Proyecto Menorquín Yacht Estabilidad 264 9- ESTABILIDAD 9.1 ...
TEMA VI...TEMA VI ESTABILIDAD EN EL EMPLEO PROTEGE AL TRABAJADRO DEL DESPIDO INTEMPESTIVO....
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TEMA VI
ESTABILIDAD
EN EL
EMPLEO
PROTEGE AL TRABAJADRO DEL
DESPIDO INTEMPESTIVO.
ESTABILIDAD EN
EL EMPLEO
RELATIVA
ABSOLUTA
*ALENA GARRIDO RAMON
CONTRATO A PRUEBA
RESCISIÓN UNILATERAL DE LA
RELACION DE TRABAJO POR PARTE DEL
PATRON
DESPIDO INDIRECTO
PRECEPTOS
QUE
REPRESENTAN
EL PRINCIPIO DE
ESTABILIDAD EN
EL EMPLEO
ART. 35 AL 39
(DURANCIÓN DE LA R.L)
(CONTRATO A PRUEBA)
ART. 42 AL 45
(SUSPENSIÓN DE LA R.L.)
ART. 46 AL 52
(RESCISIÓN DE LAS R.L.)
ART. 53 AL 55
(TERMINACIÓN DE LA
R.L.)
TERMINACION
DE LA
RELACION DE
TRABAJO
INDIVIDUAL ART. 53 L.F.T.
COLECTIVA (ART. 433 AL 439 LFT)
CAUSAS DE TERMINACIÓN DE LAS RELACIONES
DE TRABAJO:
I.El mutuo consentimiento de las partes;
II. La muerte del trabajador;
III. La terminación de la obra o vencimiento del término
o inversión del capital, de conformidad con los artículos
36, 37 y 38;
IV. La incapacidad física o mental o inhabilidad
manifiesta del trabajador, que haga imposible la
prestación del trabajo;
V. Los casos a que se refiere el artículo 434.
(Terminación colectiva)
SUPENSION DE LA
RELACIÓN DE TRABAJO
OBLIGACION
PAGAR EL SALARIO PRESTAR EL SERVICIO
ARTICULO 42 LEY FEDERAL DEL TRABAJO
ART. 42 Y 43 DE LA L.F.T.
PATRON TRABAJADOR
AFECTA
SUSPENSIÓN INDIVIDUAL
CAUSAS Y EFECTO
SUPENSION DE LA RELACIÓN DE TRABAJO
La enfermedad contagiosa del trabajador;
LA SUSPENSION SURTIRA EFECTOS
DESDE la fecha en que el patrón tenga conocimiento de la
enfermedad contagiosa o de la fecha en que se produzca la
incapacidad para el trabajo;
La incapacidad temporal ocasionada por un
accidente o enfermedad que no constituya un
riesgo de trabajo;
HASTA que termine el período fijado por el Instituto
Mexicano del Seguro Social o antes si desaparece la
incapacidad para el trabajo.
Sin exceder el limite para enfermedades no profesionales. (ART. 96 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL)
SUSPENSIÓN INDIVIDUAL
FICHA XII, TEMA 1
DESDE el momento en que el trabajador acredite
estar detenido a disposición de la autoridad
judicial o administrativa
La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia
absolutoria. Si el trabajador obró en defensa de la persona
o de los intereses del patrón, tendrá éste la obligación de
pagar los salarios que hubiese dejado de percibir aquél.
(FR.III)
CAUSA DE SUSPENSION
SURTE EFECTOS
El arresto del trabajador (FR. IV)
HASTA la fecha en que cause ejecutoria la sentencia
que lo absuelva, o termine el arresto;
SUSPENSIÓN INDIVIDUAL
DESDE la fecha en que deban prestarse los
servicios o desempeñarse los cargos
HASTA por un período de seis años
El cumplimiento de los servicios y el desempeño de los cargos
mencionados en el artículo 5o de la Constitución, y el de las
obligaciones consignadas en el artículo 31, fracción III de la misma
Constitución (FR. V)
CAUSA DE SUSPENSION
SURTE EFECTOS
La designación de los trabajadores como representantes ante los
organismos estatales, Juntas de Conciliación y Arbitraje, Comisión
Nacional de los Salarios Mínimos, Comisión Nacional para la
Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y
otros semejantes (FR. VI)
SUSPENSIÓN INDIVIDUAL
DESDE la fecha en que el patrón tenga
conocimiento del hecho
HASTA por un período de dos meses.
La falta de los documentos que exijan las
leyes y reglamentos, necesarios para la
prestación del servicio, cuando sea
imputable al trabajador. (FR. VII)
CAUSA DE SUSPENSION
SURTE EFECTOS
SUSPENSIÓN INDIVIDUAL
En los casos de:
• Enfermedad
• Incapacidad temporal ocasionada por
accidente
•Arresto
•Falta de Documentos
REGRESO A LABORAR POR
PARTE DEL TRABAJADOR
Deberá regresar al día siguiente de la
fecha en que termine la causa de la
suspensión
SUSPENSIÓN INDIVIDUAL
Deberán de regresar dentro de los quince
días siguientes a la terminación de la causa
de la suspensión
En los casos de:
•Prisión Preventiva
•Servicios y desempeño de cargos señalados
en las Articulo 5º Y 31º de la Constitución.
•Representantes ante J C Y A y Comisión de
Salarios Mínimos y Comisión de Participación
en las utilidades.
SUSPENSIÓN INDIVIDUAL
FORMAS DE
TERMINACION
DE LA
RELACION DE
TRABAO
TERMINACIÓN (ART. 53 LFT)
DESPIDO INJUSTIFICADO
(ART. 48 LFT)
RESCISION SIN RESPONSABILIDAD
PARA EL TRABAJADOR (ART. 51 LFT)
RESCISION SIN RESPONSABILIDAD
PARA EL “EL PATRON” (ART. 47 LFT)
DESPIDO
INJUSTIFICADO
(ART. 48 LFT)
INDEMNIZACIÓN
CONSTITUCIONAL
3 MESES SALARIO
REINSTALACIÓN
+
SALARIOS
VENCIDOS
ANTIGÜEDAD
PREST. LAB.
SALARIOS
VENCIDOS
SALARIOS
VENCIDOS
ANTIGÜEDAD
PREST. LAB.
20 DIAS POR AÑO
ART. 49
CONMUTACIÓN DE REINSTALACIÓN
REINSTALACIÓN SE CAMBIA POR
RESCISION SIN RESP.
PARA EL TRABAJADOR
SALARIOS
VENCIDOS
ANTIGÜEDAD
PREST. LAB.
20 DIAS POR AÑO
RESCISION SIN RESP.
PARA EL TRABAJADOR
+
+ PREST. LAB.