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Tiempo de trabajo y tiempo de descanso Derechos laborales y polticas preventivas

Manuel Velzquez

Inspector de Trabajo

y Seguridad Social

La aplicacin armnica de la legislacin laboral y preventiva sobre tiempo de trabajo y tiempo de descanso

Cmo aplicar la ley en relacin al tiempo de trabajo

La Encuesta ESENER pone de manifiesto la relevancia de la legislacin como impulsor de la prevencin de riesgos

El cumplimiento de las obligaciones jurdicas es el principal impulsor de la prevencin de riesgos laborales, por encima de la presin sindical, social, de los inspectores de trabajo o del propio inters del empresario

En el tiempo de trabajo se aplican dos legislaciones

La legislacin laboral

La legislacin preventiva

Conviene aclarar el significado y alcance de cada una de ellas y establecer su aplicacin armnica

LA REGULACIN DEL TIEMPO DE TRABAJO

1. LEGISLACIN LABORAL Y LEGISLACIN PREVENTIVA

LEGISLACIN LABORAL

ORIGEN: Regular el conflicto de intereses entre capital y trabajo

El trabajo y el salario se mide en tiempo

Orgenes del Derecho Laboral: Convenio 1 OIT

CONTENIDO

Descanso semanal : desde la Ley de 1904 hasta alcanzar el da y medio actual

Vacaciones anuales: hasta alcanzar los 30 das naturales

Jornada semanal: hasta alcanzar las 40 horas semanales

DEBATE SOBRE EL REPARTO DEL TRABAJO (ESTANCADO desde 2003):

Limitar horas extraordinarias

Limitar la jornada semanal y flexibilizar el cmputo (anual)

Creacin de nuevos empleos como consecuencia de la reduccin

LA LEGISLACIN PREVENTIVA SOBRE TIEMPO DE TRABAJO

ORIGEN:

Directiva 93/104 (actual Directiva 2003/88) que emana del Tratado de la CEE reformado en 1986 (Acta nica Europea)

El TJUE (1996) declar que la regulacin del tiempo de trabajo s era parte de la seguridad y salud, pero no en toda su extensin

Las sentencias del TJUE han tenido relevancia en el cmputo de la jornada y las vacaciones (ante situaciones de maternidad e IT)

TRASPOSICIN DE LA DIRECTIVA

En Espaa la Directiva se traspuso en el ET y no en la LPRL

Sigue habiendo una concepcin del tiempo de trabajo como materia ajena a la prevencin

Dej fuera a los funcionarios y personal estatutario:

La Sentencia SIMAP (TJUE) aplic directamente la Directiva por ser el empleador una Administracin Pblica

EL DESARROLLO DE AMBAS LEGISLACIONES

2. CONTENIDO LEGLA Y REGLAMENTARIO

DESARROLLO DE LA LEGISLACIN LABORAL

JORNADA REGULAR (ET)

Jornada diaria y semanal, descanso inter-jornada, semanal y anual

JORNADAS ESPECIALES (RD 1561/1995)

Jornadas irregulares (trabajo a turnos)

Traspaso de los lmites de la jornada ordinaria (menor penosidad y lejana)

Restricciones de jornada ordinaria (nocturnidad y peores condiciones de seguridad y salud: minas, subterrneos, campo, cmaras frigorficas, etc.)

CONCILIACIN DEL TRABAJO CON LA VIDA FAMILIAR Y SOCIAL (ET)

Festivos, Permisos, Reduccin de Jornada y Excedencias

DESARROLLO DE LA LEGISLACIN PREVENTIVA

GESTIN DE LOS RIESGOS LABORALES (Plan, Evaluacin de Riesgos, Medidas y Revisin)

El mayor tiempo de exposicin multiplica los riesgos

Exposicin a agentes peligrosos y temperaturas extremas

Trabajo repetidos, etc.

La fatiga: por exceso de tiempo de trabajo, trabajo montono y ausencia de descanso

El estrs: por la fatiga, el trabajo intensivo, la demanda, el control, los desplazamientos al trabajo, doble actividad, etc.

COMPATIBILIDAD Y ADAPTACIN DE LAS PERSONAS AL TIEMPO DE TRABAJO

Art. 25.1: en especial en trabajos nocturnos y a turnos

EL TIEMPO DE TRABAJO EN LAS EVALUACIONES DE RIESGOS

EN LA EVALUACIN DE SEGURIDAD

La prevencin de la fatiga como condicin de seguridad

EN LA EVALUACIN DE HIGIENE

El tiempo como factor de peligro en la exposicin a agentes peligrosos

EN LA EVALUACIN ERGONMICA

El tiempo como factor de peligro en los movimientos repetidos y posturas forzadas

EN LA EVALUACIN DE RIESGOS PSICOSOCIALES

Todos los mtodos de evaluacin psicosocial incluyen el anlisis ms completo del tiempo de trabajo y en ocasiones su interrelacin con la vida privada (doble actividad)

LA APLICACIN ARMONIZADA DE AMBAS LEGISLACIONES

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LA ESTRUCTURA DE CADA LEGISLACIN

LEGISLACIN LABORAL

LEGISLACIN PREVENTIVA

Mnimo de derecho necesario:

Vacaciones

Descansos, etc.

La posibilidad de mejora mediante la negociacin en el Convenio Colectivo y el contrato individual de trabajo

Prohibiciones

Adscripcin a puestos incompatibles

Exposicin que sobrepase los valores lmite

La gestin preventiva

Evaluacin de Riesgos

La adopcin de medidas

Es necesario el dilogo y la negociacin con los delegados de prevencin

Estructura comn de ambas normativas

LAS NORMAS IMPERATIVAS

Lmites de jornada (ET y RD 1561/95)

Los procedimientos de modificacin sustancial (Art. 41 ET)

La compatibilidad psicofsica con el puesto de trabajo (Art. 25.1 LPRL)

La exposicin a agentes peligrosos no puede superar los lmites mximos

LA NEGOCIACION (Colectiva e Individual)

Convenios y acuerdos colectivos con los representantes

Acuerdos en el Comit de Seguridad y Salud

Acuerdos Individuales entre empresas y trabajadores o entre los propios trabajadores

Los escenarios de la negociacin sobre el tiempo de trabajo

El Calendario Laboral

Consultas al Comit de empresa sobre tiempo de trabajo

Modificaciones y reducciones de jornada

En la gestin de riesgos laborales

En el Comit de Seguridad y Salud

En los convenios y acuerdos colectivos

Entre la empresa y los representantes del personal

En los pactos de movilidad

Entre la empresa y los representantes de los trabajadores y los trabajadores entre s

En los programas de promocin de la salud laboral

Entre la empresa y trabajadores que se adhieran voluntariamente al programa

Las instancias que participan en la negociacin

EL COMIT DE EMPRESA O DELEGADOS DE PERSONAL

Calendario laboral

Informacin peridica sobre horas extraordinarias y cambios

Modificaciones sustanciales y reducciones de jornada

Negociacin colectiva

EL COMIT DE SEGURIDAD Y SALUD

Las evaluaciones de riesgo y gestin de la prevencin

Los programas de promocin de la salud

AMBAS INSTANCIAS PODRAN PARTICIPAR

Los planes de movilidad

Calendario Laboral

CONTENIDO DEL CALENDARIO LABORAL

La reforma laboral de 1994 suprimi el cuadro horario

El contenido bsico son los das de trabajo y los das de descanso

EL DERECHO A SER CONSULTADOS

DA 3 RD 1561/1995: Los representantes de los trabajadores tendrn derecho a ser consultados por el empresario y emitir informe con carcter previo a la elaboracin del calendario laboral.

CONTENIDO DE LA NEGOCIACIN:

Ajustes de horario y jornada a las caractersticas del ao

Descansos de fin de semana, rotacin turnos y vacaciones (Conciliacin)

Negociacin sobre horarios

Consulta e informacin al Comit sobre tiempo de trabajo

SOBRE HORAS EXTRAORDINARIAS

DA 3 RD 1561/1995: Los representantes de los trabajadores tendrn derecho a ser informados mensualmente por el empresario de las horas extraordinarias realizadas por los trabajadores, cualquiera que sea su forma de compensacin, recibiendo a tal efecto copia de los resmenes que se entregan a cada trabajador (Art. 35.5. ET)

SOBRE CONTROL Y ESTUDIOS DE TIEMPOS

Art. 64 ET: derecho a ser consultados sobre la implantacin y revisin de sistemas de organizacin y control del trabajo, estudios de tiempos, establecimiento de sistemas de primas e incentivos y valoracin de puestos de trabajo

IMPLICACIN DE LA SEGURIDAD Y SALUD

Ambos temas tienen implicaciones de seguridad y salud y debera ser consultado el Comit de Seguridad y Salud y el Servicio de Prevencin

Modificaciones Sustanciales y Reduccin de Jornada

ART. 41 ET: NEGOCIACIN PREVIA CON LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES EN LAS MODIFICACIONES COLECTIVAS SOBRE JORNADA Y HORARIO

ART. 47: PROCEDIMIENTO DE REDUCCIN DE JORNADA (SIMILAR AL ERE)

En la prctica no se tiene en cuenta la prevencin de riesgos laborales en estos procedimientos. Es necesaria la actuacin de los servicios de prevencin en los cambios de condiciones de trabajo:

Los cambios deben suponer la revisin de la evaluacin de riesgos (Art. 6 RSP)

Anlisis de compatibilidad con las nuevas condiciones del puesto de trabajo (Art. 25.1. LPRL)

En la gestin preventiva

En el seno del Comit de Seguridad y Salud o comits ad-hoc durante la evaluacin de riesgos

En este escenario se analizan los riesgos de cada puesto de trabajo y las medidas de prevencin adecuadas

MEDIDAS

Limitaciones de jornada en puestos peligrosos: por exposicin a agentes, carga mental, etc.

Establecimiento de pausas en trabajos intensos y montonos

Controles flexibles del trabajo y autonoma temporal

Control de la fatiga en el trabajo nocturno y a turnos

Conciliacin con la vida familiar y social

En los acuerdos y convenios colectivos

Es el escenario ms adecuado para tratar sobre la conciliacin entre el trabajo y la vida social y familiar

MATERIAS MS HABITUALES

Sobre la jornada intensiva

Sobre el crdito y bolsa de horas

Sobre el horario flexible

Sobre el contenido mnimo del calendario laboral

Sobre los cambios de horario (preaviso)

En los planes de movilidad

Es el mejor escenario para negociar sobre los problemas del desplazamiento por causa del trabajo

No hay regulacin sobre estos planes pero s normas que establecen incentivos: BONUS, normas autonmicas y locales.

MATERIAS QUE PUEDE ABARCAR:

Evitar los desplazamientos

Facilidades para los desplazamientos

Horario flexible de entrada y salida

Acuerdos entre los trabajadores para el desplazamiento

En los programas de promocin de la salud en el trabajo

No hay normas que los regulen ni que los incentiven. Solo hay programas y redes europeas como consecuencia del Pacto Europeo por la Salud Mental y el Bienestar (2008)

Programas de la empresa que son voluntarios para los trabajadores y que tienen como contenido problemas que concurren tanto en el trabajo como en la vida privada.

MATERIAS QUE ABARCA

Ejercicio fsico (reparto de tiempo dentro y fuera del trabajo)

Doble presencia (cuidar de que la flexibilidad no fomente la doble actividad)

Alimentacin (dentro y fuera, en la jornada partida)

Condiciones de descanso en el domicilio privado