Textos sexenio

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CONSTITUCIÓN DE 1869 “La Nación Española y en su nombre las Cortes Constituyentes elegidas por sufragio universal, deseando afianzar la justicia, la libertad y la seguridad y proveer el bien de cuantos vivan en España, decretan y sancionan (...) Art. 2º. Ningún español ni extranjero podrá ser detenido ni preso sino por causa de delito. Art. 3º. Todo detenido será puesto en libertad o entregado a la autoridad judicial dentro de las veinticuatro horas siguientes al acto de su detención (...) Art 4º. Ningún español podrá ser preso sino en virtud de mandamiento de juez competente (...) Art. 21. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica. El ejercicio público o privado de cualquiera otro culto queda garantizado a todos los extranjeros residentes en España, sin más limitaciones que las reglas universales de la moral y del derecho. Si algunos españoles profesaren otra religión que la católica, es aplicable a los mismos todo lo dispuesto en el párrafo anterior. Art. 26. A ningún español que esté en el pleno goce de sus derechos civiles podrá impedirse salir libremente del territorio, ni trasladar su residencia y haberes a país extranjero, salvo las obligaciones de contribuir al servicio militar o al mantenimiento de las cargas públicas. Art. 32. La soberanía reside esencialmente en la nación, de la cual emanan todos los poderes. Art. 33. La forma de Gobierno de la Nación española es la Monarquía. Art. 34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes. (..) Art. 35. El poder ejecutivo reside en el Rey, que lo ejerce por medio de sus ministros. Art. 36. Los Tribunales ejercen el poder judicial. TEXTOS DEL SEXENIO REVOLUCIONARIO (10.05.1999) Proclama de Prim el 15 de agosto de 1867............................................................ .......................2 Proclama dada por el general Prim al revistar las tropas de Cádiz...............................................2

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CONSTITUCIÓN DE 1869“La Nación Española y en su nombre las Cortes Constituyentes elegidas por sufragiouniversal, deseando afianzar la justicia, la libertad y la seguridad y proveer el bien decuantos vivan en España, decretan y sancionan (...)Art. 2º. Ningún español ni extranjero podrá ser detenido ni preso sino por causa de delito.Art. 3º. Todo detenido será puesto en libertad o entregado a la autoridad judicial dentro delas veinticuatro horas siguientes al acto de su detención (...)Art 4º. Ningún español podrá ser preso sino en virtud de mandamiento de juez competente(...)Art. 21. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica. Elejercicio público o privado de cualquiera otro culto queda garantizado a todos losextranjeros residentes en España, sin más limitaciones que las reglas universales de lamoral y del derecho. Si algunos españoles profesaren otra religión que la católica, esaplicable a los mismos todo lo dispuesto en el párrafo anterior.Art. 26. A ningún español que esté en el pleno goce de sus derechos civiles podrá impedirsesalir libremente del territorio, ni trasladar su residencia y haberes a país extranjero, salvo lasobligaciones de contribuir al servicio militar o al mantenimiento de las cargas públicas.Art. 32. La soberanía reside esencialmente en la nación, de la cual emanan todos lospoderes.Art. 33. La forma de Gobierno de la Nación española es la Monarquía.Art. 34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes.(..)Art. 35. El poder ejecutivo reside en el Rey, que lo ejerce por medio de sus ministros.Art. 36. Los Tribunales ejercen el poder judicial.

TEXTOS DEL SEXENIO REVOLUCIONARIO (10.05.1999) Proclama de Prim el 15 de agosto de 1867...................................................................................2 Proclama dada por el general Prim al revistar las tropas de Cádiz...............................................2 Proclama llamada “España con honra” dada por los generales sublevados en Cádiz en septiembre de 1868.......................................................................................................................3 Programa revolucionario de la Junta de Sevilla, septiembre de 1868...........................................4 Proclama de la Junta de Madrid, octubre de 1868........................................................................5 Abdicación de Isabel II en su hijo Alfonso...................................................................................5 Pacto federal de Tortosa, mayo de 1869.......................................................................................5 Manifiesto del Comité de la Sección Organizadora Central de la A.I.T. en España, diciembre de 1869...............................................................................................................................................6 Programa de la Asociación Internacional de Trabajadores, enero de 1870...................................7 Fragmento de texto de ideología anarquista..................................................................................7 Caro Cancela: Los primeros anarquistas en Jerez.........................................................................7 Castelar contesta al discurso de la Corona de D. Amadeo de Saboya..........................................8 El padre Luis Coloma describe en Pequeñeces el trato a Amadeo I............................................8 Panorama político durante el reinado de AmadeoI: los diferentes partidos; texto con cuestiones8 Discurso de despedida de Amadeo I, febrero de 1873..................................................................9 Circular de 14 de febrero de 1873, del Ministerio de la Gobernación a los gobernadores civiles de toda España, con motivo de la proclamación de la República.................................................9 Primera proclama del Cantón de Cartagena, julio de 1873.........................................................10

Llamamiento del Comité de Salud Pública de Madrid en 1873..................................................11 Una interpretación de la revolución cantonal (Mª Alice Medioni).............................................11 Emilio Castelar, pasados veinte años de la I República, nos dio la siguiente descripción de los errores de aquellos días...............................................................................................................12 Carta del pretendiente carlista al futuro Alfonso XII..................................................................13

Proclama de Prim el 15 de agosto de 1867 “Españoles: Ha llegado la hora de pelear y de concluir, de una vez para siempre, con los que os

vienen oprimiendo. La dignidad de la patria lo exige, el triunfo de la libertad lo reclama. "La inmoralidad en las altas esferas sostenida por la adulación oficial y por el

despotismo oficinesco han hecho indispensable un cambio radical en los destinos de nuestra patria. No hay nada mas temible ni perjudicial que los motines. No hay nada más grande ni más justo que las revoluciones cuando lo exige la miseria del pueblo y el sufrimiento del ejército, cuando la opresión ha tocado los límites de la tiranía y el desconcierto ha llegado a convertirse en sistema.

"Padece la agricultura, sufre el comercio, agoniza la industria, está muda la prensa y la tribuna se cubre de rubor al contemplar su patria .... La revolución es el único medio a nuestros males. Ella convocará Cortes constituyentes por medio del sufragio universal...

"La abolición de la odiosa ley de consumos, el respeto a todos los derechos legítimamente creados y la destrucción de todo lo que se ha hecho a la sombra de la intriga, han de ser los medios de desembarazar el camino...

"La libre emisión del pensamiento y el derecho de reunión y asociación como medios de dar a conocer las ideas, el sufragio libre para unificarlas y la libertad de tribuna como medio de convertirlas en leyes, haciendo que los gobiernos sean producto de la opinión pública, serán el coronamiento de nuestra obra cuando haya pasado el periodo revolucionario.

“¡A las armas, pues, compatriotas! Un pequeño esfuerzo de parte de cada uno y habrá concluido el caciquismo de los pueblos, las camarillas de las capitales y la tiranía de Madrid.

“¡A las armas, con completa confianza en el éxito, que no dura la vida de los malos gobiernos más de lo que quiere permitir el, sufrimiento agotado de los pueblos!

“¡Viva la libertad!, !Viva la soberanía nacional! 15 de agosto de 1867 Juan Prim"

Proclama dada por el general Prim al revistar las tropas de Cádiz Gaditanos: ¡Viva la libertad! ¡Viva la soberanía nacional! Ayer gemíais bajo la opresión de un gobierno despótico. Hoy ondea sobre vuestros

muros el pendón de la libertad... La escuadra nacional primero, conducida por el bravo brigadier Topete, la guarnición y

el pueblo fraternizando después, han proclamado la revolución, y Cádiz está en armas. El pueblo que fue cuna de nuestras libertades, el albergue de los defensores de nuestra independencia, y el último asilo de los que protestaron contra la invasión extranjera, ha dado el ejemplo que ya ha imitado la provincia, y que secundará mañana el resto de los buenos españoles.

¡Pueblo del año 12, del 20 y del 23! ¡Pueblo de Muñoz Torrero, de Riego y de Argüelles! Yo te felicito por tu iniciativa y por tu resolución.

La escuadra, la guarnición y el pueblo de Cádiz resuelven el problema revolucionario. Cada hora, la sublevación de un pueblo; cada día el alzamiento de una guarnición.

Mientras llega el momento de que la España, libremente convocada, decida su destino, es necesario organizarse para continuar la lucha y no dejar las poblaciones huérfanas de toda autoridad.

Esta es la razón que me obliga a elegir una Junta provisional que atienda a los servicios más urgentes, que administre la localidad, que organice, de acuerdo con las Juntas de distrito, la provincia. Hombres encanecidos en el servicio de la libertad, jóvenes llenos de fe y de entusiasmo por las ideas que constituyen la civilización moderna, ciudadanos independientes

que han prestado toda clase de servicios a la revolución en los momentos críticos, representantes, en fin, de todos los matices de la opinión liberal y de todas las afecciones locales, forman la Junta que ha de gobernaros. El brigadier D. Juan Topete la preside; su solo nombre, aparte de la respetabilidad y merecimientos de los individuos que la forman, es una garantía de acierto.

Si hubiere algún pequeño resentimiento contra alguno de sus miembros, yo os ruego que lo olvidéis; si hubiere alguna prevención, yo os suplico que desaparezca. Acabemos el movimiento revolucionario, despertemos el entusiasmo y conservemos el orden en las poblaciones, y reservemos al sufragio universal primero, y a las Cortes Constituyentes después, que decidan de nuestros destinos.

Hoy somos todos revolucionarios. Mañana seremos buenos y dignos ciudadanos que acatan el fallo supremo de la Soberanía Nacional. Cádiz, 19 Juan Prim

Proclama llamada “España con honra” dada por los generales sublevados en Cádiz en septiembre de 1868

Españoles: La ciudad de Cádiz, puesta en armas con toda su provincia, con la armada anclada en su puerto y todo el departamento marítimo de la Carraca, declara solemnemente que niega su obediencia al Gobierno que reside en Madrid, asegura que es leal intérprete de los ciudadanos que, en el dilatado ejercicio de la paciencia, no hayan perdido el sentimiento de la dignidad, y resuelta a no deponer las armas hasta que la nación recobre su soberanía, manifieste su voluntad y se cumpla.

¿Habrá algún español tan ajeno a las desventuras de su país que no pregunte las causas de tan grave acontecimiento?

Si hiciéramos un examen prolijo de nuestros agravios, más difícil sería justificar a los ojos del mundo y la historia la mansedumbre con que los hemos sufrido que la extrema resolución con que procuramos evitarlos.

Que cada uno repase en su memoria, y todos acudiréis a las armas. Hollada la ley fundamental; convertida siempre antes en celada que en defensa del

ciudadano; corrompido el sufragio por la amenaza de soborno; dependiente la seguridad individual, no del derecho propio, sino de la irresponsable voluntad de cualquiera de las autoridades; muerto el Municipio; pasto la Administración y la Hacienda de la inmoralidad y del agio; tiranizada la enseñanza; muda la prensa; y solo interrumpido el universal silencio por las frecuentes noticias de las nuevas fortunas improvisadas, del nuevo negocio, de la nueva real orden dada encaminada a defraudar al Tesoro público; de títulos de Castilla vilmente prodigados; del alto precio, en fin, al que logran su venta la deshonra y el vicio; tal es la España de hoy. Españoles, ¿quién la aborrece tanto que se atreve a exclamar: “Así ha de ser siempre”?

No, no será. Ya basta de escándalos. Desde estas murallas, siempre fieles a nuestra libertad e independencia, depuesto

todo interés de partido, atentos sólo al bien general, os llamamos a todos a que seais partícipes de la gloria de realizarlo.

Nuestra heroica Marina, que siempre ha permanecido extraña a nuestras diferencias interiores, al lanzar la primera el grito de protesta, bien claramente demuestra que no es un partido el que se queja, sino que los clamores salen de las entrañas mismas de la patria.

No trataremos de deslindar los campos políticos, nuestra empresa es más alta y más sencilla: peleamos por la existencia y el decoro.

Queremos que una legalidad común, por todos creada, tenga implícito y constante el respeto de todos.

Queremos que el encargado de observar y hacer observar la Constitución no sea su enemigo irreconciliable.

Queremos que las causas que influyen en las supremas resoluciones las podamos decir en voz alta delante de nuestras madres, esposas e hijas.

Queremos vivir la vida de la honra y la libertad. Queremos que un Gobierno provisional que represente todas las fuerzas vivas del país

que asegure el orden, en tanto que el sufragio universal echa los cimientos de nuestra regeneración social y política.

Contamos para realizar nuestro inquebrantable propósito con el concurso de todos los liberales, unánimes y compactos ante el común peligro; con el apoyo de las clases acomodadas, que no querrán que el fruto de sus sudores siga enriqueciendo la interminable serie de agiotistas y favoritos; con los amantes del orden, si quieren verlo establecido sobre las firmísimas bases de la moralidad y del derecho; con los ardientes partidarios de las libertades individuales, cuyas aspiraciones pondremos bajo el amparo de la ley; con el apoyo de los ministros del altar, interesados antes que nadie en cegar desde en su origen las fuentes del vicio y del ejemplo; con el pueblo todo y con la aprobación, en fin, de la Europa entera, pues no es posible que en el consejo de las naciones se haya decretado ni se decrete que España ha de vivir envilecida.

Españoles: acudid todos a las armas, único medio de economizar la efusión de sangre, y no olvidéis que en estas circunstancias en que las poblaciones van sucesivamente ejerciendo el gobierno de sí mismas, dejan escritos en la historia todos sus instintos y cualidades con caracteres indelebles. Sed, como siempre, valientes y generosos. La única esperanza de nuestros enemigos consiste ya en los excesos a que desean vernos entregados. Desesperémoslos desde el primer momento, manifestando con nuestra conducta que siempre fuimos dignos de la libertad que tan inicuamente nos han arrebatado.

Acudid alas armas, no con el impulso del encono, siempre funesto, no con la furia de la ira, siempre débil, sino con la solemne y poderosa serenidad con que la justicia empuña su espada.

¡Viva España con honra! Cádiz, 19 de septiembre de 1868. Duque de la Torre, Juan Prim, Domingo Dulce,

Francisco Serrano Bedoya, Ramón Nouvillas, Rafael Primo de Rivera, Antonio Caballero de Rodas, Juan Topete.

Programa revolucionario de la Junta de Sevilla, septiembre de 1868 "Españoles:

"La Junta revolucionaria de Sevilla faltaría al primero de sus deberes si no empezara por dirigir su voz a los habitantes todos de esta provincia y a la nación entera, manifestándoles los principios que se propone sustentar y defender como base de la regeneración de este desgraciado país... 1º La consagración del sufragio universal y libre como base y fundamento de la legitimidad de todos los poderes y única verdadera expresión de la voluntad nacional. 2º La libertad absoluta de imprenta, sin depósito, fianza ni editores responsables y sólo con sujeción a las penas que marca el código para los delitos de injuria y calumnia. 3º La consagración práctica e inmediata de todas las demás libertades, la de enseñanza, la de cultos, la de tráfico e industria, etc. y la reforma prudente y liberal de las leyes arancelarias, hasta que el estado del país permita establecer de lleno la libertad de comercio. 4º La abolición de la pena de muerte y el planteamiento del sistema penal penitenciario. 5º La seguridad individual eficazmente garantizada, así como la absoluta inviolabilidad del domicilio y la correspondencia. 6º La abolición de la constitución bastarda que nos venía rigiendo y de todas las leyes orgánicas que de ella se derivan y su sustitución provisional por la que decretaron las Cortes Constituyentes de 1856 con supresión concretamente del artículo concerniente a la religión

del Estado, del título relativo a la dinastía y reglas de sucesión a la Corona, y de cuanto en la una o

las otras no esté conforme con la base del sufragio universal y las demás que en este manifiesto se contienen. 7º La abolición de las quintas y de las matrículas de mar, y la organización del ejército y de la armada, bajo la base de alistamientos voluntarios y con las convenientes garantías como honrosísimas profesiones. 8º Igualdad en la repartición de las cargas públicas. 9º Desestanco de la sal y el tabaco y abolición de los derechos de puertas y consumos. 10º Unidad de fueros y abolición de todos los especiales, incluso el eclesiástico, salvo los disciplinarios. 11º Cortes constituyentes por sufragio universal directo, para que decreten una constitución en armonía con las necesidades de la época, generalizando su estricta observancia por medio de una comisión permanente en los interregnos parlamentarios, que promueva y asegure la responsabilidad de los ministros y de cualesquiera autoridades que la infrinjan. "¡Viva la libertad! ¡Abajo la dinastía! ¡Viva la Soberanía Nacional! "Sevilla, 20 de septiembre de 1868"

Proclama de la Junta de Madrid, octubre de 1868 La Junta Superior Revolucionaria, fiel a su elevado origen hace la siguiente declaración de derechos: Sufragio universal Libertad de cultos. Libertad de enseñanza Libertad de reunión y asociación pacificas. Libertad de imprenta sin legislación especial. Descentralización administrativa que devuelva la autorización a los municipios y a las provincias. Juicio por Jurados en materia criminal. Unidad de fuero en todos los ramos de la Administración de justicia. Inamovilidad judicial. Madrid, 8 de octubre de 1868.

Abdicación de Isabel II en su hijo Alfonso A los españoles de mis reinos, y a todos los que la presente vieren y entendieren,

sabed: Que atenta sólo a procurar por todos los medios de paz y de legítimo derecho la felicidad y ventura de la Patria y de los hijos de mi amada España;

Considerando que a los votos de la gran mayoría del pueblo, cuyos destinos regí por espacio de treinta y cinco años, puede corresponder el acto que por esta mi declaración solemne ejecuto en la única forma en que consienten lo azaroso de los tiempos y lo extraordinario de las circunstancias, he venido en abdicar libre y espontáneamente, sin ningún género de coacción ni de violencia, llevada únicamente de mi amor a España y a su ventura e independencia, de la real autoridad ejercida por gracia de Dios y por la Constitución de la monarquía española promulgada en el año 1845, y en abdicar también de todos mis derechos meramente políticos, transmitiéndolos, con todos los que corresponden a la sucesión de la corona de España, a mi muy amado hijo D. Alfonso, príncipe de Asturias.

Pacto federal de Tortosa, mayo de 1869. "1º Los ciudadanos aquí reunidos convienen en que las tres antiguas provincias de Aragón, Cataluña y Valencia, inclusas las Islas Baleares, estén aliadas y estén unidas para todo

lo que se refiera a la conducta del Partido Republicano y a la causa de la Revolución, sin que en manera alguna se entienda por esto que pretenden separarse del resto de España. "2º Asimismo manifiesta que la forma de gobierno que creen conveniente para España es la República democrática federal, con todas sus legítimas y naturales consecuencias. ............ "4º Los representantes aquí reunidos manifiestan que no consideran conveniente apelar a la fuerza material por el solo hecho de que las Cortes Constituyentes voten la forma monárquica, siempre que en lo sucesivo no se conculquen los principios proclamados por la Revolución de Septiembre.... "¡Viva la República democrática federal! "Tortosa, 18 de mayo de 1869"

Manifiesto del Comité de la Sección Organizadora Central de la A.I.T. en España, diciembre de 1869 ... Nosotros fabricamos los palacios, nosotros tejemos las más preciadas telas, nosotros apacentamos los rebaños, nosotros labramos la tierra, extraemos de sus entrañas los metales, levantamos sobre los caudalosos ríos puentes de hierro y piedra, dividimos las montañas, juntamos los mares... y sin embargo, ¡oh, dolor!, desconfiamos de bastarnos para realizar nuestra emancipación. ¿Qué sería de la sociedad sin nosotros? preguntadles a los que se prodigan alabanzas porque recogieron un caudal de los que llaman con cínico descaro su cosecha; preguntadles donde dejó la huella el arado a sus delicadas manos; decidles donde apagaron la ardiente sed que se experimenta después de llevar algunas horas encorvado y sufriendo los candentes rayos de un sol ardiente durante la siega; preguntadles si les irritaban los ojos las abundantes gotas de sudor que mezcladas con el polvo abrasador penetraban en ellos; preguntad a los que sin grandes ni aun medianos conocimientos en el arte que explotan, pero dueños en cambio de un capital que en nada contribuyeron a producir, que por nada lo han merecido, pero que lo han heredado, ¡suprema razón!; preguntadles cuando blasonan de que en pocos años han duplicado su caudal, qué parte de aquél es verdaderamente fruto de su trabajo, y si os contestan que todo (que así lo harán), dejad que su juicio imparcial determine, si tanto ganaron ellos por lo que hicieron, que fue muy poco, qué parte os correspondería a cada uno de los veinte, treinta o cien operarlos por lo que trabajasteis, que fue mucho; recibisteis un salario que no fue menor porque de haberlo sido no hubierais podido sobrellevar el penoso trabajo que para él hicisteis...

La clase media, acaparadora de todos los privilegios; dueña del capital, de la ciencia; dueña, por consiguiente, de la magistratura; dueña de la tierra, de sus frutos, del ferrocarril, del telégrafo, de las habitaciones, de las minas, de los caminos, de los puertos, de los mares, de los peces que la naturaleza multiplica en su seno, de los buques que recorren su superficie, de las primeras materias de producción, de los elementos, como máquinas y herramientas; dueña del Estado, y por consiguiente de todo, os concederá con la república federal todas las libertades políticas... Nos dará la libertad de industria; pero a los que sin culpa nuestra nada poseemos ¿nos dará la libertad de industria los medios de disfrutarla?...

Pensamos que, cuando olvidando nuestros propios y únicos intereses, anteponemos a las reformas sociales las pasiones políticas y nos lanzamos como fieras sedientas de sangre a empuñar las armas fratricidas, desconociendo u olvidando que no son los hombres sino las instituciones lo que debemos destruir, somos más aún que el soldado, ciegos instrumentos de intenciones extrañas...

Aquí todos somos trabajadores. Aquí todo lo esperamos de los trabajadores. Si acudís, cumplís un deber; si permanecéis indiferentes, conste que os suicidáis y tendréis que avergonzamos el día que no sepáis cómo responder a vuestros hijos, cuando os pregunten qué habéis construido vosotros para el edificio de la sociedad de¡ porvenir, que tan laboriosa y activamente se ocupan en levantar los trabajadores del resto del mundo.

Salud, trabajo y justicia. Madrid 14 de diciembre de 1869 Por la sección organizadora central provisional de España, el Comité. » (Siguen los nombres, con sus respectivos oficios, de los integrantes de las tres comisiones: Comisión Administrativa, Comisión de Correspondencia y Comisión de Propaganda.)

Programa de la Asociación Internacional de Trabajadores, enero de 1870. "Hoy el pueblo trabajador, después de conocer la realidad de su posición en la sociedad y haber experimentado la ineficacia de todos los sistemas religiosos, políticos y sociales para sacarle del inicuo estado de postración a que siempre ha estado condenado, se levanta decidido a tomar esta importante cuestión por su propia cuenta; se propone romper de una manera absoluta con la tradición. "Ha sonado la última hora del imperio de la autoridad, ha nacido la libertad. "Reconocemos la igualdad de los hombres ante las leyes eternas de la naturaleza y queremos que la sociedad sea la fiel expresión de este principio. "Hasta aquí, como se ha tratado siempre de sostener la autoridad, ha sido también preciso sostener la esclavitud; como una clase ha representado la riqueza, la ilustración y el poder, otra ha sufrido la miseria, la ignorancia, la sumisión. Esta injusta diferencia ha producido todos los males que los autoritarios suponen inherentes a la naturaleza humana. "¡Ah! Trabajadores, un esfuerzo más y conseguiremos nuestra emancipación económico-social, o sea el completo desarrollo de todas nuestras facultades, el cumplimiento de todos nuestros deberes y el goce de todos nuestros derechos" Vicente López, zapatero Hipólito Pauly, tipógrafo Máximo Ambau, tornero en hierro Juan Alcázar, papelista Anselmo Lorenzo, tipógrafo Francisco Mora, zapatero Tomás González Morego, grabador en metales La Solidaridad, enero de 1870 (recogido por Anselmo Lorenzo en el Proletario Militante) Recogido de Tarraco, 3º, pag. 237)

Fragmento de texto de ideología anarquista "Convencidos del radical antagonismo entre la libertad individual y la preponderancia

avasalladora de la masa, negamos toda autoridad constituida; para que el individuo y el grupo puedan coexistir sin destruirse es necesario aniquilar cualquier forma de imposición del uno sobre el otro".

Caro Cancela: Los primeros anarquistas en Jerez "Se presentó el compañero Juan Millán manifestando a la asamblea que desde el 20 de mayo de este año podía contar esta confederación con un nuevo asociado, hijo del amor positivo que se profesan los compañeros Juan Millán Caballero y Francisca de la Aurora Pérez Rendón, los cuales creen un deber presentarlo ala Asociación para que le dé los nombres con que ha de diferenciarse entre los demás. La Asociación acordó llamarle: Paso a la Revolución Social. "También acordó que la presente acta se siente y guarde cuidadosamente en los libros de la federación local de la A.I.T., dándole una copia autorizada con el sello de la federación a los que dijeron ser sus padres, los compañeros antedichos. "Igualmente se acordó, por unanimidad, que esta federación pague las cuotas hasta la edad de doce años, pero con la condición que si durante ese tiempo es bautizado por sus padres

o por su voluntad propia, desde dicho momento se le dejará de pagar las cuotas. Por último fue acordado abrir una suscripción para comprarle un vestido completo a gusto de la federación". (M. Cancela y Ruiz: El 73. Bosquejo histórico. Colección de artículos; Jerez: 1879; pag. 138)

Castelar contesta al discurso de la Corona de D. Amadeo de Saboya. ".... imaginaos que me hubieran dado a mi el encargo de ensayar la monarquía democrática. Creo que mi primer impulso hubiera sido decirle respetuosamente al rey: <Visto el estado de la opinión, Vuestra Majestad debe irse...> Esta Nación que peleó tres siglos contra los romanos y siete con los árabes; esta Nación que venció a Carlomagno, el mayor guerrero de la Edad Media en Roncesvalles; a Francisco I en Pavía, y a Napoleón, el gran capitán de los tiempos modernos, en Bailén y Talavera; esta Nación cuya gloria no cabe en los espacios, cuyo genio tuvo, como Dios, fuerza creadora para lanzar un nuevo mundo, una nueva tierra en la soledad del Océano; esta Nación, que cuando iba en su carro de guerra, veía tras de sí a los Reyes de Francia, a los Emperadores de Alemania seguir humildes sus estandartes; esta Nación, de la cual eran alabarderos, maceros y nada mas que maceros, los pobres, los oscuros, los hambrientos Duques de Saboya, los fundadores de la dinastía.... (el Diario de Sesiones anota: "gran ovación", y Castelar continúa) los Duques de Saboya seguían hambrientos del carro de Carlos V y Felipe II...." Diaz Plaja, F. : Historia de España en sus docuimentos. Siglo XIX. Ediciones Cátedra; Madrid 1983

El padre Luis Coloma describe en Pequeñeces el trato a Amadeo I ...Las señoras de la grandeza con sus alardes de españolismo y sus algaradas

aristocráticas, habían conseguido hacer el vacío en torno de don Amadeo y la reina María Victoria, acorralándolos en el Palacio de Oriente, en medio de una corte de “cabos furrieles y tenderos acomodados”. Las damas acudían a la Fuente Castellana, tendidas en su carretelas, con clásicas mantillas de blonda y peinetas de teja, y la flor de lís, emblema de la Restauración, brillaba en todos los tocados que se lucían en teatros y saraos.

Pavoroso era el cuadro que el marqués dibujaba. Sucediánse las crisis ministeriales, frecuentes, periódicas, como calenturas de tercianas, hasta engendrar un ministerio de Santa Rita, por ser esta santa abogada de imposibles. Sublévanse en las provincias tropas y paisanos; los tenderos se amotinaban en Madrid, y daban una pedrada al alcalde; y cinco días antes, el 18 de julio, un populacho soez recorría las calles apedreando los cristales y rompiendo las farolas de la iluminación con que celebraban muchos el aniversario del pontificado de Pío IX, mientras un gentío inmenso de todos los colores y matices aplaudía en los jardines del Retiro “El Príncipe Lila”, grotesca sátira en que designaban al monarca reinante con el nombre de Macarroni I.

P. Luis COLOMA: Pequeñeces. (1891)

Panorama político durante el reinado de Amadeo I: los diferentes partidos; texto con cuestiones Hay cinco partidos principales: el absolutista, el moderado, el conservador, el radical y el republicano. El absolutista se divide en dos: carlistas puros y carlistas disidentes. El partido moderado, también en dos: uno que prefiere a Isabel II y otro al príncipe Alfonso. El partido conservador, en cuatro: los incondicionales de Cánovas del Castillo, los antiguos montpensieristas, capitaneados por Ríos Rosas; los "fronterizos", cuyo jefe es el general Serrano; los progresistas históricos, que siguen a Sagasta. El partido radical, en cuatro: los progresistas demócratas, que tienen por jefe a Ruiz Zorrilla; los "cimbrios", a Martos; los demócratas, a Rivero; los economistas, a Don Antonio Gabriel Rodríguez. El partido republicano, en dos: los federales por Figueras y los socialistas por Garrido.

Pero los socialistas a su vez, se fraccionan en dos tendencias, según se pronuncien en favor o en contra de la Internacional. Total, dieciséis partidos". Edmundo de Amicis: España. Impresiones de un viaje hecho durante el reinado de Amadeo I. Barcelona 1895, pág. 62-63 (recogido por J.L. Comellas en “Cánovas”, Ediciones Cid, Madrid, 1965, pág. 128 1. Haz un cuadro con todos los partidos que se mencionan. 2. ¿Qué errores puedes encontrar en este texto? 3. ¿En qué fecha lo puedes situar exactamente?

Discurso de despedida de Amadeo I, febrero de 1873 Al Congreso: Grande fue la honra que merecí a la Nación española, eligiéndome para

ocupar un trono... Creí que la corta experiencia de mi vida en el arte de mandar sería suplida por la

lealtad de mi carácter, y que hallaría poderosa ayuda para conjurar los peligros y vencer las dificultades que no se ocultan a mi vista en la simpatía de todos los españoles amantes de su patría...

Conozco que me engañó mi buen deseo. Dos años largos hace que ciño la Corona de España, y la España vive en constante lucha, viendo cada día más lejana la era de paz y ventura que tan ardientemente anhelo.

Si fuesen extranjeros los enemigos de su dicha, entonces, al frente de estos soldados tan valientes como sufridos, sería el primero en combatirlos; pero todos los que con la espada, con la pluma, con la palabra, agravan y perpetran los males de la Nación, son españoles, todos invocan el dulce nombre de la patria, todos pelean y se agitan por su bien; y entre el fragor del combate, entre el confuso, atronador y contradictorio clamor de los partidos, entre tantas y tantas opuestas manifestaciones de la opinión pública, es imposible atinar cuál es la verdadera, y más imposible todavía, hallar el remedio a tantos males.

Lo he buscado ávidamente dentro de la ley, y no lo he hallado. Fuera de la ley, no ha de buscarlo quien ha prometido observarla.

Éstas son, señores Diputados, las razones que me mueven a devolver a la Nación, y en su nombre a vosotros, la Corona que me ofreció el voto nacional, haciendo renuncia de ella por mí, por mis hijos y sucesores.

Estad seguros de que, al desprenderme de la Corona, no me desprendo del amor a esta España tan noble como desgraciada, y de que no llevo otro pesar que el de no haberme sido posible procurarle todo el bien que mi leal corazón para ella apetecía. Palacio de Madrid, 11 de febrero de 1873

Circular de 14 de febrero de 1873, del Ministerio de la Gobernación a los gobernadores civiles de toda España, con motivo de la proclamación de la República

Vacante el trono por renuncia de don Amadeo de Saboya, el Congreso y el Senado, constituidos en las Cortes soberanas, han reasumido todos los poderes y proclamado la República.

A consolidarla y darle prestigio han de dirigirse ahora los esfuerzos de todas las Autoridades que de este Ministerio dependen. Se ha establecido sin sangre, sin convulsiones, sin la más pequeña alteración del orden: y sin disturbios conviene que se le sostenga, para que acaben de desengañarse los que la consideraban como inseparable de la anarquía. ORDEN, LIBERTAD y JUSTICIA: Este es el lema de la República. Se contrariarían sus fines si no se respetara y se hiciera respetar el derecho de todos los ciudadanos, no se corrigieran con mano firme todos los abusos y no se doblegara al saludable eje cae la Ley en todos los terrenos. Se le contrariaría también., si no se dejara amplia y absoluta libertad a las manifestaciones del pensamiento y de la conciencia; si se violara el más pequeño de los derechos consignados en el

Título 1 de la Constitución de 1869. No se les contrariaría menos, si por debilidad se dejara salir

fuera de la órbita de la Ley a algunos de los partidos en que está dividida la nación española. Conviene no olvidar que la insurrección deja de ser un derecho, desde el momento en que, universal el sufragio, sin condiciones la libertad, y sin el límite de la autoridad real la soberanía del pueblo, toda idea puede difundirse y realizarse sin necesidad de apelar al bárbaro recurso de las armas. Confía en que, penetrándose V.S. bien de estas ideas, determine por ellas su conducta. Por ellas determinará las suyas el ministro que suscribe. Se han de reunir las Cortes Constituyentes que vengan a dar organización y forma a la República; no se repetirán en los próximos comicios las ilegalidades de otros tiempos. No se cometerán ya las coacciones, los manejos, las violaciones y los fraudes que tanto falsearon las otras elecciones; no quedará sin castigo el que las cometa. Sin un gran respeto a la Ley, sería la República un desengaño más para los pueblos; y los que componen el Comité Ejecutivo no hemos de defraudarles ni consentir que se les defraude la última esperanza. Madrid, 14 de febrero de 1873. El Ministro de Gobernación. Francisco Pi y Margall”

Primera proclama del Cantón de Cartagena, julio de 1873 La Junta Revolucionaria al pueblo. Cartageneros: Los que por la voluntad de la mayoría de¡ pueblo republicano de esta

localidad hemos constituido la junta de Salud Pública de la misma, tenemos el deber imprescindible de hacer una declaración categórica de nuestras miras, de nuestros principios y de los intereses que defendemos y que tratamos de resguardar para bien de la República y para salvación de la patria.

Proclamada como forma de gobierno para España la República Federal, el pueblo republicano en su inmensa mayoría reclamaba, como imperiosamente exigían las circunstancias, que se organizase la Federación, estableciendo Inmediatamente la división regional de los cantones y dando a éstos y al municipio la autonomía suspirado hace tanto tiempo, proclamando la ilegislabilidad de todos los derechos inherentes a la personalidad humana, y todas, en fin, cuantas ideas y principios han sido escritos de siempre en la bandera de nuestro partido, que tantos mártires cuenta bajo su sombra caídos al hierro y fuego de la implacable tiranía. Pero el pueblo, ansiosísimo de estas reformas, sediento de esta redención tan deseada, veía prolongarse indefinidamente sus momentos de agonía, veía amenazada la República de un golpe de muerte y no veía en el gobierno ni en la Cámara Constituyente una predisposición para la inmediata ejecución de estas reformas, y cree que sin ellas, sin su instalación, se perderá irremisiblemente el corto terreno adelantado, Y. depositando el país en sus gobernantes una confianza que acaso pudieran no merecerle, se perdería indudablemente para muchísimos años la libertad en esta tierra de España.

La junta de Salud Pública viene a entender a tan sagrados intereses, acaso el pueblo hubiera aguardado en su angustia un breve momento más; pero la reconcentración de grandes fuerzas en algunos puntos de Andalucía, la dolorosa nueva de que dos magníficas fragatas surtas en este puerto habrán recibido la orden de salir inmediatamente para Málaga, la sensación que esta desconsoladora noticia ha causado entre los voluntarios de la República de esta ciudad, ante el temor de que pudieran realizarse tan tristes vaticinios, las últimas medidas adoptadas por el actual ministro de la Guerra, por las que ha separado de¡ mando de las fuerzas públicas a militares íntimamente adheridos al nuevo orden de cosas; han hecho comprender al pueblo que era llegada la hora de salvar, de constituir definitivamente la República Federal, y que no hacer esto sería tanto como cometer una indignidad que no podemos suponer en ningún pecho republicano donde se albergue y lata un corazón de hombre.

Esta junta creería faltar al cumplimiento de un altísimo deber si no se hiciera público el dignísimo proceder de un gran pueblo, que, sin presión, sin trastornos, sin insultos, sin

vejaciones ni atropellos, acaba de realizar uno de esos movimientos que serán siempre su mejor escudo contra la pública maledicencia.

Se ha puesto en armas porque ha creído ver en inminente riesgo la santa causa de la República Federal, y a ofrecerle su más denodado y decidido apoyo van encaminadas todas sus generosas y laudables re- soluciones.

Esta junta, emanación de la soberanía de las fuerzas populares y que no admite, para que así lo tengan entendido todos, inspiraciones que no sean dignas de la honradez y buena fe de este pueblo cartagenero, está pronta a castigar de una manera rápida e inexorable a cuantos pretendan encauzar el movimiento revolucionario por ocultos senderos o arrastrar la pública opinión a excesos que esta Junta reprimiría rápida e instantáneamente.

A que los hombres honrados de todos los partidos se persuadan y convenzan de los buenos deseos que animan a esta junta y de su pro- fundo respeto hacia todas las creencias, van principalmente dirigidas estas manifestaciones.

Aquí no hay verdugos ni víctimas, opresores ni oprimidos, sino hermanos prontos a sacrificarse por la libertad y la felicidad de sus conciudadanos. ¡Viva la República Federal! ¡Viva la soberanía de¡ pueblo! Cartagena, 12 de julio de 1873. Pres., Pedro Gutiérrez. Vicepres., José Banet Torrens.-Vocales, Pedro Roca, José Ortega Cañabate, Juan Cobacho, Pablo Meléndez, Francisco Ortuño, Pedro Alemán, Juan José Martínez, José García Torres, Miguel Moya.- Secretarios, Francisco Mínguez Trigo, Eduardo Rornero Germes.

Llamamiento del Comité de Salud Pública de Madrid en 1873 Comité de Salud Pública de Madrid. El Comité de Salud Publica establece: 1º Que en todos los puntos en donde el partido federal tenga la fuerza necesaria, se formen Comités de Salud Publica, representantes de la imprescindible soberanía del pueblo. 2º Que bajo la autoridad de esos Comités revolucionarios se proclame la autonomía administrativa y económica del Municipio, de la provincia y del Cantón, a la cual corresponde la elección de los jueces, ayuntamientos, diputaciones o legislaturas gobernadores, grandes asambleas cantonales y agentes económicos y administrativos. 3º Que esos Comités no se disolverán hasta quince días después de haber promulgado el pacto federal para evitar que el pueblo sea engañado, como ha sucedido hasta aquí. Ciudad de Madrid a 18 de julio de 1873

Una interpretación de la revolución cantonal (Mª Alice Medioni) El Cantón de Cartagena, como las demás insurrecciones cantonales, representa un intento de oposición al centralismo asfixiante de Madrid. Los republicanos federales, valiéndose de la Constitución de 1873, ven la posibilidad de tomar el poder y realizar la Federación como anhelan. Sin embargo, el levantamiento cantonal causa la muerte de la Primera República, que coincide con el fracaso del último cantón, el de Cartagena. Este fracaso no sólo acarrea un evidente retroceso en sentido reaccionario, sino que contribuye además a desacreditar la idea de la insurrección espontánea. A partir de este momento, las masas populares se convencen de la necesidad de organizarse para vencer. Además, hemos visto cómo el movimiento, sobre todo en Cartagena, lleva un sello esencialmente político. María Alice Medioni: el Cantón de Cartagena. Ed. Siglo XXI, Madrid 1979