TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE...

114
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA ESCUELA DE DERECHO TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA TEMA: ____________________________________________________________________ LA VULNERACIÓN DE DERECHOS A LAS PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA REHABILITACION SOCIAL EN EL ECUADOR_____________________________________________________________________ AUTOR: FLOR MARIA GAMBOA ASESOR: DR. LENIN MAYORGA DIAZ AMBATO - ECUADOR 2.015

Transcript of TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE...

Page 1: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

ESCUELA DE DERECHO

TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA

DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

TEMA:

____________________________________________________________________

“LA VULNERACIÓN DE DERECHOS A LAS PERSONAS

PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA

REHABILITACION SOCIAL EN EL ECUADOR”

_____________________________________________________________________

AUTOR:

FLOR MARIA GAMBOA

ASESOR:

DR. LENIN MAYORGA DIAZ

AMBATO - ECUADOR

2.015

Page 2: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES”

CERTIFICADO DEL ASESOR

Dr. Lenin Mayorga Díaz en calidad de Tutor del Trabajo de Tesis de Grado previa a la

obtención del Título de Abogada de los Tribunales de la República, designado por

disposición de Cancillería de la Universidad Regional Autónoma de los Andes

“UNIANDES”, certifico que la señora Flor María Gamboa Chicaiza con cédula de

ciudadanía No. 180318487-6 estudiante de la Escuela de Derecho, Facultad de

Jurisprudencia, ha culminado la Tesis de Grado bajo el tema “LA VULNERACIÓN DE

DERECHOS A LAS PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU

INCIDENCIA EN LA REHABILITACION SOCIAL EN EL ECUADOR”.

Cumpliendo con todos los requisitos exigidos por las disposiciones reglamentarias de la

Institución.

Particular que se deja constancia para los fines legales pertinentes.

Dr. Lenin Mayorga Díaz

ASESOR

Page 3: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES”

DECLARACIÓN DE AUTORIA DEL PROYECTO

Yo, FLOR MARIA GAMBOA CHICAIZA, con cedula de ciudadanía No. 180318487-6

por mis propios derechos y en pleno goce de mis facultades, declaro que el contenido del

presente trabajo de tesis, sobre el tema: “LA VULNERACION DE LOS DERECHOS A

LAS PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN A

REHABILITACION SOCIAL EN EL ECUADOR”, es de mi absoluta responsabilidad

realizarlo, respetando las normas legales y reglamentos correspondientes, en tal virtud

expreso que los conceptos, conclusiones, ideas, opiniones y recomendaciones del mismo,

son creación plena del autor y por ello otorgo toda potestad a la Universidad Regional

Autónoma de los Andes “UNIANDES”, para que emplee el trabajo de culminación de

estudio como bibliografía para futuras investigaciones relacionadas con el tema planteado.

.

Sra. Flor María Gamboa

C.C.180318487-6

Page 4: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

DEDICATORIA

Dedico la presente tesis a Dios por darme

luz en mi camino y a emprender el día a

día con humildad, paciencia y sabiduría.

A mis padres, esposo e hijos quienes han

sabido entregarme todo su amor,

comprensión y apoyo incondicional.

A mis maestros durante el curso de mi

carrera por su apoyo y sus conocimientos

compartidos para la elaboración de esta tesis.

Page 5: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

AGRADECIMIENTO

Agradezco A la Universidad Regional

Autónoma de los Andes, UNIANDES,

Institución que me permitió alcanzar un

título Universitario, y me brindado la

oportunidad de conocer excelentes

profesionales los cuales formaran parte de los

mejores recuerdos de mi vida personal.

Va mi sincero agradecimiento a todas las

personas que de una u otra manera me

colaboraron, para la terminación del

presente Trabajo de Grado.

Page 6: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

ÍNDICE GENERAL

Portada

Certificado del asesor

Declaración de autoría del proyecto

Dedicatorias

Agradecimientos

Índice General

Resumen Ejecutivo

Abstract

INTRODUCCIÓN

Antecedentes de la Investigación………………………………………………………… 1

Planteamiento del Problema……………………………………………………………… 2

Formulación del Problema………………………………………………………………. 3

Delimitación del Problema……………………………………………………………….. 3

Objeto de investigación y campo de acción……………………………………………… 3

Identificación de la línea de investigación……………………………………………….. 4

Objetivos…………………………………………………………………………………. 4

Page 7: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

Objetivo General………………………………………………………………………… 4

Objetivos Específicos …………………………………………………………………….4

Idea a Defender…………………………………………………………………………… 4

Justificación………………………………………………………………………………. 5

Breve explicación de la metodología investigativa a emplear………………………….. 7

Resumen de la Estructura de la Tesis: breve explicación de los capítulos de la tesis…… 8

Elementos de Novedad, Aporte Teórico y significación Practica, Independencia del

Alcance la Tesis…………………………………………………………………………... 9

CAPITULO I.

MARCO TEÓRICO

Origen y Evolución del objeto de Investigación…………………………………………..11

EPIGRAFE I: MARCO TEÓRICO

Personas Privadas de la Libertad ………………………………………………………... 11

Definición………………………………………………………………………………….11

Derecho de las personas privadas de la libertad……………………………………………12

Concepciones……………………………………………………………………….……...13

Caracteristicas…………………………………………………………………………...…13

Fundamentos de los Derechos Humanos............................................................................. 15

La proteccion legal de los derechos de las personas Privadas de la libertad……………... 15

Legislacion Penitenciaria Internacional……………………………………………………16

Page 8: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

Legislación penitenciaria nacional………………………………………………………16

Grupos de atención prioritária ............................................................................................ 22

La aplicación de los Derechos de las personas privadas de la libertad................................ 22

Derechos constitucionales ....................................................................................................22

EPIGRAFE II

Los Centros de Rehabilitación Social……………………………………………………...22

Origen y Evolución...............................................................................................................28

Infraestructura.......................................................................................................................34

Misión..................................................................................................................................35

Visión ..................................................................................................................................35

Organización.........................................................................................................................35

EPIGRAFE III

Rehabilitación Social...........................................................................................................38

Analisis Doctrinario de la Rehabilitación Social.................................................................47

Sistema Progresivo..............................................................................................................50

Componentes del Sistema ..................................................................................................52

Aplicación ..........................................................................................................................54

Page 9: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

EPIGRAFE IV

Organismos de Control de la Rehabilitación Social..........................................................55

Ministerio de Justicia Derechos Humanos y Cultos..........................................................57

Comite de Derechos Humanos..........................................................................................58

CAPITULO II.

MARCO METODOLOGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA….... 65

2.1 CARACTERIZACIÓN DEL SECTOR DE LA INVESTIGACIÓN……………….66

2.2 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO…………………..66

Modalidad de la Investigación………………………………………………...................66

Tipo de Investigación …………………………………………………………………….66

Universo y Muestra de la Investigación…………………………………………………..67

Métodos y Técnicas e Instrumentos………………………………………………………68

Métodos…………………………………………………………………………………...68

Técnicas………………………………………………………………………………..….69

Instrumentos………………………………………………………………………………69

Gráficos e Interpretación de Resultados…………………………………………….........70

Conclusiones Parciales…………………………………………………………………..80

CAPITULO III.

Page 10: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

VALIDACION Y/O EVALUACION DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN…81

CONCLUSIONES GENERALES………………………………………………................92

RECOMENDACIONES……………………………………………………………...........93

BIBLIOGRAFIA…………………………………………………………………….......... 94

ANEXOS

Page 11: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

RESUMEN EJECUTIVO

En Centro de Rehabilitación Social de la ciudad de Ambato, son una consecuencia de la

aplicación de la normatividad que integra el Sistema Interamericano de Derechos Humanos,

como también de las Garantías Básicas de las personas privadas de la libertad,

contempladas en la Constitución de la República del Ecuador, Código Orgánico Integral

Penal

La investigación realizada presenta de las disposiciones descriptivas, los procedimientos

formales para que las personas privadas de libertad accedan a sus derechos básicos,

estipuladas en las normas legales antes indicadas. la indagación intelectiva destaca en su

valoración causal el derecho al aprendizaje en prisión a partir de programas socio-

educativos que internalicen la interiorización como cambio imperativo, de manera que su

valor se juzga a la luz de su repercusión en la reincidencia, la reintegración y más

concretamente, en las oportunidades laborales tras la puesta en libertad y la búsqueda de

efectivos ambientes adecuados.

La educación es mucho más que una herramienta para el cambio, con la aplicación del

Código Integral Penal es una obligación de toda la población carcelaria, haciendo evidente

el compendio que la educación es la forma de cambiar el pensamiento negativo,imperativo

que revela a la educación frente a desafíos considerables para los personas privadas de la

libertad, resultado de las disposiciones socioculturales, políticas, económicas, educativas,

ambientales, institucionales e individuales. Estos factores y los desafíos que presentan no

son insalvables, el Ecuador ha realizado “importantes avances, dentro del tema sin embargo

de ello hay muchas cosas que hacer todavía, y la principal es la aplicación estricta de toda

la norma jurídica que se encuentra escrito en el papel hacerlo realidad o brindar condiciones

dignas y humanas para las personas privadas de la libertad, ya que son seres humanos con

la expectativa de tener una rehabilitación progresiva y convertirse en seres valiosos para la

comunidad y la sociedad, se quiere eliminar la sobrepoblación carcelaria, aumentar el

número de defensores públicos y que en cierta parte sucede en el centro de Rehabilitación,

Social de Ambato.

Page 12: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

ABSTRACT

Social Rehabilitation Center of Ambato , are a consequence of the application of the

regulations that integrates the Inter-American Human Rights, as well as the Basic

Guarantees of persons deprived of liberty, referred to in the Constitution of the Republic of

Ecuador , Comprehensive Organic Penal Code

The research presents the descriptive rules , formal procedures for the detainees access to

their basic rights , stipulated in the above mentioned laws . the intellectual inquiry in its

causal assessment highlights the right to learn in prison from socio- educational programs

that internalize internalize change as imperative , so that its value is judged in the light of

their impact on recidivism , reintegration and specifically, employment opportunities after

release and the search for suitable environments effective.

Education is much more than a tool for change , with the implementation of the Integrated

Criminal Code is an obligation of the entire prison population , making evident the

compendium that education is the way to change negative thinking and achieve a different

progressive thinking , imperative that education reveals considerable challenges for persons

deprived of liberty provisions result of sociocultural , political, economic , educational,

environmental , institutional and individual . These factors and the challenges they present

are not insurmountable , Ecuador has made " significant progress , within the theme of it

however there are many things to do yet, and the main one is the strict application of any

legal standard that is written in paper make it happen or provide decent and humane

persons deprived of liberty conditions , because they are human beings with the expectation

of having a progressive rehabilitation and become valuable things for the community and

society, we wish to eliminate overcrowding , increasing the number of public defenders and

some things happen in the middle of Rehabilitation, Social Ambato .

Page 13: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

1

INTRODUCCIÓN

ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACION

Es indispensable aplicar a las personas que cumplen penas de privación de la libertad,

sistemas mediante las cuales puedan reincorporarse al entorno social como elementos

positivos.

La vigencia de los Derechos Humanos implican poder vivir una vida digna, respetando a

los gobernantes, pero estos a su vez, también deberán ejercer su poder, otorgado por el

pueblo por medio del voto, legítimamente, o sea, actuar de acuerdo a la ley.

Hay democracia en una sociedad cuando sus integrantes pueden expresar sus ideas

legitimar con libertad, cuando hay igualdad y posibilidad de movilidad, cuando quien obra

fuera de la ley es castigado; libertad no significa hacer lo que se quiera, pues la ley es un

límite necesario al ejercicio de cualquier derecho, para no atentar contra derechos de otros,

ni contra la moral ni las buenas costumbres.

La Constitución de la República del Ecuador, al señalar que el país es un Estado

Constitucional de Derechos y Justicia, señala de manera expresa que el primer principio es

el respeto a la dignidad del ser humano.

La crisis económica causa muchos estragos al ámbito nacional en forma general, y por

ende afectando a las familias de las personas que se encuentran internas, en el caso de que

estas personas hayan sido el sostén familiar, en consecuencia los hijos de estas familias

dejan de ir a las escuela, al colegio a temprana edad, enfrentándose diariamente a lacras

sociales como la delincuencia, prostitución, maltrato, abusos sexuales o el tráfico de

drogas.

La falta de interés por parte del Estado Ecuatoriano en la destinación de recursos

económicos se manifiesta en la existencia de oficinas técnicas en los juzgados y centros de

Rehabilitación Social, que deberían brindar apoyo a los internos ya que al entrar en

vigencia el sistema progresivo de rehabilitación, todos deben ser clasificados y explotar

sus habilidades, pero se observa en los centros de privación de la libertad de personas

adultas, que a pesar de tener implementados talleres de varios oficios, en los cuales

existe producción de objetos varios pero, no existe una promoción de los productos

Page 14: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

2

que se realizan en el Centro, y los familiares se ven en la obligación de llevárselos

para poder venderlos, cuando debería ser el centro de privación de libertad quien se

encargue de la Promoción y venta de los productos y a si cumplir con su propósito.

En la difícil situación económica por la que atraviesan las personas y sus familias se ve, la

que la sociedad se ve impulsada a cometer infracciones, lo que conlleva a este problema

social y como consecuencia directa el deterioro familiar, al privarles de la libertad a estas

personas, quienes eran el sustento familiar.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Toda sociedad vive su propia conflictividad por lo que genera mecanismos de solución a

sus necesidades, problemas y conflictos para mantener el equilibrio social.

En el Ecuador los centros de Rehabilitación social ecuatorianos han sufrido un permanente

abandono estatal cerca de cuatro años pasaron desde que se declaro en emergencia el

sistema penitenciario. Así pues se puede palpar el latente desinterés de las instituciones

gubernamentales, quienes han desechado la aplicación de una verdadera política

penitenciaria, que les permita recuperar el verdadero espacio para los seres humanos que

en ellos albergan.

En los Centros de rehabilitación social, se agudiza la violencia, la agresión, el miedo

reprimido, se deja de lado todos los valores, se impone la ley del más fuerte y se ha

estandarizado la imposición de ideas, trabajo, gestiones, atención de servicios y beneficios.

En el centro de rehabilitación social de la ciudad de Ambato, se evidencia una

connotación particular. El género influye radicalmente en el comportamiento de su

población, esto es, la irritabilidad y la violencia se convierten en una forma al interior de la

cárcel.

Las condiciones de hacinamiento en el centro están íntimamente con la marginación y

olvido de los gobiernos, quienes parten del encierro, como medida para precautelar el auge

delictivo o el incremento de la delincuencia.

Page 15: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

3

Los centros se han convertido en verdaderas bodegas humanas, donde se profundiza la

violación de los derechos humanos llevado a la degradación del ser humano y va perdiendo

la capacidad para vivir de manera digna.

Los derechos son parte esencial del desarrollo de toda persona, en nuestro país se evidencia

un comportamiento social que muestra un sistémico irrespeto a los derechos, de los

manifestándose de diferentes formas; faltando aquellas libertades, facultades y

prerrogativas que atiende las necesidades básica de todo privado de libertad para una

garantía digna, racional y justa.

FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

La falta de un adecuado mecanismo de control del Estado en la aplicación del sistema

progresivo de rehabilitación social vulnera los derechos de las personas privadas de la

libertad consagrados en el Art. 51 , numeral 5.- de la Constitución de la República del

Ecuador e incide en su rehabilitación y reinserción social.

DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA

La siguiente investigación se realizó en el cantón de Ambato, provincia de Tungurahua, en

el Centro de privación de la libertad de personal Adultas Ambato, y con el criterio

de Jueces de Garantías Penales de Tungurahua, Director y personal del Centro de

privación de la libertad de personas Adultas, Abogados en libre ejercicio profesional en

la ciudad de Ambato y, a la investigación bibliográfica sobre el tema, con un análisis

sobre los derechos de las personas privadas de libertad y su incidencia en la

rehabilitación social, donde no se respetan sus derechos y vulnera la seguridad

jurídica.

OBJETO DE INVESTIGACIÓN Y CAMPO DE ACCIÓN

OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN

Derechos de las personas privadas de libertad .

CAMPO DE ACCIÓN

Centro de Rehabilitación de Ambato

Page 16: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

4

IDENTIFICACIÓN DE LA LÍNEA DE INVESTIGACIÓN

Derechos de grupos de atención prioritaria

OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL

Elaborar un documento de análisis crítico jurídico que evidencie la falta de control

del Estado en la aplicación del sistema progresivo de rehabilitación social, la

vulneración de los derechos de las personas privadas en el Centro de Rehabilitación

Social de Ambato y como incide en su rehabilitación y reinserción social

OBJETIVOS ESPECÍFICO

1. Fundamentar jurídica y doctrinariamente sobre los tópicos de las personas privadas

de su libertad, Centros de privación de la libertad de personas adultas, sistema

progresivo de rehabilitación social, rehabilitación y reinserción en los Centros

de Rehabilitación Social del Cantón Ambato.

2. Diagnosticar la falta de control por parte del Estado en la aplicación del

sistema progresivo de rehabilitación social, vulneración de derechos de los

privados de libertad y su incidencia en la rehabilitación y reinserción social.

3. Redactar los componentes del documento de análisis crítico jurídico que

evidencie la falta de control del Estado en la aplicación del sistema progresivo de

rehabilitación social, la vulneración de los derechos de las personas privadas de

la libertad y como incide en su rehabilitación y reinserción social.

IDEA A DEFENDER

Con el documento de análisis crítico jurídico que evidencie la falta de control del

Estado en la aplicación del sistema progresivo de rehabilitación social, se evitará la

vulneración de los derechos de las personas privadas de la libertad en el Centro de

Rehabilitación de Ambato y como incide en su rehabilitación y reinserción social.

Page 17: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

5

VARIABLE INDEPENDIENTE

Documento de análisis crítico jurídico que evidencie la falta de control del Estado en

la aplicación del sistema progresivo de rehabilitación social.

VARIABLE DEPENDIENTE.

Evitar la vulneración de los derechos de las personas privadas de la libertad en el

Centro de Rehabilitación de Ambato y su incidencia en la rehabilitación y reinserción

social.

JUSTIFICACIÓN

La Constitución al declarar al Estado como constitucional de derechos y justicia, define un

nuevo orden de funcionamiento jurídico, político y administrativo. La fuerza normativa

directa, los principios y normas incluidos en su texto y en el Bloque de Constitucionalidad

confieren mayor legitimidad al Código Orgánico Integral Penal, porque las disposiciones

constitucionales no requieren la intermediación de la ley para que sean aplicables

directamente por los jueces.

Toda autoridad pública que posee competencia para normar tiene la obligación de adecuar,

formal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstos en la

Constitución y a los tratados internacionales que sean necesarios para garantizar la

dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades. En ningún caso,

las leyes, otras normas jurídicas, ni los actos del poder público atentarán contra los

derechos que reconoce la Constitución

El derecho penal tiene, aparentemente, una doble función contradictoria frente a los

derechos de las personas. Por un lado, protege derechos y, por otro, los restringe. Desde la

perspectiva de las víctimas, los protege cuando alguno ha sido gravemente lesionado.

Desde la persona que se encuentra en conflicto con la ley penal, puede restringir

excepcionalmente sus derechos, cuando una persona vulnera los derechos de otras y

justifica la aplicación de una sanción. Por ello, el derecho penal debe determinar los

límites para no caer en la venganza privada, ni en la impunidad.

Page 18: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

6

La Constitución ordena que las penas estén acorde con el principio de proporcionalidad, es

decir, debe existir cierta relación coherente entre el grado de vulneración de un derecho y

la gravedad de la pena, incorpora la figura de la reparación integral. Para ello se integran

algunas instituciones, con el fin de evitar la severidad del derecho penal y procurar que las

soluciones sean más eficaces.

Con la vigencia del Nuevo Código Integral penal, se tipifican nuevas conductas

penalmente relevantes adaptadas a las normas internacionales. Se introducen nuevos

capítulos como por ejemplo, el que se refiere a los delitos contra la humanidad y las graves

violaciones a los derechos humanos. En otros casos, cuando en instrumentos

internacionales suscritos por el Ecuador se establecen tipos penales abiertos y poco

precisos, se han diseñado los tipos penales considerando las garantías constitucionales, la

efectividad del combate del delito y la precisión en elementos de la tipicidad.

Por primera vez se tipifican infracciones como la omisión de denuncia de tortura, la

desaparición forzada y la violencia sexual en conflicto armado. Desde esta perspectiva, se

honran compromisos internacionales y además se cumple con el postulado que, en materia

de derechos humanos, la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos

humanos tienen vigencia en el sistema jurídico infra constitucional.

El derecho de ejecución de penas ha estado doctrinaria y jurídicamente divorciado del

derecho procesal y del derecho penal sustantivo, en todas sus dimensiones. Una vez

dictada la sentencia, sin que se debata la prolongación de la pena, las y los jueces no tienen

relación alguna con el efectivo cumplimiento de la sentencia.

No existe control judicial sobre las condiciones carcelarias, las sentencias no se cumplen

efectivamente y la administración ha estado a cargo de un órgano poco técnico y con

inmensas facultades discrecionales. Si a esto se suman las condiciones carcelarias, que son

deplorables, la falta de estadísticas confiables, la ausencia de registros y la forma arbitraria

de establecer sanciones al interior de los centros, se concluye que es urgente realizar una

reforma creativa, integral y coherente en el resto del sistema penal.

El trabajo, la educación, la cultura, el deporte, la atención a la salud y el fortalecimiento de

las relaciones familiares de las personas privadas de la libertad, deben ser los puntales que

orienten el desarrollo de las capacidades de las personas privadas de libertad y viabilicen

su reinserción progresiva en la sociedad.

Page 19: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

7

En aplicación de la norma constitucional, especial énfasis merece el trabajo de la persona

privada de libertad que, además de constituir un elemento fundamental del tratamiento, es

considerado un derecho y un deber social de la persona privada de libertad.

También se regula el régimen disciplinario para evitar la discrecionalidad de la autoridad

competente o personal de seguridad penitenciaria.

Es prioritario partir de una reforma integral destinada a que los mandatos constitucionales

se hagan realmente efectivos, que implique una construcción normativa conjunta, con una

misma perspectiva y un mismo eje articulador: garantizar los derechos de las personas.

En la actualidad en el Centro de Privación de la libertad de personas adultas de la

ciudad de Ambato, se puede evidenciar una grave controversia, la cual empieza desde los

más altos niveles de la administración del Sistema Penitenciario del Ecuador, que impide la

adecuada aplicación de un tratamiento efectivo de los derechos de las personas privadas de

la libertad que permita una adecuada una reinserción positiva a la sociedad. A todo lo

anterior manifestado se debe agregar la inoportuna administración de justicia, el trato

humano, la mala alimentación provocada por la falta de recursos económicos del Gobierno

central, la ausencia de proyectos estatales para la rehabilitación, la constante violación de

los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.

BREVE EXPLICACIÓN DE LA METODOLOGÍA INVESTIGATIVA A

EMPLEAR

METODOLOGÍA A EMPLEAR

MÉTODOS Y TÉCNICAS

La presente investigación se basó en los siguientes métodos:

INDUCTIVO- DEDUCTIVO

Lo que permitirá valorar los derechos fundamentales que tiene las personas privadas de la

libertad , en la aplicación del sistema progresivo de rehabilitación social desde un

todo hasta llegar a las partes componentes del problema planteado, es decir

partimos de lo general a lo particular y hacer un análisis del todo.

ANALÍTICO- SINTÉTICO

Page 20: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

8

Para realizar un análisis del objeto de transformación que realizará un análisis general

sobre lo que es el sistema progresivo de rehabilitación social en el Ecuador, su

aplicación en concordancia con la Constitución de la República y la normativa

existente, la vulneración de los derechos de los privados de la libertad y su

incidencia en su rehabilitación y reinserción social.

HISTÓRICO – LÓGICO

Se analiza la evolución del sistema progresivo de rehabilitación social en el Ecuador,

su aplicación en concordancia con la Constitución de la República y la normativa

existente, los derechos de los privados de la libertad, analizando la relación causa-

efecto de cada uno de ellos, y dar una solución al problema planteado, comparando los

sistemas anteriores de rehabilitación social y el actual.

TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN

Se utilizará la encuesta, y la observación directa a través de la cual se obtienen

informaciones de la fuente del problema y su posible solución, la cual se realizará a Jueces

de Unidad de garantías penales, Director y personal del Centro de privación de la

libertad de personas Adultas, Abogados en libre ejercicio profesional en la ciudad de

Ambato

INSTRUMENTOS DE INVESTIGACIÓN

Se utilizara el cuestionario como medio para la realización de preguntas que serán

tabuladas y representadas estadísticamente.

RESUMEN DE LA ESTRUCTURA DE LA TESIS: BREVE EXPLCACION DE

LOS CAPÍTULOS DE LA TESIS

La presente tesis se relaciona con los derechos constitucionales de las personas privadas

de la libertad en el Centro de Privación de la libertad de personas adultas de la

ciudad de Ambato y la vulneración de sus derechos, la protección integral que brinda

el Estado y de esta manera conocer los puntos de vista de los diferentes tratadistas y

Page 21: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

9

conocedores del tema para así determinar el respeto y aplicación de los principios

constitucionales en favor de las persona privadas de la libertad y la seguridad jurídica.

Este trabajo se ha estructurado en tres capítulos principales, que han dado cumplimiento

al objetivo general del trabajo; y la verificación de la idea a defender que se planteó.

En el primer capítulo se establece el Marco Teórico, plasmándose las opiniones de

tratadistas y del autor sobre temas relacionados al tema propuesto como el Notario, la

jurisdicción voluntaria, el principio de celeridad procesal y la seguridad jurídica,

para poder demostrar con dichas bases teóricas la forma en se están dando los trámites

de jurisdicción voluntaria en el ámbito judicial y Notarial, la vulneración del

principio de celeridad procesal y la seguridad jurídica, para de ésta manera

determinar la necesidad de la reforma que se propone.

El segundo capítulo comprende el marco metodológico y planteamiento de la propuesta,

presenta la metodología, mostrando aspectos como el tipo de investigación, técnica se

instrumentos científicos empleados, mismos que permiten determinar la realidad actual y a

plantear una propuesta acerca de la temática, indica los sectores a quienes se aplicaron

las encuestas, a quienes afectad el problema expuesto, con el fin de cumplir cada uno de

los objetivos propuestos y de esa manera corroborar la importancia de la presente

investigación, su aporte a la ciencia del Derecho y el impacto jurídico que todo esto

conlleva.

En el tercer capítulo se encuentra el desarrollo de la propuesta, que parte de un análisis

de los resultados alcanzados, el cual se integra por la exposición de motivos,

considerandos y la estructura del cuerpo central.

Cada capítulo tiene conclusiones parciales para facilitar su comprensión, confiriendo al

final conclusiones generales, al igual que recomendaciones.

También se ha obtenido una amplia fuente bibliográfica, normativa y linkográfica que ha

aportado al desarrollo de la presente tesis.

APORTE TEÓRICO, SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA Y NOVEDAD CIENTÍFICA

Page 22: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

10

En la presente tesis el aporte teórico contempla un análisis general de lo que son los Centros

de privación de la libertad de personas adultas, el sistema progresivo de rehabilitación

social, organismos de control estatal, derechos de los grupos de atención prioritaria, y

la rehabilitación y reinserción social, además se aportará con conceptos sobre el tema de

teóricos y doctrinarios de la materia, frente al criterio del investigador.

Un análisis de la situación de vulneración de los derechos constitucionales de las

personas privadas de la libertad en el Centro de Rehabilitación Social de la ciudad de

Ambato, quienes a pesar de existir normativa y políticas de Estado para su protección,

no se respeta sus derechos.

Es el análisis de la realidad de dar a conocer el documento de análisis crítico jurídico

donde se evidencie la falta de control del Estado en la aplicación del sistema

progresivo de rehabilitación social, las falencias existentes, y con el documento

propuesto se evidenciará los derechos que se vulneran en las personas privadas de su

libertad y su incidencia en la rehabilitación y reinserción social.

Page 23: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

11

CAPITULO I.

MARCO TEÓRICO

EPIGRAFE I

1. PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD

1.1 DEFINICIÓN

Al hacer referencia de los hombres y mujeres privadas de libertad y su condición de sujeto

de derecho, el condenado no es un aliene juris, no está fuera del derecho, se haya en una

relación de derechos público con el Estado y descontados los derechos perdidos o

limitados por la condena, su condición jurídica es igual a la de las personas no condenadas.

La persona privada de libertad, a consecuencia de una sanción penal condenatoria, posee

un status jurídico particular: es sujeto titular de derechos fundamentales, pero el ejercicio

de estos encuentra su límite en el fallo condenatorio, en el sentido de la pena, y en la propia

vida de ésta persona.

El término privación de libertad se define como: “Cualquier forma de detención,

encarcelamiento, institucionalización, o custodia de una persona, por razones de asistencia

humanitaria, tratamiento, tutela, protección, o por delitos e infracciones a la ley, ordenada

por o bajo el control de facto de una autoridad judicial o administrativa o cualquier otra

autoridad, ya sea en una institución pública o privada, en la cual no pueda disponer de su

libertad ambulatoria. Se entiende entre esta categoría de personas, no sólo a las personas

privadas de libertad por delitos o por infracciones e incumplimientos a la ley, ya sean éstas

procesadas o condenadas, sino también a las personas que están bajo la custodia y la

responsabilidad de ciertas instituciones, tales como: hospitales psiquiátricos y otros

establecimientos para personas con discapacidades físicas, mentales o sensoriales;

instituciones para niños, niñas y adultos mayores; centros para migrantes, refugiados,

solicitantes de asilo o refugio, apátridas e indocumentados; y cualquier otra institución

similar destinada a la privación de libertad de personas”.

Dada la amplitud del anterior concepto, los siguientes principios y buenas prácticas se

podrán invocar y aplicar, según cada caso, dependiendo de si se trata de personas privadas

Page 24: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

12

de libertad por motivos relacionados con la comisión de delitos o infracciones a la ley, o

por razones humanitarias y de protección.1

1.2 DERECHOS DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD

Al mencionar la palabra derecho, manifiestan que es un poder o facultad de actuar, un

permiso para obrar en un determinado sentido o para exigir una conducta de otro sujeto.

Son llamados humanos porque nacen con el hombre, de la persona humana, de cada uno de

nosotros, siendo el hombre el único destinatario de estos derechos; por ende, reclaman

reconocimiento, respeto, tutela y promoción de parte de todos, y especialmente de la

autoridad.

Al hablar de derechos, se los relaciona íntimamente con los Derechos Humanos, con la

democracia, ya que los Estados donde se los reconoce, respeta, tutela y promueve son

democráticos; los que no los reconocen son llamados antidemocráticos, autoritarios o

totalitarios. La democracia es la que permite que todos los hombres participen realmente

del gobierno de manera activa e igualitaria, cooperando con el reconocimiento, respeto,

tutela y promoción de los derechos humanos; cuando media democracia, el hombre está

inserto en una sociedad donde la convivencia es organizada, donde cada ciudadano tiene la

garantía de que sus derechos serán respetados y tutelados al igual que él debe respetar a los

demás; donde la convivencia es acorde a la dignidad de la persona teniendo en cuenta su

libertad y sus derechos humanos.

Los Derechos Humanos se establecieron en el Derecho Internacional luego de los horrores

de la Segunda Guerra Mundial, con la Declaración Universal de los Derechos Humanos,

aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, en

París; recogiendo de esta manera, los derechos que se consideran básicos para el desarrollo

social de la persona dentro de un grupo humano, proclamando de esta manera en su

Artículo primero la igualdad y libertad de todos los humanos desde su nacimiento,

obligándolos de esta forma a un comportamiento fraterno con sus semejantes.

1 CIDH, Principios y buenas Prácticas sobre la Protección de las personas privadas de libertad en las

Americas, Disposición General.

Page 25: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

13

1.2.1.-CONCEPCIONES.-

Dentro de la historia existen corrientes o escuelas Filosóficas que pretenden definir el

concepto de Derechos Humanos, al respecto, Posada2, establece la existencia de tres

concepciones, como son:

a) IUS NATURALISTA.- Los Derechos Humanos son propios y diferentes al ser humano,

tomando como premisa fundamental, su propia naturaleza en consecuencia estos Derechos

son universales, indivisibles, interdependientes e incondicionales.

b) POSITIVISTA.- Los Derechos Humanos para ser considerados como tales

necesariamente deben estar incluidas en las normativas Jurídicas Nacionales e

Internacionales y que solamente contenidos en estos instrumentos legales pueden ser

exigidos al Estado por los particulares.

c) HISTORICISTA.- El contexto histórico o el desarrollo de la sociedad, es el que

realmente determina el contenido de los derechos humanos, lo que hace que estos resulten

variables, modificables o adecuables de acuerdo con aquellos factores. 3

Llegando el autor a la conclusión que los Derechos Humanos, son el conjunto de

facultades inherentes a la persona para su desarrollo como tal; los mismos que se

encuentran plasmados dentro de los distintos instrumentos legales establecidos en una

sociedad; variando su contenido de acuerdo a la necesidad y evolución del hombre dentro

de un pueblo o nación.

1.2.2-CARACTERÍSTICAS.-

Las principales características que podemos atribuir a los Derechos Humanos son:

Inherentes: Porque son innatos a todos los seres humanos sin distinción alguna,

pues se asume que nacemos con ellos.

2 Derechos humanos , Posada Juan, 2008 3 Derechos humanos , Posada Juan, 2008,

Page 26: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

14

Universales: Pues ellos se aplican a todos los seres humanos sin importar edad,

género, raza, religión, ideas, nacionalidad. Cada persona tiene la misma dignidad y

nadie puede estar excluido o discrimado del disfrute de sus derechos.

Inalienables: Puesto que son irrenunciables, ya que al estar íntimamente ligados a

la esencia misma del ser humano no pueden ni deben separarse de la persona y, en

tal virtud, no pueden trasmitirse o renunciar a los mismos, bajo ningún título.

Inviolables: Nadie puede atentar, lesionar o destruir los Derechos Humanos. Esto

quiere decir que las personas y los gobiernos deben regirse por el respeto a los

Derechos Humanos; las leyes dictadas no pueden ser contrarias a éstos y las

políticas económicas y sociales que se implementan tampoco. Por ejemplo, el

derecho a la vida no puede ser violentado bajo ninguna circunstancia, como ocurre

frecuentemente en la realidad, ni por la acción de fuerzas policiales o militares ni

por políticas económicas que condenan a la muerte por desnutrición o hambre a la

población.

Imprescriptibles: Porque no prescriben o caducan por el transcurso del tiempo,

independientemente de sí se hace uso de ellos o no.

Obligatorios: Los Derechos Humanos imponen una obligación concreta a las

personas y al Estado de respetarlos aunque no haya una ley que así lo diga. Es

obligatorio respetar todos los Derechos Humanos que existan en las leyes

nacionales y también aquellos que no lo están aún.

Trascienden las fronteras nacionales: La comunidad internacional puede y debe

intervenir cuando considere que un Estado está violando los Derechos Humanos de

su población. En este sentido, ningún Estado puede argumentar violación de su

soberanía cuando la comunidad internacional interviene para requerir que una

violación a los Derechos Humanos sea corregida.

No negociables: Los Derechos Humanos son bienes pertenecientes, de manera

absoluta, a cada ser humano, por ello ninguna autoridad puede negociarlos.

Indivisibles, interdependientes, complementarios y no jerarquizables: Los

Derechos Humanos están relacionados entre sí. Es decir, no se debe hacer ninguna

separación ni pensar que unos son más importantes que otros. La negación de algún

derecho en particular significa poner en peligro el conjunto de la dignidad de la

Page 27: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

15

persona, por lo que el disfrute de algún derecho no puede hacerse a costa de los

demás. Es así, como no se puede, por ejemplo, disfrutar plenamente del derecho a

la educación si la persona no está bien alimentada o si carece de una vivienda

adecuada, ni se puede ejercer el derecho a la participación política si se niega el

derecho a manifestar o estar bien informados.

Irreversibles y progresivos.- La consagración de nuevos Derechos no excluye ni

desestima la vigencia de Derechos antes consagrados y la existencia de viejos

Derechos no impide que las nuevas condiciones sociales vividas por los pueblos

determinen la vigencia de otros Derechos, como ha sucedido con el habeas data, el

cual busca proteger la intimidad de las personas frente a los sistemas masivos de

información y comunicación.

Los avances en la protección de nuevos Derechos o nuevas formas de un mismo

Derecho se hacen sobre el supuesto de vigencia de todos los Derechos 4

1.2.3.- FUNDAMENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS.

Los Derechos Humanos tienen su fundamento en la naturaleza del ser humano, por el

simple hecho de que nacen con la misma persona, son inherentes y, en consecuencia es la

misma naturaleza humana la que otorga titularidad a estos derechos universales,

inviolables e irrenunciables; por lo tanto, al encontrar allí su fundamentación, es decir

pertenecen al hombre no por una disposición estatal, sino que por el mero hecho de ser

persona humana.

Los derechos son considerados como universales; por el hecho de que la persona es un ser

humano o pertenece al género humano, y en consecuencia todo individuo de la especie los

posee, quedando prohibido excluir de la titularidad y ejercicio de estos derechos a

cualquier persona por pertenecer a una determinada raza, religión, concepción ideológica,

género, clase social, nacionalidad o profesión.

1.3.- LA PROTECCION LEGAL DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS

PRIVADAS DE LA LIBERTAD.

4 Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969

Page 28: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

16

La regulación jurídica de los derechos de las personas privadas de la libertad se ha dividido

en dos grupos de Legislación Penitenciaria, como son: Nacional e Internacional.

a) LEGISLACION PENITENCIARIA INTERNACIONAL.-

En el marco Internacional son varios los Convenios y Tratados suscritos por el Ecuador en

materia de protección de derechos de las personas privadas de la libertad, por lo que se

hace conveniente únicamente mencionarlos, en el siguiente orden:

- Documentos promulgados por la ONU.- Nuestro país siempre ha participado

activamente en la Organización de las Naciones Unidas y ha suscrito todos los documentos

que la Asamblea General ha promulgado en materia penitenciaria, como por ejemplo: La

Declaración Universal de los Derechos Humanos, las Directrices de las Naciones Unidas

para la prevención de la delincuencia juvenil, los Principios Básicos de Naciones Unidas

para el tratamiento de los Reclusos, las Reglas de las Naciones Unidas para la protección

de los menores privados de libertad, las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la

Administración de la Justicia de Menores, las Reglas mínimas de las Naciones Unidas

sobre las medidas no privativas de la libertad, las Reglas mínimas de Naciones Unidas para

el tratamiento de los reclusos.

- Documentos promulgados por la OEA.- En el marco continental, Ecuador ha suscrito y

ratificado la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969, también

denominada Pacto de San José de Costa Rica y el Protocolo Adicional a la Convención

Americana sobre Derechos Económicos Sociales y Culturales; la Declaración Americana,

los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de la

Libertad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; y, las sentencias de fondo

y medidas provisionales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que han

abordado la problemática de los sistemas penitenciarios de varios países del continente.

b) LEGISLACIONAL PENITENCIARIA NACIONAL.-

- Constitución de la República del Ecuador.- La Constitución de la República es la

máxima norma del Estado; a través de ella se determina los derechos y obligaciones de las

personas en general:

Page 29: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

17

Uno de los deberes del Estado, establecidos dentro de nuestra Constitución en su Art. 3

numeral 1 es la garantía y efectividad de los Derechos Humanos sin discriminación de

ninguna naturaleza, por lo cual nos permitimos copiar textualmente dicha norma legal, la

misma que dice: “Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado: 1. Garantizar sin

discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en

los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la

seguridad social y el agua para sus habitantes.”5

La Constitución de la República del Ecuador, reconoce todos y cada uno de los derechos

fundamentales e inherentes a la naturaleza del ser humano, dentro del título II denominado

“Derechos”, el mismo que abarca IX capítulos, sin embargo, en lo referente al tema en

estudio, es decir, a las personas privadas de la libertad se las agrupado dentro del capítulo

III denominado “Derechos de las personas y Grupos de Atención Prioritaria”, en su sección

Octava titulada “Personas privadas de libertad” contenida tan solo en un articulado, el cual

manifiesta: “Art. 51.- Se reconoce a las personas privadas de la libertad los siguientes

derechos:

1. No ser sometidas a aislamiento como sanción disciplinaria.

2. La comunicación y visita de sus familiares y profesionales del derecho.

3. Declarar ante una autoridad judicial sobre el trato que haya recibido durante la privación

de la libertad.

4. Contar con los recursos humanos y materiales necesarios para garantizar su salud

integral en los centros de privación de libertad.

5. La atención de sus necesidades educativas, laborales, productivas, culturales,

alimenticias y recreativas.

6. Recibir un tratamiento preferente y especializado en el caso de las mujeres embarazadas

y en periodo de lactancia, adolescentes, y las personas adultas mayores, enfermas o con

discapacidad.

5 Constitución de la República del Ecuador , Art. 3, num.1

Page 30: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

18

7. Contar con medidas de protección para las niñas, niños, adolescentes, personas con

discapacidad y personas adultas mayores que estén bajo su cuidado y dependencia”.6

A pesar que la norma constitucional hace hincapié a que los derechos de las personas

privadas de la libertad se contemplan en siete numerales, ellos además gozan de todos y

cada uno de los derechos contenidos en el Título II de la Constitución del Estado en lo que

fuera aplicable, ya que no se les puede impedir su superación personal, la pérdida del

derecho de libertad no implica la perdida de los demás derechos , como manifiesta el Art.

11 numeral 7 de la misma Constitución de la República, la cual dice: “Art. 11.- EI ejercicio

de los derechos se regirá por los siguientes principios: 7. El reconocimiento de los

derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales

de derechos humanos, no excluirá los demás derechos derivados de la dignidad de las

personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, que sean necesarios para su pleno

desenvolvimiento”.7

El Código Orgánico Integral Penal, tiene como finalidad normar el poder punitivo del

estado, tipificar las infracciones penales, establecer el procedimiento para el juzgamiento

de las personas con estricta observancia del debido proceso, promover la rehabilitación

social de las personas sentenciadas y la reparación integral de las víctimas, la aplicación de

esta norma legal en nuestra sociedad es de gran relevancia , especialmente en lo referente a

la regulación de penas que garanticen la aplicación de los derechos humanos.

Engloba un conjunto de normas legales que tipifican las conductas consideradas que como

delitos y la pena que a cada uno corresponde, la aplicación de una pena en el caso de la

vulneración de un derecho subjetivo, al igual que la violencia que cause conmoción social,

teniendo como misión fundamental, proteger a la sociedad, a través de medidas que por un

lado llevan a la separación del delincuente peligroso por el tiempo necesario, a la par que

se reincorpora al medio social a aquellos que no lo son mediante el tratamiento adecuado

para cada caso.

Al respecto el Art. 4, inc. 2 manifiesta que: “las personas privadas de la libertad

conservaran la titularidad de sus derechos humanos con las limitaciones propias de la

6 Constitución de la República del Ecuador, Art. 51. 7 Constitución de la República del Ecuador, Art. 11, num, 7.

Page 31: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

19

privación de la libertad y serán tratados con respeto a su dignidad como seres humanos. Se

prohíbe el hacinamiento” 8

Según el Código Orgánico Integral Penal en el Art. 666, manifiesta: “En las localidades

donde exista un Centro de privación de libertad habrá por lo menos un juzgado de

garantías penitenciarias.

La ejecución de penas y medidas cautelares corresponderá al organismo Técnico

encargado del sistema de Rehabilitación Social, bajo el Control y supervisión de las o los

jueces de garantías penitenciarias”.9

Según el Código Orgánico Integral Penal en lo que respecta al Sistema Nacional de

Rehabilitación Social expresa, es el conjunto de principios, normas, políticas de las

instituciones, programas y procesos que se interrelacionan e interactúan de manera

integral, para la ejecución de penas, cuya finalidad es, la protección de los derechos de las

personas privadas de libertad, con atención a sus necesidades especiales, el desarrollo de

las capacidades de las personas privadas de la libertad para ejercer sus derechos y cumplir

sus responsabilidades al recuperar completamente su libertad, la rehabilitación integral de

las personas privadas de libertad , en el cumplimiento de su condena, y la reinserción

social y económica de las personas privadas de libertad.

Código Orgánico Integral Penal, En su artículo 12, indica que las personas privadas de

libertad gozarán de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución de la República

y los instrumentos internacionales de derechos humanos:

1. Integridad: la persona privada de libertad, tiene derecho a la integridad física, psíquica,

moral y sexual.

Se respetará este derecho durante los traslados, registros, requisas, o cualquier otra

actividad.

Se prohíbe toda acción, tratamiento o sanción que implique tortura o cualquier forma de

trato cruel, inhumano o degradante. No podrá invocarse circunstancia alguna para justificar

tales actos.

8 Código Orgánico Integral Penal. Art. 4, inc. 2. 9 Código Orgánico Integral Penal. Art. 666.

Page 32: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

20

Se prohíbe cualquier forma de violencia por razones étnicas, condición social, genero u

orientación sexual.

2.- Libertad de Expresión: la persona privada de libertad tiene derecho a recibir

información, dar opiniones y difundirlas por cualquier medio de expresión disponible en

los centros de privación de libertad.

3.- Libertad de Conciencia y religión: las personas privadas de libertad tienen derecho a

que se respete su libertad de conciencia y religión y a que se facilite el ejercicio de la

misma, incluso a no profesar religión alguna.

Respetar los objetos personales con estos fines, siempre y cuando no pongan en riesgo la

seguridad del entro de privación de libertad.

4.- Trabajo, educación, cultura y recreación: el Estado reconoce el derecho al trabajo,

educación, cultura y recreación de las personas privadas de libertad y garantizar las

condiciones para su ejercicio.

El trabajo podrá desarrollarse mediante asociaciones con fines productivos y comerciales.

5.- Privacidad persona y familiar: las personas privadas de la libertad tienen derecho a que

se respete su vida privada y la de su familia.

6.- Protección de datos de carácter personal: la persona privada de libertad tiene derecho a

la protección de sus datos de carácter personal, que incluye el acceso y uso de esta

información.

7.- Asociación: la persona privada de libertad tiene derecho a asociarse con fines lícitos y a

nombrar sus representantes, de conformidad con la Constitución de la República y la Ley.

8.- Sufragio: la persona privada de libertad por medidas cautelares personales tiene

derecho al sufragio. Se suspenderá para aquellas personas que tengan sentencia

condenatoria ejecutoriada.

9.- Quejas y peticiones la persona privada de libertad, tiene derecho a presentar quejas o

peticiones ante la autoridad competente del centro de privación de libertad, a la o al juez de

garantías penitenciarias y a recibir respuestas claras y oportunas.

Page 33: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

21

10.- Información: la persona privada de libertad, en el momento de su ingreso a cualquier

centro de privación de libertad, tiene derecho a ser informada en su propia lengua acerca de

sus derechos, las normas de establecimiento y los medios de los que dispone para formular

peticiones y quejas.

Esta información deberá ser pública, escrita y estar a disposición de las personas, en todo

momento.

11. Salud: la persona privada de libertad tiene derecho a la salud preventiva, curativa y de

rehabilitación, tanto física como mental, oportuna, especializada e integral. Para garantizar

el ejercicio de este derecho se considerarán las condiciones específicas de cada grupo de la

población privada de libertad.

En los centros de privación de libertad de mujeres, el departamento médico contará con

personal femenino especializado.

Los estudios, diagnósticos, tratamientos y medicamentos serán gratuitos.

En caso de adicciones a sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que los

contengan o de alcoholismo o tabaquismo, el Ministerio de Salud Pública, brindará

tratamiento de carácter terapéutico o de rehabilitación mediante consultas o sesiones, con

el fin de lograr la deshabituación.

La atención se realizará en los centros de privación de libertad a través de personal

calificado para el efecto.

12. Alimentación: la persona privada de libertad tiene derecho a una nutrición adecuada, en

cuanto a calidad y cantidad, en lugares apropiados para el efecto. Tendrán derecho al

acceso a agua potable en todo momento.

13. Relaciones familiares y sociales: la ´persona privada de libertad tiene derecho a

mantener su vínculo familiar y social. Deberá estar ubicada en centros de privación de

libertad cercanos a su familia, a menos que manifieste su voluntad contraria o que, por

razones de seguridad debidamente justificada o para evitar el hacinamiento, sea necesaria

su reubicación en un centro de privación de libertad situado en distinto lugar al de su

familia, domicilio habitual y juez natural.

Page 34: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

22

14. Comunicación y visitas: sin perjuicio de las restricciones propias de los regímenes de

seguridad, la persona privada de libertad tiene derecho a comunicarse y a recibir visitas de

sus familiares y amigos, defensora o defensor público o privado y a la visita íntima de su

pareja , en lugares y condiciones que garanticen su privacidad , la seguridad de las

personas y del centro de privación de libertad.

El ejercicio de este derecho debe darse en igualdad de condiciones, sin importar su

nacionalidad, sexo, preferencia sexual o identidad de género.

La persona privada de libertad de nacionalidad extranjera podrá comunicarse con

representantes diplomáticos o consulares de su país.

El derecho a la visita de familiares o amigos no se considerará un privilegio y no se

utilizará como sanción la pérdida del mismo, salvo en aquellos casos en que el contacto

represente un riesgo para la persona privada de libertad o para la o el visitante.

La autoridad competente del centro de privación de libertad reportará a la jueza de

garantías penitenciarias los casos de riesgo.

15. Libertad inmediata: la persona privada de libertad, cuando cumple la condena, reciba

amnistía o indulto o se revoque la medida cautelar, será liberada inmediatamente, siendo

necesario para ello únicamente la presentación de la orden de ex carcelación emitida por la

autoridad competente.

Las o los servidores públicos que demoren el cumplimiento de esta disposición serán

removidos de estos cargos, previo sumario administrativo, sin perjuicio de la

responsabilidad civil o penal a que haya lugar.

16. Proporcionalidad en la determinación de las sanciones disciplinarias: las sanciones

disciplinarias que se impongan a la persona privada de libertad, deberán ser proporcionales

a las faltas cometidas. No se podrán imponer medidas sancionadoras indeterminadas ni que

contravengan los derechos humanos.10

10 Código Orgánico Integral Penal. Art. 12.

Page 35: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

23

EPIGRAFE II

2. LOS CENTROS DE REHABILITACIÓN SOCIAL

2.1 ORIGEN Y EVOLUCION

El origen de los centros de reclusión es muy antigua, la reclusión aparece con la

civilización y con las sociedades estructuradas surge la preocupación de cómo anular el

crimen utilizando el castigo. La prisión no aparece inicialmente relacionada con la idea de

castigo sino con la de idea de detención. Tal fue la importancia que se dio a este problema

en el pasado que ilustres filósofos de la época dieron su opinión al respecto, planteándose

el problema de cómo afrontar el hecho, el crimen, como tratar a los delincuentes y el

castigo que, como consecuencia, se le debieran de aplicar a estos.

A título de mera referencia es necesario mencionar algunos de ellos. Así tenemos los

ejemplo de Hesiodo, Pitágoras, Heráclito, Protagoras, Sócrates, Platón (que la sufrió en sus

propias carnes) Aristóteles.

Peña Mateos11 señala que los vestigios que nos han dejado las civilizaciones más antiguas

(China, Egipto, Israel y Babilonia) nos muestran a la prisión como un lugar de custodia y

tormento, siendo aprovechada en determinadas ocasiones para averiguar determinados

aspectos del proceso criminal. Así, García Valdés12 comenta que todos los derechos

antiguos y ordenamientos medievales establecen que la prisión es un lugar retención, la

cárcel de custodia, repetido en las Partidas o en el Libro de las Costumbres de Tortosa.

Encontramos antecedentes remotos desde el referido Platón a San Juan Crisóstomo -

citados por Cándido Conde Pumpido13, los cuáles entienden que la pena es medicina

contra el autor del delito, el tratamiento su aplicación y la cárcel el hospital. Pero el

problema siempre estuvo en el contenido y la práctica de la medicina, por lo que el

11 Vid. PEÑA MATEOS, Jaime, “Antecedentes de la prisión como pena privativa de libertad en Europa hasta

el siglo XVII” en Historia de la prisión. 12 Vid. GARCÍA VALDÉS, Carlos, Comentarios a la legislación penitenciaria, 2ª Ed., Madrid, 1982.

13 Vid. CONDE PUMPIDO, Cándido, Derecho Penal Parte General, 2ª Ed. 1990, pp. 32 y ss.

Page 36: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

24

Correccionalismo del Siglo XIX (Grolman, Stelzer y luego Röeder) citados por Jorge

Barreiro14, conciben la terapia penológica como reajuste moral, intelectual, y jurídico que

convenciendo al reo de su dañosa desviación le evite nuevas penitencias y proteja

simultáneamente, ahora y luego, a la sociedad.

Lo que sí falto en esta época fue el sentido científico realista que es un presupuesto para la

investigación sistemática acerca de las prisiones, por falta de este sentido científico realista

no se pudo coleccionar sistemáticamente las experiencias.

Las prisiones antiguas se emplearon, para retener personas15 que disgustasen de cualquier

forma a los gobernantes en turno. Ya el Genésis (39,19-20), refiriéndose a Egipto, se hace

referencia a las prisiones de Estado donde cumplían pena los “presos del faraón”, y en

diversos paisajes se dan pinceladas acerca de su régimen penitenciario.16

Tales centros fueron generalmente mazmorras subterráneas o construcciones abovedadas

en las que poco o nada se respetaba la condición humana del preso, pero como enfatiza

Cuello Calón. En el derecho romano la prisión sólo tenía el carácter de una medida

preventiva para evitar la fuga de los procesados, pero el derecho de la Iglesia ya organizó

la prisión como pena sometiendo a los encarcelados bajo un régimen de penitencia17.

Aunque no existe unanimidad18, el más antiguo sistema de prisión conocido (en el sentido

de establecimiento destinado al cumplimiento de la pena) es la cárcel, que data de 1166, en

que Enrique II de Inglaterra mandó construir una en Claredon, donde promulgó sus

famosas constituciones.

Durante la Edad Media en Inglaterra aparecen cárceles privadas en el Siglo XIII McShane

y Williams19 señalan que las poseían determinadas familias y que en algunos casos el

derecho de gestión fue vendido o incluso cedido a sirvientes en lugar de una pensión.

14 Vid. JORGE BARREIRO, Agustín, “Sistema de sanciones en el Nuevo código penal de 1995”, en La

reforma de la Justicia penal.

15 GÓMEZ COLOMER, JL / SÁNCHEZ CUSSAC, J. L (coords). Castellón de la Plana. Universittat Jaume

I, 1997, pp. 77 y ss. 17 Vid. TÉLLEZ AGUILERA, Abel, Los sistemas penitenciarios y sus prisiones, Derecho y realidad,

op.cit,p.33..

18 Para CUELLO CALÓN, Eugenio, La moderna penología, Barcelona, 1958, p. 9,

19 Vid. MC SHANE MARILYN D / WILLIAMS III, FRANK.P, Encyclopedia of American Prisons, Nueva

York, 1996, p. 365.

Page 37: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

25

Garrido Guzmán20 refiere como en esta época la cárcel se hallaban sometida al arbitrio de

príncipes y gobernantes que la imponían en función del status social y que podía

conmutarse por prestaciones en metálico o en especie, quedando como residuo cuando el

crimen no tenía suficiente gravedad cuando el crimen no mereciera penas rutilantes o la

muerte.

Pero en general la cárcel es entendida como un medio de reclusión temporal de gente sin

ninguna finalidad añadida, así Alfonso X de Castilla (1.221-1.284) dictamina en las Siete

Partidas: “la cárcel debe ser para guardar los presos no para otro mal”.

John Howard, autor británico en 1777, escribe una obra titulada “El estado de las prisiones

de Inglaterra y Gales” considerado doctrinalmente como el evangelio de la reforma

penitenciaria.

En dicho tratado se describe el horroroso estado de las prisiones europeas, que Howard

había visitado a través de sus viajes, comentados por García Valdés21 el periplo del viaje

denominado gráficamente geografía del dolor, se remonta según Bejerano Guerra 22 a

diversos países, visitando las prisiones, lazaretos y hospitales de campaña: Marsella,

Nápoles, Malta, Levante y Venecia, en España (donde visitó en el centro de San Fernando

del Jarama, del que hizo elogios) a los que luego le seguirán Rusia, Polonia, Suecia y

Ucrania donde morirá de fiebre asiática.

Propuso una reforma al sistema penitenciario, sosteniendo que, en los establecimientos

carcelarios, se deberán dar las siguientes condiciones:

1. Cárceles higiénicas, para evitar enfermedades y epidemias.

2. Separar a los condenados por delitos mayores, de los condenados por delitos menores.

3. Incentivar el trabajo de los condenados de las cárceles.

4. Adopción del sistema celular, o sea: el aislamiento del condenado en una celda, de

manera que se evite la promiscuidad y la corrupción moral de los presos.

20 Cfr. GARRIDO GUZMÁN, Luis, Manual de Ciencia penitenciaria, op. cit, p. 77.

21 Vid. GARCÍA VALDÉS, Carlos, “Introducción a la penología”. Publicación del instituto de criminología

de la Universidad complutense. Madrid. 1981. P. 82.

22 BEJERANO GUERRA, Fernando, “John Howard: Inicio y bases de la reforma penitenciaria”en Historia

de las prisiones, Dir. Carlos García Valdés. ,Madrid, p. 113.

Page 38: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

26

Como ha destacado García Valdés entre Howard y Beccaria la finalidad de ambos

escritores es unívoca pues ambos tratan de crear un Derecho penal más humano23 y sus

escritos van dirigidos a remover las conciencias. Ambos tratan de las bases principales

sobre las que se debe estructurar un sistema penitenciario fueron pertinazmente

proyectadas por este británico.

Así la importancia del trabajo como elemento reinsertador, el evitar a toda costa la

ociosidad y orientar el establecimiento para el retorno del individuo a la sociedad.

Tomando como base de toda actuación posterior, la limpieza y salubridad de las cárceles.

El postulado según el cual debe clasificar a los presos según el sexo, la edad y el tipo de

condena.

La concepción penitenciaria de Howard es un establecimiento destinado a la reclusión de

sujetos penados a un régimen expiatorio, que al mismo tiempo trata de regenerarlos. Fue

posiblemente el afán reformador y filántropo inglés quién le impulsó a utilizar por primera

vez la palabra penitenciaria.

Bejerano Guerra24 refiere las múltiples paradojas que rodean la vida de este ser

excepcional adelantado a su tiempo. Como consecuencia de esta labor se crea la corriente

denominada Penitenciarismo, encauzada a erigir establecimientos apropiados al

cumplimiento de la sanción privativa de la Libertad, crecientemente aceptada en las

legislaciones de entonces.

Se puede observar por lo tanto este cambio de denominación Prisión por Penitenciaría, ya

que justamente nos marca el cambio de destino del edificio de encierro.

Su formulación básica era: Aislamiento, trabajo e Instrucción del hombre en Prisión;

propugna por tanto el cambio del castigo simplemente expiatorio y corporal por la Pena

método para transformar al individuo.

Aislamiento solo nocturno evitando contaminaciones morales y físicas. El autor concibe el

trabajo como medio de regeneración moral, a ello no hemos de olvidar que tiene una

instrucción Calvinista y que acepta que la religión sea el medio más adecuado para instruir

y moralizar.

23 Así CABANELLAS, Guillermo, en la introducción al Tratado de los delitos y de las penas, de Bonesana,

César, Ed. Heliasta S.R.L, Buenos Aires, 1978, p. 26.

24 Vid. BEJERANO GUERRA, Fernando, “John Howard: Inicio …op. cit”., p. 117.

Page 39: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

27

También es reseñable el papel en esta materia del filósofo Jeremy Bentham, jurisconsulto y

filósofo Inglés, creador del utilitarismo la mayor felicidad posible para el mayor número.

Su mayor aporte al movimiento penitenciario fueron dos obras Panóptico25.

En el Panóptico Bentham proporciona su descripción arquitectónica de lo que debería ser

una cárcel. Según González Parra26, el británico escribe su obra maestra penitenciaria

impresionado por las prisiones de época donde sólo se podía entrar temblando. Establece

un diseño que permitiría resolver las dos cuestiones que para él eran importantes, arriba

mencionadas.

Reformar para mejorar la vigilancia tanto de los presos como de los vigilantes de estos.

Para el mencionado autor27, Bentham busca reinsertar al delincuente en la sociedad es un

establecimiento propuesto para guardar los presos con más seguridad y economía, y para

trabajar al mismo tiempo con su reforma moral con los medios nuevos para asegurarse su

buena conducta, y proveer a su subsistencia después de su soltura.

El inglés, hombre vocacionalmente práctico, busca hallar la sanción menos dolorosa entre

los castigos útiles. Para ello, idea una prisión de planta semicircular donde los prisioneros

están constantemente expuestos a la mirada de los guardianes o “inspectores”, si bien no a

la inversa.

Como señalan Lyon y Froment. El Panóptico representa una parodia secular de la

omnisciencia divina, en la que el observador era como Dios, invisible. Más allá de la

metáfora, en el concepto de panóptico reside también un modelo de poder, de

sometimiento al ser humano frente a un sistema.

El Panóptico como modelo de organización se basa en la disciplina normalizadora, en la

exagerada visibilidad del sujeto, en la verificabilidad de la observación, en la búsqueda de

certidumbre por parte del vigilado.

En resumen, en convertir al ser humano en un objeto de vigilancia amparando dicho

sistema en las más diversas ideologías.

25 Vid. BENTHAM, Jeremy, El panóptico (Trad.. de Julia Varela / Fernando Alvárez-Uría), Madrid, 1989,

pp. 9-10. 26 Vid. GONZÁLEZ PARRA, Ricardo, “El utilitarismo y la reforma del sistema penitenciario” en Historia de

las prisiones... op. cit., p. 138. 27 Vid. GONZÁLEZ PARRA, Ricardo, “El utilitarismo…”, op. cit., p. 138.

Page 40: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

28

Foucault resalta la visión totalitaria del sistema: la construcción arquitectónica permite que

el individuo que esté encerrado en la celda pueda ser observado, de manera permanente,

sin que él pueda ver al vigilante.

El aislamiento es total: no sólo está incapacitado para ver a quien lo vigila sino que

tampoco puede ver al resto de los vigilados. La estructura general es la de un edificio

circular con celdas de circunferencia con una torre de vigilancia central. Foucault no duda

en calificar el sistema arquitectónico como cruel ingenio o jaula cruel.

Pero su aporte no fue solo arquitectónico, también económico y Jurídico, escribió

numerosos libros y redactó infinidad de cartas a Jueces y Legisladores del momento

porque pretendía reformar el mundo, ponerlo en orden28 así lo sostiene el gran estudioso

del filósofo que fue Michelle Perrot.

La situación a finales del siglo XVIII y principios del XIX: La generalización del cambio,

en esta época cuando el movimiento filosófico de la Ilustración, consiguen materializar sus

planteamientos humanitarios cuando los castigos corporales.

En su origen histórico, los sistemas penitenciarios estaban divididos en cárceles públicas y

privadas, las primeras fueron destinadas a los reos del pueblo, plebeyos o siervos y estaban

ubicadas alrededor de grandes centros urbanos, con características especiales para los

políticos a quienes instalaban en las fortalezas con construcciones fuertes y

extremadamente vigilados.

Con el desarrollo cultural, la sociedad se opone a penas que afecten la dignidad de las

personas, se humaniza el sistema de sanción penal, desaparece el trabajo forzado y los

castigos corporales y morales.

No se ha dicho mucho sobre los sistemas penitenciarios ancestrales, la vida nómada no

complicó la existencia del hombre. Estas sociedades se caracterizaron por la abundancia, y

la riqueza cultural.

El Dr. Olmedo Bermeo en su obra Manual Básico de los Derechos Humanos, cita el

criterio de Jorge Zavala, de su obra La Pena: “...afirma que en el ayllu imperaba la

28 Vid. PEÑA MATEOS, Jaime, “Antecedentes de la prisión como pena privativa de libertad en Europa hasta

el siglo XVII” en Historia de la prisión.

Page 41: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

29

venganza privada. Esta formación, antecesora de la familia actual, unida por lazos de

sangre, guardaba celosamente la integridad personal y patrimonial de sus miembros. Al ser

vadidos por los Incas, éstos pueblos se fundieron en el Tahuantinsuyo, donde la venganza

privada es desplazada por la actuación oficial.”29

La civilización Inca tuvo una administración de justicia inmediata, sumaria y eficaz. En

actos públicos con la presencia de toda la comunidad se daba cumplimiento. Cada uno de

estos pueblos contaba con un juez, que ejecutaba la Ley, en oyendo a las partes con la

posibilidad de recurrir a un Juez Superior.

En 1915 se dictó un Reglamento Carcelario, que adoptaba el sistema penitenciario celular

y que consistía en: castigo, corrección o enmienda de los criminales, el apartamento celular

en la noche y el trabajo común en talleres de día.

En 1935 se dictó la "Ley Modificatoria, Reglamento de Penas y Prisiones" y se creó la

Dirección Nacional de Prisiones.

En 1937, se crea el Patronato Post Carcelario, con el objetivo de buscar y facilitar trabajo a

quienes van a obtener o han obtenido su libertad Condicional.

En 1939, se dicta el Reglamento de Conductas y Visitas al Penal García Moreno, con el

propósito de facilitar el contacto familiar y regular la conducta de los presos.

El Dr. Velasco Ibarra, en 1946 crea la Colonia Penal en la isla Isabela de Galápagos, para

la readaptación social de los delincuentes. Esta colonia se constituyó en un infierno de

eliminación; episodios como el del tristemente célebre muro de las lágrimas, construido

con el único fin de atormentar a los reos, o el del tanque de combustible en el cual metían

presos por algunos días; son incontables anécdotas que sobrecogen el sufrimiento de

quienes fueron deportados de esa isla.30

La colonia no cumplió con el objetivo para la cual fue creada razón por la que fue

suprimida en el gobierno del Dr. Camilo Ponce Enríquez. En 1958 comienza a funcionar el

29 El Dr. Olmedo Bermeo en su obra Manual Básico de los Derechos Humanos, cita el criterio de Jorge

Zavala 30INREDH. (2002) Caminos De Esperanza. Modelos de atención a víctimas de Tortura. Personas Privadas de

Libertad. Quito. Pág.

Page 42: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

30

Código de Ejecución de Penas y de Reeducación Social, en el cual se establecen garantías

para los presos como el Seguro Social y las normas del Código de Trabajo, garantías que

nunca llegaron a cumplirse por no haberse aprobado dicho Cuerpo Legal.

Durante la década de los setenta hubieron muchos intentos de garantizar los derechos de

los reos así : En 1970, se crea la Dirección Nacional de Prisiones, como organismo adscrito

al Ministerio de Gobierno, y en 1971 se expide el Código Penal, vigente con cambios

posteriores, este código plantea el trabajo reeducativo y obligatorio para los reos.

En 1976 se trató de aplicar el Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social, pero

al mes fue derogado. En este Código se crea el Consejo Nacional de Rehabilitación Social

y el Estado se comprometía a dar a los reos trabajo suficiente y adecuado, protegiendo

oficialmente el trabajo Intelectual y artístico.

Un esfuerzo para tratar de estudiar los problemas delincuenciales fue la reunión de la

Comisión Asesora de Políticas Penitenciarias, que elaboró un documento donde se

exponen los análisis de la realidad penitenciaria de ese entonces.

Corolario de esto, constituyo el Código de Ejecución de Penas, en el cual se trata de

individualizar la pena, así como de clasificar biotipológicamente a los delincuentes

La carcel que se carecen para el cumplimiento del régimen penitenciario establecido por

ley, hoy en día conocidos como Centros de Privación de la Libertad de Personas

Adultas (CPLPA).

El Sistema nacional de Rehabilitación Social, tendrá un Organismo Técnico, cuyo

Directorio se integrará por las o los ministros o sus delegados encargados de las materias

de justicia y derechos humanos, salud pública, relaciones laborales, educación, inclusión

económica y social, cultura deporte y el Defensor del Pueblo.

La o el Presidente de la República designará a la ministra o ministro de Estado que lo

presidirá. El Directorio podrá invitar a profesionales del Organismo Técnico capacitados

en áreas tales como: psicología, derecho, sociología o trabajo social y de otras

especialidades quienes lo asesoraran en la rama de sus competencias, tendrán voz, pero

no voto.

Page 43: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

31

El Directorio del organismo Técnico tiene como objetivo la determinación y aplicación de

las políticas de atención integral de las personas privadas de libertad; cumplir con las

finalidades del Sistema de Rehabilitación Social y las demás atribuciones previstas en el

Reglamento respectivo.31

El Sistema Nacional de rehabilitación Social, es un conjunto de principios, normas,

políticas de las instituciones, programas y procesos que se interrelacionan e interactúan de

manera integral, para la ejecución de la pena. Cuya finalidad es:

1.- La protección de los derechos de las personas privadas de libertad, con atención a sus

necesidades especiales.

2.- El desarrollo de las capacidades de las personas privadas de libertad para ejercer sus

derechos y cumplir sus responsabilidades al recuperar completamente su libertad.

3.- La rehabilitación integral de las personas privadas de libertad, en cumplimiento de su

condena.

4.- La reinserción social y económica de las personas privadas de libertad.

Las demás reconocidas en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado.32

Es un organismo técnico donde manifiesta que el sistema garantizará el cumplimiento de

sus fines mediante un organismo técnico cuyas atribuciones son:

1. Evaluar la eficacia y eficiencia de las políticas del Sistema.

2. Administrar los centros de privación de libertad.

3. Fijar los estándares de cumplimiento de los fines del Sistema.

El desarrollo de estas atribuciones constarán en el Reglamento del Sistema nacional de

Rehabilitación Social.

El Organismo Técnico contara con personal especializado en rehabilitación y reinserción

de personas privadas de libertad.

31 Código Orgánico Integral Penal. Art. 675. 32 Código Orgánico Integral Penal. Arts. 672 y 673.

Page 44: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

32

La o el Presidente de la República designará a la ministra o ministro de Estado que

presidirá el Organismo.

El directorio de organismo técnico se integrara por la o los ministros o sus delegados

encargados de las materias de justicia y derechos humanos, salud pública, relaciones

laborales, educación, inclusión económica y social, cultural, deporte y el Defensor del

Pueblo, la o el Presidente de la República designará a la ministra o ministro de estado

que lo presidirá.

El Directorio podrá invitar a profesionales del Organismo técnico capacitados en áreas

tales como; psicología, derecho, sociología o trabajo social y de otras especialidades

quienes los asesorarán en la rama de sus competencias tendrán voz pero no voto.

El Directorio del Organismo Técnico tiene como objetivo la determinación y

aplicación de las políticas de atención integral de las personas privadas de libertad;

cumplir con las finalidades del Sistema de Rehabilitación Social y las demás

atribuciones previstas en el reglamento respectivo.

Las personas privadas de libertad se encuentran bajo la custodia del Estado.

El Estado responderá por las acciones u omisiones de sus servidores o servidoras que

violen los derechos de las personas privadas de libertad.

El Centro de formación y capacitación penitenciaría estará dirigido y regulado por el

Organismo Técnico.

Sus funciones serán:

1. Elaborar y aplicar el plan de formación y capacitación para las o las aspirantes a

integrantes como personal al servicio del Sistema penitenciario.

2. Seleccionar, formas y cualificar a las y los aspirantes a integrarse como personal al

servicio del sistema penitenciario.

3. Perfeccionar, actualizar , promover y evaluar de manera constante, al personal de

los centros de privación de libertad en cualquiera de las áreas penitenciarias

Page 45: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

33

El Gobierno intensifica la construcción de los centros penitenciarios con la finalidad de

reducir el hacinamiento carcelario y contar con el ambiente que permita aplicar políticas de

atención para una rehabilitación social de las personas privadas de libertad. La

infraestructura física es necesaria para la aplicación de un sistema integral de atención con

políticas de salud, educación y laborales, en beneficio de los internos.

De esta forma, se cumplirá con el mandato constitucional de otorgar una vida digna a las

personas privadas de libertad y que se conviertan en sujetos productivos en el momento de

su reinserción social.

En Ecuador hay 34 cárceles en 18 provincias de las 24 que componen el país, 7 son de

varones, 4 de mujeres, 22 mixtas y 1 de detención provisional; según la región están

distribuidas, 14 en la costa,18 en la sierra y 4 en el oriente. 53% de las personas privadas

de libertad están en la sierra, 45% en la costa, y sólo 2% en el oriente. El 60% de las

mujeres y el 77% de los extranjeros/as están presos en la sierra.33.

Centros penitenciarios o correccionales que ofrecen formación profesional y servicios

sociales. Hasta el vocablo preso nos parece inhumano, y optamos por el de interno.

Sin embargo, si profundizamos un poco, descubriremos los serios problemas que afronta

hoy el sistema carcelario, entre ellos la elevadísima inversión económica que supone

mantener entre rejas a los delincuentes y el creciente abismo que media entre los objetivos

de la encarcelación y los verdaderos efectos de esta.

Hay quienes cuestionan la eficacia de las cárceles, pues dicen que si bien la cantidad

mundial de presos supera ya los ocho millones, el índice de criminalidad no ha disminuido

considerablemente en muchos países.

Además, aunque un alto porcentaje de reclusos está en prisión por delitos relacionados con

las drogas, la disponibilidad de estas en las calles sigue siendo muy preocupante.

Pese a ello, muchos ciudadanos consideran que el encarcelamiento es la pena ideal. A su

modo de ver, cuando el infractor es encarcelado, recibe su merecido. Una periodista

33 Dirección Nacional de Rehabilitación Social. El Sistema Penitenciario Ecuatoriano en Cifras. 2003 – 2004.

Page 46: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

34

asemejó este afán de meter entre rejas a los delincuentes a una fiebre, la fiebre de

encerrarlos.

La encarcelación persigue cuatro fines principales:

1) castigar al infractor,

2) proteger a la sociedad,

3) evitar delitos futuros; y,

4) reformar al delincuente, enseñándole a ser un ciudadano decente y productivo tras su

puesta en libertad. Veamos si las prisiones están logrando estos fines.

En el 2003 se creó el Comité Nacional de Internos, organización compuesta por

representantes de varias cárceles del país y coordinada desde Quito, su objetivo principal

es defender los derechos de las personas en prisión y mejorar sus condiciones de vida, el

último año lideraron dos motines carcelarios para reclamar la aplicación de beneficios

legales como la pre libertad para los casos de drogas ilegales, la aplicación de ley que

garantiza la libertad a las personas detenidas más de un año sin sentencia, la aprobación de

un nuevo Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social, entre otras demandas.

2.2 INFRAESTRUCTURA

El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, intensificará la construcción de

los centros penitenciarios en Ecuador.

La principal finalidad del desarrollo de la infraestructura carcelaria, es procurar el

hacinamiento existente en los centros carcelarios del país, para que los reos, puedan contar

con un ambiente que permita llevar una vida digna a pesar de estar privados de la libertad y

encontrarse purgando una pena en los centros de rehabilitación social.

La infraestructura es un factor importante para la aplicación de la rehabilitación de los

internos, en los cuales se aplicará políticas de salud, control de medidas de seguridad,

apoyo para que cumplan con su educación, permitiéndoles culminar su educación básica,

implementar talleres en los cuales tengan producción de objetos y de la venta de éstos

Page 47: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

35

obtengan ingresos económicos que ayudarán a sus familia; procurar una reinserción social

en beneficio de los internos.

Cumpliéndose de esta manera el mandato constitucional de otorgar una vida digna a las

personas privadas de libertad y de su reinserción en la sociedad.

Observamos que las acciones estatales en materia carcelaria han sido más jurídicas, los

efectos directos de esta política fueron: el decrecimiento de la población carcelaria y la

reducción de los detenidos por delitos de drogas; es evidente que estos fenómenos no

responden a cambios estructurales de la delincuencia o la sociedad, sino a medidas

meramente normativas que no modifican significativamente la organización y

funcionamiento del sistema penitenciario.

La situación de hacinamiento de las cárceles ecuatorianas es la característica persistente de

la última década.

2.3 MISION

Velar por el acceso a una justicia oportuna, independiente y de calidad, promover la paz

social, la plena vigencia de los Derechos Humanos, el ejercicio de cultos y su regulación,

mejorar la rehabilitación y su reinserción social en las personas adultas privadas de libertad

y el desarrollo integral en adolescentes en conflicto con la ley penal, mediante normas,

políticas, programas, proyectos y actividades coordinadas con las instituciones

relacionadas.34

2.4 VISION

Al 2017 el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos habrá logrado la plena

vigencia de los Derechos Humanos, la transformación del sistema de justicia, la

regulación del ejercicio de cultos, la atención integral a personas adultas privadas de

34 www.justicia.gob.es/mision

Page 48: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

36

libertad y adolescentes en conflicto con la ley penal al convertirse en un referente de

gestión pública a nivel nacional e internacional.35

2.5. ORGANIZACIÓN

Para poder entender a los CRS describiremos brevemente las diferentes funciones

administrativas de la institución. El centro cuenta con una serie de áreas y departamentos

que cumplen funciones delimitadas. En el siguiente esquema podemos tener una idea de la

organización del CRSG.

El Director

Gestión estratégica.

Gestión Administrativa y Técnica.

Ejecución de Trámites.

Coordinación Interinstitucional.

Control de Gestión.

El Director es la máxima autoridad de la institución, pero él también depende de las

decisiones del Director Nacional de Rehabilitación Social en lo referente a la

estructuración presupuestaria, movimientos de personal, recursos económicos, y todo

lo que establece el Código Orgánico Integral Penal, el perfil profesional del Director es

de Doctor en Jurisprudencia, garantizándose de esa manera que todos los procesos

legales vayan siendo supervisados por un profesional del Derecho, las atribuciones que

tiene el Director para desplegar políticas de crecimiento fortificación institucional y

aquellas dirigidas a los señores internos, es lo suficientemente amplia como para

plantear políticas de auto sustentación, motivando de esa manera la autogestión y

consecuentemente, la búsqueda permanente de campos ocupacionales dirigidos a los

señores internos.

35 www.justicia.gob.ec/vision

Page 49: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

37

Por otra parte el Director al ser la máxima autoridad del centro debe inculcar al

mejoramiento de la alimentación, servicio médico, servicio dental, mejoramiento de

infraestructura, remodelación de espacios deteriorados, en búsqueda de convenios con

otras instituciones públicas y privadas que colaboren en todo lo planteado y finalmente

debe también velar por el bienestar de todos los empleados y fundamentalmente por los

internos que están bajo su cuidado.

El personal que directa y cercanamente trabajan, con el Director son la Secretaria, el

Asesor Jurídico y el Jefe de Seguridad, cuando se presentan problemas graves dentro

de la institución convoca a una reunión ampliada con la parte que está en conflicto y de

esa manera se aclaran las dificultades; para la programación de nuevos eventos o

estructuración de nuevas líneas directrices convoca al personal que está directamente

en el plan de cambio, siendo así las reuniones con diagnóstico, tratamiento,

departamento médico, administrativo, y de seguridad y vigilancia.

HABILITANTES ASESOR

Asesoramiento Legal.

Asesoría.

Contratación.

Patrocinio.

APOYO DESARROLLO ORGANIZACIONAL

Gestión De Recursos Organizacionales:

SERVICIOS INSTITUCIONALES

Gestión De Procesos:

Planificación.

Imagen Corporativa.

Salud.

Gestión De Recursos Humanos:

Page 50: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

38

Control De Asistencia.

Gestión Tecnológica:

Programación Informática.

Diseño – Desarrollo.

Implementación.

Gestión De Bienes:

Adquisiciones.

Control De Bienes.

Servicios Generales.

Gestión Financiera:

Presupuestos.

Contabilidad.

Administración de Caja.

Supervisión Local:

Control de Guías.

Control de Puertas Principal.

Control de Puertas Intermedias.

Control de Garitas.

Control de Patios y Terrazas.

Page 51: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

39

EPIGRAFE III

3. REHABILITACIÓN SOCIAL

Las cárceles fueron lugares de detención creados por los gobiernos de tipo monárquico,

oligárquico, reinado y república desde la antigüedad.

La historia de prisión como la del crimen, integra uno de los más desdichados capítulos de

la historia humana.

Trabajo de siglos ha sido trocar, en los terribles recintos retentivos la sombra por la luz, la

enfermedad por la salud, la sistemática y arbitraria vejación por la ley, la abrumada

ociosidad por el trabajo, la promiscuidad apretada de humanos contemplados como bestias

por la separación metódica de cuerpos y espíritus.

Definición general de la palabra pena y en particular la figura histórica de a perdida de

pena capital o de muerte.

“Definición gramatical”: Enmienda, corrección de una obra o de un escrito, pena que se

impone a quién ha cometido un delito o falta. Acción acto de castigar, represión, aviso,

consejo, amonestación o corrección, advertencia y enseñanza, etc.

Cárcel es una Institución que nace a consecuencia del delito; es un lugar utilizado desde

tiempos remotos, como el sitio donde se cumplían las funciones de aseguramiento, y

retención de los delincuentes para que no eludieran las consecuencias jurídicas; de faltas y

delitos.

Sanción impuesta por la ley a quien por haber cometido un delito o falta; y ha sido

condenado por sentencia definitiva por el órgano “jurisdiccional correspondiente del fuero

federal o estatal”.

Es forzoso que la pena esté establecida en la ley con anterioridad a la comisión del hecho

delictivo rige al principio jurídico denominado de legalidad, el cual obliga a su ejecución

una vez que haya recaído sentencia firme dictada por el Juez sentenciador competente o

por un tribunal superior de justicia federal o estatal. Son varios los criterios clasificatorios

de los delitos.

Page 52: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

40

El que resulta más admitido con mayor frecuencia por las legislaciones penales, que

catalogan a los ilícitos de tipo grave, Tienen sanciones altas por la comisión de estos

delitos.

PENA DE MUERTE O CAPITAL.

Se entiende como pena de muerte la Privación de la vida del condenado por la comisión de

un delito grave que la ley sanciona a dicho acto. Es también denominada pena capital o

decapitación cortar la cabeza, por medio de la citarra o la guillotina, cuando esta se

ejecuta físicamente y sobreviene la muerte .Escritores y filósofos del siglo XVIII como

Montesquieu, Voltaire o Cesare Beccaria abogaron por importantes reformas a los sistemas

penales, que fueron llegando poco a poco con respecto a la limitación de los delitos

castigados con la pena de muerte hasta su completa abolición en muchas legislaciones.

En la actualidad muchos países admiten la pena de muerte, pero sólo en casos

excepcionales como en tiempo de guerra y en situaciones de extrema gravedad. En Estados

Unidos de Norte América existe una contraposición de criterios sobre la pena de muerte,

ya que en sentencia un Tribunal Supremo dictara una resolución y se pronunciará en contra

de la misma, aduciendo su inconstitucionalidad, en cambio otra sostuvo su inclusión en la

Constitución de estados Unidos

En España dicha pena de muerte fue abolida Constitucionalmente en el año 1978. Los

defensores de la pena de privación de la vida alegan en su favor un carácter ejemplar,

según su interpretación; esta no se alcanza con las penas privativas de libertad.

Los que se oponen a la aplicación de la pena de muerte aducen todo lo contrario, y añaden

como argumentos la posibilidad del Error judicial, que siempre será imposible de remediar,

así como la indefensión de aquellos reos que, al no tener recursos económicos tampoco

podrían pagar una defensa eficaz en el juicio, y sobre todo por las circunstancias de orden

ético, moral, religioso que son las que más pesan a la hora de abogar por la abolición de

esta pena; al considerar que el derecho a la vida es algo incuestionable, ya que el atentar en

contra de la existencia de un ser puede considerase como un acto demasiado injusto y

cruel.

Page 53: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

41

El Derecho Constitucional, prohíbe cualquier tipo de pena corporal aplicada por orden

judicial sobre el condenado. Por regla general, el término se refiere a los azotes,

quemaduras o mutilaciones como pena de un delito.

El castigo físico ha sido practicado desde tiempos remotos. Se entendía que el criminal

sometido a tales métodos no volvería a cometer más delitos, pero esta suposición nunca ha

sido comprobada. Ya que hay teorías que sostienen que incrementar los castigos físicos

severos aumenta la tendencia hacia la actividad criminal.

En el siglo XX los castigos físicos han caído en desuso en la mayoría de los países, siendo

reemplazados por procedimientos penales que pretenden alcanzar objetivos de

resocialización, reeducación y favorecen la reinserción

Sin embargo el castigo físico sigue vigente en los sistemas penales de algunas naciones de

Asia, Medio Oriente y África, etc... Países considerados del tercer mundo, los cuales

siguen con un atraso histórico desesperante e inhumano en pleno siglo (XXI). Con

violación a los derechos humanos por países adheridos a la Organización de las Naciones

Unidas (ONU). En épocas remotas existieron penas privativas de libertad que se debían

cumplirse en establecimientos creados, ex profesamente a los cuales se les denominó

genéricamente cárceles o prisiones36.

El término cárceles, conforme el diccionario, significa cosa pública destinada para la

custodia y seguridad de los reos. Otros ven su origen en el vocablo latino coerciendo que

significa restringir. También en la palabra carcar termino hebreo que denomina meter una

cosa para su retención.37

Para el pueblo hebreo la prisión tenía una doble función: la primera era evitar la fuga y la

segunda de sanción, porque consideraban indigno de vivir en sociedad, al delincuente

infractor o trasgresor de la Ley.38

Existían distintos tipos de prisiones o cárceles según las personas y la gravedad de la falta

cometida. Algunos autores encuentran que los principios de la clasificación actual tienen

sus bases históricas, si se observa los preceptos mencionados tienen entre sí mucho

parecido.

36 Cuevas Sosa Jaime. “Derechos Penitenciarios”. Educación Jurídica Jus. México 1977. pp. 25. 37 Neuman Elias. “Prisión abierta”. Editorial Depalma, Buenos Aires, Argentina, 1962. pp. 11 38 Calón Cuello E. “La Moderna Penología”.Bosch Edit. Barcelona, España, 1958. pp. 301.

Page 54: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

42

La prisión fue concebida como castigo con su consecuente influencia religiosa, misma que

aparece plasmada en la Biblia, cuando nos hablan de la prisión del blasfemo, el Libro de

Jeremías y de los Reyes mencionan el encarcelamiento de los profetas: Jeremías y

Miqueas, se refieren a la Edad Cristiana .39

En la edad media los griegos construyeron tres tipos de cárcel, para castigo de hurto y

deudores que no podían pagar sus deudas

1- Para custodia

2- Para corrección

3- Para suplicio.

En la época de Constantino se encuentran disposiciones avanzadas para la sociedad romana

como las consagradas en la Constitución del año 320 D. C., ella establece en su punto

segundo la separación de sexos, el tercero prohíbe los castigos de rigores inútiles, en el

cuarto la obligación del Estado de proporcionar alimentos para la manutención de los

presos.40 .

El pueblo romano, en un principio, únicamente construyeron cárceles para seguridad de los

acusados. El emperador Constantino edificó un sistema de penales durante su reinado.

Ulpiano señala en el Digesto que la cárcel debía aplicarse no como castigo, sino como

lugar de guarda de los mismos.

En dichas lugares, a los esclavos se les obligaba a realizar trabajos forzados, como lo

ordenaba el Opus Publicamm, este consistía en limpieza de alcantarillas, arreglo de

carreteras, trabajos en baños públicos y en las minas.

La Admetalla y Opus Metalli. Los primeros laboraban en las famosas canteras de mármol

de La Admetalla ordenaba que llevaran cadenas más pesadas que los segundos Opus

Metalli, sí al término de diez años el esclavo del penal seguía con vida; podía ser entregado

a sus amos o a su familia.

39 Marco Del Pont. Op. Cit. pp. 40 y 41. 40 Selling T. “Reflexiones sobre trabajo forzado”. Revista Penal y Penitenciaria. Buenos

Aires, Argentina, 1965-1966.

Page 55: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

43

Se tiene conocimiento que la primera cárcel romana fue fundada por Tulio Hostílio que

reinó entre los años (620 y 670) de nuestra era, a esta primera cárcel fue la que se le llamó

Latomía. La segunda de las romanas fue la “Claudiana”, construida por Apio Claudio y la

tercera la Mermetiva por orden de Anco Marcio.41.

Pocas fueron las evoluciones de ese modelo antiguo, en la Edad Media la noción de pena

privativa de libertad quedó sepultada en la ignorancia. Porque solamente se aplicaban

tormentos; su esplendor se encuentra durante la vigencia de la Santa Inquisición. En ese

tiempo conforme a los delitos se daban las penas, se aconsejaba arrancar los dientes a los

testigos falsos, pasear desnudos a los adúlteros, entre otras penas degradantes y

antihumanas que se aplicaban”.42

Posteriormente, cuando el interés económico de países como Inglaterra y España se

acrecentó, surgió otro sistema para el cumplimiento de las penas: en las llamadas galeras,

estos fueron lugares de trabajos forzados.43.

Otro de los castigos fue el denominado remero que consistía en obligar a reos condenados

a muerte a trabajar remando hasta caer exhaustos o morir. En un principio se les tomaba

por la fuerza a los vagabundos, ociosos, mendigos.

Eran aquellos que manejaban las paletas de las embarcaciones del Estado, galeones,

bergantines, chalupas, naves bien armadas y rápidas, etc.44

Las embarcaciones eran utilizadas como prisiones por todos los países Europeos que

poseían armadas marítimas de guerra para las conquistas, desaparecieron cuando fueron

cambiados los galeones, bergantines, etc. por barcos de vapor, los descubrimientos

técnicos de las máquinas afectaron las formas de aplicación del castigo.

Por este hecho los detenidos fueron trasladados a los PRESIDIOS DE LOS ARENALES

considerándolos como bestias de carga y destinados únicamente para el trabajo.

El Presidio como obra pública aparece con el desarrollo y cambio económico, al variar los

intereses del Estado con la explotación de los presos sometiéndolos a trabajos forzados se

41 De Quiroz Bernardo.“La nueva penitenciaría del Distrito Federal”.Xalapa, Veracruz, 1958. 42 Malo Camacho G. “Manual de Derecho Penitenciario Mexicano”. Instituto Nacional de Ciencias Penales,

México, 1976. pp. 19. 43 Calón Cuello E. Op. Cit. pp. 301. 44 Neuman Elias. Op. Cit. pp. 15.

Page 56: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

44

les empleaba en abrir brechas para vías de comunicación, acueductos, adoquinamiento de

calles, también en los cerros de cantera; y para la explotación de bosques madereros,

caucheros, etc., siempre encadenados y sometidos por el feroz látigo de castigo manejado

por el capataz.

Con el transcurso del tiempo se crea una nueva forma de castigo: el destierro, este hecho

respondía a intereses sociales, políticos y económicos de países capitalistas que envían a

sus colonias de castigo a delincuentes comunes y presos políticos. Para hacerlos trabajar,

teniendo el carácter de seres indeseables.

Así se poblaron Australia por los Ingleses, las islas Guayanas por franceses y Holandeses,

así como en Rusia se aplicó igualmente la deportación, los presos eran enviados a la

Siberia helada.

Ellos vivían en campamentos con cadenas a los pies, trabajando en las minas de carbón con

mala alimentación y maltratos, sin asistencia medica alguna, la suciedad y promiscuidad

dieron origen a terribles endemias y epidemias provocadas por ratas, pulgas, piojos,

chinches y otros bichos, por la falta de aseo personal por el clima imperante que existe en

esa región “inhóspita y fría.45

La rehabilitación tiene por objeto la restauración funcional óptima del individuo bajo

tratamiento, y su reintegración a la familia, la comunidad y la sociedad por medio de la

máxima independencia en las actividades de la vida diaria, y la consecución de un rol

social estimable a través de la vuelta al trabajo o actividad equivalente.

La rehabilitación integral de los internos de acuerdo a nuestro Código Orgánico Integral

Penal, está encaminada a la protección de los derechos de las personas privadas de

libertad.

Además de ello con atención a sus necesidades especiales, al desarrollo de sus

capacidades, para ejercer sus derechos y cumplir sus responsabilidades al recuperar

completamente su libertad, la reinserción social y económica de las personas privadas de

libertad46

45 Dostoyevsky Fedor. “La Casa de los muertos”. Ed. Sana, Buenos Aires, Argentina, 1939.

46 Código Orgánico Integral Penal

Page 57: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

45

3.1. ANÁLISIS DOCTRINARIO DE LA REHABILITACIÓN SOCIAL

A través de la historia se ha podido confirmar que el hombre es capaz de cambiar su

conducta, mediante un proceso de tiempo prudencial. La rehabilitación como una

expresión técnico científica tienen un sentido propio que no es posible comprender sino se

ha estudiado previamente y practicado en oficio.

Ha existido una grave confusión en el tiempo, la sociedad ha relacionado el término

rehabilitación con el sinónimo de retribución. Cuando se comete un delito grave como la

violación, la sociedad pide el máximo castigo para el autor la tortura o la muerte.

La palabra Rehabilitar proviene del latín habilitar, que significa hacer algo nuevo. Dando a

conocer a la rehabilitación como un Proceso de formación de personas con alguna

discapacidad (física, sensorial, emocional, de desarrollo, entre otras.)

La rehabilitación con respecto a Trabajo Social es un proceso que tiene como meta, ayudar

a las personas a reintegrarse en la comunidad y a mejorar su funcionamiento psico-social,

de manera tal que pueda mantenerse en su entorno social en unas condiciones lo más

normalizadas e independientes como sea posible, es de duración limitada y tiene un

objetivo definido encaminado a permitir que una persona con alguna discapacidad alcance

un nivel físico, mental y social optimo, proporcionándole los medios de modificarse su

propia vida.47

La rehabilitación implica un proceso de acompañamiento de singulares características en la

conjunción: retención, custodia y terapéutica, mediante el cual se intenta que el tiempo,

durante el que un interno se encuentra en una Unidad Penitenciaria, sea lo más corto

posible y transcurra con las menores consecuencias negativas sobre todo para sí mismo

como también para los otros

Para Zanoni La esencia de la rehabilitación, consiste en tomar una primaria y debida toma

de conciencia por parte del interesado, de la propia situación criminológica y de sus

implicancias personales, familiares y sociales, que presupone una firme decisión de

recuperación, para un futuro consecuente.

47 HADDAD, Jorge. (1999). Derecho Penitenciario. Buenos Aires. Editorial de ciencia y cultura. Págs. 191-

192

Page 58: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

46

Jorge Haddad nos da algunas interesantes definiciones de Rehabilitación así: La

rehabilitación social constituye una suma de experiencias que influyen sobre los hábitos,

actitudes y conocimientos relacionados con la actividad delictiva del interno por lo tanto

consiste en un proceso de aprendizaje diferenciado dirigido a reformar, de manera

favorable, las actitudes y aptitudes de los internos e influir, a partir de su participación

activa, sobre sus hábitos perniciosos, en el proceso delictivo.

- Combinaciones de aprendizajes especializados, dirigidos a la facilitación de

actividades voluntarias que readapten socialmente al interno.

- Un proceso de intervención individual o colectiva, que asiste al interno a tomar

decisiones, una vez que ha obtenido información adecuada acerca de los factores,

teóricamente negativos, que lo han llevado a la actividad delictiva sea por exceso

en sus demandas o bien por insuficiencia de sus recursos propios.

- Puede definirse también como una intervención formativa dirigida al desarrollo de

una actitud consciente y responsable por parte del interno; ejerciendo su influencia

sobre los conocimientos, motivos, actitudes, aptitudes del mismo; en relación con la

conveniencia o no de infringir en lo sucesivo la Ley Penal.

- Rehabilitar también supone facilitar la readaptación social y reforma voluntaria de los

comportamientos de los internos como hombres, responsablemente, en función de

la intervención penitenciaria.

Como se observa todas las definiciones tienen un denominador común, a saber:

- Adquisición de conocimientos (información).

- Adquisición de hábitos y comportamientos dirigidos a no infringir en lo sucesivo

la ley penal.

- Voluntariedad y responsabilidad por parte del propio interno participación activa

en el proceso intervencional.

La rehabilitación es capaz de concretar a partir de la participación activa del interno los

cambios que se deben producir en el contexto social. Ella interviene en el aprendizaje y en

la adquisición de los recursos individuales para desarrollar una vida posterior sin delitos.

Page 59: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

47

También debe quedar en claro que los errores y fallas del interno no pasan inadvertidos y

provocan sanciones, retrocesos en la progresividad, etc., que le recuerdan su propia

realidad de persona implicada en la rehabilitación progresiva y que no difieren de los

procesos o sistemas terapéuticos de las ciencias del comportamiento48.

La respuesta global ha de considerar, entonces, estos tres niveles; sin embargo, la urgencia

es distinta y debemos plantear prioridades. Posiblemente el nivel que representa mayor

urgencia es el de la Ejecución de las Penas. Considero que las reformas penales y

procesales, que pueden ser muy importantes, fracasaran radicalmente si en su modo de

ejecución sigue manteniéndose los niveles actuales, de nada nos serviría leyes sabias y

jueces extraordinariamente probos, si luego al llegar al nivel de la ejecución todo tropieza

con un sistema inadecuado, con un sistema verdaderamente vergonzoso para un país que

cree poseer una forma democrática de vida. Basado en el respeto a los derechos humanos,

el sistema penitenciario debería cumplir finalidades superiores y no puramente

vindicativas. represivas o inclusive retributivas.

3.2 SISTEMA PROGRESIVO

Es el sistema que en a la actualidad es utilizado por la mayoría de países en el mundo

como es el caso del nuestro, es un sistema que en sí no es que tiene un solo comienzo

pero el fundamental y más destacable es el del Reino de España de 1834, en Valencia en el

presidio de San Agustín, del cual estaba encargado el Coronel Montesinos que era una

persona de ideología humanista por esto es que crea un sistema en el cual el recluso tiene

la oportunidad de mejorar sus condiciones de reclusión y su misma pena de acuerdo a su

comportamiento, da mucho sentido al lema de la entrada de la cárcel que decía de la

siguiente manera la prisión solo recibe al hombre, el delito se queda en la puerta49 de esta

manera el recluso pasó de ser pasivo a activo en el sistema gracias a su interacción directa

con el mismo para mejorar o empeorar sus condiciones siendo de su completa

responsabilidad la calidad de su reclusión y el tiempo que dure.

48 NOVELLI, G (1943). La Autonomía del Derecho Penitenciario. Citado por Haddad, Jorge en Derecho

Penitenciario. Pags 194-195. 49 FERNÁNDEZ GARCÍA, Julio, Ciencias de la Seguridad, Derecho penitenciario, Editor Ciencias de la

Seguridad Universidad de Salamanca, 2003, Pág. 8

Page 60: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

48

Como su nombre lo indica esto era un proceso de progreso gradual que consistía en tres

partes que son; la primera que el recluso cumpla con el aseo de la cárcel atado a un grillete

y su cadena durante un tiempo, luego eran trasladados a una brigada llamada Depósito, en

el cual se le encargaba un trabajo para evitar su desocupación y con esto concluía la

primera etapa de su condena; después continuaban con la segunda etapa que consiste en la

dedicación por completo al trabajo que les fue asignado al mismo tiempo que se les hacía

aprender nuevos oficios gracias a que estos establecimientos estaban equipados con varios

talleres de distintas áreas ocupacionales esto suponía que los reclusos estén preparados

para su regreso a la convivencia social cuando salgan de la prisión; y llegamos a la última

etapa de este progresivo proceso de rehabilitación, este último consistía en la pre-

adaptación para su regreso a la sociedad cuando ya estuvieran libres, en esta etapa ellos

tenían que demostrar una completa rehabilitación, ya que si fallan en esta se les retrocede

un nivel de su pena entonces regresarían al segundo nivel y eso supone como cumplir otra

pena más, el fin de esta etapa era que los reclusos se desvinculen con la cárcel y de esta

manera tener una completa reinserción en la sociedad por eso era la etapa más importante

de las tres.

También encontramos otros sistemas derivados del primero como son los de Maconochie

en Norfolk Inglaterra, 1840, el de Obermayer en Munich, Alemania 1842, y el de Crofton

en Irlanda en 1854.50

El sistema progresivo se fundamentó en las ideas innovadoras de estos tres directores

mencionados anteriormente a su vez estos tres en el de Manuel de Montesinos en España.

Por esto se diría que ellos fueron los inventores de este sistema estos cuatro directores de

prisiones europeas que quisieron encausar formidablemente el innato deseo de libertad de

los reclusos, estimulando su comportamiento para que en función del mismo la intensidad

de la pena fuera disminuyendo progresivamente.51

50 Fernández García, Julio; Ciencias de la Seguridad, Derecho penitenciario, Editor Ciencias de la Seguridad

Universidad de Salamanca, 2003, Pág. 15. 51 Fernández García, Julio; Ciencias de la Seguridad, Derecho penitenciario, Editor Ciencias de la Seguridad

Universidad de Salamanca, 2003, Pág. 20

Page 61: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

49

En Irlanda el director de las prisiones, cuyo nombre era Walter Crofton, quien viene a

perfeccionar el sistema, al introducir un cuarto periodo de cárceles intermedias antes de

salir en libertad esto era considerado un periodo de prueba.

Como ya se sabía este sistema estaba conformado por tres periodos de encarcelamiento y

hasta en cierto modo de rehabilitación.

Walter Crofton quien, siguiendo las resoluciones del Congreso Internacional Penitenciario

de Londres de 1872 , desarrolló un programa de asistencia al reo que trataba de reintegrarlo

a la sociedad civil, añadiendo a los pasos tradicionales de otros sistemas progresivos

primero prisión rigurosa; segundo, trabajo en común y tercero, libertad condicional , un

cuarto previo al tercero en el que el preso pasaba a un campo intermedio de prisión, menos

riguroso y, generalmente, de trabajo, o bien a granjas o fábricas, durmiendo luego en la

prisión.

Vales que el preso obtenía en función de su conducta y trabajo, pudiendo incluso perder un

grado si no obtenía los vales suficientes en esto se diferenciaba del sistema de Australia

El sistema se implantó primero en Irlanda en 1883, de ahí su denominación en algunos

casos. Por Real Decreto de 23 de diciembre de 1889 se reguló en España un sistema

similar en el que los cuatro grados eran conocidos como: celular, instructivo, intermedio y

de circulación libre, pero sólo aplicable al penal de Ceuta (España).

. El éxito del sistema hizo que, también por Real Decreto, el 3 de junio de 1901 se

ampliase al resto del estado.

Con pequeñas modificaciones, los sistemas penitenciarios europeos se basan en este

modelo en la actualidad.52.

Así tenemos que con la introducción de un paso intermedio Walter Crofton logra que el

sistema quede de la siguiente manera:

Este modelo consistía en el aislamiento, no podían comunicarse y tenían una dieta en sus

alimentos.

52 http://es.wikipedia.org/wiki/Sistema_penitenciario_de_Crofton (08-03-2013)

Page 62: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

50

Tenían ya una ocupación en sus talleres a manera de trabajo común y ahora el silencio solo

era en las noches.

Con anterioridad era el último periodo ahora es el intermedio, introducido por Crofton este

consistía en el trabajo al aire libre, fuera de la cárcel, especialmente en el área agrícola, de

una manera muy parecida al sistema de extramuros en la actualidad.

También se impuso como una de sus mejoras el no uso del traje penal que hasta ese

entonces era una regla general en las cárceles.

Es el de la libertad condicional o como se le dice en nuestro país la prelibertad que es un

periodo de prueba en el cual el convicto antes de salir por completo y desvincularse con la

cárcel de manera definitiva, tiene que demostrar su conducta en la sociedad, esta conducta

era medida en base a vales tal cual era en el sistema progresivo de Maconochie, esto se

hacía en las casas de trabajo o como se diría en inglés “work house”.

A veintiuno km. de Dublín existían dos centros de trabajo comunitario (work house) a los

cuales se los mandaba antes de la obtención de su libertad por seis meses estos centros se

llamaban, el primero Luzk y el segundo Smithfield en estos lugares laboraban como

personas libres en fábricas y campos aledaños, donde no habían barrotes, muros, ni

cerrojos, en donde los reclusos alojados en barracas metálicas desmontables se empleaban

como trabajadores libres en la agricultura y en la industria, aprendiendo a vigilarse a sí

mismos o en inglés (self-control).

3.3 COMPONENTES DEL SISTEMA

El Sistema de Progresividad, la ejecución de la pena se regirá por el Sistema de

progresividad que contempla los distintos regímenes de rehabilitación social hasta el

completo reintegro de la persona privada de la libertad a la sociedad.

Regímenes de rehabilitación social.- Los regímenes son:

1. Cerrado.

2. Semiabierto.

3. Abierto.

Page 63: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

51

Una persona privada de libertad podrá pasar de un régimen a otro en razón del

cumplimiento del plan individualizado, de los requisitos previstos en el reglamento

respectivo y el respeto a las normas disciplinarias.

La autoridad competente encargada del centro, solicitará a la o al juez de garantías

penitenciarias la imposición o cambio de régimen o la persona privada de libertad lo podrá

requerir directamente cuando cumpla con los requisitos previstos en el reglamento

respectivo y la autoridad no la haya solicitado.

En el Régimen cerrado.- Es el período de cumplimiento de la pena que se iniciará a partir

del ingreso de la persona sentenciada a uno de los centros de privación de libertad.

En este régimen se realizará la ubicación poblacional, la elaboración del plan

individualizado de cumplimiento de la pena y su ejecución.

El Régimen semiabierto.- Es el proceso de rehabilitación social de la o del sentenciado

que cumple con los requisitos y normas del sistema progresivo para desarrollar su

actividad fuera del centro de ejecución de penas de manera controlada por el Organismo

Técnico.

La o el juez de Garantías Penitenciarias dispondrá el uso del dispositivo de vigilancia

electrónica. Se realizarán actividades de inserción familiar, laboral, social y comunitaria.

Para acceder a este régimen se requiere el cumplimiento de por lo menos el sesenta por

ciento de la pena impuesta.

En el caso de incumplimiento injustificado de los mecanismos de control por parte del

beneficiario de este régimen, sin causa de justificación suficiente y probada, la o el juez de

Garantías Penitenciarias revocará el beneficio y declarará a la persona privada de libertad,

en condición de prófuga.

En el Régimen abierto.- Se entiende por régimen abierto el período de rehabilitación

tendiente a la inclusión y reinserción social de la persona privada de libertad, en la que

convive en su entorno social supervisada por el Organismo Técnico.

Para acceder a este régimen se requiere el cumplimiento de por lo menos el ochenta por

ciento de la pena.

Page 64: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

52

No podrán acceder a este régimen las personas privadas de libertad que se hayan fugado o

intentado fugarse o aquellas sancionadas con la revocatoria del régimen semi abierto. La o

el juez de Garantías Penitenciarias dispondrá el uso del dispositivo de vigilancia

electrónica.

En esta etapa el beneficiario se presentará periódicamente ante la o el juez. En caso de

incumplimiento injustificado de los mecanismos de control por parte del beneficiario de

este régimen, la o el juez de garantías penitenciarias revocará este beneficio y declarará a la

persona privada de libertad en condición de prófuga.

Una vez cumplida la sentencia la o el juez dispondrá el inmediato retiro del dispositivo

electrónico.

Asistencia al cumplimiento de la pena.- El Sistema de Rehabilitación Social prestará

asistencia social y psicológica durante y después del cumplimiento de la pena. El Estado, a

través de los ministerios correspondientes, regulará los fines específicos y fomentará la

inclusión laboral de las personas privadas de libertad con el fin de proporcionar a las

personas que han cumplido la pena y recuperado su libertad, mayores oportunidades de

trabajo.

Ejes de tratamiento.- El tratamiento de las personas privadas de libertad, con miras a su

rehabilitación y reinserción social. Se fundamentara en los siguientes ejes:

1.- Laboral

2.- Educación, cultura y deporte.

3.- Salud

4.- Vinculación familiar y Social

5.- Reinserción

El desarrollo de cada uno de estos ejes de tratamiento se determinará en el reglamento del

Sistema Nacional de Rehabilitación Social.

En el eje laboral.- El trabajo constituye elemento fundamental del tratamiento. No tendrá

carácter aflictivo ni se aplicará como medida de corrección.

Page 65: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

53

Remuneraciones.- Toda actividad laboral que realice la persona privada e libertad, será

remunerada conforme con la ley, salvo que las labores se relacionen con la actividad

propia de aseo y conservación del espacio físico personal.

La retribución del trabajo del privado de libertad se deduce por los aportes

correspondientes a la seguridad social y se distribuye simultáneamente en la forma

siguiente:

Un diez por ciento para indemnizar los daños y perjuicios causados por la infracción

conforme disponga la sentencia; treinta y cinco por ciento para la prestación de alimentos y

atender las necesidades de sus familiares; veinte y cinco por ciento para adquirir objetos de

consumo y uso personal; y, el último treinta por ciento para formar un fondo propio que se

entregará a su salida.

El producto de las personas privadas de libertad será materia de embargo, secuestro o

retención, salvo las excepciones previstas en la ley.

En el eje de educación, cultura y deporte.- Se organizará actividades educativas de

acuerdo con el sistema oficial. Los niveles de educación inicial, básica y bachillerato son

obligatorios para todas las personas privadas de libertad que no hayan aprobado con

anterioridad esos niveles. El sistema nacional de educación es responsable de la prestación

de los servicios educativos al interior de los centros de privación de libertad.

El Sistema de Rehabilitación Social promoverá la educación superior y técnica a través de

la suscripción de convenios con institutos o universidades públicas o privadas. Los

convenios garantizarán que la enseñanza se imparta en condiciones y con el rigor y calidad

inherentes a este tipo de estudios, adaptando en lo que es preciso, la metodología

pedagógica a las circunstancias propias de los régimen de privación de libertad.

La administración del centro promoverá la máxima participación de las personas privadas

de libertad en actividades culturales, deportivas y otras de apoyo que se programen.

El eje de Salud.- La asistencia a la salud tendrá carácter integral y estará orientada a la

prevención y a la curación. Los centros de privación de libertad brindaran programas de

prevención, tratamiento y rehabilitación a los consumidores ocasionales, habituales y

problemáticos en lugares apropiados para este efecto.

Page 66: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

54

El sistema nacional de salud será el responsable de la atención médica y de las

prestaciones farmacéuticas y complementarias derivadas de esta atención. La calidad de

los servicios será equivalente a la que se presta al conjunto de la población y se considerará

las condiciones específicas de los grupos poblacionales privados de libertad.

El eje de vinculación familiar y social.- Se promoverá la vinculación familiar y social de

las personas privadas de libertad, fortaleciendo su núcleo familiar y las relaciones

laborales.

Eje de reinserción.- Se controlará los regímenes semiabierto y abierto de ejecución de la

pena con la finalidad de generar autoconfianza y autonomía de las personas para

permitirles una óptima rehabilitación. Durante el año siguiente a su libertad, se prestará el

apoyo necesario a la persona liberada ara su reincorporación a la sociedad, su reinserción

laboral y la prevención de la reincidencia.

Plan individualizado de cumplimiento de pena.- para efectos del tratamiento de las

personas privadas de libertad, se elaborará un plan individualizado de cumplimiento de la

pena, que consiste en un conjunto de metas y acciones concertadas con la persona, que

conllevan a superar los problemas de exclusión y carencia que influyen en el cometimiento

del delito.

Su objetivo es la reinserción y el desarrollo personal y social de la persona privada de

libertad. El plan individualizado de cumplimiento de la pena se elaborará cobre la base

prevista en el reglamento.

Programas.- Los programas se llevaran a cabo en los centros de privación de libertad y se

incluirán en el plan individualizado de cumplimiento de la pena, de conformidad con el

estudio criminológico realizado por el área respectivo.

Programas de tratamiento para grupos de atención prioritaria.- Las personas adultas

mayores, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas con enfermedades

catastróficas, tendrán programas específicos que atiendan sus necesidades, en privación de

libertad.

Registro de actividades de programas.- cada centro de privación de libertad llevara un

registro de actividades que la persona privada de libertad desempeñe y su progreso. En este

constaran los informes de los profesionales del departamento técnico sobre las

Page 67: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

55

evaluaciones del desarrollo de capacidades, resultados, observaciones y recomendaciones y

se presentaran cada seis meses a la autoridad competente del centro.

La información del registro servirá de base fundamental para acogerse a los regímenes

semiabierto o abierto.

Certificación.- Al final de cada ciclo en la ejecución de los programas, se extenderá un

certificado que avale el desarrollo de las capacidades de la persona privada de libertad.

Los certificados no referirán la circunstancia de haber sido obtenidos en privación de

libertad.

3.4 APLICACIÓN

El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos , trata de velar por el acceso a una

justicia oportuna, independiente y de calidad, promover la paz social, la plena vigencia de

los Derechos Humanos, el ejercicio de cultos y su regulación, mejorar la rehabilitación y su

reinserción social en las personas adultas privadas de libertad y el desarrollo integral en

adolescentes en conflicto con la ley penal, mediante normas, políticas, programas,

proyectos y actividades coordinadas con las instituciones relacionadas, buscando la

eficacia y su eficiencia en la aplicación y respeto de todos los derechos de las personas

privadas de libertad,

Con la trasformación del sistema de justicia, la regularización de los cultos y la atención

integral a las personas privadas de la libertad y la adecuada reinserción con la sociedad,

meta que todavía este Gobierno no la alcanzado, por la ineficaz administración de los

Centros de Rehabilitación Social y por el irrespeto a la norma escrita de parte de la

administración de los centros, debiendo cambiar la mentalidad del hombre y engendrando

la buena práctica de una justicia digna y de respeto mutuo y sobre todo de la oportunidad

igualitaria para todos que es el afán de cada persona privada de libertad obtener una nueva

oportunidad para dar un cambio radical a su vida y ser dignos hombres y mujeres al

momento de su reinserción con la sociedad.

Page 68: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

56

EPIGRAFE IV

4 ORGANISMOS DE CONTROL DE REHABILITACION SOCIAL

4.1 MINISTERIO DE JUSTICIA DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

Este Ministerio es el encargado de generar política pública en lo referente a justicia,

derechos humanos, rehabilitación social, reinserción social y medidas cautelares para

personas adultas privadas de libertad, desarrollo integral para adolescentes en conflicto con

la ley penal y regulación para el libre ejercicio de cultos, es decir es el encargado de vigilar

que se cumplan los más estrictos derechos de las personas privadas de la libertad.

Coordinar las acciones para velar por el efectivo acceso a una justicia de calidad y

oportuna como derecho fundamental de todos los habitantes de la República.

Autoridad Central para aplicar el Convenio de Estrasburgo sobre el traslado de personas

condenadas y conocer sobre las peticiones de repatriación solicitadas por el Ministerio de

Justicia de los Estados requirentes (Decreto Ejecutivo 1242).

Presidir la Coordinación de la Comisión del Sistema Procesal Penal con el objeto de lograr

una implementación del proceso penal que de efectivo cumplimiento a las garantías del

debido proceso (Decreto Ejecutivo 1179).

Coordinar con el Ministerio de Finanzas el pago de la reparación material e inmaterial a las

víctimas de violación de Derechos Humanos (Decreto Ejecutivo 1317).

Facultad de puesta en funcionamiento y Administración de los Centros de Internamiento de

los adolescentes infractores en todo el país (Decreto Ejecutivo 1683).-Facultad de puesta

en funcionamiento y Administración de los Centros de Rehabilitación Social, Centros de

Detención Provisional y Casas de confianza.

Establecer nexos de apoyo a la Función Judicial y al Ministerio Público en la búsqueda de

solución a los conflictos que se generan en los centros de rehabilitación social y demás

conflictos judiciales que interesen a la Administración Pública.

Page 69: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

57

El ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, el cumplimiento de las funciones,

atribuciones, responsabilidades y competencias en lo referente a políticas de regulación

para el libre ejercicio de Cultos.

El Ministerio está en la obligación de velar por el acceso a una justicia oportuna,

independiente y de calidad, promover la paz social, la plena vigencia de los Derechos

Humanos, el ejercicio de cultos y su regulación, mejorar la rehabilitación y su reinserción

social en las personas adultas privadas de libertad y el desarrollo integral en adolescentes

en conflicto con la ley penal, mediante normas, políticas, programas, proyectos y

actividades coordinadas con las instituciones relacionadas.

Cuyo propósito es que al 2017 el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos habrá

logrado la plena vigencia de los Derechos Humanos, la transformación del sistema de

justicia, la regulación del ejercicio de cultos, la atención integral a personas adultas

privadas de libertad y adolescentes en conflicto con la ley penal al convertirse en un

referente de gestión pública a nivel nacional e internacional.

Es también el encargado de estructurar proyectos interinstitucionales que generen mayor

acceso a los servicios de justicia, sobre todo de las personas de escasos recursos

económicos, busca desarrollar mecanismos de coordinación con el consejo de la judicatura,

fiscalía y defensoría Pública, para que las diferentes instituciones del estado trabajen en

conjunto brindando la oportunidad de un acceso más directo de la ciudadanía, e

implementar la desconcentración en el territorio nacional de la administración de los

servicios del Ministerio de Justicia Derechos Humanos y Cultos.

Reducir el número de causas en las que se afecte las garantías al debido proceso, para ello

pretenden desarrollar canales de comunicación efectiva con los diferentes operadores de

justicia, tratando a lo máximo de efectivizar los recursos, de igual manera busca gestionar

para que las causas que incumplan los debidos procesos no queden en la impunidad, y se

logren concluir, y sobre todo denunciar a los operadores de justicia que incumplan el

debido proceso, es decir se busca erradicar de raíz la corrupción y dar cumplimiento a los

principios básicos, de celeridad, atención oportuna y economía procesal entre otros.

Reducir los niveles de violencia, inseguridad y hacinamiento de los centros de atención a

personas adultas y adolescentes en conflicto con la ley, implementar la escuela

Page 70: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

58

penitenciaria y el instituto de investigación jurídico penitenciaria, para que estudiosos de la

materia puedan desarrollarse en este medio , mejorar la infraestructura de los centros de

atención a personas adultas y adolescentes en conflicto con la ley, y evitar la dependencia

interinstitucional en el manejo de los centros de atención a personas adultas y adolescentes

en conflicto con la ley, para que sean controladas por las entidades relacionadas a la

materia.

Incrementar la rehabilitación y reinserción de las personas adultas y adolescentes en

conflicto con la ley, mejorar el diagnóstico y tratamiento a personas adultas y adolescentes

en conflicto con la ley (evaluación y salud), dotando de más personal calificado e idóneo,

implementar la formación de capacidades a las personas adultas y adolescentes en conflicto

con la ley (cultura, deportes, educación), a través de un programa adecuado y sobre todo

accesible a todos y cada una de las personas privadas de la libertad; mejorar la reinserción

social y familiar de las personas adultas y adolescentes en conflicto con la ley (trabajo,

producción, vínculos familiares), proporcionándoles las herramientas necesarias y los

espacios físicos para que desarrollen su arte o habilidad.

Incrementar el cumplimiento de los derechos humanos a nivel nacional, desarrollar

mecanismos de difusión masiva de derechos humanos, cursos intensivos de los derechos y

sobre todo su inmediata aplicación, implementar programas de capacitación en derechos

humanos en instituciones públicas, colegios y escuelas, implementar una metodología para

la medición de la efectividad de las políticas públicas en el cumplimiento de los derechos

humanos.

Analizar la necesidad de generar un proyecto de ley que regule el ejercicio de cultos,

libertad de elegir que culto debe profesar, controlar el cumplimiento de los requisitos para

la creación de organizaciones religiosas, los mismos que guardaran estricto respeto a los

demás cultos, automatizar el registro de las organizaciones religiosas a nivel nacional.

Incrementar el número de proyectos de ley del sector justicia y otros determinados por el

poder ejecutivo.

Mejorar las propuestas normativas mediante procesos participativos

Mejorar el apoyo técnico en el proceso de discusión y revisión de propuestas

normativas y proyectos de ley pertinentes.

Page 71: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

59

Incrementar la eficiencia operacional

Elaboración e implementación del Plan integral de Mejoramiento de Procesos

Incrementar el desarrollo del talento humano

Fortalecimiento en la ejecución e implementación de normativas legales.

Incrementar el uso eficiente del presupuesto

Elaboración de la planificación de gasto corriente y de inversión alineado al

cumplimiento de los objetivos institucionales

4.2. COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS

El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos, celebrado en la ciudad

de Santiago de Guayaquil, en el mes de noviembre del año 2007, en su capítulo III,

indica las condiciones mínimas de internamiento en los Centros Carcelarios, de las

personas privadas de la libertad, con prisión preventiva o condenadas, son esencialmente

vulnerables, ya que están bajo el control del Estado. El derecho internacional reconoce este

hecho y hace especialmente responsable al Estado de proteger a detenidos y presos.

Cuando el Estado priva a una persona de su libertad, asume el deber de cuidar de ella. Este

deber consiste en mantener su seguridad y salvaguardar su bienestar.

Los siguientes enunciados constituyen un conjunto de reglas que son consideradas por la

comunidad de naciones como normas de una buena organización penitenciaria y de la

práctica relativa al tratamiento de los reclusos.

REGISTRO

El ingreso de una persona privada de la libertad al centro carcelario debe procederse a

anotarlo en el correspondiente Registro, en el que deberá constar:

Su identidad,

Los motivos de su detención

La autoridad que la dispuso y que se encuentra a sus órdenes

Page 72: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

60

El día y la hora de su ingreso al centro carcelario.

Ninguna persona podrá ser admitida en un centro carcelario sin una orden de privación de

libertad. En caso de que aquello ocurra el responsable del centro de detención estaría

cometiendo un delito contra la libertad individual de las personas.

SEPARACIÓN POR CATEGORÍAS

Los presos o reclusos deberán ser alojados en diferentes secciones dentro de los

establecimientos carcelarios, según su sexo, edad, antecedentes, motivos de su detención,

etc.

Los hombres y mujeres deberán estar preferentemente en establecimiento diferentes

o completamente separados.

Los menores de edad deben de estar separados de los mayores de edad.

Los detenidos en prisión preventiva deben de estar separados de los que están

cumpliendo una condena.

Las personas presas por pensiones de alimentos deben ser separadas de los

detenidos por infracciones penales.

Las personas internas en un centro carcelario primeramente deben ser evaluadas por los

respectivos Departamentos de Diagnóstico para proceder a la ubicación de los internos en

el pabellón que se lo asigne, pues esta ubicación debe obedecer a un proceso técnico, así

como para establecer un programa de tratamiento individual.

La ubicación en los pabellones o celdas de un centro carcelario no debe ser objeto de

ofertas monetarias como “alquiler” o “compra” de aquellos espacios.

Los fines de la clasificación deben ser:

Separar a los reclusos que, por su pasado criminal o su mala disposición, ejercerían

una influencia nociva sobre los compañeros de detención.

Repartir a los reclusos en grupos, a fin de facilitar el tratamiento encaminado a su

readaptación social.

Page 73: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

61

DISCIPLINA

El orden y la disciplina se deben mantener con firmeza, pero sin imponer más restricciones

de las necesarias para mantener la seguridad y la buena organización de la vida común.

Ningún interno podrá desempeñar en los servicios del establecimiento un cargo que

permita ejercicio de una facultad disciplinaria.

Los golpes o castigos corporales, encierro en celdas obscuras, así como toda sanción cruel,

inhumana o degradante son prohibidas como sanciones disciplinarias.

Las sanciones no pueden ser arbitrarias, sino que deben ajustarse al reglamento

penitenciario nacional, que toda la población carcelaria debe conocerlo.

INFORMACIÓN Y DERECHO DE QUEJA DE LOS RECLUSOS

Todos los reclusos deberán recibir información escrita tanto sobre su régimen de

internamiento, reglas disciplinarias del recinto penitenciario, formas de presentar quejas,

etc.

En relación a la oportunidad para presentar las quejas, deberán poder presentarlas

diariamente al Director del establecimiento, así como al funcionario público respectivo.

Todas las solicitudes o quejas deberán ser –por regla general- examinadas y respondidas

con la celeridad respectiva.

Si los internos no disponen de ningún recurso ni canales efectivos para presentar quejas o

denuncias o los directores de los centros, quienes deberían responder las denuncias

presentadas, pero si estos no dan respuestas pertinentes en el marco de la ley, o no

verifican de manera directa y personal estas denuncias, se las debe realizar al inspector de

prisiones de la Dirección Nacional de Rehabilitación Social o al de la Defensoría del

Pueblo, durante sus inspecciones que deberían ser periódicas.

Page 74: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

62

LA SALUD

Todo establecimiento penitenciario dispondrá por lo menos de los servicios de un

médico calificado que deberá poseer elementales conocimientos psiquiátricos.

También, todo recluso debe tener acceso a un dentista calificado.

Se debe disponer el traslado de los enfermos cuyo estado requiera cuidados

especiales, a hospitales públicos o privados.

En los establecimientos para mujeres deberían existir instalaciones especiales para el

tratamiento de las internas embarazadas.

LA FAMILIA-VISITAS

Todos los reclusos estarán autorizados a tener contacto periódico, bajo la debida vigilancia,

con familiares y amigos de buena reputación, en lo referido a correspondencia y visitas.

El derecho a recibir visitas es de aplicación para todos los presos, independientemente de

carácter del delito que se le imputa o por el que están condenados.

CONTACTO CON EL MUNDO EXTERIOR

De la misma forma, todos los reclusos deben ser informados periódicamente de los

principales acontecimientos, a través de los diferentes de medios de comunicación,

audiovisuales y escritos.

Los internos de nacionalidad extranjera deberán contar con las facilidades para

comunicarse con sus representantes diplomáticos y consulares. Si no existe la debida

acreditación diplomática o consular del Estado del que es nacional el recluso en el

Ecuador, o este sea apátrida o refugiado, deberán contar con las facilidades para

comunicarse con las autoridades nacionales o internacionales representativas del Estado

que esté a su cargo.

Page 75: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

63

Los derechos de los detenidos a comunicarse con otros y a recibir visitas son salvaguardias

fundamentales frente a abusos contra los derechos humanos tales como la tortura, los

malos tratos, etc. Las personas encarceladas deben poder comunicarse con el mundo

exterior, sujetas sólo a condiciones y restricciones razonables.

RELIGIÓN

Se autorizará a todo recluso a cumplir los preceptos de su religión, permitiéndosele

participar en los servicios organizados al efecto, así como tener textos relacionados con su

religión.

En el caso de existir varios reclusos que pertenezcan a una misma religión, se designará o

admitirá un representante autorizado de la misma. En ese sentido, se deberá autorizar la

organización periódica de servicios religiosos, así como las visitas pastorales

correspondientes a los reclusos.

TRASLADO DE LOS RECLUSOS

Al momento del traslado de los reclusos, este deberá hacerse de forma que impida su

exposición pública de la mayor forma posible, en vehículos que guarden las condiciones de

resguardar de cualquier sufrimiento físico, y en condiciones de igualdad para todos los

reclusos.

TRATAMIENTO

El tratamiento de los condenados a una pena privativa de la libertad debe tener por objeto,

en tanto que la duración de la condena lo permita, inculcarles la voluntad de vivir

conforme a la ley, mantenerse con el producto de su trabajo y crear en ellos la aptitud para

hacerlo. Dicho tratamiento estará encaminado a fomentar el respeto de si mismos y

desarrollar el sentido de responsabilidad.

Page 76: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

64

De cada recluso se debe realizar un informe para su tratamiento individualizado, teniendo

en cuenta los datos obtenidos sobre sus necesidades individuales, su capacidad y sus

inclinaciones.

En cada establecimiento se instituirá un sistema de privilegios adaptado a los diferentes

grupos de reclusos y a los diferentes métodos de tratamiento, a fin de alentar la buena

conducta, desarrollar el sentido de responsabilidad y promover el interés y la cooperación

de los reclusos en lo que atañe a su tratamiento.

El régimen del establecimiento debe tratar de reducir las diferencias que puedan existir

entre la vida en prisión y la vida libre en cuanto éstas contribuyan a debilitar el sentido de

responsabilidad del recluso o respeto a la dignidad de su persona.

Es conveniente que antes del término de la ejecución de la pena, se adopten los medios

necesarios para asegurar al recluso un retorno progresivo a la vida en sociedad. Este

propósito puede alcanzarse, según los casos, con un régimen preparatorio para la

liberación, organizado dentro del mismo establecimiento o en otra institución apropiada, o

mediante la prelibertad o libertad controlada.

Los establecimientos carcelarios no deben adoptar las mismas medidas de seguridad con

respecto a todos los grupos sino la que sea necesaria para cada uno de ellos (de seguridad

máxima, de seguridad media, de seguridad mínima, o especiales para sindicados,

procesados y contraventores).

Los establecimientos abiertos en los cuales no existen medios de seguridad física contra la

evasión, y en los que se confía en la autodisciplina de los reclusos, proporcionan por este

mismo hecho a reclusos cuidadosamente elegidos las condiciones más favorables para su

readaptación.

En establecimientos cerrados, el elevado número de reclusos constituye un obstáculo para

la individualización del tratamiento.

Page 77: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

65

Page 78: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

66

CAPITULO II.

MARCO METODOLOGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA

2.1 CARACTERIZACIÓN DEL SECTOR DE LA INVESTIGACIÓN

La investigación sobre el tema:” LA VULNERACION DE DERECHOS A LAS

PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA

REHABILITACION SOCIAL EN EL ECUADOR”, constituye un análisis sobre la

vulneración de Derechos a los privados de la libertad al momento de su rehabilitación.

Al establecer el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos parámetros para que

se realice esta rehabilitación, lo que se plasma es la violación del derecho a una vida digna,

dejando a un lado la rehabilitación a la que debe estar presto la persona que recibe

sentencia, las entidades públicas deben garantizar una rehabilitación coherente y a su vez

proteger los derechos de las personas que al estar privadas de la libertad no les quita la

protección por parte del estado.

El criterio tanto de Jueces de Unidad de Garantías Penales, Director y personal del

Centro de privación de la libertad de personas Adultas, Abogados en libre ejercicio

profesional en la ciudad de Ambato, nos establece la importancia de una rehabilitación

adecuada para estas personas puesto que al cumplir sus penas ellos salen y deben

reintegrarse a la sociedad con el fin la seguridad a la propiedad privada, a partir de su

definición, sus fines y la forma en la que se desarrolla en nuestro país como parte de los

beneficios para los propietarios de propiedad privada.

Juntando estos conocimientos podemos llegar a conclusiones que cumplen con los

objetivos propuestos y que ratifiquen la necesidad de proteger a las personas privadas de la

libertad con el fin de velar, garantizar y proteger la vida de estos, a su vez y enfocándonos

alcanzar el trato humanitario e igualitario de toda la población carcelaria.

2.2 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO

MODALIDAD DE LA INVESTIGACIÓN

La investigación será cuali-cuantitativa.

Page 79: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

67

CUALITATIVA porque me ayudará entender el fenómeno social y sus características.

CUANTITATIVA porque para la investigación de campo se utilizará la estadística

descriptiva.

TIPO DE INVESTIGACIÓN

La presente investigación es de carácter DESCRIPTIVO porque está dirigida a determinar

cómo es y cómo está la situación de las variables de la investigación, a la vez que es de

carácter aplicada por cuanto ofrece propuestas factibles para la solución del problema

planteado.

BIBLIOGRÁFICA por cuanto requiere de la información necesaria para la comprensión

del problema de investigación y para su correspondiente solución.

IDEOGRÁFICA en tanto estudiara en su unicidad y corrección en la normativa jurídica.

POBLACIÓN Y MUESTRA DE LA INVESTIGACIÓN

La realización de esta investigación se llevará a cabo en la provincia de Tungurahua cantón

Ambato.

Los estratos que se seleccionarán serán los siguientes:

COMPOSICIÓN

POBLACIÓN

Personas privadas de la libertad varones

520

Personas privadas de la libertad mujeres

80

Personal Unidad de Garantías Penales

15

Page 80: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

68

Personal del Centro de privación de la

libertad de personas Adultas

10

Abogados en Libre Ejercicio

2010

TOTAL

2635

Para obtener la muestra de los estratos de se aplicará la siguiente fórmula:

Muestra

FORMULA:

N

n= -------------------------

(E)2 (N-1) +1

n = Tamaño de la Muestra

N = Población o Universo

E = Margen de Error (0.1 a 0.9)

2635

n = --------------------------

(0.1)2 ( 2635 -1)+1

2635

n = ----------------------

(0.01) (2634 ) +1

Page 81: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

69

2635

n = ------------------

26.34+1

2635

n = ---------------

27.34

n = 96.38

n= 96

2.3. MÉTODOS Y TÉCNICAS E INSTRUMENTOS.

La presente investigación se basó en los siguientes métodos:

Inductivo - Deductivo

Lo que permitirá valorar los derechos fundamentales que tiene las personas privadas de la

libertad , en la aplicación del sistema progresivo de rehabilitación social desde un

todo hasta llegar a las partes componentes del problema planteado, es decir

partimos de lo general a lo particular y hacer un análisis del todo.

Analítico - Sintético

Para realizar un análisis del objeto de transformación que realizará un análisis general

sobre lo que es el sistema progresivo de rehabilitación social en el Ecuador, su

aplicación en concordancia con la Constitución de la República y la normativa

existente, la vulneración de los derechos de los privados de la libertad y su

incidencia en su rehabilitación y reinserción social.

Page 82: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

70

Histórico – Lógico

Se analiza la evolución del sistema progresivo de rehabilitación social en el Ecuador,

su aplicación en concordancia con la Constitución de la República y la normativa

existente, los derechos de los privados de la libertad, analizando la relación causa-

efecto de cada uno de ellos, y dar una solución al problema planteado, comparando los

sistemas anteriores de rehabilitación social y el actual.

TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN

Se utilizará la encuesta y la observación directa a través de la cual se obtienen

informaciones de la fuente del problema y su posible solución, la cual se realizará a

personal de Unidad de garantías penales, Director y personal del Centro de privación

de la libertad de personas Adultas, Abogados en libre ejercicio profesional en la ciudad

de Ambato.

INSTRUMENTOS DE INVESTIGACIÓN

Se utilizara el cuestionario como medio para la realización de preguntas que serán

tabuladas y representadas estadísticamente

Page 83: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

71

PREGUNTA No. 1

1) Conoce Usted. ¿Quiénes son las personas privadas de la libertad?

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 96 100%

NO 0 0%

TOTAL 96 100%

GRÁFICO No. 1

INTERPRETACIÒN

En la pregunta sobre si se conoce quienes son las personas privadas de la libertad, se puede

observar que la totalidad de las personas que han sido encuestadas conocen el tema y de lo

que significa este término.

100%

0%Pregunta No. 1

SI

NO

Page 84: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

72

PREGUNTA No. 2

2. Sabe usted. ¿cuáles son los fines de la rehabilitación de las personas

privadas de la libertad?

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 43 45 %

NO 53 55%

TOTAL 96 100%

GRÁFICO No. 2

INTERPRETACIÒN

De las personas encuestadas un 55 % por ciento desconocen cuáles son los fines de la

rehabilitación social de las personas privadas de la libertad, tienen poco conocimiento, el

estado ecuatoriano debería garantizar una rehabilitación justa y coherente.

45%

55%

Pregunta No. 2

SI NO

Page 85: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

73

PREGUNTA No. 3

3. Sabe Usted ¿cuál es el procedimiento para la rehabilitación de las personas

privadas de libertad?

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 41 43%

NO 55 57%

TOTAL 96 100%

GRÁFICO No. 3

INTERPRETACIÒN

En la pregunta sobre el conocimiento del procedimiento para la rehabilitación de las

personas privadas de libertad, se puede observar que la mayoría de las personas que han

sido encuestadas no tienen conocimiento sobre la rehabilitación de las personas privadas de

libertad

43%

57%

Pregunta No. 3

SI

NO

Page 86: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

74

PREGUNTA No. 4

4. Cree usted que en el país se realiza una rehabilitación social adecuada con

las personas privadas de la libertad?

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 26 27%

NO 70 73%

TOTAL 96 100%

GRÁFICO No.4

INTERPRETACIÒN

En relación a la pregunta relativa al conocimiento sobre la rehabilitación social adecuada

con las personas privadas de la libertad, se puede apreciar que en país no se realiza una

rehabilitación social adecuada, afectando a las personas privadas de la libertad.

27%

73%

Pregunta No.4

SI

NO

Page 87: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

75

PREGUNTA No. 5

5. Conoce usted sobre tratados internacionales que protejan los derechos de

las personas privadas de la libertad?

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 25 26%

NO 71 74%

TOTAL 96 100%

GRÁFICO No. 5

INTERPRETACIÒN

El 74% de los encuestados, desconocen de tratados internacionales que protejan los

derechos de las personas privadas de la libertad, sacando como conclusión que falta por

parte del estado la aplicación de buenas políticas para capacitar mediante conferencias

sobre los derechos que hablan los tratados internacionales.

26%

74%

Pregunta No. 5

SI

NO

Page 88: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

76

PREGUNTA No. 6

6. Considera usted que en el país debería existir centros de rehabilitación social que

se adecuen a tratados internacionales y no vulneren derechos?

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 96 100%

NO 0 0%

TOTAL 96 100%

GRÁFICO No. 6

INTERPRETACIÒN

Del 100% de encestados, manifiestan en su totalidad que es necesario los centros de

rehabilitación social adecuados con el fin de precautelar derechos de los privados de

libertad y respondan a las necesidades del sistema de rehabilitación y las políticas

estatales.

100%

0%

Pregunta No. 6

SI

NO

Page 89: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

77

PREGUNTA No. 7

7. ¿Cree usted que la rehabilitación social establece parámetros de buena conducta

con la persona privada de la libertad?

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 72 75%

NO 24 25%

TOTAL 96 100%

GRÁFICO No.7

INTERPRETACIÒN

De acuerdo a los resultados obtenidos observamos que 75% de la población encuestada

esta de acuerdo en Un adecuado sistema de rehabilitación social, mejora la conducta de

los privados de libertad estimulando de esta manera s su rehabilitación y sobre todo el

estado es el responsable de implementar programas que garanticen lo establecido en esta

encuesta.

75%

25%

Pregunta No. 7

SI

NO

Page 90: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

78

PREGUNTA No. 8

8. Cree usted que el estado debe establecer políticas públicas encaminadas a la

protección de derechos de los privados de la libertad para conseguir una

rehabilitación adecuada?

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 80 83%

NO 16 17%

TOTAL 96 100%

GRÁFICO No.8

INTERPRETACIÒN

Al momento de analizar las encuestas notamos que en el país se deben crear nuevos centro

de rehabilitación con el fin de garantizar una rehabilitación adecuada de todas las personas

privadas de la libertad, dándoles una nueva oportunidad para rehabilitarse.

83%

17%

Pregunta No. 8

SI

NO

Page 91: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

79

PREGUNTA No. 9

9. Cree ud. que con una rehabilitación adecuada a las personas privadas de la

libertad se está garantizando su reinserción en el ámbito social?

GRÁFICO No.9

INTERPRETACIÒN

De acuerdo a los resultados obtenidos observamos que el 83% de la población encuestada

esta de acuerdo en que con una verdadera rehabilitación se asegura la inserción del privado

de la libertad en la sociedad mediante una adecuada aplicación de la rehabilitación.

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 80 83%

NO 16 17%

TOTAL 96 100%

83%

17%

Pregunta No. 9

SI

NO

Page 92: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

80

PREGUNTA No. 10

10. Considera usted que la elaboración de un documento de análisis crítico jurídico

servirá como instrumento de consulta para no vulnerar los derechos de las personas

privadas de la libertad?

RESPUESTA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 80 83%

NO 16 17%

TOTAL 96 100%

GRÁFICO No.10

INTERPRETACIÒN

Al momento de analizar las encuestas notamos que en el país se deben crear nuevos centro

de rehabilitación con el fin de garantizar una rehabilitación adecuada, con los existentes ya

en nuestro país se puede evidenciar que existen mejor rehabilitación social del privado de

la libertad porque se da la oportunidad de interactuar en diferentes actividades de manera

efectiva.

83%

17%

Pregunta No. 10

SI

NO

Page 93: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

81

2.3. CONCLUSIONES PARCIALES

Se deben crear más centros de rehabilitación con el fin de garantizar una

rehabilitación justo y equitativa que no viole derechos puesto que al no existir

espacio físico necesario en los centros de rehabilitación actuales el país, el estado

debe velar los intereses de las personas privadas de la libertad otorgando el espacio

físico necesario para que puedan vivir correctamente.

Tomando en cuenta los resultados de la encuesta realizada en el presente trabajo de

investigación, la mayoría de encuestados desconoce la forma de rehabilitación

social que se emplea en el país, por lo que se debe garantizar una rehabilitación

segura y eficaz para la persona que cumple sentencia.

La rehabilitación social, no está respondiendo al sistema progresivo de

rehabilitación social, debido a una administración inoperante que ha

permitido el abuso y vulneración de los derechos humanos de las personas

privadas de su libertad, contraviniendo inclusive a tratados internacionales

ratificados por el Ecuador.

Page 94: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

82

CAPITULO III.

VALIDACION Y/O EVALUACION DE RESULTADOS DE SU APLICACIÓN

EXPOSICION DE MOTIVOS.

Debemos comprender que una característica esencial de la rehabilitación y la reinserción

social, es la opción del cambio; si al individuo se le da nuevas perspectivas de superación,

aquella energía negativa que le obligaba al procesado a delinquir, será anulada y convertida

en energía laboral y fuerza de trabajo, es decir apegarnos a implementar en los centros de

Rehabilitación Social lo que determina el articulo 203 numeral 2 de la Constitución de la

República del Ecuador “ En los centros de rehabilitación social y en los de detención

provisional se promoverán y ejecutarán planes educativos, de capacitación laboral, de

producción agrícola, artesanal, industrial o cualquier otra forma ocupacional, de salud

mental y física o de cultura y recreación”. De lo expresado anteriormente radica la

importancia.

Del documento de análisis crítico jurídico, del mismo que se desprende un breve análisis

de la problemática diaria que deben enfrentar las personas privadas de la libertad , cuyo

objetivo es remover la conciencia que permita mejorar la calidad de vida en la estancia en

el centro de reclusión, para posteriormente a su liberación a través del Departamento de

Reclutamiento y ubicación de Personal Rehabilitado permitir cerrar el círculo de la

rehabilitación del individuo liberado.

La limitación de trabajo que tienes las personas que son liberadas actualmente luego de

haber cumplido una pena, se está acentuando con más rigor en los actuales tiempos, esto

porque no ha existido dentro y fuera de las instalaciones de rehabilitación un verdadero

programa de mejora continua dirigido al Reo entrenándolo en un arte u oficio honesto que

le permita a éste, luego de transcurrido su periodo de reclusión hacer uso de sus

capacidades e intelectos en beneficio de sí mismo y de la comunidad, reforzado esto con

una educación continua enmarcada en valores que este al momento del ingreso no los

tenía; al fin del proceso al de su liberación, la persona privada de la libertad deberá ser

capaz de ejercer honestamente y adecuadamente su arte y oficio y darlo a un tercero

mediante la oferta de su potencial laboral.

Page 95: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

83

DOCUMENTO DE ANALISIS JURIDICO CRITICO DE VULNERACION DE

DERECHOS HUMANOS A PERSONAS PRIVADAS DE SU LIBERTAD

La naturaleza de los problemas identificados revela la existencia de serias deficiencias

estructurales que afectan gravemente derechos humanos inderogables, como el derecho a la

vida y a la integridad personal de los PPLS, e impiden que en la práctica las penas

privativas de la libertad cumplan con la finalidad esencial que establece la Convención

Americana: la reforma y la readaptación social de los condenados.

Desde hace cinco décadas la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ha venido

dando seguimiento a la situación de las personas privadas de libertad en las Américas por

medio de sus distintos mecanismos; sobre todo, a partir del establecimiento en marzo del

2004.

Por lo tanto, para que los sistemas penitenciarios, y en definitiva la privación de libertad

como respuesta al delito, cumplan con su finalidad esencial, es imprescindible que los

Estados adopten medidas concretas orientadas a hacer frente a estas deficiencias.

El hecho de que las personas privadas de la libertad en el Estado se encuentren en una

situación de especial vulnerabilidad, aunado a la frecuente falta de políticas públicas al

respecto, ha significado frecuentemente que las condiciones en las que se mantiene a estas

personas se caractericen por la violación sistemática de sus derechos humanos. Por lo

tanto, para que los sistemas penitenciarios, y en definitiva la privación de libertad como

respuesta al delito, cumplan con su finalidad esencial, es imprescindible que el Estado

Ecuatoriano adopte medidas concretas orientadas a hacer frente a estas deficiencias

estructurales.

Un sistema penitenciario que funcione de forma adecuada es un aspecto necesario para

garantizar la seguridad de la ciudadanía y la buena administración de la justicia.

Por el contrario, cuando las cárceles no reciben la atención o los recursos necesarios, su

función se distorsiona, en vez de proporcionar protección, se convierten en escuelas de

Page 96: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

84

delincuencia y comportamiento antisocial, que propician la reincidencia en vez de la

rehabilitación.

La posición del Estado frente a las personas privadas de libertad, parte de la idea

fundamental de que el Estado al privar de la libertad a una persona asume una

responsabilidad especial de la que surgen deberes concretos de respeto y garantía de sus

derechos, y de la que surge una fuerte presunción de responsabilidad internacional del

Estado con respecto a los daños que sufren las personas mientras se encuentren bajo su

custodia.

El primer deber del Estado como garante de las personas sometidas a su custodia, es

precisamente el deber de ejercer el control efectivo y la seguridad interna de los centros de

rehabilitación Social; si esta condición esencial no se cumple es muy difícil que el Estado

pueda asegurar mínimamente los derechos fundamentales de las personas bajo su custodia.

El Estado se torna incapaz de garantizar mínimamente los derechos humanos de los

reclusos y se trastoca y desnaturaliza totalmente el objeto y fin de las penas privativas de la

libertad. En estos casos aumentan los índices de violencia y muertes en las cárceles; se

generan peligrosos círculos de corrupción, entre otras muchas consecuencias del descontrol

institucional en las cárceles, con frecuencia se ha podido observar que la vida de las

personas privadas de libertad se encuentra en riesgo, la principal, los sin números de actos

de violencia carcelaria entre internos.

Existen cantidad de muertes se producidas por hechos de violencia entre internos. En una

información oficial recopilada las cifras de muertes violentas en cárceles en algunos

Estados de Sud América, fue la siguiente: Chile 203 (2005‐ 2009); Ecuador 172

(2005‐junio 2010), y Colombia 113 (2005‐2009)

Los Estados como garantes de los derechos de las personas bajo su custodia, tienen el

deber de investigar de oficio y con la debida diligencia la muerte de todas aquellas

personas que perdieron la vida estando bajo su custodia, aún en aquellos casos en los que

inicialmente se presenten como suicidios o como muertes naturales.

La integridad personal, se pone de relieve que actualmente la causa más extendida y

común para el empleo de la tortura son los fines de investigación criminal, situación que ha

sido ampliamente documentada, tanto por la CIDH, como por otros mecanismos

Page 97: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

85

internacionales de monitoreo, en países como México, Paraguay, Ecuador, Brasil y de

forma muy concreta en la base naval de Guantánamo en territorio de los Estados Unidos,

entre otros.

La impunidad en la que se mantienen estos actos; la falta de capacitación, equipos y

recursos necesarios para que los cuerpos de seguridad encargados de investigar los delitos

tengan las herramientas adecuadas para cumplir con sus funciones; las políticas de “mano

dura” o “tolerancia 0”; y el conceder valor probatorio a las pruebas obtenidas bajo tortura.

La CIDH plantea la adopción de medidas concretas de prevención de la tortura, el control

judicial efectivo de las detenciones, la investigación diligente y efectiva de estos actos, y la

necesidad de que las autoridades del Estado envíen un mensaje claro, decidido y enérgico

de repudio a la tortura y a los tratos crueles, inhumanos y degradantes.

El derecho a la integridad personal de los presos también puede verse vulnerado por las

graves condiciones de reclusión en las que se les mantiene. En este sentido, el

hacinamiento, genera una serie de condiciones que son contrarias al objeto mismo de la

privación de libertad como pena.

El hacinamiento, aumenta las fricciones y los brotes de violencia entre los reclusos,

propicia la propagación de enfermedades, dificulta el acceso a los servicios básicos y de

salud de las cárceles, constituye un factor de riesgo para la ocurrencia de incendios y otras

calamidades, e impide el acceso a los programas de rehabilitación, entre otros graves

efectos. Este problema, común a todos los países de la región es a su vez la consecuencia

de otras graves deficiencias estructurales, como el empleo excesivo de la detención

preventiva, el uso del encarcelamiento como respuesta única a las necesidades de

seguridad ciudadana y la falta de instalaciones físicas adecuadas para alojar a los reclusos.

Es deber del Estado proveer servicios de salud a las personas sometidas a su custodia es

obligación garantizar los derechos a la vida e integridad personal de los reclusos, y que

dicha responsabilidad internacional se mantiene aún en el supuesto de que tales servicios

sean proveídos en las cárceles, libertad, los recursos y servicios básicos no reúnen los

estándares mínimos, los familiares de los internos se ven obligados a cubrir estas

necesidades.

Page 98: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

86

El contacto y las relaciones familiares de las personas privadas de libertad, no sólo es un

derecho protegido por el derecho internacional de los derechos humanos, sino que es una

condición indispensable para su resocialización y reincorporación a la sociedad. Por otro

lado, dado que en muchos centros de privación de libertad, los recursos y servicios básicos

no reúnen los estándares mínimos, los familiares de los internos se ven obligados a cubrir

estas necesidades.

Los tratados internacionales de derechos humanos consagran derechos que los Estados

deben garantizar a todas las personas bajo su jurisdicción. Así, se inspiran en valores

comunes superiores, centrados en la protección del ser humano; se aplican de conformidad

con la noción de garantía colectiva; consagran obligaciones de carácter esencialmente

objetivo; y cuentan con mecanismos de supervisión específicos. Además, al ratificar los

tratados de derechos humanos los Estados se comprometen a interpretar y aplicar sus

disposiciones de modo que las garantías que aquellos, establecen sean verdaderamente

prácticas y eficaces.

La mayoría de estos Estados también son Partes de tratados análogos adoptados en el

contexto de la Organización de Naciones Unidas; particularmente, del Pacto de Derechos

Civiles y Políticos, que entró en vigor en marzo de 1976, y que a la fecha ha sido ratificado

por treinta Estados de las Américas, y la Convención contra la Tortura y otros Tratos o

Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que entró en vigencia en junio de 1987 y de la

cual son parte veintitrés Estados de esta región.

La Comisión Interamericana reafirma que el derecho internacional de los derechos

humanos exige al Estado garantizar los derechos de las personas que se encuentran bajo su

custodia. Consecuentemente, uno de los más importantes predicados de la responsabilidad

internacional de los Estados en relación a los derechos humanos es velar por la vida y la

integridad física y mental de las personas privadas de libertad.

Las Constituciones de los Estados miembros de la OEA contienen normas que directa o

indirectamente son aplicables a aspectos esenciales de la privación de libertad. En este

sentido, la mayoría absoluta de las Constituciones de la región contienen disposiciones

generales dirigidas a tutelar los derechos a la vida e integridad personal de sus habitantes, y

algunas de ellas hacen referencia específica al respeto de este derecho de las personas en

condición de encierro o en custodia.

Page 99: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

87

Una consecuencia jurídica propia de la privación de libertad es la presunción iuris tantum

de que el Estado es internacionalmente responsable por las violaciones a los derechos a la

vida o a la integridad personal que se cometan contra personas que se encuentran bajo su

custodia.

La falta de recursos económicos no justifica la violación por parte del Estado de derechos

inderogables de las personas privadas de libertad. Los Estados no pueden invocar

privaciones económicas para justificar condiciones de detención que no cumplan con los

estándares mínimos internacionales en esta área y no respeten la dignidad del ser humano.

El reconocimiento de la dignidad inherente a toda persona con independencia de sus

condiciones personales o su situación jurídica es el fundamento del desarrollo y tutela

internacional de los derechos humanos. Con lo cual, el ejercicio de la función pública tiene

unos límites que derivan de que los derechos humanos son atributos inherentes a la

dignidad humana.

El derecho de las personas privadas de libertad a recibir un trato humano mientras se hallen

bajo custodia del Estado es una norma universalmente aceptada en el derecho

internacional.

El deber del Estado de proteger la vida e integridad personal de toda persona privada de

libertad incluye la obligación positiva de tomar todas las medidas preventivas para proteger

a los reclusos de los ataques o atentados que puedan provenir de los propios agentes del

Estado o terceros, incluso de otros reclusos.

Que el Estado ejerza el control efectivo de los centros penitenciarios implica,

fundamentalmente que éste debe ser capaz de mantener el orden y la seguridad a lo interno

de las cárceles, sin limitarse a la custodia externa. Es decir, que debe ser capaz de

garantizar en todo momento la seguridad de los reclusos, sus familiares, las visitas y de las

personas que laboran en los centros penitenciarios.

Cuando el Estado no ejerce el control efectivo de los centros de rehabilitación social , se

producen graves situaciones que ponen en riesgo la vida e integridad personal de las

persona privadas de la libertad.

Las cárceles las principales causas de violencia carcelaria son: la falta de control efectivo

del orden y la seguridad interna de los centros penitenciarios; la falta de personal de

Page 100: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

88

seguridad suficiente y capacitado; la corrupción; el uso excesivo de la fuerza y el trato

humillante hacia los reclusos por parte de los agentes de seguridad o guías penitenciarios;

el ingreso y circulación de alcohol, drogas y dinero en las cárceles; la tenencia de armas

por parte de los internos; la actividad de grupos criminales que operan en las cárceles, y las

constantes disputas entre estos grupos por el control de las mismas; el hacinamiento y las

deficientes condiciones de detención; la falta de separación de internos por categorías; la

falta de protección de grupos vulnerables; la ausencia de actividades productivas en las que

reclusos puedan ocuparse; el trato discriminatorio o abusivo hacia los familiares de los

reclusos; e incluso, las deficiencias en la administración de justicia, como la mora judicial.

Por otro lado, toda persona que ingresa a un centro de privación de libertad, del tipo que

sea, debe ser informada de inmediato y en un lenguaje que comprenda acerca de sus

derechos, la forma de ejercerlos y las reglas que rigen en el establecimiento.

Si las personas desconocen sus derechos, su capacidad para ejercerlos se ve seriamente

afectada. Proveer a las personas privadas de libertad de información sobre sus derechos

constituye un elemento fundamental en la prevención de la tortura y los malos tratos. En

particular que se le informe de su derecho a contactar a un tercero e informarle acerca de

su ingreso en el referido establecimiento. Es recomendable que esta información se

publique en lugares visibles en un lenguaje comprensible para los privados de libertad.

La implementación efectiva de toda política penitenciaria depende, en definitiva, de

aquellos funcionarios directamente encargados de la administración de los centros de

privación de libertad.

El fenómeno de la corrupción en los centros de privación de libertad se manifiesta de

diversas formas según sea el contexto específico de que se trate, y en el que pueden estar

involucradas autoridades de distintos niveles.

Los funcionarios de la carrera penitenciaria deberán gozar de estabilidad y un sistema de

ascensos y de mejoramiento progresivo de las condiciones laborales conforme a los años

de servicio y otros sistemas de méritos establecidos en la ley. Estas condiciones deberán

ser tales que la carrera penitenciaria sea percibida como una opción viable de tener un

empleo digno y bien remunerado. Y su estabilidad en el cargo deberá depender únicamente

de su desempeño laboral y del cumplimiento de la ley.

Page 101: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

89

Se debe procurar erradicar la corrupción implementando medidas preventivas, acciones

judiciales, y programas públicos para evaluar y garantizar la gobernabilidad de las

prisiones, suprimiéndose las formas de autogobierno en aquellos centros penitenciarios en

los que las autoridades no ejercen un control efectivo.

Mantener un régimen de trato igualitario y justo entre las personas privadas de libertad,

que garantice que el régimen de privación de libertad debe ser el mismo para todos los

reclusos, sin diferenciaciones de trato ni individualizaciones discriminatorias por razones

económicas ni de ningún otro tipo.

Incrementar el personal destinado a la seguridad y vigilancia interior, y establecer patrones

de vigilancia continua al interior de los establecimientos, evitar de manera efectiva el

ingreso de armas, drogas, alcohol y de otras sustancias u objetos prohibidos por la ley, a

través de registros e inspecciones periódicas, y la utilización de medios tecnológicos u

otros métodos apropiados, incluyendo la requisa al propio personal.

Se deberá asegurar que el número de agentes penitenciarios sea suficiente para garantizar

la seguridad en los establecimientos penitenciarios.

Adoptar medidas para sancionar a las autoridades a cuyo cargo se encuentran las personas

privadas de libertad nieguen la detención de ésta, o intencionalmente den información falsa

acerca de su paradero, erradicar la práctica de las detenciones masivas de personas sin

mediar orden judicial previa ni ser sorprendida en flagrante delito.

El derecho a la vida es el más fundamental de los derechos humanos establecidos en los

instrumentos del sistema interamericano de derechos humanos y en otros sistemas de

derechos humanos, pues sin el pleno respeto de este derecho es imposible garantizar o

gozar efectivamente de ninguno de los otros derechos humanos o libertad.

Las continuas violaciones al derecho a la vida de las personas privadas de libertad

constituyen actualmente uno de los principales problemas de los Centros de Rehabilitación

Social, siendo una de las causas de muertes de personas privadas de la libertad.

El derecho a la integridad personal, al igual que el derecho a la vida, es un derecho humano

fundamental y básico para el ejercicio de todos los otros derechos. Ambos constituyen

mínimos indispensables para el ejercicio de cualquier actividad. Así, y como ya se ha

subrayado, el Estado se encuentra en una posición de garante frente a las personas

Page 102: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

90

sometidas a su custodia, lo que implica para éste un deber especial de respeto y garantía de

los derechos humanos de los reclusos, en particular sus derechos a la vida e integridad

personal.

En atención a las consideraciones anteriores, la Comisión Interamericana reafirma que toda

persona privada de libertad debe recibir un trato humano, acorde con el respeto a su

dignidad inherente. En este sentido, los deberes del Estado de respetar y garantizar el

derecho a la integridad personal a todas las personas sometidas a su jurisdicción aplican

independientemente de la naturaleza de la conducta por la cual la persona en cuestión ha

sido privada de libertad.

Deben tener derechos a la igualdad: a los servicios de salud de los Centros de

Rehabilitación Social; a los programas educativos, laborales y de capacitación; a los

talleres y materiales de lectura; y a las actividades culturales, deportivas y religiosas; y al

contacto con el mundo exterior y con sus familiares.

Las penas privativas de la libertad tendrán como finalidad esencial la reforma y la

readaptación social de los condenados”. Esta disposición constituye una norma con alcance

y contenido propios cuyo cumplimiento efectivo implica que los Estados deben adoptar

todas aquellas medidas necesarias para la consecución de tales fines. En términos

similares, el artículo 10.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos dispone

que: “El régimen penitenciario consistirá en un tratamiento cuya finalidad esencial será la

reforma y la readaptación social de los penados

Por su parte, la Comisión Interamericana, en atención a una interpretación evolutiva del

citado artículo 5.6 de la Convención, estableció en el Preámbulo de los Principios y Buenas

Prácticas que: “las penas privativas de libertad tendrán como finalidad esencial la reforma,

la readaptación social y la rehabilitación personal de los condenados; la resocialización y

reintegración familiar; así como la protección de las víctimas y de la sociedad”, este

enunciado se desarrolla con mayor amplitud en los Principios XII y XIV.

Por ello, la educación es una fuente importante la misma que debería estar orientada al

desarrollo integral de la persona, en cuanto a la naturaleza que debe tener el trabajo

penitenciario, las Reglas Mínimas disponen inter alia que debe ser “productivo”; que “en

la medida de lo posible, ese trabajo deberá contribuir a mantener o aumentar la capacidad

del recluso para ganar honradamente su vida después de su liberación”; y que “se dará

Page 103: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

91

formación profesional en algún oficio útil a los reclusos que estén en capacidad de

aprovecharla”

Es decir, el trabajo penitenciario, además de servir para incentivar la cultura de trabajo y

combatir el ocio, debe procurar ser útil para la buena marcha del establecimiento penal y/o

para la capacitación del propio recluso.

En los sistemas penitenciarios la falta de oportunidades de trabajo para los reclusos, y

sobre todo de trabajo productivo es una constante, es normal que en un Centro de

Rehabilitación Social, por su propia naturaleza, se empleen reclusos en tareas de limpieza,

asistencia en las cocinas, atención en los kioscos y economatos, e incluso como asistentes

en determinadas tareas de oficina, pero estas no pueden ser las únicas opciones de trabajo

que se ofrezcan siempre a los reclusos, es preciso que los Estados adopten las medidas

necesarias para emprender otras iniciativas y proyectos; y que, en observancia de los

requisitos y controles legales vigentes, se promueva mucho más el trabajo extramuros de

los reclusos.

Las autoridades nacionales presentan información relativa a la implementación de

programas de trabajo y capacitación, como talleres de carpintería, ebanistería, panaderías,

entre otros, pero en los hechos, la realidad constatada es otra. Con frecuencia tales talleres

están desprovistos del equipo básico para su funcionamiento, e incluso en muchos casos se

ha visto que los propios internos tienen que procurarse por sí mismos los materiales y los

insumos para trabajar.

Además, por regla general lo que se hace en estos talleres no pasa de una actividad

artesanal que desarrollan unos pocos reclusos. De igual manera, es una realidad que en

muchos Centros de Rehabilitación Social aquellos puestos de trabajo intramuros donde se

realizan actividades más ligeras y en ambientes más cómodos y seguros, se otorgan de

manera preferencial a determinados reclusos.

El 14 de noviembre de 2007 se creó el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y

Cultos. Desde entonces se han diseñado diferentes campos de acción en beneficio de la

ciudadanía. Entre los aportes realizados está la transformación del sistema penitenciario y

de la normativa legal vigente, a través de la propuesta del Código Orgánico Integral Penal

(COIP).

Page 104: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

92

El sistema penitenciario ecuatoriano evidencia un nuevo rostro en la rehabilitación social.

Uno de los elementos de la transformación constituye la infraestructura, que apuntala a la

reinserción de las personas privadas de libertad (PPL) y un modelo de gestión vinculado

con los ejes: educativo-cultural-deportivo, trabajo, salud integral y vínculos familiares que

convierte a la familia en el pilar de la reinserción.

Asimismo, se diseña un plan de vida que se complementa con los ejes del modelo, que

establecen metas diseñadas para cada interno. De esta forma, desarrollan sus capacidades y

vocación, diseñan metas y objetivos y se identifican sus habilidades, así como los plazos

para avanzar en el sistema progresivo.

El proceso se articula con la construcción de modernos centros regionales y su

humanización mediante un campo de acción efectiva, que tiene como fin resolver los

problemas heredados de un sistema penitenciario caduco que provocaba que las personas

sentenciadas por la comisión de un delito regresen a la sociedad sin un proyecto de vida,

sin una opción de trabajo y reinserción.

Por primera vez en la historia del Ecuador, el ámbito penitenciario es considerado como

parte de las políticas sociales que pretende convertirse en un modelo y

referente internacional.

Page 105: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

93

CONCLUSIONES GENERALES

1. En el Centro de Rehabilitación Social de la Ciudad de Ambato, como en los otros

Centros de Rehabilitación del país, la falta de rehabilitación y un mal sistema

judicial, son las principales razones del incremento delincuencial en el Ecuador. La

injerencia política ha denotado inestabilidad en los cargos de Directores de los

Centros de Rehabilitación y Directores Departamentales restringiendo el desarrollo

de planes y programas de rehabilitación social basados principalmente en la

educación y en el desarrollo de trabajo en perjuicio de los internos.

2. Los Centros de Rehabilitación Social del país han rebasado su capacidad instalada

atentando contra los derechos humanos e imposibilitando la implementación de la

educación y trabajo como medio de rehabilitación tal como lo establece la

Constitución de la República del Ecuador, Pactos y Convenios Internacionales.

3. Los espacios dedicados a la capacitación y trabajo, son cada vez más reducidos

para una creciente e imparable población carcelaria, esto no presta las condiciones

para aplicar las Reglas mínimas para el tratamiento de los internos e internas y

como consecuencia, se produzcan más a menudo conflictos y violencia. La

situación legal de los internos del Centro de Rehabilitación Social del cantón

Ambato sigue siendo un problema derivado de la lentitud con que se manejan los

procesos judiciales y la falta de patrocinio de profesionales que estén realmente

entregados a poner en disposición sus servicios profesionales de manera gratuita.

4. Los programas de rehabilitación apenas cubren en un minimo porcentaje, violando

los derechos a la educación y trabajo que tiene todas las personas de la libertad,

muchos de los cuales no continúan su proceso, debido a la falta de organización y

recursos para su continuidad.

Page 106: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

94

RECOMENDACIONES

Las recomendaciones que se podrían plantear para solucionar los aspectos más emergentes

de la problemática carcelaria serian:

1. Hacer énfasis en el derecho que tiene las personas privadas de la libertad para

educarse de manera continua y el trabajo firme de las personas privadas de la

libertad, como uno de los derechos más importantes que tiene el Estado, siendo esta

una de las herramienta de tratamiento penitenciario más eficaz, tendiente a

incrementar las capacidades de las personas privadas de la libertad para integrarse

positivamente a la vida en comunidad, una vez cumplida la pena.

2. Evitar la sobrepoblación (hacinamiento), el deterioro físico y psicológico que la

prisión produce en los reclusos. Hacer que la actividad laboral, educativa o

cultural, ocupe a todos y cada uno de las personas privadas de la libertad

3. Que las Juezas y Jueces de Garantías Penitenciarias. como órganos competentes,

conforme el Art. 666 del Código Orgánico Integral Penal, sean los encargados de

la ejecución de penas y medidas cautelares corresponderá al Organismo Técnico

encargado del Sistema de Rehabilitación Social, bajo el control y supervisión de

las juezas o jueces de garantías penitenciarias.

4. Dentro de los Centros de Rehabilitación Social, los niveles de educación inicial,

básica y bachillerato deben ser obligatorios para todas la personas Privadas de la

libertad que no hayan aprobado con anterioridad estos niveles, al igual que el nivel

superior, solo la educación rompe cadenas mentales.

Page 107: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

95

BIBLIOGRAFIA

LIBROS

ABARCA GALEAS, Luis. “La Tutela Jurídica Constitucional del Debido Proceso”

Editorial Jurídica del Ecuador, Quito. Ecuador 2013.

ABARCA GALEAS, Luis. “El Estado Constitucional de Derecho y Justicia Social”

Editorial Jurídica del Ecuador, Quito. Ecuador 2013

CABANELLAS, Guillermo. “Diccionario de Derecho Usual” tomo II. Editorial

ARAYÚ, Buenos Aires, Argentina, 1954.

CUELLO CALON, Eugenio. “Derecho Penal’. Bosch casa editorial. Tercera

edición, Barcelona, 1932.

CONDE PUMPIDO CANDILO, Derecho Penal parte General, 2da. Edición .

1990, pp 32.

DE PARAMO, Juan. “Obediencia al derecho: revisión de una polémica”, Editorial

Isegoria, Madrid, 2008.

GARCIA FALCONI, Ramiro. “Temas fundamentales del derecho procesal penal”

GARRIDO GUZMAN LUIS, Manual de ciencia penitenciaria , Madrid, 1983, p.

73. Editorial Jurídica Cevallos. Quito 2011.

GORDILLO GUZMAN, David. “La limitación de la acción de protección contra

decisiones judiciales y su incidencia en la indefensión” Editorial WorkHouse

Procesal, Quito, Ecuador 2010

GARCIA VALDES CARLOS, Comentarios a la Legislación Penitenciaria, 2da.

Edición , Madrid, 1982, p. 23

SANTOS BASANTES, Jaime. “El debido proceso penal” Editorial CEP Quito-

Ecuador 2009.

SALAZAR SANCHEZ, Marta. Positivización del derecho de resistencia en el

derecho constitucional alemán”, revista chilena de derecho, Santiago 1993.

UGARTEMENDIA, Juan. El Derecho de resistencia y su constitucionalización.

Revista de Estudios Políticos, Madrid 1.999.

Page 108: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

96

PEÑA MATEO JAIME, Antecedentes de la prisión como pena privativa de

libertad en Europa hasta el Siglo XVII en Historia de Prisión. Teorias

Economisistas: Critica Dir. Garcia Valdez Carlos, 1997.

JORGE BARREIRO AGUSTIN, Sistema de sanciones en el Nuevo Código

penal de 1995, en la reforma de la Justicia Penal ( estudio homenaje al profesor

Hans Tildeman).

VALDES CARLOS GARCIA, Derecho Penitenciario, Escritos, 1982-1989

Ministerio de Justicia, pp. 27

TERREZ AGUILERA ABEL, Los sistemas penitenciarios y sus prisiones, Derecho

y realidad , op. Cit. P. 33.

CUELLO CALON EUGENIO, La Moderna Penología , Barcelona, 1958, p. 9.

SHANE MARILYN D/ WILLIAMS, Encyclopedia of American Prisons, Nueva

York, 1996, p 365.

GARCIA VALDES CARLOS, Introducción a la penología. Publicació del Instituto

de Criminología de la Universidad Complutense, Madrid, 1981. P. 82

CABANELAS GUILLERMO, Introduccion al Tratado de los delitos y de las

penas, de Bonsesana Cesar, Ed. Heliasta S.R.L., Buenos Aires, 1978, p. 26.

BENTHAM JEREMY, El panóptico, Madrid , 1989, pp. 9-10

LEGISGRAFIA

CONSTITUCION DE LA REPBLICA DEL ECUADOR

CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL

Page 109: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

ANEXO

ENCUESTA

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES

“UNIANDES”

1. Conoce Usted. ¿Quiénes son las personas privadas de la libertad?

SI NO

2. Sabe usted. ¿cuáles son los fines de la rehabilitación de las personas privadas

de la libertad?

SI NO

3. Sabe Usted ¿cuál es el procedimiento para la rehabilitación de las personas

privadas de libertad?

SI NO

4. Cree usted que en el país se realiza una rehabilitación social adecuada con las

personas privadas de la libertad?

SI NO

5. Conoce usted sobre tratados internacionales que protejan los derechos de las

personas privadas de la libertad

SI NO

Page 110: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

6. Considera usted que en el país debería existir centros de rehabilitación social

que se adecuen a tratados internacionales y no vulneren derechos?

SI NO

7. ¿Cree usted que la rehabilitación social establece parámetros de buena conducta

con la persona privada de la libertad?

SI NO

8. Cree usted que el estado debe establecer políticas públicas encaminadas a la

protección de derechos de los privados de la libertad para conseguir una

rehabilitación adecuada?

SI NO

9. Cree ud. que con una rehabilitación adecuada a las personas privadas de la

libertad se esta garantizando su reinserción en el ámbito social?

SI NO

10. Considera usted que la elaboración de un documento de análisis crítico jurídico

servirá como instrumento de consulta para no vulnerar los derechos de las

personas privadas de la libertad?

SI NO

Page 111: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

CENTROS DE REHABILITACION SOCIAL DEL PAÍS

PROVINCIA CIUDAD (CRS) DIRECCIÓN TELÉFONO

Carchi Tulcán Av. Manabí Argentina 06-2-980-082 06-2-987-

489

Imbabura Ibarra Salinas, entre Grijalva y Borrero 06-2-950-068 06-2-955-

414

Pichincha

Quito Varones #1 Rocafuerte y Cumandá #26-66 2-281-298/2-281-623/2-

286-826

Quito Varones #2 Rocafuerte y Cumandá #26-66 2-285-764/2-584-056

Quito Varones #3 Rocafuerte y Cumandá #26-66 2-959-108/2-951-762

Quito Varones #4 Av. de la Prensa #73-43 2-491-329

Quito Femenino Las Toronjas N47-220 y Av El

Inca 2-950-250/2-959-942

Quito C.D.P. Rocafuerte y Cumandá #26-66 2-414-593/2-414-610

Sto.

Domingo Sto. Domingo

Via Quevedo-Quito km 3.5 -

Sitio Bellavista 2-700-613

Cotopaxi Latacunga Calle 2 de Mayo #202 y

Marquéz de Maenza

03-2-801-426/03-2-811-

310

Tungurahua Ambato Av. Condor y Tangaichi 03-2-840-551

Chimborazo

Riobamba Av Leopoldo Freire via a

Chambo 03-2-961-604

Alausí Calle Sucre #165 y García

Moreno 03-2-930-283

Bolivar Guaranda Av. Elisa Mariana de Carvajal

#111

03-2-980-171/3-2-980-

170

Page 112: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

Cañar

Cañar Colón #085 y 3 de Noviembre 07-2-235-026

Azogues Sector El Tablón 07-2-240-487/07-2-249-

958

Azuay

Cuenca Varones Nicanor Merchán #230 Y

Eugenio Espejo

07-2-822-433/07-2-831-

506

CuencaMujeres Padre Aguirre #11-67 y Lamar 07-2-842-969

Loja Loja Av. Emiliano Ortega 07-2-574-757/07-2-574-

754

Esmeraldas

Esmeraldas

Varones Kilómetro 7 1/2 via Atacames

06-2-703-601/06-2-700-

238

Esmeraldas Feme. Río Cayapas y Taome Santa

Vainas 06-2-726-235

Manabí

Jipijapa Via Guayaquil Km 1 05-2-600-443

Bahía Kilómetro 10, Via Riochico.

Sitio El Rodeo 05-2-399-200

Portoviejo Av Guayaquil y Mariscal

Ayacucho 05-2-650-840

El Rodeo Kilómetro 10, Via Riochico.

Sitio El Rodeo

05-2-652-646/05-2-647-

205

Los Ríos

Quevedo Av Quito Km 1 1/2 via a Sto

Domingo

05-2-754-832/05-2-647-

205

Vinces 24 de Mayo y Malecón #405 05-2-790-194/05-2-791-

315

Babahoyo Malecón #1107 y Mejia 05-2-730-332/05-2-735-

658

Page 113: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la

Guayas

Guayaquil Varon. Kilómetro 17 via Daule 04-2-893-428/04-2-893-

392

Guayaquil Mujer. Kilómetro 17 via Daule 04-2-893-279/04-2-893-

299

El Oro

Machala 9 de Mayo y Manuel Estambo 07-2-961-099/07-2-931-

460

Zaruma La Colina #363 y Pichincha 07-2-972-211

Napo Tena Barrio Terere (El Camal) 06-2-887-263/06-2-885-

503

Morona Sa. Macas Av. 29 de Marzo 07-2-461-099/07-2-700-

0631

Page 114: TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE …dspace.uniandes.edu.ec/bitstream/123456789/406/1/TUAAB058-2015.pdf · PRIVADAS DE LA LIBERTAD Y SU INCIDENCIA EN LA ... la