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RESULTADOS DE AUDITORÍAS DE DESEMPEÑO Y ESPECIAL
VI
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VI.1. ANTECEDENTES
Durante el ejercicio fiscal de 2008, en los programas que integran los siete ejes
estratégicos del Gobierno del Distrito Federal se ejercieron 120,266.1 millones de pesos,
monto superior en 13.1% (13,913.3 millones de pesos) al presupuesto original consignado
en la Cuenta Pública.
De acuerdo con lo reportado en la Cuenta Pública, la variación la explican tanto los
programas prioritarios como los programas no prioritarios; los prioritarios superaron
en 16.3% (11,077.1 millones de pesos) su presupuesto original, mientras que los programas
no prioritarios superaron en 7.4% (2,836.2 millones de pesos) sus recursos autorizados.
Entre los programas prioritarios, destacaron por superar su presupuesto original
el 08 “Seguridad Pública” y el 20 “Provisión de Servicios e Infraestructura Urbanos”,
ya que entre ambos determinaron el 54.5% (6,039.2 millones de pesos) de la variación
absoluta de esta categoría de programas.
En la categoría de los programas no prioritarios, sobresalieron por superar el presupuesto
original los Programas 13 “Desarrollo y Asistencia Social”, 15 “Prestaciones y Servicios de
Seguridad Social” y 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, que en conjunto determinaron
el 72.3% (2,050.3 millones de pesos) de la variación absoluta que se reportó en dicha
categoría.
El mayor gasto se registró en todos los ejes estratégicos, entre los que destacan “Seguridad
y Justicia Expedita”, “Equidad”, “Nuevo Orden Urbano: Servicios Eficientes y Calidad de Vida
para Todos” y “Desarrollo Sustentable y de Largo Plazo”, en los cuales se erogó el 76.9%
(92,474.9 millones de pesos) del gasto y se originó el 87.3% (12,139.4 millones de pesos)
de la variación absoluta.
Como parte de la revisión de la Cuenta Pública de 2008, se realizaron cuatro auditorías
de desempeño y una especial, a fin de corroborar si las URG del Gobierno del Distrito
Federal aplicaron los recursos públicos de acuerdo con los programas aprobados en
el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal de 2008, si enfocaron sus actividades
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institucionales al cumplimiento de los objetivos y metas establecidos para dicho ejercicio
fiscal, y si sus actividades fueron congruentes con lo establecido en el Programa General
de Desarrollo del Distrito Federal, 2007-2012.
Con base en el PGA, se efectuaron auditorías de desempeño en relación con los Programas
12 “Igualdad de Género”, bajo la responsabilidad de la PGJDF, respecto de la atención
especializada a menores y mujeres detenidos o víctimas del delito; 13 “Desarrollo
y Asistencia Social”, a cargo de la SDS, por lo que corresponde al otorgamiento de
servicios y ayudas a la ciudadanía del Distrito Federal en condiciones de vulnerabilidad,
particularmente a los adultos mayores; 17 “Educación”, que ejecutan la Secretaría
de Educación (SE) y el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal (FEG),
respecto del otorgamiento de estímulos a alumnos de bachillerato inscritos en escuelas
públicas; y 08 “Seguridad Pública”, a cargo de la SSP, en lo referente a las acciones de
apoyo a la seguridad pública, la operación del sistema de videovigilancia, la prestación
de servicios de control y apoyo vial, y la supervisión y evaluación de la actuación policial.
La auditoría especial se efectuó a las 16 Delegaciones y a la SF, en lo que respecta
a las erogaciones realizadas de manera centralizada por cuenta de los órganos político-
administrativos, es decir, con cargo a sus presupuestos durante el ejercicio fiscal de 2008.
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VI.1.1. AUDITORÍAS DE DESEMPEÑO
VI.1.1.1. PROGRAMA 08 “SEGURIDAD PÚBLICA” (SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA)
Auditoría APPD/102/08
ANTECEDENTES
La revisión se realizó conforme a las facultades establecidas por la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 74, fracciones IV y VI, y 122, apartado C,
base primera, fracción V, inciso c), primer párrafo, que versa sobre la atribución que tiene
la Asamblea Legislativa del Distrito Federal respecto de la revisión de la Cuenta Pública;
el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal en sus artículos 42, fracción XIX, y 43; la Ley
Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en su artículo 10, fracción VI; la
Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal en sus artículos 2o., fracción IX, 3o., 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX y XIII, y 28;
y el Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal en sus artículos 1o., 13 y 14.
En la revisión de la Cuenta Pública de 2007 se incluyó por primera vez a la Secretaría
de Seguridad Pública (SSP) para la realización de una auditoría al desempeño, en la que
se analizó el Programa 07 “Seguridad Pública”, específicamente la actividad institucional
06 “Establecer acciones de vigilancia, seguridad y patrullaje en coordinación con la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.”, con la finalidad de verificar
la congruencia de sus acciones con las prioridades en materia de vigilancia, seguridad
y patrullaje para salvaguardar la integridad física y patrimonial de la población; la eficacia
con que cumplió el objetivo de dichas acciones en coordinación con la Procuraduría
General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF); la eficiencia con que se llevaron a cabo
las acciones de vigilancia, seguridad y patrullaje; y la economía con que la Secretaría
aplicó los recursos para el efecto.
Con la finalidad de darle cobertura y abarcar otros aspectos sustantivos distintos a los
revisados en la Cuenta Pública de 2007, para la Cuenta Pública de 2008, se seleccionó
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para su revisión el mismo Programa “Seguridad Pública”; el cual, con la nueva estructura
programática, se identificó como Programa 08. Para ello, se seleccionaron las actividades
institucionales 02 “Realizar acciones de apoyo a la seguridad pública”, 05 “Operar el sistema
de videovigilancia”, 07 “Brindar servicios de control y apoyo vial” y 12 “Realizar la supervisión
y evaluación de la actuación policial”, por tratarse de actividades orientadas a brindar un
servicio público, a garantizar la integridad física y patrimonial de la ciudadanía y por las
variaciones registradas en el avance físico y financiero de las metas.
Para el cumplimiento de sus objetivos, a la SSP le fue autorizado un techo presupuestal
de 8,551,619.9 miles de pesos, que se aplicaron en los nueve programas que dicha
dependencia desarrolló durante 2008.1 Al cierre del ejercicio, en términos generales, se
superaron las metas físicas programadas en la mayoría de los programas, lo que propició
que el presupuesto ejercido también fuera mayor que el esperado (18.4%).
Del total de recursos programados para la SSP, al Programa 08 le correspondieron
7,480,374.7 miles de pesos, que representaron el 87.5% del presupuesto autorizado, los
cuales se distribuyeron y se ejercieron de la siguiente manera:
1 Los nueve programas a cargo de la SSP fueron el 03 “Administración Pública”, 05 “Conducción y Coordinación de la Política
de Desarrollo”, 08 “Seguridad Pública”, 11 “Procuración de Justicia”, 12 “Igualdad de Género”, 16 “Salud”, 20 “Provisión de Servicios e Infraestructura Urbanos”, 22 “Regulación Vial y Transporte Público” y 26 ”Producción y Comercialización de Bienes y Servicios”.
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(Miles de pesos)
Programa/Programa Especial/Actividad institucional Unidad de medida
Meta física original
Meta física alcanzada
Presupuesto original
Presupuesto ejercido
Total de presupuesto de la SSP 8,551,619.9 10,127,550.0 08 “Seguridad Pública” 7,480,374.7 9,055,285.9
00 “Acciones del Programa Normal” 7,480,374.7 8,677,569.1 01 “Realizar acciones preventivas de seguridad y control del orden público a través de la policía sectorial” Acción 1,648,682.0 1,631,266.0 2,357,456.1 2,492,059.9 02 “Realizar acciones de apoyo a la seguridad pública” Acción 173,342.0 337,177.0 542,728.2 557,356.1 04 “Proporcionar servicios complementarios de vigilancia especializada” Turno 298,150.0 353,739.0 119,287.3 233,769.5 05 “Operar el sistema de videovigilancia” Servicio 5,700.0 4,942.0 76,609.5 89,738.6 06 “Controlar la prestación de servicios de seguridad privada” Permisionario 10,162.0 6,977.0 11,552.2 12,645.6 07 “Brindar servicios de control y apoyo vial” Programa 1.0 1.0 410,737.3 456,650.7 08 “Realizar acciones preventivas de seguridad y control del orden público a través de las unidades de protección ciudadana” Acción 2,005,012.0 2,736.1 2,077,474.4 2,381,523.9 09 “Proporcionar mantenimiento a los vehículos terrestres y aéreos y al armamento de seguridad pública” Servicio 88,918.0 83,693.0 461,405.1 432,935.2 10 “Realizar operativos tácticos para el control del orden público y el combate a la delincuencia” Servicio 872,116.0 898,888.0 1,116,452.6 1,135,044.3 11 “Operar el sistema de información policial”
Acción permanente 1.0 1.0 55,840.4 56,203.0
12 “Realizar la supervisión y evaluación de la actuación policial” Acción 245,993.0 87,289.0 156,462.6 162,231.0 16 “Ampliar, construir y mantener la infraestructura para la seguridad pública” Inmueble 64.0 65.0 94,369.0 99,964.6 17 “Realizar acciones en el marco del Proyecto Bicentenario de la Ciudad de México” Proyecto 0.0 1.0 0.0 529,565.3 60 “Cubrir compromisos pendientes de acciones realizadas en ejercicios anteriores de seguridad pública ” Sin nombre 0.0 0.0 0.0 37,881.4 16 "Fortalecimiento de las funciones de las delegaciones en materia de seguridad pública “ Sin nombre 0.0 0.0 0.0 377,716.8
Otros programas Sin nombre 0.0 0.0 1,071,245.2 1,072,264.1
Los recursos programados para llevar a cabo las cuatro actividades institucionales motivo
de la auditoría ascendieron a 1,186,537.6 miles de pesos, provinieron de recursos fiscales
y se distribuyeron en los capítulos de gasto 1000 “Servicios Personales”, con 895,438.6 miles
de pesos; 2000 “Materiales y Suministros”, con 63,681.8 miles de pesos; 3000 “Servicios
Generales”, con 220,384.4 miles de pesos; y 4000 “Ayudas Subsidios y Transferencias”,
con 7,032.8 miles de pesos.
Respecto al avance registrado en las metas físicas de las actividades institucionales
seleccionadas, la actividad 02, alcanzó al final del ejercicio el 94.5% (163,835 acciones)
más de lo programado; la actividad 05 no logró la meta esperada al registrar 13.3% (758)
servicios menos; la actividad 07 cumplió al 100% con el programa estimado; y la actividad
12 presentó un atraso del 64.5% (158,704 acciones) respecto al original.
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En cuanto al avance presupuestal de las mismas actividades institucionales, la actividad 02,
ejerció 14,627.9 miles de pesos (2.7%) más de lo presupuestado originalmente;
la actividad 05 rebasó en 13,129.1 miles de pesos (17.1%) lo programado; en la actividad 07
se ejercieron 45,913.4 miles de pesos (11.2%) más de lo presupuestado; y la actividad 12
presentó un mayor gasto de 5,768.4 miles de pesos (3.7%) respecto del original.
Con la auditoría de desempeño se pretende verificar si los programas y acciones que
comprenden las actividades institucionales señaladas se realizaron con eficacia, eficiencia
y economía; si los servicios ofrecidos a la población se adecuaron a las necesidades,
objetivos y metas propuestas; y si el gasto público se ejerció en congruencia con
los objetivos de las actividades institucionales del programa en revisión y de acuerdo
con la normatividad aplicable.
OBJETIVO
Evaluar el desempeño de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal durante
el ejercicio 2008, en lo correspondiente a las acciones relacionadas con la realización de
acciones de apoyo a la seguridad pública, operación del sistema de videovigilancia,
la prestación de servicios de control y apoyo vial, y con la supervisión y avaluación de la
actuación policial, en términos de la congruencia con dichas acciones con las prioridades
establecidas en su marco legal y en los instrumentos normativos de corto y mediano
plazos; la eficacia con que se realizaron dichas acciones, así como el cumplimiento de los
objetivos y metas en la materia, la eficiencia con que se ejecutaron los procesos para
llevar a acabo esas acciones; la economía en el uso de los recursos públicos invertidos
para ello; además será complementada la evaluación mediante aspectos de calidad,
competencia de la Secretaría de Seguridad Pública en correspondencia con sus atribuciones,
y la percepción de la población con los servicios proporcionados.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Los criterios de selección se basaron en la importancia relativa, por las variaciones
registradas en el avance físico-financiero de las metas; el interés general, por tratarse de un
servicio público orientado a garantizar la integridad física y patrimonial de la ciudadanía;
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y cobertura, a fin de abarcar aspectos sustantivos distintos a los revisados en la auditoría de
desempeño realizada como parte de los trabajos de revisión de la Cuenta Pública
de 2007.
ALCANCE
Se analizaron los resultados obtenidos por la SSP en cuanto al cumplimiento de los
programas y metas de acuerdo con los manuales y procedimientos correspondientes,
según se establece en la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Ley Orgánica
de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, su Reglamento Interior, el Manual
Administrativo, el Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, el Manual de
Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto
de Egresos y el Decreto de Presupuesto de Egresos, a fin de determinar la congruencia
con lo señalado en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y en el artículo 12, fracción VII, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Asimismo, se verificó la congruencia del objetivo de la SSP con lo establecido en los
instrumentos de planeación de corto y mediano plazos, como son el Plan Nacional
de Desarrollo, el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal y el Programa de
Seguridad Pública para el Distrito Federal.
Asimismo, la revisión incluyó la identificación del origen y el destino de los recursos utilizados,
así como la congruencia del gasto con los objetivos y necesidades de las unidades
responsables de ejecutar las actividades institucionales en revisión.
Para evaluar la eficacia, se analizó la relación entre los objetivos y metas propuestos
en el Programa Operativo Anual de la SSP con los alcanzados que se reportaron en la
Cuenta Pública, así como las causas de las principales variaciones. Asimismo, se verificó
el cumplimiento de las acciones de apoyo a la seguridad pública efectuadas por la
Dirección General de Prevención del Delito, por conducto de la Dirección de Operación
de Programas de Participación Ciudadana, en el marco del programa “Conduce sin
Alcohol”, en la vertiente de instalación de módulos para la aplicación del alcoholímetro
a conductores de vehículos particulares, así como la eficiencia en la operación de dicho
programa.
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Se revisaron el alcance y los resultados de la Dirección General de Tránsito en cuanto a la
prestación de servicios de control y apoyo vial ya la promoción y realización de acciones de
educación vial, básicamente en lo relacionado con la operación, control y mantenimiento
del Sistema de Circuito Cerrado de Televisión para agilizar la circulación vial del Centro de
Control Vial Tlaxcoaque. Además se verificó la ejecución del programa de mantenimiento
preventivo y correctivo durante el ejercicio de 2008, que dicha unidad administrativa
efectuó en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito.
Respecto a la supervisión y valoración de la actuación policial, se analizó la operación
del Sistema de Carrera Policial y se evaluaron los procesos que lo componen, como los
mecanismos de ingreso, permanencia, profesionalización y promoción y los instrumentos
de evaluación del desempeño personal de los elementos policiacos. También se revisaron
los resultados alcanzados por el Centro de Control de Confianza en la aplicación de
exámenes y de pruebas de control de confianza a los servidores públicos de la SSP.
Se evaluó la eficiencia en la atención de quejas y denuncias presentadas contra la actuación
de elementos de la SSP, así como las relacionadas con presuntas violaciones a los derechos
humanos. Se analizó la oportunidad con que actuó el Consejo de Honor y Justicia en la
atención y resolución de asuntos iniciados contra personal policial.
La revisión incluyó el resultado obtenido mediante una encuesta ciudadana financiada
con recursos de la SSP para conocer la percepción que la población del Distrito Federal
tuvo sobre la seguridad pública en las colonias y el desempeño de los policías.
La revisión se llevó a cabo en la Dirección General de Recursos Financieros, por ser la
responsable de garantizar que el manejo del presupuesto asignado a la SSP se sujete a
la normatividad; en la Dirección General de Prevención del Delito, por su responsabilidad
en la operación de la actividad institucional 02; en la Dirección Ejecutiva de Ingeniería de
Tránsito, por ser responsable de la operación de las actividades institucionales 05 y 07;
y en las Direcciones Generales de Carrera Policial, del Centro de Control de Confianza, y de
Asuntos Internos; así como en las Direcciones Ejecutivas de Derechos Humanos
y del Consejo de Honor y Justicia, por ser las unidades responsables de la operación de
la actividad institucional 12.
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ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
El artículo 11 de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal define al Sistema de Control Interno como “un proceso llevado
a cabo por la Administración Pública: Titulares, Órganos de Gobierno y el resto del
personal cualquiera que sea su naturaleza laboral, y está diseñado para proporcionar una
seguridad razonable en el logro de sus objetivos”. Este proceso abarca varias categorías,
tales como la eficacia y eficiencia de las operaciones; la confiabilidad de los informes
financieros y operativos; el cumplimiento de las disposiciones legales; y la protección de
los bienes gubernamentales.
Se revisaron las funciones contenidas en el Manual Administrativo de la SSP y se corroboró
que éstas se especifican en los apartados del manual correspondientes a la mayoría de
las unidades responsables. Además, dicho documento incluye los objetivos, estructura
orgánica y procedimientos administrativos de la SSP.
Respecto al avance en las metas físicas y financieras de las actividades institucionales
02, 05, 07 y 12 del Programa 08 “Seguridad Pública”, se corroboró que el ente envió,
en tiempo y forma, los Informes de Avance y Resultados trimestrales a la Secretaría de
Finanzas (SF) y que contó con registros auxiliares programáticos, en los cuales se reportó
mensualmente el cumplimiento de metas y los resultados de las acciones de las áreas
involucradas en la operación de dichas actividades.
Por otra parte, se comprobó que la dependencia dispuso de las herramientas necesarias
para el control y seguimiento de las actividades sustantivas a su cargo y que generó los
informes y reportes pertinentes para atender las disposiciones normativas que rigen su
gestión pública. La Dirección General de Recursos Financieros, encargada de la ministración
de los recursos, operó de acuerdo con el procedimiento “Integración del Anteproyecto de
Presupuestos de Egresos y Programa Operativo Anual (POA)”, el cual se sujetó a lo
señalado en el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Proyecto
de Presupuesto de Egresos de 2008.
Respecto al incremento del gasto en las actividades institucionales 02, 05, 07 y 12, se
verificó si la elaboración y la autorización de afectaciones programático-presupuestarias
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se efectuaron de acuerdo con los formatos correspondientes y si se soportaron con los
oficios respectivos.
Se verificó si para llevar el control del gasto, la Dirección General de Recursos Financieros
se basó en el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federal, para elaborar y tramitar las CLC, y se constató que la información
registrada en dichos documentos con las claves programáticas 08 00 02, 08 00 05,
08 00 07 y 08 00 12 correspondiera a los montos reportados en el apartado “Evaluación
Programático-Presupuestal de Actividades Institucionales” de la Cuenta Pública de 2008.
Asimismo, se confirmó que para llevar el seguimiento del presupuesto ejercido, esa
dirección general utilizó dos sistemas informáticos establecidos, el Sistema Institucional
de Control de Egresos (SICE), creado por la SF para llevar a cabo los trámites
presupuestarios relacionados con el registro de la evolución del presupuesto y las
autorizaciones de pago con cargo al presupuesto autorizado; y el Sistema Integral
Presupuestal (SIPREX), como una aplicación diseñada específicamente para el control,
planeación, ejecución y evolución eficiente del Programa Operativo Anual asignado a las
entidades gubernamentales. También se sirvió de otros procedimientos administrativos,
entre los que destacan: la recepción y registro del calendario de gastos en el propio SIPREX;
el control del presupuesto comprometido; la asignación, registro y control sistematizado
del fondo revolvente; la captura, revisión, trámite de pago; y el mismo pago de las CLC
y Documentos Múltiples.
En la operación de las áreas se encontraron deficiencias como la falta de coordinación
para la ejecución del Programa de Profesionalización de la Policía; la carencia de soportes
documentales que permitieran verificar los procesos u operaciones realizados durante el
ejercicio; la carencia de oportunidad en el registro y atención de las faltas administrativas,
lo que propició que éstas prescribieran; fallas en los controles de los sistemas de información;
y la ausencia de un sistema de indicadores de gestión y de desempeño asociados a la
operación. No obstante, el ente cuenta con procedimientos formalmente implantados,
mediante los cuales puede cumplir los objetivos de sus metas.
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DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Con el propósito de verificar que los recursos aprobados en el Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008 hubiesen sido ejercidos por los
servidores públicos encargados de su administración, se revisó un importe global de
98,963.5 miles de pesos, para lo cual se seleccionaron las partidas en las que se ejerció mayor
presupuesto por cada capítulo de gasto; partidas no programadas, que se incorporaron en
el transcurso del ejercicio, y partidas no vinculadas con las acciones revisadas.
El importe seleccionado resultó de una muestra de 28 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)
y se integró por 5,421.6 miles de pesos, determinados con base en el mayor presupuesto
ejercido por los capítulos de gasto; 27,838.0 miles de pesos, correspondientes a 4 convenios
de colaboración; y 65,703.9 miles de pesos, relativos a 18 contratos inherentes a las
actividades sustantivas de la SSP.
Para verificar la existencia de los soportes documentales de la aplicación de pruebas de
alcoholímetro, se seleccionaron de manera aleatoria 12 Jornadas Nocturnas, correspondientes
a los meses de enero, marzo, mayo y julio de 2008.
Con el propósito de comprobar si la Dirección de Sistemas de Operación e Ingeniería de
Tránsito supervisó el porcentaje mínimo establecido (10%) de los trabajos de mantenimiento
preventivo y correctivo realizados a cámaras de video por la empresa concesionaria, se
seleccionó una muestra documental de 853 servicios de mantenimiento de un universo
de 3,438 (24.8% de los servicios atendidos). efectuados al Circuito Cerrado de Televisión
durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2008.
A fin de verificar el procedimiento para la atención de quejas y denuncias por presuntas
violaciones a derechos humanos por parte del personal operativo de la SSP, se seleccionaron
63 expedientes de un universo de 1,166, correspondientes a asuntos atendidos durante 2008,
mediante muestreo aleatorio sistemático, con un nivel de confianza de 90.0% y un margen
de error de + 10.0%.
Para verificar la información reportada sobre la atención a quejas y denuncias atendidas
por la Dirección General de Asuntos Internos durante 2008, se seleccionó una muestra
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77 expedientes, de un universo 1,767 asuntos iniciados durante el ejercicio, mediante un
muestreo aleatorio sistemático, con un nivel de confianza de 90.0% y un margen de error:
de + 10.0%.
Para constatar la actuación del Consejo de Honor y Justicia de la SSP, se revisó una
muestra aleatoria de 91 expedientes, de un universo de 1,801 asuntos radicados durante
el ejercicio de 2008, con un nivel de confianza del 95.0% y un margen de error de + 10.0%.
RESULTADOS
1. Resultado
Objetivo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal
El artículo 21, párrafo noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
establece lo siguiente:2
“La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los
Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y
persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas,
en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala.
La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad,
objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos
reconocidos en esta Constitución.
”Las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional.
El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán
coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformarán
el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que estará sujeto a las siguientes bases mínimas:
2 Reformas al artículo 21 publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008. El párrafo sexto de este
precepto establecía que “La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones policiales se regirá por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez”.
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”a) La regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento
y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública. La operación y
desarrollo de estas acciones será competencia de la Federación, el Distrito Federal, los
Estados y los municipios en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
”b) El establecimiento de las bases de datos criminalísticos y de personal para las instituciones
de seguridad pública. Ninguna persona podrá ingresar a las instituciones de seguridad
pública si no ha sido debidamente certificado y registrado en el sistema.
”c) La formulación de políticas públicas tendientes a prevenir la comisión de delitos.
”d) Se determinará la participación de la comunidad que coadyuvará, entre otros, en los
procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito así como de las instituciones
de seguridad pública.
”e) Los fondos de ayuda federal para la seguridad pública, a nivel nacional serán aportados
a las entidades federativas y municipios para ser destinados exclusivamente a estos fines.”
Además, en el artículo 12, fracción VII, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, vigente
en 2008, se indica que “la Organización Política y Administrativa del Distrito Federal atenderá
los siguientes principios estratégicos […] la cobertura amplia, oportuna, ágil y especializada
de los servicios de seguridad pública y de impartición y procuración de justicia para la
protección de las personas, sus familias y sus bienes”.
Por su parte, el artículo 2o. de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal señala que
“la seguridad pública es un servicio cuya prestación, en el marco de respeto a las garantías
individuales, corresponde en forma exclusiva al Estado, y tiene por objeto: I. Mantener
el orden público; II. Proteger la integridad física de las personas así como sus bienes:
III. Prevenir la comisión de delitos e infracciones a los reglamentos gubernativos y de policía;
IV. Colaborar en la investigación y persecución de los delitos, y V. Auxiliar a la población
en caso de siniestros y desastres”.
En el artículo 3o. de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal,
vigente en 2008, se estableció que corresponden a la SSP las siguientes atribuciones:
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“I. Realizar en el ámbito territorial y material del Distrito Federal, las acciones dirigidas
a salvaguardar la integridad y patrimonio de las personas, prevenir la comisión de delitos
e infracciones a las disposiciones gubernativas y de policía, así como a preservar las
libertades, el orden y la paz públicos […] XIX. Formular, ejecutar y difundir programas de
control y programas preventivos de ingestión de alcohol u otras sustancias tóxicas para
conductores de vehículos […] XXIV. Establecer procedimientos expeditos para atender las
denuncias y quejas de los particulares con relación al ejercicio de sus atribuciones o por
posibles actos ilícitos de su personal, procediendo según corresponda contra el responsable3
XXV. Establecer mecanismos y procedimientos eficaces para que la sociedad participe en
la planeación y supervisión de la seguridad pública, en los términos de las disposiciones
aplicables […] XXIX. Difundir a la sociedad los resultados de la supervisión de la actuación
policial y de la verificación del cumplimiento de las obligaciones de los elementos de policía,
así como de los mecanismos de medición de su desempeño”.
El Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, vigente
hasta el 31 de octubre de 2008,4 estableció las atribuciones de las unidades administrativas,
las unidades administrativas de apoyo técnico-operativo, las unidades administrativas policiales
y las unidades administrativas de apoyo técnico-operativo policial, con la especialización
indispensable para el mejor desarrollo de la función de seguridad pública. En la Gaceta Oficial
del Distrito Federal del jueves 6 de octubre de 2008, fue publicado el nuevo Reglamento
Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, cuya vigencia inició a partir del 1o. de
noviembre de 2008.
En ese contexto, en el Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública
del Distrito Federal, vigente en 2008, se determinó como objetivo general de la SSP
“garantizar los niveles de seguridad que demanda la ciudadanía, a través del diseño,
implantación y seguimiento de acciones tendentes a mantener el orden público; proteger
la integridad y patrimonio de las personas; prevenir la comisión de delitos e infracciones
a los reglamentos gubernativos y de policía; colaborar en la investigación y persecución 3 El 21 de octubre de 2008 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, las reformas a la fracción XIX del artículo 3o.
de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública, para quedar como sigue:”Formular, ejecutar y difundir programas de control y preventivos en la ingesta de bebidas alcohólicas y consumo de estupefacientes, preferentemente en la cercanía de puntos de mayor consumo y vialidades de alta incidencia en accidentes automovilísticos.”
4 Para efectos de la revisión se consideró Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública vigente hasta el 31 de octubre de 2008, toda vez que las unidades administrativas programaron, ejercieron el gasto y reportaron en Cuenta Pública de 2008 con la misma denominación durante todo el ejercicio.
21 VOLUMEN 12/13
de los delitos y brindar auxilio a la población en caso de siniestros y desastres; lo anterior
basado en la profesionalización de la policía y la activa participación ciudadana en las
tareas de prevención”.
De lo anterior se concluye que el objetivo de la SSP, establecido en los artículos 2o. de la
Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, 3o. de Ley Orgánica de la Secretaría de
Seguridad Pública del Distrito Federal, su Reglamento Interior y su Manual Administrativo,
es congruente con lo señalado en el párrafo sexto del artículo 21 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 12, fracción VII, del Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal.
2. Resultado
Congruencia del Propósito de la Dependencia con los Objetivos, Estrategias y Programas de Mediano y Corto Plazos
En el artículo 13 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal se establece que
“el Programa de Seguridad Pública para el Distrito Federal deberá guardar congruencia
con el Plan Nacional de Desarrollo, se sujetará a las previsiones contenidas en el mismo y
contendrá los siguientes puntos: I. El diagnóstico de la situación que presenta la seguridad
pública en el Distrito Federal; II. Los objetivos específicos a alcanzar; III. Las líneas de
estrategia para el logro de sus objetivos; IV. Los subprogramas específicos, incluidos
los delegacionales, así como las acciones y metas operativas correspondientes, […]
y V. Las unidades administrativas responsables de su ejecución”.
Al respecto, se compararon el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa General de
Desarrollo del Distrito Federal y el Programa de Seguridad Pública para el Distrito
Federal, 2007-2012,5 para determinar si las políticas, estrategias y líneas de acción de
mediano plazo así como los objetivos y metas en materia de seguridad pública plasmadas
en el Programa de Seguridad Pública, correspondieron con lo estipulado en los dos primeros
instrumentos de planeación, como se muestra a continuación:
5 Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 10 de enero de 2008.
22 VOLUMEN 12/13
Plan Nacional de Desarrollo de 2007-2012
Programa General de Desarrollo del Distrito Federal de 2007-2012
Programa de Seguridad Pública de 2007-2012
Objetivos Objetivos Objetivos
“Prevención del delito” ”La política preventiva es parte sustancial del combate contra el crimen. Por esto es necesario dar impulso a programas y acciones integrales a nivel nacional, regional, estatal, municipal y delegacional, a fin de evitar que haya más mexicanos que se conviertan en delincuentes; que sufran violación a su integridad y su a patrimonio; o que queden atrapados por el consumo de drogas...”
“La seguridad y la protección son bienes públicos, de ahí la responsabilidad absoluta del Estado en proporcionarlos…”“Para hacer frente, con mayor efectividad, a los problemas de seguridad y justicia de la Ciudad, se seguirá un nuevo modelo con una estrategia integrada. Para garantizar su impacto integral, todas las acciones gubernamentales en esta materia buscarán incidir efectivamente en todos los aspectos del proceso delictivo.” “Fomentar una cultura ciudadana de los derechos y obligaciones para el cumplimiento de las normas sociales.”
“La seguridad pública se entiende como la prevención o en su caso la atención rápida y eficiente de los actos delictivos y su correspondiente sanción legal para quienes los generan, además del trato responsable y digno a quienes sean víctimas del delito, además de la promoción y puesta en práctica de políticas públicas incluyentes e integrales para mejorar la realidad social de la ciudad...”. Promover la participación ciudadana en programas de acciones de prevención del delito.
“Fomentar la participación ciudadana en la prevención y combate del delito.” “El principio del combate al delito es la detección temprana de la criminalidad por parte de la sociedad.” “Se impulsará la participación ciudadana como el fundamento para consolidar una verdadera cultura de legalidad que impacte positivamente en la prevención del delito.” “Consolidar la cultura de la denuncia entre la sociedad.”
“Mejorar la capacidad de disuasión, captura de delincuentes e investigación de delitos por parte de los cuerpos policiacos con apoyo de la supervisión ciudadana,” “El gobierno de la ciudad se apoyará en la supervisión ciudadana para mejorar la capacidad de disuasión, captura de delincuentes e investigación de delitos por parte de los cuerpos policiacos,”
“Estimular la participación social como aliada fundamental para combatir la delincuencia”. “Evaluar y controlar el desempeño de los elementos de la policía con ayuda de la ciudadanía”.
“El propósito es que todas las policías en México cumplan con estándares unificados que las hagan confiables a los ojos de la ciudadanía.” “Modernizar y homologar los sistemas de administración y supervisión del personal de los cuerpos policiacos.” “Desarrollar sistemas efectivos de formación y entrenamiento del personal de la policía.”
“Efectuar programas de capacitación y profesionalización para los policías.” ”Las condiciones laborales y de vida de los policías se mejorarán, y se dará prioridad a los programas de capacitación y profesionalización.”
Mejorar las condiciones laborales y nivel de vida de los policías por medio de la capacitación y profesionalización. Incentivar con ascensos y mejoras económicas salariales a los elementos que concluyan su nivel de educación media y superior.
”Dotar a los cuerpos policiacos con mejor equipo y con una plataforma tecnológica actualizada.” ”Desarrollar sistemas efectivos de formación y entrenamiento del personal de la policía.” ”Promover la revalorización social del trabajo de los cuerpos de seguridad pública.”
”El gobierno empleará recursos científicos y tecnológicos novedosos, para respaldar la actividad policiaca y la efectividad de las acciones en materia de seguridad”. ”Se mejorará la información estadística, con base en la instrumentación y puesta en marcha de un nuevo modelo de información policial.”
”Establecer con las diversas dependencias de seguridad pública e impartición de justicia, los mecanismos homogéneos de reporte, supervisión, seguimiento e información estadística sobre la incidencia y actuación de la delincuencia…”.
La congruencia que existe entre esos tres instrumentos de planeación se circunscribe,
en términos generales, a la seguridad y protección de la ciudadanía, el combate a la
delincuencia y la prevención del delito; para ello, se tiene contemplado instrumentar
programas y acciones integrales dirigidos a combatir el delito, para enfrentar con mayor
23 VOLUMEN 12/13
efectividad los problemas de seguridad y justicia de la Ciudad de México. Entre estos
programas destaca la participación ciudadana por medio de la supervisión en el desempeño
de los elementos policiacos para mejorar la capacidad de disuasión delictiva; modernizar
los sistemas administrativos y de supervisión de los cuerpos policiacos; llevar a cabo
programas de capacitación, profesionalización y entrenamiento de policías; y emplear mejores
técnicas de carácter científico, para modernizar la actividad policiaca y la efectividad de
las acciones en materia de seguridad, entre lo más importantes.
Por lo anterior, se concluye que el objetivo de la SSP fue congruente con los objetivos del
Plan Nacional de Desarrollo, en cumplimiento de lo señalado por el artículo 13 de la Ley
de Seguridad Pública del Distrito Federal.
3. Resultado
Manual de Organización y Procedimientos Administrativos
La Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal,6
(Circular Uno) vigente desde 2007, en el numeral 4.3.2, establece que las dependencias
y entidades, deberán operar en estricta observancia del último dictamen de estructura
básica y no básica que emita y autorice la Oficialía Mayor.
Asimismo, el numeral 4.4.14 de la citada normatividad establece que “los titulares de las
Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades, son los
responsables de la actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la
aplicación de un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación
de la estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas. La actualización
del manual se realizará en un plazo de 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la
modificación efectuada debiendo remitir a la [Coordinación General de Modernización
Administrativa] CGMA la documentación correspondiente para que ésta proceda a la
actualización y registro de dicho manual.”
6 Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de abril de 2007.
24 VOLUMEN 12/13
De conformidad con el primero de los Lineamientos Generales de Control Interno para la
Administración Pública del Distrito Federal,7 los titulares de las unidades ejecutoras de
gasto de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los manuales
de organización y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura organizacional
y a las atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes y reglamentos que en
cada caso sean aplicables, incluyendo las actividades y procedimientos para todos los
procesos sustantivos, así como la información que se genere; y que sean autorizados
y difundidos entre los servidores públicos.
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del jueves 6 de octubre de 2008, fue publicado
el nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, cuya vigencia inició
a partir del 1o. de noviembre de 2008.
Asimismo, la Oficialía Mayor del Distrito Federal, mediante el oficio núm. OM/2377/2008
del 4 de diciembre de 2008, autorizó la modificación de la estructura orgánica y los
organigramas de la SSP con el dictamen núm. 18/2008, con vigencia a partir del 1o. de
noviembre de 2008. Dicha aprobación generó la obligación del ente para actualizar
y registrar el Manual Administrativo ante la CGMA.
Al cierre del ejercicio de 2008, el plazo de 60 días hábiles establecido en la Circular
Uno de 2007, se mantenía vigente. Asimismo, se pudo verificar que la CGMA autorizó
el Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública, con el registro
núm. MA-11001-18/18, como se acreditó con el oficio núm. CGMA/DDO/0624/09 del 27 de
febrero de 2009.
A continuación se presentan las principales modificaciones de la estructura orgánica de
la SSP relacionadas con las áreas revisadas, así como los principales procedimientos
administrativos de éstas.
7 Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del
Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 09 de abril de 2007.
25 VOLUMEN 12/13
Estructura Organizacional Dictamen 14/2005, vigente al 31 de octubre de 2008
Estructura Organizacional Dictamen 18/2008, vigente desde
el 1o. de noviembre de 2008*
Procedimientos Administrativos Dictamen 14/2005
Procedimientos Administrativos
Dictamen 18/2008
Dirección de Operación de Programas de Participación Ciudadana
Dirección de Aplicación de Programas Preventivos Institucionales
Aplicación del Programa “Conduce sin Alcohol”
No ha sido actualizado conforme la nueva estructura
Dirección Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito
Dirección General de Ingeniería de Tránsito
Factibilidad de Instalaciones y Dispositivos para el Control de Tránsito Evaluación y Seguimiento de Proyectos Viales Operación y Mantenimiento del Sistema de Circuito Cerrado De Televisión Instrumentar Operativos de Vialidad con Servicios Ordinarios con la finalidad de dar Fluidez a la Vialidad en Zonas Conflictivas Instrumentar Operativos de Vialidad en Eventos Extraordinarios con la finalidad de dar Fluidez a la Vialidad en Zonas Conflictivas Jornadas de Seguridad Vial en Escuelas del Distrito Federal
Actualizados
Dirección Ejecutiva del Consejo de Honor y Justicia
Dirección General del Consejo de Honor y Justicia
Administrativo Disciplinario por faltas a la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal Sustanciar el Recurso de Rectificación Acuerdo de Suspensión Temporal de Carácter Preventivo Otorgamiento de Incentivos, Condecoraciones, Estímulos y Recompensas Resolución de Destitución del Personal Operativo por Faltas a la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal
Actualizados e incorporación de nuevos procedimientos
Dirección General de Carrera Policial
Dirección General de Carrera Policial (se creó la Dirección de Normatividad y Procedimientos Policiales)
No se identificaron No se identificaron
Dirección General de Asuntos Internos
Dirección General de Inspección Policial
No se identificaron No se identificaron
Dirección General del Centro de Control de Confianza
Dirección General del Centro de Control de Confianza (se crearon tres direcciones: de Evaluación Psicológica, de Investigación y Desarrollo y de Evaluación Médica y Social)
Evaluación Psicométrica Evaluación Poligráfica Aplicación del Examen de Abuso de Drogas Aplicación de Examen Médico Aplicación de la Evaluación de Entorno Social
Actualizados e incorporación de nuevos procedimientos
Dirección Ejecutiva de Derechos Humanos
Dirección General de Derechos Humanos
Integración del Programa General de Trabajo Coordinación con Instituciones para el Apoyo en la Difusión y Capacitación sobre Derechos Humanos Difusión y Capacitación sobre los Derechos Humanos en la Secretaría de Seguridad Pública Atención de Quejas y Requerimientos Formulados por las Comisiones de Derechos Humanos del Distrito Federal, Nacional y Particulares
No han sido actualizado conforme la nueva estructura
* Las unidades administrativas sujetas a revisión cambiaron de denominación y crecieron en su estructura aunque las funciones que realizan son las mismas.
26 VOLUMEN 12/13
Del análisis realizado, se concluye que durante 2008, exceptuando la Dirección General
de Carrera Policial y la Dirección General de Asuntos Internos, las áreas revisadas
incorporaron al Manual Administrativo de la SSP los procedimientos administrativos sobre
sus procesos sustantivos, en congruencia con la Circular Uno de 2007, Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal y los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.
En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, el ente auditado, con
el oficio núm. DETRC/OM/SSP/786/20109 de fecha 19 de mayo de 2010, suscrito por el
Director Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas, presentó diversa
documentación, entre la que se encuentra el oficio núm. DEDOA/OM/SSP/535/2010 del
17 de mayo de 2010, con el cual la Dirección Ejecutiva de Desarrollo Organizacional,
proporcionó copia del oficio núm. DEDOA/OM/SSP/017/2009 del 9 de enero de 2009,
mediante el cual fue remitido el Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública,
específicamente en lo que respecta a su parte de Organización. Con dicho documento, el
área señala que “se constata que la solicitud de actualización del Manual Administrativo
se tramitó en tiempo y forma”.
Sin embargo, no se proporcionó evidencia documental sobre los procedimientos
administrativos correspondientes a la Dirección General de Carrera Policial y la Dirección
General de Asuntos Internos, en observancia de los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, por lo que no se modifica
el resultado.
Recomendación APPD-102-08-14-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública tome medidas para garantizar que
en su Manual Administrativo se incorporen los procedimientos administrativos relativos
a las actividades sustantivas de las Direcciones Generales de Carrera Policial y de
Inspección Policial, de acuerdo con las atribuciones que les confiere la normatividad
aplicable.
27 VOLUMEN 12/13
4. Resultado
Integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual de la SSP
El Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, en el primer párrafo del artículo 442,
señala que “las dependencias y órganos desconcentrados, formularán su Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos, atendiendo a los criterios presupuestales y, en su caso, a las
previsiones de ingresos que les comunique la Secretaría, con base en sus programas
operativos anuales, los cuales deberán ser congruentes entre sí”.
Por su parte, el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Proyecto
de Presupuesto de Egresos de 2008 establece los criterios y lineamientos que deberá
considerar la dependencia para formular el Proyecto de Presupuesto de Egresos y el
Programa Operativo Anual, tales como la reclasificación de las actividades institucionales;
una nueva categoría programática denominada “Programa Específico”, que servirá como
base para el seguimiento, análisis y evaluación de la política pública; un apartado con los
aspectos cualitativos siguientes: diagnóstico, objetivos, estrategias o líneas de acción;
y los formatos del Marco de Política Pública (MPOP), que servirán como instrumento
adicional en el proceso de planeación para ordenar y regular la información relativa a los
programas y actividades institucionales.
En ese sentido, se constató que para coordinar los trabajos de planeación, programación,
presupuestación y ejercicio de los presupuestos original, modificado, comprometido
y ejercido, la Dirección de Programación y Presupuesto utilizó el procedimiento denominado
“Integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual”,
autorizado por la Coordinación General de Modernización Administrativa con el registro
núm. MA-11301-14/05, vigente en el ejercicio de 2008, cuyo proceso se muestra en el
siguiente diagrama:
28 VOLUMEN 12/13
Para comprobar que la entidad llevó a cabo las etapas establecidas en el procedimiento
de Integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual,
mediante la nota núm. 1 del 18 de diciembre de 2009, se solicitó a la entidad la documentación
comprobatoria del proceso de programación presupuestación de las unidades administrativas
encargadas de la operación de las actividades institucionales 02, 05, 07 y 12 en el ejercicio
auditado.
En respuesta, con el oficio núm. DETRC/OM/SSP/1199/2009 del 28 de diciembre de 2009,
la Dirección General de Recursos Financieros proporcionó la documentación comprobatoria
del proceso.
Jefatura de Unidad Departamental de Evaluación y Seguimiento
Elabora guía y formatos para recabar información del presupuesto. Elabora oficios de convocatoria y listado de reuniones. Revisa la congruencia programático-presupuestal de los requerimientos presentados por las unidades administrativas. Integra el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual. Consolida los requerimientos de cada área.
Unidades administrativas Reciben oficios de convocatoria, listado, guía, y formatos. Definen las acciones estratégicas y prioritarias, de acuerdo con sus necesidades presupuestales y con base en su programa anual de trabajo. Se sujetan a la estructura programática autorizada por la SF. Elaboran oficio y anexan formatos requisitados, envían, acusan y archivan.
Dirección de Evaluación y Control de Ingresos
Recibe oficios y formatos del POA. Registra en controles y turna.
Subdirección de Evaluación y Control de Ingresos
Recibe oficio de convocatoria, listado, guía y formatos. Recaba rubrica de Dirección de Área, Dirección General, Oficial Mayor. Envía a las unidades administrativas
Inicio
Jefatura de Unidad Departamental de Evaluación y Seguimiento
Recibe oficios de envío y formatos. Revisa, analiza y consolida los requerimientos de cada área. Presenta a la Subdirección de Evaluación y Control de Ingresos
Subdirección de Evaluación y Control de Ingresos
Recibe Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y POA. Revisa los formatos. Entrega a la Dirección de Evaluación y Control de Ingresos
Dirección de Evaluación y Control de Ingresos
Recibe Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y POA Define ajustes, da visto bueno Entrega a la Dirección General de Recursos Financieros
Dirección General de Recursos Financieros Recibe Anteproyecto de
Presupuesto de Egresos y POA. Verifica su correcta integración
Valida y turna a la Oficialía Mayor
Oficialía Mayor Recibe Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y POA. Firma aprobación y recaba firma del Secretario de Seguridad Pública
Fin
Subdirección de Evaluación y Control de Ingresos
Recibe oficios de envío y formatos, mismos que entrega a la Jefatura de Unidad Departamental de Evaluación y Seguimiento
29 VOLUMEN 12/13
Al respecto se constató que, la Oficialía Mayor de la SSP, mediante diversos oficios8
todos de fecha 13 de septiembre de 2007, convocó a todos los titulares de las unidades
administrativas de la SSP a la mesas de trabajo para requisitar los formatos programáticos
y presupuestales. Para el caso, entregó copia de los oficios, calendarios de entrega y listas
de asistencia.
Posteriormente, las unidades administrativas definieron las acciones estratégicas y prioritarias,
de acuerdo con sus necesidades presupuestales, con base en el programa anual de trabajo,
sujetándose a la estructura programática con la cual operaron en 2007.
Se comprobó que las unidades administrativas enviaron la información correspondiente
a las metas físicas y financieras, vertida en los formatos programáticos y presupuestales
correspondientes, a la Dirección de Evaluación y Control de Ingresos para su análisis,
integración y consolidación, mediante oficios signados por los titulares de las áreas con fechas
24 y 25 de septiembre de 2007, dentro de los plazos establecidos.
La Dirección de General de Recursos Financieros, con el oficio núm.
DGRF/OM/SSP/1015/2007 del 2 de octubre de 2007, envió la propuesta de apertura
programática para el ejercicio de 2008 a la SF, con la cual solicitó un presupuesto total
para la entidad de 14,097,206.1 miles de pesos; de ese total, al Programa 08 “Seguridad
Pública” corresponderían 11,873,244.1 miles de pesos.
Como evidencia de la entrega a la SF del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para
el Ejercicio Fiscal de 2008, la dependencia proporcionó el oficio núm. OM/SSP/1655/2007
del 29 de octubre de 2007, con el que se enviaron los formatos MPOP,9 “Aspectos
Presupuestales”10 y “Aspectos Programáticos”11, debidamente requisitados.
8 Oficios núms. OM/SSP/1314/2007 a la Dirección Ejecutiva de Derechos Humanos; OM/SSP/1310/2007 a la Dirección del
Consejo de Honor y Justicia; OM/SSP/1302/2007 a la Dirección General de Asuntos Internos; OM/SSP/1312/2007 a la Dirección General de Carrera Policial; OM/SSP/1311/2007 a la Dirección General del Centro de Control de Confianza; OM/SSP/1308/2007 a la Dirección General de Tránsito; OM/SSP/1320/2007 al Director General de Acciones Preventivas; y OM/SSP/1319/2007 a la Dirección General de Prevención del Delito, todos de la misma fecha.
9 Los formatos señalan el Programa, programa específico, actividad institucional, unidad administrativa, área responsable de operar la política pública, población objetivo, fin, propósito sustantivo, diagnóstico, insumo de diagnóstico, componentes y efectos externos.
10 Los formatos indican los costos de operación, aspecto financiero por partida requerida e importe, calendario de gasto y detalle de los capítulos por actividad institucional y unidad administrativa.
11 Los formatos incluyen el nombre de la dirección encargada, programa, programa especial, actividad institucional, unidad de medida, costo por acción, meta total identificada, meta posible de atender y calendario anual de meta física.
30 VOLUMEN 12/13
De la verificación efectuada a la documentación, se concluye que la Dirección General de
Recursos Financieros y las unidades administrativas efectuaron el proceso de integración
del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual de acuerdo
con el Manual de Programación y Presupuestación para la Formulación del Proyecto de
Presupuesto de Egresos de 2008, en los tiempos establecidos por la SF.
5. Resultado
Integración de las Metas Físicas y Financieras para el Ejercicio Fiscal de 2008
El artículo 508 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008 dice que “las
adecuaciones programático-presupuestarias, se realizarán siempre que permitan un mejor
cumplimiento de los objetivos y metas de los programas a cargo de las dependencias,
órganos desconcentrados, delegaciones y entidades y comprenderán las relativas a:
I. La estructura programática y presupuestal aprobada por la Asamblea; II. Los calendarios
presupuestales autorizados y III. Ampliaciones y reducciones líquidas al presupuesto de
egresos”.
En ese sentido, se revisó la integración de las metas físicas y financieras de las unidades
administrativas inmersas en el ejercicio de las actividades institucionales en revisión, para
verificar si cumplieron con lo señalado en el citado código, y se obtuvo lo siguiente:
Las unidades responsables programaron las metas físicas y financieras del Programa
08 “Seguridad Pública” para el ejercicio de 2008 con el base tres programas diferentes:
07 “Seguridad Pública”, 11 “Administración Pública” y 22 “Infraestructura Ecológica de
Transporte y Urbanización”, y consideraron las actividades institucionales, unidades de medida
y denominaciones diversas que se utilizaron en el ejercicio fiscal de 2007.
Para la actividad 02 “Realizar acciones de apoyo a la seguridad pública”, las unidades
responsables programaron de la siguiente manera:
31 VOLUMEN 12/13
(Pesos)
Unidad administrativa PG PE Unidad de medida
Actividad institucional Meta física Meta financiera
Dirección Ejecutiva de Tecnologías de Información
11 00 Actividad permanente
01 “Otorgar servicios de apoyo administrativo” 62,554,917 130,725,839.0
Dirección General de Mantenimiento y Transporte Dirección de Helicópteros
07 00 Servicio 07 “Realizar dispositivos tácticos en apoyo a la seguridad pública” 1,176 79,933,512.0
Dirección General de Apoyo Institucional
07 00 Servicio 06 “Proporcionar servicios complementarios de vigilancia especializada en delegaciones, paraderos, unidades habitacionales y corralones” 310,000.0
Dirección Ejecutiva de Apoyo y Control Operativo
07 00 Acción 05 “Realizar programas preventivos de seguridad, control del orden público y combate a la delincuencia” 24,906 115,525.0
Dirección General de Acciones Preventivas
07 00 Acción 05 “Realizar programas preventivos de seguridad, control del orden público y combate a la delincuencia” 1,524 9,520,000.0
Dirección General de Comunicaciones, Dirección Técnica y Dirección del Centro de Operaciones
07 00 Sistema 02”Planear, dirigir, coordinar y controlar la operación del sistema integral de comunicaciones” 2,162,650 619,520,100.0
Dirección General de Prevención del Delito
07 00 Acción 05”Realizar programas preventivos de seguridad, control del orden público y combate a la delincuencia” 159,412 6,201,890.0
Dirección General de Prevención del Delito
22 00 Eventos 21 “Realizar dispositivos tácticos en apoyo a la seguridad pública” 1,386 2,401,600.0
PG Programa General. PE Programa Específico.
Para la actividad 05 “Operar el Sistema de Videovigilancia” la Unidades Responsables
involucradas programaron lo siguiente:
(Pesos)
Unidad administrativa PG PE Unidad de medida
Actividad institucional Meta física Meta financiera
Dirección General de Tránsito 22 00 Cámara 31 “Mantenimiento Preventivo a Videocámaras” 580 3,944,428.0 Dirección General de Tránsito 22 00 Cámara 31 “Mantenimiento Correctivo a Videocámaras” 3,120 21,218,300.0
PG Programa General. PE Programa Específico.
Respecto a la actividad institucional 07 “Brindar servicios de control y apoyo vial”,
la programación se realizó como sigue:
(Pesos)
Unidad administrativa PG PE Unidad de medida
Actividad institucional Meta física Meta financiera
Dirección General de Tránsito 22 00 Evento 21 “Promover la educación vial con instituciones públicas y privadas” 9,138 1,455,115.0
Dirección General de Tránsito 22 00 Documento 59 “Realizar estudios, investigaciones y proyectos de infraestructura urbana y de transporte” 4,921 717,161.0
PG Programa General. PE Programa Específico.
32 VOLUMEN 12/13
La programación de la actividad institucional 12 “Realizar la supervisión y evaluación de la
actuación policial”, igual que las demás actividades institucionales, se efectuó de acuerdo
con la estructura programática vigente en 2007, como se muestra en el siguiente cuadro:
(Pesos)
Unidad administrativa PG PE Unidad de medida
Actividad institucional Meta física Meta financiera
Dirección Ejecutiva de Derechos Humanos
11 00 Actividad permanente
01 “Otorgar servicios de apoyo administrativo” 23,930 2,866,451.0
Dirección del Consejo de Honor y Justicia
07 00 Actividad permanente
01 “Planear, acordar y dirigir la política pública en materia de seguridad pública” 9,000 50,000.0
Dirección General de Asuntos Internos
07 00 Actividad permanente
01 “Planear, acordar y dirigir la política pública en materia de seguridad pública” 1,908 1,458,623.0
Dirección General de Carrera Policial
07 00 Actividad permanente
11 “Desarrollar coordinar y supervisar sistemas que permitan integrar un cuerpo policial profesional” 86 5,019,000.0
Dirección General del Centro de Control de Confianza
11 00 Actividad permanente
01”Otorgar servicios de apoyo administrativo” 239,385 14,755,000.0
PG Programa General. PE Programa Específico.
Como se observa en los cuadros anteriores, las unidades responsables no programaron
recursos para el capítulo 1000 “Servicios Personales” ni para diversas partidas que se ejercen
de manera centralizada. Al respecto, mediante nota informativa sin número, la Dirección
General de Recursos Financieros informó que la programación del capítulo 1000 y de
algunas partidas específicas, como las de combustibles, luz, agua, etc., se realiza de forma
centralizada, ya que se distribuyeron de forma prorrateada de acuerdo con las cargas de
trabajo de cada unidad administrativa, de conformidad con el Manual de Programación
Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de 2008
y los Lineamientos Generales para la Adquisición, Arrendamiento y Contratación de Bienes
o Servicios, Relativos a los Capítulos 1000, 2000, 3000, y 5000 del Clasificador por Objeto
del Gasto, así como para la Consolidación y/o Centralización de Bienes y Servicios de Uso
Generalizado de la Administración Pública del Distrito Federal para el Ejercicio de 2006.12
Con el oficio núm. SE/1447/07 del 9 de octubre de 2007, la Secretaría de Finanzas (SF)
notificó a la SSP la propuesta de la apertura programática y el techo presupuestal. Al respecto,
el ente proporcionó documentación comprobatoria de los comentarios y observaciones
emitidos a la SPDF en cuanto a las readecuaciones de la apertura programática con los oficios
núms. DGRF/OM/SSP/1099/2007 y OM/SSP/1630/2007 del 19 y 22 de octubre de 2007,
respectivamente.
12 Publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de febrero de 2006 y vigentes en 2008.
33 VOLUMEN 12/13
La SF, mediante el oficio núm. SE/147/08 del 8 de enero de 2008, comunicó a la SSP el
presupuesto aprobado y la estructura programática para el Programa 08 “Seguridad
Pública”, la cual quedó como sigue:
(Miles de pesos)
Unidad responsable/ Programa/ Programa específico/ Actividad institucional Unidad de medida
Meta física Meta financiera
Secretaría de Seguridad Pública 14,498,061.2 08 “Seguridad Pública 7,480,374.6
”00 “Acciones del Programa Normal” 7,480,374.6 01 "Realizar acciones preventivas de seguridad y control del orden público a través de la policía sectorial”
Acción 1,648,682 2,357,456.0
02 "Realizar acciones de apoyo a la seguridad pública” Acción 173,342 542,728.2 04 "Proporcionar servicios complementarios de vigilancia especializada” Turno 298,150 119,287.3 05 "Operar el sistema de videovigilancia” Servicio 5,700 76,609.5 06 “Controlar la prestación de servicios de seguridad privada” Permisionario 10,162 11,552.2 07 “Brindar servicios de control y apoyo vial” Programa 1 410,737.3 08 “Realizar acciones preventivas de seguridad y control del orden público a través de las unidades de protección ciudadana” Acción 2,005,012 2,077,474.4 09 “Proporcionar mantenimiento a los vehículos terrestres y aéreos y al armamento de seguridad pública” Servicio 88,918 461,405.1 10 “Realizar operativos tácticos para el control del orden público y el combate a la delincuencia”
Servicio 872,116 1,116,452.5
11 “Operar el sistema de información policial” Actividad permanente
1 55,840.4
12 "Realizar la supervisión y evaluación de la actuación policial" Acción 245,993 156,462.6 16 “Ampliar, construir y mantener la infraestructura para la seguridad pública” Inmueble 64 94,369.0 17 “Realizar acciones en el marco del proyecto bicentenario de la Ciudad de México” Proyecto 0 0.0 60 “Cubrir compromisos pendientes de acciones realizadas en ejercicios anteriores de seguridad pública”
Sin nombre 0 0.0
Otros programas 377,716.7
Como se observa, las propuestas de las unidades responsables para la apertura programática
y financiera fueron modificadas por la SF. Asimismo, las actividades institucionales fueron
compactadas y se incluyeron varias unidades responsables en una misma actividad
institucional, que originalmente no fueron programadas, por lo que se integraron metas
y distintas unidades de medida no compatibles entre sí.
De la revisión a la información presentada por las unidades administrativas, se concluye que
cumplieron con la elaboración, integración y consolidación de las metas físicas y financieras,
de acuerdo con el artículo 508 del Código Financiero del Distrito Federal y demás
ordenamientos aplicables, y que los cambios entre el Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos y la estructura aprobada por la SF no son imputables a las unidades responsables
del gasto de la SSP, en virtud de que son atribuciones de la propia SF que le confiere el
artículo 443, párrafo primero, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008,
34 VOLUMEN 12/13
que señala lo siguiente: “La Secretaría podrá efectuar las modificaciones que considere
necesarias para los anteproyectos de presupuesto, en cuanto a programas, objetivos, metas
o importes asignados, comunicándolos a las dependencias y órganos desconcentrados,
los ajustes que hubieran de realizar a sus anteproyectos de presupuesto en función de la
cifra definitiva proyectada”.
6. Resultado
Autorización del Programa Operativo Anual y Distribución de los Recursos Financieros
El artículo 9o. de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, vigente en 2008,
señala que, en materia de planeación, a los titulares de las dependencias les corresponde:
“IV. Elaborar los programas operativos anuales y sus anteproyectos de presupuesto de
egresos, para la ejecución de los programas sectoriales, V. Considerar el correspondiente
ámbito territorial de las acciones previstas en los programas a su cargo, procurando su
congruencia con los objetivos, metas y prioridades del Programa General, de los programas
y de los programas delegacionales, y los que se establezcan en la zona conurbada”.
El artículo 443, párrafo primero, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008
establece que “la Secretaría podrá efectuar las modificaciones que considere necesarias a los
anteproyectos de presupuesto, en cuanto a programas, objetivos, metas o importes asignados,
comunicándoles a las dependencias y órganos desconcentrados los ajustes que habrán
de realizar a sus anteproyectos de presupuesto en función de la cifra definitiva proyectada”.
Al respecto, en la Exposición de Motivos del Proyecto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008, en materia de seguridad pública, se plantean dos
políticas enfocadas principalmente a las Delegaciones: una de planeación y combate
a la delincuencia y prevención del delito, y otra de combate a la impunidad. Para ello, se
programaron varias acciones, como el fortalecimiento de las estructuras de seguridad por
medio de la capacitación y supervisión de los elementos policiacos, la adquisición e instalación
de cámaras de video para monitoreo en zonas de alto índice delictivo, y el otorgamiento
de estímulos a los elementos de las corporaciones policiacas por su buen desempeño,
entre otras.
35 VOLUMEN 12/13
Para llevar a cabo los objetivos establecidos en su Programa Operativo Anual, mediante
el oficio núm. DGRF/OM/SSP/1015/2007 del 2 de octubre de 2007, la SSP, por conducto
de la Dirección General de Recursos Financieros, solicitó a la SF, como Anteproyecto de
Presupuesto de Egresos para 2008, 14,097,206.1 miles de pesos; sin embargo, en el Decreto
de Presupuesto de Egresos de 2008,13 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó
a la dependencia un presupuesto de 8,657,082.4 miles de pesos (61.4% de lo solicitado).
No obstante la determinación de esa asignación presupuestal, mediante el oficio
núm. SE/0147/08 del 8 de enero de 2008, la Subsecretaría de Egresos, comunicó a la SSP
un techo presupuestal de 8,551,619.9 miles de pesos para ejercer durante 2008, monto
que fue 1.5% (105,462.5 miles de pesos) menor que el publicado en el propio decreto.
Con la conciliación de la información presentada en el “Analítico de Claves Presupuestales”,
los Anexos del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2008 y el
presupuesto autorizado, se comprobó que el monto de los recursos financieros autorizados
representó el 60.7% del importe solicitado, como se muestra en el siguiente cuadro:
(Miles de pesos)
Capítulo
Anteproyecto
(1)
Programa Operativo Anual
(2)
Variación relativa (%)
(2) / (1) (3)
Total 14,097,206.1 8,551,619.9 60.7
1000 “Servicios Personales” 7,382,552.9 6,605,600.6 89.5
2000 “Materiales y Suministros” 1,311,600.2 668,608.1 51.0
3000 “Servicios Generales” 1,425,653.7 1,215,899.3 85.3
4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias “ 801.9 12,455.3 1,553.2
5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” 3,088,254.6 49,056.4 1.6
6000 “Obra Pública” 888,342.7 0.0 0.0
Debido a que tanto el Decreto de Presupuesto de Egresos como el Oficio de notificación
del techo presupuestal, que remite la SF a las dependencias, conforme a los artículos 435
y 467, último párrafo del Código Financiero del Distrito Federal, fueron autorizados
por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el grupo de auditores de la CMHALDF
consultó a la Dirección General de Recursos Financieros, mediante la nota núm. 21
13 Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de diciembre de 2007.
36 VOLUMEN 12/13
de fecha 26 de marzo de 2010, a fin de obtener alguna explicación respecto a la diferencia
entre los montos autorizados.
Mediante el oficio núm. DPP/DGRF/OM/SSP/0205/2009 del 30 de marzo de 2010,
la Dirección de Programación y Presupuesto dio respuesta. Señaló que con los oficios
núms. SE/0174/08 y SE/190/08 del 8 de enero y del 18 de enero de 2008, respectivamente,
la Subsecretaría de Egresos informó a la SSP, de manera oficial, el techo presupuestal
(8,551,619.9 miles de pesos), el Programa Operativo Anual y el Analítico de Claves
Presupuestales para la dependencia, de acuerdo con lo dispuesto en el último párrafo
del artículo 467 del Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el primer párrafo del
artículo 25 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal de 2008.
Asimismo, explicó que la Subsecretaría de Egresos no justificó de manera oficial la
disminución de los 105,465.5 miles de pesos, y que dicha reducción no impactó en el
Programa 08 “Seguridad Pública”, en virtud de que la SSP elaboró el calendario presupuestal
y el Programa Operativo Anual con base en el monto notificado por la Subsecretaría de
Egresos en el oficio del techo presupuestal para 2008.
De acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2008 correspondiente a la SSP, los recursos
del presupuesto original autorizado (8,551,619.9 miles de pesos) provinieron en su totalidad
de productos fiscales; no obstante, durante el ejercicio en revisión, a la SSP le fueron
transferidos recursos federales por 1,058,797.4 miles de pesos, de los cuales el 47.2%
(499,500.0 miles de pesos) provino de transferencias federales vinculadas a programas
de infraestructura social y de servicios; el 27.7% (293,263.3 miles de pesos), del Subsidio
para Seguridad Pública a los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
(SUBSEMUN); el 16.9% (179,008.8 miles de pesos), del Fondo de Aportaciones para el
Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
(FORTAMUNDF); y el 8.2% (64,460.0 miles de pesos), del Programa de Mejoramiento de
la Imagen Urbana en el Entorno a la Cámara de Diputados.
Por lo anterior, se concluye que la integración del Anteproyecto del Presupuesto de
Egresos y el Programa Operativo Anual de la SSP cumplió lo señalado en el artículo 9o.
de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, el Código Financiero del
Distrito Federal y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal de 2008.
37 VOLUMEN 12/13
En cuanto a la inconsistencia detectada en cuanto al presupuesto original asignado a la
SSP, se considera que no es imputable a esta entidad, ya que se relaciona con una
atribución de la SF establecida en el primer párrafo del artículo 443 del Código Financiero
del Distrito Federal, donde se indica que “la Secretaría de Finanzas podrá efectuar las
modificaciones que considere necesarias a los anteproyectos de presupuesto, en cuanto
a programas, objetivos, metas o importes asignados”.
7. Resultado
Cumplimiento de las Metas Físicas en el Ejercicio de 2008
El artículo 18 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal de 2008 establece que “los titulares de las Dependencias […] que ejerzan recursos
aprobados en este Decreto, y los servidores públicos encargados de la administración de
los mismos, serán los responsables del manejo y aplicación de éstos; del cumplimiento de los
objetivos y metas de los programas contenidos en su presupuesto autorizado; de que se
cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto; de que los compromisos
sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; y de la guarda y custodia de
los documentos que los soportan”.
El artículo 508 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008 señala que
“las adecuaciones programático-presupuestarias, se realizarán siempre que permitan un mejor
cumplimiento de los objetivos y metas de los programas a cargo de las dependencias, órganos
desconcentrados, delegaciones y entidades y comprenderán las relativas a: I. La estructura
programática y presupuestal aprobada por la Asamblea; II. Los calendarios presupuestales
autorizados, y III. Ampliaciones y reducciones líquidas al presupuesto de egresos”.
A fin de conocer el nivel de cumplimiento de las metas físicas programadas por las
unidades administrativas en su Programa Operativo Anual para 2008, se revisaron los
resultados reportados en la Cuenta Pública de ese ejercicio y los registros auxiliares.
Además se revisaron los reportes de avance programático mensual de todas las áreas
responsables de la operación de las actividades institucionales 02, 05, 07 y 12, con el fin
de identificar las acciones sustantivas desarrolladas durante el período.
38 VOLUMEN 12/13
De conformidad con lo reportado en la Cuenta Pública de 2008, los resultados alcanzados
por la SSP en las actividades institucionales referidas fueron los siguientes:
(Miles de pesos)
Meta física Presupuesto Unidad responsable/ Programa/ Programa Especial/ Actividad institucional
Unidad de medida
Original
(1)
Modificada
(2)
Alcanzada
(3)
Variación (%)
(3)/(2) (4)
Original
(5)
Modificado
(6)
Ejercido
(7)
Variación (%)
(7)/(6) (8)
Secretaría de Seguridad Pública
08 “Seguridad Pública” 7,480,374.6 9,055,285.8
00 “Acciones del programa normal” 7,480,374.6 8,677,569.1
02 "Realizar acciones de apoyo a la seguridad pública”.
Acción 173,342 174,563 337,177 93.2 542,728.2 557,356.1 557,356.1 0.0
05 "Operar el sistema de videovigilancia”.
Servicio 5,700 5,700 4,942 (13.3) 76,609.5 89,738.6 89,738.6 0.0
07 "Brindar servicios de control y apoyo vial"
Programa
1 1 1 0.0 410,737.3 456,650.7 456,650.7 0.0
12 "Realizar la supervisión y evaluación de la actuación policial"
Acción 245,993 78,412 87,289 (11.3) 156,462.6 162,231.0 162,231.0 0.0
Otras actividades 6,293,837.0 7,411,592.7
En el marco de la actividad institucional 02, el ente auditado llevó a cabo 75 diferentes tareas
por conducto de ocho unidades responsables; de éstas, 5 acciones sustantivas estuvieron
a cargo de la oficina del titular de la SSP, 4 a cargo de la Subsecretaría de Seguridad
Pública, 3 a cargo de la Oficialía Mayor y 63 le correspondieron a la Subsecretaría de
Participación Ciudadana y Prevención del Delito,14 estas últimas en especial, representaron
el 84.0% del total de tareas realizadas que en su mayoría estuvieron orientadas a la difusión
de una cultura de prevención del delito y participación ciudadana.
De acuerdo con la Cuenta Pública, de las 75 tareas mencionadas, se realizaron 337,177
acciones reportadas en esta AI; de ese total, el 42.7% (144,125 acciones) correspondieron
a la “Entrega de Cartillas”,15 cantidad que superó en 993.2% (130,941 cartillas) la meta
original programada que se ubicó en 13,184 cartillas por entregar; dicha variación representó
y el 79.9% de la total alcanzada por la AI (163,835 acciones). La entrega de cada una
14 La Dirección General de Apoyo Institucional realizó 1 tarea, la Dirección General de Prevención del Delito llevó a cabo 56
y la Dirección General de Acciones Preventivas realizó 6. 15 De conformidad con la descripción del programa, el 30 de abril de 2004 la SSP comenzó a distribuir de manera gratuita la
Cartilla de Identificación Infantil (CII) para niños menores de doce años de edad, bajo el lema "Hazlos Visibles, Guarda sus Huellas". En el documento se asientan los principales datos del menor para su identificación en caso de robo o extravío. Con este instrumento, la SSP buscó abatir el tiempo de reacción para iniciar la búsqueda en cualquier supuesto, factor esencial en la recuperación de infantes. Se repartió de manera gratuita en hospitales públicos y privados, centros de salud, guarderías, oficinas delegacionales y en coordinación con la Secretaría de Educación Pública en los planteles educativos. La impresión de cartillas y carteles alusivos al programa se realizó con el apoyo de diversas instituciones y empresas, además de contar con el aval de la Asociación Mexicana de Pediatría, A.C.
39 VOLUMEN 12/13
de las cartillas equivalió a una acción dentro de la actividad institucional 02, la cual estuvo
a cargo de la Dirección de Operación de Programas de Participación Ciudadana, a través
de la Jefatura de Unidad Departamental de Vigilancia Comunitaria, quien distribuyó las
cartillas de identificación infantil, mismas que contabilizó, registró y reportó mensualmente
a la Dirección de Recursos Financieros de la SSP como una acción llevada a cabo,
considerando que para operar dicho programa la SSP no ejerció recursos, únicamente
contó con el apoyo de empresas de la iniciativa privada, a través de donativos en especie
que consistieron en las cartillas ya citadas.
El principal objetivo de las cartillas, fue el de apoyar a los padres de familia en caso de
ausencia o extravío de sus hijos de 0 a 12 años. Dicha cartilla consiste en un formato no
mayor a media carta en donde se asienta el nombre del menor; fecha de nacimiento;
fotografía; sexo; color de cabello (muestra) y ojos; tipo de sangre; señas particulares;
enfermedades o alergias; edad, peso y estatura; así como huellas digitales de ambas
manos. Es importante señalar que la SSP no participó con elementos policiales para llevar
a cabo el “Programa de Cartilla de Identificación Infantil”, sino de manera administrativa
por medio de la JUD anteriormente indicada.
El 42.7% (143,881) de las acciones correspondieron a la aplicación de pruebas de
alcoholímetro a cargo de la misma dirección, como parte de las acciones del Programa
“Conduce sin Alcohol”, el cual fue aplicado durante 2008 en puntos de revisión durante
jornadas nocturnas a conductores de vehículos particulares; a conductores de transporte
público de pasajeros (microbuses de ruta fija y taxis), con la participación de la Policía
del Transporte y la Secretaría de Transportes y Vialidad; y al personal de la SSP,
a fin de garantizar que los elementos que prestan sus servicios en los distintos sectores
y agrupamientos, no presenten síntomas de ingestión de bebidas alcohólicas.
El 14.6% restante correspondió a diferentes acciones sustantivas que se vinculan con la
seguridad pública, de las que sobresalen las relacionadas con la atención a las peticiones
de servicios, denuncias y quejas; sobre escuela segura libre de drogas, platicas de prevención
del delito, presentación de sociodramas y acciones de vigilancia en el entorno escolar;
apoyo psicológico vía telefónica y de manera personalizada; integración infantil y juvenil
para el congreso infantil y juvenil de seguridad de la Ciudad de México; proporcionar servicio
40 VOLUMEN 12/13
especializado de mantenimiento preventivo y correctivo a bienes informáticos; y suministrar
bienes informáticos a las áreas administrativas y operativas de la SSP, entre las más
importantes.
En la actividad institucional 05 se programó una meta física de 5,700 servicios y al cierre
del ejercicio se reportaron como efectuados 4,942 servicios (13.3% menos que lo
programado). Estos servicios los realizó la Dirección Ejecutiva de Ingeniería y Tránsito
mediante dos programas de apoyo a la vialidad y de los habitantes de la ciudad en cuanto
a seguridad pública, “La Instalación de Videocámaras” y “Mantenimiento Preventivo y
Correctivo a Videocámaras”. De estos dos programas, el primero, logró cumplir el 66.6%
de las metas físicas programadas; en cuanto al mantenimiento preventivo y correctivo de
las mismas se logró el 99.7% de la meta física estimada.
La meta física de la actividad institucional 07, programada para el ejercicio, fue la operación
de un “Programa”, el cual estaba compuesto por 14,590 acciones, realizadas por la
Dirección Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito. Al cierre del ejercicio, se comprobó que se
llevaron a cabo 15,601 acciones (6.9% más de las programadas), en su mayoría alcanzó
el 100.0% de cumplimiento.
En la actividad institucional 12 intervinieron 5 unidades responsables, que reportaron la
ejecución de 33 acciones sustantivas vinculadas con sus funciones. El número de acciones
programadas en el Proyecto del Programa Operativo Anual ascendió a 245,993; sin embargo,
al cierre del año la Dirección de Evaluación y Control de Ingresos reportó un total
de 78,368 acciones como meta original para el ejercicio; ante esa diferencia, se solicitó a
la Dirección General de Recursos Financieros, mediante la nota núm. 14 de fecha 25 de
febrero de 2010, la explicación de por qué la meta de dicha actividad se redujo en 68.1%,
aun cuando el gasto rebasó en 3.7% lo programado.
Mediante nota informativa del 01 de marzo de 2010, la Subdirección de Evaluación
y Normatividad Presupuestal de la SSP informó lo siguiente:
“La meta física de la AI en cuestión se constituyó principalmente por las acciones previstas
por el Centro de Control de Confianza, las cuales ascendieron a 239,385 (97.3%) del total.
Esa cantidad incluía acciones a realizar en el marco de un proyecto de reestructuración
41 VOLUMEN 12/13
del mencionado centro [...] Es importante destacar que el planteamiento de reestructura
fue formulado por la Unidad Administrativa en sus requerimientos para la integración del
APE y el POA del ejercicio de 2008.
“Al respecto cabe decir que, no obstante que los recursos necesarios para llevar a cabo
dicha reestructuración no fueron considerados en el Techo Presupuestal autorizado,
durante el proceso de programación-presupuestación no se realizó el ajuste de la meta
física al Techo Presupuestal establecido, razón por la cual la meta física autorizada en la
AI que nos ocupa estuvo sobrestimada de origen.
“Derivado de ello y a petición del Centro de Control de Confianza [...] se realizaron las
gestiones para reducir la meta física, petición que fue autorizada con la afectación número
A11C001 059 E, por lo que la meta quedó en 71,760 acciones, no aprobándose 167,625
pruebas y exámenes. Adicionalmente, en los meses de junio, septiembre y noviembre se
incrementó la meta física de la AI debido a la realización de acciones adicionales relacionadas
con la capacitación del personal y pagos de arrendamiento, lo que propició llegar al total
mencionado.”
En la justificación de la afectación presupuestaria, que refiere la reducción de la meta
física de 167,625 acciones, de la actividad institucional 12, se argumenta que “toda vez
que la estimación de la misma en el Proyecto de Presupuesto de Egresos y Programa
Operativo Anual 2008, se realizó considerando recursos presupuestales adicionales para
llevar a cabo la reestructuración del Centro de Control de Confianza, sin embargo, en el
Techo Presupuestal Autorizado no están considerados esos recursos que harían factible
el crecimiento estructural (recursos humanos y materiales) con el fin de aumentar […] razón
por la cual no es posible realizar la meta física estimada originalmente para el presente
ejercicio, por lo que es necesaria su reducción.
No obstante que la Dirección General del Centro de Control y Confianza, en la
integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual
de 2008, consideró los recursos correspondientes para llevar a cabo la reestructuración
del propio Centro, la Secretaría de Finanzas no incluyó esos recursos en el Techo
Presupuestal Autorizado para la Dependencia, y tampoco realizó los ajustes de la meta
42 VOLUMEN 12/13
física autorizada, originados por la disminución presupuestal, sin embargo se concluye
que esta omisión no es imputable a la Unidad Responsable y la meta fue modificada
conforme a la normatividad.
8. Resultado
Sistema de Indicadores
En el artículo 515 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008 se establece
lo siguiente: “Las dependencias […] deberán rendir a la Secretaría de Finanzas, un informe
trimestral dentro de los quince días siguientes de concluido cada trimestre, sobre el avance
programático-presupuestal que contenga información cuantitativa y cualitativa sobre el
desarrollo de sus programas operativos anuales y la evaluación de los mismos […] En la
información cuantitativa y cualitativa las dependencias […] harán referencia preferentemente
a los siguientes aspectos:
”La eficacia que determina cuantitativamente el grado o la medida del cumplimiento de las
metas de los programas autorizados […] y, el grado de cobertura e impacto de las acciones
sobre la población y grupos sociales específicos.”
El Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del
Presupuesto de Egresos 2008, establece un nuevo marco conceptual y normativo que
sirve de apoyo a las unidades responsables de gasto del Gobierno del Distrito Federal
en la elaboración e integración de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, en el que
se incorporaron diversas innovaciones para el calculo presupuestario 2008 que permiten
llevar a cabo la primera etapa de un “Presupuesto por Resultados”. Entre las novedades
destacan las siguientes:
“I. Catálogo de Actividades Institucionales
”Para el ejercicio fiscal 2008, se realizó una nueva clasificación de Programas y se
recatalogaron las Actividades Institucionales (AI), con el objeto de hacerlas más claras
y precisas. En este sentido, las AI tendrán mayor relevancia y estarán delimitadas alrededor
de los productos que ofrecen, de manera regular, las UR’s a la ciudadanía (infraestructura,
43 VOLUMEN 12/13
bienes o servicios). Lo anterior permitirá llevar un seguimiento más puntual y estratégico
del ejercicio del gasto [...]
”IV. Sistema integral de indicadores.
”Con la finalidad de que las UR’s realicen un mejor seguimiento de los resultados de
las políticas públicas que están bajo su responsabilidad, se contempla por primera vez
el establecimiento de un sistema de indicadores estratégicos que ayudarán a definir
operacionalmente los objetivos de sus AI. En la medida en que las AI se orienten más al
‘cómo’ (meta del objetivo) y menos al ‘qué’ (meta física), se privilegiará el seguimiento de
los indicadores de desempeño o impacto por encima del seguimiento de la meta física.”16
Con el propósito de conocer si el ente auditado contó con un sistema de indicadores que
permitiera evaluar la eficacia en el grado o medida de cumplimiento de metas; la eficiencia
con que se aplicaron los recursos financieros para lo consecución de las metas de los
programas establecidos; la congruencia entre el gasto promedio por unidad de meta
y lo erogado en los programas; y el grado de cobertura e impacto de las acciones sobre la
población derivado de las acciones, tareas y trabajos sustantivos de la SSP realizados en
el marco de la actividades institucionales 02, 05, 07 y 12 durante el ejercicio de 2008,
mediante el oficio núm. APPD/09/451 del 24 de agosto de 2009, se le solicitó a la SSP
la información respectiva y la documentación comprobatoria.
Con el oficio núm. DGRF/OM/SSP/1278/2009 del 8 de septiembre de 2009, el ente respondió
que “la Secretaría de Seguridad Pública, contó únicamente con indicadores para medir
el grado de cumplimiento de metas físicas y de aplicación de recursos financieros para la
consecución de las mismas, los cuales están plasmados en el formato EVPP-I denominado
Evaluación Programático Presupuestal de Actividades Institucionales, del Informe de
Avance Trimestral”. Asimismo, fueron proporcionados los formatos “Reporte de Avance
Programático” de enero a diciembre de 2008 de cada una de las unidades responsables,
que registra la meta física anual original y modificada, la meta mensual programada,
alcanzada y el porcentaje de avance, así como la meta acumulada al período de las acciones
sustantivas realizadas por área.
16 Capítulo I, Innovaciones, del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto
de Egresos de 2008 emitido por la SF.
44 VOLUMEN 12/13
Del análisis de la información proporcionada por la SSP, se concluye que durante el ejercicio
en revisión el ente dispuso de mecanismos para medir y dar seguimiento al cumplimiento
de las metas físicas programadas en el Programa Operativo Anual, como lo dispone el
artículo 515 del Código Financiero del Distrito Federal.
Sin embargo, no implementó acciones para atender lo establecido en el Manual de
Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto
de Egresos 2008 en cuanto a la generación de un Sistema Integral de Indicadores
vinculados a las actividades institucionales y los programas específicos, con la finalidad
de que las unidades responsables realicen un mejor seguimiento de los resultados de las
políticas públicas bajo su responsabilidad, que privilegie el seguimiento de los indicadores
de desempeño o impacto por encima del seguimiento de la meta física.
En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, con el oficio
núm. DETRC/OM/SSP/786/2010 de fecha 19 de mayo de 2010, suscrito por el Director
Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas, el ente auditado presentó diversa
documentación entre la que se ubicó el oficio núm. DGRF/OM/SSP/0843/2010 del 17 de
mayo de 2010, de la Dirección General de Recursos Financieros, en el cual, se aclara que
durante el ejercicio de 2008 la SSP “contó con Indicadores Estratégicos que estaban
vinculados con el Comité de Control y Auditoría (COMCA), los cuales eran elaborados
por las diversas Unidades Administrativas de la Dependencia; sin embargo, debido a que
dicho Comité fue suspendido indefinidamente, a que esta Secretaría fue objeto de una
reestructuración orgánica, a finales de ese ejercicio y en razón de que en el Manual
de Programación-Presupuestación para el ejercicio 2009, se retomó la implementación del
‘Sistema Integral de Indicadores’, desde finales de 2008 se iniciaron trabajos de diseño y
construcción de indicadores […] Derivado de esos trabajos, para el ejercicio 2009 se dio
seguimiento y se reportaron como parte integrante del Informe de Avance Trimestral,
los resultados de ‘Indicadores Asociados a Programas Públicos’ que se consideraron de
mayor relevancia por la Secretaría de Seguridad Pública”.
Como soporte de lo anterior, se anexó documentación que fue difundida los primeros días de
diciembre de 2008 (formato de la “Ficha de Especificación Técnica”, y su instructivo de llenado
y el listado de 17 indicadores estratégicos que formaron parte del Banco de Indicadores
del Gobierno del Distrito Federal, que se acordaron al inicio del ejercicio de 2009).
45 VOLUMEN 12/13
Por lo que corresponde al ejercicio de 2009, se proporcionaron copias de diversos oficios
girados por la Dirección General de Recursos Financieros a las áreas involucradas en la
estructuración de indicadores. Los oficios núms. DGRF/OM/SSP/1315/2008 del 8 de diciembre
de 2008, DGRF/OM/SSP/0002/2009 del 5 de enero de 2009 y DGRF/OM/SSP/192/2009
del 9 de febrero de 2009 se refieren al indicador “Remitidos por el programa ‘Conduce
sin alcohol’, entre pruebas realizadas”; y el oficio núm. DAPPI/136/09 del 17 de febrero
de 2009, de la Dirección General de Prevención del Delito, corresponde a indicadores
sobre pruebas aplicadas a conductores de transporte público, jornadas de supervisión en
diferentes sectores, jornadas especiales de puntos de revisión de alcoholímetro y pruebas
realizadas con resultado positivo remitidas a juez cívico.
Asimismo, proporcionó copia del oficio núm. DEANT/196/2009 del 14 de enero de 2009,
de la Dirección Ejecutiva de Aplicación de la Normatividad de Tránsito, por medio del cual
se enviaron indicadores relacionados con el número de eventos monitoreados, el número de
cámaras en funcionamiento y la cobertura de los puntos monitoreados por las cámaras
de videovigilancia. Es importante mencionar que, a diferencia de los otros dos oficios, los
indicadores reportados en éste correspondieron al período julio-diciembre de 2008.
Si bien es cierto que en la información proporcionada por la SSP en la reunión de confronta
se mencionan una serie de indicadores estratégicos determinados por sus diferentes
unidades administrativas, éstos corresponden a programas de las actividades institucionales
02 y 05. Por otra parte, el ente no aportó evidencia suficiente sobre la implementación del
sistema de indicadores que correspondan a los programas revisados de las actividades
institucionales 07 y 12, por lo que el resultado no se modifica.
Recomendación APPD-102-08-15-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública, a través de sus diferentes Unidades
Administrativas, establezca un sistema integral de indicadores de desempeño e impacto
vinculados a las actividades institucionales y a los programas específicos, con el objeto de
que las unidades responsables del gasto cuenten con un mecanismo para medir el alcance
de los resultados de las políticas públicas bajo su responsabilidad.
46 VOLUMEN 12/13
9. Resultado
Congruencia del Gasto con los Objetivos de las Actividades Institucionales
El artículo 18 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio
Fiscal de 2008 establece que “los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados,
Delegaciones, Entidades, Órganos de Gobierno y Autónomos del Distrito Federal que
ejerzan recursos aprobados en este Decreto, y los servidores públicos encargados de la
administración de los mismos, serán los responsables del manejo y aplicación de éstos;
del cumplimiento de los objetivos y metas de los programas contenidos en su presupuesto
autorizado; de que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto;
de que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; de la
guarda y custodia de los documentos que los soportan; de llevar un estricto control de los
medios de identificación electrónica; y de llevar los registros de sus operaciones conforme
a lo dispuesto en este Decreto y demás disposiciones aplicables en la materia”.
El artículo 465 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008 establece
que “el ejercicio del gasto público comprenderá el manejo y aplicación de los recursos que
realicen las dependencias […] para dar cumplimiento a los objetivos y metas de los programas
contenidos en sus presupuestos aprobados, y dicho ejercicio será responsabilidad de sus
titulares, así como de los servidores públicos encargados de la administración de los recursos
asignados conforme al Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal
y demás normatividad aplicable”.
Con la finalidad de determinar la congruencia del gasto ejercido a nivel de capítulo y
partida en relación con los objetivos y metas de las actividades institucionales en revisión,
como señalan los artículos 18 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal de 2008 y 465 del Código Financiero del Distrito Federal, se
conciliaron el documento denominado “Evaluación Programático-Presupuestal de Actividades
Institucionales” del Informe de Cuenta Pública y el Analítico de Egresos de la dependencia,
ambos del ejercicio de 2008.
También se revisó la adquisición de bienes y servicios para operar las actividades institucionales
02, 05, 07 y 12, por un importe global de 98,963.5 miles de pesos (7.8% del gasto),
47 VOLUMEN 12/13
mediante el análisis de la documentación comprobatoria y justificativa incluida en los
expedientes de 18 contratos, 4 convenios y 28 CLC, seleccionados con base en el mayor
presupuesto ejercido por capítulo.17
En el análisis de las 28 CLC por un importe total de 5,421.6 miles de pesos, se constató que
9 CLC correspondieron a la aplicación del fondo revolvente de las unidades administrativas
adscritas a la dependencia, incluidas las encargadas de ejecutar las actividades institucionales
02, 05, 07 y 12; mientras que las otras 17 CLC ampararon gastos inherentes a las actividades
institucionales en cuestión.
Los 18 contratos importaron de 65,703.9 miles de pesos y los 4 convenios ascendieron
a 27,838.0 miles de pesos, y corresponden a distintas actividades institucionales.
Al respecto, se verificó que se cumplieron los lineamientos generales señalados en el
apartado IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada” del Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal 18 y el artículo 465 del
Código Financiero del Distrito Federal.
Actividad institucional 02 “Realizar acciones de apoyo a la seguridad pública”
El objetivo de la actividad institucional 02 consistió en realizar acciones y proporcionar
servicios que coadyuven a la protección, vigilancia, prevención del delito y combate a la
delincuencia, en concordancia con las estrategias operativas establecidas por los mandos
superiores de la dependencia; para ello, erogó 557,536.1 miles de pesos, monto superior
en 2.7% al programado, como se muestra a continuación:
17 Se consideraron los capítulos 2000, 3000, 4000 y 5000, ya que las unidades administrativas no programaron recursos
pagaderos mediante partidas concentradas que corresponden al capítulo 1000. 18 En el numeral 4 de ese apartado se establece que las CLC se deberán soportar con los originales de la documentación
comprobatoria y las unidades responsables verificarán y serán responsables de que ésta cumpla los requisitos fiscales y administrativos que le sean aplicables, y de su glosa, guarda y custodia para los fines legales y administrativos que sean procedentes. Se exceptúan de esta situación las liquidaciones unilaterales que realicen las unidades responsables al amparo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.
48 VOLUMEN 12/13
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto Capítulo de gasto Original
(1) Ejercido
(2)
Variación (2) / (1)
(3)
Participación porcentual
(4)
Total 542,728.2 557,356.1 2.7 100.0 1000 “Servicios Personales” 369,030.9 379,566.6 2.9 68.1 2000 “Materiales y Suministros” 31,905.1 30,670.0 (3.9) 5.5 3000 “Servicios Generales” 139,009.4 104,901.2 (24.5) 18.8 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias” 2,782.8 9,592.1 244.7 1.7 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles” 0.0 32,626.2 n.a. 5.9
n.a. No aplicable.
El mayor gasto se ejerció en el capítulo 1000 “Servicios Personales”, 68.1%, para cubrir
los sueldos y salarios de los trabajadores así como sus prestaciones; el 30.2% se destinó
al pago de recursos materiales, servicios generales y a la adquisición de bienes muebles
e inmuebles, distribuido en los capítulos 2000, 3000 y 5000; mientras que el 1.7% restante
se ejerció en el capítulo 4000 “Ayudas, subsidios y transferencias”.
Como parte de la revisión se seleccionó una muestra del gasto de esta actividad institucional,
por un importe de 9,739.5 miles de pesos, dicha revisión se enfocó a la documentación
justificativa y comprobatoria, como contratos, convenios, CLC, facturas, recibos, etc. Una parte
de la muestra seleccionada se obtuvo de recursos ejercidos del capítulo 4000 (Ayudas,
Subsidios y Transferencias), específicamente de la partida 4108 "Ayudas y Donativos a
Instituciones sin Fines de Lucro", por un monto de 6,986.8 miles de pesos, y otra parte de
los capítulos 2000 (Materiales y Suministros), 3000 (Servicios Generales) y 5000 (Bienes
Muebles e Inmuebles) para la adquisición de materiales necesarios para el Programa
“Conduce sin Alcohol” por un monto de 2,752.7 miles de pesos.
Con relación al gasto ejercido del capítulo 4000 en la partida 4108 "Ayudas y Donativos
a Instituciones sin Fines de Lucro", se revisó un importe de 6,986.8 miles de pesos, que
no fueron programados de origen. Mediante la nota núm. 1 del 18 de diciembre de 2009
se requirió que se explicara cómo se obtuvieron esos recursos, y que se proporcionara la
documentación justificativa y comprobatoria de las operaciones. En respuesta, con el
oficio núm. DETyRC/OM/SSP/1199/2009 del 28 de diciembre de 2009, la dependencia
señaló que los recursos se transfirieron de la partida 3303 “Servicios de Informática”, con
la afectación programático-presupuestal compensada núm. 11 C0 01 0289, para llevar
49 VOLUMEN 12/13
a cabo investigaciones en materia de seguridad. El gasto en esta partida, se realizó
mediante convenios de colaboración celebrados con la Universidad Nacional Autónoma
de México (UNAM) y el Centro de Investigación en Geografía y Geomática.
Un convenio celebrado con la UNAM se registró con el núm. CONV/SSP/UNAM/013/2008,
con el objeto de desarrollar un sistema de información denominado "Tablero de
Información para Mandos, TIM", que permite explotar la información almacenada en las
bases de datos. El convenio importó 3,786.5 miles de pesos, de los cuales 3,386.6 miles
de pesos correspondieron a la actividad institucional 02, pagaderos en dos exhibiciones de
1,262.1 miles de pesos en los meses de octubre y noviembre y una en diciembre por
862.4 miles de pesos, con las CLC núms. 11 C0 01 04246, 11 C0 01 04394 y 11 C0 01 0464,4
de fechas 16, 24 y 31 de diciembre de 2008, respectivamente.
El otro convenio de colaboración se celebró con el Centro de Investigación en Geografía
y Geomática (Geocentro) registrado con el núm. CTO/SSP/CENTROGEO/014//08, el 6 de
octubre de 2008, se realizó para desarrollar el Proyecto tecnológico de geointeligencia que
permite el uso de información geográfica proveniente de imágenes de satélite y de sistemas
de posicionamiento global, con la finalidad de revelar zonas con alto índice de actividad
criminal, por un importe de 3,600.0 miles de pesos pagados en tres exhibiciones con las
CLC núms. 11 C0 01 04345, 11 C0 01 04410 y 11 C0 01 04479, los días 23, 26, y 31 de
diciembre de 2008, por 1,000.0, 1,500.0, y 1,100.0 miles de pesos, respectivamente.
Respecto al programa “Conduce sin Alcohol”, se revisó el gasto total de 2,752.7 miles de
pesos (1.6% del total ejercido en los capítulos 2000, 3000 y 5000, por 168,197.4 miles
de pesos), correspondiente a la adquisición directa de recursos materiales para operar el
programa, mediante diversos contratos que se detallan a continuación:
1. Contrato núm. SSP/A/161/2008 suscrito el 31 de marzo de 2008, con la empresa
Universal Suppliers de México S.A. de C.V., para adquirir 150,000 boquillas desechables,
las cuales serían utilizadas en los 28 equipos de alcoholímetro INTOXILYZER 400PA CMI,
por un importe de 867.7 miles de pesos, con cargo a la partida 2505 “Materiales,
Accesorios y Suministros de Laboratorio”. Dicho monto fue liquidado con la CLC
núm. 11C00102161 de fecha 25 de julio de 2008.
50 VOLUMEN 12/13
2. Contrato núm. SSP/A/162/2008, suscrito el 31 de marzo de 2008 con la empresa
Universal Suppliers de México, S.A. de C.V., para dar mantenimiento preventivo
y correctivo a 28 equipos de alcoholímetro modelo INTOXILYZER 400PA CMI, por un
importe de 734.2 miles de pesos, con cargo a la partida 3501 “Mantenimiento y
Conservación de Mobiliario y Equipo”, liquidadas con las CLC núms. 11C00101606
del 17 de junio de 2008 y 11C00104344 del 23 de diciembre de 2008, por 367.1 miles
de pesos cada una.
3. Contrato núm. SSP/A/533/2008, suscrito el 14 de noviembre de 2008 con la empresa
ADAMED S.A, para adquirir un vehículo tipo van integral, equipado con aditamentos
especiales para la operación del programa “Conduce sin Alcohol”, con cargo a la partida
5301 “Vehículos y equipo para la ejecución de programas de seguridad pública”
pagado con la CLC núm. 11C00104731 el 31 de diciembre de 2008, por un importe de
869.7 miles de pesos.
4. Contrato núm. SSP/A/403.1/2008, suscrito el 22 de agosto de 2008 con la empresa
Universal Suppliers de México, S.A. de C.V., para dar mantenimiento al equipo de
alcoholímetro pagado del 25 de agosto al 22 de septiembre de 2008 por un importe
de 25.6 miles de pesos.
5. Adquisición de lonas de 6.0 m2 rotuladas en vinil por un importe de 61.1 miles de
pesos, mediante contrato núm. SSP/A/445/2008, de fecha 15 de septiembre de 2008,
con persona física.
6. Contrato núm. SSP/350//08, celebrado con la empresa Corporación Mexicana de
Impresión, S.A. de C.V., por un importe de 194.4 miles de pesos, para adquirir 15 stands
de panel.
En la revisión de los convenios y contratos mencionados, se comprobó que la parte del
gasto de la actividad institucional 02, fue congruente con los objetivos de sus programas,
en cuanto a realizar investigaciones en materia de seguridad y el cumplimiento del programa
conduce sin alcohol.
51 VOLUMEN 12/13
Actividad institucional 05 “Operar el Sistema de Videovigilancia”
Uno de los principales objetivos de la actividad institucional 05 consistió en dar mantenimiento
preventivo y correctivo al sistema de cámaras de video (Centro de Control Vial “Tlaxcoaque”),
con el fin de mejorar el sistema de vigilancia para la prevención del delito y combate
a la delincuencia, cubriendo zonas escolares, bancos, edificios públicos y áreas de gran
concentración de personas, consideradas conflictivas. Para la consecución de este objetivo
se erogaron 89,738.6 miles de pesos, monto superior en 17.1% al programado, como se
muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto
Capítulo de gasto Original
(1)
Ejercido
(2)
Variación (%)
2) / (1) (3)
Participación porcentual
(4)
Total 76,609.4 89,738.6 17.1 100.0 1000 “Servicios Personales” 22,511.6 23,647.2 5.0 26.4 2000 “Materiales y Suministros” 7,301.1 6,439.8 11.8 7.2 3000 “Servicios Generales” 42,796.7 38,800.4 (9.3) 43.2 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias” 4,000.0 20,851.2 421.3 23.2 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” 0.0 0.0 0.0 0.0
El capítulo 1000 “Servicios Personales” representó el 26.4% del presupuesto ejercido,
el gasto del capítulo 2000 “Materiales y Suministros” el 7.2%; el capítulo 3000 “Servicios
Generales” el 43.2%; este gasto se destinó principalmente para el pago del mantenimiento
del circuito cerrado de televisión, que incluyó la adquisición de refacciones. Esto generó
una erogación de 18,880.4 miles de pesos. Finalmente el 23.2% del gasto total se ejerció
con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias”.
Al respecto, se determinó revisar 39,731.6 miles de pesos, de esta actividad institucional,
monto que representó el 66.6% del presupuesto ejercido en los capítulos 3000 y 4000,
con el fin de comprobar la congruencia de lo gastado con el objetivo de la actividad
institucional 05. Una parte de la muestra seleccionada que provino del capítulo 3000
(18,880.4 miles de pesos) se requirió de la partida 3503 “Mantenimiento y Conservación de
Maquinaria y Equipo”; la otra parte de la muestra se derivó del capítulo 4000, específicamente
de la partida 4108 "Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro", por un monto de
20,851.2 miles de pesos.
52 VOLUMEN 12/13
Para verificar las erogaciones correspondientes al mantenimiento y conservación de
maquinaria y equipo del circuito cerrado de televisión operado en Tlaxcoaque, se revisaron
tres contratos por un importe global de 18,880.4 miles de pesos, como se describe a
continuación:
1. Contrato núm. SSP/S/035/2008, celebrado el 31 de diciembre de 2007 con la empresa
Instalaciones y Mantenimiento en Equipo de Radiocomunicación, S.A. de C.V., para
dar mantenimiento a la red de semáforos con suministro de refacciones, a equipos
electrónicos de semaforización para el control de la vialidad en la Ciudad de México,
por un importe de 3,549.6 miles de pesos. Comprende suficiencia presupuestaria para
la actividad institucional 05 sólo por 2,899.6 miles de pesos. El monto fue pagado con
las CLC núm. 11 C0 01 0488 y 11 C0 01 0505 del 1 de abril de 2008, por los importes
de 1,449.8 miles de pesos, respectivamente.
2. Contrato núm. SSP/S/122/2008, celebrado el 29 de febrero de 2008 con la empresa
Instalaciones y Mantenimiento en Equipo de Radiocomunicación, S.A. de C.V., para
dar mantenimiento a la red de semáforos con suministro de refacciones, a equipos
electrónicos de semaforización para el control de la vialidad en la Ciudad de México,
por un importe de 41,728.9 miles de pesos, de los cuales 15,663.2 miles de pesos
se registraron con cargo a la actividad institucional 05. Fue cubierto con las CLC
núms. 11 C0 01 723, 01123, 01605, 01676, 01950, 02512, 02873, 03280, 03736,
04230, 04635, 04816.
3. Contrato núm. SSP/S/496.2/2008, celebrado el 31 de octubre de 2008 con la empresa
Instalaciones y Mantenimiento en Equipo de Radiocomunicación, S.A. de C.V., para
dar mantenimiento a la red de semáforos del subsistema 3, así como al circuito
cerrado de televisión de la Ciudad de México, por un importe de 10,536.1 miles de
pesos, de los cuales sólo 317.5 miles de pesos correspondieron a la actividad
institucional 05. El monto fue cubierto mediante la CLC núm. 11 C0 01 4668 del 29 de
diciembre de 2008.
Con relación al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias”, se revisó el 100.0%
de los recursos erogados, por 20,851.2 miles de pesos, y se verificó que a través de la partida
53 VOLUMEN 12/13
4108, "Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro", se canalizaron 17,263.2 miles
de pesos (82.8%), en calidad de donación, al Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y
Procuración de Justicia del Distrito Federal, mediante la afectación programática presupuestal
líquida núm. 11 C0 01 0133 E.
En tanto que los 3,588.0 miles de pesos restantes se canalizaron al convenio de colaboración
con la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería y Tecnología Avanzada del Instituto
Politécnico Nacional (IPN) para realizar el análisis de funcionamiento de 20 estaciones
base, del sistema Tetra de Comunicaciones y a la supervisión de 8 nuevas estaciones base”.
Como resultado del análisis, se comprobó que en el presupuesto original no se consideró
destinar donativos al Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia
del Distrito Federal, ni realizar el convenio con el IPN, por lo que, mediante la nota
núm. 14 del 25 de febrero de 2010, se requirió a la Dirección General de Recursos
Financieros (DGRF) y a la Dirección General de Ingeniería de Tránsito (DGIT) explicar las
causas de la transferencia de los recursos y proporcionar la documentación justificativa
y comprobatoria correspondiente.
En respuesta, mediante nota sin número y sin fecha, la DGIT informó que no programó ni
ejerció dichos recursos, ya que sólo realizó los contratos para el mantenimiento y refacciones
inherentes a la operación del Centro de Control Vial “Tlaxcoaque”, Por su parte, la DGRF,
mediante el oficio núm. DGRF/OM/SSP/0336/2010 del 2 de marzo de 2010, señaló que
los recursos se transfirieron al Consejo mediante la afectación programática presupuestal
líquida núm. 11 C0 01 0133 E por un importe de 17,263.2 miles de pesos; y, respecto
a los 3,588.0 miles de pesos, indicó que se destinaron al análisis del funcionamiento de
20 estaciones base, con la finalidad de mantener buena comunicación entre policía
capitalina y el Centro de Control de Operaciones.
Del análisis, se concluye que sólo 18,880.4 miles de pesos correspondieron a la operación
de la actividad institucional 05 “Operar el sistema de videovigilancia”, mientras que los
restantes 20,851.2 miles de pesos fueron orientados a otra función que realiza la SSP,
que no forma parte de las actividades sustantivas de control de tránsito del Centro de
Control Vial “Tlaxcoaque”.
54 VOLUMEN 12/13
Con respecto a la transferencia de recursos, se considera que ésta no fue congruente
con el objetivo de actividad institucional, toda vez que los objetivos fueron orientados al
mantenimiento del Centro de Control Vial “Tlaxcoaque”, que realiza funciones sustantivas
de control de tránsito.
Actividad institucional 07 “Brindar servicios de control y apoyo vial”
El objetivo de la actividad institucional 07 consistió en llevar a cabo estudios, análisis
y proyectos, proporcionar capacitación sobre educación vial a la población, con el fin
de fomentar el respeto al Reglamento de Tránsito, proteger al peatón y a los usuarios de
bicicleta; y en general promover la convivencia armónica en la vía pública. Para el logro
de este objetivo, la SSP erogó 456,650.6 miles de pesos, monto superior en 11.2% al
programado, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto
Capítulo de gasto Original
(1)
Ejercido
(2)
Variación (%)
(2) / (1) (3)
Participación porcentual
(4)
Total 410,737.3 456,650.6 11.2 100.0 1000 “Servicios Personales” 361,741.9 376,273.9 4.0 82.4 2000 “Materiales y Suministros” 20,024.0 55,893.2 179.1 12.2 3000 “Servicios Generales” 28,821.3 19,850.4 (31.1) 4.4 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias” 150.0 139.5 (7.0) n.s. 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles” 0.0 4,493.0 n.a. 1.0
n.a. No aplicable. n.s. No significativa.
Como resultado del análisis de la actividad institucional 07, se determinó que el capítulo
1000 “Servicios Personales” representó el 82.4% del presupuesto ejercido, el capítulo 2000
“Materiales y suministros” el 12.2%, el capítulo 3000 “Servicios Generales el 4.4% y los
capítulos 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
juntos representaron el menor gasto (1.0%).
Para verificar la congruencia del gasto con el objetivo de la actividad institucional,
se seleccionó una muestra de las partidas 2105 “Materiales y útiles de impresión y
reproducción”, 2403 “Materiales complementarios”, 2701 “Vestuario, uniformes y blancos”,
y 5205 “Maquinaria y equipo eléctrico y electrónico”, que en conjunto integraron un importe
global de 41,934.0 miles de pesos. Al respecto, se obtuvo lo siguiente:
55 VOLUMEN 12/13
Con el contrato núm. SSP/A/510/2008, celebrado el 11 de noviembre de 2008, se pactó la
compra con la empresa Suzuka Motos, S.A. de C.V., de fundas para kepí y brazaletes,
por un importe de 459.9 miles de pesos, del cual 320.5 miles de pesos corresponden
a la actividad institucional 07 que fueron liquidados con la cuenta por liquidar certificada
núm. 11C0014371 del 30 de noviembre de 2008. Con el contrato núm. SSP/A/522/2008,
celebrado el 13 de noviembre de 2008, con la empresa N. Soluciones, para adquirir
guantes de algodón y silbatos con cadena por un importe de 47.4 miles de pesos, de los
cuales 2.9 miles de pesos fueron con cargo a la actividad institucional 07 a través de la
cuenta por liquidar certificada núm. 11C00104424 del 31 de diciembre de 2008.
Con el contrato núm. SSP/A/391/2008, celebrado el 15 de agosto de 2008, con la empresa
SEMEX, S.A. de C.V., se realizó la adquisición e instalación de dispositivos de seguridad
vial por la construcción de cinco puentes vehiculares en el circuito interior, por un importe
de 38,356.4 miles de pesos, de los cuales 36,921.3 miles de pesos correspondieron a la
actividad institucional 07, en la partida 2403 “Materiales complementarios” con las cuentas
por liquidar certificadas 11C0013467 por 11,340.6 miles de pesos del 30 de septiembre
de 2008; 11C0013855 por 10,318.0 miles de pesos del 29 de octubre de 2008 y 11C0014245
por 15,262.8 del 3 de diciembre de 2008.
Con el contrato núm. SSP/A/511/2008 firmado el 11 de noviembre de 2008, con la empresa
SEMEX, S.A. de C.V.,se llevó a cabo el suministro, instalación, configuración, programación y
puesta en operación de paneles de LED de mensaje variable, por un importe de 4,493.5 miles
de pesos pagados con la cuenta por liquidar certificada núm. 11C0014340 el 3 de diciembre
de 2008. Finalmente, mediante el contrato núm. PD/A/024/2008, firmado el 2 de mayo de 2008
con persona física se adquirieron con cargo a la partida 2105 “Materiales y útiles de impresión
y reproducción”, pagados el 12 de junio de 2008 con la cuenta por liquidar certificada
núm. 11C0012229 por 11.6 miles de pesos, para cubrir necesidades de la Dirección General
de Tránsito, .
Derivado de lo anterior, se concluye que el gasto de la actividad institucional 07 fue
congruente con su objetivo, puesto que en la revisión no se detectaron transferencias
de recursos a otras partidas ni gasto de recursos que no correspondieran a los fines de su
operación.
56 VOLUMEN 12/13
Actividad institucional 12 “Realizar la supervisión y evaluación de la actuación policial”
El objetivo de la actividad institucional 12 consiste en supervisar y evaluar la actuación
policial de los elementos operativos adscritos a la SSP, con el fin de integrar un cuerpo de
policía profesional, que cumpla los principios de legalidad, eficacia, honestidad, justicia,
respeto a los derechos humanos y al estado de derecho. Para cumplir ese propósito, se erogó
un presupuesto de 162,231.0 miles de pesos, 3.7% superior al programado.
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto
Capítulo de gasto Original
(1)
Ejercido
(2)
Variación (%)
(2) / (1) (3)
Participación porcentual
(4)
Total 156,462.6 162,231.0 3.7 100.0 1000 “Servicios Personales” 142,154.0 147,954.3 4.1 91.2 2000 “Materiales y Suministros” 4,451.7 3,666.9 (17.6) 2.3 3000 “Servicios Generales” 9,756.9 9,520.8 2.4 5.9 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias” 100.0 93.0 (7.0) n.s. 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles” 0.0 996.0 n.a. 0.6
n.a. No aplicable. n.s. No significativa.
Como se puede observar, el mayor gasto se concentró en el capítulo 1000 “Servicios
Personales”, con el 91.2% del presupuesto ejercido, el 8.8% correspondió a los capítulos
2000, 3000, 4000 y 5000, por lo que se seleccionó una muestra de gasto de esos cuatro
capítulos por 2,136.8 miles de pesos, cantidad que representó el 15.0% de la suma, a fin
de verificar la congruencia del gasto con los objetivos de la actividad institucional.
Al respecto, se verificó el contrato núm. SSP/S/373/2008 suscrito el 31 de julio de 2008,
con el Laboratorio Médico del Chopo, S.A. de C.V., para aplicar exámenes toxicológicos
a los elementos de la policía, por un importe de 1,719.2 miles de pesos, pagado con
las cuentas por liquidar certificadas núm. 11C00114469 por 1,416.3 miles de pesos y
11C00104469 por 24.5 miles de pesos, ambas del 31 de diciembre de 2008, la diferencia
de 278.5 miles de pesos se cubrió con recursos del FOSEGDF.
57 VOLUMEN 12/13
Se analizó el contrato núm. SSP/A/334/2008, celebrado con Comercializadora Empresarial
de Bienes y Servicios S.A. DE C.V. el 8 de julio de 2008 para la adquisición de bienes
informáticos, por un importe de 187.6 miles de pesos, pagados con las cuentas por liquidar
certificadas núms. 11C00103427 de fecha 19 de septiembre de 2008, con un importe de
185.9 miles de pesos.
Finalmente, se revisó el contrato núm. CONT-UDC-01/08 de servicios profesionales de
capacitación celebrado con la empresa Lafayette Consultores, S.C., el 1 de abril de 2008
por un importe de 230.0 miles de pesos, que fueron ejercidos por la Dirección General del
Centro de Control de Confianza para la impartición de cursos, con cargo a la partida 3302
“Capacitación” de la actividad institucional 12, con la cuenta por liquidar certificada
núm. 11C0012961 el 19 de septiembre de 2008.
Después del análisis a los contratos se concluye que el gasto de la muestra seleccionada
fue congruente con el objetivo de la actividad institucional 12, ya que en la revisión no se
detectaron gastos de recursos que no correspondieran a los fines de su operación.
En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, el ente auditado, con el oficio
núm. DETRC/OM/SSP/786/20109 de fecha 19 de mayo de 2010, suscrito por el Director
Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas, presentó diversa documentación
entre la que se encuentra el oficio núm. DGRF/OM/SSP/0843/2010 del 17 de mayo de 2010,
signado por el Director General de Recursos Financieros, en el cual se señala que
“la Secretaría de Seguridad Pública se encuentra obligada a proporcionar al Consejo
Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal, los apoyos
administrativos necesarios para el cumplimiento de su función como órgano de consulta,
análisis y participación ciudadana en materia de seguridad pública”.
Asimismo, se informó que “los recursos destinados al Consejo Ciudadano […] encuentran
relación con la operación de las cámaras de videovigilancia, toda vez que éstas cubren las
actividades que se realizan en la Ciudad de México y que permiten llevar a cabo acciones
inmediatas cuando se detectan conductas contrarias a la ley; y derivado de la actuación
del Consejo Ciudadano es posible orientar su operación hacia aquellas zonas o lugares
donde este ente identifica actos delictivos que no son denunciados ante las instancias
oficiales, a través de la vinculación con la sociedad, por lo que permite combatir los ilícitos
58 VOLUMEN 12/13
de estas zonas o lugares en beneficio de la población; siendo complementado con la
operación del sistema tetra, que al funcionar en óptimas condiciones también conlleva
a que de forma oportuna las cámaras de videovigilancia cubran las zonas que requieren
una atención inmediata reportada por los propios elementos de la corporación”.
Agregó que “los recursos fueron destinados a la función para la cual se otorgaron de origen,
y cuyo registro presupuestal fue adecuado al estar autorizado y registrado por la Secretaría
de Finanzas, que consideró procedente destinar y ejercer estos recursos a través de la
actividad institucional 05”.
Al respecto, la Subsecretaría de Control de Tránsito proporcionó el oficio núm. SCT/472/10
del 18 de mayo de 2010, con el que confirma lo plasmado en el resultado al señalar que
“la entonces [Dirección de Sistemas de Operación e Ingeniería de Tránsito] no ejerció los
recursos transferidos a los programas citados, ya que solamente bajo su responsabilidad
quedaron los contratos relativos al mantenimiento y refacciones inherentes a la operación
del Centro de Control Vial Tlaxcoaque”. Para soportar su afirmación, anexó copia del
oficio núm. OM/SSP/0036/2008 del 11 del enero de 2008, donde se comunicó el techo
presupuestal autorizado para el ejercicio fiscal de 2008.
Del análisis a la información proporcionada por la SSP, se concluye que los registros
del gasto en los recursos proporcionados al Consejo Ciudadano, no fueron congruentes
con los objetivos de la actividad institucional 05 ni con las funciones que realiza la unidad
responsable de su operación, por lo que no se observó lo señalado en el Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008, por lo que el
resultado no se modifica.
Recomendación APPD-102-08-16-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal instruya a quien
corresponda para que sus operaciones financieras se realicen en congruencia con los
objetivos de los programas contenidos en el presupuesto autorizado para las actividades
institucionales y con las funciones de las unidades responsables de su operación,
conforme establece el Código Financiero del Distrito Federal.
59 VOLUMEN 12/13
10. Resultado
Operación del Programa “Conduce sin Alcohol”
La Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal vigente en el
ejercicio 2008, en su artículo 3o., fracción XIX, establece que corresponde a la SSP
formular, “ejecutar y difundir programas de control y programas preventivos de ingestión de
alcohol u otras sustancias tóxicas para conductores de vehículos”. El 21 de octubre de 2008
fueron publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, las reformas a dicha fracción
quedando como sigue: “formular ejecutar y difundir programas de control y preventivos en la
ingesta de bebidas alcohólicas y consumo de estupefacientes, preferentemente en la cercanía
de puntos de mayor consumo y vialidades de alta incidencia en accidentes automovilísticos”.
El aviso del establecimiento del “Programa de Control y Prevención de Ingestión de Alcohol
en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal” publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 18 de septiembre de 2003, se sustentó a raíz de tres Considerandos,
siendo el de mayor trascendencia el siguiente: “Que de acuerdo con las estadísticas de
mortandad en el Distrito Federal, el 47.0% de los fallecimientos que se registraron en
el 2002 con motivo de accidentes de tránsito, estuvieron relacionados con conductores de
vehículos en estado de ebriedad, cuyo proceder irresponsable en la generalidad de los
casos ha tenido consecuencias desfavorables para terceros”.
El Reglamento de Tránsito Metropolitano vigente en 2008 establece, en su artículo 31 que:
“Ninguna persona puede conducir vehículos por la vía pública si tiene una cantidad de
alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior
a 0.4 miligramos por litro, o si se encuentra bajo el influjo de narcóticos.
”Los operadores de vehículos destinados al servicio de transporte de pasajeros, de carga
o de sustancias tóxicas o peligrosas no deben presentar ninguna cantidad de alcohol en la
sangre o en aire espirado, o síntomas simples de aliento alcohólico o de estar bajo los efectos
de narcóticos.
”El incumplimiento de lo dispuesto en este artículo se sancionará con un arresto administrativo
inconmutable de 20 a 36 horas.”
60 VOLUMEN 12/13
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal reformó el artículo 100 y la adicionó el tercer
párrafo al artículo 102 del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal,19 para dar sustento
jurídico a la creación de un Programa preventivos de control e ingesta de bebidas
alcohólicas. Es importante señalar que derivado de dicha reforma se dio a conocer el
“Aviso del Establecimiento del Programa de Control y Prevención de Ingestión de Alcohol
en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal” ("Conduce sin Alcohol") el cual
fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 18 de septiembre de 2003.
Asimismo, se consultó el “Aviso del Establecimiento del Programa de Control y Prevención
de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal” publicado en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 6 de noviembre de 2007.
En dicho aviso se justificó la implementación del programa “Conduce sin Alcohol”,
indicándose que sería llevado a cabo de manera permanente y aleatoria a conductores de
vehículos que circulen en el Distrito Federal, en todas sus modalidades (particulares,
transporte público y de carga en general, así como en terminales, bases de servicio, cierres
de circuito y centros de transferencia modal, conservando además el carácter de confidencial
para propiciar el factor sorpresa y cumplir su objetivo.
Asimismo, se señala que, para garantizar la transparencia, legalidad, imparcialidad y respeto
de las garantías y derechos fundamentales de los conductores en la aplicación del programa
“Conduce sin Alcohol”, serían instalados diversos Puntos de Revisión ubicados de manera
rotativa, cuyo personal operativo estará compuesto por elementos de diferentes áreas de
la SSP perfectamente identificados con leyendas del programa y con gafetes que acrediten
su participación.20
19 Con el artículo segundo transitorio del Reglamento de Tránsito Metropolitano, publicado el 20 de junio de 2007 en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal, fue derogado el Reglamento de Tránsito del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2003 con excepción de lo dispuesto en materia de Control vehicular y expedición de licencias y permisos de conducir.
20 Es responsabilidad de las áreas participantes designar al personal que se integrará a cada Grupo Multidisciplinario, de acuerdo a lo señalado en el procedimiento denominado “Control de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal.
61 VOLUMEN 12/13
El artículo 32 del Reglamento de Tránsito Metropolitano señala que:
“Todos los conductores de vehículos a quienes se les encuentre cometiendo actos que
violen las disposiciones del presente Reglamento y muestren síntomas de que conducen
en estado de ebriedad o bajo el influjo de narcóticos, están obligados a someterse a las
pruebas para la detección del grado de intoxicación por el Médico del Juzgado Cívico ante
el cual sean presentados o por personal autorizado para tal efecto.
”Los agentes pueden detener la marcha de un vehículo cuando Seguridad Pública
establezca y lleve a cabo programas de control y preventivos de ingestión de alcohol o de
narcóticos, para conductores de vehículos. Estos programas deben ser publicados en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal.”
También, el artículo 33 del Reglamento de Tránsito Metropolitano vigente en 2008 establece,
por un lado, los lineamientos de actuación de los elementos de la SSP cuando se cuente
con dispositivos oficiales de detección de alcohol o de narcóticos y, por el otro, los que
deberán ser acatados por el conductor infractor, como se enuncia en seguida:
1. Los conductores se someterán a las pruebas para la detección del grado de intoxicación
que establezca la SSP.
2. El agente entregará un ejemplar del comprobante de los resultados de la prueba al
conductor, inmediatamente después de su realización.
3. En caso de que el conductor sobrepase el límite permitido de alcohol en la sangre
será remitido al Juzgado Cívico.
4. El agente entregará un ejemplar del comprobante de los resultados de la prueba al Juez
Cívico ante el cual sea presentado el conductor del vehículo, documento que constituirá
prueba fehaciente de la cantidad de ingesta de alcohol o narcóticos encontrados
servirá de base para el dictamen del Médico Legista.
5. Si el conductor sobrepasa la cantidad de alcohol permitida, el vehículo será remitido
al depósito vehicular, salvo que autorice que otra persona conduzca el vehículo.
62 VOLUMEN 12/13
La Dirección General de Prevención del Delito, a través de la Coordinación del Programa
de Control y Prevención de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el
Distrito Federal, fue responsable de diseñar el esquema operativo necesario para
el establecimiento del programa “Conduce sin Alcohol” y de verificar que éste estuviera
orientado a generar una conciencia social respecto a la erradicación paulatina de accidentes
de tránsito relacionados con el consumo de bebidas alcohólicas, con una visión preventiva
y disuasiva, sujeta a la legalidad con respeto a los derechos humanos.
Dicha Coordinación fue responsable de determinar los criterios para la instalación de los
Puntos de Revisión 21 para la aplicación de la “Prueba de Alcohol en Aire Espirado”
(alcoholímetro) a conductores de vehículos que son los siguientes:
1. Avenidas con mayor afluencia vehicular y problemas de tránsito.
2. Registro de zonas de alta incidencia de accidentes de tránsito, relacionados con el
consumo de alcohol.
3. Cercanía con centros nocturnos de diversión, lugares de origen de conductores
alcoholizados.
4. Garantías físicas del entorno en donde es aplicada la “Prueba de Alcohol en Aire
Espirado”, a fin de cuidar la integridad del personal participante en el programa.
En cuanto a los recursos humanos, cada Punto de Revisión debe estar compuesto por un
grupo multidisciplinario de 13 elementos los cuales realizan las siguientes funciones:22
21 Página 2 del procedimiento denominado “Control de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal”. 22 Gaceta Oficial del Distrito Federal del 18 de septiembre de 2003, y documento anexo denominado Programa de Control y
Prevención de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal, proporcionado por el ente auditado.
63 VOLUMEN 12/13
El Médico o Técnico Aplicador es el único facultado para realizarla revisión y eventual
aplicación de la “Prueba de Alcohol en Aire Espirado” a conductores de vehículos, la cual
se realiza fuera del auto por medio del instrumento de medición denominado “alcoholímetro”,
el cual permite de manera automática determinar cuantitativamente el grado de toxicidad
de alcohol.
En cada una de las pruebas realizadas, es utilizada una boquilla de plástico desechable y
estéril, que es conectada al alcoholímetro el cual determinar la concentración del alcohol
en la sangre a través de una exhalación profunda.
Grupo multidisciplinario Funciones Total de elementos
Supervisor del Punto de Revisión
– Participa en la instalación. – Establece contacto con el Jefe de Punto a fin de coordinar las acciones
que se llevarán a cabo. – Recaba los nombres de los presentes y realiza una evaluación. – Reporta periódicamente a la Coordinación de programa los datos e incidentes. – Informa a las diferentes autoridades de la SSP, las novedades y datos
de relevancia.
1
Jefe de Punto de Revisión
– Instala el Punto de Revisión que le fue asignado. – Coordina las acciones por desarrollar en conjunto con el Supervisor del Punto. – Controla al personal de las diferentes áreas que estarán bajo su mando
en el Punto de Revisión durante toda la jornada.
1
Orientador Vial Policía Sectorial
– Participa en la instalación del Punto de Revisión. – Coloca los conos en la vialidad, de tal manera que el desarrollo del operativo
sea seguro, tanto para el personal participante como para los conductores. – Marca el alto a los vehículos por revisar. – Una vez que el vehículo haga alto total permitirán la actuación del personal
femenil. – Permanecen a la expectativa durante el desarrollo de la prueba del alcoholímetro,
a fin de garantizar la seguridad de los integrantes del Punto de Revisión. – En su caso, trasladan y ponen a disposición del Juez Cívico al conductor
con la documentación comprobatoria.
4
Policía Femenil – Participa en la instalación del Punto de Revisión. – Una vez detenido el vehículo, inician el diálogo con el conductor de manera
cordial y respetuosa haciéndole sentir cuál es la finalidad del operativo. – Auxilia en el “Punto de Revisión” en caso de presentarse infracciones
a conductoras.
2
Policía de la Unidad Especial
– Participa en la instalación del Punto de Revisión. – Brinda apoyo social a los conductores y sus familiares. – Llena de los formatos correspondientes a estadísticas. – Actúa como testigo ante las autoridades correspondientes.
1
Personal médico o técnico aplicador
– Comprueba, previo a la jornada, que el alcoholímetro se encuentre en óptimas condiciones de uso, y recibe el número indicado de boquillas.
– Practica la evaluación visual de intoxicación etílica al conductor del vehículo. – Opera el alcoholímetro y revisa las pruebas personalmente. – Requisita el formulario adjunto a la tirilla de resultados.
1
Operador de grúa – Realiza maniobra de enganche del vehículo del conductor infraccionado y lo remolca al depósito vehicular.
2
Representante de la Dirección General de Derechos Humanos de la SSP
– Observa y verifica que la prueba del alcoholímetro se lleve a cabo con legalidad y respeto a los derechos humanos.
1
64 VOLUMEN 12/13
La Dirección General de Prevención del Delito, además, utilizó un vehículo tipo Cargo Van
Integral Equipado, con aditamentos especiales para la operación del programa “Conduce
sin Alcohol” y la aplicación de pruebas toxicológicas, lámparas o reflectores, chalecos
reflejantes y mantas alusivas. Adicionalmente, cuenta con el apoyo de la Policía Sectorial
y la Policía de Tránsito, mediante patrullas y grúas, respectivamente.
En cuanto a las fases del programa “Conduce sin Alcohol”, se implementaron de manera
permanente jornadas matutinas, dirigidas a conductores de transporte público y de carga
en general, a los cuales, de manera aleatoria, les fue aplicada la prueba del alcoholímetro
en dos “Puntos de Revisión”, de lunes a viernes de 10:00 a 18:00 horas; jornadas nocturnas,
orientadas a conductores de vehículos particulares, a los que se les aplicó la prueba del
alcoholímetro de jueves a sábado de las 23:00 a las 4:00 horas; también se efectuaron
jornadas especiales de aplicación de la prueba del alcoholímetro en temporadas como
semana santa, vacaciones de verano, fiestas patrias y temporada navideña, cubriendo las
24 horas del día; y jornadas de aplicación de pruebas a personal operativo, llevadas a
cabo en visitas sorpresa en diferentes instalaciones de la SSP con la finalidad de aplicar
la prueba del alcoholímetro.
En cuanto a la instalación del punto de revisión para la aplicación de la prueba del
alcoholímetro, la Dirección General de Prevención del Delito implementó el siguiente
esquema:
PS PS PS
PF PF DR PS
P V V V V V V V V G P P
DH PS A
PE S
P PATRULLAV VEHÍCULOG GRÚA
PS POLICÍA SECTORIALPF POLICÍA FEMENILDR DOCTORPE POLICÍA ESPECIALDH DERECHOS HUMANOSS SUPERVISORA APLICACIÓN DE LA PRUEBA
SIMBOLOGÍA
65 VOLUMEN 12/13
La instalación de cada Punto de Revisión y su ubicación y el actuar de los integrantes del
grupo multidisciplinario que participan en el programa “Conduce sin Alcohol” están regulados
por los siguientes puntos de referencia:23
1. La ubicación e instalación del Punto de Revisión deberá efectuarse conforme al diagrama
establecido y a las condiciones territoriales de la zona.
2. Se deberá implementar un retén con capacidad de seis a ocho vehículos, el cual
nunca deberá permanecer vacío.
3. La jornada se llevará a cabo de acuerdo con las funciones y responsabilidades
conferidas a cada uno de los participantes en el programa “Conduce sin Alcohol”, a fin
de lograr con ello una máxima eficiencia.
4. Con el propósito de evitar accidentes será formada una línea de seguimiento con
elementos de la policía sectorial, que facilitará la entrada de los vehículos al retén.
5. Deberá prevenirse una bahía de salida, para que los vehículos que fueron retenidos de
manera aleatoria puedan permanecer en el Punto de Revisión sin que ello interrumpa
la actividad en éste.
6. Los vehículos no podrán abandonar el Punto de Revisión, hasta que el médico o técnico
aplicador haya concluido la revisión o la aplicación de la prueba del alcoholímetro al
conductor retenido.
7. A criterio del Jefe de Punto, en coordinación con el Supervisor y previa notificación
a autoridades superiores, el Punto de Revisión podrá ser reubicado, a fin de lograr la
revisión de más vehículos.
Para la operación del programa “Conduce sin Alcohol”, en 2008, la Dirección General de
Prevención del Delito de la SSP contó con el procedimiento denominado “Control y Prevención
de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal”, aprobado
23 Señalados en documentación anexa al Aviso del Establecimiento del Programa de Control y Prevención de Ingestión de
Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal.
66 VOLUMEN 12/13
con el dictamen núm. 14/2005 y vigente para el ejercicio fiscal en revisión, debidamente
autorizado y registrado por la Coordinación General de Modernización Administrativa de la
Oficialía Mayor.
Dicho procedimiento tuvo como objetivo salvaguardar la integridad física y los bienes de
los conductores y de la comunidad en general, mediante el establecimiento de un operativo
de revisión permanente para medir la cantidad de alcohol en aire espirado, con un sentido
preventivo y disuasivo de accidentes viales.
En el procedimiento citado se señala que la Coordinación del Programa de Control y
Prevención de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal,
además de determinar la instalación de los Puntos de Revisión para la aplicación de la
“Prueba de Alcohol en Aire Espirado” (alcoholímetro), definiría su ubicación de manera
rotativa. Asimismo, se indica que, previo a la instalación de cada Punto de Revisión, el grupo
multidisciplinario se reúnen con el Jefe de Punto de Revisión, quién elabora un “Registro
de Asistencia” y los traslada al lugar en donde será aplicada la prueba del alcoholímetro.
Cada Jefe de Punto de Revisión encargado de la instalación física de su Punto de
Revisión, ubica al personal del grupo multidisciplinario de acuerdo con el Esquema Operativo,
coordinando las acciones por desarrollar en cuanto a la valoración de los niveles de alcohol
de los conductores de vehículos, e informa periódicamente, vía radio, a la Coordinación del
Programa de Control y Prevención de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos
en el Distrito Federal las novedades, tales como: instalación, reporte de cada hora,
situaciones relevantes y cierre de punto.
En este sentido, la Dirección General de Prevención del Delito informó que el tramo de
responsabilidad en la aplicación de la prueba del alcoholímetro a cargo de la Coordinación del
Programa de Control y Prevención de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos
en el Distrito Federal, se estableció de acuerdo con el siguiente diagrama de flujo:
67 VOLUMEN 12/13
Inicio del procedimiento
De manera aleatoria, elementos de la Policía Sectorial (Orientadores Viales) utilizando lámparas
portátiles de señalización, indican al conductor ingresar su vehículo al Punto de Revisión y detener su marcha; acto seguido, permiten la intervención
del personal del Agrupamiento Femenil, y permanecen a la expectativa durante
el desarrollo de la prueba.
Personal del Agrupamiento Femenil inicia diálogo cordial y respetuoso con el conductor del vehículo, comunicándole el motivo y finalidad del operativo.
El técnico aplicador observa y verifica ocularmente si el conductor del vehículo muestra
signos de haber ingerido bebidas embriagantes (sin que éste descienda del auto).
Agradece al conductor del vehículo el haberse
detenido y lo invita a continuar su marcha. No muestra
signos
Sí muestra signos
El técnico aplicador invita al conductor a descender del vehículo y le comunica
que será sometido a la aplicación de la “Prueba de Alcohol en Aire Espirado”.
El conductor del vehículo
se niega
El Técnico Aplicador lo informa al Jefe
de Punto de Revisión para que determine su remisión al Juez Cívico.
Sí se somete a la prueba
El técnico aplicador solicita al conductor del vehículo realice una exhalación en la boquilla del alcoholímetro; verifica y constata que el grado de toxicidad no exceda el porcentaje establecido
(0.41 mg/lt, o más grados de alcohol).
El resultado no excede
el porcentaje establecido
El técnico aplicador agradece al conductor del vehículo haberse sometido a la prueba y lo invita a continuar
su marcha.
Sí excede
El técnico aplicador imprime “Tirilla de Resultados Técnicos” en la que se señala fecha, hora, los datos
personales del técnico y su firma; asimismo, le comunica al conductor del vehículo que excedió
el límite de la prueba de alcoholímetro, lo cual lo obliga a proporcionar sus datos personales a los elementos
de la Unidad Especial Conduce sin Alcohol.
La Unidad Especial Conduce sin Alcohol requisita, en original y copia el Formato de Control y Cadena
de Custodia y anexa la “Tirilla de Resultados”, y se entrega el original al Jefe de Punto de Revisión para que instruya la remisión del conductor al Juez Cívico. Verifica visualmente si el conductor viene
con uno o más acompañantes que a su juicio estén en condiciones de operar el vehículo, y que además
porten licencia de conducir vigente, a fin de evitar que el auto ingrese a un depósito vehicular
(previa autorización del conductor).
El Jefe de Punto de Revisión entrega “Formato de Control y Cadena de Custodia” y “Tirilla de
Resultados” al personal de la Policía Sectorial para que elabore “Boleta de Remisión al Juez Cívico”
y remita al conductor infractor; por otro lado, en caso de que el conductor no se encuentre acompañado, instruye a la Policía de Tránsito que elabore “Boleta
de Infracción” y entregue una copia al conductor, y que el auto sea trasladado en grúa al depósito vehicular respectivo. Lo anterior es observado
y supervisado por un representante de la Dirección General de Derechos Humanos de la SSP.
Una vez que la Policía Sectorial elabora en original y copia la “Boleta de Remisión al Juez Cívico”, la firma y anexa el “Formato de Control y Cadena de Custodia”
la “Tirilla de Resultados”, el conductor infractor es remitido al juzgado que corresponda,
lo cual es informado al Jefe de Punto de Revisión.
El Jefe de Punto de Revisión elabora al término del operativo el “Reporte de Actividades del Punto
de Revisión”; registra el total de pruebas de alcoholímetro realizadas (negativas y positivas), el total de conductores remitidos al Juez Cívico,
el total de vehículos ingresados al depósito vehicular y las novedades de relevancia.
Fin del procedimiento
68 VOLUMEN 12/13
Los conductores que se nieguen a ser sometidos a la prueba de detección de alcohol,
serán remitidos al Juez Cívico para la aplicación de las sanciones que procedan, sin
perjuicio de su posterior remisión al Agente del Ministerio Público por la posible comisión
del delito de desobediencia o resistencia de particulares ante una autoridad.
En todos los casos, al infractor le será notificado el Juzgado Cívico al que será remitido,
y será presentado en una unidad de la policía sectorial que designe el Jefe de Punto de
Revisión. En caso de que el conductor del vehículo particular tenga un acompañante y éste,
a juicio del médico o técnico aplicador, esté en condiciones de operar el vehículo y cuente
con su licencia de conducir vigente, podrá retirar el vehículo, en caso contrario, será
elaborada la “Boleta de Infracción” y el auto será trasladado a un depósito vehicular, lo cual
también le será notificado al infractor.
Como parte de los trabajos de revisión del programa “Conduce sin Alcohol” y con la finalidad
de conocer el grado de cumplimiento del procedimiento denominado “Control y Prevención de
Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal”, la Contaduría
Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF) realizó
una visita a un Punto de Revisión, el cual tuviera como criterio de ubicación, la “cercanía
con centros nocturnos de diversión como punto de origen de conductores alcoholizados”,
considerando que en las jornadas nocturnas existe mayor probabilidad de detectar
conductores de vehículos bajo los influjos del alcohol.
Se seleccionó el Punto de Revisión instalado en la calle Florencia esquina con avenida
Paseo de la Reforma; se constató, que el operativo, en términos generales, se llevó a cabo
de acuerdo con lo establecido en el procedimiento denominado “Control y Prevención de
Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal” vigente en 2008.
Sin embargo, es importante destacar la ausencia del representante de la Dirección
Ejecutiva de Derechos Humanos de la SSP en el inicio del operativo; no obstante, en el
transcurso del operativo se integró al grupo interdisciplinario. Al respecto, el Supervisor
del Punto de Revisión indicó que durante el desarrollo de esa jornada sólo estaba
participando un elemento de dicha área, el cual tenía que recorrer los distintos “Puntos de
Revisión” instalados en esa noche por toda la ciudad.
69 VOLUMEN 12/13
La Dirección General de Prevención del Delito proporcionó copia del documento
denominado “Reporte de Actividades del Punto de Revisión”, elaborado por el Supervisor,
correspondiente a la noche de la visita efectuada por la CMHALDF, en el que asentó el
nombre, número de placa y agrupamiento al que pertenecen los elementos que participaron
en el operativo; nombre del Técnico Aplicador; número y fecha de la jornada realizada, así
como la ubicación del punto. Mediante el documento denominado “Parte Informativo”,
también elaborado por el Supervisor, se notificó al Subdirector de Programas Preventivos
de Seguridad Vial, de las novedades relevantes ocurridas durante la jornada en el Punto
de Revisión, en donde quedó reportada la visita efectuada.
Por lo anterior, se concluye que la SSP cumplió lo establecido en la fracción XIX del
artículo 3o. de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal,
toda vez que para el ejercicio de 2008 la Dirección General de Prevención del Delito
implementó y llevó a cabo el programa de carácter preventivo denominado “Conduce sin
Alcohol”. Es importante señalar que a la fecha dicho programa continúa operando, lo cual
fue verificado por la CMHALDF con una visita realizada a un Punto de Revisión el 18 de
marzo de 2010.
Recomendación APPD-102-08-17-SSP
Es conveniente que la Secretaría de Seguridad Pública a través de la Dirección General
de Prevención del Delito implemente mecanismos de control para garantizar que el grupo
multidisciplinario opere de acuerdo con el procedimiento administrativo formalmente
establecido para la aplicación de la prueba del alcoholímetro, asegurándose que en cada
Punto de Revisión se encuentre de manera permanente un representante de la Dirección
Ejecutiva de Derechos Humanos de la Secretaría de Seguridad Pública.
11. Resultado
Resultados del Programa “Conduce sin Alcohol” en 2008
El Código Financiero del Distrito Federal establece en el artículo 544 que “las dependencias,
órganos desconcentrados, delegaciones y entidades deberán llevar registros auxiliares para los
programas presupuestarios que muestren de manera sistemática los avances financieros y de
consecución de metas, con objeto de facilitar la evaluación en el ejercicio del gasto público”.
70 VOLUMEN 12/13
Para el ejercicio de 2008, la Dirección General de Prevención del Delito tuvo a su cargo la
implementación y aplicación del programa “Conduce sin Alcohol” el cual fue considerado
dentro de la actividad institucional 02 “Realizar acciones de apoyo de seguridad publica”; de
acuerdo con el documento denominado “Seguimiento de Avance Programático del POA 2008”,
al cierre del año que se audita se reportaron en ocho rubros un total de 143,881 acciones
realizadas en dicho programa, lo cual representó el 42.7% respecto a la meta física alcanzada
en esa actividad institucional citada, como se muestra en seguida:
Acciones Acciones
Total 143,881 Instalación de módulos para la aplicación del alcoholímetro en puntos de revisión a conductores particulares
1,210
Aplicación de pruebas de alcoholímetro a conductores particulares 33,776 Instalación de módulos para la aplicación del alcoholímetro en puntos de revisión, a conductores de transporte publico de pasajeros
398
Aplicación de pruebas de alcoholímetro a conductores de transporte publico de pasajeros 50,764 Instalación de módulos de revisión, en diferentes áreas del personal operativo de la SSP para la aplicación del programa de alcoholímetro
77
Aplicación de alcoholímetro a personal operativo de la SSP 12,966 Realización de foros temáticos de prevención del consumo del alcohol a jóvenes universitarios 887 Aplicación de pruebas de alcoholímetro en puntos virtuales* a estudiantes 43,803
* Los puntos virtuales se instalaron en escuelas y plazas comerciales con el fin de aplicar pruebas voluntarias entre jóvenes para que conocieran cómo funciona el programa.
A fin de comprobar que las acciones reportadas hayan emanado de sus registros internos,
se solicitó al ente auditado mediante nota núm. 20 del 22 de marzo de 2010, los “Informes del
Avance del POA-2008”, en donde la Dirección de Operación de Programas de Participación
Ciudadana reportó el avance del programa “Conduce sin Alcohol”; asimismo, se requirió que
fueran puestos a disposición de la CMHALDF los registros auxiliares (de manera mensual)
que soportan las acciones reportadas en dichos informes, correspondientes a los rubros
de “Aplicación de Pruebas de Alcoholímetro a Conductores de Transporte Publico de
Pasajeros y de Carga en General” (jornadas matutinas) y “Aplicación de Pruebas
de Alcoholímetro a Conductores Particulares” (jornadas nocturnas) por ser éstos los que
representan el 58.8% de participación de las acciones realizadas en el programa referido.
En la revisión de dichos documentos, se constató que cada acción reportada equivale
a una prueba aplicada a conductores de vehículos mediante el Alcoholímetro. En el rubro
“Aplicación de Pruebas de Alcoholímetro a Conductores de Transporte Público de Pasajeros
y de Carga en General”, se reportaron 50,764 acciones, de las cuales 262 conductores fueron
71 VOLUMEN 12/13
infraccionados, lo que representó el 0.5%. En la “Aplicación de Pruebas de Alcoholímetro
a Conductores Particulares” el informe reportó 33,776 pruebas aplicadas, de ese total
el 27.9% corresponde a conductores infraccionados, es decir, a 9,407 personas que
rebasaron los 0.4 miligramos por litro de alcohol en aire espirado.
Lo anterior se debe a que durante el fin de semana (jueves, viernes y sábado), ya sea por
la noche o madrugada, un mayor porcentaje de personas consume bebidas alcohólicas,
lo cual determina que durante las jornadas nocturnas se infraccione a un mayor número
de conductores que conducen en estado de ebriedad.
Toda vez que las jornadas nocturnas representaron un mayor impacto en los resultados
obtenidos en el marco del programa “Conduce sin Alcohol” llevado a cabo en 2008, se revisó
el registro de las acciones realizadas en el rubro “Aplicación de Pruebas de Alcoholímetro
a Conductores Particulares”. Al respecto se detectó que en los “Informes del Avance
del POA-2008” fueron consideradas un total de 33,776 acciones, que la Dirección General
de Prevención del Delito reportó de manera oficial a la Dirección General de Recursos
Financieros de la SSP en el documento denominado “Seguimiento de Avance Programático
del POA 2008”; sin embargo, en la verificación del registro auxiliar, se constató que éste
consigna un total de 30,518 acciones, lo cual representó una diferencia entre ambos reportes
de 3,258 pruebas de alcoholímetro realizadas, correspondientes a los meses de marzo, junio
y julio de 2008, como se muestra en el cuadro siguiente:
Mes Registros auxiliares
Reportes programáticos Diferencia
Total 30,518 33,776 3,258 Enero 2,022 2,022 0 Febrero 2,101 2,101 0 Marzo 1,694 4,066 2,372 Abril 2,060 2,060 0 Mayo 2,864 2,864 0 Junio 2,936 3,236 300 Julio 1,501 2,087 586 Agosto 1,947 1,947 0 Septiembre 1,814 1,814 0 Octubre 2,640 2,640 0 Noviembre 2,674 2,674 0 Diciembre 6,265 6,265 0
72 VOLUMEN 12/13
Con objeto de precisar las causas de dichas diferencias, durante la revisión de la
documentación se solicitó directamente al ente auditado que explicara los criterios
empleados para el registro de las acciones realizadas. Al respecto, se señaló que las
pruebas de alcoholímetro que son efectuadas a conductores de vehículos particulares son
procesadas en un sistema mediante una base de datos en Excel, en la cual el área
responsable captura la fecha y número de jornada efectuada, el total de entrevistas
hechas, las pruebas aplicadas, las remisiones de infractores al Juez Cívico, el número de
autos llevados a depósitos vehiculares, el número de infractores mayores y menores
de 25 años y menores de edad; y el número de hombres y mujeres. Asimismo, les refirió
que dicha información es extraída de la documentación que se genera en cada uno de los
Puntos de Revisión, como es la “Tirilla de Resultados”, “Boleta de Remisión” y “Control
de Reportes”, que representan el soporte documental de las acciones reportadas en los
registros auxiliares y de los “Informes del Avance del POA-2008”. Sin embargo, a la fecha de
cierre de los trabajos de ejecución de auditoría (9 de abril de 2010) la Dirección General
de Prevención del Delito no precisó las causas de las diferencias detectadas.
El ente auditado informó que de acuerdo con el tramo de responsabilidad que se tiene en
la aplicación de la prueba del alcoholímetro, son generados tres documentos que comprueban
que la prueba del alcoholímetro fue realizada, los cuales deberán consignar los datos que
se enlistan a continuación:
1. “Tirilla de Resultados”. Contiene el número de la prueba, la fecha y hora en que ésta
fue realizada; resultado obtenido; así como el nombre y firma del examinador y del
examinado, de acuerdo con la identificación que presenta este último.
2. “Boleta de Remisión”. Debe tener impreso el número de la boleta, consignar el nombre
y firma de los policías remitentes y del Juez Cívico; el motivo de la presentación y el
nombre de los probables Infractores.
3. “Control de Reportes”. Contará con la fecha y hora señalada en la “Tirilla de Resultados”;
datos del elemento policial que elaboró el formato y del infractor; Juzgado Cívico al que
fue remitido el infractor; grados de alcohol determinados en la prueba del alcoholímetro;
en su caso, depósito vehicular al que fue trasladado el automóvil o responsiva del
vehículo.
73 VOLUMEN 12/13
Con la finalidad de verificar que dicha documentación contara con los datos señalados
y que éstos correspondieran a los consignados en sus registros auxiliares, se solicitó a la
Dirección General de Prevención del Delito, de manera aleatoria, una muestra documental de
12 jornadas nocturnas, correspondientes a los meses de enero, marzo, mayo y julio de 2008;
y se obtuvieron los siguientes resultados:
Datos que integran la muestra revisada Total
Puntos de Revisión 66
Entrevistas realizadas 10,241
Pruebas de alcoholímetro aplicadas 1,540
Infractores remitidos al Juez Cívico 435
Autos trasladados a depósitos vehiculares 264
Respecto a los Puntos de Revisión, se comprobó que éstos se instalaron de manera
rotativa, de acuerdo con lo señalado en el procedimiento establecido para la aplicación de
la prueba del alcoholímetro; y que su ubicación correspondió a los criterios determinados
para su operación.
Del total de entrevistas realizadas a conductores de vehículos en las jornadas de revisión,
el 15.0% fue candidato para la aplicación de la prueba del alcoholímetro que correspondió
a 1,540 personas examinadas, de las cuales 435 resultaron positivas, es decir, el 28.2%
fue remitido al Juez Cívico por rebasar el límite permitido de alcohol en aire espirado.
En cuanto a los autos de los infractores, el 60.7% fue trasladado a depósitos vehiculares,
por no contar con algún acompañante que se hiciera cargo de ellos.
En relación con los datos que debe contener la documentación generada durante las
435 pruebas del alcoholímetro, se verificó que el 97.0 % de las “Tirillas de Resultados”
cuentan con la firma del examinado y del examinador (técnico aplicador); el 99.1% de las
“Boletas de Remisión” incluyen los datos de los policías remitentes y del infractor y el motivo de
la remisión, el 97.5% de los “Controles de Reporte” incluye la fecha y hora de la aplicación
de la prueba de alcohol registrada en la “Tirilla de Resultados”, los datos del infractor,
el Juzgado Cívico al que fue trasladado y los datos del Supervisor del Punto de Revisión,
quien requisita dicho documento.
74 VOLUMEN 12/13
Finalmente, se verificó que la ubicación de los Puntos de Revisión, el número de entrevistas,
pruebas de alcoholímetro, el número de infractores remitidos y el total de autos trasladados
a depósitos vehiculares correspondieron a lo reportado en los registros auxiliares durante
los períodos revisados.
Recomendación APPD-102-08-18-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública a través de la Dirección General
de Prevención del Delito, establezca los mecanismos necesarios para contar con una base de
datos sistematizada y actualizada, que muestre de forma fehaciente la información referente
a la aplicación del programa “Conduce sin Alcohol”, de conformidad con lo señalado en el
artículo 544 del Código Financiero del Distrito Federal.
12. Resultado
Cumplimiento del Objetivo del Programa “Conduce sin Alcohol” e Impacto de las Acciones
De conformidad con el artículo 28,fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de
Seguridad Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 20 de mayo de 2005, corresponde al titular de la Dirección General de Prevención del
Delito, entre otros, “diseñar, proponer, instrumentar y evaluar la operación de políticas
y programas de participación ciudadana y prevención del delito para promover y fomentar
la participación ciudadana y su integración a los programas y actividades en la materia”.
Con el propósito de verificar que el ente auditado durante el ejercicio de 2008, haya dado
cumplido el objetivo señalado en el aviso de establecimiento del programa “Conduce sin
Alcohol”, con la nota núm. 9 del 9 de febrero de 2010, se solicitó a la Dirección de
Aplicación de Programas Preventivos Institucionales que informara de qué manera fue
medido el impacto de la aplicación del programa “Conduce sin Alcohol” en 2008. Al respecto,
la Dirección General de Prevención del Delito, que a principios del año que se audita la
Coordinación del Programa de Control y Prevención de Ingestión de Alcohol en Conductores
de Vehículos en el Distrito Federal operaba con siete Puntos de Revisión; sin embargo
concientes de que cada entrevista representaba una acción preventiva, la cual buscaba
75 VOLUMEN 12/13
concientizar a conductores de vehículos aun cuando no se les hubiese aplicado la prueba del
alcoholímetro y continuar disminuyendo de manera importante los accidentes automovilísticos,
se cerró el ejercicio fiscal con 10 Puntos de Revisión. Asimismo, indicó que cada prueba
llevada a cabo significó un accidente potencial evitado y que las remisiones hechas al Juez
Cívico se traducen en vidas salvadas.
En este sentido, se proporcionó información estadística,24 la cual le es enviada por el Servicio
Médico Forense del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (SEMEFO), y es
utilizada como indicador de gestión, toda vez que registra el número anual de muertes en
accidentes automovilísticos provocados por ingesta de alcohol. Dichas estadísticas
registraron un descenso en la medida en que el programa “Conduce sin Alcohol” ha tenido
una mayor cobertura y ha logrado inhibir a los conductores de vehículos a manejar en
estado etílico, como se muestra en seguida:
671 719640
583
281 277313 290
0
100
200
300
400
500
600
700
800
2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008
PERSONAS FALLECIDAS EN ACCIDENTES DE TRÁNSITO BAJO LOS EFECTOS DE INGESTA DE ALCOHOL
De acuerdo con la gráfica, anterior, los accidentes automovilísticos provocados por ingesta
de alcohol tuvieron una tasa media de decrecimiento de 14.6%, lo que demuestra que la
permanencia del programa ha sido efectiva.
24 Emitida por la Dirección de Aplicación de Programas Preventivos Institucionales con el oficio núm. SPCyPD/DGPD/DAPI/202/04-10
del 14 de abril de 2010.
76 VOLUMEN 12/13
Por otro lado, la Dirección General de Prevención del Delito señaló que durante 2008
el programa “Conduce sin Alcohol” fue mencionado en 1,028 reportes informativos en
diferentes medios de difusión, el 44.0% fueron escritos en 19 periódicos, el 31.9%
correspondió a información difundida en 11 estaciones de radio, el 16.1% fue transmitida
mediante 7 televisoras y el12.0% restante a través de 6 páginas de Internet, lo cual según
la SSP, fue favorable para la difusión del programa en materia de prevención de accidentes
automovilísticos por ingesta de bebidas embriagantes.
De igual manera, la SSP refirió que, desde que fue implementado el programa “Conduce sin
Alcohol” hasta el cierre del año que se audita, se han remitido un total de 32,959 conductores
de vehículos que presentaron niveles de alcohol en aire espirado arriba de lo permitido,
tendencia que ha ido en aumento en la medida en que el programa ha sido aplicado, como
se muestra en la siguiente gráfica:
1,212
3,610
4,861
6,7937,076
9,407
0
2,000
4,000
6,000
8,000
10,000
2003 2004 2005 2006 2007 2008
REMISIONES EFECTUADAS DURANTEJORNADAS NOCTURNAS JORNADAS NOCTURNAS
Lo anterior, indicó la Dirección General de Prevención del Delito, es atribuido al incremento
de Puntos de Revisión y al esquema operativo basado en la instalación y ubicación de
éstos de manera aleatoria y rotativa, de acuerdo con el Aviso de Establecimiento,
sin dejar de lado la difusión que se le ha dado al programa “Conduce sin Alcohol” desde
su creación como resultado del impacto que ha tenido ante la sociedad.
77 VOLUMEN 12/13
Por otra parte, el ente auditado proporcionó información estadística, por edades y sexo,
de las personas que han sido remitidas al Juez Cívico, que se presenta en seguida:
7
16
23
29
1316
0
5
10
15
20
25
30
2003 2004 2005 2006 2007 2008
CONDUCTORES MENORES DE EDAD REMITIDOS
De acuerdo con esta clasificación, la tendencia de menores de edad remitidos estuvo en
aumento hasta el ejercicio 2006, sin embargo, a medida que el programa “Conduce sin
Alcohol” ha sido difundido y se ha concienciado a los menores de edad acerca de los
riesgos de conducir bajo los efectos del alcohol, el número de remisiones en 2007 y 2008
ha disminuido respecto a los años anteriores.
201
624809 832
1,095
1,528
0
200
400
600
800
1000
1200
1400
1600
2003 2004 2005 2006 2007 2008
CONDUCTORES MENORES DE 25 AÑOS REMITIDOS
78 VOLUMEN 12/13
A partir del aviso de establecimiento del programa “Conduce sin Alcohol” en 2003 y hasta
2008 se han incrementado los conductores menores de 25 años remitidos al Juez Cívico,
lo cual representó un tasa media de crecimiento anual del 50.0%. Lo anterior respondió
fundamentalmente al incremento de la instalación de Puntos de Revisión.
1,004
2,970
4,030
5,932 5,968
7,863
0
1,0002,0003,000
4,0005,000
6,0007,000
8,000
2003 2004 2005 2006 2007 2008
CONDUCTORES MAYORES DE 25 AÑOS REMITIDOS
Al igual que en el caso del rango de conductores menores de 25 años remitidos al Juez
Cívico, la tasa media de crecimiento anual de los conductores mayores de 25 años,
representó el 50.9%.
55
142179
249
362
568
0
100
200
300
400
500
600
2003 2004 2005 2006 2007 2008
CONDUCTORES DEL SEXO FEMENINO INFRACCIONADOS
79 VOLUMEN 12/13
1,157
3,468
4,682
6,544 6,714
8,839
0
1,000
2,000
3,000
4,000
5,000
6,000
7,000
8,000
9,000
2003 2004 2005 2006 2007 2008
CONDUCTORES DEL SEXO MASCULINO INFRACCIONADOS
Del total de conductores remitidos al Juez Cívico durante el período 2003 a 2008,
atendiendo al género, el 4.7% eran de sexo femenino y el 95.3% de sexo masculino,
lo que significa que de cada 20 personas remitidas, en promedio una es mujer.
519
1,8482,505 2,226
3,294
6184
0
1000
2000
3000
4000
5000
6000
7000
2003 2004 2005 2006 2007 2008
VEHÍCULOS TRASLADADOS A DEPÓSITOS VEHICULARES
Con relación a los vehículos que fueron trasladados a los depósitos respectivos durante
el período comprendido de 2003 a 2008, se concluye que el incremento obedeció
principalmente al incremento en la instalación de los Puntos de Revisión y a que el conductor
del vehículo no contó con acompañantes a los que se les pudiera permitir el resguardo
y conducción del vehículo.
80 VOLUMEN 12/13
De lo anterior se concluye que en 2008 la SSP, por conducto de la Dirección General de
Prevención del Delito, cumplió con el objetivo principal del programa “Conduce sin
Alcohol” que fue salvar vidas,25 toda vez que los decesos en accidentes automovilísticos
por ingesta de alcohol ocurridos durante el período de 2003 a 2008 ha tenido un
comportamiento decreciente, en razón del incremento de Puntos de Revisión, ya que fue
posible remitir a un mayor número de conductores que sobrepasaron el límite permitido de
alcohol en la sangre, en aire aspirado lo cual impactó en la disminución de accidentes
automovilísticos.
13. Resultado
Operación del Sistema de Circuito Cerrado de Televisión para el Apoyo Vial
De acuerdo con lo establecido en la fracción XIV del artículo 3o. de la Ley Orgánica de la
Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, corresponde a la SSP realizar funciones
de control, supervisión y regulación del tránsito de personas y vehículos en la vía pública
conforme a lo dispuesto en las leyes y reglamentos aplicables.
El Circuito Cerrado de Televisión fue diseñado para supervisar una diversidad de ambientes
y actividades; a diferencia de la televisión convencional, todos sus componentes están
enlazados y sistematizados para ser operados por un número limitado de espectadores.
Dicha tecnología está compuesta por uno o más monitores conectados a una o más
cámaras de video en estado fijo, las cuales son dirigidas desde una sala de control
en donde es posible configurar su panorámica, enfoque, inclinación y acercamiento.
Con la finalidad de proporcionar apoyo al tránsito vehicular de aquellas intersecciones
viales que registraban enormes congestionamientos viales y un elevado número de accidentes
automovilísticos, en 1978 fue instrumentado por primera vez en la Ciudad de México
un sistema centralizado de control de semáforos el cual operaba con 50 intersecciones
y un Circuito Cerrado de Televisión con capacidad de cinco cámaras de video, utilizadas
específicamente para el apoyo del tránsito vehicular.
25 Orientado principalmente a la erradicación paulatina de accidentes de tránsito relacionados con el consumo de bebidas
alcohólicas, con una visión preventiva y disuasiva y apego a la legalidad e irrestricto respeto a los derechos humanos.
81 VOLUMEN 12/13
En 1980, el sistema fue trasladado a las instalaciones de la SSP y se creó el Centro de Control
Vial “Tlaxcoaque”, aumentando la red semafórica a 725 intersecciones y 25 cámaras
de video, para reforzar el apoyo vial a través del Circuito Cerrado de Televisión. Con la
modernización del sistema, iniciada en 2000, para el ejercicio que se audita el Circuito
Cerrado de Televisión contó con una cobertura de 195 cámaras de video.26
Desde su creación, el objetivo principal del Centro de Control Vial “Tlaxcoaque” en el
Distrito Federal fue proporcionar el apoyo necesario para la toma de decisiones en tiempo
real acerca de las condiciones del tránsito en la red primaria, así como modernizar los
sistemas de control vial a distancia, por lo que los beneficios esperados eran los siguientes:
1. Monitorear en tiempo real el tránsito vehicular.
2. Reducir los índices de contaminación a partir de una mejor fluidez de automóviles.
3. Proponer alternativas y estrategias para atender contingencias, movimientos masivos
y accidentes.
4. Lograr el apoyo eficiente del monitoreo, mediante la participación de agentes de tránsito
de manera racional.
5. Coadyuvar al adecuado funcionamiento de los sistemas de transporte público que
operan en el Distrito Federal.
Para el ejercicio de 2008, con el propósito de monitorear de manera permanente las zonas
y vialidades más conflictivas del Distrito Federal, el Circuito Cerrado de Televisión del Centro
de Control Vial “Tlaxcoaque” contó con la siguiente infraestructura:
1. Postes de 15 m y 20 m de altura para lograr una mejor visión del tránsito vehicular.
2. 195 cámaras de video con enfoque, inclinación y zoom, las cuales se encuentran
instaladas en las vialidades primarias con excesivo flujo vehicular.
26 Información proporcionada por la Dirección General de Ingeniería de Tránsito, con el oficio núm. DGIT./00280/2010 del 9
de abril de 2010.
82 VOLUMEN 12/13
3. Mesa de trabajo con un puesto de operaciones para el manejo y control de
1,256 intersecciones semaforizadas.
4. Mesa de trabajo con un puesto de operaciones para el manejo y control de cámaras
y selección de video.
5. Mesa de trabajo para atender indicaciones a través de diferentes frecuencias de radio.
6. Centro de control de recepción de señal por fibra óptica, que opera mediante siete
gabinetes, en donde se encuentran los servidores que envían la señal a la matriz de video
que se despliega en los monitores.
7. Muro de pared con 24 monitores de 19 pulgadas y 16 videocubos de 50 pulgadas.
8. Fibra óptica que desarrolla una alta velocidad de transmisión y poca pérdida de señal.
9. Sistema de comunicación que utiliza antenas especiales denominado “Microondas”.
Durante el ejercicio que se audita, el Centro de Control Vial “Tlaxcoaque” fue operado
por de la Dirección Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito (DEIT), Dirección de Sistemas
de Operación e Ingeniería de Tránsito, la Subdirección de Sistemas de Operación de
Tránsito y la Jefatura de Unidad Departamental del Centro Computarizado de Control Vial,
así como por 11 técnicos operativos, los cuales estuvieron divididos en cuatro turnos,
cubriendo las 24 horas del día.
Con relación a la capacitación, la Dirección General de Ingeniería de Tránsito (DGIT) con
el oficio núm. DGIT./00280/2010 del 9 de abril de 2010, informó que durante 2008 la empresa
Inmer, S.A. de C.V., proveedor de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo
al Circuito Cerrado de Televisión, proporcionó dos cursos de capacitación al personal
técnico operativo encargado del monitoreo del tránsito vehicular. Los temas desarrollados
fueron: “Componentes de un Sistema de Circuito Cerrado de Televisión”, “Formatos de las
Cámaras”, “Cámaras Blanco/Negro”, “Cámaras a Color”, “Transmisión de Señal”, “Monitores”,
“Grabadores de Video”, “Operación de las Cámaras” y “Análisis de Video para Detección
de Fallas”.
83 VOLUMEN 12/13
Instalación de cámaras de video para proporcionar apoyo al tránsito vehicular
En el artículo 7o., fracción IV, de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías para la Seguridad
Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial de Distrito Federal el 27 de
octubre de 2008 se señala que, para la instalación de equipos y sistemas tecnológicos en
bienes del dominio público del Distrito Federal, la SSP en materia de vialidad considerará
como criterio aquellas intersecciones clasificadas por la Subsecretaría de Control de Tránsito
como más conflictivas.
Con el oficio, núm. DGIT./00280/2010 del 9 de abril de 2010, la DGIT informó que debido
a las condiciones de funcionalidad del Centro de Control Vial “Tlaxcoaque” y a la experiencia
de sus operadores durante el ejercicio 2007, la Jefatura de Gobierno estableció que este
centro coordinara y gestionara el “Proyecto Bicentenario”, el cual originalmente incluía
la instalación de 8,000 cámaras de video en el Distrito Federal.
En este sentido, la SSP solicitó a la DEIT que el “Proyecto Bicentenario” se considerara
entre las metas y alcances de su Programa Operativo Anual de 2008, para que en los
reportes mensuales se pudiera reflejar la viabilidad del proyecto, y que se creara un rubro
con la denominación “Instalación de Videocámaras”, a fin de estimar el total de cámaras
de video que serían instaladas cuando se contara con el recurso para tal fin.
Asimismo, mediante el oficio mencionado se indicó que, una vez revisados los alcances,
amplitud y facultades legales para poder dar forma al proyecto citado, la SSP determinó
que su Dirección de Obras y Mantenimiento sería la encargada de establecer los términos
de las licitaciones para la adquisición de las cámaras de video, lo que dio como resultado
la creación de la Coordinación del Proyecto Bicentenario, limitando a la DEIT a proporcionar
apoyo de soporte técnico mediante las 195 cámaras de video que tenía instaladas en 2008.
De acuerdo con el ente, lo anterior generó que en 2008 no fueran instaladas las cámaras de
video, por lo que la DEIT se orientó exclusivamente al mantenimiento preventivo y correctivo
de las mismas.
Por otro lado, la denominación de la actividad institucional 05 no corresponde a la
tarea sustantiva que se realizó en el Circuito Cerrado de Televisión en 2008, ya que
84 VOLUMEN 12/13
el objeto principal del Centro de Control Vial “Tlaxcoaque” no se relaciona con el término
”videovigilancia”, pues consistió en proporcionar apoyo en las operaciones de tránsito vehicular
a través de las cámaras de video instaladas en la red primaria de la Ciudad de México.
Finalmente, la DGIT refirió que para el ejercicio de 2008 el Centro de Control Vial
“Tlaxcoaque” monitoreó el tránsito vehicular mediante 195 cámaras de video, distribuidas
de la siguiente manera:
Delegación Número de cámaras
Total 195 Álvaro Obregón 15 Azcapotzalco 1 Benito Juárez 17 Coyoacán 11 Cuauhtémoc 70 Gustavo A. Madero 11 Iztacalco 5 Iztapalapa 16 Miguel Hidalgo 22 Tláhuac 1 Tlalpan 5 Venustiano Carranza 15 Xochimilco 6
No fue posible evaluar la instalación de cámaras de video, en virtud de que para el
ejercicio 2008 no se adicionó ninguna a las ya existentes.
En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, con el oficio
núm. DETRC/OM/SSP/786/20109 de fecha 19 de mayo de 2010, suscrito por el Director
Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas, se presentó diversa documentación
entre la que se encontró el oficio núm. SCT/472/2010 del 18 de mayo de 2010, con el que
el Jefe del Estado de Fuerza Policial y Encargado del Despacho de la Subsecretaría
de Control de Tránsito admite la observación de la CMHALDF, y señaló que el “término
‘videovigilancia’ no fue congruente con la tarea sustantiva que se realizó en el CCTV
para 2008, toda vez que el objeto principal del Centro de Control Vial Tlaxcoaque fue
proporcionar apoyo a las operaciones de tránsito vehicular a través de las cámaras de video
instaladas en la red primaria de la Ciudad de México, no el de vigilar el comportamiento
de las personas”; por lo que el presente resultado no se modifica.
85 VOLUMEN 12/13
14. Resultado
Mantenimiento del Sistema de Circuito Cerrado de Televisión para el Apoyo Vial
En el documento denominado “Marco de Política Pública Actividades Institucionales 2008”,
la SSP estableció como objetivo fundamental de la actividad institucional 05 “Operar el
sistema de videovigilancia” el mantener en óptimas condiciones operativas el Circuito Cerrado
de Televisión, el cual es utilizado por la Dirección General de Ingeniería de Tránsito de
manera específica para el monitoreo de las condiciones de tránsito de vehículos en el
Distrito Federal.
En 2008, correspondió a la Dirección Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito cumplir a dicho
objetivo, toda vez que fue el área responsable de controlar y supervisar la operación y
mantenimiento de la red de semáforos computarizados y electrónicos, señales dinámicas
y Circuito Cerrado de Televisión; la Subdirección de Sistemas de Operación de Tránsito
fue la encargada de supervisar el mantenimiento preventivo y correctivo del Circuito
Cerrado de Televisión, y la Jefatura de Unidad Departamental del Centro Computarizado de
Control Vial fue la responsable de llevar a cabo el monitoreo del tránsito vehicular a través
de cámaras de video.
Con el oficio núm. DGIT./00280/2010 del 9 de abril de 2010, la SSP informó que el servicio
de mantenimiento preventivo y correctivo llevado a cabo en 2008, por la empresa Inmer,
S.A. de C.V., no sólo estuvo dirigido a cámaras de video utilizadas para apoyo al tránsito
vehicular, sino también a toda la infraestructura del Circuito Cerrado de Televisión, lo que
permitió, por un lado, mantener en perfecta operación los equipos y componentes que
lo integran y, por el otro, corregir fallas causadas por el deterioro de su vida útil o provocadas
por fenómenos naturales.
Asimismo, indicó que el mantenimiento preventivo es una actividad programada de revisión
e inspección al Circuito Cerrado de Televisión tanto de funcionamiento como de seguridad,
que se lleva a cabo mediante diferentes tareas, como son ajustes, reparaciones, análisis,
limpieza, lubricación, calibración, etc., las cuales se realizan en forma periódica con base
en el programa establecido. Su propósito es detectar averías o desperfectos en su estado
inicial y corregirlas para mantener la operación del Circuito Cerrado de Televisión en niveles
86 VOLUMEN 12/13
óptimos, y permitir detectar fallas repetitivas, lo que aumenta la vida útil de los equipos
y disminuye los costos de reparación.
Respecto al mantenimiento preventivo de las 195 cámaras de video integradas al Centro
de Control Vial “Tlaxcoaque” que sería llevado a cabo durante 2008 se informó que la
Subdirección de Sistemas de Operación de Tránsito convocó a la empresa responsable a
una reunión de trabajo durante el mes de diciembre de 2007, con el propósito de elaborar
el “Programa Anual de Mantenimiento Preventivo”.
En dicho programa se incluyeron las 195 cámaras de video que formaron parte del Circuito
Cerrado de Televisión en 2008; según lo establecido, cada una de ellas debía ser revisada
dos veces al año, de manera semestral, en el lugar de su ubicación, y sería responsabilidad
de la empresa precisar el día de la semana en que se realizaría el mantenimiento, de
acuerdo con el orden del listado proporcionado por la SSP.
Respecto al mantenimiento correctivo, se indicó que éste agrupó actividades por realizar
en el Circuito Cerrado de Televisión ante un funcionamiento incorrecto, deficiente o incompleto,
y que, por su naturaleza, no es posible conocer con anticipación los desperfectos que se
presentarán. Dichas acciones no implican cambios funcionales, sólo son corregidas las fallas
repentinas y aleatorias en el sistema de Circuito Cerrado de Televisión en sus diferentes
componentes como son: cámaras de video, monitores, fibra óptica y cables de corriente, entre
otros, con la sustitución de partes o elementos que resulten necesarios. En consecuencia,
al presentarse cualquier falla que impida la adecuada operación del sistema integrado por
cámaras, equipos y componentes, se procede de inmediato a realizar el mantenimiento
correctivo, de acuerdo con la prioridad de funcionamiento del servicio.
El ente auditado informó que la bitácora es el documento de primera mano en el que
se registran, el estado que guarda el equipo de operación, las condiciones en las que se
encuentran las cámaras del Circuito Cerrado de Televisión y los monitores, los reportes
efectuados por los operadores del Circuito Cerrado de Televisión por fallas detectadas
durante el monitoreo de rutina y el seguimiento del servicio, y representa el insumo
informativo para la elaboración del “Registro Concentrador de Servicios”, en el cual se
detallan los datos recabados en la bitácora además del tipo de servicio proporcionado
87 VOLUMEN 12/13
por el técnico asignado por la empresa concesionaria; los componentes del Circuito
Cerrado de Televisión revisados, reparados o sustituidos; así como la fecha, hora y lapso
de tiempo en el que se atendió el servicio. Es importante mencionar que dicho registro se
realizó de forma manual en un cuaderno simple y no de manera sistematizada.
Mediante el oficio núm. DGIT./00280/2010 del 9 de abril de 2010, la DGIT informó que,
con el propósito de constatar que los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo al
Circuito Cerrado de Televisión hayan sido llevados a cabo de acuerdo con lo señalado en
la cláusula séptima de los contratos de prestación de servicios suscritos con la empresa
concesionaria durante el ejercicio de 2008,27 se consideró la supervisión aleatoria de
manera mensual de un mínimo del 10.0% del total de los mantenimientos preventivos
realizados a cámaras de video, de acuerdo con el programa establecido, y del mismo
porcentaje, del total de mantenimientos correctivos llevados a cabo a diferentes componentes
del Circuito Cerrado de Televisión por el mismo período, lo que incluyó las siguientes
acciones:
1. La supervisión del mantenimiento preventivo, se basó en el “Programa de Mantenimiento
Preventivo Anual”, en el cual se estableció, de manera calendarizada, qué cámaras
de video recibirían el servicio durante el transcurso del ejercicio.
2. La supervisión del mantenimiento correctivo se determinó de acuerdo con las bitácoras,
en donde fueron señalados los servicios que reportaban un consumo considerable de
refacciones y en las que se indicaba que el estado de la cámara de video repercutía
en la operación y funcionamiento del sistema de Circuito Cerrado de Televisión.
3. El supervisor del mantenimiento determinó la ruta de atención de los servicios
seleccionados de acuerdo con el momento en que el personal de la empresa
concesionaria realizaba los trabajos, con el propósito de verificar y validar que éstos
cumplieran las disposiciones técnicas establecidas en el contrato y que se atendiera
lo reportado al operador del Circuito Cerrado de Televisión.
27 Contratos núms. SSP/S/122/2008, suscrito el 29 de febrero de 2008; SSP/S/496.2/2008, suscrito el 31 de octubre de 2008;
y SSP/S/035/2008, suscrito el 31 de diciembre de 2008, celebrados con la empresa Instalaciones y Mantenimiento en Equipo de Radiocomunicación, S.A. de C.V.
88 VOLUMEN 12/13
4. Una vez que el supervisor del mantenimiento se ubicó en el sitio donde fueron realizados
los trabajos, solicitó al técnico asignado por la empresa su cuadernillo de registro para
verificar que se hubiese asentado el servicio proporcionado.
5. El supervisor del mantenimiento verificó el procedimiento del servicio efectuado por
el técnico asignado por la empresa y notificó al Jefe de la Unidad Departamental del
Circuito Cerrado de Televisión el tiempo aproximado en el que se le daría atención.
6. Finalmente se solicitó al operador del Circuito Cerrado de Televisión que registrara
en la bitácora que el mantenimiento preventivo o correctivo seleccionado había sido
supervisado.
De lo anterior se concluye que la DEIT contó en 2008 con un procedimiento específico
formalmente establecido y con mecanismos de supervisión con el objetivo de mantener
en buenas condiciones el Circuito Cerrado de Televisión para el monitoreo permanente de
zonas y vialidades altamente conflictivas en el Distrito Federal.
En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, con oficio
núm. DETRC/OM/SSP/786/2010 de fecha 19 del mismo mes y año, suscrito por el Director
Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas, se presentó diversa documentación
entre la que se encuentra el oficio núm. SCT/472/2010 del 18 de mayo de 2010, con el
que el Jefe del Estado de Fuerza Policial y Encargado del Despacho de la Subsecretaría
de Control de Tránsito admite la observación de la CMHALDF y señaló “que los reportes
señalados en la bitácora y el ‘Registro Concentrador de Servicios’ son llevados a cabo de
forma manual a través de un cuaderno simple lo cual se considera como riesgoso para su
manejo, resguardo y permanencia de la información por lo cual se sugirió en la medida
de lo posible fuera llevado de manera sistematizada”; asimismo, indicó que “se cuenta
desde 2008 con recursos informáticos limitados (1 PC obsoleta), y no es suficiente para
llevar el registro de información que se maneja en el Circuito Cerrado de Televisión”; por
lo anterior, el presente resultado no se modifica.
89 VOLUMEN 12/13
15. Resultado
Acciones del Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Cámaras de Video
En el ejercicio de 2008, la Dirección General de Tránsito tuvo a su cargo la actividad
institucional 05 “Operar el sistema de videovigilancia”. Al respecto, en el Informe de Cuenta
de ese año que y el documento denominado “Seguimiento de Avance Programático del
POA 2008”, al cierre del año fueron reportados 3,438 servicios de mantenimiento preventivo
y correctivo.
Con el propósito de comprobar que dicho monto estuviese soportado con sus registros
internos, se solicitó al ente auditado que proporcionara los “Reportes de Avance
Programático”, con los que la Dirección Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito informó de
manera mensual a la Dirección de Evaluación y Control de Ingresos el avance de la meta
física de la actividad institucional 05; así como el registro mensual de las bitácoras que
sustentan los servicios realizados por la empresa Inmer, S.A. de C.V., responsable del
mantenimiento preventivo y correctivo de las cámaras de video.
En la revisión de dicha documentación, se constató que en los “Reportes de Avance
Programático” no fue especificado el tipo de mantenimiento que fue proporcionado a las
cámaras de video por parte de la empresa concesionaria.
No obstante lo anterior, el ente auditado proporcionó los “Reportes Mensuales de Avance
Programático” de 2007 y 2008, lo cuales consignan lo siguiente:
Servicios prestados
Mes 2007
(1)
2008
(2)
Variación (%)
(2) / (1) (3)
Total 2,766 3,438 24.3 Enero 254 312 22.8 Febrero 271 299 10.3 Marzo 280 296 5.7 Abril 247 308 24.7 Mayo 234 259 10.7 Junio 253 278 9.9 Julio 190 321 68.9 Agosto 350 263 (24.9) Septiembre 203 269 32.5 Octubre 186 269 44.6 Noviembre 117 296 153.0 Diciembre 181 268 48.1
90 VOLUMEN 12/13
La DGIT informó que el “Reporte de Avance Programático”, se elaboró, integró y envió de
manera mensual en el ejercicio de 2008 y que se basó en el “Programa de Mantenimiento
Preventivo Anual”; el “Registro Concentrador de Servicios” y el “Reporte de Servicios
Atendidos por el Proveedor”.
Asimismo, indicó que, con el propósito de fortalecer la supervisión de los servicios de
mantenimiento preventivo y correctivo realizados por el prestador de servicios en 2008, la
Dirección de Sistemas de Operación e Ingeniería de Tránsito mensualmente llevó a cabo
una conciliación de información entre el “Reporte de Servicios Atendidos”, el “Registro
Concentrador de Servicios” y el “Programa de Mantenimiento Preventivo Anual”.
Con el propósito de comprobar que la Dirección de Sistemas de Operación e Ingeniería
de Tránsito haya realizado la supervisión del 10.0% como mínimo del mantenimiento
preventivo y correctivo realizado a cámaras de video por la empresa concesionaria en 2008
y que los servicios reportados hayan coincidido con los registrados por dicha Dirección, se
solicitó al ente auditado el “Registro Concentrador de Servicios” correspondiente a los meses
de julio, agosto y septiembre del año en revisión, así como el “Programa de Mantenimiento
Preventivo Anual” y el “Reporte de Servicios Atendidos”.
En la revisión de dicha documentación se obtuvieron los siguientes resultados:
Mantenimiento Período
Tipo de
mantenimiento Ingeniería de campo
Fibra óptica Cámaras Cámaras
supervisadas
Porcentaje de supervisión
a cámaras
Total 235 155 463 75 16.2 Preventivo 6 3 50.0 Julio Correctivo 124 68 123 17 13.8 Preventivo 30 3 10.0 Agosto Correctivo 59 47 127 25 19.7 Preventivo 40 4 10.0 Septiembre Correctivo 52 40 137 23 16.8
De acuerdo con el “Registro Concentrador de Servicios”, en los tres meses revisados fueron
realizados 853 mantenimientos preventivos y correctivos de los cuales 463 correspondieron
a cámaras de video; lo que demostró que la Dirección de Sistemas de Operación e Ingeniería
de Tránsito supervisó en todos los casos más del 10.0% establecido como mínimo.
91 VOLUMEN 12/13
Asimismo, se verificó que los datos asentados en dicho registro coinciden con los señalados
en el “Programa Anual de Mantenimiento Preventivo” y con los registrados por el proveedor
en su “Reporte de Mantenimiento Preventivo y Correctivo” correspondiente a 2008.
De lo anterior se concluye que la Dirección General de Tránsito cumplió su objetivo de operar
las cámaras de video, toda vez que contó con un programa de mantenimiento anual que
le permitió prevenir fallas que repercutirían en el desarrollo de las actividades del Circuito
Cerrado de Televisión del Centro de Control Vial “Tlaxcoaque”.
En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, con el oficio núm.
DETRC/OM/SSP/786/20109 del 19 de mayo de 2010, suscrito por el Director Ejecutivo de
Transparencia y Rendición de Cuentas, se presentó diversa documentación entre la que
se encuentra el oficio núm. SCT/472/2010 del 18 de mayo de 2010, con el que el Jefe del
Estado de Fuerza Policial y Encargado de Despacho de la Subsecretaría de Control de
Tránsito, proporcionó documentación que detalla el mantenimiento preventivo y correctivo
realizado por la Dirección General de Ingeniería de Tránsito, como se señala a continuación:
2008 Mantenimiento preventivo Mantenimiento correctivo Mes
Número % Número %
Total
Total 390 11.3 3,048 88.7 3,438 Enero 12 3.8 300 96.2 312 Febrero 28 9.4 271 90.6 299 Marzo 38 12.8 258 87.2 296 Abril 35 11.4 273 88.6 308 Mayo 42 16.2 217 83.8 259 Junio 40 14.4 238 85.6 278 Julio 6 1.9 315 98.1 321 Agosto 30 11.4 233 88.6 263 Septiembre 40 14.9 229 85.1 269 Octubre 29 10.8 240 89.2 269 Noviembre 35 11.8 261 88.2 296 Diciembre 55 20.5 213 79.5 268
Del total de las acciones de mantenimiento del Circuito Cerrado de Televisión realizadas
por la Dirección General de Ingeniería de Tránsito durante el ejercicio en revisión, el 88.7%
fueron de carácter correctivo mientras que el 11.3% fueron preventivas.
92 VOLUMEN 12/13
16. Resultado
Servicios de Control y Apoyo Vial
Los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal disponen, en el Tercer Lineamiento, Actividades de Control, fracción I, que
“los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal
son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores públicos
ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos para evitarlos o
minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control interno que garantice
el logro de los objetivos, metas y programas institucionales, asegurando de manera razonable
la generación de información financiera, presupuestal y de operación confiable, oportuna
y suficiente, para cumplir con su marco jurídico de actuación, así como salvaguardar los
recursos públicos a su cargo y garantizar la transparencia de su manejo”. El inciso h),
Control de sistemas de información, de dicha fracción establece que “los titulares deben
llevar actividades de control en todo el proceso de obtención de información, desde la
generación de los documentos fuente, hasta la obtención de los reportes o informes,
así como su archivo y custodia”; el inciso c), Documentación, que “la estructura del
sistema de control interno y todos sus procesos y operaciones deben estar perfectamente
documentados y la documentación debe estar disponible para su verificación”
Según el Manual Administrativo de la SSP vigente en 2008, la Dirección de Sistemas de
Operación e Ingeniería de Tránsito tenía, entre otras, las siguientes funciones: “Planear
y programar estudios y proyectos de ingeniería de tránsito, para mejorar la vialidad y
salvaguardar la seguridad de las personas y programar y promover cursos de educación
vial y prevención de accidentes, fomentando la participación ciudadana en comités de
educación vial”.
En el apartado “Descripción y Conectividad con Propósito” del formato “Marco de Política
Pública” propuesto en el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del
Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, se planteó que, en la actividad institucional
07 “Brindar servicios de control y apoyo vial”, se realizarían “estudios y análisis para
determinar los puntos conflictivos y las condiciones físico-operacionales de las vialidades”,
“estudios para dar propuestas de solución y definición de dispositivos de control de tránsito”
93 VOLUMEN 12/13
y “promoción y difusión de una cultura de educación vial como factor básico de convivencia
social, mediante actividades dirigidas a los educandos de diversos niveles y a la sociedad
en general”.
Sobre el particular, con el oficio núm. DGIT./000264/2010 del 29 de marzo de 2010,
la Dirección General de Ingeniería de Tránsito informó que, en el ejercicio auditado, para
llevar a cabo un estudio dirigido a determinar puntos conflictivos y condiciones operacionales
de las vialidades en el Distrito Federal, primeramente se identificaba la intersección
conflictiva, ya sea por los altos volúmenes de tránsito, la geometría del lugar o, en su
caso, la programación de los semáforos; y posteriormente se enviaba una cuadrilla de
personal que realizaba un levantamiento geométrico de la zona para realizar el trabajo
de gabinete necesario Dirección General de Ingeniería de Tránsito.
En cuanto a la Educación Vial, en el Informe de Cuenta Pública de la SSP de 2008 se
refieren cursos impartidos en centros educativos y campos infantiles pertenecientes a la SSP,
centros de convivencia infantil, y escuelas de nivel básico, así como cursos para la ciudadanía
en general. Se solicitó al ente auditado que informara de qué manera se llevaron a cabo
dichas acciones durante el año auditado.
En respuesta, mediante la tarjeta informativa núm. DPIV/097/2010 del 30 de marzo de 2010,
la Dirección General de Ingeniería de Tránsito refirió que fueron realizadas por medio del
programa permanente Educación Vial 2008, dirigido especialmente a los niveles de preescolar,
primaria y secundaria en el entendido de que es responsabilidad tanto de las autoridades
encargadas de la vialidad como de las educativas y de los padres de familia contribuir al
sano desarrollo y seguridad del menor. Dicho programa, ejecutado en cinco jornadas en los
meses de marzo, abril, julio, agosto y septiembre de 2008, se orientó a promover el respeto
y civilidad de los escolares y la ciudadanía en general a la Ley Cívica y Reglamento de
Tránsito Metropolitano. Las actividades fueron coordinadas por el Grupo de Capacitación
Vial, integrado por 12 elementos, con base en el calendario escolar establecido por la
Secretaría de Educación Pública.
En el apartado “Evaluación Programático-Presupuestal de Actividades Institucionales”
(EVPP-I), del Informe de Cuenta Publica 2008 de la SSP, se reportó como meta alcanzada
un “programa”, de acuerdo con la unidad de medida de la actividad institucional 07.
94 VOLUMEN 12/13
Mediante el oficio núm. APPD/09/552 del 14 de octubre de 2009 se solicitó a la Dirección
General de Ingeniería de Tránsito que explicara qué acciones integraban un “programa”.
En su respuesta, la Dirección Ejecutiva de Transparencia y Rendición de Cuentas, por
medio del Oficio núm. DETRC/OM/SSP/0906/2009 del 06 de noviembre de 2009, indicó
que se trataba de tareas en materia de vialidad, las cuales habían sido desagregadas en
24 tipos de acciones.
Al revisar el documento “Seguimiento de Avance Programático del POA 2008”, se observó
que la Dirección Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito reportó 15,601 acciones como se
muestra a continuación:
Acciones Número
Total 15,601 Elaborar estudios y análisis para determinar los puntos conflictivos y las condiciones físico-operacionales de las vialidades 479
Realizar análisis de capacidad de intersecciones, determinando el nivel de servicio con base en los resultados de los aforos, la clasificación de las vialidades y uso de suelo 481
Realizar estudios para dar propuestas de solución y definición de dispositivos de control de tránsito 490
Realizar estudios y análisis de justificación para instalación de equipo semafórico 236 Elaboración de láminas, esquemas y gráficas 58 Efectuar levantamiento de topografía 33 Realizar proyectos para adecuación y/o modificaciones geométricas 43 Realizar proyectos de dispositivos de control de tránsito para el mejoramiento de la operación de intersecciones 471
Realizar proyectos de dispositivos de control de tránsito para el mejoramiento de la red vial principal de la Ciudad de México 120
Realizar proyectos de dispositivos de control de tránsito en zonas escolares 142 Realizar proyectos para la instalación de equipo semafórico 49 Proponer proyectos prospectivos, construcción de puentes peatonales y/o vehiculares 17 Fabricación y/o rehabilitación del señalamiento horizontal, vertical y módulos de tipo escolar 293 Realizar inventario de las características físicas y de los elementos móviles y fijos que inciden en la operatividad de la red 299
Realizar inventario de dispositivos de control de tránsito 299 Realizar estudio e inventario de las características operacionales de la red vial del Distrito Federal 598
Realizar gráficas, análisis y cálculos de las características operacionales de la red vial del Distrito Federal 897
Capacitar en materia de educación vial a los escolares de nivel preescolar, especial e inicial 487 Capacitar en materia de educación vial a los escolares de nivel primaria 1,708 Capacitar en materia de educación vial a los escolares de nivel secundaria 1,285 Capacitar en materia de educación a la ciudadanía en general 297 Impartir curso teórico-práctico de educación vial a nivel preescolar y primaria en el campo vial y centro de convivencia 6,762
Coordinar con diferentes instituciones de los sectores público y privado para la impresión de folletos, carteles y desplegados alusivos a la educación vial 22
Realizar reuniones de coordinadores del programa permanente de educación vial en las Delegaciones Políticas del Distrito Federal 35
95 VOLUMEN 12/13
De acuerdo con el “Seguimiento de Avance Programático del POA 2008”, de las 15,601
acciones reportadas, el 67.9% correspondió a siete actividades realizadas por la Dirección
Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito en materia de educación vial y el 32.1% con estudios para
determinar puntos conflictivos, análisis para justificar la instalación de equipo semafórico,
inventarios de dispositivos de control de tránsito, levantamientos de topografía y proyectos
de puentes peatonales, entre otras acciones.
Se solicitó a la Dirección General de Ingeniería de Tránsito, mediante el oficio
núm. APPD/09/552 del 14 de octubre de 2009, que explicara de qué manera se habían
cuantificado las acciones comprendidas en la actividad institucional 07 para agruparlas
con la unidad de medida “programa”, toda vez que éstas presentaban diferencias entre sí.
Al cierre de la auditoría, no se había recibido la respuesta correspondiente.
Con el mismo oficio, se requirieron a la SSP los registros internos de las acciones
realizadas y los resultados obtenidos, en el marco de la actividad institucional 07, con el
fin de evaluar el alcance de las acciones emprendidas. Al respecto, la Dirección General
de Ingeniería de Tránsito28 informó que al cierre del ejercicio de 2008 habían tenido un
avance de 100.0% en las acciones “Elaborar estudios y análisis para determinar los puntos
conflictivos y las condiciones físico-operacionales de las vialidades”, “Realizar estudios
y análisis de justificación para instalación de equipo semafórico” y “Realizar estudios para
dar propuestas de solución y definición de dispositivos de control de tránsito”.
Sin embargo, no fue posible verificar dichos avances porque la Dirección General de Ingeniería
de Tránsito no proporcionó los registros auxiliares correspondientes.
Con la nota núm. 13 del 24 de febrero de 2010, se solicitaron nuevamente a la Dirección
General de Ingeniería de Tránsito los registros mensuales, de las acciones efectuadas
durante 2008 en el marco de la actividad institucional 07 “Brindar servicios de control
y apoyo vial.
28 Oficio núm. DETRC/OM/SSP/0906/2009 del 06 de noviembre de 2009.
96 VOLUMEN 12/13
Dicha Dirección General proporcionó29 un reporte en el que se registraron mensualmente
y de manera consolidada, las cifras de las metas físicas programada y alcanzada de
cada una de las acciones incluidas en la actividad institucional 07. Al revisar ese reporte,
se determinó una diferencia de 23 acciones de “Fabricación y/o rehabilitación del
señalamiento horizontal, vertical y módulos de tipo escolar” en relación con lo reportado
en el “Seguimiento de Avance Programático del POA 2008”. Asimismo, con la tarjeta
informativa núm. DPIV/097/2010 del 30 de marzo de 2010, refirió que, no obstante que se
cuenta con un reporte de las acciones en materia de educación vial realizadas en 2008,
sus cifras difieren de las contenidas en los registros internos que lo soportan.
Al cierre de la auditoría, el ente auditado no había proporcionado los registros internos
que permitieran verificar la manera en que se efectuó el seguimiento de las 24 acciones
de la actividad institucional 07 y conocer las causas de la diferencia mencionada.
En suma, no fue posible evaluar la eficacia con que el ente auditado llevó a cabo los
servicios de control y apoyo vial, toda vez que la Dirección General de Tránsito
no proporcionó los registros internos que hicieran posible conocer la manera en que se
determinó el avance físico de las acciones reportadas en el marco de la actividad
institucional 07 y, por tanto, evaluar los resultados obtenidos al cierre del ejercicio 2008;
además, la unidad de medida “programa” no permitió verificar si se alcanzaron los
objetivos planteados considerando además que las acciones que se agruparon fueron
de distinta naturaleza.
En la reunión de confronta, celebrada el 20 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado
presentó con el oficio núm. DETRC/OM/SSP/786/20109 del 19 de mayo de 2010, suscrito
por el Director Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas, 206 fojas de diversa
documentación, que incluye el oficio núm. SCT/472/2010 del 18 de mayo de 2010, por medio
del cual el Jefe del Estado de Fuerza Policial y Encargado de Despacho de la Subsecretaría
de Control de Tránsito proporcionó información que ya había sido entregada durante la
fase de planeación de la auditoria con el oficio núm. DGIT/1068/2009 del 5 de noviembre
de 2009. una vez revisado dicho documento, se consideró que no aclara las diferencias
29 Oficio núm. DGIT./000264/2010 del 29 de marzo de 2010.
97 VOLUMEN 12/13
antes mencionadas. Una situación similar se observó con respecto a la manera en que
fue llevado a cabo el avance de metas físicas de las acciones contenidas en la actividad
institucional 07.
Además, se proporcionó el documento “Calendarización de Acciones Sustantivas a Desarrollar
en el 2008”, el cual muestra todas las acciones que se llevarían a cabo durante el ejercicio
en revisión; sin embargo, no aclara la diferencia observada en “Fabricación y/o rehabilitación
del señalamiento horizontal, vertical y módulos de tipo escolar”.
Por último, se incluyó copia del apartado “Evaluación Programático-Presupuestal de
Actividades Institucionales” del Informe de Cuenta Pública de la SSP correspondiente
a 2008, el cual no refleja el avance físico alcanzado en las acciones de la actividad
institucional 07; por lo mismo no permitió conocer si se lograron los objetivos planteados.
Del análisis de la información proporcionada, se concluye que no aporta elementos que
desvirtúen las observaciones, por lo que el presente resultado no se modifica.
Recomendación APPD-102-08-19-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública, por conducto de la Dirección
General de Ingeniería de Tránsito, adopte mecanismos que permitan fortalecer el sistema
de control interno para garantizar que se disponga de información confiable, sobre su
operación, en observancia de los Lineamientos Generales de Control Interno para la
Administración Pública del Distrito Federal.
Recomendación APPD-102-08-20-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública por medio de la Dirección General
de Ingeniería de Tránsito, implante mecanismos que contribuyan a fortalecer el sistema de
control interno para garantizar que las actividades que realiza estén debidamente
documentadas y la documentación esté disponible para su verificación, en observancia de
los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal.
98 VOLUMEN 12/13
17. Resultado
Operación del Sistema de Carrera Policial
El artículo 24 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal señala que “en cada uno
de los Cuerpos de Seguridad Pública se establecerá un sistema de carrera policial,
conforme al cual se determinarán las jerarquías y niveles que lo componen, los requisitos
para acceder a ellos y su forma de acreditación”.
El artículo 25 de la misma ley establece que “la operación de este sistema quedará
a cargo de una Comisión Técnica de Selección y Promoción en cada uno de los Cuerpos
de Seguridad Pública, la cual será autónoma en su funcionamiento y gozará de las más
amplias facultades para examinar a los elementos, sus expedientes y hojas de servicios.
Dicha comisión se integrará y funcionará en la forma que señalen las Reglas para el
Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial” del Distrito Federal.
El Sistema de Carrera Policial a que se refiere la Ley de Seguridad Pública del Distrito
Federal, en sus artículos 24 y 25, se rige por Reglas para el Establecimiento y Operación
del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal,30 que son aplicables
a todos los cuerpos policiacos del Distrito Federal.
De acuerdo con la Primera de esas reglas se denomina Sistema de Carrera Policial, al
“ordenamiento de jerarquías y niveles que está orientado a establecer las condiciones de
profesionalización necesarias para regular el ingreso, permanencia, promoción y desarrollo
de los elementos de la Policía del Distrito Federal”.
Dicho sistema está integrado por cuatro jerarquías y doce niveles, según establece la regla
Segunda.
30 Publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de julio de 2001. Últimas reformas publicadas el 9 de septiembre
de 2002.
99 VOLUMEN 12/13
La regla Tercera dispone que la operación del Sistema de Carrera Policial estará a cargo
de la Comisión Técnica de Selección y Promoción para la Policía del Distrito Federal.
En las mismas reglas se define la integración31 y el funcionamiento de ésta.
Los artículos 26, 27 y 28 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal establecen
las bases para el ingreso al Sistema de Carrera Policial.
En concurrencia con la ley referida, en las Reglas para el Establecimiento y Operación del
Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal se regulan diversos aspectos
del proceso de ingreso al sistema, lo cual se encuentra establecido de la décima tercera
a la vigésima quinta regla.
Asimismo, la vigésima sexta regla establece el mecanismo de incorporación al sistema de
elementos que estuvieron en otras corporaciones policiales.
En el mismo sentido, la vigésima octava regla, establece el mecanismo para el reingreso
de los policías que se hayan retirado del servicio en forma voluntaria.
El proceso de ingreso a la policía del Distrito Federal durante 2008 se revisa en el resultado
núm. 18.
En esta parte del proceso intervienen, además de la Comisión Técnica de Selección
y Promoción para la Policía del Distrito Federal, el Instituto Técnico de Formación Policial
(ITFP)32 y la Dirección General de Carrera Policial. Al ITFP le corresponde, de conformidad
con la fracción VII del artículo 35 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública
31 La regla quinta establece que la Comisión será integrada por el titular de la Secretaría de Seguridad Publica, quien funge
como Presidente; el Subsecretario de Seguridad Pública; el Subsecretario de Apoyo Institucional y Policías Complementarias; el Subsecretario de Participación Ciudadana y Prevención del Delito; el Coordinador General de Administración y Apoyo; el Director General del Instituto Técnico de Formación Policial; dos policías prestigiados, un hombre y una mujer, que tengan por lo menos la jerarquía de Inspector, quienes serán designados por el titular de la Secretaría de Seguridad Pública. La Comisión contará con un Secretario Técnico, designado por el Presidente de la misma, quien podrá participar en sus sesiones, con derecho a voz, pero sin voto.
32 De conformidad con su Reglamento Interior, el Instituto Técnico de Formación Policial es un órgano desconcentrado de la Administración Pública del Distrito Federal, adscrito a la Secretaría de Seguridad Pública, y está a cargo de un Consejo Directivo que funciona como órgano colegiado de decisión, presidido por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal; y fungen como Vocales el Secretario de Gobierno, el Secretario de Seguridad Pública, el Oficial Mayor, el Contralor General, el Consejero Jurídico y de Servicios Legales, el Subsecretario de Seguridad Pública, el Subsecretario de Atención y Apoyo, el Director General de la Policía Bancaria e Industrial y el Director General de la Policía Auxiliar. Su estructura administrativa está compuesta por una Dirección, la Dirección Pedagógica, la Dirección Académica, la Dirección de Instrucción Policial y la Dirección de Investigación Científica sobre la Seguridad Ciudadana.
100 VOLUMEN 12/13
del Distrito Federal, vigente en 2008, “implantar las reglas para el establecimiento y operación
del Sistema de Carrera Policial y las disposiciones que emita la Comisión Técnica de
Selección y Promoción, en materia de formación policial”.
De acuerdo con las fracciones II y VII del artículo 33 del mismo reglamento, a la Dirección
General de Carrera Policial le corresponde “implantar, supervisar y evaluar el sistema de
ingresos a la Carrera Policial” e “integrar, supervisar y coordinar las comisiones involucradas
en la carrera policial”.
Además el artículo 21 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal establece
que: “En cada uno de los Cuerpos de Seguridad Pública existirá una Comisión Técnica de
Profesionalización, la cual se encargara de elaborar, evaluar y actualizar el Programa
General de Formación Policial. Dichas comisiones se integrarán en la forma que señalen
las reglas que emita el Jefe del Departamento o el Procurador según sea el caso…”.
Al respecto se identificó la existencia de la Comisión Técnica de Profesionalización para la
Policía del Distrito Federal, cuya integración y operación es regulada por las Reglas para
la Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica de Profesionalización para la Policía
del Distrito Federal.33 El proceso de profesionalización se revisa en el resultado núm. 19.
Los requisitos de permanencia de los elementos en el Sistema de Carrera Policial están
establecidos en el artículo 51 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública.
Asimismo, el artículo 51 Bis del mismo ordenamiento, señala que “el elemento de la
policía que cumpla con sesenta años de edad o treinta años de servicio no podrá
permanecer en servicio activo, por lo que deberá solicitar su retiro, salvo cuando por
acuerdo del Secretario se motiven las razones por las que el elemento puede continuar en
el servicio por un período máximo de cinco años adicionales, durante los cuales podrá
desempeñar solamente funciones no operativas”.
33 Publicadas en la Gaceta Oficial del Departamento del Distrito Federal el 28 de febrero de 1994 y reformas publicadas
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de julio de 2001.
101 VOLUMEN 12/13
El artículo 54 de ese ordenamiento señala que la profesionalización de la policía será
permanente y obligatoria conforme al sistema de carrera policial. El primer párrafo dispone
que, “para permanecer al servicio de la Secretaría dentro de la carrera policial, los
interesados deberán participar en los programas de formación y actualización profesional,
a tal efecto, el órgano responsable de la formación policial difundirá en todas las instalaciones
de la Secretaría los cursos a su cargo.”
Sobre el proceso de promociones, el artículo 29 de la Ley de Seguridad Pública del
Distrito Federal establece que los integrantes de los Cuerpos de Seguridad Pública sólo
podrán ascender a las plazas vacantes de las jerarquías inmediatas superiores, mediante
evaluación curricular o concurso de promoción, dependiendo de la jerarquía a la que
aspiren y conforme al Sistema de Carrera Policial.
El artículo 30 del mismo ordenamiento determina los factores mínimos que se deberán
tomar en cuenta para la evaluación curricular o el concurso de promoción: la conservación
de los requisitos de ingreso; la escolaridad y formación; la eficacia en el desempeño de
las funciones asignadas; el comportamiento ético-profesional; la antigüedad dentro de la
corporación y en la jerarquía; y el conocimiento acerca de los principios fundamentales
de la Constitución de la República y de las garantías individuales y sociales que ésta
consagra. El segundo párrafo de ese artículo, señala que en el Sistema de Carrera Policial
se precisarán los puntos de mérito y los puntos de demérito que deberán considerarse en
los concursos, mediante parámetros objetivos de evaluación.
En congruencia con el artículo 30 de la ley referida, la regla Vigésima Novena de las
Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía
del Distrito Federal establece que, para que un elemento sea promovido al nivel inmediato
superior, deberá cubrir los requisitos siguientes: observar y mantener buena conducta,
disciplina, lealtad y vocación de servicio; acreditar los conocimientos y habilidades propios
del nuevo nivel; y tener la antigüedad en el servicio y ocupar el nivel inmediato inferior de
acuerdo con la regla Trigésima Primera. En esta última, se establecen los requisitos
que deben cumplirse para ascender a los distintos niveles del Sistema de Carrera Policial.
En seguida se resume el perfil de puestos de la Policía del Distrito Federal:
102 VOLUMEN 12/13
Años de servicio
Nivel académico
Cursos operativos
Jerarquía / Nivel Requisitos de ingreso
2 4 7 9 11 14 16 18 21 25
Sec
unda
ria
Bac
hille
rato
Lice
ncia
tura
Bás
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Form
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Esp
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urso
de
man
dos
Esp
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lidad
pr
ofes
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l
Primer Superintendente X X X X X X X X X X X X X X X X X
Segundo Superintendente X X X X X X X X X X X X X X X X
Primer Inspector X X X X X X X X X X X X X X X
Segundo Inspector X X X X X X X X X X X X X X
Subinspector X X X X X X X X X X X X X
Primer Oficial X X X X X X X X X X
Segundo Oficial X X X X X X X X X
Suboficial1 X X X X X X X X
Policía Primero X X X X
Policía Segundo X X X
Policía Tercero2 X X
Policía
No tener antecedentes penales, contar con el perfil físico, médico, ético y de personalidad necesarios para el nivel del puesto
X X 1 El nivel fue transformado a Segundo oficial. No se contó con información de la fecha en que se autorizó este último 2 El nivel fue transformado a Policía Segundo. Comunicado núm. 1390/06 del 23 de octubre de 2006.
Como se observa, las reglas establecen 12 niveles, agrupados en 4 jerarquías:
Superintendentes, Inspectores, Oficiales y Policías. Asimismo, señalan los requisitos
generales, los años de servicio, el nivel académico y los cursos de formación policial
necesarios para acceder a cada uno de ellos. Las notas al pie del cuadro denotan que a
partir de 2006, la SSP emprendió una serie de acciones para compactar el nivel de policía
tercero con el de policía segundo y el de suboficial con el de segundo oficial, a fin de
reducir la carrera policial. Sin embargo, el análisis realizado reveló que dichas acciones
fueron dirigidas fundamentalmente a la Policía Preventiva,34 que y no se acompañaron
con las reformas necesarias a las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema
de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal.
34 La compactación de los niveles de Policía Tercero con Policía Segundo se realizó en ejercicios previos al revisado. En el análisis
de las actas de las dos sesiones celebradas por la Comisión Técnica de Selección y Promoción para la Policía del Distrito Federal, se observó que los acuerdos tomados durante 2008 en ese sentido fueron sobre casos pendientes de elementos de la Policía Preventiva que no pudieron ejecutarse en procesos anteriores por diversos motivos.
103 VOLUMEN 12/13
La regla Trigésima Segunda establece lo siguiente: “El Secretario de Seguridad Pública
podrá proponer a la Comisión, ascensos por evaluación curricular de los elementos que
hubiesen realizado hechos sobresalientes en el desempeño de su función.
”La ponderación de los factores y los puntos de mérito y demérito a que se refiere el
artículo 30 de la Ley de Seguridad Pública, para llevar a cabo la evaluación curricular
o el concurso de promoción, se establecerán en reglas de carácter complementario del
presente ordenamiento.”
Al respecto, se observó que la SSP no estableció las reglas de carácter complementario a
que se refiere el párrafo anterior. Asimismo no se precisaron los mecanismos mediante
los cuales el Secretario de Seguridad Pública ejercería la facultad otorgada por la regla
Trigésima Segunda ni en qué casos sería aplicable, toda vez que la Ley de Seguridad
Pública del Distrito Federal, en su artículo 34 establece lo siguiente:
"La Condecoración al Valor Policial consistente en medalla y diploma, se conferirá a quienes
salven la vida de una o varias personas o realicen las funciones encomendadas por la Ley
con grave riesgo para su vida o su salud.
”En casos excepcionales, el Jefe del Departamento o el Procurador, según sea el caso, a
propuesta del Consejo de Honor y Justicia y en atención a la respectiva hoja de servicios,
determinará la promoción del elemento policial a la jerarquía inmediata superior.”
La Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública es más precisa que las reglas en
cuanto al proceso de promoción del personal. En su artículo 55, señala lo siguiente:
“Los elementos de la Policía que hayan cumplido con el tiempo mínimo de permanencia que
determine el ordenamiento respectivo, en una jerarquía o nivel, deberán participar en los
sistemas de ascenso a que sean convocados. En caso de no haberlos aprobado hasta en tres
oportunidades, dejarán de ser miembros de la carrera policial y causarán baja de la Policía.
”En las convocatorias deberá determinarse la edad y antigüedades requeridas para participar
en los sistemas de ascenso.
104 VOLUMEN 12/13
”La Secretaría difundirá públicamente, a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
durante el primer trimestre de cada año, la lista de plazas disponibles para ascensos.”
Asimismo, el artículo 56 de la citada ley establece que “en todo procedimiento para cubrir
vacantes, además del acceso por evaluación curricular y concurso de promoción, deberá
contemplarse por el órgano encargado de operar la carrera policial, el porcentaje de las
plazas a cubrir que podrán ser ocupadas por personas ajenas a la carrera policial que
cumplan con los requisitos profesionales o académicos respectivos”.
El artículo 57 del mismo ordenamiento confiere atribuciones al Secretario de Seguridad
Pública para determinar el ascenso al nivel o jerarquía inmediato superior de los elementos
de la policía que se hubieren distinguido en el desempeño de sus funciones o por acciones
relevantes que hubieren realizado con motivo de su cargo.
Es importante señalar que tanto la Policía Preventiva como la Policía Auxiliar y la Policía
Bancaria e Industrial están sujetas al Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito
Federal, vigente en 2008, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 1984.
El artículo 1o. del citado ordenamiento señala que “es de observancia obligatoria para la
Policía Preventiva del Distrito Federal y para todos aquellos cuerpos que complementaria
o transitoriamente desempeñan funciones policiales, por mandato expreso de la ley o de
los reglamentos”. Asimismo, el artículo 13 establece que la Policía Bancaria e Industrial
y la Policía Auxiliar forman parte de la Policía del Distrito Federal.
Al cierre del ejercicio de 2008, la Policía del Distrito Federal estaba compuesta por 82,622
elementos, de los cuales 36,248 correspondían a la Policía Preventiva, 30,778 a la Policía
Auxiliar y 15,596 a la Policía Bancaria e Industrial. La composición por niveles y jerarquías
del Sistema de Carrera Policial se muestra en la siguiente tabla:
105 VOLUMEN 12/13
Cuerpos Policiacos del Distrito Federal Nivel Policía Preventiva Policía Auxiliar Policía Bancaria
e Industrial
Total 36,248 30,778 15,596 Primer superintendente 3 1 1 Segundo superintendente 10 3 2 Primer Inspector 22 30 15 Segundo Inspector 28 45 12 Subinspector 26 52 44 Primer Oficial 73 141 148 Segundo Oficial 363 315 196 Suboficial1 182 44 401 Policía Primero 596 376 1,036 Policía Segundo 8,103 3,303 2,128 Policía Tercero2 55 2,674 3,463 Policía 26,787 23,794 8,150
1 En 2008 la CTSPPDF emitió acuerdos para aprobar el ascenso por transformación de plazas de Suboficial a Segundo Oficial.
2 Con la compactación realizada en la Policía Preventiva del nivel de Policía Tercero con el Policía Segundo, que se llevó a cabo en forma de ascenso en ejercicios anteriores, quedaron sin ejecutarse 55 casos porque los elementos no cubrieron los requisitos legales para ser ascendidos. Las policías complementarias sí cuentan con este nivel.
Como se observa, todos los cuerpos policiacos consideran los niveles y jerarquías señalados
en las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de
la Policía del Distrito Federal. Sin embargo, los procedimientos de ingreso, promoción
y desarrollo varían entre los cuerpos policiacos.
Como una medida para regular la situación antes descrita, en la primera sesión ordinaria
de la Comisión Técnica de Selección y Promoción para la Policía del Distrito Federal,
celebrada el 2 de junio de 2008, se aprobó acuerdo núm. CTSP-043/2008, la conformación
de una Subcomisión para Operar el Sistema de Carrera Policial de la Policía Auxiliar, así
como la adecuación correspondiente en el manual de organización de dicha comisión.
Mediante la atenta nota núm. 22 del 31 de marzo de 2010, se le requirió a la SSP precisar
si las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la
Policía del Distrito Federal son aplicadas de manera obligatoria para regular el ingreso,
permanencia, promoción y desarrollo de los elementos pertenecientes a las policías
complementarias.
Con el oficio núm. PADF/DEDI/0046/10 del 6 de abril de 2010, la Dirección Ejecutiva
de Desarrollo Institucional de la Policía Auxiliar del Distrito Federal respondió que,
106 VOLUMEN 12/13
durante 2008, en esa corporación “se realizaron diversas acciones que regularon dichos
procedimientos, los cuales se fundamentaron en la Ley de Seguridad Pública y las Reglas
de referencia”.
La Dirección General de la Policía Bancaria e Industrial señaló, con el oficio
núm. PBI/DG/00276 del 8 de abril de 2010, que cuenta con un centro de reclutamiento
y capacitación, cuyas actividades se sustentan en la Ley de Seguridad Pública del Distrito
Federal y en las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera
Policial de la Policía del Distrito Federal.
Sobre los mecanismos para evaluar el desempeño de los cuerpos policiacos en las
unidades, sectores y agrupamientos que integran la Policía Preventiva, la Dirección General de
Carrera Policial manifestó, con el oficio núm. SDI/DGCP/1883/2010 del 5 de marzo de 2010,
que las Unidades de Protección Ciudadana (UPC) están sujetas a un Sistema de Evaluación
del Desempeño, que forma parte del Programa de la Unidades de Protección Ciudadana,
y sirve para evaluar su trabajo diario.
La Dirección Ejecutiva de la Policía Auxiliar, en el oficio referido en párrafos anteriores,
señaló: “En el 2008 no existía en la Corporación un programa documentado de la evaluación
al desempeño, entendida ésta como la evaluación que permite valorar, tanto en forma
individual como colectiva, los aspectos cualitativos y cuantitativos de la actuación del
personal operativo...”.
La Dirección General de la Policía Bancaria e Industrial respondió que el sistema
de evaluación al desempeño de sus elementos cumple los requisitos establecidos por la
Comisión Técnica de Selección y Promoción para la Policía del Distrito Federal, por conducto
de la Dirección General de Carrera Policial.
El análisis de la información proporcionada por la SSP, de los ordenamientos relacionados
con el Sistema de Carrera Policial, y de las Reglas para el Establecimiento y Operación
del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, reveló falta de precisión en
diversos aspectos relacionados con los procesos que forman parte de dicho sistema;
y poca correspondencia entre Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública y las
107 VOLUMEN 12/13
reglas de referencia en aspectos tales como los mecanismos de ingreso, permanencia
y promociones. Esto dificultó verificar los procesos que las reglas pretenden regular,
reconocer las particularidades de los cuerpos policiacos dentro del Sistema de Carrera
Policial (ingreso, permanencia, promoción y profesionalización) e identificar los tramos de
responsabilidades de las unidades administrativas involucradas e incluso de funcionamiento
de las dos comisiones inmersas en dicho sistema.
Se observó que cada uno de los cuerpos policiacos utiliza mecanismos diferentes para
evaluar el desempeño de sus elementos, que se carece de reglas complementarias para
normar el proceso de evaluación sobre parámetros objetivos.
Por otra parte, aunque la SSP sí contó con el Sistema de Carrera Policial a que se refiere
el artículo 24 de Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y con las Reglas para el
Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito
Federal, dichas reglas no reconocen las particularidades para la operación de Sistema de
Carrera Policial en cada uno de los cuerpos policiacos del Distrito Federal y en cada uno
de los procesos que componen dicho sistema.
Asimismo, las reglas mencionadas no consideran diversas disposiciones que establece
la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal sobre los
procesos de ingreso, permanencia, profesionalización y evaluación del desempeño de
los policías.
Por lo expuesto, se concluye que en 2008 la SSP no estableció reglas complementarias
para la ponderación de los factores y los puntos de mérito y demérito a que se refiere
el artículo 30 de la Ley de Seguridad Pública, para llevar a cabo la evaluación curricular
o el concurso de promoción; y que, si bien se han realizado algunas acciones para reducir
la complejidad que genera la carencia de regulación de varios aspectos relacionados con la
carrera policial, como la compactación de los niveles de Policía Tercero a segundo y de
Suboficial a Segundo Oficial, éstas no se han reflejado en la adecuación de las Reglas
para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía del
Distrito Federal ni en la generación de reglas complementarias que regulen con mayor
precisión los aspectos operativos de dicho sistema.
108 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-102-08-21-SSP
Es conveniente que la Secretaría de Seguridad Pública, en el marco de sus atribuciones,
realice acciones encaminadas a actualizar las Reglas para el Establecimiento y Operación
del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, en concurrencia con la
Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y con la Ley Orgánica de la Secretaría
de Seguridad Pública.
Recomendación APPD-102-08-22-SSP
Es conveniente que la Secretaría de Seguridad Pública, en el marco de sus atribuciones,
realice las acciones necesarias para que se elabore e incorpore al Sistema de Carrera
Policial la reglamentación complementaria que permita regular los procesos de ingreso,
profesionalización, permanencia, desarrollo y promoción.
18. Resultado
Ingreso al Sistema de Carrera Policial
La Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal establece, en su artículo 26, que el ITFP
seleccionará, de entre los aspirantes a formar parte de los Cuerpos de Seguridad Pública,
a quienes acrediten los conocimientos y las aptitudes que se requieran. Para ello, los
aspirantes deberán someterse a un proceso de evaluación, previa convocatoria, siempre
que cumplan con los siguientes requisitos mínimos de ingreso:
“I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento en pleno goce y ejercicio de sus derechos;
”II. Ser de notoria buena conducta y reconocida solvencia moral;
”III. Poseer el grado de escolaridad mínimo de secundaria […]
”IV. No tener antecedentes penales ni estar sujeto a proceso penal por delito doloso;
”V. Contar con la edad y con el perfil físico, médico, ético y de personalidad necesarios
para realizar las actividades policiales;
109 VOLUMEN 12/13
”VI. No hacer uso de sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan
efectos similares;
”VII. No padecer alcoholismo;
”VIII. Tener acreditado el Servicio Militar Nacional, y
”IX. No estar suspendido ni haber sido destituido o inhabilitado del mismo u otro cuerpo
policiaco.”
El artículo 28 de la misma ley señala que la Comisión Técnica de Selección y Promoción
para la Policía del Distrito Federal elegirá, de entre los egresados del curso de formación
básica, a aquellos que cumplan con los requisitos necesarios para ocupar las plazas
vacantes, de acuerdo con una evaluación objetiva. Asimismo, se establece que el Sistema
de Carrera Policial determinará las jerarquías y niveles a los que podrán ingresar aquellas
personas ajenas a la corporación que, cubriendo determinados requisitos profesionales
o académicos, acrediten el curso de formación correspondiente.
Los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal, en el Tercer Lineamiento, fracción I, establecen que “los titulares de las Unidades
de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal son responsables de
establecer los procedimientos para que los servidores públicos ejecuten diariamente las
funciones asignadas, se administren los riesgos para evitarlos o minimizarles, así como
la instrumentación y fortalecimiento del control interno que garantice el logro de los objetivos,
metas y programas institucionales, asegurando de manera razonable la generación de
información financiera, presupuestal y de operación confiable, oportuna y suficiente, para
cumplir con su marco jurídico de actuación, así como salvaguardar los recursos públicos
a su cargo y garantizar la transparencia de su manejo”.
El inciso h), Control del sistema de información, de dicha fracción establece que “los titulares
deben llevar actividades de control en todo el proceso de obtención de información, desde
la generación de los documentos fuente, hasta la obtención de los reportes o informes, así
como su archivo y custodia”; el inciso c), Documentación, que “la estructura del sistema
110 VOLUMEN 12/13
de control interno y todos sus procesos y operaciones deben estar perfectamente
documentados y la documentación debe estar disponible para su verificación”.
De acuerdo con lo establecido en las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema
de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, el proceso de ingreso al Sistema de
Carrera Policial se puede resumir como sigue:
Sí
No
Sí
No
No
Sí
¿Acredita la fase de selección?
Sí
No
El aspirante se somete a un proceso
de exámenes para acreditar el perfil
El aspirante es admitido como
becario en el curso de formación básica
¿Supera la fase de
formación ?
El aspirante es elegible para ingresar al sistema
El aspirante es rechazado.
La SSP obtiene constancias
de inexistencia de antecedentes penales, inhabilitación o proceso
penal, sin que ello implique relación
laboral.
El aspirante es rechazado.
El aspirante firma carta compromiso para dos
años de servicio. De ser admitido,
tiene derecho a recibir materiales, alimentación,
alojamiento y beca mientras dura el curso.
Causa baja y no puede ingresar
en convocatorias posteriores
Obtuvo 9.5 o más de
calificación
El aspirante es propuesto
a la CTSPPDF.
No es elegible, pero puede solicitar su ingreso en otra
convocatoria.
La CTSPPDF revisa los expedientes
de las propuestas y selecciona de entre
ellos a los nuevos policías.
Si cuentan con bachillerato
o equivalente, podrán ingresar al nivel
Suboficial. Si cuenta con licenciatura podrán
acceder al nivel de Subinspector.
Fin
La CTSPPDF emite convocatoria
¿Cumple los
requisitos?
El aspirante se inscribe en el ITFP
111 VOLUMEN 12/13
Con el fin de verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable en el proceso de
ingreso al Sistema de Carrera Policial, mediante las notas núms. 6 del 3 de febrero de 2010
y 22 del 31 de marzo de 2010, se solicitó a la SSP el listado de los elementos policiacos que
se incorporaron al Sistema de Carrera Policial durante 2008, con la fecha de incorporación
y el promedio obtenido, así como el listado de los becarios del ITFP que fueron propuestos
a la Comisión Técnica de Selección y Promoción para la Policía del Distrito Federal para
incorporarse a la policía preventiva durante 2008.
Mediante el oficio núm. ITFP/DG/1122/2010 del 12 de abril de 2008, el ITFP remitió
información que no correspondió a la solicitada,35 por lo que no se pudo determinar
cuantos becarios fueron propuestos para incorporarse a la Policía Preventiva del Distrito
Federal ni los promedios que obtuvieron.
Por otro lado, para identificar los elementos seleccionados se revisaron las actas de las
sesiones realizadas por la Comisión Técnica de Selección y Promoción para la Policía
del Distrito Federal durante 2008, las cuales fueron proporcionadas por la Dirección
General de Carrera Policial mediante el oficio núm. SDI/DGCP/4732/2009 del 22 de
octubre de 2008. Del análisis del acta de la Primera Sesión Ordinaria de 2008, celebrada
el 2 de junio de 2008, y del acta de la Segunda Sesión Ordinaria de 2008, celebrada el 26
de noviembre de 2008, se concluye que dicho órgano no incluyó en el orden del día la
incorporación de becarios egresados del ITFP al Sistema de Carrera Policial.
Con la información de que se dispuso, no fue posible conocer cuántos elementos se
incorporaron al Sistema de Carrera Policial durante 2008, ni verificar si se cumplió
lo establecido por artículo 26 de la Ley de Seguridad Pública y por las Reglas para el
Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal.
En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado
presentó con el oficio núm. DETRC/OM/SSP/786/20109 de fecha 19 de mayo de 2010,
suscrito por el Director Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas de la SSP,
35 La información proporcionada por el ITFP consistió en copias simples de diversas listas de control de asistencia
correspondientes a cursos impartidos durante 2008 a elementos de diversas unidades policiales del Distrito Federal, así como de un Curso Básico de Formación Policial Intensivo para personal del Municipio de Texcoco, Estado de México; reportes diarios de novedades; informes sobre el Estado de Avance del Programa Operativo Anual 2008; fatigas de varios cursos de actualización; y correspondencia variada. En ningún caso correspondió con la información solicitada.
112 VOLUMEN 12/13
presentó 206 fojas de diversa documentación, que incluye el oficio núm. SDI/002323/10 del
18 de mayo de 2010, por medio del cual el Subsecretario de Desarrollo Institucional informa
que remitió de forma impresa y en disco compacto la información correspondiente, que
consiste en copia del oficio núm. ITFP/DG/1530/10 del 17 de mayo de 2010, con el cual la
Dirección Pedagógica del ITFP remitió “impreso en 16 fojas útiles así como el medio
magnético (CD) listado con nombre, promedio, fecha de inicio y término de cursos básicos de
los elementos policiacos que se incorporaron al Sistema de Carrera Policial durante 2008.”
De la información referida en los oficios señalados, únicamente se recibió un disco
compacto con un listado, en formato Excel, de 1,146 personas que tomaron el Curso
Básico de Formación Policial, el cual corresponde a las generaciones 133, 134, 135, 136,
137, 138, 139, 140, 141, 142, 143, 146, 147, 148, 149, 150 y 151. En el listado se señalan
los promedios obtenidos por cada uno de los aspirantes, así como las fechas de inicio
y término de los cursos.
En la revisión de dicho listado, se observó que de los 1,146 becarios, sólo 9 (0.8%)
contaron con un promedio igual o superior a 9.5, lo cual significa que la SSP no se ajustó
a las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la
Policía del Distrito Federal, que en la regla Vigésima Tercera señalan: “en atención a los
resultados obtenidos en la evaluación final el Instituto propondrá a la Comisión Técnica de
Selección y Promoción a los alumnos becarios más sobresalientes con el objeto de que
ingresen al nivel correspondiente, siempre y cuando sus calificaciones sean mayores a 9.5”.
La información proporcionada se considera insuficiente para revisar el proceso de ingreso
en su totalidad, por lo que lo que no se modifica el resultado.
Recomendación APPD-102-08-23-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública tome medidas para garantizar que
la selección e ingreso de elementos al Sistema de Carrera Policial del Distrito Federal se
sujete a lo establecido en la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y en las Reglas
para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía del
Distrito Federal.
113 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-102-08-24-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública observe los Lineamientos Generales
de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal en la integración
de los soportes documentales del proceso de ingreso de los elementos a la Policía del
Distrito Federal, que permitan verificar el cumplimiento de lo que disponen al respecto la
Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y las Reglas para el Establecimiento y Operación
del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal.
19. Resultado
Profesionalización de la Policía del Distrito Federal
El artículo 18 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal establece lo siguiente:
“La profesionalización de los Cuerpos de Seguridad Pública, tendrá por objeto, lograr una
mejor y más eficaz prestación del servicio, así como el desarrollo integral de sus elementos
mediante la institucionalización de la carrera policial, ampliando así su capacidad de respuesta
a los requerimientos de la sociedad.
”Para los efectos del párrafo anterior, cada Cuerpo de Seguridad Pública contará con un
Programa General de Formación Policial que tendrá como finalidad alcanzar el desarrollo
profesional, técnico, científico, físico, humanístico y cultural de los elementos de los
Cuerpos de Seguridad Pública, en el marco del respeto a los derechos humanos y al Estado
de Derecho.”
El artículo 21 de la misma ley dispone que “en cada uno de los Cuerpos de Seguridad
Pública existirá una Comisión Técnica de Profesionalización, la cual se encargará de elaborar,
evaluar y actualizar el Programa General de Formación Policial”.
El artículo 22 de la ley en referencia confiere al ITFP la función de ejecutar y desarrollar el
Programa General de Formación Policial. El mismo precepto establece que en dicha
institución se formarán y prepararán profesionalmente, en el mando y la administración,
los elementos policiacos que servirán a la comunidad; y se elaborarán los programas
específicos necesarios para la adecuada aplicación del programa general.
114 VOLUMEN 12/13
Las Reglas para la Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica de Profesionalización
para la Policía del Distrito Federal, vigentes en 2008, norman el funcionamiento de este
órgano colegiado. En la regla Segunda se establece lo siguiente:
“La Comisión Técnica de Profesionalización para la Policía del Distrito Federal celebrará
un período de sesiones que se iniciará 15 días después de haber concluido el primer
semestre de cada año y un segundo período que se iniciará 15 días después de haber
concluido el segundo semestre, con el objeto de evaluar los resultados del Programa
General de Formación Policial durante el semestre inmediato anterior. Durante el segundo
período de sesiones, la Comisión si lo estima procedente podrá llevar a cabo la actualización
de dicho Programa.
”Para la evaluación del citado programa, la Comisión deberá determinar el método de
evaluación y tomar en cuenta la información que conforme a dicho método le proporcione
trimestralmente el Instituto Técnico de Formación Policial.”
Las fracciones VII y VIII del artículo 33 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad
Pública, vigente en 2008,36 señalan que corresponde a la Dirección General de Carrera
Policial (DGCP): “Integrar, supervisar y coordinar las comisiones involucradas en la carrera
policial” y “desarrollar, revisar, validar e implementar el Programa General de Formación
Policial”.
Con el objetivo de verificar la operación del Programa de Profesionalización de la Policía
del Distrito Federal, mediante la nota núm. 6 del 3 de febrero de 2010, se solicitaron a
la SSP el Programa General de Formación Policial, copia de las actas de las sesiones
efectuadas por la Comisión Técnica de Profesionalización para la Policía del Distrito
Federal durante en 2008 y el Programa de Profesionalización; y se le pidió que explicara
los mecanismos de coordinación establecidos entre la DGCP y el ITFP para determinar
las necesidades de profesionalización de los elementos policiacos.
36 Para efectos de la revisión se consideró el Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública vigente hasta el 31 de
octubre de 2008. En el reglamento vigente a partir del 1o. de noviembre de 2008, dicha funciones corresponden a las fracciones II y V del artículo 34.
115 VOLUMEN 12/13
Con el oficio núm. SDI/DGCP/1408/2010 del 9 de febrero de 2010, la DGCP proporcionó
copia del Programa General de Formación Policial, elaborado y aprobado por la Comisión
Técnica de Profesionalización para la Policía del Distrito Federal el 25 de mayo de 1994.
En cuanto a los mecanismos de coordinación instituidos entre la DGCP y el ITPF, en el
mismo oficio informó que durante 2008 “no existía buena relación entre el Instituto
Técnico de Formación Policial y la Dirección General de Carrera Policial, motivo por el
cual las actividades realizadas por lo general, se hacían de manera aislada”.
Respecto a las sesiones celebradas por la CTPPDF en 2008, la SSP no aportó la información
solicitada ni evidencia documental de las sesiones realizadas.
Al analizar la información recibida, se observó que la SSP sí dispuso de un Programa
General de Formación Policial, elaborado por la Comisión Técnica de Profesionalización
para la Policía del Distrito Federal. Sin embargo, se determinó que éste no había sido
actualizado desde su aprobación, el 25 de mayo de 1994, por lo que no se ajustó a lo
establecido en el artículo 21 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal.
Asimismo, se determinó que la Comisión Técnica de Profesionalización para la Policía del
Distrito Federal no sesionó durante 2008, y que la SSP no cuenta con información sobre el
funcionamiento de ese órgano colegiado, por lo que se incumplió la Segunda de las Reglas
para la Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica de Profesionalización para
la Policía del Distrito Federal.
Por último, se constató que la DGCP y el ITFP no dispusieron de mecanismos de
coordinación institucional que favorecieran el cumplimiento de sus responsabilidades
respecto a la operación del programa de profesionalización y la integración y funcionamiento
de la Comisión Técnica de Profesionalización para la Policía del Distrito Federal.
Recomendación APPD-102-08-25-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública mantenga actualizado el Programa
General de Formación Policial, en cumplimiento con lo que establece la Ley de Seguridad
Pública del Distrito Federal.
116 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-102-08-26-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública adopte medidas necesarias para
garantizar el funcionamiento adecuado de la Comisión Técnica de Profesionalización para la
Policía del Distrito Federal, como lo señalan las Reglas para la Integración y Funcionamiento
de la Comisión Técnica de Profesionalización para la Policía del Distrito Federal.
Recomendación APPD-102-08-27-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública establezca mecanismos para
garantizar que exista una coordinación eficiente entre la Dirección General de Carrera
Policial, el Instituto Técnico de Formación Policial y las demás áreas involucradas en el
desarrollo y profesionalización de los cuerpos policiacos del Distrito Federal.
20. Resultado
Promociones de los Elementos Policiacos
De acuerdo con el artículo 29 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal,
“los integrantes de los Cuerpos de Seguridad Pública sólo podrán ascender a las plazas
vacantes de las jerarquías inmediatas superiores mediante evaluación curricular o concurso
de promoción, dependiendo de la jerarquía a la que aspiren y conforme al Sistema de
Carrera Policial”.
El artículo 30 establece que, para la evaluación curricular o el concurso de promoción,
se deberán tomar en cuenta, entre otros, los siguientes factores: “I. La conservación de los
requisitos de ingreso; II. La escolaridad y formación; III. La eficacia en el desempeño
de las funciones asignadas; IV. El comportamiento ético-profesional; V. La antigüedad
dentro de la corporación y en la jerarquía, y VI. Su conocimiento acerca de los principios
fundamentales de la Constitución de la República y de las garantías individuales y sociales
que ésta consagra”.
El segundo párrafo del mismo artículo, establece que, en el Sistema de Carrera Policial
“se precisarán los puntos de mérito y los puntos de demérito que deberán considerarse
en los concursos, mediante parámetros objetivos de evaluación”.
117 VOLUMEN 12/13
El artículo 31 del mismo ordenamiento señala que, de acuerdo con las necesidades de
cada corporación, “la Comisión Técnica de Selección y Promoción respectiva expedirá
una convocatoria a concurso de promoción. Dicha convocatoria señalará las plazas a cubrir
en cada jerarquía así como los requisitos de ingreso al curso de promoción respectivo”.
La Trigésima Segunda de las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de
Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal establece que el Secretario de Seguridad
Pública podrá proponer a la Comisión Técnica de Selección y Promoción para la Policía
del Distrito Federal ascensos por evaluación curricular de los elementos que hubiesen
realizado hechos sobresalientes en el desempeño de su función.
Asimismo, según el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública,
“el Secretario podrá determinar el ascenso al nivel o jerarquía inmediato superior de los
elementos de la policía que se hubieran distinguido en el desempeño de sus funciones
o por acciones relevantes que hubieren realizado con motivo de su cargo”.
Mediante oficio núm. SDI/DGCP/4732/2009 del 22 de octubre de 2009, la SSP informó
que “no se realizó ninguna convocatoria para el proceso de promoción durante 2008”.
Asimismo, con el oficio núm. SDI/DGCP/1408/2010 del 9 de febrero de 2010, señaló que
“el proceso de promoción 2008 se basó en el ‘Programa de Perseverancia’, el cual se
constituyó con el objeto de ascender al grado inmediato superior al personal más antiguo
de la Secretaría […] La DGCP con el apoyo de la Dirección General de Recursos Humanos,
elaboró un listado del personal y de acuerdo a su antigüedad y a sus antecedentes, se
determinó otorgarles el ascenso”.
La Dirección General de Recursos Humanos, respondió, con el oficio
núm. DGRH/OM/SSP/0700/2010 del 5 de abril de 2010, que el Programa de Perseverancia
tiene su fundamento en los artículos 33, fracción II, y 35 de la Ley de Seguridad
Pública del Distrito Federal; y que de acuerdo con el artículo 53, fracción III, del mismo
ordenamiento, corresponde al Consejo de Honor y Justicia decidir a los elementos de los
cuerpos de seguridad pública a quienes se otorgará dicha condecoración, cuando hayan
mantenido un expediente ejemplar y cumplan 10, 15, 20, 25 y 30 años de servicio en
la corporación.
118 VOLUMEN 12/13
Del análisis del acta de la Primera Sesión Ordinaria de la Comisión Técnica de Selección
y Promoción para la Policía del Distrito Federal, correspondiente a 2008, celebrada el 2 de
junio de 2008, y del acta de la Segunda Sesión Ordinaria de 2008, celebrada el 26 de
noviembre de 2008, se desprende que este órgano aprobó el otorgamiento de grado
por transformación de plazas de Policía Tercero a Policía Segundo y transformación de
plaza de Suboficial a Segundo Oficial de 180 elementos; y el otorgamiento de grado por
perseverancia de Policía a Policía Segundo a 3,003 elementos.
Al revisar la información proporcionada se concluyó que en 2008 las promociones de los
elementos policiacos se realizaron mediante la transformación de plazas, el otorgamiento
de grado por perseverancia a los elementos de mayor antigüedad y, en menor medida,
servicios especiales. Asimismo, se comprobó que durante 2008 no se realizó ningún
concurso de promoción dentro del Sistema de Carrera Policial.
21. Resultado
Evaluación del Desempeño Policial
La Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal señala en su artículo 30, los factores que
deben considerarse para la evaluación curricular o el concurso de promoción. El segundo
párrafo de ese precepto establece que, para la evaluación curricular de los elementos
“en el Sistema de Carrera Policial se precisarán los puntos de mérito y los puntos de
demérito que deberán considerarse en los concursos, mediante parámetros objetivos de
evaluación”.
El artículo 32 del mismo ordenamiento dispone lo siguiente:
“La evaluación de las actividades desempeñadas por los elementos de los Cuerpos de
Seguridad Pública, deberá realizarse por lo menos una vez al año.
”Para llevar a cabo la evaluación, la Comisión Técnica de Selección y Promoción solicitará
de los jefes inmediatos superiores de cada elemento policial el llenado de un cuestionario
tendiente a conocer las actividades desarrolladas durante el año, la eficacia de sus servicios,
el comportamiento ético profesional, el grado de dedicación, el empeño mostrado, así como
119 VOLUMEN 12/13
las sanciones que le fueron impuestas, en su caso. Dicha comisión diseñará un sistema
de puntuación para calificar cada cuestionario.
”Los resultados de la evaluación se darán a conocer oportunamente y por escrito a cada
elemento policial, se anexarán en el expediente personal respectivo y se tomarán en
cuenta en los concursos de promoción.”
Como se mencionó en el resultado núm. 17, durante el ejercicio 2008 no se consideraron
las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la
Policía del Distrito Federal para precisar los puntos de mérito y los puntos de demérito que
debieron en los concursos de promoción, y no se establecieron reglas complementarias
para regular el proceso de evaluación mediante parámetros objetivos.
El Manual Administrativo de la SSP vigente en 2008 señala que la Dirección General de
Carrera Policial tiene como objetivo “dirigir el sistema de carrera policial a fin de integrar
un cuerpo de policía profesional apegado a los principios de legalidad, eficiencia, honestidad,
justicia, respeto a los Derechos Humanos y al Estado de Derecho, que permita brindar
una propuesta de vida digna y garantizar su desarrollo integrado a la sociedad”. Entre las
funciones de esa área se encuentra “dirigir el Sistema de Evaluación General que permita
examinar y conocer permanentemente el desempeño de los elementos policiales”.
Mediante la nota núm. 6 del 3 de febrero del 2010, se solicitó a la Dirección General
de Carrera Policial la información relativa al Sistema de Evaluación del Desempeño.
Con el oficio núm. SDI/DGCP/1408/2010 del 9 de febrero de 2010, la DGCP proporcionó
información referente al Sistema de Evaluación de Desempeño (SED), que describe como
un “sistema en el que a partir del registro diario y detallado de las acciones reguladas en
las que incurre un elemento, se obtienen indicadores numéricos que permiten establecer
en cualquier instante del tiempo, una graduación del desempeño de cada elemento con
respecto al de todos sus demás compañeros”.
De acuerdo con dicha información, el SED se diseñó como una combinación de variantes
de los modelos de evaluación del desempeño conocidos como Método de Escala Gráfica
con Atribución de Puntos y del Método de Clasificación (Ranking).
120 VOLUMEN 12/13
La DGCP explicó que se partió de un conjunto de factores de evaluación, que se agrupan
en una matriz denominada “Tabla de Acciones Reguladas de Mérito/Demérito” en la que a
cada factor se le asigna una clave y un valor en puntos, con signo (+) para las acciones
positivas y con signo (-) para las negativas. Las acciones reguladas son específicas,
simples y objetivas. Los informes de evaluaciones se emiten en forma automática una vez
al mes, con los escalafones calificados y los estados de cuenta personal, los cuales son
distribuidos para su publicación y para su entrega a los elementos.
La unidad responsable proporcionó evidencia de las acciones realizadas durante 2008 en
el marco del SED, como la remisión de oficios de notificación que la Dirección Ejecutiva
de Protección Ciudadana envió a los directores de las Unidades de Protección Ciudadana
(UPC) con los escalafones calificados y los estados de cuenta individuales del personal
adscrito a ellas, para su publicación y distribución. A continuación se reproduce, a manera
de ejemplo, un estado de cuenta individual de un elemento policiaco adscrito a una UPC,
evaluado con el SED durante 2008:
Protección Ciudadana Período
Evaluación del Desempeño Policial 29-feb-08 28-mar-08
824301 Resumen POLICÍA 1o. Saldo anterior 565 Nombre del elemento + Puntos de mérito 25 UPC 02-EMBAJADAS – Puntos de demérito 5 = Saldo nuevo 585 Detalle Fecha Folio Clave Descripción + -
17-mar-08 0150282 D10 Falta de aseo en su persona o en los bienes encomendados 5 28-mar-08 1680366 CT1 Práctica de tiro: Excelente 15 28-mar-08 1694426 T92 Auto-generado: Por no faltar durante el período 5 28-mar-08 1705931 T93 Auto-generado: Sin falta o retardo en el período 5
25 5
Como se observa en el estado de cuenta personal se registran acciones reguladas con
fecha, folio y clave, asociadas con un número determinado de puntos de mérito (positivos)
y puntos de demérito (negativos) los cuales se suman o se restan al saldo anterior.
No obstante que en 2008 la SSP dispuso de un sistema orientado a medir en forma
permanente el desempeño de los elementos policiacos, a partir de un catálogo de acciones
121 VOLUMEN 12/13
reguladas y ponderadas, sus resultados no fueron considerados para los procesos de
promoción. Al respecto, mediante el oficio núm. SDI/DGCP/1408/2010 del 5 de marzo
de 2010, la DGCP señaló que el SED se ha mantenido como programa piloto desde su
creación, el 1o. de noviembre de 2004.
En cuanto a su utilización como instrumento de evaluación de los cuerpos policiacos del
Distrito Federal, la DGCP señaló que el SED fue aplicado únicamente al personal adscrito
a las UPC. Lo anterior, debido al reemplazo de los sectores de la Policía Sectorial por las
UPC.
Asimismo, señaló que el sistema de evaluación de desempeño utilizado para los elementos
de la policía sectorial y de los agrupamientos, que son parte de la Policía Preventiva del
Distrito Federal, es el que prevé la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, en su
artículo 32.
Del análisis realizado se concluye que en 2008 la SSP no dispuso de un sistema permanente
de evaluación de desempeño del personal de los cuerpos policiacos del Distrito Federal,
basado en parámetros objetivos.
Recomendación APPD-102-08-28-SSP
Es conveniente que la Secretaría de Seguridad Pública evalúe la pertinencia de incorporar
en el Sistema de Carrera Policial un sistema permanente de evaluación del desempeño
individual del personal con tareas policiales, basado en parámetros objetivos.
22. Resultado
Evaluaciones de Control de Confianza
El artículo 16 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública, vigente en 2008,
establece que “los servidores públicos de la Secretaría están obligados a presentar
y someterse a las evaluaciones del desempeño así como a las dirigidas a comprobar el
cumplimiento de los principios y obligaciones de los servidores públicos, que la Secretaría
determine aplicar”.
122 VOLUMEN 12/13
El artículo 15 del mismo ordenamiento señala, en sus fracciones II y III, que la Secretaría
contará con una unidad denominada Centro de Control de Confianza, encargada de:
“II. Dirigir, coordinar, llevar a cabo y calificar, los procesos de evaluación que se realicen
a los elementos de la Policía a fin de comprobar la conservación de los requisitos de
ingreso y permanencia a que se refieren la Ley de Seguridad Pública y esta Ley;
”III. Dirigir, coordinar, llevar a cabo y calificar, los procesos de evaluación que se realicen
a los elementos de la Policía para comprobar el cumplimiento de los perfiles médico, ético
y de personalidad necesarios para realizar las actividades policiales.”
La misma ley dispone, en su artículo 58, lo siguiente:
“La Secretaría determinará las características, términos, modalidades y periodicidad con
que se practicarán evaluaciones a todos los elementos de la Policía a fin de comprobar la
conservación de los requisitos de ingreso y permanencia, así como el cumplimiento de los
perfiles médico, ético y de personalidad necesarios para realizar las actividades policiales.
Asimismo y con la periodicidad que determine el Secretario, se llevarán a cabo procesos
de evaluación del desempeño de los elementos de la Policía.
”Al efecto, es obligatorio para todos los elementos de la Policía, practicarse los exámenes
médicos, físicos, psicológicos, psiquiátricos, toxicológicos, del entorno social y situación
patrimonial, poligráficos y demás que señalen otras disposiciones aplicables o el Secretario.”
Asimismo, los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del
Distrito Federal, vigentes en 2008, en el Tercer Lineamiento, Actividades de Control, fracción I,
señalan que:
“Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores
públicos ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos para
evitarlos o minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control interno
que garantice el logro de los objetivos, metas y programas institucionales, asegurando de
manera razonable la generación de información financiera, presupuestal y de operación
confiable, oportuna y suficiente […]
123 VOLUMEN 12/13
Asimismo, el lineamiento referido en el enciso h), Control del sistema de información,
señala que “los titulares deben llevar actividades de control en todo el proceso de obtención
de información, desde la generación de los documentos fuente, hasta la obtención de los
reportes o informes, así como su archivo y custodia”.
Con base en el análisis de la información proporcionada por el sujeto fiscalizado, sobre la
base del Reporte de Avance Programático Mensual de la Dirección General del Centro de
Control y Confianza, acumulado a diciembre de 2008, que coincide con la presentada en
la Cuenta Pública, se obtuvieron los siguientes resultados:
Meta Acción Original
(1) Modificada1
(2) Alcanzada
(3)
Cumplimiento(%)
(3)/ (2)
Elementos de la Policía Preventiva
Cobertura
(%)
Total 239,385 71,800 79,035 110.1 36,248 n.a. Aplicación prueba MMPI-2. 2 85,000 25,000 32,912 131.6 36,248 90.8 Aplicación prueba Beta III. 3 23,800 3,800 5,470 143.9 36,248 15.1 Aplicación prueba To-Observación. 4 23,800 3,800 3,924 103.3 36,248 10.8 Aplicación prueba 16FP. 5 23,800 3,800 3,557 93.6 36,248 9.8 Aplicación de pruebas automatizadas Psicosoft versión corporativa 20,625 n.a. n.a. n.a. n.a. n.a. Entrevista profunda. 6 22,625 2,000 1,542 77.1 36,248 4.3 Examen médico. 7 7,000 2,000 1,353 67.7 36,248 3.7 Examen toxicológico. 8 20,000 28,000 26,081 93.1 36,248 72.0 Examen socioeconómico. 16,680 1,680 3,335 198.5 36,248 9.2 Examen de poligrafía. 9 9,180 1,720 861 50.1 36,248 2.4
1 Se consideró la meta modificada porque la Secretaría de Finanzas no autorizó el presupuesto solicitado para la reestructuración del Centro de Control de Confianza, sin embargo no modificó la meta física. La DGCCC solicitó la modificación en tiempo y conforme a la normatividad.
2 La prueba MMPI-2 consiste en un cuestionario de 567 preguntas que evalúan rasgos, tipos y estados de personalidad. Es parte de la evaluación integral psicológica.
3 La prueba Beta lll consta de cinco subpruebas y evalúa la inteligencia no verbal en las áreas de aprendizaje y memoria, observación, atención, sentido común y abstracción. Es parte de la evaluación integral psicológica.
4 La prueba To-Observación mide la capacidad de concentración mediante la búsqueda de letras en grupos de cinco palabras. Es parte de la evaluación integral psicológica.
5 La prueba 16FP evalúa la personalidad y mide factores de discreción, inteligencia baja y alta en estabilidad emocional. Es parte de la evaluación integral psicológica.
6 La entrevista profunda es la técnica mediante la cual se obtiene información amplia y abierta sobre los aspectos fundamentales de la historia y circunstancias del desarrollo del entrevistado. Es parte de la evaluación integral psicológica.
7 El examen médico es la evaluación realizada por el médico cirujano para verificar que el evaluado se encuentre en buen estado de salud e integridad física para el cumplimiento de las funciones del puesto.
8 El examen toxicológico es el análisis enzimático de una muestra de orina, con objeto de detectar la presencia de metabolitos por uso de drogas o substancias prohibidas.
9 El examen de poligrafía no forma parte de las pruebas de ingreso, permanencia o promoción y se aplica únicamente a solicitud de las áreas autorizadas o a petición de una autoridad superior,
n.a. No aplicable.
El Centro de Control de Confianza de la SSP aplicó un total de 79,035 pruebas y exámenes
a los elementos de la Policía Preventiva del Distrito Federal, 10.1% más que lo programado.
124 VOLUMEN 12/13
En ningún caso se alcanzó una cobertura del 100.0% en las pruebas sobre el total de los
elementos. Las acciones con mayor cobertura fueron la aplicación de la prueba MMPI-2,
con el 90.8% y el examen toxicológico, con el 72.0%. Cabe señalar que esta prueba fue
subrogada a un laboratorio, dado que el ente no cuenta con laboratorio de análisis clínicos.
Las características, términos, modalidades y periodicidad con que se practicarán evaluaciones
son determinadas por el titular del área responsable, del Secretario y a solicitud de la los
titulares de las áreas operativas de la Policía Preventiva.
Las pruebas fueron practicadas con base en la meta establecida para el ejercicio, y se
consideraron obligatorias para los aspirantes a ingresar a la policía del Distrito Federal.
La aplicación del examen toxicológico es, además, un requisito obligatorio para renovar la
Licencia Oficial Colectiva de portación de armas de fuego, y conforme lo establece la Ley
Federal de Armas de Fuego y Explosivos, se realiza cada dos años.37
Sin embargo, cuando se intentó analizar la información recibida con los oficios
núms. SDI/DGCCC/22538/2009 del 22 de octubre de 2009 y SDI/DGCCC/00303/2010
del 9 de febrero de 2010, a fin de comparar las evaluaciones del Centro de Control de
Confianza en relación con ejercicios anteriores, se encontraron diferencias entre las cifras
presentadas en los dos oficios y las del Reporte de Avance Programático. En el caso de
los exámenes psicológicos las cifras fueron 31,316 en el primer oficio, 26,560 en el
segundo y 32,912 en el reporte; en el de los toxicológicos de 27,386, 26,050 y 26,081,
respectivamente; y en el de los poligráficos, 1,431 en los dos oficios y 861 en el Reporte
de Avance Programático. Por tanto, se concluye que hubo deficiencias de control interno
en los sistemas del sujeto fiscalizado.
Por otro lado, se comprobó que, a la fecha de la revisión, la Dirección General de Control
de Confianza contaba con procedimientos administrativos autorizados para cada una de
las pruebas enlistadas en el cuadro anterior.
De lo expuesto anteriormente, se concluye que en 2008 el Centro de Control de Confianza
del la SSP cumplió con las funciones que le confieren las fracciones II y III del artículo 15
37 De conformidad con el comunicado 747/07 emitido por la SSP el 31 de mayo de 2007, la Secretaría de la Defensa
Nacional otorgó la revalidación del permiso colectivo oficial de portación de arma de fuego con vigencia hasta abril de 2009 y cubrió a las policías Preventiva, Auxiliar y Bancaria e Industrial.
125 VOLUMEN 12/13
de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. Sin embargo,
la información relativa a los exámenes y pruebas realizados en 2008 presentó diferencias
entre las fuentes proporcionadas, por lo que se concluye que hubo deficiencias de control
interno en sus sistemas de información.
Recomendación APPD-102-08-29-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública, por conducto de la Dirección
General del Centro de Control y Confianza implante los mecanismos para fortalecer su
sistema de control interno, a fin de garantizar que se cuente con información confiable
acerca de su operación, en observancia de los Lineamientos Generales de Control Interno
para la Administración Pública del Distrito Federal.
23. Resultado
Atención y Trámite de Quejas por Presuntas Violaciones de Derechos Humanos
El artículo 16 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal señala que “el servicio a la
comunidad y la disciplina, así como el respeto a los derechos humanos y a la legalidad, son
principios normativos que los Cuerpos de Seguridad Pública deben observar invariablemente
en su actuación”.
En su artículo 34, el Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, vigente
en 2008, confería a la Dirección Ejecutiva de Derechos Humanos las siguientes atribuciones:
coadyuvar con los órganos de control interno y con la representación social para la
resolución de las quejas, recibir en audiencia a los ciudadanos y policías que presenten
quejas contra alguna autoridad, diseñar y aplicar los sistemas necesarios para garantizar
que las medidas precautorias emitidas por la Comisión de Derechos Humanos se atiendan
oportunamente y establecer mecanismos para vigilar que las recomendaciones emitidas
por la Comisión de Derechos Humanos sean atendidas hasta su cabal cumplimiento.
Con el propósito de evaluar el cumplimiento de las responsabilidades de Dirección Ejecutiva
de Derechos Humanos, se revisaron los resultados obtenidos en 2008, particularmente
126 VOLUMEN 12/13
los relacionados con la atención y trámite de quejas por presuntas violaciones de derechos
humanos, en función del Procedimiento para la Atención a Quejas y Requerimientos
Formulados por las Comisiones de Derechos Humanos del Distrito Federal y Nacional
y por los particulares.
Para efectos de la presente auditoría, la revisión a la Dirección Ejecutiva de Derechos
Humanos se orientó a los aspectos de eficiencia en la integración de expedientes para la
atención y el seguimiento de las quejas y la disposición de áreas y espacios para la atención
personalizada de los quejosos.
Del análisis del Reporte de Avance Programático, se desprende que en 2008 la unidad
administrativa dio tramite a 1,166 quejas por presuntas violaciones de derechos humanos,
recibidas de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, de la Comisión
Nacional de Derechos Humanos y del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación,
así como atendidas en forma directa y de oficio.
Se seleccionaron 63 expedientes del universo de 1,166 asuntos atendidos en 2008, mediante
muestreo aleatorio sistemático, con un nivel de confianza del 90.0% y un margen de error
de ±10.0. En cuanto a la atención de los asuntos de la muestra seleccionada, se observó
lo siguiente:
Tipo Número Concluidos Pendientes
Total 63 54 9 Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal 52 47 5 Comisión Nacional de Derechos Humanos 2 1 1 Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación 1 1 0 Directas 7 5 2 De oficio 1 0 1
En la revisión efectuada a la documentación, se observó que todos los expedientes tenían
constancia de las actuaciones realizadas. Sin embargo, no fue posible medir los tiempos
de las actuaciones, porque cada caso dependió de las fechas otorgadas por las comisiones
para rendir informes, así como para solicitar la aplicación de medidas precautorias en los
casos que fueron requeridas. Los asuntos relacionados con las comisiones se dieron por
concluidos mediante notificaciones escritas éstas.
127 VOLUMEN 12/13
En los casos pendientes, se acreditó que siguen el proceso de atención. De las quejas
directas pendientes, en un caso hubo la falta de seguimiento por parte del quejoso y en el
otro, se estaban realizando reuniones regulares de seguimiento con el grupo quejoso. En
cuanto a la actuación de oficio, se acreditó que el caso fue turnado a la Dirección General
de Asuntos Internos y, al cierre de la revisión, estaba en espera de resolución del Consejo
de Honor y Justicia de la SSP.
El 7 de abril de 2010 se realizó una visita de revisión del área a cargo de la Jefatura de
Unidad Departamental de Atención de Quejas sobre Derechos Humanos. El responsable
del área señaló que en promedio son atendidas 6 personas diariamente, de acuerdo con
los horarios laborales, y que la información detallada sobre el seguimiento de la queja es
proporcionada al quejoso de manera verbal conforme al Procedimiento para la Atención
a Quejas y Requerimientos Formulados por las Comisiones de Derechos Humanos del
Distrito Federal y Nacional y por los particulares.
Del análisis realizado se concluye que en 2008, la Dirección Ejecutiva de Derechos
Humanos cumplió lo establecido en el artículo 34 del Reglamento Interior de la Secretaría
de Seguridad Pública, en lo referente a dar el trámite a los asuntos recibidos, para lo cual
aplicó el procedimiento respectivo.
24. Resultado
Atención de Quejas y Denuncias contra Elementos de la Policía
El artículo 13 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito
Federal establece que la SSP “contará con una unidad de asuntos internos encargada
de la supervisión de la actuación policial con la finalidad de verificar el cumplimiento de las
obligaciones de los elementos de la Policía”.
El artículo 14, fracción I, del mismo ordenamiento señala lo siguiente:
“I. Los objetivos principales de la supervisión son:
”a) Garantizar a las personas que presenten quejas por actos irregulares de los elementos
de la Policía, el derecho a una justa, eficiente e imparcial aplicación de la ley mediante
la detección, investigación exhaustiva y opinión adecuada de toda queja;
128 VOLUMEN 12/13
”b) Asegurar al interior de la Secretaría, que las investigaciones de toda queja por actos
irregulares en contra de los elementos de la Policía se realice en forma honesta y justa; y
”c) Dar a los elementos de la Policía, la certeza de que las investigaciones se realizarán
mediante procesos consistentes y completos y por tanto, serán detectadas las quejas
o informaciones falsas sobre actos irregulares.”
La fracción III del mismo artículo señala que es obligación de la Unidad de Asuntos
Internos “el establecimiento de un sistema de registro, clasificación y seguimiento de quejas
o denuncias así como de correctivos disciplinarios y sanciones impuestas a los elementos
de la Policía, de acceso restringido”.
El Manual Administrativo de la SPP señala que la Dirección de Supervisión y Seguimiento
de Denuncias, adscrita a la Dirección General de Asuntos Internos (DGAI), tiene como objetivo
dirigir las acciones de supervisión del personal policial así como la atención de quejas y
denuncias relacionadas con el desempeño policial. Entre sus funciones se encuentran, según
el mismo documento, definir y establecer los programas de atención al público para la recepción
de quejas y denuncias contra servidores públicos de la Secretaría, y dirigir la atención de
quejas y denuncias contra servidores públicos de la dependencia en servicios policiales.
Los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal, vigentes en 2008, en el Tercer Lineamiento, Actividades de Control, fracción I,
establecen que “los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del
Distrito Federal son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores
públicos ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos para
evitarlos o minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control interno
que garantice el logro de los objetivos, metas y programas institucionales, asegurando de
manera razonable la generación de información financiera, presupuestal y de operación
confiable, oportuna y suficiente, para cumplir con su marco jurídico de actuación, así como
salvaguardar los recursos públicos a su cargo y garantizar la transparencia de su manejo”.
El inciso h), Control de sistemas de información, de dicha fracción establece que “los titulares
deben llevar actividades de control en todo el proceso de obtención de información, desde
la generación de los documentos fuente, hasta la obtención de los reportes o informes,
129 VOLUMEN 12/13
así como su archivo y custodia”; el inciso c), Documentación, que “la estructura del
sistema de control interno y todos sus procesos y operaciones deben estar perfectamente
documentados y la documentación debe estar disponible para su verificación”; y el inciso e),
Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos, que “las operaciones y otros
eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible,
para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que
puedan ser presentados en informes y estados financieros confiables e inteligibles,
facilitando a los titulares la toma de decisiones”.
A fin de verificar el cumplimiento de los objetivos establecidos en la Ley Orgánica de la
Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, se revisaron los resultados alcanzados
por la DGAI en 2008 que, de conformidad con el Reporte de Avance Programático a diciembre
de 2008, fueron los siguientes:
Acciones sustantivas Modificado Alcanzado Cumplimiento(%)
Total 1,444 1,444 100.0 Atención de quejas y denuncias presentadas por la ciudadanía y elementos de esta institución 116 116 100.0 Determinación de actas y turno al Consejo de Honor y Justicia o autoridad competente en caso de la comisión de actos delictivos 210 210 100.0 Desahogar requerimientos de la fiscalía para servidores públicos y autoridades judiciales 233 233 100.0 Coordinar con otras áreas de la institución y otras dependencias la atención de quejas y denuncias 153 153 100.0 Intercambiar información con los órganos encargados en la ampliación de sanciones y normas disciplinarias 190 190 100.0 Integrar informes, dirigir las informaciones e inspecciones 150 150 100.0 Investigaciones a los hechos presentados en quejas y denuncias en que involucren a elementos policiales de la SSP (faltas administrativas, lesiones, disparos y homicidios) 104 104 100.0 Inspección a establecimientos y agrupamientos donde se desarrollan actividades, así como posibles actos delictivos 200 200 100.0 Inspección de acciones operativas, para prevenir y abatir irregularidades, así como posibles actos delictivos 88 88 100.0
En el citado documento, soporte de la información que se presenta en la Cuenta Pública,
se señala que en 2008 la DGAI cumplió al 100.0% las actividades programadas
y registradas en el marco de la actividad institucional 12 “Realizar la supervisión y
evaluación de la actuación policial”. Sin embargo, estos datos no fueron congruentes
con los proporcionados por la Dirección General de Inspección Policial (DGIP) mediante
130 VOLUMEN 12/13
el oficio núm. SSPDF/DGIP/5567/2009 del 10 de noviembre de 2009. El ente informó que
durante 2008 fueron atendidas 1,767 quejas y denuncias, respecto de las cuales se
generó un expediente y se inició el proceso de investigación y análisis para determinar
lo procedente. Dicha cantidad de 1,767 no es congruente con las 116 alcanzadas según
el Reporte de Avance Programático.
Asimismo, mediante el oficio núm. SSPDF/DGIP/559/2010 del 12 de febrero de 2010, la DGIP
informó que en 2008 turnó al Consejo de Honor y Justicia 336 investigaciones para su
valoración y sanción correspondiente, lo que significa una diferencia de 126 investigaciones
respecto a las 210 registradas en el Reporte de Avance Programático.
De lo anterior se concluye que no hubo congruencia entre los datos reportados por la DGAI
en la Cuenta Pública y los de sus registros internos, por lo que se incumplió el inciso e),
Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos, del tercero de los Lineamientos
de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.
Con objeto de verificar la veracidad de la información sobre la atención de las quejas
y denuncias atendidas por la DGAI durante 2008, se seleccionó una muestra 77 expedientes,
de un universo 1,767 asuntos iniciados en el ejercicio, mediante muestreo aleatorio
sistemático, con un nivel de confianza de 90.0% y un margen de error de ±10.0.
Con la nota núm. 18 de fecha 18 de marzo de 2010, se solicitaron los expedientes
de los 77 asuntos seleccionados como muestra. Por medio del oficio
núm. SSPDF/DGIP/DSSD/1420/2010 del 19 de marzo de 2010, la DGIP proporcionó un total
de 62 expedientes u oficios de turno correspondiente, y la impresión de los registros de
inicio correspondientes a 15 asuntos, de los que no entregó evidencia documental alguna.
Al examinar la documentación proporcionada, se observó que la unidad administrativa no
contó con criterios uniformes para integrar expediente, ni con procedimientos que señalen
las fases del proceso, los tiempos de ejecución y los tramos de responsabilidad de las
áreas internas que intervienen en dicho proceso.
El 18.2% de de los expedientes iniciados durante el ejercicio se habían concluido a la
fecha de la revisión (6.5% de archivo y 11.7% turnados al Consejo de Honor y Justicia),
131 VOLUMEN 12/13
el 10.4% se encontraban en el área de determinación y el 51.9% permanecían en proceso
de integración, el 19.5% restante no estuvo disponible para su verificación.
De los expedientes enviados a archivo, en la mayor parte se debió a que se acreditó
la aplicación de correctivos disciplinarios a elementos policiacos.
De los expedientes en integración, cuatro correspondieron a investigaciones abiertas de
oficio por notas periodísticas; en ninguno de ellos se integró al expediente alguna actuación
desde su fecha de su registro. En otros cuatro expedientes de diversos asuntos, tampoco
había constancia de actuaciones posteriores a su registro.
Derivado del análisis efectuado y de la falta tanto de evidencia documental de 15 asuntos
(19.5% de la muestra) como de un procedimiento claro sobre el proceso de integración,
no fue posible establecer una clasificación confiable de los expedientes, ni medir la oportunidad
con que fueron atendidos los asuntos.
Es importante señalar que, en el mes de marzo de 2008, la DGAI puso a disposición
de personal a 170 trabajadores adscritos a esa unidad administrativa. Mediante el oficio
núm. SSPDF/ DGIP/559/2010 del 12 de febrero de 2010, la DGIP proporcionó copia de
170 oficios con cuales notificó los movimientos respectivos a las áreas responsables.
En promedio, dicha medida significó la reducción de la plantilla del personal operativo
en 70.0%, y del total del personal de la DGAI en 57.0%. Esta situación se mantuvo hasta
la conclusión del ejercicio en revisión. El ente no dio explicación al respecto; en los oficios
de disposición, se basó en sus atribuciones y adujo necesidades del servicio.
Derivado de la situación descrita, no se pudo evaluar el impacto de dicha medida en
la operación y cumplimiento de metas de la DGAI durante el ejercicio de 2008.
Por otro lado, se verificaron los sistemas de registro y control de información de la DGIP
y los mecanismos que utiliza para la atención y seguimiento de denuncias.38 Al respecto
se observó lo siguiente:
38 Visita efectuada en diversas áreas de la Dirección General de Inspección Policial el 9 de abril de 2010.
132 VOLUMEN 12/13
La DGIP dispone de dos áreas para la atención de denuncias: una atención telefónica que
opera las 24 horas de los 365 días del año y que está adscrita a la Dirección de Investigación
Policial; y otra que atiende las quejas y denuncias presentadas directamente, a cargo de
la Dirección de Supervisión y Seguimiento de Denuncias. Al respecto, se observó que
ninguna de las dos áreas cuenta con procedimientos administrativos orientados a la atención
y seguimiento de las quejas y denuncias.
El área de atención directa se encuentra ubicada en las oficinas centrales de la SSP,
y presenta dificultades de acceso, pues además de las medidas de seguridad generales,
la oficina se encuentra ubicada en el undécimo nivel del edificio y hay frecuentes fallas del
sistema de ascensores. Por lo que se refiere específicamente al área de atención, es de
acceso restringido y en ella se aplican condiciones de estancia adicionales, como el apagado
de equipos de comunicación celular; si bien existe un área responsable del registro y atención
de denuncias, ésta se localiza en el área general de trabajo.
A la fecha de la revisión, la Dirección de Supervisión y Seguimiento de Denuncias dispuso
de formatos de queja, un sistema de registro de reportes diarios sobre quejas recibidas y de
un sistema electrónico denominado Sistema de Información Administrativa (SIA) que permitía
registrar las quejas y verificar el estado que guardaban los expedientes respectivos.
No obstante, el área carece de procedimientos específicos para la atención y seguimiento
de quejas y denuncias respecto a la actuación de los policías de la SSP.
Con base en el análisis general, se concluye que los datos asentados en el Reporte de
Avance Programático mensual, que fue la base de la información presentada en la Cuenta
Pública de 2008, no fueron congruentes con los soportes documentales revisados; que la
DGIP no proporcionó el soporte documental que le fue requerido sobre 15 asuntos
atendidos en ese año; que no dispuso de procedimientos administrativos debidamente
autorizados para regular sus procesos sustantivos; y que presenta deficiencias de espacio
para la atención de las personas que acuden a interponer quejas y denuncias por la actuación
de los elementos policiales.
En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado
presentó con el oficio núm. DETRC/OM/SSP/786/20109 de fecha 19 de mayo de 2010,
133 VOLUMEN 12/13
suscrito por el Director Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas, presentó
206 fojas de diversa documentación, que incluye el oficio núm. SSPDF/DGIP/2049/2010
del 18 de mayo de 2010, en el cual la Dirección General de Inspección Policial señala
lo siguiente:
“Con relación al Reporte de Avance Programático al mes de diciembre del año 2008, se
puede apreciar que existe una falta de responsabilidad y de conocimiento del personal que
laboraba en dicha administración ya que no fueron congruentes las cifras proporcionadas
con el informe rendido en la auditoría, actualmente el Reporte es de acuerdo a las
estadísticas reales.
”Por lo que hace a los 15 asuntos de los que no se entregó evidencia documental de su
existencia, me permito aclarar que existe en archivo electrónico del Sistema de Información
Administrativa de esta Dirección General los antecedentes de los motivos que originaron
estos asuntos, siendo únicamente este medio por el cual se tiene conocimiento de los asuntos
de mérito, cabe señalar que ésta a mi cargo, con el ánimo de atender la observación se
estableció un control que permite saber a que persona se le asignó cada asunto y en qué
condiciones se encuentra.”
Asimismo, como parte de la misma documentación entregada en la reunión de confronta,
se incluyó copia del oficio núm. SSPDF/DGIP/2078/2010 del 19 de mayo de 2010, en el
que la DGIP agregó lo siguiente:
“Por lo que hace al motivo que originó que 170 elementos adscritos a la entonces
Dirección General de la Unidad de Asuntos Internos en el mes de marzo de 2008, fueran
puestos a disposición de la Subsecretaría de Seguridad Pública, por no ser necesarios
sus servicios en esta Dirección General, siendo esta la causa principal.
“Por lo que hace a las constantes fallas del sistema de ascensores, éstos son ajenos a
esta Dirección General, asimismo las medidas implementadas del registro del ciudadano
al ingresar a esta sede hasta el momento que es atendida por un servidor público adscrito
a ésta a mi cargo, oscila entre los cinco y diez minutos, lo anterior debido a las medidas
de seguridad implementadas en este edificio público, siendo necesario que el servidor
público pase por el ciudadano a la recepción del edificio sede.
134 VOLUMEN 12/13
”No omito manifestarle que las condiciones de estancia en la Dirección General de
Inspección Policial, son medidas internas implementadas con la finalidad de garantizar
la confidencialidad y seguridad de las personas que acuden así como de los expedientes
y servidores públicos que laboran en la misma.”
Con relación a los 15 asuntos respecto de los cuales no se proporcionó evidencia
documental, la DGIP entregó 15 fojas con los antecedentes de éstos, información que ya
había sido entregada durante la auditoría.39
La información proporcionada en la reunión de confronta no aportó elementos que modifiquen
el resultado.
Recomendación APPD-102-08-30-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública, por conducto de la Dirección General
de Inspección Policial, adopte mecanismos para fortalecer su sistema de control interno
que permitan garantizar que se disponga de información confiable, oportuna y suficiente
sobre su operación, en observancia de los Lineamientos Generales de Control Interno
para la Administración Pública del Distrito Federal.
Recomendación APPD-102-08-31-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública, por medio de la Dirección General
de Inspección Policial, implante los mecanismos para fortalecer del sistema de control
interno que permitan garantizar que las actuaciones inherentes a sus procesos queden
debidamente documentadas y que la información respectiva esté disponible para su
verificación, en observancia de los Lineamientos Generales de Control Interno para la
Administración Pública del Distrito Federal.
39 La documentación entregada emanada del SIA, aporta los datos incorporados a dicho sistema; sin embargo; no
proporcionó evidencia documental que permita verificar la atención dada en cada caso. Se observó que siete asuntos fueron turnados para integración, es decir, que permanecen en la DGIP, aunque no fueron mostrados los expedientes respectivos; otros seis fueron turnados al Consejo de Honor y Justicia; uno se remitió para archivo y otro a Contraloría Interna, mas no se entregó copia de los oficios de turno respectivos.
135 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-102-08-32-SSP
Es conveniente que la Secretaría de Seguridad Pública realice las acciones que se requieran
con el fin de garantizar las mejores condiciones posibles de accesibilidad, oportunidad
y calidad en la atención de los ciudadanos que acudan a presentar quejas y denuncias contra
elementos policiacos.
25. Resultado
Resoluciones del Consejo de Honor y Justicia
El artículo 53 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal establece lo siguiente:
“En cada uno de los Cuerpos de Seguridad Pública habrá un Consejo de Honor y Justicia,
que será el órgano colegiado competente para:
”I. Conocer y resolver sobre las faltas graves en que incurran los elementos policiales a
los principios de actuación previstos en la presente ley, así como a las normas disciplinarias
de cada uno de los Cuerpos de Seguridad Pública;
”II. Resolver sobre la suspensión temporal y la destitución de los elementos […]
”El Consejo de Honor y Justicia velará por la honorabilidad y reputación de los Cuerpos
de Seguridad Pública y combatirá con energía las conductas lesivas para la comunidad
o la corporación, para tal efecto, gozará de las más amplias facultades para examinar los
expedientes u hojas de servicio de los agentes y para practicar las diligencias que le
permitan allegarse de los elementos necesarios para dictar su resolución.”
El artículo 55 de la misma ley señala:
“En todo asunto que deba conocer el Consejo de Honor y Justicia, se abrirá un expediente
con las constancias que existan sobre el particular y se sujetará al siguiente procedimiento […]
”I. Desde luego se hará saber al elemento sujeto al procedimiento, la naturaleza y causa
del mismo, a fin de que conozca los hechos que se le imputan y pueda defenderse
136 VOLUMEN 12/13
por sí o por persona digna de su confianza o, en su defecto se le nombrará un defensor
de oficio, concediéndole diez días hábiles para que ofrezca las pruebas pertinentes y
señalándole lugar, día y hora para la celebración de la audiencia de pruebas y alegatos.
Serán admisibles toda clase de pruebas, excepto la confesional de la autoridad y las que
fueren en contra del derecho, la moral y las buenas costumbres;
”II. En dicha audiencia se desahogarán las pruebas ofrecidas y el interesado podrá presentar
en forma verbal o por escrito, los alegatos que a su derecho convengan. El Consejo
dictará su resolución debidamente fundada y motivada, dentro de los diez días siguientes
y la notificará personalmente al interesado;
”III. La resolución tomará en consideración la falta cometida, la jerarquía y los antecedentes
del elemento sujeto a procedimiento, así como las pruebas desahogadas;
”IV. De todo lo actuado se levantara constancia por escrito, y […]
”Las resoluciones del Consejo de Honor y Justicia se agregaran a los expedientes u hojas
de servicio de los elementos de los Cuerpos de Seguridad Pública.”
Los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal establecen en su Tercer Lineamiento, fracción I, que “los titulares de las Unidades
de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal son responsables de
establecer los procedimientos para que los servidores públicos ejecuten diariamente las
funciones asignadas, se administren los riesgos para evitarlos o minimizarlos, así como
la instrumentación y fortalecimiento del control interno que garantice el logro de los objetivos,
metas y programas institucionales, asegurando de manera razonable la generación de
información financiera, presupuestal y de operación confiable, oportuna y suficiente, para
cumplir con su marco jurídico de actuación, así como salvaguardar los recursos públicos
a su cargo y garantizar la transparencia de su manejo.
El inciso h) de la misma fracción señala que “los titulares deben llevar actividades de control
en todo el proceso de obtención de información, desde la generación de los documentos
fuente, hasta la obtención de los reportes o informes, así como su archivo y custodia”;
137 VOLUMEN 12/13
y, el inciso e) dispone que “las operaciones y otros eventos que afecten a las Unidades
de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, deben registrarse en el
momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible, para garantizar su relevancia
y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que puedan ser presentados en
informes y estados financieros confiables e inteligibles, facilitando a los titulares la toma
de decisiones”.
Por otra parte, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos40 señala,
en el artículo 47, fracción XX, que es obligación de todo servidor público “supervisar
que los servidores públicos sujetos a su dirección, cumplan con las disposiciones de este
artículo; y denunciar por escrito, ante el superior jerárquico o la contraloría interna, los actos
u omisiones que en ejercicio de sus funciones llegare a advertir respecto de cualquier
servidor público que pueda ser causa de responsabilidad administrativa en los términos
de esta ley, y de las normas que al efecto se expidan”.
La Dirección General del Consejo de Honor y Justicia (DGCHJ) de la SSP, mediante el
oficio núm. DGCHJ/485/10 del 19 de febrero de 2010, informó que durante 2008 resolvió
4,082 asuntos correspondientes a expedientes radicados en diversos años, como se aprecia
en el siguiente cuadro:
Año 1992 1994 1995 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 Total
Expedientes 1 2 5 10 27 116 190 291 91 217 341 742 652 934 463 4,082
Porcentaje n.s. n.s. 0.1 0.2 0.7 2.8 4.7 7.1 2.2 5.3 8.4 18.2 16.0 22.9 11.3 100.0
n.s. No significativo.
Del total de asuntos resueltos durante el ejercicio en revisión, 3,619 (88.7%) correspondieron
a ejercicios anteriores y el 11.3% restante a asuntos radicados en 2008.
40 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1982; última reforma publicada en el Diario Oficial
de la Federación el 13 de junio de 2003.
138 VOLUMEN 12/13
La DGCHJ informó que, con objeto de reducir el rezago que se tenía en 2008, “se redoblaron
esfuerzo para que se radicara una mayor cantidad de expedientes, de igual formas
se instrumentaron mecanismos para agilizar la notificación del inicio del procedimiento a
los elementos involucrados, se programó y realizó un mayor número de audiencias para
el correspondiente desahogo de pruebas, lográndose con ello un mayor número de proyectos
de resolución que fueron sometidos a las sesiones del órgano colegiado”.
Respecto a los criterios para clasificar un asunto como rezagado, la unidad administrativa
señaló que el desarrollo del procedimiento administrativo conlleva tiempos no predeterminados.
“Los aspectos de la notificación del inicio del procedimiento; el diferimiento de audiencias;
el desahogo de pruebas, entre otras etapas, hacen que el criterio para clasificar un asunto
como rezagado en cuanto al tiempo de atención y solución, sea de un año como máximo.”
Añadió que no contaba con un sistema de información para identificar el vencimiento de
los plazos y las posibles causas de ello.
Asimismo, informó que durante el ejercicio 2008 se radicaron 1,801 expedientes, de los
cuales fueron resueltos 463 asuntos.
Del total de asuntos iniciados durante 2008, el Consejo de Honor y Justicia (CHJ) resolvió
el 25.7% durante el mismo período; el 74.3% restante quedó pendiente de resolución posterior.
Con objeto de verificar la veracidad de la información proporcionada por el CHJ, así como
el cumplimiento del artículo 53 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal,
se revisó una muestra aleatoria de 91 expedientes, del un universo de 1,801 expedientes de
asuntos radicados durante el ejercicio 2008, con un nivel de confianza del 95.0% y un
margen de error de ±10.0%.
En la revisión de a los expedientes de la muestra seleccionada, se observó que el 82.9%
de los asuntos que atendió el CHJ fueron de recursos humanos, por conductas encuadradas
en la primera causal de destitución del artículo 52 de la Ley de Seguridad Pública del
Distrito Federal, según la cual los elementos de los Cuerpos de Seguridad Pública podrán
ser destituidos por “faltar a sus labores por más de tres ocasiones en un período de treinta
días naturales sin permiso o causa justificada”. El restante 17.1%, fue en cuadrado por el CHJ
en diversas causales del mismo artículo.
139 VOLUMEN 12/13
En relación con los asuntos relativos a los diferentes cuerpos policiacos del Distrito Federal,
el 62.6% fue de elementos de la Policía Preventiva, el 24.2% de la Policía Auxiliar y 13.2%
de la Policía Bancaria e Industrial.
Para medir la oportunidad de la atención de los asuntos, se contaron los días transcurridos
entre la fecha de ingreso de éstos y aquella en que se dictó el acuerdo de radicación.
Se tomó como punto de partida la fecha del sello de recepción de la Oficialía de Partes
del CHJ.
Sobre el particular, no se encontró un criterio respecto a la oportunidad en la atención de los
asuntos. Durante el ejercicio 2008, el tiempo promedio para la radicación de los expedientes
fue de 299, días a partir de la fecha en que se tuvo conocimiento. El 10% de los casos
fueron radicados antes del mes de haber sido ingresados y más del 30%, después de un
año de haber sido ingresados.
Con el oficio núm. DGCHJ/SARCE/847/10 del 8 de abril de 2010, la DGCHJ explicó que
“los criterios adoptados para la radicación de un asunto, se basan fundamentalmente
en aquellas acciones que preceden el hecho mismo de la elaboración del acuerdo de
radicación. Es decir, el registro de las actas administrativas, revisión y análisis de las
mismas, determinación de los elementos jurídicos necesarios y suficientes para iniciar
el proceso administrativo. En caso de que las actas administrativas presenten deficiencias
y/o incongruencias, que no permitan instruir el procedimiento administrativo, son devueltas
a su lugar de origen para que se realicen las correcciones necesarias. Es en este renglón
de devoluciones, para subsanar y/o perfeccionar las actas administrativas y documentales
que la acompañan, en donde existen los mayores problemas en cuanto a los tiempos que
dan la pauta a la radicación de los asuntos”.
Sin embargo, en ningún expediente revisado se encontró constancia de las de actuaciones
relacionadas con devoluciones para corregir o perfeccionar las actas administrativas.
Cabe señalar que, en el caso del expediente núm. RH/1107/08, transcurrieron
4.4 años (1,622 días) para que el CHJ dictara acuerdo de radicación. Al respecto, en
sesión posterior, durante el mismo ejercicio, el CHJ acordó el archivo del caso por baja
140 VOLUMEN 12/13
ordenada por el mismo órgano colegiado el 10 de feb de 2005 y notificada el 16 de febrero
de 2006.41 Situación similar ocurrió con los expedientes núms. RH/1058/08 y RH/1077/08,
lo que denota carencia de controles y de garantizar un sistema de información actualizado
sobre las propias resoluciones que permitiera al CHJ disponer de información previa a la
radicación de un asunto.
Asimismo, en la revisión del expediente núm. RH/1679/08, se observó que, mediante el
oficio núm. PADF/64/1165/07 del 3 de abril de 2007, la Policía Auxiliar del Distrito Federal,
remitió al CHJ el acta levantada a un elemento, dos años después de ocurridos los
hechos señalados.42
La misma situación se pudo apreciar en los expedientes núms. RH/1173/08, para un elemento
del Sector AZC·3; RH/1269/08, para un elemento del Agrupamiento de Granaderos Oriente;
RH/0489/08, para un integrante de la Policía Bancaria e Industrial, en los que trascurrió
más de un año entre la fecha en que ocurrieron los últimos hechos y aquella en que los
asuntos fueron turnados al CHJ para que resolviera lo procedente.
Lo anterior denota falta de observancia, por parte de las unidades policiales del inciso e)
del tercero de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal, por no haber informado al CHJ a partir de la fecha en que
ocurrieron los hechos; y de la obligación establecida en el artículo 47, fracción XX, de la
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Se identificaron también seis casos con inconsistencias, como las ya señaladas
anteriormente y aplicación de criterios diferentes para casos similares.
En seis expedientes, instaurados contra varios elementos por “faltar a sus labores por más
de tres ocasiones en un período de treinta días naturales sin permiso o causa justificada”,
se observó lo siguiente:
41 El CHJ dictó acuerdo de radicación en 2008 para atender en asunto relacionado con un elemento que ya había sido
destituido por el mismo órgano durante 2005, y al que fue notificada la dicha resolución un año después. 42 La fecha en que ocurrieron los últimos hechos, de conformidad con el acta administrativa, fue el 1o. de abril de 2005.
141 VOLUMEN 12/13
Número de expediente
Fecha de los hechos1
(1)
Fecha de Ingreso2
(2)
IO13
(2)-(1) (3)
Fecha de radicación
(4)
IO24
(4)-(2) (5)
IO35
(4)-(1) (6)
Fecha de sesión
(7)
IO46 (7)-(1)
(8)
Determinación
RH/0042/08 31/VIII/2006 19/X/2006 49 24/I/2008 462 511 17/XII/2009 1,204 Acuerdo de prescripción
RH/0154/08 29/III/2006 12/XII/2006 258 14/II/2008 429 687 09/VII/2009 1,198 Arresto de 24 horas
RH/0619/08 12/IX/2005 21/X/2005 39 10/IV/2008 902 941 17/XII/2009 1,557 Acuerdo de prescripción
RH/0642/08 21/VI/2005 29/VIII/2005 69 17/IV/2008 962 1,031 28/VIII/2008 1,164 Arresto de 36 horas
RH/0662/08 18/X/2005 30/VI/2006 255 10/IV/2008 650 905 01/IX/2009 1,414 Acuerdo de prescripción
RH/1002/08 05/III/2006 13/VII/2006 130 11/VI/2008 699 829 11/VI/2009 1,194 Destitución 1 Se consideró el último día señalado en el acta administrativa. 2 Se consideró la fecha de acuse de recibo marcada por la Oficialía de Partes del CHJ. 3 IO1. Indicador de oportunidad 1. Días transcurridos entre la fecha de los hechos y la de ingreso al CHJ. 4 IO2. Indicador de oportunidad 2. Días transcurridos entre la fecha de radiación y la de ingreso al CHJ. 5 IO3. Indicador de oportunidad 3. Días transcurridos entre la fecha de radicación y la de los hechos. 6 IO4. Indicador de oportunidad 4. Días transcurridos entre la fecha de resolución y la de los hechos.
En la tabla anterior se pueden apreciar los días transcurridos entre las distintas etapas del
proceso, a partir del uso de indicadores de oportunidad simples que permiten medir el tiempo
transcurrido entre las fases del proceso y la toma de decisiones. Como se observa, en
todos los casos transcurrieron más de tres años (1,095 días) a partir del día siguiente día
a aquel en que ocurrieron los hechos, lo que motivó la prescripción de tres de los asuntos
revisados;43 en los tres restantes se acordó una sanción.
Sobre este particular, mediante el oficio núm. DGCHJ/SARCE/847/10 del 8 de abril de 2010,
la DGCHJ explicó que la diferencia de criterios obedeció básicamente a la etapa procesal
del expediente: “al parecer se debió a que los expedientes se encontraban en áreas y
etapas distintas del procedimiento, tal es el caso de los expedientes que se encontraban
en el área de Notificaciones y Audiencias, en donde después del inicio del procedimiento
administrativo y aquellos elementos inmersos en el mismo, que no fue posibles notificarles
por diversas circunstancias, se tomó la determinación de prescribir los expedientes, con
fundamento en el artículo 78 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Otros expedientes ya se encontraban en el área de resoluciones, en éstos ya se habían
desahogado y valorado las pruebas del caso, por lo que se aprecia la existencia de alguna
resolución”.
43 La Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en su artículo 78, señala que las facultades para imponer
las sanciones que esta ley prevé se sujetarán a lo siguiente:“I. Prescribirán en un año si el beneficio obtenido o el daño causado por el infractor no excede de diez veces el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal” y “II. En los demás casos prescribirán en tres años.” El segundo párrafo establece que “el plazo de prescripción se contará partir del día siguiente a aquél en que se hubiera incurrido en la responsabilidad o a partir del momento en que hubiese cesado, si fue de carácter continuo.” Por último, el tercer párrafo señala que “en todos los casos la prescripción a que alude este precepto se interrumpirá al iniciarse el procedimiento administrativo previsto por el artículo 64.”
142 VOLUMEN 12/13
Del análisis realizado se concluye que en 2008 el CHJ resolvió 4,082 asuntos, de los cuales
el 11.3% correspondió al período y el 88.7% al rezago de ejercicios anteriores. Asimismo, inició
1,801 asuntos, de los cuales concluyó el 25.7% durante en el mismo período.
No obstante, se determinaron deficiencias de control del CHJ para garantizar un sistema
de información actualizado sobre sus propias resoluciones; La falta de un sistema de
información para medir los procesos e identificar el vencimiento de los plazos y las
posibles causas esto; y la carencia de mecanismos institucionales para hacer eficientes
los procesos desde el ingreso hasta la conclusión de los asuntos.
Por otro lado, los responsables de las diversas unidades policiales no informaron con
oportunidad al CHJ sobre presuntas faltas a la Ley de Seguridad Pública del Distrito
Federal por parte de los elementos policiacos adscritos a ellas, en contravención de lo
señalado por el inciso e) del tercero de los Lineamientos Generales de Control Interno
para la Administración Pública del Distrito Federal y del artículo 47, fracción XX, de la Ley
Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Recomendación APPD-102-08-33-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública, por medio de la Dirección General
del Consejo de Honor y Justicia, adopte mecanismos de control interno para asegurarse
de que cuente con información confiable sobre su operación, y de que las actuaciones de sus
procesos estén debidamente documentadas, a fin de garantizar la relevancia y utilidad de
la información que genera, en observancia de los Lineamientos Generales de Control Interno
para la Administración Pública del Distrito Federal.
Recomendación APPD-102-08-34-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública a través de la Dirección General del
Consejo de Honor y Justicia establezca mecanismos de control que permitan delimitar
las responsabilidades y plazos a que deben sujetarse las áreas involucradas en las
distintas de sustanciación de los asuntos que atienda el Consejo de Honor y Justicia, en
cumplimiento de lo que dispone la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y demás
normatividad aplicable.
143 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-102-08-35-SSP
Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública, en observancia de la Ley Federal de
Responsabilidades de los Servidores Públicos, implante los mecanismos para garantizar
que los responsables de las unidades administrativas y áreas involucradas en la operación
policial informen de manera oportuna al Consejo de Honor y Justicia sobre los asuntos de
su competencia.
26. Resultado
Participación de la Ciudadanía en la Evaluación de la Policía del Distrito Federal
Entre los objetivos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito
Federal44 se encuentran, de acuerdo con la fracción IV de su artículo 9o., “favorecer
la rendición de cuentas, de manera que se pueda valorar el desempeño de los sujetos
obligados”; y según la fracción VII, “contribuir con la transparencia y la rendición de
cuentas de los entes públicos a través de la generación y publicación de información
sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos de manera
completa, veraz, oportuna y comprensible”.
Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior, el artículo 4 fracción V, de dicha ley
define que son entes públicos “aquellos que la legislación local reconozca como de interés
público y ejerzan gasto público; y los entes equivalentes a personas jurídicas de derecho
público o privado, ya sea que en ejercicio de sus actividades actúen en auxilio de los
órganos antes citados o ejerzan gasto público”.
En el Programa de Seguridad Pública para el Distrito Federal 2007-2012, se consideró
implantar un sistema de evaluación ciudadana de la policía de barrio, mediante encuestas
que indiquen el grado de presencia en sus colonias, así como su disposición y efectividad
en el servicio, para considerar sus resultados en el sistema de estímulos y recompensas
de la policía del Distrito Federal.
44 Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de marzo de 2008.
144 VOLUMEN 12/13
De conformidad con numeral primero del Acuerdo por el que se crea el Consejo Ciudadano
de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal,45 éste fue creado
como un “órgano de consulta, análisis y participación ciudadana en materia de seguridad
pública, procuración de justicia, cultura cívica, atención a víctimas del delito y prevención
y readaptación social”.
De acuerdo con el numeral segundo, fracciones IV, V y XI del mismo precepto, el Consejo
Ciudadano46 tiene, entre otras las siguientes atribuciones:
“IV. Monitorear el desempeño de ministerios públicos, comandantes de la policía judicial,
agentes de sector y juzgados cívicos;
”V. Proponer el otorgamiento de reconocimientos a los servidores públicos que se destaquen
en el ejercicio de funciones de seguridad pública o que realicen acciones relevantes […]
”XI. Fomentar la cooperación y participación de la ciudadanía en los siguientes aspectos:
”a) La difusión amplia del programa preventivo de Seguridad Pública, con participación
vecinal; y
”b) El establecimiento de mecanismos de evaluación.”
Con fecha 20 de marzo de 2008, la SSP y el Consejo Ciudadano celebraron el Segundo
Convenio Específico de Colaboración,47 con objeto de “establecer los mecanismos que en
forma específica regirán el apoyo presupuestal que la SSP, proporcionará al Consejo durante
el ejercicio 2008, para la realización de sus acciones que consisten fundamentalmente en
[…] coadyuvar en la evaluación del desempeño policial para otorgar premios, estímulos
y recompensas a elementos destacados”.
45 Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de enero de 2007 y Acuerdo por que se modifica el diverso por el
que se crea el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de agosto de 2008.
46 De conformidad con el artículo 8 del Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de abril de 2007, el Consejo se integra por 25 Consejeros Ciudadanos, designados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, uno de los cuales funge como Presidente; los titulares de la Secretaría de Gobierno y de Seguridad Pública, de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) y de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, quienes fungen como Consejeros Gubernamentales; y un Secretario Ejecutivo. Todos los consejeros tienen derecho a voz y voto.
47 El convenio específico se derivó del Convenio General de Colaboración entre la SSP, la PGJDF y el Consejo Ciudadano, celebrado el 30 de marzo de 2007.
145 VOLUMEN 12/13
En la segunda cláusula del convenio se estableció el compromiso de la SSP de
apoyar presupuestalmente al Consejo hasta con un monto de 17,283,500.00 pesos.
La tercera cláusula especifica que el Consejo se compromete a destinar los recursos
presupuestales a la realización de los proyectos o actividades referidas en el anexo,
a saber: la Denuncia Ciudadana, Extorsión Telefónica, Protejamos a Nuestra Colonia,
Reporte Ciudadano, Evaluación Ciudadana, Visitadores Ciudadanos, Viajemos Seguras,
Encuesta de Victimización, y Creación y Administración de la Página Web del Consejo.
Así como proporcionar a la SSP la información necesaria para acreditar el cumplimiento
de las acciones e informes bimestrales de los resultados documentales, así como la forma
en que éstos se reflejan en beneficio colectivo de los habitantes del Distrito Federal.
Derivado del citado convenio, en 2008 la SSP proporcionó al Consejo Ciudadano
17,263,200.00 pesos mediante cinco transferencias. Al respecto, con el oficio
núm. DGRF/OM/SSP/0294/2010 del 3 de marzo de 2010, la SSP entregó a la CMHALDF
copia de la documentación comprobatoria, así como los informes bimestrales de las
actividades desarrolladas por el Consejo con los recursos recibidos. Dicha documentación
se acreditó con los oficios núms. OCCDF/SE/031/06-08 del 10 de junio de 2008,
OCCDF/SE/055/08-08 del 11 de agosto de 2008, OCCDF/SE/084/10-08 del 10 de octubre
de 2008 y OCCDF/SE/109/12-08 del 26 de diciembre de 2008, con sus respectivos anexos.
Al verificar la documentación comprobatoria mencionada, se constató que las partes
cumplieron los compromisos establecidos en el convenio, lo se tradujo en una serie de
programas y acciones del Consejo Ciudadano en apoyo de la seguridad pública.
Sin embargo, no se pudieron constatar los alcances de las acciones realizadas ni la forma
en que éstas se reflejaron en el beneficio colectivo de los habitantes del Distrito Federal,
toda vez que en el convenio no se precisaron los mecanismos de seguimiento que
permitieran conocer el avance y cumplimiento de las actividades y, con ello, contribuir a la
transparencia y rendición de cuentas mediante información completa, veraz, oportuna y
comprensible, sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos,
como señala la fracción VII del artículo 9o. de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública del Distrito Federal.
Por otro lado, mediante el oficio núm. APPD/10/0183 del 23 de marzo de 2010, se solicitó
al Consejo Ciudadano un informe sobre los resultados generales de la Primera Encuesta
146 VOLUMEN 12/13
Ciudadana de Evaluación a Policías, efectuada por ese órgano durante 2008 en el marco
del Sistema Integral de Evaluación Ciudadana de las Instituciones de Seguridad Pública
y Procuración de Justicia en el Distrito Federal.
Mediante el oficio núm. CCSPPJDF/202/2010 del 5 de abril de 2010, el Consejo Ciudadano
proporcionó la información requerida y manifestó que el ejercicio realizado “no constituyó
una encuesta propiamente dicha, por lo cual no se aplicaron los criterios de muestreo
y análisis estadísticos propios de ese tipo de herramientas; llevamos a cabo una evaluación
a efecto de saber la percepción que la ciudadanía tiene respecto de sus cuerpos de
seguridad y procuración de justicia”.
Asimismo, informó que en septiembre de 2008 se repartieron entre la ciudadanía 4,000,000
de cuestionarios de evaluación y se recibieron en el tiempo previsto 1,700,000 cuestionarios,
cuyas respuestas fueron procesadas.
De la integración de los 1,677 informes por colonia que proporcionó el Consejo Ciudadano,
se obtuvieron 1,145,534 respuestas (554,446 menos que las señaladas por dicho órgano)
correspondientes a igual número de cuestionarios, que en términos generales arrojaron
los siguientes resultados:
1. El 14.6 de los participantes contestó que sí conoce a los policías que vigilan su calle,
el 85.4% dijo no conocerlos.
2. El 13.0% consideró como bueno o muy bueno el desempeño de los policías, el 25.6%
opinó que es regular, el 43.5% respondió que es malo o muy malo y el 17.9% no contestó.
3. El 21.3% de los encuestados señaló que las patrullas hacen recorridos por su colonia
diariamente, el 15.1%, que cada tercer día, el 9.0%, que semanalmente; el 50.0%,
que nunca o casi nunca y el 4.5% no contestó.
4. El 25.4% de los encuestados señaló que durante el año necesitaron alguna vez el apoyo
de una patrulla. De ellos, el 20.6% calificó la atención recibida como buena o muy
buena, el 21.6%, como regular, el 25.5% como mala o muy mala y 32.3% contestó
que no fue atendido.
147 VOLUMEN 12/13
5. El 13.2% de los encuestados consideró que el desempeño de la policía en su colonia
fue mejor que antes, el 55.2% opinó que igual que antes, el 29.2% señaló que fue peor
que antes y el 2.4% no contestó.
6. Para el 59.6% de los encuestados, su calle es más segura que su colonia o la ciudad.
7. El 2.3% de los encuestados dijo conocer algún policía que, por su buen desempeño,
recomendaría para recibir un estímulo, el 97.5% respondió que no y el 0.2% no respondió.
Con base en el análisis anterior y la documentación proporcionada, se concluye que
durante 2008 la SSP realizó acciones tendientes a implantar un sistema de evaluación
ciudadana de la policía mediante consulta ciudadana para medir el grado de presencia
policial en las colonias, así como su disposición y efectividad en el servicio. Dicha consulta
fue realizada al amparo del Segundo Convenio Específico de Colaboración firmado por el
ente con el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública. Sin embargo, con la información
disponible, y toda vez que no se establecieron mecanismos de seguimiento en el convenio
señalado, no fue posible constatar el alcance de las actividades realizadas por el Consejo
Ciudadano; ello impidió disponer de información completa, veraz, oportuna y comprensible,
que contribuyera con la transparencia y la rendición de cuentas.
Recomendación APPD-102-08-36-SSP
Es conveniente que la Secretaría de Seguridad Pública establezca, en los convenios de
colaboración que celebre con el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración
de Justicia del Distrito Federal, los mecanismos para dar seguimiento a los compromisos
adquiridos, objeto de que sea posible dar cumplimiento a lo que establece la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
149 VOLUMEN 12/13
VI.1.1.2. PROGRAMA 12 “IGUALDAD DE GÉNERO” (PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL)
Auditoría APPD/104/08
ANTECEDENTES
El 15 de mayo de 2007 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Ley de
Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal, la cual establece en su
artículo 10, fracciones II y VI, que la política que en materia de igualdad sustantiva desarrolle
el Gobierno del Distrito Federal deberá garantizar que la planeación presupuestal incorpore
progresividad, la perspectiva de género, apoye la transversalidad1 y prevea el cumplimiento
de los programas, proyectos, acciones y convenios para la igualdad sustantiva entre
mujeres y hombres; asimismo, deberá considerar medidas para erradicar la violencia de
género y la violencia familiar, así como proteger los derechos sexuales y reproductivos.
De esta manera, en la Exposición de Motivos del Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008 se indicó que a partir de ese año se pondría en
operación el Programa 12 “Igualdad de Género”, para lo cual se destinarían 1,233.0 millones
de pesos. Para facilitar la presupuestación de sus acciones, 58 unidades responsables del
gasto crearon o modificaron al menos una actividad institucional dentro de su estructura
programática, de acuerdo con las siguientes políticas:
● Promover la Equidad de Género. Promover los derechos humanos de las mujeres
e impulsar acciones dirigidas a sensibilizar, concientizar o promover la equidad de
género, tanto al interior de la Administración Pública del Distrito Federal como entre
la ciudadanía en general.
1 Transversalidad: Herramienta metodológica para garantizar la inclusión de la perspectiva de género como eje integrador
de los instrumentos, políticas y prácticas legislativa, ejecutiva, administrativa y reglamentaria, tendentes a homogeneizar los principios, conceptos y acciones a desarrollar para garantizar la concreción del principio de igualdad.
150 VOLUMEN 12/13
● Diseñar y Coordinar Políticas Públicas con Perspectiva de Género. Acciones que
garanticen la transversalización y fortalecimiento institucional de la perspectiva de género
dentro de las políticas públicas del Gobierno del Distrito Federal.
● Políticas Públicas para la Igualdad de Género. Corregir las iniquidades de género
mediante el establecimiento de medidas especiales de carácter correctivo o compensatorio
orientadas a acelerar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.
De manera particular, se señaló que, debido a la importancia que reviste la erradicación de la
violencia contra las mujeres, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF),
desde su ámbito de acción, promovería la denuncia entre las mujeres víctimas de delito,
y difundiría los procedimientos y mecanismos de atención a sus demandas. En términos
cuantitativos, esa dependencia proporcionaría atención a 196,403 menores, mujeres,
detenidos y víctimas de delito, para lo cual se destinarían 182,601.6 miles de pesos.
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008, se indicó que la PGJDF ejerció
un presupuesto de 181,748.0 miles de pesos, monto inferior en 853.6 miles de pesos (0.5%)
al presupuesto aprobado (182,601.6 miles de pesos). La variación presupuestal se debió
principalmente a enteros efectuados ante la Secretaría de Finanzas con motivo del cierre
del ejercicio presupuestal.
OBJETIVO
La auditoría se orientó a evaluar el desempeño de la PGJDF en las acciones relacionadas
con la actividad institucional 10 “Brindar atención especializada a menores, mujeres,
detenidos y víctimas del delito”, en términos de la congruencia de brindar atención
especializada a la población que marca esa actividad institucional, así como las prioridades
establecidas en su marco legal y en los instrumentos normativos de corto y mediano
plazos; la eficacia en la atención especializada a menores, mujeres, detenidos y víctimas
del delito y en el cumplimiento de los objetivos y metas en esa materia; la eficiencia con
que se ejecutaron los procesos relativos a la atención especializada de esa población;
y la economía en el uso de los recursos público invertidos para ello. La evaluación
se complementó con el análisis de los aspectos de calidad, competencia de la PGJDF
151 VOLUMEN 12/13
en correspondencia con sus atribuciones para atender a ese tipo de población; y la percepción
del beneficiario en relación con el servicio de atención especializada a menores, mujeres,
detenidos y víctimas del delito.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La actividad institucional 10 “Brindar atención especializada a menores, mujeres, detenidos
y víctimas del delito” se seleccionó con base en los criterios de interés general, importancia
relativa, y presencia y cobertura. El primer criterio se aplicó por la relevancia que representa
garantizar a los menores, mujeres y víctimas de delito el ejercicio de sus derechos y el
goce de las medidas de atención y apoyo que les confieren las leyes mexicanas. El segundo,
debido a que la PGJDF fue uno de los entes que asignaron mayor presupuesto a la
operación del Programa 12 “Igualdad de Género” (14.8%), además de que dicha actividad
presentó un cumplimiento de 63.0% de la meta física prevista al inicio del ejercicio.
Finalmente, se seleccionó en razón de que la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF) no había practicado una auditoría de desempeño
a esa dependencia.
ALCANCE
Se evaluó la congruencia entre el objetivo y misión de la PGJDF y lo establecido en el
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos en cuanto a las facultades del Ministerio Público para perseguir el
delito y procurar justicia. Asimismo, se verificó la correspondencia entre las actividades
emprendidas por la PGJDF para garantizar el ejercicio de los derechos y la integridad
física y psicosocial de los menores, mujeres, detenidos y víctimas de algún delito y las
prioridades del Distrito Federal en materia de equidad de género, establecidas en el
Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012 y el Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008.
Para constatar la eficacia con la que la PGJDF cumplió los objetivos de proporcionar
atención especializada e integral a los ofendidos y víctimas del delito bajo una perspectiva
de género y protección a la infancia; facilitar a la comunidad el acceso a los servicios de la
152 VOLUMEN 12/13
Procuraduría; y proteger los derechos de los niños y niñas relacionados con averiguaciones
previas y procesos penales y familiares, se analizaron los registros auxiliares y diversa
documentación relativa a las personas atendidas y los servicios otorgados.
Con el fin de evaluar la eficiencia con que actuaron las unidades administrativas participantes
en la operación de la actividad institucional auditada, se analizaron los procedimientos
que se siguieron para proporcionar apoyo legal y atención médica, social y psicológica
a las víctimas del delito; suministrar alimentos a detenidos y proporcionar orientación
jurídica a sus familiares; informar al público sobre personas detenidas; y otorgar la adecuada
asistencia y protección a las niñas y niños en resguardo de la Dirección General del
Albergue Temporal. Además, se analizaron diversas leyes y acuerdos que regulan la
intervención de la Fiscalía Central de Investigación para Menores, en los casos de niñas
y niños que cometan actos delictivos o que sean víctimas de algún delito.2
Para evaluar la economía con que se aplicaron los recursos y determinar los factores que
repercutieron en el comportamiento del gasto, se revisó el origen, composición y destino
de los recursos financieros empleados en 2008; se examinó la estructura general del gasto;
y se analizó el ejercicio del presupuesto respecto a los recursos aprobados, para identificar
los costos incurridos, compararlos con lo estimado y comprobar posibles economías.
Por lo que se refiere a la competencia de los servidores públicos que proporcionaron la
atención especializada a los usuarios solicitantes, se verificó que éstos cubrieran el perfil
profesional requerido en el Catálogo de Puestos y en la convocatoria para la contratación
de personal emitida por la PGJDF en junio de 2008.
En cuanto a la calidad de los servicios, se aplicaron encuestas en los seis Centros de
Atención Especializada que integran el Sistema de Auxilio a Víctimas, a efecto de conocer
la opinión de los usuarios sobre la atención y servicios recibidos.
La revisión se efectuó con base en la información que proporcionaron las siguientes unidades
administrativas: la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP),
2 A partir del 11 de febrero de 2010 la Dirección General del Albergue Temporal y la Fiscalía Central de Investigación para
Menores se denominan Centro de Estancia Transitoria para Niños y Niñas y Fiscalía Central de Investigación para Niños, Niñas y Adolescentes, respectivamente.
153 VOLUMEN 12/13
la Dirección General de Atención a Víctimas el Delito (DGAVD), la Dirección General
de Servicios a la Comunidad, la Dirección General del Albergue Temporal y la Fiscalía
Central de Investigación para Menores.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Con la finalidad de evaluar los mecanismos de control establecidos por la PGJDF para
garantizar el cumplimiento de las políticas y directrices emanadas del marco normativo
que le compete, se verificó la aplicación de sus procedimientos internos para la operación
la actividad institucional 10 “Brindar atención especializada a menores, mujeres, detenidos
y víctimas del delito” del Programa 12 “Igualdad de Género”; se analizaron las disposiciones
correspondientes, indicadas en su Ley Orgánica y Reglamento, en los acuerdos de
creación de los Centros de Atención Especializada y en los manuales de organización general
y específicos.
De esta manera, se comprobó que los procesos desarrollados por la DGAVD, la Dirección
General de Servicios a la Comunidad y la Dirección General del Albergue Temporal para
la consecución de sus metas y objetivos presentan una secuencia lógica, tienen un objetivo
definido y delimitan de manera adecuada los tramos de control y decisión; sin embargo,
no corresponden a los procesos contenidos en los procedimientos vigentes en 2008, situación
que dificulta la dirección, supervisión y ejecución de las actividades, así como la evaluación
de las operaciones y la identificación de riesgos y oportunidades.
Por otra parte, se analizó el proceso de programación-presupuestación de las metas
físicas y financieras, a efecto de conocer y evaluar los mecanismos empleados por la
PGJDF para destinar recursos en apoyo a la política general de gasto establecida por el
Gobierno del Distrito Federal para la promoción de la equidad de género.
Para identificar las causas de las variaciones de los resultados obtenidos respecto a los
previstos para la actividad institucional 10, se verificó la confiabilidad del sistema de
medición y registro de éstos. Al respecto, se detectaron deficiencias en la conciliación
y supervisión de la información que el ente auditado reportó a la Secretaría de Finanzas
para integrar la Cuenta Pública de 2008, lo cual impide la medición de aspectos críticos
154 VOLUMEN 12/13
de las operaciones, la evaluación del cumplimiento de los objetivos y sus desviaciones
y el diseño de medidas correctivas por parte de las áreas responsables.
En materia de control y seguimiento presupuestal, se revisaron registros presupuestales,
nóminas del personal de estructura, afectaciones programático-presupuestarias y contratos
de adquisición de bienes y servicios. También, se revisaron registros auxiliares y reportes
internos sobre la ministración de los recursos destinados a la operación de la actividad
institucional revisada.
De lo anterior se concluye que los mecanismos de control interno establecidos por la PGJDF
para identificar y administrar los riesgos vinculados al cumplimiento de sus metas y objetivos
muestran diversas deficiencias, lo cual dificulta la evaluación de la eficacia, eficiencia,
economía y calidad de sus actividades sustantivas.
DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
De acuerdo con las cifras reportadas en el Informe de Cuenta Pública de la PGJDF de 2008,
en el Programa 12 “Igualdad de Género” se ejercieron por 193,265.1 miles de pesos, de
los cuales fueron seleccionados para su revisión 181,748.0 miles de pesos, que corresponden
al 100.0% del presupuesto ejercido en la actividad institucional 10 y al 94.0% de dicho
programa.
Para la comprobación del presupuesto modificado se revisaron 37 adecuaciones
programático-presupuestarias autorizadas, que representan el 100.0% de la documentación
comprobatoria de las afectaciones realizadas durante el año al presupuesto aprobado
para la operación de la actividad 10, así como al calendario presupuestal establecido.
Con el fin de verificar que el personal responsable de proporcionar atención especializada
a los usuarios cuenta con el perfil requerido, de un universo de 1,137 servidores públicos
se seleccionaron 226 expedientes, mediante un muestreo estadístico aleatorio, con un
nivel de confianza de 90.0% y un margen de error de 5.0%.
Asimismo, se aplicó un cuestionario a 269 usuarios de los servicios que proporcionan los
Centros de Atención Especializada que integran el Sistema de Auxilio a Víctimas con el
155 VOLUMEN 12/13
propósito de conocer su opinión sobre la atención recibida y el alcance en el cumplimiento
de sus expectativas. El número de usuarios se determinó con base en muestreo estadístico
aleatorio, considerando un nivel de confianza de 90.0% y un margen de error de 5.0%.
RESULTADOS
Congruencia
1. Resultado
Objetivo y Misión de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
El artículo 1o., párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
vigente en 2008 establece que “queda prohibida toda discriminación motivada por origen
étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones
de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que
atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos
y libertades de las personas”. Por su parte, el artículo 21, primer párrafo, del mismo
ordenamiento dispone que: “La investigación y persecución de los delitos incumbe al
Ministerio Público, el cual se auxiliará con una policía que estará bajo su autoridad y mando
inmediato”.
De conformidad con esas disposiciones, el artículo 10, fracción V, segundo párrafo,
del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal señala que es competencia del Ministerio
Público del Distrito Federal la persecución de los delitos del orden común cometidos en la
Ciudad de México; la representación de los intereses de la sociedad; la promoción de una
pronta, completa y debida impartición de justicia; el ejercicio de las atribuciones que le
confiere la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal; y la participación en la instancia
de coordinación del Distrito Federal en el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Asimismo, el artículo 2o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal establece que la Institución del Ministerio Público estará a cargo del
Procurador General de Justicia del Distrito Federal, y que sus atribuciones se ejercerán
por conducto de su titular o de sus agentes y auxiliares. Entre sus atribuciones destacan
156 VOLUMEN 12/13
las de perseguir los delitos del orden común cometidos en el Distrito Federal; velar
por la legalidad y por el respeto de los derechos humanos en la esfera de su competencia;
promover la pronta, completa y debida impartición de justicia; proteger los derechos e
intereses de los menores, incapaces, ausentes, ancianos y otros de carácter individual
o social; y proporcionar atención a las víctimas o los ofendidos por el delito.
Por lo que respecta a la misión de la PGJDF, según el documento anexo al oficio
núm. 701/2535/2009 del 31 de agosto de 2009, fue establecida en los siguientes términos:
“Representar legalmente los intereses de los habitantes del Distrito Federal, a través
de la implementación de acciones eficaces y eficientes para la persecución del delito y la
procuración de la justicia, con respeto irrestricto a los derechos humanos, a efecto de
fortalecer la confianza y seguridad en la convivencia de los habitantes.”
En cuanto a la disponibilidad de normatividad administrativa que favorezca el cumplimiento
tanto de su objetivo como de su misión, se constató que el Manual General de Organización,
vigente en 2008, expone el funcionamiento de la PGJDF e identifica las funciones de cada
una de las unidades administrativas que la integran, para el despacho de los asuntos
relacionados con la investigación y persecución de los delitos del fuero común y la
representación de los intereses de la sociedad en el Distrito Federal.
De lo anterior se concluye que el objetivo y la misión de la PGJDF, con fundamento en los
artículos 10 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 2o. de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y de acuerdo con lo establecido en su
Manual de Organización General, son congruentes con lo señalado en los artículos 1o. y 21
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Resultado
Vinculación del Programa 12 “Igualdad de Género” con los Instrumentos de Planeación de Mediano y Corto Plazos
El artículo 2o. de la Ley de Planeación establece: “La planeación deberá llevarse a cabo
como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el
157 VOLUMEN 12/13
desarrollo integral y sustentable del país y deberá tender a la consecución de los fines
y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos”. El artículo 3o. del mismo ordenamiento señala: “Para los
efectos de esta Ley se entiende por planeación nacional de desarrollo la ordenación
racional y sistemática de acciones que, en base al ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo
Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política,
cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales,
tiene como propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las
normas, principios y objetivos que la propia Constitución y la ley establecen”.
Por otra parte, en el artículo 40 de esa ley se indica que los proyectos de Presupuesto de
Egresos de la Federación, del Distrito Federal y de las entidades paraestatales deberán
ser congruentes con los objetivos, prioridades y programas incluidos en el Plan Nacional
de Desarrollo.
En cuanto al ámbito local, en los artículos 2o. y 3o. de la Ley de Planeación de Desarrollo
del Distrito Federal se señala que la planeación se llevará a cabo como un medio eficaz
y permanente para impulsar el desarrollo integral del Distrito Federal y atenderá a la
consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos
en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; además se establece que la
planeación tendrá como ejes rectores el desarrollo económico y social y el ordenamiento
territorial, y vinculará la programación y la presupuestación para concretar objetivos,
estrategias, metas y prioridades del desarrollo.
En este marco, el Gobierno Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación del 31 de
mayo de 2007, el decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo para el
período 2007-2012. En él se establece como objetivo nacional reducir las brechas
sociales, económicas y culturales persistentes en la sociedad, a fin de que los mexicanos
sean tratados con equidad y justicia en todas las esferas de su vida, de tal manera que
no exista forma alguna de discriminación. Para el efecto, se definieron en los Ejes 1
“Estado de Derecho y Seguridad” y 3 “Igualdad de Oportunidades” los siguientes objetivos
y estrategias:
158 VOLUMEN 12/13
Ejes Objetivos Estrategias
1 “Estado de Derecho y Seguridad”
Combatir la impunidad para disminuir los niveles de incidencia delictiva.
Enfocar el sistema de procuración de justicia en favor de la víctima, garantizando en todo momento la protección de su integridad, dignidad e identidad. Combatir y sancionar con mayor severidad la violencia de género.
3 “Igualdad de Oportunidades” Eliminar cualquier discriminación por motivos de género y garantizar la igualdad de oportunidades para que las mujeres y los hombres alcancen su pleno desarrollo y ejerzan sus derechos por igual.
Construir políticas públicas con perspectiva de género de manera transversal. Difundir y divulgar la importancia de la igualdad entre mujeres y hombres. Elevar la inscripción de niñas en las escuelas y asegurar su permanencia en éstas. Promover la cultura de prevención de las enfermedades de la mujer y garantizar el acceso a servicios de calidad para la atención de éstas. Combatir la discriminación hacia las mujeres en el ámbito laboral. Facilitar la integración de la mujer al mercado laboral mediante la expansión del sistema nacional de guarderías y estancias infantiles. Atender a las mujeres que viven en pobreza. Vincular los programas para la erradicación de la pobreza y los programas para la igualdad de oportunidades y la no discriminación de la mujer. Promover la participación política de la mujer.
El 8 de noviembre de 2007 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Programa
General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, en cuya introducción se señala que
la equidad de género es una de las prioridades de la actual administración, por lo que
cada una de las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal habrá
de orientar sus actividades de acuerdo con esta perspectiva. Se plantea que se deberá
lograr que las mujeres alcancen un efectivo ejercicio de sus derechos y se destierren
los mecanismos de subordinación y discriminación que constituyen un lastre para nuestra
sociedad.
En el Eje Estratégico 2 “Equidad” de dicho documento se afirma que las mujeres
enfrentan un ambiente adverso en la ciudad y que la iniquidad de género, además de ser
relación de poder que reproduce la desigualdad e impide el pleno ejercicio de los
derechos humanos de las mujeres, es también un obstáculo para el desarrollo. Se indica
que la ciudad y las políticas públicas deberán evolucionar a fin de que la comunidad
reconozca y se adapte a las necesidades de las mujeres. Al respecto, se definieron los
siguientes objetivos y estrategias:
159 VOLUMEN 12/13
Eje Estratégico Objetivos Estrategias
2 “Equidad” Eliminar las brechas de desigualdad y garantizar el respeto a la diversidad y pluralidad, para hacer efectivos los derechos sociales. Mejorar la distribución del ingreso, disminuir la incidencia y la intensidad de la pobreza, con especial énfasis en los grupos más vulnerables y las zonas territoriales de alta marginación. Erradicar la violencia y discriminación hacia las mujeres y consolidar el pleno uso de sus derechos. Instituir la perspectiva de género como criterio fundamental, permanente, en la formulación y ejecución de las políticas públicas. Transformar la ciudad en un lugar favorable para el crecimiento y desarrollo de todos los niños, niñas y jóvenes, que brinde confort a los adultos mayores y que sea amable con la población con capacidades diferentes. Garantizar el acceso universal a la educación y la conclusión de la formación educativa hasta la educación media superior.
Abatir la desigualdad y lograr un desarrollo social pleno mediante una planeación transversal, intersectorial e integral de largo plazo. Garantizar el derecho a la igualdad de los ciudadanos, con base en el impulso de políticas y programas sociales. Focalizar el gasto social en las unidades territoriales más marginadas y atender en particular a los grupos vulnerables, como los adultos mayores, la población indígena, infantes, jóvenes, mujeres, migrantes y personas con capacidades diferentes.
En este contexto, en la Exposición de Motivos y Proyecto de Presupuesto de Egresos
para el Ejercicio Fiscal de 2008, se señaló que a fin de cumplir lo establecido en el Programa
General de Desarrollo 2007-2012 y en la Ley de Igualdad Sustantiva entre Hombres
y Mujeres, a partir de 2008 iniciaría la operación del Programa 12 “Igualdad de Género”, el cual
tendría como objetivo constituirse en la herramienta programático-presupuestaria más
importante para orientar el gasto hacia programas y actividades que favorezcan la igualdad
entre hombres y mujeres. Se indicó que 58 unidades responsables del gasto (URG)
crearían o modificarían al menos una actividad institucional dentro de su estructura
programática y la incluirían dentro del Programa 12, haciendo un total de 23 actividades
institucionales.
Por otra parte, en el artículo 24 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal 2008, publicado el 27 de diciembre de 2007 en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal, se precisa que: “El Ejecutivo Local con el objeto de dar
cumplimiento a la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito
Federal, impulsa la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, a través de
160 VOLUMEN 12/13
la incorporación de la perspectiva de género en los programas de la Administración
Pública del Distrito Federal”.
Con base en lo anterior, se determinó que el objetivo del Programa 12 “Igualdad de
Género” es congruente con los objetivos y estrategias establecidas en el Plan Nacional
de Desarrollo de 2007-2012 y en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal de
2007-2012, así como con los objetivos del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
para el Ejercicio Fiscal 2008.
3. Resultado
Mecanismos de Medición y Autoevaluación
Los mecanismos de medición y autoevaluación se encuentran normados en el artículo 6,
fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 71,
fracción VII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Estos
ordenamientos refieren la elaboración, implementación y utilización de indicadores de gestión
y de desempeño institucional para evaluar los resultados y constatar la administración
productiva de los recursos públicos.
Asimismo, en el capítulo VII “Sistema Integral de Indicadores” del Manual de
Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos 2008 se señala que será obligatorio que todas la URG elaboren al menos una
propuesta de indicador de género, el cual deberá medir las condiciones o situaciones que
afectan a hombres y mujeres diferenciadamente, señalar los cambios en el tiempo en las
relaciones de poder entre hombres y mujeres, determinar el acceso, uso y control de los
recursos y la distribución de costos y beneficios, y puntualizar los cambios en las
condiciones de vida y en los roles de mujeres y hombres en el tiempo. Al respecto, la
PGJDF proporcionó información sobre los indicadores empleados para medir los avances
en el cumplimiento de las metas físicas de la actividad institucional 10, los cuales se
señalan a continuación:
161 VOLUMEN 12/13
Nombre Fórmula Cálculo Resultado(%)
Porcentaje de mujeres atendidas
Mujeres atendidas
Víctimas atendidas X 100
51,889
76,500 X 100 67.8
Porcentaje de mujeres detenidas atendidas
Mujeres detenidas atendidas
Total de detenidos X 100
4,260
40,037 X 100 10 .6
Porcentaje de mujeres menores víctimas de ilícitos atendidas
Mujeres menores víctimas de ilícitos atendidas
Total de menores víctimas atendidos X 100
662
1,244 X 100 53.2
Porcentaje de mujeres menores infractoras atendidas
Mujeres menores infractoras atendidas
Total de menores infractores atendidos X 100
527
5,558 X 100 9.5
Índice de cobertura Personas atendidas/366 días del año
Número de habitantes X 100,000 X 100
123,789/366
8,500,000 X 100,000 X 100 4.0
De acuerdo con el Programa Operativo Anual para 2008, la actividad institucional 10 tiene
como propósito sustantivo realizar, de manera adecuada, las canalizaciones a centros de
atención especializada, tanto de menores víctimas del delito como de menores infractores
para su debida atención; proporcionar atención a los hombres y mujeres detenidos;
y proporcionar atención psicológica, médica y jurídica a los hombres y mujeres que resulten
víctimas de algún ilícito.
En este marco, los indicadores descritos no permiten determinar el grado de cumplimiento
del objetivo y metas previstas, en razón de que no corresponden a expresiones que reflejen
los resultados de las acciones específicas, desarrolladas por las unidades administrativas
responsables de la actividad institucional 10, para proporcionar la atención adecuada a
menores, mujeres, detenidos y víctimas del delito. Asimismo, no reflejan la cualidad de la gestión,
toda vez que no proporcionan información sobre las prácticas gubernamentales aplicadas
para la administración responsable, productiva y transparente de los recursos públicos.
Por lo anterior, se concluye que los indicadores empleados por la PGJDF dificultan la
identificación y evaluación de los alcances de las acciones realizadas por sus unidades
administrativas para cumplir los objetivos y metas establecidas en materia de equidad de
género, lo cual contraviene lo dispuesto en el capítulo VII del Manual de Programación-
Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008.
En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010
de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto
162 VOLUMEN 12/13
de la PGJDF entregó copia de los artículos 35, 42, 65 y 66 del Reglamento de la Ley
Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, así como una nota
aclaratoria en la que informa que en 2008 esa dependencia incorporó por primera vez en
su estructura programática la perspectiva de género, razón por la cual no contó con cifras
históricas que sirvieran de base para construir indicadores que permitieran medir cambios
en situaciones dadas a través del tiempo.
Asimismo, señaló que dicha circunstancia ha sido modificada, tanto en 2009 como en 2010,
ya que la estructura programática se ha ido perfeccionando con objeto de determinar
con mayor precisión las actividades que se refieren a perspectiva de género. Además, al
contar con cifras históricas se estará en condiciones de elaborar indicadores que permitan
evaluar los alcances de las acciones desarrolladas en pro de la equidad de género.
No obstante lo anterior, las observaciones realizadas no se modifican.
Recomendación APPD-104-08-15-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal elabore indicadores
estratégicos y de gestión que permitan medir el cumplimiento de sus metas y objetivos,
así como constatar la administración responsable, productiva y transparente de los
recursos públicos, como lo establece la normatividad mencionada.
Eficacia
4. Resultado
Determinación de la Meta Física de la Actividad Institucional 10 “Brindar Atención Especializada a Menores, Mujeres, Detenidos y Víctimas del Delito”
En el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, el Gobierno del Distrito
Federal estableció el compromiso de fortalecer el sistema de prevención y atención de la
violencia intrafamiliar, combatir el maltrato y la discriminación, promover la igualdad
sustantiva entre hombres y mujeres, y ampliar los esfuerzos institucionales para erradicar
la violencia contra los niños y niñas.
163 VOLUMEN 12/13
Al respecto, en la Exposición de Motivos y Proyecto de Presupuesto de Egresos para
el Ejercicio Fiscal de 2008, se definió que 21 de las 23 actividades institucionales que
integrarían el Programa 12 “Igualdad de Género” tendrían como propósito corregir las
iniquidades de género, mediante la aplicación de medidas especiales de carácter temporal,
correctivo, compensatorio o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad de trato y
de oportunidades entre mujeres y hombres.
De manera particular, se indicó que en el marco del combate a la violencia contra las
mujeres, la PGJDF, desde su ámbito de acción, promovería la denuncia entre las mujeres
víctimas de delito, y difundiría los procedimientos y mecanismos de atención a sus
demandas; asimismo se señaló que, en términos cuantitativos, la dependencia atendería
a 196,403 menores, mujeres, detenidos y víctimas de delito.
Para verificar el procedimiento y los elementos considerados para la determinación de
dicha meta, con el oficio núm. APPD/09/659 del 1o. de diciembre de 2009, se solicitaron
las bases de cálculo y que se indicara la metodología empleada, el guión que contiene el
diagnóstico, objetivos, metas, estrategias y líneas de acción, así como los formatos que, de
acuerdo con el Manual de Normas y Procedimientos para la Programación, Presupuestación
y Evaluación de la PGJDF, deberán enviar las unidades administrativas a la DGPOP para
la elaboración del Presupuesto Preliminar y del Programa Operativo Anual.
En respuesta, con el oficio núm. 701/3472/2009 del 8 de diciembre de 2009, fueron remitidas
dos notas informativas, copia de los oficios núms. 600/605/1098/2009 y 208/2063/2009-12,
ambos con fecha 7 de diciembre de 2009, y las Directrices para la Programación y
Conformación de la Estructura Programática, 2008.
En las notas informativas y oficios enviados se hace una descripción general de la metodología
empleada por cada unidad administrativa para determinar el número de personas por
atender en el marco de la actividad institucional 10 “Brindar atención especializada
a menores, mujeres, detenidos y víctimas del delito”; sin embargo, en ningún caso se
precisan ni cuantifican las variables consideradas para la determinación de las metas
y no se exponen gráficamente los cálculos realizados.
En el análisis de las Directrices para la Programación y Conformación de la Estructura
Programática, 2008, se constató que fueron integradas por dos formatos, identificados
164 VOLUMEN 12/13
con los numerales 01 y 02. En el primero de ellos, cada unidad administrativa estableció
su diagnóstico, objetivos generales y específicos, y estrategias y líneas de acción; mientras
que en el segundo, consignaron sus funciones y metas para 2008. En el siguiente cuadro
se indican las metas físicas estimadas y los métodos de cálculo empleados:
Meta Unidad administrativa Programa 1 Actividad
institucional 2Unidad
de medida Cantidad Método de cálculo
Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad
Dirección General de Atención a Víctimas del Delito
06 08 Persona 71,843 Comparativo entre la demanda de atención hasta agosto de 2007 y la atención proporcionada en el mismo período de 2006.
Dirección General de Servicios a la Comunidad
06 08 Acción 45,355 Incremento del 5.0% del número de detenidos en 2007.
Fiscalía Central de Investigación para Menores
11 08 Persona Actividad permanente
Con base en el crecimiento del 10.0% reportado en los registros estadísticos mensuales y anuales.
Dirección General del Albergue Temporal
06 31 Persona _ Se consideró el comportamiento de las cifras de ingresos, reingresos y egresos de menores en los cinco años anteriores a 2008.
1 Los programas 06 y 11 se presentaron con la denominación: “Procuración de Justicia”. 2 La actividad institucional 08 se presentó con la denominación “Proporcionar atención a menores, detenidos y a víctimas
del delito con equidad de género”, mientras que la actividad 31, con la denominación “Brindar albergue a menores”.
Como se advierte, la información remitida a la DGPOP mostró imprecisiones en la definición
de la estructura programática, toda vez que las metas fueron asociadas a dos actividades
institucionales distintas; además se presentan inconsistencias en el establecimiento de la
unidad de medida; y no se aplicaron criterios homogéneos para el cálculo y cuantificación
de metas.
Lo anterior contraviene la décimo sexta norma del Procedimiento para la Elaboración del
Presupuesto Preliminar y Programa Operativo Anual de la PGJDF, la cual dispone que
“la Unidad Administrativa es responsable de la elaboración del Programa Operativo
Anual de su competencia, deberá orientar el desarrollo de su diagnóstico de tal manera
que considere la actividad sustantiva, con base en la realidad de su entorno (cargas de
trabajo) y que además le permita destacar la forma en que contribuirá al cumplimiento
de los objetivos institucionales”.
En conclusión, la información proporcionada por la PGJDF no permitió identificar con
claridad los métodos empleados para la determinación de las metas físicas, debido a que
165 VOLUMEN 12/13
la dependencia no contó con bases de cálculo claramente definidas, ni comprobar la
participación de las unidades administrativas en este proceso.
En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010
de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de
la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que la programación de las metas,
realizada por las unidades administrativas, se basa principalmente en las series históricas,
en la percepción del entorno y en los objetivos y estrategias que se hayan fijado para el mejor
desempeño de sus metas. Asimismo, señala que las personas que llevan a cabo esa
labor la realizan basándose en ejercicios anteriores, sin que eso signifique la aplicación de
un procedimiento metodológico y científico; además, al tener cada área su propio proceso,
dificulta considerar una sola base de cálculo que pueda definir la programación.
No obstante lo anterior, las observaciones realizadas no se modifican.
Recomendación APPD-104-08-16-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca medidas
de control y de supervisión para asegurarse de que las unidades administrativas que la
integran determinen sus metas originales con base en métodos de cálculo definidos a partir
de criterios homogéneos.
Recomendación APPD-104-08-17-PGJDF
Es conveniente que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal instruya a
Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto que someta a conciliación
las metas físicas y presupuestales remitidas por las unidades administrativas para la
integración del Programa Operativo Anual de la dependencia.
5. Resultado
Apoyo y Atención a Víctimas del Delito
De acuerdo con el artículo 11 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal, las atribuciones de esa dependencia en materia de atención a las
víctimas o los ofendidos por el delito comprenden, entre otras: proporcionar orientación
166 VOLUMEN 12/13
y asesoría legal; promover que se garantice y haga efectiva la reparación de los daños y
perjuicios; concertar acciones con instituciones de asistencia médica y social, públicas
y privadas; y otorgar, en coordinación con otras instituciones competentes, la atención
que se requiera.
En este sentido, en el Manual de Organización General de la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal3 se establece que es la DGAVD el área responsable de proporcionar
apoyo legal, atención médica, psicológica y social mediante el sistema de auxilio a las
víctimas y ofendidos por la comisión de hechos delictivos relacionados con personas
extraviadas y ausentes, violencia intrafamiliar, delitos sexuales y violentos, así como la
atención a las adicciones y riesgos victimales, con el propósito de coadyuvar en la reparación
del daño moral y material de las personas que sean víctimas de algún delito.
Cabe señalar que el Sistema de Atención a Víctimas se encuentra integrado por los siguientes
seis Centros de Atención Especializada: Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar
(CAVI), Centro de Apoyo a Personas Extraviadas y Ausentes (CAPEA), Centro de Terapia
de Apoyo a Víctimas de Delitos Sexuales (CTA), Centro de Investigación Victimológica y
de Apoyo Operativo (CIVA), Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento
(ADEVI) y Centro de Atención a Riesgos Victimales y Adicciones (CARIVA).
En la revisión del Informe de Cuenta Pública de 2008, se detectó que la PGJDF proporcionó
atención especializada a 123,789 personas, lo que representa un cumplimiento de 63.0%
de la meta establecida en el Programa Operativo Anual para ese año (196,403 personas).
De conformidad con los registros auxiliares proporcionados, de ese total, 76,500 personas
fueron atendidas por la DGAVD; 40,037 por la Dirección General de Servicios a la Comunidad;
450 por la Dirección General del Albergue Temporal; y 6,802 por la Fiscalía Central de
Investigación para Menores.
Al respecto, se señaló que la disminución del número de personas atendidas derivó de un
flujo de usuarios menor al esperado, en razón de que éste responde a circunstancias ajenas
a la propia Procuraduría, pues la demanda del servicio se presenta cuando existe algún
caso concreto, independientemente de las estrategias para la difusión de los servicios
3 Emitido por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto el 30 de enero de 2008.
167 VOLUMEN 12/13
o de cualquier otra acción que pretenda captar a la población usuaria. Se indicó que,
aunado a ello, en el Estado de México se crearon instancias que atienden la problemática
de tipo social como el Programa de Atención a Personas Abandonadas, Extraviadas y/o
Ausentes y la línea telefónica gratuita ECATEL, lo que repercutió en el decremento de la
demanda, por parte de la población que radica en el área metropolitana de la Ciudad
de México, de los servicios que proporcionan los Centros de Atención Especializada.
En cuanto al cumplimiento de las metas físicas, la PGJDF proporcionó los documentos
denominados “Actividades Institucionales para el Ejercicio Presupuestal de 2008” e
“Información Sustantiva en la Dirección General de Atención a Víctimas del Delito”, en los
cuales se registran, de manera mensual y acumulada, los resultados alcanzados por cada
Centro de Atención Especializa en el marco de la actividad institucional 10. Asimismo,
remitió el documento “Meta Física y Presupuestal 2008”, de la actividad institucional 10,
en el que se consignan los resultados alcanzados y las metas programadas, como se
muestra en el cuadro siguiente:
(Personas y por cientos)
2008 Cumplimiento % Centro de Atención Especializada
20071
(1)
Original(2)
Alcanzada (3)
(3) / (2) (4)
(3) / (1) (5)
Dirección General de Atención a Víctimas del Delito 78,143 114,681 76,500 66.7 97.2 Mujeres 80,088 51,889 64.8 Hombres 34,593 24,611 71.1 Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar 13,686 19,456 13,331 68.5 97.4
Mujeres 19,261 12,402 64.4 Hombres 195 929 476.4
Centro de Apoyo a Personas Extraviadas y Ausentes 7,323 13,084 6,507 49.7 88.9 Mujeres 7,855 3,973 50.6 Hombres 5,229 2,534 48.5
Centro de Terapia de Apoyo a Víctimas de Delitos Sexuales 19,976 32,508 16,702 51.4 83.6 Mujeres 32,470 14,674 45.2 Hombres 38 2,028 5,336.8
Centro de Investigación Victimológica y de Apoyo Operativo 8,261 13,438 16,201 120.6 196.1 Mujeres 3,006 6,745 224.4 Hombres 10,432 9,456 90.6
Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento 19,139 17,775 7,995 45.0 41.8 Mujeres 4,608 4,146 90.0 Hombres 13,167 3,849 29.2
Centro de Atención a Riesgos Victimales y Adicciones 10,358 18,420 15,764 85.6 152.2 Mujeres 12,888 9,949 77.2 Hombres 5,532 5,815 105.1
168 VOLUMEN 12/13
De acuerdo con los datos anteriores, la DGAVD atendió durante 2008 a 76,500 personas,
de las cuales 51,889 fueron mujeres y 24,611 hombres, estas cifras equivalen a
cumplimientos de 66.7%, 64.8% y 71.1%, respectivamente, en relación con las metas
programadas para ese año. Respecto a los resultados obtenidos en 2007, el número de
personas atendidas disminuyó en 2.8%, ya que en ese año se proporcionó el servicio
a 78,143 usuarios.
Por lo que corresponde a las personas atendidas por cada Centro, se identificó que el CAVI
proporcionó atención especializada a 13,331 personas (12,402 mujeres y 929 hombres),
lo que representa una disminución de 31.5% en comparación con las 19,456 personas
que se previó atender en 2008 y de 2.6% en relación con las 13,686 personas atendidas
en 2007.
No obstante lo anterior, al confrontar los resultados obtenidos durante 2007 y 2008 por
las áreas que integran el CAVI, se detectó un incremento de 91.9% en el número de
valoraciones médicas realizadas, de 20.4% en los casos jurídicos concluidos y de 8.4%
en el número de personas a quienes se proporcionó atención psicoterapéutica, como se
muestra a continuación:
Concepto
2007
(1)
2008
(2)
Variación (%)
(2 ) / (1) (3)
Casos recibidos 15,646 15,307 (2.2)
Atención psicoterapéutica 30,765 33,339 8.4
Valoraciones médicas 1,062 2,038 91.9
Casos jurídicos concluidos 7,678 9,244 20.4
Por lo que respecta a las actividades desarrolladas por el CAPEA, se constató que en 2008
fueron atendidas 6,507 personas, cifra 50.3% menor en relación con la meta estimada, de
éstas, el 61.1% fueron mujeres y el 38.9% restante fueron hombres. Si bien, en comparación
con 2007, el total de personas atendidas por el CAPEA disminuyó en 11.1%, las cifras de
personas localizadas, de valoraciones médicas y de averiguaciones previas determinadas
aumentaron en 17.8%, 16.4% y 4.5%, en ese orden, como se advierte en el siguiente
cuadro:
169 VOLUMEN 12/13
Concepto
2007
(1)
2008
(2)
Variación (%)
(2 ) / (1) (3)
Personas localizadas 1,228 1,446 17.8 Sesiones psicoterapéuticas 4,426 2,571 (41.9) Valoraciones médicas 998 1,162 16.4 Averiguaciones previas iniciadas 1,077 1,583 47.0 Averiguaciones previas determinadas 1,303 1,362 4.5
Al cierre del ejercicio de 2008, el CTA reportó 16,702 personas atendidas, de las cuales el
87.9% fueron mujeres y 22.1% hombres. Dicho número equivale a un cumplimiento de
51.4% de la meta prevista para ese año, así como a una disminución de 16.4% respecto a
lo reportado en 2007.
Por lo que hace a los resultados de las actividades sustantivas desarrolladas en 2008 por
este Centro, se detectó que, respecto a lo obtenido en 2007, el número de valoraciones
médicas registró un incremento de 43.3%, mientras que el de sesiones terapéuticas, el de
asesorías jurídicas y el de casos relevantes presentaron disminuciones de 41.3%, 38.1%
y 79.4%, respectivamente.
Concepto
2007
(1)
2008
(2)
Variación (%)
(2 ) / (1) (3)
Sesiones psicoterapéuticas 25,711 15,105 (41.3) Valoraciones médicas 1,001 1,434 43.3 Casos relevantes 1,384 285 (79.4) Asesorías jurídicas 8,863 5,482 (38.1)
En el marco de la prevención y erradicación de la violencia familiar, el CIVA, durante 2008,
proporcionó atención a 6,745 mujeres y 9,456 hombres, haciendo un total de 16,201 personas
atendidas, lo que representó un cumplimiento de 120.6% respecto de la meta programada.
Se señaló que este incremento se debió, principalmente, a la entrada en vigor de la Ley de
Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y a la asignación de nuevas actividades,
como la atención de solicitudes, por parte de autoridades ministeriales y judiciales, para
la dictaminación de víctimas de amenazas y de delitos como lesiones dolosas, culposas
y en riña, entre otros.
170 VOLUMEN 12/13
Por lo que toca a los resultados del ADEVI, se constató que el grado de cumplimiento de
la meta programada para 2008 fue de 45.0%, toda vez que de las 17,775 personas por
atender sólo se logró proporcionar el servicio a 7,995 personas. Por otra parte, se detectó
que, con respecto a 2007, el número de personas que recibió atención psicológica se
redujo en 0.7%, mientras que el total de personas que recibieron atención jurídica, así
como las que recibieron atención médica aumentaron 2.5% y 408.2%, respectivamente,
como se advierte en el siguiente cuadro:
Concepto
2007
(1)
2008
(2)
Variación (%)
(2 ) / (1) (3)
Atención psicológica 12,055 11,971 (0.7)
Atención jurídica 8,361 8,568 2.5
Atención médica 98 498 408.2
Finalmente, se verificó que el CARIVA logró cumplir en 85.6% la meta programada para
2008, en razón de que atendió a 15,764 personas de un universo estimado de 18,420
personas. Por otro lado, se detectó que con relación a los resultados registrados en 2007,
las sesiones de tratamiento, las acciones de psicología y las valoraciones médicas
disminuyeron en 55.1%, 31.7% y 43.8%, en ese orden, como se muestra a continuación:
Concepto
2007
(1)
2008
(2)
Variación (%)
(2 ) / (1) (3)
Casos recibidos 2,381 2,003 (15.9)
Sesiones de tratamiento 15,046 6,754 (55.1)
Acciones de psicología 36,355 24,836 (31.7)
Valoraciones médicas 1,881 1,058 (43.8)
Al respecto, se aplicó un cuestionario a los directores de los Centros, conformado por
57 preguntas relativas a la operación y financiamiento de los Centros, normatividad
aplicable y resultados de las acciones desarrolladas en cada uno de ellos. Como resultado
del análisis de las respuestas emitidas, se determinó que las metas programadas,
reportadas por los Centros, son menores respecto a las reportadas por la DGPOP,
171 VOLUMEN 12/13
mientras que en el caso de las metas alcanzadas, sólo las referidas por el CAVI, el CIVA
y el ADEVI coinciden con las consignadas en el Informe de Cuenta Pública de 2008
de la PGJDF.
Por lo anterior, se concluye, que de acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2008
y la información de los registros auxiliares proporcionados, la DGAVD sólo cumplió
el 66.7% de la meta original de proporcionar atención especializada a 114,681 personas.
Dicho resultado se debe a deficiencias en el proceso para determinar el número de personas
por atender en ese año, toda vez que la cifra considerada por los Centros de Atención
Especializada en el Programa Operativo Anual de 2008 de la Subprocuraduría de Atención
a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad fue 37.4% inferior a la reportada por
la DGPOP.
En cuanto a los servicios específicos proporcionados, se verificó que, respecto a lo
realizado en 2007, el CAVI, el CAPEA, el CIVA y el ADEVI reportaron logros importantes
en cuanto a la atención médica, jurídica y psicológica proporcionada, no así en el caso
del CTA y el CARIVA, cuyos resultados en la materia disminuyeron significativamente.
Sobre el particular, se señaló que los factores que determinan la variación del número de
servicios proporcionados son ajenos a los Centros de Atención Especializada, toda vez
que la solicitud de éstos depende de las necesidades propias de los usuarios.
En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010
de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de
la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que a partir de enero de 2008
se determinó modificar el procedimiento para la recopilación de información, de acuerdo con
las necesidades de las víctimas y de las propias unidades administrativas de la PGJDF,
hecho que impactó en las cifras programadas para 2008. Asimismo, señaló que dio inició
el proyecto del Sistema Informático de Atención y Registro, el cual permitirá contar con
una herramienta informática que proporcione, de manera oportuna y confiable, información
estadística que generan los Centros del Sistema de Auxilio a Víctimas y crear un archivo
electrónico que facilite la consulta de expedientes y antecedentes de la atención.
Lo anterior no modifica las observaciones del presente resultado.
172 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-104-08-18-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal instruya a la
Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad para que
adopte medidas de control y supervisión que refuercen las acciones institucionales, a efecto
de cumplir las metas previstas en el Programa Operativo Anual.
6. Resultado
Servicios a la Comunidad
El artículo 12 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito
Federal señala que las atribuciones de esta dependencia en materia de servicios a la
comunidad, comprenden: promover y desarrollar programas de colaboración comunitaria
para mejorar el desempeño de la institución; proporcionar orientación jurídica a los
miembros de la comunidad, para el mejor ejercicio de sus derechos; promover acciones
orientadas a mejorar la atención a la comunidad por parte de los servidores públicos de
la Procuraduría; brindar información general sobre sus atribuciones y servicios; y recoger
las opiniones de la población en torno a la procuración de justicia.
En este marco, el Manual de Organización General de la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal establece que la Dirección General de Servicios a la Comunidad será
el área encargada de favorecer el acceso oportuno de la ciudadanía a los servicios
que ofrece la PGJDF, proporcionar asesoramiento jurídico para el mejor ejercicio de los
derechos de los habitantes del Distrito Federal, particularmente de los grupos vulnerables;
impulsar la participación de agrupaciones de los sectores público, social y privado en los
programas de orientación e información sobre derechos y deberes institucionales; coordinar,
supervisar y evaluar el Sistema del Servicio Social de Pasantes; y definir los mecanismos
para la atención de peticiones, quejas e inconformidades ciudadanas.
Con objeto de medir el cumplimiento de las metas programadas por esa Dirección, se
revisaron los Informes de Cuenta Pública de 2007 y 2008, y se analizó la información
consignada en diversos registros auxiliares. Derivado de lo anterior, se constató que
173 VOLUMEN 12/13
durante el ejercicio de 2008 la Dirección General de Servicios a la Comunidad atendió
a 40,037 personas (4,260 mujeres y 35,777 hombres), cifra que corresponde a un
cumplimiento de 54.2% de la meta original que consistió en atender a 73,913 personas,
como se observa en el siguiente cuadro:
Metas de 2008
Concepto Original
(1)
Alcanzada
(2)
Porcentaje de cumplimiento
(2) / (1) (3)
Personas atendidas 73,913 40,037 54.2
Mujeres 7,292 4,260 58.4
Hombres 66,621 35,777 53.7
Cabe señalar que en el documento Directrices para la Programación y Conformación de la
Estructura Programática, 2008, remitido a la DGPOP para la elaboración del Presupuesto
Preliminar y el Programa Operativo Anual, se detectó que la meta original estimada por la
Dirección General de Servicios a la Comunidad ascendió a 45,355 personas por atender,
cifra 38.6% menor que la meta original finalmente establecida. Lo anterior denota fallas de
control interno y dificulta la evaluación de los resultados de las actividades desarrolladas
por esa Dirección General, en razón de que los parámetros de medición no se encuentran
claramente definidos.
Se advirtió que, como parte de las actividades del Programa para la Atención a Detenidos,
fueron entregadas 39,587 raciones alimenticias a detenidos y 39,587 a los centros del Sistema
de Auxilio a Víctimas, 1.6% y 6.6% más, respectivamente, con relación a las distribuidas
en 2007.
Por lo anterior, se concluye que, de acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2008 y la
información de los registros auxiliares proporcionados, la Dirección General de Servicios
a la Comunidad sólo cumplió el 54.2% de la meta física original. Asimismo, el proceso
para el establecimiento de la meta original revela deficiencias, debido a que la meta prevista
por la DGPOP es considerablemente mayor que la estimada por la Dirección General de
Servicios a la Comunidad.
174 VOLUMEN 12/13
En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010
de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto
de la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que la Dirección General de
Servicios a la Comunidad participó en la actividad institucional 10 únicamente con la atención
a detenidos y que el resto de las actividades señaladas se encuentran incluidas en la
actividad institucional 09 “Informar a la ciudadanía, orientar jurídicamente y desahogar
quejas en materia de derechos humanos” del Programa 11 “Procuración de Justicia”, el cual
no fue sujeto de auditoría.
Por lo anterior, se omitió la información referente a los Programas General de Orientación
Jurídica, de Atención a Mujeres y Grupos Prioritarios, y de Atención Telefónica a la
Ciudadanía; sin embargo, las observaciones relativas al porcentaje de cumplimiento de
la meta programada no se modifican, toda vez que éstas se derivan de la evaluación
de los resultados del Programa de Atención a Detenidos.
Recomendación APPD-104-08-19-PGJDF
Se reitera la segunda recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 4.
7. Resultado
Asistencia y Protección Social a Menores y Discapacitados en Situación Vulnerable
De acuerdo con el artículo 35, fracción I, del Reglamento de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal vigente en 2008, el Albergue Temporal
tendrá la función de otorgar protección a los menores de edad que se encuentren en
situación de abandono, conflicto, daño o peligro, relacionados con averiguaciones previas
o procesos penales, familiares y civiles.
Al respecto, en el análisis de los registros auxiliares proporcionados y el Informe de Cuenta
Pública de 2008, se detectó que durante 2008 la Dirección General del Albergue Temporal
atendió a 450 menores, lo cual corresponde a un cumplimiento de 90.9% de la meta
establecida al inicio del ejercicio, que consistió en atender a 495 personas. Se indicó que
175 VOLUMEN 12/13
la disminución fue generada por factores ajenos a la institución, como índices delictivos,
desempleo, incremento de la violencia intrafamiliar, entre otros.
Con objeto de comprobar que el ente auditado cuenta con la documentación
comprobatoria correspondiente, con el oficio núm. APPD/10/028 del 22 de enero
de 2010, se solicitó el padrón de menores atendidos. En respuesta, en anexo al oficio
núm. 701/0444/2010 del 12 de febrero de 2010, se remitió en archivo electrónico el
“Padrón de Niñas y Niños Atendidos por el Albergue Temporal en 2008”, en el cual se
reporta un total de 406 menores atendidos, cifra inferior a la reportada en el Informe
de Cuenta Pública de 2008. Sobre el particular la PGJDF precisó que la diferencia
corresponde al número de reingresos.
Por lo que se refiere al flujo de menores, se observó que durante 2008 los ingresos
disminuyeron en 16.8% respecto lo registrado en el año previo, en tanto que el total de
egresos aumentó en 7.2%, como se muestra en el siguiente cuadro:
(Personas)
Concepto 2007
(1)
2008
(2)
Variación (%)
(2) / (1) (3)
Personas atendidas 467 450 (3.6) Existencia de personas al inicio del período 104 148 42.3 Ingresos 363 302 (16.8) Egresos 319 342 7.2 Existencia de personas al final del período 148 108 (27.0)
Canalización 319 342 7.2 A instituciones públicas 43 83 93.0 A instituciones privadas 96 69 (28.1) A otras instancias 180 190 5.6
Se advierte que, del total de menores egresados, 83 fueron canalizados a instituciones
públicas, 69 a instituciones privadas y 190 a otras instancias. De estos últimos, 98 menores
fueron entregados a sus familiares, mientras que 37 fueron canalizados a la Fiscalía del
Menor y 55 a hospitales. En el siguiente cuadro se indica el número de menores canalizados
a instituciones públicas y privadas:
176 VOLUMEN 12/13
(Menores)
DIF Nacional 78 Casa Hogar Villa Nolasco 4
Filios Monterrey 31 Casa Hogar Ejército de Salvación 3
Quinta Carmelita 12 Casa Hogar La Esperanza 2
Casa Hogar y Futuro 8 Refugio de María 2
CAIS/Azcapotzalco 5 Casa Hogar San Francisco 1
Casa Hogar El Perpetuo Socorro 5 Colectivo 4 1
Por lo que toca a los servicios proporcionados a los menores albergados, durante 2008,
el área médica del Albergue Temporal proporcionó 84,823 consultas internas y 255 externas
de especialidad, que en total representan un incremento de 19.6% respecto a las consultas
proporcionadas en 2007. Por su parte, el área odontológica realizó 172 revisiones clínicas,
341 limpiezas dentales, 566 colocaciones de amalgamas y resinas, y 154 extracciones,
que en total suman 1,233 acciones en materia dental, 11.3% más que las efectuadas en
el año inmediato anterior.
Por lo que corresponde al área de atención psicológica, se efectuaron 937 estudios en la
materia y 7,073 sesiones psicoterapéuticas con una participación promedio mensual de
137 niños. Por último, el área de nutrición proporcionó 39,302 desayunos e igual número
de comidas y cenas, 48,544 papillas, 33,260 colaciones y 72,438 fórmulas lácteas, lo que
arroja un total de 272,148 raciones alimenticias, que equivalen a un incremento de 24.5%
en relación con las raciones alimenticias proporcionadas en 2007.
Por lo anterior, se concluye que la Dirección General del Albergue Temporal cumplió 90.9%
de la meta física programada, relativa a la atención de 495 personas; a pesar de ello,
durante 2008 los resultados alcanzados por las áreas de atención médica, odontológica,
psicológica y de nutrición fueron superiores a los obtenidos en 2007.
En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010
de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de
la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que no se alcanzó la meta física
programada en razón de que corresponde a la Fiscalía Central de Investigación para
Menores determinar la canalización de menores al Albergue Temporal, situación que a su
vez depende de factores ajenos a dicho Centro, como son: índices delictivos, desempleo,
177 VOLUMEN 12/13
incremento de la violencia intrafamiliar, entre otros. Asimismo, señaló que el Albergue
Temporal calcula la programación de niños por atender en cada ejercicio tomando como
base la población del año anterior.
En razón de lo anterior, se determina que el incumplimiento de la meta obedece a factores
no susceptibles de control por parte de la Dirección General del Albergue Temporal, toda vez
que el número de menores para su custodia y atención depende del total de canalizaciones
que realice la Fiscalía Central de Investigación para Menores.
8. Resultado
Atención a Menores Involucrados en la Integración de una Averiguación Previa
El artículo 42, fracción V, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General
de Justicia del Distrito Federal señala que a la Fiscalía Central de Investigación para
Menores le corresponde “proporcionar a los menores o incapaces la más amplia protección
que en derecho proceda, ya sea entregándolos a quien corresponda en los términos
de las disposiciones aplicables o canalizándolos a algún establecimiento asistencial y, en
su caso, promover ante los tribunales competentes la designación de custodios, tutores
o curadores”.
Para comprobar el cumplimiento de la disposición señalada, se analizó la información
proporcionada por la PGJDF relativa a las canalizaciones de menores e incapaces,
involucrados en la integración y determinación de alguna averiguación previa, realizadas
por la Fiscalía Central de Investigación para Menores durante 2008. Al respecto, se
determinó que de la meta original de atender a 7,314 personas en ese año, la Fiscalía
cumplió el 93.0%, toda vez que al cierre del ejercicio reportó como meta alcanzada la
atención de 6,802 personas. El ente auditado señaló que la disminución registrada
obedeció a causas ajenas a esa institución, en razón de que el servicio es proporcionado
sólo ante la solicitud expresa de los usuarios.
Por otra parte, al comparar los resultados de 2008 con los obtenidos en 2007, se determinó
que el total de personas atendidas se incrementó en 4.0%. La cifra de menores e incapaces
178 VOLUMEN 12/13
víctimas de delitos puestos bajo custodia familiar o, en su caso, canalizados a alguna
institución de asistencia disminuyó 10.1%, mientras que la relativa a la canalización de
menores infractores aumentó 7.8%, lo cual se muestra en el cuadro siguiente:
(Personas)
Concepto
2007
(1)
2008
(2)
Variación (%)
(2) / (1) (3)
Total de personas atendidas 6,541 6,802 4.0 Menores e incapaces víctimas de ilícitos 1,383 1,244 (10.1) Albergue Temporal 201 157 (21.9) Custodia familiar 511 619 21.1 Hospitales 83 79 (4.8) Otros 588 389 (33.8) Menores infractores 5,158 5,558 7.8 Unidad de Prevención y Tratamiento 3,788 3,195 (15.7) Custodia familiar 989 1,493 51.0 Otros 381 870 128.3
Por lo anterior, se concluye que el incumplimiento de 7.0% de la meta física programada
derivó de factores no susceptibles de control por parte de la Fiscalía Central de Investigación
para Menores, toda vez que, de acuerdo el artículo 39, fracción I, del Reglamento de
la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, sólo puede
intervenir en casos de denuncia o querellas por hechos posiblemente constitutivos de delitos
que sean materia de su competencia.
Eficiencia
9. Resultado
Estructura Orgánica
El artículo 17 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito
Federal, dispone que el Reglamento establecerá el número y las atribuciones de las
unidades administrativas de la Procuraduría. De este modo, el artículo 2o. del Reglamento
de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal refiere que
179 VOLUMEN 12/13
para el ejercicio de las atribuciones, funciones y despacho de los asuntos de su competencia,
la Procuraduría contará con las siguientes unidades administrativas, las cuales se organizarán
de acuerdo con la siguiente estructura:
Oficialía Mayor
Dirección General de Recursos Humanos
Dirección General de Programación
Organización y Presupuesto
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
Dirección General de Tecnología y
Sistemas Informáticos
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Subprocuraduría de Procesos
Fiscalía de Mandamientos
Judiciales
Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales
Sur
Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales
Oriente
Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales
Norte
Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales
de Paz Penal
Fiscalía de Procesos en lo Civil
Fiscalía de Procesos en lo Familiar
Jefatura General de la Policía Judicial
Coordinación General de Servicios Periciales
Coordinación General de Agentes
del Ministerio Auxiliares del Procurador
Visitaduría General
Fiscalía Central de Investigación para Servidores Públicos
Dirección General de Política
y Estadística Criminal
Dirección General de Comunicación
Social
Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales
Fiscalía Central de Investigación
para la Seguridad de las Personas e Instituciones
Fiscalía Central de Investigación para Delitos Financieros
Fiscalía Central de Investigación
para Delitos Sexuales
Fiscalía Central de Investigación para Homicidios
Fiscalía Central de Investigación
para Asuntos Especiales
Fiscalía Central de Investigación para Menores
Fiscalía Central de Investigación para Robo de Vehículos
y Transportes
Subprocuraduría de Averiguaciones
Previas Desconcentradas
Fiscalía de Supervisión y Coordinación de
Averiguaciones Previas Zona Oriente
Fiscalía de Supervisión y Coordinación de
Averiguaciones Previas Zona Oriente
Subprocuraduría Jurídica y de Derechos
Humanos
Dirección General Jurídica Consultiva
Dirección General de Coordinación en materia de
Procuración de Justicia y Seguridad Pública
Dirección General de Derechos Humanos
Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios
a la Comunidad
Dirección General de Servicios
a la Comunidad
Dirección General de Atención
a Víctimas del Delito
Fiscalías Desconcentradas de Investigación (Una en cada Delegación)
Instituto de Formación Profesional
Dirección General del Albergue Temporal
De acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2008 de la PGJDF, en la ejecución de la
actividad institucional 10 “Brindar atención especializada a menores, mujeres, detenidos
y víctimas del delito” participaron la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales,
por conducto de la Fiscalía Central de Investigación para Menores, y la Subprocuraduría
de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad, por conducto de la
Dirección General de Atención a Víctimas del Delito, la Dirección General de Servicios a
la Comunidad y la Dirección General del Albergue Temporal, unidades administrativas
180 VOLUMEN 12/13
que, según el Manual de Organización General de la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal y los manuales específicos correspondientes, tienen los siguientes
objetivos:
● Dirección General de Atención a Víctimas del Delito. Proporcionar apoyo legal, atención
médica, psicológica y social a través del sistema de auxilio a las víctimas y ofendidos
por la comisión de hechos delictivos relacionados con las personas extraviadas
y ausentes, violencia intrafamiliar, delitos sexuales y violentos, así como la atención
a las adicciones y riesgos victimales, con el propósito de coadyuvar en la reparación
del daño moral y material de las personas que sean víctimas de algún delito.
● Dirección General de Servicios a la Comunidad. Brindar con oportunidad a la comunidad
capitalina la información, los servicios de atención comunitaria y la orientación
legal que brinda la Procuraduría tanto en las fiscalías como en otras unidades
administrativas.
● Dirección General del Albergue Temporal. Brindar asistencia y protección social a los
menores en situaciones difíciles, relacionados con averiguaciones previas y procesos
penales, familiares y civiles, cuando se origine para ellos una situación de abandono,
conflicto, daño o peligro, así como a menores discapacitados con necesidades de
asistencia social, a fin de proporcionarles protección de acuerdo con esas necesidades.
● Fiscalía Central de Investigación para Menores. Investigar los delitos del orden común
que sean de su competencia, practicar las diligencias necesarias para iniciar e integrar
las averiguaciones previas por hechos delictivos en los que la víctima u ofendido sea
un menor o incapaz, con el propósito de que a través de la estricta y eficiente aplicación de
las normas penales, se lleve a cabo la pronta y expedita procuración e impartición
de justicia en el Distrito Federal.
Por lo anterior, se concluye que la PGJDF contó con una estructura orgánica apropiada
para planear, coordinar, ejecutar, supervisar y controlar las actividades de las unidades
administrativas encargadas de proporcionar atención especializada a menores, mujeres,
detenidos y víctimas del delito, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2o. del
181 VOLUMEN 12/13
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicias del Distrito
Federal y el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del
Distrito Federal.
10. Resultado
Sistema de Auxilio a Víctimas
De conformidad con los artículos 2o. y 5o. del Reglamento de la Ley de Atención y Apoyo
a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal, el Sistema de Auxilio a Víctimas tiene
como función principal proporcionar apoyo psicológico, jurídico, médico y social a las
víctimas del delito con el apoyo de seis Centros de Atención Especializada. Asimismo, el
artículo 6o. del mismo ordenamiento establece que el Sistema comprenderá:
● Asistencia jurídica gratuita a la víctima u ofendido durante la averiguación previa
y el proceso penal.
● Orientación a la víctima u ofendido sobre las diligencias ministeriales, que podrá
solicitar para la debida integración de la averiguación previa.
● Gestión de los apoyos sociales y médicos que pudiesen requerirse.
● Designación del representante legal del coadyuvante cuando así se le requiera
en términos del artículo 70 del Código Procesal.
● Establecimiento de programas de disminución de riesgos victimales, en los casos
de menores o grupos vulnerables.
● Extensión de la atención a los generadores de violencia familiar, como auxilio a los
receptores de ésta.
● Búsqueda de los elementos técnicos para la acreditación y cuantificación del daño
material y moral para las víctimas del delito o quienes tengan derecho al resarcimiento
de éste, o de la autoridad que lo requiera.
182 VOLUMEN 12/13
● Elaboración de los dictámenes del estado psicoemocional como resultado de la comisión
del delito, que acrediten el daño ocasionado.
● Gestión de las medidas provisionales procedentes, a fin de proteger la integridad
física y moral, los bienes, las posesiones y derechos en peligro por la comisión del delito.
● Atención psicoterapéutica breve y de urgencia, tendente a eliminar los signos y síntomas
generados por el delito, con base en las subespecialidades con que se cuente.
● Elaboración de las investigaciones victimológicas respectivas, cuya sistematización
permita establecer las políticas públicas de atención victimal.
Para comprobar el cumplimiento de tales disposiciones, se analizaron el Manual de
Organización Específico de la Dirección General de Atención a Víctimas del Delito y los
manuales de procedimientos de los Centro de Atención, se aplicó a sus titulares un
cuestionario conformado por 57 preguntas sobre aspectos operativos y de control interno,
y se realizó a cada Centro una visita de trabajo, con objeto de verificar, en forma directa,
si los procesos se ejecutan de acuerdo con los procedimientos establecidos.
El objetivo del Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar es atender integralmente a
mujeres, y niñas y niños menores de 12 años, víctimas de violencia familiar, mediante los
servicios que proporcionan las áreas médica, psicológica, psicológica pericial, legal y de
trabajo social. Actualmente el CAVI atiende a mujeres de hasta de 60 años de edad,
víctimas del delito de violencia familiar, en donde exista o haya existido una relación de
matrimonio, concubinato, amasiato, noviazgo o relación de hecho entre la víctima y el
generador de violencia; además, atiende a niñas y niños menores de 12 años víctimas de
violencia, lesiones, omisión de cuidados e incumplimiento de la obligación alimentaria.
El Centro cuenta con la Subdirección de Atención Psicosocial que coordina y supervisa
el trabajo de las áreas de atención de trabajo social, psicología clínica, pericial, médica, y la
Barandilla; y la Subdirección Jurídica, que tiene a su cargo las áreas de atención legal
al maltrato, seguimiento jurídico, atención a requerimientos y de la célula de medidas de
protección. Asimismo, cuenta con un área administrativa responsable de ministrar los
recursos materiales y coordinar los trámites relacionados con la plantilla de personal
adscrito al Centro, y con un área de informática que está a cargo del sistema de cómputo.
183 VOLUMEN 12/13
El área de trabajo social es responsable de mantener el primer contacto con la víctima
a fin de conocer su problemática y canalizarla al área de atención pertinente del CAVI, a
otro Centro de Atención o bien a una institución de asistencia social. También, se encarga
de buscar redes de apoyo (familiares, albergues, instituciones públicas y privadas) y de
ofrecer información sobre otros servicios y organismos fuera del CAVI.
El área médica proporciona atención de urgencia y deriva a la víctima a hospitales públicos
cuando sea necesario.
El área de atención psicológica proporciona apoyo psicológico de urgencia y el servicio de
intervención psicoterapéutica breve a fin de ayudar a reducir los daños emocionales
originados por la violencia. Contribuye al desarrollo de herramientas que permitan a las
víctimas salir de círculo de violencia en el que viven. El modelo de atención psicológica
aplicado considera tres formas intervención: individual de valoración de primer contacto,
atención en situaciones de crisis y psicoterapia grupal de corte breve.
El área de atención pericial es la encargada de realizar, a petición del Ministerio Público
o autoridad jurisdiccional, dictámenes psicológicos victimales con objeto de acreditar el
cuerpo del delito y determinar la existencia de daño psicoemocional en la víctima.
El área de atención jurídica proporciona información y orientación legal en materia penal,
civil y familiar, y canaliza a las víctimas a las diversas instancias para la realización de
trámites jurídicos. En caso de denuncia por parte de la víctima, proporciona asistencia
y seguimiento jurídico durante el inicio de la averiguación previa hasta el proceso penal,
que incluye la reparación del daño moral o material.
El CAVI también se encarga de tramitar ante Jueces de lo Penal, las medidas de protección
previstas en el capítulo VII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia en el Distrito Federal. Particularmente, la Unidad de Medidas de Protección
proporciona asesoría a mujeres víctimas de cualquier tipo de violencia sobre los requisitos
e importancia de la tramitación de tales medidas; acompaña a la solicitante ante el juez en
turno y presenta la solicitud; recaba los elementos de prueba; y asiste a la víctima en caso
de que el juez haya concedido la aplicación de las medidas de protección.
184 VOLUMEN 12/13
En la revisión del Manual de Normas y Procedimientos para la Atención a Víctimas de
Violencia Intrafamiliar, proporcionado por la PGJDF con el oficio núm. 701/2535/2009
del 31 de agosto de 2009, se constató que éste no ha sido actualizado, lo que contraviene
lo establecido en el apartado 4.2 de la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del
Gobierno del Distrito Federal, 4 el cual ordena que los titulares de las dependencias son los
responsables de la implantación y observancia de los manuales administrativos y manuales
específicos, así como de su actualización cuando se haya modificado el marco jurídico, se
hayan reestructurado organizacional, funcional u operativamente, o cuando los órganos
de control respectivos hayan emitido observaciones en la materia; y en el numeral 4.4.14
de la Circular Uno, 5 en el que se establece que los titulares de las dependencias,
unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades, son los responsables de
la actualización de los manuales administrativos, que se deriven de la aplicación de un
proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura
orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas.
Al respecto, el CAVI proporcionó el nuevo Manual de Normas y Procedimientos de la
Dirección del Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar, el cual fue elaborado en
diciembre de 2007. En su revisión, se verificó que para la realización de sus actividades
el Centro contó con 19 procedimientos; sin embargo, se detectó que ninguno de ellos había
sido formalmente autorizado ni registrado ante la Coordinación General de Modernización
Administrativa, contrario a lo establecido en el artículo 16, apartado III, inciso e), de los
Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal,6 el cual dispone que los manuales de organización y de procedimientos deberán
de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento de los servidores públicos.
Pese a lo anterior, la titular del CAVI señaló que dicho documento constituyó el marco
normativo con base en el cual las diferentes áreas del Centro proporcionaron sus
servicios, toda vez que el manual de procedimientos oficialmente vigente en 2008 data
de diciembre de 1996.
4 Emitida por la Coordinación General de Modernización Administrativa en agosto de 2005. 5 Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 12 de abril de 2007. 6 Publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007.
185 VOLUMEN 12/13
A continuación se describen los procesos sustantivos para la atención especializada a las
víctimas de violencia familiar:
El Centro de Apoyo a Personas Extraviadas y Ausentes (CAPEA) tiene como propósito
ayudar a la localización de personas extraviadas o ausentes, así como proporcionar
atención jurídica, médica, psicológica y social, tanto a las personas encontradas como
a sus familiares, a efecto de prevenir la incidencia o reincidencia de los hechos.
Su estructura orgánica se integra por una dirección de área, la cual es auxiliada por
la Subdirección Jurídica, responsable de coordinar las actividades del Ministerio Público
Recibe expediente y asesora a la víctima sobre la averiguación previa o causa penal
Conoce el estado procedimental que guarda
la averiguación previa o causal penal
Informa a la víctima sobre el estado
de la averiguación previa o causa penal
Elabora “Cierre de Expediente” cuando el
caso concluye o el proceso legal se ha agotado
Se archiva expediente
En caso de riesgo, tramita ingreso de la víctima
a algún albergue especializado
Aplica entrevista, evalúa el caso y determina el tipo de asistencia por proporcionar
Recibe a la víctima, proporciona orientación y deriva a Trabajo Social
Detecta lesiones o signos de enfermedad y prescribe tratamiento
Deriva a la víctima a Psicología Clínica o, en su caso, al área de atención
jurídica al maltrato
Aplica entrevista, evalúa sintomatología,
asigna grupo terapéutico y fija inicio de sesiones
Área de psicología clínica
Se presenta en el lugar y fecha indicados
para asistir a su primera sesión psicológica
Víctima de maltrato
Área de psicología clínica
Recibe a la víctima e inicia sesiones previamente
determinadas
Concluye proceso, evalúa y sugiere
continuar tratamiento en otra institución
Registra resultados y da por concluida la
participación del Centro
Proporciona orientación y atención legal
de acuerdo con el caso
En caso de delito, asesora a la víctima
para que, si lo desea, denuncie los hechos
Si la víctima decide denunciar los hechos,
la canaliza a la delegación correspondiente
Si no hay denuncia de hechos, pregunta si desea
establecer un acuerdo conciliatorio
En caso afirmativo, funge como mediador para llegar
a un acuerdo que suspenda el maltrato
En caso negativo, remite documentación generada
al área de seguimiento jurídico
Asigna psicóloga, proporciona “Carnet de Citas” y fija fecha y hora de atención
Área de atención jurídica al maltrato
Área de seguimiento jurídico
Personal en barandilla
Trabajo social
Trabajo social
Área médica
186 VOLUMEN 12/13
y de las unidades investigadoras, y por la Subdirección Social, encargada de coordinar las
áreas de trabajo social, de psicología y de atención médica.
La Subdirección Jurídica se encarga, con el apoyo del Ministerio Público, de iniciar las averiguaciones previas por causa de extravío y ausencia. Además, informa, orienta y asiste legalmente a los familiares. El Agente del Ministerio Público es responsable de la investigación derivada de los hechos de extravío o ausencia de personas, con el apoyo de sus auxiliares directos: Policía Judicial, peritos y asistentes victimales.
El área de psicología realiza valoraciones psicológicas para determinar sintomatología asociada a víctimas del delito y la aptitud para rendir declaración ministerial; y proporciona psicoterapia grupal para prevenir la reincidencia de casos de extravío o ausencia.
El área médica efectúa valoraciones en relación con las lesiones o signos de enfermedad que puedan presentar las personas localizadas.
El área de trabajo social efectúa el rastreo institucional en hospitales, albergues, Servicio Médico Forense, Agencias del Ministerio Público, centros de reclusión y otras instancias, para la localización de personas. También elabora los fotovolantes de las personas extraviadas y ausentes.
Con el fin de evaluar los procesos establecidos para el desarrollo de las actividades señaladas, se revisó el Manual de Normas y Procedimientos para la Atención y Localización de Personas Extraviadas y Ausentes, proporcionado por la PGJDF con el oficio núm. 701/2535/2009 del 31 de agosto de 2009. Como resultado, se detectó que éste describe actividades que ya no son realizadas por el Centro, debido a que a la fecha de la presente auditoria, dicho procedimiento no había sido actualizado, lo que contraviene lo establecido en el apartado 4.2 de la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal y en el numeral 4.4.14 de la Circular Uno.
Sobre el particular, el CAPEA proporcionó el Manual de Normas y Procedimientos del Centro de Apoyo a Personas Extraviadas y Ausentes, en cuya revisión se detectó que éste presenta como fecha de elaboración el 18 de enero de 2008; sin embargo, no consigna las firmas de autorización correspondientes, lo cual es contrario a lo dispuesto en el artículo 16, apartado III, inciso e), de los Lineamientos Generales de Control Interno
187 VOLUMEN 12/13
para la Administración Pública del Distrito Federal. En cuanto a su contenido, se verificó que está integrado por el Procedimiento para la Atención de Solicitudes de Localización de Personas Extraviadas y Ausentes, el Procedimiento para la Actuación del Ministerio Público en Caso de Extravío o Ausencia de Personas y el Procedimiento para la Atención de Usuarios en el Área de Psicología. En el siguiente esquema se muestran las principales actividades desarrolladas para la localización de personas:
El CTA tiene como propósito proporcionar atención médica, jurídica y psicoterapéutica
especializada a las víctimas directas e indirectas de delitos sexuales, la cual permita
la recuperación de su estado físico y psicoemocional, así como el ejercicio pleno de sus
derechos. Dicho Centro es la instancia responsable de atender a las víctimas de delitos
Asistente victimal entrevista al denunciante
y abre expediente
Consulta base de datos y registros documentales, instituciones y hospitales
para localizar a la persona
Informa al denunciante y al Ministerio Público que la persona fue localizada
Entrevista al denunciante, solicita detalles sobre
el hecho y da intervención a la Subdirección Social
Ministerio Público
Recibe y revisa expediente e inicia
la averiguación previa
Si no fue localizada, elabora y envía el Volante de Media
Filiación al reportante para su difusión
Entrevista a personas que puedan aportar nueva información
En su caso, solicita la intervención de peritos
Si no hay indicios de probable delito, entrega
persona localizada a sus familiares Remite documentos
y canaliza al denunciante al Ministerio Público para
el inicio de la averiguación
Si la persona fue localizada, da fe de su integridad física y toma
su declaración
Si hay indicios de delito, remite la averiguación
previa a la fiscalía competente
Ministerio Público
Instruye a los agentes de la Policía Judicial a su cargo que realicen la
investigación
Si la persona no fue localizada, entrevista
a denunciante para recabar nuevos elementos
Si hay nuevos elementos, continúa
la investigación
Si no hay nuevos elementos, solicita rastreo institucional
Subdirección Social
Subdirección Social
Realiza rastreo institucional
Ministerio Público
Si la persona no fue localizada, busca nuevos
elementos y continúa la investigación
Si hay posible delito. remite la averiguación previa
a la fiscalía competente y concluye procedimiento
188 VOLUMEN 12/13
sexuales, sin considerar si éstas fueron canalizadas por agencias del Ministerio Público;
instituciones públicas, privadas o sociales; o por los Centros de Atención Especializada,
o si acudieron de manera directa a solicitar el servicio.
Para el efecto, la titular del Centro es asistida por la Subdirección Clínica, encargada de
coordinar y supervisar la labor de las áreas médica, de trabajo social y de psicología; y por
la Subdirección Jurídica, responsable de coordinar el trabajo del área de asistencia
y seguimiento jurídico. Además, es apoyada directamente por un área administrativa para
el control de los recursos humanos, materiales y financieros asignados al Centro.
De manera particular, el área de trabajo social tiene la responsabilidad de informar a las
víctimas de delitos sexuales que acuden al CTA por primera vez sobre los servicios que éste
proporciona; del registro y control de los usuarios habituales; y de la búsqueda de redes
de apoyo (familiares, albergues, instituciones públicas y privadas).
El área médica tiene las siguientes funciones: evaluar las condiciones generales de salud
de las víctimas, detectar y valorar las lesiones físicas y mentales derivadas del delito, informar
respecto a las enfermedades de transmisión sexual, la interrupción legal del embarazo
y la anticoncepción de emergencia, y transferir a las víctimas a instituciones del Sector
Salud en casos graves o en emergencias.
El área psicológica proporciona apoyo psicoterapéutico breve y de urgencia a las víctimas
de delitos sexuales y a sus familiares, para ayudarlos a reducir los daños emocionales
y psicológicos generados por la violencia de la que fueron objeto.
El área de asistencia y seguimiento jurídico proporciona asesoría y asistencia jurídica
a las víctimas directas e indirectas de delitos sexuales sobre los derechos que les asisten
en su calidad de víctimas, antes y durante la averiguación previa y el proceso penal.
En los casos que procedan, auxilia a la víctima en el caso de careos, testimoniales, etc.
Para evaluar los procesos establecidos para el otorgamiento del servicio, se revisó el
Manual de Normas y Procedimientos para la Atención a Víctimas de Delitos Sexuales.
Derivado de ello, se detectó que dicho documento fue autorizado en octubre de 1996,
por lo que los lineamientos normativos que en éste se exponen no corresponden a las
189 VOLUMEN 12/13
actuales funciones que desempeñan las áreas que integran el CTA, lo cual contraviene lo
dispuesto en el apartado 4.2 de la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del
Gobierno del Distrito Federal y en el numeral 4.4.14 de la Circular Uno.
Al respecto, el Centro proporcionó el Manual de Normas y Procedimientos para la Atención
a Víctimas de Delitos Sexuales, elaborado en abril de 2007. En su revisión se constató
que se integra por cinco procedimientos específicos, los cuales se encuentran en proceso de
revisión y autorización, contrario a lo establecido en el artículo 16, apartado III, inciso e),
de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del
Distrito Federal. Con relación a ello, la Subdirección Jurídica del CTA señaló que pese
a la falta de autorización, los procedimientos proporcionados describen las principales
actividades y acciones operativas para la atención a las víctimas de delitos sexuales
y a sus familiares, las cuales se describen a continuación:
Aplica entrevista, evalúa el caso y determina el tipo de asistencia por proporcionar
Detecta lesiones físicas y psicoemocionales
derivadas de la agresión
Deriva a la víctima a la Subdirección Clínica
Informa sobre la anticoncepción
de emergencia
Recibe expediente y se informa
sobre la integración de la averiguación previa
Informa a la víctima sobre el estado de la averiguación previa, acciones realizadas
y los pasos a seguir
Da seguimiento a la averiguación previa hasta su consignación
Si se consignó el asunto ante Juez Penal, asesora
y orienta a la víctima hasta el fin del proceso
Elabora “Cierre de Expediente” cuando el caso concluye o el
proceso se ha agotado
Designa psicoterapeuta y entrega Carnet con
fecha y hora de cita para inicio de tratamiento
Área de psicología
Se presenta en el lugar y fecha indicados
para asistir a su primera sesión psicológica
Víctima de maltrato
Área de psicología
Recibe a la víctima e inicia sesiones previamente
determinadas
Concluye proceso, evalúa y sugiere continuar
tratamiento en otra institución
Recibe a la víctima e indaga la existencia de averiguación previa
Si no hay averiguación previa, asesora
a la víctima sobre su inicio e integración
Canaliza a la víctima a la Fiscalía
correspondiente para la denuncia de hechos
Si hay averiguación previa radica expediente
a la Célula de Seguimiento Jurídico
Aplica entrevista y pruebas psicológicas, evalúa
sintomatología y determina modalidad psicoterapéutica
Célula de asistencia jurídica
Célula de seguimiento jurídicoTrabajo social
Trabajo social
Área médica
190 VOLUMEN 12/13
El CIVA tiene por objeto promover las relaciones igualitarias entre hombres y mujeres,
con el fin disminuir o erradicar la violencia contra la pareja, los hijos o cualquier miembro
de la familia, mediante un proceso psicoterapéutico especializado. Es responsable de atender
las solicitudes de autoridades ministeriales respecto de la emisión de dictámenes psicológicos
de probables responsables del delito de violencia familiar y de víctimas de delitos de
amenazas y lesiones. Asimismo, es el encargado de procesar la información estadística
que generan los Centros que integran el Sistema de Auxilio a Víctimas.
Como titular del CIVA existe un director de área, quien dirige las políticas de atención
y establece los lineamientos generales, éste es auxiliado por la Subdirección de Apoyo
Operativo y la Subdirección de Investigación Victimológica. A su vez, cada una de las
subdirecciones es apoyada por personal de estructura como son líderes coordinadores de
proyectos que, de acuerdo con su competencia, ejecutan, organizan y distribuyen el trabajo.
Por lo que se refiere a su población objetivo, el CIVA atiende a personas víctimas de
amenazas o lesiones culposas de cualquier edad o sexo, y a mujeres y hombres probables
responsables de delito y sentenciados. Particularmente, en apoyo a la procuración
e impartición de justicia, el CIVA lleva a cabo la valoración psicológica de las víctimas de
amenazas y lesiones culposas a efecto de determinar la afectación psicoemocional
o existencia de sintomatología generada por estos delitos y, de esta manera, aportar
elementos a la autoridad judicial para cuantificar el daño moral. Por otra parte, a solicitud
de autoridades ministeriales o judiciales, elabora dictámenes psicológicos para determinar
si los probables responsables de delitos de violencia familiar, presentan o no rasgos
propios del perfil de generador de violencia familiar, lo que contribuye a la integración de
la averiguación previa.
Para contrarrestar y erradicar la violencia familiar, el Centro proporciona atención
psicoterapéutica especializada de manera grupal a generadores de violencia voluntarios
y sentenciados por el delito de violencia familiar, siendo estos últimos canalizados por la
autoridad judicial para dar cumplimiento a sus sentencias. En el caso de los voluntarios,
se integran grupos cerrados con los que se trabaja en quince sesiones semanales; en el
caso de los sentenciados se trabaja en grupos abiertos, cuyas sesiones duran el mismo
tiempo que la pena privativa de la libertad impuesta al sentenciado.
191 VOLUMEN 12/13
Los abogados victimales del CIVA proporcionan a las víctimas asesoría jurídica en materia
penal y orientación legal de primera vez en los ámbitos civil y familiar en el caso de la
comisión de algún delito. Cuando la víctima solicita atención jurídica y no cuenta con abogado
particular, se le acompaña a las coordinaciones territoriales, juzgados de paz penal y juzgados
penales para conocer el estado de la averiguación previa o proceso, se le asiste en la
comparecencia y, en ocasiones, se le apoya en la elaboración de promociones, incluso
en la indagatoria respectiva.
Adicionalmente, el CIVA procesa la información estadística de las actividades sustantivas
del Sistema de Auxilio a Víctimas, a fin de contar con bases de datos que permitan
la integración y entrega oportuna de los informes que le son solicitados a la DGAVD y a la
Subprocuraduría de Atención a Víctimas de Delito y Servicios a la Comunidad.
Con objeto de evaluar los procesos dispuestos para el desarrollo de las actividades
mencionadas, se revisó el Manual de Normas y Procedimientos para Brindar Apoyo
Operativo, Estadística y Evaluación a los Centros de Atención a Víctimas, proporcionado
por la PGJDF con el oficio núm. 701/2535/2009 del 31 de agosto de 2009. Como
resultado, se detectó que éste fue autorizado en enero de 1997, por lo que las actividades
que describe no corresponden a las funciones que actualmente desempeña el CIVA, lo
que contraviene lo establecido en el apartado 4.2 de la Guía Técnica para la Elaboración
de Manuales del Gobierno del Distrito Federal y en el numeral 4.4.14 de la Circular Uno.
Al respecto, la Dirección del CIVA proporcionó el Manual de Normas y Procedimientos
del Centro de Investigación Victimológica y de Apoyo Operativo, el cual fue elaborado en
septiembre de 2007. En su revisión, se constató que contiene 11 procedimientos
específicos en los que se describen las actividades que deberá realizar el personal
adscrito al CIVA para la prestación de los servicios; sin embargo, éstos no contaban con
las firmas de autorización correspondientes, en contravención a lo dispuesto en el artículo
16, apartado III, inciso e), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la
Administración Pública del Distrito Federal. Asimismo, el titular del Centro señaló que,
a pesar de que el Manual no ha sido autorizado formalmente, los procesos que allí se
describen normaron y guiaron la actuación del personal que intervino en la atención de los
usuarios de los servicios del Centro, toda vez que el Manual de Normas y Procedimientos
192 VOLUMEN 12/13
vigente en 2008, por haber sido elaborado en enero de 1997, no contiene el total de
procedimientos de sus actividades sustantivas.
En el siguiente diagrama se describen los procesos para la atención psicoterapéutica
del generador y del sentenciado por violencia familiar, así como el relativo a la asesoría
y seguimiento jurídico a víctimas de los delitos de lesiones y amenazas:
Archiva expedientes
Si requiere atención especializada informa a la
autoridad jurídica solicitante y concluye el proceso
Recibe al sentenciado, entrevista, evalúa el caso
y determina el tipo de asistencia por otorgar
Si es candidato a grupo, asigna psicólogo, grupo, fecha y horario de citas
Recibe al generador de violencia o sentenciado
y designa al psicólogo para la atención del caso
Líder Coordinador de Proyectos
Líder Coordinador de Proyectos
Psicólogo
Psicólogo
Si requiere atención especializada, lo canaliza
a alguna institución competente y concluye
Recibe al generador de violencia, entrevista, evalúa el caso y determina el tipo de asistencia por otorgar
Aplica tratamiento psicoterapéutico; a su
término, realiza evaluación de psicoterapia de grupo
Informa a la autoridad judicial que el sentenciado cumplió con el tratamiento psicoterapéutico ordenado
Líder Coordinador de Proyectos
Recibe a la víctima de lesiones y amenazas,
recaba datos y asigna abogado
Asesora a la víctima sobre sus derechos, el proceso
penal y los elementos para la reparación del daño
Da seguimiento al proceso para la reparación del
daño hasta la sentencia de primera instancia
Líder Coordinador de Proyectos
Abogado
Líder Coordinador de Proyectos
Revisa la “Ponencia de Resolución” y firma
la autorización del cierre de expediente
193 VOLUMEN 12/13
El ADEVI es la entidad responsable de proporcionar el apoyo psicológico, asistencial
y legal a personas que han sido afectadas por un delito violento (homicidio, secuestro,
suicidio, robo con violencia, etc.), a fin de que recobren su estado psicoemocional y se cubra
la indemnización del daño material o moral causado, incluyendo el pago de los tratamientos
psicoterapéuticos y curativos que, como consecuencia del delito, sean necesarios para
la recuperación de la víctima.
El ADEVI se organiza a partir de dos áreas fundamentales: la Subdirección de Política
Victimológica, responsable de las áreas de trabajo social y de psicología, y la Subdirección
de Atención Jurídica al Delito Violento, que coordina y supervisa las áreas de asesoría
jurídica y de seguimiento jurídico.
El personal de trabajo social detecta e invita a las víctimas de delitos violentos a recibir los
servicios de atención social, apoyo psicológico y asesoría jurídica, para ello, además del
contacto vía telefónica, realiza visitas domiciliarias, hospitalarias y, en su caso, al Servicio
Médico Forense. Por otra parte, lleva a cabo las gestiones necesarias para que a la víctima
se le proporcionen el servicio funerario gratuito o a bajo costo y apoyos para hospedaje
y traslados, entre otros.
Con el apoyo del Área de Psicología, el ADEVI proporciona psicoterapia a víctimas
de delito violento con objeto de que éstas logren un adecuado manejo de los síntomas
asociados al estrés postraumático, ocasionados por el suceso; a las personas que
intentaron el suicidio y a sus familiares; y a las víctimas indirectas del delito, que como
consecuencia de éste, se encuentran en proceso de duelo. Además, a petición de las
autoridades ministeriales o judiciales, emite dictámenes psicológicos de víctimas de delitos
violentos a fin de determinar los efectos generados y facilitar la comprobación del daño
moral y su reparación.
En materia jurídica, el Centro proporciona a la víctima orientación y asesoría legal
con objeto de informarle sobre sus derechos y la mejor manera de ejercerlos, realiza
la supervisión continua del proceso y efectúa las diligencias jurídicas pertinentes
para verificar las acciones del Ministerio Público, a efecto de obtener la reparación del
daño.
194 VOLUMEN 12/13
Para evaluar los procesos establecidos para el desarrollo de las actividades descritas,
se revisó el Manual de Normas y Procedimientos para el Apoyo Sociojurídico a Víctimas
de Delito Violento, proporcionado por la PGJDF con el oficio núm. 701/2535/2009 del 31 de
agosto de 2009. De este modo, se detectó que dicho documento fue autorizado en
octubre de 1996, por lo que sus procesos no corresponden a las funciones que actualmente
desempeña el ADEVI, lo que contraviene lo dispuesto en el apartado 4.2 de la Guía
Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal y en el
numeral 4.4.14 de la Circular Uno.
Al respecto, la Dirección del Centro proporcionó el Manual de Normas y Procedimientos
del Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento, el cual consigna como
fecha de elaboración el 14 de diciembre de 2007. En su revisión se constató que para el
desarrollo de sus actividades el ADEVI contó con 10 procedimientos, los cuales establecen
las funciones que deberá desempeñar cada área para proporcionar la atención adecuada
a las víctimas y ofendidos por hechos delictivos; no obstante, se detectó que dicho
Manual no había sido autorizado, situación contraria a lo establecido en el artículo 16,
apartado III, inciso e), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración
Pública del Distrito Federal.
Sobre el particular, el Director del Centro señaló que las políticas, normas y lineamientos
del manual anterior no reflejaban a cabalidad el funcionamiento y operación del Centro,
por lo que fue necesaria su actualización.
A continuación se indican los principales procesos para la atención de las víctimas:
195 VOLUMEN 12/13
Con el oficio núm. 701/2535/2009 del 31 de agosto de 2009, la PGJDF remitió el Manual de
Normas y Procedimientos para la Atención a las Adicciones, el cual expone los lineamientos
normativos con base en los cuales la Dirección de Atención a las Adicciones deberá
promover y desarrollar los programas de atención a la farmacodependencia en el Distrito
Federal; sin embargo, en el análisis de la estructura orgánica de la Dirección General de
Atención a Víctimas del Delito, no se localizó dicha unidad administrativa.
Asimismo, el ente auditado señala que el manual remitido está relacionado con la atención
especializada que se proporciona a menores, mujeres, detenidos y víctimas del delito,
pero se determinó que las actividades indicadas no corresponden al objetivo y funciones
del Centro de Atención a Riesgos Victimales y Adicciones, lo que contraviene lo establecido
Recibe reporte de rastreo, determina competencia
del Centro y asigna caso a trabajadora social
Localiza y contacta a la víctima, y la invita a recibir los servicios
que proporciona el ADEVI
Entrevista a la víctima y determina el tipo
de apoyo a proporcionar
Detecta a víctimas, requisita “Cédula
Victimológica Inicial” y remite al Centro
Coordinador territorial
Subdirector de Política Victimológica
Trabajadora social
Canaliza a la víctima al área jurídica o al área de atención psicosocial
Aplica entrevista, valora impacto del delito
y determina el plan terapéutico a seguir
Psicoterapeuta
Proporciona terapia, registra resultados
e informa al Responsable de Atención Psicosocial
Supervisa tratamiento, valora resultado y, en su
caso, sugiere fecha de alta del paciente
Acuerda fecha de alta, registra cambios derivados
de la terapia y entrega “Expediente Psicológico”
Psicoterapeuta
Responsable de la atención psicosocial
Programa cita con la víctima y asigna psicólogo para a atención del caso
Responsable de Atención Psicosocial
Si hay reparación del daño, determina la conclusión
jurídica del caso
Aplica entrevista y obtiene información
sobre el caso
Asesor jurídico
Informa a la víctima del estado de la averiguación
previa y los resultados obtenidos
Si la persona ya no es víctima sino presunto responsable, concluye
asesoría
Responsable del área de asesoría jurídica
Analiza problemática y asigna asesor jurídico o abogado victimal para
la atención del caso
En el caso del no ejercicio de acción penal, elabora recurso de inconformidad y concluye temporalmente
Recibe “Expediente Único” y turna al Ministerio
Público del Centro para su atención
Conoce el estado procesal de la causa penal
e informa a la víctima
Pasó más de un año y no hay aprehensión, elabora
“Acuerdo para Archivo Temporal
Hay sentencia penal para reparación del daño,
elabora “Acuerdo para Archivo Definitivo”
Existen causas para cese de asistencia jurídica
elabora “Acuerdo para Archivo Definitivo”
Responsable del área seguimiento jurídico
Solicita a la víctima información y documentos
sobre el caso
Asesor jurídico
196 VOLUMEN 12/13
en el apartado 4.2 de la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del
Distrito Federal, el cual ordena que los titulares de las dependencias son los responsables
de la implantación y observancia de los manuales administrativos y manuales específicos.
De acuerdo con el Manual Específico de la DGAVD, el objetivo del CARIVA es dar atención
a quienes se encuentren en situaciones en las que sus derechos fundamentales puedan ser
violentados sin llegar a constituir un delito. Su función consiste en otorgar a esas personas,
las herramientas para resolver el conflicto y disminuir los riesgos de algún delito.
El CARIVA atiende a los siguientes grupos poblacionales: personas con problemas de
adicciones y a quienes sufren de discriminación por su orientación sexual; personas con
discapacidad, adultas mayores y adolescentes que por su condición física, mental o edad
son vulnerables al maltrato; personas que viven en situación de violencia por parte
de familiares que no sean el cónyuge o concubino; niñas y niños mayores de 12 años en
situación de violencia familiar; hombres víctimas de violencia conyugal.
Como titular del Centro existe un director de área, quien coordina y supervisa las
actividades de la Subdirección de Atención y Valoración a las Adicciones, responsable del
desempeño de las áreas de valoración de riesgos y de prevención de riesgos; y de la
Subdirección de Atención y Valoración a las Adicciones, encargada de las áreas de atención
a la farmacodependencia y programas comunitarios y sociales.
De manera específica, el personal de trabajo social, adscrito a la Subdirección de
Atención y Valoración a las Adicciones, tiene la función de establecer el primer contacto
con el usuario, con objeto de conocer su problemática para canalizarlo al área pertinente
o, en su caso, a otra institución de ayuda. Es responsable del registro del los usuarios de
primera vez y subsecuentes, y de la búsqueda de redes de apoyo.
La atención psicoterapéutica es de corte breve, comprende en promedio 15 sesiones
individuales y 15 grupales, las cuales tienen el propósito de reducir los daños
psicoemocionales generados por la violencia. La atención legal consiste en informar
y orientar en materia penal, civil y familiar a la víctima; y dar seguimiento a los casos
durante la averiguación previa hasta el proceso penal.
197 VOLUMEN 12/13
Por lo expuesto, se concluye que la operación de los Centros que integran el Sistema de
Auxilio a Víctimas se ajustó a lo dispuesto en los artículos 2o., 5o. y 6o. del Reglamento
de la Ley de Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal; asimismo,
sus actividades se encuentran vinculadas con los objetivos de la PGJDF.
Se verificó que el Sistema de Auxilio a Víctimas dispone de un sistema para la generación
y control de la información que permite medir resultados y rendir cuentas. Además, se integran
documentos que validan la gestión de las áreas y Centros auditados en expedientes
identificados y archivados.
Por lo que hace a los procesos revisados en las visitas de inspección a los Centros de
Atención Especializada, se constató que éstos se desarrollan con una secuencia lógica,
tienen un objetivo definido, se encuentran delimitados los tramos de control y decisión y no
promueven la duplicación de actividades ni obstaculizan el proceso para la atención de las
personas. Sin embargo, tales procesos no se ejecutan de acuerdo con los procedimientos
autorizados, sino con base en procedimientos actualizados por los mismos Centros, los cuales
no han sido formalmente autorizados ni dados a conocer a todo el personal. Dicha situación,
además de que contraviene la normatividad en materia de elaboración y actualización de
manuales de procedimientos, no permitió evaluar, en términos de los requisitos reglamentarios
y los lineamientos normativos establecidos, el grado de eficiencia con la que operó el
Sistema de Auxilio a Víctimas.
En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010
de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de
la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que los Manuales de Normas
y Procedimientos de los Centros del Sistema de Auxilio a Víctimas se encuentran en
proceso de análisis, revisión y actualización, con objeto de ajustarlos a las atribuciones
conferidas en el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General
de Justicia del Distrito Federal, publicado el 11 de febrero de 2010 en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal.
Lo anterior no modifica las observaciones del presente resultado.
198 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-104-08-20-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal instruya a las
unidades administrativas correspondientes que actualicen o, en su caso, elaboren el
Manual de Normas y Procedimientos respectivo, el cual deberá incluir las actividades
y procesos sustantivos para el cumplimiento de las atribuciones conferidas en las leyes y
reglamentos aplicables. Asimismo, dicho manual deberá ser autorizado y registrado en la
Coordinación General de Modernización Administrativa.
11. Resultado
Orientación Jurídica a la Población y Prestación de Servicios Sociales a Detenidos
De acuerdo con el Manual de Organización Específico, para el desempeño de sus funciones,
la Dirección General de Servicios a la Comunidad cuenta con tres direcciones de área
y una Subdirección de Enlace Administrativo, cuyos objetivos son los siguientes:
● Subdirección de Enlace Administrativo: administrar los recursos humanos, financieros
y materiales asignados a la Dirección General.
● Dirección de Atención a la Comunidad y Servicio Social: captar, incorporar, capacitar,
supervisar y evaluar a estudiantes pertenecientes al Sistema de Servicio Social de
Pasantes de la PGJDF.
● Dirección de Cultura Jurídica y Participación Social: fomentar entre la ciudadanía
una cultura de prevención del delito mediante la realización de diferentes acciones
como conferencias, talleres, módulos de información, visitas guiadas y actividades
lúdicas.
● Dirección de Orientación Jurídica y Atención Ciudadana: proporcionar orientación
jurídica en todas las materias del derecho, de forma personal, escrita y telefónica;
coordinar el suministro de box lunch a las unidades de investigación de las fiscalías
centrales y desconcentradas; y proporcionar servicios sociales a personas detenidas
que se encuentran en el área de seguridad de la Fiscalía Central de Investigaciones.
199 VOLUMEN 12/13
En razón de que en el Informe de Cuenta Pública de 2008 de la PGJDF se consignan sólo
los resultados alcanzados por la Dirección de Orientación Jurídica y Atención Ciudadana,
se revisó el Manual de Normas y Procedimientos para Proporcionar Orientación Legal al
Público Usuario y el Manual de Normas y Procedimientos para la Atención a Detenidos,
autorizados en abril de 1996 y febrero de 2000, respectivamente; asimismo, se realizó
una visita de inspección a cada área de esa Dirección a efecto de verificar si los procesos
establecidos para proporcionar a la población información y orientación legal, y coordinar
el suministro de alimentos a las personas detenidas en las áreas de seguridad de la
Procuraduría corresponden a las mejores prácticas.
Derivado de ello, se detectó que las actividades desempeñadas por esa Dirección General
no corresponden los procesos establecidos en dichos manuales. Al respecto, la Dirección
General de Servicios a la Comunidad informó que debido a la obsolescencia de los manuales
mencionados, durante 2008 se suspendió su aplicación y se actualizaron, de conformidad
con las tareas que realmente efectuaba esa área; asimismo, proporcionó el Manual de
Normas y Procedimientos de la Dirección de Orientación Jurídica y Atención Ciudadana,
que fue autorizado en agosto de 2009 y que incluye los siguientes procedimientos
específicos: Proporcionar Orientación Jurídica; Brindar Atención a la Ciudadanía a Través
de la Línea Telefónica 5200 9000; Suministrar Alimentos a los Detenidos; Proporcionar
Información al Público sobre Personas Detenidas en la PGJDF; y Registro y Control de la
Prestación de Servicios Sociales a Detenidos en el Área de Seguridad de la Agencia
Central de Investigación.
Mediante el servicio de orientación jurídica personal de la Subdirección de Orientación
Jurídica General y Atención a Mujeres y Grupos Prioritarios, se proporciona asesoría legal
a los solicitantes respecto a sus derechos y obligaciones, así como a la forma y tiempo
para ejercerlos. En su caso, se canaliza a los interesados al área o instancia competente.
La Subdirección de Atención Ciudadana, con el auxilio de su Unidad de Servicio de Atención
Telefónica a la Ciudadanía 5200 9000, proporciona orientación jurídica e información
general a los solicitantes del servicio, las 24 horas del día, los 365 días del año. Dicha unidad
se encuentra integrada por operadores telefónicos, abogados orientadores y oficiales
secretarios, quienes, según el asunto de la llamada, realizan las siguientes actividades:
200 VOLUMEN 12/13
Tipo de atención Actividades
Solicitud de información general Se obtiene y entrega la información al usuario solicitante.
Orientación jurídica Se analiza la problemática planteada por el usuario y se proporciona la asesoría jurídica necesaria.
Reporte de hechos delictivos Se obtiene información relativa al hecho delictivo, se reporta a la autoridad competente para su atención y se está al tanto de las acciones realizadas.
Reporte de queja Se obtiene información relativa al hecho, se remite a la instancia responsable el reporte de la queja y se está al tanto de las acciones realizadas.
Reporte de emergencia Se obtiene información sobre la situación de emergencia y de la persona que hace la llamada, se informa a las instancias policíacas para la atención del caso y se está al tanto de las acciones realizadas.
Mujeres víctimas de violencia Se obtienen datos del hecho y del denunciante, se orienta acerca del proceso que seguirá el asunto, se reporta el caso a la Secretaría de Seguridad Pública, se envía el asunto a la unidad con detenido correspondiente, y se solicita a la DGAVD el apoyo de un abogado victimal.
Para el suministro de alimentos a los probables responsables que se encuentren detenidos
en áreas de seguridad de la PGJDF, personal del Área de Atención a Detenidos realiza
las siguientes actividades:
● Recopila, vía telefónica, los requerimientos de raciones alimenticias de las unidades
de investigación que tengan personas detenidas.
● Mediante fax, solicita a la empresa subrogada el suministro de las raciones alimenticias
requeridas.
● Vía telefónica, verifica con el responsable de la recepción y control de los alimentos
de cada unidad de investigación, las cantidades y condiciones de los alimentos recibidos.
● Verifica que las notas de remisión, expedidas por la empresa subrogada, contengan
los datos especificados en el contrato vigente.
● Conoce sobre las irregularidades detectadas en la entrega de los alimentos e informa
a la Dirección de Orientación Jurídica y Atención Ciudadana, a fin de que se adopten
las medidas pertinentes.
201 VOLUMEN 12/13
Mediante el servicio de información sobre personas detenidas se indica a los usuarios
solicitantes la ubicación exacta del detenido o, en su caso, se proporcionan datos que
permitan su pronta identificación y localización.
Finalmente, las actividades para proporcionar servicios sociales extraordinarios a detenidos
en la Agencia Central de Investigación tienen como objeto apoyar al personal ministerial y
de la Policía Judicial en el otorgamiento del servicio de visita y de servicios sociales
extraordinarios a los probables responsables; estos últimos consisten en la autorización
para la entrega de prendas de vestir, medicamentos y artículos de higiene personal por parte
de familiares.
Por lo anterior, se concluye que los procedimientos revisados en la visita de inspección
realizada a la Dirección General de Servicios a la Comunidad, tienen un objetivo definido,
contienen procesos que presentan una secuencia lógica y especifican las actividades de
cada una de las áreas participantes. Sin embargo, se detectó la ausencia de mecanismos que
permitan a la Procuraduría asegurarse de la entrega directa de las raciones alimenticias al
detenido, toda vez que el procedimiento correspondiente no incluye alguna actividad
al respecto.
En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010
de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de
la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que los Manuales de Organización
General y Específicos de Procedimientos de la Dirección General de Servicios a la Comunidad
se encuentran en proceso de análisis, revisión y/o actualización, con objeto de ajustarlos
a las atribuciones conferidas en el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría
General de Justicia del Distrito Federal, publicado el 11 de febrero de 2010.
Lo anterior no modifica las observaciones del presente resultado.
Recomendación APPD-104-08-21-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca
mecanismos y medidas de control a fin de que quede evidencia de la entrega de las
dotaciones alimenticias a las personas detenidas en sus áreas de seguridad.
202 VOLUMEN 12/13
12. Resultado
Albergue a Menores en Situación de Abandono, Conflicto, Daño o Peligro
El artículo 35 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal, vigente en 2008, asigna al Albergue Temporal, entre otras, las siguientes
funciones:
● Otorgar protección a los menores de edad que se encuentren en situación de abandono,
conflicto, daño o peligro, relacionados con averiguaciones previas o procesos penales,
familiares y civiles.
● Otorgar protección a menores discapacitados sujetos de asistencia social, que se
encuentren en situación de abandono, conflicto, daño o peligro.
● Proporcionar atención psicopedagógica que incluya actividades culturales, sociales
y recreativas, para lograr un desarrollo integral de los menores que estén bajo su guarda.
● Realizar trabajos de investigación social para establecer las causas que originan
la recepción de menores en el Albergue.
● Formular recomendaciones, motivadas en investigaciones socioeconómicas y en las
características propias de cada menor, respecto de las solicitudes de adopción.
● Elaborar y desarrollar programas generales de medicina preventiva así como específicos
de alimentación para los menores con problemas nutricionales.
● Atender de inmediato a los menores que padezcan alguna enfermedad y, en su caso,
canalizarlos a las instituciones médicas respectivas.
● Promover la participación y concertación social en actividades asistenciales para los
menores del Albergue.
● Organizar y llevar a cabo eventos sociales, culturales, recreativos y deportivos destinados
a recabar fondos para cumplir sus funciones.
203 VOLUMEN 12/13
Con objeto de verificar el cumplimiento de estos ordenamientos, se analizaron cinco manuales
de procedimientos que regularon la operación del Albergue y el Manual de Organización
Específico de la Dirección General del Albergue Temporal; se aplicó a su titular un
cuestionario conformado por 48 preguntas sobre aspectos operativos y de control interno;
y se realizó una visita de inspección con objeto de verificar, en forma directa, si los procesos
se ejecutan de acuerdo con los procedimientos establecidos. De esta manera, se constató
que el Albergue Temporal atiende a niñas y niños de 0 a 12 años de edad, canalizados
por la Fiscalía Central de Investigación para Menores debido a que se encuentran en
situación de abandono, daño o peligro, derivada de averiguaciones previas y procesos
penales, familiares y civiles.
Se identificó que para el desempeño de las atribuciones conferidas, cuenta con un
Consejo Consultivo y un Consejo Técnico, quienes tienen las siguientes facultades:
Consejo Consultivo Consejo Técnico
Invitar a personas y a organizaciones sociales a participar en las actividades del Albergue Temporal.
Realizar actividades y actos culturales, sociales y deportivos, con el objeto de recabar fondos para el Albergue Temporal y para los niños en él atendidos.
Establecer la normatividad interna del Albergue Temporal y autorizar su estructura. Aprobar los programas anuales de labores. Vigilar el adecuado funcionamiento del Albergue Temporal. Evaluar el desarrollo de los programas y el desempeño del personal. Aprobar la aplicación de los recursos financieros. Supervisar las funciones del Director General. Establecer una Comisión de Análisis de Solicitudes de Adopción.
Resolver sobre propuestas de adopción en relación con los menores del Albergue Temporal.
La Dirección General del Albergue Temporal es responsable de coordinar y supervisar las
actividades de la Subdirección de Enlace Administrativo, de la Dirección de Investigación
Psicosocial y de la Dirección Operativa. Estas últimas, a su vez, coordinan las labores de
las Subdirecciones de Trabajo Social y de Psicología, y de las Subdirecciones de Servicios
Médicos, de Nutrición y de Pedagogía, respectivamente. Adicionalmente, dispone de dos
líderes coordinadores de proyectos y dos enlaces.
La Subdirección de Enlace Administrativo se encarga de la administración de los recursos
financieros, humanos, materiales y tecnológicos asignados a esa Dirección General;
204 VOLUMEN 12/13
integra el Programa Operativo Anual y el Anteproyecto de Presupuesto del Albergue
Temporal; controla el fondo revolvente adjudicado; efectúa la comprobación del gasto;
tramita los pasajes y viáticos de los servidores públicos en comisión; realiza los trámites
relativos a movimientos, pago de sueldos, prestaciones y compensaciones del personal
adscrito al Albergue; aplica las disposiciones y lineamientos que al respecto emita la
Dirección General de Recursos Humanos; mantiene actualizada la plantilla de personal;
y solicita a las unidades administrativas de la Oficialía Mayor de la Institución los bienes y
servicios que requieran las áreas que conforman la Dirección General.
La Subdirección de Trabajo Social cuida que ingresen únicamente niños de 0 a 12 años,
en situación de abandono, conflicto, daño o peligro, a causa de la existencia de averiguaciones
previas; proporciona atención y apoyo social a menores víctimas canalizados al Albergue
Temporal o que se encuentren bajo su custodia; investiga la situación socioeconómica de
la familia del niño o niña; investiga las causas del ingreso de los menores; mantiene
comunicación con las autoridades que conocen de las averiguaciones previas y de los
procesos penales, familiares y civiles en los que estén involucrados los menores; opina
sobre la viabilidad de la adopción de menores; canaliza a menores a instituciones
hospitalarias cuando su estado de salud lo requiera; y opina sobre la entrega del menor a
sus padres, tutores o institución de apoyo social.
El personal de la Subdirección de Psicología proporciona apoyo psicológico a los menores
en caso de crisis; efectúan valoraciones psicológicas de los niños y sus familiares; diseña,
programas y aplica terapias de apoyo; efectúa valoraciones psicológicas de las parejas
que deseen adoptar menores en custodia del Albergue y realizan entrevistas con éstas;
establece programas de capacitación dirigidos al personal del Albergue; y vigila la conducta
y el comportamiento de los menores albergados.
La Subdirección Médica elabora e integra los expedientes y fichas médicas de los
menores que ingresan al Albergue; practica exámenes y análisis clínicos a los menores;
desarrolla y aplica programas y medidas de medicina preventiva para evitar riesgos a la
salud de la población; vigila la salud de los menores y aplica tratamientos de acuerdo
con sus padecimientos; mantiene actualizado el inventario de medicamentos y material de
curación; y vigila que el equipo médico y dental se encuentre completo y en óptimas
condiciones para su uso.
205 VOLUMEN 12/13
El personal de la Subdirección de Nutrición elabora los requerimientos de víveres y
opera los controles para su uso y conservación; prepara los alimentos que son
proporcionados a los menores; vigila que se mantenga en perfecto estado de higiene y
conservación el equipo de cocina y sus enseres; y cuida que la elaboración de los menús
se realice de acuerdo con las edades, estado de salud y requerimientos nutricionales de
los menores.
El personal de la Subdirección de Pedagogía efectúa actividades técnico-pedagógicas de
acuerdo con las necesidades de los menores albergados; realiza actividades culturales,
sociales y recreativas para el desarrollo integral de los menores; elabora material didáctico;
diseña y aplica planes de trabajo, a fin de hacer frente a la problemática detectada; brinda
afecto, seguridad y un ambiente de tranquilidad a los menores.
En el análisis de los manuales de normas y procedimientos de la Dirección General
del Albergue Temporal, se constató que para el desempeño de sus funciones el Albergue
Temporal contó con 17 procedimientos; sin embargo, se detectó que ninguno había
sido actualizado, a pesar de que 4 de ellos fueron autorizados en 1996 y 13 en 1997.
Lo anterior contraviene lo dispuesto en el apartado 4.2 de la Guía Técnica para la
Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal y en el numeral 4.4.14 de
la Circular Uno.
Sobre el particular, la titular de la Dirección General del Albergue Temporal informó que
su manual de procedimientos se encuentra en proceso de revisión y actualización, con
objeto de ajustarlo a las funciones conferidas en el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica
de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, publicado el 11 de febrero de 2010
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Adicionalmente, señaló que en las repuestas
al cuestionario aplicado se exponen los procedimientos que se siguen para el ingreso de
los menores, para la adopción de infantes bajo su resguardo y para la canalización de los
menores a otra institución de asistencia social.
En la revisión de los procedimientos mencionados, se constató que para efecto de
proporcionar la adecuada asistencia y protección al menor, el personal de las diversas
áreas a su cargo, realizan las siguientes actividades:
206 VOLUMEN 12/13
Ingreso de niñas y niños al Albergue Temporal
● Se recibe, por parte de la autoridad ministerial, la solicitud de ingreso del niño o niña,
se remite copia certificada del desglose y del expediente clínico a las Subdirecciones de
Servicio Médico, de Psicología y de Trabajo Social, quienes determinan la viabilidad
del ingreso.
● En caso de viabilidad, se recibe al niño o a la niña y se realiza el procedimiento para
su ingreso. El área médica valora el estado de su salud y las Subdirecciones de
Psicología y de Trabajo Social le dan la bienvenida y le proporcionan las primeras
atenciones.
● Se inicia la integración del expediente único del niño o la niña, el cual contiene la
averiguación previa y toda la documentación con la que es remitido(a) al Albergue
Temporal.
Viabilidad de la adopción
● Se entrega la hoja de requisitos a las personas solicitantes.
● Los solicitantes presentan la documentación requerida.
● Se revisa que la documentación sea la requerida, esté completa y sea vigente,
posteriormente se ingresa para iniciar el procedimiento de adopción.
● Se fijan fechas para la aplicación de estudios psicológicos y socioeconómicos a los
solicitantes.
● Se efectúa reunión de la Comisión de Análisis, previa a la presentación de solicitudes
en Sesión Ordinaria del Consejo Técnico del Albergue, la cual acuerda la propuesta
final.
● Se realiza la presentación de cédulas de asignación de niños y niñas a los miembros
del Consejo Técnico con base en el perfil integral del infante y de los solicitantes.
207 VOLUMEN 12/13
● El Consejo Técnico vota su aprobación o desaprobación, o instruye sobre alguna
medida necesaria previa a la aprobación de la solicitud de adopción.
● La Dirección General del Albergue Temporal presenta al niño o a la niña a los solicitantes,
les informa que su solicitud fue aprobada, les explica la situación médica y nutricional
del menor y les pregunta si aceptan al niño o a la niña que les fue asignado para su
trámite de adopción.
● La Fiscalía de Procesos en lo Familiar, la Fiscalía del Menor y la Dirección
General del Albergue Temporal informan a los solicitantes sobre el proceso jurídico
que deberán seguir ante el juzgado de lo familiar para obtener la adopción plena del
infante.
● Se llevan a cabo convivencias entre los futuros padres adoptantes y los posibles hijos
adoptivos.
● Los padres adoptantes presentan orden emitida por Juez de lo Familiar competente
para la entrega del niño o de la niña, quien quedará en custodia provisional de los
solicitantes de la adopción.
● Se realiza el acta de entrega del niño o de la niña por parte de la Fiscalía del Menor.
● Los padres adoptantes presentan en el Albergue Temporal y en la Fiscalía del Menor
copia de la sentencia definitiva de adopción plena emitida por el Juez de lo Familiar.
● Se efectúan visitas domiciliarias a fin de evaluar el estado integral del menor dado en
adopción.
Canalización de menores a instituciones de asistencia social
● La Fiscalía Central de Investigación para Menores remite a la Dirección General del
Albergue Temporal los oficios de canalización de los menores que se encuentran a su
resguardo y custodia.
208 VOLUMEN 12/13
● La Dirección General del Albergue Temporal turna oficios de canalización a la
Subdirección de Trabajo Social e instruye a las Subdirecciones Médica, de Psicología
y de Pedagogía para la integración y entrega de la copia de los expedientes de los
niños o niñas por canalizar.
● La Dirección General del Albergue Temporal contacta a las instituciones de asistencia
social, determinadas previamente por la Fiscalía Central de Investigación para Menores,
para solicitar el ingreso del niño o niña.
● Se programa fecha para la valoración del ingreso del niño o niña o, en su caso, su
canalización.
En la visita de inspección al Albergue Temporal, efectuada el 1o. de marzo de 2010,
se verificó que, para la asistencia y protección de los menores que se encuentran bajo su
custodia, la Dirección General del Albergue Temporal dispone de personal las 24 horas de
los 365 días del año; y se constató que personal de las Subdirecciones de Pedagogía y de
Nutrición se encontraba desempeñando las funciones de su responsabilidad. Finalmente,
se verificó que cuenta con instalaciones apropiadas, distribuidas en dos niveles y que
constan de lo siguiente:
Planta baja. Recepción, oficinas administrativas, sanitarios para el personal, cámara de
Gesell, biblioteca, comedor, cocina, patio interno, sanitarios para menores, lavandería,
bodega de papelería, ropería, archivo de trabajo social, área de servicios generales
y limpieza, y jardín.
Primer piso. Oficinas administrativas, área para la convivencia de los menores con sus
familiares, sala de observación, dormitorios (uno por grupo etario), banco de leche, consultorio
médico, sala de estimulación temprana y bodega de abarrotes.
Por lo anterior, se concluye que los procesos aplicados por la Dirección General del
Albergue Temporal para conducir sus actividades difieren de los establecidos en los
manuales de procedimientos vigentes en 2008, en razón de que esos procesos refieren
actividades derivadas del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General
209 VOLUMEN 12/13
de Justicia del Distrito Federal de 1996, abrogado tres años más tarde. Dicha situación
contraviene lo dispuesto en el artículo 16, apartado III, inciso e), de los Lineamientos
Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, en el
apartado 4.2 “Observancia y Actualización” de la Guía Técnica para la Elaboración de
Manuales del Gobierno del Distrito Federal y en el numeral 4.4.14 de la Circular Uno.
Por otra parte, si bien los procesos aplicados de manera informal por la Dirección General
del Albergue Temporal se vinculan con los propósitos de las áreas que la integran y
delimitan plenamente las tareas y las cadenas de mando, su carácter interno dificulta la
dirección, supervisión y ejecución de los procesos, así como la obtención de información
válida y confiable que permita medir la eficiencia de las operaciones.
En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm.
701/1288/2010 de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y
Presupuesto de la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que los Manuales
de Organización General y Específicos de Procedimientos de la Dirección General del
Albergue Temporal se encuentran en proceso de análisis, revisión y actualización, con
objeto de ajustarlos a las atribuciones conferidas en el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica
de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, publicado el 11 de febrero de 2010.
No obstante lo anterior, las observaciones del presente resultado no se modifican.
Recomendación APPD-104-08-22-PGJDF
Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 10.
13. Resultado
Atención Proporcionada por la Fiscalía Central de Investigación para Menores
Con el propósito de salvaguardar el normal desarrollo de los menores e incapaces, en el
Manual de Organización General de la Procuraduría General de Justicia del Distrito
Federal se dispone que la Fiscalía Central de Investigación para Menores deberá
proporcionar la atención y cuidados necesarios, o en su caso, intervenir para que les sea
proporcionada la protección y asistencia que éstos requieran; para ello, en términos de las
210 VOLUMEN 12/13
disposiciones legales aplicables, podrá entregarlos a quien corresponda, canalizarlos
a alguna institución de asistencia social o promover ante los tribunales competentes la
designación de custodios o tutores.
Además, deberá dictar las políticas necesarias para que las agencias investigadoras
centrales desarrollen los procedimientos dirigidos a proteger la integridad física y los
intereses de los menores no sujetos a patria potestad o tutela y ejecutar las acciones que
correspondan, así como fomentar el respeto a los derechos humanos de los menores de
edad que cometan actos delictivos y que se encuentren temporalmente bajo la custodia
del Ministerio Público.
Para verificar si esa unidad administrativa cuenta con los medios y mecanismos apropiados
para el cumplimientos de las disposiciones indicadas, con el oficio núm. APPD/09/520
del 22 de septiembre de 2009, se solicitó el manual de procedimientos que norma sus
operaciones. En respuesta, en anexo al oficio núm. 701/2789/2009 del 25 de septiembre
de 2009, se proporcionó la lista de manuales de normas y procedimientos vigentes en 2008,
en la cual no se consignan procedimientos específicos para la entrega del menor a sus
familiares o tutores, o en su caso, para la canalización de las niñas o niños a instituciones
de asistencia social; asimismo, no se señalan procedimientos específicos para el seguimiento
y supervisión de los menores canalizados, situación que contraviene lo dispuesto en
el apartado 4.2 de la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del
Distrito Federal.
No obstante lo anterior, con base en la información contenida en la Ley de Justicia para
Adolescentes para el Distrito Federal; en el Acuerdo Número A/001/2005, del Procurador
General de Justicia del Distrito Federal, por el cual se Instruye a los Agentes del Ministerio
Público de la Institución, sobre las Acciones que Deberán Adoptar para Garantizar el Respeto
de los Derechos Humanos de los Menores de 11 Años de Edad a Quienes se Atribuya
o se Vean Relacionados en Alguna Forma en la Comisión de Conductas Previstas en la
Ley Penal Como Delitos; y en el Acuerdo Número A/014/2008 por el que se Establecen
los Lineamientos de Actuación de los Servidores Públicos de la Procuraduría General de
Justicia del Distrito Federal, en las Diligencias en que Intervengan Niñas y Niños Víctimas
de Delito, se determinaron los siguientes procedimientos:
211 VOLUMEN 12/13
De acuerdo con este esquema, sólo los posibles menores infractores que no cuentan con
la edad penal mínima requerida ni con padres, tutores o representantes legales serán
canalizados a instituciones de asistencia social o al Albergue Temporal; sin embargo, no
se establecen los medios, mecanismos ni procedimientos al respecto.
Debido a ello, el 26 de abril de 2010 se realizó una visita de inspección a la Fiscalía
Central de Investigación para Menores con objeto de conocer directamente el proceso
Verifica la edad del menor a quien se atribuye
la comisión de un delito
Determina que es mayor
de 12 años
Levanta Acta Especial e informa a los
denunciantes respecto de la edad penal mínima
Solicita a los padres, tutores o representante
legal su aprobación para que el menor comparezca
Al fin de la comparecencia, hace entrega del menor
a sus padres, tutores o representante legal
En ausencia de éstos canaliza al menor a alguna
institución de asistencia o al Albergue Temporal
Concluye Acta Especial y la remite al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal
Inicia las averiguaciones previas procedentes
Acredita la conducta tipificada como delito y la presunta responsabilidad
Pone al adolescente a disposición
del Director del Centro de Internamiento
Si el adolescente no es presentado, solicita orden
de detención al juez correspondiente
En caso de delito culposo, entrega al adolescente a sus padres, tutores
o representantes legales
Remite las actuaciones al juez correspondiente
En caso de detención improcedente, el juez
devuelve las actuaciones al Ministerio Público para
una nueva integración
Verifica la edad de la niña o niño víctima del delito
Toma las medidas necesarias para garantizar
la integridad física y emocional de la víctima
En caso de delito sexual, informa a la Dirección General de Atención a Víctimas del Delito
Informa a la víctima y a su representante legal sobre los servicios que ofrecen los Centros de Atención
a Víctimas del Delito
En el caso del menor a quien se atribuye
la comisión de un delito En el caso de las niñas
o niños víctimas de delito
Informa a la víctima el motivo de su presencia en
la institución
En caso de que la víctima sea presentada por un
tercero, avisa a sus padres o tutores
En caso de que los padres o representante legal no hayan sido localizados,
se encarga de proveer lo necesario para otorgar
los cuidados y atenciones en favor de la niña o niño
212 VOLUMEN 12/13
que se sigue para canalizar a menores víctimas del delito a las diversas instancias de
asistencia social. Al respecto, personal de la Subdirección Médica y de Servicios Asistenciales
señaló que a fin de salvaguardar la integridad física y los intereses de los menores se
realizan las actividades que a continuación se describen:
● Personal de la Subdirección de Trabajo Social entrevista al menor a efecto de determinar
el tipo de violencia de la que fue sujeto, investiga la situación socioeconómica de la
familia; averigua las causas del ingreso; y sostiene comunicación con las autoridades
responsables de las averiguaciones previas y de los procesos en los que los menores
se encuentren involucrados.
● La Subdirección de Psicología realiza la valoración correspondiente para determinar
su sintomatología, las circunstancias especiales del caso, así como el riesgo en que
se encuentran.
● La Subdirección Médica certifica el estado general de salud y las lesiones de los
menores. En caso de requerir atención médica primaria, deriva de inmediato al servicio
médico de urgencias del hospital más cercano.
● Los menores son ingresados a las instalaciones de la Fiscalía Central de Investigación
para Menores, en la cual permanecen hasta su canalización a alguna institución de
asistencia social o hasta su entrega a padres o familiares.
Cabe señalar que la fiscalía cuenta con la infraestructura básica para proporcionar
alojamiento temporal; sin embargo, se detectó que el espacio destinado a la preparación
de alimentos no es utilizado, situación que obliga a que las niñas y niños en custodia,
consuman durante su estancia los alimentos contenidos en los box lunch.7
● Personal de la Subdirección de Trabajo Social realiza los trámites necesarios para
la canalización de los menores. Tratándose de niños o niñas de cero a doce años y
siempre que haya espacio disponible, serán canalizados al Albergue Temporal; tratándose
7 El contenido del box lunch consiste en pan blanco de 60 g, una rebanada de jamón tipo americano de 20 g, una
rebanada de queso amarillo de 20 g, una pieza mediana de fruta de temporada, una bebida en envase tetra brick y un postre de 20 g.
213 VOLUMEN 12/13
de niños o niñas mayores de 12 años, serán canalizados a instituciones públicas
y privadas de asistencia social, las cuales deberán contar con acta constitutiva y con
representante legal, y cuyo objeto social deberá corresponder a este propósito.
● Se procurará que los familiares de los niños o niñas en los albergues o instituciones
de asistencia social, en los grados y disposiciones señaladas en el Código Civil para
el Distrito Federal, asuman el cuidado de los menores.
● Se efectúan visitas de supervisión para verificar que el Albergue Temporal o, en su caso,
las instituciones públicas y privadas de asistencia social a las que son canalizados
los niños o niñas, cumplan lo convenido y presenten a los menores cuando sean
requeridos.
Por lo anterior, se concluye que la Fiscalía Central de Investigación para Menores no
cuenta con mecanismos que regulen, en forma ordenada y sistemática, las políticas,
normas y procesos relacionados con la entrega de menores a padres o tutores, y con la
canalización de niñas o niños a instituciones de asistencia social, por lo que contraviene lo
dispuesto en el Manual de Organización General de la Procuraduría General de Justicia
del Distrito Federal en materia de desarrollo de procedimientos y en el apartado 4.2 de la
Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal. Esto
dificulta la delimitación de facultades y responsabilidades de las unidades administrativas,
la unificación de criterios, la evaluación y el autocontrol, y la prestación del servicio;
además no permite evaluar la eficiencia de las operaciones.
En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010
de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de
la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que los Manuales de Organización
General y Específicos de Procedimientos de la Fiscalía Central de Investigación para
Menores se encuentran en proceso de análisis, revisión y actualización, con objeto de
ajustarlos a las atribuciones conferidas en el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, publicado el 11 de febrero de 2010.
No obstante lo anterior, no se modifican las observaciones del presente resultado.
214 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-104-08-23-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca las
políticas, normas y procedimientos necesarios para regular la atención de los menores
involucrados en la integración de una averiguación previa, de acuerdo con la normatividad
aplicable.
Recomendación APPD-104-08-24-PGJDF
Es conveniente que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca
medidas de control y de supervisión para asegurarse que las niñas y niños en custodia de
la Fiscalía Central de Investigación para Menores reciban una alimentación balanceada,
a efecto de cumplir lo establecido en el Manual de Organización General de la Procuraduría
General de Justicia del Distrito Federal.
Economía
14. Resultado
Determinación de la Meta Presupuestal de la Actividad Institucional 10 “Brindar Atención Especializada a Menores, Mujeres, Detenidos y Víctimas del Delito”
En la revisión del Anteproyecto de Presupuesto y Programa Operativo Anual de 2008, se
constató que la PGJDF estimó, en la actividad institucional 10 “Brindar atención especializada
a menores, mujeres, detenidos y víctimas del delito” del Programa 12 “Igualdad de
Género”, una demanda del servicio por parte de 212,115 personas; sin embargo, se determinó
que, de acuerdo con la meta financiera de ese año, equivalente a 182,601.6 miles de
pesos, sólo era posible atender el 92.6% de esa previsión, es decir, a 196,403 personas.
Para verificar que en la determinación de estas metas la PGJDF hubiese actuado de
conformidad con el artículo 3o. de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal,
el cual dispone que la planeación deberá vincular la programación y la presupuestación
para concretar los objetivos, estrategias, metas y prioridades del desarrollo, se revisó
el Manual de Procedimientos para la Programación, Presupuestación y Evaluación de la
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
215 VOLUMEN 12/13
En este documento se establece que es la DGPOP el área responsable de elaborar el
Presupuesto Preliminar, el Programa Operativo Anual y el Anteproyecto de Presupuesto
de cada ejercicio; asimismo, se indica que los titulares de las unidades administrativas
deberán validar el Anteproyecto de Presupuesto y el Programa Operativo Anual de sus
respectivas áreas y remitirlos a la DGPOP para integrar los requerimientos y necesidades
en el Programa Operativo Anual de la PGJDF.
En este sentido, con el oficio núm. APPD/09/659 del 1o. de diciembre de 2009, se
solicitaron los formatos “Detalle del Capítulo” y “Justificación del Capítulo” que, según el
manual de procedimientos referido, remiten las unidades administrativas a la DGPOP
para la elaboración del Presupuesto Preliminar y del Programa Operativo Anual, y para la
asignación presupuestal autorizada a cada una de ellas. En dichos formatos las unidades
administrativas reportan el total de plazas existentes e indican, con base en la designación
de precios unitarios, los materiales y suministros, servicios generales, mobiliario y equipo de
obra pública necesarios para su operación.
En respuesta, con el oficio núm. 701/3472/2009 del 8 de diciembre de 2009, fueron
remitidas las Directrices para la Programación y Conformación de la Estructura
Programática, 2008, en cuyo análisis se constató que no contienen la estimación de las
necesidades presupuestales realizada por las unidades administrativas, ya que refieren
sólo el diagnóstico, objetivos generales y específicos, estrategias, líneas de acción, funciones
y metas físicas para 2008. Adicionalmente, el ente auditado informó que, de acuerdo con
los lineamientos del Manual de Programación-Presupuestación, el presupuesto se encuentra
desglosado a nivel de estructura programática y no por unidad administrativa.
Lo anterior contraviene la séptima norma del Procedimiento para la Elaboración del
Presupuesto Preliminar y Programa Operativo Anual de la PGJDF, la cual dispone que
la DGPOP deberá verificar la información presupuestal enviada por las unidades
administrativas para que sea congruente con la suma de los requerimientos programático-
presupuestales de la entidad.
En conclusión, la información proporcionada por la PGJDF no permitió identificar la
vinculación entre la programación y la presupuestación de la actividad institucional 10,
216 VOLUMEN 12/13
contrariamente a lo que establece el artículo 3o. de la Ley de Planeación del Desarrollo
del Distrito Federal, ni comprobar la participación de las unidades administrativas en este
proceso, debido a que la dependencia no proporcionó los formatos que, de acuerdo con
la actividad 10 del Procedimiento para la Elaboración del Presupuesto Preliminar y Programa
Operativo Anual, deben remitir las unidades administrativas a la DGPOP para la integración
de dichos documentos.
En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010
de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de
la PGJDF proporcionó copia de los artículos 35, 36 y 37 del Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2007, relativos a las disposiciones de
racionalidad y austeridad; de la Ley de Austeridad para el Gobierno del Distrito Federal;
y del oficio núm. SE/1480/07, con el que la Subsecretaría de Egresos comunicó al titular
de la PGJDF el techo presupuestal asignado.
Asimismo, entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que, derivado de las políticas
de austeridad y disciplina presupuestal emitidas por el gobierno central y en el Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2007 y a efecto
de ajustarse al techo presupuestal establecido por la Subsecretaría de Egresos, fue
necesario modificar el procedimiento para determinar los requerimientos presupuestales
de las áreas, a fin de evitar pedimentos que excedieran los límites establecidos por la
normatividad. Señaló que las necesidades de las unidades administrativas se remiten a
la Dirección General de Recursos Materiales para conformar la propuesta del Programa
Anual de Adquisiciones con los requerimientos mínimos de operación, los cuales son
comunicados a la DGPOP para integrarlos al Anteproyecto de Presupuesto.
Por otra parte, informó que el Procedimiento para la Elaboración del Presupuesto Preliminar
y Programa Operativo Anual de la PGJDF será actualizado o modificado, a fin de adecuarlo
a los procedimientos actuales de designación del presupuesto.
No obstante lo anterior, no se modifican las observaciones del presente resultado.
217 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-104-08-25-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca
medidas de control y de supervisión para asegurarse de que en la presupuestación de
sus actividades institucionales, programas y proyectos, se consideren elementos reales
de valoración, como requerimientos posibles de atender, total de bienes y servicios
indispensables, catálogos de precios unitarios, conceptos de obra y cotizaciones con
proveedores y contratistas.
15. Resultado
Comportamiento Presupuestal de la Actividad Institucional 10
El artículo 508 del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008, establece que
las adecuaciones programático-presupuestarias que requieran efectuar las dependencias,
buscarán siempre un mejor cumplimiento de los objetivos y metas de los programas a su
cargo. Por su parte, el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para
la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008,8 en su apartado IV.3.3
“Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, numeral 3, indica que las adecuaciones
que elaboren las unidades responsables podrán ser de tres tipos: las que afecten
simultáneamente su presupuesto y programa(s) autorizado(s), las que modifiquen el
presupuesto y las que modifiquen los programas establecidos. Asimismo, el numeral 4
de dicho apartado dispone que todas las Adecuaciones Programático-Presupuestarias
deberán estar debidamente justificadas.
Con objeto de constatar que las modificaciones al presupuesto original de la actividad
institucional 10 fueron debidamente justificadas, se revisó el Informe de Cuenta Pública
de 2008 de la PGJDF, 37 adecuaciones presupuestarias autorizadas y el Listado de
Afectaciones Programático-Presupuestales en Estado de Registrado.
De acuerdo con el Informe de Cuenta Pública, para la operación de la actividad
institucional 10, se aprobó un presupuesto de 182,601.6 miles de pesos; no obstante, en
la revisión de las afectaciones presupuestarias proporcionadas por la PGJDF, se constató 8 Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 13 de enero de 2006.
218 VOLUMEN 12/13
que éste disminuyó en 853.6 miles de pesos, lo que resultó en un presupuesto modificado de
181,748.0 miles de pesos, monto que coincide con el reportado en Listado de Afectaciones
Programático-Presupuestales en Estado de Registrado. Esta variación derivó de los
siguientes movimientos presupuestales: 31 ampliaciones compensadas, por 8,662.9 miles
de pesos; 10 ampliaciones líquidas, por 4,168.9 miles de pesos; 36 reducciones
compensadas, por 7,923.0 miles de pesos; 50 reducciones líquidas, por 5,762.4 miles de
pesos; y 208 movimientos compensados para recalendarización de recursos, los cuales
no afectaron el presupuesto, como se muestra en el siguiente cuadro:
(Miles de pesos)
Adecuaciones presupuestarias compensadas
Adecuaciones presupuestarias líquidas
Reorientación de recursosPresupuesto
original Ajustes al calendario Ampliación Reducción
Ampliación Reducción
Variación presupuestal
neta (3)+(5)-(4)-(6)
Presupuesto modificado
(1)+(7)
Capítulo de gasto
(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8)
Total 182,581.6 18,468.2 8,662.9 7,923.0 4,168.9 5,762.4 (853.6) 181,728.0 1000 “Servicios Personales” 163,214.4 8,645.1 4,791.3 4,818.4 0.0 2,354.6 (2,381.7) 160,832.7 2000 “Materiales y Suministros” 8,038.6 2,140.9 1,215.4 379.0 525.6 1,009.1 352.7 8,391.3 3000 “Servicios Generales” 10,848.6 7,398.6 2,356.3 1,225.6 2,143.4 2,235.4 1,038.6 11,887.2 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias” 500.0 283.6 300.0 0.0 0.0 163.3 136.7 636.7 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” 0.0 0.0 0.0 1,500.0 1,500.0 0.0 0.0 0.0
Respecto a los movimientos presupuestales que tuvieron efecto de ampliación o reducción
neta de recursos, se constató lo siguiente:
En el capítulo 1000 “Servicios Personales” se efectuaron 10 ampliaciones compensadas,
con las que se transfirieron 4,791.3 miles de pesos a ocho partidas presupuestarias.
Destaca la transferencia de 4,162.1 miles de pesos a las partidas 1103 “Sueldos”,
1301 “Prima Quinquenal por Años de Servicios Prestados”, 1319 “Remuneraciones por
Horas Extraordinarias”, 1322 “Compensaciones Adicionales por Servicios Especiales” y
1509 “Asignaciones para Requerimientos de Cargos de Servidores Públicos Superiores y de
Mandos Medios, así como de Líderes Coordinadores y Enlaces”, la cual tuvo como objeto
solventar gastos del Sistema Desconcentrado de Nómina correspondientes a noviembre
y diciembre de 2008.
Se identificaron seis reducciones compensadas, por 4,818.4 miles de pesos, a las partidas
1306 “Gratificación de Fin de Año”, 1506 “Estímulos al Personal”, 1507 “Otras Prestaciones”
219 VOLUMEN 12/13
y 1511 “Vales de Fin de Año”. De estos recursos, 27.1 miles de pesos fueron transferidos
a la partida 1506, para apoyar el Programa 11 “Procuración de Justicia” y el resto a partidas
del mismo capítulo.
En cuanto a las reducciones presupuestarias líquidas, se detectó una disminución de recursos
en 16 partidas, por un total de 2,354.6 miles de pesos. Dicha disminución corresponde a
enteros efectuados ante la Secretaría de Finanzas con motivo del cierre del ejercicio
presupuestal.
En el capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, el presupuesto modificado ascendió a
8,391.3 miles de pesos, monto superior en 352.7 miles de pesos respecto a la asignación
original. Este incremento derivó de 14 ampliaciones y 13 reducciones presupuestarias
compensadas, así como 1 ampliación y 7 reducciones líquidas. En el siguiente cuadro
se muestran las partidas afectadas y los montos de los movimientos presupuestales
realizados.
(Miles de pesos)
Adecuaciones presupuestarias compensadas
Adecuaciones presupuestarias líquidas
Reorientación de recursosPresupuesto
original Ajustes al calendario Ampliación Reducción
Ampliación Reducción
Variación presupuestal
neta (3)+(5)-(4)-(6)
Presupuesto modificado
(1)+(7)
Capítulo de gasto/Partida
(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8)
2000 “Materiales y Suministros” 8,038.6 2,140.9 1,215.4 379.0 525.6 1,009.1 352.7 8,391.3 2101 “Materiales y Útiles de Oficina” 295.2 7.1 7.1 302.3 2105 “Materiales y Útiles de Impresión y Reproducción” 445.8 40.3 4.2 33.8 (29.7) 416.1 2106 “Materiales y Útiles para el Procesamiento en Equipos y Bienes Informáticos” 370.0 341.1 432.0 432.0 802.0 2201 “Alimentación de Personas” 4,500.0 391.7 400.0 475.6 838.0 37.6 4,537.6 2302 “Refacciones, Accesorios y Herramientas Menores” 121.0 100.0 3.7 27.0 (30.7) 90.3 2401 “Materiales de Construcción” 64.0 24.1 0.0 64.0 2402 “Estructuras y Manufacturas” 32.0 12.8 31.0 (32.0) 0.0 2404 “Material Eléctrico” 81.0 37.0 12.6 14.1 19.9 (21.4) 59.6 2501 “Sustancias Químicas” 100.0 40.0 100.0 (100.0) 0.0 2502 “Plaguicidas, Abonos y Fertilizantes” 10.0 8.5 (8.5) 1.5 2503 “Medicinas y Productos Farmacéuticos” 400.0 300.2 42.9 50.0 11.8 (4.7) 395.3 2504 “Materiales, Accesorios y Suministros Médicos” 400.0 483.6 227.2 29.8 4.9 192.6 592.6 2505 “Materiales, Accesorios y Suministros de Laboratorio” 300.0 245.5 31.0 109.1 (78.1) 221.9 2601 “Combustibles” 899.6 124.8 101.2 5,111.7 107.5 (11.4) 888.2 2701 “Vestuario, Uniformes y Blancos” 0.0 357.8 357.8 0.0 0.0
220 VOLUMEN 12/13
De acuerdo con lo anterior, la partidas 2106 “Materiales y Útiles para el Procesamiento en
Equipos y Bienes Informáticos” y 2504 “Materiales, Accesorios y Suministros Médicos”
registraron los mayores incrementos presupuestales netos, al ampliar en 432.0 miles de
pesos y 192.6 miles de pesos, respectivamente, su presupuesto original. En las adecuaciones
presupuestarias correspondientes, se señala que los recursos adicionales de la partida
2106 se canalizarían a la adquisición de cartuchos de tinta seca para impresión (tóner),
mientras que los de la partida 2504 a la compra de pañales desechables para la atención
de menores albergados.
Con relación a las reducciones presupuestarias netas, las partidas más afectadas fueron
la 2302 “Refacciones, Accesorios y Herramientas Menores” y la 2501 “Sustancias Químicas”,
con la disminución del 100.0% de su presupuesto original; la 2404 “Material Eléctrico”, que se
redujo en 26.5%; y la 2302 “Refacciones, Accesorios y Herramientas Menores”, que registró
una reducción de 25.4% de los recursos aprobados.
En cuanto al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se registraron 8 ampliaciones y
15 reducciones presupuestarias compensadas; además, 5 ampliaciones y 22 reducciones
líquidas, lo que dio como resultado un presupuesto modificado de 11,887.2 miles de pesos,
9.6% superior al monto aprobado, como se muestra en el siguiente cuadro:
(Miles de pesos)
Adecuaciones presupuestarias compensadas
Adecuaciones presupuestarias líquidas
Reorientación de recursosPresupuesto
original Ajustes al calendario Ampliación Reducción
Ampliación Reducción
Variación presupuestal
neta (3)+(5)-(4)-(6)
Presupuestomodificado
(1)+(7)
Capítulo de gasto/Partida
(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8)
3000 “Servicios Generales” 10,848.6 7,398.6 2,356.3 1,225.6 2,143.4 2,235.4 1,038.6 11,887.2 3101 “Servicio Postal” 34.0 0.3 (0.3) 33.7 3103 “Servicio Telefónico Convencional” 1,462.6 871.8 100.0 100.0 350.4 (350.4) 1,112.2 3104 “Servicio de Energía Eléctrica” 855.0 687.8 200.0 200.0 185.8 (185.8) 669.2 3105 “Servicio de Agua” 166.7 102.8 116.7 (116.7) 50.0 3106 “Servicio de Conducción de Señales Analógicas y Digitales” 375.7 195.5 93.9 (93.9) 281.8 3108 “Servicio de Radiolocalización” 32.2 5.4 0.1 (0.1) 32.1 3201 “Arrendamiento de Edificios y Locales” 895.6 866.1 39.4 (39.4) 856.2 3212 “Servicio de Fotocopiado” 644.1 534.8 248.7 (248.7) 395.3 3301 “Honorarios” 0.0 500.0 276.1 838,7 147.9 914.7 914.7 3305 “Estudios e Investigaciones” 0.0 426.7 426.7 426.7 3404 “Seguros” 2,142.0 1,773.2 6.3 167.3 (161.0) 1,981.0
Continuación…
221 VOLUMEN 12/13
… Continúa
Adecuaciones presupuestarias compensadas
Adecuaciones presupuestarias líquidas
Reorientación de recursosPresupuesto
original Ajustes al calendario Ampliación Reducción
Ampliación Reducción
Variación presupuestal
neta (3)+(5)-(4)-(6)
Presupuestomodificado
(1)+(7)
Capítulo de gasto/Partida
(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8)
3407 “Otros Impuestos y Derechos y Gastos de Fedatarios Públicos” 206.8 311.4 107.5 30.4 (137.9) 69.0 3411 “Servicios de Vigilancia” 1,169.6 335.5 248.0 248.0 18.4 (18.4) 1,151.1 3501 “Mantenimiento y Conservación de Mobiliario y Equipo” 45.7 25.0 14.4 21.5 (35.9) 9.8 3503 “Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo” 148.4 34.0 50.0 55.2 0.1 (5.2) 143.2 3506 “Servicios de Lavandería, Limpieza, Higiene y Fumigación” 1,824.9 1,009.9 1,400.0 61.1 300.0 91.2 1,547.7 3,372.6 3508 “Mantenimiento y Conservación de Vehículos y Equipo para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública” 315.6 157.8 11.8 303.8 (315,6) 0.0 3511 “Mantenimiento y Conservación de Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Administrativos” 175.4 87.7 121.5 0.1 (121.5) 53.8 3605 “Impresiones de Documentos Oficiales para la Prestación de Servicios Públicos, Identificación, Formatos Administrativos y Fiscales, Formas Valoradas, Certificados y Títulos” 0.0 400.0 400.0 400.0 0.0 3701 “Pasajes Nacionales” 0.0 30.0 30.0 0.0 3703 “Pasajes al Interior del Distrito Federal” 354.4 19.6 (19.6) 334.8
Como se observa, sólo las partidas 3301 “Honorarios”, 3305 “Estudios e Investigaciones”
y 3506 “Servicios de Lavandería, Limpieza, Higiene y Fumigación” reportaron incrementos
presupuestales netos, los cuales ascendieron a 914.7 miles de pesos, 426.7 miles de pesos
y 1,547.7 miles de pesos, en ese orden.
Al respecto, se verificó que en la partida 3301 se realizaron una adición presupuestal por
500.0 miles de pesos, para contratar el servicio de traducción e interpretación simultánea,
y una ampliación líquida por 838.7 miles de pesos, para la contratación de prestadores de
servicios profesionales en apoyo de las áreas administrativas, de atención al público y
soporte técnico; que el incremento del presupuesto de la partida 3305 tuvo como objeto
cubrir los pagos por concepto del diseño de una muestra de averiguaciones previas por
tipo de delito ponderado y de la aplicación de una encuesta de victimización y desempeño
institucional; y que en la partida 3506 se tramitaron una ampliación compensada por
1,400.0 miles de pesos, para el pago del servicio de limpieza de inmuebles de la PGJDF y una
ampliación líquida por 300.0 miles de pesos, para ampliar el servicio de lavandería con
motivo de la remodelación y adecuación de oficinas de la Fiscalía Central de Investigación
para Menores.
222 VOLUMEN 12/13
Se constató que fueron efectuadas 36 reducciones presupuestarias por 3,461.0 miles
de pesos, de los cuales 1,225.6 miles de pesos fueron transferidos a partidas de diversos
programas y 2,235.4 miles de pesos fueron enteros efectuados por la PGJDF ante la
Secretaría de Finanzas, a efecto de cerrar adecuadamente el ejercicio presupuestal
de 2008. Además, se verificó que entre las 16 partidas que reportaron una disminución
neta de recursos, las más afectadas fueron la 3103 “Servicio Telefónico Convencional”,
con 350.4 miles de pesos; la 3508 “Mantenimiento y Conservación de Vehículos y Equipo
para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública”, con 315.6 miles de pesos; la 3212
“Servicio de Fotocopiado”, con 248.7 miles de pesos; la 3104 “Servicio de Energía
Eléctrica”, con 185.8 miles de pesos; la 3404 “Seguros”, con 161.0 miles de pesos; la
3407 “Otros Impuestos y Derechos y Gastos de Fedatarios Públicos”, con 137.9 miles
de pesos; y la 3511 “Mantenimiento y Conservación de Vehículos y Equipo Destinados
a Servicios Administrativos”, con 121.5 miles de pesos.
En lo concerniente a los movimientos presupuestales efectuados al capítulo 4000 “Ayudas,
Subsidios y Transferencias”, se identificaron dos ampliaciones compensadas a la partida
4105 “Ayudas Culturales y Sociales” por un total de 300.0 miles de pesos, las cuales
tuvieron como objeto otorgar apoyos económicos al Servicio, Educación y Desarrollo a la
Comunidad, IAP (Institución de Asistencia Pública) por concepto del apoyo que proporciona
esta institución a la PGJDF en la integración de programas y estrategias en materia de
procuración de justicia. Asimismo, se constató la reducción líquida de 163.3 miles de pesos
con motivo del cierre presupuestal.
Finalmente, en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, las partidas 5301 “Vehículos
y Equipo para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública” y 5304 “Vehículos y
Equipo Destinados a Servicios Administrativos” reportaron ampliaciones compensadas
por 900.0 miles de pesos y 600.0 miles de pesos, respectivamente; sin embargo, también
reportaron dos reducciones líquidas por los mismos montos, por lo que no presentaron
presupuesto modificado.
Por lo anterior, se concluye que la PGJDF elaboró y tramitó las adecuaciones presupuestarias
conforme a lo establecido en el apartado IV.3.3, numeral 3, del Manual de Normas
y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal
223 VOLUMEN 12/13
vigente en 2008, en razón de que todas ellas presentaron la justificación correspondiente;
sin embargo, éstas no lograron mejorar el cumplimiento de la meta física de la actividad
institucional, contrariamente a lo que indica el artículo 508 del Código Financiero del
Distrito Federal, toda vez al cierre del ejercicio sólo se logró cumplir 63.0% de dicha meta.
En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, la PGJDF no proporcionó
documentación que modifique las observaciones del presente resultado.
Recomendación APPD-104-08-26-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca
mecanismos de control y de supervisión para asegurarse de que las adecuaciones
programático-presupuestarias que se tramiten mejoren el cumplimiento de los objetivos
y metas de las actividades, proyectos o programas a su cargo.
16. Resultado
Costo Nominal Promedio por Persona Atendida9
A efecto de verificar si el ente auditado actuó de conformidad con lo dispuesto en el apartado
IV “Lineamientos Generales”, numeral 1, del Manual de Programación-Presupuestación
para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de 2008, el cual señala
que el presupuesto de las acciones deberá considerar el mínimo costo, se determinó
comparar el costo promedio por persona atendida, registrado al cierre del ejercicio, con
el costo previsto al inicio del año, en razón de que los documentos proporcionados
por la PGJDF no permitieron identificar la asociación entre el monto de los recursos
presupuestados y la meta física de la actividad institucional 10.
En este sentido, para verificar si el costo nominal promedio por persona atendida resultó
económico respecto al costo originalmente estimado, se revisaron la Exposición de
Motivos y Proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2008,
el Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual para el Año 2008, y el Informe de
Cuenta Pública de 2008.
9 El costo nominal promedio por persona atendida se entiende como la relación entre el total de menores, mujeres,
detenidos y víctimas del delito que fueron atendidos y el total de recursos erogados.
224 VOLUMEN 12/13
En el Proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos, remitido a la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal (ALDF) para su aprobación, se indicó que a partir de 2008 daría inicio la
operación del Programa 12 “Igualdad de Género”, cuya finalidad es impulsar y desarrollar
acciones en favor de la equidad entre hombres y mujeres. Para ello, su estructura
programática estaría integrada por 23 actividades institucionales, las cuales facilitarían la
presupuestación de dichas acciones.
Respecto a la actividad institucional 10, se constató que ésta quedó inscrita dentro de las
políticas específicas encaminadas a promover la denuncia entre las mujeres víctimas
de delito, y difundir los procedimientos y mecanismos para la atención de sus demandas.
Se estableció que a través de su operación se proporcionaría atención especializada a
196,403 personas, para lo cual habrían de erogarse 182,601.6 miles de pesos. Esto equivale
a un costo promedio estimado de 929.7 pesos por persona.
En la revisión del Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual de 2008,
definidos a partir del presupuesto aprobado por la ALDF, se comprobó que fue autorizado
el monto de los recursos financieros solicitados, así como el número estimado de personas
por atender. Por otra parte, en el análisis del Informe de Cuenta Pública, se constató que al
cierre de 2008 se alcanzó una meta física de 123,789 personas atendidas, con un presupuesto
ejercido de 181,748.0 miles de pesos, cifras inferiores en 37.1% y 0.5%, en ese orden,
respecto a los montos originalmente programados, como se muestra en el cuadro siguiente:
Metas físicas (Personas)
Presupuesto (Miles de pesos) Costo nominal
(Pesos) Original Alcanzada Original Ejercido Estimado
(3) / (1) Obtenido(4) / (2)
Programa/Actividad institucional Unidad de medida
(1) (2) (3) (4) (5) (6)
12 “Igualdad de Género” 10 “Brindar atención especializada a menores, mujeres, detenidos y víctimas del delito” Persona 196,403 123,789 182,601.6 181,748.0 929.7 1,468.2
De acuerdo con lo anterior, el costo nominal promedio por persona atendida al cierre del
ejercicio de 2008 ascendió a 1,468.2 pesos, lo cual representa un incremento de 57.9%
del costo nominal promedio estimado. Se advierte que la variación fue generada por
la disminución de 37.1% del número de personas atendidas en comparación con el total
programado.
225 VOLUMEN 12/13
En el Informe de Cuenta Pública de 2008 se explica que la variación entre el total de
personas atendidas y el total programado se debió a circunstancias ajenas a la PGJDF,
toda vez que el flujo de usuarios depende de la demanda del servicio por parte la
población cuando se presenta un caso concreto, independientemente de las estrategias
de difusión desarrolladas o de cualquier otra acción dirigida a captar población usuaria.
Aunado a ello, el Gobierno del Estado de México creó instancias para la atención de la
problemática social, lo cual contribuyó a la disminución de la demanda del servicio.
Al respecto, se analizaron los resultados de la actividad institucional 37 “Proporcionar atención
a detenidos y a víctimas del delito” reportados en el Informe de Cuenta Pública de 2007.
Como resultado, se detectó que los Centros de Atención Especializada y la Dirección de
General de Servicios a la Comunidad atendieron en ese año a 118,151 personas, 2.7% más
respecto a lo programado. Al respecto, se señaló que el incremento derivó de la difusión
del trabajo de los Centros de Atención en diferentes espacios.
Al comparar las explicaciones de ambas Cuentas Públicas se advirtió una incongruencia
en cuanto a los elementos de evaluación, pues mientras que en 2007 la difusión de los
servicios fue un factor de crecimiento, en 2008 resultó ser inocua.
Se concluye que la PGJDF no se ajustó a los principios de economía, toda vez que el
costo nominal por persona atendida fue superior a lo originalmente estimado, lo cual
infringe lo dispuesto en el apartado IV “Lineamientos Generales”, numeral 1, del Manual
de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto
de Egresos de 2008.
En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, la PGJDF no proporcionó
documentación que modifique las observaciones del presente resultado.
Recomendación APPD-104-08-27-PGJDF
En necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal implante
mecanismos de planeación y racionalización de los recursos que le permitan garantizar
el costo mínimo en la operación de sus programas, proyectos y actividades institucionales.
226 VOLUMEN 12/13
17. Resultado
Administración de los Recursos Financieros para el Pago de Servicios Personales
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 134, ordena que
los recursos económicos de que dispongan el Gobierno del Distrito Federal, así como sus
administraciones públicas paraestatales, deberán administrarse con eficiencia, eficacia y
honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Al respecto, en el apartado “Análisis Programático-Presupuestal” del Informe de Cuenta
Pública de la PGJDF correspondiente al ejercicio de 2008, se constató que al Programa
12 “Igualdad de Género” le fueron asignados 182,601.6 miles de pesos, los cuales serían
ejercidos a través de la actividad institucional 10 “Brindar atención especializada a
menores, mujeres, detenidos y víctimas de delito”, teniendo como meta física atender
a 196,403 personas (89,129 mujeres y 107,274 hombres). Al cierre del año, el presupuesto
ejercido en esa actividad institucional fue de 181,748.0 miles de pesos, lo que representó
un monto 0.5% menor con relación al programado, como se advierte en el siguiente
cuadro:
(Miles de pesos y por cientos)
Meta física Presupuesto
Original Alcanzada
Variación %
(2)/(1) Original Ejercido
Variación %
(5)/(4) Unidad responsable/ Programa/ actividad institucional
Unidadde
medida (1) (2) (3) (4) (5) (6)
12 “Igualdad de Género” 182,601.6 193,265.1 105.8 10 "Brindar atención especializada
a menores, mujeres, detenidos y victimas de delito"
Personas 196,403
123,789
63.0
182,601.6
181,748.0
99.5 Mujeres 89,129 57,575 64.6 82,865.8 84,532.1 102.0 Hombres 107,274 66,214 61.7 99,735.8 97,215.9 97.5
Otras actividades - 4,948 - - 11,517.1 -
De acuerdo con el Listado de Cuentas por Liquidar Certificadas en Estado de Registrado,
el gasto reportado en el capítulo 1000 “Servicios Personales” ascendió a 160,832.7 miles
de pesos, el cual equivale a 88.5% del total del gasto en esta actividad. De este monto, el
77.1% se concentró en las siguientes partidas: 1103 “Sueldos” (38,651.0 miles de pesos),
1322 “Compensaciones Adicionales por Servicios Especiales” (27,325.0 miles de pesos),
227 VOLUMEN 12/13
1506 “Estímulos al Personal” (35,215.7 miles de pesos) y 1507 “Otras Prestaciones”
(22,885.6 miles de pesos). Asimismo, se constató que 12.8% del presupuesto ejercido
en este capítulo correspondió a erogaciones previstas para el mecanismo de pagos
centralizados.
Con el propósito de evaluar la economía con que se aplicaron las asignaciones previstas
para el pago de servicios personales, se solicitaron los registros de las remuneraciones
del personal que laboró en las unidades administrativas responsables de la operación de
la actividad institucional 10 durante los ejercicios de 2007 y 2008. En respuesta, la PGJDF
proporcionó los reportes de personal correspondientes, en los cuales se registran el
monto las percepciones de los servidores públicos adscritos a las siguientes unidades
administrativas:
(Miles de pesos)
2007 2008
Número de servidores públicos
Monto de las
remuneraciones
Número de servidores públicos
Monto de las
remuneraciones
Variación absoluta nominal (4)-(2)
Variación real
(%) *
Unidad administrativa
(1) (2) (3) (4) (5) (6)
Total 1,034 155,595.1 1,132 181,583.0 25,987.9 9.6
Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad 611 91,032.6 648 101,809.5 10,776.9 5.0
Dirección General de Atención a Víctimas del Delito 457 69,939.3 486 80,283.2 10,343.9 7.8
Dirección General de Servicios a la Comunidad 154 21,093.3 162 21,526.3 433.0 (4.2)
Dirección General del Albergue Temporal 169 19,944.2 169 21,658.0 1,713.8 1.9
Fiscalía Central de Investigación para Menores 254 44,618.3 315 58,115.4 13,497.1 22.3
* Calculada con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor.
En el examen de dicha información, se determinó que el importe de las remuneraciones
de 2008 difiere del gasto reportado en el capítulo 1000 en relación con la actividad
institucional 10 para ese año. Al respecto la DGPOP señaló que la variación se debe a
que, cuando la Dirección General de Recursos Humanos solicita las Cuentas por Liquidar
Certificadas para la emisión de la nómina, no distingue la unidad administrativa, sino
que se tramitan conforme a las disponibilidades presupuestales existentes, por lo que
228 VOLUMEN 12/13
en ocasiones, algún programa no soporta la disponibilidad y se selecciona otro. No obstante
esta limitante, se determinó comparar las asignaciones reportadas, en razón de que éstas
representan un parámetro para medir el efecto económico del gasto en la consecución de
las metas de la actividad institucional sujeta a revisión.
De este modo, se constató que en 2008 se cubrió el pago de las remuneraciones de
1,132 servidores públicos con un total de 181,583.0 miles pesos, lo que en términos reales
representó un incremento de 9.6% respecto a las remuneraciones de 2007. De manera
particular, se observó que los montos de las remuneraciones al personal adscrito a la
Fiscalía Central de Investigación para Menores y a la DGAVD presentaron los mayores
incrementos, al registrar erogaciones por 58,115.4 miles de pesos y 80,283.2 miles de
pesos, respectivamente, 22.3% y 7.8% mayores, en términos reales, en relación con las
registradas en 2007.
Al comparar las metas físicas alcanzadas y los montos de las remuneraciones reportadas
en 2007 y 2008, se detectó que, a pesar del incremento de 9.6% en el pago de servicios
personales, el total de personas atendidas disminuyó 0.6%, como se observa en el cuadro
siguiente.
(Miles de pesos y porcentajes)
Metas físicas alcanzadas 2007 2008 Variación
(%) (2)/(1)
Variación real del pago de
remuneraciones(%)*
Unidad Administrativa
(1) (2) (3) (4)
Total 124,559 123,789 (0.6) 9.6
Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad 117,551 116,537 (0.9) 5.0
Dirección General de Atención a Víctimas del Delito 78,143 76,500 (2.1) 7.8
Dirección General de Servicios a la Comunidad 39,408 40,037 1.6 (4.2)
Dirección General del Albergue Temporal 467 450 (3.6) 1.9
Fiscalía Central de Investigación para Menores 6,541 6,802 4.0 22.3
* Calculada con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor.
De acuerdo con lo anterior, la Dirección General de Servicios a la Comunidad fue la única
unidad administrativa que, no obstante la reducción del monto de las remuneraciones
pagadas, incrementó el número de personas atendidas.
229 VOLUMEN 12/13
Por lo expuesto, se concluye que la PGJDF no logró emplear de manera económica los
recursos humanos y financieros disponibles, toda vez que en 2008 se redujo el número
de personas atendidas respecto a los resultados obtenidos en 2007, a pesar del incremento de
las remuneraciones al personal, con lo que se infringe lo establecido en el artículo 34 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, la PGJDF no proporcionó
documentación que modifique las observaciones del presente resultado.
Recomendación APPD-104-08-28-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca
mecanismos de control y de supervisión que le permitan administrar los recursos humanos
disponibles de manera que se garantice el logro de los objetivos y metas establecidas.
18. Resultado
Administración de los Recursos Financieros para la Adquisición de Bienes y Prestación de Servicios
En el capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, se ejercieron 8,391.3 miles de pesos; la
partida 2201 “Alimentación de Personas” concentró el 54.1% de dicho importe, al registrar
un ejercicio de 4,537.6 miles de pesos. Cabe señalar que en este capítulo el monto de las
adquisiciones consolidadas ascendió a 1,075.8 miles de pesos, equivalente a 12.8% del
gasto.
Por otra parte, en el capítulo 3000 “Servicios Generales” se reportó una erogación
de 11,887.2 miles de pesos, de los cuales 28.4% se destinó al pago de servicios de
lavandería, limpieza, higiene y fumigación, y 16.7% al pago de seguros. En cuanto al pago
por servicios contratados y adquiridos de manera consolidada, el monto ascendió a
4,060.0 miles de pesos.
A efecto de constatar si en la contratación de adquisiciones, arrendamiento y prestación de
servicios, la PGJDF actuó con base en criterios de economía que garantizaran las mejores
230 VOLUMEN 12/13
condiciones de oferta, oportunidad, precio y calidad, con el oficio núm. APPD/09/659
del 1o. de diciembre de 2009, se solicitaron los contratos de bienes y servicios con cargo
al presupuesto de la actividad institucional 10 correspondientes a 2008. Como respuesta,
en anexo al oficio núm. 701/0444/2010 del 12 de febrero de 2010, fue remitida una nota
aclaratoria en la que se indica que “el presupuesto de la Procuraduría se ejerce en
proporción a la operación de ésta, es decir que las contrataciones de bienes y servicios se
realizan para cubrir las necesidades de todas y cada una de las unidades administrativas
que la conforman prorrateándose el gasto entre todas ellas a fin de cubrir la normatividad
y conformar la estructura programática que requiere la Subsecretaría de Egresos para el
manejo del presupuesto”.
Adicionalmente, se informó que existen contratos que atañen a la contratación de
raciones alimenticias (box lunch) para detenidos y bienes perecederos, que refieren
exclusivamente a la Dirección General de Servicios a la Comunidad y a la Dirección
General del Albergue Temporal. Al respecto, se remitió copia de los contratos
núms. PGJDF/DACS-004/2008, 056/2008, PGJDF/DACS-011/2008 y del convenio
modificatorio núm. PGJDF/DACS-011/2008-CM-011/2008 para la adquisición de box lunch,
así como del contrato núm. PGJDF/DACS-017/2008 y del convenio modificatorio
núm. PGJDF/DACS-017/2008-CM-006/2008 para la adquisición de abarrotes y perecederos.
En este sentido, no fue posible evaluar la racionalidad del empleo de los recursos
disponibles en los capítulos 2000 y 3000, debido a que el procedimiento establecido por
la PGJDF para el ejercicio del presupuesto no permitió precisar la cantidad ni los costos
de los bienes y servicios empleados para la consecución de las metas de la actividad
institucional 10.
No obstante lo anterior, se llevó a cabo el análisis de los contratos proporcionados
con objeto de verificar si el ente auditado actuó de conformidad con lo dispuesto en la
Ley de Adquisiciones del Distrito Federal en materia de adjudicación de contratos.
Los contratos núms. PGJDF/DACS-004/2008 y 056/2008 se asignaron mediante el
procedimiento de adjudicación directa, el primero de ellos por un monto máximo de
200.0 miles de pesos y el segundo por un importe de 58.9 miles de pesos. Al respecto,
la PGJDF determinó procedente de no celebrar licitación pública por encontrarse en los
231 VOLUMEN 12/13
supuestos del artículo 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, ya que
podían existir costos adicionales para la dependencia, lo cual está también de acuerdo
con los criterios de economía, eficiencia, eficacia, imparcialidad y honradez que presentó
el área requiriente.
Por lo que se refiere a la asignación del contrato núm. PGJDF/DACS-011/2008,
se verificó que ésta derivó de un procedimiento de licitación pública nacional, con objeto
de adquirir box lunch por un monto máximo de 3,300.0 miles de pesos, a un precio
unitario de 27.59 pesos. Asimismo, se constató que el convenio modificatorio
núm. PGJDF/DACS-011/2008-CM-011/2008 fue suscrito con objeto de incrementar en
600.0 miles de pesos el monto máximo del contrato anterior.
A efecto de verificar si el licitante ganador ofreció las mejores condiciones, se revisaron
las propuestas técnica y económica de la licitación, así como el dictamen y el fallo
correspondientes. De esta manera, se comprobó que de las propuestas presentadas la
seleccionada por la PGJDF resultó ser la más económica, toda vez que el proveedor
ofertó el precio más bajo.
Por lo que toca al contrato núm. PGJDF/DACS-017/2008, se constató que fue asignado
mediante el procedimiento de adjudicación directa, en razón de que la licitación pública
emitida por la PGJDF se declaró desierta, como lo establece el artículo 54, fracción IV,
de la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal. Dicho contrato tuvo como propósito
adquirir abarrotes y perecederos para abastecer al Centro Pedagógico de Desarrollo
Infantil y al Albergue Temporal, por montos máximos de 493.9 miles de pesos y de
1,186.1 miles de pesos, respectivamente. Por último, se comprobó que el contrato
núm. PGJDF/DACS-017/2008-CM-006/2008 correspondió al convenio modificatorio al contrato
descrito, cuya suscripción tuvo como objeto incrementar el monto máximo establecido al
Albergue Temporal por la cantidad de 200.0 miles de pesos.
Por lo expuesto, se concluye que la PGJDF no contó con mecanismos que permitieran
verificar que las acciones gubernamentales cumplieron con las expectativas previstas en
términos de costo-beneficio. Por otra parte, en la revisión a los contratos y convenios
modificatorios proporcionados, no se detectó incumplimiento por parte de la dependencia
232 VOLUMEN 12/13
a alguna de las disposiciones que en materia de contratación de adquisiciones y prestación
de servicios establece la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal.
En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, la PGJDF no proporcionó
documentación que modifique las observaciones del presente resultado.
Recomendación APPD-104-08-29-PGJDF
Es conveniente que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal cuente registros
auxiliares que permitan verificar las previsiones para las actividades institucionales, proyectos
y programas establecidos, en términos de costo-beneficio.
Competencia de los actores
19. Resultado
Perfil Profesional de los Servidores Públicos
El numeral 1.6.0.1 del Manual de Organización General de la Procuraduría General de
Justicia del Distrito Federal establece que corresponde a la Dirección General de Recursos
Humanos definir, establecer y evaluar las políticas y los procedimientos para el reclutamiento,
selección y designación del personal administrativo que requieran las diversas áreas de la
Procuraduría.
En este sentido, para verificar si los servidores públicos responsables de proporcionar
atención especializada a menores, mujeres, detenidos y víctimas del delito cuentan con el
perfil requerido en el Catálogo de Puestos y en la convocatoria para la contratación de
personal emitida en junio de 2008, de un universo de 1,137 personas se seleccionaron
226 expedientes, mediante un muestreo estadístico aleatorio, con un nivel de confianza
de 90.0% y un margen de error de 5.0%.
En el siguiente cuadro se muestran los resultados de la revisión realizada:
233 VOLUMEN 12/13
(Servidores públicos)
Cédula profesional
Experiencia laboral
Examen psicométrico
Examen teórico-práctico Puesto
No Sí No Sí No Sí No Sí Total general 115 111 16 210 22 204 22 204
Agente de la Policía Judicial 14 1 3 12 1 14 2 13 Agente de Ministerio Público Supervisor * 5 5 5 5 Agente del Ministerio Público * 4 6 2 8 1 9 10 Analista Especializado 1 1 2 2 2 Asistente Administrativo 4 3 1 6 3 4 2 5 Auxiliar de Educadora 1 1 1 1 Director de Área 2 7 9 2 7 9 Director Ejecutivo 1 1 2 2 2 Director General 2 2 2 2 Educadora * 1 1 2 2 2 Enfermera General * 1 6 1 6 3 4 2 5 Enlace 14 8 1 21 22 22 Jefe de Grupo 2 2 1 1 1 1 Jefe de Oficina 3 3 3 3 Líder Coordinador de Proyectos 14 7 3 18 2 19 3 18 Médico General * 16 16 2 14 1 15 Oficial Secretario del Ministerio Público * 19 4 1 22 1 22 1 22 Pedagoga * 2 1 1 2 2 1 2 1 Perito Profesional o Técnico * 4 18 1 21 1 21 2 20 Psicólogo Clínico * 9 13 2 20 3 19 3 19 Subdirector de Área 6 8 14 14 1 13 Supervisor 1 1 1 1 Trabajador Social Servicios Legales * 8 3 11 11 2 9 Trabajadora Social * 4 4 4 4
* Debido a la naturaleza de sus funciones, los servidores públicos que desempeñen este puesto deberán poseer título o cédula profesional, acreditar su experiencia laboral y aprobar los exámenes psicométrico y de conocimientos requeridos.
De acuerdo con lo anterior, de los expedientes seleccionados, 125 corresponden a servidores
públicos que, debido a la naturaleza de las funciones desempeñadas en la operación de
la actividad institucional 10, obligatoriamente deberán poseer título legalmente expedido
y registrado por la autoridad competente o, en su caso, la cédula profesional respectiva,
acreditar plenamente experiencia laboral en la materia y aprobar los exámenes psicométrico
y de conocimientos o, en su caso, examen teórico-práctico correspondiente. Sin embargo,
en la revisión a dichos expedientes, se detectó que varios de ellos no contenían toda la
documentación requerida. Particularmente se detectó lo siguiente:
• En 52 expedientes (41.6%) no se localizó el título o cédula profesional que acreditara
el nivel educativo solicitado.
234 VOLUMEN 12/13
• En ocho expedientes (6.4%) no se localizó documentación que acreditara la experiencia
laboral de los servidores públicos.
• En 13 expedientes (10.4%) no se localizó documentación que demostrara la presentación
del examen psicométrico.
• En 13 expedientes (10.4%) no se localizó documentación que comprobara la presentación
del examen de conocimientos o teórico práctico.
Por lo anterior, se concluye que la PGJDF no integró toda la documentación requerida
a los expedientes del personal adscrito a las unidades administrativas responsables de
proporcionar atención especializada a menores, detenidos y a víctimas del delito,
situación que impidió verificar, en varios casos, si dichos servidores públicos cuentan con
la preparación suficiente y el perfil adecuado para proporcionar el servicio requerido, como
lo establece el Catálogo de Puestos y la convocatoria para la contratación de personal
emitida en junio de 2008.
Con el oficio núm. 701/1295/2010 del 14 de mayo de 2010, la Dirección General de
Programación, Organización y Presupuesto de la PGJDF proporcionó copia de una nota
informativa suscrita por el titular de la Dirección General de Recursos Humanos, en la que
expone que esa Dirección General está llevando a cabo una exhaustiva revisión de la
documental glosada de los expedientes citados, a efecto de solicitar a las áreas responsables
la documentación faltante para su debida integración.
No obstante lo anterior, no se modifican las observaciones del presente resultado.
Recomendación APPD-104-08-30-PGJDF
Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por conducto de
la Dirección General de Recursos Humanos, establezca mecanismos de control interno
que le permitan la completa integración y actualización de los expedientes de personal,
así como asegurarse que los servidores públicos adscritos a sus unidades administrativas
cuenten con el perfil profesional señalado en el Catálogo de Puestos.
235 VOLUMEN 12/13
Calidad
20. Resultado
Encuestas de Opinión Aplicadas a Usuarios
Para conocer la opinión de los usuarios sobre la atención proporcionada por el Sistema de
Auxilio a Víctimas, en marzo de 2010, se aplicaron encuestas a 269 personas en los seis
Centros de Atención Especializada que lo integran. El número de la muestra se determinó
con base en un universo de 76,500 personas atendidas en 2008, para lo cual se aplicó el
método estadístico, con un nivel de confianza de 90.0% y un margen de error de 5.0%.
La encuesta incluyó 23 preguntas sobre los temas de difusión de la prestación del
servicio, elementos tangibles del servicio, capacidad de respuesta en la prestación del
servicio, seguridad en la prestación del servicio y satisfacción del servicio recibido. En
cuanto a los rangos de medición, se determinaron cuatro variables que fueron: Muy malo,
Malo, Bueno y Muy bueno.
A continuación se presenta un resumen de los resultados obtenidos:
(Por cientos)
Aspecto evaluado Muy malo
Malo Bueno Muy bueno
No contestó
Difusión de la prestación del servicio Medios de difusión 0.7 7.4 59.7 30.7 1.4 Claridad de la información 0.4 6.0 58.7 33.9 1.1 Facilidad de acceso a la información 0.4 8.8 62.2 27.9 0.7 Cantidad de la información 0.0 9.2 62.5 27.6 0.7 Elementos tangibles del servicio Acceso a las instalaciones 0.4 7.8 59.7 30.4 1.8 Condiciones físicas de las instalaciones 1.4 10.6 66.1 19.8 2.1 Comodidad de las instalaciones 0.7 11.0 65.7 20.5 2.1 Espacio para la atención 0.7 10.2 64.7 22.6 1.8 Capacidad de respuesta en la prestación del servicio Utilidad de la información sobre los servicios 0.7 8.8 59.4 29.0 2.1 Facilidad del proceso para la atención 0.4 12.7 55.5 29.3 2.1 Tiempo de espera 1.4 18.4 59.4 18.4 2.5 Fechas y horarios de atención 0.7 17.3 54.4 24.7 2.8 Respuesta del Centro ante imponderables 0.4 19.1 61.1 17.3 2.1 Tiempo de atención proporcionado 1.8 17.7 51.2 27.6 1.8
Continúa…
236 VOLUMEN 12/13
... Continuación
Aspecto evaluado Muy malo
Malo Bueno Muy bueno
No contestó
Seguridad en la prestación del servicio Conocimiento por parte del personal 0.7 3.2 55.8 39.6 0.7 Confianza transmitida 0.4 6.0 43.5 48.8 1.4 Amabilidad en la atención 0.7 2.1 43.5 52.3 1.4 Claridad en el lenguaje 0.4 3.5 44.9 50.5 0.7 Confidencialidad de la información 0.7 2.8 46.6 48.4 1.4 Satisfacción del servicio recibido Atención del problema 0.4 4.6 52.3 41.3 1.4 Alcance de los objetivos 0.7 5.3 58.3 33.2 2.5 Expectativas del servicio 1.1 3.5 51.9 42.4 1.1 Utilidad del servicio 0.4 5.3 48.1 44.2 2.1 Promedio general 0.7 8.8 55.9 33.1 1.6
Como se muestra en el cuadro anterior, en promedio el 55.9% de los usuarios consideraron
buenos los servicios proporcionados por los Centros de Atención Especializada, mientras
que el 33.1% los considero como muy buenos. En caso de las percepciones negativas,
el 8.8% de los usuarios, en promedio, evaluó como mala la atención proporcionada
y el 0.7% restante como muy mala.
Por lo anterior, se concluye que la mayoría de los usuarios consideraron que la atención
recibida fue adecuada y de utilidad; sin embargo, el 15.7% en promedio consideraron
necesario mejorar la capacidad de respuesta en la prestación del servicio.
237 VOLUMEN 12/13
VI.1.1.3. PROGRAMA 13 “DESARROLLO Y ASISTENCIA SOCIAL” (SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL)
Auditoría APPD/101/08
ANTECEDENTES
En materia de auditorías de desempeño, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal, (CMHALDF), en la Revisión de la Cuenta Pública 2006,
practicó una revisión al Programa 17 “Protección Social” el cual se encontraba bajo la
responsabilidad de la Secretaría de Salud; evaluando las acciones relacionadas con
las ayudas a los adultos mayores mediante el otorgamiento de la Pensión Alimentaria;
los resultados y recomendaciones respectivas se presentaron en su oportunidad ante la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), en los términos del artículo 4o. de la Ley
Orgánica de la CMHALDF, lo que permitió proponer soluciones, así como identificar áreas
de mejora en la dependencia responsable de la ejecución de este programa.
En tal virtud, considerando que en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal
2007-2012 se indica que la población adulta mayor enfrenta diversos problemas que van
desde enfermedades crónico degenerativas, discapacidad, hasta abandono familiar y falta
de ingresos para un mínimo de manutención y que una proporción importante de los
adultos mayores vive en condiciones de pobreza y pobreza extrema, por carecer de
los satisfactores básicos que les permitan vivir con dignidad; asimismo se señala, que la
acción de gobierno en materia de desarrollo social tiene como eje principal la equidad
con la finalidad de abatir la desigualdad y de lograr un desarrollo social pleno; por ello se
establece que el área ejecutora de estas políticas públicas es la Secretaría de Desarrollo
Social (SDS), a través del Instituto para la Atención del Adulto Mayor en el Distrito Federal
(IAAM-DF); teniendo como misión el contribuir al establecimiento de un estado de bienestar
a través de promover el ejercicio pleno de los derechos de las personas adultas mayores,
así como al establecimiento de condiciones para una vejez digna y feliz, dando cumplimiento
a la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores
238 VOLUMEN 12/13
de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal y contribuyendo a que este grupo
poblacional tenga una mejor calidad de vida.
Por lo anterior, dentro de las acciones de verificación del gasto público, dentro del
Programa General de Auditoría de la Cuenta Pública 2008, se incluye la presente
auditoría de desempeño al Programa 13 “Desarrollo y Asistencia Social”, Programa
Especial 00 “Acciones del Programa Normal”, actividad institucional 03 “Otorgar servicios
de apoyo social a personas adultas mayores” y Programa Especial 06 “Equidad en la
Ciudad”, actividad institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”.
Por lo que se refiere a la actividad institucional 36, en los años 2005 y 2006 estaba bajo la
responsabilidad de la Secretaría de Salud (SS), incluido en el Programa 17 “Protección
Social”; en el ejercicio 2007, este programa se reasigna a la SDS; y es hasta el ejercicio
2008 que se reclasifica la actividad incluyéndola en el Programa 13 “Desarrollo y
Asistencia Social”.
Por lo que se refiere a la actividad institucional 03 “Otorgar servicios de apoyo social a
personas adultas mayores”, ésta es de nueva creación y se establece para el ejercicio
2008.
En el análisis al Presupuesto de Egresos del Distrito Federal de 2008, se corroboró
que la SDS contó con un presupuesto original de 3,823,092.0 miles de pesos para la
ejecución de la actividad institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”
y de 142,736,913.0 pesos para la ejecución de la actividad institucional 03 “Otorgar
servicios de apoyo social a personas adultas mayores”; cuyo comportamiento físico y
presupuestal se muestra a continuación:
239 VOLUMEN 12/13
(Miles de pesos y por cientos)
Clave Denominación Unidad Meta Variación Presupuesto Variaciones P PE AI de medida Original
(1)
Alcanzada
(2)
(2) / (1)
(3)
Original
(4)
Ejercido
(5)
Absoluta
(6)
Relativa(6) / (4)
(7)
13 Desarrollo y Asistencia Social
7,948,048.8 8,797,213.6 849,164.8 10.7
Secretaría de Desarrollo Social 4,364,717.7 4,549,853.7 185,136.0 4.2 06 Equidad en la Ciudad 3,954,092.0 4,078,688.9 124,596.9 3.2 36 Otorgar Ayudas
a Personas Adultas Mayores
Persona 420,000 430,000 2.4 3,823,092.0 3,945,473.9 122,381.9 3.2
Otras Actividades Institucionales
131,000.0 133,215.0 2,215.0 1.7
Otros Programas Especiales 410,625.7 471,164.6 60,538.9 14.7 Otras Unidades Ejecutoras de Gasto 1,336,638.6 2,009,134.2 672,495.6 50.3
00 03 Otorgar Servicios de Apoyo Social a Personas Adultas Mayores
Servicio 422,500 422,500 0.0 142,736.9 172,902.6 30,165.7 21.1
P Programa. PE Programa especial. AI Actividad institucional.
OBJETIVO
La auditoría se orientó a evaluar el desempeño de la Secretaria de Desarrollo Social
durante el ejercicio fiscal 2008, verificando la congruencia de la misión, visión y objetivos
particulares con las prioridades del Distrito Federal en materia de desarrollo y asistencia
social al núcleo poblacional denominado adultos mayores; la eficacia con que cumplió el
objetivo de formular y ejecutar políticas públicas encaminadas al desarrollo y asistencia
social de los adultos mayores en la Ciudad de México; la eficiencia con que operó la
asistencia social en materia de otorgar ayudas, apoyos y servicios relacionados a personas
adultas mayores; la economía con que aplicó los recursos para el efecto; y la calidad de
los servicios prestados a su población objetivo.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La selección de la presente auditoría se sustentó en el criterio de presencia y cobertura,
en virtud que la dependencia erogó en la actividad institucional 36 “Otorgar ayudas a
personas adultas mayores” la mayor parte de su presupuesto asignado, además de que
la SDS no ha sido revisada por medio de auditoría de desempeño.
La presente auditoría de desempeño se fundamenta conforme a los siguientes preceptos:
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 16, 74, fracción VI
240 VOLUMEN 12/13
y 122, apartado C, base primera fracción V, inciso c) primer párrafo; Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal en sus artículos 42, fracción XIX y 43; Ley Orgánica de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal en su artículo 10, fracción VI; Ley Orgánica de la
Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en sus
artículos 2. fracción X, Inciso a), 3, 8, fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX y XIII y 27; y en el
Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal en sus artículos 1, 13 y 14.
ALCANCE
En materia de congruencia, se verificó que el objetivo y las acciones realizadas por la SDS
y el IAAM-DF, se vinculen coherentemente con las prioridades nacionales y sectoriales,
con los ejes y estrategias, establecidas en los documentos de corto y mediano plazo
emitidos por el Gobierno de la Ciudad en el Programa General de Desarrollo del Distrito
Federal 2007-2012 y a los contenidos del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 del
Gobierno Federal.
Se evaluaron los resultados obtenidos por la SDS en 2008, en el cumplimiento de las
metas y objetivos en materia de asistencia social que presta la dependencia, relacionada
con las ayudas, apoyos y servicios otorgados a personas adultas mayores de 70 años, del
Programa Especial 06 “Equidad en la Ciudad”, del Programa 13 “Desarrollo y Asistencia
Social”.
Respecto a la competencia del sujeto de fiscalización, se revisaron las disposiciones
jurídicas que integran el marco normativo de la SDS y del IAAM-DF, a fin de constatar el
cumplimiento de las atribuciones que se señalan en la Ley de la materia.
Para medir la eficacia con la que la SDS y el IAAM-DF, cumplieron el objetivo de otorgar
ayudas y servicios a la población adulta mayor de setenta años, se verificó el contenido
del Programa Operativo Anual (POA), autorizado para el ejercicio 2008, se analizó la
congruencia de la unidad de medida establecida, se revisaron las bases de cálculo que se
utilizaron para programar la meta física de las actividades institucionales; se analizó el avance
físico de las metas programadas y los resultados obtenidos a partir de la revisión y análisis
de diversa documentación comprobatoria, integrada principalmente por registros auxiliares,
241 VOLUMEN 12/13
informes estadísticos y reportes de las actividades institucionales; y por último, se verificó
la confiabilidad del padrón de derechohabientes considerando las diferentes incidencias
que le afectan.
Para evaluar la eficiencia, se revisaron los ordenamientos legales y normativos, los
procedimientos que aplicó la SDS y el IAAM-DF, para desarrollar las acciones de otorgar
ayudas y servicios sociales y las reglas específicas de actuación; se identificaron los
sistemas de control y seguimiento de las acciones reportadas por el sujeto fiscalizado; se
revisaron las disposiciones normativas en materia de formulación de informes contempladas
en cada uno de los procedimientos, específicamente en el proceso primario de otorgar
ayudas a través de la Pensión Alimentaria; se analizaron las disposiciones relacionadas
con los servicios, específicamente las visitas domiciliarias a los adultos mayores, tanto
para el seguimiento de la pensión, como para la visita médica; se verificó el contenido
de los expedientes de los adultos mayores; y se valoró la importancia del sistema de
información de la dependencia en la elaboración de indicadores estratégicos y de gestión.
En la vertiente de economía se revisó el origen de los recursos utilizados; ya que la SDS
contó con un presupuesto original de 3,823,092.0 miles de pesos para la ejecución de la
actividad institucional 36, “Otorgar ayudas a personas adultas mayores” y de
142,736,913.0 pesos para la ejecución de la actividad institucional 03 ”Otorgar servicios
de apoyo social a personas adultas mayores”, se analizó la evolución del gasto integrado
por 17 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 12 documentos múltiples; para comprobar
que el presupuesto ejercido en el periodo de revisión estuviera debidamente soportado y
justificado; se analizaron las causas de los incrementos y ajustes presupuestales; y por último,
se verificó la correspondencia del gasto con las acciones realizadas.
La presente auditoría de desempeño incluye aspectos relacionados con la calidad del
servicio y la percepción ciudadana; por lo que, con relación a la evaluación de la calidad
de los servicios proporcionados por el sujeto fiscalizado, se analizó y verificó la información
proporcionada, lo cual permitió corroborar la oportunidad en la entrega de tarjetas nuevas,
en los procesos de reincorporación de la Pensión Alimentaria, así como en la atención de
quejas e inconformidades ciudadanas; la equidad en los procesos de difusión y la objetividad
en los mecanismos de evaluación y supervisión.
242 VOLUMEN 12/13
En lo que respecta al criterio de percepción del ciudadano beneficiario, se aplicaron
400 encuestas a través de las cuales se identificó el nivel de satisfacción que los adultos
mayores integrantes del padrón de beneficiarios tienen acerca de los apoyos y servicios
que el sujeto fiscalizado les ofrece, a través del personal del IAAM-DF.
LIMITACIONES
La SDS no proporcionó la información relacionada con los informes de gestión presentados
por la dependencia a las diferentes instancias de control, a la Jefatura de Gobierno, a la
ALDF y con los que formaron parte del Informe Anual de Gobierno; dicha información se
solicitó con atenta nota 15/10 - APPD/101/08, del 7 de abril de 2010.
A fin de subsanar esta falta de cumplimiento en la obligación por parte del sujeto fiscalizado
de proporcionar la información requerida, se remitió a la SDS oficio APPD/10/224 del
14 de abril de 2010, de la Dirección General de Auditoría Programática Presupuestal
y de Desempeño, formulando recordatorio y estableciendo un nuevo plazo perentorio de tres
días adicionales, respecto del cual, con oficio SRM/349/2010, suscrito por el Subdirector
de Recursos Materiales de la SDS y recibido el día 21 de abril de 2010, se remitieron
informes de avance presupuestal, más no se atendió el requerimiento sobre los informes
de gestión.
A la fecha de la elaboración del Informe Final de Auditoría el sujeto fiscalizado no había
proporcionado esta información, no fue posible constatar el cumplimiento de las disposiciones
en la materia; así como proceder al análisis del sistema de medición periódica de resultados
y la presentación de informes de resultados, enfocados a esquemas de transparencia y
rendición de cuentas.
Con el propósito de verificar la eficiencia, eficacia, economía, honradez, legalidad y
transparencia con la que SDS erogó los recursos a través de la empresa dispersora,
se solicitó a la Dirección General de Administración de la SDS mediante atenta nota
13/19-APPD/101/08 del 5 de abril de 2010, la documentación que soportara la suscripción
del convenio de dispersión de recursos económicos celebrado el 1 de octubre de 2007
entre el Gobierno del Distrito Federal y Mexican Payment Systems, S.A. de C. V.; relacionada
243 VOLUMEN 12/13
principalmente, con la capacidad jurídica, técnica y económica suficiente para convenir
y obligarse a la prestación del servicio de la dispersión de los recursos económicos.
Al respecto, con el oficio SRM/332/2010 del 13 de abril de 2010, la Subdirección de
Recursos Financieros, entregó copia del oficio IAAM/JUDRF/004/2010 del 7 de abril de 2010,
remitido por la Jefatura de Unidad Departamental del IAAM-DF, en donde hizo referencia
en diversos puntos de los documentos solicitados anteriormente, indicando que la Unidad
Administrativa del IAAM-DF no tuvo conocimiento del proceso de adjudicación referido ni
tampoco tuvo conocimiento si existió algún tipo de dictamen legal, toda vez que el área
jurídica quien pudiera haberlo elaborado depende directamente del Secretario de Desarrollo
Social; asimismo, la Subdirección de Recursos Materiales señaló que la información solicitada
estaba en proceso de integración.
A la fecha de elaboración del Informe Final de Auditoría el sujeto fiscalizado no había
proporcionado esta información, motivo por el cual no fue posible constatar lo establecido
en el párrafo primero del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; así como lo indicado en el artículo 380 del Código Financiero del Distrito
Federal.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Para el examen del control interno se observaron las disposiciones contenidas en el marco
metodológico, específicamente por lo que se refiere a la Guía para el Estudio y Evaluación
del Sistema de Control Interno, al Manual General de Auditoría y a la Guía de Auditoría de
Desempeño; por lo que se estructuró el cuestionario de control interno que se aplicó
el 7 de octubre de 2009 a la Dirección de Operación de la Pensión Alimentaria del IAAM-DF
y el 9 de octubre de 2009, a la Subdirección de Recursos Financieros de la SDS.
Al respecto, se detectó que para el ejercicio 2008, se encontraban vigentes las disposiciones
contenidas en el Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos Generales de Control
Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, emitido por la Contraloría
General del Distrito Federal (CGDF) con fecha 9 de abril de 2007, cuyo contenido forma
parte de este marco metodológico.
244 VOLUMEN 12/13
Por lo que, con el objeto de verificar el apego a la normatividad por parte del sujeto
fiscalizado, con relación a las diferentes vertientes que integran la auditoría, se procedió al
análisis de la documentación proporcionada con relación a los registros, informes, reportes
y estadísticas; así como de la información vertida en el cuestionario de control interno.
En cuanto a la vertiente de eficacia, se verificó que la SDS contó con el POA autorizado, con
un procedimiento de elaboración del anteproyecto relativo a la programación-presupuestación
de las ayudas y servicios de asistencia social otorgados a los adultos mayores. Se verificó
que la SDS carece de formatos para la integración del Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos y POA, como lo establece el Manual de Programación-Presupuestación para la
formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, emitido por la SF; así mismo
se verificó que la SDS y el IAAM-DF no contaron con indicadores de resultados y de gestión.
Por lo que se refiere a la vertiente de eficiencia, se encontró que dentro de los ordenamientos
normativos que le aplican, se encuentra el Decreto por el que se Reforman Diversas
Disposiciones del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,
Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 29 de junio de 2007, el cual da
origen al IAAM-DF, sectorizado a la SDS, en este documento se señalan las atribuciones
de dicho instituto, observando enunciados que permiten cumplir con las políticas públicas
y actividades institucionales relacionadas con otorgar ayudas y proporcionar servicios de
apoyo social a personas adultas mayores.
Dentro de estos ordenamientos se localiza el Manual Administrativo del IAAM-DF, con
registro MA-08011-9/07, integrado por los manuales de organización y de procedimientos,
en el primero se localizó la estructura orgánica primaria integrada por una dirección
general, dos direcciones de área y cuatro subdirecciones de área.
En el Manual de Procedimientos con dictamen 9/2007 se incluyen catorce procedimientos,
los primeros seis corresponden al proceso de trámite, control y autorización de la Pensión
Alimentaria, y los ocho restantes a la gama de servicios de apoyo social a adultos mayores.
Al respecto, a partir de un análisis matricial cruzado de atribuciones, funciones, actividades,
áreas de responsabilidad y productos que se deben de generar; así como mecanismos de
control y de presentación de resultados, se detectaron los siguientes riesgos:
245 VOLUMEN 12/13
1. Un ambiente de control interno débil y vulnerable, las funciones de control interno
solamente se consignan a nivel de la Subdirección de la Pensión Alimentaria y de la
Subdirección de Evaluación, Difusión y Seguimiento de Programas, sin que se encuentre
debidamente expresadas al nivel de la Dirección de Operación a la Atención del Adulto
Mayor, área administrativa a la cual están adscritas.
2. Carencia de elementos de supervisión y retroalimentación para toma de decisiones,
observando un traslape y falta de precisión en el límite de las funciones sustantivas de
las direcciones de área, por lo que no se observa la información básica que le permita
al sujeto fiscalizado una adecuada planeación, ejecución y control de las actividades
que guíen y faciliten la ejecución, continuidad y mejoramiento de las operaciones; así
como vigilancia y el control del ejercicio de la gestión pública.
3. El agrupamiento de funciones no obedece a la denominación de las unidades
administrativas, en la Dirección de Operación de la Atención del Adulto Mayor
únicamente se consignan tres funciones sustantivas relacionadas con la operación de
la Pensión Alimentaria y las trece restantes se refieren básicamente al desarrollo
de programas, acciones de promoción de la cultura del envejecimiento, actividades de
coordinación con organizaciones e instituciones vinculadas con el trabajo gerontológico
y creación de redes sociales.
4. Carencias en el uso de tecnologías para el control de información y la secrecía en
el padrón de derechohabientes de la Pensión Alimentaria.
5. El IAAM-DF no cuenta con indicadores de gestión o de desempeño a través de los
cuales se pueda evaluar la consecución de los objetivos y metas institucionales con
base en la construcción de un sistema de evaluación del desarrollo social, el cual debe
de producir información sistemática que genere una dinámica de mejora continua de
los programas sociales y del uso de los recursos destinados a la política social.
Por lo que se refiere a la vertiente de economía, en la revisión al Anteproyecto de
Presupuesto de Egresos 2008, se verificó que la SDS contó con el procedimiento
“Elaboración de Anteproyecto”, sin embargo, no contó con papeles de trabajo que soportaran
las cifras integradas en dicho documento; asimismo, se comprobó que la dependencia
246 VOLUMEN 12/13
careció de registros para llevar a cabo la presupuestación de las actividades institucionales
en revisión.
En cuanto al presupuesto modificado, se revisaron las afectaciones presupuestarias de
las actividades institucionales 03 y 36 del Programa 13, y se verificó que la SDS contó
con el procedimiento “Afectación Programática Presupuestal”. De igual forma, de la revisión
a las afectaciones, se verificó que la SDS contó con los formatos de afectación
presupuestaria, afectación programática y justificación; y que estos documentos fueron
firmados por el servidor público facultado para su elaboración y trámite, de acuerdo al
Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del
Distrito Federal, vigente en 2008, y a la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores
Públicos Facultados para Elaborar, Solicitar y/o Autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas,
Documentos Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestarias y de Presupuesto
Comprometido, respectivamente.
De igual forma, se verificó que la SDS contó con los procedimientos “Trámite y
Comprobación del Gasto” y “Seguimiento a devoluciones relativas a la pensión universal
alimentaria”; de su revisión, se verificó que las CLC y los Documentos Múltiples (DM)
mediante los cuales se realizaron las devoluciones del presupuesto, se elaboraron en
apego a dichos procedimientos.
Se verificó que la SDS contó con los procedimientos “Trámite y Comprobación del Gasto”
y “Seguimiento a devoluciones relativas a la pensión universal alimentaria”; de su revisión,
se verificó que las CLC y los DM mediante los cuales se realizaron las devoluciones del
presupuesto, se realizaron en apego a dichos procedimientos.
En cuanto a la vertiente de calidad, se constató que la SDS a través del IAAM-DF, atendió
las solicitudes de la población objetivo, las cuales formaron parte del padrón de beneficiarios,
una vez que se entregaron las tarjetas correspondientes, así como las reposiciones
que procedieron; de igual forma, el IAAM-DF proporcionó otros servicios dirigidos a los
beneficiarios del programa institucional.
No obstante, la atención de estas solicitudes no se realizó conforme a los términos del
articulo 16 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria
247 VOLUMEN 12/13
para los Adultos Mayores de Setenta años Residentes en el Distrito Federal, ya que la
dependencia no cuenta con los registros de fecha de solicitud por parte del adulto mayor,
ni cuenta con un registro de fechas en lista de espera.
De igual manera, se detectó una falla de control interno en el registro de solicitudes de
reincorporación al padrón de beneficiarios, ya que el IAAM-DF no cuenta con el registro
de las fechas de solicitud de reincorporación, por lo que no fue posible determinar
el cumplimiento de los tiempos referidos en el artículo 51 del citado Reglamento; de esta
forma no fue posible conocer la oportunidad con que la Dirección de Operación de la
Pensión Alimentaria operó los procedimientos descritos en el Manual Administrativo
del IAAM-DF.
DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Dentro de la vertiente de eficacia, y a fin de evaluar la confiabilidad y actualización del
padrón de beneficiarios de la Pensión Alimentaria, se llevó a cabo la revisión del universo
de los 430,000 beneficiarios a partir de los conglomerados de nombre, fecha de nacimiento
y domicilio; llegando a establecer una muestra de 118 expedientes de derechohabientes,
con homonimias y con edades semejantes.
Como parte de la revisión de la vertiente de eficiencia y a fin de evaluar el grado de
cumplimiento de las disposiciones normativas que le aplican al IAAM-DF, relacionadas con la
integración, actualización, guarda y custodia de los expedientes de los derechohabientes
de la Pensión Alimentaria y los servicios de asistencia social que proporciona, se
seleccionó una muestra de 400 expedientes de derechohabientes a partir de las tablas
estadísticas “Cálculo del Tamaño de la Muestra por Atributos para Tasas de Desviación de
Universos Grandes” con un nivel de confianza del 95% y un margen de error de ± 5%.
Para la revisión del criterio de economía, se revisó el 100% de Afectaciones Programático-
Presupuestarias, de las actividades institucionales 03 y 36, por lo que se revisó el 100.0%
del presupuesto, que ascendió a 172,902.6 miles de pesos y 3,945,473.9 miles de pesos,
respectivamente. En cuanto a la revisión de las CLC, se revisó el 100.0% correspondiente
a la actividad institucional 36.
248 VOLUMEN 12/13
Para la determinación de la muestra del presupuesto ejercido de la actividad institucional 03,
se revisaron los siguientes criterios: a) partidas no presupuestadas originalmente, b) partidas
con mayor gasto, y c) partidas no vinculadas con la denominación de la actividad institucional.
Respecto al criterio de percepción del ciudadano beneficiario, se aplicaron 400 encuestas
con el fin de conocer la percepción de los adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito
Federal, sobre la calidad de los apoyos y servicios recibidos del personal del IAAM-DF.
La determinación de la muestra se realizó a partir de un universo de 430,000 derechohabientes
de la Pensión Alimentaria, utilizando una técnica de muestreo por atributos con un nivel
de confianza de 95% error tolerable del ± 5%, y un error esperado del 3%.
RESULTADOS
Congruencia
1. Resultado
Objetivo de la SDS y del IAAM-DF y su Vinculación con las Prioridades del Distrito Federal, en materia de Desarrollo y Asistencia Social
Con fundamento en el artículo 1o. de la Ley que Establece el Derecho de la Pensión
Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal,
vigente durante 2008, dichas personas tienen derecho a recibir una pensión diaria no menor
a la mitad del salario mínimo vigente en el Distrito Federal; y según los artículos 3, 4 y 5
del reglamento de la ley referida, todo adulto mayor que radica en el Distrito Federal, tiene
derecho a recibir una pensión que garantice su seguridad económica básica, la cual no está
condicionada a la carencia de recursos económicos de los beneficiarios; en consecuencia,
quienes cumplan con los requisitos tienen derecho a recibir la pensión, cuyo monto será
el equivalente al 50% del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.
El Programa de Apoyo Social para los Adultos Mayores, contenido en el Programa
Institucional 2008-2012 del IAAM-DF, señala como objetivo particular fortalecer la autonomía
y desarrollar acciones tendientes a incrementar el grado de independencia de las persona
adultas mayores, a través de apoyos sociales; asimismo, con relación a la Pensión
Alimentaria para adultos mayores, se establece como objetivo particular el de garantizar
249 VOLUMEN 12/13
el cumplimiento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria de las
Personas Adultas Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal.
Por otra parte, de acuerdo con el diagnóstico contenido en el citado programa institucional, la
población envejece rápidamente, teniendo este grupo de población, una tasa de crecimiento
de 3.4% anual y una esperanza de vida de 72.4 años para los hombres y 77.4 años para
las mujeres.
En marzo de 2001, con una población de 250 mil pensionados, inició la operación del
Programa de Apoyo Alimentario, Atención Médica y Medicamentos Gratuitos para Adultos
Mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal. A finales de 2007, la cobertura
alcanzó a 416,472 adultos mayores que gozaron el derecho a la Pensión Alimentaria,
estableciendo una meta para 2008 de 430,000 derechohabientes.
En virtud de lo anterior, se señala que el objetivo de la Pensión Alimentaria para adultos
mayores y los servicios de apoyo social que se proporcionan son congruentes con los
términos establecidos en la ley y el reglamento referidos; así como con la política social
y el Programa Institucional 2008–2012 del IAAM-DF.
2. Resultado
Vinculación del Programa 13 “Desarrollo y Asistencia Social” con los Instrumentos de Planeación de Corto y Mediano Plazo, Ejes y Estrategias contenidas en los Documentos del Gobierno Federal y del Distrito Federal
El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 en el apartado 3.6, en el cual se hace referencia
a “Grupos Vulnerables”, se señala que es obligación del Estado propiciar la igualdad
de oportunidades para todas las personas, de manera especial a quienes conforman
los grupos vulnerables de la sociedad, entre ellos, los adultos mayores. Asimismo, las
oportunidades deben de incluir el acceso a servicios de salud, educación y trabajo acorde
con sus necesidades.
A partir de lo anterior, en el mismo plan, se establece la Estrategia 17.3, que a la letra dice:
“Focalizar el apoyo a la población de 70 años y más, dando prioridad a quienes habitan en
comunidades de alta marginación o que viven en condiciones de pobreza”.
250 VOLUMEN 12/13
A través de esta estrategia, se otorgaría un apoyo económico bimestral a las personas
de 70 años o más que viven en áreas rurales con menos de 2,500 habitantes. Como
complemento de lo afirmado, también se establece en la Estrategia 17.9, el darle prioridad
a las vertientes de apoyo alimentario y nutricional, con acciones integrales y articuladas
que atiendan con oportunidad y eficacia a la población vulnerable, entre otros, adultos
mayores de 70 años en desamparo.
Por su parte, en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal. 2007-2012,
en el Eje 2 “Equidad”, referente a adultos mayores, se anota que “La población adulta
mayor enfrenta diversos problemas que van desde enfermedades crónico degenerativas,
discapacidad, hasta abandono familiar y falta de ingresos para un mínimo de manutención.”
Asimismo, se indica que “Una proporción importante de los adultos mayores vive en
condiciones de pobreza y pobreza extrema, por carecer de los satisfactores básicos que
les permita vivir con dignidad […] La proyección es de que casi un millón de adultos
mayores no contarán con una pensión suficiente, lo anterior resulta más complejo si se toma
en consideración que 48% de los habitantes de la Ciudad no disponen de los servicios de
salud que prestan las instituciones públicas”.
A continuación se muestran los instrumentos de planeación de corto y mediano plazo,
vinculados con el Programa 13 “Desarrollo y Asistencia Social”:
Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012
Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012
Estrategia integral de política pública Ciudad en movimiento Eje 3. Igualdad de oportunidades Cada mexicano, sin importar su lugar de origen y el nivel de ingreso de sus padres, debe tener acceso a genuinas oportunidades de formación y de realización. Esa es la esencia de la igualdad de oportunidades y sólo mediante ella puede verificarse la ampliación de capacidades y el mejoramiento de las condiciones de vida de aquellos que más lo requieren. El Desarrollo Humano Sustentable encuentra en dichos procesos la base personal, familiar y comunitaria de su realización social.
Eje 2 “Equidad” El Distrito Federal es la entidad con la menor proporción de población en el rango de edad menor de catorce años (23%), es decir, la mayoría se ubica en una edad igual o superior a los quince años. El cambio socio-demográfico del Distrito Federal obliga a diseñar y poner en práctica en el corto plazo políticas públicas y programas amplios y crecientes para jóvenes y adultos mayores durante los próximos 20 años, tiempo que se estima, durará el cambio en la estructura poblacional.
De las aproximadamente 860 mil personas adultas mayores de 60 años que habitan en el Distrito Federal, más del 58% son mujeres. La población adulta mayor enfrenta diversos problemas que van desde enfermedades crónico degenerativas, discapacidad, hasta abandono familiar y falta de ingresos para un mínimo de manutención. Una proporción importante de los adultos mayores vive en condiciones de pobreza y pobreza extrema, por carecer de los satisfactores básicos que les permitan vivir con dignidad.
Continúa…
251 VOLUMEN 12/13
… Continuación
Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012
Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012
La proyección es de que casi un millón de adultos mayores que no contarán con una pensión suficiente, lo anterior resulta más complejo si se toma en consideración que 48% de los habitantes de la Ciudad no disponen de los servicios de salud que prestan las instituciones públicas.
Objetivos Objetivos Garantizar el acceso de todos los ciudadanos a un sistema de justicia eficaz. Reducir la pobreza extrema y asegurar la igualdad de oportunidades y la ampliación de capacidades para que todos los mexicanos mejoren significativamente su calidad de vida y tengan garantizado la alimentación, salud, educación, vivienda digna y un medio ambiente adecuado para su desarrollo tal y como lo establece la Constitución.
Transformar la ciudad en un lugar favorable para el crecimiento y desarrollo de todos los niños, niñas y jóvenes, que brinde confort a los adultos mayores y que sea amable con la población con capacidades diferentes.
Estrategia 12.3 Estrategias Priorizar la atención de grupos vulnerables para prevenir la violación de sus derechos humanos. Modificar el enfoque de las políticas públicas para la defensa de los derechos humanos, superando la visión que pretende únicamente restituir el goce de los mismos, para privilegiar un enfoque preventivo de la violación de estos derechos.
Para abatir la desigualdad entre los grupos más desfavorecidos, el gasto social se localizará en las unidades territoriales más marginadas y atenderá en particular a los grupos vulnerables, como los adultos mayores, la población indígena, infantes, jóvenes, mujeres, migrantes y personas con capacidades diferentes.
Esta nueva orientación resulta particularmente importante en el caso de miembros de grupos vulnerables como son los niños, los adultos mayores, los discapacitados, los enfermos y cualquier otro grupo social que, por sus características, se encuentre expuesto a la violación de sus derechos humanos
3.2 Desarrollo integral y salud Estrategias Salud La población de adultos mayores crece considerablemente y con ello poco a poco disminuye la base social de personas que aportan recursos al conjunto social. En otras palabras, el bono demográfico que representa un segmento mayoritario de la población en edad productiva se irá disminuyendo, indefectiblemente, con el tiempo. Se augura que en menos de 25 años el sector de adultos mayores pasará de 6 a 15.6 millones de personas, de manera que para el año 2030 representará 12% de la población nacional. Los problemas de salud de adultos y adultos mayores serán, por lo tanto, el componente que más atención demande.
A través de programas de apoyo, específicos en materia de educación, ingresos, salud, vivienda y alimentación, se buscará cerrar progresivamente las brechas de desigualdad que padecen los indígenas y pueblos originarios en la ciudad.
Objetivo 4 Objetivo Mejorar las condiciones de salud de la población. Gran parte de las enfermedades y riesgos para la salud que más frecuentemente padecen los niños, los jóvenes, las mujeres y los adultos mayores pueden evitarse mediante acciones de prevención oportuna y adecuada.
El gobierno brindará atención integral en salud a adultos mayores, se ampliará la atención médica domiciliaria, con especial consideración a la perspectiva de género.
3.6 Grupos vulnerables Objetivo Es obligación del Estado propiciar igualdad de oportunidades para todas las personas, y especialmente para quienes conforman los grupos más vulnerables de la sociedad, como los adultos mayores, niños y adolescentes en riesgo de calle, así como a las personas con discapacidad. La igualdad de oportunidades debe permitir tanto la superación como el desarrollo del nivel de vida de las personas y grupos más vulnerables. Estas oportunidades deben incluir el acceso a servicios de salud, educación y trabajo acorde con sus necesidades.
Mejorar la distribución del ingreso, disminuir la incidencia y la intensidad de la pobreza, con especial énfasis en los grupos más vulnerables y las zonas territoriales de alta marginación.
252 VOLUMEN 12/13
Bajo el anterior contexto y, con fundamento en el artículo 1o. de la Ley que Establece el
Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes
en el Distrito Federal, así como en los artículos 3, 4 y 5 de su reglamento, el objetivo que
orienta las acciones relativas a la Pensión Alimentaria y el otorgamiento de servicios a los
adultos mayores, es congruente con los preceptos en materia de protección social,
estrategias y objetivos trazados en los instrumentos de planeación de corto y mediano
plazo, emitidos por el Gobierno del Distrito Federal en el Programa General de Desarrollo del
Distrito Federal 2007-2012 y los contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2007- 2012,
del Gobierno Federal.
Competencia
3. Resultado
Competencia de la SDS y del IAAM-DF, para la Operación de la Pensión Alimentaria y el Otorgamiento de Servicios a los Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal
A fin de constatar si el marco normativo que rige a la SDS y al IAAM-DF, les permite
cumplir con la operación del Programa 13 “Desarrollo y Asistencia Social” con respecto a
la actividad institucional 03 “Otorgar servicios de apoyo social a personas adultas mayores
y la actividad institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”, se analizaron
las atribuciones que tienen para llevar a cabo su gestión.
Con base en los artículos 40 y 41 del Reglamento de la Ley que establece el Derecho a la
Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito
Federal, se establece que la SDS es la instancia normativa de la Pensión Alimentaria, en
tanto que el IAAM-DF, es la instancia operativa de la pensión.
Con el propósito de constatar si el marco normativo con que cuenta la SDS, en su calidad
de unidad ejecutora de gasto de la Pensión Alimentaria, es el adecuado para cumplir con
su mandato inherente a las ayudas para adultos mayores de setenta años residentes en
el Distrito Federal, fueron analizadas las atribuciones que tiene el sujeto fiscalizado para
llevar a cabo su gestión en la materia, como parte de su marco normativo de actuación.
253 VOLUMEN 12/13
De esta forma, se analizaron los siguientes ordenamientos, vigentes en 2008:
● Ley que establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores
de Setenta Años, Residentes en el Distrito Federal.
● Reglamento de la Ley que establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos
Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal.1
● Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan Diversas Disposiciones del
Reglamento de la Ley que establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los
Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal.
En la Ley que establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de
Setenta Años Residentes en el Distrito Federal; se verificó que ésta delimita a la población
a quien va dirigido el beneficio de Ley, indica la obligación del Jefe de Gobierno del
Distrito Federal para incluir dentro del Proyecto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal la asignación que garantice el derecho a la Pensión Alimentaria; señala la
aprobación de los recursos necesarios por parte de la ALDF; e indica la forma de cómo se
hará valer la Pensión Alimentaria, y cómo deberá ser la actuación de los servidores
públicos responsables de la aplicación de esta Ley.
En el Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los
Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal, se observó que éste
indica, entre otros aspectos, que todos los adultos mayores tienen derecho a recibir una
pensión que garantice su seguridad económica básica; que el monto de la pensión será
el equivalente al 50% del salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal; los requisitos
para ser beneficiarios de la Pensión Alimentaria; la facultad del IAAM-DF para realizar
visitas domiciliarias para verificar el disfrute del beneficio, sobrevivencia, atención a dudas
o problemas con el beneficio de ese ordenamiento; las causas por las cuales los adultos
mayores serían dados de baja del padrón de beneficiarios; y, las facultades y obligaciones
que tienen las instancias normativa y operativa de la Pensión Alimentaria.
1 Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2003, última reforma publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 29 de junio de 2007.
254 VOLUMEN 12/13
Con relación al Decreto por el que se Reforman Diversas Disposiciones del Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,2 en el artículo 61, establece que
el IAAM-DF, tiene como objetivo “tutelar el ejercicio de los derechos de las personas
adultas mayores, operando su Pensión Alimentaria y promoviendo ante las dependencias
y entidades competentes las acciones y programas que aseguren el mejoramiento y
fortalecimiento de sus condiciones sociales y de salud y la elevación de su calidad
de vida”.
Para cumplir el objetivo señalado, el las modificaciones al Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal, antes mencionado, le otorga al IAAM-DF diferentes
atribuciones, entre las que destacan proponer al titular de la SDS las acciones para
generar una cultura de la vejez y el envejecimiento; promover la difusión, reconocimiento y
ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores; operar el programa de visitas
médicas domiciliarias; proponer ante otras instancias competentes, acciones y programas
de promoción de la salud; promover la formación y fortalecimiento de redes sociales de apoyo
para los adultos mayores, involucrando de manera coordinada a la familia, la comunidad
y a las instituciones de gobierno; y, proponer la creación y funcionamiento de Centros de
Día para la Atención de Adultos Mayores.
Por lo anterior, del análisis efectuado a los procedimientos implantados por el sujeto
fiscalizado, se observó que los mismos coadyuvan en el cumplimiento de las actividades
sustantivas relacionadas con el otorgamiento de la Pensión Alimentaria y servicios de
apoyo a los adultos mayores del Distrito Federal, según lo dispone el artículo 40, fracción I,
del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para Adultos
Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal; así como el artículo 61 del
Decreto por el que se Reforman Diversas Disposiciones del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal, por lo que el marco normativo en la materia,
conformado por la ley y su reglamento, en el cual se apoyan para realizar sus funciones,
le facultan para ser competentes y cumplir con su misión y objetivos.
2 Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 29 de junio de 2007
255 VOLUMEN 12/13
Eficacia
4. Resultado
Programación de la Meta Física Original y Documentación Soporte
Con el propósito de constatar si la SDS contó con bases de cálculo, documentación soporte
o con metodología para integrar la meta física original de las actividades institucionales 03
y 36 del Programa 13; así como para verificar que el Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos y POA se haya integrado de conformidad con el Manual de Programación-
Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008,
se solicitó información al sujeto fiscalizado, detectando que con el oficio IAAMDF/000137/07
del 22 de octubre del 2007, la Directora General del IAAM-DF, remitió al Director General
de Administración de la SDS, el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008.
En este sentido, con el oficio DGA/3138/2007 del 22 de noviembre de 2007, la Dirección
General de Administración de la SDS remitió copia de dos Anteproyectos de Presupuesto
de Egresos a la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas (SF), uno de
ellos se ajustó al techo presupuestal autorizado y el otro se elaboró con base en las
necesidades mínimas para cumplir con el Programa General de Desarrollo del Distrito
Federal 2007-2012, como se muestra a continuación:
Anteproyecto elaborado por el IAAM
Anteproyecto ajustado al techo presupuestal
Anteproyecto con base en las necesidades mínimasPrograma/Programa
Especial/Actividad institucional
Unidad de medida
Demanda
total identificada
Demanda posible
de atender
Demanda total
identificada
Demanda posible
de atender
Demanda total
identificada
Demanda posible
de atender
13 “Desarrollo y Asistencia Social”
00 “Acciones del Programa Normal”
03 “Otorgar servicios de apoyo social a personas adultas mayores” Persona 859,438 435,000 2,500 2,500 2,500 2,500 06 “Acciones del Programa Especial” 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores” Persona 435,000 435,000 420,000 420,000 420,000 420,000
FUENTE: Anteproyecto del Presupuesto de Egresos, proporcionado por la SDS y el IAAM-DF.
256 VOLUMEN 12/13
De lo anterior se concluye, que la SDS no consideró la información contenida en los
formatos del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos elaborado por el IAAM-DF, quien
es la unidad encargada de operar las actividades institucionales 03 y 36 del Programa 13,
en virtud de que las cifras de las metas físicas de ambas actividades integradas en los
Anteproyectos presentados por la SDS a la Subsecretaría de Egresos de la SF, no coinciden
con las requisitadas en los formatos del IAAM-DF.
Con la finalidad de verificar si las metas programadas por el IAAM-DF contaron con bases de
cálculo, se solicitó a través de la atenta nota 03/09–APPD/101/08 del 1o. de diciembre
de 2009, la memoria de cálculo y papeles de trabajo con los que se integraron en 2008,
las metas físicas originales, correspondientes a los servicios relativos a la ejecución de la
actividad institucional 03 “Otorgar servicios de apoyo social a personas adultas mayores”;
Programa Especial 00 “Acciones del Programa Normal”; así como las correspondientes a
la actividad institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”, del Programa
Especial 06 “Equidad en la Ciudad” ambas del Programa 13 “Desarrollo y Asistencia
Social”; al respecto el IAAM-DF, proporcionó con oficio DPA/165/09 del 3 de diciembre de
2009, suscrito por la Directora de la Pensión Alimentaria, un cuadro comparativo mediante
el cual describieron la proyección realizada por el IAAM-DF con base a la proyección del
Consejo Nacional de Población (CONAPO), así como las proyección y metas establecidas
por el IAAM-DF; estos datos figuran en el Programa Institucional 2007-2012, y se muestran
a continuación:
2005 2006 2007 2008
1) Proyección CONAPO 379,275 391,895 404,917 418,019 2) Proyección IAAM-DF 403,511 416,937 430,791 444,730 3) Metas IAAM-DF 381,500 400,000 416,472 430,000 4) Cobertura [ 3) / 2) ] 94.55% 95.94% 96.68% 96.69%
Con el propósito de aclarar las diferencias encontradas, se solicitó al IAAM-DF a través de
la atenta nota 09/10–APPD/101/08 del 2 de marzo de 2010, información de la proyección
de la población adulta mayor en el Distrito Federal que figura en el Programa Institucional
2008-2012; asimismo, precisar la estimación de la población a atender en el periodo, a partir
de los datos disponibles del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática; y de los
índices de crecimiento con los que trabaja el CONAPO; ya que la proyección del IAAM-DF
257 VOLUMEN 12/13
considera cantidades mayores. Al respecto, con oficio IAAM/DA/305/2010 del 19 de marzo
de 2010, suscrito por el Director de Administración del IAAM-DF, se señala que “se reitera
que para el año 2008 el Instituto elaboró una proyección propia, tomando en cuenta
el II Conteo de Población y Vivienda 2005, la población real atendida por el IAAM-DF
y las tasas de crecimiento estimadas por CONAPO. El INEGI no realiza estimaciones de
población, solo realiza Censos y Conteos de Población”.
En tal sentido, y al no haber proporcionado la metodología utilizada o los factores que se
consideraron para determinar la estimación del crecimiento de la población, ni la precisión del
comportamiento de la estimación, se concluye que el IAAM-DF estimó tasas de crecimiento
de población adulta mayor de 70 años, por encima de la proyección del CONAPO,
con factores promedio de crecimiento anual en el periodo 2005-2008, de 1.063900863,
1.063899769, 1.063899515 y 1.063899009.
Con el propósito de profundizar al respecto y a fin de constatar si la SDS cuenta con
bases de cálculo o metodología para la integración de la meta física, con oficio APPD/10/03
del 25 de enero de 2010 se solicitó al CONAPO, información sobre la población objetivo
integrada por los adultos mayores de setenta años, que habitan en el Distrito Federal.
Al respecto con el oficio SG/018/10 del 29 de enero de 2010, el Consejo remitió cuadros
estadísticos del total de la población, por grupo quinquenal, de 70 años en adelante por
sexo y delegación del Distrito Federal; del análisis a dicha información, se constató que
las cifras coincidieron con las proyecciones de la población proporcionada por la SDS.
Respecto a la cobertura, el cumplimiento de las metas proyectadas para los ejercicios
de 2005 y 2006, fue del 94.5% y 95.9% respectivamente, y de 96.7% para 2007 y 2008.
Sin embargo, del análisis al Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, se verificó
que el IAAM-DF estimó una meta de 435,000 personas a quienes se les otorgarían
servicios de apoyo social y Pensión Alimentaria, correspondientes a las actividades
institucionales 03 y 36 integradas por Delegación como se indica a continuación:
258 VOLUMEN 12/13
Delegación Meta física
Población beneficiada
Total 435,000 1,740,000 Álvaro Obregón 31,302 125,208 Azcapotzalco 27,162 108,648 Benito Juárez 28,348 113,392 Coyoacán 37,107 148,428 Cuajimalpa de Morelos 4,625 18,500 Cuauhtémoc 33,936 135,744 Gustavo A. Madero 71,327 285,308 Iztacalco 24,835 99,340 Iztapalapa 65,243 260,972 Magdalena Contreras 9,857 39,428 Miguel Hidalgo 20,206 80,824 Milpa Alta 4,057 16,228 Tláhuac 9,717 38,868 Tlalpan 23,435 93,740 Venustiano Carranza 29,212 116,848 Xochimilco 14,631 58,524
FUENTE: IAAM-DF.
A partir de lo anterior, el IAAM-DF estimó que al atender a 435,000 adultos mayores con
servicios y ayudas durante 2008, generaría un impacto de beneficio estimado a un grupo
de población integrado por 1,740,000 personas.
Al respecto, con la finalidad de verificar dicha estimación, se solicitó al IAAM-DF con la
atenta nota 09/10–APPD/101/08 del 2 de marzo de 2010, proporcionara la documentación
soporte de la ponderación, como son estudios socioeconómicos, encuestas u otros, que
sirvieron de base para la integración del Anteproyecto de Presupuesto 2008, y que
permitieron estimar de la cantidad de 1,740,000 personas como población beneficiada, a
partir de otorgar 435,000 pensiones alimentarias en el periodo. Al respecto, con el oficio
IAAMDF/305/2010 del 19 de marzo de 2010, suscrito por el Director de Administración, se
indicó que “se consideró cuatro personas beneficiadas a partir de los datos recabados en
la Encuesta de Percepción sobre Beneficios y Evaluación de la Pensión Alimentaria para
Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal, concretamente la pregunta
24, ¿Cuántas personas Viven con Usted?”.
A fin de concluir el análisis correspondiente, se señala que con el oficio SE/0145/08
del 8 de enero de 2008, la Subsecretaría de Egresos de la SF, remitió a la SDS el Techo
Presupuestal autorizado, así como el Analítico de Claves, POA y el Decreto de Presupuesto
259 VOLUMEN 12/13
de Egresos de 2008. De la revisión al POA, se identificó que las metas originales
autorizadas por la SF, ascendieron a 422,500 servicios que se otorgarían a las personas
adultas mayores y 420,000 personas que recibirían la Pensión Alimentaria, correspondientes
a las actividades institucionales 03 y 36, respectivamente.
En virtud de lo anterior, se concluye que la SDS no contó con papeles de trabajo, ni con
una metodología para la estimación de las cifras de las metas físicas correspondientes
a las actividades institucionales 03 y 36, en virtud de que en la proyección del IAAM-DF
para el ejercicio 2008, la cifra considerada ascendió a 444,730 personas siendo que en el
Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008 se planteó otorgar servicios y ayudas
a 435,000 adultos mayores de 70 años.
En la reunión de confronta, celebrada el día 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con
el oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín
Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa
documentación integrada por 134 folios; dentro de los cuales se localiza la nota informativa
s/n del 14 de mayo de 2010, suscrita por el Ciudadano Ricardo Javier Martínez Atala,
Subdirector de Recursos Financieros en que señala que “la autoridad en materia financiera
del Gobierno del Distrito Federal, es la Secretaría de Finanzas y estableció el techo
presupuestal 2008 para la Secretaría de Desarrollo Social, conforme a las atribuciones
que le da el artículo 442 del Código Financiero del Distrito Federal. Etiquetando la unidad de
medida de la actividad institucional para otorgar la Pensión Alimentaria a los adultos mayores
de setenta años residentes en el Distrito Federal, así como el monto presupuestal para
dicho ejercicio fiscal”
Con la documentación presentada no se muestran los papeles de trabajo, ni la metodología
utilizada para la estimación de las metas físicas, por lo que el presente resultado no se
modifica.
Recomendación APPD-101-08-30-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social cuente con la documentación soporte
para la estimación de las metas físicas, acordes con las bases y proyecciones estadísticas
propias y las de los organismos especializados; las que deben de reflejarse en el anteproyecto
260 VOLUMEN 12/13
de presupuesto de egresos y las gestiones de recursos que soporten los incrementos por
las modificaciones a la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los
Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal.
5. Resultado
Congruencia de la Unidad de Medida de las Actividades Institucionales 03 y 36 del Programa 13
De la revisión al POA 2008, se identificó que la unidad de medida autorizada en la
actividad institucional 03 fue “Servicios”, y para la actividad institucional 36 fue “Persona”.
En cuanto a la primera actividad institucional se autorizó una meta física de 422,500 servicios
de apoyo social que se otorgarían a las personas adultas mayores; en la segunda se autorizó
una meta de 420,000 personas adultas mayores a las que se les otorgaría la Pensión
Alimentaria.
Con la finalidad de verificar que los conceptos registrados dentro de la actividad
institucional 03 hayan sido congruentes con la unidad de medida, se solicitó al IAAM-DF
mediante atenta nota 09/10 del 2 de marzo de 2010, el alcance de la unidad de medida
“Servicio”, consignada en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, precisando
las características de las acciones registradas. Con el oficio IAAM/DA/305/2010 del 19 de
marzo de 2009, el IAAM-DF informó que en su anteproyecto la unidad de medida que se
consideró para esta actividad institucional, fue la de “Persona” y no la de “Servicio”,
situación que fue corroborada en la revisión del citado documento.
Por tanto, se solicitó que fundamentara la modificación de la Unidad de Medida; al respecto
informó que “en el anteproyecto se consideró que se otorgarían servicios al número total
de derechohabientes, por ello la meta de las dos actividades institucionales son idénticas.
El cambio posterior fue informado de manera electrónica por la Subdirección de Recursos
Financieros de la Secretaría de Desarrollo Social sin que se proporcionara el motivo de
esta modificación”.
En virtud de lo anterior, se solicitó dicha información a la SDS; la que en respuesta indicó que
la modificación de la unidad de medida en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008,
261 VOLUMEN 12/13
para la actividad institucional 03 “Otorgar servicios de apoyo social a personas adultas
mayores” fue enterada a la SDS de forma electrónica por la SF, con la autorización
del POA 2008.
Al respecto, con la finalidad de conocer los conceptos que se registraron bajo las
unidades de medida “Servicio” y “Persona” de las actividades institucionales 03 y 36,
respectivamente, se revisó el Programa Institucional 2008-2012, y se identificaron las
principales acciones, siendo éstas las siguientes:
Acciones Cantidad
Actividad institucional 03 Visitas médicas domiciliarias Barrido de domicilio, visita casa por casa 30,000 Valoraciones geriátricas integrales a adultos mayores 22,500 Consulta de subsecuencia a los adultos mayores 3,000 Curso de capacitación a médicos 3 Investigaciones en geriatría y gerontología 1
Actividad institucional 36 Visitas domiciliarias de incorporación, seguimiento y atención a pensionados
1,750,000
Establecimiento de módulos de atención a pensionados 1
En virtud de lo anterior, se verificó que las acciones realizadas como parte de las actividades
institucionales 03 y 36, no tuvieron relación con las reportadas en el Informe de Cuenta
Pública 2008 del sujeto fiscalizado, en virtud de que la SDS sólo registró el número de
personas a quién se les otorgaría tanto la pensión como los servicios de asistencia social.
En cuanto a la actividad institucional 03, su unidad de medida fue “Servicio”; sin embargo,
en el Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto fiscalizado, no se reportaron los servicios
que se realizaron durante 2008. Tampoco se consideraron las acciones que se realizaron para
llevar a cabo la operación de la actividad institucional 36, con relación al otorgamiento
de la Pensión Alimentaria, además de que, de acuerdo con la información proporcionada
por la SDS, los gastos de operación de dicha actividad institucional fueron registrados
como parte de la actividad institucional 03, por lo cual se analizaron dentro de la vertiente
de Economía.
En virtud de lo anterior, se desprende que la SDS reportó como meta alcanzada 422,500
servicios de apoyo social que se otorgarían a las personas adultas mayores; y una meta
262 VOLUMEN 12/13
de 420,000 personas a las que se les otorgaría la Pensión Alimentaria; sin embargo, dicha
cantidad no cuantificó el número de servicios realizados durante el ejercicio en revisión,
debido a que la SDS reportó el número de personas atendidas, más no el número de
servicios otorgados a las personas adultas mayores como lo indica la unidad de medida
autorizada; esta situación denotó incongruencia en la vinculación de la unidad de medida
y la meta alcanzada reportada por la SDS en la actividad institucional 03.
En cuanto a la actividad institucional 36, en el Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto
fiscalizado, la SDS reportó para la actividad institucional 36 “Otorgar ayudas a personas
adultas mayores” una meta física alcanzada de 430,000 personas a las cuales se les
otorgó la Pensión Alimentaria.
En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con el
oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín
Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa
documentación integrada por 134 folios; respecto, de los cuales con los folios 003, 004,
005, 006, 007 y 008, se recibe el oficio SE/145/08, del 9 de octubre de 2007, suscrito por
el Subsecretario de Egresos de la SF, dirigido al Secretario de Desarrollo Social, con el
cual le da a conocer los lineamientos para la integración del anteproyecto de presupuesto
2008 y el techo presupuestal, consignando para la actividad institucional 03 y 36, como
unidad de medida “Persona”.
Al respecto, en la documentación presentada por el sujeto fiscalizado persiste la diferencia
entre los conceptos de unidad de medida persona y servicio, por lo que no se aclaran las
discrepancias que se observan en el Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto fiscalizado;
en tal virtud, no se modifica el presente resultado.
Recomendación APPD-101-08-31-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención
de los Adultos Mayores en el Distrito Federal establezca mecanismos de control y supervisión
que garanticen que lo reportado en el Informe de Cuenta Pública, como meta física
alcanzada, se vincule con la unidad de medida de cada actividad institucional.
263 VOLUMEN 12/13
6. Resultado
Padrón de Beneficiarios de la Pensión Alimentaria
En el artículo 32 de la Ley de Desarrollo Social, se establece que los programas sociales
específicos de la Administración Pública del Distrito Federal deberán enmarcarse en
los principios de dicha ley y ser congruentes con el contenido del Programa General
de Desarrollo Social 2007-2012.
El artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social, indica que cada unos de los programas deberá
tener actualizado un padrón de participantes o beneficiarios. Dichos programas sociales
serán auditables en términos de la legislación vigente por los órganos facultados para ello.
En el artículo 37 de la misma ley, se señala que los órganos que integran la Administración
Pública del Distrito Federal ejecutores de cada programa serán los responsables, en el
ámbito de su competencia, del resguardo y buen uso de los padrones de beneficiarios
o participantes, los cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo
político, religioso o comercial, ni para ningún fin distinto al establecido en los lineamientos
y mecanismos de operación del programa respectivo.
El artículo 58 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social, establece que para la
integración de los padrones de beneficiarios, las dependencias u órganos desconcentrados
que correspondan, solicitarán, salvo características específicas del programa o casos
excepcionales, los siguientes datos personales: nombre completo, lugar y fecha de nacimiento,
sexo, edad, pertenencia étnica, grado máximo de estudios, tiempo de residencia en el
Distrito Federal, domicilio, ocupación, datos de los padres o tutores, en su caso y Clave
Única de Registro de Población (CURP).
En el artículo 59 del mismo ordenamiento, se señala que la entidad o dependencia
ejecutora del programa será la responsable de la correcta integración y actualización del
padrón de beneficiarios; así como de su uso y resguardo estricto para los fines establecidos
en la Ley y su Reglamento.
En el artículo 9o. del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión
Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años residentes en el Distrito Federal,
264 VOLUMEN 12/13
vigente en 2008, se establece como requisitos para ser pensionado e incorporarse al padrón
de beneficiarios de la Pensión Alimentaria, tener 70 años de edad, contar con 3 años de
residencia en el Distrito Federal, acreditar mediante identificación o documentación idónea
la edad referida, así como aceptar los compromisos de incorporación al padrón.
En el Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto fiscalizado, la SDS reportó en la actividad
institucional 36 una meta alcanzada de 430,000 personas a las que se les otorgaría la
ayuda de Pensión Alimentaria.
Por tal motivo, se solicitó al IAAM-DF, mediante el oficio APPD/101/08 que proporcionara
el padrón de beneficiarios del Programa de Pensión Alimentaria a Adultos Mayores de
setenta años residentes en el Distrito Federal. Con el oficio DPA/067/2010 del 23 de febrero
de 2010 entregó dicho padrón. De su revisión, se identificó que estuvo desagregado por
nombre del beneficiario, fecha de nacimiento, edad, sexo, fecha de baja al padrón, fecha
de alta, domicilio completo, delegación y unidad territorial. Sin embargo, el padrón no contó
con el campo de la CRUP, situación con la que incumplió el artículo 58 del Reglamento de
la Ley de Desarrollo Social.
Del análisis a dicho padrón, se observó lo siguiente:
● Contenido del padrón y datos reportados en el Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto
fiscalizado, por Delegación:
Delegación Informe de Cuenta Pública
(1)
Padrón de beneficiarios
(2)
Diferencias (2) - (1)
(3)
Total 430,000 430,000 Álvaro Obregón 31,379 31,426 47 Azcapotzalco 26,090 26,134 44 Benito Juárez 27,886 27,932 46 Coyoacán 36,368 36,400 32 Cuajimalpa de Morelos 4,769 4,783 14 Cuauhtémoc 32,533 32,242 -291 Gustavo A. Madero 69,474 69,518 44 Iztacalco 24,470 24,383 -87 Iztapalapa 66,049 65,996 -53 Magdalena Contreras 9,858 9,833 -25 Miguel Hidalgo 20,209 20,220 11 Milpa Alta 4,043 4,050 7 Tláhuac 10,060 10,108 48 Tlalpan 23,693 23,847 154 Venustiano Carranza 28,197 28,135 -62 Xochimilco 14,922 14,993 71
265 VOLUMEN 12/13
● Contenido del padrón por género, por nombre y domicilio del beneficiario
Se detectó que en un total de 10,273 beneficiarios se repetía el mismo nombre en dos,
tres y más ocasiones; sin embargo, verificando a través de la fecha de nacimiento, género
y Delegación, el número disminuyó a 126 beneficiarios que se repetían en un rango de
dos a tres veces, cuya fecha de nacimiento también fue la misma así como el género.
Con la finalidad de verificar los homónimos detectados, se solicitó al IAAM-DF, a través de
la atenta nota 10/10–APPD/101/08 del 5 de marzo de 2010, los 126 expedientes de los
beneficiarios. Con el oficio IAAM/DA/310/2010 del 19 de marzo de 2010, el IAAM-DF, entregó
solamente 118 expedientes, ya que ocho no fueron localizados. De los expedientes
entregados se verificó que en 10 casos, las fechas de nacimiento consignadas en las
actas de los beneficiarios no coincidieron con las registradas en el padrón; en seis casos
los beneficiarios fueron registrados con un solo apellido, siendo que de acuerdo a la
credencial de elector y actas de nacimiento los beneficiarios debieron registrarse con dos,
lo que permitiría diferenciar al adulto mayor. En cuanto a los restantes 102 expedientes de
los beneficiarios, se corroboró que aún teniendo el mismo nombre y la misma fecha de
nacimiento, los domicilios y las credenciales de elector de los beneficiarios diferenciaron
al adulto mayor registrado en el padrón.
● Identificación de las bajas
Al 31 de diciembre de 2008 las bajas reportadas en el padrón, ascendieron a la cantidad
de 32,743 casos, integradas con base en las siguientes causales:
Causal de baja Cantidad
Total 32,743 Fallecimiento 21,269 No localizados en domicilio 5,523 Cambio de domicilio 4,944 Repetido registro 256 Domicilios inexistentes 33 Error en el nombre 675 No cubre los requisitos 12 No aceptan la ayuda 25 Invalidez 4 Incumplimiento carta compromiso 2
266 VOLUMEN 12/13
Las cantidades anteriores coincidieron con el reporte acumulado de la actividad
institucional 36, entregado por el IAAM-DF, en el cual se desagrega por número de
tarjetas activas, bajas, saldo devuelto, altas, y reintegros. Sin embargo, el total de bajas
reportadas en el mes de diciembre de 2008, ascendió a la cantidad de 2,915 beneficiarios,
siendo que en el padrón en el mes de diciembre las bajas ascendieron a 2,078 beneficiarios
El IAAM-DF entregó el formato “Reporte mensual de bajas enviadas por el archivo a
informática para su captura” y se verificó que el total en el mes de diciembre ascendió
a 2,080 beneficiarios, situación que denotó incongruencias entre los registros internos.
Con la finalidad de verificar las bajas por fallecimiento, se solicitó al IAAM-DF con la
atenta nota 12/10–APPD/101/08 del 22 de marzo de 2010, que proporcionara el registro
de bajas del padrón de derechohabientes de la Pensión Alimentaria, con movimientos
mensuales derivados de las notificaciones por fallecimiento, formuladas por el registro civil
durante el ejercicio 2008. Al respecto, con el oficio IAAM/DA/340/2010 del 26 de marzo
de 2010, el Director de Administración del IAAM-DF informó que en 2008 no se recibió
información de la Dirección General del Registro Civil de la Consejería Jurídica del
Gobierno del Distrito Federal; situación que imposibilitó la verificación del registro en el
padrón de las personas que se dieron de baja por fallecimiento.
Por tales motivos, se concluye que el IAAM-DF no contó con un padrón confiable que
integrara el adecuado registro de los beneficiarios, en virtud que los datos contenidos
presentaron deficiencias con relación a sus reportes internos y a la documentación
contenida en los expedientes, así como a la información que se reportó en su Informe de
Cuenta Pública de 2008. También careció de los requisitos que debe contener el padrón
de beneficiarios en materia de los programas sociales, en relación con la CURP, y se verificó
que los datos contenidos en el padrón no estuvieron actualizados, como lo establecen los
artículos 58 y 59 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social, respectivamente.
En la reunión de confronta, celebrada el día 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con
el oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín
Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS presentó diversa
documentación integrada por ciento treinta y cuatro folios, entre los cuales se encontraba
267 VOLUMEN 12/13
la nota informativa sin número, ni fecha suscrito por el Ing. Rubén Fuentes Rodríguez,
Director de la Pensión Alimentaria del IAAM-DF con la que señala que “el Instituto para la
Atención de los Adultos Mayores de la Secretaría de Desarrollo Social si contó con un
padrón confiable que integrara el adecuado registro de los derechohabientes”.
En esta nota, el citado servidor público admite que el padrón no cuenta con la CURP y
que los datos contenidos en el padrón no contienen todos los campos que se establecen
en los artículos 58 y 59 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social, por lo que con
esta aseveración, el presente resultado no se modifica.
Recomendación APPD-101-08-32-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social, a través del Instituto para la Atención
de los Adultos Mayores en el Distrito Federal diseñe un sistema de administración del
padrón de beneficiarios de la Pensión Alimentaria con los campos de datos señalados en
los ordenamientos legales que le aplica, a fin de garantizar su confiabilidad y legalidad.
7. Resultado
Cobertura y Cumplimiento de los Objetivos de las Actividades Institucionales 03 y 36
Con el propósito de identificar la cobertura que tuvo la SDS sobre la población objetivo en
el otorgamiento de ayudas y servicios a adultos mayores de setenta años residentes en el
Distrito Federal, se revisaron el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, los
informes de Cuenta Pública y los registros auxiliares del sujeto fiscalizado; así como las
estadísticas proporcionadas por el CONAPO, del período 2005-2008.
En el artículo 3o. del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión
Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal,
se establece que todo adulto mayor, tiene derecho a recibir una pensión que garantice su
seguridad económica básica, previo cumplimiento de los requisitos establecidos.
Dentro de los objetivos específicos indicados en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos
para el Ejercicio Fiscal 2008, estuvieron el de garantizar el otorgamiento de la Pensión
268 VOLUMEN 12/13
Ciudadana y contribuir a elevar la calidad de vida de las personas adultas mayores
de setenta años que radican en el Distrito Federal; y avanzar en el abatimiento y superación
de las condiciones de inequidad, desigualdad y exclusión social en el goce de derechos
en que se encuentran entre otros, los adultos mayores.
En el formato “Diagnóstico de la Demanda Ciudadana” se detectó una demanda total
identificada dentro de la actividad institucional 03 de 859,438 personas, de las cuales
la SDS estimó atender a 435,000 adultos mayores, 50.6% del total identificado; y 435,000
personas a las que se les otorgaría la Pensión Alimentaria, correspondiente a la actividad
institucional 36, población que se estimó cubrir al 100.0% durante el ejercicio 2008.
De la revisión a los registros auxiliares 2008, proporcionados por la SDS, se identificó que
para la actividad institucional 36, se dio cobertura a 430,000 personas adultas mayores,
correspondientes a las Delegaciones siguientes:
Delegación Personas
Total 430,000 Álvaro Obregón 31,379 Azcapotzalco 26,090 Benito Juárez 27,886 Coyoacán 36,367 Cuajimalpa de Morelos 4,769 Cuauhtémoc 32,533 Gustavo A. Madero 69,475 Iztacalco 24,470 Iztapalapa 66,049 Magdalena Contreras 9,858 Miguel Hidalgo 20,209 Milpa Alta 4,043 Tláhuac 10,060 Tlalpan 23,693 Venustiano Carranza 28,197 Xochimilco 14,922
Al respecto, se verificó que el total de 430,000 personas a las que se les otorgó la
Pensión Alimentaria durante el ejercicio de 2008, representó el 98.8% de la población
objetivo, indicada en el formato “Diagnóstico de la Demanda Ciudadana” del Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos de 2008.
269 VOLUMEN 12/13
Con la finalidad de verificar las cifras consideradas por la SDS en cuanto a la demanda total de
las personas adultas mayores, se solicitó con el oficio APPD/10/030 del 25 de enero de 2010,
al CONAPO, la información estadística de la población de 70 años en adelante, del
periodo 2005-2012, integrada por sexo, Delegación, tasa de crecimiento e índice de
mortalidad. Con el oficio SG/018/10 del 29 de enero de 2010, el CONAPO remitió cuadros
estadísticos del total de la población 70 años en adelante por Delegación y por quinquenio.
De su análisis, se verificó que las cifras consideradas como demanda total identificada por
la SDS en su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, actividad institucional 03,
por 859,438 personas adultas mayores, no coincidieron con las cifras proporcionadas
por el CONAPO, que ascendieron a 418,019 adultos mayores de población identificada
durante 2008.
En este sentido, se realizó un comparativo por Delegación, con relación a la población
atendida por la SDS y la población identificada de adultos mayores por el CONAPO, como
se indica a continuación:
Delegación Población CONAPO Población atendida
Total 418,019 430,000 Álvaro Obregón 30,941 31,426 Azcapotzalco 24,106 26,134 Benito Juárez 30,643 27,932 Coyoacán 34,716 36,400 Cuajimalpa de Morelos 5,246 4,783 Cuauhtémoc 34,153 32,242 Gustavo A. Madero 62,597 69,518 Iztacalco 22,229 24,383 Iztapalapa 60,292 65,996 Magdalena Contreras 9,217 9,833 Miguel Hidalgo 25,030 20,220 Milpa Alta 3,973 4,050 Tláhuac 10,029 10,108 Tlalpan 23,253 23,847 Venustiano Carranza 27,237 28,135 Xochimilco 14,357 14,993
Al respecto, se verificó que el IAAM-DF cubrió el 102.86% de la población considerada
por el CONAPO que ascendió a 418,019 personas adultas mayores de 70 años, registradas
en el Distrito Federal.
270 VOLUMEN 12/13
Con la finalidad de verificar que la cobertura del otorgamiento de la Pensión Alimentaria
y los servicios de apoyo social a los adultos mayores de 70 años, haya alcanzado el objetivo
de las actividades institucionales 03 y 36; se revisó la encuesta de percepción aplicada
a 400 adultos mayores derechohabientes del programa, y se constató que el 94.0% de las
personas consideraron que el beneficio mayor es tener una cantidad segura para la
compra de alimentos básicos, el 51.0% de los adultos mayores contestaron que la Pensión
Alimentaria es su único ingreso, el 45.7% de los adultos mayores respondieron compartir
con su familia el consumo de los productos adquiridos con la Pensión Alimentaria,
el 45.0% consideró que el apoyo les ayuda a mejorar la alimentación y la salud con la
compra de sus medicamentos a través de la tarjeta, el 41.0% de los encuestados
consideraron que los apoyos y servicios recibidos no son suficientes para mejorar sus
condiciones de vida; y el 22.2% de las personas adultas mayores contestaron haber
recibido una visita médica en su domicilio.
En virtud de lo anterior se concluye que la SDS, otorgó la Pensión Alimentaria a 430,000
personas adultas mayores de 70 años, lo que representó el 98.8% de las personas
adultas que se estimaron dentro de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008
(435,000 personas), y con relación a la estadística proporcionada por el CONAPO, la SDS
tuvo una cobertura del 102.86% de beneficiarios (418,019 personas adultas mayores de
70 años).
En cuanto a la actividad institucional 03, la SDS sólo atendió a 422,500 personas adultas
mayores, de una demanda total identificada de 859,438 personas, que representaron
el 50.6% de los servicios de apoyo social otorgados a los adultos mayores, comprendido
dentro de éstos las visitas médicas domiciliarias; cuyas diferencias están determinadas en
el Resultado 5, Congruencia de la Unidad de Medida.
Por tanto, se concluye que a través de la cobertura que tuvo la SDS en el otorgamiento
de la Pensión Alimentaria y servicios de apoyo social a los adultos mayores, cumplió con
los objetivos que se indicaron en el Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la
Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito
Federal, vigente en 2008, y en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008; con la
salvedad de las diferencias en la conceptualización de la unidad de medida, antes precisadas.
271 VOLUMEN 12/13
Eficiencia
8. Resultado
Evaluar la Pertinencia de los Instrumentos, Métodos y Recursos Empleados, así como de las Acciones Emprendidas para el Desarrollo de la Política Social en el Distrito Federal; a partir del Análisis de los Instrumentos Legales y Normativos que le aplican
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 23 de mayo de 2000, fue publicada la Ley de
Desarrollo Social del Distrito Federal,3 cuyo contenido estuvo vigente en el año 2008,
periodo de revisión de la presente auditoría de desempeño. Este ordenamiento tiene
como principal objeto el establecer los mecanismos para que el Gobierno del Distrito
Federal cumpla de manera eficiente su responsabilidad en materia de desarrollo social,
así como el definir las responsabilidades de cada uno de los órganos que integran la
Administración Pública del Distrito Federal que se vinculen al tema del desarrollo social;
como es el caso de la SDS y el IAAM-DF.
En este sentido, la SDS y el IAAM-DF, al otorgar la Pensión Alimentaria y los servicios de
apoyo social a las personas adultas mayores de 70 años, deben asumir las obligaciones
constitucionales en materia de desarrollo social, para que la ciudadanía pueda gozar de
sus derechos sociales universales, disminuyendo la desigualdad social en sus diversas
formas, derivada de la desigual distribución de la riqueza y reintegrar socialmente a este
grupo poblacional excluido del ámbito del desarrollo social, del familiar o de la comunidad,
con pleno respeto a su dignidad y derechos.
De esta forma, la política pública objeto de la presente revisión debe ser atendida cumpliendo
con los siguientes principios:
Universalidad Destinada a todos los habitantes de la ciudad, que cumplan con los
requisitos establecidos.
Igualdad Mejora de la distribución de la riqueza y abatimiento de las diferencias
entre personas, familias, grupos sociales y ámbitos territoriales. 3 Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de mayo de 2000,
con última reforma publicada el 11 de febrero de 2009.
272 VOLUMEN 12/13
Equidad de género Igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres
eliminando la exclusión y promoviendo una nueva relación de
convivencia.
Equidad social Superar toda forma de desigualdad o subordinación social por
condiciones de género, edad, pertenencia étnica, entre otras.
Justicia distributiva Aplicación de manera equitativa los programas sociales, priorizando las
necesidades de grupos en condiciones de pobreza o desigualdad social.
Diversidad Reconocimiento de la diversidad social, cultural y de necesidades de
la población.
Integralidad Articular cada uno de los programas sociales a la planeación global.
Territorialidad Planear y ejecutar la política social con un enfoque de desarrollo urbano.
Exigibilidad Preservar el derecho de los habitantes a que se les incluyan en los
programas sociales.
Participación Derecho de las personas, comunidades y organizaciones a participar
en el diseño y operación de los programas sociales.
Transparencia La información generada en los programas sociales será pública, con
pleno respeto a la privacidad de los datos personales y a la prohibición
del uso político, partidista o comercial.
Efectividad Ejecución de los programas sociales de manera austera con el menor
costo, la mayor celeridad y los mejores resultados e impacto social.
En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del uno de noviembre de 2006, fue publicado el
Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, cuyo contenido estuvo vigente
en el año 2008. A fin de evaluar el desempeño de la SDS y el IAAM-DF, respecto a la
congruencia de las acciones desarrolladas con relación al núcleo poblacional denominado
adultos mayores, reviste especial importancia lo señalado en el reglamento mencionado,
entre otras cosas, en el sentido de que el principio de igualdad y no discriminación regirá
273 VOLUMEN 12/13
como política pública en todas las acciones, medidas y estrategias de la Administración
Pública del Distrito Federal en materia de desarrollo social, ya que a fin de lograr el objeto
de la Ley, se deben promover y desarrollar actividades de capacitación y profesionalización
en la materia de derechos sociales universales y no discriminación. Esto último, sustenta
las acciones que lleva a cabo el IAAM-DF para otorgar los servicios de apoyo social a las
personas adultas mayores, a través del área de Gestión de la Calidad en la Atención,
adscrita al propio IAAM-DF.
De acuerdo a lo antes señalado, y con fundamento en el artículo 5o. del Reglamento
de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, el otorgar ayudas a través del trámite
de la Pensión Alimentaria y el otorgamiento de servicios de apoyo social a las personas
adultas mayores, se rige por el principio de igualdad y no discriminación.
En el Decreto Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 29 de junio de 2007,
por el cual se Reforman Diversas Disposiciones del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal, da origen al IAAM-DF; y como lo señala el artículo 7o. del
ordenamiento mencionado, para el despacho de los asuntos que competan a las
Dependencias de la Administración Pública, se les adscriben las Unidades Administrativas
y de Apoyo Técnico-Operativo, los Órganos Político- Administrativos y los Órganos
Desconcentrados, por lo que en la fracción VI, inciso 2, se adscribe a la SDS el IAAM-DF.
En este mismo ordenamiento, se señala en el artículo 61, que el IAAM-DF tiene por objeto
tutelar el ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, operando su Pensión
Alimentaria y promoviendo ante las dependencias y entidades competentes las acciones y
programas que aseguren el mejoramiento y fortalecimiento de sus condiciones sociales
y de salud y la elevación de su calidad de vida; para lo cual se establecen las siguientes
atribuciones:
“I. Recibir y dar tramite a las solicitudes de Pensión Alimentaria para Adultos Mayores;
”II. Promover instrumentos de colaboración con las instancias de la Administración
Pública del Distrito Federal, que propicien la atención integral de las personas
adultas mayores;
274 VOLUMEN 12/13
”III. Proponer al titular de la Secretaría y operar los programas y acciones para generar
una cultura de la vejez y el envejecimiento;
”IV. Promover la difusión, reconocimiento y ejercicio de los derechos de las personas
adultas mayores;
”V. Actualizar permanentemente el padrón de beneficiarios, requisitos y procedimientos
para el ejercicio del derecho a la pensión;
”VI. Proponer ante las instancias competentes, acciones y programas de promoción
de la salud;
”VII. Operar el programa de visitas médicas domiciliarias para las personas adultas mayores
beneficiarios de una pensión alimentaria;
”VIII. Realizar estudios y diagnósticos sobre la situación social y familiar de las personas
adultas mayores;
”IX. Propiciar espacios de interlocución entre ciudadanía y gobierno para solucionar
necesidades y demandas sociales en materia de envejecimiento;
”X. Promover entre los sectores social y privado los programas de gobierno a favor
de las personas adultas mayores;
”XI. Promover ante las instancias competentes la capacitación y sensibilización de los
servidores públicos y el personal que atiende a las personas adultas mayores,
en materia de promoción y educación para la salud, geronto-geriatría y aspectos de
participación social y comunitaria;
”XII. Promover la formación y fortalecimiento de redes sociales de apoyo para las personas
adultas mayores, involucrando de manera coordinada a la familia, la comunidad
y a las instituciones de gobierno;
”XIII. Promover el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas adultas mayores:
275 VOLUMEN 12/13
”XIV. Fomentar, promover y fortalecer grupos de ayuda mutua para personas adultas
mayores:
”XV. Proponer la creación y funcionamiento de Centros de Día para la atención de las
personas adultas mayores;
”XVI. Implementar programas de acompañantes voluntarios y cuidadores primarios, que
incluyan la asesoría y capacitación…”
Como resultado de las modificaciones al Reglamento Interior de la Administración Pública
del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de junio de 2007,
el IAAM-DF cambia de adscripción de la SS, pasando a formar parte de la estructura
formal de la SDS.
Otro ordenamiento normativo en el cual se fundamenta la operación del sujeto fiscalizado,
en el periodo objeto de la presente revisión, es el denominado Lineamientos y Mecanismos
de Operación de los Programas Sociales a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social
y Organismos Sectorizados 2008, los cuales fueron publicados en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 31 de enero de 2008. En el numeral 3. “Dirección General del Instituto
para la Atención de los Adultos Mayores del Distrito Federal”, 3.1 “Lineamientos de Operación
del Programa de Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta años, Residentes
en el Distrito Federal”, se indica como “Dependencia Responsable”, a la SDS, como
“Unidad Administrativa”, el IAAM-DF y como “Área Operativa”, la Dirección de Operación
de la Atención al Adulto Mayor.
En el documento señalado se consigna que la Pensión Alimentaria tiene como objetivo
general el “Dar cumplimiento a lo estipulado en la “Ley que establece el Derecho a la
Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años, Residentes en el Distrito
Federal”, proporcionando a los adultos mayores de setenta años, residentes en el Distrito
Federal el derecho a recibir una pensión diaria no menor a la mitad del salario mínimo vigente
en el Distrito Federal, contribuyendo así a su seguridad social, tranquilidad y protección
ante las incertidumbres económicas, con la finalidad de atenuar las desigualdades sociales
que enfrentan este grupo en la sociedad”.
276 VOLUMEN 12/13
De igual forma, se establece como “Meta Física para el ejercicio presupuestal 2008, al menos
430,000 adultos mayores que gocen del beneficio económico de la Pensión Alimentaria
en las 16 Delegaciones Políticas del Distrito Federal, teniendo como monto actualizado
como presupuesto anual la cantidad de $3,823,092,000.00 (Tres mil ochocientos veintitrés
millones noventa y dos mil pesos 00/100 M.N)”.
En los lineamientos analizados, se señala que para la fecha de su publicación, 31 de
enero de 2008, la instrumentación del programa social referente al otorgamiento de la
Pensión Alimentaria a los adultos mayores de 70 años, residentes en el Distrito Federal,
tiene como marco jurídico las disposiciones emanadas de los siguientes ordenamientos:
Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal, Ley que
Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años
Residentes en el Distrito Federal, Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los
Servicios Médicos y Medicamentos a las personas residentes en el Distrito Federal que
carecen de Seguridad Social Laboral, Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a
la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito
Federal, Acuerdo mediante el cual se emite el Programa de Visitas Médicas Domiciliarias
para Adultos Mayores de setenta años en el Distrito Federal, Manual Administrativo del
Instituto; y el Decreto de creación del IAAM-DF.
En el ordenamiento en cuestión se señala como requisitos que para proporcionar la Pensión
Alimentaria, el interesado debe acreditar tener 70 años o más, al momento de solicitar su
inscripción al padrón de beneficiarios del Programa de la Pensión Alimentaria para Adultos
Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal, así como vivir permanentemente
en el Distrito Federal, desde cuando menos tres años antes de presentar la solicitud;
para lo cual debe acreditarlo mediante identificación oficial o documentación idónea durante
la visita domiciliaria realizada por la Educadora Comunitaria4 del IAAM-DF.
Este trámite, lo lleva a cabo el adulto mayor interesado de manera directa e individual, en los
módulos de atención que tiene establecidos el IAAM-DF, presentando la documentación
comprobatoria de los requisitos. Cuando el adulto mayor tenga un problema de salud que
le impida personalmente efectuar el trámite podrá realizarse a través de un representante,
4 A partir de 2008 el Puesto de Educadora Comunitaria cambia de denominación por Profesional de Servicios a Adultos Mayores
277 VOLUMEN 12/13
con la identificación oficial tanto del adulto mayor como del representante, excluyendo de
este trámite la promoción por parte de terceros o de gestores.
Con oficio IAAM/DA/255/2010, del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel
de Jesús Luján López Director de Administración, girado en respuesta al requerimiento de
información contenida en la atenta nota 07/10-APPD/101/08 del 25 de febrero de 2010,
el IAAM-DF, señala que en el año de 2008, contaban con setenta y nueve módulos ubicados
principalmente en espacios de los Centros de Salud del Gobierno del Distrito Federal,
en los cuales se brindaba atención directa y personalizada a los adultos mayores y a sus
familiares.5
De igual forma, continuando con el análisis de las disposiciones contenidas en los lineamientos
citados, a partir de la presentación y recepción de la solicitud de ingreso al Programa de la
Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal,
por parte del interesado o su representante, el IAAM-DF debe realizar, a través de la
Educadora Comunitaria, una visita domiciliaria al adulto mayor para la verificación del
cumplimiento de los requisitos establecidos. De no encontrar al interesado al momento
de la visita domiciliaria, se programará una nueva visita y se dejará notificación por escrito
con un familiar o vecino, indicando que será visitado nuevamente; estas visitas podrán ser
hasta por tres ocasiones.
El adulto mayor sólo podrá ser beneficiario de la Pensión Alimentaria cuando al momento
de la visita domiciliaria se verifique su presencia física y muestre los documentos oficiales
que comprueben la edad y residencia en el domicilio proporcionado, para lo cual deberá
entregar fotocopia de los documentos a la Educadora Comunitaria. Una vez corroborado
el cumplimiento de los requisitos, se incorporará el adulto mayor al padrón de beneficiarios
como pensionado, en un tiempo que no deberá ser mayor a seis meses.
En el plazo establecido, por conducto de la Educadora Comunitaria, se entrega en el
domicilio referido por el adulto mayor, la tarjeta plástica y la carta compromiso, cuyo
contenido se refiere a las obligaciones que contrae el pensionado, como las que se refiere
5 Oficio IAAM/DA/255/2010, del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración,
en respuesta a la atenta nota 07/10-APPD/101/08 del 25 de febrero de 2010.
278 VOLUMEN 12/13
al uso y disfrute de la tarjeta plástica, reportar a los módulos de atención del IAAM-DF
cualquier cambio de domicilio, problemas o anomalías sobre el uso de la tarjeta, robo
o extravío de la misma; así como normas de conducta con el personal del IAAM-DF.
De igual forma, se consignan las causas de baja del padrón de beneficiarios, como son
las relacionadas con: falta de estancia del derechohabiente en el domicilio oficial; cambio de
domicilio sin notificarlo a través de los módulos de atención del IAAM-DF; comprobación
de alta activa repetida; rechazo de la pensión por voluntad del derechohabiente o por
fallecimiento de éste.
El IAAM-DF dará seguimiento permanente a los beneficiarios, a través de visitas
domiciliarias haciendo énfasis en que todos los trámites de solicitud de la Pensión
Alimentaria, entrega de tarjeta al pensionado, las visitas domiciliarias, así como todos los
demás servicios son totalmente gratuitos y no tienen ningún tipo de condicionamiento.
De acuerdo a las especificaciones de uso y características de la tarjeta de la Pensión
Alimentaria, ésta es intransferible, sólo puede utilizarse en los establecimientos autorizados,
los establecimientos no entregarán cambio en efectivo por las operaciones realizadas, los
saldos pueden ser verificados en la Dirección General del Servicio Público de Localización
Telefónica (Locatel), en el que también se recibirán reportes por robo o extravío.
Los adultos mayores derechohabientes de la Pensión Alimentaria, podrán presentar por si
o por medio de su representante, quejas o inconformidades ciudadanas en los módulos de
atención del IAAM-DF o a través de la Educadora Comunitaria, la Dirección de Operación
de la Atención al Adulto Mayor es el área responsable de la atención y seguimiento de
estos procedimientos.
Lo anterior también opera para el recurso de exigibilidad del derecho, establecido en la
Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de
Setenta Años, Residentes en el Distrito Federal, ya que los adultos mayores podrán
exigirlo, por si mismos o por medio de su representante, en los módulos de atención
del IAAM-DF o a través de la Educadora Comunitaria; siendo la misma Dirección de Operación
de la Atención al Adulto Mayor el área responsable de la atención y seguimiento de los
procedimientos correspondientes.
279 VOLUMEN 12/13
En los lineamientos en comento, se presenta un apartado relacionado con el proceso de
evaluación de los avances de la Pensión Alimentaria y sus acciones, primero presentando
documentos informativos ante el Comité de Control y Auditoría (COMCA)6 en sesiones
trimestrales y anuales, y a través de la aplicación anual a los pensionados de la Encuesta
de Percepción sobre Beneficios y Evaluación de la Pensión Alimentaria para Adultos
Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal.
De igual forma el IAAM-DF debe presentar informes específicos de las acciones relevantes
realizadas durante el período.
Como elementos del sistema de evaluación de resultados se mencionan como indicadores
los relacionados con el perfil del derechohabiente, exploración de algunas áreas de riesgo
de salud de los pensionados, la evaluación de la operación de la Pensión Alimentaria,
el impacto de la Pensión Alimentaria, el conocimiento y uso de los servicios médicos
y medicamentos gratuitos.
En estos mismos lineamientos se incluye como herramienta de evaluación del Programa
de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal,
dos indicadores de cobertura, orientados a medir el grado de avance de la incorporación
de derechohabientes al padrón de manera trimestral y mensual.
Con el propósito de convocar a la participación ciudadana de otros actores en la atención
de los adultos mayores, esta política pública cuenta con el apoyo de un órgano colegiado
denominado Consejo Asesor para la Integración, Asistencia, Promoción y Defensa de los
Derechos de las Personas Adultas Mayores y el Programa de Regiones Especiales para
la Equidad y el Desarrollo Social (REDES).
La Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal, publicada
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 7 de marzo de 2000, establece la creación del
Consejo Asesor para la Integración, Asistencia, Promoción y Defensa de los Derechos de
las Personas Adultas Mayores como un órgano honorario de consulta, asesoría y evaluación
6 Por acuerdo de la CGDF el Comité de Control y Auditoría desaparece en el año de 2008.
280 VOLUMEN 12/13
de acciones de concertación, coordinación, planeación y promoción necesarias para favorecer
la plena integración y desarrollo de las personas adultas mayores.
Este Consejo Asesor está presidido por el titular de la Jefatura de Gobierno, el Secretario de
Desarrollo Social, quien fungirá como Secretario Técnico y en calidad de Secretario Técnico
Adjunto, el titular del IAAM-DF. También se integra por los titulares de la Secretaría de
Gobierno; Secretaría de Salud; la Procuraduría Social; el Sistema para el Desarrollo
Integral de la Familia del Distrito Federal; dos diputados de la ALDF, miembros de la
Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, esto se señala en la Reforma publicada en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 5 de diciembre de 2008; y, nueve representantes de
asociaciones civiles y organizaciones sociales, que hayan destacado por su trabajo y estudio
en la materia.
En las sesiones celebradas por este órgano colegiado, sus integrantes han definido los
objetivos principales, las funciones y los grupos de trabajo, siendo los siguientes:
Objetivos principales:
● Generar un análisis integral de la situación de las personas adultas mayores.
● Propiciar la transversalidad de los derechos humanos en las políticas públicas.
● Proponer acciones tendientes a elevar la calidad de vida de las personas adultas
mayores habitantes del Distrito Federal.
Las funciones del Consejo Asesor:
● Propiciar la colaboración y participación de instituciones públicas y privadas en acciones
que la Administración Pública emprenda para la atención integral de las personas adultas
mayores.
● Proponer la realización de estudios que contribuyan a mejorar la planeación y
programación de las medidas y acciones para elevar la calidad de vida de las personas
adultas mayores.
281 VOLUMEN 12/13
● Participar en la evaluación de programas para la población de personas adultas
mayores, así como proponer a las instituciones encargadas de dichos programas, los
lineamientos y mecanismos para su ejecución.
● Fomentar la elaboración, publicación y distribución de material informativo para dar a
conocer la situación de la población de personas adultas mayores en el Distrito
Federal, alternativas de participación, solución de problemas y mejora de servicios
y programas.
● Proponer la participación ciudadana en actividades y proyectos dirigidos a la plena
integración de las personas adultas mayores en la vida económica, política, social
y cultural.
● Proponer mecanismos de concertación y de coordinación en materia de desarrollo
social.
Para su funcionamiento y en cumplimiento de sus objetivos y funciones, el Consejo
Asesor ha definido los siguientes grupos de trabajo:
● Atención integral en salud.
● Detección, prevención y atención de la violencia a las personas adultas mayores.
● Instituciones de cuidados prolongados para las personas adultas mayores.
● Educación, formación y capacitación para las personas adultas mayores.
● Capacitación sobre temas gerontológicos y geriátricos a los servidores públicos
y a personal en general que atiende a los adultos mayores.
● Difusión y mecanismos de exigibilidad de los derechos de las personas.
Con oficio DPA/188/09, del 18 de diciembre de 2009, suscrito por la Lic. Alma Mireya
Navarro Cruz, Directora de la Pensión Alimentaria, girado en respuesta al requerimiento
de información contenida en la atenta nota 08/09-APPD/101/08 del 10 de diciembre de 2009,
282 VOLUMEN 12/13
el IAAM-DF,7 señala que en el ejercicio 2008, el Consejo Asesor celebró tres sesiones
ordinarias, siendo: la Vigésima Octava el día 30 de junio de 2008, presentando en el
Orden del Día el Informe sobre la Pensión Universal Ciudadana con una cobertura
compuesta a esa fecha por 419,500, derechohabientes. De igual forma se presentaron
los resultados de la Encuesta de Percepción sobre Beneficios y Evaluación de la Pensión
Alimentaria para Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal,
correspondiente a 2007, siendo otro punto el Informe de Arranque del Programa de Visitas
Domiciliarias en abril de 2008.
El 25 de septiembre de 2008, el Consejo Asesor celebró la Vigésima Novena Sesión
Ordinaria, presentando en el Orden del Día el Informe sobre la Pensión Universal
Ciudadana con una cobertura compuesta a esa fecha por 422,500, derechohabientes.
De igual forma se presentó el Proyecto de Iniciativa que Modifica el Título y los artículos
1o. y 2o. de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para Adultos
Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal, respecto de la cual, con
Decreto publicado en la Gaceta Oficial el 22 de octubre de 2008, se reforma dicha Ley y
se promulga la denominada Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para
Adultos Mayores de Sesenta y Ocho Años Residentes en el Distrito Federal, cuyos términos
se aplican a partir de 2009.8
El 26 de noviembre de 2008, el Consejo Asesor celebró la Trigésima Sesión Ordinaria,
presentando en el Orden del Día el Informe sobre la Pensión Universal Ciudadana con
una cobertura compuesta a esa fecha por 427,000, derechohabientes. De igual forma se
presentaron los Resultados del Octavo Encuentro de Adultos en la Delegación Iztapalapa
celebrado el día 23 de octubre de 2008.
Por último, en el documento denominado Lineamientos y Mecanismos de Operación de
los Programas Sociales a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social y Organismos
Sectorizados 2008, la Pensión Alimentaria se articula con otras estrategias que integran
el Programa de Atención Integral a Personas Adultas Mayores de 70 Años Residentes
en el Distrito Federal de la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, como 7 Oficio Número DPA/188/09, del 18 de diciembre de 2009, suscrito por la Lic. Alma Mireya Navarro Cruz, Directora de la Pensión
Alimentaria, en respuesta a la atenta nota 08/09- APPD/101/08 del 10 de diciembre de 2009. 8 Segundo Transitorio.- El presente decreto entrará en vigor el 1 de septiembre de 2009.
283 VOLUMEN 12/13
es el Programa de Visitas Médicas Domiciliarias a los Adultos Mayores y las Acciones de
Promoción del Bienestar.
El programa de visitas médicas opera desde el mes de junio de 2005, bajo la responsabilidad
en esa fecha, de la SS, este programa tiene la finalidad de mejorar la accesibilidad a los
servicios de salud para los adultos mayores y de promover el domicilio de éstos, como un
lugar de atención primaria y cuidados a largo plazo, operado por una Unidad Básica de
Atención Primaria conformada por el médico visitador y la educadora en salud comunitaria.
En estas visitas a los adultos mayores se les realiza una valoración geriátrica y se les da
seguimiento en los Centros de Salud con los que cuenta la red de servicios del Gobierno
del Distrito Federal. En los casos de los adultos mayores con autonomía y funcionalidad
y aquellos que han perdido o se ha deteriorado en alguna de ellas, se les programan visitas
subsecuentes en su domicilio.
Por lo que se refiere a las Acciones de Promoción del Bienestar éstas tienen como objetivo
promover una cultura del envejecimiento, en la que se revalore y se respete a este grupo
de la población; así como insertar en un proceso educativo y de fortalecimiento individual
y colectivo a las personas adultas mayores, a los familiares y a los grupos sociales, que
promuevan la participación activa y la organización de las personas adultas mayores en la
transformación de sus condiciones de vida. En este sentido, se promueve la generación
y recuperación de redes sociales y de apoyo, un diagnóstico actualizado de salud y
socioeconómico de la población adulta mayor pensionada, y acciones tendientes a la atención
de los cuidadores primarios de las personas adultas mayores.
Por último se identificó que otro ordenamiento normativo en el cual se fundamenta la
operación del sujeto fiscalizado, es el Programa Institucional 2008-2012 del IAAM-DF,
emitido en julio de 2008, en el cual se consignan seis programas prioritarios, siendo éstos
los siguientes:
● Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 años, Residentes en el Distrito Federal
● Visitas Médicas Domiciliarias para las Personas Adultas Mayores de 70 Años
284 VOLUMEN 12/13
● Programa de Apoyo Social para Adultos Mayores
● Difusión de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
● Prevención de la Violencia Contra las Personas Adultas Mayores
● Programa de Capacitación e Investigación
De igual forma se establecen dos acciones especiales:
● Fortalecimiento de la Estructura y Recursos del IAAM-DF
● Programa de Villas para Personas Mayores de 70 Años en Situación de Abandono
y Centros Gerontológicos de Atención Integral
La primera acción especial se refiere a generar las condiciones de organización, recursos,
estructura e infraestructura necesarios para el funcionamiento adecuado del IAAM-DF,
el cumplimiento de sus funciones, objetivos y programas, así como para garantizar
la atención integral a las personas adultas mayores en el Distrito Federal.
La segunda acción especial se relaciona con el crear los espacios en donde las personas
adultas mayores van a vivir y a recibir atención especializada, vinculados y complementados
estrechamente a todos los demás programas que forman la atención integral.
Para los programas prioritarios establecidos en el Programa Institucional 2008-2012 del
IAAM-DF se señalan actividades y metas anuales cuantificables para el periodo, mismas
que aparecen a continuación:
285 VOLUMEN 12/13
Programa prioritario Actividad 2008 2009 2010 2011 2012
Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 años, Residentes en el Distrito Federal
Personas adultas mayores derechohabientes de la pensión alimentaria
430,000 443,500 457,000 472,000 486,500 Visitas Domiciliarias
de incorporación, seguimiento y atención a pensionados 1,750,000 1,750,000 1,750,000 1,750,000 1,750,000
Establecimiento de Módulos de Atención a Pensionados 1 10 10 10 10
Visitas Médicas Domiciliarias para las Personas Adultas Mayores de 70 Años
Barrido de domicilio de adultos mayores
30,000 33,000 33,000 33,000 33,000 Valoraciones geriátricas
integrales a adultos mayores 22,500 24,500 24,500 24,500 24,500
Consultas de subsecuencia a los adultos mayores de la segunda fase 3,000 3,500 3,500 3,500 3,500
Cursos de capacitación a médicos del programa 3 1 1 1 1
Investigaciones en geriatría y gerontología 1 3 3 3 3
Programa de Apoyo Social para Adultos Mayores
Total de Cuidadores primarios atendidos
200 600 600 600 600 Redes sociales de apoyo
formadas 50 200 200 200 200 Difusión de los Derechos de las Personas Adultas Mayores
Consejo Asesor (Sesiones)
3 4 4 4 4 Prevención de la Violencia contra las Personas Adultas Mayores
No se establecen metas anuales
Programa de Capacitación e Investigación
Instalar el Comité de Ética 1
Sesiones del Comité 4 4 4 4 4 Registrar protocolos
de investigación 2 2 2 2 2 Publicar trabajo
de investigación 1 1 1 1 1 Publicar alertas
de investigación 2 2 2 2 2
FUENTE: Programa Institucional 2008-2012, IAAM-DF.
Como se observa en la información anterior, estos programas prioritarios están alineados
a las atribuciones del IAAM-DF y debidamente articulados con las disposiciones
contenidas en los Lineamientos y Mecanismos de Operación de los Programas Sociales
a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social y Organismos Sectorizados 2008. De esta
forma se precisa el marco de actuación del quehacer del IIAM-DF, para posteriormente
definir el cómo realizarlo, lo cual está plasmado en las funciones de cada una de las áreas
que conforman su estructura orgánica y en la precisión de las acciones señaladas en cada
uno de los procesos de trabajo.
286 VOLUMEN 12/13
9. Resultado
Evaluar la Pertinencia de los Instrumentos, Métodos y Recursos Empleados, así como de las Acciones Emprendidas por el IAAM-DF, para dar Atención a la Política social en el Distrito Federal; a partir del Análisis de la Estructura Orgánica y Funcional
Como resultado de las modificaciones al Reglamento Interior de la Administración Pública
del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de junio de 2007,
el IAAM-DF cambia de adscripción y pasa a formar parte de la estructura formal de la SDS;
la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, a través de su titular Lic. Ramón
Montaño Cuadra, autorizó el Manual de Organización del Instituto para la Atención de los
Adultos Mayores en el Distrito Federal, con Dictamen 09/07, según oficio OM/1338/2007
del 23 de julio de 2007.
Este documento fue proporcionado por la SDS con oficio DGA/2691/2009 del 7 de septiembre
de 2009, atendiendo el primer requerimiento de información formulado por la CMHALDF,
según oficio APPD/09/466 del 26 de agosto de 2009.
La estructura orgánica que se señala en el dictamen de referencia está integrada por una
dirección general, dos direcciones de área y cuatro subdirecciones; cuyas denominaciones
son: Dirección de Operación de la Atención al Adulto Mayor y Dirección de Gestión de
Calidad en la Atención; de la primera dirección de área dependen la Subdirección de Pensión
Alimentaria y la Subdirección de Evaluación, Difusión y Seguimiento de Programas; de la
segunda dirección de área dependen la Subdirección de Registro y Control y la Subdirección
de la Calidad en el Servicio.
En el Manual de Organización con dictamen 09/07, se observa que para el titular de la
Dirección General del IAAM-DF, se consignan las disposiciones legales en materia de las
atribuciones contenidas en el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito
Federal, artículos 37 y 61; y para el caso de las direcciones de área y subdirecciones,
se detallan las funciones sustantivas.
De acuerdo al Manual Administrativo con dictamen 09/07, vigente en 2008, la Estructura
Orgánica del IAAM-DF es la siguiente:
287 VOLUMEN 12/13
Secretaría
de Desarrollo Social
Dirección General del Instituto para la Atención
de los Adultos Mayores en el Distrito Federal
Dirección de Gestión de Calidad
en la Atención Dirección de Operación
de la Atención del Adulto Mayor
Subdirección de Pensión Alimentaria
Subdirección de Evaluación, Difusión y Seguimiento
de Programas
Subdirección de Registro y Control
Subdirección de la Calidad en el Servicio
De acuerdo a los términos del artículo 61 del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal,9 en el cual se establecen las atribuciones del IAAM-DF, así
como del contenido del Manual de Organización con dictamen 09/07, se procedió a
efectuar un análisis cruzado de funciones y atribuciones, a través de una matriz funcional
en la cual se muestra, de manera lineal, la forma en como cada una de las atribuciones,
se corresponden con las funciones asignadas en la estructura orgánica a cada una de las
áreas administrativas que la integran, mostrando a continuación su contenido:
Atribuciones del IAAM F u n c i o n e s Dirección de Operación
de la Atención al Adulto Mayor Dirección de Gestión
de Calidad en la Atención I. Recibir y dar tramite a las solicitudes
de Pensión Alimentaria para Adultos Mayores.
Dirigir, evaluar y dar seguimiento al programa de la Pensión Alimentaria para Personas Adultas Mayores de 70 años del Distrito Federal.
Impulsar y supervisar la operación de los programas de atención integral y Pensión Alimentaria para adultos mayores bajo los procedimientos y lineamientos operativos establecidos.
II. Promover instrumentos de colaboración con las instancias de la Administración Pública del Distrito Federal, que propicien la atención integral de las personas adultas mayores.
Impulsar y coordinar el desarrollo de modelos de atención gerontológico.
Supervisar y evaluar los programas que se pongan en marcha, así como la coordinación con otras dependencias públicas y privadas.
Continúa…
9 Decreto Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 29 de junio de 2007, con el que se Reforman Diversas
Disposiciones del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.
288 VOLUMEN 12/13
… Continuación
Atribuciones del IAAM F u n c i o n e s Dirección de Operación
de la Atención al Adulto Mayor Dirección de Gestión
de Calidad en la Atención Promover y coordinar la participación
en actividades académicas con otras áreas del Gobierno del Distrito Federal, instituciones externas y organizaciones vinculadas con el trabajo gerontológico.
Coordinar las actividades encaminadas a la formación de recursos humanos en Gerontología, Geriatría y disciplinas afines y/o necesarias, así como establecer los vínculos necesarios con instituciones académicas que permitan lograr los apoyos para el cumplimiento de los objetivos.
Coordinar el diseño de programas de capacitación dirigidos a personal del Instituto en Gerontología, Geriatría y disciplinas afines y/o necesarias, de acuerdo con la misión y visión del Instituto, así como la coordinación con otras instituciones que soliciten el apoyo en la capacitación.
III. Proponer al titular de la Secretaría y operar los programas y acciones para generar una cultura de la vejez y el envejecimiento.
Promover estrategias para el desarrollo de una cultura del envejecimiento basada en la inclusión social, el respeto, el reconocimiento social y la solidaridad intergeneracional con las personas adultas mayores.
Dirigir el desarrollo de estrategias y programas de atención geriátrica como parte de la atención integral a las personas adultas mayores.
Promover, desarrollar y coordinar programas y acciones de sensibilización y capacitación en cultura del envejecimiento y gerontología dirigidos al personal del Instituto, del Gobierno del Distrito Federal, instituciones y organizaciones sociales vinculadas al trabajo con las personas adultas mayores.
IV. Promover la difusión, reconocimiento y ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores.
Dirigir, coordinar y evaluar los programas de atención al las personas adultas mayores, orientados a la población residente en el Distrito Federal, acorde a las políticas establecidas por el Gobierno del Distrito Federal.
Promover la difusión y exigibilidad de los derechos de las personas adultas mayores en el Distrito Federal.
V. Actualizar permanentemente el padrón de beneficiarios, requisitos y procedimientos para el ejercicio del derecho a la pensión.
Dirigir, evaluar y dar seguimiento al programa de la Pensión Alimentaria para Personas Adultas Mayores de 70 años del Distrito Federal.
VI. Proponer ante las instancias competentes, acciones y programas de promoción de la salud.
Dirigir la operación de los programas de atención a los derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Personas Adultas Mayores de 70 años del Distrito Federal.
Dirigir la planificación y operación del Programa de Visitas Médicas Domiciliarias a las Personas Mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal, asegurando el cumplimiento de las estrategias establecidas y la atención de los adultos que requieren visita médica subsecuente.
VII. Operar el programa de visitas médicas domiciliarias para las personas adultas mayores beneficiarios de una pensión alimentaria;
Dirigir la operación de los programas de atención a los derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Personas Adultas Mayores de 70 años del Distrito Federal.
Dirigir la planificación y operación del Programa de Visitas Médicas Domiciliarias a las Personas Mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal, asegurando el cumplimiento de las estrategias establecidas y la atención de los adultos que requieren visita médica subsecuente.
Continúa…
289 VOLUMEN 12/13
… Continuación
Atribuciones del IAAM F u n c i o n e s Dirección de Operación
de la Atención al Adulto Mayor Dirección de Gestión
de Calidad en la Atención VIII. Realizar estudios y diagnósticos
sobre la situación social y familiar de las personas adultas mayores.
Dirigir el diseño, planeación y operación de sistemas de evaluación y control en la atención geriátrica, así como la corrección de las desviaciones que se produzcan en la operación para el cumplimiento de los objetivos.
Coordinar las actividades para establecer líneas de investigación que sean realizados en el Instituto o por personal de instituto.
Coordinar las actividades que favorezcan la publicación de los protocolos de investigación terminados realizados en el Instituto o por el personal del Instituto.
IX. Propiciar espacios de interlocución entre ciudadanía y gobierno para solucionar necesidades y demandas sociales en materia de envejecimiento.
Coordinar acciones a nivel estratégico y de planeación programática que garanticen los objetivos de los programas de atención integra a las personas adultas mayores y sus vinculaciones con los programas a nivel local y nacional.
X. Promover entre los sectores social y privado los programas de gobierno a favor de las personas adultas mayores.
Asesorar en temas y actividades gerontológicas al personal del Instituto, de otras áreas del Gobierno del Distrito Federal, instituciones externas y organizaciones vinculadas con la atención a las personas adultas mayores.
Coordinar la difusión de la información relacionada con las actividades del Instituto, así como la generada por los Programas, además de toda aquella vinculada con las Personas Adultas Mayores que favorezcan su bienestar.
XI. Promover ante las instancias competentes la capacitación y sensibilización de los servidores públicos y el personal que atiende a las personas adultas mayores, en materia de promoción y educación para la salud, geronto-geriatría y aspectos de participación social y comunitaria.
Establecer la coordinación al interior de la institución que garantice la vinculación de todos los programas dirigidos a la población adulta mayor que habita en el Distrito Federal.
XII. Promover la formación y fortalecimiento de redes sociales de apoyo para las personas adultas mayores, involucrando de manera coordinada a la familia, la comunidad y a las instituciones de gobierno.
Impulsar el desarrollo de modelos de participación, organización y gestión social que coadyuven en la creación y mejoramiento de redes sociales a favor de las personas adultas mayores.
XIII. Promover el mejoramiento
de las condiciones de vida de las personas adultas mayores.
Establecer estrategias de vinculación con instituciones sociales públicas y privadas, con el fin de garantizar la atención integral a las personas adultas mayores.
Promover la participación organizada de la población del Distrito Federal en la elaboración de diagnósticos y de propuestas de atención, dirigidos a las personas adultas mayores, así como participar en la integración del diagnóstico de la situación de salud de las personas adultas mayores y promover los resultados para la planeación estratégica.
XIV. Fomentar, promover y fortalecer grupos de ayuda mutua para personas adultas mayores.
Continúa…
290 VOLUMEN 12/13
… Continuación
Atribuciones del IAAM F u n c i o n e s Dirección de Operación
de la Atención al Adulto Mayor Dirección de Gestión
de Calidad en la Atención XV. Proponer la creación
y funcionamiento de Centros de Día para la atención de las personas adultas mayores.
XVI. Implementar programas
de acompañantes voluntarios y cuidadores primarios, que incluyan la asesoría y capacitación.
Funciones de planeación Participar en las actividades
de formulación del Programa Operativo Anual.
Funciones de control interno Establecer mecanismos estratégicos en base a los resultados de la aplicación de los programas para reorientarlos.
Coordinarse operativamente con el Departamento de Evaluación y Seguimiento.
Integrar la base de datos, resultado de la operación de los programas.
Establecer parámetros de evaluación
para los logros de los objetivos programáticos.
Diseñar y operar un sistema de supervisión y evaluación a nivel delegacional a fin de dar seguimiento a las acciones programadas y realizadas.
Establecer mecanismos de información que permitan reorientar las estrategias de supervisión y operación de los programas.
Establecer un sistema de información actualizado, que permita conocer a la población adulta mayor beneficiaria de los programas, así como de su calidad de vida en su contexto familiar y comunitario.
Retroalimentar las diferentes áreas permitiendo mejorar la operación, la toma de decisiones y los resultados.
Del contenido de la matriz anterior, se desprende que las atribuciones números XIV
relacionada con Fomentar, promover y fortalecer grupos de ayuda mutua para personas
adultas mayores, la XV, relacionada con Proponer la creación y funcionamiento de Centros
de Día para la atención de las personas adultas mayores y la número XVI, relacionada
con Implementar programas de acompañantes voluntarios y cuidadores primarios, que
incluyan la asesoría y capacitación; no están siendo atendidas y expresadas en funciones
asignadas a las direcciones de área.
Se observa que únicamente se encuentra asignada la función de planeación a la Dirección
de Operación a la Atención del Adulto Mayor, expresada como Participar en las actividades
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de formulación del Programa Operativo Anual; función que no se establece de manera
específica para la Dirección de Gestión de la Calidad en la Atención; por lo que se concluye
que esta última área administrativa desarrolla sus actividades sin tener perfectamente
estipulado el POA.
Por lo que se refiere a las funciones de control interno, éstas solamente se consignan al
nivel de la Subdirección de la Pensión Alimentaria y de la Subdirección de Evaluación,
Difusión y Seguimiento de Programas, sin que se encuentren debidamente expresadas
a nivel de la Dirección de Operación a la Atención del Adulto Mayor, área administrativa a la
cual están adscritas.
De igual forma, se observa que el agrupamiento de funciones no obedece a la denominación
de las unidades administrativas, ya que en la Dirección de Operación de la Atención del
Adulto Mayor, únicamente se consignan tres funciones sustantivas relacionadas con la
operación de la Pensión Alimentaria y las trece restantes se refieren básicamente al desarrollo
de programas, acciones de promoción de la cultura del envejecimiento, actividades de
coordinación con organizaciones e instituciones vinculadas con el trabajo gerontológico,
creación de redes sociales, entre otras.
En lo que se refiere a la Dirección de Gestión de Calidad en la Atención, se presenta una
situación semejante, por lo que se observa un traslape y falta de precisión en el límite de
las funciones sustantivas, ya que se señala por ejemplo, lo relativo a dirigir el desarrollo
de estrategias y programas de atención geriátrica, así como actividades de coordinación
con instituciones vinculadas con el trabajo gerontológico.
En el contenido del documento objeto de este análisis, no se observa la información
básica que le permita al sujeto fiscalizado una adecuada planeación, ejecución y control
de las actividades que guíen y faciliten la ejecución, continuidad y mejoramiento de las
operaciones; así como la vigilancia y control del ejercicio de la gestión pública.
En el Manual Administrativo no se incluyen las funciones del total de puestos que conforman
la estructura orgánica y ocupacional del sujeto fiscalizado, como son las unidades de apoyo
técnico operativo, las jefaturas de unidad departamental, las áreas específicas como son
las relacionadas con la operación de la pensión, denominada área de cómputo, el módulo
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de atención al adulto mayor y el archivo de pensionados; además de que el IAAM-DF no
cuenta con un Catálogo y Perfil de los Puestos Específicos, únicamente se definen en el
Manual de Organización, los puestos de dos direcciones de área y cuatro subdirecciones
de área.10
De acuerdo a la información proporcionada por el IAAM-DF,11 las funciones antes señaladas
se desarrollaron en el año de 2008, con la base en la siguiente estructura ocupacional:
Director General 1 Director de Área 2 Coordinador de Geriatría 1 Coordinador de Gerontología 1 Coordinador de la Pensión Alimentaria 1 Subdirector de Área 4 Subdirector de Área, fuera de estructura por honorarios 2 Encargado de Área de Computo Geriatría 1 Coordinador Regional Nivel Jefe de Unidad Departamental
20
Capacitador 89 Puesto de Enlace 7 Profesional de Servicios a Adultos Mayores 1,200 Médico 45 Total 1,374 NOTA: El área administrativa estaba conformada por tres plazas, una de director de área
y dos jefaturas de unidad departamental, adscritas a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal.
En tal virtud, además de las conclusiones antes precisadas se observa que el IAAM-DF
al no contar con un catálogo y perfil de los puestos específicos que conforman
su estructura ocupacional, provoca desconocimiento por parte de los ocupantes de los
puestos, respecto de las responsabilidades específicas, de la cadena de mando, de quién
dependen y a quién le reportan, así como de los vínculos transversales en la organización.
De igual forma, el contar con estos elementos normativos, le permite a la institución una
mejor administración de los recursos humanos, ligado a la conformación de programas
de capacitación y actualización, definiendo habilidades y aptitudes de los ocupantes, con
la correspondiente valoración de la unidad de trabajo. 10 Cuestionario de Control Interno, aplicado el 7 de octubre de 2008 a la Lic. Norma Leticia Castillo Lara, Jefa de la Unidad
Departamental de Control de Tarjetas de Pensión y Enlace Institucional. 11 Oficio DA/105/2010 del 25 de enero de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta
nota 04/10-APPD/101/08, del 4 de febrero de 2010.
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En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con el
oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín
Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa
documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se encontraba la nota informativa
sin número, ni fecha suscrita por el Ciudadano Manuel de Jesús Luján López, Director de
Administración del IAAM-DF con el que señala que “en breve se contará con el catálogo
y perfil de los puestos”.
De igual forma señala que “en la estructura orgánica inicial del IAAM-DF no se consideraron
áreas de apoyo importantes para la realización de sus funciones, por lo que estas limitaciones
fueron subsanadas con el personal de honorarios y que en el año 2009 se autorizó la nueva
estructura del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal”.
Al respecto, del análisis de la información presentada se observa que persiste la carencia
de estos documentos normativos, por lo que no se modifica el resultado.
Recomendación APPD-101-08-33-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención de
los Adultos Mayores, actualice su Manual Administrativo, de acuerdo a las disposiciones
normativas haciéndolo compatible con las atribuciones y funciones señaladas en el Decreto
por el que se derogan, reforman y adicionan diversas disposiciones al Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; así como incorporar aspectos
de programación, control interno, supervisión, formulación de informes y obligaciones de
transparencia, entre otros.
Recomendación APPD-101-08-34-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención
de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, elabore el Catálogo y Perfil de Puestos
Específicos, en apego al marco normativo vigente, como son entre otras disposiciones las
contenidas en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, las normas
emitidas por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, con la debida aplicación
del sistema de valuación de puestos.
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10. Resultado
Evaluar los Procedimientos de Trabajo utilizados por el IAAM-DF, mismos que le permiten atender la Política Pública de Asistencia y Apoyo a la Población Objetivo
La SDS a través del IAAM-DF, operó la política pública objeto de la presente auditoría,
relacionada con la prestación de asistencia social en materia de otorgar, ayudas, apoyos
y servicios relacionados a las personas adultas mayores radicadas en el Distrito Federal,
a través de los procedimientos administrativos contenidos en el Manual Administrativo
del IAAM-DF, con registro MA-08011-9/07, emitido por la Coordinación General de
Modernización Administrativa (CGMA), dependiente en ese entonces, de la Oficialía
Mayor del Gobierno del Distrito Federal; y a través de su titular Lic. Irak López Dávila,
quién comunica con oficio CGMA/DDO/3108/08, del 26 de noviembre de 2008, que con
fundamento en el dictamen 9/2007, emitido por esa dependencia, este ordenamiento
normativo queda registrado para todos los efectos conducentes.
Este documento fue proporcionado por la SDS con el oficio DGA/2691/2009 del 7 de
septiembre de 2009, atendiendo el primer requerimiento de información formulado por
la CMHALDF con oficio APPD/09/466 del 26 de agosto de 2009.
Este Manual Administrativo fue elaborado y autorizado con base en los términos señalados
en la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal,
vigente desde el mes de agosto de 2005 en el que se establece que para su formulación
se deben considerar solamente aquellos procedimientos sustantivos a través de los cuales se
cumplan las atribuciones contenidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal y su Reglamento Interior y que propicie la adecuada distribución de
funciones de las áreas que integran la Unidad Administrativa.
A fin de verificar que el contenido de este ordenamiento normativo se haya hecho del
conocimiento de los actores involucrados en su observancia, de acuerdo a lo establecido
en el numeral 4.4.12 de la Circular Uno 2007, vigente en 2008, ”Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal”, en el cual se señala que “los titulares
295 VOLUMEN 12/13
de las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades,
deberán hacer del conocimiento del personal, el contenido de los Manuales Administrativos,
con el propósito de que estén adecuada y permanentemente informados de la
organización y de los procedimientos internos aplicables en su área de adscripción”;
se requirió al IAAM-DF mediante atenta nota 07/10 - APPD/101/08, del 25 de febrero
de 2010, mostrara la evidencia de esta divulgación, el IAAM-DF comunica con oficio
IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Director de Administración,
Lic. Manuel de Jesús Luján López, que no encontró en sus archivos documento alguno
relacionado con este punto.
Se verificó la eficiencia con que operó la SDS y el IAAM-DF, a fin de comprobar las actividades
que se llevan a cabo para el cumplimiento de las acciones incluidas en el Programa 13
“Desarrollo y Asistencia Social”, Programa Especial 06 “Equidad en la Ciudad”, actividad
institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”, y actividad institucional
03 “Otorgar servicios de apoyo social a personas adultas mayores”, objeto de la presente
auditoría.
Se analizó el contenido del Manual Administrativo con registro MA-08011-9/07 y se llevaron
a cabo pruebas de verificación de las actividades incluidas en cada uno de los procedimientos
de trabajo, se comprobó la participación de cada uno de los responsables de las acciones
y se comprobó la generación de productos o el contenido de la documentación soporte.
A continuación se detalla el análisis de los procedimientos vinculados con el Programa 13
“Desarrollo y Asistencia Social”, Programa Especial 06 “Equidad en la Ciudad”, actividad
institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”.
De este análisis se desprende que el trámite de la Pensión Alimentaria, está sustentado
en seis procedimientos administrativos, cuya denominación y objetivo específico se
señalan a continuación:
1. “Incorporación al Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos
Mayores”. Tiene como objetivo incorporar a los adultos mayores que presenten solicitud
y que cumplan con los requisitos establecidos para gozar del beneficio económico
de la pensión.
296 VOLUMEN 12/13
2. “Entrega de la Tarjeta Plástica de la Pensión Alimentaria para el Adulto Mayor
incorporando al Padrón de Derechohabientes”. Tiene como objetivo que el adulto
mayor incorporado al padrón disponga del recurso económico.
3. “Visita Domiciliaria de Seguimiento a Derechohabientes de la Pensión Alimentaria
para Adultos Mayores”. Tiene como objetivo verificar la sobrevivencia del adulto mayor,
identificar problemas en la operación del programa y aplicar medidas correctivas.
4. “Registro del Cambio de Domicilio de los Derechohabientes de la Pensión Alimentaria
para Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal”. Tiene como
objetivo mantener actualizado el padrón de derechohabientes.
5. “Baja del Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos
Mayores”. Tiene como objetivo mantener permanentemente actualizado el padrón de
derechohabientes.
6. “Reintegro de Saldo Económico no Devengado, por Causa de Baja Indebida del
Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria”. Tiene como objetivo continuar
proporcionando el beneficio económico a los adultos mayores, conforme a la normatividad
que les rige.
El trámite fundamental en el quehacer del IAAM-DF, es el que se refiere a la tramitación
de la Pensión Alimentaria, el cual se inicia con la presentación de la solicitud por parte
del adulto mayor interesado, como parte del procedimiento denominado, “Incorporación al
Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores”, el cual
tiene como objetivo incorporar a los adultos mayores que presenten solicitud y que
cumplan con los requisitos establecidos para gozar del beneficio económico de la
pensión; a partir de la validación de datos y la autorización correspondiente, se continúa
con la emisión de la tarjeta plástica por parte de la empresa dispersora de recursos
y su respectiva entrega al adulto mayor solicitante. El diagrama del procedimiento señalado
se muestra a continuación:
297 VOLUMEN 12/13
Este procedimiento se articula con las acciones de los cinco procedimientos restantes,
como son las que se refieren a las incidencias del proceso, siendo éstas las visitas de
seguimiento, cambios de domicilio, baja del padrón y reintegro de saldos no devengados.
En este esquema se observa que intervienen varias áreas administrativas cuyas funciones
se relacionan con esta tarea como son: Subdirección de la Pensión Alimentaria, adscrita a la
Dirección de Operación de la Atención al Adulto Mayor, el Centro de Salud de la Jurisdicción
Sanitaria, el Módulo de Atención del IAAM-DF, el Área de Cómputo de la Dirección de
Operación de la Atención al Adulto Mayor y el Archivo de Pensionados; también participan
los servidores públicos ocupantes de los puestos responsables de estas tareas como son:
298 VOLUMEN 12/13
el Coordinador Regional, el Capacitador, el Profesional en Servicios a Adultos Mayores -
Educadora Comunitaria; por último la Empresa Dispersora de Recursos, cuya actuación
está regulada en los términos del convenio suscrito por el Gobierno del Distrito Federal
con Mexican Payment Systems, S.A. de C.V. del 1 de octubre de 2007 y del convenio
modificatorio del 19 de marzo de 2008.
Como soporte del proceso se utilizan diferentes formatos y se generan algunos productos,
dentro de los primeros se encuentran: Solicitud de la Pensión Alimentaria, Formato
de Visita Domicilia, Reporte de Visita Domiciliaria, Formato Comprobante de Reporte de
Visita Domiciliaria, Formato de Solicitud de Registro, Carta Compromiso del Adulto Mayor,
Formato Control Mensual de Entrega de Tarjetas y Formato Reporte Mensual de Visitas
Domiciliarias por las Profesionales en Servicios a Adultos Mayores.
Por lo que se refiere a los productos generados, éstos se refieren al Programa de Visitas
Domiciliarias, Reporte de Visita Domiciliaria, Padrón de Derechohabientes, Expediente del
Adulto Mayor, oficio y archivo de nuevos ingresos para la empresa dispersora, Informe de
Movimientos y Actualizaciones, Programa de Visitas Domiciliarias por Delegación, Programa
de Visitas de Seguimiento, Informe Mensual General a Nivel Distrito Federal.
Todas estas incidencias se reflejan en el padrón de beneficiarios del Programa de la
Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal,
el cual se encuentra bajo la operación, guarda, custodia y secrecía del servidor público
responsable del área de cómputo, adscrita a la Dirección de Operación de la Atención
al Adulto Mayor.
Por lo que se refiere al Programa 13 “Desarrollo y Asistencia Social”, Programa Especial
06 “Equidad en la Ciudad”, actividad institucional 03 “Otorgar servicios de apoyo social a
personas adultas mayores”, de acuerdo al contenido del Manual Administrativo del IAAM-DF,
se encontró que las diferentes acciones están sustentadas en ocho procedimientos, cuya
denominación y objetivos aparecen a continuación:
1. “Elaboración y autorización de Estrategias para la Atención Geriátrica”. Tiene como
objetivo contribuir a la promoción de un envejecimiento activo integral de las personas
adultas mayores.
299 VOLUMEN 12/13
2. “Diseño y Autorización de Programas de Formación de Recursos Humanos”. Tiene como objetivo desarrollar y operar programas de formación de recursos humanos que
integran el IAAM-DF.
3. “Evaluación y Autorización de la Elaboración y Publicación de Proyectos de Investigación”. Tiene como objetivo evaluar, autorizar y dar seguimiento al desarrollo de los proyectos de investigación que sean realizados en el IAAM-DF o por personal adscrito a éste.
4. “Visitas Médicas Domiciliarias para Diagnóstico de Salud”. Tiene como objetivo el realizar una valoración geriátrica integral de las personas adultas mayores para otorgar una
atención primaria en su domicilio.
5. “Formación de Recursos Humanos y Capacitación para la Atención de los Adultos Mayores”. Tiene como objetivo el promover e instrumentar acciones de formación de recursos humanos, capacitación y educación continua en materia de geriatría
y gerontología.
6. “Organización y Funcionamiento del Comité de Ética”. Tiene como objetivo promover la organización e instrumentar la operación y evaluación del órgano colegiado en el
IAAM-DF.
7. “Coordinación de los Procesos de Investigación”. Tiene como objetivo promover, instrumentar, evaluar y sancionar los procesos de investigación que se lleven a cabo
por el IAAM-DF.
8. “Diseño y Operación de Sistemas de Evaluación, Seguimiento y Supervisión para los Sistemas de Atención Geriátricos”. Tiene como objetivo diseñar, planear y desarrollar sistemas de evaluación, seguimiento y supervisión para los diferentes sistemas de
atención geriátricos, en apoyo a la operación.
A continuación se describe el diagrama de flujo del procedimiento “Elaboración y autorización
de Estrategias para la Atención Geriátrica”, bajo la responsabilidad de la Dirección de
Gestión de la Calidad de la Atención. El procedimiento se inicia con la instrucción expresa
por parte del titular de la Dirección General del IAAM-DF para el desarrollo de modelos
de atención geriátrica de la población objetivo de esta política pública a continuación, el área
responsable desarrolla los modelos, los que en su caso, pueden autorizarse y convertirse
en planes y programas de trabajo:
300 VOLUMEN 12/13
Con relación al procedimiento de “Diseño y Autorización de Programas de Formación de
Recursos Humanos”. éste contempla acciones de capacitación que forman parte del
Programa Anual de Capacitación del IAAM-DF, bajo la responsabilidad de la Dirección de
Gestión de la Calidad de la Atención, y para la consecución del mismo se establece en
sus actividades, la participación de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal,
debiendo generar un informe trimestral del programa. A continuación se presenta su
diagrama de flujo:
301 VOLUMEN 12/13
Por lo que se refiere al procedimiento “Evaluación y Autorización de la Elaboración
y Publicación de Proyectos de Investigación”, se refiere a la formulación de proyectos de
investigación, cuyos temas son autorizados por la Dirección General del IAAM-DF,
con la publicación de convocatorias abiertas y al concluir dichos proyectos se procede a la
publicación y difusión de los resultados de la investigación. A continuación se presenta
su diagrama de flujo:
Dentro de las tareas fundamentales del IAAM-DF se encuentran las relacionadas con el
procedimiento de “Visitas Médicas Domiciliarias para Diagnóstico de Salud”, siendo la
Dirección de Gestión de Calidad en la Atención la unidad administrativa responsable de su
ejecución. El procedimiento se soporta con el Programa de Visitas Médicas Domiciliarias
y los servidores públicos responsables son los ocupantes de los puestos de Coordinador
Delegacional, Supervisor Zonal de las Profesionales de Servicios a Adultos Mayores,
Médico de Visitas Domiciliarias, quienes interactúan con los adultos mayores y los cuidadores
primarios.
ELABORACIÓN Y PUBLICACIÓN DE PROYECTOS
DIRECCIÓN GENERAL DEL IAAM-DF
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD EN LA ATENCIÓN
DEL IAAM-DF
SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD EN EL SERVICIO
DEL IAAM-DF
Solicita información sobre proyectos de investigación
a realizar
Solicita propuestas de temas o proyectos a realizar
Recibe propuestas viables para su desarrollo
Recibe investigaciones desarrolladas, para análisis
y se proponen para su publicación Da el visto bueno de las
propuestas de publicación y, en su caso, autoriza
publicación
Autoriza para su publicación
Realiza gestiones para su publicación o difusión
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Como soporte del proceso se utilizan los formatos “Orden de Visitas Médicas Domiciliarias”,
“Plan de Intervención y Seguimiento”, “Formato de Consentimiento de Ingreso a
Domicilio”, “Formato de Valoración Geriátrica Integral”, “Formato de Valoración Integral en
Domicilio para Adultos Mayores en Seguimiento”, “Formato de Historia Clínica”, “Formato
de Hoja de Evolución”, “Formato de Receta Médica”, “Formato de Recomendaciones de
Cuidados en Domicilio”, “Formato de Programación de Visitas”, “Formato Anexo del Reporte
Mensual”, “Formato de Consentimiento de Ingreso a Domicilio para Consulta Subsecuente”.
Los productos generados son en primer término, el Programa de Visitas Médicas Domiciliarias,
el Registro y Control de Datos de Reportes del Programa, Informe de Avances del
Programa de Visitas Médicas Domiciliarias, Programación de Visitas Domiciliarias, Informe
Semanal de las Visitas Médicas Domiciliarias y los Expedientes Médicos.
A continuación se presenta el diagrama de flujo respectivo:
Realiza entrevista, hace exploración física al adulto
mayor, da indicaciones y receta
VISITAS MÉDICAS DOMICILIARIAS PARA
DIAGNÓSTICO DE SALUD
MÉDICO DE VISITAS DOMICILIARIAS
MÉDICO DE VISITAS DOMICILIARIAS
Y PROFESIONAL DE SERVICIOS
A ADULTOS MAYORES
PACIENTE
Programa visitas domiciliarias de la semana
Realiza recorrido programado (seguimiento)
Autoriza o no, el ingreso del médico a su domicilio
Realiza entrevista y exploración física al adulto mayor
Recibe indicaciones para cuidado y se programa otra visita en caso
de ser necesario
Entrega informe y da seguimiento para programar otras visitas
303 VOLUMEN 12/13
El procedimiento antes descrito, “Diseño de Programas de Formación de Recursos Humanos”,
así como el procedimiento “Formación de Recursos Humanos y Capacitación para la
Atención de los Adultos Mayores”, sustentan la responsabilidad que tiene el IAAM-DF
de proporcionar la formación, actualización y adiestramiento de los recursos humanos
con los que cuenta, para la mejor atención de los adultos mayores en el Distrito Federal,
lo que le permite proporcionar mejores servicios y de mayor especialización, a la población
objetivo.
A continuación se presenta el diagrama de flujo del procedimiento “Formación de Recursos
Humanos y Capacitación para la Atención de los Adultos Mayores”:
RECURSOS HUMANOS Y CAPACITACIÓN PARA LA ATENCIÓN
DE LOS ADULTOS MAYORES
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD
EN LA ATENCIÓN DEL IAAM-DF
SUBDIRECCIÓN DE CALIDAD
EN EL SERVICIO DEL IAAM-DF
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
DEL IAAM-DF
Requiere programa de capacitación
Analiza necesidades de capacitación;
elabora propuestas de programas de
capacitación; elabora programas
definitivos de capacitación
Contrata y realiza pagos a proveedores de servicio de
capacitación externos
Vigila el desarrollo del programa, recibe
informes y evaluaciones sobre los cursos
Recibe informe y comunica resultados
Este procedimiento se encuentra bajo la responsabilidad de la Dirección de Gestión de
Calidad en la Atención, e incluye la participación de la Subcomisión Mixta de Capacitación,
dentro del ámbito de su competencia, involucrando a la Dirección de Administración del
IAAM-DF en lo referente al pago de los servicios externos de capacitación. El procedimiento
forma parte de la integración del Programa Anual de Capacitación, a través de cédulas
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de detección de necesidades en la materia, y prevé el seguimiento con la presentación de
informes de avances del programa.
Dentro de estos ordenamientos también se encuentra el procedimiento “Organización
y Funcionamiento del Comité de Ética”, bajo la responsabilidad de la Dirección de
Gestión de Calidad en la Atención, el cuál establece normas y procedimientos internos
de este órgano colegiado, así como la definición del calendario de sesiones y la
presentación de informe anual de resultados. A continuación se presenta el diagrama de
flujo correspondiente:
El sujeto fiscalizado cuenta con el procedimiento “Coordinación de los Procesos de
Investigación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Gestión de Calidad en la Atención,
que enmarca sus acciones dentro del Programa Anual de Investigación, el cual se integra
a través de cédulas de detección de necesidades de líneas de investigación en geriatría,
gerontología y bioética, con la definición de los protocolos de investigación y desarrollo
de estudios, utilizando para ello convocatorias internas.
Los resultados de los proyectos de investigación se presentan para la autorización de su
publicación o la difusión correspondiente. En el procedimiento se incluye la presentación
de informes trimestrales de los avances de la investigación. A continuación se presenta
el diagrama de flujo respectivo:
COMITÉ DE ÉTICA
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD EN LA ATENCIÓN
DEL IAAM-DF
SUBDIRECCIÓN DE CALIDAD EN EL SERVICIO
DEL IAAM-DF
Requiere de la integración del Comité de Ética y la elaboración de normas y procedimientos;
recibe propuestas de normas y procedimientos y en su caso da el visto bueno.
Recibe informes y comunica resultados.
Elabora normas y procedimientos, propone a los integrantes y elabora los nombramientos
de los miembros del Comité de Ética, calendariza y convoca a sesiones
y elabora informe anual
305 VOLUMEN 12/13
Por último, dentro de los procedimientos analizados se encuentra el de “Diseño y Operación
de Sistemas de Evaluación, Seguimiento y Supervisión para los Sistemas de Atención
Geriátricos”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Gestión de Calidad en la Atención,
cuyas acciones se establecen a partir del diseño de estrategias que permiten la evaluación
de los sistemas de atención geriátrica, la aplicación de pruebas piloto y el establecimiento de
un plan de trabajo para la aplicación de las estrategias definidas, así como la presentación
de informes de resultados de la evaluación.
A continuación se presenta el diagrama de flujo de este procedimiento:
De lo anterior se concluye que la SDS y el IAAM-DF contaron con el marco normativo de
actuación suficiente que le permitió en el año de 2008 proporcionar la ayuda económica,
apoyos y servicios a la población objetivo, así como la vinculación de estos ordenamientos
COORDINACIÓN DE PROCESOS
DE INVESTIGACIÓN
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD EN LA ATENCIÓN
DEL IAAM-DF
SUBDIRECCIÓN DE CALIDAD EN EL SERVICIO
DEL IAAM-DF
Solicita Programa Anual de investigación; Recibe propuestas de publicación
de investigaciones concluidas
Determina líneas de investigación (Geriatría, Gerontología y Bioética);
Realiza convocatoria para el desarrollo de proyectos de investigación,
elabora propuesta de publicación de investigaciones concluidas
SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN PARA LOS SISTEMAS
DE ATENCIÓN GERIÁTRICOS
DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD EN LA ATENCIÓN
DEL IAAM-DF
SUBDIRECCIÓN DE REGISTRO Y CONTROL DEL IAAM-DF
Requiere, recibe propuestas y analiza su viabilidad y factibilidad de las estrategias
a seguir en los sistemas de atención geriátrica,posteriormente recibe y autoriza el plan
de trabajo para la aplicación de estrategias. Recibe resultados y conclusiones
y da recomendaciones y sugerencias
Diseña estrategias para atención geriátrica; planea y ejecuta pruebas piloto de estrategias
autorizadas
306 VOLUMEN 12/13
con la política pública objeto de la presente auditoría. Sin embargo, se observa duplicidad
de actividades, actividades afines que podrían ser manejadas en un solo procedimiento;
imprecisiones en la integración de expedientes, tanto de derechohabientes de la Pensión
Alimenticia, como de pacientes; denominación de áreas administrativas inexistentes; entre
otras apreciaciones.
En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con el
oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín
Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa
documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se encontraba la nota informativa
sin número, ni fecha suscrita por el Ciudadano Manuel de Jesús Luján López, Director de
Administración del IAAM-DF en la que se señala que “en breve se contará con un Manual
de Procedimientos que aclarará aún más las funciones de cada área”.
Al respecto, el sujeto fiscalizado no aporta documentación específica, por lo que el presente
resultado no se modifica.
Recomendación APPD-101-08-35-SDS
La Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención de los Adultos
Mayores en el Distrito Federal, deberá divulgar entre el personal responsable de las
actividades sustantivas, el contenido de los ordenamientos normativos, en cumplimiento a
las disposiciones contenidas en la Circular Uno ”Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal”.
Recomendación APPD-101-08-36-SDS
Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención
de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, actualice los procedimientos de operación
a fin de eficientar los sistemas de trabajo con los que proporciona la ayuda económica
y presta los servicios de apoyo a la población objetivo; contemplando esquemas de
simplificación de tareas o, en su caso, aplicar técnicas de reingeniería de procesos.
307 VOLUMEN 12/13
11. Resultado
Evaluar los Mecanismos de Control utilizados por el IAAM-DF, orientados a minimizar los Riesgos en los Procesos de Trabajo
A fin de evaluar los mecanismos de control que utiliza el sujeto fiscalizado, se revisaron
los productos que, de acuerdo a cada procedimiento administrativo, se deben generar
y cuya evidencia documental debe ser localizada en los expedientes de cada uno de los
derechohabientes de la Pensión Alimentaria; o en su caso, en los archivos centrales de
cada una de las áreas operativas responsables de otorgar los diferentes servicios de apoyo
social a personas adultas mayores. Para ello se requirió al IAAM-DF mediante atenta nota
07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010, diversa documentación soporte. La solicitud
fue atendida con oficio IAAM/DA/255/2010, del 9 de marzo de 2010, suscrito por el
Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración; en tal virtud se procedió a su
análisis, cuyos resultados se muestran a continuación.
Como se ha señalado con anterioridad, el proceso fundamental del quehacer del IAAM-DF
es la gestión de la Pensión Alimentaria, mismo que da inicio a partir de la presentación de
la solicitud por parte del adulto mayor, esta puede ser presentada ante el propio IAAM-DF
en sus oficinas centrales, por vía telefónica o personalmente en los módulos ubicados en
los Centros de Salud, más cercanos al domicilio de los adultos mayores, debiendo cubrir
los requisitos establecidos en las disposiciones legales.
De igual forma se ha señalado, que en este proceso, la Dirección de Operación de la Atención
al Adulto Mayor es la responsable de dirigir y evaluar el desarrollo general de la operación
de la Pensión Alimentaria y de establecer anualmente el calendario para el trámite de
incorporaciones al padrón de derechohabientes de la Pensión Alimentaria; para lo cual,
con el comunicado antes señalado, se solicitó el programa de visitas domiciliarias
para incorporación al padrón, correspondiente a los meses de marzo, julio, septiembre
y diciembre de 2008.
Al respecto, el IAAM-DF señaló que “no hubo un programa de visitas domiciliarias en 2008,
como se marca en el procedimiento, éstas se realizaban de acuerdo a las cargas de trabajo
de las educadoras”.
308 VOLUMEN 12/13
A fin de verificar que el coordinador regional cumplió con su responsabilidad de integrar
los registros obtenidos en campo en la Delegación a su cargo y de entregar la información
al área de cómputo de la Dirección de Operación de la Atención al Adulto Mayor, se
solicitó el calendario establecido que operó en 2008, para la entrega de ingresos, señalando
el IAAM-DF que en ese año no se contó con este instrumento de control.
Por lo que se refiere al cumplimiento por parte del área de cómputo de la Dirección de
Operación de la Atención al Adulto Mayor, de la obligación de enviar mensualmente,
según calendario establecido, a la empresa dispersora, el informe de altas de adultos
mayores derechohabientes, así como de actualizar el padrón de derechohabientes, se
solicitó con el comunicado antes señalado, el oficio de notificación y el archivo de nuevos
ingresos correspondiente a los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de 2008.
Al respecto se recibieron copias fotostáticas de cuatro oficios dirigidos al Lic. Alejandro
Coronado Ramírez, Director General de la empresa Dispersora PAGA TODO (Mexican
Payment Systems, S.A. de C.V.), suscritos por el Director de Operación de la Atención al
Adulto Mayor, Ricardo Gallardo Hernández, cuyo contenido permite observar el cumplimiento
de esta disposición. El detalle de los citados oficios es el siguiente:
● Oficio DOAAM/282/007 del 17 de diciembre de 2007, dirigido al Lic. Alejandro Coronado
Ramírez, Director General de la empresa dispersora PAGA TODO, suscrito por el
Director de Operación de la Atención al Adulto Mayor, Ricardo Gallardo Hernández,
con el que le señala que en enero de 2007 se le enviaron por correo electrónico
2,427 bajas, así como el mismo número de altas. Se cita que en el mes de febrero
de 2008, se contó con un padrón de 416,500 pensionados, los que deberán recibir la
cantidad de $758.55 mensuales.
● Oficio DOAAM/286/08 del 18 de abril de 2008, dirigido al Lic. Alejandro Coronado
Ramírez, Director General de la empresa dispersora Mexican Payment Systems,
S.A. de C.V., suscrito por el Director de Operación de la Atención al Adulto Mayor
Ricardo Gallardo Hernández, con el que le señala que con fecha 16 de abril de 2008,
se le enviaron por correo electrónico 3,156 bajas, así como el mismo número de altas.
Se cita que en el mes de mayo de 2008, se contará con un padrón de 416,500
pensionados, los que deberán recibir la cantidad de $788.85 mensuales.
309 VOLUMEN 12/13
● Oficio DOAAM/497/08 del 17 de julio de 2008, dirigido al Lic. Alejandro Coronado Ramírez,
Director General de la empresa dispersora Mexican Payment Systems, S.A. de C.V.,
suscrito por el Director de Operación de la Atención al Adulto Mayor, Ricardo Gallardo
Hernández, con el que le señala que el 16 de julio de 2008, se le enviaron por correo
electrónico 2,118 bajas, así como 5,118 altas. Se cita que en el mes de agosto
de 2008, se contó con un padrón de 422,500 pensionados, que recibieron la cantidad de
$788.85 mensuales.
● Oficio DOAAM/665/08 del 22 de octubre de 2008, dirigido al Lic. Alejandro Coronado
Ramírez, Director General de la empresa dispersora Mexican Payment Systems,
S.A. de C.V., suscrito por el Director de Operación de la Atención al Adulto Mayor,
Ricardo Gallardo Hernández, con el que señala que el 17 de septiembre de 2008,
se le enviaron por correo electrónico 2,715 bajas, así como 3,715 altas. Se cita que en
el mes de noviembre de 2008, se contó con un padrón de 427,500 pensionados, los
que recibieron la cantidad de $788.85 mensuales.
A fin de verificar el cumplimiento por parte del área de cómputo de cotejar la información
que reporta mensualmente la empresa dispersora, contra la información contenida en la
base de datos institucional, se solicitó mediante atenta nota 07/10 - APPD/101/08, del 25 de
febrero de 2010, el informe de movimientos y actualizaciones correspondientes al año
de 2008; respecto de lo cual el IAAM-DF proporcionó con oficio IAAM/DA/255/2010, del 9 de
marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración,
copias de 12 notas informativas giradas por la servidora pública responsable del Área de
Cómputo dirigidas al titular de la Dirección de Operación de la Atención al Adulto Mayor
con las cuales “notifica que el personal del área de cómputo del IAAM-DF cotejó la
información que Pagatodo envió en disco compacto, contra la información que se tiene
en las bases de datos”.
Esta base de datos está alimentada por todas las incidencias, en materia de bajas, altas
y cancelaciones de movimientos, captadas por las áreas operativas del IAAM-DF,
adscritas a la Dirección de Operación de la Atención al Adulto Mayor. Tal como se señala
en los procedimientos de trabajo, el área de cómputo adscrita a la dirección mencionada,
es la responsable de enviar mensualmente, según calendario establecido, a la empresa
310 VOLUMEN 12/13
dispersora, el informe de altas de adultos mayores derechohabientes, así como de actualizar
el padrón de derechohabientes.
La información recibida está integrada por tres apartados: 1. Saldos por cancelaciones
reportados por Pagatodo (Mexican Payment Systems, S.A. de C.V.) y que el área de
cómputo no tiene forma de corroborarlos, 2. Altas procesadas y la asignación de cuentas
por Pagatodo; y 3. Registros activos en las bases de datos.
En tal virtud se procedió a analizar y verificar la información proporcionada por el sujeto
fiscalizado, sobre el cotejo de información practicada por el área de cómputo respecto
de la información proporcionada por PagaTodo, Mexican Payment Systems, S.A. de C.V.;
los resultados se muestran a continuación:
(Pesos)
Saldos sin forma de corroborar Fecha aplicación movimiento Casos núm. Importe Importe promedio
por caso *
Altas procesadas
Registros activos
Total 32,641 42,742,420 1,309.47 46,271 430,000 Enero 3,511 7,549,816 2,150.33 3,539 416,500 Febrero 2,427 4,809,837 1,981.80 2,529 416,500 Marzo 3,766 4,846,653 1,286.95 3,766 416,500 Abril 3,310 3,466,445 1,047.26 3,310 416,500 Mayo 3,156 3,154,992 999.68 3,156 416,500 Junio 2,360 2,442,072 1,034.78 5,360 419,500 Julio 2,555 2,699,150 1,056.42 2,555 419,500 Agosto 2,118 2,907,489 1,372.75 5,118 422,500 Septiembre 1,855 2,232,101 1,203.29 1,855 422,500 Octubre 1,953 2,309,623 1,182.60 5,453 426,000 Noviembre 2,715 3,211,651 1,182.93 3,715 427,000 Diciembre 2,915 3,112,591 1,067.78 5,915 430,000
* Importe total entre número de casos.
De la anterior información se desprende que el IAAM-DF no contó con un sistema de
cómputo que le permita corroborar si las cancelaciones y bajas, reportadas por la empresa
dispersora corresponden a los movimientos que fueron generados en la operación.
En este sentido, para 2008 los movimientos de bajas respecto de los que no hay forma de
ser corroborados, ascienden a 32,641 casos, con un importe total de 42,742,420 pesos,
311 VOLUMEN 12/13
que en promedio por caso, arroja la cantidad de 1,309.47, pesos, importe que no guarda
congruencia con el monto de la pensión autorizada para 2008, el cual fue de 788.85 pesos.
De igual forma, se observa que durante todo el periodo analizado, se reprodujo esta falta
de control y no se tomaron las medidas pertinentes para corregirla, por lo que se concluye
que el sistema de cómputo no es confiable, además de que no se cumplen los términos
señalados en el proceso de trabajo.
A fin de constatar el cumplimiento de los términos establecidos en el procedimiento “Visita
Domiciliaria de Seguimiento a Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos
Mayores”, se solicitó al sujeto fiscalizado mediante atenta nota 07/10- APPD/101/08, del
25 de febrero de 2010, el programa de visitas de seguimiento correspondiente a los meses
de marzo, julio, septiembre y diciembre de 2008 y el Informe Mensual General a Nivel
Distrito Federal correspondiente a los meses de enero, abril, julio y octubre de 2008.
En respuesta, con oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic.
Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración, el IAAM-DF señala que
respecto al programa, no se cuenta con tal instrumento de planeación de acciones y por lo
que se refiere a los informes, éstos fueron obtenidos una vez más, de su base de datos.
Como parte del proceso relativo a la Pensión Alimenticia, se observa que, con la entrega
de la tarjeta plástica se materializa el beneficio económico de la Pensión Alimentaria, con
la finalidad de que el adulto mayor incorporado al padrón disponga del recurso; respecto
de lo cual se debe realizar el seguimiento correspondiente para la integración de los
informes derivados de la entrega. A fin de constatar el cumplimiento de esta responsabilidad,
mediante atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010, se solicitó las
relaciones de las entregas correspondientes a los meses de febrero, agosto y noviembre
de 2008, en respuesta, con oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por
el Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración, el IAAM-DF entregó la
información requerida, a partir de la cual se observó que consiste en relaciones obtenidas
de un sistema de base de datos y se deriva de las visitas domiciliarias realizadas por las
educadoras como parte de la acción relacionada con la promoción de educación familiar
en materia de salud. Esta información contiene diversas incidencias, las cuales se analizaron
y se muestran en el cuadro siguiente:
312 VOLUMEN 12/13
(Incidencias y número de casos)
Tipo de incidencia Febrero % Agosto % Noviembre % Total %
Total 253,007 100.00 560,661 100.00 273,426 100.00 1,422,475 100.00 Seguimiento sobrevivencia 168,291 66.52 46,159 8.23 70,879 25.92 391,187 27.50 Visita médica domiciliaria 0.00 2,179 0.45 2,466 1.34 6,524 0.46 Barrido 19,536 7.72 1,888 0.34 3,708 1.36 31,070 2.18 Verificación datos trámite de ingreso 4,775 1.89 2,920 0.52 3,938 1.44 15,263 1.07 Entrega de tarjetas 2,623 1.04 3,204 0.57 3,269 1.20 12,336 0.87 Entrega de reposición 759 0.30 1,121 0.20 1,366 0.50 4,460 0.31 Seguimiento de queja 1,064 0.42 486 0.09 639 0.23 2,944 0.21 Levantamiento de información 2,701 1.07 961 0.17 1,596 0.58 6,756 0.47 Entrega de invitaciones 91 0.04 7,078 1.26 8 0.00 7,379 0.52 Promoción y difusión de los servicios 2,891 1.14 10,266 1.83 1,308 0.48 89,594 6.30 Otros motivos 655 0.26 310 0.06 123 0.04 1,141 0.08 Sub total 203,386 80.39 76,572 13.66 89,300 32.66 568,654 39.98 Atención ciudadana 49,621 19.61 484,089 86.34 184,126 67.34 853,821 60.02
Del análisis y verificación de la información anterior, se desprende que la fuerza laboral
integrada por 1,200 Educadoras Comunitarias u ocupantes del puesto denominado
Profesional en Servicios a Adultos Mayores, realizó tareas relacionadas con las acciones
señaladas en los procedimientos de incorporación a los adultos mayores al padrón de
beneficiarios de la Pensión Alimentaria, así como otras acciones como son la denominada
“Atención Ciudadana”, cuya naturaleza no está incluida en ninguno de los procedimientos
ni en normas específicas de trabajo.
En los tres meses analizados, febrero, agosto y noviembre, se reportan registros del
orden de 1,422,475 acciones, de las cuales las incidencias denominadas “Seguimiento de
Sobrevivencia”, “Verificación de Datos para el Trámite de Ingreso”, la “Entrega de
Tarjetas”, Entrega de Reposición”, “Seguimiento de Queja”, “Levantamiento de Información”,
“Entrega de Invitaciones”, así como “Promoción y Difusión de los Servicios”, están
estrechamente vinculadas con la operación del IAAM-DF, representando el 80.39% del
total de incidencias del mes de febrero, el 13.66% para el mes de agosto y el 32.66% para
el mes de noviembre.
De esta forma, las acciones de “Atención Ciudadana”, que como se señaló con anterioridad
no forman parte del quehacer institucional, representaron el 19.61% para el mes de febrero,
el 86.34% para el mes de agosto y el 67.34% para el mes de noviembre.
313 VOLUMEN 12/13
Por lo que se refiere a las acciones relacionadas con los registros de cambios de domicilio
de los derechohabientes de la Pensión Alimentaria, mediante atenta nota 07/10-APPD/101/08,
del 25 de febrero de 2010, se solicitó el reporte de cambio de domicilio correspondiente a
los meses de enero, abril, julio y octubre de 2008 y un reflejo del Informe Diario de Reportes
de Cambios de Domicilio. Al respecto, con oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010,
suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración, el IAAM-DF
entregó la siguiente información:
● En cuanto a los registros de los cambios de domicilio: copias de notas informativas
suscritas por la Responsable del Área de Cambios de Domicilio dirigidas a la Subdirectora
de Atención a Pensionados, del 24 de abril de 2008, 9 de julio de 2008, 18 de julio de 2008,
1o. de octubre de 2008 y 16 de octubre de 2008, anexando los informes.
● En cuanto a la validación de la información contenida en el padrón de derechohabientes
de la Pensión Alimentaria para adultos mayores: oficio DOAAM/0602/08 del 23 de
septiembre de 2008, suscrito por el Director de Operación de la Atención al Adulto
Mayores, dirigido a los Coordinadores Regionales, con el cual remite el archivo
electrónico con los cambios de domicilio pendientes de validar con 12,753 registros,
a fin de proceder al cierre de cambios de 2007, que como puede apreciarse, indica
que después de diez meses se inició la verificación de la información del cierre del
año anterior.
● En cuanto a la validación de la información: nota informativa del 24 de abril de 2008,
dirigida por el Área de Cambios de Domicilio, con la cual notifica a la Subdirección de
Atención a Pensionados los movimientos recibidos correspondientes al periodo enero-abril
de ese año, señalando que para los meses de enero y febrero los movimientos son
aproximados, ya que no se cuenta con los archivos completos.
Con respecto al documento consignado en el procedimiento como Informe Diario de
Reportes de Cambio de Domicilio se recibió nota informativa del 9 de marzo de 2010,
suscrita por el Ciudadano Mario Alberto Palma Cruz, Responsable del Área de Cambios
de Domicilio, señalando que los cambios de domicilio se realizan dos veces por mes
y anexa la relación de los cambios de domicilio recibidos, correspondientes al periodo
314 VOLUMEN 12/13
enero-diciembre de 2008.12 Como se observa, lo anterior contraviene los términos del
procedimiento “Registro del Cambio de Domicilio de los Derechohabientes de la Pensión
Alimentaria para Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal”, ya que
en el apartado de Políticas/Normas de Operación se precisa que “El área de Control de
Cambios de Domicilio, integrará un informe diario de reportes de cambios de domicilio
y lo entregará al área de cómputo de la Dirección de Operación de la Atención al Adulto
Mayor, para su captura” y que “Es responsabilidad del área de cómputo, capturar
diariamente los reportes de cambios de domicilios recibidos por el área de control de cambios
de domicilio, con el propósito de mantener actualizado el padrón de derechohabientes de
la Pensión Alimentaria”.
Con relación a verificar la observancia en las disposiciones para aplicar las bajas del
padrón de derechohabientes de la Pensión Alimentaria, se solicitó el informe de bajas por
causa, por área de responsabilidad y por Delegación, correspondiente a los meses de marzo,
julio, septiembre y diciembre de 2008.
Al respecto el sujeto fiscalizado entregó el archivo electrónico con reportes mensuales
de 2008,13 en el cual se consignan las bajas aplicadas en 2008, por diferentes causales
como son: fallecimiento captado en el módulo y por coordinador regional, derechohabiente
repetido en el padrón, el adulto mayor no acepta la pensión, el adulto mayor no reúne
los requisitos, el adulto mayor no fue localizado, no existe el domicilio señalado, error en
el nombre del adulto mayor y por último, el incumplimiento a los términos de la carta
compromiso.
El proceso de otorgar ayudas a personas adultas mayores a través de la Pensión Alimentaria,
concluye con el procedimiento “Reintegro de Saldo Económico no Devengado, por Causa
de Baja Indebida del Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria”, en el cual,
después de que el coordinador regional constata que el derechohabiente tiene derecho al
reintegro, se le notifica a la empresa dispersora para que efectúe el deposito de procedencia.
12 Oficio IAAMDF/CGERI/20/2010 del 5 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador
de Geriatría, anexo del oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010...
13 Oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010.
315 VOLUMEN 12/13
A fin de constatar el cumplimiento de los términos de este procedimiento, se solicitó al
sujeto fiscalizado que proporcionara evidencia sobre estas gestiones, por lo que entregó
carpeta con los documentos de cada una de estas incidencias en 2008.14
Se continuó con la evaluación de los mecanismos de control que aplica el sujeto utiliza
fiscalizado en la ejecución de los procedimientos vinculados con el Programa 13
“Desarrollo y Asistencia Social”, Programa Especial 06 “Equidad en la Ciudad”, actividad
institucional 03 “Otorgar servicios de apoyo social a personas adultas mayores”. Como se
señaló con anterioridad, estos procedimientos están bajo la responsabilidad de la
Dirección de Gestión de Calidad en la Atención y se relacionan con la atención geriátrica,
la formación de recursos humanos y capacitación para especialistas en gerontología, la
formulación de proyectos y procesos de investigación, las visitas médicas domiciliarias
a derechohabientes del padrón de la Pensión Alimentaria, la constitución y operación de
un Comité de Ética y el desarrollo de sistemas de evaluación, seguimiento y supervisión
de los sistemas de atención geriátrica.
Para proceder a evaluar los mecanismos de control, se solicitó al IAAM-DF mediante
atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010, proporcionara un modelo
representativo de Sistemas de Atención Geriátrica, el cual debe contribuir a la promoción
de un envejecimiento activo e integral, el Plan de Trabajo de los Modelos y el Reporte
Mensual de Seguimiento, correspondiente a 2008. Al respecto, se recibió por parte
del IAAM-DF, el oficio IAAMDF/CGERI/20/2010 del 5 de marzo de 2010, suscrito por el
Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador de Geriatría, en el cual se consigna
que “el Instituto tomó como prioritario las Visitas Médicas Domiciliarias debido a la
necesidad observada en la población adultos mayores, en la que se presentaba hasta
un 13% de dificultad para desplazarse a un sistema de atención primaria. Este ha sido un
dato fundamental que ha dado cabida a la construcción del Programa de Visitas Médicas
Domiciliarias”.15
14 Oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta
nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010... 15 Oficio IAAMDF/CGERI/20/2010 del 5 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador
de Geriatría, anexo del oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010.
316 VOLUMEN 12/13
Con relación al diseño y autorización de programas de formación de recursos humanos
especializados en geriatría y gerontología, se solicitó el programa anual de capacitación,
cédulas de detección de necesidades de capacitación, programa de cursos externos de
capacitación, el plan de trabajo para el desarrollo y seguimiento del programa anual
de capacitación y los informes trimestrales 2008 del programa y, en su caso, evidencia de
pago a capacitadores externos. Al respecto con oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo
de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración,
el IAAM-DF señala que “no se cuenta con la información solicitada, debido a que en el
ejercicio de 2008 no hubo recursos para contratar capacitadores y solamente se realizaron
acciones de adiestramiento y actualización con el mismo personal del Instituto”.16
En lo que respecta a la elaboración, evaluación y autorización de proyectos de
investigación, así como a la coordinación de los procesos de investigación, para constatar
el cumplimiento a los términos del procedimiento respectivo, se solicitó un proyecto
representativo de los formulados en 2008, conteniendo la evidencia de la propuesta de
temas, convocatoria, resumen ejecutivo del proyecto, propuesta y autorización de la
publicación y la difusión; al respecto se recibió documento,17 señalando que “durante 2008
se estructuraron los proyectos de investigación que se llevarán a cabo en 2009 a saber:
1. Repercusión de la Pensión Alimentaria en el aporte nutricional de los adultos mayores
beneficiarios del programa. 2. Perfil del estado de salud de los adultos mayores de muy
alta y alta marginación en el Distrito Federal”. Como puede observarse el sujeto fiscalizado
no llevó a cabo proyectos de investigación durante el ejercicio 2008.
Por lo que se refiere a la verificación del cumplimiento de los términos del procedimiento “Visitas
Médicas Domiciliarias para Diagnóstico de Salud”, a través del cual los derechohabientes
de la Pensión Alimentaria reciben la atención primaria, se le requirió al IAAM-DF, el
programa de visitas, los registros de control de datos de reportes, informe de avances,
programación de visitas, informe semanal de visitas, copia de un expediente médico,
plan de intervención y seguimiento de pacientes. Al respecto se recibieron comentarios,18
16 Oficio IAAMDF/CGERI/20/2010 del 5 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador
de Geriatría, anexo del oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010
17 Ídem. 18 Ídem.
317 VOLUMEN 12/13
de que los formatos de receta médica y de recomendaciones de cuidados en domicilio
no forman parte del expediente clínico, debido a que se entregan al paciente, por lo que no
se puede constatar el uso correcto de los mismos.
Como parte de los procedimientos materia de la revisión, se localiza el que se refiere a
que el IAAM-DF cuente con un órgano colegiado denominado Comité de Ética, por lo que
para evaluar su procedencia se requirieron sus normas y procedimientos, información
relativa a sus integrantes y registro, sesiones celebradas e informe anual 2008. Al respecto,
el sujeto fiscalizado comunicó que solamente cuenta con documento a nivel de proyecto
borrador.19
El proceso de otorgar servicios a personas adultas mayores concluye con el procedimiento
“Diseño y Operación de Sistemas de Evaluación, Seguimiento y Supervisión para los
Sistemas de Atención Geriátricos”, con el cual el IAAM-DF pretende contar con esquemas
de planeación y operación de excelencia. Con el propósito de constatar su cumplimiento,
se solicitó la presentación de un documento donde se muestren las estrategias a utilizar,
la prueba piloto y el plan de trabajo utilizado, así como los informes de resultados de las
evaluaciones.
El IAAM-DF proporcionó información en la cual se señala que respecto a las “Estrategias
para evaluar los sistemas de atención geriátrica, la estrategia principal en la evaluación de
las visitas domiciliarias se realiza a través del Informe Mensual de las Visitas Médicas
Domiciliarias” y respecto a la “Prueba piloto y plan de trabajo para aplicación de
estrategias, el reporte de las visitas médicas domiciliarias se verifica mensualmente por
médico, realizando el seguimiento estrecho en la revisión de inconsistencias y/o validación
de la información asegurando que el reporte este adecuadamente registrado”.20
De lo anterior se concluye que el área responsable de la operación de este procedimiento
no ha diseñado las estrategias de evaluación, seguimiento y supervisión para los diferentes
sistemas de atención geriátricos.
19 Oficio IAAMDF/CGERI/20/2010 del 5 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador
de Geriatría, anexo del oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010.
20 Ídem.
318 VOLUMEN 12/13
En el Programa Institucional 2008-2012 del IAAM-DF, emitido en julio 2008, se establecen
diversas disposiciones relacionadas con los Programas Prioritarios, Acciones Especiales y
Acciones Prioritarias, asimismo, que el IAAM-DF debe conservar la evidencia documental
de su cumplimiento lo que, de igual forma se requirió con atenta nota 07/10-APPD/101/08
del 25 de febrero de 2010, que se proporcionara la documentación comprobatoria relativa
a los rubros que a continuación se detallan:
● Realización de los eventos masivos que se precisan en el Programa Institucional 2008-2012, relacionados con la conmemoración del inicio del programa, con el acto mundial contra el abuso y el maltrato al anciano, día nacional de las personas adultas mayores y con el día mundial de las personas adultas mayores, así como el aniversario de las educadoras
Al respecto solamente se recibieron tres oficios: 1.- Oficio SDS/124/2008 del 2 de junio
de 2008, suscrito por el Secretario de Desarrollo Social, instruyendo llevar a cabo los
procedimientos de adquisición para atender el acto de entrega de tarjetas de la Pensión
Alimentaria el 18 de junio de 2008. 2.- Oficio DG/IAAM-DF/0227/2008 del 14 de agosto
de 2008, con el Visto Bueno del Secretario de Desarrollo Social, instruyendo para llevar a cabo
los procedimientos de adquisición para atender el acto de entrega de tarjetas de la Pensión
Alimentaria el 28 de agosto de 2008. 3.- Oficio DA/849/2008 del 23 de septiembre de 2008,
suscrito por la Directora de Administración del IAAM-DF, dirigido al Subdirector de Recursos
Materiales de la SDS, acompañando requisición para atender el acto de entrega de tarjetas
de la Pensión Alimentaria el 30 de junio de 2008.21
Como puede observarse, el sujeto fiscalizado no mostró la evidencia documental de haber
celebrado los actos masivos contemplados en el programa institucional, únicamente tres
actos de entrega de tarjetas en el periodo que se audita, sin incluir otro tipo de registros.
Con relación a lo anterior, se considera que para un mejor control, el IAAM-DF debe de
integrar una bitácora con la documentación precisa por cada acto masivo, entre otros, como
son: objeto, lugar, número de participantes, utilización, costo y contratación de bienes
y servicios, convocatoria o invitación, entre otros.
21 Oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la
atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010.
319 VOLUMEN 12/13
● Establecimiento de módulos de atención a pensionados
En el año de 2008 el IAAM-DF contaba con 79 módulos, uno denominado módulo central
ubicado en la sede del IAAM-DF, localizada en la Delegación Cuauhtémoc, y el resto
distribuidos en las diferentes Delegaciones, como a continuación se indican:
Ubicación Módulos Delegación Cantidad Centro
Salud Centro
Comunitario Otros *
Total 79 70 4 5 Álvaro Obregón 3 4 1 Azcapotzalco 4 3 1 Benito Juárez 2 2 Coyoacán 7 6 1 Cuajimalpa de Morelos 2 2 Cuauhtémoc 6 4 2 Gustavo A. Madero 11 10 1 Iztacalco 4 4 Iztapalapa 15 13 2 Magdalena Contreras 2 2 Miguel Hidalgo 2 2 Milpa Alta 2 2 Tláhuac 4 3 1 Tlalpan 7 7 Venustiano Carranza 4 4 Xochimilco 4 4
* En la Delegación Álvaro Obregón se localiza en el edificio antiguo de la Delegación, en la Delegación Cuauhtémoc, se localizan en la Clínica de Especialidades de Número 4 y 6: y en la Delegación Iztapalapa en la iglesia de Santa Martha Acatitla.
● Difusión de visitas médicas domiciliarias
La información proporcionada únicamente señala que “para el año de 2008 se realizó la
difusión de los resultados de las visitas médicas domiciliarias en foro nacional e
internacional”.22 A lo que se agrega que este programa se difunde por la página de internet
www.adultomayor.df.gob.mx; a través de la exposición itinerante del IAAM-DF en las vitrinas
culturales del Sistema de Transporte Colectivo Metro; además de los eventos que realizó el
IAAM-DF en la Sesión Mensual Académica “Sistema de Evaluación de Cuidados de Larga
22 Oficio IAAMDF/CGERI/20/2010 del 5 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador
de Geriatría, anexo del oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010.
320 VOLUMEN 12/13
Estancia”, febrero de 2008; en el XI Simposium Internacional de Gerontología y Geriatría
2008 y en el II Congreso Subcaliforniano de Gerontología y Geriatría, noviembre 2008.
El sujeto fiscalizado mostró copia de las constancias de estas declaratorias.23
● Valoraciones geriátricas integrales a adultos mayores
En el documento antes señalado24 se consigna que “se refiere al instrumento de evaluación
médica, psicológica, funcional y social que tiene como propósito determinar el estado de
salud de los adultos mayores; y la aplicación de este instrumento se refleja en la productividad
reportada en el Informe Mensual de Visitas Médicas Domiciliarias”. Al respecto se
analizaron las cifras que se reportan en 2008 considerando el número de adultos mayores
iniciales valorados, más los adultos mayores iniciales en seguimiento, más consultas de
especialidad, lo que alcanza un total de 15,630. En esta misma información se reportan
un índice de productividad de 69.47%, cuyo cálculo no está debidamente sustentado ya
que la meta institucional está compuesta por 22,500 visitas de valoraciones geriátricas
y por 3,000 consultas subsecuentes a adultos mayores, para efectos del índice se excluye
el dato de estas consultas subsecuentes.
● Investigaciones en geriatría y gerontología
Al respecto se recibió por parte del IAAM-DF, oficio IAAMDF/C.GERON/013/10 del
10 de marzo de 2010, suscrito por la C. Ana Gamble Sánchez-Gavito, Coordinadora
de Gerontología, en el que señala que el IAAM-DF se planteó la necesidad de realizar
investigaciones en gerontología, en áreas prioritarias como son las necesidades de apoyo
social para las personas adultas mayores, relacionado con sus cuidadores, sus redes de
apoyo y su acompañamiento, mostrando como evidencia un documento sin fecha,
sin firma de autorización y con carácter de borrador denominado “Apoyo Social para el
Adulto Mayor”, el cual contiene introducción, antecedentes, justificación, marco conceptual,
objetivos, población blanco, estrategias y actividades, con dos anexos en los cuales se
desarrollan los esquemas de atención integral y de redes sociales para el adulto mayor. 23 Oficio IAAMDF/CGERI/20/2010 del 5 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador
de Geriatría, anexo del oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010.
24 Oficio IAAMDF/CGERI/26/2010 del 26 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador de Geriatría, anexo del oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010.
321 VOLUMEN 12/13
No se localizó evidencia que acredite que bajo estos esquemas y estrategias se hayan
llevado a cabo las actividades institucionales.
● Instalación de Centros Gerontológicos de Atención Integral
Al respecto el IAAM-DF presentó el documento de trabajo del año 2008 denominado “Proyecto
de Villas y Centros Gerontológicos para Adultos Mayores en el Distrito Federal”,25 sin
firma de autorización y cuyo contenido se refiere a antecedentes, justificación, objetivos,
requerimientos, entre otros; además se señala que a “la fecha están en espera de la
autorización presupuestaria y del terreno requerido”.
● Curso taller de visitas médicas domiciliarias para adultos mayores, dirigido a médicos de reciente ingreso al IAAM-DF
Al respecto se señaló que dicho curso se celebró del 8 al 21 de abril de 2008, con una
duración de 60 horas, con 45 participantes y que fue impartido por cuatro especialistas en
la materia.26 El objetivo del curso es el presentar el programa de visitas médicas domiciliarias
al adulto mayor, impartir elementos teórico-prácticos fundamentales para la atención médica
primaria de adultos mayores en la comunidad.
● Curso taller de atención primaria a largo plazo en el domicilio del adulto mayor, dirigido a médicos de reciente ingreso
Al respecto el IAAM-DF señala que dicho curso se celebró del 22 de abril al 2 de mayo
de 2008, con una duración de 36 horas, con 25 participantes e impartido por cinco
especialistas en la materia.27 El objetivo del curso es el obtener elementos teóricos
prácticos para otorgar atención primaria de seguimiento a pacientes adultos mayores con
disfuncionalidad.
25 Oficio IAAMDF/C.GERON/013/10 del 10 de marzo de 2010, suscrito por la C Ana Gamble Sánchez-Gavito, Coordinadora
de Gerontología. 26 Oficio IAAMDF/CGERI/26/2010 del 26 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador de
Geriatría. 27 Ídem.
322 VOLUMEN 12/13
● Curso de Introducción al Programa de Visitas Médicas Domiciliarias para Adultos Mayores, dirigido a médicos especialistas en geriatría de reciente ingreso
Al respecto el IAAM-DF señala que dicho curso se canceló y los médicos se agregaron al
curso básico.28
● Curso de Cuidados de Sostén y Paliativos, dirigidos a médicos del programa del adulto mayor
El IAAM-DF señala que el curso se denominó Introducción a Cuidados al Final de la Vida,
el cual se celebró del 18 al 19 de diciembre de 2008, con una duración de 14 horas, con
36 participantes e impartido por cinco especialistas en la materia.29 El objetivo del curso
es el proporcionar conocimientos generales en relación a los cuidados paliativos de los
derechohabientes del IAAM-DF.
● Capacitación Continua sobre Casos Clínicos
El IAAM-DF señala que “durante el año 2008 se realizaron reuniones con los médicos de
visitas médicas domiciliarias con el objeto de continuar con su educación médica, realizando
la actividad a través de la revisión de casos clínicos y revisión de temas clínicos”.30
Se celebraron 8 reuniones con 275 participantes, el sujeto fiscalizado proporcionó la lista
de asistencia de los participantes”.
De lo anterior se concluye que la SDS y el IAAM-DF no contaron con los mecanismos de
control orientados a minimizar los riesgos en los procesos de trabajo, de igual forma no se
cumplió la acción prioritaria señalada en el Programa Institucional 2008-2012, relacionada
con la actualización permanentemente de los procesos de control de la operación de la
Pensión Alimentaria y el fortalecimiento del área de cómputo y en cuanto al sistema
de administración del padrón, con la sistematizando del total de los procesos de
incorporación, control, cambios de domicilio, atención a quejas, atención a solicitudes
y de visitas domiciliarias.
28 Oficio IAAMDF/CGERI/26/2010 del 26 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador
de Geriatría. 29 Ídem. 30 Ídem.
323 VOLUMEN 12/13
En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado
con el oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín
Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa
documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se localiza copia fotostática
del oficio CG/636/2009 del 14 de diciembre de 2009, girado por el titular de la CGDF,
con el cual se remiten los movimientos a la estructura orgánica del IAAM-DF, en alcance
al dictamen 9/2007 de estructura de la SDS, vigentes a partir del 1 de enero de 2010.
De igual forma, como parte de esta documentación se recibió nota informativa sin número,
ni fecha suscrita por el Ciudadano Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración
del IAAM-DF en la que señala que “a partir de la nueva estructura orgánica se cuenta con
una JUD de Administración del Padrón, con una JUD de Servicios y Atención Ciudadana,
así como con una Coordinación de Operación de la Pensión y una JUD de Control de
Tarjetas de Pensión Alimentaria”. El sujeto fiscalizado no proporciona documentación
respecto a las funciones específicas de cada una de las áreas mencionadas.
Con los folios 026 y 027, se recibió nota informativa sin número, ni fecha suscrita por el
Ciudadano Manuel de Jesús Lujan López, Director de Administración del IAAM-DF donde
formula diversos comentarios sobre las diferencias encontradas por el grupo auditor,
respecto a los importes consignados por bajas o cancelaciones; argumentando que esto
se debe a “la forma como la empresa dispersora reporta los importes no utilizados por los
derechohabientes y cuyos datos están protegidos por la ley de acceso a la Información
y a las leyes financieras correspondientes”.
Con la documentación proporcionada, el sujeto fiscalizado no aportó elementos para
verificar si el IAAM-DF cuenta con un sistema de control articulado; en tal virtud el
presente resultado no se modifica.
Recomendación APPD-101-08-37-SDS
Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención
de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, emita disposiciones específicas en materia
de supervisión y control de las acciones, estableciendo un sistema de control articulado,
con evaluaciones periódicas de los titulares que ocupan los niveles de gestión en la escala
de responsabilidad.
324 VOLUMEN 12/13
12. Resultado
Evaluar el Sistema de Medición Periódica de Resultados, la Presentación de Informes y los Esquemas de Transparencia y Rendición de Cuentas que son utilizados por el IAAM-DF
Con el propósito de evaluar el sistema de medición periódica de resultados instrumentado
en el IAAM-DF, así como los reportes o informes que emite y la periodicidad de éstos, se
revisaron las disposiciones legales que le aplican,31 encontrando que solamente en el
Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para Adultos
Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal, se señala específicamente en
el artículo 46, que “Dado el carácter público de la Pensión, la información estadística
relativa a la misma, excepto el Padrón de Derechohabientes, será publicada y actualizada
de forma sistemática en la página electrónica del Gobierno del Distrito Federal, para
consulta de la población que así lo requiera”. De igual forma el artículo 47, señala que
“El Instituto actualizará permanentemente los archivos del Padrón de Derechohabientes
de la Pensión. Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados
en el sistema de datos personales de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del
Distrito Federal, en atención a lo señalado por la Ley de Protección de Datos Personales
y demás normativa en la materia”.
Al respecto, y por lo que se refiere a las disposiciones normativas, en el Manual
de Organización del IAAM-DF,32 solamente se localizan con relación a la Subdirección de
Evaluación, Difusión y Seguimiento de Programas, área adscrita a la Dirección de Operación
de la Atención al Adulto Mayor, las funciones de “Establecer mecanismos de información
que permitan reorientar las estrategias de supervisión y operación de los programas”,
“Establecer un sistema de información actualizado, que permita conocer a la población
adulta mayor beneficiaria de los programas, así como de su calidad de vida en su contexto
familiar y comunitario”, y “Retroalimentar las diferentes áreas permitiendo mejorar la
operación, la toma de decisiones y los resultados”. 31 Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal, Ley que Establece el Derecho a la Pensión
Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal y su Reglamento, Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las personas residentes en el Distrito Federal que carecen de Seguridad Social Laboral, Acuerdo Mediante el Cual se Emite el Programa de Visitas Médicas Domiciliarias para Adultos Mayores de 70 años en el Distrito Federal, Decreto de creación del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal.
32 Manual de Organización del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, con dictamen 09/07, según el oficio OM/1338/2007 del 23 de julio de 2007
325 VOLUMEN 12/13
En materia de la generación de informes, en los procedimientos administrativos33 que
sustentan la operación del IAAM-DF, tanto para el trámite de la Pensión Alimentaria como
para la prestación de servicios de apoyo social a los adultos mayores, se localizan diversas
acciones, relacionadas con los informes que a continuación se detallan:
Procedimiento Tipo de informe Periodicidad
“Incorporación al Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores”
Informe de Movimientos y Actualizaciones
Mensual
“Visita Domiciliaria de Seguimiento a Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores”
Informe Mensual General a Nivel Distrito Federal
Mensual
“Registro de Cambio de Domicilio de los Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal”
Informe Diario de Reportes de Cambios de Domicilio
Diario
“Baja del Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores”
Informe de Bajas por Causa y por Área de Responsabilidad
Mensual
Informe General de Bajas por Delegación Política
Mensual
“Reintegro de Saldo Económico no Devengado, por Causa de Baja Indebida del Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria”
Informe del Coordinador Regional sobre la Solicitud
Mensual
Informe de Saldo, Fecha de Baja y Número de Cheque de Reintegro por parte de la Empresa Dispersora
De acuerdo al caso
“Elaboración y Autorización de Estrategias para la Atención Geriátrica”
Reporte Mensual de Seguimiento Mensual
“Diseño y Autorización de Programas de Formación de Recursos Humanos”
Informe trimestral del Programa Trimestral
“Visitas Médicas Domiciliarias para Diagnóstico de Salud”
Informe Semanal de las Visitas Médicas Domiciliarias
Semanal
“Formación de Recursos Humanos y Capacitación para la Atención de los Adultos Mayores”
Informes de Avances del Programa de Capacitación
Sin definir
“Organización y Funcionamiento del Comité de Ética”
Informe Anual Anual
“Coordinación de los Procesos de Investigación”
Informe trimestral del Programa Trimestral
33 Manual Administrativo del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, con registro MA-08011-9/07,
emitido por la CGMA, dependiente de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal; según oficio CGMA/DDO/3108/08, del 26 de noviembre de 2008, unidad administrativa actualmente adscrita a la CGDF.
326 VOLUMEN 12/13
Sobre el cumplimiento de estos ordenamientos y el contenido de cada uno de los
informes, en el Resultado 11, del presente Informe Final de Auditoría, el cual versa
sobre el tema de “Eficiencia”, figura el análisis específico, relacionado con la valoración
de los mecanismos de control utilizados por el IAAM-DF, orientados a minimizar los
riesgos en los procesos de trabajo.
En la materia de presentación de informes y evaluación de resultados, se detectó que en
el artículo 29 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito
Federal,34 se establece la creación del Consejo Asesor para la Integración, Asistencia,
Promoción y Defensa de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, asimismo, que
en sesiones de este órgano consultivo, de acuerdo al calendario autorizado, el IAAM-DF
debe presentar informes sobre las actividades más relevantes y sobre los resultados
de la encuesta anual de percepción a los beneficiarios de la pensión universal ciudadana.
En las tres sesiones celebradas en el año de 2008, se presentaron estos resultados, así
como el Informe de Arranque del Programa de Visitas Domiciliarias en abril de 2008.
Con el propósito de continuar con el análisis del sistema de medición periódica de resultados
y de la presentación de informes de resultados, enfocados a esquemas de transparencia
y rendición de cuentas, instrumentados por el sujeto fiscalizado, con atenta nota
15/10-APPD/101/08, del 7 de abril de 2010 se solicitaron los informes de gestión presentados
por la SDS a las diferentes instancias de control, a la Jefatura de Gobierno y a la ALDF,
así como aquellos informes que formaron parte del Informe Anual de Gobierno.
En este sentido, con oficio APPD/10/224 del 14 de abril de 2010, se envió a la SDS un
recordatorio con plazo perentorio de tres días adicionales, y fue con oficio SRM/349/2010,
suscrito por el Subdirector de Recursos Materiales de la SDS, recibido el 21 de abril
de 2010, con el cual se remitieron informes del avance presupuestal, más no se atendió el
requerimiento respecto de los informes de gestión; por lo que a la fecha de elaboración
del Informe Final de Auditoría el sujeto fiscalizado no había proporcionado esta información,
motivo por el cual no es posible constatar el cumplimiento de las disposiciones en la
materia.
34 Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 7 de marzo de 2000.
327 VOLUMEN 12/13
Conforme a lo anterior, se observa que el sujeto fiscalizado no cuenta con un sistema
integral de información que de sustento a la toma de decisiones estratégicas y operativas,
a la rendición de cuentas y a acreditar el cumplimiento de objetivos y metas institucionales,
de igual forma se observa que la generación de informes o reportes de evaluación se
encuentra desarticulada, provocando omisiones o imprecisiones que afectan potencialmente
su veracidad.
En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con
el oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín
Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa
documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se localiza nota informativa
sin número, ni fecha suscrita por el Ciudadano Manuel de Jesús Luján López, Director de
Administración del IAAM-DF donde señala que “la evaluación es una función inherente al
Consejo para la Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal, el cual dio por cumplida
la obligación de publicar una evaluación interna del Programa de Pensión Alimentaria
con la Encuesta de Percepción sobre Beneficios y Evaluación de la Pensión Alimentaria para
Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal”.
De igual forma señala que “EVALUA DF determinó que se elaborará una Evaluación
Diagnóstica para 2009 e Indicadores para el año 2010”.
Al respecto, el sujeto fiscalizado no aporta documentación específica en la materia,
por lo que el presente resultado no se modifica.
Recomendación APPD-101-08-38-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social y el Instituto para la Atención de los
Adultos Mayores en el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias,
establezcan las medidas que permitan que la información relevante que genere, sea oportuna
para la toma de decisiones y para el logro de sus objetivos, metas y programas.
328 VOLUMEN 12/13
13. Resultado
Evaluar la Eficiencia con que actuó el IAAM-DF a partir de la Construcción de Indicadores de Gestión y de Desempeño
Con el fin de verificar que se hayan construido los indicadores de gestión y de desempeño
a través de los cuales sea posible evaluar la eficiencia con que operaron la SDS
y el IAAM-DF para dar cumplimiento a los objetivos y metas de las políticas públicas bajo
su responsabilidad, así como la eficiencia de las actividades institucionales objeto de la
presente auditoría, se solicitó al inicio de los trabajos de la auditoría, con el primer
requerimiento de información formulado por la CMHALDF, con oficio APPD/09/466 del
26 de agosto de 2009, de la Dirección General de Auditoría Programática Presupuestal y de
Desempeño, el cuaderno de información estadística básica y los indicadores de gestión,
así como la metodología para su elaboración.
Al respecto, el sujeto fiscalizado con oficio DGA/2691/2009 del 7 de septiembre de 2009,
suscrito por el Director General de Administración de la SDS, remitió solamente las
estadísticas relacionadas con: número de adultos en activo por sexo, por mes durante el
año 2008 y por Delegación; las altas, bajas del periodo 2001-2008, con total anual; las
altas por año del periodo 2001-2008, en registros mensuales y por Delegación; las altas
y bajas 2001-2008, por mes y por Delegación; el reporte por tarjetas repuestas en 2008,
por Delegación; y el reporte de visitas domiciliarias por Delegación y por mes correspondiente
a 2008. No obstante no se remitió información sobre los indicadores.
En este sentido, en el Cuestionario de Control Interno que se aplicó el 7 de octubre
de 2009,35 se solicitó “Explicar la metodología utilizada para la determinación de los
indicadores de desempeño y los elementos utilizados”; a lo que el servidor público
representante del IAAM-DF a quien se aplicó este instrumento respondió que: “se mide
la cobertura de los adultos mayores con relación al total de la población de este grupo de
edad, y con respecto al total de solicitantes. Los indicadores se formularon de acuerdo
a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Finanzas, se entrega documento con
los indicadores institucionales”.
35 Cuestionario de Control Interno aplicado a la C. Lic. Norma Leticia Castillo Lara, Jefa de Unidad Departamental de Control
de Tarjetas de Pensión, IAAM-DF.
329 VOLUMEN 12/13
El documento que se recibió se refiere al anexo “Programa General de Desarrollo 2007-2012,
Líneas de Política”; el cual forma parte del esquema de programación presupuestación
para el ejercicio 2008, emitido por la SF. Este documento únicamente contempla la actividad
institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”, precisando que la línea de
política se desarrolla mediante la instrumentación del sistema de asistencia social en el
Distrito Federal lo cual aumentará y mejorará la prevención y atención a personas y familias
en condiciones de abandono o extrema necesidad, con los siguientes elementos y alcance:
Elementos Alcance
Actividad Institucional Estratégica 13/06/36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”.
Misión Contribuir al establecimiento de un estado de bienestar a través de promover el ejercicio pleno de los derechos de las personas adultas mayores, así como para el establecimiento de condiciones para una vejez digna y feliz.
Fin Dar cumplimiento a la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal.
Propósito Contribuir a que los adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal tengan una mejor calidad de vida.
Componente Otorgar una pensión a adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal.
Nombre del indicador Índice de cobertura de la pensión alimentaria a adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal.
Tipo Interno Objetivo de medición Evaluar el cumplimiento de la meta programada
referente a la pensión alimentaria a adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal.
Formula de cálculo 100 X número de adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal, incorporados al padrón de la pensión alimentaria/meta programada.
Desagregación geográfica Delegacional. Meta Anual 430,000. Interpretación del resultado Se cumplió o no con la incorporación de los adultos
mayores de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal.
Frecuencia de medición Trimestral. Fuente Datos propios. Valor del indicador al cierre 2007 99.6%. Valor del indicador al fin de 2008 100.0%. Características de los valores del indicador
Periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008.
330 VOLUMEN 12/13
De la información anterior se concluye que el IAAM-DF únicamente cuenta con un índice
de cobertura de la Pensión Alimentaria a adultos mayores de 70 años residentes en el
Distrito Federal, cuyo resultado se interpreta como el cumplimiento o no, de la meta
establecida respecto a la incorporación de los adultos mayores de acuerdo a lo estipulado
en el Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los
Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal.
En materia de evaluación e indicadores, se detectó que en los Lineamientos y Mecanismos
de Operación de los Programas Sociales a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social y
Organismos Sectorizados 2008,36 ordenamiento normativo en el cual se fundamenta la
operación del sujeto fiscalizado, se incluye como herramienta de evaluación del Programa
de Pensión Alimenticia a Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal,
los mismos indicadores de cobertura, orientados a medir el grado de avance de la
incorporación de derechohabientes al padrón de manera trimestral y mensual, con los
siguientes elementos:
Indicador Objetivo Unidad de medida Formula Periodicidad
Porcentaje de adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal incorporados al Programa de la Pensión Alimentaria
Medir el grado de avance en la incorporación de adultos mayores en el Programa de la Pensión Alimentaria
Número de Adultos Mayores incorporados al Programa de la Pensión Alimentaria
Número de adultos mayores incorporados al Programa de la Pensión Alimentaria, entre el total estimado de la población de adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal.
Trimestral
Porcentaje de adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal incorporados mensualmente al Programa de la Pensión Alimentaria
Medir el grado de incorporación mensual de adultos mayores al Programa de la Pensión Alimentaria
Número de Adultos Mayores incorporados mensualmente al Programa de la Pensión Alimentaria
Número de adultos mayores incorporados mensualmente al Programa de la Pensión Alimentaria, entre la meta mensual de incorporación de adultos mayores de 70 |años residentes en el Distrito Federal.
Mensual
36 Lineamientos y Mecanismos de Operación de los Programas Sociales a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social
y Organismos Sectorizados 2008, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 31 de enero de 2008
331 VOLUMEN 12/13
De la información anterior se desprende que estos mecanismos de evaluación del Programa
de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito
Federal, son los mismos indicadores de cobertura, los cuales forman parte del ejercicio
de programación-presupuestación para el ejercicio 2008, señalados con anterioridad.
De igual forma, puede observarse que con estos indicadores no miden aspectos
relacionados con los insumos y procesos utilizados, además no presentan resultados con
el correspondiente impacto social de la política pública; no aportan elementos para medir
el impacto de las acciones de la SDS y del IAAM-DF sobre la población objetivo, ya que
ninguno de los indicadores se relacionan con objetivos particulares, ni con la actividad
institucional 03 “Otorgar servicios de apoyo social a los adultos mayores”. En conclusión,
no permiten la evaluación de la gestión pública, en la materia de contribuir al establecimiento
de un estado de bienestar a través de promover el ejercicio pleno de los derechos de las
personas adultas mayores, así como del establecimiento de condiciones para una vejez
digna y feliz.
De esta forma, se concluye que la SDS y el IAAM-DF no cuenta con indicadores
de gestión y desempeño a través de los cuales se pueda evaluar la consecución de los
objetivos y metas institucionales; por lo que al carecer de un sistema de información y de
indicadores de desempeño, el sujeto fiscalizado no está en posibilidades de establecer
y participar en los esquemas de planeación estratégica en la administración pública del
Distrito Federal.
En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con
el oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín
Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa
documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se localiza nota informativa
sin número, ni fecha suscrita por el Ciudadano Manuel de Jesús Luján López, Director
de Administración del IAAM-DF en la que señala que “se construyen indicadores para el
año 2011; asimismo la Contraloría General ha instrumentado la capacitación en Matriz de
Marco Lógico para la construcción de indicadores”.
Al respecto, el sujeto fiscalizado no aporta documentación específica en la materia, por lo que
el presente resultado no se modifica.
332 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-101-08-39-SDS
Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención
de los Adultos Mayores en el Distrito Federal con fundamento en las disposiciones emitidas
por la Secretaría de Finanzas y la Coordinación General de Modernización Administrativa
de la Contraloría General del Distrito Federal, diseñe los indicadores de desempeño
gubernamental y estratégicos, que le permitan evaluar el desempeño institucional,
fortalecer la rendición de cuentas e identificar las áreas de oportunidad para su actuación.
14. Resultado
Evaluar el Grado de Cumplimiento de las Disposiciones Normativas relacionadas con la Integración, Actualización, Guarda y Custodia de los Expedientes de los Derechohabientes de la Pensión Alimentaria y los Servicios de Asistencia Social que Proporciona el Sujeto Fiscalizado
Con la finalidad de revisar el contenido, integración, actualización, guarda y custodia de
los expedientes de los derechohabientes de la Pensión Alimentaria, se procedió a revisar las
disposiciones legales y normativas que le aplican, por lo que encontramos en primer término,
las disposiciones contenidas el Manual Administrativo del Instituto para la Atención de los
Adultos Mayores en el Distrito Federal,37 específicamente en el procedimiento “Incorporación
al Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores”.
Al respecto, en el procedimiento señalado, se localiza en el apartado de Políticas
y/o Normas de Operación, que es la Dirección de Operación de la Atención del Adulto
Mayor el área administrativa responsable de dirigir y evaluar el desarrollo general de la
operación de la Pensión Alimentaria; y consigna que “En visita domiciliaria la Profesional de
Servicios a Adultos Mayores es la responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos
de edad y residencia del adulto mayor solicitante, quien deberá exhibir en el momento de
la visita los documentos oficiales originales que acreditan que cumple con la edad y residencia
establecida. De cumplir con los requisitos, la Profesional de Servicios a Adultos Mayores,
solicitará al adulto mayor, copia de documentos comprobatorios de edad y residencia,
37 Autorizado por la CGMA, dependiente de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, con oficio GMA/DDO/3108/08, del
26 de noviembre de 2008 y registro MA-08011-9/07 correspondiente al dictamen 09/2007. La CGMA en la actualidad es una unidad administrativa adscrita a la CGDF.
333 VOLUMEN 12/13
identificación y dos fotografías para integrar el expediente. A este expediente se le
anexará, la solicitud de registro, carátula del expediente, registro de visita de seguimiento
y ficha de identificación de riesgos de salud”.
Dentro de estos ordenamientos normativos, con relación al otorgamiento de servicios
de apoyo social, cuya evidencia documental debe de integrarse al expediente personal del
derechohabiente de la Pensión Alimentaria, en el Manual Administrativo señalado,
encontramos el procedimiento “Visita Domiciliaria de Seguimiento a Derechohabientes de
la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores”, en el cual se establece como objetivo el
“Dar seguimiento a través de visita domiciliaria a los derechohabientes de la Pensión
Alimentaria, con la finalidad de verificar sobrevivencia, disfrute del beneficio de la pensión
y residencia, así como el identificar problemas en la operación; así como aplicar las
medidas que amerite el caso”. En el apartado de Políticas y/o Normas de Operación, se
consigna que “es la Profesional en Servicios a Adultos Mayores (Educadora Comunitaria)
la responsable de realizar la visita de seguimiento para verificar la residencia, disfrute del
beneficio de la pensión, sobrevivencia y atención de dudas o problemas relacionados
con el derecho de la Pensión Alimentaria, así como para recopilar información para
integrar el expediente que requiera la institución, y que permita evaluar y reorientar las
acciones a nivel operativo”.
En este sentido, en el primer procedimiento citado, se señalan los tipos de documentos
que el adulto mayor solicitante puede exhibir para dar cumplimiento a los requisitos
establecidos en las disposiciones legales y normativas y por el propio IAAM-DF; como son
constancia de domicilio, identificación personal y constancia de tener 70 años de edad.
Al respecto, está previsto que en caso de que el solicitante no cuente con la documentación
comprobatoria para edad y/o residencia, se elaborará el formato “Constancia de Hechos”,
con fundamento en los términos del artículo 9o. fracción III, del Reglamento de la Ley que
Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años
Residentes en el Distrito Federal,38 ordenamiento vigente en el año de 2008.
38 Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta años Residentes
en el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2003
334 VOLUMEN 12/13
En materia de integración de los expedientes de los derechohabientes de la Pensión
Alimentaria el IAAM-DF ha definido otros ordenamientos normativos, como es el caso de
las disposiciones contenidas en el oficio circular DOAAM/0513/08 del 30 de julio de 2008,
emitida por el Director de Operación de la Atención al Adulto Mayor a los Coordinadores
Regionales del IAAM-DF para que hicieran del conocimiento de los Capacitadores y de
los Profesionales de Servicios a Adultos Mayores, cuáles son los documentos que deben
formar parte del expediente, siendo los “relacionados con la Solicitud de Registro,
Documentos Comprobatorios de Edad y Residencia, Identificación Oficial, Carátula de
Expediente, Registro de la Visita de Seguimiento y Cédula de Identificación de Riesgos
de Salud”.
Esta circular forma parte de la documentación proporcionada por el IAAM-DF con oficio
IAAM/DA/196/2010 del 23 de febrero de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján
López, Director de Administración, en respuesta a la atenta nota 05/10-APPD/101/08,
del 17 de febrero de 2010.
De igual forma, en materia de integración y conservación de expedientes, se localizaron
otras disposiciones contenidas en el oficio DPA/079/2009 del 6 de octubre de 2009,39
emitido por la Directora de la Pensión Alimentaria y dirigido a los Jefes de Unidad
Departamental responsable por Delegación,40 el cual señala los lineamientos para la
integración de los expedientes, los mecanismos de control y los aspectos de supervisión;
así mismo, establece que los ocupantes del Puesto de Enlace revisarán el trabajo de los
Profesionales de Servicios a Adultos Mayores; que los Coordinadores Regionales
revisarán el trabajo de los puestos de enlace; y que en la Dirección de la Pensión
Alimentaria se revisará el trabajo de los Coordinadores Regionales; para lo cual se deben
nombrar responsables de la guarda y custodia de los expedientes.
Entre las disposiciones normativas adicionales, y por lo que respecta a la realización
de las visitas domiciliarias a los adultos mayores; en el mismo oficio DPA/079/2009 del 6 de
octubre de 2009, se dictaron medidas para que los ocupantes de los Puestos de Enlace
39 Oficio IAAM/DA/196/2010 del 23 de febrero de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de
Administración, en respuesta a la atenta nota 05/10-APPD/101/08, del 17 de febrero de 2010. 40 Ocupantes de los puestos de Coordinador Regional.
335 VOLUMEN 12/13
programarán a las Profesionales de Servicios a Adultos Mayores las visitas domiciliarias
para atender aspectos de: Verificación de residencia, Disfrute del beneficio de la Pensión
Alimentaria, Sobrevivencia, Entrega de tarjeta nueva y reposición, Atención a dudas,
Recopilación de información, Validación de cambio de domicilio y Seguimiento de
derechohabientes no localizados.
Las disposiciones normativas antes señaladas pretendían subsanar las carencias
detectadas por los órganos de fiscalización y de control interno, en materia de la deficiente
integración y conservación de los expedientes; como es el caso de la Revisión de la
Cuenta Pública 2006, practicada por la CMHALDF con la Auditoría al Desempeño Número
APPD-101-06, a la SS dependencia que en ese ejercicio era la responsable del Programa
Institucional de Atención a los Adultos Mayores; en cuyo Informe Final de Auditoría se
incluyó la Recomendación APPD-101-06-02-SS, en la cual se señala que “Se sugiere que
la Secretaría de Salud, comunique a la instancia actualmente operativa de la pensión
alimentaria para adultos mayores, la pertinencia de integrar la solicitud de registro
de ingreso de los adultos mayores para su incorporación al padrón, como soporte del
expediente de los beneficiarios de la pensión alimentaria, a fin de mejorar el control de las
condiciones que deben cubrirse, y en cumplimiento del artículo 13 del Reglamento
de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de
Setenta Años, Residentes en el Distrito Federal”.
Por lo que se refiere a los Servicios de Apoyo Social a Personas Adultas Mayores en esta
misma Auditoría al Desempeño Número APPD-101-06, aparece la Recomendación
APPD-101-06-03-SS, en la cual se señala que “Se sugiere que la SS, comunique a la instancia
actualmente operativa de la pensión alimentaria para adultos mayores, la pertinencia de
comprobar invariablemente que las educadoras en salud comunitaria (actualmente
denominadas Profesionales en Servicios a Adultos Mayores) realicen la visita domiciliaria
para verificar la presencia física, identidad y residencia, con la documentación oficial
presentada por los adultos mayores que solicitaron su inscripción al padrón de beneficiarios
de la pensión alimentaria y que el comprobante de la vista realizada se integre en el
expediente del beneficiario, en cumplimiento de los artículos 13 y 15 del Reglamento
de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de
Setenta Años, Residentes en el Distrito Federal”.
336 VOLUMEN 12/13
Al respecto en el año 2009, la Contraloría Interna de la SDS practicó la auditoría
AI-CI-SDS-05B/09 al Programa de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta
Años, donde se señala en la Observación 2, Incumplimiento Normativo, Deficiente Integración
de Expedientes, Deficiente Conservación de Expedientes y falta de Identificación Oficial
Vigente y aparece como Observación 4, Irregularidades en la Realización de las Visitas
Domiciliarias a los Adultos Mayores.
De todo los antes expuesto, se deja establecido que el personal responsable de la integración,
guarda y custodia de los expedientes de los adultos mayores derechohabientes de la Pensión
Alimentaria, son las Profesionales de Servicios a Adultos Mayores y que los ocupantes
de los puestos de Coordinador Regional son los responsables de la supervisión de su
contenido e integración.
De acuerdo a la información proporcionada por el IAAM-DF,41 al 31 de diciembre de 2008,
el número de ocupantes de estos puestos era de 1,279, distribuido por Delegación de la
siguiente forma:
Delegación Coordinador Regional
Profesional de Servicios a Adultos Mayores
Total 79 1,200 Álvaro Obregón 3 101 Azcapotzalco 4 54 Benito Juárez 2 58 Coyoacán 7 79 Cuajimalpa de Morelos 2 21 Cuauhtémoc * 6 112 Gustavo A. Madero 11 166 Iztacalco 4 63 Iztapalapa 15 206 Magdalena Contreras 2 38 Miguel Hidalgo 2 43 Milpa Alta 2 20 Tláhuac 4 37 Tlalpan 7 83 Venustiano Carranza 4 62 Xochimilco 4 57
* Incluye 29 prestadores que realizan labores de apoyo administrativo en el IAAM-DF.
41 Oficio DPA/046/10 del 12 de febrero de 2010, suscrito por el Ing. Rubén Fuentes Rodríguez, Director de la Pensión Alimenticia,
en respuesta a la atenta nota 02/10-APPD/101/08, del 18 de enero de 2010.
337 VOLUMEN 12/13
Con el propósito de revisar el contenido de los expedientes de derechohabientes de la
Pensión Alimentaria y evaluar el grado de cumplimiento de las disposiciones normativas,
a partir de un universo de 430,000 registros, que integraban el padrón de beneficiarios al
31 de diciembre de 2008, se seleccionó una muestra de 400 expedientes, con base en las
tablas estadísticas “Cálculo del Tamaño de la Muestra por Atributos para Tasas de
Desviación de Universos Grandes”,42 con un nivel de confianza del 95% y un margen
de error de ± 5%.
A fin de instrumentar la revisión de los expedientes se diseñó una cédula de trabajo
la cual contiene 17 rubros, siendo los siguientes: carátula del expediente, solicitud de
incorporación, identificación oficial, acta de nacimiento, constancia de domicilio, fecha de alta
al padrón, fecha de entrega de la tarjeta, fecha de reposición de la tarjeta, fecha de baja
del padrón, causa de baja del padrón, designación de representante, visita de seguimiento
por profesional de servicios médicos y cédula de identificación de riesgos de salud.
Con atenta nota 05/10 APPD 101/08 del 17 de febrero de 2010, se le requirió al IAAM-DF,
los 400 expedientes de beneficiarios previamente seleccionados, indicando el nombre
completo del derechohabiente, “ID” persona (numero consecutivo con el que se identifica
al derechohabiente), sexo y edad,43 de lo solicitado, el IAAM-DF solamente proporcionó
397 expedientes, debido a que los 3 restantes no se localizaron, en substitución entregaron
2 no incluidos en el requerimiento, por lo que la muestra efectiva se conforma por
399 expedientes.
42 Normas y Procedimientos de Auditoría y Normas para Atestiguar. Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Guía 6060. 43 Oficio IAAM-DA/196/2010 del 23 de febrero de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de
Administración, en respuesta a la atenta nota 05/10-APPD/101/08, del 17 de febrero de 2010.
338 VOLUMEN 12/13
Se procedió a la revisión física de los expedientes por parte del grupo auditor, con el fin
de constatar si contienen la evidencia del documento y requisitos estipulados en las
disposiciones normativas y por los formatos que para tal propósito se consignan en los
procedimientos de trabajo. A continuación se muestra el resumen por número de casos
y la proporción de éstos frente al total, en lo que hace a la información requerida:
Rubro Cuenta con el rubro No cuenta con el rubro Cantidad % Cantidad %
Carátula del expediente 390 97.74 9 2.26 Solicitud de incorporación 201 50.38 198 49.62 Identificación oficial 395 99.00 4 1.00 Acta de nacimiento 1 0 0.00 399 100.00 Constancia de domicilio 397 99.50 2 0.50 Fecha de alta al padrón 95 23.81 304 76.19 Fecha de entrega de la tarjeta 80 20.05 319 79.95 Fecha de reposición de la tarjeta 256 64.16 143 35.84 Fecha de baja del padrón 2 14 3.51 385 96.49 Causa de baja del padrón 3 23 5.76 376 94.24 Designación de representante 56 14.04 343 85.96 Visita de seguimiento por profesional de servicios a adultos mayores 391 97.99 8 2.01 Cédula de identificación de riesgos de salud 387 96.99 4 1.00 Revisión por el profesional de servicios a adultos mayores responsable 0.00 399 100.00 Revisión por el Enlace 0.00 399 100.00 Revisión por el Coordinador Regional 0.00 399 100.00 Revisión por la Dirección de la Pensión Alimentaria 0.00 399 100.00
1 El requisito de edad de acuerdo al procedimiento, se cumplió con otros documentos como son: pasaporte, fe de bautismo, identificación oficial y/o constancia de hechos con declaratoria de familiar o vecinos.
2 y 3 Dato relacionado con los 23 casos de baja del padrón.
De los datos anteriores se concluye que más del 95% de los casos cuentan con la
carátula del expediente, la identificación oficial, la constancia de domicilio, la fecha de
reposición de la tarjeta, la evidencia de la visita de seguimiento por profesional y la cédula
de identificación de riesgos de salud.
En alrededor de la mitad de la muestra, solamente se localizó la solicitud de incorporación
al padrón documento con el cual se da inicio al procedimiento.
Por lo que se refiere a los incumplimientos, reviste especial importancia el no contar con
el registro de la fecha de alta y de baja del padrón; por último por lo que se refiere a las
339 VOLUMEN 12/13
acciones de revisión y supervisión, en ninguno de los expedientes revisados se encontró
la evidencia respectiva.
A continuación se presenta la información obtenida de los expedientes revisados por
Delegación, por sexo y por grupo de edad:
Por grupos de edad Delegación Total de casos Por sexo
De 70 a 75 años
De más de 75 y hasta
95 años Hombre Mujer Hombre Mujer Hombre Mujer
Total 399 150 249 61 77 90 171 Álvaro Obregón 31 13 18 8 5 6 12 Azcapotzalco 14 4 10 2 2 3 7 Benito Juárez 26 13 13 4 5 8 9 Coyoacán 32 15 17 5 5 10 12 Cuajimalpa de Morelos 2 0 2 2 Cuauhtémoc 38 13 25 3 11 10 14 Gustavo A. Madero 63 22 41 8 16 14 25 Iztacalco 26 12 14 3 2 9 12 Iztapalapa 52 20 32 7 10 13 22 Magdalena Contreras 8 1 7 2 1 5 Miguel Hidalgo 32 12 20 9 7 3 13 Milpa Alta 5 1 4 1 4 Tláhuac 10 6 4 3 3 4 Tlalpan 21 7 14 5 3 2 11 Venustiano Carranza 25 6 19 2 5 4 14 Xochimilco 14 5 9 1 4 4 5
Con relación al número de beneficiarios por Delegación, se observa que en Gustavo
A. Madero se localiza el mayor número de beneficiarios registrados con 63, representando
el 16%; seguido por Iztapalapa con 52, representando el 13% del total. Por otro lado se
observa que las Delegaciones con un menor número de registros son Cuajimalpa de
Morelos con solo 2, Milpa Alta con 5 y Magdalena Contreras con 8 beneficiarios.
De los datos mostrados en el cuadro anterior, se desprende que 62.41% son mujeres
y el 37.59% son hombres. La composición de acuerdo al grupo de edad muestra que de
los 399 casos revisados el 65.41% es de más de 75 años y hasta 95 años, el resto
(34.59%) se refiere a adultos mayores cuyas edades se encuentran dentro del rango de
los 70 a 75 años.
340 VOLUMEN 12/13
De igual forma, se observó en el contenido de los expedientes, que el 98% de éstos si
contaban con número de expediente el cual se encontraba en lugar visible y solamente
nueve casos o sea el 2%, no contaba con dicho número. Es importante señalar que no
existe uniformidad para consignar este número, en algunos casos se refiere al número de
la Carta Compromiso, en otros al “ID” Persona, siendo éste el número consecutivo
asignado en la base de datos de la Pensión Alimentaria.
Por lo que se refiere a la distribución de derechohabientes por Unidad Territorial la
composición de los casos revisados arroja que se identificaron 321, dentro de las cuales
259 contaban por lo menos con un beneficiario, 51 con al menos dos beneficiarios,
8 con por lo menos tres beneficiarios y 3 Unidades Territoriales contaban con cuatro
beneficiarios, siendo estos últimos las adscritas a las Delegaciones Milpa Alta, Tláhuac
y Cuauhtémoc.
En este proceso de revisión de expedientes se observó que el sujeto fiscalizado no cuenta
con un archivo de concentración y los expedientes físicamente se conservan presentados
en bolsas de plástico, guardados en cajas de cartón diseminados en las áreas de trabajo
de los espacios reducidos donde se localizan los módulos.44
Lo anterior contraviene disposiciones sobre la materia, como son los términos de la Ley
de Archivos del Distrito Federal y la Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal; de igual forma, lo establecido en el artículo 546 del Código Financiero
del Distrito Federal debido al vínculo del contenido de los expedientes, con el ejercicio
de los recursos públicos, ya que la documentación contenida en los expedientes sirve de
base para el otorgamiento de las pensiones alimentarias.
44 Ver cuadro de localización de los módulos de atención a adultos mayores
341 VOLUMEN 12/13
De lo anterior se concluye en lo general, que la SDS y el IAAM-DF no cumple con todas
las disposiciones normativas en materia de integración, actualización, guarda y custodia
de los expedientes de los derechohabientes de la Pensión Alimentaria, así como de los
servicios de asistencia social, lesionando el esquema de control interno que debe
prevalecer en el sujeto fiscalizado.
En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con el
oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín
Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa
documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se localiza nota informativa
sin número, ni fecha suscrita por el Ingeniero Rubén Fuentes Rodríguez, Director de la
Pensión Alimentaria del IAAM-DF en la cual señala que “a fin de reforzar la correcta
integración, guarda y custodia de los expedientes la Dirección General del Instituto emitió
un oficio el día 6 de octubre de 2009 mediante el cual se emitió lineamientos para
la correcta integración de expedientes”.
Al respecto, en la revisión practicada al contenido de los expedientes se consideraron las
disposiciones emitidas con el oficio del 6 de octubre de 2009, habiendo llegado a los
resultados antes señalados, por lo que, con la información proporcionada en la reunión de
confronta, el presente resultado no se modifica.
Recomendación APPD-101-08-40-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención
de los Adultos Mayores en el Distrito Federal establezca medidas de control y de supervisión
que garanticen que las Profesionales de Servicios a Adultos Mayores realicen la visita
domiciliaria para verificar la presencia física, identidad y residencia, con la documentación
oficial presentada por los adultos mayores que solicitaron su inscripción al padrón de
beneficiarios de la Pensión Alimentaria y que el comprobante de la visita realizada se integre
en el expediente del beneficiario, en cumplimiento a los términos del Reglamento de la
Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta
Años, Residentes en el Distrito Federal; así como cuente con un archivo de concentración
y se asignen claves de control a los expedientes.
342 VOLUMEN 12/13
Economía
15. Resultado
Planeación de los Recursos
Se procedió a verificar que la SD haya elaborado su Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos y Programa Operativo Anual de 2008, de conformidad con la Ley de Planeación del
Desarrollo del Distrito Federa, vigente en 2008, y Código Financiero del Distrito Federal, 2008.
De igual forma se procedió a verificar que el presupuesto original de las actividades
institucionales, esté sustentado con papeles de trabajo, bases de cálculo o metodología que
se utilizó para llevar a cabo la presupuestación del otorgamiento de la Pensión Alimentaria
y de los servicios de apoyo social a las personas adultas mayores.
El artículo 9o. fracción IV, de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal vigente
en 2008, establece como una de las atribuciones que a los titulares de las Dependencias
les corresponderán elaborar los programas operativos anuales y sus anteproyectos de
presupuesto de egresos, para la ejecución de los programas sectoriales.
El artículo 442, párrafo primero y segundo, del Código Financiero del Distrito Federal de
aplicación al ejercicio 2008, establece que “las dependencias y órganos desconcentrados,
formularán su anteproyecto de Presupuesto de Egresos, atendiendo a los criterios
presupuestales y, en su caso, a las previsiones de ingresos que les comunique la Secretaría,
con base en sus programas operativos anuales, los cuales deberán ser congruentes entre
sí. La Secretaría queda facultada para formular los anteproyectos de presupuesto de las
dependencias y órganos desconcentrados, cuando no le sean presentados en los plazos que
al efecto se les hubiesen señalado o cuando no se apeguen a los criterios presupuestales
de eficiencia, eficacia y probidad previstos en las Leyes, así como a las previsiones de
ingresos comunicados”.
El artículo 443, párrafo primero, del mismo ordenamiento establece que “la Secretaría
podrá efectuar las modificaciones que considere necesarias a los anteproyectos
de presupuesto, en cuanto a programas, objetivos, metas o importes asignados,
343 VOLUMEN 12/13
comunicándoles a las dependencias y órganos desconcentrados los ajustes que
habrán de realizar a sus anteproyectos de presupuesto en función de la cifra definitiva
proyectada”.
Mediante el oficio DGA/3138/2007 del 22 de noviembre de 2007, la Dirección General de
Administración de la SDS remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SF, el Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos 2008 de acuerdo al techo presupuestal autorizado; de igual
forma, envió el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008 con base en las necesidades
mínimas para cumplir con los programas sociales señalados en el Programa General
de Desarrollo del Gobierno del Distrito Federal 2007-2012. Por otra parte, con el oficio
IAAMDF/000137/07 del 22 de octubre del 2007, la Directora General del IAAM-DF, quien
es la responsable de la operación de las actividades institucionales en revisión, remitió
al Director General de Administración de la SDS, el Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos 2008.
En la revisión de dichos documentos se identificaron diferencias, como se muestran
a continuación:
(Miles de pesos)
Meta financiera
P/PE Actividad Institucional Unidad de medida
Anteproyecto elaborado
por el IAAM-DF
Anteproyecto ajustadoal Techo Presupuesta
Anteproyecto con base en las
necesidades mínimas
13 “Desarrollo y Asistencia Social”
00 “Acciones del Programa Normal”
03 “Otorgar servicios a personas adultas mayores” Persona 558,730.8 112,955.6 412,503.2
06 “Acciones del Programa Especial”
36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores” Persona 3,873,990.7 3,823,092.0 4,020,262.3
P Programa. PE Programa especial.
De esta forma, se identificó que en los formatos POA08-5000-J “Detalle del Capítulo 5000”,
y POA08-OP-J “Distribución del Capítulo 6000 Obras Públicas” del Anteproyecto de
Presupuesto de Egresos 2008, el IAAM-DF presupuestó las cifras siguientes:
344 VOLUMEN 12/13
(Miles de pesos)
Capítulo Monto Justificación Beneficios
5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”
7,228.8
6,100.0 Equipo para la villa que se construirá para los adultos mayores.
Beneficio a los adultos mayores que vivan en la villa.
100.0 Equipo para el área administrativa. Permitirá que las funciones se lleven a cabo oportunamente y así lograr el cumplimiento de metas.
58.6 Equipo educacional y recreativo para las personas adultas mayores.
Permitirá realizar actividades gerontológicas.
60.5 Equipo de comunicaciones y telecomunicaciones.
Agilizará la atención a la población adulta mayor.
609.7 Bienes informáticos. Mejor servicio a los adultos mayores al tener un mejor control.
300.0 Adquisición de vehículos para la supervisión de los Profesionales de Atención a los Adultos Mayores.
Se logrará una mejor atención a los adultos mayores con la supervisión.
6000 “Obras Públicas” 350.0 350.0 Construir una villa para los adultos
mayores que requieran un espacio en donde vivir.
De lo anterior se concluye, que la SDS no consideró la información contenida en los
formatos del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008 elaborado por el IAAM-DF,
en virtud de que las cifras de las metas financieras de las actividades institucionales 03 y 36
del Programa 13, integradas en los Anteproyectos presentados a la Subsecretaría de
Egresos de la SF, son incongruentes respecto de las presentadas por el IAAM-DF;
situación que denotó inconsistencias en la planeación de los recursos presupuestales
para la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008.
Por otra parte, con la finalidad de verificar el soporte de la estimación de las cifras
consideradas en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, se solicitó a la SDS,
los papeles de trabajo o bases de cálculo que se utilizaron para estimar las cifras que se
reportaron en el anteproyecto. En respuesta, la SDS entregó copia del oficio DGA/0627/2010
del 8 de marzo de 2010, mediante el cual el Director General de Administración de la SDS
solicitó a la Directora General del IAAM-DF, la información y documentación requerida.
Al respecto, con el oficio SRM/160/2010 del 10 de marzo de 2010, la Subdirección de
Recursos Materiales entregó las bases de cálculo de las actividades institucionales 03 y 36.
En cuanto a la primera actividad, se realizó un comparativo con las cifras integradas en el
Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008 elaborado por el IAAM-DF como se indica
a continuación:
345 VOLUMEN 12/13
(Miles de pesos)
Bases
de cálculo Anteproyecto Diferencia Partida Concepto/Capítulo (1) Formato por clave
presupuestal (2)
Programa Equidad en la Ciudad
(3)
(2) - (1)
(4)
(3) -(1)
(5)
1103 “Sueldos” 81,476.6 82,606.1 1509 “Asignaciones para Requerimiento de Cargos
de Servidores Públicos Superiores y de Mandos Medios así como de Líderes Coordinadores y Enlace” 3,016.9 3,058.7
1507 “Otras Prestaciones” 19,890.1 20,165.8 1301 “Prima Quinquenal por años de Servicios
Efectivos Prestados” 6.6 6.7 1305 “Prima de Vacaciones” 2,263.2 2,294.6 1306 “Gratificación de Fin de Año” 9,388.2 9,518.3 1401 “Aportaciones a Instituciones de Seguridad Social” 10,532.3 1403 “Cuotas para la Vivienda” 4,130.3 1404 “Cuotas para el Seguro de Vida del Personal Civil” 1,542.0 1407 “Cuotas para el Seguro de Retiro del Personal
al Servicio de la Administración Pública del Distrito Federal” 198.1
1508 “Aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores al Servicio del Estado o a la Administradora de Fondos para el Retiro” 1,652.1
1511 “Vales de Fin de Año” 8,190.0 8,303.5 1601 “Impuesto sobre Nóminas” 2,263.0
Impuestos y aportaciones * 20,040.0 Capítulo 1000 “Servicios Personales” 144,271.6 146,271.5 1,999.9
2101 “Materiales y Útiles de Oficina” 2,733.8 4,739.2 2102 “Materiales de Limpieza” 105.7 216.4 2103 “Material Didáctico y de Apoyo Informativo” 33.0 78.8 2105 “Material y Útiles de Impresión y Reproducción” 350.9 708.4 2106 “Materiales y Útiles para el Procesamiento
en Equipos y Bienes Informáticos” 1,022.4 2,057.2 2203 “Utensilios para el Servicio de Alimentación” 10.0 20.5 2201 “Alimentación de Personas” 31.9 66.8 2403 “Materiales Complementarios” 7.5 16.4 2404 “Material Eléctrico” 20.5 20.5 2601 “Combustibles” 179.8 368.0 2701 “Vestuario, Uniformes y Blancos” 618.6 1,265.3 2302 “Refacciones, Accesorios y Herramientas Menores” 20.0 20.0 2303 “Refacciones, Accesorios para Equipos de Computo” 174.2 174.2 2602 “Lubricantes y Aditivos” 12.5 30.7
Capítulo 2000 “Materiales y Suministros” 5,320.8 9,782.4 4,461.6 3101 “Servicio Postal” 12.0 12.0 3103 “Servicio Telefónico Convencional” 209.8 209.8 3104 “Servicio de Energía Eléctrica” 350.7 350.7 3105 “Servicio de Agua” 180.0 180.0 3106 “Servicio de Conducción de Señales Analógicas
y Digítales” 15.0 15.0 3108 “Servicio de Radio Localización” 12.0 12.0 3201 “Arrendamiento de Edificios y Locales” 4,140.0 4,140.0 3212 “Servicio de Fotocopiado” 125.0 125.0 3301 “Honorarios” 22,656.6 3302 “Capacitación” 1,150.0 1,150.0 3402 “Fletes y Maniobras” 12.0 12.0
Continúa…
346 VOLUMEN 12/13
…Continuación
Bases
de cálculo Anteproyecto Diferencia Partida Concepto/Capítulo (1) Formato por clave
presupuestal (2)
Programa Equidad en la Ciudad
(3)
(2) - (1)
(4)
(3) -(1)
(5)
3404 “Seguros” 207.6 207.6 3407 “Otros Impuestos y Derechos” 7.2 3409 “Patentes, Regalías y Otros” 274.0 3411 “Servicios de Vigilancia” 1,782.1 1,782.1 3414 “Gastos de Ensobretado y Traslado de Nómina” 113.6 3501 “Mantenimiento y Conservación de Mobiliario y
Equipo” 38.4 38.4 3502 “Mantenimiento y Conservación de Bienes
Informáticos” 219.0 219.0 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de
Bienes Inmuebles y Muebles” 980.0 980.0 3506 “Servicios de Lavandería, Limpieza, Higiene y
Fumigación” 320.8 331.8 3511 “Mantenimiento y Conservación de Vehículos y Equipo
Destinados a Servicios Administrativos” 210.8 210.8 3512 “Mantenimiento y Conservación de Vehículos y Equipo
destinados a Servidores Públicos” 13.4 13.4 3602 “Gastos de Difusión de Servicios Públicos y
Campañas de Información” 237.4 237.4 3605 “Impresiones de documentos oficiales para la
prestación de servicios” 1,984.3 1,984.3 3606 “Otros Gastos de Publicación, Difusión e Información” 547.4 547.4 3703 “Pasajes al Interior del Distrito Federal” 9,419.8 3803 “Congresos, Convenciones y Exposiciones” 225.5 225.5
Capítulo 3000 “Servicios Generales” 13,254.4 45,174.2 31,919.8 5101 “Mobiliario” 1,378.0 1,378.0 5102 “Equipo de Administración” 2,320.0 2,320.0 5103 “Equipo Educacional y Recreativo” 58.6 1,558.6 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y
Telecomunicaciones” 57.1 120.5 5206 “Bienes Informáticos” 609.7 609.7 5303 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Públicos
y la Operación de Programas Públicos” 300.0 300.0 5401 “Equipo Médico” 660.0 5402 “Instrumental Médico y de Laboratorio” 282.0
Capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” 5,665.4 6,286.8 621.4 6100 “Obras Públicas por Contrato” 357,228.8 350,000.0
Capítulo 6000 “Obras Públicas” 357,228.8 350,000.0 -7,228.8 Total 525,741.0 557,514.9 558,730.8 31,773.9 32,989.8
* ISSSTE, SAR, FOVISSSTE, 2% S/Nóminas, Seguro Institucional, Seguro de Retiro.
En virtud de lo anterior, se constató que la SDS carece de papeles de trabajo y de metodología
que soporte la integración de la presupuestación considerada en el Anteproyecto de
Presupuesto de Egresos 2008 con relación a la actividad institucional 03.
En cuanto a la actividad institucional 36, la SDS entregó el cuadro “Programación
Territorial 2008, Asignación de Recursos y Definición de Acciones por Unidad Territorial”,
desagregado de la siguiente manera:
347 VOLUMEN 12/13
Programa/Programa especial/ Delegación Unidad Meta Población Actividad institucional Clave Nombre de medida Física Financiera beneficiada
Empleos directos
17 “Protección Social” 6 “Por el Bien de Todos Primero los Pobres”
37 “Otorgar ayudas a adultos mayores y personas de escasos recursos”
435,000
3,873,990.7
1,740,000
1,317 2 Azcapotzalco Persona 27,162 242,076.8 108,648 60 3 Coyoacán Persona 37,107 330,062.6 148,428 85 4 Cuajimalpa de Morelos Persona 4,625 41,209.7 18,500 26 5 Gustavo A. Madero Persona 71,327 634,982.2 285,308 184 6 Iztacalco Persona 24,835 220,412.6 99,340 70 7 Iztapalapa Persona 65,243 580,074.6 260,972 232 8 La Magdalena Contreras Persona 9,857 87,828.7 39,428 43 9 Milpa Alta Persona 4,057 36,004.6 16,228 22 10 Álvaro Obregón Persona 31,302 278,639.7 125,208 116 11 Tláhuac Persona 9,717 86,442.1 38,868 43 12 Tlalpan Persona 23,435 208,891.0 93,740 98 13 Xochimilco Persona 14,631 130,469.1 58,524 62 14 Benito Juárez Persona 28,348 253,015.9 113,392 63 15 Cuauhtémoc Persona 33,936 302,358.8 135,744 92 16 Miguel Hidalgo Persona 20,206 180,825.4 80,824 50 17 Venustiano Carranza Persona 29,212 260,696.9 116,848 71
Al respecto, se observó que las cifras presentadas en el cuadro referido considerados
por la SDS dentro de la actividad institucional 37, Programa Especial 06, del Programa 17
“Protección Social”. No obstante, tomando en cuenta la información proporcionada
mediante el oficio DPSPE/008/2010 del 26 de enero de 2010 por la Dirección de Políticas
de Salud, Planeación y Evaluación de la SS, la actividad institucional correspondiente al
ejercicio de 2007 fue la actividad institucional 45 “Otorgar ayudas a adultos mayores y
personas de escasos recursos”, la cual fue transferida a la SDS y reportada en el Informe
de Cuenta Pública de 2007 de la SDS, a lo que se debe agregar que para el ejercicio en
revisión (2008), la actividad institucional se transformó en la actividad institucional
36 “Otorgar Ayudas a Personas Adultas Mayores”.
Lo anterior, denotó incongruencias en la información presentada por la SDS, debido a que
sus reportes internos no cuentan con información actualizada, además no presentó los
papeles de trabajo, ni la metodología que se aplicó para presupuestar la estimación de los
recursos correspondientes a la actividad institucional 36 por 3,873,990.7 miles de pesos,
integrados en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008 elaborado por el IAAM-DF.
Por otra parte, con el oficio SE/0145/08 del 8 de enero de 2008, la Subsecretaría de Egresos
de la SF, remitió a la SDS el Techo Presupuestal autorizado, así como el Analítico
348 VOLUMEN 12/13
de Claves, Programa Operativo Anual y el Decreto de Presupuesto de Egresos de 2008.
El gasto total del techo presupuestal ascendió a 5,245,861.3 miles de pesos, de los cuales
se incluyeron 3,823,092.0 miles de pesos para el otorgamiento de la Pensión Alimentaria
a 420,000 adultos mayores correspondientes a la actividad institucional 36.
De lo anterior se concluye que la SDS presentó deficiencias en la planeación de los recursos
de las actividades institucionales 03 y 36; asimismo, careció de papeles de trabajo que
permitieran verificar las estimaciones de las cifras reportadas en los Anteproyectos de
Presupuesto de Egresos 2008.
Por tanto, la SDS incumplió lo establecido en el artículo 9o. fracción IV, de la Ley de
Planeación del Desarrollo del Distrito Federal vigente en 2008, en virtud de que la planeación
de los recursos por el área responsable de llevar a cabo las actividades institucionales 03 y 36,
no fue considerada para la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008.
De esta forma, la SDS, presentó el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008 ajustado
al techo presupuestal, como lo señalan los artículos 442, párrafo primero y segundo,
y 443 del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008.
A raíz de la reunión de confronta celebrada el 17 de mayo de 2010, con el oficio
DGA/1360/2010 de la misma fecha, el Director General de Administración de la SDS,
entregó copia del oficio SE/1475/07 del 8 de octubre de 2007, en el cual la Subsecretaría
de Egresos de la SF comunicó a la SDS el techo presupuestal asignado, asimismo,
proporcionó copia de la apertura programática 2008, en donde se desagregaron las
actividades institucionales 03 y 36 del Programa 13. Sin embargo, no proporcionó los
papeles de trabajo ni la metodología que soportara la integración de la presupuestación
contenida en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008. Por tanto, en este aspecto,
el resultado no se modifica.
Recomendación APPD-101-08-41-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social considere en la planeación de los recursos
para la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, los requerimientos
y necesidades de sus unidades administrativas, con la finalidad de alcanzar los objetivos
planeados en las actividades institucionales correspondientes.
349 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-101-08-42-SDS
Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social establezca mecanismos de control
y de supervisión para garantizar que las áreas responsables de operar las actividades
institucionales elaboren papeles de trabajo en la estimación de las metas financieras para
la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos.
16. Resultado
Comportamiento del Gasto en las Actividades Institucionales 03 y 36 del Programa 13
Con la finalidad de verificar el origen, composición y destino de los recursos financieros
utilizados en 2008 por la SDS para el otorgamiento de ayudas y servicios a las personas
adultas mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal, se revisaron el Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, las afectaciones programático-presupuestales,
las Cuentas por Liquidar Certificadas, el Informe de Cuenta Pública, así como la normatividad
correspondiente.
En el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal vigente en 2008, se
autorizó como gasto programable para el Programa 13 “Desarrollo y Asistencia Social” un
presupuesto de 7,948,048.8 miles de pesos, de los cuales se asignaron 3,823,092.0 miles
de pesos a la actividad institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”
y 142,736.9 miles de pesos correspondientes a la actividad institucional 03 “Otorgar
servicios de apoyo social a personas adultas mayores”.
De la revisión al Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto fiscalizado, se identificó
el siguiente comportamiento presupuestal:
(Miles de pesos y por cientos)
Programa / Programa Especial / Presupuesto Variación Actividad institucional Original Modificado Ejercido Absoluta Relativa
(%)
13 “Desarrollo y Asistencia Social” 00 “Acciones del Programa Normal”
03 “Otorgar servicios a personas adultas mayores” 142,736.9 172,902.6 172,902.6 30,165.7 21.1 06 “Equidad en la Ciudad”
36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores” 3,823,092.0 3,945,473.9 3,945,473.9 122,381.9 3.2
350 VOLUMEN 12/13
En relación con la actividad institucional 03, se revisaron las afectaciones presupuestales
y se verificó que la variación del presupuesto ejercido respecto del presupuesto original,
se originó principalmente por la contratación de personal por honorarios de 40 médicos
generales y 5 especialistas para realizar visitas médicas domiciliarias y orientar sobre los
cuidados básicos de atención de los cuidadores primarios de los adultos mayores inscritos
en el Programa de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 Años Residentes
en el Distrito Federal, por la basificación de trabajadores que se encontraban bajo el
régimen de honorarios; y por el arrendamiento del inmueble que ocupó el IAAM-DF
ya que el lugar estaba en calidad de préstamo a la entonces Dirección General del Adulto
Mayor y les fue requerido.
Respecto a la actividad institucional 36, la variación del presupuesto ejercido en relación
al presupuesto previsto, se debió principalmente a que la Pensión Alimentaria a los adultos
mayores de 70 años se incrementó, en virtud de que, de acuerdo al artículo 1o. de la Ley
que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta
Años, Residentes en el Distrito Federal, la pensión tenía que ser el equivalente al 50% del
salario mínimo vigente en el Distrito Federal, no obstante, se había otorgado un apoyo de
758.55 pesos durante los meses de enero y febrero para 410,309 y 412,734 beneficiarios,
respectivamente. Dicho importe se ajustó conforme a la ley señalada, dando un total de
788.85 pesos por pensión, que multiplicados por el total de personas a quien se les otorgó
la pensión en los meses referidos, arrojó una diferencia de 24,938.2 miles de pesos,
cantidad que se dispersó de manera retroactiva a los adultos mayores, a través de la CLC
núm. 08-C0-01-0035 del 25 de febrero de 2008.
17. Resultado
Presupuesto Modificado de las Actividades Institucionales 03 y 36
Con la finalidad de constatar que el presupuesto modificado de las actividades institucionales
03 y 36 del Programa 13, haya sido debidamente autorizado y registrado de acuerdo al
Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública
del Distrito Federal; se revisaron las afectaciones programático presupuestales, el Informe
de Cuenta Pública de 2008 del sujeto fiscalizado, la cédula de firmas del personal autorizado
para el trámite de afectaciones, así como la normatividad aplicable.
351 VOLUMEN 12/13
De la revisión a las afectaciones programático-presupuestales de la actividad institucional 36,
se constató que la SDS tramitó nueve afectaciones presupuestarias, dos líquidas y siete
compensadas.
En cuanto a las afectaciones líquidas, mediante la afectación presupuestaria C-08-C0-01-252-E
del 3 de noviembre de 2008, la SDS realizó una ampliación de recursos dentro de la
actividad institucional 36 para cubrir la diferencia de la pensión a los adultos mayores,
en virtud que se había considerado una meta de 420,000 beneficiarios con un apoyo de
758.55 pesos mensuales, no obstante, de acuerdo a la Ley que establece el Derecho a la
Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta años, Residentes en el Distrito
Federal y a los Lineamientos y Mecanismos de Operación de los Programas Sociales a
cargo de la Secretaría de Desarrollo Social, la pensión tenía que ser el equivalente al 50%
del salario mínimo vigente en el Distrito Federal, (788.85 pesos), por lo que la SDS ajustó su
presupuesto considerando dicho incremento. Asimismo, mediante la afectación presupuestaria
C-08-C0-01-338-E del 31 de diciembre de 2008, la SDS realizó una reducción de recursos
debido al cierre presupuestal, en cumplimiento a la circular SE/136/2008, la cual indica que
dicho cierre se deberá realizar a más tardar el 31 de diciembre de 2008.
Respecto a las siete afectaciones presupuestarias restantes, la SDS realizó adecuaciones
al calendario de gasto con la finalidad de cubrir los pagos generados por el IAAM-DF en el
otorgamiento de la pensión universal alimentaria a los adultos mayores de 70 años residentes
en el Distrito Federal.
En cuanto al presupuesto modificado de la actividad institucional 03, se revisaron las
afectaciones programático presupuestales de dicha actividad, y se identificó que la SDS
tramitó 41 afectaciones presupuestarias, de las cuales 9 fueron afectaciones líquidas
y 32 compensadas, incluyendo 7 que tuvieron efecto de reducción y ampliación de recursos.
De la revisión a las afectaciones líquidas, se verificó que tres fueron ampliaciones de
recursos dentro de la actividad con el fin de cubrir la contratación de 40 médicos generales
y 5 especialistas para realizar visitas médicas domiciliaras a los adultos mayores, orientar
sobre el cuidado básico de atención de los cuidadores primarios de adultos mayores
y canalizar al nivel de atención adecuada. Asimismo, el incremento fue debido a que
se basificaron 1,313 trabajadores de la Subsecretaría de Participación Ciudadana, que se
352 VOLUMEN 12/13
encontraban bajo el régimen de honorarios. En cuanto a las seis afectaciones restantes,
estas se debieron a las reducciones de recursos en los capítulos 1000 “Servicios
Personales”, 2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes
Muebles e Inmuebles” que no se ejercieron durante el ejercicio, de acuerdo al inciso g) del
oficio circular SE/136/2008, el cual indica como fecha limite para el cierre presupuestal
el 31 de diciembre del 2008.
En cuanto a las afectaciones compensadas, cinco tuvieron efecto de ampliación de recursos,
en virtud de que se transfirieron recursos a la actividad institucional 03 con la finalidad de
cubrir el pago del inmueble que se arrendó, debido a que se solicitó el inmueble que se le
prestaba a la Dirección General del Adulto Mayor. Asimismo, para cubrir pagos centralizados
y aportaciones patronales y finiquitos del personal adscrito al IAAM-DF, se localizaron
dos afectaciones que tuvieron efecto de reducción, mediante las cuales se transfirieron los
recursos a la actividad institucional 09 “Coordinar políticas sectoriales”, principalmente.
Respecto a las 25 afectaciones compensadas restantes, la SDS realizó adecuaciones
al calendario de gasto con la finalidad de cubrir los pagos generados por el IAAM-DF,
para el otorgamiento de los servicios que se brindaron a los beneficiarios.
De igual forma, se constató que las nueve afectaciones presupuestarias de la actividad
institucional 36 y las 41 afectaciones presupuestarias de la actividad institucional 03,
del Programa 13, contaron con los formatos de afectación presupuestaria, afectación
programática y justificación; fueron firmadas por el servidor público facultado para su
elaboración y trámite, de conformidad con el Manual de Normas y Procedimientos
Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2008;
y contaron con la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados
para Elaborar, Solicitar y/o Autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos
Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestarias y de Presupuesto Comprometido.
18. Resultado
Costo de los Servicios de Apoyo Social y Ayuda a las Personas Adultas Mayores
Se procedió a verificar que la SDS cuente con indicadores que le permitan conocer los costos
por cada uno de los beneficiarios que reciben la ayuda y los servicios de apoyo social.
353 VOLUMEN 12/13
El artículo 544 del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008, establece
que las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades deberán
llevar registros auxiliares para los programas presupuestarios que muestren de manera
sistemática los avances financieros y de consecución de metas, con el objeto de facilitar
la evaluación en el ejercicio del gasto público.
En el Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto fiscalizado, la SDS reportó 3,945,473.9 miles
de pesos ejercidos con cargo a la actividad institucional 36, los cuales se utilizaron
para otorgar la Pensión Alimentaria a 430,000 personas adultas mayores residentes en
el Distrito Federal durante el ejercicio de 2008. Dichos recursos se ejercieron de acuerdo al
Convenio de Dispersión de Recursos Económicos y al Convenio Modificatorio del mismo,
celebrado entre la SDS, el IAAM-DF y la empresa dispersora Mexican Payment Systems,
S.A. de C.V.
El presupuesto ejercido para el pago de la Pensión Alimentaria a las personas adultas
mayores fue por la cantidad de 3,945,473.9 miles de pesos, y de acuerdo a la localización
de los domicilios de los beneficiarios de esta pensión la distribución por Delegación es la
siguiente:
(Miles de pesos)
Delegación Presupuesto Original Ejercido
Total 3,823,092.0 3,945,473.9 Álvaro Obregón 278,987.9 287,918.7 Azcapotzalco 231,963.9 239,389.3 Benito Juárez 247,932.0 255,868.6 Coyoacán 323,344.7 333,695.3 Cuajimalpa de Morelos 42,400.8 43,758.1 Cuauhtémoc 289,248.0 298,507.2 Gustavo A. Madero 617,687.2 637,460.1 Iztacalco 217,560.6 224,525.0 Iztapalapa 587,235.8 606,034.0 Magdalena Contreras 87,646.6 90,452.3 Miguel Hidalgo 179,676.4 185,428.1 Milpa Alta 35,946.0 37,096.6 Tláhuac 89,442.6 92,305.7 Tlalpan 210,652.4 217,395.6 Venustiano Carranza 250,697.0 258,722.2 Xochimilco 132,670.2 136,917.1
354 VOLUMEN 12/13
Al respecto, se identificó que la dispersión de los recursos esta correlacionado con la
delegación en donde radican los derechohabientes de la Pensión Alimentaria, por lo que
la mayor dispersión se concentra en las Delegaciones Gustavo A. Madero e Iztapalapa,
representando el 16.2 y 15.4 % del presupuesto ejercido con cargo a la actividad
institucional 36.
Se revisaron las CLC correspondientes a la actividad institucional 36 y se constató que los
recursos se erogaron mediante 17 CLC y 12 DM, como se indica a continuación:
(Miles de pesos)
Consecutivo Número CLC Monto Mes/Concepto Número
Documento Múltiple
Monto Total
Total CAPÍTULO 4000 3,983,004.6 37,530.8 3,945,473.8 1 08 C 0 01 00001 315,936.0 Enero 08 C 0 01 005 4,809.8 311,126.22 08 C 0 01 00005 315,936.0 Febrero 08 C 0 01 006 4,846.6 311,089.4
3 08 C 0 01 00035 353,494.2Incremento de Pensión Alimentaria 08 C 0 01 022 3,466.4 350,027.8
4 08 C 0 01 00062 328,556.0 Abril 08 C 0 01 023 2,442.0 326,114.05 08 C 0 01 00090 328,556.0 Mayo 08 C 0 01 058 3,154.9 325,401.16 08 C 0 01 00164 330,922.5 Junio 08 C 0 01 095 2,699.1 328,223.47 08 C 0 01 00222 1.5 Reembolso 1.58 08 C 0 01 00224 2.3 Reembolso y retroactivo 2.3 9 08 C 0 01 00305 330,922.5 Julio 08 C 0 01 069 2,907.4 328,015.1
10 08 C 0 01 00327 1.1 Reembolso 1.1 11 08 C 0 01 00507 333,289.1 Agosto 08 C 0 01 112 2,232.1 331,057.0 12 08 C 0 01 00531 3.1 3.1 13 08 C 0 01 00722 333,289.1 Septiembre 08 C 0 01 137 2,309.6 330,979.5 14 08 C 0 01 00945 0.7 Reembolso 0.7 15 08 C 0 01 01005 336,050.1 Octubre 08 C 0 01 146 3,211.6 332,838.5 16 08 C 0 01 01294 336,838.9 Noviembre 08 C 0 01 237 3,112.5 333,726.4 17 08 C 0 01 01527 339,205.5 Diciembre 08 C 0 01 236 2,338.8 336,866.7
FUENTE: SDS, CLC y DM.
Al respecto, se identificó que el total de los recursos ejercidos en la actividad institucional
36 fueron erogados a través de 17 CLC y fueron específicamente destinados para el pago
de la Pensión Alimentaria de los Adultos Mayores. No obstante, no fueron incluidos los
gastos utilizados para la operación de dicho programa. Al respecto, se solicitó a la SDS
que indicara en qué actividad institucional se habían erogado los recursos utilizados para
la operación del otorgamiento de la Pensión Alimentaria a las personas adultas mayores
residentes en el Distrito Federal.
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En respuesta, la SDS informó que dichos gastos se ejercieron en la actividad institucional
03 “Otorgar servicios de apoyo social a personas adultas mayores”.
Con la finalidad de llevar a cabo la verificación de los costos que generó la operación de las
actividades institucionales 03 y 36, se revisaron el Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto
fiscalizado, los registros auxiliares, las CLC, las afectaciones programáticas presupuestales,
e información adicional de ambas actividades institucionales proporcionada por la SDS.
Con atenta nota 04/09-APPD/101/08 del 8 de diciembre de 2009 se solicitó a la SDS los
registros auxiliares en los cuales se desagregaron los montos correspondientes a los gastos
de operación generados por el otorgamiento de los servicios y ayudas a las personas
adultas mayores de las actividades institucionales 03 y 36, respectivamente. En respuesta,
mediante el oficio SRM/28/2010 del 26 de enero de 2010, el Subdirector de Recursos
Materiales informó que sólo existía el registro de cada movimiento presupuestal, que se
deriva a su vez de cada CLC, afectación presupuestal y DM, los cuales se registran
sistemáticamente en el Sistema Institucional de Control de Egresos (SICE), el cual es el
único registro presupuestal que tiene la SDS.
En este sentido, el 8 de marzo de 2010, se reunieron en la oficina de la Dirección General
de Administración de la SDS, servidores públicos representantes de dicha instancia así
como representantes de la CMHALDF, a quienes se informó que no se cuenta con registros
desagregados de los costos de operación de las actividades institucionales 03 y 36.
También se indicó que la SDS no cuenta con un sistema desagregado de costos.
En virtud de lo anterior, se concluye que la SDS no contó con indicadores que permitieran
conocer el costo que implicó llevar a cabo la operación de las actividades institucionales
03 y 36 del Programa 13; ni tampoco llevó registros auxiliares que permitieran conocer los
costos que generó la operación de ambas actividades institucionales, por lo que incumplió
el artículo 544 del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008.
Con el propósito de identificar los costos que se generaron para llevar a cabo la operación
de los programas de otorgamiento de servicios y ayudas a los adultos mayores de 70 años
residentes en el Distrito Federal; se revisó el Informe de Cuenta Pública de 2008 de la SDS
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y el Analítico de Egresos 2008. En el Informe de Cuenta Pública de 2008, la SDS reportó
que en la actividad institucional 03 se realizó la operación y supervisión del Programa de
Pensión Universal a 422,500 adultos mayores, con un presupuesto ejercido de 172,902.6 miles
de pesos; asimismo, que se realizaron 16,572 visitas médicas domiciliarias contribuyendo
al mejoramiento de las condiciones de salud de las personas adultas mayores. En cuanto
al Analítico de Egresos 2008 se identificó el presupuesto ejercido a través de los capítulos
de gasto y se determinó el costo por beneficiario, con las cifras siguientes:
(Miles de pesos y por cientos)
Concepto Presupuesto Participación Original Modificado Ejercido (%)
Capítulo 1000 "Servicios Personales" 109,215.2 129,113.3 129,113.3 74.7 Capítulo 2000 "Materiales y Suministros" 507.7 462.4 462.4 0.3 Capítulo 3000 "Servicios Generales" 33,014.0 43,228.2 43,228.2 25.0 Capítulo 4000 "Ayudas y Subsidios" 0.0 22.4 22.4 0.0 Capítulo 5000 "Bienes Muebles" 0.0 76.3 76.3 0.0 Total presupuesto 142,736.9 172,902.6 172,902.6 100.0 Total ayudas otorgadas (pensión alimentaria) 420,000 430,000 430,000 Total servicios otorgados 422,500 422,500 422,500 Costo por adulto mayor (Total presupuesto ejercido / beneficiarios) 402.09
En virtud de lo anterior se concluye que el costo anual que generó la operación del
otorgamiento de los servicios y ayudas a los adultos mayores ascendió a 402.09 pesos
por cada beneficiario, que recibió tanto la Pensión Alimentaria así como los servicios de
apoyo social, a través de visitas domiciliarias de incorporación, seguimiento y atención
de pensionados, valoraciones geriátricas integrales, barrido de domicilio, prevención de la
violencia contra las personas adultas mayores y difusión de los derechos que tiene el
beneficiario. El costo estimado se determinó considerando como base a las 430,000
personas que forman parte del padrón a las que se les otorgó la Pensión Alimentaria y
que a su vez 422,500 personas adultas mayores recibieron servicios de apoyo social.
El total del presupuesto ejercido ascendió a 172,902,598.56 pesos.
De la reunión de confronta celebrada el 17 de mayo de 2010, con el oficio DGA/1360/2010
de la misma fecha, el Director General de Administración de la SDS Social, anexó nota
informativa de la Dirección de Administración del IAAM-DF, en la que se señaló que están
en proceso la construcción de indicadores para su aplicación en el año de 2011. Por tanto,
en este aspecto el resultado no se modifica.
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Recomendación APPD-101-08-43-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social, implemente mecanismos de control y de
supervisión para garantizar que las áreas correspondientes cuenten con registros auxiliares
que reflejen los costos generados en las actividades institucionales correspondientes, como
se establece en el Código Financiero del Distrito Federal.
Recomendación APPD-101-08-44-SDS
Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 13.
19. Resultado
Economía en la Operación del Otorgamiento de la Pensión Alimentaria a las Personas Adultas Mayores Residentes en el Distrito Federal
Con el propósito de verificar la economía con la que se operó el Programa de Pensión
Alimentaria y el otorgamiento de servicios a las personas adultas mayores, se solicitó a la
Subdirección de Recursos Materiales mediante la atenta nota 04/09-APPD/101/08 del
8 de diciembre de 2009, que proporcionara la documentación soporte del procedimiento
de adjudicación del convenio suscrito con la empresa dispersora Mexican Payment Systems,
S.A. de C.V. En respuesta, a través de nota informativa del 8 de marzo de 2010, la
Dirección General de Administración informó que el convenio suscrito no derivó de un
procedimiento de adjudicación, dado que por la naturaleza del programa, no está sujeto
a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, al no brindarse en especie para los
derechohabientes, por ser un sistema de dispersión de recursos económicos.
El sujeto fiscalizado, indicó que “desde la Creación de la Ley que establece el Derecho
a la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años, la empresa que operó la
dispersión de los recursos económicos del Programa Pensión alimentaria fue “Prestaciones
Universales, S.A. de C.V.”, por el período 2001-2007, teniéndose la limitante de que los
derechohabientes del programa sólo podían utilizar la tarjeta en las tiendas comerciales
de Wall Mart, Comercial Mexicana, Gigante y Chedraui”. Asimismo, señaló que a partir de
las reformas a la Ley referida, publicadas el 16 de febrero de 2007, en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal, la tarjeta electrónica pudo ser utilizada no sólo en los principales
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centros autorizados, sino también en los mercados públicos del Distrito Federal, situación
por la que se buscó una empresa que pudiera cubrir las necesidades de la operación del
programa, con experiencia en el manejo y procesamiento de transacciones electrónicas
en línea, tanto en grandes cadenas comerciales como en pequeños comercios establecidos,
entre ellos mercados públicos, y que contará con capacidad de procesar cuando menos
1,000,000 de transacciones electrónicas mensuales correspondientes a las operaciones
de compra y venta en la red de comercios participantes.
También, señaló que los criterios considerados para decidir qué empresa sería la encargada
de dispersar los recursos económicos fueron que la operación del Programa de Pensión
Alimentaria para los Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal no
represente ningún gasto o erogación para el Gobierno del Distrito Federal, derivado de la
realización del proceso de dispersión mensual del monto autorizado por la ALDF;
del manejo y administración de dichos recursos económicos, de la fabricación y emisión
de tarjetas electrónicas para más de 414,000 beneficiarios, de la habilitación de pequeños
comercios y mercados públicos; así mismo como que el manejo de la tarjeta no
representara ningún gasto, comisión o cargo para el derechohabiente (entrega de tarjeta,
uso en establecimientos, reposición de la tarjeta electrónica, consulta de saldos). De igual
forma, como parte de la nota informativa a que se hace referencia con antelación, se
señaló que la empresa cumpliera con los principios siguientes:
a) Universalidad. Proporcionar el acceso a los beneficios de la demanda económica del
Programa de la Pensión Alimentaria al mayor número de comerciantes y locatarios de
mercados públicos en el Distrito Federal;
b) Igualdad. Propiciar la redistribución de la riqueza a través de los beneficiarios, quienes a su
vez derraman los recursos económicos en un mayor número de comercios participantes;
c) Equidad Social. Proporcionar el acceso tecnológico a los medios de pago electrónicos,
a los grupos de comerciantes más vulnerables; y
d) Conveniencia. Brindar un mayor número de opciones de comercios para comprar, lo que
disminuiría costos derivados de los desplazamientos y tiempos de los beneficiarios
para usar la tarjeta.
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Por último, informó como criterio que la empresa no tuviera conflicto de intereses en
cuanto a su estructura accionaria, con respecto a su relación con los principales centros
comerciales, así como que tuviera la capacidad tecnológica para llevar a cabo la dispersión
mensual, controlar y administrar las transacciones realizadas y ejecutar y controlar el
proceso mensual de las altas y bajas.
No obstante, lo anterior la SDS no proporcionó la documentación que soportara el
cumplimiento de los criterios considerados para determinar que la empresa encargada de
dispersar los recursos económicos durante el ejercicio de 2008, fuera la más favorable
o la que ofreciera mejores condiciones en el manejo de los recursos que se dispersaron a
los adultos mayores. Tampoco proporcionó el comparativo de las empresas que fueron
cotizadas con la finalidad de elegir la que mas se apegara a las necesidades que la SDS
buscaba para la operación del Programa de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores
de 70 Años Residentes en el Distrito Federal.
Por tal motivo, con el fin de acreditar el cumplimiento de los criterios a que se hace referencia,
e identificar si la SDS erogó los recursos de manera económica, la CMHALDF solicitó a la
Dirección General de Administración de la SDS mediante atenta nota 13/19-APPD/101/08
del 5 de abril de 2010, la documentación que justificara la información proporcionada
anteriormente, así como la documentación que soportara el cumplimiento de las cláusulas
del convenio de dispersión de recursos económicos celebrado el 1 de octubre de 2007
entre el Gobierno del Distrito Federal y la empresa dispersora, específicamente la
evidencia que la empresa presentó a la SDS para comprobar la capacidad jurídica,
técnica y económica suficiente para convenir y obligarse a la prestación de la dispersión
de los recursos económicos.
Al respecto, con el oficio SRM/332/2010 del 13 de abril de 2010, la Subdirección de Recursos
Financieros, entregó copia del oficio IAAM/JUDRF/004/2010 del 7 de abril de 2010,
remitido por la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros del IAAM-DF,
en el cual hizo referencia a diversos puntos de los documentos solicitados anteriormente,
y a que la Unidad Administrativa del IAAM-DF no tuvo conocimiento del proceso de
adjudicación referido ni tampoco tuvo conocimiento si existió algún tipo de dictamen legal,
toda vez que el área jurídica quien pudiera haberlo elaborado depende directamente
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del Secretario de Desarrollo Social; asimismo, la Subdirección de Recursos Materiales
señaló que la información solicitada estaba en proceso de integración, no obstante, no fue
entregada.
En este sentido no fue posible constatar lo establecido en el párrafo primero del artículo 134
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que indica que los recursos
económicos de que dispongan la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal
y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán
con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos
a los que estén destinados, así como lo indicado en el artículo 380 del Código Financiero
del Distrito Federal, que establece que “Con el objeto de obtener las mejores condiciones
en cuanto a precio, calidad, oportunidad en la adquisición de bienes o contratación de
servicios y generar ahorros, la unidad administrativa o entidad, podrán establecer
compromisos a determinadas partidas de gasto con cargo a los presupuestos aprobados
de las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades conforme a los
requerimientos de éstas, y disponer que los cargos se realicen de manera centralizada
o consolidada a través de la unidad administrativa o entidad que haya formalizado los
compromisos”.
De igual forma la SDS careció de un dictamen legal, emitido por autoridad competente,
respecto a la figura aplicable a la naturaleza de la prestación del servicio objeto del convenio
suscrito con la empresa Mexican Payment Systems, S.A. de C.V.
En la reunión de confronta celebrada el 17 de mayo de 2010, con el oficio DGA/1360/2010
de la misma fecha, el Director General de Administración de la SDS, proporcionó el
currículum de la empresa “Mexican Payment Systems, S.A de C.V”, el Punto de Acuerdo
aprobado en el Primer Período Ordinario de Sesiones del tercer año ejercido, en el Pleno
de la ALDF, en el cual se exhorta al Gobierno del Distrito Federal para que la tarjeta
electrónica otorgada a los adultos mayores, fuera aceptada en los mercados públicos
de la Ciudad de México; copia del acta constitutiva de la empresa dispersora; y, copia del
listado de los comercios afiliados para recibir la tarjeta de la Pensión Alimentaria, del cual
se identificaron 1,844 comercios. Sin embargo, dicha información no fue suficiente para
verificar la transparencia con la que se otorgó dicho convenio, ni evidenció que la empresa
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dispersora fuera la más conveniente, o la que brindara las mejores condiciones y cobertura
para el Gobierno del Distrito Federal, por tanto, en este aspecto el resultado no se modifica.
Recomendación APPD-101-08-45-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social, establezca mecanismos de control
y de supervisión para garantizar que en la contratación de los bienes y servicios en los
que se utilicen recursos públicos se obtengan las mejores condiciones para el Gobierno
del Distrito Federal y se deje evidencia de ellos en los expedientes respectivos.
Recomendación APPD-101-08-46-SDS
Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social, establezca mecanismos de control
para garantizar que los convenios celebrados en materia de dispersión de recursos
cuenten con dictamen técnico legal que establezca la figura jurídica mediante la cual se
celebran dichos convenios.
20. Resultado
Dispersión de los Recursos Económicos
De acuerdo a la revisión de los convenios de dispersión de recursos económicos celebrados
con la empresa Mexican Payment Systems, S.A. de C.V., el 1 de octubre de 2007 y 19 de
marzo de 2008, se verificó que dicha empresa fue la que realizaría la dispersión de los
recursos económicos con la finalidad de cumplir con la Ley que Establece el Derecho a la
Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años, Residentes en el Distrito
Federal, mediante el depósito de la cantidad de 788.85 mensuales (o el monto que lo
sustituya en el futuro), en las “Tarjetas Electrónicas GDF”, que debe emitir “LA EMPRESA”
a favor de cada uno de los beneficiarios, residentes en el Distrito Federal indicados por
“EL GDF”, las tarjetas se utilizarían como medio de pago en los comercios del Distrito
Federal (incluyendo, sin limitar, pequeños comercios, mercados públicos, supermercados,
cadenas comerciales, etc.), que decidan afiliarse al “Sistema de Tarjeta Electrónica GDF”
para la adquisición de alimentos en cualquiera de sus presentaciones y otros bienes
y servicios que requiera el adulto mayor.
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Al respecto, se solicitó a la SDS, que proporcionara copia de los recibos firmados con
los cuales se recibieron los recursos por parte del Gobierno del Distrito Federal para
ser dispersados a las cuentas de los beneficiarios; así como los estados de cuenta
correspondientes al ejercicio en revisión relativos a los movimientos realizados por la empresa
dispersora. Con el oficio SRM/332/2010 del 13 de abril de 2010, la Subdirección de Recursos
Financieros, entregó copia del oficio IAAM/JUDRF/004/2010 del 7 de abril de 2010, remitido
por la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros del IAAM-DF en el cual
anexó los oficios de acuse de recibo de recursos a dispersar en 2008; así como los oficios
en los que se indicó el total de recursos dispersados, así como las fechas en las que se
realizó la dispersión. De lo anterior se deriva la información que se indica a continuación:
(Miles de pesos)
Calendario de dispersión de recursos según convenio
Oficio
Mes Fecha de
depósito
Fecha de
dispersión
Fecha en la que se recibieron los recursos
Fecha en la que se dispersaron
los recursos
Monto de la
dispersión
Beneficiarios
Enero Primeros cinco días hábiles de enero
Primeros cinco días hábiles de enero
2/01/2008
2/I/2008
315,936.1
416,500
29/II/2008 1/III/2008 12,432.4 410,309* Febrero 30 de enero 1 de febrero 29/I/2008 1/II/2008 315,936.1 416,500 29/II/2008 1/III/2008 12,505.8 412,734* Marzo 28 de febrero 1 de marzo 29/II/2008 1/III/2008 328,556.0 416,500 Abril 28 de marzo 1 de abril 31/III/2008 1/III/2008 328,556.0 416,500 Mayo 29 de abril 1 de mayo 30/IV/2008 1/V/2008 328,556.0 416,500 Junio 29 de mayo 1 de junio 30/V/2008 1/VI/2008 330,922.6 419,500 Julio 27 de junio 1 de julio 30/VI/2008 1/VII/2008 330,922.6 419,500 Agosto 30 de julio 1 de agosto 31/VII/2008 1/VIII/2008 333,289.1 422,500 Septiembre 28 de agosto 1 de septiembre 29/VIII/2008 1/IX/2008 333,289.1 422,500 Octubre 29 de septiembre 1 de octubre 30/IX/2008 1/X/2008 336,050.1 426,000 Noviembre 30 de octubre 1 de noviembre 31/X/2008 1/XI/2008 336,838.9 427,000 Diciembre 27 de noviembre 1 de diciembre 31/X/2008 1/XI/2008 339,205.5 430,000
* Número de personas a las que se les aplicó pago retroactivo de los meses de enero y febrero.
En función de lo anterior, se observó que existieron desfases de uno y tres días en la
recepción de los recursos con relación al calendario de fechas de depósito de los recursos
a la empresa dispersora. Asimismo, se observó que en el mes de abril, mediante el oficio
MPS/GDF/032/08 del 2 de abril, la empresa dispersora informó a la Dirección de Operaciones
del IAAM-DF, que los recursos correspondientes a dicho mes, fueron dispersados el 1o. de
marzo de 2008, situación incongruente en relación a la fecha en la que se señala que
se recibieron los recursos (31 de marzo de 2008). También, se detectó que en el mes
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de diciembre, la empresa informó al IAAM-DF con los oficios MPS/GDF/150/08 y
MPS/GDF/151/08, del 1 de diciembre del mismo año, que los recursos para dispersarse
en el mes de diciembre, se recibieron el 31 de octubre de 2008, y se dispersaron el 1o. de
noviembre del mismo año, respectivamente. Dicha situación implicó el desfase de un mes,
de acuerdo al calendario de fechas, con relación al depósito y dispersión de recursos;
situación que incumplió lo estipulado en el calendario de dispersión de recursos económicos
del Convenio.
También, se observó que se cubrieron a los beneficiarios retroactivos por 30.3 pesos de los
meses de enero y febrero de 2008, por un total de 12,432.4 miles de pesos correspondientes
a 410,309 personas y 12,505.8 miles de pesos correspondientes a 412,734 adultos mayores;
sin embargo, en dichos meses la dispersión de recursos se realizó a 416,500 personas,
por lo que se identificó una diferencia de 6,191 y 3,766 beneficiarios, respectivamente.
Se verificó que el monto del Convenio para el ejercicio de 2008 ascendió a 3,983,298.1 miles
de pesos, cuya vigencia fue del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008. No obstante, el
total de recursos que se erogaron mediante CLC con cargo a la actividad institucional 36 fue
por 3,945,473.9 miles de pesos, detectándose una diferencia de 37,824.2 miles de pesos.
Al respecto se identificó que existieron 12 DM a través de los cuales se reintegraron los
recursos de los beneficiarios que fueron dados de baja, cuya distribución por Delegación,
se muestra a continuación:
(Pesos)
Delegación Monto devuelto
Total 37,531.30Álvaro Obregón 2,386.30Azcapotzalco 2,453.20Benito Juárez 3,808.40Coyoacán 3,167.40Cuajimalpa de Morelos 266.40Cuauhtémoc 2,762.60Gustavo A. Madero 7,412.10Iztacalco 1,840.40Iztapalapa 4,667.70Magdalena Contreras 670.90Miguel Hidalgo 1,701.50Milpa Alta 233.60Tláhuac 480.90Tlalpan 1,937.00Venustiano Carranza 2,843.00Xochimilco 899.90
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Al respecto, se verificó que dichos reintegros se realizaron a través de los siguientes
oficios y todos ellos correspondientes al ejercicio 2008.
● MPS/GDF/005/08, del 22 de enero,
● MPS/GDF/017/08, del 21 de febrero,
● MPS/GDF/028/08, del 26 de marzo,
● MPS/GDF/039/08, del 21 de abril,
● MPS/GDF/059/08, del 20 de mayo,
● MPS/GDF/079/08, del 20 de junio,
● MPS/GDF/079/08, del 22 de julio,
● MPS/GDF/105/08, del 21 de agosto,
● MPS/GDF/115/08, del 22 de septiembre,
● MPS/GDF/132/08, del 20 de octubre,
● MPS/GDF/147/08, del 24 de noviembre, y
● MPS/GDF/157/08, del 19 de diciembre.
A través de estos oficios la empresa dispersora entregó a la Dirección general de
Administración de la SDS, cheques certificados del Banco Mercantil del Norte, S.A.,
a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Finanzas/Tesorería del Gobierno
del Distrito Federal.
El saldo restante por 292.9 miles de pesos, fue en virtud de que el presupuesto autorizado
en el Programa Operativo Anual 2008 fue de 3,823,092.0 miles de pesos, cantidad que
disminuyó en 160,206.1 miles de pesos, el monto estipulado en el Convenio (3,983,298.1 miles
de pesos), mientras que la diferencia del total dispersado por 3,945,473.9 miles de pesos
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respecto del monto autorizado en el POA, fue un incremento del presupuesto por
122,381.9 miles de pesos. Dichas diferencias integraron los 37,824.2 miles de pesos,
identificados entre el monto estipulado en el Convenio y el total de recursos erogados
mediante CLC.
Sin embargo, de la revisión de los oficios a través de los cuales se realizaron los reintegros,
se detectaron diferencias entre el cálculo del importe generado por las bajas del mes y las
cantidades devueltas por la empresa, considerando los 788.85 pesos por Pensión Alimentaria
que se les otorgaba a cada adulto mayor, como se indica a continuación:
(Personas, pesos)
Mes Bajas Monto reintegrado Cálculo del importe Diferencia (2) – (3)
(1) (2) (3) (4)
Total 31,208 37,531,485.77 24,618,430.80 12,913,054.97 Enero 2,427 4,809,837.29 1,914,538.95 2,895,298.34 Febrero 3,766 4,846,653.14 2,970,809.10 1,875,844.04 Marzo 3,310 3,466,445.07 2,611,093.50 855,351.57 Abril 3,156 3,154,992.02 2,489,610.60 665,381.42 Mayo 2,360 2,442,072.50 1,861,686.00 580,386.50 Junio 2,555 2,699,150.14 2,015,511.75 683,638.39 Julio 2,118 2,907,489.73 1,670,784.30 1,236,705.43 Agosto 1,855 2,232,101.96 1,463,316.75 768,785.21 Septiembre 1,953 2,309,623.27 1,540,624.05 768,999.22 Octubre 2,715 3,211,651.14 2,141,727.75 1,069,923.39 Noviembre 2,915 3,112,591.44 2,299,497.75 813,093.69 Diciembre 2,078 2,338,878.07 1,639,230.30 699,647.77
(3) Monto del apoyo por número de bajas.
Recomendación APPD-101-08-47-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social, establezca mecanismos de control,
para garantizar que los recursos sean depositados a la empresa dispersora oportunamente,
de acuerdo a las fechas indicadas en el calendario del convenio modificatorio de recursos
económicos.
366 VOLUMEN 12/13
Calidad en el Servicio
21. Resultado
Oportunidad en la entrega de Tarjetas Nuevas de la Pensión Alimentaria
El artículo 10 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria
para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal, vigente en 2008,45
señala que el adulto mayor que cumpla con los requisitos establecidos, podrá solicitar
la pensión de manera directa en los centros de salud del sistema de salud del Distrito
Federal; el articulo 12 del mismo ordenamiento, establece que la solicitud deberá
contener: a) nombre completo (nombre, apellido paterno y apellido materno), b) en caso
de las mujeres adultas mayores, los apellidos deben corresponder a los de soltera
y c) domicilio completo de residencia; por otra parte el articulo 16 establece que una vez
que el IAAM-DF haya corroborado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el
reglamento, incluirá los datos del adulto mayor en lista de espera de solicitudes, para ser
incorporado al padrón de beneficiarios como pensionado en un tiempo no mayor de seis
meses, contados a partir de la presentación de la solicitud.
Al respecto, el día 7 de octubre de 2009, se aplicó el Cuestionario de Control Interno46
a la Lic. Norma Leticia Castillo Lara, Jefa de la Unidad Departamental de Control de
Tarjetas de Pensión, del IAAM-DF y designada como Enlace Institucional para este
propósito, quien a pregunta expresa relacionada con las políticas y estándares de calidad
relativos a la operación del Programa de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de
70 Años Residentes en el Distrito Federal, en respuesta con oficio DPA/095/09 del 14 de
octubre de 2009, suscrito por la Directora de la Pensión Alimentaria, informa que el IAAM-DF
cuenta con políticas y estándares de calidad en los procedimientos, relacionados con los
tiempos para la incorporación al padrón de derechohabientes, tiempo en lista de espera;
tal como lo prevé el articulo 16 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho
a la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito
Federal.
45 Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta años Residentes
en el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2003. 46 Cuestionario de Control Interno, aplicado el 7 de octubre de 2009 a la Lic. Norma Leticia Castillo Lara, Jefa de la Unidad
Departamental de Control de Tarjetas de Pensión y designada como Enlace Institucional y la CMHALDF.
367 VOLUMEN 12/13
Con el objeto de conocer la oportunidad y transparencia con que el IAAM-DF operó los
procedimientos para la entrega de los apoyos del Programa de la Pensión Alimentaria
para Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal, se solicitó con atenta
nota 12/10-APPD/1001/08 del 22 de marzo de 2010, que con relación a los procedimientos
de incorporación al padrón de derechohabientes de la Pensión Alimentaria y al de entrega
de tarjetas plásticas al adulto mayor incorporado al padrón de beneficiarios, proporcionara
una relación con los movimientos mensuales de 2008, incluyendo nombre del solicitante,
fecha de solicitud, fecha de verificación de requisitos, fecha de alta del padrón y fecha de
entrega de tarjeta.
En respuesta, con oficio IAAM/DA/340/2010 del 26 de marzo de 2010, suscrito por el
Director Administrativo del IAAM-DF, el sujeto fiscalizado entregó en medio magnético
la cédula “Fecha Solicitud, Entregados” la cual consta de un listado de 45,648 visitas de
verificación de requisitos para la incorporación al padrón de derechohabientes con los
siguientes campos: Delegación, nombre del solicitante, fecha de verificación de requisitos,
fecha de alta en el padrón, status y fecha de baja del padrón. Cabe aclarar que esta
información no contó con la fecha en la que el adulto mayor o su representante hacen
la solicitud de incorporación al padrón de beneficiarios.
Se comparó que el total de estas 45,648 visitas de verificación de requisitos, realizadas
en 2008, con la cifra reportada en la cédula “Visitas domiciliarías 2008”, proporcionada por
la SDS con oficio DGA/2691/2009 del 7 de septiembre de 2009, atendiendo el primer
requerimiento de información formulado por la CMHAALDF, con oficio APPD/09/466
del 26 de agosto de 2009, girado por la Dirección General de Auditoría Programática
Presupuestal y de Desempeño, en dicha cédula se reportan 48,886 visitas de verificación
de requisitos, por lo que se detectó una diferencia de 3,238 visitas, lo que denota la falta
de confiabilidad en los registros proporcionados por el IAAM-DF.
Por otra parte, para determinar el tiempo transcurrido entre la fecha en que el adulto
mayor realizó la solicitud de incorporación al padrón de beneficiarios y la fecha de entrega
de tarjetas, se seleccionó en forma aleatoria una muestra de 400 visitas de verificación
realizadas en 2008, de las cuales, a partir del análisis de la información, se pudo constatar
que los tiempos transcurridos en días calendario fueron como se muestra a continuación:
368 VOLUMEN 12/13
(Casos y por cientos)
Tiempos días calendario
De la verificación de requisitos al alta en el padrón
Del alta en el padrón a la entrega de la tarjeta plástica
Total trámite
Casos Porcentaje Casos Porcentaje Casos Porcentaje
Total 400 100.00 400 100.00 400 100.00 0 a 10 72 18.00 11 a 20 74 18.50 31 7.75 21 a 30 104 26.00 72 18.00 8 2.00 31 a 40 78 19.50 110 27.50 34 8.50 41 a 50 43 10.75 117 29.25 69 17.25 51 a 60 17 4.25 22 5.50 49 12.25 61 a 70 9 2.25 5 1.25 61 15.25 71 a 80 2 0.50 33 8.25 80 20.00 81 a 90 1 0.25 1 0.25 34 8.50 91 1 100 17 4.25 101 a 110 15 3.75 111 a 120 19 4.75 121 a 130 4 1.00 131 a 140 1 0.25 N/A* 9 2.25 9 2.25
* Son casos que no aplican; ya que al no contar con las fechas de entrega de tarjetas, fue improcedente determinar el número de días transcurridos.
Como se observa en la información anterior, el tiempo en días calendario transcurrido a
partir de la fecha de verificación de requisitos, y hasta la fecha de incorporación al padrón,
fue para el 18% de los casos menor a 10 días , el 18.5% entre 11 y 20 días; el 26% entre
21 y 30 días; el 19.5% entre 31 y 40 días y para el restante 10.75% fue entre 41 y 50 días,
lo que implica que para el 62.5 % de los casos la incorporación al padrón de beneficiarios,
a partir de la fecha de verificación, fue igual o menor a un mes y el restante 47.5% va de
los 31 a los 90 días en diferente proporción.
De lo anterior se observa que el 100% de los casos fueron ingresados al padrón de
derechohabientes en menos de 90 días contados a partir de la fecha de verificación
de requisitos, sin embargo no fue posible determinar que la entrega se haya realizado de
manera oportuna ya que el IAAM-DF no proporcionó el registro de las fechas de solicitud
de incorporación al padrón de derechohabientes como ya se mencionó con anterioridad,
dato indispensable para determinar el cumplimiento de los términos del articulo 16 del citado
reglamento,47 en el cual se establece que la incorporación al padrón de beneficiarios como
47 Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta años Residentes
en el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2003
369 VOLUMEN 12/13
pensionado deberá realizarse en un tiempo no mayor a seis meses, contados a partir de
la presentación de la solicitud.
Por otra parte el Manual Administrativo del IAAM-DF con número de registro MA-0811-9/07,48
en el procedimiento número 002 “Entrega de Tarjeta Plástica de la Pensión Alimentaria
al Adulto Mayor Incorporado al Padrón de Derechohabientes”, establece que la entrega de la
tarjeta plástica se realizará en un tiempo de 20 días, plazo que se aplica a partir de que
la Educadora Comunitaria cuenta físicamente con éstas. En tal sentido, y a fin de corroborar
que el personal del IAAM-DF haya cumplido con lo establecido en este procedimiento, se
analizaron los días transcurridos a partir de la fecha de alta en el padrón y hasta la fecha
de la entrega de tarjetas.
Como se observa en la información anterior, en el 7.75% de los casos los días transcurridos
para la entrega de tarjetas fue menor de 20 días, para el 18% de los casos el tiempo
transcurrido varió de entre 21 y 30 días, para el 27.5% los días transcurridos variaron de
entre 31 y 40; en el 29.25% de los casos el tiempo fue de entre 41 y 50 días; para el 5.5%
entre 51 y 60 días; y el restante 9.75 varió entre 61 y 90 días.
De lo anterior se concluye que la entrega de las tarjetas plásticas no fue oportuna; ya que
para el 90% de los casos el tiempo transcurrido para la entrega de tarjeta excedió los 20 días
establecidos en el Manual de Procedimientos, procedimiento número 002 “Entrega
de Tarjeta Plástica de la Pensión Alimentaria al Adulto Mayor Incorporado al Padrón de
Derechohabientes”, ya que en la normatividad antes señalada, no se localiza la precisión
en el tiempo que debe transcurrir entre la presentación de la solicitud y hasta la entrega
de la tarjeta.
En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con
el oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín
Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa
documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se encontraba la nota informativa
sin número, ni fecha suscrito por el Ing. Rubén Fuentes Rodríguez, Director de la Pensión
48 Autorizado a través de la CGMA, adscrita a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, con oficio GMA/DDO/3108/08,
del 26 de noviembre de 2008 y registro con número MA-08011-9/07 correspondiente al dictamen 09/2007.
370 VOLUMEN 12/13
Alimentaria, del IAAM-DF con la que señala que “de acuerdo a lo establecido en el
reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para Adultos
Mayores de Setenta Años, residentes en el Distrito Federal, una vez que ha comprobado
cumplir con los requisitos que marca la Ley, se le registra en la lista de espera, y debe recibir
a más tardar en los siguientes seis meses a partir de este registro su tarjeta electrónica”.
Al respecto, se reitera lo establecido en el articulo 16 del Reglamento antes citado y lo
establecido en el Manual Administrativo del IAAM-DF, procedimiento núm. 002 “Entrega
de Tarjeta Plástica de la Pensión Alimentaria al Adulto Mayor Incorporado al Padrón de
Derechohabientes” por lo que la documentación presentada por el sujeto fiscalizado, no
modifica el resultado.
Recomendación APPD-101-08-48-SDS
Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social instrumente mecanismos de control
interno en el Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, a fin
de que en la base de datos del Sistema de la Pensión Alimentaria, se localicen las fechas
de solicitud de incorporación y reincorporación al padrón de beneficiarios, de acuerdo
a los términos contenidos en el Reglamento de la Ley que establece el Derecho a la
Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito
Federal.
Recomendación APPD-101-08-49-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención
de los Adultos Mayores en el Distrito Federal implemente mecanismos de supervisión que le
permitan constatar que los procesos de entrega de tarjetas plásticas se realicen en los tiempos
establecidos en el procedimiento “Entrega de Tarjeta Plástica de la Pensión Alimentaria
al Adulto Mayor Incorporado al Padrón de Derechohabientes”, el cual forma parte de su
Manual Administrativo.
371 VOLUMEN 12/13
22. Resultado
Oportunidad en los Procesos de Reincorporación
El artículo 49 del Reglamento de Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria
para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal, vigente en 2008,
establece que derivado de la baja del padrón de beneficiarios de la Pensión Alimentaria,
el adulto mayor o representante podrá solicitar hasta por tres ocasiones más, su
reincorporación. Dicha petición se realizará ante el superior jerárquico de la autoridad que
emitió la baja.
En el artículo 51 del citado reglamento, se prevé que una vez recibido el escrito de solicitud
de reincorporación, el superior jerárquico, ordenará las investigaciones que correspondan
al caso. Asimismo, contará con 10 días hábiles para resolverla, contados a partir de que
se reciba formalmente la solicitud de reincorporación. En el artículo 53 se establece que si
el superior jerárquico ordena la reincorporación en el padrón de beneficiarios de la Pensión
Alimentaria, ésta deberá cumplirse en un plazo de 20 días hábiles contados a partir de
que se haya mandado la reincorporación y con apego de los calendarios establecidos para
altas y bajas en el padrón de la Pensión Alimentaria.
A fin de determinar la oportunidad con que estos procesos de reincorporación se han llevado
acabo, se solicitó al IAAM-DF a través de la atenta nota 12/10-APPD/1001/08 del 22 de
marzo de 2010 una relación con los movimientos de reincorporación de derechohabientes
al padrón, correspondiente al año 2008, en respuesta el IAAM-DF entregó con oficio
IAAM/DA/340/2010 del 26 de marzo de 2010, suscrito por el Director de Administración,
la cédula “Reingreso 2008” la cual contó con los siguientes campos: Delegación, nombre
completo, fecha de verificación de requisitos, fecha de alta, fecha de entrega de tarjetas,
status y fecha de baja, sin incluir la fecha de solicitud de reincorporación.
La información proporcionada fue verificada en lo que hace a la determinación de los
tiempos consumidos en la atención para la reincorporación al padrón, para lo cual se
seleccionó en forma aleatoria una muestra de 400 casos de reincorporación tramitados
en 2008, de los cuales, a partir del análisis de la información se pudo constatar que los
tiempos transcurridos en días calendario fueron como se muestra a continuación:
372 VOLUMEN 12/13
(Casos y por cientos)
Tiempos días calendario
De la verificación de requisito al reingreso al padrón
Del reingreso al padrón a la entrega de la tarjeta plástica
Total trámite
Casos Porcentaje Casos Porcentaje Casos Porcentaje
Total 400 100.00 400 100.00 400 100.00 3 a 10 89 22.25 3 0.75 0 0.00 11 a 20 141 35.25 18 4.50 3 0.75 21 a 30 101 25.25 98 24.50 14 3.50 31 a 40 48 12 127 31.75 27 6.75 41 a 50 15 3.75 72 18.00 106 26.50 51 a 60 1 0.25 25 6.25 75 18.75 61 a 70 1 0.25 6 1.50 70 17.50 71 a 80 0 0 2 0.50 35 8.75 81 a 90 1 0.25 0 0.00 13 3.25 91 a 100 1 0.25 3 0.75 5 1.25 101 a 110 0 0.00 2 0.50 111 a 120 3 0.75 131 a 140 1 0.25 141 a 150 1 0.25 0.00 151 a 390 6 1.50 6 1.50 N/A 1 0.25 40 10.00 40 10.00
N/A: Son casos que no aplican; ya que al no contar con las fechas de entrega de las tarjetas, no fue posible determinar el número de días transcurridos.
Como se muestra en la información anterior los tiempos transcurridos a partir de la fecha
de verificación de requisitos, y hasta la fecha de reincorporación al padrón, variaron entre
3 y 150 días, para el 22.25% de los casos la variación fue menor a 10 días, para el
35.25% fue entre 11 y 20 días, para el 25.25% de los casos los días variaron entre 21 y
30 días, para el 12% los días transcurridos variaron entre 30 y 40 días; lo que representa
que para el 82.75% de los casos la entrega fue menor a 30 días calendario.
Del comportamiento de los datos anteriores se advierte que la aplicación del procedimiento
para la reincorporación al padrón de derechohabientes por parte del personal del IAAM- DF,
fue oportuna, ya que para el 82.75% de los casos la reincorporación a partir de la verificación
de requisitos se dio en menos de 30 días calendario, cumpliendo así con lo establecido en
el articulo 53 del Reglamento de Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria
para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal en el que
se prevé que en caso de resultar procedente la reincorporación, ésta deberá realizarse
en 20 días hábiles.
373 VOLUMEN 12/13
23. Resultado
Equidad en los Procesos de Difusión
El artículo 61, fracción IV, del Reglamento Interior de la Administración Publica del Distrito
Federal, dispone que el IAAM-DF tiene la atribución de “Promover la Difusión, reconocimiento
y ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores” y en la fracción X se señala
la de “Promover entre los sectores social y privado los programas de gobierno a favor de
las personas adultas mayores”. En función de ello, a continuación se analizan estos dos
componentes del proceso de difusión de los derechos de este grupo poblacional.
1. Promoción de los derechos de los adultos mayores
Al respecto, el Programa Institucional 2008- 2012 del IAAM-DF contempla la realización
de un programa denominado “Difusión de los Derechos de las Personas Adultas Mayores”
y entre sus acciones prioritarias se encuentra el “elaborar y distribuir material informativo
impreso para promover los derechos de las personas adultas mayores, la cultura de
envejecimiento, las actividades del Instituto, así como otros temas de interés”.
A fin de constatar que las acciones de difusión de los derechos de los adultos mayores y que
los servicios que ofreció el IAAM-DF en 2008, hayan sido orientados de manera equitativa
a la población objetivo, se requirió al sujeto fiscalizado con atenta nota 02/09-APPD/101/08,
del 24 de noviembre de 2009, que proporcionara copia de los informes de avances
mensuales, trimestrales y anual 2008, del programa en mención.
En respuesta con oficio DPA/161/09 del 27 de noviembre de 2009, suscrito por la Directora
de la Pensión Alimentaria, se señala que el IAAM-DF durante 2008 realizó las acciones
relacionadas lo siguiente:
a) Exposición gráfica itinerante de las personas adultas mayores, la cual se exhibió de
forma permanente en diversas estaciones del Sistema de Transporte Colectivo Metro,
durante 11 meses.
b) Participación en ferias de servicios, exposiciones y eventos diversos en los que se
distribuyó el folleto “Los Derechos de las Personas Adultas Mayores en la Ciudad
de México”.
374 VOLUMEN 12/13
c) En todos los cursos, seminarios y pláticas que se dieron a las personas adultas
mayores y a la población en general se incluye el tema de “Cronología y Acciones
para la Defensa de los Derechos de las Personas Adultas Mayores”.
d) Participación en el “Programa Sabatino Radio Familia DIF-Familia DF”, dedicado a los
adultos mayores para la promoción y difusión de sus derechos; a través de los
programas, servicios y acciones.
f) El Consejo Asesor para la Integración, Asistencia, Promoción y Defensa de los Derechos
de las Personas Adultas Mayores, el cual es un espacio de difusión y fortalecimiento
de los derechos de los adultos mayores, el cual está integrado por funcionarios del
gobierno del Distrito Federal, por ciudadanos destacados por su labor a favor de los
adultos mayores y por representantes de los Consejos Delegacionales.
Con objeto de corroborar la información anterior se solicitó al sujeto fiscalizado que
proporcionara documentación soporte de estas acciones de difusión; en respuesta, con
oficio DPA/208/09 del 18 de diciembre de 2009, suscrito por la Directora de la Pensión
Alimentaria, el IAAM-DF entregó copia del documental expuesto en el Sistema de Transporte
Colectivo Metro.
Con oficio IAAM/305/2010 del 19 de marzo de 2010 suscrito por el Lic. Manuel de Jesús
Luján, Director de Administración del IAAM-DF proporcionó en archivo electrónico la
información presentada en las sesiones del citado Consejo; siendo éstas la Vigésima
Octava, del 30 de junio, la Vigésima Novena del 25 de septiembre y la Trigésima del 26
de noviembre, todas ellas celebradas en 2008. La documentación está integrada por el
orden del día, minuta de la sesión anterior e informes diversos.
Después de proceder al análisis de la información señalada, se observó que de las cinco
acciones mencionadas por el IAAM-DF, únicamente se mostró evidencia de la realización
de dos de ellas. Por lo anterior, se concluye que la promoción de los derechos de las
personas adultas mayores realizada por el IAAM-DF es ineficaz; incumpliendo por lo tanto,
los términos de la fracción IV del citado Reglamento.49
49 Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes
en el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el día 31 de diciembre de 2003.
375 VOLUMEN 12/13
2. Promoción de los programas de apoyo a las personas adultas mayores
Respecto a la promoción de los programas de apoyo a los adultos mayores, con atenta
nota 04/09-101/08 del 8 de diciembre de 2009, se solicitó a la SDS que describiera los
medios a través de los cuales se llevó a cabo la difusión de los servicios y el apoyo que se
otorga a las personas adultas mayores en el Distrito Federal, en respuesta, con oficio
SRM/1607/2010 del 10 de marzo de 2010, suscrito por el Subdirector de Recursos
Materiales, se informa que el IAAM-DF no contó con recursos presupuestales para
realizar este tipo de material y que solamente se distribuyeron folletos informativos
proporcionados por la empresa dispersora, ya que la mayor difusión se lleva a cabo a
través de las visitas domiciliarias realizadas por las Educadoras Comunitarias, anexando
copia del folleto proporcionado por la empresa dispersora.
En la revisión de este material se pudo constatar que la información proporcionada era
una copia del folleto denominado “Boletín Informativo” impreso y difundido en 2009, en tal
virtud la SDS no estuvo en condiciones de demostrar que durante 2008, contaron con
este material de difusión.
El “Boletín Informativo” correspondiente a 2009, se integra por los siguientes apartados:
● Revise su saldo actualizado en cada ticket de compra.
● Su depósito cada primero de mes garantizado.
● Reporte de robo daño o extravió de su tarjeta al 91-26-99-99.
● Identifique los comercios participantes.
● Utilice su tarjeta de la Pensión Alimentaria en su tienda favorita (cupones a su tienda
favorita para que acepte su tarjeta de la Pensión Alimentaria).
● Algunos programas que ofrece el Gobierno del Distrito Federal a los adultos mayores.
● Domicilio de los módulos de atención y del IAAM-DF.
376 VOLUMEN 12/13
Por otra parte, a fin de determinar el número de visitas domiciliarias llevadas a cabo para
la promoción y difusión de los derechos de los adultos mayores realizadas en 2008, se
analizó la cédula “Visitas Domiciliarias”;50 este documento fue proporcionado por la SDS con
oficio DGA/2691/2009 del 7 de septiembre de 2009, atendiendo el primer requerimiento de
información formulado por la CMHALDF, con oficio APPD/09/466 del 26 de agosto de 2009,
de la Dirección General de Auditoría Programática Presupuestal y de Desempeño.
La cédula señalada “Visitas Domiciliarias”, contiene las incidencias respecto a los conceptos
de las visitas de seguimiento de sobrevivencia, visitas médicas domiciliarias, barrido,
verificación de datos de tramite de ingresos, entrega de tarjetas, entrega de reposición,
seguimiento de queja, levantamiento de información, entrega de invitaciones, promoción
y difusión y por otros motivos.
(Incidencias y por cientos)
Tipo de de incidencia Total anual Proporción
Total 2,846,755 100.00 Seguimiento Sobrevivencia
1,162,979 48.85
Visita médica domiciliaria 16,861 0.59 Barrido 83,876 2.95 Verificación de datos de trámite de ingreso
48,886 1.72
Entrega de tarjetas 44,977 1.58 Entrega de reposición 13,417 0.47 Seguimiento de queja 10,632 0.37 Levantamiento de información
47,491 1.67
Entrega de invitaciones 13,793 0.48 Promoción y difusión 1,401,399 49.23 Otros motivos 2,444 0.09
De los datos anteriores se concluye que de un total de 2,846,755 acciones realizadas
relativas a visitas domiciliarias, solamente 1,401,399, se clasifican como acciones de
promoción y difusión, representando el 49.23 % del total.
50 Información entregada por el sujeto fiscalizado con oficio DGA/2691/2009 del 7 de septiembre de 2009.
377 VOLUMEN 12/13
Con el propósito de determinar la equidad con la que el IAAM-DF orientó la difusión de los
programas de gobierno a favor de las personas adultas mayores a través de las visitas
domiciliarias para promoción y difusión, se efectuó un análisis comparativo entre el número
de derechohabientes de la Pensión Alimentaria por Delegación y el número de visitas
domiciliarias para promoción y difusión, llevadas a cabo por el IAAM-DF; los resultados
son los siguientes:
(Personas, visitas y por cientos)
Delegación Derechohabiente pensión
alimentaria
Composición porcentual
Visitas de promoción y difusión
Composición porcentual
Visitas por derechohabiente
Total 430,000 100.00 1,401,399 100.00 3.26 Álvaro Obregón 31,426 7.31 155,359 11.09 4.94 Azcapotzalco 26,134 6.08 70,715 5.05 2.71 Benito Juárez 27,932 6.5 66,376 4.74 2.38 Coyoacán 36,400 8.47 99,303 7.09 2.73 Cuajimalpa de Morelos 4,783 1.11 31,509 2.25 6.59 Cuauhtémoc 32,242 7.5 111,627 7.97 3.46 Gustavo A. Madero 69,518 16.17 229,735 16.39 3.3 Iztacalco 24,383 5.67 46,563 3.32 1.91 Iztapalapa 65,996 15.35 187,158 13.26 2.84 Magdalena Contreras 9,833 2.29 43,840 3.13 4.46 Miguel Hidalgo 20,220 4.7 64,888 4.63 3.21 Milpa Alta 4,050 0.94 21,871 1.56 5.4 Tláhuac 10,108 2.35 47,342 3.38 4.68 Tlalpan 23,847 5.55 88,026 6.28 3.69 Venustiano Carranza 28,135 6.54 79,093 5.64 2.81 Xochimilco 14,993 3.49 57,994 4.14 3.87
De la información anterior se desprende que las visitas domiciliarias para promoción
y difusión por derechohabiente en cada Delegación varían en un rango entre 6.59 y 2.38
visitas, registrándose 3.26 visitas a nivel total para 2008. La Delegación Cuajimalpa de
Morelos fue la que mayor número de visitas por derechohabiente tuvo, seguida por Milpa
Alta con 5.40, Álvaro Obregón con 4.94, y Tláhuac con 4.68. Por su parte, Magdalena
Contreras se registraron 4.46, en Tlalpan 3.69 y en Xochimilco 3.87 visitas; le siguen
Azcapotzalco, Coyoacán, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, Miguel Hidalgo y
Venustiano Carranza con aproximadamente 3 visitas y por ultimo Benito Juárez e Iztacalco
con cerca de 2 visitas por derechohabiente.
Por lo anterior, se concluye que la promoción y difusión que el IAAM-DF realiza a fin
de dar cumplimiento a las atribuciones señaladas en el articulo 61, fracciones IV y X,
378 VOLUMEN 12/13
del Reglamento Interior de la Administración Publica del Distrito Federal, no son orientadas
de manera equitativa entre la población objetivo.
En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con
el oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín
Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa
documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se encontraba la nota informativa
sin número, ni fecha suscrita por el Ing. Rubén Fuentes Rodríguez, Director de la Pensión
Alimentaria, del IAAM-DF con la que señala que “durante 2008 el Instituto para la Atención
de los Adultos Mayores en el Distrito Federal no contó con recursos para realizar acciones de
difusión”.
Al respecto, el sujeto fiscalizado no aporta documentación específica, por lo que este
resultado no se modifica.
Recomendación APPD-101-08-50-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención
de los Adultos Mayores en el Distrito Federal implemente los mecanismos de control
necesarios que le permitan contar con documentación soporte del desarrollo de las acciones
realizadas en materia de difusión, reconocimiento y ejercicio de los derechos de las
personas adultas mayores; así como de la promoción de los programas de gobierno en favor
de este grupo poblacional, derivadas del Reglamento Interior de la Administración Publica
del Distrito Federal.
24. Resultado
Objetividad en Mecanismos de Evaluación y Supervisión
El articulo 40, fracción I del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión
Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal,
señala que la SDS es la instancia normativa y a la que le corresponde determinar la
normatividad relacionada con la Pensión Alimentaria; asimismo, el articulo 41, fracción III,
379 VOLUMEN 12/13
dispone que el IAAM-DF es la instancia operativa y deberá definir e instrumentar un sistema
de evaluación de la operación e impacto social de la pensión. En el documento denominado
Lineamientos de Operación del Programa de Pensión Alimentaria para Adultos Mayores
de 70 años, Residentes en el Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal, el 31 de enero de 2008, vigentes durante el periodo de revisión de la presente
auditoría de desempeño, en el Apartado J, dispone que el seguimiento y evaluación de los
avances relacionados con la Pensión Alimentaria y de sus acciones se evalúan en el
Comité de Control y Auditoria, a través de la aplicación de la Encuesta de Percepción del
Beneficiario y Evaluación de la Operación de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores
de 70 años Residentes en el Distrito Federal e Informes Mensuales de Avances Físicos
y Financieros enviados a la Contraloría Interna en la SDS.
Con el propósito de verificar el cumplimiento de la obligación de presentar los Informes
de Avances Físicos Financieros se solicitó con atenta nota 015/10-APPD/101/08, del 7 de
abril de 2010 a la SDS que proporcionara copia de diversos informes presentados por la
Secretaria, en este sentido, con oficio SRM/349/2010 del 20 de abril de 2010, el sujeto
fiscalizado entregó copia de 9 oficios enviados por esa dependencia a la Contraloría
Interna en la SDS, presentando los formatos correspondientes al ejercido del capítulo
4000 “Ayudas Subsidios y Transferencias”; con los cuales se pudo constatar el envío
de la información correspondiente a los meses de enero-junio, enero-julio, enero-agosto,
enero-septiembre, enero-octubre, enero-noviembre y enero-diciembre, todos ellos de 2008.
El análisis de su contenido se localiza en los resultados de la Vertiente de Economía
del presente informe.
Por lo que se refiere a otro tipo de evaluaciones, se solicitó al IAAM-DF con atenta nota
07/10-APPD/101/08 del 25 de febrero de 2010, que proporcionara los informes o reportes
de seguimiento y evaluación del Programa de la Pensión Alimentaria para Adultos
Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal. En respuesta, con oficio
IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, el IAAM-DF informó que el Comité de Control
y Auditoria no operó durante 2008, y solamente entregó los Resultados de la Encuesta de
Percepción Ciudadana aplicada en noviembre de 2008 y presentada ante el Consejo
Asesor para la Integración, Asistencia, Promoción y Defensa de los Derechos de las
Personas Adultas Mayores, en la Sesión Trigésima Primera en febrero de 2009.
380 VOLUMEN 12/13
Encuesta de Percepción Ciudadana 2008, aplicada por el IAAM-DF
En este mismo Apartado J de los Lineamientos citados,51 se dispone que en la Encuesta
de Percepción del Beneficiario y Evaluación de la Operación de la Pensión Alimentaria se
deben considerar los siguientes indicadores:
1. Perfil del derechohabiente,
2. Exploración de algunas áreas de riesgo de la situación de salud de los pensionados,
3 .Evaluación de la operación de la Pensión Alimentaria,
4. Impacto de la Pensión Alimentaria,
5. Conocimiento y usos de los servicios y medicamentos gratuitos.
A fin de constatar la objetividad en el diseño y transparencia con que la encuesta citada
fue diseñada y aplicada, se realizó un análisis de la información proporcionada con por el
sujeto fiscalizado, presentada con oficio DPA/161/09 del 27 de noviembre de 2009, suscrito
por la Directora de la Pensión Alimentaria, en respuesta al requerimiento formulado con
la atenta nota 02/09–APPD/101/08, del 24 de noviembre de 2009. Como resultado del
análisis, se destaca lo siguiente:
● Metodología
Se diseñó una muestra aleatoria, con un tamaño de 2000 encuestados, con un nivel de
confianza de 95% y un margen de error de + 2.5 %; la encuesta se aplicó con un efecto
de diseño de 1.8% de reposición, previendo un 12% de encuestas no válidas, una tasa de
mortalidad aproximada del 8% anual y un 15% de bajas por otras causas.
A fin de corroborar el comportamiento de años anteriores para la determinación del
tamaño de la muestra, se analizaron los resultados de las encuestas aplicada en los años
51 Lineamientos y Mecanismos de Operación de los Programas Sociales a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social
y Organismos Sectorizados 2008, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero de 2008.
381 VOLUMEN 12/13
2005 a 2008, de lo cual se observó que aun cuando cada año el tamaño del universo
es mayor, se registra una disminución en el tamaño de la muestra como se presenta a
continuación:
(Beneficiarios)
Elementos de la metodología 2005 2006 2007 2008
Padrón 381,500 390,500 414,023 430,000 Muestra 2,748 2,748 2,000 2,000 Instrumentos aplicados n/a 2,310 1,743 1,712
● Diseño del instrumento
A fin de constar que en el diseño del instrumento se hayan contemplado los indicadores
establecidos en los lineamientos en cuestión; se revisó la copia del formato “Encuesta de
Percepción de los Adultos Mayores con relación a la Pensión Alimentaria Noviembre 2008”,
del cual se pudo corroborar que constó de 65 preguntas cerradas que abordaron diversas
temáticas, y que a todas ellas corresponden a los indicadores establecidos en el documento
normativo. Dichas temáticas se resumen a continuación, e incluyen las siguientes:
1. Perfil General del Adulto Mayor: nombre, domicilio, fecha de nacimiento, sexo,
y el número de visitas realizadas con el propósito de aplicar la encuesta.
2. Evaluación de la operación del Programa de la Pensión Alimentaria para Adultos
Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal, y del Programa de Visitas
Médicas Domiciliaria: en este apartado se realizan cuestionamientos sobre los lugares
en los que se realizó la solicitud de incorporación al padrón de beneficiarios; usos de
la tarjeta plástica y acerca de cómo se considera el trato que reciben de las Educadoras
Comunitarias, los lugares en los que realiza sus compras y sobre la atención que le
brindan los médicos en las visitas domiciliarias.
3. Percepción del beneficiario: En torno a los beneficios y satisfacciones que perciben
a partir de que cuentan con la tarjeta de la Pensión Alimentaria.
4. Red Social: Se hacen cuestionamientos relacionadas con su vida diaria a nivel
familiar, comunitario y social, en el sentido del trato y atención que reciben de estos
382 VOLUMEN 12/13
sectores, así como para conocer los medios de comunicación que tiene con cada
uno de ellos.
5. Violencia: Cuestionamientos que se realizan a fin de saber si actualmente el adulto
mayor es victima de violencia familiar o comunitaria (discriminación).
6. Salud: A fin de conocer las condiciones físicas en las que el adulto mayor se encuentra.
7. Riesgos: Conocer los riesgos a los que se enfrentan tanto en casa como en la comunidad
a causa de las condiciones físicas en las que se encuentran.
La encuesta también está integrada por tres apartados que son: “Escala de Actividades
Básicas de la Vida Diaria (Katz)”, “Escala de Actividades Instrumentadas en la Vida Diaria
(Luwton)” y “Cuestionario para la Detección de Desnutrición”.
A fin de constatar que los indicadores correspondientes estén contenidos en las temáticas
contempladas en la encuesta, se realizó el análisis del contenido de los rubros de
resultados de las encuestas aplicadas en los años 2005 a 2008; obteniendo la siguiente
información, que indica si para cada uno de los años analizados los indicadores estuvieron
contenidos en las temáticas:
Indicadores Temáticas 2005 2006 2007 2008
1. Perfil del derechohabiente Perfil de los derechohabientes de la pensión alimentaria
X X X X
Atención médica X X X X Red social X X X X Riesgos X X X X
2. Exploración de algunas áreas de riesgo de la situación de salud de los pensionados
Atención, violencia y discriminación X X X X 3. Evaluación de la operación
de la pensión alimentaria Evaluación de la operación del Programa de Pensión Alimentaria
X X X X
4. Impacto de la pensión alimentaria Percepción del adulto mayor X X X X Visitas médicas domiciliarias X X X 5. Conocimiento y usos de los servicios
y medicamentos gratuitos Servicios médicos y medicamentos gratuitos
X X
En el cuadro anterior se observa que para las encuestas de los años 2007 y 2008, ya no se
contempla el indicador de Conocimiento y Usos de los Servicios y Medicamentos Gratuitos
establecidos en los lineamientos de operación antes mencionados; lo cual obedece a que
hasta el 29 de junio de 2007 el IAAM-DF era una unidad administrativa dependiente de la SS
383 VOLUMEN 12/13
y que a partir de las modificaciones al Reglamento Interior de la Administración Pública
del Distrito Federal,52 se integra a la SDS, no obstante, los indicadores establecidos en los
lineamientos continúan siendo los mismos que se han evaluado desde el año 2005.
Del análisis anterior se observa que los cuestionamientos definidos en el formato de dicha
encuesta, realizados en materia de evaluación de la operación del Programa de la Pensión
Alimentaria para Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal, no son
suficientes para cumplir con una evaluación objetiva de la operación, debido a que no se
realizan cuestionamientos directos sobre la atención recibida durante los diferentes
procedimientos de operación del programa como son aquellos en los que da una
interacción directa entre beneficiarios, Educadoras Comunitarias y médicos. De igual forma,
no se hacen preguntas directas acerca de los tiempos de espera para la integración de los
beneficiarios al padrón, al ser dados de alta y para la entrega de tarjetas, entre otros.
● Aplicación del instrumento
La aplicación de la encuesta se llevó a cabo en el periodo comprendido entre el 20 de
octubre al 8 de diciembre de 2008, con la participación de 20 Coordinadores Regionales
y 95 Capacitadores en las 16 Delegaciones, distribuyéndose de manera proporcional al
número de derechohabientes de la siguiente manera:
(Derechohabientes y por cientos)
Delegación Universo Cuestionarios Porcentaje
Total 430,000 2,000 100.00 Álvaro Obregón 31,379 142 7.10 Azcapotzalco 26,090 112 5.60 Benito Juárez 27,886 121 6.05 Coyoacán 36,368 144 7.20 Cuauhtémoc 32,533 147 7.35 Cuajimalpa de Morelos 4,769 29 1.45 Gustavo A. Madero 69,474 315 15.75 Iztacalco 24,470 128 6.40 Iztapalapa 66,049 334 16.70 Magdalena Contreras 9,858 53 2.65 Miguel Hidalgo 20,209 94 4.70 Milpa Alta 4,043 17 0.85 Tláhuac 10,060 47 2.35 Tlalpan 23,693 101 5.05 Venustiano Carranza 28,197 150 7.50 Xochimilco 14,922 66 3.30
52 Decreto Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 29 de junio de 2007, por el que se reforman diversas
disposiciones del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. artículo 7, fracción VI, Numeral 2.
384 VOLUMEN 12/13
Se observó que solamente se aplicaron 1,712 instrumentos y que el restante 14.6 % no
fue aplicado porque el derechohabiente no fue localizado en su domicilio, estaba de
vacaciones, por discapacidad o fallecimiento y que dichos elementos seleccionados
no fueron sustituidos.
● Resultados
Como se señaló con anterioridad los resultados de la encuesta se presentaron en la
Trigésima Primera Sesión Ordinaria del Consejo Asesor para la Integración, Asistencia,
Promoción y Defensa de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, celebrada
el 25 de febrero de 2009, y en el informe de resultados denominado “Encuesta de
Percepción sobre Beneficios y Evaluación de la Pensión Alimentaria para Adultos
Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal”, se reporta que el padrón de
beneficiarios tuvo un incremento de 42,470 nuevos pensionados, y por 3,801 reingresos;
que se dieron de baja 32,743 pensionados por las siguientes causales: por fallecimiento,
cambio de domicilio o por no encontrarse al momento de las visitas de seguimiento. De la
misma manera, se informa que en 2008 se realizaron más de dos millones ochocientas
mil visitas domiciliarias.
A fin de constar la congruencia de las cifras establecidas en el informe de resultados de la
encuesta, estás se cotejaron con las cifras reportadas por el IAAM-DF en las Cedulas
de Estadísticas Básicas de la SDS, lo que permitió verificar que las cifras plasmadas no
son del todo congruentes, como es el caso de las visitas médicas y visitas domiciliarias,
tal como se muestra a continuación:
Actividad Datos de la encuesta Cedulas de Estadísticas Básicas de la SDS
Altas 46,721 46,721
Nuevos ingresos 42,470 42,470
Reingresos 3,801 3,801
Bajas 32,743 32,743
Visitas domiciliarias + de 2,800,000 2,846,755
Visitas médicas domiciliarias 16,562 16,861
385 VOLUMEN 12/13
A continuación se presentan de manera especial los siguientes resultados de la encuesta
de percepción ciudadana:
1. Evaluación de la operación del Programa de Pensión Alimentaria para Personas Adultas
Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal:
● El 98.2% manifestó que nadie le había solicitado pago o propina, ni condicionado
de alguna manera la entrega de la tarjeta de la Pensión Alimentaria.
● En relación al trato recibido por el personal del instituto, un 70% considera que es
muy bueno y un 29% bueno.
● Un 60% informó haber recibido una visita domiciliaria en los últimos tres meses
y para el 1% el lapso desde la última visita superaba los seis meses.
● Nueve de cada diez adultos mayores derechohabientes del programa, firmó
directamente su tarjeta.
● El 92% de los adultos mayores acude personalmente a realizar sus compras
y el 63% decide sólo sobre sus compras.
● La mayoría de las compras que se realizan con la tarjeta se hacen en
supermercados; en relación a la compra más reciente destaca las compras de
alimentos, medicamentos y artículos de higiene personal.
2. Percepción de beneficios de Pensión Alimentaria:
● El 94% señala que el beneficio es muy bueno.
● El 81% que el beneficio es de gran relevancia económica.
● Un 87% manifiesta sentirse más feliz desde que cuenta con la tarjeta, asimismo
en el informe se destaca el hecho de que, de manera espontánea el adulto mayor
manifiesta como beneficios de contar con la tarjeta, el haber mejorado su
alimentación, el sentirse más seguro e independiente, el comprar cosas que antes
no compraba y el poder contribuir al gasto familiar.
386 VOLUMEN 12/13
3. Programa de Vistas Médicas Domiciliarias:
● En 2008 se contó con 40 médicos generales capacitados en aspectos geriátricos
y gerontológico que iniciaron actividades en el mes de abril, realizando 16,562
valoraciones a personas adultas mayores en su domicilio y otorgando 1815 consultas
de seguimiento a adultos mayores, disfuncionales qué se remitieron al Centro de
Salud o Unidad Médica más cercana; estas cifras fueron corroboradas como se
establece en el cuadro antes presentado.
● De los adultos mayores entrevistados el 5% mencionó haber recibido en su domicilio
la visita de un médico del IAAM-DF junto con su Educadora Comunitaria.
● Del total anterior el 54% calificó la atención de este equipo como muy buena
y el 45% como buena.
● Una tercera parte de los adultos mayores señaló que se le prescribió medicamento;
y el 33% lo adquirió con la tarjeta de la Pensión Alimentaria.
4. Análisis comparativo de los resultados obtenidos en la aplicación de las encuestas
de evaluación y percepción durante los años de 2005, 2006, 2007 y 2008; del cual se
observó que:
● En materia de género, la composición de la población beneficiada se ha mantenido
constante durante estos cuatro años, el 63% son mujeres y un 37% son hombres.
● En lo que respecta a la evaluación de la operación del programa, se detectó que
en 2006 el 66% de los adultos mayores consideraron que el trato que les brindaron
las Educadoras Comunitarias fue muy bueno, aumentado esta consideración al 70%
para 2007 y 2008.
● En 2005 y 2006 un 100 % de los encuestados informaron contar con la tarjeta de
Pensión Alimentaria, no así en 2007 y 2008, años en que esta consideración
disminuye un 1.5%, aunque este mismo porcentaje informa que cuenta con la
tarjeta pero no la pudo mostrar al momento de la aplicación de la encuesta.
387 VOLUMEN 12/13
La información anterior fue verificada, contando con la evidencia suficiente y competente,
misma que permite concluir que el IAAM-DF cumple con los términos de las disposiciones
contenidas en los Lineamientos de Operación del Programa de Pensión Alimentaria para
Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal; asimismo se constató que
se realizó de manera transparente y oportuna la aplicación de la encuesta de percepción
como mecanismo de seguimiento y evaluación, y que se presentaron sus resultados ante
las instancias correspondientes y se divulgaron a través de los medios establecidos.
25. Resultado
Oportunidad en la Atención de Quejas e Inconformidades
En el Apartado H de los Lineamientos de Operación del Programa de Pensión Alimentaria
para Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal vigentes en 2008, se
incluye “Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana”, donde se establece que
para la atención o seguimiento de los casos, el adulto mayor, familiar o representante
puede reportar su queja o inconformidad a través de los siguientes medios:
● Módulos de atención del IAAM-DF, localizado en el Centro de Salud más cercano a su
domicilio, con la Educadora Comunitaria.
● Módulo de atención del IAAM-DF, ubicado en Río Volga No. 77, Colonia Cuauhtémoc,
Delegación Cuauhtémoc, de lunes a viernes de 9:00 AM a 3:00 PM.
● Correo electrónico: ad_mayor @df.gob.mx del IAAM-DF.
● En áreas del Gobierno del Distrito Federal como la Oficina de Atención Ciudadana de
Gobierno Central.
De igual manera, se dispone que para su atención las quejas e inconformidades serán
canalizadas a la Dirección de Operación de la Atención al Adulto Mayor del IAAM-DF.
Con el objeto de constatar que el IAAM-DF a través de la Dirección de Operación de la
Atención al Adulto Mayor, haya atendido con oportunidad las quejas e inconformidades
388 VOLUMEN 12/13
presentadas o referenciadas a este instituto por otras instancias, se solicitó con atenta
nota 02/09-APPD/101/08 del 24 de noviembre de 2009, al sujeto fiscalizado que informará
sobre las quejas e inconformidades recibidas durante el ejercicio fiscal 2008.
Al respecto, con oficio DPA/161/09 del 27 de noviembre de 2009, suscrito por la Directora
de la Pensión Alimentaria, Lic. Alma Mireya Navarro Cruz, el IAAM-DF entrega una
relación con la descripción de 25 quejas, la cual contiene nombre del ciudadano quejoso,
descripción de la queja, área donde se presenta la queja, oficio de referencia y oficio de
atención a la queja.
A partir del análisis de dicha información se observó que las quejas ciudadanas fueron
motivadas por: la falta de atención a la solicitud de incorporación al Programa de la
Pensión Alimentaria; solicitud de reincorporación al padrón de derechohabientes; solicitud
de incorporación al padrón de derechohabiente; mal uso de la tarjeta por parte de los
representantes y otras. Así mismo se consigna que estas quejas fueron canalizadas al
IAAM-DF por diversas Instancias como son: La Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal (CDHDF); La Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de
Salud Federal; la Procuraduría Social del Distrito Federal (PROSOC) y a través del correo
electrónico del mismo IAAM-DF; como se muestra a continuación:
(Frecuencia y por cientos)
Instancias de canalización de las quejas Causa Frecuencia Proporción Medio Frecuencia Proporción
Total 25 100.00 Total 25 100.00 Solicitud de incorporación al padrón 7 28.00 CDHDF 18 72.00
Solicitud de reincorporación al padrón 7 28.00 PROSOC 1 4.00
Falta de atención 7 28.00 Secretaría de Salud Federal 1 4.00
Mal uso de la tarjeta, por parte del representante 3 12.00 Correo electrónico
IAAM-DF 5 20.00
Otro 1 4.00
Con la finalidad de constatar lo anterior y estar en posibilidades de determinar la oportunidad
en la atención, se solicitó al sujeto fiscalizado con atenta nota 09/10-APPD/101/08 del
2 de marzo de 2010 que proporcionara los oficios de canalización de cada instancia
389 VOLUMEN 12/13
receptora, así como los oficios de atención girados por la Dirección de Operación de la
Atención al Adulto Mayor.
En respuesta, con oficio IAAM/DA/305/10 del 1 de marzo de 2010, el sujeto fiscalizado
entregó 16 oficios de la CDHDF, 1 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la
Secretaría de Salud Federal y 5 impresiones de correo electrónicos, así como 20 oficios
de atención girados por la Dirección de Operación de la Atención al Adulto Mayor,
documentos que permitieron constatar que el IAAM-DF brindó atención a dichas quejas
en un periodo de entre 2 y 53 días hábiles; mientras que para 5 de las 25 quejas
mencionadas en el reporte proporcionado por el IAAM-DF, no fue posible determinar el
tiempo de atención, ya que el sujeto fiscalizado no proporcionó dos oficios de referencia
de la CDHDF, uno de la PROSOC y dos de correos electrónicos del IAAM-DF.
A continuación se muestra el análisis de los tiempos de atención a quejas e inconformidades
ciudadanas:
(Días)
Tiempo de atención días hábiles
Número de quejas
Días promedio de atención
Total 20* 100.00 0 a 5 5 25.00 6 a 10 6 30.00 11 a 15 4 20.00 16 a 20 3 15.00 21 a 25 0.00 26 a 30 0.00 50 a 55 2 10.00
* En cinco casos no fue posible identificar el tiempo de atención.
En la tabla anterior se observa que al 55.0% de los casos se les brindó atención en un
máximo de 10 días hábiles; al 35.0% se les atendió en un tiempo de 20 a 30 días hábiles,
y al 10,0% restante entre 50 y 55 días hábiles.
De igual forma se constató que el 28.0% de las quejas fueron motivadas por una solicitud
de reincorporación; ya que los adultos mayores consideraban que su baja del padrón
no fue justificada, un 28.8% se dio por falta de atención; ya que los adultos mayores
390 VOLUMEN 12/13
solicitaron la incorporación y no fueron visitados y un porcentaje similar realizó la queja
para conocer los mecanismos de incorporación al padrón de derechohabientes, entre
otras causales.
En esta materia, con el primer requerimiento de información formulado por la CMHALDF,
a través del oficio APPD/09/466 del 26 de agosto de 2009, de la Dirección General de
Auditoría Programática Presupuestal y de Desempeño, se le solicitó al sujeto fiscalizado
que proporcionara información sobre las quejas e inconformidades presentadas ante la
Contraloría Interna en la SDS; por lo que con oficio DGA/2691/2009 del 7 de septiembre
de 2009, el sujeto fiscalizado proporcionó copia de dos oficios a través de los cuales
se hace del conocimiento de la Dirección General del IAAM-DF de la queja interpuesta en
contra de dos Educadoras Comunitarias, por presuntas irregularidades administrativas.
Al respecto, también se entregó copia de los oficios de contestación por parte del IAAM-DF
a través de la Dirección General de Operación de la Atención al Adulto Mayor, en los
cuales señalan que proporcionan para el proceso de trámite, copia de los expedientes de
los quejosos, atendiendo el requerimiento de la Contraloría Interna en la SDS en un plazo
no mayor a cinco días hábiles.
A fin de constatar la resolución de los procedimientos de queja, se solicitó a la Contraloría
Interna en la SDS, mediante atenta nota 16/10-APPD/101/08 del 13 de abril de 2010, que
proporcionara copia de las resolución de las quejas interpuestas en contra de dos servidores
públicos adscritos al IAAM-DF; en respuesta, con oficio CG/CISEDESO/JUDQDR/0490/2010
del 14 de abril del 2010, el Órgano de Control Interno informa que:
a) Expediente CG/CI-SDS/G/0047/2008
Queja en contra de la Educadora Comunitaria adscrita al IAAM-DF, por haber recogido la
tarjeta de Pensión Alimentaria argumentando que el quejoso era extranjero y no vivía en
el domicilio proporcionado en la Carta Compromiso.
La Contraloría Interna en la SDS, resuelve con oficio CG/CI-SDS/QDYR/0154/2009 del 3 de
marzo de 2009, dirigido al quejoso, que no da lugar a continuar con la investigaciones
del presente asunto, toda vez que no existen elementos que hagan presumir de alguna
391 VOLUMEN 12/13
irregularidad administrativa por parte del personal adscrito al IAAM-DF; ya que como
consta en reporte de visitas domiciliarias la baja del padrón se dio con apego al reglamento,
habiéndose realizado tres visitas domiciliarias al quejoso sin que fuera localizado en su
domicilio.
b) Expediente CI/SDS/D/0116/2008
Queja en contra de la Educadora Comunitaria adscrita al IAAM-DF, por haber tratado con
prepotencia a los padres del quejoso, ya que no cumplía con las visitas domiciliarias de
acuerdo a su obligación.
Acuerdo de improcedencia de fecha 25 de febrero de 2010, en el cual la Contraloría
Interna en la SDS señala que “En virtud de que del análisis de los elementos que integran
los presentes autos no se reunieron suficientes elementos de hecho y derecho que
permita evidenciar de probables responsabilidades administrativas del servidor público
involucrado se acuerda el archivo de este expediente”.
En resumen, en materia de presentación de quejas, denuncias o inconformidades por
parte de los derechohabientes de la Pensión Alimentaria, en el periodo sujeto a revisión,
año de 2008, y por los mecanismos antes citados, únicamente se canalizaron 25 quejas,
cantidad no representativa del número de beneficiarios, el cual llegó a 430,000 respecto
del cual se llevaron a cabo 1,750,000 acciones reportadas en el mismo periodo, relacionadas
con las visitas domiciliarias de incorporación, seguimiento y atención a pensionados.
Se aprecia el desconocimiento por parte de los derechohabientes de la Pensión
Alimentaria, familiares o representantes, acerca de los medios de presentación de quejas
e inconformidades, los cuales están establecidos en los Lineamientos de Operación del
Programa de Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 años Residentes en el
Distrito Federal, y en el Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión
Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal
vigente en 2008; ya como se observó, el 80% de las quejas fueron referidas al IAAM-DF
a través de otras instituciones, y únicamente el 20% fueron captadas a través del correo
electrónico del instituto; lo que denota que los mecanismos descritos en los ordenamientos
legales no son divulgados de manera clara hacia la población objetivo.
392 VOLUMEN 12/13
De igual forma, se observa el desconocimiento de los términos del artículo 39 del
reglamento señalado; en el cual se establece que el derechohabiente o su representante
voluntario podrán solicitar hasta por tres ocasiones más su reinscripción al padrón;
así como los términos del artículo 49 de este ordenamiento, en el cual se dispone que en
materia de inconformidades, y “a fin de garantizar la exigibilidad del derecho a la Pensión
Alimentaria, el adulto mayor, el derechohabiente o su representante podrán expresar
su no conformidad respecto a: I. El incumplimiento de la normatividad de la Pensión
Alimentaria por parte del personal del Instituto. II. Saldos depositados en la tarjeta
electrónica. III. Las bajas indebidas del Padrón de Derechohabientes”; ya que como
se observó, el 28% de las quejas estuvo motivada por la solicitud de reincorporación
al padrón de beneficiarios.
En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con el
oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín
Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa
documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se encontraba la nota informativa
sin número, ni fecha suscrita por el Ing. Rubén Fuentes Rodríguez, Director de la Pensión
Alimentaria, del IAAM-DF con la que señala que “a fin de reforzar la exigibilidad de
derecho a la Pensión Alimentaria se ha redactado en el Reglamento de la Ley que
Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años
Residentes en el Distrito Federal un apartado especifico denominado “Del Escrito de No
Conformidad”.
Al respecto se revisó el citado reglamento publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 5 de noviembre de 2009, cuyo contenido remite al proceso a través del cual los
beneficiarios de la Pensión Alimentaria pueden presentar la carta de no conformidad y los
tiempos de atención por parte del IAAM-DF.
No obstante lo anterior, la observación plantea la necesidad de contar con procesos de
divulgación entre los derechohabientes de la Pensión Alimentaria, para que conozcan sus
derechos y las instancias para la presentación de quejas e inconformidades. En tal virtud
el presente resultado no se modifica.
393 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-101-08-51-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención
de los Adultos Mayores en el Distrito Federal instrumente mecanismos de difusión entre
los derechohabientes de la Pensión Alimentaria, acerca de los medios a través de los
cuales pueden presentar quejas e inconformidades.
Recomendación APPD-101-08-52-SDS
Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención
de los Adultos Mayores en el Distrito Federal instrumente acciones de difusión sobre las
causales de baja del padrón de beneficiarios y sobre los procedimientos para ejercer el
derecho de reincorporación, a fin de dar cumplimiento a lo señalado en el Reglamento de
la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta
Años Residentes en el Distrito Federal.
Percepción del Ciudadano Beneficiario
26. Resultado
Niveles de Satisfacción acerca de los Apoyos y Servicios Recibidos por el IAAM-DF
Con la finalidad de conocer la percepción de los adultos mayores de 70 años
derechohabientes de la Pensión Alimentaria, acerca de los apoyos y servicios recibidos
del personal del IAAM-DF, así como de los beneficios obtenidos a partir de éstos, el personal
auditor, diseñó una encuesta de percepción, la cual se aplicó a 400 adultos mayores
derechohabientes del Programa de Pensión Alimentaria.
1. Metodología para la determinación de la muestra
Se realizó la selección de la muestra a partir de un universo de 430,000 derechohabientes
de la Pensión Alimentaria, utilizando una técnica de muestreo por atributos,53 con un nivel
de confianza de 95% error tolerable del ± 5%, y un error esperado del 3%, obteniendo una
muestra de 400 derechohabientes por encuestar. 53 Normas y Procedimientos de Auditoria y Normas para Atestiguar, Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Guía 6060,
29a. edición.
394 VOLUMEN 12/13
2. Diseño y aplicación del instrumento
Por otra parte se diseñó el instrumento con 28 preguntas, distribuidas en cuatro apartados
que son: difusión de los derechos de los adultos mayores en el Distrito Federal; Pensión
Alimentaria para adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal; visitas
médicas domiciliarias e impacto social, a partir de los siguientes objetivos e hipótesis:
Objetivo Hipótesis Preguntas
Difusión de los derechos de la personas adultas mayores 1. ¿Conoce los derechos que como adulto mayor tiene en el Distrito Federal? Sí No 2. ¿Conoce los servicios y apoyos que ofrece el Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal? Sí No
Conocer el impacto de las acciones de difusión de los derechos de los adultos mayores en los derechohabientes de la pensión alimentaria.
Los adultos mayores derechohabientes del "Programa de la Pensión Alimentaria" se encuentran empoderados a partir del conocimiento pleno y ejercicio de sus derechos.
3. ¿Conoce el contenido de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores del Distrito Federal? Sí No
4. ¿Conoce el contenido de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria de las Personas AdultosMayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal? Sí No
5. ¿Durante el último año ha recibido por parte del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, alguna plática, curso o folleto en el que le hayan hablado sobre los derechos de los adultos mayores en el Distrito Federal? Sí No
6. ¿Por qué medio se enteró de la pensión Alimentaria que ofrece el Gobierno del Distrito Federal? Cartel, visita domiciliaria, radio, TV u otro.
Pensión Alimentaria para adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal 7. ¿En que lugar solicitó la pensión alimentaria para adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal? IAAM-DF Módulo del Centro de Salud Oficina del GDF Otro (Especificar) 8. ¿A partir de que año recibe la Pensión Alimentaria que le otorga el Gobierno del Distrito Federal?
Identificar la opinión que los adultos mayores tienen acerca de los trámites realizados para obtener la Pensión Alimentaria para adultos mayores de 70 años en el DF.
Los derechohabientes del Programa de la Pensión Alimentaria consideran que los servicios prestados por el Instituto para la Atención de los Adultos. Mayores en el Distrito Federal, a partir de la solicitud de incorporación al padrón ha sido eficiente.
9. ¿Cuánto tiempo transcurrió a partir de que realizó la solicitud de la pensión alimentaria y la fecha en que le entregaron su tarjeta? 1 a 3 meses 4 a 6 meses Más de 6 meses
10. ¿Durante el último año, cuantas visitas de seguimientopor parte de las Educadoras Comunitarias ha recibido en su domicilio? Número
Continúa…
395 VOLUMEN 12/13
… Continuación
Objetivo Hipótesis Preguntas 11. ¿Cómo considera la atención recibida en los
establecimientos mercantiles autorizados para recibir la tarjeta de la pensión alimentaria. Buena Regular Mala
12. ¿Durante el último año, cuantas visitas de seguimientopor parte de las Educadoras Comunitarias ha recibido en su domicilio? Número
13. ¿Durante el último año, tuvo algún problema con los depósitos que le realizaron en su tarjeta? Sí No
14. ¿Usted ha presentado alguna queja o denuncia relacionada con los servicios recibidos por el Instituto a partir de su incorporación al padrón de derechohabientes de la Pensión Alimentaria? Sí ¿En donde? No
15. ¿El tiempo de atención para brindarle seguimiento y solución a su queja o denuncia fue? 1 a 4 meses Más de 4 meses
Visitas médicas domiciliarias Identificar el nivel de satisfacción de los servicios recibidos en la valoración geriátrica integral que los médicos del programa de visitas médicas domiciliarias realizan a los derechohabientes de la Pensión Alimentaria.
Los adultos mayores beneficiarios del Programa de Visitas Médicas Domiciliarias, consideran que han recibido atención adecuada y cuidados acordes a sus padecimientos y necesidades.
16.- ¿Durante al ultimo año ha recibido alguna visita médica en su domicilio por parte de los médicos del Instituto para la Atención al Adulto Mayor en el Distrito Federal? Sí ¿Cuántas? No
17. ¿En caso de que le hubieran recetado medicamentos, por que medio los obtuvo?
Tarjeta de Pensión Alimentaria Otro Centro de Salud del GDF
18. ¿Durante la visita médica domiciliaria el médico • Le realizó una valoración geriátrica integral. • Le informó a usted o a un familiar sobre resultados de
la valoración. • Le brindó recomendaciones de cuidado en domicilio. • Le indicó un tratamiento según su plan de intervención. Sí No
Impacto social Identificar la percepción acerca impacto social, económico y de salud, que los adultos mayores de 70 años derechohabientes de la pensión alimentaria tienen sobre los beneficios obtenidos a partir de su incorporación a padrón de beneficiarios.
Los adultos mayores que perciben ayudas y servicios del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal consideran que la atención recibida ha sido eficiente y oportuna pero que no es suficiente para el mejoramiento de sus condiciones socioeconómicas.
19. ¿Sabe Usted en que consiste la violencia contra los adultos mayores? Sí No 20. ¿Considera que actualmente Usted, es objeto de algún tipo de violencia? Sí ¿De que tipo? 21. ¿En alguna ocasión el personal del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, ha tenido que intervenir para que usted no sea objeto de algún tipo de violencia? Sí No
Continúa…
396 VOLUMEN 12/13
… Continuación
Objetivo Hipótesis Preguntas
22. ¿Con quien vive en su domicilio? Familia Solo Otro
23. ¿Las compras realizadas con su tarjeta de la Pensión Alimentaria son exclusivamente para consumo personal o consumo familiar? Personal Familiar
24. ¿Cuál es el mayor beneficio que le ha brindado el contar con la Pensión Alimentaria?
25. ¿Considera que la Pensión Alimentaria ha contribuidoen el mejoramiento de sus condiciones de? Alimentación Salud Recreación
26. ¿Considera que los apoyos y servicios recibidos como derechohabiente de la Pensión Alimentaria, son suficientes para mejorar sus condiciones de vida? Sí ¿Por qué? No
27. ¿Además de la Pensión Alimentaria, Usted tiene alguna otra fuente de ingresos?
28. ¿Considera que puede realizar algún tipo de trabajo remunerado?
El equipo auditor llevó a cabo la aplicación de la encuesta del 11 de enero al 12 de
febrero de 2010, a una población de 400 derechohabientes de la Pensión Alimentaria de
las 16 Delegaciones.
El número de instrumentos que se aplicaron por Delegación fue determinado de manera
proporcional al número de integrantes del padrón de beneficiarios por Delegación, como
se muestra a continuación:
Delegación Universo Cuestionarios Porcentaje
Total 430,000 100 100.00 Álvaro Obregón 31,379 29 7.25 Azcapotzalco 26,090 24 6.00 Benito Juárez 27,886 26 6.50 Coyoacán 36,368 34 8.50 Cuauhtémoc 32,533 30 7.50 Cuajimalpa de Morelos 4,769 5 1.25 Gustavo A. Madero 69,474 65 16.25 Iztacalco 24,470 23 5.75 Iztapalapa 66,049 61 15.25 Magdalena Contreras 9,858 9 2.25 Miguel Hidalgo 20,209 19 4.75 Milpa Alta 4,043 4 1.00 Tláhuac 10,060 9 2.25 Tlalpan 23,693 22 5.50 Venustiano Carranza 28,197 26 6.50 Xochimilco 14,922 14 3.50
397 VOLUMEN 12/13
3. Resultados obtenidos
A partir de la recopilación y del análisis de resultados de esta encuesta, se obtuvieron los
siguientes datos:
a) Difusión de los derechos de los adultos mayores.
● De los adultos mayores encuestados, el 58.2% manifestó conocer sus derechos.
● El 61% desconoce el contenido de la Ley que Establece el Derecho a la
Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el
Distrito Federal y el 39% lo conoce.
Conocimiento de la ley
39.0%
61.0%
Sí No
● El 51% desconoce los servicios y apoyos que ofrece el IAAM-DF, y un 49%
los conoce.
● El 71.6% informó que durante el ultimo año no recibió ninguna plática por
parte del personal del IAAM-DF, en la que se le hablara sobre sus derechos.
● El medio más común por el que un 48% de los encuestados se enteró de la
Pensión Alimentaria, fue por la visita domiciliaria, seguida por un 38.5% de las
personas que se enteraron a través de algún familiar, amigo o conocido,
es decir de voz a voz, y el restante 11.5% se enteró a través de la radio
o televisión.
398 VOLUMEN 12/13
b) Evaluación de la pensión alimentaria para adultos mayores de 70 años residentes
en el Distrito Federal.
● El 67% de los encuestados realizó la solicitud de incorporación al padrón de
beneficiarios en el Módulo de Atención ubicado en el Centro de Salud más
cercano a su domicilio, un 31% informó que formuló la solicitud en su domicilio al
momento en que la Educadora Comunitaria le realizó una visita domiciliaria
de promoción y difusión, y el restante 2% en el módulo de atención ubicado
en las oficinas del IAAM-DF.
● El tiempo transcurrido para la entrega de tarjetas es: para el 76% de tres
meses, para el 15% de cuatro a seis y para el restante el 9%, de más de seis.
Entrega de tarjetas
76.2%
14.9%8.9%
1 a 3 meses 4 a 6 meses Más de 6 meses
● Visitas domiciliarias recibidas al año: el 30% recibió tres visitas al año, el 20%
cuatro, el 19% una y el 8% restante más de cinco.
Visitas domiciliarias
7.8%23.3%
29.5%
19.0%
20.5%
1 2 3 4 Más de 5
399 VOLUMEN 12/13
● En cuanto al trato que les brindan las Educadoras Comunitarias un 93.6%
considera que éste es bueno.
● El 93% considera que la atención que le brindan en los lugares en los que
realiza sus compras es buena.
● El 95.6% reportó que durante el ultimo año no ha tenido ningún problema
con su tarjeta.
● Del 3.1% que en alguna ocasión ha presentado alguna queja al IAAM-DF,
el 84.6% reporta haber recibido una solución en menos de un mes.
c) Visitas médicas domiciliarias
● El 22.2% ha recibido una visita médica del personal del IAAM-DF en su
domicilio, de los cuales el 100% consideran que se le realizó una valoración
integral.
● Un 14.2% comenta que se les recetó algún medicamento, de los cuales
el 61.5% lo adquirió con la tarjeta de Pensión Alimentaria y el resto a través
de otros medios.
d) Prevención de la violencia contra las personas adultas mayores
● De los adultos mayores encuestados, el 60% sabe en qué consiste la violencia
contra los adultos mayores.
● Del 9.3% de adultos mayores que consideran ser objeto de violencia un 68.5%
sufre violencia familiar y un 31.5% de violencia comunitaria.
e) Impacto social: usos y beneficios de la tarjeta de Pensión Alimentaria
● Un 80% de los adultos mayores encuestados deciden sobre los productos que
se adquieren con su tarjeta.
400 VOLUMEN 12/13
Adquisición de productos
80.0%
20.0%
Usted mismo Un familiar
● El 45.7% de estos adultos mayores comparte con su familia el consumo de
los productos adquiridos con la Pensión Alimentaria.
● Para el 51% la pensión alimentaria es el único ingreso que percibe:
Pensión alimentaria, único ingreso
49.0%
51.0%
Sí No
● El 94.3% considera que el mayor beneficio que le ha brindado la tarjeta es el
tener una cantidad segura para la compra de alimentos básicos, un 45%
además de considerar que este apoyo les ayuda a mejorar la alimentación,
también que es un apoyo para mejorar su salud; ya que pueden compran sus
medicamentos con esta tarjeta de Pensión Alimentaria. Y un 35% consideran
sentirse más feliz, porque con este apoyo pueden contribuir al gasto familiar y
comprar cosas que antes no compraban.
401 VOLUMEN 12/13
● El área beneficiada a partir de que cuenta con la Pensión Alimentaria es para
el 66% la alimentación, para el 22% la salud y para el restante 2% la recreación.
Área beneficiada con la pensión alimentaria
66.0%2.0%
32.0%
Alimentación Recreación Salud
● El 41% de los adultos mayores encuestados consideran que los apoyos y
servicios recibidos como derechohabiente de la Pensión Alimentaria no son
suficientes para mejorar sus condiciones de vida.
● Un 77.7% considera que aún se encuentran en condiciones de realizar alguna
actividad remunerada.
De lo anterior se concluye que la difusión y promoción de los derechos de los adultos
mayores realizada por el IAAM-DF es deficiente, debido que la mayoría de éstos
desconocen sus derechos y los servicios que se ofrecen, lo que limita el empoderamiento
de esta población para la exigibilidad de su cumplimiento.
Referente a la valoración que los adultos mayores tienen acerca de Programa de la
Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal,
en lo que respecta a los procedimientos para la incorporación al programa, se detectó
que ésta es satisfactoria, ya que éstos son realizados conforme a lo establecido en la
normatividad aplicable, asimismo se detectó que los adultos mayores perciben el trato por
parte de las Educadoras Comunitarias como bueno; así como de los encargados de los
establecimientos mercantiles en donde realizan sus compras, además de que manifiestan
que no han tenido ningún tipo de problema con sus depósitos.
402 VOLUMEN 12/13
Por lo que respecta a las visitas médicas domiciliarias, el total de los encuestados que al
momento han recibido la visita del médico en su domicilio, consideran que el trato
fue bueno y de manera integral en lo que respecta a la valoración que éstos les realizan.
De igual manera, se observa que el porcentaje de personas que viven violencia familiar no
es significativo, lo que puede atribuirse al impacto que las visitas domiciliarias tiene sobre
este grupo social.
403 VOLUMEN 12/13
VI.1.1.4. PROGRAMA: 17 “EDUCACIÓN” (SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL)
Auditoría APPD/103/08
ANTECEDENTES
En el eje estratégico Equidad del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal
2007-2012, se establece el objetivo de incentivar la educación mediante estímulos otorgados
a alumnos de bachillerato inscritos en escuelas públicas entregados de acuerdo con sus
promedios de calificaciones, con la finalidad de que no abandonen sus estudios por falta
de recursos económicos, con ello el Gobierno del Distrito Federal incentivó a que los
alumnos culminen esta etapa de estudios y con ello ingresen a la educación superior en
el Distrito Federal.
En el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 2008,
se asignaron 3,278,157.3 miles de pesos al Programa 17 “Educación”, de los cuales
52,000.0 miles de pesos serían ejercidos por la Secretaría de Educación, mediante el
Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal. En tanto, en la Cuenta Pública
del Gobierno del Distrito Federal de 2008 se indicó que al cierre del año, el Fideicomiso
reportó como recursos erogados en dicho programa 1,308,952.5 miles de pesos, monto
equivalente a un incremento de 2,417.2% con respecto al presupuesto originalmente
autorizado.
El comportamiento físico y presupuestal de la actividad institucional relacionada con el
programa 17 “Educación”, a cargo de la Secretaría de Educación operado por el Fideicomiso
Educación Garantizada del Distrito Federal, se muestra a continuación:
404 VOLUMEN 12/13
(Miles de pesos y por cientos)
Presupuesto Variaciones Programa/ Programa Especial/ actividad institucional
Unidad de
medida
Original
(1)
Alcanzada
(2)
Variación relativa
(2) / (1) (3)
Original
(4)
Ejercido
(5)
Absoluta (5) – (4)
(6)
Relativa(6) / (4)
(7)
17 “Educación” 52,000.0 1,308,952.5 1,256952.5 2,417.2 06 “Equidad en la Ciudad” 0.0 1,137,340.1 1,137,340.1 100.0
13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” Estimulo 0.0 216,471 100.0 0.0 1,137,340.1 1,137,340.1 100.0
Total unidad responsable 52,000.0 2,417.2
Con base en el artículo 5o. de la Ley de Educación del Distrito Federal 2008, publicada
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 4 de enero de 2008 el cual establece que:
Todos los habitantes del Distrito Federal tienen el derecho inalienable e imprescindible a
las mismas oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos en todos
los tipos y modalidades que preste el Gobierno del Distrito Federal, al que corresponde
garantizarlo con equidad e igualdad, considerando las diferencias sociales, económicas
o de otra índole de los distintos grupos y sectores de la población, en correspondencia
con sus particulares necesidades y carencias, y sin más limitaciones que la satisfacción
de los requerimientos establecidos por las disposiciones legales respectivas.
En este contexto, durante el mes de octubre de 2007, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal
puso en marcha el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, el cual
tiene como propósito implantar un sistema de estímulos económicos para asegurar que
todos los jóvenes del Distrito Federal que cursan el bachillerato en escuelas públicas en la
entidad puedan hacerlo con éxito, y no lo tengan que abandonar por falta de recursos.
El 21 de diciembre de 2007 se formalizó el primer convenio modificatorio al contrato del
fideicomiso núm. 2152-6, denominado “Educación Garantizada del Distrito Federal”
celebrado entre el Gobierno del Distrito Federal por conducto de la SF y por otra parte
Banco Mercantil del Norte S.A., con el cual se modificó la cláusula primera y quinta1 para
1 “Clausula Primera. Se modifica el inciso b) de la cláusula PRIMERA DEFINICIONES del Contrato del Fideicomiso Educación
Garantizada para quedar como sigue: b) “Beneficiarios de los Programas”: Niños, niñas y jóvenes que cumplan con los lineamientos y mecanismos de operación de los siguientes Programas: i) Programa Educación Garantizada del Distrito Federal.- …, ii) Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal. Los jóvenes inscritos en programas de bachillerato en cualquiera de sus modalidades en instituciones públicas ubicadas en la entidad, que residan en el Distrito Federal, y que no cuenten con otra beca de estudios. iii) Programa Niñ@s Talento.- …, iv) Programa Seguro Contra Accidentes Personales Escolares.- … Cláusula Quinta.- La finalidad general del Fideicomiso, es crear un fondo administrado en forma global, para que con cargo al mismo se proporcionen los apoyos y estímulos correspondientes a los Beneficiarios del Programa Educación Garantizada, del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, del Programa Niñ@s Talentos y del Programa del Seguro contra Accidentes Personales de Escolares, de conformidad con los lineamientos y mecanismos de operación correspondientes. Lo anterior en los términos de la instrucción que por escrito gire el Comité Técnico, en el entendido de que el Fiduciario no es el responsable de la dispersión de las cantidades que al efecto instruya el Comité Técnico; en virtud de lo anterior, las partes acuerdan la definición de los siguientes fines…”.
405 VOLUMEN 12/13
incluir, en este fideicomiso, a los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, Programa Niñ@s Talento y Programa Va Segur@.
Con fecha 1o. de octubre de 2007 y 7 de noviembre de 2008, fueron publicadas en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal las Reglas de Operación del Programa de Estímulos
para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, correspondientes a los ciclos escolares 2007-2008 y
2008-2009 respectivamente, y en las cuales se establecen los objetivos, metas, presupuesto,
requisitos y procedimiento de acceso a dicho programa.
OBJETIVO
La auditoría se orientó a evaluar el desempeño de la SE durante el ejercicio de 2008,
en cuanto a las ayudas otorgadas mediante el Fideicomiso de Educación Garantizada,
dichas ayudas comprenden los estímulos otorgados a alumnos de bachillerato inscritos en
escuelas públicas y se les entregó de acuerdo con sus promedios de calificaciones, con la
finalidad de que no abandonen sus estudios por falta de recursos económicos, con ello el
Gobierno del Distrito Federal incentivó a que los alumnos culminen esta etapa de estudios
y con ello ingresen a la educación superior, por medio de la operación del programa
de estímulos de estudiantes de bachillerato actividad institucional 13 pertenecientes al
programa específico 06 “Equidad en la Ciudad” del Programa 17 “Educación”, lo anterior
con la finalidad de verificar la congruencia del Programa General de Desarrollo del Distrito
Federal en la prioridad de sus acciones en materia de educación; la eficacia con que
cumplió el objetivo de promover proyectos estratégicos de desarrollo humano de los
jóvenes de la Ciudad de México, primordialmente en materia de educación; la eficiencia
con que se operó el programa 17 en cuanto a las estrategias y procedimientos para el uso
adecuado de los recursos humanos, materiales y financieros; y la economía con que la
Secretaría aplicó los recursos para el efecto.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
De conformidad con las facultades y atribuciones que expresamente le confieren a la
H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en sus artículos 74, fracción IV y 122, apartado C, Base primera fracción V,
Inciso c) y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, en su artículo 43, es competencia
406 VOLUMEN 12/13
y responsabilidad de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal, la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal.
Con base en la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal y el Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda
de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se determinó incluir a la SE en virtud de
haber recibido el recurso para operar el programa de estímulos a estudiantes de bachillerato
de origen y al FEG por ser el ente que realizó las erogaciones de dicho programa.
La selección de la presente auditoría se sustentó en los criterios de “Interés General”,
“Importancia Relativa” y “Presencia y Cobertura”, en virtud de que en el Programa General
y de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, se plasmó su importancia para la ciudadanía;
además de que no se ha practicado una auditoría de desempeño a la SE y al FEG.
ALCANCE
Se evaluaron los resultados obtenidos por la SE en 2008, en el cumplimiento de los
objetivos, metas y normas establecidas, encaminadas a incentivar a la juventud de la Ciudad
de México que está cursando la educación media superior para que no la abandonen.
El alcance presupuestal comprendió la revisión de 1,199,684.1 miles de pesos, que equivalen
al 100.0% de los recursos reportados por el FEG como ejercidos en el Programa 17
“Educación”, actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de
Bachillerato Universal” con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones
y Transferencias”.
En materia de congruencia, se analizó el objetivo de la SE y su vinculación con las
prioridades del Distrito Federal en cuanto a formular, diseñar y ejecutar los programas
específicos en materia educativa en la Ciudad de México. Para evaluar la eficacia se
analizaron los procedimientos y la forma en como se utilizaron los recursos humanos,
materiales, financieros y el cumplimiento de los objetivos, relativos a la promoción y
coordinación de la operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí. Para el análisis de la vertiente de economía se revisó el origen, composición y
el destino de los recursos financieros utilizados. Finalmente, para el análisis de la calidad
407 VOLUMEN 12/13
de los servicios proporcionados por la SE y se evaluó el grado de satisfacción de quienes
obtienen los beneficios de dichos servicios.
EXAMEN Y EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO
De acuerdo a lo previsto en la Guía para el Estudio y Evaluación del Sistema de Control
Interno, se identificaron cada uno de los objetivos específicos establecidos en el Programa
Institucional 2008-2012 de la SE y del FEG, así como las metas comprometidas para cada
una de las acciones; incluyendo dentro de éstas las que corresponden a la operación del
programa de estímulos a estudiantes de bachillerato en el Distrito Federal. En tal sentido,
se constató que los objetivos contemplados en el programa institucional de referencia
corresponden con los términos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012
correspondiente al Eje 3 “Igualdad de Oportunidades”, en su Objetivo 10 “Reducir las
desigualdades regionales, de género y entre grupos sociales en las oportunidades
educativas”, específicamente en sus Estrategias 10.2 “Reducir las desigualdades regionales,
de género y entre grupos sociales en las oportunidades educativas”, y 10.4 “Promover una
mayor integración, tanto en los distintos niveles educativos, como dentro de los mismos,
para aumentar la permanencia de los estudiantes en el sistema educativo”. También
se constató que tales objetivos corresponden a lo previsto en el Programa General de
Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, en lo que hace al Eje 2 “Equidad” punto 4
del Diagnostico “Desigualdad y Educación”, en específico en lo que se refiere a la línea
Política “Educación”, en donde se señala la creación de un sistema de becas para
estudiantes de las escuelas públicas del Distrito Federal que garanticen la educación hasta
el nivel medio superior.
Por lo que corresponde a la competencia del sujeto fiscalizado, se verificó si el FEG
ejecutó el programa de estímulos de acuerdo con su marco normativo.
En cuanto al criterio de eficacia, se verificó que la SE contara con el Programa Operativo
Anual (POA) autorizado, con un procedimiento de elaboración del anteproyecto de
egresos relativo a la programación-presupuestación de los estímulos otorgados a los
estudiantes y se detectó que la SE carece de documentación que soporte la estimación
de la meta física.
408 VOLUMEN 12/13
Respecto al criterio de eficiencia, se verificó que el FEG no contó con un Manual Administrativo
ni con procedimientos relativos al programa de estímulos a estudiantes de bachillerato,
asimismo se detectaron variaciones en relación a la aplicación de la estructura orgánica
conforme a lo establecido en el dictamen 7/2008 autorizado y registrado por la CGMA,
se verificó que el FEG no contó con controles ni supervisión del cumplimiento del perfil de
los beneficiarios a quienes se les otorgaron los recursos del programa de estímulos.
En relación al criterio de economía, se constató que en el proceso de elaboración, autorización
y trámite de las Afectaciones Programático-Presupuestarias y Pólizas de Egresos, la SE y
el FEG se apegaron en lo general al Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios
para la Administración Pública del Distrito Federal.
En cuanto al criterio de calidad, se constató que el FEG atendió las solicitudes de la población
objetivo, las cuales se integraron al padrón de beneficiarios, una vez que se integraron las
tarjetas correspondientes. Por lo que hace a la competencia del sujeto fiscalizado, se verificó
que el FEG haya ejecutado de manera general el programa de estímulos de acuerdo con
su marco normativo.
DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
Como parte de la revisión del criterio de eficiencia, se analizó el 100% de los expedientes
del personal de estructura del FEG relacionados en la operación del programa; asimismo
se aplicó una encuesta para detectar el cumplimiento del perfil de los beneficiarios del
programa.
Para la determinación de la muestra se utilizó una metodología de muestreo por atributos,
con un nivel de confianza del 95% y un error tolerable del 5%, de la cual se obtuvo un tamaño
de muestra de 334 instrumentos por aplicar, de un universo de 216,471 estudiantes de
bachillerato que reciben estímulos.
Para la revisión del criterio de economía, se analizó el 100% de las Afectaciones Programático-
Presupuestales, generadas por la SE y el FEG correspondientes al presupuesto modificado
de la actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de
Bachillerato”.
409 VOLUMEN 12/13
En relación con los recursos ejercidos que afectaron esta actividad, por 1,137,340.1 miles
de pesos, y con base en el documento “Presupuesto Ejercido 2008 Calendarizado
Mensualmente” proporcionado por el FEG, se determinó el total del presupuesto ejercido
por capítulo y partida de gasto, y se identificó así también que el presupuesto ejercido se
integró de dos capítulos y dos partidas de gasto, en el caso del capítulo 4000 “Ayudas,
Subsidios, Aportaciones y Transferencias” en una partida de gasto; y en el caso del capítulo
5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” por una partida de gasto, asimismo se detectó que se
presentó un decremento respecto del presupuesto modificado de 18,765.8 miles de pesos.
Para la selección de la muestra del presupuesto ejercido, se aplicó el método de muestreo
estadístico de atributos, considerando los siguientes criterios: a) Partidas que representaron
el mayor presupuesto ejercido en cada uno de los meses del ejercicio en el capítulo de
gasto; b) Partidas no programadas y que se incorporaron en el transcurso del ejercicio.
Con base en lo anterior se seleccionó una muestra que representó el 30% del presupuesto
ejercido (341,202.0 miles de pesos).
Por lo que hace al criterio de percepción del ciudadano, en la determinación de la muestra
se consideraron los siguientes elementos: base de datos de beneficiarios a los que se les
otorgó el estimulo y estímulos otorgados por demarcación territorial e instituciones públicas
en el Distrito Federal.
La metodología utilizada fue a través del muestreo estadístico por conglomerados, dando
un tamaño de muestra de 334 encuestas a aplicar.
RESULTADOS
Congruencia
1. Resultado
Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí
El artículo 2o. de la Ley de Educación del Distrito Federal establece: “Todo individuo tiene
derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas
oportunidades de acceso al sistema educativo nacional”.
410 VOLUMEN 12/13
Asimismo, el artículo 12 de la Ley de las y los Jóvenes del Distrito Federal establece que
“… debe contemplar un sistema de becas, estímulos e intercambios académicos nacionales
y extranjeros que promuevan, apoyen y fortalezcan el desarrollo educativo de la juventud”.
Con el fin de impulsar la educación Media Superior en el Distrito Federal, el Jefe de Gobierno
del Distrito Federal autorizó y aprobó la creación de un fideicomiso público constituido
mediante contrato núm. 2152-6 del 21 de junio de 2007, el cual opera el Programa de
Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, teniendo como finalidad establecer el
principio de equidad como eje rector de programas sociales, proponiendo la universalización
de la Educación Media Superior, es decir el ofrecer a todos los jóvenes la posibilidad de
concluir sus estudios de bachillerato.
El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en materia de educación, señaló el compromiso
de apoyar mediante becas a los jóvenes de menores recursos ya que las condiciones de
pobreza originan que numerosas familias no lleven a sus hijos a las escuelas o que
quienes ya han ingresado, tengan que abandonar sus estudios para contribuir al
sostenimiento familiar. Al respecto se contempla en siguiente objetivo y estrategia:
Objetivo Estrategias
Elevar la calidad educativa, la cual comprende los rubros de cobertura, equidad, eficacia, eficiencia y pertinencia, al igual que reducir las desigualdades regionales, de género y entre grupos sociales en las oportunidades educativas, fortaleciendo el acceso y permanencia en el sistema de enseñanza media superior brindando una educación de calidad orientada al desarrollo de la equidad mejorando la calidad y pertinencia de la educación superior.
• Ampliar las becas educativas para los estudiantes de menores recursos en todos los niveles educativos.
• Revisar el marco reglamentario e instrumentar procesos de evaluación en el sistema de educación media superior.
• Ampliar, en el caso de educación media superior, el otorgamiento de becas y el apoyo de tutoriales, con el fin de reducir los niveles de deserción de los estudiantes y favorecer la conclusión de sus estudios
FUENTE: Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, publicado el 30 de mayo de 2007 en el Diario Oficial de la Federación.
Este nivel de educación también fue impulsado en el Programa General de Desarrollo del
Distrito Federal 2007-2012, publicado el 21 de diciembre de 2007 en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal, en el cual se indican los siguientes objetivos:
● Ampliar las oportunidades educativas para reducir desigualdades entre grupos sociales
e impulsar la equidad.
411 VOLUMEN 12/13
● Elevar la calidad de la educación para que los estudiantes mejoren su nivel de logro
educativo, cuenten con medios para tener acceso a un mayor bienestar y contribuyan
al desarrollo nacional.
● Se promoverá la participación de los alumnos, padres de familia, de los ciudadanos
y organizaciones de la sociedad civil, en la formulación, desarrollo y evaluación de las
políticas educativas.
El punto 1, párrafo segundo de las Reglas de Operación del Fideicomiso de Educación
Garantizada, las cuales fueron aprobadas por el Comité Técnico durante su Primera
Sesión Ordinaria, celebrada el 16 de agosto de 2007, refieren que “la finalidad principal de
este es el crear un fondo administrado en forma global, para que con cargo al mismo se
proporcione un apoyo mensual a los beneficiarios del programa […] con el propósito de
erradicar el índice de deserción estudiantil a nivel primaria, secundaria y nivel medio
superior en la capital del país …”.
Por lo anterior, se concluye que existe una relación coherente entre las prioridades
nacionales y sectoriales establecidas en los documentos de planeación de mediano plazo
del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal; con el objetivo y las acciones
realizadas por la SE y el FEG concernientes al Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, los cuales se encuentran alineados con las disposiciones jurídicas
aplicables (Ley de las y los jóvenes del Distrito Federal y Ley de Educación del Distrito
Federal), lo cual tiene la finalidad de reducir los niveles de deserción de los estudiantes
que cursan el nivel medio superior, favoreciendo la conclusión de sus estudios.
2. Resultado
Medidas de Control, que permitieron el Acceso a la Información Pública del Programa Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí
En la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en su
artículo 1o., segundo párrafo, se establece el objeto de “…trasparentar el ejercicio de la función
pública, garantizar el efectivo acceso de toda persona a la información pública en posesión
de los órganos locales: Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Autónomos por ley, así como cualquier
entidad, organismo u organización que reciba recursos públicos del Distrito Federal”.
412 VOLUMEN 12/13
Por su parte, la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, en su artículo 4o.,
fracción XI, relativa a la transparencia establece que “La información surgida en todas las
etapas del ciclo de las políticas de desarrollo social será pública con las salvedades que
establece la normatividad en materia de acceso a la información y con pleno respeto a la
privacidad de los datos personales y a la prohibición del uso político-partidista, confesional
o comercial de la información”.
Se verificó que el FEG cuenta con una página de Internet en el cual se observa el portal
de “Transparencia”, el cual está integrado por los siguientes campos:
● Instructivo de Operación PREBU (Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí).
● Directorio de Servidores Públicos referente a 2008.
● Informe de Avance Programático Presupuestal.
● Reglas de Operación del Fideicomiso de Educación Garantizada, las cuales fueron
aprobadas por el Comité Técnico en la primera Sesión Ordinaria el 16 de agosto de 2007.
Estos campos tienen el propósito de dar a conocer el objetivo e integración del
Fideicomiso, así como las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí, 2007-2008 publicadas en la Gaceta Oficial de Distrito
Federal el 1o. de octubre de 2007, y en ellos se establece información del estímulo,
al igual que los requisitos para ser beneficiario y los requisitos para permanecer en el
programa.
Se trató de verificar cuál fue el área encargada durante 2008 de realizar la actualización
de la información para el portal señalado, lo cual permitiría garantizar el acceso de toda
persona a la información concerniente al Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí.
Por lo anterior, se solicitó al FEG con oficio APPD/103/155 del 12 de marzo de 2010, señalara
el área encargada de verificar y coordinar la actualización del portal de transparencia y acceso
a la información pública correspondiente al Programa de Estímulos para el Bachillerato
413 VOLUMEN 12/13
Universal, Prepa Sí, durante el 2008, respecto de cual, mediante nota informativa sin
número, del 18 de marzo la Oficina de Información Pública informó: “Durante el 2008,
el área encargada de verificar y coordinar la actualización de la sección de Transparencia
en el portal del FEG y en particular, lo correspondiente al Programa Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí, fue y es a la fecha, la Dirección Zona Sur, como responsable
de la Oficina de Información Pública del Fideicomiso de Educación Garantizada…”.
De lo anterior, se concluye que el FEG atendió el objeto señalado en el artículo 1o., párrafo
segundo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal,
y el artículo 4o., fracción XI, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, las
cuales refieren al acceso a la información y a garantizar que ésta sea de carácter público
en lo que se refiere a la administración y operación del Programa Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí.
Eficacia
3. Resultado
“Estímulos”, unidad de medida de la actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” a cargo del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal (FEG)
De la revisión al Informe de Cuenta Pública 2008, del FEG, se observó que para la
actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estudiantes de Bachillerato” utilizó como
unidad de medida “Estímulos” la cual no refleja las acciones realizadas para esa actividad
institucional, ya que la información ahí registrada se refiere al número de “Estudiantes” o
“Beneficiarios” a quienes le fue otorgado durante 2008, un estímulo económico.
Lo anterior fue confirmado con la nota Informativa del 26 de enero de 2010, en la cual la
Dirección de Evaluación señaló que: “…un beneficiario puede recibir diferentes estímulos
durante un ciclo escolar […] reconocimiento por conclusión de bachillerato [y] conocimientos
de tecnologías e idiomas”, los cuales son adicionales a los estímulos (de 500, 600 o 700
pesos), que de manera mensual entrega el FEG a los estudiantes inscritos en el Programa
de Estímulos al Bachillerato Universal, Prepa Sí, y que cumplen con los requisitos de ingreso
y permanencia en dicho programa.
414 VOLUMEN 12/13
Se constató, según lo estipulado en las Reglas de Operación del Programa de Estímulos
para el Bachillerato Universal vigentes durante los ciclos escolares 2007-2008 y 2008-2009,
que el FEG considera como estímulos a aquellos a los cuales, con base en el promedio de
calificaciones de los alumnos, corresponden un importe de 500, 600 y 700 pesos y cataloga
como beneficios adicionales el “reconocimiento de conclusión de bachillerato” equivalente
a 1,000 pesos y “conocimiento de tecnologías e idiomas” equivalente a 1,000 pesos.2
De lo anterior se observa que un sólo alumno beneficiario del Programa de Estímulos para
el Bachillerato Universal, Prepa Sí, que cumpla con los requisitos exigidos en las reglas de
operación, podrá tener hasta 10 estímulos, por concepto de permanencia en el programa,
más los beneficios adicionales por conclusión de bachillerato y por conocimiento de
tecnologías e idiomas es decir, 12 estímulos.
En la nota Informativa en comento se señala que la SF sugirió que la unidad de medida
fuera “estímulos” derivado de la denominación del programa.
De lo anterior, se concluye que las acciones reportadas en el Informe de Cuenta Pública 2008
del FEG, actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de
Bachillerato” corresponde al número de “Estudiantes” o “Beneficiarios” y no a los “Estímulos”
como lo indica la unidad de medida utilizada durante el ejercicio 2008.
Lo anterior se constató mediante el análisis realizado a los archivos de dispersión de
recursos para los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí, en los cuales se detectó que para el mes de enero de 2008 se solicitó la
dispersión de 12,213 estímulos, cuando, según la información reportada por el sujeto
fiscalizado en su Informe General del Fideicomiso Educación Garantizada 2008, a cargo
de la Dirección General, ésta se refiere a un total de 151,874 beneficiarios del programa
para ese mismo mes. En ese sentido, para el mes de diciembre se solicitó la dispersión
de 474,424 estímulos cuando el número de beneficiados para ese mes fue de 216,192
según el mismo Informe General del FEG a cargo de Dirección General.
2 Se observa que este beneficio puede ser entregado por 500 pesos si el alumno solamente se capacita en una opción:
inglés o computación.
415 VOLUMEN 12/13
Asimismo, se llevó a cabo la revisión de la información reportada en la Cuenta Pública
del Gobierno del Distrito Federal de 2009, y se observó que tanto la denominación de la
actividad institucional y su unidad de medida fueron modificadas, quedando de la siguiente
forma: actividad institucional 05 “Estímulos para la continuación de la preparatoria ‘Prepa Sí’”,
con unidad de medida “Persona”. Con base en lo anterior, esta CMHALDF considera que
la nueva unidad de medida adoptada por el FEG refleja las acciones realizadas inherentes
a la actividad institucional, y muestra una correlación de metas y acciones.
Con base en lo anterior, esta CMHALDF concluye que durante el ejercicio de 2008 el FEG
utilizó para la actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes
de Bachillerato” una unidad de medida (estímulos) que no reflejó las acciones inherentes
realizadas a dicha actividad institucional, sin embargo para el siguiente ejercicio fiscal
de 2009, tanto la denominación de la actividad institucional y su unidad de medida fueron
modificadas, motivo por el cual esta CMHALDF no emite recomendación ya que, la unidad
de medida refleja la información que se registra en el Informe de Cuenta Pública de ese
ejercicio fiscal.
4. Resultado
Alumnos Beneficiarios del Programa de Estímulos al Bachillerato Universal, Prepa Sí en 2008
El Código Financiero del Distrito Federal 2008, señala en su artículo 544 que, “las
dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, deberán llevar registros
auxiliares para los programas presupuestarios que muestren de manera sistemática los
avances financieros y de consecución de metas, con objeto de facilitar la evaluación en la
ejecución del gasto público”.
Por su parte el artículo 535 del mismo ordenamiento, señala que “será responsabilidad de
las dependencias órganos desconcentrados delegaciones y entidades la desagregación
de registros complementarios que permitan el suministro de información interna para la
toma de decisiones administrativas y para el control en la ejecución de las acciones, de
acuerdo con sus necesidades específicas”.
416 VOLUMEN 12/13
El FEG registró en su Informe de Cuenta Pública 2008, para el Programa 17 “Educación”,
Programa Específico 06 “Equidad en la Ciudad” y actividad institucional 13 “Operar
el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” una meta física alcanzada de
216,471 estímulos otorgados con el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí.
A fin de verificar y comprobar que dicha meta se encuentre sustentada con información
documental que permita corroborar el avance y compilación de la misma, fueron
requeridos al FEG los registros auxiliares con los cuales se dio sustento a las cantidades
y cifras reportadas en el Informe de Cuenta Pública 2008.
A este respecto mediante oficio número APPD/103/155 del 12 de marzo de 2010 se
solicitó a las Direcciones de Informática, Evaluación, Administración y Finanzas, Atención
e Información, así como a la Coordinación Ejecutiva del PREBU,3 los registros auxiliares
en medios impreso y magnético correspondientes al ejercicio fiscal de 2008.
En este sentido, mediante nota informativa de la Subdirección de Recursos Financieros
del 5 de abril de 2010 se señalo que “se recaba la información de las áreas y de manera
global se integran los datos para los informes de avances presupuestales, no contándose
con los registros señalados”.
Derivado de lo anterior se revisó el Informe General del Fideicomiso Educación Garantizada,
a cargo de la Dirección General. Dicho Informe registra información correspondiente a las
labores desarrolladas por el FEG, por todas sus áreas y respecto de los programas4 que
se encontraron a cargo de este Fideicomiso durante ese año, incluido el Programa de
Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.
3 PREBU: Programa de Estímulos al Bachillerato Universal, Prepa Sí. 4 Durante el ejercicio fiscal de 2008 los programas responsabilidad del FEG fueron: Programa Educación Garantizada, Programa
de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, Programa Va Segur@ y Programa Niñ@s Talento.
417 VOLUMEN 12/13
En la página 21 de dicho informe se presenta el cuadro “Tabla 4. Evolución Mensual de
Beneficiarios (bachillerato) Enero-Diciembre 2008” el cual se muestra a continuación:
Mes* Número de beneficiarios Enero 151,874 Febrero 165,322 Marzo 172,072 Abril 176,723 Mayo 179,982 Junio 178,991 Septiembre 216,699 Octubre 216,586 Noviembre 216,426 Diciembre 216,192
FUENTE: Fideicomiso Educación Garantizada, Informe General 2008 Fideicomiso Educación Garantizada, Dirección General, p. 21.
* No se presentan cifras en julio y agosto debido a que el Programa contempla el otorgamiento de estímulos económicos por ciclo escolar (diez meses).
Con base en la información reportada en el Informe General del Fideicomiso Educación
Garantizada 2008, en la parte correspondiente al número de beneficiarios del Programa
de Estímulos al Bachillerato Universal, Prepa Sí, se confirma que la información registrada
en el Informe de Cuenta Publica 2008 para la actividad institucional 13 antes señalada,
corresponde al número de beneficiarios y no al número de estímulos que recibió cada
uno.
Del cotejo de información entre el Informe de Cuenta Pública 2008 y el Informe General
del Fideicomiso Educación Garantizada 2008 en la parte correspondiente a la meta se
observa lo siguiente:
Fuente de información Meta física 2008
Informe de Cuenta Pública 2008 216,471 Informe General del Fideicomiso Educación Garantizada 2008 216,192 Diferencia 279
Respecto a esta diferencia, la Dirección de Evaluación señaló, que ésta tiene su
explicación en que la información registrada en el Informe General del Fideicomiso
Educación Garantizada comprende cifras preliminares al mes de diciembre, en tanto que
418 VOLUMEN 12/13
la cifra registrada en el Informe de Cuenta Pública 2008, contiene datos procesados al
mes de marzo de 2009.
A fin de correlacionar las metas físicas y presupuestales alcanzadas en la actividad
institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” en el
cual se ubicó el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, durante
el ejercicio 2008, se solicitaron, recibieron y analizaron los “Oficios de Solicitud de
Depósito en las Tarjetas de los Beneficiarios”5 y sus correspondientes archivos, como se
muestra a continuación:
Número consecutivo
Número de oficio
Fecha Número de archivos
Número consecutivo
Número de oficio
Fecha Numero de archivos
1 FEG/DG/013/2008 21/01/2008 2
26 FEG/DG/CEPREBU/033 Bis/2008 23/10/2008 6 2 FEG/DG/016/2008 30/01/2008 2
27 FEG/DG/CEPREBU/035/2008 05/11/2008 16 3 FEG/DG/018/2008 07/02/2008 2
28 FEG/DG/CEPREBU/035 Bis/2008 06/11/2008 2 4 FEG/DG/022/2008 12/02/2008 16
29 FEG/DG/CEPREBU/036/2008 13/11/2008 3 5 FEG/DG/029/2008 26/02/2008 1
30 FEG/DG/CEPREBU/038/2008 18/11/2008 4 6 FEG/DG/035/2008 05/03/2008 1
31 FEG/DG/CEPREBU/041/2008 20/11/2008 3 7 FEG/DG/045/2008 07/03/2008 15
32 FEG/DG/CEPREBU/046/2008 24/11/2008 8 8 FEG/DG/050/2008 12/03/2008 4
33 FEG/DG/CEPREBU/047/2008 24/11/2008 6 9 FEG/DG/067/2008 31/03/2008 2
34 FEG/DG/CEPREBU/048/2008 25/11/2008 2 10 FEG/DG/073/2008 04/04/2008 17
35 FEG/DG/CEPREBU/049/2008 26/11/2008 5 11 FEG/DG/093/2008 15/04/2008 1
36 FEG/DG/CEPREBU/050/2008 27/11/2008 5 12 FEG/DG/102/2008 24/04/2008 2
37 FEG/DG/CEPREBU/051 Bis/2008 28/11/2008 6 13 FEG/DG/105/2008 30/04/2008 2
38 FEG/DG/CEPREBU/054/2008 04/12/2008 1 14 FEG/DG/108/2008 08/05/2008 17
39 FEG/DG/CEPREBU/055/2008 05/12/2008 6 15 FEG/DG/111/2008 09/05/2008 1
40 FEG/DG/CEPREBU/056/2008 08/12/2008 1 16 FEG/DG/0117/2008 20/05/2008 1
41 FEG/DG/CEPREBU/058/2008 09/12/2008 17 17 FEG/DG/0122/2008 30/05/2008 1
42 FEG/DG/CEPREBU/063/2008 15/12/2008 1 18 FEG/DG/0125/2008 04/06/2008 19
43 FEG/DG/CEPREBU/065/2008 16/12/2008 5 19 FEG/DG/0141/2008 19/04/2008 2
44 FEG/DG/CEPREBU/066/2008 19/12/2008 3 20 FEG/DG/0163/2008 30/06/2008 1
45 FEG/DG/CEPREBU/067/2008 22/12/2008 5 21 FEG/DG/0176/2008 09/07/2008 18
46 FEG/DG/CEPREBU/068/2008 23/12/2008 4 22 FEG/DG/0198/2008 31/07/2008 4
47 FEG/DG/CEPREBU/069/2008 29/12/2008 3 23 FEG/DG/CEPREBU/029/2008 09/10/2008 5
48 FEG/DG/CEPREBU/070/2008 30/12/2008 26 24 FEG/DG/CEPREBU/032/2008 16/10/2008 5
49 FEG/DG/CEPREBU/071/2008 31/12/2008 21 25 FEG/DG/CEPREBU/033/2008 23/10/2008 3
FUENTE: Oficios de solicitud de dispersión del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal del ejercicio fiscal 2008.
Cada uno de estos oficios presenta una tabla que describe el monto de los estímulos
económicos a otorgar, el número de beneficiarios acreedores por cada tipo de estímulo,
el subtotal en recursos solicitados por tipo de estímulo, así como el total del número de
beneficiarios y recursos a solicitar como se muestra en el siguiente ejemplo:
5 Atenta nota del 17 de febrero de 2010, emitida por la Subdirección de Finanzas con la cual fueron remitidos 49 oficios de
solicitud de dispersión del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí del ejercicio fiscal 2008 con igual número de discos compactos, los cuales contienen los archivos que sustentan dicha dispersión.
419 VOLUMEN 12/13
Monto Beneficiados Subtotal
500 3 1,500 600 2 1,200 700 1 700
1000 1 1,000 Total 7 4,400
A partir de octubre los conceptos fueron modificados como se muestra en el siguiente
ejemplo:
Monto dispersado por beneficiario
Total de beneficiarios
Monto total dispersado
500 3 1,500 600 2 1,200 700 1 700
1000 1 1,000 Total 7 4,400
Se destaca de la inspección visual a dichos oficios, la existencia de montos de estímulos
por 1,000 pesos, lo cual indica que se refiere a los beneficios adicionales que por
concepto de conclusión de bachillerato y por conocimiento de tecnologías e idiomas son
otorgados a aquellos alumnos que logran ese fin.
Se observó la existencia de dos figuras, los Coordinadores de Unidad Territorial y los
Jefes de Grupo, los cuales son seleccionados del grupo de beneficiarios del Programa
de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí. Los Coordinadores de Unidad
Territorial son responsables de seleccionar y coordinar a 10 Jefes de Grupo; cada Jefe de
Grupo se encarga de coordinar a 20 beneficiarios.6 El desarrollo de estas funciones implicó la
creación de un “sistema de estímulos adicionales” en el cual a cada Coordinador y Jefe de
Grupo les son otorgados 1,000 y 500 pesos respectivamente con cargo al programa
en comento. Por lo anterior, algunos de los estímulos referidos en los oficios de dispersión,
con 500 y 1,000 pesos, también pueden corresponder a dicho fin, sin embargo ello no
puede ser constatado a partir de tales oficios.
6 Dirección de Evaluación, Nota Informativa del 8 de marzo de 2010.
420 VOLUMEN 12/13
Derivado de la no existencia de registros auxiliares, se procedió a organizar los oficios por
mes, a fin de poder determinar las metas físicas y presupuestales efectivamente alcanzadas
de manera mensual por el FEG y confirmar la información registrada en el Informe de
Cuenta Pública 2008 del sujeto fiscalizado. Los resultados de la compilación de información
contenida en las tablas de los oficios antes referidos mostraron lo siguiente:
Mes Monto dispersado por beneficiario
Total de beneficiarios
Monto total dispersado
500 6,611 3,305.5 600 4,906 2,943.6 700 696 487.2
1000 0 0.0
Enero
Total 12,213 6,736.3 500 54,006 32,003.0 600 60,567 36,340.2 700 13,322 9,325.4
1000 778 778.0
Febrero
Total 128,673 78,446.6 500 80,342 40,171.0 600 73,779 44,267.4 700 15,525 10,867.5
1000 824 824.0
Marzo
Total 170,470 96,129.9 500 82,945 41,472.5 600 74,314 44,588.4 700 15,399 10,779.3
1000 5,936 5,936.0
Abril
Total 178,594 102,776.2 500 88,208 44,104.0 600 76,577 45,946.2 700 15,557 10,889.0
1000 853 853.0
Mayo
Total 181,195 101,792.2 500 90,955 45,477.5 600 79,345 47,607.0 700 15,927 11,148.9
1000 878 878.0
Junio
Total 187,105 105,111.4 500 93,880 46,940.0 600 78,318 46,990.8 700 13,848 9,693.6
1000 872 872.0
Julio
Total 186,918 104,496.4 500 50,831 25,415.5 600 53,616 32,169.6 700 14,044 9,830.8
1000 6,965 6,965.0
Octubre
Total 125,456 74,380.9 500 133,781 66,890.5 600 121,986 73,191.6 700 23,212 16,248.4
1000 4,228 4,228.0
Noviembre
Total 283,207 160,558.5 500 243,065 121,982.5 600 205,236 123,141.6 700 42,399 29,679.3
1000 25,745 25,745.0
Diciembre
Total 516,445 300,548.4
421 VOLUMEN 12/13
De lo anterior se concluye, que la información contenida en la documentación proporcionada
por la Subdirección de Recursos Financieros no permite cuantificar las metas físicas y
presupuestales alcanzadas por el FEG (mensual, bimestral, trimestral, semestral, etc.),
tampoco se puede identificar los conceptos que originaron esos resultados (estímulos con
base en el promedio de las calificaciones de los alumnos, beneficios adicionales por concepto
de conclusión de bachillerato o conocimiento de tecnologías e idiomas, o estímulos adicionales
por concepto de llevar a cabo funciones de Coordinador de Unidad Territorial o de Jefe de
Grupo).7
El Informe General del Fideicomiso Educación Garantizada 2008, a cargo de la Dirección
General señala que durante 2008 la Dirección de Informática fue la encargada de la
elaboración de los archivos de dispersión requeridos para la realización de los depósitos
de los estímulos. En función de lo anterior se solicitó a la Dirección de Informática
proporcionara en medio magnético los archivos de dispersión, utilizados para realizar los
depósitos de los estímulos a los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, en formato de Excel 2003, desagregados por tipo y monto de estímulo
depositado a cada uno de los beneficiarios durante el ejercicio 2008.
De la revisión y análisis a los archivos mencionados, se obtuvieron los siguientes resultados:
● Para el mes de enero, mediante los oficios núms. FEG/DG/013/2008 y FEG/DG/016/2008
fueron solicitadas las dispersiones de recursos para un total de 12,213 alumnos. De éstos,
a 6,611 alumnos les correspondió el estimulo de 500 pesos; a 4,906 alumnos les
correspondió el estímulo de 600 pesos; y a 696 alumnos les correspondió el estímulo de
700 pesos. La suma de todos estos estímulos refiere un importe de 6,736.3 miles
de pesos.
● Para el mes de febrero, mediante los oficios núms. FEG/DG/018/2008, FEG/DG/022/2008
y FEG/DG/029/2008 fueron solicitadas las dispersiones de recursos para un total de
137,845 beneficiarios. De estos a 63,971 alumnos les correspondió el estímulo de 500
pesos; a 60,552 alumnos les correspondió el estímulo de 600 pesos; y a 13,321 alumnos
7 Los oficios proporcionado por la Subdirección de Recursos Financieros se acompañan de varios archivos, estos
presentan un formato que es útil a la institución financiera para saber a que cuenta y/o tarjeta se deberán depositar los recursos, sin embargo por sus características estos no permiten verificar y/o comprobar la consecución de metas.
422 VOLUMEN 12/13
les correspondió el estímulo de 700 pesos. La suma de todos estos estímulos refiere
un importe de 78,414.4 miles de pesos. Durante el mes de referencia, fueron
dispersados recursos para un total de 773 Coordinadores de Unidad Territorial, los
cuales englobaron recursos por 773.0 miles de pesos.
● Por lo que respecta al mes de marzo, la solicitud de dispersión de recursos se realizó
mediante los oficios núms. FEG/DG/035/2008, FEG/DG/045/2008, FEG/DG/050/2008
y FEG/DG/067/2008 para un total de 169,604 alumnos los cuales se distribuyeron
de la siguiente forma: 80,302 con un estimulo de 500 pesos; 73,778 alumnos con un
estímulo de 600 pesos, y 15,524 alumnos con un estímulo de 700 pesos. Durante este
período, fue solicitada la dispersión de recursos para un total de 819 Coordinadores
de Unidad Territorial con un importe de 819.0 miles de pesos, así como para 32 Jefes de
Grupo, con un importe en recurso de 16.0 miles de pesos.
● Para el mes de abril, con oficios núms. FEG/DG/073/2008, FEG/DG/093/2008,
FEG/DG/102/2008 y FEG/DG/105/2008 fueron solicitadas las dispersiones de recursos
para un total de 171,584 alumnos, distribuidos de la siguiente manera: con 500 pesos
81,873 alumnos; con 600 pesos 74,312 alumnos, y con 700 pesos 15,399 alumnos los
cuales de manera global refieren recursos por 96,303.0 miles de pesos. También fueron
solicitados los recursos para 841 Coordinadores y 6,164 Jefes de Grupo, los cuales
refieren recursos por 841.0 miles de pesos y 3,082.0 miles de pesos respectivamente.
● Mediante oficios núms. FEG/DG/108/2008, FEG/DG/111/2008, FEG/DG/0117/2008
y FEG/DG/0122/2008 se llevó a cabo la solicitud de dispersión de recursos en el mes
de mayo, para un total de 174,208 alumnos distribuidos como sigue: con 500 pesos
81,120 alumnos; con 600 pesos 76,574 alumnos, y con 700 pesos 15,514 alumnos los
cuales de manera global refieren recursos por 97,864.2 miles de pesos. Durante este mes
se contó con 849 Coordinadores Unidad Territorial y 6,082 Jefes de Grupo, por lo cual
también se solicitaron recursos por 3,890.0 miles de pesos.
● Para el mes de junio, mediante los oficios núms. FEG/DG/0125/2008, FEG/DG/0141/2008
y FEG/DG/0163/2008 fueron solicitados los recursos de dispersiones para 180,039
alumnos. De éstos, a 84,830 alumnos les correspondió el estímulo de 500 pesos;
a 79,332 alumnos les correspondió el estímulo de 600 pesos; y a 15,877 alumnos les
423 VOLUMEN 12/13
correspondió el estímulo de 700 pesos. La suma de estos estímulos refiere un importe de
101,128.1 miles de pesos. También fueron solicitados recursos para 871 Coordinadores
de Unidad Territorial y 6,115 Jefes de Grupo, por un importe de 3,928.5 miles de pesos.
● En julio fueron solicitados recursos para ser dispersados a 179,552 alumnos, 6,183 jefes
de grupo y 971 coordinadores por un importe de 104,391.2 miles de pesos. Para el caso de
los alumnos los recursos fueron distribuidos de la siguiente forma: con 500 pesos
87,649 alumnos, con 600 pesos 78,091 alumnos y con 700 pesos 13,782 alumnos.
El total de recursos solicitados fue por 104,391.2 miles de pesos. La solicitud se hizo
mediante los oficios núms. FEG/DG/0176/2008 y FEG/DG/0192/2008.
● En octubre fueron solicitados recursos para ser dispersados a 115,678 alumnos,
750 Jefes de Grupo, 139 Coordinadores de Unidad Territorial y 6,820 egresados de
bachillerato por un importe de 73,209.2 miles de pesos. Para el caso de los alumnos
los recursos fueron distribuidos de la siguiente forma: con 500 pesos 49,128 alumnos, con
600 pesos 52,815 alumnos y con 700 pesos 13,735 alumnos. La solicitud se hizo
mediante los oficios FEG/DG/CEPREBU/029/2008, FEG/DG/CEPREBU/032/2008,
FEG/DG/CEPREBU/033/2008, FEG/DG/CEPREBU/033Bis/2008.
● Para el mes de noviembre, mediante los oficios núms. FEG/DG/CEPREBU/035/2008,
FEG/DG/CEPREBU/035Bis/2008, FEG/DG/CEPREBU/036/2008, FEG/DG/CEPREBU/038/2008,
FEG/DG/CEPREBU/041/2008, FEG/DG/CEPREBU/046/2008, FEG/DG/CEPREBU/047/2008,
FEG/DG/CEPREBU/048/2008, FEG/DG/CEPREBU/049/2008, FEG/DG/CEPREBU/050/2008,
FEG/DG/CEPREBU/051Bis/2008, fueron solicitados los recursos para ser dispersados a
276,164 alumnos (131,848 con estímulo de 500 pesos, 121,249 con estímulo de 600 pesos
y 23,067 con estímulo de 700 pesos), 1,479 Jefes de Grupo, 276 Coordinadores
de Unidad Territorial, 3,947 egresados de bachillerato y 2 beneficios por concepto de
conocimientos de inglés y computación, todos por un importe de 160,093.2 miles
de pesos.
● Finalmente, para el mes de diciembre, se solicitaron recursos por 309,565.8 miles de
pesos los cuales fueron distribuidos entre 250,394 alumnos que recibieron estímulos
de 500 pesos, 185,348 alumnos que recibieron estímulos de 600 pesos, 38,654 alumnos
que recibieron estímulos de 700 pesos; 1,161 Coordinadores de Unidad Territorial que
424 VOLUMEN 12/13
recibieron un estímulo especial de 1,000 pesos, 4,836 Jefes de Grupo que recibieron
un estímulo de 500 pesos, 12,257 egresados que recibieron un beneficio adicional
de 1,000 pesos, 5,927 alumnos por capacitación en conocimientos de computación
e idiomas por 1,000 pesos, 54 alumnos por capacitación en computación por 500 pesos,
y 106 alumnos por capacitación en conocimientos en idiomas (inglés) por 500 pesos.8
La solicitud de estos recursos se realizó mediante los oficios FEG/DG/CEPREBU/054/2008,
FEG/DG/CEPREBU/055/2008, FEG/DG/CEPREBU/056/2008, FEG/DG/CEPREBU/058/2008,
FEG/DG/CEPREBU/063/2008, FEG/DG/CEPREBU/065/2008, FEG/DG/CEPREBU/066/2008,
FEG/DG/CEPREBU/067/2008, FEG/DG/CEPREBU/068/2008, FEG/DG/CEPREBU/069/2008,
FEG/DG/CEPREBU/070/2008, FEG/DG/CEPREBU/071/2008.
Es importante destacar que al inicio del ciclo escolar 2008-2009 la cobertura del Programa
de Bachillerato Universal, Prepa Sí fue “ampliada” al nivel licenciatura, para beneficiar a
los alumnos de Universidades públicas, bajo la misma estructura de operación con que se
llevó a cabo en el nivel bachillerato. En este sentido del análisis a los archivos
proporcionados por la Dirección de Informática del FEG, se observa que para los meses
de julio, octubre, noviembre y diciembre se realizaron las solicitudes de dispersión de
recursos para alumnos del nivel licenciatura como se observa en el siguiente cuadro:
(Pesos)
Mes Monto dispersado por beneficiario
Total de beneficiarios
Monto total dispersado
600 2 1,200 Julio 1000 1 1,000
500 3 1,500 600 8 4,800
Octubre
700 2 1,400 500 95 47,500 600 421 252,600
Noviembre
700 105 73,500 500 9,815 4,907,500 600 18,768 11,260,800 700 2,537 1,775,900
Diciembre
1000 6,287 6,287,000 Total 38,044 24,614,700
8 El procedimiento utilizado para determinar las metas alcanzadas en los diez meses en los que se otorgaron estímulos a los
beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, fue mediante la herramienta de “Tablas Dinámicas” del Programa de Excel 2003.
425 VOLUMEN 12/13
De lo anterior se concluye que, dada la carencia de registros auxiliares en el FEG, no se
puede comprobar la consecución de metas físicas y presupuestales de la actividad institucional
13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” registradas en el
Informe de Cuenta Pública 2008, por lo cual fue necesario recurrir al uso de información
no consolidada, organizada y avalada por la instancia o área del Fideicomiso responsable
y facultada para ello. Por lo anterior el FEG incumplió con lo establecido en los artículos
535 y 544 del Código Financiero del Distrito Federal para 2008.
El 21 de mayo de 2010 se llevó a cabo la reunión de confronta entre el FEG y la Contaduría
Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF), en la cual
el Fideicomiso mediante oficio FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010 hizo entrega
del registro auxiliar “Conciliaciones Enero Marzo 2010 del Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí”, de su inspección y análisis se observan tres conceptos:
“Solicitud de Dispersión” el cual se integra de los campos “fecha [de oficio]”, “número de
oficio”, “número de oficios”, “importe” y “beneficiarios”; “Dispersiones Pagadas” el cual se
integra de los rubros “importe” y “beneficiarios”; “Diferencias en Saldos (Rechazados)”,
el cual se integra de los campos “importe”, “beneficiarios” y “observaciones”.
Se observó que en dichos registros intervienen para su elaboración la Subdirección de
Recursos Financieros y la Dirección de Informática, en tanto que su autorización se encuentra
a cargo de la Coordinación Ejecutiva del PREBU y de la Dirección de Administración
y Finanzas.
Sin embargo, el registro auxiliar denominado “Conciliaciones Enero Marzo 2010” del Programa
de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, no muestra de forma desagregada para
cada archivo el número de beneficiarios que recibieron estímulos de 500, 600 o 700 pesos,
tampoco muestra el número de beneficios adicionales por concepto de conclusión (egreso)
de bachillerato por 1,000 pesos, y por conocimiento de computación e idiomas por 1,000
o 500 pesos; tampoco se muestra los estímulos adicionales por concepto de Coordinador
de Unidad Territorial por 1,000 pesos, y de Jefe de Grupo por 500 pesos.
Por lo anterior, el registro auxiliar denominado “Conciliaciones Enero Marzo 2010” del
Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, refiere información
426 VOLUMEN 12/13
del ejercicio de 2010 y no comprende lo relativo al ejercicio fiscal de 2008. Adicionalmente,
dicho registro no muestra de forma desagregada las metas alcanzadas derivadas de
la operación de dicho programa, persistiendo la deficiencia y por tanto la información
proporcionada no desvirtúa la observación señalada.
Recomendación APPD-103-08-20-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, en sus áreas
Dirección de Informática y Subdirección de Recursos Financieros, diseñen, elaboren
e implanten registros auxiliares o registros complementarios, que permitan verificar las
metas alcanzadas derivadas de la operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, conforme a lo establecido en el Código Financiero del Distrito Federal.
5. Resultado
Evaluación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, a cargo del FEG durante el Ejercicio 2008
El Primer Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso núm. 2152-6, denominado
“Educación Garantizada del Distrito Federal” celebrado entre el Gobierno del Distrito
Federal por conducto de la SF y por otra parte Banco Mercantil del Norte S.A., el cual tuvo
verificativo el 21 de diciembre de 2007, estableció en el apartado de antecedentes que:
“En el mes de octubre de 2007 el Jefe de Gobierno del Distrito Federal puso en marcha
el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, el cual tiene como propósito
implantar un sistema de estímulos económicos para asegurar que todos los jóvenes del
Distrito Federal que cursan el bachillerato en escuelas públicas en la entidad puedan
hacerlo con éxito, y no lo tengan que abandonar por falta de recursos.”
En el mismo documento se identifica el apartado Cláusulas, Cláusula Primera, inciso b)
“Beneficiarios de los Programas”, número ii) Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, como beneficiarios a “los jóvenes inscritos en los programas de bachillerato en
cualquiera de sus modalidades en instituciones públicas ubicadas en la entidad, que residan
en el Distrito Federal y que no cuenten con otra beca de estudios”.
427 VOLUMEN 12/13
Por su parte, la Cláusula Quinta. Fines se dispone: “La finalidad general del Fideicomiso
es crear un fondo administrado en forma global para que con cargo al mismo se proporcionen
los apoyos y estímulos correspondientes, a los beneficiarios del […] Programa de Estímulos
para el Bachillerato Universal [...] en los términos de la instrucción que por escrito gire el
Comité Técnico…”.
De lo anterior se concluye que el objetivo del Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, es: Implantar un sistema de estímulos económicos con cargo a un fondo
para que se proporcionen los apoyos y estímulos correspondientes, a los jóvenes inscritos
en los programas de bachillerato en cualquiera de sus modalidades en instituciones públicas
ubicadas en la entidad, que residan en el Distrito Federal y que no cuenten con otra beca
de estudios.
En la revisión al documento Evaluación del Impacto y Satisfacción de los Beneficiarios
del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí,” se identificó que
“adicionalmente, el programa pretende mejorar el desempeño académico de los estudiantes;
motivar y dar oportunidad a los alumnos que están en peligro de rezagarse para que se
regularicen y finalicen sus estudios de bachillerato; impulsar su desarrollo profesional;
mejorar el nivel de vida actual y futuro de los beneficiarios y sus familias y contribuir a la
identificación de los jóvenes con la Ciudad, a partir de un mayor vínculo con la comunidad
a través de las actividades que realizan los beneficiarios del Programa”.
En este orden de ideas, el FEG registró en su Informe de Cuenta Pública 2008, para el
Programa 17 “Educación”, Programa Específico 06 “Equidad en la Ciudad” y actividad
institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” una meta
física alcanzada de 216,471 estímulos otorgados, en el marco de la operación del Programa
de Estímulos al Bachillerato Universal, Prepa Sí.
Derivado de que el FEG no contó con registros auxiliares para la actividad institucional 13
“Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” fue necesario remitirse
al padrón de beneficiarios de ése programa como fuente única de información, para llevar
a cabo la verificación y comprobación de dichos objetivos.
428 VOLUMEN 12/13
De la inspección al padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí, en 2008, se observó que éste cuenta con un total de
267,501 beneficiarios registrados, concentrados en 119 instituciones educativas las cuales
albergan un total de 134 planteles, como se presentan en el siguiente cuadro:
Institución Planteles
Escuela Nacional Preparatoria (UNAM) 9 Colegio de Ciencias y Humanidades (UNAM) 4 Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos (IPN) 15 Instituto de Educación Media Superior (IEMS) 16 Dirección General de Bachillerato (DGB) 2 Colegio de Bachilleres (COBACH) 17 Centro de Estudios Tecnológicos, Industriales y de Servicios (DGETI)
34
Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP) 27 Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA) 7 Bachillerato a Distancia GDF (EAD) 1 Centro Nacional de Desarrollo de Talentos Deportivos y Alto Rendimiento (CONADE)
1
Preparatoria Abierta (PA) 1
FUENTE: Padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, correspondiente al ejercicio 2008.
Se destaca que el número de beneficiarios registrados en el padrón de 2008 no tiene
correspondencia con la información registrada en el Informe de Cuenta Pública del mismo
año, para el primer caso el se refieren 267,501 beneficiarios en tanto que para el segundo
fue de 216,471 lo cual origina una diferencia de 51,030 beneficiarios.
A este respecto, la Dirección de Informática del FEG mediante nota informativa del 3 de
marzo de 2010 señaló que “la cifra publicada en la Cuenta Pública corresponde a la
generación del reporte de esa fecha, sin embargo los ajustes realizados con posterioridad
no se ven reflejados, consecuentemente la cifra definitiva es […] de 216,191 beneficiarios…”.
9 El cuadro refiere 12 Instituciones, derivado de que la Escuela Nacional Preparatoria y el Colegio de Ciencias y Humanidades son
dos subsistemas de nivel medio superior pertenecientes a la Universidad Nacional Autónoma de México, por lo cual estos deben considerarse como una sola institución educativa.
429 VOLUMEN 12/13
Considerando la nueva información proporcionada por el ente, la variación se ajusta
a 51,310 beneficiarios, la cual fue justificada de la siguiente forma:
Concepto Beneficiarios
“Beneficiarios dentro del padrón de bajas” 47,520 “Reinscritos pero no validados para continuar en el programa y tampoco dieron su baja” 419 “No se reinscribieron, pero no se dieron de baja” 2,293 “Los consideramos como parte del mismo programa y no como una baja” 733 “No tenemos la baja oficial y tienen rechazos en sus pagos mensualmente” 345
Total 51,310
FUENTE: Nota informativa del 3 de marzo de 2010, elaborada por la Dirección de Informática del FEG.
NOTA: La diferencia detectada por el grupo auditor de 51,030 beneficiarios y la referida por la Dirección de Informática de 51,310 beneficiarios, origina una diferencia de 280 beneficiarios los cuales no se consignan de forma específica en los conceptos señalados en este cuadro.
Con base en lo anterior, la meta efectivamente alcanzada para la actividad institucional 13
“Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” durante el ejercicio 2008
fue de 216,191 beneficiarios. De lo anterior se concluye que la información que debió
ser registrada por el FEG en el Informe de Cuenta Pública de 2008 era la de 216,191
beneficiarios, lo anterior muestra deficiencias de control por parte del Fideicomiso en la
información que es registrada en dicho informe.
Se solicitó que el padrón fuera proporcionado en Excel, por lo cual las pruebas realizadas
para verificar el cumplimiento del objetivo del programa, se sustentan en el manejo de
este programa de cómputo.
Según las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
los estímulos económicos se entregan de manera mensual y durante diez meses, para
verificarlo, se aplicó un filtro al padrón proporcionado a fin de identificar que los beneficiarios
hubieran recibido diez estímulos durante el año. Asimismo se aplicó otro filtro para determinar
el número de egresados, el resultado de ambas pruebas fue el siguiente:
430 VOLUMEN 12/13
Número de estímulos recibidos por beneficiarios
(1)
Número de beneficiarios
(2)
% de alumnos respecto del número
de estímulos
(3)
Beneficiarios egresados
(4)
% de beneficiarios egresados respecto
del número de estímulos recibidos
(5)
Total padrón 267,501 100.0 23,024 8.6 1 289 0.1 9 3.1 2 1,871 0.7 115 6.1 3 4,312 1.6 552 12.8 4 81,673 30.5 647 0.8 5 6,350 2.4 1,718 27.1 6 41,510 15.5 19,668 47.4 7 7,718 2.9 13 0.2 8 7,157 2.7 15 0.2 9 11,078 4.1 35 0.3
10 105,543 39.5 252 0.2
FUENTE: Padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, 2008.
De la información del cuadro anterior se destaca que el 39.5% de los beneficiarios
recibieron 10 estímulos durante el ejercicio 2008, por concepto de ingreso o permanencia
en el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, en contraste con el
0.1% de beneficiarios que recibió 1 estímulo. Se observa que el porcentaje de egresados
en el caso de los alumnos con 1 estímulo otorgado fue de 3.1%, en tanto que del grupo de
alumnos que recibieron 10 estímulos, el porcentaje de egresados fue de 0.2%.
De lo anterior se concluye que no existe una correlación entre los estímulos recibidos por
los estudiantes beneficiarios y el egreso que éstos tienen en el nivel bachillerato y se observa
que el mayor número de egresos provino de aquellos alumnos beneficiarios que recibieron
6, 5, 4 y 3 estímulos en el año. Si se considera el factor de egreso señalado en la columna 5
del cuadro anterior, la tasa de egreso también es mayor en aquellos alumnos que reciben
2 y 1 estímulos, respecto de aquellos alumnos beneficiarios que recibieron 7, 8, 9 y 10
estímulos por año.
La composición por institución educativa de los alumnos beneficiarios egresados del
Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, se integró de la siguiente
manera:
431 VOLUMEN 12/13
Institución educativa Número de egresados
Total 23,024 Centro Nacional de Desarrollo de Talentos Deportivos y Alto Rendimiento, CONADE 16 Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica 4,056 Colegio de Bachilleres 1,794 Colegio de Ciencias y Humanidades 2,716 Dirección General de Bachillerato 328 Dirección General de Educación Tecnológica e Industrial 4,931 Escuela Nacional Preparatoria 4,931 Instituto de Educación Media Superior 294 Instituto Nacional de Bellas Artes 164 Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos 3,783 Preparatoria Abierta 11
FUENTE: Padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, 2008.
Se aplicó un filtro al padrón de beneficiarios a fin de verificar cuántos de los alumnos señalados
como egresados en 2008 obtuvieron algún beneficio adicional (por concepto de conocimiento
del idioma inglés y computación o alguno de los dos), a este respecto el resultado obtenido
refiere que el 25.7% de los egresados (5,929 beneficiarios) obtuvieron el beneficio adicional
por concepto de conocimiento de idioma inglés y computación, 106 alumnos lo obtuvieron por
conocimiento del idioma inglés (0.5%), y 54 alumnos lo obtuvieron por computación (0.2%).
El restante 73.6% de los alumnos egresados no obtuvieron dicho beneficio.
La información registrada en el padrón, refiere que los alumnos que obtuvieron el beneficio
adicional de manera separada por el conocimiento del idioma inglés o computación,
corresponden a dos instituciones educativas: el Colegio de Ciencias y Humanidades,
y el Colegio de Bachilleres, sin embargo ambos sistemas educativos consideran en sus
respectivos planes de estudios, materias que hacen referencia a una capacitación en
idiomas y cómputo. Ya que el padrón no muestra mayor información que lo ahí registrado,
no se cuenta con información suficiente y competente del por qué los alumnos de estas
instituciones educativas sólo recibieron uno de estos estímulos, siendo que es necesaria
la acreditación de ambas para poder egresar de sus correspondientes escuelas.
Por otra parte, se analizó la estructura de calificaciones de los alumnos egresados que
recibieron 10 estímulos durante el ejercicio 2008, conforme a los rangos de calificaciones
432 VOLUMEN 12/13
establecidos por el FEG en las reglas de operación vigentes durante el ejercicio 2008.
Al respecto se observó que el 57.5% de ellos contaba con una calificación entre 6.0 a 7.5,
que corresponde al estímulo de 500 pesos; el 38.1% de los beneficiarios contaba con una
calificación entre 7.6 a 9.0, rango que corresponde al estímulo de 600 pesos; finalmente
el 4.4% de los beneficiarios contó con una calificación de 9.1 a 10.0, el cual corresponde
al estímulo de 700 pesos.10
Derivado de que este grupo de beneficiarios recibió estímulos al inicio y fin de año (enero
a diciembre) se llevó a cabo un análisis comparativo de sus calificaciones para observar su
desempeño académico. El análisis realizado mostró los siguientes resultados, destacando
el desglose de los cambios en la composición de los grupos entre enero y diciembre del 2008.
Enero Diciembre Rango
de calificaciones Número
de alumnos Número
de alumnos Rango
de calificaciones
132 6.0 -7.5 6.0 -7.5 145
13 7.6 - 9.0
74 7.6 - 9.0 7.6 - 9.0 96
22 9.1 - 10.0
3 7.6 - 9.0 9.1 - 10.0 11
8 9.1 - 10.0
Total 252 252 Total
FUENTE: Padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, 2008.
Del cuadro anterior, se observa que durante el mes de enero 145 alumnos presentaron
una calificación entre 6.0 y 7.5; para el mes de diciembre el 91.% de dicho grupo, se mantuvo
en el mismo rango de calificaciones, en tanto que el restante 9.% ascendió al siguiente
rango de calificaciones.
Durante enero 96 alumnos contaban con calificaciones de entre 7.6 a 9.0; para el mes de
diciembre, el 77% se mantuvo en ese rango de calificaciones, en tanto que el 23%
ascendió al siguiente rango. Asimismo, durante enero, 11 alumnos presentaron calificaciones
10 Las calificaciones corresponden al promedio obtenido para el mes de enero.
433 VOLUMEN 12/13
de 9.1 a 10.0; al mes de diciembre el 73% se mantuvo en el mismo rango de calificaciones,
sin embargo el 27% descendió al rango inferior.
De lo anterior se concluye que existe evidencia que muestra una correlación entre el objetivo
del programa y la permanencia de los alumnos que cursan bachillerato, según la información
registrada en el padrón de beneficiarios.
Básicamente, todas las escuelas se rigen por el calendario escolar que marca la Secretaría
de Educación Publica (SEP), estos ciclos escolares inician en el mes de septiembre y culminan
en junio-julio del siguiente año. Bajo esta premisa, y según se desprende del análisis del
propio padrón, se observa que el FEG no debió continuar otorgando estímulos para
los meses de octubre, noviembre y diciembre, al grupo de 252 alumnos egresados
(quienes egresaron en septiembre de 2008), infringiendo con ello las Reglas de Operación
del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, ello también denota la falta de
mecanismos de control, evidenciando la falta de supervisión de la información que es
solicitada para llevar a cabo la dispersión de recursos para el pago de estímulos a los alumnos
beneficiarios de este programa durante el ejercicio fiscal de 2008.
Para los grupos de beneficiarios que recibieron 1 y 10 estímulos, la composición del alumnado
por institución educativa fue la siguiente:
Institución educativa Alumnos con 10 estímulos
Alumnos con 1 estímulo
Total 105,543 289 Bachillerato a Distancia del GDF 248 7 Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica 18,885 20 Colegio de Bachilleres 19,041 60 Colegio de Ciencias y Humanidades 8,938 11 Dirección General de Bachillerato 1,213 1 Dirección General de Educación Tecnológica e Industrial 19,325 29 Escuela Nacional Preparatoria 15,474 9 Instituto de Educación Media Superior 8,430 121 Instituto Nacional de Bellas Artes 296 3 Instituto Politécnico Nacional 13,614 18 Preparatoria Abierta 79 10
FUENTE: Padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, 2008.
434 VOLUMEN 12/13
A fin de verificar que los estímulos otorgados a los beneficiarios, hubieran correspondido
al promedio de calificaciones de los alumnos, se crearon tablas dinámicas en cada uno de
los archivos utilizados para la solicitud de dispersión de recursos de manera mensual, de la
anterior prueba se obtuvieron los siguientes resultados:
Durante enero se realizó la dispersión de recursos a un total de 12,213 alumnos, de ellos
6,611 correspondieron al estímulo de 500 pesos, 4,906 correspondieron al estímulo de
600 pesos y 696 correspondieron al estímulo de 700 pesos. Sin embargo, se presentaron
deficiencias es decir, el estímulo otorgado no correspondió con la estructura de
calificaciones establecidas por el FEG en las reglas de operación.
Se observó que existieron 796 alumnos con un rango de calificaciones entre 7.6 a 9.0 a
los cuales les fue otorgado un estímulo de 500 pesos cuando les correspondía, con base
en la estructura autorizada, 600 pesos. También se observó la existencia de 53 alumnos,
con un rango de calificaciones de entre 9.1 a 10, a los que les fue otorgado un estímulo
de 500 pesos, cuando le correspondía uno de 700 pesos.
Se observó que existieron 1,057 alumnos con un rango de calificaciones entre 6.0 a 7.5 a
los cuales les fue otorgado un estímulo de 600 pesos, cuando les correspondía uno de
500 pesos. También se observó la existencia de 49 alumnos con un rango de calificaciones
de entre 9.1 a 10, a los cuales les fue otorgado un estímulo de 600 pesos, cuando les
correspondía uno de 700 pesos.
Se observó que existieron 75 alumnos con un rango de calificaciones entre 6.0 a 7.5 a los
cuales les fue otorgado un estímulo de 700 pesos cuando les correspondía uno de 500
pesos. También se observó la existencia de 275 alumnos con un rango de calificaciones
de entre 7.6 y 9.0, a los cuales les fue otorgado un estímulo de 700 pesos, cuando les
correspondía uno de 600 pesos.
Dicha deficiencia se observó a lo largo de los diez meses en los cuales el FEG otorga los
estímulos a los alumnos beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, como se muestra en el siguiente cuadro:
435 VOLUMEN 12/13
Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Octubre Noviembre Diciembre
Número de dispersiones solicitadas 12,213 137,845 169,604 171,584 174,208 180,039 179,522 115,680 276,164 474,424 Estímulo de 500 pesos Alumnos con calificación 6.0 a 7.5 5,762 56,766 71,119 72,560 73,392 76,069 80,932 43,486 123,791 226,380 Alumnos con calificación 7.6 a 9.0 796 6,708 8,570 8,688 8,266 8,311 6,418 5,090 7,169 22,402 Alumnos con calificación 9.1 a 10.0 53 497 613 622 462 450 299 551 888 1,612 Total estímulos 500 6,611 63,971 80,302 81,870 82,120 84,830 87,649 49,127 131,848 250,394 Estimulo de 600 pesos Alumnos con calificación 6.0 a 7.5 1,057 11,117 13,360 13,089 13,210 13,641 8,942 1,867 2,185 5,301 Alumnos con calificación 7.6 a 9.0 3,800 48,544 59,348 60,182 62,300 64,618 68,141 50,898 118,930 179,933 Alumnos con calificación 9.1 a 10.0 49 891 1,070 1,041 1,064 1,073 1,008 50 134 114 Total estímulos 600 4,906 60,552 73,778 74,312 76,574 79,332 78,091 52,815 121,249 185,348 Estimulo de 700 pesos Alumnos con calificación 6.0 a 7.5 75 1,322 1,489 1,411 1,375 1,396 892 71 19 181 Alumnos con calificación 7.6 a 9.0 275 5,742 6,473 6,419 6,387 6,494 4,851 368 462 942 Alumnos con calificación 9.1 a 10.0 346 6,257 7,562 7,569 7,752 7,987 8,039 13,296 22,583 37,531 Total estímulos 700 696 13,321 15,524 15,399 15,514 15,877 13,782 13,735 23,064 38,654 Total de dispersiones efectuadas 12,213 137,844 169,604 171,581 174,208 180,039 179,522 115,677 276,161 474,396
FUENTE: Dirección de Informática, archivos de solicitud de dispersión de recursos 2008. NOTA: Para los meses de febrero, abril, octubre, noviembre y diciembre la cifra de “Número de dispersiones solicitadas” no coincide con el
“Total de dispersiones efectuadas” derivado de que a esos alumnos les fueron dispersados dos meses de estímulos, en diciembre fueron hasta tres dispersiones por alumno.
Cómo se observa de la información registrada en el cuadro anterior, las cifras corresponden
únicamente a solicitudes de los estímulos de 500, 600 y 700 pesos, por lo anterior se
evidencia una incongruencia entre las solicitudes de estímulos y la evolución que presentó
el padrón de beneficiarios durante el ejercicio 2008, como se observa en el siguiente cuadro:
Mes Comportamiento del número de beneficiarios
Solicitud de dispersión, número de beneficiarios Mes
12,213 Enero Enero 151,874 137,845 Febrero Febrero 165,322 169,604 Marzo Marzo 172,072 171,581 Abril Abril 176,723 174,208 Mayo Mayo 179,982 180,039 Junio Junio 178,991 179,522 Julio Septiembre 216,699 115,680 Octubre Octubre 216,586 276,164 Noviembre Noviembre 216,426 474,424 Diciembre Diciembre 216,192
436 VOLUMEN 12/13
El cuadro anterior muestra el desfase de un mes entre la información de las dos
columnas, derivado de la explicación hecha por la Subdirección de Recursos Financieros,
la cual señaló que los estímulos (500, 600, y 700 pesos) son pagados a mes vencido.
Aún considerando esta explicación se observa que en ningún mes concuerdan las cifras.
Por lo anterior se concluye que existen deficiencias en los mecanismos de control utilizados
en 2008 por el FEG, para asignar el importe del estimulo en correspondencia con la estructura
de calificaciones obtenidas por los alumnos beneficiarios del programa, infringiendo con
ello las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
evidenciando la falta de supervisión de la información que es solicitada para llevar a cabo
la dispersión de recursos para el pago de estímulos a los alumnos beneficiarios de este
programa durante el ejercicio fiscal de 2008.
De la inspección a los archivos de solicitud de dispersión de recursos, se observó la
existencia de otros conceptos11 tales como: computación, inglés, computación e inglés,
y egreso, los cuales se encuentran referidos en la Reglas de Operación del Programa de
Estímulos al Bachillerato Universal, Prepa Sí, sin embargo también se observaron conceptos
que hacen referencia a Coordinadores y Jefes de Grupo.
Las figuras de Coordinadores y Jefes de Grupo no se señalan en el objetivo del Programa
de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, y tampoco son contempladas en las
Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.
Los archivos de dispersión mostraron que durante el ejercicio 2008, la solicitud de recursos
incluyó a 971 Coordinadores de Unidad Territorial y 6,183 Jefes de Grupo (correspondiente
al mes de julio, la cual coincide con la cantidad más grande de dispersiones solicitadas para
estas dos figuras).
De lo anterior, se verificó que el FEG infringió las Reglas de Operación del Programa de
Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, vigentes en 2008, ya que en ninguno
11 Un concepto adicional a los antes enunciados es el de “Universitarios”, el cual hace referencia a las solicitudes de dispersión de
recursos para aquellos alumnos que habiendo sido beneficiarios en el nivel medio superior del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, actualmente se encuentran inscritos y cursando en un plantel público sus estudios universitarios. La estructura de estímulos a otorgar es la misma a la utilizada en el nivel bachillerato (calificaciones de 6.0 a 7.5 corresponden a un estímulo de 500 pesos, calificaciones de 7.6 a 9.0 corresponden a un estímulo de 600 pesos, calificaciones de 9.1 a 10.0 corresponden a un estímulo de 700 pesos).
437 VOLUMEN 12/13
de los apartados de éstas se señala la autorización para llevar a cabo la realización de
este tipo de pagos denominados “estímulos adicionales”.
Se observa que el FEG no cuenta con reglas o normas formalmente establecidas, autorizadas
y difundidas para la asignación o selección de estas figuras, este hecho no permite que
cualquiera de los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí, si así lo desean, puedan acceder a alguna de estas dos funciones y al estímulo
correspondiente.
Mediante nota informativa del 8 de marzo de 2010 elaborada por la Dirección de
Evaluación se señalan las funciones a desarrollar por los Coordinadores de unidad
territorial, y Jefes de Grupo,12 sin embargo no se precisan los tiempos y horarios en los
cuales, los alumnos desarrollan estas actividades. Dicho documento señala la importancia
que tienen estas figuras para el desarrollo del programa.
De lo anterior se concluye que las funciones de los Coordinadores de Unidad Territorial y Jefes
de Grupo del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, deberán ser
normadas por el FEG a fin de garantizar que el acceso a estas figuras de participación
dentro del Programa se dé de manera equitativa hacia todos los beneficiarios.
A fin de verificar que los estímulos hubieran sido entregados a jóvenes que residan en el
Distrito Federal, se cotejaron los códigos postales registrados en el padrón de beneficiarios
del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, del ejercicio 2008
y el Catálogo Nacional de Códigos Postales.13 A partir de lo anterior se generó una tabla
dinámica a fin de determinar la cifra de códigos postales registrados en el padrón y el
número de alumnos registrados para cada uno de ellos. Al respecto se observó que el padrón
contiene un total de 1,356 códigos postales, los cuales fueron cotejados contra el catálogo
referido.
12 Funciones del Coordinador de Unidad Territorial: Conocer a fondo el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí; seleccionar a 10 Jefes de Grupo de entre los beneficiarios residentes en las zonas cercanas a su domicilio, para coordinarse con ellos; servir de enlace permanente entre personal de GDF y Jefes de Grupo; Apoyar las tareas de información, verificación y registro de los servicios a la comunidad realizados por los beneficiarios; representar al PREBU en eventos, cuando así sea acordado. Funciones del Jefe de Grupo: Conocer a fondo el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí; identificar a 20 beneficiarios residentes en las zonas cercanas a su domicilio, para coordinarse con ellos; servir de enlace permanente entre personal de GDF y Jefes de Grupo; Apoyar las tareas de información, verificación y registro de los servicios a la comunidad realizados por los beneficiarios; representar al PREBU en eventos, cuando así sea acordado.
13 Correos de México, versión actualizada al 22 de abril de 2010.
438 VOLUMEN 12/13
La prueba mostró la existencia de 94 códigos postales (7.0%) registrados en el padrón de
beneficiarios del programa que no tiene referencia en dicho Catálogo. También se observó
que dichos números de códigos postales refieren a un total de 3,057 beneficiarios.
Se solicitó al sujeto fiscalizado explicara cual fue el mecanismo utilizado para llevar
a cabo la validación de la información registrada en el padrón. Al respecto señaló que se
cuenta con Convenios de Colaboración con las Instituciones Educativas cuyos alumnos
son beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.
Dichos convenios refieren el intercambio y validación de información de los alumnos de
nivel medio superior inscritos en los planteles del Distrito Federal. La información refiere
los datos que permitan cumplir con los requisitos exigidos por el programa de estímulos, tales
como: calificación del último ciclo escolar, inscripción como alumno regular o regularizable,
domicilio en el Distrito Federal y constancia de que el alumno no cuente con otro tipo de beca.
Se observa que el FEG suscribió durante el ejercicio 2008 cuatro Convenios de
Colaboración con distintas instituciones educativas, estas son la Universidad Nacional
Autónoma de México (Escuela Nacional Preparatoria y Colegio de Ciencias y Humanidades),
Instituto Politécnico Nacional (Centros de Estudios Científicos y Tecnológicos), Dirección
General de Educación Tecnológica e Industrial (Centros de Estudios Tecnológicos
Industriales y de Servicios), y el Instituto de Educación Media Superior (Preparatorias del
Gobierno del Distrito Federal).
El sujeto fiscalizado señaló, mediante nota informativa sin fecha elaborada por la
Dirección de Control que “los Convenios de Colaboración […] son de buena voluntad, sin
vinculación obligatoria”. Agregó que “en el año 2008 el intercambio de información con las
Instituciones Educativas se hizo en forma económica, sin entrega recepción por oficio”.
Dicha explicación no concuerda con los objetivos, compromisos y alcances plasmados
en dichos convenios, los cuales se encuentran signados por las autoridades educativas
y los responsables del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.
De lo anterior se concluye que el FEG no cuenta con mecanismos para garantizar
la validez y certeza oficial del 100% de la información de los alumnos beneficiarios del
439 VOLUMEN 12/13
Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, contenida en el padrón
de beneficiarios de dicho programa y con la cual se dispersan los recursos de los estímulos
económicos de 216,191 alumnos del nivel bachillerato.
El 21 de mayo se llevó a cabo reunión de confronta entre el FEG y la CMHALDF, en la cual
el Fideicomiso mediante Oficio Núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010
hizo entrega de la nota informativa sin número, del 21 de mayo de 2010 de la Dirección de
Informática en la cual se señala que los 267,501 beneficiarios del padrón de 2008 integra
a todos aquellos jóvenes que en algún momento de ese período gozaron del estímulo
otorgado en el programa lo cual difiere del concepto beneficiarios por mes.
También se proporcionaron tres notas informativas (todas del 21 de mayo de 2010) de la
Dirección de Evaluación, en una de ellas se señala que “el Programa no tiene como objetivo
directo (en el corto plazo) un impacto en la eficiencia terminal, sino en evitar la deserción por
motivos económicos”. Agrega que el programa de Estímulos para el bachillerato Universal,
Prepa Sí, aumentará la eficiencia terminal en estudios de bachillerato en el mediano y largo
plazo, es decir, tres a cinco años. En otra nota informativa se señala que los beneficios
adicionales (por concepto de conocimiento de computación e idioma del inglés) son estímulos
individuales y excluyentes, los cuales se acreditan mediante exámenes, por lo que puede
recibir como estímulo adicional 1,000 pesos si acredita ambos exámenes, 500 pesos
si acredita cualquiera de ellos, o no recibir nada si no acredita ninguno.
En la tercera nota informativa de la Dirección de Evaluación, se señala que los promedios
corresponden a dos ciclos escolares (2007-2008 y 2008-2009), por lo que entonces existe
un sesgo en los impactos del programa.
Con el mismo Oficio Núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010 hizo entrega
de la Nota Informativa del 21 de mayo de 2010 sin número de la Dirección Jurídica en la
cual se señala que “la Con el mismo oficio FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo
de 2010, el FEG hizo entrega de la nota informativa del 21 de mayo de 2010 sin número de la
Dirección Jurídica en la cual se señala que “la suscripción de convenios dentro de una
actividad institucional son medios accesorios y no principales de acción en el Programa
de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí. Por lo que tomar como elemento
440 VOLUMEN 12/13
esencial de garante para la validez y certeza de información de alumnos beneficiarios
del Programa, contenida en los padrones de los beneficiarios sería parcial y por tanto
inconcluso ya que son otros los mecanismos de validación y de registro de nuestros
beneficiarios”.
Al respecto, las aclaraciones realizadas por las Direcciones de Informática, de Evaluación
y Jurídica mediante notas informativas, todas del 21 de mayo de 2010 no proporcionaron
información clara, precisa y contundente que desvirtué las observaciones señaladas en el
presente resultado, persistiendo las deficiencias. Por lo que la información proporcionada
por el FEG no modifica las observaciones señaladas.
Recomendación APPD-103-08-21-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal establezca
mecanismos de control que le permitan garantizar que la información que es registrada
en el Informe de Cuenta Pública corresponda con las metas físicas y presupuestales
efectivamente alcanzadas al cierre de cada ejercicio fiscal.
Recomendación APPD-103-08-22-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, establezca
mecanismos de control que le permitan verificar y comprobar que la información que es
considerada para otorgar los estímulos económicos, en el marco de la operación del
Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, sea supervisada y
verificada a fin de garantizar que los beneficiarios de estos estímulos reciban el importe
establecido en la estructura de calificaciones de las reglas de operación vigentes.
Recomendación APPD-103-08-23-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal lleve a cabo
las acciones necesarias a fin de que los estímulos otorgados a Coordinadores de Unidad
Territorial sean normados y regulados a fin de garantizar que el acceso a estas figuras de
participación dentro del programa se dé de manera equitativa hacia todos los beneficiarios.
441 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-103-08-24-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, establezca
mecanismos de control que le permitan verificar y comprobar que la información
correspondiente al código postal que es registrada en el padrón de beneficiarios del
Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, sea verídica y confiable.
Recomendación APPD-103-08-25-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal lleve a
cabo las acciones necesarias a fin de garantizar la validez oficial de la información de los
alumnos de las distintas instituciones educativas que son beneficiados del Programa
de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, y dar la certeza a la ejecución de dicho
programa, así como a sus beneficiarios.
6. Resultado
Cobertura del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí en un Contexto Global a Nivel Entidad Federativa
La educación media superior corresponde al segundo tipo educativo (media superior)
el cual se integra de dos conjuntos: el profesional técnico y el bachillerato. El bachillerato
comprende el 90.6% de los alumnos de la Educación Media Superior, se imparte en tres
grados (años) y en casos excepcionales operan escuelas con dos y cuatro grados.
El profesional técnico cubre el 9.4% restante, el cual tiene una orientación de formación
para el trabajo, es de carácter terminal con opción en algunos casos de continuar a la
educación superior, se cursa en tres grados y en casos excepcionales en dos, cuatro
y hasta cinco grados.
Según información registrada por la Secretaría de Educación Pública (SEP)14 correspondiente
al ciclo escolar 2007-2008, refiere las siguientes cifras para el Distrito Federal, cabe
señalar que estas cifras no consideran la información correspondiente a los subsistemas
14 Sistema Educativo de los Estados Unidos Mexicanos, SEP. Principales Cifras Ciclo Escolar 2007-2008.
442 VOLUMEN 12/13
educativos que se encuentran a cargo del Gobierno del Distrito Federal (Instituto de Educación
Media Superior y Educación a Distancia del Gobierno del Distrito Federal):15
● Número de alumnos en el nivel medio superior: 423,931.
● El 58.6% concurre a servicios otorgados por la federación (248,331).
● El 22.2% se ubica en escuelas de sostenimiento autónomo (94,205 alumnos, el que
proporcionan las universidades).16
● El 19.2% se refiere a quienes estudian en instituciones particulares (81,395 alumnos).
● El 87.4% de los alumnos cursan el nivel medio superior en la modalidad de bachillerato.
● El 12.6% de los alumnos se encuentran inscritos en sistemas cuya modalidad es de
profesional técnico.
● El número de estudiantes inscritos en escuelas públicas del Distrito Federal es de
342,536 alumnos.
A fin de obtener información que en materia de educación media superior correspondiente
al Gobierno del Distrito Federal, se revisó el Informe del Secretario de Educación del Distrito
Federal 2008. De su revisión se observó que para el caso del Instituto de Educación
Media Superior (IEMS) para el ciclo escolar 2007-2008 se contaba con una matricula
escolarizada, para sus 17 planteles, de 17,957 estudiantes. Adicionalmente el IEMS brinda
el servicio de educación media superior bajo el sistema semiescolarizado, con el cual
atendió para ese mismo ciclo escolar a un total de 3,182 estudiantes. En función de lo
anterior, durante el ciclo escolar 2007-2008 el IEMS dio servicios de Educación Media
Superior a 21,139 estudiantes.
15 Según la información registrada por el FEG en cuanto al número de beneficiarios del programa de estímulos, estos dos
subsistemas concentraron a 24,598 alumnos que recibieron dicho estímulo. Cifra correspondiente al mes de septiembre de 2008.
16 Se refiere al servicio que en este nivel proporcionan las Universidades e Institutos de carácter autónomo, básicamente la UNAM y el IPN para el caso del Distrito Federal.
443 VOLUMEN 12/13
Otro de los sistemas educativos a cargo de Gobierno del Distrito Federal es el denominado
bachillerato a distancia, el cual comenzó a operar en junio de 2007, para diciembre de 2008
atendió a una población de 4 mil estudiantes en cinco generaciones activas a esa fecha.
Con base en la información obtenida, se concluye que el número total de alumnos en el
nivel medio superior (escuelas públicas y privadas) en todas sus modalidades y de todos
los subsistemas, en el Distrito Federal, fue de 449,070 estudiantes durante el ciclo escolar
2007-2008.
Con estas cifras se llevó a cabo un análisis de cobertura del Programa de Estímulos para
el Bachillerato Universal, Prepa Sí, tomando como referencia el total de estudiantes
previamente señalado como la población que potencialmente debiera recibir el estímulo
bajo consideraciones de una universalidad efectiva en congruencia con la denominación
del programa, que expresa esa intencionalidad.
Para la medición de la cobertura del programa se utilizó la siguiente fórmula: proporción
del número de estudiantes beneficiados con el programa de estímulos al cierre del
ejercicio fiscal de 2008 (216,191 beneficiarios) entre el número de estudiantes registrados
en el ciclo escolar 2007-2008 (449,070 estudiantes), por lo tanto la cobertura del Programa de
Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, fue del 48.1% a nivel Distrito Federal.
Considerando el mismo factor de beneficiarios del programa de estímulos, entre el
correspondiente al número de estudiantes inscritos en escuelas públicas (367,675
alumnos), la cobertura del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa
Sí, fue del 58.8% a nivel escuelas públicas.
Es de destacar que el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí,
señala en sus reglas de operación, como requisitos para el acceso y permanencia en el
programa de estímulos: el residir en el Distrito Federal, estudiar en una institución ubicada
en la entidad y no contar con beca o apoyo similar.
De lo anterior se observa que de los 367,675 estudiantes inscritos en escuelas públicas
del Distrito Federal durante el ciclo escolar 2007-2008, un total de 133,484 estudiantes no
fueron beneficiados por el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.
444 VOLUMEN 12/13
Sin embargo, la información proporcionada por el ente durante los trabajos de auditoría no
permite corroborar que lo anterior tuviera su origen en los siguientes supuestos relativos
a los potenciales beneficiarios:
● No residen en el Distrito Federal, pero si estudian en él,
● Cuentan con beca o apoyo similar,
● No requieren dicho estímulo.
Adicionalmente, la información disponible no permite identificar los casos en los que los
potenciales beneficiarios residen en el Distrito Federal pero estudian fuera de él.
Datos de la SEP correspondientes al ciclo escolar 2007-2008, señalan que la cobertura de
los servicios educativos de nivel medio superior en el Distrito Federal17 fue del 95.4%, en
tanto que la media nacional fue de 60.9%, la eficiencia terminal fue de 57.3% para la
entidad, en tanto que la media nacional fue de 59.6%; la tasa de deserción para la entidad
fue de 13.7%, en tanto que la media nacional fue del 15.3%.18
Con base en lo anterior se concluye que el FEG no cuenta con la información o censo que
le permitan medir la cobertura potencial y efectiva de su Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí, información que debería estar sustentada en datos
estadísticos que el propio ente debiera recopilar y procesar para el ejercicio fiscal al que
se refiera.
Recomendación APPD-103-08-26-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal elabore
e implante indicadores que le permitan medir la cobertura de su Programa de Estímulos
para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, los cuales deberán estar sustentados en
información estadística recopilada y procesada por el propio ente.
17 Los resultados no consideran la información correspondiente a los subsistemas educativos administrados por el Distrito
Federal. 18 Sistema Educativo de los Estados Unidos Mexicanos, Principales Cifras del Ciclo Escolar 2007-2008, SEP. Las cifras son
estimadas para la eficiencia terminal.
445 VOLUMEN 12/13
Eficiencia
7. Resultado
Referencias del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí
Mediante el Convenio 2152-619 celebrado el 21 de junio de 2007, entre el Gobierno del
Distrito Federal y el Banco Mercantil del Norte, se formaliza la creación del FEG.
De acuerdo con las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, 2007-200820 se observa que dicho programa estuvo a cargo de la SE
a través de la Subsecretaria de Educación Media Superior, durante el período agosto a
diciembre 2007. El Comité Técnico en la Primera Sesión Extraordinaria de fecha 29 de
noviembre de 2007 y, a través del acuerdo núm. SEO/001/02/2007 incisos: i), iii), autoriza
la formalización del Primer Convenio Modificatorio al Contrato Constitutivo del Fideicomiso
de Educación Garantizada del Distrito Federal (FEG) para incorporar dicho programa y
dotar a esta entidad de estructura administrativa propia para dar soporte su operación; así
mismo, instruyó al Director General del Fideicomiso para llevar a cabo las transferencias
del Programa Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí al FEG. De esta forma
el FEG se constituye como un instrumento jurídico financiero, cuyo objeto es asegurar una
aplicación eficiente y transparente de los recursos públicos,21 responsable del Programa
Educación Garantizada, y a partir de enero de 2008, responsable del Programa de
Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, Niñ@s Talento y Va Seguro.
Mediante el oficio núm. FEG/DG/DAF/0176/2010 del 19 de marzo de 2010 se menciona que
“en virtud de la reciente creación del Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato
Universal, el Fideicomiso Educación Garantizada carecía de estructura orgánica para la
operación del programa”, y se señalan que mediante el oficio núm. OM/1093/2008 del 17 de
junio de 2008, la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA) notifica
al FEG de la dictaminación a favor de su estructura orgánica, así como del organigrama,
19 Información entregada por el FEG, oficio núm. FEG/DG/DAF/321/2009, numeral 15, del 2 de septiembre de 2009. 20 Información entregada por el FEG, oficio FEG/DG/DAF/321/2009, numeral 17, del 2 de septiembre de 2009. 21 El Fideicomiso Educación Garantizada se formalizó mediante el Contrato 2156-2, entre el Gobierno del Distrito Federal por
conducto de la Secretaria de Finanzas como Fideicomitente Único y el Banco Mercantil del Norte, como Fiduciario para cumplir con los fines del mismo. En el mismo Contrato, se estableció la integración del Comité Técnico, con objeto de que coadyuve al Fiduciario a cuidar del buen funcionamiento del Fideicomiso.
446 VOLUMEN 12/13
el cual entró en vigor el 1o. de mayo de 2008 con el Dictamen 7/2008,22 razón por la cual,
de manera excepcional y temporal para lograr el objetivo de su creación, así como los fines
del Fideicomiso, se consideró conveniente que los primeros cuatro meses dicho programa
se operara con personal de la Subsecretaria de Educación Media Superior y Superior.
Se observó que las áreas involucradas en la administración y operación del Programa
de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, fueron en 2008 la Dirección de
Informática, Dirección de Atención e Información, Dirección de Control, Dirección
de Administración y Finanzas, Coordinación Ejecutiva del PREBU, Dirección de Evaluación
y Direcciones Zona Norte y Zona Sur. Se identificó mediante el análisis del proyecto de
Manual Administrativo (en su parte de organización), las atribuciones y facultades de cada
una de estas áreas, lo cual permitió hacer una clasificación de los principales procesos23
que se realizan para operar el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí; también facilitó la selección del personal para llevar a cabo las pruebas de
cumplimiento y el diseño de las mismas.
8. Resultado
Objetivo y alcances del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí
Mediante el Oficio núm. FEG/DG/DAF/392/2009 del 8 de octubre de 2009, el FEG
proporcionó las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para Bachillerato Universal
2007-2008 y las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para Bachillerato
Universal, 2007-2008 Prepa Sí, en ambos documentos se señalan los lineamientos con
los que FEG operó el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí durante
el ejercicio 2008.
22 Información entregada por el FEG, Oficio núm. FEG/DG/DAF/321/2009, numeral 2, del 2 de septiembre de 2009. 23 El Proyecto de Manual Administrativo del 19 de marzo de 2009, en su parte de Organización, señala entre otros puntos
el objetivo del área, sus atribuciones y responsabilidades, de este análisis se identificó principalmente los procesos y las actividades con relación al Manual Administrativo y Procedimientos, Lineamientos, Procesos y Estructura Orgánica, Indicadores, Sistema de Evaluación, Actividades de Monitoreo y Supervisión¸ Transparencia y Acceso a la Información, Base de Datos, Padrón, captación de datos, Sistema de Información y Comunicación, Informes, Dispersión, Inscripción del Beneficiario, Actividades en Comunidad, Expedientes del Beneficiario, Difusión y Atención al Beneficiarios, todos estas funciones intervienen en la operación y administración del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.
447 VOLUMEN 12/13
En la siguiente tabla se muestran los elementos que integran a las reglas de operación
en ambos períodos:
No. Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal
2007- 2008
No. Reglas de Operación del Programa de Estímulospara el Bachillerato Universal,
2008- 2009 Prepa Sí
1. Entidad responsable del programa 1. Entidad responsable del programa: 2. Objetivos y alcances 2. Objetivos y alcances: 3. Metas físicas 3. Metas físicas 4. Programación presupuestal 4. Programación presupuestal 5. Requisitos y procedimientos de acceso 5. Requisitos y procedimientos de acceso 6. Estímulos 6. Estímulos 7. Beneficios adicionales 7. Beneficios adicionales 8. Realización de servicios a la comunidad 8. Registro y recepción de solicitudes 9. Registro y recepción de solicitudes 9. Publicación de resultados 10. Publicación de resultados 10. Forma de entrega 11. Forma de entrega 11. Procedimiento de queja o inconformidad
ciudadana 12. Procedimiento de queja o Inconformidad ciudadana 12. Participación de instituciones educativas 13. Supervisión del programa 13. Supervisión del programa.
En las Reglas de Operación, inciso B, se establece el objetivo y alcances para el Programa
de Estímulos para Bachillerato Universal, Prepa Sí, trazado por la Secretaria de Educación
del Distrito Federal (SE) para el ciclo 2007-2008: “Implantar un sistema de estímulos
económicos para asegurar que todos los jóvenes del Distrito Federal que cursan el
bachillerato en escuelas públicas en la entidad puedan hacerlo con éxito, y no lo tengan
que abandonar por falta de recursos”; y por el FEG para el ciclo 2008-2009, como “Operar
un sistema de estímulos económicos para asegurar que todos los jóvenes y demás
estudiantes que cursan el bachillerato en instituciones públicas, ubicadas en la Ciudad de
México, en cualquiera de sus modalidades, así como los beneficiarios del programa que
hayan egresado del bachillerato y se encuentren inscritos en instituciones de educación
superior públicas del Distrito Federal, puedan hacerlo con éxito, y no lo tengan que abandonar
por falta de recursos económicos”.
De las diferencias del objetivo que se pueden observar para ambos períodos, se explica
mediante Nota Informativa del 26 de enero de 2010, “…el objetivo es continuo, lo único
que cambia para el ciclo escolar 2008-2009 es la ampliación del estimulo a los
estudiantes de bachillerato que hayan egresado y ahora cursen la universidad en una
institución pública, ello en la modalidad de Universidad Prepa Sí”.
448 VOLUMEN 12/13
De lo anterior se concluye que la modificación a las Reglas de Operación del Programa de
Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, no modificaron la operación de dicho
Programa durante el ejercicio 2008.
Por otra parte, se observa que el objetivo del Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, converge con la Ley de Desarrollo Social, artículo 1o., fracciones III,
IV y XIV que refieren “disminuir la desigualdad social en sus diversas formas”, “integrar las
políticas y programas contra la pobreza en el marco de las políticas contra la desigualdad
social” y “fomentar la reconstrucción del tejido social urbano con base en el orgullo de
pertenencia a la ciudad y la comunidad”, respectivamente.
El objetivo también señala sus alcances en cuanto al sector de la población al que va
dirigido, ya que en su contenido señala: “Asegurar que todas y todos los jóvenes y demás
estudiantes del Distrito Federal que cursen el Bachillerato en Instituciones públicas…”,
sin embargo se observa el concepto de Universal dentro de la nomenclatura del programa
en cuestión (Programa de Estímulos para Bachillerato Universal, Prepa Sí).
Al respecto mediante Nota Informativa s/n del 26 de enero de 2010, se señala que:
“El PREBU forma parte de los esfuerzos del Gobierno del Distrito Federal por avanzar en
la universalización de la Educación Media Superior en la Ciudad, siendo una de los principales
objetivos de política educativa de la actual Administración […] Por su parte, en las reglas
de operación del Programa, en cuanto al objetivo, a la letra dice: “Implantar un sistema de
estímulos económicos para asegurar que todos los jóvenes que cursan el bachillerato en
escuelas públicas en la entidad puedan hacerlo con éxito, y no lo tengan que abandonar
por falta de recursos económicos”. Dado lo anterior, el PREBU es consistente con el principio
de universalidad ya que está dirigido a todos los jóvenes y demás estudiantes de educación
media superior inscritos en instituciones públicas y que residan el Distrito Federal”.
Sin embargo, su alcance se centra a la atención de las instituciones públicas, y no considera
a aquellas instituciones privadas que brindan este tipo de servicio.
En este sentido el Programa General de Desarrollo 2007-2012 del Distrito Federal plantea
como uno de los objetivos en el Eje de Equidad, “garantizar el acceso universal a la
educación y conclusión de la formación educativa hasta la educación media superior”;
449 VOLUMEN 12/13
a la Ley de Educación del Distrito Federal, artículo 4o. refiere que el Gobierno del Distrito
Federal tiene por obligación “atender y prestar a todos los habitantes de la entidad
educación preescolar, primaria, secundaria y media superior”; a la Ley de Desarrollo Social
del Distrito Federal que plantea como primer principio de Desarrollo Social a la universalidad,
y refiere: “La política de desarrollo social está destinada para todos los habitantes de la
ciudad y tiene por propósito el acceso de todos y todas al ejercicio de los derechos
sociales, al uso y disfrute de los bienes urbanos y a una creciente calidad de vida para
el conjunto de los habitantes”.
Al respecto, mediante el oficio núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010, el FEG
señaló24 que:
“Es menester aludir que a través del programa PREBU, Prepa Sí, se busca cumplir con
los alcances establecidos en el programa General de Desarrollo para el Distrito Federal,
2007-2012, bajo su Eje 2 Equidad, al brindar mayores oportunidades de desarrollo humano
a los jóvenes que por sus condiciones sociales, culturales y económicas cuenten con menores
oportunidades, brindando de esta forma la posibilidad de acrecentar su conocimiento que
les permita constituirse como un capital humano en pro de ellos mismos, de su comunidad
y de esta ciudad”. “Por tanto el hecho de considerar a instituciones de educación privada,
generaría el incremento de la desigualdad social, para aquellas personas que no cuentan
con las mismas oportunidades de desarrollo”.
“Con este programa se apoya a la reconstrucción de tejido social urbano […] haciéndolos
parte importante de la ciudad.”
La información presentada ayuda, por tanto, a tener un punto de vista distinto al contemplado
durante los trabajos de auditoría, al considerar en primera instancia el objetivo de equidad
que se persigue con la ejecución del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí, el cual busca brindar las mismas oportunidades en aquellos alumnos de bajos
recursos económicos para la continuidad (permanencia) y conclusión de sus estudios de
nivel medio superior.
24 Mediante Nota Informativa sin número del 20 de mayo de 2010 emitida por la Dirección Jurídica del Fideicomiso Educación
Garantizada del Distrito Federal.
450 VOLUMEN 12/13
9. Resultado
Aplicación del Dictamen 7/2008, autorizado en la Estructura Orgánica y Organigrama del Personal que operó el Programa de Estímulos para Bachillerato Universal, Prepa Sí
De acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Distrito Federal, fracción XII, que dispone “Inspeccionar y vigilar directamente
o a través de los órganos internos de control, que las dependencias, órganos
desconcentrados y entidades paraestatales, cumplan con las normas y disposiciones en
materia de: información, estadística, organización, procedimientos, sistemas de registro
y contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de servicios […] y demás
activos de la Administración Pública del Distrito Federal”.
En el dictamen 7/2008, se autorizaron 18 plazas de nueva creación y un cargo honorífico,
como se relacionan en el siguiente cuadro:
Estructura Denominación de la plaza Nivel
* Director General del Fideicomiso Educación Garantizada del D.F. 1 Coordinación del Programa de Nin@s y Jóvenes Talento 37.5 2 Dirección de Informática 39.5 3 Subdirección de Base de Datos 29.5 4 Dirección de Atención e Información 39.5 5 Dirección de Evaluación 39.5 6 Subdirección de Evaluación 29.5 7 Dirección Jurídica 39.5 8 Dirección de Educación Garantizada 40.5 9 Coordinación de Aseguramiento Contra Accidentes 36.5
10 Dirección de Administración y Finanzas 40.5 11 Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales 29.5 12 Subdirección de Recursos Financieros 29.5 13 Coordinación Ejecutiva del PREBU 44.5 14 Dirección Zona Norte 39.5 15 Dirección Zona Sur 39.5 16 Dirección de Control 40.5 17 Coordinación de Enlace Interinstitucional 36.5 18 Subdirección de Control de Entregas e Incidencias 29.5
* Cargo Honorífico, el cual no genera derecho a percibir emolumento alguno por las funciones desempeñadas.
Como prueba de cumplimiento se solicitaron los 18 expedientes del personal de estructura para
constatar la aplicación del dictamen 7/2008, mediante el oficio núm. FED/DG/DAF/081/2010
del 4 de febrero de 2010, se entregaron los originales de 1725 expedientes de personal
para su revisión.
25 El expediente faltante corresponde a la plaza de la Dirección Jurídica la cual durante el ejercicio 2008 se encontró vacante.
451 VOLUMEN 12/13
Del análisis a estos expedientes se constató la correspondencia de los puestos respecto
del dictamen autorizado por la CGMA, con excepción de la figura a cargo de la Dirección
Jurídica, la cual se señala en nota adjunta al mismo, que esta plaza está “vacante”, lo cual
se verificó por medio de los directorios,26 de los períodos 2008 y 2009, en los que no se
encontró registro de alguna persona a cargo de esta plaza dentro de ese período.
Del análisis de los expedientes se identificó el formato de “Carta Compromiso de Entrega
de Documentos”, mediante el cuál se le comunica al aspirante los requisitos que debe
cubrir para cumplir con los trámites de contratación, expedición de nombramientos,
identificación y expediente de personal. Al respecto se observó que en su contenido hace
falta cierta documentación, como se señala a continuación:
Documentación Completo expedientes
Qué establece la Circular Uno SI a) Formato de solicitud de empleo totalmente requisitado. SI b) Copia certificada del Acta de Nacimiento. SI c) Curriculum Vitae, sólo en el caso de personal de estructura. SI d) Cuando el aspirante sea de nacionalidad extranjera, deberá entregar copia de la FM-3,
expedida por la Secretaría de Gobernación. SI
e) Copia de Identificación Oficial. SI f) Copia del documento en donde conste la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC). SI g) Copia del documento en donde conste la Clave Única de Registro de Población (CURP). SI h) Copia del documento que acredite el nivel máximo de estudios. SI i) Copia del Comprobante de Domicilio. SI j) Dos fotografías tamaño infantil de frente. SI k) Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro empleo
en el Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno c omo prestador de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal.
SI
l) Escrito en el que manifieste que da su autorización para que el área de Recursos Humanos consulte en la CGDF, si se encuentra inhabilitado para ocupar un empleo o cargo en el servicio público y que en el caso de que se encuentre inhabilitado, queda enterado que no podrá ingresar a laborar en el Gobierno del Distrito Federal.
SI
m) Constancia de remuneraciones cubiertas y retenciones efectuadas emitidas por otro patrón a que se refiere el numeral 1.13.1 de esta Circular. SI
n) Manifestación por escrito, si tienen un empleo fuera de la APDF y si en dicho empleo se aplica el Crédito al Salario que establece la LISR. SI
o) Manifestación del empleado de no haber sido sujeto de jubilación mediante incorporación a programas de retiro con apoyo económico. SI
Documentos extras que solicita el FEG Faltantes p) Constancia de No Inhabilitación expedida por la Secretaría de la Función Pública Ninguno q) En Caso de haber laborado en el GDF, copia de su último talón de pago En 8 expedientes r) En Caso de contar con licencia sin goce de sueldo Ninguno s) En Caso de venir de otra dependencia del GDF, copia de su baja En 13 expedientes
26 Información entregada por el FEG, Oficio núm. FEG/DG/DAF/321/2009, numeral 4, del 2 de septiembre de 2009.
452 VOLUMEN 12/13
De lo anterior, se concluye que el FEG aplicó la Circular Uno, en el Apartado 1, “Administración
del Personal”, numeral 1.3.7 que refiere la documentación que el aspirante deberá
entregar, para ocupar una plaza en alguna de las dependencias o entidades, cumpliendo
cabalmente con cada uno de los requisitos señalados por la Circular Uno; sin embargo, de
los cuatro requisitos adicionales solicitados por el FEG, en ocho expedientes no se integró
copia del último talón de pago, y en 13 expedientes no se integró comprobante de baja,
por lo que no se cumplió con los lineamientos que el propio sujeto fiscalizado estableció
en este sentido.
Organigrama
La Circular Uno vigente desde 2007, en el apartado 4, “Modernización Administrativa”,
numeral 4.3.2 refiere: “Las Dependencias y Entidades, deberán operar con estricto apego
al último dictamen de estructura básica y no básica que emita y autorice la OM, en
consecuencia, las plazas vigentes de servidores públicos superiores, mandos medios,
homólogos, puestos de líder coordinador de proyectos y enlace, deberán coincidir y ocuparse
conforme al dictamen en número de puestos, plazas niveles, niveles, nomenclaturas y áreas
de adscripción”.
Como se señala anteriormente, el organigrama del FEG fue autorizado por la CGMA a través
del dictamen 7/2008, y quedó definido como se muestra a continuación:
453 VOLUMEN 12/13
Dirección General deFIDEGAR
Dirección de Informática
Dirección de Atención e Información
Dirección de Jurídico
Dirección de Educación Garantizada
Dirección de
Administración y Finanzas
Dirección de Atención y Evaluación
Subdirección de Base de Datos Coordinación de
Aseguración contra Accidentes
Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales
Coordinación
Ejecutiva del PREBU
Subdirección de Evaluación Subdirección de
Recursos Financieros
Coordinación del Programa Niños y Jóvenes
Dirección de Control Dirección Zona SurDirección Zona Norte
Subdirección de Control e Incidencias
Coordinación de Enlace
Interinstitucional
Con relación a lo antes expuesto, mediante el oficio FEG/DG/DAF/322/2010, del 21 de
mayo de 2010, derivado del análisis del FEG al Informe de Resultados de Auditoría para
Confronta, se argumenta que:
“Al respecto, se comenta que en el caso de los expedientes del personal de estructura,
y en los cuales derivados de su revisión determinaron faltantes, es importante señalar que
dichas personas efectivamente laboraron en el Gobierno del Distrito Federal, anterior a
este fideicomiso, contratados bajo el régimen de Honorarios Asimilados específicamente
en la SE, tal como se desprende de sus constancias de retenciones de ISR del ejercicio
2008, y dicha Secretaría no emite recibos de pago en el caso de Honorarios Asimilados.”
De igual manera, “al presentar sus servicios bajo el régimen de Honorarios Asimilados no
aplica el documento ´Baja´, toda vez que la contratación está determinada en la vigencia
de la celebración del contrato mismo. Por lo que al no aplicar (N/A), no existe incumplimiento
en los lineamientos establecidos”.
454 VOLUMEN 12/13
No obstante, esta información no deriva en la modificación del presente resultado, ya que
no se proporciona la documentación adicional donde se pueda corroborar lo referido
al respecto.
Asimismo, la documentación previamente presentada por la Dirección General de
Administración y Finanzas mediante el oficio núm. FED/DG/DAF/081/2010 del 4 de febrero
de 2010 que ya se tiene, no es suficiente para desvirtuar la deficiencia enunciada.
Recomendación APPD-103-08-27-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, adopte
medidas de control para asegurar que los expedientes de su personal se integren y
actualicen de conformidad con lo establecido en los lineamientos internos de dicha entidad,
específicamente en la Carta Compromiso de Entrega de Documentos.
10. Resultado
Manual Administrativo del Fideicomiso Educación Garantizada
La Circular Uno vigente desde 2007, en el apartado 4, “Modernización Administrativa”,
numeral 4.4.2 señala que, “Los titulares de las Dependencias, Unidades Administrativas,
Órganos Desconcentrados y Entidades, están obligados a elaborar sus Manuales
Administrativos y a remitirlos a la Coordinación General de Modernización Administrativa
(CGMA) para su revisión, dictamen y en su caso, registro”.
Se solicitó al FEG por medio del oficio APPD/09/527 del 29 de septiembre de 2009, su
Manual Administrativo vigente durante el ejercicio 2008 y en su caso las modificaciones
correspondientes. Al respecto, se constató el trámite inicial que realizó el FEG para
obtener la autorización y registro ante la CGMA. Sin embargo mediante el Oficio
núm. FEG/DF/DAF/062/2010 del 10 de marzo de 2010, se explica que el ente a la fecha
no cuenta con un Manual Administrativo (en sus partes organizacional y de procedimientos)
autorizado y registrado, enviando los oficios que documentan las acciones que se han
realizado para este trámite.
455 VOLUMEN 12/13
Al respecto se describe la cronología con fechas, acciones, documentación y tiempos de
respuesta entre el FEG y la CGMA para el trámite de autorización y registro del Manual
Administrativo del FEG durante 2008.
Fecha Acción Documento generado
17 de junio de 2008 Dictaminación favorable de la estructura orgánica y organigrama del FEG.
Dictamen 7/2008 para entrar en vigor el 1o. de Mayo de 2008.
Tiempo transcurrido entre las dos acciones: 2 meses aprox. 7 de agosto de 2008 Autorización de envío a la CGMA del primer proyecto
del Manual Administrativo emitida por el Comité Técnico en la Tercera Sesión Ordinaria.
Ninguno.
Tiempo transcurrido entre las dos acciones: 11 días. 18 de agosto de 2008 Se envía para autorización y registro el proyecto del Manual
Administrativo a la CGMA. Oficio núm. FEG/DG/209/2008 fechado el 11 agosto de 2008.
Tiempo transcurrido entre las dos acciones: 6 meses y 13 días. 02 de septiembre de 2008 El FEG envió oficio de solicitud a la CGMA, solicitando a la
SF la validación de los recursos presupuestales para ampliar la estructura orgánica de la entidad.
Oficio núm. FEG/DF/225/2010 del 2 de septiembre de 2008
Del análisis a la cronología para el trámite del Manual Administrativo del FEG se
detectaron los siguientes aspectos:
La Circular Uno vigente desde 2007, en el Apartado 4, “Modernización Administrativa”,
numeral 4.3.9 señala que “Una vez dictaminada la estructura orgánica de las Dependencias
y Entidades, ésta no podrá modificarse en un plazo menor a un año, salvo que cuente con
la autorización del Jefe de Gobierno o del Oficial Mayor.” Por lo que se incumplió esta norma
al transcurrir solo nueve meses, entre el dictamen 7/2008, el cual entra en vigor a partir
del 1o de mayo de 2008 y la autorización del alcance a este dictamen para ampliar la
estructura orgánica del FEG, el cual tiene vigencia a partir del 16 de septiembre de 2008.
Lo anterior se confirma al detectar que el dictamen 7/2008 es autorizado el 17 de junio
de 2008 por la CGMA, y el 2 de septiembre del mismo año, poco menos de cuatro meses,
el sujeto fiscalizado envió oficio de solicitud a la CGMA, y fue requerida a la SF la
validación de los recursos presupuestales específicos para ampliar la estructura orgánica
del FEG, lo cual fue autorizado con vigencia a partir del 17 de febrero del 2009, por lo que
transcurrieron 9 meses de que entró en vigor el primer dictamen.
Al respecto; mediante el oficio FEG/DG/DAF/322/2010, del 21 de mayo de 2010 y
derivado del análisis del FEG al Informe de Resultados de Auditoría para Confronta,
argumenta que:
456 VOLUMEN 12/13
“El Comité Técnico del Fideicomiso Educación Garantizada, con número de Acuerdo
SO/03/009/2008 de fecha de 7 de agosto de 2008, solicitó como prioridad la creación
de un Órgano Interno de Control, aprobando en dicha sesión la modificación de la
estructura orgánica de este Fideicomiso, a fin de incluir una Contraloría Interna, por lo que
se instruyó al Director General a realizar las gestiones para llevar a cabo la modificación
propuesta.
“Derivado de lo anterior, se iniciaron las gestiones tomando en cuenta los tiempos de
respuesta de las diferentes instancias de las cuales dependen las autorizaciones
correspondientes, y se recibió la autorización del alcance al Dictamen 7/2008 por parte
de la OFICIALIA MAYOR con oficio núm. OM/0230/2009 del 17 de febrero de 2009;
adicionalmente fue a partir del mes de mayo del 2009 cuando se inició la ocupación
de las plazas autorizadas, creando con esto la Contraloría Interna en este Fideicomiso;
lo cual no contraviene la disposición del numeral 4.3.9 de la Circular Uno 2007, toda vez
que el primer dictamen entró en vigor el 1o. de mayo de 2008, y el alcance al Dictamen
está autorizado por la Oficialía Mayor. Asimismo, la disposición invocada refiere a la
modificación de la estructura, no señalando los plazos para iniciar las gestiones
correspondientes…”
La información presentada no deriva en la modificación de este resultado, ya que la
observación es con relación a la fecha de la autorización presupuestal para la ampliación
de la estructura, no a la gestión ni a la aplicación de la misma. Asimismo, la documentación
soporte no se presenta correctamente requisitada, ya que contienen campos que no han
sido debidamente llenados, los folios del formato se repiten y no logra identificar al funcionario
que emite la segunda firma que presenta este formato.
Recomendación APPD-103-08-28-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, de continuidad
al tramite para la dictaminación y registro del proyecto del Manual Administrativo remitido
el 29 de marzo de 2010 a la Coordinación General de Modernización Administrativa de la
Contraloría General del Distrito Federal, y asegurar el seguimiento pronto y oportuno
a las observaciones derivadas de su revisión por parte de de dicha coordinación en
457 VOLUMEN 12/13
cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de Recursos (Circular Uno),
de tal forma que en un plazo no mayor a treinta días naturales a partir del conocimiento de
la presente recomendación se haya realizado el registro de dicho Manual Administrativo.
Recomendación APPD-103-08-29-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, una vez
autorizado su Manual Administrativo, realice los trámites correspondientes a efecto de que
sea publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en cumplimiento de la Normatividad
en materia de Administración de de Recursos (Circular Uno).
Recomendación APPD-103-08-30-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, una vez
autorizado su Manual Administrativo realice los trámites correspondientes a efecto de que
sea difundido a todo el personal encargado de su aplicación, conforme a la Normatividad
en materia de Administración de Recursos (Circular Uno).
Recomendación APPD-103-08-31-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal adopte medidas
de control para asegurar que se cumplan con los tiempos establecidos en la Normatividad
en materia de Administración de Recursos (Circular Uno), en lo que respecta al trámite para
modificaciones de la estructura orgánica, ante la Coordinación General de Modernización
Administrativa.
Recomendación APPD-103-08-32-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal adopte medidas
de control y supervisión para asegurar que el formato de Constancia de Nombramiento de
Personal del FEG sea elaborado y requisitado de forma completa respecto a los campos
que contiene.
458 VOLUMEN 12/13
11. Resultado
Conocimiento sobre la Administración y Operación con que el Personal del FEG operó el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, y Diseño de Cuestionarios
Mediante atenta nota APPD/103/08-11 del 5 de marzo de 2010, se solicitó al FEG explicar los
riesgos que le implicó, y las áreas involucradas en la operación del Programa de Estímulos
para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, haber trabajado sin manuales y procedimientos
formalmente autorizados durante los ejercicios fiscales 2008 y 2009.
En respuesta, mediante el oficio FEG/DG/DAF/0622010 del 10 de marzo de 2010 el sujeto
fiscalizado señaló que “Independientemente de que no se contó con un Manual Administrativo
debidamente autorizado por la autoridad competente, la operación del Programa de
Estímulos a Estudiantes de Bachillerato Universal se basó en el Proyecto del Manual
de Organización mediante la cual se establecieron los objetivos y las funciones de la
Coordinación Ejecutiva del Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato Universal
y de las demás áreas que la integran…” y por otra parte indica también que “…actualmente
existe un riesgo administrativo a que el personal operativo de nuevo ingreso desconozca
las políticas para desarrollar y cumplir adecuadamente con sus funciones…”.
Asimismo el sujeto fiscalizado hace mención en el citado documento que:
“El Fideicomiso cuenta con sistemas y procedimientos adecuados para su operación como:
”● Reglas de Operación del Fideicomiso
”● Reglas de Operación del programa de PREBU
”● Comité Técnico (Órgano de Gobierno)
”● Manual de Operación del Sistema Institucional de Control de Egresos (SICE) […]
”… se trabajó los procedimientos y principios de la Ley Orgánica de la APDF, del Código
Financiero… del Manual de Normas Presupuestarias, Ley de adquisiciones del Distrito
459 VOLUMEN 12/13
Federal, Reglamento de la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal, Decretos de
Presupuesto de Egresos, Circular Uno, etc.
”Por lo expuesto y con base en que el Fideicomiso cumple cabalmente con todos los
ordenamientos normativos no hemos tenido a la fecha en los resultados de diversas
auditorias realizadas por los diferentes órganos fiscalizadores […] alguna observación que
determine un índice importante de riesgo.”
Para constatar lo citado por el FEG, como parte de las pruebas de cumplimiento se
consideró lo previsto en el acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales
de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal,27 que en su artículo 11,
señala:
“El Control Interno es un proceso llevado a cabo por la Administración Pública: Titulares,
Órganos de Gobierno y el resto del personal cualquiera que sea su naturaleza laboral,
y está diseñado para proporcionar una seguridad razonable en el logro de sus objetivos,
dentro de las siguientes categorías:
”Eficacia y eficiencia de las operaciones
”Confiabilidad de los informes financieros y operativos…”
En este sentido, por medio del oficio APPD/10/160 del 22 de marzo de 2010, se le requirió
al sujeto fiscalizado la asistencia de 52 integrantes (mandos superiores, mandos medios
y personal operativo) para la aplicación de cuestionarios de conocimiento sobre la
administración y operación con que el personal del FEG operó el Programa de Estímulos
para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, programado para su aplicación los días 25, 26 y 28
de marzo de 2010.
La selección de dicho personal se realizó en proporción a cada una de las áreas involucradas
en la operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.
Mediante la nota informativa sin número del 7 de abril de 2010, se explicó que la causa de
27 Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 09 de abril de 2007.
460 VOLUMEN 12/13
la inasistencia de 11 servidores públicos, seleccionados para la aplicación de cuestionarios,
fue porque renunciaron a dicha entidad, señalando fecha de la renuncia y anexando
documentación comprobatoria de cada caso; por tal motivo se aplicaron únicamente
41 cuestionarios, de acuerdo a la disposición del personal como a continuación se muestra:
Área DAF DE DI CEP, DZN DZS, DC
DAI
Coordinador Ejecutivo 1 Dirección de Área 1 1 1 3 1 Coordinador de Enlace Interinstitucional 1 Subdirector 1 1* 1 4 JUD 1 2 7
5*
Enlace 2 4 2 Asistente A 2 1 2 6
1* Asistente C 1 Total seleccionados 5 2 8 27 10 Total aplicados 5 1 5 21 9
* Personal que no se sometió al cuestionario porque fue dado de baja. DAF: Dirección de Administración y Finanzas. DE: Dirección de Evaluación. DI: Dirección de Informática. CEP: Coordinación Ejecutiva del PREBU. DZN: Dirección Zona Norte. DZS: Dirección Zona Sur. DC: Dirección de Control. DAI: Dirección de Atención e Información.
De la revisión de los 41 cuestionarios aplicados, se obtuvo una valoración numérica
y especifica sobre cada componente que integra el control interno y que da certeza y
seguridad sobre la eficiencia con que el personal del FEG administra y opera el Programa
de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato.
Se debe señalar que el sistema de evaluación consistió en relacionar las respuestas del
encargado del área a evaluar (Directores o Coordinador Ejecutivo), con el personal que
integra su dirección. Se consideró la referencia normativa de las funciones previstas por la
Guía Técnica para la elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal, que en su
apartado 3 Criterios para la presentación y elaboración de los manuales, numeral 3.2, inciso i)
Funciones, dispone que “A los niveles de Dirección de Área u Homólogos, se asignarán
exclusivamente las funciones características de coordinación, planeación, programación,
organización, dirección, control, evaluación, vigilancia, difusión y autorización”. En este sentido
se consideraron las respuestas de los cuestionarios aplicados a los Directivos como marco de
referencia conceptual como parámetro de evaluación para el personal adscrito a su área.28
28 Debido a la carga de trabajo que recae en el personal directivo, se les entregó el cuestionario de conocimiento sobre la
administración y operación con que el personal del FEG operó el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, otorgándoles un plazo de dos días naturales para dar contestación a éstos y garantizar la calidad del contenido de las respuestas.
461 VOLUMEN 12/13
Los resultados de los cuestionarios aplicados al personal del FEG se pueden observar
en los siguientes cinco cuadros que se despliegan en el presente resultado. Cada uno de
éstos contiene la valoración por componente, en relación con las cinco áreas que se
evaluaron del sujeto fiscalizado. Sin embargo, el porcentaje de participación de la Dirección
de Evaluación, como se observa en los cuadros, aunque arroja el mayor porcentaje, se
debe valorar de forma relativa considerando que el único integrante de dicha área al que
se le aplicó el cuestionario fue al titular.
El Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control Interno
para la Administración Publica del Distrito Federal, señalan en el artículo 4o, que
“es responsabilidad de los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración
Pública del Distrito Federal, así como de los órganos de gobierno de las entidades,
concurrentemente con sus titulares, establecer y preservar el sistema de control interno
requerido para el logro de los objetivos y metas, así como evaluar y supervisar su
funcionamiento e implementar constantemente las acciones que conduzcan a su mejora”.
En consecuencia, en el diseño del cuestionario de conocimiento sobre la administración
y operación con que el personal del FEG operó el Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí, se tomaron en cuenta los lineamientos y elementos
que se desprenden del acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales
de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, que en el artículo 16
indica:
“Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son los siguientes:
”Primer Lineamiento: Ambiente de Control
”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal, deberán promover y mantener un ambiente de integridad, honradez, respeto
y comportamiento ético que estimule e influya las actividades de los servidores públicos,
para que cumplan con sus responsabilidades de control; asimismo, deberán actualizar
y difundir su misión, visión, objetivos y metas, vigilando que sean congruentes en su
funcionamiento...”
462 VOLUMEN 12/13
De los 41 participantes evaluados, se les aplicaron un promedio de 28 preguntas sobre
temas como la integridad y valores éticos; autoridad y responsabilidad; metas objetivos,
generales y específicos; estructura organizacional; clima de confianza en el trabajo; y políticas
de recursos humanos.
De las 1,148 respuestas formuladas: el 37% fueron contestadas demostrando
conocimiento sobre los temas presentados; el 42% fueron insuficientes; el 6% declaró no
tener conocimiento sobre los temas y el 15% menciona que está fuera de sus funciones
el tener conocimiento sobre los elementos que integran el ambiente interno del FEG.
De manera individual el área con mayor porcentaje de conocimiento es la Dirección de
Administración y Finanzas con un 43%.
(A) AMBIENTE DE CONTROL INTERNO
Áreas del FEG evaluadas
Dirección de Administración y Finanzas
Dirección de Evaluación
Dirección de Informática
Coordinación Ejecutiva del PREBU
Dirección de Atencióne Información
Total % Total % Total % Total % Total %
Núm. 1
Elementos Integridad y Valores Éticos:
a. Sobre el FEG y Prepa Sí:
b. Sobre el Área al que está adscrito
Demuestra conocimiento 12.5 31.3 16 100.0 13.5 33.75 76 32.9 22.5 25.0
Declara no corresponde a sus funciones 1 2.5 0 - 6 15.0 10 4.3 1 1.1
Declara no tener conocimiento de la respuesta 12 30.0 0 - 13 32.5 20 8.7 40 44.4
2 Autoridad y responsabilidad
Demuestra conocimiento 21 52.5 14 100.0 18 40.0 84.5 33.5 17 17.2
Declara no corresponde a sus funciones 1 2.5 0 - 1 2.2 0 - 4 4.0
Declara no tener conocimiento de la respuesta 7 17.5 0 - 13 28.89 0.5 1.3 52 52.5
3 Estructura organizacional
Demuestra conocimiento 12 60.0 8 100.0 14.5 72.5 39.5 37.6 28 51.9
Declara no corresponde a sus funciones 0 - 0 - 1 5.0 11 10.5 0 -
Declara no tener conocimiento de la respuesta 0 - 0 - 2 10.0 3 2.9 0 -
4 Políticas de personal
Demuestra conocimiento 4 26.7 6 100.0 2.5 16.7 24 28.6 6 22.2
Declara no corresponde a sus funciones 5 33.3 0 - 2 13.3 11 13.1 19 70.4
Declara no tener conocimiento de la respuesta 4 26.7 0 - 10 66.7 7 8.3 0 -
Total de las áreas por componente.
Demuestra conocimiento 49.5 43.0 44 100.0 48.5 38.8 224 35.7 67.5 25.0
Declara no corresponde a sus funciones 35.5 30.9 0 - 29 23.2 20 3.2 92 34.0
Demuestra conocimiento 23.0 20.0 0 - 28.5 22.8 343.5 54.5 105.5 39.1
Declara no tener conocimiento de la respuesta 7.0 6.1 0 - 19 15.2 42.5 6.8 5 1.9
Totales del Componente por Dirección 115 100.0 44 100.0 125 100.0 630 100.0 270 100.0
En cuanto al Segundo Lineamiento: Evaluación y Administración de Riesgos:
”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal deberán asegurarse que éstas cuenten con objetivos, metas y programas
institucionales acordes al marco jurídico que rige su funcionamiento. Al contar con
estos elementos, deberán llevar a cabo la identificación y evaluación de los riesgos críticos
463 VOLUMEN 12/13
que puedan impactar negativamente en el logro de los objetivos, metas y programas,
con el fin de establecer estrategias y fortalecer el control interno para su prevención
y manejo […]
”II. En la identificación de los riesgos se deberá considerar el origen, áreas involucradas,
monto, antigüedad, objetivo, meta o programa que afecta, problemática, riesgos
y/o posibles efectos.”
Sobre este tenor, los 41 participantes evaluados, se les aplicó un promedio de 11 preguntas
sobre temas como identificación de riesgos y administración del riesgo y cambio.
De 451 respuestas: el 29% fueron contestadas demostrando conocimiento sobre los temas
presentados; el 39% fueron respuestas insuficientes; el 25% declaró no tener conocimiento
sobre los temas y el 6% menciona que está fuera de sus funciones el tener conocimiento sobre
los elementos que integran la evaluación y administración de riesgos del FEG.
De manera individual el área con mayor porcentaje de conocimiento es la Dirección de
Informática con un 57%.
(B) EVALUACIÓN DEL RIESGO
Áreas del FEG evaluadas
Dirección de Administración y Finanzas
Dirección de Evaluación
Dirección de Informática
Coordinación Ejecutiva del PREBU
Dirección de Atencióne Información
Total % Total % Total % Total % Total % Núm. Elementos
1 Los objetivos deben ser establecidos y comunicados
Demuestra conocimiento 3 30.0 4 100.0 3.5 35.0 12.5 29.8 4 22.2 Declara no corresponder a sus funciones 4 40.0 0 - 3 30.0 8 19.1 7 38.9 Declara no tener conocimiento de la respuesta 0 - 0 - 0 - 2 4.76 2 11.1 2 Identificación de los riesgos internos y externos
a. Integración del área: descripción y características del personal que integra
b. Factores de riesgo Demuestra conocimiento 3 20.0 6 100.0 8.5 56.7 19.5 30.9 6.5 14.4 Declara no corresponder a sus funciones 2 13.3 0 - 0 - 1 1.6 5 11.1 Declara no tener conocimiento de la respuesta 4 26.7 0 - 0 - 0 - 14 31.1
3 Los planes deben incluir objetivos e indicadores de desempeño
Demuestra conocimiento 3 60.0 4 100.0 1 20.0 3 14.3 4 14.8 Declara no corresponder a sus funciones 0 0.0 0 - 0 - 7 33.3 0 - Declara no tener conocimiento de la respuesta 0 0.0 0 - 4 80.0 5 23.8 15 55.6
4 Evaluación del medio ambiente interno y externo: clientes internos y externos
Demuestra conocimiento 4.5 22.5 6 100.0 8 40.0 21.5 25.6 6 16.7 Declara no corresponder a sus funciones 5 25.0 0 - 0 - 0 - 4 11.1 Declara no tener conocimiento de la respuesta 5 25.0 0 - 9 45.0 15 17.8 19 52.8 Total de las áreas por componente. Demuestra conocimiento 13.5 33.7 20 100.0 21 42.0 56.5 26.9 20.5 16.3 Declara no corresponder a sus funciones 7 17.5 0 - 0 - 10 4.7 11 8.7 Demuestra desconocimiento 6.5 16.2 0 - 13 26.0 115.5 55.0 39.5 31.3 Declara no tener conocimiento de la respuesta 13 32.5 0 - 16 32.0 28 13.3 55 43.6 Total es del componente por dirección 40 100.0 20 100.0 50 100.0 210 100.0 126 100.0
464 VOLUMEN 12/13
Respecto del tercer lineamiento, se dispone:
“Tercer Lineamiento: Actividades de Control.
”I. “Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores
públicos ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos
para evitarlos o minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control
interno que garantice el logro de los objetivos, metas y programas institucionales,
asegurando de manera razonable la generación de información financiera, presupuestal
y de operación confiable, oportuna y suficiente, para cumplir con su marco jurídico
de actuación, así como salvaguardar los recursos públicos a su cargo y garantizar
la transparencia de su manejo.”
En atención a este aspecto, a los 41 participantes evaluados, se aplicaron un promedio de
19 preguntas sobre temas como separación de tareas y responsabilidades; manuales
de organización y de procedimientos; coordinación entre áreas; documentación; niveles
definidos de autorización; registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos;
rotación de los servidores públicos en actividades claves; control del sistema de información;
indicadores de desempeño; y funciones de Contraloría Interna.
De 779 respuestas: el 34% fueron contestadas demostrando conocimiento sobre los
temas presentados; el 31% fueron respuestas insuficientes; el 25% declaró no tener
conocimiento sobre los temas y el 10% menciona que está fuera de sus funciones el
tener conocimiento sobre los elementos que integran Actividades de Control del FEG.
De manera individual el área con mayor porcentaje de conocimiento es la Dirección de
Administración y Finanzas con un 41%.
465 VOLUMEN 12/13
(C) ACTIVIDADES DE CONTROL GERENCIAL
Áreas del FEG evaluadas Áreas del FEG evaluadas
Dirección de
Administración y FinanzasDirección
de Evaluación Dirección
de Informática Coordinación Ejecutiva
del PREBU Dirección de Atención
e Información
Total % Total % Total % Total % Total %
Num. Elementos 1 Políticas para el logro de objetivos. Demuestra conocimiento 1 20.0 2 40.0 1 20.0 2 5.0 1 11.1 Declara no corresponder a sus funciones 0 - 0 - 0 - 0 - 1 11.1 Declara no tener conocimiento de la respuesta 2 40.0 0 - 4 80.0 1 2.5 6 66.7
2 Coordinación entre las dependencias de la entidad
Demuestra conocimiento 8 40.0 4 66.7 9.5 38.0 22 26.2 11.5 21.3 Declara no corresponder a sus funciones 2 10.0 0 - 3 12.0 5 5.9 4 7.4 Declara no tener conocimiento de la respuesta 4 20.0 0 - 6.5 26.0 17 20.2 30 55.6 3 Diseño de las actividades de control. Demuestra conocimiento 10.5 26.2 8 40.0 20.5 45.6 138 36.5 28.5 35.2 Declara no corresponder a sus funciones 13 32.5 0 - 5 11.1 41 10.8 2 2.5 Declara no tener conocimiento de la respuesta 9 22.5 0 - 13 28.9 71 18.8 34 41.9 Total de las áreas por componente. Demuestra conocimiento 19.5 30.0 14 87.5 31 41.3 162 33.5 41 28.5 Declara no corresponder a sus funciones 15 23.1 0 - 8 10.7 46 9.5 7 4.8 Demuestra desconocimiento 15.5 23.8 2 12.5 12.5 16.7 186 38.5 26 18.1 Declara no tener conocimiento de la respuesta 15 23.1 0 - 23.5 31.3 89 18.4 70 48.6 Total es del componente por dirección 65 100.0 16 100.0 75 100.0 483 100.0 144 100.0
El cuarto lineamiento está definido como:
“Cuarto Lineamiento: Información y Comunicación
”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito
Federal, y los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias,
deberán establecer las medidas que permitan que la información relevante que generen,
sea adecuada para la toma de decisiones y el logro de sus objetivos, metas y
programas, así como para cumplir con las distintas obligaciones y responsabilidades a
las que en materia de información están sujetas, en los términos de las disposiciones
legales y administrativas aplicables.
”II. Conforme a lo anterior, la información debe ser identificada, capturada, procesada y
comunicada en forma y dentro del tiempo indicado a los servidores públicos responsable
de su atención, para que cumplan con sus responsabilidades. De esta forma, la
información deberá obtenerse, clasificarse y comunicarse oportunamente a las instancias
externas e internas procedentes.”
Sobre esta materia a los 41 participantes evaluados, se aplicaron un promedio de 11
preguntas sobre temas como contenido y flujo de la información, canales de comunicación
y sistemas de información.
466 VOLUMEN 12/13
De 451 respuestas: el 32% fueron contestadas demostrando conocimiento sobre los temas presentados; el 29% presentaron respuestas insuficientes; el 25% declaró no tener conocimiento sobre los temas y el 15% menciona que está fuera de sus funciones el tener conocimiento sobre los elementos que integran la Información y Comunicación del FEG.
De manera individual el área con mayor porcentaje de conocimiento es la Dirección de Informática con un 52%.
(D) SISTEMA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Áreas del FEG evaluadas
Dirección de
Administración y FinanzasDirección
de Evaluación Dirección
de Informática Coordinación Ejecutiva
del PREBU Dirección de Atención
e Información Total % Total % Total % Total % Total %
Núm. Elementos 1 Identificación de información suficiente Demuestra conocimiento 2 40.0 2 20.0 7.5 50.0 10.5 25.0 0 - Declara no corresponder a sus funciones 3 60.0 0 - 2 13.3 2 4.8 0 - Declara no tener conocimiento de la respuesta 0 - 0 - 3 20.0 11 26.2 0 -
2
Información suficiente y relevante debe ser identificada y comunicada en forma oportuna para permitir al personal ejecutar sus responsabilidades asignadas.
Demuestra conocimiento 2 20.0 2 50.0 6 60.0 52.5 50.0 16.5 36.7 Declara no corresponder a sus funciones 0 - 0 - 1 10.0 4 3.8 14 31.1 Declara no tener conocimiento de la respuesta 4 40.0 0 - 1 10.0 23 21.9 13 28.9 3 Revisión de los sistemas de información. Demuestra conocimiento 4 26.7 3 50.0 1 20.0 13 20.6 5 11.1 Declara no corresponder a sus funciones 0 - 0 - 0 - 5 7.9 21 46.7 Declara no tener conocimiento de la respuesta 8 53.3 0 - 3 37.5 25 39.7 13 28.9
4
Las necesidades de información y los sistemas de información deben ser revisados cuando existan cambios en los objetivos o cuando se producen deficiencias significativas en los procesos de formulación de información.
Demuestra conocimiento 0 - 2 20.0 1 4.0 13.5 32.1 1 2.5 Declara no corresponder a sus funciones 0 - 0 - 1 4.0 13 30.9 1 2.5 Declara no tener conocimiento de la respuesta 0 - 0 - 0 - 10 23.8 2 5.0 Total de las áreas por componente. Demuestra conocimiento 8 10.0 14 100.0 15.5 51.7 89.5 35.5 22.5 25.0 Declara no corresponder a sus funciones 3 3.7 0 - 4 13.3 24 9.5 36 40.0 Demuestra desconocimiento 57 71.3 0 - 3.5 11.7 69.5 27.6 3.5 3.9 Declara no tener conocimiento de la respuesta 12 15.0 0 - 7 23.3 69 27.4 28 31.1 Total es del componente por dirección 80 100.0 14 100.0 30 100.0 252 100.0 90 100.0
Finalmente, el quinto lineamiento se refiere a:
“Quinto Lineamiento: Supervisión
”I. Es responsabilidad de los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, contar con un sistema de control interno idóneo y eficiente, así como mantener su actualización y fortalecerlo constantemente para conservarlo en un nivel óptimo, y asegurar que funciona adecuadamente, por lo tanto periódicamente deben evaluar la eficacia del sistema de control interno y comunicar los resultados en las sesiones del COMCA;29 asimismo, deben asegurarse que la
29 Artículo 3.- Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderá por: COMCA, Los Comités de Control y Auditoría instalados en
las dependencias, órganos político administrativos, órganos desconcentrados, unidades administrativas y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal.
467 VOLUMEN 12/13
evaluación aporte si está funcionando adecuadamente, de lo contrario, con oportunidad proceder a su corrección y fortalecimiento. II. Independientemente de las revisiones y verificaciones que lleven a cabo las diversas instancias de fiscalización sobre el control interno de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, la actualización, fortalecimiento y supervisión del sistema de control interno, es responsabilidad de sus titulares.”
En ese sentido, los 41 participantes evaluados, se aplicaron un promedio de 16 preguntas
sobre temas como evaluaciones independientes, reporte de deficiencias, participantes
y sus responsabilidades, evaluaciones externas.
De 656 respuestas: el 24% fueron contestadas demostrando conocimiento sobre los
temas presentados; el 40% fueron respuestas insuficientes; el 29% declaró no tener
conocimiento sobre los temas y el 8% menciona que está fuera de sus funciones el
tener conocimiento sobre los elementos que integran la supervisión del FEG.
De manera individual el área con mayor porcentaje de conocimiento es la Dirección
de Administración y Finanzas con un 41%.
(E) ACTIVIDADES DE MONITOREO
Áreas del FEG evaluadas Dirección de
Administración y FinanzasDirección
de Evaluación Dirección
de Informática Coordinación Ejecutiva
del PREBU Dirección de Atención
e Información Total % Total % Total % Total % Total %
NO. Elementos 1 Monitoreo del rendimiento. Demuestra conocimiento 1.5 15.0 4 50.0 2 20.0 32.5 30.9 4 14.8 Declara no corresponder a sus funciones 3.0 30.0 0 - 0 - 0 - 8 29.6 Declara no tener conocimiento de la respuesta 4.0 40.0 0 - 1 10.0 21 20.0 14 51.8
2 Revisión de los supuestos que soportan los objetivos del control interno.
a. Capacitación personal Demuestra conocimiento 5.0 33.3 2 33.3 3.5 23.3 28 33.3 9 25.0 Declara no corresponder a sus funciones 5.0 33.3 0 - 3 20.0 1 1.2 0 - Declara no tener conocimiento de la respuesta 2.0 13.3 0 - 6 40.0 20.5 24.4 20 55.6 3 Aplicación de procedimientos de seguimiento. Demuestra conocimiento 2.5 25.0 2 20.0 0 - 14.5 23.0 2 11.1 Declara no corresponder a sus funciones 4.0 40.0 0 - 2 5.0 10 15.9 0 - Declara no tener conocimiento de la respuesta 1.0 10.0 0 - 0 - 8 12.7 16 88.9 4 Evaluación de la calidad del control interno Demuestra conocimiento 4.0 20.0 0 - 1 4.0 0 - 9 25.0 Declara no corresponder a sus funciones 3.0 15.0 3.5 17.5 8.5 34.0 26.5 21.0 3 8.3 Declara no tener conocimiento de la respuesta 12.0 60.0 0 - 10 40.0 28 22.2 24 66.7 Total de las áreas por componente. Demuestra conocimiento 12 21.8 11.5 88.5 14 15.6 101.5 26.8 18 15.4 Declara no corresponder a sus funciones 16 29.2 0 - 6 6.8 11 2.9 17 14.5 Demuestra desconocimiento 8 14.5 1.5 11.5 53 58.8 188 49.8 8 6.8 Declara no tener conocimiento de la respuesta 19 34.5 0 - 17 18.8 77.5 20.5 74 63.3 Total es del componente por dirección 55 100.0 13 100.0 90 100.0 378 100.00 117 100.00
De la información obtenida con la aplicación del cuestionario conocimiento sobre la
administración y operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí,
468 VOLUMEN 12/13
se concluye que el personal del FEG deberá mejorar su grado de conocimiento de los
Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal, de manera específica en lo relacionado al artículo 16, en sus cinco lineamientos.
Debido a la carencia de autorización del Manual Administrativo del FEG, el sistema de
control interno establecido para operar el programa, presentó durante el ejercicio 2008
deficiencias que propiciaron que las operaciones del sujeto fiscalizado quedaran expuestas
a riesgos e ineficiencias.
También se concluye que incumplió con los artículos 4o. y 5o. de los Lineamientos
Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal los cuales
refieren que “es responsabilidad de los titulares de […] las entidades, […] establecer y
preservar el sistema de control interno requerido para el logro de los objetivos y metas,
así como evaluar y supervisar su funcionamiento e implementar constantemente las
acciones que conduzcan a su mejora.” y “…dar prioridad en los procesos de sus operaciones,
al establecimiento de los controles preventivos, para disminuir actos u omisiones que
pudieran afectar el servicio público”.
Recomendación APPD-103-08-33-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implemente
procesos de capacitación y sensibilización así como mecanismos de control para garantizar
que el personal cuente con un sistema de evaluación y seguimiento sobre las actividades
relativas a la operación y administración del Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí conforme al Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos
Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.
12. Resultado
Actividades Comunitarias
Características
De acuerdo a las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, 2007-2008 y 2008-2009, inciso e) Requisitos y Procedimientos de
Acceso, número 5, se requiere a los beneficiarios, “Participar en actividades en comunidad,
469 VOLUMEN 12/13
equivalentes a dos horas a la semana durante la vigencia del estímulo, preferentemente
en las colonias donde resida”.
Por otra parte, el FEG indica que el objetivo de las actividades comunitarias es: “como
retribución a la Ciudad de México por el estímulo recibido, los estudiantes participan en
actividades en la comunidad, de preferencia las colonias donde residen. […] El apoyo a la
comunidad por parte de los beneficiarios pretende incentivar la relación, identificación
y sentido de pertenencia de los jóvenes con su comunidad y la ciudad, así como el fomento
del capital social en la Ciudad”.30
Se cuestionó31 al sujeto fiscalizado, sobre el impacto que tendría en el Programa de
Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, si se dejara de exigir a los estudiantes
el requisito de participar en las actividades en comunidad, al respecto el FEG refirió que:
“… con las actividades en la comunidad se contribuye al desarrollo intelectual, físico y cultural
del beneficiario, de una forma integral con actividades de carácter multidisciplinario […]
De este modo, las bondades de la educación se ven complementadas y potencializadas al
lograr que los jóvenes se involucren con su comunidad y se identifiquen con su Ciudad,
logrando, en un período relativamente corto, un mayor compromiso y una actitud de
servicio que repercutirá, en última instancia, en mejores condiciones actuales y futuras
para la convivencia y el desarrollo social […] el hecho de que a través del PREBU no se
solicitara a los estudiantes la realización de actividades en comunidad, generaría como
consecuencia menores oportunidades de desarrollo integral del beneficiario en los aspectos
ya señalados, así como propiciar el aumento de la deserción escolar.”32
Derivado de lo antes señalado, se planteó la importancia de realizar un análisis de la eficiencia
en la coordinación, organización, operación y control de las actividades en comunidad del
Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.
La organización, coordinación y operación del las actividades en comunidad obedecen a
una división regional por zonas Norte-Oriente y Sur-Poniente, para asegurar el cumplimiento
30 Informe General del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal 2008, p. 34. 31 A través de la atenta nota APPD/103/08-2 del 19 de enero de 2010. 32 Mediante Nota Informativa s/n elaborada por la Dirección de Control, del 26 de enero de 2010.
470 VOLUMEN 12/13
de las actividades, para lo cual se creó una estructura para su difusión, llevada a cabo en
las colonias en donde viven los beneficiarios o los planteles en los que estudian a través
de Coordinadores de Unidad Territorial y Jefes de Grupo, quienes difunden la oferta de
actividades entre los beneficiarios. Para corresponder a su esfuerzo se les otorgó un
estímulo mensual adicional equivalente a 1,000 pesos para los Coordinadores de Unidad
Territorial y 500 pesos para Jefes de Grupo. Durante el ejercicio 2008 se observó un total
de 1,672 beneficiarios en calidad de Coordinadores de Unidad Territorial y 8,148 beneficiarios
con calidad de Jefes de grupo,33 distribuidos en las instituciones de educación pública.
(Anexo 3 y 4. Estructura Orgánica para atender las actividades en Comunidad y Distribución
de Coordinadores Territoriales y Jefes de Grupo por Institución Educativa).
De acuerdo con la Coordinación Ejecutiva del PREBU los Coordinadores de Unidad
Territorial y Jefes de Grupo no realizan reportes o informes sobre las actividades o tareas
asignadas. La verificación de sus actividades es a través de los enlaces y asistentes del
programa. Los alumnos dejan de ser Coordinadores de Unidad Territorial y Jefes de Grupo
al egresar del bachillerato o por incumplimiento de sus actividades.
La definición y realización de las actividades en comunidad, son de carácter multidisciplinario
y en un principio se integraron por cinco Comisiones Temáticas encabezadas por distintas
dependencias del área central del Gobierno del Distrito Federal, el 1o de abril de 2008 se
integró la sexta.34
El mecanismo para registrar la asistencia de los beneficiarios participantes en las
actividades en comunidad consiste en que cada subsistema educativo asigna enlaces, los
cuales capturan la asistencia en una aplicación electrónica que se válida automáticamente,
generando así, una relación de los alumnos que han participado en actividades en comunidad
cada mes. Los enlaces o responsables, por medio de una nota, informan del registro de
los beneficiarios al Director de Control de la Coordinación Ejecutiva del PREBU.35
33 Conforme al oficio núm. FEG/DG/DAF/O81/2010 del 2 de febrero de 2010 se proporcionaron los datos, en archivo
electrónico, de las listas de Coordinadores de Unidades territoriales y Jefes de Grupo. 34 Las comisiones son: Comisión de Actividades Educativas Culturales y de Innovación, Comisión de Actividades de Protección
y Educación Ambiental, Comisión de Promoción de la Seguridad y la Salud, Comisión de Eventos y Actividades Deportivas, Comisión de Actividades de Apoyo General a la Comunidad, Comisión a cargo de Instituto de Educación Media Superior (IEMS).
35 Nota informativa s/n del 26 de Enero de 2010. emitida por la Dirección Ejecutiva del PREBU.
471 VOLUMEN 12/13
Con base a la información expuesta, se concluye que los Coordinadores de Unidad
Territorial y los Jefes de Grupo, ambos beneficiarios del Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí, recibieron estímulos adicionales no previstos en las reglas
de operación del mismo programa, integrándose en la práctica a la estructura orgánica del
programa durante el ejercicio 2008.
También se concluye que la organización y coordinación de las actividades en comunidad,
no contaron durante el ejercicio 2008 con un procedimiento previsto en el proyecto del
Manual Administrativo; ya que la operación se realizó atendiendo las necesidades
y preferencias de los beneficiarios,36 lo cual demuestra deficiencias en el control interno.
Registro de las actividades comunitarias
De acuerdo a sus reglas de operación, inciso g) “Realización de servicios a la comunidad”,
se refiere “como retribución a la ciudad por el estimulo recibido, los estudiantes realizarán
servicios a la comunidad, preferentemente en las colonias donde residan, por el equivalente
de dos horas por semana”, lo cual forma parte de los requisitos de ingreso y permanencia
del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.
Sin embargo, en el Informe del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí, ciclo 2007-2009, se señaló que,…“en lo que respecta a las actividades en
comunidad durante el período 2007-2008 fueron 118,521 los beneficiarios que en promedio
(al mes) asistieron a ellas, lo cual equivale al 76% del total inscrito en el programa
para ese período. En lo que concierne al período 2008-2009, se validó la asistencia a las
actividades en comunidad de 161,799 beneficiarios en promedio al mes, lo cual representa
el 83% del total registrado en ese período”.37
De lo anterior se observó que debió haberse llevado un proceso de baja del padrón de
37,361 beneficiarios (23.9%) para el ciclo escolar 2007- 2008; en tanto que para el ciclo
36 Respuesta de cuestionario Cuestionarios de Conocimiento sobre la Administración y Operación con que el Personal del
FEG Operó el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato Universal aplicado a la Dirección Ejecutiva PREBU, del día 28 de marzo de 2010, pág. 14.
37 “Informe del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal Prepa Si”, ciclo 2007-2009, Cuadro 6. Tasa de participación promedio mensual de los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal (PREBU), en actividades en comunidad durante los períodos 2007-2008 y 2008-2009. p. 13.
472 VOLUMEN 12/13
escolar 2008-2009 el proceso de baja debió de abarcar el 19%, es decir, la baja de 38,917
beneficiarios.
Se solicitó al FEG proporcionara la relación de los beneficiarios que fueron dados de baja
por no cumplir con el requisito de realizar las actividades en comunidad, conforme a lo
estipulado en las reglas de operación. A este respecto, se señaló mediante nota
informativa del 26 de marzo de 2010 que “no hubo bajas por este concepto durante el
ejercicio 2008”.
Al no contar con los reportes de información respecto al registro y control de las
asistencias de los beneficiarios a las actividades en comunidad, se concluye que no
fueron aplicadas las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, respecto de este requisito, para los ciclos 2007-2008 y 2008-2009,
implicando el incumplimiento al Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos
Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 16,
Cuarto Lineamiento: “Información y Comunicación”, fracciones I y II.
Al respecto; mediante el oficio núm. FEG/DG/DAF/322/2010, con fecha de 21 de mayo de
2010, derivado del análisis del FEG al Informe de Resultados de Auditoría para Confronta,
se argumenta que:
“Se han afinado los mecanismos para ampliar la oferta de actividades en comunidad que
permitan un mejor cumplimiento de las mismas.”
No obstante, la información presentada no deriva en la modificación de este resultado,
ya que la observación es con relación a la inconsistencia de los informes presentados y a
la supervisión y aplicación en las reglas de operación del programa, no a la variedad en la
oferta de las actividades en comunidad.
Recomendación APPD-103-08-34-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal establezca
los mecanismos de control que garanticen la difusión y selección (entre los beneficiarios)
de los Coordinadores de Unidad Territorial, que apoyan en la operación del Programa de
473 VOLUMEN 12/13
Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí; así como especificar las funciones
y/o actividades que deberán desarrollar a fin de garantizar su eficiencia y resultados.
Recomendación APPD-103-08-35-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal instaure
medidas de control para garantizar que los reportes, informes y todo registro en general
sobre la asistencia y cumplimiento de las actividades en comunidad por parte de los
beneficiarios, presente la información que permita verificar el cumplimiento de este requisito.
En cumplimiento a las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí.
Recomendación APPD-103-08-36-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, adopte
medidas de control y supervisión para asegurar que la emisión de reportes, informes
y otros registros para la operación y administración del Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí se realicen en tiempo y forma por el personal de la entidad
vigente en su cargo.
13. Resultado
Eficiencia en el Control de la Asistencia a las Actividades en Comunidad
Mediante oficio APPD/09/534 del 06 de octubre de 2009, se proporcionó copia de las
notas informativas del 12 de octubre de 2009 de los responsables de los registros de
asistencias, que envían a la Dirección de Control, para validar las actividades de forma
mensual y por institución educativa que atendieron.38
De la revisión y análisis a esa información se detectó que cuatro servidores enviaron
notas informativas para validar actividades en comunidad el 5 de enero de 2009,
38 Dichas notas refieren: “Por este medio me permitió informarle que el registro de la asistencia a las actividades en comunidad de
los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, PREBU Prepa SÍ del mes [correspondiente] se efectúo en la aplicación electrónica”.
474 VOLUMEN 12/13
sin embargo, según se refirió estas personas causaron separación laboral con el Fideicomiso
al mes de diciembre de 2008, como se aprecia en el siguiente cuadro:
Nombre Puesto Adscripción Fecha de baja
Paulina Elizabeth Ávila Olivares Jefatura de Unidad Departamental
Coordinación Ejecutiva del PREBU
31/12/08
Rosalinda Bañuelos Ubaldo Jefatura de Unidad Departamental
Coordinación Ejecutiva del PREBU
31/12/08
José Alfredo Domínguez Pineda Jefatura de Unidad Departamental
Coordinación Ejecutiva del PREBU
31/12/08
Raymundo Velázquez Gutiérrez Jefatura de Unidad Departamental
Coordinación Ejecutiva del PREBU
31/12/08
FUENTE: Nota informativa s/n del 7 de abril de 2010, emitida por el FEG.
En el último párrafo de la nota informativa se señala que, se anexan copia de la
documentación comprobatoria como son: formatos de actividades del último mes, renuncias,
pólizas del último pago e identificaciones oficiales.
Se constató mediante dichos anexos, la copia de la póliza correspondiente al “último
pago”, todos con fecha al 22 de diciembre de 2008, copia de la renuncia con sello de
recepción por parte de la Dirección General de FEG, todos con la leyenda “___ DIC 2008”
(sin especificación del día), copia de la credencial expedida por el Instituto Federal Electoral
y reporte de actividades del último mes. Por lo anterior, se determina que hasta el día
referido estuvieron trabajando y que para la fecha que marcan las notas informativas de
validación de actividades en comunidad, del 5 de enero de 2009, ya no estaban laborando.
De lo anterior se observaron deficiencias en la formulación de las notas informativas que
se utilizan para la revisión y validación de las actividades en comunidad, por parte de los
enlaces y que son remitidas al Director de Control para su registro, ya que no se logró
constatar número de folio o consecutivo que pueda relacionarse con algún control, manejo
y seguridad del registro de las mismas, detalle de los planteles que abarcan la validación,
período exacto que se está validando, y descripción de las actividades que se validan:
(Denominación de las actividades, lugar, fecha y horario en que se realizaron, etc.).
Al respecto, mediante el oficio. FEG/DG/DAF/322/2010, del 21 de mayo de 2010, derivado del
análisis del FEG al Informe de Resultados de Auditoría para Confronta, se argumenta que:
475 VOLUMEN 12/13
“Sobre las notas informativas enviadas para la validación de actividades en comunidad,
aunque los reportes enviados tiene fecha del 5 de enero de 2009, los servidores públicos
reportaron las actividades en comunidad que realizaron en diciembre de 2008, ya que fue
el último mes en el que laboraron en el Fideicomiso.”
La información presentada modifica el presente resultado, y justifica la extemporaneidad
de los reportes presentados al término del período laboral de los funcionarios.
Recomendación APPD-103-08-37-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, a través de
la Dirección de Administración y Finanzas, establezca mecanismos de control que le permita
verificar que su personal encargado de revisar y validar las actividades en comunidad
cuente con el instrumento que formalice la relación laboral para llevar a cabo las funciones
correspondientes, vigente al momento de emitir dichos reportes.
14. Resultado
Eficiencia y Cumplimiento en la Programación de los Eventos y Realización de las Actividades en Comunidad por parte del FEG
Derivado de la revisión del medio difusión de un evento relativo a actividades en comunidad
a través de un “cartel" de aviso con los logotipos de Prepa Sí y sello de recepción del
plantel educativo “CETIS N°2 Coyoacán”, se realizó una visita el día 21 de marzo de 2010,
de las 12:00 a las 18:00 horas a la Explanada Delegacional de Coyoacán, atendiendo a
que con motivo de celebrar el “Día Mundial del Agua”, se informó que se validarían a los
beneficiarios dos horas de “actividades en comunidad”. El personal de la CMHALDF
asignado para llevar a cabo este procedimiento, asistió para presenciar el evento en la
fecha, lugar y hora publicados, sin embargo se atestiguo que no tuvo verificativo la
realización de dicha actividad, ni tampoco se localizó a alguna persona por parte del FEG
que diera informes al respecto. Se cuestionó a personal de la delegación sobre el evento
del “Día Mundial del Agua”, refiriendo que no tenían información alguna sobre las
actividades en comunidad que se realizarían ese día.
476 VOLUMEN 12/13
De la revisión al Informe del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal Prepa
Sí, Ceremonia de Conclusión del Ciclo 2007-2009, se observó que durante los ciclos
2007-2008 y 2008-2009 la tasa de participación de los beneficiarios en las actividades en
comunidad fue de 70.1% y 80.6% respectivamente, sin embargo dicho informe no refiere
por qué no se da cumplimiento a dicho requisito al 100.0%, el cual es necesario para
poder acceder al beneficio del estímulo que otorga el programa.
De lo anterior, mediante el oficio APPD/103/155 del 12 de marzo de 2010, numeral 15, se
requirió al FEG que proporcionara un calendario de actividades en comunidad para los
meses de marzo y abril de 2010, en el cual se señalarán entre otros datos la hora, fecha,
responsable de la actividad y demás información que le fuera proporcionada a los beneficiarios
del PREBU para su asistencia a estas actividades, lo anterior, a fin de verificar la realización
de la actividad y el cumplimiento de esta obligación por parte de los beneficiarios y entender
por qué no se cumple cabalmente con este requisito.
Con la nota informativa del 18 de marzo de 2010, se envió en forma impresa y magnética
el calendario que contiene dichas actividades para los meses de marzo y abril de ese
mismo año. A partir de estos datos, se programaron visitas a ocho delegaciones para
el mes de abril, con la finalidad de constatar la planeación, coordinación, programación,
control y asistencia que se tiene en estas actividades.
Las visitas se programaron dentro de la tercera semana de abril, que corresponde del
18 al 25 de abril, se seleccionaron ocho actividades comunitarias39 (eventos) que estaban
programadas dentro de este período, en el calendario de actividades proporcionado.
Estas visitas se realizaron en las delegaciones: Álvaro Obregón, Benito Juárez, Tlalpan,
Coyoacán, Iztapalapa, Iztacalco, Xochimilco y Tláhuac.
De las ocho visitas realizadas, se logró constatar la realización de una de las actividades, de
acuerdo a la programación establecida en el calendario del FEG, esta fue la correspondiente
al “Taller Jóvenes en Acción”. De las siete actividades restantes, el personal encargado
39 Conforme lo establece el apartado E, de las Reglas de Operación para los ciclos escolares 2007-200 y 2008-2009.
477 VOLUMEN 12/13
de la dependencia o institución donde estaban programadas no tenían conocimiento de
los eventos respectivos.
En la siguiente tabla, se presentan los resultados detallados que se obtuvieron de este
ejercicio, donde se pueden apreciar los comentarios que realizó al respecto, el personal
de las dependencias.
Núm. Realización del evento
Delegación Recinto/lugar
Dependencia Actividad Fecha Horario
Contacto Comentarios
1 No Tlalpan
ENP Núm. 5 "José Vasconcelos"
Instituto de la Juventud
del DF
Taller de Diseño ENP 5
21/04/2010
12:00-14:00
Srio. Particular de la Dirección General
de la ENP Núm. 5 "José Vasconcelos"
"No esta programado ningún tipo de actividad Prepa Sí".
2 No Iztapalapa
Museo de Sistema de Transportes Eléctricos
Sistema de Transportes
Eléctricos
Uso del Transporte Eléctrico: Visita
Guiada al Museo del Sistema
de Transportes Eléctricos
21/04/2010
10:00-17:00
Encargado de Museo
"Programas como estos son importantes para los jóvenes, pero de alguna forma se podría hacer que tengan o adquieran un compromiso para llevar a cabo sus actividades, esto se podría lograr si un enlace que trae a los grupos de alumnos para poder realizar la actividad de una forma ordenada".
3 No Benito Juárez
Módulo de Seguridad Pública y Participación
Ciudadana BJU 10
Subsecretaria de Participación Ciudadana
Taller de Manualidades
21/04/2010 Elemento Encargado del Módulo de SSP
PC BJU 10
"La Srita Fabiola Martínez no se encontró en el punto que se señala para realizar las actividades comunitarias. 15:53 hrs.".
4 No Coyoacán
ENP Núm. 6 "Antonio Caso"
Instituto de la Juventud
del DF
Taller de Diseño ENP 6
21/04/2010
12:00-13:40
Coordinador Delegacional
de la ENP Núm. 6 "Antonio Caso”
"El día de hoy no se llevó a cabo la actividad de Ciencia y Tecnología pero otros días se ha realizado la sensibilización, concientización y organización de actividades con enfoque medioambiental. Hoy 21 de abril se llevó a cabo la actividad Hagamos un día feliz Día del Niño..."
5 Sí Tláhuac
IEMS Plantel Tláhuac
Instituto de Las Mujeres
Taller: Jóvenes en Acción
22/04/2010
15:00-17:00
Asesor de INMUJERESDF.
"Al inicio de las sesiones el grupo en general se muestra apático, y después durante las dinámicas se involucra y manifiesta análisis y reflexión"
6 No Xochimilco
CETIS Núm. 039
Instituto de Las Mujeres
Plática Construyendo Identidades
22/04/2010
16:00-19:00
Departamento de Servicios Escolares
y Enlace de Prepa Sí
"El día de hoy 22 de abril no se llevó a cabo el evento por parte de INMUJERES llamado plática Construyendo Identidades de las 16:00 hrs. a 17:00 hrs.
7 No Álvaro Obregon
ENP Núm. 8 "Miguel E. Shulz"
Instituto de la Juventud
del DF
Taller de Diseño ENP 8
24/04/2010
13:40-4:30
Coordinador de Educación Física
y Deportes de la ENP Núm. 8 "Miguel
E. Shulz" (Guardia en el plantel para el día domingo)
"El día de hoy 24 de abril se realizó una visita al plantel No. 8 de la ENP, para verificar del evento Promover la Conciencia Medio Ambiental" a las 14:00 hrs. El cual tenían programado por parte del FEG en las instalaciones de este plantel y del cual no hay información"
8 No Iztacalco
Explanada OCCESA
FEG Bailando con Prepa Sí, se Mueve la
Gente
24/04/2010
9:00-11:00
Oficial de Seguridad de OCCESA
"El evento Bailando con Prepa Sí se mueve la Gente programado en la explanada OCCESA se llevó acabo el sábado 14 de abril y el día de hoy no hay evento programado"
De la visita efectuada al IEMS, Plantel Tláhuac “José Maria Morelos”, fueron proporcionados
de manera económica, el calendario de las actividades que se realizaron en este plantel
durante los meses de marzo y abril, como se observa:
Marzo
Núm. Fecha Hora Actividad Programada en el FEG
1 Día 3 16:00-17:00 Plática profesiográfica No 2 Día 3 11:00-12:00 Plática profesiográfica No 3 Día 4 11:00-12:00 Plática profesiográfica No 4 Día 12 12:00-13:00 Plática métodos anticonceptivos y servicio médico No 5 Día 16 11:00-12:00
16:00–17:00 Plática “Consecuencias de la depresión” Sí
6 Día 22 10:00-11:00 Plática adicciones IASIS No 7 Día 24 16:00-18:00 Cine literario No
478 VOLUMEN 12/13
Abril
Núm. Fecha Hora Actividad Programada en el FEG
1 Día 5 09:00-18:00 Exposición: “Del Ojo al Cerebro” No 2 Día 15 11:00-12:00 Plática “Jóvenes Exitosos” No 3 Día 19 16:00-17:00 Video debate “Me quiere, No me quiere”,
Violencia en el noviazgo Sí
4 Día 22 09:00-18:00 Reunión con Padres de Familia y Servicio Médico No 5 Día 23 11:00-12:00 Plática “Enfermedades de Transmisión Sexual”” No 6 Día 28 09:00-11:00 Película “Bicho de 7 cabezas” No
Se realizó un cotejo de esta información contra la referida en el Calendario de Actividades
2010 proporcionado por el FEG, de lo anterior se observó que dos actividades coinciden
con la programación establecida por la Dirección de Control, en tanto que las 11 restantes
no estaban consideradas en dicho calendario. Se destaca que dicha verificación
corresponde a actividades en comunidad correspondientes al ejercicio 2010.
De lo anterior se concluye que, de un total de 21 búsquedas de actividades en comunidad
programadas por el FEG para los meses de marzo y abril de 2010, sólo se lograron
verificar la realización de 3 eventos en tiempo y forma, lo que representó un 14% de
cumplimiento de la muestra analizada. Por lo que no existe un cabal cumplimiento a la
programación realizada por el FEG de actividades en comunidad durante los ciclos 2007-
2008 y 2008-2009.
Recomendación APPD-103-08-38-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, establezca
mecanismos de control que le permitan incluir en su Calendario de Actividades en
Comunidad, aquellas actividades que sean programadas de forma coordinadas con las
instituciones educativas participantes en el Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí. Asimismo, que le permitan confirmar que la realización de esas
actividades sea acorde a lo programado en dicho calendario, o en caso contrario, que le
permitan realizar la reprogramación correspondiente de forma oportuna.
479 VOLUMEN 12/13
15. Resultado
El Padrón de Beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí
El artículo 32 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal vigente en 2008,
señala que “Los programas sociales específicos de la Administración Pública del Distrito
Federal deberán enmarcarse en los principios de esta Ley y ser congruentes con el
contenido del Programa”, en tanto que el artículo 34 del mismo ordenamiento señala
que “Cada uno de los programas deberá tener actualizado un padrón de participantes
o beneficiarios. Dichos programas serán auditables en términos de la legislación vigente
por los órganos facultados para ello”.
Se analizó el padrón del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí,
para conocer la información que se registró durante el ejercicio fiscal de 2008, así como
su estructura, campos que lo integran y responsables de su mantenimiento.
Mediante oficio núm. APPD/09/635 del 18 de noviembre de 2009, se solicitó el padrón
de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, del
ejercicio fiscal 2008. En respuesta el Fideicomiso de Educación Garantizada del Distrito
Federal (FEG), con oficio núm. FEG/DG/DAF/513/2009 del 23 de noviembre de 2009,
proporcionó un disco compacto conteniendo la base de datos correspondiente al padrón
de beneficiarios del programa solicitado del ejercicio fiscal de 2008.
De la inspección al padrón proporcionado, se observó que éste se integra de 14 campos,
a decir: “número consecutivo”, “institución”, “plantel”, “apellido paterno”, “apellido materno”,
“nombre (s)”, “matricula”, “fecha de nacimiento”, “email”, “semestre”, “promedio”, “monto total”,
“fecha de solicitud” y “fecha de cancelación”.
Se solicitó a la Dirección de Informática40 la descripción de cada uno de los campos
que integra el padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí de 2008, así como señalar la normatividad que le aplica. En este
sentido, mediante nota informativa del 22 de marzo del 2010 de dicha dirección, se refirieron 40 Oficio núm. APPD/103/155 del 12 de marzo de 2010.
480 VOLUMEN 12/13
un total de 24 conceptos del padrón, 10 más a los 14 antes señalados: “ID”, “tarjeta”,
“calle”, “numero exterior”, “número interior”, “colonia”, “delegación”, “código postal” y “teléfono”.
En lo que respecta a la normatividad el sujeto fiscalizado señaló que “no se utilizó ninguna
normatividad al respecto”, y agregó que “nos guiamos en su momento sobre las funciones
del área establecidas en el Manual de Organización que se envió a la Oficialía Mayor en
agosto del 2008 y que a la fecha no está debidamente autorizado por la Coordinación
General de Modernización Administrativa”. Asimismo indicó que “éste padrón fue realizado
de acuerdo a las necesidades de información que fue requiriendo la Entidad conforme
ha ido creciendo el programa y mejorar el control de los beneficiarios”.
Con la finalidad de conocer la metodología aplicada para la actualización del padrón, se
solicitó al FEG mediante atenta nota APP/103/08-8 del 23 de febrero de 2010, proporcionara
dicha metodología, señalando las áreas y personas responsables de las funciones
realizadas. A este respecto, el FEG señaló que:
“Al iniciar el ciclo escolar 2008-2009, los beneficiarios solicitaron su reinscripción al programa,
para ello accedieron a la aplicación publicada en la página web […] en el momento en que
introducen sus datos personales y académicos se realiza la actualización del padrón de los
registros de solicitudes, posteriormente viene la etapa de revisión de datos y expedientes,
eliminando a los que no cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria quedando
de esta manera el padrón de beneficiarios actualizados.
“Por otro lado, en las oficinas ubicadas en Mérida No. 5, se atiende como incidencias la
actualización de datos personales, para ello se presenta el beneficiario con identificación
oficial, historial académico actualizado, tarjeta bancaria y la documentación que acredite
el cambio, refiriendo que el dato que desea actualizar o modificar, el personal que atiende
incidencias valida la información proporcionada por el beneficiario dentro del sistema y se
procede a registrarla en archivo de incidencias. El área responsable de la aplicación
en la página web es la Dirección de Informática, el área responsable de las incidencias es
la Subdirección de Control de entrega e incidencias.”41
41 Mediante nota informativa del 26 de febrero elaborada por la Coordinación Ejecutiva del PREBU.
481 VOLUMEN 12/13
Del análisis realizado al padrón de beneficiarios, se observó que es histórico y acumulativo,
pero no cuenta con fecha de alta; no se observa claramente la actualización de los registros
efectuados; además de que no cuenta con campos de información referente a “CURP”,
“sexo” y “edad”; y en su estructura de captura se detectaron errores y omisiones en sus
registros (campos vacíos). Tal como se señala a continuación:
Registros Concepto Descripción Con
información Sin
información
Sin concepto Numeración consecutiva de los beneficiarios. 267,501 0 Institución El nombre de la institución publica. 267,501 0 Plantel El nombre y número de plantel. 267,501 0 AP Apellido paterno del beneficiario. 267,501 15 AM Apellido materno del beneficiario. 267,448 53 Nombre Nombre(s) del beneficiario. 267,501 0 Matricula * Matricula (indefinida). 267,501 0 Fecha de Nacimiento Fecha de nacimiento incluye día, mes y año. 236,951 30,550 Email Correo electrónico del estudiante 172,863 94,638 Semestre Semestre en el que se encuentra el estudiante. 247,646 19,855 Promedio Promedio de calificación del estudiante 267,501 0 Monto_Total Total del estímulo otorgado al estudiante durante
los 10 meses del ejercicio fiscal 2008. 267,501 0
Fecha _Solicitud Fecha en la que se solicita el estímulo 267,501 0 Fecha_cancelación* Fecha de cancelación (incluye diferentes categorías) 47,541 Total 145,111
NOTA: Por cada concepto tuvieron que conformarse 267,501 registros. * Los registros de la fecha de cancelación se cuantificaron considerando los que presentaron registro de causa
de cancelación.
Respecto al cuadro anterior, se puede observar que el padrón de beneficiarios del programa
presenta deficiencias en el registro de su contenido, lo cual deriva de fallas de control
y supervisión, ya que de un total de 267,501 registros se localizó sin información la cantidad
de 145,111 registros, que representa el 54% de éstos.
Se llevó a cabo una revisión de homónimos en el Padrón de Beneficiarios del Programa
de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.
A este respecto fue proporcionado en medio magnético la base de datos, conteniendo la
relación de 6,326 homónimos.42 De su revisión se observó que ésta presenta deficiencias
42 Mediante oficio FEG/DG/DAF/0226/2010 del 13 de abril de 2010.
482 VOLUMEN 12/13
de registro en los campos que ahí se refieren, ya que está incompleta la información,
por lo que no fue posible determinar si efectivamente existe duplicidad de beneficiarios.
A continuación se da a conocer la incidencia de casos localizados:
Duplicado Triplicado Cuadruplicado Quíntuple Séxtuple Séptuple
2741 191 44 14 3 1
De lo anterior se concluye que el FEG no dio cumplimiento a la actualización del padrón
de su programa social denominado Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí, durante el ejercicio fiscal de 2008.
Con motivo de la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2010, con el oficio
FEG/DG/DAF/322/2010 de la misma fecha, la Dirección General del FEG proporcionó
nota informativa del 21 de mayo de 2010, con la cual la Dirección de Informática señala
que “El padrón de beneficiarios del PREBU si cuenta con los datos del CURP y sexo.
En el caso de la CURP no todos los beneficiarios la conocen y en muchos casos ingresan
información errónea. El campo de edad no es solicitado, dado que es calculado mediante
la fecha de nacimiento, este campo presenta numerosas inconsistencias de origen al
momento de captura en la solicitud vía web”; sin embargo, el FEG no proporcionó
evidencia documental que permita verificar y revisar los cambios que se están llevando
acabo para la mejora del padrón. Por ello el resultado no se modifica.
Recomendación APPD-103-08-39-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, por conducto
de la Subdirección de Base de Datos implante las medidas de control y supervisión que le
permitan constatar que el padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí, cuenta con la información actualizada y que ésta es correcta
y completa, de acuerdo a lo señalado en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.
Recomendación APPD-103-08-40-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal elabore el
procedimiento para la elaboración y actualización del padrón de beneficiarios del Programa
483 VOLUMEN 12/13
de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, y lo someta a la Coordinación
General de Modernización Administrativa para su autorización y posterior implementación.
16. Resultado
Publicación de los Padrones con Beneficios Sociales
El artículo 501 A, fracción XII, del Código Financiero del Distrito Federal del ejercicio 2008
señala que “los subsidios, apoyos y ayudas, deberán sujetarse a criterios de solidaridad
social, equidad de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y
temporalidad. A fin de asegurar la transparencia, eficacia, eficiencia y no discrecionalidad
en el uso y otorgamiento de subsidios, apoyos y ayudas a la población, se deberán sustentar
en reglas de operación, las cuales deberán: […] XII. “Obligarse a publicar el padrón de
beneficiarios. En el caso de que no cuenten con dicho padrón, deberán manejarse
mediante convocatoria abierta, la cual deberá publicarse en la Gaceta y en periódicos de
amplia circulación y en las oficinas del Gobierno, y en ningún caso se podrán etiquetar
o predeterminar...”.
Con la finalidad de conocer si el padrón de Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, fue publicado y difundido, se solicitó al FEG explicar como dio
cumplimiento a la normatividad señalada, así como proporcionar evidencia documental
de su cumplimiento.43
A este respecto el FEG señaló44 que “el Padrón de Beneficiarios del Programa de Estímulos
para el Bachillerato Universal, Prepa Sí 2008, fue publicado de acuerdo a la normatividad
aplicada para tal efecto, por la Oficina de Información del Fideicomiso de Educación
Garantizada en su Página de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Fideicomiso de Educación Garantizada (http://www.fideicomisoed.df.gob.mx), así como
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de marzo del 2009”.
43 Mediante atenta nota núm. APP/103/08-8 del 23 de febrero de 2010. 44 Con oficio núm. FEG/DG/DAF/0143/2010 del 3 de marzo de 2010, la Dirección de Administración y Finanzas, proporcionó
nota informativa emitida por la Coordinación Ejecutiva del PREBU.
484 VOLUMEN 12/13
De lo anterior se constató que en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de marzo
de 2009, se hizo referencia al padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para
el Bachillerato Universal, Prepa Sí; de igual forma, en el menú de Programas Sociales del
portal de Transparencia y Acceso a la Información del FEG, se identificó el padrón de
Beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, por ciclo
escolar 2007-2008 y 2008-2009.
Además se verificó que el FEG entregó el padrón de manera interna a la Oficina de
Información Pública del Fideicomiso de Educación Garantizada del Distrito Federal, lo
anterior quedó constatado mediante el oficio FEG/DG/CEPREBU/032BIS/2008 del 17 de
octubre de 2008, mediante el cual la Oficina de Información Pública recibe el padrón de
beneficiarios en cuestión, según el artículo 14, fracción XXI,45 de la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (LTAIPDF). Asimismo, se revisó
el oficio sin número de fecha 20 de octubre de 2008, por medio del cual la Oficina de
Información Pública envía a la Dirección de Informática, información básica diversa para
la construcción de la sección de transparencia en el portal del FEG, la cual incluyó lo
relativo al artículo 14, fracción XXI, de LTAIPDF, y el oficio del 21 de octubre de 2008,
mediante el cual la Dirección de Informática notifica a la Oficina de Información Pública
(OIP), con relación a la ejecución de la petición del oficio de fecha 20 de octubre de 2008
emitido por la misma OIP.
Del análisis realizado a la documentación antes citada se concluye que el FEG, durante
el ejercicio 2008 dio cumplimiento a la publicación y difusión del padrón de beneficiarios
del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, toda vez que la
normativa (Código Financiero y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Distrito Federal) no expresa de manera clara que el padrón del ejercicio en
revisión tenga que ser publicado ese mismo año.
45 Fracción XXI, Sobre los programa de apoyo o subsidio deberán difundirse el diseño, ejecución, montos asignados,
criterios de acceso, así como los padrones de las personas beneficiarias.
485 VOLUMEN 12/13
17. Resultado
Expedientes de Beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí
Las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí,
2007-2008 y 2008-200946 señalan en su “apartado E, “Requisitos y Procedimientos
de Acceso”, Requisitos, “1 De ingreso, A) Para alumnos regulares: 1 Tener certificado de
estudios de secundaria, 2 Estar inscrito en una institución, 3 Ser residente del Distrito
Federal, 4 No contar con una beca o apoyo económico simultáneamente al estímulo del
Programa, 5 Prestar servicio a su comunidad, equivalentes a dos horas a la semana,
durante la vigencia del estímulo”; B) Para alumnos regulares en riesgo de rezago: “1 Estar
inscrito en una institución pública de Bachillerato del Distrito Federal, cuando menos
en el tercer semestre, 2 Tener un máximo de materias adeudadas que le permita la
permanencia en su institución educativa, 3 Ser residente del Distrito Federal, 4 No contar
con una beca o apoyo económico simultáneamente al estímulo del Programa, 5 Prestar
servios a la comunidad, equivalentes a dos horas a la semana, durante la vigencia del
estímulo”; II De permanencia, A) Para alumnos regulares: “1 Continuar inscrito como alumno
regular en una institución pública de Bachillerato en el Distrito Federal, 2 Continuar
residiendo en el Distrito Federal, 3 Tener el comprobante de servicio a la comunidad,
expedido por la autoridad competente que designe el Gobierno del Distrito Federal,
a través de la Coordinación General del Programa”; B) Para alumnos regularizables en
riesgo de rezago: “1 El estímulo para alumnos regularizables tendrá una duración de un
ciclo escolar, 2 Los alumnos que actualmente se encuentren adeudando materias deberán
aprobarlas durante el ciclo 2007-2008 y serán considerados como alumnos regulares
para efectos de este Programa en el siguiente ciclo escolar, 3 Continuar residiendo
en el Distrito Federal, 4 Tener el comprobante de servicios a la comunidad, expedido por
la autoridad competente que designe el Gobierno del Distrito Federal, a través de la
Coordinación General del Programa”.
46 Publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 1o. de octubre de 2007 y el 7 de noviembre de 2008.
486 VOLUMEN 12/13
Con el objeto de verificar la integración de los expedientes de beneficiarios del Programa
de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato, y que esto se hubieran ceñido a los requisitos
establecidos en las Reglas, se llevó acabo la revisión y análisis de la documentación
contenida en cada uno de ellos.
Cabe señalar que para la selección de los expedientes se determinó una muestra con los
datos obtenidos del informe de Cuenta Pública 2008,47 en el cual se señala que “durante
el ejercicio fiscal 2008, se dieron ayudas económicas a 216,471 beneficiarios del
Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal (Prepa Sí), a estudiantes de nivel
bachillerato residente de las 16 delegaciones del Distrito Federal y que estudien en
escuelas publicas ubicadas en la Ciudad de México”.
Se utilizó la técnica de muestreo estadístico (muestreo aleatorio) para la determinación
del tamaño de la muestra. El total de expedientes se obtuvo tomando el total del universo
en 2008 (216, 471 beneficiarios), con una tasa de error esperado no mayor al 2%, error
tolerable 5%, intervalo de precisión 1.5%, nivel de confianza 95%, arrojando un total
de 334 expedientes por revisar.
A partir de lo anterior, mediante oficio APP/103/08-1 del 15 de enero de 2010, se solicitó
al FEG en un lapso de cinco días hábiles poner a disposición los 334 expedientes. Se destaca
que la atención a dicha solicitud fue completada hasta el 26 de enero del mismo año.48
47 Apartado ARyEVPP-II Acciones Realizadas y Explicación a las Variaciones Programático-Presupuestal de Actividades
Institucionales. 48 Mediante los oficios FEG/DG/ DAF/051/2010 del 21 de enero de 2010, proporcionó 57 expedientes, con el oficio
FEG/DG/DAF/056/2010 del 22 de enero del 2010 entregó 160 expedientes y con el oficio FEG/DG/DAF/056/2010 del 26 de enero del 2010, entregó 117 expedientes.
487 VOLUMEN 12/13
De los expedientes recibidos se llevó a cabo una integración por institución de acuerdo
al siguiente cuadro:
Institución Expedientes
Bachillerato a Distancia, Gobierno del Distrito Federal, Educación a Distancia 4 Colegio Nacional de Educación Profesional (CONALEP) 59 Colegio de Bachilleres 82 Colegio de Ciencias y Humanidades (CCH) 41 Dirección General de Bachilleres 5 Colegio de Estudios Tecnológicos Industrial y de Servicio (CETIS) 72 Escuela Nacional Preparatoria (ENEP) 64 Instituto de Educación Media Superior (IEMS) 7 Total 334
Con base en los requisitos señalados en las Reglas de Operación del Programa de
Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, 49 se menciona la documentación que
debe presentarse en ellos: Certificado de Secundaria o el Historial, estar inscrito en
escuela pública, ser residente del Distrito Federal, no tener beca o apoyo económico
similar, prestar servicio a su comunidad. De manera adicional, se estableció que contaran
con solicitud de inscripción y solicitud de reinscripción.
En función de lo antes mencionado, se elaboró una relación de expedientes por institución
educativa, verificando la existencia física de la documentación establecida en los
requisitos arriba mencionados, los resultados se observan a continuación:
49 Correspondientes a los ciclos escolares 2007-2008 y 2008-2009.
488 VOLUMEN 12/13
Institución Concepto Solicitud de ingreso
Solicitud de reinscripción
Certificado de secundaria
o historial
Inscrito en escuela
pública
Residente del Distrito
Federal
No tener beca o apoyo
económico
Prestar servicio a su comunidad
Cumple 56 11 37 46 57 4 4 No cumple 16 36 35 26 15 68 68
Cetis
No aplica 25 Cumple 82 69 56 74 61 13 7 Colegio de Bachilleres No cumple 26 8 21 69 73
No aplica 13 2 Cumple 47 11 57 56 45 13 13 No cumple 12 35 2 3 14 46 46
Colegio de Educación Profesional (Conalep)
No aplica 13 Cumple 1 4 4 3 4 3 3 No cumple 3 1 1 1
Bachillerato a Distancia
No aplica Cumple 12 35 15 16 19 5 5 No cumple 29 26 25 22 36 36
Colegio de Ciencias y Humanidades (CCH, UNAM)
No aplica 6 Cumple 5 4 3 5 No cumple 2 1 2 5 5
Dirección General de Bachillerato
No aplica 3 Cumple 35 1 28 57 28 8 10 No cumple 29 63 36 7 36 56 54
Escuela Nacional Preparatoria (UNAM)
No aplica Cumple 7 7 7 7 1 1 No cumple 4 6 6
IEMS
No aplica 3 Total por concepto 334 334 334 334 334 334 334
FUENTE: Expedientes de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal. Prepa Sí, durante el ejercicio 2008.
Como parte de la revisión de los 334 expedientes, se verificó que sólo 245 expedientes
(73.4%) cumplen con la solicitud de ingreso; la solicitud de reinscripción 131 expedientes
la presentan, es decir el 39.2% del total cumplen, en tanto que el 41.9 % no cuenta con
dicho documento, al restante 18.9 % no le aplica, debido a que son los beneficiarios de
nuevo ingreso.
En lo que respecta al concepto de certificado de secundaria o historial académico,
208 expedientes cumplen con el requisito señalado, lo cual representan un 62.3 %.
En relación a estar inscritos en escuelas públicas, se observa que el 78.4% de los
expedientes muestra evidencia documental a dicho requisito.
Se observó que el 32.3% de los expedientes carecen de algún documento que justifique
su residencia en el Distrito Federal. Se constató que el 85.9% de los expedientes no
contaron con algún documento que justifique que el beneficiario no cuenta con beca
o apoyo económico similar.
489 VOLUMEN 12/13
Finalmente, se observó que el 87.1% de los expedientes carece del comprobante que
señale haber prestado servicios a la comunidad, expedido por la autoridad competente
que designe el Gobierno del Distrito Federal, a través de la Coordinación Ejecutiva del
PREBU.
Por lo anterior se solicitó50 al FEG proporcionara la metodología para integrar los
expedientes de los beneficiarios de los estímulos. En respuesta con Nota Informativa
del 26 de febrero de 2010, la Coordinación Ejecutiva del PREBU señaló que:
“La integración de los expedientes consta de dos acciones, la recepción de documentos
y la integración de expedientes, […]
”Recepción de documentos de beneficiarios
”Se lleva a cabo en los planteles y en el módulo de Jalapa No. 15 anterior a la entrega de
la tarjeta bancaria, primero se verifica que el alumno se encuentre en el listado impreso
para la entrega y se reciben los documentos:
”● Solicitud de inscripción o reinscripción
”● Póliza de seguro
”● Copia de identificación con fotografía
”● Copia de comprobante de inscripción
”● Copia de comprobante de calificaciones
”● Copia de comprobante de domicilio”
De la metodología descrita, se observa que no se incluye la recepción de la evidencia
documental acredite que el beneficiario no cuenta con beca o apoyo similar, así como
la correspondiente al comprobante de haber prestado servicios a su comunidad o en
comunidad.
50 Mediante oficio núm. APP/103/08-8 del 23 de febrero de 2010.
490 VOLUMEN 12/13
De lo anterior, se concluye que el FEG incumplió los lineamientos y mecanismos de
operación establecidos en las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí, 2007-2008, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 1o. de octubre de 2007, en sus incisos A al L, lo cual denota deficiencias de
control interno que podrían incidir en el cumplimiento de los objetivos del programa.
De la inspección a la información contenida en los expedientes, se observó el uso de cuatro
diferentes formatos para la inscripción y reinscripción de los beneficiarios al Programa de
Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí; la frecuencia en el uso de cada tipo
de formato se observa en el siguiente cuadro:
Institución Formato
A Formato
B Formato
C Formato
D por la UNAM Total
Bachillerato a Distancia 4 4 Colegio Nacional de Educación Profesional (CONALEP) 23 36 59 Colegio de Bachilleres 56 23 3 82 Colegio de Ciencias y Humanidades (CCH) 4 7 1 29 41 Dirección General de Bachilleres 1 4 5 Colegio de Estudios Tecnológicos Industrial y de Servicio (CETIS) 39 29 4 72 Escuela Nacional Preparatoria (ENEP) 10 11 1 42 64 Instituto de Educación Media Superior (IEMS) 2 1 4 7 Totales 139 111 13 71 334
Del análisis y revisión a la documentación contenida en los 334 expedientes se observó
que, salvo la UNAM que contó con un formato específico, las instituciones educativas
participantes utilizaron tres formatos diferentes de forma indistinta para realizar el proceso
de solicitud de estímulos, los cuales consignan algunos campos con información diferente,
como se muestra en el cuadro siguiente:
491 VOLUMEN 12/13
Formato A “Solicitud de estímulos”
Formato B “Comprobante”
Formato C “Registro de solicitud”
Falta Falta Falta Falta
Falta Falta Falta Falta Falta
Carta de aceptación para realizar servicios a la comunidad. a) Acta de nacimiento
(copia y original para cotejo) b) Comprobante de domicilio c) Comprobante de calificaciones
del último ciclo escolar I. Identificación
Apellido paterno Apellido materno Nombres
I. Datos del beneficiario Sí Sí Sí
I. Datos personal Sí Sí Sí
II. Domicilio Calle No exterior No interior Colonia Entre las calles Delegación Falta Código Postal. Teléfono Celular Fecha de nacimiento Lugar de nacimiento Edad Sexo Correo electrónico Registro Federal de Contribuyentes Clave Única de Registro de Población Nombre del padre Nombre de la madre
II. Domicilio Sí Sí Sí Sí Sí Sí Falta Sí Sí Sí Sí Falta Sí Falta Sí Falta Falta Falta Falta
II Sí Sí Sí Sí Sí Sí Estado Sí Sí Sí Falta Falta Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí
III.-Datos escolares Nombre de la escuela Falta Número de matrícula o número de la cuenta Turno Promedio de calificación del ciclo anterior Semestre en el que estás inscrito Cuántas materias adeudas
III Sí Plantel Falta Sí Sí Sí Falta
III Sí Sí Sí Falta Falta Falta Falta
“Sí acepto realizar los servicios a la comunidad que sugiere el gobierno del distrito federal; por el equivalente de dos horas a la semana”.
Falta
Sí
Firma Falta Falta “Nota: los datos que se proporcionen serán verificados, cualquier error u omisión, será causal para anular su solicitud, ingreso o permanencia en el programa”.
Falta Si
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos”. “Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente”.
Falta Falta
Del análisis a los formatos antes descritos, se concluye que los procesos relativos al
ejercicio 2008, no se basaron en un formato formalmente autorizado incluido en el Manual
492 VOLUMEN 12/13
Administrativo, lo que ocasionó deficiencias en la integración de expedientes de beneficiarios
del Programa de Estímulo para el Bachillerato Universal, Prepa Sí. Lo anterior, muestra
deficiencias de control interno que podrían influir en el cumplimiento de los objetivos del
programa.
Por lo tanto, el FEG incumplió lo dispuesto en el Acuerdo por el que se Establecen los
Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito
Federal, publicada el 9 de abril de 2007 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, que en
su artículo 4o. establece: “Es responsabilidad de los titulares de las Unidades de Gobierno
de la Administración Pública del Distrito Federal (vigente en 2008), […] concurrentemente
con sus titulares, establecer y preservar el sistema de control interno requerido para
el logro de los objetivos y metas, así como evaluar y supervisar su funcionamiento e
implementar constantemente las acciones que conduzcan a su mejora”. De igual manera,
el artículo 5o del ordenamiento legal invocado cita: “Los servidores públicos a que hace
referencia el artículo anterior, deberán considerar en su sistema de control interno, dar
prioridad en los procesos de sus operaciones, al establecimiento de los controles
preventivos, para disminuir actos u omisiones que pudieran afectar el servicio público”.
Con motivo de la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2010, con el oficio
FEG/DG/DAF/322/2010 de la misma fecha, la Dirección General FEG proporcionó nota
informativa del 21 de mayo 2010, con la cual la Coordinación Ejecutiva del PREBU,
informó que “el procedimiento de inscripción se llevó al cabo en línea, por lo que, aquellos
expedientes que no cuentan con respaldo físico de la solicitud de inscripción o reinscripción, se
cuenta con ella en forma electrónica en el sistema”, en tanto que para “los comprobantes
de la realización de actividades en comunidad por parte de los beneficiarios del Programa,
fueron capturados y reportados electrónicamente por los enlaces operativos del programa
en cada uno de los planteles de educación media superior. En tanto que para la
documentación que compruebe el hecho de no contar con beca o apoyo similar,
la Coordinación Ejecutiva del PREBU, informó que “las autoridades de los planteles de
educación media superior, orientaron a los enlaces operativos del PREBU en relación
a que los alumnos no contarán con otro apoyo económico por concepto de estudios”.
En lo que respecta a cumplir con sus dos horas de servicio a la comunidad el Fideicomiso
señala: “este se da por aceptado al momento de la recepción de la tarjeta bancaria,
493 VOLUMEN 12/13
toda vez que en los cuadernillos de firmas se cuenta con la leyenda ”Recibí tarjeta
por lo cual me comprometo a cumplir todos los compromisos inherentes al programa”,
además señala que “no se contó con Manual Administrativo formalmente autorizado, la
Coordinación Ejecutiva operó la recepción integración y concentración de expedientes con
un procedimiento definido a partir de la experiencia y necesidades a lo largo del primer
año de implementación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa
Sí, así como del Manual Administrativo en su parte Organizacional”; a lo anterior aclaran
que actualmente la Coordinación Ejecutiva del PREBU ha implantado mecanismos que
permiten garantizar el cumplimiento de los objetivos y metas del Programa”; respecto a la
integración de expedientes, primero se realiza la recepción documental con la finalidad
de integrar completamente el expediente y verificar la información proporcionada por el
alumno. El Fideicomiso informa que actualmente ya se cuenta con el Manual Administrativo
autorizado por la CGMA, sin embargo, no proporciona evidencia documental, ni medio
magnético que permita verificar lo antes señalado. Por ello el resultado no se modifica.
Recomendación APPD-103-08-41-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, establezca
mecanismos de control y supervisión para la integración de expedientes de los beneficiarios
del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, conforme a lo señalado
en las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal.
Economía
18. Resultado
Congruencia en la Estructura Programática
El Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto
del Presupuesto de Egresos 2008, en el Capítulo I “Innovaciones” fracción I. “Catálogo de
Actividades Institucionales”, establece que: “Para el ejercicio fiscal 2008, se realizó una
nueva clasificación de Programas y se recatalogaron las Actividades Institucionales (AI),
con el objeto de hacerlas mas claras y precisas. En este sentido, las AI tendrán mayor
relevancia y estarán delimitadas alrededor de los productos que ofrecen, de manera
494 VOLUMEN 12/13
regular, las UR´s a la ciudadanía (Infraestructura, bienes y servicios). Lo anterior permitirá
llevar un seguimiento más puntual y estratégico del ejercicio del gasto en Consideraciones
Generales. Asimismo, las actividades resultantes de esta nueva catalogación deberán cumplir
con las siguientes características: a) Ser excluyentes entre sí, es decir, las actividades
no deben estar superpuestas ni ser ambiguas. b) Estar directamente relacionadas, aunque no
exclusivamente, con las atribuciones que por ley le corresponden a la UR. Su redacción
debe reflejar de manera clara y directa las acciones que realizan las UR´s”.
Con respecto al rubro sujeto a revisión, en el ejercicio de 2007 se aperturó dentro del
Programa 13 “Fomento y Desarrollo de la Educación y el Deporte”, del Programa Especial
00 “Acciones del Programa Normal”, actividad institucional 13 “Operar el Programa de
Estímulos a Estudiantes de Bachillerato”. Los resultados obtenidos en la actividad institucional
13 al cierre del ejercicio 2007, fueron de 132,062 estímulos y un presupuesto ejercido de
336,048.4 miles de pesos.
Para el ejercicio de 2008, el Fideicomiso Educación Garantizada aperturó en el Programa
17 “Educación”, del Programa Específico 06 “Equidad en la Ciudad”, la actividad institucional
13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” obteniendo una meta física
alcanzada de 216,471 estímulos y un presupuesto ejercido de 1,137,340.1 miles de pesos.
De esto se observó que el aumento en el número de estímulos al cierre del ejercicio 2008
fue de 84,409, cifra que representó el 63.8% respecto al ejercicio anterior. En lo que
respecta al presupuesto ejercido para operar el Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, Estudiantes de Bachillerato, al cierre de 2008, éste registró un
incremento de 238.4% (801,291.7 miles de pesos) con respecto al ejercicio 2007.
La SE 2007 y el FEG en 2008, registraron en su Informe de Cuenta Pública en los
ejercicios de 2007 y 2008, respectivamente, el número de beneficiarios que al final de
cada ejercicio atendieron y no el número de estímulos como lo especifica la unidad
de medida de la estructura programática autorizada.
Las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal 2008-2009,
Prepa Sí, del FEG en el inciso c) “Metas Físicas” indica beneficiar a 15,000 alumnos
que se encuentran estudiando a nivel licenciatura y que egresaron del nivel bachillerato
495 VOLUMEN 12/13
del programa de estímulos a estudiantes de bachillerato, por lo que se observó que esta
población no corresponde a lo previsto en la estructura programática destinada a Operar
el Programa de Estímulos para Estudiantes de Bachillerato.
Así también se observó que para referirse a la actividad institucional 13 “Operar
el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” se utilizan diferentes términos
tales como: Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, beneficiarios
del programa egresados de bachillerato.
En conclusión la SE y el FEG incumplieron el Manual de Programación-Presupuestación
para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2008 en lo que hace
al Capítulo I “Innovaciones” fracción I. “Catálogo de Actividades Institucionales”.
En la reunión de confronta celebrada el 21 de mayo de 2010, el Fideicomiso
Educación Garantizada del Distrito Federal, proporcionó documentación mediante oficio
núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010 que no tuvo relación con el presente
resultado por lo que no se modifica.
Recomendación APPD-103-08-42-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implemente
los mecanismos de control y supervisión para que al elaborar su Informe de Cuenta Pública
las actividades institucionales reflejen de manera clara y directa las acciones que realiza
en congruencia con lo que establece el Manual de Programación-Presupuestación para la
Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal correspondiente.
19. Resultado
Bases de Cálculo
El Capítulo IV “Lineamientos Generales” del Manual de Programación Presupuestación
para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, numeral 7, establece
que en la presupuestación de las actividades institucionales se deberán considerar
los elementos reales de valoración como son catálogos de precios unitarios, conceptos
496 VOLUMEN 12/13
de obra, cotizaciones con proveedores y contratistas, licitaciones del ejercicio anterior,
así como, su comportamiento histórico (sólo como elemento de referencia), etc.
A efecto de constatar que la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos
de 2008 de la actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de
Bachillerato” se haya elaborado con elementos reales de valoración, se solicitaron los
papeles de trabajo y bases de cálculo que utilizaron la SE y el FEG. En respuesta la SE
proporcionó cédula mediante el oficio SEDF/DA/1481/2009 del 15 de octubre de 2009,
con el cual informó que la SE realizó mesas de trabajo en las cuales participaron las áreas
involucradas para formular el Programa Operativo Anual (POA), y que derivado de ellas
se elaboró dicho programa, por lo que no existieron papeles de trabajo o memoria de
cálculo para la integración de las metas físicas y financieras, al respecto el FEG informó
que no le correspondió elaborar papeles de trabajo ni bases de cálculo en virtud de que
los recursos se asignaron a la SE.
En las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí, del FEG, en el inciso D. Programación Presupuestal, se estableció la entrega de
210,000 estímulos económicos, equivalente a 575.00 pesos mensuales en promedio durante
10 meses (1,207,500.0 miles de pesos) así mismo, la cobertura a 15,000 beneficiarios del
programa egresados de bachillerato que se encuentran cursando el nivel licenciatura
en alguna institución de educación superior pública en el Distrito Federal, con un total de
(8,625.0 miles de pesos), reconocimientos especiales para estudiantes destacados en
conocimientos de computación e idiomas y, recursos destinados a la estructura organizacional
necesaria para operar, coordinar, supervisar, controlar y evaluar la operación del programa.
No obstante, al respecto no proporcionó papeles de trabajo ni bases de cálculo de dicha
programación.
En conclusión, la Secretaría de Educación del Distrito Federal y el Fideicomiso Educación
Garantizada del Distrito Federal evidenciaron fallas de planeación al elaborar e integrar su
Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y sus Reglas de Operación para la actividad
institucional 13, con base en mesas de trabajo y no de acuerdo a bases reales de
valoración por lo que incumplieron El Capítulo IV Lineamientos Generales del Manual
de Programación Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos 2008 numeral 7.
497 VOLUMEN 12/13
En la reunión de confronta celebrada el 21 de mayo de 2010, el FEG, proporcionó
información mediante oficio FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010 que no tuvo
relación con el presente resultado, por lo que no se modifica.
Recomendación APPD-103-08-43-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implemente los
mecanismos de control y supervisión que le permitan elaborar e integrar su Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos y Reglas de Operación para operar el Programa de Estímulos
a Estudiantes de Bachillerato Universal, Prepa Sí, con bases reales de valoración.
20. Resultado
Planeación y Asignación de los Recursos
El artículo 442, párrafos primero y segundo, del Código Financiero del Distrito Federal
para 2008, establece que “las dependencias y órganos desconcentrados, formularán
su anteproyecto de Presupuesto de Egresos, atendiendo a los criterios presupuestales y, en su
caso, a las previsiones de ingresos que les comunique la Secretaría, con base en sus
programas operativos anuales, los cuales deberán ser congruentes entre sí. La Secretaría
queda facultada para formular los anteproyectos de presupuesto de las dependencias
y órganos desconcentrados, cuando no le sean presentados en los plazos que al efecto se
les hubiesen señalado o cuando no se apeguen a los criterios presupuestales de eficiencia,
eficacia y probidad previstos en las Leyes, así como a las previsiones de ingresos
comunicados”.
El artículo 443, párrafo primero, del mismo ordenamiento establece que “la Secretaría podrá
efectuar las modificaciones que considere necesarias a los anteproyectos de presupuesto,
en cuanto a programas, objetivos, metas o importes asignados, comunicándoles a las
dependencias y órganos desconcentrados los ajustes que habrán de realizar a sus
anteproyectos de presupuesto en función de la cifra definitiva proyectada”.
Mediante oficio SE/1487/07 del 9 de octubre de 2007, la SF envió a la SE el techo
presupuestal por 963,103.6 miles de pesos para efectos de la formulación del Anteproyecto
498 VOLUMEN 12/13
de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal de 2008, de los cuales 14,288.6 miles de
pesos corresponderían a gastos personales y 948,815.0 miles de pesos a otros gastos
corrientes, de éstos correspondería, a su vez, una previsión de 700,000.0 miles de pesos
para otorgar apoyo a estudiantes dentro del programa de estímulos para el bachillerato
universal. También remitió los lineamientos y formatos que debería requisitar respetando
la estructura económica y programática del gasto autorizado, para la integración del citado
anteproyecto y para incluir algunos gastos de carácter especial determinados por la
presente administración y cuyos montos se encuentran etiquetados para tales fines, razón
por la que no podrán orientarse al financiamiento de otros programas. Asimismo, señaló
que debería remitir su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos a más tardar el 22 de
octubre de 2007.
En respuesta, la SE envió su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio
de 2008 mediante oficio. SE/413/2007 del 22 de octubre de 2007, dos días después
(24 de octubre de 2007) de la fecha determinada por la SF por un importe de 700,000.0 miles
de pesos para la actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos para
Estudiantes de Bachillerato”, distribuido en cuatro capítulos de gasto: en el Capítulo 2000
“Materiales y Suministros”, 2,985.0 miles de pesos, en el Capítulo 3000 “Servicios Generales”,
75,615.0 miles de pesos; en el Capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias”,
615,600.0 miles de pesos; y, en el Capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, 5,800.0 miles
de pesos, considerando un total de 42 partidas de gasto.
Así también, mediante oficio núm. SE/0157/08 del 8 de enero de 2008, la SF comunicó
a la SE el techo presupuestal aprobado por el Órgano Legislativo, Analítico de Claves,
Programa Operativo Anual y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para
el ejercicio fiscal de 2008 aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, por
un monto de 1,287,059.7 miles de pesos para gasto corriente; de los cuales 17,244.7 miles
de pesos fueron para servicios personales y 1,269,815.0 miles de pesos a otros gastos
corrientes, de los cuales fueron etiquetados 1,100,000.0 miles de pesos para otorgar apoyo
a estudiantes dentro del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.
En conclusión, la SE incumplió el artículo. 442, párrafos primero y segundo, y el artículo
443, párrafo primero, del Código Financiero del Distrito Federal para 2007, en virtud de
499 VOLUMEN 12/13
que no ajustó su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos al techo presupuestal aprobado
por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y sólo presentó el solicitado en el mes de
octubre de 2007, y dos días después de lo estipulado por la SF.
Respecto al FEG no reflejó la actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos
para Estudiantes de Bachillerato, Prepa Sí”, en su Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos para 2008, en razón de que no contaba con la estructura e infraestructura
correspondiente para dicha actividad institucional, en virtud de que el FEG se creó en
junio de 2007 y su presupuesto se originó a través de la SE.
Recomendación APPD-103-08-44-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante
mecanismos de control y supervisión para que al elaborar e integrar su Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos y Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí, sean soportadas en base de cálculo y papeles de trabajo,
conforme a lo establecido en el Código Financiero del Distrito Federal.
21. Resultado
Asignación y Transferencia de Recursos
El apartado IV.3.3. “Adecuaciones Programático Presupuestarias” numeral 3, párrafo dos
y tres del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federal, establecen que: “Las adecuaciones que elaboren las UR´s,
las cuales podrán ser de tres tipos: a) Las que afecten simultáneamente su presupuesto
y programa (s) autorizado (s), b) Aquellas que modifiquen su presupuesto y c) Los que
modifiquen los programas establecidos; en todos los casos deberán acompañarse de la
justificación. Se formulara la adecuación presupuestaria y justificación cuando únicamente
afecte presupuesto, o solo la programática y justificación cuando la adecuación afecte las
metas de actividades institucionales, sin que ello implique modificaciones al presupuesto”
y “En todos los casos las UR´s deberán hacer las solicitudes de las APP´s a través
del SICE”.
500 VOLUMEN 12/13
El artículo 511, fracción II, del Código Financiero del Distrito Federal para el ejercicio fiscal
de 2008, establece que el Jefe de Gobierno podrá modificar el contenido orgánico y financiero
de los programas de las dependencias, órganos desconcentrados, Delegaciones y entidades
incluidas en el Presupuesto de Egresos, cuando por razones de interés social, económico
o de seguridad pública, lo considere necesario.
Estas modificaciones no podrán: “II.- Disminuir el monto total consignado en el Decreto de
Presupuesto de Egresos para la atención de programas prioritarios, salvo que se hayan
concluido las metas”.
En el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal
de 2008, se indicó que se asignaron para el programa 17 “Educación” 5,123,672.0 miles de
pesos; de los cuales el 23.1% (1,183,531.5 miles de pesos) correspondieron a la SE de estos
el 93.% (1,100,000.0 miles de pesos), se destinaron al Programa 13 “Operar el Programa
de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” los cuales fueron autorizados por la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal con cargo a recursos fiscales, según su Analítico de Claves.
Para el caso de la SE se verificó que el Programa 17 “Educación” se integró de siete
actividades institucionales, destinando 1,100,000.0 miles de pesos (el 93%) a la actividad
institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato”, en el
Capítulo de Gasto 4000 “Ayudas, “Subsidios, Aportaciones Transferencias”.
Derivado del análisis de las causas de esta asignación presupuestal por 1,100,000.0 miles
de pesos, específicamente de la revisión del Analítico de Claves 2008, se observó que
el gasto no fue determinado con base en las necesidades reales de estímulos para ser
otorgados a estudiantes de bachillerato en virtud de que la SE sólo realizó mesas de
trabajo con las áreas involucradas y formuló su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos
por 700,000.0 miles de pesos, sin ajustarlo a los 1,100,000.0 miles de pesos que le fueron
asignados para el ejercicio de 2008, en la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”.
Por lo anterior, se concluye que en la estimación del presupuesto de la actividad institucional 13,
la Secretaría de Educación no elaboró documentación comprobatoria para el otorgamiento
de los estímulos a estudiantes de bachillerato durante el ejercicio 2008.
501 VOLUMEN 12/13
Para constatar que los recursos asignados a la SE del Distrito Federal para operar el
programa de estímulos a estudiantes de bachillerato en el ejercicio de 2008, se hayan
transferido en su totalidad al FEG, se revisó el 100% de las adecuaciones programático-
presupuestarias con cargo a la actividad institucional 13 “Operar el Programa de
Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” del Programa Especifico 06 “Equidad en la
Ciudad”, Programa 17 “Educación”, así también los datos del Sistema de Cuenta Publica.
De su análisis se observó que la SE durante el ejercicio fiscal de 2008 elaboró y tramitó
ocho adecuaciones compensadas con efecto de reducción por un total de 1,100,000.0 miles
de pesos con cargo a dicha actividad institucional.
Del análisis a las adecuaciones presupuestarias se constató que el presupuesto que
transfirió la SE al FEG fue de 991,870.5 miles de pesos, el 90.2% del total de los recursos
asignados a la actividad 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato”,
el restante 9.8%, por 108,129.5 miles de pesos, la SE los canalizó de la siguiente forma: a
la actividad institucional 02 “Operar el Sistema de Educación Media Superior y Superior”
el 1.2% por 13,465.2 miles de pesos; la actividad institucional 22 “Brindar Atención
Integral al Estudiante”, el 0.5% por 5,700.0 miles de pesos; a la actividad institucional 23
“Brindar servicios educativos”, el 5.2% por 57,732.4 miles de pesos; a la actividad
institucional 24 “Brindar Atención Especializada a la Educación Media y Media Superior, el
2.8% por 30,830 miles de pesos.
Por su parte, de los 991,870.5 miles de pesos transferidos al FEG el 33.2% por 330,000
miles de pesos, se canalizaron a la actividad institucional 15 “Operar el Programa de
Educación Garantizada” y el 66.8% restante, por 661,870.5 miles de pesos, para operar
el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.
De lo anterior se concluyó que la SE elaboró y tramitó ocho adecuaciones compensadas
con efecto de reducción, por un total de 1,100,000 miles de pesos, las cuales cumplieron
en lo general con el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la
Administración Pública del Distrito Federal y que sólo transfirió el 60.1% 661,870.5 miles
de pesos del total de los recursos asignados para operar el programa de estímulos
a estudiantes de bachillerato al FEG, por lo que el 39.9% restante, por 438,129.5 miles
de pesos, se canalizaron a otras actividades institucionales operadas por la propia SE.
502 VOLUMEN 12/13
22. Resultado
Transferencia de Recursos a la Cuenta Patrimonial
El apartado IV.3.3. “Adecuaciones Programático Presupuestarias”, numeral 3, párrafo dos
y tres, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración
Pública del Distrito Federal, en el párrafo dos establece que: “Las adecuaciones que
elaboren las UR´s, las cuales podrán ser de tres tipos: a) Las que afecten simultáneamente
su presupuesto y programa (s) autorizado (s), b) Aquellas que modifiquen su presupuesto
y c) Los que modifiquen los programas establecidos, en todos los casos deberán
acompañarse de la justificación. Se formulará la adecuación presupuestaria y justificación
cuando únicamente afecte presupuesto, o solo la programática y justificación cuando la
adecuación afecte las metas de actividades institucionales, sin que ello implique
modificaciones al presupuesto y párrafo tres, en todos los casos las UR´s deberán hacer
las solicitudes de las APP´s a través del SICE”.
El apartado IV.3.1. “Cuenta por liquidar certificada”, párrafo 2 y 33, del Manual de Normas
y Procedimientos para la Administración Pública del Distrito Federal, establece que:
“Con fundamento en lo establecido en el Código Financiero del Distrito Federal y el Decreto
de Presupuesto de Egresos del año vigente y conforme a las responsabilidades que de
ahí se derivan, le corresponde al titular de la UR o a los servidores públicos de nivel
de estructura que fueron facultados conforme a la ley, autorizar el pago, el cual lo autentica
mediante su firma, y es obligación de las UR´s verificar que los números de cuenta
de cheques en los que se abonen los pagos, nombres y claves del banco y nombre del
beneficiario coincida con los números de cuenta que fueron enviados con anterioridad”.
De la revisión a la cuenta patrimonial del FEG núm. 00540783540 del “Banco Mercantil
del Norte, S.A.” correspondiente al ejercicio fiscal de 2008, la cual es utilizada para captar los
recursos provenientes del Gobierno del Distrito Federal, entre otros, y proveer de los recursos
necesarios para la operación de los diferentes programas que maneja el FEG, en el caso
específico para operar el programa de estímulos a estudiantes de bachillerato en 2008.
De la revisión a las transferencias de recursos realizadas por la SE mediante cinco
afectaciones compensadas, se verificó que el FEG captó ingresos provenientes de la SE
503 VOLUMEN 12/13
por 991,870.5 miles de pesos, de los cuales correspondieron 661,870.5 miles de pesos
para operar el programa de estímulos a estudiantes de bachillerato y 330,000.0 miles de
pesos al Programa de Educación Garantizada.
Así también, mediante tres afectaciones compensadas el FEG canalizó recursos de otros
programas por 354,540.0 miles de pesos y mediante una afectación líquida la SF otorgó
140,000.0 miles de pesos, todo esto para cubrir las necesidades de recursos, por lo que el
presupuesto modificado en el ejercicio de 2008 fue por 1,156,410.5 miles de pesos para la
actividad institucional 13 Operar el Programa de Estímulos para Estudiantes de Bachillerato.
El FEG para desarrollar la actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos
para Estudiantes de Bachillerato” en el ejercicio de 2008, realizó los depósitos a la cuenta
patrimonial mediante la tramitación de 17 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) por
1,154,370.5 miles de pesos. En cuanto a dichos recursos, la Dirección General del Fideicomiso
solicitó mediante oficios, al Delegado Fiduciario del Banco Mercantil del Norte S.A., su
traspaso a la cuenta dispersora núm. 0550985231 abierta en dicha institución bancaria.
De la revisión a las afectaciones presupuestarias y cuentas por liquidar certificadas,
generadas por el Fideicomiso Educación Garantizada, se constató que en lo general
cumplieron con el Manual de Normas y Procedimientos para la Administración Pública
del Distrito Federal.
23. Resultado
Aplicación de los Recursos y Soporte Documental
El artículo 18 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal del ejercicio 2008,
establece que “los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones,
Entidades, Órganos de Gobierno y Autónomos del Distrito Federal que ejerzan recursos
aprobados en este Decreto, y los servidores públicos encargados de la administración de
los mismos, serán los responsables del manejo y aplicación de éstos; del cumplimiento
de los objetivos y metas de los programas contenidos en su presupuesto autorizado; de
que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto; de que los
compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; de la guardia
504 VOLUMEN 12/13
y custodia de los documentos que los soportan; de llevar un estricto control de los medios
de identificación electrónica; y de llevar los registro de sus operaciones conforme a lo
dispuesto en este Decreto y demás disposiciones aplicables en la materia”.
Asimismo, el artículo 381, fracción III, del Código Financiero del Distrito Federal del
ejercicio 2008 prevé que “las entidades, deberán cuidar bajo su responsabilidad, que los
pagos que autoricen […] se encuentren debidamente justificados y comprobados con
los documentos originales respectivos”.
Por su parte, el artículo 544 del Código Financiero del Distrito Federal del ejercicio 2008
establece que “Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades
deberán llevar registros auxiliares para los programas presupuestarios que muestren
de manera sistemática los avances financieros y de consecución de metas, con objeto de
facilitar la evaluación en el ejercicio del gasto público”.
Finalmente, el artículo 567 del Código Financiero del Distrito Federal del ejercicio 2008
dispone que “Los titulares de las entidades, así como los de sus órganos encargados del
manejo y ejercicio de sus recursos, serán directamente responsables de la información
presupuestal, financiera, programática y contable proporcionada a la Secretaría para
la integración de la Cuenta Pública”.
Para constatar la correcta aplicación de los recursos y las acciones realizadas en la actividad
institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos para Estudiantes de Bachillerato”, se
solicitó al FEG, 58 transferencias de recursos por un monto de 341,202 miles de pesos
(el 30% del presupuesto ejercido por 1,135,604.7 miles de pesos), reportados en su Informe
de Cuenta Pública de 2008.
En virtud de que el FEG no elaboró registros contables, el sujeto fiscalizado proporcionó
las conciliaciones bancarias elaboradas en el ejercicio de 2008, las cuales representaron
el 100% del presupuesto ejercido de la cuenta núm. 00550985231 de Banorte, S.A.,
la cual es utilizada para efectos de la actividad institucional 13 “Operar el Programa de
Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” y realizar la dispersión de recursos a las tarjetas
de los beneficiarios mediante el sistema de banca electrónica “Banorte en su Empresa”,
a partir del cual se realizan: a) Consultas, b) Transferencias de fondos, c) Dispersión
505 VOLUMEN 12/13
de fondos para pago de nómina y dispersiones recurrentes, d) Realización, incremento,
decremento y liquidación de depósitos de dinero, inversiones y prestamos documentados
a la institución bancaria, e) Realización de pagos, cargos automáticos y envío de declaraciones
fiscales, f) Compra venta de divisas, títulos o valores, g) Solicitudes o disposiciones
de créditos, incluidas la solicitud y modificación de instrucciones de cartas de crédito,
h) Las demás operaciones disponibles en el “Software”. Lo anterior, en virtud de no contar
con un sistema contable para la elaboración de pólizas.
De la revisión al soporte documental y, en su caso electrónico, de las conciliaciones
bancarias, se verificó que éste incluyó el formato de conciliación bancaria; auxiliar de bancos;
oficios mediante el cual la Dirección General solicitó a la Dirección de Administración
y Finanzas el total de recursos a dispersar; archivos electrónicos que sustentan la
dispersión de los recursos, así como ,los montos y número de beneficiarios para realizar
el depósito; oficios girados por la Dirección General del FEG al delegado Fiduciario
del Banco Mercantil del Norte, S:A:, con los cuales se solicitó el traspaso de recursos de
la cuenta patrimonial a la cuenta dispersora; y, estados de cuenta bancarios mensuales.
De la revisión a dicha documentación se constató que el FEG no proporcionó original
de los siguientes documentos: oficios mediante el cual la Dirección General solicitó a la
Dirección de Administración y Finanzas el total de recursos a dispersar; oficios girados por
la Dirección General del FEG al delegado Fiduciario del Banco Mercantil del Norte, S:A., con
los cuales solicitó el traspaso de recursos de la cuenta patrimonial a la cuenta dispersora;
y estados de cuenta bancarios mensuales en el ejercicio de 2008. En este sentido, incumplió
el artículo 381, Fracción III, del Código Financiero del Distrito Federal del ejercicio 2008.
De la revisión, a las conciliaciones bancarias se constató que fueron firmadas por el mismo
funcionario en calidad de encargado de elaborarlas y de emitir el visto bueno, por lo cual
evidenció fallas de control y supervisión derivado de que las dos funciones fueron realizadas
por la misma persona.
Respecto a los oficios girados al Director Administrativo de la SE y al Director de
Administración y Finanzas del FEG con los cuales la Dirección General del FEG
y el Coordinador Ejecutivo del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí, solicitaron la realización del proceso correspondiente a la dispersión de los
506 VOLUMEN 12/13
recursos a las tarjetas de los beneficiarios en el ejercicio 2008, se verificó que el total de
recursos solicitados fue por 1,139,009.1 miles de pesos.
No obstante que según el soporte documental, el total de recursos solicitados fue por
1,139,009.1 miles de pesos los archivos electrónicos presentaron diferencias por 3,395.4 miles
de pesos al cierre del año en virtud de que no se encuentran totalizados, no contienen el
nombre del beneficiario, no especifican el mes que se está pagando y sólo están manejados
por claves, lo que dificultó su revisión.
Al respecto, el sujeto fiscalizado explicó que las diferencias se derivan de los rechazos
que la institución bancaria realiza por cada dispersión efectuada derivado de alguna
circunstancia, por lo cual se vuelven incidencias, sin embargo la Subdirección de Recursos
Financieros no las puede determinar debido a las claves electrónicas del sistema bancario
insertadas en la información contenida en el disco compacto, a que corresponden dichas
incidencias, solamente son informados por la Dirección de Informática a la Coordinación
Ejecutiva del PREBU ya que entre ambas áreas las aclaran y las vuelven a incluir en el
siguiente oficio de petición de dispersión de los estímulos al área financiera.
Por lo anterior, el FEG evidenció fallas de control y supervisión al generar los archivos
electrónicos que se utilizan para la dispersión de los recursos en virtud de que se
observaron diferencias que obstaculizaron la dispersión de los recursos a los beneficiarios
e impidió que los recursos se dispersaran en tiempo y forma e impidieron la evaluación de
la información.
No obstante lo anterior, el FEG informó que dicha diferencia no es real al fin de año,
puesto que las incidencias quedaron aclaradas y en los casos que sí correspondieron
la dispersión se activó a través de los subsecuentes oficios de petición de dispersión por
lo que quedaron incluidas en el importe total pagado de 1, 135,604.7 miles de pesos.
No obstante, de lo anterior no proporcionó evidencia documental.
Respecto a los montos y número de beneficiarios a los que se les pagó cada uno de los
estímulos, el FEG informó que la suma de beneficiarios por monto (500.00, 600.00, 700.00
pesos) no es igual al total de beneficiarios, el motivo es porque un beneficiario al cambiar
de promedio pudo haber tenido pagos por los diferentes montos de 500, 600 y 700 pesos.
507 VOLUMEN 12/13
Con base en los estados de cuenta bancarios se determinó que el total de recursos
erogados para operar el programa de estímulos a estudiantes de bachillerato fue de
1,125,096.0 miles de pesos, cantidad que difiere en 10,508.7 miles de pesos con lo
reportado en el Informe de Cuenta Pública 2008 del FEG, por 1,135,604.7 miles de pesos.
Así también, el sujeto fiscalizado informó que 13,501.6 miles de pesos correspondieron
a la SE por lo que la diferencia se incrementó en 24,010.3 miles de pesos y el importe de las
erogaciones se redujo a 1,111,594.4 miles de pesos. En relación al presupuesto transferido
por 1,154,370.5 miles de pesos, se determinó un saldo en bancos por 42,776.1 miles
de pesos, cantidad que se comprobó con el saldo del estado de cuenta bancario al 31 de
diciembre de 2008.
Con el propósito de explicar las diferencias antes señaladas, el FEG presentó el
documento “Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal (PREBU)”, conciliación
anual financiera entre las dispersiones pagadas, solicitado por el área y solicitado a la
fiduciaria correspondiente a 2008, en el cual determinó un total de dispersiones pagadas
por 1,135,604.7 miles de pesos, e informó que un total de 1,097,951.9 miles de pesos
fueron pagadas en 2008 y 37,652.8 miles de pesos en enero de 2009, pero no explicó las
diferencias.
No obstante lo anterior, el FEG reflejó diferencias en sus registros, toda vez que
solicitó 1,154,370.5 miles de pesos para la dispersión de recursos en 2008, los cuales
fueron depositados en la cuenta dispersora núm. 00550985231 de Banorte, S.A. y pago
1,097,951.9 miles de pesos, por lo que al cierre del ejercicio el saldo en la cuenta bancaria
debió ser por 56,418.6 miles de pesos, cantidad que difiere en 13,642.4 miles de pesos
con el saldo del estado de cuenta bancario por 42,776.1 miles de pesos.
De la comparación del documento “Programa de estímulos para el bachillerato universal
(PREBU), Conciliación anual financiera entre las dispersiones pagadas, solicitado por
el área y solicitado a la fiduciaria” correspondiente a 2008, el cual especifica un total
de dispersiones en transito por 37,652.8 miles de pesos, respecto del “Anexo 1 dispersiones
en tránsito, no consideradas por el banco”, el cual es un documento integrado a la conciliación
bancaria al 31 de diciembre de 2008, y que especifica un total de dispersiones por
24,013.9 miles de pesos, se observó una diferencia por 13,638.9 miles de pesos.
508 VOLUMEN 12/13
De la revisión a los oficios de solicitud de recursos girados al fiduciario del Fideicomiso
Educación Garantizada del Distrito Federal y los saldos mensuales de los estados de
cuenta bancarios, se observó que los montos de los recursos solicitados a la cuenta
patrimonial fueron por montos mayores a los solicitados para la dispersión de recursos, en
promedio estas diferencias fueron por 70,719.9 miles de pesos, los cuales no fueron
invertidos en el mercado de dinero, opción de inversión que se puede realizar mediante la
banca electrónica “Banorte en su Empresa”, por períodos cortos y no expuesta a riesgos.
Respecto de lo anterior, el FEG explicó que derivado del constante crecimiento del programa,
fue necesario contar con recursos disponibles para así evitar la demora en el depósito de
las ayudas económicas a los beneficiarios, ya que por tratarse de un programa de reciente
creación, era importante demostrar a los beneficiarios el compromiso del Gobierno del
Distrito Federal hacia los recién inscritos al programa a través de realizar, con la mayor
oportunidad y puntualidad, sus depósitos económicos, razón por la cual la liquidez económica
es indispensable.
Por lo anterior el Fideicomiso Educación Garantizada evidenció fallas en el manejo y control
de los recursos en el ejercicio de 2008 en virtud de haber transferido recursos mayores a los
solicitados para el pago de los depósitos a los beneficiarios del programa de estímulos a
estudiantes de bachillerato.
Recomendación APPD-103-08-45-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal implemente
mecanismos de control y supervisión para que los pagos que autoricen cuenten con
la documentación original justificativa y comprobatoria conforme a lo establecido en el Código
Financiero del Distrito Federal.
Recomendación APPD-103-08-46-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal implemente
mecanismos de control y supervisión para que las conciliaciones bancarias que realiza
sean firmadas por personal diferente en cuanto a quien elabora, supervisa y autoriza.
509 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-103-08-47-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal implante
mecanismos de control, supervisión y elaboración, para que los registros auxiliares
conformados a partir de los archivos electrónicos que se utilizan para la dispersión de los
recursos a las tarjetas de los beneficiarios muestren de manera real y clara la información,
para evitar rechazos por parte de la institución bancaria, y para que las dispersiones
se realicen en tiempo y forma y así facilitar su evaluación conforme a lo establecido
en el Código Financiero del Distrito Federal.
Recomendación APPD-103-08-48-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante
mecanismos de control y supervisión para que los registros que genere muestren de
manera sistemática la aplicación de los recursos y las acciones que realiza con el objeto
de poder determinar el número de beneficiarios y números de los estímulos otorgados,
y facilitar su evaluación conforme a lo establecido en el Código Financiero del Distrito
Federal.
Recomendación APPD-103-08-49-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal implante los
mecanismos de control y supervisión para generar registros auxiliares respecto de las
dispersiones en tránsito, y elabore conciliaciones bancarias para obtener información
congruente con el soporte documental y que sea cierta y veraz para la toma de decisiones
y facilitar su fiscalización, conforme a lo establecido en el Código Financiero del Distrito
Federal.
Recomendación APPD-103-08-50-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal implemente
mecanismos de control y supervisión para que la Dirección de Administración y Finanzas
solicite al Fiduciario el traspaso de los recursos a la cuenta dispersora a partir de la cual
510 VOLUMEN 12/13
se lleva a cabo el depósito de los estímulos a las cuentas correspondientes a las tarjetas
de los beneficiarios, y para que dicho traspaso sea de acuerdo a los importes solicitados
por la Coordinación Ejecutiva del PREBU; asimismo, para obtener de las disponibilidades
financieras el máximo rendimiento, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal.
24. Resultado
Dispersión de Recursos a las Tarjetas de los Beneficiarios
El artículo 71, fracciones IV y VI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal establece que serán facultades y obligaciones de los directores generales
de las entidades las siguientes: “IV. Establecer los procedimientos y métodos de trabajo
para que las funciones se realicen de manera articulada, congruente y eficaz […]
VI. Establecer sistemas eficientes para la administración del personal, de los recursos
financieros y de los bienes que aseguren la producción de bienes o prestación de los
servicios de la entidad”.
Por su parte, para realizar el proceso de dispersión de los recursos a las tarjetas de los
beneficiarios del programa de estímulos a estudiantes de bachillerato el FEG lo realizó
mediante catorce pasos:
I. La Dirección de Informática realiza la validación de la base de datos de solicitantes
y la Coordinación Ejecutiva del PREBU registra en una aplicación las incidencias
presentadas durante el mes.
II. La Subdirección de Base de Datos realiza un proceso de cálculo de monto a dispersar
y genera un archivo electrónico de dispersión.
III. La Dirección de Informática envía el archivo de dispersión a la Coordinación
Ejecutiva, así como una estimación de los recursos necesarios para su realización.
IV. La Coordinación Ejecutiva notifica a la Dirección de Administración y Finanzas el monto
de los recursos necesarios para la dispersión.
511 VOLUMEN 12/13
V. La Coordinación Ejecutiva envía un oficio en el que le solicita a la Dirección
de Administración y Finanzas, efectúe la dispersión, especificando la cantidad de
dispersiones por monto, así como el archivo electrónico de dispersión.
VI. La Dirección de Administración gira instrucciones a la Subdirección de Recursos
Financieros para la realización de la dispersión, proporcionando el archivo electrónico
de dispersión.
VII. La Subdirección de Recursos Financieros tramita la CLC correspondiente.
VIII. La Dirección General mediante oficio gira instrucciones a la Fiduciaria Banorte,
traspase de la cuenta patrimonial a la cuenta dispersora del PREBU el importe
requerido.
IX. La Subdirección de Recursos Financieros verifica el saldo a fin de que el importe
necesario haya sido abonado a la cuenta dispersora.
X. La Subdirección de Recursos Financieros valida las cuentas bancarias de acuerdo
al archivo de dispersión, y efectúa la dispersión.
XI. La Subdirección de Recursos Financieros verifica en el banco que la transmisión
haya sido correcta.
XII. La Subdirección de Recursos Financieros notifica a la Subdirección de Base de
Datos la confirmación de la dispersión en saldos.
XIII. La Subdirección de Recursos Financieros realiza la Conciliación Bancaria del mes
correspondiente y la entrega a la Dirección de Administración y Finanzas.
XIV. La Dirección de Informática informa a la Coordinación Ejecutiva del PREBU que
beneficiarios recibieron dispersión mediante la aplicación y cuales fueron rechazados
y por qué.
512 VOLUMEN 12/13
De los catorce pasos se solicitó al sujeto fiscalizado:51
1. Determinar el tiempo que empleó de un paso a otro.
2. Explicar cómo la Dirección de Informática realizó la validación de la base de datos de
los solicitantes.
3. Papeles de trabajo y bases de cálculo elaborados por la Subdirección de Base de
Datos con los cuales realizó el cálculo del monto a dispersar y los archivos electrónicos
de dispersión generados en el ejercicio de 2008.
4. Proporcionar los archivos de dispersión y la estimación de los recursos necesarios
para la dispersión que envió la Dirección de Informática a la Coordinación Ejecutiva
y los oficios correspondientes.
5. Oficios generados por la Dirección de Administración y Finazas con los que giró
instrucciones a la Subdirección de Recursos Financieros para realizar la dispersión
y el archivo electrónico de dispersión.
6. Impresiones realizadas por la Subdirección de Recursos Financieros de los saldos
bancarios con los que comprobó el traspaso de recursos de la cuenta patrimonial a la
cuenta dispersora.
7. Oficios con los que la Subdirección de Recursos Financieros notificó a la Subdirección
de Base de Datos la confirmación de la dispersión de recursos en 2008.
8. Oficios con los cuales la Dirección de Informática informó a la Coordinación Ejecutiva
del PREBU, qué beneficiarios recibieron la dispersión mediante la aplicación y cuáles
fueron rechazados.
51 Nota Informativa del 16 de marzo de 2010, emitida por la Subdirección de Recursos Financieros.
513 VOLUMEN 12/13
Al respecto, el FEG explicó que los tiempos son variables en cada paso de conformidad
con los factores que influyen en la dispersión de cada mes, tales como incidencias
(actualización de promedios, cancelaciones, corrección de datos, no depósito y renuncia
al estímulo) las cuales, para el ejercicio de 2008, fueron un total de 9,871.
No se tiene documento alguno de los archivos de dispersión ni de las a estimaciones
de los recursos necesarios para la dispersión que envió la Dirección de Informática a la
Coordinación Ejecutiva.
De los oficios generados por la Dirección de Administración, con los cuales giró instrucciones
a la Subdirección de Recursos Financieros relativas a la dispersión y archivo electrónico
de dispersión, el FEG considera no necesaria la comunicación escrita para este caso,
derivado de que las solicitudes son turnadas mediante control de correspondencia
en forma vertical al subordinado inmediato de estructura de la Dirección de Administración
y Finanzas.
En relación a las copias de las impresiones emitidas por la Subdirección de Recursos
Financieros en el ejercicio de 2008, de los saldos bancarios con los que comprobó el traspaso
de los recursos de la cuenta patrimonial a la cuenta dispersora, y la comprobación de que
la transmisión haya sido correcta, el FEG mencionó que la información no se tiene.
De los oficios con los cuales la Subdirección de Recursos Financieros notificó a la
Subdirección de Base de Datos la confirmación de la dispersión de recursos el Fideicomiso
Educación Garantizada informó que este procedimiento no fue realizado documentalmente,
fue de manera telefónica y presencial.
Respecto a los oficios y soporte de los mismos, con los cuales la Dirección de Informática
informó a la Coordinación Ejecutiva del PREBU qué beneficiarios recibieron la dispersión
mediante la aplicación y cuales fueron rechazados y por qué en 2008, el Fideicomiso
Educación Garantizada explicó que no se tiene documento alguno de esta notificación.
Con relación al tiempo que tardó la Dirección de Informática en validar los archivos de
incidencias que generó la Coordinación Ejecutiva del PREBU, mes a mes en el ejercicio
514 VOLUMEN 12/13
de 2008, el sujeto fiscalizado explicó que las incidencias son aplicadas directamente
por el personal operativo de la Coordinación Ejecutiva, y que una vez realizadas las
modificaciones, éstas son reflejadas de forma inmediata en la base de datos.
De la revisión a los pasos determinados por el Fideicomiso para llevar a cabo el proceso
de dispersión se observó que no llevó a cabo dicho proceso en virtud que no contó con
tiempos específicos de un paso a otro; no contó con estimación de recursos; no contó
con oficios de instrucción girados, para llevar a cabo la dispersión, de la Dirección de
Administración y Finanzas a la Subdirección de Recursos Financieros y el respectivo
archivo electrónico; no contó con impresiones de los saldos bancarios; no contó con
oficios de notificación de la Subdirección de Recursos Financieros a la Subdirección
de Base de Datos de la confirmación de la dispersión de recursos; no contó con los
oficios de la Dirección de Informática en los cuales informó a la Coordinación Ejecutiva
del PREBU, respecto de qué beneficiarios recibieron la dispersión y cuáles fueron
rechazados.
Por lo anterior, se constató que el Fideicomiso Educación garantizada del Distrito Federal
no contó con lineamientos ni con procedimientos que le permitiera llevar a cabo con
eficacia y eficiencia el proceso de dispersión de recursos en el ejercicio de 2008.
Recomendación APPD-103-08-51-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal implemente
mecanismos de control y supervisión y elabore lineamientos o procedimientos específicos
que le permitan realizar la dispersión de los recursos a las cuentas correspondientes a las
tarjetas de los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí, con calidad, eficacia y eficiencia conforme a lo establecido en la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Distrito Federal.
Recomendación APPD-103-08-52-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implemente
mecanismos de control y supervisión para que el proceso de dispersión de recursos se
efectúe de acuerdo a un calendario específico y con tiempos preestablecidos, y para
515 VOLUMEN 12/13
que se genere evidencia documental respecto de cada paso del proceso de dispersión,
conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
25. Resultado
Reintegro de los Saldos de las Tarjetas de Beneficiarios Dados de Baja
De la revisión al archivo magnético proporcionado por el FEG relativo a los saldos
bancarios de los beneficiarios dados de baja en el Programa de Estímulos a Estudiantes
de Bachillerato Universal, Prepa Sí, del ejercicio de 2008, se verificó que los saldos
acumulados de los beneficiarios dados de baja generaron un importe de 144,861.6 miles
de pesos, al respecto, se solicitó el soporte documental del reembolso de dicho importe.
En respuesta el FEG informó que la Dirección de Administración y Finanzas, a través de
la Subdirección de Recursos Financieros, no tiene acceso al saldo de los beneficiarios del
programa, no existe el área responsable de dichos reintegros, no hay normatividad para la
recuperación de dichos saldos, y que el banco no está facultado para realizar dichos
reembolsos. La Dirección General del FEG no solicitó al Comité Técnico el reembolso de
los saldos de las cuentas pues los recursos pertenecen a los beneficiarios al estar estos
vigentes al momento de su recepción.
No obstante que el objetivo inicial fue el de implantar un sistema de estímulos económicos
para asegurar que todos los jóvenes del Distrito Federal que cursan el bachillerato en
escuelas públicas en la entidad puedan hacerlo con éxito, y no lo tengan que abandonar
por falta de recursos y que posteriormente se amplió al nivel superior, los saldos que se
mantuvieron en las cuentas de los beneficiarios dados de baja oscilaron principalmente
de tres a seis meses de 1,800.00 a 4,200.00 pesos, lo cual evidenció que dichos
beneficiarios no cumplieron con el objetivo del programa ya que fueron dados de baja y no
se hizo patente la necesidad del pago de todos estímulos.
En la reunión de confronta celebrada el 21 de mayo de 2010, el Fideicomiso
Educación Garantizada del Distrito Federal, proporcionó documentación mediante oficio
núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010 que no tuvo relación con el presente
resultado por lo que no se modifica.
516 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-103-08-53-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante
mecanismos de control y supervisión que le permitan establecer plazos definidos y para
permitir al beneficiario el retiro de los recursos relativo a los estímulos depositados en el
caso de las cuentas correspondientes a las tarjetas de los beneficiarios dados de baja
y para que una vez que se venza dicho plazo, se verifique que los recursos no retirados
sean reintegrados a la cuenta del Fideicomiso.
26. Resultado
Conceptos de Gasto Relacionados con el Programa
El artículo 544 del Código Financiero del Distrito Federal establece que “Las dependencias,
órganos desconcentrados, delegaciones y entidades deberán llevar registros auxiliares
para los programas presupuestarios que muestren de manera sistemática los avances
financieros y de consecución de metas, con objeto de facilitar la evaluación en el ejercicio
del gasto público”.
Para efectos de operar el programa de estímulos a estudiantes de bachillerato, el FEG
realizó erogaciones en el ejercicio de 2008, tales como: servicio de aseguramiento para
cubrir el riesgo de accidentes personales escolares a estudiantes de bachillerato, renta de
carpas, playeras, promoción y difusión en radio y televisión, así como medio impreso,
impresos (lonas, gorras, playeras, trípticos, bicicletas, póster etc.), vehículos, mobiliario,
papelería, eventos universitarios, diversos eventos de fin de año, alimentos para eventos
de coordinadores, alimentos para ciclotón, alquiler de equipo eléctrico, renta de sanitarios,
servicio de box lunch, alquiler de equipo de audio, renta de pantalla y transmisión de
videos, diseño e instalación de pared de respaldo de imagen gráfica, adornos con globos,
servicio de edecanes, altavoces, agua, megáfono, equipo de sonido, carpas, entre otros.
Al respecto el FEG proporcionó los talonarios de cheques así como el documento
“Facturas y Cheques Cuenta Corriente año 2008”, que especifica los gastos realizados en
el ejercicio de 2008 y en el cual se observó que algunos cheques carecen del concepto
de pago, movimientos sin número de cheque y que 50 cheques fueron cancelados.
517 VOLUMEN 12/13
Sobre el particular, el sujeto fiscalizado52 informó que la falta de concepto de pago en
algunos cheques se derivó de un descuido en el requisitado del formato de control;
en cuanto a los movimientos sin número de cheque, que es necesario revisar el contrato en
caso de duda; respecto a la cancelación de cheques, indicó que esta se derivó de errores
en su elaboración; en lo que hace a la falta de datos y conceptos de gasto en los
talonarios de cheques, el sujeto fiscalizado señaló que es derivado de un descuido;
lo anterior evidenció falta de supervisión en la elaboración y control de sus registros.
Respecto a los 1,735.4 miles de pesos con los cuales se realizó la compra de vehículos
en el ejercicio de 2008, se observó que dicha cantidad fue registrada por el sujeto
fiscalizado en el Informe de Cuenta Pública del FEG, no obstante, aun cuando realizó
erogaciones que tuvieron una relación directa con la operación del programa de estímulos
a estudiantes de bachillerato en 2008 no las integró al rubro relativo a operar el programa
de operar el programa de estímulos a estudiantes de bachillerato, para efectos de reportarlo
en su Informe de Cuenta Pública.
Al respecto el sujeto fiscalizado señaló53 que la información reportada en el Informe de
Cuenta Pública es explicada conforme a su clasificación programática, y que la asignación
presupuestal destinada a la compra de equipo de transporte correspondió al Programa de
Estímulos Para el de Bachillerato Universal, Prepa Sí, razón por la cual se aplicó en dicho
programa y que en cuanto a las erogaciones realizadas, que en apariencia tienen relación
directa con el PREBU, no fueron clasificadas programáticamente en la actividad del
PREBU, es importante mencionar que la SF es la encargada de autorizar los movimientos
programáticos-presupuestales.
Recomendación APPD-103-08-54-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal implemente
mecanismos de control y supervisión para generar registros auxiliares respecto del
destino del gasto y para que en la documentación soporte, particularmente los talonarios
de cheques, se consigne el concepto de pago considerando los requisitos de control y la
evaluación del gasto, conforme a lo establecido en el Código Financiero del Distrito Federal.
52 Oficio núm. APP/103/08-6 del 28 de enero de 2010. 53 Mediante Nota Informativa del 18 de marzo de 2010, proporcionada por la Subdirección de Recursos Financieros.
518 VOLUMEN 12/13
27. Resultado
Gasto por Honorarios
Con el propósito de conocer las erogaciones causadas por concepto de honorarios del
personal involucrado en la operación del programa de estímulos a estudiantes de bachillerato
en 2008, se revisaron las conciliaciones bancarias elaboradas por el FEG respecto de la
cuenta núm. 00566259719 de Banco Mercantil del Norte, S.A., con la cual se pagó al
personal de honorarios en el ejercicio de 2008. Al respecto, se observó que las erogaciones
realizadas para este concepto fueron por 48,598.5 miles de pesos. Mediante nota informativa
sin número del 10 de febrero de 2010, el FEG informo que para esta actividad institucional
se erogaron recursos por 17,667.4 miles de pesos, que representan el 36.3% del total
ejercido.
Así también, de la revisión al soporte documental de las conciliaciones bancarias, se
observó que un total de 95 cheques fueron cancelados; que faltaron los datos y conceptos
de pago en los talonarios de cheques; que el nombre del formato “libro diario” se cambió
por el “auxiliar de bancos”; que en las conciliaciones bancarias elabora y da el visto bueno
el mismo funcionario; y que se registró un traspaso de recursos a la cuenta 00577673496
de Banco Mercantil del Norte, S.A. el 15 de agosto de 2008, la cual se utiliza para efectuar
el pago al personal de estructura, por 264.1 miles de pesos, importe que fue devuelto el
18 de agosto de 2008. En función de lo antes señalado el FEG evidencio fallas de control
y supervisión en el manejo y control de los recursos.
Recomendación APPD-103-08-55-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implemente
los mecanismos de control y supervisión para garantizar que los cheques se registren
adecuadamente con el fin de evitar su cancelación; que las transferencias bancarias para
llevar a cabo la dispersión de los recursos se gestionen en tiempo y forma para evitar
falta de liquidez; y, que se delimiten los tramos de control requeridos para elaborar las
conciliaciones bancarias y emitir el visto bueno respectivo.
519 VOLUMEN 12/13
28. Resultado
Gasto del Personal de Estructura
Con el propósito de conocer las erogaciones causadas por concepto de nómina del
personal de estructura involucrado en la operación del programa de estímulos a estudiantes
de bachillerato en 2008, se revisaron las conciliaciones bancarias elaboradas por el FEG
respecto de la cuenta núm. 00577673496 de Banco Mercantil del Norte, S.A., con la cual
se pagó al personal de estructura en el ejercicio de 2008 y se observó que las erogaciones
realizadas para este concepto fueron por 5,299.0 miles de pesos. Mediante nota informativa
el FEG informó que para esta actividad institucional se erogaron recursos por 3,190 miles
de pesos, el 60.2% del total ejercido.
De la revisión al soporte documental de las conciliaciones bancarias, se observó que
fueron cancelados ocho cheques, faltaron los datos y conceptos de pago en los talonarios
de cheques, que se otorgó un préstamo por 294.1 miles de pesos de la cuenta destinada
para el pago de honorarios, que los cheques núm. 0000043 y 0000049, ambos del 15 de
agosto de 2008 fueron devueltos, que el cheque 0000043 aparece en el auxiliar como no
cancelado, y que los cargos por comisión de cheques devueltos e IVA no fueron registrados
en el registro auxiliar de bancos, por lo que se evidenció falta de control y supervisión
Recomendación APPD-103-08-56-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implemente
los mecanismos de control y supervisión para garantizar que los cheques y talonarios
de cheques se requisiten adecuadamente, con el fin de evitar su cancelación y facilitar su
identificación; que los cheques no sean devueltos; y, que de haber cheques devueltos,
la devolución quede debidamente registrada en el auxiliar correspondiente, así como los
cargos por comisión e IVA generados.
29. Resultado
Medidas de Austeridad
Con el propósito de constatar que el FEG haya implantado medidas de austeridad durante
el ejercicio de 2008 de acuerdo al Manual de Buenas Practicas de Ahorro, para fomentar
520 VOLUMEN 12/13
criterios de austeridad, el cual indica las partidas que están sujetas a ahorro, tales como:
materiales y útiles de oficina, materiales y útiles de impresión y reproducción, materiales
y útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos, alimentación de personas,
combustibles, servicio telefónico convencional, servicio de energía eléctrica, servicio de
agua, arrendamiento de edificios y locales, arrendamiento de terrenos, arrendamiento
de maquinaria y equipo, arrendamiento de equipo y bienes informáticos, arrendamiento de
vehículos y equipo destinado a servicios administrativos, arrendamiento de vehículos
destinados a servidores públicos, otros arrendamientos, servicio de fotocopiado, honorarios,
estudio e investigaciones, gastos de propaganda e imagen institucional entre otros.
De la revisión al programa de austeridad “Practicas de ahorro y fomento de criterios
de austeridad 2009”, elaborado por el FEG, el contiene las partidas presupuestales a
considerar, las prácticas de ahorro recomendadas y las acciones implantadas en el FEG
para reducir los gastos de estas partidas y la circular de austeridad de marzo de 2009 con
el cual la Dirección General da a conocer las medidas importantes a tomar, a todo el
personal de estructura y honorarios que labora en el FEG, se observó que la circular
señalada careció de número de folio con el cual se debe de controlar la información oficial
y se constató que para el ejercicio de 2008 el FEG no contó con medidas de austeridad.
Por su parte, de la revisión al soporte documental de los cheque núm. 0000286,0000287 y
0000295, todos del 31 de diciembre de 2008, correspondiente a la cuenta núm. 00569159708
de Banco Mercantil del Norte, S.A. (gasto corriente) con los cuales se pagó el consumo de
gasolina de los meses de noviembre y diciembre de 2008 se observó que los vehículos
Renault Kangoo y Volkswagen Jetta, todos modelo 2009,54 consumieron combustible
Premium lo cual se encuentra especificado en los manuales de operación de las unidades.
De la revisión al soporte documental del cheque núm. 0000189 del 30 de octubre de 2008
por 20.6 miles de pesos, correspondiente a la cuenta núm. 00569159708 de Banco Mercantil
del Norte, S.A. (gasto corriente), se observó que el contrato núm. FEG/ADQ/013/2008 del
30 de junio del 2008, por 134.0 miles de pesos, para la adquisición de materiales, refacciones
y accesorios, no fue firmado por el Director General del FEG y fue pagado mediante
cheque y no mediante transferencia electrónica como lo especifica la cláusula tercera
54 Vehículos adquiridos durante los meses de octubre y noviembre del ejercicio fiscal de 2008.
521 VOLUMEN 12/13
del contrato señalado, relativa a la forma de pago y la Ley de Adquisiciones del Distrito
Federal y su Reglamento.
De la revisión al soporte documental de los cheques núms. 0000057, 0000109 y 0000246
del 18 de junio, 20 de agosto y 3 de diciembre de 2008 respectivamente, se observó que
se pagaron gastos sujetos a contrataciones consolidadas y o pagos centralizados por
concepto de servicio de agua por 2.5 miles de pesos con cargo al fondo revolvente,
infringiendo lo establecido en los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición
o Arrendamiento de Bienes o Servicios de uso Generalizado en la Administración Pública
del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos. 55
En conclusión el FEG evidenció fallas de control y supervisión en virtud de que careció de
medidas de austeridad en el ejercicio de 2008, que el oficio circular con el cual instruyó
las medidas de austeridad en 2009 careció de número de registro, que los consumos de
gasolina fueron de gasolina Premium, y que respecto a los gastos por concepto de servicio
de agua fueron pagados con cargo al fondo revolvente.
Recomendación APPD-103-08-57-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante
los mecanismos de control y supervisión para que las circulares que genere integren el número
de folio y fecha especifica para el control de los documentos.
Recomendación APPD-103-08-58-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante
los mecanismos de control y supervisión para que al realizar el proceso de adquisición de
equipo de transporte se consideren las medidas de austeridad establecidas en el Manual
de Buenas Prácticas de Ahorro, en lo relativo al consumo de combustible.
55 Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de uso Generalizado en la
Administración Pública del Distrito Federal así como para la Centralización de pagos, Apartado II, De la Consolidación de Contrataciones, Centralización de Pagos e Integración de Información, Numeral 8. “Las partidas, bienes y servicios sujetos a contrataciones consolidadas y/o pagos centralizados que a continuación se relacionan [...] Partida 3105 Servicio de Agua”.
522 VOLUMEN 12/13
Recomendación APPD-103-08-59-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante
mecanismos de control y supervisión para que los contratos de las adquisiciones,
arrendamientos y prestación de servicios se elaboren y se requisiten de acuerdo a la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento.
Recomendación APPD-103-08-60-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, realice los
trámites necesarios para que las erogaciones por concepto del servicio por consumo de
agua se realicen de acuerdo a los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición
o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública
del Distrito Federal.
30. Resultado
Determinación del Costo del Programa
El artículo 519 del Código Financiero del Distrito Federal establece que “Los sistemas
de contabilidad deben diseñarse y operarse en forma que faciliten la fiscalización de los
activos, pasivos, ingresos, costos, gastos, presupuesto, avances en la ejecución de programas
y, en general, de manera que permitan medir la eficacia y eficiencia del gasto público del
Distrito Federal”.
Con el propósito de constatar el costo que implica operar el programa de estímulos
a estudiantes de bachillerato se solicito al Fideicomiso Educación Garantizada
proporcionara la información relativa al costo que implica la operación, en respuesta
el ente informó, mediante nota informativa del 9 de febrero de 2010, emitida por la
Subdirección de Recursos Financieros que el FEG no contó con un sistema de control
que le permitiera determinar el costo que implicó la actividad institucional 13 “Operar
el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” en el ejercicio fiscal de 2008,
en virtud que no lleva esa contabilidad y los gastos se distribuyen proporcionalmente a cada
programa.
523 VOLUMEN 12/13
No obstante, de la información proporcionada por el FEG analizada en el presente
informe, se determinó que el total de erogaciones que implica la actividad institucional 13
“Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” fue por 1,277,902.4 miles
de pesos, de los cuales correspondió el 82.9% (1,059,468.4 miles de pesos) para estímulos
a estudiantes de bachillerato con importes de 500.00 un total de 459,398.0 miles de
pesos, con importe de 600.00 un total de 484,174.2 miles de pesos y con un importe
de 700.00 un total de 115,896.2 miles de pesos, el 0.5% (6.009.0 miles de pesos) para
estímulos a estudiantes que acreditaron conocimientos del idioma ingles y computación
o una de las dos, entre 1,000.00 y 500.00 pesos; el 1.8% (23,024.0 miles de pesos) para
estímulos a alumnos que egresaron del nivel bachillerato, por 1,000.00 pesos; el 1.9%
(24,622.3 miles de pesos) para estímulos a estudiantes de universidad, entre 500.00 y
700.00 pesos; el 1.8% (22,481 miles de pesos) para estímulos a coordinadores de Unidad
Territorial y Jefes de Grupo; el 1.3% (17,667.4 miles de pesos) para pago a personal
de honorarios; el 0.2% (3,190.4 miles de pesos) para personal de estructura; el 0.7%
(8,990.9 miles de pesos) para materiales y suministros; el 2.9% (37,613.6 miles de pesos)
para servicio generales; el 4.0% (50,642.0 miles de pesos) para ayudas, subsidios
y transferencias; y el 1.9% (24,193.5 miles de pesos) para bienes muebles e inmuebles.
En conclusión el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal para efecto de la
actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato”
erogó un total de 1,277,902.4 miles de pesos, y otorgó el 87.1% (1,113,123.7 miles de
pesos) en estímulos a estudiantes de bachillerato y nivel superior; el 1.8% (22.5 miles
de pesos) en estímulos a Coordinadores de Unidad Territorial y Jefes de Grupo; el 1.6%
(17,667.4 miles de pesos) para pago de personal de honorarios y estructura; el 9.5 % para
gasto corriente, lo que indicó que el 87% fue para el pago de estímulos y el 13% fue
para gastos de operación.
Recomendación APPD-103-08-61-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal establezca los
mecanismos de control y supervisión para implantar un sistema de registro que le permita
determinar la integración del costo de operar el Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí.
524 VOLUMEN 12/13
31. Resultado
Contabilidad y control en el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal
El artículo 540 del Código Financiero del Distrito Federal para 2008 establece que
“las entidades que realicen operaciones con el Registro Federal de Contribuyentes del
Gobierno del Distrito Federal, consolidarán y contabilizarán dichas operaciones en el Sector
Central, para lo cual deberán ajustarse a las disposiciones que en esta materia establece
el Código para las Dependencias y Órganos Desconcentrados”.
No obstante lo anterior, como resultado de las inconsistencias detectadas en los registros
que maneja el FEG, para controlar las operaciones derivadas del ejercicio del gasto así
como el manejo de las cuentas bancarias a su cargo, y con el fin de generar información
confiable que ayude para la toma efectiva de las decisiones administrativas se detectó la
necesidad de que el sujeto fiscalizado cuente con un sistema de contabilidad para el registro
de las operaciones.
A lo antes expuesto se suma lo derivado de la falta de papeles de trabajo o bases
de cálculo para formular el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para 2008 para la
planeación de los recursos, de que no se concluyó la transferencia total de los recursos
por parte de la SE, de la decisión de concentrar el total de los recursos en la cuenta
dispersora, de que no se recuperaron los recursos de los beneficiarios dados de baja, de
que no se contó con lineamientos específicos para llevar a cabo la dispersión de recursos,
y de que no se contó con un calendario especifico de altas y bajas.
Recomendación APPD-103-08-62-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante los
mecanismos de control y supervisión para contar con los registros contables y presupuestales
compatibles con la Administración Pública Centralizada, respecto de las operaciones que
realiza, con el propósito de facilitar la toma de decisiones, de conformidad con el Código
Financiero del Distrito Federal.
525 VOLUMEN 12/13
Calidad del Servicio
32. Resultado
Calidad de los Servicios proporcionados por el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal
En cuanto a la estructura orgánica adoptada por el Fideicomiso de Educación Garantizada
durante el período 2008, se identificó, que el Fideicomiso cuenta con un dictamen número
7/2008 vigente a partir del 1o. de mayo de 2008, en el cual se pudo constatar que dispone
de dos áreas que tienen contacto directo con los beneficiarios del Programa Estímulos para
el Bachillerato Universal, Prepa Sí: La Coordinación Ejecutiva del PREBU y la Dirección
de Atención e Información.
La Dirección de Atención e Información cuenta con un área denominada Centro de Contacto
(Contac Center), a través del cual se brinda el servicio de información especializada,
asesoría y seguimiento de acciones, vía telefónica y correo electrónico, en relación al
programa de estímulos a estudiantes de bachillerato, tanto a sus beneficiarios y al público
en general.56
Se seleccionó el área denominada Contac Center, para medir la calidad del servicio de
información, asesoría y seguimiento de acciones que ahí se brinda, ya que la solicitud
de información por parte de los beneficiarios y público en general es más recurrente que
la presentada en la Coordinación Ejecutiva del PREBU.
Del análisis al Manual del Contac Center se identificaron los siguientes mecanismos que
creó esta área para garantizar la calidad del servicio durante el 2008:
● Generó procesos de operación para la atención y seguimiento de las llamadas
telefónicas y correos electrónicos.
56 Manual del Contac Center, 3 de mayo de 2008.
526 VOLUMEN 12/13
● Creó formatos en hojas de cálculo para el registro de llamadas y correos electrónicos
captados.
● Creó documentos de información para establecer una estructura homogénea de los
datos los cuales se dividen en:
1. Incidencias Centro de Atención Prepa Sí, las cuales se refieren a:
● Registro de llamadas entrantes no referentes al PREBU.
2. “Catálogo de Preguntas y Respuestas Frecuentes”, “Catálogo de Posibles Respuestas”
y Directorio de extensiones, los cuales contiene información relacionada con lo
siguiente:
● Requisitos para la inscripción al Programa de Estímulos Para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí.
● Robo, extravío o daño de la tarjeta.
● Como proceder cuando la institución bancaria no ha depositado.
● Requerimientos para la cancelación de la tarjeta o registró en el programa.
● Directorio del personal de la Subsecretaría de Educación.
● Nombre, teléfono y correo electrónico de Coordinadores de Unidad Territorial
por plantel.
La operación del Contac Center se rige a través de un Manual de Procedimientos, en el cual
destacan el “Procedimiento de Atención a Llamadas” y “Procedimiento de Atención de Correos
Electrónicos”.
De la revisión a los procedimientos para “Atención de Llamadas Telefónicas” y “Atención
de Correos Electrónicos”, se identificó que señalan de manera clara las acciones que
deberá realizar el operador telefónico y el operador de correos electrónicos para llevar
a buen término el desahogo de la llamada o correo electrónico.
527 VOLUMEN 12/13
El proceso que realiza el operador telefónico para la Atención a Llamadas Telefónicas.57
1. La llamada telefónica se deberá recibir inmediatamente con un máximo de tres tonos
de llamada emitidos por el teléfono, evitando la desesperación por parte del beneficiario
o público en general.
2. Identificarse con la frase “Secretaría de Educación”, con un saludo acorde a la hora
utilizando un tono de voz fuerte, claro, pausado y amable, el cual permita garantizar
la cordialidad entre el operador y beneficiario o público en general.
3. Determinar si el tipo de llamada corresponde al Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí, con el propósito de identificar el formato al cual
corresponde el registro a: “Incidencias Centro de Atención Prepa Sí”, o “Registro
de Llamadas Entrantes no Referentes a Prepa Sí”.
4. Si la llamada no es referente al Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí, se le informa al beneficiario o público en general a donde llamar.
5. Se consulta el “Catálogo de Preguntas y Respuestas Frecuentes”, “Catálogo de Posibles
Respuestas” y Directorio de Extensiones con los que cuenta el Contac Center, si la
respuesta a la solicitud de información solicitada se encuentra en cualquiera de los
documentos antes mencionados, se da contestación.
6. Si la respuesta a la solicitud de información no está contenida en los documentos
antes mencionados, se requiere datos complementarios al solicitante para su ubicación,
los que a continuación se enuncian:
● Nombre de quien realiza la llamada
● Nombre del beneficiario
● Señalar si pertenece a Prepa Sí o a universitarios Sí
57 Manual del Contac Center, 3 de mayo de 2008. pp. 11-14.
528 VOLUMEN 12/13
● Institución
● Plantel
● Matrícula
● Número de tarjeta
7. Se le indica al beneficiario-ciudadano que en ese momento no es posible proporcionar
la información requerida, por lo que lo más pronto posible se le devolverá la llamada
para dar respuesta a su solicitud.
8. El operador turna la pregunta ya sea duda, queja o incidencia al área responsable
para su resolución, la cual una vez contestada la devuelve al área del Contac Center.
9. El Contac Center recibe la respuesta, y regresa la llamada al beneficiario-ciudadano
proporcionándole la respuesta obtenida.
Por su parte, el proceso que realiza el operador para la Atención a Correos Electrónicos
se sujeta a lo siguiente:
1. El operador ingresa a la dirección de correo: [email protected] ya que en
la bandeja de entrada, la cual se desplegarán los correos recientes recibidos.
2. Ingresa a cada correo recibido y registra los datos correspondientes mediante el formato
REG-EMAIL, como lo son:
● Fecha y hora de captura.
● Fecha y hora de recepción del mensaje.
● Nombre y dirección de correo del ciudadano.
● Comentario, duda, queja o incidencia.
● Tipo de comentario.
● Área a la que se turna.
529 VOLUMEN 12/13
3. Analiza el mensaje recibido e identifica el área responsable para su atención.
4. Se consulta el “Catálogo de Preguntas y Respuestas Frecuentes”, “Catálogo de Posibles
Respuestas” y Directorio de Extensiones con los que cuenta el Contac Center, si la
respuesta a la solicitud de información se encuentra en cualquiera de los documentos
antes mencionados, se da contestación.
5. Si la respuesta no está contenida en los documentos antes mencionados, turna
las dudas, quejas o incidencias, según su competencia, al área responsable para su
atención y se registra como RNC (registro no contestado).
6. Una vez resuelta la regresa al Contac Center, en ese momento el operador revisa
que la respuesta corresponda con la duda, queja o incidencia, consulta el archivo de
“Respuestas del Día” y envía mediante correo electrónico al beneficiario-ciudadano
la respuesta que le fue proporcionada.
7. Completa los datos faltantes en la base de datos: REG-EMAIL, llenando los espacios
correspondientes como:
● Fecha y hora de respuesta.
● Área que generó la respuesta.
● Nombre del responsable de la respuesta.
● Resolución.
● Fecha y hora de envío de respuesta.
● Modificación de estado.
● Observaciones de quién operó el envío de respuesta.
La diferencia más relevante que existe entre uno y otro procedimiento radica en el que las
llamadas no duran más de cinco minutos, y en caso de no contar con la respuesta
530 VOLUMEN 12/13
correcta en el momento, se regresa la llamada a más tardar en 30 minutos. Y para el caso
de la respuesta de las dudas, quejas o incidencias vía correo electrónico, quedan atendidas
el mismo día o máximo en siete días.
A fin de verificar que estos tiempos se hubieren cumplido, se revisaron y analizaron los
registros internos correspondientes a la atención de las llamadas telefónicas y correos
electrónicos efectuados durante el período enero-diciembre de 2008, estableciendo una
medida, la cual se basa en que menor número de llamadas o correos realizados por el
beneficiario-ciudadano mayor calidad, y a mayor número de llamadas o correos menor
calidad en el servicio prestado por el Fideicomiso de Educación Garantizada del Distrito
Federal.58
(Número y por cientos)
Registro de Llamadas Telefónicas recibidas durante el 2008.
Abril Mayo Junio Julio Agosto septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total
1,482 1,904 2,337 3,066 5,436 6,055 5,192 4,340 3,608 33,420
4.4% 5.7% 7.0% 9.2% 16.3% 18.1% 15.5% 13.0% 10.8% 100.0%
(Número y por cientos)
Registro de Correos Electrónicos recibidos durante el 2008.
Abril Mayo Junio Julio Agosto septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total
597 745 922 1,007 4,366 5,148 5,627 3,956 2,198 24,566
2.4% 3.0% 3.8% 4.1% 17.8% 21.0% 22.9% 16.1% 8.9% 100.0%
Como se observa en los cuadros anteriores, las llamadas telefónicas y correos electrónicos
registran un aumento que va de un 30% a un 60%, respectivamente, durante el período
abril-diciembre 2008.
58 Mediante nota informativa sin número del 29 de enero de 2010, emitida por la Dirección de Evaluación.
531 VOLUMEN 12/13
Aunado a lo anterior se identificó que el 96.0% de las llamadas telefónicas recibidas por
el Contac Center en 2008, corresponden al Programa Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, siendo que el 4.0% restante de información requerida fue relacionada
a los otros tres programas que opera el Fideicomiso de Educación Garantizada.
LLAMADAS REALIZADAS AL CONTAC CENTER EN 2008
96%
4%
PREPA SÍ Otros Programas
De los registros internos del Contac Center de las 33,420 llamadas telefónicas recibidas
durante el 2008, se identificó lo siguiente:
● Al 98.99% de los solicitantes se dio respuesta vía telefónica.
● En un 17% no se pudo localizar al beneficiario o ciudadano.
● El 0.06% quedó pendiente de llamar para posible solución.
● El 0.26% de las solicitudes registró solución pendiente por parte del área responsable.
● Al 0.50% se le cortó la llamada.
● El 0.01% corresponde a teléfono fuera de servicio.
● El 0.01% fue por teléfono equivocado.
532 VOLUMEN 12/13
Las incidencias más frecuentes para el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí, durante el ejercicio 2008 corresponden a:
INCIDENCIAS EN 2008
6% 2%
26%
62%
1% 3% 0%0%0%0%0%0%0%0%
Actualización de Promedio Cancelación Correción de DatosNo Depositó Renuncia al Estímulo Otro
Como se observa en la grafica anterior, la falta de depositó es una incidencia frecuente
ya que representa más del 50% de las incidencias presentadas durante el 2008.59
Por lo anterior se solicitó al FEG con atenta nota APP/103/08-08, del 23 de febrero de 2010,
proporcionara consultas de las dispersiones correspondientes del ciclo 2007-2008 a la fecha,
por lo cual la Coordinación Ejecutiva del PREBU, mediante nota informativa sin número,
del 10 de marzo de 2010, proporcionó 70 consultas, las cuales denotan una deficiencia en
el pago, ya que los depósitos no se realizan en un período de tiempo igual para todos los
beneficiarios.
En el análisis, se observó que las llamadas telefónicas y correos electrónicos aumentaron
de abril-diciembre un 41.0%, lo que indica que también aumentaron las incidencias en el
Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal Prepa Sí, denotando deficiencia
59 Mediante nota informativa sin número del 23 de febrero de 2010, la Coordinación Ejecutiva del PREBU proporcionó la relación
de incidencias en la s cuales se muestra que: para el período enero-diciembre de 2008 el comportamiento de las incidencias fue el siguiente: Actualización de Promedio con 584, Cancelación con 224, Corrección de datos con 2,527, No Depósito con 6,147, Renuncia al Estímulo con 297.
533 VOLUMEN 12/13
en la calidad del servicio prestado por el operado en el área del Contac Center del
Fideicomiso de Educación Garantizada.
Asimismo, se identificó que los porcentajes de respuestas proporcionadas por el área
del Contac Center, no permiten evaluar la calidad con que el operador solucionó la duda,
queja o incidencia que el beneficiario o ciudadano le expuso.
Para constatar el funcionamiento de los mecanismos de supervisión y verificación que
el área del Contac Center ejecuta para monitorear que los operadores lleven a cabo el
proceso para la atención de las llamadas telefónicas, se efectúo una visita al FEG el día
11 de febrero de 2010, en la cual la Directora encargada del área informó que cuentan
con un sistema de software el cual permite monitorear visualmente, por medio de una
computadora, qué acción se encuentra realizando cada operador, este monitoreo también
puede ser auditivamente, lo que permite verificar que el trato y la información proporcionada
al beneficiario fue de calidad y de su completa satisfacción.
Sin embargo, las tareas de monitoreo (supervisión) no se realizan durante todo el horario de
labores y todos los días en que operan el Contac Center, ya que el personal encargado
de estas funciones también da cumplimiento a otras obligaciones.
Se concluye, que el Fideicomiso de Educación Garantizada no cuenta con un mecanismo
eficiente el cual permita monitorear que los servicios proporcionados por el operador
telefónico se realizaron de conformidad con lo establecido en los procedimientos del área
del Contac Center durante el 2008, los cuales se encuentran contenidos en el Manual
Administrativo del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, el cual careció
de dictaminación y registro de dicho documento por parte de la Coordinación General de
Modernización Administrativa, denotando una deficiencia de control en los servicios
realizados al beneficiario o ciudadano.
Aunado a lo anterior, los depósitos realizados a los beneficiarios del programa, no se realizan
en un período de tiempo igual para todos los beneficiarios, denotando deficiencias de
control interno en las áreas encargadas de verificar:
534 VOLUMEN 12/13
● Que los datos de cada beneficiario estén correctos.
● Que la base de datos se encuentre actualizada cada mes.
● Que el depósito se realice en tiempo y forma.
● Que exista comunicación entre las áreas responsables.
Por lo anterior, se concluye que la calidad en los servicios proporcionados por el Fideicomiso
de Educación Garantizada es deficiente ya que las llamadas y correos electrónicos
aumentan denotando la existencia de más incidencias en el Programa de Estímulos para
el Bachillerato Universal, Prepa Sí.60
De las incidencias presentadas durante el 2008 se concluye que el programa presentó
deficiencias en su operación, ya que el proceso en el depósito del estímulo no cuenta con
la calidad suficiente para que éste se realice en tiempo y forma adecuada, para que el
beneficiario disponga de su apoyo económico utilizándolo para fines escolares.
Con motivo de la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2010, el Fideicomiso
proporcionó el oficio núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010, anexado a este
la nota sin número, de fecha 17 de mayo de 2010, mediante la cual la Directora de Atención
e Información informó que “… ciertamente el incremento de las llamadas telefónicas y
correos electrónicos obedecen a consultas, aclaración de dudas, comentarios y quejas
previo, durante y después del período de inscripciones y/o reinscripciones de beneficiarios
y así como del público en general sobre el Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal principalmente; las llamadas telefónicas y correos electrónicos no generan
precisamente una incidencia, son llamadas o correos recibidos de posibles candidatos,
o nuevos beneficiarios o ciudadanía que desean conocer o consultar o aclarar o exponer
con relación al PREBU […]. También cabe señalar que es cierto que existen períodos en
que el incremento de las llamadas telefónicas y correos repunta, por los motivos arriba
señalados, lo que demuestra que los beneficiarios y no beneficiarios tienen la confianza
de continuar utilizando estos medios para realizar sus solicitudes de información, aclaraciones,
60 Información proporcionada mediante la nota informativa sin número del 29 de enero de 2010, emitida por la Dirección de
Evaluación, la cual esta referida en la página 138 del presente resultado.
535 VOLUMEN 12/13
quejas/reclamaciones y comentarios […] realizar la consulta sobre el depositó del estímulo
y evitar ir al cajero automático o conocer el tramite a seguir para la corrección del promedio”.
Asimismo, señaló: “Los mecanismos de monitoreo con que contamos no son óptimos,
si permiten conocer las acciones de los operadores, y establecer los controles en los
servicios proporcionados […] es importante señalar que se cumple con lo establecido en
los procedimientos del Contac Center, a pesar de no contar con procesos sistematizados
para el monitoreo…” No obstante, la información proporcionada no cuenta con documentación
soporte que permita corroborar lo antes señalado referente a las llamadas telefónicas
y correos electrónicos, de igual forma se confirma que el Contac Center no cuentan
con procesos sistematizados para el monitoreo que permitan conocer las acciones de los
operadores, por lo expuesto el presente resultado no se modifica.
Recomendación APPD-103-08-63-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante
mecanismos de control que le permitan garantizar que la dispersión de los estímulos del
Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, se realice en tiempo
y forma, a fin de no afectar el objetivo de que los alumnos no abandonen sus estudios por
falta de recursos económicos, de conformidad con las reglas de operación del programa.
Recomendación APPD-103-08-64-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, a través del área
del Contac Center, capacite a sus operadores telefónicos en técnicas enfocadas al servicio y
atención al beneficiario del Programa Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí,
y público en general y dar cumplimiento a la finalidad del Manual de Contac Center, que es
la de uniformar y controlar el cumplimiento de las rutinas de trabajo y evitar su alteración
arbitraria.
Recomendación APPD-103-08-65-FEG
Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, a través del
el área del Contac Center, implemente procesos sistematizados para el monitoreo de los
operadores telefónicos que colaboran en el Programa de Estímulos para el Bachillerato
536 VOLUMEN 12/13
Universal, Prepa Sí, y público en general y dar cumplimiento con la finalidad del Manual
de Contac Center, que es la de uniformar y controlar el cumplimiento de las rutinas de
trabajo y evitar su alteración arbitraria.
33. Resultado
Manual de Procedimientos del Área de Contac Center
El Contac Center es un centro dedicado a la atención vía telefónica con un fin común,
ya que el principal objetivo es el manejo individualizado de relaciones con los beneficiarios
y comunidad en general, esto a través de un sistema de servicios integrados de comunicación
telefónica el cual debe regirse dentro de un marco de honestidad y ética profesional
permanente que les brinde a los beneficiarios de manera oportuna, clara y confiable
información, soluciones y asesoría referente a áreas y programas relacionados al Fideicomiso
de Educación.
La operación del Contac Center se sustentó en su Manual de Operaciones, respecto del
cual se identificó que tiene su origen a partir de que aumentó la demanda de información
sobre el Programa de Estímulos Para el Bachillerato Universal, Prepa Sí. Para verificar
lo relativo a su autorización, se solicitó al FEG mediante atenta nota APP/103/08-15,
del 6 de abril del 2010, indicara la fecha en que se autorizó el Manual del Procedimientos
del Contac Center, a lo cual el Subdirector de Recursos Financieros con nota informativa,
sin número, del 9 de abril de 2010 informó: “…a la fecha no ha sido autorizado el manual
Administrativo del Fideicomiso de Educación Garantizada, en el cual vienen los procedimientos
del Contac Center…”.
Se identificó que el Contac Center se creó debido al aumento en la demanda de información
y la necesidad de orientar a la ciudadanía sobre los programas que opera el Fideicomiso
de Educación Garantizada del Distrito Federal.61
El Contac Center inició actividades el 1o. de abril de 2008, y brinda atención a través del correo
electrónico www.prepasi.df.gob.mx y del número telefónico 01-800-27737274 (Prepa Sí).
61 Programas que opera el Fideicomiso de Educación Garantizada: Va Seguro, Niños Talento, Educación Garantizada y Estímulos
para el Bachillerato Universal.
537 VOLUMEN 12/13
Durante el ejercicio 2008 la operación del Contac Center estuvo a cargo de un Director de
Área, tres Supervisores y 28 operadores encargados de registrar los correos electrónicos
y las llamadas telefónicas recibidas a través del centro telefónico y dar oportunamente
respuesta a los comentarios, dudas y quejas de la ciudadanía generadas con relación a
los programas del FEG durante este período. Asimismo, se identificó que los operadores
deben cumplir con las siguientes funciones y actividades:
Actividades Habilidades
• Llenar el formato: de Incidencias. • Llenar formato de registro de llamadas
entrantes no referentes. • Resolución de problemas. • Responder preguntas. • Hacer preguntas y recopilar información. • Accesar archivos de datos.
• Escuchar y responder mientras se captura la información.
• Presentación de los servicios de una forma profesional.
• Accesar información en un sistema automatizado.
• Entregar mensajes clara y concisamente. • Seguimiento de políticas y procedimientos. • Hacer preguntas apropiadas.
FUENTE: Manual de Procedimientos del Contac Center.
Asimismo, mediante nota informativa sin número de fecha 23 de febrero de 2010, la Dirección
de Atención e Información informó que: los métodos que utilizaron dentro del Contac Center
para garantizar la calidad del servicio durante el ciclo escolar 2007-2008 y 2008-2009 “fue
la elaboración de Catálogos de Preguntas Frecuentes y Respuestas Frecuentes así como
el Manual de Operaciones…”.
Se identificó que la finalidad de crear el Manual, es la de uniformar y controlar el
cumplimiento de las rutinas de trabajo y evitar su arbitraria responsabilidad por fallas
o errores; la evaluación del control interno y su vigilancia; que tanto los operadoras como
supervisores y la dirección de Contac Center conozcan si el trabajo se está realizando
adecuadamente.
Al respecto, se identificaron los siguientes conceptos:
Duda. Es la información que requiere el beneficiario o ciudadano en relación al Programa
de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, (como los requisitos que se
necesitan para poder ingresar al programa, fecha de inscripción al Programa, etc.).
538 VOLUMEN 12/13
Queja. Es el proceso que efectúa el beneficiario o ciudadano por una inconformidad con el
Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, el cual se realiza
ante una autoridad competente.
Incidencia. Acontecimiento que afecta el proceso dentro del Programa de Estímulos para
el Bachillerato Universal, Prepa Sí.
De acuerdo al Manual de Procedimientos del Contac Center las incidencias pueden
referirse a los siguientes conceptos:
● Falta de depósito en tarjeta única.
● Actualización de promedio.
● Asignación y/o dispersión de tarjeta única.
● Asignación y/o dispersión de tarjeta de reposición.
● Depósito de tarjeta anterior.
● Activación por otra beca.
● Domicilio fuera del D.F.
● Elaboración de carta Banorte.
● Renuncia al estímulo.
● Cambio de plantel y/o institución.
● Actualización de datos personales.
Cabe señalar que para garantizar la calidad en las respuestas a las llamadas telefónicas
y correos electrónicos, el Contac Center creó el “Catalogó de Preguntas Frecuentes y
Respuestas Frecuentes”, con la finalidad establecer una estructura homogénea de datos
para brindar una atención oportuna al beneficiario y ciudadano.
539 VOLUMEN 12/13
Para verificar que el Contac Center se apegó a su Manual de Procedimientos cumpliendo
con los procesos establecidos para el tiempo de respuesta, se solicitó al Fideicomiso de
Educación Garantizada mediante atenta nota número APP/103/08-4 los registros internos
de las acciones de monitoreo y evaluación dentro del proceso de atención a llamadas
y correos electrónicos, la Dirección de Evaluación mediante nota informativa sin número,
de fecha 29 de enero del presente año, proporciono lo siguiente:
% De respuesta a las incidencias de llamadas telefónicas
% De respuestas a las incidencias de correos electrónicos
Mes Total Total de respuestas
% de respuestas
Mes Total Total de respuestas
% de respuestas
Abril 1,482 1,175 79.28 Abril 597 540 90.45 Mayo 1,904 1,783 93.64 Mayo 745 713 95.70 Junio 2,337 1,940 83.01 Junio 922 884 95.87 Julio 3,066 2,708 88.32 Julio 1,002 988 98.60 Agosto 5,436 5,287 97.25 Agosto 4,366 4,252 97.38 Septiembre 6,055 5,996 99.01 Septiembre 5,148 4,742 92.11 Octubre 5,192 5,150 99.19 Octubre 5,627 5,174 91.94 Noviembre 4,340 4,287 98.77 Noviembre 3,956 3,678 92.97 Diciembre 3,608 3,579 99.19 Diciembre 2,198 2,024 92.08 Total 33,420 31,905 95.46 Total 24,566 22,995 93.62
De las tablas anteriores se identificó que se recibieron más llamadas telefónicas que
correos electrónicos durante el 2008, correspondientes al Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí, ya que el total de registros llamadas telefónicas durante
el 2008 fue de 33,420 y el total de registros de correos electrónicos durante 2008 fue de
24,566.
Opciones Llamadas %
Llamadas Programa Prepa Sí 33,420 57.6
Correos electrónicos 24,566 42.4
Total 57,986 100.0
De lo anterior se identificó que el personal encargado de los registros de llamadas y correos
electrónicos, responden, clasifican y canalizan las llamadas y correos de los beneficiarios
del Programa de Estímulos Para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, basándose en lo
establecido por el Manual de procedimientos del Contac Center, con la finalidad de unificar
y controlar la información requerida por los beneficiarios.
540 VOLUMEN 12/13
Sin embargo, los registros proporcionados por el Contac Center no son suficientes para
determinar si las respuestas proporcionadas a las incidencias, quejas y dudas de llamadas
telefónicas y de correos electrónicos fueron a satisfacción para la persona que realizó
la llamada telefónica o envió el correo electrónico.
De lo anterior se concluye que el Fideicomiso de Educación Garantizada, en su área del
Contac Center, no cuenta con mecanismos suficientes que permita monitorear y supervisar
la calidad con que realizan sus funciones los operadores en la atención de llamadas
telefónicas y correos electrónicos.
En reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2010, el Fideicomiso proporcionó
el oficio núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010, anexado a este la Nota sin
número, del fecha 17 de mayo de 2010, mediante la cual la Directora de Atención e
Información informó que “La supervisión y los mecanismos de monitoreo permiten
conocer las acciones de los operadores, las cuales se realizan con eficiencia, ya que los
beneficiarios y ciudadanía en general prefiere y continúa efectuando llamadas y enviando
correos electrónicos para establecer una comunicación y realizar sus solicitudes de
información, aclaraciones, quejas/reclamaciones y comentarios”. No obstante, la información
antes expuesta es contradictoria ya que el Fideicomiso de Educación Garantizada informó
que no cuenta con un proceso sistematizado para el monitoreo, asimismo, el aumento de
llamadas y correos electrónicos por parte de los beneficiarios o ciudadanía en general no
es un parámetro que permita conocer la eficiencia de los operadores del Contac Center,
por lo expuesto el presente resultado no se modifica.
Percepción del Beneficiario
34. Resultado
Encuestas de Percepción a los Beneficiarios del Programa de Estímulos de Bachillerato Universal
Con el fin de conocer la percepción que tienen los estudiantes beneficiarios del Programa de
Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, se llevó a cabo la aplicación de encuestas,
para lo cual se calculó una muestra mediante el método estadístico, denominado muestreo
conglomerado.
541 VOLUMEN 12/13
Técnica: Muestreo Conglomerado62
Primer Conglomerado: Se determinó por el número de beneficiarios registrados en el
Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, como meta física alcanzada
en el informe de Cuenta Pública del Fideicomiso de Educación Garantizada en la actividad
institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato”.
Segundo Conglomerado: Por la selección de las Instituciones Educativas (planteles),
distribuidos en las 16 Delegaciones del Distrito Federal, con mayor número de beneficiarios,
a los cuales se les otorgó el estímulo económico durante el ejercicio 2008.
Universo: 216,471 beneficiarios (Determinado por Delegación durante el ciclo 2008)
Tasa de error esperado: No mayor al 2%
Error tolerable: 5%
Intervalo de precisión: 1.5%
Nivel de confianza: 95.0%
Tamaño de la muestra: 334
Delegación Beneficiarios % Número de instrumentos
Álvaro Obregón 15,173 7.0 23 Azcapotzalco 11,325 5.2 17 Benito Juárez 4,526 2.1 7 Coyoacan 15,803 7.3 24 Cuajimalpa 4,158 1.9 7 Cuauhtemoc 10,953 5.1 17 Gustavo A. Madero 30,167 13.9 47 Iztacalco 11,586 5.3 18 Iztapalapa 47,200 21.8 73 Magdalena Contreras 6,107 2.8 9 Miguel Hidalgo 5,897 2.7 9 Milpa Alta 4,068 1.9 6 Tlahuac 10,097 4.7 16 Tlalpan 14,845 6.9 23 Venustiano Carranza 11,883 5.5 18 Xochimilco 012,683 5.9 20 Total 216,471 100.0 334
62 Muestreo Conglomerado.- Es una técnica usada principalmente cuando la población tiene la característica de que existen
unidades elementales, esto quiere decir que son sus características son muy homogéneas al interior.
542 VOLUMEN 12/13
La encuesta se integró con un apartado de datos personales y 36 preguntas de las cuales
9 fueron abiertas, 19 con opción múltiple y 8 de opción múltiple con posibilidad de aclaración
de motivos. Los cuestionarios fueron orientados a evaluar los siguientes aspectos:
● Conocer el perfil del estudiante.
● La calidad con la que opera el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,
Prepa Sí.
● El conocimiento que tienen los beneficiarios respecto del Programa Estímulos para
el Bachillerato Universal, Prepa Sí.
● La percepción de los beneficiarios sobre el estímulo que otorga el programa.
● La opinión de los beneficiarios sobre las soluciones a las incidencias y dudas
correspondientes al programa.
● Conocer el desempeño académico de los beneficiarios.
1. De los resultados en relación al perfil del estudiante se determinó lo siguiente:
● Se observa que la edad del 97.0% de los estudiantes beneficiarios del Programa
de Estímulos Para el Bachillerato Universal, Prepa Sí es de 15 a 20 años, en tanto
que el 3.0% restante cuenta con una edad de 20 y más años.
● El mayor número de beneficiarios 32.0% se encuentran cursando el 4o. semestre
de bachillerato, el 13.0% cursa el primer semestre y el 14.0% se ubica en el último
semestre.
● La distribución de las encuestas realizadas se integró de la siguiente forma:
Institución Estudiantes % Bachilleres 68 20.4 CECyT 80 23.9 Conalep 58 17.4 CCH 101 30.2 Preparatoria 17 5.1 CETIS 10 3.0 Total 334 100.0
543 VOLUMEN 12/13
2. En cuanto a la calidad con la que opera el Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, los resultados demostraron lo siguiente:
● El tiempo de entrega de la tarjeta electrónica a los beneficiarios fue de 1 a 30 días
en un 51.0% de los casos, de 1 a 90 días en un 38.0% de los casos, y de 1 a 150
días en 7.0 % de los casos.
● El 49% de los estudiantes encuestados consideran que el depósito del estímulo
en la tarjeta se realiza extemporáneamente contra el 35.0% de los beneficiarios
que consideran que éste se realiza a tiempo.
● Un 88.0% de los beneficiarios encuestados contestaron que el tiempo trascurrido
entre un depósito y otro demora entre 1 y 60 días. Para un 60% ésta demora
fue entre 1 y 120 días.
● El 66.0% señaló que el monto del estímulo depositado corresponde a su promedio
de calificaciones, el 27% contestó que el importe depositado algunas veces
corresponde con su promedio, mientras que el 4.0% señaló que nunca coincide
el importe de su estímulo con el promedio de sus calificaciones.
3. Conocimiento que tienen los beneficiarios respecto del Programa de Estímulos para
el Bachillerato Universal “Prepa Sí”.
● De los 334 beneficiarios encuestados el 97.0% identifican al programa que
les otorga los estímulos como “Prepa Sí”, en tanto que el 1.0% lo conoce como
“PREBU”.
● De los cinco requisitos para ser beneficiario del Programa Estímulos para el
Bachillerato Universal, los encuestados mostraron conocer en 36.0% el “Estar
inscrito en una escuela del Distrito Federal”, un 30.0% conoce “Realizar actividades
en comunidad”. El requisito que menos mostraron conocer, con el 1.0% es el de
“No contar con otra beca”.
544 VOLUMEN 12/13
Requisitos Alumnos %
Presentar certificado de secundaria o tira de materias 20 5.5 Estar inscrito es una escuela del D.F. 133 36.4 Vivir en el D.F. 98 26.9 No contar con otra beca 4 1.1 Realizar actividades comunitarias 110 30.1 Total 365 100.0
NOTA: La diferencia que existe en los totales es que de los 334 estudiantes que respondieron, algunos contestaron más de una opción.
● En lo que corresponde a los requisitos de permanencia en el Programa de Estímulos
para el Bachillerato Universal, el que más mostraron conocer con un 58.1% es el
correspondiente a “Realizar actividades en comunidad”, seguido con un 32.1% de
“Continuar inscritos en una escuela del Distrito Federal; el que menos se conoce
con un 3.3% es “No contar con otra beca”.
Requisitos Alumnos %
Continuar inscritos en una escuela del D.F. 107 32.1 Seguir viviendo en el D.F. 22 6.5 No contar con otra beca 11 3.3 Realizar actividades comunitarias 194 58.1 Total 334 100.0
● En relación al conocimiento que tienen los estudiantes sobre los beneficios
adicionales con que cuenta el Programa, el 72.0% no conocen o no saben de la
existencia de ellos, contra el 25.0% que “Sí” conoce los beneficios adicionales.
● El 79.0% señaló conocer el monto del estímulo que le corresponde según su
promedio de calificaciones, el 18.0% no lo sabe.
● El 49.0% de los beneficiarios encuestados no conoce el día que deben depositar
su estímulo, contra el 48.0% que si conoce el día.
● De las encuestas realizadas se identificó que el 52.0% de los estudiantes no
saben a donde acudir si se les presenta alguna duda o problema con el Programa
de Estímulos para el Bachillerato Universal, en el cual se encuentran inscritos,
contra el 44.0% que si sabe a donde acudir.
545 VOLUMEN 12/13
● Se verificó que el 82.0% de los beneficiarios del Programa no conocen el Contac
Center.
4. Percepción de los beneficiarios sobre el estímulo que otorga el programa.
● El 62.6% de los beneficiarios encuestados consideran que el Programa de Estímulos
de Bachillerato Universa l, Prepa Sí, es “Bueno”.
● El 51.0% de los encuestados señaló que el Programa les ha “beneficiado mucho”.
● El 44.6% de los beneficiarios del Programa de Estímulos Para el Bachillerato
Universal, Prepa Sí, señaló que el estímulo proporcionado les ha ayudado para la
compra de materiales escolares como se muestra a continuación:
Opciones Alumnos %
Para mis estudios 124 37.1 Para ayudar a mis padres 34 10.2 Para la compra de materiales escolares 149 44.6 No respondieron 27 8.1 Total 334 100.0
● De los 334 beneficiarios encuestados el 53.0% considera que su nivel académico
es mejor desde que son beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato
Universal, “Prepa Sí”, contra el 29.0% que señaló que su nivel académico se
mantiene igual.
5. La opinión de los beneficiarios sobre las soluciones correspondientes al programa.
● De los estudiantes encuestados, el 31.0% ha tenido algún problema con el depósito
en su tarjeta, de este porcentaje el 70.0% indica que “el depositó no es a tiempo”.
● El 43.0% de los beneficiarios encuestados consideran que la solución a dudas,
quejas e incidencias es regular, contra el 15.0% de los beneficiarios que consideran
que esta solución es mala.
546 VOLUMEN 12/13
● Se identificó que al 27.2% de los beneficiarios encuestados que tuvieron alguna
duda e incidencia, el tiempo promedio que tardó el FEG en proporcionar solución
a duda e incidencia sobre el programa fue en el rango de días como se muestra
en seguida:
Opciones Alumnos % Horas 70 21.0 Días 91 27.2 Semana 45 13.5 Meses 43 12.9 No respondieron 85 25.4 Total 334 100.0
● De los 334 beneficiarios encuestados, el 37.0% consideran que el trato del personal
que resolvió sus duda, queja o incidencia fue buena, seguido del 31.0% que
contestó que el trato fue regular, mientras que el 8.0% lo señaló de malo.
6. Conocer el desempeño académico de los beneficiarios.
● El 35% de los estudiantes encuestados señaló que tenían un promedio académico
entre 6 y 7 antes de contar con el estímulo económico, este porcentaje aumentó
al 36% de alumnos de promedio 6 y 7 a partir de que cuentan con el estímulo.
Nivel académico de los estudiantes antes de ser beneficiarios del Programa
35%
58%
2% 5%
6 a 7 8 a 9 10 No respondieron
547 VOLUMEN 12/13
Nivel académico de los encuestados como beneficiarios del Programa
36%
58%
1% 5%
6 a 7 8 a 9 10 No respondieron
A decir de los alumnos encuestados, la evolución de su desempeño académico, medido
por calificaciones mostró lo siguiente:
Promedios Delegación
Aumento Bajo Igual No respondieron
1 Álvaro Obregón 2 7 13 1 2 Azcapotzalco 3 6 8 3 Benito Juárez 1 6 4 Coyoacan 5 1 15 3 5 Cuajimalpa 1 5 1 6 Cuauhtemoc 5 1 11 1 7 Gustavo A. Madero 5 12 29 1 8 Iztacalco 4 1 13 9 Iztapalapa 7 11 47 8 10 Magdalena Contreras 1 8 11 Miguel Hidalgo 3 6 12 Milpa Alta 5 1 13 Tlahuac 4 3 9 14 Tlalpan 4 2 16 1 15 Venustiano Carranza 1 3 13 16 Xochimilco 3 2 15 Total 44 54 219 17
Del cuadro anterior se determinaron los siguientes porcentajes:
Opciones Alumnos %
Aumento 44 13.2 Bajo 54 16.2 Igual 219 65.6 No respondieron 17 5.0 Total 334 100.0
548 VOLUMEN 12/13
Del análisis a los resultados de las encuestas realizadas a los estudiantes de Nivel Medio
Superior residentes y que estudian en una escuela pública en el Distrito Federal, inscritos
en el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, se concluye que el
estímulo otorgado a los beneficiarios de ese programa les ha generado como beneficio contar
con un apoyo económico para la compra de libros, útiles escolares, pagos de transporte,
pago de inscripciones, recreación y entretenimiento.
Las reglas de operación utilizadas por el Fideicomiso de Educación Garantizada durante
los ciclos escolares 2007-2008 y 2008-2009 no obligan o condicionan que los estímulos
económicos otorgados se utilicen de manera exclusiva para fines educativos.
En lo correspondiente a la operación del programa a cargo del FEG no contó en 2008 con
estándares o parámetros de operación que permitieran garantizar al beneficiario los
siguientes puntos:
● Una entrega oportuna de tarjetas para la recepción de los estímulos económicos.
● Que el depósito se realice en una sola fecha para el total de sus beneficiarios.
● Información oportuna para el beneficiario.
También se concluye que el FEG no difundió en el 2008, de manera amplia y suficiente la
información correspondiente a la operación del Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal, Prepa Sí, como sucede con las funciones de Coordinador de
Unidad Territorial y Jefe de Grupo”, las cuales son asignadas de manera discrecional a
algunos de los beneficiarios de este programa, ya que no existe evidencia de que el FEG
haya normado o determinado criterios transparentes y de fácil acceso para que todos los
alumnos que así lo deseen puedan acceder a alguna de estas dos formas de participación
en dicho programa.
En reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2010, el Fideicomiso proporcionó
el oficio núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010, anexando los oficios
No. VQZ.SE.145/09, de fecha 30 de abril de 2009 y No.VQZ.SE.159/09, del 21 de mayo
de 2009; atenta invitación sin número ni fecha, la cual contiene una breve explicación
549 VOLUMEN 12/13
del curso-taller de Metodología de Marco Lógico para la construcción de las Matrices de
Indicadores de Resultados y tres hojas con la firma del personal que acudió al curso-taller;
Convenio Núm. SE/002/2009, el cual se realizó entre el CONEVAL y EL FEG; copia de la
Evaluación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal Prepa Sí y la nota
sin número, del 21 de mayo de 2010, mediante la cual el Coordinador Ejecutivo del PREBU
informó que: “En virtud de la encuesta realizada con el fin de medir la percepción de los
beneficiarios del Programa Estímulos para el Bachillerato Universal Prepa Sí. Por ello
consideramos necesarias hacer las siguientes puntualizaciones ya que el período de estudio
de la encuesta de percepción de los beneficiarios del Programa de Estímulos para el
Bachillerato Universal, corresponde al año fiscal 2008 (enero-diciembre), siendo realizada
en un período posterior, por lo que los alumnos seleccionados para dicho ejercicio tienen una
percepción distinta a la de hace dos años, sesgando las opciones aquí vertidas y además
consideran a los ciclos escolares, 2007-2008 y 2008-2009”.
Asimismo, señaló lo siguiente:
“La metodología de estimación de la muestra por conglomerados no es normalmente
utilizada para este tipo de poblaciones [...]
”El análisis presentado no anexa la encuesta aplicada, lo que dificulta el análisis de la
objetividad con que se hacen las preguntas y las categorías u opciones de respuesta
utilizadas. […]
”Calidad de operación: En cuanto al tiempo de entrega de la tarjeta, […] los rangos
presentados para responder la pregunta son ambiguos.
”Los rangos utilizados para estratificar las calificaciones de los beneficiarios no corresponden
a los rangos para la dispersión que utiliza el Programa […]
”Se anexa documento final de la Evaluación del Programa Estímulos para el Bachillerato
Universal Prepa Sí, […] que vierte el impacto social y económico del Programa, incluyendo el
grado de satisfacción de los beneficiarios.
”Consideramos importante resaltar que los resultados obtenidos por este estudio […] que
los porcentajes determinados son favorables al Programa PREBU Prepa Sí, […]
550 VOLUMEN 12/13
”El Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal Prepa Sí, no puede condicionar
el uso exclusivo de los recursos para fines de calidad educativa ya que el objetivo
principal del Programa es evitar la deserción escolar […]
”La evaluación de impacto permitió generar dichos estándares e indicadores, mismos que
no podían existir en el primer año de operación del Programa…”
Al respecto, en efecto la encuesta se realizó en 2010 sin embargo, de los 334 beneficiarios
encuestados cursan del 1o. a 6o. semestre, esta encuesta se realizó en anonimato para
que los alumnos contestaran sin miedo a represalias, las encuestas demuestran que el
programa es bueno ya que es una ayuda monetaria, no obstante el beneficiario identifica
al programa como deficiente ya que el tiempo en entregar la tarjeta es muy lento, no
tienen información suficiente del programa y el estímulo no es depositado en tiempo
y forma, lo cual indica que el programa no está cumpliendo con su principal objetivo que
es el de disminuir la deserción por falta de recursos económicos. Por lo expuesto el
presente resultado no se modifica.
Recomendación APPD-103-08-66-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, por medio
de la Coordinación Ejecutiva del PREBU implante medidas de control para garantizar
que el padrón de beneficiarios, se actualice considerando la información que proporcione
el Enlace Institucional.
Recomendación APPD-103-08-67-FEG
Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, por conducto
de la Coordinación Ejecutiva de PREBU, implante mecanismos de control para garantizar
que la entrega de tarjetas electrónicas a los nuevos beneficiarios del Programa de Estímulos
para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, así como la reposición para aquellos beneficiarios
que así lo requieran se realice en tiempo y forma a fin de no afectar el objetivo de que los
alumnos no abandonen sus estudios por falta de recursos económicos, de conformidad
con las reglas de operación del programa.