en cuatro categorías: Ciudadanía, Extranjeros,

Empresarios y Participación Ciudadana. En el perfil Ciudadanía el usuario

encontrará todo lo relacionado con trámites civiles, el perfil Extranjeros está

dirigido a los viajeros no residentes, los Empresarios también tendrán un

perfil con sus trámites respectivos, mientras que Participación Ciudadana

ofrece toda la información para la participación y el empoderamiento

ciudadano.

DEMOCRACIA ELECTRÓNICA

Reylli, k (2002) afirma que la Democracia Electrónica está

relacionada directamente con la gobernabilidad democrática propiamente, y

se refiere al uso de las Tic para facilitar la participación de los ciudadanos(as)

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en procesos democráticos que les permitan defender y ejercer sus derechos,

definir los temas de las agendas públicas, proponer y demandar soluciones y

establecer controles sobre el cumplimiento y el resultado de los compromisos

adquiridos por el Estado. Para efectos de esta investigación, la Democracia

Electrónica es sinónimo de la democracia participativa pero en la red.

Según, La Carta Iberoamericana, de Gobierno Electrónico (2007) Los

Principios del Gobierno Electrónico se inspira en:

1. Principio de igualdad: con objeto de que en ningún caso el uso de

medios electrónicos pueda implicar la existencia de restricciones o

discriminaciones para los ciudadanos que se relacionen con las

Administraciones Públicas por medios no electrónicos, tanto

respecto al acceso a la prestación de servicios públicos como

respecto a cualquier actuación o procedimiento administrativo sin

perjuicio de las medidas dirigidas a incentivar la utilización de los

medios electrónicos.

2. Principio de legalidad: de forma que las garantías previstas en los

modos tradicionales de relación del ciudadano con el Gobierno y

la Administración se mantengan idénticas en los medios

electrónicos. Los trámites procedimentales, sin perjuicio de su

simplificación general, constituyen para todos los ciudadanos

garantías imprescindibles. El principio de legalidad también

comprende el respeto a la privacidad, por lo que el uso de

comunicaciones electrónicas comporta la sujeción de todas las

Administraciones Públicas a la observancia de las normas en

materia de protección de datos personales.

3. Principio de conservación: en virtud del cual se garantiza que las

comunicaciones y documentos electrónicos se conservan en las

mismas condiciones que por los medios tradicionales.

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4. Principio de transparencia y accesibilidad: garantiza que la

información de las Administraciones Públicas y el conocimiento de

los servicios por medios electrónicos se haga en un lenguaje

comprensible según el perfil del destinatario.

5. Principio de proporcionalidad: de modo que los requerimientos de

seguridad sean adecuados a la naturaleza de la relación que se

establezca con la Administración.

6. Principio de responsabilidad: de forma que la Administración y el

Gobierno respondan por sus actos realizados por medios

electrónicos de la misma manera que de los realizados por medios

tradicionales. De acuerdo con dicho principio, las informaciones

oficiales que se faciliten por medios electrónicos no pueden

beneficiarse de una cláusula general de irresponsabilidad, ni

incorporar una cláusula especial de esta naturaleza. En caso

contrario, se dejará constancia con caracteres muy visibles y

reiterados de que se trata de una página o portal electrónico no

oficial y que no forma parte del sistema de Gobierno Electrónico.

7. Principio de adecuación tecnológica: las administraciones elegirán

las tecnologías más adecuadas para satisfacer sus necesidades.

Se recomienda el uso de estándares abiertos y de software libre

en razón de la seguridad, sostenibilidad a largo plazo y para

prevenir que el conocimiento público no sea privatizado. En ningún

caso este principio supondrá limitación alguna al derecho de los

ciudadanos a emplear la tecnología de su elección en el acceso a

las Administraciones Públicas. Dentro de este principio se

comprende el del uso de distintos medios electrónicos como son:

el computador, la televisión digital terrestre, los mensajes SMS en

teléfonos celulares, entre otros, sin perjuicio de la eventual

imposición del empleo en determinados casos de aquellos medios

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concretos que se adecuen a la naturaleza del trámite o

comunicación de que se trate.

SERVICIOS DEL GOBIERNO EN LINEA EN VENEZUELA

Principales Servicios del Gobierno Electrónico o en Línea en

Venezuela

1. Servicios de Gobierno Electrónico o en linea:

Solicitud de Divisas: CADIVI (http://www.cadivi.gov.ve)

Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

(SENIAT) http://www.seniat.gob.ve/portal/page/portal/PORTAL_SENIAT

Gobierno en Línea http://www.gobiernoenlinea.ve

Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS)

http://www.ivss.gov.ve

SAIME http://.saime.gob.ve

SAREN: Servicio autónomo de Registros y Notarias

http://saren.gob.ve

Ministerio del Poder Popular para la Educación

http://www.me.gob.ve

Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social

http://www.mintra.gov.ve

Fondo de ahorro obligatorio para la vivienda

http://faovel.banavih.gob.ve

2. Servicios de Democracia Electrónica

Creación del sistema de votación automatizado (www.cne.gob.ve )

3. Planes y Proyectos Sociales (Portales):

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Misión Ciencia http://www.misionciencia.gob.ve

Infocentros El portal Gobierno en Línea http:www.infocentro.gov.ve

Otras Misiones http://www.misionvenezuela.gov.ve

4. Redes y de cooperativas y PYMES (pequeña y mediana empresa) en el

área tecnológica:

Red de Líderes de Gobierno Electrónico de América Latina y El

Caribe (RedGEALC). http://www.redgealc.net/index.php

Red Nacional de Integración y Desarrollo de Software Libre (RINDE).

https://www.rinde.gob.ve.

Bases Legales del Gobierno Electrónico en Venezuela

A partir de la Asamblea Constituyente en el año de 1999, el país tiene

una nueva Carta Magna, denominada: Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela (CRBV en adelante) la cual consagra en su

preámbulo lo siguiente:... refundar la República para establecer una sociedad

democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural.

Es desde ese momento que se comienza a dar impulso al desarrollo

de normativas para instaurar las bases legales relacionadas con el área de

las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), esto con el objeto

de apoyar la modernización del Estado y el desarrollo del gobierno

electrónico, regulando e incentivando el impulso de la plataforma tecnológica

nacional, la formación de funcionarios y ciudadanos en el uso de las

tecnologías de la información y la comunicación (TIC), la adopción de

lineamientos para el desarrollo de plataformas de servicios, productos,

información e interacción entre el Estado, las instituciones, las

organizaciones y los ciudadanos.

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La meta era establecer un marco legal dirigido a promover un medio

propicio al desarrollo y aplicación de nuevas tecnologías, pero asegurando el

cumplimiento de mandatos legales ya instituidos y de elementos de interés

público como “la intimidad y privacidad de las comunicaciones, la

autenticidad, el comercio electrónico, los derechos de propiedad intelectual,

la protección de los datos personales, la prevención del delito electrónico, la

protección del consumidor y la seguridad nacional, entre otros.” (Pagés,

2005).

La creación de las bases legales no ha sido una tarea fácil, ya que se

han tenido que crear o actualizar leyes, normas y regulaciones que equilibren

aspectos confrontados, por ejemplo, derechos asociados a la libertad de la

información, derechos asociados a la privacidad y a la protección de la

información, con deberes asociados a la soberanía nacional.

Toda legislación que se establezca debe responder a las necesidades

propias de Venezuela, pero sin descuidar el marco legal internacional. De

igual forma, es preciso desarrollar una normativa donde se involucren a

diversos actores, como por ejemplo: el Estado y sus instituciones, empresas

transnacionales, medianas, pequeñas, cooperativas e iniciativas individuales,

los ciudadanos y comunidades con fácil acceso a las TIC.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ( CRBV) :

publicada en Gaceta Oficial Nº 36.860 de fecha 30 de diciembre de 1999

establece:

Artículo 110. “El Estado reconocerá el interés público de la

ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus

aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser

instrumentos fundamentales para el desarrollo económico,

social y político del país”.

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Articulo 141 “La administración pública está al servicio de

los ciudadanos (as), y se fundamentan en los principio de la

honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia,

transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el

ejercicio de la función pública…”

Articulo 143 “los ciudadanos(as) tienen derecho a ser

informados oportuna y verazmente por la administración

pública sobre el estado de las actuaciones que estén

directamente interesados(as) y a conocer resoluciones

definitivas que se adopten sobre el particular…”

Articulo 145 “Los funcionarios y funcionarias públicas están

al servicio del estado y no de parcialidad alguna. Su

nombramiento o remoción no podrán estar determinados por

la afiliación y orientación política. Quien esté al servicio de

los municipios de los estados, de la Republica y demás

personas jurídicas de derecho público o de derecho privados

estatales…”

La Ley de Simplificación de Trámites: publicada Gaceta Oficial de la

República de Venezuela Nº 5.393 de fecha 22 de octubre de 1999, mediante

Decreto Nº 6.265, reza lo siguiente:

Artículo 11. “Los órganos y entes de la Administración

Pública Nacional, en virtud del principio de cooperación que

debe imperar en sus relaciones interorgánicas y con las

demás ramas del Poder Público, deberán implementar bases

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de datos automatizadas de fácil acceso y no podrán exigir la

presentación de copias certificadas o fotocopias de

documentos que la Administración Pública Nacional tenga en

su poder, o de los que tenga la posibilidad legal de acceder”.

Decreto N° 825 de fecha 10 de mayo de 2000, el Estado establece el uso

del Internet con carácter obligatorio en las instancias gubernamentales,

además de representar un medio para el acceso y difusión de ideas y nuevos

conocimientos, así como proveedor de servicios de diversa índole a los

ciudadanos/as en forma más eficiente.

Decreto con fuerza de ley Nº 1.204 de Mensaje de Datos y Firmas

Electrónicas, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de

Venezuela Nº 37.148 de fecha 28 de febrero de 2001, establece:

Artículo 1.- El presente Decreto-Ley tiene por objeto otorgar y reconocer Artículo 1. El presente Decreto-Ley tiene por objeto otorgar y reconocer eficacia y valor jurídico a la Firma Electrónica, al Mensaje de Datos y a toda información inteligible en formato electrónico, independientemente de su soporte material, atribuible a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, así como regular todo lo relativo a los Proveedores de Servicios de Certificación y los Certificados Electrónicos.

Decreto Nº 2.479 del 27 de junio de 2003. Establece la creación

de la Comisión Presidencial para la conformación de la red del

Estado, con la finalidad de facilitar la comunicación e interacción de

los órganos y entes de la Administración Pública.

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Decreto Nº 3.390. Gaceta Oficial Nº 38.095 de fecha 28 de

diciembre de 2004, establece:

Artículo 1º:”La Administración Pública Nacional empleará

prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares

Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos.

A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración

Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual

y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado

con Estándares Abiertos”.

Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación , publicada en Gaceta

Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.242 de fecha 03 de Agosto

del 2005, indica:

Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar los

principios orientadores que en materia de ciencia, tecnología

e innovación y sus aplicaciones, establece la Constitución de

la República Bolivariana de Venezuela, organizar el Sistema

Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, definir los

lineamientos que orientarán las políticas y estrategias para la

actividad científica, tecnológica, de innovación y sus

aplicaciones, con la implantación de mecanismos

institucionales y operativos para la promoción, estímulo y

fomento de la investigación científica, la apropiación social

del conocimiento y la transferencia e innovación tecnológica,

a fin de fomentar la capacidad para la generación, uso y

circulación del conocimiento y de impulsar el desarrollo

nacional.

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La Ley Orgánica de la Administración Pública , publicada en Gaceta

Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 5.890 Extraordinario del

15 de julio de 2008, indica:

Art. 10: Principios que rigen la actividad de la

Administración Pública. “La actividad de la Administración

Pública se desarrollará con base en los principios de

economía, celeridad, simplicidad, rendición de cuentas,

eficacia, eficiencia… La simplificación de los trámites

administrativos, así como la supresión de los que fueren

innecesarios será tarea permanente de los órganos y entes

de la Administración Pública, de conformidad con los

principios y normas que establezca la ley correspondiente”.

Art. 11: Mecanismos tecnológicos. “Los órganos y entes

de la Administración Pública deberán utilizar las tecnologías

que desarrolle la ciencia, tales como los medios electrónicos

o informáticos y telemáticos, para su organización,

funcionamiento y relación con las personas. Cada órgano y

ente de la Administración Pública deberá establecer y

mantener una página en Internet, que contendrá entre otra, la

información que se considere relevante, los datos

correspondientes a su misión, organización, procedimiento,

normativa que lo regula, servicios que presta, documentos de

interés para las personas, ubicación de sus dependencias e

información de contactos. “

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Ley Especial Contra los Delitos Informáticos: publicada en Gaceta Oficial

de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.313 de fecha 30 de octubre

de 2010, establece:

Artículo 1: “La presente Ley tiene por objeto la protección

integral de los sistemas que utilicen tecnologías de

información, así como la prevención y sanción de los delitos

cometidos contra tales sistemas o cualesquiera de sus

componentes, o de los delitos cometidos mediante el uso de

dichas tecnologías, en los términos previstos en esta Ley”

Concepto de Gobierno Electrónico a los efectos de la Carta

Iberoamericana se entienden las expresiones de “Gobierno Electrónico” y de

“Administración Electrónica” como sinónimas, ambas consideradas como el

uso de las TIC en los órganos de la Administración para mejorar la

información y los servicios ofrecidos a los ciudadanos, orientar la eficacia y

eficiencia de la gestión pública e incrementar sustantivamente la

transparencia del sector público y la participación de los ciudadanos. Todo

ello, sin perjuicio de las denominaciones establecidas en las legislaciones

nacionales.

Por otra parte cabe mencionar que Venezuela en el año 2007, firmó la

Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico, como un compromiso

continental para promover las iniciativas, estrategias y desarrollo del

Gobierno Electrónico a fin de "reducir la brecha digital y convertir la Sociedad

de la información y el Conocimiento en una oportunidad para todos".

Los objetivos de la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico

persiguen:

1. Determinar las bases conceptuales y los componentes que

constituyen el Gobierno Electrónico para Iberoamérica.

Page 19: TRABAJO: GOBIERNO EN LINEA

2. Definir los contenidos del derecho de los ciudadanos a

relacionarse de forma electrónica con sus Gobiernos y

Administraciones Públicas.

3. Conformar un marco genérico de principios rectores, políticas y

mecanismos de gestión llamado a constituir un lenguaje común

sobre el Gobierno Electrónico en los países de la comunidad

iberoamericana.

4. Servir como orientación para el diseño, regulación, implantación,

desarrollo, mejora y consolidación de modelos nacionales de

Gobierno Electrónico en la gestión pública.

Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico tomando en

consideración los objetivos anteriormente indicados, se orientan a múltiples

fines que son:

1. Aproximar los Gobiernos y sus respectivas Administraciones a

los ciudadanos al facilitar la comunicación y relación con los

mismos por medios electrónicos.

2. Incrementar la calidad de los servicios y productos públicos que

el Estado tiene que suministrar a los ciudadanos al mejorar la

eficiencia, la eficacia y una mayor transparencia de la gestión

pública, aprovechando la utilización de las TIC en el Gobierno y

en la Administración Pública.

3. Contribuir a que los países iberoamericanos accedan en

plenitud a la sociedad de la información y del conocimiento

mediante el impulso que, para la misma, supone el efectivo

establecimiento del Gobierno Electrónico.

4. Coadyuvar en la consolidación de la gobernabilidad

democrática, mediante la legitimación efectiva de los Gobiernos

y sus Administraciones que comporta el potencial

democratizador del Gobierno Electrónico.

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5. Optimizar, con ocasión de la implantación del Gobierno

Electrónico, los modos de organización y de funcionamiento de

los Gobiernos y sus Administraciones, simplificando trámites y

procedimientos.

6. Fomentar el uso de los medios electrónicos en los demás

ámbitos de la sociedad a través de la percepción de la utilidad

que presentan en la Administración Pública.

7. Sensibilizar a las Administraciones para que ofrezcan sus

servicios y se interconecten con la ciudadanía a través de

estrategias de múltiples canales de acceso.

8. Desarrollar en la implementación del Gobierno Electrónico,

acciones que apunten a generar información de alto valor para

que redunden en conocimiento social, con el objetivo de

aumentar la competitividad y mejorar el posicionamiento de

cada comunidad en el concierto global.

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CONCLUSION

Gobierno en Línea es que la red que nos integra, además es un

espacio construido en colectivo con el objeto de incentivar la participación

ciudadana, además tiene como esencia informar sobre los diferentes

servicios y trámites en línea, también presenta el resumen diario de noticias y

contiene el Directorio Nacional de la Administración Pública.

Gobierno en Línea es el conjunto de herramientas técnicas,

normativas y política pública que promueven la construcción de un Estado

más eficiente, transparente y participativo, y a su vez, busca prestar un mejor

servicio con la colaboración de toda la sociedad mediante el

aprovechamiento de la tecnología.

Por otra parte, podemos indicar que el Gobierno en Línea busca

impulsar la mejorar de las políticas públicas y optimizar el servicio al

ciudadano a través de las TIC, además de empoderar a la ciudadanía para

impulsar la participación ciudadana y protagónica.

Finalmente, podemos concluir que el Portal Gobierno, tiene como

finalidad servir de puerta para todas las páginas web de los órganos y entes

de la Administración Pública. Además, de brindar información de Venezuela,

legislación vigente, de trámites ante organismos públicos, información de

acciones gubernamentales, directorio del Estado, estadísticas, sección de

noticias, análisis de prensa, concientización ciudadana entre otros.

Page 22: TRABAJO: GOBIERNO EN LINEA

BIBLIOGRAFIA

Carta Magna de La Republica Bolivariana de Venezuela, (1999)

Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico (2007)

Cardona, D (2009)

Según, Flores, P (2011)

Reylli, k (2002)

La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (2008)

Ley Orgánica de la Administración Publica

Ley de Simplificación de tramites