TESTIMONIOS 2012

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DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA PARTE DEMANDANTE ARQUIMEDES AROS SEPULVEDA RADICACIÓN: 2011-00253-00 En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy diecisiete (17) de abril del año dos mil doce (2012), siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), fecha y hora señalados en auto del 28 de febrero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, al señor JAIME ELIAS BURBANO MORENO dentro del proceso Abreviado de Servidumbre contra OSWALDO FERNEY DUSSAN RAMIREZ, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se hace presente el Doctor CARLOS JULIO CÁRDENAS TRUJILLO, quien se identifica con cédula de ciudadanía No 10.245.761 de Manizales y portador de la tarjeta profesional Nº 53.546 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte actora y el Doctor JHON FREDY PERDOMO MOTTA, identificado con cédula de ciudadanía No 17.641.867 de Armenia, con tarjeta profesional No 147.488 del C.S.J. Se procede a tomar juramento al declarante, asiéndosele las advertencias de las responsabilidades que adquiere al tenor de lo normado en el artículo 442 del C.P. PREGUNTADO por generales de ley CONTESTÓ: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía No 17.641.867 de Florencia, estado civil unión libre con RUBIELA SAPUI NASAYO, con Instrucción quinto de primaria, edad 44 años, su ocupación actualmente conductor, reside en Calle 4 No 8-14 Barrio Primavera de Florencia. PREGUNTADO: Sabe o tiene conocimiento el motivo de su declaración. CONSTESTÓ: Si, de la vereda San Juan de Barro, la finca fue de nosotros de un hermano mio EDUARDO BURBANO y yo, yo entraba por donde don 1

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DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA PARTE DEMANDANTE ARQUIMEDES AROS SEPULVEDA

RADICACIÓN: 2011-00253-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy diecisiete (17) de abril del año dos

mil doce (2012), siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), fecha y hora señalados

en auto del 28 de febrero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

testimonio, al señor JAIME ELIAS BURBANO MORENO dentro del proceso

Abreviado de Servidumbre contra OSWALDO FERNEY DUSSAN RAMIREZ, el

señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de Descongestión y su Secretario ad-

hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando

constancia, que se hace presente el Doctor CARLOS JULIO CÁRDENAS

TRUJILLO, quien se identifica con cédula de ciudadanía No 10.245.761 de

Manizales y portador de la tarjeta profesional Nº 53.546 del Consejo Superior de la

Judicatura, como apoderado de la parte actora y el Doctor JHON FREDY

PERDOMO MOTTA, identificado con cédula de ciudadanía No 17.641.867 de

Armenia, con tarjeta profesional No 147.488 del C.S.J. Se procede a tomar

juramento al declarante, asiéndosele las advertencias de las responsabilidades

que adquiere al tenor de lo normado en el artículo 442 del C.P. PREGUNTADO

por generales de ley CONTESTÓ: manifiesta llamarse como quedo escrito,

identificado con la cedula de ciudadanía No 17.641.867 de Florencia, estado civil

unión libre con RUBIELA SAPUI NASAYO, con Instrucción quinto de primaria,

edad 44 años, su ocupación actualmente conductor, reside en Calle 4 No 8-14

Barrio Primavera de Florencia. PREGUNTADO: Sabe o tiene conocimiento el

motivo de su declaración. CONSTESTÓ: Si, de la vereda San Juan de Barro, la

finca fue de nosotros de un hermano mio EDUARDO BURBANO y yo, yo entraba

por donde don VICENTE SILVA, fueron poquita veces, que es la finca hoy de don

OSWALDO. Nosotros le vendimos al señor ARQUIMEDES AROS y más acá hay

otra carretera en otra finca y cuando llueve si inunda y el mejor recorrido es por

donde OSWALDO, es mejor por donde OSWALDO por que más plana y no se

inunda. PREGUNTADO: De acuerdo por lo manifestado anteriormente ustedes

tenían un convenio con el señor SILVA. Para ingresar por la finca de este hacia su

finca o la que fue de su propiedad. CONTESTÓ: Convenio no teníamos, para

pasábamos por ahí y èl no nos decía nada. PREGUNTADO: Cuando le mostraron

la finca al señor ARQUIMEDES AROS para su venta por donde accedieron al

inmueble. CONTESTÓ: No, el comisionista que lo llevo lo llevo por la parte de

encima, por donde don OSWALDO, Yo no estuve. PREGUNTADO: De acuerdo

con lo que nos ha manifestado no había ninguna servidumbre con el inmueble del

señor OSWALDO DUSSAN RAMIREZ CONTESTÓ: Yo pase por ahí cuatro

veces, eso fue lo que fui a la finca en los dos años que la tuve. Se le da el uso de

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la palabra al apoderado de la parte demandante, en la cual manifiesta:

PREGUNTADO: Sírvase contarle al despacho si usted antes de ser propietario de

la finca que menciona haberle enajenado al señor AROS, conocía la región.

CONSTESTÓ: Yo la conocía, pero la conocía muy poco. PREGUNTADO: Del

poco conocimiento que tenia sobre la región sabe o le consta si existía algún

camino ral que atravesara entre otro el previo de OSWALDO DUSSAN.

CONTESTÓ: Por la finca pasa el camino real que va para la vereda Canelo.

PREGUNTADO: Recuerda usted que distancia puede haber entre la finca que

fuera de su propiedad y la salida a la carretera tanto por el lado de la finca del

señora DUSSAN o por el otro lado que menciona usted en una respuesta anterior.

CONTESTÓ: Por donde OSWALDO unos cuatro kilómetros y por el otro unos

CINCO o SEIS kilómetros de la central PREGUNTADO: Que ventajas y que

desventajas pueden tener una y otra salida. CONTESTÓ: Si entramos por donde

OSWALDO que es en carro son por ahí dos kilómetros de casa a casa, por el otro

lado no hay carretera, es más largo. PREGUNTADO: Luego de usted venderle la

finca al señor ARQUIMEDES AROS, ha vuelto a ir o a visitar la misma.

CONTESTÓ: No. Se le concede el uso de la palabra al apoderado de la parte

demandada, en cual manifiesta: PREGUNTADO: Señor Jaime dígale al despacho

hace cuanto tiempo el señor ARQUIMEDES adquirió predio, en el cual nos tiene

en este proceso. CONTESTÓ: Aproximadamente cuatro años. PREGUNTADO:

Usted ha manifestado que poca veces se desplazaba hacia ese predio rural,

sírvase decir al despacho de manera clara si existe la servidumbre para llegar a

ese predio del cual usted era propietario. CONTESTÓ: Para entrar el predio si

había, por que había un broche si no lo han quitado. PREGUNTADO: Usted ha

manifestado que ai un camino real que pasa por la finca de mi poderdante que

beneficia a la vereda el Canelo pero igualmente beneficia a Venecia, sírvase decir

al despacho si el predio colinda con el de don ARQUIMEDES. CONTESTÓ: El

camino real no colinda con el predio de don ARQUIMEDES. El despacho

PREGUNTADO: Desea agregar, corregir o modificar en relación con lo

manifestado ante el despacho CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la

presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella

intervinimos tal como aparece, siendo las tres y veinticinco de la tarde ( 03:25

P.M.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

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El compareciente,

JAIME ELIAS BURBANO MORENO

Apoderado parte demandante,

CARLOS JULIO CARDENAS TRUJILLO

Apodera de parte demandada,

JHON FREDY PERDOMO MOTTA

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE INTERROGATORIO DE PARTE SOLICITADO POR EL LLAMADO EN GARANTIA SEGUROS DEL ESTADO S.A.

RADICACIÓN: 2008-00056-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy doce (12) de abril del año dos mil

doce (2012), siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), fecha y hora señalados en

auto del 30 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

interrogatorio de parte, a la señora JENNY CECILIA GONZALEZ dentro del

proceso Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual de LUIS ERNESTO

GONZALEZ MOSQUERA Y OTROS contra COOTRANSCAQUETA Y OTROS, el

señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de Descongestión y su Secretario ad-

hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando

constancia, que se presenta el Doctor MAURICIO MUÑOZ CONTRERAS,

identificado con cédula de ciudadanía No 80.061.532 de Bogotá D.C., con tarjeta

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profesional No 122.251 del CSJ, como apoderado del llamamiento en garantía

SEGUROS DEL ESTADO S.A. En diligencia anterior el apoderado de la parte

demandada COOTRANSCAQUETA LTDA, manifestó que de acuerdo a

información suministrada por los familiares del señor VICTOR JULIO CORDOBA

“demandado”, este falleció en días pasados, por lo anterior y de acuerdo al artículo

168 numeral 1 del Código de Procedimiento Civil, este queda interrumpido

temporalmente. No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y

firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece,

siendo las tres y veinte de la tarde (03:20 a.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

Apodero del llamado en garantía SEGUROS DEL ESTADO S.A.,

MAURICIO MUÑOZ CONTRERAS

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE INTERROGATORIO DE PARTE SOLICITADO POR LA PARTE DEMANDANTE LUIS ERNESTO GONZALEZ MOSQUERA Y

OTROSRADICACIÓN: 2008-00056-00

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En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy once (12) de abril del año dos mil

doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), fecha y hora señalados en

auto del 30 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

interrogatorio de parte, al representante legal de COOTRANSCAQUETA LTDA

dentro del proceso Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual contra

COOTRANSCAQUETA Y OTROS, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de

Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y

declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se hace presente, el Doctor

MIGUEL CARDENAS CARO identificado con la cédula de ciudadanía No

82.395.070, con tarjeta profesional No 187.449 del CSJ, como apoderado de la

parte demandada, el Doctor MAURICIO MUÑOZ CONTRERAS, identificado con

cédula de ciudadanía No 80.061.532 de Bogotá D.C., con tarjeta profesional No

122.251 del CSJ, como apoderado del llamamiento en garantía SEGUROS DEL

ESTADO S.A., la Doctora MARTHA LUCIA LOPEZ MORALES, identificada con

cedula de ciudadanía No 52.154.934, con tarjeta profesional No 139174-D1 del

CSJ como apoderada de la parte actora, y el doctor JORGE ENRIQUE RIVERO

RUBIO quien se identifica con cedula de 91.534.199 de Bucaramanga y portador

de la tarjeta profesional 160.626 del Consejo Superior de la Judicatura, como

apoderado de la EQUIDAD SEGUROS O.C Llamada en Garantía. En este

estado de la diligencia solicita el uso de la palabra la apoderada de la parte

demandante, el cual manifiesta, al señor juez con toda atención, manifiesto

desisto de la solicitud del interrogatorio de parte al representante legal de la

demandada COOTRANSCQUETA, ya que en el expediente obra prueba suficiente

que los vehículos implicados en el accidente que falleció la señora SIXTA TULIA

CRUZ LIZCANO se encontraban afiliado a dicha empresa. Se les da el uso de la

palabra a los apoderados de las demás partes en el cual manifiestan no tomarla.

Se deja constancia que por solicitud de las partes al encontrasen todas reunidas

se adelanto dicha diligencia a las 09:30 de la mañana. No siendo otro el objeto de

la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en

ella intervinimos tal como aparece, siendo las nueve y cuarenta de la mañana

(09:40 a.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

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DILIGENCIA DE INTERROGATORIO DE PARTE SOLICITADO POR LA PARTE DEMANDADA

RADICACIÓN: 2008-00056-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy once (12) de abril del año dos mil

doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), fecha y hora señalados

en auto del 30 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

interrogatorio de parte, a el señor VICTOR JULIO CORDOBA dentro del proceso

Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual contra

COOTRANSCAQUETA Y OTROS, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de

Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y

declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se hace presente, el Doctor

MIGUEL CARDENAS CARO identificado con la cédula de ciudadanía No

82.395.070, con tarjeta profesional No 187.449 del CSJ, como apoderado de la

parte demandada, el Doctor MAURICIO MUÑOZ CONTRERAS, identificado con

cédula de ciudadanía No 80.061.532 de Bogotá D.C., con tarjeta profesional No

122.251 del CSJ, como apoderado del llamamiento en garantía SEGUROS DEL

ESTADO S.A, poder sustituido por el doctor CARLOS MUÑOZ CONTRERAS,

reconociéndole Personería Jurídica con las mismas facultades que le fueron

conferidas, la Doctora MARTHA LUCIA LOPEZ MORALES, identificada con

cedula de ciudadanía No 52.154.934, con tarjeta profesional No 139174-D1 del

CSJ como apoderada de la parte actora, y el doctor JORGE ENRIQUE RIVERO

RUBIO quien se identifica con cedula de 91.534.199 de Bucaramanga y portador

de la tarjeta profesional 160.626 del Consejo Superior de la Judicatura, como

apoderado de la EQUIDAD SEGUROS O.C Llamada en Garantía. En este

estado de la diligencia solicita el uso de la palabra el apoderado de la parte

demandada COOTRANSCAQUETA, el cual manifiesta, de acuerdo a la

información suministrada por los familiares del señor VICTOR JULIO CORDOBA,

me permito informar que el citado falleció en días pasados, de acuerdo a la

solicitud que se le hizo a la familia le allegaremos en posterior evento prueba de lo

enunciado. Siendo las nueve y veinte de la mañana (09:20 am.) se hizo una

espera más que prudencial para que compareciera el testigo para rendir su

testimonio pero no fue posible por su notable ausencia. No siendo otro el objeto

de la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en

ella intervinimos tal como aparece, una vez leída y aprobada.

El Juez,

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Page 7: TESTIMONIOS 2012

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

Apoderado parte demandante,

MARTHA LUCIA LOPEZ MORALES

Apoderado parte demandada,

MIGUEL CARDENAS CARO

Apodero del llamado en garantía LA EQUIDAD SEGUROS O.C,

JORGE ENRIQUE RIVERO RUBIO

Apodero del llamado en garantía SEGUROS DEL ESTADO S.A.,

MAURICIO MUÑOZ CONTRERAS

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

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Page 8: TESTIMONIOS 2012

Apoderado parte demandante,

MARTHA LUCIA LOPEZ MORALES

Apodera del llamado en garantía,

JORGE ENRIQUE RIVERO RUBIO

El secretario ad-hoc,

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Page 9: TESTIMONIOS 2012

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA PARTE DEMANDANTE LUIS ERNESTO GONZALEZ MOSQUERA Y

OTROSRADICACIÓN: 2008-00056-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy once (11) de abril del año dos mil

doce (2012), siendo las cuatro y veinte de la tarde (04:20 p.m.), fecha y hora

señalados en auto del 30 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la

recepción de testimonio, el cual se había señalado para la hora de las cuatro de la

tarde, pero que por razones de la extensión del testimonio anterior, se inicia a la

hora indicada, al señor JUAN CARLOS CHAPARRO RUBIANO dentro del proceso

Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual contra

COOTRANSCAQUETA LTDA Y OTROS, el señor Juez del Juzgado Civil del

Circuito de Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia

pública y declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se hace presente la

Doctora MARTHA LUCIA LOPEZ MORALES, identificada con cedula de

ciudadanía No 52.154.934, con tarjeta profesional No 139174-D1 del CSJ como

apoderado de la parte actora, y el doctor JORGE ENRIQUE RIVERO RUBIO

quien se identifica con cedula de 91.534.199 de Bucaramanga y portador de la

tarjeta profesional 160.626 del Consejo Superior de la Judicatura, como

apoderado de la EQUIDAD SEGUROS O.C Llamada en Garantía. El despacho

procede a practicar interrogatorio a al señor JUAN CARLOS CHAPARRO, Se

procede a tomar juramento al declarante, asiéndosele las advertencias de las

responsabilidades que adquiere al tenor de lo normado en el artículo 442 del C.P.

PREGUNTADO por generales de ley CONTESTÓ: manifiesta llamarse como

quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía No 17.635.152 de

Florencia, estado civil casado con AMPARO SANCHEZ OSORIO, con Instrucción

contador Público con especializaciones, edad 48 años, su ocupación actualmente

independiente, reside en Calle 1 G No 17 A-31 Barrio Villa Mónica de Florencia.

PREGUNTADO: Manifiéstele al despacho si usted tiene vinculo de parentesco con

las partes, se le lee (LUIS ERNESTO GONZALEZ, SHIRLEY GONZALEZ, JENNY

CECILIA GONZALEZ, ELIANA GONZALEZ CRUZ.) CONSTESTÓ: No, ni los

conozco. PREGUNTADO: Manifieste al despacho si usted tiene conocimiento

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Page 10: TESTIMONIOS 2012

acerca del accidente de transito ocurrido el 16 de julio del 2006, en sector

denominado el Cunduy. CONTESTÓ: Estuve cerca del evento, yo llegue por que

era socio de COASMEDAS e iba a participar de la chiva rumbera que iba a

celebrar la Cooperativa, el punto de partida de las chivas que había contratado la

Cooperativa era en el restaurante el Cunduy, yo llegue y estacione mi vehiculo

adelante del portón de ingreso al restaurante del cunduy, y unos pocos minutos

mas tarde me pidieron el favor que corriera mi vehiculo por que iban a salir los

mixtos, procedí a retirar el vehiculo hasta el sitio de Cancerología y gire en “u”

para cuadrar el vehiculo y darle vía a los vehículos que estaban en el parqueadero

del restaurante, por que ya comenzaban a encender los mixtos para el desfile,

antes del portón del restaurante había parqueado un mixto y en el costado hacia

MIUSI CUNDUY estaba el otro mixto parqueado “es una pendiente bastante

inclinada” cuando yo me subí al carro para moverlo note un movimiento de los

carros y un golpe fuerte como si los carros se hubieran estrellado, yo creí

inicialmente que era la gente para subirse a los mixtos, cuando yo parquee mi

carro en la parte de abajo y regrese estaba la señora ya muerta en el piso por que

fue una muerte instantánea, parece que por lo que comento la gente, que el mixto

que estaba sobre la vía la pendiente mas inclinada se desengrano y con la pacha

de atrás le paso por la cabeza y la mato, en cuanto al nombre me comentaron que

era una enfermera que trabajaba en PROFAMILIA. PREGUNTADO: Es decir

de acuerdo con lo que usted manifiesta el accidente ocurrió dentro del

parqueadero del restaurante del Cunduy. CONTESTÓ: No señor, en realidad el

accidente ocurrió en la esquina donde inicia el predio del restaurante el Cunduy

sobre la via pública, la cual es pendiente por juntos lados, si habían tres mixtos

dentro del parqueadero del restaurante pero el accidento fue con los dos mixtos

que estaban en la esquina que e citado, formando un “L”. PREGUNTADO: Desea

agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho

CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y

firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece,

siendo las cuatro y cincuenta de la tarde (04:50 p.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El compareciente,

JUAN CARLOS CHAPARRO RUBIANO

Apoderado parte demandante,

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Page 11: TESTIMONIOS 2012

MARTHA LUCIA LOPEZ MORALES

Apodera del llamado en garantía,

JORGE ENRIQUE RIVERO RUBIO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

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Page 12: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA PARTE DEMANDANTE LUIS ERNESTO GONZALEZ MOSQUERA Y

OTROSRADICACIÓN: 2008-00056-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy once (11) de abril del año dos mil

doce (2012), siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), fecha y hora señalados en

auto del 30 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

testimonio, al señor GLORIA CRISTIAN DURAN HUERGO dentro del proceso

Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual contra

COOTRANSCAQUETA Y OTROS, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de

Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y

declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se hace presente la Doctora

MARTHA LUCIA LOPEZ MORALES, identificada con cedula de ciudadanía No

52.154.934, con tarjeta profesional No 139174-D1 del CSJ como apoderado de la

parte actora, y el doctor JORGE ENRIQUE RIVERO RUBIO quien se identifica con

cedula de 91.534.199 de Bucaramanga y portador de la tarjeta profesional

160.626 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la EQUIDAD

SEGUROS O.C Llamada en Garantía. El despacho procede a practicar

interrogatorio a al señor CRISTIAN DURAN HUERGO, Se procede a tomar

juramento al declarante, asiéndosele las advertencias de las responsabilidades

que adquiere al tenor de lo normado en el artículo 442 del C.P. PREGUNTADO

por generales de ley CONTESTÓ: manifiesta llamarse como quedo escrito,

identificado con la cedula de ciudadanía No 40.076.869 de Florencia, estado civil

casada con ANDRES JOSE RENDON CALDERON, con Instrucción Psicóloga,

edad 33 años, su ocupación actualmente empleada contratista, reside en Calle 22

A No 11-59 B/ La Consolata de Florencia. PREGUNTADO: Manifiéstele al

despacho si usted tiene vinculo de parentesco con las partes, se le lee (EMPRESA

COOTRANSCAQUETA, LUIS ERNESTO GONZALEZ, SHIRLEY GONZALEZ,

JENNY CECILIA GONZALEZ, ELIANA GONZALEZ CRUZ.) CONSTESTÓ: No

PREGUNTADO: De los nombrados anteriormente a quienes conoce a usted.

CONTESTÓ: Los conozco a todos, era la familia de la señora SIXTA TULIA,

Desde que yo comencé a trabajar en PROFAMILIA, ingrese el 4 de noviembre del

2003 a laborar y deje de laborar el 22 de mayo del 2011. PREGUNTADO:

Manifieste al despacho como se conformaba la familia de la señora SIXTA TULIA

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CRUZ LIZCANO CONTESTÓ: Conocí a su esposo, no recuerdo su nombre, tenia

una hija que se llamaba SHIRLEY, eran tres hijas y su esposo, vivía con una nieta

y respondía por una de las tres hijas que estudiaba en Manizales, después de

fallecida no volví a tener contracto con la familia. PREGUNTADO: Manifieste al

despacho como eran las relaciones entre la señora SIXTA TULIA CRUZ LIZCANO

y su familia. CONTESTÓ: Era una familia, estable, tenían una buena relaciones

entre madre e hijas, tenían una buena relación, quería mucho a sus hijas y sus

hijas a ella. PREGUNTADO: Sabe usted a que se dedicaba el esposa de la

señora SIXTA TULIA CRUZ LIZCANO. CONTESTÓ: Para esa época creo que

tenia una droguería, eso me contó ella, no me consta. La apoderada de la parte

demandante solicita el uso de la palabra, lo cual fue concedida PREGUNTADO:

Tiene usted conocimiento sobre las circunstancia que rodearon la muerte la

señora SIXTA TULIA CRUZ LIZCANO CONTESTÓ: Si, las conozco cuando ella

falleció yo estaba con ella. PREGUNTADO: Ha manifestado que si conoce las

circunstancia que rodearon la muerte de la señora SIXTA TULIA CRUZ LIZCANO,

sírvase hacerle una narración de lo que usted le conste al despacho. CONTESTÓ:

Recuerdo que era un viernes en la tarde hablamos de ir al evento que era

programado de la cooperativa COASMEDA, yo era socia y como socio me

enviaron una tarjeta de invitación, que iba hacer en la noche a las siete de la

noche, llegamos al sitio que era en toda la esquina del restaurante del Cunduy,

donde iban a salir las chivas, cuando llegamos una de las chivas estaba en

dirección vía a Neiva, la otra estaba por la bajada del restaurante del Cunduy,

entonces cuando llegamos había mucha gente conocida, inmediatamente yo y mi

amigo nos subimos a la chiva que estaba en dirección vía a Neiva, y ella no se

subió por que esta esperando a su hija que llegaba de viaje, yo le insiste en varias

ocasiones que se subiera y ella no se subió, yo recuerdo que ella me dijo que iba

esperarla en la parte de atrás de la chiva de la otra esquina por que ella venia en

taxi y pues para que ella se ubicara mejor, ella tenia un celular en la mano, una

camiseta blanca y de jeans, ella se dirigió hacia abajo y me quede con mi amigo

hablando, y recuerdo que yo la vi por el espejo de la chiva y Salí por la ventana y

le dije rápido y ella me dijo que ya venia, después otra vez voltee a mirar hacia

atrás y ella ya venia, después voltee a mirar hacia el frente y comenzó a tocar la

papayera, y encendieron la chiva y el otro señor fue a encender la otra chiva que

estaba en la bajada y ahí en adelante todo fue muy rápido, yo sentí que

prendieron la otra chiva, y la gente comenzó a gritar y algo nos golpeó muy duro,

cuando volteo yo a mirar veo que la otra chiva se había estrellado con la de

nosotros, en ese instante le pregunto a mi amigo donde estaba SIXTA TULIA, y no

la via donde la había visto por ultima vez, alguien se agacho y miro a alguien

debajo de la chiva, y gritaron que corrieran la chiva, yo le dije a mi amigo que yo

no era capaz de mirar eso, después otra persona que nos miro llegar a los tres,

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Page 14: TESTIMONIOS 2012

me grito que la señora que había llegado con nosotros estaba debajo de la chiva,

mi amigo fue el primero que se bajo después me baje yo, inmediatamente me di

cuenta que era ella, la cabeza quedo como un papel, la masa encefálica quedo

por fuera, y otras personas que la conocían empezaron a llamar a los familiares,

yo llame a mis padres nunca llame a los familiares de ella, la hija llego en un taxi y

se entero de la noticia, llego el esposo, la policía, cerraron la calle hacer el

levantamiento, yo no me quede mas tiempo, a mi mama la llamaron y le dijeron

que yo era la del accidente y ella me dijo que me fuera para la casa, mi mamá

tenia cáncer por lo cual yo me fui, un amigo me recogió y me llevo a la casa., eso

fue lo que paso y yo recuerdo. PREGUNTADO: En algún momento usted observo

al conductor de la chiva que los impacto. CONTESTÓ: Yo observe que el se

subió, pero no lo recuerdo. PREGUNTADO: Sabe usted si al momento de llegar la

policia estos interrogaron al conductor de la chiva que los impacto. CONTESTÓ:

No me consta. El despacho toma el uso de la palabra. PREGUNTADO: Manifieste

al despacho con su observación del accidente donde falleció la señora SIXTA

TULIA CRUZ LIZCANO, quien tuvo la responsabilidad del accidente. CONTESTÓ:

El de la otra chiva por que donde nosotros estábamos no se movió y la que estaba

atrás fue la que se desplazo y nos golpeo. PREGUNTADO: Sabe usted si

conocía o conoce la chiva donde usted estaba. CONTESTÓ: No lo conozco. Se le

concede el uso de la palabra al apoderado del llamado en garantía, el cual

manifiesta. PREGUNTADO: Usted manifestó que estaban asistiendo a un evento,

como se llamaba el evento. CONTESTÓ: Se llamaba una chiva rumbera para los

asociados de COASMEDAS, por la celebración del SAMPEDRO. PREGUNTADO:

Como se entero usted del evento. CONTESTÓ: Por la publicidad que nos llega a

los asociados, que nos llega al domicilio PREGUNTADO: La asistencia de dicho

evento era gratuita. CONTESTÓ: No, había un costo por la boleta, y yo la invite

por que a mi me salía mas económica. PREGUNTADO: Sírvase decirle al

despacho, si el único organizador de dicho evento era COASMEDAS.

CONTESTÓ: Si, por que a mi me llego una invitación de COASMEDAS, si había

algún otro organizador yo no sabia. PREGUNTADO: Sabe usted que ruta iba a

realizar la chiva rumbera. CONTESTÓ: Lo que recuerdo era que iban a ir hasta el

Cundy mas arriba, se devolvía, para el centro y terminaba en la zona rosa.

PREGUNTADO: En su entendimiento dicha ruta era alguna de las autorizadas

para la prestación del servicio de esa clase de vehículos, en el Departamento del

Caquetá o era una ruta única y especifica para dicho evento. Se le concede el uso

de la palabra a la apoderada de la parte demandante la cual manifesté “Al

despacho con toda atención manifiesto que objeto la anterior pregunta por cuanto

la aquí declarante no posee conocimientos técnicos sobre vías y sobre transito y

transporte que así lo que va enfocado el cuestionamiento realizado”. El abogado

del llamamiento procede a cambiar la precuenta. PREGUNTADO: Sabe usted en

14

Page 15: TESTIMONIOS 2012

que vehiculo se iba a desplazar. CONTESTÓ: Común mente se llama una chiva,

pero tiene otro nombre que no lo se. PREGUNTADO: Recuerda si ese vehiculo

era particular o público. CONTESTÓ: No lo se, por que yo no era la organizadora

del evento. PREGUNTADO: Sírvase decirle al despacho si la chiva en la que

usted se encontraba subida, se encontraba estacionada, sobre el anden o estaba

sobre la vía. CONTESTÓ: Estaba sobre la vía PREGUNTADO: Siendo usted una

persona que estaba prestando atención a lo realizado por la señora SIXTA

momentos previos al in suceso, sírvase decirle al despacho de la manera mas

amplia y descriptible posible a lugares que se refiere por donde se desplazaba la

señora SIXTA TULIA CRUZ LIZCANO. CONTESTÓ: Ella se desplazaba por el

anden y cuando se fue hacia tras sobre la via pero orillada por la parte derecha

PREGUNTADO: usted manifestó en respuesta anterior, que cuando se enciende

una chiva se escuchaba muy duro, sírvase decirle al despacho si ambas chivas

fueron encendidas. CONTESTÓ: En lo que recuerdo si, las dos fueron

encendidas, primero fue en la que estaba la encendieron primero y luego la otra.

PREGUNTADO: Según lo expuesto por usted podría afirmar al despacho que

doña SIXTA se encontraba en la parte detrás de la chiva donde usted estaban

sobre la via en el momento que ya estaba encendida. CONTESTÓ: Ella estaba

retirada hacia la esquina mas allá de la chiva se desplazo por la via yo la llamo via

porque es carretero, en ese pedacito no había anden, yo interpreto que al

escuchar que la chiva se prendió ella se vino a subirse a la chiva.

PREGUNTADO: Sírvase decirle al despacho si con su respuesta anteriormente

anunciada, teniendo en cuenta que la chiva se encontraba encendida, podría

afirmar que en respuesta si o no, si la señora SIXTA TULIA CRUZ LIZCANO,

transitaba por detrás de la chiva sobre la vía. CONTESTÓ: Si, claro.

PREGUNTADO: Podría afirmar igualmente en respuesta si o no, si en instantes

posteriores ocurrió el accidente CONTESTÓ: Si. PREGUNTADO: Finalmente

doña SIXTA TULIA CRUZ LIZCANO fue accidentada o quedo en medio de los dos

vehículos “chivas” que se encontraban encendido. CONTESTÓ: Si señor. Toma

el uso de la palabra el despacho en el cual manifiesta. PREGUNTADO: Desea

agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho

CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y

firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece,

siendo las cuatro y quince de la tarde (04:15 p.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El compareciente,

15

Page 16: TESTIMONIOS 2012

GLORIA CRISTIAN DURAN HUERGO

Apoderado parte demandante,

MARTHA LUCIA LOPEZ MORALES

Apodera del llamado en garantía,

JORGE ENRIQUE RIVERO RUBIO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

16

Page 17: TESTIMONIOS 2012

17

Page 18: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA PARTE DEMANDANTE LUIS ERNESTO GONZALEZ MOSQUERA Y

OTROSRADICACIÓN: 2008-00056-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy once (11) de abril del año dos mil

doce (2012), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), fecha y hora

señalados en auto del 30 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la

recepción de testimonio, de la señora MARIELA CARDENAS ORTIZ dentro del

proceso Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual contra

COOTRANSCAQUETA Y OTROS, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de

Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y

declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se hace presente la Doctora

MARTHA LUCIA LOPEZ MORALES, identificada con cedula de ciudadanía No

52.154.934, con tarjeta profesional No 139174-D1 del CSJ como apoderado de la

parte actora, y el doctor JORGE ENRIQUE RIVERO RUBIO quien se identifica con

cedula de 91.534.199 de Bucaramanga y portador de la tarjeta profesional

160.626 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la EQUIDAD

SEGUROS O.C Llamada en Garantía. El despacho procede a practicar

interrogatorio a la Señora MARIELA CARDENAS, Se procede a tomar juramento

al declarante, asiéndosele las advertencias de las responsabilidades que adquiere

al tenor de lo normado en el artículo 442 del C.P. PREGUNTADO por generales

de ley CONTESTÓ: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la

cedula de ciudadanía No 40.756.083 de Florencia, estado civil soltera, con

Instrucción tercero de primaria, edad 57 años, su ocupación actualmente ama de

casa, reside en la ciudad de Bogotá D.C. Barrio Tres Reyes. PREGUNTADO:

Manifiéstele al despacho si usted tiene vinculo de parentesco con las partes, (se le

lee EMPRESAS COOTRANSCAQUETA, LUIS ERNESTO GONZALEZ, SIRLEY

GONZALEZ, JENNY CECILIA GONZALEZ, ELIANA GONZALEZ CRUZ.

CONSTESTÓ: Con el señor fui cuñada, vivía con un hermano de él.

PREGUNTADO: Cuanto hace que vive en Bogotá D.C. CONTESTÓ: Hace cinco

años. En este estado de la diligencia solicita el uso de la palabra la apoderada de

la parte demandante y ya con el uso de la palabra manifiesta.. PREGUNTADO:

Conocía usted a la señora SIXTA TULIA CRUZ LIZCANO, en casa afirmativo hace

cuanto. CONTESTÓ: Yo la conocía hace mas de 30 años, la conocía por que

convivía con el hermano del Esposo de ella. PREGUNTADO: Como era la relación

de la señora SIXTA TULIA CRUZ LIZCANO y el señor LUIS ERNESTO

GONZALEZ MOSQUERA. CONTESTÓ: Era lo normal de una pareja, se trataban

bien, ellos eran muy atentos mutuamente, siempre vivieron juntos, tienen tres hijas

era lo primero para ellos y una nieta, los hijos querían mucho a la mamá y al papá.

18

Page 19: TESTIMONIOS 2012

PREGUNTADO: Sabe usted que actividad laboral la señora SIXTA TULIA CRUZ

LIZCANO, para la época de su fallecimiento. CONTESTÓ: Era enfermera y

trabajaba en PROFAMILIIA. PREGUNTADO: Sabe usted que destino le daba la

señora SIXTA TULIA CRUZ LIZCANO, a los ingresos que percibían de su

actividad laboral CONTESTÓ: Ella compartían el sueldo en la casa y le daba el

estudio a una hija que estudiaba en Manizales, quien ya termino de estudiar. La

apoderada manifiesta no hacer más preguntas y el apoderado del llamado en

garantía manifiesta no hacer pregunta. Toma el uso de la palabra el despacho en

el cual manifiesta. PREGUNTADO: Desea agregar, corregir o modificar en

relación con lo manifestado ante el despacho CONTESTÓ: No. No siendo otro el

objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los

que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las diez y cuarenta de la

mañana (10:40 a.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La compareciente,

MARIELA CARDENAS ORTIZ

Apoderado parte demandante,

MARTHA LUCIA LOPEZ MORALES

Apodera del llamado en garantía,

JORGE ENRIQUE RIVERO RUBIO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

19

Page 20: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA PARTE DEMANDANTE LUIS ERNESTO GONZALEZ MOSQUERA Y

OTROSRADICACIÓN: 2008-00056-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy once (11) de abril del año dos mil

doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), fecha y hora señalados en

auto del 30 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

testimonio, de la señora OFELIA SUAREZ MUÑOZ dentro del proceso Ordinario

de Responsabilidad Civil Extracontractual contra COOTRANSCAQUETA Y

OTROS, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de Descongestión y su

Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto.

Dejando constancia, que se hace presente la Doctora MARTHA LUCIA LOPEZ

MORALES, identificada con cedula de ciudadanía No 52.154.934, con tarjeta

profesional No 139174-D1 del CSJ como apoderado de la parte actora, y el doctor

JORGE ENRIQUE RIVERO RUBIO quien se identifica con cedula de 91.534.199

de Bucaramanga y portador de la tarjeta profesional 160.626 del Consejo Superior

de la Judicatura, como apoderado de la EQUIDAD SEGUROS O.C Llamada en

Garantía.El despacho procede a practicar interrogatorio a la Señora OFELIA

SUAREZ, Se procede a tomar juramento al declarante, asiéndosele las

advertencias de las responsabilidades que adquiere al tenor de lo normado en el

artículo 442 del C.P. PREGUNTADO por generales de ley CONTESTÓ:

manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía

No 40.759.720 de Florencia, estado civil casada con JOSE OLMEDO GONZALEZ

MOSQUERA, con Instrucción sexto, edad 52 años, su ocupación actualmente,

ama de casa, reside en Barrio Juan XXIII carrera 13 A No 10-72. PREGUNTADO:

Manifiéstele al despacho si usted tiene vinculo de parentesco con las partes, (se le

lee EMPRESAS COOTRANSCAQUETA, LUIS ERNESTO GONZALEZ, SIRLEY

GONZALEZ, JENNY CECILIA GONZALEZ, ELIANA GONZALEZ CRUZ.

CONSTESTÓ: No PREGUNTADO: Manifiéstele al despacho lo que usted sepa o

le conste en relación con el accidente de transito ocurrido el 16 de julio de 2006 en

esta ciudad, en el cual falleció la señora SIXTA TULIA CRUZ LIZCANO..

CONTESTÓ: Lo único que se fue que la mato una chiva, me llamaron que la había

matado una chiva. La demandante solicita el uso de la palabra y se le concede en

ella manifiesta. PREGUNTADO: Digale al despacho como era la relacion de la

señora SIXTA TULIA CRUZ LIZCANO y el señor LUIS ERNESTO GONZALEZ

MOSQUERA. CONTESTÓ: Se miraba que vivian bien, se ayudaban del uno al

otro en gastos, vivian juntos, con las hijas YENNY, SHIRLEY, ELIANA y la nieta

hija de SHIRLEY. PREGUNTADO: A que actividad se dedicaba la señora SIXTA

TULIA CRUZ LIZCANO. CONTESTÓ: Ella era enfermera de PROFAMILIA.

PREGUNTADO: Sabe usted que destino le daba a sus ingresos la señora SIXTA

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Page 21: TESTIMONIOS 2012

TULIA CRUZ LIZCANO CONTESTÓ: Ella le ayudaba al esposo para el estudio de

las hijas y una que estudiaba en Manizales era YENNY. La apoderada manifiesta

no hacer mas preguntas. Toma el uso de la palabra el despacho en el cual

manifiesta PREGUNTADO: Desea agregar, corregir o modificar en relación con lo

manifestado ante el despacho CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la

presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella

intervinimos tal como aparece, siendo las diez y veinte de la mañana (10:20 a.m.),

una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La compareciente,

OFELIA SUAREZ

Apoderado parte demandante,

MARTHA LUCIA LOPEZ MORALES

Apodera del llamado en garantía,

JORGE ENRIQUE RIVERO RUBIO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

21

Page 22: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA PARTE DEMANDANTE LUIS ERNESTO GONZALEZ MOSQUERA Y

OTROSRADICACIÓN: 2008-00056-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy once (11) de abril del año dos mil

doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), fecha y hora señalados

en auto del 30 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

testimonio, del señor ROLANDO ARTUNDUAGA FIERRO dentro del proceso

Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual contra

COOTRANSFLORENCIA Y OTROS, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito

de Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y

declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se hace presente la Doctora

MARTHA LUCIA LOPEZ MORALES, identificada con cedula de ciudadanía No

52.154.934, con tarjeta profesional No 139174-D1 del CSJ como apoderado de la

parte actora, poder sustituido por el doctor JESUS LOPEZ FERNANDEZ,

reconociéndole Personería Jurídica con las mismas facultades que le fueron

conferidas y el doctor JORGE ENRIQUE RIVERO RUBIO quien se identifica con

cedula de 91.534.199 de Bucaramanga y portador de la tarjeta profesional

160.626 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la EQUIDAD

SEGUROS O.C Llamada en Garantía. El despacho procede a practicar

interrogatorio al Señor ROLANDO ARTUNDUAGA, Se procede a tomar juramento

al declarante, asiéndosele las advertencias de las responsabilidades que adquiere

al tenor de lo normado en el articulo 442 del C.P. PREGUNTADO por generales

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Page 23: TESTIMONIOS 2012

de ley CONTESTÓ: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la

cedula de ciudadanía No 17.656.650 de Florencia, estado civil casado con

ELIANA MILENA GONZALEZ CRUZ, con Instrucción Técnico, edad 34 años, su

ocupación actualmente independiente, reside en Carrera 14 No 4-29 barrio El

Versalles. PREGUNTADO: Manifieste al despacho de lo que conozca acerca del

accidente ocurrido el 16 de julio de 2006 en esta ciudad. CONSTESTÓ: Yo llegue

mas o menos 30 o 20 minutos después del accidente, mi cuñada me llamo a mi

casa me desplacé del frente del Palacio de Justicia hasta el lugar de los hechos en

toda la esquina del restaurante del Cunduy, veo en ese momento del conductor de

la chiva en un estado de alicoramiento mamándole gallo a la policía diciéndole que

el no había sido, no coordinaba con la que le preguntaba la policía y le estaba

mamando gallo, después miro el cadáver de mi suegra cubierto con una sabana,

eso fue lo que mire no me consta como fue el accidente. En este estado de la

diligencia solicita la palabra la apoderada de los demandantes y ya con el uso de

la palabra manifiesta. PREGUNTADO: Dígale al despacho como se dio cuenta

usted que el conductor del vehiculo se encontraba en estado de alicoramiento..

CONTESTÓ: Se encontraba en estado de alicoramiento por que el policía que era

una mujer que en ese momento le estaba como preguntando, tenia la cosa de

reírse, en un caso de eso no es una actitud normal y aparte de eso cuando lo

bajaron del carro de la policía no se podía sostener bien. Según investigaciones

que nosotros hicimos el señor se encontraba tomando en la esquina.

PREGUNTADO: Como era las relaciones de la señora SIXTA TULIA CRUZ

LIZCANO y el señor LUIS ERNESTO GONZALEZ MOSQUERA CONTESTÓ: Era

una pareja, se llevaban bien, lo normal de toda pareja altibajos, nunca se

presentaron inconvenientes de gravedad, ellos vivían los dos. PREGUNTADO: A

que actividad se dedicada la señora SIXTA TULIA CRUZ LIZCANO. CONTESTÓ:

Era auxiliar de enfermería en PROFAMILIA. PREGUNTADO: Sabe usted el

destino que la señor SIXTA TULIA CRUZ LIZCANO, le daba los ingresos que

percibía de su actividad laboral. CONTESTÓ: A simple vista ella tenía una hija

estudiando en Manizales Jefe de Enfermería la cual ella le enviaba plata y el otro

era para el sostenimiento de la casa. Manifiesta la apoderada no hacer más

preguntas. Solicita el uso de la palabra el apoderado del llamado en garantía

quien con el uso manifiesta. PREGUNTADO: Manifestó usted en respuesta

anterior ver en estado de alicoramiento al conductor del vehiculo, diga en

respuesta si o no si usted vio que la persona que indica se hubiera bajado del

lugar de conducción del vehiculo en el momento del accidente. CONTESTÓ: No

PREGUNTADO: Dígale al despacho si usted acompaño en algún momento a la

señora SIXTA para realzar alguna clase de destilación de sus ingresos o si usted

lo presencio. CONTESTÓ: Si, por que ella a veces nos daba la plata para

consignarle a la cuenta de la hija en Manizales. PREGUNTADO: La señora SIXTA

23

Page 24: TESTIMONIOS 2012

era la única persona de ese núcleo familiar que percibía ingresos CONTESTÓ:

No, también aportaba el esposo. Manifiesta el apoderado no hacer más preguntas.

El despacho toma el uso de la palabra en el cual manifiesta PREGUNTADO:

Desea agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el

despacho CONTESTÓ: Si, al señor que estaba borracho por voz populi, decían

que era el conductor de la chiva. No siendo otro el objeto de la presente diligencia

se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal

como aparece, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), una vez leída

y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El compareciente,

ROLANDO ARTUNDUAGA FIERRO

Apoderado parte demandante,

MARTHA LUCIA LOPEZ MORALES

Apodera del llamado en garantia,

JORGE ENRIQUE RIVERO RUBIO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

24

Page 25: TESTIMONIOS 2012

Apoderado parte demandante,

ABDON ROJAS CLAROS

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO“PRUEBAS DE OFICIO”

RADICACIÓN: 2007-00099-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy diez (10) de abril del año dos mil

doce (2012), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), fecha y hora señalados

en auto del 26 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

testimonio, a la señora SUBIELA OME LOZADA dentro del proceso Ordinario de

Responsabilidad Civil Extracontractual de MARLEN CARRION GARZON contra:

JAIME LEON BURBANO ROJAS, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de

Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y

declaró abierto el acto. El despacho procede a practicar interrogatorio a la Señora

25

Page 26: TESTIMONIOS 2012

SUBIELA OME LOZADA, asiéndosele las advertencias de las responsabilidades

que adquiere al tenor de lo normado en el articulo 442 del C.P., PREGUNTADO

por generales de ley CONTESTÓ: manifiesta llamarse como quedo escrito,

identificada con la cedula de ciudadanía No 40.763.490 de Florencia, estado civil

unión libre con JOSE ANTONIO LOZADA, con Instrucción cuarto primaria, edad

47 años, su ocupación actualmente el hogar, reside en Carrera 16 No 3ª-55 B/ El

Obrero. PREGUNTADO: Manifiéstele al despacho si usted ha adquirido vehiculo

automotor en el establecimiento de comercio denominado MULTIMOTOS DEL

SUR. CONSTESTÓ: Yo compre una moto de marca Jincheng, en el año 2006 o

2007, yo la compre por mi hijo que no quería tenerla a nombre de él, el almacén

estaba ubicado por detrás del Yep donde guardan las motos. PREGUNTADO:

Manifieste al despacho cuando compro la moto. CONTESTÓ: Me entregaron la

moto, con la tarjeta de propiedad y me parece que ellos me dieron un chaleco con

el casco. PREGUNTADO: Manifieste al despacho si la entidad MULTIMOTOS

DEL SUR le hizo entrega del seguro obligatorio o SOAT. CONTESTÓ: No, a mi

me entregaron fue la tarjeta de propiedad, el SOAT me lo compro un amigo a

quien le di la plata y el me lo llevo a la casa. PREGUNTADO: Sabe usted por que

razón la entidad MULTIMOTOS DEL SUR, representada por el señor CARLOS

ANDRES ROJAS PENA, aporto fotocopia de su SOAT, manifestando a la

FISCALIA que el señor FERNANDO AGUIRRE había falsificado entre otros su

seguro del SOAT. CONTESTÓ: No tengo ni idea. PREGUNTADO: Desea

agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho

CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y

firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece,

siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La compareciente,

SUBIELA OME LOZADA

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

26

Page 27: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO“PRUEBAS DE OFICIO”

RADICACIÓN: 2007-00099-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy diez (10) de abril del año dos mil

doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), fecha y hora señalados en

auto del 26 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

testimonio, a la señora LUZ ELENA ORDÓÑEZ MALAMBO dentro del proceso

Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual de MARLEN CARRION

GARZON contra: JAIME LEON BURBANO ROJAS, el señor Juez del Juzgado

Civil del Circuito de Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en

audiencia pública y declaró abierto el acto. El despacho procede a practicar

interrogatorio a la Señora Luz Elena Ordóñez Malambo, asiéndosele las

advertencias de las responsabilidades que adquiere al tenor de lo normado en el

articulo 442 del C.P., PREGUNTADO por generales de ley CONTESTÓ:

manifiesta llamarse como quedo escrito, identificada con la cedula de ciudadanía

No 40.770.888 de Florencia, estado civil casa con WILSON HERNANDEZ, con

Instrucción séptimo bachillerato, edad 44 años, su ocupación actualmente

comerciante, reside en la carrera 3B No 7ª-06 B/ Santander. PREGUNTADO:

Manifieste al despacho si usted tubo o ha tenido negociación de mercancías en el

establecimiento de comercio denominado MULTIMOTOS DEL SUR DOS.

CONSTESTÓ: Compramos una moto de creo que era de marca Jincheng, como a

los dos meses de comprada nos paro la Policía de Transito, pidieron los

documentos y los presentamos y el agente de policía nos dijo que el seguro era

Falso, volvimos al almacén y la señorita que nos había vendido la moto, nos dijo

que el señor que les hacia los tramites les estaba metiendo los seguros chiviados

o falsos, y nos lo repuso por uno original que con ese no tuvimos problemas.

PREGUNTADO: Por razón de que, el almacén que les vendió la moto les entrego

el seguro del Vehiculo. CONTESTÓ: Por que el almacén entregaba el seguro,

27

Page 28: TESTIMONIOS 2012

tarjeta de propiedad, un casco, la placa. PREGUNTADO: La entrega del seguro

por parte del almacén fue directamente el almacén o en dicho establecimiento de

comercio funcionaba una aseguradora. CONTESTÓ: La señorita que nos vendió

la moto nos entrego personalmente los documentos. PREGUNTADO: Indíquele al

despacho en donde queda el almacén donde compro la moto CONTESTÓ: No se

la dirección, pero quedaba por la cuadra de la entrada al parqueadero de motos

del Almacén Yep. PREGUNTADO: Manifiéstele al despacho si usted formularon

denuncio, en caso afirmativo en contra de quien, por la falsedad del seguro SOAT.

CONTESTÓ: En ningún momento, por que cuando hicimos el reclamo ellos nos

respondieron, el problema era el empleado quien tramitaba todos los seguros

SOAT quien era el que estaba haciendo los seguros falsos. PREGUNTADO:

Cuando usted compro la moto ha que se comprometió el establecimiento de

comercio. CONTESTÓ: Esa moto compro a plazo, cuando se hizo la negociación

me entregaron la moto con la tarjeta de propiedad, el seguro SOAT, el casco.

PREGUNTADO: Sabe usted como se llama o se llamaba la persona que hizo los

tramites para entregarle la documentación relacionada con la moto. CONTESTÓ:

La que nos vendió la moto era una señorita quien fue la persona que nos entrego

la moto, los documentos y el casco. No se cual fue la persona que hizo los

tramites de los documentos. PREGUNTADO: Después de la compra de la moto

que se ha venido refiriendo ha hecho otras negociaciones con el establecimiento

de comercio. CONTESTÓ: No estoy segura. PREGUNTADO: Manifieste al

despacho si usted conoce a la señora MARLEN CARRION GARZON o al señor

BALTAZAR ORTIZ SANTANILLA. CONTESTÓ: No señor. PREGUNTADO: Desea

agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho

CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y

firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece,

siendo las diez y cuarenta de la mañana (10:40 a.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La compareciente,

LUZ ELENA ORDOÑEZ MALAMBO

El secretario ad-hoc,

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Page 29: TESTIMONIOS 2012

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO“PRUEBAS DE OFICIO”

RADICACIÓN: 2007-00099-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy diez (10) de abril del año

dos mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), fecha

y hora señalados en auto del 26 de enero del año en curso, a fin de

llevar a efecto la recepción de testimonio, a el señor CARLOS ANDRES

ROJAS PEÑA dentro del proceso Ordinario de Responsabilidad Civil

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Page 30: TESTIMONIOS 2012

Extracontractual de MARLEN CARRION GARZON contra: JAIME LEON

BURBANO ROJAS, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de

Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia

pública y declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se hace

presente el Doctor ABDON ROJAS CLAROS, identificado con cedula de

ciudadanía No 10.522.041, con tarjeta profesional No 13.226 del CSJ

como apoderado de la parte actora, siendo las nueve y quince de la mañana

(09:15 am.) se hizo una espera más que prudencial para que compareciera la

testigo para rendir su testimonio pero no fue posible por su notable ausencia. No

siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de

aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, una vez leída y

aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

Apoderado parte actora,

ABDON ROJAS CLAROS

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

30

Page 31: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA PARTE DEMANDADA COOMOTORFLORENCIA LTDA

RADICACIÓN: 2010-00074-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy veintinueve (29) de marzo del año

dos mil doce (2012), siendo las cuatro de la tarde (04:00 p.m.), fecha y hora

señalados en auto del 25 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la

recepción de testimonio, de la señora ELISEO LAGUNA BARRERO dentro del

proceso Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual de NELSON OME

POLANIA, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de Descongestión y su

Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. En

este estado de la diligencia el despacho observa que el citado como testigo, es

parte dentro del proceso por encontrarse demandado, en consecuencia se

procederá a ordenar la práctica del interrogatorio de parte por auto separado. No

siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de

aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las cuatro y

quince de la tarde (04:15 p.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El compareciente,

ELISEO LAGUNA BARRERO

31

Page 32: TESTIMONIOS 2012

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA PARTE DEMANDANTE NELSON OME POLANIA

RADICACIÓN: 2010-00074-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy veintinueve (29) de marzo del año

dos mil doce (2012), siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), fecha y hora

señalados en auto del 25 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la

recepción de testimonio, de la señora CARMEN PEÑA VELASQUEZ dentro del

proceso Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual contra

COOTRANSFLORENCIA Y OTROS, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito

de Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y

declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se hace presente el Doctor

WILLIAN SANCHEZ AMAYA, identificado con cedula de ciudadanía No

17.683.094, con tarjeta profesional No 79.164 del CSJ como apoderado de la

parte actora. El despacho procede a practicar interrogatorio a la Señora

YOLANDA JOSA NARANJO, asiéndosele las advertencias de las

responsabilidades que adquiere al tenor de lo normado en el articulo 442 del C.P.,

PREGUNTADO por generales de ley CONTESTÓ: manifiesta llamarse como

quedo escrito, identificada con la cedula de ciudadanía No 51.599.767 de Bogotá

D.C., estado civil soltera, con Instrucción bachiller, edad 50 años, su ocupación

actualmente Comerciante Independiente, reside en Barrio La Victoria Calle 33C

No 9B-35 de Florencia PREGUNTADO: Manifieste al despacho por que razón se

encuentra en este Despacho CONSTESTÓ: Tengo entendido que por el accidente

del niño la señora LIGIA POLANIA , es la abuela del niño. PREGUNTADO:

Manifiéstele al despacho que fue lo que ocurrió en el accidente del niño de la

señora LIGIA POLANIA. CONTESTÓ: El accidente fue en el dos mil nueve, en los

32

Page 33: TESTIMONIOS 2012

primeros días del año, yo me encontraba en mi casa enseguida de la casa de la

señora LIGIA, cunado escuche que freno un carro y gritaron salí a la puerta y

cuando mire que el niño bajaba saltando en un pie y el carro no paro si no cuando

salimos todos, paramos el carro y montamos el niño en el mismo carro y lo

trasladaron al Hospital, el señor en el intermedio de cinco y cinco y treinta el

pasaba con mucho velocidad, la señora NEILER le había manifestado al conductor

que le mermara la velocidad y él le contesto que la calle era libre. PREGUNTADO:

Manifieste al despacho si sabe o tiene conocimiento con que persona se

encontraba el niño durante el accidente. CONTESTÓ: El estaba con la abuelita,

porque estaba bajo su responsabilidad, porque la mamá se encontraba en la

ciudad de Neiva. PREGUNTADO: En el momento del accidente con quien se

encontraba el menor. CONTESTÓ: con la abuela. Quien tiene unos 57 años

PREGUNTADO: Anterior mente manifestó usted que el carro intento huir, y que

ustedes lo pararon, quienes son ustedes. CONTESTÓ: La gente de la cuadra,

varias personas que no recuerdo los nombres. PREGUNTADO: Manifiéstele el

despacho como ocurrió y donde ocurrió el accidente. CONTESTÓ: Dicen las

vecinas que el niño se encontraba sentado en una piedra a orillas de la carretera,

el carro bajaba a gran velocidad por el carril izquierdo cuando el debía bajar era

por el derecho. PREGUNTADO: La piedra que manifiesta donde estaba sentado

el menor se encuentra dentro del anden. CONTESTÓ: Se encuentra al bordo de la

via. PREGUNTADO: Manifieste que clase de vehiculo fue el que atropello al

menor. CONTESTÓ: No se que marca, son esos que salen hacer viaje a los

pueblos, una especie de bus pequeño. PREGUNTADO: Teniendo en cuenta que

usted cuando escucho la frenada salio a la puerta, porque asevera que la abuela

se encontraba con el niño. CONTESTÓ: Por que hacia poco había ido a la casa

de ella y se encontraba en la sala cosiendo y el niño estaba jugando en la puerta.

PREGUNTADO: Sabe usted que consecuencias le causo al niño el accidente.

CONTESTÓ: El niño perdió dos dedos del pie, el dedo pequeño y el siguiente.

PREGUNTADO: Conoce usted a la señora YOLANDA JOSA NARANJO.

CONTESTÓ: Si señor, ella vive en el barrio, media cuadra de mi casa, volteando a

la esquina y ella vive ahí.. PREGUNTADO: Teniendo en cuenta que el señor

siempre pasaba a alto velocidad como lo afirma, ustedes le informaron de ese

hecho a las autoridades. CONTESTÓ: No señor. Se le concede el uso de la

palabra al apoderado de la parte demandante. PREGUNTADO: Manifieste al

despacho por cree usted que el conductor del vehiculo halla invadido el carril

contrario y atropellado al niño conforme usted lo manifestó anterior mente.

CONTESTÓ: Por el exceso de velocidad. PREGUNTADO: El carril derecho que a

él le correspondía estaba en perfecto estado o presentaba fallas que lo obligaran a

él a invadir el carril para esquivarla. CONTESTÓ: La calle estaba en buen estado,

si el paso por allá fue por que quiso y no por que estaba en mal estado.

33

Page 34: TESTIMONIOS 2012

PREGUNTADO: En el testimonio de la señora YOLANDA FOSA ella afirmo que

en el carril derecho había una cuneta, usted recuerda esa falla o no la recuerda.

CONTESTO: En el principio de la cuadra había una cuneta, que es donde voltea y

después atropella al niño. PREGUNTADO: Cual fue usted que cree que fue la

causa del accidente. CONTESTÓ: Yo considero dos puntos, el primero como ya lo

he dicho por exceso de velocidad y el segundo que el iba acompañado de una

muchacha el iba distraído conversando con la muchacha. El despacho pregunta

PREGUNTADO: Desea agregar, corregir o modificar en relación con lo

manifestado ante el despacho CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la

presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella

intervinimos tal como aparece, siendo las tres y cuarenta de la tarde (03:40 p.m.),

una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La compareciente,

CARMEN PEÑA VELASQUEZ

Apoderado parte demandante,

WILLIAN SANCHEZ AMAYA

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

34

Page 35: TESTIMONIOS 2012

35

Page 36: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA PARTE DEMANDANTE NELSON OME POLANIA

RADICACIÓN: 2010-00074-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy veintinueve (29) de marzo del año

dos mil doce (2012), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), fecha y

hora señalados en auto del 25 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la

recepción de testimonio, de la señora YOLANDA JOSA NARANJO dentro del

proceso Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual contra

COOTRANSFLORENCIA Y OTROS, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito

de Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y

declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se hace presente el Doctor

WILLIAN SANCHEZ AMAYA, identificado con cedula de ciudadanía No

17.683.094, con tarjeta profesional No 79.164 del CSJ como apoderado de la

parte actora. El despacho procede a practicar interrogatorio a la Señora

YOLANDA JOSA NARANJO, asiéndosele las advertencias de las

responsabilidades que adquiere al tenor de lo normado en el articulo 442 del C.P.,

PREGUNTADO por generales de ley CONTESTÓ: manifiesta llamarse como

quedo escrito, identificada con la cedula de ciudadanía No 40.770.393 de

Florencia, estado civil soltera, con Instrucción noveno bachiller, edad 43 años, su

ocupación actualmente manicurista, reside en Barrio La Victoria en la carrera 10 A

No 33B-21. PREGUNTADO: Manifieste al despacho si sabe o conoce la razón de

su presencia en este despacho. CONSTESTÓ: Tengo entendido que fue por un

accidente en el barrio La Victoria donde vivo. PREGUNTADO: Haga un relato de

lo que sepa y le conste en relación con el accidente de transito ocurrido en el

barrio La Victoria de esta Ciudad. CONTESTÓ: fue un accidente de un niño, yo

me desplazaba para el centro, yo vivo en una cuadra y media del lugar del

accidente, cuando en esas subió un bus que arroyo un niño que estaba sentado

en una piedra, el carro paso arriado fue cunado accidento al niño, yo escuche que

el niño grito y el conductor de la buseta pequeña lo trato mal, yo seguí para donde

me dirigía, cuando regrese al barrio arrime a preguntar que había pasado con el

niño, fue cunado me di cuenta que le había cogido los deditos del pie derecho,

esto fue lo que yo presencié, el conductor a toda hora se desplazaba arriado, uno

siempre escuchaba unos frenazos y era el señor, uno siempre debía andar

prevenido por que el conductor le echaba el carro, al señor antes ya le habían

llamado la atención por que andaba arriado “como un loco”, el conductor iba a

visitar a media cuadra de mi casa a una amiga o novia. PREGUNTADO: Sabe

usted como se llama el menor CONTESTÓ: No, ellos vienen de una finca y van a

36

Page 37: TESTIMONIOS 2012

visitar a una abuela. PREGUNTADO: Sabe como se llama el conductor de la

buseta. CONTESTÓ: No señor PREGUNTADO: Sabe o tiene conocimiento que

lesiones le causaron al menor con el accidente. CONTESTÓ: Los dos deditos del

pie derecho, le amputaron. PREGUNTADO: Sabe o tiene conocimiento de quien

estaba acompañado el menor. CONTESTÓ: No se. Se le concede el uso de la

palabra al apoderado de la parte demandante. PREGUNTADO: Dígale al

despacho si usted vio cual fue el comportamiento del conductor con el niño herido,

es decir si lo ayudo o por lo contrario intento evadir responsabilidades.

CONTESTÓ: La reacción del conductor fue de escaparse. PREGUNTADO: Por

favor describa como era la calle del lugar del accidente. CONTESTÓ: Entrando a

sia la calle que atropello al niño en la curva hay una cuneta donde los vehículos

tienen que mermar la velocidad y el señor no tuvo precaución PREGUNTADO:

Que edad aproximada tenia el conductor CONTESTÓ: Unos treinta años

aproximadamente. PREGUNTADO: Cual cree usted que fue la causa de

accidente y por que. CONTESTÓ: La imprudencia del conductor, porque siempre

andaba arriado, no tenía precaución para conducir PREGUNTADO: Usted

declaro en el CTI sobre el accidente en mención dentro del proceso penal.

CONTESTÓ: Si. PREGUNTADO: Manifieste si o no, si recuerda el nombre de la

abuela corresponde a Ligia. CONTESTÓ: Si. PREGUNTADO: Manifieste si el

conductor a vuelto a manejar en el barrio. CONTESTÓ: No le he vuelto a ver al

conductor. El Despacho tomo el uso de la palabra PREGUNTADO: Desea

agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho

CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y

firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece,

siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La compareciente,

YOLANDA JOSA NARANJO

Apoderado parte demandante,

WILLIAN SANCHEZ AMAYA

El secretario ad-hoc,

37

Page 38: TESTIMONIOS 2012

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA PARTE DEMANDADA Y LLAMAMIENTO EN GARANTIA

RADICACIÓN: 2010-00074-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy veintinueve (29) de marzo

del año dos mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00

a.m.), fecha y hora señalados en auto del 25 de enero del año en curso,

a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, a la señora LIGIA

POLANIA DE OME dentro del proceso Ordinario de Responsabilidad Civil

Extracontractual de NELSON OME POLANIA, el señor Juez del Juzgado

Civil del Circuito de Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó

en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando constancia, siendo

las nueve y quince de la mañana (09:15 am.) se hizo una espera más que

prudencial para que compareciera la testigo para rendir su testimonio pero no fue

posible por su notable ausencia. No siendo otro el objeto de la presente diligencia

se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal

como aparece, una vez leída y aprobada.

38

Page 39: TESTIMONIOS 2012

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

39

Page 40: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE INTERROGATORIO DE PARTE SOLICITADO POR EL DEMANDADO EMILIANO SUAREZ BERMEO

RADICACIÓN: 2011-00018-00

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy veintisiete (27) de marzo del año

dos mil doce (2012), siendo las cuatro de la tarde (04:00 p.m.), fecha y hora

señalados en auto del 09 de febrero del año en curso, a fin de llevar a efecto la

recepción de del Interrogatorio de parte, a la señora, NORA SOFIA URREGO DE

ARIAS dentro del proceso Ordinario –Nulidad de Escritura de Usufructo- de NORA

SOFÍA URREGO DE ARIAS contra EMILIANO SUAREZ BERMEO, el señor Juez

y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el

acto. Dejando constancia, que el Doctor NELSON CALDERON MOLINA,

apoderado judicial de la parte demandante, presenta un escrito donde excusa la

no asistencia de la señora NORA SOFIA URREGO DE ARIAS, ya que reside en

vecino país de la Republica Bolivariana de Venezuela. No siendo otro el objeto de

la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en

ella intervinimos tal como aparece, siendo las cuatro y diez de la tarde (04:10

p.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

40

Page 41: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR EL DEMANDADO EMILIANO SUAREZ BERMEO

RADICACIÓN: 2011-00018-00

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy veintisiete (27) de marzo del año

dos mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), fecha y hora

señalados en auto del 09 de febrero del año en curso, a fin de llevar a efecto la

recepción de testimonio, a el señor, SERAFIN RIVAS RUBIANO dentro del

proceso Ordinario –Nulidad de Escritura de Usufructo- de NORA SOFÍA URREGO

DE ARIAS contra EMILIANO SUAREZ BERMEO, el señor Juez y su Secretario

ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando

constancia, que el Doctor DIEGO RUBIANO JIMÉNEZ, apoderado judicial de la

parte demandada, presenta un escrito donde desiste de los testigos SERAFIN

RIVAS RUBIANO, ANGELMIRO RIVAS RAMON Y MARINA TRUJILLO DE

GARZON y de la Inspección Judicial decretada para el día 28 de marzo del año en

curso. No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en

señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las

nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

41

Page 42: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR EL DEMANDADO EMILIANO SUAREZ BERMEO

RADICACIÓN: 2011-00018-00

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy veintisiete (27) de marzo del año

dos mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), fecha y hora

señalados en auto del 09 de febrero del año en curso, a fin de llevar a efecto la

recepción de testimonio, a el señor, ANGELMIRO RIVAS RAMÓN dentro del

proceso Ordinario –Nulidad de Escritura de Usufructo- de NORA SOFÍA URREGO

DE ARIAS contra EMILIANO SUAREZ BERMEO, el señor Juez y su Secretario

ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando

constancia, que se hace presente el Doctor HAROLD ANDRÉS OTÁLORA

IBARRA, quien se identifica con cedula de ciudadanía No 17.691.012 de Florencia

y portador de la tarjeta profesional 200.316 del Consejo Superior de la Judicatura,

como apoderado de la parte demandada. El despacho procede a practicar

interrogatorio al Señor Angelmiro Rivas Ramón, se toma el juramento al

declarante, asiéndosele las advertencias de las responsabilidades que adquiere al

tenor de lo normado en el articulo 442 del C.P., PREGUNTADO por generales de

ley CONTESTÓ: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la

42

Page 43: TESTIMONIOS 2012

cedula de ciudadanía No, estado civil, con Instrucción, edad años, su ocupación

actualmente, reside en PREGUNTADO: CONTESTÓ: PREGUNTADO:

CONTESTÓ: PREGUNTADO: CONTESTÓ: PREGUNTADO: CONTESTÓ:

PREGUNTADO: CONTESTÓ: PREGUNTADO: CONTESTÓ: PREGUNTADO:

CONTESTÓ: PREGUNTADO: CONTESTÓ: PREGUNTADO: CONTESTÓ:

PREGUNTADO: CONTESTÓ: PREGUNTADO: CONTESTÓ: PREGUNTADO:

CONTESTÓ: PREGUNTADO: Desea agregar, corregir o modificar en relación con

lo manifestado ante el despacho CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la

presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella

intervinimos tal como aparece, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30

a.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La Compareciente,

SERAFIN RIVAS RUBIANO

Apoderado parte demandada,

NELSON CALDERÓN MOLINA

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MARIA ELIZABETH CRUZ HERMOSA

RADICACIÓN: 2010-00218-00

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy veintidós (21) de marzo del año dos

mil doce (2012), siendo las tres y treinta de la tarde (03:30 p.m.), fecha y hora

señalados en auto del 12 de marzo del año en curso, a fin de llevar a efecto la

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Page 44: TESTIMONIOS 2012

recepción de testimonio, a el señor, JORGE ELIECER PERDOMO MENESES

dentro del proceso Ordinario de Declaración de Pertenencia por Prescripción

Extraordinaria Adquisitiva de Dominio contra SILVANO QUINTERO Y OTROS, el

señor Juez y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró

abierto el acto. Dejando constancia, que se hace presente el Doctor FABIO

GUZMAN YAGUE, quien se identifica con cedula de 17.117.721 de Bogotá y

portador de la tarjeta profesional 14467 del Consejo Superior de la Judicatura,

como apoderado de la parte actora. El despacho procede a practicar interrogatorio

al Señor Jorge Eliécer Perdomo Meneses, se toma el juramento a la declarante,

asiéndosele las advertencias de las responsabilidades que adquiere al tenor de lo

normado en el articulo 442 del C.P., PREGUNTADO por generales de ley

CONTESTÓ: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula

de ciudadanía No 17.624.622 de Florencia, estado civil unión libre con FLOR

ALBA MURCIA LOZANO, con Instrucción Sexto Bachillerato, edad 62 años, su

ocupación actualmente pensionado, reside en Calle 15 No 11-32 segundo piso

barrio El Centro de Florencia. PREGUNTADO: sírvase manifestar si conoce a la

señora MARIA ISALBEL CRUZ DE HERMOSA, desde cuanto hace y por que

razón. CONTESTÓ: Hace unos 29 años, yo trabaje con la familia Hermosa y

desde esa época la distingo a ella. PREGUNTADO: Manifieste al despacho si

conoce el lote de terreno ubicado en la carrera 13 No 3B -56, por que razón y

desde cuanto hace. CONTESTÓ: Si, queda en el barrio Versalles, es un lote

hace unos 22 años, por que a mi me ha tocado cercarlo y limpiarlo varias veces.

PREGUNTADO: Manifieste al despacho en cuantas oportunidades ha estado en

el lote de terreno mencionado. CONTESTÓ: Aproximadamente unas quince o 17

veces, por que me ha tocado encerrar por que se roban el alambre.

PREGUNTADO: Teniendo en cuenta que usted ha tenido que asistir 17 veces un

promedio de una vez por año aproximadamente, y le a tocado encerrar el lote,

porque se roban el alambre que acciones policivas o judiciales se han iniciado

para evitar esos hechos. CONTESTÓ: Lo que pasa es que eso es baldío y que yo

sepa no han instaurado ninguna acción. PREGUNTADO: Manifieste al despacho

que materiales uso para encerrar el lote de terreno CONTESTÓ: Se uso unos

estantillos de guadua y alambre púa. PREGUNTADO: Teniendo en cuenta que

manifiesta que ha encerrado el lote de terreno unas 17 veces aproximadamente,

como encerraban el lote en el sector del humedal que queda en el sector del fondo

de terreno. CONTESTÓ: Se encerraba en los dos contados y por el frente, en el

humedal no se encerraba por el agua. PREGUNTADO: Manifieste al despacho

quien es el dueño del lote de terreno ubicado en la carrera 13 No 3B-56 de

Florencia. CONTESTÓ: La Señora MARIA ELIZABETH CRUZ DE HERMOSA,

me manifestó que había adquirido o comprado un lote en la dirección antes

mencionada. PREGUNTADO: Manifieste al despacho si conoce al señor SILVIO

44

Page 45: TESTIMONIOS 2012

QUINTERO CONTESTÓ: No distingo al señor antes mencionado.

PREGUNTADO: Manifieste al despacho que otras hechos o actos han realizado

en el lote de terreno diferente al cerco. CONTESTÓ: Solo limpiarlo y la cercada.

PREGUNTADO: Manifieste al despacho si usted sabe o tiene conocimiento como

adquirió la señora MARIA ELIZABETH CRUZ DE HERMOSA, el lote de terreno

del que se viene hablando. CONTESTÓ: No en ese sentido no se, lo único fue

que ella me comento hace unos 22 años que había adquirido un lote en el barrios

Versalles. Se le concede el uso de la palabra al apoderado de la parte

demandante. PREGUNTADO: Manifiéstele al despacho que persona pagan los

impuestos de dicho lote. CONTESTÓ: La persona que paga los impuestos es la

señora MARIA ELIZABETH CRUZ DE HERMOSA y me consta porque

personalmente he pagado los impuestos. El despacho pregunta. PREGUNTADO:

Manifiéstele al despacho que impuesto ha pagado usted correspondiente al lote de

terreno, de que año. CONTESTÓ: Los impuesto que por intermedio mió, fue el

impuesto Predial, he pagado unos diez recibos, como desde el año 1996 hasta el

año 2011. PREGUNTADO: Desea agregar, corregir o modificar en relación con lo

manifestado ante el despacho CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la

presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella

intervinimos tal como aparece, siendo las cuatro de la tarde ( 04:00 P.M.), una vez

leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La Compareciente,

JORGE ELIECER PERDOMO MENESES

Apoderado parte demandante,

FABIO GUZMAN YAGUE

El secretario ad-hoc,

45

Page 46: TESTIMONIOS 2012

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MARIA ELIZABETH CRUZ HERMOSA

RADICACIÓN: 2010-00218-00

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy veintidós (21) de marzo del año dos

mil doce (2012), siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), fecha y hora señalados

en auto del 12 de marzo del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

testimonio, de la señora, EDNA ROCIO RAMOS dentro del proceso Ordinario de

Declaración de Pertenencia por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio

contra SILVANO QUINTERO Y OTROS, el señor Juez y su Secretario ad-hoc, se

constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando constancia, que

se hace presente el Doctor FABIO GUZMAN YAGUE, quien se identifica con

cedula de 17.117.721 de Bogotá y portador de la tarjeta profesional 14467 del

Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte actora. El

despacho procede a practicar interrogatorio a la Señora Edna Rocio Ramos, se

toma el juramento a la declarante, asiéndosele las advertencias de las

responsabilidades que adquiere al tenor de lo normado en el articulo 442 del C.P.,

PREGUNTADO por generales de ley CONTESTÓ: manifiesta llamarse como

quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía No 40.774.280 de

Florencia, estado civil soltera, con Instrucción bachiller, edad 40 años, su

ocupación actualmente comerciante independiente, reside en Carrera 14 No 9-63

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Page 47: TESTIMONIOS 2012

barrio Juan XXIII de Florencia. PREGUNTADO: sírvase manifestar si conoce a la

señora MARIA ISALBEL CRUZ DE HERMOSA, desde cuanto hace y por que

razón. CONTESTÓ: Si, hace unos cuarenta años, estudiamos juntas vivimos

cerca, prácticamente nos criamos juntas. PREGUNTADO: Manifieste al despacho

si usted conoce el lote de terreno en la carrera 13 No 3B-56. CONTESTÓ: Si lo

conozco, esta ubicado en el barrio el Versalles. PREGUNTADO: Manifieste al

despacho quien es el dueño del lote de terreno de la carrera 13 No 3B-56.

CONSTESTO: No se de quien es, supongo que la señora ELIZABETH CRUZ DE

HERMOSA es la dueña por que ella va a desyerbar, cerrarlo pero eso no dura

nada por que se roban los palos PREGUNTADO: Teniendo en cuenta su

respuesta anterior como ha sido el encerramiento del lote de terreno.

CONTESTÓ: Con palos, algo muy sencillo inseguro por que eso no dura nada.

PREGUNTADO: Manifieste al despacho cuantas veces ha estado en el lote de

terreno. CONSTESTÓ: Hace unos doce años. PREGUNTADO: Teniendo en

cuenta que usted manifiesta que el lote de terreno se encuentra encerrado

manifieste al despacho como encerraron la parte del fondo del lote. CONTESTÓ:

Hasta hora encierro seguro no se le ha realizado, por que no tiene quien vigile o

cuide. PREGUNTADO: Sabe usted o tiene conocimiento si el encierro que

manifiesta haberse realizado en el lote de terreno ocupo el humedad que da

contra el lote de terreno. CONTESTÓ: Si siempre era largito PREGUNTADO: En

las cuatro veces que usted manifiesta que estuvo en el lote de terreno con que

periodo estuvo. CONTESTÓ: Cada dos años. PREGUNTADO: Teniendo en

cuenta que usted manifiesta que cada dos años esta en el lote de terreno por que

razón afirma que el encierro no dura nada. CONTESTÓ: Por que siempre que

íbamos era lo mismo. PREGUNTADO: De acuerdo con su respuesta se puede

afirmar que el lote de terreno no siempre estuvo encerrado. CONTESTÓ: No

porque no había nada de nada cuando íbamos por que se lo lleva el agua o las

personas. PREGUNTADO: Las veces que usted estuvo en el lote de terreno

indagaron con los vecinos quien quitaba las cercas. CONTESTÓ: No.

PREGUNTADO: Sabe usted si la señora MARIA ELIZABETH CRUZ DE

HERMOSA, instauro acciones judiciales o policivas por el retiro de las cercas.

CONTESTÓ: No PREGUNTADO: Tiene usted conocimiento si la señora MARIA

ELIZABETH CRUZ DE HERMOSA, ha realizado mejoras en el lote de terreno.

CONTESTÓ: No. Se le concede el uso de la palabra al apoderado de la parte

demandante. PREGUNTADO: Sírvase manifestar al despacho si la señora

ELIZABETH CRUZ DE HERMOSA, poseía el lote de terreno en mención con

animo de señora y dueña de dicho lote. CONTESTÓ: Si ella varias veces confirmo

ser la dueña, me decía que ese lote era de ella. PREGUNTADO: Manifiéstele al

despacho quien paga los impuestos de dicho lote que hemos mencionado.

CONTESTÓ: Supongo que ella, yo nunca la acompañe. Pregunta el despacho.

47

Page 48: TESTIMONIOS 2012

PREGUNTADO: Manifieste al despacho si usted conoce o conoció al señor

SILVANO QUINTERO. CONTESTÓ: No PREGUNTADO: Desea agregar, corregir

o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho CONTESTÓ: No. No

siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de

aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las tres y

veinticinco de la tarde ( 03:25 A.M.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La Compareciente,

EDNA ROCIO RAMOS CUEVAS

Apoderado parte demandante,

FABIO GUZMAN YAGUE

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

48

Page 49: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR EL DEMANDANTE ANIBAL OSORIO ALZATE Y OTRA

RADICACIÓN: 2010-00202-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy veinte (20) de marzo del

año dos mil doce (2012), siendo las cuatro de la tarde (04:00 p.m.),

fecha y hora señalados en auto del 15 de febrero del año en curso, a fin

de llevar a efecto la recepción de testimonio, de la señora EDNA ROCIO

RAMOS dentro del proceso Ordinario Agrario de Declaración de

Pertenencia contra BLANCA AURORA GUZMAN TORRES, el señor Juez

del Juzgado Civil del Circuito de Descongestión y su Secretario ad-hoc,

se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando

constancia que por error involuntario se sito a la señora EDNA ROCIO

RAMOS, según auto en mención, no siendo esta solicitada como testigo

de la parte demandante.

49

Page 50: TESTIMONIOS 2012

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR EL DEMANDANTE ANIBAL OSORIO ALZATE Y OTRA

RADICACIÓN: 2010-00202-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy veinte (20) de marzo del año dos mil

doce (2012), siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), fecha y hora señalados en

auto del 15 de febrero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

testimonio, a el señor ANDRES MONTENEGRO GUTIERREZ dentro del proceso

Ordinario Agrario de Declaración de Pertenencia contra BLANCA AURORA

GUZMAN TORRES, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de Descongestión

y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el

acto. Dejando constancia, que se hace presente el Doctor LEONTE CHAVARRO

HURTADO, identificado con cedula de ciudadanía No 80.107.731., con tarjeta

profesional No 176.904 del CSJ como apoderado de la parte actora. Se procede a

tomar juramento a el declarante, asiéndosele las advertencias de las

50

Page 51: TESTIMONIOS 2012

responsabilidades que adquiere al tenor de lo normado en el articulo 442 del C.P.,

PREGUNTADO por generales de ley CONTESTÓ: manifiesta llamarse como

quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía No 1.676.775, estado civil

casado con AMELIA SANCHEZ MONTENEGRO, con Instrucción segundo de

primaria, edad 67 años, su ocupación actualmente independiente, reside en Barrio

las Brisas Bajas, calle 1 A Bis No 1 A-30 Florencia. PREGUNTADO: Sírvase

manifestar si conoce a los señores ANIBAL OSORIO ALZATE y MARIA

MARGARITA LOPEZ GOMEZ. CONSTESTÓ: A don ANIBAL lo conozco hace 48

años por que el vivía en una Finca, que colindaba con otra donde yo trabaja, y la

señora MARGARTIA hace unos 12 años, ella vivía en San Vicente del Caguan.

PREGUNTADO: Manifieste al despacho si sabe o tiene conocimiento donde viven

los señores ANIBAL OSORIO ALZATE y MARIA MARGARITA LOPEZ GOMEZ

CONTESTÓ: Viven en Venecia que es un Corregimiento, en una parcela cerquita

a una parcela que tenia yo, colindaba con ellos. PREGUNTADO: Manifieste al

despacho si sabe o tiene conocimiento quien es el propietario del inmueble donde

viven los señores ANIBAL OSORIO ALZATE y MARIA MARGARITA LOPEZ

GOMEZ. CONTESTÓ: Ellos hace como 11 a 12 años que supe que la parcela era

de ellos, a mi dijo un vecino que la finca era de unos señores de San Vicente y los

dias llegaron ellos hicieron un casita, de madera y zinc. PREGUNTADO:

Manifieste al despacho si tiene servicios públicos CONTESTÓ: Agua de una

chorro cercano a la finca y energía eléctrica. PREGUNTADO: Manifieste al

despacho si usted conoce a los señores LUIS ALBERTO LOPEZ y MARIA

MARGARITA LOPEZ y porque razón CONTESTÓ: Si conozco a don LUIS

ALBERTO LOPEZ, yo lo conocí como empleado de la CAJA AGRARIA en San

Vicente del Caguan PREGUNTADO: Manifieste al despacho si usted conoce la

parcela el lote o la parcela denominado el VERGEL. CONTESTÓ: Si la conozco.

PREGUNTADO: Manifieste al despacho a las siguientes personas VICTOR JULIO

TRUJILLO, MARIA DE LOS ANGELES ROJAS, FRANCISCO TRUJILLO,

CONTESTÓ: Al pie de don ANIBAL vivía un VICTOR pero no se el apellido, a los

demás no los conozco. PREGUNTADO: Manifieste al despacho si a usted le

hicieron escritura de su parcela y quien se la hizo. CONTESTÓ: Si, esa parcela

estaba embargada por BANCAFE, y la remataron y me la judicaron a mi.

PREGUNTADO: Manifieste al despacho si conoce a la señora MERCEDES

VALDERRAMA DE ARENAS. CONTESTÓ: Yo la distingo, ella venia a mirar esas

tierras por que decía que le tenían invadida. PREGUNTADO: Manifieste al

despacho si usted sabe o conoce si los señores ANIBAL OSORIO ALZATE y

MARIA MARGARITA LOPEZ GOMEZ, han construido o realizado mejoras en el

lote de terreno que hoy ocupan. CONTESTÓ Si, han sembrado pasto, le hicieron

la casita, galpones para criar pollos, árboles. Se le concede el uso de la palabra al

apoderado de la parte demandante. PREGUNTADO: Manifieste al despacho

51

Page 52: TESTIMONIOS 2012

quien era el anterior propietario de su predio CONTESTÓ: Era MAURICIO

OLIVERO LOZANO. PREGUNTADO: Desea agregar, corregir o modificar en

relación con lo manifestado ante el despacho CONTESTÓ: No. No siendo otro el

objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los

que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las tres y cuarenta de la mañana

(03:40 p.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El compareciente,

ANDRES MONTENEGRO GUTIERREZ

Apoderado parte actora,

LEONTE CHAVARRO HURTADO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR EL DEMANDANTE ANIBAL OSORIO ALZATE Y OTRA

RADICACIÓN: 2010-00202-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy veinte (20) de marzo del año dos mil

doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), fecha y hora señalados

en auto del 15 de febrero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

testimonio, a la señora FLORINDA CARDOZO MUÑOZ dentro del proceso

Ordinario Agrario de Declaración contra BLANCA AURORA GUZMAN TORRES,

el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de Descongestión y su Secretario ad-

hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando

constancia, que se hace presente el Doctor LEONTE CHAVARRO HURTADO,

identificado con cedula de ciudadanía No 80.107.731., con tarjeta profesional No

52

Page 53: TESTIMONIOS 2012

176.904 del CSJ como apoderado de la parte actora, se le reconoce personaría

para actuar en el proceso. Se procede a tomar juramento a el declarante,

asiéndosele las advertencias de las responsabilidades que adquiere al tenor de lo

normado en el articulo 442 del C.P., PREGUNTADO por generales de ley

CONTESTÓ: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificada con la cedula

de ciudadanía No 26.614.256 de Florencia, estado civil, unión libre con MANUEL

ESTEBAN HERRERA, con Instrucción primaria, edad 67 años, su ocupación

actualmente ama de casa, reside en Barrio Jorge Eliécer Gaitán carrera 10 No 3A

-68, Florencia. PREGUNTADO: Manifieste al despacho si usted conoce a los

señores ANIBAL OSORIO ALZATE y MARGARITA LOPEZ GOMEZ, hace cuanto

y por qué. CONSTESTÓ: Hace Mucho tiempo los distingo, cuando mi esposo

compro una parcela en el año 1996, a la señora MERCEDES ARENAS, para esa

época no los conocía y después ellos llegaron, no recuerdo en que año llegaron,

después fue doña MERCEDES les entrego el lote. PREGUNTADO: Sabe por que

razón don ANIBAL OSORIO ALZATE y MARIA MARGARITA LOPEZ GOMEZ, le

compraron a la señora MERCEDES de acuerdo con su manifestación, si ella no ha

sido ni fue propietaria del citado inmueble CONTESTÓ: Ella decía que ella era

propietaria del terreno, ella nos hizo escritura a mi esposo. PREGUNTADO:

Manifieste al despacho como se denomina el lote de terreno que ocupa los

señores ANIBAL OSORIO ALZATE y MARIA MARGARITA LOPEZ GOMEZ.

CONTESTÓ:.Lo denominaban las MERCEDES. PREGUNTADO: Manifieste al

despacho cuanto tiempo usted vivió en su finca CONTESTÓ: Nosotros

compramos en el año 1996 y nos fuimos a vivir allá y hace unos 3 o 4 años nos

vinimos. PREGUNTADO: Manifieste al despacho si usted conoce el inmueble

denominado el VERGEL. CONTESTÓ: Con ese nombre no lo conozco

PREGUNTADO: Sabe usted quien es el dueño del inmueble donde vive los

señores ANIBAL OSORIO ALZATE y MARIA MARGARIA LOPEZ GOMEZ.

CONTESTÓ: De ellos porque ellos fueron los que negociaron con doña

MERCEDES, ella les entrego a ellos PREGUNTADO: Sabe usted si ha habido

alguna persona que les dispute a ellos el lote o parcela. CONTESTÓ: Llego un

señor VICTOR y les corrió el cerco, y si el señor ANBIAL les corría el cerco lo

agarraban a machete, no recuerdo la fecha. PREGUNTADO: Manifieste al

despacho si los señores ANIBAL OSORIO ALZATE y MARIA MARGARITA

LOPEZ GOMEZ, han realizado obras en el lote de terreno de ser afirmativo en que

consiste. CONTESTÓ: Si, hicieron la casa en tabla, zinc, desde que el se fue para

allá hicieron el ranchito, un galpón para meter pollos. PREGUNTADO: Desea

agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho

CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y

firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece,

siendo las diez y cuarenta de la mañana (10:40 a.m.), una vez leída y aprobada.

53

Page 54: TESTIMONIOS 2012

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El compareciente,

FLORINDA CARDOZO MUÑOZ

Apoderado parte actora,

LEONTE CHAVARRO HURTADO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR EL DEMANDANTE ANIBAL OSORIO ALZATE Y OTRA

RADICACIÓN: 2010-00202-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy veinte (20) de marzo del año dos mil

doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), fecha y hora señalados

en auto del 15 de febrero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

testimonio, a el señor MANUEL ESTEBAN HERRERA dentro del proceso

Ordinario Agrario de Declaración contra BLANCA AURORA GUZMAN TORRES,

el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de Descongestión y su Secretario ad-

hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando

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Page 55: TESTIMONIOS 2012

constancia, que se hace presente el Doctor LEONTE CHAVARRO HURTADO,

identificado con cedula de ciudadanía No 80.107.731., con tarjeta profesional No

176.904 del CSJ como apoderado de la parte actora, se le reconoce personaría

para actuar en el proceso. Se procede a tomar juramento a el declarante,

asiéndosele las advertencias de las responsabilidades que adquiere al tenor de lo

normado en el articulo 442 del C.P., PREGUNTADO por generales de ley

CONTESTÓ: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula

de ciudadanía No 4.952.831 de Florencia, estado civil, unión libre con FLORINDA

CARDOZO MUÑOZ, con Instrucción segundo primaria, edad 73 años, su

ocupación actualmente pensionado, reside en Barrio Jorge Eliécer Gaitán

Diagonal 3A -68, Florencia. PREGUNTADO: Manifieste al despacho si usted

conoce a los señores ANIBAL OSORIO ALZATE y MARGARITA LOPEZ GOMEZ,

hace cuanto y por qué. CONSTESTÓ: Hace unos 12 a 15 años aproximadamente,

porque le compre una parcela a señora MERCEDES ARENAS, el día que me

entrego el lote le entrego el lote a don ANIBAL, yo compro el lote en Venecia que

es una vereda de Florencia, la cual queda vía al Aeropuerto, ubicada después del

rió Ortegaza. PREGUNTADO: manifieste al despacho si usted conoció o conoce a

la señora BLANCA AURORA GUZMAN TORREZ. CONTESTÓ: No señor.

PREGUNTADO: Manifiéstele al despacho que conoce o sabe acerca del lote de

terreno denominado parcela seis las Mercedes. CONTESTÓ: Lo único que yo se

es que el señor le compro ese lote a la señora MERCEDES DE ARENAS a

cuotas, hace 15 años, porque dure 12 años viviendo en mi lote, y me vine hace 3

años por lo tanto son 15 años los que hace que compro don ANIBAL el lote a doña

MERCEDES. PREGUNTADO: Manifieste al despacho por que razón usted y don

ANIBAL OSORIO le compraron el lote de terreno a la señora MERCEDES como

usted manifiesta, teniendo en cuenta que ella no era la propietaria del inmueble,

en el certificado de tradición aparece como propietaria la señora BLANCA

AURORA GUZMAN TORRES. CONTESTÓ: Le compramos inocentemente, por

que ella nos dijo que ella era la dueña. PREGUNTADO: Manifieste al despacho

por que usted manifiesta que el señor ANIBAL OSORIO ALZATE, compro a la

señora MERCEDES ARENAS O DE ARENAS, teniendo en cuenta que ella nunca

fue propietaria del citado inmueble. CONTESTÓ: No sé, solo se cuando ella le

vendió a don ANIBAL OSORIO. PREGUNTADO: Sírvase manifestar al despacho

que actividades se han realizado en el lote parcela 6 vereda las Mercedes ubicado

en la vereda Venecia Centro, los señores ANIBAL OSORIO ALZATE y MARIA

MARGARITA LOPEZ GOMEZ. CONTESTÓ: Ellos cuando recién llegaron hicieron

una casita para vivir, hicieron un gallinero, un invasor le quito una parte del terreno

donde había una palma, después don ANIBAL le hecho un cerco, hace unos 4

años aproximadamente. PREGUNTADO: Manifieste al despacho como se

compone la familia del señor ANIBAL OSORIO ALZATE y MARIA MARGARITA

55

Page 56: TESTIMONIOS 2012

LOPEZ GOMEZ. CONTESTÓ: Yo los conozco hace 15 años que el compro el lote

de terreno, se componen de los dos no más. PREGUNTADO: Conoce usted la

extensión del lote de terreno y quienes son sus colindantes del terreno que ocupa

don ANIBAL OSORIO ALZATE y MARIA MARGARITA LOPEZ GOMEZ.

CONTESTÓ: no se que metros compro él, sus colindantes eran don ANDRES, y

un tal VICTOR quien era el invasor, al otro lado era un señor ALONSO.

PREGUNTADO: Manifieste al despacho si sabe o conoce si el inmueble de don

ANIBAL OSORIO ALZATE y MARIA MARGARITA LOPEZ GOMEZ. Tiene

servicios públicos. CONTESTÓ: Ellos tienen luz eléctrica hace unos cuatro años

aproximadamente, yo me vine hace tres años y ya había luz. PREGUNTADO:

Sabe usted quienes pagan los impuestos de doña ANIBAL OSORIO ALZATE y

MARIA MARGARITA LOPEZ GOMEZ.. CONTESTÓ: No sé. Se le concede el uso

de la palabra al apoderado de la parte demandante. PREGUNTADO: Manifieste al

despacho si conoce la forma en que la señora MERCEDES VALDERRAMA DE

ARENAS, adquirió el predio que dice el que les vendió y hace cuanto.

CONTESTÓ: Esos vienes yo me di cuenta por los impuestos ella pago los

impuestos del terreno, entonces ella me legalizo escrituras a mí, ella nos dijo que

eso era de unos sobrinos de ellas, y ellos no podían vender por que estaban

estudiando y no podían venir y con esa plata era para los estudios de los

muchachos. PREGUNTADO: Desea agregar, corregir o modificar en relación con

lo manifestado ante el despacho CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la

presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella

intervinimos tal como aparece, siendo las nueve y cincuenta de la mañana (09:50

a.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El compareciente,

MANUEL ESTEBAN HERRERA

Apoderado parte actora,

LEONTE CHAVARRO HURTADO

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Page 57: TESTIMONIOS 2012

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE JHON JARVIN MORA

RADICACIÓN: 2009-00060-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy catorce (14) de marzo del año dos

mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), fecha y hora

señalados en auto del 23 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto el

interrogatorio de parte, a el señor ALEXANDER GASCA PIZARRO dentro del

proceso Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual contra ALEXANDER

GASCA PIZARRO, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de Descongestión

y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el

57

Page 58: TESTIMONIOS 2012

acto. Dejando constancia, que se hace presente el Doctor SAMUEL ALDANA,

identificado con cedula de ciudadanía No 91.208.282 de Bucaramanga, con tarjeta

profesional No 34.877 del CSJ como apoderado de la parte actora, el Doctor

PEDRO IGNACIO GASCA BONELO, identificado con la cédula de ciudadanía No

12.108.678 de Neiva, con tarjeta profesional No 163.202 del C.S.J., como

apoderado de la parte demanda. Se procede a tomar juramento a el declarante,

asiéndosele las advertencias de las responsabilidades que adquiere al tenor de lo

normado en el articulo 442 del C.P., PREGUNTADO por generales de ley

CONTESTÓ: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula

de ciudadanía No 94.501.328 de Cali, estado civil casado con ISLENA REINA

CHOCUE, con Instrucción Profesional Universitario Contador Público, edad 34

años, su ocupación actualmente trabaja en un expendio de carne, reside en Calle

14 No 19-79 B/ Consolata de Florencia. Pregunta del apoderado de la parte

demandante, teniendo en cuenta que es un interrogatorio solicitado por la parte.

PREGUNTADO: sírvase informar la Juzgado si conoce o no al señor FREDY

MARINO ABADIA, si en caso afirmativo por que razón motivo o circunstancia.

CONTESTÓ: Si lo tengo presente, lo conocí cuando yo conducía un taxi de

operación nacional el también era conductor. PREGUNTADO Sírvase

manifestarse si para el 16 de agosto del 2007, el señor FREDY MARINO ABADIA

conducía o no un vehiculo de placas SYN 207 el cual era de su propiedad en caso

afirmativo a que titulo conducía dicho vehiculo. CONTESTÓ: Para esa fecha no

tengo conocimiento no se a que titulo manejaba el vehiculo. PREGUNTADO:

sírvase informar la Juzgado si conoce o no al señor GERMAN VASQUEZ

TRUJILLO, si en caso afirmativo por que razón motivo o circunstancia.

CONTESTÓ: Si lo conozco, por que el fue un conductor de un vehiculo de mi

propiedad y vivíamos en Morelia. PREGUNTADO: Sírvase informar al Juzgado

cual era la placa del vehiculo que conducía el señor GERMAN VASQUEZ

TRUJILLO. CONTESTÓ: la placa XYC 813. PREGUNTADO: Sírvase manifestar si

para el mes de agosto de 2007 se entero usted por algún medio si el vehiculo de

placas XYC813 conducido por GERMAN VASQUEZ TRUJILLO, sufrió algún

accidente si en caso afirmativo sírvase narrar las circunstancias que tuvo

conocimiento del mismo. CONTESTÓ: Para esa fecha el conductor me llamo al

teléfono y me indico el sitio denominado SANTA ROSITA a un kilómetro de

COFEMA, me dirige al sitio y el estaba en el carro esperándome, en el momento

que yo llegue el se fue para el Hospital y no había ninguna otra persona en sitio y

espere a que llegara la Policía. PREGUNTADO: Sírvase informar al Juzgado que

ruta cumplía el vehiculo de placas XYC 813. CONTESTÓ: El vehiculo de mi

propiedad XYX 813 es un vehiculo taxi tipo urbano, por lo cual el transitaba en

casco urbano del Municipio de Florencia. PREGUNTADO: Que explicación le

brindo el conductor tendiente a justificar la presencia del vehiculo XYC 813 en el

58

Page 59: TESTIMONIOS 2012

sitio del accidente. CONTESTÓ: El me dijo que estaba recogiendo unos pasajeros

de TRES ESQUINAS y viniendo se accidento. PREGUNTADO: Sírvase manifestar

si el conductor GERMAN VASQUEZ TRUJILLO en el momento de suceder el

mencionado accidente transportaba pasajeros en caso afirmativo cuantos.

CONTESTÓ: El comento que venia de TRES ESQUINAS y con pasajero pero no

se cuantos. PREGUNTADO: Sírvase manifestar si para el 16 de agosto de 2007

fecha en que ocurrió el accidente que hemos mencionado el vehiculo de placas

XYC 813 estaba afiliado o no a alguno empresa de transporte público.

CONTESTÓ: Se encontraba registrado en la CAMARA DE COMERCIA como una

empresa de persona Natural. Preguntado por el despacho PREGUNTADO: Desea

agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho

CONTESTÓ: Aclarar que la tarjeta de operación del vehiculo XYC 813 es de

transito Municipal. No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y

firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece,

siendo las nueve y cincuenta de la mañana (09:50 a.m.), una vez leída y

aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El compareciente,

ALEXANDER GASCA PIZARRO

Apoderado parte actora,

SAMUEL ALDANA

El apoderado parte demandada,

PEDRO IGNACIO GASCA BONELO

59

Page 60: TESTIMONIOS 2012

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

60

Page 61: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE JHON JARVIN MORA

RADICACIÓN: 2009-00060-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy trece (13) de marzo del año dos mil

doce (2012), siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), fecha y hora señalados en

auto del 23 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

testimonio, de la señora LUCY RUIZ GUACA dentro del proceso Ordinario de

Responsabilidad Civil Extracontractual contra ALEXANDER GASCA PIZARRO, el

señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de Descongestión y su Secretario ad-

hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando

constancia, que se hace presente el Doctor SAMUEL ALDANA, identificado con

cedula de ciudadanía No 91.208.282 de Bucaramanga, con tarjeta profesional No

34.877 del CSJ como apoderado de la parte actora. Siendo las tres y quince de

la tarde (03:15 p.m.) se hizo una espera más que prudencial para que

compareciera el testigo para rendir su testimonio pero no fue posible por su

notable ausencia. No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y

firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece,

una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

Apoderado parte actora,

SAMUEL ALDANA

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

61

Page 62: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MAURICIO VARGAS BOLAÑOS Y OTROS

RADICACIÓN: 2008-00138-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy ocho (08) de marzo del

año dos mil doce (2012), siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), fecha

y hora señalados en auto del 13 de febrero del año en curso, a fin de

llevar a efecto la recepción de testimonio, del señor JOBA ARTUNDUAGA

DE VARGAS dentro del proceso Ordinario “Declaración de Pertenencia

por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio” contra EDGAR

ARENAS GRANADA Y DEMÁS PERSONAS INDETERMINADAS, el

señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de Descongestión y su

Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto

el acto. Dejando constancia, que se hace presente el Doctor PEDRO

IGNACIO GASCA BONELO, quien se identifica con cédula de ciudadanía

No 12.108.678 y portador de la tarjeta profesional No 163202 del

Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte actora.

Se procede a tomar juramento a la declarante, asiéndosele las

advertencias de las responsabilidades que adquiere al tenor de lo

normado en el articulo 442 del C.P., PREGUNTADO por generales de ley

CONTESTÓ: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la

cedula de ciudadanía No 26.632.599 de San José del Fragua, estado civil

62

Page 63: TESTIMONIOS 2012

viuda , con Instrucción cuarto primaria, edad 65 años, su ocupación

actualmente es ama de casa, reside en Carrera 13 A No 5-43 Barrio Juan

XXIII PREGUNTADO: Manifieste al despacho si usted conoció al señor

SAMUEL VARGAS CAMACHO, desde cuanto hace y porque razón.

CONTESTÓ: El tenia finca en Puerto Colombia de Morelia y luego

cuando yo salía de la finca me quedaba donde CARLOS BECERRA en el

barrio las avenidas, hace aproximadamente 37 años que lo conozco,

porque éramos vecinos en la finca, cuando me vine a vivir a Florencia al

barrio Juan XXIII y compre una casa a continuación de él, que es donde

vivo actualmente en la Carrera 13 A No 5-43, hace 19 años y el fue mi

vecino hasta cuando falleció. PREGUNTADO: Manifieste al despacho si

usted conoce a los señores MAURICIO, AMAR, GLORIA PATRICIA, MARIA

EUGENIA VARGAS BOLAÑOS, HAROL VARGAS PLAZA, OSCAR EDUARDO

VARGAS VELASQUEZ, IGNACIENCENO VARGAS ROJAS y ORLANDO

VARGAS FLOREZ. CONTESTÓ: No los conozco yo conozco a los del

primer matrimonio que son SAMUEL, FABIOLA y uno que vive en

Venezuela PREGUNTADO: Sabe usted quien era el propietario o

propietaria del inmueble donde residía el señor SAMUEL VARGAS

CAMACHO CONTESTÓ: el señor SAMUEL VARGAS PREGUNTADO: Por

que razón afirma usted que el propietario del inmueble es el señor

SAMUEL VARGAS. CONTESTÓ: Por que era el único que vivió en ese

inmueble, el vivió con la PASTUSA tenia una tienda grande, donde

vendía abarrotes. PREGUNTADO: Sabe usted desde cuando vivió el

señor SAMUEL VARGAS en el inmueble. CONTESTÓ: Cuando yo lo

conocí hace 30 años aproximadamente viviendo ahí. PREGUNTADO:

Saber o tiene conocimiento si el señor SAMUEL VARGAS CAMACHO, le

realizo modificaciones o mejoras al inmueble por cuenta propia

CONTESTÓ: Si señor, el le hizo cielorraso, un apartamento en la misma

casa, baños, le hizo un mezanine. PREGUNTADO: Sabe usted quien

ocupa el inmueble de la carrera 13 No 6-37 hoy. CONTESTÓ: Nadie, se

que están construyendo don SEGUNDO que es el dueño de la casa

ahora. PREGUNTADO: Manifieste al despacho si uestes conoce al señor

EDGAR ARENAS GRANADA. CONTESTÓ: No lo conozco. PREGUNTADO:

Desea agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante

el despacho CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la presente

diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella

intervinimos tal como aparece, siendo las tres y cincuenta de la tarde

(03:50 p.m.), una vez leída y aprobada.

63

Page 64: TESTIMONIOS 2012

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La Compareciente,

JOBA ARTUNDUAGA DE VARGAS

Apoderado parte actora,

PEDRO IGNACIO GASCA BONELO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MAURICIO VARGAS BOLAÑOS Y OTROS

RADICACIÓN: 2008-00138-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy ocho (08) de marzo del

año dos mil doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.),

fecha y hora señalados en auto del 13 de febrero del año en curso, a fin

de llevar a efecto la recepción de testimonio, de la señora IRENE

MENDEZ ROJAS dentro del proceso Ordinario “Declaración de

Pertenencia por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio”

contra EDGAR ARENAS GRANADA Y DEMÁS PERSONAS

INDETERMINADAS, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de

Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia

pública y declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se hace

presente el Doctor PEDRO IGNACIO GASCA BONELO, quien se identifica

64

Page 65: TESTIMONIOS 2012

con cédula de ciudadanía No 12.108.678 y portador de la tarjeta

profesional No 163202 del Consejo Superior de la Judicatura, como

apoderado de la parte actora. Se procede a tomar juramento a la

declarante, asiéndosele las advertencias de las responsabilidades que

adquiere al tenor de lo normado en el articulo 442 del C.P.,

PREGUNTADO por generales de ley CONTESTÓ: manifiesta llamarse

como quedo escrito, identificada con la cedula de ciudadanía No

40.777.417 de Florencia, estado civil Unión libre con JORGE LUIS RINCON

MONROY, con Instrucción octavo secundaria, edad 38 años, su

ocupación actualmente ama de casa, reside en barrio los

Transportadores Calle 2E No 11 A-75. PREGUNTADO: Manifieste al

despacho si usted conoció al señor SAMUEL VARGAS CAMACHO, desde

cuanto hace y porque razón. CONTESTÓ: Hace mas de 20 años, porque

fue vecino de nosotros en el barrio Juan XXIII, vivía en la carrera 13 No

6-104 PREGUNTADO: Manifieste al despacho si usted conoce a los

señores MAURICIO, AMAR, GLORIA PATRICIA, MARIA EUGENIA VARGAS

BOLAÑOS, HAROL VARGAS PLAZA, OSCAR EDUARDO VARGAS

VELASQUEZ, IGNACIENCENO VARGAS ROJAS y ORLANDO VARGAS

FLOREZ. CONTESTÓ: Se que son los hijos de don SAMUEL, los conocí

cuando el murió casi no visitaban al papá. PREGUNTADO: Sabe usted

quien era el propietario o propietaria del inmueble donde residía el señor

SAMUEL VARGAS CAMACHO CONTESTÓ: Es el único que ha vivido en

esa casa es don SAMUEL VARGAS, el único dueño del inmueble.

PREGUNTADO: Sabe usted desde cuando vivió el señor SAMUEL

VARGAS en el inmueble. CONTESTÓ: Yo lo conozco hace más de 20

años viviendo en el mismo inmueble, yo lo conozca desde que llegue a

vivir en el Juan XXXIII en el años 1989. PREGUNTADO: Saber o tiene

conocimiento si el señor SAMUEL VARGAS CAMACHO, le realizo

modificaciones o mejoras al inmueble por cuenta propia CONTESTÓ: Le

hacia mejoramiento a la casa de pinturas y pagaba los impuestos,

arreglo el ante-jardín, arreglo el techo, creo que le hizo una modificación

adentro de la casa, todo eso fue hecho con dinero de él. PREGUNTADO:

Sabe usted quien ocupa el inmueble de la carrera 13 No 6-37 hoy.

CONTESTÓ: La tuvieron arrendada un tiempo, creo que la arrendaron

los hijos porque ellos estuvieron encargados de la casa después de

muerto don SAMUEL. PREGUNTADO: Manifieste al despacho si uestes

conoce al señor EDGAR ARENAS GRANADA. CONTESTÓ: No lo conozco.

Se le concede el uso de la palabra al apoderado de la parte

demandante. PREGUNTADO: Dice usted que llego al barrio en 1989, le

65

Page 66: TESTIMONIOS 2012

contó el señor SAMUEL VARGAS CAMACHOS a usted, cuanto tiempo

hacia que estaba residiendo en esa vivienda en la carrera 13 No 6-37.

CONTESTÓ: No él no me comento nada. El despacho. PREGUNTADO:

Desea agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante

el despacho CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la presente

diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella

intervinimos tal como aparece, siendo las diez y veinticinco de la

mañana (10:25 a.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La Compareciente,

IRENE MENDEZ ROJAS

Apoderado parte actora,

PEDRO IGNACIO GASCA BONELO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

66

Page 67: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MAURICIO VARGAS BOLAÑOS Y OTROS

RADICACIÓN: 2008-00138-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy ocho (08) de marzo del año dos mil

doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), fecha y hora señalados

en auto del 13 de febrero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

testimonio, del señor ARNULFO RINCON RIVERA dentro del proceso Ordinario

“Declaración de Pertenencia por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de

Dominio” contra EDGAR ARENAS GRANADA Y DEMÁS PERSONAS

INDETERMINADAS, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de

Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y

declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se hace presente el Doctor

PEDRO IGNACIO GASCA BONELO, quien se identifica con cédula de ciudadanía

No 12.108.678 y portador de la tarjeta profesional No 163202 del Consejo Superior

de la Judicatura, como apoderado de la parte actora. El apoderado solicita el uso

de la palabra, manifiesta: que el señor ARNULFO RINCON RIVERA no se hará

presente en el despacho ya que falleció y posteriormente se allegara copia del

respectivo certificado de defunción. Siendo las nueve y quince de la mañana

(09:15 a.m.) se hizo una espera más que prudencial para que compareciera el

testigo para rendir su testimonio pero no fue posible por su notable ausencia. No

siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de

aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, una vez leída y

aprobada.

El Juez,

67

Page 68: TESTIMONIOS 2012

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

Apoderado parte actora,

PEDRO IGNACIO GASCA BONELLO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MARIA EUGENIA ESCOBAR MAZUERA

RADICACIÓN: 2010-00283-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy primero (01) de marzo del año dos

mil doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), fecha y hora

señalados en auto del 20 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la

recepción de testimonio, del señor HERNANDO QUINTANA dentro del proceso

Ordinario de Pertenencia por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio

contra JOSE REINEL MEDINA RAMIREZ Y OTROS, el señor Juez del Juzgado

68

Page 69: TESTIMONIOS 2012

Civil del Circuito de Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en

audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se hace

presente el Doctor POLICARPO ACEVEDO FALLA, quien se identifica con cédula

de ciudadanía No 37.343 de Bogotá D.C. y portador de la tarjeta profesional 4724-

D1 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte actora. El

apoderado solicita el uso de la palabra, concedida: Me permito informar al

Juzgado que el declarante señor HERNANDO QUINTANA, que debía comparecer

hoy a las diez de la mañana (10:00 am) para rendir su declaración, según

informaciones que me acaban de suministrar telefónicamente, dicho señor se vino

del Municipio de Morelia donde esta ejecutando unos trabajos, para atender la cita

ya convenida, no pudiendo comparecer a este Juzgado por que inesperadamente

se le baro la motocicleta que se trasladaba y no ha podido superar todavía ese

inconveniente, por lo consiguiente le solicito al señor Juez que sirva señalar nueva

oportunidad para recaudar ese testimonio que es de gran importancia para la

suerte del proceso. Siendo las diez y veinte de la mañana (10:20 a.m.) se hizo una

espera más que prudencial para que compareciera el testigo para rendir su

testimonio pero no fue posible por su notable ausencia. No siendo otro el objeto

de la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en

ella intervinimos tal como aparece, una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

Apoderado parte actora,

POLICARPO ACEVEDO FALLA

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

69

Page 70: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MARIA EUGENIA ESCOBAR MAZUERA

RADICACIÓN: 2010-00283-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy primero (01) de marzo del

año dos mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.),

fecha y hora señalados en auto del 20 de enero del año en curso, a fin

de llevar a efecto la recepción de testimonio, de la señora GLADYS

MURCIA ARTUNDUAGA dentro del proceso Ordinario de Pertenencia por

Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio contra JOSE REINEL

MEDINA RAMIREZ Y OTROS, el señor Juez del Juzgado Civil del

Circuito de Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en

audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se

hace presente el Doctor POLICARPO ACEVEDO FALLA, quien se identifica

con cédula de ciudadanía No 37.343 de Bogotá D.C. y portador de la

tarjeta profesional 4724-D1 del Consejo Superior de la Judicatura, como

apoderado de la parte actora. Se procede a tomar juramento al

declarante, asiéndosele las advertencias de las responsabilidades que

adquiere al tenor de lo normado en el articulo 442 del C.P.,

PREGUNTADO por generales de ley CONTESTÓ: manifiesta llamarse

como quedo escrito GLADYS MURCIA ARTUNDUAGA, identificada con la

cedula de ciudadanía No 40.762.351 de Florencia, estado civil soltera,

con Instrucción bachiller, edad 49 años, su ocupación actualmente

empleada, reside en la carrera 11 No 10 B-41 Barrio La Cooperativa.

PREGUNTADO: manifiesta al despacho si conoce al señora MARIA

EUGENIA ESCOBAR MAZUERA, cuanto tiempo hace y por que razón.

CONTESTÓ: Si la conozco, hace aproximadamente unos 20 a 22 años,

70

Page 71: TESTIMONIOS 2012

porque éramos vecinas. PREGUNTADO: Manifieste al despacho de

quien es la casa donde vive la casa de MARIA EUGENIA ESCOBAR

MAZUERA. CONTESTÓ: De ella, desde que ella llegaron ahí la

compraron unos 25 años aproximadamente. PREGUNTADO: sabe usted

o tiene conocimiento que persona ajena a la señora MARIA EUGENIA

ESCOBAR MAZUERA le ella disputado la posesión de la casa.

CONTESTÓ: No señor PREGUNTADO: Sabe como se compone la

familia de la señora MARIA EUGENIA ESCOBAR MAZUERA. CONTESTÓ:

Ella y cuatro hijos dos mujeres y dos hombres, ALVARO, ROSA, SAMUEL

Y MARIA EUGENIA GALINDO ESCOBAR. PREGUNTADO: Haga una

descripción del inmueble cuando la señora MARIA EUGENIA llego a vivir

por primera vez ahí.. CONTESTÓ: Era una casa de cuatro paredes muy

humilde, los baños en ese tiempo era de poso séptico, estaba en obra

negra, en malas condiciones. PREGUNTADO: Manifieste al despacho

como es el inmueble hoy en día de la señora MARIA EUGENIA.

CONTESTÓ: Es una casa en muy buenas condiciones, coloco su local de

venta de chorizos TA-HU-MAO- en el primer nivel, le construyo un

segundo nivel, el techo es en techo en eternit, pisos en cerámica, baños

enchapados, muy bien organizada, tres habitaciones, hizo un horno para

los chorizos, una cocina especial para la preparación de los chorizo muy

higiénico y encerró toda la casa. PREGUNTADO: Usted sabe de quien

era los dineros con los cuales se hicieron las modificaciones al inmueble

inicial. CONTESTÓ: De ella, con el trabajo de tantos años en la venta de

chorizos desde que vivía con el papá. PREGUNTADO: Infórmele al

despacho si desde que la señora MARIA EUGENIA compro la casa de la

que se ha venido hablando a vivido en ella siempre, es decir

ininterrumpidamente o no. CONTESTÓ: Siempre, ella nunca se ha

movido de su casa. El apoderado solicita el uso de la palabra, concedida

PREGUNTADO: Infórmele al despacho que persona vivía en esa casa

que hemos estado hablando antes de que llegara a comprarlo la señora

MARIA EUGENIA CONTESTÓ El anterior propietario era un sargento de la

Policía de nombre REINEL MEDINA, quien fue que le vendió a ella.

PREGUNTADO. Desea aclarar o corregir acerca de lo que acaba de

declarar CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la presente

diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella

intervinimos tal como aparece, siendo las nueve y veinte de la mañana

(09:20 a.m.), una vez leída y aprobada.

71

Page 72: TESTIMONIOS 2012

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La Compareciente,

GLADYS MURCIA ARTUNDUAGA

Apoderado parte actora,

POLICARPO ACEVEDO FALLA

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

72

Page 73: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MARIA EUGENIA ESCOBAR MAZUERA

RADICACIÓN: 2010-00283-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy veintinueve (29) de

febrero del año dos mil doce (2012), siendo las cuatro de la tarde

(04:00 p.m.), fecha y hora señalados en auto del 20 de enero del año en

curso, a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, de la señora

SOFIA CAMPILLO MARIN dentro del proceso Ordinario de Pertenencia por

Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio contra JOSE REINEL

MEDINA RAMIREZ Y OTROS, el señor Juez del Juzgado Civil del

Circuito de Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en

audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando constancia, que se

hace presente el Doctor POLICARPO ACEVEDO FALLA, quien se identifica

con cédula de ciudadanía No 37.343 de Bogotá D.C. y portador de la

tarjeta profesional 4724-D1 del Consejo Superior de la Judicatura, como

apoderado de la parte actora. Se procede a tomar juramento al

declarante, asiéndosele las advertencias de las responsabilidades que

adquiere al tenor de lo normado en el articulo 442 del C.P., preguntado

por generales de ley CONTESTO: manifiesta llamarse como quedo

escrito SOFIA CAMPILLO MARIN, identificado con la cedula de ciudadanía

No 26.640.510 de Solano, estado civil viuda, con Instrucción quinto de

primaria, edad 70 años, su ocupación actualmente ama de casa, reside

en Carrera 11 No 3B-20 Avenida Los Fundadores Barrio Jorge Eliécer

Gaitán. PREGUNTADO: manifiesta al despacho si conoce al señora

MARIA EUGENIA ESCOBAR MAZUERA, cuanto tiempo hace y por que

razón. CONTESTÓ: La conozco hace más o menos de 20 a 25 años, vive

mas o menos a unos 30 o 40 metro por la misma acera, somos vecinos

no conozco la dirección de la casa, la casa tiene negocio de venta de

Chorizos y se llama TA-HU-MAO, a la casa le han hecho dos

remodelaciones, cuando ella la compro era una casa que no tenia ni

cocina, y hace unos cinco u ocho años la remodelaron y quedo una casa

muy buena. PREGUNTADO: Manifieste al despacho de quien es la casa

donde vive la casa de MARIA EUGENIA ESCOBAR MAZUERA.

CONTESTÓ: de ella la conocemos desde hace 20 a 25 años como

dueña. PREGUNTADO: sabe usted o tiene conocimiento que persona

ajena a la señora MARIA EUGENIA ESCABAR MAZUERA le ella disputado

la posesión de la casa. CONTESTÓ: Yo no he visto a ninguno desde que

yo la conozco que llego a vivir ahí. PREGUNTADO: Sabe como se

73

Page 74: TESTIMONIOS 2012

compone la familia de la señora MARIA EUGENIA ESCOBAR MAZUERA.

CONTESTÓ: Tiene cuatro hijos, se llaman ROSA, MARIA EUGENIA,

ALVARO y SAMUEL. PREGUNTADO: Haga una descripción del inmueble

cuando la señora MARIA EUGENIA llego a vivir por primera vez ahí..

CONTESTÓ: Era construida de bloque, en techo de zinc, estaba en obra

negra, no tenia cocina los baños eran de posos sépticos.

PREGUNTADO: Manifieste al despacho como es el inmueble hoy en día.

CONTESTÓ: Una casa muy bonita, tiene todo, tiene baños, cocina, sala,

dormitorios, los baños, cielorrasos, tiene segundo piso. PREGUNTADO:

Usted sabe de quien era los dineros con los cuales se hicieron las

modificaciones al inmueble inicial. CONTESTÓ: No se, pero ella con su

trabajo y sus hijos le habrán ayudado y ella con su trabajo.

PREGUNTADO: Infórmele al despacho si desde que la señora MARIA

EUGENIA compro la casa de la que se ha venido hablando a vivido en

ella siempre, es decir ininterrumpidamente o no. CONTESTÓ: Siempre

toda la vida. PREGUNTADO: Desea aclarar o corregir acerca de lo que

acaba de declarar CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la

presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los

que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las cuatro y treinta de

la tarde (04:30 p.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La Compareciente,

SOFIA CAMPILLO MARIN

Apoderado parte actora,

POLICARPO ACEVEDO FALLA

El secretario ad-hoc,

74

Page 75: TESTIMONIOS 2012

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MARIA EUGENIA ESCOBAR MAZUERA

RADICACIÓN: 2010-00283-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy veintinueve (29) de febrero del año

dos mil doce (2012), siendo las tres de la tarde (03:00 pm.), fecha y hora

señalados en auto del 20 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la

recepción de testimonio, de la señora ANA ELCIRA GUZMAN dentro del proceso

75

Page 76: TESTIMONIOS 2012

Ordinario de Pertenencia por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio

contra JOSE REINEL MEDINA RAMIREZ Y OTROS, el señor Juez del Juzgado

Civil del Circuito de Descongestión y su Secretario ad-hoc, se constituyó en

audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando constancia, siendo las tres y

quince de la tarde (03:15 pm.) se hizo una espera más que prudencial para que

compareciera la testigo para rendir su testimonio pero no fue posible por su

notable ausencia. No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y

firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece,

una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MARIA EUGENIA ESCOBAR MAZUERA

RADICACIÓN: 2010-00283-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy veintinueve (29) de

febrero del año dos mil doce (2012), siendo las diez de la mañana

76

Page 77: TESTIMONIOS 2012

(10:00 a.m.), fecha y hora señalados en auto del 20 de enero del año en

curso, a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, del señor

REINALDO PENAGOS VARGAS dentro del proceso Ordinario de

Pertenencia por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio

contra JOSE REINEL MEDINA RAMIREZ Y OTROS, el señor Juez del

Juzgado Civil del Circuito de Descongestión y su Secretario ad-hoc, se

constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando

constancia, que se hace presente el Doctor POLICARPO ACEVEDO FALLA,

quien se identifica con cédula de ciudadanía No 37.343 de Bogotá D.C. y

portador de la tarjeta profesional 4724-D1 del Consejo Superior de la

Judicatura, como apoderado de la parte actora. Se procede a tomar

juramento al declarante, asiéndosele las advertencias de las

responsabilidades que adquiere al tenor de lo normado en el articulo

442 del C.P., preguntado por generales de ley CONTESTO: manifiesta

llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía

No 17.622.102 de Florencia, estado civil viudo, con Instrucción primaria,

edad 65 años, su ocupación actualmente pensionado, reside en Carrera

11 No 3B-30 Barrio Jorge Eliécer Gaitán. PREGUNTADO: manifiesta al

despacho si conoce al señora MARIA EUGENIA ESCOBAR MAZUERA,

cuanto tiempo hace y por que razón. CONTESTÓ: Hace 25 años por que

yo compre primero que ella el año 1972 en el lote que actualmente vivo,

posterior mente ella compro un rancho, tumbo las paredes y

reconstruyo, le hizo cocina, levanto paredes nuevamente y hace unos

diez años volvió a reconstruirla y levanto el segundo piso es techada en

eternit, tiene un negocio hace ocho o nueve años de venta de chorizos

que se llama TA-HU-MAO, ella vive en esa casa hace aproximadamente

25 años, la dirección es carrera 11, el número no me acuerdo, pero tiene

un aviso de la venta de chorizos. PREGUNTADO: De acuerdo con lo

que no manifiesta la señora MARIA EUGENIA ESCOBAR MAZUERA, el

inmueble seria el de la carrera 11 NO 3B-68, sabe usted quien es el

propietario o dueño del inmueble. CONTESTÓ: El dueño es doña MARIA

EUGENIA ESCOBAR MAZUERA, desde hace 25 años PREGUNTADO:

sabe usted o tiene conocimiento que persona ajena a la señora MARIA

EUGENIA ESCABAR MAZUERA le ella disputado la posesión de la casa.

CONTESTÓ: No tengo conocimiento PREGUNTADO: Sabe como se

compone la familia de la señora MARIA EUGENIA ESCOBAR MAZUERA.

CONTESTÓ: si, son dos hijos y dos hijas los nombres son ALVARO,

SAMUEL, ROSA Y MARIA EUGENIA GALINDO ESCOBAR. PREGUNTADO:

Haga una descripción del inmueble cuando la señora MARIA EUGENIA

77

Page 78: TESTIMONIOS 2012

llego a vivir por primera vez ahí.. CONTESTÓ: Era un ranchito, no tenia

cocina, ella amplio para hacer cocina y meterle baños, ese rancho era en

bloque, el techo era en zinc. PREGUNTADO: Usted sabe de quien era

los dineros con los cuales se hicieron las modificaciones al inmueble

inicial. CONTESTÓ: De ella. El apoderado solicita el uso de la palabra,

concedida PREGUNTADO: Infórmele al despacho si desde que la señora

MARIA EUGENIA compro la casa de la que se ha venido hablando a

vivido en ella siempre, es decir ininterrumpidamente o no. CONTESTÓ:

Si ella ha vivido ahí desde que compro hasta la presente.

PREGUNTADO: Desea aclarar o corregir acerca de que acaba de

declarar CONTESTÓ: No. No siendo otro el objeto de la presente

diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella

intervinimos tal como aparece, siendo las diez y cuarenta de la mañana

(10:40 a.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La Compareciente,

REINALDO PENAGOS

Apoderado parte actora,

POLICARPO ACEVEDO FALLA

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

78

Page 79: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MARIA ELIZABETH CRUZ HERMOSA

RADICACIÓN: 2010-00218-00

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy veintitrés (23) de febrero del año dos

mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), fecha y hora

señalados en auto del 20 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la

recepción de testimonio, de la señora EDNA ROCIO RAMOS dentro del proceso

Ordinario de Pertenencia por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio

contra SILVANO QUINTERO Y OTROS, el señor Juez y su Secretario ad-hoc, se

constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando constancia, que

se hace presente el Doctor FABIO GUZMAN YAGUE, quien se identifica con

cédula de ciudadanía No 17.114.721 de Bogotá y portador de la tarjeta profesional

14467 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte actora,

donde se le concede el uso de la palabra y con ella manifiesta; Buenos días señor

Juez y los demás presentes en esta diligencia. Al señor Juez con todo respecto

me permito adjuntar una excusa de la señora EDNA ROCIO RAMOS, que por

motivos personales no puede asistir a esta diligencia programada, por lo tanto

solicito muy cordialmente al señor Juez se fije nueva fecha, con otra solicitud que

79

Page 80: TESTIMONIOS 2012

presentare con respecto de los testimonios de los señores JORGE ELIECER

PERDOMO MENESES y FREDY RIVERA”.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de

aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las nueve y

veinte de la mañana (09:20 a.m.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

Apoderado parte demandante,

FABIO GUZMAN YAGUE

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

80

Page 81: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MARIA ELIZABETH CRUZ HERMOSA

RADICACIÓN: 2010-00218-00

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy veintidós (22) de febrero del año dos

mil doce (2012), siendo las cuatro de la tarde (04:00 PM.), fecha y hora señalados

en auto del 20 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

testimonio, del señor FREDY RIVERA dentro del proceso Ordinario de

Pertenencia por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio contra

SILVANO QUINTERO Y OTROS, el señor Juez y su Secretario ad-hoc, se

constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando constancia, que

se hace presente el Doctor FABIO GUZMAN YAGUE, quien se identifica con

cédula de ciudadanía No 17.117.721 de Bogotá y portador de la tarjeta profesional

14467 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte actora.

Siendo las cuatro y quince de la tarde (04:15 p.m.) se hizo una espera más que

prudencial para que compareciera el testigo para rendir su testimonio pero no fue

posible por su notable ausencia.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

Apoderado parte demandante,

FABIO GUZMAN YAGUE

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

81

Page 82: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MARIA ELIZABETH CRUZ HERMOSA

RADICACIÓN: 2010-00218-00

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy veintidós (22) de febrero del año dos

mil doce (2012), siendo las tres de la tarde (03:00 PM.), fecha y hora señalados

en auto del 20 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de

testimonio, del señor JORGE ELIECER MENESES dentro del proceso Ordinario

de Pertenencia por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio contra

SILVANO QUINTERO Y OTROS, el señor Juez y su Secretario ad-hoc, se

constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando constancia, que

se hace presente el Doctor FABIO GUZMAN YAGUE, quien se identifica con

cedula de 17.117.721 de Bogotá y portador de la tarjeta profesional 14467 del

Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte actora. El

despacho deja constancia quien se hace presente es el señor JORGE ELIECER

PERDOMO MENESES quien se identifica con la cédula de ciudadanía NO

17.624.622, persona que no corresponde a quien se solicito la prueba y se

decreto, el cual corresponde a JORGE ELIECER MENESES, el cual difiere al que

se hizo presente, por tal razón no se puede practicar el testimonia a persona

distinta de la cual se decreto.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de

aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las tres y

quince de la tarde ( 03:15 P.M.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

Apoderado parte demandante,

82

Page 83: TESTIMONIOS 2012

FABIO GUZMAN YAGUE

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MARIA ELIZABETH CRUZ HERMOSA

RADICACIÓN: 2010-00218-00

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy veintidós (22) de febrero del año dos

mil doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 AM.), fecha y hora

señalados en auto del 20 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la

recepción de testimonio, de la señora, STELLA SALCEDO GALLEGO dentro del

proceso Ordinario de Pertenencia por Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de

Dominio contra SILVANO QUINTERO Y OTROS, el señor Juez y su Secretario

ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto. Dejando

constancia, que se hace presente el Doctor FABIO GUZMAN YAGUE, quien se

identifica con cedula de 17.117.721 de Bogotá y portador de la tarjeta profesional

14467 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte actora.

El despacho procede a practicar interrogatorio a la Señora Stella Salcedo Gallego

quien bajo la gravedad de juramento, con las advertencias del artículo 442 del C.

P. y preguntado por generales de ley contesto: manifiesta llamarse como quedo

escrito, identificada con la cedula de ciudadanía No 40.768.179 de Florencia,

estado civil viuda, con Instrucción segundo primaria, edad 60 años, su ocupación

actualmente es el hogar, reside en barrio Ángel Ricardo calle 4B No 3-58, se

83

Page 84: TESTIMONIOS 2012

procede a tomar juramento al declarante, asiéndosele las advertencias de las

responsabilidades que adquiere al tenor de lo normado en el articulo 442 del C.P.

PREGUNTADO: sírvase manifestar si conoce a la señora MARIA ISALBEL CRUZ

DE HERMOSA, desde cuanto hace y por que razón. CONTESTÓ: hace 32 años

que la conozco, porque trabaje con ella porque ella a veces me solicita que le

haga oficios, y yo voy PREGUNTADO: sebe usted donde reside la señora MARIA

ELIZABETH CRUZ DE HERMOSA CONTESTÓ: Si señor, en el centro al pie del

Banco Occidente, hace unos 15 años. PREGUNTADO: sabe usted quien es el

propietario o dueño del inmueble de la carrera 13 No 3B-56. CONSTESTO: doña

Elizabeth, porque ella me ha dicho, ella va a pagar el impuesto. PREGUNTADO:

sabe usted si la señora ELIZABETH ha hecho mejoras en el inmueble de la

carrera 13 No 3B-56. CONTESTÓ: No ha construido nada en el lote.

PREGUNTADO: teniendo en cuenta su respuesta anterior manifieste al despacho

porque razón afirma que la señora Elizabeth Cruz de Hermosa es la dueña del lote

de terreno. CONSTESTÓ: Ella me lo ha dicho, lo limpia, paga impuestos, también

lo cerca PREGUNTADO: Manifieste al despacho a donde queda ubicado el lote

de terreno de la carrera 13 No 3B-56. CONTESTÓ: en el Barrio Versalles en

seguida de IDEMA. PREGUNTADO: Como esta compuesta la familia de la señora

ELIZABETH. CONTESTÓ: Ella y los cuatro hijos, el primero se llama NELSON

ANTONIO, JUAN PABLO, WILSON y PAOLA ANDREA HERMOSA CRUZ.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de

aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las diez y

veinticinco de la mañana ( 10:25 A.M.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La Compareciente,

STELLA SALCEDO GALLEGO

Apoderado parte demandante,

FABIO GUZMAN YAGUE

84

Page 85: TESTIMONIOS 2012

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MARIA ELIZABETH CRUZ HERMOSA

RADICACIÓN: 2010-00218-00

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy veintidós (22) de febrero del año dos

mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 AM.), fecha y hora

señalados en auto del 20 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la

recepción de testimonio, de la señora, MARIA ELIZABETH CRUZ DE HERMOSA

dentro del proceso Ordinario de Pertenencia por Prescripción Extraordinaria

Adquisitiva de Dominio contra SILVANO QUINTERO Y OTROS, el señor Juez y

su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto.

Dejando constancia, que se hace presente el Doctor FABIO GUZMAN YAGUE,

quien se identifica con cedula de 17.117.721 de Bogotá y portador de la tarjeta

profesional 14467 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la

parte actora. Teniendo en cuenta que lo señalado es el testimonio de la señora

MARIA ELIZABETH CRUZ DE HERMOSA, quien es demandante en este proceso,

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Page 86: TESTIMONIOS 2012

por tal razón este despacho no lo recepcionará por cuando se debió decretar el

interrogatorio.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de

aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las diez y

treinta y cinco de la mañana ( 09:35 A.M.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

La Compareciente,

MARIA ELIZABETH CRUZ DE HERMOSA

Apoderado parte demandante,

FABIO GUZMAN YAGUE

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

el despacho procede a practicar interrogatorio a la Señora Maria Elizabeth Cruz de

Hermosa quien bajo la gravedad de juramento, con las advertencias del artículo

442 del C. P. y preguntado por generales de ley contesto: manifiesta llamarse

como quedo escrito, identificada con la cedula de ciudadanía No --, estado civil; --,

con Instrucción ---, edad -- años, su ocupación actualmente es --, reside en ---.

PREGUNTADO: Sabe usted la razones por las que se hace presente en esta

diligencia. CONTESTÓ: PREGUNTADO: CONTESTÓ: REGUNTADO

CONSTESTO: PREGUNTADO: CONTESTÓ: PREGUNTADO: CONSTESTÓ:

PREGUNTADO: CONTESTÓ: PREGUNTADO: CONTESTÓ: PREGUNTADO:

CONTESTÓ: PREGUNTADO: CONTESTÓ: PREGUNTADO. CONTESTÓ:

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Page 87: TESTIMONIOS 2012

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LOS DEMANDANTES MARIA DEVORA OSPINA CASTAÑO Y OTROS.

RADICACIÓN: 2008-102-00

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy catorce (14) de febrero del año dos mil doce (2012), siendo las tres de la tarde (03:00 PM.), fecha y hora señalados en auto del 19 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, al señor, MARCO TULIO PARCANTICO dentro del proceso Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual contra COOTRANSFLORENCIA LTDA Y OTRO, el señor Juez y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto, dejando constancia, que se hace presente el Doctor JORGE ENRIQUE RIVERO RUBIO, quien se identifica con cedula de 91.534.199 de Bucaramanga y portador de la tarjeta profesional 160626 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la EQUIDAD SEGUROS O.C Llamada en Garantía y la Doctora VERONICA DEL ROSARIO GOMEZ PAJARO, quien se identifica con cedula de ciudadanía No 1.082.879.066 de Santa Marta – Magdalena y portadora de la tarjeta profesional TP200230 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderada de la parte demandante, quien presenta un escrito donde informa que el testigo MARCO TULIO PARCANTICO, se desconoce su actual domicilio por lo anterior, siendo las tres y quince de la tarde (03:15 p.m.) se da por terminado la diligencia.

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Page 88: TESTIMONIOS 2012

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

Apoderado del Llamado en Garantía,

JORGE ENRIQUE RIVERO RUBIO

Apoderada parte demandante,

VERONICA DEL ROSARIO GOMEZ PAJARO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LOS DEMANDANTES MARIA DEVORA OSPINA CASTAÑO, YURY SIRLEY

CABRERA MEDINA Y SERGIO LUBIN PARRA VARGASRADICACIÓN: 2008-102-00

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy catorce (14) de febrero del año dos mil doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 AM.), fecha y hora señalados en auto del 19 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, de la señora, CLARA INES DELGADO SIPAGAUTA dentro del proceso Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual contra COOTRANSFLORENCIA LTDA Y OTRO, el señor Juez y su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto, el despacho procede a practicar interrogatorio a la Señora Clara Inés Delgado Sipagauta quien bajo la gravedad de juramento, con las advertencias del artículo 442 del C. P. y preguntado por generales de ley contesto: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía No 26.634.346 de Morelia - Caquetá, estado civil; Unión libre con Eliseo Alvis Alape, con Instrucción quinto de primaria, edad 44 años, su ocupación actualmente es ama de casa, reside en el Municipio de Morelia, Calle 5º No 4-70, celular 3212142770, en este estado de la diligencia se hace presente la Doctora VERONICA DEL ROSARIO GOMEZ PAJARO, quien se identifica con cedula de ciudadanía No 1.082.879.066 de Santa Marta – Magdalena y portadora de la tarjeta profesional TP200230 del Consejo Superior de la Judicatura

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Page 89: TESTIMONIOS 2012

PREGUNTADO: Sabe usted la razones por las que se hace presente en esta diligencia. CONTESTÓ: sobre un accidente que tuve el 27 de diciembre, hace como cuatro años. PREGUNTADO: Manifiesta o cuéntele al despacho que sabe o conoce acerca del accidente que menciona anteriormente CONTESTÓ: salimos en horas de la mañana, aproximadamente a las once de la mañana, íbamos tres pasajeros de Florencia hacia Morelia, cuando llegamos a Villa Martha bien en lo plano por la derecha de nosotros y venia otro taxi cuando nos dimos cuenta el taxi se nos vino enzima de nosotros y el conductor del carro donde yo iba alcanzo esquivarlo girando hacia el lado derecho de nosotros y no me di cuenta de nada más. REGUNTADO Usted perdió la conciencia después del accidente CONSTESTO: Si señor en el Hospital volví a reaccionar. PREGUNTADO: Usted sabe a que se debió el Accidente CONTESTÓ: Escuche en el Hospital que el señor taxista que nos accidento sufrió un infarto el quedo con las llanta hacia arriba. PREGUNTADO: Que clase de lecciones sufrió usted en el accidente. CONSTESTÓ: un golpe en la pierna donde tengo una cicatriz y el golpe en el pecho. PREGUNTADO: Conoce usted a la señora Maria Devora Ospina Castaño. CONTESTÓ: La mire en el Hospital, no la conocía antes PREGUNTADO: conoce al señor Sergio Lubin Parra Vargas y cuanto hace CONTESTÓ: si señor, desde toda la vida, el nació en Morelia y yo también, nos criamos en el Municipio. PREGUNTADO: Los tres pasajeros que iban en el taxi con usted de que sexo eran: CONTESTÓ: Dos hombre que iban a tras yo como pasajera que iba adelante y el conductor. PREGUNTADO: Recuerda usted si vio a la Policía antes de que perdiera el conocimiento: CONTESTÓ: al que mire fue al anterior alcalde de Morelia, el fue el que me auxilio y ahí no recuerdo más. PREGUNTADO. Desea aclarar o corregir acerca de que acaba de declarar: CONTESTÓ: Lo único que yo digo es que la señora dueña del carro estuvo en el hospital, pero nunca más volví a saber de ella, a mi me toco asumir los gastos de los traslados para venir al médico, me atendieron en Hospital Maria Inmaculada.

El despacho deja constancia que se le pregunta a la apoderada presente que si desea interrogar a la declarante, manifestando que no.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las diez y treinta y cinco de la mañana ( 10:35 A.M.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El Compareciente,

CLARA INES DELGADO SIPAGAUTA

Apoderada parte demandante,

VERONICA DEL ROSARIO GOMEZ PAJARO

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Page 90: TESTIMONIOS 2012

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LOS DEMANDANTES MARIA DEVORA OSPINA CASTAÑO, YURY SIRLEY

CABRERA MEDINA Y SERGIO LUBIN PARRA VARGAS.RADICACIÓN: 2008-102-00

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy catorce (14) de febrero del año dos mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 AM.), fecha y hora señalados en auto del 19 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, al señor, RAMON ROQUE dentro del proceso Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual contra COOTRANSFLORENCIA LTDA Y OTRO su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto, dejando constancia, que se hace presente la Doctora VERONICA DEL ROSARIO GOMEZ PAJARO, quien se identifica con cedula de ciudadanía No 1.082.879.066 de Santa Marta – Magdalena y portadora de la tarjeta profesional TP200230 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderada de la parte demandante, Siendo las nueve y quince de la mañana (09:15 a.m.) se hizo una espera más que prudencial para que compareciera el testigo para rendir su testimonio pero no fue posible por su notable ausencia.

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Page 91: TESTIMONIOS 2012

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

Apoderada parte demandante,

VERONICA DEL ROSARIO GOMEZ PAJARO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE BLANCA CECILIA PINZON Y RUBIEL ANDRADE.

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy nueve (9) de febrero del año dos mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 AM.), fecha y hora señalados en auto del 19 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, al señor, WALBER SOTTO CONTRERAS dentro del proceso Ordinario de Resolución de Compraventa contra el señor ALFREDO MARIN MONSALVE su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto,

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Page 92: TESTIMONIOS 2012

No es procedente practicar nuevamente el interrogatorio al señor Walter Sotto Contreras, por que el día 4 de mayo de 2011, a las 03:00 de la tarde ya se había realizado la diligencia de recepción de testimonio, por lo anterior se decreta la ilegalidad del auto 005 del 19 de enero del año en curso, donde se había fijado nuevamente las pruebas de la parte demandante.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El Compareciente,

WALBER SOTTO CONTRERAS

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR EL DEMANDANTE HERNANDO DELGADO CUACIALPUD

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Page 93: TESTIMONIOS 2012

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy seis (06) de febrero del año dos mil doce (2012), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 AM.), fecha y hora señalas a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, a la señora, ROSALBA MONCADA dentro del proceso Abreviado de Prescripción de oficio contra el señor MARCO FIDEL SILVA VALENCIA su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto, dejando constancia. Siendo las diez y cincuenta de la mañana (10:50 A.M) se hizo una espera más que prudencial para que compareciera el testigo para rendir su testimonio pero no fue posible por su notable ausencia.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR EL DEMANDANTE FIDELIA BURBANO GOMEZ

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Page 94: TESTIMONIOS 2012

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy veinticinco (06) de febrero del año dos mil doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 AM.), fecha y hora señalas a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, a la señora, EDELMA VARGAS CLAROS dentro del proceso Abreviado de Prescripción de oficio contra el señor MARCO FIDEL SILVA VALENCIA su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto, dejando constancia. Siendo las diez y veinte de la mañana (10:20 A.M) se hizo una espera más que prudencial para que compareciera el testigo para rendir su testimonio pero no fue posible por su notable ausencia.

El Juez,HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR EL DEMANDANTE VICTOR MANUEL DELGADO

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Page 95: TESTIMONIOS 2012

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy veinticinco (06) de febrero del año dos mil doce (2012), siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 AM.), fecha y hora señalas a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, a la señora, EDELMA VARGAS CLAROS dentro del proceso Abreviado de Prescripción de oficio contra el señor MARCO FIDEL SILVA VALENCIA su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto, dejando constancia. Siendo las nueve y cincuenta de la mañana (09:50 A.M) se hizo una espera más que prudencial para que compareciera el testigo para rendir su testimonio pero no fue posible por su notable ausencia.

El Juez,HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE ARISTIDES AGUIRRE MAZO.

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy primero (1º) de febrero del año dos mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 AM.), fecha y hora señalados en auto del 17 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, al señor, ALBEIRO ESPINOSA CANO dentro del proceso abreviado de pertenecía de oficio contra el señor MARCO FIDEL SILVA

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Page 96: TESTIMONIOS 2012

VALENCIA su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto, El despacho procede a practicar interrogatorio al Señor Albeiro Espinosa Cano quien bajo la gravedad de juramento, con las advertencias del artículo 442 del C. P. y preguntado por generales de ley contesto: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía No 17.633.943 de Florencia, estado civil; Unión libre con la señora BLANCA HELENA BEDON, con Instrucción, Bachiller, su ocupación actualmente es; maestro de construcción. Ud. reside en barrio Amazonia Calle 33 No 1D-Bis-04PREGUNTADO: Conoce al señor Arístides Aguirre Mazo, porque razón y desde cunado la conoce. CONTESTÓ: Hace mucho tiempo lo distingo desde el año 1995, cuando yo compre un lote en el barrio la Amazonia el ya tenia un terreno y el se vino a vivir después de que yo ya vivía en el barrio. PREGUNTADO: Donde vive el señor Arístides Aguirre Mazo CONTESTÓ: Es vecino mío, en una casa de por medio, tiene un almacén de cacharrería. PREGUNTADO Manifiesta el despacho si sabe o tiene conocimiento quien construyo el inmueble donde vive el señor Arístides Aguirre Mazo con su familia CONTESTO: El la hizo construir, le pago a un maestro para que le construyera su casa, el traía los materiales de construcción e incluso yo le guarde en varias ocasiones material en la casa. PREGUNTADO: Que razón tiene Ud. para afirmar que el inmueble donde vive el señor Arístides Aguirre Mazo y su familia, sea de su propiedad CONTESTO: Lo que hace que yo lo distingo siempre ha poseído ese terreno y nadie lo ha ido a sacar o le ha puesto problema por ese terreno. PREGUNTADO: Ud. sabe o tiene conocimiento si alguien le ha molestado por la presencia del señor Arístides Aguirre Mazo en el lote de terreno. CONTESTO: Hasta la fecha nadie lo ha molestado. PREGUNTADO Manifiesta el despacho si el inmueble donde reside el señor Arístides Aguirre Mazo cuenta con los servicios públicos y por quienes fueron instalados CONTESTO Si ellos tienen los servicio públicos y fueron instalados por nosotros mismos, por medio de rifas instamos el agua y la luz, el alcantarillado fue por un premio que nos ganamos en la alcaldía por un valor de Cincuenta millones de pesos ($ 50.000.000) en obras (no nos desembolsaron plata) y nosotros pedimos el alcantarillado y eso alcanzo para todo el barrio. PREGUNTADO Que quiere agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho CONTESTO: no nada.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las nueve y veinticinco de la mañana ( 09:25 A.M.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El Compareciente,

ALBEIRO ESPINOSA CANO

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE ANTONIO ROMERO.

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy treinta y uno (31) de enero del año dos mil doce (2012), siendo las tres y treinta de la tarde (03:30 PM.), fecha y hora

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Page 97: TESTIMONIOS 2012

señalados en auto del 17 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, al señor, ALDEMAR BETANCOURT BURGOS dentro del proceso abreviado de pertenecía de oficio contra el señor MARCO FIDEL SILVA VALENCIA su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto, El despacho procede a practicar interrogatorio al Señor Aldemar Betancourt Burgos quien bajo la gravedad de juramento, con las advertencias del artículo 442 del C. P. y preguntado por generales de ley contesto: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía No 17.645.723 de Valparaíso Caquetá, estado civil; unión libre con Cristina Soto Cleves, con Instrucción, noveno, su ocupación actualmente es; técnico electricista. Ud. reside en barrio La Amazonia, Calle 33 No 3-12. PREGUNTADO: Conoce al señor Antonio Romero, porque razón y desde cunado la conoce. CONTESTÓ: En el año 1995 que llegue al barrio y compre un lote de terreno donde esta construida mi casa y el ya vivía en este barrio. PREGUNTADO: Donde vive el señor Antonio Romero CONTESTÓ: Vive a dos (2) cuadras de mi casa diagonal a la vivienda de la señora Maria Teresa Imbacuan. PREGUNTADO Manifiesta el despacho si sabe o tiene conocimiento quien construyo el inmueble donde vive el señor Antonio Romero con su familia CONTESTO: En ese tiempo tenia una casita de madera y actualmente la han ido mejorando en ladrillo, con la familia del señor Romero han hecho jornadas de trabajo PREGUNTADO: Que razón tiene Ud. para afirmar que el inmueble donde vive el señor Antonio Romero y su familia, sea de su propiedad CONTESTO: Por las reuniones que tenemos hablamos de mejorar en comunidad de esa forma nos damos cuenta de las personas que son propietarias, actualmente el señor Romero es Vicepresidente de la Junta de Acción Comunal. PREGUNTADO: Ud. sabe o tiene conocimiento si alguien le ha molestado por la presencia del señor Antonio Romero en el lote de terreno. CONTESTO: No tengo conocimiento PREGUNTADO Manifiesta el despacho si el inmueble donde reside el señor Antonio Romero cuenta con los servicios públicos y por quienes fueron instalados CONTESTO Tiene servicio de energía, agua y gas domiciliario y fueron instalados por el señor Romero. PREGUNTADO Que quiere agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho CONTESTO: no señor nada.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las tres y cincuenta de la tarde ( 03:50 P.M.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El Compareciente,

ALDEMAR BETANCOURT BURGOS

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE BERTHA PRADA CARRILLO.

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Page 98: TESTIMONIOS 2012

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy treinta y uno (31) de enero del año dos mil doce (2012), siendo las tres de la tarde (03:00 PM.), fecha y hora señalados en auto del 17 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, al señor, ALDEMAR BETANCOURT BURGOS dentro del proceso abreviado de pertenecía de oficio contra el señor MARCO FIDEL SILVA VALENCIA su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto, El despacho procede a practicar interrogatorio al Señor Aldemar Betancourt Burgos quien bajo la gravedad de juramento, con las advertencias del artículo 442 del C. P. y preguntado por generales de ley contesto: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía No 17.645.723 de Valparaíso Caquetá, estado civil; unión libre con Cristina Soto Cleves, con Instrucción, noveno, su ocupación actualmente es; técnico electricista. Ud. reside en barrio La Amazonia, Calle 33 No 3-12. PREGUNTADO: Conoce a la señora Bertha Prada Carrillo, porque razón y desde cunado la conoce. CONTESTÓ: La distingo a la señora Prada aproximadamente hace unos cinco (5) años y se que vive en el barrio La Amazonia, porque es socia activa de la asamblea general de la Junta de Acción Comunal. PREGUNTADO: Donde vive la Señora Bertha Prada Carrillo CONTESTÓ: Vive a dos manzanas de mi casa hacia arriba, su casa queda en una esquina, la dirección no recuerdo. PREGUNTADO Manifiesta el despacho si sabe o tiene conocimiento quien construyo el inmueble donde vive la señora Bertha Prada Carrillo con su familia CONTESTO: Ella construyo parte de su lote en ladrillo y actualmente vive ahí con dos hijas. PREGUNTADO: Que razón tiene Ud. para afirmar que el inmueble donde vive la señora Bertha Prada Carrillo y su familia, sea de su propiedad CONTESTO: Porque me di cuenta que ella construyo lo que tiene y ante la Junta somos sabedores que es la propietaria. PREGUNTADO: Ud. sabe o tiene conocimiento si alguien le ha molestado por la presencia de la señora Bertha Prada Carrillo en el lote de terreno. CONTESTO: No tengo conocimiento PREGUNTADO Manifiesta el despacho si el inmueble donde reside la señora Bertha Prada Carrillo cuenta con los servicios públicos y por quienes fueron instalados CONTESTO Tiene los servicio de energía y agua y fueron instalados por ella. PREGUNTADO Que quiere agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho CONTESTO: no señor nada.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las tres y veinte de la tarde ( 03:20 P.M.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El Compareciente,

ALDEMAR BETANCOURT BURGOS

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MARIA TERESA IMBACUAN.

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Page 99: TESTIMONIOS 2012

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy treinta y uno (31) de enero del año dos mil doce (2012), siendo las once de la mañana (11:00 AM.), fecha y hora señalados en auto del 17 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, al señor, ALDEMAR BETANCOURT BURGOS dentro del proceso abreviado de pertenecía de oficio contra el señor MARCO FIDEL SILVA VALENCIA su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto, El despacho procede a practicar interrogatorio al Señor Aldemar Betancourt Burgos quien bajo la gravedad de juramento, con las advertencias del artículo 442 del C. P. y preguntado por generales de ley contesto: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía No 17.645.723 de Valparaíso Caquetá, estado civil; unión libre con Cristina Soto Cleves, con Instrucción, noveno, su ocupación actualmente es; técnico electricista. Ud. reside en barrio La Amazonia, Calle 33 No 3-12. PREGUNTADO: Conoce a la señora María Teresa Imbacuan, porque razón y desde cunado lo conoce. CONTESTÓ: Hace aproximadamente unos cinco (5) años que llegaron al barrio y compraron un lote esquinero a dos casas donde hacemos la asamblea de la Junta PREGUNTADO: Donde vive la Señora María Teresa Imbacuan CONTESTÓ: Actualmente viven en el barrio La Amazonia a dos cuadras de mi casa hacia bajo. PREGUNTADO Manifiesta el despacho si sabe o tiene conocimiento quien construyo el inmueble donde vive la señora María Teresa Imbacuan con su familia CONTESTO: Me di cuenta que contrataron un maestro y empezaron a construir su casa a pocos días de haber comprado el terreno. PREGUNTADO: Que razón tiene Ud. para afirmar que el inmueble donde vive la señora María Teresa Imbacuan y su familia, sea de su propiedad CONTESTO: Por haberme dado cuenta que ellos lo construyeron. PREGUNTADO: Ud. sabe o tiene conocimiento si alguien le ha molestado por la presencia de la señora María Teresa Imbacuan en el lote de terreno. CONTESTO: No tengo conocimiento PREGUNTADO Manifiesta el despacho si el inmueble donde reside la señora María Teresa Imbacuan cuenta con los servicios públicos y por quienes fueron instalados CONTESTO Cuenta con los servicios de energía, agua y gas domiciliario y fueron construidos por ella. PREGUNTADO Que quiere agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho CONTESTO: no señor nada.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las once y treinta de la mañana ( 11:30 A.M.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El Compareciente,

ALDEMAR BETANCOURT BURGOS

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE AMPARO REYES GAVIRIA.

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En Florencia, departamento del Caquetá, hoy treinta y uno (31) de enero del año dos mil doce (2012), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 AM.), fecha y hora señalados en auto del 17 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, al señor, ALDEMAR BETANCOURT BURGOS dentro del proceso abreviado de pertenecía de oficio contra el señor MARCO FIDEL SILVA VALENCIA su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto, El despacho procede a practicar interrogatorio al Señor Aldemar Betancourt Burgos quien bajo la gravedad de juramento, con las advertencias del artículo 442 del C. P. y preguntado por generales de ley contesto: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía No 17.645.723 de Valparaíso Caquetá, estado civil; unión libre con Cristina Soto Cleves, con Instrucción, noveno, su ocupación actualmente es; técnico electricista. Ud. reside en barrio La Amazonia, Calle 33 No 3-12. PREGUNTADO: Conoce a la señora Amparo Reyes Gaviria, porque razón y desde cunado lo conoce. CONTESTÓ: La distingo a la señora Reyes aproximadamente hace unos cinco (5) años y se que vive en el barrio La Amazonia, porque es socia activa de la asamblea general de la Junta de Acción Comunal. PREGUNTADO: Donde vive la Señora Amparo Reyes Gaviria CONTESTÓ: Vive a dos manzanas de mi casa hacia arriba, su casa queda en una esquina, la dirección no recuerdo. PREGUNTADO Manifiesta el despacho si sabe o tiene conocimiento quien construyo el inmueble donde vive la señora Amparo Reyes Gaviria con su familia CONTESTO: Ella construyo parte de su lote en ladrillo y actualmente vive ahí con dos hijas. PREGUNTADO: Que razón tiene Ud. para afirmar que el inmueble donde vive la señora Amparo Reyes Gaviria y su familia, sea de su propiedad CONTESTO: Porque me di cuenta que ella construyo lo que tiene y ante la Junta somos sabedores que es la propietaria. PREGUNTADO: Ud. sabe o tiene conocimiento si alguien le ha molestado por la presencia de la señora Amparo Reyes Gaviria en el lote de terreno. CONTESTO: No tengo conocimiento PREGUNTADO Manifiesta el despacho si el inmueble donde reside la señora Amparo Reyes Gaviria cuenta con los servicios públicos y por quienes fueron instalados CONTESTO Tiene los servicio de energía y agua y fueron instalados por ella. PREGUNTADO Que quiere agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho CONTESTO: no señor nada.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las diez y cincuenta de la mañana ( 10:50 A.M.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El Compareciente,

ALDEMAR BETANCOURT BURGOS

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE PIO JAVIER MAZO RINCON.

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En Florencia, departamento del Caquetá, hoy treinta y uno (31) de enero del año dos mil doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 AM.), fecha y hora señalados en auto del 17 de enero del año en curso, a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, al señor, ALDEMAR BETANCOURT BURGOS dentro del proceso abreviado de pertenecía de oficio contra el señor MARCO FIDEL SILVA VALENCIA su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto, El despacho procede a practicar interrogatorio al Señor Aldemar Betancourt Burgos quien bajo la gravedad de juramento, con las advertencias del artículo 442 del C. P. y preguntado por generales de ley contesto: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía No 17.645.723 de Valparaíso Caquetá, estado civil; unión libre con Cristina Soto Cleves, con Instrucción, noveno, su ocupación actualmente es; técnico electricista. Ud. reside en barrio La Amazonia, Calle 33 No 3-12. PREGUNTADO: Conoce al señor Pío Javier Mazo Rincón, porque razón y desde cunado lo conoce. CONTESTÓ: Lo conozco aproximadamente hace cinco (5) años, como maestro de construcción haciendo trabajos en el barrio La Amazonia PREGUNTADO: Donde vive el Señor Pío Javier Mazo Rincón CONTESTÓ: Vive a dos manzanas de mi casa hacia abajo, en la carrera 3ª o carrera 1ª. PREGUNTADO Manifiesta el despacho si sabe o tiene conocimiento quien construyo el inmueble donde vive el señor Pío Javier Mazo Rincón con su familia CONTESTO: Él mismo señor Mazo ha venido trabajando en la construcción de su vivienda que actualmente esta terminada y dividida en dos apartamentos. PREGUNTADO: Que razón tiene Ud. para afirmar que el inmueble donde vive el señor Pío Javier Mazo Rincón y su familia, sea de su propiedad CONTESTO: Porque nunca he escuchado manifestación de personas que reclamen dicha propiedad. PREGUNTADO: Ud. sabe o tiene conocimiento si alguien le ha molestado por la presencia del señor Pío Javier Mazo Rincón en el lote de terreno. CONTESTO: No tengo conocimiento PREGUNTADO Manifiesta el despacho si el inmueble donde reside el señor Pío Javier Mazo Rincón cuenta con los servicios públicos y por quienes fueron instalados CONTESTO Tiene el servicio de energía y agua y fueron instalados por el señor Mazo. PREGUNTADO Que quiere agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho CONTESTO: no señor nada.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las diez y veinte de la mañana ( 10:20 A.M.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El Compareciente,

ALDEMAR BETANCOURT BURGOS

El secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE GONZALO GARZON MEDINA.

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy treinta y uno (31) de enero del año dos mil doce (2012), siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 AM.), fecha y hora señalados en auto del 17 de enero del año en curso a fin de llevar a efecto la

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recepción de testimonio, a la señor, ALDEMAR BETANCOURT BURGOS dentro del proceso abreviado de pertenecía de oficio contra el señor MARCO FIDEL SILVA VALENCIA su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto, El despacho procede a practicar interrogatorio a la Señor Aldemar Betancourt Burgos quien bajo la gravedad de juramento, con las advertencias del artículo 442 del C. P. y preguntado por generales de ley contesto: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía No 17.645.723 de Valparaíso Caquetá, estado civil; unión libre con Cristina Soto Cleves, con Instrucción, noveno, su ocupación actualmente es; técnico electricista. Ud. reside en barrio La Amazonia, Calle 33 No 3-12. PREGUNTADO: Conoce al señor Gonzalo Garzón Medina, porque razón y desde cunado lo conoce. CONTESTÓ: Cuando yo compre mi lote lo que ahora es mi casa ellos ya Vivian en el barrio, aproximadamente en el año 1995, en la vivienda del señor Gonzalo me guardaban los materiales para la construcción de mi vivienda en ese tiempo tenían una casa de madera y el trabajaba como vigilante de Molinos Buenos Aires. PREGUNTADO: Donde vive el Señor Gonzalo Garzón Medina CONTESTÓ: La casa actualmente la tiene dividida en dos apartamentos en una vive él y en el otro una hija, la casa de él pega con la mía en un costado. PREGUNTADO Manifiesta el despacho si sabe o tiene conocimiento quien construyo el inmueble donde vive el señor Gonzalo Garzón Medina con su familia CONTESTO: El consiguió un maestro y la hizo construir en bloque de cemento. PREGUNTADO: Que razón tiene Ud. para afirmar que el inmueble donde vive la señor Gonzalo Garzón Medina y su familia, sea de su propiedad CONTESTO: Porque lo conozco de todo ese tiempo y nunca ha habido un inconveniente con otra persona que reclame dicha propiedad. PREGUNTADO: Ud. sabe o tiene conocimiento si alguien le ha molestado por la presencia del señor Gonzalo Garzón Medina en el lote de terreno. CONTESTO: No tengo conocimiento PREGUNTADO Manifiesta el despacho si el inmueble donde reside el señor Gonzalo Garzón Medina cuenta con los servicios públicos y por quienes fueron instalados CONTESTO Si señor cuenta con servicio de energía y agua y fueron instalados por ellos mismo. PREGUNTADO Que quiere agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho CONTESTO: no señor nada.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las nueve y cincuenta de la mañana ( 09:50 A.M.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El Compareciente,

ALDEMAR BETANCOURT BURGOS

La secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

DILIGENCIA DE RECEPCIÓN DE TESTIMONIO SOLICITADO POR LA DEMANDANTE MONICA ANDREA CAMAYO SANCHEZ.

En Florencia, departamento del Caquetá, hoy treinta y uno (31) de enero del año dos mil doce (2012), siendo las nueve de la mañana (09:00 AM.), fecha y hora señalados en auto del 17 de enero del año en curso a fin de llevar a efecto la recepción de testimonio, a la señor, ALDEMAR BETANCOURT BURGOS dentro del proceso abreviado de pertenecía de oficio contra el señor MARCO

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FIDEL SILVA VALENCIA su Secretario ad-hoc, se constituyó en audiencia pública y declaró abierto el acto, El despacho procede a practicar interrogatorio a la Señor Aldemar Betancourt Burgos quien bajo la gravedad de juramento, con las advertencias del artículo 442 del C. P. y preguntado por generales de ley contesto: manifiesta llamarse como quedo escrito, identificado con la cedula de ciudadanía No 17.645.723 de Valparaíso Caquetá, estado civil; unión libre con Cristina Soto Cleves, con Instrucción, noveno, su ocupación actualmente es; técnico electricista. Ud. reside en barrio La Amazonia, Calle 33 No 3-12. PREGUNTADO: Conoce a la señora, Mónica Andrea Camayo Sánchez, porque razón y desde cunado lo conoce. CONTESTÓ: la distingo hace mas o menos seis (6) años, el esposo de ella trabaja en la machimbradora el se llama Edgar Aldana y vive en la misma cuadra donde yo vivo. PREGUNTADO: Donde vive el Señora Mónica Andrea Camayo Sánchez CONTESTÓ: Vive por la misma acera donde tengo mi vivienda, esta a cinco (5) casas de mi vivienda. PREGUNTADO Manifiesta el despacho si sabe o tiene conocimiento quien construyo el inmueble donde vive la señora Monica Andrea Sánchez Tamayo con su familia CONTESTO: El esposo de ella es decir Edgar lo he visto trabajando en la construcción de su casa los fines de semana por que él entre semana trabaja y la casa se encuentra encajonada en ladrillo es decir las paredes exteriores, tiene las alcobas divididas pero se encuentra el inmueble en obra negra. PREGUNTADO: Que razón tiene Ud. para afirmar que el inmueble donde vive la señora Mónica Andrea Camayo Sánchez y su familia, sea de su propiedad CONTESTO: Yo hice parte de la Junta de Acción comunal y manejábamos los nombres de cada propietario, el señor Aldana hizo parte de la Junta de Conciliación de la Junta de Acción Comunal. PREGUNTADO: Ud. sabe o tiene conocimiento si alguien le ha molestado por la presencia de la señora Mónica Andrea Camayo Sánchez en el lote de terreno. CONTESTO: No en ningún momento, si sucediera un hecho de esa naturaleza lo manejamos en la Junta. PREGUNTADO Manifiesta el despacho si el inmueble donde reside la señora Mónica Andrea Camayo Sánchez cuenta con los servicios públicos y por quien fueron instalados CONTESTO Si señor cuenta con servicio de energía, agua y gas domiciliario, y fueron instalados por ellos mismo. PREGUNTADO Que quiere agregar, corregir o modificar en relación con lo manifestado ante el despacho CONTESTO: no señor nada.

No siendo otro el objeto de la presente diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella intervinimos tal como aparece, siendo las nueve y veinte de la mañana ( 09:20 A.M.), una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

El Compareciente,

ALDEMAR BETANCOURT BURGOS La secretario ad-hoc,

JAVIER MAURICIO DE LOS RIOS RODRIGUEZ

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DILIGENCIA DE RECEPCION DE TESTIMONIO DE LA SEÑORA LIGIA POLANIA

RADICACIÓN: 2010-00074-00

En Florencia, Departamento del Caquetá, hoy veintiocho (28) de mayo del año

dos mil doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), fecha y hora

señalados en auto del 10 de abril del año en curso, a fin de llevar a efecto la

recepción de testimonio, a la señora LIGIA POLANIA , dentro del proceso

Ordinario de Responsabilidad Civil Extracontractual de NELSON OME POLANIA

contra COOTRANSCAQUETA, el señor Juez del Juzgado Civil del Circuito de

Descongestión y su Secretaria, se constituyó en audiencia pública y declaró

abierto el acto. Dejando constancia, que se presenta el Doctor WILLIAM

SANCHEZ AMAYA, identificado con cédula de ciudadanía No 17.683.094 de

Belén de los Andaquies, con tarjeta profesional No 79.164 del CSJ, como

apoderado de la parte demandante, y la señora LIGIA POLANIA, identificada con

cedula numero 40.745.014 de Belén de los Andaquies, se les informa que por

error involuntario no se registro dicho diligencia en la agenda interna que lleva el

juzgado, manifestándole que para la misma fecha se había señalado una

diligencia de conciliación, y por ende el señor Juez se encuentra en esta. Se

dispone fijar una nueva fecha para el día veintinueve (29) de mayo a las tres

03:00 de la tarde del año en curso. No siendo otro el objeto de la presente

diligencia se termina y firma en señal de aprobación, por los que en ella

intervinimos tal como aparece, siendo las Diez y doce de la mañana (10:12 a.m.),

una vez leída y aprobada.

El Juez,

HERNANDO CARDOZO CARDOZO

Apodero de la parte demandante

WILLIAM SANCHEZ AMAYA

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La Compareciente

LIGIA POLANIA

La Secretaria,

MAYRA JULIETH VILLEGAS MOSQUERA

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