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RESULTADOS DE AUDITORÍAS DE DESEMPEÑO Y ESPECIAL VI

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RESULTADOS DE AUDITORÍAS DE DESEMPEÑO Y ESPECIAL

VI

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VI.1. ANTECEDENTES

Durante el ejercicio fiscal de 2008, en los programas que integran los siete ejes

estratégicos del Gobierno del Distrito Federal se ejercieron 120,266.1 millones de pesos,

monto superior en 13.1% (13,913.3 millones de pesos) al presupuesto original consignado

en la Cuenta Pública.

De acuerdo con lo reportado en la Cuenta Pública, la variación la explican tanto los

programas prioritarios como los programas no prioritarios; los prioritarios superaron

en 16.3% (11,077.1 millones de pesos) su presupuesto original, mientras que los programas

no prioritarios superaron en 7.4% (2,836.2 millones de pesos) sus recursos autorizados.

Entre los programas prioritarios, destacaron por superar su presupuesto original

el 08 “Seguridad Pública” y el 20 “Provisión de Servicios e Infraestructura Urbanos”,

ya que entre ambos determinaron el 54.5% (6,039.2 millones de pesos) de la variación

absoluta de esta categoría de programas.

En la categoría de los programas no prioritarios, sobresalieron por superar el presupuesto

original los Programas 13 “Desarrollo y Asistencia Social”, 15 “Prestaciones y Servicios de

Seguridad Social” y 19 “Cultura, Esparcimiento y Deporte”, que en conjunto determinaron

el 72.3% (2,050.3 millones de pesos) de la variación absoluta que se reportó en dicha

categoría.

El mayor gasto se registró en todos los ejes estratégicos, entre los que destacan “Seguridad

y Justicia Expedita”, “Equidad”, “Nuevo Orden Urbano: Servicios Eficientes y Calidad de Vida

para Todos” y “Desarrollo Sustentable y de Largo Plazo”, en los cuales se erogó el 76.9%

(92,474.9 millones de pesos) del gasto y se originó el 87.3% (12,139.4 millones de pesos)

de la variación absoluta.

Como parte de la revisión de la Cuenta Pública de 2008, se realizaron cuatro auditorías

de desempeño y una especial, a fin de corroborar si las URG del Gobierno del Distrito

Federal aplicaron los recursos públicos de acuerdo con los programas aprobados en

el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal de 2008, si enfocaron sus actividades

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institucionales al cumplimiento de los objetivos y metas establecidos para dicho ejercicio

fiscal, y si sus actividades fueron congruentes con lo establecido en el Programa General

de Desarrollo del Distrito Federal, 2007-2012.

Con base en el PGA, se efectuaron auditorías de desempeño en relación con los Programas

12 “Igualdad de Género”, bajo la responsabilidad de la PGJDF, respecto de la atención

especializada a menores y mujeres detenidos o víctimas del delito; 13 “Desarrollo

y Asistencia Social”, a cargo de la SDS, por lo que corresponde al otorgamiento de

servicios y ayudas a la ciudadanía del Distrito Federal en condiciones de vulnerabilidad,

particularmente a los adultos mayores; 17 “Educación”, que ejecutan la Secretaría

de Educación (SE) y el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal (FEG),

respecto del otorgamiento de estímulos a alumnos de bachillerato inscritos en escuelas

públicas; y 08 “Seguridad Pública”, a cargo de la SSP, en lo referente a las acciones de

apoyo a la seguridad pública, la operación del sistema de videovigilancia, la prestación

de servicios de control y apoyo vial, y la supervisión y evaluación de la actuación policial.

La auditoría especial se efectuó a las 16 Delegaciones y a la SF, en lo que respecta

a las erogaciones realizadas de manera centralizada por cuenta de los órganos político-

administrativos, es decir, con cargo a sus presupuestos durante el ejercicio fiscal de 2008.

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VI.1.1. AUDITORÍAS DE DESEMPEÑO

VI.1.1.1. PROGRAMA 08 “SEGURIDAD PÚBLICA” (SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA)

Auditoría APPD/102/08

ANTECEDENTES

La revisión se realizó conforme a las facultades establecidas por la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 74, fracciones IV y VI, y 122, apartado C,

base primera, fracción V, inciso c), primer párrafo, que versa sobre la atribución que tiene

la Asamblea Legislativa del Distrito Federal respecto de la revisión de la Cuenta Pública;

el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal en sus artículos 42, fracción XIX, y 43; la Ley

Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en su artículo 10, fracción VI; la

Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito

Federal en sus artículos 2o., fracción IX, 3o., 8o., fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX y XIII, y 28;

y el Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal en sus artículos 1o., 13 y 14.

En la revisión de la Cuenta Pública de 2007 se incluyó por primera vez a la Secretaría

de Seguridad Pública (SSP) para la realización de una auditoría al desempeño, en la que

se analizó el Programa 07 “Seguridad Pública”, específicamente la actividad institucional

06 “Establecer acciones de vigilancia, seguridad y patrullaje en coordinación con la

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.”, con la finalidad de verificar

la congruencia de sus acciones con las prioridades en materia de vigilancia, seguridad

y patrullaje para salvaguardar la integridad física y patrimonial de la población; la eficacia

con que cumplió el objetivo de dichas acciones en coordinación con la Procuraduría

General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF); la eficiencia con que se llevaron a cabo

las acciones de vigilancia, seguridad y patrullaje; y la economía con que la Secretaría

aplicó los recursos para el efecto.

Con la finalidad de darle cobertura y abarcar otros aspectos sustantivos distintos a los

revisados en la Cuenta Pública de 2007, para la Cuenta Pública de 2008, se seleccionó

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para su revisión el mismo Programa “Seguridad Pública”; el cual, con la nueva estructura

programática, se identificó como Programa 08. Para ello, se seleccionaron las actividades

institucionales 02 “Realizar acciones de apoyo a la seguridad pública”, 05 “Operar el sistema

de videovigilancia”, 07 “Brindar servicios de control y apoyo vial” y 12 “Realizar la supervisión

y evaluación de la actuación policial”, por tratarse de actividades orientadas a brindar un

servicio público, a garantizar la integridad física y patrimonial de la ciudadanía y por las

variaciones registradas en el avance físico y financiero de las metas.

Para el cumplimiento de sus objetivos, a la SSP le fue autorizado un techo presupuestal

de 8,551,619.9 miles de pesos, que se aplicaron en los nueve programas que dicha

dependencia desarrolló durante 2008.1 Al cierre del ejercicio, en términos generales, se

superaron las metas físicas programadas en la mayoría de los programas, lo que propició

que el presupuesto ejercido también fuera mayor que el esperado (18.4%).

Del total de recursos programados para la SSP, al Programa 08 le correspondieron

7,480,374.7 miles de pesos, que representaron el 87.5% del presupuesto autorizado, los

cuales se distribuyeron y se ejercieron de la siguiente manera:

1 Los nueve programas a cargo de la SSP fueron el 03 “Administración Pública”, 05 “Conducción y Coordinación de la Política

de Desarrollo”, 08 “Seguridad Pública”, 11 “Procuración de Justicia”, 12 “Igualdad de Género”, 16 “Salud”, 20 “Provisión de Servicios e Infraestructura Urbanos”, 22 “Regulación Vial y Transporte Público” y 26 ”Producción y Comercialización de Bienes y Servicios”.

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(Miles de pesos)

Programa/Programa Especial/Actividad institucional Unidad de medida

Meta física original

Meta física alcanzada

Presupuesto original

Presupuesto ejercido

Total de presupuesto de la SSP 8,551,619.9 10,127,550.0 08 “Seguridad Pública” 7,480,374.7 9,055,285.9

00 “Acciones del Programa Normal” 7,480,374.7 8,677,569.1 01 “Realizar acciones preventivas de seguridad y control del orden público a través de la policía sectorial” Acción 1,648,682.0 1,631,266.0 2,357,456.1 2,492,059.9 02 “Realizar acciones de apoyo a la seguridad pública” Acción 173,342.0 337,177.0 542,728.2 557,356.1 04 “Proporcionar servicios complementarios de vigilancia especializada” Turno 298,150.0 353,739.0 119,287.3 233,769.5 05 “Operar el sistema de videovigilancia” Servicio 5,700.0 4,942.0 76,609.5 89,738.6 06 “Controlar la prestación de servicios de seguridad privada” Permisionario 10,162.0 6,977.0 11,552.2 12,645.6 07 “Brindar servicios de control y apoyo vial” Programa 1.0 1.0 410,737.3 456,650.7 08 “Realizar acciones preventivas de seguridad y control del orden público a través de las unidades de protección ciudadana” Acción 2,005,012.0 2,736.1 2,077,474.4 2,381,523.9 09 “Proporcionar mantenimiento a los vehículos terrestres y aéreos y al armamento de seguridad pública” Servicio 88,918.0 83,693.0 461,405.1 432,935.2 10 “Realizar operativos tácticos para el control del orden público y el combate a la delincuencia” Servicio 872,116.0 898,888.0 1,116,452.6 1,135,044.3 11 “Operar el sistema de información policial”

Acción permanente 1.0 1.0 55,840.4 56,203.0

12 “Realizar la supervisión y evaluación de la actuación policial” Acción 245,993.0 87,289.0 156,462.6 162,231.0 16 “Ampliar, construir y mantener la infraestructura para la seguridad pública” Inmueble 64.0 65.0 94,369.0 99,964.6 17 “Realizar acciones en el marco del Proyecto Bicentenario de la Ciudad de México” Proyecto 0.0 1.0 0.0 529,565.3 60 “Cubrir compromisos pendientes de acciones realizadas en ejercicios anteriores de seguridad pública ” Sin nombre 0.0 0.0 0.0 37,881.4 16 "Fortalecimiento de las funciones de las delegaciones en materia de seguridad pública “ Sin nombre 0.0 0.0 0.0 377,716.8

Otros programas Sin nombre 0.0 0.0 1,071,245.2 1,072,264.1

Los recursos programados para llevar a cabo las cuatro actividades institucionales motivo

de la auditoría ascendieron a 1,186,537.6 miles de pesos, provinieron de recursos fiscales

y se distribuyeron en los capítulos de gasto 1000 “Servicios Personales”, con 895,438.6 miles

de pesos; 2000 “Materiales y Suministros”, con 63,681.8 miles de pesos; 3000 “Servicios

Generales”, con 220,384.4 miles de pesos; y 4000 “Ayudas Subsidios y Transferencias”,

con 7,032.8 miles de pesos.

Respecto al avance registrado en las metas físicas de las actividades institucionales

seleccionadas, la actividad 02, alcanzó al final del ejercicio el 94.5% (163,835 acciones)

más de lo programado; la actividad 05 no logró la meta esperada al registrar 13.3% (758)

servicios menos; la actividad 07 cumplió al 100% con el programa estimado; y la actividad

12 presentó un atraso del 64.5% (158,704 acciones) respecto al original.

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En cuanto al avance presupuestal de las mismas actividades institucionales, la actividad 02,

ejerció 14,627.9 miles de pesos (2.7%) más de lo presupuestado originalmente;

la actividad 05 rebasó en 13,129.1 miles de pesos (17.1%) lo programado; en la actividad 07

se ejercieron 45,913.4 miles de pesos (11.2%) más de lo presupuestado; y la actividad 12

presentó un mayor gasto de 5,768.4 miles de pesos (3.7%) respecto del original.

Con la auditoría de desempeño se pretende verificar si los programas y acciones que

comprenden las actividades institucionales señaladas se realizaron con eficacia, eficiencia

y economía; si los servicios ofrecidos a la población se adecuaron a las necesidades,

objetivos y metas propuestas; y si el gasto público se ejerció en congruencia con

los objetivos de las actividades institucionales del programa en revisión y de acuerdo

con la normatividad aplicable.

OBJETIVO

Evaluar el desempeño de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal durante

el ejercicio 2008, en lo correspondiente a las acciones relacionadas con la realización de

acciones de apoyo a la seguridad pública, operación del sistema de videovigilancia,

la prestación de servicios de control y apoyo vial, y con la supervisión y avaluación de la

actuación policial, en términos de la congruencia con dichas acciones con las prioridades

establecidas en su marco legal y en los instrumentos normativos de corto y mediano

plazos; la eficacia con que se realizaron dichas acciones, así como el cumplimiento de los

objetivos y metas en la materia, la eficiencia con que se ejecutaron los procesos para

llevar a acabo esas acciones; la economía en el uso de los recursos públicos invertidos

para ello; además será complementada la evaluación mediante aspectos de calidad,

competencia de la Secretaría de Seguridad Pública en correspondencia con sus atribuciones,

y la percepción de la población con los servicios proporcionados.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Los criterios de selección se basaron en la importancia relativa, por las variaciones

registradas en el avance físico-financiero de las metas; el interés general, por tratarse de un

servicio público orientado a garantizar la integridad física y patrimonial de la ciudadanía;

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y cobertura, a fin de abarcar aspectos sustantivos distintos a los revisados en la auditoría de

desempeño realizada como parte de los trabajos de revisión de la Cuenta Pública

de 2007.

ALCANCE

Se analizaron los resultados obtenidos por la SSP en cuanto al cumplimiento de los

programas y metas de acuerdo con los manuales y procedimientos correspondientes,

según se establece en la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, la Ley Orgánica

de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, su Reglamento Interior, el Manual

Administrativo, el Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, el Manual de

Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto

de Egresos y el Decreto de Presupuesto de Egresos, a fin de determinar la congruencia

con lo señalado en el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos y en el artículo 12, fracción VII, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

Asimismo, se verificó la congruencia del objetivo de la SSP con lo establecido en los

instrumentos de planeación de corto y mediano plazos, como son el Plan Nacional

de Desarrollo, el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal y el Programa de

Seguridad Pública para el Distrito Federal.

Asimismo, la revisión incluyó la identificación del origen y el destino de los recursos utilizados,

así como la congruencia del gasto con los objetivos y necesidades de las unidades

responsables de ejecutar las actividades institucionales en revisión.

Para evaluar la eficacia, se analizó la relación entre los objetivos y metas propuestos

en el Programa Operativo Anual de la SSP con los alcanzados que se reportaron en la

Cuenta Pública, así como las causas de las principales variaciones. Asimismo, se verificó

el cumplimiento de las acciones de apoyo a la seguridad pública efectuadas por la

Dirección General de Prevención del Delito, por conducto de la Dirección de Operación

de Programas de Participación Ciudadana, en el marco del programa “Conduce sin

Alcohol”, en la vertiente de instalación de módulos para la aplicación del alcoholímetro

a conductores de vehículos particulares, así como la eficiencia en la operación de dicho

programa.

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Se revisaron el alcance y los resultados de la Dirección General de Tránsito en cuanto a la

prestación de servicios de control y apoyo vial ya la promoción y realización de acciones de

educación vial, básicamente en lo relacionado con la operación, control y mantenimiento

del Sistema de Circuito Cerrado de Televisión para agilizar la circulación vial del Centro de

Control Vial Tlaxcoaque. Además se verificó la ejecución del programa de mantenimiento

preventivo y correctivo durante el ejercicio de 2008, que dicha unidad administrativa

efectuó en coordinación con la Dirección Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito.

Respecto a la supervisión y valoración de la actuación policial, se analizó la operación

del Sistema de Carrera Policial y se evaluaron los procesos que lo componen, como los

mecanismos de ingreso, permanencia, profesionalización y promoción y los instrumentos

de evaluación del desempeño personal de los elementos policiacos. También se revisaron

los resultados alcanzados por el Centro de Control de Confianza en la aplicación de

exámenes y de pruebas de control de confianza a los servidores públicos de la SSP.

Se evaluó la eficiencia en la atención de quejas y denuncias presentadas contra la actuación

de elementos de la SSP, así como las relacionadas con presuntas violaciones a los derechos

humanos. Se analizó la oportunidad con que actuó el Consejo de Honor y Justicia en la

atención y resolución de asuntos iniciados contra personal policial.

La revisión incluyó el resultado obtenido mediante una encuesta ciudadana financiada

con recursos de la SSP para conocer la percepción que la población del Distrito Federal

tuvo sobre la seguridad pública en las colonias y el desempeño de los policías.

La revisión se llevó a cabo en la Dirección General de Recursos Financieros, por ser la

responsable de garantizar que el manejo del presupuesto asignado a la SSP se sujete a

la normatividad; en la Dirección General de Prevención del Delito, por su responsabilidad

en la operación de la actividad institucional 02; en la Dirección Ejecutiva de Ingeniería de

Tránsito, por ser responsable de la operación de las actividades institucionales 05 y 07;

y en las Direcciones Generales de Carrera Policial, del Centro de Control de Confianza, y de

Asuntos Internos; así como en las Direcciones Ejecutivas de Derechos Humanos

y del Consejo de Honor y Justicia, por ser las unidades responsables de la operación de

la actividad institucional 12.

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ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

El artículo 11 de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal define al Sistema de Control Interno como “un proceso llevado

a cabo por la Administración Pública: Titulares, Órganos de Gobierno y el resto del

personal cualquiera que sea su naturaleza laboral, y está diseñado para proporcionar una

seguridad razonable en el logro de sus objetivos”. Este proceso abarca varias categorías,

tales como la eficacia y eficiencia de las operaciones; la confiabilidad de los informes

financieros y operativos; el cumplimiento de las disposiciones legales; y la protección de

los bienes gubernamentales.

Se revisaron las funciones contenidas en el Manual Administrativo de la SSP y se corroboró

que éstas se especifican en los apartados del manual correspondientes a la mayoría de

las unidades responsables. Además, dicho documento incluye los objetivos, estructura

orgánica y procedimientos administrativos de la SSP.

Respecto al avance en las metas físicas y financieras de las actividades institucionales

02, 05, 07 y 12 del Programa 08 “Seguridad Pública”, se corroboró que el ente envió,

en tiempo y forma, los Informes de Avance y Resultados trimestrales a la Secretaría de

Finanzas (SF) y que contó con registros auxiliares programáticos, en los cuales se reportó

mensualmente el cumplimiento de metas y los resultados de las acciones de las áreas

involucradas en la operación de dichas actividades.

Por otra parte, se comprobó que la dependencia dispuso de las herramientas necesarias

para el control y seguimiento de las actividades sustantivas a su cargo y que generó los

informes y reportes pertinentes para atender las disposiciones normativas que rigen su

gestión pública. La Dirección General de Recursos Financieros, encargada de la ministración

de los recursos, operó de acuerdo con el procedimiento “Integración del Anteproyecto de

Presupuestos de Egresos y Programa Operativo Anual (POA)”, el cual se sujetó a lo

señalado en el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Proyecto

de Presupuesto de Egresos de 2008.

Respecto al incremento del gasto en las actividades institucionales 02, 05, 07 y 12, se

verificó si la elaboración y la autorización de afectaciones programático-presupuestarias

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se efectuaron de acuerdo con los formatos correspondientes y si se soportaron con los

oficios respectivos.

Se verificó si para llevar el control del gasto, la Dirección General de Recursos Financieros

se basó en el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal, para elaborar y tramitar las CLC, y se constató que la información

registrada en dichos documentos con las claves programáticas 08 00 02, 08 00 05,

08 00 07 y 08 00 12 correspondiera a los montos reportados en el apartado “Evaluación

Programático-Presupuestal de Actividades Institucionales” de la Cuenta Pública de 2008.

Asimismo, se confirmó que para llevar el seguimiento del presupuesto ejercido, esa

dirección general utilizó dos sistemas informáticos establecidos, el Sistema Institucional

de Control de Egresos (SICE), creado por la SF para llevar a cabo los trámites

presupuestarios relacionados con el registro de la evolución del presupuesto y las

autorizaciones de pago con cargo al presupuesto autorizado; y el Sistema Integral

Presupuestal (SIPREX), como una aplicación diseñada específicamente para el control,

planeación, ejecución y evolución eficiente del Programa Operativo Anual asignado a las

entidades gubernamentales. También se sirvió de otros procedimientos administrativos,

entre los que destacan: la recepción y registro del calendario de gastos en el propio SIPREX;

el control del presupuesto comprometido; la asignación, registro y control sistematizado

del fondo revolvente; la captura, revisión, trámite de pago; y el mismo pago de las CLC

y Documentos Múltiples.

En la operación de las áreas se encontraron deficiencias como la falta de coordinación

para la ejecución del Programa de Profesionalización de la Policía; la carencia de soportes

documentales que permitieran verificar los procesos u operaciones realizados durante el

ejercicio; la carencia de oportunidad en el registro y atención de las faltas administrativas,

lo que propició que éstas prescribieran; fallas en los controles de los sistemas de información;

y la ausencia de un sistema de indicadores de gestión y de desempeño asociados a la

operación. No obstante, el ente cuenta con procedimientos formalmente implantados,

mediante los cuales puede cumplir los objetivos de sus metas.

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DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Con el propósito de verificar que los recursos aprobados en el Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2008 hubiesen sido ejercidos por los

servidores públicos encargados de su administración, se revisó un importe global de

98,963.5 miles de pesos, para lo cual se seleccionaron las partidas en las que se ejerció mayor

presupuesto por cada capítulo de gasto; partidas no programadas, que se incorporaron en

el transcurso del ejercicio, y partidas no vinculadas con las acciones revisadas.

El importe seleccionado resultó de una muestra de 28 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC)

y se integró por 5,421.6 miles de pesos, determinados con base en el mayor presupuesto

ejercido por los capítulos de gasto; 27,838.0 miles de pesos, correspondientes a 4 convenios

de colaboración; y 65,703.9 miles de pesos, relativos a 18 contratos inherentes a las

actividades sustantivas de la SSP.

Para verificar la existencia de los soportes documentales de la aplicación de pruebas de

alcoholímetro, se seleccionaron de manera aleatoria 12 Jornadas Nocturnas, correspondientes

a los meses de enero, marzo, mayo y julio de 2008.

Con el propósito de comprobar si la Dirección de Sistemas de Operación e Ingeniería de

Tránsito supervisó el porcentaje mínimo establecido (10%) de los trabajos de mantenimiento

preventivo y correctivo realizados a cámaras de video por la empresa concesionaria, se

seleccionó una muestra documental de 853 servicios de mantenimiento de un universo

de 3,438 (24.8% de los servicios atendidos). efectuados al Circuito Cerrado de Televisión

durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2008.

A fin de verificar el procedimiento para la atención de quejas y denuncias por presuntas

violaciones a derechos humanos por parte del personal operativo de la SSP, se seleccionaron

63 expedientes de un universo de 1,166, correspondientes a asuntos atendidos durante 2008,

mediante muestreo aleatorio sistemático, con un nivel de confianza de 90.0% y un margen

de error de + 10.0%.

Para verificar la información reportada sobre la atención a quejas y denuncias atendidas

por la Dirección General de Asuntos Internos durante 2008, se seleccionó una muestra

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77 expedientes, de un universo 1,767 asuntos iniciados durante el ejercicio, mediante un

muestreo aleatorio sistemático, con un nivel de confianza de 90.0% y un margen de error:

de + 10.0%.

Para constatar la actuación del Consejo de Honor y Justicia de la SSP, se revisó una

muestra aleatoria de 91 expedientes, de un universo de 1,801 asuntos radicados durante

el ejercicio de 2008, con un nivel de confianza del 95.0% y un margen de error de + 10.0%.

RESULTADOS

1. Resultado

Objetivo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal

El artículo 21, párrafo noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

establece lo siguiente:2

“La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los

Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y

persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas,

en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala.

La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad,

objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos

reconocidos en esta Constitución.

”Las instituciones de seguridad pública serán de carácter civil, disciplinado y profesional.

El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán

coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformarán

el Sistema Nacional de Seguridad Pública, que estará sujeto a las siguientes bases mínimas:

2 Reformas al artículo 21 publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008. El párrafo sexto de este

precepto establecía que “La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en las respectivas competencias que esta Constitución señala. La actuación de las instituciones policiales se regirá por los principios de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez”.

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”a) La regulación de la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento

y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública. La operación y

desarrollo de estas acciones será competencia de la Federación, el Distrito Federal, los

Estados y los municipios en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

”b) El establecimiento de las bases de datos criminalísticos y de personal para las instituciones

de seguridad pública. Ninguna persona podrá ingresar a las instituciones de seguridad

pública si no ha sido debidamente certificado y registrado en el sistema.

”c) La formulación de políticas públicas tendientes a prevenir la comisión de delitos.

”d) Se determinará la participación de la comunidad que coadyuvará, entre otros, en los

procesos de evaluación de las políticas de prevención del delito así como de las instituciones

de seguridad pública.

”e) Los fondos de ayuda federal para la seguridad pública, a nivel nacional serán aportados

a las entidades federativas y municipios para ser destinados exclusivamente a estos fines.”

Además, en el artículo 12, fracción VII, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, vigente

en 2008, se indica que “la Organización Política y Administrativa del Distrito Federal atenderá

los siguientes principios estratégicos […] la cobertura amplia, oportuna, ágil y especializada

de los servicios de seguridad pública y de impartición y procuración de justicia para la

protección de las personas, sus familias y sus bienes”.

Por su parte, el artículo 2o. de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal señala que

“la seguridad pública es un servicio cuya prestación, en el marco de respeto a las garantías

individuales, corresponde en forma exclusiva al Estado, y tiene por objeto: I. Mantener

el orden público; II. Proteger la integridad física de las personas así como sus bienes:

III. Prevenir la comisión de delitos e infracciones a los reglamentos gubernativos y de policía;

IV. Colaborar en la investigación y persecución de los delitos, y V. Auxiliar a la población

en caso de siniestros y desastres”.

En el artículo 3o. de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal,

vigente en 2008, se estableció que corresponden a la SSP las siguientes atribuciones:

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“I. Realizar en el ámbito territorial y material del Distrito Federal, las acciones dirigidas

a salvaguardar la integridad y patrimonio de las personas, prevenir la comisión de delitos

e infracciones a las disposiciones gubernativas y de policía, así como a preservar las

libertades, el orden y la paz públicos […] XIX. Formular, ejecutar y difundir programas de

control y programas preventivos de ingestión de alcohol u otras sustancias tóxicas para

conductores de vehículos […] XXIV. Establecer procedimientos expeditos para atender las

denuncias y quejas de los particulares con relación al ejercicio de sus atribuciones o por

posibles actos ilícitos de su personal, procediendo según corresponda contra el responsable3

XXV. Establecer mecanismos y procedimientos eficaces para que la sociedad participe en

la planeación y supervisión de la seguridad pública, en los términos de las disposiciones

aplicables […] XXIX. Difundir a la sociedad los resultados de la supervisión de la actuación

policial y de la verificación del cumplimiento de las obligaciones de los elementos de policía,

así como de los mecanismos de medición de su desempeño”.

El Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, vigente

hasta el 31 de octubre de 2008,4 estableció las atribuciones de las unidades administrativas,

las unidades administrativas de apoyo técnico-operativo, las unidades administrativas policiales

y las unidades administrativas de apoyo técnico-operativo policial, con la especialización

indispensable para el mejor desarrollo de la función de seguridad pública. En la Gaceta Oficial

del Distrito Federal del jueves 6 de octubre de 2008, fue publicado el nuevo Reglamento

Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, cuya vigencia inició a partir del 1o. de

noviembre de 2008.

En ese contexto, en el Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública

del Distrito Federal, vigente en 2008, se determinó como objetivo general de la SSP

“garantizar los niveles de seguridad que demanda la ciudadanía, a través del diseño,

implantación y seguimiento de acciones tendentes a mantener el orden público; proteger

la integridad y patrimonio de las personas; prevenir la comisión de delitos e infracciones

a los reglamentos gubernativos y de policía; colaborar en la investigación y persecución 3 El 21 de octubre de 2008 se publicaron en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, las reformas a la fracción XIX del artículo 3o.

de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública, para quedar como sigue:”Formular, ejecutar y difundir programas de control y preventivos en la ingesta de bebidas alcohólicas y consumo de estupefacientes, preferentemente en la cercanía de puntos de mayor consumo y vialidades de alta incidencia en accidentes automovilísticos.”

4 Para efectos de la revisión se consideró Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública vigente hasta el 31 de octubre de 2008, toda vez que las unidades administrativas programaron, ejercieron el gasto y reportaron en Cuenta Pública de 2008 con la misma denominación durante todo el ejercicio.

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de los delitos y brindar auxilio a la población en caso de siniestros y desastres; lo anterior

basado en la profesionalización de la policía y la activa participación ciudadana en las

tareas de prevención”.

De lo anterior se concluye que el objetivo de la SSP, establecido en los artículos 2o. de la

Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, 3o. de Ley Orgánica de la Secretaría de

Seguridad Pública del Distrito Federal, su Reglamento Interior y su Manual Administrativo,

es congruente con lo señalado en el párrafo sexto del artículo 21 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 12, fracción VII, del Estatuto de

Gobierno del Distrito Federal.

2. Resultado

Congruencia del Propósito de la Dependencia con los Objetivos, Estrategias y Programas de Mediano y Corto Plazos

En el artículo 13 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal se establece que

“el Programa de Seguridad Pública para el Distrito Federal deberá guardar congruencia

con el Plan Nacional de Desarrollo, se sujetará a las previsiones contenidas en el mismo y

contendrá los siguientes puntos: I. El diagnóstico de la situación que presenta la seguridad

pública en el Distrito Federal; II. Los objetivos específicos a alcanzar; III. Las líneas de

estrategia para el logro de sus objetivos; IV. Los subprogramas específicos, incluidos

los delegacionales, así como las acciones y metas operativas correspondientes, […]

y V. Las unidades administrativas responsables de su ejecución”.

Al respecto, se compararon el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa General de

Desarrollo del Distrito Federal y el Programa de Seguridad Pública para el Distrito

Federal, 2007-2012,5 para determinar si las políticas, estrategias y líneas de acción de

mediano plazo así como los objetivos y metas en materia de seguridad pública plasmadas

en el Programa de Seguridad Pública, correspondieron con lo estipulado en los dos primeros

instrumentos de planeación, como se muestra a continuación:

5 Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 10 de enero de 2008.

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Plan Nacional de Desarrollo de 2007-2012

Programa General de Desarrollo del Distrito Federal de 2007-2012

Programa de Seguridad Pública de 2007-2012

Objetivos Objetivos Objetivos

“Prevención del delito” ”La política preventiva es parte sustancial del combate contra el crimen. Por esto es necesario dar impulso a programas y acciones integrales a nivel nacional, regional, estatal, municipal y delegacional, a fin de evitar que haya más mexicanos que se conviertan en delincuentes; que sufran violación a su integridad y su a patrimonio; o que queden atrapados por el consumo de drogas...”

“La seguridad y la protección son bienes públicos, de ahí la responsabilidad absoluta del Estado en proporcionarlos…”“Para hacer frente, con mayor efectividad, a los problemas de seguridad y justicia de la Ciudad, se seguirá un nuevo modelo con una estrategia integrada. Para garantizar su impacto integral, todas las acciones gubernamentales en esta materia buscarán incidir efectivamente en todos los aspectos del proceso delictivo.” “Fomentar una cultura ciudadana de los derechos y obligaciones para el cumplimiento de las normas sociales.”

“La seguridad pública se entiende como la prevención o en su caso la atención rápida y eficiente de los actos delictivos y su correspondiente sanción legal para quienes los generan, además del trato responsable y digno a quienes sean víctimas del delito, además de la promoción y puesta en práctica de políticas públicas incluyentes e integrales para mejorar la realidad social de la ciudad...”. Promover la participación ciudadana en programas de acciones de prevención del delito.

“Fomentar la participación ciudadana en la prevención y combate del delito.” “El principio del combate al delito es la detección temprana de la criminalidad por parte de la sociedad.” “Se impulsará la participación ciudadana como el fundamento para consolidar una verdadera cultura de legalidad que impacte positivamente en la prevención del delito.” “Consolidar la cultura de la denuncia entre la sociedad.”

“Mejorar la capacidad de disuasión, captura de delincuentes e investigación de delitos por parte de los cuerpos policiacos con apoyo de la supervisión ciudadana,” “El gobierno de la ciudad se apoyará en la supervisión ciudadana para mejorar la capacidad de disuasión, captura de delincuentes e investigación de delitos por parte de los cuerpos policiacos,”

“Estimular la participación social como aliada fundamental para combatir la delincuencia”. “Evaluar y controlar el desempeño de los elementos de la policía con ayuda de la ciudadanía”.

“El propósito es que todas las policías en México cumplan con estándares unificados que las hagan confiables a los ojos de la ciudadanía.” “Modernizar y homologar los sistemas de administración y supervisión del personal de los cuerpos policiacos.” “Desarrollar sistemas efectivos de formación y entrenamiento del personal de la policía.”

“Efectuar programas de capacitación y profesionalización para los policías.” ”Las condiciones laborales y de vida de los policías se mejorarán, y se dará prioridad a los programas de capacitación y profesionalización.”

Mejorar las condiciones laborales y nivel de vida de los policías por medio de la capacitación y profesionalización. Incentivar con ascensos y mejoras económicas salariales a los elementos que concluyan su nivel de educación media y superior.

”Dotar a los cuerpos policiacos con mejor equipo y con una plataforma tecnológica actualizada.” ”Desarrollar sistemas efectivos de formación y entrenamiento del personal de la policía.” ”Promover la revalorización social del trabajo de los cuerpos de seguridad pública.”

”El gobierno empleará recursos científicos y tecnológicos novedosos, para respaldar la actividad policiaca y la efectividad de las acciones en materia de seguridad”. ”Se mejorará la información estadística, con base en la instrumentación y puesta en marcha de un nuevo modelo de información policial.”

”Establecer con las diversas dependencias de seguridad pública e impartición de justicia, los mecanismos homogéneos de reporte, supervisión, seguimiento e información estadística sobre la incidencia y actuación de la delincuencia…”.

La congruencia que existe entre esos tres instrumentos de planeación se circunscribe,

en términos generales, a la seguridad y protección de la ciudadanía, el combate a la

delincuencia y la prevención del delito; para ello, se tiene contemplado instrumentar

programas y acciones integrales dirigidos a combatir el delito, para enfrentar con mayor

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efectividad los problemas de seguridad y justicia de la Ciudad de México. Entre estos

programas destaca la participación ciudadana por medio de la supervisión en el desempeño

de los elementos policiacos para mejorar la capacidad de disuasión delictiva; modernizar

los sistemas administrativos y de supervisión de los cuerpos policiacos; llevar a cabo

programas de capacitación, profesionalización y entrenamiento de policías; y emplear mejores

técnicas de carácter científico, para modernizar la actividad policiaca y la efectividad de

las acciones en materia de seguridad, entre lo más importantes.

Por lo anterior, se concluye que el objetivo de la SSP fue congruente con los objetivos del

Plan Nacional de Desarrollo, en cumplimiento de lo señalado por el artículo 13 de la Ley

de Seguridad Pública del Distrito Federal.

3. Resultado

Manual de Organización y Procedimientos Administrativos

La Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,

Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,

Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal,6

(Circular Uno) vigente desde 2007, en el numeral 4.3.2, establece que las dependencias

y entidades, deberán operar en estricta observancia del último dictamen de estructura

básica y no básica que emita y autorice la Oficialía Mayor.

Asimismo, el numeral 4.4.14 de la citada normatividad establece que “los titulares de las

Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades, son los

responsables de la actualización de los Manuales Administrativos, que se deriven de la

aplicación de un proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación

de la estructura orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas. La actualización

del manual se realizará en un plazo de 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de la

modificación efectuada debiendo remitir a la [Coordinación General de Modernización

Administrativa] CGMA la documentación correspondiente para que ésta proceda a la

actualización y registro de dicho manual.”

6 Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de abril de 2007.

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24 VOLUMEN 12/13

De conformidad con el primero de los Lineamientos Generales de Control Interno para la

Administración Pública del Distrito Federal,7 los titulares de las unidades ejecutoras de

gasto de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán vigilar que los manuales

de organización y procedimientos estén elaborados conforme a la estructura organizacional

y a las atribuciones y responsabilidades establecidas en las leyes y reglamentos que en

cada caso sean aplicables, incluyendo las actividades y procedimientos para todos los

procesos sustantivos, así como la información que se genere; y que sean autorizados

y difundidos entre los servidores públicos.

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del jueves 6 de octubre de 2008, fue publicado

el nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, cuya vigencia inició

a partir del 1o. de noviembre de 2008.

Asimismo, la Oficialía Mayor del Distrito Federal, mediante el oficio núm. OM/2377/2008

del 4 de diciembre de 2008, autorizó la modificación de la estructura orgánica y los

organigramas de la SSP con el dictamen núm. 18/2008, con vigencia a partir del 1o. de

noviembre de 2008. Dicha aprobación generó la obligación del ente para actualizar

y registrar el Manual Administrativo ante la CGMA.

Al cierre del ejercicio de 2008, el plazo de 60 días hábiles establecido en la Circular

Uno de 2007, se mantenía vigente. Asimismo, se pudo verificar que la CGMA autorizó

el Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública, con el registro

núm. MA-11001-18/18, como se acreditó con el oficio núm. CGMA/DDO/0624/09 del 27 de

febrero de 2009.

A continuación se presentan las principales modificaciones de la estructura orgánica de

la SSP relacionadas con las áreas revisadas, así como los principales procedimientos

administrativos de éstas.

7 Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del

Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 09 de abril de 2007.

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Estructura Organizacional Dictamen 14/2005, vigente al 31 de octubre de 2008

Estructura Organizacional Dictamen 18/2008, vigente desde

el 1o. de noviembre de 2008*

Procedimientos Administrativos Dictamen 14/2005

Procedimientos Administrativos

Dictamen 18/2008

Dirección de Operación de Programas de Participación Ciudadana

Dirección de Aplicación de Programas Preventivos Institucionales

Aplicación del Programa “Conduce sin Alcohol”

No ha sido actualizado conforme la nueva estructura

Dirección Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito

Dirección General de Ingeniería de Tránsito

Factibilidad de Instalaciones y Dispositivos para el Control de Tránsito Evaluación y Seguimiento de Proyectos Viales Operación y Mantenimiento del Sistema de Circuito Cerrado De Televisión Instrumentar Operativos de Vialidad con Servicios Ordinarios con la finalidad de dar Fluidez a la Vialidad en Zonas Conflictivas Instrumentar Operativos de Vialidad en Eventos Extraordinarios con la finalidad de dar Fluidez a la Vialidad en Zonas Conflictivas Jornadas de Seguridad Vial en Escuelas del Distrito Federal

Actualizados

Dirección Ejecutiva del Consejo de Honor y Justicia

Dirección General del Consejo de Honor y Justicia

Administrativo Disciplinario por faltas a la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal Sustanciar el Recurso de Rectificación Acuerdo de Suspensión Temporal de Carácter Preventivo Otorgamiento de Incentivos, Condecoraciones, Estímulos y Recompensas Resolución de Destitución del Personal Operativo por Faltas a la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal

Actualizados e incorporación de nuevos procedimientos

Dirección General de Carrera Policial

Dirección General de Carrera Policial (se creó la Dirección de Normatividad y Procedimientos Policiales)

No se identificaron No se identificaron

Dirección General de Asuntos Internos

Dirección General de Inspección Policial

No se identificaron No se identificaron

Dirección General del Centro de Control de Confianza

Dirección General del Centro de Control de Confianza (se crearon tres direcciones: de Evaluación Psicológica, de Investigación y Desarrollo y de Evaluación Médica y Social)

Evaluación Psicométrica Evaluación Poligráfica Aplicación del Examen de Abuso de Drogas Aplicación de Examen Médico Aplicación de la Evaluación de Entorno Social

Actualizados e incorporación de nuevos procedimientos

Dirección Ejecutiva de Derechos Humanos

Dirección General de Derechos Humanos

Integración del Programa General de Trabajo Coordinación con Instituciones para el Apoyo en la Difusión y Capacitación sobre Derechos Humanos Difusión y Capacitación sobre los Derechos Humanos en la Secretaría de Seguridad Pública Atención de Quejas y Requerimientos Formulados por las Comisiones de Derechos Humanos del Distrito Federal, Nacional y Particulares

No han sido actualizado conforme la nueva estructura

* Las unidades administrativas sujetas a revisión cambiaron de denominación y crecieron en su estructura aunque las funciones que realizan son las mismas.

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Del análisis realizado, se concluye que durante 2008, exceptuando la Dirección General

de Carrera Policial y la Dirección General de Asuntos Internos, las áreas revisadas

incorporaron al Manual Administrativo de la SSP los procedimientos administrativos sobre

sus procesos sustantivos, en congruencia con la Circular Uno de 2007, Normatividad en

materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal y los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, el ente auditado, con

el oficio núm. DETRC/OM/SSP/786/20109 de fecha 19 de mayo de 2010, suscrito por el

Director Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas, presentó diversa

documentación, entre la que se encuentra el oficio núm. DEDOA/OM/SSP/535/2010 del

17 de mayo de 2010, con el cual la Dirección Ejecutiva de Desarrollo Organizacional,

proporcionó copia del oficio núm. DEDOA/OM/SSP/017/2009 del 9 de enero de 2009,

mediante el cual fue remitido el Manual Administrativo de la Secretaría de Seguridad Pública,

específicamente en lo que respecta a su parte de Organización. Con dicho documento, el

área señala que “se constata que la solicitud de actualización del Manual Administrativo

se tramitó en tiempo y forma”.

Sin embargo, no se proporcionó evidencia documental sobre los procedimientos

administrativos correspondientes a la Dirección General de Carrera Policial y la Dirección

General de Asuntos Internos, en observancia de los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, por lo que no se modifica

el resultado.

Recomendación APPD-102-08-14-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública tome medidas para garantizar que

en su Manual Administrativo se incorporen los procedimientos administrativos relativos

a las actividades sustantivas de las Direcciones Generales de Carrera Policial y de

Inspección Policial, de acuerdo con las atribuciones que les confiere la normatividad

aplicable.

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4. Resultado

Integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual de la SSP

El Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008, en el primer párrafo del artículo 442,

señala que “las dependencias y órganos desconcentrados, formularán su Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos, atendiendo a los criterios presupuestales y, en su caso, a las

previsiones de ingresos que les comunique la Secretaría, con base en sus programas

operativos anuales, los cuales deberán ser congruentes entre sí”.

Por su parte, el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Proyecto

de Presupuesto de Egresos de 2008 establece los criterios y lineamientos que deberá

considerar la dependencia para formular el Proyecto de Presupuesto de Egresos y el

Programa Operativo Anual, tales como la reclasificación de las actividades institucionales;

una nueva categoría programática denominada “Programa Específico”, que servirá como

base para el seguimiento, análisis y evaluación de la política pública; un apartado con los

aspectos cualitativos siguientes: diagnóstico, objetivos, estrategias o líneas de acción;

y los formatos del Marco de Política Pública (MPOP), que servirán como instrumento

adicional en el proceso de planeación para ordenar y regular la información relativa a los

programas y actividades institucionales.

En ese sentido, se constató que para coordinar los trabajos de planeación, programación,

presupuestación y ejercicio de los presupuestos original, modificado, comprometido

y ejercido, la Dirección de Programación y Presupuesto utilizó el procedimiento denominado

“Integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual”,

autorizado por la Coordinación General de Modernización Administrativa con el registro

núm. MA-11301-14/05, vigente en el ejercicio de 2008, cuyo proceso se muestra en el

siguiente diagrama:

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28 VOLUMEN 12/13

Para comprobar que la entidad llevó a cabo las etapas establecidas en el procedimiento

de Integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual,

mediante la nota núm. 1 del 18 de diciembre de 2009, se solicitó a la entidad la documentación

comprobatoria del proceso de programación presupuestación de las unidades administrativas

encargadas de la operación de las actividades institucionales 02, 05, 07 y 12 en el ejercicio

auditado.

En respuesta, con el oficio núm. DETRC/OM/SSP/1199/2009 del 28 de diciembre de 2009,

la Dirección General de Recursos Financieros proporcionó la documentación comprobatoria

del proceso.

Jefatura de Unidad Departamental de Evaluación y Seguimiento

Elabora guía y formatos para recabar información del presupuesto. Elabora oficios de convocatoria y listado de reuniones. Revisa la congruencia programático-presupuestal de los requerimientos presentados por las unidades administrativas. Integra el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual. Consolida los requerimientos de cada área.

Unidades administrativas Reciben oficios de convocatoria, listado, guía, y formatos. Definen las acciones estratégicas y prioritarias, de acuerdo con sus necesidades presupuestales y con base en su programa anual de trabajo. Se sujetan a la estructura programática autorizada por la SF. Elaboran oficio y anexan formatos requisitados, envían, acusan y archivan.

Dirección de Evaluación y Control de Ingresos

Recibe oficios y formatos del POA. Registra en controles y turna.

Subdirección de Evaluación y Control de Ingresos

Recibe oficio de convocatoria, listado, guía y formatos. Recaba rubrica de Dirección de Área, Dirección General, Oficial Mayor. Envía a las unidades administrativas

Inicio

Jefatura de Unidad Departamental de Evaluación y Seguimiento

Recibe oficios de envío y formatos. Revisa, analiza y consolida los requerimientos de cada área. Presenta a la Subdirección de Evaluación y Control de Ingresos

Subdirección de Evaluación y Control de Ingresos

Recibe Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y POA. Revisa los formatos. Entrega a la Dirección de Evaluación y Control de Ingresos

Dirección de Evaluación y Control de Ingresos

Recibe Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y POA Define ajustes, da visto bueno Entrega a la Dirección General de Recursos Financieros

Dirección General de Recursos Financieros Recibe Anteproyecto de

Presupuesto de Egresos y POA. Verifica su correcta integración

Valida y turna a la Oficialía Mayor

Oficialía Mayor Recibe Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y POA. Firma aprobación y recaba firma del Secretario de Seguridad Pública

Fin

Subdirección de Evaluación y Control de Ingresos

Recibe oficios de envío y formatos, mismos que entrega a la Jefatura de Unidad Departamental de Evaluación y Seguimiento

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29 VOLUMEN 12/13

Al respecto se constató que, la Oficialía Mayor de la SSP, mediante diversos oficios8

todos de fecha 13 de septiembre de 2007, convocó a todos los titulares de las unidades

administrativas de la SSP a la mesas de trabajo para requisitar los formatos programáticos

y presupuestales. Para el caso, entregó copia de los oficios, calendarios de entrega y listas

de asistencia.

Posteriormente, las unidades administrativas definieron las acciones estratégicas y prioritarias,

de acuerdo con sus necesidades presupuestales, con base en el programa anual de trabajo,

sujetándose a la estructura programática con la cual operaron en 2007.

Se comprobó que las unidades administrativas enviaron la información correspondiente

a las metas físicas y financieras, vertida en los formatos programáticos y presupuestales

correspondientes, a la Dirección de Evaluación y Control de Ingresos para su análisis,

integración y consolidación, mediante oficios signados por los titulares de las áreas con fechas

24 y 25 de septiembre de 2007, dentro de los plazos establecidos.

La Dirección de General de Recursos Financieros, con el oficio núm.

DGRF/OM/SSP/1015/2007 del 2 de octubre de 2007, envió la propuesta de apertura

programática para el ejercicio de 2008 a la SF, con la cual solicitó un presupuesto total

para la entidad de 14,097,206.1 miles de pesos; de ese total, al Programa 08 “Seguridad

Pública” corresponderían 11,873,244.1 miles de pesos.

Como evidencia de la entrega a la SF del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para

el Ejercicio Fiscal de 2008, la dependencia proporcionó el oficio núm. OM/SSP/1655/2007

del 29 de octubre de 2007, con el que se enviaron los formatos MPOP,9 “Aspectos

Presupuestales”10 y “Aspectos Programáticos”11, debidamente requisitados.

8 Oficios núms. OM/SSP/1314/2007 a la Dirección Ejecutiva de Derechos Humanos; OM/SSP/1310/2007 a la Dirección del

Consejo de Honor y Justicia; OM/SSP/1302/2007 a la Dirección General de Asuntos Internos; OM/SSP/1312/2007 a la Dirección General de Carrera Policial; OM/SSP/1311/2007 a la Dirección General del Centro de Control de Confianza; OM/SSP/1308/2007 a la Dirección General de Tránsito; OM/SSP/1320/2007 al Director General de Acciones Preventivas; y OM/SSP/1319/2007 a la Dirección General de Prevención del Delito, todos de la misma fecha.

9 Los formatos señalan el Programa, programa específico, actividad institucional, unidad administrativa, área responsable de operar la política pública, población objetivo, fin, propósito sustantivo, diagnóstico, insumo de diagnóstico, componentes y efectos externos.

10 Los formatos indican los costos de operación, aspecto financiero por partida requerida e importe, calendario de gasto y detalle de los capítulos por actividad institucional y unidad administrativa.

11 Los formatos incluyen el nombre de la dirección encargada, programa, programa especial, actividad institucional, unidad de medida, costo por acción, meta total identificada, meta posible de atender y calendario anual de meta física.

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30 VOLUMEN 12/13

De la verificación efectuada a la documentación, se concluye que la Dirección General de

Recursos Financieros y las unidades administrativas efectuaron el proceso de integración

del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual de acuerdo

con el Manual de Programación y Presupuestación para la Formulación del Proyecto de

Presupuesto de Egresos de 2008, en los tiempos establecidos por la SF.

5. Resultado

Integración de las Metas Físicas y Financieras para el Ejercicio Fiscal de 2008

El artículo 508 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008 dice que “las

adecuaciones programático-presupuestarias, se realizarán siempre que permitan un mejor

cumplimiento de los objetivos y metas de los programas a cargo de las dependencias,

órganos desconcentrados, delegaciones y entidades y comprenderán las relativas a:

I. La estructura programática y presupuestal aprobada por la Asamblea; II. Los calendarios

presupuestales autorizados y III. Ampliaciones y reducciones líquidas al presupuesto de

egresos”.

En ese sentido, se revisó la integración de las metas físicas y financieras de las unidades

administrativas inmersas en el ejercicio de las actividades institucionales en revisión, para

verificar si cumplieron con lo señalado en el citado código, y se obtuvo lo siguiente:

Las unidades responsables programaron las metas físicas y financieras del Programa

08 “Seguridad Pública” para el ejercicio de 2008 con el base tres programas diferentes:

07 “Seguridad Pública”, 11 “Administración Pública” y 22 “Infraestructura Ecológica de

Transporte y Urbanización”, y consideraron las actividades institucionales, unidades de medida

y denominaciones diversas que se utilizaron en el ejercicio fiscal de 2007.

Para la actividad 02 “Realizar acciones de apoyo a la seguridad pública”, las unidades

responsables programaron de la siguiente manera:

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31 VOLUMEN 12/13

(Pesos)

Unidad administrativa PG PE Unidad de medida

Actividad institucional Meta física Meta financiera

Dirección Ejecutiva de Tecnologías de Información

11 00 Actividad permanente

01 “Otorgar servicios de apoyo administrativo” 62,554,917 130,725,839.0

Dirección General de Mantenimiento y Transporte Dirección de Helicópteros

07 00 Servicio 07 “Realizar dispositivos tácticos en apoyo a la seguridad pública” 1,176 79,933,512.0

Dirección General de Apoyo Institucional

07 00 Servicio 06 “Proporcionar servicios complementarios de vigilancia especializada en delegaciones, paraderos, unidades habitacionales y corralones” 310,000.0

Dirección Ejecutiva de Apoyo y Control Operativo

07 00 Acción 05 “Realizar programas preventivos de seguridad, control del orden público y combate a la delincuencia” 24,906 115,525.0

Dirección General de Acciones Preventivas

07 00 Acción 05 “Realizar programas preventivos de seguridad, control del orden público y combate a la delincuencia” 1,524 9,520,000.0

Dirección General de Comunicaciones, Dirección Técnica y Dirección del Centro de Operaciones

07 00 Sistema 02”Planear, dirigir, coordinar y controlar la operación del sistema integral de comunicaciones” 2,162,650 619,520,100.0

Dirección General de Prevención del Delito

07 00 Acción 05”Realizar programas preventivos de seguridad, control del orden público y combate a la delincuencia” 159,412 6,201,890.0

Dirección General de Prevención del Delito

22 00 Eventos 21 “Realizar dispositivos tácticos en apoyo a la seguridad pública” 1,386 2,401,600.0

PG Programa General. PE Programa Específico.

Para la actividad 05 “Operar el Sistema de Videovigilancia” la Unidades Responsables

involucradas programaron lo siguiente:

(Pesos)

Unidad administrativa PG PE Unidad de medida

Actividad institucional Meta física Meta financiera

Dirección General de Tránsito 22 00 Cámara 31 “Mantenimiento Preventivo a Videocámaras” 580 3,944,428.0 Dirección General de Tránsito 22 00 Cámara 31 “Mantenimiento Correctivo a Videocámaras” 3,120 21,218,300.0

PG Programa General. PE Programa Específico.

Respecto a la actividad institucional 07 “Brindar servicios de control y apoyo vial”,

la programación se realizó como sigue:

(Pesos)

Unidad administrativa PG PE Unidad de medida

Actividad institucional Meta física Meta financiera

Dirección General de Tránsito 22 00 Evento 21 “Promover la educación vial con instituciones públicas y privadas” 9,138 1,455,115.0

Dirección General de Tránsito 22 00 Documento 59 “Realizar estudios, investigaciones y proyectos de infraestructura urbana y de transporte” 4,921 717,161.0

PG Programa General. PE Programa Específico.

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32 VOLUMEN 12/13

La programación de la actividad institucional 12 “Realizar la supervisión y evaluación de la

actuación policial”, igual que las demás actividades institucionales, se efectuó de acuerdo

con la estructura programática vigente en 2007, como se muestra en el siguiente cuadro:

(Pesos)

Unidad administrativa PG PE Unidad de medida

Actividad institucional Meta física Meta financiera

Dirección Ejecutiva de Derechos Humanos

11 00 Actividad permanente

01 “Otorgar servicios de apoyo administrativo” 23,930 2,866,451.0

Dirección del Consejo de Honor y Justicia

07 00 Actividad permanente

01 “Planear, acordar y dirigir la política pública en materia de seguridad pública” 9,000 50,000.0

Dirección General de Asuntos Internos

07 00 Actividad permanente

01 “Planear, acordar y dirigir la política pública en materia de seguridad pública” 1,908 1,458,623.0

Dirección General de Carrera Policial

07 00 Actividad permanente

11 “Desarrollar coordinar y supervisar sistemas que permitan integrar un cuerpo policial profesional” 86 5,019,000.0

Dirección General del Centro de Control de Confianza

11 00 Actividad permanente

01”Otorgar servicios de apoyo administrativo” 239,385 14,755,000.0

PG Programa General. PE Programa Específico.

Como se observa en los cuadros anteriores, las unidades responsables no programaron

recursos para el capítulo 1000 “Servicios Personales” ni para diversas partidas que se ejercen

de manera centralizada. Al respecto, mediante nota informativa sin número, la Dirección

General de Recursos Financieros informó que la programación del capítulo 1000 y de

algunas partidas específicas, como las de combustibles, luz, agua, etc., se realiza de forma

centralizada, ya que se distribuyeron de forma prorrateada de acuerdo con las cargas de

trabajo de cada unidad administrativa, de conformidad con el Manual de Programación

Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de 2008

y los Lineamientos Generales para la Adquisición, Arrendamiento y Contratación de Bienes

o Servicios, Relativos a los Capítulos 1000, 2000, 3000, y 5000 del Clasificador por Objeto

del Gasto, así como para la Consolidación y/o Centralización de Bienes y Servicios de Uso

Generalizado de la Administración Pública del Distrito Federal para el Ejercicio de 2006.12

Con el oficio núm. SE/1447/07 del 9 de octubre de 2007, la Secretaría de Finanzas (SF)

notificó a la SSP la propuesta de la apertura programática y el techo presupuestal. Al respecto,

el ente proporcionó documentación comprobatoria de los comentarios y observaciones

emitidos a la SPDF en cuanto a las readecuaciones de la apertura programática con los oficios

núms. DGRF/OM/SSP/1099/2007 y OM/SSP/1630/2007 del 19 y 22 de octubre de 2007,

respectivamente.

12 Publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de febrero de 2006 y vigentes en 2008.

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33 VOLUMEN 12/13

La SF, mediante el oficio núm. SE/147/08 del 8 de enero de 2008, comunicó a la SSP el

presupuesto aprobado y la estructura programática para el Programa 08 “Seguridad

Pública”, la cual quedó como sigue:

(Miles de pesos)

Unidad responsable/ Programa/ Programa específico/ Actividad institucional Unidad de medida

Meta física Meta financiera

Secretaría de Seguridad Pública 14,498,061.2 08 “Seguridad Pública 7,480,374.6

”00 “Acciones del Programa Normal” 7,480,374.6 01 "Realizar acciones preventivas de seguridad y control del orden público a través de la policía sectorial”

Acción 1,648,682 2,357,456.0

02 "Realizar acciones de apoyo a la seguridad pública” Acción 173,342 542,728.2 04 "Proporcionar servicios complementarios de vigilancia especializada” Turno 298,150 119,287.3 05 "Operar el sistema de videovigilancia” Servicio 5,700 76,609.5 06 “Controlar la prestación de servicios de seguridad privada” Permisionario 10,162 11,552.2 07 “Brindar servicios de control y apoyo vial” Programa 1 410,737.3 08 “Realizar acciones preventivas de seguridad y control del orden público a través de las unidades de protección ciudadana” Acción 2,005,012 2,077,474.4 09 “Proporcionar mantenimiento a los vehículos terrestres y aéreos y al armamento de seguridad pública” Servicio 88,918 461,405.1 10 “Realizar operativos tácticos para el control del orden público y el combate a la delincuencia”

Servicio 872,116 1,116,452.5

11 “Operar el sistema de información policial” Actividad permanente

1 55,840.4

12 "Realizar la supervisión y evaluación de la actuación policial" Acción 245,993 156,462.6 16 “Ampliar, construir y mantener la infraestructura para la seguridad pública” Inmueble 64 94,369.0 17 “Realizar acciones en el marco del proyecto bicentenario de la Ciudad de México” Proyecto 0 0.0 60 “Cubrir compromisos pendientes de acciones realizadas en ejercicios anteriores de seguridad pública”

Sin nombre 0 0.0

Otros programas 377,716.7

Como se observa, las propuestas de las unidades responsables para la apertura programática

y financiera fueron modificadas por la SF. Asimismo, las actividades institucionales fueron

compactadas y se incluyeron varias unidades responsables en una misma actividad

institucional, que originalmente no fueron programadas, por lo que se integraron metas

y distintas unidades de medida no compatibles entre sí.

De la revisión a la información presentada por las unidades administrativas, se concluye que

cumplieron con la elaboración, integración y consolidación de las metas físicas y financieras,

de acuerdo con el artículo 508 del Código Financiero del Distrito Federal y demás

ordenamientos aplicables, y que los cambios entre el Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos y la estructura aprobada por la SF no son imputables a las unidades responsables

del gasto de la SSP, en virtud de que son atribuciones de la propia SF que le confiere el

artículo 443, párrafo primero, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008,

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34 VOLUMEN 12/13

que señala lo siguiente: “La Secretaría podrá efectuar las modificaciones que considere

necesarias para los anteproyectos de presupuesto, en cuanto a programas, objetivos, metas

o importes asignados, comunicándolos a las dependencias y órganos desconcentrados,

los ajustes que hubieran de realizar a sus anteproyectos de presupuesto en función de la

cifra definitiva proyectada”.

6. Resultado

Autorización del Programa Operativo Anual y Distribución de los Recursos Financieros

El artículo 9o. de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, vigente en 2008,

señala que, en materia de planeación, a los titulares de las dependencias les corresponde:

“IV. Elaborar los programas operativos anuales y sus anteproyectos de presupuesto de

egresos, para la ejecución de los programas sectoriales, V. Considerar el correspondiente

ámbito territorial de las acciones previstas en los programas a su cargo, procurando su

congruencia con los objetivos, metas y prioridades del Programa General, de los programas

y de los programas delegacionales, y los que se establezcan en la zona conurbada”.

El artículo 443, párrafo primero, del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008

establece que “la Secretaría podrá efectuar las modificaciones que considere necesarias a los

anteproyectos de presupuesto, en cuanto a programas, objetivos, metas o importes asignados,

comunicándoles a las dependencias y órganos desconcentrados los ajustes que habrán

de realizar a sus anteproyectos de presupuesto en función de la cifra definitiva proyectada”.

Al respecto, en la Exposición de Motivos del Proyecto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008, en materia de seguridad pública, se plantean dos

políticas enfocadas principalmente a las Delegaciones: una de planeación y combate

a la delincuencia y prevención del delito, y otra de combate a la impunidad. Para ello, se

programaron varias acciones, como el fortalecimiento de las estructuras de seguridad por

medio de la capacitación y supervisión de los elementos policiacos, la adquisición e instalación

de cámaras de video para monitoreo en zonas de alto índice delictivo, y el otorgamiento

de estímulos a los elementos de las corporaciones policiacas por su buen desempeño,

entre otras.

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35 VOLUMEN 12/13

Para llevar a cabo los objetivos establecidos en su Programa Operativo Anual, mediante

el oficio núm. DGRF/OM/SSP/1015/2007 del 2 de octubre de 2007, la SSP, por conducto

de la Dirección General de Recursos Financieros, solicitó a la SF, como Anteproyecto de

Presupuesto de Egresos para 2008, 14,097,206.1 miles de pesos; sin embargo, en el Decreto

de Presupuesto de Egresos de 2008,13 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó

a la dependencia un presupuesto de 8,657,082.4 miles de pesos (61.4% de lo solicitado).

No obstante la determinación de esa asignación presupuestal, mediante el oficio

núm. SE/0147/08 del 8 de enero de 2008, la Subsecretaría de Egresos, comunicó a la SSP

un techo presupuestal de 8,551,619.9 miles de pesos para ejercer durante 2008, monto

que fue 1.5% (105,462.5 miles de pesos) menor que el publicado en el propio decreto.

Con la conciliación de la información presentada en el “Analítico de Claves Presupuestales”,

los Anexos del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2008 y el

presupuesto autorizado, se comprobó que el monto de los recursos financieros autorizados

representó el 60.7% del importe solicitado, como se muestra en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos)

Capítulo

Anteproyecto

(1)

Programa Operativo Anual

(2)

Variación relativa (%)

(2) / (1) (3)

Total 14,097,206.1 8,551,619.9 60.7

1000 “Servicios Personales” 7,382,552.9 6,605,600.6 89.5

2000 “Materiales y Suministros” 1,311,600.2 668,608.1 51.0

3000 “Servicios Generales” 1,425,653.7 1,215,899.3 85.3

4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias “ 801.9 12,455.3 1,553.2

5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” 3,088,254.6 49,056.4 1.6

6000 “Obra Pública” 888,342.7 0.0 0.0

Debido a que tanto el Decreto de Presupuesto de Egresos como el Oficio de notificación

del techo presupuestal, que remite la SF a las dependencias, conforme a los artículos 435

y 467, último párrafo del Código Financiero del Distrito Federal, fueron autorizados

por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el grupo de auditores de la CMHALDF

consultó a la Dirección General de Recursos Financieros, mediante la nota núm. 21

13 Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de diciembre de 2007.

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36 VOLUMEN 12/13

de fecha 26 de marzo de 2010, a fin de obtener alguna explicación respecto a la diferencia

entre los montos autorizados.

Mediante el oficio núm. DPP/DGRF/OM/SSP/0205/2009 del 30 de marzo de 2010,

la Dirección de Programación y Presupuesto dio respuesta. Señaló que con los oficios

núms. SE/0174/08 y SE/190/08 del 8 de enero y del 18 de enero de 2008, respectivamente,

la Subsecretaría de Egresos informó a la SSP, de manera oficial, el techo presupuestal

(8,551,619.9 miles de pesos), el Programa Operativo Anual y el Analítico de Claves

Presupuestales para la dependencia, de acuerdo con lo dispuesto en el último párrafo

del artículo 467 del Código Financiero del Distrito Federal de 2008 y el primer párrafo del

artículo 25 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal de 2008.

Asimismo, explicó que la Subsecretaría de Egresos no justificó de manera oficial la

disminución de los 105,465.5 miles de pesos, y que dicha reducción no impactó en el

Programa 08 “Seguridad Pública”, en virtud de que la SSP elaboró el calendario presupuestal

y el Programa Operativo Anual con base en el monto notificado por la Subsecretaría de

Egresos en el oficio del techo presupuestal para 2008.

De acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2008 correspondiente a la SSP, los recursos

del presupuesto original autorizado (8,551,619.9 miles de pesos) provinieron en su totalidad

de productos fiscales; no obstante, durante el ejercicio en revisión, a la SSP le fueron

transferidos recursos federales por 1,058,797.4 miles de pesos, de los cuales el 47.2%

(499,500.0 miles de pesos) provino de transferencias federales vinculadas a programas

de infraestructura social y de servicios; el 27.7% (293,263.3 miles de pesos), del Subsidio

para Seguridad Pública a los Municipios y Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal

(SUBSEMUN); el 16.9% (179,008.8 miles de pesos), del Fondo de Aportaciones para el

Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal

(FORTAMUNDF); y el 8.2% (64,460.0 miles de pesos), del Programa de Mejoramiento de

la Imagen Urbana en el Entorno a la Cámara de Diputados.

Por lo anterior, se concluye que la integración del Anteproyecto del Presupuesto de

Egresos y el Programa Operativo Anual de la SSP cumplió lo señalado en el artículo 9o.

de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, el Código Financiero del

Distrito Federal y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal de 2008.

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37 VOLUMEN 12/13

En cuanto a la inconsistencia detectada en cuanto al presupuesto original asignado a la

SSP, se considera que no es imputable a esta entidad, ya que se relaciona con una

atribución de la SF establecida en el primer párrafo del artículo 443 del Código Financiero

del Distrito Federal, donde se indica que “la Secretaría de Finanzas podrá efectuar las

modificaciones que considere necesarias a los anteproyectos de presupuesto, en cuanto

a programas, objetivos, metas o importes asignados”.

7. Resultado

Cumplimiento de las Metas Físicas en el Ejercicio de 2008

El artículo 18 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal de 2008 establece que “los titulares de las Dependencias […] que ejerzan recursos

aprobados en este Decreto, y los servidores públicos encargados de la administración de

los mismos, serán los responsables del manejo y aplicación de éstos; del cumplimiento de los

objetivos y metas de los programas contenidos en su presupuesto autorizado; de que se

cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto; de que los compromisos

sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; y de la guarda y custodia de

los documentos que los soportan”.

El artículo 508 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008 señala que

“las adecuaciones programático-presupuestarias, se realizarán siempre que permitan un mejor

cumplimiento de los objetivos y metas de los programas a cargo de las dependencias, órganos

desconcentrados, delegaciones y entidades y comprenderán las relativas a: I. La estructura

programática y presupuestal aprobada por la Asamblea; II. Los calendarios presupuestales

autorizados, y III. Ampliaciones y reducciones líquidas al presupuesto de egresos”.

A fin de conocer el nivel de cumplimiento de las metas físicas programadas por las

unidades administrativas en su Programa Operativo Anual para 2008, se revisaron los

resultados reportados en la Cuenta Pública de ese ejercicio y los registros auxiliares.

Además se revisaron los reportes de avance programático mensual de todas las áreas

responsables de la operación de las actividades institucionales 02, 05, 07 y 12, con el fin

de identificar las acciones sustantivas desarrolladas durante el período.

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38 VOLUMEN 12/13

De conformidad con lo reportado en la Cuenta Pública de 2008, los resultados alcanzados

por la SSP en las actividades institucionales referidas fueron los siguientes:

(Miles de pesos)

Meta física Presupuesto Unidad responsable/ Programa/ Programa Especial/ Actividad institucional

Unidad de medida

Original

(1)

Modificada

(2)

Alcanzada

(3)

Variación (%)

(3)/(2) (4)

Original

(5)

Modificado

(6)

Ejercido

(7)

Variación (%)

(7)/(6) (8)

Secretaría de Seguridad Pública

08 “Seguridad Pública” 7,480,374.6 9,055,285.8

00 “Acciones del programa normal” 7,480,374.6 8,677,569.1

02 "Realizar acciones de apoyo a la seguridad pública”.

Acción 173,342 174,563 337,177 93.2 542,728.2 557,356.1 557,356.1 0.0

05 "Operar el sistema de videovigilancia”.

Servicio 5,700 5,700 4,942 (13.3) 76,609.5 89,738.6 89,738.6 0.0

07 "Brindar servicios de control y apoyo vial"

Programa

1 1 1 0.0 410,737.3 456,650.7 456,650.7 0.0

12 "Realizar la supervisión y evaluación de la actuación policial"

Acción 245,993 78,412 87,289 (11.3) 156,462.6 162,231.0 162,231.0 0.0

Otras actividades 6,293,837.0 7,411,592.7

En el marco de la actividad institucional 02, el ente auditado llevó a cabo 75 diferentes tareas

por conducto de ocho unidades responsables; de éstas, 5 acciones sustantivas estuvieron

a cargo de la oficina del titular de la SSP, 4 a cargo de la Subsecretaría de Seguridad

Pública, 3 a cargo de la Oficialía Mayor y 63 le correspondieron a la Subsecretaría de

Participación Ciudadana y Prevención del Delito,14 estas últimas en especial, representaron

el 84.0% del total de tareas realizadas que en su mayoría estuvieron orientadas a la difusión

de una cultura de prevención del delito y participación ciudadana.

De acuerdo con la Cuenta Pública, de las 75 tareas mencionadas, se realizaron 337,177

acciones reportadas en esta AI; de ese total, el 42.7% (144,125 acciones) correspondieron

a la “Entrega de Cartillas”,15 cantidad que superó en 993.2% (130,941 cartillas) la meta

original programada que se ubicó en 13,184 cartillas por entregar; dicha variación representó

y el 79.9% de la total alcanzada por la AI (163,835 acciones). La entrega de cada una

14 La Dirección General de Apoyo Institucional realizó 1 tarea, la Dirección General de Prevención del Delito llevó a cabo 56

y la Dirección General de Acciones Preventivas realizó 6. 15 De conformidad con la descripción del programa, el 30 de abril de 2004 la SSP comenzó a distribuir de manera gratuita la

Cartilla de Identificación Infantil (CII) para niños menores de doce años de edad, bajo el lema "Hazlos Visibles, Guarda sus Huellas". En el documento se asientan los principales datos del menor para su identificación en caso de robo o extravío. Con este instrumento, la SSP buscó abatir el tiempo de reacción para iniciar la búsqueda en cualquier supuesto, factor esencial en la recuperación de infantes. Se repartió de manera gratuita en hospitales públicos y privados, centros de salud, guarderías, oficinas delegacionales y en coordinación con la Secretaría de Educación Pública en los planteles educativos. La impresión de cartillas y carteles alusivos al programa se realizó con el apoyo de diversas instituciones y empresas, además de contar con el aval de la Asociación Mexicana de Pediatría, A.C.

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39 VOLUMEN 12/13

de las cartillas equivalió a una acción dentro de la actividad institucional 02, la cual estuvo

a cargo de la Dirección de Operación de Programas de Participación Ciudadana, a través

de la Jefatura de Unidad Departamental de Vigilancia Comunitaria, quien distribuyó las

cartillas de identificación infantil, mismas que contabilizó, registró y reportó mensualmente

a la Dirección de Recursos Financieros de la SSP como una acción llevada a cabo,

considerando que para operar dicho programa la SSP no ejerció recursos, únicamente

contó con el apoyo de empresas de la iniciativa privada, a través de donativos en especie

que consistieron en las cartillas ya citadas.

El principal objetivo de las cartillas, fue el de apoyar a los padres de familia en caso de

ausencia o extravío de sus hijos de 0 a 12 años. Dicha cartilla consiste en un formato no

mayor a media carta en donde se asienta el nombre del menor; fecha de nacimiento;

fotografía; sexo; color de cabello (muestra) y ojos; tipo de sangre; señas particulares;

enfermedades o alergias; edad, peso y estatura; así como huellas digitales de ambas

manos. Es importante señalar que la SSP no participó con elementos policiales para llevar

a cabo el “Programa de Cartilla de Identificación Infantil”, sino de manera administrativa

por medio de la JUD anteriormente indicada.

El 42.7% (143,881) de las acciones correspondieron a la aplicación de pruebas de

alcoholímetro a cargo de la misma dirección, como parte de las acciones del Programa

“Conduce sin Alcohol”, el cual fue aplicado durante 2008 en puntos de revisión durante

jornadas nocturnas a conductores de vehículos particulares; a conductores de transporte

público de pasajeros (microbuses de ruta fija y taxis), con la participación de la Policía

del Transporte y la Secretaría de Transportes y Vialidad; y al personal de la SSP,

a fin de garantizar que los elementos que prestan sus servicios en los distintos sectores

y agrupamientos, no presenten síntomas de ingestión de bebidas alcohólicas.

El 14.6% restante correspondió a diferentes acciones sustantivas que se vinculan con la

seguridad pública, de las que sobresalen las relacionadas con la atención a las peticiones

de servicios, denuncias y quejas; sobre escuela segura libre de drogas, platicas de prevención

del delito, presentación de sociodramas y acciones de vigilancia en el entorno escolar;

apoyo psicológico vía telefónica y de manera personalizada; integración infantil y juvenil

para el congreso infantil y juvenil de seguridad de la Ciudad de México; proporcionar servicio

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especializado de mantenimiento preventivo y correctivo a bienes informáticos; y suministrar

bienes informáticos a las áreas administrativas y operativas de la SSP, entre las más

importantes.

En la actividad institucional 05 se programó una meta física de 5,700 servicios y al cierre

del ejercicio se reportaron como efectuados 4,942 servicios (13.3% menos que lo

programado). Estos servicios los realizó la Dirección Ejecutiva de Ingeniería y Tránsito

mediante dos programas de apoyo a la vialidad y de los habitantes de la ciudad en cuanto

a seguridad pública, “La Instalación de Videocámaras” y “Mantenimiento Preventivo y

Correctivo a Videocámaras”. De estos dos programas, el primero, logró cumplir el 66.6%

de las metas físicas programadas; en cuanto al mantenimiento preventivo y correctivo de

las mismas se logró el 99.7% de la meta física estimada.

La meta física de la actividad institucional 07, programada para el ejercicio, fue la operación

de un “Programa”, el cual estaba compuesto por 14,590 acciones, realizadas por la

Dirección Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito. Al cierre del ejercicio, se comprobó que se

llevaron a cabo 15,601 acciones (6.9% más de las programadas), en su mayoría alcanzó

el 100.0% de cumplimiento.

En la actividad institucional 12 intervinieron 5 unidades responsables, que reportaron la

ejecución de 33 acciones sustantivas vinculadas con sus funciones. El número de acciones

programadas en el Proyecto del Programa Operativo Anual ascendió a 245,993; sin embargo,

al cierre del año la Dirección de Evaluación y Control de Ingresos reportó un total

de 78,368 acciones como meta original para el ejercicio; ante esa diferencia, se solicitó a

la Dirección General de Recursos Financieros, mediante la nota núm. 14 de fecha 25 de

febrero de 2010, la explicación de por qué la meta de dicha actividad se redujo en 68.1%,

aun cuando el gasto rebasó en 3.7% lo programado.

Mediante nota informativa del 01 de marzo de 2010, la Subdirección de Evaluación

y Normatividad Presupuestal de la SSP informó lo siguiente:

“La meta física de la AI en cuestión se constituyó principalmente por las acciones previstas

por el Centro de Control de Confianza, las cuales ascendieron a 239,385 (97.3%) del total.

Esa cantidad incluía acciones a realizar en el marco de un proyecto de reestructuración

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del mencionado centro [...] Es importante destacar que el planteamiento de reestructura

fue formulado por la Unidad Administrativa en sus requerimientos para la integración del

APE y el POA del ejercicio de 2008.

“Al respecto cabe decir que, no obstante que los recursos necesarios para llevar a cabo

dicha reestructuración no fueron considerados en el Techo Presupuestal autorizado,

durante el proceso de programación-presupuestación no se realizó el ajuste de la meta

física al Techo Presupuestal establecido, razón por la cual la meta física autorizada en la

AI que nos ocupa estuvo sobrestimada de origen.

“Derivado de ello y a petición del Centro de Control de Confianza [...] se realizaron las

gestiones para reducir la meta física, petición que fue autorizada con la afectación número

A11C001 059 E, por lo que la meta quedó en 71,760 acciones, no aprobándose 167,625

pruebas y exámenes. Adicionalmente, en los meses de junio, septiembre y noviembre se

incrementó la meta física de la AI debido a la realización de acciones adicionales relacionadas

con la capacitación del personal y pagos de arrendamiento, lo que propició llegar al total

mencionado.”

En la justificación de la afectación presupuestaria, que refiere la reducción de la meta

física de 167,625 acciones, de la actividad institucional 12, se argumenta que “toda vez

que la estimación de la misma en el Proyecto de Presupuesto de Egresos y Programa

Operativo Anual 2008, se realizó considerando recursos presupuestales adicionales para

llevar a cabo la reestructuración del Centro de Control de Confianza, sin embargo, en el

Techo Presupuestal Autorizado no están considerados esos recursos que harían factible

el crecimiento estructural (recursos humanos y materiales) con el fin de aumentar […] razón

por la cual no es posible realizar la meta física estimada originalmente para el presente

ejercicio, por lo que es necesaria su reducción.

No obstante que la Dirección General del Centro de Control y Confianza, en la

integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual

de 2008, consideró los recursos correspondientes para llevar a cabo la reestructuración

del propio Centro, la Secretaría de Finanzas no incluyó esos recursos en el Techo

Presupuestal Autorizado para la Dependencia, y tampoco realizó los ajustes de la meta

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física autorizada, originados por la disminución presupuestal, sin embargo se concluye

que esta omisión no es imputable a la Unidad Responsable y la meta fue modificada

conforme a la normatividad.

8. Resultado

Sistema de Indicadores

En el artículo 515 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008 se establece

lo siguiente: “Las dependencias […] deberán rendir a la Secretaría de Finanzas, un informe

trimestral dentro de los quince días siguientes de concluido cada trimestre, sobre el avance

programático-presupuestal que contenga información cuantitativa y cualitativa sobre el

desarrollo de sus programas operativos anuales y la evaluación de los mismos […] En la

información cuantitativa y cualitativa las dependencias […] harán referencia preferentemente

a los siguientes aspectos:

”La eficacia que determina cuantitativamente el grado o la medida del cumplimiento de las

metas de los programas autorizados […] y, el grado de cobertura e impacto de las acciones

sobre la población y grupos sociales específicos.”

El Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del

Presupuesto de Egresos 2008, establece un nuevo marco conceptual y normativo que

sirve de apoyo a las unidades responsables de gasto del Gobierno del Distrito Federal

en la elaboración e integración de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, en el que

se incorporaron diversas innovaciones para el calculo presupuestario 2008 que permiten

llevar a cabo la primera etapa de un “Presupuesto por Resultados”. Entre las novedades

destacan las siguientes:

“I. Catálogo de Actividades Institucionales

”Para el ejercicio fiscal 2008, se realizó una nueva clasificación de Programas y se

recatalogaron las Actividades Institucionales (AI), con el objeto de hacerlas más claras

y precisas. En este sentido, las AI tendrán mayor relevancia y estarán delimitadas alrededor

de los productos que ofrecen, de manera regular, las UR’s a la ciudadanía (infraestructura,

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bienes o servicios). Lo anterior permitirá llevar un seguimiento más puntual y estratégico

del ejercicio del gasto [...]

”IV. Sistema integral de indicadores.

”Con la finalidad de que las UR’s realicen un mejor seguimiento de los resultados de

las políticas públicas que están bajo su responsabilidad, se contempla por primera vez

el establecimiento de un sistema de indicadores estratégicos que ayudarán a definir

operacionalmente los objetivos de sus AI. En la medida en que las AI se orienten más al

‘cómo’ (meta del objetivo) y menos al ‘qué’ (meta física), se privilegiará el seguimiento de

los indicadores de desempeño o impacto por encima del seguimiento de la meta física.”16

Con el propósito de conocer si el ente auditado contó con un sistema de indicadores que

permitiera evaluar la eficacia en el grado o medida de cumplimiento de metas; la eficiencia

con que se aplicaron los recursos financieros para lo consecución de las metas de los

programas establecidos; la congruencia entre el gasto promedio por unidad de meta

y lo erogado en los programas; y el grado de cobertura e impacto de las acciones sobre la

población derivado de las acciones, tareas y trabajos sustantivos de la SSP realizados en

el marco de la actividades institucionales 02, 05, 07 y 12 durante el ejercicio de 2008,

mediante el oficio núm. APPD/09/451 del 24 de agosto de 2009, se le solicitó a la SSP

la información respectiva y la documentación comprobatoria.

Con el oficio núm. DGRF/OM/SSP/1278/2009 del 8 de septiembre de 2009, el ente respondió

que “la Secretaría de Seguridad Pública, contó únicamente con indicadores para medir

el grado de cumplimiento de metas físicas y de aplicación de recursos financieros para la

consecución de las mismas, los cuales están plasmados en el formato EVPP-I denominado

Evaluación Programático Presupuestal de Actividades Institucionales, del Informe de

Avance Trimestral”. Asimismo, fueron proporcionados los formatos “Reporte de Avance

Programático” de enero a diciembre de 2008 de cada una de las unidades responsables,

que registra la meta física anual original y modificada, la meta mensual programada,

alcanzada y el porcentaje de avance, así como la meta acumulada al período de las acciones

sustantivas realizadas por área.

16 Capítulo I, Innovaciones, del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto

de Egresos de 2008 emitido por la SF.

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Del análisis de la información proporcionada por la SSP, se concluye que durante el ejercicio

en revisión el ente dispuso de mecanismos para medir y dar seguimiento al cumplimiento

de las metas físicas programadas en el Programa Operativo Anual, como lo dispone el

artículo 515 del Código Financiero del Distrito Federal.

Sin embargo, no implementó acciones para atender lo establecido en el Manual de

Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto

de Egresos 2008 en cuanto a la generación de un Sistema Integral de Indicadores

vinculados a las actividades institucionales y los programas específicos, con la finalidad

de que las unidades responsables realicen un mejor seguimiento de los resultados de las

políticas públicas bajo su responsabilidad, que privilegie el seguimiento de los indicadores

de desempeño o impacto por encima del seguimiento de la meta física.

En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, con el oficio

núm. DETRC/OM/SSP/786/2010 de fecha 19 de mayo de 2010, suscrito por el Director

Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas, el ente auditado presentó diversa

documentación entre la que se ubicó el oficio núm. DGRF/OM/SSP/0843/2010 del 17 de

mayo de 2010, de la Dirección General de Recursos Financieros, en el cual, se aclara que

durante el ejercicio de 2008 la SSP “contó con Indicadores Estratégicos que estaban

vinculados con el Comité de Control y Auditoría (COMCA), los cuales eran elaborados

por las diversas Unidades Administrativas de la Dependencia; sin embargo, debido a que

dicho Comité fue suspendido indefinidamente, a que esta Secretaría fue objeto de una

reestructuración orgánica, a finales de ese ejercicio y en razón de que en el Manual

de Programación-Presupuestación para el ejercicio 2009, se retomó la implementación del

‘Sistema Integral de Indicadores’, desde finales de 2008 se iniciaron trabajos de diseño y

construcción de indicadores […] Derivado de esos trabajos, para el ejercicio 2009 se dio

seguimiento y se reportaron como parte integrante del Informe de Avance Trimestral,

los resultados de ‘Indicadores Asociados a Programas Públicos’ que se consideraron de

mayor relevancia por la Secretaría de Seguridad Pública”.

Como soporte de lo anterior, se anexó documentación que fue difundida los primeros días de

diciembre de 2008 (formato de la “Ficha de Especificación Técnica”, y su instructivo de llenado

y el listado de 17 indicadores estratégicos que formaron parte del Banco de Indicadores

del Gobierno del Distrito Federal, que se acordaron al inicio del ejercicio de 2009).

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Por lo que corresponde al ejercicio de 2009, se proporcionaron copias de diversos oficios

girados por la Dirección General de Recursos Financieros a las áreas involucradas en la

estructuración de indicadores. Los oficios núms. DGRF/OM/SSP/1315/2008 del 8 de diciembre

de 2008, DGRF/OM/SSP/0002/2009 del 5 de enero de 2009 y DGRF/OM/SSP/192/2009

del 9 de febrero de 2009 se refieren al indicador “Remitidos por el programa ‘Conduce

sin alcohol’, entre pruebas realizadas”; y el oficio núm. DAPPI/136/09 del 17 de febrero

de 2009, de la Dirección General de Prevención del Delito, corresponde a indicadores

sobre pruebas aplicadas a conductores de transporte público, jornadas de supervisión en

diferentes sectores, jornadas especiales de puntos de revisión de alcoholímetro y pruebas

realizadas con resultado positivo remitidas a juez cívico.

Asimismo, proporcionó copia del oficio núm. DEANT/196/2009 del 14 de enero de 2009,

de la Dirección Ejecutiva de Aplicación de la Normatividad de Tránsito, por medio del cual

se enviaron indicadores relacionados con el número de eventos monitoreados, el número de

cámaras en funcionamiento y la cobertura de los puntos monitoreados por las cámaras

de videovigilancia. Es importante mencionar que, a diferencia de los otros dos oficios, los

indicadores reportados en éste correspondieron al período julio-diciembre de 2008.

Si bien es cierto que en la información proporcionada por la SSP en la reunión de confronta

se mencionan una serie de indicadores estratégicos determinados por sus diferentes

unidades administrativas, éstos corresponden a programas de las actividades institucionales

02 y 05. Por otra parte, el ente no aportó evidencia suficiente sobre la implementación del

sistema de indicadores que correspondan a los programas revisados de las actividades

institucionales 07 y 12, por lo que el resultado no se modifica.

Recomendación APPD-102-08-15-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública, a través de sus diferentes Unidades

Administrativas, establezca un sistema integral de indicadores de desempeño e impacto

vinculados a las actividades institucionales y a los programas específicos, con el objeto de

que las unidades responsables del gasto cuenten con un mecanismo para medir el alcance

de los resultados de las políticas públicas bajo su responsabilidad.

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9. Resultado

Congruencia del Gasto con los Objetivos de las Actividades Institucionales

El artículo 18 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio

Fiscal de 2008 establece que “los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados,

Delegaciones, Entidades, Órganos de Gobierno y Autónomos del Distrito Federal que

ejerzan recursos aprobados en este Decreto, y los servidores públicos encargados de la

administración de los mismos, serán los responsables del manejo y aplicación de éstos;

del cumplimiento de los objetivos y metas de los programas contenidos en su presupuesto

autorizado; de que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto;

de que los compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; de la

guarda y custodia de los documentos que los soportan; de llevar un estricto control de los

medios de identificación electrónica; y de llevar los registros de sus operaciones conforme

a lo dispuesto en este Decreto y demás disposiciones aplicables en la materia”.

El artículo 465 del Código Financiero del Distrito Federal vigente en 2008 establece

que “el ejercicio del gasto público comprenderá el manejo y aplicación de los recursos que

realicen las dependencias […] para dar cumplimiento a los objetivos y metas de los programas

contenidos en sus presupuestos aprobados, y dicho ejercicio será responsabilidad de sus

titulares, así como de los servidores públicos encargados de la administración de los recursos

asignados conforme al Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal

y demás normatividad aplicable”.

Con la finalidad de determinar la congruencia del gasto ejercido a nivel de capítulo y

partida en relación con los objetivos y metas de las actividades institucionales en revisión,

como señalan los artículos 18 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal de 2008 y 465 del Código Financiero del Distrito Federal, se

conciliaron el documento denominado “Evaluación Programático-Presupuestal de Actividades

Institucionales” del Informe de Cuenta Pública y el Analítico de Egresos de la dependencia,

ambos del ejercicio de 2008.

También se revisó la adquisición de bienes y servicios para operar las actividades institucionales

02, 05, 07 y 12, por un importe global de 98,963.5 miles de pesos (7.8% del gasto),

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mediante el análisis de la documentación comprobatoria y justificativa incluida en los

expedientes de 18 contratos, 4 convenios y 28 CLC, seleccionados con base en el mayor

presupuesto ejercido por capítulo.17

En el análisis de las 28 CLC por un importe total de 5,421.6 miles de pesos, se constató que

9 CLC correspondieron a la aplicación del fondo revolvente de las unidades administrativas

adscritas a la dependencia, incluidas las encargadas de ejecutar las actividades institucionales

02, 05, 07 y 12; mientras que las otras 17 CLC ampararon gastos inherentes a las actividades

institucionales en cuestión.

Los 18 contratos importaron de 65,703.9 miles de pesos y los 4 convenios ascendieron

a 27,838.0 miles de pesos, y corresponden a distintas actividades institucionales.

Al respecto, se verificó que se cumplieron los lineamientos generales señalados en el

apartado IV.3.1 “Cuenta por Liquidar Certificada” del Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal 18 y el artículo 465 del

Código Financiero del Distrito Federal.

Actividad institucional 02 “Realizar acciones de apoyo a la seguridad pública”

El objetivo de la actividad institucional 02 consistió en realizar acciones y proporcionar

servicios que coadyuven a la protección, vigilancia, prevención del delito y combate a la

delincuencia, en concordancia con las estrategias operativas establecidas por los mandos

superiores de la dependencia; para ello, erogó 557,536.1 miles de pesos, monto superior

en 2.7% al programado, como se muestra a continuación:

17 Se consideraron los capítulos 2000, 3000, 4000 y 5000, ya que las unidades administrativas no programaron recursos

pagaderos mediante partidas concentradas que corresponden al capítulo 1000. 18 En el numeral 4 de ese apartado se establece que las CLC se deberán soportar con los originales de la documentación

comprobatoria y las unidades responsables verificarán y serán responsables de que ésta cumpla los requisitos fiscales y administrativos que le sean aplicables, y de su glosa, guarda y custodia para los fines legales y administrativos que sean procedentes. Se exceptúan de esta situación las liquidaciones unilaterales que realicen las unidades responsables al amparo de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal.

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(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto Capítulo de gasto Original

(1) Ejercido

(2)

Variación (2) / (1)

(3)

Participación porcentual

(4)

Total 542,728.2 557,356.1 2.7 100.0 1000 “Servicios Personales” 369,030.9 379,566.6 2.9 68.1 2000 “Materiales y Suministros” 31,905.1 30,670.0 (3.9) 5.5 3000 “Servicios Generales” 139,009.4 104,901.2 (24.5) 18.8 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias” 2,782.8 9,592.1 244.7 1.7 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles” 0.0 32,626.2 n.a. 5.9

n.a. No aplicable.

El mayor gasto se ejerció en el capítulo 1000 “Servicios Personales”, 68.1%, para cubrir

los sueldos y salarios de los trabajadores así como sus prestaciones; el 30.2% se destinó

al pago de recursos materiales, servicios generales y a la adquisición de bienes muebles

e inmuebles, distribuido en los capítulos 2000, 3000 y 5000; mientras que el 1.7% restante

se ejerció en el capítulo 4000 “Ayudas, subsidios y transferencias”.

Como parte de la revisión se seleccionó una muestra del gasto de esta actividad institucional,

por un importe de 9,739.5 miles de pesos, dicha revisión se enfocó a la documentación

justificativa y comprobatoria, como contratos, convenios, CLC, facturas, recibos, etc. Una parte

de la muestra seleccionada se obtuvo de recursos ejercidos del capítulo 4000 (Ayudas,

Subsidios y Transferencias), específicamente de la partida 4108 "Ayudas y Donativos a

Instituciones sin Fines de Lucro", por un monto de 6,986.8 miles de pesos, y otra parte de

los capítulos 2000 (Materiales y Suministros), 3000 (Servicios Generales) y 5000 (Bienes

Muebles e Inmuebles) para la adquisición de materiales necesarios para el Programa

“Conduce sin Alcohol” por un monto de 2,752.7 miles de pesos.

Con relación al gasto ejercido del capítulo 4000 en la partida 4108 "Ayudas y Donativos

a Instituciones sin Fines de Lucro", se revisó un importe de 6,986.8 miles de pesos, que

no fueron programados de origen. Mediante la nota núm. 1 del 18 de diciembre de 2009

se requirió que se explicara cómo se obtuvieron esos recursos, y que se proporcionara la

documentación justificativa y comprobatoria de las operaciones. En respuesta, con el

oficio núm. DETyRC/OM/SSP/1199/2009 del 28 de diciembre de 2009, la dependencia

señaló que los recursos se transfirieron de la partida 3303 “Servicios de Informática”, con

la afectación programático-presupuestal compensada núm. 11 C0 01 0289, para llevar

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a cabo investigaciones en materia de seguridad. El gasto en esta partida, se realizó

mediante convenios de colaboración celebrados con la Universidad Nacional Autónoma

de México (UNAM) y el Centro de Investigación en Geografía y Geomática.

Un convenio celebrado con la UNAM se registró con el núm. CONV/SSP/UNAM/013/2008,

con el objeto de desarrollar un sistema de información denominado "Tablero de

Información para Mandos, TIM", que permite explotar la información almacenada en las

bases de datos. El convenio importó 3,786.5 miles de pesos, de los cuales 3,386.6 miles

de pesos correspondieron a la actividad institucional 02, pagaderos en dos exhibiciones de

1,262.1 miles de pesos en los meses de octubre y noviembre y una en diciembre por

862.4 miles de pesos, con las CLC núms. 11 C0 01 04246, 11 C0 01 04394 y 11 C0 01 0464,4

de fechas 16, 24 y 31 de diciembre de 2008, respectivamente.

El otro convenio de colaboración se celebró con el Centro de Investigación en Geografía

y Geomática (Geocentro) registrado con el núm. CTO/SSP/CENTROGEO/014//08, el 6 de

octubre de 2008, se realizó para desarrollar el Proyecto tecnológico de geointeligencia que

permite el uso de información geográfica proveniente de imágenes de satélite y de sistemas

de posicionamiento global, con la finalidad de revelar zonas con alto índice de actividad

criminal, por un importe de 3,600.0 miles de pesos pagados en tres exhibiciones con las

CLC núms. 11 C0 01 04345, 11 C0 01 04410 y 11 C0 01 04479, los días 23, 26, y 31 de

diciembre de 2008, por 1,000.0, 1,500.0, y 1,100.0 miles de pesos, respectivamente.

Respecto al programa “Conduce sin Alcohol”, se revisó el gasto total de 2,752.7 miles de

pesos (1.6% del total ejercido en los capítulos 2000, 3000 y 5000, por 168,197.4 miles

de pesos), correspondiente a la adquisición directa de recursos materiales para operar el

programa, mediante diversos contratos que se detallan a continuación:

1. Contrato núm. SSP/A/161/2008 suscrito el 31 de marzo de 2008, con la empresa

Universal Suppliers de México S.A. de C.V., para adquirir 150,000 boquillas desechables,

las cuales serían utilizadas en los 28 equipos de alcoholímetro INTOXILYZER 400PA CMI,

por un importe de 867.7 miles de pesos, con cargo a la partida 2505 “Materiales,

Accesorios y Suministros de Laboratorio”. Dicho monto fue liquidado con la CLC

núm. 11C00102161 de fecha 25 de julio de 2008.

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2. Contrato núm. SSP/A/162/2008, suscrito el 31 de marzo de 2008 con la empresa

Universal Suppliers de México, S.A. de C.V., para dar mantenimiento preventivo

y correctivo a 28 equipos de alcoholímetro modelo INTOXILYZER 400PA CMI, por un

importe de 734.2 miles de pesos, con cargo a la partida 3501 “Mantenimiento y

Conservación de Mobiliario y Equipo”, liquidadas con las CLC núms. 11C00101606

del 17 de junio de 2008 y 11C00104344 del 23 de diciembre de 2008, por 367.1 miles

de pesos cada una.

3. Contrato núm. SSP/A/533/2008, suscrito el 14 de noviembre de 2008 con la empresa

ADAMED S.A, para adquirir un vehículo tipo van integral, equipado con aditamentos

especiales para la operación del programa “Conduce sin Alcohol”, con cargo a la partida

5301 “Vehículos y equipo para la ejecución de programas de seguridad pública”

pagado con la CLC núm. 11C00104731 el 31 de diciembre de 2008, por un importe de

869.7 miles de pesos.

4. Contrato núm. SSP/A/403.1/2008, suscrito el 22 de agosto de 2008 con la empresa

Universal Suppliers de México, S.A. de C.V., para dar mantenimiento al equipo de

alcoholímetro pagado del 25 de agosto al 22 de septiembre de 2008 por un importe

de 25.6 miles de pesos.

5. Adquisición de lonas de 6.0 m2 rotuladas en vinil por un importe de 61.1 miles de

pesos, mediante contrato núm. SSP/A/445/2008, de fecha 15 de septiembre de 2008,

con persona física.

6. Contrato núm. SSP/350//08, celebrado con la empresa Corporación Mexicana de

Impresión, S.A. de C.V., por un importe de 194.4 miles de pesos, para adquirir 15 stands

de panel.

En la revisión de los convenios y contratos mencionados, se comprobó que la parte del

gasto de la actividad institucional 02, fue congruente con los objetivos de sus programas,

en cuanto a realizar investigaciones en materia de seguridad y el cumplimiento del programa

conduce sin alcohol.

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51 VOLUMEN 12/13

Actividad institucional 05 “Operar el Sistema de Videovigilancia”

Uno de los principales objetivos de la actividad institucional 05 consistió en dar mantenimiento

preventivo y correctivo al sistema de cámaras de video (Centro de Control Vial “Tlaxcoaque”),

con el fin de mejorar el sistema de vigilancia para la prevención del delito y combate

a la delincuencia, cubriendo zonas escolares, bancos, edificios públicos y áreas de gran

concentración de personas, consideradas conflictivas. Para la consecución de este objetivo

se erogaron 89,738.6 miles de pesos, monto superior en 17.1% al programado, como se

muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto

Capítulo de gasto Original

(1)

Ejercido

(2)

Variación (%)

2) / (1) (3)

Participación porcentual

(4)

Total 76,609.4 89,738.6 17.1 100.0 1000 “Servicios Personales” 22,511.6 23,647.2 5.0 26.4 2000 “Materiales y Suministros” 7,301.1 6,439.8 11.8 7.2 3000 “Servicios Generales” 42,796.7 38,800.4 (9.3) 43.2 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias” 4,000.0 20,851.2 421.3 23.2 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” 0.0 0.0 0.0 0.0

El capítulo 1000 “Servicios Personales” representó el 26.4% del presupuesto ejercido,

el gasto del capítulo 2000 “Materiales y Suministros” el 7.2%; el capítulo 3000 “Servicios

Generales” el 43.2%; este gasto se destinó principalmente para el pago del mantenimiento

del circuito cerrado de televisión, que incluyó la adquisición de refacciones. Esto generó

una erogación de 18,880.4 miles de pesos. Finalmente el 23.2% del gasto total se ejerció

con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias”.

Al respecto, se determinó revisar 39,731.6 miles de pesos, de esta actividad institucional,

monto que representó el 66.6% del presupuesto ejercido en los capítulos 3000 y 4000,

con el fin de comprobar la congruencia de lo gastado con el objetivo de la actividad

institucional 05. Una parte de la muestra seleccionada que provino del capítulo 3000

(18,880.4 miles de pesos) se requirió de la partida 3503 “Mantenimiento y Conservación de

Maquinaria y Equipo”; la otra parte de la muestra se derivó del capítulo 4000, específicamente

de la partida 4108 "Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro", por un monto de

20,851.2 miles de pesos.

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52 VOLUMEN 12/13

Para verificar las erogaciones correspondientes al mantenimiento y conservación de

maquinaria y equipo del circuito cerrado de televisión operado en Tlaxcoaque, se revisaron

tres contratos por un importe global de 18,880.4 miles de pesos, como se describe a

continuación:

1. Contrato núm. SSP/S/035/2008, celebrado el 31 de diciembre de 2007 con la empresa

Instalaciones y Mantenimiento en Equipo de Radiocomunicación, S.A. de C.V., para

dar mantenimiento a la red de semáforos con suministro de refacciones, a equipos

electrónicos de semaforización para el control de la vialidad en la Ciudad de México,

por un importe de 3,549.6 miles de pesos. Comprende suficiencia presupuestaria para

la actividad institucional 05 sólo por 2,899.6 miles de pesos. El monto fue pagado con

las CLC núm. 11 C0 01 0488 y 11 C0 01 0505 del 1 de abril de 2008, por los importes

de 1,449.8 miles de pesos, respectivamente.

2. Contrato núm. SSP/S/122/2008, celebrado el 29 de febrero de 2008 con la empresa

Instalaciones y Mantenimiento en Equipo de Radiocomunicación, S.A. de C.V., para

dar mantenimiento a la red de semáforos con suministro de refacciones, a equipos

electrónicos de semaforización para el control de la vialidad en la Ciudad de México,

por un importe de 41,728.9 miles de pesos, de los cuales 15,663.2 miles de pesos

se registraron con cargo a la actividad institucional 05. Fue cubierto con las CLC

núms. 11 C0 01 723, 01123, 01605, 01676, 01950, 02512, 02873, 03280, 03736,

04230, 04635, 04816.

3. Contrato núm. SSP/S/496.2/2008, celebrado el 31 de octubre de 2008 con la empresa

Instalaciones y Mantenimiento en Equipo de Radiocomunicación, S.A. de C.V., para

dar mantenimiento a la red de semáforos del subsistema 3, así como al circuito

cerrado de televisión de la Ciudad de México, por un importe de 10,536.1 miles de

pesos, de los cuales sólo 317.5 miles de pesos correspondieron a la actividad

institucional 05. El monto fue cubierto mediante la CLC núm. 11 C0 01 4668 del 29 de

diciembre de 2008.

Con relación al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias”, se revisó el 100.0%

de los recursos erogados, por 20,851.2 miles de pesos, y se verificó que a través de la partida

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4108, "Ayudas y Donativos a Instituciones sin Fines de Lucro", se canalizaron 17,263.2 miles

de pesos (82.8%), en calidad de donación, al Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y

Procuración de Justicia del Distrito Federal, mediante la afectación programática presupuestal

líquida núm. 11 C0 01 0133 E.

En tanto que los 3,588.0 miles de pesos restantes se canalizaron al convenio de colaboración

con la Unidad Profesional Interdisciplinaria de Ingeniería y Tecnología Avanzada del Instituto

Politécnico Nacional (IPN) para realizar el análisis de funcionamiento de 20 estaciones

base, del sistema Tetra de Comunicaciones y a la supervisión de 8 nuevas estaciones base”.

Como resultado del análisis, se comprobó que en el presupuesto original no se consideró

destinar donativos al Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia

del Distrito Federal, ni realizar el convenio con el IPN, por lo que, mediante la nota

núm. 14 del 25 de febrero de 2010, se requirió a la Dirección General de Recursos

Financieros (DGRF) y a la Dirección General de Ingeniería de Tránsito (DGIT) explicar las

causas de la transferencia de los recursos y proporcionar la documentación justificativa

y comprobatoria correspondiente.

En respuesta, mediante nota sin número y sin fecha, la DGIT informó que no programó ni

ejerció dichos recursos, ya que sólo realizó los contratos para el mantenimiento y refacciones

inherentes a la operación del Centro de Control Vial “Tlaxcoaque”, Por su parte, la DGRF,

mediante el oficio núm. DGRF/OM/SSP/0336/2010 del 2 de marzo de 2010, señaló que

los recursos se transfirieron al Consejo mediante la afectación programática presupuestal

líquida núm. 11 C0 01 0133 E por un importe de 17,263.2 miles de pesos; y, respecto

a los 3,588.0 miles de pesos, indicó que se destinaron al análisis del funcionamiento de

20 estaciones base, con la finalidad de mantener buena comunicación entre policía

capitalina y el Centro de Control de Operaciones.

Del análisis, se concluye que sólo 18,880.4 miles de pesos correspondieron a la operación

de la actividad institucional 05 “Operar el sistema de videovigilancia”, mientras que los

restantes 20,851.2 miles de pesos fueron orientados a otra función que realiza la SSP,

que no forma parte de las actividades sustantivas de control de tránsito del Centro de

Control Vial “Tlaxcoaque”.

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54 VOLUMEN 12/13

Con respecto a la transferencia de recursos, se considera que ésta no fue congruente

con el objetivo de actividad institucional, toda vez que los objetivos fueron orientados al

mantenimiento del Centro de Control Vial “Tlaxcoaque”, que realiza funciones sustantivas

de control de tránsito.

Actividad institucional 07 “Brindar servicios de control y apoyo vial”

El objetivo de la actividad institucional 07 consistió en llevar a cabo estudios, análisis

y proyectos, proporcionar capacitación sobre educación vial a la población, con el fin

de fomentar el respeto al Reglamento de Tránsito, proteger al peatón y a los usuarios de

bicicleta; y en general promover la convivencia armónica en la vía pública. Para el logro

de este objetivo, la SSP erogó 456,650.6 miles de pesos, monto superior en 11.2% al

programado, como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto

Capítulo de gasto Original

(1)

Ejercido

(2)

Variación (%)

(2) / (1) (3)

Participación porcentual

(4)

Total 410,737.3 456,650.6 11.2 100.0 1000 “Servicios Personales” 361,741.9 376,273.9 4.0 82.4 2000 “Materiales y Suministros” 20,024.0 55,893.2 179.1 12.2 3000 “Servicios Generales” 28,821.3 19,850.4 (31.1) 4.4 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias” 150.0 139.5 (7.0) n.s. 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles” 0.0 4,493.0 n.a. 1.0

n.a. No aplicable. n.s. No significativa.

Como resultado del análisis de la actividad institucional 07, se determinó que el capítulo

1000 “Servicios Personales” representó el 82.4% del presupuesto ejercido, el capítulo 2000

“Materiales y suministros” el 12.2%, el capítulo 3000 “Servicios Generales el 4.4% y los

capítulos 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias” y 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”

juntos representaron el menor gasto (1.0%).

Para verificar la congruencia del gasto con el objetivo de la actividad institucional,

se seleccionó una muestra de las partidas 2105 “Materiales y útiles de impresión y

reproducción”, 2403 “Materiales complementarios”, 2701 “Vestuario, uniformes y blancos”,

y 5205 “Maquinaria y equipo eléctrico y electrónico”, que en conjunto integraron un importe

global de 41,934.0 miles de pesos. Al respecto, se obtuvo lo siguiente:

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Con el contrato núm. SSP/A/510/2008, celebrado el 11 de noviembre de 2008, se pactó la

compra con la empresa Suzuka Motos, S.A. de C.V., de fundas para kepí y brazaletes,

por un importe de 459.9 miles de pesos, del cual 320.5 miles de pesos corresponden

a la actividad institucional 07 que fueron liquidados con la cuenta por liquidar certificada

núm. 11C0014371 del 30 de noviembre de 2008. Con el contrato núm. SSP/A/522/2008,

celebrado el 13 de noviembre de 2008, con la empresa N. Soluciones, para adquirir

guantes de algodón y silbatos con cadena por un importe de 47.4 miles de pesos, de los

cuales 2.9 miles de pesos fueron con cargo a la actividad institucional 07 a través de la

cuenta por liquidar certificada núm. 11C00104424 del 31 de diciembre de 2008.

Con el contrato núm. SSP/A/391/2008, celebrado el 15 de agosto de 2008, con la empresa

SEMEX, S.A. de C.V., se realizó la adquisición e instalación de dispositivos de seguridad

vial por la construcción de cinco puentes vehiculares en el circuito interior, por un importe

de 38,356.4 miles de pesos, de los cuales 36,921.3 miles de pesos correspondieron a la

actividad institucional 07, en la partida 2403 “Materiales complementarios” con las cuentas

por liquidar certificadas 11C0013467 por 11,340.6 miles de pesos del 30 de septiembre

de 2008; 11C0013855 por 10,318.0 miles de pesos del 29 de octubre de 2008 y 11C0014245

por 15,262.8 del 3 de diciembre de 2008.

Con el contrato núm. SSP/A/511/2008 firmado el 11 de noviembre de 2008, con la empresa

SEMEX, S.A. de C.V.,se llevó a cabo el suministro, instalación, configuración, programación y

puesta en operación de paneles de LED de mensaje variable, por un importe de 4,493.5 miles

de pesos pagados con la cuenta por liquidar certificada núm. 11C0014340 el 3 de diciembre

de 2008. Finalmente, mediante el contrato núm. PD/A/024/2008, firmado el 2 de mayo de 2008

con persona física se adquirieron con cargo a la partida 2105 “Materiales y útiles de impresión

y reproducción”, pagados el 12 de junio de 2008 con la cuenta por liquidar certificada

núm. 11C0012229 por 11.6 miles de pesos, para cubrir necesidades de la Dirección General

de Tránsito, .

Derivado de lo anterior, se concluye que el gasto de la actividad institucional 07 fue

congruente con su objetivo, puesto que en la revisión no se detectaron transferencias

de recursos a otras partidas ni gasto de recursos que no correspondieran a los fines de su

operación.

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Actividad institucional 12 “Realizar la supervisión y evaluación de la actuación policial”

El objetivo de la actividad institucional 12 consiste en supervisar y evaluar la actuación

policial de los elementos operativos adscritos a la SSP, con el fin de integrar un cuerpo de

policía profesional, que cumpla los principios de legalidad, eficacia, honestidad, justicia,

respeto a los derechos humanos y al estado de derecho. Para cumplir ese propósito, se erogó

un presupuesto de 162,231.0 miles de pesos, 3.7% superior al programado.

(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto

Capítulo de gasto Original

(1)

Ejercido

(2)

Variación (%)

(2) / (1) (3)

Participación porcentual

(4)

Total 156,462.6 162,231.0 3.7 100.0 1000 “Servicios Personales” 142,154.0 147,954.3 4.1 91.2 2000 “Materiales y Suministros” 4,451.7 3,666.9 (17.6) 2.3 3000 “Servicios Generales” 9,756.9 9,520.8 2.4 5.9 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias” 100.0 93.0 (7.0) n.s. 5000 "Bienes Muebles e Inmuebles” 0.0 996.0 n.a. 0.6

n.a. No aplicable. n.s. No significativa.

Como se puede observar, el mayor gasto se concentró en el capítulo 1000 “Servicios

Personales”, con el 91.2% del presupuesto ejercido, el 8.8% correspondió a los capítulos

2000, 3000, 4000 y 5000, por lo que se seleccionó una muestra de gasto de esos cuatro

capítulos por 2,136.8 miles de pesos, cantidad que representó el 15.0% de la suma, a fin

de verificar la congruencia del gasto con los objetivos de la actividad institucional.

Al respecto, se verificó el contrato núm. SSP/S/373/2008 suscrito el 31 de julio de 2008,

con el Laboratorio Médico del Chopo, S.A. de C.V., para aplicar exámenes toxicológicos

a los elementos de la policía, por un importe de 1,719.2 miles de pesos, pagado con

las cuentas por liquidar certificadas núm. 11C00114469 por 1,416.3 miles de pesos y

11C00104469 por 24.5 miles de pesos, ambas del 31 de diciembre de 2008, la diferencia

de 278.5 miles de pesos se cubrió con recursos del FOSEGDF.

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57 VOLUMEN 12/13

Se analizó el contrato núm. SSP/A/334/2008, celebrado con Comercializadora Empresarial

de Bienes y Servicios S.A. DE C.V. el 8 de julio de 2008 para la adquisición de bienes

informáticos, por un importe de 187.6 miles de pesos, pagados con las cuentas por liquidar

certificadas núms. 11C00103427 de fecha 19 de septiembre de 2008, con un importe de

185.9 miles de pesos.

Finalmente, se revisó el contrato núm. CONT-UDC-01/08 de servicios profesionales de

capacitación celebrado con la empresa Lafayette Consultores, S.C., el 1 de abril de 2008

por un importe de 230.0 miles de pesos, que fueron ejercidos por la Dirección General del

Centro de Control de Confianza para la impartición de cursos, con cargo a la partida 3302

“Capacitación” de la actividad institucional 12, con la cuenta por liquidar certificada

núm. 11C0012961 el 19 de septiembre de 2008.

Después del análisis a los contratos se concluye que el gasto de la muestra seleccionada

fue congruente con el objetivo de la actividad institucional 12, ya que en la revisión no se

detectaron gastos de recursos que no correspondieran a los fines de su operación.

En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, el ente auditado, con el oficio

núm. DETRC/OM/SSP/786/20109 de fecha 19 de mayo de 2010, suscrito por el Director

Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas, presentó diversa documentación

entre la que se encuentra el oficio núm. DGRF/OM/SSP/0843/2010 del 17 de mayo de 2010,

signado por el Director General de Recursos Financieros, en el cual se señala que

“la Secretaría de Seguridad Pública se encuentra obligada a proporcionar al Consejo

Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal, los apoyos

administrativos necesarios para el cumplimiento de su función como órgano de consulta,

análisis y participación ciudadana en materia de seguridad pública”.

Asimismo, se informó que “los recursos destinados al Consejo Ciudadano […] encuentran

relación con la operación de las cámaras de videovigilancia, toda vez que éstas cubren las

actividades que se realizan en la Ciudad de México y que permiten llevar a cabo acciones

inmediatas cuando se detectan conductas contrarias a la ley; y derivado de la actuación

del Consejo Ciudadano es posible orientar su operación hacia aquellas zonas o lugares

donde este ente identifica actos delictivos que no son denunciados ante las instancias

oficiales, a través de la vinculación con la sociedad, por lo que permite combatir los ilícitos

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58 VOLUMEN 12/13

de estas zonas o lugares en beneficio de la población; siendo complementado con la

operación del sistema tetra, que al funcionar en óptimas condiciones también conlleva

a que de forma oportuna las cámaras de videovigilancia cubran las zonas que requieren

una atención inmediata reportada por los propios elementos de la corporación”.

Agregó que “los recursos fueron destinados a la función para la cual se otorgaron de origen,

y cuyo registro presupuestal fue adecuado al estar autorizado y registrado por la Secretaría

de Finanzas, que consideró procedente destinar y ejercer estos recursos a través de la

actividad institucional 05”.

Al respecto, la Subsecretaría de Control de Tránsito proporcionó el oficio núm. SCT/472/10

del 18 de mayo de 2010, con el que confirma lo plasmado en el resultado al señalar que

“la entonces [Dirección de Sistemas de Operación e Ingeniería de Tránsito] no ejerció los

recursos transferidos a los programas citados, ya que solamente bajo su responsabilidad

quedaron los contratos relativos al mantenimiento y refacciones inherentes a la operación

del Centro de Control Vial Tlaxcoaque”. Para soportar su afirmación, anexó copia del

oficio núm. OM/SSP/0036/2008 del 11 del enero de 2008, donde se comunicó el techo

presupuestal autorizado para el ejercicio fiscal de 2008.

Del análisis a la información proporcionada por la SSP, se concluye que los registros

del gasto en los recursos proporcionados al Consejo Ciudadano, no fueron congruentes

con los objetivos de la actividad institucional 05 ni con las funciones que realiza la unidad

responsable de su operación, por lo que no se observó lo señalado en el Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008, por lo que el

resultado no se modifica.

Recomendación APPD-102-08-16-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal instruya a quien

corresponda para que sus operaciones financieras se realicen en congruencia con los

objetivos de los programas contenidos en el presupuesto autorizado para las actividades

institucionales y con las funciones de las unidades responsables de su operación,

conforme establece el Código Financiero del Distrito Federal.

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59 VOLUMEN 12/13

10. Resultado

Operación del Programa “Conduce sin Alcohol”

La Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal vigente en el

ejercicio 2008, en su artículo 3o., fracción XIX, establece que corresponde a la SSP

formular, “ejecutar y difundir programas de control y programas preventivos de ingestión de

alcohol u otras sustancias tóxicas para conductores de vehículos”. El 21 de octubre de 2008

fueron publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, las reformas a dicha fracción

quedando como sigue: “formular ejecutar y difundir programas de control y preventivos en la

ingesta de bebidas alcohólicas y consumo de estupefacientes, preferentemente en la cercanía

de puntos de mayor consumo y vialidades de alta incidencia en accidentes automovilísticos”.

El aviso del establecimiento del “Programa de Control y Prevención de Ingestión de Alcohol

en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal” publicado en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 18 de septiembre de 2003, se sustentó a raíz de tres Considerandos,

siendo el de mayor trascendencia el siguiente: “Que de acuerdo con las estadísticas de

mortandad en el Distrito Federal, el 47.0% de los fallecimientos que se registraron en

el 2002 con motivo de accidentes de tránsito, estuvieron relacionados con conductores de

vehículos en estado de ebriedad, cuyo proceder irresponsable en la generalidad de los

casos ha tenido consecuencias desfavorables para terceros”.

El Reglamento de Tránsito Metropolitano vigente en 2008 establece, en su artículo 31 que:

“Ninguna persona puede conducir vehículos por la vía pública si tiene una cantidad de

alcohol en la sangre superior a 0.8 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior

a 0.4 miligramos por litro, o si se encuentra bajo el influjo de narcóticos.

”Los operadores de vehículos destinados al servicio de transporte de pasajeros, de carga

o de sustancias tóxicas o peligrosas no deben presentar ninguna cantidad de alcohol en la

sangre o en aire espirado, o síntomas simples de aliento alcohólico o de estar bajo los efectos

de narcóticos.

”El incumplimiento de lo dispuesto en este artículo se sancionará con un arresto administrativo

inconmutable de 20 a 36 horas.”

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60 VOLUMEN 12/13

La Asamblea Legislativa del Distrito Federal reformó el artículo 100 y la adicionó el tercer

párrafo al artículo 102 del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal,19 para dar sustento

jurídico a la creación de un Programa preventivos de control e ingesta de bebidas

alcohólicas. Es importante señalar que derivado de dicha reforma se dio a conocer el

“Aviso del Establecimiento del Programa de Control y Prevención de Ingestión de Alcohol

en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal” ("Conduce sin Alcohol") el cual

fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 18 de septiembre de 2003.

Asimismo, se consultó el “Aviso del Establecimiento del Programa de Control y Prevención

de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal” publicado en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 6 de noviembre de 2007.

En dicho aviso se justificó la implementación del programa “Conduce sin Alcohol”,

indicándose que sería llevado a cabo de manera permanente y aleatoria a conductores de

vehículos que circulen en el Distrito Federal, en todas sus modalidades (particulares,

transporte público y de carga en general, así como en terminales, bases de servicio, cierres

de circuito y centros de transferencia modal, conservando además el carácter de confidencial

para propiciar el factor sorpresa y cumplir su objetivo.

Asimismo, se señala que, para garantizar la transparencia, legalidad, imparcialidad y respeto

de las garantías y derechos fundamentales de los conductores en la aplicación del programa

“Conduce sin Alcohol”, serían instalados diversos Puntos de Revisión ubicados de manera

rotativa, cuyo personal operativo estará compuesto por elementos de diferentes áreas de

la SSP perfectamente identificados con leyendas del programa y con gafetes que acrediten

su participación.20

19 Con el artículo segundo transitorio del Reglamento de Tránsito Metropolitano, publicado el 20 de junio de 2007 en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal, fue derogado el Reglamento de Tránsito del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2003 con excepción de lo dispuesto en materia de Control vehicular y expedición de licencias y permisos de conducir.

20 Es responsabilidad de las áreas participantes designar al personal que se integrará a cada Grupo Multidisciplinario, de acuerdo a lo señalado en el procedimiento denominado “Control de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal.

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61 VOLUMEN 12/13

El artículo 32 del Reglamento de Tránsito Metropolitano señala que:

“Todos los conductores de vehículos a quienes se les encuentre cometiendo actos que

violen las disposiciones del presente Reglamento y muestren síntomas de que conducen

en estado de ebriedad o bajo el influjo de narcóticos, están obligados a someterse a las

pruebas para la detección del grado de intoxicación por el Médico del Juzgado Cívico ante

el cual sean presentados o por personal autorizado para tal efecto.

”Los agentes pueden detener la marcha de un vehículo cuando Seguridad Pública

establezca y lleve a cabo programas de control y preventivos de ingestión de alcohol o de

narcóticos, para conductores de vehículos. Estos programas deben ser publicados en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal.”

También, el artículo 33 del Reglamento de Tránsito Metropolitano vigente en 2008 establece,

por un lado, los lineamientos de actuación de los elementos de la SSP cuando se cuente

con dispositivos oficiales de detección de alcohol o de narcóticos y, por el otro, los que

deberán ser acatados por el conductor infractor, como se enuncia en seguida:

1. Los conductores se someterán a las pruebas para la detección del grado de intoxicación

que establezca la SSP.

2. El agente entregará un ejemplar del comprobante de los resultados de la prueba al

conductor, inmediatamente después de su realización.

3. En caso de que el conductor sobrepase el límite permitido de alcohol en la sangre

será remitido al Juzgado Cívico.

4. El agente entregará un ejemplar del comprobante de los resultados de la prueba al Juez

Cívico ante el cual sea presentado el conductor del vehículo, documento que constituirá

prueba fehaciente de la cantidad de ingesta de alcohol o narcóticos encontrados

servirá de base para el dictamen del Médico Legista.

5. Si el conductor sobrepasa la cantidad de alcohol permitida, el vehículo será remitido

al depósito vehicular, salvo que autorice que otra persona conduzca el vehículo.

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La Dirección General de Prevención del Delito, a través de la Coordinación del Programa

de Control y Prevención de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el

Distrito Federal, fue responsable de diseñar el esquema operativo necesario para

el establecimiento del programa “Conduce sin Alcohol” y de verificar que éste estuviera

orientado a generar una conciencia social respecto a la erradicación paulatina de accidentes

de tránsito relacionados con el consumo de bebidas alcohólicas, con una visión preventiva

y disuasiva, sujeta a la legalidad con respeto a los derechos humanos.

Dicha Coordinación fue responsable de determinar los criterios para la instalación de los

Puntos de Revisión 21 para la aplicación de la “Prueba de Alcohol en Aire Espirado”

(alcoholímetro) a conductores de vehículos que son los siguientes:

1. Avenidas con mayor afluencia vehicular y problemas de tránsito.

2. Registro de zonas de alta incidencia de accidentes de tránsito, relacionados con el

consumo de alcohol.

3. Cercanía con centros nocturnos de diversión, lugares de origen de conductores

alcoholizados.

4. Garantías físicas del entorno en donde es aplicada la “Prueba de Alcohol en Aire

Espirado”, a fin de cuidar la integridad del personal participante en el programa.

En cuanto a los recursos humanos, cada Punto de Revisión debe estar compuesto por un

grupo multidisciplinario de 13 elementos los cuales realizan las siguientes funciones:22

21 Página 2 del procedimiento denominado “Control de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal”. 22 Gaceta Oficial del Distrito Federal del 18 de septiembre de 2003, y documento anexo denominado Programa de Control y

Prevención de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal, proporcionado por el ente auditado.

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63 VOLUMEN 12/13

El Médico o Técnico Aplicador es el único facultado para realizarla revisión y eventual

aplicación de la “Prueba de Alcohol en Aire Espirado” a conductores de vehículos, la cual

se realiza fuera del auto por medio del instrumento de medición denominado “alcoholímetro”,

el cual permite de manera automática determinar cuantitativamente el grado de toxicidad

de alcohol.

En cada una de las pruebas realizadas, es utilizada una boquilla de plástico desechable y

estéril, que es conectada al alcoholímetro el cual determinar la concentración del alcohol

en la sangre a través de una exhalación profunda.

Grupo multidisciplinario Funciones Total de elementos

Supervisor del Punto de Revisión

– Participa en la instalación. – Establece contacto con el Jefe de Punto a fin de coordinar las acciones

que se llevarán a cabo. – Recaba los nombres de los presentes y realiza una evaluación. – Reporta periódicamente a la Coordinación de programa los datos e incidentes. – Informa a las diferentes autoridades de la SSP, las novedades y datos

de relevancia.

1

Jefe de Punto de Revisión

– Instala el Punto de Revisión que le fue asignado. – Coordina las acciones por desarrollar en conjunto con el Supervisor del Punto. – Controla al personal de las diferentes áreas que estarán bajo su mando

en el Punto de Revisión durante toda la jornada.

1

Orientador Vial Policía Sectorial

– Participa en la instalación del Punto de Revisión. – Coloca los conos en la vialidad, de tal manera que el desarrollo del operativo

sea seguro, tanto para el personal participante como para los conductores. – Marca el alto a los vehículos por revisar. – Una vez que el vehículo haga alto total permitirán la actuación del personal

femenil. – Permanecen a la expectativa durante el desarrollo de la prueba del alcoholímetro,

a fin de garantizar la seguridad de los integrantes del Punto de Revisión. – En su caso, trasladan y ponen a disposición del Juez Cívico al conductor

con la documentación comprobatoria.

4

Policía Femenil – Participa en la instalación del Punto de Revisión. – Una vez detenido el vehículo, inician el diálogo con el conductor de manera

cordial y respetuosa haciéndole sentir cuál es la finalidad del operativo. – Auxilia en el “Punto de Revisión” en caso de presentarse infracciones

a conductoras.

2

Policía de la Unidad Especial

– Participa en la instalación del Punto de Revisión. – Brinda apoyo social a los conductores y sus familiares. – Llena de los formatos correspondientes a estadísticas. – Actúa como testigo ante las autoridades correspondientes.

1

Personal médico o técnico aplicador

– Comprueba, previo a la jornada, que el alcoholímetro se encuentre en óptimas condiciones de uso, y recibe el número indicado de boquillas.

– Practica la evaluación visual de intoxicación etílica al conductor del vehículo. – Opera el alcoholímetro y revisa las pruebas personalmente. – Requisita el formulario adjunto a la tirilla de resultados.

1

Operador de grúa – Realiza maniobra de enganche del vehículo del conductor infraccionado y lo remolca al depósito vehicular.

2

Representante de la Dirección General de Derechos Humanos de la SSP

– Observa y verifica que la prueba del alcoholímetro se lleve a cabo con legalidad y respeto a los derechos humanos.

1

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64 VOLUMEN 12/13

La Dirección General de Prevención del Delito, además, utilizó un vehículo tipo Cargo Van

Integral Equipado, con aditamentos especiales para la operación del programa “Conduce

sin Alcohol” y la aplicación de pruebas toxicológicas, lámparas o reflectores, chalecos

reflejantes y mantas alusivas. Adicionalmente, cuenta con el apoyo de la Policía Sectorial

y la Policía de Tránsito, mediante patrullas y grúas, respectivamente.

En cuanto a las fases del programa “Conduce sin Alcohol”, se implementaron de manera

permanente jornadas matutinas, dirigidas a conductores de transporte público y de carga

en general, a los cuales, de manera aleatoria, les fue aplicada la prueba del alcoholímetro

en dos “Puntos de Revisión”, de lunes a viernes de 10:00 a 18:00 horas; jornadas nocturnas,

orientadas a conductores de vehículos particulares, a los que se les aplicó la prueba del

alcoholímetro de jueves a sábado de las 23:00 a las 4:00 horas; también se efectuaron

jornadas especiales de aplicación de la prueba del alcoholímetro en temporadas como

semana santa, vacaciones de verano, fiestas patrias y temporada navideña, cubriendo las

24 horas del día; y jornadas de aplicación de pruebas a personal operativo, llevadas a

cabo en visitas sorpresa en diferentes instalaciones de la SSP con la finalidad de aplicar

la prueba del alcoholímetro.

En cuanto a la instalación del punto de revisión para la aplicación de la prueba del

alcoholímetro, la Dirección General de Prevención del Delito implementó el siguiente

esquema:

PS PS PS

PF PF DR PS

P V V V V V V V V G P P

DH PS A

PE S

P PATRULLAV VEHÍCULOG GRÚA

PS POLICÍA SECTORIALPF POLICÍA FEMENILDR DOCTORPE POLICÍA ESPECIALDH DERECHOS HUMANOSS SUPERVISORA APLICACIÓN DE LA PRUEBA

SIMBOLOGÍA

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La instalación de cada Punto de Revisión y su ubicación y el actuar de los integrantes del

grupo multidisciplinario que participan en el programa “Conduce sin Alcohol” están regulados

por los siguientes puntos de referencia:23

1. La ubicación e instalación del Punto de Revisión deberá efectuarse conforme al diagrama

establecido y a las condiciones territoriales de la zona.

2. Se deberá implementar un retén con capacidad de seis a ocho vehículos, el cual

nunca deberá permanecer vacío.

3. La jornada se llevará a cabo de acuerdo con las funciones y responsabilidades

conferidas a cada uno de los participantes en el programa “Conduce sin Alcohol”, a fin

de lograr con ello una máxima eficiencia.

4. Con el propósito de evitar accidentes será formada una línea de seguimiento con

elementos de la policía sectorial, que facilitará la entrada de los vehículos al retén.

5. Deberá prevenirse una bahía de salida, para que los vehículos que fueron retenidos de

manera aleatoria puedan permanecer en el Punto de Revisión sin que ello interrumpa

la actividad en éste.

6. Los vehículos no podrán abandonar el Punto de Revisión, hasta que el médico o técnico

aplicador haya concluido la revisión o la aplicación de la prueba del alcoholímetro al

conductor retenido.

7. A criterio del Jefe de Punto, en coordinación con el Supervisor y previa notificación

a autoridades superiores, el Punto de Revisión podrá ser reubicado, a fin de lograr la

revisión de más vehículos.

Para la operación del programa “Conduce sin Alcohol”, en 2008, la Dirección General de

Prevención del Delito de la SSP contó con el procedimiento denominado “Control y Prevención

de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal”, aprobado

23 Señalados en documentación anexa al Aviso del Establecimiento del Programa de Control y Prevención de Ingestión de

Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal.

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66 VOLUMEN 12/13

con el dictamen núm. 14/2005 y vigente para el ejercicio fiscal en revisión, debidamente

autorizado y registrado por la Coordinación General de Modernización Administrativa de la

Oficialía Mayor.

Dicho procedimiento tuvo como objetivo salvaguardar la integridad física y los bienes de

los conductores y de la comunidad en general, mediante el establecimiento de un operativo

de revisión permanente para medir la cantidad de alcohol en aire espirado, con un sentido

preventivo y disuasivo de accidentes viales.

En el procedimiento citado se señala que la Coordinación del Programa de Control y

Prevención de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal,

además de determinar la instalación de los Puntos de Revisión para la aplicación de la

“Prueba de Alcohol en Aire Espirado” (alcoholímetro), definiría su ubicación de manera

rotativa. Asimismo, se indica que, previo a la instalación de cada Punto de Revisión, el grupo

multidisciplinario se reúnen con el Jefe de Punto de Revisión, quién elabora un “Registro

de Asistencia” y los traslada al lugar en donde será aplicada la prueba del alcoholímetro.

Cada Jefe de Punto de Revisión encargado de la instalación física de su Punto de

Revisión, ubica al personal del grupo multidisciplinario de acuerdo con el Esquema Operativo,

coordinando las acciones por desarrollar en cuanto a la valoración de los niveles de alcohol

de los conductores de vehículos, e informa periódicamente, vía radio, a la Coordinación del

Programa de Control y Prevención de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos

en el Distrito Federal las novedades, tales como: instalación, reporte de cada hora,

situaciones relevantes y cierre de punto.

En este sentido, la Dirección General de Prevención del Delito informó que el tramo de

responsabilidad en la aplicación de la prueba del alcoholímetro a cargo de la Coordinación del

Programa de Control y Prevención de Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos

en el Distrito Federal, se estableció de acuerdo con el siguiente diagrama de flujo:

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Inicio del procedimiento

De manera aleatoria, elementos de la Policía Sectorial (Orientadores Viales) utilizando lámparas

portátiles de señalización, indican al conductor ingresar su vehículo al Punto de Revisión y detener su marcha; acto seguido, permiten la intervención

del personal del Agrupamiento Femenil, y permanecen a la expectativa durante

el desarrollo de la prueba.

Personal del Agrupamiento Femenil inicia diálogo cordial y respetuoso con el conductor del vehículo, comunicándole el motivo y finalidad del operativo.

El técnico aplicador observa y verifica ocularmente si el conductor del vehículo muestra

signos de haber ingerido bebidas embriagantes (sin que éste descienda del auto).

Agradece al conductor del vehículo el haberse

detenido y lo invita a continuar su marcha. No muestra

signos

Sí muestra signos

El técnico aplicador invita al conductor a descender del vehículo y le comunica

que será sometido a la aplicación de la “Prueba de Alcohol en Aire Espirado”.

El conductor del vehículo

se niega

El Técnico Aplicador lo informa al Jefe

de Punto de Revisión para que determine su remisión al Juez Cívico.

Sí se somete a la prueba

El técnico aplicador solicita al conductor del vehículo realice una exhalación en la boquilla del alcoholímetro; verifica y constata que el grado de toxicidad no exceda el porcentaje establecido

(0.41 mg/lt, o más grados de alcohol).

El resultado no excede

el porcentaje establecido

El técnico aplicador agradece al conductor del vehículo haberse sometido a la prueba y lo invita a continuar

su marcha.

Sí excede

El técnico aplicador imprime “Tirilla de Resultados Técnicos” en la que se señala fecha, hora, los datos

personales del técnico y su firma; asimismo, le comunica al conductor del vehículo que excedió

el límite de la prueba de alcoholímetro, lo cual lo obliga a proporcionar sus datos personales a los elementos

de la Unidad Especial Conduce sin Alcohol.

La Unidad Especial Conduce sin Alcohol requisita, en original y copia el Formato de Control y Cadena

de Custodia y anexa la “Tirilla de Resultados”, y se entrega el original al Jefe de Punto de Revisión para que instruya la remisión del conductor al Juez Cívico. Verifica visualmente si el conductor viene

con uno o más acompañantes que a su juicio estén en condiciones de operar el vehículo, y que además

porten licencia de conducir vigente, a fin de evitar que el auto ingrese a un depósito vehicular

(previa autorización del conductor).

El Jefe de Punto de Revisión entrega “Formato de Control y Cadena de Custodia” y “Tirilla de

Resultados” al personal de la Policía Sectorial para que elabore “Boleta de Remisión al Juez Cívico”

y remita al conductor infractor; por otro lado, en caso de que el conductor no se encuentre acompañado, instruye a la Policía de Tránsito que elabore “Boleta

de Infracción” y entregue una copia al conductor, y que el auto sea trasladado en grúa al depósito vehicular respectivo. Lo anterior es observado

y supervisado por un representante de la Dirección General de Derechos Humanos de la SSP.

Una vez que la Policía Sectorial elabora en original y copia la “Boleta de Remisión al Juez Cívico”, la firma y anexa el “Formato de Control y Cadena de Custodia”

la “Tirilla de Resultados”, el conductor infractor es remitido al juzgado que corresponda,

lo cual es informado al Jefe de Punto de Revisión.

El Jefe de Punto de Revisión elabora al término del operativo el “Reporte de Actividades del Punto

de Revisión”; registra el total de pruebas de alcoholímetro realizadas (negativas y positivas), el total de conductores remitidos al Juez Cívico,

el total de vehículos ingresados al depósito vehicular y las novedades de relevancia.

Fin del procedimiento

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68 VOLUMEN 12/13

Los conductores que se nieguen a ser sometidos a la prueba de detección de alcohol,

serán remitidos al Juez Cívico para la aplicación de las sanciones que procedan, sin

perjuicio de su posterior remisión al Agente del Ministerio Público por la posible comisión

del delito de desobediencia o resistencia de particulares ante una autoridad.

En todos los casos, al infractor le será notificado el Juzgado Cívico al que será remitido,

y será presentado en una unidad de la policía sectorial que designe el Jefe de Punto de

Revisión. En caso de que el conductor del vehículo particular tenga un acompañante y éste,

a juicio del médico o técnico aplicador, esté en condiciones de operar el vehículo y cuente

con su licencia de conducir vigente, podrá retirar el vehículo, en caso contrario, será

elaborada la “Boleta de Infracción” y el auto será trasladado a un depósito vehicular, lo cual

también le será notificado al infractor.

Como parte de los trabajos de revisión del programa “Conduce sin Alcohol” y con la finalidad

de conocer el grado de cumplimiento del procedimiento denominado “Control y Prevención de

Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal”, la Contaduría

Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF) realizó

una visita a un Punto de Revisión, el cual tuviera como criterio de ubicación, la “cercanía

con centros nocturnos de diversión como punto de origen de conductores alcoholizados”,

considerando que en las jornadas nocturnas existe mayor probabilidad de detectar

conductores de vehículos bajo los influjos del alcohol.

Se seleccionó el Punto de Revisión instalado en la calle Florencia esquina con avenida

Paseo de la Reforma; se constató, que el operativo, en términos generales, se llevó a cabo

de acuerdo con lo establecido en el procedimiento denominado “Control y Prevención de

Ingestión de Alcohol en Conductores de Vehículos en el Distrito Federal” vigente en 2008.

Sin embargo, es importante destacar la ausencia del representante de la Dirección

Ejecutiva de Derechos Humanos de la SSP en el inicio del operativo; no obstante, en el

transcurso del operativo se integró al grupo interdisciplinario. Al respecto, el Supervisor

del Punto de Revisión indicó que durante el desarrollo de esa jornada sólo estaba

participando un elemento de dicha área, el cual tenía que recorrer los distintos “Puntos de

Revisión” instalados en esa noche por toda la ciudad.

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69 VOLUMEN 12/13

La Dirección General de Prevención del Delito proporcionó copia del documento

denominado “Reporte de Actividades del Punto de Revisión”, elaborado por el Supervisor,

correspondiente a la noche de la visita efectuada por la CMHALDF, en el que asentó el

nombre, número de placa y agrupamiento al que pertenecen los elementos que participaron

en el operativo; nombre del Técnico Aplicador; número y fecha de la jornada realizada, así

como la ubicación del punto. Mediante el documento denominado “Parte Informativo”,

también elaborado por el Supervisor, se notificó al Subdirector de Programas Preventivos

de Seguridad Vial, de las novedades relevantes ocurridas durante la jornada en el Punto

de Revisión, en donde quedó reportada la visita efectuada.

Por lo anterior, se concluye que la SSP cumplió lo establecido en la fracción XIX del

artículo 3o. de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal,

toda vez que para el ejercicio de 2008 la Dirección General de Prevención del Delito

implementó y llevó a cabo el programa de carácter preventivo denominado “Conduce sin

Alcohol”. Es importante señalar que a la fecha dicho programa continúa operando, lo cual

fue verificado por la CMHALDF con una visita realizada a un Punto de Revisión el 18 de

marzo de 2010.

Recomendación APPD-102-08-17-SSP

Es conveniente que la Secretaría de Seguridad Pública a través de la Dirección General

de Prevención del Delito implemente mecanismos de control para garantizar que el grupo

multidisciplinario opere de acuerdo con el procedimiento administrativo formalmente

establecido para la aplicación de la prueba del alcoholímetro, asegurándose que en cada

Punto de Revisión se encuentre de manera permanente un representante de la Dirección

Ejecutiva de Derechos Humanos de la Secretaría de Seguridad Pública.

11. Resultado

Resultados del Programa “Conduce sin Alcohol” en 2008

El Código Financiero del Distrito Federal establece en el artículo 544 que “las dependencias,

órganos desconcentrados, delegaciones y entidades deberán llevar registros auxiliares para los

programas presupuestarios que muestren de manera sistemática los avances financieros y de

consecución de metas, con objeto de facilitar la evaluación en el ejercicio del gasto público”.

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70 VOLUMEN 12/13

Para el ejercicio de 2008, la Dirección General de Prevención del Delito tuvo a su cargo la

implementación y aplicación del programa “Conduce sin Alcohol” el cual fue considerado

dentro de la actividad institucional 02 “Realizar acciones de apoyo de seguridad publica”; de

acuerdo con el documento denominado “Seguimiento de Avance Programático del POA 2008”,

al cierre del año que se audita se reportaron en ocho rubros un total de 143,881 acciones

realizadas en dicho programa, lo cual representó el 42.7% respecto a la meta física alcanzada

en esa actividad institucional citada, como se muestra en seguida:

Acciones Acciones

Total 143,881 Instalación de módulos para la aplicación del alcoholímetro en puntos de revisión a conductores particulares

1,210

Aplicación de pruebas de alcoholímetro a conductores particulares 33,776 Instalación de módulos para la aplicación del alcoholímetro en puntos de revisión, a conductores de transporte publico de pasajeros

398

Aplicación de pruebas de alcoholímetro a conductores de transporte publico de pasajeros 50,764 Instalación de módulos de revisión, en diferentes áreas del personal operativo de la SSP para la aplicación del programa de alcoholímetro

77

Aplicación de alcoholímetro a personal operativo de la SSP 12,966 Realización de foros temáticos de prevención del consumo del alcohol a jóvenes universitarios 887 Aplicación de pruebas de alcoholímetro en puntos virtuales* a estudiantes 43,803

* Los puntos virtuales se instalaron en escuelas y plazas comerciales con el fin de aplicar pruebas voluntarias entre jóvenes para que conocieran cómo funciona el programa.

A fin de comprobar que las acciones reportadas hayan emanado de sus registros internos,

se solicitó al ente auditado mediante nota núm. 20 del 22 de marzo de 2010, los “Informes del

Avance del POA-2008”, en donde la Dirección de Operación de Programas de Participación

Ciudadana reportó el avance del programa “Conduce sin Alcohol”; asimismo, se requirió que

fueran puestos a disposición de la CMHALDF los registros auxiliares (de manera mensual)

que soportan las acciones reportadas en dichos informes, correspondientes a los rubros

de “Aplicación de Pruebas de Alcoholímetro a Conductores de Transporte Publico de

Pasajeros y de Carga en General” (jornadas matutinas) y “Aplicación de Pruebas

de Alcoholímetro a Conductores Particulares” (jornadas nocturnas) por ser éstos los que

representan el 58.8% de participación de las acciones realizadas en el programa referido.

En la revisión de dichos documentos, se constató que cada acción reportada equivale

a una prueba aplicada a conductores de vehículos mediante el Alcoholímetro. En el rubro

“Aplicación de Pruebas de Alcoholímetro a Conductores de Transporte Público de Pasajeros

y de Carga en General”, se reportaron 50,764 acciones, de las cuales 262 conductores fueron

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infraccionados, lo que representó el 0.5%. En la “Aplicación de Pruebas de Alcoholímetro

a Conductores Particulares” el informe reportó 33,776 pruebas aplicadas, de ese total

el 27.9% corresponde a conductores infraccionados, es decir, a 9,407 personas que

rebasaron los 0.4 miligramos por litro de alcohol en aire espirado.

Lo anterior se debe a que durante el fin de semana (jueves, viernes y sábado), ya sea por

la noche o madrugada, un mayor porcentaje de personas consume bebidas alcohólicas,

lo cual determina que durante las jornadas nocturnas se infraccione a un mayor número

de conductores que conducen en estado de ebriedad.

Toda vez que las jornadas nocturnas representaron un mayor impacto en los resultados

obtenidos en el marco del programa “Conduce sin Alcohol” llevado a cabo en 2008, se revisó

el registro de las acciones realizadas en el rubro “Aplicación de Pruebas de Alcoholímetro

a Conductores Particulares”. Al respecto se detectó que en los “Informes del Avance

del POA-2008” fueron consideradas un total de 33,776 acciones, que la Dirección General

de Prevención del Delito reportó de manera oficial a la Dirección General de Recursos

Financieros de la SSP en el documento denominado “Seguimiento de Avance Programático

del POA 2008”; sin embargo, en la verificación del registro auxiliar, se constató que éste

consigna un total de 30,518 acciones, lo cual representó una diferencia entre ambos reportes

de 3,258 pruebas de alcoholímetro realizadas, correspondientes a los meses de marzo, junio

y julio de 2008, como se muestra en el cuadro siguiente:

Mes Registros auxiliares

Reportes programáticos Diferencia

Total 30,518 33,776 3,258 Enero 2,022 2,022 0 Febrero 2,101 2,101 0 Marzo 1,694 4,066 2,372 Abril 2,060 2,060 0 Mayo 2,864 2,864 0 Junio 2,936 3,236 300 Julio 1,501 2,087 586 Agosto 1,947 1,947 0 Septiembre 1,814 1,814 0 Octubre 2,640 2,640 0 Noviembre 2,674 2,674 0 Diciembre 6,265 6,265 0

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72 VOLUMEN 12/13

Con objeto de precisar las causas de dichas diferencias, durante la revisión de la

documentación se solicitó directamente al ente auditado que explicara los criterios

empleados para el registro de las acciones realizadas. Al respecto, se señaló que las

pruebas de alcoholímetro que son efectuadas a conductores de vehículos particulares son

procesadas en un sistema mediante una base de datos en Excel, en la cual el área

responsable captura la fecha y número de jornada efectuada, el total de entrevistas

hechas, las pruebas aplicadas, las remisiones de infractores al Juez Cívico, el número de

autos llevados a depósitos vehiculares, el número de infractores mayores y menores

de 25 años y menores de edad; y el número de hombres y mujeres. Asimismo, les refirió

que dicha información es extraída de la documentación que se genera en cada uno de los

Puntos de Revisión, como es la “Tirilla de Resultados”, “Boleta de Remisión” y “Control

de Reportes”, que representan el soporte documental de las acciones reportadas en los

registros auxiliares y de los “Informes del Avance del POA-2008”. Sin embargo, a la fecha de

cierre de los trabajos de ejecución de auditoría (9 de abril de 2010) la Dirección General

de Prevención del Delito no precisó las causas de las diferencias detectadas.

El ente auditado informó que de acuerdo con el tramo de responsabilidad que se tiene en

la aplicación de la prueba del alcoholímetro, son generados tres documentos que comprueban

que la prueba del alcoholímetro fue realizada, los cuales deberán consignar los datos que

se enlistan a continuación:

1. “Tirilla de Resultados”. Contiene el número de la prueba, la fecha y hora en que ésta

fue realizada; resultado obtenido; así como el nombre y firma del examinador y del

examinado, de acuerdo con la identificación que presenta este último.

2. “Boleta de Remisión”. Debe tener impreso el número de la boleta, consignar el nombre

y firma de los policías remitentes y del Juez Cívico; el motivo de la presentación y el

nombre de los probables Infractores.

3. “Control de Reportes”. Contará con la fecha y hora señalada en la “Tirilla de Resultados”;

datos del elemento policial que elaboró el formato y del infractor; Juzgado Cívico al que

fue remitido el infractor; grados de alcohol determinados en la prueba del alcoholímetro;

en su caso, depósito vehicular al que fue trasladado el automóvil o responsiva del

vehículo.

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Con la finalidad de verificar que dicha documentación contara con los datos señalados

y que éstos correspondieran a los consignados en sus registros auxiliares, se solicitó a la

Dirección General de Prevención del Delito, de manera aleatoria, una muestra documental de

12 jornadas nocturnas, correspondientes a los meses de enero, marzo, mayo y julio de 2008;

y se obtuvieron los siguientes resultados:

Datos que integran la muestra revisada Total

Puntos de Revisión 66

Entrevistas realizadas 10,241

Pruebas de alcoholímetro aplicadas 1,540

Infractores remitidos al Juez Cívico 435

Autos trasladados a depósitos vehiculares 264

Respecto a los Puntos de Revisión, se comprobó que éstos se instalaron de manera

rotativa, de acuerdo con lo señalado en el procedimiento establecido para la aplicación de

la prueba del alcoholímetro; y que su ubicación correspondió a los criterios determinados

para su operación.

Del total de entrevistas realizadas a conductores de vehículos en las jornadas de revisión,

el 15.0% fue candidato para la aplicación de la prueba del alcoholímetro que correspondió

a 1,540 personas examinadas, de las cuales 435 resultaron positivas, es decir, el 28.2%

fue remitido al Juez Cívico por rebasar el límite permitido de alcohol en aire espirado.

En cuanto a los autos de los infractores, el 60.7% fue trasladado a depósitos vehiculares,

por no contar con algún acompañante que se hiciera cargo de ellos.

En relación con los datos que debe contener la documentación generada durante las

435 pruebas del alcoholímetro, se verificó que el 97.0 % de las “Tirillas de Resultados”

cuentan con la firma del examinado y del examinador (técnico aplicador); el 99.1% de las

“Boletas de Remisión” incluyen los datos de los policías remitentes y del infractor y el motivo de

la remisión, el 97.5% de los “Controles de Reporte” incluye la fecha y hora de la aplicación

de la prueba de alcohol registrada en la “Tirilla de Resultados”, los datos del infractor,

el Juzgado Cívico al que fue trasladado y los datos del Supervisor del Punto de Revisión,

quien requisita dicho documento.

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Finalmente, se verificó que la ubicación de los Puntos de Revisión, el número de entrevistas,

pruebas de alcoholímetro, el número de infractores remitidos y el total de autos trasladados

a depósitos vehiculares correspondieron a lo reportado en los registros auxiliares durante

los períodos revisados.

Recomendación APPD-102-08-18-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública a través de la Dirección General

de Prevención del Delito, establezca los mecanismos necesarios para contar con una base de

datos sistematizada y actualizada, que muestre de forma fehaciente la información referente

a la aplicación del programa “Conduce sin Alcohol”, de conformidad con lo señalado en el

artículo 544 del Código Financiero del Distrito Federal.

12. Resultado

Cumplimiento del Objetivo del Programa “Conduce sin Alcohol” e Impacto de las Acciones

De conformidad con el artículo 28,fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de

Seguridad Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 20 de mayo de 2005, corresponde al titular de la Dirección General de Prevención del

Delito, entre otros, “diseñar, proponer, instrumentar y evaluar la operación de políticas

y programas de participación ciudadana y prevención del delito para promover y fomentar

la participación ciudadana y su integración a los programas y actividades en la materia”.

Con el propósito de verificar que el ente auditado durante el ejercicio de 2008, haya dado

cumplido el objetivo señalado en el aviso de establecimiento del programa “Conduce sin

Alcohol”, con la nota núm. 9 del 9 de febrero de 2010, se solicitó a la Dirección de

Aplicación de Programas Preventivos Institucionales que informara de qué manera fue

medido el impacto de la aplicación del programa “Conduce sin Alcohol” en 2008. Al respecto,

la Dirección General de Prevención del Delito, que a principios del año que se audita la

Coordinación del Programa de Control y Prevención de Ingestión de Alcohol en Conductores

de Vehículos en el Distrito Federal operaba con siete Puntos de Revisión; sin embargo

concientes de que cada entrevista representaba una acción preventiva, la cual buscaba

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concientizar a conductores de vehículos aun cuando no se les hubiese aplicado la prueba del

alcoholímetro y continuar disminuyendo de manera importante los accidentes automovilísticos,

se cerró el ejercicio fiscal con 10 Puntos de Revisión. Asimismo, indicó que cada prueba

llevada a cabo significó un accidente potencial evitado y que las remisiones hechas al Juez

Cívico se traducen en vidas salvadas.

En este sentido, se proporcionó información estadística,24 la cual le es enviada por el Servicio

Médico Forense del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (SEMEFO), y es

utilizada como indicador de gestión, toda vez que registra el número anual de muertes en

accidentes automovilísticos provocados por ingesta de alcohol. Dichas estadísticas

registraron un descenso en la medida en que el programa “Conduce sin Alcohol” ha tenido

una mayor cobertura y ha logrado inhibir a los conductores de vehículos a manejar en

estado etílico, como se muestra en seguida:

671 719640

583

281 277313 290

0

100

200

300

400

500

600

700

800

2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008

PERSONAS FALLECIDAS EN ACCIDENTES DE TRÁNSITO BAJO LOS EFECTOS DE INGESTA DE ALCOHOL

De acuerdo con la gráfica, anterior, los accidentes automovilísticos provocados por ingesta

de alcohol tuvieron una tasa media de decrecimiento de 14.6%, lo que demuestra que la

permanencia del programa ha sido efectiva.

24 Emitida por la Dirección de Aplicación de Programas Preventivos Institucionales con el oficio núm. SPCyPD/DGPD/DAPI/202/04-10

del 14 de abril de 2010.

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76 VOLUMEN 12/13

Por otro lado, la Dirección General de Prevención del Delito señaló que durante 2008

el programa “Conduce sin Alcohol” fue mencionado en 1,028 reportes informativos en

diferentes medios de difusión, el 44.0% fueron escritos en 19 periódicos, el 31.9%

correspondió a información difundida en 11 estaciones de radio, el 16.1% fue transmitida

mediante 7 televisoras y el12.0% restante a través de 6 páginas de Internet, lo cual según

la SSP, fue favorable para la difusión del programa en materia de prevención de accidentes

automovilísticos por ingesta de bebidas embriagantes.

De igual manera, la SSP refirió que, desde que fue implementado el programa “Conduce sin

Alcohol” hasta el cierre del año que se audita, se han remitido un total de 32,959 conductores

de vehículos que presentaron niveles de alcohol en aire espirado arriba de lo permitido,

tendencia que ha ido en aumento en la medida en que el programa ha sido aplicado, como

se muestra en la siguiente gráfica:

1,212

3,610

4,861

6,7937,076

9,407

0

2,000

4,000

6,000

8,000

10,000

2003 2004 2005 2006 2007 2008

REMISIONES EFECTUADAS DURANTEJORNADAS NOCTURNAS JORNADAS NOCTURNAS

Lo anterior, indicó la Dirección General de Prevención del Delito, es atribuido al incremento

de Puntos de Revisión y al esquema operativo basado en la instalación y ubicación de

éstos de manera aleatoria y rotativa, de acuerdo con el Aviso de Establecimiento,

sin dejar de lado la difusión que se le ha dado al programa “Conduce sin Alcohol” desde

su creación como resultado del impacto que ha tenido ante la sociedad.

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77 VOLUMEN 12/13

Por otra parte, el ente auditado proporcionó información estadística, por edades y sexo,

de las personas que han sido remitidas al Juez Cívico, que se presenta en seguida:

7

16

23

29

1316

0

5

10

15

20

25

30

2003 2004 2005 2006 2007 2008

CONDUCTORES MENORES DE EDAD REMITIDOS

De acuerdo con esta clasificación, la tendencia de menores de edad remitidos estuvo en

aumento hasta el ejercicio 2006, sin embargo, a medida que el programa “Conduce sin

Alcohol” ha sido difundido y se ha concienciado a los menores de edad acerca de los

riesgos de conducir bajo los efectos del alcohol, el número de remisiones en 2007 y 2008

ha disminuido respecto a los años anteriores.

201

624809 832

1,095

1,528

0

200

400

600

800

1000

1200

1400

1600

2003 2004 2005 2006 2007 2008

CONDUCTORES MENORES DE 25 AÑOS REMITIDOS

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78 VOLUMEN 12/13

A partir del aviso de establecimiento del programa “Conduce sin Alcohol” en 2003 y hasta

2008 se han incrementado los conductores menores de 25 años remitidos al Juez Cívico,

lo cual representó un tasa media de crecimiento anual del 50.0%. Lo anterior respondió

fundamentalmente al incremento de la instalación de Puntos de Revisión.

1,004

2,970

4,030

5,932 5,968

7,863

0

1,0002,0003,000

4,0005,000

6,0007,000

8,000

2003 2004 2005 2006 2007 2008

CONDUCTORES MAYORES DE 25 AÑOS REMITIDOS

Al igual que en el caso del rango de conductores menores de 25 años remitidos al Juez

Cívico, la tasa media de crecimiento anual de los conductores mayores de 25 años,

representó el 50.9%.

55

142179

249

362

568

0

100

200

300

400

500

600

2003 2004 2005 2006 2007 2008

CONDUCTORES DEL SEXO FEMENINO INFRACCIONADOS

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79 VOLUMEN 12/13

1,157

3,468

4,682

6,544 6,714

8,839

0

1,000

2,000

3,000

4,000

5,000

6,000

7,000

8,000

9,000

2003 2004 2005 2006 2007 2008

CONDUCTORES DEL SEXO MASCULINO INFRACCIONADOS

Del total de conductores remitidos al Juez Cívico durante el período 2003 a 2008,

atendiendo al género, el 4.7% eran de sexo femenino y el 95.3% de sexo masculino,

lo que significa que de cada 20 personas remitidas, en promedio una es mujer.

519

1,8482,505 2,226

3,294

6184

0

1000

2000

3000

4000

5000

6000

7000

2003 2004 2005 2006 2007 2008

VEHÍCULOS TRASLADADOS A DEPÓSITOS VEHICULARES

Con relación a los vehículos que fueron trasladados a los depósitos respectivos durante

el período comprendido de 2003 a 2008, se concluye que el incremento obedeció

principalmente al incremento en la instalación de los Puntos de Revisión y a que el conductor

del vehículo no contó con acompañantes a los que se les pudiera permitir el resguardo

y conducción del vehículo.

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80 VOLUMEN 12/13

De lo anterior se concluye que en 2008 la SSP, por conducto de la Dirección General de

Prevención del Delito, cumplió con el objetivo principal del programa “Conduce sin

Alcohol” que fue salvar vidas,25 toda vez que los decesos en accidentes automovilísticos

por ingesta de alcohol ocurridos durante el período de 2003 a 2008 ha tenido un

comportamiento decreciente, en razón del incremento de Puntos de Revisión, ya que fue

posible remitir a un mayor número de conductores que sobrepasaron el límite permitido de

alcohol en la sangre, en aire aspirado lo cual impactó en la disminución de accidentes

automovilísticos.

13. Resultado

Operación del Sistema de Circuito Cerrado de Televisión para el Apoyo Vial

De acuerdo con lo establecido en la fracción XIV del artículo 3o. de la Ley Orgánica de la

Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, corresponde a la SSP realizar funciones

de control, supervisión y regulación del tránsito de personas y vehículos en la vía pública

conforme a lo dispuesto en las leyes y reglamentos aplicables.

El Circuito Cerrado de Televisión fue diseñado para supervisar una diversidad de ambientes

y actividades; a diferencia de la televisión convencional, todos sus componentes están

enlazados y sistematizados para ser operados por un número limitado de espectadores.

Dicha tecnología está compuesta por uno o más monitores conectados a una o más

cámaras de video en estado fijo, las cuales son dirigidas desde una sala de control

en donde es posible configurar su panorámica, enfoque, inclinación y acercamiento.

Con la finalidad de proporcionar apoyo al tránsito vehicular de aquellas intersecciones

viales que registraban enormes congestionamientos viales y un elevado número de accidentes

automovilísticos, en 1978 fue instrumentado por primera vez en la Ciudad de México

un sistema centralizado de control de semáforos el cual operaba con 50 intersecciones

y un Circuito Cerrado de Televisión con capacidad de cinco cámaras de video, utilizadas

específicamente para el apoyo del tránsito vehicular.

25 Orientado principalmente a la erradicación paulatina de accidentes de tránsito relacionados con el consumo de bebidas

alcohólicas, con una visión preventiva y disuasiva y apego a la legalidad e irrestricto respeto a los derechos humanos.

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81 VOLUMEN 12/13

En 1980, el sistema fue trasladado a las instalaciones de la SSP y se creó el Centro de Control

Vial “Tlaxcoaque”, aumentando la red semafórica a 725 intersecciones y 25 cámaras

de video, para reforzar el apoyo vial a través del Circuito Cerrado de Televisión. Con la

modernización del sistema, iniciada en 2000, para el ejercicio que se audita el Circuito

Cerrado de Televisión contó con una cobertura de 195 cámaras de video.26

Desde su creación, el objetivo principal del Centro de Control Vial “Tlaxcoaque” en el

Distrito Federal fue proporcionar el apoyo necesario para la toma de decisiones en tiempo

real acerca de las condiciones del tránsito en la red primaria, así como modernizar los

sistemas de control vial a distancia, por lo que los beneficios esperados eran los siguientes:

1. Monitorear en tiempo real el tránsito vehicular.

2. Reducir los índices de contaminación a partir de una mejor fluidez de automóviles.

3. Proponer alternativas y estrategias para atender contingencias, movimientos masivos

y accidentes.

4. Lograr el apoyo eficiente del monitoreo, mediante la participación de agentes de tránsito

de manera racional.

5. Coadyuvar al adecuado funcionamiento de los sistemas de transporte público que

operan en el Distrito Federal.

Para el ejercicio de 2008, con el propósito de monitorear de manera permanente las zonas

y vialidades más conflictivas del Distrito Federal, el Circuito Cerrado de Televisión del Centro

de Control Vial “Tlaxcoaque” contó con la siguiente infraestructura:

1. Postes de 15 m y 20 m de altura para lograr una mejor visión del tránsito vehicular.

2. 195 cámaras de video con enfoque, inclinación y zoom, las cuales se encuentran

instaladas en las vialidades primarias con excesivo flujo vehicular.

26 Información proporcionada por la Dirección General de Ingeniería de Tránsito, con el oficio núm. DGIT./00280/2010 del 9

de abril de 2010.

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3. Mesa de trabajo con un puesto de operaciones para el manejo y control de

1,256 intersecciones semaforizadas.

4. Mesa de trabajo con un puesto de operaciones para el manejo y control de cámaras

y selección de video.

5. Mesa de trabajo para atender indicaciones a través de diferentes frecuencias de radio.

6. Centro de control de recepción de señal por fibra óptica, que opera mediante siete

gabinetes, en donde se encuentran los servidores que envían la señal a la matriz de video

que se despliega en los monitores.

7. Muro de pared con 24 monitores de 19 pulgadas y 16 videocubos de 50 pulgadas.

8. Fibra óptica que desarrolla una alta velocidad de transmisión y poca pérdida de señal.

9. Sistema de comunicación que utiliza antenas especiales denominado “Microondas”.

Durante el ejercicio que se audita, el Centro de Control Vial “Tlaxcoaque” fue operado

por de la Dirección Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito (DEIT), Dirección de Sistemas

de Operación e Ingeniería de Tránsito, la Subdirección de Sistemas de Operación de

Tránsito y la Jefatura de Unidad Departamental del Centro Computarizado de Control Vial,

así como por 11 técnicos operativos, los cuales estuvieron divididos en cuatro turnos,

cubriendo las 24 horas del día.

Con relación a la capacitación, la Dirección General de Ingeniería de Tránsito (DGIT) con

el oficio núm. DGIT./00280/2010 del 9 de abril de 2010, informó que durante 2008 la empresa

Inmer, S.A. de C.V., proveedor de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo

al Circuito Cerrado de Televisión, proporcionó dos cursos de capacitación al personal

técnico operativo encargado del monitoreo del tránsito vehicular. Los temas desarrollados

fueron: “Componentes de un Sistema de Circuito Cerrado de Televisión”, “Formatos de las

Cámaras”, “Cámaras Blanco/Negro”, “Cámaras a Color”, “Transmisión de Señal”, “Monitores”,

“Grabadores de Video”, “Operación de las Cámaras” y “Análisis de Video para Detección

de Fallas”.

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83 VOLUMEN 12/13

Instalación de cámaras de video para proporcionar apoyo al tránsito vehicular

En el artículo 7o., fracción IV, de la Ley que Regula el Uso de Tecnologías para la Seguridad

Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial de Distrito Federal el 27 de

octubre de 2008 se señala que, para la instalación de equipos y sistemas tecnológicos en

bienes del dominio público del Distrito Federal, la SSP en materia de vialidad considerará

como criterio aquellas intersecciones clasificadas por la Subsecretaría de Control de Tránsito

como más conflictivas.

Con el oficio, núm. DGIT./00280/2010 del 9 de abril de 2010, la DGIT informó que debido

a las condiciones de funcionalidad del Centro de Control Vial “Tlaxcoaque” y a la experiencia

de sus operadores durante el ejercicio 2007, la Jefatura de Gobierno estableció que este

centro coordinara y gestionara el “Proyecto Bicentenario”, el cual originalmente incluía

la instalación de 8,000 cámaras de video en el Distrito Federal.

En este sentido, la SSP solicitó a la DEIT que el “Proyecto Bicentenario” se considerara

entre las metas y alcances de su Programa Operativo Anual de 2008, para que en los

reportes mensuales se pudiera reflejar la viabilidad del proyecto, y que se creara un rubro

con la denominación “Instalación de Videocámaras”, a fin de estimar el total de cámaras

de video que serían instaladas cuando se contara con el recurso para tal fin.

Asimismo, mediante el oficio mencionado se indicó que, una vez revisados los alcances,

amplitud y facultades legales para poder dar forma al proyecto citado, la SSP determinó

que su Dirección de Obras y Mantenimiento sería la encargada de establecer los términos

de las licitaciones para la adquisición de las cámaras de video, lo que dio como resultado

la creación de la Coordinación del Proyecto Bicentenario, limitando a la DEIT a proporcionar

apoyo de soporte técnico mediante las 195 cámaras de video que tenía instaladas en 2008.

De acuerdo con el ente, lo anterior generó que en 2008 no fueran instaladas las cámaras de

video, por lo que la DEIT se orientó exclusivamente al mantenimiento preventivo y correctivo

de las mismas.

Por otro lado, la denominación de la actividad institucional 05 no corresponde a la

tarea sustantiva que se realizó en el Circuito Cerrado de Televisión en 2008, ya que

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el objeto principal del Centro de Control Vial “Tlaxcoaque” no se relaciona con el término

”videovigilancia”, pues consistió en proporcionar apoyo en las operaciones de tránsito vehicular

a través de las cámaras de video instaladas en la red primaria de la Ciudad de México.

Finalmente, la DGIT refirió que para el ejercicio de 2008 el Centro de Control Vial

“Tlaxcoaque” monitoreó el tránsito vehicular mediante 195 cámaras de video, distribuidas

de la siguiente manera:

Delegación Número de cámaras

Total 195 Álvaro Obregón 15 Azcapotzalco 1 Benito Juárez 17 Coyoacán 11 Cuauhtémoc 70 Gustavo A. Madero 11 Iztacalco 5 Iztapalapa 16 Miguel Hidalgo 22 Tláhuac 1 Tlalpan 5 Venustiano Carranza 15 Xochimilco 6

No fue posible evaluar la instalación de cámaras de video, en virtud de que para el

ejercicio 2008 no se adicionó ninguna a las ya existentes.

En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, con el oficio

núm. DETRC/OM/SSP/786/20109 de fecha 19 de mayo de 2010, suscrito por el Director

Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas, se presentó diversa documentación

entre la que se encontró el oficio núm. SCT/472/2010 del 18 de mayo de 2010, con el que

el Jefe del Estado de Fuerza Policial y Encargado del Despacho de la Subsecretaría

de Control de Tránsito admite la observación de la CMHALDF, y señaló que el “término

‘videovigilancia’ no fue congruente con la tarea sustantiva que se realizó en el CCTV

para 2008, toda vez que el objeto principal del Centro de Control Vial Tlaxcoaque fue

proporcionar apoyo a las operaciones de tránsito vehicular a través de las cámaras de video

instaladas en la red primaria de la Ciudad de México, no el de vigilar el comportamiento

de las personas”; por lo que el presente resultado no se modifica.

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14. Resultado

Mantenimiento del Sistema de Circuito Cerrado de Televisión para el Apoyo Vial

En el documento denominado “Marco de Política Pública Actividades Institucionales 2008”,

la SSP estableció como objetivo fundamental de la actividad institucional 05 “Operar el

sistema de videovigilancia” el mantener en óptimas condiciones operativas el Circuito Cerrado

de Televisión, el cual es utilizado por la Dirección General de Ingeniería de Tránsito de

manera específica para el monitoreo de las condiciones de tránsito de vehículos en el

Distrito Federal.

En 2008, correspondió a la Dirección Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito cumplir a dicho

objetivo, toda vez que fue el área responsable de controlar y supervisar la operación y

mantenimiento de la red de semáforos computarizados y electrónicos, señales dinámicas

y Circuito Cerrado de Televisión; la Subdirección de Sistemas de Operación de Tránsito

fue la encargada de supervisar el mantenimiento preventivo y correctivo del Circuito

Cerrado de Televisión, y la Jefatura de Unidad Departamental del Centro Computarizado de

Control Vial fue la responsable de llevar a cabo el monitoreo del tránsito vehicular a través

de cámaras de video.

Con el oficio núm. DGIT./00280/2010 del 9 de abril de 2010, la SSP informó que el servicio

de mantenimiento preventivo y correctivo llevado a cabo en 2008, por la empresa Inmer,

S.A. de C.V., no sólo estuvo dirigido a cámaras de video utilizadas para apoyo al tránsito

vehicular, sino también a toda la infraestructura del Circuito Cerrado de Televisión, lo que

permitió, por un lado, mantener en perfecta operación los equipos y componentes que

lo integran y, por el otro, corregir fallas causadas por el deterioro de su vida útil o provocadas

por fenómenos naturales.

Asimismo, indicó que el mantenimiento preventivo es una actividad programada de revisión

e inspección al Circuito Cerrado de Televisión tanto de funcionamiento como de seguridad,

que se lleva a cabo mediante diferentes tareas, como son ajustes, reparaciones, análisis,

limpieza, lubricación, calibración, etc., las cuales se realizan en forma periódica con base

en el programa establecido. Su propósito es detectar averías o desperfectos en su estado

inicial y corregirlas para mantener la operación del Circuito Cerrado de Televisión en niveles

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óptimos, y permitir detectar fallas repetitivas, lo que aumenta la vida útil de los equipos

y disminuye los costos de reparación.

Respecto al mantenimiento preventivo de las 195 cámaras de video integradas al Centro

de Control Vial “Tlaxcoaque” que sería llevado a cabo durante 2008 se informó que la

Subdirección de Sistemas de Operación de Tránsito convocó a la empresa responsable a

una reunión de trabajo durante el mes de diciembre de 2007, con el propósito de elaborar

el “Programa Anual de Mantenimiento Preventivo”.

En dicho programa se incluyeron las 195 cámaras de video que formaron parte del Circuito

Cerrado de Televisión en 2008; según lo establecido, cada una de ellas debía ser revisada

dos veces al año, de manera semestral, en el lugar de su ubicación, y sería responsabilidad

de la empresa precisar el día de la semana en que se realizaría el mantenimiento, de

acuerdo con el orden del listado proporcionado por la SSP.

Respecto al mantenimiento correctivo, se indicó que éste agrupó actividades por realizar

en el Circuito Cerrado de Televisión ante un funcionamiento incorrecto, deficiente o incompleto,

y que, por su naturaleza, no es posible conocer con anticipación los desperfectos que se

presentarán. Dichas acciones no implican cambios funcionales, sólo son corregidas las fallas

repentinas y aleatorias en el sistema de Circuito Cerrado de Televisión en sus diferentes

componentes como son: cámaras de video, monitores, fibra óptica y cables de corriente, entre

otros, con la sustitución de partes o elementos que resulten necesarios. En consecuencia,

al presentarse cualquier falla que impida la adecuada operación del sistema integrado por

cámaras, equipos y componentes, se procede de inmediato a realizar el mantenimiento

correctivo, de acuerdo con la prioridad de funcionamiento del servicio.

El ente auditado informó que la bitácora es el documento de primera mano en el que

se registran, el estado que guarda el equipo de operación, las condiciones en las que se

encuentran las cámaras del Circuito Cerrado de Televisión y los monitores, los reportes

efectuados por los operadores del Circuito Cerrado de Televisión por fallas detectadas

durante el monitoreo de rutina y el seguimiento del servicio, y representa el insumo

informativo para la elaboración del “Registro Concentrador de Servicios”, en el cual se

detallan los datos recabados en la bitácora además del tipo de servicio proporcionado

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por el técnico asignado por la empresa concesionaria; los componentes del Circuito

Cerrado de Televisión revisados, reparados o sustituidos; así como la fecha, hora y lapso

de tiempo en el que se atendió el servicio. Es importante mencionar que dicho registro se

realizó de forma manual en un cuaderno simple y no de manera sistematizada.

Mediante el oficio núm. DGIT./00280/2010 del 9 de abril de 2010, la DGIT informó que,

con el propósito de constatar que los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo al

Circuito Cerrado de Televisión hayan sido llevados a cabo de acuerdo con lo señalado en

la cláusula séptima de los contratos de prestación de servicios suscritos con la empresa

concesionaria durante el ejercicio de 2008,27 se consideró la supervisión aleatoria de

manera mensual de un mínimo del 10.0% del total de los mantenimientos preventivos

realizados a cámaras de video, de acuerdo con el programa establecido, y del mismo

porcentaje, del total de mantenimientos correctivos llevados a cabo a diferentes componentes

del Circuito Cerrado de Televisión por el mismo período, lo que incluyó las siguientes

acciones:

1. La supervisión del mantenimiento preventivo, se basó en el “Programa de Mantenimiento

Preventivo Anual”, en el cual se estableció, de manera calendarizada, qué cámaras

de video recibirían el servicio durante el transcurso del ejercicio.

2. La supervisión del mantenimiento correctivo se determinó de acuerdo con las bitácoras,

en donde fueron señalados los servicios que reportaban un consumo considerable de

refacciones y en las que se indicaba que el estado de la cámara de video repercutía

en la operación y funcionamiento del sistema de Circuito Cerrado de Televisión.

3. El supervisor del mantenimiento determinó la ruta de atención de los servicios

seleccionados de acuerdo con el momento en que el personal de la empresa

concesionaria realizaba los trabajos, con el propósito de verificar y validar que éstos

cumplieran las disposiciones técnicas establecidas en el contrato y que se atendiera

lo reportado al operador del Circuito Cerrado de Televisión.

27 Contratos núms. SSP/S/122/2008, suscrito el 29 de febrero de 2008; SSP/S/496.2/2008, suscrito el 31 de octubre de 2008;

y SSP/S/035/2008, suscrito el 31 de diciembre de 2008, celebrados con la empresa Instalaciones y Mantenimiento en Equipo de Radiocomunicación, S.A. de C.V.

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88 VOLUMEN 12/13

4. Una vez que el supervisor del mantenimiento se ubicó en el sitio donde fueron realizados

los trabajos, solicitó al técnico asignado por la empresa su cuadernillo de registro para

verificar que se hubiese asentado el servicio proporcionado.

5. El supervisor del mantenimiento verificó el procedimiento del servicio efectuado por

el técnico asignado por la empresa y notificó al Jefe de la Unidad Departamental del

Circuito Cerrado de Televisión el tiempo aproximado en el que se le daría atención.

6. Finalmente se solicitó al operador del Circuito Cerrado de Televisión que registrara

en la bitácora que el mantenimiento preventivo o correctivo seleccionado había sido

supervisado.

De lo anterior se concluye que la DEIT contó en 2008 con un procedimiento específico

formalmente establecido y con mecanismos de supervisión con el objetivo de mantener

en buenas condiciones el Circuito Cerrado de Televisión para el monitoreo permanente de

zonas y vialidades altamente conflictivas en el Distrito Federal.

En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, con oficio

núm. DETRC/OM/SSP/786/2010 de fecha 19 del mismo mes y año, suscrito por el Director

Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas, se presentó diversa documentación

entre la que se encuentra el oficio núm. SCT/472/2010 del 18 de mayo de 2010, con el

que el Jefe del Estado de Fuerza Policial y Encargado del Despacho de la Subsecretaría

de Control de Tránsito admite la observación de la CMHALDF y señaló “que los reportes

señalados en la bitácora y el ‘Registro Concentrador de Servicios’ son llevados a cabo de

forma manual a través de un cuaderno simple lo cual se considera como riesgoso para su

manejo, resguardo y permanencia de la información por lo cual se sugirió en la medida

de lo posible fuera llevado de manera sistematizada”; asimismo, indicó que “se cuenta

desde 2008 con recursos informáticos limitados (1 PC obsoleta), y no es suficiente para

llevar el registro de información que se maneja en el Circuito Cerrado de Televisión”; por

lo anterior, el presente resultado no se modifica.

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89 VOLUMEN 12/13

15. Resultado

Acciones del Mantenimiento Preventivo y Correctivo a Cámaras de Video

En el ejercicio de 2008, la Dirección General de Tránsito tuvo a su cargo la actividad

institucional 05 “Operar el sistema de videovigilancia”. Al respecto, en el Informe de Cuenta

de ese año que y el documento denominado “Seguimiento de Avance Programático del

POA 2008”, al cierre del año fueron reportados 3,438 servicios de mantenimiento preventivo

y correctivo.

Con el propósito de comprobar que dicho monto estuviese soportado con sus registros

internos, se solicitó al ente auditado que proporcionara los “Reportes de Avance

Programático”, con los que la Dirección Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito informó de

manera mensual a la Dirección de Evaluación y Control de Ingresos el avance de la meta

física de la actividad institucional 05; así como el registro mensual de las bitácoras que

sustentan los servicios realizados por la empresa Inmer, S.A. de C.V., responsable del

mantenimiento preventivo y correctivo de las cámaras de video.

En la revisión de dicha documentación, se constató que en los “Reportes de Avance

Programático” no fue especificado el tipo de mantenimiento que fue proporcionado a las

cámaras de video por parte de la empresa concesionaria.

No obstante lo anterior, el ente auditado proporcionó los “Reportes Mensuales de Avance

Programático” de 2007 y 2008, lo cuales consignan lo siguiente:

Servicios prestados

Mes 2007

(1)

2008

(2)

Variación (%)

(2) / (1) (3)

Total 2,766 3,438 24.3 Enero 254 312 22.8 Febrero 271 299 10.3 Marzo 280 296 5.7 Abril 247 308 24.7 Mayo 234 259 10.7 Junio 253 278 9.9 Julio 190 321 68.9 Agosto 350 263 (24.9) Septiembre 203 269 32.5 Octubre 186 269 44.6 Noviembre 117 296 153.0 Diciembre 181 268 48.1

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La DGIT informó que el “Reporte de Avance Programático”, se elaboró, integró y envió de

manera mensual en el ejercicio de 2008 y que se basó en el “Programa de Mantenimiento

Preventivo Anual”; el “Registro Concentrador de Servicios” y el “Reporte de Servicios

Atendidos por el Proveedor”.

Asimismo, indicó que, con el propósito de fortalecer la supervisión de los servicios de

mantenimiento preventivo y correctivo realizados por el prestador de servicios en 2008, la

Dirección de Sistemas de Operación e Ingeniería de Tránsito mensualmente llevó a cabo

una conciliación de información entre el “Reporte de Servicios Atendidos”, el “Registro

Concentrador de Servicios” y el “Programa de Mantenimiento Preventivo Anual”.

Con el propósito de comprobar que la Dirección de Sistemas de Operación e Ingeniería

de Tránsito haya realizado la supervisión del 10.0% como mínimo del mantenimiento

preventivo y correctivo realizado a cámaras de video por la empresa concesionaria en 2008

y que los servicios reportados hayan coincidido con los registrados por dicha Dirección, se

solicitó al ente auditado el “Registro Concentrador de Servicios” correspondiente a los meses

de julio, agosto y septiembre del año en revisión, así como el “Programa de Mantenimiento

Preventivo Anual” y el “Reporte de Servicios Atendidos”.

En la revisión de dicha documentación se obtuvieron los siguientes resultados:

Mantenimiento Período

Tipo de

mantenimiento Ingeniería de campo

Fibra óptica Cámaras Cámaras

supervisadas

Porcentaje de supervisión

a cámaras

Total 235 155 463 75 16.2 Preventivo 6 3 50.0 Julio Correctivo 124 68 123 17 13.8 Preventivo 30 3 10.0 Agosto Correctivo 59 47 127 25 19.7 Preventivo 40 4 10.0 Septiembre Correctivo 52 40 137 23 16.8

De acuerdo con el “Registro Concentrador de Servicios”, en los tres meses revisados fueron

realizados 853 mantenimientos preventivos y correctivos de los cuales 463 correspondieron

a cámaras de video; lo que demostró que la Dirección de Sistemas de Operación e Ingeniería

de Tránsito supervisó en todos los casos más del 10.0% establecido como mínimo.

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Asimismo, se verificó que los datos asentados en dicho registro coinciden con los señalados

en el “Programa Anual de Mantenimiento Preventivo” y con los registrados por el proveedor

en su “Reporte de Mantenimiento Preventivo y Correctivo” correspondiente a 2008.

De lo anterior se concluye que la Dirección General de Tránsito cumplió su objetivo de operar

las cámaras de video, toda vez que contó con un programa de mantenimiento anual que

le permitió prevenir fallas que repercutirían en el desarrollo de las actividades del Circuito

Cerrado de Televisión del Centro de Control Vial “Tlaxcoaque”.

En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, con el oficio núm.

DETRC/OM/SSP/786/20109 del 19 de mayo de 2010, suscrito por el Director Ejecutivo de

Transparencia y Rendición de Cuentas, se presentó diversa documentación entre la que

se encuentra el oficio núm. SCT/472/2010 del 18 de mayo de 2010, con el que el Jefe del

Estado de Fuerza Policial y Encargado de Despacho de la Subsecretaría de Control de

Tránsito, proporcionó documentación que detalla el mantenimiento preventivo y correctivo

realizado por la Dirección General de Ingeniería de Tránsito, como se señala a continuación:

2008 Mantenimiento preventivo Mantenimiento correctivo Mes

Número % Número %

Total

Total 390 11.3 3,048 88.7 3,438 Enero 12 3.8 300 96.2 312 Febrero 28 9.4 271 90.6 299 Marzo 38 12.8 258 87.2 296 Abril 35 11.4 273 88.6 308 Mayo 42 16.2 217 83.8 259 Junio 40 14.4 238 85.6 278 Julio 6 1.9 315 98.1 321 Agosto 30 11.4 233 88.6 263 Septiembre 40 14.9 229 85.1 269 Octubre 29 10.8 240 89.2 269 Noviembre 35 11.8 261 88.2 296 Diciembre 55 20.5 213 79.5 268

Del total de las acciones de mantenimiento del Circuito Cerrado de Televisión realizadas

por la Dirección General de Ingeniería de Tránsito durante el ejercicio en revisión, el 88.7%

fueron de carácter correctivo mientras que el 11.3% fueron preventivas.

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16. Resultado

Servicios de Control y Apoyo Vial

Los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal disponen, en el Tercer Lineamiento, Actividades de Control, fracción I, que

“los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal

son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores públicos

ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos para evitarlos o

minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control interno que garantice

el logro de los objetivos, metas y programas institucionales, asegurando de manera razonable

la generación de información financiera, presupuestal y de operación confiable, oportuna

y suficiente, para cumplir con su marco jurídico de actuación, así como salvaguardar los

recursos públicos a su cargo y garantizar la transparencia de su manejo”. El inciso h),

Control de sistemas de información, de dicha fracción establece que “los titulares deben

llevar actividades de control en todo el proceso de obtención de información, desde la

generación de los documentos fuente, hasta la obtención de los reportes o informes,

así como su archivo y custodia”; el inciso c), Documentación, que “la estructura del

sistema de control interno y todos sus procesos y operaciones deben estar perfectamente

documentados y la documentación debe estar disponible para su verificación”

Según el Manual Administrativo de la SSP vigente en 2008, la Dirección de Sistemas de

Operación e Ingeniería de Tránsito tenía, entre otras, las siguientes funciones: “Planear

y programar estudios y proyectos de ingeniería de tránsito, para mejorar la vialidad y

salvaguardar la seguridad de las personas y programar y promover cursos de educación

vial y prevención de accidentes, fomentando la participación ciudadana en comités de

educación vial”.

En el apartado “Descripción y Conectividad con Propósito” del formato “Marco de Política

Pública” propuesto en el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, se planteó que, en la actividad institucional

07 “Brindar servicios de control y apoyo vial”, se realizarían “estudios y análisis para

determinar los puntos conflictivos y las condiciones físico-operacionales de las vialidades”,

“estudios para dar propuestas de solución y definición de dispositivos de control de tránsito”

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y “promoción y difusión de una cultura de educación vial como factor básico de convivencia

social, mediante actividades dirigidas a los educandos de diversos niveles y a la sociedad

en general”.

Sobre el particular, con el oficio núm. DGIT./000264/2010 del 29 de marzo de 2010,

la Dirección General de Ingeniería de Tránsito informó que, en el ejercicio auditado, para

llevar a cabo un estudio dirigido a determinar puntos conflictivos y condiciones operacionales

de las vialidades en el Distrito Federal, primeramente se identificaba la intersección

conflictiva, ya sea por los altos volúmenes de tránsito, la geometría del lugar o, en su

caso, la programación de los semáforos; y posteriormente se enviaba una cuadrilla de

personal que realizaba un levantamiento geométrico de la zona para realizar el trabajo

de gabinete necesario Dirección General de Ingeniería de Tránsito.

En cuanto a la Educación Vial, en el Informe de Cuenta Pública de la SSP de 2008 se

refieren cursos impartidos en centros educativos y campos infantiles pertenecientes a la SSP,

centros de convivencia infantil, y escuelas de nivel básico, así como cursos para la ciudadanía

en general. Se solicitó al ente auditado que informara de qué manera se llevaron a cabo

dichas acciones durante el año auditado.

En respuesta, mediante la tarjeta informativa núm. DPIV/097/2010 del 30 de marzo de 2010,

la Dirección General de Ingeniería de Tránsito refirió que fueron realizadas por medio del

programa permanente Educación Vial 2008, dirigido especialmente a los niveles de preescolar,

primaria y secundaria en el entendido de que es responsabilidad tanto de las autoridades

encargadas de la vialidad como de las educativas y de los padres de familia contribuir al

sano desarrollo y seguridad del menor. Dicho programa, ejecutado en cinco jornadas en los

meses de marzo, abril, julio, agosto y septiembre de 2008, se orientó a promover el respeto

y civilidad de los escolares y la ciudadanía en general a la Ley Cívica y Reglamento de

Tránsito Metropolitano. Las actividades fueron coordinadas por el Grupo de Capacitación

Vial, integrado por 12 elementos, con base en el calendario escolar establecido por la

Secretaría de Educación Pública.

En el apartado “Evaluación Programático-Presupuestal de Actividades Institucionales”

(EVPP-I), del Informe de Cuenta Publica 2008 de la SSP, se reportó como meta alcanzada

un “programa”, de acuerdo con la unidad de medida de la actividad institucional 07.

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Mediante el oficio núm. APPD/09/552 del 14 de octubre de 2009 se solicitó a la Dirección

General de Ingeniería de Tránsito que explicara qué acciones integraban un “programa”.

En su respuesta, la Dirección Ejecutiva de Transparencia y Rendición de Cuentas, por

medio del Oficio núm. DETRC/OM/SSP/0906/2009 del 06 de noviembre de 2009, indicó

que se trataba de tareas en materia de vialidad, las cuales habían sido desagregadas en

24 tipos de acciones.

Al revisar el documento “Seguimiento de Avance Programático del POA 2008”, se observó

que la Dirección Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito reportó 15,601 acciones como se

muestra a continuación:

Acciones Número

Total 15,601 Elaborar estudios y análisis para determinar los puntos conflictivos y las condiciones físico-operacionales de las vialidades 479

Realizar análisis de capacidad de intersecciones, determinando el nivel de servicio con base en los resultados de los aforos, la clasificación de las vialidades y uso de suelo 481

Realizar estudios para dar propuestas de solución y definición de dispositivos de control de tránsito 490

Realizar estudios y análisis de justificación para instalación de equipo semafórico 236 Elaboración de láminas, esquemas y gráficas 58 Efectuar levantamiento de topografía 33 Realizar proyectos para adecuación y/o modificaciones geométricas 43 Realizar proyectos de dispositivos de control de tránsito para el mejoramiento de la operación de intersecciones 471

Realizar proyectos de dispositivos de control de tránsito para el mejoramiento de la red vial principal de la Ciudad de México 120

Realizar proyectos de dispositivos de control de tránsito en zonas escolares 142 Realizar proyectos para la instalación de equipo semafórico 49 Proponer proyectos prospectivos, construcción de puentes peatonales y/o vehiculares 17 Fabricación y/o rehabilitación del señalamiento horizontal, vertical y módulos de tipo escolar 293 Realizar inventario de las características físicas y de los elementos móviles y fijos que inciden en la operatividad de la red 299

Realizar inventario de dispositivos de control de tránsito 299 Realizar estudio e inventario de las características operacionales de la red vial del Distrito Federal 598

Realizar gráficas, análisis y cálculos de las características operacionales de la red vial del Distrito Federal 897

Capacitar en materia de educación vial a los escolares de nivel preescolar, especial e inicial 487 Capacitar en materia de educación vial a los escolares de nivel primaria 1,708 Capacitar en materia de educación vial a los escolares de nivel secundaria 1,285 Capacitar en materia de educación a la ciudadanía en general 297 Impartir curso teórico-práctico de educación vial a nivel preescolar y primaria en el campo vial y centro de convivencia 6,762

Coordinar con diferentes instituciones de los sectores público y privado para la impresión de folletos, carteles y desplegados alusivos a la educación vial 22

Realizar reuniones de coordinadores del programa permanente de educación vial en las Delegaciones Políticas del Distrito Federal 35

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De acuerdo con el “Seguimiento de Avance Programático del POA 2008”, de las 15,601

acciones reportadas, el 67.9% correspondió a siete actividades realizadas por la Dirección

Ejecutiva de Ingeniería de Tránsito en materia de educación vial y el 32.1% con estudios para

determinar puntos conflictivos, análisis para justificar la instalación de equipo semafórico,

inventarios de dispositivos de control de tránsito, levantamientos de topografía y proyectos

de puentes peatonales, entre otras acciones.

Se solicitó a la Dirección General de Ingeniería de Tránsito, mediante el oficio

núm. APPD/09/552 del 14 de octubre de 2009, que explicara de qué manera se habían

cuantificado las acciones comprendidas en la actividad institucional 07 para agruparlas

con la unidad de medida “programa”, toda vez que éstas presentaban diferencias entre sí.

Al cierre de la auditoría, no se había recibido la respuesta correspondiente.

Con el mismo oficio, se requirieron a la SSP los registros internos de las acciones

realizadas y los resultados obtenidos, en el marco de la actividad institucional 07, con el

fin de evaluar el alcance de las acciones emprendidas. Al respecto, la Dirección General

de Ingeniería de Tránsito28 informó que al cierre del ejercicio de 2008 habían tenido un

avance de 100.0% en las acciones “Elaborar estudios y análisis para determinar los puntos

conflictivos y las condiciones físico-operacionales de las vialidades”, “Realizar estudios

y análisis de justificación para instalación de equipo semafórico” y “Realizar estudios para

dar propuestas de solución y definición de dispositivos de control de tránsito”.

Sin embargo, no fue posible verificar dichos avances porque la Dirección General de Ingeniería

de Tránsito no proporcionó los registros auxiliares correspondientes.

Con la nota núm. 13 del 24 de febrero de 2010, se solicitaron nuevamente a la Dirección

General de Ingeniería de Tránsito los registros mensuales, de las acciones efectuadas

durante 2008 en el marco de la actividad institucional 07 “Brindar servicios de control

y apoyo vial.

28 Oficio núm. DETRC/OM/SSP/0906/2009 del 06 de noviembre de 2009.

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Dicha Dirección General proporcionó29 un reporte en el que se registraron mensualmente

y de manera consolidada, las cifras de las metas físicas programada y alcanzada de

cada una de las acciones incluidas en la actividad institucional 07. Al revisar ese reporte,

se determinó una diferencia de 23 acciones de “Fabricación y/o rehabilitación del

señalamiento horizontal, vertical y módulos de tipo escolar” en relación con lo reportado

en el “Seguimiento de Avance Programático del POA 2008”. Asimismo, con la tarjeta

informativa núm. DPIV/097/2010 del 30 de marzo de 2010, refirió que, no obstante que se

cuenta con un reporte de las acciones en materia de educación vial realizadas en 2008,

sus cifras difieren de las contenidas en los registros internos que lo soportan.

Al cierre de la auditoría, el ente auditado no había proporcionado los registros internos

que permitieran verificar la manera en que se efectuó el seguimiento de las 24 acciones

de la actividad institucional 07 y conocer las causas de la diferencia mencionada.

En suma, no fue posible evaluar la eficacia con que el ente auditado llevó a cabo los

servicios de control y apoyo vial, toda vez que la Dirección General de Tránsito

no proporcionó los registros internos que hicieran posible conocer la manera en que se

determinó el avance físico de las acciones reportadas en el marco de la actividad

institucional 07 y, por tanto, evaluar los resultados obtenidos al cierre del ejercicio 2008;

además, la unidad de medida “programa” no permitió verificar si se alcanzaron los

objetivos planteados considerando además que las acciones que se agruparon fueron

de distinta naturaleza.

En la reunión de confronta, celebrada el 20 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado

presentó con el oficio núm. DETRC/OM/SSP/786/20109 del 19 de mayo de 2010, suscrito

por el Director Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas, 206 fojas de diversa

documentación, que incluye el oficio núm. SCT/472/2010 del 18 de mayo de 2010, por medio

del cual el Jefe del Estado de Fuerza Policial y Encargado de Despacho de la Subsecretaría

de Control de Tránsito proporcionó información que ya había sido entregada durante la

fase de planeación de la auditoria con el oficio núm. DGIT/1068/2009 del 5 de noviembre

de 2009. una vez revisado dicho documento, se consideró que no aclara las diferencias

29 Oficio núm. DGIT./000264/2010 del 29 de marzo de 2010.

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antes mencionadas. Una situación similar se observó con respecto a la manera en que

fue llevado a cabo el avance de metas físicas de las acciones contenidas en la actividad

institucional 07.

Además, se proporcionó el documento “Calendarización de Acciones Sustantivas a Desarrollar

en el 2008”, el cual muestra todas las acciones que se llevarían a cabo durante el ejercicio

en revisión; sin embargo, no aclara la diferencia observada en “Fabricación y/o rehabilitación

del señalamiento horizontal, vertical y módulos de tipo escolar”.

Por último, se incluyó copia del apartado “Evaluación Programático-Presupuestal de

Actividades Institucionales” del Informe de Cuenta Pública de la SSP correspondiente

a 2008, el cual no refleja el avance físico alcanzado en las acciones de la actividad

institucional 07; por lo mismo no permitió conocer si se lograron los objetivos planteados.

Del análisis de la información proporcionada, se concluye que no aporta elementos que

desvirtúen las observaciones, por lo que el presente resultado no se modifica.

Recomendación APPD-102-08-19-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública, por conducto de la Dirección

General de Ingeniería de Tránsito, adopte mecanismos que permitan fortalecer el sistema

de control interno para garantizar que se disponga de información confiable, sobre su

operación, en observancia de los Lineamientos Generales de Control Interno para la

Administración Pública del Distrito Federal.

Recomendación APPD-102-08-20-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública por medio de la Dirección General

de Ingeniería de Tránsito, implante mecanismos que contribuyan a fortalecer el sistema de

control interno para garantizar que las actividades que realiza estén debidamente

documentadas y la documentación esté disponible para su verificación, en observancia de

los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal.

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17. Resultado

Operación del Sistema de Carrera Policial

El artículo 24 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal señala que “en cada uno

de los Cuerpos de Seguridad Pública se establecerá un sistema de carrera policial,

conforme al cual se determinarán las jerarquías y niveles que lo componen, los requisitos

para acceder a ellos y su forma de acreditación”.

El artículo 25 de la misma ley establece que “la operación de este sistema quedará

a cargo de una Comisión Técnica de Selección y Promoción en cada uno de los Cuerpos

de Seguridad Pública, la cual será autónoma en su funcionamiento y gozará de las más

amplias facultades para examinar a los elementos, sus expedientes y hojas de servicios.

Dicha comisión se integrará y funcionará en la forma que señalen las Reglas para el

Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial” del Distrito Federal.

El Sistema de Carrera Policial a que se refiere la Ley de Seguridad Pública del Distrito

Federal, en sus artículos 24 y 25, se rige por Reglas para el Establecimiento y Operación

del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal,30 que son aplicables

a todos los cuerpos policiacos del Distrito Federal.

De acuerdo con la Primera de esas reglas se denomina Sistema de Carrera Policial, al

“ordenamiento de jerarquías y niveles que está orientado a establecer las condiciones de

profesionalización necesarias para regular el ingreso, permanencia, promoción y desarrollo

de los elementos de la Policía del Distrito Federal”.

Dicho sistema está integrado por cuatro jerarquías y doce niveles, según establece la regla

Segunda.

30 Publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de julio de 2001. Últimas reformas publicadas el 9 de septiembre

de 2002.

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La regla Tercera dispone que la operación del Sistema de Carrera Policial estará a cargo

de la Comisión Técnica de Selección y Promoción para la Policía del Distrito Federal.

En las mismas reglas se define la integración31 y el funcionamiento de ésta.

Los artículos 26, 27 y 28 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal establecen

las bases para el ingreso al Sistema de Carrera Policial.

En concurrencia con la ley referida, en las Reglas para el Establecimiento y Operación del

Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal se regulan diversos aspectos

del proceso de ingreso al sistema, lo cual se encuentra establecido de la décima tercera

a la vigésima quinta regla.

Asimismo, la vigésima sexta regla establece el mecanismo de incorporación al sistema de

elementos que estuvieron en otras corporaciones policiales.

En el mismo sentido, la vigésima octava regla, establece el mecanismo para el reingreso

de los policías que se hayan retirado del servicio en forma voluntaria.

El proceso de ingreso a la policía del Distrito Federal durante 2008 se revisa en el resultado

núm. 18.

En esta parte del proceso intervienen, además de la Comisión Técnica de Selección

y Promoción para la Policía del Distrito Federal, el Instituto Técnico de Formación Policial

(ITFP)32 y la Dirección General de Carrera Policial. Al ITFP le corresponde, de conformidad

con la fracción VII del artículo 35 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública

31 La regla quinta establece que la Comisión será integrada por el titular de la Secretaría de Seguridad Publica, quien funge

como Presidente; el Subsecretario de Seguridad Pública; el Subsecretario de Apoyo Institucional y Policías Complementarias; el Subsecretario de Participación Ciudadana y Prevención del Delito; el Coordinador General de Administración y Apoyo; el Director General del Instituto Técnico de Formación Policial; dos policías prestigiados, un hombre y una mujer, que tengan por lo menos la jerarquía de Inspector, quienes serán designados por el titular de la Secretaría de Seguridad Pública. La Comisión contará con un Secretario Técnico, designado por el Presidente de la misma, quien podrá participar en sus sesiones, con derecho a voz, pero sin voto.

32 De conformidad con su Reglamento Interior, el Instituto Técnico de Formación Policial es un órgano desconcentrado de la Administración Pública del Distrito Federal, adscrito a la Secretaría de Seguridad Pública, y está a cargo de un Consejo Directivo que funciona como órgano colegiado de decisión, presidido por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal; y fungen como Vocales el Secretario de Gobierno, el Secretario de Seguridad Pública, el Oficial Mayor, el Contralor General, el Consejero Jurídico y de Servicios Legales, el Subsecretario de Seguridad Pública, el Subsecretario de Atención y Apoyo, el Director General de la Policía Bancaria e Industrial y el Director General de la Policía Auxiliar. Su estructura administrativa está compuesta por una Dirección, la Dirección Pedagógica, la Dirección Académica, la Dirección de Instrucción Policial y la Dirección de Investigación Científica sobre la Seguridad Ciudadana.

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100 VOLUMEN 12/13

del Distrito Federal, vigente en 2008, “implantar las reglas para el establecimiento y operación

del Sistema de Carrera Policial y las disposiciones que emita la Comisión Técnica de

Selección y Promoción, en materia de formación policial”.

De acuerdo con las fracciones II y VII del artículo 33 del mismo reglamento, a la Dirección

General de Carrera Policial le corresponde “implantar, supervisar y evaluar el sistema de

ingresos a la Carrera Policial” e “integrar, supervisar y coordinar las comisiones involucradas

en la carrera policial”.

Además el artículo 21 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal establece

que: “En cada uno de los Cuerpos de Seguridad Pública existirá una Comisión Técnica de

Profesionalización, la cual se encargara de elaborar, evaluar y actualizar el Programa

General de Formación Policial. Dichas comisiones se integrarán en la forma que señalen

las reglas que emita el Jefe del Departamento o el Procurador según sea el caso…”.

Al respecto se identificó la existencia de la Comisión Técnica de Profesionalización para la

Policía del Distrito Federal, cuya integración y operación es regulada por las Reglas para

la Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica de Profesionalización para la Policía

del Distrito Federal.33 El proceso de profesionalización se revisa en el resultado núm. 19.

Los requisitos de permanencia de los elementos en el Sistema de Carrera Policial están

establecidos en el artículo 51 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública.

Asimismo, el artículo 51 Bis del mismo ordenamiento, señala que “el elemento de la

policía que cumpla con sesenta años de edad o treinta años de servicio no podrá

permanecer en servicio activo, por lo que deberá solicitar su retiro, salvo cuando por

acuerdo del Secretario se motiven las razones por las que el elemento puede continuar en

el servicio por un período máximo de cinco años adicionales, durante los cuales podrá

desempeñar solamente funciones no operativas”.

33 Publicadas en la Gaceta Oficial del Departamento del Distrito Federal el 28 de febrero de 1994 y reformas publicadas

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de julio de 2001.

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El artículo 54 de ese ordenamiento señala que la profesionalización de la policía será

permanente y obligatoria conforme al sistema de carrera policial. El primer párrafo dispone

que, “para permanecer al servicio de la Secretaría dentro de la carrera policial, los

interesados deberán participar en los programas de formación y actualización profesional,

a tal efecto, el órgano responsable de la formación policial difundirá en todas las instalaciones

de la Secretaría los cursos a su cargo.”

Sobre el proceso de promociones, el artículo 29 de la Ley de Seguridad Pública del

Distrito Federal establece que los integrantes de los Cuerpos de Seguridad Pública sólo

podrán ascender a las plazas vacantes de las jerarquías inmediatas superiores, mediante

evaluación curricular o concurso de promoción, dependiendo de la jerarquía a la que

aspiren y conforme al Sistema de Carrera Policial.

El artículo 30 del mismo ordenamiento determina los factores mínimos que se deberán

tomar en cuenta para la evaluación curricular o el concurso de promoción: la conservación

de los requisitos de ingreso; la escolaridad y formación; la eficacia en el desempeño de

las funciones asignadas; el comportamiento ético-profesional; la antigüedad dentro de la

corporación y en la jerarquía; y el conocimiento acerca de los principios fundamentales

de la Constitución de la República y de las garantías individuales y sociales que ésta

consagra. El segundo párrafo de ese artículo, señala que en el Sistema de Carrera Policial

se precisarán los puntos de mérito y los puntos de demérito que deberán considerarse en

los concursos, mediante parámetros objetivos de evaluación.

En congruencia con el artículo 30 de la ley referida, la regla Vigésima Novena de las

Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía

del Distrito Federal establece que, para que un elemento sea promovido al nivel inmediato

superior, deberá cubrir los requisitos siguientes: observar y mantener buena conducta,

disciplina, lealtad y vocación de servicio; acreditar los conocimientos y habilidades propios

del nuevo nivel; y tener la antigüedad en el servicio y ocupar el nivel inmediato inferior de

acuerdo con la regla Trigésima Primera. En esta última, se establecen los requisitos

que deben cumplirse para ascender a los distintos niveles del Sistema de Carrera Policial.

En seguida se resume el perfil de puestos de la Policía del Distrito Federal:

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Años de servicio

Nivel académico

Cursos operativos

Jerarquía / Nivel Requisitos de ingreso

2 4 7 9 11 14 16 18 21 25

Sec

unda

ria

Bac

hille

rato

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Primer Superintendente X X X X X X X X X X X X X X X X X

Segundo Superintendente X X X X X X X X X X X X X X X X

Primer Inspector X X X X X X X X X X X X X X X

Segundo Inspector X X X X X X X X X X X X X X

Subinspector X X X X X X X X X X X X X

Primer Oficial X X X X X X X X X X

Segundo Oficial X X X X X X X X X

Suboficial1 X X X X X X X X

Policía Primero X X X X

Policía Segundo X X X

Policía Tercero2 X X

Policía

No tener antecedentes penales, contar con el perfil físico, médico, ético y de personalidad necesarios para el nivel del puesto

X X 1 El nivel fue transformado a Segundo oficial. No se contó con información de la fecha en que se autorizó este último 2 El nivel fue transformado a Policía Segundo. Comunicado núm. 1390/06 del 23 de octubre de 2006.

Como se observa, las reglas establecen 12 niveles, agrupados en 4 jerarquías:

Superintendentes, Inspectores, Oficiales y Policías. Asimismo, señalan los requisitos

generales, los años de servicio, el nivel académico y los cursos de formación policial

necesarios para acceder a cada uno de ellos. Las notas al pie del cuadro denotan que a

partir de 2006, la SSP emprendió una serie de acciones para compactar el nivel de policía

tercero con el de policía segundo y el de suboficial con el de segundo oficial, a fin de

reducir la carrera policial. Sin embargo, el análisis realizado reveló que dichas acciones

fueron dirigidas fundamentalmente a la Policía Preventiva,34 que y no se acompañaron

con las reformas necesarias a las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema

de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal.

34 La compactación de los niveles de Policía Tercero con Policía Segundo se realizó en ejercicios previos al revisado. En el análisis

de las actas de las dos sesiones celebradas por la Comisión Técnica de Selección y Promoción para la Policía del Distrito Federal, se observó que los acuerdos tomados durante 2008 en ese sentido fueron sobre casos pendientes de elementos de la Policía Preventiva que no pudieron ejecutarse en procesos anteriores por diversos motivos.

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103 VOLUMEN 12/13

La regla Trigésima Segunda establece lo siguiente: “El Secretario de Seguridad Pública

podrá proponer a la Comisión, ascensos por evaluación curricular de los elementos que

hubiesen realizado hechos sobresalientes en el desempeño de su función.

”La ponderación de los factores y los puntos de mérito y demérito a que se refiere el

artículo 30 de la Ley de Seguridad Pública, para llevar a cabo la evaluación curricular

o el concurso de promoción, se establecerán en reglas de carácter complementario del

presente ordenamiento.”

Al respecto, se observó que la SSP no estableció las reglas de carácter complementario a

que se refiere el párrafo anterior. Asimismo no se precisaron los mecanismos mediante

los cuales el Secretario de Seguridad Pública ejercería la facultad otorgada por la regla

Trigésima Segunda ni en qué casos sería aplicable, toda vez que la Ley de Seguridad

Pública del Distrito Federal, en su artículo 34 establece lo siguiente:

"La Condecoración al Valor Policial consistente en medalla y diploma, se conferirá a quienes

salven la vida de una o varias personas o realicen las funciones encomendadas por la Ley

con grave riesgo para su vida o su salud.

”En casos excepcionales, el Jefe del Departamento o el Procurador, según sea el caso, a

propuesta del Consejo de Honor y Justicia y en atención a la respectiva hoja de servicios,

determinará la promoción del elemento policial a la jerarquía inmediata superior.”

La Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública es más precisa que las reglas en

cuanto al proceso de promoción del personal. En su artículo 55, señala lo siguiente:

“Los elementos de la Policía que hayan cumplido con el tiempo mínimo de permanencia que

determine el ordenamiento respectivo, en una jerarquía o nivel, deberán participar en los

sistemas de ascenso a que sean convocados. En caso de no haberlos aprobado hasta en tres

oportunidades, dejarán de ser miembros de la carrera policial y causarán baja de la Policía.

”En las convocatorias deberá determinarse la edad y antigüedades requeridas para participar

en los sistemas de ascenso.

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104 VOLUMEN 12/13

”La Secretaría difundirá públicamente, a través de la Gaceta Oficial del Distrito Federal,

durante el primer trimestre de cada año, la lista de plazas disponibles para ascensos.”

Asimismo, el artículo 56 de la citada ley establece que “en todo procedimiento para cubrir

vacantes, además del acceso por evaluación curricular y concurso de promoción, deberá

contemplarse por el órgano encargado de operar la carrera policial, el porcentaje de las

plazas a cubrir que podrán ser ocupadas por personas ajenas a la carrera policial que

cumplan con los requisitos profesionales o académicos respectivos”.

El artículo 57 del mismo ordenamiento confiere atribuciones al Secretario de Seguridad

Pública para determinar el ascenso al nivel o jerarquía inmediato superior de los elementos

de la policía que se hubieren distinguido en el desempeño de sus funciones o por acciones

relevantes que hubieren realizado con motivo de su cargo.

Es importante señalar que tanto la Policía Preventiva como la Policía Auxiliar y la Policía

Bancaria e Industrial están sujetas al Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito

Federal, vigente en 2008, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de julio de 1984.

El artículo 1o. del citado ordenamiento señala que “es de observancia obligatoria para la

Policía Preventiva del Distrito Federal y para todos aquellos cuerpos que complementaria

o transitoriamente desempeñan funciones policiales, por mandato expreso de la ley o de

los reglamentos”. Asimismo, el artículo 13 establece que la Policía Bancaria e Industrial

y la Policía Auxiliar forman parte de la Policía del Distrito Federal.

Al cierre del ejercicio de 2008, la Policía del Distrito Federal estaba compuesta por 82,622

elementos, de los cuales 36,248 correspondían a la Policía Preventiva, 30,778 a la Policía

Auxiliar y 15,596 a la Policía Bancaria e Industrial. La composición por niveles y jerarquías

del Sistema de Carrera Policial se muestra en la siguiente tabla:

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Cuerpos Policiacos del Distrito Federal Nivel Policía Preventiva Policía Auxiliar Policía Bancaria

e Industrial

Total 36,248 30,778 15,596 Primer superintendente 3 1 1 Segundo superintendente 10 3 2 Primer Inspector 22 30 15 Segundo Inspector 28 45 12 Subinspector 26 52 44 Primer Oficial 73 141 148 Segundo Oficial 363 315 196 Suboficial1 182 44 401 Policía Primero 596 376 1,036 Policía Segundo 8,103 3,303 2,128 Policía Tercero2 55 2,674 3,463 Policía 26,787 23,794 8,150

1 En 2008 la CTSPPDF emitió acuerdos para aprobar el ascenso por transformación de plazas de Suboficial a Segundo Oficial.

2 Con la compactación realizada en la Policía Preventiva del nivel de Policía Tercero con el Policía Segundo, que se llevó a cabo en forma de ascenso en ejercicios anteriores, quedaron sin ejecutarse 55 casos porque los elementos no cubrieron los requisitos legales para ser ascendidos. Las policías complementarias sí cuentan con este nivel.

Como se observa, todos los cuerpos policiacos consideran los niveles y jerarquías señalados

en las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de

la Policía del Distrito Federal. Sin embargo, los procedimientos de ingreso, promoción

y desarrollo varían entre los cuerpos policiacos.

Como una medida para regular la situación antes descrita, en la primera sesión ordinaria

de la Comisión Técnica de Selección y Promoción para la Policía del Distrito Federal,

celebrada el 2 de junio de 2008, se aprobó acuerdo núm. CTSP-043/2008, la conformación

de una Subcomisión para Operar el Sistema de Carrera Policial de la Policía Auxiliar, así

como la adecuación correspondiente en el manual de organización de dicha comisión.

Mediante la atenta nota núm. 22 del 31 de marzo de 2010, se le requirió a la SSP precisar

si las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la

Policía del Distrito Federal son aplicadas de manera obligatoria para regular el ingreso,

permanencia, promoción y desarrollo de los elementos pertenecientes a las policías

complementarias.

Con el oficio núm. PADF/DEDI/0046/10 del 6 de abril de 2010, la Dirección Ejecutiva

de Desarrollo Institucional de la Policía Auxiliar del Distrito Federal respondió que,

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106 VOLUMEN 12/13

durante 2008, en esa corporación “se realizaron diversas acciones que regularon dichos

procedimientos, los cuales se fundamentaron en la Ley de Seguridad Pública y las Reglas

de referencia”.

La Dirección General de la Policía Bancaria e Industrial señaló, con el oficio

núm. PBI/DG/00276 del 8 de abril de 2010, que cuenta con un centro de reclutamiento

y capacitación, cuyas actividades se sustentan en la Ley de Seguridad Pública del Distrito

Federal y en las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera

Policial de la Policía del Distrito Federal.

Sobre los mecanismos para evaluar el desempeño de los cuerpos policiacos en las

unidades, sectores y agrupamientos que integran la Policía Preventiva, la Dirección General de

Carrera Policial manifestó, con el oficio núm. SDI/DGCP/1883/2010 del 5 de marzo de 2010,

que las Unidades de Protección Ciudadana (UPC) están sujetas a un Sistema de Evaluación

del Desempeño, que forma parte del Programa de la Unidades de Protección Ciudadana,

y sirve para evaluar su trabajo diario.

La Dirección Ejecutiva de la Policía Auxiliar, en el oficio referido en párrafos anteriores,

señaló: “En el 2008 no existía en la Corporación un programa documentado de la evaluación

al desempeño, entendida ésta como la evaluación que permite valorar, tanto en forma

individual como colectiva, los aspectos cualitativos y cuantitativos de la actuación del

personal operativo...”.

La Dirección General de la Policía Bancaria e Industrial respondió que el sistema

de evaluación al desempeño de sus elementos cumple los requisitos establecidos por la

Comisión Técnica de Selección y Promoción para la Policía del Distrito Federal, por conducto

de la Dirección General de Carrera Policial.

El análisis de la información proporcionada por la SSP, de los ordenamientos relacionados

con el Sistema de Carrera Policial, y de las Reglas para el Establecimiento y Operación

del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, reveló falta de precisión en

diversos aspectos relacionados con los procesos que forman parte de dicho sistema;

y poca correspondencia entre Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública y las

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107 VOLUMEN 12/13

reglas de referencia en aspectos tales como los mecanismos de ingreso, permanencia

y promociones. Esto dificultó verificar los procesos que las reglas pretenden regular,

reconocer las particularidades de los cuerpos policiacos dentro del Sistema de Carrera

Policial (ingreso, permanencia, promoción y profesionalización) e identificar los tramos de

responsabilidades de las unidades administrativas involucradas e incluso de funcionamiento

de las dos comisiones inmersas en dicho sistema.

Se observó que cada uno de los cuerpos policiacos utiliza mecanismos diferentes para

evaluar el desempeño de sus elementos, que se carece de reglas complementarias para

normar el proceso de evaluación sobre parámetros objetivos.

Por otra parte, aunque la SSP sí contó con el Sistema de Carrera Policial a que se refiere

el artículo 24 de Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y con las Reglas para el

Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito

Federal, dichas reglas no reconocen las particularidades para la operación de Sistema de

Carrera Policial en cada uno de los cuerpos policiacos del Distrito Federal y en cada uno

de los procesos que componen dicho sistema.

Asimismo, las reglas mencionadas no consideran diversas disposiciones que establece

la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal sobre los

procesos de ingreso, permanencia, profesionalización y evaluación del desempeño de

los policías.

Por lo expuesto, se concluye que en 2008 la SSP no estableció reglas complementarias

para la ponderación de los factores y los puntos de mérito y demérito a que se refiere

el artículo 30 de la Ley de Seguridad Pública, para llevar a cabo la evaluación curricular

o el concurso de promoción; y que, si bien se han realizado algunas acciones para reducir

la complejidad que genera la carencia de regulación de varios aspectos relacionados con la

carrera policial, como la compactación de los niveles de Policía Tercero a segundo y de

Suboficial a Segundo Oficial, éstas no se han reflejado en la adecuación de las Reglas

para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía del

Distrito Federal ni en la generación de reglas complementarias que regulen con mayor

precisión los aspectos operativos de dicho sistema.

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108 VOLUMEN 12/13

Recomendación APPD-102-08-21-SSP

Es conveniente que la Secretaría de Seguridad Pública, en el marco de sus atribuciones,

realice acciones encaminadas a actualizar las Reglas para el Establecimiento y Operación

del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, en concurrencia con la

Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y con la Ley Orgánica de la Secretaría

de Seguridad Pública.

Recomendación APPD-102-08-22-SSP

Es conveniente que la Secretaría de Seguridad Pública, en el marco de sus atribuciones,

realice las acciones necesarias para que se elabore e incorpore al Sistema de Carrera

Policial la reglamentación complementaria que permita regular los procesos de ingreso,

profesionalización, permanencia, desarrollo y promoción.

18. Resultado

Ingreso al Sistema de Carrera Policial

La Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal establece, en su artículo 26, que el ITFP

seleccionará, de entre los aspirantes a formar parte de los Cuerpos de Seguridad Pública,

a quienes acrediten los conocimientos y las aptitudes que se requieran. Para ello, los

aspirantes deberán someterse a un proceso de evaluación, previa convocatoria, siempre

que cumplan con los siguientes requisitos mínimos de ingreso:

“I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento en pleno goce y ejercicio de sus derechos;

”II. Ser de notoria buena conducta y reconocida solvencia moral;

”III. Poseer el grado de escolaridad mínimo de secundaria […]

”IV. No tener antecedentes penales ni estar sujeto a proceso penal por delito doloso;

”V. Contar con la edad y con el perfil físico, médico, ético y de personalidad necesarios

para realizar las actividades policiales;

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”VI. No hacer uso de sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan

efectos similares;

”VII. No padecer alcoholismo;

”VIII. Tener acreditado el Servicio Militar Nacional, y

”IX. No estar suspendido ni haber sido destituido o inhabilitado del mismo u otro cuerpo

policiaco.”

El artículo 28 de la misma ley señala que la Comisión Técnica de Selección y Promoción

para la Policía del Distrito Federal elegirá, de entre los egresados del curso de formación

básica, a aquellos que cumplan con los requisitos necesarios para ocupar las plazas

vacantes, de acuerdo con una evaluación objetiva. Asimismo, se establece que el Sistema

de Carrera Policial determinará las jerarquías y niveles a los que podrán ingresar aquellas

personas ajenas a la corporación que, cubriendo determinados requisitos profesionales

o académicos, acrediten el curso de formación correspondiente.

Los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal, en el Tercer Lineamiento, fracción I, establecen que “los titulares de las Unidades

de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal son responsables de

establecer los procedimientos para que los servidores públicos ejecuten diariamente las

funciones asignadas, se administren los riesgos para evitarlos o minimizarles, así como

la instrumentación y fortalecimiento del control interno que garantice el logro de los objetivos,

metas y programas institucionales, asegurando de manera razonable la generación de

información financiera, presupuestal y de operación confiable, oportuna y suficiente, para

cumplir con su marco jurídico de actuación, así como salvaguardar los recursos públicos

a su cargo y garantizar la transparencia de su manejo”.

El inciso h), Control del sistema de información, de dicha fracción establece que “los titulares

deben llevar actividades de control en todo el proceso de obtención de información, desde

la generación de los documentos fuente, hasta la obtención de los reportes o informes, así

como su archivo y custodia”; el inciso c), Documentación, que “la estructura del sistema

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110 VOLUMEN 12/13

de control interno y todos sus procesos y operaciones deben estar perfectamente

documentados y la documentación debe estar disponible para su verificación”.

De acuerdo con lo establecido en las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema

de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal, el proceso de ingreso al Sistema de

Carrera Policial se puede resumir como sigue:

No

No

No

¿Acredita la fase de selección?

No

El aspirante se somete a un proceso

de exámenes para acreditar el perfil

El aspirante es admitido como

becario en el curso de formación básica

¿Supera la fase de

formación ?

El aspirante es elegible para ingresar al sistema

El aspirante es rechazado.

La SSP obtiene constancias

de inexistencia de antecedentes penales, inhabilitación o proceso

penal, sin que ello implique relación

laboral.

El aspirante es rechazado.

El aspirante firma carta compromiso para dos

años de servicio. De ser admitido,

tiene derecho a recibir materiales, alimentación,

alojamiento y beca mientras dura el curso.

Causa baja y no puede ingresar

en convocatorias posteriores

Obtuvo 9.5 o más de

calificación

El aspirante es propuesto

a la CTSPPDF.

No es elegible, pero puede solicitar su ingreso en otra

convocatoria.

La CTSPPDF revisa los expedientes

de las propuestas y selecciona de entre

ellos a los nuevos policías.

Si cuentan con bachillerato

o equivalente, podrán ingresar al nivel

Suboficial. Si cuenta con licenciatura podrán

acceder al nivel de Subinspector.

Fin

La CTSPPDF emite convocatoria

¿Cumple los

requisitos?

El aspirante se inscribe en el ITFP

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111 VOLUMEN 12/13

Con el fin de verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable en el proceso de

ingreso al Sistema de Carrera Policial, mediante las notas núms. 6 del 3 de febrero de 2010

y 22 del 31 de marzo de 2010, se solicitó a la SSP el listado de los elementos policiacos que

se incorporaron al Sistema de Carrera Policial durante 2008, con la fecha de incorporación

y el promedio obtenido, así como el listado de los becarios del ITFP que fueron propuestos

a la Comisión Técnica de Selección y Promoción para la Policía del Distrito Federal para

incorporarse a la policía preventiva durante 2008.

Mediante el oficio núm. ITFP/DG/1122/2010 del 12 de abril de 2008, el ITFP remitió

información que no correspondió a la solicitada,35 por lo que no se pudo determinar

cuantos becarios fueron propuestos para incorporarse a la Policía Preventiva del Distrito

Federal ni los promedios que obtuvieron.

Por otro lado, para identificar los elementos seleccionados se revisaron las actas de las

sesiones realizadas por la Comisión Técnica de Selección y Promoción para la Policía

del Distrito Federal durante 2008, las cuales fueron proporcionadas por la Dirección

General de Carrera Policial mediante el oficio núm. SDI/DGCP/4732/2009 del 22 de

octubre de 2008. Del análisis del acta de la Primera Sesión Ordinaria de 2008, celebrada

el 2 de junio de 2008, y del acta de la Segunda Sesión Ordinaria de 2008, celebrada el 26

de noviembre de 2008, se concluye que dicho órgano no incluyó en el orden del día la

incorporación de becarios egresados del ITFP al Sistema de Carrera Policial.

Con la información de que se dispuso, no fue posible conocer cuántos elementos se

incorporaron al Sistema de Carrera Policial durante 2008, ni verificar si se cumplió

lo establecido por artículo 26 de la Ley de Seguridad Pública y por las Reglas para el

Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal.

En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado

presentó con el oficio núm. DETRC/OM/SSP/786/20109 de fecha 19 de mayo de 2010,

suscrito por el Director Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas de la SSP,

35 La información proporcionada por el ITFP consistió en copias simples de diversas listas de control de asistencia

correspondientes a cursos impartidos durante 2008 a elementos de diversas unidades policiales del Distrito Federal, así como de un Curso Básico de Formación Policial Intensivo para personal del Municipio de Texcoco, Estado de México; reportes diarios de novedades; informes sobre el Estado de Avance del Programa Operativo Anual 2008; fatigas de varios cursos de actualización; y correspondencia variada. En ningún caso correspondió con la información solicitada.

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112 VOLUMEN 12/13

presentó 206 fojas de diversa documentación, que incluye el oficio núm. SDI/002323/10 del

18 de mayo de 2010, por medio del cual el Subsecretario de Desarrollo Institucional informa

que remitió de forma impresa y en disco compacto la información correspondiente, que

consiste en copia del oficio núm. ITFP/DG/1530/10 del 17 de mayo de 2010, con el cual la

Dirección Pedagógica del ITFP remitió “impreso en 16 fojas útiles así como el medio

magnético (CD) listado con nombre, promedio, fecha de inicio y término de cursos básicos de

los elementos policiacos que se incorporaron al Sistema de Carrera Policial durante 2008.”

De la información referida en los oficios señalados, únicamente se recibió un disco

compacto con un listado, en formato Excel, de 1,146 personas que tomaron el Curso

Básico de Formación Policial, el cual corresponde a las generaciones 133, 134, 135, 136,

137, 138, 139, 140, 141, 142, 143, 146, 147, 148, 149, 150 y 151. En el listado se señalan

los promedios obtenidos por cada uno de los aspirantes, así como las fechas de inicio

y término de los cursos.

En la revisión de dicho listado, se observó que de los 1,146 becarios, sólo 9 (0.8%)

contaron con un promedio igual o superior a 9.5, lo cual significa que la SSP no se ajustó

a las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la

Policía del Distrito Federal, que en la regla Vigésima Tercera señalan: “en atención a los

resultados obtenidos en la evaluación final el Instituto propondrá a la Comisión Técnica de

Selección y Promoción a los alumnos becarios más sobresalientes con el objeto de que

ingresen al nivel correspondiente, siempre y cuando sus calificaciones sean mayores a 9.5”.

La información proporcionada se considera insuficiente para revisar el proceso de ingreso

en su totalidad, por lo que lo que no se modifica el resultado.

Recomendación APPD-102-08-23-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública tome medidas para garantizar que

la selección e ingreso de elementos al Sistema de Carrera Policial del Distrito Federal se

sujete a lo establecido en la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y en las Reglas

para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la Policía del

Distrito Federal.

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113 VOLUMEN 12/13

Recomendación APPD-102-08-24-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública observe los Lineamientos Generales

de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal en la integración

de los soportes documentales del proceso de ingreso de los elementos a la Policía del

Distrito Federal, que permitan verificar el cumplimiento de lo que disponen al respecto la

Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y las Reglas para el Establecimiento y Operación

del Sistema de Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal.

19. Resultado

Profesionalización de la Policía del Distrito Federal

El artículo 18 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal establece lo siguiente:

“La profesionalización de los Cuerpos de Seguridad Pública, tendrá por objeto, lograr una

mejor y más eficaz prestación del servicio, así como el desarrollo integral de sus elementos

mediante la institucionalización de la carrera policial, ampliando así su capacidad de respuesta

a los requerimientos de la sociedad.

”Para los efectos del párrafo anterior, cada Cuerpo de Seguridad Pública contará con un

Programa General de Formación Policial que tendrá como finalidad alcanzar el desarrollo

profesional, técnico, científico, físico, humanístico y cultural de los elementos de los

Cuerpos de Seguridad Pública, en el marco del respeto a los derechos humanos y al Estado

de Derecho.”

El artículo 21 de la misma ley dispone que “en cada uno de los Cuerpos de Seguridad

Pública existirá una Comisión Técnica de Profesionalización, la cual se encargará de elaborar,

evaluar y actualizar el Programa General de Formación Policial”.

El artículo 22 de la ley en referencia confiere al ITFP la función de ejecutar y desarrollar el

Programa General de Formación Policial. El mismo precepto establece que en dicha

institución se formarán y prepararán profesionalmente, en el mando y la administración,

los elementos policiacos que servirán a la comunidad; y se elaborarán los programas

específicos necesarios para la adecuada aplicación del programa general.

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114 VOLUMEN 12/13

Las Reglas para la Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica de Profesionalización

para la Policía del Distrito Federal, vigentes en 2008, norman el funcionamiento de este

órgano colegiado. En la regla Segunda se establece lo siguiente:

“La Comisión Técnica de Profesionalización para la Policía del Distrito Federal celebrará

un período de sesiones que se iniciará 15 días después de haber concluido el primer

semestre de cada año y un segundo período que se iniciará 15 días después de haber

concluido el segundo semestre, con el objeto de evaluar los resultados del Programa

General de Formación Policial durante el semestre inmediato anterior. Durante el segundo

período de sesiones, la Comisión si lo estima procedente podrá llevar a cabo la actualización

de dicho Programa.

”Para la evaluación del citado programa, la Comisión deberá determinar el método de

evaluación y tomar en cuenta la información que conforme a dicho método le proporcione

trimestralmente el Instituto Técnico de Formación Policial.”

Las fracciones VII y VIII del artículo 33 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad

Pública, vigente en 2008,36 señalan que corresponde a la Dirección General de Carrera

Policial (DGCP): “Integrar, supervisar y coordinar las comisiones involucradas en la carrera

policial” y “desarrollar, revisar, validar e implementar el Programa General de Formación

Policial”.

Con el objetivo de verificar la operación del Programa de Profesionalización de la Policía

del Distrito Federal, mediante la nota núm. 6 del 3 de febrero de 2010, se solicitaron a

la SSP el Programa General de Formación Policial, copia de las actas de las sesiones

efectuadas por la Comisión Técnica de Profesionalización para la Policía del Distrito

Federal durante en 2008 y el Programa de Profesionalización; y se le pidió que explicara

los mecanismos de coordinación establecidos entre la DGCP y el ITFP para determinar

las necesidades de profesionalización de los elementos policiacos.

36 Para efectos de la revisión se consideró el Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública vigente hasta el 31 de

octubre de 2008. En el reglamento vigente a partir del 1o. de noviembre de 2008, dicha funciones corresponden a las fracciones II y V del artículo 34.

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115 VOLUMEN 12/13

Con el oficio núm. SDI/DGCP/1408/2010 del 9 de febrero de 2010, la DGCP proporcionó

copia del Programa General de Formación Policial, elaborado y aprobado por la Comisión

Técnica de Profesionalización para la Policía del Distrito Federal el 25 de mayo de 1994.

En cuanto a los mecanismos de coordinación instituidos entre la DGCP y el ITPF, en el

mismo oficio informó que durante 2008 “no existía buena relación entre el Instituto

Técnico de Formación Policial y la Dirección General de Carrera Policial, motivo por el

cual las actividades realizadas por lo general, se hacían de manera aislada”.

Respecto a las sesiones celebradas por la CTPPDF en 2008, la SSP no aportó la información

solicitada ni evidencia documental de las sesiones realizadas.

Al analizar la información recibida, se observó que la SSP sí dispuso de un Programa

General de Formación Policial, elaborado por la Comisión Técnica de Profesionalización

para la Policía del Distrito Federal. Sin embargo, se determinó que éste no había sido

actualizado desde su aprobación, el 25 de mayo de 1994, por lo que no se ajustó a lo

establecido en el artículo 21 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal.

Asimismo, se determinó que la Comisión Técnica de Profesionalización para la Policía del

Distrito Federal no sesionó durante 2008, y que la SSP no cuenta con información sobre el

funcionamiento de ese órgano colegiado, por lo que se incumplió la Segunda de las Reglas

para la Integración y Funcionamiento de la Comisión Técnica de Profesionalización para

la Policía del Distrito Federal.

Por último, se constató que la DGCP y el ITFP no dispusieron de mecanismos de

coordinación institucional que favorecieran el cumplimiento de sus responsabilidades

respecto a la operación del programa de profesionalización y la integración y funcionamiento

de la Comisión Técnica de Profesionalización para la Policía del Distrito Federal.

Recomendación APPD-102-08-25-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública mantenga actualizado el Programa

General de Formación Policial, en cumplimiento con lo que establece la Ley de Seguridad

Pública del Distrito Federal.

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116 VOLUMEN 12/13

Recomendación APPD-102-08-26-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública adopte medidas necesarias para

garantizar el funcionamiento adecuado de la Comisión Técnica de Profesionalización para la

Policía del Distrito Federal, como lo señalan las Reglas para la Integración y Funcionamiento

de la Comisión Técnica de Profesionalización para la Policía del Distrito Federal.

Recomendación APPD-102-08-27-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública establezca mecanismos para

garantizar que exista una coordinación eficiente entre la Dirección General de Carrera

Policial, el Instituto Técnico de Formación Policial y las demás áreas involucradas en el

desarrollo y profesionalización de los cuerpos policiacos del Distrito Federal.

20. Resultado

Promociones de los Elementos Policiacos

De acuerdo con el artículo 29 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal,

“los integrantes de los Cuerpos de Seguridad Pública sólo podrán ascender a las plazas

vacantes de las jerarquías inmediatas superiores mediante evaluación curricular o concurso

de promoción, dependiendo de la jerarquía a la que aspiren y conforme al Sistema de

Carrera Policial”.

El artículo 30 establece que, para la evaluación curricular o el concurso de promoción,

se deberán tomar en cuenta, entre otros, los siguientes factores: “I. La conservación de los

requisitos de ingreso; II. La escolaridad y formación; III. La eficacia en el desempeño

de las funciones asignadas; IV. El comportamiento ético-profesional; V. La antigüedad

dentro de la corporación y en la jerarquía, y VI. Su conocimiento acerca de los principios

fundamentales de la Constitución de la República y de las garantías individuales y sociales

que ésta consagra”.

El segundo párrafo del mismo artículo, establece que, en el Sistema de Carrera Policial

“se precisarán los puntos de mérito y los puntos de demérito que deberán considerarse

en los concursos, mediante parámetros objetivos de evaluación”.

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117 VOLUMEN 12/13

El artículo 31 del mismo ordenamiento señala que, de acuerdo con las necesidades de

cada corporación, “la Comisión Técnica de Selección y Promoción respectiva expedirá

una convocatoria a concurso de promoción. Dicha convocatoria señalará las plazas a cubrir

en cada jerarquía así como los requisitos de ingreso al curso de promoción respectivo”.

La Trigésima Segunda de las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de

Carrera Policial de la Policía del Distrito Federal establece que el Secretario de Seguridad

Pública podrá proponer a la Comisión Técnica de Selección y Promoción para la Policía

del Distrito Federal ascensos por evaluación curricular de los elementos que hubiesen

realizado hechos sobresalientes en el desempeño de su función.

Asimismo, según el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública,

“el Secretario podrá determinar el ascenso al nivel o jerarquía inmediato superior de los

elementos de la policía que se hubieran distinguido en el desempeño de sus funciones

o por acciones relevantes que hubieren realizado con motivo de su cargo”.

Mediante oficio núm. SDI/DGCP/4732/2009 del 22 de octubre de 2009, la SSP informó

que “no se realizó ninguna convocatoria para el proceso de promoción durante 2008”.

Asimismo, con el oficio núm. SDI/DGCP/1408/2010 del 9 de febrero de 2010, señaló que

“el proceso de promoción 2008 se basó en el ‘Programa de Perseverancia’, el cual se

constituyó con el objeto de ascender al grado inmediato superior al personal más antiguo

de la Secretaría […] La DGCP con el apoyo de la Dirección General de Recursos Humanos,

elaboró un listado del personal y de acuerdo a su antigüedad y a sus antecedentes, se

determinó otorgarles el ascenso”.

La Dirección General de Recursos Humanos, respondió, con el oficio

núm. DGRH/OM/SSP/0700/2010 del 5 de abril de 2010, que el Programa de Perseverancia

tiene su fundamento en los artículos 33, fracción II, y 35 de la Ley de Seguridad

Pública del Distrito Federal; y que de acuerdo con el artículo 53, fracción III, del mismo

ordenamiento, corresponde al Consejo de Honor y Justicia decidir a los elementos de los

cuerpos de seguridad pública a quienes se otorgará dicha condecoración, cuando hayan

mantenido un expediente ejemplar y cumplan 10, 15, 20, 25 y 30 años de servicio en

la corporación.

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118 VOLUMEN 12/13

Del análisis del acta de la Primera Sesión Ordinaria de la Comisión Técnica de Selección

y Promoción para la Policía del Distrito Federal, correspondiente a 2008, celebrada el 2 de

junio de 2008, y del acta de la Segunda Sesión Ordinaria de 2008, celebrada el 26 de

noviembre de 2008, se desprende que este órgano aprobó el otorgamiento de grado

por transformación de plazas de Policía Tercero a Policía Segundo y transformación de

plaza de Suboficial a Segundo Oficial de 180 elementos; y el otorgamiento de grado por

perseverancia de Policía a Policía Segundo a 3,003 elementos.

Al revisar la información proporcionada se concluyó que en 2008 las promociones de los

elementos policiacos se realizaron mediante la transformación de plazas, el otorgamiento

de grado por perseverancia a los elementos de mayor antigüedad y, en menor medida,

servicios especiales. Asimismo, se comprobó que durante 2008 no se realizó ningún

concurso de promoción dentro del Sistema de Carrera Policial.

21. Resultado

Evaluación del Desempeño Policial

La Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal señala en su artículo 30, los factores que

deben considerarse para la evaluación curricular o el concurso de promoción. El segundo

párrafo de ese precepto establece que, para la evaluación curricular de los elementos

“en el Sistema de Carrera Policial se precisarán los puntos de mérito y los puntos de

demérito que deberán considerarse en los concursos, mediante parámetros objetivos de

evaluación”.

El artículo 32 del mismo ordenamiento dispone lo siguiente:

“La evaluación de las actividades desempeñadas por los elementos de los Cuerpos de

Seguridad Pública, deberá realizarse por lo menos una vez al año.

”Para llevar a cabo la evaluación, la Comisión Técnica de Selección y Promoción solicitará

de los jefes inmediatos superiores de cada elemento policial el llenado de un cuestionario

tendiente a conocer las actividades desarrolladas durante el año, la eficacia de sus servicios,

el comportamiento ético profesional, el grado de dedicación, el empeño mostrado, así como

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119 VOLUMEN 12/13

las sanciones que le fueron impuestas, en su caso. Dicha comisión diseñará un sistema

de puntuación para calificar cada cuestionario.

”Los resultados de la evaluación se darán a conocer oportunamente y por escrito a cada

elemento policial, se anexarán en el expediente personal respectivo y se tomarán en

cuenta en los concursos de promoción.”

Como se mencionó en el resultado núm. 17, durante el ejercicio 2008 no se consideraron

las Reglas para el Establecimiento y Operación del Sistema de Carrera Policial de la

Policía del Distrito Federal para precisar los puntos de mérito y los puntos de demérito que

debieron en los concursos de promoción, y no se establecieron reglas complementarias

para regular el proceso de evaluación mediante parámetros objetivos.

El Manual Administrativo de la SSP vigente en 2008 señala que la Dirección General de

Carrera Policial tiene como objetivo “dirigir el sistema de carrera policial a fin de integrar

un cuerpo de policía profesional apegado a los principios de legalidad, eficiencia, honestidad,

justicia, respeto a los Derechos Humanos y al Estado de Derecho, que permita brindar

una propuesta de vida digna y garantizar su desarrollo integrado a la sociedad”. Entre las

funciones de esa área se encuentra “dirigir el Sistema de Evaluación General que permita

examinar y conocer permanentemente el desempeño de los elementos policiales”.

Mediante la nota núm. 6 del 3 de febrero del 2010, se solicitó a la Dirección General

de Carrera Policial la información relativa al Sistema de Evaluación del Desempeño.

Con el oficio núm. SDI/DGCP/1408/2010 del 9 de febrero de 2010, la DGCP proporcionó

información referente al Sistema de Evaluación de Desempeño (SED), que describe como

un “sistema en el que a partir del registro diario y detallado de las acciones reguladas en

las que incurre un elemento, se obtienen indicadores numéricos que permiten establecer

en cualquier instante del tiempo, una graduación del desempeño de cada elemento con

respecto al de todos sus demás compañeros”.

De acuerdo con dicha información, el SED se diseñó como una combinación de variantes

de los modelos de evaluación del desempeño conocidos como Método de Escala Gráfica

con Atribución de Puntos y del Método de Clasificación (Ranking).

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120 VOLUMEN 12/13

La DGCP explicó que se partió de un conjunto de factores de evaluación, que se agrupan

en una matriz denominada “Tabla de Acciones Reguladas de Mérito/Demérito” en la que a

cada factor se le asigna una clave y un valor en puntos, con signo (+) para las acciones

positivas y con signo (-) para las negativas. Las acciones reguladas son específicas,

simples y objetivas. Los informes de evaluaciones se emiten en forma automática una vez

al mes, con los escalafones calificados y los estados de cuenta personal, los cuales son

distribuidos para su publicación y para su entrega a los elementos.

La unidad responsable proporcionó evidencia de las acciones realizadas durante 2008 en

el marco del SED, como la remisión de oficios de notificación que la Dirección Ejecutiva

de Protección Ciudadana envió a los directores de las Unidades de Protección Ciudadana

(UPC) con los escalafones calificados y los estados de cuenta individuales del personal

adscrito a ellas, para su publicación y distribución. A continuación se reproduce, a manera

de ejemplo, un estado de cuenta individual de un elemento policiaco adscrito a una UPC,

evaluado con el SED durante 2008:

Protección Ciudadana Período

Evaluación del Desempeño Policial 29-feb-08 28-mar-08

824301 Resumen POLICÍA 1o. Saldo anterior 565 Nombre del elemento + Puntos de mérito 25 UPC 02-EMBAJADAS – Puntos de demérito 5 = Saldo nuevo 585 Detalle Fecha Folio Clave Descripción + -

17-mar-08 0150282 D10 Falta de aseo en su persona o en los bienes encomendados 5 28-mar-08 1680366 CT1 Práctica de tiro: Excelente 15 28-mar-08 1694426 T92 Auto-generado: Por no faltar durante el período 5 28-mar-08 1705931 T93 Auto-generado: Sin falta o retardo en el período 5

25 5

Como se observa en el estado de cuenta personal se registran acciones reguladas con

fecha, folio y clave, asociadas con un número determinado de puntos de mérito (positivos)

y puntos de demérito (negativos) los cuales se suman o se restan al saldo anterior.

No obstante que en 2008 la SSP dispuso de un sistema orientado a medir en forma

permanente el desempeño de los elementos policiacos, a partir de un catálogo de acciones

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reguladas y ponderadas, sus resultados no fueron considerados para los procesos de

promoción. Al respecto, mediante el oficio núm. SDI/DGCP/1408/2010 del 5 de marzo

de 2010, la DGCP señaló que el SED se ha mantenido como programa piloto desde su

creación, el 1o. de noviembre de 2004.

En cuanto a su utilización como instrumento de evaluación de los cuerpos policiacos del

Distrito Federal, la DGCP señaló que el SED fue aplicado únicamente al personal adscrito

a las UPC. Lo anterior, debido al reemplazo de los sectores de la Policía Sectorial por las

UPC.

Asimismo, señaló que el sistema de evaluación de desempeño utilizado para los elementos

de la policía sectorial y de los agrupamientos, que son parte de la Policía Preventiva del

Distrito Federal, es el que prevé la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, en su

artículo 32.

Del análisis realizado se concluye que en 2008 la SSP no dispuso de un sistema permanente

de evaluación de desempeño del personal de los cuerpos policiacos del Distrito Federal,

basado en parámetros objetivos.

Recomendación APPD-102-08-28-SSP

Es conveniente que la Secretaría de Seguridad Pública evalúe la pertinencia de incorporar

en el Sistema de Carrera Policial un sistema permanente de evaluación del desempeño

individual del personal con tareas policiales, basado en parámetros objetivos.

22. Resultado

Evaluaciones de Control de Confianza

El artículo 16 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública, vigente en 2008,

establece que “los servidores públicos de la Secretaría están obligados a presentar

y someterse a las evaluaciones del desempeño así como a las dirigidas a comprobar el

cumplimiento de los principios y obligaciones de los servidores públicos, que la Secretaría

determine aplicar”.

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122 VOLUMEN 12/13

El artículo 15 del mismo ordenamiento señala, en sus fracciones II y III, que la Secretaría

contará con una unidad denominada Centro de Control de Confianza, encargada de:

“II. Dirigir, coordinar, llevar a cabo y calificar, los procesos de evaluación que se realicen

a los elementos de la Policía a fin de comprobar la conservación de los requisitos de

ingreso y permanencia a que se refieren la Ley de Seguridad Pública y esta Ley;

”III. Dirigir, coordinar, llevar a cabo y calificar, los procesos de evaluación que se realicen

a los elementos de la Policía para comprobar el cumplimiento de los perfiles médico, ético

y de personalidad necesarios para realizar las actividades policiales.”

La misma ley dispone, en su artículo 58, lo siguiente:

“La Secretaría determinará las características, términos, modalidades y periodicidad con

que se practicarán evaluaciones a todos los elementos de la Policía a fin de comprobar la

conservación de los requisitos de ingreso y permanencia, así como el cumplimiento de los

perfiles médico, ético y de personalidad necesarios para realizar las actividades policiales.

Asimismo y con la periodicidad que determine el Secretario, se llevarán a cabo procesos

de evaluación del desempeño de los elementos de la Policía.

”Al efecto, es obligatorio para todos los elementos de la Policía, practicarse los exámenes

médicos, físicos, psicológicos, psiquiátricos, toxicológicos, del entorno social y situación

patrimonial, poligráficos y demás que señalen otras disposiciones aplicables o el Secretario.”

Asimismo, los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del

Distrito Federal, vigentes en 2008, en el Tercer Lineamiento, Actividades de Control, fracción I,

señalan que:

“Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores

públicos ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos para

evitarlos o minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control interno

que garantice el logro de los objetivos, metas y programas institucionales, asegurando de

manera razonable la generación de información financiera, presupuestal y de operación

confiable, oportuna y suficiente […]

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123 VOLUMEN 12/13

Asimismo, el lineamiento referido en el enciso h), Control del sistema de información,

señala que “los titulares deben llevar actividades de control en todo el proceso de obtención

de información, desde la generación de los documentos fuente, hasta la obtención de los

reportes o informes, así como su archivo y custodia”.

Con base en el análisis de la información proporcionada por el sujeto fiscalizado, sobre la

base del Reporte de Avance Programático Mensual de la Dirección General del Centro de

Control y Confianza, acumulado a diciembre de 2008, que coincide con la presentada en

la Cuenta Pública, se obtuvieron los siguientes resultados:

Meta Acción Original

(1) Modificada1

(2) Alcanzada

(3)

Cumplimiento(%)

(3)/ (2)

Elementos de la Policía Preventiva

Cobertura

(%)

Total 239,385 71,800 79,035 110.1 36,248 n.a. Aplicación prueba MMPI-2. 2 85,000 25,000 32,912 131.6 36,248 90.8 Aplicación prueba Beta III. 3 23,800 3,800 5,470 143.9 36,248 15.1 Aplicación prueba To-Observación. 4 23,800 3,800 3,924 103.3 36,248 10.8 Aplicación prueba 16FP. 5 23,800 3,800 3,557 93.6 36,248 9.8 Aplicación de pruebas automatizadas Psicosoft versión corporativa 20,625 n.a. n.a. n.a. n.a. n.a. Entrevista profunda. 6 22,625 2,000 1,542 77.1 36,248 4.3 Examen médico. 7 7,000 2,000 1,353 67.7 36,248 3.7 Examen toxicológico. 8 20,000 28,000 26,081 93.1 36,248 72.0 Examen socioeconómico. 16,680 1,680 3,335 198.5 36,248 9.2 Examen de poligrafía. 9 9,180 1,720 861 50.1 36,248 2.4

1 Se consideró la meta modificada porque la Secretaría de Finanzas no autorizó el presupuesto solicitado para la reestructuración del Centro de Control de Confianza, sin embargo no modificó la meta física. La DGCCC solicitó la modificación en tiempo y conforme a la normatividad.

2 La prueba MMPI-2 consiste en un cuestionario de 567 preguntas que evalúan rasgos, tipos y estados de personalidad. Es parte de la evaluación integral psicológica.

3 La prueba Beta lll consta de cinco subpruebas y evalúa la inteligencia no verbal en las áreas de aprendizaje y memoria, observación, atención, sentido común y abstracción. Es parte de la evaluación integral psicológica.

4 La prueba To-Observación mide la capacidad de concentración mediante la búsqueda de letras en grupos de cinco palabras. Es parte de la evaluación integral psicológica.

5 La prueba 16FP evalúa la personalidad y mide factores de discreción, inteligencia baja y alta en estabilidad emocional. Es parte de la evaluación integral psicológica.

6 La entrevista profunda es la técnica mediante la cual se obtiene información amplia y abierta sobre los aspectos fundamentales de la historia y circunstancias del desarrollo del entrevistado. Es parte de la evaluación integral psicológica.

7 El examen médico es la evaluación realizada por el médico cirujano para verificar que el evaluado se encuentre en buen estado de salud e integridad física para el cumplimiento de las funciones del puesto.

8 El examen toxicológico es el análisis enzimático de una muestra de orina, con objeto de detectar la presencia de metabolitos por uso de drogas o substancias prohibidas.

9 El examen de poligrafía no forma parte de las pruebas de ingreso, permanencia o promoción y se aplica únicamente a solicitud de las áreas autorizadas o a petición de una autoridad superior,

n.a. No aplicable.

El Centro de Control de Confianza de la SSP aplicó un total de 79,035 pruebas y exámenes

a los elementos de la Policía Preventiva del Distrito Federal, 10.1% más que lo programado.

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124 VOLUMEN 12/13

En ningún caso se alcanzó una cobertura del 100.0% en las pruebas sobre el total de los

elementos. Las acciones con mayor cobertura fueron la aplicación de la prueba MMPI-2,

con el 90.8% y el examen toxicológico, con el 72.0%. Cabe señalar que esta prueba fue

subrogada a un laboratorio, dado que el ente no cuenta con laboratorio de análisis clínicos.

Las características, términos, modalidades y periodicidad con que se practicarán evaluaciones

son determinadas por el titular del área responsable, del Secretario y a solicitud de la los

titulares de las áreas operativas de la Policía Preventiva.

Las pruebas fueron practicadas con base en la meta establecida para el ejercicio, y se

consideraron obligatorias para los aspirantes a ingresar a la policía del Distrito Federal.

La aplicación del examen toxicológico es, además, un requisito obligatorio para renovar la

Licencia Oficial Colectiva de portación de armas de fuego, y conforme lo establece la Ley

Federal de Armas de Fuego y Explosivos, se realiza cada dos años.37

Sin embargo, cuando se intentó analizar la información recibida con los oficios

núms. SDI/DGCCC/22538/2009 del 22 de octubre de 2009 y SDI/DGCCC/00303/2010

del 9 de febrero de 2010, a fin de comparar las evaluaciones del Centro de Control de

Confianza en relación con ejercicios anteriores, se encontraron diferencias entre las cifras

presentadas en los dos oficios y las del Reporte de Avance Programático. En el caso de

los exámenes psicológicos las cifras fueron 31,316 en el primer oficio, 26,560 en el

segundo y 32,912 en el reporte; en el de los toxicológicos de 27,386, 26,050 y 26,081,

respectivamente; y en el de los poligráficos, 1,431 en los dos oficios y 861 en el Reporte

de Avance Programático. Por tanto, se concluye que hubo deficiencias de control interno

en los sistemas del sujeto fiscalizado.

Por otro lado, se comprobó que, a la fecha de la revisión, la Dirección General de Control

de Confianza contaba con procedimientos administrativos autorizados para cada una de

las pruebas enlistadas en el cuadro anterior.

De lo expuesto anteriormente, se concluye que en 2008 el Centro de Control de Confianza

del la SSP cumplió con las funciones que le confieren las fracciones II y III del artículo 15

37 De conformidad con el comunicado 747/07 emitido por la SSP el 31 de mayo de 2007, la Secretaría de la Defensa

Nacional otorgó la revalidación del permiso colectivo oficial de portación de arma de fuego con vigencia hasta abril de 2009 y cubrió a las policías Preventiva, Auxiliar y Bancaria e Industrial.

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125 VOLUMEN 12/13

de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal. Sin embargo,

la información relativa a los exámenes y pruebas realizados en 2008 presentó diferencias

entre las fuentes proporcionadas, por lo que se concluye que hubo deficiencias de control

interno en sus sistemas de información.

Recomendación APPD-102-08-29-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública, por conducto de la Dirección

General del Centro de Control y Confianza implante los mecanismos para fortalecer su

sistema de control interno, a fin de garantizar que se cuente con información confiable

acerca de su operación, en observancia de los Lineamientos Generales de Control Interno

para la Administración Pública del Distrito Federal.

23. Resultado

Atención y Trámite de Quejas por Presuntas Violaciones de Derechos Humanos

El artículo 16 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal señala que “el servicio a la

comunidad y la disciplina, así como el respeto a los derechos humanos y a la legalidad, son

principios normativos que los Cuerpos de Seguridad Pública deben observar invariablemente

en su actuación”.

En su artículo 34, el Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, vigente

en 2008, confería a la Dirección Ejecutiva de Derechos Humanos las siguientes atribuciones:

coadyuvar con los órganos de control interno y con la representación social para la

resolución de las quejas, recibir en audiencia a los ciudadanos y policías que presenten

quejas contra alguna autoridad, diseñar y aplicar los sistemas necesarios para garantizar

que las medidas precautorias emitidas por la Comisión de Derechos Humanos se atiendan

oportunamente y establecer mecanismos para vigilar que las recomendaciones emitidas

por la Comisión de Derechos Humanos sean atendidas hasta su cabal cumplimiento.

Con el propósito de evaluar el cumplimiento de las responsabilidades de Dirección Ejecutiva

de Derechos Humanos, se revisaron los resultados obtenidos en 2008, particularmente

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126 VOLUMEN 12/13

los relacionados con la atención y trámite de quejas por presuntas violaciones de derechos

humanos, en función del Procedimiento para la Atención a Quejas y Requerimientos

Formulados por las Comisiones de Derechos Humanos del Distrito Federal y Nacional

y por los particulares.

Para efectos de la presente auditoría, la revisión a la Dirección Ejecutiva de Derechos

Humanos se orientó a los aspectos de eficiencia en la integración de expedientes para la

atención y el seguimiento de las quejas y la disposición de áreas y espacios para la atención

personalizada de los quejosos.

Del análisis del Reporte de Avance Programático, se desprende que en 2008 la unidad

administrativa dio tramite a 1,166 quejas por presuntas violaciones de derechos humanos,

recibidas de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, de la Comisión

Nacional de Derechos Humanos y del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación,

así como atendidas en forma directa y de oficio.

Se seleccionaron 63 expedientes del universo de 1,166 asuntos atendidos en 2008, mediante

muestreo aleatorio sistemático, con un nivel de confianza del 90.0% y un margen de error

de ±10.0. En cuanto a la atención de los asuntos de la muestra seleccionada, se observó

lo siguiente:

Tipo Número Concluidos Pendientes

Total 63 54 9 Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal 52 47 5 Comisión Nacional de Derechos Humanos 2 1 1 Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación 1 1 0 Directas 7 5 2 De oficio 1 0 1

En la revisión efectuada a la documentación, se observó que todos los expedientes tenían

constancia de las actuaciones realizadas. Sin embargo, no fue posible medir los tiempos

de las actuaciones, porque cada caso dependió de las fechas otorgadas por las comisiones

para rendir informes, así como para solicitar la aplicación de medidas precautorias en los

casos que fueron requeridas. Los asuntos relacionados con las comisiones se dieron por

concluidos mediante notificaciones escritas éstas.

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127 VOLUMEN 12/13

En los casos pendientes, se acreditó que siguen el proceso de atención. De las quejas

directas pendientes, en un caso hubo la falta de seguimiento por parte del quejoso y en el

otro, se estaban realizando reuniones regulares de seguimiento con el grupo quejoso. En

cuanto a la actuación de oficio, se acreditó que el caso fue turnado a la Dirección General

de Asuntos Internos y, al cierre de la revisión, estaba en espera de resolución del Consejo

de Honor y Justicia de la SSP.

El 7 de abril de 2010 se realizó una visita de revisión del área a cargo de la Jefatura de

Unidad Departamental de Atención de Quejas sobre Derechos Humanos. El responsable

del área señaló que en promedio son atendidas 6 personas diariamente, de acuerdo con

los horarios laborales, y que la información detallada sobre el seguimiento de la queja es

proporcionada al quejoso de manera verbal conforme al Procedimiento para la Atención

a Quejas y Requerimientos Formulados por las Comisiones de Derechos Humanos del

Distrito Federal y Nacional y por los particulares.

Del análisis realizado se concluye que en 2008, la Dirección Ejecutiva de Derechos

Humanos cumplió lo establecido en el artículo 34 del Reglamento Interior de la Secretaría

de Seguridad Pública, en lo referente a dar el trámite a los asuntos recibidos, para lo cual

aplicó el procedimiento respectivo.

24. Resultado

Atención de Quejas y Denuncias contra Elementos de la Policía

El artículo 13 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito

Federal establece que la SSP “contará con una unidad de asuntos internos encargada

de la supervisión de la actuación policial con la finalidad de verificar el cumplimiento de las

obligaciones de los elementos de la Policía”.

El artículo 14, fracción I, del mismo ordenamiento señala lo siguiente:

“I. Los objetivos principales de la supervisión son:

”a) Garantizar a las personas que presenten quejas por actos irregulares de los elementos

de la Policía, el derecho a una justa, eficiente e imparcial aplicación de la ley mediante

la detección, investigación exhaustiva y opinión adecuada de toda queja;

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128 VOLUMEN 12/13

”b) Asegurar al interior de la Secretaría, que las investigaciones de toda queja por actos

irregulares en contra de los elementos de la Policía se realice en forma honesta y justa; y

”c) Dar a los elementos de la Policía, la certeza de que las investigaciones se realizarán

mediante procesos consistentes y completos y por tanto, serán detectadas las quejas

o informaciones falsas sobre actos irregulares.”

La fracción III del mismo artículo señala que es obligación de la Unidad de Asuntos

Internos “el establecimiento de un sistema de registro, clasificación y seguimiento de quejas

o denuncias así como de correctivos disciplinarios y sanciones impuestas a los elementos

de la Policía, de acceso restringido”.

El Manual Administrativo de la SPP señala que la Dirección de Supervisión y Seguimiento

de Denuncias, adscrita a la Dirección General de Asuntos Internos (DGAI), tiene como objetivo

dirigir las acciones de supervisión del personal policial así como la atención de quejas y

denuncias relacionadas con el desempeño policial. Entre sus funciones se encuentran, según

el mismo documento, definir y establecer los programas de atención al público para la recepción

de quejas y denuncias contra servidores públicos de la Secretaría, y dirigir la atención de

quejas y denuncias contra servidores públicos de la dependencia en servicios policiales.

Los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal, vigentes en 2008, en el Tercer Lineamiento, Actividades de Control, fracción I,

establecen que “los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del

Distrito Federal son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores

públicos ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos para

evitarlos o minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control interno

que garantice el logro de los objetivos, metas y programas institucionales, asegurando de

manera razonable la generación de información financiera, presupuestal y de operación

confiable, oportuna y suficiente, para cumplir con su marco jurídico de actuación, así como

salvaguardar los recursos públicos a su cargo y garantizar la transparencia de su manejo”.

El inciso h), Control de sistemas de información, de dicha fracción establece que “los titulares

deben llevar actividades de control en todo el proceso de obtención de información, desde

la generación de los documentos fuente, hasta la obtención de los reportes o informes,

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así como su archivo y custodia”; el inciso c), Documentación, que “la estructura del

sistema de control interno y todos sus procesos y operaciones deben estar perfectamente

documentados y la documentación debe estar disponible para su verificación”; y el inciso e),

Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos, que “las operaciones y otros

eventos que afecten a las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal, deben registrarse en el momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible,

para garantizar su relevancia y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que

puedan ser presentados en informes y estados financieros confiables e inteligibles,

facilitando a los titulares la toma de decisiones”.

A fin de verificar el cumplimiento de los objetivos establecidos en la Ley Orgánica de la

Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, se revisaron los resultados alcanzados

por la DGAI en 2008 que, de conformidad con el Reporte de Avance Programático a diciembre

de 2008, fueron los siguientes:

Acciones sustantivas Modificado Alcanzado Cumplimiento(%)

Total 1,444 1,444 100.0 Atención de quejas y denuncias presentadas por la ciudadanía y elementos de esta institución 116 116 100.0 Determinación de actas y turno al Consejo de Honor y Justicia o autoridad competente en caso de la comisión de actos delictivos 210 210 100.0 Desahogar requerimientos de la fiscalía para servidores públicos y autoridades judiciales 233 233 100.0 Coordinar con otras áreas de la institución y otras dependencias la atención de quejas y denuncias 153 153 100.0 Intercambiar información con los órganos encargados en la ampliación de sanciones y normas disciplinarias 190 190 100.0 Integrar informes, dirigir las informaciones e inspecciones 150 150 100.0 Investigaciones a los hechos presentados en quejas y denuncias en que involucren a elementos policiales de la SSP (faltas administrativas, lesiones, disparos y homicidios) 104 104 100.0 Inspección a establecimientos y agrupamientos donde se desarrollan actividades, así como posibles actos delictivos 200 200 100.0 Inspección de acciones operativas, para prevenir y abatir irregularidades, así como posibles actos delictivos 88 88 100.0

En el citado documento, soporte de la información que se presenta en la Cuenta Pública,

se señala que en 2008 la DGAI cumplió al 100.0% las actividades programadas

y registradas en el marco de la actividad institucional 12 “Realizar la supervisión y

evaluación de la actuación policial”. Sin embargo, estos datos no fueron congruentes

con los proporcionados por la Dirección General de Inspección Policial (DGIP) mediante

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el oficio núm. SSPDF/DGIP/5567/2009 del 10 de noviembre de 2009. El ente informó que

durante 2008 fueron atendidas 1,767 quejas y denuncias, respecto de las cuales se

generó un expediente y se inició el proceso de investigación y análisis para determinar

lo procedente. Dicha cantidad de 1,767 no es congruente con las 116 alcanzadas según

el Reporte de Avance Programático.

Asimismo, mediante el oficio núm. SSPDF/DGIP/559/2010 del 12 de febrero de 2010, la DGIP

informó que en 2008 turnó al Consejo de Honor y Justicia 336 investigaciones para su

valoración y sanción correspondiente, lo que significa una diferencia de 126 investigaciones

respecto a las 210 registradas en el Reporte de Avance Programático.

De lo anterior se concluye que no hubo congruencia entre los datos reportados por la DGAI

en la Cuenta Pública y los de sus registros internos, por lo que se incumplió el inciso e),

Registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos, del tercero de los Lineamientos

de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

Con objeto de verificar la veracidad de la información sobre la atención de las quejas

y denuncias atendidas por la DGAI durante 2008, se seleccionó una muestra 77 expedientes,

de un universo 1,767 asuntos iniciados en el ejercicio, mediante muestreo aleatorio

sistemático, con un nivel de confianza de 90.0% y un margen de error de ±10.0.

Con la nota núm. 18 de fecha 18 de marzo de 2010, se solicitaron los expedientes

de los 77 asuntos seleccionados como muestra. Por medio del oficio

núm. SSPDF/DGIP/DSSD/1420/2010 del 19 de marzo de 2010, la DGIP proporcionó un total

de 62 expedientes u oficios de turno correspondiente, y la impresión de los registros de

inicio correspondientes a 15 asuntos, de los que no entregó evidencia documental alguna.

Al examinar la documentación proporcionada, se observó que la unidad administrativa no

contó con criterios uniformes para integrar expediente, ni con procedimientos que señalen

las fases del proceso, los tiempos de ejecución y los tramos de responsabilidad de las

áreas internas que intervienen en dicho proceso.

El 18.2% de de los expedientes iniciados durante el ejercicio se habían concluido a la

fecha de la revisión (6.5% de archivo y 11.7% turnados al Consejo de Honor y Justicia),

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el 10.4% se encontraban en el área de determinación y el 51.9% permanecían en proceso

de integración, el 19.5% restante no estuvo disponible para su verificación.

De los expedientes enviados a archivo, en la mayor parte se debió a que se acreditó

la aplicación de correctivos disciplinarios a elementos policiacos.

De los expedientes en integración, cuatro correspondieron a investigaciones abiertas de

oficio por notas periodísticas; en ninguno de ellos se integró al expediente alguna actuación

desde su fecha de su registro. En otros cuatro expedientes de diversos asuntos, tampoco

había constancia de actuaciones posteriores a su registro.

Derivado del análisis efectuado y de la falta tanto de evidencia documental de 15 asuntos

(19.5% de la muestra) como de un procedimiento claro sobre el proceso de integración,

no fue posible establecer una clasificación confiable de los expedientes, ni medir la oportunidad

con que fueron atendidos los asuntos.

Es importante señalar que, en el mes de marzo de 2008, la DGAI puso a disposición

de personal a 170 trabajadores adscritos a esa unidad administrativa. Mediante el oficio

núm. SSPDF/ DGIP/559/2010 del 12 de febrero de 2010, la DGIP proporcionó copia de

170 oficios con cuales notificó los movimientos respectivos a las áreas responsables.

En promedio, dicha medida significó la reducción de la plantilla del personal operativo

en 70.0%, y del total del personal de la DGAI en 57.0%. Esta situación se mantuvo hasta

la conclusión del ejercicio en revisión. El ente no dio explicación al respecto; en los oficios

de disposición, se basó en sus atribuciones y adujo necesidades del servicio.

Derivado de la situación descrita, no se pudo evaluar el impacto de dicha medida en

la operación y cumplimiento de metas de la DGAI durante el ejercicio de 2008.

Por otro lado, se verificaron los sistemas de registro y control de información de la DGIP

y los mecanismos que utiliza para la atención y seguimiento de denuncias.38 Al respecto

se observó lo siguiente:

38 Visita efectuada en diversas áreas de la Dirección General de Inspección Policial el 9 de abril de 2010.

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La DGIP dispone de dos áreas para la atención de denuncias: una atención telefónica que

opera las 24 horas de los 365 días del año y que está adscrita a la Dirección de Investigación

Policial; y otra que atiende las quejas y denuncias presentadas directamente, a cargo de

la Dirección de Supervisión y Seguimiento de Denuncias. Al respecto, se observó que

ninguna de las dos áreas cuenta con procedimientos administrativos orientados a la atención

y seguimiento de las quejas y denuncias.

El área de atención directa se encuentra ubicada en las oficinas centrales de la SSP,

y presenta dificultades de acceso, pues además de las medidas de seguridad generales,

la oficina se encuentra ubicada en el undécimo nivel del edificio y hay frecuentes fallas del

sistema de ascensores. Por lo que se refiere específicamente al área de atención, es de

acceso restringido y en ella se aplican condiciones de estancia adicionales, como el apagado

de equipos de comunicación celular; si bien existe un área responsable del registro y atención

de denuncias, ésta se localiza en el área general de trabajo.

A la fecha de la revisión, la Dirección de Supervisión y Seguimiento de Denuncias dispuso

de formatos de queja, un sistema de registro de reportes diarios sobre quejas recibidas y de

un sistema electrónico denominado Sistema de Información Administrativa (SIA) que permitía

registrar las quejas y verificar el estado que guardaban los expedientes respectivos.

No obstante, el área carece de procedimientos específicos para la atención y seguimiento

de quejas y denuncias respecto a la actuación de los policías de la SSP.

Con base en el análisis general, se concluye que los datos asentados en el Reporte de

Avance Programático mensual, que fue la base de la información presentada en la Cuenta

Pública de 2008, no fueron congruentes con los soportes documentales revisados; que la

DGIP no proporcionó el soporte documental que le fue requerido sobre 15 asuntos

atendidos en ese año; que no dispuso de procedimientos administrativos debidamente

autorizados para regular sus procesos sustantivos; y que presenta deficiencias de espacio

para la atención de las personas que acuden a interponer quejas y denuncias por la actuación

de los elementos policiales.

En la reunión de confronta celebrada el 20 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado

presentó con el oficio núm. DETRC/OM/SSP/786/20109 de fecha 19 de mayo de 2010,

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suscrito por el Director Ejecutivo de Transparencia y Rendición de Cuentas, presentó

206 fojas de diversa documentación, que incluye el oficio núm. SSPDF/DGIP/2049/2010

del 18 de mayo de 2010, en el cual la Dirección General de Inspección Policial señala

lo siguiente:

“Con relación al Reporte de Avance Programático al mes de diciembre del año 2008, se

puede apreciar que existe una falta de responsabilidad y de conocimiento del personal que

laboraba en dicha administración ya que no fueron congruentes las cifras proporcionadas

con el informe rendido en la auditoría, actualmente el Reporte es de acuerdo a las

estadísticas reales.

”Por lo que hace a los 15 asuntos de los que no se entregó evidencia documental de su

existencia, me permito aclarar que existe en archivo electrónico del Sistema de Información

Administrativa de esta Dirección General los antecedentes de los motivos que originaron

estos asuntos, siendo únicamente este medio por el cual se tiene conocimiento de los asuntos

de mérito, cabe señalar que ésta a mi cargo, con el ánimo de atender la observación se

estableció un control que permite saber a que persona se le asignó cada asunto y en qué

condiciones se encuentra.”

Asimismo, como parte de la misma documentación entregada en la reunión de confronta,

se incluyó copia del oficio núm. SSPDF/DGIP/2078/2010 del 19 de mayo de 2010, en el

que la DGIP agregó lo siguiente:

“Por lo que hace al motivo que originó que 170 elementos adscritos a la entonces

Dirección General de la Unidad de Asuntos Internos en el mes de marzo de 2008, fueran

puestos a disposición de la Subsecretaría de Seguridad Pública, por no ser necesarios

sus servicios en esta Dirección General, siendo esta la causa principal.

“Por lo que hace a las constantes fallas del sistema de ascensores, éstos son ajenos a

esta Dirección General, asimismo las medidas implementadas del registro del ciudadano

al ingresar a esta sede hasta el momento que es atendida por un servidor público adscrito

a ésta a mi cargo, oscila entre los cinco y diez minutos, lo anterior debido a las medidas

de seguridad implementadas en este edificio público, siendo necesario que el servidor

público pase por el ciudadano a la recepción del edificio sede.

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”No omito manifestarle que las condiciones de estancia en la Dirección General de

Inspección Policial, son medidas internas implementadas con la finalidad de garantizar

la confidencialidad y seguridad de las personas que acuden así como de los expedientes

y servidores públicos que laboran en la misma.”

Con relación a los 15 asuntos respecto de los cuales no se proporcionó evidencia

documental, la DGIP entregó 15 fojas con los antecedentes de éstos, información que ya

había sido entregada durante la auditoría.39

La información proporcionada en la reunión de confronta no aportó elementos que modifiquen

el resultado.

Recomendación APPD-102-08-30-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública, por conducto de la Dirección General

de Inspección Policial, adopte mecanismos para fortalecer su sistema de control interno

que permitan garantizar que se disponga de información confiable, oportuna y suficiente

sobre su operación, en observancia de los Lineamientos Generales de Control Interno

para la Administración Pública del Distrito Federal.

Recomendación APPD-102-08-31-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública, por medio de la Dirección General

de Inspección Policial, implante los mecanismos para fortalecer del sistema de control

interno que permitan garantizar que las actuaciones inherentes a sus procesos queden

debidamente documentadas y que la información respectiva esté disponible para su

verificación, en observancia de los Lineamientos Generales de Control Interno para la

Administración Pública del Distrito Federal.

39 La documentación entregada emanada del SIA, aporta los datos incorporados a dicho sistema; sin embargo; no

proporcionó evidencia documental que permita verificar la atención dada en cada caso. Se observó que siete asuntos fueron turnados para integración, es decir, que permanecen en la DGIP, aunque no fueron mostrados los expedientes respectivos; otros seis fueron turnados al Consejo de Honor y Justicia; uno se remitió para archivo y otro a Contraloría Interna, mas no se entregó copia de los oficios de turno respectivos.

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Recomendación APPD-102-08-32-SSP

Es conveniente que la Secretaría de Seguridad Pública realice las acciones que se requieran

con el fin de garantizar las mejores condiciones posibles de accesibilidad, oportunidad

y calidad en la atención de los ciudadanos que acudan a presentar quejas y denuncias contra

elementos policiacos.

25. Resultado

Resoluciones del Consejo de Honor y Justicia

El artículo 53 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal establece lo siguiente:

“En cada uno de los Cuerpos de Seguridad Pública habrá un Consejo de Honor y Justicia,

que será el órgano colegiado competente para:

”I. Conocer y resolver sobre las faltas graves en que incurran los elementos policiales a

los principios de actuación previstos en la presente ley, así como a las normas disciplinarias

de cada uno de los Cuerpos de Seguridad Pública;

”II. Resolver sobre la suspensión temporal y la destitución de los elementos […]

”El Consejo de Honor y Justicia velará por la honorabilidad y reputación de los Cuerpos

de Seguridad Pública y combatirá con energía las conductas lesivas para la comunidad

o la corporación, para tal efecto, gozará de las más amplias facultades para examinar los

expedientes u hojas de servicio de los agentes y para practicar las diligencias que le

permitan allegarse de los elementos necesarios para dictar su resolución.”

El artículo 55 de la misma ley señala:

“En todo asunto que deba conocer el Consejo de Honor y Justicia, se abrirá un expediente

con las constancias que existan sobre el particular y se sujetará al siguiente procedimiento […]

”I. Desde luego se hará saber al elemento sujeto al procedimiento, la naturaleza y causa

del mismo, a fin de que conozca los hechos que se le imputan y pueda defenderse

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por sí o por persona digna de su confianza o, en su defecto se le nombrará un defensor

de oficio, concediéndole diez días hábiles para que ofrezca las pruebas pertinentes y

señalándole lugar, día y hora para la celebración de la audiencia de pruebas y alegatos.

Serán admisibles toda clase de pruebas, excepto la confesional de la autoridad y las que

fueren en contra del derecho, la moral y las buenas costumbres;

”II. En dicha audiencia se desahogarán las pruebas ofrecidas y el interesado podrá presentar

en forma verbal o por escrito, los alegatos que a su derecho convengan. El Consejo

dictará su resolución debidamente fundada y motivada, dentro de los diez días siguientes

y la notificará personalmente al interesado;

”III. La resolución tomará en consideración la falta cometida, la jerarquía y los antecedentes

del elemento sujeto a procedimiento, así como las pruebas desahogadas;

”IV. De todo lo actuado se levantara constancia por escrito, y […]

”Las resoluciones del Consejo de Honor y Justicia se agregaran a los expedientes u hojas

de servicio de los elementos de los Cuerpos de Seguridad Pública.”

Los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal establecen en su Tercer Lineamiento, fracción I, que “los titulares de las Unidades

de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal son responsables de

establecer los procedimientos para que los servidores públicos ejecuten diariamente las

funciones asignadas, se administren los riesgos para evitarlos o minimizarlos, así como

la instrumentación y fortalecimiento del control interno que garantice el logro de los objetivos,

metas y programas institucionales, asegurando de manera razonable la generación de

información financiera, presupuestal y de operación confiable, oportuna y suficiente, para

cumplir con su marco jurídico de actuación, así como salvaguardar los recursos públicos

a su cargo y garantizar la transparencia de su manejo.

El inciso h) de la misma fracción señala que “los titulares deben llevar actividades de control

en todo el proceso de obtención de información, desde la generación de los documentos

fuente, hasta la obtención de los reportes o informes, así como su archivo y custodia”;

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y, el inciso e) dispone que “las operaciones y otros eventos que afecten a las Unidades

de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, deben registrarse en el

momento de su ocurrencia o lo más oportuno posible, para garantizar su relevancia

y utilidad; asimismo, clasificarse adecuadamente para que puedan ser presentados en

informes y estados financieros confiables e inteligibles, facilitando a los titulares la toma

de decisiones”.

Por otra parte, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos40 señala,

en el artículo 47, fracción XX, que es obligación de todo servidor público “supervisar

que los servidores públicos sujetos a su dirección, cumplan con las disposiciones de este

artículo; y denunciar por escrito, ante el superior jerárquico o la contraloría interna, los actos

u omisiones que en ejercicio de sus funciones llegare a advertir respecto de cualquier

servidor público que pueda ser causa de responsabilidad administrativa en los términos

de esta ley, y de las normas que al efecto se expidan”.

La Dirección General del Consejo de Honor y Justicia (DGCHJ) de la SSP, mediante el

oficio núm. DGCHJ/485/10 del 19 de febrero de 2010, informó que durante 2008 resolvió

4,082 asuntos correspondientes a expedientes radicados en diversos años, como se aprecia

en el siguiente cuadro:

Año 1992 1994 1995 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 Total

Expedientes 1 2 5 10 27 116 190 291 91 217 341 742 652 934 463 4,082

Porcentaje n.s. n.s. 0.1 0.2 0.7 2.8 4.7 7.1 2.2 5.3 8.4 18.2 16.0 22.9 11.3 100.0

n.s. No significativo.

Del total de asuntos resueltos durante el ejercicio en revisión, 3,619 (88.7%) correspondieron

a ejercicios anteriores y el 11.3% restante a asuntos radicados en 2008.

40 Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1982; última reforma publicada en el Diario Oficial

de la Federación el 13 de junio de 2003.

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La DGCHJ informó que, con objeto de reducir el rezago que se tenía en 2008, “se redoblaron

esfuerzo para que se radicara una mayor cantidad de expedientes, de igual formas

se instrumentaron mecanismos para agilizar la notificación del inicio del procedimiento a

los elementos involucrados, se programó y realizó un mayor número de audiencias para

el correspondiente desahogo de pruebas, lográndose con ello un mayor número de proyectos

de resolución que fueron sometidos a las sesiones del órgano colegiado”.

Respecto a los criterios para clasificar un asunto como rezagado, la unidad administrativa

señaló que el desarrollo del procedimiento administrativo conlleva tiempos no predeterminados.

“Los aspectos de la notificación del inicio del procedimiento; el diferimiento de audiencias;

el desahogo de pruebas, entre otras etapas, hacen que el criterio para clasificar un asunto

como rezagado en cuanto al tiempo de atención y solución, sea de un año como máximo.”

Añadió que no contaba con un sistema de información para identificar el vencimiento de

los plazos y las posibles causas de ello.

Asimismo, informó que durante el ejercicio 2008 se radicaron 1,801 expedientes, de los

cuales fueron resueltos 463 asuntos.

Del total de asuntos iniciados durante 2008, el Consejo de Honor y Justicia (CHJ) resolvió

el 25.7% durante el mismo período; el 74.3% restante quedó pendiente de resolución posterior.

Con objeto de verificar la veracidad de la información proporcionada por el CHJ, así como

el cumplimiento del artículo 53 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal,

se revisó una muestra aleatoria de 91 expedientes, del un universo de 1,801 expedientes de

asuntos radicados durante el ejercicio 2008, con un nivel de confianza del 95.0% y un

margen de error de ±10.0%.

En la revisión de a los expedientes de la muestra seleccionada, se observó que el 82.9%

de los asuntos que atendió el CHJ fueron de recursos humanos, por conductas encuadradas

en la primera causal de destitución del artículo 52 de la Ley de Seguridad Pública del

Distrito Federal, según la cual los elementos de los Cuerpos de Seguridad Pública podrán

ser destituidos por “faltar a sus labores por más de tres ocasiones en un período de treinta

días naturales sin permiso o causa justificada”. El restante 17.1%, fue en cuadrado por el CHJ

en diversas causales del mismo artículo.

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En relación con los asuntos relativos a los diferentes cuerpos policiacos del Distrito Federal,

el 62.6% fue de elementos de la Policía Preventiva, el 24.2% de la Policía Auxiliar y 13.2%

de la Policía Bancaria e Industrial.

Para medir la oportunidad de la atención de los asuntos, se contaron los días transcurridos

entre la fecha de ingreso de éstos y aquella en que se dictó el acuerdo de radicación.

Se tomó como punto de partida la fecha del sello de recepción de la Oficialía de Partes

del CHJ.

Sobre el particular, no se encontró un criterio respecto a la oportunidad en la atención de los

asuntos. Durante el ejercicio 2008, el tiempo promedio para la radicación de los expedientes

fue de 299, días a partir de la fecha en que se tuvo conocimiento. El 10% de los casos

fueron radicados antes del mes de haber sido ingresados y más del 30%, después de un

año de haber sido ingresados.

Con el oficio núm. DGCHJ/SARCE/847/10 del 8 de abril de 2010, la DGCHJ explicó que

“los criterios adoptados para la radicación de un asunto, se basan fundamentalmente

en aquellas acciones que preceden el hecho mismo de la elaboración del acuerdo de

radicación. Es decir, el registro de las actas administrativas, revisión y análisis de las

mismas, determinación de los elementos jurídicos necesarios y suficientes para iniciar

el proceso administrativo. En caso de que las actas administrativas presenten deficiencias

y/o incongruencias, que no permitan instruir el procedimiento administrativo, son devueltas

a su lugar de origen para que se realicen las correcciones necesarias. Es en este renglón

de devoluciones, para subsanar y/o perfeccionar las actas administrativas y documentales

que la acompañan, en donde existen los mayores problemas en cuanto a los tiempos que

dan la pauta a la radicación de los asuntos”.

Sin embargo, en ningún expediente revisado se encontró constancia de las de actuaciones

relacionadas con devoluciones para corregir o perfeccionar las actas administrativas.

Cabe señalar que, en el caso del expediente núm. RH/1107/08, transcurrieron

4.4 años (1,622 días) para que el CHJ dictara acuerdo de radicación. Al respecto, en

sesión posterior, durante el mismo ejercicio, el CHJ acordó el archivo del caso por baja

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ordenada por el mismo órgano colegiado el 10 de feb de 2005 y notificada el 16 de febrero

de 2006.41 Situación similar ocurrió con los expedientes núms. RH/1058/08 y RH/1077/08,

lo que denota carencia de controles y de garantizar un sistema de información actualizado

sobre las propias resoluciones que permitiera al CHJ disponer de información previa a la

radicación de un asunto.

Asimismo, en la revisión del expediente núm. RH/1679/08, se observó que, mediante el

oficio núm. PADF/64/1165/07 del 3 de abril de 2007, la Policía Auxiliar del Distrito Federal,

remitió al CHJ el acta levantada a un elemento, dos años después de ocurridos los

hechos señalados.42

La misma situación se pudo apreciar en los expedientes núms. RH/1173/08, para un elemento

del Sector AZC·3; RH/1269/08, para un elemento del Agrupamiento de Granaderos Oriente;

RH/0489/08, para un integrante de la Policía Bancaria e Industrial, en los que trascurrió

más de un año entre la fecha en que ocurrieron los últimos hechos y aquella en que los

asuntos fueron turnados al CHJ para que resolviera lo procedente.

Lo anterior denota falta de observancia, por parte de las unidades policiales del inciso e)

del tercero de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal, por no haber informado al CHJ a partir de la fecha en que

ocurrieron los hechos; y de la obligación establecida en el artículo 47, fracción XX, de la

Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Se identificaron también seis casos con inconsistencias, como las ya señaladas

anteriormente y aplicación de criterios diferentes para casos similares.

En seis expedientes, instaurados contra varios elementos por “faltar a sus labores por más

de tres ocasiones en un período de treinta días naturales sin permiso o causa justificada”,

se observó lo siguiente:

41 El CHJ dictó acuerdo de radicación en 2008 para atender en asunto relacionado con un elemento que ya había sido

destituido por el mismo órgano durante 2005, y al que fue notificada la dicha resolución un año después. 42 La fecha en que ocurrieron los últimos hechos, de conformidad con el acta administrativa, fue el 1o. de abril de 2005.

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141 VOLUMEN 12/13

Número de expediente

Fecha de los hechos1

(1)

Fecha de Ingreso2

(2)

IO13

(2)-(1) (3)

Fecha de radicación

(4)

IO24

(4)-(2) (5)

IO35

(4)-(1) (6)

Fecha de sesión

(7)

IO46 (7)-(1)

(8)

Determinación

RH/0042/08 31/VIII/2006 19/X/2006 49 24/I/2008 462 511 17/XII/2009 1,204 Acuerdo de prescripción

RH/0154/08 29/III/2006 12/XII/2006 258 14/II/2008 429 687 09/VII/2009 1,198 Arresto de 24 horas

RH/0619/08 12/IX/2005 21/X/2005 39 10/IV/2008 902 941 17/XII/2009 1,557 Acuerdo de prescripción

RH/0642/08 21/VI/2005 29/VIII/2005 69 17/IV/2008 962 1,031 28/VIII/2008 1,164 Arresto de 36 horas

RH/0662/08 18/X/2005 30/VI/2006 255 10/IV/2008 650 905 01/IX/2009 1,414 Acuerdo de prescripción

RH/1002/08 05/III/2006 13/VII/2006 130 11/VI/2008 699 829 11/VI/2009 1,194 Destitución 1 Se consideró el último día señalado en el acta administrativa. 2 Se consideró la fecha de acuse de recibo marcada por la Oficialía de Partes del CHJ. 3 IO1. Indicador de oportunidad 1. Días transcurridos entre la fecha de los hechos y la de ingreso al CHJ. 4 IO2. Indicador de oportunidad 2. Días transcurridos entre la fecha de radiación y la de ingreso al CHJ. 5 IO3. Indicador de oportunidad 3. Días transcurridos entre la fecha de radicación y la de los hechos. 6 IO4. Indicador de oportunidad 4. Días transcurridos entre la fecha de resolución y la de los hechos.

En la tabla anterior se pueden apreciar los días transcurridos entre las distintas etapas del

proceso, a partir del uso de indicadores de oportunidad simples que permiten medir el tiempo

transcurrido entre las fases del proceso y la toma de decisiones. Como se observa, en

todos los casos transcurrieron más de tres años (1,095 días) a partir del día siguiente día

a aquel en que ocurrieron los hechos, lo que motivó la prescripción de tres de los asuntos

revisados;43 en los tres restantes se acordó una sanción.

Sobre este particular, mediante el oficio núm. DGCHJ/SARCE/847/10 del 8 de abril de 2010,

la DGCHJ explicó que la diferencia de criterios obedeció básicamente a la etapa procesal

del expediente: “al parecer se debió a que los expedientes se encontraban en áreas y

etapas distintas del procedimiento, tal es el caso de los expedientes que se encontraban

en el área de Notificaciones y Audiencias, en donde después del inicio del procedimiento

administrativo y aquellos elementos inmersos en el mismo, que no fue posibles notificarles

por diversas circunstancias, se tomó la determinación de prescribir los expedientes, con

fundamento en el artículo 78 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Otros expedientes ya se encontraban en el área de resoluciones, en éstos ya se habían

desahogado y valorado las pruebas del caso, por lo que se aprecia la existencia de alguna

resolución”.

43 La Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en su artículo 78, señala que las facultades para imponer

las sanciones que esta ley prevé se sujetarán a lo siguiente:“I. Prescribirán en un año si el beneficio obtenido o el daño causado por el infractor no excede de diez veces el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal” y “II. En los demás casos prescribirán en tres años.” El segundo párrafo establece que “el plazo de prescripción se contará partir del día siguiente a aquél en que se hubiera incurrido en la responsabilidad o a partir del momento en que hubiese cesado, si fue de carácter continuo.” Por último, el tercer párrafo señala que “en todos los casos la prescripción a que alude este precepto se interrumpirá al iniciarse el procedimiento administrativo previsto por el artículo 64.”

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142 VOLUMEN 12/13

Del análisis realizado se concluye que en 2008 el CHJ resolvió 4,082 asuntos, de los cuales

el 11.3% correspondió al período y el 88.7% al rezago de ejercicios anteriores. Asimismo, inició

1,801 asuntos, de los cuales concluyó el 25.7% durante en el mismo período.

No obstante, se determinaron deficiencias de control del CHJ para garantizar un sistema

de información actualizado sobre sus propias resoluciones; La falta de un sistema de

información para medir los procesos e identificar el vencimiento de los plazos y las

posibles causas esto; y la carencia de mecanismos institucionales para hacer eficientes

los procesos desde el ingreso hasta la conclusión de los asuntos.

Por otro lado, los responsables de las diversas unidades policiales no informaron con

oportunidad al CHJ sobre presuntas faltas a la Ley de Seguridad Pública del Distrito

Federal por parte de los elementos policiacos adscritos a ellas, en contravención de lo

señalado por el inciso e) del tercero de los Lineamientos Generales de Control Interno

para la Administración Pública del Distrito Federal y del artículo 47, fracción XX, de la Ley

Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

Recomendación APPD-102-08-33-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública, por medio de la Dirección General

del Consejo de Honor y Justicia, adopte mecanismos de control interno para asegurarse

de que cuente con información confiable sobre su operación, y de que las actuaciones de sus

procesos estén debidamente documentadas, a fin de garantizar la relevancia y utilidad de

la información que genera, en observancia de los Lineamientos Generales de Control Interno

para la Administración Pública del Distrito Federal.

Recomendación APPD-102-08-34-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública a través de la Dirección General del

Consejo de Honor y Justicia establezca mecanismos de control que permitan delimitar

las responsabilidades y plazos a que deben sujetarse las áreas involucradas en las

distintas de sustanciación de los asuntos que atienda el Consejo de Honor y Justicia, en

cumplimiento de lo que dispone la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal y demás

normatividad aplicable.

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143 VOLUMEN 12/13

Recomendación APPD-102-08-35-SSP

Es necesario que la Secretaría de Seguridad Pública, en observancia de la Ley Federal de

Responsabilidades de los Servidores Públicos, implante los mecanismos para garantizar

que los responsables de las unidades administrativas y áreas involucradas en la operación

policial informen de manera oportuna al Consejo de Honor y Justicia sobre los asuntos de

su competencia.

26. Resultado

Participación de la Ciudadanía en la Evaluación de la Policía del Distrito Federal

Entre los objetivos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito

Federal44 se encuentran, de acuerdo con la fracción IV de su artículo 9o., “favorecer

la rendición de cuentas, de manera que se pueda valorar el desempeño de los sujetos

obligados”; y según la fracción VII, “contribuir con la transparencia y la rendición de

cuentas de los entes públicos a través de la generación y publicación de información

sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos de manera

completa, veraz, oportuna y comprensible”.

Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior, el artículo 4 fracción V, de dicha ley

define que son entes públicos “aquellos que la legislación local reconozca como de interés

público y ejerzan gasto público; y los entes equivalentes a personas jurídicas de derecho

público o privado, ya sea que en ejercicio de sus actividades actúen en auxilio de los

órganos antes citados o ejerzan gasto público”.

En el Programa de Seguridad Pública para el Distrito Federal 2007-2012, se consideró

implantar un sistema de evaluación ciudadana de la policía de barrio, mediante encuestas

que indiquen el grado de presencia en sus colonias, así como su disposición y efectividad

en el servicio, para considerar sus resultados en el sistema de estímulos y recompensas

de la policía del Distrito Federal.

44 Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de marzo de 2008.

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144 VOLUMEN 12/13

De conformidad con numeral primero del Acuerdo por el que se crea el Consejo Ciudadano

de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal,45 éste fue creado

como un “órgano de consulta, análisis y participación ciudadana en materia de seguridad

pública, procuración de justicia, cultura cívica, atención a víctimas del delito y prevención

y readaptación social”.

De acuerdo con el numeral segundo, fracciones IV, V y XI del mismo precepto, el Consejo

Ciudadano46 tiene, entre otras las siguientes atribuciones:

“IV. Monitorear el desempeño de ministerios públicos, comandantes de la policía judicial,

agentes de sector y juzgados cívicos;

”V. Proponer el otorgamiento de reconocimientos a los servidores públicos que se destaquen

en el ejercicio de funciones de seguridad pública o que realicen acciones relevantes […]

”XI. Fomentar la cooperación y participación de la ciudadanía en los siguientes aspectos:

”a) La difusión amplia del programa preventivo de Seguridad Pública, con participación

vecinal; y

”b) El establecimiento de mecanismos de evaluación.”

Con fecha 20 de marzo de 2008, la SSP y el Consejo Ciudadano celebraron el Segundo

Convenio Específico de Colaboración,47 con objeto de “establecer los mecanismos que en

forma específica regirán el apoyo presupuestal que la SSP, proporcionará al Consejo durante

el ejercicio 2008, para la realización de sus acciones que consisten fundamentalmente en

[…] coadyuvar en la evaluación del desempeño policial para otorgar premios, estímulos

y recompensas a elementos destacados”.

45 Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de enero de 2007 y Acuerdo por que se modifica el diverso por el

que se crea el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 12 de agosto de 2008.

46 De conformidad con el artículo 8 del Reglamento Interno del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración de Justicia del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 26 de abril de 2007, el Consejo se integra por 25 Consejeros Ciudadanos, designados por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, uno de los cuales funge como Presidente; los titulares de la Secretaría de Gobierno y de Seguridad Pública, de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) y de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, quienes fungen como Consejeros Gubernamentales; y un Secretario Ejecutivo. Todos los consejeros tienen derecho a voz y voto.

47 El convenio específico se derivó del Convenio General de Colaboración entre la SSP, la PGJDF y el Consejo Ciudadano, celebrado el 30 de marzo de 2007.

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145 VOLUMEN 12/13

En la segunda cláusula del convenio se estableció el compromiso de la SSP de

apoyar presupuestalmente al Consejo hasta con un monto de 17,283,500.00 pesos.

La tercera cláusula especifica que el Consejo se compromete a destinar los recursos

presupuestales a la realización de los proyectos o actividades referidas en el anexo,

a saber: la Denuncia Ciudadana, Extorsión Telefónica, Protejamos a Nuestra Colonia,

Reporte Ciudadano, Evaluación Ciudadana, Visitadores Ciudadanos, Viajemos Seguras,

Encuesta de Victimización, y Creación y Administración de la Página Web del Consejo.

Así como proporcionar a la SSP la información necesaria para acreditar el cumplimiento

de las acciones e informes bimestrales de los resultados documentales, así como la forma

en que éstos se reflejan en beneficio colectivo de los habitantes del Distrito Federal.

Derivado del citado convenio, en 2008 la SSP proporcionó al Consejo Ciudadano

17,263,200.00 pesos mediante cinco transferencias. Al respecto, con el oficio

núm. DGRF/OM/SSP/0294/2010 del 3 de marzo de 2010, la SSP entregó a la CMHALDF

copia de la documentación comprobatoria, así como los informes bimestrales de las

actividades desarrolladas por el Consejo con los recursos recibidos. Dicha documentación

se acreditó con los oficios núms. OCCDF/SE/031/06-08 del 10 de junio de 2008,

OCCDF/SE/055/08-08 del 11 de agosto de 2008, OCCDF/SE/084/10-08 del 10 de octubre

de 2008 y OCCDF/SE/109/12-08 del 26 de diciembre de 2008, con sus respectivos anexos.

Al verificar la documentación comprobatoria mencionada, se constató que las partes

cumplieron los compromisos establecidos en el convenio, lo se tradujo en una serie de

programas y acciones del Consejo Ciudadano en apoyo de la seguridad pública.

Sin embargo, no se pudieron constatar los alcances de las acciones realizadas ni la forma

en que éstas se reflejaron en el beneficio colectivo de los habitantes del Distrito Federal,

toda vez que en el convenio no se precisaron los mecanismos de seguimiento que

permitieran conocer el avance y cumplimiento de las actividades y, con ello, contribuir a la

transparencia y rendición de cuentas mediante información completa, veraz, oportuna y

comprensible, sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos,

como señala la fracción VII del artículo 9o. de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal.

Por otro lado, mediante el oficio núm. APPD/10/0183 del 23 de marzo de 2010, se solicitó

al Consejo Ciudadano un informe sobre los resultados generales de la Primera Encuesta

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146 VOLUMEN 12/13

Ciudadana de Evaluación a Policías, efectuada por ese órgano durante 2008 en el marco

del Sistema Integral de Evaluación Ciudadana de las Instituciones de Seguridad Pública

y Procuración de Justicia en el Distrito Federal.

Mediante el oficio núm. CCSPPJDF/202/2010 del 5 de abril de 2010, el Consejo Ciudadano

proporcionó la información requerida y manifestó que el ejercicio realizado “no constituyó

una encuesta propiamente dicha, por lo cual no se aplicaron los criterios de muestreo

y análisis estadísticos propios de ese tipo de herramientas; llevamos a cabo una evaluación

a efecto de saber la percepción que la ciudadanía tiene respecto de sus cuerpos de

seguridad y procuración de justicia”.

Asimismo, informó que en septiembre de 2008 se repartieron entre la ciudadanía 4,000,000

de cuestionarios de evaluación y se recibieron en el tiempo previsto 1,700,000 cuestionarios,

cuyas respuestas fueron procesadas.

De la integración de los 1,677 informes por colonia que proporcionó el Consejo Ciudadano,

se obtuvieron 1,145,534 respuestas (554,446 menos que las señaladas por dicho órgano)

correspondientes a igual número de cuestionarios, que en términos generales arrojaron

los siguientes resultados:

1. El 14.6 de los participantes contestó que sí conoce a los policías que vigilan su calle,

el 85.4% dijo no conocerlos.

2. El 13.0% consideró como bueno o muy bueno el desempeño de los policías, el 25.6%

opinó que es regular, el 43.5% respondió que es malo o muy malo y el 17.9% no contestó.

3. El 21.3% de los encuestados señaló que las patrullas hacen recorridos por su colonia

diariamente, el 15.1%, que cada tercer día, el 9.0%, que semanalmente; el 50.0%,

que nunca o casi nunca y el 4.5% no contestó.

4. El 25.4% de los encuestados señaló que durante el año necesitaron alguna vez el apoyo

de una patrulla. De ellos, el 20.6% calificó la atención recibida como buena o muy

buena, el 21.6%, como regular, el 25.5% como mala o muy mala y 32.3% contestó

que no fue atendido.

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5. El 13.2% de los encuestados consideró que el desempeño de la policía en su colonia

fue mejor que antes, el 55.2% opinó que igual que antes, el 29.2% señaló que fue peor

que antes y el 2.4% no contestó.

6. Para el 59.6% de los encuestados, su calle es más segura que su colonia o la ciudad.

7. El 2.3% de los encuestados dijo conocer algún policía que, por su buen desempeño,

recomendaría para recibir un estímulo, el 97.5% respondió que no y el 0.2% no respondió.

Con base en el análisis anterior y la documentación proporcionada, se concluye que

durante 2008 la SSP realizó acciones tendientes a implantar un sistema de evaluación

ciudadana de la policía mediante consulta ciudadana para medir el grado de presencia

policial en las colonias, así como su disposición y efectividad en el servicio. Dicha consulta

fue realizada al amparo del Segundo Convenio Específico de Colaboración firmado por el

ente con el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública. Sin embargo, con la información

disponible, y toda vez que no se establecieron mecanismos de seguimiento en el convenio

señalado, no fue posible constatar el alcance de las actividades realizadas por el Consejo

Ciudadano; ello impidió disponer de información completa, veraz, oportuna y comprensible,

que contribuyera con la transparencia y la rendición de cuentas.

Recomendación APPD-102-08-36-SSP

Es conveniente que la Secretaría de Seguridad Pública establezca, en los convenios de

colaboración que celebre con el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública y Procuración

de Justicia del Distrito Federal, los mecanismos para dar seguimiento a los compromisos

adquiridos, objeto de que sea posible dar cumplimiento a lo que establece la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

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VI.1.1.2. PROGRAMA 12 “IGUALDAD DE GÉNERO” (PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL)

Auditoría APPD/104/08

ANTECEDENTES

El 15 de mayo de 2007 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Ley de

Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal, la cual establece en su

artículo 10, fracciones II y VI, que la política que en materia de igualdad sustantiva desarrolle

el Gobierno del Distrito Federal deberá garantizar que la planeación presupuestal incorpore

progresividad, la perspectiva de género, apoye la transversalidad1 y prevea el cumplimiento

de los programas, proyectos, acciones y convenios para la igualdad sustantiva entre

mujeres y hombres; asimismo, deberá considerar medidas para erradicar la violencia de

género y la violencia familiar, así como proteger los derechos sexuales y reproductivos.

De esta manera, en la Exposición de Motivos del Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008 se indicó que a partir de ese año se pondría en

operación el Programa 12 “Igualdad de Género”, para lo cual se destinarían 1,233.0 millones

de pesos. Para facilitar la presupuestación de sus acciones, 58 unidades responsables del

gasto crearon o modificaron al menos una actividad institucional dentro de su estructura

programática, de acuerdo con las siguientes políticas:

● Promover la Equidad de Género. Promover los derechos humanos de las mujeres

e impulsar acciones dirigidas a sensibilizar, concientizar o promover la equidad de

género, tanto al interior de la Administración Pública del Distrito Federal como entre

la ciudadanía en general.

1 Transversalidad: Herramienta metodológica para garantizar la inclusión de la perspectiva de género como eje integrador

de los instrumentos, políticas y prácticas legislativa, ejecutiva, administrativa y reglamentaria, tendentes a homogeneizar los principios, conceptos y acciones a desarrollar para garantizar la concreción del principio de igualdad.

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● Diseñar y Coordinar Políticas Públicas con Perspectiva de Género. Acciones que

garanticen la transversalización y fortalecimiento institucional de la perspectiva de género

dentro de las políticas públicas del Gobierno del Distrito Federal.

● Políticas Públicas para la Igualdad de Género. Corregir las iniquidades de género

mediante el establecimiento de medidas especiales de carácter correctivo o compensatorio

orientadas a acelerar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.

De manera particular, se señaló que, debido a la importancia que reviste la erradicación de la

violencia contra las mujeres, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF),

desde su ámbito de acción, promovería la denuncia entre las mujeres víctimas de delito,

y difundiría los procedimientos y mecanismos de atención a sus demandas. En términos

cuantitativos, esa dependencia proporcionaría atención a 196,403 menores, mujeres,

detenidos y víctimas de delito, para lo cual se destinarían 182,601.6 miles de pesos.

En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2008, se indicó que la PGJDF ejerció

un presupuesto de 181,748.0 miles de pesos, monto inferior en 853.6 miles de pesos (0.5%)

al presupuesto aprobado (182,601.6 miles de pesos). La variación presupuestal se debió

principalmente a enteros efectuados ante la Secretaría de Finanzas con motivo del cierre

del ejercicio presupuestal.

OBJETIVO

La auditoría se orientó a evaluar el desempeño de la PGJDF en las acciones relacionadas

con la actividad institucional 10 “Brindar atención especializada a menores, mujeres,

detenidos y víctimas del delito”, en términos de la congruencia de brindar atención

especializada a la población que marca esa actividad institucional, así como las prioridades

establecidas en su marco legal y en los instrumentos normativos de corto y mediano

plazos; la eficacia en la atención especializada a menores, mujeres, detenidos y víctimas

del delito y en el cumplimiento de los objetivos y metas en esa materia; la eficiencia con

que se ejecutaron los procesos relativos a la atención especializada de esa población;

y la economía en el uso de los recursos público invertidos para ello. La evaluación

se complementó con el análisis de los aspectos de calidad, competencia de la PGJDF

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en correspondencia con sus atribuciones para atender a ese tipo de población; y la percepción

del beneficiario en relación con el servicio de atención especializada a menores, mujeres,

detenidos y víctimas del delito.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La actividad institucional 10 “Brindar atención especializada a menores, mujeres, detenidos

y víctimas del delito” se seleccionó con base en los criterios de interés general, importancia

relativa, y presencia y cobertura. El primer criterio se aplicó por la relevancia que representa

garantizar a los menores, mujeres y víctimas de delito el ejercicio de sus derechos y el

goce de las medidas de atención y apoyo que les confieren las leyes mexicanas. El segundo,

debido a que la PGJDF fue uno de los entes que asignaron mayor presupuesto a la

operación del Programa 12 “Igualdad de Género” (14.8%), además de que dicha actividad

presentó un cumplimiento de 63.0% de la meta física prevista al inicio del ejercicio.

Finalmente, se seleccionó en razón de que la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF) no había practicado una auditoría de desempeño

a esa dependencia.

ALCANCE

Se evaluó la congruencia entre el objetivo y misión de la PGJDF y lo establecido en el

Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y en la Constitución Política de los Estados

Unidos Mexicanos en cuanto a las facultades del Ministerio Público para perseguir el

delito y procurar justicia. Asimismo, se verificó la correspondencia entre las actividades

emprendidas por la PGJDF para garantizar el ejercicio de los derechos y la integridad

física y psicosocial de los menores, mujeres, detenidos y víctimas de algún delito y las

prioridades del Distrito Federal en materia de equidad de género, establecidas en el

Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012 y el Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2008.

Para constatar la eficacia con la que la PGJDF cumplió los objetivos de proporcionar

atención especializada e integral a los ofendidos y víctimas del delito bajo una perspectiva

de género y protección a la infancia; facilitar a la comunidad el acceso a los servicios de la

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Procuraduría; y proteger los derechos de los niños y niñas relacionados con averiguaciones

previas y procesos penales y familiares, se analizaron los registros auxiliares y diversa

documentación relativa a las personas atendidas y los servicios otorgados.

Con el fin de evaluar la eficiencia con que actuaron las unidades administrativas participantes

en la operación de la actividad institucional auditada, se analizaron los procedimientos

que se siguieron para proporcionar apoyo legal y atención médica, social y psicológica

a las víctimas del delito; suministrar alimentos a detenidos y proporcionar orientación

jurídica a sus familiares; informar al público sobre personas detenidas; y otorgar la adecuada

asistencia y protección a las niñas y niños en resguardo de la Dirección General del

Albergue Temporal. Además, se analizaron diversas leyes y acuerdos que regulan la

intervención de la Fiscalía Central de Investigación para Menores, en los casos de niñas

y niños que cometan actos delictivos o que sean víctimas de algún delito.2

Para evaluar la economía con que se aplicaron los recursos y determinar los factores que

repercutieron en el comportamiento del gasto, se revisó el origen, composición y destino

de los recursos financieros empleados en 2008; se examinó la estructura general del gasto;

y se analizó el ejercicio del presupuesto respecto a los recursos aprobados, para identificar

los costos incurridos, compararlos con lo estimado y comprobar posibles economías.

Por lo que se refiere a la competencia de los servidores públicos que proporcionaron la

atención especializada a los usuarios solicitantes, se verificó que éstos cubrieran el perfil

profesional requerido en el Catálogo de Puestos y en la convocatoria para la contratación

de personal emitida por la PGJDF en junio de 2008.

En cuanto a la calidad de los servicios, se aplicaron encuestas en los seis Centros de

Atención Especializada que integran el Sistema de Auxilio a Víctimas, a efecto de conocer

la opinión de los usuarios sobre la atención y servicios recibidos.

La revisión se efectuó con base en la información que proporcionaron las siguientes unidades

administrativas: la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto (DGPOP),

2 A partir del 11 de febrero de 2010 la Dirección General del Albergue Temporal y la Fiscalía Central de Investigación para

Menores se denominan Centro de Estancia Transitoria para Niños y Niñas y Fiscalía Central de Investigación para Niños, Niñas y Adolescentes, respectivamente.

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la Dirección General de Atención a Víctimas el Delito (DGAVD), la Dirección General

de Servicios a la Comunidad, la Dirección General del Albergue Temporal y la Fiscalía

Central de Investigación para Menores.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Con la finalidad de evaluar los mecanismos de control establecidos por la PGJDF para

garantizar el cumplimiento de las políticas y directrices emanadas del marco normativo

que le compete, se verificó la aplicación de sus procedimientos internos para la operación

la actividad institucional 10 “Brindar atención especializada a menores, mujeres, detenidos

y víctimas del delito” del Programa 12 “Igualdad de Género”; se analizaron las disposiciones

correspondientes, indicadas en su Ley Orgánica y Reglamento, en los acuerdos de

creación de los Centros de Atención Especializada y en los manuales de organización general

y específicos.

De esta manera, se comprobó que los procesos desarrollados por la DGAVD, la Dirección

General de Servicios a la Comunidad y la Dirección General del Albergue Temporal para

la consecución de sus metas y objetivos presentan una secuencia lógica, tienen un objetivo

definido y delimitan de manera adecuada los tramos de control y decisión; sin embargo,

no corresponden a los procesos contenidos en los procedimientos vigentes en 2008, situación

que dificulta la dirección, supervisión y ejecución de las actividades, así como la evaluación

de las operaciones y la identificación de riesgos y oportunidades.

Por otra parte, se analizó el proceso de programación-presupuestación de las metas

físicas y financieras, a efecto de conocer y evaluar los mecanismos empleados por la

PGJDF para destinar recursos en apoyo a la política general de gasto establecida por el

Gobierno del Distrito Federal para la promoción de la equidad de género.

Para identificar las causas de las variaciones de los resultados obtenidos respecto a los

previstos para la actividad institucional 10, se verificó la confiabilidad del sistema de

medición y registro de éstos. Al respecto, se detectaron deficiencias en la conciliación

y supervisión de la información que el ente auditado reportó a la Secretaría de Finanzas

para integrar la Cuenta Pública de 2008, lo cual impide la medición de aspectos críticos

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de las operaciones, la evaluación del cumplimiento de los objetivos y sus desviaciones

y el diseño de medidas correctivas por parte de las áreas responsables.

En materia de control y seguimiento presupuestal, se revisaron registros presupuestales,

nóminas del personal de estructura, afectaciones programático-presupuestarias y contratos

de adquisición de bienes y servicios. También, se revisaron registros auxiliares y reportes

internos sobre la ministración de los recursos destinados a la operación de la actividad

institucional revisada.

De lo anterior se concluye que los mecanismos de control interno establecidos por la PGJDF

para identificar y administrar los riesgos vinculados al cumplimiento de sus metas y objetivos

muestran diversas deficiencias, lo cual dificulta la evaluación de la eficacia, eficiencia,

economía y calidad de sus actividades sustantivas.

DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

De acuerdo con las cifras reportadas en el Informe de Cuenta Pública de la PGJDF de 2008,

en el Programa 12 “Igualdad de Género” se ejercieron por 193,265.1 miles de pesos, de

los cuales fueron seleccionados para su revisión 181,748.0 miles de pesos, que corresponden

al 100.0% del presupuesto ejercido en la actividad institucional 10 y al 94.0% de dicho

programa.

Para la comprobación del presupuesto modificado se revisaron 37 adecuaciones

programático-presupuestarias autorizadas, que representan el 100.0% de la documentación

comprobatoria de las afectaciones realizadas durante el año al presupuesto aprobado

para la operación de la actividad 10, así como al calendario presupuestal establecido.

Con el fin de verificar que el personal responsable de proporcionar atención especializada

a los usuarios cuenta con el perfil requerido, de un universo de 1,137 servidores públicos

se seleccionaron 226 expedientes, mediante un muestreo estadístico aleatorio, con un

nivel de confianza de 90.0% y un margen de error de 5.0%.

Asimismo, se aplicó un cuestionario a 269 usuarios de los servicios que proporcionan los

Centros de Atención Especializada que integran el Sistema de Auxilio a Víctimas con el

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propósito de conocer su opinión sobre la atención recibida y el alcance en el cumplimiento

de sus expectativas. El número de usuarios se determinó con base en muestreo estadístico

aleatorio, considerando un nivel de confianza de 90.0% y un margen de error de 5.0%.

RESULTADOS

Congruencia

1. Resultado

Objetivo y Misión de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

El artículo 1o., párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

vigente en 2008 establece que “queda prohibida toda discriminación motivada por origen

étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones

de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que

atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos

y libertades de las personas”. Por su parte, el artículo 21, primer párrafo, del mismo

ordenamiento dispone que: “La investigación y persecución de los delitos incumbe al

Ministerio Público, el cual se auxiliará con una policía que estará bajo su autoridad y mando

inmediato”.

De conformidad con esas disposiciones, el artículo 10, fracción V, segundo párrafo,

del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal señala que es competencia del Ministerio

Público del Distrito Federal la persecución de los delitos del orden común cometidos en la

Ciudad de México; la representación de los intereses de la sociedad; la promoción de una

pronta, completa y debida impartición de justicia; el ejercicio de las atribuciones que le

confiere la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal; y la participación en la instancia

de coordinación del Distrito Federal en el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Asimismo, el artículo 2o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal establece que la Institución del Ministerio Público estará a cargo del

Procurador General de Justicia del Distrito Federal, y que sus atribuciones se ejercerán

por conducto de su titular o de sus agentes y auxiliares. Entre sus atribuciones destacan

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156 VOLUMEN 12/13

las de perseguir los delitos del orden común cometidos en el Distrito Federal; velar

por la legalidad y por el respeto de los derechos humanos en la esfera de su competencia;

promover la pronta, completa y debida impartición de justicia; proteger los derechos e

intereses de los menores, incapaces, ausentes, ancianos y otros de carácter individual

o social; y proporcionar atención a las víctimas o los ofendidos por el delito.

Por lo que respecta a la misión de la PGJDF, según el documento anexo al oficio

núm. 701/2535/2009 del 31 de agosto de 2009, fue establecida en los siguientes términos:

“Representar legalmente los intereses de los habitantes del Distrito Federal, a través

de la implementación de acciones eficaces y eficientes para la persecución del delito y la

procuración de la justicia, con respeto irrestricto a los derechos humanos, a efecto de

fortalecer la confianza y seguridad en la convivencia de los habitantes.”

En cuanto a la disponibilidad de normatividad administrativa que favorezca el cumplimiento

tanto de su objetivo como de su misión, se constató que el Manual General de Organización,

vigente en 2008, expone el funcionamiento de la PGJDF e identifica las funciones de cada

una de las unidades administrativas que la integran, para el despacho de los asuntos

relacionados con la investigación y persecución de los delitos del fuero común y la

representación de los intereses de la sociedad en el Distrito Federal.

De lo anterior se concluye que el objetivo y la misión de la PGJDF, con fundamento en los

artículos 10 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 2o. de la Ley Orgánica de la

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y de acuerdo con lo establecido en su

Manual de Organización General, son congruentes con lo señalado en los artículos 1o. y 21

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2. Resultado

Vinculación del Programa 12 “Igualdad de Género” con los Instrumentos de Planeación de Mediano y Corto Plazos

El artículo 2o. de la Ley de Planeación establece: “La planeación deberá llevarse a cabo

como un medio para el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el

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desarrollo integral y sustentable del país y deberá tender a la consecución de los fines

y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos”. El artículo 3o. del mismo ordenamiento señala: “Para los

efectos de esta Ley se entiende por planeación nacional de desarrollo la ordenación

racional y sistemática de acciones que, en base al ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo

Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política,

cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales,

tiene como propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las

normas, principios y objetivos que la propia Constitución y la ley establecen”.

Por otra parte, en el artículo 40 de esa ley se indica que los proyectos de Presupuesto de

Egresos de la Federación, del Distrito Federal y de las entidades paraestatales deberán

ser congruentes con los objetivos, prioridades y programas incluidos en el Plan Nacional

de Desarrollo.

En cuanto al ámbito local, en los artículos 2o. y 3o. de la Ley de Planeación de Desarrollo

del Distrito Federal se señala que la planeación se llevará a cabo como un medio eficaz

y permanente para impulsar el desarrollo integral del Distrito Federal y atenderá a la

consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos

en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; además se establece que la

planeación tendrá como ejes rectores el desarrollo económico y social y el ordenamiento

territorial, y vinculará la programación y la presupuestación para concretar objetivos,

estrategias, metas y prioridades del desarrollo.

En este marco, el Gobierno Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación del 31 de

mayo de 2007, el decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo para el

período 2007-2012. En él se establece como objetivo nacional reducir las brechas

sociales, económicas y culturales persistentes en la sociedad, a fin de que los mexicanos

sean tratados con equidad y justicia en todas las esferas de su vida, de tal manera que

no exista forma alguna de discriminación. Para el efecto, se definieron en los Ejes 1

“Estado de Derecho y Seguridad” y 3 “Igualdad de Oportunidades” los siguientes objetivos

y estrategias:

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Ejes Objetivos Estrategias

1 “Estado de Derecho y Seguridad”

Combatir la impunidad para disminuir los niveles de incidencia delictiva.

Enfocar el sistema de procuración de justicia en favor de la víctima, garantizando en todo momento la protección de su integridad, dignidad e identidad. Combatir y sancionar con mayor severidad la violencia de género.

3 “Igualdad de Oportunidades” Eliminar cualquier discriminación por motivos de género y garantizar la igualdad de oportunidades para que las mujeres y los hombres alcancen su pleno desarrollo y ejerzan sus derechos por igual.

Construir políticas públicas con perspectiva de género de manera transversal. Difundir y divulgar la importancia de la igualdad entre mujeres y hombres. Elevar la inscripción de niñas en las escuelas y asegurar su permanencia en éstas. Promover la cultura de prevención de las enfermedades de la mujer y garantizar el acceso a servicios de calidad para la atención de éstas. Combatir la discriminación hacia las mujeres en el ámbito laboral. Facilitar la integración de la mujer al mercado laboral mediante la expansión del sistema nacional de guarderías y estancias infantiles. Atender a las mujeres que viven en pobreza. Vincular los programas para la erradicación de la pobreza y los programas para la igualdad de oportunidades y la no discriminación de la mujer. Promover la participación política de la mujer.

El 8 de noviembre de 2007 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el Programa

General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, en cuya introducción se señala que

la equidad de género es una de las prioridades de la actual administración, por lo que

cada una de las dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal habrá

de orientar sus actividades de acuerdo con esta perspectiva. Se plantea que se deberá

lograr que las mujeres alcancen un efectivo ejercicio de sus derechos y se destierren

los mecanismos de subordinación y discriminación que constituyen un lastre para nuestra

sociedad.

En el Eje Estratégico 2 “Equidad” de dicho documento se afirma que las mujeres

enfrentan un ambiente adverso en la ciudad y que la iniquidad de género, además de ser

relación de poder que reproduce la desigualdad e impide el pleno ejercicio de los

derechos humanos de las mujeres, es también un obstáculo para el desarrollo. Se indica

que la ciudad y las políticas públicas deberán evolucionar a fin de que la comunidad

reconozca y se adapte a las necesidades de las mujeres. Al respecto, se definieron los

siguientes objetivos y estrategias:

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Eje Estratégico Objetivos Estrategias

2 “Equidad” Eliminar las brechas de desigualdad y garantizar el respeto a la diversidad y pluralidad, para hacer efectivos los derechos sociales. Mejorar la distribución del ingreso, disminuir la incidencia y la intensidad de la pobreza, con especial énfasis en los grupos más vulnerables y las zonas territoriales de alta marginación. Erradicar la violencia y discriminación hacia las mujeres y consolidar el pleno uso de sus derechos. Instituir la perspectiva de género como criterio fundamental, permanente, en la formulación y ejecución de las políticas públicas. Transformar la ciudad en un lugar favorable para el crecimiento y desarrollo de todos los niños, niñas y jóvenes, que brinde confort a los adultos mayores y que sea amable con la población con capacidades diferentes. Garantizar el acceso universal a la educación y la conclusión de la formación educativa hasta la educación media superior.

Abatir la desigualdad y lograr un desarrollo social pleno mediante una planeación transversal, intersectorial e integral de largo plazo. Garantizar el derecho a la igualdad de los ciudadanos, con base en el impulso de políticas y programas sociales. Focalizar el gasto social en las unidades territoriales más marginadas y atender en particular a los grupos vulnerables, como los adultos mayores, la población indígena, infantes, jóvenes, mujeres, migrantes y personas con capacidades diferentes.

En este contexto, en la Exposición de Motivos y Proyecto de Presupuesto de Egresos

para el Ejercicio Fiscal de 2008, se señaló que a fin de cumplir lo establecido en el Programa

General de Desarrollo 2007-2012 y en la Ley de Igualdad Sustantiva entre Hombres

y Mujeres, a partir de 2008 iniciaría la operación del Programa 12 “Igualdad de Género”, el cual

tendría como objetivo constituirse en la herramienta programático-presupuestaria más

importante para orientar el gasto hacia programas y actividades que favorezcan la igualdad

entre hombres y mujeres. Se indicó que 58 unidades responsables del gasto (URG)

crearían o modificarían al menos una actividad institucional dentro de su estructura

programática y la incluirían dentro del Programa 12, haciendo un total de 23 actividades

institucionales.

Por otra parte, en el artículo 24 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal para el Ejercicio Fiscal 2008, publicado el 27 de diciembre de 2007 en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal, se precisa que: “El Ejecutivo Local con el objeto de dar

cumplimiento a la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito

Federal, impulsa la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, a través de

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la incorporación de la perspectiva de género en los programas de la Administración

Pública del Distrito Federal”.

Con base en lo anterior, se determinó que el objetivo del Programa 12 “Igualdad de

Género” es congruente con los objetivos y estrategias establecidas en el Plan Nacional

de Desarrollo de 2007-2012 y en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal de

2007-2012, así como con los objetivos del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal

para el Ejercicio Fiscal 2008.

3. Resultado

Mecanismos de Medición y Autoevaluación

Los mecanismos de medición y autoevaluación se encuentran normados en el artículo 6,

fracción V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 71,

fracción VII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Estos

ordenamientos refieren la elaboración, implementación y utilización de indicadores de gestión

y de desempeño institucional para evaluar los resultados y constatar la administración

productiva de los recursos públicos.

Asimismo, en el capítulo VII “Sistema Integral de Indicadores” del Manual de

Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos 2008 se señala que será obligatorio que todas la URG elaboren al menos una

propuesta de indicador de género, el cual deberá medir las condiciones o situaciones que

afectan a hombres y mujeres diferenciadamente, señalar los cambios en el tiempo en las

relaciones de poder entre hombres y mujeres, determinar el acceso, uso y control de los

recursos y la distribución de costos y beneficios, y puntualizar los cambios en las

condiciones de vida y en los roles de mujeres y hombres en el tiempo. Al respecto, la

PGJDF proporcionó información sobre los indicadores empleados para medir los avances

en el cumplimiento de las metas físicas de la actividad institucional 10, los cuales se

señalan a continuación:

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Nombre Fórmula Cálculo Resultado(%)

Porcentaje de mujeres atendidas

Mujeres atendidas

Víctimas atendidas X 100

51,889

76,500 X 100 67.8

Porcentaje de mujeres detenidas atendidas

Mujeres detenidas atendidas

Total de detenidos X 100

4,260

40,037 X 100 10 .6

Porcentaje de mujeres menores víctimas de ilícitos atendidas

Mujeres menores víctimas de ilícitos atendidas

Total de menores víctimas atendidos X 100

662

1,244 X 100 53.2

Porcentaje de mujeres menores infractoras atendidas

Mujeres menores infractoras atendidas

Total de menores infractores atendidos X 100

527

5,558 X 100 9.5

Índice de cobertura Personas atendidas/366 días del año

Número de habitantes X 100,000 X 100

123,789/366

8,500,000 X 100,000 X 100 4.0

De acuerdo con el Programa Operativo Anual para 2008, la actividad institucional 10 tiene

como propósito sustantivo realizar, de manera adecuada, las canalizaciones a centros de

atención especializada, tanto de menores víctimas del delito como de menores infractores

para su debida atención; proporcionar atención a los hombres y mujeres detenidos;

y proporcionar atención psicológica, médica y jurídica a los hombres y mujeres que resulten

víctimas de algún ilícito.

En este marco, los indicadores descritos no permiten determinar el grado de cumplimiento

del objetivo y metas previstas, en razón de que no corresponden a expresiones que reflejen

los resultados de las acciones específicas, desarrolladas por las unidades administrativas

responsables de la actividad institucional 10, para proporcionar la atención adecuada a

menores, mujeres, detenidos y víctimas del delito. Asimismo, no reflejan la cualidad de la gestión,

toda vez que no proporcionan información sobre las prácticas gubernamentales aplicadas

para la administración responsable, productiva y transparente de los recursos públicos.

Por lo anterior, se concluye que los indicadores empleados por la PGJDF dificultan la

identificación y evaluación de los alcances de las acciones realizadas por sus unidades

administrativas para cumplir los objetivos y metas establecidas en materia de equidad de

género, lo cual contraviene lo dispuesto en el capítulo VII del Manual de Programación-

Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008.

En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010

de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto

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162 VOLUMEN 12/13

de la PGJDF entregó copia de los artículos 35, 42, 65 y 66 del Reglamento de la Ley

Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, así como una nota

aclaratoria en la que informa que en 2008 esa dependencia incorporó por primera vez en

su estructura programática la perspectiva de género, razón por la cual no contó con cifras

históricas que sirvieran de base para construir indicadores que permitieran medir cambios

en situaciones dadas a través del tiempo.

Asimismo, señaló que dicha circunstancia ha sido modificada, tanto en 2009 como en 2010,

ya que la estructura programática se ha ido perfeccionando con objeto de determinar

con mayor precisión las actividades que se refieren a perspectiva de género. Además, al

contar con cifras históricas se estará en condiciones de elaborar indicadores que permitan

evaluar los alcances de las acciones desarrolladas en pro de la equidad de género.

No obstante lo anterior, las observaciones realizadas no se modifican.

Recomendación APPD-104-08-15-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal elabore indicadores

estratégicos y de gestión que permitan medir el cumplimiento de sus metas y objetivos,

así como constatar la administración responsable, productiva y transparente de los

recursos públicos, como lo establece la normatividad mencionada.

Eficacia

4. Resultado

Determinación de la Meta Física de la Actividad Institucional 10 “Brindar Atención Especializada a Menores, Mujeres, Detenidos y Víctimas del Delito”

En el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, el Gobierno del Distrito

Federal estableció el compromiso de fortalecer el sistema de prevención y atención de la

violencia intrafamiliar, combatir el maltrato y la discriminación, promover la igualdad

sustantiva entre hombres y mujeres, y ampliar los esfuerzos institucionales para erradicar

la violencia contra los niños y niñas.

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Al respecto, en la Exposición de Motivos y Proyecto de Presupuesto de Egresos para

el Ejercicio Fiscal de 2008, se definió que 21 de las 23 actividades institucionales que

integrarían el Programa 12 “Igualdad de Género” tendrían como propósito corregir las

iniquidades de género, mediante la aplicación de medidas especiales de carácter temporal,

correctivo, compensatorio o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad de trato y

de oportunidades entre mujeres y hombres.

De manera particular, se indicó que en el marco del combate a la violencia contra las

mujeres, la PGJDF, desde su ámbito de acción, promovería la denuncia entre las mujeres

víctimas de delito, y difundiría los procedimientos y mecanismos de atención a sus

demandas; asimismo se señaló que, en términos cuantitativos, la dependencia atendería

a 196,403 menores, mujeres, detenidos y víctimas de delito.

Para verificar el procedimiento y los elementos considerados para la determinación de

dicha meta, con el oficio núm. APPD/09/659 del 1o. de diciembre de 2009, se solicitaron

las bases de cálculo y que se indicara la metodología empleada, el guión que contiene el

diagnóstico, objetivos, metas, estrategias y líneas de acción, así como los formatos que, de

acuerdo con el Manual de Normas y Procedimientos para la Programación, Presupuestación

y Evaluación de la PGJDF, deberán enviar las unidades administrativas a la DGPOP para

la elaboración del Presupuesto Preliminar y del Programa Operativo Anual.

En respuesta, con el oficio núm. 701/3472/2009 del 8 de diciembre de 2009, fueron remitidas

dos notas informativas, copia de los oficios núms. 600/605/1098/2009 y 208/2063/2009-12,

ambos con fecha 7 de diciembre de 2009, y las Directrices para la Programación y

Conformación de la Estructura Programática, 2008.

En las notas informativas y oficios enviados se hace una descripción general de la metodología

empleada por cada unidad administrativa para determinar el número de personas por

atender en el marco de la actividad institucional 10 “Brindar atención especializada

a menores, mujeres, detenidos y víctimas del delito”; sin embargo, en ningún caso se

precisan ni cuantifican las variables consideradas para la determinación de las metas

y no se exponen gráficamente los cálculos realizados.

En el análisis de las Directrices para la Programación y Conformación de la Estructura

Programática, 2008, se constató que fueron integradas por dos formatos, identificados

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con los numerales 01 y 02. En el primero de ellos, cada unidad administrativa estableció

su diagnóstico, objetivos generales y específicos, y estrategias y líneas de acción; mientras

que en el segundo, consignaron sus funciones y metas para 2008. En el siguiente cuadro

se indican las metas físicas estimadas y los métodos de cálculo empleados:

Meta Unidad administrativa Programa 1 Actividad

institucional 2Unidad

de medida Cantidad Método de cálculo

Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad

Dirección General de Atención a Víctimas del Delito

06 08 Persona 71,843 Comparativo entre la demanda de atención hasta agosto de 2007 y la atención proporcionada en el mismo período de 2006.

Dirección General de Servicios a la Comunidad

06 08 Acción 45,355 Incremento del 5.0% del número de detenidos en 2007.

Fiscalía Central de Investigación para Menores

11 08 Persona Actividad permanente

Con base en el crecimiento del 10.0% reportado en los registros estadísticos mensuales y anuales.

Dirección General del Albergue Temporal

06 31 Persona _ Se consideró el comportamiento de las cifras de ingresos, reingresos y egresos de menores en los cinco años anteriores a 2008.

1 Los programas 06 y 11 se presentaron con la denominación: “Procuración de Justicia”. 2 La actividad institucional 08 se presentó con la denominación “Proporcionar atención a menores, detenidos y a víctimas

del delito con equidad de género”, mientras que la actividad 31, con la denominación “Brindar albergue a menores”.

Como se advierte, la información remitida a la DGPOP mostró imprecisiones en la definición

de la estructura programática, toda vez que las metas fueron asociadas a dos actividades

institucionales distintas; además se presentan inconsistencias en el establecimiento de la

unidad de medida; y no se aplicaron criterios homogéneos para el cálculo y cuantificación

de metas.

Lo anterior contraviene la décimo sexta norma del Procedimiento para la Elaboración del

Presupuesto Preliminar y Programa Operativo Anual de la PGJDF, la cual dispone que

“la Unidad Administrativa es responsable de la elaboración del Programa Operativo

Anual de su competencia, deberá orientar el desarrollo de su diagnóstico de tal manera

que considere la actividad sustantiva, con base en la realidad de su entorno (cargas de

trabajo) y que además le permita destacar la forma en que contribuirá al cumplimiento

de los objetivos institucionales”.

En conclusión, la información proporcionada por la PGJDF no permitió identificar con

claridad los métodos empleados para la determinación de las metas físicas, debido a que

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la dependencia no contó con bases de cálculo claramente definidas, ni comprobar la

participación de las unidades administrativas en este proceso.

En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010

de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de

la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que la programación de las metas,

realizada por las unidades administrativas, se basa principalmente en las series históricas,

en la percepción del entorno y en los objetivos y estrategias que se hayan fijado para el mejor

desempeño de sus metas. Asimismo, señala que las personas que llevan a cabo esa

labor la realizan basándose en ejercicios anteriores, sin que eso signifique la aplicación de

un procedimiento metodológico y científico; además, al tener cada área su propio proceso,

dificulta considerar una sola base de cálculo que pueda definir la programación.

No obstante lo anterior, las observaciones realizadas no se modifican.

Recomendación APPD-104-08-16-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca medidas

de control y de supervisión para asegurarse de que las unidades administrativas que la

integran determinen sus metas originales con base en métodos de cálculo definidos a partir

de criterios homogéneos.

Recomendación APPD-104-08-17-PGJDF

Es conveniente que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal instruya a

Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto que someta a conciliación

las metas físicas y presupuestales remitidas por las unidades administrativas para la

integración del Programa Operativo Anual de la dependencia.

5. Resultado

Apoyo y Atención a Víctimas del Delito

De acuerdo con el artículo 11 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal, las atribuciones de esa dependencia en materia de atención a las

víctimas o los ofendidos por el delito comprenden, entre otras: proporcionar orientación

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y asesoría legal; promover que se garantice y haga efectiva la reparación de los daños y

perjuicios; concertar acciones con instituciones de asistencia médica y social, públicas

y privadas; y otorgar, en coordinación con otras instituciones competentes, la atención

que se requiera.

En este sentido, en el Manual de Organización General de la Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal3 se establece que es la DGAVD el área responsable de proporcionar

apoyo legal, atención médica, psicológica y social mediante el sistema de auxilio a las

víctimas y ofendidos por la comisión de hechos delictivos relacionados con personas

extraviadas y ausentes, violencia intrafamiliar, delitos sexuales y violentos, así como la

atención a las adicciones y riesgos victimales, con el propósito de coadyuvar en la reparación

del daño moral y material de las personas que sean víctimas de algún delito.

Cabe señalar que el Sistema de Atención a Víctimas se encuentra integrado por los siguientes

seis Centros de Atención Especializada: Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar

(CAVI), Centro de Apoyo a Personas Extraviadas y Ausentes (CAPEA), Centro de Terapia

de Apoyo a Víctimas de Delitos Sexuales (CTA), Centro de Investigación Victimológica y

de Apoyo Operativo (CIVA), Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento

(ADEVI) y Centro de Atención a Riesgos Victimales y Adicciones (CARIVA).

En la revisión del Informe de Cuenta Pública de 2008, se detectó que la PGJDF proporcionó

atención especializada a 123,789 personas, lo que representa un cumplimiento de 63.0%

de la meta establecida en el Programa Operativo Anual para ese año (196,403 personas).

De conformidad con los registros auxiliares proporcionados, de ese total, 76,500 personas

fueron atendidas por la DGAVD; 40,037 por la Dirección General de Servicios a la Comunidad;

450 por la Dirección General del Albergue Temporal; y 6,802 por la Fiscalía Central de

Investigación para Menores.

Al respecto, se señaló que la disminución del número de personas atendidas derivó de un

flujo de usuarios menor al esperado, en razón de que éste responde a circunstancias ajenas

a la propia Procuraduría, pues la demanda del servicio se presenta cuando existe algún

caso concreto, independientemente de las estrategias para la difusión de los servicios

3 Emitido por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto el 30 de enero de 2008.

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o de cualquier otra acción que pretenda captar a la población usuaria. Se indicó que,

aunado a ello, en el Estado de México se crearon instancias que atienden la problemática

de tipo social como el Programa de Atención a Personas Abandonadas, Extraviadas y/o

Ausentes y la línea telefónica gratuita ECATEL, lo que repercutió en el decremento de la

demanda, por parte de la población que radica en el área metropolitana de la Ciudad

de México, de los servicios que proporcionan los Centros de Atención Especializada.

En cuanto al cumplimiento de las metas físicas, la PGJDF proporcionó los documentos

denominados “Actividades Institucionales para el Ejercicio Presupuestal de 2008” e

“Información Sustantiva en la Dirección General de Atención a Víctimas del Delito”, en los

cuales se registran, de manera mensual y acumulada, los resultados alcanzados por cada

Centro de Atención Especializa en el marco de la actividad institucional 10. Asimismo,

remitió el documento “Meta Física y Presupuestal 2008”, de la actividad institucional 10,

en el que se consignan los resultados alcanzados y las metas programadas, como se

muestra en el cuadro siguiente:

(Personas y por cientos)

2008 Cumplimiento % Centro de Atención Especializada

20071

(1)

Original(2)

Alcanzada (3)

(3) / (2) (4)

(3) / (1) (5)

Dirección General de Atención a Víctimas del Delito 78,143 114,681 76,500 66.7 97.2 Mujeres 80,088 51,889 64.8 Hombres 34,593 24,611 71.1 Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar 13,686 19,456 13,331 68.5 97.4

Mujeres 19,261 12,402 64.4 Hombres 195 929 476.4

Centro de Apoyo a Personas Extraviadas y Ausentes 7,323 13,084 6,507 49.7 88.9 Mujeres 7,855 3,973 50.6 Hombres 5,229 2,534 48.5

Centro de Terapia de Apoyo a Víctimas de Delitos Sexuales 19,976 32,508 16,702 51.4 83.6 Mujeres 32,470 14,674 45.2 Hombres 38 2,028 5,336.8

Centro de Investigación Victimológica y de Apoyo Operativo 8,261 13,438 16,201 120.6 196.1 Mujeres 3,006 6,745 224.4 Hombres 10,432 9,456 90.6

Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento 19,139 17,775 7,995 45.0 41.8 Mujeres 4,608 4,146 90.0 Hombres 13,167 3,849 29.2

Centro de Atención a Riesgos Victimales y Adicciones 10,358 18,420 15,764 85.6 152.2 Mujeres 12,888 9,949 77.2 Hombres 5,532 5,815 105.1

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168 VOLUMEN 12/13

De acuerdo con los datos anteriores, la DGAVD atendió durante 2008 a 76,500 personas,

de las cuales 51,889 fueron mujeres y 24,611 hombres, estas cifras equivalen a

cumplimientos de 66.7%, 64.8% y 71.1%, respectivamente, en relación con las metas

programadas para ese año. Respecto a los resultados obtenidos en 2007, el número de

personas atendidas disminuyó en 2.8%, ya que en ese año se proporcionó el servicio

a 78,143 usuarios.

Por lo que corresponde a las personas atendidas por cada Centro, se identificó que el CAVI

proporcionó atención especializada a 13,331 personas (12,402 mujeres y 929 hombres),

lo que representa una disminución de 31.5% en comparación con las 19,456 personas

que se previó atender en 2008 y de 2.6% en relación con las 13,686 personas atendidas

en 2007.

No obstante lo anterior, al confrontar los resultados obtenidos durante 2007 y 2008 por

las áreas que integran el CAVI, se detectó un incremento de 91.9% en el número de

valoraciones médicas realizadas, de 20.4% en los casos jurídicos concluidos y de 8.4%

en el número de personas a quienes se proporcionó atención psicoterapéutica, como se

muestra a continuación:

Concepto

2007

(1)

2008

(2)

Variación (%)

(2 ) / (1) (3)

Casos recibidos 15,646 15,307 (2.2)

Atención psicoterapéutica 30,765 33,339 8.4

Valoraciones médicas 1,062 2,038 91.9

Casos jurídicos concluidos 7,678 9,244 20.4

Por lo que respecta a las actividades desarrolladas por el CAPEA, se constató que en 2008

fueron atendidas 6,507 personas, cifra 50.3% menor en relación con la meta estimada, de

éstas, el 61.1% fueron mujeres y el 38.9% restante fueron hombres. Si bien, en comparación

con 2007, el total de personas atendidas por el CAPEA disminuyó en 11.1%, las cifras de

personas localizadas, de valoraciones médicas y de averiguaciones previas determinadas

aumentaron en 17.8%, 16.4% y 4.5%, en ese orden, como se advierte en el siguiente

cuadro:

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169 VOLUMEN 12/13

Concepto

2007

(1)

2008

(2)

Variación (%)

(2 ) / (1) (3)

Personas localizadas 1,228 1,446 17.8 Sesiones psicoterapéuticas 4,426 2,571 (41.9) Valoraciones médicas 998 1,162 16.4 Averiguaciones previas iniciadas 1,077 1,583 47.0 Averiguaciones previas determinadas 1,303 1,362 4.5

Al cierre del ejercicio de 2008, el CTA reportó 16,702 personas atendidas, de las cuales el

87.9% fueron mujeres y 22.1% hombres. Dicho número equivale a un cumplimiento de

51.4% de la meta prevista para ese año, así como a una disminución de 16.4% respecto a

lo reportado en 2007.

Por lo que hace a los resultados de las actividades sustantivas desarrolladas en 2008 por

este Centro, se detectó que, respecto a lo obtenido en 2007, el número de valoraciones

médicas registró un incremento de 43.3%, mientras que el de sesiones terapéuticas, el de

asesorías jurídicas y el de casos relevantes presentaron disminuciones de 41.3%, 38.1%

y 79.4%, respectivamente.

Concepto

2007

(1)

2008

(2)

Variación (%)

(2 ) / (1) (3)

Sesiones psicoterapéuticas 25,711 15,105 (41.3) Valoraciones médicas 1,001 1,434 43.3 Casos relevantes 1,384 285 (79.4) Asesorías jurídicas 8,863 5,482 (38.1)

En el marco de la prevención y erradicación de la violencia familiar, el CIVA, durante 2008,

proporcionó atención a 6,745 mujeres y 9,456 hombres, haciendo un total de 16,201 personas

atendidas, lo que representó un cumplimiento de 120.6% respecto de la meta programada.

Se señaló que este incremento se debió, principalmente, a la entrada en vigor de la Ley de

Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y a la asignación de nuevas actividades,

como la atención de solicitudes, por parte de autoridades ministeriales y judiciales, para

la dictaminación de víctimas de amenazas y de delitos como lesiones dolosas, culposas

y en riña, entre otros.

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170 VOLUMEN 12/13

Por lo que toca a los resultados del ADEVI, se constató que el grado de cumplimiento de

la meta programada para 2008 fue de 45.0%, toda vez que de las 17,775 personas por

atender sólo se logró proporcionar el servicio a 7,995 personas. Por otra parte, se detectó

que, con respecto a 2007, el número de personas que recibió atención psicológica se

redujo en 0.7%, mientras que el total de personas que recibieron atención jurídica, así

como las que recibieron atención médica aumentaron 2.5% y 408.2%, respectivamente,

como se advierte en el siguiente cuadro:

Concepto

2007

(1)

2008

(2)

Variación (%)

(2 ) / (1) (3)

Atención psicológica 12,055 11,971 (0.7)

Atención jurídica 8,361 8,568 2.5

Atención médica 98 498 408.2

Finalmente, se verificó que el CARIVA logró cumplir en 85.6% la meta programada para

2008, en razón de que atendió a 15,764 personas de un universo estimado de 18,420

personas. Por otro lado, se detectó que con relación a los resultados registrados en 2007,

las sesiones de tratamiento, las acciones de psicología y las valoraciones médicas

disminuyeron en 55.1%, 31.7% y 43.8%, en ese orden, como se muestra a continuación:

Concepto

2007

(1)

2008

(2)

Variación (%)

(2 ) / (1) (3)

Casos recibidos 2,381 2,003 (15.9)

Sesiones de tratamiento 15,046 6,754 (55.1)

Acciones de psicología 36,355 24,836 (31.7)

Valoraciones médicas 1,881 1,058 (43.8)

Al respecto, se aplicó un cuestionario a los directores de los Centros, conformado por

57 preguntas relativas a la operación y financiamiento de los Centros, normatividad

aplicable y resultados de las acciones desarrolladas en cada uno de ellos. Como resultado

del análisis de las respuestas emitidas, se determinó que las metas programadas,

reportadas por los Centros, son menores respecto a las reportadas por la DGPOP,

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171 VOLUMEN 12/13

mientras que en el caso de las metas alcanzadas, sólo las referidas por el CAVI, el CIVA

y el ADEVI coinciden con las consignadas en el Informe de Cuenta Pública de 2008

de la PGJDF.

Por lo anterior, se concluye, que de acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2008

y la información de los registros auxiliares proporcionados, la DGAVD sólo cumplió

el 66.7% de la meta original de proporcionar atención especializada a 114,681 personas.

Dicho resultado se debe a deficiencias en el proceso para determinar el número de personas

por atender en ese año, toda vez que la cifra considerada por los Centros de Atención

Especializada en el Programa Operativo Anual de 2008 de la Subprocuraduría de Atención

a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad fue 37.4% inferior a la reportada por

la DGPOP.

En cuanto a los servicios específicos proporcionados, se verificó que, respecto a lo

realizado en 2007, el CAVI, el CAPEA, el CIVA y el ADEVI reportaron logros importantes

en cuanto a la atención médica, jurídica y psicológica proporcionada, no así en el caso

del CTA y el CARIVA, cuyos resultados en la materia disminuyeron significativamente.

Sobre el particular, se señaló que los factores que determinan la variación del número de

servicios proporcionados son ajenos a los Centros de Atención Especializada, toda vez

que la solicitud de éstos depende de las necesidades propias de los usuarios.

En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010

de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de

la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que a partir de enero de 2008

se determinó modificar el procedimiento para la recopilación de información, de acuerdo con

las necesidades de las víctimas y de las propias unidades administrativas de la PGJDF,

hecho que impactó en las cifras programadas para 2008. Asimismo, señaló que dio inició

el proyecto del Sistema Informático de Atención y Registro, el cual permitirá contar con

una herramienta informática que proporcione, de manera oportuna y confiable, información

estadística que generan los Centros del Sistema de Auxilio a Víctimas y crear un archivo

electrónico que facilite la consulta de expedientes y antecedentes de la atención.

Lo anterior no modifica las observaciones del presente resultado.

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172 VOLUMEN 12/13

Recomendación APPD-104-08-18-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal instruya a la

Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad para que

adopte medidas de control y supervisión que refuercen las acciones institucionales, a efecto

de cumplir las metas previstas en el Programa Operativo Anual.

6. Resultado

Servicios a la Comunidad

El artículo 12 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito

Federal señala que las atribuciones de esta dependencia en materia de servicios a la

comunidad, comprenden: promover y desarrollar programas de colaboración comunitaria

para mejorar el desempeño de la institución; proporcionar orientación jurídica a los

miembros de la comunidad, para el mejor ejercicio de sus derechos; promover acciones

orientadas a mejorar la atención a la comunidad por parte de los servidores públicos de

la Procuraduría; brindar información general sobre sus atribuciones y servicios; y recoger

las opiniones de la población en torno a la procuración de justicia.

En este marco, el Manual de Organización General de la Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal establece que la Dirección General de Servicios a la Comunidad será

el área encargada de favorecer el acceso oportuno de la ciudadanía a los servicios

que ofrece la PGJDF, proporcionar asesoramiento jurídico para el mejor ejercicio de los

derechos de los habitantes del Distrito Federal, particularmente de los grupos vulnerables;

impulsar la participación de agrupaciones de los sectores público, social y privado en los

programas de orientación e información sobre derechos y deberes institucionales; coordinar,

supervisar y evaluar el Sistema del Servicio Social de Pasantes; y definir los mecanismos

para la atención de peticiones, quejas e inconformidades ciudadanas.

Con objeto de medir el cumplimiento de las metas programadas por esa Dirección, se

revisaron los Informes de Cuenta Pública de 2007 y 2008, y se analizó la información

consignada en diversos registros auxiliares. Derivado de lo anterior, se constató que

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173 VOLUMEN 12/13

durante el ejercicio de 2008 la Dirección General de Servicios a la Comunidad atendió

a 40,037 personas (4,260 mujeres y 35,777 hombres), cifra que corresponde a un

cumplimiento de 54.2% de la meta original que consistió en atender a 73,913 personas,

como se observa en el siguiente cuadro:

Metas de 2008

Concepto Original

(1)

Alcanzada

(2)

Porcentaje de cumplimiento

(2) / (1) (3)

Personas atendidas 73,913 40,037 54.2

Mujeres 7,292 4,260 58.4

Hombres 66,621 35,777 53.7

Cabe señalar que en el documento Directrices para la Programación y Conformación de la

Estructura Programática, 2008, remitido a la DGPOP para la elaboración del Presupuesto

Preliminar y el Programa Operativo Anual, se detectó que la meta original estimada por la

Dirección General de Servicios a la Comunidad ascendió a 45,355 personas por atender,

cifra 38.6% menor que la meta original finalmente establecida. Lo anterior denota fallas de

control interno y dificulta la evaluación de los resultados de las actividades desarrolladas

por esa Dirección General, en razón de que los parámetros de medición no se encuentran

claramente definidos.

Se advirtió que, como parte de las actividades del Programa para la Atención a Detenidos,

fueron entregadas 39,587 raciones alimenticias a detenidos y 39,587 a los centros del Sistema

de Auxilio a Víctimas, 1.6% y 6.6% más, respectivamente, con relación a las distribuidas

en 2007.

Por lo anterior, se concluye que, de acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2008 y la

información de los registros auxiliares proporcionados, la Dirección General de Servicios

a la Comunidad sólo cumplió el 54.2% de la meta física original. Asimismo, el proceso

para el establecimiento de la meta original revela deficiencias, debido a que la meta prevista

por la DGPOP es considerablemente mayor que la estimada por la Dirección General de

Servicios a la Comunidad.

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174 VOLUMEN 12/13

En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010

de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto

de la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que la Dirección General de

Servicios a la Comunidad participó en la actividad institucional 10 únicamente con la atención

a detenidos y que el resto de las actividades señaladas se encuentran incluidas en la

actividad institucional 09 “Informar a la ciudadanía, orientar jurídicamente y desahogar

quejas en materia de derechos humanos” del Programa 11 “Procuración de Justicia”, el cual

no fue sujeto de auditoría.

Por lo anterior, se omitió la información referente a los Programas General de Orientación

Jurídica, de Atención a Mujeres y Grupos Prioritarios, y de Atención Telefónica a la

Ciudadanía; sin embargo, las observaciones relativas al porcentaje de cumplimiento de

la meta programada no se modifican, toda vez que éstas se derivan de la evaluación

de los resultados del Programa de Atención a Detenidos.

Recomendación APPD-104-08-19-PGJDF

Se reitera la segunda recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 4.

7. Resultado

Asistencia y Protección Social a Menores y Discapacitados en Situación Vulnerable

De acuerdo con el artículo 35, fracción I, del Reglamento de la Ley Orgánica de la

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal vigente en 2008, el Albergue Temporal

tendrá la función de otorgar protección a los menores de edad que se encuentren en

situación de abandono, conflicto, daño o peligro, relacionados con averiguaciones previas

o procesos penales, familiares y civiles.

Al respecto, en el análisis de los registros auxiliares proporcionados y el Informe de Cuenta

Pública de 2008, se detectó que durante 2008 la Dirección General del Albergue Temporal

atendió a 450 menores, lo cual corresponde a un cumplimiento de 90.9% de la meta

establecida al inicio del ejercicio, que consistió en atender a 495 personas. Se indicó que

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175 VOLUMEN 12/13

la disminución fue generada por factores ajenos a la institución, como índices delictivos,

desempleo, incremento de la violencia intrafamiliar, entre otros.

Con objeto de comprobar que el ente auditado cuenta con la documentación

comprobatoria correspondiente, con el oficio núm. APPD/10/028 del 22 de enero

de 2010, se solicitó el padrón de menores atendidos. En respuesta, en anexo al oficio

núm. 701/0444/2010 del 12 de febrero de 2010, se remitió en archivo electrónico el

“Padrón de Niñas y Niños Atendidos por el Albergue Temporal en 2008”, en el cual se

reporta un total de 406 menores atendidos, cifra inferior a la reportada en el Informe

de Cuenta Pública de 2008. Sobre el particular la PGJDF precisó que la diferencia

corresponde al número de reingresos.

Por lo que se refiere al flujo de menores, se observó que durante 2008 los ingresos

disminuyeron en 16.8% respecto lo registrado en el año previo, en tanto que el total de

egresos aumentó en 7.2%, como se muestra en el siguiente cuadro:

(Personas)

Concepto 2007

(1)

2008

(2)

Variación (%)

(2) / (1) (3)

Personas atendidas 467 450 (3.6) Existencia de personas al inicio del período 104 148 42.3 Ingresos 363 302 (16.8) Egresos 319 342 7.2 Existencia de personas al final del período 148 108 (27.0)

Canalización 319 342 7.2 A instituciones públicas 43 83 93.0 A instituciones privadas 96 69 (28.1) A otras instancias 180 190 5.6

Se advierte que, del total de menores egresados, 83 fueron canalizados a instituciones

públicas, 69 a instituciones privadas y 190 a otras instancias. De estos últimos, 98 menores

fueron entregados a sus familiares, mientras que 37 fueron canalizados a la Fiscalía del

Menor y 55 a hospitales. En el siguiente cuadro se indica el número de menores canalizados

a instituciones públicas y privadas:

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(Menores)

DIF Nacional 78 Casa Hogar Villa Nolasco 4

Filios Monterrey 31 Casa Hogar Ejército de Salvación 3

Quinta Carmelita 12 Casa Hogar La Esperanza 2

Casa Hogar y Futuro 8 Refugio de María 2

CAIS/Azcapotzalco 5 Casa Hogar San Francisco 1

Casa Hogar El Perpetuo Socorro 5 Colectivo 4 1

Por lo que toca a los servicios proporcionados a los menores albergados, durante 2008,

el área médica del Albergue Temporal proporcionó 84,823 consultas internas y 255 externas

de especialidad, que en total representan un incremento de 19.6% respecto a las consultas

proporcionadas en 2007. Por su parte, el área odontológica realizó 172 revisiones clínicas,

341 limpiezas dentales, 566 colocaciones de amalgamas y resinas, y 154 extracciones,

que en total suman 1,233 acciones en materia dental, 11.3% más que las efectuadas en

el año inmediato anterior.

Por lo que corresponde al área de atención psicológica, se efectuaron 937 estudios en la

materia y 7,073 sesiones psicoterapéuticas con una participación promedio mensual de

137 niños. Por último, el área de nutrición proporcionó 39,302 desayunos e igual número

de comidas y cenas, 48,544 papillas, 33,260 colaciones y 72,438 fórmulas lácteas, lo que

arroja un total de 272,148 raciones alimenticias, que equivalen a un incremento de 24.5%

en relación con las raciones alimenticias proporcionadas en 2007.

Por lo anterior, se concluye que la Dirección General del Albergue Temporal cumplió 90.9%

de la meta física programada, relativa a la atención de 495 personas; a pesar de ello,

durante 2008 los resultados alcanzados por las áreas de atención médica, odontológica,

psicológica y de nutrición fueron superiores a los obtenidos en 2007.

En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010

de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de

la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que no se alcanzó la meta física

programada en razón de que corresponde a la Fiscalía Central de Investigación para

Menores determinar la canalización de menores al Albergue Temporal, situación que a su

vez depende de factores ajenos a dicho Centro, como son: índices delictivos, desempleo,

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177 VOLUMEN 12/13

incremento de la violencia intrafamiliar, entre otros. Asimismo, señaló que el Albergue

Temporal calcula la programación de niños por atender en cada ejercicio tomando como

base la población del año anterior.

En razón de lo anterior, se determina que el incumplimiento de la meta obedece a factores

no susceptibles de control por parte de la Dirección General del Albergue Temporal, toda vez

que el número de menores para su custodia y atención depende del total de canalizaciones

que realice la Fiscalía Central de Investigación para Menores.

8. Resultado

Atención a Menores Involucrados en la Integración de una Averiguación Previa

El artículo 42, fracción V, del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General

de Justicia del Distrito Federal señala que a la Fiscalía Central de Investigación para

Menores le corresponde “proporcionar a los menores o incapaces la más amplia protección

que en derecho proceda, ya sea entregándolos a quien corresponda en los términos

de las disposiciones aplicables o canalizándolos a algún establecimiento asistencial y, en

su caso, promover ante los tribunales competentes la designación de custodios, tutores

o curadores”.

Para comprobar el cumplimiento de la disposición señalada, se analizó la información

proporcionada por la PGJDF relativa a las canalizaciones de menores e incapaces,

involucrados en la integración y determinación de alguna averiguación previa, realizadas

por la Fiscalía Central de Investigación para Menores durante 2008. Al respecto, se

determinó que de la meta original de atender a 7,314 personas en ese año, la Fiscalía

cumplió el 93.0%, toda vez que al cierre del ejercicio reportó como meta alcanzada la

atención de 6,802 personas. El ente auditado señaló que la disminución registrada

obedeció a causas ajenas a esa institución, en razón de que el servicio es proporcionado

sólo ante la solicitud expresa de los usuarios.

Por otra parte, al comparar los resultados de 2008 con los obtenidos en 2007, se determinó

que el total de personas atendidas se incrementó en 4.0%. La cifra de menores e incapaces

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víctimas de delitos puestos bajo custodia familiar o, en su caso, canalizados a alguna

institución de asistencia disminuyó 10.1%, mientras que la relativa a la canalización de

menores infractores aumentó 7.8%, lo cual se muestra en el cuadro siguiente:

(Personas)

Concepto

2007

(1)

2008

(2)

Variación (%)

(2) / (1) (3)

Total de personas atendidas 6,541 6,802 4.0 Menores e incapaces víctimas de ilícitos 1,383 1,244 (10.1) Albergue Temporal 201 157 (21.9) Custodia familiar 511 619 21.1 Hospitales 83 79 (4.8) Otros 588 389 (33.8) Menores infractores 5,158 5,558 7.8 Unidad de Prevención y Tratamiento 3,788 3,195 (15.7) Custodia familiar 989 1,493 51.0 Otros 381 870 128.3

Por lo anterior, se concluye que el incumplimiento de 7.0% de la meta física programada

derivó de factores no susceptibles de control por parte de la Fiscalía Central de Investigación

para Menores, toda vez que, de acuerdo el artículo 39, fracción I, del Reglamento de

la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, sólo puede

intervenir en casos de denuncia o querellas por hechos posiblemente constitutivos de delitos

que sean materia de su competencia.

Eficiencia

9. Resultado

Estructura Orgánica

El artículo 17 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito

Federal, dispone que el Reglamento establecerá el número y las atribuciones de las

unidades administrativas de la Procuraduría. De este modo, el artículo 2o. del Reglamento

de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal refiere que

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para el ejercicio de las atribuciones, funciones y despacho de los asuntos de su competencia,

la Procuraduría contará con las siguientes unidades administrativas, las cuales se organizarán

de acuerdo con la siguiente estructura:

Oficialía Mayor

Dirección General de Recursos Humanos

Dirección General de Programación

Organización y Presupuesto

Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales

Dirección General de Tecnología y

Sistemas Informáticos

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Subprocuraduría de Procesos

Fiscalía de Mandamientos

Judiciales

Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales

Sur

Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales

Oriente

Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales

Norte

Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales

de Paz Penal

Fiscalía de Procesos en lo Civil

Fiscalía de Procesos en lo Familiar

Jefatura General de la Policía Judicial

Coordinación General de Servicios Periciales

Coordinación General de Agentes

del Ministerio Auxiliares del Procurador

Visitaduría General

Fiscalía Central de Investigación para Servidores Públicos

Dirección General de Política

y Estadística Criminal

Dirección General de Comunicación

Social

Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales

Fiscalía Central de Investigación

para la Seguridad de las Personas e Instituciones

Fiscalía Central de Investigación para Delitos Financieros

Fiscalía Central de Investigación

para Delitos Sexuales

Fiscalía Central de Investigación para Homicidios

Fiscalía Central de Investigación

para Asuntos Especiales

Fiscalía Central de Investigación para Menores

Fiscalía Central de Investigación para Robo de Vehículos

y Transportes

Subprocuraduría de Averiguaciones

Previas Desconcentradas

Fiscalía de Supervisión y Coordinación de

Averiguaciones Previas Zona Oriente

Fiscalía de Supervisión y Coordinación de

Averiguaciones Previas Zona Oriente

Subprocuraduría Jurídica y de Derechos

Humanos

Dirección General Jurídica Consultiva

Dirección General de Coordinación en materia de

Procuración de Justicia y Seguridad Pública

Dirección General de Derechos Humanos

Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios

a la Comunidad

Dirección General de Servicios

a la Comunidad

Dirección General de Atención

a Víctimas del Delito

Fiscalías Desconcentradas de Investigación (Una en cada Delegación)

Instituto de Formación Profesional

Dirección General del Albergue Temporal

De acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de 2008 de la PGJDF, en la ejecución de la

actividad institucional 10 “Brindar atención especializada a menores, mujeres, detenidos

y víctimas del delito” participaron la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales,

por conducto de la Fiscalía Central de Investigación para Menores, y la Subprocuraduría

de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad, por conducto de la

Dirección General de Atención a Víctimas del Delito, la Dirección General de Servicios a

la Comunidad y la Dirección General del Albergue Temporal, unidades administrativas

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que, según el Manual de Organización General de la Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal y los manuales específicos correspondientes, tienen los siguientes

objetivos:

● Dirección General de Atención a Víctimas del Delito. Proporcionar apoyo legal, atención

médica, psicológica y social a través del sistema de auxilio a las víctimas y ofendidos

por la comisión de hechos delictivos relacionados con las personas extraviadas

y ausentes, violencia intrafamiliar, delitos sexuales y violentos, así como la atención

a las adicciones y riesgos victimales, con el propósito de coadyuvar en la reparación

del daño moral y material de las personas que sean víctimas de algún delito.

● Dirección General de Servicios a la Comunidad. Brindar con oportunidad a la comunidad

capitalina la información, los servicios de atención comunitaria y la orientación

legal que brinda la Procuraduría tanto en las fiscalías como en otras unidades

administrativas.

● Dirección General del Albergue Temporal. Brindar asistencia y protección social a los

menores en situaciones difíciles, relacionados con averiguaciones previas y procesos

penales, familiares y civiles, cuando se origine para ellos una situación de abandono,

conflicto, daño o peligro, así como a menores discapacitados con necesidades de

asistencia social, a fin de proporcionarles protección de acuerdo con esas necesidades.

● Fiscalía Central de Investigación para Menores. Investigar los delitos del orden común

que sean de su competencia, practicar las diligencias necesarias para iniciar e integrar

las averiguaciones previas por hechos delictivos en los que la víctima u ofendido sea

un menor o incapaz, con el propósito de que a través de la estricta y eficiente aplicación de

las normas penales, se lleve a cabo la pronta y expedita procuración e impartición

de justicia en el Distrito Federal.

Por lo anterior, se concluye que la PGJDF contó con una estructura orgánica apropiada

para planear, coordinar, ejecutar, supervisar y controlar las actividades de las unidades

administrativas encargadas de proporcionar atención especializada a menores, mujeres,

detenidos y víctimas del delito, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2o. del

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Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicias del Distrito

Federal y el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del

Distrito Federal.

10. Resultado

Sistema de Auxilio a Víctimas

De conformidad con los artículos 2o. y 5o. del Reglamento de la Ley de Atención y Apoyo

a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal, el Sistema de Auxilio a Víctimas tiene

como función principal proporcionar apoyo psicológico, jurídico, médico y social a las

víctimas del delito con el apoyo de seis Centros de Atención Especializada. Asimismo, el

artículo 6o. del mismo ordenamiento establece que el Sistema comprenderá:

● Asistencia jurídica gratuita a la víctima u ofendido durante la averiguación previa

y el proceso penal.

● Orientación a la víctima u ofendido sobre las diligencias ministeriales, que podrá

solicitar para la debida integración de la averiguación previa.

● Gestión de los apoyos sociales y médicos que pudiesen requerirse.

● Designación del representante legal del coadyuvante cuando así se le requiera

en términos del artículo 70 del Código Procesal.

● Establecimiento de programas de disminución de riesgos victimales, en los casos

de menores o grupos vulnerables.

● Extensión de la atención a los generadores de violencia familiar, como auxilio a los

receptores de ésta.

● Búsqueda de los elementos técnicos para la acreditación y cuantificación del daño

material y moral para las víctimas del delito o quienes tengan derecho al resarcimiento

de éste, o de la autoridad que lo requiera.

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182 VOLUMEN 12/13

● Elaboración de los dictámenes del estado psicoemocional como resultado de la comisión

del delito, que acrediten el daño ocasionado.

● Gestión de las medidas provisionales procedentes, a fin de proteger la integridad

física y moral, los bienes, las posesiones y derechos en peligro por la comisión del delito.

● Atención psicoterapéutica breve y de urgencia, tendente a eliminar los signos y síntomas

generados por el delito, con base en las subespecialidades con que se cuente.

● Elaboración de las investigaciones victimológicas respectivas, cuya sistematización

permita establecer las políticas públicas de atención victimal.

Para comprobar el cumplimiento de tales disposiciones, se analizaron el Manual de

Organización Específico de la Dirección General de Atención a Víctimas del Delito y los

manuales de procedimientos de los Centro de Atención, se aplicó a sus titulares un

cuestionario conformado por 57 preguntas sobre aspectos operativos y de control interno,

y se realizó a cada Centro una visita de trabajo, con objeto de verificar, en forma directa,

si los procesos se ejecutan de acuerdo con los procedimientos establecidos.

El objetivo del Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar es atender integralmente a

mujeres, y niñas y niños menores de 12 años, víctimas de violencia familiar, mediante los

servicios que proporcionan las áreas médica, psicológica, psicológica pericial, legal y de

trabajo social. Actualmente el CAVI atiende a mujeres de hasta de 60 años de edad,

víctimas del delito de violencia familiar, en donde exista o haya existido una relación de

matrimonio, concubinato, amasiato, noviazgo o relación de hecho entre la víctima y el

generador de violencia; además, atiende a niñas y niños menores de 12 años víctimas de

violencia, lesiones, omisión de cuidados e incumplimiento de la obligación alimentaria.

El Centro cuenta con la Subdirección de Atención Psicosocial que coordina y supervisa

el trabajo de las áreas de atención de trabajo social, psicología clínica, pericial, médica, y la

Barandilla; y la Subdirección Jurídica, que tiene a su cargo las áreas de atención legal

al maltrato, seguimiento jurídico, atención a requerimientos y de la célula de medidas de

protección. Asimismo, cuenta con un área administrativa responsable de ministrar los

recursos materiales y coordinar los trámites relacionados con la plantilla de personal

adscrito al Centro, y con un área de informática que está a cargo del sistema de cómputo.

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183 VOLUMEN 12/13

El área de trabajo social es responsable de mantener el primer contacto con la víctima

a fin de conocer su problemática y canalizarla al área de atención pertinente del CAVI, a

otro Centro de Atención o bien a una institución de asistencia social. También, se encarga

de buscar redes de apoyo (familiares, albergues, instituciones públicas y privadas) y de

ofrecer información sobre otros servicios y organismos fuera del CAVI.

El área médica proporciona atención de urgencia y deriva a la víctima a hospitales públicos

cuando sea necesario.

El área de atención psicológica proporciona apoyo psicológico de urgencia y el servicio de

intervención psicoterapéutica breve a fin de ayudar a reducir los daños emocionales

originados por la violencia. Contribuye al desarrollo de herramientas que permitan a las

víctimas salir de círculo de violencia en el que viven. El modelo de atención psicológica

aplicado considera tres formas intervención: individual de valoración de primer contacto,

atención en situaciones de crisis y psicoterapia grupal de corte breve.

El área de atención pericial es la encargada de realizar, a petición del Ministerio Público

o autoridad jurisdiccional, dictámenes psicológicos victimales con objeto de acreditar el

cuerpo del delito y determinar la existencia de daño psicoemocional en la víctima.

El área de atención jurídica proporciona información y orientación legal en materia penal,

civil y familiar, y canaliza a las víctimas a las diversas instancias para la realización de

trámites jurídicos. En caso de denuncia por parte de la víctima, proporciona asistencia

y seguimiento jurídico durante el inicio de la averiguación previa hasta el proceso penal,

que incluye la reparación del daño moral o material.

El CAVI también se encarga de tramitar ante Jueces de lo Penal, las medidas de protección

previstas en el capítulo VII de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de

Violencia en el Distrito Federal. Particularmente, la Unidad de Medidas de Protección

proporciona asesoría a mujeres víctimas de cualquier tipo de violencia sobre los requisitos

e importancia de la tramitación de tales medidas; acompaña a la solicitante ante el juez en

turno y presenta la solicitud; recaba los elementos de prueba; y asiste a la víctima en caso

de que el juez haya concedido la aplicación de las medidas de protección.

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184 VOLUMEN 12/13

En la revisión del Manual de Normas y Procedimientos para la Atención a Víctimas de

Violencia Intrafamiliar, proporcionado por la PGJDF con el oficio núm. 701/2535/2009

del 31 de agosto de 2009, se constató que éste no ha sido actualizado, lo que contraviene

lo establecido en el apartado 4.2 de la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del

Gobierno del Distrito Federal, 4 el cual ordena que los titulares de las dependencias son los

responsables de la implantación y observancia de los manuales administrativos y manuales

específicos, así como de su actualización cuando se haya modificado el marco jurídico, se

hayan reestructurado organizacional, funcional u operativamente, o cuando los órganos

de control respectivos hayan emitido observaciones en la materia; y en el numeral 4.4.14

de la Circular Uno, 5 en el que se establece que los titulares de las dependencias,

unidades administrativas, órganos desconcentrados y entidades, son los responsables de

la actualización de los manuales administrativos, que se deriven de la aplicación de un

proceso rediseñado, de un procedimiento simplificado, de la modificación de la estructura

orgánica, o de la supresión o creación de leyes y normas.

Al respecto, el CAVI proporcionó el nuevo Manual de Normas y Procedimientos de la

Dirección del Centro de Atención a la Violencia Intrafamiliar, el cual fue elaborado en

diciembre de 2007. En su revisión, se verificó que para la realización de sus actividades

el Centro contó con 19 procedimientos; sin embargo, se detectó que ninguno de ellos había

sido formalmente autorizado ni registrado ante la Coordinación General de Modernización

Administrativa, contrario a lo establecido en el artículo 16, apartado III, inciso e), de los

Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal,6 el cual dispone que los manuales de organización y de procedimientos deberán

de estar debidamente autorizados y ser del conocimiento de los servidores públicos.

Pese a lo anterior, la titular del CAVI señaló que dicho documento constituyó el marco

normativo con base en el cual las diferentes áreas del Centro proporcionaron sus

servicios, toda vez que el manual de procedimientos oficialmente vigente en 2008 data

de diciembre de 1996.

4 Emitida por la Coordinación General de Modernización Administrativa en agosto de 2005. 5 Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 12 de abril de 2007. 6 Publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 9 de abril de 2007.

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A continuación se describen los procesos sustantivos para la atención especializada a las

víctimas de violencia familiar:

El Centro de Apoyo a Personas Extraviadas y Ausentes (CAPEA) tiene como propósito

ayudar a la localización de personas extraviadas o ausentes, así como proporcionar

atención jurídica, médica, psicológica y social, tanto a las personas encontradas como

a sus familiares, a efecto de prevenir la incidencia o reincidencia de los hechos.

Su estructura orgánica se integra por una dirección de área, la cual es auxiliada por

la Subdirección Jurídica, responsable de coordinar las actividades del Ministerio Público

Recibe expediente y asesora a la víctima sobre la averiguación previa o causa penal

Conoce el estado procedimental que guarda

la averiguación previa o causal penal

Informa a la víctima sobre el estado

de la averiguación previa o causa penal

Elabora “Cierre de Expediente” cuando el

caso concluye o el proceso legal se ha agotado

Se archiva expediente

En caso de riesgo, tramita ingreso de la víctima

a algún albergue especializado

Aplica entrevista, evalúa el caso y determina el tipo de asistencia por proporcionar

Recibe a la víctima, proporciona orientación y deriva a Trabajo Social

Detecta lesiones o signos de enfermedad y prescribe tratamiento

Deriva a la víctima a Psicología Clínica o, en su caso, al área de atención

jurídica al maltrato

Aplica entrevista, evalúa sintomatología,

asigna grupo terapéutico y fija inicio de sesiones

Área de psicología clínica

Se presenta en el lugar y fecha indicados

para asistir a su primera sesión psicológica

Víctima de maltrato

Área de psicología clínica

Recibe a la víctima e inicia sesiones previamente

determinadas

Concluye proceso, evalúa y sugiere

continuar tratamiento en otra institución

Registra resultados y da por concluida la

participación del Centro

Proporciona orientación y atención legal

de acuerdo con el caso

En caso de delito, asesora a la víctima

para que, si lo desea, denuncie los hechos

Si la víctima decide denunciar los hechos,

la canaliza a la delegación correspondiente

Si no hay denuncia de hechos, pregunta si desea

establecer un acuerdo conciliatorio

En caso afirmativo, funge como mediador para llegar

a un acuerdo que suspenda el maltrato

En caso negativo, remite documentación generada

al área de seguimiento jurídico

Asigna psicóloga, proporciona “Carnet de Citas” y fija fecha y hora de atención

Área de atención jurídica al maltrato

Área de seguimiento jurídico

Personal en barandilla

Trabajo social

Trabajo social

Área médica

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y de las unidades investigadoras, y por la Subdirección Social, encargada de coordinar las

áreas de trabajo social, de psicología y de atención médica.

La Subdirección Jurídica se encarga, con el apoyo del Ministerio Público, de iniciar las averiguaciones previas por causa de extravío y ausencia. Además, informa, orienta y asiste legalmente a los familiares. El Agente del Ministerio Público es responsable de la investigación derivada de los hechos de extravío o ausencia de personas, con el apoyo de sus auxiliares directos: Policía Judicial, peritos y asistentes victimales.

El área de psicología realiza valoraciones psicológicas para determinar sintomatología asociada a víctimas del delito y la aptitud para rendir declaración ministerial; y proporciona psicoterapia grupal para prevenir la reincidencia de casos de extravío o ausencia.

El área médica efectúa valoraciones en relación con las lesiones o signos de enfermedad que puedan presentar las personas localizadas.

El área de trabajo social efectúa el rastreo institucional en hospitales, albergues, Servicio Médico Forense, Agencias del Ministerio Público, centros de reclusión y otras instancias, para la localización de personas. También elabora los fotovolantes de las personas extraviadas y ausentes.

Con el fin de evaluar los procesos establecidos para el desarrollo de las actividades señaladas, se revisó el Manual de Normas y Procedimientos para la Atención y Localización de Personas Extraviadas y Ausentes, proporcionado por la PGJDF con el oficio núm. 701/2535/2009 del 31 de agosto de 2009. Como resultado, se detectó que éste describe actividades que ya no son realizadas por el Centro, debido a que a la fecha de la presente auditoria, dicho procedimiento no había sido actualizado, lo que contraviene lo establecido en el apartado 4.2 de la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal y en el numeral 4.4.14 de la Circular Uno.

Sobre el particular, el CAPEA proporcionó el Manual de Normas y Procedimientos del Centro de Apoyo a Personas Extraviadas y Ausentes, en cuya revisión se detectó que éste presenta como fecha de elaboración el 18 de enero de 2008; sin embargo, no consigna las firmas de autorización correspondientes, lo cual es contrario a lo dispuesto en el artículo 16, apartado III, inciso e), de los Lineamientos Generales de Control Interno

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para la Administración Pública del Distrito Federal. En cuanto a su contenido, se verificó que está integrado por el Procedimiento para la Atención de Solicitudes de Localización de Personas Extraviadas y Ausentes, el Procedimiento para la Actuación del Ministerio Público en Caso de Extravío o Ausencia de Personas y el Procedimiento para la Atención de Usuarios en el Área de Psicología. En el siguiente esquema se muestran las principales actividades desarrolladas para la localización de personas:

El CTA tiene como propósito proporcionar atención médica, jurídica y psicoterapéutica

especializada a las víctimas directas e indirectas de delitos sexuales, la cual permita

la recuperación de su estado físico y psicoemocional, así como el ejercicio pleno de sus

derechos. Dicho Centro es la instancia responsable de atender a las víctimas de delitos

Asistente victimal entrevista al denunciante

y abre expediente

Consulta base de datos y registros documentales, instituciones y hospitales

para localizar a la persona

Informa al denunciante y al Ministerio Público que la persona fue localizada

Entrevista al denunciante, solicita detalles sobre

el hecho y da intervención a la Subdirección Social

Ministerio Público

Recibe y revisa expediente e inicia

la averiguación previa

Si no fue localizada, elabora y envía el Volante de Media

Filiación al reportante para su difusión

Entrevista a personas que puedan aportar nueva información

En su caso, solicita la intervención de peritos

Si no hay indicios de probable delito, entrega

persona localizada a sus familiares Remite documentos

y canaliza al denunciante al Ministerio Público para

el inicio de la averiguación

Si la persona fue localizada, da fe de su integridad física y toma

su declaración

Si hay indicios de delito, remite la averiguación

previa a la fiscalía competente

Ministerio Público

Instruye a los agentes de la Policía Judicial a su cargo que realicen la

investigación

Si la persona no fue localizada, entrevista

a denunciante para recabar nuevos elementos

Si hay nuevos elementos, continúa

la investigación

Si no hay nuevos elementos, solicita rastreo institucional

Subdirección Social

Subdirección Social

Realiza rastreo institucional

Ministerio Público

Si la persona no fue localizada, busca nuevos

elementos y continúa la investigación

Si hay posible delito. remite la averiguación previa

a la fiscalía competente y concluye procedimiento

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sexuales, sin considerar si éstas fueron canalizadas por agencias del Ministerio Público;

instituciones públicas, privadas o sociales; o por los Centros de Atención Especializada,

o si acudieron de manera directa a solicitar el servicio.

Para el efecto, la titular del Centro es asistida por la Subdirección Clínica, encargada de

coordinar y supervisar la labor de las áreas médica, de trabajo social y de psicología; y por

la Subdirección Jurídica, responsable de coordinar el trabajo del área de asistencia

y seguimiento jurídico. Además, es apoyada directamente por un área administrativa para

el control de los recursos humanos, materiales y financieros asignados al Centro.

De manera particular, el área de trabajo social tiene la responsabilidad de informar a las

víctimas de delitos sexuales que acuden al CTA por primera vez sobre los servicios que éste

proporciona; del registro y control de los usuarios habituales; y de la búsqueda de redes

de apoyo (familiares, albergues, instituciones públicas y privadas).

El área médica tiene las siguientes funciones: evaluar las condiciones generales de salud

de las víctimas, detectar y valorar las lesiones físicas y mentales derivadas del delito, informar

respecto a las enfermedades de transmisión sexual, la interrupción legal del embarazo

y la anticoncepción de emergencia, y transferir a las víctimas a instituciones del Sector

Salud en casos graves o en emergencias.

El área psicológica proporciona apoyo psicoterapéutico breve y de urgencia a las víctimas

de delitos sexuales y a sus familiares, para ayudarlos a reducir los daños emocionales

y psicológicos generados por la violencia de la que fueron objeto.

El área de asistencia y seguimiento jurídico proporciona asesoría y asistencia jurídica

a las víctimas directas e indirectas de delitos sexuales sobre los derechos que les asisten

en su calidad de víctimas, antes y durante la averiguación previa y el proceso penal.

En los casos que procedan, auxilia a la víctima en el caso de careos, testimoniales, etc.

Para evaluar los procesos establecidos para el otorgamiento del servicio, se revisó el

Manual de Normas y Procedimientos para la Atención a Víctimas de Delitos Sexuales.

Derivado de ello, se detectó que dicho documento fue autorizado en octubre de 1996,

por lo que los lineamientos normativos que en éste se exponen no corresponden a las

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actuales funciones que desempeñan las áreas que integran el CTA, lo cual contraviene lo

dispuesto en el apartado 4.2 de la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del

Gobierno del Distrito Federal y en el numeral 4.4.14 de la Circular Uno.

Al respecto, el Centro proporcionó el Manual de Normas y Procedimientos para la Atención

a Víctimas de Delitos Sexuales, elaborado en abril de 2007. En su revisión se constató

que se integra por cinco procedimientos específicos, los cuales se encuentran en proceso de

revisión y autorización, contrario a lo establecido en el artículo 16, apartado III, inciso e),

de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del

Distrito Federal. Con relación a ello, la Subdirección Jurídica del CTA señaló que pese

a la falta de autorización, los procedimientos proporcionados describen las principales

actividades y acciones operativas para la atención a las víctimas de delitos sexuales

y a sus familiares, las cuales se describen a continuación:

Aplica entrevista, evalúa el caso y determina el tipo de asistencia por proporcionar

Detecta lesiones físicas y psicoemocionales

derivadas de la agresión

Deriva a la víctima a la Subdirección Clínica

Informa sobre la anticoncepción

de emergencia

Recibe expediente y se informa

sobre la integración de la averiguación previa

Informa a la víctima sobre el estado de la averiguación previa, acciones realizadas

y los pasos a seguir

Da seguimiento a la averiguación previa hasta su consignación

Si se consignó el asunto ante Juez Penal, asesora

y orienta a la víctima hasta el fin del proceso

Elabora “Cierre de Expediente” cuando el caso concluye o el

proceso se ha agotado

Designa psicoterapeuta y entrega Carnet con

fecha y hora de cita para inicio de tratamiento

Área de psicología

Se presenta en el lugar y fecha indicados

para asistir a su primera sesión psicológica

Víctima de maltrato

Área de psicología

Recibe a la víctima e inicia sesiones previamente

determinadas

Concluye proceso, evalúa y sugiere continuar

tratamiento en otra institución

Recibe a la víctima e indaga la existencia de averiguación previa

Si no hay averiguación previa, asesora

a la víctima sobre su inicio e integración

Canaliza a la víctima a la Fiscalía

correspondiente para la denuncia de hechos

Si hay averiguación previa radica expediente

a la Célula de Seguimiento Jurídico

Aplica entrevista y pruebas psicológicas, evalúa

sintomatología y determina modalidad psicoterapéutica

Célula de asistencia jurídica

Célula de seguimiento jurídicoTrabajo social

Trabajo social

Área médica

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190 VOLUMEN 12/13

El CIVA tiene por objeto promover las relaciones igualitarias entre hombres y mujeres,

con el fin disminuir o erradicar la violencia contra la pareja, los hijos o cualquier miembro

de la familia, mediante un proceso psicoterapéutico especializado. Es responsable de atender

las solicitudes de autoridades ministeriales respecto de la emisión de dictámenes psicológicos

de probables responsables del delito de violencia familiar y de víctimas de delitos de

amenazas y lesiones. Asimismo, es el encargado de procesar la información estadística

que generan los Centros que integran el Sistema de Auxilio a Víctimas.

Como titular del CIVA existe un director de área, quien dirige las políticas de atención

y establece los lineamientos generales, éste es auxiliado por la Subdirección de Apoyo

Operativo y la Subdirección de Investigación Victimológica. A su vez, cada una de las

subdirecciones es apoyada por personal de estructura como son líderes coordinadores de

proyectos que, de acuerdo con su competencia, ejecutan, organizan y distribuyen el trabajo.

Por lo que se refiere a su población objetivo, el CIVA atiende a personas víctimas de

amenazas o lesiones culposas de cualquier edad o sexo, y a mujeres y hombres probables

responsables de delito y sentenciados. Particularmente, en apoyo a la procuración

e impartición de justicia, el CIVA lleva a cabo la valoración psicológica de las víctimas de

amenazas y lesiones culposas a efecto de determinar la afectación psicoemocional

o existencia de sintomatología generada por estos delitos y, de esta manera, aportar

elementos a la autoridad judicial para cuantificar el daño moral. Por otra parte, a solicitud

de autoridades ministeriales o judiciales, elabora dictámenes psicológicos para determinar

si los probables responsables de delitos de violencia familiar, presentan o no rasgos

propios del perfil de generador de violencia familiar, lo que contribuye a la integración de

la averiguación previa.

Para contrarrestar y erradicar la violencia familiar, el Centro proporciona atención

psicoterapéutica especializada de manera grupal a generadores de violencia voluntarios

y sentenciados por el delito de violencia familiar, siendo estos últimos canalizados por la

autoridad judicial para dar cumplimiento a sus sentencias. En el caso de los voluntarios,

se integran grupos cerrados con los que se trabaja en quince sesiones semanales; en el

caso de los sentenciados se trabaja en grupos abiertos, cuyas sesiones duran el mismo

tiempo que la pena privativa de la libertad impuesta al sentenciado.

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191 VOLUMEN 12/13

Los abogados victimales del CIVA proporcionan a las víctimas asesoría jurídica en materia

penal y orientación legal de primera vez en los ámbitos civil y familiar en el caso de la

comisión de algún delito. Cuando la víctima solicita atención jurídica y no cuenta con abogado

particular, se le acompaña a las coordinaciones territoriales, juzgados de paz penal y juzgados

penales para conocer el estado de la averiguación previa o proceso, se le asiste en la

comparecencia y, en ocasiones, se le apoya en la elaboración de promociones, incluso

en la indagatoria respectiva.

Adicionalmente, el CIVA procesa la información estadística de las actividades sustantivas

del Sistema de Auxilio a Víctimas, a fin de contar con bases de datos que permitan

la integración y entrega oportuna de los informes que le son solicitados a la DGAVD y a la

Subprocuraduría de Atención a Víctimas de Delito y Servicios a la Comunidad.

Con objeto de evaluar los procesos dispuestos para el desarrollo de las actividades

mencionadas, se revisó el Manual de Normas y Procedimientos para Brindar Apoyo

Operativo, Estadística y Evaluación a los Centros de Atención a Víctimas, proporcionado

por la PGJDF con el oficio núm. 701/2535/2009 del 31 de agosto de 2009. Como

resultado, se detectó que éste fue autorizado en enero de 1997, por lo que las actividades

que describe no corresponden a las funciones que actualmente desempeña el CIVA, lo

que contraviene lo establecido en el apartado 4.2 de la Guía Técnica para la Elaboración

de Manuales del Gobierno del Distrito Federal y en el numeral 4.4.14 de la Circular Uno.

Al respecto, la Dirección del CIVA proporcionó el Manual de Normas y Procedimientos

del Centro de Investigación Victimológica y de Apoyo Operativo, el cual fue elaborado en

septiembre de 2007. En su revisión, se constató que contiene 11 procedimientos

específicos en los que se describen las actividades que deberá realizar el personal

adscrito al CIVA para la prestación de los servicios; sin embargo, éstos no contaban con

las firmas de autorización correspondientes, en contravención a lo dispuesto en el artículo

16, apartado III, inciso e), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la

Administración Pública del Distrito Federal. Asimismo, el titular del Centro señaló que,

a pesar de que el Manual no ha sido autorizado formalmente, los procesos que allí se

describen normaron y guiaron la actuación del personal que intervino en la atención de los

usuarios de los servicios del Centro, toda vez que el Manual de Normas y Procedimientos

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192 VOLUMEN 12/13

vigente en 2008, por haber sido elaborado en enero de 1997, no contiene el total de

procedimientos de sus actividades sustantivas.

En el siguiente diagrama se describen los procesos para la atención psicoterapéutica

del generador y del sentenciado por violencia familiar, así como el relativo a la asesoría

y seguimiento jurídico a víctimas de los delitos de lesiones y amenazas:

Archiva expedientes

Si requiere atención especializada informa a la

autoridad jurídica solicitante y concluye el proceso

Recibe al sentenciado, entrevista, evalúa el caso

y determina el tipo de asistencia por otorgar

Si es candidato a grupo, asigna psicólogo, grupo, fecha y horario de citas

Recibe al generador de violencia o sentenciado

y designa al psicólogo para la atención del caso

Líder Coordinador de Proyectos

Líder Coordinador de Proyectos

Psicólogo

Psicólogo

Si requiere atención especializada, lo canaliza

a alguna institución competente y concluye

Recibe al generador de violencia, entrevista, evalúa el caso y determina el tipo de asistencia por otorgar

Aplica tratamiento psicoterapéutico; a su

término, realiza evaluación de psicoterapia de grupo

Informa a la autoridad judicial que el sentenciado cumplió con el tratamiento psicoterapéutico ordenado

Líder Coordinador de Proyectos

Recibe a la víctima de lesiones y amenazas,

recaba datos y asigna abogado

Asesora a la víctima sobre sus derechos, el proceso

penal y los elementos para la reparación del daño

Da seguimiento al proceso para la reparación del

daño hasta la sentencia de primera instancia

Líder Coordinador de Proyectos

Abogado

Líder Coordinador de Proyectos

Revisa la “Ponencia de Resolución” y firma

la autorización del cierre de expediente

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193 VOLUMEN 12/13

El ADEVI es la entidad responsable de proporcionar el apoyo psicológico, asistencial

y legal a personas que han sido afectadas por un delito violento (homicidio, secuestro,

suicidio, robo con violencia, etc.), a fin de que recobren su estado psicoemocional y se cubra

la indemnización del daño material o moral causado, incluyendo el pago de los tratamientos

psicoterapéuticos y curativos que, como consecuencia del delito, sean necesarios para

la recuperación de la víctima.

El ADEVI se organiza a partir de dos áreas fundamentales: la Subdirección de Política

Victimológica, responsable de las áreas de trabajo social y de psicología, y la Subdirección

de Atención Jurídica al Delito Violento, que coordina y supervisa las áreas de asesoría

jurídica y de seguimiento jurídico.

El personal de trabajo social detecta e invita a las víctimas de delitos violentos a recibir los

servicios de atención social, apoyo psicológico y asesoría jurídica, para ello, además del

contacto vía telefónica, realiza visitas domiciliarias, hospitalarias y, en su caso, al Servicio

Médico Forense. Por otra parte, lleva a cabo las gestiones necesarias para que a la víctima

se le proporcionen el servicio funerario gratuito o a bajo costo y apoyos para hospedaje

y traslados, entre otros.

Con el apoyo del Área de Psicología, el ADEVI proporciona psicoterapia a víctimas

de delito violento con objeto de que éstas logren un adecuado manejo de los síntomas

asociados al estrés postraumático, ocasionados por el suceso; a las personas que

intentaron el suicidio y a sus familiares; y a las víctimas indirectas del delito, que como

consecuencia de éste, se encuentran en proceso de duelo. Además, a petición de las

autoridades ministeriales o judiciales, emite dictámenes psicológicos de víctimas de delitos

violentos a fin de determinar los efectos generados y facilitar la comprobación del daño

moral y su reparación.

En materia jurídica, el Centro proporciona a la víctima orientación y asesoría legal

con objeto de informarle sobre sus derechos y la mejor manera de ejercerlos, realiza

la supervisión continua del proceso y efectúa las diligencias jurídicas pertinentes

para verificar las acciones del Ministerio Público, a efecto de obtener la reparación del

daño.

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194 VOLUMEN 12/13

Para evaluar los procesos establecidos para el desarrollo de las actividades descritas,

se revisó el Manual de Normas y Procedimientos para el Apoyo Sociojurídico a Víctimas

de Delito Violento, proporcionado por la PGJDF con el oficio núm. 701/2535/2009 del 31 de

agosto de 2009. De este modo, se detectó que dicho documento fue autorizado en

octubre de 1996, por lo que sus procesos no corresponden a las funciones que actualmente

desempeña el ADEVI, lo que contraviene lo dispuesto en el apartado 4.2 de la Guía

Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal y en el

numeral 4.4.14 de la Circular Uno.

Al respecto, la Dirección del Centro proporcionó el Manual de Normas y Procedimientos

del Centro de Apoyo Sociojurídico a Víctimas del Delito Violento, el cual consigna como

fecha de elaboración el 14 de diciembre de 2007. En su revisión se constató que para el

desarrollo de sus actividades el ADEVI contó con 10 procedimientos, los cuales establecen

las funciones que deberá desempeñar cada área para proporcionar la atención adecuada

a las víctimas y ofendidos por hechos delictivos; no obstante, se detectó que dicho

Manual no había sido autorizado, situación contraria a lo establecido en el artículo 16,

apartado III, inciso e), de los Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración

Pública del Distrito Federal.

Sobre el particular, el Director del Centro señaló que las políticas, normas y lineamientos

del manual anterior no reflejaban a cabalidad el funcionamiento y operación del Centro,

por lo que fue necesaria su actualización.

A continuación se indican los principales procesos para la atención de las víctimas:

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195 VOLUMEN 12/13

Con el oficio núm. 701/2535/2009 del 31 de agosto de 2009, la PGJDF remitió el Manual de

Normas y Procedimientos para la Atención a las Adicciones, el cual expone los lineamientos

normativos con base en los cuales la Dirección de Atención a las Adicciones deberá

promover y desarrollar los programas de atención a la farmacodependencia en el Distrito

Federal; sin embargo, en el análisis de la estructura orgánica de la Dirección General de

Atención a Víctimas del Delito, no se localizó dicha unidad administrativa.

Asimismo, el ente auditado señala que el manual remitido está relacionado con la atención

especializada que se proporciona a menores, mujeres, detenidos y víctimas del delito,

pero se determinó que las actividades indicadas no corresponden al objetivo y funciones

del Centro de Atención a Riesgos Victimales y Adicciones, lo que contraviene lo establecido

Recibe reporte de rastreo, determina competencia

del Centro y asigna caso a trabajadora social

Localiza y contacta a la víctima, y la invita a recibir los servicios

que proporciona el ADEVI

Entrevista a la víctima y determina el tipo

de apoyo a proporcionar

Detecta a víctimas, requisita “Cédula

Victimológica Inicial” y remite al Centro

Coordinador territorial

Subdirector de Política Victimológica

Trabajadora social

Canaliza a la víctima al área jurídica o al área de atención psicosocial

Aplica entrevista, valora impacto del delito

y determina el plan terapéutico a seguir

Psicoterapeuta

Proporciona terapia, registra resultados

e informa al Responsable de Atención Psicosocial

Supervisa tratamiento, valora resultado y, en su

caso, sugiere fecha de alta del paciente

Acuerda fecha de alta, registra cambios derivados

de la terapia y entrega “Expediente Psicológico”

Psicoterapeuta

Responsable de la atención psicosocial

Programa cita con la víctima y asigna psicólogo para a atención del caso

Responsable de Atención Psicosocial

Si hay reparación del daño, determina la conclusión

jurídica del caso

Aplica entrevista y obtiene información

sobre el caso

Asesor jurídico

Informa a la víctima del estado de la averiguación

previa y los resultados obtenidos

Si la persona ya no es víctima sino presunto responsable, concluye

asesoría

Responsable del área de asesoría jurídica

Analiza problemática y asigna asesor jurídico o abogado victimal para

la atención del caso

En el caso del no ejercicio de acción penal, elabora recurso de inconformidad y concluye temporalmente

Recibe “Expediente Único” y turna al Ministerio

Público del Centro para su atención

Conoce el estado procesal de la causa penal

e informa a la víctima

Pasó más de un año y no hay aprehensión, elabora

“Acuerdo para Archivo Temporal

Hay sentencia penal para reparación del daño,

elabora “Acuerdo para Archivo Definitivo”

Existen causas para cese de asistencia jurídica

elabora “Acuerdo para Archivo Definitivo”

Responsable del área seguimiento jurídico

Solicita a la víctima información y documentos

sobre el caso

Asesor jurídico

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196 VOLUMEN 12/13

en el apartado 4.2 de la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del

Distrito Federal, el cual ordena que los titulares de las dependencias son los responsables

de la implantación y observancia de los manuales administrativos y manuales específicos.

De acuerdo con el Manual Específico de la DGAVD, el objetivo del CARIVA es dar atención

a quienes se encuentren en situaciones en las que sus derechos fundamentales puedan ser

violentados sin llegar a constituir un delito. Su función consiste en otorgar a esas personas,

las herramientas para resolver el conflicto y disminuir los riesgos de algún delito.

El CARIVA atiende a los siguientes grupos poblacionales: personas con problemas de

adicciones y a quienes sufren de discriminación por su orientación sexual; personas con

discapacidad, adultas mayores y adolescentes que por su condición física, mental o edad

son vulnerables al maltrato; personas que viven en situación de violencia por parte

de familiares que no sean el cónyuge o concubino; niñas y niños mayores de 12 años en

situación de violencia familiar; hombres víctimas de violencia conyugal.

Como titular del Centro existe un director de área, quien coordina y supervisa las

actividades de la Subdirección de Atención y Valoración a las Adicciones, responsable del

desempeño de las áreas de valoración de riesgos y de prevención de riesgos; y de la

Subdirección de Atención y Valoración a las Adicciones, encargada de las áreas de atención

a la farmacodependencia y programas comunitarios y sociales.

De manera específica, el personal de trabajo social, adscrito a la Subdirección de

Atención y Valoración a las Adicciones, tiene la función de establecer el primer contacto

con el usuario, con objeto de conocer su problemática para canalizarlo al área pertinente

o, en su caso, a otra institución de ayuda. Es responsable del registro del los usuarios de

primera vez y subsecuentes, y de la búsqueda de redes de apoyo.

La atención psicoterapéutica es de corte breve, comprende en promedio 15 sesiones

individuales y 15 grupales, las cuales tienen el propósito de reducir los daños

psicoemocionales generados por la violencia. La atención legal consiste en informar

y orientar en materia penal, civil y familiar a la víctima; y dar seguimiento a los casos

durante la averiguación previa hasta el proceso penal.

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197 VOLUMEN 12/13

Por lo expuesto, se concluye que la operación de los Centros que integran el Sistema de

Auxilio a Víctimas se ajustó a lo dispuesto en los artículos 2o., 5o. y 6o. del Reglamento

de la Ley de Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito para el Distrito Federal; asimismo,

sus actividades se encuentran vinculadas con los objetivos de la PGJDF.

Se verificó que el Sistema de Auxilio a Víctimas dispone de un sistema para la generación

y control de la información que permite medir resultados y rendir cuentas. Además, se integran

documentos que validan la gestión de las áreas y Centros auditados en expedientes

identificados y archivados.

Por lo que hace a los procesos revisados en las visitas de inspección a los Centros de

Atención Especializada, se constató que éstos se desarrollan con una secuencia lógica,

tienen un objetivo definido, se encuentran delimitados los tramos de control y decisión y no

promueven la duplicación de actividades ni obstaculizan el proceso para la atención de las

personas. Sin embargo, tales procesos no se ejecutan de acuerdo con los procedimientos

autorizados, sino con base en procedimientos actualizados por los mismos Centros, los cuales

no han sido formalmente autorizados ni dados a conocer a todo el personal. Dicha situación,

además de que contraviene la normatividad en materia de elaboración y actualización de

manuales de procedimientos, no permitió evaluar, en términos de los requisitos reglamentarios

y los lineamientos normativos establecidos, el grado de eficiencia con la que operó el

Sistema de Auxilio a Víctimas.

En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010

de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de

la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que los Manuales de Normas

y Procedimientos de los Centros del Sistema de Auxilio a Víctimas se encuentran en

proceso de análisis, revisión y actualización, con objeto de ajustarlos a las atribuciones

conferidas en el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General

de Justicia del Distrito Federal, publicado el 11 de febrero de 2010 en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal.

Lo anterior no modifica las observaciones del presente resultado.

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198 VOLUMEN 12/13

Recomendación APPD-104-08-20-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal instruya a las

unidades administrativas correspondientes que actualicen o, en su caso, elaboren el

Manual de Normas y Procedimientos respectivo, el cual deberá incluir las actividades

y procesos sustantivos para el cumplimiento de las atribuciones conferidas en las leyes y

reglamentos aplicables. Asimismo, dicho manual deberá ser autorizado y registrado en la

Coordinación General de Modernización Administrativa.

11. Resultado

Orientación Jurídica a la Población y Prestación de Servicios Sociales a Detenidos

De acuerdo con el Manual de Organización Específico, para el desempeño de sus funciones,

la Dirección General de Servicios a la Comunidad cuenta con tres direcciones de área

y una Subdirección de Enlace Administrativo, cuyos objetivos son los siguientes:

● Subdirección de Enlace Administrativo: administrar los recursos humanos, financieros

y materiales asignados a la Dirección General.

● Dirección de Atención a la Comunidad y Servicio Social: captar, incorporar, capacitar,

supervisar y evaluar a estudiantes pertenecientes al Sistema de Servicio Social de

Pasantes de la PGJDF.

● Dirección de Cultura Jurídica y Participación Social: fomentar entre la ciudadanía

una cultura de prevención del delito mediante la realización de diferentes acciones

como conferencias, talleres, módulos de información, visitas guiadas y actividades

lúdicas.

● Dirección de Orientación Jurídica y Atención Ciudadana: proporcionar orientación

jurídica en todas las materias del derecho, de forma personal, escrita y telefónica;

coordinar el suministro de box lunch a las unidades de investigación de las fiscalías

centrales y desconcentradas; y proporcionar servicios sociales a personas detenidas

que se encuentran en el área de seguridad de la Fiscalía Central de Investigaciones.

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199 VOLUMEN 12/13

En razón de que en el Informe de Cuenta Pública de 2008 de la PGJDF se consignan sólo

los resultados alcanzados por la Dirección de Orientación Jurídica y Atención Ciudadana,

se revisó el Manual de Normas y Procedimientos para Proporcionar Orientación Legal al

Público Usuario y el Manual de Normas y Procedimientos para la Atención a Detenidos,

autorizados en abril de 1996 y febrero de 2000, respectivamente; asimismo, se realizó

una visita de inspección a cada área de esa Dirección a efecto de verificar si los procesos

establecidos para proporcionar a la población información y orientación legal, y coordinar

el suministro de alimentos a las personas detenidas en las áreas de seguridad de la

Procuraduría corresponden a las mejores prácticas.

Derivado de ello, se detectó que las actividades desempeñadas por esa Dirección General

no corresponden los procesos establecidos en dichos manuales. Al respecto, la Dirección

General de Servicios a la Comunidad informó que debido a la obsolescencia de los manuales

mencionados, durante 2008 se suspendió su aplicación y se actualizaron, de conformidad

con las tareas que realmente efectuaba esa área; asimismo, proporcionó el Manual de

Normas y Procedimientos de la Dirección de Orientación Jurídica y Atención Ciudadana,

que fue autorizado en agosto de 2009 y que incluye los siguientes procedimientos

específicos: Proporcionar Orientación Jurídica; Brindar Atención a la Ciudadanía a Través

de la Línea Telefónica 5200 9000; Suministrar Alimentos a los Detenidos; Proporcionar

Información al Público sobre Personas Detenidas en la PGJDF; y Registro y Control de la

Prestación de Servicios Sociales a Detenidos en el Área de Seguridad de la Agencia

Central de Investigación.

Mediante el servicio de orientación jurídica personal de la Subdirección de Orientación

Jurídica General y Atención a Mujeres y Grupos Prioritarios, se proporciona asesoría legal

a los solicitantes respecto a sus derechos y obligaciones, así como a la forma y tiempo

para ejercerlos. En su caso, se canaliza a los interesados al área o instancia competente.

La Subdirección de Atención Ciudadana, con el auxilio de su Unidad de Servicio de Atención

Telefónica a la Ciudadanía 5200 9000, proporciona orientación jurídica e información

general a los solicitantes del servicio, las 24 horas del día, los 365 días del año. Dicha unidad

se encuentra integrada por operadores telefónicos, abogados orientadores y oficiales

secretarios, quienes, según el asunto de la llamada, realizan las siguientes actividades:

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200 VOLUMEN 12/13

Tipo de atención Actividades

Solicitud de información general Se obtiene y entrega la información al usuario solicitante.

Orientación jurídica Se analiza la problemática planteada por el usuario y se proporciona la asesoría jurídica necesaria.

Reporte de hechos delictivos Se obtiene información relativa al hecho delictivo, se reporta a la autoridad competente para su atención y se está al tanto de las acciones realizadas.

Reporte de queja Se obtiene información relativa al hecho, se remite a la instancia responsable el reporte de la queja y se está al tanto de las acciones realizadas.

Reporte de emergencia Se obtiene información sobre la situación de emergencia y de la persona que hace la llamada, se informa a las instancias policíacas para la atención del caso y se está al tanto de las acciones realizadas.

Mujeres víctimas de violencia Se obtienen datos del hecho y del denunciante, se orienta acerca del proceso que seguirá el asunto, se reporta el caso a la Secretaría de Seguridad Pública, se envía el asunto a la unidad con detenido correspondiente, y se solicita a la DGAVD el apoyo de un abogado victimal.

Para el suministro de alimentos a los probables responsables que se encuentren detenidos

en áreas de seguridad de la PGJDF, personal del Área de Atención a Detenidos realiza

las siguientes actividades:

● Recopila, vía telefónica, los requerimientos de raciones alimenticias de las unidades

de investigación que tengan personas detenidas.

● Mediante fax, solicita a la empresa subrogada el suministro de las raciones alimenticias

requeridas.

● Vía telefónica, verifica con el responsable de la recepción y control de los alimentos

de cada unidad de investigación, las cantidades y condiciones de los alimentos recibidos.

● Verifica que las notas de remisión, expedidas por la empresa subrogada, contengan

los datos especificados en el contrato vigente.

● Conoce sobre las irregularidades detectadas en la entrega de los alimentos e informa

a la Dirección de Orientación Jurídica y Atención Ciudadana, a fin de que se adopten

las medidas pertinentes.

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201 VOLUMEN 12/13

Mediante el servicio de información sobre personas detenidas se indica a los usuarios

solicitantes la ubicación exacta del detenido o, en su caso, se proporcionan datos que

permitan su pronta identificación y localización.

Finalmente, las actividades para proporcionar servicios sociales extraordinarios a detenidos

en la Agencia Central de Investigación tienen como objeto apoyar al personal ministerial y

de la Policía Judicial en el otorgamiento del servicio de visita y de servicios sociales

extraordinarios a los probables responsables; estos últimos consisten en la autorización

para la entrega de prendas de vestir, medicamentos y artículos de higiene personal por parte

de familiares.

Por lo anterior, se concluye que los procedimientos revisados en la visita de inspección

realizada a la Dirección General de Servicios a la Comunidad, tienen un objetivo definido,

contienen procesos que presentan una secuencia lógica y especifican las actividades de

cada una de las áreas participantes. Sin embargo, se detectó la ausencia de mecanismos que

permitan a la Procuraduría asegurarse de la entrega directa de las raciones alimenticias al

detenido, toda vez que el procedimiento correspondiente no incluye alguna actividad

al respecto.

En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010

de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de

la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que los Manuales de Organización

General y Específicos de Procedimientos de la Dirección General de Servicios a la Comunidad

se encuentran en proceso de análisis, revisión y/o actualización, con objeto de ajustarlos

a las atribuciones conferidas en el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría

General de Justicia del Distrito Federal, publicado el 11 de febrero de 2010.

Lo anterior no modifica las observaciones del presente resultado.

Recomendación APPD-104-08-21-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

mecanismos y medidas de control a fin de que quede evidencia de la entrega de las

dotaciones alimenticias a las personas detenidas en sus áreas de seguridad.

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202 VOLUMEN 12/13

12. Resultado

Albergue a Menores en Situación de Abandono, Conflicto, Daño o Peligro

El artículo 35 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal, vigente en 2008, asigna al Albergue Temporal, entre otras, las siguientes

funciones:

● Otorgar protección a los menores de edad que se encuentren en situación de abandono,

conflicto, daño o peligro, relacionados con averiguaciones previas o procesos penales,

familiares y civiles.

● Otorgar protección a menores discapacitados sujetos de asistencia social, que se

encuentren en situación de abandono, conflicto, daño o peligro.

● Proporcionar atención psicopedagógica que incluya actividades culturales, sociales

y recreativas, para lograr un desarrollo integral de los menores que estén bajo su guarda.

● Realizar trabajos de investigación social para establecer las causas que originan

la recepción de menores en el Albergue.

● Formular recomendaciones, motivadas en investigaciones socioeconómicas y en las

características propias de cada menor, respecto de las solicitudes de adopción.

● Elaborar y desarrollar programas generales de medicina preventiva así como específicos

de alimentación para los menores con problemas nutricionales.

● Atender de inmediato a los menores que padezcan alguna enfermedad y, en su caso,

canalizarlos a las instituciones médicas respectivas.

● Promover la participación y concertación social en actividades asistenciales para los

menores del Albergue.

● Organizar y llevar a cabo eventos sociales, culturales, recreativos y deportivos destinados

a recabar fondos para cumplir sus funciones.

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203 VOLUMEN 12/13

Con objeto de verificar el cumplimiento de estos ordenamientos, se analizaron cinco manuales

de procedimientos que regularon la operación del Albergue y el Manual de Organización

Específico de la Dirección General del Albergue Temporal; se aplicó a su titular un

cuestionario conformado por 48 preguntas sobre aspectos operativos y de control interno;

y se realizó una visita de inspección con objeto de verificar, en forma directa, si los procesos

se ejecutan de acuerdo con los procedimientos establecidos. De esta manera, se constató

que el Albergue Temporal atiende a niñas y niños de 0 a 12 años de edad, canalizados

por la Fiscalía Central de Investigación para Menores debido a que se encuentran en

situación de abandono, daño o peligro, derivada de averiguaciones previas y procesos

penales, familiares y civiles.

Se identificó que para el desempeño de las atribuciones conferidas, cuenta con un

Consejo Consultivo y un Consejo Técnico, quienes tienen las siguientes facultades:

Consejo Consultivo Consejo Técnico

Invitar a personas y a organizaciones sociales a participar en las actividades del Albergue Temporal.

Realizar actividades y actos culturales, sociales y deportivos, con el objeto de recabar fondos para el Albergue Temporal y para los niños en él atendidos.

Establecer la normatividad interna del Albergue Temporal y autorizar su estructura. Aprobar los programas anuales de labores. Vigilar el adecuado funcionamiento del Albergue Temporal. Evaluar el desarrollo de los programas y el desempeño del personal. Aprobar la aplicación de los recursos financieros. Supervisar las funciones del Director General. Establecer una Comisión de Análisis de Solicitudes de Adopción.

Resolver sobre propuestas de adopción en relación con los menores del Albergue Temporal.

La Dirección General del Albergue Temporal es responsable de coordinar y supervisar las

actividades de la Subdirección de Enlace Administrativo, de la Dirección de Investigación

Psicosocial y de la Dirección Operativa. Estas últimas, a su vez, coordinan las labores de

las Subdirecciones de Trabajo Social y de Psicología, y de las Subdirecciones de Servicios

Médicos, de Nutrición y de Pedagogía, respectivamente. Adicionalmente, dispone de dos

líderes coordinadores de proyectos y dos enlaces.

La Subdirección de Enlace Administrativo se encarga de la administración de los recursos

financieros, humanos, materiales y tecnológicos asignados a esa Dirección General;

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204 VOLUMEN 12/13

integra el Programa Operativo Anual y el Anteproyecto de Presupuesto del Albergue

Temporal; controla el fondo revolvente adjudicado; efectúa la comprobación del gasto;

tramita los pasajes y viáticos de los servidores públicos en comisión; realiza los trámites

relativos a movimientos, pago de sueldos, prestaciones y compensaciones del personal

adscrito al Albergue; aplica las disposiciones y lineamientos que al respecto emita la

Dirección General de Recursos Humanos; mantiene actualizada la plantilla de personal;

y solicita a las unidades administrativas de la Oficialía Mayor de la Institución los bienes y

servicios que requieran las áreas que conforman la Dirección General.

La Subdirección de Trabajo Social cuida que ingresen únicamente niños de 0 a 12 años,

en situación de abandono, conflicto, daño o peligro, a causa de la existencia de averiguaciones

previas; proporciona atención y apoyo social a menores víctimas canalizados al Albergue

Temporal o que se encuentren bajo su custodia; investiga la situación socioeconómica de

la familia del niño o niña; investiga las causas del ingreso de los menores; mantiene

comunicación con las autoridades que conocen de las averiguaciones previas y de los

procesos penales, familiares y civiles en los que estén involucrados los menores; opina

sobre la viabilidad de la adopción de menores; canaliza a menores a instituciones

hospitalarias cuando su estado de salud lo requiera; y opina sobre la entrega del menor a

sus padres, tutores o institución de apoyo social.

El personal de la Subdirección de Psicología proporciona apoyo psicológico a los menores

en caso de crisis; efectúan valoraciones psicológicas de los niños y sus familiares; diseña,

programas y aplica terapias de apoyo; efectúa valoraciones psicológicas de las parejas

que deseen adoptar menores en custodia del Albergue y realizan entrevistas con éstas;

establece programas de capacitación dirigidos al personal del Albergue; y vigila la conducta

y el comportamiento de los menores albergados.

La Subdirección Médica elabora e integra los expedientes y fichas médicas de los

menores que ingresan al Albergue; practica exámenes y análisis clínicos a los menores;

desarrolla y aplica programas y medidas de medicina preventiva para evitar riesgos a la

salud de la población; vigila la salud de los menores y aplica tratamientos de acuerdo

con sus padecimientos; mantiene actualizado el inventario de medicamentos y material de

curación; y vigila que el equipo médico y dental se encuentre completo y en óptimas

condiciones para su uso.

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205 VOLUMEN 12/13

El personal de la Subdirección de Nutrición elabora los requerimientos de víveres y

opera los controles para su uso y conservación; prepara los alimentos que son

proporcionados a los menores; vigila que se mantenga en perfecto estado de higiene y

conservación el equipo de cocina y sus enseres; y cuida que la elaboración de los menús

se realice de acuerdo con las edades, estado de salud y requerimientos nutricionales de

los menores.

El personal de la Subdirección de Pedagogía efectúa actividades técnico-pedagógicas de

acuerdo con las necesidades de los menores albergados; realiza actividades culturales,

sociales y recreativas para el desarrollo integral de los menores; elabora material didáctico;

diseña y aplica planes de trabajo, a fin de hacer frente a la problemática detectada; brinda

afecto, seguridad y un ambiente de tranquilidad a los menores.

En el análisis de los manuales de normas y procedimientos de la Dirección General

del Albergue Temporal, se constató que para el desempeño de sus funciones el Albergue

Temporal contó con 17 procedimientos; sin embargo, se detectó que ninguno había

sido actualizado, a pesar de que 4 de ellos fueron autorizados en 1996 y 13 en 1997.

Lo anterior contraviene lo dispuesto en el apartado 4.2 de la Guía Técnica para la

Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal y en el numeral 4.4.14 de

la Circular Uno.

Sobre el particular, la titular de la Dirección General del Albergue Temporal informó que

su manual de procedimientos se encuentra en proceso de revisión y actualización, con

objeto de ajustarlo a las funciones conferidas en el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica

de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, publicado el 11 de febrero de 2010

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Adicionalmente, señaló que en las repuestas

al cuestionario aplicado se exponen los procedimientos que se siguen para el ingreso de

los menores, para la adopción de infantes bajo su resguardo y para la canalización de los

menores a otra institución de asistencia social.

En la revisión de los procedimientos mencionados, se constató que para efecto de

proporcionar la adecuada asistencia y protección al menor, el personal de las diversas

áreas a su cargo, realizan las siguientes actividades:

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206 VOLUMEN 12/13

Ingreso de niñas y niños al Albergue Temporal

● Se recibe, por parte de la autoridad ministerial, la solicitud de ingreso del niño o niña,

se remite copia certificada del desglose y del expediente clínico a las Subdirecciones de

Servicio Médico, de Psicología y de Trabajo Social, quienes determinan la viabilidad

del ingreso.

● En caso de viabilidad, se recibe al niño o a la niña y se realiza el procedimiento para

su ingreso. El área médica valora el estado de su salud y las Subdirecciones de

Psicología y de Trabajo Social le dan la bienvenida y le proporcionan las primeras

atenciones.

● Se inicia la integración del expediente único del niño o la niña, el cual contiene la

averiguación previa y toda la documentación con la que es remitido(a) al Albergue

Temporal.

Viabilidad de la adopción

● Se entrega la hoja de requisitos a las personas solicitantes.

● Los solicitantes presentan la documentación requerida.

● Se revisa que la documentación sea la requerida, esté completa y sea vigente,

posteriormente se ingresa para iniciar el procedimiento de adopción.

● Se fijan fechas para la aplicación de estudios psicológicos y socioeconómicos a los

solicitantes.

● Se efectúa reunión de la Comisión de Análisis, previa a la presentación de solicitudes

en Sesión Ordinaria del Consejo Técnico del Albergue, la cual acuerda la propuesta

final.

● Se realiza la presentación de cédulas de asignación de niños y niñas a los miembros

del Consejo Técnico con base en el perfil integral del infante y de los solicitantes.

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207 VOLUMEN 12/13

● El Consejo Técnico vota su aprobación o desaprobación, o instruye sobre alguna

medida necesaria previa a la aprobación de la solicitud de adopción.

● La Dirección General del Albergue Temporal presenta al niño o a la niña a los solicitantes,

les informa que su solicitud fue aprobada, les explica la situación médica y nutricional

del menor y les pregunta si aceptan al niño o a la niña que les fue asignado para su

trámite de adopción.

● La Fiscalía de Procesos en lo Familiar, la Fiscalía del Menor y la Dirección

General del Albergue Temporal informan a los solicitantes sobre el proceso jurídico

que deberán seguir ante el juzgado de lo familiar para obtener la adopción plena del

infante.

● Se llevan a cabo convivencias entre los futuros padres adoptantes y los posibles hijos

adoptivos.

● Los padres adoptantes presentan orden emitida por Juez de lo Familiar competente

para la entrega del niño o de la niña, quien quedará en custodia provisional de los

solicitantes de la adopción.

● Se realiza el acta de entrega del niño o de la niña por parte de la Fiscalía del Menor.

● Los padres adoptantes presentan en el Albergue Temporal y en la Fiscalía del Menor

copia de la sentencia definitiva de adopción plena emitida por el Juez de lo Familiar.

● Se efectúan visitas domiciliarias a fin de evaluar el estado integral del menor dado en

adopción.

Canalización de menores a instituciones de asistencia social

● La Fiscalía Central de Investigación para Menores remite a la Dirección General del

Albergue Temporal los oficios de canalización de los menores que se encuentran a su

resguardo y custodia.

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208 VOLUMEN 12/13

● La Dirección General del Albergue Temporal turna oficios de canalización a la

Subdirección de Trabajo Social e instruye a las Subdirecciones Médica, de Psicología

y de Pedagogía para la integración y entrega de la copia de los expedientes de los

niños o niñas por canalizar.

● La Dirección General del Albergue Temporal contacta a las instituciones de asistencia

social, determinadas previamente por la Fiscalía Central de Investigación para Menores,

para solicitar el ingreso del niño o niña.

● Se programa fecha para la valoración del ingreso del niño o niña o, en su caso, su

canalización.

En la visita de inspección al Albergue Temporal, efectuada el 1o. de marzo de 2010,

se verificó que, para la asistencia y protección de los menores que se encuentran bajo su

custodia, la Dirección General del Albergue Temporal dispone de personal las 24 horas de

los 365 días del año; y se constató que personal de las Subdirecciones de Pedagogía y de

Nutrición se encontraba desempeñando las funciones de su responsabilidad. Finalmente,

se verificó que cuenta con instalaciones apropiadas, distribuidas en dos niveles y que

constan de lo siguiente:

Planta baja. Recepción, oficinas administrativas, sanitarios para el personal, cámara de

Gesell, biblioteca, comedor, cocina, patio interno, sanitarios para menores, lavandería,

bodega de papelería, ropería, archivo de trabajo social, área de servicios generales

y limpieza, y jardín.

Primer piso. Oficinas administrativas, área para la convivencia de los menores con sus

familiares, sala de observación, dormitorios (uno por grupo etario), banco de leche, consultorio

médico, sala de estimulación temprana y bodega de abarrotes.

Por lo anterior, se concluye que los procesos aplicados por la Dirección General del

Albergue Temporal para conducir sus actividades difieren de los establecidos en los

manuales de procedimientos vigentes en 2008, en razón de que esos procesos refieren

actividades derivadas del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General

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209 VOLUMEN 12/13

de Justicia del Distrito Federal de 1996, abrogado tres años más tarde. Dicha situación

contraviene lo dispuesto en el artículo 16, apartado III, inciso e), de los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, en el

apartado 4.2 “Observancia y Actualización” de la Guía Técnica para la Elaboración de

Manuales del Gobierno del Distrito Federal y en el numeral 4.4.14 de la Circular Uno.

Por otra parte, si bien los procesos aplicados de manera informal por la Dirección General

del Albergue Temporal se vinculan con los propósitos de las áreas que la integran y

delimitan plenamente las tareas y las cadenas de mando, su carácter interno dificulta la

dirección, supervisión y ejecución de los procesos, así como la obtención de información

válida y confiable que permita medir la eficiencia de las operaciones.

En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm.

701/1288/2010 de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y

Presupuesto de la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que los Manuales

de Organización General y Específicos de Procedimientos de la Dirección General del

Albergue Temporal se encuentran en proceso de análisis, revisión y actualización, con

objeto de ajustarlos a las atribuciones conferidas en el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica

de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, publicado el 11 de febrero de 2010.

No obstante lo anterior, las observaciones del presente resultado no se modifican.

Recomendación APPD-104-08-22-PGJDF

Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 10.

13. Resultado

Atención Proporcionada por la Fiscalía Central de Investigación para Menores

Con el propósito de salvaguardar el normal desarrollo de los menores e incapaces, en el

Manual de Organización General de la Procuraduría General de Justicia del Distrito

Federal se dispone que la Fiscalía Central de Investigación para Menores deberá

proporcionar la atención y cuidados necesarios, o en su caso, intervenir para que les sea

proporcionada la protección y asistencia que éstos requieran; para ello, en términos de las

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210 VOLUMEN 12/13

disposiciones legales aplicables, podrá entregarlos a quien corresponda, canalizarlos

a alguna institución de asistencia social o promover ante los tribunales competentes la

designación de custodios o tutores.

Además, deberá dictar las políticas necesarias para que las agencias investigadoras

centrales desarrollen los procedimientos dirigidos a proteger la integridad física y los

intereses de los menores no sujetos a patria potestad o tutela y ejecutar las acciones que

correspondan, así como fomentar el respeto a los derechos humanos de los menores de

edad que cometan actos delictivos y que se encuentren temporalmente bajo la custodia

del Ministerio Público.

Para verificar si esa unidad administrativa cuenta con los medios y mecanismos apropiados

para el cumplimientos de las disposiciones indicadas, con el oficio núm. APPD/09/520

del 22 de septiembre de 2009, se solicitó el manual de procedimientos que norma sus

operaciones. En respuesta, en anexo al oficio núm. 701/2789/2009 del 25 de septiembre

de 2009, se proporcionó la lista de manuales de normas y procedimientos vigentes en 2008,

en la cual no se consignan procedimientos específicos para la entrega del menor a sus

familiares o tutores, o en su caso, para la canalización de las niñas o niños a instituciones

de asistencia social; asimismo, no se señalan procedimientos específicos para el seguimiento

y supervisión de los menores canalizados, situación que contraviene lo dispuesto en

el apartado 4.2 de la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del

Distrito Federal.

No obstante lo anterior, con base en la información contenida en la Ley de Justicia para

Adolescentes para el Distrito Federal; en el Acuerdo Número A/001/2005, del Procurador

General de Justicia del Distrito Federal, por el cual se Instruye a los Agentes del Ministerio

Público de la Institución, sobre las Acciones que Deberán Adoptar para Garantizar el Respeto

de los Derechos Humanos de los Menores de 11 Años de Edad a Quienes se Atribuya

o se Vean Relacionados en Alguna Forma en la Comisión de Conductas Previstas en la

Ley Penal Como Delitos; y en el Acuerdo Número A/014/2008 por el que se Establecen

los Lineamientos de Actuación de los Servidores Públicos de la Procuraduría General de

Justicia del Distrito Federal, en las Diligencias en que Intervengan Niñas y Niños Víctimas

de Delito, se determinaron los siguientes procedimientos:

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211 VOLUMEN 12/13

De acuerdo con este esquema, sólo los posibles menores infractores que no cuentan con

la edad penal mínima requerida ni con padres, tutores o representantes legales serán

canalizados a instituciones de asistencia social o al Albergue Temporal; sin embargo, no

se establecen los medios, mecanismos ni procedimientos al respecto.

Debido a ello, el 26 de abril de 2010 se realizó una visita de inspección a la Fiscalía

Central de Investigación para Menores con objeto de conocer directamente el proceso

Verifica la edad del menor a quien se atribuye

la comisión de un delito

Determina que es mayor

de 12 años

Levanta Acta Especial e informa a los

denunciantes respecto de la edad penal mínima

Solicita a los padres, tutores o representante

legal su aprobación para que el menor comparezca

Al fin de la comparecencia, hace entrega del menor

a sus padres, tutores o representante legal

En ausencia de éstos canaliza al menor a alguna

institución de asistencia o al Albergue Temporal

Concluye Acta Especial y la remite al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal

Inicia las averiguaciones previas procedentes

Acredita la conducta tipificada como delito y la presunta responsabilidad

Pone al adolescente a disposición

del Director del Centro de Internamiento

Si el adolescente no es presentado, solicita orden

de detención al juez correspondiente

En caso de delito culposo, entrega al adolescente a sus padres, tutores

o representantes legales

Remite las actuaciones al juez correspondiente

En caso de detención improcedente, el juez

devuelve las actuaciones al Ministerio Público para

una nueva integración

Verifica la edad de la niña o niño víctima del delito

Toma las medidas necesarias para garantizar

la integridad física y emocional de la víctima

En caso de delito sexual, informa a la Dirección General de Atención a Víctimas del Delito

Informa a la víctima y a su representante legal sobre los servicios que ofrecen los Centros de Atención

a Víctimas del Delito

En el caso del menor a quien se atribuye

la comisión de un delito En el caso de las niñas

o niños víctimas de delito

Informa a la víctima el motivo de su presencia en

la institución

En caso de que la víctima sea presentada por un

tercero, avisa a sus padres o tutores

En caso de que los padres o representante legal no hayan sido localizados,

se encarga de proveer lo necesario para otorgar

los cuidados y atenciones en favor de la niña o niño

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212 VOLUMEN 12/13

que se sigue para canalizar a menores víctimas del delito a las diversas instancias de

asistencia social. Al respecto, personal de la Subdirección Médica y de Servicios Asistenciales

señaló que a fin de salvaguardar la integridad física y los intereses de los menores se

realizan las actividades que a continuación se describen:

● Personal de la Subdirección de Trabajo Social entrevista al menor a efecto de determinar

el tipo de violencia de la que fue sujeto, investiga la situación socioeconómica de la

familia; averigua las causas del ingreso; y sostiene comunicación con las autoridades

responsables de las averiguaciones previas y de los procesos en los que los menores

se encuentren involucrados.

● La Subdirección de Psicología realiza la valoración correspondiente para determinar

su sintomatología, las circunstancias especiales del caso, así como el riesgo en que

se encuentran.

● La Subdirección Médica certifica el estado general de salud y las lesiones de los

menores. En caso de requerir atención médica primaria, deriva de inmediato al servicio

médico de urgencias del hospital más cercano.

● Los menores son ingresados a las instalaciones de la Fiscalía Central de Investigación

para Menores, en la cual permanecen hasta su canalización a alguna institución de

asistencia social o hasta su entrega a padres o familiares.

Cabe señalar que la fiscalía cuenta con la infraestructura básica para proporcionar

alojamiento temporal; sin embargo, se detectó que el espacio destinado a la preparación

de alimentos no es utilizado, situación que obliga a que las niñas y niños en custodia,

consuman durante su estancia los alimentos contenidos en los box lunch.7

● Personal de la Subdirección de Trabajo Social realiza los trámites necesarios para

la canalización de los menores. Tratándose de niños o niñas de cero a doce años y

siempre que haya espacio disponible, serán canalizados al Albergue Temporal; tratándose

7 El contenido del box lunch consiste en pan blanco de 60 g, una rebanada de jamón tipo americano de 20 g, una

rebanada de queso amarillo de 20 g, una pieza mediana de fruta de temporada, una bebida en envase tetra brick y un postre de 20 g.

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213 VOLUMEN 12/13

de niños o niñas mayores de 12 años, serán canalizados a instituciones públicas

y privadas de asistencia social, las cuales deberán contar con acta constitutiva y con

representante legal, y cuyo objeto social deberá corresponder a este propósito.

● Se procurará que los familiares de los niños o niñas en los albergues o instituciones

de asistencia social, en los grados y disposiciones señaladas en el Código Civil para

el Distrito Federal, asuman el cuidado de los menores.

● Se efectúan visitas de supervisión para verificar que el Albergue Temporal o, en su caso,

las instituciones públicas y privadas de asistencia social a las que son canalizados

los niños o niñas, cumplan lo convenido y presenten a los menores cuando sean

requeridos.

Por lo anterior, se concluye que la Fiscalía Central de Investigación para Menores no

cuenta con mecanismos que regulen, en forma ordenada y sistemática, las políticas,

normas y procesos relacionados con la entrega de menores a padres o tutores, y con la

canalización de niñas o niños a instituciones de asistencia social, por lo que contraviene lo

dispuesto en el Manual de Organización General de la Procuraduría General de Justicia

del Distrito Federal en materia de desarrollo de procedimientos y en el apartado 4.2 de la

Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal. Esto

dificulta la delimitación de facultades y responsabilidades de las unidades administrativas,

la unificación de criterios, la evaluación y el autocontrol, y la prestación del servicio;

además no permite evaluar la eficiencia de las operaciones.

En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010

de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de

la PGJDF entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que los Manuales de Organización

General y Específicos de Procedimientos de la Fiscalía Central de Investigación para

Menores se encuentran en proceso de análisis, revisión y actualización, con objeto de

ajustarlos a las atribuciones conferidas en el nuevo Reglamento de la Ley Orgánica de la

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, publicado el 11 de febrero de 2010.

No obstante lo anterior, no se modifican las observaciones del presente resultado.

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214 VOLUMEN 12/13

Recomendación APPD-104-08-23-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca las

políticas, normas y procedimientos necesarios para regular la atención de los menores

involucrados en la integración de una averiguación previa, de acuerdo con la normatividad

aplicable.

Recomendación APPD-104-08-24-PGJDF

Es conveniente que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

medidas de control y de supervisión para asegurarse que las niñas y niños en custodia de

la Fiscalía Central de Investigación para Menores reciban una alimentación balanceada,

a efecto de cumplir lo establecido en el Manual de Organización General de la Procuraduría

General de Justicia del Distrito Federal.

Economía

14. Resultado

Determinación de la Meta Presupuestal de la Actividad Institucional 10 “Brindar Atención Especializada a Menores, Mujeres, Detenidos y Víctimas del Delito”

En la revisión del Anteproyecto de Presupuesto y Programa Operativo Anual de 2008, se

constató que la PGJDF estimó, en la actividad institucional 10 “Brindar atención especializada

a menores, mujeres, detenidos y víctimas del delito” del Programa 12 “Igualdad de

Género”, una demanda del servicio por parte de 212,115 personas; sin embargo, se determinó

que, de acuerdo con la meta financiera de ese año, equivalente a 182,601.6 miles de

pesos, sólo era posible atender el 92.6% de esa previsión, es decir, a 196,403 personas.

Para verificar que en la determinación de estas metas la PGJDF hubiese actuado de

conformidad con el artículo 3o. de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal,

el cual dispone que la planeación deberá vincular la programación y la presupuestación

para concretar los objetivos, estrategias, metas y prioridades del desarrollo, se revisó

el Manual de Procedimientos para la Programación, Presupuestación y Evaluación de la

Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

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215 VOLUMEN 12/13

En este documento se establece que es la DGPOP el área responsable de elaborar el

Presupuesto Preliminar, el Programa Operativo Anual y el Anteproyecto de Presupuesto

de cada ejercicio; asimismo, se indica que los titulares de las unidades administrativas

deberán validar el Anteproyecto de Presupuesto y el Programa Operativo Anual de sus

respectivas áreas y remitirlos a la DGPOP para integrar los requerimientos y necesidades

en el Programa Operativo Anual de la PGJDF.

En este sentido, con el oficio núm. APPD/09/659 del 1o. de diciembre de 2009, se

solicitaron los formatos “Detalle del Capítulo” y “Justificación del Capítulo” que, según el

manual de procedimientos referido, remiten las unidades administrativas a la DGPOP

para la elaboración del Presupuesto Preliminar y del Programa Operativo Anual, y para la

asignación presupuestal autorizada a cada una de ellas. En dichos formatos las unidades

administrativas reportan el total de plazas existentes e indican, con base en la designación

de precios unitarios, los materiales y suministros, servicios generales, mobiliario y equipo de

obra pública necesarios para su operación.

En respuesta, con el oficio núm. 701/3472/2009 del 8 de diciembre de 2009, fueron

remitidas las Directrices para la Programación y Conformación de la Estructura

Programática, 2008, en cuyo análisis se constató que no contienen la estimación de las

necesidades presupuestales realizada por las unidades administrativas, ya que refieren

sólo el diagnóstico, objetivos generales y específicos, estrategias, líneas de acción, funciones

y metas físicas para 2008. Adicionalmente, el ente auditado informó que, de acuerdo con

los lineamientos del Manual de Programación-Presupuestación, el presupuesto se encuentra

desglosado a nivel de estructura programática y no por unidad administrativa.

Lo anterior contraviene la séptima norma del Procedimiento para la Elaboración del

Presupuesto Preliminar y Programa Operativo Anual de la PGJDF, la cual dispone que

la DGPOP deberá verificar la información presupuestal enviada por las unidades

administrativas para que sea congruente con la suma de los requerimientos programático-

presupuestales de la entidad.

En conclusión, la información proporcionada por la PGJDF no permitió identificar la

vinculación entre la programación y la presupuestación de la actividad institucional 10,

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216 VOLUMEN 12/13

contrariamente a lo que establece el artículo 3o. de la Ley de Planeación del Desarrollo

del Distrito Federal, ni comprobar la participación de las unidades administrativas en este

proceso, debido a que la dependencia no proporcionó los formatos que, de acuerdo con

la actividad 10 del Procedimiento para la Elaboración del Presupuesto Preliminar y Programa

Operativo Anual, deben remitir las unidades administrativas a la DGPOP para la integración

de dichos documentos.

En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, con el oficio núm. 701/1288/2010

de la misma fecha, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de

la PGJDF proporcionó copia de los artículos 35, 36 y 37 del Decreto de Presupuesto

de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2007, relativos a las disposiciones de

racionalidad y austeridad; de la Ley de Austeridad para el Gobierno del Distrito Federal;

y del oficio núm. SE/1480/07, con el que la Subsecretaría de Egresos comunicó al titular

de la PGJDF el techo presupuestal asignado.

Asimismo, entregó una nota aclaratoria en la cual refiere que, derivado de las políticas

de austeridad y disciplina presupuestal emitidas por el gobierno central y en el Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2007 y a efecto

de ajustarse al techo presupuestal establecido por la Subsecretaría de Egresos, fue

necesario modificar el procedimiento para determinar los requerimientos presupuestales

de las áreas, a fin de evitar pedimentos que excedieran los límites establecidos por la

normatividad. Señaló que las necesidades de las unidades administrativas se remiten a

la Dirección General de Recursos Materiales para conformar la propuesta del Programa

Anual de Adquisiciones con los requerimientos mínimos de operación, los cuales son

comunicados a la DGPOP para integrarlos al Anteproyecto de Presupuesto.

Por otra parte, informó que el Procedimiento para la Elaboración del Presupuesto Preliminar

y Programa Operativo Anual de la PGJDF será actualizado o modificado, a fin de adecuarlo

a los procedimientos actuales de designación del presupuesto.

No obstante lo anterior, no se modifican las observaciones del presente resultado.

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217 VOLUMEN 12/13

Recomendación APPD-104-08-25-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

medidas de control y de supervisión para asegurarse de que en la presupuestación de

sus actividades institucionales, programas y proyectos, se consideren elementos reales

de valoración, como requerimientos posibles de atender, total de bienes y servicios

indispensables, catálogos de precios unitarios, conceptos de obra y cotizaciones con

proveedores y contratistas.

15. Resultado

Comportamiento Presupuestal de la Actividad Institucional 10

El artículo 508 del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008, establece que

las adecuaciones programático-presupuestarias que requieran efectuar las dependencias,

buscarán siempre un mejor cumplimiento de los objetivos y metas de los programas a su

cargo. Por su parte, el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para

la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2008,8 en su apartado IV.3.3

“Adecuaciones Programático-Presupuestarias”, numeral 3, indica que las adecuaciones

que elaboren las unidades responsables podrán ser de tres tipos: las que afecten

simultáneamente su presupuesto y programa(s) autorizado(s), las que modifiquen el

presupuesto y las que modifiquen los programas establecidos. Asimismo, el numeral 4

de dicho apartado dispone que todas las Adecuaciones Programático-Presupuestarias

deberán estar debidamente justificadas.

Con objeto de constatar que las modificaciones al presupuesto original de la actividad

institucional 10 fueron debidamente justificadas, se revisó el Informe de Cuenta Pública

de 2008 de la PGJDF, 37 adecuaciones presupuestarias autorizadas y el Listado de

Afectaciones Programático-Presupuestales en Estado de Registrado.

De acuerdo con el Informe de Cuenta Pública, para la operación de la actividad

institucional 10, se aprobó un presupuesto de 182,601.6 miles de pesos; no obstante, en

la revisión de las afectaciones presupuestarias proporcionadas por la PGJDF, se constató 8 Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 13 de enero de 2006.

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218 VOLUMEN 12/13

que éste disminuyó en 853.6 miles de pesos, lo que resultó en un presupuesto modificado de

181,748.0 miles de pesos, monto que coincide con el reportado en Listado de Afectaciones

Programático-Presupuestales en Estado de Registrado. Esta variación derivó de los

siguientes movimientos presupuestales: 31 ampliaciones compensadas, por 8,662.9 miles

de pesos; 10 ampliaciones líquidas, por 4,168.9 miles de pesos; 36 reducciones

compensadas, por 7,923.0 miles de pesos; 50 reducciones líquidas, por 5,762.4 miles de

pesos; y 208 movimientos compensados para recalendarización de recursos, los cuales

no afectaron el presupuesto, como se muestra en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos)

Adecuaciones presupuestarias compensadas

Adecuaciones presupuestarias líquidas

Reorientación de recursosPresupuesto

original Ajustes al calendario Ampliación Reducción

Ampliación Reducción

Variación presupuestal

neta (3)+(5)-(4)-(6)

Presupuesto modificado

(1)+(7)

Capítulo de gasto

(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8)

Total 182,581.6 18,468.2 8,662.9 7,923.0 4,168.9 5,762.4 (853.6) 181,728.0 1000 “Servicios Personales” 163,214.4 8,645.1 4,791.3 4,818.4 0.0 2,354.6 (2,381.7) 160,832.7 2000 “Materiales y Suministros” 8,038.6 2,140.9 1,215.4 379.0 525.6 1,009.1 352.7 8,391.3 3000 “Servicios Generales” 10,848.6 7,398.6 2,356.3 1,225.6 2,143.4 2,235.4 1,038.6 11,887.2 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias” 500.0 283.6 300.0 0.0 0.0 163.3 136.7 636.7 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” 0.0 0.0 0.0 1,500.0 1,500.0 0.0 0.0 0.0

Respecto a los movimientos presupuestales que tuvieron efecto de ampliación o reducción

neta de recursos, se constató lo siguiente:

En el capítulo 1000 “Servicios Personales” se efectuaron 10 ampliaciones compensadas,

con las que se transfirieron 4,791.3 miles de pesos a ocho partidas presupuestarias.

Destaca la transferencia de 4,162.1 miles de pesos a las partidas 1103 “Sueldos”,

1301 “Prima Quinquenal por Años de Servicios Prestados”, 1319 “Remuneraciones por

Horas Extraordinarias”, 1322 “Compensaciones Adicionales por Servicios Especiales” y

1509 “Asignaciones para Requerimientos de Cargos de Servidores Públicos Superiores y de

Mandos Medios, así como de Líderes Coordinadores y Enlaces”, la cual tuvo como objeto

solventar gastos del Sistema Desconcentrado de Nómina correspondientes a noviembre

y diciembre de 2008.

Se identificaron seis reducciones compensadas, por 4,818.4 miles de pesos, a las partidas

1306 “Gratificación de Fin de Año”, 1506 “Estímulos al Personal”, 1507 “Otras Prestaciones”

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219 VOLUMEN 12/13

y 1511 “Vales de Fin de Año”. De estos recursos, 27.1 miles de pesos fueron transferidos

a la partida 1506, para apoyar el Programa 11 “Procuración de Justicia” y el resto a partidas

del mismo capítulo.

En cuanto a las reducciones presupuestarias líquidas, se detectó una disminución de recursos

en 16 partidas, por un total de 2,354.6 miles de pesos. Dicha disminución corresponde a

enteros efectuados ante la Secretaría de Finanzas con motivo del cierre del ejercicio

presupuestal.

En el capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, el presupuesto modificado ascendió a

8,391.3 miles de pesos, monto superior en 352.7 miles de pesos respecto a la asignación

original. Este incremento derivó de 14 ampliaciones y 13 reducciones presupuestarias

compensadas, así como 1 ampliación y 7 reducciones líquidas. En el siguiente cuadro

se muestran las partidas afectadas y los montos de los movimientos presupuestales

realizados.

(Miles de pesos)

Adecuaciones presupuestarias compensadas

Adecuaciones presupuestarias líquidas

Reorientación de recursosPresupuesto

original Ajustes al calendario Ampliación Reducción

Ampliación Reducción

Variación presupuestal

neta (3)+(5)-(4)-(6)

Presupuesto modificado

(1)+(7)

Capítulo de gasto/Partida

(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8)

2000 “Materiales y Suministros” 8,038.6 2,140.9 1,215.4 379.0 525.6 1,009.1 352.7 8,391.3 2101 “Materiales y Útiles de Oficina” 295.2 7.1 7.1 302.3 2105 “Materiales y Útiles de Impresión y Reproducción” 445.8 40.3 4.2 33.8 (29.7) 416.1 2106 “Materiales y Útiles para el Procesamiento en Equipos y Bienes Informáticos” 370.0 341.1 432.0 432.0 802.0 2201 “Alimentación de Personas” 4,500.0 391.7 400.0 475.6 838.0 37.6 4,537.6 2302 “Refacciones, Accesorios y Herramientas Menores” 121.0 100.0 3.7 27.0 (30.7) 90.3 2401 “Materiales de Construcción” 64.0 24.1 0.0 64.0 2402 “Estructuras y Manufacturas” 32.0 12.8 31.0 (32.0) 0.0 2404 “Material Eléctrico” 81.0 37.0 12.6 14.1 19.9 (21.4) 59.6 2501 “Sustancias Químicas” 100.0 40.0 100.0 (100.0) 0.0 2502 “Plaguicidas, Abonos y Fertilizantes” 10.0 8.5 (8.5) 1.5 2503 “Medicinas y Productos Farmacéuticos” 400.0 300.2 42.9 50.0 11.8 (4.7) 395.3 2504 “Materiales, Accesorios y Suministros Médicos” 400.0 483.6 227.2 29.8 4.9 192.6 592.6 2505 “Materiales, Accesorios y Suministros de Laboratorio” 300.0 245.5 31.0 109.1 (78.1) 221.9 2601 “Combustibles” 899.6 124.8 101.2 5,111.7 107.5 (11.4) 888.2 2701 “Vestuario, Uniformes y Blancos” 0.0 357.8 357.8 0.0 0.0

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220 VOLUMEN 12/13

De acuerdo con lo anterior, la partidas 2106 “Materiales y Útiles para el Procesamiento en

Equipos y Bienes Informáticos” y 2504 “Materiales, Accesorios y Suministros Médicos”

registraron los mayores incrementos presupuestales netos, al ampliar en 432.0 miles de

pesos y 192.6 miles de pesos, respectivamente, su presupuesto original. En las adecuaciones

presupuestarias correspondientes, se señala que los recursos adicionales de la partida

2106 se canalizarían a la adquisición de cartuchos de tinta seca para impresión (tóner),

mientras que los de la partida 2504 a la compra de pañales desechables para la atención

de menores albergados.

Con relación a las reducciones presupuestarias netas, las partidas más afectadas fueron

la 2302 “Refacciones, Accesorios y Herramientas Menores” y la 2501 “Sustancias Químicas”,

con la disminución del 100.0% de su presupuesto original; la 2404 “Material Eléctrico”, que se

redujo en 26.5%; y la 2302 “Refacciones, Accesorios y Herramientas Menores”, que registró

una reducción de 25.4% de los recursos aprobados.

En cuanto al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se registraron 8 ampliaciones y

15 reducciones presupuestarias compensadas; además, 5 ampliaciones y 22 reducciones

líquidas, lo que dio como resultado un presupuesto modificado de 11,887.2 miles de pesos,

9.6% superior al monto aprobado, como se muestra en el siguiente cuadro:

(Miles de pesos)

Adecuaciones presupuestarias compensadas

Adecuaciones presupuestarias líquidas

Reorientación de recursosPresupuesto

original Ajustes al calendario Ampliación Reducción

Ampliación Reducción

Variación presupuestal

neta (3)+(5)-(4)-(6)

Presupuestomodificado

(1)+(7)

Capítulo de gasto/Partida

(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8)

3000 “Servicios Generales” 10,848.6 7,398.6 2,356.3 1,225.6 2,143.4 2,235.4 1,038.6 11,887.2 3101 “Servicio Postal” 34.0 0.3 (0.3) 33.7 3103 “Servicio Telefónico Convencional” 1,462.6 871.8 100.0 100.0 350.4 (350.4) 1,112.2 3104 “Servicio de Energía Eléctrica” 855.0 687.8 200.0 200.0 185.8 (185.8) 669.2 3105 “Servicio de Agua” 166.7 102.8 116.7 (116.7) 50.0 3106 “Servicio de Conducción de Señales Analógicas y Digitales” 375.7 195.5 93.9 (93.9) 281.8 3108 “Servicio de Radiolocalización” 32.2 5.4 0.1 (0.1) 32.1 3201 “Arrendamiento de Edificios y Locales” 895.6 866.1 39.4 (39.4) 856.2 3212 “Servicio de Fotocopiado” 644.1 534.8 248.7 (248.7) 395.3 3301 “Honorarios” 0.0 500.0 276.1 838,7 147.9 914.7 914.7 3305 “Estudios e Investigaciones” 0.0 426.7 426.7 426.7 3404 “Seguros” 2,142.0 1,773.2 6.3 167.3 (161.0) 1,981.0

Continuación…

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221 VOLUMEN 12/13

… Continúa

Adecuaciones presupuestarias compensadas

Adecuaciones presupuestarias líquidas

Reorientación de recursosPresupuesto

original Ajustes al calendario Ampliación Reducción

Ampliación Reducción

Variación presupuestal

neta (3)+(5)-(4)-(6)

Presupuestomodificado

(1)+(7)

Capítulo de gasto/Partida

(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8)

3407 “Otros Impuestos y Derechos y Gastos de Fedatarios Públicos” 206.8 311.4 107.5 30.4 (137.9) 69.0 3411 “Servicios de Vigilancia” 1,169.6 335.5 248.0 248.0 18.4 (18.4) 1,151.1 3501 “Mantenimiento y Conservación de Mobiliario y Equipo” 45.7 25.0 14.4 21.5 (35.9) 9.8 3503 “Mantenimiento y Conservación de Maquinaria y Equipo” 148.4 34.0 50.0 55.2 0.1 (5.2) 143.2 3506 “Servicios de Lavandería, Limpieza, Higiene y Fumigación” 1,824.9 1,009.9 1,400.0 61.1 300.0 91.2 1,547.7 3,372.6 3508 “Mantenimiento y Conservación de Vehículos y Equipo para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública” 315.6 157.8 11.8 303.8 (315,6) 0.0 3511 “Mantenimiento y Conservación de Vehículos y Equipo Destinados a Servicios Administrativos” 175.4 87.7 121.5 0.1 (121.5) 53.8 3605 “Impresiones de Documentos Oficiales para la Prestación de Servicios Públicos, Identificación, Formatos Administrativos y Fiscales, Formas Valoradas, Certificados y Títulos” 0.0 400.0 400.0 400.0 0.0 3701 “Pasajes Nacionales” 0.0 30.0 30.0 0.0 3703 “Pasajes al Interior del Distrito Federal” 354.4 19.6 (19.6) 334.8

Como se observa, sólo las partidas 3301 “Honorarios”, 3305 “Estudios e Investigaciones”

y 3506 “Servicios de Lavandería, Limpieza, Higiene y Fumigación” reportaron incrementos

presupuestales netos, los cuales ascendieron a 914.7 miles de pesos, 426.7 miles de pesos

y 1,547.7 miles de pesos, en ese orden.

Al respecto, se verificó que en la partida 3301 se realizaron una adición presupuestal por

500.0 miles de pesos, para contratar el servicio de traducción e interpretación simultánea,

y una ampliación líquida por 838.7 miles de pesos, para la contratación de prestadores de

servicios profesionales en apoyo de las áreas administrativas, de atención al público y

soporte técnico; que el incremento del presupuesto de la partida 3305 tuvo como objeto

cubrir los pagos por concepto del diseño de una muestra de averiguaciones previas por

tipo de delito ponderado y de la aplicación de una encuesta de victimización y desempeño

institucional; y que en la partida 3506 se tramitaron una ampliación compensada por

1,400.0 miles de pesos, para el pago del servicio de limpieza de inmuebles de la PGJDF y una

ampliación líquida por 300.0 miles de pesos, para ampliar el servicio de lavandería con

motivo de la remodelación y adecuación de oficinas de la Fiscalía Central de Investigación

para Menores.

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222 VOLUMEN 12/13

Se constató que fueron efectuadas 36 reducciones presupuestarias por 3,461.0 miles

de pesos, de los cuales 1,225.6 miles de pesos fueron transferidos a partidas de diversos

programas y 2,235.4 miles de pesos fueron enteros efectuados por la PGJDF ante la

Secretaría de Finanzas, a efecto de cerrar adecuadamente el ejercicio presupuestal

de 2008. Además, se verificó que entre las 16 partidas que reportaron una disminución

neta de recursos, las más afectadas fueron la 3103 “Servicio Telefónico Convencional”,

con 350.4 miles de pesos; la 3508 “Mantenimiento y Conservación de Vehículos y Equipo

para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública”, con 315.6 miles de pesos; la 3212

“Servicio de Fotocopiado”, con 248.7 miles de pesos; la 3104 “Servicio de Energía

Eléctrica”, con 185.8 miles de pesos; la 3404 “Seguros”, con 161.0 miles de pesos; la

3407 “Otros Impuestos y Derechos y Gastos de Fedatarios Públicos”, con 137.9 miles

de pesos; y la 3511 “Mantenimiento y Conservación de Vehículos y Equipo Destinados

a Servicios Administrativos”, con 121.5 miles de pesos.

En lo concerniente a los movimientos presupuestales efectuados al capítulo 4000 “Ayudas,

Subsidios y Transferencias”, se identificaron dos ampliaciones compensadas a la partida

4105 “Ayudas Culturales y Sociales” por un total de 300.0 miles de pesos, las cuales

tuvieron como objeto otorgar apoyos económicos al Servicio, Educación y Desarrollo a la

Comunidad, IAP (Institución de Asistencia Pública) por concepto del apoyo que proporciona

esta institución a la PGJDF en la integración de programas y estrategias en materia de

procuración de justicia. Asimismo, se constató la reducción líquida de 163.3 miles de pesos

con motivo del cierre presupuestal.

Finalmente, en el capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, las partidas 5301 “Vehículos

y Equipo para la Ejecución de Programas de Seguridad Pública” y 5304 “Vehículos y

Equipo Destinados a Servicios Administrativos” reportaron ampliaciones compensadas

por 900.0 miles de pesos y 600.0 miles de pesos, respectivamente; sin embargo, también

reportaron dos reducciones líquidas por los mismos montos, por lo que no presentaron

presupuesto modificado.

Por lo anterior, se concluye que la PGJDF elaboró y tramitó las adecuaciones presupuestarias

conforme a lo establecido en el apartado IV.3.3, numeral 3, del Manual de Normas

y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal

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223 VOLUMEN 12/13

vigente en 2008, en razón de que todas ellas presentaron la justificación correspondiente;

sin embargo, éstas no lograron mejorar el cumplimiento de la meta física de la actividad

institucional, contrariamente a lo que indica el artículo 508 del Código Financiero del

Distrito Federal, toda vez al cierre del ejercicio sólo se logró cumplir 63.0% de dicha meta.

En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, la PGJDF no proporcionó

documentación que modifique las observaciones del presente resultado.

Recomendación APPD-104-08-26-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

mecanismos de control y de supervisión para asegurarse de que las adecuaciones

programático-presupuestarias que se tramiten mejoren el cumplimiento de los objetivos

y metas de las actividades, proyectos o programas a su cargo.

16. Resultado

Costo Nominal Promedio por Persona Atendida9

A efecto de verificar si el ente auditado actuó de conformidad con lo dispuesto en el apartado

IV “Lineamientos Generales”, numeral 1, del Manual de Programación-Presupuestación

para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de 2008, el cual señala

que el presupuesto de las acciones deberá considerar el mínimo costo, se determinó

comparar el costo promedio por persona atendida, registrado al cierre del ejercicio, con

el costo previsto al inicio del año, en razón de que los documentos proporcionados

por la PGJDF no permitieron identificar la asociación entre el monto de los recursos

presupuestados y la meta física de la actividad institucional 10.

En este sentido, para verificar si el costo nominal promedio por persona atendida resultó

económico respecto al costo originalmente estimado, se revisaron la Exposición de

Motivos y Proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2008,

el Presupuesto de Egresos y Programa Operativo Anual para el Año 2008, y el Informe de

Cuenta Pública de 2008.

9 El costo nominal promedio por persona atendida se entiende como la relación entre el total de menores, mujeres,

detenidos y víctimas del delito que fueron atendidos y el total de recursos erogados.

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224 VOLUMEN 12/13

En el Proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos, remitido a la Asamblea Legislativa

del Distrito Federal (ALDF) para su aprobación, se indicó que a partir de 2008 daría inicio la

operación del Programa 12 “Igualdad de Género”, cuya finalidad es impulsar y desarrollar

acciones en favor de la equidad entre hombres y mujeres. Para ello, su estructura

programática estaría integrada por 23 actividades institucionales, las cuales facilitarían la

presupuestación de dichas acciones.

Respecto a la actividad institucional 10, se constató que ésta quedó inscrita dentro de las

políticas específicas encaminadas a promover la denuncia entre las mujeres víctimas

de delito, y difundir los procedimientos y mecanismos para la atención de sus demandas.

Se estableció que a través de su operación se proporcionaría atención especializada a

196,403 personas, para lo cual habrían de erogarse 182,601.6 miles de pesos. Esto equivale

a un costo promedio estimado de 929.7 pesos por persona.

En la revisión del Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual de 2008,

definidos a partir del presupuesto aprobado por la ALDF, se comprobó que fue autorizado

el monto de los recursos financieros solicitados, así como el número estimado de personas

por atender. Por otra parte, en el análisis del Informe de Cuenta Pública, se constató que al

cierre de 2008 se alcanzó una meta física de 123,789 personas atendidas, con un presupuesto

ejercido de 181,748.0 miles de pesos, cifras inferiores en 37.1% y 0.5%, en ese orden,

respecto a los montos originalmente programados, como se muestra en el cuadro siguiente:

Metas físicas (Personas)

Presupuesto (Miles de pesos) Costo nominal

(Pesos) Original Alcanzada Original Ejercido Estimado

(3) / (1) Obtenido(4) / (2)

Programa/Actividad institucional Unidad de medida

(1) (2) (3) (4) (5) (6)

12 “Igualdad de Género” 10 “Brindar atención especializada a menores, mujeres, detenidos y víctimas del delito” Persona 196,403 123,789 182,601.6 181,748.0 929.7 1,468.2

De acuerdo con lo anterior, el costo nominal promedio por persona atendida al cierre del

ejercicio de 2008 ascendió a 1,468.2 pesos, lo cual representa un incremento de 57.9%

del costo nominal promedio estimado. Se advierte que la variación fue generada por

la disminución de 37.1% del número de personas atendidas en comparación con el total

programado.

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225 VOLUMEN 12/13

En el Informe de Cuenta Pública de 2008 se explica que la variación entre el total de

personas atendidas y el total programado se debió a circunstancias ajenas a la PGJDF,

toda vez que el flujo de usuarios depende de la demanda del servicio por parte la

población cuando se presenta un caso concreto, independientemente de las estrategias

de difusión desarrolladas o de cualquier otra acción dirigida a captar población usuaria.

Aunado a ello, el Gobierno del Estado de México creó instancias para la atención de la

problemática social, lo cual contribuyó a la disminución de la demanda del servicio.

Al respecto, se analizaron los resultados de la actividad institucional 37 “Proporcionar atención

a detenidos y a víctimas del delito” reportados en el Informe de Cuenta Pública de 2007.

Como resultado, se detectó que los Centros de Atención Especializada y la Dirección de

General de Servicios a la Comunidad atendieron en ese año a 118,151 personas, 2.7% más

respecto a lo programado. Al respecto, se señaló que el incremento derivó de la difusión

del trabajo de los Centros de Atención en diferentes espacios.

Al comparar las explicaciones de ambas Cuentas Públicas se advirtió una incongruencia

en cuanto a los elementos de evaluación, pues mientras que en 2007 la difusión de los

servicios fue un factor de crecimiento, en 2008 resultó ser inocua.

Se concluye que la PGJDF no se ajustó a los principios de economía, toda vez que el

costo nominal por persona atendida fue superior a lo originalmente estimado, lo cual

infringe lo dispuesto en el apartado IV “Lineamientos Generales”, numeral 1, del Manual

de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto

de Egresos de 2008.

En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, la PGJDF no proporcionó

documentación que modifique las observaciones del presente resultado.

Recomendación APPD-104-08-27-PGJDF

En necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal implante

mecanismos de planeación y racionalización de los recursos que le permitan garantizar

el costo mínimo en la operación de sus programas, proyectos y actividades institucionales.

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226 VOLUMEN 12/13

17. Resultado

Administración de los Recursos Financieros para el Pago de Servicios Personales

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 134, ordena que

los recursos económicos de que dispongan el Gobierno del Distrito Federal, así como sus

administraciones públicas paraestatales, deberán administrarse con eficiencia, eficacia y

honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Al respecto, en el apartado “Análisis Programático-Presupuestal” del Informe de Cuenta

Pública de la PGJDF correspondiente al ejercicio de 2008, se constató que al Programa

12 “Igualdad de Género” le fueron asignados 182,601.6 miles de pesos, los cuales serían

ejercidos a través de la actividad institucional 10 “Brindar atención especializada a

menores, mujeres, detenidos y víctimas de delito”, teniendo como meta física atender

a 196,403 personas (89,129 mujeres y 107,274 hombres). Al cierre del año, el presupuesto

ejercido en esa actividad institucional fue de 181,748.0 miles de pesos, lo que representó

un monto 0.5% menor con relación al programado, como se advierte en el siguiente

cuadro:

(Miles de pesos y por cientos)

Meta física Presupuesto

Original Alcanzada

Variación %

(2)/(1) Original Ejercido

Variación %

(5)/(4) Unidad responsable/ Programa/ actividad institucional

Unidadde

medida (1) (2) (3) (4) (5) (6)

12 “Igualdad de Género” 182,601.6 193,265.1 105.8 10 "Brindar atención especializada

a menores, mujeres, detenidos y victimas de delito"

Personas 196,403

123,789

63.0

182,601.6

181,748.0

99.5 Mujeres 89,129 57,575 64.6 82,865.8 84,532.1 102.0 Hombres 107,274 66,214 61.7 99,735.8 97,215.9 97.5

Otras actividades - 4,948 - - 11,517.1 -

De acuerdo con el Listado de Cuentas por Liquidar Certificadas en Estado de Registrado,

el gasto reportado en el capítulo 1000 “Servicios Personales” ascendió a 160,832.7 miles

de pesos, el cual equivale a 88.5% del total del gasto en esta actividad. De este monto, el

77.1% se concentró en las siguientes partidas: 1103 “Sueldos” (38,651.0 miles de pesos),

1322 “Compensaciones Adicionales por Servicios Especiales” (27,325.0 miles de pesos),

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227 VOLUMEN 12/13

1506 “Estímulos al Personal” (35,215.7 miles de pesos) y 1507 “Otras Prestaciones”

(22,885.6 miles de pesos). Asimismo, se constató que 12.8% del presupuesto ejercido

en este capítulo correspondió a erogaciones previstas para el mecanismo de pagos

centralizados.

Con el propósito de evaluar la economía con que se aplicaron las asignaciones previstas

para el pago de servicios personales, se solicitaron los registros de las remuneraciones

del personal que laboró en las unidades administrativas responsables de la operación de

la actividad institucional 10 durante los ejercicios de 2007 y 2008. En respuesta, la PGJDF

proporcionó los reportes de personal correspondientes, en los cuales se registran el

monto las percepciones de los servidores públicos adscritos a las siguientes unidades

administrativas:

(Miles de pesos)

2007 2008

Número de servidores públicos

Monto de las

remuneraciones

Número de servidores públicos

Monto de las

remuneraciones

Variación absoluta nominal (4)-(2)

Variación real

(%) *

Unidad administrativa

(1) (2) (3) (4) (5) (6)

Total 1,034 155,595.1 1,132 181,583.0 25,987.9 9.6

Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad 611 91,032.6 648 101,809.5 10,776.9 5.0

Dirección General de Atención a Víctimas del Delito 457 69,939.3 486 80,283.2 10,343.9 7.8

Dirección General de Servicios a la Comunidad 154 21,093.3 162 21,526.3 433.0 (4.2)

Dirección General del Albergue Temporal 169 19,944.2 169 21,658.0 1,713.8 1.9

Fiscalía Central de Investigación para Menores 254 44,618.3 315 58,115.4 13,497.1 22.3

* Calculada con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor.

En el examen de dicha información, se determinó que el importe de las remuneraciones

de 2008 difiere del gasto reportado en el capítulo 1000 en relación con la actividad

institucional 10 para ese año. Al respecto la DGPOP señaló que la variación se debe a

que, cuando la Dirección General de Recursos Humanos solicita las Cuentas por Liquidar

Certificadas para la emisión de la nómina, no distingue la unidad administrativa, sino

que se tramitan conforme a las disponibilidades presupuestales existentes, por lo que

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228 VOLUMEN 12/13

en ocasiones, algún programa no soporta la disponibilidad y se selecciona otro. No obstante

esta limitante, se determinó comparar las asignaciones reportadas, en razón de que éstas

representan un parámetro para medir el efecto económico del gasto en la consecución de

las metas de la actividad institucional sujeta a revisión.

De este modo, se constató que en 2008 se cubrió el pago de las remuneraciones de

1,132 servidores públicos con un total de 181,583.0 miles pesos, lo que en términos reales

representó un incremento de 9.6% respecto a las remuneraciones de 2007. De manera

particular, se observó que los montos de las remuneraciones al personal adscrito a la

Fiscalía Central de Investigación para Menores y a la DGAVD presentaron los mayores

incrementos, al registrar erogaciones por 58,115.4 miles de pesos y 80,283.2 miles de

pesos, respectivamente, 22.3% y 7.8% mayores, en términos reales, en relación con las

registradas en 2007.

Al comparar las metas físicas alcanzadas y los montos de las remuneraciones reportadas

en 2007 y 2008, se detectó que, a pesar del incremento de 9.6% en el pago de servicios

personales, el total de personas atendidas disminuyó 0.6%, como se observa en el cuadro

siguiente.

(Miles de pesos y porcentajes)

Metas físicas alcanzadas 2007 2008 Variación

(%) (2)/(1)

Variación real del pago de

remuneraciones(%)*

Unidad Administrativa

(1) (2) (3) (4)

Total 124,559 123,789 (0.6) 9.6

Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad 117,551 116,537 (0.9) 5.0

Dirección General de Atención a Víctimas del Delito 78,143 76,500 (2.1) 7.8

Dirección General de Servicios a la Comunidad 39,408 40,037 1.6 (4.2)

Dirección General del Albergue Temporal 467 450 (3.6) 1.9

Fiscalía Central de Investigación para Menores 6,541 6,802 4.0 22.3

* Calculada con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor.

De acuerdo con lo anterior, la Dirección General de Servicios a la Comunidad fue la única

unidad administrativa que, no obstante la reducción del monto de las remuneraciones

pagadas, incrementó el número de personas atendidas.

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229 VOLUMEN 12/13

Por lo expuesto, se concluye que la PGJDF no logró emplear de manera económica los

recursos humanos y financieros disponibles, toda vez que en 2008 se redujo el número

de personas atendidas respecto a los resultados obtenidos en 2007, a pesar del incremento de

las remuneraciones al personal, con lo que se infringe lo establecido en el artículo 34 de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, la PGJDF no proporcionó

documentación que modifique las observaciones del presente resultado.

Recomendación APPD-104-08-28-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal establezca

mecanismos de control y de supervisión que le permitan administrar los recursos humanos

disponibles de manera que se garantice el logro de los objetivos y metas establecidas.

18. Resultado

Administración de los Recursos Financieros para la Adquisición de Bienes y Prestación de Servicios

En el capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, se ejercieron 8,391.3 miles de pesos; la

partida 2201 “Alimentación de Personas” concentró el 54.1% de dicho importe, al registrar

un ejercicio de 4,537.6 miles de pesos. Cabe señalar que en este capítulo el monto de las

adquisiciones consolidadas ascendió a 1,075.8 miles de pesos, equivalente a 12.8% del

gasto.

Por otra parte, en el capítulo 3000 “Servicios Generales” se reportó una erogación

de 11,887.2 miles de pesos, de los cuales 28.4% se destinó al pago de servicios de

lavandería, limpieza, higiene y fumigación, y 16.7% al pago de seguros. En cuanto al pago

por servicios contratados y adquiridos de manera consolidada, el monto ascendió a

4,060.0 miles de pesos.

A efecto de constatar si en la contratación de adquisiciones, arrendamiento y prestación de

servicios, la PGJDF actuó con base en criterios de economía que garantizaran las mejores

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230 VOLUMEN 12/13

condiciones de oferta, oportunidad, precio y calidad, con el oficio núm. APPD/09/659

del 1o. de diciembre de 2009, se solicitaron los contratos de bienes y servicios con cargo

al presupuesto de la actividad institucional 10 correspondientes a 2008. Como respuesta,

en anexo al oficio núm. 701/0444/2010 del 12 de febrero de 2010, fue remitida una nota

aclaratoria en la que se indica que “el presupuesto de la Procuraduría se ejerce en

proporción a la operación de ésta, es decir que las contrataciones de bienes y servicios se

realizan para cubrir las necesidades de todas y cada una de las unidades administrativas

que la conforman prorrateándose el gasto entre todas ellas a fin de cubrir la normatividad

y conformar la estructura programática que requiere la Subsecretaría de Egresos para el

manejo del presupuesto”.

Adicionalmente, se informó que existen contratos que atañen a la contratación de

raciones alimenticias (box lunch) para detenidos y bienes perecederos, que refieren

exclusivamente a la Dirección General de Servicios a la Comunidad y a la Dirección

General del Albergue Temporal. Al respecto, se remitió copia de los contratos

núms. PGJDF/DACS-004/2008, 056/2008, PGJDF/DACS-011/2008 y del convenio

modificatorio núm. PGJDF/DACS-011/2008-CM-011/2008 para la adquisición de box lunch,

así como del contrato núm. PGJDF/DACS-017/2008 y del convenio modificatorio

núm. PGJDF/DACS-017/2008-CM-006/2008 para la adquisición de abarrotes y perecederos.

En este sentido, no fue posible evaluar la racionalidad del empleo de los recursos

disponibles en los capítulos 2000 y 3000, debido a que el procedimiento establecido por

la PGJDF para el ejercicio del presupuesto no permitió precisar la cantidad ni los costos

de los bienes y servicios empleados para la consecución de las metas de la actividad

institucional 10.

No obstante lo anterior, se llevó a cabo el análisis de los contratos proporcionados

con objeto de verificar si el ente auditado actuó de conformidad con lo dispuesto en la

Ley de Adquisiciones del Distrito Federal en materia de adjudicación de contratos.

Los contratos núms. PGJDF/DACS-004/2008 y 056/2008 se asignaron mediante el

procedimiento de adjudicación directa, el primero de ellos por un monto máximo de

200.0 miles de pesos y el segundo por un importe de 58.9 miles de pesos. Al respecto,

la PGJDF determinó procedente de no celebrar licitación pública por encontrarse en los

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231 VOLUMEN 12/13

supuestos del artículo 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, ya que

podían existir costos adicionales para la dependencia, lo cual está también de acuerdo

con los criterios de economía, eficiencia, eficacia, imparcialidad y honradez que presentó

el área requiriente.

Por lo que se refiere a la asignación del contrato núm. PGJDF/DACS-011/2008,

se verificó que ésta derivó de un procedimiento de licitación pública nacional, con objeto

de adquirir box lunch por un monto máximo de 3,300.0 miles de pesos, a un precio

unitario de 27.59 pesos. Asimismo, se constató que el convenio modificatorio

núm. PGJDF/DACS-011/2008-CM-011/2008 fue suscrito con objeto de incrementar en

600.0 miles de pesos el monto máximo del contrato anterior.

A efecto de verificar si el licitante ganador ofreció las mejores condiciones, se revisaron

las propuestas técnica y económica de la licitación, así como el dictamen y el fallo

correspondientes. De esta manera, se comprobó que de las propuestas presentadas la

seleccionada por la PGJDF resultó ser la más económica, toda vez que el proveedor

ofertó el precio más bajo.

Por lo que toca al contrato núm. PGJDF/DACS-017/2008, se constató que fue asignado

mediante el procedimiento de adjudicación directa, en razón de que la licitación pública

emitida por la PGJDF se declaró desierta, como lo establece el artículo 54, fracción IV,

de la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal. Dicho contrato tuvo como propósito

adquirir abarrotes y perecederos para abastecer al Centro Pedagógico de Desarrollo

Infantil y al Albergue Temporal, por montos máximos de 493.9 miles de pesos y de

1,186.1 miles de pesos, respectivamente. Por último, se comprobó que el contrato

núm. PGJDF/DACS-017/2008-CM-006/2008 correspondió al convenio modificatorio al contrato

descrito, cuya suscripción tuvo como objeto incrementar el monto máximo establecido al

Albergue Temporal por la cantidad de 200.0 miles de pesos.

Por lo expuesto, se concluye que la PGJDF no contó con mecanismos que permitieran

verificar que las acciones gubernamentales cumplieron con las expectativas previstas en

términos de costo-beneficio. Por otra parte, en la revisión a los contratos y convenios

modificatorios proporcionados, no se detectó incumplimiento por parte de la dependencia

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232 VOLUMEN 12/13

a alguna de las disposiciones que en materia de contratación de adquisiciones y prestación

de servicios establece la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal.

En la reunión de confronta celebrada el 14 de mayo de 2010, la PGJDF no proporcionó

documentación que modifique las observaciones del presente resultado.

Recomendación APPD-104-08-29-PGJDF

Es conveniente que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal cuente registros

auxiliares que permitan verificar las previsiones para las actividades institucionales, proyectos

y programas establecidos, en términos de costo-beneficio.

Competencia de los actores

19. Resultado

Perfil Profesional de los Servidores Públicos

El numeral 1.6.0.1 del Manual de Organización General de la Procuraduría General de

Justicia del Distrito Federal establece que corresponde a la Dirección General de Recursos

Humanos definir, establecer y evaluar las políticas y los procedimientos para el reclutamiento,

selección y designación del personal administrativo que requieran las diversas áreas de la

Procuraduría.

En este sentido, para verificar si los servidores públicos responsables de proporcionar

atención especializada a menores, mujeres, detenidos y víctimas del delito cuentan con el

perfil requerido en el Catálogo de Puestos y en la convocatoria para la contratación de

personal emitida en junio de 2008, de un universo de 1,137 personas se seleccionaron

226 expedientes, mediante un muestreo estadístico aleatorio, con un nivel de confianza

de 90.0% y un margen de error de 5.0%.

En el siguiente cuadro se muestran los resultados de la revisión realizada:

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233 VOLUMEN 12/13

(Servidores públicos)

Cédula profesional

Experiencia laboral

Examen psicométrico

Examen teórico-práctico Puesto

No Sí No Sí No Sí No Sí Total general 115 111 16 210 22 204 22 204

Agente de la Policía Judicial 14 1 3 12 1 14 2 13 Agente de Ministerio Público Supervisor * 5 5 5 5 Agente del Ministerio Público * 4 6 2 8 1 9 10 Analista Especializado 1 1 2 2 2 Asistente Administrativo 4 3 1 6 3 4 2 5 Auxiliar de Educadora 1 1 1 1 Director de Área 2 7 9 2 7 9 Director Ejecutivo 1 1 2 2 2 Director General 2 2 2 2 Educadora * 1 1 2 2 2 Enfermera General * 1 6 1 6 3 4 2 5 Enlace 14 8 1 21 22 22 Jefe de Grupo 2 2 1 1 1 1 Jefe de Oficina 3 3 3 3 Líder Coordinador de Proyectos 14 7 3 18 2 19 3 18 Médico General * 16 16 2 14 1 15 Oficial Secretario del Ministerio Público * 19 4 1 22 1 22 1 22 Pedagoga * 2 1 1 2 2 1 2 1 Perito Profesional o Técnico * 4 18 1 21 1 21 2 20 Psicólogo Clínico * 9 13 2 20 3 19 3 19 Subdirector de Área 6 8 14 14 1 13 Supervisor 1 1 1 1 Trabajador Social Servicios Legales * 8 3 11 11 2 9 Trabajadora Social * 4 4 4 4

* Debido a la naturaleza de sus funciones, los servidores públicos que desempeñen este puesto deberán poseer título o cédula profesional, acreditar su experiencia laboral y aprobar los exámenes psicométrico y de conocimientos requeridos.

De acuerdo con lo anterior, de los expedientes seleccionados, 125 corresponden a servidores

públicos que, debido a la naturaleza de las funciones desempeñadas en la operación de

la actividad institucional 10, obligatoriamente deberán poseer título legalmente expedido

y registrado por la autoridad competente o, en su caso, la cédula profesional respectiva,

acreditar plenamente experiencia laboral en la materia y aprobar los exámenes psicométrico

y de conocimientos o, en su caso, examen teórico-práctico correspondiente. Sin embargo,

en la revisión a dichos expedientes, se detectó que varios de ellos no contenían toda la

documentación requerida. Particularmente se detectó lo siguiente:

• En 52 expedientes (41.6%) no se localizó el título o cédula profesional que acreditara

el nivel educativo solicitado.

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234 VOLUMEN 12/13

• En ocho expedientes (6.4%) no se localizó documentación que acreditara la experiencia

laboral de los servidores públicos.

• En 13 expedientes (10.4%) no se localizó documentación que demostrara la presentación

del examen psicométrico.

• En 13 expedientes (10.4%) no se localizó documentación que comprobara la presentación

del examen de conocimientos o teórico práctico.

Por lo anterior, se concluye que la PGJDF no integró toda la documentación requerida

a los expedientes del personal adscrito a las unidades administrativas responsables de

proporcionar atención especializada a menores, detenidos y a víctimas del delito,

situación que impidió verificar, en varios casos, si dichos servidores públicos cuentan con

la preparación suficiente y el perfil adecuado para proporcionar el servicio requerido, como

lo establece el Catálogo de Puestos y la convocatoria para la contratación de personal

emitida en junio de 2008.

Con el oficio núm. 701/1295/2010 del 14 de mayo de 2010, la Dirección General de

Programación, Organización y Presupuesto de la PGJDF proporcionó copia de una nota

informativa suscrita por el titular de la Dirección General de Recursos Humanos, en la que

expone que esa Dirección General está llevando a cabo una exhaustiva revisión de la

documental glosada de los expedientes citados, a efecto de solicitar a las áreas responsables

la documentación faltante para su debida integración.

No obstante lo anterior, no se modifican las observaciones del presente resultado.

Recomendación APPD-104-08-30-PGJDF

Es necesario que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, por conducto de

la Dirección General de Recursos Humanos, establezca mecanismos de control interno

que le permitan la completa integración y actualización de los expedientes de personal,

así como asegurarse que los servidores públicos adscritos a sus unidades administrativas

cuenten con el perfil profesional señalado en el Catálogo de Puestos.

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235 VOLUMEN 12/13

Calidad

20. Resultado

Encuestas de Opinión Aplicadas a Usuarios

Para conocer la opinión de los usuarios sobre la atención proporcionada por el Sistema de

Auxilio a Víctimas, en marzo de 2010, se aplicaron encuestas a 269 personas en los seis

Centros de Atención Especializada que lo integran. El número de la muestra se determinó

con base en un universo de 76,500 personas atendidas en 2008, para lo cual se aplicó el

método estadístico, con un nivel de confianza de 90.0% y un margen de error de 5.0%.

La encuesta incluyó 23 preguntas sobre los temas de difusión de la prestación del

servicio, elementos tangibles del servicio, capacidad de respuesta en la prestación del

servicio, seguridad en la prestación del servicio y satisfacción del servicio recibido. En

cuanto a los rangos de medición, se determinaron cuatro variables que fueron: Muy malo,

Malo, Bueno y Muy bueno.

A continuación se presenta un resumen de los resultados obtenidos:

(Por cientos)

Aspecto evaluado Muy malo

Malo Bueno Muy bueno

No contestó

Difusión de la prestación del servicio Medios de difusión 0.7 7.4 59.7 30.7 1.4 Claridad de la información 0.4 6.0 58.7 33.9 1.1 Facilidad de acceso a la información 0.4 8.8 62.2 27.9 0.7 Cantidad de la información 0.0 9.2 62.5 27.6 0.7 Elementos tangibles del servicio Acceso a las instalaciones 0.4 7.8 59.7 30.4 1.8 Condiciones físicas de las instalaciones 1.4 10.6 66.1 19.8 2.1 Comodidad de las instalaciones 0.7 11.0 65.7 20.5 2.1 Espacio para la atención 0.7 10.2 64.7 22.6 1.8 Capacidad de respuesta en la prestación del servicio Utilidad de la información sobre los servicios 0.7 8.8 59.4 29.0 2.1 Facilidad del proceso para la atención 0.4 12.7 55.5 29.3 2.1 Tiempo de espera 1.4 18.4 59.4 18.4 2.5 Fechas y horarios de atención 0.7 17.3 54.4 24.7 2.8 Respuesta del Centro ante imponderables 0.4 19.1 61.1 17.3 2.1 Tiempo de atención proporcionado 1.8 17.7 51.2 27.6 1.8

Continúa…

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236 VOLUMEN 12/13

... Continuación

Aspecto evaluado Muy malo

Malo Bueno Muy bueno

No contestó

Seguridad en la prestación del servicio Conocimiento por parte del personal 0.7 3.2 55.8 39.6 0.7 Confianza transmitida 0.4 6.0 43.5 48.8 1.4 Amabilidad en la atención 0.7 2.1 43.5 52.3 1.4 Claridad en el lenguaje 0.4 3.5 44.9 50.5 0.7 Confidencialidad de la información 0.7 2.8 46.6 48.4 1.4 Satisfacción del servicio recibido Atención del problema 0.4 4.6 52.3 41.3 1.4 Alcance de los objetivos 0.7 5.3 58.3 33.2 2.5 Expectativas del servicio 1.1 3.5 51.9 42.4 1.1 Utilidad del servicio 0.4 5.3 48.1 44.2 2.1 Promedio general 0.7 8.8 55.9 33.1 1.6

Como se muestra en el cuadro anterior, en promedio el 55.9% de los usuarios consideraron

buenos los servicios proporcionados por los Centros de Atención Especializada, mientras

que el 33.1% los considero como muy buenos. En caso de las percepciones negativas,

el 8.8% de los usuarios, en promedio, evaluó como mala la atención proporcionada

y el 0.7% restante como muy mala.

Por lo anterior, se concluye que la mayoría de los usuarios consideraron que la atención

recibida fue adecuada y de utilidad; sin embargo, el 15.7% en promedio consideraron

necesario mejorar la capacidad de respuesta en la prestación del servicio.

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237 VOLUMEN 12/13

VI.1.1.3. PROGRAMA 13 “DESARROLLO Y ASISTENCIA SOCIAL” (SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL)

Auditoría APPD/101/08

ANTECEDENTES

En materia de auditorías de desempeño, la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal, (CMHALDF), en la Revisión de la Cuenta Pública 2006,

practicó una revisión al Programa 17 “Protección Social” el cual se encontraba bajo la

responsabilidad de la Secretaría de Salud; evaluando las acciones relacionadas con

las ayudas a los adultos mayores mediante el otorgamiento de la Pensión Alimentaria;

los resultados y recomendaciones respectivas se presentaron en su oportunidad ante la

Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), en los términos del artículo 4o. de la Ley

Orgánica de la CMHALDF, lo que permitió proponer soluciones, así como identificar áreas

de mejora en la dependencia responsable de la ejecución de este programa.

En tal virtud, considerando que en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal

2007-2012 se indica que la población adulta mayor enfrenta diversos problemas que van

desde enfermedades crónico degenerativas, discapacidad, hasta abandono familiar y falta

de ingresos para un mínimo de manutención y que una proporción importante de los

adultos mayores vive en condiciones de pobreza y pobreza extrema, por carecer de

los satisfactores básicos que les permitan vivir con dignidad; asimismo se señala, que la

acción de gobierno en materia de desarrollo social tiene como eje principal la equidad

con la finalidad de abatir la desigualdad y de lograr un desarrollo social pleno; por ello se

establece que el área ejecutora de estas políticas públicas es la Secretaría de Desarrollo

Social (SDS), a través del Instituto para la Atención del Adulto Mayor en el Distrito Federal

(IAAM-DF); teniendo como misión el contribuir al establecimiento de un estado de bienestar

a través de promover el ejercicio pleno de los derechos de las personas adultas mayores,

así como al establecimiento de condiciones para una vejez digna y feliz, dando cumplimiento

a la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores

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238 VOLUMEN 12/13

de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal y contribuyendo a que este grupo

poblacional tenga una mejor calidad de vida.

Por lo anterior, dentro de las acciones de verificación del gasto público, dentro del

Programa General de Auditoría de la Cuenta Pública 2008, se incluye la presente

auditoría de desempeño al Programa 13 “Desarrollo y Asistencia Social”, Programa

Especial 00 “Acciones del Programa Normal”, actividad institucional 03 “Otorgar servicios

de apoyo social a personas adultas mayores” y Programa Especial 06 “Equidad en la

Ciudad”, actividad institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”.

Por lo que se refiere a la actividad institucional 36, en los años 2005 y 2006 estaba bajo la

responsabilidad de la Secretaría de Salud (SS), incluido en el Programa 17 “Protección

Social”; en el ejercicio 2007, este programa se reasigna a la SDS; y es hasta el ejercicio

2008 que se reclasifica la actividad incluyéndola en el Programa 13 “Desarrollo y

Asistencia Social”.

Por lo que se refiere a la actividad institucional 03 “Otorgar servicios de apoyo social a

personas adultas mayores”, ésta es de nueva creación y se establece para el ejercicio

2008.

En el análisis al Presupuesto de Egresos del Distrito Federal de 2008, se corroboró

que la SDS contó con un presupuesto original de 3,823,092.0 miles de pesos para la

ejecución de la actividad institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”

y de 142,736,913.0 pesos para la ejecución de la actividad institucional 03 “Otorgar

servicios de apoyo social a personas adultas mayores”; cuyo comportamiento físico y

presupuestal se muestra a continuación:

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239 VOLUMEN 12/13

(Miles de pesos y por cientos)

Clave Denominación Unidad Meta Variación Presupuesto Variaciones P PE AI de medida Original

(1)

Alcanzada

(2)

(2) / (1)

(3)

Original

(4)

Ejercido

(5)

Absoluta

(6)

Relativa(6) / (4)

(7)

13 Desarrollo y Asistencia Social

7,948,048.8 8,797,213.6 849,164.8 10.7

Secretaría de Desarrollo Social 4,364,717.7 4,549,853.7 185,136.0 4.2 06 Equidad en la Ciudad 3,954,092.0 4,078,688.9 124,596.9 3.2 36 Otorgar Ayudas

a Personas Adultas Mayores

Persona 420,000 430,000 2.4 3,823,092.0 3,945,473.9 122,381.9 3.2

Otras Actividades Institucionales

131,000.0 133,215.0 2,215.0 1.7

Otros Programas Especiales 410,625.7 471,164.6 60,538.9 14.7 Otras Unidades Ejecutoras de Gasto 1,336,638.6 2,009,134.2 672,495.6 50.3

00 03 Otorgar Servicios de Apoyo Social a Personas Adultas Mayores

Servicio 422,500 422,500 0.0 142,736.9 172,902.6 30,165.7 21.1

P Programa. PE Programa especial. AI Actividad institucional.

OBJETIVO

La auditoría se orientó a evaluar el desempeño de la Secretaria de Desarrollo Social

durante el ejercicio fiscal 2008, verificando la congruencia de la misión, visión y objetivos

particulares con las prioridades del Distrito Federal en materia de desarrollo y asistencia

social al núcleo poblacional denominado adultos mayores; la eficacia con que cumplió el

objetivo de formular y ejecutar políticas públicas encaminadas al desarrollo y asistencia

social de los adultos mayores en la Ciudad de México; la eficiencia con que operó la

asistencia social en materia de otorgar ayudas, apoyos y servicios relacionados a personas

adultas mayores; la economía con que aplicó los recursos para el efecto; y la calidad de

los servicios prestados a su población objetivo.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La selección de la presente auditoría se sustentó en el criterio de presencia y cobertura,

en virtud que la dependencia erogó en la actividad institucional 36 “Otorgar ayudas a

personas adultas mayores” la mayor parte de su presupuesto asignado, además de que

la SDS no ha sido revisada por medio de auditoría de desempeño.

La presente auditoría de desempeño se fundamenta conforme a los siguientes preceptos:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 16, 74, fracción VI

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y 122, apartado C, base primera fracción V, inciso c) primer párrafo; Estatuto de Gobierno

del Distrito Federal en sus artículos 42, fracción XIX y 43; Ley Orgánica de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal en su artículo 10, fracción VI; Ley Orgánica de la

Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en sus

artículos 2. fracción X, Inciso a), 3, 8, fracciones I, II, III, V, VI, VIII, IX y XIII y 27; y en el

Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del

Distrito Federal en sus artículos 1, 13 y 14.

ALCANCE

En materia de congruencia, se verificó que el objetivo y las acciones realizadas por la SDS

y el IAAM-DF, se vinculen coherentemente con las prioridades nacionales y sectoriales,

con los ejes y estrategias, establecidas en los documentos de corto y mediano plazo

emitidos por el Gobierno de la Ciudad en el Programa General de Desarrollo del Distrito

Federal 2007-2012 y a los contenidos del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 del

Gobierno Federal.

Se evaluaron los resultados obtenidos por la SDS en 2008, en el cumplimiento de las

metas y objetivos en materia de asistencia social que presta la dependencia, relacionada

con las ayudas, apoyos y servicios otorgados a personas adultas mayores de 70 años, del

Programa Especial 06 “Equidad en la Ciudad”, del Programa 13 “Desarrollo y Asistencia

Social”.

Respecto a la competencia del sujeto de fiscalización, se revisaron las disposiciones

jurídicas que integran el marco normativo de la SDS y del IAAM-DF, a fin de constatar el

cumplimiento de las atribuciones que se señalan en la Ley de la materia.

Para medir la eficacia con la que la SDS y el IAAM-DF, cumplieron el objetivo de otorgar

ayudas y servicios a la población adulta mayor de setenta años, se verificó el contenido

del Programa Operativo Anual (POA), autorizado para el ejercicio 2008, se analizó la

congruencia de la unidad de medida establecida, se revisaron las bases de cálculo que se

utilizaron para programar la meta física de las actividades institucionales; se analizó el avance

físico de las metas programadas y los resultados obtenidos a partir de la revisión y análisis

de diversa documentación comprobatoria, integrada principalmente por registros auxiliares,

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241 VOLUMEN 12/13

informes estadísticos y reportes de las actividades institucionales; y por último, se verificó

la confiabilidad del padrón de derechohabientes considerando las diferentes incidencias

que le afectan.

Para evaluar la eficiencia, se revisaron los ordenamientos legales y normativos, los

procedimientos que aplicó la SDS y el IAAM-DF, para desarrollar las acciones de otorgar

ayudas y servicios sociales y las reglas específicas de actuación; se identificaron los

sistemas de control y seguimiento de las acciones reportadas por el sujeto fiscalizado; se

revisaron las disposiciones normativas en materia de formulación de informes contempladas

en cada uno de los procedimientos, específicamente en el proceso primario de otorgar

ayudas a través de la Pensión Alimentaria; se analizaron las disposiciones relacionadas

con los servicios, específicamente las visitas domiciliarias a los adultos mayores, tanto

para el seguimiento de la pensión, como para la visita médica; se verificó el contenido

de los expedientes de los adultos mayores; y se valoró la importancia del sistema de

información de la dependencia en la elaboración de indicadores estratégicos y de gestión.

En la vertiente de economía se revisó el origen de los recursos utilizados; ya que la SDS

contó con un presupuesto original de 3,823,092.0 miles de pesos para la ejecución de la

actividad institucional 36, “Otorgar ayudas a personas adultas mayores” y de

142,736,913.0 pesos para la ejecución de la actividad institucional 03 ”Otorgar servicios

de apoyo social a personas adultas mayores”, se analizó la evolución del gasto integrado

por 17 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) y 12 documentos múltiples; para comprobar

que el presupuesto ejercido en el periodo de revisión estuviera debidamente soportado y

justificado; se analizaron las causas de los incrementos y ajustes presupuestales; y por último,

se verificó la correspondencia del gasto con las acciones realizadas.

La presente auditoría de desempeño incluye aspectos relacionados con la calidad del

servicio y la percepción ciudadana; por lo que, con relación a la evaluación de la calidad

de los servicios proporcionados por el sujeto fiscalizado, se analizó y verificó la información

proporcionada, lo cual permitió corroborar la oportunidad en la entrega de tarjetas nuevas,

en los procesos de reincorporación de la Pensión Alimentaria, así como en la atención de

quejas e inconformidades ciudadanas; la equidad en los procesos de difusión y la objetividad

en los mecanismos de evaluación y supervisión.

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242 VOLUMEN 12/13

En lo que respecta al criterio de percepción del ciudadano beneficiario, se aplicaron

400 encuestas a través de las cuales se identificó el nivel de satisfacción que los adultos

mayores integrantes del padrón de beneficiarios tienen acerca de los apoyos y servicios

que el sujeto fiscalizado les ofrece, a través del personal del IAAM-DF.

LIMITACIONES

La SDS no proporcionó la información relacionada con los informes de gestión presentados

por la dependencia a las diferentes instancias de control, a la Jefatura de Gobierno, a la

ALDF y con los que formaron parte del Informe Anual de Gobierno; dicha información se

solicitó con atenta nota 15/10 - APPD/101/08, del 7 de abril de 2010.

A fin de subsanar esta falta de cumplimiento en la obligación por parte del sujeto fiscalizado

de proporcionar la información requerida, se remitió a la SDS oficio APPD/10/224 del

14 de abril de 2010, de la Dirección General de Auditoría Programática Presupuestal

y de Desempeño, formulando recordatorio y estableciendo un nuevo plazo perentorio de tres

días adicionales, respecto del cual, con oficio SRM/349/2010, suscrito por el Subdirector

de Recursos Materiales de la SDS y recibido el día 21 de abril de 2010, se remitieron

informes de avance presupuestal, más no se atendió el requerimiento sobre los informes

de gestión.

A la fecha de la elaboración del Informe Final de Auditoría el sujeto fiscalizado no había

proporcionado esta información, no fue posible constatar el cumplimiento de las disposiciones

en la materia; así como proceder al análisis del sistema de medición periódica de resultados

y la presentación de informes de resultados, enfocados a esquemas de transparencia y

rendición de cuentas.

Con el propósito de verificar la eficiencia, eficacia, economía, honradez, legalidad y

transparencia con la que SDS erogó los recursos a través de la empresa dispersora,

se solicitó a la Dirección General de Administración de la SDS mediante atenta nota

13/19-APPD/101/08 del 5 de abril de 2010, la documentación que soportara la suscripción

del convenio de dispersión de recursos económicos celebrado el 1 de octubre de 2007

entre el Gobierno del Distrito Federal y Mexican Payment Systems, S.A. de C. V.; relacionada

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principalmente, con la capacidad jurídica, técnica y económica suficiente para convenir

y obligarse a la prestación del servicio de la dispersión de los recursos económicos.

Al respecto, con el oficio SRM/332/2010 del 13 de abril de 2010, la Subdirección de

Recursos Financieros, entregó copia del oficio IAAM/JUDRF/004/2010 del 7 de abril de 2010,

remitido por la Jefatura de Unidad Departamental del IAAM-DF, en donde hizo referencia

en diversos puntos de los documentos solicitados anteriormente, indicando que la Unidad

Administrativa del IAAM-DF no tuvo conocimiento del proceso de adjudicación referido ni

tampoco tuvo conocimiento si existió algún tipo de dictamen legal, toda vez que el área

jurídica quien pudiera haberlo elaborado depende directamente del Secretario de Desarrollo

Social; asimismo, la Subdirección de Recursos Materiales señaló que la información solicitada

estaba en proceso de integración.

A la fecha de elaboración del Informe Final de Auditoría el sujeto fiscalizado no había

proporcionado esta información, motivo por el cual no fue posible constatar lo establecido

en el párrafo primero del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; así como lo indicado en el artículo 380 del Código Financiero del Distrito

Federal.

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Para el examen del control interno se observaron las disposiciones contenidas en el marco

metodológico, específicamente por lo que se refiere a la Guía para el Estudio y Evaluación

del Sistema de Control Interno, al Manual General de Auditoría y a la Guía de Auditoría de

Desempeño; por lo que se estructuró el cuestionario de control interno que se aplicó

el 7 de octubre de 2009 a la Dirección de Operación de la Pensión Alimentaria del IAAM-DF

y el 9 de octubre de 2009, a la Subdirección de Recursos Financieros de la SDS.

Al respecto, se detectó que para el ejercicio 2008, se encontraban vigentes las disposiciones

contenidas en el Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos Generales de Control

Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, emitido por la Contraloría

General del Distrito Federal (CGDF) con fecha 9 de abril de 2007, cuyo contenido forma

parte de este marco metodológico.

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244 VOLUMEN 12/13

Por lo que, con el objeto de verificar el apego a la normatividad por parte del sujeto

fiscalizado, con relación a las diferentes vertientes que integran la auditoría, se procedió al

análisis de la documentación proporcionada con relación a los registros, informes, reportes

y estadísticas; así como de la información vertida en el cuestionario de control interno.

En cuanto a la vertiente de eficacia, se verificó que la SDS contó con el POA autorizado, con

un procedimiento de elaboración del anteproyecto relativo a la programación-presupuestación

de las ayudas y servicios de asistencia social otorgados a los adultos mayores. Se verificó

que la SDS carece de formatos para la integración del Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos y POA, como lo establece el Manual de Programación-Presupuestación para la

formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, emitido por la SF; así mismo

se verificó que la SDS y el IAAM-DF no contaron con indicadores de resultados y de gestión.

Por lo que se refiere a la vertiente de eficiencia, se encontró que dentro de los ordenamientos

normativos que le aplican, se encuentra el Decreto por el que se Reforman Diversas

Disposiciones del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,

Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 29 de junio de 2007, el cual da

origen al IAAM-DF, sectorizado a la SDS, en este documento se señalan las atribuciones

de dicho instituto, observando enunciados que permiten cumplir con las políticas públicas

y actividades institucionales relacionadas con otorgar ayudas y proporcionar servicios de

apoyo social a personas adultas mayores.

Dentro de estos ordenamientos se localiza el Manual Administrativo del IAAM-DF, con

registro MA-08011-9/07, integrado por los manuales de organización y de procedimientos,

en el primero se localizó la estructura orgánica primaria integrada por una dirección

general, dos direcciones de área y cuatro subdirecciones de área.

En el Manual de Procedimientos con dictamen 9/2007 se incluyen catorce procedimientos,

los primeros seis corresponden al proceso de trámite, control y autorización de la Pensión

Alimentaria, y los ocho restantes a la gama de servicios de apoyo social a adultos mayores.

Al respecto, a partir de un análisis matricial cruzado de atribuciones, funciones, actividades,

áreas de responsabilidad y productos que se deben de generar; así como mecanismos de

control y de presentación de resultados, se detectaron los siguientes riesgos:

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245 VOLUMEN 12/13

1. Un ambiente de control interno débil y vulnerable, las funciones de control interno

solamente se consignan a nivel de la Subdirección de la Pensión Alimentaria y de la

Subdirección de Evaluación, Difusión y Seguimiento de Programas, sin que se encuentre

debidamente expresadas al nivel de la Dirección de Operación a la Atención del Adulto

Mayor, área administrativa a la cual están adscritas.

2. Carencia de elementos de supervisión y retroalimentación para toma de decisiones,

observando un traslape y falta de precisión en el límite de las funciones sustantivas de

las direcciones de área, por lo que no se observa la información básica que le permita

al sujeto fiscalizado una adecuada planeación, ejecución y control de las actividades

que guíen y faciliten la ejecución, continuidad y mejoramiento de las operaciones; así

como vigilancia y el control del ejercicio de la gestión pública.

3. El agrupamiento de funciones no obedece a la denominación de las unidades

administrativas, en la Dirección de Operación de la Atención del Adulto Mayor

únicamente se consignan tres funciones sustantivas relacionadas con la operación de

la Pensión Alimentaria y las trece restantes se refieren básicamente al desarrollo

de programas, acciones de promoción de la cultura del envejecimiento, actividades de

coordinación con organizaciones e instituciones vinculadas con el trabajo gerontológico

y creación de redes sociales.

4. Carencias en el uso de tecnologías para el control de información y la secrecía en

el padrón de derechohabientes de la Pensión Alimentaria.

5. El IAAM-DF no cuenta con indicadores de gestión o de desempeño a través de los

cuales se pueda evaluar la consecución de los objetivos y metas institucionales con

base en la construcción de un sistema de evaluación del desarrollo social, el cual debe

de producir información sistemática que genere una dinámica de mejora continua de

los programas sociales y del uso de los recursos destinados a la política social.

Por lo que se refiere a la vertiente de economía, en la revisión al Anteproyecto de

Presupuesto de Egresos 2008, se verificó que la SDS contó con el procedimiento

“Elaboración de Anteproyecto”, sin embargo, no contó con papeles de trabajo que soportaran

las cifras integradas en dicho documento; asimismo, se comprobó que la dependencia

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careció de registros para llevar a cabo la presupuestación de las actividades institucionales

en revisión.

En cuanto al presupuesto modificado, se revisaron las afectaciones presupuestarias de

las actividades institucionales 03 y 36 del Programa 13, y se verificó que la SDS contó

con el procedimiento “Afectación Programática Presupuestal”. De igual forma, de la revisión

a las afectaciones, se verificó que la SDS contó con los formatos de afectación

presupuestaria, afectación programática y justificación; y que estos documentos fueron

firmados por el servidor público facultado para su elaboración y trámite, de acuerdo al

Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública del

Distrito Federal, vigente en 2008, y a la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores

Públicos Facultados para Elaborar, Solicitar y/o Autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas,

Documentos Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestarias y de Presupuesto

Comprometido, respectivamente.

De igual forma, se verificó que la SDS contó con los procedimientos “Trámite y

Comprobación del Gasto” y “Seguimiento a devoluciones relativas a la pensión universal

alimentaria”; de su revisión, se verificó que las CLC y los Documentos Múltiples (DM)

mediante los cuales se realizaron las devoluciones del presupuesto, se elaboraron en

apego a dichos procedimientos.

Se verificó que la SDS contó con los procedimientos “Trámite y Comprobación del Gasto”

y “Seguimiento a devoluciones relativas a la pensión universal alimentaria”; de su revisión,

se verificó que las CLC y los DM mediante los cuales se realizaron las devoluciones del

presupuesto, se realizaron en apego a dichos procedimientos.

En cuanto a la vertiente de calidad, se constató que la SDS a través del IAAM-DF, atendió

las solicitudes de la población objetivo, las cuales formaron parte del padrón de beneficiarios,

una vez que se entregaron las tarjetas correspondientes, así como las reposiciones

que procedieron; de igual forma, el IAAM-DF proporcionó otros servicios dirigidos a los

beneficiarios del programa institucional.

No obstante, la atención de estas solicitudes no se realizó conforme a los términos del

articulo 16 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria

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para los Adultos Mayores de Setenta años Residentes en el Distrito Federal, ya que la

dependencia no cuenta con los registros de fecha de solicitud por parte del adulto mayor,

ni cuenta con un registro de fechas en lista de espera.

De igual manera, se detectó una falla de control interno en el registro de solicitudes de

reincorporación al padrón de beneficiarios, ya que el IAAM-DF no cuenta con el registro

de las fechas de solicitud de reincorporación, por lo que no fue posible determinar

el cumplimiento de los tiempos referidos en el artículo 51 del citado Reglamento; de esta

forma no fue posible conocer la oportunidad con que la Dirección de Operación de la

Pensión Alimentaria operó los procedimientos descritos en el Manual Administrativo

del IAAM-DF.

DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Dentro de la vertiente de eficacia, y a fin de evaluar la confiabilidad y actualización del

padrón de beneficiarios de la Pensión Alimentaria, se llevó a cabo la revisión del universo

de los 430,000 beneficiarios a partir de los conglomerados de nombre, fecha de nacimiento

y domicilio; llegando a establecer una muestra de 118 expedientes de derechohabientes,

con homonimias y con edades semejantes.

Como parte de la revisión de la vertiente de eficiencia y a fin de evaluar el grado de

cumplimiento de las disposiciones normativas que le aplican al IAAM-DF, relacionadas con la

integración, actualización, guarda y custodia de los expedientes de los derechohabientes

de la Pensión Alimentaria y los servicios de asistencia social que proporciona, se

seleccionó una muestra de 400 expedientes de derechohabientes a partir de las tablas

estadísticas “Cálculo del Tamaño de la Muestra por Atributos para Tasas de Desviación de

Universos Grandes” con un nivel de confianza del 95% y un margen de error de ± 5%.

Para la revisión del criterio de economía, se revisó el 100% de Afectaciones Programático-

Presupuestarias, de las actividades institucionales 03 y 36, por lo que se revisó el 100.0%

del presupuesto, que ascendió a 172,902.6 miles de pesos y 3,945,473.9 miles de pesos,

respectivamente. En cuanto a la revisión de las CLC, se revisó el 100.0% correspondiente

a la actividad institucional 36.

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Para la determinación de la muestra del presupuesto ejercido de la actividad institucional 03,

se revisaron los siguientes criterios: a) partidas no presupuestadas originalmente, b) partidas

con mayor gasto, y c) partidas no vinculadas con la denominación de la actividad institucional.

Respecto al criterio de percepción del ciudadano beneficiario, se aplicaron 400 encuestas

con el fin de conocer la percepción de los adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito

Federal, sobre la calidad de los apoyos y servicios recibidos del personal del IAAM-DF.

La determinación de la muestra se realizó a partir de un universo de 430,000 derechohabientes

de la Pensión Alimentaria, utilizando una técnica de muestreo por atributos con un nivel

de confianza de 95% error tolerable del ± 5%, y un error esperado del 3%.

RESULTADOS

Congruencia

1. Resultado

Objetivo de la SDS y del IAAM-DF y su Vinculación con las Prioridades del Distrito Federal, en materia de Desarrollo y Asistencia Social

Con fundamento en el artículo 1o. de la Ley que Establece el Derecho de la Pensión

Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal,

vigente durante 2008, dichas personas tienen derecho a recibir una pensión diaria no menor

a la mitad del salario mínimo vigente en el Distrito Federal; y según los artículos 3, 4 y 5

del reglamento de la ley referida, todo adulto mayor que radica en el Distrito Federal, tiene

derecho a recibir una pensión que garantice su seguridad económica básica, la cual no está

condicionada a la carencia de recursos económicos de los beneficiarios; en consecuencia,

quienes cumplan con los requisitos tienen derecho a recibir la pensión, cuyo monto será

el equivalente al 50% del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

El Programa de Apoyo Social para los Adultos Mayores, contenido en el Programa

Institucional 2008-2012 del IAAM-DF, señala como objetivo particular fortalecer la autonomía

y desarrollar acciones tendientes a incrementar el grado de independencia de las persona

adultas mayores, a través de apoyos sociales; asimismo, con relación a la Pensión

Alimentaria para adultos mayores, se establece como objetivo particular el de garantizar

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el cumplimiento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria de las

Personas Adultas Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal.

Por otra parte, de acuerdo con el diagnóstico contenido en el citado programa institucional, la

población envejece rápidamente, teniendo este grupo de población, una tasa de crecimiento

de 3.4% anual y una esperanza de vida de 72.4 años para los hombres y 77.4 años para

las mujeres.

En marzo de 2001, con una población de 250 mil pensionados, inició la operación del

Programa de Apoyo Alimentario, Atención Médica y Medicamentos Gratuitos para Adultos

Mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal. A finales de 2007, la cobertura

alcanzó a 416,472 adultos mayores que gozaron el derecho a la Pensión Alimentaria,

estableciendo una meta para 2008 de 430,000 derechohabientes.

En virtud de lo anterior, se señala que el objetivo de la Pensión Alimentaria para adultos

mayores y los servicios de apoyo social que se proporcionan son congruentes con los

términos establecidos en la ley y el reglamento referidos; así como con la política social

y el Programa Institucional 2008–2012 del IAAM-DF.

2. Resultado

Vinculación del Programa 13 “Desarrollo y Asistencia Social” con los Instrumentos de Planeación de Corto y Mediano Plazo, Ejes y Estrategias contenidas en los Documentos del Gobierno Federal y del Distrito Federal

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 en el apartado 3.6, en el cual se hace referencia

a “Grupos Vulnerables”, se señala que es obligación del Estado propiciar la igualdad

de oportunidades para todas las personas, de manera especial a quienes conforman

los grupos vulnerables de la sociedad, entre ellos, los adultos mayores. Asimismo, las

oportunidades deben de incluir el acceso a servicios de salud, educación y trabajo acorde

con sus necesidades.

A partir de lo anterior, en el mismo plan, se establece la Estrategia 17.3, que a la letra dice:

“Focalizar el apoyo a la población de 70 años y más, dando prioridad a quienes habitan en

comunidades de alta marginación o que viven en condiciones de pobreza”.

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A través de esta estrategia, se otorgaría un apoyo económico bimestral a las personas

de 70 años o más que viven en áreas rurales con menos de 2,500 habitantes. Como

complemento de lo afirmado, también se establece en la Estrategia 17.9, el darle prioridad

a las vertientes de apoyo alimentario y nutricional, con acciones integrales y articuladas

que atiendan con oportunidad y eficacia a la población vulnerable, entre otros, adultos

mayores de 70 años en desamparo.

Por su parte, en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal. 2007-2012,

en el Eje 2 “Equidad”, referente a adultos mayores, se anota que “La población adulta

mayor enfrenta diversos problemas que van desde enfermedades crónico degenerativas,

discapacidad, hasta abandono familiar y falta de ingresos para un mínimo de manutención.”

Asimismo, se indica que “Una proporción importante de los adultos mayores vive en

condiciones de pobreza y pobreza extrema, por carecer de los satisfactores básicos que

les permita vivir con dignidad […] La proyección es de que casi un millón de adultos

mayores no contarán con una pensión suficiente, lo anterior resulta más complejo si se toma

en consideración que 48% de los habitantes de la Ciudad no disponen de los servicios de

salud que prestan las instituciones públicas”.

A continuación se muestran los instrumentos de planeación de corto y mediano plazo,

vinculados con el Programa 13 “Desarrollo y Asistencia Social”:

Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012

Estrategia integral de política pública Ciudad en movimiento Eje 3. Igualdad de oportunidades Cada mexicano, sin importar su lugar de origen y el nivel de ingreso de sus padres, debe tener acceso a genuinas oportunidades de formación y de realización. Esa es la esencia de la igualdad de oportunidades y sólo mediante ella puede verificarse la ampliación de capacidades y el mejoramiento de las condiciones de vida de aquellos que más lo requieren. El Desarrollo Humano Sustentable encuentra en dichos procesos la base personal, familiar y comunitaria de su realización social.

Eje 2 “Equidad” El Distrito Federal es la entidad con la menor proporción de población en el rango de edad menor de catorce años (23%), es decir, la mayoría se ubica en una edad igual o superior a los quince años. El cambio socio-demográfico del Distrito Federal obliga a diseñar y poner en práctica en el corto plazo políticas públicas y programas amplios y crecientes para jóvenes y adultos mayores durante los próximos 20 años, tiempo que se estima, durará el cambio en la estructura poblacional.

De las aproximadamente 860 mil personas adultas mayores de 60 años que habitan en el Distrito Federal, más del 58% son mujeres. La población adulta mayor enfrenta diversos problemas que van desde enfermedades crónico degenerativas, discapacidad, hasta abandono familiar y falta de ingresos para un mínimo de manutención. Una proporción importante de los adultos mayores vive en condiciones de pobreza y pobreza extrema, por carecer de los satisfactores básicos que les permitan vivir con dignidad.

Continúa…

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251 VOLUMEN 12/13

… Continuación

Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012

La proyección es de que casi un millón de adultos mayores que no contarán con una pensión suficiente, lo anterior resulta más complejo si se toma en consideración que 48% de los habitantes de la Ciudad no disponen de los servicios de salud que prestan las instituciones públicas.

Objetivos Objetivos Garantizar el acceso de todos los ciudadanos a un sistema de justicia eficaz. Reducir la pobreza extrema y asegurar la igualdad de oportunidades y la ampliación de capacidades para que todos los mexicanos mejoren significativamente su calidad de vida y tengan garantizado la alimentación, salud, educación, vivienda digna y un medio ambiente adecuado para su desarrollo tal y como lo establece la Constitución.

Transformar la ciudad en un lugar favorable para el crecimiento y desarrollo de todos los niños, niñas y jóvenes, que brinde confort a los adultos mayores y que sea amable con la población con capacidades diferentes.

Estrategia 12.3 Estrategias Priorizar la atención de grupos vulnerables para prevenir la violación de sus derechos humanos. Modificar el enfoque de las políticas públicas para la defensa de los derechos humanos, superando la visión que pretende únicamente restituir el goce de los mismos, para privilegiar un enfoque preventivo de la violación de estos derechos.

Para abatir la desigualdad entre los grupos más desfavorecidos, el gasto social se localizará en las unidades territoriales más marginadas y atenderá en particular a los grupos vulnerables, como los adultos mayores, la población indígena, infantes, jóvenes, mujeres, migrantes y personas con capacidades diferentes.

Esta nueva orientación resulta particularmente importante en el caso de miembros de grupos vulnerables como son los niños, los adultos mayores, los discapacitados, los enfermos y cualquier otro grupo social que, por sus características, se encuentre expuesto a la violación de sus derechos humanos

3.2 Desarrollo integral y salud Estrategias Salud La población de adultos mayores crece considerablemente y con ello poco a poco disminuye la base social de personas que aportan recursos al conjunto social. En otras palabras, el bono demográfico que representa un segmento mayoritario de la población en edad productiva se irá disminuyendo, indefectiblemente, con el tiempo. Se augura que en menos de 25 años el sector de adultos mayores pasará de 6 a 15.6 millones de personas, de manera que para el año 2030 representará 12% de la población nacional. Los problemas de salud de adultos y adultos mayores serán, por lo tanto, el componente que más atención demande.

A través de programas de apoyo, específicos en materia de educación, ingresos, salud, vivienda y alimentación, se buscará cerrar progresivamente las brechas de desigualdad que padecen los indígenas y pueblos originarios en la ciudad.

Objetivo 4 Objetivo Mejorar las condiciones de salud de la población. Gran parte de las enfermedades y riesgos para la salud que más frecuentemente padecen los niños, los jóvenes, las mujeres y los adultos mayores pueden evitarse mediante acciones de prevención oportuna y adecuada.

El gobierno brindará atención integral en salud a adultos mayores, se ampliará la atención médica domiciliaria, con especial consideración a la perspectiva de género.

3.6 Grupos vulnerables Objetivo Es obligación del Estado propiciar igualdad de oportunidades para todas las personas, y especialmente para quienes conforman los grupos más vulnerables de la sociedad, como los adultos mayores, niños y adolescentes en riesgo de calle, así como a las personas con discapacidad. La igualdad de oportunidades debe permitir tanto la superación como el desarrollo del nivel de vida de las personas y grupos más vulnerables. Estas oportunidades deben incluir el acceso a servicios de salud, educación y trabajo acorde con sus necesidades.

Mejorar la distribución del ingreso, disminuir la incidencia y la intensidad de la pobreza, con especial énfasis en los grupos más vulnerables y las zonas territoriales de alta marginación.

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Bajo el anterior contexto y, con fundamento en el artículo 1o. de la Ley que Establece el

Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes

en el Distrito Federal, así como en los artículos 3, 4 y 5 de su reglamento, el objetivo que

orienta las acciones relativas a la Pensión Alimentaria y el otorgamiento de servicios a los

adultos mayores, es congruente con los preceptos en materia de protección social,

estrategias y objetivos trazados en los instrumentos de planeación de corto y mediano

plazo, emitidos por el Gobierno del Distrito Federal en el Programa General de Desarrollo del

Distrito Federal 2007-2012 y los contenidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2007- 2012,

del Gobierno Federal.

Competencia

3. Resultado

Competencia de la SDS y del IAAM-DF, para la Operación de la Pensión Alimentaria y el Otorgamiento de Servicios a los Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal

A fin de constatar si el marco normativo que rige a la SDS y al IAAM-DF, les permite

cumplir con la operación del Programa 13 “Desarrollo y Asistencia Social” con respecto a

la actividad institucional 03 “Otorgar servicios de apoyo social a personas adultas mayores

y la actividad institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”, se analizaron

las atribuciones que tienen para llevar a cabo su gestión.

Con base en los artículos 40 y 41 del Reglamento de la Ley que establece el Derecho a la

Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito

Federal, se establece que la SDS es la instancia normativa de la Pensión Alimentaria, en

tanto que el IAAM-DF, es la instancia operativa de la pensión.

Con el propósito de constatar si el marco normativo con que cuenta la SDS, en su calidad

de unidad ejecutora de gasto de la Pensión Alimentaria, es el adecuado para cumplir con

su mandato inherente a las ayudas para adultos mayores de setenta años residentes en

el Distrito Federal, fueron analizadas las atribuciones que tiene el sujeto fiscalizado para

llevar a cabo su gestión en la materia, como parte de su marco normativo de actuación.

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253 VOLUMEN 12/13

De esta forma, se analizaron los siguientes ordenamientos, vigentes en 2008:

● Ley que establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores

de Setenta Años, Residentes en el Distrito Federal.

● Reglamento de la Ley que establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos

Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal.1

● Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan Diversas Disposiciones del

Reglamento de la Ley que establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los

Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal.

En la Ley que establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de

Setenta Años Residentes en el Distrito Federal; se verificó que ésta delimita a la población

a quien va dirigido el beneficio de Ley, indica la obligación del Jefe de Gobierno del

Distrito Federal para incluir dentro del Proyecto de Presupuesto de Egresos del Distrito

Federal la asignación que garantice el derecho a la Pensión Alimentaria; señala la

aprobación de los recursos necesarios por parte de la ALDF; e indica la forma de cómo se

hará valer la Pensión Alimentaria, y cómo deberá ser la actuación de los servidores

públicos responsables de la aplicación de esta Ley.

En el Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los

Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal, se observó que éste

indica, entre otros aspectos, que todos los adultos mayores tienen derecho a recibir una

pensión que garantice su seguridad económica básica; que el monto de la pensión será

el equivalente al 50% del salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal; los requisitos

para ser beneficiarios de la Pensión Alimentaria; la facultad del IAAM-DF para realizar

visitas domiciliarias para verificar el disfrute del beneficio, sobrevivencia, atención a dudas

o problemas con el beneficio de ese ordenamiento; las causas por las cuales los adultos

mayores serían dados de baja del padrón de beneficiarios; y, las facultades y obligaciones

que tienen las instancias normativa y operativa de la Pensión Alimentaria.

1 Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2003, última reforma publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 29 de junio de 2007.

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254 VOLUMEN 12/13

Con relación al Decreto por el que se Reforman Diversas Disposiciones del Reglamento

Interior de la Administración Pública del Distrito Federal,2 en el artículo 61, establece que

el IAAM-DF, tiene como objetivo “tutelar el ejercicio de los derechos de las personas

adultas mayores, operando su Pensión Alimentaria y promoviendo ante las dependencias

y entidades competentes las acciones y programas que aseguren el mejoramiento y

fortalecimiento de sus condiciones sociales y de salud y la elevación de su calidad

de vida”.

Para cumplir el objetivo señalado, el las modificaciones al Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal, antes mencionado, le otorga al IAAM-DF diferentes

atribuciones, entre las que destacan proponer al titular de la SDS las acciones para

generar una cultura de la vejez y el envejecimiento; promover la difusión, reconocimiento y

ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores; operar el programa de visitas

médicas domiciliarias; proponer ante otras instancias competentes, acciones y programas

de promoción de la salud; promover la formación y fortalecimiento de redes sociales de apoyo

para los adultos mayores, involucrando de manera coordinada a la familia, la comunidad

y a las instituciones de gobierno; y, proponer la creación y funcionamiento de Centros de

Día para la Atención de Adultos Mayores.

Por lo anterior, del análisis efectuado a los procedimientos implantados por el sujeto

fiscalizado, se observó que los mismos coadyuvan en el cumplimiento de las actividades

sustantivas relacionadas con el otorgamiento de la Pensión Alimentaria y servicios de

apoyo a los adultos mayores del Distrito Federal, según lo dispone el artículo 40, fracción I,

del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para Adultos

Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal; así como el artículo 61 del

Decreto por el que se Reforman Diversas Disposiciones del Reglamento Interior de la

Administración Pública del Distrito Federal, por lo que el marco normativo en la materia,

conformado por la ley y su reglamento, en el cual se apoyan para realizar sus funciones,

le facultan para ser competentes y cumplir con su misión y objetivos.

2 Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

el 29 de junio de 2007

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255 VOLUMEN 12/13

Eficacia

4. Resultado

Programación de la Meta Física Original y Documentación Soporte

Con el propósito de constatar si la SDS contó con bases de cálculo, documentación soporte

o con metodología para integrar la meta física original de las actividades institucionales 03

y 36 del Programa 13; así como para verificar que el Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos y POA se haya integrado de conformidad con el Manual de Programación-

Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008,

se solicitó información al sujeto fiscalizado, detectando que con el oficio IAAMDF/000137/07

del 22 de octubre del 2007, la Directora General del IAAM-DF, remitió al Director General

de Administración de la SDS, el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008.

En este sentido, con el oficio DGA/3138/2007 del 22 de noviembre de 2007, la Dirección

General de Administración de la SDS remitió copia de dos Anteproyectos de Presupuesto

de Egresos a la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas (SF), uno de

ellos se ajustó al techo presupuestal autorizado y el otro se elaboró con base en las

necesidades mínimas para cumplir con el Programa General de Desarrollo del Distrito

Federal 2007-2012, como se muestra a continuación:

Anteproyecto elaborado por el IAAM

Anteproyecto ajustado al techo presupuestal

Anteproyecto con base en las necesidades mínimasPrograma/Programa

Especial/Actividad institucional

Unidad de medida

Demanda

total identificada

Demanda posible

de atender

Demanda total

identificada

Demanda posible

de atender

Demanda total

identificada

Demanda posible

de atender

13 “Desarrollo y Asistencia Social”

00 “Acciones del Programa Normal”

03 “Otorgar servicios de apoyo social a personas adultas mayores” Persona 859,438 435,000 2,500 2,500 2,500 2,500 06 “Acciones del Programa Especial” 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores” Persona 435,000 435,000 420,000 420,000 420,000 420,000

FUENTE: Anteproyecto del Presupuesto de Egresos, proporcionado por la SDS y el IAAM-DF.

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256 VOLUMEN 12/13

De lo anterior se concluye, que la SDS no consideró la información contenida en los

formatos del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos elaborado por el IAAM-DF, quien

es la unidad encargada de operar las actividades institucionales 03 y 36 del Programa 13,

en virtud de que las cifras de las metas físicas de ambas actividades integradas en los

Anteproyectos presentados por la SDS a la Subsecretaría de Egresos de la SF, no coinciden

con las requisitadas en los formatos del IAAM-DF.

Con la finalidad de verificar si las metas programadas por el IAAM-DF contaron con bases de

cálculo, se solicitó a través de la atenta nota 03/09–APPD/101/08 del 1o. de diciembre

de 2009, la memoria de cálculo y papeles de trabajo con los que se integraron en 2008,

las metas físicas originales, correspondientes a los servicios relativos a la ejecución de la

actividad institucional 03 “Otorgar servicios de apoyo social a personas adultas mayores”;

Programa Especial 00 “Acciones del Programa Normal”; así como las correspondientes a

la actividad institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”, del Programa

Especial 06 “Equidad en la Ciudad” ambas del Programa 13 “Desarrollo y Asistencia

Social”; al respecto el IAAM-DF, proporcionó con oficio DPA/165/09 del 3 de diciembre de

2009, suscrito por la Directora de la Pensión Alimentaria, un cuadro comparativo mediante

el cual describieron la proyección realizada por el IAAM-DF con base a la proyección del

Consejo Nacional de Población (CONAPO), así como las proyección y metas establecidas

por el IAAM-DF; estos datos figuran en el Programa Institucional 2007-2012, y se muestran

a continuación:

2005 2006 2007 2008

1) Proyección CONAPO 379,275 391,895 404,917 418,019 2) Proyección IAAM-DF 403,511 416,937 430,791 444,730 3) Metas IAAM-DF 381,500 400,000 416,472 430,000 4) Cobertura [ 3) / 2) ] 94.55% 95.94% 96.68% 96.69%

Con el propósito de aclarar las diferencias encontradas, se solicitó al IAAM-DF a través de

la atenta nota 09/10–APPD/101/08 del 2 de marzo de 2010, información de la proyección

de la población adulta mayor en el Distrito Federal que figura en el Programa Institucional

2008-2012; asimismo, precisar la estimación de la población a atender en el periodo, a partir

de los datos disponibles del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática; y de los

índices de crecimiento con los que trabaja el CONAPO; ya que la proyección del IAAM-DF

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257 VOLUMEN 12/13

considera cantidades mayores. Al respecto, con oficio IAAM/DA/305/2010 del 19 de marzo

de 2010, suscrito por el Director de Administración del IAAM-DF, se señala que “se reitera

que para el año 2008 el Instituto elaboró una proyección propia, tomando en cuenta

el II Conteo de Población y Vivienda 2005, la población real atendida por el IAAM-DF

y las tasas de crecimiento estimadas por CONAPO. El INEGI no realiza estimaciones de

población, solo realiza Censos y Conteos de Población”.

En tal sentido, y al no haber proporcionado la metodología utilizada o los factores que se

consideraron para determinar la estimación del crecimiento de la población, ni la precisión del

comportamiento de la estimación, se concluye que el IAAM-DF estimó tasas de crecimiento

de población adulta mayor de 70 años, por encima de la proyección del CONAPO,

con factores promedio de crecimiento anual en el periodo 2005-2008, de 1.063900863,

1.063899769, 1.063899515 y 1.063899009.

Con el propósito de profundizar al respecto y a fin de constatar si la SDS cuenta con

bases de cálculo o metodología para la integración de la meta física, con oficio APPD/10/03

del 25 de enero de 2010 se solicitó al CONAPO, información sobre la población objetivo

integrada por los adultos mayores de setenta años, que habitan en el Distrito Federal.

Al respecto con el oficio SG/018/10 del 29 de enero de 2010, el Consejo remitió cuadros

estadísticos del total de la población, por grupo quinquenal, de 70 años en adelante por

sexo y delegación del Distrito Federal; del análisis a dicha información, se constató que

las cifras coincidieron con las proyecciones de la población proporcionada por la SDS.

Respecto a la cobertura, el cumplimiento de las metas proyectadas para los ejercicios

de 2005 y 2006, fue del 94.5% y 95.9% respectivamente, y de 96.7% para 2007 y 2008.

Sin embargo, del análisis al Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, se verificó

que el IAAM-DF estimó una meta de 435,000 personas a quienes se les otorgarían

servicios de apoyo social y Pensión Alimentaria, correspondientes a las actividades

institucionales 03 y 36 integradas por Delegación como se indica a continuación:

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Delegación Meta física

Población beneficiada

Total 435,000 1,740,000 Álvaro Obregón 31,302 125,208 Azcapotzalco 27,162 108,648 Benito Juárez 28,348 113,392 Coyoacán 37,107 148,428 Cuajimalpa de Morelos 4,625 18,500 Cuauhtémoc 33,936 135,744 Gustavo A. Madero 71,327 285,308 Iztacalco 24,835 99,340 Iztapalapa 65,243 260,972 Magdalena Contreras 9,857 39,428 Miguel Hidalgo 20,206 80,824 Milpa Alta 4,057 16,228 Tláhuac 9,717 38,868 Tlalpan 23,435 93,740 Venustiano Carranza 29,212 116,848 Xochimilco 14,631 58,524

FUENTE: IAAM-DF.

A partir de lo anterior, el IAAM-DF estimó que al atender a 435,000 adultos mayores con

servicios y ayudas durante 2008, generaría un impacto de beneficio estimado a un grupo

de población integrado por 1,740,000 personas.

Al respecto, con la finalidad de verificar dicha estimación, se solicitó al IAAM-DF con la

atenta nota 09/10–APPD/101/08 del 2 de marzo de 2010, proporcionara la documentación

soporte de la ponderación, como son estudios socioeconómicos, encuestas u otros, que

sirvieron de base para la integración del Anteproyecto de Presupuesto 2008, y que

permitieron estimar de la cantidad de 1,740,000 personas como población beneficiada, a

partir de otorgar 435,000 pensiones alimentarias en el periodo. Al respecto, con el oficio

IAAMDF/305/2010 del 19 de marzo de 2010, suscrito por el Director de Administración, se

indicó que “se consideró cuatro personas beneficiadas a partir de los datos recabados en

la Encuesta de Percepción sobre Beneficios y Evaluación de la Pensión Alimentaria para

Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal, concretamente la pregunta

24, ¿Cuántas personas Viven con Usted?”.

A fin de concluir el análisis correspondiente, se señala que con el oficio SE/0145/08

del 8 de enero de 2008, la Subsecretaría de Egresos de la SF, remitió a la SDS el Techo

Presupuestal autorizado, así como el Analítico de Claves, POA y el Decreto de Presupuesto

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259 VOLUMEN 12/13

de Egresos de 2008. De la revisión al POA, se identificó que las metas originales

autorizadas por la SF, ascendieron a 422,500 servicios que se otorgarían a las personas

adultas mayores y 420,000 personas que recibirían la Pensión Alimentaria, correspondientes

a las actividades institucionales 03 y 36, respectivamente.

En virtud de lo anterior, se concluye que la SDS no contó con papeles de trabajo, ni con

una metodología para la estimación de las cifras de las metas físicas correspondientes

a las actividades institucionales 03 y 36, en virtud de que en la proyección del IAAM-DF

para el ejercicio 2008, la cifra considerada ascendió a 444,730 personas siendo que en el

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008 se planteó otorgar servicios y ayudas

a 435,000 adultos mayores de 70 años.

En la reunión de confronta, celebrada el día 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con

el oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín

Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa

documentación integrada por 134 folios; dentro de los cuales se localiza la nota informativa

s/n del 14 de mayo de 2010, suscrita por el Ciudadano Ricardo Javier Martínez Atala,

Subdirector de Recursos Financieros en que señala que “la autoridad en materia financiera

del Gobierno del Distrito Federal, es la Secretaría de Finanzas y estableció el techo

presupuestal 2008 para la Secretaría de Desarrollo Social, conforme a las atribuciones

que le da el artículo 442 del Código Financiero del Distrito Federal. Etiquetando la unidad de

medida de la actividad institucional para otorgar la Pensión Alimentaria a los adultos mayores

de setenta años residentes en el Distrito Federal, así como el monto presupuestal para

dicho ejercicio fiscal”

Con la documentación presentada no se muestran los papeles de trabajo, ni la metodología

utilizada para la estimación de las metas físicas, por lo que el presente resultado no se

modifica.

Recomendación APPD-101-08-30-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social cuente con la documentación soporte

para la estimación de las metas físicas, acordes con las bases y proyecciones estadísticas

propias y las de los organismos especializados; las que deben de reflejarse en el anteproyecto

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de presupuesto de egresos y las gestiones de recursos que soporten los incrementos por

las modificaciones a la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los

Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal.

5. Resultado

Congruencia de la Unidad de Medida de las Actividades Institucionales 03 y 36 del Programa 13

De la revisión al POA 2008, se identificó que la unidad de medida autorizada en la

actividad institucional 03 fue “Servicios”, y para la actividad institucional 36 fue “Persona”.

En cuanto a la primera actividad institucional se autorizó una meta física de 422,500 servicios

de apoyo social que se otorgarían a las personas adultas mayores; en la segunda se autorizó

una meta de 420,000 personas adultas mayores a las que se les otorgaría la Pensión

Alimentaria.

Con la finalidad de verificar que los conceptos registrados dentro de la actividad

institucional 03 hayan sido congruentes con la unidad de medida, se solicitó al IAAM-DF

mediante atenta nota 09/10 del 2 de marzo de 2010, el alcance de la unidad de medida

“Servicio”, consignada en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, precisando

las características de las acciones registradas. Con el oficio IAAM/DA/305/2010 del 19 de

marzo de 2009, el IAAM-DF informó que en su anteproyecto la unidad de medida que se

consideró para esta actividad institucional, fue la de “Persona” y no la de “Servicio”,

situación que fue corroborada en la revisión del citado documento.

Por tanto, se solicitó que fundamentara la modificación de la Unidad de Medida; al respecto

informó que “en el anteproyecto se consideró que se otorgarían servicios al número total

de derechohabientes, por ello la meta de las dos actividades institucionales son idénticas.

El cambio posterior fue informado de manera electrónica por la Subdirección de Recursos

Financieros de la Secretaría de Desarrollo Social sin que se proporcionara el motivo de

esta modificación”.

En virtud de lo anterior, se solicitó dicha información a la SDS; la que en respuesta indicó que

la modificación de la unidad de medida en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008,

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para la actividad institucional 03 “Otorgar servicios de apoyo social a personas adultas

mayores” fue enterada a la SDS de forma electrónica por la SF, con la autorización

del POA 2008.

Al respecto, con la finalidad de conocer los conceptos que se registraron bajo las

unidades de medida “Servicio” y “Persona” de las actividades institucionales 03 y 36,

respectivamente, se revisó el Programa Institucional 2008-2012, y se identificaron las

principales acciones, siendo éstas las siguientes:

Acciones Cantidad

Actividad institucional 03 Visitas médicas domiciliarias Barrido de domicilio, visita casa por casa 30,000 Valoraciones geriátricas integrales a adultos mayores 22,500 Consulta de subsecuencia a los adultos mayores 3,000 Curso de capacitación a médicos 3 Investigaciones en geriatría y gerontología 1

Actividad institucional 36 Visitas domiciliarias de incorporación, seguimiento y atención a pensionados

1,750,000

Establecimiento de módulos de atención a pensionados 1

En virtud de lo anterior, se verificó que las acciones realizadas como parte de las actividades

institucionales 03 y 36, no tuvieron relación con las reportadas en el Informe de Cuenta

Pública 2008 del sujeto fiscalizado, en virtud de que la SDS sólo registró el número de

personas a quién se les otorgaría tanto la pensión como los servicios de asistencia social.

En cuanto a la actividad institucional 03, su unidad de medida fue “Servicio”; sin embargo,

en el Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto fiscalizado, no se reportaron los servicios

que se realizaron durante 2008. Tampoco se consideraron las acciones que se realizaron para

llevar a cabo la operación de la actividad institucional 36, con relación al otorgamiento

de la Pensión Alimentaria, además de que, de acuerdo con la información proporcionada

por la SDS, los gastos de operación de dicha actividad institucional fueron registrados

como parte de la actividad institucional 03, por lo cual se analizaron dentro de la vertiente

de Economía.

En virtud de lo anterior, se desprende que la SDS reportó como meta alcanzada 422,500

servicios de apoyo social que se otorgarían a las personas adultas mayores; y una meta

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de 420,000 personas a las que se les otorgaría la Pensión Alimentaria; sin embargo, dicha

cantidad no cuantificó el número de servicios realizados durante el ejercicio en revisión,

debido a que la SDS reportó el número de personas atendidas, más no el número de

servicios otorgados a las personas adultas mayores como lo indica la unidad de medida

autorizada; esta situación denotó incongruencia en la vinculación de la unidad de medida

y la meta alcanzada reportada por la SDS en la actividad institucional 03.

En cuanto a la actividad institucional 36, en el Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto

fiscalizado, la SDS reportó para la actividad institucional 36 “Otorgar ayudas a personas

adultas mayores” una meta física alcanzada de 430,000 personas a las cuales se les

otorgó la Pensión Alimentaria.

En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con el

oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín

Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa

documentación integrada por 134 folios; respecto, de los cuales con los folios 003, 004,

005, 006, 007 y 008, se recibe el oficio SE/145/08, del 9 de octubre de 2007, suscrito por

el Subsecretario de Egresos de la SF, dirigido al Secretario de Desarrollo Social, con el

cual le da a conocer los lineamientos para la integración del anteproyecto de presupuesto

2008 y el techo presupuestal, consignando para la actividad institucional 03 y 36, como

unidad de medida “Persona”.

Al respecto, en la documentación presentada por el sujeto fiscalizado persiste la diferencia

entre los conceptos de unidad de medida persona y servicio, por lo que no se aclaran las

discrepancias que se observan en el Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto fiscalizado;

en tal virtud, no se modifica el presente resultado.

Recomendación APPD-101-08-31-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención

de los Adultos Mayores en el Distrito Federal establezca mecanismos de control y supervisión

que garanticen que lo reportado en el Informe de Cuenta Pública, como meta física

alcanzada, se vincule con la unidad de medida de cada actividad institucional.

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263 VOLUMEN 12/13

6. Resultado

Padrón de Beneficiarios de la Pensión Alimentaria

En el artículo 32 de la Ley de Desarrollo Social, se establece que los programas sociales

específicos de la Administración Pública del Distrito Federal deberán enmarcarse en

los principios de dicha ley y ser congruentes con el contenido del Programa General

de Desarrollo Social 2007-2012.

El artículo 34 de la Ley de Desarrollo Social, indica que cada unos de los programas deberá

tener actualizado un padrón de participantes o beneficiarios. Dichos programas sociales

serán auditables en términos de la legislación vigente por los órganos facultados para ello.

En el artículo 37 de la misma ley, se señala que los órganos que integran la Administración

Pública del Distrito Federal ejecutores de cada programa serán los responsables, en el

ámbito de su competencia, del resguardo y buen uso de los padrones de beneficiarios

o participantes, los cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo

político, religioso o comercial, ni para ningún fin distinto al establecido en los lineamientos

y mecanismos de operación del programa respectivo.

El artículo 58 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social, establece que para la

integración de los padrones de beneficiarios, las dependencias u órganos desconcentrados

que correspondan, solicitarán, salvo características específicas del programa o casos

excepcionales, los siguientes datos personales: nombre completo, lugar y fecha de nacimiento,

sexo, edad, pertenencia étnica, grado máximo de estudios, tiempo de residencia en el

Distrito Federal, domicilio, ocupación, datos de los padres o tutores, en su caso y Clave

Única de Registro de Población (CURP).

En el artículo 59 del mismo ordenamiento, se señala que la entidad o dependencia

ejecutora del programa será la responsable de la correcta integración y actualización del

padrón de beneficiarios; así como de su uso y resguardo estricto para los fines establecidos

en la Ley y su Reglamento.

En el artículo 9o. del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión

Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años residentes en el Distrito Federal,

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vigente en 2008, se establece como requisitos para ser pensionado e incorporarse al padrón

de beneficiarios de la Pensión Alimentaria, tener 70 años de edad, contar con 3 años de

residencia en el Distrito Federal, acreditar mediante identificación o documentación idónea

la edad referida, así como aceptar los compromisos de incorporación al padrón.

En el Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto fiscalizado, la SDS reportó en la actividad

institucional 36 una meta alcanzada de 430,000 personas a las que se les otorgaría la

ayuda de Pensión Alimentaria.

Por tal motivo, se solicitó al IAAM-DF, mediante el oficio APPD/101/08 que proporcionara

el padrón de beneficiarios del Programa de Pensión Alimentaria a Adultos Mayores de

setenta años residentes en el Distrito Federal. Con el oficio DPA/067/2010 del 23 de febrero

de 2010 entregó dicho padrón. De su revisión, se identificó que estuvo desagregado por

nombre del beneficiario, fecha de nacimiento, edad, sexo, fecha de baja al padrón, fecha

de alta, domicilio completo, delegación y unidad territorial. Sin embargo, el padrón no contó

con el campo de la CRUP, situación con la que incumplió el artículo 58 del Reglamento de

la Ley de Desarrollo Social.

Del análisis a dicho padrón, se observó lo siguiente:

● Contenido del padrón y datos reportados en el Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto

fiscalizado, por Delegación:

Delegación Informe de Cuenta Pública

(1)

Padrón de beneficiarios

(2)

Diferencias (2) - (1)

(3)

Total 430,000 430,000 Álvaro Obregón 31,379 31,426 47 Azcapotzalco 26,090 26,134 44 Benito Juárez 27,886 27,932 46 Coyoacán 36,368 36,400 32 Cuajimalpa de Morelos 4,769 4,783 14 Cuauhtémoc 32,533 32,242 -291 Gustavo A. Madero 69,474 69,518 44 Iztacalco 24,470 24,383 -87 Iztapalapa 66,049 65,996 -53 Magdalena Contreras 9,858 9,833 -25 Miguel Hidalgo 20,209 20,220 11 Milpa Alta 4,043 4,050 7 Tláhuac 10,060 10,108 48 Tlalpan 23,693 23,847 154 Venustiano Carranza 28,197 28,135 -62 Xochimilco 14,922 14,993 71

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● Contenido del padrón por género, por nombre y domicilio del beneficiario

Se detectó que en un total de 10,273 beneficiarios se repetía el mismo nombre en dos,

tres y más ocasiones; sin embargo, verificando a través de la fecha de nacimiento, género

y Delegación, el número disminuyó a 126 beneficiarios que se repetían en un rango de

dos a tres veces, cuya fecha de nacimiento también fue la misma así como el género.

Con la finalidad de verificar los homónimos detectados, se solicitó al IAAM-DF, a través de

la atenta nota 10/10–APPD/101/08 del 5 de marzo de 2010, los 126 expedientes de los

beneficiarios. Con el oficio IAAM/DA/310/2010 del 19 de marzo de 2010, el IAAM-DF, entregó

solamente 118 expedientes, ya que ocho no fueron localizados. De los expedientes

entregados se verificó que en 10 casos, las fechas de nacimiento consignadas en las

actas de los beneficiarios no coincidieron con las registradas en el padrón; en seis casos

los beneficiarios fueron registrados con un solo apellido, siendo que de acuerdo a la

credencial de elector y actas de nacimiento los beneficiarios debieron registrarse con dos,

lo que permitiría diferenciar al adulto mayor. En cuanto a los restantes 102 expedientes de

los beneficiarios, se corroboró que aún teniendo el mismo nombre y la misma fecha de

nacimiento, los domicilios y las credenciales de elector de los beneficiarios diferenciaron

al adulto mayor registrado en el padrón.

● Identificación de las bajas

Al 31 de diciembre de 2008 las bajas reportadas en el padrón, ascendieron a la cantidad

de 32,743 casos, integradas con base en las siguientes causales:

Causal de baja Cantidad

Total 32,743 Fallecimiento 21,269 No localizados en domicilio 5,523 Cambio de domicilio 4,944 Repetido registro 256 Domicilios inexistentes 33 Error en el nombre 675 No cubre los requisitos 12 No aceptan la ayuda 25 Invalidez 4 Incumplimiento carta compromiso 2

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Las cantidades anteriores coincidieron con el reporte acumulado de la actividad

institucional 36, entregado por el IAAM-DF, en el cual se desagrega por número de

tarjetas activas, bajas, saldo devuelto, altas, y reintegros. Sin embargo, el total de bajas

reportadas en el mes de diciembre de 2008, ascendió a la cantidad de 2,915 beneficiarios,

siendo que en el padrón en el mes de diciembre las bajas ascendieron a 2,078 beneficiarios

El IAAM-DF entregó el formato “Reporte mensual de bajas enviadas por el archivo a

informática para su captura” y se verificó que el total en el mes de diciembre ascendió

a 2,080 beneficiarios, situación que denotó incongruencias entre los registros internos.

Con la finalidad de verificar las bajas por fallecimiento, se solicitó al IAAM-DF con la

atenta nota 12/10–APPD/101/08 del 22 de marzo de 2010, que proporcionara el registro

de bajas del padrón de derechohabientes de la Pensión Alimentaria, con movimientos

mensuales derivados de las notificaciones por fallecimiento, formuladas por el registro civil

durante el ejercicio 2008. Al respecto, con el oficio IAAM/DA/340/2010 del 26 de marzo

de 2010, el Director de Administración del IAAM-DF informó que en 2008 no se recibió

información de la Dirección General del Registro Civil de la Consejería Jurídica del

Gobierno del Distrito Federal; situación que imposibilitó la verificación del registro en el

padrón de las personas que se dieron de baja por fallecimiento.

Por tales motivos, se concluye que el IAAM-DF no contó con un padrón confiable que

integrara el adecuado registro de los beneficiarios, en virtud que los datos contenidos

presentaron deficiencias con relación a sus reportes internos y a la documentación

contenida en los expedientes, así como a la información que se reportó en su Informe de

Cuenta Pública de 2008. También careció de los requisitos que debe contener el padrón

de beneficiarios en materia de los programas sociales, en relación con la CURP, y se verificó

que los datos contenidos en el padrón no estuvieron actualizados, como lo establecen los

artículos 58 y 59 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social, respectivamente.

En la reunión de confronta, celebrada el día 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con

el oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín

Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS presentó diversa

documentación integrada por ciento treinta y cuatro folios, entre los cuales se encontraba

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la nota informativa sin número, ni fecha suscrito por el Ing. Rubén Fuentes Rodríguez,

Director de la Pensión Alimentaria del IAAM-DF con la que señala que “el Instituto para la

Atención de los Adultos Mayores de la Secretaría de Desarrollo Social si contó con un

padrón confiable que integrara el adecuado registro de los derechohabientes”.

En esta nota, el citado servidor público admite que el padrón no cuenta con la CURP y

que los datos contenidos en el padrón no contienen todos los campos que se establecen

en los artículos 58 y 59 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social, por lo que con

esta aseveración, el presente resultado no se modifica.

Recomendación APPD-101-08-32-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social, a través del Instituto para la Atención

de los Adultos Mayores en el Distrito Federal diseñe un sistema de administración del

padrón de beneficiarios de la Pensión Alimentaria con los campos de datos señalados en

los ordenamientos legales que le aplica, a fin de garantizar su confiabilidad y legalidad.

7. Resultado

Cobertura y Cumplimiento de los Objetivos de las Actividades Institucionales 03 y 36

Con el propósito de identificar la cobertura que tuvo la SDS sobre la población objetivo en

el otorgamiento de ayudas y servicios a adultos mayores de setenta años residentes en el

Distrito Federal, se revisaron el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, los

informes de Cuenta Pública y los registros auxiliares del sujeto fiscalizado; así como las

estadísticas proporcionadas por el CONAPO, del período 2005-2008.

En el artículo 3o. del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión

Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal,

se establece que todo adulto mayor, tiene derecho a recibir una pensión que garantice su

seguridad económica básica, previo cumplimiento de los requisitos establecidos.

Dentro de los objetivos específicos indicados en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos

para el Ejercicio Fiscal 2008, estuvieron el de garantizar el otorgamiento de la Pensión

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268 VOLUMEN 12/13

Ciudadana y contribuir a elevar la calidad de vida de las personas adultas mayores

de setenta años que radican en el Distrito Federal; y avanzar en el abatimiento y superación

de las condiciones de inequidad, desigualdad y exclusión social en el goce de derechos

en que se encuentran entre otros, los adultos mayores.

En el formato “Diagnóstico de la Demanda Ciudadana” se detectó una demanda total

identificada dentro de la actividad institucional 03 de 859,438 personas, de las cuales

la SDS estimó atender a 435,000 adultos mayores, 50.6% del total identificado; y 435,000

personas a las que se les otorgaría la Pensión Alimentaria, correspondiente a la actividad

institucional 36, población que se estimó cubrir al 100.0% durante el ejercicio 2008.

De la revisión a los registros auxiliares 2008, proporcionados por la SDS, se identificó que

para la actividad institucional 36, se dio cobertura a 430,000 personas adultas mayores,

correspondientes a las Delegaciones siguientes:

Delegación Personas

Total 430,000 Álvaro Obregón 31,379 Azcapotzalco 26,090 Benito Juárez 27,886 Coyoacán 36,367 Cuajimalpa de Morelos 4,769 Cuauhtémoc 32,533 Gustavo A. Madero 69,475 Iztacalco 24,470 Iztapalapa 66,049 Magdalena Contreras 9,858 Miguel Hidalgo 20,209 Milpa Alta 4,043 Tláhuac 10,060 Tlalpan 23,693 Venustiano Carranza 28,197 Xochimilco 14,922

Al respecto, se verificó que el total de 430,000 personas a las que se les otorgó la

Pensión Alimentaria durante el ejercicio de 2008, representó el 98.8% de la población

objetivo, indicada en el formato “Diagnóstico de la Demanda Ciudadana” del Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos de 2008.

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269 VOLUMEN 12/13

Con la finalidad de verificar las cifras consideradas por la SDS en cuanto a la demanda total de

las personas adultas mayores, se solicitó con el oficio APPD/10/030 del 25 de enero de 2010,

al CONAPO, la información estadística de la población de 70 años en adelante, del

periodo 2005-2012, integrada por sexo, Delegación, tasa de crecimiento e índice de

mortalidad. Con el oficio SG/018/10 del 29 de enero de 2010, el CONAPO remitió cuadros

estadísticos del total de la población 70 años en adelante por Delegación y por quinquenio.

De su análisis, se verificó que las cifras consideradas como demanda total identificada por

la SDS en su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, actividad institucional 03,

por 859,438 personas adultas mayores, no coincidieron con las cifras proporcionadas

por el CONAPO, que ascendieron a 418,019 adultos mayores de población identificada

durante 2008.

En este sentido, se realizó un comparativo por Delegación, con relación a la población

atendida por la SDS y la población identificada de adultos mayores por el CONAPO, como

se indica a continuación:

Delegación Población CONAPO Población atendida

Total 418,019 430,000 Álvaro Obregón 30,941 31,426 Azcapotzalco 24,106 26,134 Benito Juárez 30,643 27,932 Coyoacán 34,716 36,400 Cuajimalpa de Morelos 5,246 4,783 Cuauhtémoc 34,153 32,242 Gustavo A. Madero 62,597 69,518 Iztacalco 22,229 24,383 Iztapalapa 60,292 65,996 Magdalena Contreras 9,217 9,833 Miguel Hidalgo 25,030 20,220 Milpa Alta 3,973 4,050 Tláhuac 10,029 10,108 Tlalpan 23,253 23,847 Venustiano Carranza 27,237 28,135 Xochimilco 14,357 14,993

Al respecto, se verificó que el IAAM-DF cubrió el 102.86% de la población considerada

por el CONAPO que ascendió a 418,019 personas adultas mayores de 70 años, registradas

en el Distrito Federal.

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270 VOLUMEN 12/13

Con la finalidad de verificar que la cobertura del otorgamiento de la Pensión Alimentaria

y los servicios de apoyo social a los adultos mayores de 70 años, haya alcanzado el objetivo

de las actividades institucionales 03 y 36; se revisó la encuesta de percepción aplicada

a 400 adultos mayores derechohabientes del programa, y se constató que el 94.0% de las

personas consideraron que el beneficio mayor es tener una cantidad segura para la

compra de alimentos básicos, el 51.0% de los adultos mayores contestaron que la Pensión

Alimentaria es su único ingreso, el 45.7% de los adultos mayores respondieron compartir

con su familia el consumo de los productos adquiridos con la Pensión Alimentaria,

el 45.0% consideró que el apoyo les ayuda a mejorar la alimentación y la salud con la

compra de sus medicamentos a través de la tarjeta, el 41.0% de los encuestados

consideraron que los apoyos y servicios recibidos no son suficientes para mejorar sus

condiciones de vida; y el 22.2% de las personas adultas mayores contestaron haber

recibido una visita médica en su domicilio.

En virtud de lo anterior se concluye que la SDS, otorgó la Pensión Alimentaria a 430,000

personas adultas mayores de 70 años, lo que representó el 98.8% de las personas

adultas que se estimaron dentro de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008

(435,000 personas), y con relación a la estadística proporcionada por el CONAPO, la SDS

tuvo una cobertura del 102.86% de beneficiarios (418,019 personas adultas mayores de

70 años).

En cuanto a la actividad institucional 03, la SDS sólo atendió a 422,500 personas adultas

mayores, de una demanda total identificada de 859,438 personas, que representaron

el 50.6% de los servicios de apoyo social otorgados a los adultos mayores, comprendido

dentro de éstos las visitas médicas domiciliarias; cuyas diferencias están determinadas en

el Resultado 5, Congruencia de la Unidad de Medida.

Por tanto, se concluye que a través de la cobertura que tuvo la SDS en el otorgamiento

de la Pensión Alimentaria y servicios de apoyo social a los adultos mayores, cumplió con

los objetivos que se indicaron en el Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la

Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito

Federal, vigente en 2008, y en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008; con la

salvedad de las diferencias en la conceptualización de la unidad de medida, antes precisadas.

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271 VOLUMEN 12/13

Eficiencia

8. Resultado

Evaluar la Pertinencia de los Instrumentos, Métodos y Recursos Empleados, así como de las Acciones Emprendidas para el Desarrollo de la Política Social en el Distrito Federal; a partir del Análisis de los Instrumentos Legales y Normativos que le aplican

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 23 de mayo de 2000, fue publicada la Ley de

Desarrollo Social del Distrito Federal,3 cuyo contenido estuvo vigente en el año 2008,

periodo de revisión de la presente auditoría de desempeño. Este ordenamiento tiene

como principal objeto el establecer los mecanismos para que el Gobierno del Distrito

Federal cumpla de manera eficiente su responsabilidad en materia de desarrollo social,

así como el definir las responsabilidades de cada uno de los órganos que integran la

Administración Pública del Distrito Federal que se vinculen al tema del desarrollo social;

como es el caso de la SDS y el IAAM-DF.

En este sentido, la SDS y el IAAM-DF, al otorgar la Pensión Alimentaria y los servicios de

apoyo social a las personas adultas mayores de 70 años, deben asumir las obligaciones

constitucionales en materia de desarrollo social, para que la ciudadanía pueda gozar de

sus derechos sociales universales, disminuyendo la desigualdad social en sus diversas

formas, derivada de la desigual distribución de la riqueza y reintegrar socialmente a este

grupo poblacional excluido del ámbito del desarrollo social, del familiar o de la comunidad,

con pleno respeto a su dignidad y derechos.

De esta forma, la política pública objeto de la presente revisión debe ser atendida cumpliendo

con los siguientes principios:

Universalidad Destinada a todos los habitantes de la ciudad, que cumplan con los

requisitos establecidos.

Igualdad Mejora de la distribución de la riqueza y abatimiento de las diferencias

entre personas, familias, grupos sociales y ámbitos territoriales. 3 Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de mayo de 2000,

con última reforma publicada el 11 de febrero de 2009.

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Equidad de género Igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres

eliminando la exclusión y promoviendo una nueva relación de

convivencia.

Equidad social Superar toda forma de desigualdad o subordinación social por

condiciones de género, edad, pertenencia étnica, entre otras.

Justicia distributiva Aplicación de manera equitativa los programas sociales, priorizando las

necesidades de grupos en condiciones de pobreza o desigualdad social.

Diversidad Reconocimiento de la diversidad social, cultural y de necesidades de

la población.

Integralidad Articular cada uno de los programas sociales a la planeación global.

Territorialidad Planear y ejecutar la política social con un enfoque de desarrollo urbano.

Exigibilidad Preservar el derecho de los habitantes a que se les incluyan en los

programas sociales.

Participación Derecho de las personas, comunidades y organizaciones a participar

en el diseño y operación de los programas sociales.

Transparencia La información generada en los programas sociales será pública, con

pleno respeto a la privacidad de los datos personales y a la prohibición

del uso político, partidista o comercial.

Efectividad Ejecución de los programas sociales de manera austera con el menor

costo, la mayor celeridad y los mejores resultados e impacto social.

En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del uno de noviembre de 2006, fue publicado el

Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, cuyo contenido estuvo vigente

en el año 2008. A fin de evaluar el desempeño de la SDS y el IAAM-DF, respecto a la

congruencia de las acciones desarrolladas con relación al núcleo poblacional denominado

adultos mayores, reviste especial importancia lo señalado en el reglamento mencionado,

entre otras cosas, en el sentido de que el principio de igualdad y no discriminación regirá

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como política pública en todas las acciones, medidas y estrategias de la Administración

Pública del Distrito Federal en materia de desarrollo social, ya que a fin de lograr el objeto

de la Ley, se deben promover y desarrollar actividades de capacitación y profesionalización

en la materia de derechos sociales universales y no discriminación. Esto último, sustenta

las acciones que lleva a cabo el IAAM-DF para otorgar los servicios de apoyo social a las

personas adultas mayores, a través del área de Gestión de la Calidad en la Atención,

adscrita al propio IAAM-DF.

De acuerdo a lo antes señalado, y con fundamento en el artículo 5o. del Reglamento

de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, el otorgar ayudas a través del trámite

de la Pensión Alimentaria y el otorgamiento de servicios de apoyo social a las personas

adultas mayores, se rige por el principio de igualdad y no discriminación.

En el Decreto Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, del 29 de junio de 2007,

por el cual se Reforman Diversas Disposiciones del Reglamento Interior de la Administración

Pública del Distrito Federal, da origen al IAAM-DF; y como lo señala el artículo 7o. del

ordenamiento mencionado, para el despacho de los asuntos que competan a las

Dependencias de la Administración Pública, se les adscriben las Unidades Administrativas

y de Apoyo Técnico-Operativo, los Órganos Político- Administrativos y los Órganos

Desconcentrados, por lo que en la fracción VI, inciso 2, se adscribe a la SDS el IAAM-DF.

En este mismo ordenamiento, se señala en el artículo 61, que el IAAM-DF tiene por objeto

tutelar el ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, operando su Pensión

Alimentaria y promoviendo ante las dependencias y entidades competentes las acciones y

programas que aseguren el mejoramiento y fortalecimiento de sus condiciones sociales

y de salud y la elevación de su calidad de vida; para lo cual se establecen las siguientes

atribuciones:

“I. Recibir y dar tramite a las solicitudes de Pensión Alimentaria para Adultos Mayores;

”II. Promover instrumentos de colaboración con las instancias de la Administración

Pública del Distrito Federal, que propicien la atención integral de las personas

adultas mayores;

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”III. Proponer al titular de la Secretaría y operar los programas y acciones para generar

una cultura de la vejez y el envejecimiento;

”IV. Promover la difusión, reconocimiento y ejercicio de los derechos de las personas

adultas mayores;

”V. Actualizar permanentemente el padrón de beneficiarios, requisitos y procedimientos

para el ejercicio del derecho a la pensión;

”VI. Proponer ante las instancias competentes, acciones y programas de promoción

de la salud;

”VII. Operar el programa de visitas médicas domiciliarias para las personas adultas mayores

beneficiarios de una pensión alimentaria;

”VIII. Realizar estudios y diagnósticos sobre la situación social y familiar de las personas

adultas mayores;

”IX. Propiciar espacios de interlocución entre ciudadanía y gobierno para solucionar

necesidades y demandas sociales en materia de envejecimiento;

”X. Promover entre los sectores social y privado los programas de gobierno a favor

de las personas adultas mayores;

”XI. Promover ante las instancias competentes la capacitación y sensibilización de los

servidores públicos y el personal que atiende a las personas adultas mayores,

en materia de promoción y educación para la salud, geronto-geriatría y aspectos de

participación social y comunitaria;

”XII. Promover la formación y fortalecimiento de redes sociales de apoyo para las personas

adultas mayores, involucrando de manera coordinada a la familia, la comunidad

y a las instituciones de gobierno;

”XIII. Promover el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas adultas mayores:

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”XIV. Fomentar, promover y fortalecer grupos de ayuda mutua para personas adultas

mayores:

”XV. Proponer la creación y funcionamiento de Centros de Día para la atención de las

personas adultas mayores;

”XVI. Implementar programas de acompañantes voluntarios y cuidadores primarios, que

incluyan la asesoría y capacitación…”

Como resultado de las modificaciones al Reglamento Interior de la Administración Pública

del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de junio de 2007,

el IAAM-DF cambia de adscripción de la SS, pasando a formar parte de la estructura

formal de la SDS.

Otro ordenamiento normativo en el cual se fundamenta la operación del sujeto fiscalizado,

en el periodo objeto de la presente revisión, es el denominado Lineamientos y Mecanismos

de Operación de los Programas Sociales a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social

y Organismos Sectorizados 2008, los cuales fueron publicados en la Gaceta Oficial del

Distrito Federal el 31 de enero de 2008. En el numeral 3. “Dirección General del Instituto

para la Atención de los Adultos Mayores del Distrito Federal”, 3.1 “Lineamientos de Operación

del Programa de Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta años, Residentes

en el Distrito Federal”, se indica como “Dependencia Responsable”, a la SDS, como

“Unidad Administrativa”, el IAAM-DF y como “Área Operativa”, la Dirección de Operación

de la Atención al Adulto Mayor.

En el documento señalado se consigna que la Pensión Alimentaria tiene como objetivo

general el “Dar cumplimiento a lo estipulado en la “Ley que establece el Derecho a la

Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años, Residentes en el Distrito

Federal”, proporcionando a los adultos mayores de setenta años, residentes en el Distrito

Federal el derecho a recibir una pensión diaria no menor a la mitad del salario mínimo vigente

en el Distrito Federal, contribuyendo así a su seguridad social, tranquilidad y protección

ante las incertidumbres económicas, con la finalidad de atenuar las desigualdades sociales

que enfrentan este grupo en la sociedad”.

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276 VOLUMEN 12/13

De igual forma, se establece como “Meta Física para el ejercicio presupuestal 2008, al menos

430,000 adultos mayores que gocen del beneficio económico de la Pensión Alimentaria

en las 16 Delegaciones Políticas del Distrito Federal, teniendo como monto actualizado

como presupuesto anual la cantidad de $3,823,092,000.00 (Tres mil ochocientos veintitrés

millones noventa y dos mil pesos 00/100 M.N)”.

En los lineamientos analizados, se señala que para la fecha de su publicación, 31 de

enero de 2008, la instrumentación del programa social referente al otorgamiento de la

Pensión Alimentaria a los adultos mayores de 70 años, residentes en el Distrito Federal,

tiene como marco jurídico las disposiciones emanadas de los siguientes ordenamientos:

Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal, Ley que

Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años

Residentes en el Distrito Federal, Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los

Servicios Médicos y Medicamentos a las personas residentes en el Distrito Federal que

carecen de Seguridad Social Laboral, Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a

la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito

Federal, Acuerdo mediante el cual se emite el Programa de Visitas Médicas Domiciliarias

para Adultos Mayores de setenta años en el Distrito Federal, Manual Administrativo del

Instituto; y el Decreto de creación del IAAM-DF.

En el ordenamiento en cuestión se señala como requisitos que para proporcionar la Pensión

Alimentaria, el interesado debe acreditar tener 70 años o más, al momento de solicitar su

inscripción al padrón de beneficiarios del Programa de la Pensión Alimentaria para Adultos

Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal, así como vivir permanentemente

en el Distrito Federal, desde cuando menos tres años antes de presentar la solicitud;

para lo cual debe acreditarlo mediante identificación oficial o documentación idónea durante

la visita domiciliaria realizada por la Educadora Comunitaria4 del IAAM-DF.

Este trámite, lo lleva a cabo el adulto mayor interesado de manera directa e individual, en los

módulos de atención que tiene establecidos el IAAM-DF, presentando la documentación

comprobatoria de los requisitos. Cuando el adulto mayor tenga un problema de salud que

le impida personalmente efectuar el trámite podrá realizarse a través de un representante,

4 A partir de 2008 el Puesto de Educadora Comunitaria cambia de denominación por Profesional de Servicios a Adultos Mayores

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con la identificación oficial tanto del adulto mayor como del representante, excluyendo de

este trámite la promoción por parte de terceros o de gestores.

Con oficio IAAM/DA/255/2010, del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel

de Jesús Luján López Director de Administración, girado en respuesta al requerimiento de

información contenida en la atenta nota 07/10-APPD/101/08 del 25 de febrero de 2010,

el IAAM-DF, señala que en el año de 2008, contaban con setenta y nueve módulos ubicados

principalmente en espacios de los Centros de Salud del Gobierno del Distrito Federal,

en los cuales se brindaba atención directa y personalizada a los adultos mayores y a sus

familiares.5

De igual forma, continuando con el análisis de las disposiciones contenidas en los lineamientos

citados, a partir de la presentación y recepción de la solicitud de ingreso al Programa de la

Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal,

por parte del interesado o su representante, el IAAM-DF debe realizar, a través de la

Educadora Comunitaria, una visita domiciliaria al adulto mayor para la verificación del

cumplimiento de los requisitos establecidos. De no encontrar al interesado al momento

de la visita domiciliaria, se programará una nueva visita y se dejará notificación por escrito

con un familiar o vecino, indicando que será visitado nuevamente; estas visitas podrán ser

hasta por tres ocasiones.

El adulto mayor sólo podrá ser beneficiario de la Pensión Alimentaria cuando al momento

de la visita domiciliaria se verifique su presencia física y muestre los documentos oficiales

que comprueben la edad y residencia en el domicilio proporcionado, para lo cual deberá

entregar fotocopia de los documentos a la Educadora Comunitaria. Una vez corroborado

el cumplimiento de los requisitos, se incorporará el adulto mayor al padrón de beneficiarios

como pensionado, en un tiempo que no deberá ser mayor a seis meses.

En el plazo establecido, por conducto de la Educadora Comunitaria, se entrega en el

domicilio referido por el adulto mayor, la tarjeta plástica y la carta compromiso, cuyo

contenido se refiere a las obligaciones que contrae el pensionado, como las que se refiere

5 Oficio IAAM/DA/255/2010, del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración,

en respuesta a la atenta nota 07/10-APPD/101/08 del 25 de febrero de 2010.

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al uso y disfrute de la tarjeta plástica, reportar a los módulos de atención del IAAM-DF

cualquier cambio de domicilio, problemas o anomalías sobre el uso de la tarjeta, robo

o extravío de la misma; así como normas de conducta con el personal del IAAM-DF.

De igual forma, se consignan las causas de baja del padrón de beneficiarios, como son

las relacionadas con: falta de estancia del derechohabiente en el domicilio oficial; cambio de

domicilio sin notificarlo a través de los módulos de atención del IAAM-DF; comprobación

de alta activa repetida; rechazo de la pensión por voluntad del derechohabiente o por

fallecimiento de éste.

El IAAM-DF dará seguimiento permanente a los beneficiarios, a través de visitas

domiciliarias haciendo énfasis en que todos los trámites de solicitud de la Pensión

Alimentaria, entrega de tarjeta al pensionado, las visitas domiciliarias, así como todos los

demás servicios son totalmente gratuitos y no tienen ningún tipo de condicionamiento.

De acuerdo a las especificaciones de uso y características de la tarjeta de la Pensión

Alimentaria, ésta es intransferible, sólo puede utilizarse en los establecimientos autorizados,

los establecimientos no entregarán cambio en efectivo por las operaciones realizadas, los

saldos pueden ser verificados en la Dirección General del Servicio Público de Localización

Telefónica (Locatel), en el que también se recibirán reportes por robo o extravío.

Los adultos mayores derechohabientes de la Pensión Alimentaria, podrán presentar por si

o por medio de su representante, quejas o inconformidades ciudadanas en los módulos de

atención del IAAM-DF o a través de la Educadora Comunitaria, la Dirección de Operación

de la Atención al Adulto Mayor es el área responsable de la atención y seguimiento de

estos procedimientos.

Lo anterior también opera para el recurso de exigibilidad del derecho, establecido en la

Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de

Setenta Años, Residentes en el Distrito Federal, ya que los adultos mayores podrán

exigirlo, por si mismos o por medio de su representante, en los módulos de atención

del IAAM-DF o a través de la Educadora Comunitaria; siendo la misma Dirección de Operación

de la Atención al Adulto Mayor el área responsable de la atención y seguimiento de los

procedimientos correspondientes.

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279 VOLUMEN 12/13

En los lineamientos en comento, se presenta un apartado relacionado con el proceso de

evaluación de los avances de la Pensión Alimentaria y sus acciones, primero presentando

documentos informativos ante el Comité de Control y Auditoría (COMCA)6 en sesiones

trimestrales y anuales, y a través de la aplicación anual a los pensionados de la Encuesta

de Percepción sobre Beneficios y Evaluación de la Pensión Alimentaria para Adultos

Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal.

De igual forma el IAAM-DF debe presentar informes específicos de las acciones relevantes

realizadas durante el período.

Como elementos del sistema de evaluación de resultados se mencionan como indicadores

los relacionados con el perfil del derechohabiente, exploración de algunas áreas de riesgo

de salud de los pensionados, la evaluación de la operación de la Pensión Alimentaria,

el impacto de la Pensión Alimentaria, el conocimiento y uso de los servicios médicos

y medicamentos gratuitos.

En estos mismos lineamientos se incluye como herramienta de evaluación del Programa

de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal,

dos indicadores de cobertura, orientados a medir el grado de avance de la incorporación

de derechohabientes al padrón de manera trimestral y mensual.

Con el propósito de convocar a la participación ciudadana de otros actores en la atención

de los adultos mayores, esta política pública cuenta con el apoyo de un órgano colegiado

denominado Consejo Asesor para la Integración, Asistencia, Promoción y Defensa de los

Derechos de las Personas Adultas Mayores y el Programa de Regiones Especiales para

la Equidad y el Desarrollo Social (REDES).

La Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal, publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 7 de marzo de 2000, establece la creación del

Consejo Asesor para la Integración, Asistencia, Promoción y Defensa de los Derechos de

las Personas Adultas Mayores como un órgano honorario de consulta, asesoría y evaluación

6 Por acuerdo de la CGDF el Comité de Control y Auditoría desaparece en el año de 2008.

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de acciones de concertación, coordinación, planeación y promoción necesarias para favorecer

la plena integración y desarrollo de las personas adultas mayores.

Este Consejo Asesor está presidido por el titular de la Jefatura de Gobierno, el Secretario de

Desarrollo Social, quien fungirá como Secretario Técnico y en calidad de Secretario Técnico

Adjunto, el titular del IAAM-DF. También se integra por los titulares de la Secretaría de

Gobierno; Secretaría de Salud; la Procuraduría Social; el Sistema para el Desarrollo

Integral de la Familia del Distrito Federal; dos diputados de la ALDF, miembros de la

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, esto se señala en la Reforma publicada en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 5 de diciembre de 2008; y, nueve representantes de

asociaciones civiles y organizaciones sociales, que hayan destacado por su trabajo y estudio

en la materia.

En las sesiones celebradas por este órgano colegiado, sus integrantes han definido los

objetivos principales, las funciones y los grupos de trabajo, siendo los siguientes:

Objetivos principales:

● Generar un análisis integral de la situación de las personas adultas mayores.

● Propiciar la transversalidad de los derechos humanos en las políticas públicas.

● Proponer acciones tendientes a elevar la calidad de vida de las personas adultas

mayores habitantes del Distrito Federal.

Las funciones del Consejo Asesor:

● Propiciar la colaboración y participación de instituciones públicas y privadas en acciones

que la Administración Pública emprenda para la atención integral de las personas adultas

mayores.

● Proponer la realización de estudios que contribuyan a mejorar la planeación y

programación de las medidas y acciones para elevar la calidad de vida de las personas

adultas mayores.

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281 VOLUMEN 12/13

● Participar en la evaluación de programas para la población de personas adultas

mayores, así como proponer a las instituciones encargadas de dichos programas, los

lineamientos y mecanismos para su ejecución.

● Fomentar la elaboración, publicación y distribución de material informativo para dar a

conocer la situación de la población de personas adultas mayores en el Distrito

Federal, alternativas de participación, solución de problemas y mejora de servicios

y programas.

● Proponer la participación ciudadana en actividades y proyectos dirigidos a la plena

integración de las personas adultas mayores en la vida económica, política, social

y cultural.

● Proponer mecanismos de concertación y de coordinación en materia de desarrollo

social.

Para su funcionamiento y en cumplimiento de sus objetivos y funciones, el Consejo

Asesor ha definido los siguientes grupos de trabajo:

● Atención integral en salud.

● Detección, prevención y atención de la violencia a las personas adultas mayores.

● Instituciones de cuidados prolongados para las personas adultas mayores.

● Educación, formación y capacitación para las personas adultas mayores.

● Capacitación sobre temas gerontológicos y geriátricos a los servidores públicos

y a personal en general que atiende a los adultos mayores.

● Difusión y mecanismos de exigibilidad de los derechos de las personas.

Con oficio DPA/188/09, del 18 de diciembre de 2009, suscrito por la Lic. Alma Mireya

Navarro Cruz, Directora de la Pensión Alimentaria, girado en respuesta al requerimiento

de información contenida en la atenta nota 08/09-APPD/101/08 del 10 de diciembre de 2009,

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el IAAM-DF,7 señala que en el ejercicio 2008, el Consejo Asesor celebró tres sesiones

ordinarias, siendo: la Vigésima Octava el día 30 de junio de 2008, presentando en el

Orden del Día el Informe sobre la Pensión Universal Ciudadana con una cobertura

compuesta a esa fecha por 419,500, derechohabientes. De igual forma se presentaron

los resultados de la Encuesta de Percepción sobre Beneficios y Evaluación de la Pensión

Alimentaria para Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal,

correspondiente a 2007, siendo otro punto el Informe de Arranque del Programa de Visitas

Domiciliarias en abril de 2008.

El 25 de septiembre de 2008, el Consejo Asesor celebró la Vigésima Novena Sesión

Ordinaria, presentando en el Orden del Día el Informe sobre la Pensión Universal

Ciudadana con una cobertura compuesta a esa fecha por 422,500, derechohabientes.

De igual forma se presentó el Proyecto de Iniciativa que Modifica el Título y los artículos

1o. y 2o. de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para Adultos

Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal, respecto de la cual, con

Decreto publicado en la Gaceta Oficial el 22 de octubre de 2008, se reforma dicha Ley y

se promulga la denominada Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para

Adultos Mayores de Sesenta y Ocho Años Residentes en el Distrito Federal, cuyos términos

se aplican a partir de 2009.8

El 26 de noviembre de 2008, el Consejo Asesor celebró la Trigésima Sesión Ordinaria,

presentando en el Orden del Día el Informe sobre la Pensión Universal Ciudadana con

una cobertura compuesta a esa fecha por 427,000, derechohabientes. De igual forma se

presentaron los Resultados del Octavo Encuentro de Adultos en la Delegación Iztapalapa

celebrado el día 23 de octubre de 2008.

Por último, en el documento denominado Lineamientos y Mecanismos de Operación de

los Programas Sociales a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social y Organismos

Sectorizados 2008, la Pensión Alimentaria se articula con otras estrategias que integran

el Programa de Atención Integral a Personas Adultas Mayores de 70 Años Residentes

en el Distrito Federal de la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, como 7 Oficio Número DPA/188/09, del 18 de diciembre de 2009, suscrito por la Lic. Alma Mireya Navarro Cruz, Directora de la Pensión

Alimentaria, en respuesta a la atenta nota 08/09- APPD/101/08 del 10 de diciembre de 2009. 8 Segundo Transitorio.- El presente decreto entrará en vigor el 1 de septiembre de 2009.

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es el Programa de Visitas Médicas Domiciliarias a los Adultos Mayores y las Acciones de

Promoción del Bienestar.

El programa de visitas médicas opera desde el mes de junio de 2005, bajo la responsabilidad

en esa fecha, de la SS, este programa tiene la finalidad de mejorar la accesibilidad a los

servicios de salud para los adultos mayores y de promover el domicilio de éstos, como un

lugar de atención primaria y cuidados a largo plazo, operado por una Unidad Básica de

Atención Primaria conformada por el médico visitador y la educadora en salud comunitaria.

En estas visitas a los adultos mayores se les realiza una valoración geriátrica y se les da

seguimiento en los Centros de Salud con los que cuenta la red de servicios del Gobierno

del Distrito Federal. En los casos de los adultos mayores con autonomía y funcionalidad

y aquellos que han perdido o se ha deteriorado en alguna de ellas, se les programan visitas

subsecuentes en su domicilio.

Por lo que se refiere a las Acciones de Promoción del Bienestar éstas tienen como objetivo

promover una cultura del envejecimiento, en la que se revalore y se respete a este grupo

de la población; así como insertar en un proceso educativo y de fortalecimiento individual

y colectivo a las personas adultas mayores, a los familiares y a los grupos sociales, que

promuevan la participación activa y la organización de las personas adultas mayores en la

transformación de sus condiciones de vida. En este sentido, se promueve la generación

y recuperación de redes sociales y de apoyo, un diagnóstico actualizado de salud y

socioeconómico de la población adulta mayor pensionada, y acciones tendientes a la atención

de los cuidadores primarios de las personas adultas mayores.

Por último se identificó que otro ordenamiento normativo en el cual se fundamenta la

operación del sujeto fiscalizado, es el Programa Institucional 2008-2012 del IAAM-DF,

emitido en julio de 2008, en el cual se consignan seis programas prioritarios, siendo éstos

los siguientes:

● Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 años, Residentes en el Distrito Federal

● Visitas Médicas Domiciliarias para las Personas Adultas Mayores de 70 Años

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● Programa de Apoyo Social para Adultos Mayores

● Difusión de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

● Prevención de la Violencia Contra las Personas Adultas Mayores

● Programa de Capacitación e Investigación

De igual forma se establecen dos acciones especiales:

● Fortalecimiento de la Estructura y Recursos del IAAM-DF

● Programa de Villas para Personas Mayores de 70 Años en Situación de Abandono

y Centros Gerontológicos de Atención Integral

La primera acción especial se refiere a generar las condiciones de organización, recursos,

estructura e infraestructura necesarios para el funcionamiento adecuado del IAAM-DF,

el cumplimiento de sus funciones, objetivos y programas, así como para garantizar

la atención integral a las personas adultas mayores en el Distrito Federal.

La segunda acción especial se relaciona con el crear los espacios en donde las personas

adultas mayores van a vivir y a recibir atención especializada, vinculados y complementados

estrechamente a todos los demás programas que forman la atención integral.

Para los programas prioritarios establecidos en el Programa Institucional 2008-2012 del

IAAM-DF se señalan actividades y metas anuales cuantificables para el periodo, mismas

que aparecen a continuación:

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Programa prioritario Actividad 2008 2009 2010 2011 2012

Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 años, Residentes en el Distrito Federal

Personas adultas mayores derechohabientes de la pensión alimentaria

430,000 443,500 457,000 472,000 486,500 Visitas Domiciliarias

de incorporación, seguimiento y atención a pensionados 1,750,000 1,750,000 1,750,000 1,750,000 1,750,000

Establecimiento de Módulos de Atención a Pensionados 1 10 10 10 10

Visitas Médicas Domiciliarias para las Personas Adultas Mayores de 70 Años

Barrido de domicilio de adultos mayores

30,000 33,000 33,000 33,000 33,000 Valoraciones geriátricas

integrales a adultos mayores 22,500 24,500 24,500 24,500 24,500

Consultas de subsecuencia a los adultos mayores de la segunda fase 3,000 3,500 3,500 3,500 3,500

Cursos de capacitación a médicos del programa 3 1 1 1 1

Investigaciones en geriatría y gerontología 1 3 3 3 3

Programa de Apoyo Social para Adultos Mayores

Total de Cuidadores primarios atendidos

200 600 600 600 600 Redes sociales de apoyo

formadas 50 200 200 200 200 Difusión de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

Consejo Asesor (Sesiones)

3 4 4 4 4 Prevención de la Violencia contra las Personas Adultas Mayores

No se establecen metas anuales

Programa de Capacitación e Investigación

Instalar el Comité de Ética 1

Sesiones del Comité 4 4 4 4 4 Registrar protocolos

de investigación 2 2 2 2 2 Publicar trabajo

de investigación 1 1 1 1 1 Publicar alertas

de investigación 2 2 2 2 2

FUENTE: Programa Institucional 2008-2012, IAAM-DF.

Como se observa en la información anterior, estos programas prioritarios están alineados

a las atribuciones del IAAM-DF y debidamente articulados con las disposiciones

contenidas en los Lineamientos y Mecanismos de Operación de los Programas Sociales

a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social y Organismos Sectorizados 2008. De esta

forma se precisa el marco de actuación del quehacer del IIAM-DF, para posteriormente

definir el cómo realizarlo, lo cual está plasmado en las funciones de cada una de las áreas

que conforman su estructura orgánica y en la precisión de las acciones señaladas en cada

uno de los procesos de trabajo.

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9. Resultado

Evaluar la Pertinencia de los Instrumentos, Métodos y Recursos Empleados, así como de las Acciones Emprendidas por el IAAM-DF, para dar Atención a la Política social en el Distrito Federal; a partir del Análisis de la Estructura Orgánica y Funcional

Como resultado de las modificaciones al Reglamento Interior de la Administración Pública

del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de junio de 2007,

el IAAM-DF cambia de adscripción y pasa a formar parte de la estructura formal de la SDS;

la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, a través de su titular Lic. Ramón

Montaño Cuadra, autorizó el Manual de Organización del Instituto para la Atención de los

Adultos Mayores en el Distrito Federal, con Dictamen 09/07, según oficio OM/1338/2007

del 23 de julio de 2007.

Este documento fue proporcionado por la SDS con oficio DGA/2691/2009 del 7 de septiembre

de 2009, atendiendo el primer requerimiento de información formulado por la CMHALDF,

según oficio APPD/09/466 del 26 de agosto de 2009.

La estructura orgánica que se señala en el dictamen de referencia está integrada por una

dirección general, dos direcciones de área y cuatro subdirecciones; cuyas denominaciones

son: Dirección de Operación de la Atención al Adulto Mayor y Dirección de Gestión de

Calidad en la Atención; de la primera dirección de área dependen la Subdirección de Pensión

Alimentaria y la Subdirección de Evaluación, Difusión y Seguimiento de Programas; de la

segunda dirección de área dependen la Subdirección de Registro y Control y la Subdirección

de la Calidad en el Servicio.

En el Manual de Organización con dictamen 09/07, se observa que para el titular de la

Dirección General del IAAM-DF, se consignan las disposiciones legales en materia de las

atribuciones contenidas en el Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito

Federal, artículos 37 y 61; y para el caso de las direcciones de área y subdirecciones,

se detallan las funciones sustantivas.

De acuerdo al Manual Administrativo con dictamen 09/07, vigente en 2008, la Estructura

Orgánica del IAAM-DF es la siguiente:

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Secretaría

de Desarrollo Social

Dirección General del Instituto para la Atención

de los Adultos Mayores en el Distrito Federal

Dirección de Gestión de Calidad

en la Atención Dirección de Operación

de la Atención del Adulto Mayor

Subdirección de Pensión Alimentaria

Subdirección de Evaluación, Difusión y Seguimiento

de Programas

Subdirección de Registro y Control

Subdirección de la Calidad en el Servicio

De acuerdo a los términos del artículo 61 del Reglamento Interior de la Administración

Pública del Distrito Federal,9 en el cual se establecen las atribuciones del IAAM-DF, así

como del contenido del Manual de Organización con dictamen 09/07, se procedió a

efectuar un análisis cruzado de funciones y atribuciones, a través de una matriz funcional

en la cual se muestra, de manera lineal, la forma en como cada una de las atribuciones,

se corresponden con las funciones asignadas en la estructura orgánica a cada una de las

áreas administrativas que la integran, mostrando a continuación su contenido:

Atribuciones del IAAM F u n c i o n e s Dirección de Operación

de la Atención al Adulto Mayor Dirección de Gestión

de Calidad en la Atención I. Recibir y dar tramite a las solicitudes

de Pensión Alimentaria para Adultos Mayores.

Dirigir, evaluar y dar seguimiento al programa de la Pensión Alimentaria para Personas Adultas Mayores de 70 años del Distrito Federal.

Impulsar y supervisar la operación de los programas de atención integral y Pensión Alimentaria para adultos mayores bajo los procedimientos y lineamientos operativos establecidos.

II. Promover instrumentos de colaboración con las instancias de la Administración Pública del Distrito Federal, que propicien la atención integral de las personas adultas mayores.

Impulsar y coordinar el desarrollo de modelos de atención gerontológico.

Supervisar y evaluar los programas que se pongan en marcha, así como la coordinación con otras dependencias públicas y privadas.

Continúa…

9 Decreto Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 29 de junio de 2007, con el que se Reforman Diversas

Disposiciones del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

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288 VOLUMEN 12/13

… Continuación

Atribuciones del IAAM F u n c i o n e s Dirección de Operación

de la Atención al Adulto Mayor Dirección de Gestión

de Calidad en la Atención Promover y coordinar la participación

en actividades académicas con otras áreas del Gobierno del Distrito Federal, instituciones externas y organizaciones vinculadas con el trabajo gerontológico.

Coordinar las actividades encaminadas a la formación de recursos humanos en Gerontología, Geriatría y disciplinas afines y/o necesarias, así como establecer los vínculos necesarios con instituciones académicas que permitan lograr los apoyos para el cumplimiento de los objetivos.

Coordinar el diseño de programas de capacitación dirigidos a personal del Instituto en Gerontología, Geriatría y disciplinas afines y/o necesarias, de acuerdo con la misión y visión del Instituto, así como la coordinación con otras instituciones que soliciten el apoyo en la capacitación.

III. Proponer al titular de la Secretaría y operar los programas y acciones para generar una cultura de la vejez y el envejecimiento.

Promover estrategias para el desarrollo de una cultura del envejecimiento basada en la inclusión social, el respeto, el reconocimiento social y la solidaridad intergeneracional con las personas adultas mayores.

Dirigir el desarrollo de estrategias y programas de atención geriátrica como parte de la atención integral a las personas adultas mayores.

Promover, desarrollar y coordinar programas y acciones de sensibilización y capacitación en cultura del envejecimiento y gerontología dirigidos al personal del Instituto, del Gobierno del Distrito Federal, instituciones y organizaciones sociales vinculadas al trabajo con las personas adultas mayores.

IV. Promover la difusión, reconocimiento y ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores.

Dirigir, coordinar y evaluar los programas de atención al las personas adultas mayores, orientados a la población residente en el Distrito Federal, acorde a las políticas establecidas por el Gobierno del Distrito Federal.

Promover la difusión y exigibilidad de los derechos de las personas adultas mayores en el Distrito Federal.

V. Actualizar permanentemente el padrón de beneficiarios, requisitos y procedimientos para el ejercicio del derecho a la pensión.

Dirigir, evaluar y dar seguimiento al programa de la Pensión Alimentaria para Personas Adultas Mayores de 70 años del Distrito Federal.

VI. Proponer ante las instancias competentes, acciones y programas de promoción de la salud.

Dirigir la operación de los programas de atención a los derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Personas Adultas Mayores de 70 años del Distrito Federal.

Dirigir la planificación y operación del Programa de Visitas Médicas Domiciliarias a las Personas Mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal, asegurando el cumplimiento de las estrategias establecidas y la atención de los adultos que requieren visita médica subsecuente.

VII. Operar el programa de visitas médicas domiciliarias para las personas adultas mayores beneficiarios de una pensión alimentaria;

Dirigir la operación de los programas de atención a los derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Personas Adultas Mayores de 70 años del Distrito Federal.

Dirigir la planificación y operación del Programa de Visitas Médicas Domiciliarias a las Personas Mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal, asegurando el cumplimiento de las estrategias establecidas y la atención de los adultos que requieren visita médica subsecuente.

Continúa…

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289 VOLUMEN 12/13

… Continuación

Atribuciones del IAAM F u n c i o n e s Dirección de Operación

de la Atención al Adulto Mayor Dirección de Gestión

de Calidad en la Atención VIII. Realizar estudios y diagnósticos

sobre la situación social y familiar de las personas adultas mayores.

Dirigir el diseño, planeación y operación de sistemas de evaluación y control en la atención geriátrica, así como la corrección de las desviaciones que se produzcan en la operación para el cumplimiento de los objetivos.

Coordinar las actividades para establecer líneas de investigación que sean realizados en el Instituto o por personal de instituto.

Coordinar las actividades que favorezcan la publicación de los protocolos de investigación terminados realizados en el Instituto o por el personal del Instituto.

IX. Propiciar espacios de interlocución entre ciudadanía y gobierno para solucionar necesidades y demandas sociales en materia de envejecimiento.

Coordinar acciones a nivel estratégico y de planeación programática que garanticen los objetivos de los programas de atención integra a las personas adultas mayores y sus vinculaciones con los programas a nivel local y nacional.

X. Promover entre los sectores social y privado los programas de gobierno a favor de las personas adultas mayores.

Asesorar en temas y actividades gerontológicas al personal del Instituto, de otras áreas del Gobierno del Distrito Federal, instituciones externas y organizaciones vinculadas con la atención a las personas adultas mayores.

Coordinar la difusión de la información relacionada con las actividades del Instituto, así como la generada por los Programas, además de toda aquella vinculada con las Personas Adultas Mayores que favorezcan su bienestar.

XI. Promover ante las instancias competentes la capacitación y sensibilización de los servidores públicos y el personal que atiende a las personas adultas mayores, en materia de promoción y educación para la salud, geronto-geriatría y aspectos de participación social y comunitaria.

Establecer la coordinación al interior de la institución que garantice la vinculación de todos los programas dirigidos a la población adulta mayor que habita en el Distrito Federal.

XII. Promover la formación y fortalecimiento de redes sociales de apoyo para las personas adultas mayores, involucrando de manera coordinada a la familia, la comunidad y a las instituciones de gobierno.

Impulsar el desarrollo de modelos de participación, organización y gestión social que coadyuven en la creación y mejoramiento de redes sociales a favor de las personas adultas mayores.

XIII. Promover el mejoramiento

de las condiciones de vida de las personas adultas mayores.

Establecer estrategias de vinculación con instituciones sociales públicas y privadas, con el fin de garantizar la atención integral a las personas adultas mayores.

Promover la participación organizada de la población del Distrito Federal en la elaboración de diagnósticos y de propuestas de atención, dirigidos a las personas adultas mayores, así como participar en la integración del diagnóstico de la situación de salud de las personas adultas mayores y promover los resultados para la planeación estratégica.

XIV. Fomentar, promover y fortalecer grupos de ayuda mutua para personas adultas mayores.

Continúa…

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… Continuación

Atribuciones del IAAM F u n c i o n e s Dirección de Operación

de la Atención al Adulto Mayor Dirección de Gestión

de Calidad en la Atención XV. Proponer la creación

y funcionamiento de Centros de Día para la atención de las personas adultas mayores.

XVI. Implementar programas

de acompañantes voluntarios y cuidadores primarios, que incluyan la asesoría y capacitación.

Funciones de planeación Participar en las actividades

de formulación del Programa Operativo Anual.

Funciones de control interno Establecer mecanismos estratégicos en base a los resultados de la aplicación de los programas para reorientarlos.

Coordinarse operativamente con el Departamento de Evaluación y Seguimiento.

Integrar la base de datos, resultado de la operación de los programas.

Establecer parámetros de evaluación

para los logros de los objetivos programáticos.

Diseñar y operar un sistema de supervisión y evaluación a nivel delegacional a fin de dar seguimiento a las acciones programadas y realizadas.

Establecer mecanismos de información que permitan reorientar las estrategias de supervisión y operación de los programas.

Establecer un sistema de información actualizado, que permita conocer a la población adulta mayor beneficiaria de los programas, así como de su calidad de vida en su contexto familiar y comunitario.

Retroalimentar las diferentes áreas permitiendo mejorar la operación, la toma de decisiones y los resultados.

Del contenido de la matriz anterior, se desprende que las atribuciones números XIV

relacionada con Fomentar, promover y fortalecer grupos de ayuda mutua para personas

adultas mayores, la XV, relacionada con Proponer la creación y funcionamiento de Centros

de Día para la atención de las personas adultas mayores y la número XVI, relacionada

con Implementar programas de acompañantes voluntarios y cuidadores primarios, que

incluyan la asesoría y capacitación; no están siendo atendidas y expresadas en funciones

asignadas a las direcciones de área.

Se observa que únicamente se encuentra asignada la función de planeación a la Dirección

de Operación a la Atención del Adulto Mayor, expresada como Participar en las actividades

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de formulación del Programa Operativo Anual; función que no se establece de manera

específica para la Dirección de Gestión de la Calidad en la Atención; por lo que se concluye

que esta última área administrativa desarrolla sus actividades sin tener perfectamente

estipulado el POA.

Por lo que se refiere a las funciones de control interno, éstas solamente se consignan al

nivel de la Subdirección de la Pensión Alimentaria y de la Subdirección de Evaluación,

Difusión y Seguimiento de Programas, sin que se encuentren debidamente expresadas

a nivel de la Dirección de Operación a la Atención del Adulto Mayor, área administrativa a la

cual están adscritas.

De igual forma, se observa que el agrupamiento de funciones no obedece a la denominación

de las unidades administrativas, ya que en la Dirección de Operación de la Atención del

Adulto Mayor, únicamente se consignan tres funciones sustantivas relacionadas con la

operación de la Pensión Alimentaria y las trece restantes se refieren básicamente al desarrollo

de programas, acciones de promoción de la cultura del envejecimiento, actividades de

coordinación con organizaciones e instituciones vinculadas con el trabajo gerontológico,

creación de redes sociales, entre otras.

En lo que se refiere a la Dirección de Gestión de Calidad en la Atención, se presenta una

situación semejante, por lo que se observa un traslape y falta de precisión en el límite de

las funciones sustantivas, ya que se señala por ejemplo, lo relativo a dirigir el desarrollo

de estrategias y programas de atención geriátrica, así como actividades de coordinación

con instituciones vinculadas con el trabajo gerontológico.

En el contenido del documento objeto de este análisis, no se observa la información

básica que le permita al sujeto fiscalizado una adecuada planeación, ejecución y control

de las actividades que guíen y faciliten la ejecución, continuidad y mejoramiento de las

operaciones; así como la vigilancia y control del ejercicio de la gestión pública.

En el Manual Administrativo no se incluyen las funciones del total de puestos que conforman

la estructura orgánica y ocupacional del sujeto fiscalizado, como son las unidades de apoyo

técnico operativo, las jefaturas de unidad departamental, las áreas específicas como son

las relacionadas con la operación de la pensión, denominada área de cómputo, el módulo

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de atención al adulto mayor y el archivo de pensionados; además de que el IAAM-DF no

cuenta con un Catálogo y Perfil de los Puestos Específicos, únicamente se definen en el

Manual de Organización, los puestos de dos direcciones de área y cuatro subdirecciones

de área.10

De acuerdo a la información proporcionada por el IAAM-DF,11 las funciones antes señaladas

se desarrollaron en el año de 2008, con la base en la siguiente estructura ocupacional:

Director General 1 Director de Área 2 Coordinador de Geriatría 1 Coordinador de Gerontología 1 Coordinador de la Pensión Alimentaria 1 Subdirector de Área 4 Subdirector de Área, fuera de estructura por honorarios 2 Encargado de Área de Computo Geriatría 1 Coordinador Regional Nivel Jefe de Unidad Departamental

20

Capacitador 89 Puesto de Enlace 7 Profesional de Servicios a Adultos Mayores 1,200 Médico 45 Total 1,374 NOTA: El área administrativa estaba conformada por tres plazas, una de director de área

y dos jefaturas de unidad departamental, adscritas a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal.

En tal virtud, además de las conclusiones antes precisadas se observa que el IAAM-DF

al no contar con un catálogo y perfil de los puestos específicos que conforman

su estructura ocupacional, provoca desconocimiento por parte de los ocupantes de los

puestos, respecto de las responsabilidades específicas, de la cadena de mando, de quién

dependen y a quién le reportan, así como de los vínculos transversales en la organización.

De igual forma, el contar con estos elementos normativos, le permite a la institución una

mejor administración de los recursos humanos, ligado a la conformación de programas

de capacitación y actualización, definiendo habilidades y aptitudes de los ocupantes, con

la correspondiente valoración de la unidad de trabajo. 10 Cuestionario de Control Interno, aplicado el 7 de octubre de 2008 a la Lic. Norma Leticia Castillo Lara, Jefa de la Unidad

Departamental de Control de Tarjetas de Pensión y Enlace Institucional. 11 Oficio DA/105/2010 del 25 de enero de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta

nota 04/10-APPD/101/08, del 4 de febrero de 2010.

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En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con el

oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín

Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa

documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se encontraba la nota informativa

sin número, ni fecha suscrita por el Ciudadano Manuel de Jesús Luján López, Director de

Administración del IAAM-DF con el que señala que “en breve se contará con el catálogo

y perfil de los puestos”.

De igual forma señala que “en la estructura orgánica inicial del IAAM-DF no se consideraron

áreas de apoyo importantes para la realización de sus funciones, por lo que estas limitaciones

fueron subsanadas con el personal de honorarios y que en el año 2009 se autorizó la nueva

estructura del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal”.

Al respecto, del análisis de la información presentada se observa que persiste la carencia

de estos documentos normativos, por lo que no se modifica el resultado.

Recomendación APPD-101-08-33-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención de

los Adultos Mayores, actualice su Manual Administrativo, de acuerdo a las disposiciones

normativas haciéndolo compatible con las atribuciones y funciones señaladas en el Decreto

por el que se derogan, reforman y adicionan diversas disposiciones al Reglamento

Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; así como incorporar aspectos

de programación, control interno, supervisión, formulación de informes y obligaciones de

transparencia, entre otros.

Recomendación APPD-101-08-34-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención

de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, elabore el Catálogo y Perfil de Puestos

Específicos, en apego al marco normativo vigente, como son entre otras disposiciones las

contenidas en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, las normas

emitidas por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, con la debida aplicación

del sistema de valuación de puestos.

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10. Resultado

Evaluar los Procedimientos de Trabajo utilizados por el IAAM-DF, mismos que le permiten atender la Política Pública de Asistencia y Apoyo a la Población Objetivo

La SDS a través del IAAM-DF, operó la política pública objeto de la presente auditoría,

relacionada con la prestación de asistencia social en materia de otorgar, ayudas, apoyos

y servicios relacionados a las personas adultas mayores radicadas en el Distrito Federal,

a través de los procedimientos administrativos contenidos en el Manual Administrativo

del IAAM-DF, con registro MA-08011-9/07, emitido por la Coordinación General de

Modernización Administrativa (CGMA), dependiente en ese entonces, de la Oficialía

Mayor del Gobierno del Distrito Federal; y a través de su titular Lic. Irak López Dávila,

quién comunica con oficio CGMA/DDO/3108/08, del 26 de noviembre de 2008, que con

fundamento en el dictamen 9/2007, emitido por esa dependencia, este ordenamiento

normativo queda registrado para todos los efectos conducentes.

Este documento fue proporcionado por la SDS con el oficio DGA/2691/2009 del 7 de

septiembre de 2009, atendiendo el primer requerimiento de información formulado por

la CMHALDF con oficio APPD/09/466 del 26 de agosto de 2009.

Este Manual Administrativo fue elaborado y autorizado con base en los términos señalados

en la Guía Técnica para la Elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal,

vigente desde el mes de agosto de 2005 en el que se establece que para su formulación

se deben considerar solamente aquellos procedimientos sustantivos a través de los cuales se

cumplan las atribuciones contenidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública

del Distrito Federal y su Reglamento Interior y que propicie la adecuada distribución de

funciones de las áreas que integran la Unidad Administrativa.

A fin de verificar que el contenido de este ordenamiento normativo se haya hecho del

conocimiento de los actores involucrados en su observancia, de acuerdo a lo establecido

en el numeral 4.4.12 de la Circular Uno 2007, vigente en 2008, ”Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal”, en el cual se señala que “los titulares

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de las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Desconcentrados y Entidades,

deberán hacer del conocimiento del personal, el contenido de los Manuales Administrativos,

con el propósito de que estén adecuada y permanentemente informados de la

organización y de los procedimientos internos aplicables en su área de adscripción”;

se requirió al IAAM-DF mediante atenta nota 07/10 - APPD/101/08, del 25 de febrero

de 2010, mostrara la evidencia de esta divulgación, el IAAM-DF comunica con oficio

IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Director de Administración,

Lic. Manuel de Jesús Luján López, que no encontró en sus archivos documento alguno

relacionado con este punto.

Se verificó la eficiencia con que operó la SDS y el IAAM-DF, a fin de comprobar las actividades

que se llevan a cabo para el cumplimiento de las acciones incluidas en el Programa 13

“Desarrollo y Asistencia Social”, Programa Especial 06 “Equidad en la Ciudad”, actividad

institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”, y actividad institucional

03 “Otorgar servicios de apoyo social a personas adultas mayores”, objeto de la presente

auditoría.

Se analizó el contenido del Manual Administrativo con registro MA-08011-9/07 y se llevaron

a cabo pruebas de verificación de las actividades incluidas en cada uno de los procedimientos

de trabajo, se comprobó la participación de cada uno de los responsables de las acciones

y se comprobó la generación de productos o el contenido de la documentación soporte.

A continuación se detalla el análisis de los procedimientos vinculados con el Programa 13

“Desarrollo y Asistencia Social”, Programa Especial 06 “Equidad en la Ciudad”, actividad

institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”.

De este análisis se desprende que el trámite de la Pensión Alimentaria, está sustentado

en seis procedimientos administrativos, cuya denominación y objetivo específico se

señalan a continuación:

1. “Incorporación al Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos

Mayores”. Tiene como objetivo incorporar a los adultos mayores que presenten solicitud

y que cumplan con los requisitos establecidos para gozar del beneficio económico

de la pensión.

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2. “Entrega de la Tarjeta Plástica de la Pensión Alimentaria para el Adulto Mayor

incorporando al Padrón de Derechohabientes”. Tiene como objetivo que el adulto

mayor incorporado al padrón disponga del recurso económico.

3. “Visita Domiciliaria de Seguimiento a Derechohabientes de la Pensión Alimentaria

para Adultos Mayores”. Tiene como objetivo verificar la sobrevivencia del adulto mayor,

identificar problemas en la operación del programa y aplicar medidas correctivas.

4. “Registro del Cambio de Domicilio de los Derechohabientes de la Pensión Alimentaria

para Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal”. Tiene como

objetivo mantener actualizado el padrón de derechohabientes.

5. “Baja del Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos

Mayores”. Tiene como objetivo mantener permanentemente actualizado el padrón de

derechohabientes.

6. “Reintegro de Saldo Económico no Devengado, por Causa de Baja Indebida del

Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria”. Tiene como objetivo continuar

proporcionando el beneficio económico a los adultos mayores, conforme a la normatividad

que les rige.

El trámite fundamental en el quehacer del IAAM-DF, es el que se refiere a la tramitación

de la Pensión Alimentaria, el cual se inicia con la presentación de la solicitud por parte

del adulto mayor interesado, como parte del procedimiento denominado, “Incorporación al

Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores”, el cual

tiene como objetivo incorporar a los adultos mayores que presenten solicitud y que

cumplan con los requisitos establecidos para gozar del beneficio económico de la

pensión; a partir de la validación de datos y la autorización correspondiente, se continúa

con la emisión de la tarjeta plástica por parte de la empresa dispersora de recursos

y su respectiva entrega al adulto mayor solicitante. El diagrama del procedimiento señalado

se muestra a continuación:

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Este procedimiento se articula con las acciones de los cinco procedimientos restantes,

como son las que se refieren a las incidencias del proceso, siendo éstas las visitas de

seguimiento, cambios de domicilio, baja del padrón y reintegro de saldos no devengados.

En este esquema se observa que intervienen varias áreas administrativas cuyas funciones

se relacionan con esta tarea como son: Subdirección de la Pensión Alimentaria, adscrita a la

Dirección de Operación de la Atención al Adulto Mayor, el Centro de Salud de la Jurisdicción

Sanitaria, el Módulo de Atención del IAAM-DF, el Área de Cómputo de la Dirección de

Operación de la Atención al Adulto Mayor y el Archivo de Pensionados; también participan

los servidores públicos ocupantes de los puestos responsables de estas tareas como son:

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el Coordinador Regional, el Capacitador, el Profesional en Servicios a Adultos Mayores -

Educadora Comunitaria; por último la Empresa Dispersora de Recursos, cuya actuación

está regulada en los términos del convenio suscrito por el Gobierno del Distrito Federal

con Mexican Payment Systems, S.A. de C.V. del 1 de octubre de 2007 y del convenio

modificatorio del 19 de marzo de 2008.

Como soporte del proceso se utilizan diferentes formatos y se generan algunos productos,

dentro de los primeros se encuentran: Solicitud de la Pensión Alimentaria, Formato

de Visita Domicilia, Reporte de Visita Domiciliaria, Formato Comprobante de Reporte de

Visita Domiciliaria, Formato de Solicitud de Registro, Carta Compromiso del Adulto Mayor,

Formato Control Mensual de Entrega de Tarjetas y Formato Reporte Mensual de Visitas

Domiciliarias por las Profesionales en Servicios a Adultos Mayores.

Por lo que se refiere a los productos generados, éstos se refieren al Programa de Visitas

Domiciliarias, Reporte de Visita Domiciliaria, Padrón de Derechohabientes, Expediente del

Adulto Mayor, oficio y archivo de nuevos ingresos para la empresa dispersora, Informe de

Movimientos y Actualizaciones, Programa de Visitas Domiciliarias por Delegación, Programa

de Visitas de Seguimiento, Informe Mensual General a Nivel Distrito Federal.

Todas estas incidencias se reflejan en el padrón de beneficiarios del Programa de la

Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal,

el cual se encuentra bajo la operación, guarda, custodia y secrecía del servidor público

responsable del área de cómputo, adscrita a la Dirección de Operación de la Atención

al Adulto Mayor.

Por lo que se refiere al Programa 13 “Desarrollo y Asistencia Social”, Programa Especial

06 “Equidad en la Ciudad”, actividad institucional 03 “Otorgar servicios de apoyo social a

personas adultas mayores”, de acuerdo al contenido del Manual Administrativo del IAAM-DF,

se encontró que las diferentes acciones están sustentadas en ocho procedimientos, cuya

denominación y objetivos aparecen a continuación:

1. “Elaboración y autorización de Estrategias para la Atención Geriátrica”. Tiene como

objetivo contribuir a la promoción de un envejecimiento activo integral de las personas

adultas mayores.

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2. “Diseño y Autorización de Programas de Formación de Recursos Humanos”. Tiene como objetivo desarrollar y operar programas de formación de recursos humanos que

integran el IAAM-DF.

3. “Evaluación y Autorización de la Elaboración y Publicación de Proyectos de Investigación”. Tiene como objetivo evaluar, autorizar y dar seguimiento al desarrollo de los proyectos de investigación que sean realizados en el IAAM-DF o por personal adscrito a éste.

4. “Visitas Médicas Domiciliarias para Diagnóstico de Salud”. Tiene como objetivo el realizar una valoración geriátrica integral de las personas adultas mayores para otorgar una

atención primaria en su domicilio.

5. “Formación de Recursos Humanos y Capacitación para la Atención de los Adultos Mayores”. Tiene como objetivo el promover e instrumentar acciones de formación de recursos humanos, capacitación y educación continua en materia de geriatría

y gerontología.

6. “Organización y Funcionamiento del Comité de Ética”. Tiene como objetivo promover la organización e instrumentar la operación y evaluación del órgano colegiado en el

IAAM-DF.

7. “Coordinación de los Procesos de Investigación”. Tiene como objetivo promover, instrumentar, evaluar y sancionar los procesos de investigación que se lleven a cabo

por el IAAM-DF.

8. “Diseño y Operación de Sistemas de Evaluación, Seguimiento y Supervisión para los Sistemas de Atención Geriátricos”. Tiene como objetivo diseñar, planear y desarrollar sistemas de evaluación, seguimiento y supervisión para los diferentes sistemas de

atención geriátricos, en apoyo a la operación.

A continuación se describe el diagrama de flujo del procedimiento “Elaboración y autorización

de Estrategias para la Atención Geriátrica”, bajo la responsabilidad de la Dirección de

Gestión de la Calidad de la Atención. El procedimiento se inicia con la instrucción expresa

por parte del titular de la Dirección General del IAAM-DF para el desarrollo de modelos

de atención geriátrica de la población objetivo de esta política pública a continuación, el área

responsable desarrolla los modelos, los que en su caso, pueden autorizarse y convertirse

en planes y programas de trabajo:

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Con relación al procedimiento de “Diseño y Autorización de Programas de Formación de

Recursos Humanos”. éste contempla acciones de capacitación que forman parte del

Programa Anual de Capacitación del IAAM-DF, bajo la responsabilidad de la Dirección de

Gestión de la Calidad de la Atención, y para la consecución del mismo se establece en

sus actividades, la participación de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal,

debiendo generar un informe trimestral del programa. A continuación se presenta su

diagrama de flujo:

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Por lo que se refiere al procedimiento “Evaluación y Autorización de la Elaboración

y Publicación de Proyectos de Investigación”, se refiere a la formulación de proyectos de

investigación, cuyos temas son autorizados por la Dirección General del IAAM-DF,

con la publicación de convocatorias abiertas y al concluir dichos proyectos se procede a la

publicación y difusión de los resultados de la investigación. A continuación se presenta

su diagrama de flujo:

Dentro de las tareas fundamentales del IAAM-DF se encuentran las relacionadas con el

procedimiento de “Visitas Médicas Domiciliarias para Diagnóstico de Salud”, siendo la

Dirección de Gestión de Calidad en la Atención la unidad administrativa responsable de su

ejecución. El procedimiento se soporta con el Programa de Visitas Médicas Domiciliarias

y los servidores públicos responsables son los ocupantes de los puestos de Coordinador

Delegacional, Supervisor Zonal de las Profesionales de Servicios a Adultos Mayores,

Médico de Visitas Domiciliarias, quienes interactúan con los adultos mayores y los cuidadores

primarios.

ELABORACIÓN Y PUBLICACIÓN DE PROYECTOS

DIRECCIÓN GENERAL DEL IAAM-DF

DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD EN LA ATENCIÓN

DEL IAAM-DF

SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD EN EL SERVICIO

DEL IAAM-DF

Solicita información sobre proyectos de investigación

a realizar

Solicita propuestas de temas o proyectos a realizar

Recibe propuestas viables para su desarrollo

Recibe investigaciones desarrolladas, para análisis

y se proponen para su publicación Da el visto bueno de las

propuestas de publicación y, en su caso, autoriza

publicación

Autoriza para su publicación

Realiza gestiones para su publicación o difusión

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Como soporte del proceso se utilizan los formatos “Orden de Visitas Médicas Domiciliarias”,

“Plan de Intervención y Seguimiento”, “Formato de Consentimiento de Ingreso a

Domicilio”, “Formato de Valoración Geriátrica Integral”, “Formato de Valoración Integral en

Domicilio para Adultos Mayores en Seguimiento”, “Formato de Historia Clínica”, “Formato

de Hoja de Evolución”, “Formato de Receta Médica”, “Formato de Recomendaciones de

Cuidados en Domicilio”, “Formato de Programación de Visitas”, “Formato Anexo del Reporte

Mensual”, “Formato de Consentimiento de Ingreso a Domicilio para Consulta Subsecuente”.

Los productos generados son en primer término, el Programa de Visitas Médicas Domiciliarias,

el Registro y Control de Datos de Reportes del Programa, Informe de Avances del

Programa de Visitas Médicas Domiciliarias, Programación de Visitas Domiciliarias, Informe

Semanal de las Visitas Médicas Domiciliarias y los Expedientes Médicos.

A continuación se presenta el diagrama de flujo respectivo:

Realiza entrevista, hace exploración física al adulto

mayor, da indicaciones y receta

VISITAS MÉDICAS DOMICILIARIAS PARA

DIAGNÓSTICO DE SALUD

MÉDICO DE VISITAS DOMICILIARIAS

MÉDICO DE VISITAS DOMICILIARIAS

Y PROFESIONAL DE SERVICIOS

A ADULTOS MAYORES

PACIENTE

Programa visitas domiciliarias de la semana

Realiza recorrido programado (seguimiento)

Autoriza o no, el ingreso del médico a su domicilio

Realiza entrevista y exploración física al adulto mayor

Recibe indicaciones para cuidado y se programa otra visita en caso

de ser necesario

Entrega informe y da seguimiento para programar otras visitas

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El procedimiento antes descrito, “Diseño de Programas de Formación de Recursos Humanos”,

así como el procedimiento “Formación de Recursos Humanos y Capacitación para la

Atención de los Adultos Mayores”, sustentan la responsabilidad que tiene el IAAM-DF

de proporcionar la formación, actualización y adiestramiento de los recursos humanos

con los que cuenta, para la mejor atención de los adultos mayores en el Distrito Federal,

lo que le permite proporcionar mejores servicios y de mayor especialización, a la población

objetivo.

A continuación se presenta el diagrama de flujo del procedimiento “Formación de Recursos

Humanos y Capacitación para la Atención de los Adultos Mayores”:

RECURSOS HUMANOS Y CAPACITACIÓN PARA LA ATENCIÓN

DE LOS ADULTOS MAYORES

DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD

EN LA ATENCIÓN DEL IAAM-DF

SUBDIRECCIÓN DE CALIDAD

EN EL SERVICIO DEL IAAM-DF

DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

DEL IAAM-DF

Requiere programa de capacitación

Analiza necesidades de capacitación;

elabora propuestas de programas de

capacitación; elabora programas

definitivos de capacitación

Contrata y realiza pagos a proveedores de servicio de

capacitación externos

Vigila el desarrollo del programa, recibe

informes y evaluaciones sobre los cursos

Recibe informe y comunica resultados

Este procedimiento se encuentra bajo la responsabilidad de la Dirección de Gestión de

Calidad en la Atención, e incluye la participación de la Subcomisión Mixta de Capacitación,

dentro del ámbito de su competencia, involucrando a la Dirección de Administración del

IAAM-DF en lo referente al pago de los servicios externos de capacitación. El procedimiento

forma parte de la integración del Programa Anual de Capacitación, a través de cédulas

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304 VOLUMEN 12/13

de detección de necesidades en la materia, y prevé el seguimiento con la presentación de

informes de avances del programa.

Dentro de estos ordenamientos también se encuentra el procedimiento “Organización

y Funcionamiento del Comité de Ética”, bajo la responsabilidad de la Dirección de

Gestión de Calidad en la Atención, el cuál establece normas y procedimientos internos

de este órgano colegiado, así como la definición del calendario de sesiones y la

presentación de informe anual de resultados. A continuación se presenta el diagrama de

flujo correspondiente:

El sujeto fiscalizado cuenta con el procedimiento “Coordinación de los Procesos de

Investigación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Gestión de Calidad en la Atención,

que enmarca sus acciones dentro del Programa Anual de Investigación, el cual se integra

a través de cédulas de detección de necesidades de líneas de investigación en geriatría,

gerontología y bioética, con la definición de los protocolos de investigación y desarrollo

de estudios, utilizando para ello convocatorias internas.

Los resultados de los proyectos de investigación se presentan para la autorización de su

publicación o la difusión correspondiente. En el procedimiento se incluye la presentación

de informes trimestrales de los avances de la investigación. A continuación se presenta

el diagrama de flujo respectivo:

COMITÉ DE ÉTICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD EN LA ATENCIÓN

DEL IAAM-DF

SUBDIRECCIÓN DE CALIDAD EN EL SERVICIO

DEL IAAM-DF

Requiere de la integración del Comité de Ética y la elaboración de normas y procedimientos;

recibe propuestas de normas y procedimientos y en su caso da el visto bueno.

Recibe informes y comunica resultados.

Elabora normas y procedimientos, propone a los integrantes y elabora los nombramientos

de los miembros del Comité de Ética, calendariza y convoca a sesiones

y elabora informe anual

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305 VOLUMEN 12/13

Por último, dentro de los procedimientos analizados se encuentra el de “Diseño y Operación

de Sistemas de Evaluación, Seguimiento y Supervisión para los Sistemas de Atención

Geriátricos”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Gestión de Calidad en la Atención,

cuyas acciones se establecen a partir del diseño de estrategias que permiten la evaluación

de los sistemas de atención geriátrica, la aplicación de pruebas piloto y el establecimiento de

un plan de trabajo para la aplicación de las estrategias definidas, así como la presentación

de informes de resultados de la evaluación.

A continuación se presenta el diagrama de flujo de este procedimiento:

De lo anterior se concluye que la SDS y el IAAM-DF contaron con el marco normativo de

actuación suficiente que le permitió en el año de 2008 proporcionar la ayuda económica,

apoyos y servicios a la población objetivo, así como la vinculación de estos ordenamientos

COORDINACIÓN DE PROCESOS

DE INVESTIGACIÓN

DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD EN LA ATENCIÓN

DEL IAAM-DF

SUBDIRECCIÓN DE CALIDAD EN EL SERVICIO

DEL IAAM-DF

Solicita Programa Anual de investigación; Recibe propuestas de publicación

de investigaciones concluidas

Determina líneas de investigación (Geriatría, Gerontología y Bioética);

Realiza convocatoria para el desarrollo de proyectos de investigación,

elabora propuesta de publicación de investigaciones concluidas

SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN PARA LOS SISTEMAS

DE ATENCIÓN GERIÁTRICOS

DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD EN LA ATENCIÓN

DEL IAAM-DF

SUBDIRECCIÓN DE REGISTRO Y CONTROL DEL IAAM-DF

Requiere, recibe propuestas y analiza su viabilidad y factibilidad de las estrategias

a seguir en los sistemas de atención geriátrica,posteriormente recibe y autoriza el plan

de trabajo para la aplicación de estrategias. Recibe resultados y conclusiones

y da recomendaciones y sugerencias

Diseña estrategias para atención geriátrica; planea y ejecuta pruebas piloto de estrategias

autorizadas

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306 VOLUMEN 12/13

con la política pública objeto de la presente auditoría. Sin embargo, se observa duplicidad

de actividades, actividades afines que podrían ser manejadas en un solo procedimiento;

imprecisiones en la integración de expedientes, tanto de derechohabientes de la Pensión

Alimenticia, como de pacientes; denominación de áreas administrativas inexistentes; entre

otras apreciaciones.

En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con el

oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín

Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa

documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se encontraba la nota informativa

sin número, ni fecha suscrita por el Ciudadano Manuel de Jesús Luján López, Director de

Administración del IAAM-DF en la que se señala que “en breve se contará con un Manual

de Procedimientos que aclarará aún más las funciones de cada área”.

Al respecto, el sujeto fiscalizado no aporta documentación específica, por lo que el presente

resultado no se modifica.

Recomendación APPD-101-08-35-SDS

La Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención de los Adultos

Mayores en el Distrito Federal, deberá divulgar entre el personal responsable de las

actividades sustantivas, el contenido de los ordenamientos normativos, en cumplimiento a

las disposiciones contenidas en la Circular Uno ”Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal”.

Recomendación APPD-101-08-36-SDS

Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención

de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, actualice los procedimientos de operación

a fin de eficientar los sistemas de trabajo con los que proporciona la ayuda económica

y presta los servicios de apoyo a la población objetivo; contemplando esquemas de

simplificación de tareas o, en su caso, aplicar técnicas de reingeniería de procesos.

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307 VOLUMEN 12/13

11. Resultado

Evaluar los Mecanismos de Control utilizados por el IAAM-DF, orientados a minimizar los Riesgos en los Procesos de Trabajo

A fin de evaluar los mecanismos de control que utiliza el sujeto fiscalizado, se revisaron

los productos que, de acuerdo a cada procedimiento administrativo, se deben generar

y cuya evidencia documental debe ser localizada en los expedientes de cada uno de los

derechohabientes de la Pensión Alimentaria; o en su caso, en los archivos centrales de

cada una de las áreas operativas responsables de otorgar los diferentes servicios de apoyo

social a personas adultas mayores. Para ello se requirió al IAAM-DF mediante atenta nota

07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010, diversa documentación soporte. La solicitud

fue atendida con oficio IAAM/DA/255/2010, del 9 de marzo de 2010, suscrito por el

Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración; en tal virtud se procedió a su

análisis, cuyos resultados se muestran a continuación.

Como se ha señalado con anterioridad, el proceso fundamental del quehacer del IAAM-DF

es la gestión de la Pensión Alimentaria, mismo que da inicio a partir de la presentación de

la solicitud por parte del adulto mayor, esta puede ser presentada ante el propio IAAM-DF

en sus oficinas centrales, por vía telefónica o personalmente en los módulos ubicados en

los Centros de Salud, más cercanos al domicilio de los adultos mayores, debiendo cubrir

los requisitos establecidos en las disposiciones legales.

De igual forma se ha señalado, que en este proceso, la Dirección de Operación de la Atención

al Adulto Mayor es la responsable de dirigir y evaluar el desarrollo general de la operación

de la Pensión Alimentaria y de establecer anualmente el calendario para el trámite de

incorporaciones al padrón de derechohabientes de la Pensión Alimentaria; para lo cual,

con el comunicado antes señalado, se solicitó el programa de visitas domiciliarias

para incorporación al padrón, correspondiente a los meses de marzo, julio, septiembre

y diciembre de 2008.

Al respecto, el IAAM-DF señaló que “no hubo un programa de visitas domiciliarias en 2008,

como se marca en el procedimiento, éstas se realizaban de acuerdo a las cargas de trabajo

de las educadoras”.

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308 VOLUMEN 12/13

A fin de verificar que el coordinador regional cumplió con su responsabilidad de integrar

los registros obtenidos en campo en la Delegación a su cargo y de entregar la información

al área de cómputo de la Dirección de Operación de la Atención al Adulto Mayor, se

solicitó el calendario establecido que operó en 2008, para la entrega de ingresos, señalando

el IAAM-DF que en ese año no se contó con este instrumento de control.

Por lo que se refiere al cumplimiento por parte del área de cómputo de la Dirección de

Operación de la Atención al Adulto Mayor, de la obligación de enviar mensualmente,

según calendario establecido, a la empresa dispersora, el informe de altas de adultos

mayores derechohabientes, así como de actualizar el padrón de derechohabientes, se

solicitó con el comunicado antes señalado, el oficio de notificación y el archivo de nuevos

ingresos correspondiente a los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de 2008.

Al respecto se recibieron copias fotostáticas de cuatro oficios dirigidos al Lic. Alejandro

Coronado Ramírez, Director General de la empresa Dispersora PAGA TODO (Mexican

Payment Systems, S.A. de C.V.), suscritos por el Director de Operación de la Atención al

Adulto Mayor, Ricardo Gallardo Hernández, cuyo contenido permite observar el cumplimiento

de esta disposición. El detalle de los citados oficios es el siguiente:

● Oficio DOAAM/282/007 del 17 de diciembre de 2007, dirigido al Lic. Alejandro Coronado

Ramírez, Director General de la empresa dispersora PAGA TODO, suscrito por el

Director de Operación de la Atención al Adulto Mayor, Ricardo Gallardo Hernández,

con el que le señala que en enero de 2007 se le enviaron por correo electrónico

2,427 bajas, así como el mismo número de altas. Se cita que en el mes de febrero

de 2008, se contó con un padrón de 416,500 pensionados, los que deberán recibir la

cantidad de $758.55 mensuales.

● Oficio DOAAM/286/08 del 18 de abril de 2008, dirigido al Lic. Alejandro Coronado

Ramírez, Director General de la empresa dispersora Mexican Payment Systems,

S.A. de C.V., suscrito por el Director de Operación de la Atención al Adulto Mayor

Ricardo Gallardo Hernández, con el que le señala que con fecha 16 de abril de 2008,

se le enviaron por correo electrónico 3,156 bajas, así como el mismo número de altas.

Se cita que en el mes de mayo de 2008, se contará con un padrón de 416,500

pensionados, los que deberán recibir la cantidad de $788.85 mensuales.

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309 VOLUMEN 12/13

● Oficio DOAAM/497/08 del 17 de julio de 2008, dirigido al Lic. Alejandro Coronado Ramírez,

Director General de la empresa dispersora Mexican Payment Systems, S.A. de C.V.,

suscrito por el Director de Operación de la Atención al Adulto Mayor, Ricardo Gallardo

Hernández, con el que le señala que el 16 de julio de 2008, se le enviaron por correo

electrónico 2,118 bajas, así como 5,118 altas. Se cita que en el mes de agosto

de 2008, se contó con un padrón de 422,500 pensionados, que recibieron la cantidad de

$788.85 mensuales.

● Oficio DOAAM/665/08 del 22 de octubre de 2008, dirigido al Lic. Alejandro Coronado

Ramírez, Director General de la empresa dispersora Mexican Payment Systems,

S.A. de C.V., suscrito por el Director de Operación de la Atención al Adulto Mayor,

Ricardo Gallardo Hernández, con el que señala que el 17 de septiembre de 2008,

se le enviaron por correo electrónico 2,715 bajas, así como 3,715 altas. Se cita que en

el mes de noviembre de 2008, se contó con un padrón de 427,500 pensionados, los

que recibieron la cantidad de $788.85 mensuales.

A fin de verificar el cumplimiento por parte del área de cómputo de cotejar la información

que reporta mensualmente la empresa dispersora, contra la información contenida en la

base de datos institucional, se solicitó mediante atenta nota 07/10 - APPD/101/08, del 25 de

febrero de 2010, el informe de movimientos y actualizaciones correspondientes al año

de 2008; respecto de lo cual el IAAM-DF proporcionó con oficio IAAM/DA/255/2010, del 9 de

marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración,

copias de 12 notas informativas giradas por la servidora pública responsable del Área de

Cómputo dirigidas al titular de la Dirección de Operación de la Atención al Adulto Mayor

con las cuales “notifica que el personal del área de cómputo del IAAM-DF cotejó la

información que Pagatodo envió en disco compacto, contra la información que se tiene

en las bases de datos”.

Esta base de datos está alimentada por todas las incidencias, en materia de bajas, altas

y cancelaciones de movimientos, captadas por las áreas operativas del IAAM-DF,

adscritas a la Dirección de Operación de la Atención al Adulto Mayor. Tal como se señala

en los procedimientos de trabajo, el área de cómputo adscrita a la dirección mencionada,

es la responsable de enviar mensualmente, según calendario establecido, a la empresa

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310 VOLUMEN 12/13

dispersora, el informe de altas de adultos mayores derechohabientes, así como de actualizar

el padrón de derechohabientes.

La información recibida está integrada por tres apartados: 1. Saldos por cancelaciones

reportados por Pagatodo (Mexican Payment Systems, S.A. de C.V.) y que el área de

cómputo no tiene forma de corroborarlos, 2. Altas procesadas y la asignación de cuentas

por Pagatodo; y 3. Registros activos en las bases de datos.

En tal virtud se procedió a analizar y verificar la información proporcionada por el sujeto

fiscalizado, sobre el cotejo de información practicada por el área de cómputo respecto

de la información proporcionada por PagaTodo, Mexican Payment Systems, S.A. de C.V.;

los resultados se muestran a continuación:

(Pesos)

Saldos sin forma de corroborar Fecha aplicación movimiento Casos núm. Importe Importe promedio

por caso *

Altas procesadas

Registros activos

Total 32,641 42,742,420 1,309.47 46,271 430,000 Enero 3,511 7,549,816 2,150.33 3,539 416,500 Febrero 2,427 4,809,837 1,981.80 2,529 416,500 Marzo 3,766 4,846,653 1,286.95 3,766 416,500 Abril 3,310 3,466,445 1,047.26 3,310 416,500 Mayo 3,156 3,154,992 999.68 3,156 416,500 Junio 2,360 2,442,072 1,034.78 5,360 419,500 Julio 2,555 2,699,150 1,056.42 2,555 419,500 Agosto 2,118 2,907,489 1,372.75 5,118 422,500 Septiembre 1,855 2,232,101 1,203.29 1,855 422,500 Octubre 1,953 2,309,623 1,182.60 5,453 426,000 Noviembre 2,715 3,211,651 1,182.93 3,715 427,000 Diciembre 2,915 3,112,591 1,067.78 5,915 430,000

* Importe total entre número de casos.

De la anterior información se desprende que el IAAM-DF no contó con un sistema de

cómputo que le permita corroborar si las cancelaciones y bajas, reportadas por la empresa

dispersora corresponden a los movimientos que fueron generados en la operación.

En este sentido, para 2008 los movimientos de bajas respecto de los que no hay forma de

ser corroborados, ascienden a 32,641 casos, con un importe total de 42,742,420 pesos,

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311 VOLUMEN 12/13

que en promedio por caso, arroja la cantidad de 1,309.47, pesos, importe que no guarda

congruencia con el monto de la pensión autorizada para 2008, el cual fue de 788.85 pesos.

De igual forma, se observa que durante todo el periodo analizado, se reprodujo esta falta

de control y no se tomaron las medidas pertinentes para corregirla, por lo que se concluye

que el sistema de cómputo no es confiable, además de que no se cumplen los términos

señalados en el proceso de trabajo.

A fin de constatar el cumplimiento de los términos establecidos en el procedimiento “Visita

Domiciliaria de Seguimiento a Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos

Mayores”, se solicitó al sujeto fiscalizado mediante atenta nota 07/10- APPD/101/08, del

25 de febrero de 2010, el programa de visitas de seguimiento correspondiente a los meses

de marzo, julio, septiembre y diciembre de 2008 y el Informe Mensual General a Nivel

Distrito Federal correspondiente a los meses de enero, abril, julio y octubre de 2008.

En respuesta, con oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic.

Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración, el IAAM-DF señala que

respecto al programa, no se cuenta con tal instrumento de planeación de acciones y por lo

que se refiere a los informes, éstos fueron obtenidos una vez más, de su base de datos.

Como parte del proceso relativo a la Pensión Alimenticia, se observa que, con la entrega

de la tarjeta plástica se materializa el beneficio económico de la Pensión Alimentaria, con

la finalidad de que el adulto mayor incorporado al padrón disponga del recurso; respecto

de lo cual se debe realizar el seguimiento correspondiente para la integración de los

informes derivados de la entrega. A fin de constatar el cumplimiento de esta responsabilidad,

mediante atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010, se solicitó las

relaciones de las entregas correspondientes a los meses de febrero, agosto y noviembre

de 2008, en respuesta, con oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por

el Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración, el IAAM-DF entregó la

información requerida, a partir de la cual se observó que consiste en relaciones obtenidas

de un sistema de base de datos y se deriva de las visitas domiciliarias realizadas por las

educadoras como parte de la acción relacionada con la promoción de educación familiar

en materia de salud. Esta información contiene diversas incidencias, las cuales se analizaron

y se muestran en el cuadro siguiente:

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(Incidencias y número de casos)

Tipo de incidencia Febrero % Agosto % Noviembre % Total %

Total 253,007 100.00 560,661 100.00 273,426 100.00 1,422,475 100.00 Seguimiento sobrevivencia 168,291 66.52 46,159 8.23 70,879 25.92 391,187 27.50 Visita médica domiciliaria 0.00 2,179 0.45 2,466 1.34 6,524 0.46 Barrido 19,536 7.72 1,888 0.34 3,708 1.36 31,070 2.18 Verificación datos trámite de ingreso 4,775 1.89 2,920 0.52 3,938 1.44 15,263 1.07 Entrega de tarjetas 2,623 1.04 3,204 0.57 3,269 1.20 12,336 0.87 Entrega de reposición 759 0.30 1,121 0.20 1,366 0.50 4,460 0.31 Seguimiento de queja 1,064 0.42 486 0.09 639 0.23 2,944 0.21 Levantamiento de información 2,701 1.07 961 0.17 1,596 0.58 6,756 0.47 Entrega de invitaciones 91 0.04 7,078 1.26 8 0.00 7,379 0.52 Promoción y difusión de los servicios 2,891 1.14 10,266 1.83 1,308 0.48 89,594 6.30 Otros motivos 655 0.26 310 0.06 123 0.04 1,141 0.08 Sub total 203,386 80.39 76,572 13.66 89,300 32.66 568,654 39.98 Atención ciudadana 49,621 19.61 484,089 86.34 184,126 67.34 853,821 60.02

Del análisis y verificación de la información anterior, se desprende que la fuerza laboral

integrada por 1,200 Educadoras Comunitarias u ocupantes del puesto denominado

Profesional en Servicios a Adultos Mayores, realizó tareas relacionadas con las acciones

señaladas en los procedimientos de incorporación a los adultos mayores al padrón de

beneficiarios de la Pensión Alimentaria, así como otras acciones como son la denominada

“Atención Ciudadana”, cuya naturaleza no está incluida en ninguno de los procedimientos

ni en normas específicas de trabajo.

En los tres meses analizados, febrero, agosto y noviembre, se reportan registros del

orden de 1,422,475 acciones, de las cuales las incidencias denominadas “Seguimiento de

Sobrevivencia”, “Verificación de Datos para el Trámite de Ingreso”, la “Entrega de

Tarjetas”, Entrega de Reposición”, “Seguimiento de Queja”, “Levantamiento de Información”,

“Entrega de Invitaciones”, así como “Promoción y Difusión de los Servicios”, están

estrechamente vinculadas con la operación del IAAM-DF, representando el 80.39% del

total de incidencias del mes de febrero, el 13.66% para el mes de agosto y el 32.66% para

el mes de noviembre.

De esta forma, las acciones de “Atención Ciudadana”, que como se señaló con anterioridad

no forman parte del quehacer institucional, representaron el 19.61% para el mes de febrero,

el 86.34% para el mes de agosto y el 67.34% para el mes de noviembre.

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313 VOLUMEN 12/13

Por lo que se refiere a las acciones relacionadas con los registros de cambios de domicilio

de los derechohabientes de la Pensión Alimentaria, mediante atenta nota 07/10-APPD/101/08,

del 25 de febrero de 2010, se solicitó el reporte de cambio de domicilio correspondiente a

los meses de enero, abril, julio y octubre de 2008 y un reflejo del Informe Diario de Reportes

de Cambios de Domicilio. Al respecto, con oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010,

suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración, el IAAM-DF

entregó la siguiente información:

● En cuanto a los registros de los cambios de domicilio: copias de notas informativas

suscritas por la Responsable del Área de Cambios de Domicilio dirigidas a la Subdirectora

de Atención a Pensionados, del 24 de abril de 2008, 9 de julio de 2008, 18 de julio de 2008,

1o. de octubre de 2008 y 16 de octubre de 2008, anexando los informes.

● En cuanto a la validación de la información contenida en el padrón de derechohabientes

de la Pensión Alimentaria para adultos mayores: oficio DOAAM/0602/08 del 23 de

septiembre de 2008, suscrito por el Director de Operación de la Atención al Adulto

Mayores, dirigido a los Coordinadores Regionales, con el cual remite el archivo

electrónico con los cambios de domicilio pendientes de validar con 12,753 registros,

a fin de proceder al cierre de cambios de 2007, que como puede apreciarse, indica

que después de diez meses se inició la verificación de la información del cierre del

año anterior.

● En cuanto a la validación de la información: nota informativa del 24 de abril de 2008,

dirigida por el Área de Cambios de Domicilio, con la cual notifica a la Subdirección de

Atención a Pensionados los movimientos recibidos correspondientes al periodo enero-abril

de ese año, señalando que para los meses de enero y febrero los movimientos son

aproximados, ya que no se cuenta con los archivos completos.

Con respecto al documento consignado en el procedimiento como Informe Diario de

Reportes de Cambio de Domicilio se recibió nota informativa del 9 de marzo de 2010,

suscrita por el Ciudadano Mario Alberto Palma Cruz, Responsable del Área de Cambios

de Domicilio, señalando que los cambios de domicilio se realizan dos veces por mes

y anexa la relación de los cambios de domicilio recibidos, correspondientes al periodo

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314 VOLUMEN 12/13

enero-diciembre de 2008.12 Como se observa, lo anterior contraviene los términos del

procedimiento “Registro del Cambio de Domicilio de los Derechohabientes de la Pensión

Alimentaria para Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal”, ya que

en el apartado de Políticas/Normas de Operación se precisa que “El área de Control de

Cambios de Domicilio, integrará un informe diario de reportes de cambios de domicilio

y lo entregará al área de cómputo de la Dirección de Operación de la Atención al Adulto

Mayor, para su captura” y que “Es responsabilidad del área de cómputo, capturar

diariamente los reportes de cambios de domicilios recibidos por el área de control de cambios

de domicilio, con el propósito de mantener actualizado el padrón de derechohabientes de

la Pensión Alimentaria”.

Con relación a verificar la observancia en las disposiciones para aplicar las bajas del

padrón de derechohabientes de la Pensión Alimentaria, se solicitó el informe de bajas por

causa, por área de responsabilidad y por Delegación, correspondiente a los meses de marzo,

julio, septiembre y diciembre de 2008.

Al respecto el sujeto fiscalizado entregó el archivo electrónico con reportes mensuales

de 2008,13 en el cual se consignan las bajas aplicadas en 2008, por diferentes causales

como son: fallecimiento captado en el módulo y por coordinador regional, derechohabiente

repetido en el padrón, el adulto mayor no acepta la pensión, el adulto mayor no reúne

los requisitos, el adulto mayor no fue localizado, no existe el domicilio señalado, error en

el nombre del adulto mayor y por último, el incumplimiento a los términos de la carta

compromiso.

El proceso de otorgar ayudas a personas adultas mayores a través de la Pensión Alimentaria,

concluye con el procedimiento “Reintegro de Saldo Económico no Devengado, por Causa

de Baja Indebida del Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria”, en el cual,

después de que el coordinador regional constata que el derechohabiente tiene derecho al

reintegro, se le notifica a la empresa dispersora para que efectúe el deposito de procedencia.

12 Oficio IAAMDF/CGERI/20/2010 del 5 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador

de Geriatría, anexo del oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010...

13 Oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010.

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315 VOLUMEN 12/13

A fin de constatar el cumplimiento de los términos de este procedimiento, se solicitó al

sujeto fiscalizado que proporcionara evidencia sobre estas gestiones, por lo que entregó

carpeta con los documentos de cada una de estas incidencias en 2008.14

Se continuó con la evaluación de los mecanismos de control que aplica el sujeto utiliza

fiscalizado en la ejecución de los procedimientos vinculados con el Programa 13

“Desarrollo y Asistencia Social”, Programa Especial 06 “Equidad en la Ciudad”, actividad

institucional 03 “Otorgar servicios de apoyo social a personas adultas mayores”. Como se

señaló con anterioridad, estos procedimientos están bajo la responsabilidad de la

Dirección de Gestión de Calidad en la Atención y se relacionan con la atención geriátrica,

la formación de recursos humanos y capacitación para especialistas en gerontología, la

formulación de proyectos y procesos de investigación, las visitas médicas domiciliarias

a derechohabientes del padrón de la Pensión Alimentaria, la constitución y operación de

un Comité de Ética y el desarrollo de sistemas de evaluación, seguimiento y supervisión

de los sistemas de atención geriátrica.

Para proceder a evaluar los mecanismos de control, se solicitó al IAAM-DF mediante

atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010, proporcionara un modelo

representativo de Sistemas de Atención Geriátrica, el cual debe contribuir a la promoción

de un envejecimiento activo e integral, el Plan de Trabajo de los Modelos y el Reporte

Mensual de Seguimiento, correspondiente a 2008. Al respecto, se recibió por parte

del IAAM-DF, el oficio IAAMDF/CGERI/20/2010 del 5 de marzo de 2010, suscrito por el

Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador de Geriatría, en el cual se consigna

que “el Instituto tomó como prioritario las Visitas Médicas Domiciliarias debido a la

necesidad observada en la población adultos mayores, en la que se presentaba hasta

un 13% de dificultad para desplazarse a un sistema de atención primaria. Este ha sido un

dato fundamental que ha dado cabida a la construcción del Programa de Visitas Médicas

Domiciliarias”.15

14 Oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta

nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010... 15 Oficio IAAMDF/CGERI/20/2010 del 5 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador

de Geriatría, anexo del oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010.

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316 VOLUMEN 12/13

Con relación al diseño y autorización de programas de formación de recursos humanos

especializados en geriatría y gerontología, se solicitó el programa anual de capacitación,

cédulas de detección de necesidades de capacitación, programa de cursos externos de

capacitación, el plan de trabajo para el desarrollo y seguimiento del programa anual

de capacitación y los informes trimestrales 2008 del programa y, en su caso, evidencia de

pago a capacitadores externos. Al respecto con oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo

de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración,

el IAAM-DF señala que “no se cuenta con la información solicitada, debido a que en el

ejercicio de 2008 no hubo recursos para contratar capacitadores y solamente se realizaron

acciones de adiestramiento y actualización con el mismo personal del Instituto”.16

En lo que respecta a la elaboración, evaluación y autorización de proyectos de

investigación, así como a la coordinación de los procesos de investigación, para constatar

el cumplimiento a los términos del procedimiento respectivo, se solicitó un proyecto

representativo de los formulados en 2008, conteniendo la evidencia de la propuesta de

temas, convocatoria, resumen ejecutivo del proyecto, propuesta y autorización de la

publicación y la difusión; al respecto se recibió documento,17 señalando que “durante 2008

se estructuraron los proyectos de investigación que se llevarán a cabo en 2009 a saber:

1. Repercusión de la Pensión Alimentaria en el aporte nutricional de los adultos mayores

beneficiarios del programa. 2. Perfil del estado de salud de los adultos mayores de muy

alta y alta marginación en el Distrito Federal”. Como puede observarse el sujeto fiscalizado

no llevó a cabo proyectos de investigación durante el ejercicio 2008.

Por lo que se refiere a la verificación del cumplimiento de los términos del procedimiento “Visitas

Médicas Domiciliarias para Diagnóstico de Salud”, a través del cual los derechohabientes

de la Pensión Alimentaria reciben la atención primaria, se le requirió al IAAM-DF, el

programa de visitas, los registros de control de datos de reportes, informe de avances,

programación de visitas, informe semanal de visitas, copia de un expediente médico,

plan de intervención y seguimiento de pacientes. Al respecto se recibieron comentarios,18

16 Oficio IAAMDF/CGERI/20/2010 del 5 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador

de Geriatría, anexo del oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010

17 Ídem. 18 Ídem.

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317 VOLUMEN 12/13

de que los formatos de receta médica y de recomendaciones de cuidados en domicilio

no forman parte del expediente clínico, debido a que se entregan al paciente, por lo que no

se puede constatar el uso correcto de los mismos.

Como parte de los procedimientos materia de la revisión, se localiza el que se refiere a

que el IAAM-DF cuente con un órgano colegiado denominado Comité de Ética, por lo que

para evaluar su procedencia se requirieron sus normas y procedimientos, información

relativa a sus integrantes y registro, sesiones celebradas e informe anual 2008. Al respecto,

el sujeto fiscalizado comunicó que solamente cuenta con documento a nivel de proyecto

borrador.19

El proceso de otorgar servicios a personas adultas mayores concluye con el procedimiento

“Diseño y Operación de Sistemas de Evaluación, Seguimiento y Supervisión para los

Sistemas de Atención Geriátricos”, con el cual el IAAM-DF pretende contar con esquemas

de planeación y operación de excelencia. Con el propósito de constatar su cumplimiento,

se solicitó la presentación de un documento donde se muestren las estrategias a utilizar,

la prueba piloto y el plan de trabajo utilizado, así como los informes de resultados de las

evaluaciones.

El IAAM-DF proporcionó información en la cual se señala que respecto a las “Estrategias

para evaluar los sistemas de atención geriátrica, la estrategia principal en la evaluación de

las visitas domiciliarias se realiza a través del Informe Mensual de las Visitas Médicas

Domiciliarias” y respecto a la “Prueba piloto y plan de trabajo para aplicación de

estrategias, el reporte de las visitas médicas domiciliarias se verifica mensualmente por

médico, realizando el seguimiento estrecho en la revisión de inconsistencias y/o validación

de la información asegurando que el reporte este adecuadamente registrado”.20

De lo anterior se concluye que el área responsable de la operación de este procedimiento

no ha diseñado las estrategias de evaluación, seguimiento y supervisión para los diferentes

sistemas de atención geriátricos.

19 Oficio IAAMDF/CGERI/20/2010 del 5 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador

de Geriatría, anexo del oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010.

20 Ídem.

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318 VOLUMEN 12/13

En el Programa Institucional 2008-2012 del IAAM-DF, emitido en julio 2008, se establecen

diversas disposiciones relacionadas con los Programas Prioritarios, Acciones Especiales y

Acciones Prioritarias, asimismo, que el IAAM-DF debe conservar la evidencia documental

de su cumplimiento lo que, de igual forma se requirió con atenta nota 07/10-APPD/101/08

del 25 de febrero de 2010, que se proporcionara la documentación comprobatoria relativa

a los rubros que a continuación se detallan:

● Realización de los eventos masivos que se precisan en el Programa Institucional 2008-2012, relacionados con la conmemoración del inicio del programa, con el acto mundial contra el abuso y el maltrato al anciano, día nacional de las personas adultas mayores y con el día mundial de las personas adultas mayores, así como el aniversario de las educadoras

Al respecto solamente se recibieron tres oficios: 1.- Oficio SDS/124/2008 del 2 de junio

de 2008, suscrito por el Secretario de Desarrollo Social, instruyendo llevar a cabo los

procedimientos de adquisición para atender el acto de entrega de tarjetas de la Pensión

Alimentaria el 18 de junio de 2008. 2.- Oficio DG/IAAM-DF/0227/2008 del 14 de agosto

de 2008, con el Visto Bueno del Secretario de Desarrollo Social, instruyendo para llevar a cabo

los procedimientos de adquisición para atender el acto de entrega de tarjetas de la Pensión

Alimentaria el 28 de agosto de 2008. 3.- Oficio DA/849/2008 del 23 de septiembre de 2008,

suscrito por la Directora de Administración del IAAM-DF, dirigido al Subdirector de Recursos

Materiales de la SDS, acompañando requisición para atender el acto de entrega de tarjetas

de la Pensión Alimentaria el 30 de junio de 2008.21

Como puede observarse, el sujeto fiscalizado no mostró la evidencia documental de haber

celebrado los actos masivos contemplados en el programa institucional, únicamente tres

actos de entrega de tarjetas en el periodo que se audita, sin incluir otro tipo de registros.

Con relación a lo anterior, se considera que para un mejor control, el IAAM-DF debe de

integrar una bitácora con la documentación precisa por cada acto masivo, entre otros, como

son: objeto, lugar, número de participantes, utilización, costo y contratación de bienes

y servicios, convocatoria o invitación, entre otros.

21 Oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la

atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010.

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319 VOLUMEN 12/13

● Establecimiento de módulos de atención a pensionados

En el año de 2008 el IAAM-DF contaba con 79 módulos, uno denominado módulo central

ubicado en la sede del IAAM-DF, localizada en la Delegación Cuauhtémoc, y el resto

distribuidos en las diferentes Delegaciones, como a continuación se indican:

Ubicación Módulos Delegación Cantidad Centro

Salud Centro

Comunitario Otros *

Total 79 70 4 5 Álvaro Obregón 3 4 1 Azcapotzalco 4 3 1 Benito Juárez 2 2 Coyoacán 7 6 1 Cuajimalpa de Morelos 2 2 Cuauhtémoc 6 4 2 Gustavo A. Madero 11 10 1 Iztacalco 4 4 Iztapalapa 15 13 2 Magdalena Contreras 2 2 Miguel Hidalgo 2 2 Milpa Alta 2 2 Tláhuac 4 3 1 Tlalpan 7 7 Venustiano Carranza 4 4 Xochimilco 4 4

* En la Delegación Álvaro Obregón se localiza en el edificio antiguo de la Delegación, en la Delegación Cuauhtémoc, se localizan en la Clínica de Especialidades de Número 4 y 6: y en la Delegación Iztapalapa en la iglesia de Santa Martha Acatitla.

● Difusión de visitas médicas domiciliarias

La información proporcionada únicamente señala que “para el año de 2008 se realizó la

difusión de los resultados de las visitas médicas domiciliarias en foro nacional e

internacional”.22 A lo que se agrega que este programa se difunde por la página de internet

www.adultomayor.df.gob.mx; a través de la exposición itinerante del IAAM-DF en las vitrinas

culturales del Sistema de Transporte Colectivo Metro; además de los eventos que realizó el

IAAM-DF en la Sesión Mensual Académica “Sistema de Evaluación de Cuidados de Larga

22 Oficio IAAMDF/CGERI/20/2010 del 5 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador

de Geriatría, anexo del oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010.

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320 VOLUMEN 12/13

Estancia”, febrero de 2008; en el XI Simposium Internacional de Gerontología y Geriatría

2008 y en el II Congreso Subcaliforniano de Gerontología y Geriatría, noviembre 2008.

El sujeto fiscalizado mostró copia de las constancias de estas declaratorias.23

● Valoraciones geriátricas integrales a adultos mayores

En el documento antes señalado24 se consigna que “se refiere al instrumento de evaluación

médica, psicológica, funcional y social que tiene como propósito determinar el estado de

salud de los adultos mayores; y la aplicación de este instrumento se refleja en la productividad

reportada en el Informe Mensual de Visitas Médicas Domiciliarias”. Al respecto se

analizaron las cifras que se reportan en 2008 considerando el número de adultos mayores

iniciales valorados, más los adultos mayores iniciales en seguimiento, más consultas de

especialidad, lo que alcanza un total de 15,630. En esta misma información se reportan

un índice de productividad de 69.47%, cuyo cálculo no está debidamente sustentado ya

que la meta institucional está compuesta por 22,500 visitas de valoraciones geriátricas

y por 3,000 consultas subsecuentes a adultos mayores, para efectos del índice se excluye

el dato de estas consultas subsecuentes.

● Investigaciones en geriatría y gerontología

Al respecto se recibió por parte del IAAM-DF, oficio IAAMDF/C.GERON/013/10 del

10 de marzo de 2010, suscrito por la C. Ana Gamble Sánchez-Gavito, Coordinadora

de Gerontología, en el que señala que el IAAM-DF se planteó la necesidad de realizar

investigaciones en gerontología, en áreas prioritarias como son las necesidades de apoyo

social para las personas adultas mayores, relacionado con sus cuidadores, sus redes de

apoyo y su acompañamiento, mostrando como evidencia un documento sin fecha,

sin firma de autorización y con carácter de borrador denominado “Apoyo Social para el

Adulto Mayor”, el cual contiene introducción, antecedentes, justificación, marco conceptual,

objetivos, población blanco, estrategias y actividades, con dos anexos en los cuales se

desarrollan los esquemas de atención integral y de redes sociales para el adulto mayor. 23 Oficio IAAMDF/CGERI/20/2010 del 5 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador

de Geriatría, anexo del oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010.

24 Oficio IAAMDF/CGERI/26/2010 del 26 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador de Geriatría, anexo del oficio IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, en atención a la atenta nota 07/10-APPD/101/08, del 25 de febrero de 2010.

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321 VOLUMEN 12/13

No se localizó evidencia que acredite que bajo estos esquemas y estrategias se hayan

llevado a cabo las actividades institucionales.

● Instalación de Centros Gerontológicos de Atención Integral

Al respecto el IAAM-DF presentó el documento de trabajo del año 2008 denominado “Proyecto

de Villas y Centros Gerontológicos para Adultos Mayores en el Distrito Federal”,25 sin

firma de autorización y cuyo contenido se refiere a antecedentes, justificación, objetivos,

requerimientos, entre otros; además se señala que a “la fecha están en espera de la

autorización presupuestaria y del terreno requerido”.

● Curso taller de visitas médicas domiciliarias para adultos mayores, dirigido a médicos de reciente ingreso al IAAM-DF

Al respecto se señaló que dicho curso se celebró del 8 al 21 de abril de 2008, con una

duración de 60 horas, con 45 participantes y que fue impartido por cuatro especialistas en

la materia.26 El objetivo del curso es el presentar el programa de visitas médicas domiciliarias

al adulto mayor, impartir elementos teórico-prácticos fundamentales para la atención médica

primaria de adultos mayores en la comunidad.

● Curso taller de atención primaria a largo plazo en el domicilio del adulto mayor, dirigido a médicos de reciente ingreso

Al respecto el IAAM-DF señala que dicho curso se celebró del 22 de abril al 2 de mayo

de 2008, con una duración de 36 horas, con 25 participantes e impartido por cinco

especialistas en la materia.27 El objetivo del curso es el obtener elementos teóricos

prácticos para otorgar atención primaria de seguimiento a pacientes adultos mayores con

disfuncionalidad.

25 Oficio IAAMDF/C.GERON/013/10 del 10 de marzo de 2010, suscrito por la C Ana Gamble Sánchez-Gavito, Coordinadora

de Gerontología. 26 Oficio IAAMDF/CGERI/26/2010 del 26 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador de

Geriatría. 27 Ídem.

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322 VOLUMEN 12/13

● Curso de Introducción al Programa de Visitas Médicas Domiciliarias para Adultos Mayores, dirigido a médicos especialistas en geriatría de reciente ingreso

Al respecto el IAAM-DF señala que dicho curso se canceló y los médicos se agregaron al

curso básico.28

● Curso de Cuidados de Sostén y Paliativos, dirigidos a médicos del programa del adulto mayor

El IAAM-DF señala que el curso se denominó Introducción a Cuidados al Final de la Vida,

el cual se celebró del 18 al 19 de diciembre de 2008, con una duración de 14 horas, con

36 participantes e impartido por cinco especialistas en la materia.29 El objetivo del curso

es el proporcionar conocimientos generales en relación a los cuidados paliativos de los

derechohabientes del IAAM-DF.

● Capacitación Continua sobre Casos Clínicos

El IAAM-DF señala que “durante el año 2008 se realizaron reuniones con los médicos de

visitas médicas domiciliarias con el objeto de continuar con su educación médica, realizando

la actividad a través de la revisión de casos clínicos y revisión de temas clínicos”.30

Se celebraron 8 reuniones con 275 participantes, el sujeto fiscalizado proporcionó la lista

de asistencia de los participantes”.

De lo anterior se concluye que la SDS y el IAAM-DF no contaron con los mecanismos de

control orientados a minimizar los riesgos en los procesos de trabajo, de igual forma no se

cumplió la acción prioritaria señalada en el Programa Institucional 2008-2012, relacionada

con la actualización permanentemente de los procesos de control de la operación de la

Pensión Alimentaria y el fortalecimiento del área de cómputo y en cuanto al sistema

de administración del padrón, con la sistematizando del total de los procesos de

incorporación, control, cambios de domicilio, atención a quejas, atención a solicitudes

y de visitas domiciliarias.

28 Oficio IAAMDF/CGERI/26/2010 del 26 de marzo de 2010, suscrito por el Dr. Pedro Eduardo Valdés Corchado, Coordinador

de Geriatría. 29 Ídem. 30 Ídem.

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323 VOLUMEN 12/13

En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado

con el oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín

Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa

documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se localiza copia fotostática

del oficio CG/636/2009 del 14 de diciembre de 2009, girado por el titular de la CGDF,

con el cual se remiten los movimientos a la estructura orgánica del IAAM-DF, en alcance

al dictamen 9/2007 de estructura de la SDS, vigentes a partir del 1 de enero de 2010.

De igual forma, como parte de esta documentación se recibió nota informativa sin número,

ni fecha suscrita por el Ciudadano Manuel de Jesús Luján López, Director de Administración

del IAAM-DF en la que señala que “a partir de la nueva estructura orgánica se cuenta con

una JUD de Administración del Padrón, con una JUD de Servicios y Atención Ciudadana,

así como con una Coordinación de Operación de la Pensión y una JUD de Control de

Tarjetas de Pensión Alimentaria”. El sujeto fiscalizado no proporciona documentación

respecto a las funciones específicas de cada una de las áreas mencionadas.

Con los folios 026 y 027, se recibió nota informativa sin número, ni fecha suscrita por el

Ciudadano Manuel de Jesús Lujan López, Director de Administración del IAAM-DF donde

formula diversos comentarios sobre las diferencias encontradas por el grupo auditor,

respecto a los importes consignados por bajas o cancelaciones; argumentando que esto

se debe a “la forma como la empresa dispersora reporta los importes no utilizados por los

derechohabientes y cuyos datos están protegidos por la ley de acceso a la Información

y a las leyes financieras correspondientes”.

Con la documentación proporcionada, el sujeto fiscalizado no aportó elementos para

verificar si el IAAM-DF cuenta con un sistema de control articulado; en tal virtud el

presente resultado no se modifica.

Recomendación APPD-101-08-37-SDS

Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención

de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, emita disposiciones específicas en materia

de supervisión y control de las acciones, estableciendo un sistema de control articulado,

con evaluaciones periódicas de los titulares que ocupan los niveles de gestión en la escala

de responsabilidad.

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324 VOLUMEN 12/13

12. Resultado

Evaluar el Sistema de Medición Periódica de Resultados, la Presentación de Informes y los Esquemas de Transparencia y Rendición de Cuentas que son utilizados por el IAAM-DF

Con el propósito de evaluar el sistema de medición periódica de resultados instrumentado

en el IAAM-DF, así como los reportes o informes que emite y la periodicidad de éstos, se

revisaron las disposiciones legales que le aplican,31 encontrando que solamente en el

Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para Adultos

Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal, se señala específicamente en

el artículo 46, que “Dado el carácter público de la Pensión, la información estadística

relativa a la misma, excepto el Padrón de Derechohabientes, será publicada y actualizada

de forma sistemática en la página electrónica del Gobierno del Distrito Federal, para

consulta de la población que así lo requiera”. De igual forma el artículo 47, señala que

“El Instituto actualizará permanentemente los archivos del Padrón de Derechohabientes

de la Pensión. Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados

en el sistema de datos personales de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del

Distrito Federal, en atención a lo señalado por la Ley de Protección de Datos Personales

y demás normativa en la materia”.

Al respecto, y por lo que se refiere a las disposiciones normativas, en el Manual

de Organización del IAAM-DF,32 solamente se localizan con relación a la Subdirección de

Evaluación, Difusión y Seguimiento de Programas, área adscrita a la Dirección de Operación

de la Atención al Adulto Mayor, las funciones de “Establecer mecanismos de información

que permitan reorientar las estrategias de supervisión y operación de los programas”,

“Establecer un sistema de información actualizado, que permita conocer a la población

adulta mayor beneficiaria de los programas, así como de su calidad de vida en su contexto

familiar y comunitario”, y “Retroalimentar las diferentes áreas permitiendo mejorar la

operación, la toma de decisiones y los resultados”. 31 Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal, Ley que Establece el Derecho a la Pensión

Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal y su Reglamento, Ley que Establece el Derecho al Acceso Gratuito a los Servicios Médicos y Medicamentos a las personas residentes en el Distrito Federal que carecen de Seguridad Social Laboral, Acuerdo Mediante el Cual se Emite el Programa de Visitas Médicas Domiciliarias para Adultos Mayores de 70 años en el Distrito Federal, Decreto de creación del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal.

32 Manual de Organización del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, con dictamen 09/07, según el oficio OM/1338/2007 del 23 de julio de 2007

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325 VOLUMEN 12/13

En materia de la generación de informes, en los procedimientos administrativos33 que

sustentan la operación del IAAM-DF, tanto para el trámite de la Pensión Alimentaria como

para la prestación de servicios de apoyo social a los adultos mayores, se localizan diversas

acciones, relacionadas con los informes que a continuación se detallan:

Procedimiento Tipo de informe Periodicidad

“Incorporación al Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores”

Informe de Movimientos y Actualizaciones

Mensual

“Visita Domiciliaria de Seguimiento a Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores”

Informe Mensual General a Nivel Distrito Federal

Mensual

“Registro de Cambio de Domicilio de los Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal”

Informe Diario de Reportes de Cambios de Domicilio

Diario

“Baja del Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores”

Informe de Bajas por Causa y por Área de Responsabilidad

Mensual

Informe General de Bajas por Delegación Política

Mensual

“Reintegro de Saldo Económico no Devengado, por Causa de Baja Indebida del Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria”

Informe del Coordinador Regional sobre la Solicitud

Mensual

Informe de Saldo, Fecha de Baja y Número de Cheque de Reintegro por parte de la Empresa Dispersora

De acuerdo al caso

“Elaboración y Autorización de Estrategias para la Atención Geriátrica”

Reporte Mensual de Seguimiento Mensual

“Diseño y Autorización de Programas de Formación de Recursos Humanos”

Informe trimestral del Programa Trimestral

“Visitas Médicas Domiciliarias para Diagnóstico de Salud”

Informe Semanal de las Visitas Médicas Domiciliarias

Semanal

“Formación de Recursos Humanos y Capacitación para la Atención de los Adultos Mayores”

Informes de Avances del Programa de Capacitación

Sin definir

“Organización y Funcionamiento del Comité de Ética”

Informe Anual Anual

“Coordinación de los Procesos de Investigación”

Informe trimestral del Programa Trimestral

33 Manual Administrativo del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, con registro MA-08011-9/07,

emitido por la CGMA, dependiente de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal; según oficio CGMA/DDO/3108/08, del 26 de noviembre de 2008, unidad administrativa actualmente adscrita a la CGDF.

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326 VOLUMEN 12/13

Sobre el cumplimiento de estos ordenamientos y el contenido de cada uno de los

informes, en el Resultado 11, del presente Informe Final de Auditoría, el cual versa

sobre el tema de “Eficiencia”, figura el análisis específico, relacionado con la valoración

de los mecanismos de control utilizados por el IAAM-DF, orientados a minimizar los

riesgos en los procesos de trabajo.

En la materia de presentación de informes y evaluación de resultados, se detectó que en

el artículo 29 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito

Federal,34 se establece la creación del Consejo Asesor para la Integración, Asistencia,

Promoción y Defensa de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, asimismo, que

en sesiones de este órgano consultivo, de acuerdo al calendario autorizado, el IAAM-DF

debe presentar informes sobre las actividades más relevantes y sobre los resultados

de la encuesta anual de percepción a los beneficiarios de la pensión universal ciudadana.

En las tres sesiones celebradas en el año de 2008, se presentaron estos resultados, así

como el Informe de Arranque del Programa de Visitas Domiciliarias en abril de 2008.

Con el propósito de continuar con el análisis del sistema de medición periódica de resultados

y de la presentación de informes de resultados, enfocados a esquemas de transparencia

y rendición de cuentas, instrumentados por el sujeto fiscalizado, con atenta nota

15/10-APPD/101/08, del 7 de abril de 2010 se solicitaron los informes de gestión presentados

por la SDS a las diferentes instancias de control, a la Jefatura de Gobierno y a la ALDF,

así como aquellos informes que formaron parte del Informe Anual de Gobierno.

En este sentido, con oficio APPD/10/224 del 14 de abril de 2010, se envió a la SDS un

recordatorio con plazo perentorio de tres días adicionales, y fue con oficio SRM/349/2010,

suscrito por el Subdirector de Recursos Materiales de la SDS, recibido el 21 de abril

de 2010, con el cual se remitieron informes del avance presupuestal, más no se atendió el

requerimiento respecto de los informes de gestión; por lo que a la fecha de elaboración

del Informe Final de Auditoría el sujeto fiscalizado no había proporcionado esta información,

motivo por el cual no es posible constatar el cumplimiento de las disposiciones en la

materia.

34 Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 7 de marzo de 2000.

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327 VOLUMEN 12/13

Conforme a lo anterior, se observa que el sujeto fiscalizado no cuenta con un sistema

integral de información que de sustento a la toma de decisiones estratégicas y operativas,

a la rendición de cuentas y a acreditar el cumplimiento de objetivos y metas institucionales,

de igual forma se observa que la generación de informes o reportes de evaluación se

encuentra desarticulada, provocando omisiones o imprecisiones que afectan potencialmente

su veracidad.

En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con

el oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín

Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa

documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se localiza nota informativa

sin número, ni fecha suscrita por el Ciudadano Manuel de Jesús Luján López, Director de

Administración del IAAM-DF donde señala que “la evaluación es una función inherente al

Consejo para la Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal, el cual dio por cumplida

la obligación de publicar una evaluación interna del Programa de Pensión Alimentaria

con la Encuesta de Percepción sobre Beneficios y Evaluación de la Pensión Alimentaria para

Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal”.

De igual forma señala que “EVALUA DF determinó que se elaborará una Evaluación

Diagnóstica para 2009 e Indicadores para el año 2010”.

Al respecto, el sujeto fiscalizado no aporta documentación específica en la materia,

por lo que el presente resultado no se modifica.

Recomendación APPD-101-08-38-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social y el Instituto para la Atención de los

Adultos Mayores en el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias,

establezcan las medidas que permitan que la información relevante que genere, sea oportuna

para la toma de decisiones y para el logro de sus objetivos, metas y programas.

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328 VOLUMEN 12/13

13. Resultado

Evaluar la Eficiencia con que actuó el IAAM-DF a partir de la Construcción de Indicadores de Gestión y de Desempeño

Con el fin de verificar que se hayan construido los indicadores de gestión y de desempeño

a través de los cuales sea posible evaluar la eficiencia con que operaron la SDS

y el IAAM-DF para dar cumplimiento a los objetivos y metas de las políticas públicas bajo

su responsabilidad, así como la eficiencia de las actividades institucionales objeto de la

presente auditoría, se solicitó al inicio de los trabajos de la auditoría, con el primer

requerimiento de información formulado por la CMHALDF, con oficio APPD/09/466 del

26 de agosto de 2009, de la Dirección General de Auditoría Programática Presupuestal y de

Desempeño, el cuaderno de información estadística básica y los indicadores de gestión,

así como la metodología para su elaboración.

Al respecto, el sujeto fiscalizado con oficio DGA/2691/2009 del 7 de septiembre de 2009,

suscrito por el Director General de Administración de la SDS, remitió solamente las

estadísticas relacionadas con: número de adultos en activo por sexo, por mes durante el

año 2008 y por Delegación; las altas, bajas del periodo 2001-2008, con total anual; las

altas por año del periodo 2001-2008, en registros mensuales y por Delegación; las altas

y bajas 2001-2008, por mes y por Delegación; el reporte por tarjetas repuestas en 2008,

por Delegación; y el reporte de visitas domiciliarias por Delegación y por mes correspondiente

a 2008. No obstante no se remitió información sobre los indicadores.

En este sentido, en el Cuestionario de Control Interno que se aplicó el 7 de octubre

de 2009,35 se solicitó “Explicar la metodología utilizada para la determinación de los

indicadores de desempeño y los elementos utilizados”; a lo que el servidor público

representante del IAAM-DF a quien se aplicó este instrumento respondió que: “se mide

la cobertura de los adultos mayores con relación al total de la población de este grupo de

edad, y con respecto al total de solicitantes. Los indicadores se formularon de acuerdo

a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Finanzas, se entrega documento con

los indicadores institucionales”.

35 Cuestionario de Control Interno aplicado a la C. Lic. Norma Leticia Castillo Lara, Jefa de Unidad Departamental de Control

de Tarjetas de Pensión, IAAM-DF.

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329 VOLUMEN 12/13

El documento que se recibió se refiere al anexo “Programa General de Desarrollo 2007-2012,

Líneas de Política”; el cual forma parte del esquema de programación presupuestación

para el ejercicio 2008, emitido por la SF. Este documento únicamente contempla la actividad

institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”, precisando que la línea de

política se desarrolla mediante la instrumentación del sistema de asistencia social en el

Distrito Federal lo cual aumentará y mejorará la prevención y atención a personas y familias

en condiciones de abandono o extrema necesidad, con los siguientes elementos y alcance:

Elementos Alcance

Actividad Institucional Estratégica 13/06/36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”.

Misión Contribuir al establecimiento de un estado de bienestar a través de promover el ejercicio pleno de los derechos de las personas adultas mayores, así como para el establecimiento de condiciones para una vejez digna y feliz.

Fin Dar cumplimiento a la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal.

Propósito Contribuir a que los adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal tengan una mejor calidad de vida.

Componente Otorgar una pensión a adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal.

Nombre del indicador Índice de cobertura de la pensión alimentaria a adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal.

Tipo Interno Objetivo de medición Evaluar el cumplimiento de la meta programada

referente a la pensión alimentaria a adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal.

Formula de cálculo 100 X número de adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal, incorporados al padrón de la pensión alimentaria/meta programada.

Desagregación geográfica Delegacional. Meta Anual 430,000. Interpretación del resultado Se cumplió o no con la incorporación de los adultos

mayores de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal.

Frecuencia de medición Trimestral. Fuente Datos propios. Valor del indicador al cierre 2007 99.6%. Valor del indicador al fin de 2008 100.0%. Características de los valores del indicador

Periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008.

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330 VOLUMEN 12/13

De la información anterior se concluye que el IAAM-DF únicamente cuenta con un índice

de cobertura de la Pensión Alimentaria a adultos mayores de 70 años residentes en el

Distrito Federal, cuyo resultado se interpreta como el cumplimiento o no, de la meta

establecida respecto a la incorporación de los adultos mayores de acuerdo a lo estipulado

en el Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los

Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal.

En materia de evaluación e indicadores, se detectó que en los Lineamientos y Mecanismos

de Operación de los Programas Sociales a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social y

Organismos Sectorizados 2008,36 ordenamiento normativo en el cual se fundamenta la

operación del sujeto fiscalizado, se incluye como herramienta de evaluación del Programa

de Pensión Alimenticia a Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal,

los mismos indicadores de cobertura, orientados a medir el grado de avance de la

incorporación de derechohabientes al padrón de manera trimestral y mensual, con los

siguientes elementos:

Indicador Objetivo Unidad de medida Formula Periodicidad

Porcentaje de adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal incorporados al Programa de la Pensión Alimentaria

Medir el grado de avance en la incorporación de adultos mayores en el Programa de la Pensión Alimentaria

Número de Adultos Mayores incorporados al Programa de la Pensión Alimentaria

Número de adultos mayores incorporados al Programa de la Pensión Alimentaria, entre el total estimado de la población de adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal.

Trimestral

Porcentaje de adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal incorporados mensualmente al Programa de la Pensión Alimentaria

Medir el grado de incorporación mensual de adultos mayores al Programa de la Pensión Alimentaria

Número de Adultos Mayores incorporados mensualmente al Programa de la Pensión Alimentaria

Número de adultos mayores incorporados mensualmente al Programa de la Pensión Alimentaria, entre la meta mensual de incorporación de adultos mayores de 70 |años residentes en el Distrito Federal.

Mensual

36 Lineamientos y Mecanismos de Operación de los Programas Sociales a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social

y Organismos Sectorizados 2008, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 31 de enero de 2008

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331 VOLUMEN 12/13

De la información anterior se desprende que estos mecanismos de evaluación del Programa

de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito

Federal, son los mismos indicadores de cobertura, los cuales forman parte del ejercicio

de programación-presupuestación para el ejercicio 2008, señalados con anterioridad.

De igual forma, puede observarse que con estos indicadores no miden aspectos

relacionados con los insumos y procesos utilizados, además no presentan resultados con

el correspondiente impacto social de la política pública; no aportan elementos para medir

el impacto de las acciones de la SDS y del IAAM-DF sobre la población objetivo, ya que

ninguno de los indicadores se relacionan con objetivos particulares, ni con la actividad

institucional 03 “Otorgar servicios de apoyo social a los adultos mayores”. En conclusión,

no permiten la evaluación de la gestión pública, en la materia de contribuir al establecimiento

de un estado de bienestar a través de promover el ejercicio pleno de los derechos de las

personas adultas mayores, así como del establecimiento de condiciones para una vejez

digna y feliz.

De esta forma, se concluye que la SDS y el IAAM-DF no cuenta con indicadores

de gestión y desempeño a través de los cuales se pueda evaluar la consecución de los

objetivos y metas institucionales; por lo que al carecer de un sistema de información y de

indicadores de desempeño, el sujeto fiscalizado no está en posibilidades de establecer

y participar en los esquemas de planeación estratégica en la administración pública del

Distrito Federal.

En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con

el oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín

Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa

documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se localiza nota informativa

sin número, ni fecha suscrita por el Ciudadano Manuel de Jesús Luján López, Director

de Administración del IAAM-DF en la que señala que “se construyen indicadores para el

año 2011; asimismo la Contraloría General ha instrumentado la capacitación en Matriz de

Marco Lógico para la construcción de indicadores”.

Al respecto, el sujeto fiscalizado no aporta documentación específica en la materia, por lo que

el presente resultado no se modifica.

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332 VOLUMEN 12/13

Recomendación APPD-101-08-39-SDS

Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención

de los Adultos Mayores en el Distrito Federal con fundamento en las disposiciones emitidas

por la Secretaría de Finanzas y la Coordinación General de Modernización Administrativa

de la Contraloría General del Distrito Federal, diseñe los indicadores de desempeño

gubernamental y estratégicos, que le permitan evaluar el desempeño institucional,

fortalecer la rendición de cuentas e identificar las áreas de oportunidad para su actuación.

14. Resultado

Evaluar el Grado de Cumplimiento de las Disposiciones Normativas relacionadas con la Integración, Actualización, Guarda y Custodia de los Expedientes de los Derechohabientes de la Pensión Alimentaria y los Servicios de Asistencia Social que Proporciona el Sujeto Fiscalizado

Con la finalidad de revisar el contenido, integración, actualización, guarda y custodia de

los expedientes de los derechohabientes de la Pensión Alimentaria, se procedió a revisar las

disposiciones legales y normativas que le aplican, por lo que encontramos en primer término,

las disposiciones contenidas el Manual Administrativo del Instituto para la Atención de los

Adultos Mayores en el Distrito Federal,37 específicamente en el procedimiento “Incorporación

al Padrón de Derechohabientes de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores”.

Al respecto, en el procedimiento señalado, se localiza en el apartado de Políticas

y/o Normas de Operación, que es la Dirección de Operación de la Atención del Adulto

Mayor el área administrativa responsable de dirigir y evaluar el desarrollo general de la

operación de la Pensión Alimentaria; y consigna que “En visita domiciliaria la Profesional de

Servicios a Adultos Mayores es la responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos

de edad y residencia del adulto mayor solicitante, quien deberá exhibir en el momento de

la visita los documentos oficiales originales que acreditan que cumple con la edad y residencia

establecida. De cumplir con los requisitos, la Profesional de Servicios a Adultos Mayores,

solicitará al adulto mayor, copia de documentos comprobatorios de edad y residencia,

37 Autorizado por la CGMA, dependiente de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, con oficio GMA/DDO/3108/08, del

26 de noviembre de 2008 y registro MA-08011-9/07 correspondiente al dictamen 09/2007. La CGMA en la actualidad es una unidad administrativa adscrita a la CGDF.

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333 VOLUMEN 12/13

identificación y dos fotografías para integrar el expediente. A este expediente se le

anexará, la solicitud de registro, carátula del expediente, registro de visita de seguimiento

y ficha de identificación de riesgos de salud”.

Dentro de estos ordenamientos normativos, con relación al otorgamiento de servicios

de apoyo social, cuya evidencia documental debe de integrarse al expediente personal del

derechohabiente de la Pensión Alimentaria, en el Manual Administrativo señalado,

encontramos el procedimiento “Visita Domiciliaria de Seguimiento a Derechohabientes de

la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores”, en el cual se establece como objetivo el

“Dar seguimiento a través de visita domiciliaria a los derechohabientes de la Pensión

Alimentaria, con la finalidad de verificar sobrevivencia, disfrute del beneficio de la pensión

y residencia, así como el identificar problemas en la operación; así como aplicar las

medidas que amerite el caso”. En el apartado de Políticas y/o Normas de Operación, se

consigna que “es la Profesional en Servicios a Adultos Mayores (Educadora Comunitaria)

la responsable de realizar la visita de seguimiento para verificar la residencia, disfrute del

beneficio de la pensión, sobrevivencia y atención de dudas o problemas relacionados

con el derecho de la Pensión Alimentaria, así como para recopilar información para

integrar el expediente que requiera la institución, y que permita evaluar y reorientar las

acciones a nivel operativo”.

En este sentido, en el primer procedimiento citado, se señalan los tipos de documentos

que el adulto mayor solicitante puede exhibir para dar cumplimiento a los requisitos

establecidos en las disposiciones legales y normativas y por el propio IAAM-DF; como son

constancia de domicilio, identificación personal y constancia de tener 70 años de edad.

Al respecto, está previsto que en caso de que el solicitante no cuente con la documentación

comprobatoria para edad y/o residencia, se elaborará el formato “Constancia de Hechos”,

con fundamento en los términos del artículo 9o. fracción III, del Reglamento de la Ley que

Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años

Residentes en el Distrito Federal,38 ordenamiento vigente en el año de 2008.

38 Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta años Residentes

en el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2003

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334 VOLUMEN 12/13

En materia de integración de los expedientes de los derechohabientes de la Pensión

Alimentaria el IAAM-DF ha definido otros ordenamientos normativos, como es el caso de

las disposiciones contenidas en el oficio circular DOAAM/0513/08 del 30 de julio de 2008,

emitida por el Director de Operación de la Atención al Adulto Mayor a los Coordinadores

Regionales del IAAM-DF para que hicieran del conocimiento de los Capacitadores y de

los Profesionales de Servicios a Adultos Mayores, cuáles son los documentos que deben

formar parte del expediente, siendo los “relacionados con la Solicitud de Registro,

Documentos Comprobatorios de Edad y Residencia, Identificación Oficial, Carátula de

Expediente, Registro de la Visita de Seguimiento y Cédula de Identificación de Riesgos

de Salud”.

Esta circular forma parte de la documentación proporcionada por el IAAM-DF con oficio

IAAM/DA/196/2010 del 23 de febrero de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján

López, Director de Administración, en respuesta a la atenta nota 05/10-APPD/101/08,

del 17 de febrero de 2010.

De igual forma, en materia de integración y conservación de expedientes, se localizaron

otras disposiciones contenidas en el oficio DPA/079/2009 del 6 de octubre de 2009,39

emitido por la Directora de la Pensión Alimentaria y dirigido a los Jefes de Unidad

Departamental responsable por Delegación,40 el cual señala los lineamientos para la

integración de los expedientes, los mecanismos de control y los aspectos de supervisión;

así mismo, establece que los ocupantes del Puesto de Enlace revisarán el trabajo de los

Profesionales de Servicios a Adultos Mayores; que los Coordinadores Regionales

revisarán el trabajo de los puestos de enlace; y que en la Dirección de la Pensión

Alimentaria se revisará el trabajo de los Coordinadores Regionales; para lo cual se deben

nombrar responsables de la guarda y custodia de los expedientes.

Entre las disposiciones normativas adicionales, y por lo que respecta a la realización

de las visitas domiciliarias a los adultos mayores; en el mismo oficio DPA/079/2009 del 6 de

octubre de 2009, se dictaron medidas para que los ocupantes de los Puestos de Enlace

39 Oficio IAAM/DA/196/2010 del 23 de febrero de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de

Administración, en respuesta a la atenta nota 05/10-APPD/101/08, del 17 de febrero de 2010. 40 Ocupantes de los puestos de Coordinador Regional.

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335 VOLUMEN 12/13

programarán a las Profesionales de Servicios a Adultos Mayores las visitas domiciliarias

para atender aspectos de: Verificación de residencia, Disfrute del beneficio de la Pensión

Alimentaria, Sobrevivencia, Entrega de tarjeta nueva y reposición, Atención a dudas,

Recopilación de información, Validación de cambio de domicilio y Seguimiento de

derechohabientes no localizados.

Las disposiciones normativas antes señaladas pretendían subsanar las carencias

detectadas por los órganos de fiscalización y de control interno, en materia de la deficiente

integración y conservación de los expedientes; como es el caso de la Revisión de la

Cuenta Pública 2006, practicada por la CMHALDF con la Auditoría al Desempeño Número

APPD-101-06, a la SS dependencia que en ese ejercicio era la responsable del Programa

Institucional de Atención a los Adultos Mayores; en cuyo Informe Final de Auditoría se

incluyó la Recomendación APPD-101-06-02-SS, en la cual se señala que “Se sugiere que

la Secretaría de Salud, comunique a la instancia actualmente operativa de la pensión

alimentaria para adultos mayores, la pertinencia de integrar la solicitud de registro

de ingreso de los adultos mayores para su incorporación al padrón, como soporte del

expediente de los beneficiarios de la pensión alimentaria, a fin de mejorar el control de las

condiciones que deben cubrirse, y en cumplimiento del artículo 13 del Reglamento

de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de

Setenta Años, Residentes en el Distrito Federal”.

Por lo que se refiere a los Servicios de Apoyo Social a Personas Adultas Mayores en esta

misma Auditoría al Desempeño Número APPD-101-06, aparece la Recomendación

APPD-101-06-03-SS, en la cual se señala que “Se sugiere que la SS, comunique a la instancia

actualmente operativa de la pensión alimentaria para adultos mayores, la pertinencia de

comprobar invariablemente que las educadoras en salud comunitaria (actualmente

denominadas Profesionales en Servicios a Adultos Mayores) realicen la visita domiciliaria

para verificar la presencia física, identidad y residencia, con la documentación oficial

presentada por los adultos mayores que solicitaron su inscripción al padrón de beneficiarios

de la pensión alimentaria y que el comprobante de la vista realizada se integre en el

expediente del beneficiario, en cumplimiento de los artículos 13 y 15 del Reglamento

de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de

Setenta Años, Residentes en el Distrito Federal”.

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336 VOLUMEN 12/13

Al respecto en el año 2009, la Contraloría Interna de la SDS practicó la auditoría

AI-CI-SDS-05B/09 al Programa de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta

Años, donde se señala en la Observación 2, Incumplimiento Normativo, Deficiente Integración

de Expedientes, Deficiente Conservación de Expedientes y falta de Identificación Oficial

Vigente y aparece como Observación 4, Irregularidades en la Realización de las Visitas

Domiciliarias a los Adultos Mayores.

De todo los antes expuesto, se deja establecido que el personal responsable de la integración,

guarda y custodia de los expedientes de los adultos mayores derechohabientes de la Pensión

Alimentaria, son las Profesionales de Servicios a Adultos Mayores y que los ocupantes

de los puestos de Coordinador Regional son los responsables de la supervisión de su

contenido e integración.

De acuerdo a la información proporcionada por el IAAM-DF,41 al 31 de diciembre de 2008,

el número de ocupantes de estos puestos era de 1,279, distribuido por Delegación de la

siguiente forma:

Delegación Coordinador Regional

Profesional de Servicios a Adultos Mayores

Total 79 1,200 Álvaro Obregón 3 101 Azcapotzalco 4 54 Benito Juárez 2 58 Coyoacán 7 79 Cuajimalpa de Morelos 2 21 Cuauhtémoc * 6 112 Gustavo A. Madero 11 166 Iztacalco 4 63 Iztapalapa 15 206 Magdalena Contreras 2 38 Miguel Hidalgo 2 43 Milpa Alta 2 20 Tláhuac 4 37 Tlalpan 7 83 Venustiano Carranza 4 62 Xochimilco 4 57

* Incluye 29 prestadores que realizan labores de apoyo administrativo en el IAAM-DF.

41 Oficio DPA/046/10 del 12 de febrero de 2010, suscrito por el Ing. Rubén Fuentes Rodríguez, Director de la Pensión Alimenticia,

en respuesta a la atenta nota 02/10-APPD/101/08, del 18 de enero de 2010.

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337 VOLUMEN 12/13

Con el propósito de revisar el contenido de los expedientes de derechohabientes de la

Pensión Alimentaria y evaluar el grado de cumplimiento de las disposiciones normativas,

a partir de un universo de 430,000 registros, que integraban el padrón de beneficiarios al

31 de diciembre de 2008, se seleccionó una muestra de 400 expedientes, con base en las

tablas estadísticas “Cálculo del Tamaño de la Muestra por Atributos para Tasas de

Desviación de Universos Grandes”,42 con un nivel de confianza del 95% y un margen

de error de ± 5%.

A fin de instrumentar la revisión de los expedientes se diseñó una cédula de trabajo

la cual contiene 17 rubros, siendo los siguientes: carátula del expediente, solicitud de

incorporación, identificación oficial, acta de nacimiento, constancia de domicilio, fecha de alta

al padrón, fecha de entrega de la tarjeta, fecha de reposición de la tarjeta, fecha de baja

del padrón, causa de baja del padrón, designación de representante, visita de seguimiento

por profesional de servicios médicos y cédula de identificación de riesgos de salud.

Con atenta nota 05/10 APPD 101/08 del 17 de febrero de 2010, se le requirió al IAAM-DF,

los 400 expedientes de beneficiarios previamente seleccionados, indicando el nombre

completo del derechohabiente, “ID” persona (numero consecutivo con el que se identifica

al derechohabiente), sexo y edad,43 de lo solicitado, el IAAM-DF solamente proporcionó

397 expedientes, debido a que los 3 restantes no se localizaron, en substitución entregaron

2 no incluidos en el requerimiento, por lo que la muestra efectiva se conforma por

399 expedientes.

42 Normas y Procedimientos de Auditoría y Normas para Atestiguar. Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Guía 6060. 43 Oficio IAAM-DA/196/2010 del 23 de febrero de 2010, suscrito por el Lic. Manuel de Jesús Luján López, Director de

Administración, en respuesta a la atenta nota 05/10-APPD/101/08, del 17 de febrero de 2010.

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338 VOLUMEN 12/13

Se procedió a la revisión física de los expedientes por parte del grupo auditor, con el fin

de constatar si contienen la evidencia del documento y requisitos estipulados en las

disposiciones normativas y por los formatos que para tal propósito se consignan en los

procedimientos de trabajo. A continuación se muestra el resumen por número de casos

y la proporción de éstos frente al total, en lo que hace a la información requerida:

Rubro Cuenta con el rubro No cuenta con el rubro Cantidad % Cantidad %

Carátula del expediente 390 97.74 9 2.26 Solicitud de incorporación 201 50.38 198 49.62 Identificación oficial 395 99.00 4 1.00 Acta de nacimiento 1 0 0.00 399 100.00 Constancia de domicilio 397 99.50 2 0.50 Fecha de alta al padrón 95 23.81 304 76.19 Fecha de entrega de la tarjeta 80 20.05 319 79.95 Fecha de reposición de la tarjeta 256 64.16 143 35.84 Fecha de baja del padrón 2 14 3.51 385 96.49 Causa de baja del padrón 3 23 5.76 376 94.24 Designación de representante 56 14.04 343 85.96 Visita de seguimiento por profesional de servicios a adultos mayores 391 97.99 8 2.01 Cédula de identificación de riesgos de salud 387 96.99 4 1.00 Revisión por el profesional de servicios a adultos mayores responsable 0.00 399 100.00 Revisión por el Enlace 0.00 399 100.00 Revisión por el Coordinador Regional 0.00 399 100.00 Revisión por la Dirección de la Pensión Alimentaria 0.00 399 100.00

1 El requisito de edad de acuerdo al procedimiento, se cumplió con otros documentos como son: pasaporte, fe de bautismo, identificación oficial y/o constancia de hechos con declaratoria de familiar o vecinos.

2 y 3 Dato relacionado con los 23 casos de baja del padrón.

De los datos anteriores se concluye que más del 95% de los casos cuentan con la

carátula del expediente, la identificación oficial, la constancia de domicilio, la fecha de

reposición de la tarjeta, la evidencia de la visita de seguimiento por profesional y la cédula

de identificación de riesgos de salud.

En alrededor de la mitad de la muestra, solamente se localizó la solicitud de incorporación

al padrón documento con el cual se da inicio al procedimiento.

Por lo que se refiere a los incumplimientos, reviste especial importancia el no contar con

el registro de la fecha de alta y de baja del padrón; por último por lo que se refiere a las

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339 VOLUMEN 12/13

acciones de revisión y supervisión, en ninguno de los expedientes revisados se encontró

la evidencia respectiva.

A continuación se presenta la información obtenida de los expedientes revisados por

Delegación, por sexo y por grupo de edad:

Por grupos de edad Delegación Total de casos Por sexo

De 70 a 75 años

De más de 75 y hasta

95 años Hombre Mujer Hombre Mujer Hombre Mujer

Total 399 150 249 61 77 90 171 Álvaro Obregón 31 13 18 8 5 6 12 Azcapotzalco 14 4 10 2 2 3 7 Benito Juárez 26 13 13 4 5 8 9 Coyoacán 32 15 17 5 5 10 12 Cuajimalpa de Morelos 2 0 2 2 Cuauhtémoc 38 13 25 3 11 10 14 Gustavo A. Madero 63 22 41 8 16 14 25 Iztacalco 26 12 14 3 2 9 12 Iztapalapa 52 20 32 7 10 13 22 Magdalena Contreras 8 1 7 2 1 5 Miguel Hidalgo 32 12 20 9 7 3 13 Milpa Alta 5 1 4 1 4 Tláhuac 10 6 4 3 3 4 Tlalpan 21 7 14 5 3 2 11 Venustiano Carranza 25 6 19 2 5 4 14 Xochimilco 14 5 9 1 4 4 5

Con relación al número de beneficiarios por Delegación, se observa que en Gustavo

A. Madero se localiza el mayor número de beneficiarios registrados con 63, representando

el 16%; seguido por Iztapalapa con 52, representando el 13% del total. Por otro lado se

observa que las Delegaciones con un menor número de registros son Cuajimalpa de

Morelos con solo 2, Milpa Alta con 5 y Magdalena Contreras con 8 beneficiarios.

De los datos mostrados en el cuadro anterior, se desprende que 62.41% son mujeres

y el 37.59% son hombres. La composición de acuerdo al grupo de edad muestra que de

los 399 casos revisados el 65.41% es de más de 75 años y hasta 95 años, el resto

(34.59%) se refiere a adultos mayores cuyas edades se encuentran dentro del rango de

los 70 a 75 años.

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340 VOLUMEN 12/13

De igual forma, se observó en el contenido de los expedientes, que el 98% de éstos si

contaban con número de expediente el cual se encontraba en lugar visible y solamente

nueve casos o sea el 2%, no contaba con dicho número. Es importante señalar que no

existe uniformidad para consignar este número, en algunos casos se refiere al número de

la Carta Compromiso, en otros al “ID” Persona, siendo éste el número consecutivo

asignado en la base de datos de la Pensión Alimentaria.

Por lo que se refiere a la distribución de derechohabientes por Unidad Territorial la

composición de los casos revisados arroja que se identificaron 321, dentro de las cuales

259 contaban por lo menos con un beneficiario, 51 con al menos dos beneficiarios,

8 con por lo menos tres beneficiarios y 3 Unidades Territoriales contaban con cuatro

beneficiarios, siendo estos últimos las adscritas a las Delegaciones Milpa Alta, Tláhuac

y Cuauhtémoc.

En este proceso de revisión de expedientes se observó que el sujeto fiscalizado no cuenta

con un archivo de concentración y los expedientes físicamente se conservan presentados

en bolsas de plástico, guardados en cajas de cartón diseminados en las áreas de trabajo

de los espacios reducidos donde se localizan los módulos.44

Lo anterior contraviene disposiciones sobre la materia, como son los términos de la Ley

de Archivos del Distrito Federal y la Ley de Protección de Datos Personales para el

Distrito Federal; de igual forma, lo establecido en el artículo 546 del Código Financiero

del Distrito Federal debido al vínculo del contenido de los expedientes, con el ejercicio

de los recursos públicos, ya que la documentación contenida en los expedientes sirve de

base para el otorgamiento de las pensiones alimentarias.

44 Ver cuadro de localización de los módulos de atención a adultos mayores

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341 VOLUMEN 12/13

De lo anterior se concluye en lo general, que la SDS y el IAAM-DF no cumple con todas

las disposiciones normativas en materia de integración, actualización, guarda y custodia

de los expedientes de los derechohabientes de la Pensión Alimentaria, así como de los

servicios de asistencia social, lesionando el esquema de control interno que debe

prevalecer en el sujeto fiscalizado.

En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con el

oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín

Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa

documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se localiza nota informativa

sin número, ni fecha suscrita por el Ingeniero Rubén Fuentes Rodríguez, Director de la

Pensión Alimentaria del IAAM-DF en la cual señala que “a fin de reforzar la correcta

integración, guarda y custodia de los expedientes la Dirección General del Instituto emitió

un oficio el día 6 de octubre de 2009 mediante el cual se emitió lineamientos para

la correcta integración de expedientes”.

Al respecto, en la revisión practicada al contenido de los expedientes se consideraron las

disposiciones emitidas con el oficio del 6 de octubre de 2009, habiendo llegado a los

resultados antes señalados, por lo que, con la información proporcionada en la reunión de

confronta, el presente resultado no se modifica.

Recomendación APPD-101-08-40-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención

de los Adultos Mayores en el Distrito Federal establezca medidas de control y de supervisión

que garanticen que las Profesionales de Servicios a Adultos Mayores realicen la visita

domiciliaria para verificar la presencia física, identidad y residencia, con la documentación

oficial presentada por los adultos mayores que solicitaron su inscripción al padrón de

beneficiarios de la Pensión Alimentaria y que el comprobante de la visita realizada se integre

en el expediente del beneficiario, en cumplimiento a los términos del Reglamento de la

Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta

Años, Residentes en el Distrito Federal; así como cuente con un archivo de concentración

y se asignen claves de control a los expedientes.

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342 VOLUMEN 12/13

Economía

15. Resultado

Planeación de los Recursos

Se procedió a verificar que la SD haya elaborado su Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos y Programa Operativo Anual de 2008, de conformidad con la Ley de Planeación del

Desarrollo del Distrito Federa, vigente en 2008, y Código Financiero del Distrito Federal, 2008.

De igual forma se procedió a verificar que el presupuesto original de las actividades

institucionales, esté sustentado con papeles de trabajo, bases de cálculo o metodología que

se utilizó para llevar a cabo la presupuestación del otorgamiento de la Pensión Alimentaria

y de los servicios de apoyo social a las personas adultas mayores.

El artículo 9o. fracción IV, de la Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal vigente

en 2008, establece como una de las atribuciones que a los titulares de las Dependencias

les corresponderán elaborar los programas operativos anuales y sus anteproyectos de

presupuesto de egresos, para la ejecución de los programas sectoriales.

El artículo 442, párrafo primero y segundo, del Código Financiero del Distrito Federal de

aplicación al ejercicio 2008, establece que “las dependencias y órganos desconcentrados,

formularán su anteproyecto de Presupuesto de Egresos, atendiendo a los criterios

presupuestales y, en su caso, a las previsiones de ingresos que les comunique la Secretaría,

con base en sus programas operativos anuales, los cuales deberán ser congruentes entre

sí. La Secretaría queda facultada para formular los anteproyectos de presupuesto de las

dependencias y órganos desconcentrados, cuando no le sean presentados en los plazos que

al efecto se les hubiesen señalado o cuando no se apeguen a los criterios presupuestales

de eficiencia, eficacia y probidad previstos en las Leyes, así como a las previsiones de

ingresos comunicados”.

El artículo 443, párrafo primero, del mismo ordenamiento establece que “la Secretaría

podrá efectuar las modificaciones que considere necesarias a los anteproyectos

de presupuesto, en cuanto a programas, objetivos, metas o importes asignados,

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343 VOLUMEN 12/13

comunicándoles a las dependencias y órganos desconcentrados los ajustes que

habrán de realizar a sus anteproyectos de presupuesto en función de la cifra definitiva

proyectada”.

Mediante el oficio DGA/3138/2007 del 22 de noviembre de 2007, la Dirección General de

Administración de la SDS remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SF, el Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos 2008 de acuerdo al techo presupuestal autorizado; de igual

forma, envió el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008 con base en las necesidades

mínimas para cumplir con los programas sociales señalados en el Programa General

de Desarrollo del Gobierno del Distrito Federal 2007-2012. Por otra parte, con el oficio

IAAMDF/000137/07 del 22 de octubre del 2007, la Directora General del IAAM-DF, quien

es la responsable de la operación de las actividades institucionales en revisión, remitió

al Director General de Administración de la SDS, el Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos 2008.

En la revisión de dichos documentos se identificaron diferencias, como se muestran

a continuación:

(Miles de pesos)

Meta financiera

P/PE Actividad Institucional Unidad de medida

Anteproyecto elaborado

por el IAAM-DF

Anteproyecto ajustadoal Techo Presupuesta

Anteproyecto con base en las

necesidades mínimas

13 “Desarrollo y Asistencia Social”

00 “Acciones del Programa Normal”

03 “Otorgar servicios a personas adultas mayores” Persona 558,730.8 112,955.6 412,503.2

06 “Acciones del Programa Especial”

36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores” Persona 3,873,990.7 3,823,092.0 4,020,262.3

P Programa. PE Programa especial.

De esta forma, se identificó que en los formatos POA08-5000-J “Detalle del Capítulo 5000”,

y POA08-OP-J “Distribución del Capítulo 6000 Obras Públicas” del Anteproyecto de

Presupuesto de Egresos 2008, el IAAM-DF presupuestó las cifras siguientes:

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344 VOLUMEN 12/13

(Miles de pesos)

Capítulo Monto Justificación Beneficios

5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”

7,228.8

6,100.0 Equipo para la villa que se construirá para los adultos mayores.

Beneficio a los adultos mayores que vivan en la villa.

100.0 Equipo para el área administrativa. Permitirá que las funciones se lleven a cabo oportunamente y así lograr el cumplimiento de metas.

58.6 Equipo educacional y recreativo para las personas adultas mayores.

Permitirá realizar actividades gerontológicas.

60.5 Equipo de comunicaciones y telecomunicaciones.

Agilizará la atención a la población adulta mayor.

609.7 Bienes informáticos. Mejor servicio a los adultos mayores al tener un mejor control.

300.0 Adquisición de vehículos para la supervisión de los Profesionales de Atención a los Adultos Mayores.

Se logrará una mejor atención a los adultos mayores con la supervisión.

6000 “Obras Públicas” 350.0 350.0 Construir una villa para los adultos

mayores que requieran un espacio en donde vivir.

De lo anterior se concluye, que la SDS no consideró la información contenida en los

formatos del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008 elaborado por el IAAM-DF,

en virtud de que las cifras de las metas financieras de las actividades institucionales 03 y 36

del Programa 13, integradas en los Anteproyectos presentados a la Subsecretaría de

Egresos de la SF, son incongruentes respecto de las presentadas por el IAAM-DF;

situación que denotó inconsistencias en la planeación de los recursos presupuestales

para la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008.

Por otra parte, con la finalidad de verificar el soporte de la estimación de las cifras

consideradas en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, se solicitó a la SDS,

los papeles de trabajo o bases de cálculo que se utilizaron para estimar las cifras que se

reportaron en el anteproyecto. En respuesta, la SDS entregó copia del oficio DGA/0627/2010

del 8 de marzo de 2010, mediante el cual el Director General de Administración de la SDS

solicitó a la Directora General del IAAM-DF, la información y documentación requerida.

Al respecto, con el oficio SRM/160/2010 del 10 de marzo de 2010, la Subdirección de

Recursos Materiales entregó las bases de cálculo de las actividades institucionales 03 y 36.

En cuanto a la primera actividad, se realizó un comparativo con las cifras integradas en el

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008 elaborado por el IAAM-DF como se indica

a continuación:

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345 VOLUMEN 12/13

(Miles de pesos)

Bases

de cálculo Anteproyecto Diferencia Partida Concepto/Capítulo (1) Formato por clave

presupuestal (2)

Programa Equidad en la Ciudad

(3)

(2) - (1)

(4)

(3) -(1)

(5)

1103 “Sueldos” 81,476.6 82,606.1 1509 “Asignaciones para Requerimiento de Cargos

de Servidores Públicos Superiores y de Mandos Medios así como de Líderes Coordinadores y Enlace” 3,016.9 3,058.7

1507 “Otras Prestaciones” 19,890.1 20,165.8 1301 “Prima Quinquenal por años de Servicios

Efectivos Prestados” 6.6 6.7 1305 “Prima de Vacaciones” 2,263.2 2,294.6 1306 “Gratificación de Fin de Año” 9,388.2 9,518.3 1401 “Aportaciones a Instituciones de Seguridad Social” 10,532.3 1403 “Cuotas para la Vivienda” 4,130.3 1404 “Cuotas para el Seguro de Vida del Personal Civil” 1,542.0 1407 “Cuotas para el Seguro de Retiro del Personal

al Servicio de la Administración Pública del Distrito Federal” 198.1

1508 “Aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro de los Trabajadores al Servicio del Estado o a la Administradora de Fondos para el Retiro” 1,652.1

1511 “Vales de Fin de Año” 8,190.0 8,303.5 1601 “Impuesto sobre Nóminas” 2,263.0

Impuestos y aportaciones * 20,040.0 Capítulo 1000 “Servicios Personales” 144,271.6 146,271.5 1,999.9

2101 “Materiales y Útiles de Oficina” 2,733.8 4,739.2 2102 “Materiales de Limpieza” 105.7 216.4 2103 “Material Didáctico y de Apoyo Informativo” 33.0 78.8 2105 “Material y Útiles de Impresión y Reproducción” 350.9 708.4 2106 “Materiales y Útiles para el Procesamiento

en Equipos y Bienes Informáticos” 1,022.4 2,057.2 2203 “Utensilios para el Servicio de Alimentación” 10.0 20.5 2201 “Alimentación de Personas” 31.9 66.8 2403 “Materiales Complementarios” 7.5 16.4 2404 “Material Eléctrico” 20.5 20.5 2601 “Combustibles” 179.8 368.0 2701 “Vestuario, Uniformes y Blancos” 618.6 1,265.3 2302 “Refacciones, Accesorios y Herramientas Menores” 20.0 20.0 2303 “Refacciones, Accesorios para Equipos de Computo” 174.2 174.2 2602 “Lubricantes y Aditivos” 12.5 30.7

Capítulo 2000 “Materiales y Suministros” 5,320.8 9,782.4 4,461.6 3101 “Servicio Postal” 12.0 12.0 3103 “Servicio Telefónico Convencional” 209.8 209.8 3104 “Servicio de Energía Eléctrica” 350.7 350.7 3105 “Servicio de Agua” 180.0 180.0 3106 “Servicio de Conducción de Señales Analógicas

y Digítales” 15.0 15.0 3108 “Servicio de Radio Localización” 12.0 12.0 3201 “Arrendamiento de Edificios y Locales” 4,140.0 4,140.0 3212 “Servicio de Fotocopiado” 125.0 125.0 3301 “Honorarios” 22,656.6 3302 “Capacitación” 1,150.0 1,150.0 3402 “Fletes y Maniobras” 12.0 12.0

Continúa…

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346 VOLUMEN 12/13

…Continuación

Bases

de cálculo Anteproyecto Diferencia Partida Concepto/Capítulo (1) Formato por clave

presupuestal (2)

Programa Equidad en la Ciudad

(3)

(2) - (1)

(4)

(3) -(1)

(5)

3404 “Seguros” 207.6 207.6 3407 “Otros Impuestos y Derechos” 7.2 3409 “Patentes, Regalías y Otros” 274.0 3411 “Servicios de Vigilancia” 1,782.1 1,782.1 3414 “Gastos de Ensobretado y Traslado de Nómina” 113.6 3501 “Mantenimiento y Conservación de Mobiliario y

Equipo” 38.4 38.4 3502 “Mantenimiento y Conservación de Bienes

Informáticos” 219.0 219.0 3504 “Mantenimiento, Conservación y Reparación de

Bienes Inmuebles y Muebles” 980.0 980.0 3506 “Servicios de Lavandería, Limpieza, Higiene y

Fumigación” 320.8 331.8 3511 “Mantenimiento y Conservación de Vehículos y Equipo

Destinados a Servicios Administrativos” 210.8 210.8 3512 “Mantenimiento y Conservación de Vehículos y Equipo

destinados a Servidores Públicos” 13.4 13.4 3602 “Gastos de Difusión de Servicios Públicos y

Campañas de Información” 237.4 237.4 3605 “Impresiones de documentos oficiales para la

prestación de servicios” 1,984.3 1,984.3 3606 “Otros Gastos de Publicación, Difusión e Información” 547.4 547.4 3703 “Pasajes al Interior del Distrito Federal” 9,419.8 3803 “Congresos, Convenciones y Exposiciones” 225.5 225.5

Capítulo 3000 “Servicios Generales” 13,254.4 45,174.2 31,919.8 5101 “Mobiliario” 1,378.0 1,378.0 5102 “Equipo de Administración” 2,320.0 2,320.0 5103 “Equipo Educacional y Recreativo” 58.6 1,558.6 5204 “Equipos y Aparatos de Comunicaciones y

Telecomunicaciones” 57.1 120.5 5206 “Bienes Informáticos” 609.7 609.7 5303 “Vehículos y Equipo destinados a Servicios Públicos

y la Operación de Programas Públicos” 300.0 300.0 5401 “Equipo Médico” 660.0 5402 “Instrumental Médico y de Laboratorio” 282.0

Capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” 5,665.4 6,286.8 621.4 6100 “Obras Públicas por Contrato” 357,228.8 350,000.0

Capítulo 6000 “Obras Públicas” 357,228.8 350,000.0 -7,228.8 Total 525,741.0 557,514.9 558,730.8 31,773.9 32,989.8

* ISSSTE, SAR, FOVISSSTE, 2% S/Nóminas, Seguro Institucional, Seguro de Retiro.

En virtud de lo anterior, se constató que la SDS carece de papeles de trabajo y de metodología

que soporte la integración de la presupuestación considerada en el Anteproyecto de

Presupuesto de Egresos 2008 con relación a la actividad institucional 03.

En cuanto a la actividad institucional 36, la SDS entregó el cuadro “Programación

Territorial 2008, Asignación de Recursos y Definición de Acciones por Unidad Territorial”,

desagregado de la siguiente manera:

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347 VOLUMEN 12/13

Programa/Programa especial/ Delegación Unidad Meta Población Actividad institucional Clave Nombre de medida Física Financiera beneficiada

Empleos directos

17 “Protección Social” 6 “Por el Bien de Todos Primero los Pobres”

37 “Otorgar ayudas a adultos mayores y personas de escasos recursos”

435,000

3,873,990.7

1,740,000

1,317 2 Azcapotzalco Persona 27,162 242,076.8 108,648 60 3 Coyoacán Persona 37,107 330,062.6 148,428 85 4 Cuajimalpa de Morelos Persona 4,625 41,209.7 18,500 26 5 Gustavo A. Madero Persona 71,327 634,982.2 285,308 184 6 Iztacalco Persona 24,835 220,412.6 99,340 70 7 Iztapalapa Persona 65,243 580,074.6 260,972 232 8 La Magdalena Contreras Persona 9,857 87,828.7 39,428 43 9 Milpa Alta Persona 4,057 36,004.6 16,228 22 10 Álvaro Obregón Persona 31,302 278,639.7 125,208 116 11 Tláhuac Persona 9,717 86,442.1 38,868 43 12 Tlalpan Persona 23,435 208,891.0 93,740 98 13 Xochimilco Persona 14,631 130,469.1 58,524 62 14 Benito Juárez Persona 28,348 253,015.9 113,392 63 15 Cuauhtémoc Persona 33,936 302,358.8 135,744 92 16 Miguel Hidalgo Persona 20,206 180,825.4 80,824 50 17 Venustiano Carranza Persona 29,212 260,696.9 116,848 71

Al respecto, se observó que las cifras presentadas en el cuadro referido considerados

por la SDS dentro de la actividad institucional 37, Programa Especial 06, del Programa 17

“Protección Social”. No obstante, tomando en cuenta la información proporcionada

mediante el oficio DPSPE/008/2010 del 26 de enero de 2010 por la Dirección de Políticas

de Salud, Planeación y Evaluación de la SS, la actividad institucional correspondiente al

ejercicio de 2007 fue la actividad institucional 45 “Otorgar ayudas a adultos mayores y

personas de escasos recursos”, la cual fue transferida a la SDS y reportada en el Informe

de Cuenta Pública de 2007 de la SDS, a lo que se debe agregar que para el ejercicio en

revisión (2008), la actividad institucional se transformó en la actividad institucional

36 “Otorgar Ayudas a Personas Adultas Mayores”.

Lo anterior, denotó incongruencias en la información presentada por la SDS, debido a que

sus reportes internos no cuentan con información actualizada, además no presentó los

papeles de trabajo, ni la metodología que se aplicó para presupuestar la estimación de los

recursos correspondientes a la actividad institucional 36 por 3,873,990.7 miles de pesos,

integrados en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008 elaborado por el IAAM-DF.

Por otra parte, con el oficio SE/0145/08 del 8 de enero de 2008, la Subsecretaría de Egresos

de la SF, remitió a la SDS el Techo Presupuestal autorizado, así como el Analítico

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de Claves, Programa Operativo Anual y el Decreto de Presupuesto de Egresos de 2008.

El gasto total del techo presupuestal ascendió a 5,245,861.3 miles de pesos, de los cuales

se incluyeron 3,823,092.0 miles de pesos para el otorgamiento de la Pensión Alimentaria

a 420,000 adultos mayores correspondientes a la actividad institucional 36.

De lo anterior se concluye que la SDS presentó deficiencias en la planeación de los recursos

de las actividades institucionales 03 y 36; asimismo, careció de papeles de trabajo que

permitieran verificar las estimaciones de las cifras reportadas en los Anteproyectos de

Presupuesto de Egresos 2008.

Por tanto, la SDS incumplió lo establecido en el artículo 9o. fracción IV, de la Ley de

Planeación del Desarrollo del Distrito Federal vigente en 2008, en virtud de que la planeación

de los recursos por el área responsable de llevar a cabo las actividades institucionales 03 y 36,

no fue considerada para la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008.

De esta forma, la SDS, presentó el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008 ajustado

al techo presupuestal, como lo señalan los artículos 442, párrafo primero y segundo,

y 443 del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008.

A raíz de la reunión de confronta celebrada el 17 de mayo de 2010, con el oficio

DGA/1360/2010 de la misma fecha, el Director General de Administración de la SDS,

entregó copia del oficio SE/1475/07 del 8 de octubre de 2007, en el cual la Subsecretaría

de Egresos de la SF comunicó a la SDS el techo presupuestal asignado, asimismo,

proporcionó copia de la apertura programática 2008, en donde se desagregaron las

actividades institucionales 03 y 36 del Programa 13. Sin embargo, no proporcionó los

papeles de trabajo ni la metodología que soportara la integración de la presupuestación

contenida en el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008. Por tanto, en este aspecto,

el resultado no se modifica.

Recomendación APPD-101-08-41-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social considere en la planeación de los recursos

para la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, los requerimientos

y necesidades de sus unidades administrativas, con la finalidad de alcanzar los objetivos

planeados en las actividades institucionales correspondientes.

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Recomendación APPD-101-08-42-SDS

Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social establezca mecanismos de control

y de supervisión para garantizar que las áreas responsables de operar las actividades

institucionales elaboren papeles de trabajo en la estimación de las metas financieras para

la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos.

16. Resultado

Comportamiento del Gasto en las Actividades Institucionales 03 y 36 del Programa 13

Con la finalidad de verificar el origen, composición y destino de los recursos financieros

utilizados en 2008 por la SDS para el otorgamiento de ayudas y servicios a las personas

adultas mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal, se revisaron el Decreto de

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, las afectaciones programático-presupuestales,

las Cuentas por Liquidar Certificadas, el Informe de Cuenta Pública, así como la normatividad

correspondiente.

En el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal vigente en 2008, se

autorizó como gasto programable para el Programa 13 “Desarrollo y Asistencia Social” un

presupuesto de 7,948,048.8 miles de pesos, de los cuales se asignaron 3,823,092.0 miles

de pesos a la actividad institucional 36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores”

y 142,736.9 miles de pesos correspondientes a la actividad institucional 03 “Otorgar

servicios de apoyo social a personas adultas mayores”.

De la revisión al Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto fiscalizado, se identificó

el siguiente comportamiento presupuestal:

(Miles de pesos y por cientos)

Programa / Programa Especial / Presupuesto Variación Actividad institucional Original Modificado Ejercido Absoluta Relativa

(%)

13 “Desarrollo y Asistencia Social” 00 “Acciones del Programa Normal”

03 “Otorgar servicios a personas adultas mayores” 142,736.9 172,902.6 172,902.6 30,165.7 21.1 06 “Equidad en la Ciudad”

36 “Otorgar ayudas a personas adultas mayores” 3,823,092.0 3,945,473.9 3,945,473.9 122,381.9 3.2

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350 VOLUMEN 12/13

En relación con la actividad institucional 03, se revisaron las afectaciones presupuestales

y se verificó que la variación del presupuesto ejercido respecto del presupuesto original,

se originó principalmente por la contratación de personal por honorarios de 40 médicos

generales y 5 especialistas para realizar visitas médicas domiciliarias y orientar sobre los

cuidados básicos de atención de los cuidadores primarios de los adultos mayores inscritos

en el Programa de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 Años Residentes

en el Distrito Federal, por la basificación de trabajadores que se encontraban bajo el

régimen de honorarios; y por el arrendamiento del inmueble que ocupó el IAAM-DF

ya que el lugar estaba en calidad de préstamo a la entonces Dirección General del Adulto

Mayor y les fue requerido.

Respecto a la actividad institucional 36, la variación del presupuesto ejercido en relación

al presupuesto previsto, se debió principalmente a que la Pensión Alimentaria a los adultos

mayores de 70 años se incrementó, en virtud de que, de acuerdo al artículo 1o. de la Ley

que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta

Años, Residentes en el Distrito Federal, la pensión tenía que ser el equivalente al 50% del

salario mínimo vigente en el Distrito Federal, no obstante, se había otorgado un apoyo de

758.55 pesos durante los meses de enero y febrero para 410,309 y 412,734 beneficiarios,

respectivamente. Dicho importe se ajustó conforme a la ley señalada, dando un total de

788.85 pesos por pensión, que multiplicados por el total de personas a quien se les otorgó

la pensión en los meses referidos, arrojó una diferencia de 24,938.2 miles de pesos,

cantidad que se dispersó de manera retroactiva a los adultos mayores, a través de la CLC

núm. 08-C0-01-0035 del 25 de febrero de 2008.

17. Resultado

Presupuesto Modificado de las Actividades Institucionales 03 y 36

Con la finalidad de constatar que el presupuesto modificado de las actividades institucionales

03 y 36 del Programa 13, haya sido debidamente autorizado y registrado de acuerdo al

Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración Pública

del Distrito Federal; se revisaron las afectaciones programático presupuestales, el Informe

de Cuenta Pública de 2008 del sujeto fiscalizado, la cédula de firmas del personal autorizado

para el trámite de afectaciones, así como la normatividad aplicable.

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351 VOLUMEN 12/13

De la revisión a las afectaciones programático-presupuestales de la actividad institucional 36,

se constató que la SDS tramitó nueve afectaciones presupuestarias, dos líquidas y siete

compensadas.

En cuanto a las afectaciones líquidas, mediante la afectación presupuestaria C-08-C0-01-252-E

del 3 de noviembre de 2008, la SDS realizó una ampliación de recursos dentro de la

actividad institucional 36 para cubrir la diferencia de la pensión a los adultos mayores,

en virtud que se había considerado una meta de 420,000 beneficiarios con un apoyo de

758.55 pesos mensuales, no obstante, de acuerdo a la Ley que establece el Derecho a la

Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta años, Residentes en el Distrito

Federal y a los Lineamientos y Mecanismos de Operación de los Programas Sociales a

cargo de la Secretaría de Desarrollo Social, la pensión tenía que ser el equivalente al 50%

del salario mínimo vigente en el Distrito Federal, (788.85 pesos), por lo que la SDS ajustó su

presupuesto considerando dicho incremento. Asimismo, mediante la afectación presupuestaria

C-08-C0-01-338-E del 31 de diciembre de 2008, la SDS realizó una reducción de recursos

debido al cierre presupuestal, en cumplimiento a la circular SE/136/2008, la cual indica que

dicho cierre se deberá realizar a más tardar el 31 de diciembre de 2008.

Respecto a las siete afectaciones presupuestarias restantes, la SDS realizó adecuaciones

al calendario de gasto con la finalidad de cubrir los pagos generados por el IAAM-DF en el

otorgamiento de la pensión universal alimentaria a los adultos mayores de 70 años residentes

en el Distrito Federal.

En cuanto al presupuesto modificado de la actividad institucional 03, se revisaron las

afectaciones programático presupuestales de dicha actividad, y se identificó que la SDS

tramitó 41 afectaciones presupuestarias, de las cuales 9 fueron afectaciones líquidas

y 32 compensadas, incluyendo 7 que tuvieron efecto de reducción y ampliación de recursos.

De la revisión a las afectaciones líquidas, se verificó que tres fueron ampliaciones de

recursos dentro de la actividad con el fin de cubrir la contratación de 40 médicos generales

y 5 especialistas para realizar visitas médicas domiciliaras a los adultos mayores, orientar

sobre el cuidado básico de atención de los cuidadores primarios de adultos mayores

y canalizar al nivel de atención adecuada. Asimismo, el incremento fue debido a que

se basificaron 1,313 trabajadores de la Subsecretaría de Participación Ciudadana, que se

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352 VOLUMEN 12/13

encontraban bajo el régimen de honorarios. En cuanto a las seis afectaciones restantes,

estas se debieron a las reducciones de recursos en los capítulos 1000 “Servicios

Personales”, 2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes

Muebles e Inmuebles” que no se ejercieron durante el ejercicio, de acuerdo al inciso g) del

oficio circular SE/136/2008, el cual indica como fecha limite para el cierre presupuestal

el 31 de diciembre del 2008.

En cuanto a las afectaciones compensadas, cinco tuvieron efecto de ampliación de recursos,

en virtud de que se transfirieron recursos a la actividad institucional 03 con la finalidad de

cubrir el pago del inmueble que se arrendó, debido a que se solicitó el inmueble que se le

prestaba a la Dirección General del Adulto Mayor. Asimismo, para cubrir pagos centralizados

y aportaciones patronales y finiquitos del personal adscrito al IAAM-DF, se localizaron

dos afectaciones que tuvieron efecto de reducción, mediante las cuales se transfirieron los

recursos a la actividad institucional 09 “Coordinar políticas sectoriales”, principalmente.

Respecto a las 25 afectaciones compensadas restantes, la SDS realizó adecuaciones

al calendario de gasto con la finalidad de cubrir los pagos generados por el IAAM-DF,

para el otorgamiento de los servicios que se brindaron a los beneficiarios.

De igual forma, se constató que las nueve afectaciones presupuestarias de la actividad

institucional 36 y las 41 afectaciones presupuestarias de la actividad institucional 03,

del Programa 13, contaron con los formatos de afectación presupuestaria, afectación

programática y justificación; fueron firmadas por el servidor público facultado para su

elaboración y trámite, de conformidad con el Manual de Normas y Procedimientos

Presupuestarios para la Administración Pública del Distrito Federal, vigente en 2008;

y contaron con la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos Facultados

para Elaborar, Solicitar y/o Autorizar las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos

Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestarias y de Presupuesto Comprometido.

18. Resultado

Costo de los Servicios de Apoyo Social y Ayuda a las Personas Adultas Mayores

Se procedió a verificar que la SDS cuente con indicadores que le permitan conocer los costos

por cada uno de los beneficiarios que reciben la ayuda y los servicios de apoyo social.

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353 VOLUMEN 12/13

El artículo 544 del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008, establece

que las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades deberán

llevar registros auxiliares para los programas presupuestarios que muestren de manera

sistemática los avances financieros y de consecución de metas, con el objeto de facilitar

la evaluación en el ejercicio del gasto público.

En el Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto fiscalizado, la SDS reportó 3,945,473.9 miles

de pesos ejercidos con cargo a la actividad institucional 36, los cuales se utilizaron

para otorgar la Pensión Alimentaria a 430,000 personas adultas mayores residentes en

el Distrito Federal durante el ejercicio de 2008. Dichos recursos se ejercieron de acuerdo al

Convenio de Dispersión de Recursos Económicos y al Convenio Modificatorio del mismo,

celebrado entre la SDS, el IAAM-DF y la empresa dispersora Mexican Payment Systems,

S.A. de C.V.

El presupuesto ejercido para el pago de la Pensión Alimentaria a las personas adultas

mayores fue por la cantidad de 3,945,473.9 miles de pesos, y de acuerdo a la localización

de los domicilios de los beneficiarios de esta pensión la distribución por Delegación es la

siguiente:

(Miles de pesos)

Delegación Presupuesto Original Ejercido

Total 3,823,092.0 3,945,473.9 Álvaro Obregón 278,987.9 287,918.7 Azcapotzalco 231,963.9 239,389.3 Benito Juárez 247,932.0 255,868.6 Coyoacán 323,344.7 333,695.3 Cuajimalpa de Morelos 42,400.8 43,758.1 Cuauhtémoc 289,248.0 298,507.2 Gustavo A. Madero 617,687.2 637,460.1 Iztacalco 217,560.6 224,525.0 Iztapalapa 587,235.8 606,034.0 Magdalena Contreras 87,646.6 90,452.3 Miguel Hidalgo 179,676.4 185,428.1 Milpa Alta 35,946.0 37,096.6 Tláhuac 89,442.6 92,305.7 Tlalpan 210,652.4 217,395.6 Venustiano Carranza 250,697.0 258,722.2 Xochimilco 132,670.2 136,917.1

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354 VOLUMEN 12/13

Al respecto, se identificó que la dispersión de los recursos esta correlacionado con la

delegación en donde radican los derechohabientes de la Pensión Alimentaria, por lo que

la mayor dispersión se concentra en las Delegaciones Gustavo A. Madero e Iztapalapa,

representando el 16.2 y 15.4 % del presupuesto ejercido con cargo a la actividad

institucional 36.

Se revisaron las CLC correspondientes a la actividad institucional 36 y se constató que los

recursos se erogaron mediante 17 CLC y 12 DM, como se indica a continuación:

(Miles de pesos)

Consecutivo Número CLC Monto Mes/Concepto Número

Documento Múltiple

Monto Total

Total CAPÍTULO 4000 3,983,004.6 37,530.8 3,945,473.8 1 08 C 0 01 00001 315,936.0 Enero 08 C 0 01 005 4,809.8 311,126.22 08 C 0 01 00005 315,936.0 Febrero 08 C 0 01 006 4,846.6 311,089.4

3 08 C 0 01 00035 353,494.2Incremento de Pensión Alimentaria 08 C 0 01 022 3,466.4 350,027.8

4 08 C 0 01 00062 328,556.0 Abril 08 C 0 01 023 2,442.0 326,114.05 08 C 0 01 00090 328,556.0 Mayo 08 C 0 01 058 3,154.9 325,401.16 08 C 0 01 00164 330,922.5 Junio 08 C 0 01 095 2,699.1 328,223.47 08 C 0 01 00222 1.5 Reembolso 1.58 08 C 0 01 00224 2.3 Reembolso y retroactivo 2.3 9 08 C 0 01 00305 330,922.5 Julio 08 C 0 01 069 2,907.4 328,015.1

10 08 C 0 01 00327 1.1 Reembolso 1.1 11 08 C 0 01 00507 333,289.1 Agosto 08 C 0 01 112 2,232.1 331,057.0 12 08 C 0 01 00531 3.1 3.1 13 08 C 0 01 00722 333,289.1 Septiembre 08 C 0 01 137 2,309.6 330,979.5 14 08 C 0 01 00945 0.7 Reembolso 0.7 15 08 C 0 01 01005 336,050.1 Octubre 08 C 0 01 146 3,211.6 332,838.5 16 08 C 0 01 01294 336,838.9 Noviembre 08 C 0 01 237 3,112.5 333,726.4 17 08 C 0 01 01527 339,205.5 Diciembre 08 C 0 01 236 2,338.8 336,866.7

FUENTE: SDS, CLC y DM.

Al respecto, se identificó que el total de los recursos ejercidos en la actividad institucional

36 fueron erogados a través de 17 CLC y fueron específicamente destinados para el pago

de la Pensión Alimentaria de los Adultos Mayores. No obstante, no fueron incluidos los

gastos utilizados para la operación de dicho programa. Al respecto, se solicitó a la SDS

que indicara en qué actividad institucional se habían erogado los recursos utilizados para

la operación del otorgamiento de la Pensión Alimentaria a las personas adultas mayores

residentes en el Distrito Federal.

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355 VOLUMEN 12/13

En respuesta, la SDS informó que dichos gastos se ejercieron en la actividad institucional

03 “Otorgar servicios de apoyo social a personas adultas mayores”.

Con la finalidad de llevar a cabo la verificación de los costos que generó la operación de las

actividades institucionales 03 y 36, se revisaron el Informe de Cuenta Pública 2008 del sujeto

fiscalizado, los registros auxiliares, las CLC, las afectaciones programáticas presupuestales,

e información adicional de ambas actividades institucionales proporcionada por la SDS.

Con atenta nota 04/09-APPD/101/08 del 8 de diciembre de 2009 se solicitó a la SDS los

registros auxiliares en los cuales se desagregaron los montos correspondientes a los gastos

de operación generados por el otorgamiento de los servicios y ayudas a las personas

adultas mayores de las actividades institucionales 03 y 36, respectivamente. En respuesta,

mediante el oficio SRM/28/2010 del 26 de enero de 2010, el Subdirector de Recursos

Materiales informó que sólo existía el registro de cada movimiento presupuestal, que se

deriva a su vez de cada CLC, afectación presupuestal y DM, los cuales se registran

sistemáticamente en el Sistema Institucional de Control de Egresos (SICE), el cual es el

único registro presupuestal que tiene la SDS.

En este sentido, el 8 de marzo de 2010, se reunieron en la oficina de la Dirección General

de Administración de la SDS, servidores públicos representantes de dicha instancia así

como representantes de la CMHALDF, a quienes se informó que no se cuenta con registros

desagregados de los costos de operación de las actividades institucionales 03 y 36.

También se indicó que la SDS no cuenta con un sistema desagregado de costos.

En virtud de lo anterior, se concluye que la SDS no contó con indicadores que permitieran

conocer el costo que implicó llevar a cabo la operación de las actividades institucionales

03 y 36 del Programa 13; ni tampoco llevó registros auxiliares que permitieran conocer los

costos que generó la operación de ambas actividades institucionales, por lo que incumplió

el artículo 544 del Código Financiero del Distrito Federal, vigente en 2008.

Con el propósito de identificar los costos que se generaron para llevar a cabo la operación

de los programas de otorgamiento de servicios y ayudas a los adultos mayores de 70 años

residentes en el Distrito Federal; se revisó el Informe de Cuenta Pública de 2008 de la SDS

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y el Analítico de Egresos 2008. En el Informe de Cuenta Pública de 2008, la SDS reportó

que en la actividad institucional 03 se realizó la operación y supervisión del Programa de

Pensión Universal a 422,500 adultos mayores, con un presupuesto ejercido de 172,902.6 miles

de pesos; asimismo, que se realizaron 16,572 visitas médicas domiciliarias contribuyendo

al mejoramiento de las condiciones de salud de las personas adultas mayores. En cuanto

al Analítico de Egresos 2008 se identificó el presupuesto ejercido a través de los capítulos

de gasto y se determinó el costo por beneficiario, con las cifras siguientes:

(Miles de pesos y por cientos)

Concepto Presupuesto Participación Original Modificado Ejercido (%)

Capítulo 1000 "Servicios Personales" 109,215.2 129,113.3 129,113.3 74.7 Capítulo 2000 "Materiales y Suministros" 507.7 462.4 462.4 0.3 Capítulo 3000 "Servicios Generales" 33,014.0 43,228.2 43,228.2 25.0 Capítulo 4000 "Ayudas y Subsidios" 0.0 22.4 22.4 0.0 Capítulo 5000 "Bienes Muebles" 0.0 76.3 76.3 0.0 Total presupuesto 142,736.9 172,902.6 172,902.6 100.0 Total ayudas otorgadas (pensión alimentaria) 420,000 430,000 430,000 Total servicios otorgados 422,500 422,500 422,500 Costo por adulto mayor (Total presupuesto ejercido / beneficiarios) 402.09

En virtud de lo anterior se concluye que el costo anual que generó la operación del

otorgamiento de los servicios y ayudas a los adultos mayores ascendió a 402.09 pesos

por cada beneficiario, que recibió tanto la Pensión Alimentaria así como los servicios de

apoyo social, a través de visitas domiciliarias de incorporación, seguimiento y atención

de pensionados, valoraciones geriátricas integrales, barrido de domicilio, prevención de la

violencia contra las personas adultas mayores y difusión de los derechos que tiene el

beneficiario. El costo estimado se determinó considerando como base a las 430,000

personas que forman parte del padrón a las que se les otorgó la Pensión Alimentaria y

que a su vez 422,500 personas adultas mayores recibieron servicios de apoyo social.

El total del presupuesto ejercido ascendió a 172,902,598.56 pesos.

De la reunión de confronta celebrada el 17 de mayo de 2010, con el oficio DGA/1360/2010

de la misma fecha, el Director General de Administración de la SDS Social, anexó nota

informativa de la Dirección de Administración del IAAM-DF, en la que se señaló que están

en proceso la construcción de indicadores para su aplicación en el año de 2011. Por tanto,

en este aspecto el resultado no se modifica.

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357 VOLUMEN 12/13

Recomendación APPD-101-08-43-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social, implemente mecanismos de control y de

supervisión para garantizar que las áreas correspondientes cuenten con registros auxiliares

que reflejen los costos generados en las actividades institucionales correspondientes, como

se establece en el Código Financiero del Distrito Federal.

Recomendación APPD-101-08-44-SDS

Se reitera la recomendación expuesta en relación con el resultado núm. 13.

19. Resultado

Economía en la Operación del Otorgamiento de la Pensión Alimentaria a las Personas Adultas Mayores Residentes en el Distrito Federal

Con el propósito de verificar la economía con la que se operó el Programa de Pensión

Alimentaria y el otorgamiento de servicios a las personas adultas mayores, se solicitó a la

Subdirección de Recursos Materiales mediante la atenta nota 04/09-APPD/101/08 del

8 de diciembre de 2009, que proporcionara la documentación soporte del procedimiento

de adjudicación del convenio suscrito con la empresa dispersora Mexican Payment Systems,

S.A. de C.V. En respuesta, a través de nota informativa del 8 de marzo de 2010, la

Dirección General de Administración informó que el convenio suscrito no derivó de un

procedimiento de adjudicación, dado que por la naturaleza del programa, no está sujeto

a la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, al no brindarse en especie para los

derechohabientes, por ser un sistema de dispersión de recursos económicos.

El sujeto fiscalizado, indicó que “desde la Creación de la Ley que establece el Derecho

a la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años, la empresa que operó la

dispersión de los recursos económicos del Programa Pensión alimentaria fue “Prestaciones

Universales, S.A. de C.V.”, por el período 2001-2007, teniéndose la limitante de que los

derechohabientes del programa sólo podían utilizar la tarjeta en las tiendas comerciales

de Wall Mart, Comercial Mexicana, Gigante y Chedraui”. Asimismo, señaló que a partir de

las reformas a la Ley referida, publicadas el 16 de febrero de 2007, en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal, la tarjeta electrónica pudo ser utilizada no sólo en los principales

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358 VOLUMEN 12/13

centros autorizados, sino también en los mercados públicos del Distrito Federal, situación

por la que se buscó una empresa que pudiera cubrir las necesidades de la operación del

programa, con experiencia en el manejo y procesamiento de transacciones electrónicas

en línea, tanto en grandes cadenas comerciales como en pequeños comercios establecidos,

entre ellos mercados públicos, y que contará con capacidad de procesar cuando menos

1,000,000 de transacciones electrónicas mensuales correspondientes a las operaciones

de compra y venta en la red de comercios participantes.

También, señaló que los criterios considerados para decidir qué empresa sería la encargada

de dispersar los recursos económicos fueron que la operación del Programa de Pensión

Alimentaria para los Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal no

represente ningún gasto o erogación para el Gobierno del Distrito Federal, derivado de la

realización del proceso de dispersión mensual del monto autorizado por la ALDF;

del manejo y administración de dichos recursos económicos, de la fabricación y emisión

de tarjetas electrónicas para más de 414,000 beneficiarios, de la habilitación de pequeños

comercios y mercados públicos; así mismo como que el manejo de la tarjeta no

representara ningún gasto, comisión o cargo para el derechohabiente (entrega de tarjeta,

uso en establecimientos, reposición de la tarjeta electrónica, consulta de saldos). De igual

forma, como parte de la nota informativa a que se hace referencia con antelación, se

señaló que la empresa cumpliera con los principios siguientes:

a) Universalidad. Proporcionar el acceso a los beneficios de la demanda económica del

Programa de la Pensión Alimentaria al mayor número de comerciantes y locatarios de

mercados públicos en el Distrito Federal;

b) Igualdad. Propiciar la redistribución de la riqueza a través de los beneficiarios, quienes a su

vez derraman los recursos económicos en un mayor número de comercios participantes;

c) Equidad Social. Proporcionar el acceso tecnológico a los medios de pago electrónicos,

a los grupos de comerciantes más vulnerables; y

d) Conveniencia. Brindar un mayor número de opciones de comercios para comprar, lo que

disminuiría costos derivados de los desplazamientos y tiempos de los beneficiarios

para usar la tarjeta.

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Por último, informó como criterio que la empresa no tuviera conflicto de intereses en

cuanto a su estructura accionaria, con respecto a su relación con los principales centros

comerciales, así como que tuviera la capacidad tecnológica para llevar a cabo la dispersión

mensual, controlar y administrar las transacciones realizadas y ejecutar y controlar el

proceso mensual de las altas y bajas.

No obstante, lo anterior la SDS no proporcionó la documentación que soportara el

cumplimiento de los criterios considerados para determinar que la empresa encargada de

dispersar los recursos económicos durante el ejercicio de 2008, fuera la más favorable

o la que ofreciera mejores condiciones en el manejo de los recursos que se dispersaron a

los adultos mayores. Tampoco proporcionó el comparativo de las empresas que fueron

cotizadas con la finalidad de elegir la que mas se apegara a las necesidades que la SDS

buscaba para la operación del Programa de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores

de 70 Años Residentes en el Distrito Federal.

Por tal motivo, con el fin de acreditar el cumplimiento de los criterios a que se hace referencia,

e identificar si la SDS erogó los recursos de manera económica, la CMHALDF solicitó a la

Dirección General de Administración de la SDS mediante atenta nota 13/19-APPD/101/08

del 5 de abril de 2010, la documentación que justificara la información proporcionada

anteriormente, así como la documentación que soportara el cumplimiento de las cláusulas

del convenio de dispersión de recursos económicos celebrado el 1 de octubre de 2007

entre el Gobierno del Distrito Federal y la empresa dispersora, específicamente la

evidencia que la empresa presentó a la SDS para comprobar la capacidad jurídica,

técnica y económica suficiente para convenir y obligarse a la prestación de la dispersión

de los recursos económicos.

Al respecto, con el oficio SRM/332/2010 del 13 de abril de 2010, la Subdirección de Recursos

Financieros, entregó copia del oficio IAAM/JUDRF/004/2010 del 7 de abril de 2010,

remitido por la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros del IAAM-DF,

en el cual hizo referencia a diversos puntos de los documentos solicitados anteriormente,

y a que la Unidad Administrativa del IAAM-DF no tuvo conocimiento del proceso de

adjudicación referido ni tampoco tuvo conocimiento si existió algún tipo de dictamen legal,

toda vez que el área jurídica quien pudiera haberlo elaborado depende directamente

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del Secretario de Desarrollo Social; asimismo, la Subdirección de Recursos Materiales

señaló que la información solicitada estaba en proceso de integración, no obstante, no fue

entregada.

En este sentido no fue posible constatar lo establecido en el párrafo primero del artículo 134

de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que indica que los recursos

económicos de que dispongan la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal

y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán

con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos

a los que estén destinados, así como lo indicado en el artículo 380 del Código Financiero

del Distrito Federal, que establece que “Con el objeto de obtener las mejores condiciones

en cuanto a precio, calidad, oportunidad en la adquisición de bienes o contratación de

servicios y generar ahorros, la unidad administrativa o entidad, podrán establecer

compromisos a determinadas partidas de gasto con cargo a los presupuestos aprobados

de las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades conforme a los

requerimientos de éstas, y disponer que los cargos se realicen de manera centralizada

o consolidada a través de la unidad administrativa o entidad que haya formalizado los

compromisos”.

De igual forma la SDS careció de un dictamen legal, emitido por autoridad competente,

respecto a la figura aplicable a la naturaleza de la prestación del servicio objeto del convenio

suscrito con la empresa Mexican Payment Systems, S.A. de C.V.

En la reunión de confronta celebrada el 17 de mayo de 2010, con el oficio DGA/1360/2010

de la misma fecha, el Director General de Administración de la SDS, proporcionó el

currículum de la empresa “Mexican Payment Systems, S.A de C.V”, el Punto de Acuerdo

aprobado en el Primer Período Ordinario de Sesiones del tercer año ejercido, en el Pleno

de la ALDF, en el cual se exhorta al Gobierno del Distrito Federal para que la tarjeta

electrónica otorgada a los adultos mayores, fuera aceptada en los mercados públicos

de la Ciudad de México; copia del acta constitutiva de la empresa dispersora; y, copia del

listado de los comercios afiliados para recibir la tarjeta de la Pensión Alimentaria, del cual

se identificaron 1,844 comercios. Sin embargo, dicha información no fue suficiente para

verificar la transparencia con la que se otorgó dicho convenio, ni evidenció que la empresa

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dispersora fuera la más conveniente, o la que brindara las mejores condiciones y cobertura

para el Gobierno del Distrito Federal, por tanto, en este aspecto el resultado no se modifica.

Recomendación APPD-101-08-45-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social, establezca mecanismos de control

y de supervisión para garantizar que en la contratación de los bienes y servicios en los

que se utilicen recursos públicos se obtengan las mejores condiciones para el Gobierno

del Distrito Federal y se deje evidencia de ellos en los expedientes respectivos.

Recomendación APPD-101-08-46-SDS

Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social, establezca mecanismos de control

para garantizar que los convenios celebrados en materia de dispersión de recursos

cuenten con dictamen técnico legal que establezca la figura jurídica mediante la cual se

celebran dichos convenios.

20. Resultado

Dispersión de los Recursos Económicos

De acuerdo a la revisión de los convenios de dispersión de recursos económicos celebrados

con la empresa Mexican Payment Systems, S.A. de C.V., el 1 de octubre de 2007 y 19 de

marzo de 2008, se verificó que dicha empresa fue la que realizaría la dispersión de los

recursos económicos con la finalidad de cumplir con la Ley que Establece el Derecho a la

Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años, Residentes en el Distrito

Federal, mediante el depósito de la cantidad de 788.85 mensuales (o el monto que lo

sustituya en el futuro), en las “Tarjetas Electrónicas GDF”, que debe emitir “LA EMPRESA”

a favor de cada uno de los beneficiarios, residentes en el Distrito Federal indicados por

“EL GDF”, las tarjetas se utilizarían como medio de pago en los comercios del Distrito

Federal (incluyendo, sin limitar, pequeños comercios, mercados públicos, supermercados,

cadenas comerciales, etc.), que decidan afiliarse al “Sistema de Tarjeta Electrónica GDF”

para la adquisición de alimentos en cualquiera de sus presentaciones y otros bienes

y servicios que requiera el adulto mayor.

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362 VOLUMEN 12/13

Al respecto, se solicitó a la SDS, que proporcionara copia de los recibos firmados con

los cuales se recibieron los recursos por parte del Gobierno del Distrito Federal para

ser dispersados a las cuentas de los beneficiarios; así como los estados de cuenta

correspondientes al ejercicio en revisión relativos a los movimientos realizados por la empresa

dispersora. Con el oficio SRM/332/2010 del 13 de abril de 2010, la Subdirección de Recursos

Financieros, entregó copia del oficio IAAM/JUDRF/004/2010 del 7 de abril de 2010, remitido

por la Jefatura de Unidad Departamental de Recursos Financieros del IAAM-DF en el cual

anexó los oficios de acuse de recibo de recursos a dispersar en 2008; así como los oficios

en los que se indicó el total de recursos dispersados, así como las fechas en las que se

realizó la dispersión. De lo anterior se deriva la información que se indica a continuación:

(Miles de pesos)

Calendario de dispersión de recursos según convenio

Oficio

Mes Fecha de

depósito

Fecha de

dispersión

Fecha en la que se recibieron los recursos

Fecha en la que se dispersaron

los recursos

Monto de la

dispersión

Beneficiarios

Enero Primeros cinco días hábiles de enero

Primeros cinco días hábiles de enero

2/01/2008

2/I/2008

315,936.1

416,500

29/II/2008 1/III/2008 12,432.4 410,309* Febrero 30 de enero 1 de febrero 29/I/2008 1/II/2008 315,936.1 416,500 29/II/2008 1/III/2008 12,505.8 412,734* Marzo 28 de febrero 1 de marzo 29/II/2008 1/III/2008 328,556.0 416,500 Abril 28 de marzo 1 de abril 31/III/2008 1/III/2008 328,556.0 416,500 Mayo 29 de abril 1 de mayo 30/IV/2008 1/V/2008 328,556.0 416,500 Junio 29 de mayo 1 de junio 30/V/2008 1/VI/2008 330,922.6 419,500 Julio 27 de junio 1 de julio 30/VI/2008 1/VII/2008 330,922.6 419,500 Agosto 30 de julio 1 de agosto 31/VII/2008 1/VIII/2008 333,289.1 422,500 Septiembre 28 de agosto 1 de septiembre 29/VIII/2008 1/IX/2008 333,289.1 422,500 Octubre 29 de septiembre 1 de octubre 30/IX/2008 1/X/2008 336,050.1 426,000 Noviembre 30 de octubre 1 de noviembre 31/X/2008 1/XI/2008 336,838.9 427,000 Diciembre 27 de noviembre 1 de diciembre 31/X/2008 1/XI/2008 339,205.5 430,000

* Número de personas a las que se les aplicó pago retroactivo de los meses de enero y febrero.

En función de lo anterior, se observó que existieron desfases de uno y tres días en la

recepción de los recursos con relación al calendario de fechas de depósito de los recursos

a la empresa dispersora. Asimismo, se observó que en el mes de abril, mediante el oficio

MPS/GDF/032/08 del 2 de abril, la empresa dispersora informó a la Dirección de Operaciones

del IAAM-DF, que los recursos correspondientes a dicho mes, fueron dispersados el 1o. de

marzo de 2008, situación incongruente en relación a la fecha en la que se señala que

se recibieron los recursos (31 de marzo de 2008). También, se detectó que en el mes

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de diciembre, la empresa informó al IAAM-DF con los oficios MPS/GDF/150/08 y

MPS/GDF/151/08, del 1 de diciembre del mismo año, que los recursos para dispersarse

en el mes de diciembre, se recibieron el 31 de octubre de 2008, y se dispersaron el 1o. de

noviembre del mismo año, respectivamente. Dicha situación implicó el desfase de un mes,

de acuerdo al calendario de fechas, con relación al depósito y dispersión de recursos;

situación que incumplió lo estipulado en el calendario de dispersión de recursos económicos

del Convenio.

También, se observó que se cubrieron a los beneficiarios retroactivos por 30.3 pesos de los

meses de enero y febrero de 2008, por un total de 12,432.4 miles de pesos correspondientes

a 410,309 personas y 12,505.8 miles de pesos correspondientes a 412,734 adultos mayores;

sin embargo, en dichos meses la dispersión de recursos se realizó a 416,500 personas,

por lo que se identificó una diferencia de 6,191 y 3,766 beneficiarios, respectivamente.

Se verificó que el monto del Convenio para el ejercicio de 2008 ascendió a 3,983,298.1 miles

de pesos, cuya vigencia fue del 1 de enero al 31 de diciembre de 2008. No obstante, el

total de recursos que se erogaron mediante CLC con cargo a la actividad institucional 36 fue

por 3,945,473.9 miles de pesos, detectándose una diferencia de 37,824.2 miles de pesos.

Al respecto se identificó que existieron 12 DM a través de los cuales se reintegraron los

recursos de los beneficiarios que fueron dados de baja, cuya distribución por Delegación,

se muestra a continuación:

(Pesos)

Delegación Monto devuelto

Total 37,531.30Álvaro Obregón 2,386.30Azcapotzalco 2,453.20Benito Juárez 3,808.40Coyoacán 3,167.40Cuajimalpa de Morelos 266.40Cuauhtémoc 2,762.60Gustavo A. Madero 7,412.10Iztacalco 1,840.40Iztapalapa 4,667.70Magdalena Contreras 670.90Miguel Hidalgo 1,701.50Milpa Alta 233.60Tláhuac 480.90Tlalpan 1,937.00Venustiano Carranza 2,843.00Xochimilco 899.90

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364 VOLUMEN 12/13

Al respecto, se verificó que dichos reintegros se realizaron a través de los siguientes

oficios y todos ellos correspondientes al ejercicio 2008.

● MPS/GDF/005/08, del 22 de enero,

● MPS/GDF/017/08, del 21 de febrero,

● MPS/GDF/028/08, del 26 de marzo,

● MPS/GDF/039/08, del 21 de abril,

● MPS/GDF/059/08, del 20 de mayo,

● MPS/GDF/079/08, del 20 de junio,

● MPS/GDF/079/08, del 22 de julio,

● MPS/GDF/105/08, del 21 de agosto,

● MPS/GDF/115/08, del 22 de septiembre,

● MPS/GDF/132/08, del 20 de octubre,

● MPS/GDF/147/08, del 24 de noviembre, y

● MPS/GDF/157/08, del 19 de diciembre.

A través de estos oficios la empresa dispersora entregó a la Dirección general de

Administración de la SDS, cheques certificados del Banco Mercantil del Norte, S.A.,

a nombre del Gobierno del Distrito Federal/Secretaría de Finanzas/Tesorería del Gobierno

del Distrito Federal.

El saldo restante por 292.9 miles de pesos, fue en virtud de que el presupuesto autorizado

en el Programa Operativo Anual 2008 fue de 3,823,092.0 miles de pesos, cantidad que

disminuyó en 160,206.1 miles de pesos, el monto estipulado en el Convenio (3,983,298.1 miles

de pesos), mientras que la diferencia del total dispersado por 3,945,473.9 miles de pesos

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respecto del monto autorizado en el POA, fue un incremento del presupuesto por

122,381.9 miles de pesos. Dichas diferencias integraron los 37,824.2 miles de pesos,

identificados entre el monto estipulado en el Convenio y el total de recursos erogados

mediante CLC.

Sin embargo, de la revisión de los oficios a través de los cuales se realizaron los reintegros,

se detectaron diferencias entre el cálculo del importe generado por las bajas del mes y las

cantidades devueltas por la empresa, considerando los 788.85 pesos por Pensión Alimentaria

que se les otorgaba a cada adulto mayor, como se indica a continuación:

(Personas, pesos)

Mes Bajas Monto reintegrado Cálculo del importe Diferencia (2) – (3)

(1) (2) (3) (4)

Total 31,208 37,531,485.77 24,618,430.80 12,913,054.97 Enero 2,427 4,809,837.29 1,914,538.95 2,895,298.34 Febrero 3,766 4,846,653.14 2,970,809.10 1,875,844.04 Marzo 3,310 3,466,445.07 2,611,093.50 855,351.57 Abril 3,156 3,154,992.02 2,489,610.60 665,381.42 Mayo 2,360 2,442,072.50 1,861,686.00 580,386.50 Junio 2,555 2,699,150.14 2,015,511.75 683,638.39 Julio 2,118 2,907,489.73 1,670,784.30 1,236,705.43 Agosto 1,855 2,232,101.96 1,463,316.75 768,785.21 Septiembre 1,953 2,309,623.27 1,540,624.05 768,999.22 Octubre 2,715 3,211,651.14 2,141,727.75 1,069,923.39 Noviembre 2,915 3,112,591.44 2,299,497.75 813,093.69 Diciembre 2,078 2,338,878.07 1,639,230.30 699,647.77

(3) Monto del apoyo por número de bajas.

Recomendación APPD-101-08-47-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social, establezca mecanismos de control,

para garantizar que los recursos sean depositados a la empresa dispersora oportunamente,

de acuerdo a las fechas indicadas en el calendario del convenio modificatorio de recursos

económicos.

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Calidad en el Servicio

21. Resultado

Oportunidad en la entrega de Tarjetas Nuevas de la Pensión Alimentaria

El artículo 10 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria

para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal, vigente en 2008,45

señala que el adulto mayor que cumpla con los requisitos establecidos, podrá solicitar

la pensión de manera directa en los centros de salud del sistema de salud del Distrito

Federal; el articulo 12 del mismo ordenamiento, establece que la solicitud deberá

contener: a) nombre completo (nombre, apellido paterno y apellido materno), b) en caso

de las mujeres adultas mayores, los apellidos deben corresponder a los de soltera

y c) domicilio completo de residencia; por otra parte el articulo 16 establece que una vez

que el IAAM-DF haya corroborado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el

reglamento, incluirá los datos del adulto mayor en lista de espera de solicitudes, para ser

incorporado al padrón de beneficiarios como pensionado en un tiempo no mayor de seis

meses, contados a partir de la presentación de la solicitud.

Al respecto, el día 7 de octubre de 2009, se aplicó el Cuestionario de Control Interno46

a la Lic. Norma Leticia Castillo Lara, Jefa de la Unidad Departamental de Control de

Tarjetas de Pensión, del IAAM-DF y designada como Enlace Institucional para este

propósito, quien a pregunta expresa relacionada con las políticas y estándares de calidad

relativos a la operación del Programa de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de

70 Años Residentes en el Distrito Federal, en respuesta con oficio DPA/095/09 del 14 de

octubre de 2009, suscrito por la Directora de la Pensión Alimentaria, informa que el IAAM-DF

cuenta con políticas y estándares de calidad en los procedimientos, relacionados con los

tiempos para la incorporación al padrón de derechohabientes, tiempo en lista de espera;

tal como lo prevé el articulo 16 del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho

a la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito

Federal.

45 Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta años Residentes

en el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2003. 46 Cuestionario de Control Interno, aplicado el 7 de octubre de 2009 a la Lic. Norma Leticia Castillo Lara, Jefa de la Unidad

Departamental de Control de Tarjetas de Pensión y designada como Enlace Institucional y la CMHALDF.

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367 VOLUMEN 12/13

Con el objeto de conocer la oportunidad y transparencia con que el IAAM-DF operó los

procedimientos para la entrega de los apoyos del Programa de la Pensión Alimentaria

para Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal, se solicitó con atenta

nota 12/10-APPD/1001/08 del 22 de marzo de 2010, que con relación a los procedimientos

de incorporación al padrón de derechohabientes de la Pensión Alimentaria y al de entrega

de tarjetas plásticas al adulto mayor incorporado al padrón de beneficiarios, proporcionara

una relación con los movimientos mensuales de 2008, incluyendo nombre del solicitante,

fecha de solicitud, fecha de verificación de requisitos, fecha de alta del padrón y fecha de

entrega de tarjeta.

En respuesta, con oficio IAAM/DA/340/2010 del 26 de marzo de 2010, suscrito por el

Director Administrativo del IAAM-DF, el sujeto fiscalizado entregó en medio magnético

la cédula “Fecha Solicitud, Entregados” la cual consta de un listado de 45,648 visitas de

verificación de requisitos para la incorporación al padrón de derechohabientes con los

siguientes campos: Delegación, nombre del solicitante, fecha de verificación de requisitos,

fecha de alta en el padrón, status y fecha de baja del padrón. Cabe aclarar que esta

información no contó con la fecha en la que el adulto mayor o su representante hacen

la solicitud de incorporación al padrón de beneficiarios.

Se comparó que el total de estas 45,648 visitas de verificación de requisitos, realizadas

en 2008, con la cifra reportada en la cédula “Visitas domiciliarías 2008”, proporcionada por

la SDS con oficio DGA/2691/2009 del 7 de septiembre de 2009, atendiendo el primer

requerimiento de información formulado por la CMHAALDF, con oficio APPD/09/466

del 26 de agosto de 2009, girado por la Dirección General de Auditoría Programática

Presupuestal y de Desempeño, en dicha cédula se reportan 48,886 visitas de verificación

de requisitos, por lo que se detectó una diferencia de 3,238 visitas, lo que denota la falta

de confiabilidad en los registros proporcionados por el IAAM-DF.

Por otra parte, para determinar el tiempo transcurrido entre la fecha en que el adulto

mayor realizó la solicitud de incorporación al padrón de beneficiarios y la fecha de entrega

de tarjetas, se seleccionó en forma aleatoria una muestra de 400 visitas de verificación

realizadas en 2008, de las cuales, a partir del análisis de la información, se pudo constatar

que los tiempos transcurridos en días calendario fueron como se muestra a continuación:

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(Casos y por cientos)

Tiempos días calendario

De la verificación de requisitos al alta en el padrón

Del alta en el padrón a la entrega de la tarjeta plástica

Total trámite

Casos Porcentaje Casos Porcentaje Casos Porcentaje

Total 400 100.00 400 100.00 400 100.00 0 a 10 72 18.00 11 a 20 74 18.50 31 7.75 21 a 30 104 26.00 72 18.00 8 2.00 31 a 40 78 19.50 110 27.50 34 8.50 41 a 50 43 10.75 117 29.25 69 17.25 51 a 60 17 4.25 22 5.50 49 12.25 61 a 70 9 2.25 5 1.25 61 15.25 71 a 80 2 0.50 33 8.25 80 20.00 81 a 90 1 0.25 1 0.25 34 8.50 91 1 100 17 4.25 101 a 110 15 3.75 111 a 120 19 4.75 121 a 130 4 1.00 131 a 140 1 0.25 N/A* 9 2.25 9 2.25

* Son casos que no aplican; ya que al no contar con las fechas de entrega de tarjetas, fue improcedente determinar el número de días transcurridos.

Como se observa en la información anterior, el tiempo en días calendario transcurrido a

partir de la fecha de verificación de requisitos, y hasta la fecha de incorporación al padrón,

fue para el 18% de los casos menor a 10 días , el 18.5% entre 11 y 20 días; el 26% entre

21 y 30 días; el 19.5% entre 31 y 40 días y para el restante 10.75% fue entre 41 y 50 días,

lo que implica que para el 62.5 % de los casos la incorporación al padrón de beneficiarios,

a partir de la fecha de verificación, fue igual o menor a un mes y el restante 47.5% va de

los 31 a los 90 días en diferente proporción.

De lo anterior se observa que el 100% de los casos fueron ingresados al padrón de

derechohabientes en menos de 90 días contados a partir de la fecha de verificación

de requisitos, sin embargo no fue posible determinar que la entrega se haya realizado de

manera oportuna ya que el IAAM-DF no proporcionó el registro de las fechas de solicitud

de incorporación al padrón de derechohabientes como ya se mencionó con anterioridad,

dato indispensable para determinar el cumplimiento de los términos del articulo 16 del citado

reglamento,47 en el cual se establece que la incorporación al padrón de beneficiarios como

47 Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta años Residentes

en el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2003

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pensionado deberá realizarse en un tiempo no mayor a seis meses, contados a partir de

la presentación de la solicitud.

Por otra parte el Manual Administrativo del IAAM-DF con número de registro MA-0811-9/07,48

en el procedimiento número 002 “Entrega de Tarjeta Plástica de la Pensión Alimentaria

al Adulto Mayor Incorporado al Padrón de Derechohabientes”, establece que la entrega de la

tarjeta plástica se realizará en un tiempo de 20 días, plazo que se aplica a partir de que

la Educadora Comunitaria cuenta físicamente con éstas. En tal sentido, y a fin de corroborar

que el personal del IAAM-DF haya cumplido con lo establecido en este procedimiento, se

analizaron los días transcurridos a partir de la fecha de alta en el padrón y hasta la fecha

de la entrega de tarjetas.

Como se observa en la información anterior, en el 7.75% de los casos los días transcurridos

para la entrega de tarjetas fue menor de 20 días, para el 18% de los casos el tiempo

transcurrido varió de entre 21 y 30 días, para el 27.5% los días transcurridos variaron de

entre 31 y 40; en el 29.25% de los casos el tiempo fue de entre 41 y 50 días; para el 5.5%

entre 51 y 60 días; y el restante 9.75 varió entre 61 y 90 días.

De lo anterior se concluye que la entrega de las tarjetas plásticas no fue oportuna; ya que

para el 90% de los casos el tiempo transcurrido para la entrega de tarjeta excedió los 20 días

establecidos en el Manual de Procedimientos, procedimiento número 002 “Entrega

de Tarjeta Plástica de la Pensión Alimentaria al Adulto Mayor Incorporado al Padrón de

Derechohabientes”, ya que en la normatividad antes señalada, no se localiza la precisión

en el tiempo que debe transcurrir entre la presentación de la solicitud y hasta la entrega

de la tarjeta.

En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con

el oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín

Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa

documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se encontraba la nota informativa

sin número, ni fecha suscrito por el Ing. Rubén Fuentes Rodríguez, Director de la Pensión

48 Autorizado a través de la CGMA, adscrita a la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, con oficio GMA/DDO/3108/08,

del 26 de noviembre de 2008 y registro con número MA-08011-9/07 correspondiente al dictamen 09/2007.

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370 VOLUMEN 12/13

Alimentaria, del IAAM-DF con la que señala que “de acuerdo a lo establecido en el

reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para Adultos

Mayores de Setenta Años, residentes en el Distrito Federal, una vez que ha comprobado

cumplir con los requisitos que marca la Ley, se le registra en la lista de espera, y debe recibir

a más tardar en los siguientes seis meses a partir de este registro su tarjeta electrónica”.

Al respecto, se reitera lo establecido en el articulo 16 del Reglamento antes citado y lo

establecido en el Manual Administrativo del IAAM-DF, procedimiento núm. 002 “Entrega

de Tarjeta Plástica de la Pensión Alimentaria al Adulto Mayor Incorporado al Padrón de

Derechohabientes” por lo que la documentación presentada por el sujeto fiscalizado, no

modifica el resultado.

Recomendación APPD-101-08-48-SDS

Es conveniente que la Secretaría de Desarrollo Social instrumente mecanismos de control

interno en el Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, a fin

de que en la base de datos del Sistema de la Pensión Alimentaria, se localicen las fechas

de solicitud de incorporación y reincorporación al padrón de beneficiarios, de acuerdo

a los términos contenidos en el Reglamento de la Ley que establece el Derecho a la

Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito

Federal.

Recomendación APPD-101-08-49-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención

de los Adultos Mayores en el Distrito Federal implemente mecanismos de supervisión que le

permitan constatar que los procesos de entrega de tarjetas plásticas se realicen en los tiempos

establecidos en el procedimiento “Entrega de Tarjeta Plástica de la Pensión Alimentaria

al Adulto Mayor Incorporado al Padrón de Derechohabientes”, el cual forma parte de su

Manual Administrativo.

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371 VOLUMEN 12/13

22. Resultado

Oportunidad en los Procesos de Reincorporación

El artículo 49 del Reglamento de Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria

para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal, vigente en 2008,

establece que derivado de la baja del padrón de beneficiarios de la Pensión Alimentaria,

el adulto mayor o representante podrá solicitar hasta por tres ocasiones más, su

reincorporación. Dicha petición se realizará ante el superior jerárquico de la autoridad que

emitió la baja.

En el artículo 51 del citado reglamento, se prevé que una vez recibido el escrito de solicitud

de reincorporación, el superior jerárquico, ordenará las investigaciones que correspondan

al caso. Asimismo, contará con 10 días hábiles para resolverla, contados a partir de que

se reciba formalmente la solicitud de reincorporación. En el artículo 53 se establece que si

el superior jerárquico ordena la reincorporación en el padrón de beneficiarios de la Pensión

Alimentaria, ésta deberá cumplirse en un plazo de 20 días hábiles contados a partir de

que se haya mandado la reincorporación y con apego de los calendarios establecidos para

altas y bajas en el padrón de la Pensión Alimentaria.

A fin de determinar la oportunidad con que estos procesos de reincorporación se han llevado

acabo, se solicitó al IAAM-DF a través de la atenta nota 12/10-APPD/1001/08 del 22 de

marzo de 2010 una relación con los movimientos de reincorporación de derechohabientes

al padrón, correspondiente al año 2008, en respuesta el IAAM-DF entregó con oficio

IAAM/DA/340/2010 del 26 de marzo de 2010, suscrito por el Director de Administración,

la cédula “Reingreso 2008” la cual contó con los siguientes campos: Delegación, nombre

completo, fecha de verificación de requisitos, fecha de alta, fecha de entrega de tarjetas,

status y fecha de baja, sin incluir la fecha de solicitud de reincorporación.

La información proporcionada fue verificada en lo que hace a la determinación de los

tiempos consumidos en la atención para la reincorporación al padrón, para lo cual se

seleccionó en forma aleatoria una muestra de 400 casos de reincorporación tramitados

en 2008, de los cuales, a partir del análisis de la información se pudo constatar que los

tiempos transcurridos en días calendario fueron como se muestra a continuación:

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(Casos y por cientos)

Tiempos días calendario

De la verificación de requisito al reingreso al padrón

Del reingreso al padrón a la entrega de la tarjeta plástica

Total trámite

Casos Porcentaje Casos Porcentaje Casos Porcentaje

Total 400 100.00 400 100.00 400 100.00 3 a 10 89 22.25 3 0.75 0 0.00 11 a 20 141 35.25 18 4.50 3 0.75 21 a 30 101 25.25 98 24.50 14 3.50 31 a 40 48 12 127 31.75 27 6.75 41 a 50 15 3.75 72 18.00 106 26.50 51 a 60 1 0.25 25 6.25 75 18.75 61 a 70 1 0.25 6 1.50 70 17.50 71 a 80 0 0 2 0.50 35 8.75 81 a 90 1 0.25 0 0.00 13 3.25 91 a 100 1 0.25 3 0.75 5 1.25 101 a 110 0 0.00 2 0.50 111 a 120 3 0.75 131 a 140 1 0.25 141 a 150 1 0.25 0.00 151 a 390 6 1.50 6 1.50 N/A 1 0.25 40 10.00 40 10.00

N/A: Son casos que no aplican; ya que al no contar con las fechas de entrega de las tarjetas, no fue posible determinar el número de días transcurridos.

Como se muestra en la información anterior los tiempos transcurridos a partir de la fecha

de verificación de requisitos, y hasta la fecha de reincorporación al padrón, variaron entre

3 y 150 días, para el 22.25% de los casos la variación fue menor a 10 días, para el

35.25% fue entre 11 y 20 días, para el 25.25% de los casos los días variaron entre 21 y

30 días, para el 12% los días transcurridos variaron entre 30 y 40 días; lo que representa

que para el 82.75% de los casos la entrega fue menor a 30 días calendario.

Del comportamiento de los datos anteriores se advierte que la aplicación del procedimiento

para la reincorporación al padrón de derechohabientes por parte del personal del IAAM- DF,

fue oportuna, ya que para el 82.75% de los casos la reincorporación a partir de la verificación

de requisitos se dio en menos de 30 días calendario, cumpliendo así con lo establecido en

el articulo 53 del Reglamento de Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria

para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal en el que

se prevé que en caso de resultar procedente la reincorporación, ésta deberá realizarse

en 20 días hábiles.

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23. Resultado

Equidad en los Procesos de Difusión

El artículo 61, fracción IV, del Reglamento Interior de la Administración Publica del Distrito

Federal, dispone que el IAAM-DF tiene la atribución de “Promover la Difusión, reconocimiento

y ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores” y en la fracción X se señala

la de “Promover entre los sectores social y privado los programas de gobierno a favor de

las personas adultas mayores”. En función de ello, a continuación se analizan estos dos

componentes del proceso de difusión de los derechos de este grupo poblacional.

1. Promoción de los derechos de los adultos mayores

Al respecto, el Programa Institucional 2008- 2012 del IAAM-DF contempla la realización

de un programa denominado “Difusión de los Derechos de las Personas Adultas Mayores”

y entre sus acciones prioritarias se encuentra el “elaborar y distribuir material informativo

impreso para promover los derechos de las personas adultas mayores, la cultura de

envejecimiento, las actividades del Instituto, así como otros temas de interés”.

A fin de constatar que las acciones de difusión de los derechos de los adultos mayores y que

los servicios que ofreció el IAAM-DF en 2008, hayan sido orientados de manera equitativa

a la población objetivo, se requirió al sujeto fiscalizado con atenta nota 02/09-APPD/101/08,

del 24 de noviembre de 2009, que proporcionara copia de los informes de avances

mensuales, trimestrales y anual 2008, del programa en mención.

En respuesta con oficio DPA/161/09 del 27 de noviembre de 2009, suscrito por la Directora

de la Pensión Alimentaria, se señala que el IAAM-DF durante 2008 realizó las acciones

relacionadas lo siguiente:

a) Exposición gráfica itinerante de las personas adultas mayores, la cual se exhibió de

forma permanente en diversas estaciones del Sistema de Transporte Colectivo Metro,

durante 11 meses.

b) Participación en ferias de servicios, exposiciones y eventos diversos en los que se

distribuyó el folleto “Los Derechos de las Personas Adultas Mayores en la Ciudad

de México”.

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374 VOLUMEN 12/13

c) En todos los cursos, seminarios y pláticas que se dieron a las personas adultas

mayores y a la población en general se incluye el tema de “Cronología y Acciones

para la Defensa de los Derechos de las Personas Adultas Mayores”.

d) Participación en el “Programa Sabatino Radio Familia DIF-Familia DF”, dedicado a los

adultos mayores para la promoción y difusión de sus derechos; a través de los

programas, servicios y acciones.

f) El Consejo Asesor para la Integración, Asistencia, Promoción y Defensa de los Derechos

de las Personas Adultas Mayores, el cual es un espacio de difusión y fortalecimiento

de los derechos de los adultos mayores, el cual está integrado por funcionarios del

gobierno del Distrito Federal, por ciudadanos destacados por su labor a favor de los

adultos mayores y por representantes de los Consejos Delegacionales.

Con objeto de corroborar la información anterior se solicitó al sujeto fiscalizado que

proporcionara documentación soporte de estas acciones de difusión; en respuesta, con

oficio DPA/208/09 del 18 de diciembre de 2009, suscrito por la Directora de la Pensión

Alimentaria, el IAAM-DF entregó copia del documental expuesto en el Sistema de Transporte

Colectivo Metro.

Con oficio IAAM/305/2010 del 19 de marzo de 2010 suscrito por el Lic. Manuel de Jesús

Luján, Director de Administración del IAAM-DF proporcionó en archivo electrónico la

información presentada en las sesiones del citado Consejo; siendo éstas la Vigésima

Octava, del 30 de junio, la Vigésima Novena del 25 de septiembre y la Trigésima del 26

de noviembre, todas ellas celebradas en 2008. La documentación está integrada por el

orden del día, minuta de la sesión anterior e informes diversos.

Después de proceder al análisis de la información señalada, se observó que de las cinco

acciones mencionadas por el IAAM-DF, únicamente se mostró evidencia de la realización

de dos de ellas. Por lo anterior, se concluye que la promoción de los derechos de las

personas adultas mayores realizada por el IAAM-DF es ineficaz; incumpliendo por lo tanto,

los términos de la fracción IV del citado Reglamento.49

49 Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes

en el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el día 31 de diciembre de 2003.

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375 VOLUMEN 12/13

2. Promoción de los programas de apoyo a las personas adultas mayores

Respecto a la promoción de los programas de apoyo a los adultos mayores, con atenta

nota 04/09-101/08 del 8 de diciembre de 2009, se solicitó a la SDS que describiera los

medios a través de los cuales se llevó a cabo la difusión de los servicios y el apoyo que se

otorga a las personas adultas mayores en el Distrito Federal, en respuesta, con oficio

SRM/1607/2010 del 10 de marzo de 2010, suscrito por el Subdirector de Recursos

Materiales, se informa que el IAAM-DF no contó con recursos presupuestales para

realizar este tipo de material y que solamente se distribuyeron folletos informativos

proporcionados por la empresa dispersora, ya que la mayor difusión se lleva a cabo a

través de las visitas domiciliarias realizadas por las Educadoras Comunitarias, anexando

copia del folleto proporcionado por la empresa dispersora.

En la revisión de este material se pudo constatar que la información proporcionada era

una copia del folleto denominado “Boletín Informativo” impreso y difundido en 2009, en tal

virtud la SDS no estuvo en condiciones de demostrar que durante 2008, contaron con

este material de difusión.

El “Boletín Informativo” correspondiente a 2009, se integra por los siguientes apartados:

● Revise su saldo actualizado en cada ticket de compra.

● Su depósito cada primero de mes garantizado.

● Reporte de robo daño o extravió de su tarjeta al 91-26-99-99.

● Identifique los comercios participantes.

● Utilice su tarjeta de la Pensión Alimentaria en su tienda favorita (cupones a su tienda

favorita para que acepte su tarjeta de la Pensión Alimentaria).

● Algunos programas que ofrece el Gobierno del Distrito Federal a los adultos mayores.

● Domicilio de los módulos de atención y del IAAM-DF.

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376 VOLUMEN 12/13

Por otra parte, a fin de determinar el número de visitas domiciliarias llevadas a cabo para

la promoción y difusión de los derechos de los adultos mayores realizadas en 2008, se

analizó la cédula “Visitas Domiciliarias”;50 este documento fue proporcionado por la SDS con

oficio DGA/2691/2009 del 7 de septiembre de 2009, atendiendo el primer requerimiento de

información formulado por la CMHALDF, con oficio APPD/09/466 del 26 de agosto de 2009,

de la Dirección General de Auditoría Programática Presupuestal y de Desempeño.

La cédula señalada “Visitas Domiciliarias”, contiene las incidencias respecto a los conceptos

de las visitas de seguimiento de sobrevivencia, visitas médicas domiciliarias, barrido,

verificación de datos de tramite de ingresos, entrega de tarjetas, entrega de reposición,

seguimiento de queja, levantamiento de información, entrega de invitaciones, promoción

y difusión y por otros motivos.

(Incidencias y por cientos)

Tipo de de incidencia Total anual Proporción

Total 2,846,755 100.00 Seguimiento Sobrevivencia

1,162,979 48.85

Visita médica domiciliaria 16,861 0.59 Barrido 83,876 2.95 Verificación de datos de trámite de ingreso

48,886 1.72

Entrega de tarjetas 44,977 1.58 Entrega de reposición 13,417 0.47 Seguimiento de queja 10,632 0.37 Levantamiento de información

47,491 1.67

Entrega de invitaciones 13,793 0.48 Promoción y difusión 1,401,399 49.23 Otros motivos 2,444 0.09

De los datos anteriores se concluye que de un total de 2,846,755 acciones realizadas

relativas a visitas domiciliarias, solamente 1,401,399, se clasifican como acciones de

promoción y difusión, representando el 49.23 % del total.

50 Información entregada por el sujeto fiscalizado con oficio DGA/2691/2009 del 7 de septiembre de 2009.

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377 VOLUMEN 12/13

Con el propósito de determinar la equidad con la que el IAAM-DF orientó la difusión de los

programas de gobierno a favor de las personas adultas mayores a través de las visitas

domiciliarias para promoción y difusión, se efectuó un análisis comparativo entre el número

de derechohabientes de la Pensión Alimentaria por Delegación y el número de visitas

domiciliarias para promoción y difusión, llevadas a cabo por el IAAM-DF; los resultados

son los siguientes:

(Personas, visitas y por cientos)

Delegación Derechohabiente pensión

alimentaria

Composición porcentual

Visitas de promoción y difusión

Composición porcentual

Visitas por derechohabiente

Total 430,000 100.00 1,401,399 100.00 3.26 Álvaro Obregón 31,426 7.31 155,359 11.09 4.94 Azcapotzalco 26,134 6.08 70,715 5.05 2.71 Benito Juárez 27,932 6.5 66,376 4.74 2.38 Coyoacán 36,400 8.47 99,303 7.09 2.73 Cuajimalpa de Morelos 4,783 1.11 31,509 2.25 6.59 Cuauhtémoc 32,242 7.5 111,627 7.97 3.46 Gustavo A. Madero 69,518 16.17 229,735 16.39 3.3 Iztacalco 24,383 5.67 46,563 3.32 1.91 Iztapalapa 65,996 15.35 187,158 13.26 2.84 Magdalena Contreras 9,833 2.29 43,840 3.13 4.46 Miguel Hidalgo 20,220 4.7 64,888 4.63 3.21 Milpa Alta 4,050 0.94 21,871 1.56 5.4 Tláhuac 10,108 2.35 47,342 3.38 4.68 Tlalpan 23,847 5.55 88,026 6.28 3.69 Venustiano Carranza 28,135 6.54 79,093 5.64 2.81 Xochimilco 14,993 3.49 57,994 4.14 3.87

De la información anterior se desprende que las visitas domiciliarias para promoción

y difusión por derechohabiente en cada Delegación varían en un rango entre 6.59 y 2.38

visitas, registrándose 3.26 visitas a nivel total para 2008. La Delegación Cuajimalpa de

Morelos fue la que mayor número de visitas por derechohabiente tuvo, seguida por Milpa

Alta con 5.40, Álvaro Obregón con 4.94, y Tláhuac con 4.68. Por su parte, Magdalena

Contreras se registraron 4.46, en Tlalpan 3.69 y en Xochimilco 3.87 visitas; le siguen

Azcapotzalco, Coyoacán, Cuauhtémoc, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, Miguel Hidalgo y

Venustiano Carranza con aproximadamente 3 visitas y por ultimo Benito Juárez e Iztacalco

con cerca de 2 visitas por derechohabiente.

Por lo anterior, se concluye que la promoción y difusión que el IAAM-DF realiza a fin

de dar cumplimiento a las atribuciones señaladas en el articulo 61, fracciones IV y X,

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del Reglamento Interior de la Administración Publica del Distrito Federal, no son orientadas

de manera equitativa entre la población objetivo.

En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con

el oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín

Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa

documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se encontraba la nota informativa

sin número, ni fecha suscrita por el Ing. Rubén Fuentes Rodríguez, Director de la Pensión

Alimentaria, del IAAM-DF con la que señala que “durante 2008 el Instituto para la Atención

de los Adultos Mayores en el Distrito Federal no contó con recursos para realizar acciones de

difusión”.

Al respecto, el sujeto fiscalizado no aporta documentación específica, por lo que este

resultado no se modifica.

Recomendación APPD-101-08-50-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención

de los Adultos Mayores en el Distrito Federal implemente los mecanismos de control

necesarios que le permitan contar con documentación soporte del desarrollo de las acciones

realizadas en materia de difusión, reconocimiento y ejercicio de los derechos de las

personas adultas mayores; así como de la promoción de los programas de gobierno en favor

de este grupo poblacional, derivadas del Reglamento Interior de la Administración Publica

del Distrito Federal.

24. Resultado

Objetividad en Mecanismos de Evaluación y Supervisión

El articulo 40, fracción I del Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión

Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal,

señala que la SDS es la instancia normativa y a la que le corresponde determinar la

normatividad relacionada con la Pensión Alimentaria; asimismo, el articulo 41, fracción III,

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379 VOLUMEN 12/13

dispone que el IAAM-DF es la instancia operativa y deberá definir e instrumentar un sistema

de evaluación de la operación e impacto social de la pensión. En el documento denominado

Lineamientos de Operación del Programa de Pensión Alimentaria para Adultos Mayores

de 70 años, Residentes en el Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal, el 31 de enero de 2008, vigentes durante el periodo de revisión de la presente

auditoría de desempeño, en el Apartado J, dispone que el seguimiento y evaluación de los

avances relacionados con la Pensión Alimentaria y de sus acciones se evalúan en el

Comité de Control y Auditoria, a través de la aplicación de la Encuesta de Percepción del

Beneficiario y Evaluación de la Operación de la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores

de 70 años Residentes en el Distrito Federal e Informes Mensuales de Avances Físicos

y Financieros enviados a la Contraloría Interna en la SDS.

Con el propósito de verificar el cumplimiento de la obligación de presentar los Informes

de Avances Físicos Financieros se solicitó con atenta nota 015/10-APPD/101/08, del 7 de

abril de 2010 a la SDS que proporcionara copia de diversos informes presentados por la

Secretaria, en este sentido, con oficio SRM/349/2010 del 20 de abril de 2010, el sujeto

fiscalizado entregó copia de 9 oficios enviados por esa dependencia a la Contraloría

Interna en la SDS, presentando los formatos correspondientes al ejercido del capítulo

4000 “Ayudas Subsidios y Transferencias”; con los cuales se pudo constatar el envío

de la información correspondiente a los meses de enero-junio, enero-julio, enero-agosto,

enero-septiembre, enero-octubre, enero-noviembre y enero-diciembre, todos ellos de 2008.

El análisis de su contenido se localiza en los resultados de la Vertiente de Economía

del presente informe.

Por lo que se refiere a otro tipo de evaluaciones, se solicitó al IAAM-DF con atenta nota

07/10-APPD/101/08 del 25 de febrero de 2010, que proporcionara los informes o reportes

de seguimiento y evaluación del Programa de la Pensión Alimentaria para Adultos

Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal. En respuesta, con oficio

IAAM/DA/255/2010 del 9 de marzo de 2010, el IAAM-DF informó que el Comité de Control

y Auditoria no operó durante 2008, y solamente entregó los Resultados de la Encuesta de

Percepción Ciudadana aplicada en noviembre de 2008 y presentada ante el Consejo

Asesor para la Integración, Asistencia, Promoción y Defensa de los Derechos de las

Personas Adultas Mayores, en la Sesión Trigésima Primera en febrero de 2009.

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380 VOLUMEN 12/13

Encuesta de Percepción Ciudadana 2008, aplicada por el IAAM-DF

En este mismo Apartado J de los Lineamientos citados,51 se dispone que en la Encuesta

de Percepción del Beneficiario y Evaluación de la Operación de la Pensión Alimentaria se

deben considerar los siguientes indicadores:

1. Perfil del derechohabiente,

2. Exploración de algunas áreas de riesgo de la situación de salud de los pensionados,

3 .Evaluación de la operación de la Pensión Alimentaria,

4. Impacto de la Pensión Alimentaria,

5. Conocimiento y usos de los servicios y medicamentos gratuitos.

A fin de constatar la objetividad en el diseño y transparencia con que la encuesta citada

fue diseñada y aplicada, se realizó un análisis de la información proporcionada con por el

sujeto fiscalizado, presentada con oficio DPA/161/09 del 27 de noviembre de 2009, suscrito

por la Directora de la Pensión Alimentaria, en respuesta al requerimiento formulado con

la atenta nota 02/09–APPD/101/08, del 24 de noviembre de 2009. Como resultado del

análisis, se destaca lo siguiente:

● Metodología

Se diseñó una muestra aleatoria, con un tamaño de 2000 encuestados, con un nivel de

confianza de 95% y un margen de error de + 2.5 %; la encuesta se aplicó con un efecto

de diseño de 1.8% de reposición, previendo un 12% de encuestas no válidas, una tasa de

mortalidad aproximada del 8% anual y un 15% de bajas por otras causas.

A fin de corroborar el comportamiento de años anteriores para la determinación del

tamaño de la muestra, se analizaron los resultados de las encuestas aplicada en los años

51 Lineamientos y Mecanismos de Operación de los Programas Sociales a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social

y Organismos Sectorizados 2008, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero de 2008.

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2005 a 2008, de lo cual se observó que aun cuando cada año el tamaño del universo

es mayor, se registra una disminución en el tamaño de la muestra como se presenta a

continuación:

(Beneficiarios)

Elementos de la metodología 2005 2006 2007 2008

Padrón 381,500 390,500 414,023 430,000 Muestra 2,748 2,748 2,000 2,000 Instrumentos aplicados n/a 2,310 1,743 1,712

● Diseño del instrumento

A fin de constar que en el diseño del instrumento se hayan contemplado los indicadores

establecidos en los lineamientos en cuestión; se revisó la copia del formato “Encuesta de

Percepción de los Adultos Mayores con relación a la Pensión Alimentaria Noviembre 2008”,

del cual se pudo corroborar que constó de 65 preguntas cerradas que abordaron diversas

temáticas, y que a todas ellas corresponden a los indicadores establecidos en el documento

normativo. Dichas temáticas se resumen a continuación, e incluyen las siguientes:

1. Perfil General del Adulto Mayor: nombre, domicilio, fecha de nacimiento, sexo,

y el número de visitas realizadas con el propósito de aplicar la encuesta.

2. Evaluación de la operación del Programa de la Pensión Alimentaria para Adultos

Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal, y del Programa de Visitas

Médicas Domiciliaria: en este apartado se realizan cuestionamientos sobre los lugares

en los que se realizó la solicitud de incorporación al padrón de beneficiarios; usos de

la tarjeta plástica y acerca de cómo se considera el trato que reciben de las Educadoras

Comunitarias, los lugares en los que realiza sus compras y sobre la atención que le

brindan los médicos en las visitas domiciliarias.

3. Percepción del beneficiario: En torno a los beneficios y satisfacciones que perciben

a partir de que cuentan con la tarjeta de la Pensión Alimentaria.

4. Red Social: Se hacen cuestionamientos relacionadas con su vida diaria a nivel

familiar, comunitario y social, en el sentido del trato y atención que reciben de estos

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sectores, así como para conocer los medios de comunicación que tiene con cada

uno de ellos.

5. Violencia: Cuestionamientos que se realizan a fin de saber si actualmente el adulto

mayor es victima de violencia familiar o comunitaria (discriminación).

6. Salud: A fin de conocer las condiciones físicas en las que el adulto mayor se encuentra.

7. Riesgos: Conocer los riesgos a los que se enfrentan tanto en casa como en la comunidad

a causa de las condiciones físicas en las que se encuentran.

La encuesta también está integrada por tres apartados que son: “Escala de Actividades

Básicas de la Vida Diaria (Katz)”, “Escala de Actividades Instrumentadas en la Vida Diaria

(Luwton)” y “Cuestionario para la Detección de Desnutrición”.

A fin de constatar que los indicadores correspondientes estén contenidos en las temáticas

contempladas en la encuesta, se realizó el análisis del contenido de los rubros de

resultados de las encuestas aplicadas en los años 2005 a 2008; obteniendo la siguiente

información, que indica si para cada uno de los años analizados los indicadores estuvieron

contenidos en las temáticas:

Indicadores Temáticas 2005 2006 2007 2008

1. Perfil del derechohabiente Perfil de los derechohabientes de la pensión alimentaria

X X X X

Atención médica X X X X Red social X X X X Riesgos X X X X

2. Exploración de algunas áreas de riesgo de la situación de salud de los pensionados

Atención, violencia y discriminación X X X X 3. Evaluación de la operación

de la pensión alimentaria Evaluación de la operación del Programa de Pensión Alimentaria

X X X X

4. Impacto de la pensión alimentaria Percepción del adulto mayor X X X X Visitas médicas domiciliarias X X X 5. Conocimiento y usos de los servicios

y medicamentos gratuitos Servicios médicos y medicamentos gratuitos

X X

En el cuadro anterior se observa que para las encuestas de los años 2007 y 2008, ya no se

contempla el indicador de Conocimiento y Usos de los Servicios y Medicamentos Gratuitos

establecidos en los lineamientos de operación antes mencionados; lo cual obedece a que

hasta el 29 de junio de 2007 el IAAM-DF era una unidad administrativa dependiente de la SS

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y que a partir de las modificaciones al Reglamento Interior de la Administración Pública

del Distrito Federal,52 se integra a la SDS, no obstante, los indicadores establecidos en los

lineamientos continúan siendo los mismos que se han evaluado desde el año 2005.

Del análisis anterior se observa que los cuestionamientos definidos en el formato de dicha

encuesta, realizados en materia de evaluación de la operación del Programa de la Pensión

Alimentaria para Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal, no son

suficientes para cumplir con una evaluación objetiva de la operación, debido a que no se

realizan cuestionamientos directos sobre la atención recibida durante los diferentes

procedimientos de operación del programa como son aquellos en los que da una

interacción directa entre beneficiarios, Educadoras Comunitarias y médicos. De igual forma,

no se hacen preguntas directas acerca de los tiempos de espera para la integración de los

beneficiarios al padrón, al ser dados de alta y para la entrega de tarjetas, entre otros.

● Aplicación del instrumento

La aplicación de la encuesta se llevó a cabo en el periodo comprendido entre el 20 de

octubre al 8 de diciembre de 2008, con la participación de 20 Coordinadores Regionales

y 95 Capacitadores en las 16 Delegaciones, distribuyéndose de manera proporcional al

número de derechohabientes de la siguiente manera:

(Derechohabientes y por cientos)

Delegación Universo Cuestionarios Porcentaje

Total 430,000 2,000 100.00 Álvaro Obregón 31,379 142 7.10 Azcapotzalco 26,090 112 5.60 Benito Juárez 27,886 121 6.05 Coyoacán 36,368 144 7.20 Cuauhtémoc 32,533 147 7.35 Cuajimalpa de Morelos 4,769 29 1.45 Gustavo A. Madero 69,474 315 15.75 Iztacalco 24,470 128 6.40 Iztapalapa 66,049 334 16.70 Magdalena Contreras 9,858 53 2.65 Miguel Hidalgo 20,209 94 4.70 Milpa Alta 4,043 17 0.85 Tláhuac 10,060 47 2.35 Tlalpan 23,693 101 5.05 Venustiano Carranza 28,197 150 7.50 Xochimilco 14,922 66 3.30

52 Decreto Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 29 de junio de 2007, por el que se reforman diversas

disposiciones del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. artículo 7, fracción VI, Numeral 2.

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Se observó que solamente se aplicaron 1,712 instrumentos y que el restante 14.6 % no

fue aplicado porque el derechohabiente no fue localizado en su domicilio, estaba de

vacaciones, por discapacidad o fallecimiento y que dichos elementos seleccionados

no fueron sustituidos.

● Resultados

Como se señaló con anterioridad los resultados de la encuesta se presentaron en la

Trigésima Primera Sesión Ordinaria del Consejo Asesor para la Integración, Asistencia,

Promoción y Defensa de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, celebrada

el 25 de febrero de 2009, y en el informe de resultados denominado “Encuesta de

Percepción sobre Beneficios y Evaluación de la Pensión Alimentaria para Adultos

Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal”, se reporta que el padrón de

beneficiarios tuvo un incremento de 42,470 nuevos pensionados, y por 3,801 reingresos;

que se dieron de baja 32,743 pensionados por las siguientes causales: por fallecimiento,

cambio de domicilio o por no encontrarse al momento de las visitas de seguimiento. De la

misma manera, se informa que en 2008 se realizaron más de dos millones ochocientas

mil visitas domiciliarias.

A fin de constar la congruencia de las cifras establecidas en el informe de resultados de la

encuesta, estás se cotejaron con las cifras reportadas por el IAAM-DF en las Cedulas

de Estadísticas Básicas de la SDS, lo que permitió verificar que las cifras plasmadas no

son del todo congruentes, como es el caso de las visitas médicas y visitas domiciliarias,

tal como se muestra a continuación:

Actividad Datos de la encuesta Cedulas de Estadísticas Básicas de la SDS

Altas 46,721 46,721

Nuevos ingresos 42,470 42,470

Reingresos 3,801 3,801

Bajas 32,743 32,743

Visitas domiciliarias + de 2,800,000 2,846,755

Visitas médicas domiciliarias 16,562 16,861

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A continuación se presentan de manera especial los siguientes resultados de la encuesta

de percepción ciudadana:

1. Evaluación de la operación del Programa de Pensión Alimentaria para Personas Adultas

Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal:

● El 98.2% manifestó que nadie le había solicitado pago o propina, ni condicionado

de alguna manera la entrega de la tarjeta de la Pensión Alimentaria.

● En relación al trato recibido por el personal del instituto, un 70% considera que es

muy bueno y un 29% bueno.

● Un 60% informó haber recibido una visita domiciliaria en los últimos tres meses

y para el 1% el lapso desde la última visita superaba los seis meses.

● Nueve de cada diez adultos mayores derechohabientes del programa, firmó

directamente su tarjeta.

● El 92% de los adultos mayores acude personalmente a realizar sus compras

y el 63% decide sólo sobre sus compras.

● La mayoría de las compras que se realizan con la tarjeta se hacen en

supermercados; en relación a la compra más reciente destaca las compras de

alimentos, medicamentos y artículos de higiene personal.

2. Percepción de beneficios de Pensión Alimentaria:

● El 94% señala que el beneficio es muy bueno.

● El 81% que el beneficio es de gran relevancia económica.

● Un 87% manifiesta sentirse más feliz desde que cuenta con la tarjeta, asimismo

en el informe se destaca el hecho de que, de manera espontánea el adulto mayor

manifiesta como beneficios de contar con la tarjeta, el haber mejorado su

alimentación, el sentirse más seguro e independiente, el comprar cosas que antes

no compraba y el poder contribuir al gasto familiar.

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3. Programa de Vistas Médicas Domiciliarias:

● En 2008 se contó con 40 médicos generales capacitados en aspectos geriátricos

y gerontológico que iniciaron actividades en el mes de abril, realizando 16,562

valoraciones a personas adultas mayores en su domicilio y otorgando 1815 consultas

de seguimiento a adultos mayores, disfuncionales qué se remitieron al Centro de

Salud o Unidad Médica más cercana; estas cifras fueron corroboradas como se

establece en el cuadro antes presentado.

● De los adultos mayores entrevistados el 5% mencionó haber recibido en su domicilio

la visita de un médico del IAAM-DF junto con su Educadora Comunitaria.

● Del total anterior el 54% calificó la atención de este equipo como muy buena

y el 45% como buena.

● Una tercera parte de los adultos mayores señaló que se le prescribió medicamento;

y el 33% lo adquirió con la tarjeta de la Pensión Alimentaria.

4. Análisis comparativo de los resultados obtenidos en la aplicación de las encuestas

de evaluación y percepción durante los años de 2005, 2006, 2007 y 2008; del cual se

observó que:

● En materia de género, la composición de la población beneficiada se ha mantenido

constante durante estos cuatro años, el 63% son mujeres y un 37% son hombres.

● En lo que respecta a la evaluación de la operación del programa, se detectó que

en 2006 el 66% de los adultos mayores consideraron que el trato que les brindaron

las Educadoras Comunitarias fue muy bueno, aumentado esta consideración al 70%

para 2007 y 2008.

● En 2005 y 2006 un 100 % de los encuestados informaron contar con la tarjeta de

Pensión Alimentaria, no así en 2007 y 2008, años en que esta consideración

disminuye un 1.5%, aunque este mismo porcentaje informa que cuenta con la

tarjeta pero no la pudo mostrar al momento de la aplicación de la encuesta.

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La información anterior fue verificada, contando con la evidencia suficiente y competente,

misma que permite concluir que el IAAM-DF cumple con los términos de las disposiciones

contenidas en los Lineamientos de Operación del Programa de Pensión Alimentaria para

Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal; asimismo se constató que

se realizó de manera transparente y oportuna la aplicación de la encuesta de percepción

como mecanismo de seguimiento y evaluación, y que se presentaron sus resultados ante

las instancias correspondientes y se divulgaron a través de los medios establecidos.

25. Resultado

Oportunidad en la Atención de Quejas e Inconformidades

En el Apartado H de los Lineamientos de Operación del Programa de Pensión Alimentaria

para Adultos Mayores de 70 años Residentes en el Distrito Federal vigentes en 2008, se

incluye “Procedimiento de Queja o Inconformidad Ciudadana”, donde se establece que

para la atención o seguimiento de los casos, el adulto mayor, familiar o representante

puede reportar su queja o inconformidad a través de los siguientes medios:

● Módulos de atención del IAAM-DF, localizado en el Centro de Salud más cercano a su

domicilio, con la Educadora Comunitaria.

● Módulo de atención del IAAM-DF, ubicado en Río Volga No. 77, Colonia Cuauhtémoc,

Delegación Cuauhtémoc, de lunes a viernes de 9:00 AM a 3:00 PM.

● Correo electrónico: ad_mayor @df.gob.mx del IAAM-DF.

● En áreas del Gobierno del Distrito Federal como la Oficina de Atención Ciudadana de

Gobierno Central.

De igual manera, se dispone que para su atención las quejas e inconformidades serán

canalizadas a la Dirección de Operación de la Atención al Adulto Mayor del IAAM-DF.

Con el objeto de constatar que el IAAM-DF a través de la Dirección de Operación de la

Atención al Adulto Mayor, haya atendido con oportunidad las quejas e inconformidades

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presentadas o referenciadas a este instituto por otras instancias, se solicitó con atenta

nota 02/09-APPD/101/08 del 24 de noviembre de 2009, al sujeto fiscalizado que informará

sobre las quejas e inconformidades recibidas durante el ejercicio fiscal 2008.

Al respecto, con oficio DPA/161/09 del 27 de noviembre de 2009, suscrito por la Directora

de la Pensión Alimentaria, Lic. Alma Mireya Navarro Cruz, el IAAM-DF entrega una

relación con la descripción de 25 quejas, la cual contiene nombre del ciudadano quejoso,

descripción de la queja, área donde se presenta la queja, oficio de referencia y oficio de

atención a la queja.

A partir del análisis de dicha información se observó que las quejas ciudadanas fueron

motivadas por: la falta de atención a la solicitud de incorporación al Programa de la

Pensión Alimentaria; solicitud de reincorporación al padrón de derechohabientes; solicitud

de incorporación al padrón de derechohabiente; mal uso de la tarjeta por parte de los

representantes y otras. Así mismo se consigna que estas quejas fueron canalizadas al

IAAM-DF por diversas Instancias como son: La Comisión de Derechos Humanos del

Distrito Federal (CDHDF); La Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de

Salud Federal; la Procuraduría Social del Distrito Federal (PROSOC) y a través del correo

electrónico del mismo IAAM-DF; como se muestra a continuación:

(Frecuencia y por cientos)

Instancias de canalización de las quejas Causa Frecuencia Proporción Medio Frecuencia Proporción

Total 25 100.00 Total 25 100.00 Solicitud de incorporación al padrón 7 28.00 CDHDF 18 72.00

Solicitud de reincorporación al padrón 7 28.00 PROSOC 1 4.00

Falta de atención 7 28.00 Secretaría de Salud Federal 1 4.00

Mal uso de la tarjeta, por parte del representante 3 12.00 Correo electrónico

IAAM-DF 5 20.00

Otro 1 4.00

Con la finalidad de constatar lo anterior y estar en posibilidades de determinar la oportunidad

en la atención, se solicitó al sujeto fiscalizado con atenta nota 09/10-APPD/101/08 del

2 de marzo de 2010 que proporcionara los oficios de canalización de cada instancia

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receptora, así como los oficios de atención girados por la Dirección de Operación de la

Atención al Adulto Mayor.

En respuesta, con oficio IAAM/DA/305/10 del 1 de marzo de 2010, el sujeto fiscalizado

entregó 16 oficios de la CDHDF, 1 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la

Secretaría de Salud Federal y 5 impresiones de correo electrónicos, así como 20 oficios

de atención girados por la Dirección de Operación de la Atención al Adulto Mayor,

documentos que permitieron constatar que el IAAM-DF brindó atención a dichas quejas

en un periodo de entre 2 y 53 días hábiles; mientras que para 5 de las 25 quejas

mencionadas en el reporte proporcionado por el IAAM-DF, no fue posible determinar el

tiempo de atención, ya que el sujeto fiscalizado no proporcionó dos oficios de referencia

de la CDHDF, uno de la PROSOC y dos de correos electrónicos del IAAM-DF.

A continuación se muestra el análisis de los tiempos de atención a quejas e inconformidades

ciudadanas:

(Días)

Tiempo de atención días hábiles

Número de quejas

Días promedio de atención

Total 20* 100.00 0 a 5 5 25.00 6 a 10 6 30.00 11 a 15 4 20.00 16 a 20 3 15.00 21 a 25 0.00 26 a 30 0.00 50 a 55 2 10.00

* En cinco casos no fue posible identificar el tiempo de atención.

En la tabla anterior se observa que al 55.0% de los casos se les brindó atención en un

máximo de 10 días hábiles; al 35.0% se les atendió en un tiempo de 20 a 30 días hábiles,

y al 10,0% restante entre 50 y 55 días hábiles.

De igual forma se constató que el 28.0% de las quejas fueron motivadas por una solicitud

de reincorporación; ya que los adultos mayores consideraban que su baja del padrón

no fue justificada, un 28.8% se dio por falta de atención; ya que los adultos mayores

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solicitaron la incorporación y no fueron visitados y un porcentaje similar realizó la queja

para conocer los mecanismos de incorporación al padrón de derechohabientes, entre

otras causales.

En esta materia, con el primer requerimiento de información formulado por la CMHALDF,

a través del oficio APPD/09/466 del 26 de agosto de 2009, de la Dirección General de

Auditoría Programática Presupuestal y de Desempeño, se le solicitó al sujeto fiscalizado

que proporcionara información sobre las quejas e inconformidades presentadas ante la

Contraloría Interna en la SDS; por lo que con oficio DGA/2691/2009 del 7 de septiembre

de 2009, el sujeto fiscalizado proporcionó copia de dos oficios a través de los cuales

se hace del conocimiento de la Dirección General del IAAM-DF de la queja interpuesta en

contra de dos Educadoras Comunitarias, por presuntas irregularidades administrativas.

Al respecto, también se entregó copia de los oficios de contestación por parte del IAAM-DF

a través de la Dirección General de Operación de la Atención al Adulto Mayor, en los

cuales señalan que proporcionan para el proceso de trámite, copia de los expedientes de

los quejosos, atendiendo el requerimiento de la Contraloría Interna en la SDS en un plazo

no mayor a cinco días hábiles.

A fin de constatar la resolución de los procedimientos de queja, se solicitó a la Contraloría

Interna en la SDS, mediante atenta nota 16/10-APPD/101/08 del 13 de abril de 2010, que

proporcionara copia de las resolución de las quejas interpuestas en contra de dos servidores

públicos adscritos al IAAM-DF; en respuesta, con oficio CG/CISEDESO/JUDQDR/0490/2010

del 14 de abril del 2010, el Órgano de Control Interno informa que:

a) Expediente CG/CI-SDS/G/0047/2008

Queja en contra de la Educadora Comunitaria adscrita al IAAM-DF, por haber recogido la

tarjeta de Pensión Alimentaria argumentando que el quejoso era extranjero y no vivía en

el domicilio proporcionado en la Carta Compromiso.

La Contraloría Interna en la SDS, resuelve con oficio CG/CI-SDS/QDYR/0154/2009 del 3 de

marzo de 2009, dirigido al quejoso, que no da lugar a continuar con la investigaciones

del presente asunto, toda vez que no existen elementos que hagan presumir de alguna

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irregularidad administrativa por parte del personal adscrito al IAAM-DF; ya que como

consta en reporte de visitas domiciliarias la baja del padrón se dio con apego al reglamento,

habiéndose realizado tres visitas domiciliarias al quejoso sin que fuera localizado en su

domicilio.

b) Expediente CI/SDS/D/0116/2008

Queja en contra de la Educadora Comunitaria adscrita al IAAM-DF, por haber tratado con

prepotencia a los padres del quejoso, ya que no cumplía con las visitas domiciliarias de

acuerdo a su obligación.

Acuerdo de improcedencia de fecha 25 de febrero de 2010, en el cual la Contraloría

Interna en la SDS señala que “En virtud de que del análisis de los elementos que integran

los presentes autos no se reunieron suficientes elementos de hecho y derecho que

permita evidenciar de probables responsabilidades administrativas del servidor público

involucrado se acuerda el archivo de este expediente”.

En resumen, en materia de presentación de quejas, denuncias o inconformidades por

parte de los derechohabientes de la Pensión Alimentaria, en el periodo sujeto a revisión,

año de 2008, y por los mecanismos antes citados, únicamente se canalizaron 25 quejas,

cantidad no representativa del número de beneficiarios, el cual llegó a 430,000 respecto

del cual se llevaron a cabo 1,750,000 acciones reportadas en el mismo periodo, relacionadas

con las visitas domiciliarias de incorporación, seguimiento y atención a pensionados.

Se aprecia el desconocimiento por parte de los derechohabientes de la Pensión

Alimentaria, familiares o representantes, acerca de los medios de presentación de quejas

e inconformidades, los cuales están establecidos en los Lineamientos de Operación del

Programa de Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 años Residentes en el

Distrito Federal, y en el Reglamento de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión

Alimentaria para los Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal

vigente en 2008; ya como se observó, el 80% de las quejas fueron referidas al IAAM-DF

a través de otras instituciones, y únicamente el 20% fueron captadas a través del correo

electrónico del instituto; lo que denota que los mecanismos descritos en los ordenamientos

legales no son divulgados de manera clara hacia la población objetivo.

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De igual forma, se observa el desconocimiento de los términos del artículo 39 del

reglamento señalado; en el cual se establece que el derechohabiente o su representante

voluntario podrán solicitar hasta por tres ocasiones más su reinscripción al padrón;

así como los términos del artículo 49 de este ordenamiento, en el cual se dispone que en

materia de inconformidades, y “a fin de garantizar la exigibilidad del derecho a la Pensión

Alimentaria, el adulto mayor, el derechohabiente o su representante podrán expresar

su no conformidad respecto a: I. El incumplimiento de la normatividad de la Pensión

Alimentaria por parte del personal del Instituto. II. Saldos depositados en la tarjeta

electrónica. III. Las bajas indebidas del Padrón de Derechohabientes”; ya que como

se observó, el 28% de las quejas estuvo motivada por la solicitud de reincorporación

al padrón de beneficiarios.

En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2010, el sujeto fiscalizado con el

oficio DGA/1360/2010, de la misma fecha, suscrito por el Ciudadano Ricardo Martín

Hernández Ramírez, Director General de Administración, de la SDS, presentó diversa

documentación integrada por 134 folios, entre los cuales se encontraba la nota informativa

sin número, ni fecha suscrita por el Ing. Rubén Fuentes Rodríguez, Director de la Pensión

Alimentaria, del IAAM-DF con la que señala que “a fin de reforzar la exigibilidad de

derecho a la Pensión Alimentaria se ha redactado en el Reglamento de la Ley que

Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años

Residentes en el Distrito Federal un apartado especifico denominado “Del Escrito de No

Conformidad”.

Al respecto se revisó el citado reglamento publicado en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 5 de noviembre de 2009, cuyo contenido remite al proceso a través del cual los

beneficiarios de la Pensión Alimentaria pueden presentar la carta de no conformidad y los

tiempos de atención por parte del IAAM-DF.

No obstante lo anterior, la observación plantea la necesidad de contar con procesos de

divulgación entre los derechohabientes de la Pensión Alimentaria, para que conozcan sus

derechos y las instancias para la presentación de quejas e inconformidades. En tal virtud

el presente resultado no se modifica.

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Recomendación APPD-101-08-51-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención

de los Adultos Mayores en el Distrito Federal instrumente mecanismos de difusión entre

los derechohabientes de la Pensión Alimentaria, acerca de los medios a través de los

cuales pueden presentar quejas e inconformidades.

Recomendación APPD-101-08-52-SDS

Es necesario que la Secretaría de Desarrollo Social a través del Instituto para la Atención

de los Adultos Mayores en el Distrito Federal instrumente acciones de difusión sobre las

causales de baja del padrón de beneficiarios y sobre los procedimientos para ejercer el

derecho de reincorporación, a fin de dar cumplimiento a lo señalado en el Reglamento de

la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta

Años Residentes en el Distrito Federal.

Percepción del Ciudadano Beneficiario

26. Resultado

Niveles de Satisfacción acerca de los Apoyos y Servicios Recibidos por el IAAM-DF

Con la finalidad de conocer la percepción de los adultos mayores de 70 años

derechohabientes de la Pensión Alimentaria, acerca de los apoyos y servicios recibidos

del personal del IAAM-DF, así como de los beneficios obtenidos a partir de éstos, el personal

auditor, diseñó una encuesta de percepción, la cual se aplicó a 400 adultos mayores

derechohabientes del Programa de Pensión Alimentaria.

1. Metodología para la determinación de la muestra

Se realizó la selección de la muestra a partir de un universo de 430,000 derechohabientes

de la Pensión Alimentaria, utilizando una técnica de muestreo por atributos,53 con un nivel

de confianza de 95% error tolerable del ± 5%, y un error esperado del 3%, obteniendo una

muestra de 400 derechohabientes por encuestar. 53 Normas y Procedimientos de Auditoria y Normas para Atestiguar, Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Guía 6060,

29a. edición.

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2. Diseño y aplicación del instrumento

Por otra parte se diseñó el instrumento con 28 preguntas, distribuidas en cuatro apartados

que son: difusión de los derechos de los adultos mayores en el Distrito Federal; Pensión

Alimentaria para adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal; visitas

médicas domiciliarias e impacto social, a partir de los siguientes objetivos e hipótesis:

Objetivo Hipótesis Preguntas

Difusión de los derechos de la personas adultas mayores 1. ¿Conoce los derechos que como adulto mayor tiene en el Distrito Federal? Sí No 2. ¿Conoce los servicios y apoyos que ofrece el Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal? Sí No

Conocer el impacto de las acciones de difusión de los derechos de los adultos mayores en los derechohabientes de la pensión alimentaria.

Los adultos mayores derechohabientes del "Programa de la Pensión Alimentaria" se encuentran empoderados a partir del conocimiento pleno y ejercicio de sus derechos.

3. ¿Conoce el contenido de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores del Distrito Federal? Sí No

4. ¿Conoce el contenido de la Ley que Establece el Derecho a la Pensión Alimentaria de las Personas AdultosMayores de Setenta Años Residentes en el Distrito Federal? Sí No

5. ¿Durante el último año ha recibido por parte del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, alguna plática, curso o folleto en el que le hayan hablado sobre los derechos de los adultos mayores en el Distrito Federal? Sí No

6. ¿Por qué medio se enteró de la pensión Alimentaria que ofrece el Gobierno del Distrito Federal? Cartel, visita domiciliaria, radio, TV u otro.

Pensión Alimentaria para adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal 7. ¿En que lugar solicitó la pensión alimentaria para adultos mayores de 70 años residentes en el Distrito Federal? IAAM-DF Módulo del Centro de Salud Oficina del GDF Otro (Especificar) 8. ¿A partir de que año recibe la Pensión Alimentaria que le otorga el Gobierno del Distrito Federal?

Identificar la opinión que los adultos mayores tienen acerca de los trámites realizados para obtener la Pensión Alimentaria para adultos mayores de 70 años en el DF.

Los derechohabientes del Programa de la Pensión Alimentaria consideran que los servicios prestados por el Instituto para la Atención de los Adultos. Mayores en el Distrito Federal, a partir de la solicitud de incorporación al padrón ha sido eficiente.

9. ¿Cuánto tiempo transcurrió a partir de que realizó la solicitud de la pensión alimentaria y la fecha en que le entregaron su tarjeta? 1 a 3 meses 4 a 6 meses Más de 6 meses

10. ¿Durante el último año, cuantas visitas de seguimientopor parte de las Educadoras Comunitarias ha recibido en su domicilio? Número

Continúa…

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… Continuación

Objetivo Hipótesis Preguntas 11. ¿Cómo considera la atención recibida en los

establecimientos mercantiles autorizados para recibir la tarjeta de la pensión alimentaria. Buena Regular Mala

12. ¿Durante el último año, cuantas visitas de seguimientopor parte de las Educadoras Comunitarias ha recibido en su domicilio? Número

13. ¿Durante el último año, tuvo algún problema con los depósitos que le realizaron en su tarjeta? Sí No

14. ¿Usted ha presentado alguna queja o denuncia relacionada con los servicios recibidos por el Instituto a partir de su incorporación al padrón de derechohabientes de la Pensión Alimentaria? Sí ¿En donde? No

15. ¿El tiempo de atención para brindarle seguimiento y solución a su queja o denuncia fue? 1 a 4 meses Más de 4 meses

Visitas médicas domiciliarias Identificar el nivel de satisfacción de los servicios recibidos en la valoración geriátrica integral que los médicos del programa de visitas médicas domiciliarias realizan a los derechohabientes de la Pensión Alimentaria.

Los adultos mayores beneficiarios del Programa de Visitas Médicas Domiciliarias, consideran que han recibido atención adecuada y cuidados acordes a sus padecimientos y necesidades.

16.- ¿Durante al ultimo año ha recibido alguna visita médica en su domicilio por parte de los médicos del Instituto para la Atención al Adulto Mayor en el Distrito Federal? Sí ¿Cuántas? No

17. ¿En caso de que le hubieran recetado medicamentos, por que medio los obtuvo?

Tarjeta de Pensión Alimentaria Otro Centro de Salud del GDF

18. ¿Durante la visita médica domiciliaria el médico • Le realizó una valoración geriátrica integral. • Le informó a usted o a un familiar sobre resultados de

la valoración. • Le brindó recomendaciones de cuidado en domicilio. • Le indicó un tratamiento según su plan de intervención. Sí No

Impacto social Identificar la percepción acerca impacto social, económico y de salud, que los adultos mayores de 70 años derechohabientes de la pensión alimentaria tienen sobre los beneficios obtenidos a partir de su incorporación a padrón de beneficiarios.

Los adultos mayores que perciben ayudas y servicios del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal consideran que la atención recibida ha sido eficiente y oportuna pero que no es suficiente para el mejoramiento de sus condiciones socioeconómicas.

19. ¿Sabe Usted en que consiste la violencia contra los adultos mayores? Sí No 20. ¿Considera que actualmente Usted, es objeto de algún tipo de violencia? Sí ¿De que tipo? 21. ¿En alguna ocasión el personal del Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, ha tenido que intervenir para que usted no sea objeto de algún tipo de violencia? Sí No

Continúa…

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… Continuación

Objetivo Hipótesis Preguntas

22. ¿Con quien vive en su domicilio? Familia Solo Otro

23. ¿Las compras realizadas con su tarjeta de la Pensión Alimentaria son exclusivamente para consumo personal o consumo familiar? Personal Familiar

24. ¿Cuál es el mayor beneficio que le ha brindado el contar con la Pensión Alimentaria?

25. ¿Considera que la Pensión Alimentaria ha contribuidoen el mejoramiento de sus condiciones de? Alimentación Salud Recreación

26. ¿Considera que los apoyos y servicios recibidos como derechohabiente de la Pensión Alimentaria, son suficientes para mejorar sus condiciones de vida? Sí ¿Por qué? No

27. ¿Además de la Pensión Alimentaria, Usted tiene alguna otra fuente de ingresos?

28. ¿Considera que puede realizar algún tipo de trabajo remunerado?

El equipo auditor llevó a cabo la aplicación de la encuesta del 11 de enero al 12 de

febrero de 2010, a una población de 400 derechohabientes de la Pensión Alimentaria de

las 16 Delegaciones.

El número de instrumentos que se aplicaron por Delegación fue determinado de manera

proporcional al número de integrantes del padrón de beneficiarios por Delegación, como

se muestra a continuación:

Delegación Universo Cuestionarios Porcentaje

Total 430,000 100 100.00 Álvaro Obregón 31,379 29 7.25 Azcapotzalco 26,090 24 6.00 Benito Juárez 27,886 26 6.50 Coyoacán 36,368 34 8.50 Cuauhtémoc 32,533 30 7.50 Cuajimalpa de Morelos 4,769 5 1.25 Gustavo A. Madero 69,474 65 16.25 Iztacalco 24,470 23 5.75 Iztapalapa 66,049 61 15.25 Magdalena Contreras 9,858 9 2.25 Miguel Hidalgo 20,209 19 4.75 Milpa Alta 4,043 4 1.00 Tláhuac 10,060 9 2.25 Tlalpan 23,693 22 5.50 Venustiano Carranza 28,197 26 6.50 Xochimilco 14,922 14 3.50

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3. Resultados obtenidos

A partir de la recopilación y del análisis de resultados de esta encuesta, se obtuvieron los

siguientes datos:

a) Difusión de los derechos de los adultos mayores.

● De los adultos mayores encuestados, el 58.2% manifestó conocer sus derechos.

● El 61% desconoce el contenido de la Ley que Establece el Derecho a la

Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de Setenta Años Residentes en el

Distrito Federal y el 39% lo conoce.

Conocimiento de la ley

39.0%

61.0%

Sí No

● El 51% desconoce los servicios y apoyos que ofrece el IAAM-DF, y un 49%

los conoce.

● El 71.6% informó que durante el ultimo año no recibió ninguna plática por

parte del personal del IAAM-DF, en la que se le hablara sobre sus derechos.

● El medio más común por el que un 48% de los encuestados se enteró de la

Pensión Alimentaria, fue por la visita domiciliaria, seguida por un 38.5% de las

personas que se enteraron a través de algún familiar, amigo o conocido,

es decir de voz a voz, y el restante 11.5% se enteró a través de la radio

o televisión.

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b) Evaluación de la pensión alimentaria para adultos mayores de 70 años residentes

en el Distrito Federal.

● El 67% de los encuestados realizó la solicitud de incorporación al padrón de

beneficiarios en el Módulo de Atención ubicado en el Centro de Salud más

cercano a su domicilio, un 31% informó que formuló la solicitud en su domicilio al

momento en que la Educadora Comunitaria le realizó una visita domiciliaria

de promoción y difusión, y el restante 2% en el módulo de atención ubicado

en las oficinas del IAAM-DF.

● El tiempo transcurrido para la entrega de tarjetas es: para el 76% de tres

meses, para el 15% de cuatro a seis y para el restante el 9%, de más de seis.

Entrega de tarjetas

76.2%

14.9%8.9%

1 a 3 meses 4 a 6 meses Más de 6 meses

● Visitas domiciliarias recibidas al año: el 30% recibió tres visitas al año, el 20%

cuatro, el 19% una y el 8% restante más de cinco.

Visitas domiciliarias

7.8%23.3%

29.5%

19.0%

20.5%

1 2 3 4 Más de 5

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● En cuanto al trato que les brindan las Educadoras Comunitarias un 93.6%

considera que éste es bueno.

● El 93% considera que la atención que le brindan en los lugares en los que

realiza sus compras es buena.

● El 95.6% reportó que durante el ultimo año no ha tenido ningún problema

con su tarjeta.

● Del 3.1% que en alguna ocasión ha presentado alguna queja al IAAM-DF,

el 84.6% reporta haber recibido una solución en menos de un mes.

c) Visitas médicas domiciliarias

● El 22.2% ha recibido una visita médica del personal del IAAM-DF en su

domicilio, de los cuales el 100% consideran que se le realizó una valoración

integral.

● Un 14.2% comenta que se les recetó algún medicamento, de los cuales

el 61.5% lo adquirió con la tarjeta de Pensión Alimentaria y el resto a través

de otros medios.

d) Prevención de la violencia contra las personas adultas mayores

● De los adultos mayores encuestados, el 60% sabe en qué consiste la violencia

contra los adultos mayores.

● Del 9.3% de adultos mayores que consideran ser objeto de violencia un 68.5%

sufre violencia familiar y un 31.5% de violencia comunitaria.

e) Impacto social: usos y beneficios de la tarjeta de Pensión Alimentaria

● Un 80% de los adultos mayores encuestados deciden sobre los productos que

se adquieren con su tarjeta.

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Adquisición de productos

80.0%

20.0%

Usted mismo Un familiar

● El 45.7% de estos adultos mayores comparte con su familia el consumo de

los productos adquiridos con la Pensión Alimentaria.

● Para el 51% la pensión alimentaria es el único ingreso que percibe:

Pensión alimentaria, único ingreso

49.0%

51.0%

Sí No

● El 94.3% considera que el mayor beneficio que le ha brindado la tarjeta es el

tener una cantidad segura para la compra de alimentos básicos, un 45%

además de considerar que este apoyo les ayuda a mejorar la alimentación,

también que es un apoyo para mejorar su salud; ya que pueden compran sus

medicamentos con esta tarjeta de Pensión Alimentaria. Y un 35% consideran

sentirse más feliz, porque con este apoyo pueden contribuir al gasto familiar y

comprar cosas que antes no compraban.

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● El área beneficiada a partir de que cuenta con la Pensión Alimentaria es para

el 66% la alimentación, para el 22% la salud y para el restante 2% la recreación.

Área beneficiada con la pensión alimentaria

66.0%2.0%

32.0%

Alimentación Recreación Salud

● El 41% de los adultos mayores encuestados consideran que los apoyos y

servicios recibidos como derechohabiente de la Pensión Alimentaria no son

suficientes para mejorar sus condiciones de vida.

● Un 77.7% considera que aún se encuentran en condiciones de realizar alguna

actividad remunerada.

De lo anterior se concluye que la difusión y promoción de los derechos de los adultos

mayores realizada por el IAAM-DF es deficiente, debido que la mayoría de éstos

desconocen sus derechos y los servicios que se ofrecen, lo que limita el empoderamiento

de esta población para la exigibilidad de su cumplimiento.

Referente a la valoración que los adultos mayores tienen acerca de Programa de la

Pensión Alimentaria para Adultos Mayores de 70 Años Residentes en el Distrito Federal,

en lo que respecta a los procedimientos para la incorporación al programa, se detectó

que ésta es satisfactoria, ya que éstos son realizados conforme a lo establecido en la

normatividad aplicable, asimismo se detectó que los adultos mayores perciben el trato por

parte de las Educadoras Comunitarias como bueno; así como de los encargados de los

establecimientos mercantiles en donde realizan sus compras, además de que manifiestan

que no han tenido ningún tipo de problema con sus depósitos.

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Por lo que respecta a las visitas médicas domiciliarias, el total de los encuestados que al

momento han recibido la visita del médico en su domicilio, consideran que el trato

fue bueno y de manera integral en lo que respecta a la valoración que éstos les realizan.

De igual manera, se observa que el porcentaje de personas que viven violencia familiar no

es significativo, lo que puede atribuirse al impacto que las visitas domiciliarias tiene sobre

este grupo social.

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VI.1.1.4. PROGRAMA: 17 “EDUCACIÓN” (SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL)

Auditoría APPD/103/08

ANTECEDENTES

En el eje estratégico Equidad del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal

2007-2012, se establece el objetivo de incentivar la educación mediante estímulos otorgados

a alumnos de bachillerato inscritos en escuelas públicas entregados de acuerdo con sus

promedios de calificaciones, con la finalidad de que no abandonen sus estudios por falta

de recursos económicos, con ello el Gobierno del Distrito Federal incentivó a que los

alumnos culminen esta etapa de estudios y con ello ingresen a la educación superior en

el Distrito Federal.

En el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 2008,

se asignaron 3,278,157.3 miles de pesos al Programa 17 “Educación”, de los cuales

52,000.0 miles de pesos serían ejercidos por la Secretaría de Educación, mediante el

Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal. En tanto, en la Cuenta Pública

del Gobierno del Distrito Federal de 2008 se indicó que al cierre del año, el Fideicomiso

reportó como recursos erogados en dicho programa 1,308,952.5 miles de pesos, monto

equivalente a un incremento de 2,417.2% con respecto al presupuesto originalmente

autorizado.

El comportamiento físico y presupuestal de la actividad institucional relacionada con el

programa 17 “Educación”, a cargo de la Secretaría de Educación operado por el Fideicomiso

Educación Garantizada del Distrito Federal, se muestra a continuación:

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(Miles de pesos y por cientos)

Presupuesto Variaciones Programa/ Programa Especial/ actividad institucional

Unidad de

medida

Original

(1)

Alcanzada

(2)

Variación relativa

(2) / (1) (3)

Original

(4)

Ejercido

(5)

Absoluta (5) – (4)

(6)

Relativa(6) / (4)

(7)

17 “Educación” 52,000.0 1,308,952.5 1,256952.5 2,417.2 06 “Equidad en la Ciudad” 0.0 1,137,340.1 1,137,340.1 100.0

13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” Estimulo 0.0 216,471 100.0 0.0 1,137,340.1 1,137,340.1 100.0

Total unidad responsable 52,000.0 2,417.2

Con base en el artículo 5o. de la Ley de Educación del Distrito Federal 2008, publicada

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 4 de enero de 2008 el cual establece que:

Todos los habitantes del Distrito Federal tienen el derecho inalienable e imprescindible a

las mismas oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos en todos

los tipos y modalidades que preste el Gobierno del Distrito Federal, al que corresponde

garantizarlo con equidad e igualdad, considerando las diferencias sociales, económicas

o de otra índole de los distintos grupos y sectores de la población, en correspondencia

con sus particulares necesidades y carencias, y sin más limitaciones que la satisfacción

de los requerimientos establecidos por las disposiciones legales respectivas.

En este contexto, durante el mes de octubre de 2007, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal

puso en marcha el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, el cual

tiene como propósito implantar un sistema de estímulos económicos para asegurar que

todos los jóvenes del Distrito Federal que cursan el bachillerato en escuelas públicas en la

entidad puedan hacerlo con éxito, y no lo tengan que abandonar por falta de recursos.

El 21 de diciembre de 2007 se formalizó el primer convenio modificatorio al contrato del

fideicomiso núm. 2152-6, denominado “Educación Garantizada del Distrito Federal”

celebrado entre el Gobierno del Distrito Federal por conducto de la SF y por otra parte

Banco Mercantil del Norte S.A., con el cual se modificó la cláusula primera y quinta1 para

1 “Clausula Primera. Se modifica el inciso b) de la cláusula PRIMERA DEFINICIONES del Contrato del Fideicomiso Educación

Garantizada para quedar como sigue: b) “Beneficiarios de los Programas”: Niños, niñas y jóvenes que cumplan con los lineamientos y mecanismos de operación de los siguientes Programas: i) Programa Educación Garantizada del Distrito Federal.- …, ii) Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal. Los jóvenes inscritos en programas de bachillerato en cualquiera de sus modalidades en instituciones públicas ubicadas en la entidad, que residan en el Distrito Federal, y que no cuenten con otra beca de estudios. iii) Programa Niñ@s Talento.- …, iv) Programa Seguro Contra Accidentes Personales Escolares.- … Cláusula Quinta.- La finalidad general del Fideicomiso, es crear un fondo administrado en forma global, para que con cargo al mismo se proporcionen los apoyos y estímulos correspondientes a los Beneficiarios del Programa Educación Garantizada, del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, del Programa Niñ@s Talentos y del Programa del Seguro contra Accidentes Personales de Escolares, de conformidad con los lineamientos y mecanismos de operación correspondientes. Lo anterior en los términos de la instrucción que por escrito gire el Comité Técnico, en el entendido de que el Fiduciario no es el responsable de la dispersión de las cantidades que al efecto instruya el Comité Técnico; en virtud de lo anterior, las partes acuerdan la definición de los siguientes fines…”.

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incluir, en este fideicomiso, a los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, Programa Niñ@s Talento y Programa Va Segur@.

Con fecha 1o. de octubre de 2007 y 7 de noviembre de 2008, fueron publicadas en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal las Reglas de Operación del Programa de Estímulos

para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, correspondientes a los ciclos escolares 2007-2008 y

2008-2009 respectivamente, y en las cuales se establecen los objetivos, metas, presupuesto,

requisitos y procedimiento de acceso a dicho programa.

OBJETIVO

La auditoría se orientó a evaluar el desempeño de la SE durante el ejercicio de 2008,

en cuanto a las ayudas otorgadas mediante el Fideicomiso de Educación Garantizada,

dichas ayudas comprenden los estímulos otorgados a alumnos de bachillerato inscritos en

escuelas públicas y se les entregó de acuerdo con sus promedios de calificaciones, con la

finalidad de que no abandonen sus estudios por falta de recursos económicos, con ello el

Gobierno del Distrito Federal incentivó a que los alumnos culminen esta etapa de estudios

y con ello ingresen a la educación superior, por medio de la operación del programa

de estímulos de estudiantes de bachillerato actividad institucional 13 pertenecientes al

programa específico 06 “Equidad en la Ciudad” del Programa 17 “Educación”, lo anterior

con la finalidad de verificar la congruencia del Programa General de Desarrollo del Distrito

Federal en la prioridad de sus acciones en materia de educación; la eficacia con que

cumplió el objetivo de promover proyectos estratégicos de desarrollo humano de los

jóvenes de la Ciudad de México, primordialmente en materia de educación; la eficiencia

con que se operó el programa 17 en cuanto a las estrategias y procedimientos para el uso

adecuado de los recursos humanos, materiales y financieros; y la economía con que la

Secretaría aplicó los recursos para el efecto.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

De conformidad con las facultades y atribuciones que expresamente le confieren a la

H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, en sus artículos 74, fracción IV y 122, apartado C, Base primera fracción V,

Inciso c) y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, en su artículo 43, es competencia

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y responsabilidad de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del

Distrito Federal, la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal.

Con base en la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal y el Reglamento Interior de la Contaduría Mayor de Hacienda

de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se determinó incluir a la SE en virtud de

haber recibido el recurso para operar el programa de estímulos a estudiantes de bachillerato

de origen y al FEG por ser el ente que realizó las erogaciones de dicho programa.

La selección de la presente auditoría se sustentó en los criterios de “Interés General”,

“Importancia Relativa” y “Presencia y Cobertura”, en virtud de que en el Programa General

y de Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, se plasmó su importancia para la ciudadanía;

además de que no se ha practicado una auditoría de desempeño a la SE y al FEG.

ALCANCE

Se evaluaron los resultados obtenidos por la SE en 2008, en el cumplimiento de los

objetivos, metas y normas establecidas, encaminadas a incentivar a la juventud de la Ciudad

de México que está cursando la educación media superior para que no la abandonen.

El alcance presupuestal comprendió la revisión de 1,199,684.1 miles de pesos, que equivalen

al 100.0% de los recursos reportados por el FEG como ejercidos en el Programa 17

“Educación”, actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de

Bachillerato Universal” con cargo al capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios, Aportaciones

y Transferencias”.

En materia de congruencia, se analizó el objetivo de la SE y su vinculación con las

prioridades del Distrito Federal en cuanto a formular, diseñar y ejecutar los programas

específicos en materia educativa en la Ciudad de México. Para evaluar la eficacia se

analizaron los procedimientos y la forma en como se utilizaron los recursos humanos,

materiales, financieros y el cumplimiento de los objetivos, relativos a la promoción y

coordinación de la operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí. Para el análisis de la vertiente de economía se revisó el origen, composición y

el destino de los recursos financieros utilizados. Finalmente, para el análisis de la calidad

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de los servicios proporcionados por la SE y se evaluó el grado de satisfacción de quienes

obtienen los beneficios de dichos servicios.

EXAMEN Y EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO

De acuerdo a lo previsto en la Guía para el Estudio y Evaluación del Sistema de Control

Interno, se identificaron cada uno de los objetivos específicos establecidos en el Programa

Institucional 2008-2012 de la SE y del FEG, así como las metas comprometidas para cada

una de las acciones; incluyendo dentro de éstas las que corresponden a la operación del

programa de estímulos a estudiantes de bachillerato en el Distrito Federal. En tal sentido,

se constató que los objetivos contemplados en el programa institucional de referencia

corresponden con los términos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012

correspondiente al Eje 3 “Igualdad de Oportunidades”, en su Objetivo 10 “Reducir las

desigualdades regionales, de género y entre grupos sociales en las oportunidades

educativas”, específicamente en sus Estrategias 10.2 “Reducir las desigualdades regionales,

de género y entre grupos sociales en las oportunidades educativas”, y 10.4 “Promover una

mayor integración, tanto en los distintos niveles educativos, como dentro de los mismos,

para aumentar la permanencia de los estudiantes en el sistema educativo”. También

se constató que tales objetivos corresponden a lo previsto en el Programa General de

Desarrollo del Distrito Federal 2007-2012, en lo que hace al Eje 2 “Equidad” punto 4

del Diagnostico “Desigualdad y Educación”, en específico en lo que se refiere a la línea

Política “Educación”, en donde se señala la creación de un sistema de becas para

estudiantes de las escuelas públicas del Distrito Federal que garanticen la educación hasta

el nivel medio superior.

Por lo que corresponde a la competencia del sujeto fiscalizado, se verificó si el FEG

ejecutó el programa de estímulos de acuerdo con su marco normativo.

En cuanto al criterio de eficacia, se verificó que la SE contara con el Programa Operativo

Anual (POA) autorizado, con un procedimiento de elaboración del anteproyecto de

egresos relativo a la programación-presupuestación de los estímulos otorgados a los

estudiantes y se detectó que la SE carece de documentación que soporte la estimación

de la meta física.

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408 VOLUMEN 12/13

Respecto al criterio de eficiencia, se verificó que el FEG no contó con un Manual Administrativo

ni con procedimientos relativos al programa de estímulos a estudiantes de bachillerato,

asimismo se detectaron variaciones en relación a la aplicación de la estructura orgánica

conforme a lo establecido en el dictamen 7/2008 autorizado y registrado por la CGMA,

se verificó que el FEG no contó con controles ni supervisión del cumplimiento del perfil de

los beneficiarios a quienes se les otorgaron los recursos del programa de estímulos.

En relación al criterio de economía, se constató que en el proceso de elaboración, autorización

y trámite de las Afectaciones Programático-Presupuestarias y Pólizas de Egresos, la SE y

el FEG se apegaron en lo general al Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios

para la Administración Pública del Distrito Federal.

En cuanto al criterio de calidad, se constató que el FEG atendió las solicitudes de la población

objetivo, las cuales se integraron al padrón de beneficiarios, una vez que se integraron las

tarjetas correspondientes. Por lo que hace a la competencia del sujeto fiscalizado, se verificó

que el FEG haya ejecutado de manera general el programa de estímulos de acuerdo con

su marco normativo.

DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Como parte de la revisión del criterio de eficiencia, se analizó el 100% de los expedientes

del personal de estructura del FEG relacionados en la operación del programa; asimismo

se aplicó una encuesta para detectar el cumplimiento del perfil de los beneficiarios del

programa.

Para la determinación de la muestra se utilizó una metodología de muestreo por atributos,

con un nivel de confianza del 95% y un error tolerable del 5%, de la cual se obtuvo un tamaño

de muestra de 334 instrumentos por aplicar, de un universo de 216,471 estudiantes de

bachillerato que reciben estímulos.

Para la revisión del criterio de economía, se analizó el 100% de las Afectaciones Programático-

Presupuestales, generadas por la SE y el FEG correspondientes al presupuesto modificado

de la actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de

Bachillerato”.

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409 VOLUMEN 12/13

En relación con los recursos ejercidos que afectaron esta actividad, por 1,137,340.1 miles

de pesos, y con base en el documento “Presupuesto Ejercido 2008 Calendarizado

Mensualmente” proporcionado por el FEG, se determinó el total del presupuesto ejercido

por capítulo y partida de gasto, y se identificó así también que el presupuesto ejercido se

integró de dos capítulos y dos partidas de gasto, en el caso del capítulo 4000 “Ayudas,

Subsidios, Aportaciones y Transferencias” en una partida de gasto; y en el caso del capítulo

5000 “Bienes Muebles e Inmuebles” por una partida de gasto, asimismo se detectó que se

presentó un decremento respecto del presupuesto modificado de 18,765.8 miles de pesos.

Para la selección de la muestra del presupuesto ejercido, se aplicó el método de muestreo

estadístico de atributos, considerando los siguientes criterios: a) Partidas que representaron

el mayor presupuesto ejercido en cada uno de los meses del ejercicio en el capítulo de

gasto; b) Partidas no programadas y que se incorporaron en el transcurso del ejercicio.

Con base en lo anterior se seleccionó una muestra que representó el 30% del presupuesto

ejercido (341,202.0 miles de pesos).

Por lo que hace al criterio de percepción del ciudadano, en la determinación de la muestra

se consideraron los siguientes elementos: base de datos de beneficiarios a los que se les

otorgó el estimulo y estímulos otorgados por demarcación territorial e instituciones públicas

en el Distrito Federal.

La metodología utilizada fue a través del muestreo estadístico por conglomerados, dando

un tamaño de muestra de 334 encuestas a aplicar.

RESULTADOS

Congruencia

1. Resultado

Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí

El artículo 2o. de la Ley de Educación del Distrito Federal establece: “Todo individuo tiene

derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas

oportunidades de acceso al sistema educativo nacional”.

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410 VOLUMEN 12/13

Asimismo, el artículo 12 de la Ley de las y los Jóvenes del Distrito Federal establece que

“… debe contemplar un sistema de becas, estímulos e intercambios académicos nacionales

y extranjeros que promuevan, apoyen y fortalezcan el desarrollo educativo de la juventud”.

Con el fin de impulsar la educación Media Superior en el Distrito Federal, el Jefe de Gobierno

del Distrito Federal autorizó y aprobó la creación de un fideicomiso público constituido

mediante contrato núm. 2152-6 del 21 de junio de 2007, el cual opera el Programa de

Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, teniendo como finalidad establecer el

principio de equidad como eje rector de programas sociales, proponiendo la universalización

de la Educación Media Superior, es decir el ofrecer a todos los jóvenes la posibilidad de

concluir sus estudios de bachillerato.

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en materia de educación, señaló el compromiso

de apoyar mediante becas a los jóvenes de menores recursos ya que las condiciones de

pobreza originan que numerosas familias no lleven a sus hijos a las escuelas o que

quienes ya han ingresado, tengan que abandonar sus estudios para contribuir al

sostenimiento familiar. Al respecto se contempla en siguiente objetivo y estrategia:

Objetivo Estrategias

Elevar la calidad educativa, la cual comprende los rubros de cobertura, equidad, eficacia, eficiencia y pertinencia, al igual que reducir las desigualdades regionales, de género y entre grupos sociales en las oportunidades educativas, fortaleciendo el acceso y permanencia en el sistema de enseñanza media superior brindando una educación de calidad orientada al desarrollo de la equidad mejorando la calidad y pertinencia de la educación superior.

• Ampliar las becas educativas para los estudiantes de menores recursos en todos los niveles educativos.

• Revisar el marco reglamentario e instrumentar procesos de evaluación en el sistema de educación media superior.

• Ampliar, en el caso de educación media superior, el otorgamiento de becas y el apoyo de tutoriales, con el fin de reducir los niveles de deserción de los estudiantes y favorecer la conclusión de sus estudios

FUENTE: Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, publicado el 30 de mayo de 2007 en el Diario Oficial de la Federación.

Este nivel de educación también fue impulsado en el Programa General de Desarrollo del

Distrito Federal 2007-2012, publicado el 21 de diciembre de 2007 en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal, en el cual se indican los siguientes objetivos:

● Ampliar las oportunidades educativas para reducir desigualdades entre grupos sociales

e impulsar la equidad.

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411 VOLUMEN 12/13

● Elevar la calidad de la educación para que los estudiantes mejoren su nivel de logro

educativo, cuenten con medios para tener acceso a un mayor bienestar y contribuyan

al desarrollo nacional.

● Se promoverá la participación de los alumnos, padres de familia, de los ciudadanos

y organizaciones de la sociedad civil, en la formulación, desarrollo y evaluación de las

políticas educativas.

El punto 1, párrafo segundo de las Reglas de Operación del Fideicomiso de Educación

Garantizada, las cuales fueron aprobadas por el Comité Técnico durante su Primera

Sesión Ordinaria, celebrada el 16 de agosto de 2007, refieren que “la finalidad principal de

este es el crear un fondo administrado en forma global, para que con cargo al mismo se

proporcione un apoyo mensual a los beneficiarios del programa […] con el propósito de

erradicar el índice de deserción estudiantil a nivel primaria, secundaria y nivel medio

superior en la capital del país …”.

Por lo anterior, se concluye que existe una relación coherente entre las prioridades

nacionales y sectoriales establecidas en los documentos de planeación de mediano plazo

del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal; con el objetivo y las acciones

realizadas por la SE y el FEG concernientes al Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, los cuales se encuentran alineados con las disposiciones jurídicas

aplicables (Ley de las y los jóvenes del Distrito Federal y Ley de Educación del Distrito

Federal), lo cual tiene la finalidad de reducir los niveles de deserción de los estudiantes

que cursan el nivel medio superior, favoreciendo la conclusión de sus estudios.

2. Resultado

Medidas de Control, que permitieron el Acceso a la Información Pública del Programa Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí

En la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, en su

artículo 1o., segundo párrafo, se establece el objeto de “…trasparentar el ejercicio de la función

pública, garantizar el efectivo acceso de toda persona a la información pública en posesión

de los órganos locales: Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Autónomos por ley, así como cualquier

entidad, organismo u organización que reciba recursos públicos del Distrito Federal”.

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412 VOLUMEN 12/13

Por su parte, la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, en su artículo 4o.,

fracción XI, relativa a la transparencia establece que “La información surgida en todas las

etapas del ciclo de las políticas de desarrollo social será pública con las salvedades que

establece la normatividad en materia de acceso a la información y con pleno respeto a la

privacidad de los datos personales y a la prohibición del uso político-partidista, confesional

o comercial de la información”.

Se verificó que el FEG cuenta con una página de Internet en el cual se observa el portal

de “Transparencia”, el cual está integrado por los siguientes campos:

● Instructivo de Operación PREBU (Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí).

● Directorio de Servidores Públicos referente a 2008.

● Informe de Avance Programático Presupuestal.

● Reglas de Operación del Fideicomiso de Educación Garantizada, las cuales fueron

aprobadas por el Comité Técnico en la primera Sesión Ordinaria el 16 de agosto de 2007.

Estos campos tienen el propósito de dar a conocer el objetivo e integración del

Fideicomiso, así como las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí, 2007-2008 publicadas en la Gaceta Oficial de Distrito

Federal el 1o. de octubre de 2007, y en ellos se establece información del estímulo,

al igual que los requisitos para ser beneficiario y los requisitos para permanecer en el

programa.

Se trató de verificar cuál fue el área encargada durante 2008 de realizar la actualización

de la información para el portal señalado, lo cual permitiría garantizar el acceso de toda

persona a la información concerniente al Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí.

Por lo anterior, se solicitó al FEG con oficio APPD/103/155 del 12 de marzo de 2010, señalara

el área encargada de verificar y coordinar la actualización del portal de transparencia y acceso

a la información pública correspondiente al Programa de Estímulos para el Bachillerato

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413 VOLUMEN 12/13

Universal, Prepa Sí, durante el 2008, respecto de cual, mediante nota informativa sin

número, del 18 de marzo la Oficina de Información Pública informó: “Durante el 2008,

el área encargada de verificar y coordinar la actualización de la sección de Transparencia

en el portal del FEG y en particular, lo correspondiente al Programa Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí, fue y es a la fecha, la Dirección Zona Sur, como responsable

de la Oficina de Información Pública del Fideicomiso de Educación Garantizada…”.

De lo anterior, se concluye que el FEG atendió el objeto señalado en el artículo 1o., párrafo

segundo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal,

y el artículo 4o., fracción XI, de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, las

cuales refieren al acceso a la información y a garantizar que ésta sea de carácter público

en lo que se refiere a la administración y operación del Programa Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí.

Eficacia

3. Resultado

“Estímulos”, unidad de medida de la actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” a cargo del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal (FEG)

De la revisión al Informe de Cuenta Pública 2008, del FEG, se observó que para la

actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estudiantes de Bachillerato” utilizó como

unidad de medida “Estímulos” la cual no refleja las acciones realizadas para esa actividad

institucional, ya que la información ahí registrada se refiere al número de “Estudiantes” o

“Beneficiarios” a quienes le fue otorgado durante 2008, un estímulo económico.

Lo anterior fue confirmado con la nota Informativa del 26 de enero de 2010, en la cual la

Dirección de Evaluación señaló que: “…un beneficiario puede recibir diferentes estímulos

durante un ciclo escolar […] reconocimiento por conclusión de bachillerato [y] conocimientos

de tecnologías e idiomas”, los cuales son adicionales a los estímulos (de 500, 600 o 700

pesos), que de manera mensual entrega el FEG a los estudiantes inscritos en el Programa

de Estímulos al Bachillerato Universal, Prepa Sí, y que cumplen con los requisitos de ingreso

y permanencia en dicho programa.

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414 VOLUMEN 12/13

Se constató, según lo estipulado en las Reglas de Operación del Programa de Estímulos

para el Bachillerato Universal vigentes durante los ciclos escolares 2007-2008 y 2008-2009,

que el FEG considera como estímulos a aquellos a los cuales, con base en el promedio de

calificaciones de los alumnos, corresponden un importe de 500, 600 y 700 pesos y cataloga

como beneficios adicionales el “reconocimiento de conclusión de bachillerato” equivalente

a 1,000 pesos y “conocimiento de tecnologías e idiomas” equivalente a 1,000 pesos.2

De lo anterior se observa que un sólo alumno beneficiario del Programa de Estímulos para

el Bachillerato Universal, Prepa Sí, que cumpla con los requisitos exigidos en las reglas de

operación, podrá tener hasta 10 estímulos, por concepto de permanencia en el programa,

más los beneficios adicionales por conclusión de bachillerato y por conocimiento de

tecnologías e idiomas es decir, 12 estímulos.

En la nota Informativa en comento se señala que la SF sugirió que la unidad de medida

fuera “estímulos” derivado de la denominación del programa.

De lo anterior, se concluye que las acciones reportadas en el Informe de Cuenta Pública 2008

del FEG, actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de

Bachillerato” corresponde al número de “Estudiantes” o “Beneficiarios” y no a los “Estímulos”

como lo indica la unidad de medida utilizada durante el ejercicio 2008.

Lo anterior se constató mediante el análisis realizado a los archivos de dispersión de

recursos para los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí, en los cuales se detectó que para el mes de enero de 2008 se solicitó la

dispersión de 12,213 estímulos, cuando, según la información reportada por el sujeto

fiscalizado en su Informe General del Fideicomiso Educación Garantizada 2008, a cargo

de la Dirección General, ésta se refiere a un total de 151,874 beneficiarios del programa

para ese mismo mes. En ese sentido, para el mes de diciembre se solicitó la dispersión

de 474,424 estímulos cuando el número de beneficiados para ese mes fue de 216,192

según el mismo Informe General del FEG a cargo de Dirección General.

2 Se observa que este beneficio puede ser entregado por 500 pesos si el alumno solamente se capacita en una opción:

inglés o computación.

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415 VOLUMEN 12/13

Asimismo, se llevó a cabo la revisión de la información reportada en la Cuenta Pública

del Gobierno del Distrito Federal de 2009, y se observó que tanto la denominación de la

actividad institucional y su unidad de medida fueron modificadas, quedando de la siguiente

forma: actividad institucional 05 “Estímulos para la continuación de la preparatoria ‘Prepa Sí’”,

con unidad de medida “Persona”. Con base en lo anterior, esta CMHALDF considera que

la nueva unidad de medida adoptada por el FEG refleja las acciones realizadas inherentes

a la actividad institucional, y muestra una correlación de metas y acciones.

Con base en lo anterior, esta CMHALDF concluye que durante el ejercicio de 2008 el FEG

utilizó para la actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes

de Bachillerato” una unidad de medida (estímulos) que no reflejó las acciones inherentes

realizadas a dicha actividad institucional, sin embargo para el siguiente ejercicio fiscal

de 2009, tanto la denominación de la actividad institucional y su unidad de medida fueron

modificadas, motivo por el cual esta CMHALDF no emite recomendación ya que, la unidad

de medida refleja la información que se registra en el Informe de Cuenta Pública de ese

ejercicio fiscal.

4. Resultado

Alumnos Beneficiarios del Programa de Estímulos al Bachillerato Universal, Prepa Sí en 2008

El Código Financiero del Distrito Federal 2008, señala en su artículo 544 que, “las

dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades, deberán llevar registros

auxiliares para los programas presupuestarios que muestren de manera sistemática los

avances financieros y de consecución de metas, con objeto de facilitar la evaluación en la

ejecución del gasto público”.

Por su parte el artículo 535 del mismo ordenamiento, señala que “será responsabilidad de

las dependencias órganos desconcentrados delegaciones y entidades la desagregación

de registros complementarios que permitan el suministro de información interna para la

toma de decisiones administrativas y para el control en la ejecución de las acciones, de

acuerdo con sus necesidades específicas”.

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416 VOLUMEN 12/13

El FEG registró en su Informe de Cuenta Pública 2008, para el Programa 17 “Educación”,

Programa Específico 06 “Equidad en la Ciudad” y actividad institucional 13 “Operar

el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” una meta física alcanzada de

216,471 estímulos otorgados con el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí.

A fin de verificar y comprobar que dicha meta se encuentre sustentada con información

documental que permita corroborar el avance y compilación de la misma, fueron

requeridos al FEG los registros auxiliares con los cuales se dio sustento a las cantidades

y cifras reportadas en el Informe de Cuenta Pública 2008.

A este respecto mediante oficio número APPD/103/155 del 12 de marzo de 2010 se

solicitó a las Direcciones de Informática, Evaluación, Administración y Finanzas, Atención

e Información, así como a la Coordinación Ejecutiva del PREBU,3 los registros auxiliares

en medios impreso y magnético correspondientes al ejercicio fiscal de 2008.

En este sentido, mediante nota informativa de la Subdirección de Recursos Financieros

del 5 de abril de 2010 se señalo que “se recaba la información de las áreas y de manera

global se integran los datos para los informes de avances presupuestales, no contándose

con los registros señalados”.

Derivado de lo anterior se revisó el Informe General del Fideicomiso Educación Garantizada,

a cargo de la Dirección General. Dicho Informe registra información correspondiente a las

labores desarrolladas por el FEG, por todas sus áreas y respecto de los programas4 que

se encontraron a cargo de este Fideicomiso durante ese año, incluido el Programa de

Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.

3 PREBU: Programa de Estímulos al Bachillerato Universal, Prepa Sí. 4 Durante el ejercicio fiscal de 2008 los programas responsabilidad del FEG fueron: Programa Educación Garantizada, Programa

de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, Programa Va Segur@ y Programa Niñ@s Talento.

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417 VOLUMEN 12/13

En la página 21 de dicho informe se presenta el cuadro “Tabla 4. Evolución Mensual de

Beneficiarios (bachillerato) Enero-Diciembre 2008” el cual se muestra a continuación:

Mes* Número de beneficiarios Enero 151,874 Febrero 165,322 Marzo 172,072 Abril 176,723 Mayo 179,982 Junio 178,991 Septiembre 216,699 Octubre 216,586 Noviembre 216,426 Diciembre 216,192

FUENTE: Fideicomiso Educación Garantizada, Informe General 2008 Fideicomiso Educación Garantizada, Dirección General, p. 21.

* No se presentan cifras en julio y agosto debido a que el Programa contempla el otorgamiento de estímulos económicos por ciclo escolar (diez meses).

Con base en la información reportada en el Informe General del Fideicomiso Educación

Garantizada 2008, en la parte correspondiente al número de beneficiarios del Programa

de Estímulos al Bachillerato Universal, Prepa Sí, se confirma que la información registrada

en el Informe de Cuenta Publica 2008 para la actividad institucional 13 antes señalada,

corresponde al número de beneficiarios y no al número de estímulos que recibió cada

uno.

Del cotejo de información entre el Informe de Cuenta Pública 2008 y el Informe General

del Fideicomiso Educación Garantizada 2008 en la parte correspondiente a la meta se

observa lo siguiente:

Fuente de información Meta física 2008

Informe de Cuenta Pública 2008 216,471 Informe General del Fideicomiso Educación Garantizada 2008 216,192 Diferencia 279

Respecto a esta diferencia, la Dirección de Evaluación señaló, que ésta tiene su

explicación en que la información registrada en el Informe General del Fideicomiso

Educación Garantizada comprende cifras preliminares al mes de diciembre, en tanto que

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418 VOLUMEN 12/13

la cifra registrada en el Informe de Cuenta Pública 2008, contiene datos procesados al

mes de marzo de 2009.

A fin de correlacionar las metas físicas y presupuestales alcanzadas en la actividad

institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” en el

cual se ubicó el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, durante

el ejercicio 2008, se solicitaron, recibieron y analizaron los “Oficios de Solicitud de

Depósito en las Tarjetas de los Beneficiarios”5 y sus correspondientes archivos, como se

muestra a continuación:

Número consecutivo

Número de oficio

Fecha Número de archivos

Número consecutivo

Número de oficio

Fecha Numero de archivos

1 FEG/DG/013/2008 21/01/2008 2

26 FEG/DG/CEPREBU/033 Bis/2008 23/10/2008 6 2 FEG/DG/016/2008 30/01/2008 2

27 FEG/DG/CEPREBU/035/2008 05/11/2008 16 3 FEG/DG/018/2008 07/02/2008 2

28 FEG/DG/CEPREBU/035 Bis/2008 06/11/2008 2 4 FEG/DG/022/2008 12/02/2008 16

29 FEG/DG/CEPREBU/036/2008 13/11/2008 3 5 FEG/DG/029/2008 26/02/2008 1

30 FEG/DG/CEPREBU/038/2008 18/11/2008 4 6 FEG/DG/035/2008 05/03/2008 1

31 FEG/DG/CEPREBU/041/2008 20/11/2008 3 7 FEG/DG/045/2008 07/03/2008 15

32 FEG/DG/CEPREBU/046/2008 24/11/2008 8 8 FEG/DG/050/2008 12/03/2008 4

33 FEG/DG/CEPREBU/047/2008 24/11/2008 6 9 FEG/DG/067/2008 31/03/2008 2

34 FEG/DG/CEPREBU/048/2008 25/11/2008 2 10 FEG/DG/073/2008 04/04/2008 17

35 FEG/DG/CEPREBU/049/2008 26/11/2008 5 11 FEG/DG/093/2008 15/04/2008 1

36 FEG/DG/CEPREBU/050/2008 27/11/2008 5 12 FEG/DG/102/2008 24/04/2008 2

37 FEG/DG/CEPREBU/051 Bis/2008 28/11/2008 6 13 FEG/DG/105/2008 30/04/2008 2

38 FEG/DG/CEPREBU/054/2008 04/12/2008 1 14 FEG/DG/108/2008 08/05/2008 17

39 FEG/DG/CEPREBU/055/2008 05/12/2008 6 15 FEG/DG/111/2008 09/05/2008 1

40 FEG/DG/CEPREBU/056/2008 08/12/2008 1 16 FEG/DG/0117/2008 20/05/2008 1

41 FEG/DG/CEPREBU/058/2008 09/12/2008 17 17 FEG/DG/0122/2008 30/05/2008 1

42 FEG/DG/CEPREBU/063/2008 15/12/2008 1 18 FEG/DG/0125/2008 04/06/2008 19

43 FEG/DG/CEPREBU/065/2008 16/12/2008 5 19 FEG/DG/0141/2008 19/04/2008 2

44 FEG/DG/CEPREBU/066/2008 19/12/2008 3 20 FEG/DG/0163/2008 30/06/2008 1

45 FEG/DG/CEPREBU/067/2008 22/12/2008 5 21 FEG/DG/0176/2008 09/07/2008 18

46 FEG/DG/CEPREBU/068/2008 23/12/2008 4 22 FEG/DG/0198/2008 31/07/2008 4

47 FEG/DG/CEPREBU/069/2008 29/12/2008 3 23 FEG/DG/CEPREBU/029/2008 09/10/2008 5

48 FEG/DG/CEPREBU/070/2008 30/12/2008 26 24 FEG/DG/CEPREBU/032/2008 16/10/2008 5

49 FEG/DG/CEPREBU/071/2008 31/12/2008 21 25 FEG/DG/CEPREBU/033/2008 23/10/2008 3

FUENTE: Oficios de solicitud de dispersión del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal del ejercicio fiscal 2008.

Cada uno de estos oficios presenta una tabla que describe el monto de los estímulos

económicos a otorgar, el número de beneficiarios acreedores por cada tipo de estímulo,

el subtotal en recursos solicitados por tipo de estímulo, así como el total del número de

beneficiarios y recursos a solicitar como se muestra en el siguiente ejemplo:

5 Atenta nota del 17 de febrero de 2010, emitida por la Subdirección de Finanzas con la cual fueron remitidos 49 oficios de

solicitud de dispersión del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí del ejercicio fiscal 2008 con igual número de discos compactos, los cuales contienen los archivos que sustentan dicha dispersión.

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Monto Beneficiados Subtotal

500 3 1,500 600 2 1,200 700 1 700

1000 1 1,000 Total 7 4,400

A partir de octubre los conceptos fueron modificados como se muestra en el siguiente

ejemplo:

Monto dispersado por beneficiario

Total de beneficiarios

Monto total dispersado

500 3 1,500 600 2 1,200 700 1 700

1000 1 1,000 Total 7 4,400

Se destaca de la inspección visual a dichos oficios, la existencia de montos de estímulos

por 1,000 pesos, lo cual indica que se refiere a los beneficios adicionales que por

concepto de conclusión de bachillerato y por conocimiento de tecnologías e idiomas son

otorgados a aquellos alumnos que logran ese fin.

Se observó la existencia de dos figuras, los Coordinadores de Unidad Territorial y los

Jefes de Grupo, los cuales son seleccionados del grupo de beneficiarios del Programa

de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí. Los Coordinadores de Unidad

Territorial son responsables de seleccionar y coordinar a 10 Jefes de Grupo; cada Jefe de

Grupo se encarga de coordinar a 20 beneficiarios.6 El desarrollo de estas funciones implicó la

creación de un “sistema de estímulos adicionales” en el cual a cada Coordinador y Jefe de

Grupo les son otorgados 1,000 y 500 pesos respectivamente con cargo al programa

en comento. Por lo anterior, algunos de los estímulos referidos en los oficios de dispersión,

con 500 y 1,000 pesos, también pueden corresponder a dicho fin, sin embargo ello no

puede ser constatado a partir de tales oficios.

6 Dirección de Evaluación, Nota Informativa del 8 de marzo de 2010.

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Derivado de la no existencia de registros auxiliares, se procedió a organizar los oficios por

mes, a fin de poder determinar las metas físicas y presupuestales efectivamente alcanzadas

de manera mensual por el FEG y confirmar la información registrada en el Informe de

Cuenta Pública 2008 del sujeto fiscalizado. Los resultados de la compilación de información

contenida en las tablas de los oficios antes referidos mostraron lo siguiente:

Mes Monto dispersado por beneficiario

Total de beneficiarios

Monto total dispersado

500 6,611 3,305.5 600 4,906 2,943.6 700 696 487.2

1000 0 0.0

Enero

Total 12,213 6,736.3 500 54,006 32,003.0 600 60,567 36,340.2 700 13,322 9,325.4

1000 778 778.0

Febrero

Total 128,673 78,446.6 500 80,342 40,171.0 600 73,779 44,267.4 700 15,525 10,867.5

1000 824 824.0

Marzo

Total 170,470 96,129.9 500 82,945 41,472.5 600 74,314 44,588.4 700 15,399 10,779.3

1000 5,936 5,936.0

Abril

Total 178,594 102,776.2 500 88,208 44,104.0 600 76,577 45,946.2 700 15,557 10,889.0

1000 853 853.0

Mayo

Total 181,195 101,792.2 500 90,955 45,477.5 600 79,345 47,607.0 700 15,927 11,148.9

1000 878 878.0

Junio

Total 187,105 105,111.4 500 93,880 46,940.0 600 78,318 46,990.8 700 13,848 9,693.6

1000 872 872.0

Julio

Total 186,918 104,496.4 500 50,831 25,415.5 600 53,616 32,169.6 700 14,044 9,830.8

1000 6,965 6,965.0

Octubre

Total 125,456 74,380.9 500 133,781 66,890.5 600 121,986 73,191.6 700 23,212 16,248.4

1000 4,228 4,228.0

Noviembre

Total 283,207 160,558.5 500 243,065 121,982.5 600 205,236 123,141.6 700 42,399 29,679.3

1000 25,745 25,745.0

Diciembre

Total 516,445 300,548.4

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De lo anterior se concluye, que la información contenida en la documentación proporcionada

por la Subdirección de Recursos Financieros no permite cuantificar las metas físicas y

presupuestales alcanzadas por el FEG (mensual, bimestral, trimestral, semestral, etc.),

tampoco se puede identificar los conceptos que originaron esos resultados (estímulos con

base en el promedio de las calificaciones de los alumnos, beneficios adicionales por concepto

de conclusión de bachillerato o conocimiento de tecnologías e idiomas, o estímulos adicionales

por concepto de llevar a cabo funciones de Coordinador de Unidad Territorial o de Jefe de

Grupo).7

El Informe General del Fideicomiso Educación Garantizada 2008, a cargo de la Dirección

General señala que durante 2008 la Dirección de Informática fue la encargada de la

elaboración de los archivos de dispersión requeridos para la realización de los depósitos

de los estímulos. En función de lo anterior se solicitó a la Dirección de Informática

proporcionara en medio magnético los archivos de dispersión, utilizados para realizar los

depósitos de los estímulos a los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, en formato de Excel 2003, desagregados por tipo y monto de estímulo

depositado a cada uno de los beneficiarios durante el ejercicio 2008.

De la revisión y análisis a los archivos mencionados, se obtuvieron los siguientes resultados:

● Para el mes de enero, mediante los oficios núms. FEG/DG/013/2008 y FEG/DG/016/2008

fueron solicitadas las dispersiones de recursos para un total de 12,213 alumnos. De éstos,

a 6,611 alumnos les correspondió el estimulo de 500 pesos; a 4,906 alumnos les

correspondió el estímulo de 600 pesos; y a 696 alumnos les correspondió el estímulo de

700 pesos. La suma de todos estos estímulos refiere un importe de 6,736.3 miles

de pesos.

● Para el mes de febrero, mediante los oficios núms. FEG/DG/018/2008, FEG/DG/022/2008

y FEG/DG/029/2008 fueron solicitadas las dispersiones de recursos para un total de

137,845 beneficiarios. De estos a 63,971 alumnos les correspondió el estímulo de 500

pesos; a 60,552 alumnos les correspondió el estímulo de 600 pesos; y a 13,321 alumnos

7 Los oficios proporcionado por la Subdirección de Recursos Financieros se acompañan de varios archivos, estos

presentan un formato que es útil a la institución financiera para saber a que cuenta y/o tarjeta se deberán depositar los recursos, sin embargo por sus características estos no permiten verificar y/o comprobar la consecución de metas.

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les correspondió el estímulo de 700 pesos. La suma de todos estos estímulos refiere

un importe de 78,414.4 miles de pesos. Durante el mes de referencia, fueron

dispersados recursos para un total de 773 Coordinadores de Unidad Territorial, los

cuales englobaron recursos por 773.0 miles de pesos.

● Por lo que respecta al mes de marzo, la solicitud de dispersión de recursos se realizó

mediante los oficios núms. FEG/DG/035/2008, FEG/DG/045/2008, FEG/DG/050/2008

y FEG/DG/067/2008 para un total de 169,604 alumnos los cuales se distribuyeron

de la siguiente forma: 80,302 con un estimulo de 500 pesos; 73,778 alumnos con un

estímulo de 600 pesos, y 15,524 alumnos con un estímulo de 700 pesos. Durante este

período, fue solicitada la dispersión de recursos para un total de 819 Coordinadores

de Unidad Territorial con un importe de 819.0 miles de pesos, así como para 32 Jefes de

Grupo, con un importe en recurso de 16.0 miles de pesos.

● Para el mes de abril, con oficios núms. FEG/DG/073/2008, FEG/DG/093/2008,

FEG/DG/102/2008 y FEG/DG/105/2008 fueron solicitadas las dispersiones de recursos

para un total de 171,584 alumnos, distribuidos de la siguiente manera: con 500 pesos

81,873 alumnos; con 600 pesos 74,312 alumnos, y con 700 pesos 15,399 alumnos los

cuales de manera global refieren recursos por 96,303.0 miles de pesos. También fueron

solicitados los recursos para 841 Coordinadores y 6,164 Jefes de Grupo, los cuales

refieren recursos por 841.0 miles de pesos y 3,082.0 miles de pesos respectivamente.

● Mediante oficios núms. FEG/DG/108/2008, FEG/DG/111/2008, FEG/DG/0117/2008

y FEG/DG/0122/2008 se llevó a cabo la solicitud de dispersión de recursos en el mes

de mayo, para un total de 174,208 alumnos distribuidos como sigue: con 500 pesos

81,120 alumnos; con 600 pesos 76,574 alumnos, y con 700 pesos 15,514 alumnos los

cuales de manera global refieren recursos por 97,864.2 miles de pesos. Durante este mes

se contó con 849 Coordinadores Unidad Territorial y 6,082 Jefes de Grupo, por lo cual

también se solicitaron recursos por 3,890.0 miles de pesos.

● Para el mes de junio, mediante los oficios núms. FEG/DG/0125/2008, FEG/DG/0141/2008

y FEG/DG/0163/2008 fueron solicitados los recursos de dispersiones para 180,039

alumnos. De éstos, a 84,830 alumnos les correspondió el estímulo de 500 pesos;

a 79,332 alumnos les correspondió el estímulo de 600 pesos; y a 15,877 alumnos les

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correspondió el estímulo de 700 pesos. La suma de estos estímulos refiere un importe de

101,128.1 miles de pesos. También fueron solicitados recursos para 871 Coordinadores

de Unidad Territorial y 6,115 Jefes de Grupo, por un importe de 3,928.5 miles de pesos.

● En julio fueron solicitados recursos para ser dispersados a 179,552 alumnos, 6,183 jefes

de grupo y 971 coordinadores por un importe de 104,391.2 miles de pesos. Para el caso de

los alumnos los recursos fueron distribuidos de la siguiente forma: con 500 pesos

87,649 alumnos, con 600 pesos 78,091 alumnos y con 700 pesos 13,782 alumnos.

El total de recursos solicitados fue por 104,391.2 miles de pesos. La solicitud se hizo

mediante los oficios núms. FEG/DG/0176/2008 y FEG/DG/0192/2008.

● En octubre fueron solicitados recursos para ser dispersados a 115,678 alumnos,

750 Jefes de Grupo, 139 Coordinadores de Unidad Territorial y 6,820 egresados de

bachillerato por un importe de 73,209.2 miles de pesos. Para el caso de los alumnos

los recursos fueron distribuidos de la siguiente forma: con 500 pesos 49,128 alumnos, con

600 pesos 52,815 alumnos y con 700 pesos 13,735 alumnos. La solicitud se hizo

mediante los oficios FEG/DG/CEPREBU/029/2008, FEG/DG/CEPREBU/032/2008,

FEG/DG/CEPREBU/033/2008, FEG/DG/CEPREBU/033Bis/2008.

● Para el mes de noviembre, mediante los oficios núms. FEG/DG/CEPREBU/035/2008,

FEG/DG/CEPREBU/035Bis/2008, FEG/DG/CEPREBU/036/2008, FEG/DG/CEPREBU/038/2008,

FEG/DG/CEPREBU/041/2008, FEG/DG/CEPREBU/046/2008, FEG/DG/CEPREBU/047/2008,

FEG/DG/CEPREBU/048/2008, FEG/DG/CEPREBU/049/2008, FEG/DG/CEPREBU/050/2008,

FEG/DG/CEPREBU/051Bis/2008, fueron solicitados los recursos para ser dispersados a

276,164 alumnos (131,848 con estímulo de 500 pesos, 121,249 con estímulo de 600 pesos

y 23,067 con estímulo de 700 pesos), 1,479 Jefes de Grupo, 276 Coordinadores

de Unidad Territorial, 3,947 egresados de bachillerato y 2 beneficios por concepto de

conocimientos de inglés y computación, todos por un importe de 160,093.2 miles

de pesos.

● Finalmente, para el mes de diciembre, se solicitaron recursos por 309,565.8 miles de

pesos los cuales fueron distribuidos entre 250,394 alumnos que recibieron estímulos

de 500 pesos, 185,348 alumnos que recibieron estímulos de 600 pesos, 38,654 alumnos

que recibieron estímulos de 700 pesos; 1,161 Coordinadores de Unidad Territorial que

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recibieron un estímulo especial de 1,000 pesos, 4,836 Jefes de Grupo que recibieron

un estímulo de 500 pesos, 12,257 egresados que recibieron un beneficio adicional

de 1,000 pesos, 5,927 alumnos por capacitación en conocimientos de computación

e idiomas por 1,000 pesos, 54 alumnos por capacitación en computación por 500 pesos,

y 106 alumnos por capacitación en conocimientos en idiomas (inglés) por 500 pesos.8

La solicitud de estos recursos se realizó mediante los oficios FEG/DG/CEPREBU/054/2008,

FEG/DG/CEPREBU/055/2008, FEG/DG/CEPREBU/056/2008, FEG/DG/CEPREBU/058/2008,

FEG/DG/CEPREBU/063/2008, FEG/DG/CEPREBU/065/2008, FEG/DG/CEPREBU/066/2008,

FEG/DG/CEPREBU/067/2008, FEG/DG/CEPREBU/068/2008, FEG/DG/CEPREBU/069/2008,

FEG/DG/CEPREBU/070/2008, FEG/DG/CEPREBU/071/2008.

Es importante destacar que al inicio del ciclo escolar 2008-2009 la cobertura del Programa

de Bachillerato Universal, Prepa Sí fue “ampliada” al nivel licenciatura, para beneficiar a

los alumnos de Universidades públicas, bajo la misma estructura de operación con que se

llevó a cabo en el nivel bachillerato. En este sentido del análisis a los archivos

proporcionados por la Dirección de Informática del FEG, se observa que para los meses

de julio, octubre, noviembre y diciembre se realizaron las solicitudes de dispersión de

recursos para alumnos del nivel licenciatura como se observa en el siguiente cuadro:

(Pesos)

Mes Monto dispersado por beneficiario

Total de beneficiarios

Monto total dispersado

600 2 1,200 Julio 1000 1 1,000

500 3 1,500 600 8 4,800

Octubre

700 2 1,400 500 95 47,500 600 421 252,600

Noviembre

700 105 73,500 500 9,815 4,907,500 600 18,768 11,260,800 700 2,537 1,775,900

Diciembre

1000 6,287 6,287,000 Total 38,044 24,614,700

8 El procedimiento utilizado para determinar las metas alcanzadas en los diez meses en los que se otorgaron estímulos a los

beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, fue mediante la herramienta de “Tablas Dinámicas” del Programa de Excel 2003.

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De lo anterior se concluye que, dada la carencia de registros auxiliares en el FEG, no se

puede comprobar la consecución de metas físicas y presupuestales de la actividad institucional

13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” registradas en el

Informe de Cuenta Pública 2008, por lo cual fue necesario recurrir al uso de información

no consolidada, organizada y avalada por la instancia o área del Fideicomiso responsable

y facultada para ello. Por lo anterior el FEG incumplió con lo establecido en los artículos

535 y 544 del Código Financiero del Distrito Federal para 2008.

El 21 de mayo de 2010 se llevó a cabo la reunión de confronta entre el FEG y la Contaduría

Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (CMHALDF), en la cual

el Fideicomiso mediante oficio FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010 hizo entrega

del registro auxiliar “Conciliaciones Enero Marzo 2010 del Programa de Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí”, de su inspección y análisis se observan tres conceptos:

“Solicitud de Dispersión” el cual se integra de los campos “fecha [de oficio]”, “número de

oficio”, “número de oficios”, “importe” y “beneficiarios”; “Dispersiones Pagadas” el cual se

integra de los rubros “importe” y “beneficiarios”; “Diferencias en Saldos (Rechazados)”,

el cual se integra de los campos “importe”, “beneficiarios” y “observaciones”.

Se observó que en dichos registros intervienen para su elaboración la Subdirección de

Recursos Financieros y la Dirección de Informática, en tanto que su autorización se encuentra

a cargo de la Coordinación Ejecutiva del PREBU y de la Dirección de Administración

y Finanzas.

Sin embargo, el registro auxiliar denominado “Conciliaciones Enero Marzo 2010” del Programa

de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, no muestra de forma desagregada para

cada archivo el número de beneficiarios que recibieron estímulos de 500, 600 o 700 pesos,

tampoco muestra el número de beneficios adicionales por concepto de conclusión (egreso)

de bachillerato por 1,000 pesos, y por conocimiento de computación e idiomas por 1,000

o 500 pesos; tampoco se muestra los estímulos adicionales por concepto de Coordinador

de Unidad Territorial por 1,000 pesos, y de Jefe de Grupo por 500 pesos.

Por lo anterior, el registro auxiliar denominado “Conciliaciones Enero Marzo 2010” del

Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, refiere información

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del ejercicio de 2010 y no comprende lo relativo al ejercicio fiscal de 2008. Adicionalmente,

dicho registro no muestra de forma desagregada las metas alcanzadas derivadas de

la operación de dicho programa, persistiendo la deficiencia y por tanto la información

proporcionada no desvirtúa la observación señalada.

Recomendación APPD-103-08-20-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, en sus áreas

Dirección de Informática y Subdirección de Recursos Financieros, diseñen, elaboren

e implanten registros auxiliares o registros complementarios, que permitan verificar las

metas alcanzadas derivadas de la operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, conforme a lo establecido en el Código Financiero del Distrito Federal.

5. Resultado

Evaluación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, a cargo del FEG durante el Ejercicio 2008

El Primer Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso núm. 2152-6, denominado

“Educación Garantizada del Distrito Federal” celebrado entre el Gobierno del Distrito

Federal por conducto de la SF y por otra parte Banco Mercantil del Norte S.A., el cual tuvo

verificativo el 21 de diciembre de 2007, estableció en el apartado de antecedentes que:

“En el mes de octubre de 2007 el Jefe de Gobierno del Distrito Federal puso en marcha

el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, el cual tiene como propósito

implantar un sistema de estímulos económicos para asegurar que todos los jóvenes del

Distrito Federal que cursan el bachillerato en escuelas públicas en la entidad puedan

hacerlo con éxito, y no lo tengan que abandonar por falta de recursos.”

En el mismo documento se identifica el apartado Cláusulas, Cláusula Primera, inciso b)

“Beneficiarios de los Programas”, número ii) Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, como beneficiarios a “los jóvenes inscritos en los programas de bachillerato en

cualquiera de sus modalidades en instituciones públicas ubicadas en la entidad, que residan

en el Distrito Federal y que no cuenten con otra beca de estudios”.

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Por su parte, la Cláusula Quinta. Fines se dispone: “La finalidad general del Fideicomiso

es crear un fondo administrado en forma global para que con cargo al mismo se proporcionen

los apoyos y estímulos correspondientes, a los beneficiarios del […] Programa de Estímulos

para el Bachillerato Universal [...] en los términos de la instrucción que por escrito gire el

Comité Técnico…”.

De lo anterior se concluye que el objetivo del Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, es: Implantar un sistema de estímulos económicos con cargo a un fondo

para que se proporcionen los apoyos y estímulos correspondientes, a los jóvenes inscritos

en los programas de bachillerato en cualquiera de sus modalidades en instituciones públicas

ubicadas en la entidad, que residan en el Distrito Federal y que no cuenten con otra beca

de estudios.

En la revisión al documento Evaluación del Impacto y Satisfacción de los Beneficiarios

del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí,” se identificó que

“adicionalmente, el programa pretende mejorar el desempeño académico de los estudiantes;

motivar y dar oportunidad a los alumnos que están en peligro de rezagarse para que se

regularicen y finalicen sus estudios de bachillerato; impulsar su desarrollo profesional;

mejorar el nivel de vida actual y futuro de los beneficiarios y sus familias y contribuir a la

identificación de los jóvenes con la Ciudad, a partir de un mayor vínculo con la comunidad

a través de las actividades que realizan los beneficiarios del Programa”.

En este orden de ideas, el FEG registró en su Informe de Cuenta Pública 2008, para el

Programa 17 “Educación”, Programa Específico 06 “Equidad en la Ciudad” y actividad

institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” una meta

física alcanzada de 216,471 estímulos otorgados, en el marco de la operación del Programa

de Estímulos al Bachillerato Universal, Prepa Sí.

Derivado de que el FEG no contó con registros auxiliares para la actividad institucional 13

“Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” fue necesario remitirse

al padrón de beneficiarios de ése programa como fuente única de información, para llevar

a cabo la verificación y comprobación de dichos objetivos.

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De la inspección al padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí, en 2008, se observó que éste cuenta con un total de

267,501 beneficiarios registrados, concentrados en 119 instituciones educativas las cuales

albergan un total de 134 planteles, como se presentan en el siguiente cuadro:

Institución Planteles

Escuela Nacional Preparatoria (UNAM) 9 Colegio de Ciencias y Humanidades (UNAM) 4 Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos (IPN) 15 Instituto de Educación Media Superior (IEMS) 16 Dirección General de Bachillerato (DGB) 2 Colegio de Bachilleres (COBACH) 17 Centro de Estudios Tecnológicos, Industriales y de Servicios (DGETI)

34

Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP) 27 Instituto Nacional de Bellas Artes (INBA) 7 Bachillerato a Distancia GDF (EAD) 1 Centro Nacional de Desarrollo de Talentos Deportivos y Alto Rendimiento (CONADE)

1

Preparatoria Abierta (PA) 1

FUENTE: Padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, correspondiente al ejercicio 2008.

Se destaca que el número de beneficiarios registrados en el padrón de 2008 no tiene

correspondencia con la información registrada en el Informe de Cuenta Pública del mismo

año, para el primer caso el se refieren 267,501 beneficiarios en tanto que para el segundo

fue de 216,471 lo cual origina una diferencia de 51,030 beneficiarios.

A este respecto, la Dirección de Informática del FEG mediante nota informativa del 3 de

marzo de 2010 señaló que “la cifra publicada en la Cuenta Pública corresponde a la

generación del reporte de esa fecha, sin embargo los ajustes realizados con posterioridad

no se ven reflejados, consecuentemente la cifra definitiva es […] de 216,191 beneficiarios…”.

9 El cuadro refiere 12 Instituciones, derivado de que la Escuela Nacional Preparatoria y el Colegio de Ciencias y Humanidades son

dos subsistemas de nivel medio superior pertenecientes a la Universidad Nacional Autónoma de México, por lo cual estos deben considerarse como una sola institución educativa.

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429 VOLUMEN 12/13

Considerando la nueva información proporcionada por el ente, la variación se ajusta

a 51,310 beneficiarios, la cual fue justificada de la siguiente forma:

Concepto Beneficiarios

“Beneficiarios dentro del padrón de bajas” 47,520 “Reinscritos pero no validados para continuar en el programa y tampoco dieron su baja” 419 “No se reinscribieron, pero no se dieron de baja” 2,293 “Los consideramos como parte del mismo programa y no como una baja” 733 “No tenemos la baja oficial y tienen rechazos en sus pagos mensualmente” 345

Total 51,310

FUENTE: Nota informativa del 3 de marzo de 2010, elaborada por la Dirección de Informática del FEG.

NOTA: La diferencia detectada por el grupo auditor de 51,030 beneficiarios y la referida por la Dirección de Informática de 51,310 beneficiarios, origina una diferencia de 280 beneficiarios los cuales no se consignan de forma específica en los conceptos señalados en este cuadro.

Con base en lo anterior, la meta efectivamente alcanzada para la actividad institucional 13

“Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” durante el ejercicio 2008

fue de 216,191 beneficiarios. De lo anterior se concluye que la información que debió

ser registrada por el FEG en el Informe de Cuenta Pública de 2008 era la de 216,191

beneficiarios, lo anterior muestra deficiencias de control por parte del Fideicomiso en la

información que es registrada en dicho informe.

Se solicitó que el padrón fuera proporcionado en Excel, por lo cual las pruebas realizadas

para verificar el cumplimiento del objetivo del programa, se sustentan en el manejo de

este programa de cómputo.

Según las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

los estímulos económicos se entregan de manera mensual y durante diez meses, para

verificarlo, se aplicó un filtro al padrón proporcionado a fin de identificar que los beneficiarios

hubieran recibido diez estímulos durante el año. Asimismo se aplicó otro filtro para determinar

el número de egresados, el resultado de ambas pruebas fue el siguiente:

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Número de estímulos recibidos por beneficiarios

(1)

Número de beneficiarios

(2)

% de alumnos respecto del número

de estímulos

(3)

Beneficiarios egresados

(4)

% de beneficiarios egresados respecto

del número de estímulos recibidos

(5)

Total padrón 267,501 100.0 23,024 8.6 1 289 0.1 9 3.1 2 1,871 0.7 115 6.1 3 4,312 1.6 552 12.8 4 81,673 30.5 647 0.8 5 6,350 2.4 1,718 27.1 6 41,510 15.5 19,668 47.4 7 7,718 2.9 13 0.2 8 7,157 2.7 15 0.2 9 11,078 4.1 35 0.3

10 105,543 39.5 252 0.2

FUENTE: Padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, 2008.

De la información del cuadro anterior se destaca que el 39.5% de los beneficiarios

recibieron 10 estímulos durante el ejercicio 2008, por concepto de ingreso o permanencia

en el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, en contraste con el

0.1% de beneficiarios que recibió 1 estímulo. Se observa que el porcentaje de egresados

en el caso de los alumnos con 1 estímulo otorgado fue de 3.1%, en tanto que del grupo de

alumnos que recibieron 10 estímulos, el porcentaje de egresados fue de 0.2%.

De lo anterior se concluye que no existe una correlación entre los estímulos recibidos por

los estudiantes beneficiarios y el egreso que éstos tienen en el nivel bachillerato y se observa

que el mayor número de egresos provino de aquellos alumnos beneficiarios que recibieron

6, 5, 4 y 3 estímulos en el año. Si se considera el factor de egreso señalado en la columna 5

del cuadro anterior, la tasa de egreso también es mayor en aquellos alumnos que reciben

2 y 1 estímulos, respecto de aquellos alumnos beneficiarios que recibieron 7, 8, 9 y 10

estímulos por año.

La composición por institución educativa de los alumnos beneficiarios egresados del

Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, se integró de la siguiente

manera:

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Institución educativa Número de egresados

Total 23,024 Centro Nacional de Desarrollo de Talentos Deportivos y Alto Rendimiento, CONADE 16 Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica 4,056 Colegio de Bachilleres 1,794 Colegio de Ciencias y Humanidades 2,716 Dirección General de Bachillerato 328 Dirección General de Educación Tecnológica e Industrial 4,931 Escuela Nacional Preparatoria 4,931 Instituto de Educación Media Superior 294 Instituto Nacional de Bellas Artes 164 Centro de Estudios Científicos y Tecnológicos 3,783 Preparatoria Abierta 11

FUENTE: Padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, 2008.

Se aplicó un filtro al padrón de beneficiarios a fin de verificar cuántos de los alumnos señalados

como egresados en 2008 obtuvieron algún beneficio adicional (por concepto de conocimiento

del idioma inglés y computación o alguno de los dos), a este respecto el resultado obtenido

refiere que el 25.7% de los egresados (5,929 beneficiarios) obtuvieron el beneficio adicional

por concepto de conocimiento de idioma inglés y computación, 106 alumnos lo obtuvieron por

conocimiento del idioma inglés (0.5%), y 54 alumnos lo obtuvieron por computación (0.2%).

El restante 73.6% de los alumnos egresados no obtuvieron dicho beneficio.

La información registrada en el padrón, refiere que los alumnos que obtuvieron el beneficio

adicional de manera separada por el conocimiento del idioma inglés o computación,

corresponden a dos instituciones educativas: el Colegio de Ciencias y Humanidades,

y el Colegio de Bachilleres, sin embargo ambos sistemas educativos consideran en sus

respectivos planes de estudios, materias que hacen referencia a una capacitación en

idiomas y cómputo. Ya que el padrón no muestra mayor información que lo ahí registrado,

no se cuenta con información suficiente y competente del por qué los alumnos de estas

instituciones educativas sólo recibieron uno de estos estímulos, siendo que es necesaria

la acreditación de ambas para poder egresar de sus correspondientes escuelas.

Por otra parte, se analizó la estructura de calificaciones de los alumnos egresados que

recibieron 10 estímulos durante el ejercicio 2008, conforme a los rangos de calificaciones

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establecidos por el FEG en las reglas de operación vigentes durante el ejercicio 2008.

Al respecto se observó que el 57.5% de ellos contaba con una calificación entre 6.0 a 7.5,

que corresponde al estímulo de 500 pesos; el 38.1% de los beneficiarios contaba con una

calificación entre 7.6 a 9.0, rango que corresponde al estímulo de 600 pesos; finalmente

el 4.4% de los beneficiarios contó con una calificación de 9.1 a 10.0, el cual corresponde

al estímulo de 700 pesos.10

Derivado de que este grupo de beneficiarios recibió estímulos al inicio y fin de año (enero

a diciembre) se llevó a cabo un análisis comparativo de sus calificaciones para observar su

desempeño académico. El análisis realizado mostró los siguientes resultados, destacando

el desglose de los cambios en la composición de los grupos entre enero y diciembre del 2008.

Enero Diciembre Rango

de calificaciones Número

de alumnos Número

de alumnos Rango

de calificaciones

132 6.0 -7.5 6.0 -7.5 145

13 7.6 - 9.0

74 7.6 - 9.0 7.6 - 9.0 96

22 9.1 - 10.0

3 7.6 - 9.0 9.1 - 10.0 11

8 9.1 - 10.0

Total 252 252 Total

FUENTE: Padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, 2008.

Del cuadro anterior, se observa que durante el mes de enero 145 alumnos presentaron

una calificación entre 6.0 y 7.5; para el mes de diciembre el 91.% de dicho grupo, se mantuvo

en el mismo rango de calificaciones, en tanto que el restante 9.% ascendió al siguiente

rango de calificaciones.

Durante enero 96 alumnos contaban con calificaciones de entre 7.6 a 9.0; para el mes de

diciembre, el 77% se mantuvo en ese rango de calificaciones, en tanto que el 23%

ascendió al siguiente rango. Asimismo, durante enero, 11 alumnos presentaron calificaciones

10 Las calificaciones corresponden al promedio obtenido para el mes de enero.

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de 9.1 a 10.0; al mes de diciembre el 73% se mantuvo en el mismo rango de calificaciones,

sin embargo el 27% descendió al rango inferior.

De lo anterior se concluye que existe evidencia que muestra una correlación entre el objetivo

del programa y la permanencia de los alumnos que cursan bachillerato, según la información

registrada en el padrón de beneficiarios.

Básicamente, todas las escuelas se rigen por el calendario escolar que marca la Secretaría

de Educación Publica (SEP), estos ciclos escolares inician en el mes de septiembre y culminan

en junio-julio del siguiente año. Bajo esta premisa, y según se desprende del análisis del

propio padrón, se observa que el FEG no debió continuar otorgando estímulos para

los meses de octubre, noviembre y diciembre, al grupo de 252 alumnos egresados

(quienes egresaron en septiembre de 2008), infringiendo con ello las Reglas de Operación

del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, ello también denota la falta de

mecanismos de control, evidenciando la falta de supervisión de la información que es

solicitada para llevar a cabo la dispersión de recursos para el pago de estímulos a los alumnos

beneficiarios de este programa durante el ejercicio fiscal de 2008.

Para los grupos de beneficiarios que recibieron 1 y 10 estímulos, la composición del alumnado

por institución educativa fue la siguiente:

Institución educativa Alumnos con 10 estímulos

Alumnos con 1 estímulo

Total 105,543 289 Bachillerato a Distancia del GDF 248 7 Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica 18,885 20 Colegio de Bachilleres 19,041 60 Colegio de Ciencias y Humanidades 8,938 11 Dirección General de Bachillerato 1,213 1 Dirección General de Educación Tecnológica e Industrial 19,325 29 Escuela Nacional Preparatoria 15,474 9 Instituto de Educación Media Superior 8,430 121 Instituto Nacional de Bellas Artes 296 3 Instituto Politécnico Nacional 13,614 18 Preparatoria Abierta 79 10

FUENTE: Padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, 2008.

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434 VOLUMEN 12/13

A fin de verificar que los estímulos otorgados a los beneficiarios, hubieran correspondido

al promedio de calificaciones de los alumnos, se crearon tablas dinámicas en cada uno de

los archivos utilizados para la solicitud de dispersión de recursos de manera mensual, de la

anterior prueba se obtuvieron los siguientes resultados:

Durante enero se realizó la dispersión de recursos a un total de 12,213 alumnos, de ellos

6,611 correspondieron al estímulo de 500 pesos, 4,906 correspondieron al estímulo de

600 pesos y 696 correspondieron al estímulo de 700 pesos. Sin embargo, se presentaron

deficiencias es decir, el estímulo otorgado no correspondió con la estructura de

calificaciones establecidas por el FEG en las reglas de operación.

Se observó que existieron 796 alumnos con un rango de calificaciones entre 7.6 a 9.0 a

los cuales les fue otorgado un estímulo de 500 pesos cuando les correspondía, con base

en la estructura autorizada, 600 pesos. También se observó la existencia de 53 alumnos,

con un rango de calificaciones de entre 9.1 a 10, a los que les fue otorgado un estímulo

de 500 pesos, cuando le correspondía uno de 700 pesos.

Se observó que existieron 1,057 alumnos con un rango de calificaciones entre 6.0 a 7.5 a

los cuales les fue otorgado un estímulo de 600 pesos, cuando les correspondía uno de

500 pesos. También se observó la existencia de 49 alumnos con un rango de calificaciones

de entre 9.1 a 10, a los cuales les fue otorgado un estímulo de 600 pesos, cuando les

correspondía uno de 700 pesos.

Se observó que existieron 75 alumnos con un rango de calificaciones entre 6.0 a 7.5 a los

cuales les fue otorgado un estímulo de 700 pesos cuando les correspondía uno de 500

pesos. También se observó la existencia de 275 alumnos con un rango de calificaciones

de entre 7.6 y 9.0, a los cuales les fue otorgado un estímulo de 700 pesos, cuando les

correspondía uno de 600 pesos.

Dicha deficiencia se observó a lo largo de los diez meses en los cuales el FEG otorga los

estímulos a los alumnos beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, como se muestra en el siguiente cuadro:

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Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Octubre Noviembre Diciembre

Número de dispersiones solicitadas 12,213 137,845 169,604 171,584 174,208 180,039 179,522 115,680 276,164 474,424 Estímulo de 500 pesos Alumnos con calificación 6.0 a 7.5 5,762 56,766 71,119 72,560 73,392 76,069 80,932 43,486 123,791 226,380 Alumnos con calificación 7.6 a 9.0 796 6,708 8,570 8,688 8,266 8,311 6,418 5,090 7,169 22,402 Alumnos con calificación 9.1 a 10.0 53 497 613 622 462 450 299 551 888 1,612 Total estímulos 500 6,611 63,971 80,302 81,870 82,120 84,830 87,649 49,127 131,848 250,394 Estimulo de 600 pesos Alumnos con calificación 6.0 a 7.5 1,057 11,117 13,360 13,089 13,210 13,641 8,942 1,867 2,185 5,301 Alumnos con calificación 7.6 a 9.0 3,800 48,544 59,348 60,182 62,300 64,618 68,141 50,898 118,930 179,933 Alumnos con calificación 9.1 a 10.0 49 891 1,070 1,041 1,064 1,073 1,008 50 134 114 Total estímulos 600 4,906 60,552 73,778 74,312 76,574 79,332 78,091 52,815 121,249 185,348 Estimulo de 700 pesos Alumnos con calificación 6.0 a 7.5 75 1,322 1,489 1,411 1,375 1,396 892 71 19 181 Alumnos con calificación 7.6 a 9.0 275 5,742 6,473 6,419 6,387 6,494 4,851 368 462 942 Alumnos con calificación 9.1 a 10.0 346 6,257 7,562 7,569 7,752 7,987 8,039 13,296 22,583 37,531 Total estímulos 700 696 13,321 15,524 15,399 15,514 15,877 13,782 13,735 23,064 38,654 Total de dispersiones efectuadas 12,213 137,844 169,604 171,581 174,208 180,039 179,522 115,677 276,161 474,396

FUENTE: Dirección de Informática, archivos de solicitud de dispersión de recursos 2008. NOTA: Para los meses de febrero, abril, octubre, noviembre y diciembre la cifra de “Número de dispersiones solicitadas” no coincide con el

“Total de dispersiones efectuadas” derivado de que a esos alumnos les fueron dispersados dos meses de estímulos, en diciembre fueron hasta tres dispersiones por alumno.

Cómo se observa de la información registrada en el cuadro anterior, las cifras corresponden

únicamente a solicitudes de los estímulos de 500, 600 y 700 pesos, por lo anterior se

evidencia una incongruencia entre las solicitudes de estímulos y la evolución que presentó

el padrón de beneficiarios durante el ejercicio 2008, como se observa en el siguiente cuadro:

Mes Comportamiento del número de beneficiarios

Solicitud de dispersión, número de beneficiarios Mes

12,213 Enero Enero 151,874 137,845 Febrero Febrero 165,322 169,604 Marzo Marzo 172,072 171,581 Abril Abril 176,723 174,208 Mayo Mayo 179,982 180,039 Junio Junio 178,991 179,522 Julio Septiembre 216,699 115,680 Octubre Octubre 216,586 276,164 Noviembre Noviembre 216,426 474,424 Diciembre Diciembre 216,192

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436 VOLUMEN 12/13

El cuadro anterior muestra el desfase de un mes entre la información de las dos

columnas, derivado de la explicación hecha por la Subdirección de Recursos Financieros,

la cual señaló que los estímulos (500, 600, y 700 pesos) son pagados a mes vencido.

Aún considerando esta explicación se observa que en ningún mes concuerdan las cifras.

Por lo anterior se concluye que existen deficiencias en los mecanismos de control utilizados

en 2008 por el FEG, para asignar el importe del estimulo en correspondencia con la estructura

de calificaciones obtenidas por los alumnos beneficiarios del programa, infringiendo con

ello las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

evidenciando la falta de supervisión de la información que es solicitada para llevar a cabo

la dispersión de recursos para el pago de estímulos a los alumnos beneficiarios de este

programa durante el ejercicio fiscal de 2008.

De la inspección a los archivos de solicitud de dispersión de recursos, se observó la

existencia de otros conceptos11 tales como: computación, inglés, computación e inglés,

y egreso, los cuales se encuentran referidos en la Reglas de Operación del Programa de

Estímulos al Bachillerato Universal, Prepa Sí, sin embargo también se observaron conceptos

que hacen referencia a Coordinadores y Jefes de Grupo.

Las figuras de Coordinadores y Jefes de Grupo no se señalan en el objetivo del Programa

de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, y tampoco son contempladas en las

Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.

Los archivos de dispersión mostraron que durante el ejercicio 2008, la solicitud de recursos

incluyó a 971 Coordinadores de Unidad Territorial y 6,183 Jefes de Grupo (correspondiente

al mes de julio, la cual coincide con la cantidad más grande de dispersiones solicitadas para

estas dos figuras).

De lo anterior, se verificó que el FEG infringió las Reglas de Operación del Programa de

Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, vigentes en 2008, ya que en ninguno

11 Un concepto adicional a los antes enunciados es el de “Universitarios”, el cual hace referencia a las solicitudes de dispersión de

recursos para aquellos alumnos que habiendo sido beneficiarios en el nivel medio superior del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, actualmente se encuentran inscritos y cursando en un plantel público sus estudios universitarios. La estructura de estímulos a otorgar es la misma a la utilizada en el nivel bachillerato (calificaciones de 6.0 a 7.5 corresponden a un estímulo de 500 pesos, calificaciones de 7.6 a 9.0 corresponden a un estímulo de 600 pesos, calificaciones de 9.1 a 10.0 corresponden a un estímulo de 700 pesos).

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de los apartados de éstas se señala la autorización para llevar a cabo la realización de

este tipo de pagos denominados “estímulos adicionales”.

Se observa que el FEG no cuenta con reglas o normas formalmente establecidas, autorizadas

y difundidas para la asignación o selección de estas figuras, este hecho no permite que

cualquiera de los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí, si así lo desean, puedan acceder a alguna de estas dos funciones y al estímulo

correspondiente.

Mediante nota informativa del 8 de marzo de 2010 elaborada por la Dirección de

Evaluación se señalan las funciones a desarrollar por los Coordinadores de unidad

territorial, y Jefes de Grupo,12 sin embargo no se precisan los tiempos y horarios en los

cuales, los alumnos desarrollan estas actividades. Dicho documento señala la importancia

que tienen estas figuras para el desarrollo del programa.

De lo anterior se concluye que las funciones de los Coordinadores de Unidad Territorial y Jefes

de Grupo del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, deberán ser

normadas por el FEG a fin de garantizar que el acceso a estas figuras de participación

dentro del Programa se dé de manera equitativa hacia todos los beneficiarios.

A fin de verificar que los estímulos hubieran sido entregados a jóvenes que residan en el

Distrito Federal, se cotejaron los códigos postales registrados en el padrón de beneficiarios

del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, del ejercicio 2008

y el Catálogo Nacional de Códigos Postales.13 A partir de lo anterior se generó una tabla

dinámica a fin de determinar la cifra de códigos postales registrados en el padrón y el

número de alumnos registrados para cada uno de ellos. Al respecto se observó que el padrón

contiene un total de 1,356 códigos postales, los cuales fueron cotejados contra el catálogo

referido.

12 Funciones del Coordinador de Unidad Territorial: Conocer a fondo el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí; seleccionar a 10 Jefes de Grupo de entre los beneficiarios residentes en las zonas cercanas a su domicilio, para coordinarse con ellos; servir de enlace permanente entre personal de GDF y Jefes de Grupo; Apoyar las tareas de información, verificación y registro de los servicios a la comunidad realizados por los beneficiarios; representar al PREBU en eventos, cuando así sea acordado. Funciones del Jefe de Grupo: Conocer a fondo el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí; identificar a 20 beneficiarios residentes en las zonas cercanas a su domicilio, para coordinarse con ellos; servir de enlace permanente entre personal de GDF y Jefes de Grupo; Apoyar las tareas de información, verificación y registro de los servicios a la comunidad realizados por los beneficiarios; representar al PREBU en eventos, cuando así sea acordado.

13 Correos de México, versión actualizada al 22 de abril de 2010.

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La prueba mostró la existencia de 94 códigos postales (7.0%) registrados en el padrón de

beneficiarios del programa que no tiene referencia en dicho Catálogo. También se observó

que dichos números de códigos postales refieren a un total de 3,057 beneficiarios.

Se solicitó al sujeto fiscalizado explicara cual fue el mecanismo utilizado para llevar

a cabo la validación de la información registrada en el padrón. Al respecto señaló que se

cuenta con Convenios de Colaboración con las Instituciones Educativas cuyos alumnos

son beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.

Dichos convenios refieren el intercambio y validación de información de los alumnos de

nivel medio superior inscritos en los planteles del Distrito Federal. La información refiere

los datos que permitan cumplir con los requisitos exigidos por el programa de estímulos, tales

como: calificación del último ciclo escolar, inscripción como alumno regular o regularizable,

domicilio en el Distrito Federal y constancia de que el alumno no cuente con otro tipo de beca.

Se observa que el FEG suscribió durante el ejercicio 2008 cuatro Convenios de

Colaboración con distintas instituciones educativas, estas son la Universidad Nacional

Autónoma de México (Escuela Nacional Preparatoria y Colegio de Ciencias y Humanidades),

Instituto Politécnico Nacional (Centros de Estudios Científicos y Tecnológicos), Dirección

General de Educación Tecnológica e Industrial (Centros de Estudios Tecnológicos

Industriales y de Servicios), y el Instituto de Educación Media Superior (Preparatorias del

Gobierno del Distrito Federal).

El sujeto fiscalizado señaló, mediante nota informativa sin fecha elaborada por la

Dirección de Control que “los Convenios de Colaboración […] son de buena voluntad, sin

vinculación obligatoria”. Agregó que “en el año 2008 el intercambio de información con las

Instituciones Educativas se hizo en forma económica, sin entrega recepción por oficio”.

Dicha explicación no concuerda con los objetivos, compromisos y alcances plasmados

en dichos convenios, los cuales se encuentran signados por las autoridades educativas

y los responsables del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.

De lo anterior se concluye que el FEG no cuenta con mecanismos para garantizar

la validez y certeza oficial del 100% de la información de los alumnos beneficiarios del

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Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, contenida en el padrón

de beneficiarios de dicho programa y con la cual se dispersan los recursos de los estímulos

económicos de 216,191 alumnos del nivel bachillerato.

El 21 de mayo se llevó a cabo reunión de confronta entre el FEG y la CMHALDF, en la cual

el Fideicomiso mediante Oficio Núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010

hizo entrega de la nota informativa sin número, del 21 de mayo de 2010 de la Dirección de

Informática en la cual se señala que los 267,501 beneficiarios del padrón de 2008 integra

a todos aquellos jóvenes que en algún momento de ese período gozaron del estímulo

otorgado en el programa lo cual difiere del concepto beneficiarios por mes.

También se proporcionaron tres notas informativas (todas del 21 de mayo de 2010) de la

Dirección de Evaluación, en una de ellas se señala que “el Programa no tiene como objetivo

directo (en el corto plazo) un impacto en la eficiencia terminal, sino en evitar la deserción por

motivos económicos”. Agrega que el programa de Estímulos para el bachillerato Universal,

Prepa Sí, aumentará la eficiencia terminal en estudios de bachillerato en el mediano y largo

plazo, es decir, tres a cinco años. En otra nota informativa se señala que los beneficios

adicionales (por concepto de conocimiento de computación e idioma del inglés) son estímulos

individuales y excluyentes, los cuales se acreditan mediante exámenes, por lo que puede

recibir como estímulo adicional 1,000 pesos si acredita ambos exámenes, 500 pesos

si acredita cualquiera de ellos, o no recibir nada si no acredita ninguno.

En la tercera nota informativa de la Dirección de Evaluación, se señala que los promedios

corresponden a dos ciclos escolares (2007-2008 y 2008-2009), por lo que entonces existe

un sesgo en los impactos del programa.

Con el mismo Oficio Núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010 hizo entrega

de la Nota Informativa del 21 de mayo de 2010 sin número de la Dirección Jurídica en la

cual se señala que “la Con el mismo oficio FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo

de 2010, el FEG hizo entrega de la nota informativa del 21 de mayo de 2010 sin número de la

Dirección Jurídica en la cual se señala que “la suscripción de convenios dentro de una

actividad institucional son medios accesorios y no principales de acción en el Programa

de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí. Por lo que tomar como elemento

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esencial de garante para la validez y certeza de información de alumnos beneficiarios

del Programa, contenida en los padrones de los beneficiarios sería parcial y por tanto

inconcluso ya que son otros los mecanismos de validación y de registro de nuestros

beneficiarios”.

Al respecto, las aclaraciones realizadas por las Direcciones de Informática, de Evaluación

y Jurídica mediante notas informativas, todas del 21 de mayo de 2010 no proporcionaron

información clara, precisa y contundente que desvirtué las observaciones señaladas en el

presente resultado, persistiendo las deficiencias. Por lo que la información proporcionada

por el FEG no modifica las observaciones señaladas.

Recomendación APPD-103-08-21-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal establezca

mecanismos de control que le permitan garantizar que la información que es registrada

en el Informe de Cuenta Pública corresponda con las metas físicas y presupuestales

efectivamente alcanzadas al cierre de cada ejercicio fiscal.

Recomendación APPD-103-08-22-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, establezca

mecanismos de control que le permitan verificar y comprobar que la información que es

considerada para otorgar los estímulos económicos, en el marco de la operación del

Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, sea supervisada y

verificada a fin de garantizar que los beneficiarios de estos estímulos reciban el importe

establecido en la estructura de calificaciones de las reglas de operación vigentes.

Recomendación APPD-103-08-23-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal lleve a cabo

las acciones necesarias a fin de que los estímulos otorgados a Coordinadores de Unidad

Territorial sean normados y regulados a fin de garantizar que el acceso a estas figuras de

participación dentro del programa se dé de manera equitativa hacia todos los beneficiarios.

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Recomendación APPD-103-08-24-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, establezca

mecanismos de control que le permitan verificar y comprobar que la información

correspondiente al código postal que es registrada en el padrón de beneficiarios del

Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, sea verídica y confiable.

Recomendación APPD-103-08-25-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal lleve a

cabo las acciones necesarias a fin de garantizar la validez oficial de la información de los

alumnos de las distintas instituciones educativas que son beneficiados del Programa

de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, y dar la certeza a la ejecución de dicho

programa, así como a sus beneficiarios.

6. Resultado

Cobertura del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí en un Contexto Global a Nivel Entidad Federativa

La educación media superior corresponde al segundo tipo educativo (media superior)

el cual se integra de dos conjuntos: el profesional técnico y el bachillerato. El bachillerato

comprende el 90.6% de los alumnos de la Educación Media Superior, se imparte en tres

grados (años) y en casos excepcionales operan escuelas con dos y cuatro grados.

El profesional técnico cubre el 9.4% restante, el cual tiene una orientación de formación

para el trabajo, es de carácter terminal con opción en algunos casos de continuar a la

educación superior, se cursa en tres grados y en casos excepcionales en dos, cuatro

y hasta cinco grados.

Según información registrada por la Secretaría de Educación Pública (SEP)14 correspondiente

al ciclo escolar 2007-2008, refiere las siguientes cifras para el Distrito Federal, cabe

señalar que estas cifras no consideran la información correspondiente a los subsistemas

14 Sistema Educativo de los Estados Unidos Mexicanos, SEP. Principales Cifras Ciclo Escolar 2007-2008.

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educativos que se encuentran a cargo del Gobierno del Distrito Federal (Instituto de Educación

Media Superior y Educación a Distancia del Gobierno del Distrito Federal):15

● Número de alumnos en el nivel medio superior: 423,931.

● El 58.6% concurre a servicios otorgados por la federación (248,331).

● El 22.2% se ubica en escuelas de sostenimiento autónomo (94,205 alumnos, el que

proporcionan las universidades).16

● El 19.2% se refiere a quienes estudian en instituciones particulares (81,395 alumnos).

● El 87.4% de los alumnos cursan el nivel medio superior en la modalidad de bachillerato.

● El 12.6% de los alumnos se encuentran inscritos en sistemas cuya modalidad es de

profesional técnico.

● El número de estudiantes inscritos en escuelas públicas del Distrito Federal es de

342,536 alumnos.

A fin de obtener información que en materia de educación media superior correspondiente

al Gobierno del Distrito Federal, se revisó el Informe del Secretario de Educación del Distrito

Federal 2008. De su revisión se observó que para el caso del Instituto de Educación

Media Superior (IEMS) para el ciclo escolar 2007-2008 se contaba con una matricula

escolarizada, para sus 17 planteles, de 17,957 estudiantes. Adicionalmente el IEMS brinda

el servicio de educación media superior bajo el sistema semiescolarizado, con el cual

atendió para ese mismo ciclo escolar a un total de 3,182 estudiantes. En función de lo

anterior, durante el ciclo escolar 2007-2008 el IEMS dio servicios de Educación Media

Superior a 21,139 estudiantes.

15 Según la información registrada por el FEG en cuanto al número de beneficiarios del programa de estímulos, estos dos

subsistemas concentraron a 24,598 alumnos que recibieron dicho estímulo. Cifra correspondiente al mes de septiembre de 2008.

16 Se refiere al servicio que en este nivel proporcionan las Universidades e Institutos de carácter autónomo, básicamente la UNAM y el IPN para el caso del Distrito Federal.

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Otro de los sistemas educativos a cargo de Gobierno del Distrito Federal es el denominado

bachillerato a distancia, el cual comenzó a operar en junio de 2007, para diciembre de 2008

atendió a una población de 4 mil estudiantes en cinco generaciones activas a esa fecha.

Con base en la información obtenida, se concluye que el número total de alumnos en el

nivel medio superior (escuelas públicas y privadas) en todas sus modalidades y de todos

los subsistemas, en el Distrito Federal, fue de 449,070 estudiantes durante el ciclo escolar

2007-2008.

Con estas cifras se llevó a cabo un análisis de cobertura del Programa de Estímulos para

el Bachillerato Universal, Prepa Sí, tomando como referencia el total de estudiantes

previamente señalado como la población que potencialmente debiera recibir el estímulo

bajo consideraciones de una universalidad efectiva en congruencia con la denominación

del programa, que expresa esa intencionalidad.

Para la medición de la cobertura del programa se utilizó la siguiente fórmula: proporción

del número de estudiantes beneficiados con el programa de estímulos al cierre del

ejercicio fiscal de 2008 (216,191 beneficiarios) entre el número de estudiantes registrados

en el ciclo escolar 2007-2008 (449,070 estudiantes), por lo tanto la cobertura del Programa de

Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, fue del 48.1% a nivel Distrito Federal.

Considerando el mismo factor de beneficiarios del programa de estímulos, entre el

correspondiente al número de estudiantes inscritos en escuelas públicas (367,675

alumnos), la cobertura del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa

Sí, fue del 58.8% a nivel escuelas públicas.

Es de destacar que el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí,

señala en sus reglas de operación, como requisitos para el acceso y permanencia en el

programa de estímulos: el residir en el Distrito Federal, estudiar en una institución ubicada

en la entidad y no contar con beca o apoyo similar.

De lo anterior se observa que de los 367,675 estudiantes inscritos en escuelas públicas

del Distrito Federal durante el ciclo escolar 2007-2008, un total de 133,484 estudiantes no

fueron beneficiados por el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.

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Sin embargo, la información proporcionada por el ente durante los trabajos de auditoría no

permite corroborar que lo anterior tuviera su origen en los siguientes supuestos relativos

a los potenciales beneficiarios:

● No residen en el Distrito Federal, pero si estudian en él,

● Cuentan con beca o apoyo similar,

● No requieren dicho estímulo.

Adicionalmente, la información disponible no permite identificar los casos en los que los

potenciales beneficiarios residen en el Distrito Federal pero estudian fuera de él.

Datos de la SEP correspondientes al ciclo escolar 2007-2008, señalan que la cobertura de

los servicios educativos de nivel medio superior en el Distrito Federal17 fue del 95.4%, en

tanto que la media nacional fue de 60.9%, la eficiencia terminal fue de 57.3% para la

entidad, en tanto que la media nacional fue de 59.6%; la tasa de deserción para la entidad

fue de 13.7%, en tanto que la media nacional fue del 15.3%.18

Con base en lo anterior se concluye que el FEG no cuenta con la información o censo que

le permitan medir la cobertura potencial y efectiva de su Programa de Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí, información que debería estar sustentada en datos

estadísticos que el propio ente debiera recopilar y procesar para el ejercicio fiscal al que

se refiera.

Recomendación APPD-103-08-26-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal elabore

e implante indicadores que le permitan medir la cobertura de su Programa de Estímulos

para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, los cuales deberán estar sustentados en

información estadística recopilada y procesada por el propio ente.

17 Los resultados no consideran la información correspondiente a los subsistemas educativos administrados por el Distrito

Federal. 18 Sistema Educativo de los Estados Unidos Mexicanos, Principales Cifras del Ciclo Escolar 2007-2008, SEP. Las cifras son

estimadas para la eficiencia terminal.

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Eficiencia

7. Resultado

Referencias del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí

Mediante el Convenio 2152-619 celebrado el 21 de junio de 2007, entre el Gobierno del

Distrito Federal y el Banco Mercantil del Norte, se formaliza la creación del FEG.

De acuerdo con las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, 2007-200820 se observa que dicho programa estuvo a cargo de la SE

a través de la Subsecretaria de Educación Media Superior, durante el período agosto a

diciembre 2007. El Comité Técnico en la Primera Sesión Extraordinaria de fecha 29 de

noviembre de 2007 y, a través del acuerdo núm. SEO/001/02/2007 incisos: i), iii), autoriza

la formalización del Primer Convenio Modificatorio al Contrato Constitutivo del Fideicomiso

de Educación Garantizada del Distrito Federal (FEG) para incorporar dicho programa y

dotar a esta entidad de estructura administrativa propia para dar soporte su operación; así

mismo, instruyó al Director General del Fideicomiso para llevar a cabo las transferencias

del Programa Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí al FEG. De esta forma

el FEG se constituye como un instrumento jurídico financiero, cuyo objeto es asegurar una

aplicación eficiente y transparente de los recursos públicos,21 responsable del Programa

Educación Garantizada, y a partir de enero de 2008, responsable del Programa de

Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, Niñ@s Talento y Va Seguro.

Mediante el oficio núm. FEG/DG/DAF/0176/2010 del 19 de marzo de 2010 se menciona que

“en virtud de la reciente creación del Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato

Universal, el Fideicomiso Educación Garantizada carecía de estructura orgánica para la

operación del programa”, y se señalan que mediante el oficio núm. OM/1093/2008 del 17 de

junio de 2008, la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA) notifica

al FEG de la dictaminación a favor de su estructura orgánica, así como del organigrama,

19 Información entregada por el FEG, oficio núm. FEG/DG/DAF/321/2009, numeral 15, del 2 de septiembre de 2009. 20 Información entregada por el FEG, oficio FEG/DG/DAF/321/2009, numeral 17, del 2 de septiembre de 2009. 21 El Fideicomiso Educación Garantizada se formalizó mediante el Contrato 2156-2, entre el Gobierno del Distrito Federal por

conducto de la Secretaria de Finanzas como Fideicomitente Único y el Banco Mercantil del Norte, como Fiduciario para cumplir con los fines del mismo. En el mismo Contrato, se estableció la integración del Comité Técnico, con objeto de que coadyuve al Fiduciario a cuidar del buen funcionamiento del Fideicomiso.

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el cual entró en vigor el 1o. de mayo de 2008 con el Dictamen 7/2008,22 razón por la cual,

de manera excepcional y temporal para lograr el objetivo de su creación, así como los fines

del Fideicomiso, se consideró conveniente que los primeros cuatro meses dicho programa

se operara con personal de la Subsecretaria de Educación Media Superior y Superior.

Se observó que las áreas involucradas en la administración y operación del Programa

de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, fueron en 2008 la Dirección de

Informática, Dirección de Atención e Información, Dirección de Control, Dirección

de Administración y Finanzas, Coordinación Ejecutiva del PREBU, Dirección de Evaluación

y Direcciones Zona Norte y Zona Sur. Se identificó mediante el análisis del proyecto de

Manual Administrativo (en su parte de organización), las atribuciones y facultades de cada

una de estas áreas, lo cual permitió hacer una clasificación de los principales procesos23

que se realizan para operar el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí; también facilitó la selección del personal para llevar a cabo las pruebas de

cumplimiento y el diseño de las mismas.

8. Resultado

Objetivo y alcances del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí

Mediante el Oficio núm. FEG/DG/DAF/392/2009 del 8 de octubre de 2009, el FEG

proporcionó las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para Bachillerato Universal

2007-2008 y las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para Bachillerato

Universal, 2007-2008 Prepa Sí, en ambos documentos se señalan los lineamientos con

los que FEG operó el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí durante

el ejercicio 2008.

22 Información entregada por el FEG, Oficio núm. FEG/DG/DAF/321/2009, numeral 2, del 2 de septiembre de 2009. 23 El Proyecto de Manual Administrativo del 19 de marzo de 2009, en su parte de Organización, señala entre otros puntos

el objetivo del área, sus atribuciones y responsabilidades, de este análisis se identificó principalmente los procesos y las actividades con relación al Manual Administrativo y Procedimientos, Lineamientos, Procesos y Estructura Orgánica, Indicadores, Sistema de Evaluación, Actividades de Monitoreo y Supervisión¸ Transparencia y Acceso a la Información, Base de Datos, Padrón, captación de datos, Sistema de Información y Comunicación, Informes, Dispersión, Inscripción del Beneficiario, Actividades en Comunidad, Expedientes del Beneficiario, Difusión y Atención al Beneficiarios, todos estas funciones intervienen en la operación y administración del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.

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En la siguiente tabla se muestran los elementos que integran a las reglas de operación

en ambos períodos:

No. Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal

2007- 2008

No. Reglas de Operación del Programa de Estímulospara el Bachillerato Universal,

2008- 2009 Prepa Sí

1. Entidad responsable del programa 1. Entidad responsable del programa: 2. Objetivos y alcances 2. Objetivos y alcances: 3. Metas físicas 3. Metas físicas 4. Programación presupuestal 4. Programación presupuestal 5. Requisitos y procedimientos de acceso 5. Requisitos y procedimientos de acceso 6. Estímulos 6. Estímulos 7. Beneficios adicionales 7. Beneficios adicionales 8. Realización de servicios a la comunidad 8. Registro y recepción de solicitudes 9. Registro y recepción de solicitudes 9. Publicación de resultados 10. Publicación de resultados 10. Forma de entrega 11. Forma de entrega 11. Procedimiento de queja o inconformidad

ciudadana 12. Procedimiento de queja o Inconformidad ciudadana 12. Participación de instituciones educativas 13. Supervisión del programa 13. Supervisión del programa.

En las Reglas de Operación, inciso B, se establece el objetivo y alcances para el Programa

de Estímulos para Bachillerato Universal, Prepa Sí, trazado por la Secretaria de Educación

del Distrito Federal (SE) para el ciclo 2007-2008: “Implantar un sistema de estímulos

económicos para asegurar que todos los jóvenes del Distrito Federal que cursan el

bachillerato en escuelas públicas en la entidad puedan hacerlo con éxito, y no lo tengan

que abandonar por falta de recursos”; y por el FEG para el ciclo 2008-2009, como “Operar

un sistema de estímulos económicos para asegurar que todos los jóvenes y demás

estudiantes que cursan el bachillerato en instituciones públicas, ubicadas en la Ciudad de

México, en cualquiera de sus modalidades, así como los beneficiarios del programa que

hayan egresado del bachillerato y se encuentren inscritos en instituciones de educación

superior públicas del Distrito Federal, puedan hacerlo con éxito, y no lo tengan que abandonar

por falta de recursos económicos”.

De las diferencias del objetivo que se pueden observar para ambos períodos, se explica

mediante Nota Informativa del 26 de enero de 2010, “…el objetivo es continuo, lo único

que cambia para el ciclo escolar 2008-2009 es la ampliación del estimulo a los

estudiantes de bachillerato que hayan egresado y ahora cursen la universidad en una

institución pública, ello en la modalidad de Universidad Prepa Sí”.

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De lo anterior se concluye que la modificación a las Reglas de Operación del Programa de

Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, no modificaron la operación de dicho

Programa durante el ejercicio 2008.

Por otra parte, se observa que el objetivo del Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, converge con la Ley de Desarrollo Social, artículo 1o., fracciones III,

IV y XIV que refieren “disminuir la desigualdad social en sus diversas formas”, “integrar las

políticas y programas contra la pobreza en el marco de las políticas contra la desigualdad

social” y “fomentar la reconstrucción del tejido social urbano con base en el orgullo de

pertenencia a la ciudad y la comunidad”, respectivamente.

El objetivo también señala sus alcances en cuanto al sector de la población al que va

dirigido, ya que en su contenido señala: “Asegurar que todas y todos los jóvenes y demás

estudiantes del Distrito Federal que cursen el Bachillerato en Instituciones públicas…”,

sin embargo se observa el concepto de Universal dentro de la nomenclatura del programa

en cuestión (Programa de Estímulos para Bachillerato Universal, Prepa Sí).

Al respecto mediante Nota Informativa s/n del 26 de enero de 2010, se señala que:

“El PREBU forma parte de los esfuerzos del Gobierno del Distrito Federal por avanzar en

la universalización de la Educación Media Superior en la Ciudad, siendo una de los principales

objetivos de política educativa de la actual Administración […] Por su parte, en las reglas

de operación del Programa, en cuanto al objetivo, a la letra dice: “Implantar un sistema de

estímulos económicos para asegurar que todos los jóvenes que cursan el bachillerato en

escuelas públicas en la entidad puedan hacerlo con éxito, y no lo tengan que abandonar

por falta de recursos económicos”. Dado lo anterior, el PREBU es consistente con el principio

de universalidad ya que está dirigido a todos los jóvenes y demás estudiantes de educación

media superior inscritos en instituciones públicas y que residan el Distrito Federal”.

Sin embargo, su alcance se centra a la atención de las instituciones públicas, y no considera

a aquellas instituciones privadas que brindan este tipo de servicio.

En este sentido el Programa General de Desarrollo 2007-2012 del Distrito Federal plantea

como uno de los objetivos en el Eje de Equidad, “garantizar el acceso universal a la

educación y conclusión de la formación educativa hasta la educación media superior”;

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a la Ley de Educación del Distrito Federal, artículo 4o. refiere que el Gobierno del Distrito

Federal tiene por obligación “atender y prestar a todos los habitantes de la entidad

educación preescolar, primaria, secundaria y media superior”; a la Ley de Desarrollo Social

del Distrito Federal que plantea como primer principio de Desarrollo Social a la universalidad,

y refiere: “La política de desarrollo social está destinada para todos los habitantes de la

ciudad y tiene por propósito el acceso de todos y todas al ejercicio de los derechos

sociales, al uso y disfrute de los bienes urbanos y a una creciente calidad de vida para

el conjunto de los habitantes”.

Al respecto, mediante el oficio núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010, el FEG

señaló24 que:

“Es menester aludir que a través del programa PREBU, Prepa Sí, se busca cumplir con

los alcances establecidos en el programa General de Desarrollo para el Distrito Federal,

2007-2012, bajo su Eje 2 Equidad, al brindar mayores oportunidades de desarrollo humano

a los jóvenes que por sus condiciones sociales, culturales y económicas cuenten con menores

oportunidades, brindando de esta forma la posibilidad de acrecentar su conocimiento que

les permita constituirse como un capital humano en pro de ellos mismos, de su comunidad

y de esta ciudad”. “Por tanto el hecho de considerar a instituciones de educación privada,

generaría el incremento de la desigualdad social, para aquellas personas que no cuentan

con las mismas oportunidades de desarrollo”.

“Con este programa se apoya a la reconstrucción de tejido social urbano […] haciéndolos

parte importante de la ciudad.”

La información presentada ayuda, por tanto, a tener un punto de vista distinto al contemplado

durante los trabajos de auditoría, al considerar en primera instancia el objetivo de equidad

que se persigue con la ejecución del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí, el cual busca brindar las mismas oportunidades en aquellos alumnos de bajos

recursos económicos para la continuidad (permanencia) y conclusión de sus estudios de

nivel medio superior.

24 Mediante Nota Informativa sin número del 20 de mayo de 2010 emitida por la Dirección Jurídica del Fideicomiso Educación

Garantizada del Distrito Federal.

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9. Resultado

Aplicación del Dictamen 7/2008, autorizado en la Estructura Orgánica y Organigrama del Personal que operó el Programa de Estímulos para Bachillerato Universal, Prepa Sí

De acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración

Pública del Distrito Federal, fracción XII, que dispone “Inspeccionar y vigilar directamente

o a través de los órganos internos de control, que las dependencias, órganos

desconcentrados y entidades paraestatales, cumplan con las normas y disposiciones en

materia de: información, estadística, organización, procedimientos, sistemas de registro

y contabilidad, contratación y pago de personal, contratación de servicios […] y demás

activos de la Administración Pública del Distrito Federal”.

En el dictamen 7/2008, se autorizaron 18 plazas de nueva creación y un cargo honorífico,

como se relacionan en el siguiente cuadro:

Estructura Denominación de la plaza Nivel

* Director General del Fideicomiso Educación Garantizada del D.F. 1 Coordinación del Programa de Nin@s y Jóvenes Talento 37.5 2 Dirección de Informática 39.5 3 Subdirección de Base de Datos 29.5 4 Dirección de Atención e Información 39.5 5 Dirección de Evaluación 39.5 6 Subdirección de Evaluación 29.5 7 Dirección Jurídica 39.5 8 Dirección de Educación Garantizada 40.5 9 Coordinación de Aseguramiento Contra Accidentes 36.5

10 Dirección de Administración y Finanzas 40.5 11 Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales 29.5 12 Subdirección de Recursos Financieros 29.5 13 Coordinación Ejecutiva del PREBU 44.5 14 Dirección Zona Norte 39.5 15 Dirección Zona Sur 39.5 16 Dirección de Control 40.5 17 Coordinación de Enlace Interinstitucional 36.5 18 Subdirección de Control de Entregas e Incidencias 29.5

* Cargo Honorífico, el cual no genera derecho a percibir emolumento alguno por las funciones desempeñadas.

Como prueba de cumplimiento se solicitaron los 18 expedientes del personal de estructura para

constatar la aplicación del dictamen 7/2008, mediante el oficio núm. FED/DG/DAF/081/2010

del 4 de febrero de 2010, se entregaron los originales de 1725 expedientes de personal

para su revisión.

25 El expediente faltante corresponde a la plaza de la Dirección Jurídica la cual durante el ejercicio 2008 se encontró vacante.

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451 VOLUMEN 12/13

Del análisis a estos expedientes se constató la correspondencia de los puestos respecto

del dictamen autorizado por la CGMA, con excepción de la figura a cargo de la Dirección

Jurídica, la cual se señala en nota adjunta al mismo, que esta plaza está “vacante”, lo cual

se verificó por medio de los directorios,26 de los períodos 2008 y 2009, en los que no se

encontró registro de alguna persona a cargo de esta plaza dentro de ese período.

Del análisis de los expedientes se identificó el formato de “Carta Compromiso de Entrega

de Documentos”, mediante el cuál se le comunica al aspirante los requisitos que debe

cubrir para cumplir con los trámites de contratación, expedición de nombramientos,

identificación y expediente de personal. Al respecto se observó que en su contenido hace

falta cierta documentación, como se señala a continuación:

Documentación Completo expedientes

Qué establece la Circular Uno SI a) Formato de solicitud de empleo totalmente requisitado. SI b) Copia certificada del Acta de Nacimiento. SI c) Curriculum Vitae, sólo en el caso de personal de estructura. SI d) Cuando el aspirante sea de nacionalidad extranjera, deberá entregar copia de la FM-3,

expedida por la Secretaría de Gobernación. SI

e) Copia de Identificación Oficial. SI f) Copia del documento en donde conste la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC). SI g) Copia del documento en donde conste la Clave Única de Registro de Población (CURP). SI h) Copia del documento que acredite el nivel máximo de estudios. SI i) Copia del Comprobante de Domicilio. SI j) Dos fotografías tamaño infantil de frente. SI k) Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que no tiene otro empleo

en el Gobierno del Distrito Federal y que actualmente no tiene celebrado contrato alguno c omo prestador de servicios con el mismo Gobierno del Distrito Federal.

SI

l) Escrito en el que manifieste que da su autorización para que el área de Recursos Humanos consulte en la CGDF, si se encuentra inhabilitado para ocupar un empleo o cargo en el servicio público y que en el caso de que se encuentre inhabilitado, queda enterado que no podrá ingresar a laborar en el Gobierno del Distrito Federal.

SI

m) Constancia de remuneraciones cubiertas y retenciones efectuadas emitidas por otro patrón a que se refiere el numeral 1.13.1 de esta Circular. SI

n) Manifestación por escrito, si tienen un empleo fuera de la APDF y si en dicho empleo se aplica el Crédito al Salario que establece la LISR. SI

o) Manifestación del empleado de no haber sido sujeto de jubilación mediante incorporación a programas de retiro con apoyo económico. SI

Documentos extras que solicita el FEG Faltantes p) Constancia de No Inhabilitación expedida por la Secretaría de la Función Pública Ninguno q) En Caso de haber laborado en el GDF, copia de su último talón de pago En 8 expedientes r) En Caso de contar con licencia sin goce de sueldo Ninguno s) En Caso de venir de otra dependencia del GDF, copia de su baja En 13 expedientes

26 Información entregada por el FEG, Oficio núm. FEG/DG/DAF/321/2009, numeral 4, del 2 de septiembre de 2009.

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De lo anterior, se concluye que el FEG aplicó la Circular Uno, en el Apartado 1, “Administración

del Personal”, numeral 1.3.7 que refiere la documentación que el aspirante deberá

entregar, para ocupar una plaza en alguna de las dependencias o entidades, cumpliendo

cabalmente con cada uno de los requisitos señalados por la Circular Uno; sin embargo, de

los cuatro requisitos adicionales solicitados por el FEG, en ocho expedientes no se integró

copia del último talón de pago, y en 13 expedientes no se integró comprobante de baja,

por lo que no se cumplió con los lineamientos que el propio sujeto fiscalizado estableció

en este sentido.

Organigrama

La Circular Uno vigente desde 2007, en el apartado 4, “Modernización Administrativa”,

numeral 4.3.2 refiere: “Las Dependencias y Entidades, deberán operar con estricto apego

al último dictamen de estructura básica y no básica que emita y autorice la OM, en

consecuencia, las plazas vigentes de servidores públicos superiores, mandos medios,

homólogos, puestos de líder coordinador de proyectos y enlace, deberán coincidir y ocuparse

conforme al dictamen en número de puestos, plazas niveles, niveles, nomenclaturas y áreas

de adscripción”.

Como se señala anteriormente, el organigrama del FEG fue autorizado por la CGMA a través

del dictamen 7/2008, y quedó definido como se muestra a continuación:

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Dirección General deFIDEGAR 

Dirección de Informática 

Dirección de Atención e Información 

Dirección de Jurídico 

Dirección de Educación Garantizada 

Dirección de 

Administración y Finanzas 

Dirección de Atención y Evaluación 

Subdirección de Base de Datos  Coordinación de 

Aseguración contra Accidentes 

Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales 

Coordinación 

Ejecutiva del PREBU

Subdirección de Evaluación  Subdirección de 

Recursos Financieros 

Coordinación del Programa Niños y Jóvenes 

Dirección de Control Dirección Zona SurDirección Zona Norte

Subdirección de Control e Incidencias 

Coordinación de Enlace 

Interinstitucional 

Con relación a lo antes expuesto, mediante el oficio FEG/DG/DAF/322/2010, del 21 de

mayo de 2010, derivado del análisis del FEG al Informe de Resultados de Auditoría para

Confronta, se argumenta que:

“Al respecto, se comenta que en el caso de los expedientes del personal de estructura,

y en los cuales derivados de su revisión determinaron faltantes, es importante señalar que

dichas personas efectivamente laboraron en el Gobierno del Distrito Federal, anterior a

este fideicomiso, contratados bajo el régimen de Honorarios Asimilados específicamente

en la SE, tal como se desprende de sus constancias de retenciones de ISR del ejercicio

2008, y dicha Secretaría no emite recibos de pago en el caso de Honorarios Asimilados.”

De igual manera, “al presentar sus servicios bajo el régimen de Honorarios Asimilados no

aplica el documento ´Baja´, toda vez que la contratación está determinada en la vigencia

de la celebración del contrato mismo. Por lo que al no aplicar (N/A), no existe incumplimiento

en los lineamientos establecidos”.

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454 VOLUMEN 12/13

No obstante, esta información no deriva en la modificación del presente resultado, ya que

no se proporciona la documentación adicional donde se pueda corroborar lo referido

al respecto.

Asimismo, la documentación previamente presentada por la Dirección General de

Administración y Finanzas mediante el oficio núm. FED/DG/DAF/081/2010 del 4 de febrero

de 2010 que ya se tiene, no es suficiente para desvirtuar la deficiencia enunciada.

Recomendación APPD-103-08-27-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, adopte

medidas de control para asegurar que los expedientes de su personal se integren y

actualicen de conformidad con lo establecido en los lineamientos internos de dicha entidad,

específicamente en la Carta Compromiso de Entrega de Documentos.

10. Resultado

Manual Administrativo del Fideicomiso Educación Garantizada

La Circular Uno vigente desde 2007, en el apartado 4, “Modernización Administrativa”,

numeral 4.4.2 señala que, “Los titulares de las Dependencias, Unidades Administrativas,

Órganos Desconcentrados y Entidades, están obligados a elaborar sus Manuales

Administrativos y a remitirlos a la Coordinación General de Modernización Administrativa

(CGMA) para su revisión, dictamen y en su caso, registro”.

Se solicitó al FEG por medio del oficio APPD/09/527 del 29 de septiembre de 2009, su

Manual Administrativo vigente durante el ejercicio 2008 y en su caso las modificaciones

correspondientes. Al respecto, se constató el trámite inicial que realizó el FEG para

obtener la autorización y registro ante la CGMA. Sin embargo mediante el Oficio

núm. FEG/DF/DAF/062/2010 del 10 de marzo de 2010, se explica que el ente a la fecha

no cuenta con un Manual Administrativo (en sus partes organizacional y de procedimientos)

autorizado y registrado, enviando los oficios que documentan las acciones que se han

realizado para este trámite.

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Al respecto se describe la cronología con fechas, acciones, documentación y tiempos de

respuesta entre el FEG y la CGMA para el trámite de autorización y registro del Manual

Administrativo del FEG durante 2008.

Fecha Acción Documento generado

17 de junio de 2008 Dictaminación favorable de la estructura orgánica y organigrama del FEG.

Dictamen 7/2008 para entrar en vigor el 1o. de Mayo de 2008.

Tiempo transcurrido entre las dos acciones: 2 meses aprox. 7 de agosto de 2008 Autorización de envío a la CGMA del primer proyecto

del Manual Administrativo emitida por el Comité Técnico en la Tercera Sesión Ordinaria.

Ninguno.

Tiempo transcurrido entre las dos acciones: 11 días. 18 de agosto de 2008 Se envía para autorización y registro el proyecto del Manual

Administrativo a la CGMA. Oficio núm. FEG/DG/209/2008 fechado el 11 agosto de 2008.

Tiempo transcurrido entre las dos acciones: 6 meses y 13 días. 02 de septiembre de 2008 El FEG envió oficio de solicitud a la CGMA, solicitando a la

SF la validación de los recursos presupuestales para ampliar la estructura orgánica de la entidad.

Oficio núm. FEG/DF/225/2010 del 2 de septiembre de 2008

Del análisis a la cronología para el trámite del Manual Administrativo del FEG se

detectaron los siguientes aspectos:

La Circular Uno vigente desde 2007, en el Apartado 4, “Modernización Administrativa”,

numeral 4.3.9 señala que “Una vez dictaminada la estructura orgánica de las Dependencias

y Entidades, ésta no podrá modificarse en un plazo menor a un año, salvo que cuente con

la autorización del Jefe de Gobierno o del Oficial Mayor.” Por lo que se incumplió esta norma

al transcurrir solo nueve meses, entre el dictamen 7/2008, el cual entra en vigor a partir

del 1o de mayo de 2008 y la autorización del alcance a este dictamen para ampliar la

estructura orgánica del FEG, el cual tiene vigencia a partir del 16 de septiembre de 2008.

Lo anterior se confirma al detectar que el dictamen 7/2008 es autorizado el 17 de junio

de 2008 por la CGMA, y el 2 de septiembre del mismo año, poco menos de cuatro meses,

el sujeto fiscalizado envió oficio de solicitud a la CGMA, y fue requerida a la SF la

validación de los recursos presupuestales específicos para ampliar la estructura orgánica

del FEG, lo cual fue autorizado con vigencia a partir del 17 de febrero del 2009, por lo que

transcurrieron 9 meses de que entró en vigor el primer dictamen.

Al respecto; mediante el oficio FEG/DG/DAF/322/2010, del 21 de mayo de 2010 y

derivado del análisis del FEG al Informe de Resultados de Auditoría para Confronta,

argumenta que:

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“El Comité Técnico del Fideicomiso Educación Garantizada, con número de Acuerdo

SO/03/009/2008 de fecha de 7 de agosto de 2008, solicitó como prioridad la creación

de un Órgano Interno de Control, aprobando en dicha sesión la modificación de la

estructura orgánica de este Fideicomiso, a fin de incluir una Contraloría Interna, por lo que

se instruyó al Director General a realizar las gestiones para llevar a cabo la modificación

propuesta.

“Derivado de lo anterior, se iniciaron las gestiones tomando en cuenta los tiempos de

respuesta de las diferentes instancias de las cuales dependen las autorizaciones

correspondientes, y se recibió la autorización del alcance al Dictamen 7/2008 por parte

de la OFICIALIA MAYOR con oficio núm. OM/0230/2009 del 17 de febrero de 2009;

adicionalmente fue a partir del mes de mayo del 2009 cuando se inició la ocupación

de las plazas autorizadas, creando con esto la Contraloría Interna en este Fideicomiso;

lo cual no contraviene la disposición del numeral 4.3.9 de la Circular Uno 2007, toda vez

que el primer dictamen entró en vigor el 1o. de mayo de 2008, y el alcance al Dictamen

está autorizado por la Oficialía Mayor. Asimismo, la disposición invocada refiere a la

modificación de la estructura, no señalando los plazos para iniciar las gestiones

correspondientes…”

La información presentada no deriva en la modificación de este resultado, ya que la

observación es con relación a la fecha de la autorización presupuestal para la ampliación

de la estructura, no a la gestión ni a la aplicación de la misma. Asimismo, la documentación

soporte no se presenta correctamente requisitada, ya que contienen campos que no han

sido debidamente llenados, los folios del formato se repiten y no logra identificar al funcionario

que emite la segunda firma que presenta este formato.

Recomendación APPD-103-08-28-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, de continuidad

al tramite para la dictaminación y registro del proyecto del Manual Administrativo remitido

el 29 de marzo de 2010 a la Coordinación General de Modernización Administrativa de la

Contraloría General del Distrito Federal, y asegurar el seguimiento pronto y oportuno

a las observaciones derivadas de su revisión por parte de de dicha coordinación en

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cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración de Recursos (Circular Uno),

de tal forma que en un plazo no mayor a treinta días naturales a partir del conocimiento de

la presente recomendación se haya realizado el registro de dicho Manual Administrativo.

Recomendación APPD-103-08-29-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, una vez

autorizado su Manual Administrativo, realice los trámites correspondientes a efecto de que

sea publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en cumplimiento de la Normatividad

en materia de Administración de de Recursos (Circular Uno).

Recomendación APPD-103-08-30-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, una vez

autorizado su Manual Administrativo realice los trámites correspondientes a efecto de que

sea difundido a todo el personal encargado de su aplicación, conforme a la Normatividad

en materia de Administración de Recursos (Circular Uno).

Recomendación APPD-103-08-31-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal adopte medidas

de control para asegurar que se cumplan con los tiempos establecidos en la Normatividad

en materia de Administración de Recursos (Circular Uno), en lo que respecta al trámite para

modificaciones de la estructura orgánica, ante la Coordinación General de Modernización

Administrativa.

Recomendación APPD-103-08-32-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal adopte medidas

de control y supervisión para asegurar que el formato de Constancia de Nombramiento de

Personal del FEG sea elaborado y requisitado de forma completa respecto a los campos

que contiene.

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11. Resultado

Conocimiento sobre la Administración y Operación con que el Personal del FEG operó el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, y Diseño de Cuestionarios

Mediante atenta nota APPD/103/08-11 del 5 de marzo de 2010, se solicitó al FEG explicar los

riesgos que le implicó, y las áreas involucradas en la operación del Programa de Estímulos

para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, haber trabajado sin manuales y procedimientos

formalmente autorizados durante los ejercicios fiscales 2008 y 2009.

En respuesta, mediante el oficio FEG/DG/DAF/0622010 del 10 de marzo de 2010 el sujeto

fiscalizado señaló que “Independientemente de que no se contó con un Manual Administrativo

debidamente autorizado por la autoridad competente, la operación del Programa de

Estímulos a Estudiantes de Bachillerato Universal se basó en el Proyecto del Manual

de Organización mediante la cual se establecieron los objetivos y las funciones de la

Coordinación Ejecutiva del Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato Universal

y de las demás áreas que la integran…” y por otra parte indica también que “…actualmente

existe un riesgo administrativo a que el personal operativo de nuevo ingreso desconozca

las políticas para desarrollar y cumplir adecuadamente con sus funciones…”.

Asimismo el sujeto fiscalizado hace mención en el citado documento que:

“El Fideicomiso cuenta con sistemas y procedimientos adecuados para su operación como:

”● Reglas de Operación del Fideicomiso

”● Reglas de Operación del programa de PREBU

”● Comité Técnico (Órgano de Gobierno)

”● Manual de Operación del Sistema Institucional de Control de Egresos (SICE) […]

”… se trabajó los procedimientos y principios de la Ley Orgánica de la APDF, del Código

Financiero… del Manual de Normas Presupuestarias, Ley de adquisiciones del Distrito

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Federal, Reglamento de la Ley de Adquisiciones del Distrito Federal, Decretos de

Presupuesto de Egresos, Circular Uno, etc.

”Por lo expuesto y con base en que el Fideicomiso cumple cabalmente con todos los

ordenamientos normativos no hemos tenido a la fecha en los resultados de diversas

auditorias realizadas por los diferentes órganos fiscalizadores […] alguna observación que

determine un índice importante de riesgo.”

Para constatar lo citado por el FEG, como parte de las pruebas de cumplimiento se

consideró lo previsto en el acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales

de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal,27 que en su artículo 11,

señala:

“El Control Interno es un proceso llevado a cabo por la Administración Pública: Titulares,

Órganos de Gobierno y el resto del personal cualquiera que sea su naturaleza laboral,

y está diseñado para proporcionar una seguridad razonable en el logro de sus objetivos,

dentro de las siguientes categorías:

”Eficacia y eficiencia de las operaciones

”Confiabilidad de los informes financieros y operativos…”

En este sentido, por medio del oficio APPD/10/160 del 22 de marzo de 2010, se le requirió

al sujeto fiscalizado la asistencia de 52 integrantes (mandos superiores, mandos medios

y personal operativo) para la aplicación de cuestionarios de conocimiento sobre la

administración y operación con que el personal del FEG operó el Programa de Estímulos

para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, programado para su aplicación los días 25, 26 y 28

de marzo de 2010.

La selección de dicho personal se realizó en proporción a cada una de las áreas involucradas

en la operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.

Mediante la nota informativa sin número del 7 de abril de 2010, se explicó que la causa de

27 Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 09 de abril de 2007.

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la inasistencia de 11 servidores públicos, seleccionados para la aplicación de cuestionarios,

fue porque renunciaron a dicha entidad, señalando fecha de la renuncia y anexando

documentación comprobatoria de cada caso; por tal motivo se aplicaron únicamente

41 cuestionarios, de acuerdo a la disposición del personal como a continuación se muestra:

Área DAF DE DI CEP, DZN DZS, DC

DAI

Coordinador Ejecutivo 1 Dirección de Área 1 1 1 3 1 Coordinador de Enlace Interinstitucional 1 Subdirector 1 1* 1 4 JUD 1 2 7

5*

Enlace 2 4 2 Asistente A 2 1 2 6

1* Asistente C 1 Total seleccionados 5 2 8 27 10 Total aplicados 5 1 5 21 9

* Personal que no se sometió al cuestionario porque fue dado de baja. DAF: Dirección de Administración y Finanzas. DE: Dirección de Evaluación. DI: Dirección de Informática. CEP: Coordinación Ejecutiva del PREBU. DZN: Dirección Zona Norte. DZS: Dirección Zona Sur. DC: Dirección de Control. DAI: Dirección de Atención e Información.

De la revisión de los 41 cuestionarios aplicados, se obtuvo una valoración numérica

y especifica sobre cada componente que integra el control interno y que da certeza y

seguridad sobre la eficiencia con que el personal del FEG administra y opera el Programa

de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato.

Se debe señalar que el sistema de evaluación consistió en relacionar las respuestas del

encargado del área a evaluar (Directores o Coordinador Ejecutivo), con el personal que

integra su dirección. Se consideró la referencia normativa de las funciones previstas por la

Guía Técnica para la elaboración de Manuales del Gobierno del Distrito Federal, que en su

apartado 3 Criterios para la presentación y elaboración de los manuales, numeral 3.2, inciso i)

Funciones, dispone que “A los niveles de Dirección de Área u Homólogos, se asignarán

exclusivamente las funciones características de coordinación, planeación, programación,

organización, dirección, control, evaluación, vigilancia, difusión y autorización”. En este sentido

se consideraron las respuestas de los cuestionarios aplicados a los Directivos como marco de

referencia conceptual como parámetro de evaluación para el personal adscrito a su área.28

28 Debido a la carga de trabajo que recae en el personal directivo, se les entregó el cuestionario de conocimiento sobre la

administración y operación con que el personal del FEG operó el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, otorgándoles un plazo de dos días naturales para dar contestación a éstos y garantizar la calidad del contenido de las respuestas.

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Los resultados de los cuestionarios aplicados al personal del FEG se pueden observar

en los siguientes cinco cuadros que se despliegan en el presente resultado. Cada uno de

éstos contiene la valoración por componente, en relación con las cinco áreas que se

evaluaron del sujeto fiscalizado. Sin embargo, el porcentaje de participación de la Dirección

de Evaluación, como se observa en los cuadros, aunque arroja el mayor porcentaje, se

debe valorar de forma relativa considerando que el único integrante de dicha área al que

se le aplicó el cuestionario fue al titular.

El Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales de Control Interno

para la Administración Publica del Distrito Federal, señalan en el artículo 4o, que

“es responsabilidad de los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración

Pública del Distrito Federal, así como de los órganos de gobierno de las entidades,

concurrentemente con sus titulares, establecer y preservar el sistema de control interno

requerido para el logro de los objetivos y metas, así como evaluar y supervisar su

funcionamiento e implementar constantemente las acciones que conduzcan a su mejora”.

En consecuencia, en el diseño del cuestionario de conocimiento sobre la administración

y operación con que el personal del FEG operó el Programa de Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí, se tomaron en cuenta los lineamientos y elementos

que se desprenden del acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales

de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, que en el artículo 16

indica:

“Para efectos del presente Acuerdo, los Lineamientos de Control Interno son los siguientes:

”Primer Lineamiento: Ambiente de Control

”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal, deberán promover y mantener un ambiente de integridad, honradez, respeto

y comportamiento ético que estimule e influya las actividades de los servidores públicos,

para que cumplan con sus responsabilidades de control; asimismo, deberán actualizar

y difundir su misión, visión, objetivos y metas, vigilando que sean congruentes en su

funcionamiento...”

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462 VOLUMEN 12/13

De los 41 participantes evaluados, se les aplicaron un promedio de 28 preguntas sobre

temas como la integridad y valores éticos; autoridad y responsabilidad; metas objetivos,

generales y específicos; estructura organizacional; clima de confianza en el trabajo; y políticas

de recursos humanos.

De las 1,148 respuestas formuladas: el 37% fueron contestadas demostrando

conocimiento sobre los temas presentados; el 42% fueron insuficientes; el 6% declaró no

tener conocimiento sobre los temas y el 15% menciona que está fuera de sus funciones

el tener conocimiento sobre los elementos que integran el ambiente interno del FEG.

De manera individual el área con mayor porcentaje de conocimiento es la Dirección de

Administración y Finanzas con un 43%.

(A) AMBIENTE DE CONTROL INTERNO

Áreas del FEG evaluadas

Dirección de Administración y Finanzas

Dirección de Evaluación

Dirección de Informática

Coordinación Ejecutiva del PREBU

Dirección de Atencióne Información

Total % Total % Total % Total % Total %

Núm. 1

Elementos Integridad y Valores Éticos:

a. Sobre el FEG y Prepa Sí:

b. Sobre el Área al que está adscrito

Demuestra conocimiento 12.5 31.3 16 100.0 13.5 33.75 76 32.9 22.5 25.0

Declara no corresponde a sus funciones 1 2.5 0 - 6 15.0 10 4.3 1 1.1

Declara no tener conocimiento de la respuesta 12 30.0 0 - 13 32.5 20 8.7 40 44.4

2 Autoridad y responsabilidad

Demuestra conocimiento 21 52.5 14 100.0 18 40.0 84.5 33.5 17 17.2

Declara no corresponde a sus funciones 1 2.5 0 - 1 2.2 0 - 4 4.0

Declara no tener conocimiento de la respuesta 7 17.5 0 - 13 28.89 0.5 1.3 52 52.5

3 Estructura organizacional

Demuestra conocimiento 12 60.0 8 100.0 14.5 72.5 39.5 37.6 28 51.9

Declara no corresponde a sus funciones 0 - 0 - 1 5.0 11 10.5 0 -

Declara no tener conocimiento de la respuesta 0 - 0 - 2 10.0 3 2.9 0 -

4 Políticas de personal

Demuestra conocimiento 4 26.7 6 100.0 2.5 16.7 24 28.6 6 22.2

Declara no corresponde a sus funciones 5 33.3 0 - 2 13.3 11 13.1 19 70.4

Declara no tener conocimiento de la respuesta 4 26.7 0 - 10 66.7 7 8.3 0 -

Total de las áreas por componente.

Demuestra conocimiento 49.5 43.0 44 100.0 48.5 38.8 224 35.7 67.5 25.0

Declara no corresponde a sus funciones 35.5 30.9 0 - 29 23.2 20 3.2 92 34.0

Demuestra conocimiento 23.0 20.0 0 - 28.5 22.8 343.5 54.5 105.5 39.1

Declara no tener conocimiento de la respuesta 7.0 6.1 0 - 19 15.2 42.5 6.8 5 1.9

Totales del Componente por Dirección 115 100.0 44 100.0 125 100.0 630 100.0 270 100.0

En cuanto al Segundo Lineamiento: Evaluación y Administración de Riesgos:

”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal deberán asegurarse que éstas cuenten con objetivos, metas y programas

institucionales acordes al marco jurídico que rige su funcionamiento. Al contar con

estos elementos, deberán llevar a cabo la identificación y evaluación de los riesgos críticos

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463 VOLUMEN 12/13

que puedan impactar negativamente en el logro de los objetivos, metas y programas,

con el fin de establecer estrategias y fortalecer el control interno para su prevención

y manejo […]

”II. En la identificación de los riesgos se deberá considerar el origen, áreas involucradas,

monto, antigüedad, objetivo, meta o programa que afecta, problemática, riesgos

y/o posibles efectos.”

Sobre este tenor, los 41 participantes evaluados, se les aplicó un promedio de 11 preguntas

sobre temas como identificación de riesgos y administración del riesgo y cambio.

De 451 respuestas: el 29% fueron contestadas demostrando conocimiento sobre los temas

presentados; el 39% fueron respuestas insuficientes; el 25% declaró no tener conocimiento

sobre los temas y el 6% menciona que está fuera de sus funciones el tener conocimiento sobre

los elementos que integran la evaluación y administración de riesgos del FEG.

De manera individual el área con mayor porcentaje de conocimiento es la Dirección de

Informática con un 57%.

(B) EVALUACIÓN DEL RIESGO

Áreas del FEG evaluadas

Dirección de Administración y Finanzas

Dirección de Evaluación

Dirección de Informática

Coordinación Ejecutiva del PREBU

Dirección de Atencióne Información

Total % Total % Total % Total % Total % Núm. Elementos

1 Los objetivos deben ser establecidos y comunicados

Demuestra conocimiento 3 30.0 4 100.0 3.5 35.0 12.5 29.8 4 22.2 Declara no corresponder a sus funciones 4 40.0 0 - 3 30.0 8 19.1 7 38.9 Declara no tener conocimiento de la respuesta 0 - 0 - 0 - 2 4.76 2 11.1 2 Identificación de los riesgos internos y externos

a. Integración del área: descripción y características del personal que integra

b. Factores de riesgo Demuestra conocimiento 3 20.0 6 100.0 8.5 56.7 19.5 30.9 6.5 14.4 Declara no corresponder a sus funciones 2 13.3 0 - 0 - 1 1.6 5 11.1 Declara no tener conocimiento de la respuesta 4 26.7 0 - 0 - 0 - 14 31.1

3 Los planes deben incluir objetivos e indicadores de desempeño

Demuestra conocimiento 3 60.0 4 100.0 1 20.0 3 14.3 4 14.8 Declara no corresponder a sus funciones 0 0.0 0 - 0 - 7 33.3 0 - Declara no tener conocimiento de la respuesta 0 0.0 0 - 4 80.0 5 23.8 15 55.6

4 Evaluación del medio ambiente interno y externo: clientes internos y externos

Demuestra conocimiento 4.5 22.5 6 100.0 8 40.0 21.5 25.6 6 16.7 Declara no corresponder a sus funciones 5 25.0 0 - 0 - 0 - 4 11.1 Declara no tener conocimiento de la respuesta 5 25.0 0 - 9 45.0 15 17.8 19 52.8 Total de las áreas por componente. Demuestra conocimiento 13.5 33.7 20 100.0 21 42.0 56.5 26.9 20.5 16.3 Declara no corresponder a sus funciones 7 17.5 0 - 0 - 10 4.7 11 8.7 Demuestra desconocimiento 6.5 16.2 0 - 13 26.0 115.5 55.0 39.5 31.3 Declara no tener conocimiento de la respuesta 13 32.5 0 - 16 32.0 28 13.3 55 43.6 Total es del componente por dirección 40 100.0 20 100.0 50 100.0 210 100.0 126 100.0

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464 VOLUMEN 12/13

Respecto del tercer lineamiento, se dispone:

“Tercer Lineamiento: Actividades de Control.

”I. “Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal son responsables de establecer los procedimientos para que los servidores

públicos ejecuten diariamente las funciones asignadas, se administren los riesgos

para evitarlos o minimizarles, así como la instrumentación y fortalecimiento del control

interno que garantice el logro de los objetivos, metas y programas institucionales,

asegurando de manera razonable la generación de información financiera, presupuestal

y de operación confiable, oportuna y suficiente, para cumplir con su marco jurídico

de actuación, así como salvaguardar los recursos públicos a su cargo y garantizar

la transparencia de su manejo.”

En atención a este aspecto, a los 41 participantes evaluados, se aplicaron un promedio de

19 preguntas sobre temas como separación de tareas y responsabilidades; manuales

de organización y de procedimientos; coordinación entre áreas; documentación; niveles

definidos de autorización; registro oportuno y adecuado de las operaciones y hechos;

rotación de los servidores públicos en actividades claves; control del sistema de información;

indicadores de desempeño; y funciones de Contraloría Interna.

De 779 respuestas: el 34% fueron contestadas demostrando conocimiento sobre los

temas presentados; el 31% fueron respuestas insuficientes; el 25% declaró no tener

conocimiento sobre los temas y el 10% menciona que está fuera de sus funciones el

tener conocimiento sobre los elementos que integran Actividades de Control del FEG.

De manera individual el área con mayor porcentaje de conocimiento es la Dirección de

Administración y Finanzas con un 41%.

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465 VOLUMEN 12/13

(C) ACTIVIDADES DE CONTROL GERENCIAL

Áreas del FEG evaluadas Áreas del FEG evaluadas

Dirección de

Administración y FinanzasDirección

de Evaluación Dirección

de Informática Coordinación Ejecutiva

del PREBU Dirección de Atención

e Información

Total % Total % Total % Total % Total %

Num. Elementos 1 Políticas para el logro de objetivos. Demuestra conocimiento 1 20.0 2 40.0 1 20.0 2 5.0 1 11.1 Declara no corresponder a sus funciones 0 - 0 - 0 - 0 - 1 11.1 Declara no tener conocimiento de la respuesta 2 40.0 0 - 4 80.0 1 2.5 6 66.7

2 Coordinación entre las dependencias de la entidad

Demuestra conocimiento 8 40.0 4 66.7 9.5 38.0 22 26.2 11.5 21.3 Declara no corresponder a sus funciones 2 10.0 0 - 3 12.0 5 5.9 4 7.4 Declara no tener conocimiento de la respuesta 4 20.0 0 - 6.5 26.0 17 20.2 30 55.6 3 Diseño de las actividades de control. Demuestra conocimiento 10.5 26.2 8 40.0 20.5 45.6 138 36.5 28.5 35.2 Declara no corresponder a sus funciones 13 32.5 0 - 5 11.1 41 10.8 2 2.5 Declara no tener conocimiento de la respuesta 9 22.5 0 - 13 28.9 71 18.8 34 41.9 Total de las áreas por componente. Demuestra conocimiento 19.5 30.0 14 87.5 31 41.3 162 33.5 41 28.5 Declara no corresponder a sus funciones 15 23.1 0 - 8 10.7 46 9.5 7 4.8 Demuestra desconocimiento 15.5 23.8 2 12.5 12.5 16.7 186 38.5 26 18.1 Declara no tener conocimiento de la respuesta 15 23.1 0 - 23.5 31.3 89 18.4 70 48.6 Total es del componente por dirección 65 100.0 16 100.0 75 100.0 483 100.0 144 100.0

El cuarto lineamiento está definido como:

“Cuarto Lineamiento: Información y Comunicación

”I. Los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito

Federal, y los demás servidores públicos en el ámbito de sus respectivas competencias,

deberán establecer las medidas que permitan que la información relevante que generen,

sea adecuada para la toma de decisiones y el logro de sus objetivos, metas y

programas, así como para cumplir con las distintas obligaciones y responsabilidades a

las que en materia de información están sujetas, en los términos de las disposiciones

legales y administrativas aplicables.

”II. Conforme a lo anterior, la información debe ser identificada, capturada, procesada y

comunicada en forma y dentro del tiempo indicado a los servidores públicos responsable

de su atención, para que cumplan con sus responsabilidades. De esta forma, la

información deberá obtenerse, clasificarse y comunicarse oportunamente a las instancias

externas e internas procedentes.”

Sobre esta materia a los 41 participantes evaluados, se aplicaron un promedio de 11

preguntas sobre temas como contenido y flujo de la información, canales de comunicación

y sistemas de información.

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466 VOLUMEN 12/13

De 451 respuestas: el 32% fueron contestadas demostrando conocimiento sobre los temas presentados; el 29% presentaron respuestas insuficientes; el 25% declaró no tener conocimiento sobre los temas y el 15% menciona que está fuera de sus funciones el tener conocimiento sobre los elementos que integran la Información y Comunicación del FEG.

De manera individual el área con mayor porcentaje de conocimiento es la Dirección de Informática con un 52%.

(D) SISTEMA DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Áreas del FEG evaluadas

Dirección de

Administración y FinanzasDirección

de Evaluación Dirección

de Informática Coordinación Ejecutiva

del PREBU Dirección de Atención

e Información Total % Total % Total % Total % Total %

Núm. Elementos 1 Identificación de información suficiente Demuestra conocimiento 2 40.0 2 20.0 7.5 50.0 10.5 25.0 0 - Declara no corresponder a sus funciones 3 60.0 0 - 2 13.3 2 4.8 0 - Declara no tener conocimiento de la respuesta 0 - 0 - 3 20.0 11 26.2 0 -

2

Información suficiente y relevante debe ser identificada y comunicada en forma oportuna para permitir al personal ejecutar sus responsabilidades asignadas.

Demuestra conocimiento 2 20.0 2 50.0 6 60.0 52.5 50.0 16.5 36.7 Declara no corresponder a sus funciones 0 - 0 - 1 10.0 4 3.8 14 31.1 Declara no tener conocimiento de la respuesta 4 40.0 0 - 1 10.0 23 21.9 13 28.9 3 Revisión de los sistemas de información. Demuestra conocimiento 4 26.7 3 50.0 1 20.0 13 20.6 5 11.1 Declara no corresponder a sus funciones 0 - 0 - 0 - 5 7.9 21 46.7 Declara no tener conocimiento de la respuesta 8 53.3 0 - 3 37.5 25 39.7 13 28.9

4

Las necesidades de información y los sistemas de información deben ser revisados cuando existan cambios en los objetivos o cuando se producen deficiencias significativas en los procesos de formulación de información.

Demuestra conocimiento 0 - 2 20.0 1 4.0 13.5 32.1 1 2.5 Declara no corresponder a sus funciones 0 - 0 - 1 4.0 13 30.9 1 2.5 Declara no tener conocimiento de la respuesta 0 - 0 - 0 - 10 23.8 2 5.0 Total de las áreas por componente. Demuestra conocimiento 8 10.0 14 100.0 15.5 51.7 89.5 35.5 22.5 25.0 Declara no corresponder a sus funciones 3 3.7 0 - 4 13.3 24 9.5 36 40.0 Demuestra desconocimiento 57 71.3 0 - 3.5 11.7 69.5 27.6 3.5 3.9 Declara no tener conocimiento de la respuesta 12 15.0 0 - 7 23.3 69 27.4 28 31.1 Total es del componente por dirección 80 100.0 14 100.0 30 100.0 252 100.0 90 100.0

Finalmente, el quinto lineamiento se refiere a:

“Quinto Lineamiento: Supervisión

”I. Es responsabilidad de los titulares de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, contar con un sistema de control interno idóneo y eficiente, así como mantener su actualización y fortalecerlo constantemente para conservarlo en un nivel óptimo, y asegurar que funciona adecuadamente, por lo tanto periódicamente deben evaluar la eficacia del sistema de control interno y comunicar los resultados en las sesiones del COMCA;29 asimismo, deben asegurarse que la

29 Artículo 3.- Para los efectos del presente Acuerdo, se entenderá por: COMCA, Los Comités de Control y Auditoría instalados en

las dependencias, órganos político administrativos, órganos desconcentrados, unidades administrativas y entidades de la Administración Pública del Distrito Federal.

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evaluación aporte si está funcionando adecuadamente, de lo contrario, con oportunidad proceder a su corrección y fortalecimiento. II. Independientemente de las revisiones y verificaciones que lleven a cabo las diversas instancias de fiscalización sobre el control interno de las Unidades de Gobierno de la Administración Pública del Distrito Federal, la actualización, fortalecimiento y supervisión del sistema de control interno, es responsabilidad de sus titulares.”

En ese sentido, los 41 participantes evaluados, se aplicaron un promedio de 16 preguntas

sobre temas como evaluaciones independientes, reporte de deficiencias, participantes

y sus responsabilidades, evaluaciones externas.

De 656 respuestas: el 24% fueron contestadas demostrando conocimiento sobre los

temas presentados; el 40% fueron respuestas insuficientes; el 29% declaró no tener

conocimiento sobre los temas y el 8% menciona que está fuera de sus funciones el

tener conocimiento sobre los elementos que integran la supervisión del FEG.

De manera individual el área con mayor porcentaje de conocimiento es la Dirección

de Administración y Finanzas con un 41%.

(E) ACTIVIDADES DE MONITOREO

Áreas del FEG evaluadas Dirección de

Administración y FinanzasDirección

de Evaluación Dirección

de Informática Coordinación Ejecutiva

del PREBU Dirección de Atención

e Información Total % Total % Total % Total % Total %

NO. Elementos 1 Monitoreo del rendimiento. Demuestra conocimiento 1.5 15.0 4 50.0 2 20.0 32.5 30.9 4 14.8 Declara no corresponder a sus funciones 3.0 30.0 0 - 0 - 0 - 8 29.6 Declara no tener conocimiento de la respuesta 4.0 40.0 0 - 1 10.0 21 20.0 14 51.8

2 Revisión de los supuestos que soportan los objetivos del control interno.

a. Capacitación personal Demuestra conocimiento 5.0 33.3 2 33.3 3.5 23.3 28 33.3 9 25.0 Declara no corresponder a sus funciones 5.0 33.3 0 - 3 20.0 1 1.2 0 - Declara no tener conocimiento de la respuesta 2.0 13.3 0 - 6 40.0 20.5 24.4 20 55.6 3 Aplicación de procedimientos de seguimiento. Demuestra conocimiento 2.5 25.0 2 20.0 0 - 14.5 23.0 2 11.1 Declara no corresponder a sus funciones 4.0 40.0 0 - 2 5.0 10 15.9 0 - Declara no tener conocimiento de la respuesta 1.0 10.0 0 - 0 - 8 12.7 16 88.9 4 Evaluación de la calidad del control interno Demuestra conocimiento 4.0 20.0 0 - 1 4.0 0 - 9 25.0 Declara no corresponder a sus funciones 3.0 15.0 3.5 17.5 8.5 34.0 26.5 21.0 3 8.3 Declara no tener conocimiento de la respuesta 12.0 60.0 0 - 10 40.0 28 22.2 24 66.7 Total de las áreas por componente. Demuestra conocimiento 12 21.8 11.5 88.5 14 15.6 101.5 26.8 18 15.4 Declara no corresponder a sus funciones 16 29.2 0 - 6 6.8 11 2.9 17 14.5 Demuestra desconocimiento 8 14.5 1.5 11.5 53 58.8 188 49.8 8 6.8 Declara no tener conocimiento de la respuesta 19 34.5 0 - 17 18.8 77.5 20.5 74 63.3 Total es del componente por dirección 55 100.0 13 100.0 90 100.0 378 100.00 117 100.00

De la información obtenida con la aplicación del cuestionario conocimiento sobre la

administración y operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí,

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468 VOLUMEN 12/13

se concluye que el personal del FEG deberá mejorar su grado de conocimiento de los

Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal, de manera específica en lo relacionado al artículo 16, en sus cinco lineamientos.

Debido a la carencia de autorización del Manual Administrativo del FEG, el sistema de

control interno establecido para operar el programa, presentó durante el ejercicio 2008

deficiencias que propiciaron que las operaciones del sujeto fiscalizado quedaran expuestas

a riesgos e ineficiencias.

También se concluye que incumplió con los artículos 4o. y 5o. de los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal los cuales

refieren que “es responsabilidad de los titulares de […] las entidades, […] establecer y

preservar el sistema de control interno requerido para el logro de los objetivos y metas,

así como evaluar y supervisar su funcionamiento e implementar constantemente las

acciones que conduzcan a su mejora.” y “…dar prioridad en los procesos de sus operaciones,

al establecimiento de los controles preventivos, para disminuir actos u omisiones que

pudieran afectar el servicio público”.

Recomendación APPD-103-08-33-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implemente

procesos de capacitación y sensibilización así como mecanismos de control para garantizar

que el personal cuente con un sistema de evaluación y seguimiento sobre las actividades

relativas a la operación y administración del Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí conforme al Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal.

12. Resultado

Actividades Comunitarias

Características

De acuerdo a las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, 2007-2008 y 2008-2009, inciso e) Requisitos y Procedimientos de

Acceso, número 5, se requiere a los beneficiarios, “Participar en actividades en comunidad,

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469 VOLUMEN 12/13

equivalentes a dos horas a la semana durante la vigencia del estímulo, preferentemente

en las colonias donde resida”.

Por otra parte, el FEG indica que el objetivo de las actividades comunitarias es: “como

retribución a la Ciudad de México por el estímulo recibido, los estudiantes participan en

actividades en la comunidad, de preferencia las colonias donde residen. […] El apoyo a la

comunidad por parte de los beneficiarios pretende incentivar la relación, identificación

y sentido de pertenencia de los jóvenes con su comunidad y la ciudad, así como el fomento

del capital social en la Ciudad”.30

Se cuestionó31 al sujeto fiscalizado, sobre el impacto que tendría en el Programa de

Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, si se dejara de exigir a los estudiantes

el requisito de participar en las actividades en comunidad, al respecto el FEG refirió que:

“… con las actividades en la comunidad se contribuye al desarrollo intelectual, físico y cultural

del beneficiario, de una forma integral con actividades de carácter multidisciplinario […]

De este modo, las bondades de la educación se ven complementadas y potencializadas al

lograr que los jóvenes se involucren con su comunidad y se identifiquen con su Ciudad,

logrando, en un período relativamente corto, un mayor compromiso y una actitud de

servicio que repercutirá, en última instancia, en mejores condiciones actuales y futuras

para la convivencia y el desarrollo social […] el hecho de que a través del PREBU no se

solicitara a los estudiantes la realización de actividades en comunidad, generaría como

consecuencia menores oportunidades de desarrollo integral del beneficiario en los aspectos

ya señalados, así como propiciar el aumento de la deserción escolar.”32

Derivado de lo antes señalado, se planteó la importancia de realizar un análisis de la eficiencia

en la coordinación, organización, operación y control de las actividades en comunidad del

Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.

La organización, coordinación y operación del las actividades en comunidad obedecen a

una división regional por zonas Norte-Oriente y Sur-Poniente, para asegurar el cumplimiento

30 Informe General del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal 2008, p. 34. 31 A través de la atenta nota APPD/103/08-2 del 19 de enero de 2010. 32 Mediante Nota Informativa s/n elaborada por la Dirección de Control, del 26 de enero de 2010.

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de las actividades, para lo cual se creó una estructura para su difusión, llevada a cabo en

las colonias en donde viven los beneficiarios o los planteles en los que estudian a través

de Coordinadores de Unidad Territorial y Jefes de Grupo, quienes difunden la oferta de

actividades entre los beneficiarios. Para corresponder a su esfuerzo se les otorgó un

estímulo mensual adicional equivalente a 1,000 pesos para los Coordinadores de Unidad

Territorial y 500 pesos para Jefes de Grupo. Durante el ejercicio 2008 se observó un total

de 1,672 beneficiarios en calidad de Coordinadores de Unidad Territorial y 8,148 beneficiarios

con calidad de Jefes de grupo,33 distribuidos en las instituciones de educación pública.

(Anexo 3 y 4. Estructura Orgánica para atender las actividades en Comunidad y Distribución

de Coordinadores Territoriales y Jefes de Grupo por Institución Educativa).

De acuerdo con la Coordinación Ejecutiva del PREBU los Coordinadores de Unidad

Territorial y Jefes de Grupo no realizan reportes o informes sobre las actividades o tareas

asignadas. La verificación de sus actividades es a través de los enlaces y asistentes del

programa. Los alumnos dejan de ser Coordinadores de Unidad Territorial y Jefes de Grupo

al egresar del bachillerato o por incumplimiento de sus actividades.

La definición y realización de las actividades en comunidad, son de carácter multidisciplinario

y en un principio se integraron por cinco Comisiones Temáticas encabezadas por distintas

dependencias del área central del Gobierno del Distrito Federal, el 1o de abril de 2008 se

integró la sexta.34

El mecanismo para registrar la asistencia de los beneficiarios participantes en las

actividades en comunidad consiste en que cada subsistema educativo asigna enlaces, los

cuales capturan la asistencia en una aplicación electrónica que se válida automáticamente,

generando así, una relación de los alumnos que han participado en actividades en comunidad

cada mes. Los enlaces o responsables, por medio de una nota, informan del registro de

los beneficiarios al Director de Control de la Coordinación Ejecutiva del PREBU.35

33 Conforme al oficio núm. FEG/DG/DAF/O81/2010 del 2 de febrero de 2010 se proporcionaron los datos, en archivo

electrónico, de las listas de Coordinadores de Unidades territoriales y Jefes de Grupo. 34 Las comisiones son: Comisión de Actividades Educativas Culturales y de Innovación, Comisión de Actividades de Protección

y Educación Ambiental, Comisión de Promoción de la Seguridad y la Salud, Comisión de Eventos y Actividades Deportivas, Comisión de Actividades de Apoyo General a la Comunidad, Comisión a cargo de Instituto de Educación Media Superior (IEMS).

35 Nota informativa s/n del 26 de Enero de 2010. emitida por la Dirección Ejecutiva del PREBU.

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Con base a la información expuesta, se concluye que los Coordinadores de Unidad

Territorial y los Jefes de Grupo, ambos beneficiarios del Programa de Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí, recibieron estímulos adicionales no previstos en las reglas

de operación del mismo programa, integrándose en la práctica a la estructura orgánica del

programa durante el ejercicio 2008.

También se concluye que la organización y coordinación de las actividades en comunidad,

no contaron durante el ejercicio 2008 con un procedimiento previsto en el proyecto del

Manual Administrativo; ya que la operación se realizó atendiendo las necesidades

y preferencias de los beneficiarios,36 lo cual demuestra deficiencias en el control interno.

Registro de las actividades comunitarias

De acuerdo a sus reglas de operación, inciso g) “Realización de servicios a la comunidad”,

se refiere “como retribución a la ciudad por el estimulo recibido, los estudiantes realizarán

servicios a la comunidad, preferentemente en las colonias donde residan, por el equivalente

de dos horas por semana”, lo cual forma parte de los requisitos de ingreso y permanencia

del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.

Sin embargo, en el Informe del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí, ciclo 2007-2009, se señaló que,…“en lo que respecta a las actividades en

comunidad durante el período 2007-2008 fueron 118,521 los beneficiarios que en promedio

(al mes) asistieron a ellas, lo cual equivale al 76% del total inscrito en el programa

para ese período. En lo que concierne al período 2008-2009, se validó la asistencia a las

actividades en comunidad de 161,799 beneficiarios en promedio al mes, lo cual representa

el 83% del total registrado en ese período”.37

De lo anterior se observó que debió haberse llevado un proceso de baja del padrón de

37,361 beneficiarios (23.9%) para el ciclo escolar 2007- 2008; en tanto que para el ciclo

36 Respuesta de cuestionario Cuestionarios de Conocimiento sobre la Administración y Operación con que el Personal del

FEG Operó el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato Universal aplicado a la Dirección Ejecutiva PREBU, del día 28 de marzo de 2010, pág. 14.

37 “Informe del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal Prepa Si”, ciclo 2007-2009, Cuadro 6. Tasa de participación promedio mensual de los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal (PREBU), en actividades en comunidad durante los períodos 2007-2008 y 2008-2009. p. 13.

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escolar 2008-2009 el proceso de baja debió de abarcar el 19%, es decir, la baja de 38,917

beneficiarios.

Se solicitó al FEG proporcionara la relación de los beneficiarios que fueron dados de baja

por no cumplir con el requisito de realizar las actividades en comunidad, conforme a lo

estipulado en las reglas de operación. A este respecto, se señaló mediante nota

informativa del 26 de marzo de 2010 que “no hubo bajas por este concepto durante el

ejercicio 2008”.

Al no contar con los reportes de información respecto al registro y control de las

asistencias de los beneficiarios a las actividades en comunidad, se concluye que no

fueron aplicadas las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, respecto de este requisito, para los ciclos 2007-2008 y 2008-2009,

implicando el incumplimiento al Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos

Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito Federal, artículo 16,

Cuarto Lineamiento: “Información y Comunicación”, fracciones I y II.

Al respecto; mediante el oficio núm. FEG/DG/DAF/322/2010, con fecha de 21 de mayo de

2010, derivado del análisis del FEG al Informe de Resultados de Auditoría para Confronta,

se argumenta que:

“Se han afinado los mecanismos para ampliar la oferta de actividades en comunidad que

permitan un mejor cumplimiento de las mismas.”

No obstante, la información presentada no deriva en la modificación de este resultado,

ya que la observación es con relación a la inconsistencia de los informes presentados y a

la supervisión y aplicación en las reglas de operación del programa, no a la variedad en la

oferta de las actividades en comunidad.

Recomendación APPD-103-08-34-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal establezca

los mecanismos de control que garanticen la difusión y selección (entre los beneficiarios)

de los Coordinadores de Unidad Territorial, que apoyan en la operación del Programa de

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Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí; así como especificar las funciones

y/o actividades que deberán desarrollar a fin de garantizar su eficiencia y resultados.

Recomendación APPD-103-08-35-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal instaure

medidas de control para garantizar que los reportes, informes y todo registro en general

sobre la asistencia y cumplimiento de las actividades en comunidad por parte de los

beneficiarios, presente la información que permita verificar el cumplimiento de este requisito.

En cumplimiento a las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí.

Recomendación APPD-103-08-36-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, adopte

medidas de control y supervisión para asegurar que la emisión de reportes, informes

y otros registros para la operación y administración del Programa de Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí se realicen en tiempo y forma por el personal de la entidad

vigente en su cargo.

13. Resultado

Eficiencia en el Control de la Asistencia a las Actividades en Comunidad

Mediante oficio APPD/09/534 del 06 de octubre de 2009, se proporcionó copia de las

notas informativas del 12 de octubre de 2009 de los responsables de los registros de

asistencias, que envían a la Dirección de Control, para validar las actividades de forma

mensual y por institución educativa que atendieron.38

De la revisión y análisis a esa información se detectó que cuatro servidores enviaron

notas informativas para validar actividades en comunidad el 5 de enero de 2009,

38 Dichas notas refieren: “Por este medio me permitió informarle que el registro de la asistencia a las actividades en comunidad de

los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, PREBU Prepa SÍ del mes [correspondiente] se efectúo en la aplicación electrónica”.

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474 VOLUMEN 12/13

sin embargo, según se refirió estas personas causaron separación laboral con el Fideicomiso

al mes de diciembre de 2008, como se aprecia en el siguiente cuadro:

Nombre Puesto Adscripción Fecha de baja

Paulina Elizabeth Ávila Olivares Jefatura de Unidad Departamental

Coordinación Ejecutiva del PREBU

31/12/08

Rosalinda Bañuelos Ubaldo Jefatura de Unidad Departamental

Coordinación Ejecutiva del PREBU

31/12/08

José Alfredo Domínguez Pineda Jefatura de Unidad Departamental

Coordinación Ejecutiva del PREBU

31/12/08

Raymundo Velázquez Gutiérrez Jefatura de Unidad Departamental

Coordinación Ejecutiva del PREBU

31/12/08

FUENTE: Nota informativa s/n del 7 de abril de 2010, emitida por el FEG.

En el último párrafo de la nota informativa se señala que, se anexan copia de la

documentación comprobatoria como son: formatos de actividades del último mes, renuncias,

pólizas del último pago e identificaciones oficiales.

Se constató mediante dichos anexos, la copia de la póliza correspondiente al “último

pago”, todos con fecha al 22 de diciembre de 2008, copia de la renuncia con sello de

recepción por parte de la Dirección General de FEG, todos con la leyenda “___ DIC 2008”

(sin especificación del día), copia de la credencial expedida por el Instituto Federal Electoral

y reporte de actividades del último mes. Por lo anterior, se determina que hasta el día

referido estuvieron trabajando y que para la fecha que marcan las notas informativas de

validación de actividades en comunidad, del 5 de enero de 2009, ya no estaban laborando.

De lo anterior se observaron deficiencias en la formulación de las notas informativas que

se utilizan para la revisión y validación de las actividades en comunidad, por parte de los

enlaces y que son remitidas al Director de Control para su registro, ya que no se logró

constatar número de folio o consecutivo que pueda relacionarse con algún control, manejo

y seguridad del registro de las mismas, detalle de los planteles que abarcan la validación,

período exacto que se está validando, y descripción de las actividades que se validan:

(Denominación de las actividades, lugar, fecha y horario en que se realizaron, etc.).

Al respecto, mediante el oficio. FEG/DG/DAF/322/2010, del 21 de mayo de 2010, derivado del

análisis del FEG al Informe de Resultados de Auditoría para Confronta, se argumenta que:

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“Sobre las notas informativas enviadas para la validación de actividades en comunidad,

aunque los reportes enviados tiene fecha del 5 de enero de 2009, los servidores públicos

reportaron las actividades en comunidad que realizaron en diciembre de 2008, ya que fue

el último mes en el que laboraron en el Fideicomiso.”

La información presentada modifica el presente resultado, y justifica la extemporaneidad

de los reportes presentados al término del período laboral de los funcionarios.

Recomendación APPD-103-08-37-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, a través de

la Dirección de Administración y Finanzas, establezca mecanismos de control que le permita

verificar que su personal encargado de revisar y validar las actividades en comunidad

cuente con el instrumento que formalice la relación laboral para llevar a cabo las funciones

correspondientes, vigente al momento de emitir dichos reportes.

14. Resultado

Eficiencia y Cumplimiento en la Programación de los Eventos y Realización de las Actividades en Comunidad por parte del FEG

Derivado de la revisión del medio difusión de un evento relativo a actividades en comunidad

a través de un “cartel" de aviso con los logotipos de Prepa Sí y sello de recepción del

plantel educativo “CETIS N°2 Coyoacán”, se realizó una visita el día 21 de marzo de 2010,

de las 12:00 a las 18:00 horas a la Explanada Delegacional de Coyoacán, atendiendo a

que con motivo de celebrar el “Día Mundial del Agua”, se informó que se validarían a los

beneficiarios dos horas de “actividades en comunidad”. El personal de la CMHALDF

asignado para llevar a cabo este procedimiento, asistió para presenciar el evento en la

fecha, lugar y hora publicados, sin embargo se atestiguo que no tuvo verificativo la

realización de dicha actividad, ni tampoco se localizó a alguna persona por parte del FEG

que diera informes al respecto. Se cuestionó a personal de la delegación sobre el evento

del “Día Mundial del Agua”, refiriendo que no tenían información alguna sobre las

actividades en comunidad que se realizarían ese día.

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476 VOLUMEN 12/13

De la revisión al Informe del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal Prepa

Sí, Ceremonia de Conclusión del Ciclo 2007-2009, se observó que durante los ciclos

2007-2008 y 2008-2009 la tasa de participación de los beneficiarios en las actividades en

comunidad fue de 70.1% y 80.6% respectivamente, sin embargo dicho informe no refiere

por qué no se da cumplimiento a dicho requisito al 100.0%, el cual es necesario para

poder acceder al beneficio del estímulo que otorga el programa.

De lo anterior, mediante el oficio APPD/103/155 del 12 de marzo de 2010, numeral 15, se

requirió al FEG que proporcionara un calendario de actividades en comunidad para los

meses de marzo y abril de 2010, en el cual se señalarán entre otros datos la hora, fecha,

responsable de la actividad y demás información que le fuera proporcionada a los beneficiarios

del PREBU para su asistencia a estas actividades, lo anterior, a fin de verificar la realización

de la actividad y el cumplimiento de esta obligación por parte de los beneficiarios y entender

por qué no se cumple cabalmente con este requisito.

Con la nota informativa del 18 de marzo de 2010, se envió en forma impresa y magnética

el calendario que contiene dichas actividades para los meses de marzo y abril de ese

mismo año. A partir de estos datos, se programaron visitas a ocho delegaciones para

el mes de abril, con la finalidad de constatar la planeación, coordinación, programación,

control y asistencia que se tiene en estas actividades.

Las visitas se programaron dentro de la tercera semana de abril, que corresponde del

18 al 25 de abril, se seleccionaron ocho actividades comunitarias39 (eventos) que estaban

programadas dentro de este período, en el calendario de actividades proporcionado.

Estas visitas se realizaron en las delegaciones: Álvaro Obregón, Benito Juárez, Tlalpan,

Coyoacán, Iztapalapa, Iztacalco, Xochimilco y Tláhuac.

De las ocho visitas realizadas, se logró constatar la realización de una de las actividades, de

acuerdo a la programación establecida en el calendario del FEG, esta fue la correspondiente

al “Taller Jóvenes en Acción”. De las siete actividades restantes, el personal encargado

39 Conforme lo establece el apartado E, de las Reglas de Operación para los ciclos escolares 2007-200 y 2008-2009.

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de la dependencia o institución donde estaban programadas no tenían conocimiento de

los eventos respectivos.

En la siguiente tabla, se presentan los resultados detallados que se obtuvieron de este

ejercicio, donde se pueden apreciar los comentarios que realizó al respecto, el personal

de las dependencias.

Núm. Realización del evento

Delegación Recinto/lugar

Dependencia Actividad Fecha Horario

Contacto Comentarios

1 No Tlalpan

ENP Núm. 5 "José Vasconcelos"

Instituto de la Juventud

del DF

Taller de Diseño ENP 5

21/04/2010

12:00-14:00

Srio. Particular de la Dirección General

de la ENP Núm. 5 "José Vasconcelos"

"No esta programado ningún tipo de actividad Prepa Sí".

2 No Iztapalapa

Museo de Sistema de Transportes Eléctricos

Sistema de Transportes

Eléctricos

Uso del Transporte Eléctrico: Visita

Guiada al Museo del Sistema

de Transportes Eléctricos

21/04/2010

10:00-17:00

Encargado de Museo

"Programas como estos son importantes para los jóvenes, pero de alguna forma se podría hacer que tengan o adquieran un compromiso para llevar a cabo sus actividades, esto se podría lograr si un enlace que trae a los grupos de alumnos para poder realizar la actividad de una forma ordenada".

3 No Benito Juárez

Módulo de Seguridad Pública y Participación

Ciudadana BJU 10

Subsecretaria de Participación Ciudadana

Taller de Manualidades

21/04/2010 Elemento Encargado del Módulo de SSP

PC BJU 10

"La Srita Fabiola Martínez no se encontró en el punto que se señala para realizar las actividades comunitarias. 15:53 hrs.".

4 No Coyoacán

ENP Núm. 6 "Antonio Caso"

Instituto de la Juventud

del DF

Taller de Diseño ENP 6

21/04/2010

12:00-13:40

Coordinador Delegacional

de la ENP Núm. 6 "Antonio Caso”

"El día de hoy no se llevó a cabo la actividad de Ciencia y Tecnología pero otros días se ha realizado la sensibilización, concientización y organización de actividades con enfoque medioambiental. Hoy 21 de abril se llevó a cabo la actividad Hagamos un día feliz Día del Niño..."

5 Sí Tláhuac

IEMS Plantel Tláhuac

Instituto de Las Mujeres

Taller: Jóvenes en Acción

22/04/2010

15:00-17:00

Asesor de INMUJERESDF.

"Al inicio de las sesiones el grupo en general se muestra apático, y después durante las dinámicas se involucra y manifiesta análisis y reflexión"

6 No Xochimilco

CETIS Núm. 039

Instituto de Las Mujeres

Plática Construyendo Identidades

22/04/2010

16:00-19:00

Departamento de Servicios Escolares

y Enlace de Prepa Sí

"El día de hoy 22 de abril no se llevó a cabo el evento por parte de INMUJERES llamado plática Construyendo Identidades de las 16:00 hrs. a 17:00 hrs.

7 No Álvaro Obregon

ENP Núm. 8 "Miguel E. Shulz"

Instituto de la Juventud

del DF

Taller de Diseño ENP 8

24/04/2010

13:40-4:30

Coordinador de Educación Física

y Deportes de la ENP Núm. 8 "Miguel

E. Shulz" (Guardia en el plantel para el día domingo)

"El día de hoy 24 de abril se realizó una visita al plantel No. 8 de la ENP, para verificar del evento Promover la Conciencia Medio Ambiental" a las 14:00 hrs. El cual tenían programado por parte del FEG en las instalaciones de este plantel y del cual no hay información"

8 No Iztacalco

Explanada OCCESA

FEG Bailando con Prepa Sí, se Mueve la

Gente

24/04/2010

9:00-11:00

Oficial de Seguridad de OCCESA

"El evento Bailando con Prepa Sí se mueve la Gente programado en la explanada OCCESA se llevó acabo el sábado 14 de abril y el día de hoy no hay evento programado"

De la visita efectuada al IEMS, Plantel Tláhuac “José Maria Morelos”, fueron proporcionados

de manera económica, el calendario de las actividades que se realizaron en este plantel

durante los meses de marzo y abril, como se observa:

Marzo

Núm. Fecha Hora Actividad Programada en el FEG

1 Día 3 16:00-17:00 Plática profesiográfica No 2 Día 3 11:00-12:00 Plática profesiográfica No 3 Día 4 11:00-12:00 Plática profesiográfica No 4 Día 12 12:00-13:00 Plática métodos anticonceptivos y servicio médico No 5 Día 16 11:00-12:00

16:00–17:00 Plática “Consecuencias de la depresión” Sí

6 Día 22 10:00-11:00 Plática adicciones IASIS No 7 Día 24 16:00-18:00 Cine literario No

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478 VOLUMEN 12/13

Abril

Núm. Fecha Hora Actividad Programada en el FEG

1 Día 5 09:00-18:00 Exposición: “Del Ojo al Cerebro” No 2 Día 15 11:00-12:00 Plática “Jóvenes Exitosos” No 3 Día 19 16:00-17:00 Video debate “Me quiere, No me quiere”,

Violencia en el noviazgo Sí

4 Día 22 09:00-18:00 Reunión con Padres de Familia y Servicio Médico No 5 Día 23 11:00-12:00 Plática “Enfermedades de Transmisión Sexual”” No 6 Día 28 09:00-11:00 Película “Bicho de 7 cabezas” No

Se realizó un cotejo de esta información contra la referida en el Calendario de Actividades

2010 proporcionado por el FEG, de lo anterior se observó que dos actividades coinciden

con la programación establecida por la Dirección de Control, en tanto que las 11 restantes

no estaban consideradas en dicho calendario. Se destaca que dicha verificación

corresponde a actividades en comunidad correspondientes al ejercicio 2010.

De lo anterior se concluye que, de un total de 21 búsquedas de actividades en comunidad

programadas por el FEG para los meses de marzo y abril de 2010, sólo se lograron

verificar la realización de 3 eventos en tiempo y forma, lo que representó un 14% de

cumplimiento de la muestra analizada. Por lo que no existe un cabal cumplimiento a la

programación realizada por el FEG de actividades en comunidad durante los ciclos 2007-

2008 y 2008-2009.

Recomendación APPD-103-08-38-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, establezca

mecanismos de control que le permitan incluir en su Calendario de Actividades en

Comunidad, aquellas actividades que sean programadas de forma coordinadas con las

instituciones educativas participantes en el Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí. Asimismo, que le permitan confirmar que la realización de esas

actividades sea acorde a lo programado en dicho calendario, o en caso contrario, que le

permitan realizar la reprogramación correspondiente de forma oportuna.

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479 VOLUMEN 12/13

15. Resultado

El Padrón de Beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí

El artículo 32 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal vigente en 2008,

señala que “Los programas sociales específicos de la Administración Pública del Distrito

Federal deberán enmarcarse en los principios de esta Ley y ser congruentes con el

contenido del Programa”, en tanto que el artículo 34 del mismo ordenamiento señala

que “Cada uno de los programas deberá tener actualizado un padrón de participantes

o beneficiarios. Dichos programas serán auditables en términos de la legislación vigente

por los órganos facultados para ello”.

Se analizó el padrón del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí,

para conocer la información que se registró durante el ejercicio fiscal de 2008, así como

su estructura, campos que lo integran y responsables de su mantenimiento.

Mediante oficio núm. APPD/09/635 del 18 de noviembre de 2009, se solicitó el padrón

de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, del

ejercicio fiscal 2008. En respuesta el Fideicomiso de Educación Garantizada del Distrito

Federal (FEG), con oficio núm. FEG/DG/DAF/513/2009 del 23 de noviembre de 2009,

proporcionó un disco compacto conteniendo la base de datos correspondiente al padrón

de beneficiarios del programa solicitado del ejercicio fiscal de 2008.

De la inspección al padrón proporcionado, se observó que éste se integra de 14 campos,

a decir: “número consecutivo”, “institución”, “plantel”, “apellido paterno”, “apellido materno”,

“nombre (s)”, “matricula”, “fecha de nacimiento”, “email”, “semestre”, “promedio”, “monto total”,

“fecha de solicitud” y “fecha de cancelación”.

Se solicitó a la Dirección de Informática40 la descripción de cada uno de los campos

que integra el padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí de 2008, así como señalar la normatividad que le aplica. En este

sentido, mediante nota informativa del 22 de marzo del 2010 de dicha dirección, se refirieron 40 Oficio núm. APPD/103/155 del 12 de marzo de 2010.

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un total de 24 conceptos del padrón, 10 más a los 14 antes señalados: “ID”, “tarjeta”,

“calle”, “numero exterior”, “número interior”, “colonia”, “delegación”, “código postal” y “teléfono”.

En lo que respecta a la normatividad el sujeto fiscalizado señaló que “no se utilizó ninguna

normatividad al respecto”, y agregó que “nos guiamos en su momento sobre las funciones

del área establecidas en el Manual de Organización que se envió a la Oficialía Mayor en

agosto del 2008 y que a la fecha no está debidamente autorizado por la Coordinación

General de Modernización Administrativa”. Asimismo indicó que “éste padrón fue realizado

de acuerdo a las necesidades de información que fue requiriendo la Entidad conforme

ha ido creciendo el programa y mejorar el control de los beneficiarios”.

Con la finalidad de conocer la metodología aplicada para la actualización del padrón, se

solicitó al FEG mediante atenta nota APP/103/08-8 del 23 de febrero de 2010, proporcionara

dicha metodología, señalando las áreas y personas responsables de las funciones

realizadas. A este respecto, el FEG señaló que:

“Al iniciar el ciclo escolar 2008-2009, los beneficiarios solicitaron su reinscripción al programa,

para ello accedieron a la aplicación publicada en la página web […] en el momento en que

introducen sus datos personales y académicos se realiza la actualización del padrón de los

registros de solicitudes, posteriormente viene la etapa de revisión de datos y expedientes,

eliminando a los que no cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria quedando

de esta manera el padrón de beneficiarios actualizados.

“Por otro lado, en las oficinas ubicadas en Mérida No. 5, se atiende como incidencias la

actualización de datos personales, para ello se presenta el beneficiario con identificación

oficial, historial académico actualizado, tarjeta bancaria y la documentación que acredite

el cambio, refiriendo que el dato que desea actualizar o modificar, el personal que atiende

incidencias valida la información proporcionada por el beneficiario dentro del sistema y se

procede a registrarla en archivo de incidencias. El área responsable de la aplicación

en la página web es la Dirección de Informática, el área responsable de las incidencias es

la Subdirección de Control de entrega e incidencias.”41

41 Mediante nota informativa del 26 de febrero elaborada por la Coordinación Ejecutiva del PREBU.

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Del análisis realizado al padrón de beneficiarios, se observó que es histórico y acumulativo,

pero no cuenta con fecha de alta; no se observa claramente la actualización de los registros

efectuados; además de que no cuenta con campos de información referente a “CURP”,

“sexo” y “edad”; y en su estructura de captura se detectaron errores y omisiones en sus

registros (campos vacíos). Tal como se señala a continuación:

Registros Concepto Descripción Con

información Sin

información

Sin concepto Numeración consecutiva de los beneficiarios. 267,501 0 Institución El nombre de la institución publica. 267,501 0 Plantel El nombre y número de plantel. 267,501 0 AP Apellido paterno del beneficiario. 267,501 15 AM Apellido materno del beneficiario. 267,448 53 Nombre Nombre(s) del beneficiario. 267,501 0 Matricula * Matricula (indefinida). 267,501 0 Fecha de Nacimiento Fecha de nacimiento incluye día, mes y año. 236,951 30,550 Email Correo electrónico del estudiante 172,863 94,638 Semestre Semestre en el que se encuentra el estudiante. 247,646 19,855 Promedio Promedio de calificación del estudiante 267,501 0 Monto_Total Total del estímulo otorgado al estudiante durante

los 10 meses del ejercicio fiscal 2008. 267,501 0

Fecha _Solicitud Fecha en la que se solicita el estímulo 267,501 0 Fecha_cancelación* Fecha de cancelación (incluye diferentes categorías) 47,541 Total 145,111

NOTA: Por cada concepto tuvieron que conformarse 267,501 registros. * Los registros de la fecha de cancelación se cuantificaron considerando los que presentaron registro de causa

de cancelación.

Respecto al cuadro anterior, se puede observar que el padrón de beneficiarios del programa

presenta deficiencias en el registro de su contenido, lo cual deriva de fallas de control

y supervisión, ya que de un total de 267,501 registros se localizó sin información la cantidad

de 145,111 registros, que representa el 54% de éstos.

Se llevó a cabo una revisión de homónimos en el Padrón de Beneficiarios del Programa

de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.

A este respecto fue proporcionado en medio magnético la base de datos, conteniendo la

relación de 6,326 homónimos.42 De su revisión se observó que ésta presenta deficiencias

42 Mediante oficio FEG/DG/DAF/0226/2010 del 13 de abril de 2010.

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de registro en los campos que ahí se refieren, ya que está incompleta la información,

por lo que no fue posible determinar si efectivamente existe duplicidad de beneficiarios.

A continuación se da a conocer la incidencia de casos localizados:

Duplicado Triplicado Cuadruplicado Quíntuple Séxtuple Séptuple

2741 191 44 14 3 1

De lo anterior se concluye que el FEG no dio cumplimiento a la actualización del padrón

de su programa social denominado Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí, durante el ejercicio fiscal de 2008.

Con motivo de la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2010, con el oficio

FEG/DG/DAF/322/2010 de la misma fecha, la Dirección General del FEG proporcionó

nota informativa del 21 de mayo de 2010, con la cual la Dirección de Informática señala

que “El padrón de beneficiarios del PREBU si cuenta con los datos del CURP y sexo.

En el caso de la CURP no todos los beneficiarios la conocen y en muchos casos ingresan

información errónea. El campo de edad no es solicitado, dado que es calculado mediante

la fecha de nacimiento, este campo presenta numerosas inconsistencias de origen al

momento de captura en la solicitud vía web”; sin embargo, el FEG no proporcionó

evidencia documental que permita verificar y revisar los cambios que se están llevando

acabo para la mejora del padrón. Por ello el resultado no se modifica.

Recomendación APPD-103-08-39-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, por conducto

de la Subdirección de Base de Datos implante las medidas de control y supervisión que le

permitan constatar que el padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí, cuenta con la información actualizada y que ésta es correcta

y completa, de acuerdo a lo señalado en la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal.

Recomendación APPD-103-08-40-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal elabore el

procedimiento para la elaboración y actualización del padrón de beneficiarios del Programa

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de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, y lo someta a la Coordinación

General de Modernización Administrativa para su autorización y posterior implementación.

16. Resultado

Publicación de los Padrones con Beneficios Sociales

El artículo 501 A, fracción XII, del Código Financiero del Distrito Federal del ejercicio 2008

señala que “los subsidios, apoyos y ayudas, deberán sujetarse a criterios de solidaridad

social, equidad de género, transparencia, accesibilidad, objetividad, corresponsabilidad y

temporalidad. A fin de asegurar la transparencia, eficacia, eficiencia y no discrecionalidad

en el uso y otorgamiento de subsidios, apoyos y ayudas a la población, se deberán sustentar

en reglas de operación, las cuales deberán: […] XII. “Obligarse a publicar el padrón de

beneficiarios. En el caso de que no cuenten con dicho padrón, deberán manejarse

mediante convocatoria abierta, la cual deberá publicarse en la Gaceta y en periódicos de

amplia circulación y en las oficinas del Gobierno, y en ningún caso se podrán etiquetar

o predeterminar...”.

Con la finalidad de conocer si el padrón de Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, fue publicado y difundido, se solicitó al FEG explicar como dio

cumplimiento a la normatividad señalada, así como proporcionar evidencia documental

de su cumplimiento.43

A este respecto el FEG señaló44 que “el Padrón de Beneficiarios del Programa de Estímulos

para el Bachillerato Universal, Prepa Sí 2008, fue publicado de acuerdo a la normatividad

aplicada para tal efecto, por la Oficina de Información del Fideicomiso de Educación

Garantizada en su Página de Transparencia y Acceso a la Información Pública del

Fideicomiso de Educación Garantizada (http://www.fideicomisoed.df.gob.mx), así como

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de marzo del 2009”.

43 Mediante atenta nota núm. APP/103/08-8 del 23 de febrero de 2010. 44 Con oficio núm. FEG/DG/DAF/0143/2010 del 3 de marzo de 2010, la Dirección de Administración y Finanzas, proporcionó

nota informativa emitida por la Coordinación Ejecutiva del PREBU.

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484 VOLUMEN 12/13

De lo anterior se constató que en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de marzo

de 2009, se hizo referencia al padrón de beneficiarios del Programa de Estímulos para

el Bachillerato Universal, Prepa Sí; de igual forma, en el menú de Programas Sociales del

portal de Transparencia y Acceso a la Información del FEG, se identificó el padrón de

Beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, por ciclo

escolar 2007-2008 y 2008-2009.

Además se verificó que el FEG entregó el padrón de manera interna a la Oficina de

Información Pública del Fideicomiso de Educación Garantizada del Distrito Federal, lo

anterior quedó constatado mediante el oficio FEG/DG/CEPREBU/032BIS/2008 del 17 de

octubre de 2008, mediante el cual la Oficina de Información Pública recibe el padrón de

beneficiarios en cuestión, según el artículo 14, fracción XXI,45 de la Ley de Transparencia

y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal (LTAIPDF). Asimismo, se revisó

el oficio sin número de fecha 20 de octubre de 2008, por medio del cual la Oficina de

Información Pública envía a la Dirección de Informática, información básica diversa para

la construcción de la sección de transparencia en el portal del FEG, la cual incluyó lo

relativo al artículo 14, fracción XXI, de LTAIPDF, y el oficio del 21 de octubre de 2008,

mediante el cual la Dirección de Informática notifica a la Oficina de Información Pública

(OIP), con relación a la ejecución de la petición del oficio de fecha 20 de octubre de 2008

emitido por la misma OIP.

Del análisis realizado a la documentación antes citada se concluye que el FEG, durante

el ejercicio 2008 dio cumplimiento a la publicación y difusión del padrón de beneficiarios

del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, toda vez que la

normativa (Código Financiero y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

Pública del Distrito Federal) no expresa de manera clara que el padrón del ejercicio en

revisión tenga que ser publicado ese mismo año.

45 Fracción XXI, Sobre los programa de apoyo o subsidio deberán difundirse el diseño, ejecución, montos asignados,

criterios de acceso, así como los padrones de las personas beneficiarias.

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485 VOLUMEN 12/13

17. Resultado

Expedientes de Beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí

Las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí,

2007-2008 y 2008-200946 señalan en su “apartado E, “Requisitos y Procedimientos

de Acceso”, Requisitos, “1 De ingreso, A) Para alumnos regulares: 1 Tener certificado de

estudios de secundaria, 2 Estar inscrito en una institución, 3 Ser residente del Distrito

Federal, 4 No contar con una beca o apoyo económico simultáneamente al estímulo del

Programa, 5 Prestar servicio a su comunidad, equivalentes a dos horas a la semana,

durante la vigencia del estímulo”; B) Para alumnos regulares en riesgo de rezago: “1 Estar

inscrito en una institución pública de Bachillerato del Distrito Federal, cuando menos

en el tercer semestre, 2 Tener un máximo de materias adeudadas que le permita la

permanencia en su institución educativa, 3 Ser residente del Distrito Federal, 4 No contar

con una beca o apoyo económico simultáneamente al estímulo del Programa, 5 Prestar

servios a la comunidad, equivalentes a dos horas a la semana, durante la vigencia del

estímulo”; II De permanencia, A) Para alumnos regulares: “1 Continuar inscrito como alumno

regular en una institución pública de Bachillerato en el Distrito Federal, 2 Continuar

residiendo en el Distrito Federal, 3 Tener el comprobante de servicio a la comunidad,

expedido por la autoridad competente que designe el Gobierno del Distrito Federal,

a través de la Coordinación General del Programa”; B) Para alumnos regularizables en

riesgo de rezago: “1 El estímulo para alumnos regularizables tendrá una duración de un

ciclo escolar, 2 Los alumnos que actualmente se encuentren adeudando materias deberán

aprobarlas durante el ciclo 2007-2008 y serán considerados como alumnos regulares

para efectos de este Programa en el siguiente ciclo escolar, 3 Continuar residiendo

en el Distrito Federal, 4 Tener el comprobante de servicios a la comunidad, expedido por

la autoridad competente que designe el Gobierno del Distrito Federal, a través de la

Coordinación General del Programa”.

46 Publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 1o. de octubre de 2007 y el 7 de noviembre de 2008.

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486 VOLUMEN 12/13

Con el objeto de verificar la integración de los expedientes de beneficiarios del Programa

de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato, y que esto se hubieran ceñido a los requisitos

establecidos en las Reglas, se llevó acabo la revisión y análisis de la documentación

contenida en cada uno de ellos.

Cabe señalar que para la selección de los expedientes se determinó una muestra con los

datos obtenidos del informe de Cuenta Pública 2008,47 en el cual se señala que “durante

el ejercicio fiscal 2008, se dieron ayudas económicas a 216,471 beneficiarios del

Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal (Prepa Sí), a estudiantes de nivel

bachillerato residente de las 16 delegaciones del Distrito Federal y que estudien en

escuelas publicas ubicadas en la Ciudad de México”.

Se utilizó la técnica de muestreo estadístico (muestreo aleatorio) para la determinación

del tamaño de la muestra. El total de expedientes se obtuvo tomando el total del universo

en 2008 (216, 471 beneficiarios), con una tasa de error esperado no mayor al 2%, error

tolerable 5%, intervalo de precisión 1.5%, nivel de confianza 95%, arrojando un total

de 334 expedientes por revisar.

A partir de lo anterior, mediante oficio APP/103/08-1 del 15 de enero de 2010, se solicitó

al FEG en un lapso de cinco días hábiles poner a disposición los 334 expedientes. Se destaca

que la atención a dicha solicitud fue completada hasta el 26 de enero del mismo año.48

47 Apartado ARyEVPP-II Acciones Realizadas y Explicación a las Variaciones Programático-Presupuestal de Actividades

Institucionales. 48 Mediante los oficios FEG/DG/ DAF/051/2010 del 21 de enero de 2010, proporcionó 57 expedientes, con el oficio

FEG/DG/DAF/056/2010 del 22 de enero del 2010 entregó 160 expedientes y con el oficio FEG/DG/DAF/056/2010 del 26 de enero del 2010, entregó 117 expedientes.

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487 VOLUMEN 12/13

De los expedientes recibidos se llevó a cabo una integración por institución de acuerdo

al siguiente cuadro:

Institución Expedientes

Bachillerato a Distancia, Gobierno del Distrito Federal, Educación a Distancia 4 Colegio Nacional de Educación Profesional (CONALEP) 59 Colegio de Bachilleres 82 Colegio de Ciencias y Humanidades (CCH) 41 Dirección General de Bachilleres 5 Colegio de Estudios Tecnológicos Industrial y de Servicio (CETIS) 72 Escuela Nacional Preparatoria (ENEP) 64 Instituto de Educación Media Superior (IEMS) 7 Total 334

Con base en los requisitos señalados en las Reglas de Operación del Programa de

Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, 49 se menciona la documentación que

debe presentarse en ellos: Certificado de Secundaria o el Historial, estar inscrito en

escuela pública, ser residente del Distrito Federal, no tener beca o apoyo económico

similar, prestar servicio a su comunidad. De manera adicional, se estableció que contaran

con solicitud de inscripción y solicitud de reinscripción.

En función de lo antes mencionado, se elaboró una relación de expedientes por institución

educativa, verificando la existencia física de la documentación establecida en los

requisitos arriba mencionados, los resultados se observan a continuación:

49 Correspondientes a los ciclos escolares 2007-2008 y 2008-2009.

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Institución Concepto Solicitud de ingreso

Solicitud de reinscripción

Certificado de secundaria

o historial

Inscrito en escuela

pública

Residente del Distrito

Federal

No tener beca o apoyo

económico

Prestar servicio a su comunidad

Cumple 56 11 37 46 57 4 4 No cumple 16 36 35 26 15 68 68

Cetis

No aplica 25 Cumple 82 69 56 74 61 13 7 Colegio de Bachilleres No cumple 26 8 21 69 73

No aplica 13 2 Cumple 47 11 57 56 45 13 13 No cumple 12 35 2 3 14 46 46

Colegio de Educación Profesional (Conalep)

No aplica 13 Cumple 1 4 4 3 4 3 3 No cumple 3 1 1 1

Bachillerato a Distancia

No aplica Cumple 12 35 15 16 19 5 5 No cumple 29 26 25 22 36 36

Colegio de Ciencias y Humanidades (CCH, UNAM)

No aplica 6 Cumple 5 4 3 5 No cumple 2 1 2 5 5

Dirección General de Bachillerato

No aplica 3 Cumple 35 1 28 57 28 8 10 No cumple 29 63 36 7 36 56 54

Escuela Nacional Preparatoria (UNAM)

No aplica Cumple 7 7 7 7 1 1 No cumple 4 6 6

IEMS

No aplica 3 Total por concepto 334 334 334 334 334 334 334

FUENTE: Expedientes de beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal. Prepa Sí, durante el ejercicio 2008.

Como parte de la revisión de los 334 expedientes, se verificó que sólo 245 expedientes

(73.4%) cumplen con la solicitud de ingreso; la solicitud de reinscripción 131 expedientes

la presentan, es decir el 39.2% del total cumplen, en tanto que el 41.9 % no cuenta con

dicho documento, al restante 18.9 % no le aplica, debido a que son los beneficiarios de

nuevo ingreso.

En lo que respecta al concepto de certificado de secundaria o historial académico,

208 expedientes cumplen con el requisito señalado, lo cual representan un 62.3 %.

En relación a estar inscritos en escuelas públicas, se observa que el 78.4% de los

expedientes muestra evidencia documental a dicho requisito.

Se observó que el 32.3% de los expedientes carecen de algún documento que justifique

su residencia en el Distrito Federal. Se constató que el 85.9% de los expedientes no

contaron con algún documento que justifique que el beneficiario no cuenta con beca

o apoyo económico similar.

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489 VOLUMEN 12/13

Finalmente, se observó que el 87.1% de los expedientes carece del comprobante que

señale haber prestado servicios a la comunidad, expedido por la autoridad competente

que designe el Gobierno del Distrito Federal, a través de la Coordinación Ejecutiva del

PREBU.

Por lo anterior se solicitó50 al FEG proporcionara la metodología para integrar los

expedientes de los beneficiarios de los estímulos. En respuesta con Nota Informativa

del 26 de febrero de 2010, la Coordinación Ejecutiva del PREBU señaló que:

“La integración de los expedientes consta de dos acciones, la recepción de documentos

y la integración de expedientes, […]

”Recepción de documentos de beneficiarios

”Se lleva a cabo en los planteles y en el módulo de Jalapa No. 15 anterior a la entrega de

la tarjeta bancaria, primero se verifica que el alumno se encuentre en el listado impreso

para la entrega y se reciben los documentos:

”● Solicitud de inscripción o reinscripción

”● Póliza de seguro

”● Copia de identificación con fotografía

”● Copia de comprobante de inscripción

”● Copia de comprobante de calificaciones

”● Copia de comprobante de domicilio”

De la metodología descrita, se observa que no se incluye la recepción de la evidencia

documental acredite que el beneficiario no cuenta con beca o apoyo similar, así como

la correspondiente al comprobante de haber prestado servicios a su comunidad o en

comunidad.

50 Mediante oficio núm. APP/103/08-8 del 23 de febrero de 2010.

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490 VOLUMEN 12/13

De lo anterior, se concluye que el FEG incumplió los lineamientos y mecanismos de

operación establecidos en las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí, 2007-2008, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito

Federal el 1o. de octubre de 2007, en sus incisos A al L, lo cual denota deficiencias de

control interno que podrían incidir en el cumplimiento de los objetivos del programa.

De la inspección a la información contenida en los expedientes, se observó el uso de cuatro

diferentes formatos para la inscripción y reinscripción de los beneficiarios al Programa de

Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí; la frecuencia en el uso de cada tipo

de formato se observa en el siguiente cuadro:

Institución Formato

A Formato

B Formato

C Formato

D por la UNAM Total

Bachillerato a Distancia 4 4 Colegio Nacional de Educación Profesional (CONALEP) 23 36 59 Colegio de Bachilleres 56 23 3 82 Colegio de Ciencias y Humanidades (CCH) 4 7 1 29 41 Dirección General de Bachilleres 1 4 5 Colegio de Estudios Tecnológicos Industrial y de Servicio (CETIS) 39 29 4 72 Escuela Nacional Preparatoria (ENEP) 10 11 1 42 64 Instituto de Educación Media Superior (IEMS) 2 1 4 7 Totales 139 111 13 71 334

Del análisis y revisión a la documentación contenida en los 334 expedientes se observó

que, salvo la UNAM que contó con un formato específico, las instituciones educativas

participantes utilizaron tres formatos diferentes de forma indistinta para realizar el proceso

de solicitud de estímulos, los cuales consignan algunos campos con información diferente,

como se muestra en el cuadro siguiente:

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Formato A “Solicitud de estímulos”

Formato B “Comprobante”

Formato C “Registro de solicitud”

Falta Falta Falta Falta

Falta Falta Falta Falta Falta

Carta de aceptación para realizar servicios a la comunidad. a) Acta de nacimiento

(copia y original para cotejo) b) Comprobante de domicilio c) Comprobante de calificaciones

del último ciclo escolar I. Identificación

Apellido paterno Apellido materno Nombres

I. Datos del beneficiario Sí Sí Sí

I. Datos personal Sí Sí Sí

II. Domicilio Calle No exterior No interior Colonia Entre las calles Delegación Falta Código Postal. Teléfono Celular Fecha de nacimiento Lugar de nacimiento Edad Sexo Correo electrónico Registro Federal de Contribuyentes Clave Única de Registro de Población Nombre del padre Nombre de la madre

II. Domicilio Sí Sí Sí Sí Sí Sí Falta Sí Sí Sí Sí Falta Sí Falta Sí Falta Falta Falta Falta

II Sí Sí Sí Sí Sí Sí Estado Sí Sí Sí Falta Falta Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí

III.-Datos escolares Nombre de la escuela Falta Número de matrícula o número de la cuenta Turno Promedio de calificación del ciclo anterior Semestre en el que estás inscrito Cuántas materias adeudas

III Sí Plantel Falta Sí Sí Sí Falta

III Sí Sí Sí Falta Falta Falta Falta

“Sí acepto realizar los servicios a la comunidad que sugiere el gobierno del distrito federal; por el equivalente de dos horas a la semana”.

Falta

Firma Falta Falta “Nota: los datos que se proporcionen serán verificados, cualquier error u omisión, será causal para anular su solicitud, ingreso o permanencia en el programa”.

Falta Si

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos”. “Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la Ley aplicable y ante la autoridad competente”.

Falta Falta

Del análisis a los formatos antes descritos, se concluye que los procesos relativos al

ejercicio 2008, no se basaron en un formato formalmente autorizado incluido en el Manual

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Administrativo, lo que ocasionó deficiencias en la integración de expedientes de beneficiarios

del Programa de Estímulo para el Bachillerato Universal, Prepa Sí. Lo anterior, muestra

deficiencias de control interno que podrían influir en el cumplimiento de los objetivos del

programa.

Por lo tanto, el FEG incumplió lo dispuesto en el Acuerdo por el que se Establecen los

Lineamientos Generales de Control Interno para la Administración Pública del Distrito

Federal, publicada el 9 de abril de 2007 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, que en

su artículo 4o. establece: “Es responsabilidad de los titulares de las Unidades de Gobierno

de la Administración Pública del Distrito Federal (vigente en 2008), […] concurrentemente

con sus titulares, establecer y preservar el sistema de control interno requerido para

el logro de los objetivos y metas, así como evaluar y supervisar su funcionamiento e

implementar constantemente las acciones que conduzcan a su mejora”. De igual manera,

el artículo 5o del ordenamiento legal invocado cita: “Los servidores públicos a que hace

referencia el artículo anterior, deberán considerar en su sistema de control interno, dar

prioridad en los procesos de sus operaciones, al establecimiento de los controles

preventivos, para disminuir actos u omisiones que pudieran afectar el servicio público”.

Con motivo de la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2010, con el oficio

FEG/DG/DAF/322/2010 de la misma fecha, la Dirección General FEG proporcionó nota

informativa del 21 de mayo 2010, con la cual la Coordinación Ejecutiva del PREBU,

informó que “el procedimiento de inscripción se llevó al cabo en línea, por lo que, aquellos

expedientes que no cuentan con respaldo físico de la solicitud de inscripción o reinscripción, se

cuenta con ella en forma electrónica en el sistema”, en tanto que para “los comprobantes

de la realización de actividades en comunidad por parte de los beneficiarios del Programa,

fueron capturados y reportados electrónicamente por los enlaces operativos del programa

en cada uno de los planteles de educación media superior. En tanto que para la

documentación que compruebe el hecho de no contar con beca o apoyo similar,

la Coordinación Ejecutiva del PREBU, informó que “las autoridades de los planteles de

educación media superior, orientaron a los enlaces operativos del PREBU en relación

a que los alumnos no contarán con otro apoyo económico por concepto de estudios”.

En lo que respecta a cumplir con sus dos horas de servicio a la comunidad el Fideicomiso

señala: “este se da por aceptado al momento de la recepción de la tarjeta bancaria,

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toda vez que en los cuadernillos de firmas se cuenta con la leyenda ”Recibí tarjeta

por lo cual me comprometo a cumplir todos los compromisos inherentes al programa”,

además señala que “no se contó con Manual Administrativo formalmente autorizado, la

Coordinación Ejecutiva operó la recepción integración y concentración de expedientes con

un procedimiento definido a partir de la experiencia y necesidades a lo largo del primer

año de implementación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa

Sí, así como del Manual Administrativo en su parte Organizacional”; a lo anterior aclaran

que actualmente la Coordinación Ejecutiva del PREBU ha implantado mecanismos que

permiten garantizar el cumplimiento de los objetivos y metas del Programa”; respecto a la

integración de expedientes, primero se realiza la recepción documental con la finalidad

de integrar completamente el expediente y verificar la información proporcionada por el

alumno. El Fideicomiso informa que actualmente ya se cuenta con el Manual Administrativo

autorizado por la CGMA, sin embargo, no proporciona evidencia documental, ni medio

magnético que permita verificar lo antes señalado. Por ello el resultado no se modifica.

Recomendación APPD-103-08-41-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, establezca

mecanismos de control y supervisión para la integración de expedientes de los beneficiarios

del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, conforme a lo señalado

en las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal.

Economía

18. Resultado

Congruencia en la Estructura Programática

El Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto

del Presupuesto de Egresos 2008, en el Capítulo I “Innovaciones” fracción I. “Catálogo de

Actividades Institucionales”, establece que: “Para el ejercicio fiscal 2008, se realizó una

nueva clasificación de Programas y se recatalogaron las Actividades Institucionales (AI),

con el objeto de hacerlas mas claras y precisas. En este sentido, las AI tendrán mayor

relevancia y estarán delimitadas alrededor de los productos que ofrecen, de manera

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regular, las UR´s a la ciudadanía (Infraestructura, bienes y servicios). Lo anterior permitirá

llevar un seguimiento más puntual y estratégico del ejercicio del gasto en Consideraciones

Generales. Asimismo, las actividades resultantes de esta nueva catalogación deberán cumplir

con las siguientes características: a) Ser excluyentes entre sí, es decir, las actividades

no deben estar superpuestas ni ser ambiguas. b) Estar directamente relacionadas, aunque no

exclusivamente, con las atribuciones que por ley le corresponden a la UR. Su redacción

debe reflejar de manera clara y directa las acciones que realizan las UR´s”.

Con respecto al rubro sujeto a revisión, en el ejercicio de 2007 se aperturó dentro del

Programa 13 “Fomento y Desarrollo de la Educación y el Deporte”, del Programa Especial

00 “Acciones del Programa Normal”, actividad institucional 13 “Operar el Programa de

Estímulos a Estudiantes de Bachillerato”. Los resultados obtenidos en la actividad institucional

13 al cierre del ejercicio 2007, fueron de 132,062 estímulos y un presupuesto ejercido de

336,048.4 miles de pesos.

Para el ejercicio de 2008, el Fideicomiso Educación Garantizada aperturó en el Programa

17 “Educación”, del Programa Específico 06 “Equidad en la Ciudad”, la actividad institucional

13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” obteniendo una meta física

alcanzada de 216,471 estímulos y un presupuesto ejercido de 1,137,340.1 miles de pesos.

De esto se observó que el aumento en el número de estímulos al cierre del ejercicio 2008

fue de 84,409, cifra que representó el 63.8% respecto al ejercicio anterior. En lo que

respecta al presupuesto ejercido para operar el Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, Estudiantes de Bachillerato, al cierre de 2008, éste registró un

incremento de 238.4% (801,291.7 miles de pesos) con respecto al ejercicio 2007.

La SE 2007 y el FEG en 2008, registraron en su Informe de Cuenta Pública en los

ejercicios de 2007 y 2008, respectivamente, el número de beneficiarios que al final de

cada ejercicio atendieron y no el número de estímulos como lo especifica la unidad

de medida de la estructura programática autorizada.

Las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal 2008-2009,

Prepa Sí, del FEG en el inciso c) “Metas Físicas” indica beneficiar a 15,000 alumnos

que se encuentran estudiando a nivel licenciatura y que egresaron del nivel bachillerato

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del programa de estímulos a estudiantes de bachillerato, por lo que se observó que esta

población no corresponde a lo previsto en la estructura programática destinada a Operar

el Programa de Estímulos para Estudiantes de Bachillerato.

Así también se observó que para referirse a la actividad institucional 13 “Operar

el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” se utilizan diferentes términos

tales como: Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, beneficiarios

del programa egresados de bachillerato.

En conclusión la SE y el FEG incumplieron el Manual de Programación-Presupuestación

para la Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2008 en lo que hace

al Capítulo I “Innovaciones” fracción I. “Catálogo de Actividades Institucionales”.

En la reunión de confronta celebrada el 21 de mayo de 2010, el Fideicomiso

Educación Garantizada del Distrito Federal, proporcionó documentación mediante oficio

núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010 que no tuvo relación con el presente

resultado por lo que no se modifica.

Recomendación APPD-103-08-42-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implemente

los mecanismos de control y supervisión para que al elaborar su Informe de Cuenta Pública

las actividades institucionales reflejen de manera clara y directa las acciones que realiza

en congruencia con lo que establece el Manual de Programación-Presupuestación para la

Formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal correspondiente.

19. Resultado

Bases de Cálculo

El Capítulo IV “Lineamientos Generales” del Manual de Programación Presupuestación

para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2008, numeral 7, establece

que en la presupuestación de las actividades institucionales se deberán considerar

los elementos reales de valoración como son catálogos de precios unitarios, conceptos

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de obra, cotizaciones con proveedores y contratistas, licitaciones del ejercicio anterior,

así como, su comportamiento histórico (sólo como elemento de referencia), etc.

A efecto de constatar que la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos

de 2008 de la actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de

Bachillerato” se haya elaborado con elementos reales de valoración, se solicitaron los

papeles de trabajo y bases de cálculo que utilizaron la SE y el FEG. En respuesta la SE

proporcionó cédula mediante el oficio SEDF/DA/1481/2009 del 15 de octubre de 2009,

con el cual informó que la SE realizó mesas de trabajo en las cuales participaron las áreas

involucradas para formular el Programa Operativo Anual (POA), y que derivado de ellas

se elaboró dicho programa, por lo que no existieron papeles de trabajo o memoria de

cálculo para la integración de las metas físicas y financieras, al respecto el FEG informó

que no le correspondió elaborar papeles de trabajo ni bases de cálculo en virtud de que

los recursos se asignaron a la SE.

En las Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí, del FEG, en el inciso D. Programación Presupuestal, se estableció la entrega de

210,000 estímulos económicos, equivalente a 575.00 pesos mensuales en promedio durante

10 meses (1,207,500.0 miles de pesos) así mismo, la cobertura a 15,000 beneficiarios del

programa egresados de bachillerato que se encuentran cursando el nivel licenciatura

en alguna institución de educación superior pública en el Distrito Federal, con un total de

(8,625.0 miles de pesos), reconocimientos especiales para estudiantes destacados en

conocimientos de computación e idiomas y, recursos destinados a la estructura organizacional

necesaria para operar, coordinar, supervisar, controlar y evaluar la operación del programa.

No obstante, al respecto no proporcionó papeles de trabajo ni bases de cálculo de dicha

programación.

En conclusión, la Secretaría de Educación del Distrito Federal y el Fideicomiso Educación

Garantizada del Distrito Federal evidenciaron fallas de planeación al elaborar e integrar su

Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y sus Reglas de Operación para la actividad

institucional 13, con base en mesas de trabajo y no de acuerdo a bases reales de

valoración por lo que incumplieron El Capítulo IV Lineamientos Generales del Manual

de Programación Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos 2008 numeral 7.

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497 VOLUMEN 12/13

En la reunión de confronta celebrada el 21 de mayo de 2010, el FEG, proporcionó

información mediante oficio FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010 que no tuvo

relación con el presente resultado, por lo que no se modifica.

Recomendación APPD-103-08-43-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implemente los

mecanismos de control y supervisión que le permitan elaborar e integrar su Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos y Reglas de Operación para operar el Programa de Estímulos

a Estudiantes de Bachillerato Universal, Prepa Sí, con bases reales de valoración.

20. Resultado

Planeación y Asignación de los Recursos

El artículo 442, párrafos primero y segundo, del Código Financiero del Distrito Federal

para 2008, establece que “las dependencias y órganos desconcentrados, formularán

su anteproyecto de Presupuesto de Egresos, atendiendo a los criterios presupuestales y, en su

caso, a las previsiones de ingresos que les comunique la Secretaría, con base en sus

programas operativos anuales, los cuales deberán ser congruentes entre sí. La Secretaría

queda facultada para formular los anteproyectos de presupuesto de las dependencias

y órganos desconcentrados, cuando no le sean presentados en los plazos que al efecto se

les hubiesen señalado o cuando no se apeguen a los criterios presupuestales de eficiencia,

eficacia y probidad previstos en las Leyes, así como a las previsiones de ingresos

comunicados”.

El artículo 443, párrafo primero, del mismo ordenamiento establece que “la Secretaría podrá

efectuar las modificaciones que considere necesarias a los anteproyectos de presupuesto,

en cuanto a programas, objetivos, metas o importes asignados, comunicándoles a las

dependencias y órganos desconcentrados los ajustes que habrán de realizar a sus

anteproyectos de presupuesto en función de la cifra definitiva proyectada”.

Mediante oficio SE/1487/07 del 9 de octubre de 2007, la SF envió a la SE el techo

presupuestal por 963,103.6 miles de pesos para efectos de la formulación del Anteproyecto

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de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal de 2008, de los cuales 14,288.6 miles de

pesos corresponderían a gastos personales y 948,815.0 miles de pesos a otros gastos

corrientes, de éstos correspondería, a su vez, una previsión de 700,000.0 miles de pesos

para otorgar apoyo a estudiantes dentro del programa de estímulos para el bachillerato

universal. También remitió los lineamientos y formatos que debería requisitar respetando

la estructura económica y programática del gasto autorizado, para la integración del citado

anteproyecto y para incluir algunos gastos de carácter especial determinados por la

presente administración y cuyos montos se encuentran etiquetados para tales fines, razón

por la que no podrán orientarse al financiamiento de otros programas. Asimismo, señaló

que debería remitir su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos a más tardar el 22 de

octubre de 2007.

En respuesta, la SE envió su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio

de 2008 mediante oficio. SE/413/2007 del 22 de octubre de 2007, dos días después

(24 de octubre de 2007) de la fecha determinada por la SF por un importe de 700,000.0 miles

de pesos para la actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos para

Estudiantes de Bachillerato”, distribuido en cuatro capítulos de gasto: en el Capítulo 2000

“Materiales y Suministros”, 2,985.0 miles de pesos, en el Capítulo 3000 “Servicios Generales”,

75,615.0 miles de pesos; en el Capítulo 4000 “Ayudas, Subsidios y Transferencias”,

615,600.0 miles de pesos; y, en el Capítulo 5000 “Bienes Muebles e Inmuebles”, 5,800.0 miles

de pesos, considerando un total de 42 partidas de gasto.

Así también, mediante oficio núm. SE/0157/08 del 8 de enero de 2008, la SF comunicó

a la SE el techo presupuestal aprobado por el Órgano Legislativo, Analítico de Claves,

Programa Operativo Anual y el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para

el ejercicio fiscal de 2008 aprobado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, por

un monto de 1,287,059.7 miles de pesos para gasto corriente; de los cuales 17,244.7 miles

de pesos fueron para servicios personales y 1,269,815.0 miles de pesos a otros gastos

corrientes, de los cuales fueron etiquetados 1,100,000.0 miles de pesos para otorgar apoyo

a estudiantes dentro del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.

En conclusión, la SE incumplió el artículo. 442, párrafos primero y segundo, y el artículo

443, párrafo primero, del Código Financiero del Distrito Federal para 2007, en virtud de

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que no ajustó su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos al techo presupuestal aprobado

por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y sólo presentó el solicitado en el mes de

octubre de 2007, y dos días después de lo estipulado por la SF.

Respecto al FEG no reflejó la actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos

para Estudiantes de Bachillerato, Prepa Sí”, en su Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos para 2008, en razón de que no contaba con la estructura e infraestructura

correspondiente para dicha actividad institucional, en virtud de que el FEG se creó en

junio de 2007 y su presupuesto se originó a través de la SE.

Recomendación APPD-103-08-44-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante

mecanismos de control y supervisión para que al elaborar e integrar su Anteproyecto

de Presupuesto de Egresos y Reglas de Operación del Programa de Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí, sean soportadas en base de cálculo y papeles de trabajo,

conforme a lo establecido en el Código Financiero del Distrito Federal.

21. Resultado

Asignación y Transferencia de Recursos

El apartado IV.3.3. “Adecuaciones Programático Presupuestarias” numeral 3, párrafo dos

y tres del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal, establecen que: “Las adecuaciones que elaboren las UR´s,

las cuales podrán ser de tres tipos: a) Las que afecten simultáneamente su presupuesto

y programa (s) autorizado (s), b) Aquellas que modifiquen su presupuesto y c) Los que

modifiquen los programas establecidos; en todos los casos deberán acompañarse de la

justificación. Se formulara la adecuación presupuestaria y justificación cuando únicamente

afecte presupuesto, o solo la programática y justificación cuando la adecuación afecte las

metas de actividades institucionales, sin que ello implique modificaciones al presupuesto”

y “En todos los casos las UR´s deberán hacer las solicitudes de las APP´s a través

del SICE”.

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500 VOLUMEN 12/13

El artículo 511, fracción II, del Código Financiero del Distrito Federal para el ejercicio fiscal

de 2008, establece que el Jefe de Gobierno podrá modificar el contenido orgánico y financiero

de los programas de las dependencias, órganos desconcentrados, Delegaciones y entidades

incluidas en el Presupuesto de Egresos, cuando por razones de interés social, económico

o de seguridad pública, lo considere necesario.

Estas modificaciones no podrán: “II.- Disminuir el monto total consignado en el Decreto de

Presupuesto de Egresos para la atención de programas prioritarios, salvo que se hayan

concluido las metas”.

En el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal

de 2008, se indicó que se asignaron para el programa 17 “Educación” 5,123,672.0 miles de

pesos; de los cuales el 23.1% (1,183,531.5 miles de pesos) correspondieron a la SE de estos

el 93.% (1,100,000.0 miles de pesos), se destinaron al Programa 13 “Operar el Programa

de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” los cuales fueron autorizados por la Asamblea

Legislativa del Distrito Federal con cargo a recursos fiscales, según su Analítico de Claves.

Para el caso de la SE se verificó que el Programa 17 “Educación” se integró de siete

actividades institucionales, destinando 1,100,000.0 miles de pesos (el 93%) a la actividad

institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato”, en el

Capítulo de Gasto 4000 “Ayudas, “Subsidios, Aportaciones Transferencias”.

Derivado del análisis de las causas de esta asignación presupuestal por 1,100,000.0 miles

de pesos, específicamente de la revisión del Analítico de Claves 2008, se observó que

el gasto no fue determinado con base en las necesidades reales de estímulos para ser

otorgados a estudiantes de bachillerato en virtud de que la SE sólo realizó mesas de

trabajo con las áreas involucradas y formuló su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos

por 700,000.0 miles de pesos, sin ajustarlo a los 1,100,000.0 miles de pesos que le fueron

asignados para el ejercicio de 2008, en la partida 4105 “Ayudas Culturales y Sociales”.

Por lo anterior, se concluye que en la estimación del presupuesto de la actividad institucional 13,

la Secretaría de Educación no elaboró documentación comprobatoria para el otorgamiento

de los estímulos a estudiantes de bachillerato durante el ejercicio 2008.

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501 VOLUMEN 12/13

Para constatar que los recursos asignados a la SE del Distrito Federal para operar el

programa de estímulos a estudiantes de bachillerato en el ejercicio de 2008, se hayan

transferido en su totalidad al FEG, se revisó el 100% de las adecuaciones programático-

presupuestarias con cargo a la actividad institucional 13 “Operar el Programa de

Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” del Programa Especifico 06 “Equidad en la

Ciudad”, Programa 17 “Educación”, así también los datos del Sistema de Cuenta Publica.

De su análisis se observó que la SE durante el ejercicio fiscal de 2008 elaboró y tramitó

ocho adecuaciones compensadas con efecto de reducción por un total de 1,100,000.0 miles

de pesos con cargo a dicha actividad institucional.

Del análisis a las adecuaciones presupuestarias se constató que el presupuesto que

transfirió la SE al FEG fue de 991,870.5 miles de pesos, el 90.2% del total de los recursos

asignados a la actividad 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato”,

el restante 9.8%, por 108,129.5 miles de pesos, la SE los canalizó de la siguiente forma: a

la actividad institucional 02 “Operar el Sistema de Educación Media Superior y Superior”

el 1.2% por 13,465.2 miles de pesos; la actividad institucional 22 “Brindar Atención

Integral al Estudiante”, el 0.5% por 5,700.0 miles de pesos; a la actividad institucional 23

“Brindar servicios educativos”, el 5.2% por 57,732.4 miles de pesos; a la actividad

institucional 24 “Brindar Atención Especializada a la Educación Media y Media Superior, el

2.8% por 30,830 miles de pesos.

Por su parte, de los 991,870.5 miles de pesos transferidos al FEG el 33.2% por 330,000

miles de pesos, se canalizaron a la actividad institucional 15 “Operar el Programa de

Educación Garantizada” y el 66.8% restante, por 661,870.5 miles de pesos, para operar

el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí.

De lo anterior se concluyó que la SE elaboró y tramitó ocho adecuaciones compensadas

con efecto de reducción, por un total de 1,100,000 miles de pesos, las cuales cumplieron

en lo general con el Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la

Administración Pública del Distrito Federal y que sólo transfirió el 60.1% 661,870.5 miles

de pesos del total de los recursos asignados para operar el programa de estímulos

a estudiantes de bachillerato al FEG, por lo que el 39.9% restante, por 438,129.5 miles

de pesos, se canalizaron a otras actividades institucionales operadas por la propia SE.

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22. Resultado

Transferencia de Recursos a la Cuenta Patrimonial

El apartado IV.3.3. “Adecuaciones Programático Presupuestarias”, numeral 3, párrafo dos

y tres, del Manual de Normas y Procedimientos Presupuestarios para la Administración

Pública del Distrito Federal, en el párrafo dos establece que: “Las adecuaciones que

elaboren las UR´s, las cuales podrán ser de tres tipos: a) Las que afecten simultáneamente

su presupuesto y programa (s) autorizado (s), b) Aquellas que modifiquen su presupuesto

y c) Los que modifiquen los programas establecidos, en todos los casos deberán

acompañarse de la justificación. Se formulará la adecuación presupuestaria y justificación

cuando únicamente afecte presupuesto, o solo la programática y justificación cuando la

adecuación afecte las metas de actividades institucionales, sin que ello implique

modificaciones al presupuesto y párrafo tres, en todos los casos las UR´s deberán hacer

las solicitudes de las APP´s a través del SICE”.

El apartado IV.3.1. “Cuenta por liquidar certificada”, párrafo 2 y 33, del Manual de Normas

y Procedimientos para la Administración Pública del Distrito Federal, establece que:

“Con fundamento en lo establecido en el Código Financiero del Distrito Federal y el Decreto

de Presupuesto de Egresos del año vigente y conforme a las responsabilidades que de

ahí se derivan, le corresponde al titular de la UR o a los servidores públicos de nivel

de estructura que fueron facultados conforme a la ley, autorizar el pago, el cual lo autentica

mediante su firma, y es obligación de las UR´s verificar que los números de cuenta

de cheques en los que se abonen los pagos, nombres y claves del banco y nombre del

beneficiario coincida con los números de cuenta que fueron enviados con anterioridad”.

De la revisión a la cuenta patrimonial del FEG núm. 00540783540 del “Banco Mercantil

del Norte, S.A.” correspondiente al ejercicio fiscal de 2008, la cual es utilizada para captar los

recursos provenientes del Gobierno del Distrito Federal, entre otros, y proveer de los recursos

necesarios para la operación de los diferentes programas que maneja el FEG, en el caso

específico para operar el programa de estímulos a estudiantes de bachillerato en 2008.

De la revisión a las transferencias de recursos realizadas por la SE mediante cinco

afectaciones compensadas, se verificó que el FEG captó ingresos provenientes de la SE

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por 991,870.5 miles de pesos, de los cuales correspondieron 661,870.5 miles de pesos

para operar el programa de estímulos a estudiantes de bachillerato y 330,000.0 miles de

pesos al Programa de Educación Garantizada.

Así también, mediante tres afectaciones compensadas el FEG canalizó recursos de otros

programas por 354,540.0 miles de pesos y mediante una afectación líquida la SF otorgó

140,000.0 miles de pesos, todo esto para cubrir las necesidades de recursos, por lo que el

presupuesto modificado en el ejercicio de 2008 fue por 1,156,410.5 miles de pesos para la

actividad institucional 13 Operar el Programa de Estímulos para Estudiantes de Bachillerato.

El FEG para desarrollar la actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos

para Estudiantes de Bachillerato” en el ejercicio de 2008, realizó los depósitos a la cuenta

patrimonial mediante la tramitación de 17 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) por

1,154,370.5 miles de pesos. En cuanto a dichos recursos, la Dirección General del Fideicomiso

solicitó mediante oficios, al Delegado Fiduciario del Banco Mercantil del Norte S.A., su

traspaso a la cuenta dispersora núm. 0550985231 abierta en dicha institución bancaria.

De la revisión a las afectaciones presupuestarias y cuentas por liquidar certificadas,

generadas por el Fideicomiso Educación Garantizada, se constató que en lo general

cumplieron con el Manual de Normas y Procedimientos para la Administración Pública

del Distrito Federal.

23. Resultado

Aplicación de los Recursos y Soporte Documental

El artículo 18 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal del ejercicio 2008,

establece que “los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones,

Entidades, Órganos de Gobierno y Autónomos del Distrito Federal que ejerzan recursos

aprobados en este Decreto, y los servidores públicos encargados de la administración de

los mismos, serán los responsables del manejo y aplicación de éstos; del cumplimiento

de los objetivos y metas de los programas contenidos en su presupuesto autorizado; de

que se cumplan las disposiciones legales vigentes para el ejercicio del gasto; de que los

compromisos sean efectivamente devengados, comprobados y justificados; de la guardia

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504 VOLUMEN 12/13

y custodia de los documentos que los soportan; de llevar un estricto control de los medios

de identificación electrónica; y de llevar los registro de sus operaciones conforme a lo

dispuesto en este Decreto y demás disposiciones aplicables en la materia”.

Asimismo, el artículo 381, fracción III, del Código Financiero del Distrito Federal del

ejercicio 2008 prevé que “las entidades, deberán cuidar bajo su responsabilidad, que los

pagos que autoricen […] se encuentren debidamente justificados y comprobados con

los documentos originales respectivos”.

Por su parte, el artículo 544 del Código Financiero del Distrito Federal del ejercicio 2008

establece que “Las dependencias, órganos desconcentrados, delegaciones y entidades

deberán llevar registros auxiliares para los programas presupuestarios que muestren

de manera sistemática los avances financieros y de consecución de metas, con objeto de

facilitar la evaluación en el ejercicio del gasto público”.

Finalmente, el artículo 567 del Código Financiero del Distrito Federal del ejercicio 2008

dispone que “Los titulares de las entidades, así como los de sus órganos encargados del

manejo y ejercicio de sus recursos, serán directamente responsables de la información

presupuestal, financiera, programática y contable proporcionada a la Secretaría para

la integración de la Cuenta Pública”.

Para constatar la correcta aplicación de los recursos y las acciones realizadas en la actividad

institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos para Estudiantes de Bachillerato”, se

solicitó al FEG, 58 transferencias de recursos por un monto de 341,202 miles de pesos

(el 30% del presupuesto ejercido por 1,135,604.7 miles de pesos), reportados en su Informe

de Cuenta Pública de 2008.

En virtud de que el FEG no elaboró registros contables, el sujeto fiscalizado proporcionó

las conciliaciones bancarias elaboradas en el ejercicio de 2008, las cuales representaron

el 100% del presupuesto ejercido de la cuenta núm. 00550985231 de Banorte, S.A.,

la cual es utilizada para efectos de la actividad institucional 13 “Operar el Programa de

Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” y realizar la dispersión de recursos a las tarjetas

de los beneficiarios mediante el sistema de banca electrónica “Banorte en su Empresa”,

a partir del cual se realizan: a) Consultas, b) Transferencias de fondos, c) Dispersión

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505 VOLUMEN 12/13

de fondos para pago de nómina y dispersiones recurrentes, d) Realización, incremento,

decremento y liquidación de depósitos de dinero, inversiones y prestamos documentados

a la institución bancaria, e) Realización de pagos, cargos automáticos y envío de declaraciones

fiscales, f) Compra venta de divisas, títulos o valores, g) Solicitudes o disposiciones

de créditos, incluidas la solicitud y modificación de instrucciones de cartas de crédito,

h) Las demás operaciones disponibles en el “Software”. Lo anterior, en virtud de no contar

con un sistema contable para la elaboración de pólizas.

De la revisión al soporte documental y, en su caso electrónico, de las conciliaciones

bancarias, se verificó que éste incluyó el formato de conciliación bancaria; auxiliar de bancos;

oficios mediante el cual la Dirección General solicitó a la Dirección de Administración

y Finanzas el total de recursos a dispersar; archivos electrónicos que sustentan la

dispersión de los recursos, así como ,los montos y número de beneficiarios para realizar

el depósito; oficios girados por la Dirección General del FEG al delegado Fiduciario

del Banco Mercantil del Norte, S:A:, con los cuales se solicitó el traspaso de recursos de

la cuenta patrimonial a la cuenta dispersora; y, estados de cuenta bancarios mensuales.

De la revisión a dicha documentación se constató que el FEG no proporcionó original

de los siguientes documentos: oficios mediante el cual la Dirección General solicitó a la

Dirección de Administración y Finanzas el total de recursos a dispersar; oficios girados por

la Dirección General del FEG al delegado Fiduciario del Banco Mercantil del Norte, S:A., con

los cuales solicitó el traspaso de recursos de la cuenta patrimonial a la cuenta dispersora;

y estados de cuenta bancarios mensuales en el ejercicio de 2008. En este sentido, incumplió

el artículo 381, Fracción III, del Código Financiero del Distrito Federal del ejercicio 2008.

De la revisión, a las conciliaciones bancarias se constató que fueron firmadas por el mismo

funcionario en calidad de encargado de elaborarlas y de emitir el visto bueno, por lo cual

evidenció fallas de control y supervisión derivado de que las dos funciones fueron realizadas

por la misma persona.

Respecto a los oficios girados al Director Administrativo de la SE y al Director de

Administración y Finanzas del FEG con los cuales la Dirección General del FEG

y el Coordinador Ejecutivo del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí, solicitaron la realización del proceso correspondiente a la dispersión de los

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506 VOLUMEN 12/13

recursos a las tarjetas de los beneficiarios en el ejercicio 2008, se verificó que el total de

recursos solicitados fue por 1,139,009.1 miles de pesos.

No obstante que según el soporte documental, el total de recursos solicitados fue por

1,139,009.1 miles de pesos los archivos electrónicos presentaron diferencias por 3,395.4 miles

de pesos al cierre del año en virtud de que no se encuentran totalizados, no contienen el

nombre del beneficiario, no especifican el mes que se está pagando y sólo están manejados

por claves, lo que dificultó su revisión.

Al respecto, el sujeto fiscalizado explicó que las diferencias se derivan de los rechazos

que la institución bancaria realiza por cada dispersión efectuada derivado de alguna

circunstancia, por lo cual se vuelven incidencias, sin embargo la Subdirección de Recursos

Financieros no las puede determinar debido a las claves electrónicas del sistema bancario

insertadas en la información contenida en el disco compacto, a que corresponden dichas

incidencias, solamente son informados por la Dirección de Informática a la Coordinación

Ejecutiva del PREBU ya que entre ambas áreas las aclaran y las vuelven a incluir en el

siguiente oficio de petición de dispersión de los estímulos al área financiera.

Por lo anterior, el FEG evidenció fallas de control y supervisión al generar los archivos

electrónicos que se utilizan para la dispersión de los recursos en virtud de que se

observaron diferencias que obstaculizaron la dispersión de los recursos a los beneficiarios

e impidió que los recursos se dispersaran en tiempo y forma e impidieron la evaluación de

la información.

No obstante lo anterior, el FEG informó que dicha diferencia no es real al fin de año,

puesto que las incidencias quedaron aclaradas y en los casos que sí correspondieron

la dispersión se activó a través de los subsecuentes oficios de petición de dispersión por

lo que quedaron incluidas en el importe total pagado de 1, 135,604.7 miles de pesos.

No obstante, de lo anterior no proporcionó evidencia documental.

Respecto a los montos y número de beneficiarios a los que se les pagó cada uno de los

estímulos, el FEG informó que la suma de beneficiarios por monto (500.00, 600.00, 700.00

pesos) no es igual al total de beneficiarios, el motivo es porque un beneficiario al cambiar

de promedio pudo haber tenido pagos por los diferentes montos de 500, 600 y 700 pesos.

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507 VOLUMEN 12/13

Con base en los estados de cuenta bancarios se determinó que el total de recursos

erogados para operar el programa de estímulos a estudiantes de bachillerato fue de

1,125,096.0 miles de pesos, cantidad que difiere en 10,508.7 miles de pesos con lo

reportado en el Informe de Cuenta Pública 2008 del FEG, por 1,135,604.7 miles de pesos.

Así también, el sujeto fiscalizado informó que 13,501.6 miles de pesos correspondieron

a la SE por lo que la diferencia se incrementó en 24,010.3 miles de pesos y el importe de las

erogaciones se redujo a 1,111,594.4 miles de pesos. En relación al presupuesto transferido

por 1,154,370.5 miles de pesos, se determinó un saldo en bancos por 42,776.1 miles

de pesos, cantidad que se comprobó con el saldo del estado de cuenta bancario al 31 de

diciembre de 2008.

Con el propósito de explicar las diferencias antes señaladas, el FEG presentó el

documento “Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal (PREBU)”, conciliación

anual financiera entre las dispersiones pagadas, solicitado por el área y solicitado a la

fiduciaria correspondiente a 2008, en el cual determinó un total de dispersiones pagadas

por 1,135,604.7 miles de pesos, e informó que un total de 1,097,951.9 miles de pesos

fueron pagadas en 2008 y 37,652.8 miles de pesos en enero de 2009, pero no explicó las

diferencias.

No obstante lo anterior, el FEG reflejó diferencias en sus registros, toda vez que

solicitó 1,154,370.5 miles de pesos para la dispersión de recursos en 2008, los cuales

fueron depositados en la cuenta dispersora núm. 00550985231 de Banorte, S.A. y pago

1,097,951.9 miles de pesos, por lo que al cierre del ejercicio el saldo en la cuenta bancaria

debió ser por 56,418.6 miles de pesos, cantidad que difiere en 13,642.4 miles de pesos

con el saldo del estado de cuenta bancario por 42,776.1 miles de pesos.

De la comparación del documento “Programa de estímulos para el bachillerato universal

(PREBU), Conciliación anual financiera entre las dispersiones pagadas, solicitado por

el área y solicitado a la fiduciaria” correspondiente a 2008, el cual especifica un total

de dispersiones en transito por 37,652.8 miles de pesos, respecto del “Anexo 1 dispersiones

en tránsito, no consideradas por el banco”, el cual es un documento integrado a la conciliación

bancaria al 31 de diciembre de 2008, y que especifica un total de dispersiones por

24,013.9 miles de pesos, se observó una diferencia por 13,638.9 miles de pesos.

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508 VOLUMEN 12/13

De la revisión a los oficios de solicitud de recursos girados al fiduciario del Fideicomiso

Educación Garantizada del Distrito Federal y los saldos mensuales de los estados de

cuenta bancarios, se observó que los montos de los recursos solicitados a la cuenta

patrimonial fueron por montos mayores a los solicitados para la dispersión de recursos, en

promedio estas diferencias fueron por 70,719.9 miles de pesos, los cuales no fueron

invertidos en el mercado de dinero, opción de inversión que se puede realizar mediante la

banca electrónica “Banorte en su Empresa”, por períodos cortos y no expuesta a riesgos.

Respecto de lo anterior, el FEG explicó que derivado del constante crecimiento del programa,

fue necesario contar con recursos disponibles para así evitar la demora en el depósito de

las ayudas económicas a los beneficiarios, ya que por tratarse de un programa de reciente

creación, era importante demostrar a los beneficiarios el compromiso del Gobierno del

Distrito Federal hacia los recién inscritos al programa a través de realizar, con la mayor

oportunidad y puntualidad, sus depósitos económicos, razón por la cual la liquidez económica

es indispensable.

Por lo anterior el Fideicomiso Educación Garantizada evidenció fallas en el manejo y control

de los recursos en el ejercicio de 2008 en virtud de haber transferido recursos mayores a los

solicitados para el pago de los depósitos a los beneficiarios del programa de estímulos a

estudiantes de bachillerato.

Recomendación APPD-103-08-45-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal implemente

mecanismos de control y supervisión para que los pagos que autoricen cuenten con

la documentación original justificativa y comprobatoria conforme a lo establecido en el Código

Financiero del Distrito Federal.

Recomendación APPD-103-08-46-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal implemente

mecanismos de control y supervisión para que las conciliaciones bancarias que realiza

sean firmadas por personal diferente en cuanto a quien elabora, supervisa y autoriza.

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509 VOLUMEN 12/13

Recomendación APPD-103-08-47-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal implante

mecanismos de control, supervisión y elaboración, para que los registros auxiliares

conformados a partir de los archivos electrónicos que se utilizan para la dispersión de los

recursos a las tarjetas de los beneficiarios muestren de manera real y clara la información,

para evitar rechazos por parte de la institución bancaria, y para que las dispersiones

se realicen en tiempo y forma y así facilitar su evaluación conforme a lo establecido

en el Código Financiero del Distrito Federal.

Recomendación APPD-103-08-48-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante

mecanismos de control y supervisión para que los registros que genere muestren de

manera sistemática la aplicación de los recursos y las acciones que realiza con el objeto

de poder determinar el número de beneficiarios y números de los estímulos otorgados,

y facilitar su evaluación conforme a lo establecido en el Código Financiero del Distrito

Federal.

Recomendación APPD-103-08-49-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal implante los

mecanismos de control y supervisión para generar registros auxiliares respecto de las

dispersiones en tránsito, y elabore conciliaciones bancarias para obtener información

congruente con el soporte documental y que sea cierta y veraz para la toma de decisiones

y facilitar su fiscalización, conforme a lo establecido en el Código Financiero del Distrito

Federal.

Recomendación APPD-103-08-50-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal implemente

mecanismos de control y supervisión para que la Dirección de Administración y Finanzas

solicite al Fiduciario el traspaso de los recursos a la cuenta dispersora a partir de la cual

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se lleva a cabo el depósito de los estímulos a las cuentas correspondientes a las tarjetas

de los beneficiarios, y para que dicho traspaso sea de acuerdo a los importes solicitados

por la Coordinación Ejecutiva del PREBU; asimismo, para obtener de las disponibilidades

financieras el máximo rendimiento, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de la

Administración Pública del Distrito Federal.

24. Resultado

Dispersión de Recursos a las Tarjetas de los Beneficiarios

El artículo 71, fracciones IV y VI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del

Distrito Federal establece que serán facultades y obligaciones de los directores generales

de las entidades las siguientes: “IV. Establecer los procedimientos y métodos de trabajo

para que las funciones se realicen de manera articulada, congruente y eficaz […]

VI. Establecer sistemas eficientes para la administración del personal, de los recursos

financieros y de los bienes que aseguren la producción de bienes o prestación de los

servicios de la entidad”.

Por su parte, para realizar el proceso de dispersión de los recursos a las tarjetas de los

beneficiarios del programa de estímulos a estudiantes de bachillerato el FEG lo realizó

mediante catorce pasos:

I. La Dirección de Informática realiza la validación de la base de datos de solicitantes

y la Coordinación Ejecutiva del PREBU registra en una aplicación las incidencias

presentadas durante el mes.

II. La Subdirección de Base de Datos realiza un proceso de cálculo de monto a dispersar

y genera un archivo electrónico de dispersión.

III. La Dirección de Informática envía el archivo de dispersión a la Coordinación

Ejecutiva, así como una estimación de los recursos necesarios para su realización.

IV. La Coordinación Ejecutiva notifica a la Dirección de Administración y Finanzas el monto

de los recursos necesarios para la dispersión.

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511 VOLUMEN 12/13

V. La Coordinación Ejecutiva envía un oficio en el que le solicita a la Dirección

de Administración y Finanzas, efectúe la dispersión, especificando la cantidad de

dispersiones por monto, así como el archivo electrónico de dispersión.

VI. La Dirección de Administración gira instrucciones a la Subdirección de Recursos

Financieros para la realización de la dispersión, proporcionando el archivo electrónico

de dispersión.

VII. La Subdirección de Recursos Financieros tramita la CLC correspondiente.

VIII. La Dirección General mediante oficio gira instrucciones a la Fiduciaria Banorte,

traspase de la cuenta patrimonial a la cuenta dispersora del PREBU el importe

requerido.

IX. La Subdirección de Recursos Financieros verifica el saldo a fin de que el importe

necesario haya sido abonado a la cuenta dispersora.

X. La Subdirección de Recursos Financieros valida las cuentas bancarias de acuerdo

al archivo de dispersión, y efectúa la dispersión.

XI. La Subdirección de Recursos Financieros verifica en el banco que la transmisión

haya sido correcta.

XII. La Subdirección de Recursos Financieros notifica a la Subdirección de Base de

Datos la confirmación de la dispersión en saldos.

XIII. La Subdirección de Recursos Financieros realiza la Conciliación Bancaria del mes

correspondiente y la entrega a la Dirección de Administración y Finanzas.

XIV. La Dirección de Informática informa a la Coordinación Ejecutiva del PREBU que

beneficiarios recibieron dispersión mediante la aplicación y cuales fueron rechazados

y por qué.

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512 VOLUMEN 12/13

De los catorce pasos se solicitó al sujeto fiscalizado:51

1. Determinar el tiempo que empleó de un paso a otro.

2. Explicar cómo la Dirección de Informática realizó la validación de la base de datos de

los solicitantes.

3. Papeles de trabajo y bases de cálculo elaborados por la Subdirección de Base de

Datos con los cuales realizó el cálculo del monto a dispersar y los archivos electrónicos

de dispersión generados en el ejercicio de 2008.

4. Proporcionar los archivos de dispersión y la estimación de los recursos necesarios

para la dispersión que envió la Dirección de Informática a la Coordinación Ejecutiva

y los oficios correspondientes.

5. Oficios generados por la Dirección de Administración y Finazas con los que giró

instrucciones a la Subdirección de Recursos Financieros para realizar la dispersión

y el archivo electrónico de dispersión.

6. Impresiones realizadas por la Subdirección de Recursos Financieros de los saldos

bancarios con los que comprobó el traspaso de recursos de la cuenta patrimonial a la

cuenta dispersora.

7. Oficios con los que la Subdirección de Recursos Financieros notificó a la Subdirección

de Base de Datos la confirmación de la dispersión de recursos en 2008.

8. Oficios con los cuales la Dirección de Informática informó a la Coordinación Ejecutiva

del PREBU, qué beneficiarios recibieron la dispersión mediante la aplicación y cuáles

fueron rechazados.

51 Nota Informativa del 16 de marzo de 2010, emitida por la Subdirección de Recursos Financieros.

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Al respecto, el FEG explicó que los tiempos son variables en cada paso de conformidad

con los factores que influyen en la dispersión de cada mes, tales como incidencias

(actualización de promedios, cancelaciones, corrección de datos, no depósito y renuncia

al estímulo) las cuales, para el ejercicio de 2008, fueron un total de 9,871.

No se tiene documento alguno de los archivos de dispersión ni de las a estimaciones

de los recursos necesarios para la dispersión que envió la Dirección de Informática a la

Coordinación Ejecutiva.

De los oficios generados por la Dirección de Administración, con los cuales giró instrucciones

a la Subdirección de Recursos Financieros relativas a la dispersión y archivo electrónico

de dispersión, el FEG considera no necesaria la comunicación escrita para este caso,

derivado de que las solicitudes son turnadas mediante control de correspondencia

en forma vertical al subordinado inmediato de estructura de la Dirección de Administración

y Finanzas.

En relación a las copias de las impresiones emitidas por la Subdirección de Recursos

Financieros en el ejercicio de 2008, de los saldos bancarios con los que comprobó el traspaso

de los recursos de la cuenta patrimonial a la cuenta dispersora, y la comprobación de que

la transmisión haya sido correcta, el FEG mencionó que la información no se tiene.

De los oficios con los cuales la Subdirección de Recursos Financieros notificó a la

Subdirección de Base de Datos la confirmación de la dispersión de recursos el Fideicomiso

Educación Garantizada informó que este procedimiento no fue realizado documentalmente,

fue de manera telefónica y presencial.

Respecto a los oficios y soporte de los mismos, con los cuales la Dirección de Informática

informó a la Coordinación Ejecutiva del PREBU qué beneficiarios recibieron la dispersión

mediante la aplicación y cuales fueron rechazados y por qué en 2008, el Fideicomiso

Educación Garantizada explicó que no se tiene documento alguno de esta notificación.

Con relación al tiempo que tardó la Dirección de Informática en validar los archivos de

incidencias que generó la Coordinación Ejecutiva del PREBU, mes a mes en el ejercicio

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de 2008, el sujeto fiscalizado explicó que las incidencias son aplicadas directamente

por el personal operativo de la Coordinación Ejecutiva, y que una vez realizadas las

modificaciones, éstas son reflejadas de forma inmediata en la base de datos.

De la revisión a los pasos determinados por el Fideicomiso para llevar a cabo el proceso

de dispersión se observó que no llevó a cabo dicho proceso en virtud que no contó con

tiempos específicos de un paso a otro; no contó con estimación de recursos; no contó

con oficios de instrucción girados, para llevar a cabo la dispersión, de la Dirección de

Administración y Finanzas a la Subdirección de Recursos Financieros y el respectivo

archivo electrónico; no contó con impresiones de los saldos bancarios; no contó con

oficios de notificación de la Subdirección de Recursos Financieros a la Subdirección

de Base de Datos de la confirmación de la dispersión de recursos; no contó con los

oficios de la Dirección de Informática en los cuales informó a la Coordinación Ejecutiva

del PREBU, respecto de qué beneficiarios recibieron la dispersión y cuáles fueron

rechazados.

Por lo anterior, se constató que el Fideicomiso Educación garantizada del Distrito Federal

no contó con lineamientos ni con procedimientos que le permitiera llevar a cabo con

eficacia y eficiencia el proceso de dispersión de recursos en el ejercicio de 2008.

Recomendación APPD-103-08-51-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal implemente

mecanismos de control y supervisión y elabore lineamientos o procedimientos específicos

que le permitan realizar la dispersión de los recursos a las cuentas correspondientes a las

tarjetas de los beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí, con calidad, eficacia y eficiencia conforme a lo establecido en la Ley Orgánica

de la Administración Pública del Distrito Federal.

Recomendación APPD-103-08-52-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implemente

mecanismos de control y supervisión para que el proceso de dispersión de recursos se

efectúe de acuerdo a un calendario específico y con tiempos preestablecidos, y para

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que se genere evidencia documental respecto de cada paso del proceso de dispersión,

conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

25. Resultado

Reintegro de los Saldos de las Tarjetas de Beneficiarios Dados de Baja

De la revisión al archivo magnético proporcionado por el FEG relativo a los saldos

bancarios de los beneficiarios dados de baja en el Programa de Estímulos a Estudiantes

de Bachillerato Universal, Prepa Sí, del ejercicio de 2008, se verificó que los saldos

acumulados de los beneficiarios dados de baja generaron un importe de 144,861.6 miles

de pesos, al respecto, se solicitó el soporte documental del reembolso de dicho importe.

En respuesta el FEG informó que la Dirección de Administración y Finanzas, a través de

la Subdirección de Recursos Financieros, no tiene acceso al saldo de los beneficiarios del

programa, no existe el área responsable de dichos reintegros, no hay normatividad para la

recuperación de dichos saldos, y que el banco no está facultado para realizar dichos

reembolsos. La Dirección General del FEG no solicitó al Comité Técnico el reembolso de

los saldos de las cuentas pues los recursos pertenecen a los beneficiarios al estar estos

vigentes al momento de su recepción.

No obstante que el objetivo inicial fue el de implantar un sistema de estímulos económicos

para asegurar que todos los jóvenes del Distrito Federal que cursan el bachillerato en

escuelas públicas en la entidad puedan hacerlo con éxito, y no lo tengan que abandonar

por falta de recursos y que posteriormente se amplió al nivel superior, los saldos que se

mantuvieron en las cuentas de los beneficiarios dados de baja oscilaron principalmente

de tres a seis meses de 1,800.00 a 4,200.00 pesos, lo cual evidenció que dichos

beneficiarios no cumplieron con el objetivo del programa ya que fueron dados de baja y no

se hizo patente la necesidad del pago de todos estímulos.

En la reunión de confronta celebrada el 21 de mayo de 2010, el Fideicomiso

Educación Garantizada del Distrito Federal, proporcionó documentación mediante oficio

núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010 que no tuvo relación con el presente

resultado por lo que no se modifica.

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Recomendación APPD-103-08-53-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante

mecanismos de control y supervisión que le permitan establecer plazos definidos y para

permitir al beneficiario el retiro de los recursos relativo a los estímulos depositados en el

caso de las cuentas correspondientes a las tarjetas de los beneficiarios dados de baja

y para que una vez que se venza dicho plazo, se verifique que los recursos no retirados

sean reintegrados a la cuenta del Fideicomiso.

26. Resultado

Conceptos de Gasto Relacionados con el Programa

El artículo 544 del Código Financiero del Distrito Federal establece que “Las dependencias,

órganos desconcentrados, delegaciones y entidades deberán llevar registros auxiliares

para los programas presupuestarios que muestren de manera sistemática los avances

financieros y de consecución de metas, con objeto de facilitar la evaluación en el ejercicio

del gasto público”.

Para efectos de operar el programa de estímulos a estudiantes de bachillerato, el FEG

realizó erogaciones en el ejercicio de 2008, tales como: servicio de aseguramiento para

cubrir el riesgo de accidentes personales escolares a estudiantes de bachillerato, renta de

carpas, playeras, promoción y difusión en radio y televisión, así como medio impreso,

impresos (lonas, gorras, playeras, trípticos, bicicletas, póster etc.), vehículos, mobiliario,

papelería, eventos universitarios, diversos eventos de fin de año, alimentos para eventos

de coordinadores, alimentos para ciclotón, alquiler de equipo eléctrico, renta de sanitarios,

servicio de box lunch, alquiler de equipo de audio, renta de pantalla y transmisión de

videos, diseño e instalación de pared de respaldo de imagen gráfica, adornos con globos,

servicio de edecanes, altavoces, agua, megáfono, equipo de sonido, carpas, entre otros.

Al respecto el FEG proporcionó los talonarios de cheques así como el documento

“Facturas y Cheques Cuenta Corriente año 2008”, que especifica los gastos realizados en

el ejercicio de 2008 y en el cual se observó que algunos cheques carecen del concepto

de pago, movimientos sin número de cheque y que 50 cheques fueron cancelados.

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Sobre el particular, el sujeto fiscalizado52 informó que la falta de concepto de pago en

algunos cheques se derivó de un descuido en el requisitado del formato de control;

en cuanto a los movimientos sin número de cheque, que es necesario revisar el contrato en

caso de duda; respecto a la cancelación de cheques, indicó que esta se derivó de errores

en su elaboración; en lo que hace a la falta de datos y conceptos de gasto en los

talonarios de cheques, el sujeto fiscalizado señaló que es derivado de un descuido;

lo anterior evidenció falta de supervisión en la elaboración y control de sus registros.

Respecto a los 1,735.4 miles de pesos con los cuales se realizó la compra de vehículos

en el ejercicio de 2008, se observó que dicha cantidad fue registrada por el sujeto

fiscalizado en el Informe de Cuenta Pública del FEG, no obstante, aun cuando realizó

erogaciones que tuvieron una relación directa con la operación del programa de estímulos

a estudiantes de bachillerato en 2008 no las integró al rubro relativo a operar el programa

de operar el programa de estímulos a estudiantes de bachillerato, para efectos de reportarlo

en su Informe de Cuenta Pública.

Al respecto el sujeto fiscalizado señaló53 que la información reportada en el Informe de

Cuenta Pública es explicada conforme a su clasificación programática, y que la asignación

presupuestal destinada a la compra de equipo de transporte correspondió al Programa de

Estímulos Para el de Bachillerato Universal, Prepa Sí, razón por la cual se aplicó en dicho

programa y que en cuanto a las erogaciones realizadas, que en apariencia tienen relación

directa con el PREBU, no fueron clasificadas programáticamente en la actividad del

PREBU, es importante mencionar que la SF es la encargada de autorizar los movimientos

programáticos-presupuestales.

Recomendación APPD-103-08-54-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal implemente

mecanismos de control y supervisión para generar registros auxiliares respecto del

destino del gasto y para que en la documentación soporte, particularmente los talonarios

de cheques, se consigne el concepto de pago considerando los requisitos de control y la

evaluación del gasto, conforme a lo establecido en el Código Financiero del Distrito Federal.

52 Oficio núm. APP/103/08-6 del 28 de enero de 2010. 53 Mediante Nota Informativa del 18 de marzo de 2010, proporcionada por la Subdirección de Recursos Financieros.

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27. Resultado

Gasto por Honorarios

Con el propósito de conocer las erogaciones causadas por concepto de honorarios del

personal involucrado en la operación del programa de estímulos a estudiantes de bachillerato

en 2008, se revisaron las conciliaciones bancarias elaboradas por el FEG respecto de la

cuenta núm. 00566259719 de Banco Mercantil del Norte, S.A., con la cual se pagó al

personal de honorarios en el ejercicio de 2008. Al respecto, se observó que las erogaciones

realizadas para este concepto fueron por 48,598.5 miles de pesos. Mediante nota informativa

sin número del 10 de febrero de 2010, el FEG informo que para esta actividad institucional

se erogaron recursos por 17,667.4 miles de pesos, que representan el 36.3% del total

ejercido.

Así también, de la revisión al soporte documental de las conciliaciones bancarias, se

observó que un total de 95 cheques fueron cancelados; que faltaron los datos y conceptos

de pago en los talonarios de cheques; que el nombre del formato “libro diario” se cambió

por el “auxiliar de bancos”; que en las conciliaciones bancarias elabora y da el visto bueno

el mismo funcionario; y que se registró un traspaso de recursos a la cuenta 00577673496

de Banco Mercantil del Norte, S.A. el 15 de agosto de 2008, la cual se utiliza para efectuar

el pago al personal de estructura, por 264.1 miles de pesos, importe que fue devuelto el

18 de agosto de 2008. En función de lo antes señalado el FEG evidencio fallas de control

y supervisión en el manejo y control de los recursos.

Recomendación APPD-103-08-55-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implemente

los mecanismos de control y supervisión para garantizar que los cheques se registren

adecuadamente con el fin de evitar su cancelación; que las transferencias bancarias para

llevar a cabo la dispersión de los recursos se gestionen en tiempo y forma para evitar

falta de liquidez; y, que se delimiten los tramos de control requeridos para elaborar las

conciliaciones bancarias y emitir el visto bueno respectivo.

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519 VOLUMEN 12/13

28. Resultado

Gasto del Personal de Estructura

Con el propósito de conocer las erogaciones causadas por concepto de nómina del

personal de estructura involucrado en la operación del programa de estímulos a estudiantes

de bachillerato en 2008, se revisaron las conciliaciones bancarias elaboradas por el FEG

respecto de la cuenta núm. 00577673496 de Banco Mercantil del Norte, S.A., con la cual

se pagó al personal de estructura en el ejercicio de 2008 y se observó que las erogaciones

realizadas para este concepto fueron por 5,299.0 miles de pesos. Mediante nota informativa

el FEG informó que para esta actividad institucional se erogaron recursos por 3,190 miles

de pesos, el 60.2% del total ejercido.

De la revisión al soporte documental de las conciliaciones bancarias, se observó que

fueron cancelados ocho cheques, faltaron los datos y conceptos de pago en los talonarios

de cheques, que se otorgó un préstamo por 294.1 miles de pesos de la cuenta destinada

para el pago de honorarios, que los cheques núm. 0000043 y 0000049, ambos del 15 de

agosto de 2008 fueron devueltos, que el cheque 0000043 aparece en el auxiliar como no

cancelado, y que los cargos por comisión de cheques devueltos e IVA no fueron registrados

en el registro auxiliar de bancos, por lo que se evidenció falta de control y supervisión

Recomendación APPD-103-08-56-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implemente

los mecanismos de control y supervisión para garantizar que los cheques y talonarios

de cheques se requisiten adecuadamente, con el fin de evitar su cancelación y facilitar su

identificación; que los cheques no sean devueltos; y, que de haber cheques devueltos,

la devolución quede debidamente registrada en el auxiliar correspondiente, así como los

cargos por comisión e IVA generados.

29. Resultado

Medidas de Austeridad

Con el propósito de constatar que el FEG haya implantado medidas de austeridad durante

el ejercicio de 2008 de acuerdo al Manual de Buenas Practicas de Ahorro, para fomentar

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criterios de austeridad, el cual indica las partidas que están sujetas a ahorro, tales como:

materiales y útiles de oficina, materiales y útiles de impresión y reproducción, materiales

y útiles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos, alimentación de personas,

combustibles, servicio telefónico convencional, servicio de energía eléctrica, servicio de

agua, arrendamiento de edificios y locales, arrendamiento de terrenos, arrendamiento

de maquinaria y equipo, arrendamiento de equipo y bienes informáticos, arrendamiento de

vehículos y equipo destinado a servicios administrativos, arrendamiento de vehículos

destinados a servidores públicos, otros arrendamientos, servicio de fotocopiado, honorarios,

estudio e investigaciones, gastos de propaganda e imagen institucional entre otros.

De la revisión al programa de austeridad “Practicas de ahorro y fomento de criterios

de austeridad 2009”, elaborado por el FEG, el contiene las partidas presupuestales a

considerar, las prácticas de ahorro recomendadas y las acciones implantadas en el FEG

para reducir los gastos de estas partidas y la circular de austeridad de marzo de 2009 con

el cual la Dirección General da a conocer las medidas importantes a tomar, a todo el

personal de estructura y honorarios que labora en el FEG, se observó que la circular

señalada careció de número de folio con el cual se debe de controlar la información oficial

y se constató que para el ejercicio de 2008 el FEG no contó con medidas de austeridad.

Por su parte, de la revisión al soporte documental de los cheque núm. 0000286,0000287 y

0000295, todos del 31 de diciembre de 2008, correspondiente a la cuenta núm. 00569159708

de Banco Mercantil del Norte, S.A. (gasto corriente) con los cuales se pagó el consumo de

gasolina de los meses de noviembre y diciembre de 2008 se observó que los vehículos

Renault Kangoo y Volkswagen Jetta, todos modelo 2009,54 consumieron combustible

Premium lo cual se encuentra especificado en los manuales de operación de las unidades.

De la revisión al soporte documental del cheque núm. 0000189 del 30 de octubre de 2008

por 20.6 miles de pesos, correspondiente a la cuenta núm. 00569159708 de Banco Mercantil

del Norte, S.A. (gasto corriente), se observó que el contrato núm. FEG/ADQ/013/2008 del

30 de junio del 2008, por 134.0 miles de pesos, para la adquisición de materiales, refacciones

y accesorios, no fue firmado por el Director General del FEG y fue pagado mediante

cheque y no mediante transferencia electrónica como lo especifica la cláusula tercera

54 Vehículos adquiridos durante los meses de octubre y noviembre del ejercicio fiscal de 2008.

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521 VOLUMEN 12/13

del contrato señalado, relativa a la forma de pago y la Ley de Adquisiciones del Distrito

Federal y su Reglamento.

De la revisión al soporte documental de los cheques núms. 0000057, 0000109 y 0000246

del 18 de junio, 20 de agosto y 3 de diciembre de 2008 respectivamente, se observó que

se pagaron gastos sujetos a contrataciones consolidadas y o pagos centralizados por

concepto de servicio de agua por 2.5 miles de pesos con cargo al fondo revolvente,

infringiendo lo establecido en los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición

o Arrendamiento de Bienes o Servicios de uso Generalizado en la Administración Pública

del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos. 55

En conclusión el FEG evidenció fallas de control y supervisión en virtud de que careció de

medidas de austeridad en el ejercicio de 2008, que el oficio circular con el cual instruyó

las medidas de austeridad en 2009 careció de número de registro, que los consumos de

gasolina fueron de gasolina Premium, y que respecto a los gastos por concepto de servicio

de agua fueron pagados con cargo al fondo revolvente.

Recomendación APPD-103-08-57-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante

los mecanismos de control y supervisión para que las circulares que genere integren el número

de folio y fecha especifica para el control de los documentos.

Recomendación APPD-103-08-58-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante

los mecanismos de control y supervisión para que al realizar el proceso de adquisición de

equipo de transporte se consideren las medidas de austeridad establecidas en el Manual

de Buenas Prácticas de Ahorro, en lo relativo al consumo de combustible.

55 Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de uso Generalizado en la

Administración Pública del Distrito Federal así como para la Centralización de pagos, Apartado II, De la Consolidación de Contrataciones, Centralización de Pagos e Integración de Información, Numeral 8. “Las partidas, bienes y servicios sujetos a contrataciones consolidadas y/o pagos centralizados que a continuación se relacionan [...] Partida 3105 Servicio de Agua”.

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522 VOLUMEN 12/13

Recomendación APPD-103-08-59-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante

mecanismos de control y supervisión para que los contratos de las adquisiciones,

arrendamientos y prestación de servicios se elaboren y se requisiten de acuerdo a la Ley

de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento.

Recomendación APPD-103-08-60-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, realice los

trámites necesarios para que las erogaciones por concepto del servicio por consumo de

agua se realicen de acuerdo a los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición

o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración Pública

del Distrito Federal.

30. Resultado

Determinación del Costo del Programa

El artículo 519 del Código Financiero del Distrito Federal establece que “Los sistemas

de contabilidad deben diseñarse y operarse en forma que faciliten la fiscalización de los

activos, pasivos, ingresos, costos, gastos, presupuesto, avances en la ejecución de programas

y, en general, de manera que permitan medir la eficacia y eficiencia del gasto público del

Distrito Federal”.

Con el propósito de constatar el costo que implica operar el programa de estímulos

a estudiantes de bachillerato se solicito al Fideicomiso Educación Garantizada

proporcionara la información relativa al costo que implica la operación, en respuesta

el ente informó, mediante nota informativa del 9 de febrero de 2010, emitida por la

Subdirección de Recursos Financieros que el FEG no contó con un sistema de control

que le permitiera determinar el costo que implicó la actividad institucional 13 “Operar

el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” en el ejercicio fiscal de 2008,

en virtud que no lleva esa contabilidad y los gastos se distribuyen proporcionalmente a cada

programa.

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523 VOLUMEN 12/13

No obstante, de la información proporcionada por el FEG analizada en el presente

informe, se determinó que el total de erogaciones que implica la actividad institucional 13

“Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato” fue por 1,277,902.4 miles

de pesos, de los cuales correspondió el 82.9% (1,059,468.4 miles de pesos) para estímulos

a estudiantes de bachillerato con importes de 500.00 un total de 459,398.0 miles de

pesos, con importe de 600.00 un total de 484,174.2 miles de pesos y con un importe

de 700.00 un total de 115,896.2 miles de pesos, el 0.5% (6.009.0 miles de pesos) para

estímulos a estudiantes que acreditaron conocimientos del idioma ingles y computación

o una de las dos, entre 1,000.00 y 500.00 pesos; el 1.8% (23,024.0 miles de pesos) para

estímulos a alumnos que egresaron del nivel bachillerato, por 1,000.00 pesos; el 1.9%

(24,622.3 miles de pesos) para estímulos a estudiantes de universidad, entre 500.00 y

700.00 pesos; el 1.8% (22,481 miles de pesos) para estímulos a coordinadores de Unidad

Territorial y Jefes de Grupo; el 1.3% (17,667.4 miles de pesos) para pago a personal

de honorarios; el 0.2% (3,190.4 miles de pesos) para personal de estructura; el 0.7%

(8,990.9 miles de pesos) para materiales y suministros; el 2.9% (37,613.6 miles de pesos)

para servicio generales; el 4.0% (50,642.0 miles de pesos) para ayudas, subsidios

y transferencias; y el 1.9% (24,193.5 miles de pesos) para bienes muebles e inmuebles.

En conclusión el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal para efecto de la

actividad institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato”

erogó un total de 1,277,902.4 miles de pesos, y otorgó el 87.1% (1,113,123.7 miles de

pesos) en estímulos a estudiantes de bachillerato y nivel superior; el 1.8% (22.5 miles

de pesos) en estímulos a Coordinadores de Unidad Territorial y Jefes de Grupo; el 1.6%

(17,667.4 miles de pesos) para pago de personal de honorarios y estructura; el 9.5 % para

gasto corriente, lo que indicó que el 87% fue para el pago de estímulos y el 13% fue

para gastos de operación.

Recomendación APPD-103-08-61-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal establezca los

mecanismos de control y supervisión para implantar un sistema de registro que le permita

determinar la integración del costo de operar el Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí.

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524 VOLUMEN 12/13

31. Resultado

Contabilidad y control en el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal

El artículo 540 del Código Financiero del Distrito Federal para 2008 establece que

“las entidades que realicen operaciones con el Registro Federal de Contribuyentes del

Gobierno del Distrito Federal, consolidarán y contabilizarán dichas operaciones en el Sector

Central, para lo cual deberán ajustarse a las disposiciones que en esta materia establece

el Código para las Dependencias y Órganos Desconcentrados”.

No obstante lo anterior, como resultado de las inconsistencias detectadas en los registros

que maneja el FEG, para controlar las operaciones derivadas del ejercicio del gasto así

como el manejo de las cuentas bancarias a su cargo, y con el fin de generar información

confiable que ayude para la toma efectiva de las decisiones administrativas se detectó la

necesidad de que el sujeto fiscalizado cuente con un sistema de contabilidad para el registro

de las operaciones.

A lo antes expuesto se suma lo derivado de la falta de papeles de trabajo o bases

de cálculo para formular el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos para 2008 para la

planeación de los recursos, de que no se concluyó la transferencia total de los recursos

por parte de la SE, de la decisión de concentrar el total de los recursos en la cuenta

dispersora, de que no se recuperaron los recursos de los beneficiarios dados de baja, de

que no se contó con lineamientos específicos para llevar a cabo la dispersión de recursos,

y de que no se contó con un calendario especifico de altas y bajas.

Recomendación APPD-103-08-62-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante los

mecanismos de control y supervisión para contar con los registros contables y presupuestales

compatibles con la Administración Pública Centralizada, respecto de las operaciones que

realiza, con el propósito de facilitar la toma de decisiones, de conformidad con el Código

Financiero del Distrito Federal.

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525 VOLUMEN 12/13

Calidad del Servicio

32. Resultado

Calidad de los Servicios proporcionados por el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal

En cuanto a la estructura orgánica adoptada por el Fideicomiso de Educación Garantizada

durante el período 2008, se identificó, que el Fideicomiso cuenta con un dictamen número

7/2008 vigente a partir del 1o. de mayo de 2008, en el cual se pudo constatar que dispone

de dos áreas que tienen contacto directo con los beneficiarios del Programa Estímulos para

el Bachillerato Universal, Prepa Sí: La Coordinación Ejecutiva del PREBU y la Dirección

de Atención e Información.

La Dirección de Atención e Información cuenta con un área denominada Centro de Contacto

(Contac Center), a través del cual se brinda el servicio de información especializada,

asesoría y seguimiento de acciones, vía telefónica y correo electrónico, en relación al

programa de estímulos a estudiantes de bachillerato, tanto a sus beneficiarios y al público

en general.56

Se seleccionó el área denominada Contac Center, para medir la calidad del servicio de

información, asesoría y seguimiento de acciones que ahí se brinda, ya que la solicitud

de información por parte de los beneficiarios y público en general es más recurrente que

la presentada en la Coordinación Ejecutiva del PREBU.

Del análisis al Manual del Contac Center se identificaron los siguientes mecanismos que

creó esta área para garantizar la calidad del servicio durante el 2008:

● Generó procesos de operación para la atención y seguimiento de las llamadas

telefónicas y correos electrónicos.

56 Manual del Contac Center, 3 de mayo de 2008.

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526 VOLUMEN 12/13

● Creó formatos en hojas de cálculo para el registro de llamadas y correos electrónicos

captados.

● Creó documentos de información para establecer una estructura homogénea de los

datos los cuales se dividen en:

1. Incidencias Centro de Atención Prepa Sí, las cuales se refieren a:

● Registro de llamadas entrantes no referentes al PREBU.

2. “Catálogo de Preguntas y Respuestas Frecuentes”, “Catálogo de Posibles Respuestas”

y Directorio de extensiones, los cuales contiene información relacionada con lo

siguiente:

● Requisitos para la inscripción al Programa de Estímulos Para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí.

● Robo, extravío o daño de la tarjeta.

● Como proceder cuando la institución bancaria no ha depositado.

● Requerimientos para la cancelación de la tarjeta o registró en el programa.

● Directorio del personal de la Subsecretaría de Educación.

● Nombre, teléfono y correo electrónico de Coordinadores de Unidad Territorial

por plantel.

La operación del Contac Center se rige a través de un Manual de Procedimientos, en el cual

destacan el “Procedimiento de Atención a Llamadas” y “Procedimiento de Atención de Correos

Electrónicos”.

De la revisión a los procedimientos para “Atención de Llamadas Telefónicas” y “Atención

de Correos Electrónicos”, se identificó que señalan de manera clara las acciones que

deberá realizar el operador telefónico y el operador de correos electrónicos para llevar

a buen término el desahogo de la llamada o correo electrónico.

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527 VOLUMEN 12/13

El proceso que realiza el operador telefónico para la Atención a Llamadas Telefónicas.57

1. La llamada telefónica se deberá recibir inmediatamente con un máximo de tres tonos

de llamada emitidos por el teléfono, evitando la desesperación por parte del beneficiario

o público en general.

2. Identificarse con la frase “Secretaría de Educación”, con un saludo acorde a la hora

utilizando un tono de voz fuerte, claro, pausado y amable, el cual permita garantizar

la cordialidad entre el operador y beneficiario o público en general.

3. Determinar si el tipo de llamada corresponde al Programa de Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí, con el propósito de identificar el formato al cual

corresponde el registro a: “Incidencias Centro de Atención Prepa Sí”, o “Registro

de Llamadas Entrantes no Referentes a Prepa Sí”.

4. Si la llamada no es referente al Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí, se le informa al beneficiario o público en general a donde llamar.

5. Se consulta el “Catálogo de Preguntas y Respuestas Frecuentes”, “Catálogo de Posibles

Respuestas” y Directorio de Extensiones con los que cuenta el Contac Center, si la

respuesta a la solicitud de información solicitada se encuentra en cualquiera de los

documentos antes mencionados, se da contestación.

6. Si la respuesta a la solicitud de información no está contenida en los documentos

antes mencionados, se requiere datos complementarios al solicitante para su ubicación,

los que a continuación se enuncian:

● Nombre de quien realiza la llamada

● Nombre del beneficiario

● Señalar si pertenece a Prepa Sí o a universitarios Sí

57 Manual del Contac Center, 3 de mayo de 2008. pp. 11-14.

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528 VOLUMEN 12/13

● Institución

● Plantel

● Matrícula

● Número de tarjeta

7. Se le indica al beneficiario-ciudadano que en ese momento no es posible proporcionar

la información requerida, por lo que lo más pronto posible se le devolverá la llamada

para dar respuesta a su solicitud.

8. El operador turna la pregunta ya sea duda, queja o incidencia al área responsable

para su resolución, la cual una vez contestada la devuelve al área del Contac Center.

9. El Contac Center recibe la respuesta, y regresa la llamada al beneficiario-ciudadano

proporcionándole la respuesta obtenida.

Por su parte, el proceso que realiza el operador para la Atención a Correos Electrónicos

se sujeta a lo siguiente:

1. El operador ingresa a la dirección de correo: [email protected] ya que en

la bandeja de entrada, la cual se desplegarán los correos recientes recibidos.

2. Ingresa a cada correo recibido y registra los datos correspondientes mediante el formato

REG-EMAIL, como lo son:

● Fecha y hora de captura.

● Fecha y hora de recepción del mensaje.

● Nombre y dirección de correo del ciudadano.

● Comentario, duda, queja o incidencia.

● Tipo de comentario.

● Área a la que se turna.

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529 VOLUMEN 12/13

3. Analiza el mensaje recibido e identifica el área responsable para su atención.

4. Se consulta el “Catálogo de Preguntas y Respuestas Frecuentes”, “Catálogo de Posibles

Respuestas” y Directorio de Extensiones con los que cuenta el Contac Center, si la

respuesta a la solicitud de información se encuentra en cualquiera de los documentos

antes mencionados, se da contestación.

5. Si la respuesta no está contenida en los documentos antes mencionados, turna

las dudas, quejas o incidencias, según su competencia, al área responsable para su

atención y se registra como RNC (registro no contestado).

6. Una vez resuelta la regresa al Contac Center, en ese momento el operador revisa

que la respuesta corresponda con la duda, queja o incidencia, consulta el archivo de

“Respuestas del Día” y envía mediante correo electrónico al beneficiario-ciudadano

la respuesta que le fue proporcionada.

7. Completa los datos faltantes en la base de datos: REG-EMAIL, llenando los espacios

correspondientes como:

● Fecha y hora de respuesta.

● Área que generó la respuesta.

● Nombre del responsable de la respuesta.

● Resolución.

● Fecha y hora de envío de respuesta.

● Modificación de estado.

● Observaciones de quién operó el envío de respuesta.

La diferencia más relevante que existe entre uno y otro procedimiento radica en el que las

llamadas no duran más de cinco minutos, y en caso de no contar con la respuesta

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530 VOLUMEN 12/13

correcta en el momento, se regresa la llamada a más tardar en 30 minutos. Y para el caso

de la respuesta de las dudas, quejas o incidencias vía correo electrónico, quedan atendidas

el mismo día o máximo en siete días.

A fin de verificar que estos tiempos se hubieren cumplido, se revisaron y analizaron los

registros internos correspondientes a la atención de las llamadas telefónicas y correos

electrónicos efectuados durante el período enero-diciembre de 2008, estableciendo una

medida, la cual se basa en que menor número de llamadas o correos realizados por el

beneficiario-ciudadano mayor calidad, y a mayor número de llamadas o correos menor

calidad en el servicio prestado por el Fideicomiso de Educación Garantizada del Distrito

Federal.58

(Número y por cientos)

Registro de Llamadas Telefónicas recibidas durante el 2008.

Abril Mayo Junio Julio Agosto septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total

1,482 1,904 2,337 3,066 5,436 6,055 5,192 4,340 3,608 33,420

4.4% 5.7% 7.0% 9.2% 16.3% 18.1% 15.5% 13.0% 10.8% 100.0%

(Número y por cientos)

Registro de Correos Electrónicos recibidos durante el 2008.

Abril Mayo Junio Julio Agosto septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total

597 745 922 1,007 4,366 5,148 5,627 3,956 2,198 24,566

2.4% 3.0% 3.8% 4.1% 17.8% 21.0% 22.9% 16.1% 8.9% 100.0%

Como se observa en los cuadros anteriores, las llamadas telefónicas y correos electrónicos

registran un aumento que va de un 30% a un 60%, respectivamente, durante el período

abril-diciembre 2008.

58 Mediante nota informativa sin número del 29 de enero de 2010, emitida por la Dirección de Evaluación.

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531 VOLUMEN 12/13

Aunado a lo anterior se identificó que el 96.0% de las llamadas telefónicas recibidas por

el Contac Center en 2008, corresponden al Programa Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, siendo que el 4.0% restante de información requerida fue relacionada

a los otros tres programas que opera el Fideicomiso de Educación Garantizada.

LLAMADAS REALIZADAS AL CONTAC CENTER EN 2008

96%

4%

PREPA SÍ Otros Programas

De los registros internos del Contac Center de las 33,420 llamadas telefónicas recibidas

durante el 2008, se identificó lo siguiente:

● Al 98.99% de los solicitantes se dio respuesta vía telefónica.

● En un 17% no se pudo localizar al beneficiario o ciudadano.

● El 0.06% quedó pendiente de llamar para posible solución.

● El 0.26% de las solicitudes registró solución pendiente por parte del área responsable.

● Al 0.50% se le cortó la llamada.

● El 0.01% corresponde a teléfono fuera de servicio.

● El 0.01% fue por teléfono equivocado.

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532 VOLUMEN 12/13

Las incidencias más frecuentes para el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí, durante el ejercicio 2008 corresponden a:

INCIDENCIAS EN 2008

6% 2%

26%

62%

1% 3% 0%0%0%0%0%0%0%0%

Actualización de Promedio Cancelación Correción de DatosNo Depositó Renuncia al Estímulo Otro

Como se observa en la grafica anterior, la falta de depositó es una incidencia frecuente

ya que representa más del 50% de las incidencias presentadas durante el 2008.59

Por lo anterior se solicitó al FEG con atenta nota APP/103/08-08, del 23 de febrero de 2010,

proporcionara consultas de las dispersiones correspondientes del ciclo 2007-2008 a la fecha,

por lo cual la Coordinación Ejecutiva del PREBU, mediante nota informativa sin número,

del 10 de marzo de 2010, proporcionó 70 consultas, las cuales denotan una deficiencia en

el pago, ya que los depósitos no se realizan en un período de tiempo igual para todos los

beneficiarios.

En el análisis, se observó que las llamadas telefónicas y correos electrónicos aumentaron

de abril-diciembre un 41.0%, lo que indica que también aumentaron las incidencias en el

Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal Prepa Sí, denotando deficiencia

59 Mediante nota informativa sin número del 23 de febrero de 2010, la Coordinación Ejecutiva del PREBU proporcionó la relación

de incidencias en la s cuales se muestra que: para el período enero-diciembre de 2008 el comportamiento de las incidencias fue el siguiente: Actualización de Promedio con 584, Cancelación con 224, Corrección de datos con 2,527, No Depósito con 6,147, Renuncia al Estímulo con 297.

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533 VOLUMEN 12/13

en la calidad del servicio prestado por el operado en el área del Contac Center del

Fideicomiso de Educación Garantizada.

Asimismo, se identificó que los porcentajes de respuestas proporcionadas por el área

del Contac Center, no permiten evaluar la calidad con que el operador solucionó la duda,

queja o incidencia que el beneficiario o ciudadano le expuso.

Para constatar el funcionamiento de los mecanismos de supervisión y verificación que

el área del Contac Center ejecuta para monitorear que los operadores lleven a cabo el

proceso para la atención de las llamadas telefónicas, se efectúo una visita al FEG el día

11 de febrero de 2010, en la cual la Directora encargada del área informó que cuentan

con un sistema de software el cual permite monitorear visualmente, por medio de una

computadora, qué acción se encuentra realizando cada operador, este monitoreo también

puede ser auditivamente, lo que permite verificar que el trato y la información proporcionada

al beneficiario fue de calidad y de su completa satisfacción.

Sin embargo, las tareas de monitoreo (supervisión) no se realizan durante todo el horario de

labores y todos los días en que operan el Contac Center, ya que el personal encargado

de estas funciones también da cumplimiento a otras obligaciones.

Se concluye, que el Fideicomiso de Educación Garantizada no cuenta con un mecanismo

eficiente el cual permita monitorear que los servicios proporcionados por el operador

telefónico se realizaron de conformidad con lo establecido en los procedimientos del área

del Contac Center durante el 2008, los cuales se encuentran contenidos en el Manual

Administrativo del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, el cual careció

de dictaminación y registro de dicho documento por parte de la Coordinación General de

Modernización Administrativa, denotando una deficiencia de control en los servicios

realizados al beneficiario o ciudadano.

Aunado a lo anterior, los depósitos realizados a los beneficiarios del programa, no se realizan

en un período de tiempo igual para todos los beneficiarios, denotando deficiencias de

control interno en las áreas encargadas de verificar:

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534 VOLUMEN 12/13

● Que los datos de cada beneficiario estén correctos.

● Que la base de datos se encuentre actualizada cada mes.

● Que el depósito se realice en tiempo y forma.

● Que exista comunicación entre las áreas responsables.

Por lo anterior, se concluye que la calidad en los servicios proporcionados por el Fideicomiso

de Educación Garantizada es deficiente ya que las llamadas y correos electrónicos

aumentan denotando la existencia de más incidencias en el Programa de Estímulos para

el Bachillerato Universal, Prepa Sí.60

De las incidencias presentadas durante el 2008 se concluye que el programa presentó

deficiencias en su operación, ya que el proceso en el depósito del estímulo no cuenta con

la calidad suficiente para que éste se realice en tiempo y forma adecuada, para que el

beneficiario disponga de su apoyo económico utilizándolo para fines escolares.

Con motivo de la reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2010, el Fideicomiso

proporcionó el oficio núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010, anexado a este

la nota sin número, de fecha 17 de mayo de 2010, mediante la cual la Directora de Atención

e Información informó que “… ciertamente el incremento de las llamadas telefónicas y

correos electrónicos obedecen a consultas, aclaración de dudas, comentarios y quejas

previo, durante y después del período de inscripciones y/o reinscripciones de beneficiarios

y así como del público en general sobre el Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal principalmente; las llamadas telefónicas y correos electrónicos no generan

precisamente una incidencia, son llamadas o correos recibidos de posibles candidatos,

o nuevos beneficiarios o ciudadanía que desean conocer o consultar o aclarar o exponer

con relación al PREBU […]. También cabe señalar que es cierto que existen períodos en

que el incremento de las llamadas telefónicas y correos repunta, por los motivos arriba

señalados, lo que demuestra que los beneficiarios y no beneficiarios tienen la confianza

de continuar utilizando estos medios para realizar sus solicitudes de información, aclaraciones,

60 Información proporcionada mediante la nota informativa sin número del 29 de enero de 2010, emitida por la Dirección de

Evaluación, la cual esta referida en la página 138 del presente resultado.

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535 VOLUMEN 12/13

quejas/reclamaciones y comentarios […] realizar la consulta sobre el depositó del estímulo

y evitar ir al cajero automático o conocer el tramite a seguir para la corrección del promedio”.

Asimismo, señaló: “Los mecanismos de monitoreo con que contamos no son óptimos,

si permiten conocer las acciones de los operadores, y establecer los controles en los

servicios proporcionados […] es importante señalar que se cumple con lo establecido en

los procedimientos del Contac Center, a pesar de no contar con procesos sistematizados

para el monitoreo…” No obstante, la información proporcionada no cuenta con documentación

soporte que permita corroborar lo antes señalado referente a las llamadas telefónicas

y correos electrónicos, de igual forma se confirma que el Contac Center no cuentan

con procesos sistematizados para el monitoreo que permitan conocer las acciones de los

operadores, por lo expuesto el presente resultado no se modifica.

Recomendación APPD-103-08-63-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, implante

mecanismos de control que le permitan garantizar que la dispersión de los estímulos del

Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, se realice en tiempo

y forma, a fin de no afectar el objetivo de que los alumnos no abandonen sus estudios por

falta de recursos económicos, de conformidad con las reglas de operación del programa.

Recomendación APPD-103-08-64-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, a través del área

del Contac Center, capacite a sus operadores telefónicos en técnicas enfocadas al servicio y

atención al beneficiario del Programa Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí,

y público en general y dar cumplimiento a la finalidad del Manual de Contac Center, que es

la de uniformar y controlar el cumplimiento de las rutinas de trabajo y evitar su alteración

arbitraria.

Recomendación APPD-103-08-65-FEG

Es necesario que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, a través del

el área del Contac Center, implemente procesos sistematizados para el monitoreo de los

operadores telefónicos que colaboran en el Programa de Estímulos para el Bachillerato

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536 VOLUMEN 12/13

Universal, Prepa Sí, y público en general y dar cumplimiento con la finalidad del Manual

de Contac Center, que es la de uniformar y controlar el cumplimiento de las rutinas de

trabajo y evitar su alteración arbitraria.

33. Resultado

Manual de Procedimientos del Área de Contac Center

El Contac Center es un centro dedicado a la atención vía telefónica con un fin común,

ya que el principal objetivo es el manejo individualizado de relaciones con los beneficiarios

y comunidad en general, esto a través de un sistema de servicios integrados de comunicación

telefónica el cual debe regirse dentro de un marco de honestidad y ética profesional

permanente que les brinde a los beneficiarios de manera oportuna, clara y confiable

información, soluciones y asesoría referente a áreas y programas relacionados al Fideicomiso

de Educación.

La operación del Contac Center se sustentó en su Manual de Operaciones, respecto del

cual se identificó que tiene su origen a partir de que aumentó la demanda de información

sobre el Programa de Estímulos Para el Bachillerato Universal, Prepa Sí. Para verificar

lo relativo a su autorización, se solicitó al FEG mediante atenta nota APP/103/08-15,

del 6 de abril del 2010, indicara la fecha en que se autorizó el Manual del Procedimientos

del Contac Center, a lo cual el Subdirector de Recursos Financieros con nota informativa,

sin número, del 9 de abril de 2010 informó: “…a la fecha no ha sido autorizado el manual

Administrativo del Fideicomiso de Educación Garantizada, en el cual vienen los procedimientos

del Contac Center…”.

Se identificó que el Contac Center se creó debido al aumento en la demanda de información

y la necesidad de orientar a la ciudadanía sobre los programas que opera el Fideicomiso

de Educación Garantizada del Distrito Federal.61

El Contac Center inició actividades el 1o. de abril de 2008, y brinda atención a través del correo

electrónico www.prepasi.df.gob.mx y del número telefónico 01-800-27737274 (Prepa Sí).

61 Programas que opera el Fideicomiso de Educación Garantizada: Va Seguro, Niños Talento, Educación Garantizada y Estímulos

para el Bachillerato Universal.

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537 VOLUMEN 12/13

Durante el ejercicio 2008 la operación del Contac Center estuvo a cargo de un Director de

Área, tres Supervisores y 28 operadores encargados de registrar los correos electrónicos

y las llamadas telefónicas recibidas a través del centro telefónico y dar oportunamente

respuesta a los comentarios, dudas y quejas de la ciudadanía generadas con relación a

los programas del FEG durante este período. Asimismo, se identificó que los operadores

deben cumplir con las siguientes funciones y actividades:

Actividades Habilidades

• Llenar el formato: de Incidencias. • Llenar formato de registro de llamadas

entrantes no referentes. • Resolución de problemas. • Responder preguntas. • Hacer preguntas y recopilar información. • Accesar archivos de datos.

• Escuchar y responder mientras se captura la información.

• Presentación de los servicios de una forma profesional.

• Accesar información en un sistema automatizado.

• Entregar mensajes clara y concisamente. • Seguimiento de políticas y procedimientos. • Hacer preguntas apropiadas.

FUENTE: Manual de Procedimientos del Contac Center.

Asimismo, mediante nota informativa sin número de fecha 23 de febrero de 2010, la Dirección

de Atención e Información informó que: los métodos que utilizaron dentro del Contac Center

para garantizar la calidad del servicio durante el ciclo escolar 2007-2008 y 2008-2009 “fue

la elaboración de Catálogos de Preguntas Frecuentes y Respuestas Frecuentes así como

el Manual de Operaciones…”.

Se identificó que la finalidad de crear el Manual, es la de uniformar y controlar el

cumplimiento de las rutinas de trabajo y evitar su arbitraria responsabilidad por fallas

o errores; la evaluación del control interno y su vigilancia; que tanto los operadoras como

supervisores y la dirección de Contac Center conozcan si el trabajo se está realizando

adecuadamente.

Al respecto, se identificaron los siguientes conceptos:

Duda. Es la información que requiere el beneficiario o ciudadano en relación al Programa

de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, (como los requisitos que se

necesitan para poder ingresar al programa, fecha de inscripción al Programa, etc.).

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538 VOLUMEN 12/13

Queja. Es el proceso que efectúa el beneficiario o ciudadano por una inconformidad con el

Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, el cual se realiza

ante una autoridad competente.

Incidencia. Acontecimiento que afecta el proceso dentro del Programa de Estímulos para

el Bachillerato Universal, Prepa Sí.

De acuerdo al Manual de Procedimientos del Contac Center las incidencias pueden

referirse a los siguientes conceptos:

● Falta de depósito en tarjeta única.

● Actualización de promedio.

● Asignación y/o dispersión de tarjeta única.

● Asignación y/o dispersión de tarjeta de reposición.

● Depósito de tarjeta anterior.

● Activación por otra beca.

● Domicilio fuera del D.F.

● Elaboración de carta Banorte.

● Renuncia al estímulo.

● Cambio de plantel y/o institución.

● Actualización de datos personales.

Cabe señalar que para garantizar la calidad en las respuestas a las llamadas telefónicas

y correos electrónicos, el Contac Center creó el “Catalogó de Preguntas Frecuentes y

Respuestas Frecuentes”, con la finalidad establecer una estructura homogénea de datos

para brindar una atención oportuna al beneficiario y ciudadano.

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Para verificar que el Contac Center se apegó a su Manual de Procedimientos cumpliendo

con los procesos establecidos para el tiempo de respuesta, se solicitó al Fideicomiso de

Educación Garantizada mediante atenta nota número APP/103/08-4 los registros internos

de las acciones de monitoreo y evaluación dentro del proceso de atención a llamadas

y correos electrónicos, la Dirección de Evaluación mediante nota informativa sin número,

de fecha 29 de enero del presente año, proporciono lo siguiente:

% De respuesta a las incidencias de llamadas telefónicas

% De respuestas a las incidencias de correos electrónicos

Mes Total Total de respuestas

% de respuestas

Mes Total Total de respuestas

% de respuestas

Abril 1,482 1,175 79.28 Abril 597 540 90.45 Mayo 1,904 1,783 93.64 Mayo 745 713 95.70 Junio 2,337 1,940 83.01 Junio 922 884 95.87 Julio 3,066 2,708 88.32 Julio 1,002 988 98.60 Agosto 5,436 5,287 97.25 Agosto 4,366 4,252 97.38 Septiembre 6,055 5,996 99.01 Septiembre 5,148 4,742 92.11 Octubre 5,192 5,150 99.19 Octubre 5,627 5,174 91.94 Noviembre 4,340 4,287 98.77 Noviembre 3,956 3,678 92.97 Diciembre 3,608 3,579 99.19 Diciembre 2,198 2,024 92.08 Total 33,420 31,905 95.46 Total 24,566 22,995 93.62

De las tablas anteriores se identificó que se recibieron más llamadas telefónicas que

correos electrónicos durante el 2008, correspondientes al Programa de Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí, ya que el total de registros llamadas telefónicas durante

el 2008 fue de 33,420 y el total de registros de correos electrónicos durante 2008 fue de

24,566.

Opciones Llamadas %

Llamadas Programa Prepa Sí 33,420 57.6

Correos electrónicos 24,566 42.4

Total 57,986 100.0

De lo anterior se identificó que el personal encargado de los registros de llamadas y correos

electrónicos, responden, clasifican y canalizan las llamadas y correos de los beneficiarios

del Programa de Estímulos Para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, basándose en lo

establecido por el Manual de procedimientos del Contac Center, con la finalidad de unificar

y controlar la información requerida por los beneficiarios.

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Sin embargo, los registros proporcionados por el Contac Center no son suficientes para

determinar si las respuestas proporcionadas a las incidencias, quejas y dudas de llamadas

telefónicas y de correos electrónicos fueron a satisfacción para la persona que realizó

la llamada telefónica o envió el correo electrónico.

De lo anterior se concluye que el Fideicomiso de Educación Garantizada, en su área del

Contac Center, no cuenta con mecanismos suficientes que permita monitorear y supervisar

la calidad con que realizan sus funciones los operadores en la atención de llamadas

telefónicas y correos electrónicos.

En reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2010, el Fideicomiso proporcionó

el oficio núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010, anexado a este la Nota sin

número, del fecha 17 de mayo de 2010, mediante la cual la Directora de Atención e

Información informó que “La supervisión y los mecanismos de monitoreo permiten

conocer las acciones de los operadores, las cuales se realizan con eficiencia, ya que los

beneficiarios y ciudadanía en general prefiere y continúa efectuando llamadas y enviando

correos electrónicos para establecer una comunicación y realizar sus solicitudes de

información, aclaraciones, quejas/reclamaciones y comentarios”. No obstante, la información

antes expuesta es contradictoria ya que el Fideicomiso de Educación Garantizada informó

que no cuenta con un proceso sistematizado para el monitoreo, asimismo, el aumento de

llamadas y correos electrónicos por parte de los beneficiarios o ciudadanía en general no

es un parámetro que permita conocer la eficiencia de los operadores del Contac Center,

por lo expuesto el presente resultado no se modifica.

Percepción del Beneficiario

34. Resultado

Encuestas de Percepción a los Beneficiarios del Programa de Estímulos de Bachillerato Universal

Con el fin de conocer la percepción que tienen los estudiantes beneficiarios del Programa de

Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, se llevó a cabo la aplicación de encuestas,

para lo cual se calculó una muestra mediante el método estadístico, denominado muestreo

conglomerado.

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Técnica: Muestreo Conglomerado62

Primer Conglomerado: Se determinó por el número de beneficiarios registrados en el

Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, como meta física alcanzada

en el informe de Cuenta Pública del Fideicomiso de Educación Garantizada en la actividad

institucional 13 “Operar el Programa de Estímulos a Estudiantes de Bachillerato”.

Segundo Conglomerado: Por la selección de las Instituciones Educativas (planteles),

distribuidos en las 16 Delegaciones del Distrito Federal, con mayor número de beneficiarios,

a los cuales se les otorgó el estímulo económico durante el ejercicio 2008.

Universo: 216,471 beneficiarios (Determinado por Delegación durante el ciclo 2008)

Tasa de error esperado: No mayor al 2%

Error tolerable: 5%

Intervalo de precisión: 1.5%

Nivel de confianza: 95.0%

Tamaño de la muestra: 334

Delegación Beneficiarios % Número de instrumentos

Álvaro Obregón 15,173 7.0 23 Azcapotzalco 11,325 5.2 17 Benito Juárez 4,526 2.1 7 Coyoacan 15,803 7.3 24 Cuajimalpa 4,158 1.9 7 Cuauhtemoc 10,953 5.1 17 Gustavo A. Madero 30,167 13.9 47 Iztacalco 11,586 5.3 18 Iztapalapa 47,200 21.8 73 Magdalena Contreras 6,107 2.8 9 Miguel Hidalgo 5,897 2.7 9 Milpa Alta 4,068 1.9 6 Tlahuac 10,097 4.7 16 Tlalpan 14,845 6.9 23 Venustiano Carranza 11,883 5.5 18 Xochimilco 012,683 5.9 20 Total 216,471 100.0 334

62 Muestreo Conglomerado.- Es una técnica usada principalmente cuando la población tiene la característica de que existen

unidades elementales, esto quiere decir que son sus características son muy homogéneas al interior.

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La encuesta se integró con un apartado de datos personales y 36 preguntas de las cuales

9 fueron abiertas, 19 con opción múltiple y 8 de opción múltiple con posibilidad de aclaración

de motivos. Los cuestionarios fueron orientados a evaluar los siguientes aspectos:

● Conocer el perfil del estudiante.

● La calidad con la que opera el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal,

Prepa Sí.

● El conocimiento que tienen los beneficiarios respecto del Programa Estímulos para

el Bachillerato Universal, Prepa Sí.

● La percepción de los beneficiarios sobre el estímulo que otorga el programa.

● La opinión de los beneficiarios sobre las soluciones a las incidencias y dudas

correspondientes al programa.

● Conocer el desempeño académico de los beneficiarios.

1. De los resultados en relación al perfil del estudiante se determinó lo siguiente:

● Se observa que la edad del 97.0% de los estudiantes beneficiarios del Programa

de Estímulos Para el Bachillerato Universal, Prepa Sí es de 15 a 20 años, en tanto

que el 3.0% restante cuenta con una edad de 20 y más años.

● El mayor número de beneficiarios 32.0% se encuentran cursando el 4o. semestre

de bachillerato, el 13.0% cursa el primer semestre y el 14.0% se ubica en el último

semestre.

● La distribución de las encuestas realizadas se integró de la siguiente forma:

Institución Estudiantes % Bachilleres 68 20.4 CECyT 80 23.9 Conalep 58 17.4 CCH 101 30.2 Preparatoria 17 5.1 CETIS 10 3.0 Total 334 100.0

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2. En cuanto a la calidad con la que opera el Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, los resultados demostraron lo siguiente:

● El tiempo de entrega de la tarjeta electrónica a los beneficiarios fue de 1 a 30 días

en un 51.0% de los casos, de 1 a 90 días en un 38.0% de los casos, y de 1 a 150

días en 7.0 % de los casos.

● El 49% de los estudiantes encuestados consideran que el depósito del estímulo

en la tarjeta se realiza extemporáneamente contra el 35.0% de los beneficiarios

que consideran que éste se realiza a tiempo.

● Un 88.0% de los beneficiarios encuestados contestaron que el tiempo trascurrido

entre un depósito y otro demora entre 1 y 60 días. Para un 60% ésta demora

fue entre 1 y 120 días.

● El 66.0% señaló que el monto del estímulo depositado corresponde a su promedio

de calificaciones, el 27% contestó que el importe depositado algunas veces

corresponde con su promedio, mientras que el 4.0% señaló que nunca coincide

el importe de su estímulo con el promedio de sus calificaciones.

3. Conocimiento que tienen los beneficiarios respecto del Programa de Estímulos para

el Bachillerato Universal “Prepa Sí”.

● De los 334 beneficiarios encuestados el 97.0% identifican al programa que

les otorga los estímulos como “Prepa Sí”, en tanto que el 1.0% lo conoce como

“PREBU”.

● De los cinco requisitos para ser beneficiario del Programa Estímulos para el

Bachillerato Universal, los encuestados mostraron conocer en 36.0% el “Estar

inscrito en una escuela del Distrito Federal”, un 30.0% conoce “Realizar actividades

en comunidad”. El requisito que menos mostraron conocer, con el 1.0% es el de

“No contar con otra beca”.

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Requisitos Alumnos %

Presentar certificado de secundaria o tira de materias 20 5.5 Estar inscrito es una escuela del D.F. 133 36.4 Vivir en el D.F. 98 26.9 No contar con otra beca 4 1.1 Realizar actividades comunitarias 110 30.1 Total 365 100.0

NOTA: La diferencia que existe en los totales es que de los 334 estudiantes que respondieron, algunos contestaron más de una opción.

● En lo que corresponde a los requisitos de permanencia en el Programa de Estímulos

para el Bachillerato Universal, el que más mostraron conocer con un 58.1% es el

correspondiente a “Realizar actividades en comunidad”, seguido con un 32.1% de

“Continuar inscritos en una escuela del Distrito Federal; el que menos se conoce

con un 3.3% es “No contar con otra beca”.

Requisitos Alumnos %

Continuar inscritos en una escuela del D.F. 107 32.1 Seguir viviendo en el D.F. 22 6.5 No contar con otra beca 11 3.3 Realizar actividades comunitarias 194 58.1 Total 334 100.0

● En relación al conocimiento que tienen los estudiantes sobre los beneficios

adicionales con que cuenta el Programa, el 72.0% no conocen o no saben de la

existencia de ellos, contra el 25.0% que “Sí” conoce los beneficios adicionales.

● El 79.0% señaló conocer el monto del estímulo que le corresponde según su

promedio de calificaciones, el 18.0% no lo sabe.

● El 49.0% de los beneficiarios encuestados no conoce el día que deben depositar

su estímulo, contra el 48.0% que si conoce el día.

● De las encuestas realizadas se identificó que el 52.0% de los estudiantes no

saben a donde acudir si se les presenta alguna duda o problema con el Programa

de Estímulos para el Bachillerato Universal, en el cual se encuentran inscritos,

contra el 44.0% que si sabe a donde acudir.

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● Se verificó que el 82.0% de los beneficiarios del Programa no conocen el Contac

Center.

4. Percepción de los beneficiarios sobre el estímulo que otorga el programa.

● El 62.6% de los beneficiarios encuestados consideran que el Programa de Estímulos

de Bachillerato Universa l, Prepa Sí, es “Bueno”.

● El 51.0% de los encuestados señaló que el Programa les ha “beneficiado mucho”.

● El 44.6% de los beneficiarios del Programa de Estímulos Para el Bachillerato

Universal, Prepa Sí, señaló que el estímulo proporcionado les ha ayudado para la

compra de materiales escolares como se muestra a continuación:

Opciones Alumnos %

Para mis estudios 124 37.1 Para ayudar a mis padres 34 10.2 Para la compra de materiales escolares 149 44.6 No respondieron 27 8.1 Total 334 100.0

● De los 334 beneficiarios encuestados el 53.0% considera que su nivel académico

es mejor desde que son beneficiarios del Programa de Estímulos para el Bachillerato

Universal, “Prepa Sí”, contra el 29.0% que señaló que su nivel académico se

mantiene igual.

5. La opinión de los beneficiarios sobre las soluciones correspondientes al programa.

● De los estudiantes encuestados, el 31.0% ha tenido algún problema con el depósito

en su tarjeta, de este porcentaje el 70.0% indica que “el depositó no es a tiempo”.

● El 43.0% de los beneficiarios encuestados consideran que la solución a dudas,

quejas e incidencias es regular, contra el 15.0% de los beneficiarios que consideran

que esta solución es mala.

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● Se identificó que al 27.2% de los beneficiarios encuestados que tuvieron alguna

duda e incidencia, el tiempo promedio que tardó el FEG en proporcionar solución

a duda e incidencia sobre el programa fue en el rango de días como se muestra

en seguida:

Opciones Alumnos % Horas 70 21.0 Días 91 27.2 Semana 45 13.5 Meses 43 12.9 No respondieron 85 25.4 Total 334 100.0

● De los 334 beneficiarios encuestados, el 37.0% consideran que el trato del personal

que resolvió sus duda, queja o incidencia fue buena, seguido del 31.0% que

contestó que el trato fue regular, mientras que el 8.0% lo señaló de malo.

6. Conocer el desempeño académico de los beneficiarios.

● El 35% de los estudiantes encuestados señaló que tenían un promedio académico

entre 6 y 7 antes de contar con el estímulo económico, este porcentaje aumentó

al 36% de alumnos de promedio 6 y 7 a partir de que cuentan con el estímulo.

Nivel académico de los estudiantes antes de ser beneficiarios del Programa

35%

58%

2% 5%

6 a 7 8 a 9 10 No respondieron

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Nivel académico de los encuestados como beneficiarios del Programa

36%

58%

1% 5%

6 a 7 8 a 9 10 No respondieron

A decir de los alumnos encuestados, la evolución de su desempeño académico, medido

por calificaciones mostró lo siguiente:

Promedios Delegación

Aumento Bajo Igual No respondieron

1 Álvaro Obregón 2 7 13 1 2 Azcapotzalco 3 6 8 3 Benito Juárez 1 6 4 Coyoacan 5 1 15 3 5 Cuajimalpa 1 5 1 6 Cuauhtemoc 5 1 11 1 7 Gustavo A. Madero 5 12 29 1 8 Iztacalco 4 1 13 9 Iztapalapa 7 11 47 8 10 Magdalena Contreras 1 8 11 Miguel Hidalgo 3 6 12 Milpa Alta 5 1 13 Tlahuac 4 3 9 14 Tlalpan 4 2 16 1 15 Venustiano Carranza 1 3 13 16 Xochimilco 3 2 15 Total 44 54 219 17

Del cuadro anterior se determinaron los siguientes porcentajes:

Opciones Alumnos %

Aumento 44 13.2 Bajo 54 16.2 Igual 219 65.6 No respondieron 17 5.0 Total 334 100.0

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Del análisis a los resultados de las encuestas realizadas a los estudiantes de Nivel Medio

Superior residentes y que estudian en una escuela pública en el Distrito Federal, inscritos

en el Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, se concluye que el

estímulo otorgado a los beneficiarios de ese programa les ha generado como beneficio contar

con un apoyo económico para la compra de libros, útiles escolares, pagos de transporte,

pago de inscripciones, recreación y entretenimiento.

Las reglas de operación utilizadas por el Fideicomiso de Educación Garantizada durante

los ciclos escolares 2007-2008 y 2008-2009 no obligan o condicionan que los estímulos

económicos otorgados se utilicen de manera exclusiva para fines educativos.

En lo correspondiente a la operación del programa a cargo del FEG no contó en 2008 con

estándares o parámetros de operación que permitieran garantizar al beneficiario los

siguientes puntos:

● Una entrega oportuna de tarjetas para la recepción de los estímulos económicos.

● Que el depósito se realice en una sola fecha para el total de sus beneficiarios.

● Información oportuna para el beneficiario.

También se concluye que el FEG no difundió en el 2008, de manera amplia y suficiente la

información correspondiente a la operación del Programa de Estímulos para el

Bachillerato Universal, Prepa Sí, como sucede con las funciones de Coordinador de

Unidad Territorial y Jefe de Grupo”, las cuales son asignadas de manera discrecional a

algunos de los beneficiarios de este programa, ya que no existe evidencia de que el FEG

haya normado o determinado criterios transparentes y de fácil acceso para que todos los

alumnos que así lo deseen puedan acceder a alguna de estas dos formas de participación

en dicho programa.

En reunión de confronta, celebrada el 21 de mayo de 2010, el Fideicomiso proporcionó

el oficio núm. FEG/DG/DAF/322/2010 del 21 de mayo de 2010, anexando los oficios

No. VQZ.SE.145/09, de fecha 30 de abril de 2009 y No.VQZ.SE.159/09, del 21 de mayo

de 2009; atenta invitación sin número ni fecha, la cual contiene una breve explicación

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del curso-taller de Metodología de Marco Lógico para la construcción de las Matrices de

Indicadores de Resultados y tres hojas con la firma del personal que acudió al curso-taller;

Convenio Núm. SE/002/2009, el cual se realizó entre el CONEVAL y EL FEG; copia de la

Evaluación del Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal Prepa Sí y la nota

sin número, del 21 de mayo de 2010, mediante la cual el Coordinador Ejecutivo del PREBU

informó que: “En virtud de la encuesta realizada con el fin de medir la percepción de los

beneficiarios del Programa Estímulos para el Bachillerato Universal Prepa Sí. Por ello

consideramos necesarias hacer las siguientes puntualizaciones ya que el período de estudio

de la encuesta de percepción de los beneficiarios del Programa de Estímulos para el

Bachillerato Universal, corresponde al año fiscal 2008 (enero-diciembre), siendo realizada

en un período posterior, por lo que los alumnos seleccionados para dicho ejercicio tienen una

percepción distinta a la de hace dos años, sesgando las opciones aquí vertidas y además

consideran a los ciclos escolares, 2007-2008 y 2008-2009”.

Asimismo, señaló lo siguiente:

“La metodología de estimación de la muestra por conglomerados no es normalmente

utilizada para este tipo de poblaciones [...]

”El análisis presentado no anexa la encuesta aplicada, lo que dificulta el análisis de la

objetividad con que se hacen las preguntas y las categorías u opciones de respuesta

utilizadas. […]

”Calidad de operación: En cuanto al tiempo de entrega de la tarjeta, […] los rangos

presentados para responder la pregunta son ambiguos.

”Los rangos utilizados para estratificar las calificaciones de los beneficiarios no corresponden

a los rangos para la dispersión que utiliza el Programa […]

”Se anexa documento final de la Evaluación del Programa Estímulos para el Bachillerato

Universal Prepa Sí, […] que vierte el impacto social y económico del Programa, incluyendo el

grado de satisfacción de los beneficiarios.

”Consideramos importante resaltar que los resultados obtenidos por este estudio […] que

los porcentajes determinados son favorables al Programa PREBU Prepa Sí, […]

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”El Programa de Estímulos para el Bachillerato Universal Prepa Sí, no puede condicionar

el uso exclusivo de los recursos para fines de calidad educativa ya que el objetivo

principal del Programa es evitar la deserción escolar […]

”La evaluación de impacto permitió generar dichos estándares e indicadores, mismos que

no podían existir en el primer año de operación del Programa…”

Al respecto, en efecto la encuesta se realizó en 2010 sin embargo, de los 334 beneficiarios

encuestados cursan del 1o. a 6o. semestre, esta encuesta se realizó en anonimato para

que los alumnos contestaran sin miedo a represalias, las encuestas demuestran que el

programa es bueno ya que es una ayuda monetaria, no obstante el beneficiario identifica

al programa como deficiente ya que el tiempo en entregar la tarjeta es muy lento, no

tienen información suficiente del programa y el estímulo no es depositado en tiempo

y forma, lo cual indica que el programa no está cumpliendo con su principal objetivo que

es el de disminuir la deserción por falta de recursos económicos. Por lo expuesto el

presente resultado no se modifica.

Recomendación APPD-103-08-66-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, por medio

de la Coordinación Ejecutiva del PREBU implante medidas de control para garantizar

que el padrón de beneficiarios, se actualice considerando la información que proporcione

el Enlace Institucional.

Recomendación APPD-103-08-67-FEG

Es conveniente que el Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal, por conducto

de la Coordinación Ejecutiva de PREBU, implante mecanismos de control para garantizar

que la entrega de tarjetas electrónicas a los nuevos beneficiarios del Programa de Estímulos

para el Bachillerato Universal, Prepa Sí, así como la reposición para aquellos beneficiarios

que así lo requieran se realice en tiempo y forma a fin de no afectar el objetivo de que los

alumnos no abandonen sus estudios por falta de recursos económicos, de conformidad

con las reglas de operación del programa.