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PODCR LEGISLATIVO FEDERAL COl.USICtl PERMANENTE TERCERA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, AGRICULTURA Y FOMENTO, COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio de la LXIII Legislatura DICTAMEN RELATIVO A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A IMPLEMENTAR LAS ACCIONES Y MECANISMOS NECESARIOS PARA UNA MAYOR DIFUSIÓN DE LAS TARIFAS Y PRESTADORES DE LOS SERVICIOS DE ARRASTRE Y SALVAMENTO Y DEPÓSITOS DE VEHÍCULOS EN LAS CARRETERAS DE · JURISDICCIÓN FEDERAL. HONORABLE COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA UNIÓN: La Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122 y 127 de la Ley Orgánica; y 58, 60 , 87, 88 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos ordenamientos del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por el punto Primero del Acuerdo de la Mesa Directiva de esta Comisión Permanente, relativo a la Integración de las . Comisiones de Trabajo del Segundo Receso del Primer Año de ejercicio de la LXIII Legislatura; y los puntos Quinto y Vigésimo del Acuerdo de la Mesa Directiva de esta Comisión Permanente, relativo a las Sesiones y el Orden del Día, ambos publicados en la Gaceta Parlamentaria el 04 de mayo de 2016, somete a la consideración del Pleno de esta Comisión Permanente el presente dictamen relativo a Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a implementar las acciones y mecanismos necesarios para una mayor difusión de las tarifas y prestadores de los servicios de arrastre y salvamento y depósitos de vehículos en las carreteras de jurisdicción federal, misma que presentó la diputada Xitlalic Ceja García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. A efecto de analizar y dictaminar la citada proposición, la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas se reunió el 21 de junio de 2016. DICTAMEN RELATIVO A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA !'1 1 A LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A IMPLEMENTAR LAS ACCIONES Y 1¡' MECANISMOS NECESARIOS PARA UNA MAYOR DIFUSIÓN DE LAS TARIFAS Y PRESTADORES DE j 1 LOS SERVICIOS DE ARRASTRE Y SALVAMENTO Y DEPÓSITOS DE VEH[CULOS EN LAS 11 ¡,¡ CARRETERAS DE JURISDICCIÓN FEDERAL m ¡¡¡ m

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PODCR LEGISLATIVO FEDERAL COl.USICtl PERMANENTE

TERCERA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, AGRICULTURA Y FOMENTO, COMUNICACIONES Y OBRAS

PÚBLICAS

Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio de la LXIII Legislatura

DICTAMEN RELATIVO A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A IMPLEMENTAR LAS ACCIONES Y MECANISMOS NECESARIOS PARA UNA MAYOR DIFUSIÓN DE LAS TARIFAS Y PRESTADORES DE LOS SERVICIOS DE ARRASTRE Y SALVAMENTO Y DEPÓSITOS DE VEHÍCULOS EN LAS CARRETERAS DE

· JURISDICCIÓN FEDERAL.

HONORABLE COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA UNIÓN:

La Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78, fracción 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116, 122 y 127 de la Ley Orgánica; y 58, 60, 87, 88 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos ordenamientos del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por el punto Primero del Acuerdo de la Mesa Directiva de esta Comisión Permanente, relativo a la Integración de las

. Comisiones de Trabajo del Segundo Receso del Primer Año de ejercicio de la LXIII Legislatura; y los puntos Quinto y Vigésimo del Acuerdo de la Mesa Directiva de esta Comisión Permanente, relativo a las Sesiones y el Orden del Día, ambos publicados en la Gaceta Parlamentaria el 04 de mayo de 2016, somete a la consideración del Pleno de esta Comisión Permanente el presente dictamen relativo a Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a implementar las acciones y mecanismos necesarios para una mayor difusión de las tarifas y prestadores de los servicios de arrastre y salvamento y depósitos de vehículos en las carreteras de jurisdicción federal, misma que presentó la diputada Xitlalic Ceja García, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

A efecto de analizar y dictaminar la citada proposición, la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas se reunió el 21 de junio de 2016.

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Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio de la LXIII Legislatura

ANTECEDENTE

ÚNICO.- Mediante oficio CP2R1A.-11-51, de fecha 08 de junio de 2016, fue turnada a la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, para su análisis y dictamen, la Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a implementar las acciones y mecanismos necesarios para una mayor difusión de las tarifas y prestadores de los servicios de arrastre y salvamento y depósitos de vehículos en las carreteras de jurisdicción federal, misma que se describe a continuación:

l. En la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen, la diputada Ceja García expone, entre otras cosas, lo siguiente:

De acuerdo a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y su Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares , la prestación de servicio de arrastre y salvamento consiste en realizar maniobras mecánicas y/o manuales que se destinan a rescatar aquellos vehículos accidentados, sus partes o su carga.

Este tipo de servicios entra en la clasificación de los servicios auxiliares, los cuales sin formar parte del autotransporte federal, turismo o carga complementan su operación y explotación.

El servicio de arrastre y salvamento, mejor conocido como servicios de grúa, es un servicio indispensable para rescatar vehículos accidentados y trasladarlos de un lugar a otro.

Según los reportes que genera la Policía Federal, las causas principales de los accidentes en las carreteras federales son por:

1. Factores Humanos:

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Los factores humanos son la causa del mayor porcentaje de accidentes de tránsito, representando un 80%, esto se debe principalmente a: • Conducir bajo los efectos del alcohol, medicinas y estupefacientes. • Realizar maniobras imprudentes y de omisión por parte del conductor, por ejemplo; no respetar los señalamientos viales: • Realizar Conducir a exceso de velocidad (produciendo vuelcos, salida del automóvil de la carretera, derrapes). • Salud física del conductor (ceguera, daltonismo, sordera) . • Conducir con fatiga, cansancio o con sueño.

2. Factores Mecánicos: • Vehículo en condiciones no adecuadas para su operación (sistema averiado de frenos, eléctrico, dirección o suspensión) . ·Mantenimiento inadecuado del vehículo .

3. Factores Climatológicos: • Niebla, humedad, derrumbes, zonas inestables, hundimientos.

4. Factores estructurales de tránsito: • Errores de señalamientos viales. • Carreteras en mal estado o sin mantenimiento (baches, hoyos, pavimento deteriorado). • La falta de pintura y reflejantes en las líneas centrales y laterales de la carretera.

De manera oficial, la Policía Federal, reportó que durante el 2012 los incidentes ocurridos en la red vigilada por este organismo (de alrededor de 57,065 km de longitud): fueron 24,216 accidentes; 24,736 lesionados; 4,548 muertos y daños materiales por 1 ,37 4.22 millones de pesos.

- Sin lugar a dudas la mayoría de los ciudadanos, involucrados en estos accidentes, recurrieron a la utilización de los servicios de arrastre, arrastre y salvamento y

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depósito para mover o retirar él o los vehículos involucrados; servicios que en muchas ocasiones resultan imponderables.

Para la regulación de tarifas de los servicios de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos, existen lineamientos como lo es la Ley de Caminos, Puéntes y Autotransporte Federal, en su Título Primero, Capitulo IV, Artículo 20, que dice: "La Secretaría podrá establecer las tarifas aplicables para la operación de las Unidades de Verificación, así como las bases de regulación tarifaria de los servicios de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos."

En los supuestos a que se refieren este artículo, en los que se fijen tarifas, éstas deberán ser máximas e incluir mecanismos de ajuste que permitan la prestación de servicios en condiciones satisfactorias de calidad, competitividad y permanencia.

Esta misma Ley, establece en su artículo 8° Fracción 111 , que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes otorgará los permisos para los servicios de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos, expidiéndoles a las personas o empresas, el permiso correspondiente, placas metálicas, calcomanías y tarjetas de identificación, lo que permitirá a los usuarios tener la seguridad de que está autorizado para operar en todos los caminos y puentes de jurisdicción federal y que la SCT cuenta con todos los datos para su identificación.

Por otro lado existe el Reglamento de Autotransporte Fe9eral y Servicios Auxiliares, que señalan los requisitos para la operación de los servicios en comento, así como la Norma oficial Mexicana NOM-053-SCT-2-201 O, que establece las características y especificaciones técnicas que deben cumplir los equipos de seguridad de vehículos tipo grúa de arrastre; arrastre y salvamento.

- Si bien es cierto en el artículo q6-A del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, establece que "las tarifas deberán estar a la vista del público y serán las máximas, a partir de ellas, los grulleros y el usuario pueden convenir cobros

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menores, en función del tipo de servicio y vehículo accidentado"; en la mayoría de las ocasiones los usuarios, que lamentablemente tienen que recurrir a estos servicios, desconocen que dichos servicios están debidamente regulados por la autoridad federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con base a tabuladores tarifarías que determinan con precisión lo que los prestadores de estos servicios tienen que cobrar.

Por ello es importante que se implementen mayores mecanismos y acciones para hacer del conocimiento de los usuarios que desafortunadamente han tenido un accidente, las tarifas así como la lista de los prestadores de servicios de arrastre, arrastre y salvamento, y de depósitos de vehículos en las carreteras de jurisdicción federal, lo que evitará abusos en el cobro excesivo de las tarifas y permitirá a los usuarios elegir a que empresa o permisionario podrán contratar.

11. En virtud de lo anterior, en el documento se propone el siguiente punto de acuerdo:

"Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que implemente acciones y mecanismos necesarios para una mayor difusión de las tarifas y listado de prestadores de /os servicios de arrastre r arrastre( sic) y salvamento y depósitos de vehículos en /as carreteras de jurisdicción federal, con el objetivo de evitar irregularidades y cobros excesivos que perjudican la economía y patrimonio de /os ciudadanos."

La Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, previo estudio y análisis de la citada proposición con punto de acuerdo, basa su dictamen en los siguientes:

CONSIDERAN DOS

PRIMERO.- Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 78, fracción 111, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Permanente del

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Congreso de la Unión es competente para conocer de la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen.

SEGUNDO.- Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 127 de la Ley Orgánica; y 175 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas es competente para conocer de la proposición materia · del presente dictamen y proponer al Pleno una resolución relativa al punto de acuerdo que contiene.

TERCERO.- Que los integrantes de esta Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, coincidimos con el espíritu de la proposición con punto de acuerdo materia del presente dictamen.

CUARTO.- Que conforme lo dispone el artículo 8°, fracción 111, para la prestación de servicios de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos en carreteras federales, se requiere un permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Asimismo, artículo 20 de dicha ley dispone que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes está facultada para establecer las bases de regulación tarifaria para los servicios de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos en carreteras federales.

QUINTO.- Que a fin de evitar abusos por parte de los prestadores de los serv1c1os de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos en carreteras federales, es necesario que, ante la situación de apremio y vulnerabilidad que obligan a los usuarios a contratar dichos servicios, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes debe difundir las tarifas autorizadas y obligar a los prestadores de dichos servicios a mantenerlas en todo momento a la vista, tal como lo exige la Ley de Caminos, Puentes y Autotransp.orte Federal.

SEXTO.- Que el artículo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se adicionan los artículos 45 Bis, 45 Bis 1, 55 Bis, 55 Bis 1 y 55 Bis 2 a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal , publicado el 16 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, dispone

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que Ejecutivo Federal deberá expedir el Reglamento de los Servicios de Arrastre, Arrastre y Salvamento y Depósito de Vehículos Auxiliares del Autotransporte Federal, el cual tiene por objeto salvaguardar los 'intereses de los usuarios y evitar abusos de los prestadores de dichos servicios.

SÉPTIMO.- Que los legisladores integrantes de la Tercera Comisión de la Comisión Permanente, quedamos atentos a la expedición del Reglamento de los Servicios de Arrastre, Arrastre y Salvamento y · Depósito de Vehículos Auxiliares del Autotransporte Federal por parte del Ejecutivo Federal.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas, concluye su dictamen con los siguientes:

PUNTOS RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Se aprueba, con modificaciones, la Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a implementar las acciones y mecanismos necesarios para una mayor difusión de las tarifas y prestadores de los servicios de arrastre y salvamento y depósitos de vehículos en las carreteras de jurisdicción federal.

SEGUNDO.- Se propone al Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el siguiente:

P U N T O D E AC U E R D O

PRIMERO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que, a fin de evitar abusos por parte de los prestadores de los servicios de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos en carreteras federales, difunda las tarifas autorizadas para dichos servicios y

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sancione a los permisionarios que no mantengan las tarifas máximas autorizadas a la vista de los usuarios.

SEGUNDO.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a que emita el Reglamento de los Servicios de Arrastre, Arrastre y Salvamento y Depósito de Vehículos Auxiliares del Autotransporte Federal.

Remítase el presente dictamen a la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

Dado en el Salón de Protocolo de la Mesa Directiva del Senado de la República, el día 21 del mes de junio del año 2016.

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Suscriben el presente Dictamen las y los integrantes de la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento, Comunicaciones y Obras Públicas de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión:

SEN. MARIANA GÓMEZ DEL CAMPO

GURZA Presidenta

SEN.GERARDO SÁNCHEZ GARCÍA

Secretario

SEN. HÉCTOR DAVID FLORES ÁVALOS

Secretario

SEN. ZOÉ ROBLEDO ABURTO Secretario

DIP. RAÚL DOMÍNGUEZ REX

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DIP. YERICÓ í ') ) ABRAMO MASSO

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DIP. ALFREDO BEJOS ~~ . NICOLÁS Integrante

DIP. XITLALIC CEJA GARCÍA Integrante

SEN . CARMEN DORANTES ~~_,b MARTÍNEZ ¿

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DIP. FEDERICO DORING CASAR

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DIP. GENOVEVA HUERTA VILLEGAS

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DIP. KAREN ORNEY RAMÍREZ PERALTA

Integrante

SEN. LUIS ARMANDO MELGAR BRAVO

Integrante

DIP. JORGE ÁLVAREZ MÁYNEZ Integrante

DIP. ALEJANDRO GONZÁLEZ MURILLO

Integrante

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