TITULOS VALORES.pptx

13

Transcript of TITULOS VALORES.pptx

Presentacin de PowerPoint

TTULO VALORDe acuerdo a lo establecido en la ley de ttulos valores (Ley N27287) menciona que es un documento creado por dos personas (natural o jurdica) para probar la existencia de un compromiso, por el cual una persona se obliga a pagar una suma de dinero a otra. Es decir, es un documento que contiene derechos econmicos y que es susceptible de ser endosado para su transferencia a una tercera persona.Los ttulos valores ms comunes son:El pagar, la letra de cambio, la factura conformada, el certificado de depsitos y el warrant.

TIPOS DE TTULOS VALORES

Ttulos valores a la orden:Aquellos que se extienden a favor de una persona determinada, pudiendo sta transmitirlos a otra persona por medio del endoso. Ejemplo (la letra de cambio y la Factura Negociable).Ttulos valores al portador:Son aquellos que reconocen un derecho a favor de la persona indeterminada que posea el documento. Por ejemplo (el cheque al portador).Ttulos valores nominativos:Aquellos que reconocen un derecho a favor de una persona determinada. Ejemplo (el pagar y el cheque nominativo).

Qu debemos tener en cuenta acerca de un Ttulo Valor?

El contenido expreso del documento es el que tiene validez (es decir, los derechos econmicos, la informacin sobre fechas, plazos, montos, etc.)

Por lo tanto es obligatorio que se seale la suma de dinero (siendo como requisito esencial) y el signo monetario (cuya falta es subsanable).Bale mencionar que la Base Legal:Art. 5 de la LeyN 27287. Aclara que cuando no se consigne el signo monetario, ser considerado el signo monetario nacional.

As mismo cuando la cantidaden letras y nmeros es discordante, prevalece la suma menor (caso del cheque raspado, borroneado, etc. no es pagado)Por otro lado es importante sealar que el poseedor del ttulo valor es el propietario y puede disponer de ste para los fines que estime pertinentes, de acuerdo a la Ley de Ttulos Valores.

CLASIFICACIN DE LOS TTULOS VALORES

La ley de ttulos valores nos da a conocer lo siguiente que:Por el sujeto que los crea. los ttulos son pblicos o privados. En el primergrupoentran los ttulos de deuda pblica o los ttulos emitidos por las diversas personas de derecho pblico. Al segundo grupo corresponden los creados por las personas de derecho privado.

CLASIFICACIN DE LOS TTULOS VALORES

Por el objeto del derecho incorporado. Los ttulosvalores son personales, reales y obligacionales.Los ttulos personales. Representan la participacin del titular en unasociedad, razn por la cual tambin se les llama ttulos de participacin.Los ttulos reales. Confieren al poseedor legtimo un derecho real sobre una cosa. Estos ttulos tambin reciben el nombre de ttulos representativos de mercancas, para indicar que las cosas a las cuales se refieren se encuentran incorporadas en los ttulos.Los ttulos obligacionales. Incorporancrditosdecarcterpecuniario. Son llamados tambin ttulos de pago. El hecho de que incorporen una promesa incondicional de pagar una suma dedinero, es decir, que representen un crdito, ha dado lugar a la denominacin de ttulos de crdito.

CLASIFICACIN DE LOS TTULOS VALORESPor los efectos de la causa en la vida de los ttulos. Estos se agrupan en causales y abstractos.Los ttulos causales. muestra que la causa esta deliberadamente expresada en el documento y no se separa de l para ningn propsito.Los ttulos abstractos. la causa es desvinculada del ttulo, aunque est indicada en l, y no tiene ninguna relevancia ulterior en la vida de ste.

CLASIFICACIN DE LOS TTULOS VALORESPor forma de circulacin. Los ttulos valores se dividen en nominativos, a la orden y al portador. Los ttulos normativos o directos. Son aquellos que sealan como titular a unapersonadeterminada. Para la transmisin del ttulo es necesario que se cumplan las reglas de cesin de crditos.Los ttulos a la orden. Son los que sealan como beneficiario a una persona determinada o cualquier otra que sta indique. La transmisin de los ttulos a la orden se verifica por medio del endoso y por la entrega del documento.Los ttulos al portador. Son aquellos que designan como titular al portador o aquellos en que la falta de designacin implica atribucin al portador.

APLICACIN PRCTICA DE LA LEY DE TTULOS VALORESLey27287

De acuerdo a la Base Legal: Art. 3 de la Ley N 27287. Menciona que se pueden crear nuevos ttulos valores, siempre que estos estn autorizados por ley, o por norma distinta Se crean por la Superintendencia de Banca y Seguros y CONASEV.Es necesario firmar el ttulo valor?De acuerdo a lo establecido en la ley de ttulos valores menciona que s, es necesario que se firme el ttulo valor. Adems de la firma, se puede utilizar medios grficos, mecnicos o electrnicos de seguridad.Por consiguiente el que firme un ttulo valor (aceptante, girador, avalista), adems de su nombre debe consignar su documento oficial de identidad, as como el nombre de su representante (en el caso de persona jurdica).El error en la consignacin del nmero de documento oficial de identidad, no afecta la validez del ttulo valor. Base Legal:Art. 6 de la Ley N 27287.

APLICACIN PRCTICA DE LA LEY DE TTULOS VALORESLey27287Cmo se exige el pago de un ttulo valor?La presentacin del ttulo valor es requisito indispensable para exigir las prestaciones que en l se indican.Tiene que ser el beneficiario legtimo del ttulo, para exigir su cumplimiento este est obligado a identificarse.En caso de valores desmaterializados la persona a cuyo nombre consta en el Registro es quien exige su cumplimiento. Base Legal: Art. 16 de la LeyN 27287.

APLICACIN PRCTICA DE LA LEY DE TTULOS VALORESLey27287Devolucin del ttulo valor El ttulo valor una vez cancelado debe ser devuelto a quien efecta el pago.Las partes pueden pactar la destruccin del ttulo cancelado, desechando de su devolucin fsica.Si el ltimo tenedor o beneficiario del ttulo es un banco, una vez pagado totalmente, el banco no est obligado a devolver el ttulo sino una constancia de su cancelacin.Base Legal: Art. 17 de la Ley N 27287.

APLICACIN PRCTICA DE LA LEY DE TTULOS VALORESLey27287Moneda a pagarse el ttulo valor

De acuerdo a lo establecido en la ley, aclara que el pago del ttulo valor se har necesariamente en la misma moneda.En caso de que haya incorreccin de compromiso u obligacin se podr pagar en moneda nacional al tipo de cambio venta del vencimiento (ltimo publicado).Si el pago se realiza despus del vencimiento, el tipo de cambio lo fija el beneficiario (vencimiento / pago).El ttulo emitido en moneda extranjera, a pagarse en el extranjero, se paga en la moneda emitida.Base Legal: Art. 50 de la Ley 27287.

APLICACIN PRCTICA DE LA LEY DE TTULOS VALORESLey27287Puede exigirse el pago antes de la fecha sealada?

El ttulo valor debe pagarse en la fecha estipulada en el propio ttulo. No puede obligarse a recibir pago adelantado.El pago es directo o a travs de terceros.Quien paga, debe exigir la entrega del ttulo valor cancelado, salvo pacto en contrario (bancos o empresas autorizadas a mantener archivo electrnico). Base Legal: Art. 64 de la Ley N27287.