TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

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TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1 El colegio y la familia son instituciones que deben cultivar sus relaciones en forma respetuosa, cordial, responsable y comprometida, para permitir la construcción de un ámbito institucional participativo, inclusivo y democrático que resulte útil a la comunidad que lo constituye. Artículo 2 Nuestro estilo educativo se fundamenta en una visión integral de la educación revalorizando el conocimiento, por lo que proponemos una educación de excelencia, que busca conscientemente comunicar valores a través del respeto y la tolerancia y desarrollando en los alumnos la capacidad de superación para incrementar su saber, mejorar su ser y aprender a hacer. La escuela es demandada como socializadora, formadora de sujetos capaces de ser reconocidos como miembros de una sociedad y una cultura, con actitudes y disposiciones que aseguren su integración comprometida a la sociedad en su conjunto. Artículo 3 Al elaborar nuestro Acuerdo Escolar de Convivencia (AEC), cuidamos que el cuerpo normativo resultante, fuera de fácil comprensión, de cumplimiento posible, tolerante pero no permisivo, propositivo y no solo prescriptivo, y que sirviera para propiciar un ambiente agradable de trabajo y productivo para todos los miembros. Artículo 4 Como tutores, debemos estimular el sentido de pertenencia al colegio y el cuidado y preservación de su patrimonio. Aspiramos a la formación de individuos comprometidos y con conciencia social. La convivencia respetuosa, es una cuestión fundamental. El colegio brinda el marco institucional, los docentes, alumnos y padres mancomunadamente, deben procurar el ambiente adecuado para que los docentes enseñen y los alumnos aprendan. El tiempo es un bien escaso, cada docente debe rendir el máximo provecho de sus horas cátedras y para ello es indispensable el trabajo ordenado y responsable de los alumnos y una actitud respetuosa hacia el docente y sus compañeros. Como institución, nos corresponde elaborar el marco normativo que satisfaga las aspiraciones de los alumnos y las expectativas de los padres en lo que se refiere a la elección de estudios, que distinga y estimule las actitudes positivas, y prevea las acciones reflexivas, reparadoras, las sanciones y las consecuencias para el trasgresor de las normas que orientan las actividades escolares.

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TITULO I

DECLARACIÓN DE PROPÓSITO

Artículo 1

El colegio y la familia son instituciones que deben cultivar sus relaciones en forma respetuosa,

cordial, responsable y comprometida, para permitir la construcción de un ámbito institucional

participativo, inclusivo y democrático que resulte útil a la comunidad que lo constituye.

Artículo 2

Nuestro estilo educativo se fundamenta en una visión integral de la educación revalorizando el

conocimiento, por lo que proponemos una educación de excelencia, que busca

conscientemente comunicar valores a través del respeto y la tolerancia y desarrollando en los

alumnos la capacidad de superación para incrementar su saber, mejorar su ser y aprender a

hacer. La escuela es demandada como socializadora, formadora de sujetos capaces de ser

reconocidos como miembros de una sociedad y una cultura, con actitudes y disposiciones que

aseguren su integración comprometida a la sociedad en su conjunto.

Artículo 3

Al elaborar nuestro Acuerdo Escolar de Convivencia (AEC), cuidamos que el cuerpo normativo

resultante, fuera de fácil comprensión, de cumplimiento posible, tolerante pero no permisivo,

propositivo y no solo prescriptivo, y que sirviera para propiciar un ambiente agradable de trabajo

y productivo para todos los miembros.

Artículo 4

Como tutores, debemos estimular el sentido de pertenencia al colegio y el cuidado y

preservación de su patrimonio. Aspiramos a la formación de individuos comprometidos y con

conciencia social.

La convivencia respetuosa, es una cuestión fundamental. El colegio brinda el marco institucional,

los docentes, alumnos y padres mancomunadamente, deben procurar el ambiente adecuado

para que los docentes enseñen y los alumnos aprendan. El tiempo es un bien escaso, cada

docente debe rendir el máximo provecho de sus horas cátedras y para ello es indispensable el

trabajo ordenado y responsable de los alumnos y una actitud respetuosa hacia el docente y sus

compañeros.

Como institución, nos corresponde elaborar el marco normativo que satisfaga las aspiraciones

de los alumnos y las expectativas de los padres en lo que se refiere a la elección de estudios, que

distinga y estimule las actitudes positivas, y prevea las acciones reflexivas, reparadoras, las

sanciones y las consecuencias para el trasgresor de las normas que orientan las actividades

escolares.

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TITULO II

DE LA FUNDAMENTACIÓN DE LOS ACUERDOS DE CONVIVENCIA

Artículo 5

Desde la UNESCO se afirma que la educación del siglo XXI, debe basarse en cuatro pilares

fundamentales: “aprender a aprender”, “aprender a ser”, “aprender a hacer” y “aprender a

convivir”.

En los tiempos en que vivimos se hace irrenunciable el desafío de aprender a convivir. Es tan

indispensable como los aprendizajes, para el desarrollo personal social. Aprender a vivir con

otros implica “saber” vivir con otros y este saber es enseñado por aquellos que tienen la facultad

de regular socialmente la convivencia.

La escuela, como institución social cuya función esencial es la educación de las nuevas

generaciones que se insertarán en la sociedad, forma a los “nuevos sujetos sociales” y para ello

transiten las reglas de convivencia consensuadas por la sociedad.

La convivencia es, en consecuencia, el proceso de construir un modelo racional entre los

miembros de la institución donde se posibilita la aceptación de las diferencias y la elaboración

de acuerdos.

La convivencia está vinculada también a la calidad educativa, ya que es el resultado de un clima

armónico en donde se dan las condiciones favorables para el desarrollo de los procesos

pedagógicos.

Artículo 6:

Los documentos en que nos hemos basado para la elaboración de estos AEC son:

Constitución Nacional de la República Argentina

Constitución de la Provincia de Córdoba

Ley contra la discriminación Ley 23.592. Decretos 1086/2005

Ley de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Nº 26.061

Ley de Educación Nacional Nº 26.206

Ley Nº 9.870 de Educación Provincia de Córdoba.

Lineamientos Políticos y Estratégicos de la educación secundaria Obligatoria (CFE

Nº84/09).

Orientación para la Organización Pedagógica e Institucional de la Educación Secundaria

Obligatoria. Resolución del CFE Nº 93/09.

La Resolución 149/10 del Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba

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TITULO III

DEL MARCO INSTITUCIONAL

Artículo 7:

El Instituto Marcelino Champagnat, es una Institución educativa adscripta al sistema oficial de

enseñanza, laico, de gestión privada, sin aportes del estado, con la especialidad en lenguas, que

la Fundación Universitaria Río Tercero ofrece a la sociedad, como parte de sus objetivos

fundacionales, de fomento a la educación y la cultura, donde promovemos la formación integral

de los alumnos como personas autónomas, creativas, reflexivas e integradas a la comunidad.

Artículo 8:

El Proyecto Educativo del Instituto Marcelino Champagnat se constituye en una propuesta

generadora de una nueva escuela, capaz de superar las costumbres, la cotidianeidad, las leyes

de consumo, la emergencia donde prima la individualidad por sobre la comunidad, la

superficialidad y la ausencia de compromiso por el Otro que se cristaliza en la ausencia del valor

de la palabra, la falta de coherencia entre el decir y el hacer.

Nuestros tiempos exigen crear un espacio donde se respete el deseo de aprender y donde se

generen intercambios entre las reflexiones y quehaceres que conforman el acto educativo,

donde se genere una atmósfera cálida y creativa y se entienda el proceso de enseñanza

aprendizaje conciliando la teoría y la práctica, basándose en la premisa que ¨una sólida

formación puede elevar la calidad de vida de las personas, tanto en lo social, como en lo

individual¨.

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TITULO IV

DE LOS OBJETIVOS

Artículo 9:

Este Acuerdo Escolar de Convivencia se propone, esencialmente, para precisar con la mayor

nitidez:

Delinear el estilo de vida interno que define al Instituto Marcelino Champagnat como

centro de estudios, sujeto a los principios éticos y morales, a los de una pedagogía que

basa su mayor bondad en el diálogo que comunica positivamente a los protagonistas

del proceso de enseñanza – aprendizaje y aquellos que constituyen las características

fundacionales y permanentes del ser nacional.

El juego de responsabilidades que se establece entre las personas miembros de la

comunidad y la insoslayable obligación que cada cual tiene que asumirlas en plenitud

tanto en sentido individual como comunitario. Esto se apoya en una clara definición de

roles de adultos y adolescentes, respetando la asimetría y las diferencias en las

responsabilidades. Dichos roles deberán ser conocidos y ejercitados por todos y cada

uno dentro del marco preciso de sus exigencias, limitaciones y manifestaciones y en la

fluidez cotidiana de las relaciones interpersonales e interfuncionales.

Asegurar el normal desarrollo de las actividades académicas, velar permanentemente

por el desarrollo de los alumnos y alumnas, junto con cautelar la seguridad de todos los

integrantes de la comunidad educativa, en un marco de respeto y de tolerancia.

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TITULO V

FUNDAMENTOS BÁSICOS DEL ACUERDO

Articulo 10

Tradicionalmente, en las escuelas se han utilizado los términos “disciplina” y “conducta” como

sinónimos. Hoy, es frecuente hablar de “convivencia”, concepto de mayor amplitud que los

anteriores.

La convivencia tiene que ver, sustantivamente, con el hombre en su condición de ser social y

con las interrelaciones que se operan entre él y sus semejantes. La convivencia es, pues, el

meollo de las relaciones humanas, y no es válida si no es armónica.

Artículo 11

La concepción de lo bueno, lo malo, lo bello o lo feo, lo que se debe y puede hacer y lo que no,

encuentra diferentes interpretaciones. Asistimos como protagonistas a la conformación de un

mundo en el que lo distante aparece como cercano y viceversa. En el que se observa un notable

distanciamiento entre adultos y adolescentes, entre padres e hijos, entre docentes y alumnos.

La propuesta del Instituto Marcelino Champagnat es trabajar guiando al alumno al replanteo

de su propio rol en un mundo de permanente cambio que les exige participar y ser actores

directos del proceso de reconstrucción, desarrollando un diálogo intergeneracional fecundo,

maduro y creativo que ratifique a los adultos en sus roles de autoridad, a la vez que les posibilite

crecer y educarse en valores. Para ello se torna necesario que la Institución enseñe a interpretar,

a pensar, a reconocer, a dar y a recibir, a reflexionar y a convivir.

Se propone entonces, un modelo educativo que parta de la observación y la comprensión, que

tenga una visión realista pero no idealizada del mundo, que pretenda el rescate y la difusión de

valores, pero que a la vez tienda a reubicarlos junto a conocimientos, saberes y habilidades

adquiridas, en situaciones concretas dentro de un contexto de actualidad.

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TITULO VI

DE LAS PRINCIPALES LINEAS DE ACCIÓN

Artículo 12

Equidad: la valoración de este concepto permite evitar preferencias, privilegios,

marginaciones.

Reconstruir normas de convivencia explicitas y consensuadas.

Otorgar nuevo sentido a la disciplina y el orden.

Poner límites a los comportamientos inadaptados procurando que aquellos guarden

algún tipo de vinculación con la trasgresión cometida.

Promover canales de comunicación explícitos.

Reflexionar sobre la tarea docente.

AFIANZAR EL SENTIDO DE PERTENENCIA: Como uno de los medios más aptos para

favorecer la convivencia, se promoverá, en todos los miembros de la comunidad

educativa, un sano y profundo sentimiento de pertenencia respecto del Instituto, de

manera que ninguno de sus miembros se sienta extraño en él, sino que se sienta

partícipe de su proyecto educativo y de su historia.

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TITULO VII

DE LA ADMISIÓN

Artículo 13:

La inscripción de cada nuevo alumno en el Instituto Marcelino Champagnat significa para éste

la responsabilidad de admitir a una nueva familia en su comunidad educativa. De esto se

desprende el extremo celo que se pone para decidir tal admisión.

Artículo 14:

Cada admisión se resuelve luego de una serie de recaudos que se toman y que persiguen, en su

conjunto, lograr:

• Que la familia del aspirante a alumno del Instituto, conozca en detalle las

particularidades del establecimiento expresadas, fundamentalmente, en el Proyecto

Educativo Institucional (PEI).

• Que se establezca un prolijo y provechoso diálogo entre la familia y el Instituto

Marcelino Champagnat, de manera de comprobar si entre el hogar –incluido

protagónicamente el propio aspirante– y el establecimiento, existen una clara unidad y

una compatibilización de pensamientos y propósitos en cuanto a la forma de encarar y

conducir la educación del adolescente.

• Que la familia acepte la realidad que la educación escolarizada sólo actúa

subsidiariamente respecto de la obligación insoslayable e indelegable que compete a los

padres, por su condición natural de tales, en cuanto a la formación de sus hijos. De igual

modo, se aceptará que la educación de esos hijos, en la mayoría de los casos, es el reflejo

y la consecuencia de aquellos modelos y aquellas prácticas y costumbres que

encuentran en sus hogares.

Artículo 15:

El mismo celo que el Instituto pone para decidir la incorporación de nuevos alumnos y sus

respectivas familias, lo ejercita para la selección de su personal, de un modo particular del

docente al frente de alumnos. Así, el docente cuya admisión al establecimiento se concrete,

deberá:

• Responder al perfil que se define en el PEI y dar pruebas indubitables que lo

muestren en consonancia con el perfil del establecimiento, allí también expresado.

• Acreditar los mejores antecedentes profesionales.

• Demostrar documentadamente su actualización en la especialidad y en la profesión.

• Presentar los avales que eventualmente se le soliciten.

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TITULO VIII

DE LAS COMUNICACIONES

Artículo 16:

En el Instituto Marcelino Champagnat el modo de comunicación con los docentes, alumnos y

sus familias alterna el modo escrito tradicional (circulares, cuaderno de comunicaciones, etc) y

también el modo virtual, ya sea a través del correo electrónico como del sistema de gestión de

alumnos. De este modo, las familias tendrán permanentemente a disposición la información

necesaria acerca de la situación académica de sus hijos.

Artículo 17: Cuaderno de comunicaciones

Cada alumno posee un cuaderno, de carácter obligatorio, que permite la comunicación diaria

Colegio-Familia. En las primeras páginas se registran las firmas de los padres y/o tutores. En las

páginas siguientes se registran: autorizaciones para salidas educativas y espacios para otras

comunicaciones

Las comunicaciones a la Familia como citación a reuniones, cambios de actitudes del alumno,

eventuales modificaciones del horario de ingreso se informará por escrito a los padres a través

del Cuaderno de Comunicaciones. Aquellos alumnos que no tengan cuaderno con las firmas

correspondientes, cumplirán el horario habitual o serán retirados por sus padres y/o tutores

quienes serán informados del incumplimiento del alumno.

Artículo 18: Sistema de gestión de alumnos.

Con el ingreso a la nuestra institución los padres o tutores reciben un número de usuario y una

clave que permitirá el seguimiento cotidiano de la situación académica de sus hijos. En dicho

entorno encontrarán consignado: inasistencias, llegadas tardes, calificaciones semanales y

trimestrales de cada asignatura, fechas anticipadas de las instancias de evaluación, cantidad de

créditos de conducta.

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TITULO IX

DE LAS NORMAS QUE RIGEN LA VIDA INSTITUCIONAL

Artículo 19

El Instituto Marcelino Champagnat adopta como lineamiento general, una política preventiva

basada en los principios, criterios y pautas institucionales contenidas en el presente documento.

Propone trabajar para lograr comportamientos deseables, por lo cual estimula ciertas conductas

y al mismo tiempo determina ciertos límites.

Aspira a que en el colegio se viva un clima de confianza y solidaridad, respetando los derechos

de todos los actores que involucra la Institución , para cumplir con la función educadora y

formadora; estimular la honestidad, la tolerancia, el trabajo, y la participación, al servicio de los

objetivos Institucionales.

Artículo 20

El día escolar está organizado con una serie de actividades pedagógicas dispuestas en diferentes

horas de clases. Participar del proceso educativo, significa asistir a la jornada completa pues,

cada una de ellas, tiene su importancia en la formación de los alumnos, propiciando una

continuidad pedagógica que les permitirá ir avanzando en sus aprendizajes. Esto implica un

hecho educativo, que conlleva derechos, obligaciones y responsabilidades por parte del alumno,

los padres y el personal del Instituto Marcelino Champagnat.

La puntualidad es un reflejo del respeto al tiempo de los demás y un reconocimiento de la

importancia que le damos a nuestras acciones. Por lo cual, todos los actores institucionales

respetaremos los horarios establecidos y deberán adecuarse a ellos.

Artículo 21

El sentido de pertenencia y la identificación con una institución y sus valores como el respeto, el

compromiso y el decoro, se expresan también en la presentación personal adecuada y

pertinente de todos los integrantes de la comunidad, en los espacios educativos áulicos y extra

áulicos.

Optamos por una presentación personal de estilo clásico y natural. De ahí que el alumno deberá

presentarse a clase convenientemente aseado y con las prendas en buen estado de

conservación y limpieza. No se permitirán el uso de maquillajes, ni pinturas de uñas, ni cabello

teñido, ni piercing, ni tatuajes visibles, ni aros en caso de los varones. Los varones se presentarán

con el cabello corto y las mujeres el cabello recogido. En ambos casos el cabello nunca debe

impedir la visión.

Por consiguiente no se aceptará una presentación personal que no concuerde con las normas

institucionales o que por algún motivo dificulte la concentración en el trabajo o impida el

desarrollo de las actividades escolares.

Artículo 22

Es espíritu del Instituto Marcelino Champagnat desarrollar armónicamente todas las

dimensiones de la persona, su crecimiento humano. Por ello se fomentará un trato cordial, de

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diálogo respetuoso y solidario entre todos los miembros y se promoverá la expresión adecuada

en todas las dimensiones de la persona: lenguaje, actitud postural y gestual.

En consecuencia, no se aceptarán conductas que expresen discriminación, grosería,

desobediencia, mentira y todas aquellas que provoquen una situación conflictiva.

Artículo 23

En el Instituto Marcelino Champagnat creemos que “enseñar la convivencia en la diversidad”

atraviesa todas las prácticas institucionales y la vida escolar misma porque se trata de un

problema de conocimiento, de saberes, de posibilidades de relacionar hechos, valores, teorías,

prácticas, instrumentos y fines.

Confiamos, en que los principios de una ética de la persona son los que orientan el

comportamiento humano, y los que proporcionan significado y guía a todas las relaciones

interpersonales y sociales. Valores tales como: la dignidad de la persona, la comunicación, la

prosocialidad, la justicia, la inclusión, la igualdad, el diálogo de calidad, hacen que toda la

institución sea un ámbito en donde se respeta y valora la diversidad socio-cultural. Por lo tanto,

es incompatible cualquier forma de discriminación que impida la integración de las distintas

manifestaciones culturales (sociales, religiosas, ideológicas, etc.)

Artículo 24

Deseamos que, en nuestra comunidad, se generen ámbitos de reciprocidad positiva y solidaria

en las relaciones interpersonales entre todos los actores institucionales -docentes, no docentes,

alumnos y familias, salvaguardando la identidad, creatividad e iniciativa de las personas o grupos

implicados.

Por esta razón se promoverán los valores fundamentales: el respeto y la tolerancia que se

expresarán en el reconocimiento de las funciones y el uso adecuado de cada espacio educativo.

Por lo tanto no se aceptarán conductas que expresen violencia en cualquiera de sus formas entre

sus miembros.

Artículo 25

Todas nuestras actividades tienen un motivo de ser y todas ellas tienen una causa justificada, en

donde la práctica de la responsabilidad es un ejercicio que definirá nuestra personalidad.

El aula es un espacio de trabajo, esfuerzo y compromiso, donde debe primar un clima de

participación activa y protagónica, en pos de la calidad educativa y la excelencia. Por lo tanto no

se permitirán conductas que irrumpan el clima áulico de orden y respeto como gritos, ruidos o

conversaciones ajenas a la clase en cuestión.

Artículo 26

En el Instituto Marcelino Champagnat intentamos promover conductas compatibles con la

calidad educativa y con un clima armónico, en donde se den las condiciones favorables para el

desarrollo de los procesos pedagógicos. Todos los actores educativos deberán cuidar su

conducta, para lograr el normal desarrollo de las clases y alcanzar con éxito la tan ansiada

continuidad pedagógica.

Page 11: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

Por lo tanto no se permitirá utilizar libros, revistas u objetos que no tengan relación con el

material de estudio. Esto incluye teléfonos celulares u otro dispositivo tecnológico; a no ser que

éstos tengan uso o intencionalidad pedagógica, lo que será valorado y/o evaluado por el

docente.

Artículo 27

Deseamos estimular el sentido de pertenencia, la co-responsabilidad comunitaria y el respeto

por lo propio y ajeno. Fomentaremos el cuidado y la preservación de las pertenencias

individuales y las del bien del común, es decir, los recursos materiales que posibilitan el

desarrollo de las prácticas cotidianas tales como: el aula, los bancos, los elementos tecnológicos

y las instalaciones de la institución en general.

Por lo tanto no se permitirá el uso irracional de los recursos, la falta de limpieza y funcionalidad

de las instalaciones, objetos y artefactos; ni la destrucción, sustracción y/o robo.

Artículo 28

Con el objetivo de propiciar un clima de fraternidad y respeto por la integridad de todas las

personas no se permitirán publicaciones tecnológicas o de cualquier índole que afecten o

comprometan a la institución o a sus integrantes.

Artículo 29

Para promover el respeto a la verdad, la honestidad y la responsabilidad se estimulará la

presentación acorde (en tiempo y forma) de las prácticas educativas, las que impliquen una

elaboración especial como trabajos de investigación en sus diversas modalidades y/o

evaluaciones y las que sean necesarias para dar cuenta del proceso educativo. Por esta razón no

se aceptará la adulteración y/o falsificación de la documentación.

Artículo 30

La escuela y la familia estamos unidos para desarrollar hábitos que promueven la salud integral

de las personas. Tomando como base el concepto de salud de la OMS que la define como “el

óptimo estado de bienestar físico, mental y social y no sólo la ausencia de la enfermedad o

malestar” promovemos conductas de cuidado de sí mismo, del otro y del medio ambiente.

En consecuencia no se permitirán prácticas y/o conductas que puedan ser riesgosas y atenten

contra los valores mencionados. Estas son: el fumar, el consumir sustancias tóxicas y adictivas,

el portar armas u otro objeto que pueda ocasionar daño a la salud.

Artículo 31

En el Instituto Marcelino Champagnat se promueve la formación de ciudadanos responsables

y solidarios que construyan una convivencia social justa. Por lo tanto todos los integrantes de

la comunidad acordamos participar de todas las manifestaciones patrióticas y no se aceptarán

conductas que signifiquen falta de respeto a los símbolos de identidad nacional.

Artículo 32

Considerar que el correcto comportamiento del alumno se extenderá más allá de los límites

físicos del establecimiento, mientras vista su uniforme, se encuentren representándolos, estén

Page 12: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

desarrollando actividades vinculadas a él o se hallen matriculados como alumnos regulares del

establecimiento, por lo que podrán ser sancionados si su conducta configura una ofensa para

la condición de estudiante o para la Institución.

Artículo 33

Cumplir con la obligación de vestir el uniforme completo en el horario escolar, o en aquellas

actividades que se realicen fuera del establecimiento, cuando estén representando a la

Institución.

Como ciudadanos de un país democrático, del mismo modo que respetamos todas las leyes

nacionales, provinciales, decretos y ordenanzas, estamos comprometidos a respetar los

presentes acuerdos.

El Instituto Marcelino Champagnat se configura uniforme unisex de la siguiente manera:

Uniforme de clases:

Pantalón de gabardina color gris.

Camisa blanca mangas largas o mangas cortas, según corresponda.

Pullover bordó escote en V.

Campera bordó con mangas de color gris.

Zapatos negros.

Corbata bordó para los actos oficiales.

Uniforme de Educación física.

Conjunto buzo y pantalón de algodón gris.

Remera blanca.

Pantalón corto color gris.

Zapatillas.

No se permitirá el uso mixto de los uniformes, por ejemplo combinar prendas el uniforme de

Educación Física con el uniforme de clases.

Los alumnos asistirán todos los días con el uniforme de clases y los días que tengan educación

física traerán a parte el uniforme para dicha actividad.

Page 13: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

TITULO X

DE LAS SANCIONES Y PROCESOS DE APLICACIÓN

Artículo 34

La sanción se aplica cuando se quebranta la norma, es por esto que las transgresiones de las

normas contenidas en el Acuerdo de Convivencia serán sancionadas evitando un clima de

impunidad en la escuela. Las sanciones favorecen la toma de conciencia de los propios errores

y el aprendizaje de la responsabilidad. Para que tengan un carácter educativo deberán ser

antecedidas por el diálogo con el educador, graduales y mantener una proporcionalidad en la

relación a la trasgresión cometida.

Todo hecho que conlleva una ruptura de las normas de convivencia, lleva implícita la búsqueda

de cambios para cualquiera de los actores involucrados.

Se debe acordar cómo reparar lo dañado tanto en lo moral como en lo material.

Artículo 35

El alumno que reconoce sus errores, percibiéndose en él, un claro arrepentimiento, es

merecedor de un reconocimiento, ya que podemos pensar que ha realizado una reflexión

profunda, una retracción y con ello un cambio en su conducta que va a facilitar su crecimiento.

Para ello, la gradualidad y proporcionalidad de los límites (SANCIONES) será acorde a la realidad

y a las posibilidades personales de los involucrados.

Artículo 36

Al comenzar el ciclo escolar, cada alumno recibirá con su inscripción, la cantidad de veinte (20)

créditos de conducta, que irá disminuyendo a medida que cometa transgresiones que ameriten

la sanción de pérdida de créditos, según se estipula en el Cuerpo Ordenado de Causas y

Sanciones (COCS).

La conservación de los mismos dará cuenta de una conducta comprometida y de la colaboración

que el alumno preste a la construcción del clima institucional esperado. En estos casos recibirá

el reconocimiento y estímulo por parte de los adultos. Por el contrario, todas aquellas acciones

que entorpezcan la marcha institucional o alteren la convivencia que se requiere resguardar,

serán traducidas en un descuento de créditos.

El descuento de créditos tendrá relación con la magnitud de la transgresión a las normas de

convivencia. La pérdida de estos, afectará la restricción del alumno a participar en algunas

actividades extracurriculares, tales como campamentos, salidas culturales, viajes curriculares,

etc.

La pérdida de los 20 créditos durante el ciclo escolar, importará la pérdida de su condición de

alumno regular, correspondiendo la expulsión del colegio, pero excepcionalmente, podrá

considerarse antes de la aplicación de la última sanción, otorgarle el pase a otra institución.

Page 14: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

Artículo 37:

En el Instituto Marcelino Champagnat, toda acción u omisión contraria al Acuerdo Escolar de

Convivencia será materia de sanción.

En todos los casos se obrará teniendo presente los siguientes criterios:

Privilegiaremos el diálogo como estrategia para la resolución de conflictos y corrección

de conductas.

Facilitaremos el derecho a la defensa para que los actores de la situación conflictiva

tengan la posibilidad de dar su versión y si hubo falta reflexionar y reconocerla.

Contextualizaremos la transgresión de acuerdo con el rol, las circunstancias y la

trayectoria escolar del alumno.

Valorizaremos el contenido pedagógico y reparador de las sanciones que se apliquen

por transgredir acuerdos de convivencia.

Promoveremos la reparación del daño o del desagravio según la falta, sea material o

moral.

Artículo 38: Tareas reparadoras

Cuando sea posible, se procurará que el alumno que ha cometido una transgresión,

subsidiariamente a la pérdida de los créditos estipulados en el COCS, realice una tarea

reparadora del daño cometido, por ejemplo si rayó un muro, puerta o mobiliario, deberá

limpiarlo y si es posible pintarlo para dejarlo en el mismo estado que se encontraba antes del

daño.

Siempre se tendrá presente que la tarea encomendada esté dentro de las posibilidades del

alumno, y fundamentalmente que no entre en colisión con las normas legales vigentes. En

ningún caso consistirá en la realización de tareas fatigosas, riesgosas o humillantes.

Si la trasgresión consistió en una agresión o falta de respeto, la reparación consistirá en un

formal pedido de disculpas al ofendido.

Como parte del proceso reflexivo y reparador, se podrá requerir al alumno, la preparación de

una monografía, cuyo tema deberá referirse al AEC, sus fundamentos, un análisis de la

transgresión cometida y el compromiso responsable de modificar su actitud. Las tareas

reparadoras y la monografía, serán en todo caso complementarias a la pérdida de créditos, y no

podrán considerarse como doble sanción.

Las sanciones serán aplicadas en forma gradual, según la gravedad de la transgresión. Siempre

se le comunicará a los padres o tutores, mediante el cuaderno de comunicaciones, el sistema de

gestión de alumnos y la libreta de calificaciones, la sanción aplicada y si correspondiera, la tarea

reparadora encomendada al alumno. Las faltas o incumplimientos podrán considerarse leves,

moderadas o graves.

Page 15: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

Artículo 39: Procedimiento a seguir frente a las transgresiones leves.

1. Advertencia oral. Ante la primera transgresión leve, se efectuará una advertencia en

forma oral que tendrá sentido formativo y se invitará al alumno a la reflexión sobre su

proceder.

2. Apercibimiento escrito. Ante la posible nueva transgresión leve o primera reincidencia,

se formulará un apercibimiento en el Libro de Apercibimientos, donde se consignará por

escrito la transgresión que lo motive y será firmado por el alumno. Su aplicación será

facultad del personal docente de la Institución, cualquiera fuese su jerarquía.

3. Cuando se registren tres firmas en el Libro de Apercibimientos, corresponderá la

pérdida de un crédito, y se generará un espacio de reflexión con los padres o tutores, la

autoridad que solicitó la sanción y el alumno. Se propiciará la reparación si

correspondiera y el cambio de actitud por parte del alumno.

4. Una nueva reincidencia, o la generación de una nueva transgresión leve, incrementará

la sanción, y se comunicará a los padres o tutores de la seriedad de la situación

planteada. Se propiciará la reflexión del alumno.

5. Sucesivas reincidencias serán consideradas transgresiones moderadas y esta situación

deberán ser tratadas por la Dirección.

Artículo 40: Procedimiento a seguir frente a las transgresiones moderadas.

La primera vez que el alumno incurre en una transgresión moderada, corresponderá la

aplicación de la sanción estipulada en el COCS, y se genera un espacio de reflexión con los padres

o tutores, la autoridad que solicitó la sanción y el alumno. Corresponderá la preparación de una

monografía, la reparación si correspondiera y un compromiso de cambio de actitud por parte

del alumno.

1. La reincidencia de una transgresión moderada, incrementa la sanción, lo que coloca al

alumno en situación de riesgo de perder todos sus créditos. Corresponderá la citación

de los padres o tutores para generar juntamente con el alumno, un espacio de reflexión

y análisis.

2. La concreción de otra transgresión moderada, o la reincidencia, se sancionará con los

alcances previstos en el COCS y deberá citarse a los padres o tutores, a fin de analizar la

situación del alumno. Se considerará la posibilidad de un cambio de establecimiento

educativo, brindándole al alumno la posibilidad de reinsertarse con nuevas

perspectivas.

Artículo 41: Procedimiento a seguir frente a las transgresiones graves.

Dada la naturaleza de las mismas, cuando un alumno incurre en una de las causales previstas,

será pasible de la sanción que corresponda según se estipule en el COCS. Se citará a los padres

o tutores para analizar la situación y se generará un espacio de reflexión juntamente con la

autoridad. Corresponderá la preparación de una monografía, la reparación si correspondiera y

un compromiso de cambio de actitud por parte del alumno.

La concreción de otra transgresión grave, implica el cambio de establecimiento educativo.

Page 16: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

TITULO XI

DEL CUERPO ORDENADO DE CAUSAS Y SANCIONES

Artículo 42: TRANSGRESIONES LEVES- PÉRDIDA A ¼ A 6 CRÉDITOS

Llegar tarde al aula, luego del recreo.

Uniforme incompleto o desalineado.

Falta del cuaderno de Comunicaciones, o falta de firmas en el mismo.

Estar fuera del aula sin autorización durante las horas de clases.

Comer o beber dentro del aula.

El trato inapropiado entre alumnos.

Utilizar un lenguaje inapropiado en los recreos.

Inasistencias reiteradas, sin justificación.

Inasistencias colectivas a una clase.

Devolución del Boletín de calificaciones fuera de término acordado, sin causa justificada.

Traer al colegio libros, folletos, soportes magnéticos, fotografías o cualquier otro

material ajeno a las actividades curriculares.

Ingresar al colegio, tanto en horario escolar como de actividades extracurriculares

programadas, aparatos de telefonía móvil, radios de doble vía; dispositivos de

entretenimiento, juegos y almacenamiento de música e imágenes; cámaras de

fotografía y filmadoras; y en general cualquier dispositivo electrónico. En este caso se

descontará créditos.

Tomar fotografías o grabar imágenes dentro del colegio, sin autorización expresa de la

Dirección.

Interrumpir o perturbar el normal desarrollo de las clases y de otras actividades

escolares.

Tirar basura fuera de los cestos habilitados.

Artículo 43: TRANSGRESIONES MODERADAS- PÉRDIDA DE 3 A 8 CRÉDITOS

La falta de respeto leve hacia los docentes, coordinadores, directores, personal

administrativo, de maestranza y en general a todos los miembros de la comunidad

educativa.

Provocar lesiones a otros alumnos, en forma intencional.

Realizar propaganda o difundir de cualquier modo ideas políticas (actos proselitistas),

dentro del colegio o fuera del mismo vistiendo el uniforme. Realizar dentro o fuera del

colegio actos que comprometan el prestigio de la institución.

Representar de cualquier modo al colegio, sin la expresa autorización dela Dirección.

Fumar o beber bebidas alcohólicas dentro del perímetro del colegio, áreas de

estacionamiento y áreas de deportes.

Vender cualquier tipo de productos u ofrecer servicios, promover colectas, rifas o

promover eventos, sin contar con la expresa autorización de la Dirección.

Convocar a reuniones o asambleas sin la autorización expresa de la Dirección.

Adulterar el Boletín de Calificaciones.

Ausentarse del aula, sin la autorización expresa del docente o preceptor.

Page 17: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

Participar de peleas físicas.

Molestar a otros alumnos, en forma telefónica, vía mensajes de textos, o mediante la

utilización de las denominadas redes sociales.

Ausentarse o tener un comportamiento inadecuado, durante la realización de los actos

patrios.

Protagonizar un acto impúdico, obsceno, lesivo a la moral y las buenas costumbres,

dentro del colegio, o fuera del mismo vistiendo el uniforme.

Expresarse en forma grosera, gritar o silbar dentro del aula, escribir sobre paredes,

puertas o mobiliario.

Hacer uso indebido de tizas, fibrones y corrector líquido (graffitis sobre puertas,

muebles, muros, etc.).

Dañar bienes de otros alumnos.

Copiar en el transcurso de una evaluación.

Favorecer de cualquier modo el fraude en las evaluaciones.

Presentar como propios, trabajos de terceros.

Subir a las redes sociales fotografías o información de directivos, docentes, personal de

administración y maestranza de la Institución o de otro alumno, sin su expresa

autorización.

Artículo 44: TRANSGRESIONES GRAVES – PÉRDIDA DE 6-20 CRÉDITOS

Agraviar de cualquier modo los símbolos patrios.

La falta de respeto grave hacia los docentes, coordinadores, directores, personal

administrativo, de maestranza y en general a todos los miembros de la comunidad

educativa (el sentido común establece la diferencia entre falta de respeto “leve” y

“grave”, en cualquier caso la valoración de su gravedad, será facultad del Director).

Agredir físicamente a docentes, coordinadores, directivos, autoridades, pasantes,

invitados o conferencistas, y/o dañar sus bienes y/o pertenencias.

Traer al colegio armas u objetos cortos punzantes (el arma u objeto será decomisado y

entregado a los padres.)

Activar las alarmas de incendio, encender fuego, arrojar bombas de olor, o cualquier

otra actitud riesgosa y premeditada que interrumpa el dictado de clase.

Consumir dentro del colegio, estupefacientes o sustancias alucinógenas.

Concurrir al Establecimiento en estado de ebriedad, o bajo el efecto de estupefacientes

o sustancias alucinógenas (el alumno será pasible de sanción y deberá ser retirado del

colegio).

Causar daños a los bienes de la Institución.

Emitir un falso testimonio, perjudicando a cualquier miembro de la comunidad

educativa.

Proferir agravios mediante gestos, actitudes, expresiones inadecuadas o indecorosas,

que apunten a la discriminación individual o colectiva.

Agredir, amenazar u ofender a la institución, a su personal o a otros alumnos, mediante

la utilización de teléfonos, mensajes de texto, o redes sociales de comunicación social.

Page 18: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

Falsificar firmas.

Retirarse del colegio, sin autorización expresa de la Dirección.

La presente enumeración no es de ninguna manera taxativa o excluyente de otras conductas,

situaciones, acciones u omisiones que puedan ocurrir, las que serán evaluadas a fin de meritarlas

y catalogarlas, determinando en cada caso su gravedad, la reparación del daño propuesta, y la

sanción correspondiente, lo que será registrado en el Cuerpo Ordenado de Causas y sanciones

(COCS).

Page 19: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

TITULO XII

DE LA ORGANIZACIÓN DEL PERÍODO ESCOLAR

Artículo 45:

Según la legislación vigente del Ministerio de Educación de la provincia de Córdoba, el período

escolar se estructura de la siguiente manera:

1. El período escolar comprende: el Ciclo Lectivo organizado en tres (3) etapas: Primero,

Segundo y Tercer trimestre, seguido por un período de coloquios y exámenes.

2. En cada etapa se deben observar diferentes momentos: diagnóstico, desarrollo e integración

de los aprendizajes.

3. Períodos de Exámenes:

Turno de Diciembre

Turno Febrero-Marzo

Turno Abril (especial)

Turno de Julio

Turno Septiembre (especial)

4. Los turnos especiales de exámenes de abril y septiembre están previstos para los alumnos de:

último curso del Ciclo Orientado que adeuden asignaturas de cualquier curso, condición y

cantidad, para obtener el Título.

Page 20: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

TITULO XIII

DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

Artículo 46:

Se considera inasistencia: a) la falta de concurrencia al colegio en días de actividad escolar o a

los actos oficiales en que este intervenga; b) La ausencia del alumno, sin autorización, en

cualquiera de las horas de clase, aun cuando haya concurrido a las restantes;

Artículo 47:

Se requiere de los alumnos el estricto cumplimiento de los horarios establecidos por la

institución.

El horario de entrada será a las 7:25 de clases y la 13:10. Esto sin perjuicio de cualquier horario

especial que debiere estipularse por razones fundadas, lo que será comunicado con la debida

antelación.

Artículo 48

Se considera llegada tarde el ingreso al Instituto después del horario de entrada. Para los casos

de llegada tarde se prevé:

Entre las 7:30 hs y las 7:40 hs …………………. ¼ falta Entre las 7:40 hs y las 9:10 hs ………………….. ½ falta Después de las 9:10 hs …………………………. ¾ falta

Después de las 8:10, independientemente del cómputo de la inasistencia, el alumno deberá traer una autorización firmada por el padre, madre o tutor y, si el motivo lo amerita, presentar certificado médico (análisis u otros estudios médicos) o documentación pertinente (renovación de documento, visa, etc)

Para ausentarse del establecimiento antes de la finalización del horario escolar, el alumno deberá ser retirado por sus padres o alguno de los adultos registrados con su DNI. Solo de este modo la dirección autorizará el retiro. Una vez retirado el alumno del establecimiento la Institución queda exenta de toda responsabilidad sobre él. En este caso el cómputo de inasistencias se efectuará de la siguiente manera:

Antes de las 10:40 hs …………………………. ¾ inasistencia Después de las 12:00 hs ………………………. ¼ inasistencia

Los campamentos educativos, previamente establecidos por cronograma, hacen a la formación integral que ofrece nuestra institución. La asistencia a los mismos durante los sábado y domingo son de carácter obligatorio por lo cual se computará una inasistencia cuando no se concurra a estas actividades. Artículo 49: La justificación de inasistencias deberá ser realizada por los padres o tutores, por medio del

cuaderno de comunicaciones o personalmente, dentro de las setenta y dos (72) horas

subsiguientes a ellas. De no ser así, las inasistencias serán consideradas como injustificadas.

Page 21: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

Las faltas en días de evaluaciones convenientemente avisadas deberán ser justificadas como

cualquier otra inasistencia. El alumno deberá ser realizar la evaluación a los 7 días siguientes

indefectiblemente.

La inasistencia no exime a los alumnos del cumplimiento de tareas ni del conocimiento de los

temas desarrollados, en un término perentorio razonable.

Page 22: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

TITULO XIV

INSCRIPCIÓN, REINCORPORACIÓN, PERDIDA DE CURSO

Artículo 50:

Para proceder a la inscripción de un alumno, el padre o tutor deberá concurrir al Instituto y se

procederá de la siguiente manera: a) presentación de la documentación correspondiente en la

Secretaría; b) entrevista con el Director General y firma de la Declaración de conocimiento y

aceptación del Acuerdo Escolar de Convivencia; c) suscribir el Contrato Educativo y abonar el

importe de la Matrícula de Inscripción en la Administración. La entrevista con el Director General

se realiza solo para el ingreso a la Institución. Los otros pasos del procedimiento deberán ser

realizados cada año para la reinscripción.

Artículo 51:

El alumno que durante el curso lectivo incurriera en quince (15) inasistencias justificadas o no,

perderá su condición de alumno regular.

El alumno que pierda su condición de regular, podrá ser reincorporado en primera instancia por

la Dirección, solo si, al menos las dos terceras partes (2/3) o sea (11 de 15 inasistencias) estén

justificadas. La solicitud de reincorporación deberá ser presentada por el padre o tutor, dentro

de las setenta y dos (72) horas de recibida la notificación de la pérdida de la condición de alumno

regular.

Si se concede la reincorporación, el padre o tutor deberá abonar nuevamente la Matrícula de

Inscripción. Cuando el ochenta por ciento (80%) de las faltas se debieron a una enfermedad

prolongada con certificación médica que lo acredite, se considerará la posibilidad de no tener

que abonar por la reincorporación.

Los alumnos reincorporados por primera vez que incurran en diez (10) nuevas inasistencias,

justificadas o no, perderán nuevamente su condición de alumno regular.

Cumplidas las veinticinco (25) inasistencias, para ser reincorporado en segunda instancia, la

dirección podrá autorizar la reincorporación solamente si del total de las 10 (diez) faltas

concedidas en la primera reincorporación están debidamente justificadas. En todos los casos, la

documentación que avala debió ser presentada dentro de las 72 hs hábiles posteriores a la falta.

La segunda reincorporación concederá al alumno la posibilidad cinco (5) faltas más, una vez

agotadas las mismas, el alumno perderá definitivamente su condición de alumno regular y

pasará a condición de libre.

Toda la documentación (reincorporaciones, comunicaciones por medio del cuaderno, etc)

deberán ser devueltos con carácter obligatorio a las 72 hs. hábiles firmados por los padres.

Para la reincorporación en segunda instancia, la dirección deberá tener en cuenta las ausencias

injustificadas y los créditos debitados a lo largo del ciclo lectivo, y reunir a tal efecto el consenso

de la mayoría absoluta de los docentes del curso al cual el alumno pertenezca. Los antecedentes

desfavorables incidirán para otorgar o no, la inscripción anual al ciclo siguiente.

Page 23: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

Durante el período que se tramiten las reincorporaciones, subsistirá la obligación del alumno de

asistir a clase hasta que se emita la resolución respectiva, computándose como ausente,

cualquier inasistencia cometida en ese lapso.

Artículo 52:

Los alumnos reincorporados por segunda vez que incurrieran en cinco (5) nuevas inasistencias,

justificadas o no, perderán definitivamente la condición de alumno regular.

La preceptoría del Instituto comunicará al padre o tutor que el alumno ha perdido su condición

de alumno regular, si fuera posible el mismo día en que haya incurrido en el número de

inasistencias prescritas para ello.

Page 24: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

TITULO XV

PAUTAS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

El régimen de Calificación y Promoción para los Establecimientos Educativo de Nivel Medio de

la Provincia de Córdoba establece que:

Artículo 53: Promoción para el Ciclo Básico y Ciclo Orientado

1. Serán promovidos al curso inmediato superior aquellos alumnos que se encuentren en las

siguientes condiciones:

1.1 Acreditaron todas las asignaturas al finalizar el desarrollo de las etapas.

1.2 Acreditaron todas las asignaturas en las instancias de coloquios y/o en el turno de exámenes

de febrero-marzo.

2. Los alumnos que vencidas las instancias previstas para la promoción al curso inmediato

superior y que al momento de la matrícula adeuden más de dos (2) disciplinas de cualquier curso

y condición, podrán optar por:

2.1 Repetir íntegramente el año cursado, debiendo promover todas las disciplinas. En este caso

si el alumno perdiera la regularidad, automáticamente adquiere la situación de origen.

2.2 No repetir y completar el curso rindiendo las asignaturas que adeuda causa de la no

promoción – con carácter previo libre o equivalencia, según corresponda, para completar el

curso.

2.3 Los alumnos que al momento de matricularse adeuden tres (3) asignaturas y habiéndose

presentado a rendir, no hayan aprobado al menos una de las tres disciplinas en el turno febrero-

marzo, podrán cursar el año inmediato superior a condición de que una (1) de la tres (3)

cumplimente con el plan de trabajo que el profesor de esa disciplina elaborará a tal fin, previa

acta de compromiso con el padre, madre o tutor.

2.3.1 Para cumplimentar el punto anterior, el profesor deberá preparar un plan de trabajo que

exigirá al alumno producciones escritas que se ajustarán a las características propias de la

asignatura. El docente hará una evaluación de las mismas requiriéndole que efectúe, si así

correspondiere, las correcciones pertinentes.

2.3.2 El alumno deberá cumplimentar con dos (2) trabajos prácticos por trimestre. Aquellos

alumnos que realizaron y aprobaron el 80% de los trabajos podrán acreditar dicha asignatura en

la instancia de coloquio.

2.3.3 De no cumplir con los trabajos acordados en el punto anterior el alumno deberá acreditar

la asignatura en el turno febrero-marzo ante mesa examinadora. Los alumnos que realizaron y

aprobaron el 80% de los trabajos prácticos podrán acreditar dicha asignatura en la instancia de

coloquio; los alumnos que no hubieren completado en el transcurso del año el 80% de los

trabajos asignados por el docente tutor, accederán a los exámenes del turno febrero-marzo.

2.3.4 Los supervisores y directivos de los establecimientos determinarán los tiempos

institucionales en que el profesor realizará la devolución a los alumnos de los trabajos

presentados.

Page 25: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

2.4 Los alumnos que habiendo optado por la opción 2.1 al finalizar el ciclo lectivo y al momento

de matricularse adeuden más de tres (3) asignaturas deberán optar por repetir íntegramente el

último año cursado o rendir en carácter de previo Libre las asignaturas adeudadas.

Artículo 54: Evaluación de desempeño académico de los alumnos

1.1 Por cada trimestre los alumnos deberán tener 2 (dos) calificaciones como mínimo.

1.2 CICLO BÁSICO: Participarán del Período de Coloquio los alumnos que: a) obtuvieron

promedio anual menor de 6 (seis) puntos; b) habiendo obtenido promedio anual de 6 (seis)

puntos, no alcanzaron la calificación promedio 6 (seis) en el tercer trimestre.

1.3 CICLO ORIENTADO: Participarán del Período de Coloquios los alumnos que: a) obtuvieron

un promedio anual igual o mayor a 4 (cuatro) puntos pero menor a 6 (seis) puntos; b) habiendo

obtenido un promedio anual de 6 (seis) puntos, no alcanzaron la calificación promedio de 6 (seis)

puntos en el tercer trimestre.

1.4 Los alumnos que no hubieran aprobado el Coloquio correspondiente con calificación 6 (seis)

puntos, accederán a los exámenes del turno febrero-marzo.

Artículo 55: Criterios Institucionales de Evaluación.

1. En la corrección de pruebas o trabajos escritos, la evaluación numérica de los mismos tendrá

en cuenta la correcta ortografía. De tal modo que 4 (cuatro) errores o más de ortografía

significarán un punto menos en la nota final.

2. En la nota final del trimestre se evaluará lo actitudinal en lo que respecta al cumplimiento,

en tiempo y forma, tanto en la entrega de los trabajos como en tener los materiales solicitados

por el docente para el trabajo en el aula. Para lo cual se configurará una nota más para el

trimestre de la siguiente manera: al promedio de las notas del trimestre se agregará un punto

en caso de buen nivel de cumplimiento y se descontará un punto si el nivel de responsabilidad

no ha sido satisfactorio.

Page 26: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

TITULO XVI

DEBERES Y DERECHOS DE LOS ACTORES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Artículo 56: Derechos de los alumnos

Conocer las normas del Acuerdo Escolar de Convivencia.

Ser respetados y protegidos contra toda agresión física, psicológica o moral.

Recibir orientación profesional y académica que le permita insertarse en el campo

laboral.

Concurrir a la escuela sin discriminación en un marco de convivencia democrática.

Recibir una educación de calidad que le permita desarrollar sus habilidades y sentido de

responsabilidad.

Conocer el plan de estudio y criterios de evaluación.

Hacer uso productivo de las instalaciones de la Institución.

Artículo 57: Deberes de los alumnos

Respetar las normas del Acuerdo Escolar de Convivencia.

Respetar y cumplir cada uno de los principios y objetivos de la enseñanza que determina

la Institución y su reglamentación.

No realizar actos que puedan lesionar los principios o prestigio del Colegio.

Responsabilizarse de los bienes (edificio, bancos, muebles, material didáctico, etc.) que

la institución pone a su disposición.

Asumir responsabilidad en el estudio y cumplimiento de tareas escolares que favorezcan

su desarrollo integral como persona.

Responder positivamente al trabajo de los docentes, actividades escolares y a todos los

beneficios que recibe de la comunidad.

Permanecer en el Colegio durante todo el horario escolar. No retirarse del

establecimiento educativo sin autorización.

Actuar con conciencia cabal de la responsabilidad que le corresponde como principal

agente del proceso educativo.

Cumplir con el uniforme del Colegio y notificaciones en el cuaderno de comunicaciones,

presentándolo en preceptoria en tiempo y forma.

Vincularse con fraternidad, buenos modales y respeto hacia todos los integrantes de la

Comunidad educativa.

Crear y mantener la armonía y el espíritu de unidad, desarrollando la capacidad de

diálogo y colaboración con los miembros de la Comunidad Educativa.

Rechazar y evitar todo tipo de violencia o actitudes que pudieran generar conflictos en

la convivencia escolar.

Favorecer un clima de orden, disciplina y respeto.

Promover en sí mismos la toma de conciencia de sus propias actitudes y aptitudes como

base de formación de un proyecto de vida.

Ser nexo de vinculación y comunicación entre familia-escuela.

Page 27: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

Artículo 58: derechos de los padres

Conocer las normas del Acuerdo Escolar de Convivencia.

Recibir con frecuencia información del Colegio que le permita un seguimiento de su hijo

en cuanto a rendimiento escolar, asistencia, actitudes y actividades escolares.

Presentarse en la Institución y ser atendido por el Directivo o el personal que requiera

la temática a tratar.

Ser informados sobre actos de inconducta de sus hijos que alteren el normal desarrollo

de actividades escolares y convivencia escolar.

Recibir información sobre actividades que el Colegio organiza.

Artículo 59: deberes de los padres

Informarse y notificarse sobre las normas del Acuerdo Escolar de Convivencia.

Comprometerse y acompañar a sus hijos en su trayectoria escolar velando por su

rendimiento académico, buenos hábitos y en el cumplimiento de obligaciones

educativas.

Notificarse de las comunicaciones recibidas desde la Institución.

Informar al Director cualquier irregularidad que observare.

Justificar el tiempo y forma las inasistencias de su hijo.

Conocer el régimen de calificación y promoción vigentes.

Presentarse en la Institución ante la citación del Director o personal que requiera una

instancia de diálogo.

Respetar a los miembros de la Comunidad educativa.

Artículo 60: Derechos del personal de la Institución

Conocer el reglamento interno de la Institución.

Participar y tomar conocimiento de las normas del Acuerdo Escolar de Convivencia.

Utilizar las instalaciones del Colegio y recursos didácticos favoreciendo el proceso

educativo.

Participar con actitud crítica y reflexiva en el Consejo de Convivencia escolar del colegio

aportando sugerencias.

Recibir buen trato en un marco de respeto, sin discriminación.

Participar de actividades escolares que favorezcan su profesionalismo y el prestigio de

la institución.

Recibir oportunidades de capacitación profesional.

Recibir información de los diferentes sectores de la comunidad educativa que le

permitan asumir una actitud crítica y reflexiva.

Participar en Proyectos Educativos.

Artículo 61: Deberes del personal de la Institución

Informarse y respetar las normas del Acuerdo Escolar de Convivencia.

Asumir la puntualidad en su servicio, como un elemento educativo primario, respetando

y haciendo respetar los horarios establecidos por el Colegio.

Respetar el régimen de inasistencias según normativa vigente.

Page 28: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

Comprometerse con actividades escolares y extraescolares que requiera la Institución.

Mantener la armonía y espíritu de unidad en el seno de la comunidad escolar.

Cumplir en tiempo y forma con la documentación administrativa y/o pedagógica que se

requiera.

Mantener actitud de respeto y trato correcto con padres, alumnos y miembros de la

comunidad.

Desempeñar con lealtad y eficiencia la función docente y no realizar acto alguno que

pueda lesionar los objetivos de la educación o el prestigio de la Institución.

Desarrollar capacidades de diálogo y de colaboración con los padres, autoridades,

alumnos y miembros de la comunidad para reducir tensiones evitando todo tipo de

violencias o actitudes que afecten la convivencia escolar.

Estar abierto a las propuestas de capacitación y perfeccionamiento que el Colegio

brinde, procurando así una capacitación continua e integral.

Artículo 62: Del Director

Asumir la última responsabilidad de la Gestión Escolar y presidir los actos institucionales

que le correspondan por la función.

Dirigir el Colegio participativa y corresponsablemente con el Consejo Administrativo de

la fundación Universitaria Río Tercero, fijando de manera conjunta los objetivos

institucionales y elaborando el plan de Gestión Institucional.

Propiciar en la Comunidad Educativa instancias de crecimiento y fortalecimiento de los

vínculos interpersonales.

Velar y garantizar que los mecanismos institucionales de comunicación sean los

necesarios a la dinámica institucional.

Organizar y supervisar la tarea de todo el personal no docente, realizando las

evaluaciones correspondientes.

Hacer conocer a las familias que ingresan, la propuesta educativa del Colegio.

Interiorizarse de los documentos orientativos: Reglamento Oficial, Ideario Institucional,

Reglamento interno, darlos a conocer y velar por su cumplimiento.

Favorecer la formación permanente del personal docente y no docente, buscando los

medios conducentes a tal fin.

Controlar los movimientos de secretaría y firmar la documentación oficial, los

certificados, boletines de los alumnos y comunicaciones a los Padres.

Convocar y presidir reuniones de personal, de equipos de trabajo, de padres y de

alumnos.

Orientar, motivar, supervisar y acompañar la labor pedagógica del docente dejando las

constancias correspondientes.

Responsabilizarse del seguimiento de los alumnos y del proceso educativo del personal

a su cargo.

Impulsar acciones superadoras, necesarias para resolver problemas de los alumnos con

dificultades de aprendizaje o de convivencia.

Velar por la conservación del edificio escolar en todo su ámbito.

Page 29: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

Favorecer la integración, el trabajo en equipo y la creatividad.

Autorizar la entrada y salida de los docentes justificando las inasistencias y llegadas

tarde.

Aplicar sanciones disciplinarias al personal y a los alumnos.

Coordinar y asistir eventuales reuniones de padres y docentes cuando lo requieran

situaciones especiales de disciplina y/o rendimiento académico de los alumnos.

Informar periódicamente a los padres de los alumnos cuya disciplina dificulte el normal

desarrollo de las actividades del colegio.

Artículo 63: del secretario

Cumplimentar, mantener al día y presentar todo lo requerido por la reglamentación

oficial.

Interiorizarse de los documentos orientativos (de la Institución y oficiales).

Proporcionar al Director la información que le sea solicitada sobre la situación

académica de los alumnos.

Mantener una predisposición cordial para atender consultas, informaciones y

requerimientos que le sean solicitados.

Cumplir las funciones de asesoramiento al Director en lo referente a la reglamentación

vigente.

Guardar reserva, privacidad y confidencialidad en el tratamiento de los datos personales

del alumnado y del personal.

Informarse de las innovaciones en materia de reglamentación escolar y comunicarlas al

Director del Colegio y al personal docente. Archivarlo y mantenerlo actualizado.

Custodiar y mantener actualizado el Archivo de documentación que contenga toda la

información administrativa, estadística y legajos de alumnos y docentes.

Organizar y mantener un registro de actualizado del personal ofrecido a fin de estar

disponible cuando las autoridades lo soliciten.

Entregar en tiempo y forma los libros de designaciones, títulos, certificación de servicios.

Artículo 64: de los Docentes

Tener en cuenta el proceso evolutivo de los alumnos, ayudarlos en la apropiación de

conocimientos, desarrollando el espíritu crítico y la independencia personal.

Planificar, desarrollar y evaluar sistemáticamente las actividades según disposiciones

oficiales y de la Dirección del Colegio.

Animar a los jóvenes a esforzarse para siempre ser mejores. Al llevar adelante la

planificación educativa prestando especial atención a los alumnos más débiles y

vulnerables, tratando de crear situaciones de aprendizajes donde todos y cada uno

puedan desarrollarse y sentirse seguros.

Mantener en todo momento una actitud de respeto y trato correcto con los alumnos.

Tener orden y puntualidad en nuestro accionar y enseñar a los alumnos a tener orden y

puntualidad en las suyas.

Actualizar los conocimientos y la metodología de las asignaturas impartidas.

Page 30: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

Que sea competente en el área de comunicación digital y permanentemente abierto al

perfeccionamiento, la reflexión y la acción.

Adaptar los conocimientos y la metodología a las necesidades educativas de los

alumnos, utilizando técnicas variadas.

Corregir y entregar las notas de trabajos y evaluaciones dentro de los 7 días siguientes.

Asumir el compromiso de velar por la calidad de la enseñanza que se imparte.

Dar a conocer a los alumnos los criterios de evaluación del espacio curricular a su cargo,

como así los criterios de valoración.

Configurar equipos de trabajo para el logro de sus objetivos.

Acompañar en salidas y viajes a los cursos que tiene su cargo cuando sea necesario o la

Dirección lo solicite.

Informar periódicamente a los padres o tutores del rendimiento escolar de su hijo a

través del sistema de gestión de alumnos.

Artículo 65: de los Preceptores

Hacer cumplir las disposiciones referentes al orden, puntualidad, disciplina y normas de

convivencia escolar.

Contener a los alumnos, cuidar la disciplina, preservar las buenas costumbres y llevar la

documentación de los mismos.

Atender problemas de indisciplina e inconducta en los recreos y en horas de clase

cuando el Profesor/docente solicite su presencia.

Colaborar con secretaría en la documentación del alumno y llevar diariamente el

registro de asistencia.

Acompañar a los alumnos en los recreos, en los cambios de hora, en ausencia del

Profesor/docente y controlar el ingreso y salida de los alumnos a su cargo.

Oficiar de nexo entre alumnos, docentes y padres, manteniendo siempre una actitud de

diálogo y escucha.

Comunicar al directivo cualquier acto de indisciplina individual o colectiva, como así

también toda irregularidad que observare.

Velar por el cuidado y mantenimiento del material didáctico y del mobiliario de la

escuela del cual es responsable.

Acompañar en salidas y viajes a los cursos que tiene su cargo cuando sea necesario o la

Dirección lo solicite.

Informar periódicamente a los padres o tutores respectos de las calificaciones,

inasistencias, indisciplina o cambios de hábitos que pueda detectar.

Preparar los cuadernos de comunicaciones y las libretas de calificaciones de los

alumnos, solicitando las correspondientes notas a los docentes.

Mantener equilibrio emocional y una mirada atenta a las necesidades de los alumnos.

Page 31: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

Artículo 66: del Bibliotecario

Actualizarse constantemente en su área de trabajo.

Llevar el control de préstamos y devolución de material de biblioteca y asegurar su

conservación.

Proponer al personal directivo el Presupuesto para la adquisición de materiales

necesarios para el desarrollo de los programas de estudio.

Asegurar un ambiente de estudio y consulta en la biblioteca.

Preocuparse por actualizar de manera continua el material disponible.

Informar a los Directivos y Docentes sobre el ingreso de materiales y nuevas obras de

interés para el enriquecimiento intelectual de los usuarios.

Ayudar a los usuarios a utilizar los materiales de biblioteca y asesorar a los mismos en la

selección, búsqueda y uso.

Al finalizar el período lectivo elevar a la Dirección una estadística del movimiento anual.

Page 32: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

TITULO XVI

CONCEJO ESCOLAR DE CONVIVENCIA

Artículo 67:

El Instituto Marcelino Champagnat se compromete a la conformación del CONCEJO ESCOLAR

DE CONVIVENCIA una vez que se halla conformado el primer año lectivo del ciclo de

especialización de la Institución, mientras tanto será utilizado el ACUERDO DE CONVIVENCIA

ESCOLAR estipulado y será sujeto a modificación al momento de conformarse el Consejo

Escolar.

Es fundamental que en la Institución, se reflexione y trabaje este aspecto, mediante un proceso

participativo y abarcador de todos los que forman parte de ella, creando un espacio de

encuentro para el diálogo, el debate y acuerdos que permitan fortalecer la “CONVIVENCIA

ESCOLAR”

Atendiendo a esta necesidad, se conformará el CONSEJO ESCOLAR DE CONVIVENCIA el cual

tendrá funciones consultivas, estará integrado por siete miembros, representativos de la vida

institucional, los que se reunirán cada vez que sea necesario para evaluar la marcha del AEC,

como mínimo dos veces al año, y en cualquier momento a solicitud de tres de sus miembros. El

lugar de reunión será la sala de reuniones de la Fundación Universitaria Río Tercero y los horarios

se acomodarán a la disponibilidad de la mayoría.

Artículo 68

El CONSEJO ESCOLAR DE CONVICENCIA tendrá por misión discutir cuestiones referidas a la

convivencia escolar, presentar proyectos tendientes al mejoramiento de la convivencia escolar,

escuchar a los alumnos que hayan trasgredidos las normas de convivencia mediante acciones

moderadas y graves y analizar la situaciones de los alumnos que sobrepasen los diez créditos

perdidos y proponer a la Dirección las soluciones pertinentes.

Artículos 69

Serán miembros permanentes, el Representante de la Dirección de la FURT, el Representante

legal de la Institución, y el Director del Instituto Marcelino Champagnat.

Serán miembros elegibles, dos docentes, uno de cada ciclo educativo y dos alumnos regulares,

pertenecientes al ciclo de especialización. Este consejo podrá sesionar con un mínimo de cinco

representantes y para la aprobación de los temas tratados, se requerirá del voto afirmativo de

la mayoría absoluta de los miembros presentes.

Los miembros elegibles, durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelegidos

indefinidamente, mientras cumplan las condiciones de elegibilidad, podrán ser removidos de su

cargo en caso de inconducta, inasistencia reiteradas, e injustificadas a las reuniones.

El Representante Legal, será el Secretario del Consejo Escolar y responsable de redactar las actas

de sus sesiones.

Delegado Docente al Consejo: serán elegido por voto secreto entre los docentes de cada ciclo.

Page 33: TITULO I DECLARACIÓN DE PROPÓSITO Artículo 1

Delegado Estudiantil al Consejo: será elegido por voto secreto de los alumnos. Para ser

candidato, se deberá reunir los siguientes requisitos:

Estar cursando como alumnos regular en el ciclo de especialización.

Poseer 20 créditos de conducta.

No adeudar asignaturas de años anteriores.

Tener menos de 15 inasistencias.