Terminos de Derecho

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1. ABOGACIA. Profesión y ejercicio del abogado. 2. ABOGADO. El que con título legítimo ejerce la abogacía. También es el profesor en jurisprudencia que con título legal se dedica a defender en juicio, por escrito o de palabra, los intereses o causas de los litigantes. 3. ABOGAR. Ejercer la profesión de abogado. Defender en juicio, por escrito o de palabra. Interceder, hablar a favor de alguien. 4. ABRIR EL JUICIO. Iniciar un litigio. Instaurar un juicio ya acabado, para que las partes deduzcan de nuevo sus derechos. 5. ABSOLVER. Dar por libre al reo demandado civil o criminalmente. Liberar de cargo u obligación. También se utiliza la palabra absolver para referirse a las preguntas de un interrogatorio que han de ser contestadas bajo juramento. (v. Absolución, Confesión judicial.) 6. ACEPTACION. La manifestación del consentimiento concorde, como productor de efectos jurídicos, constituye el acto de aceptación, que consiste en admitir la proposición hecha o el encargo conferido. 7. ACUSADO. Persona que es objeto de una o de varias acusaciones. Aquel contra el cual se dirige la acusación por parte del fiscal, o del acusador privado, una vez elevado el proceso al estado de plenario, con lo que se distingue del culpado, o sospechoso, denominación más adecuada durante el sumario. 8. ACUSADOR. El que acusa o formula acusación. El acusador puede ser público y privado o particular. 9. BANDIDO. Fugitivo de la justicia llamado por bando. Se denomina así al malhechor, forajido, bandolero, salteador de caminos, ladrón en cuadrilla y, principalmente, al criminal en despoblado. 10. BANDOLERO. Ladrón de campo, salteador de caminos.

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1. ABOGACIA. Profesión y ejercicio del abogado.

2. ABOGADO. El que con título legítimo ejerce la abogacía. También es el profesor en jurisprudencia que con título legal se dedica a defender en juicio, por escrito o de palabra, los intereses o causas de los litigantes.

3. ABOGAR. Ejercer la profesión de abogado. Defender en juicio, por escrito o de palabra. Interceder, hablar a favor de alguien.

4. ABRIR EL JUICIO. Iniciar un litigio. Instaurar un juicio ya acabado, para que las partes deduzcan de nuevo sus derechos.

5. ABSOLVER. Dar por libre al reo demandado civil o criminalmente. Liberar de cargo u obligación. También se utiliza la palabra absolver para referirse a las preguntas de un interrogatorio que han de ser contestadas bajo juramento. (v. Absolución, Confesión judicial.)

6. ACEPTACION. La manifestación del consentimiento concorde, como productor de efectos jurídicos, constituye el acto de aceptación, que consiste en admitir la proposición hecha o el encargo conferido.

7. ACUSADO. Persona que es objeto de una o de varias acusaciones. Aquel contra el cual se dirige la acusación por parte del fiscal, o del acusador privado, una vez elevado el proceso al estado de plenario, con lo que se distingue del culpado, o sospechoso, denominación más adecuada durante el sumario.

8. ACUSADOR. El que acusa o formula acusación. El acusador puede ser público y privado o particular.

9. BANDIDO. Fugitivo de la justicia llamado por bando. Se denomina así al malhechor, forajido, bandolero, salteador de caminos, ladrón en cuadrilla y, principalmente, al criminal en despoblado.

10.BANDOLERO. Ladrón de campo, salteador de caminos.

11.BIGAMIA. De bis, y gamos, matrimonio; o sea, matrimonio doble o segundo matrimonio. Estado del hombre casado a la vez con dos mujeres; o de la mujer con dos maridos simult neos. En Derecho Penal, el delito que comete una persona cuando contrae nuevo matrimonio sin haber sido disuelto el anterior.

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12.BINUBO. Del latín bis, dos veces, y nubere, casarse; o sea, la persona que ha contraído segundas nupcias.

13.BOALAR. Derecho a apacentar el ganado en los terrenos comunales. La dehesa o tierra sujeta a este pastoreo.

14.BOICOT o BOICOTEO. Anulación de toda relación comercial o social impuesta a una persona, industria, comercio, etc., para obligarle a ceder o transigir.

15.BUENA FE. Rectitud, honradez, hombría de bien, buen proceder. Creencia o persuasión personal de que aquel de quien se recibe una cosa, por título lucrativo u oneroso, es dueño legítimo de ella y puede transferir el dominio.

16.CABECILLA. Persona que destaca en un grupo, en cuyas decisiones influye poderosamente, y a la cual se presta espont neo y, a veces, fan tico acatamiento. Jefe de un grupo de rebeldes. En las guerras civiles o de independencia, quien manda fuerzas contrarias a las del gobierno establecido. Director de una banda de delincuentes.

17.CABOTAJE. Navegación costera de puerto a puerto; llamada de cabotaje por ir de cabo en cabo, por lo general sin perderlos de vista.

18.CADALSO. El tablado que se levanta para ejecutar la pena de muerte en los delincuentes a quienes les ha sido impuesta.

19.CADAVER. Restos del ser que ha perdido la vida. Cuerpo del hombre o de la mujer que ha muerto.

20.CADUCAR. Perder su fuerza obligatoria una ley o reglamento, un testamento o un contrato, y cualquiera otra disposición de carácter público o privado. Extinguirse, por el transcurso del tiempo, un derecho, una facultad, una acción, una instancia o recurso. Consumirse algo por el uso o el tiempo. (v. Caducidad, Prescribir.)

21.CADUCO. Lo que pierde su vigor o cae en desuso. Ineficaz. Perecedero o de corta duración. Muy anciano o antiguo.

22.CALENDAS. Aunque la expresión calendas griegas se refiera irónicamente a un tiempo que nunca habr de llegar (pues los griegos no tenían calendas), esta voz constituye un término que tanto en el antiguo cómputo romano como en el eclesi stico significa el primer día de cada mes.

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23.CITA. La mención de ley, doctrina, autoridad u otro cualquier instrumento alegados para probar lo dicho o referido. La manifestación que en la sumaria de una causa criminal hacen los testigos, o el reo, de algunas personas que se hallaron presentes en el hecho que se trata de esclarecer o que pueden tener conocimiento de algo conducente a su averiguación.

24.COERCION. Del latín coercio, de coercere, contener. La acción de contener o refrenar algún desorden; o el derecho de impedir que vayan contra sus deberes las personas sometidas a nuestra dependencia.

25.COFIADOR. Fiador junto con otro u otros; el que en unión con alguno o algunos se hace responsable solidariamente de la deuda del principal obligado.

26.COTEJO. Comparación de unas cosas con otras; y más propiamente, en Derecho, el examen que se hace de dos escritos compar ndolos entre sí, para determinar si corresponden, o no, a una misma mano, o si ambos son iguales.

27.COTIZACION. Precio que en mercados públicos se fija para la venta o compra de mercancías.

28.COTO. Terreno o predio acotado, con señales de una u otra clase en sus lindes. Mojón puesto en un término o lindero; por lo común, de piedra sin labrar. Límite, linde. Población de alguna parroquia de señorío. Se ha empleado antiguamente la voz por mandato, orden o precepto.

29.CUMPLIMENTAR. Dar ejecución a los despachos, mandamientos u órdenes superiores.

30.CUMPLIMIENTO. Acción o efecto de cumplir. Ejecución, realización, efectuación. Hecho de alcanzar determinada edad, contada especialmente por años completos. Término del servicio militar. Vencimiento de un plazo. Satisfacción de una obligación o deber. Oferta por pura urbanidad.

31.DAR FE. Declarar, testificar, al servicio de la justicia, la verdad de lo presenciado. Afirmar la autenticidad de un hecho. Legalizar un documento o las firmas del mismo.

32.DATA. Indicación de lugar y tiempo en que acontece algún hecho, en que se escribe una carta o en el cual se otorga otro documento. Se coloca al principio o al final del escrito.

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33.”DE AUDITU”. Loc. lat. De oídas. Se refiere al testigo que relata, no lo que ha presenciado, sino lo que ha oído a otros. (v. De visu.)

34.DE OFICIO. Calificación que se da a las diligencias que los jueces o tribunales efectúan por decisión propia, sin previo requerimiento de parte o sin necesidad de petición de ésta. Predominan en el proceso penal, en contraposición al civil, regido más bien por el principio opuesto, denominado a instancia de parte.

35.DECIDIR. Resolver. Formar juicio definitivo. Solucionar la dificultad. Determinar la voluntad ajena; estimularla para que resuelva o elija.

36.DECISORIO. Denominación del juramento que obliga a pasar por lo que se diga cuando una parte lo defiere a la otra. Se dice decisorio por cuanto decide el pleito al hacer prueba plena. (v. Juramento decisorio.)

37.DEFERIR. Adherirse al dictamen o parecer de otro, o aceptarlo por respeto, cortesía u otro impulso benévolo. Comunicar, transmitir parte del poder o de la jurisdicción.

38.DEFICIT. Del latín deficere, faltar. Este vocablo, que no admite plural, designa, tanto en el orden financiero como en el comercial, el descubierto resultante de comparar el haber o caudal de una empresa con el fondo o capital puesto en la misma.

39.DELACION. Manifestación, por lo general clandestina o anónima, que se hace de un delito, o de los actos preparatorios para cometerlo, y de la intervención en aquél o en éstos de las personas que constituyen sus autores, cómplices o encubridores.

40.DELATAR. Descubrir o revelar voluntariamente a la autoridad quién es autor de un delito, a fin de que le sea aplicada la pena correspondiente. Sobre el verdadero impulso de servir a la justicia evitando la impunidad, al delatar prevalece un sentimiento de rencor privado contra el autor o delatado.

41.DELEGACION. Acción o efecto de delegar. Acto de dar junsdicción. Otorgamiento de representación. Concesión de mandato. Cesión de atribuciones. Designación de sustituto. Cargo y oficina de un delegado. Conjunto de delegados. Representación de un núcleo social.

42.DEPONENTE. Quien depone o atestigua; declarante, testigo. Quien destituye o degrada. Depositante.

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43.DEPONER. Apartar, separar de uno. Privar de empleo o cargo; destituir. Degradar; quitar honores o dignidades. Afirmar, aseverar. Atestiguar, testificar. Declarar una parte, testigo o perito ante un juez o tribunal.

44.DEPORTACION Del latín deportare, llevar, trasladar. Pena de confinamiento en lugar lejano o ultramarino.

45.DEPOSICION. Exposición acerca de algo. Privación, destitución de empleo o cargo. Degradación de honores o dignidades. Declaración verbal hecha por una parte, testigo o perito en asunto judicial.

46.EJECUTADO. Deudor moroso a quien se embargan los bienes, para venderlos y hacer pago con su producto al acreedor o acreedores. (v. Juicio ejecutivo.) Reo condenado a muerte y cuya sentencia ha sido cumplida.

47.EJIDO. Campo o tierra que est al término de un lugar habitado y lindando con él, donde no se labra, planta ni siembra, por estar reservado para las eras y reunión de los ganados. La voz proviene del latín exitus, salida.

48.”EJUS SIT ONUS CUJUS EST EMOLUMENTUM”. Af. jur. que expresa: sea la carga de aquel para quien es el emolumento; o sea, que aquel que percibe una cantidad o debe realizar el trabajo correlativo al mismo.

49.ELECCION. Escogimiento, selección, preferencia. Deliberación, libertad para actuar. Nombramiento por votación, o por designación de quien tiene tal autoridad, para cubrir un cargo o desempeñar un empleo. En Derecho Político, ejercicio del derecho sufragio.

50.ELECTIVO. Dicho o hecho por elección. Cargo que ha de desempeñar una persona elegida por votos o por designación de autoridad. Persona nombrada por elección para ocupar un puesto.

51.ENCUBRIDOR. Quien, con posterioridad a la infracción, oculta a los autores de un delito o a los cómplices del mismo, contribuye a disimularlo o se beneficia voluntariamente a aquél.

52.”ERGA OMNES”. Loc. lat. Contra todos. Expresa que la ley, el derecho, o la resolución abarcan a todos, hayan sido partes o no; y ya se encuentren mencionados u omitidos en la relación que se haga.

53.ESPIRITU DE LA LEY. Sentido genuino de un precepto legal, en contraposición a la letra estricta de su texto. El espíritu de la ley es

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invocado o a él se recurre, mediante interpretaciones generosas o forzadas, para aplicaciones equitativas de la legislación o como recurso extremo para proteger a un reo o amparar a un litigante. (v. Equidad, Interpretación de las leyes.)

54.ESTIRPE. Raíz y tronco de una familia o linaje. En materia hereditaria, sucesión por representación; o conjunto que forma la descendencia de un sujeto cuando ocupa su lugar y sucede conjuntamente por él.

55.FACIO UT FACIAS. Literalmente, del latín, hago para que hagas. Una de las cuatro fórmulas para designar, en el Derecho Romano y en las legislaciones inspiradas en él, los contratos innominados; o sea, los no regulados por el legislador concretamente. En esta especie, una de las partes ejecuta algo con vistas a la prestación de la otra, consistente también en un hecho, y no en una entrega o dación. (v. Contrato innominado, “Do ut des”.)

56.FALENCIA. Del latín fallens, fallentis, engañador; sinónimo de engaño o error padecido al asegurar una cosa. Por extensión, falsedad o mentira manifiesta. En argentina y Chile, falencia se emplea como sinónimo de insolvencia; y, más particularmente aún, de quiebra mercantil.

57.FALSARIO. Quien falsea o falsifica. El que acostumbra a mentir o decir falsedades. Son sinónimas de esta palabra: mentiroso, embustero, falaz; defraudador, engañador; falsificador; corruptor, adulterador; perjuro, falso testigo, etc.

58.FALSEDAD. Falta de verdad, legalidad o autenticidad. Traición, deslealtad, doblez. Engaño o fraude. Falacia, mentira, impostura. Toda disconformidad entre las palabras y las ideas o las cosas. Cualquier mutación, ocultación o desfiguración de la verdad y de la realidad que produce la nulidad de los actos jurídicos según las leyes civiles o sancionadas como delito en los códigos penales.

59.FALTAS. En el Derecho Penal, las acciones u omisiones voluntarias castigadas por la ley con pena leve; por lo cual se han denominado delitos veniales o miniaturas de delito.

60.FALLAR. Frustrarse o fracasar algo. Decidir, resolver o determinar un litigio, causa o proceso. Dictar sentencia o auto. Antiguamente, hallar o encontrar.

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61.FALLIDO. Frustrado, fracasado; sin efecto ni resultado. Incobrable, referido a créditos o cantidades. Quebrado o comerciante que suspende su giro o tr fico por no poder o por no querer pagar sus deudas.

62.FASCES. Las insignias de los antiguos cónsules romanos, compuestas por una segur en un hacecillo de varas.

63.FASCISTA. Miembro o partidario del fascismo. Lo concerniente a ese movimiento totalitario y a sus adictos.

64.FAUTOR. Favorecedor; quien auxilia o ayuda a otro. En el Derecho Penal, aun no siendo tecnicismo moderno, coautor o cómplice; todo el que ayuda o favorece a otro para que cometa un delito.

65.FIDUCIARIO. Genéricamente, persona de confianza a cuya buena fe y conciencia encomienda el testador algún encargo reservado o alguna manda para entregarla a otra persona.

66.FILIACION. Acción o efecto de filiar, de tomar los datos personales de un individuo. Esas mismas señas personales. Subordinación o dependencia que personas o cosas guardan con relación a otras superiores o principales.

67.GALERAS. En el antiguo Derecho Penal, pena por la cual el condenado debía servir como remero en las naves reales. Esta pena, a la vez privativa de libertad y de trabajos forzados, solía durar de seis a diez años. En orden de gravedad, se encontraba inmediatamente después de la condena a muerte. (v. Galeote.)

68.GANANCIA. Adquisición de bienes mediante el trabajo o actividad lucrativa. Utilidad, provecho, beneficio.

69.GENERALES DE LA LEY. Serie de preguntas que, para determinar el estado y condición de las personas y otros datos de interés, para fijar la capacidad o el interés de las mismas, se formulan a los testigos.

70.GENOCIDIO. Crimen de Derecho Internacional, consistente en el exterminio de grupos humanos por razones raciales, políticas o religiosas, o en la implacable persecución de aquéllos por estas causas.

71.”GENTLEMENéS AGREEMENT”. Locución inglesa, difundida en el ambiente diplom tico y periodístico, cuyo significado literal es “pacto entre caballeros”.

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72.GERENTE. Quien dirige, con arreglo a los estatutos o poderes otorgados, los negocios de una sociedad o empresa mercantil y lleva la firma de la entidad o establecimiento.

73.GOLPE DE ESTADO. Usurpación violenta de los poderes públicos, en especial del ejecutivo; absorción por éste de la función legislativa y sojuzgamiento de la judicial.

74.GRACIA. Atractivo, donaire. Afabilidad; buenos modales. Perdón o indulto que concede el Poder ejecutivo y suscribe el jefe del estado Benevolencia. Remisión de deuda. Conceción gratuita. Beneficio o favor no merecido. Dispensa. Privilegio. Donación. Merced. Para los canonistas, don divino hecho a los hombres por pura liberalidad.

75.GRILLETES. Arco de hierro, con dos agujeros y un pasador por detr s, por el cual se pasa un perno, y sirve para asegurar una cadena al tobillo de un presidiario.

76.GRILLOS. Un género de prisión, que asegura a los reos en la c rcel para que no puedan huir de ella.

77.HABITAR. Vivir, morar, tener domicilio o vivienda en un territorio o casa.

78.”HABITAT”. Ambiente, medio o región adecuada para la vida y desenvolvimiento de un grupo humano, y también de especies animales o vegetales.

79.HABITUALIDAD. El estado durable, la permanencia de los h bitos o inclinaciones que perseveran en un sujeto.

80.HACIENDA. Patrimonio, conjunto de bienes de una persona. Predio rústico. Ministerio de Hacienda. En la Argentina, ganado vacuno, caballar y lanar de una estancia o granja. ant. Hecho, acción, obra. Negocio o asunto que interesa a varios.

81.HALLAZGO. Acto de encontrar alguna cosa, bien porque se busca o solicita, o por ofrecerla la casualidad. La misma cosa encontrada. Aquello que se da a quien ha hallado una cosa y la ha restituido a su dueño o ha indicado dónde y cómo puede recuperarla. Encuentro. Invención. Descubrimiento. Dentro del Derecho Civil, el hallazgo lo constituye el encuentro casual de un bien mueble ajeno, siempre que no se trate de tesoro oculto.

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82.HAMURABI (CODIGO DE). Cuerpo de leyes promulgado por Hamurabí, rey de Babilonia, más de 2.000 años antes de la era cristiana.

83.”HINTERLAND”. Esta voz alemana, que literalmente significa tierra interior, se aplica a las zonas limítrofes con las grandes potencias para designar, en Derecho Internacional, la esfera de influencia donde un Estado ejerce, en virtud de tratados, ciertas prerrogativas que equivalen a un protectorado e incluso a una explotación colonial.

84.*HIPOTECA. Esta palabra, de origen griego, significa gramaticalmente suposición, como acción o efecto de poner una cosa debajo de otra, de substituirla, añadirla o emplearla. De esta manera, hipoteca viene a ser lo mismo que cosa puesta para sostener, apoyar y asegurar una obligación. NAVAL. La fuerte garantía que, pese a guerras, naufragios y otras contingencias desfavorables, ofrecen los buques, llevaron a convertirlos en objeto de hipoteca; pero, al tropezarse con el obst culo cl sico de que ella sólo recaía sobre inmuebles, se recurrió a la inocente ficción de suponerlos bienes inmuebles tan sólo a los efectos hipotecarios.

85.HIPOTECAR. Constituir una hipoteca. Para el acreedor hipotecario consiste en asegurar un crédito o el cumplimiento de una obligación sujetando un inmueble (o ciertos muebles especiales) del deudor o de un tercero, que responden en caso de vencimiento sin pago, de infracción sin resarcimiento espont neo. Para el deudor hipotecario, sea el obligado o un tercero por él, hipotecar es tanto como afectar un inmueble (o mueble permitido por la ley) a la satisfacción de una obligación, para el caso de incumplimiento.

86.”HOMESTEAD”. Voz inglesa, compuesta de home, casa, y stead, sitio, lugar. Significa hogar, heredad, domicilio o dominio familiar. En su aplicación jurídica moderna es de origen norteamericano, y significa “bien de familia”, “propiedad familiar”.

87.HOMICIDA. Lo que ocasiona la muerte de otro; como el arma homicida. El autor de la muerte de otra persona. Penalmente, el responsable de un homicidio, o muerte injusta y voluntaria dada a otro, con violencia o sin ella.

88.HOMICIDIO. Muerte dada por una persona a otra. Penalmente, el hecho de privar de la vida a un hombre o mujer, procediendo con voluntad y malicia, sin circunstancia que excuse o legitime, y sin que constituya asesinato ni parricidio (delitos más graves) ni infanticidio ni aborto ( muertes penadas más berignamente). PRETERINTENCIONAL. La muerte causada a una

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persona por quien no se proponía inferirle mal de tanta gravedad. Tal es el caso del que pretendiendo producir una intoxicación a otro, lo envenena; o el de quien, llevado por el exclusivo nimo de herir o mutilar, alcanza un punto vital del cuerpo de la víctima y le origina la muerte.

89.HOMOLOGACION. De acuerdo con su etimología griega, aprobación, consentimiento, rectificación. Confirmación judicial de determinados actos de las partes, para la debida constancia y eficacia. Firmeza que al laudo arbitral concedido concede el transcurso del término legal sin impugnar el fallo de los rbitros.

90.HOMONIMO. Se aplica a personas, cosas u objetos de igual nombre. Palabra con la misma forma que otra, pero con diverso significado; por ejemplo el peso como moneda y cual expresión ponderal.

91.HONESTIDAD. Castidad, decencia, moderación en las personas, dichos y hechos. Pudor, recato, decoro. En la aceptación menos usual, modestia y también cortesía.

92.HONESTO. Decente, decoroso, casto. Pudoroso, recatado, modesto. Justo, equitativo, razonable. Honrado, probo, recto.

93.HONORARIOS. Remuneración, estipendio o sueldo que se concede por ciertos trabajos. Generalmente se aplica a las profesiones liberales, en que no hay relación de dependencia económica entre las partes, y donde fija libremente su retribución el que desempeña la actividad o presta los servicios.

94.HONORES. Conseción para usar título y preeminencias correspondientes a un cargo o empleo, como si efectivamente se desempeñare. Pleitesía homenaje o manifestación pública de respeto por los servicios prestados por la función que se desempeña. Así se habla de rendir honores al jefe de Estado y a otras autoridades o alguna persona que ha merecido el bien de la patria.

95.PURGACION. Aclaración de cargos penales o refutación de los indicios inculpadores. Escriche dice que es el acto de purificarse y desvanecer los indicios que resultan contra un acusado; o la manifestación que una persona hace de su inocencia en algún delito que se le imputa.

96.PURGAR. Limpiar, purificar. Cumplir la pena merecida o impuesta por delito o falta. Desvanecer las sospechas o cargos existentes contra una persona. Expiar. Liberar de gravamen. Rehabilitar el buen nombre.

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97.PURO. Exento de mezcla. Desinteresado. Recto, íntegro. Casto. Virginal. Perfecto. Solo. Sin condición, excepción o restricción, ni carga, gravamen o modo.

98.PUTATIVO. Del verbo latino putare, juzgar, reputar; lo que se tiene o considera en una condición irreal; como la del padre, hijo o esposo que no lo es; también lo invocado como existente cuando en realidad es nulo.

99.PUTEAL. El brocal del pozo fatídico, con una ara encima, donde se ponían supersticiosamente los jueces a fin de que la diosa Temis les inspirase las sentencias. En la Córdoba española era muy celebrado el puteal que llamaban de Tadeo (Escriche). Entre los romanos, lugar en que había caído un rayo, y por ello, tenido como sagrado, cual depositario del fuego celestial. Se rodeaba de una verja para que no fuera hallado.

100. ”PUTSCH”. Palabra dialectal de Suiza, equivalente a la española de motín o revuelta, y aplicada desdeñosamente a revoluciones abortadas o a alzamientos de pequeños grupos.

101. QUEBRAR. Quebrantar, romper, fracturar. Transgredir ley, palabra o deber. Interrumpir, obstar. Dominar una dificultad. Librarse de la opresión. Enemistarse. Incurrir un comerciante en quiebra, por cesación en el pago de sus obligaciones mercantiles, y ser inferior el activo al pasivo. (v. Quiebra.)

102. QUEDA. Hora de la noche, señalada por un toque de atención, o ejecutiva por sí, después de la cual se prohibe el tr nsito por las calles a cuantos no tengan una función que cumplir.

103. QUEJA. Expresión de dolor. Manifestación de pena. Reclamación. Descontento. Protesta contra algo o alguien. Resentimiento. Querella o acusación criminal. Petición judicial para invalidar una disposición de última voluntad.

104. QUERELLA. Queja de dolor o sentimiento. Desavenencia, discordia. Pendecia, riña. Reclamación contra el testamento inv lido hecha por los herederos forzosos. Por antonomasia, la demanda en el procedimiento criminal, la acusación ante juez o tribunal competente, para ejercitar la acción penal contra los responsables de un delito. CALUMNIOSA. La que, a sabiendas, imputa falsanente un delito. El escrito acusatorio contra otro se eonvierte en prueba documental del delito propio de calumnia. DE INOFICIOSO TESTAMENTO. En el Derecho Romano, queja o querella que

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presentaba al magistrado el pariente de un testador cuando se consideraba aquél injustamente desheredado por éste, o contra la preterición de que había sido objeto (si no era descendiente del causante), a la cual seguía Ia acción de petición de herencia (v.), fundada en que el testamento hecho contrariaba los deberes afectivos que sobre el testador pesaban en realción con el próximo pariente y demandante.

105. QUERELLADO. Persona contra la cual se presenta una querella, una formal acusación penal.

106. QUERELLARSE. Quejarse, lamentarse por el dolor corporal o moral. Presentar una querella (v.), una acusación criminal ante juez competente, para ejercitar la acción penal que corresponda por el delito cometido, o por el agravio recibido, y para la imposición de la pena prevista y la reparación civil consiguiente.

107. QUID. Clave o porqué de una cosa. PRO QUO. Loc. Iat. y esp. que significa una cosa por otra. Se aplica al error de confundir personas, cosas o casos.

108. QUIDAM. Persona que se designa con imprecisión de manera deliberada o por ignorar de quién se trata efectivamente. Sujeto despreciable.

109. QUIEBRA. Materialmente, rotura, abertura. Figuradamente, pérdida, ruina. De las acepciones anteriores surgen las jurídicas de insolvencia, bancarrota, de pasivo superior al activo, de superar las deudas a los bienes y a los créditos. En Derecho Mercantil, acción y situación del comerciante que no puede satisfacer las deudas u obligaciones contraídas. FORTUITA. Es calificada así la del comerciante “a quien sobrevinieren infortunios que, debiendo estimarse casuales en el orden regular y prudente de una buena administración mercantil, reduzcan su capital al extremo de no poder satisfacer en todo o en parte sus deudas”.

110. QUIROGRAFO. Sinónimo de manuscrito. En el lenguaje jurídico, significa el instrumento que da el deudor a su acreedor para que pueda hacer constar su crédito. Se dice que un acreedor es quirografario cuando su crédito no es privilegiado; esto es, el acreedor que justifica su crédito que no est garantizado por ninguna seguridad especial. Aereedor quirografario es sinónimo de acreedor simple.

111. QUITA. Remisión parcial de una deuda. Perdón total de la misma. (v. Remisión.) Y ESPERA. Petición que el concursado o quebrado hace

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judicialmente a todos sus acreedores, a fin de que aminoren sus créditos (quita), le concedan plazo mayor para abonarlos (espera) o con esa doble finalidad (quita y espera).

112. QUITAR. Tomar una cosa del lugar en que estaba y llevarla a otro. Hurtar, robar. Despojar. Desempeñar, redimir una carga o censo. Estorbar. Vedar, prohibir. Derogar, abolir, abrogar ley, sentencia, gravamen, pena, tributo. Suprimir un empleo o cargo. Liberar de obligación. Perdonar una deuda en parte; conceder una quita.

113. QUORUM. Esta voz latina, ya castellanizada y que significa los que, los cuales, se pronuncia haciendo sonar las dos úes; lo cual deroga la norma inadvertidamente conservada por la Academia, de que sólo forma sílaba la q con la e y con la i,

114. RACIONALISMO. Sistema filosófico basado en la supremacía de la razón humana, con desdén o negación de la divinidad. Doctrina religiosa de carácter discursivo, con desprecio de la revelación divina.

115. RAICES. Parte de los vegetales que est adherida al suelo. Se dicen bienes raíces aquéllos que, por estar adheridos al suelo, no pueden llevarse de una a otra parte sin sufrir detrimento.

116. RAIZ. Apoyo y conducto de alimentación de las plantas, introducido por lo general en la tierra. Bien inmueble; finca. (v. Bienes raíces.). Principio, origen, causa, procedencia.

117. RAMAS DE PARENTESCO. Cada serie de personas con un origen o tronco común, que descienden de él.

118. RAMAS DEL DERECHO. Cada una de las ciencias con personalidad o carácter dentro de la Enciclopedia jurídica, con independencia teórica, y más aún si ha logrado sustantividad legislativa.

119. RATO. Como adjetivo, sin consumar; sin haber cumplido aún el débito los casados. Como substantivo, impreciso pero breve lapso. Con las calificaciones de bueno o malo, gusto, placer, felicidad; o disgusto, pena, sufrimiento, respectivamente.

120. REASEGURO. El seguro del seguro; contrato en virtud del cual un nuevo asegurador toma sobre sí, en todo o en parte, los riesgos asegurados por un primer asegurador, sin alterar las condiciones del primer contrato, y ceciéndole aquél o pag ndole parte de la prima primitiva.

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121. REBATO. Alarma, inquietud. Además de un sentido “ofensivo” de acometimiento súbito, posee el significado “defensivo” de llamamiento o convocación que se hace, generalmente por medio de campana o tambor, con el fin de que acudan los vecinos de la localidad, o de las inmediaciones también, para evitar un peligro o disminuir un mal.

122. REBELDE. Quien incurre en rebelión (v.). Desobediente. Insurgente. Sublevado. Revolucionario. Indócil. Insumiso. Insociable. Inadaptado. Indomable. Sordo a la razón. Insensible al sentimiento. En las guerras civiles, bando opuesto al poder legítimamente constituido. Combatiente o partidario de tales fuerzas, denominadas también facciosas.

123. REBELDIA. Desobediencia de mandato, precepto o autoridad a que se debe acatamiento. Rebelión. Oposición. Resistencia. Sublevación del nimo. Calidad de rebelde en lo político y en lo penal. Insumisión. Por antonomasia, situación procesal producida por la incomparecencia de una de las partes ante la citación o llamamiento judicial, o ante la negativa a cumplir sus mandamientos e intimaciones.

124. REBELION. Desobediencia a la ley, a la autoridad legítima, a la orden obligatoria. Indisciplina. Insurrección. Alzamiento armado. Levantamiento violento. Sublevación. Revolución. Guerra civil, desde el bando faccioso. Impropiamente, sedición. Por antonomasia, delito de naturaleza política que cometen quienes se alzan en armas contra el régimen legítimo (y por extensión, contra el de hecho), con la intención de deponerlo, a veces juzgar a los gobernantes o darles muerte, sustituir la situación anterior por el sistema surgido de la violencia triunfante.

125. RECAMBIO. Segundo trueque de un objeto ya cambiado con otro. Antiguamente se decía por cambio o permuta; y también por usura. Hoy, y por antonomasia, en el lenguaje mercantil significa lo mismo que resaca.

126. RECAPITULACION. Resumen. Síntesis. Conclusiones. Sumaria exposición de los argumentos o pretensiones.

127. RECAPITULAR. Resumir, de palabra o por escrito, lo expuesto con amplitud en un alegato. conferencia, discurso, informe.

128. RECARGO. Segunda carga. Mayor carga. Cargo, reconvención nueva contra un reo. Antiguamente, ser el reo recargado. Aumento contributivo, ya por elevación de la cuota, ya por retraso en el pago.

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129. RECAUDO. Recaudación, cobranza. Cautela, cuidado, precaución. Documento justificante de una cuenta o crédito; recado. Caución, garantía. Fianza.

130. RECURSOS. Bienes. Medios, elementos. Tretas, ardides, expedientes. Provisiones. Posibilidades. Subsidios.

131. RECUSACION. Acción o efecto de recusar; esto es, el acto por el cual se excepciona o rechaza a un juez para que entienda o conozca de la causa, cuando se juzga que su imparcialidad ofrece motivadas dudas.

132. RECUSANTE. El que recusa; esto es, la persona que solicita, de acuerdo con las disposiciones legales, que un juez, magistrado o funcionario judicial se separe o se abstenga del conocimiento de un asunto por no ofrecerle garantías de imparcialidad.

133. REDARGÜIR. Volver un argumento contra quien lo expone. Impugnar por algún vicio o defecto; en especial, señalar la falsedad, error o ineficacia de los documentos presentados en juicio.

134. REEMBOLSO. Cobro o pago de lo dado o recibido en préstamo, según la posición de acreedor o deudor que se considere. Vuelta de una suma a poder del que la había desembolsado o al de su derecho habiente. Reintegro del valor de la cosa remitida, antes de la entrega o en el acto mismo.

135. REFORMA. Nueva forma; innovación, cambio. Modificación, variación. Corrección, enmienda. Restauración, restablecimiento. Extinción de un cuerpo administrativo. Reimplantación en una orden religiosa de la disciplina primera. Privación o suspensión de empleo. Disminución. Por antonomasia, el protestantismo. CONSTITUCIONAL. Cada una de las enmiendas introducidas en una Constitución. Movimiento tendiente a variar el texto fundamental. Procedimiento establecido en cada Constitución para su reforma.

136. REFORMATORIO. Establecimiento penitenciario para el tratamiento correccional de los delincuentes a fin de readaptarlos a la vida social.

137. REFRACTARIO. Quien falta a la promesa o pacto a que se obligó. Quien rehusa obedecer las leyes vigentes y las órdenes de sus superiores. Rebelde, reacio a la admisión de ideas, costumbres o instrucciones. Quien se opone con energía o tesón a aceptar otro parecer o pr ctica contra la libertad de mantener o adoptar los suyos.

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138. REFRENDAR. Autorizar una disposición o despacho quien lo firma con tal finalidad y atribuciones bastantes. En los pasaportes, revisarlos y tomar nota de su presentación. Repetir, reiterar. Antiguamente, marcar las pesas y medidas.

139. REGICIDIO. Del latín, rex, regis, rey; y caedere, matar. Delito de lesa majestad, que consiste en dar muerte al rey o a la reina. Por extensión, al príncipe heredero, o a la princesa que haya de suceder; y también al regente.

140. REGIDOR. Quien rige, gobierna o administra. En la antigua organización municipal de España y de sus posesiones americanas, cargo equivalente al del moderno concejal: miembro o vocal de un ayuntamieto de nombramiento real o elegido por sus conciudadanos. En la actualidad, concejal que no desempeña ningún cargo especial en la administración del mnumcipio.

141. REGIMEN. Sistema de gobierno. Manera de regir o regirse. Normas o pr cticas de una organización cualquiera, desde el Estado a una dependencia o establecimiento particular. SINDlCAL. Conjunto de características de las organizaciones sindicales, por su reconocimiento o exclusión en Constituciones y leyes, sistema de libertad o trabas para integrarse y desenvolverse y otras manifestaciones fundamentales de su actividad.

142. REGIMIENTO. Acción o efecto de regir o de regirse. Antiguamente, conjunto de regidores; o sea, el actual ayuntamiento en sentido personal y municipal. Cargo y funciones de regidor o consejal. Unidad militar integrada por batallones (en infantería), escuadrones (en caballería) o baterías (en artillería), la que se encuentra bajo el mando o a las órdenes directas de un coronel. ant. Régimen, gobierno, dirección.

143. RESGUARDO. Defensa, amparo, protección. Prevención. Seguridad contra daños o peligros. Vigilancia de una zona fronteriza o ribereña, pua evitar el contrabando. Cuerpo de funcionarios o agentes que cumple este servicio. Seguridad escrita de deuda o contrato. Recibo de depósito, de entrega de mercadería, de un pago.

144. RESIDENCIA. Domicilio, morada, habitación. Permanencia o estancia en un lugar o país. Presencia y vivienda de determinados funcionarios en el lugar en que desempeñan sus cargos o funciones, exigida como obligación aneja al ejercicio de los mismos. En algunos

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países, exigencia de responsabilidad política a los principales gobernantes y autoridades.

145. RESISTENCIA. Oposición material o moral a una fuerza, de ésta o de aquella clase. Corporalmente, aguante, tolerancia, sufrimiento, paciencia frente a privaciones y penalidades. Para el nimo, capacidad y elevación de espíritu que soporta sacrificios, adversidades e injusticias. En relación con la lucha: defensa, briega, forcejeo. Firmeza. Obstrucción. Repugnancia, adversión.

146. RESOLUCION. Acción o efecto de resolver o resolverse. Solución de problema, conflicto o litigio. Decisión, actitud. Firmeza, energía. Valor, arrojo, arresto. Expedición, prontitud, diligencia celosa. Medida para un caso. Fallo, auto, providencia de una autoridad gubernativa o judicial. Rescisión. Acto, hecho o declaración de voluntad que deja sin efecto una relación jurídica. Término, extinción. Destrucción. An lisis de un compuesto, para su examen material o reflexivo. Atrevimiento, osadía. Cambio de una cosa reducida luego a otra.

147. RETROACTIVO. Lo que surte efecto sobre época anterior a su producción o constitución. Lo que posee retroactividad (v.).

148. RETROCESION. Retroceso, marcha hacia atr s. Acto por el cual una persona vuelve a ceder a otra el derecho o la cosa que antes le había cedido ésta a aquélla. En virtud de la retrocesión, se restablece la situación jurídica previa.

149. RETROVENDER. Revender, volver a vender, o devolver el comprador al vendedor la cosa vendida por éste al primero, por lo común, por efecto de un pacto de retro.

150. RETROVENTA. Venta con pacto de retroventa, es la que se hace con la cl usula de poder el vendedor recuperar la cosa vendida entregada al comprador, restituyendo a éste el precio recibido, con exceso o disminución.