TLC Colombia - Chile

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Lizeth Alvarez Eduardo Perez Karolainne Perea Jose Vanegas Laura Vargas

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Lizeth AlvarezEduardo Perez

Karolainne PereaJose VanegasLaura Vargas

AntecedentesEn 1994 se firma el Acuerdo de Complementación Económica, conocido como ACE No 24.

Dentro de los objetivos de este acuerdo están:

1. Establecer, en el más breve plazo posible, un espacio económico ampliado entre los dos países, que permita la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos.

2. Intensificar las relaciones económicas y comerciales entre los países signatarios, por medio de una liberación total de gravámenes y restricciones a las importaciones originarias de los mismos.

3. Propiciar una acción coordinada en los foros económicos internacionales, así como en relación a los países industrializados, tendientes a mejorar el acceso de los productos de los países signatarios a los mercados mundiales.

ENTRADA EN VIGENCIAEl TLC fue firmado en Santiago de Chile el 27 de noviembre de 2006. EL TLC

suscrito entre Colombia y Chile entro en vigencia en mayo 8 de 2009.

RONDAS

La Primera Ronda en Santiago de Chile, del 9 al 14 de octubre de 2006.

La Segunda RONDA en Barranquilla, del 23 al 27 de octubre 2006 los temas que se trabajaron fueron:

- Acceso a mercados

- Reglas de origen y procedimientos aduaneros

- Medidas Sanitarias y Fitosanitarias

- Contratación pública

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TIPO DE INTEGRACION:Las integraciones regionales suelen articularse a través de diversos sistemas a saber:a) Integración Fronteriza.b) Zona de Libre Comercio. (esta es a la que pertenece este acuerdo o tratado)c) Unión Aduanera.d) Mercado Común.e) Comunidad Económica o Unión Económica.

La Zona de Libre Comercio:Se trata de un proceso jurídico comercial transitorio por el cual los Estados Parte regulan sus intercambios comerciales concediéndose exenciones progresivas aduaneras, de gravámenes y restricciones.

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• Con el tratado, los dos países se comprometen a:tratar como mercancías nacionales a las provenientes del otro país.• No imponer impuestos, aranceles o pagos para las

mercancías del otro país a no ser que dicho impuesto se cree para las mercancías locales

• No crear ningún tipo de pagos que represente una protección indirectos productos nacionales

• No introducir ni mantener subsidios a las exportaciones agropecuarias

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La cláusula de la nación más favorecida establece la extensión automática de cualquier mejor tratamiento que se concederá o ya se ha concedido a una parte del mismo modo a todas las demás partes en un acuerdo de comercio internacional.

Nacion mas Favorecida:

Chile en los actuales momentos es el único país del hemisferio sin problemas de deuda externa y envidiable estabilidad económica; además, goza de enorme prestigio comercial, dado el manejo acertado de los controles de calidad y precios asequibles por el buen desempeño de los factores de producción.

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Trato Nacional :Capitulo 3: Comercio de

mercancías.

Artículo 3.1: Trato nacional.Cada parte otorgara trato

nacional a las mercancías de la otra parte de conformidad con el

Articulo III del GATT 1994, incluidas sus notas

interpretativas, y con ese fin el articulo III del GATT 1994 y sus

notas interpretativas se incorporan a ese Acuerdo y

forman parte del mismo, mutatis mutandis.

TLC Colombia - ChileTrato Nacional y Restricciones a la

Importación y a la Exportación.Sección A – Medidas de Colombia.Los Artículos 3.1 y 3.4, no se aplicaran a:1. los controles sobre la importación de mercancías usadas, imperfectas,saldos, sobrantes, desperdicios, desechos y residuos, de conformidad con laResolución 001 del 2 de enero de 1995;

2. los controles sobre la importación de vehículos automotores, incluyendovehículos usados y vehículos nuevos cuya importación se realice después de los dos (2) años siguientes a la fecha de su fabricación, de conformidad con la Resolución 001 del 2 de enero de 1995;

3. el monopolio departamental de producción de licores y la facultad de losdepartamentos de establecer impuestos a la internación de licores provenientesde otros departamentos o países;

4. las acciones autorizadas por el Órgano de Solución de Diferencias de laOMC.

TLC Colombia - ChileTrato Nacional y Restricciones a la

Importación y a la Exportación.

Los Artículos 3.1 y 3.4, no se aplicarán a:

1. las acciones de Chile autorizadas por el Órgano de Solución deDiferencias de la OMC.

2. las medidas de Chile relativas a la importación de vehículos usados.

TLC Colombia - ChileTrato Nacional : Anexos 1 Colombia y Chile

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Normas Fitosanitarias• La primera autoridad encargada del

control fitosanitario es SAG

• Restringe el ingreso de plagas y enfermedades

• Cada producto tiene una lista diferente de requisitos

• Certificado fitosanitario otorgado por SENASA

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Envases y etiquetasNo se permite el reenvase.

Los envases deben ser rotulados con una etiqueta que incluye:

País y departamento de origen

Nombre de la especie vegetal

Nombre o código del productor

Nombre o código de la empacadora

Fecha del empaquetado

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Acceso a mercado: El tlc les brinda a los consumidoresuna mayor oferta de productos amejores precios y genera mayorinteres por parte de losimportadores, exportadores einversionistas en los sectores decompras publicas, comercio deservicios e inversion

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Reduccion de Barreras:

Esta reduccion de barreras arancelarias ha aumentadolasexportaciones de cada pais:• De colombia a Chile: Pasó de USD 117 millones en 1994 a

USD 907 millones en 2010 generando un crecimiento de675% en el periodo y 42% anual

• De chile a Colombia: Pasó de USD 113 en 1994 a USD 688 enel 2010, generando un crecimiento de 509% en el periodo y32% anual

Este acuerdo profundizo el ACE 24, liberando los productos que aun aplican el programa de desgravacion de aranceles. Los productos mas importantes para el comercio entre Colombia y Chile estan liberados bajo el marco del ACE 24 y sus protocolos.

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Medidas de defensa

comercial

Medida de Salvaguardia

Normas para la medida de la salvaguardia

Medida de Salvaguardia:

Solo podrá ser aplicada durante el periodo de transición.

Para remendar el daño se procede de una de las siguientes 2 opciones:• Suspender cualquier reducción futura de cualquier tasa

arancelaria para la mercancía• Aumentar la tasa arancelaria para la mercancía a un nivel que no

exceda el menor de la tasa arancelaria de NMF aplicada en elmomento en que se aplique la medida.

*no se pueden aplicar las dos al tiempo

Normas para la medida de Salvaguardia:1) Las partes no podrán mantener esta medida

• Por un periodo superior a 2 años (con excepción)• Con posterioridad a la expiración del periodo de transición

2)Si la medida supera 1 año, la parte que aplica la medida la liberalizará progresivamente, a intervalos regulares, durante el periodo de aplicación.

3)No se podrá aplicar más de 1 vez a la misma mercancía.

4)Cuando termine, la tasa arancelaria será aquella que debería estar en efecto sino se hubiese efectuado dicha medida.

5)Solo se podrá aplicar después de una investigación realizada por la autoridad competente.

6)Una parte deberá notificarle y consultarle a la otra sobre dicha medida.

7)Luego de consultarle, se acordará una compensación mutua de tal manera que tengan efectos sustancialmente equivalentes en el comercio.

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Normas de Origen:Según el articulo 4,1 del tratado una mercancia sera considerada originaria cuando:

a) La mercancia sea obtenida en su totalidad o producida enteramente en el territorio de una u otra parte.

b) La mercancia sea producida en el territorio de una u otra parte, a partir exclusivamente de materiales que califican como originarios conforme a ciertas dispocisiones

c) La mercancia sea producida en el territoria de una u otra parte, a partir de materiales no originarios que cumplan con un cambio de clasificacion arancelaria, un valor de contenido regional u otros requisitos

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Asuntos laborales

Asuntos ambientales

•Principios y compromisos

•Cooperacion

•Consultas

Politica de competencia

•Facilitando, fortaleciendo, fomentando, promoviendo

Propiedad Intelectual Confidencialidad

• Compromisos compartidos• Cooperacion Laboral• Cumplimiento de la legislacionlaboral

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Solucion de controversias

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Procedimiento

Audiencia publica

MandatoInforme

preliminarInforme Final

Implementaciondel informe

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Mayo 8 de 2009Mayo 8/ 2009

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Bibliografía

https://www.mincomercio.gov.co/publicaciones.php?id=15793

http://www.colombochilena.com/presentaciones/tlc-chile-%E2%80%93-colombia/