Tema III El Derecho Economico Interno

6
TEMA III EL DERECHO ECONOMICO INTERNO. Las trascendentales reformas de las leyes que rigen al sistema financiero mexicano y que se llevaron a cabo en 1993 incluyeron una muy importante que constituye la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras. Toda vez que en la anterior edición de esta obra se estudió ese fenómeno de agrupamiento de sociedades que venía presentando en México desde la tercera década de ese siglo. En la práctica bancaria y desde hace varios años, se ha venido hablando de sistemas bancarios, bancos afiliados y grupos financieros. Hasta antes de las reformas a la LGICOA (Ley General de las Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares), abrogada publicadas en el Diario Oficial de 29 de diciembre de 1970, era difícil, desde un punto de vista jurídico, precisar los conceptos de sistemas bancarios o de bancos afiliados, respecto de aquellas instituciones que tenían relaciones estrechas entre sí. La especialización de las operaciones, es decir, la separación de diversos tipos de actividad bancaria, de acuerdo con instrumentos de captación de recursos y plazos también diferentes, que se establecieron a partir de la ley de 1925, fue formando lo que se conoció con el nombre de Banca especializada, es decir, la que doctrinal y legalmente se conocía como Banca de depósito, ahorro, financiera, hipotecaria, fiduciaria, de capitalización, etcétera. A partir de esa fecha y como las instituciones operaban diversas áreas, necesitaban la complementación de sus servicios, de tal manera, que fueron estableciendo relaciones entre diversos tipos de ellas y, es más, algunas promovieron la organización de otras, asimismo especializadas en ramos distintos. Los términos afiliar, afiliado y sistema carecen de un sentido jurídico, de acuerdo con nuestra legislación. Gramaticalmente afiliar es la acción de asociar una persona física o jurídica con otra, y afiliado, es lo que está unido o asociado. Desde este punto de vista las instituciones afiliadas tienen personalidad jurídica distinta entre sí. Igual comentario pudiera decirse de la palabra sistema. La existencia de los grupos financieros fue evidente y el fenómeno

Transcript of Tema III El Derecho Economico Interno

Page 1: Tema III El Derecho Economico Interno

TEMA III EL DERECHO ECONOMICO INTERNO.

Las trascendentales reformas de las leyes que rigen al sistema financiero mexicano y que se llevaron a cabo en 1993 incluyeron una muy importante que constituye la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras. Toda vez que en la anterior edición de esta obra se estudió ese fenómeno de agrupamiento de sociedades que venía presentando en México desde la tercera década de ese siglo. En la práctica bancaria y desde hace varios años, se ha venido hablando de sistemas bancarios, bancos afiliados y grupos financieros.

Hasta antes de las reformas a la LGICOA (Ley General de las Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares), abrogada publicadas en el Diario Oficial de 29 de diciembre de 1970, era difícil, desde un punto de vista jurídico, precisar los conceptos de sistemas bancarios o de bancos afiliados, respecto de aquellas instituciones que tenían relaciones estrechas entre sí.La especialización de las operaciones, es decir, la separación de diversos tipos de actividad bancaria, de acuerdo con instrumentos de captación de recursos y plazos también diferentes, que se establecieron a partir de la ley de 1925, fue formando lo que se conoció con el nombre de Banca especializada, es decir, la que doctrinal y legalmente se conocía como Banca de depósito, ahorro, financiera, hipotecaria, fiduciaria, de capitalización, etcétera. A partir de esa fecha y como las instituciones operaban diversas áreas, necesitaban la complementación de sus servicios, de tal manera, que fueron estableciendo relaciones entre diversos tipos de ellas y, es más, algunas promovieron la organización de otras, asimismo especializadas en ramos distintos.

Los términos afiliar, afiliado y sistema carecen de un sentido jurídico, de acuerdo con nuestra legislación. Gramaticalmente afiliar es la acción de asociar una persona física o jurídica con otra, y afiliado, es lo que está unido o asociado. Desde este punto de vista las instituciones afiliadas tienen personalidad jurídica distinta entre sí. Igual comentario pudiera decirse de la palabra sistema.La existencia de los grupos financieros fue evidente y el fenómeno se fue planteando y acrecentando, comprendiendo no sólo instituciones de crédito, sino también organizaciones auxiliares y, en mi opinión, otras empresas que realizan actividades conexas o de servicios con la Banca.Entre otras razones que se pueden apuntar para la formación de esos grupos financieros, están la de que la clientela necesita cada vez más servicios que, por su complejidad, requieren la participación de varias instituciones, que un solo tipo de banco no estaba legalmente facultado para proporcionar. Por otra parte, existía una diferencia en la rentabilidad de los diferentes tipos de Banca, por ejemplo, la de depósito, la financiera y la hipotecaria, pues en el proceso de captación de recursos de cada una de ellas, existían apreciables variaciones, lo que ponía en desventaja a una frente a otras.

La realidad y las necesidades sociales en este caso, fueron indicativas de un cambio en la legislación que ha tenido varias etapas; la primera de ellas fue la formación de grupos financieros y la segunda, el establecimiento de la Banca múltiple, la tercera que se observara a partir de 1985, es la formación de otro tipo de grupos y sociedades.

Page 2: Tema III El Derecho Economico Interno

Reconociendo este hecho se incorporó como reforma y adición a la LGICOA (Ley General de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares) abrogada, el artículo 99 bis, en diciembre de 1970 y en vigor a partir del 1° de enero de 1971. En la exposición de motivos se sostuvo lo siguiente: “… Se ha observado el surgimiento de los llamados grupos o sistemas financieros, que consisten en la asociación, unas veces formal y otras sólo es una realidad del desarrollo financiero mexicano que es conveniente reglamentar en la ley, con el objeto de sujetar estos fenómenos a las normas de legislación bancaria y encauzar su actuación en términos de sanidad y responsabilidad para los miembros integrantes de dichos grupos. En esa virtud, se propone incorporar a la ley una disposición que reconozcan la existencia de estos grupos, imponiéndoles, a cambio, la obligación de seguir una política financiera coordinada y de establecer un sistema de garantía recíproca en caso de pérdidas de sus capitales pagados…”

Por lo que se refiere a las llamadas organizaciones auxiliares de crédito creo que también ya no se justifica su estudio como tales y las razones son evidentes, en México las primeras leyes que se expidieron sobre la materia en las décadas de la tercera a la octava de este siglo calificaron como organizaciones auxiliares a las Cámaras de Compensación, Uniones de Crédito, Almacenes Generales de Depósito y paulatinamente fueron incorporando en ese concepto a otras instituciones que con el tiempo las leyes o sus reformas fueron ampliando su regulación, y otras fueron saliendo del concepto de organización auxiliar para pasar a ser competencia del Banco Central como fue la Cámara de Compensación que ahora (1994) parece ser que se privatizará este actividad.

LA BANCA INTERNACIONALEs una institución financiera privada o pública autorizada por la Ley (licencias, General, Internacional y Representación), la cual pone a disposición del público local o extranjero sus productos y servicios, buscando captar por intermedio de sus corresponsales la mayor actividad financiera y económica.EL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI)Como consecuencia de las crisis económicas y financieras que produjeron la llamada “Gran Depresión” a fines de los años veinte, la década delos treintas presentó un panorama sombrío y poco alentador. La contratación de los mercados, las devaluaciones competitivas de la moneda y restricciones cambiarias y comerciales ocasionaron una guerra de precios y de comercio entre los países, situación que propició la necesidad de crear un Código Internacional de Conducta.La Segunda Guerra Mundial generó la posibilidad de implantar un sistema monetario estable, el que iniciara su cristalización al reunirse representantes de 45 países en la Conferencia Monetaria y Financiera de las Naciones Unidas, celebrada en Bretton Woods (Maine), del 1° al 22 de julio de 1944, y acordar el establecimiento y funciones de una organización internacional especializada que supervisara y fomentara ese sistema, lo que originó la creación del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo (Banco Mundial), como partes de dicho sistema.

Page 3: Tema III El Derecho Economico Interno

Respecto del Fondo Monetario Internacional, el 27 de diciembre de 1945, los representantes de los países cuyas cuotas constituyen el 80% de los recursos del Fondo, depositaron los instrumentos en que ratificaban el Convenio de Bretton Woods; México se adhirió el 13 de diciembre de ese mismo año, por autorización del Congreso de la Unión al Ejecutivo Federal publicada en el Diario Oficial de la Federación en esa misma fecha, aportando como cuota 90 millones de dólares.

El Fondo Monetario Internacional nace como una institución de derecho internacional público, dotada de personalidad jurídica, patrimonio propio o fondo común (integrado con oro y monedas que aportaron los distintos países por un total de 8 800 millones de dólares), y con facultades para celebrar contratos; adquirir bienes y disponer de ellos; establecer procedimientos legales; entrar en colaboración con otros organismos internacionales y celebrar los acuerdos necesarios para ello.

El banco está autorizado por el Convenio Constitutivo para aumentar su capital por acciones, con la aprobación de una mayoría de las tres cuartas partes del total de sus miembros.Por lo que respecta a los órganos de gobierno y administración, el Banco sigue un esquema casi idéntico al del Fondo Monetario Internacional y demás organismos financieros internacionales, compuesto por la Junta de Gobernadores, los Directores Ejecutivos, el Director Gerente y demás funcionarios y empleados que el Banco determine para el correcto desempeño de sus deberes. Las operaciones propias del Banco Mundial, destacan el otorgamiento de préstamos y garantías, los que son aprovechados exclusivamente en beneficio de sus miembros, prestándose atención equitativa a proyectos de fomento y proyectos de reconstrucción, así como asistencia técnica proporcionada a sus miembros.

En 1948, el Congreso de la Unión autorizó por primera vez al Ejecutivo para otorgar la garantía expresa y solidaria al gobierno federal en las operaciones que se celebraran con el Banco Mundial

Hoy en día México tiene contratados con el Banco Mundial y con el Banco Interamericano de Desarrollo diversos créditos con saldos totales pendientes de desembolsar por aproximadamente 4,000 millones de dólares, cantidad que seguramente se incrementará a consecuencia de las múltiples devaluaciones de la moneda y la crisis económica y terremotos que han sacudido al país.

EL MERCADO DE DINERO, MERCADO DE CAPITALES Y MERCADO DE VALORES.

MERCADO DE DINEROAunque sutil la diferencia, se centra en que el mercado de dinero es aquel en que operan a corto plazo, es decir, como una actividad fundamentalmente encaminada a los llamados bancos comerciales (en nuestro país, de banca múltiple). Este mercado de dinero, generalmente su circulación es muy rápida y los plazos a los que se contrata, son verdaderamente cortos.

Page 4: Tema III El Derecho Economico Interno

MERCADO DE CAPITALESEl mercado de capitales por el contrario, es una operación que la doctrina y la práctica estimaron como privativa de las instituciones financieras. Son inversiones muy cuantiosas, a plazos muy largos y generalmente con tazas de interés un poco más bajas.En nuestros días (1994), resulta muy discutible hablar de mercado de dinero y capitales, habida cuenta de los problemas que el mundo financiero viene afrontando, casi desde los inicios de la década de los 70, y puede afirmarse que el mercado de capitales días tras días va disminuyendo en el plazo, de tal manera que los plazos mayores a 3 o 5 años son cada vez menos frecuentes.

MERCADO DE VALORESPor mercado de valores se entiende principalmente la negociación del conjunto de títulos de crédito tanto individuales, como los emitidos en serie, principalmente en la bosa de valores, o a través de agentes de bolsa, casas de bolsa, e instituciones de crédito.Es pertinente aclarar que en el mercado de dinero, capitales y valores, intervienen lo que podríamos llamar dos sistemas:1.- El sistema bancario, instituciones de crédito.2.- El sistema de intermediarios, entre los cuales colocamos en primer lugar a las bolsas de valores y después a los agentes de bolsa, casas de bolsa.Ambos sistemas puede decirse que intermedian en el dinero y los capitales, pues tanto la banca interviene activamente en la emisión de títulos en serie, como en la concentración de préstamos a nivel nacional e internacional, para canalizarlos hacía sus clientes, así como también las bolsas y los intermediarios negocian títulos bancarios y además otro tipo de títulos-valores, que son fundamentalmente las acciones y obligaciones.

,