Teoría Del Derecho

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Teoría del Derecho La teoría del derecho o  teoría general del derecho es la ciencia jurídica que estudia los elementos del  derecho u ordenamiento jurídico existente en toda organización social y los fundamentos  cientícos  y  filósocos  que lo han permitido evolucionar hasta nuestros días. La teoría del derecho tiene como objetivo fundamental el análisis y la determinación de los elementos básicos que conforman el derecho, entendido este como ordenamien- to jurídico unitario, esto es, un conjunto de normas que conforman un solo derecho u ordenamiento jurídico en una sociedad o sociedades determinadas. Solo a través de la comprensión del ordenamiento jurí- dico en su totalidad se pueden individualizar las caracte- rísticas del fenómeno jurídico de las que habitualmente nos servimos para diferenciar al derecho de otros orde- namientos como son el  moral y el de los  usos sociales. 1 Fundamentos de la teoría del de- recho El estudio de los fundamentos del derecho se vale de dis- ciplinas losóco-jurídi cas especícas, a saber:  Ont ol og ía: Se enf oca sob re el ser de de rec ho; aque ll o que lo separa de cualquie r otro ob jeto de la realida d, determinando su esenci a y calidad. Se pregunta si la norma es un objeto puramente abstracto y separado de los he chos soc iales y axi ol ógi cos , o si los conti ene o implica .  Axiología: Se enfoca en los valores inmersos en el mundo normativo, principalmente el de la justicia, el bien común y la seguridad jurídica.  Deontología: Se enfoca en los nes del derecho, en particular, orden, paz y armonía sociales.  Epistemología: Se enfoca en la amplitud y contra- dicciones en la ciencia del derecho, que es aquella que estudia la norma, dilucidando su carácter on- tológico a priori o a posteriori. Su problema fun- damental es sentar las bases de la ciencia del dere- cho, establecer los conceptos jurídicos fundamen- tales y las clasicaciones axiomáticas. Intenta pues, establecer un conjunto de enunciados relativos a un con junto de dogmas (derecho).  Metodología: Se enfoca en descubrir los principios para hacer funcionar y evolucionar a la dogmática jurídica, por lo que va de la mano con la epistemo- logía. Dene el carácter cientíco del método pecu- liar del derecho, el racional, y sus puntos de unión con los de las otras disciplinas sociales. 2 Escuelas de pen samie nto 2.1 Análisi s econó mico del derec ho 2.2 Soc iol ogía del der ech o La soci olog ía del der ech o, tamb ién llama da soci olo gía ju- rídica, es aquella disciplina que estudia los problemas, las implicaciones, y todo aquello concerniente a las re- laciones entre el derecho y la  sociedad. A diferencia de la teoría del Derecho y de la  filosofía política, el principal problema u objeto de estudio de la sociología jurídica es el de la ecacia del derecho. 2.3 Te oría jur ídic a crít ic a la teoría jurídica crítica se reere a un movimiento en el pensamiento jurídico que aplica métodos propios de la teoría crítica (la Escuela de Frankf urt ) al de re ch o. En tér- minos generales, este pensamiento postula nociones tales como: El Derecho es simplemente política. El lenguaje jurídico es un falso discurso que ayuda a perpetuar las jerarquías: hombres sobre mujeres, ricos sobre pobres, mayorías sobre minorías. 2.4 Te oría analítica del der ech o El derecho es un lenguaje que nos sirve para conocer la realidad jurídicamente considerada, misma que es una parte de la realidad universal física. Todo objeto es real si puede medirse en dimensi ones matemáticas: volumen, peso, densidad, etc. Por tanto, el derecho, al hablar de la real idad soci al, se vue lv e un me tale ngua je, que a su vez es lenguaje objeto de la ciencia del derecho. Cualquier or- den jurídico es, por ende, un esquema de interpretación de la realidad que dice  qué es derecho'; y es prescriptivo  porque señala qué debe hacer el hombre . Por otra parte, la ciencia jurídica, a diferencia del dere- cho, es descriptiv a y nos dice cómo es  y como funciona  el sistema normativo coactivo, su único objeto de estudio. La teoría del derech o no debe ocuparse de nociones fue ra 1

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el estudio de la teoria pura del derecho, todos los conceptos generales y los maximos personajes históricos

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Teoría del Derecho

La teoría del derecho o  teoría general del derecho es

la ciencia jurídica que estudia los elementos del derecho

u ordenamiento jurídico existente en toda organización

social y los fundamentos  científicos y  filósoficos que lo

han permitido evolucionar hasta nuestros días.

La teoría del derecho tiene como objetivo fundamental el

análisis y la determinación de los elementos básicos que

conforman el derecho, entendido este como ordenamien-

to jurídico unitario, esto es, un conjunto de normas que

conforman un solo derecho u ordenamiento jurídico en

una sociedad o sociedades determinadas.

Solo a través de la comprensión del ordenamiento jurí-

dico en su totalidad se pueden individualizar las caracte-

rísticas del fenómeno jurídico de las que habitualmente

nos servimos para diferenciar al derecho de otros orde-

namientos como son el moral y el de los usos sociales.

1 Fundamentos de la teoría del de-

recho

El estudio de los fundamentos del derecho se vale de dis-ciplinas filosófico-jurídicas específicas, a saber:

•   Ontología: Se enfoca sobre el ser de derecho; aquello

que lo separa de cualquier otro objeto de la realidad,

determinando su esencia y calidad. Se pregunta si la

norma es un objeto puramente abstracto y separado

de los hechos sociales y axiológicos, o si los contiene

o implica.

•   Axiología: Se enfoca en los valores inmersos en el

mundo normativo, principalmente el de la justicia,

el bien común y la seguridad jurídica.

•  Deontología: Se enfoca en los fines del derecho, en

particular, orden, paz y armonía sociales.

•   Epistemología: Se enfoca en la amplitud y contra-

dicciones en la ciencia del derecho, que es aquella

que estudia la norma, dilucidando su carácter on-

tológico a priori o a posteriori. Su problema fun-

damental es sentar las bases de la ciencia del dere-

cho, establecer los conceptos jurídicos fundamen-

tales y las clasificaciones axiomáticas. Intenta pues,

establecer un conjunto de enunciados relativos a un

conjunto de dogmas (derecho).

•  Metodología: Se enfoca en descubrir los principios

para hacer funcionar y evolucionar a la dogmática

jurídica, por lo que va de la mano con la epistemo-

logía. Define el carácter científico del método pecu-

liar del derecho, el racional, y sus puntos de unión

con los de las otras disciplinas sociales.

2 Escuelas de pensamiento

2.1 Análisis económico del derecho

2.2 Sociología del derecho

La sociología del derecho, también llamada sociología ju-

rídica, es aquella disciplina que estudia los problemas,

las implicaciones, y todo aquello concerniente a las re-

laciones entre el derecho y la sociedad. A diferencia de la

teoría del Derecho y de la  filosofía política, el principal

problema u objeto de estudio de la sociología jurídica es

el de la eficacia del derecho.

2.3 Teoría jurídica crítica

la teoría jurídica crítica se refiere a un movimiento en

el pensamiento jurídico que aplica métodos propios de la

teoría crítica (la Escuela de Frankfurt) al derecho. En tér-

minos generales, este pensamiento postula nociones tales

como: El Derecho es simplemente política. El lenguaje

jurídico es un falso discurso que ayuda a perpetuar las

jerarquías: hombres sobre mujeres, ricos sobre pobres,

mayorías sobre minorías.

2.4 Teoría analítica del derecho

El derecho es un lenguaje que nos sirve para conocer la

realidad jurídicamente considerada, misma que es una

parte de la realidad universal física. Todo objeto es real

si puede medirse en dimensiones matemáticas: volumen,

peso, densidad, etc. Por tanto, el derecho, al hablar de la

realidad social, se vuelve un metalenguaje, que a su vez es

lenguaje objeto de la ciencia del derecho. Cualquier or-

den jurídico es, por ende, un esquema de interpretación

de la realidad que dice  qué es derecho'; y es prescriptivo

 porque señala qué debe hacer el hombre.

Por otra parte, la ciencia jurídica, a diferencia del dere-

cho, es descriptiva y nos dice cómo es  y como funciona elsistema normativo coactivo, su único objeto de estudio.

La teoría del derecho no debe ocuparse de nociones fuera

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2   4 ENLACES EXTERNOS 

de su objeto de estudio, tales como los valores o las causas

sociales que motivan la creación de normas jurídicas. Di-

chas nociones son el ámbito de investigación de la ética y

la sociología. Es pertinente aclarar que basta con conocer

las bases del lenguaje del derecho, su paradigma y reglas

de creación y aplicación, para describirlo y proveer a su

eficacia.

3 Véase también

•  Norberto Bobbio

•   Trialismo

•   Tesis tridimensional del derecho

•   Tetraedro del Derecho

4 Enlaces externos

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5 Texto e imágenes de origen, colaboradores y licencias

5.1 Texto

•   Teoría del Derecho Fuente:  http s://es.wikipedia.org/wiki/Teor%C3%ADa_del_Derecho?oldid=84367127 Colaboradores:  Zuirdj, Josea-

perez, Moriel, Rosarino, Alstradiaan, Yakoo, Petronas, Caiserbot, Yrbot, Vitamine, BOTijo, Gaeddal, CEM-bot, Davius, Rastrojo, Jorge,

Montgomery, J AnDbot, Humberto, Wgarciamachmar, VolkovBot, Technopat, SieBot, DerekTop, PaintBot, Bigsus-bot, Manwë, Iuris-bot,

Jarisleif, Leonpolanco, AVBOT, Politiconomicon, Miltonbernasi, Saloca, Luckas-bot, Boto a Boto, DiegoFb, SuperBraulio13, Jkbw, To-

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5.2 Imágenes

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Commons-emblem-question_book_orange.svg   Licencia:  CC BY-SA 3.0  Colaboradores:   <a href='//commons.wikimedia.org/wiki/File:

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5.3 Licencia de contenido

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